BOLETÍN JUDICIAL 80 DEL 02 DE MAYO DEL 2019

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

JUZGADO NOTARIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER

A: Mario Montealegre Peña, mayor, notario público, cédula de identidad número 1-0553-0530, de demás calidades ignoradas; Que en proceso disciplinario notarial número 18-000954-0627-NO establecido en su contra por Rubén Enrique Vargas Álvarez, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial, a las nueve horas y treinta y tres minutos del veintitrés de octubre de dos mil dieciocho. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Rubén Enrique Vargas Álvarez contra Mario Gabriel de San José Montealegre Peña, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días; dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo, se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.-” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona denunciada; pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada. La notificación en el domicilio registral de la parte denunciada ubicada en San José, Escazú, San Rafael, Condominio Badulla casa 5, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de San José. La notificación en la oficina notarial de la parte denunciada ubicada en San José, San José, Paseo Colón, calle 36, edificio Toyota, o bien, San José, San José, Paseo Colón de Toyota 100 metros oeste y 25 metros sur, edificio 30-S, oficina número 11, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de San José. Asimismo, se ordena notificar a la Dirección Nacional de Notariado, mediante comisión dirigida a la Oficina de Comunicaciones del Segundo Circuito Judicial de San José, en: San Pedro Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Edificio Sigma, quinto piso. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; y en caso de que se impida tal ingreso, se tendrá por válida la notificación con la entrega de la cédula correspondiente a la persona encargada de regular la entrada. (Artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente 8687, publicada en La Gaceta 20 del jueves 29 de enero del 2009). Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, obténgase por medio de consulta ante la página web del Registro Nacional, con el fin de verificar si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. De conformidad con el artículo 35.6 del Código Procesal Civil, se hace ver a la parte accionante que en el caso de que desee presentar una pretensión resarcitoria contra la parte denunciada, tendrá oportunidad para realizar dicha gestión hasta antes de que esa parte procesal conteste esta denuncia; y para tal efecto, tendrá que cumplir con los requerimientos del numeral 152 del Código Notarial, en su necesaria relación con el artículo 35 del Código Procesal Civil. Notifíquese. M.Sc. Guillermo Rodrigo Castro Rodríguez, Juez. “y “Juzgado Notarial, a las quince horas y cuarenta y tres minutos del quince de marzo de dos mil diecinueve. Solicitud de defensor público Siendo fallidos los intentos por notificarle al Licenciado Mario Montealegre Peña, la resolución dictada a las nueve horas y treinta y tres minutos del veintitrés de octubre de dos mil dieciocho en las dirección reportada en la Dirección Nacional de Notariado y el último domicilio registral reportado en el Registro Civil (ver folios 8 y 9), según actas de notificación de folios 15, 18, 19, 25 y 29, y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folios 30 y 31), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber al denunciado que los hechos que se le atribuyen son I.-En proceso tramitado ante el Juzgado Tercero Civil de San José bajo número de expediente 01-00623-182-CI, el Licenciado Mario Montealegre Peña en calidad de Apoderado General Judicial de “Purdy Motor Sociedad Anónima” presentó escrito donde solicitó no sólo cancelar gravamen prendario inscrito sobre el vehículo placa 112013, bajo las citas Tomo 0002 Asiento 713158 y sus respectivos endosos. Además, solicitó que en carácter de Notario Público, fuera autorizado para protocolizar las piezas respectivas. II.- Mediante resolución de las trece horas treinta minutos del diecisiete de julio del dos mil uno, dictado por el Doctor Jorge Alberto López González, Juez del Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, entre otras cosas, autorizó al Notario Montealegre Peña para que realizara la protocolización antes dicha. III.-Hace aproximadamente 15 días o un mes, es cuando me di cuenta que la protocolización antes dicha. III.-Hace aproximadamente 15 días o un mes, es cuando me di cuenta que la protocolización que debía realizar el denunciado no se había hecho. IV.-En varias ocasiones le he dejado mensajes al Notario denunciado en su lugar de trabajo, sea este Purdy Motor, sin embargo no he obtenido ninguna respuesta de su parte. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese esta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público al denunciado Mario Montealegre Peña, cédula de identidad 1-0553-0530. Notifíquese. Dra. Ingrid Palacios Montero, Jueza.”. Se publicará por una vez en el Boletín Judicial.

San José, 15 de enero del 2019

                                                                 Dra. Ingrid Palacios Montero,

                                                                                      Jueza.

1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335638 ).

Que en el Proceso Disciplinario Notarial 15-000525-0627-NO, de Belarmino Alberto Campos Bogantes contra Carlos Eduardo Araya Sánchez, (cédula de identidad 1-0952-0079), este Juzgado, mediante resolución de las once horas y cuatro minutos del catorce de febrero del dos mil diecinueve, dispuso levantar a partir del catorce de febrero del dos mil diecinueve la sanción disciplinaria impuesta mediante resolución número 450-2018 de las once horas y siete minutos del dieciocho de julio de dos mil dieciocho al notario Carlos Eduardo Araya Sánchez, que salió publicada en el Boletín Judicial número 224 del 03 de diciembre del 2018. Notifíquese.

San José, 15 de febrero del 2018.

                                                     Dra. Ingrid Palacios Montero,

                                                                           Jueza

1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335644 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, que en el Proceso Disciplinario Notarial 18-000083-0627-NO, de Registro Civil contra Harry Flores Castillo (cédula de identidad 1-657-517), este juzgado mediante resolución 728-2018 de las veintiún horas treinta y un minutos del treinta y uno de octubre del dos mil dieciocho, dispuso imponerle a la parte denunciada la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Juzgado Notarial.

San José, 21 de noviembre del 2018. Notifíquese.

M.Sc. Juan Carlos Granados Vargas

Juez

1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335645 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

A los causahabientes de quién en vida se llamó Roy López Caballero, quien fue mayor, quien portó el número de cédula 1-0800-0839, y que fue vecino de Pérez Zeledón, San Isidro de El General, barrio Los Ángeles y falleció el día 27 de diciembre del año 2018, se les hace saber que: Neftalí López Vargas, cédula de identidad 1-0272-0386, domicilio vecino de Pérez Zeledón, San Isidro de El General, barrio Los Ángeles, 200 metros sur de la escuela del lugar, casa color verde, de cemento, a mano derecha, tapia roja con negro, a la par del Super La Torre, se apersonó en este Despacho en calidad de padre de la persona fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido, expediente número 19-000075-1125-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 27 de marzo del 2019.—Lic. José Celso Fernández Delgado, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017.—( IN2019335560 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Laura Emilia Vargas Núñez, 0110640064, fallecido el 04 de junio del año 2005, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el 19-000393-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente 19-000393-0505-LA. Por María de los Ángeles Núñez Garro a favor de Laura Emilia Vargas Núñez.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 26 de febrero del 2019.—Msc. Karol Baltodano Aguilar, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335561 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Mario Mora Chaves, 0103300436, fallecido el 26 de julio del 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el 19-000479-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 19-000479-0505-LA. Por Marta Elena Mora Chaves a favor de Mario Mora Chaves.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 12 de marzo del 2019.—Msc. Karol Baltodano Aguilar, Jueza 1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335562 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José García Nicaragua c0949680, fallecido el 30 de noviembre del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el 18-003483-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente 18-003483-1178-LA. A favor de José García Nicaragua.—Juzgado de Trabajo Primer Circuito Judicial San José, 01 de abril del 2019.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335563 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Ángel González Obando, mayor, casado, vecino de Cañas, Guanacaste, cédula de identidad en vida número 02-0701-0187, fallecido el 23 de diciembre del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de distribución de prestaciones de persona trabajadora fallecida, bajo el número 19-000022-1557-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 19-000022-1557-LA. Establecido por su viuda señora Allison Orias Chavarría. cédula 6-0448-0425.—Juzgado Civil y Trabajo de Cañas (Materia Laboral), 26 de marzo del 2019.—Licda. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017.—( IN2019335570 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Eduardo Palacios Picado, mayor, soltero, cédula de identidad 1-1269-404, fallecido el 18 de febrero del 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones de persona trabajadora fallecida, bajo el 19-000025-1557-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 19-000025-1557-LA.—Juzgado Civil y Trabajo de Cañas (Materia Laboral), 05 de marzo del 2019.—Lic. Simón Bogantes Ledezma, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335571 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Floribeth Del Carmen Palma Bermúdez, quien en vida fue mayor, casada, de ocupación administradora, vecina de San Ramón de Alajuela, fallecida el dieciocho de diciembre del año dos mil dieciocho; se consideren con derecho, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de distribución de prestaciones de persona trabajadora fallecida, bajo el número 19-000077-0694-LA. Expediente 19-000077-0694-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramon) (Materia Laboral), 29 de marzo del año 2019.—Licda. Yorleny Bello Varela, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017.—( IN2019335572 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Guillermina Méndez Sánchez, quien en vida fue mayor, pensionada, soltera, cédula de identidad 501000770, vecina de Alajuela, San Ramón, calle La Ranchera, al frente del mini Súper La Amistad, quien falleció el veinticinco de noviembre del dos mil dieciocho, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de distribución de prestaciones de personas trabajadoras fallecidas bajo el 19-000082-0694-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente 19-000082-0694-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Laboral), 25 de marzo del 2019.—Licda. Merlin Rocío Murillo Monge, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335573 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Fonseca Durán Bellarmina, quien fue mayor, con cédula de identidad número uno cuatrocientos setenta y ocho-trescientos ochenta y tres, casada, docente, laboró para Ministerio de Educación Pública, fallecida el 18 de agosto del año 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el 19-000099-1125- LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 19-000099-1125-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 02 de abril del 2019.—Msc. Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335574 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Isaías Wells Medina con cédula de identidad 7-0099-0244, fallecido el veintinueve de noviembre del año dos mil dieciocho, quien fue mayor, casado, vecino de Limón, Limoncito, 350 metros oeste sobre la orilla del río contiguo a la Pulpería El Oeste, casa blanco con azul, se les hace saber que Luz Palacio Cabrera, quien es mayor de edad, casada, Costarricense, portadora de la cédula de identidad 8-0076-0855, vecina de Limón, Limoncito, 350 metros oeste sobre la orilla del rio contiguo a la Pulpería El Oeste casa blanco con azul, se apersono a este despacho en calidad de esposa del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 19-000295-0679-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 19-000295-0679-LA. Por Isaías Wells Medina a favor de Luz Palacio Cabrera.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 28 de marzo del 2019.—Lic. Francisco Vargas Ramírez, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017.—( IN2019335575 ).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Alfredo Alberto Olsen Solano, quien portó la cédula de identidad 0301470940 y falleció el día 16 de setiembre del 2018, se les hace saber que: Marisol Olsen Flores y Alfredo Olsen Flores, se apersonó en este despacho en calidad de hijos del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido, expediente 19-000614-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 26 de marzo del 2019.—Jessica Cordero Azofeifa, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335576 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Carlos Adrian Arias Cruz, quien portó la cédula de identidad 01-0856-0588 y falleció el día 21 de diciembre del 2018, se les hace saber que: Marisol Guadamuz Delgado, se apersonó en este Despacho en calidad de viuda del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Carlos Arias Cruz, expediente 19-000626-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 26 de marzo del 2019.—Jessica Cordero Azofeifa, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335577 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Norman Monge Calderón, 0108440363, fallecido(a) el 23 de febrero del año 2019, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el 19-000678-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 19-000678-1178-LA. Por a favor de Norman Monge Calderón.—Juzgado de Trabajo Primer Circuito Judicial San José, 03 de abril del 2019.—M.Sc. Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335578 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Leonidas Montenegro Guzmán, cédula 5-0137-1410, fallecido el 20 de febrero del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 19-000714-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del código de trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. A favor de Leonidas Montenegro Guzmán, cédula 5-0137-1410. Expediente 19-000714-1178-LA.—Juzgado de Trabajo Primer Circuito Judicial San José, 02 de abril del año 2019.—M.sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335579 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Walter Rodríguez Rodríguez, cédula 6-0109-0590, fallecido(a) el 07 de febrero del año 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el 19-000762-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 19-000762-1178-LA. A favor de Walter Rodríguez Rodríguez.—Juzgado de Trabajo Primer Circuito Judicial San José, 02 de abril del 2019.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335580 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Javier Enrique del Carmen Hidalgo del Valle 0107040175, fallecido el 15 de marzo del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 19-000767-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 19-000767-1178-LA. Por a favor de Javier Enrique del Carmen Hidalgo del Valle.—Juzgado de Trabajo Primer Circuito Judicial San José, 03 de abril del 2019.—M.Sc. Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335581 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Carlos Luis Mata Valverde, costarricense, casado, vecino de Rivas Pérez Zeledón, frente al cementerio, casa color blanca a mano izquierda, vendedor de feria, portado del número de cédula uno-cuatrocientos noventa-quinientos setenta y seis, se les hace saber que: Daisy Del Carmen Esquivel Valverde, cédula de identidad número seis-ciento veintiuno-cuatrocientos treinta y uno, se apersonó en este Despacho, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Expediente 18-000456-1125-LA. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 26 de marzo del 2019.—Msc. Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335724 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Genier Francisco Ramírez Alfaro, cédula 0207040627, fallecido el 25 de agosto del 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 18-001861-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 18-001861-0639-LA. Por Motos y Repuestos C & O Sociedad Anónima.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 02 de noviembre del 2018.—Licda. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335725 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Barquero Rivera 0302140422, fallecido el 31 de octubre del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 18-001948-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Por Carmen Meza Cervantes a favor de Luis Barquero Rivera. Expediente 18-001948-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 04 de diciembre del año 2018.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335726 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Alonso Zamora Redondo, quien fue mayor, casado, portó la cédula de identidad 1-0630-0657 y falleció el 25 de setiembre de 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones y F.C.L. 18-002073-1102-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 11 de febrero del 2019.—Licda. Jesica Cordero Azofeifa, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335727 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rodrigo González Carvajal 0201860219, fallecido el 06 de marzo del año 2014, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el 18-002217-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 18-002217-0639-LA. Promueve: Roxinia, Elizabeth, Rodrigo, Sandra todos de apellidos González Alvarado. Fallecido: Rodrigo González Carvajal.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 09 de noviembre del 2018.—Lic. Mario José Rojas Soro, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335730 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Angela Madriz Ceciliano, 0111370149, fallecida el 23 de agosto del 2018, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el 18-002420- 0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 18-002420-0639-LA. Parte consignataria: Bolívar Esquivel Cascante. Persona fallecida: María Angela Madriz Ceciliano.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de febrero del 2019.—Licda. Maureen Robinson Rosales, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335731 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Tony Darling Palma Solís, 0203830551, fallecido el 08 de mayo del 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 18-002443-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 18-002443-0639-LA. Por Adriana Arroyo Villalobos. Fallecido: Tony Darling Palma Solís.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 09 de enero del 2019.—Licda. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335732 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Poema Artavia Céspedes 0203280126, fallecido el 10 de diciembre del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número 18-002475-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 18-002475-0639-LA. Promovente: Alejandro, Emerson, Marcial y Mauricio todos Artavia Céspedes. Fallecida: Poema Artavia Céspedes.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 11 de enero del2019.—Lic. Mario José Rojas Soro, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335733 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Yasdani Núñez Murillo, 0604030718, fallecido(a) el 23 de noviembre del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número 19-000012-1601-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 19-000012-1601-LA. Por a favor de Yasdani Núñez Murillo.—Juzgado Contravencional de Cobano (Materia Laboral), 20 de marzo del 2019.—Lic. José Manuel Sánchez Montero, Juez.—1 vez.—O.C 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335735 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Rafael Ángel Obando Montero, cédula 01-0366-0131, fallecido el 21 de noviembre del 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. pago sector público bajo el número 19-000042-1430-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 19-000042-1430-LA. A favor de Rafael Ángel Obando Montero.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Laboral), 22 de marzo del 2019.—Lic. Dany Gerardo Matamoros Bendaña, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335736 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la persona trabajadora fallecida Neftalí González Sánchez, quien fue mayor, jubilado, viudo una vez, laboró como vendedor de lotería, portador del número de cédula uno-doscientos dos-seiscientos diecinueve y falleció el dieciséis de mayo del año dos mil diecisiete, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el 19-000068-1125-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente 19-000068-1125-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia laboral), 25 de marzo del 2019.—Msc. Norman Herrera Vargas, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335737 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Freddy Antonio Gutiérrez Toruño 0501470871, fallecido el 07 de enero del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número 19-000127-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 19-000127-0639-LA. Parte promovente: Ángela Madrigal Urbina. Causante: Freddy Antonio Gutiérrez Toruño.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 30 de enero del año 2019.—Licda. Maureen Robinson Rosales, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335738 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Josué Rodríguez Barrantes, quien fue mayor, laboró para Open Systems de Latinoamerica Incorporation S.A., portó la cédula de identidad 2-0716-0032 y falleció el 31 de diciembre de 2018, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones 19-000275-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 12 de febrero del 2019.—Licda. Jesica Cordero Azofeifa, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335739 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Yohanny Francisco González González, 0204390138, fallecido el 01 de noviembre del año 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el 19-000294-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 19-000294-0639-LA. Promovente: Paola Alpízar Alvarado. Causante: Yohanny González González cc Geovanni González.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de febrero del 2019.—Lic. Mario José Rojas Soro, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335740 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Bolívar del Corazón de Jesús Castillo Meléndez, con cédula de identidad 0105730607, fallecido el 21 de junio del año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 19-000356-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 19-000356-0166-LA. Por Aurea Carmen Meléndez Segura a favor de los causahabientes del fallecido Bolívar del Corazón de Jesús Castillo Meléndez, con cédula de identidad 0105730607.—Juzgado de Trabajo Segundo Circuito Judicial San José, 27 de marzo del 2019.—Lic. Alexander Contreras Barrantes, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335741 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó José David Chinchilla Duarte, quien fue mayor, casado, portó la cédula de identidad 1-1351-0511 y falleció el 26 de octubre de 2018, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones y F.C.L. 19-000360-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 21 de febrero del 2019.—Licda. Jesica Cordero Azofeifa, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335742 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jaime Alberto Aguilar Velásquez, portador de la cédula de identidad 0105530629, fallecido el 29 de mayo del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número 19-000380-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 19- 000380-0166-LA. Por Lilly Velásquez López y otro a favor de Jaime Alberto Aguilar Velásquez.—Juzgado de Trabajo Segundo Circuito Judicial San José, 27 de marzo del 2019.—Lic. Alexander Contreras Barrantes, Juez.—1 vez.—O.C 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335743 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Cindy Melissa Masís Retana, cédula de identidad 1-1170-712, fallecida el 09 de febrero del año 2019, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. pago sector privado bajo el 19-000386-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 19-000386-0641-LA. Promovido por Jesús Cascante Salas.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 13 de marzo del 2019.—Licda. Gabriela Pizarro Corea, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335744 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Johnny Gerardo Quirós Castro, fallecido el 06 de enero del año 2017, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector público bajo el Número 19-000403-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 19-000403-0166-LA. Por Rosa Iris Rojas Matus a favor de los causahabientes del fallecido Johnny Gerardo Quirós Castro, portador de la cédula de identidad 0107320461.—Juzgado de Trabajo Segundo Circuito Judicial San José, 27 de marzo del 2019.—Lic. Alexander Contreras Barrantes, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335745 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Lorenzo Serrano Campos, portador de la cédula de identidad 0204790365 fallecido el 11 de agosto del año 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 19-000429-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 19-000429-0166-LA. Por Adriana Vanessa Pasos López a favor de los causahabientes del fallecido Lorenzo Serrano Campos.—Juzgado de Trabajo Segundo Circuito Judicial San José, 26 de marzo del 2019.—Lic. Alexander Contreras Barrantes, Juez.—1 vez.—O.C 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335746 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Leonel Ramos Garro, 0102700238, fallecido el 02 de octubre del año 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el 19-000457-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 19-000457-0639-LA. Promovente: Elida Blanco Solís. Causante: Leonel Ramos Garro.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de marzo del 2019.—Licda. Maureen Robinson Rosales, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335747 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Adrián Felipe Ballar Álvarez, cédula 1-1419-0291, fallecido el 21 de enero del año 2019, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el 19-000486-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente 19-000486-0166-LA. Por Maybol Álvarez Vargas a favor de los causahabientes del fallecido Adrián Felipe Ballar Álvarez, portador de la cédula de identidad 0114190291.—Juzgado de Trabajo Segundo Circuito Judicial San José, 27 de marzo del 2019.—Lic. Alexander Contreras Barrantes, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335748 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Manuel Antonio Arguedas, cédula 2-0240-046, fallecido el 20 de noviembre del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 19-000490-0166-LA. Promovidos por Emilce Jiménez Quirós.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 01 de abril del 2019.—M.sc. Andrés Grossi Castillo, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335749 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Jorge Solís Ureña, cédula de identidad 1-426-143, fallecido el 26 de enero del 2019, se consideren con derecho para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el 19-000509-0641-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 19-000509-0641-LA, promovido por María Tencoio Rojas, cédula de identidad 3-208-763.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 2 de abril del 2019.—Licda. Kattia Sequeira Muñoz, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335750 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Jesús Alberto de Los Vega Molina, 0302910147, fallecido(a) el 10 de diciembre del año 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el 19-000520-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 19-000520-0641-LA. Por a favor de Jesús Alberto de Los Vega Molina.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 27 de marzo del 2019.—Licda. Sofía Sancho Valerín, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335760 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Carlos Alberto Martínez Martínez, quien fue mayor, portó la cédula de residencia 155804126209 y falleció el 05 de setiembre de 2018, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. consignación de fondo de capitalización laboral 19-000559-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 18 de marzo del año 2019.—Licda. Jesica Cordero Azofeifa, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335761 ).

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Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de siete millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 312-02771-01-0901-046; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula 312.862-000, la cual es terreno para construir lote 45. Situada: en el distrito 7 La Fortuna, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 44 de Guido Cordero Chavarría; sur, lote 46 de Guido Cordero Chavarría; este, Gerardo Varela Santamaría; oeste, camino público. Mide: dos mil trescientos veinticinco metros cuadrados. Plano: A-0350964-1996. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del veinte de mayo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas y cero minutos del veintiocho de mayo del dos mil diecinueve, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas y cero minutos del cinco de junio del dos mil diecinueve, con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Betzie de los Ángeles Chacón Oviedo contra José Freddy de la Trinidad Mena Carballo. Expediente 18-003687-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 14 de marzo del 2019.—Lic. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza Decisor.—( IN2019337272 ).

En este Despacho, con una base de treinta y ocho millones cien mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 0308-00011202-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento seis mil trescientos treinta y uno, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Paulino Segura Rojas y Arenas de Cristal Empresa Individual de R.L.; al sur, Paulino Segura Rojas y Arenas de Cristal Empresa Individual de R.L.; al este, Paulino Segura Rojas y Arenas de Cristal Empresa Individual de R.L., y al oeste, calle pública con 16 metros 59 centímetros de frente. Mide: mil novecientos veinticuatro metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del veintisiete de mayo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas y cero minutos del cuatro de junio del dos mil diecinueve, con la base de veintiocho millones quinientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas y cero minutos del doce de junio del dos mil diecinueve, con la base de nueve millones quinientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Génesis Rebeca Cascante Delgado. Expediente 14-001127-1208-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 07 de marzo del 2019.—Seilin López González, Juez(a) Decisor(a).—( IN2019337275 ).

En este Despacho, con una base de quince millones novecientos cuarenta mil seiscientos ochenta y cinco colones con cuarenta y tres céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada y servidumbre de acueducto y de paso del AyA; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento cinco mil doscientos setenta y seis, derecho cero cero cero , la cual es terreno de potrero lote K4.- Situada en el distrito 02 Jiménez, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Finca Aguas Claras Hermanos Madrigal S. A.; al sur, calle pública con frente de 20,00 metros; al este, lote K3 y al oeste, lote K5. Mide: mil metros con cero decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas del veintiocho de mayo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas del cinco de junio del año dos mil diecinueve con la base de once millones novecientos cincuenta y cinco mil quinientos catorce colones con siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas del trece de junio del año dos mil diecinueve con la base de tres millones novecientos ochenta y cinco mil ciento setenta y un colones con treinta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución de Banco de Costa Rica contra Génesis Rebeca Cascante Delgado. Exp:14-001131-1208-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 18 de marzo del año 2019.—Lic. Seilin López González, Jueza Decisora.—( IN2019337277 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete millones ochocientos sesenta y siete mil tres colones con cuarenta céntimos, soportando cedulas hipotecarias citas: 2012-26344-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 64275-f-000, la cual se describe así: naturaleza: finca filial primaria individualizada número nueve apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos situada en el distrito 5-Samara, cantón 2-Nicoya de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, finca filial diez, sur, finca filial ocho, este, finca filial seis, oeste, calle de acceso. Mide: ciento cincuenta metros con diez decímetros cuadrados. Plano: G-1202678-2008. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de mayo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de mayo de dos mil diecinueve con la base de trece millones cuatrocientos mil doscientos cincuenta y dos colones con cincuenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de mayo de dos mil diecinueve con la base de cuatro millones cuatrocientos sesenta y seis mil setecientos cincuenta colones con ochenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio de Fincas Filiales Primarias Individualizadas Panamá Sámara contra Constructora Patriali S. A. Exp: 18-000546-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial Guanacaste (Santa Cruz), 08 de abril del 2019.—Licda. Tatiana Chaves Sánchez, Jueza Tramitadora.—( IN2019337333 ).

En este Despacho, con una base de ciento veinticinco mil doscientos cuarenta y dos dólares con setenta y siete centavos, soportando servidumbre trasladada citas: 263-06667-01- 0002-001 y servidumbre de acueducto citas: 535-04321-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número doscientos un mil doscientos diecisiete-cero cero cero (201217-000), la cual es terreno para construir con una casa de habitación lote 50. Situada en el distrito 1-San Pablo, cantón 9-San Pablo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Villa Eveluz S. A., lote 51; al sur, Villa Eveluz S. A., lote 49; al este, Villa Eveluz S. A., lote 41 y al oeste, calle 3. Mide: ciento noventa metros con doce decímetros cuadrados, plano: H-1063893-2006. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas y cero minutos del veinticuatro de mayo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas y cero minutos del tres de junio de dos mil diecinueve con la base de noventa y tres mil novecientos treinta y dos dólares con ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del once de junio de dos mil diecinueve con la base de treinta y un mil trescientos diez dólares con sesenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda (Costa Rica) Sociedad Anónima, contra Rosa Patricia Arguedas Vargas. Exp. 18-006766-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 08 de abril del año 2019.—Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2019337337 ).

En este Despacho, con una base de veintidós millones quinientos diecisiete mil seiscientos sesenta y seis colones con dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando limitaciones citas: 360-18632-01-0966-001, citas: 360-18632-01-0967-001 condiciones ref:00109818 000 , plazo de convalidación (rectificación de medida) citas: 543-18072-01-0002-001, además el derecho 001 soporta demanda ordinaria citas: 800-473949-01-0001-001 número de expediente 18- 000341-1307-FA; sáquese a remate la Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 116437-001-002 la cual es terreno agricultura lote 59 C. Situada en el distrito 3 Las Horquetas, cantón 10 Sarapiquí , de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Walter Quesada Oviedo; al sur, Gustavo Adolfo González Campos; al este, calle pública, María Ester Bermúdez Alvarado y Ovidio Agüero Agüero, y al oeste, Walter Quesada Oviedo y María De Los Ángeles Vargas Villalobos. Mide: Quince mil doscientos sesenta y siete metros con noventa decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintinueve de mayo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del seis de junio de dos mil diecinueve con la base de dieciséis millones ochocientos ochenta y ocho mil doscientos cuarenta y nueve colones con cincuenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del catorce de junio de dos mil diecinueve con la base de cinco millones seiscientos veintinueve mil cuatrocientos dieciséis colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Sandra Micaela Cruz D, Walter Eduardo Quesada Oviedo. Exp. 18-003004-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 8 de abril del año 2019.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2019337342 ).

En este Despacho, con una base de doce millones seiscientos ochenta y cuatro mil ochocientos cincuenta colones con treinta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando pero soportando condic. reservas ref: 00287777-000, citas; 386-10758-01-0900-001, Prohibiciones ref: 00287777-000, citas: 386-10758-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número trescientos ochenta y cinco mil quinientos ochenta y tres, derecho cero cero cero, la cual es naturaleza de solar y 1 casa. Situada en el distrito: 07-Pejibaye, cantón: 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Edwin Cordero Blanco; al sur, calle e Isaías, Alfredo y Manuel Cordero Lizano; al este, Boca de calle y Ulises Elizondo y al oeste, Edwin Cordero Blanco. Mide: trece mil quinientos setenta y tres metros con siete decímetros cuadrados. metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del seis de junio del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del catorce de junio del año dos mil diecinueve, con la base de nueve millones quinientos trece mil seiscientos treinta y siete colones con setenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veinticuatro de junio del año dos mil diecinueve, con la base de tres millones ciento setenta y un mil doscientos doce colones con cincuenta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Alfredo Cordero Lizano. Exp: 19-000864-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 04 de abril del 2019.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—( IN2019337347 ).

En este Despacho, con una base de diez millones seiscientos noventa y cinco mil trescientos ochenta y cuatro colones con cincuenta y cinco céntimos, soportando reservas y restricciones citas: 350-19412-01-0900-001, servidumbre sirviente citas: 375-04576-01-0002-001, además sobre el derecho 002 demanda ordinaria FA citas: 800-407603-01-0001-001, sáquese a remate la finca del partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos treinta y seis mil novecientos treinta y siete cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno para cultivos anuales. Situada: en el distrito 3-Daniel Flores, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Uriel Badilla; al sur, Ramona Odili Vargas Mora; al este, calle pública frente 125 m 40 cm, y al oeste, Uriel Badilla Rosa Fernández. Mide: diecisiete mil cuatrocientos setenta y dos metros con cuarenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de mayo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y cero minutos del veintinueve de mayo del dos mil diecinueve, con la base de ocho millones veintiún mil quinientos treinta y ocho colones con cuarenta y un céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cero minutos siete de junio del dos mil diecinueve, con la base de dos millones seiscientos setenta y tres mil ochocientos cuarenta y seis colones con catorce céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución de Coopealianza R.L. contra Hugo Alberto Vargas Badilla, María Isabel Jiménez Navarro. Expediente 18-001848-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 22 de noviembre del 2018.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza Decisor.—( IN2019337350 ).

En este Despacho, con una base de ciento quince mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José (1), matrícula número 535413, derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito: 01 Curridabat, cantón: 18 Curridabat, de la provincia de San José (1). Colinda: al norte, calle pública, derecho de vía de autopista; al sur, calle publica; al este, lote tres y al oeste, Manuel Francisco Matamoros Jiménez y María del Rocío Guzmán Chavarría. Mide: ciento ochenta y ocho metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos (10:00 a. m.) del diez de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos (10:00 a. m.) del diecinueve de junio de dos mil diecinueve, con la base de ochenta y seis mil doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos (10:00 a. m.) del veintisiete de junio de dos mil diecinueve, con la base de veintiocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Max Arturo de Los Ángeles Araya Vargas contra Situaciones Jurídicas Consolidades S. A. Exp, 18-008743-1764-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 26 de febrero del año 2019.—Licda. Audrey Abarca Quirós, Jueza Decisora.—( IN2019337356 ).

En este Despacho, Con una base de dieciséis millones seiscientos veintiséis mil noventa y un colones con sesenta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BMD386, Marca: Chevrolet, Estilo: Captiva LTZ, Categoría: automóvil, Capacidad: 7 personas, Serie: KL1FC6E61GB534888, Carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4X4, año fabricación: 2016, color: plateado, N. Motor: Z22D1162030037, Combustible: Diesel, Cilindrada: 2200 c.c. Para tal efecto se señalan las ocho horas y cero minutos del diez de junio del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del dieciocho de junio del año dos mil diecinueve, con la base de doce millones cuatrocientos sesenta y nueve mil quinientos sesenta y ocho colones con setenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de junio del año dos mil diecinueve, con la base de cuatro millones ciento cincuenta y seis mil quinientos veintidós colones con noventa y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Marco Antonio Huertas Rojas. Exp. 18-003822-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 2 de abril del 2019.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2019337403 ).

En este Despacho, con una base de ciento veinticinco mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas: 380-02964-01-0001-001, servidumbre trasladada citas: 380-02964-01-0900-001, servidumbre trasladada citas: 380-02964-01-0901- 001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número doscientos cinco mil seiscientos sesenta y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito San Pablo, cantón San Pablo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Orlando Hernández Ramírez; al este, lote de Carlos Federico Sanabria Zúñiga y Julieta Hernández Ramírez y al oeste, Natalia Dobles Rosabal. Mide: dos mil doscientos noventa y dos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de julio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del cinco de agosto de dos mil diecinueve con la base de noventa y tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del trece de agosto de dos mil diecinueve con la base de treinta y un mil doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de BAC San José S. A. contra Ana Cristina Rivera Ruiz, Carlos Roberto Rivera Ruiz, Corporación Santa Fe del Oeste S. A. Exp: 17-008778-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 28 de marzo del 2019.—Licda. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—( IN2019337406 ).

En este Despacho, con una base de catorce millones ciento ochenta y siete mil novecientos noventa y cuatro colones con veintiún céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, citas: 0352-00012575-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula 56272-000, la cual es terreno con una casa. Situada: en el distrito: 04-Belén, cantón: 05-Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Pacífico Espinoza Espinoza; al sur, Francisco, Amalia, Ángel, Misael y Sira, todos Serrano Serrano; al este, calle pública con frente de nueve metros cuarenta y siete centímetros, y al oeste, Sucesión de José María Guevara Cubillo. Mide: mil cuatrocientos ocho metros con catorce decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y treinta minutos del siete de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas y treinta minutos del diecisiete de junio del dos mil diecinueve, con la base de diez millones seiscientos cuarenta mil novecientos noventa y cinco colones con sesenta y cinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas y treinta minutos del veinticinco de junio del dos mil diecinueve, con la base de tres millones quinientos cuarenta y seis mil novecientos noventa y ocho colones con cincuenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito Ande N.1 contra Adely María Grijalba Villegas, Yorman Andrés Carmona Villafuerte. Expediente 16-011580-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 04 de abril del 2019.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.— ( IN2019337408 ).

En este Despacho, con una base de once millones novecientos setenta mil ciento sesenta y seis colones con noventa y un céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el Vehículo: Placas número CVM007. Marca CMC. Estilo Z7. Categoría automóvil. Capacidad 7 personas. Año 2016. Color negro. Vin RKMAS4721GY041088. Para tal efecto se señalan las siete horas y cinco minutos del tres de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas y cinco minutos del once de junio de dos mil diecinueve con la base de ocho millones novecientos setenta y siete mil seiscientos veinticinco colones con dieciocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas y cinco minutos del diecinueve de junio de dos mil diecinueve con la base de dos millones novecientos noventa y dos mil quinientos cuarenta y un colones con setenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Enrique Hernández Álvarez, Ruth Mery Ledezma Cordero. Exp. 16-001417-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 29 de noviembre del 2018.—Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2019337411 ).

En este despacho, con una base de veinticuatro millones seiscientos nueve mil novecientos cincuenta colones con cincuenta y tres céntimos, libre de gravámenes, pero soportando cond limit ref: 2247-279-001 citas 303-06517-01-0901- 087 así como reservas y restricciones citas 303-06517-01-0902-042; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número veintiún mil doscientos setenta y seis -cero cero cero, la cual es terreno de frutales con una casa y una galerón. Situada en el distrito 1-Buenos Aires, cantón 3 Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Quebrada Soledad; al sur, Marvin Gómez Gómez; al este, quebrada sin nombre de por medio con Marvin Gómez Gómez, y al oeste, carretera interamericana con un frente a ella de 67.03 metros. Mide: dos mil quinientos sesenta y tres metros cuadrados, para lo cual se señalan las nueve horas y cero minutos del veintitrés de mayo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las a las nueve horas y cero minutos del treinta y uno de mayo del dos mil diecinueve con la base de dieciocho millones cuatrocientos cincuenta y siete mil cuatrocientos sesenta y dos colones con noventa céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del diez de junio del dos mil diecinueve con la base de seis millones ciento cincuenta y dos mil cuatrocientos ochenta y siete colones con sesenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Elmer Hugo de La Trinidad Hernández Rodríguez. Expediente 18-004378-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 23 de abril del 2019.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza Tramitadora.—( IN2019337421 ).

En este Despacho, con una base de once millones ochocientos diez mil ciento ochenta y cuatro colones con cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número cuatrocientos siete mil ciento veintiocho-cero cero cero, la cual es terreno de café con una casa. Situada en el distrito San Isidro de El General, cantón Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Lizanías Padilla Cordero; al sur, Lizanías Padilla Cordero; al este, Carretera Interamericana y al oeste, Lizanías Padilla Cordero. Mide: doscientos doce metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del veintiuno de mayo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veintinueve de mayo del año dos mil diecinueve con la base de ocho millones ochocientos cincuenta y siete mil seiscientos treinta y ocho colones con tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del seis de junio del año dos mil diecinueve con la base de dos millones novecientos cincuenta y dos mil quinientos cuarenta y seis colones con un céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional. contra Ana Lía Mora Granados, Jorge Mario Fallas Navarro. Exp: 19-000070-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 06 de febrero del 2019.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza Tramitadora.—( IN2019337422 ).

En este Despacho, con una base de un millón doscientos treinta y cinco mil ciento once colones con cincuenta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo mot-531638, marca: Euromot, estilo: QM 200 3M, categoría: Motocicleta, serie: LV7MJC409HC000001, año: 2017, color: anaranjado, motor: 164FML1608002128, combustible: Gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiuno de mayo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del veintinueve de mayo del año dos mil diecinueve con la base de novecientos veintiséis mil trescientos treinta y tres colones con sesenta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del seis de junio del año dos mil diecinueve con la base de trescientos ocho mil setecientos setenta y siete colones con noventa céntimos (25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Coocique R. L. contra Carlos Alberto Vargas Morales. Exp. 18-002851-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 20 de marzo del 2019.—Lic. Randall Porras Chinchilla, Juez/a Decisor/a.—( IN2019337427 ).

En la puerta exterior de este Despacho, soportando reservas y restricciones bajo las citas 360-02771-01-0950-001 a las ocho horas del diez de junio del dos mil diecinueve (08:00 am del 10/06/2019) y, con la base de cincuenta y seis millones novecientos sesenta y nueve mil trescientos noventa y un colones con cuarenta y siete céntimos y libre de gravámenes (¢56.969.391,47); sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del partido de Alajuela, Upala , matrícula número 220317-000, que colinda: al norte, con calle pública y José Fabio Herrera Villalobos; al sur, Manuel Rodríguez, José Herrera Villalobos y Gerardo Méndez; al oeste, con calle pública; y al este, con Municipalidad de Guatuso y José Fabio Herrera. Mide: cincuenta mil cuatrocientos treinta y seis metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas del veinticinco de junio del dos mil diecinueve (08:00 am del 25/06/2019), con la base de cuarenta y dos millones setecientos veintisiete mil cuarenta y tres colones con sesenta céntimos (¢42.727.043,60) (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas del diez de julio del dos mil diecinueve (08:00 am del 10/07/2019), con la base de catorce millones doscientos cuarenta y dos mil trescientos cuarenta y siete colones con ochenta y seis (¢14.242.347,86) (un 25% de la base original). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Eli de los Ángeles Arguedas Villalobos, Rafael Ángel de Gerardo Arguedas Villalobos. Expediente 13-033935-1012-CJ.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria), 04 de abril del 2019.—Licda. Sussy María Gamboa Ramírez, Jueza.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019337453 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones, soportando Restricciones Reg Art 18, Ley 2825 citas 556-00003034-01-0095-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número seiscientos ocho mil cuatrocientos sesenta y seis, derechos 001, 002, 003, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Santiago, cantón Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Guillermo Alpízar Valverde; al sur, camino público con 58,76 metros de frente; al este, Guillermo Alpízar Valverde; y al oeste, Guillermo Alpízar Valverde. Mide: mil quinientos metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del once de julio del dos mil diecinueve, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintinueve de setiembre del dos mil diecinueve, con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Plinio Jiménez Valverde contra Hugo Ramón Vega Madrigal, Orlando Alfredo Alpízar Villalobos. Expediente 18-012005-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 10 de octubre del 2018.—Licda. Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza.—( IN2019337476 ).

En este despacho, con una base de seis millones seiscientos noventa y seis mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 303-04673-01-0901-001 y 311-02623-01-0901-001, reservas y restricciones bajo las citas: 309-02129-01-0901-001, servidumbre de paso bajo las citas: 417-02042-01-0002-001, servidumbre de aguas pluviales bajo las citas: 449-16186-01-0001-001 y 450-13821-01-0001-001, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 388509-000, la cual es terreno para construir, bloque B, lote 21. Situada en el distrito: 01-Quesada, cantón: 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Área Comunal Municipalidad de San Carlos; sur, lote 20; este, calle pública con un frente de 8 metros lineales; oeste, lotes 9 y 10. Mide: ciento noventa metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados, plano: A-0845055-2003. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del diecisiete de mayo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del veintisiete de mayo del año dos mil diecinueve, con la base de cinco millones veintidós mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del cuatro de junio del año dos mil diecinueve, con la base de un millón seiscientos setenta y cuatro mil colones exactos (25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R.L. contra Xinia del Rosario Calero Potoy. Exp. 18-002848-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 11 de marzo del año 2019.—Licda. Dinia Peraza Delgado, Jueza Decisora.—( IN2019337484 ).

En este Despacho, con una base de catorce millones trescientos cuarenta y un mil ciento setenta y ocho colones con setenta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas 392-03557-01-0900-001; sáquese a remate la Finca 1 del partido de Alajuela, matrícula número doscientos sesenta mil noventa y tres, derechos cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito 5-Tacares, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, José Martín Cruz Ramírez; al sur, Joaquín Rojas Álvarez; al este, calle pública con veintiocho metros veintinueve centímetros de frente; y al oeste, Joaquín Rojas Álvarez. Mide: trescientos treinta metros con setenta y un decímetros cuadrados. Plano: A-0324007-1996. Con la base pactada de once millones ocho mil ochocientos veintiún colones con veintidós céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas 395-18309-01-0900-001; sáquese a remate la Finca 2 del partido de Alajuela, matrícula número doscientos sesenta y cinco mil cincuenta y dos, derechos cero cero tres y cero cero cuatro, la cual es terreno de patio con 1 casa. Situada en el distrito 5-Tacares, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Amado Ramírez Víquez y callejón; al sur, María Teresa Ramírez; al este, calle pública con 03.00 metros; y al oeste, Joaquín Rojas Álvarez. Mide: doscientos veintiocho metros con setenta y nueve decímetros cuadrados. Plano: A-0043205-1992. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de julio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del seis de agosto del dos mil diecinueve con la base de diez millones setecientos cincuenta y cinco mil ochocientos ochenta y cuatro colones con ocho céntimos para la Finca 1; y de ocho millones doscientos cincuenta y seis mil seiscientos quince colones con noventa y un céntimos para la Finca 2. Y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del catorce de agosto del dos mil diecinueve con la base de tres millones quinientos ochenta y cinco mil doscientos noventa y cuatro colones con sesenta y nueve céntimos para la Finca 1; y de dos millones setecientos cincuenta y dos mil doscientos cinco colones con treinta céntimos para la Finca 2. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra José Martín Cruz Ramírez y Maura Etilma López González. Expediente 18-007511-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 09 de abril del 2019.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2019337491 ).

En este Despacho, con una base de diez millones de colones exactos (base de la hipoteca de primer grado) libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada citas: 280-04960-01-0002-001 Servidumbre trasladada citas: 378-08562-01-0001-002 servidumbre de paso citas: 411-05391-01-0002-001, sáquese a remate la finca del Partido de Guanacaste, matrícula número 136150-000, la cual es terreno de pastos y bosque. Situada en el distrito: 04-Santa Rosa, cantón: 08-Tilarán, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 106.05 metros; al sur, Isaac Alfonso Chavarría Vargas; al este, Isaac Alfonso Chavarría Vargas; y al oeste, Elido Alpízar Alpízar. Mide: treinta y ocho mil doscientos cincuenta y cuatro metros con noventa y cinco decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del doce de julio del dos mil diecinueve, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiséis de julio del dos mil diecinueve, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Errol Daniel Rodríguez Rodríguez contra Inversiones Turísticas CAWI del Norte Sociedad Anónima. Expediente 17-003785-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 14 de marzo del 2019.—Licda. Maricruz Barrantes Córdoba, Jueza Decisora.—( IN2019337494 ).

En este Despacho, con una base de veinte millones ciento diecinueve mil cuarenta y siete colones con setenta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento cuarenta y cuatro mil quinientos treinta, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 10H con una casa de habitación.- Situada en el distrito 08 Barranca, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas.- Colinda: al noreste lote destinado a calle pública; al noroeste lote 9 H; al sureste lote 11 H y al Sutoeste Alberto Y Carmen S. A. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y veinte minutos del trece de agosto de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y veinte minutos del veintidós de agosto de dos mil diecinueve con la base de quince millones ochenta y nueve mil doscientos ochenta y cinco colones con ochenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y veinte minutos del treinta de agosto de dos mil diecinueve con la base de cinco millones veintinueve mil setecientos sesenta y un colones con noventa y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se leinforma a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Silvia Elena Potosme Rostran Exp:18- 003029-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas.- 09 de abril del año 2019.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez Decisor.—( IN2019337500 ).

En este Despacho, con una base de diez mil quinientos cuarenta y un dólares con cincuenta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas número BFQ-623. Marca Hyundai. Estilo Elantra GL. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2014. Color negro. Vin KMHDG41EBEU918290. Cilindrada 1800 c.,c. Combustible gasolina. Motor G4NBDU757617. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del trece de mayo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veintidós de mayo del dos mil diecinueve con la base de siete mil novecientos seis dólares con diecisiete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del treinta de mayo del dos mil diecinueve con la base de dos mil seiscientos treinta y cinco dólares con treinta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carlos Roberto Romero Paniagua contra Juan Pablo Morales Vargas. Expediente 16-005253-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 25 de marzo del 2019.—Lic. Marvin Antonio Hernández Calderón, Juez Decisor.— ( IN2019338749 ).

En este Despacho, con una base de tres millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número cuarenta y nueve mil ciento veintinueve, derecho cero cero cero, la cual es terreno dedica a construcción lote 33. Situada en el distrito 01 Puntarenas, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, IMAS; al sur, avenida 3 con 12m 84 cm; al este, lote 34; y al oeste, lote 32. Mide: cuatrocientos ochenta y dos metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintitrés de mayo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del treinta y uno de mayo del dos mil diecinueve con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del diez de junio del dos mil dieciocho con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica en calidad de fiduciaria, actuando a traves Fideicomiso Coopemex RL/BCR/2010 contra Jorge Alfredo Zúñiga Marín. Expediente 08-100728-0642-CI.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 10 de abril del 2019.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez Decisor.—( IN2019338751 ).

En este Despacho, con una base de quince millones doscientos sesenta y siete mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 61588-A-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tercero Veintisiete de Abril, cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Miguel Ángel Álvarez; al sur, calle pública con once metros cincuenta y dos centímetros; al este, Miguel Ángel Álvarez; y al oeste, María Reinier Ortiz Zúñiga. Mide: trescientos treinta y cinco metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y quince minutos del dieciséis de mayo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y quince minutos del veintisiete de mayo del dos mil diecinueve con la base de once millones cuatrocientos cincuenta mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y quince minutos del cuatro de junio del dos mil diecinueve con la base de tres millones ochocientos dieciséis mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Servicio Cooperativo Nacional de Ahorro y Crédito de los Trabajadores Costarricense R.L. contra Jorge Luis Álvarez Ortiz. Expediente 10-012105-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 22 de febrero del 2019.—Licda. Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—( IN2019338752 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y cinco mil ochocientos setenta y seis dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas: 154-02969-01-0002-001, servidumbre trasladada, citas: 225-03175-01-0901-001; y, servidumbre de aguas pluviales, citas: 2012-300027-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número ciento ocho mil setecientos dieciséis, horizontal F, derecho cero cero cero; la cual es terreno finca filial primaria individualizada número B-ciento treinta y tres, apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 7-Puente de Piedra, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, finca filial primaria individualizada número B-ciento treinta y dos; al sur, área común a acceso B-uno; al este, área común a acceso B-uno; y al oeste, finca filial primaria individualizada número B-ciento treinta y cuatro. Mide: trescientos catorce metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos del dieciocho de julio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del seis de agosto del dos mil diecinueve con la base de treinta y cuatro mil cuatrocientos siete dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del catorce de agosto del dos mil diecinueve con la base de once mil cuatrocientos sesenta y nueve dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Factiban Sociedad de Responsabilidad Limitada contra Augusto César Quesada Arroyo. Expediente 17-009934-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 22 de abril del 2019.—Licda. Jazmin Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2019338758 ).

En la puerta exterior de este Despacho, con una base de un millón setecientos cuarenta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones hipotecarios; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula número 497538, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 4 Concepción, cantón 10 Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Daniel Mora Valverde; al sur, Alameda con frente de seis metros; al este, Rafael Monge Chacón, y al oeste, lote 2. Mide: Ciento dos metros con once decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del once de junio del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del diecinueve de junio del año dos mil diecinueve con la base de un millón trescientos ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintisiete de junio del año dos mil diecinueve con la base de cuatrocientos treinta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Nacional De Vivienda y Urbanismo contra Christian José Pérez Abarca, Guiselle De Los Ángeles Batista Aguilar, Nicole De Los Ángeles Pérez Batista. Exp. 19-000555-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 9 de abril del 2019.—Licda. María Gabriela Solano Molina, Jueza Decisora.—( IN2019338774 ).

En la puerta exterior de este Despacho, con una base de setenta y nueve mil quinientos dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando demanda ordinaria a las citas 800-00485031-01-0001-001 y servidumbre de paso a las citas 0577-00033746-01-0007-001, 0577-00033746-01-0008-001, 2009-00320195-01-0038-001, 2009-00320195-01-0039-001, 2009-00320195-01-0040-001, 2009-00320195-01-0041-001, 2009-00320195-01-0042-001, 2009-00320195-01-0043-001, 2009-00320195-01-0044-001, 2009-00320195-01-0045-001, 2009-00320195-01-0046-001, 2009-00320195-01-0047-001, 2009-00320195-01-0048-001, 2009-00320195-01-0049-001, 2009-00320195-01-0050-001, 2009-00320195-01-0051-001, 2009-00320195-01-0052-001, 2009-00320195-01-0053-001, 2009-00320195-01-0054-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 652931-000, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito San Felipe, cantón Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con un frente de veintitres metros con setenta y nueve centímetros lineales; al sur, STCR Costa Rica Trust and Escrow Company Limited Sociedad Anónima; al este, STCR Costa Rica Trust and Escrow Company Limited Sociedad Anónima; y al oeste, servidumbre de paso con un frente de once metros con noventa y cuatro centímetros. Mide: trescientos sesenta y cuatro metros con cero decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del veintiocho de mayo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del cinco de junio del dos mil diecinueve con la base de cincuenta y nueve mil seiscientos veinticinco dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del trece de junio del dos mil diecinueve con la base de diecinueve mil ochocientos setenta y cinco dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Alexis Alberto Vega Montoya. Expediente 19-001543-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 28 de marzo del 2019.—Lic. Luis Diego Vargas Vargas, Juez Tramitador.—( IN2019338775 ).

En este Despacho, con una base de novecientos setenta y nueve mil dólares, libre de gravámenes y anotaciones sáquese a remate la finca del partido de SAN JOSÉ, matrícula número doscientos setenta y seis mil ciento sesenta y uno, derecho 000, la cual es terreno terreno p/construir 1 Edificio. En construcción. Situada en el distrito San Juan, cantón 13- Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte Guadalupe Miranda Miranda; al sur Mario Gonzalez, Milton Rodriguez, otro; al este, carretera, con 19m37cm y al oeste Mun de Tibás Dest a Vía P con 19M59C.- Mide: mil seiscientos noventa y tres metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y quince minutos del uno de agosto de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y quince minutos del doce de agosto de dos mil diecinueve con la base de setecientos treinta y cuatro mil doscientos cincuenta dólares (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y quince minutos del veintiuno de agosto de dos mil diecinueve con la base de doscientos cuarenta y cuatro mil setecientos cincuenta dólares (25% de la base original). con una base de ciento mil dólares, libre de gravámenes y anotaciones sáquese a remate finca del partido de SAN JOSÉ, matrícula número trescientos tres mil cuatrocientos setenta y cuatro, derecho 000, la cual es terreno terreno para construir con edificio. Situada en el distrito San Juan, cantón 13- Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte Guadalupe Miranda Miranda; al sur Isabel Rodriguez González; al este Municipalidad de Tibás con 20m 63cm y al oeste José Alvarado Rodríguez. Mide: trescientos cincuenta y tres metros con treinta y nueve decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y quince minutos del uno de agosto de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y quince minutos del doce de agosto de dos mil diecinueve con la base de noventa mil setecientos cincuenta dólares (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y quince minutos del veintiuno de agosto de dos mil diecinueve con la base de treinta mil doscientos cincuenta dólares (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Arrendadora Baalbek S.A., Dos Mil Once S.A., KATRA S.A., Los Cedros De Bakafra S.A., Randall Arturo Perez Castillo contra Alfredo Sasso R Hijos S.A. Exp:18- 013526-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San Jose, 06 de marzo del año 2019.—Licda. Heilim Badilla Alvarado, Jueza Decisora.—( IN2019338782 ).

En este Despacho, con una base de setenta mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 117234-000, derecho, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito La Cruz, cantón La Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con 45.88 metros; al sur, calle pública con 53.09 metros; al este, Álvaro Ramírez Junez; y al oeste, calle pública con 47 metros. Mide: dos mil doscientos cuarenta y ocho metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y quince minutos del uno de octubre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y quince minutos del nueve de octubre del dos mil diecinueve con la base de cincuenta y dos mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y quince minutos del diecisiete de octubre del dos mil diecinueve con la base de diecisiete mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Industrias Desarrolladas MC S. A. contra Hilario José Novoa Arias. Expediente 16-006529-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 05 de abril del 2019.—Licda. Paula Morales González, Jueza Decisora.—( IN2019338785 ).

En este Despacho, con una base de ciento siete mil doscientos noventa y seis dólares con sesenta y cuatro centavos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada citas 281-02121-01-0801-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 606361-001y 002 , la cual es terreno de frutales. Situada en el distrito 5-Piedades, cantón 9-Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Olga Lidia Sandi Arias y servidumbre de paso en parte; al sur, Luis Mendoza Artavia; al este, Octavio Sandi Aguilar, y al oeste, Octavio Sandi Aguilar. Mide: setecientos noventa y cuatro metros cuadrados. Plano: SJ-1374947-2009. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del veinte de mayo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del veintiocho de mayo del dos mil diecinueve con la base de ochenta mil cuatrocientos setenta y dos dólares con cuarenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de junio del dos mil diecinueve con la base de veintiséis mil ochocientos veinticuatro dólares con dieciséis centavos (25% de la base original). Notas: Se Firmado digital de: le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Edelberto Trigueros Ramírez, Rebeca Marcela Arce Leiva. Expediente 18-005195-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 08 de febrero del 2019.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Decisora.—( IN2019338790 ).

En este Despacho, Con una base de dieciocho mil trescientos veinticinco dólares con noventa y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BNV557, Marca: Citroen, Estilo: C-Elysee, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas, Tracción: 4X2, Año Fabricación: 2017, Color: Beige, Vin: VF7DDNFP6JJ503060. Para tal efecto se señalan las dieciséis horas del tres de junio del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas del once de junio del año dos mil diecinueve con la base de trece mil setecientos cuarenta y cuatro dólares con cuarenta y nueve centavos y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas del diecinueve de junio del año dos mil dieciocho con la base de cuatro mil quinientos ochenta y un dólares con cincuenta centavos. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S.A contra Maritza Isabel Méndez Fernandez. Exp:18-005214-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 23 de abril del año 2019.—Licda. Patricia Eugenia Cedeño Leiton, Jueza  Decisora.—( IN2019338791 ).

En este Despacho, con una base de dos millones ochocientos noventa y seis mil setecientos treinta y cuatro colones con veintiún céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 369-16749-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número seiscientos siete mil seiscientos treinta y seis, derecho 000, la cual es terreno de café. Situada en el distrito Platanares, cantón Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, resto de Yadira Durán Umaña; al sur, Oscar Fonseca Quirós; al este, resto de Yadira Durán Umaña; y al oeste, calle pública. Mide: setecientos cincuenta metros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del cinco de julio del dos mil diecinueve con la base de dos millones ciento setenta y dos mil quinientos cincuenta colones con sesenta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del quince de julio del dos mil diecinueve con la base de setecientos veinticuatro mil ciento ochenta y tres colones con cincuenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda (Costa Rica) Sociedad Anónima contra Francisco Gerardo Valverde Álvarez. Expediente 18-006762-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 17 de diciembre del 2018.—Msc. Gabriela Chaves Villalobos, Jueza Tramitadora.—( IN2019338795 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y un millones ciento dieciocho mil trescientos treinta y ocho colones con cuarenta y un céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 213545-001-002, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 2 Cot, cantón 7 Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Ganadera De Paso Ancho S,A.; al sur, Carlos Segura; al este, Claudio Sánchez y Ganadera De Paso S.A., y al oeste, Claudio Sánchez. Mide: Mil seis metros con treinta y ocho decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del quince de mayo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de mayo de dos mil diecinueve con la base de treinta y ocho millones trescientos treinta y ocho mil setecientos cincuenta y tres colones con ochenta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta y uno de mayo de dos mil diecinueve con la base de doce millones setecientos setenta y nueve mil quinientos ochenta y cuatro colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Agromarvic Del Paso S.A., José Carlos Brenes Segura, Marco Vinicio Brenes Segura. Exp. 18-002981-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 29 de marzo del 2019.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Juez/a Decisor/a.—( IN2019338804 ).

En este Despacho, con una base de tres millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo TBR016, marca: Kia; estilo: Rio; Capacidad: 5 personas; año: 2012; color: blanco; categoría: automóvil; carrocería: sedan 4 puertas; tracción: 4X2; chasís: KNADN4A37C6094640; motor: no existe; cilindrada: 1600 c.c.; combustible: gasolina; cilindros: 04. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de mayo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de junio del dos mil diecinueve con la base de dos millones seiscientos seis mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del doce de junio del dos mil diecinueve con la base de ochocientos sesenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Inversiones S Rehner Costa Rica Sociedad Anónima contra Tatiana María Borbas Rodríguez. Expediente 19-000450-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 24 de enero del 2019.—Lic. Fernando Martinez Garbanzo, Juez Decisor.—( IN2019338828 ).

En la puerta exterior de este Despacho, con una base de treinta y cuatro millones seiscientos ochenta y cinco mil cincuenta y ocho colones con once céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada al tomo 0349-00007381-01-0902-001 // servidumbre trasladada al tomo 0349-00007381-01-0903-001 // servidumbre trasladada al tomo 0349-00007381-01-0904-001 // servidumbre trasladada al tomo 0349-00007381-01-0905-001 // servidumbre trasladada al tomo 0349-00007381-01-0906-001 // servidumbre trasladada al tomo 0349-00007381-01-0907-001 // servidumbre de paso al tomo 0474-00003459-01-0100-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número quinientos treinta y dos mil cuatrocientos setenta y cuatro, derecho cero cero cero, la cual es terreno lote A, terreno de pastos. Situada en el distrito 05-Cascajal, cantón 11-Vásquez de Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al sur, calle pública; al este, Quebrada Carvajal; al noreste, Parbrant S.A.; al noroeste, servidumbre de paso agrícola; al sureste, Parbrant S.A.; y al suroeste, Parbrant S.A. Mide: cuatro mil cuatrocientos ocho metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las cero horas y cero minutos del veinte de mayo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las cero horas y cero minutos del veintiocho de mayo del dos mil diecinueve con la base de veintiséis millones trece mil setecientos noventa y tres colones con cincuenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las cero horas y cero minutos del cinco de junio del dos mil diecinueve con la base de ocho millones seiscientos setenta y un mil doscientos sesenta y cuatro colones con cincuenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Rodolfo Heriberto Díaz Prado. Expediente 19-000958-1763-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 19 de marzo del 2019.—Licda. Mónica Fallas Mesén, Jueza.—( IN2019338830 ).

En este Despacho, con una base de diecinueve millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 378-07212-01-0976-001 y servidumbre de paso citas: 2010-347221-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento noventa y dos mil setecientos cuatro, derecho cero cero cero, la cual es terreno parcela R tres terreno de agricultura. Situada en el distrito 04 San Rafael, cantón 02 Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Carlos Luis Céspedes Flores; al sur, servidumbre agrícola con 40 metros en medio de Gerardo Vega Zamora; al este, Jose Ángel Enrique Parra y al oeste, Jose Ángel Enrique Parra. Mide: cinco mil ciento tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cuarenta minutos del cuatro de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cuarenta minutos del doce de junio de dos mil diecinueve con la base de catorce millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cuarenta minutos del veinte de junio de dos mil diecinueve con la base de cuatro millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Yolquin de Esparza Sociedad Anónima contra Heilliry José Enríquez Obando, Marino Gerardo Obando Porras. Exp.: 18-000920-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 11 de marzo del 2019.—Lic. Víctor Obando Rivera, Jueza Decisora.—( IN2019338847 ).

En este Despacho, con una base de dos mil doscientos dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas SSC000, marca: Kia, estilo: Picanto, capacidad: 5 personas, año:2012, color: plateado, categoría: automóvil, carrocería: sedan 4 puertas hacthback, tracción: 4X2, chasis: KNABE512ACT266706, número de motor: G4LACP017333, cilindrada: 1248 c.c., combustible: gasolina, cilindros: 04. Para tal efecto se señalan las once horas y treinta minutos del treinta de mayo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y treinta minutos del siete de junio del dos mil diecinueve con la base de mil seiscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y treinta minutos del dieciocho de junio del dos mil diecinueve con la base de quinientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Werner Schwingshandl contra Stephanie Paola Mora Gómez. Expediente 18-015286-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 11 de febrero del 2019.—Lic. Fernando Martínez Garbanzo, Juez Decisor.—( IN2019338862 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y siete millones setecientos noventa y cuatro mil cuatrocientos dos colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre traslada citas: 389-12393-01-0904-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 12100-F-000, derecho 000, la cual es terreno apartamento 1 uso habitacional. Situada en el distrito 01 San Pedro, cantón 15 de Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte, apartamento 3; al sur, zona de parqueo y avenida siete; al este, apartamento 2; y al oeste, Hilda Saborido Alvarado. Mide: ciento cinco metros con cuarenta y ocho decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de agosto del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintidós de agosto del dos mil diecinueve con la base de treinta y cinco millones ochocientos cuarenta y tres mil quinientos cincuenta y un colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de agosto del dos mil diecinueve con la base de once millones novecientos cuarenta y siete mil ochocientos cincuenta colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Apartamentos Trebor contra Akef Importaciones y Exportaciones Sociedad Civil. Expediente 15-039188-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 08 de abril del 2019.—Lic.Tadeo Solano Alfaro, Juez Decisor.—( IN2019338866 ).

En este Despacho, con una base de nueve mil noventa y siete dólares con quince centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión numero de sumaria 16-001680-0607-TR, Autoridad Judicial Juzgado de Tránsito de Puntarenas; sáquese a remate el vehículo placas FMN713, marca: Kia, estilo: Rio, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2014, color: azul, Vin: KNADN412AE6343098, motor: G4FADS617371, marca: KIA, cilindrada: 1396 c.c., cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintisiete de mayo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del cuatro de junio del dos mil diecinueve con la base de seis mil ochocientos veintidós dólares con ochenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del doce de junio del dos mil diecinueve con la base de dos mil doscientos setenta y ocho dólares con veintinueve centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Lafise S. A. contra Luis Eduardo Muñoz Hurtado. Expediente 17-012378-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 29 de noviembre del 2018.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Decisora.—( IN2019338879 ).

En este Despacho, Con una base de veinticinco mil ciento quince dólares con ochenta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo RYK711, marca: Citroen Estilo: C4, categoría: Automóvil capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback, tracción: 4x2, año fabricación: 2016, color: gris, motor: 10fhbx2170363, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintisiete de mayo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del cuatro de junio del año dos mil diecinueve con la base de dieciocho mil ochocientos treinta y seis dólares con noventa y dos centavos 75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del doce de junio del año dos mil diecinueve con la base de seis mil doscientos setenta y ocho dólares con noventa y siete centavos(25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Lafise S.A contra Carolina Alvarado Barrantes. Exp:18-006374-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 15 de noviembre del año 2018.—Licda. Patricia Cedeño Leiton, Jueza.—( IN2019338880 ).

En este Despacho, con una base de once millones ciento cincuenta mil setecientos treinta y nueve colones con cuarenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 336-09724-01-0901-001 y servidumbre de líneas eléctricas y de paso bajo las citas 568-48127-01.41001-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número seiscientos setenta y seis mil sesenta y seis, derecho 000, la cual es terreno de café. Situada en el distrito 7- Pejibaye, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte Manuel Corrales Mora; al sur Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, Edén Hernández Marin, Quebrada, resto de Gerardo Alfaro Hernández; al este, calle publica y al oeste Manuel Mora Corrales. Mide: diecinueve mil doscientos diez metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del siete de junio del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del diecisiete de junio del año dos mil diecinueve con la base de ocho millones trescientos sesenta y tres mil cincuenta y cuatro colones con cincuenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticinco de junio del año dos mil diecinueve con la base de dos millones setecientos ochenta y siete mil seiscientos ochenta y cuatro colones con ochenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Agrícola Industrial y de Servicios Múltiples El General R.L. contra Gerardo del Carmen Alfaro Hernández. Exp: 19-000075-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 21 de febrero del año 2019.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2019339022 ).

En este Despacho, con una base de diez millones doscientos ochenta y nueve mil doscientos ochenta y ocho colones con sesenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 364-19951-01-0900-001, condiciones ref:00265957 000 citas: 364-19952-01-0900-001, condiciones ref:00265957 000 citas: 376-19972-01-0900-001, serv de paso ref:00287657-000 citas:403-02992-01-0004-001, reservas y restricciones citas: 403-02992- 01-0903-001, condiciones ref:00287657-000 citas: 403-02992-01-0904-001, servidumbre trasladada citas: 403-02992-01-0905-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número quinientos noventa y cinco mil treinta y cuatro, derecho cero cero cero, la cual es terreno de café con una casa. Situada en el distrito 6-Platanares, cantón cantón 19-Perez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte calle publica y lote de Juan Carlos Umaña Pereira; al sur Virgilio Morales Aguilar y Elieth Naranjo Mora; Al este Jose Sánchez Solís y al oeste Asociación Manantiales de Vida Eterna, servidumbre, Jesús Sánchez Campos y Virgilio Morales Aguilar.  Mide: ocho mil ciento cincuenta metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del veintiuno de junio del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del uno de julio del año dos mil diecinueve con la base de siete millones setecientos dieciséis mil novecientos sesenta y seis colones con cuarenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de julio del año dos mil diecinueve con la base de dos millones quinientos setenta y dos mil trescientos veintidós colones con quince céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Credecoop R.L contra Andrey Steven Mora Amador. Exp:18-007697-1200- CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 11 de marzo del año 2019.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza Tramitadora.—( IN2019339023 ).

En este Despacho, sáquese a remate las fincas del partido de San José, matriculas: 567573-000, 686736-000, 630588-000. primera finca: 567573-000, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref: 2360-0463-001, citas: 304-01938-01-0902-008; la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 6- Platanares, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte Mario Mora Hidalgo; al sur Raman Alexis Abarca Calderón; al este Raman Alexis Abarca Calderón y al oeste Callejón de acceso a calle pública, en medio Raman Alexis Abarca. Mide: quinientos veintiocho metros con noventa decímetros cuadrados. con una base de seis millones quinientos ochenta mil cuatrocientos treinta y dos colones con noventa y cuatro céntimos, de no haber postores, el segundo remate se efectuará con la base de cuatro millones novecientos treinta y cinco mil trescientos veinticuatro colones con setenta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate con la base de ochocientos veintidós mil quinientos cincuenta y cuatro colones con doce céntimos (25% de la base original). Segunda finca: 686736-000, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref: 2360-0463-001, citas: 304-01938-01-0902-008; la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 6-Platanares, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública, Mario Mora Hidalgo; al sur finca 1-242517; al este Mario Mora Hidalgo y al oeste finca 1-242517. Mide: trescientos ochenta y seis metros cuadrados. con una base de un millón noventa y seis mil setecientos treinta y ocho colones con ochenta y dos céntimos, de no haber postores, el segundo remate se efectuará con la base de ochocientos veintidós mil quinientos cincuenta y cuatro colones con doce céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate con la base de doscientos setenta y cuatro mil ciento ochenta y cuatro colones con setenta y un céntimos (25% de la base original). Tercera finca: 630588-000, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Condiciones REF: 2360-0463-001, citas: 304-01938-01-0902-008; la cual es terreno de Café y Agricultura. Situada en el distrito 6-Platanares, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte Alexis Abarca Calderón; al sur Rodrigo Ceciliano Rivera; al este Guiselle Jiménez Méndez y al oeste calle a fincas. Mide: Diez mil seiscientos setenta y un metros cuadrados con una base de tres millones doscientos noventa mil doscientos dieciséis colones con cuarenta y siete céntimos, de no haber postores, el segundo remate se efectuará con la base de dos millones, cuatrocientos sesenta y siete mil seiscientos veintidós colones con treinta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate con la base de ochocientos veintidós mil quinientos cincuenta y cuatro colones con doce céntimos (25% de la base original). Para los efectos de lo anterior se señala la misma hora y fecha para llevar acabo la subasta pública. primera fecha: a las quince horas treinta minutos del veintitrés de mayo del dos mil diecinueve. Segunda fecha: a las quince horas treinta minutos del treinta y uno de mayo del dos mil diecinueve. Tercera fecha: a las quince horas treinta minutos del diez de junio del dos mil diecinueve. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Credecoop R.L contra Ramon Alexis Abarca Calderón. Exp:18-007188-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 14 de enero del año 2019.—Lic. Diego Angulo Hernández, Jueza.—Tramitadora.—( IN2019339024 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de quince millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número ciento ochenta y ocho mil ochenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito La Suiza, cantón Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte Amelia Galban Barquero, Mireya Paniagua Molina, Juan Pereira Gutiérrez todos en parte; al sur Geovanny del Valle, Alicia Zamora Jiménez y calle publica; al este, calle publica y al oeste Elida Valverde Castro y Francisco Méndez Chaves. Mide: Mil doscientos dieciséis metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintisiete de mayo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del cuatro de junio del año dos mil diecinueve con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del doce de junio del año dos mil diecinueve con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jose Ángel Rojas Muñoz contra Alvaro Zamora Jiménez y Josefa Antonia De Los Ángeles Roda Madrigal. Exp:18-000174-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramon), 18 de febrero del año 2019.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2019339046 ).

En este Despacho, con una base de diez millones de colones exactos, soportando hipoteca de primer grado por un monto de tres millones trescientos sesenta mil colones e hipoteca de segundo grado por un monto de dos millones quinientos mil colones, sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número noventa y cuatro mil novecientos noventa y nueve, derecho cero cero siete, la cual es terreno terreno con dos casas de habitación y patio. Situada en el distrito 5-Concepcion, cantón 5-San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte Jorge Salas Vega; al sur calle publica con frente de veinte metros doce centímetros; al este Mariano Arce Jiménez y al oeste calle publica con frente de veinticinco metros noventa centímetros. mide: quinientos catorce metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de mayo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del treinta de mayo del año dos mil diecinueve con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del siete de junio del año dos mil diecinueve con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecucion Ley Cobro Judicial de la Paz de Beethoven Limitada contra Luis Alberto de la Trinidad Montero OSES. Exp:17-000305-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramon), 12 de febrero del año 2019.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza.—( IN2019339057 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y siete mil cuatrocientos setenta y tres dólares con treinta centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número doscientos un mil quinientos cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 1-La Cruz, cantón 10-La Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Erica Arroyo Sánchez, Alexi Morice Montiel, Ester Calderón Silva; al sur, calle pública con un frente a ella de 28.80 mts; al este; Olger Gonzaga Vargas; y al oeste, Katia Brenes Acuña. Mide: mil setecientos once metros cuadrados. Plano: G-1682420-2013. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del diez de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del dieciocho de junio del dos mil diecinueve con la base de treinta y cinco mil seiscientos cuatro dólares con noventa y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil diecinueve con la base de once mil ochocientos sesenta y ocho dólares con treinta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco LAFISE S. A. contra Alan Guadamuz Lara. Expediente 18-004247-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 03 de abril del 2019.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez Decisor.—( IN2019339145 ).

En este Despacho, con una base de diez mil seiscientos diecisiete dólares con ochenta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BHR344, Marca: Suzuki, Año: 2015, color: negro, Motor: K12MN1473775. Para tal efecto se señalan las once horas y treinta minutos del cinco de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y treinta minutos del trece de junio de dos mil diecinueve, con la base de siete mil novecientos sesenta y tres dólares con cuarenta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y treinta minutos del veinticuatro de junio de dos mil diecinueve, con la base de dos mil seiscientos cincuenta y cuatro dólares con cuarenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Raquel Maria Madrigal Bonilla, Yenori Bonilla Brenes Exp:18-006748-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San Jose, 28 de marzo del año 2019.—Licda. Joyce Magaly Ugalde Huezo, Jueza. Decisora—( IN2019339148 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del uno de julio del año dos mil diecinueve, y con la base de cuarenta y tres mil novecientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número CL 290911, marca Volkswagen, estilo Amarok, categoría carga liviana, capacidad 5 personas, año 2016, color beige, vin WV1ZZZ2HZGA002310, cilindrada 2000 c.c., combustible diésel, motor CNF058572. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del nueve de julio del año dos mil diecinueve, con la base de treinta y dos mil novecientos veinticinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de julio del año dos mil diecinueve con la base de diez mil novecientos setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Diego Armando Castillo Gamboa, expediente 17-004034-1764-CJ. Nota: publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de ocho días de antelación a la fecha fijada para la subasta.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 26 de abril del 2019.—Licda. Gabriela Campos Ruiz, Jueza.—( IN2019339169 ).

En este Despacho, con una base de once millones doscientos cincuenta y tres mil doscientos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo JYR684 Marca: Nissan. Estilo: Sentra. Categoría: automóvil. Capacidad: 5 personas. Año fabricación: 2017. Vin: 3N1AB7AD9HL603426. Color: gris. motor: MRA8802720H. Cilindrada: 1800 c.c. Para tal efecto se señalan las trece horas y quince minutos del diecisiete de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y quince minutos del veinticinco de junio de dos mil diecinueve con la base de ocho millones cuatrocientos treinta y nueve mil novecientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y quince minutos del tres de julio de dos mil diecinueve con la base de dos millones ochocientos trece mil trescientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Jamileth Vega Vargas. Exp.: 18-007964-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 13 de marzo del 2019.—Licda. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—( IN2019339174 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del trece de junio de dos mil diecinueve, y con la base de quinientos sesenta y seis mil seiscientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo Placas. 369111, Marca: Hyundai, Categoría: automóvil, carrocería: Sedan 4 puertas, Chasis: KMHCH41GPYU077232, uso particular, Estilo: Accent GLS, Capacidad: 5 personas, año 2000, color: gris, número Motor G4EBY770108, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del uno de julio de dos mil diecinueve, con la base de cuatrocientos veinticuatro mil novecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de julio de dos mil diecinueve, con la base de ciento cuarenta y un mil seiscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecucion prendaria de Instacredit S.A. contra Marcos Marín Brenes. Exp:17-000992-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 05 de julio del año 2018.—M.Sc. Zary Navarro Zamora, Jueza.—( IN2019339175 ).

En este Despacho, con una base de dos millones trescientos noventa mil ciento ochenta y cinco colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando Infracciones y Colisiones bajo el número de sumaria 16-007907-0174-TR; sáquese a remate el Vehículo Placas: 838763. Marca: Chevrolet. Estilo: Spark, Categoría: automóvil. Capacidad: 5 personas. Año fabricación: 2001. Color: dorado. Vin: KLY4A11BD1C761803. Cilindrada: 800 c.c. Para tal efecto se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del doce de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de junio de dos mil diecinueve con la base de un millón setecientos noventa y dos mil seiscientos treinta y ocho colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del tres de julio de dos mil diecinueve con la base de quinientos noventa y siete mil quinientos cuarenta y seis colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra David Alonso Rivera Moraga. Exp:17-014763-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 14 de marzo del 2019.—Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez Decisor.—( IN2019339176 ).

En este despacho, con una base de dos millones doscientos veintiún mil novecientos cincuenta colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas CL 202736, marca: Fiat, estilo: Fiorino17, categoría: carga libiana, capacidad: 2 personas, año: 2005, color: blanco, tracción: 4x2. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del siete de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del diecisiete de junio de dos mil diecinueve con la base de un millón seiscientos sesenta y seis mil cuatrocientos sesenta y dos colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del veinticinco de junio de dos mil diecinueve con la base de quinientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos ochenta y siete colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Marjorie Madelen Retes Mora. Exp: 17-009028-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 03 de abril del 2019.—Lic. Gerardo Monge Blanco, Juez Decisor.—( IN2019339177 ).

En este Despacho, con una base de cuatrocientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos treinta y nueve colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas: 882899, Marca: Hyundai, Estilo: Accent, Serie: KMHVA21NPWU352254, año fabricación: 1998, color: blanco. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del trece de junio de dos mil diecinueve, con la base de trescientos treinta y siete mil setenta y nueve colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del veinticuatro de junio de dos mil diecinueve, con la base de ciento doce mil trescientos cincuenta y nueve colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra Yelden David Bermúdez Sánchez, expediente 13-006491-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 06 de marzo del 2019.—Licda. Adriana Soto González, Jueza Decisora.—( IN2019339178 ).

En este Despacho, con una base de un millón setecientos sesenta y dos mil novecientos cuarenta colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BCY302, marca: Chevrolet, estilo: Tracker, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2000, color: plateado, vin: 2CNBJ13C6Y6921364, cilindrada: 2000 C.C. Para tal efecto se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del trece de junio del dos mil diecinueve, con la base de un millón trescientos veintidós mil doscientos cinco colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de junio del dos mil diecinueve, con la base de cuatrocientos cuarenta mil setecientos treinta y cinco colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra José Pablo Bustos Marchena. Expediente 17-006826-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de marzo del 2019.—Gerardo Calvo Solano, Juez Decisor.—( IN2019339179 ).

En este Despacho, con una base de un millón ciento veintinueve mil ochocientos cincuenta y cuatro colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas MOT 457291, marca: Katana, estilo: SMX200, número chasis: LKXYCML43F0018215, año fabricación: 2015, color: azul, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas y treinta minutos del seis de junio del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del catorce de junio del año dos mil diecinueve con la base de ochocientos cuarenta y siete mil trescientos noventa colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de junio del año dos mil dieciocho con la base de doscientos ochenta y dos mil cuatrocientos sesenta y tres colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Sergio Guillermo Monge Sandi. Exp. 17-001025-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 04 de abril del año 2019.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza.—( IN2019339181 ).

En este Despacho, Con una base de cuatrocientos veintitrés mil doscientos ochenta colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BJQ824, Marca: Hyundai, Estilo: Accent, Serie: KMHCG41GP1U222149, año. Fabricación: 2001, color: gris. Para tal efecto se señalan las diez horas y treinta minutos del seis de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del dieciocho de junio de dos mil diecinueve, con la base de trescientos diecisiete mil cuatrocientos sesenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiséis de junio de dos mil diecinueve, con la base de ciento cinco mil ochocientos veinte colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra Francisco Nicolás Salazar Arce Exp:17-009248-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San Jose, 02 de abril del año 2019.—Lic. Oscar Mauricio Rodriguez Villalobos, Juez Decisor.—( IN2019339182 ).

En este Despacho, con una base de setecientos sesenta y dos mil trescientos ochenta y tres colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MOT 455829, marca: Freedom, estilo: FR250GY, categoría: motocicleta, capacidad: 2 personas, serie: LLCJGM103FA100563, año fabricación: 2015, color: negro, N. motor: LC166FMMMQ411610. Para tal efecto se señalan las catorce horas y quince minutos del seis de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y quince minutos del catorce de junio de dos mil diecinueve con la base de quinientos setenta y un mil setecientos ochenta y siete colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y quince minutos del veinticuatro de junio de dos mil diecinueve con la base de ciento noventa mil quinientos noventa y cinco colones con  setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: se le  informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Alexánder Gerardo Fonseca Delgado, expediente 17-005816-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 07 de diciembre del 2018.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2019339183 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de mayo de dos mil diecinueve, y con la base de cuatro millones ciento cuarenta y tres mil cincuenta y cinco colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas: TSJ 004686 (únicamente el vehículo automotor y no la placa). Marca Hyundai. Estilo accent GLS. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2004. Color rojo. Vin: KMHCG41GP4U56420. Cilindrada 1500 c.c. Combustible gasolina. Motor ilegible. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de junio de dos mil diecinueve, con la base de tres millones ciento siete mil doscientos noventa y un colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de junio de dos mil diecinueve con la base de un millón treinta y cinco mil setecientos sesenta y tres colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra Ronald Alberto Solano Rojas. Exp: 17-007294-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 11 de setiembre del 2018.—Lic. Verny Arias Vega, Juez.—( IN2019339184 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del veintinueve de mayo de dos mil diecinueve, y con la base de quinientos sesenta y cuatro mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo Placa: BCM545, Marca: Hyundai, Categoría: automóvil, Chasis]: KMHVA21LPXU418206, Capacidad: 5 personas, año: 1999, color: celeste, combustible: gasolina. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del trece de junio de dos mil diecinueve, con la base de cuatrocientos veintitrés mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintiocho de junio de dos mil diecinueve, con la base de ciento cuarenta y un mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Ángel Noel Arroliga Hurtado. Exp. 16-017858-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 13 de setiembre del 2018.—Licda. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2019339185 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas treinta minutos del veintiuno de mayo del dos mil diecinueve, y con la base de seiscientos ochenta mil ciento ochenta colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa MOT-434323, marca Freedom, estilo ZS15067, color negro, año 2015, VIN LZSPCJLG1F1902548. Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del cinco de junio del dos mil diecinueve, con la base de quinientos diez mil ciento treinta y cinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del veinte de junio del dos mil diecinueve con la base de ciento setenta mil cuarenta y cinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Luis Eduardo Ureña Valverde. Exp. 17-009140-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 12 de setiembre del año 2018.—Licda. Cinthia Segura Durán, Jueza.—( IN2019339186 ).

En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes prendarios; a las 10:45 horas del 21/05/2019, y con la base de seiscientos once mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: MOT-347249, marca: Génesis, estilo: XM200GYB, categoría: motocicleta, capacidad: 2 personas, serie: MHJYCLLA8CB301733, carrocería: motocicleta, tracción: sencilla color: azul. Para el segundo remate se señalan las 10:45 horas del 05/06/2019, con la base de cuatrocientos cincuenta y ocho mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las 10:45 horas del 20/06/2019 con la base de ciento cincuenta y dos mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra Reynaldo Enrique Bermúdez Bustos, expediente 16-020128-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 12 de setiembre del 2018.—Licda. Paula Morales González, Jueza Decisora.—( IN2019339187 ).

En este Despacho, con una base de novecientos ochenta y dos mil ciento treinta y nueve colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas número MOT 440165. Marca: United Motors, Estilo: Max 125, Categoría: motocicleta, año 2014, color: azul. Vin: L5DPCJDF15EZM01049. Cilindrada: 125 c.c. Para tal efecto se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de mayo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de mayo de dos mil diecinueve, con la base de setecientos treinta y seis mil seiscientos cuatro colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de junio de dos mil diecinueve, con la base de doscientos cuarenta y cinco mil quinientos treinta y cuatro colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Marcos Mauricio Martínez Durán. Exp:17-005440-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San Jose, 25 de febrero del año 2019.—Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez.—( IN2019 339188).

En este Despacho, con una base de un millón ciento ochenta y nueve mil doscientos ochenta y nueve colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa MOT-509780 marca Hero, estilo Hero Glamour, color azul, año 2016, VIN MBLJA06ANGGT00695 para tal efecto se señalan las nueve horas y veinte minutos del treinta de mayo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y veinte minutos del siete de junio del año dos mil diecinueve con la base de ochocientos noventa y un mil novecientos sesenta y seis colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y veinte minutos del diecisiete de junio del año dos mil diecinueve con la base de doscientos noventa y siete mil trescientos veintidós colones con veinte céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Arbey Vianey Rodríguez Gutiérrez. Exp. 17-003190-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial Zona Atlántica, 05 de marzo del año 2019.—Hellen Gutiérrez Desanti, Jueza Decisora.—( IN2019339189 ).

En este Despacho, con una base de dos millones novecientos treinta y un mil setecientos ochenta y cuatro colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones y colisiones bajo la sumaria 16-006363-0489-TR; sáquese a remate el vehículo Placas: número BKD049. Marca: Hyundai, Estilo: Elantra, Categoría: automóvil, año: 2002, color: blanco, Vin: KMHDN51AP2U081873, cilindrada: 1500 c.c. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del dieciséis de mayo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del veintisiete de mayo de dos mil diecinueve, con la base de dos millones ciento noventa y ocho mil ochocientos treinta y ocho colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del cuatro de junio de dos mil diecinueve, con la base de setecientos treinta y dos mil novecientos cuarenta y seis colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra Walter Antonio Pavón Mora. Exp. 17-017383-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 25 de febrero del 2019.—Licda. Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—( IN2019339190 ).

En este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de mayo del dos mil diecinueve, y con la base de un millón novecientos diez mil setecientos veinte colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BFN822. Marca Daewoo. Estilo Matiz. Año 2001. Color blanco. Cilindrada 800 c.c. Combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del siete de junio del dos mil diecinueve, con la base de un millón cuatrocientos treinta y tres mil cuarenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de junio del dos mil diecinueve con la base de cuatrocientos setenta y siete mil seiscientos ochenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Olman Josué Jiménez Villegas. Expediente 17-002251-1158-CJ. La parte interesada revisará que la información incluida en el edicto se encuentre correcta, de previo a su publicación.—Juzgado de Cobro de Heredia, 22 de noviembre del 2018.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez Tramitador.—( IN2019339191 ).

En este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y quince minutos del treinta de mayo de dos mil diecinueve, y con la base de dos millones ciento ochenta y cinco mil doscientos noventa y siete colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BHG310. Marca Daewoo. Estilo Matiz. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2001. Color verde. Vin KLY4A11BD1C752553. Cilindrada 800 cc. Combustible gasolina. Motor no legible. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos del siete de junio de dos mil diecinueve , con la base de un millón seiscientos treinta y ocho mil novecientos setenta y dos colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos del diecisiete de junio de dos mil diecinueve con la base de quinientos cuarenta y seis mil trescientos veinticuatro colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra David Josué Ramírez Arce. Exp: 17-006378-1158-CJ La parte interesada revisará que la información incluida en el edicto se encuentre correcta, de previo a su publicación.—Juzgado de Cobro de Heredia, 22 de noviembre del 2018.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez Tramitador.—( IN2019339193 ).

En este Despacho, con una base de un millón seiscientos noventa y dos mil doscientos cuarenta colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BFM705, marca: Hyundai, estilo: Accent, serie: KMHCG51BPXU020760, año fabricación: 1999, color: negro, motor: G4FKX707445. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de mayo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veintisiete de mayo de dos mil diecinueve con la base de un millón doscientos sesenta y nueve mil ciento ochenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de junio de dos mil diecinueve con la base de cuatrocientos veintitrés mil sesenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho dentro del tercer día, para su inmediata corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Gerardo Enrique Morera Gómez. Exp. 17-003288-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 20 de febrero del año 2019.—Licda. Adriana Soto González, Juez/a Decisor/a.—( IN2019339194 ).

En este Despacho, con una base de novecientos treinta y dos mil cuatrocientos ochenta y cuatro colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa MOT-456298, marca Haojue, estilo TZ150, categoría motocicleta. Capacidad 2 personas. Año 2015. Color rojo, número VIN chasis serie: LC6PCK762F0000291; cilindrada 150 cc. combustible gasolina; motor 157FMJX1B00038. Para tal efecto se señalan las catorce horas y cero minutos del tres de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del once de junio de dos mil diecinueve con la base de seiscientos noventa y nueve mil trescientos sesenta y tres colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del diecinueve de junio de dos mil diecinueve con la base de doscientos treinta y tres mil ciento veintiún colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Joseph Esteban Madrigal González. Exp. 17-002776-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 29 de noviembre del año 2018.—Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2019339195 ).

En este Despacho, con una base de tres millones cuatrocientos veintiún mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas número 889705, Marca: Nissan, Categoría: automóvil, Estilo: Murano, Vin: JN8AZ08W64W313399, año: 2004, color: blanco, Capacidad: 5 personas, cilindrada: 3500 c.c. Para tal efecto se señalan las nueve horas y treinta minutos del cinco de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del trece de junio del dos mil diecinueve, con la base de dos millones quinientos sesenta y cinco mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de junio del dos mil diecinueve, con la base de ochocientos cincuenta y cinco mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra Marvin Geovanni Quirós Leitón. Expediente número 16-010473-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 26 de febrero del 2019.—Licda. Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—( IN2019339196 ).

En este Despacho, Con una base de siete millones doscientos cuarenta y un colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BLY712. Marca Hyundai. Estilo Accent. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2013. Color Azul. Vin KMHCT4AEXDU336027. Cilindrada 1600 CC. Combustible gasolina. carrocería: sedan 4 puertas. N. Motor: No existe. Para tal efecto se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del trece de junio de dos mil diecinueve con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil ciento ochenta colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de junio de dos mil diecinueve con la base de un millón setecientos cincuenta mil sesenta colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación Firmado digital de: a la fecha fijada para la subasta, ( Se le indica a la parte actora que previo a realizar la publicación del edicto, deberá de verificar los datos del mismo, y en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Josué Campos Álvarez. Exp:17-017605-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 05 de febrero del año 2019.—Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez Decisor.—( IN2019339198 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y quince minutos del cuatro de junio del dos mil diecinueve, y con la base de cinco millones cincuenta y tres mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número CL 231074, marca Hyundai, estilo HD65, categoría carga liviana, capacidad 3 personas, año 2007, color blanco, vin KMFGA17LP8C064774, cilindrada 3300 cc., combustible Diesel. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y quince minutos del diecinueve de junio del dos mil diecinueve, con la base de tres millones setecientos ochenta y nueve mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y quince minutos del cuatro de julio del dos mil diecinueve, con la base de un millón doscientos sesenta y tres mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le, informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra Jorge Alfredo Campos Zúñiga. Expediente 15-036625-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 17 de setiembre del 2018.—Lic. Verny Arias Vega, Juez.—( IN2019339199 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y quince minutos del cuatro de junio de dos mil diecinueve y con la base de ochocientos ocho mil setecientos cuarenta y tres colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número MOT 502368. Marca Sanyang. Estilo WOLF1253A. Categoría motocicleta. Capacidad 2 personas. Año 2015. Color blanco. Vin LXMPCJLE4F0028184. Cilindrada 125 c.c. Combustible gasolina. Motor XS156FMI14001242. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del diecinueve de junio de dos mil diecinueve, con la base de seiscientos seis mil quinientos cincuenta y siete colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del cuatro de julio de dos mil diecinueve con la base de doscientos dos mil ciento ochenta y cinco colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra Silvia Elena Chinchilla Bravo. Exp: 17-013313-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 17 de setiembre del 2018.—Lic. Verny Arias Vega, Juez.—( IN2019339201 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones trescientos dos mil novecientos veintiocho colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones bajo el número de sumaria 18-001618-0489-TR; sáquese a remate el vehículo Placa: BFX530. Marca: Nissan, Estilo: Versa, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, año: 2009, color: dorado, Vin: 3N1BC11E09L352174, cilindrada: 1800 c.c. Para tal efecto se señalan las quince horas y treinta minutos del tres de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta minutos del once de junio de dos mil diecinueve, con la base de tres millones doscientos veintisiete mil ciento noventa y seis colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y treinta minutos del veinte de junio de dos mil diecinueve, con la base de un millón setenta y cinco mil setecientos treinta y dos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Adrián de Jesús Umaña Mora. Exp.: 17-012928-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 29 de enero del 2019.—Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez Decisor.—( IN2019339202 ).

En este Despacho, con una base de ochocientos setenta y un mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas número 757357, Marca: Chrysler. Estilo: Voyager LX, Categoría: automóvil, año 2002. Color: azul. Vin: 1C4GJ25392B656411. ,3300 c.c. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del tres de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del once de junio de dos mil diecinueve con la base de seiscientos cincuenta y tres mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veinte de junio de dos mil diecinueve, con la base de doscientos diecisiete mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Asdrúbal Villegas Corella. Exp. 16-004650-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 28 de enero del año 2019.—Lic. Carlos Alberto Marín Angulo, Juez Decisor.—( IN2019339205 ).

En este Despacho, con una base de un millón cuatrocientos sesenta y tres mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa MOT cuatrocientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos treinta y tres (MOT 445433), marca formula, categoria motocicleta, estilo Scorpius, traccion sencilla, serie, chais y Vin LXEMA1406FB110560, capacidad dos personas, año 2015, color anaranjado, combustible gasolina, motor número 165FMM8F102702, cilindrada 250 c.c. Para tal efecto se señalan las once horas y treinta minutos del tres de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y treinta minutos del once de junio de dos mil diecinueve con la base de un millón noventa y siete mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y treinta minutos del veinte de junio de dos mil diecinueve con la base de trescientos sesenta y cinco mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra Yudy Vanessa Herrera Rincón. Exp:16-004275-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San Jose, 01 de febrero del año 2019.—Licda. Isabel Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2019339206).

En este Despacho, con una base de veintinueve millones cuatrocientos diecisiete mil novecientos cuarenta colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas 298-08173-01-0901-001, serv; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 285.842-000, la cual es terreno de patio con una casa. Situada en el distrito 1, Quesada cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Casa Cabaña S. A.; al sur, Jovito Rodríguez Rodríguez; al este, Johnny Mauricio Sánchez Arce; y al oeste, calle pública con un frente de 13,18 metros lineales. Mide: doscientos sesenta y siete metros cuadrados. Plano: A-1446617-2010. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del diez de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de junio del dos mil diecinueve con la base de veintidós millones sesenta y tres mil cuatrocientos cincuenta y cinco colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil diecinueve con la base de siete millones trescientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos ochenta y cinco colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de COOPEANDE 7 R.L. contra Ana Fresia Quesada Ramírez. Expediente 18-003832-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 02 de abril del 2019.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2019339230 ).

En este Despacho, con una base de sesenta y un millones de colones exactos, soportando hipoteca legal a favor de Asociación de vecinos del Condominio Vila del Sendero, y servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas 575-08267-01-0002-001, servidumbre de acueducto citas: 575-08267-01-0003-001 y servidumbre de aguas pluviales citas: 2009-179610-01-0613-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 77965-F-, derecho 000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada sesenta y siete apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 02 San Josecito, cantón 05 San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, finca filial sesenta y ocho, finca filial sesenta y nueve, área común de calle; al sur, finca filial setenta y dos, finca filial sesenta y seis; al este, finca filial sesenta y seis, área común de calle; y al oeste, finca sesenta y ocho, finca sesenta y nueve, finca filial setenta y dos. Mide: ciento cincuenta y dos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del catorce de agosto del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del veintidós de agosto del dos mil diecinueve con la base de cuarenta y cinco millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta de agosto del dos mil diecinueve con la base de quince millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados del Banco Nacional (ASEBANACIO) contra Carolina de los Ángeles Eduarte Oviedo, Francisco Javier Hidalgo Chinchilla. Expediente 17-012378-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 08 de abril del 2019.—Licda. Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza.—( IN2019339233 ).

A las nueve horas del diecisiete de junio del dos mil diecinueve, en la puerta principal de este Tribunal, al mejor postor, de la manera que se dirá, y con las bases que se indican a continuación remataré los siguientes bienes embargados en autos: 1) Libre de gravámenes hipotecarios, soportando condiciones bajo las citas: 393-08277-01-0935-003, y con la base de cuarenta y cinco millones quinientos mil colones (¢45.500.000,00) de capital e intereses aprobados en autos, la finca del partido de Alajuela matrícula 26295-000 que es terreno vivienda 89. Situado: en La Fortuna de San Carlos, distrito siete del cantón diez, de la provincia de Alajuela. Linda: al norte, lote 68; al sur, calle pública; al este, lote 90, y al oeste, lote 89. Mide: mil cien metros con siete decímetros cuadrados, según plano A-0019095-1991. Para el segundo remate, ahora con la rebaja del 75% de ley, sea la base de treinta y cuatro millones ciento veinticinco mil colones (¢34.125.000,00) para la finca del partido de Alajuela matrícula 26295-000, se señalan las nueve horas del veinticinco de junio del dos mil diecinueve. Para el tercer remate, ahora con la base del 25% de la base de original, sea la base de once millones trescientos setenta y cinco mil colones (¢11.375.000,00) para la finca del partido de Alajuela matrícula 26295-000, se señalan las nueve horas del tres de julio del dos mil diecinueve. 2) Como segundo remate, a celebrarse a las nueve horas del diecisiete de junio del año dos mil diecinueve, libre de gravámenes prendarios, anotaciones, infracciones y colisiones y ahora con la rebaja del 75% de ley, sea la suma de ciento cuarenta dos mil quinientos colones (¢142.500,00), sáquese a remate el vehículo placas: MOT-149750, marca: Honda, estilo: CGL 125, categoría: motocicleta, capacidad: 2 personas, serie, chasis y vin: LWBOCJ1F851A40206, tracción: 2x2, año: 2006, color: rojo, número de motor: WH156FMI205M71195, cilindrada: 124 c.c., potencia: 7 Kw, combustible: gasolina, modelo: WH 15, cilindros: 1. Para el tercer remate, ahora con la base del 25% de la base de original, sea la suma de cuarenta y siete mil quinientos colones (¢47.500,00) para el automotor placas: MOT-149750, se señalan las nueve horas del veinticinco de junio del dos mil diecinueve. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Orlando Montiel Betancourt contra Minor Antonio Quesada Anchía, Rafael Antonio Quesada Araya. Expediente 12-100473-0297-CI.—Tribunal Colegiado Primera Instancia Civil del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 15 de marzo del 2019.—Msc. Carlos Eduardo González Mora, Juez.—( IN2019339322 ).

En este Despacho, con una base de treinta y tres mil setecientos ochenta y cuatro dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 596170, derechos 001 y 002, las cuales son ambas naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 3 San Rafael, cantón 2 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Ana María y Jorge Luis Herrera León; al sur, Noemi Herrera Rodríguez; al este, Costa Rica Country Club S. A.; y al oeste, María del Milagro Herrera León y Jorge Herrera León. Mide: cuatrocientos metros cuadrados. Plano: SJ-1252210-2008. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de mayo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de mayo del dos mil diecinueve con la base de veinticinco mil trescientos treinta y ocho dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del seis de junio del dos mil diecinueve con la base de ocho mil cuatrocientos cuarenta y seis dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Acolchados Americanos S. A. contra Ana Lucía Herrera Delgado, Otoniel Herrera León. Expediente 18-016092-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 14 de enero del 2019.—Licda. Cinthia Segura Durán, Jueza Decisora.—( IN2019339323 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 342209-000, la cual es terreno: para construir con una casa. Situada en el distrito: Río Cuarto, cantón: Grecia, provincia: Alajuela. Colinda: norte, María Rosa Leiva Villalta; sur, Heiner Xavier Guerrero Alvarado; este, Municipalidad de Grecia y oeste, calle pública con 9,40 metros. Mide: ciento cuarenta y un metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del diez de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del dieciocho de junio de dos mil diecinueve con la base de tres millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del veintiséis de junio de dos mil diecinueve con la base de un millón ciento cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de Agroindustrial Proave S. A. y Afines contra Zobeida Vanegas Blanco. Exp.: 16-007855-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22 de abril del 2019.—Licda. Xinia Vindas Mejía, Jueza Tramitadora.—( IN2019339327 ).

En la puerta exterior de este Despacho; se ordena rematar el bien inmueble, sea la finca del Partido de Alajuela, folio real matrícula número trescientos ochenta y cuatro mil trescientos cincuenta y cinco-cero cero uno y cero cero dos, sin anotaciones, y con gravámenes que se describen: servidumbre de paso bajo las citas: 495-01255-01-0002-001, finca referencia 2172167 000 cancelaciones parciales no hay, anotaciones del gravamen no hay, servidumbre de paso bajo las citas 498-04512-01-0002-001, finca referencia 2172167 000, cancelaciones parciales no hay, anotaciones del gravamen no hay, demanda ordinaria bajo las citas 800-135489-01-0001-001, número de expediente 13-000121-0675-FA, afecta a la finca 2-000384355 inicia el 06 de mayo de 2013, finaliza: 06 de mayo del 2023, cancelación parcial no hay, anotaciones del gravamen no hay, y en cuanto al derecho cero cero dos aparece demanda ordinaria bajo las citas: 800-221878-01-0001-001, número de expediente 14-000061-0341- CI afecta a finca: 2-00384355 inicia el 08 de octubre de 2014, finaliza: 08 de octubre 2024, cancelaciones parciales no hay anotaciones del gravamen: no hay; con la base de veinticuatro millones cuatrocientos cuarenta y seis mil setecientos cuarenta y siete . para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del veintidós de mayo del dos mil diecinueve (01:30 p. m. del 22/05/2019) (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el (segundo remate), se señalan las ocho horas del treinta de mayo del año dos mil diecinueve (08:00 a. m. del 30/05/2019), con la base de dieciocho millones trescientos treinta y cinco mil cero sesenta (rebajada en un 25%), para cada una de la fincas. De no apersonarse rematantes, para el (tercer remate), se señalan las ocho horas del seis de junio del dos mil diecinueve, (08:00 a. m. del 06/06/2019), con la base de seis millones ciento once mil seiscientos ochenta y seis (un 25% de la base original). Publíquese el edicto respectivo por dos veces consecutivas en el Boletín Judicial. Se remata por ordenarse así en ejecución sentencia (divorcio por mutuo consentimiento) de Esteban Binns Torres contra Rosa Iris De La Trinidad Salazar Leitón, bajo el expediente 13-000226-0675-FA-I.—Juzgado de Familia de Turrialba, 23 de abril del 2019.—Msc. Gisela Salazar Rosales, Jueza.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019339334 ).

Convocatorias

Se convoca a todas las personas interesadas en la Sucesión de Verónica Mora Jiménez, quien fue mayor con documento de identidad 0102930638 y vecina de Almendros, Batan frente a la escuela los Almendros, a una junta que se verificará en este Juzgado a las nueve de la mañana del treinta y uno de mayo del dos mil diecinueve, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. 17-000024-0465-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 26 de marzo del 2019.—Lic. William Arburola Castillo, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019334455 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 15-000069-0388-CI donde se promueve información posesoria por parte de Luis Alberto Gonzalo Vásquez Vásquez, quien es mayor, estado civil casado, vecino de Carillo, Sardinal, Guanacaste, portador(a) de la cédula número 0501500235, profesión comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno apto para construir. Situada en el distrito Sardinal, cantón Carrillo. Colinda: al norte, con calle pública con frente a ella de 15.40 metros; al sur, con Sebastián Gallo Gallo; al este, con calle pública con 14 metros de frente, y al oeste, con Marcelino Gallo Gallo. Mide: ciento setenta y siete metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en deslinde y amojonamiento, limpieza y chapea de rondas, construcción de viviendas y sembrado de árboles frutales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Luis Alberto Gonzalo Vásquez Vásquez. Exp. 15-000069-0388-CI-0.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 31 de octubre del año 2018.—Lic. Franciny María Gutiérrez López, Juez/a Decisor/a.—1 vez.—( IN2019335483 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 19-000008-0815-AG, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Laura María Bogantes Hidalgo, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Río Segundo de Alajuela, cédula 02-0412- 0008, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de repasto. Situada: en distrito cuarto Coyolar, cantón noveno Orotina, provincia de Alajuela. Linda: al norte, sur y este, con la misma promovente Laura María Bogantes Hidalgo, y al oeste, con calle pública con un frente a ella de treinta metros con quince centímetros, tiene una medida de cuatro mil novecientos ochenta y cuatro metros cuadrados, según el plano catastrado A-2068071-2018. Indica el promovente que estima las diligencias en la suma de ocho millones de colones y el inmueble a titular en la suma de catorce millones novecientos cincuenta y dos mil colones. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Laura María Bogantes Hidalgo. Expediente 19-000008-0815-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Alajuela, 29 de marzo del 2019.—Lic. Rodolfo Vásquez Vásquez, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335639 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente 18-000127-0388-CI donde se promueve información posesoria por parte de Pedro Paulino Ruiz Pizarro, quien es mayor, portador de la cédula 05-0215-0800, divorciado, comerciante, vecino de Ríos Seco de Santa Cruz, Guanacaste, del cruce de Florida 100 metros al sur, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir bajo el plano G-1962981-2017. Situada en el distrito tercero, cantón tercero. Colinda: al norte, con Dagoberto Muñoz Calderón; al sur, con calle pública con catorce metros y doce centímetros lineales; al este, con Miguel Ángel Ugalde Arias y al oeste, con calle pública con veintiocho metros veinte centímetros lineales. Mide: trescientos ochenta y tres metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación realizada por el señor Bidail Pizarro Gómez, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica, continua y en calidad de propietario desde el día 17 de setiembre de 2017. Que los actos de posesión han consistido en tenerlo limpio, cercado, y le da mantenimiento. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Pedro Paulino Ruiz Pizarro, expediente 18-000127-0388-CI-6.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 04 de abril del 2019.—MSc. Floribeth Palacios Alvarado, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2019335682 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 18-000092-0425-CI donde se promueve información posesoria por parte de 3-102-694718 SRL quien es representada por Nils Gustav Liclas Svanlund, posee la personería jurídica 3-102-694718, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero de Parrita, cantón nueve Parrita. Colinda: al norte, con calle pública; al sur, con Angela Bustos y Municipalidad de Parrita; al este, con Municipalidad de Parrita y al oeste, con Angela Muñoz Bustos. Mide: ochenta y cinco metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones colones. Que adquirió dicho inmueble por cesión a título gratuito, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento del inmueble con sus respectivas chapias, construcción de cercas de alambres y colocamiento de postes vivos y mantenimiento de jardín. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por 3-102-694718 SRL quien es representada por Nils Gustav Liclas Svanlund. Exp: 18-000092-0425-CI-4.—Juzgado Civil y Trabajo de Quepos (Materia Civil), 15 de marzo del 2019.—Licda. Rebeca Ruiz Chamorro, Jueza.—1 vez.—( IN2019335699 ).

Citaciones

Por escritura otorgada, ante el notario Alvaro Rodrigo Mora Salazar, número doscientos trece, del tomo sesenta y cuatro de mi protocolo en la ciudad de San José a las dieciocho horas con treinta y cinco minutos del dos de abril del dos mil diecinueve, el señor: Juan De Dios Cascante Castro mayor, soltero, comerciante, cédula número uno-quinientos diez-doscientos sesenta y nueve, vecino de San José, San Juan de Dios de Desamparados, costarricense, solicita la apertura en sede notarial del sucesorio de Carlos Alberto Cascante Castro quien fue mayor, soltero, comerciante, cédula número uno-cuatrocientos cincuenta y cuatro-trescientos cincuenta y cinco, vecino de San Juan de Dios de Desamparados, costarricense, hijo de Miguel Ángel Cascante Porras, ya fallecido, y María de los Ángeles Castro Monge, ambos costarricenses. Se convoca a los interesados, acreedores, se apersonen ante esta notaria ubicada en la Ciudad de San José avenidas diez y diez,  bis calle veintiuno, número mil sesenta y cinco dentro de los treinta días siguientes a la publicación de este aviso, en defensa de sus derechos, se les previene que deben señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro judicial de San José, con la advertencia de que si no lo hacen los bienes pasaran a los que legalmente correspondan.—Lic. Alvaro Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1 vez.—( IN2019335479 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de: Rigoberto Solano Campos, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, con cédula de identidad número: uno-doscientos cuarenta y seis-trescientos cincuenta y seis, vecino de San Gabriel de Aserrí, para que, dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que, si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2019. Sucesión de Rigoberto Solano Campos. Notaría del Lic. Christian Vinicio Castro Marín, notario público con oficina en San José, Aserrí, La Fila de San Gabriel de Aserrí, contiguo a la Importadora Monge.—San José, 08 de abril del 2019.—Lic. Christian Vinicio Castro Marín, Notario Público.—1 vez.—( IN2019335480 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la Sucesión de Mario Alberto Badilla Brenes, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, con cédula de identidad número uno-doscientos ochenta y uno-ochocientos cincuenta y cuatro, vecino de la Fila del Rosario de Desamparados, para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos , con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasara a quien corresponda. Expediente número 0002-2019. Sucesión de Mario Alberto Badilla Brenes. Notaría del Lic. Christian Vinicio Castro Marín. Notario Público con Oficina en San José, Aserrí, la Fila de San Gabriel de Aserrí, contiguo a la Importadora Monge.—San José, 08 de abril del dos mil diecinueve.—Lic. Christian Vinicio Castro Marín, Notario Público.—1 vez.—( IN2019335481 ).

Mediante gestión presentada por Jorge Arturo Carvajal Valverde, cédula de identidad número: uno-cero seiscientos cuarenta y seis-cero seiscientos siete, mayor de edad, casado en primeras nupcias, taxista, vecino de San Juan de Dios de Desamparados, Urbanización Campos casa N diez B, se tiene por abierto el proceso sucesorio en sede notarial de: María Libia Valverde Retana conocida como Libia Valverde Retana, quien fuera mayor de edad, viuda de su único matrimonio, del hogar, cédula de identidad número: uno-cero doscientos doce-cero seiscientos veintidós, vecina de San Rafael Debajo de Desamparados del Bar La Flecha, trescientos metros al sur. Se cita y emplaza a los posibles herederos con derecho a que se apersonen ante la notaría de la Licda. Vanessa de Paul Castro Mora, con el fin de hacer valer sus derechos dentro del plazo de treinta días naturales contados a partir de su publicación, situada en San José, Barrio Dent, seiscientos cincuenta metros al oeste del Restaurante Taco Bell. Notaría de la Licda. Vanessa Castro Mora. Expediente 01-03-2019.—Licda. Vanessa de Paul Castro Mora, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2019335500 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos e interesados en la sucesión de quien en vida fuera Carmen María Chaves Herrera, quien fue casada una vez, pensionada vecina de San Pablo de Heredia Urbanización Don Roberto con cédula cuatro-ciento uno-setecientos noventa y dos para que, dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento de que, si no, lo hacen dentro del plazo indicado la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 1-2019. Sucesorio notarial de Carmen María Chaves Herrera. Bufete de Rafael Angel Rodríguez Chaverri. Teléfono 2237-1225. Heredia, avenida central y segunda calle seis.—Heredia, cinco de abril del dos mil diecinueve.—Lic. Rafael Ángel Rodríguez Ch. Notario Público.—1 vez.—( IN2019335502 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de María Petronila Delgado Díaz, mayor, casada una vez, Ama de casa, cédula de identidad número seis-cero cincuenta y ocho-cero noventa y dos, hasta su deceso el día siete de febrero del dos mil catorce y Eustaquio Montenegro Montenegro, mayor, agricultor, casado una vez, cedula de identidad número uno-ciento treinta y cuatro-setecientos ochenta y uno, hasta su deceso el día dieciocho de febrero del dos mil once y ambos de vecinos de Dulce Nombre de Naranjo, seiscientos metros sur de la Iglesia Católica, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que, si no, se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2019.—Esparza, 28 de enero del dos mil diecinueve.—Lic. Ángel Vinicio Méndez González, Notario Público.—1 vez.—( IN2019335511 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios e interesados en la sucesión de Lidieth Guerrero Fallas, mayor, cédula uno- cero tres veintisiete- trescientos cuarenta y cuatro- cero ocho ochenta y tres, del hogar, casada una vez, cuyo último domicilio fue en San Miguel de Desamparados, San José, para que dentro de quince días contados a partir de la publicación de este edicto de acuerdo al artículo ciento veintiséis-tres del Código Procesal Civil, comparezcan en las oficinas de la notaria Rosa María Cosío Cubero, en General, de Pérez Zeledón, San José, en Peñas Blancas quinientos metros al sur de la iglesia católica a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda.—Pérez Zeledón, siete de abril del dos mil diecinueve.—Licda. Rosa María Cosío Cubero, Notaria.—1 vez.—( IN2019335555 ).

Se convoca a todos los interesados y presuntos herederos de la sucesión de quien en vida se llamó Gerardo Porras Chávez, mayor, unión de hecho, Gestor de Compras, vecino de Calle Fallas de Desamparados, con cédula de identidad número seis uno siete seis cuatro siete tres, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación del presente edicto, comparezcan ante esta notaría en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si así no lo hicieren, la herencia pasará a quien legalmente corresponda. Igualmente, que la sede de esta notaría se ubica en San José. San José, siete de abril del año dos mil nueve (sucesorio en sede notarial de Gerardo Porras Chávez. Expediente número 001-SUNO-2019.—Lic. Francisco José Amado Quirós, Notario Público.—1 vez.—( IN2019335608 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Anabelle Arrieta Arma, Paula Cristina Cerdas Arrieta, Anabelle Cerdas Arrieta, María de los Ángeles Cerdas Arrieta, Sofía Noelia Cerdas Arrieta y Tomás de Jesús Cerdas Arrieta, a las trece horas del día 07 de abril del 2019, comprobado su fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fuera Luis Ángel Cerdas Solano, mayor, comerciante, casado una vez, con cédula de identidad 3-0231-0970, fallecido el día 24 de marzo del 2019. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de 15 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Manuel Enrique Ortiz Coronado, ubicada en San Pablo de Heredia, Residencial Las Azaleas, primera entrada a mano derecha, número, Teléfono 2237-6546, e-mail manuelortizc@live.com.—Lic. Manuel Enrique Ortiz Coronado, Notario.—1 vez.—( IN2019335614 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por José Pablo Castro Vega, a las 14:00 horas del 21 de marzo del 2019, y comprobado el fallecimiento de Abito Castro Chacón, quien fue mayor, divorciado, empresario, vecino de Moravia, del Caballo Blanco, trescientos metros al norte y ciento veinticinco metros al oeste, portador de la cédula de identidad 1-0348-0452, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría del Lic. Warner Céspedes Arias, San José, Barrio Francisco Peralta, casa 2530, teléfono: 2283-6607 o 2234-9959.—San José, dos de abril del dos mil diecinueve.—Lic. Warner Céspedes Arias, Notario Público.—1 vez.—( IN2019335689 ).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ofelia Calderón Navarro, mayor, casada una vez, cédula uno-trescientos treinta y cinco-quinientos veintiuno, vecina de Patarrá de Desamparados, nacionalidad costarricense. Se cita y emplaza a las personas herederas, legatarias y en general a todas las personas interesadas para que, dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que, si no, se apersonan dentro de ese plazo, la misma pasará a quienes corresponda. Expediente 19-002-1809-CI, notaría de Ricardo Moreno Navarro, San Miguel de Desamparados, teléfonos 88-87-46-96, correo: bufete.moreno@gmail.com.—Desamparados, 9 de abril del 2019.—Lic. Ricardo Moreno Navarro, Notario Público.—1 vez.—( IN2019335701 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados. Se comunica la apertura del proceso sucesorio Ad Intestato en sede notarial de Eduardo Robles Iglesias, quien fue mayor, casado una vez, Medico, vecino de Palmares Centro Alajuela, cédula 1 545-443, en el término de 30 días a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe que, de no presentarse en este término, la herencia pasará a quien corresponda. Notaria Monika Fernández Mayorga.—Palmares Centro Alajuela, 05 de abril 2019.—Lic. Monika Fernández Mayorga, Notaria.—1 vez.—( IN2019335704 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Sigifredo Arce Rojas, quien fue mayor, viudo, pensionado, costarricense, con documento de identidad 02-0277-0269 y vecino de Concepción de Naranjo. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Exp.: 19-000043-0295-CI-8.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), 28 de febrero del 2019.—Licda. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2019335752 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Bernabé León Guzmán, quien fue, mayor, casado, una vez, agricultor, vecino de San Antonio de Escazú, cincuenta metros al norte del Súper Aguimar, con cédula de identidad número: uno-cero trescientos veintiséis-cero ochocientos cuarenta y dos, tramitada ante mi Notaria, para que dentro de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que sí no se presentan dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Licda. Michelle Aguilar Bustamante. Notaria con Oficina ubicada en San Antonio de Escazú, Centro Comercial El Descanso.—San José, Escazú, diez de abril del dos mil diecinueve.—Licda. Michelle Aguilar Bustamante, Notaria.—1 vez.—( IN2019335772 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Neftalí Rodríguez Cabezas, mayor, estado civil viudo, pensionado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0201070891 y vecino de San Luis de Grecia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Exp.: 19-000019-0295-CI - 4.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), 19 de febrero del 2019.—MSC. Karla Artavia Nájera, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2019335799 ).

Mediante escritura de apertura otorgada ante esta Notaría por María De Los Ángeles Núñez Picado, Hannia, Sadia y Ruth, estas de apellidos Ceciliano Núñez, a las 11:00 horas del 06 de abril del 2019, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato extrajudicial de Luis Alberto Ceciliano Solís, quien fue mayor, casado una vez, Pensionado, vecino de Limón, Pococí, Guácimo, Pocora, carretera a la Argentina, doscientos metros al sur de la y griega, casa a mano izquierda, con cedilla de identidad número, uno- cero trescientos setenta y ocho- cero doscientos cincuenta y ocho, quien falleció el día diecinueve de enero del año dos mil diecinueve. Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que, dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 001-2019 notaría de la Licda. Ana Marlen guillen Godínez. San José, San Sebastián, Residencial Monte Carlo, casa ocho-D.—San José, 06 de abril del 2019.—Licda. Ana Manen Guillén Godínez.—1 vez.—( IN2019335804 ).

Que en esta notaría se tramita el proceso sucesorio acumulado de quien en vida se llamó José Rafael Calvo Jiménez y María de Los Ángeles Lidieth Montero Aguilar, ambos mayores casados, agricultores, vecinos de Llano Grande de Cartago. Se emplaza a terceros e interesados a que dentro de los 30 días siguientes a la publicación de este edicto se apersonen a esta Notaría a hacer valer sus derechos. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 126 y 126.3 del Código Procesal Civil.—San José, 29 de marzo del 2019.—Lic. Ramiro Saborío Castro, Notario.—1 vez.—( IN2019335827 ).

Que en esta notaría se tramita el proceso sucesorio acumulado de quien en vida se llamó y Mirna Martínez Rodríguez mayor, viuda, vecina de San Francisco de Dos Ríos, cédula de identidad número siete-cero cero treinta y uno-ciento dieciséis. Se emplaza a terceros e interesados a que dentro de los 30 días siguientes a la publicación de este edicto se apersonen a esta Notaría a hacer valer sus derechos. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 126 y 126.3 del Código Procesal Civil.—San José, 29 de marzo del 2019.—Lic. Ramiro Saborío Castro, Notario.—1 vez.—( IN2019335828 ).

Se hace saber que, en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Nelly Ester Meléndez Zúñiga, mayor, casada una vez, ama de casa, nacionalidad costarricense, cédula de identidad 7-023-0649 y quien era vecina de Siquirres de la provincia de Limón. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 17-000047-0465-AG.—Juzgado Agrario del I Circuito Judicial de La Zona Atlántica, 01 de abril del 2019.—Lic. Ronny Flores Oviedo, Juez.—1 vez.—( IN2019335854 ).

Se emplaza: a herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Jenny María Leiva Friedman, mayor, casada una vez, docente, cédula de identidad número uno-cero setecientos diez-cero quinientos veintitrés, quien tenía domicilio en el cantón Central de San José, en San Sebastián, Paso Ancho, Residencial Vista Hermosa, casa sesenta A, quien falleció en el cantón Central de San José, el veintiséis de junio de dos mil dieciocho, para que dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta Notaría en defensa de sus derechos, si así no lo hicieren, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría pública licenciado Luis Guillermo Murillo Rodríguez. Alajuela, cantón Central, distrito San José, Lotes Vargas, ciento cincuenta metros norte de la entrada, fax: 2434-2800, expediente 0002-2019.—Alajuela, treinta de marzo de dos mil diecinueve.—Lic. Luis Guillermo Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2019335855 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Olman Socorro de Jesús Rodríguez Fernández, mayor, estado civil Casado, profesión u oficio comerciante, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0600680689 y vecino de La Esperanza de la Tigra de San Carlos, 150 metros este del cementerio.- Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Exp.: 19-000053-0297-CI-8.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 21 de febrero del 2019.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2019335868 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Marvin Alejandro Muñoz Oporto, mayor, estado civil casado, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 5-0247-0706 y vecino de Guácimo. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Exp.: 19-000090-0930-CI - 2.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 29 de marzo del 2019.—Licda. Valerie Sancho Bermúdez, Jueza.—1 vez.—( IN2019335896 ).

Avisos

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de las personas menores de edad Yamil Andrés y Mariángel, ambos de apellidos Rodríguez Sibaja, para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°15-001377-0292-FA. Depósito judicial personas menores de edad.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 20 de marzo del 2019.—Msc. Patricia Vega Jenkins, Jueza.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019334513 ).                                                                                 3 v. 2.

Licenciada Eugenia María Bolaños Rodríguez Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela declaratoria judicial de abandono o estado de vulberabilidad de la persona menor de edad Stefanny Guissell Munguia, acciona el Patronato Nacional de la Infancia Oficina Local Alajuela, representado por la Licenciada Marianela Acón Chan, 6-141-450, en contra de la señora Francis Gissell Munguia Ortiz, mayor de edad, de nacionalidad nicaragüense, de domicilio y demás calidades desconocidas, representada por la Curadora Procesal Licenciada Ana Marcela Quesada Salas, cédula de identidad 2-518-278. Resultando: ... Considerando: ... Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, la normativa citada y pronunciamientos de Tribunales Superiores y doctrina mencionada, Art. 55 de la Constitución Política, artículos 115, 120, 121, 123, 158 inciso c) y 160 inciso c) del Código de Familia, 3, 4 y 5 de la Convención Sobre Los Derechos del Niño, 5, 29, 32, 34, 36, 105 del Código de la Niñez y la Adolescencia, 221 del Código Procesal Civil, se resuelve: 1) Se declara con lugar la presente demanda, declarando en estado de abandono con fines de adopción a la persona menor de edad Stefanny Guissell Munguía; consecuentemente se da por terminada y extinguida la autoridad parental de la demandada Francis Gissell Munguía Ortiz respecto a la persona menor de edad Stefanny Guissell Munguía. 2) Se ordena el depósito judicial de la persona menor de edad Stefanny Guissell Munguía a cargo del Patronato Nacional de la Infancia pudiendo dicha institución reubicarla con fines de adopción en una familia pre-adoptiva valorada y aprobada por el Departamento de Adopciones de dicha institución. Una vez firme esta sentencia la representante legal del Pani deberá comparecer ante este despacho judicial a fin de aceptar el cargo. 3) Costas y ejecutoria. Se resuelve el presente asunto sin especial condena en costas conforme lo dispuesto en el numeral 106 del Código de la Niñez y Adolescencia, por tratarse de un proceso establecido en atención del mejor interés de una persona menor de edad. Una vez firme la presente resolución inscríbase esta sentencia mediante ejecutoria que se expedirá, en el partido especial del Registro Civil de Costa Rica. Asimismo, una vez firme, queda esta sentencia a la orden de los interesados a fin de que se emita ejecutoria respectiva para que luego del cumplimiento de los trámites consulares pueda ser inscrita en el Registro del Estado Civil de las Personas, Alcaldía Municipal de Ciudad Sandino, Departamento de Managua. Nacimiento cuyos datos de inscripción son: Año 2007, tomo 0024, folio 042, partida: 042, fecha de nacimiento:13 de setiembre del 2007, Municipio: Managua, Departamento: Managua. Juzgado del Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela establecido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Francis Gissell Munguía Ortiz. Expediente 15-001379-0292-FA.—Juzgado de Familia Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de marzo del 2019.—Licda. Eugenia María Bolaños Rodríguez, Jueza.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019334514 ). 3 v. 2.

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Licenciada Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Edith Zúñiga Blanco, en su carácter personal, se le hace saber que en demanda depósito judicial, expediente 19-000643-0338-FA establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Dennis Retana Blanco/Edith Zúñiga Blanco, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las catorce horas y treinta y cinco minutos del once de marzo del año dos mil diecinueve. De las presentes diligencias de depósito Judicial de la persona menor de edad Kenneth Retana Zúñiga, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Edith Zúñiga Blanco y Dennis Retana Blanco, a quienes se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Dennis Retana Blanco personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Policía de Proximidad de San Marcos de Tarrazú, a la señora Edith Zúñiga por desconocerse domicilio se ordena notificarle por medio de edicto. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del funcionario notificador, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Vista la medida cautelar que solicita el ente actor se resuelve: El otorgamiento de la custodia de una persona menor, encierra un análisis cuidadoso y un estudio previo. No debe ser una decisión tomada a la ligera, ni únicamente de naturaleza legal, sino con intervención de aspectos medulares que es sabido inciden positiva o negativamente en el desarrollo de la personalidad de un sujeto en proceso de crecimiento y de formación, y por esa razón, la nueva doctrina de la protección integral que emana de la nueva legislación de niñez y adolescencia, con la asunción de dispositivos para asegurar a la niñez el cumplimiento de sus derechos, ha de tenerse muy en cuenta para resolver lo más conveniente (artículo 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño, y numerales 5, 23 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia). Luego de realizar un estudio pormenorizado de la prueba que aporta el Patronato Nacional de la Infancia, quien resuelve estima totalmente procedente la medida cautelar solicitada, toda vez que la persona menor de edad de marras requiere de protección, cuidados y atenciones que su madre y padre no puede brindar. Por todo lo anterior, en aras de resguardar los Derechos de las personas menores de edad se otorga a María Isabel Blanco Calderón, el depósito provisional de la persona menor de edad Kenneth Retana Zúñiga. Notifíquese. Juzgado de Familia de Cartago.—Lic. Juan José Alvarado Quirós, Juez.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335436 ).

Licda. Meibol Yordalie Araya Arguedas Jueza del Juzgado Segundo de Familia de San José; hace saber a Mauricio Antonio Hernández Urbina, documento de identidad PC0977422, vecino de domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso nulidad matrimonio en su contra, bajo el expediente número 15-001374-0187-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: sentencia de primera instancia número 49-2019. Juzgado Segundo de Familia de San José, a las catorce horas y veintiocho minutos del quince de enero de dos mil diecinueve.- Proceso de nulidad de matrimonio, establecido por La Procuraduría General de la República, en representación del Estado, en este acto por medio de la Licenciado Esteban Alvarado Quesada, en su calidad de Procuradora Adjunta, quien es mayor, costarricense, procurador y representante estatal, contra Mauricio Antonio Hernández Urbina, mayor de edad, de nacionalidad nicaragüense, casado, oficio desconocido, al momento de contraer nupcias documento de identidad pasaporte C-0977422, de paradero desconocido, actúa en su nombre a la Licdo. Gerardo Sanabria Rojas, curador procesal, quien es mayor, abogada, casado, vecino de San José, cédula 6-0094-0674, carné profesional 2.240; y Lucía Mayela Ramírez Berrocal, mayor de edad, casada, costarricense, no indica el oficio, portador de la cédula de identidad número 1-0872-0332, vecina de San José.- Resultando: I.— II.— III.— IV.—Considerando: I.— II.— III.— IV.— V.— Por tanto: Acorde con lo expuesto, artículos 420 y siguientes del Código Procesal Civil; 12 bis, 14 bis, 19 y 64 y siguientes del Código de Familia y demás normativa citada, se acoge la presente demanda y a) se declara nulo el matrimonio de Mauricio Antonio Hernández Urbina, mayor de edad, de nacionalidad nicaragüense, casado, oficio desconocido, al momento de contraer nupcias documento de identidad pasaporte C-0977422, de paradero desconocido, y Lucía Mayela Ramírez Berrocal, mayor de edad, casada, costarricense, no indica el oficio, portadora de la cédula de identidad número 1-0872-0332, vecina de San José, celebrado el 11 de enero del año 2011, inscrito al Tomo: quinientos veintidós (0522); Folio: treinta y cuatro (034); Asiento: sesenta y ocho (0068) la Sección de Matrimonios del Registro Civil, Partido de San José; b) Comuníquese tanto al Registro Civil, como a la Dirección General de Migración, para que en caso de que Mauricio Antonio Hernández Urbina, hubiese obtenido beneficios migratorios o de naturalización, para que se tome nota de que tales beneficios serán nulos conforme lo establece el numeral 19 del Código de Familia; c) Se resuelve sin especial condenatoria en costas; d) Por ser esta demanda con Curador Procesal, debe publicarse una vez la parte dispositiva de esta sentencia en el Boletín Judicial; e) Una vez firme, gírese los respectivos honorarios al Curador Procesal, sin necesidad de resolución que así lo indique; f) Expídase la ejecutoria del caso, previa solicitud de la parte interesada; g) Se les recuerda a las partes su derecho a recurrir esta decisión en caso de inconformidad. Notifíquese. Licda. Mayra Helena Trigueros Brenes ,Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso nulidad matrimonio de Procuraduría General de la República contra Lucía Mayela Ramírez Berrocal, Mauricio Antonio Hernández Urbina. Expediente 15-001374-0187-FA.—Juzgado Segundo de Familia de San José, 03 abril 2019.—Licda. Meibol Yordalie Araya Arguedas, Jueza.—1 vez.—O.C 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335444 ).

Se avisa a Javier Palacio Vejerano, mayor de edad, nacionalidad: panameña, de demás calidades y domicilio desconocidos, representado por el curador procesal Lic. Heberto Noguera González, que en este Despacho se dictó dentro del expediente 17-000173-0186-FA establecido por el Lic. William Alberto Rodríguez Matamoros en calidad de representante legal del Patronato Nacional de la Infancia, la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia 158-2019.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las nueve horas y cuarenta y cuatro minutos del veinte de marzo del dos mil diecinueve. Resultando: I.—…, II.—…, III.—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9º de la Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de abandono con fines de adopción las personas menores de edad: Ana Yancy Palacio Santos y Jaime Palacio Santos. Se extingue a sus padres: Jeanneth Santos y Javier Palacio Vejarano, el ejercicio de la patria potestad. Se ordena mantener el depósito judicial de las personas menores de edad: Ana Yancy Palacio Santos y Jaime Palacio Santos con los señores: Ryan Allan Bickel y Laury Ann Bickel, debiendo apersonarse dentro de tercer día a aceptar el cargo. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, provincia de Cartago, a Ana Yancy Palacio Santos, al tomo: quinientos noventa y seis, folio: cuatro, asiento: siete; a Jaime Palacio Santos, al tomo: seiscientos ocho, folio: doscientos veintisiete, asiento: cuatrocientos cincuenta y tres. Se resuelve sin especial condena en costas. Publíquese el edicto respectivo. Notifíquese. Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de marzo del 2019.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335445 ).

Se avisa, a al señor Ervin Orlando Trejos Estrada, mayor, número de pasaporte C1584014, de domicilio desconocido, representado por el curador procesal Licenciado Nataniel San Lee Ruiz, se le hace saber que existe proceso 17-000665-0187-FA de suspensión de la patria potestad de la persona menor de edad Jeremy Calet Trejos Barrientos establecido por los señores Cornelia Mejía Villalobos y Guido Antonio Barrientos Matamoros en contra de Ervin Orlando Trejos Estrada, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José a las nueve horas y treinta y siete minutos del veintinueve de enero de dos mil dieciocho, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dicha accionad a para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca n prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Msc. Yerma Campos Calvo.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 02 de abril de 2019.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335448 ).

A la señora Yulieth Molina Molina, cédula 206140148, por este medio se le comunica que en el proceso tramitado bajo el expediente número 19-000074-0687-FA del Juzgado de Familia de Grecia, se dictó la resolución de las dieciséis horas y ocho minutos del doce de marzo del año dos mil diecinueve, que en lo conducente y en lo que aquí interesa dice: de las presentes diligencias de depósito de las personas menores Fabiola del Carmen Carranza Molina, Jimena Paola Carranza Molina y Reichel Yoan Molina Molina, promovidas por el Patronato Nacional de la infancia, se confiere traslado por tres días a Yulieth Maria Molina Molina, Carlos Gerardo Carranza Hernandez y Luis Gerardo Molina Abarca, a quienes se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Publíquese una vez.—Lic. Mario Murillo Chaves, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335451 ).

Licda. Grace Cordero Solórzano, Jueza de Familia de Heredia, hace saber a Marta Elena Navarrete Palacios, mayor, nicaragüense, de restantes calidades y domicilio desconocido, que en el expediente 19-000618-0364-FA, que es proceso depósito judicial establecido por Patronato Nacional de la Infancia, contra Marta Elena Navarrete Palacios, mayor, nicaragüense, ama de casa domiciliada en Nicaragua, pero con domicilio exacto desconocido, a quien se les ordena notificar por edicto el contenido de las siguientes resoluciones en lo literal: Juzgado de Familia de Heredia, a las siete horas y cincuenta minutos del veintisiete de marzo de dos mil diecinueve. De las presentes diligencias de depósito de la persona menor de edad Juan Carlos Navarrete Palacios, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Marta Elena Navarrete Palacios. Parte interviniente: por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio del casillero 403 de estos Tribunales, quedando las copias en el despacho para su retiro. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20 del 29 de enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07, celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se informa a la parte demandada que si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos. En Heredia, los de la Universidad de Costa Rica se encuentran ubicados frente a Almacén El Rey, segunda planta, y se atiende los miércoles de las 16:30 a las 19:30 horas, y los sábados de las 9:00 a las 11:00 horas, teléfono central número 2207-4223. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Se advierte, eso sí, que la demanda debe ser contestada en el plazo que se le ha concedido, por lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes de que venza. (Artículo 7 del Código de Familia y 1° de la Ley de Consultorios Jurídicos 4775)”. Siendo que la Ley 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrará en vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art. 58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: fax, correo electrónico, casillero y estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (art. 36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art. 34). Así las cosas, se le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 o 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr, para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Otros extremos: se otorga el depósito judicial provisional de la persona menor de edad Juan Carlos Navarrete Palacios al señor Mauricio José Navarrete Palacios. Para lo cual deberá la parte promovente informarles que deben comparecer a este despacho en el plazo de tres días, a aceptar y jurar el cargo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 236 del Código de Familia. Lo anterior, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se procederá a nombrar un profesional en derecho en su lugar. Notificaciones: notifíquesele a la señora Marta Elena Navarrete Palacios, mediante edicto, mismo que será remitido a la Imprenta Nacional de manera electrónica, y al señor Mauricio Navarrete Palacios mediante la Oficina de Notificaciones Judiciales de Heredia. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Heredia.—Licda. Grace Cordero Solórzano, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335453 ).

Se avisa a Darlin Elieth Ortega García, mayor de edad, nicaragüense, de demás calidades y domicilio desconocidos, representada por la curadora procesal licenciada Elena Floribeth Argueta de Herrera, que en este despacho se dictó dentro del expediente 17-000569-0673-NA, establecido por la licenciada Marisol Piedra Mora en calidad de Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia, la sentencia que en lo que interesa dice: sentencia 145-2019. Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las catorce horas y cuarenta y ocho minutos del trece de marzo del dos mil diecinueve. Resultando: I.—…, II.—…, III.—…, Considerando: I.—Hechos probados…, II.—Sobre el fondo:…, III.—...; Por tanto: Por lo expuesto, la doctrina y normas legales citadas, se declara con lugar la presente demanda de suspensión de patria potestad de las personas menores de edad de las personas menores de edad Derleng Jadeth y Janier Yubran ambos Mairena Ortega. Se suspende a la señora Darlin Elieth Ortega García en el ejercicio de la patria potestad. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, provincia de San José, a Janier Yubran Mairena Ortega al tomo dos mil treinta y siete, folio ciento sesenta y tres, asiento trescientos veintiséis, a Derleng Jadeth Mairena Ortega al tomo mil novecientos noventa y uno, folio sesenta y ocho, asiento ciento treinta y seis. Se resuelve sin especial condena en costas. Publíquese el edicto respectivo.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 13 de marzo del 2019.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335507 ).

Se avisa a Óscar Noel Escalante Martínez, mayor de edad, nacionalidad nicaragüense, de demás calidades desconocidas y Yeslin Jarquín Alcocer, mayor de edad, nacionalidad nicaragüense, de demás calidades desconocidas, representados por la curadora procesal licenciada María Auxiliadora Montoya Villalobos, que en este despacho se dictó dentro del expediente 18-000005-0673-NA establecido por la licenciada Marisol Piedra Mora en calidad de representante legal del Patronato Nacional de la Infancia, la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia 120-2019. Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las once horas y trece minutos del cinco de marzo del dos mil diecinueve. Resultando: I.-…, II.-…, III.-…, Considerando: I.-Hechos probados: … II.-… Sobre el fondo: III.-… Por tanto: Por lo expuesto, la doctrina y normas legales citadas, se declara con lugar la presente demanda de suspensión de patria potestad de las personas menores de edad de las persona s menores de edad Hellen Natalia y Óscar Fernando Escalante Jarquín. Se suspende a los señores Óscar Noel Escalante Martínez y Yeslin Jarquín Alcocer en el ejercicio de la patria potestad. Se confiere el depósito de las persona s menores de edad Hellen Natalia y Óscar Fernando Escalante Jarquín a la señora Mayra Cantillano Alcocer. Dentro de los ocho días posteriores a la firmeza de este fallo deberá comparecer a este Juzgado a aceptar el cargo que aquí se le confiere. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, Provincia de San José, a Hellen Natalia Escalante Jarquín al tomo mil novecientos sesenta, folio ciento setenta y ocho, asiento trescientos cincuenta y seis, a Óscar Fernando Escalante Jarquín al tomo dos mil treinta y cuatro, folio cincuenta y siete, asiento ciento trece. Se resuelve sin especial condena en costas. Publíquese el edicto respectivo. Notifíquese. Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 5 de marzo del 2019.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017.—( IN2019335508 ).

Se avisa al señor Edilberto Molina Porras, cédula de identidad 1-1117-0223, de domicilio y calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 18-000167-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la (s) persona (s) menor (es) de edad Samuel Molina Tenorio. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste (n) su conformidad o se oponga (n) en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de marzo de 2019.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335509 ).

Se avisa, a la señora Gema Estela Rojas Rocha, mayor, de demás calidades desconocidas, representada por el curador procesal Licenciado Gerardo Sánchez Rodríguez, hace saber que existe proceso 18-000169-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Ángel Manuel Rojas Rocha establecido por la Licenciada Annette Pérez Angulo en calidad de representante legal del patronato nacional de la infancia en contra de Gema Estela Rojas Rocha, que en este despacho se dictó la sentencia que en lo que interesa dice: sentencia 166-2019. Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia, a las nueve horas y treinta y cuatro minutos del veintiséis de marzo de dos mil diecinueve. Resultando: I…, II…, III…, Considerando: I.—Hechos probados:… II.—Sobre el fondo:… Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la convención sobre los derechos del niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 117, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de abandono con fines de adopción de la persona menor de edad Ángel Manuel Rojas Rocha. Se extingue a su madre Gema Estela Rojas Rocha el ejercicio de la patria potestad. Se ordena el depósito judicial de la niña Ángel Manuel Rojas Rocha en el Patronato Nacional de la Infancia, recayendo en la aceptación de la Licda. Annette Pérez Angulo debiendo apersonarse a este despacho dentro de tercer día a aceptar el cargo conferido. Inscríbase esta sentencia en el Registro Civil. Tome nota el Registro de Nacimientos de la provincia de: San José, tomo: dos mil doscientos cincuenta y uno, folio: doscientos cincuenta y cinco, asiento: quinientos diez. Sin especial condenatoria en costas. Publíquese la parte dispositiva mediante edicto. Notifíquese.—Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335510 ).

Se avisa, a al señor Róger Gerardo Segura Soto, mayor, cédula de identidad 2-0554-0592, de domicilio desconocido y a la señora Johanna Patricia Segura Ramírez, mayor, cédula de identidad 4-0179-0064, de domicilio desconocido, mismos representados por la curador a procesal licenciada Ingrid María Abraham Soto, se le hace saber que existe proceso 18-000188-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de las personas menores de edad Angélica Vanessa, Jefferson Gerardo, Kiara Johanna y Kimberly Pamela, todos de apellidos Segura Segura, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Róger Gerardo Segura Soto y Johanna Patricia Segura Ramírez, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José a las ocho horas y diecinueve minutos del nueve de abril de dos mil dieciocho, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dicha accionada para que se pronuncie sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Msc. Yerma Campos Calvo.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de marzo de 2019.—Licenciada: Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335512 ).

Se avisa, a al señor José Roberto Hernández Vargas, mayor, cédula de identidad número 0-0895-0512, de domicilio desconocido, representado por el curador procesal Licenciado Luis Angel Vargas Parras, se le hace saber que existe proceso 18-000267-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Anthony Hernández Porras establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de José Roberto Hernández Vargas, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las nueve horas y treinta y tres minutos del treinta y uno de mayo de dos mil dieciocho , que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dicha accionad a para que se pronuncie sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Licda. Eugenia bolaños rodríguez.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de marzo de 2019.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335513 ).

Se avisa a los señores Daniel Alvarenga Pineda, con documento de identificación A00701388 y María del Carmen Pérez Monge con documento de identificación A03352324, de domicilio y calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 18-000356-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la (s) persona (s) menor (es) de edad José Daniel Alvarenga Pérez. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste (n) su conformidad o se oponga (n) en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de marzo del 2019.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335514 ).

Se avisa al señor José Florentín Sequeira Romero con documento de identificación 155819431734, de domicilio y calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 18-000362-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la (s) persona (s) menor (es) de edad Jaslin Adriana Vásquez Delgado y Roney Fabián Sequeira Vásquez. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste (n) su conformidad o se oponga (n) en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de marzo de 2019.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335515 ).

Se avisa a los señores Greivin Gerardo Jiménez Zúñiga, cédula de identidad 1-1287-0923 y Kevin Andrey Fallas Cardenas, cédula de identidad 1-1502-0072, de domicilio y calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 18-000388-0673-NA, correspondiente a Diligencias no contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por Patronato Nacional de La Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Dayron Gerardo Jiménez Navarro y Deyner Andrey Fallas Navarro. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifiesten su conformidad o se opongan en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de abril del 2019.—f) Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335516 ).

Se avisa a la señora Wendy Susana Porras Salazar, portadora de la cedula 1-1623-0913, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 18-000507-0673-NA, correspondiente a Diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la (s) persona (s) menor (es) de edad Anahí Susana Torres Porras y Matías Cen Porras. Se le concede el plazo de TRES DÍAS naturales, para que manifieste (n) su conformidad o se oponga (n) en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de marzo de 2018.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017.—( IN2019335517 ).

Se avisa a la señora Melissa Alejandra Villalta Alpízar, cédula de identidad 1-1298-0523, de domicilio y calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 18-000634-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la (s) persona (s) menor (es) de edad Ana Laura y Esteban Eduardo ambos de apellidos Villalta Alpízar. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste (n) su conformidad o se oponga (n) en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de marzo del 2019.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335518 ).

Se avisa a la señora Wendy Vanessa Araya Hernández, cédula de identidad 1-1235-0762, de domicilio y calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 18-000726-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona  menor de edad Carolina Zamora Araya. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de marzo de 2019.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335519 ).

Se avisa, a la señora Dunia Patricia Cruz Soto, mayor, cédula de identidad número 2-0547-0303, de domicilio desconocido, representada por el curador procesal licenciado Jorge Isaac De Jesús Solano Aguilar, se le hace saber que existe proceso 18-000727-0673-NA de suspensión de la patria potestad de la persona menor de edad Sara Daniela Cruz Soto establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Dunia Patricia Cruz Soto, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José a las siete horas y cincuenta y nueve minutos del veinticinco de octubre de dos mil dieciocho, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dicha accionad a para que se pronuncie sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Lic. Marco Vinicio Soto Herrera, Juez.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de marzo del 2019.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017.—( IN2019335522 ).

Se avisa que en este despacho Francisco Jairo León Chacón y Julieta Arcila Tamayo, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Ismael Antonio Alvarado Serrano. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 18-000785-0673-NA. Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 26 de marzo del año 2019.—Milagro Rojas Espinoza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335523 ).

Se avisa al señor Justino Hinestroza Cándelo, de domicilio y calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 19-000018-0673-NA, correspondiente a Diligencias no contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la (s) persona (s) menor (es) de edad Yerlanhg Josué Hinestroza Sánchez. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste (n) su conformidad o se oponga (n) en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de marzo del 2019.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335524 ).

Se avisa a los señores Cristian Danilo Izaguirre Aguiluz, de domicilio y calidades desconocidos y Gladys Eugenia Zúñiga Jiménez, portadora de la cédula 1-977-0064, de domicilio y demás calidades desconocidos, que en este Juzgado, se tramita el expediente 19-000025-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad David Alejandro Izaguirre Zúñiga. Se les concede el plazo de tres días naturales, para que manifiesten su conformidad o se opongan en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de abril de dos mil diecinueve.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335525 ).

Se avisa al señor Gustavo Adolfo Quesada González, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 19-000027-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Nicole Fabiana Quesada García. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste (n) su conformidad o se oponga (n) en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 4 de abril del 2019.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza .—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017.—( IN2019335529 ).

Se avisa al señor Nestor Obando Flores, cédula 106970734, de nacionalidad nicaragüense, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 19-000045-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por patronato nacional de la infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Joel David Obando NSerrano. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, dos de abril de dos mil diecinueve.—f) Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335530 ).

Se avisa al señor Wilman Acevedo Morán, de nacionalidad nicaragüense, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 19-000051-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Bridget Esperanza Acevedo Cortes, Eithan Rafael Acevedo Cortes, Natacha De Los Ángeles Acevedo Cortes Y Sharlyn Victoria Acevedo Cortes. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que, manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 4 de abril del dos mil diecinueve.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335531 ).

Se avisa a los señores Dorian Emilio Araya Saldaña, portador de la cédula 111550414, de domicilio y demás calidades desconocidos y Heidy Serracin Caballero , portadora de la cédula 603090748, de domicilio y demás calidades desconocidos, que en este Juzgado, se tramita el expediente 19-000054-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Dorian Elian Araya Serracin. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifiesten su conformidad o se opongan en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 4 de abril del 2019.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017.—( IN2019335532 )

Se avisa que en este Despacho Kathia María Paniagua Castro, solicita se apruebe la adopción individual de la persona menor de edad Andrea Paola Donaldson Quesada. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 19-000079-0673-NA.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de marzo del 2019.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017.—( IN2019335533 ).

Se avisa al señor André Josué Rojas Venegas, cédula de identidad 2-0673-0762, de domicilio y calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 19-000110-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la (s) persona (s) menor (es) de edad Bárbara Gloriana Cordero Peralta y Luciana Rojas Cordero. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste (n) su conformidad o se oponga (n) en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de marzo de 2019.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335534 ).

Se avisa que en este despacho Carlos Alberto Valenciano Camer, solicita se apruebe la adopción individual de la persona menor de edad Paola Chaves Ramírez. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 19-000157-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 21 de marzo del 2019.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335535 ).

Se avisa que en este Despacho, Laura Castula Mora Brenes, solicita se apruebe la adopción individual de las personas menores de edad Dominick Jhoen Clark Alvarado y Patrick Johan Alvarado Mora. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 19-000173-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 21 de marzo del año 2019.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335537 ).

Se avisa que en este Despacho Carolina Mora Rivera y Santiago Alonso Elizondo Morales, solicitan se apruebe la adopción conjunta de las persona s menores de edad Elías Moisés Centeno Jarquín y Raquel Sarai Jarquín Jarquín. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 19-000189-0673-NA.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de marzo del 2019.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza .—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017.—( IN2019335538 ).

Se avisa que en este Despacho Kimberly Francisca Mora Recio y Víctor Manuel Mena Fuentes, solicitan se apruebe la adopción conjunta de las personas menores de edad David Jhosue Blanco Recio y Mathias Daniel Blanco Recio. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma, expediente 19-000201-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 01 de abril del 2019.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335539 ).

Se avisa que en este despacho Corwin Ralph Falink Y Cristina Lynn Heiny, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Leylanie Andrea Moya Ruiz. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 19-000222-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 03 de abril del 2019.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335540 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Constancia Genarina Ordoñez Zúñiga mayor, estado civil no indica, educadora, documento de identidad 05-0152-0162, vecina Bagaces, Guanacaste, Urbanización Pedro Nolasco, en el cual pretende cambiarse el nombre a únicamente Genarina mismos apellidos. Se concede el plazo de quince días a cualquier persona interesada para que se presenten al proceso a hacer valer sus derechos. Artículo 55 del Código Civil. Expediente 18-000040-0386-CI-2.—Juzgado Civil y Trabajo Primer Circuito Judicial Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), 04 de febrero del 2019.—Licda. Aura Lisseth Cedeño Yanes, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2019335714 ).

Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a Edith Pastora Gámez Mata, en su carácter personal, quien es mayor, casada una vez y separada de hecho y de domicilio desconocido, con cédula 6-0141-0012 y demás datos desconocidos, se le hace saber que en proceso de divorcio. Expediente: 15-000734-1307-FA, establecido por Domingo Luciano De Jesús Araya Fuentes, contra Edith Pastora Gámez Mata, se ordena notificarle por edicto la sentencia que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las trece horas y cuarenta y tres minutos del día cinco de julio del dos mil dieciocho. Proceso de divorcio, establecido por Domingo Luciano De Jesús Araya Fuentes contra Edith Pastora Gámez Mata. Resultando: Primero... Segundo... Tercero... Considerando: I... II... Por tanto: de acuerdo a lo expuesto, y artículos 51 y 52 de la Constitución Política; 1, 2, 5, 6, 8, 11, 34, 41, 48 y 57 del Código de Familia; se declara: sin lugar la excepción de falta de derecho y con lugar la demanda abreviada de divorcio interpuesta por Domingo Luciano De Jesús Araya Fuentes contra Edith Pastora Gámez Mata y se declara: 1) La Disolución del matrimonio que une a actor y demandada. 2) No se establece derecho a alimentos entre ellos. 3) No se emite pronunciamiento respecto a la ganancialidad sobre bienes muebles e inmuebles por no existir en el haber patrimonial de las partes procesales. 4) Sin condena en costas para la parte vencida. Una vez firme este fallo, por medio de ejecutoria expedida a solicitud de parte interesada, inscríbase el mismo en el Registro Civil en el libro de matrimonios de la provincia de Limón, al tomo ochenta y dos (82), folio trescientos veintiocho (328), asiento seiscientos cincuenta y cinco (655). Notifíquese en el medio señalado por las partes.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 01 de marzo del 2019.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 64-2017-JA.—( IN2019335853 ).

Se hace saber al señor Wilder Noel Torres , mayor, divorciado, ebanista, documento de identidad PC0918205, de demás calidades desconocidas, que en este despacho se tramita proceso especial de filiación de declaratoria de hijo extramatrimonial e investigación de paternidad bajo la sumaria 17-001586-0637-FA de Cindya De La Trinidad Hernández Chacón en su contra y por lo tanto se le concede el plazo de diez días a efecto de que se apersona para contestar o formular la oposición correspondiente con la indicación de las pruebas en que se fundamente, con la indicación de los testigos en su caso; dicho emplazamiento comenzará a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación del presente edicto. Se previene a la parte accionada, señalar medio para recibir notificaciones, caso contrario después de tres días de publicado el presente edicto comenzará a aplicar la notificación automática.—Juzgado de Familia de Desamparados, 1° de abril del 2019.—Licda. Zeidy Jacobo Morán, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335857 ).

Licenciada Kensy Cruz Chaves. Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a Jeiner Ramírez Díaz, en su carácter personal, quien es mayor, únicos datos conocidos, se le hace saber que en demanda declaratoria judicial abandono, establecida por Eduardo Alberto Sandoval Jiménez e Irene Campos Arce contra Jeiner Ramírez Díaz y Ruth Álvarez Fernández en expediente 18-000013-1302-FA, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: 308-2019. Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a las trece horas treinta y tres minutos del veintiuno de marzo del dos mil diecinueve. Proceso declaratoria judicial abandono, establecido por Eduardo Alberto Sandoval Jiménez, mayor, casado/a, avicultor(a), cédula 0205840764 contra Jeiner Ramírez Díaz, mayor, únicos datos conocidos. Por tanto, en virtud de los argumentos expuestos, artículos 115, 117, 120, 121, 123, 158 inciso c) y 159 inciso 3)´del Código de Familia, 5 y 106 del Código de Niñez y Adolescencia, 3, 4 y 5 de la Convención sobre los derechos del niño se declara con lugar el proceso de Declaratoria Judicial de Abandono con fines de adopción, extinción de patria potestad y depósito judicial de la persona menor de edad Reynolds Alberto Ramírez Álvarez, promovido por los señores Eduardo Alberto Sandoval Jiménez e Irene Campos Arce en contra de Jeiner Ramírez Díaz y Ruth Álvarez Fernández, declarando: 1.- En estado de abandono a Reynolds Alberto Ramírez Álvarez por parte de sus padres; 2.- Dado que los señores Ramírez Díaz y Álvarez Fernández, no han ejercido su rol de padres y han mostrado total desinterés por el niño, se hace menester el extinguirle a los accionados el ejercicio de patria potestad sobre Reynolds Alberto Ramírez Álvarez; 3.- Dado que los actores, han asumido el cuido de Reynols Alberto, le han dado el amparo de una familia y han estado presentes cuando el menor más lo ha necesitado, se ordena el depósito judicial del niño en el hogar de sus cuidadores, nombrándose a ambos como depositarios judiciales del menor por lo que deberán comparecer dentro del quinto día, después de la firmeza de la presente sentencia, a este Despacho a aceptar el cargo conferido; 4.- Firme este fallo, se ordena su inscripción en el Registro Civil para que se anote en la sección nacimientos de la Provincia de Puntarenas al tomo número 531, página 30, asiento 59. Se pronuncia el Despacho sin especial condenatoria en costas. Notifíquese. Msc. Sandra Saborío Artavia, Jueza Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela.—Licda. Kensy Cruz Chaves, Jueza .—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335859 ).

Licenciado Walter Alvarado Arias, Juez del Juzgado Segundo de Familia de San José, a Junieth de Fátima Rizo Herrera, en su carácter personal, quien es mayor, nicaragüense, portadora del documento de identificación PC1595408, se le hace saber que en demanda divorcio, expediente 18-000138-0187-FA, establecida por Santos Antonio Hernández Salgado contra Junieth de Fátima Rizo Herrera, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: “Juzgado Segundo de Familia de San José, a las trece horas y cincuenta y dos minutos del dieciocho de febrero de dos mil diecinueve. De la demanda abreviada de divorcio establecida por el accionante Santos Antonio Hernández Salgado, se confiere traslado a la accionada Junieth de Fátima Riso Herrera por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de San José. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20, del 29 de enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho.- Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.-” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia.—Juzgado Segundo de Familia de San José.—Lic. Walter Alvarado Arias, Juez.—1 vez.—O.C 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335860 ).

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente 18-000594-0688-FA, Allen de los Ángeles Abarca Brais, Nazareth María Céspedes Rojas, solicitan se apruebe la adopción de las personas menores de edad José Luis García García y Gabriela del Carmen Suárez García. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, (Materia familia), 05 de abril del 2019.—Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335866 ).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de las personas menores de edad Mathías Suarez Solano y Aipoll Michelle Solano Padilla, hijos de Luis Diego Suarez Hernández y Joselyn Solano Padilla para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la publicación de este edicto. Expediente 19-000379-1302-FA. Depósito judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 04 de abril del 2019.—Licda. Yuliana Andrea Ugalde Zumbado, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335876 ).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Carlos Gerardo Medina Medina, mayor, costarricense, soltero, pescador, cédula de identidad 0602510511, vecino de Esparza, Puntarenas, del Colegio Emiliano Odio, 100 m. oeste, 75 norte, cantón Esparza, distrito Marañonal, hijo de María Medina Medina, madre costarricense, nacido en Centro Central, Puntarenas, el 27/02/1973, con 46 años de edad, e Isabel Montoya Arias, mayor, costarricense, divorciada de Eladio Alfonso Arias Madriz el 29-06-2004, en Cartago, administradora del hogar, cédula de identidad 0302480045, vecina de Guadalupe de Cartago, del Colegio, 100 m. oeste 150 m. sur, hija de María Aurelia Arias Molina y Carlos Montoya Calvo, ambos padres costarricenses, nacida en Hospital Central, Cartago, el 01/07/1961, actualmente con 57 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-000830-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 25 de marzo del 2019.—Licda. Wendy Blanco Donaire, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335443 ).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil, Marco Antonio Castro Pérez, mayor de edad, cédula de identidad 2-677-207, privado de libertad, vecino de Puesto de Diez centro Penal Luis Paulino Mora Mora, hijo de Francisco Castro Morales y de Rosibel Pérez Castro , nacido en Alajuela, el 09 de setiembre de 1990, con 28 años de edad y Kimberly Brenes Benavides, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 2-751-620, vecina de Alajuela, nacida en fecha 5 de abril de 1996, con 22 años de edad, hija de Beltrán Brenes Chaves y Tattiana Benavides Calvo. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. 18-001987-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 02 de abril del 2019.—Licda. Eugenia María Bolaños Rodríguez, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335450 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Cristofer de Jesús Muñoz Quesada, mayor, soltero, taxista, cédula de identidad número 0206720529, vecino de San Ramón centro, 75 metros oeste del Super Mario, contiguo al Café Aromas 3, casa de cemento, color blanco, con verjas color rojo, hijo de Omar Muñoz Lobo y Mercedes Quesada Rodríguez, nacido en Centro, San Ramón, Alajuela, el 07/01/1990, con 29 años de edad, y Yannia Téllez Mendoza, mayor, soltera, estudiante, cédula de identidad número 0207320908, vecina de San Ramón Centro, 75 metros oeste del Super Mario, contiguo al café Aromas 3, casa de cemento, color blanco, con verjas color rojo, hija de Renato Téllez Roca y Aura Mendoza Martínez, nacida en Centro San Ramón Alajuela, el 17/11/1994, actualmente con 24 años de edad, ambas personas contrayentes tienen el domicilio en San Ramón. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. 19-000080-0688-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramon) (Materia Familia), San Ramón, 29 de marzo del 2019.—Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335452 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Andrei Antonio Araya Sánchez, mayor de edad, soltero, operador de maquinaria, cédula de identidad número 0304310770, vecino de Lourdes de Agua Caliente, Cartago, un kilómetro al sureste del Templo Católico Calle Jucosal, casa color celeste con verjas negras, hijo de María Sánchez Elizondo y Fredy Araya Cordero, nacido en Oriental Central Cartago, el 19/10/1988, con 30 años de edad, y Magally Brenes Vásquez, mayor de edad, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0504200110, vecina de Lourdes de Agua Caliente, Cartago, un kilómetro al sureste del Templo Católico Calle Jucosal, casa color celeste con verjas negras, hija de Miryam Vásquez Espinoza y Eduardo Brenes Delgado, nacida en Centro Liberia Guanacaste, el 31/12/1997, actualmente con 21 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-000964-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 05 de abril del 2019.—Lic. Juan José Alvarado Quirós, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335454 ).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: Yanixia Vanessa Molina Chacón, mayor, soltera, recursos humanos, cédula de identidad 0303780216, número teléfono: 8806-11-56, vecina de Quircot del Súper Quircot 25 metros sur y 50 metros este, Urbanización El Pilón 8-A, hija de Grace Chacón Porras y Hugo Alberto Molina Hernández, nacida en Oriental, Central, Cartago, el 12/01/1982, con 37 años de edad; y Fabián Alejandro Bustos Viachica, mayor, soltero, agente de ventas número de teléfono: 6409-45-22, cédula de identidad 0112880996, vecino de Quircot del Súper Quircot 25 metros sur y 50 metros este, Urbanización El Pilón 8-A, hijo de Kattia Bustos Viachica, nacida en Carmen, Central, San José, el 07/09/1986, actualmente con 32 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-000299-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 15 de febrero del 2019.—Lic. Juan José Alvarado Quirós, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335646 ).

Licda. María Mata Corrales Cordero, Jueza de Familia de Pococí, han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil: Alejandro Andrés Méndez Guzmán, mayor, soltero, peón agrícola, portador de la cédula de identidad 7-224-009, vecino de Cariari, de la planta de jardín 200 metros al sur donde era la antigua pulpería Las Palmas, hijo de Alejandro Méndez Ampié y Olga Guzmán Tenorio, nacido en Guápiles, Pococí, Limón, el día dieciocho de setiembre de mil novecientos noventa y dos, con 26 años de edad; y Yocelyn Juanita Castillo Álvarez, mayor, soltera, ama de casa, portadora de la cédula de identidad 7-236-822, vecina Cariari, de la planta de jardín 200 metros al sur donde era la antigua pulpería Las Palmas, hija de Johnny Castillo Godoy y Rosa Ana Álvarez Poveda, nacida en Batan, Matina, Limón, el día veintinueve de junio de mil novecientos noventa y cinco, actualmente con 23 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-000416-1307-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 20 de febrero del 2019.—María Marta Corrales Cordero, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 64-2017-JA.—( IN2019335851 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Luis Carlos Chaves Madriz, mayor, soltero, electricista, cédula de identidad número 0304280749, vecino de San Antonio, 500 metros sureste, de la Plaza de Deportes de la Suiza, entrada del Palí, hijo de Carlos Alberto Chaves Granados y Grace Madriz Ramírez, nacido en Centro Turrialba Cartago, el 19/04/1988, con treinta años de edad, y Yenory Isabel Ávila Marín, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0112500856, vecina de San Antonio, 500 metros sureste, de la Plaza de Deportes de la Suiza, entrada del Palí, hija de Norma Ávila Marín, nacida en Carmen Central San José, el 17/08/1985, actualmente con treinta y tres años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. 19-000124-0675-FA-DM1.—Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Domestica de Turrialba (Materia Familia), Turrialba, 4 de abril del 2019.—Licda. Viria Artavia Quesada, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335872 ).

Edictos en lo Penal

Fiscalía de Hatillo, a las nueve horas con cuarenta y nueve minutos del 25 de octubre 2018. En vista de que el codemandado civil Alberto Chavarría Sanabria cédula de identidad 3-0248-0577, quien conociendo de la sumaria penal no se apersonó al despacho para ponerle en conocimiento la acción civil presentada en contra, se procede a comunicarle la resolución que cursa la acción civil en su contra por medio de edicto que se publicará una tres veces en el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Lic. Róger Solís Corea. Fiscal Coordinador de Hatillo: Se pone en conocimiento la acción civil. Lic. Róger Solís Corea Fiscal de la Fiscalía de Hatillo, al(a) Alberto Chavarría Sanabria, le hace saber que: En el legajo de acción civil resarcitoria 16-000551-0492-TC, ofendido Luis Baltodano Rojas contra José Gerardo Vásquez Gomez, se ha dictado resolución que literalmente dice: comunicación por Edicto: Fiscalía de Hatillo, a las nueve horas con cuarenta y nueve minutos del 25 de octubre del dos mil dieciocho. En vista de que el tercer demandado civil Alberto Chavarría Sanabria, no ha sido posible comunicarle la resolución dictada por este despacho, que da curso a la acción civil resarcitoria incoada por Luis Baltodano Rojas, se procede a comunicarle la resolución que cursa la acción civil en su contra por medio de edicto que se publicará tres veces consecutivas en el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Lic. Róger Solís Corea. Fiscal Jefe de Hatillo: Se pone en conocimiento la acción civil: De conformidad con los artículos 115 y 120 del Código procesal Penal, se pone en conocimiento del Tercer demandado civil Alberto Chavarría Sanabria la presente acción civil resarcitoria. Cualquier interviniente podrá oponerse a la participación del actor civil planteando las excepciones que correspondan. La oposición se pondrá en conocimiento del actor y su resolución se reservará para la audiencia preliminar. Comuníquese.. Fiscal. 3 veces. Fiscalía Hatillo, teléfonos 2254-8842 o 2214-9557. Fax: 2254-4603. Lic. Róger Solís Corea.—Fiscalía de Hatillo.—Lic. Róger Solís Corea, Fiscal.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335637 ).                                                                                3 v. 1.

Se les comunica al dueño registral del siguiente bien mueble que en la presente causa se dictó sentencia condenatoria a favor del imputado Erick David Jiménez Cordero por lo cual se notifica al propietario registral del vehículo decomisado propiamente el señor Luis Venegas Martínez, cédula de identidad 702510403 o terceros interesados de la causa 17-002440-0063-PE, contra Jeison Cascante Castillo por el delito de homicidio tentativa de, robo agravado en perjuicio de Erik David Jiménez Cordero a fin de que se apersonen a este despacho de conformidad con el artículo 94 de la Ley 8204 y el numeral 200 del Código Procesal Penal pueden reclamar el mismo con la documentación idónea, bajo apercibimiento de que luego de la última publicación del edicto se otorga ocho días para reclamar lo indicado, transcurrido el período sin reclamo ni trámite alguno se ordenará el Comiso a favor del Estado. A continuación se detalla el bien: un vehículo marca Hyundai Accent color celeste, 4 puertas, número de chasis KMHCG41FPXU025680, registrado bajo las placas 893660, a nombre de Luis Venegas Martínez, cédula de residencia: 155800699618.—Tribunal del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Materia penal), al ser las siete horas y dieciocho minutos del ocho de abril del año dos mil diecinueve.—Lic. Mario Francisco Piedra Díaz, Juez de Juicio.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335858 ).                                                                                                              3 v. 1.

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Respecto de las causas que más adelante se detallarán por haberse ordenado así mediante resolución de las catorce horas del cuatro de diciembre del año dos mil dieciocho. Se ordena comunicar por edicto la citada resolución para que se apersonen al Juzgado Penal de Cartago, los interesados a plantear reclamo del dinero, esto dentro del plazo de ocho días hábiles contados a partir de la publicación. Vencido el plazo de ocho días a partir de la publicación del edicto se ejecutará la resolución de este Juzgado, mediante la cual se ordenó el comiso de dinero a favor de una Institución de bien social. “Se ordena comiso de dineros en sistema SDJ Juzgado Penal de Cartago, al ser las catorce horas del cuatro de diciembre del dos mil dieciocho. Respecto de las causas que más adelante se detallarán, se ordena el comiso de las sumas de dinero que igualmente se especificarán, al darse por agotada la posibilidad de devolución de estos fondos, ya sea por desinterés, por el paso del tiempo, por falta de información para su disposición, destrucción del expediente o bien porque en definitiva no es viable su disposición al no poderse establecer su origen, dineros que actualmente se encuentran en el sistema SDJ y que como se dijo, al darse por agotada la posibilidad de su disposición, se ordena su comiso a favor del Estado. Se ordena publicación de la presente resolución mediante edicto que se publicará en el Diario Oficial La Gaceta, para que en plazo de ocho días a partir de la publicación se apersone algún interesado para su reclamo. Transcurrido el plazo dicho y a la firmeza de lo resuelto, comuníquese al Departamento de Proveeduría para lo que corresponda. Se trata de las siguientes causas:

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Licda. Yamileth Alvarado Mejías, Jueza Penal.—Licda. Grettel Barahona Cháves, Jueza Penal.—Licda. Magaly Hernández Solano, Jueza Penal.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019332439 ).

Se comunica a a señora: María de las Mercedes Miranda Fernández, cédula 17566223775, de paradero ignorado, quien figura como propietaria registral de un arma: Beretta, modelo: 950BS, calibre: 25, serie: BER71932v, para que se presente al Juzgado Penal de Heredia, antes del plazo de cinco días hábiles posteriores a esta publicación para la devolución del arma mencionada, caso contrario se procederá al comiso a favor del Estado. Lo anterior en relación a la causa penal 11-001019-0059-PE seguida contra ignorado por el delito de tentativa de suicidio en perjuicio de Héctor Rivera López. Se ordena comunicarle por este medio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 162 del Código Procesal Penal.—Juzgado Penal de Heredia, Heredia, a las 16:00 horas del 25 de febrero del 2019.—Licda. Stephanie Villalobos Abarca, Jueza Penal.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335620 ).

Se comunica a quien demuestre ser el dueño registral del arma de fuego tipo revolver, calibre 38 SPL, serie 099003F, marca Ranger que debe presentarse al Juzgado Penal de Heredia, antes del plazo de cinco días hábiles posteriores a esta publicación para la devolución del arma mencionada; caso contrario se procederá al comiso a favor del Estado. Lo anterior en relación a la causa penal 12-003296-0059-PE seguida contra Edward Omar Pichard Torres por el delito de portación ilícita de arma permitida en perjuicio de seguridad común. Se ordena comunicarle por este medio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 162 del Código Procesal Penal. Publíquese por una sola vez.—Juzgado Penal de Heredia, a las 16:00 horas del 25 de febrero del 2019.—Licda. Stephanie Villalobos Abarca, Jueza Penal.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335621 ).

Se comunica a quien demuestre ser el dueño registral del arma de fuego tipo revolver, calibre 38, serie 690852, marca Tauros y del arma de fuego tipo pistola, calibre 25, serie 072984, marca Sundance Industries que debe presentarse al Juzgado Penal de Heredia, antes del plazo de cinco días hábiles posteriores a esta publicación para la devolución de las armas mencionadas; caso contrario se procederá al comiso a favor del Estado. Lo anterior en relación a la causa penal 13-001758-0369-PE seguida contra Arnulfo Jose Narvez Alvarado y otros por el delito de portación ilícita de arma permitida en perjuicio de seguridad común. Se ordena comunicarle por este medio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 162 del Código Procesal Penal.—Juzgado Penal de Heredia, Heredia, a las 16:00 horas del 25 de febrero del 2019.—Licda. Stephanie Villalobos Abarca, Jueza Penal.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335622 ).

Se comunica al señor Jerry Lee Espinoza Torres, cédula 60423Fiscalía de Siquirres-Zona Atlántica, al ser las quince horas con veinte minutos del día dos de abril del dos mil diecinueve. Mediante auto de las quince horas con nueve minutos del día dos de abril del dos mil diecinueve del representante Fiscal, se ha ordenado publicar edicto en el Boletín Judicial para efectos de dar Traslado de Acción Civil Resarcitoria a los señores Luis Manuel Bolaños Barrantes, documento de identificación 2-395-771 y Luis Antonio Bolaños Rodríguez, documento de identificación 2-619-281 iniciada contra el imputado Joaquín Paniagua Morales por el delito de Lesiones Culposas y en perjuicio de Douglas Aguilar López y Jimmy Yesca Obando, por lesiones a la integridad física del ofendido ocurridas en fecha 09 de junio del 2016, hecho que ocurrió en entrada a Pacuarito de Siquirres, sobre ruta 32; además se le indica a los señores Luis Manuel Bolaños Barrantes y Luis Antonio Bolaños Rodríguez o a quién represente judicial y extrajudicialmente a dicha sociedad que tiene derecho de nombrar un abogado particular para que lo represente dentro del proceso dentro del plazo de 5 días hábiles siguientes a la primera publicación en el Boletín Judicial. Los cuales no ha sido posible ubicar, ya que en su domicilio social no fueron ubicados; por lo anterior, es que esta cámara ordena publicar por dos veces consecutivas en el Boletín Judicial un edicto, para efectos de que el actual representante legal judicial y extrajudicial de la sociedad Asfaltos Laboro, S. A. (cédula jurídica 3-101-382413) se apersone a la causa y haga valer sus derechos. Expediente 16-200459-0486-PE, contra: Joaquín Paniagua Morales, tercero civilmente responsable: Asfaltos Laboro, S. A., ofendido: Douglas Aguilar López y Jimmy Yesca Obando, delito: lesiones culposas. Notifíquese.—Fiscalía de Siquirres, 02 de abril del 2019.—Lic. Leonel Cisneros Córdoba, Fiscal.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019335625 ).

Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción, al ser las trece horas y cincuenta y ocho minutos del dos de abril del año dos mil diecinueve; de licenciada Melissa García Garita, Fiscal Auxiliar, a la señora Majoma La Perla Dorada S.A, cédula jurídica 3-101-363834 se le hace saber: que en el legajo de acción civil resarcitoria, de la causa número único 12-201019-413-PE; seguido en contra de Carmen María Barboza Aguilar y Otros, en perjuicio de Amparo Carballo Chevez y otros, por el delito de estafa, se ha dictado resolución que literalmente dice: Se da traslado de la acción civil resarcitoria Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción, al ser las once horas y treinta y uno minutos del veintiocho de marzo del año dos mil diecinueve. De conformidad con los artículos, 111, 112 y 115 del Código Procesal Penal, se procede con vista en la acción civil resarcitoria interpuesta por la Lic. Luis Ángel Ramírez Ramírez en representación de la parte ofendida Carlos Andrés Rodríguez Quesada y DIPROCON S. A., se procede a darle traslado a los demandados civiles Carmen María Barboza Aguilar, Luis Carlos Umaña Centeno, Ricardo Madrigal Jiménez, Roy Marín Rojas, Majoma de La Perla Dorada S. A., Asociación de Desarrollo La Palma de Abangares de las pretensiones expuestas por dicha parte, para que se pronuncie sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del actor civil en este proceso, planteando las excepciones que estime pertinentes, se les informa que tiene el plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación; para que manifiesten lo que corresponda; por lo que se le concede el término de ley para que haga valer sus derechos. Así mismo se le previene que en el acto de ser notificado deberá señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20, del 29 de enero de 2009. Comuníquese el contenido de la resolución a los demandados civiles y a su defensor. Notifíquese. Alexander Valverde Peña Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción. SSALAZARD; comunicación por edicto. Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción. En vista de que el no ha sido posible ubicar al representante legal de Majoma La Perla Dorada S. A., cédula jurídica número 3-101-363834; y su domicilio social es desconocido, se procede a comunicarle la resolución; por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Comuníquese. Publicar una vez en el Boletín Judicial de La Gaceta.—Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción.—Licda. Melissa García Garita.—1 vez.—O. C. 364-12-2017-JA.—Sol. 64-2017-JA.—( IN2019335852 ).