BOLETÍN JUDICIAL N° 80 DEL 02 DE MAYO DEL 2019
HACE
SABER
A:
Mario Montealegre Peña, mayor, notario público, cédula de identidad número
1-0553-0530, de demás calidades ignoradas; Que en proceso disciplinario
notarial número 18-000954-0627-NO establecido en su contra por Rubén Enrique
Vargas Álvarez, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen:
“Juzgado Notarial, a las nueve horas y treinta y tres minutos del veintitrés de
octubre de dos mil dieciocho. Se tiene por establecido el presente proceso
disciplinario notarial de Rubén Enrique Vargas Álvarez contra Mario Gabriel de
San José Montealegre Peña, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días;
dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer
la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo
153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de
Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la
presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene
a las partes que dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual
recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en
estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no
se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las
resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas
con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las
sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán
señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero
deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal;
en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se
señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por
el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de
señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional.
Asimismo, se le previene a cada parte, que si no
escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado
para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no
lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la
notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la
parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la
Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José
(tercer piso del edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito
Judicial), los días martes y jueves de cada semana.
Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el
Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2
de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que,
si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso
exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden
utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un
medio de localización lo más ágil y eficiente posible, particularmente
recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar
las dos alternativas a la vez. Esta petición es para cubrir nuestras
necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo,
pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo
legal para la recepción de notificaciones.-” Asimismo, por haberlo así
dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del
Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le
solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se
sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c)
fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de
discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. De
conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de
Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante
cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o
domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que
si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio
registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por
cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona
denunciada; pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u
oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada. La
notificación en el domicilio registral de la parte denunciada ubicada en San
José, Escazú, San Rafael, Condominio Badulla casa 5,
se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito
Judicial de San José. La notificación en la oficina notarial de la parte
denunciada ubicada en San José, San José, Paseo Colón, calle 36, edificio
Toyota, o bien, San José, San José, Paseo Colón de Toyota 100 metros oeste y 25
metros sur, edificio 30-S, oficina número 11, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de San José. Asimismo,
se ordena notificar a la Dirección Nacional de Notariado, mediante comisión
dirigida a la Oficina de Comunicaciones del Segundo Circuito Judicial de San
José, en: San Pedro Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Edificio
Sigma, quinto piso. En el caso de que la notificación de esta resolución deba
realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el
ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada;
y en caso de que se impida tal ingreso, se tendrá por válida la notificación
con la entrega de la cédula correspondiente a la persona encargada de regular
la entrada. (Artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de
Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada
en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del
2009). Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la
parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil.
Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, obténgase por medio de
consulta ante la página web del Registro Nacional, con el fin de verificar si
la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. De conformidad
con el artículo 35.6 del Código Procesal Civil, se hace ver a la parte
accionante que en el caso de que desee presentar una pretensión resarcitoria
contra la parte denunciada, tendrá oportunidad para realizar dicha gestión
hasta antes de que esa parte procesal conteste esta denuncia; y para tal
efecto, tendrá que cumplir con los requerimientos del numeral 152 del Código
Notarial, en su necesaria relación con el artículo 35 del Código Procesal
Civil. Notifíquese. M.Sc. Guillermo Rodrigo Castro
Rodríguez, Juez. “y “Juzgado Notarial, a las quince horas y cuarenta y tres
minutos del quince de marzo de dos mil diecinueve. Solicitud de defensor
público Siendo fallidos los intentos por notificarle al Licenciado Mario
Montealegre Peña, la resolución dictada a las nueve horas y treinta y tres
minutos del veintitrés de octubre de dos mil dieciocho en las dirección
reportada en la Dirección Nacional de Notariado y el último domicilio registral
reportado en el Registro Civil (ver folios 8 y 9), según actas de notificación
de folios 15, 18, 19, 25 y 29, y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el
Registro de Personas Jurídicas (folios 30 y 31), de conformidad con lo
dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone
notificarle al citado profesional esa resolución así como la presente, por
medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial;
comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber al denunciado que los
hechos que se le atribuyen son I.-En proceso tramitado ante el Juzgado Tercero
Civil de San José bajo número de expediente 01-00623-182-CI, el Licenciado
Mario Montealegre Peña en calidad de Apoderado General Judicial de “Purdy Motor Sociedad Anónima” presentó escrito donde
solicitó no sólo cancelar gravamen prendario inscrito sobre el vehículo placa
112013, bajo las citas Tomo 0002 Asiento 713158 y sus respectivos endosos.
Además, solicitó que en carácter de Notario Público,
fuera autorizado para protocolizar las piezas respectivas. II.- Mediante
resolución de las trece horas treinta minutos del diecisiete de julio del dos mil uno, dictado por el Doctor Jorge Alberto López González,
Juez del Juzgado Tercero Civil de Mayor Cuantía de San José, entre otras cosas,
autorizó al Notario Montealegre Peña para que realizara la protocolización
antes dicha. III.-Hace aproximadamente 15 días o un mes, es cuando me di cuenta
que la protocolización antes dicha. III.-Hace
aproximadamente 15 días o un mes, es cuando me di cuenta que
la protocolización que debía realizar el denunciado no se había hecho. IV.-En
varias ocasiones le he dejado mensajes al Notario denunciado en su lugar de
trabajo, sea este Purdy Motor, sin embargo
no he obtenido ninguna respuesta de su parte. Conforme lo dispone el citado
numeral, comuníquese esta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con
el fin de que se le nombre un defensor público al denunciado Mario Montealegre
Peña, cédula de identidad 1-0553-0530. Notifíquese. Dra. Ingrid Palacios
Montero, Jueza.”. Se publicará por una vez en el Boletín Judicial.
San José, 15 de enero del 2019
Dra.
Ingrid Palacios Montero,
Jueza.
1 vez.—O.
C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019335638 ).
Que en el Proceso Disciplinario Notarial N° 15-000525-0627-NO, de Belarmino Alberto Campos Bogantes
contra Carlos Eduardo Araya Sánchez, (cédula de identidad N°
1-0952-0079), este Juzgado, mediante resolución de las once horas y cuatro
minutos del catorce de febrero del dos mil diecinueve, dispuso levantar a
partir del catorce de febrero del dos mil diecinueve la sanción disciplinaria
impuesta mediante resolución número 450-2018 de las once horas y siete minutos
del dieciocho de julio de dos mil dieciocho al notario Carlos Eduardo Araya
Sánchez, que salió publicada en el Boletín Judicial número 224 del 03 de
diciembre del 2018. Notifíquese.
San José, 15 de febrero del 2018.
Dra.
Ingrid Palacios Montero,
Jueza
1 vez.—O.
C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019335644 ).
A la Dirección Nacional de Notariado, al
Archivo notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, que en el Proceso
Disciplinario Notarial N° 18-000083-0627-NO, de Registro
Civil contra Harry Flores Castillo (cédula de identidad 1-657-517), este
juzgado mediante resolución N° 728-2018 de las
veintiún horas treinta y un minutos del treinta y uno de octubre del dos mil
dieciocho, dispuso imponerle a la parte denunciada la corrección disciplinaria
de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días
naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de
conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Juzgado Notarial.
San José, 21 de noviembre del 2018.
Notifíquese.
M.Sc. Juan Carlos Granados Vargas
Juez
1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019335645 ).
A los causahabientes
de quién en vida se llamó Roy López Caballero, quien fue mayor, quien portó el
número de cédula 1-0800-0839, y que fue vecino de Pérez Zeledón, San Isidro de
El General, barrio Los Ángeles y falleció el día 27 de diciembre del año 2018,
se les hace saber que: Neftalí López Vargas, cédula de identidad 1-0272-0386,
domicilio vecino de Pérez Zeledón, San Isidro de El General, barrio Los
Ángeles, 200 metros sur de la escuela del lugar, casa color verde, de cemento,
a mano derecha, tapia roja con negro, a la par del Super La Torre, se apersonó en
este Despacho en calidad de padre de la persona fallecida, a fin de promover
las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les
cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín
Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en
las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una
sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de
prestaciones del trabajador fallecido, expediente número 19-000075-1125-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial
de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 27 de marzo del
2019.—Lic. José Celso Fernández Delgado, Juez.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017.—( IN2019335560 ).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Laura Emilia Vargas Núñez, Nº
0110640064, fallecido el 04 de junio del año 2005, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector privado bajo el Nº 19-000393-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 19-000393-0505-LA. Por María de los Ángeles Núñez Garro
a favor de Laura Emilia Vargas Núñez.—Juzgado de
Trabajo de Heredia, 26 de febrero del 2019.—Msc. Karol Baltodano Aguilar, Jueza Decisora.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335561 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de
causahabientes de Mario Mora Chaves, N° 0103300436,
fallecido el 26 de julio del 2018, se consideren con derecho, para que, dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de
este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N°
19-000479-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 19-000479-0505-LA.
Por Marta Elena Mora Chaves a favor de Mario Mora Chaves.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 12 de marzo del 2019.—Msc.
Karol Baltodano Aguilar, Jueza 1 vez.—O.C.
Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2019335562 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de José García Nicaragua c0949680, fallecido el 30 de noviembre
del año 2018, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector privado bajo el Nº 18-003483-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 18-003483-1178-LA. A favor de José García Nicaragua.—Juzgado de Trabajo Primer Circuito Judicial
San José, 01 de abril del 2019.—M.Sc. Marianela
Barquero Umaña, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019335563 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Ángel
González Obando, mayor, casado, vecino de Cañas, Guanacaste, cédula de
identidad en vida número 02-0701-0187, fallecido el 23 de diciembre del año
2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de distribución de prestaciones de
persona trabajadora fallecida, bajo el número 19-000022-1557-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del
Código de Trabajo. Expediente N° 19-000022-1557-LA.
Establecido por su viuda señora Allison Orias
Chavarría. cédula 6-0448-0425.—Juzgado Civil y Trabajo de Cañas (Materia
Laboral), 26 de marzo del 2019.—Licda. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017.—( IN2019335570 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Carlos Eduardo Palacios Picado, mayor, soltero, cédula de
identidad N° 1-1269-404, fallecido el 18 de febrero
del 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones de
persona trabajadora fallecida, bajo el N°
19-000025-1557-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 19-000025-1557-LA.—Juzgado Civil y Trabajo de Cañas (Materia Laboral),
05 de marzo del 2019.—Lic. Simón Bogantes Ledezma, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2019335571 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Floribeth Del Carmen Palma Bermúdez, quien en vida fue
mayor, casada, de ocupación administradora, vecina de San Ramón de Alajuela,
fallecida el dieciocho de diciembre del año dos mil dieciocho; se consideren
con derecho, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del
Código de Trabajo, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de distribución de prestaciones de persona trabajadora
fallecida, bajo el número 19-000077-0694-LA. Expediente N°
19-000077-0694-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del
Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramon) (Materia Laboral), 29 de
marzo del año 2019.—Licda. Yorleny Bello Varela, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017.—( IN2019335572 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Guillermina Méndez Sánchez, quien en vida fue mayor,
pensionada, soltera, cédula de identidad Nº
501000770, vecina de Alajuela, San Ramón, calle La Ranchera, al frente del mini
Súper La Amistad, quien falleció el veinticinco de noviembre del dos mil
dieciocho, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de distribución de prestaciones de
personas trabajadoras fallecidas bajo el Nº
19-000082-0694-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial, expediente N° 19-000082-0694-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial
de Alajuela (San Ramón) (Materia Laboral), 25 de marzo del 2019.—Licda. Merlin Rocío Murillo Monge, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019335573 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Fonseca Durán Bellarmina, quien fue
mayor, con cédula de identidad número uno cuatrocientos setenta y
ocho-trescientos ochenta y tres, casada, docente, laboró para Ministerio de
Educación Pública, fallecida el 18 de agosto del año 2018, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector público bajo
el N° 19-000099-1125- LA, a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de
Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 19-000099-1125-LA.—Juzgado
Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón)
(Materia Laboral), 02 de abril del 2019.—Msc.
Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2019335574 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Isaías
Wells Medina con cédula de identidad N° 7-0099-0244,
fallecido el veintinueve de noviembre del año dos mil dieciocho, quien fue
mayor, casado, vecino de Limón, Limoncito, 350 metros oeste sobre la orilla del
río contiguo a la Pulpería El Oeste, casa blanco con azul, se les hace saber
que Luz Palacio Cabrera, quien es mayor de edad, casada, Costarricense,
portadora de la cédula de identidad N° 8-0076-0855,
vecina de Limón, Limoncito, 350 metros oeste sobre la orilla del rio contiguo a
la Pulpería El Oeste casa blanco con azul, se apersono a este despacho en
calidad de esposa del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de
consignación de prestaciones, para que dentro del improrrogable lapso de ocho
días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante
este Despacho en las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el número 19-000295-0679-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Expediente N° 19-000295-0679-LA. Por Isaías Wells
Medina a favor de Luz Palacio Cabrera.—Juzgado de
Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 28 de marzo del
2019.—Lic. Francisco Vargas Ramírez, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017.—( IN2019335575 ).
A los causahabientes de quien en vida se
llamó Alfredo Alberto Olsen Solano, quien portó la cédula de identidad Nº 0301470940 y falleció el día 16 de setiembre del 2018,
se les hace saber que: Marisol Olsen Flores y Alfredo Olsen Flores, se apersonó
en este despacho en calidad de hijos del fallecido, a fin de promover las
presentes diligencias de consignación de prestaciones. por ello, se les cita y
emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín
Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en
las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una
sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de
prestaciones del trabajador fallecido, expediente Nº
19-000614-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer
Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 26 de marzo del
2019.—Jessica Cordero Azofeifa, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019335576 ).
A los causahabientes de quién en vida se
llamó Carlos Adrian Arias Cruz, quien portó la cédula
de identidad N° 01-0856-0588 y falleció el día 21 de
diciembre del 2018, se les hace saber que: Marisol Guadamuz Delgado, se
apersonó en este Despacho en calidad de viuda del fallecido, a fin de promover
las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les
cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín
Judicial, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en
las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una
sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de
prestaciones del trabajador fallecido Carlos Arias Cruz, expediente N° 19-000626-0173-LA.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 26 de
marzo del 2019.—Jessica Cordero Azofeifa, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2019335577 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de
causahabientes de Norman Monge Calderón, N°
0108440363, fallecido(a) el 23 de febrero del año 2019, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector público bajo
el N° 19-000678-1178-LA, a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de
Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 19-000678-1178-LA. Por a favor de Norman Monge Calderón.—Juzgado de Trabajo Primer Circuito Judicial San
José, 03 de abril del 2019.—M.Sc. Marianella
Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2019335578 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Leonidas Montenegro Guzmán, cédula
5-0137-1410, fallecido el 20 de febrero del año 2019, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este despacho en las diligencias de Consig.
Prest. Sector Público bajo el número 19-000714-1178-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del código
de trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. A favor de Leonidas Montenegro Guzmán, cédula 5-0137-1410. Expediente N° 19-000714-1178-LA.—Juzgado
de Trabajo Primer Circuito Judicial San José, 02 de abril del año
2019.—M.sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335579 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de
causahabientes de Walter Rodríguez Rodríguez, cédula N° 6-0109-0590, fallecido(a) el 07 de febrero del año 2018,
se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho
días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consig. prest. sector
público bajo el N° 19-000762-1178-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del
Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 19-000762-1178-LA. A favor de Walter
Rodríguez Rodríguez.—Juzgado de Trabajo Primer
Circuito Judicial San José, 02 de abril del 2019.—M.Sc.
Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2019335580 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Javier Enrique del Carmen Hidalgo del Valle 0107040175,
fallecido el 15 de marzo del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector público bajo
el número 19-000767-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 19-000767-1178-LA. Por a favor de Javier Enrique del
Carmen Hidalgo del Valle.—Juzgado de Trabajo
Primer Circuito Judicial San José, 03 de abril del 2019.—M.Sc. Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335581 ).
A los causahabientes de quién en vida se llamó Carlos Luis Mata
Valverde, costarricense, casado, vecino de Rivas Pérez Zeledón, frente al
cementerio, casa color blanca a mano izquierda, vendedor de feria, portado del
número de cédula uno-cuatrocientos noventa-quinientos setenta y seis, se les
hace saber que: Daisy Del Carmen Esquivel Valverde, cédula de identidad número
seis-ciento veintiuno-cuatrocientos treinta y uno, se apersonó en este
Despacho, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de
Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se
publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a
hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial
libre de derechos. Expediente N° 18-000456-1125-LA.
Consignación de prestaciones del trabajador fallecido.—Juzgado
Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón)
(Materia Laboral), 26 de marzo del 2019.—Msc.
Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019335724 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de: Genier Francisco Ramírez Alfaro,
cédula Nº 0207040627, fallecido el 25 de agosto del
2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de consig.
prest. sector privado bajo el número 18-001861-0639-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente Nº 18-001861-0639-LA. Por
Motos y Repuestos C & O Sociedad Anónima.—Juzgado
Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 02 de noviembre del
2018.—Licda. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019335725
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Luis Barquero Rivera 0302140422, fallecido el 31 de octubre
del año 2018, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias
de Consig. Prest. Sector Público bajo el número
18-001948-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Por Carmen Meza Cervantes a favor de Luis
Barquero Rivera. Expediente N° 18-001948-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 04 de diciembre
del año 2018.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335726
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Luis Alonso Zamora Redondo, quien fue mayor, casado, portó la
cédula de identidad Nº 1-0630-0657 y falleció el 25
de setiembre de 2018, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de
prestaciones y F.C.L. N° 18-002073-1102-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Trabajo del Primer
Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 11 de febrero del
2019.—Licda. Jesica Cordero Azofeifa, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335727
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Rodrigo González Carvajal N°
0201860219, fallecido el 06 de marzo del año 2014, se consideren con derecho,
para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector público bajo el N° 18-002217-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 18-002217-0639-LA. Promueve: Roxinia,
Elizabeth, Rodrigo, Sandra todos de apellidos González Alvarado. Fallecido:
Rodrigo González Carvajal.—Juzgado Trabajo del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 09 de noviembre del 2018.—Lic. Mario
José Rojas Soro, Juez.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019335730
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de María Angela Madriz Ceciliano, 0111370149, fallecida el 23 de
agosto del 2018, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este despacho en las diligencias de consig.
prest. sector privado bajo el N° 18-002420- 0639-LA,
a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
18-002420-0639-LA. Parte consignataria: Bolívar Esquivel Cascante. Persona
fallecida: María Angela Madriz Ceciliano.—Juzgado
Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de febrero del
2019.—Licda. Maureen Robinson Rosales, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335731
).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Tony Darling Palma Solís, 0203830551,
fallecido el 08 de mayo del 2017, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de
este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número
18-002443-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 18-002443-0639-LA. Por Adriana Arroyo Villalobos.
Fallecido: Tony Darling Palma Solís.—Juzgado
Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 09 de enero del
2019.—Licda. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335732 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Poema
Artavia Céspedes 0203280126, fallecido el 10 de diciembre del año 2018, se
consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número
18-002475-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 18-002475-0639-LA. Promovente: Alejandro, Emerson,
Marcial y Mauricio todos Artavia Céspedes. Fallecida: Poema Artavia Céspedes.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 11 de enero del2019.—Lic. Mario José
Rojas Soro, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335733 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Yasdani Núñez Murillo, 0604030718,
fallecido(a) el 23 de noviembre del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector privado bajo
el Número 19-000012-1601-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N°
19-000012-1601-LA. Por a favor de Yasdani Núñez Murillo.—Juzgado Contravencional de Cobano
(Materia Laboral), 20 de marzo del 2019.—Lic. José Manuel Sánchez Montero,
Juez.—1 vez.—O.C N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335735 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de: Rafael Ángel Obando Montero, cédula Nº
01-0366-0131, fallecido el 21 de noviembre del 2018, se consideren con derecho,
para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. pago sector público bajo el número
19-000042-1430-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº 19-000042-1430-LA. A favor de Rafael Ángel Obando Montero.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Laboral), 22 de marzo del
2019.—Lic. Dany Gerardo Matamoros Bendaña, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2019335736 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de la persona trabajadora fallecida Neftalí González Sánchez,
quien fue mayor, jubilado, viudo una vez, laboró como vendedor de lotería,
portador del número de cédula uno-doscientos dos-seiscientos diecinueve y
falleció el dieciséis de mayo del año dos mil diecisiete, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector público bajo
el Nº 19-000068-1125-LA, a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de
Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 19-000068-1125-LA.—Juzgado
Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón)
(Materia laboral), 25 de marzo del 2019.—Msc.
Norman Herrera Vargas, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2019335737 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Freddy
Antonio Gutiérrez Toruño 0501470871, fallecido el 07 de enero del año 2019, se
consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número
19-000127-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 19-000127-0639-LA. Parte promovente: Ángela Madrigal
Urbina. Causante: Freddy Antonio Gutiérrez Toruño.—Juzgado
Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 30 de enero del año
2019.—Licda. Maureen Robinson Rosales, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335738
).
A los causahabientes de quién en vida se llamó Josué Rodríguez
Barrantes, quien fue mayor, laboró para Open Systems
de Latinoamerica Incorporation
S.A., portó la cédula de identidad N° 2-0716-0032 y
falleció el 31 de diciembre de 2018, se les cita y emplaza por medio de edicto
que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones N° 19-000275-0173-LA.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito Judicial de
San José, Sección Segunda, 12 de febrero del 2019.—Licda. Jesica Cordero
Azofeifa, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335739 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de
causahabientes de Yohanny Francisco González González, N° 0204390138,
fallecido el 01 de noviembre del año 2018, se consideren con derecho, para que,
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector privado bajo el N° 19-000294-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 19-000294-0639-LA. Promovente: Paola Alpízar Alvarado.
Causante: Yohanny González González
cc Geovanni González.—Juzgado
Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de febrero del
2019.—Lic. Mario José Rojas Soro, Juez.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019335740
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Bolívar del Corazón de Jesús Castillo Meléndez, con cédula de
identidad N° 0105730607, fallecido el 21 de junio del
año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de consig.
prest. sector privado bajo el número 19-000356-0166-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente N° 19-000356-0166-LA. Por
Aurea Carmen Meléndez Segura a favor de los causahabientes del fallecido
Bolívar del Corazón de Jesús Castillo Meléndez, con cédula de identidad N° 0105730607.—Juzgado de Trabajo Segundo
Circuito Judicial San José, 27 de marzo del 2019.—Lic. Alexander
Contreras Barrantes, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335741
).
A los causahabientes de quién en vida se
llamó José David Chinchilla Duarte, quien fue mayor, casado, portó la cédula de
identidad Nº 1-1351-0511 y falleció el 26 de octubre
de 2018, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una
sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen
en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus
derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de
derechos. Consignación de prestaciones y F.C.L. N°
19-000360-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer
Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 21 de febrero del 2019.—Licda.
Jesica Cordero Azofeifa, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335742 ).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Jaime Alberto Aguilar Velásquez, portador de
la cédula de identidad 0105530629, fallecido el 29 de mayo del año 2018, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consig. prest. sector
privado bajo el Número 19-000380-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 19- 000380-0166-LA. Por Lilly Velásquez López y otro a
favor de Jaime Alberto Aguilar Velásquez.—Juzgado de
Trabajo Segundo Circuito Judicial San José, 27 de marzo del 2019.—Lic.
Alexander Contreras Barrantes, Juez.—1 vez.—O.C N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335743
).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de
causahabientes de Cindy Melissa Masís Retana, cédula
de identidad N° 1-1170-712, fallecida el 09 de
febrero del año 2019, se consideren con derecho, para que, dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. pago sector privado bajo el N°
19-000386-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N°
19-000386-0641-LA. Promovido por Jesús Cascante Salas.—Juzgado
de Trabajo de Cartago, 13 de marzo del 2019.—Licda. Gabriela Pizarro Corea,
Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019335744 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Johnny
Gerardo Quirós Castro, fallecido el 06 de enero del año 2017, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest. Sector público bajo
el Número 19-000403-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 19-000403-0166-LA. Por Rosa Iris Rojas Matus a favor de
los causahabientes del fallecido Johnny Gerardo Quirós Castro, portador de la
cédula de identidad 0107320461.—Juzgado de Trabajo Segundo
Circuito Judicial San José, 27 de marzo del 2019.—Lic. Alexander Contreras
Barrantes, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335745
).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de
causahabientes de Lorenzo Serrano Campos, portador de la cédula de identidad
0204790365 fallecido el 11 de agosto del año 2018, se consideren con derecho,
para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de Consig. Prest. Sector Público bajo el número
19-000429-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N°
19-000429-0166-LA. Por Adriana Vanessa Pasos López a favor de los
causahabientes del fallecido Lorenzo Serrano Campos.—Juzgado
de Trabajo Segundo Circuito Judicial San José, 26 de marzo del 2019.—Lic.
Alexander Contreras Barrantes, Juez.—1 vez.—O.C N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335746
).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de
causahabientes de Leonel Ramos Garro, N° 0102700238,
fallecido el 02 de octubre del año 2018, se consideren con derecho, para que,
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector privado bajo el N° 19-000457-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 19-000457-0639-LA. Promovente: Elida Blanco Solís.
Causante: Leonel Ramos Garro.—Juzgado Trabajo del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de marzo del 2019.—Licda. Maureen
Robinson Rosales, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019335747
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Adrián Felipe Ballar Álvarez, cédula Nº
1-1419-0291, fallecido el 21 de enero del año 2019, se consideren con derecho,
para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de Consig. Prest. Sector Público bajo el Nº 19-000486-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 19-000486-0166-LA. Por Maybol
Álvarez Vargas a favor de los causahabientes del fallecido Adrián Felipe Ballar
Álvarez, portador de la cédula de identidad Nº
0114190291.—Juzgado de Trabajo Segundo Circuito Judicial San José, 27 de
marzo del 2019.—Lic. Alexander Contreras Barrantes, Juez.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335748 ).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Manuel Antonio Arguedas, cédula N° 2-0240-046, fallecido el 20 de noviembre del año 2018,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el
artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
19-000490-0166-LA. Promovidos por Emilce Jiménez Quirós.—Juzgado
de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 01 de
abril del 2019.—M.sc. Andrés Grossi Castillo, Juez.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335749 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Jorge
Solís Ureña, cédula de identidad N° 1-426-143,
fallecido el 26 de enero del 2019, se consideren con derecho para que, dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de
este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el N°
19-000509-0641-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 19-000509-0641-LA, promovido por María Tencoio Rojas, cédula de identidad N°
3-208-763.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 2 de abril del 2019.—Licda.
Kattia Sequeira Muñoz, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019335750 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de
causahabientes de Jesús Alberto de Los Vega Molina, N°
0302910147, fallecido(a) el 10 de diciembre del año 2018, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector público bajo
el N° 19-000520-0641-LA, a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de
Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 19-000520-0641-LA. Por a favor de Jesús Alberto de Los
Vega Molina.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 27
de marzo del 2019.—Licda. Sofía Sancho Valerín,
Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019335760 ).
A los causahabientes de quién en vida se
llamó Carlos Alberto Martínez Martínez, quien fue
mayor, portó la cédula de residencia 155804126209 y falleció el 05 de setiembre
de 2018, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una
sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen
en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus
derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de
derechos. consignación de fondo de capitalización laboral N°
19-000559-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer
Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 18 de marzo del año
2019.—Licda. Jesica Cordero Azofeifa, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335761
).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En este
Despacho, con una base de siete millones de colones exactos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las
citas: 312-02771-01-0901-046; sáquese a remate la finca del partido de
Alajuela, matrícula Nº 312.862-000, la cual es
terreno para construir lote 45. Situada: en el distrito 7 La Fortuna, cantón 10
San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 44 de Guido
Cordero Chavarría; sur, lote 46 de Guido Cordero Chavarría; este, Gerardo
Varela Santamaría; oeste, camino público. Mide: dos mil trescientos veinticinco
metros cuadrados. Plano: A-0350964-1996. Para tal efecto, se señalan las once
horas y cero minutos del veinte de mayo del dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas y cero minutos del
veintiocho de mayo del dos mil diecinueve, con la base de cinco millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas y
cero minutos del cinco de junio del dos mil diecinueve, con la base de un
millón setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Betzie de los
Ángeles Chacón Oviedo contra José Freddy de la Trinidad Mena Carballo.
Expediente Nº 18-003687-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 14 de marzo del
2019.—Lic. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza Decisor.—( IN2019337272 ).
En este Despacho, con una base de treinta y
ocho millones cien mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando reservas y restricciones bajo las citas: 0308-00011202-01-0901-001;
sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento seis
mil trescientos treinta y uno, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el
distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al
norte, Paulino Segura Rojas y Arenas de Cristal Empresa Individual de R.L.; al
sur, Paulino Segura Rojas y Arenas de Cristal Empresa Individual de R.L.; al
este, Paulino Segura Rojas y Arenas de Cristal Empresa Individual de R.L., y al
oeste, calle pública con 16 metros 59 centímetros de frente. Mide: mil
novecientos veinticuatro metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto,
se señalan las quince horas y cero minutos del veintisiete de mayo del dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince
horas y cero minutos del cuatro de junio del dos mil diecinueve, con la base de
veintiocho millones quinientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan
las quince horas y cero minutos del doce de junio del dos mil diecinueve, con
la base de nueve millones quinientos veinticinco mil colones exactos (25% de la
base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra
Génesis Rebeca Cascante Delgado. Expediente Nº
14-001127-1208-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí,
07 de marzo del 2019.—Seilin López González, Juez(a)
Decisor(a).—( IN2019337275 ).
En este Despacho, con una base de quince
millones novecientos cuarenta mil seiscientos ochenta y cinco colones con
cuarenta y tres céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre trasladada y servidumbre de acueducto y de paso del AyA; sáquese a remate la finca del partido de Limón,
matrícula número ciento cinco mil doscientos setenta y seis, derecho cero cero cero , la cual es terreno de
potrero lote K4.- Situada en el distrito 02 Jiménez, cantón 02 Pococí, de la
provincia de Limón. Colinda: al norte, Finca Aguas Claras Hermanos Madrigal S.
A.; al sur, calle pública con frente de 20,00 metros; al este, lote K3 y al
oeste, lote K5. Mide: mil metros con cero decímetros metros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las once horas del veintiocho de mayo del año dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once
horas del cinco de junio del año dos mil diecinueve con la base de once
millones novecientos cincuenta y cinco mil quinientos catorce colones con siete
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las once horas del trece de junio del año dos mil diecinueve
con la base de tres millones novecientos ochenta y cinco mil ciento setenta y
un colones con treinta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución de Banco de Costa Rica contra Génesis Rebeca Cascante Delgado.
Exp:14-001131-1208-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí,
18 de marzo del año 2019.—Lic. Seilin López González,
Jueza Decisora.—( IN2019337277 ).
En este Despacho, con una base de diecisiete
millones ochocientos sesenta y siete mil tres colones con cuarenta céntimos,
soportando cedulas hipotecarias citas: 2012-26344-01-0002-001; sáquese a remate
la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 64275-f-000, la cual se
describe así: naturaleza: finca filial primaria individualizada número nueve
apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una
altura máxima de dos pisos situada en el distrito 5-Samara, cantón 2-Nicoya de
la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, finca filial diez, sur, finca
filial ocho, este, finca filial seis, oeste, calle de acceso. Mide: ciento
cincuenta metros con diez decímetros cuadrados. Plano: G-1202678-2008. Para tal
efecto, se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de
mayo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de mayo
de dos mil diecinueve con la base de trece millones cuatrocientos mil
doscientos cincuenta y dos colones con cincuenta y cinco céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las quince horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de mayo de dos mil
diecinueve con la base de cuatro millones cuatrocientos sesenta y seis mil
setecientos cincuenta colones con ochenta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto
por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días
de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Condominio de Fincas Filiales Primarias
Individualizadas Panamá Sámara contra Constructora Patriali
S. A. Exp: 18-000546-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial Guanacaste (Santa Cruz), 08 de abril
del 2019.—Licda. Tatiana Chaves Sánchez, Jueza Tramitadora.—( IN2019337333 ).
En este Despacho, con una base de ciento
veinticinco mil doscientos cuarenta y dos dólares con setenta y siete centavos,
soportando servidumbre trasladada citas: 263-06667-01- 0002-001 y servidumbre
de acueducto citas: 535-04321-01-0001-001; sáquese a remate la finca del
partido de Heredia, matrícula número doscientos un mil doscientos diecisiete-cero
cero cero (201217-000), la cual es terreno para
construir con una casa de habitación lote 50. Situada en el distrito 1-San
Pablo, cantón 9-San Pablo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Villa
Eveluz S. A., lote 51; al sur, Villa Eveluz S. A., lote 49; al este, Villa Eveluz
S. A., lote 41 y al oeste, calle 3. Mide: ciento noventa metros con doce
decímetros cuadrados, plano: H-1063893-2006. Para tal efecto, se señalan las
dieciséis horas y cero minutos del veinticuatro de mayo de dos mil diecinueve.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas y
cero minutos del tres de junio de dos mil diecinueve con la base de noventa y
tres mil novecientos treinta y dos dólares con ocho centavos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
dieciséis horas y cero minutos del once de junio de dos mil diecinueve con la
base de treinta y un mil trescientos diez dólares con sesenta y nueve centavos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda
(Costa Rica) Sociedad Anónima, contra Rosa Patricia Arguedas Vargas. Exp. N° 18-006766-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 08 de abril del año
2019.—Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2019337337 ).
En este Despacho, con una base de veintidós millones quinientos
diecisiete mil seiscientos sesenta y seis colones con dos céntimos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando limitaciones citas:
360-18632-01-0966-001, citas: 360-18632-01-0967-001 condiciones ref:00109818
000 , plazo de convalidación (rectificación de medida) citas:
543-18072-01-0002-001, además el derecho 001 soporta demanda ordinaria citas:
800-473949-01-0001-001 número de expediente 18- 000341-1307-FA; sáquese a
remate la Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 116437-001-002 la
cual es terreno agricultura lote 59 C. Situada en el distrito 3 Las Horquetas,
cantón 10 Sarapiquí , de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Walter
Quesada Oviedo; al sur, Gustavo Adolfo González Campos; al este, calle pública,
María Ester Bermúdez Alvarado y Ovidio Agüero Agüero,
y al oeste, Walter Quesada Oviedo y María De Los Ángeles Vargas Villalobos.
Mide: Quince mil doscientos sesenta y siete metros con noventa decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del
veintinueve de mayo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del seis de junio de dos
mil diecinueve con la base de dieciséis millones ochocientos ochenta y ocho mil
doscientos cuarenta y nueve colones con cincuenta y dos céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las nueve horas y cero minutos del catorce de junio de dos mil diecinueve con
la base de cinco millones seiscientos veintinueve mil cuatrocientos dieciséis
colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Sandra
Micaela Cruz D, Walter Eduardo Quesada Oviedo. Exp. N° 18-003004-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 8 de abril del año 2019.—Licda. Pilar
Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2019337342 ).
En este Despacho, con una base de doce millones
seiscientos ochenta y cuatro mil ochocientos cincuenta colones con treinta y
siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
pero soportando condic. reservas ref:
00287777-000, citas; 386-10758-01-0900-001, Prohibiciones ref:
00287777-000, citas: 386-10758-01-0901-001; sáquese a remate la finca del
partido de San José, matrícula número trescientos ochenta y cinco mil
quinientos ochenta y tres, derecho cero cero cero, la cual es naturaleza de solar y 1 casa. Situada en
el distrito: 07-Pejibaye, cantón: 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, Edwin Cordero Blanco; al sur, calle e Isaías, Alfredo
y Manuel Cordero Lizano; al este, Boca de calle y Ulises Elizondo y al oeste,
Edwin Cordero Blanco. Mide: trece mil quinientos setenta y tres metros con
siete decímetros cuadrados. metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
ocho horas y cero minutos del seis de junio del año dos mil diecinueve. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos
del catorce de junio del año dos mil diecinueve, con la base de nueve millones
quinientos trece mil seiscientos treinta y siete colones con setenta y ocho
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veinticuatro de junio del
año dos mil diecinueve, con la base de tres millones ciento setenta y un mil
doscientos doce colones con cincuenta y nueve céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Alfredo Cordero
Lizano. Exp: 19-000864-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 04 de abril del
2019.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—( IN2019337347 ).
En este Despacho, con una base de diez
millones seiscientos noventa y cinco mil trescientos ochenta y cuatro colones
con cincuenta y cinco céntimos, soportando reservas y restricciones citas:
350-19412-01-0900-001, servidumbre sirviente citas: 375-04576-01-0002-001,
además sobre el derecho 002 demanda ordinaria FA citas: 800-407603-01-0001-001,
sáquese a remate la finca del partido de San José, Sección de Propiedad, bajo
el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos treinta y seis mil
novecientos treinta y siete cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno para cultivos anuales.
Situada: en el distrito 3-Daniel Flores, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, Uriel Badilla; al sur, Ramona Odili Vargas Mora; al este, calle pública frente 125 m 40
cm, y al oeste, Uriel Badilla Rosa Fernández. Mide: diecisiete mil
cuatrocientos setenta y dos metros con cuarenta decímetros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de mayo del dos
mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las
nueve horas y cero minutos del veintinueve de mayo del dos mil diecinueve, con
la base de ocho millones veintiún mil quinientos treinta y ocho colones con
cuarenta y un céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cero minutos siete de junio
del dos mil diecinueve, con la base de dos millones seiscientos setenta y tres
mil ochocientos cuarenta y seis colones con catorce céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución de Coopealianza
R.L. contra Hugo Alberto Vargas Badilla, María Isabel Jiménez Navarro.
Expediente Nº 18-001848-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 22 de
noviembre del 2018.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza Decisor.—(
IN2019337350 ).
En este Despacho, con una base de ciento quince mil dólares exactos,
libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San
José (1), matrícula número 535413, derecho 000, la cual es terreno para
construir con una casa. Situada en el distrito: 01 Curridabat, cantón: 18
Curridabat, de la provincia de San José (1). Colinda: al norte, calle pública,
derecho de vía de autopista; al sur, calle publica; al este, lote tres y al
oeste, Manuel Francisco Matamoros Jiménez y María del Rocío Guzmán Chavarría.
Mide: ciento ochenta y ocho metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos (10:00 a. m.) del
diez de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las diez horas y cero minutos (10:00 a. m.) del diecinueve de junio
de dos mil diecinueve, con la base de ochenta y seis mil doscientos cincuenta
dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos (10:00 a. m.) del
veintisiete de junio de dos mil diecinueve, con la base de veintiocho mil
setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Max Arturo de Los Ángeles Araya Vargas contra Situaciones
Jurídicas Consolidades S. A. Exp,
N° 18-008743-1764-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 26 de
febrero del año 2019.—Licda. Audrey Abarca Quirós, Jueza Decisora.—(
IN2019337356 ).
En este Despacho, Con una base de dieciséis
millones seiscientos veintiséis mil noventa y un colones con sesenta y tres
céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo
Placa: BMD386, Marca: Chevrolet, Estilo: Captiva LTZ, Categoría: automóvil,
Capacidad: 7 personas, Serie: KL1FC6E61GB534888, Carrocería: todo terreno 4
puertas, tracción: 4X4, año fabricación: 2016, color: plateado, N. Motor:
Z22D1162030037, Combustible: Diesel, Cilindrada: 2200 c.c. Para tal efecto se
señalan las ocho horas y cero minutos del diez de junio del año dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho
horas y cero minutos del dieciocho de junio del año dos mil diecinueve, con la
base de doce millones cuatrocientos sesenta y nueve mil quinientos sesenta y
ocho colones con setenta y dos céntimos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero
minutos del veintiséis de junio del año dos mil diecinueve, con la base de
cuatro millones ciento cincuenta y seis mil quinientos veintidós colones con
noventa y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Marco Antonio Huertas Rojas. Exp.
18-003822-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, 2 de abril del 2019.—Lic. Giovanni Vargas
Loaiza, Juez Decisor.—( IN2019337403 ).
En este Despacho, con una base de ciento
veinticinco mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre sirviente citas: 380-02964-01-0001-001, servidumbre
trasladada citas: 380-02964-01-0900-001, servidumbre trasladada citas:
380-02964-01-0901- 001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia,
matrícula número doscientos cinco mil seiscientos sesenta y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito San Pablo, cantón San Pablo, de la
provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Orlando
Hernández Ramírez; al este, lote de Carlos Federico Sanabria Zúñiga y Julieta
Hernández Ramírez y al oeste, Natalia Dobles Rosabal.
Mide: dos mil doscientos noventa y dos metros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de julio de dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez
horas y treinta minutos del cinco de agosto de dos mil diecinueve con la base
de noventa y tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
diez horas y treinta minutos del trece de agosto de dos mil diecinueve con la
base de treinta y un mil doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto
por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días
de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de BAC San José S. A. contra Ana Cristina Rivera
Ruiz, Carlos Roberto Rivera Ruiz, Corporación Santa Fe del Oeste S. A. Exp: 17-008778-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 28 de marzo del 2019.—Licda. Liseth Delgado Chavarría,
Jueza.—( IN2019337406 ).
En este Despacho, con una base de catorce
millones ciento ochenta y siete mil novecientos noventa y cuatro colones con
veintiún céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y
restricciones, citas: 0352-00012575-01-0002-001; sáquese a remate la finca del
partido de Guanacaste, matrícula Nº 56272-000, la
cual es terreno con una casa. Situada: en el distrito: 04-Belén, cantón:
05-Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Pacífico
Espinoza Espinoza; al sur, Francisco, Amalia, Ángel,
Misael y Sira, todos Serrano Serrano; al este, calle
pública con frente de nueve metros cuarenta y siete centímetros, y al oeste,
Sucesión de José María Guevara Cubillo. Mide: mil cuatrocientos ocho metros con
catorce decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y
treinta minutos del siete de junio del dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas y treinta minutos
del diecisiete de junio del dos mil diecinueve, con la base de diez millones
seiscientos cuarenta mil novecientos noventa y cinco colones con sesenta y
cinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate, se señalan las once horas y treinta minutos del veinticinco de
junio del dos mil diecinueve, con la base de tres millones quinientos cuarenta
y seis mil novecientos noventa y ocho colones con cincuenta y cinco céntimos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y
Crédito Ande N.1 contra Adely María Grijalba
Villegas, Yorman Andrés Carmona Villafuerte.
Expediente Nº 16-011580-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 04 de abril del 2019.—Licda. Pilar Gómez
Marín, Jueza Tramitadora.— ( IN2019337408 ).
En este Despacho, con una base de once
millones novecientos setenta mil ciento sesenta y seis colones con noventa y un
céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el Vehículo:
Placas número CVM007. Marca CMC. Estilo Z7. Categoría automóvil. Capacidad 7
personas. Año 2016. Color negro. Vin
RKMAS4721GY041088. Para tal efecto se señalan las siete horas y cinco minutos
del tres de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las siete horas y cinco minutos del once de junio de dos
mil diecinueve con la base de ocho millones novecientos setenta y siete mil
seiscientos veinticinco colones con dieciocho céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
siete horas y cinco minutos del diecinueve de junio de dos mil diecinueve con
la base de dos millones novecientos noventa y dos mil quinientos cuarenta y un
colones con setenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Enrique
Hernández Álvarez, Ruth Mery Ledezma Cordero. Exp.
16-001417-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas,
29 de noviembre del 2018.—Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2019337411
).
En este despacho, con una base de
veinticuatro millones seiscientos nueve mil novecientos cincuenta colones con
cincuenta y tres céntimos, libre de gravámenes, pero soportando cond limit ref:
2247-279-001 citas 303-06517-01-0901- 087 así como reservas y restricciones
citas 303-06517-01-0902-042; sáquese a remate la finca del partido de
Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número veintiún mil doscientos setenta y seis -cero cero
cero, la cual es terreno de frutales con una casa y
una galerón. Situada en el distrito 1-Buenos Aires, cantón 3 Buenos Aires, de
la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Quebrada Soledad; al sur, Marvin
Gómez Gómez; al este, quebrada sin nombre de por
medio con Marvin Gómez Gómez, y al oeste, carretera
interamericana con un frente a ella de 67.03 metros. Mide: dos mil quinientos
sesenta y tres metros cuadrados, para lo cual se señalan las nueve horas y cero
minutos del veintitrés de mayo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las a las nueve horas y cero minutos del treinta
y uno de mayo del dos mil diecinueve con la base de dieciocho millones
cuatrocientos cincuenta y siete mil cuatrocientos sesenta y dos colones con
noventa céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para
el tercer remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del diez de junio
del dos mil diecinueve con la base de seis millones ciento cincuenta y dos mil
cuatrocientos ochenta y siete colones con sesenta y tres céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Elmer Hugo de La
Trinidad Hernández Rodríguez. Expediente Nº
18-004378-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito
Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 23 de abril del 2019.—Licda. Lidia
Mayela Díaz Anchía, Jueza Tramitadora.—( IN2019337421 ).
En este Despacho, con una base de once
millones ochocientos diez mil ciento ochenta y cuatro colones con cuatro
céntimos, libre de gravámenes y anotaciones, sáquese a remate la finca del
partido de San José, matrícula número cuatrocientos siete mil ciento
veintiocho-cero cero cero, la cual es terreno de café
con una casa. Situada en el distrito San Isidro de El General, cantón Pérez
Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Lizanías
Padilla Cordero; al sur, Lizanías Padilla Cordero; al
este, Carretera Interamericana y al oeste, Lizanías
Padilla Cordero. Mide: doscientos doce metros con noventa y dos decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del
veintiuno de mayo del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veintinueve de mayo del
año dos mil diecinueve con la base de ocho millones ochocientos cincuenta y
siete mil seiscientos treinta y ocho colones con tres céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
diez horas y cero minutos del seis de junio del año dos mil diecinueve con la
base de dos millones novecientos cincuenta y dos mil quinientos cuarenta y seis
colones con un céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional. contra Ana Lía Mora Granados, Jorge Mario Fallas Navarro. Exp: 19-000070-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 06 de febrero
del 2019.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza Tramitadora.—( IN2019337422 ).
En este Despacho, con una base de un millón doscientos treinta y cinco
mil ciento once colones con cincuenta y ocho céntimos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo mot-531638, marca: Euromot, estilo: QM 200 3M, categoría: Motocicleta, serie:
LV7MJC409HC000001, año: 2017, color: anaranjado, N°
motor: 164FML1608002128, combustible: Gasolina. Para tal efecto se señalan las
ocho horas y cero minutos del veintiuno de mayo del año dos mil diecinueve. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero
minutos del veintinueve de mayo del año dos mil diecinueve con la base de
novecientos veintiséis mil trescientos treinta y tres colones con sesenta y
nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del seis de junio del
año dos mil diecinueve con la base de trescientos ocho mil setecientos setenta
y siete colones con noventa céntimos (25% de la base original). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Coocique
R. L. contra Carlos Alberto Vargas Morales. Exp. N° 18-002851-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 20 de marzo del
2019.—Lic. Randall Porras Chinchilla, Juez/a Decisor/a.—( IN2019337427 ).
En la puerta exterior de este Despacho,
soportando reservas y restricciones bajo las citas 360-02771-01-0950-001 a las
ocho horas del diez de junio del dos mil diecinueve (08:00 am del 10/06/2019)
y, con la base de cincuenta y seis millones novecientos sesenta y nueve mil
trescientos noventa y un colones con cuarenta y siete céntimos y libre de
gravámenes (¢56.969.391,47); sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la
finca del partido de Alajuela, Upala , matrícula número 220317-000, que
colinda: al norte, con calle pública y José Fabio Herrera Villalobos; al sur,
Manuel Rodríguez, José Herrera Villalobos y Gerardo Méndez; al oeste, con calle
pública; y al este, con Municipalidad de Guatuso y José Fabio Herrera. Mide:
cincuenta mil cuatrocientos treinta y seis metros con sesenta y seis decímetros
cuadrados. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se
señalan las ocho horas del veinticinco de junio del dos mil diecinueve (08:00
am del 25/06/2019), con la base de cuarenta y dos millones setecientos
veintisiete mil cuarenta y tres colones con sesenta céntimos (¢42.727.043,60)
(rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se
señalan las ocho horas del diez de julio del dos mil diecinueve (08:00 am del
10/07/2019), con la base de catorce millones doscientos cuarenta y dos mil
trescientos cuarenta y siete colones con ochenta y seis (¢14.242.347,86) (un
25% de la base original). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario
de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Eli de los Ángeles Arguedas
Villalobos, Rafael Ángel de Gerardo Arguedas Villalobos. Expediente N° 13-033935-1012-CJ.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria), 04 de abril del 2019.—Licda. Sussy María Gamboa Ramírez, Jueza.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019337453 ).
En este Despacho, con una base de cinco
millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones, soportando
Restricciones Reg Art 18, Ley 2825 citas
556-00003034-01-0095-001; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número seiscientos ocho mil cuatrocientos sesenta y seis, derechos
001, 002, 003, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
Santiago, cantón Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
Guillermo Alpízar Valverde; al sur, camino público con 58,76 metros de frente;
al este, Guillermo Alpízar Valverde; y al oeste, Guillermo Alpízar Valverde.
Mide: mil quinientos metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las trece horas y treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece
horas y treinta minutos del once de julio del dos mil diecinueve, con la base
de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original)
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas
y treinta minutos del veintinueve de setiembre del dos mil diecinueve, con la
base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Plinio Jiménez Valverde
contra Hugo Ramón Vega Madrigal, Orlando Alfredo Alpízar Villalobos. Expediente
N° 18-012005-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 10 de octubre del 2018.—Licda. Yesenia
Zúñiga Ugarte, Jueza.—( IN2019337476 ).
En este despacho, con una base de seis
millones seiscientos noventa y seis mil colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas:
303-04673-01-0901-001 y 311-02623-01-0901-001, reservas y restricciones bajo
las citas: 309-02129-01-0901-001, servidumbre de paso bajo las citas:
417-02042-01-0002-001, servidumbre de aguas pluviales bajo las citas:
449-16186-01-0001-001 y 450-13821-01-0001-001, sáquese a remate la finca del
partido de Alajuela, matrícula número 388509-000, la cual es terreno para
construir, bloque B, lote 21. Situada en el distrito: 01-Quesada, cantón:
10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Área Comunal
Municipalidad de San Carlos; sur, lote 20; este, calle pública con un frente de
8 metros lineales; oeste, lotes 9 y 10. Mide: ciento noventa metros con sesenta
y cuatro decímetros cuadrados, plano: A-0845055-2003. Para tal efecto, se
señalan las quince horas y cero minutos del diecisiete de mayo del año dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince
horas y cero minutos del veintisiete de mayo del año dos mil diecinueve, con la
base de cinco millones veintidós mil colones exactos (75% de la base original)
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas
y cero minutos del cuatro de junio del año dos mil diecinueve, con la base de
un millón seiscientos setenta y cuatro mil colones exactos (25% de la base
original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R.L. contra Xinia del Rosario Calero Potoy. Exp. N°
18-002848-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, 11 de marzo del año 2019.—Licda. Dinia Peraza Delgado, Jueza Decisora.—( IN2019337484 ).
En este Despacho, con una base de catorce
millones trescientos cuarenta y un mil ciento setenta y ocho colones con
setenta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre trasladada, citas 392-03557-01-0900-001; sáquese a remate la Finca Nº 1 del partido de Alajuela, matrícula número doscientos
sesenta mil noventa y tres, derechos cero cero uno y
cero cero dos, la cual es terreno para construir con
1 casa. Situada en el distrito 5-Tacares, cantón 3-Grecia, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, José Martín Cruz Ramírez; al sur, Joaquín Rojas
Álvarez; al este, calle pública con veintiocho metros veintinueve centímetros
de frente; y al oeste, Joaquín Rojas Álvarez. Mide: trescientos treinta metros
con setenta y un decímetros cuadrados. Plano: A-0324007-1996. Con la base
pactada de once millones ocho mil ochocientos veintiún colones con veintidós
céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada, citas 395-18309-01-0900-001; sáquese a remate la Finca Nº 2 del partido de Alajuela, matrícula número doscientos
sesenta y cinco mil cincuenta y dos, derechos cero cero
tres y cero cero cuatro, la cual es terreno de patio
con 1 casa. Situada en el distrito 5-Tacares, cantón 3-Grecia, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, Amado Ramírez Víquez y callejón; al sur, María
Teresa Ramírez; al este, calle pública con 03.00 metros; y al oeste, Joaquín
Rojas Álvarez. Mide: doscientos veintiocho metros con setenta y nueve
decímetros cuadrados. Plano: A-0043205-1992. Para tal efecto, se señalan las
ocho horas y treinta minutos del dieciocho de julio del dos mil diecinueve. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta
minutos del seis de agosto del dos mil diecinueve con la base de diez millones
setecientos cincuenta y cinco mil ochocientos ochenta y cuatro colones con ocho
céntimos para la Finca Nº 1; y de ocho millones
doscientos cincuenta y seis mil seiscientos quince colones con noventa y un
céntimos para la Finca Nº 2. Y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos
del catorce de agosto del dos mil diecinueve con la base de tres millones
quinientos ochenta y cinco mil doscientos noventa y cuatro colones con sesenta
y nueve céntimos para la Finca Nº 1; y de dos
millones setecientos cincuenta y dos mil doscientos cinco colones con treinta
céntimos para la Finca Nº 2. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra José Martín Cruz Ramírez y
Maura Etilma López González. Expediente N° 18-007511-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, 09 de abril del 2019.—Licda.
Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2019337491 ).
En este Despacho, con una base de diez
millones de colones exactos (base de la hipoteca de primer grado) libre de
gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada citas:
280-04960-01-0002-001 Servidumbre trasladada citas: 378-08562-01-0001-002
servidumbre de paso citas: 411-05391-01-0002-001, sáquese a remate la finca del
Partido de Guanacaste, matrícula número 136150-000, la cual es terreno de
pastos y bosque. Situada en el distrito: 04-Santa Rosa, cantón: 08-Tilarán, de
la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente de
106.05 metros; al sur, Isaac Alfonso Chavarría Vargas; al este, Isaac Alfonso
Chavarría Vargas; y al oeste, Elido Alpízar Alpízar.
Mide: treinta y ocho mil doscientos cincuenta y cuatro metros con noventa y
cinco decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
diez horas y treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil diecinueve. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta
minutos del doce de julio del dos mil diecinueve, con la base de siete millones
quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos
del veintiséis de julio del dos mil diecinueve, con la base de dos millones
quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Errol Daniel Rodríguez Rodríguez
contra Inversiones Turísticas CAWI del Norte Sociedad Anónima. Expediente N° 17-003785-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, 14 de marzo del 2019.—Licda.
Maricruz Barrantes Córdoba, Jueza Decisora.—( IN2019337494 ).
En este Despacho, con una base de veinte
millones ciento diecinueve mil cuarenta y siete colones con setenta y ocho
céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del
partido de Puntarenas, matrícula número ciento cuarenta y cuatro mil quinientos
treinta, derecho cero cero cero,
la cual es terreno para construir lote 10H con una casa de habitación.- Situada
en el distrito 08 Barranca, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de
Puntarenas.- Colinda: al noreste lote destinado a calle pública; al noroeste
lote 9 H; al sureste lote 11 H y al Sutoeste Alberto
Y Carmen S. A. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las nueve horas y veinte minutos del trece de agosto de dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve
horas y veinte minutos del veintidós de agosto de dos mil diecinueve con la
base de quince millones ochenta y nueve mil doscientos ochenta y cinco colones
con ochenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y veinte minutos
del treinta de agosto de dos mil diecinueve con la base de cinco millones
veintinueve mil setecientos sesenta y un colones con noventa y cinco céntimos
(25% de la base original). Notas: Se leinforma a las
personas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta.- Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Silvia Elena
Potosme Rostran Exp:18-
003029-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas.- 09 de abril del año
2019.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez Decisor.—( IN2019337500 ).
En este Despacho, con una base de diez mil quinientos cuarenta y un
dólares con cincuenta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placas número BFQ-623. Marca Hyundai. Estilo Elantra GL. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año
2014. Color negro. Vin KMHDG41EBEU918290. Cilindrada
1800 c.,c.
Combustible gasolina. Motor Nº G4NBDU757617. Para tal
efecto se señalan las diez horas y cero minutos del trece de mayo del dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez
horas y cero minutos del veintidós de mayo del dos mil diecinueve con la base
de siete mil novecientos seis dólares con diecisiete centavos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
diez horas y cero minutos del treinta de mayo del dos mil diecinueve con la
base de dos mil seiscientos treinta y cinco dólares con treinta y nueve
centavos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carlos Roberto
Romero Paniagua contra Juan Pablo Morales Vargas. Expediente N° 16-005253-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez
Zeledón), 25 de marzo del 2019.—Lic. Marvin Antonio Hernández Calderón,
Juez Decisor.— ( IN2019338749 ).
En este Despacho, con una base de tres millones quinientos mil colones
exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del
partido de Puntarenas, matrícula número cuarenta y nueve mil ciento
veintinueve, derecho cero cero cero,
la cual es terreno dedica a construcción lote 33. Situada en el distrito 01
Puntarenas, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte, IMAS; al sur, avenida 3 con 12m 84 cm; al este, lote 34; y al oeste,
lote 32. Mide: cuatrocientos ochenta y dos metros con cincuenta y ocho
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos
del veintitrés de mayo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del treinta y uno de mayo
del dos mil diecinueve con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil
colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del diez de junio del
dos mil dieciocho con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica en calidad de fiduciaria, actuando a traves
Fideicomiso Coopemex RL/BCR/2010 contra Jorge Alfredo
Zúñiga Marín. Expediente N° 08-100728-0642-CI.—Juzgado de Cobro de Puntarenas,
10 de abril del 2019.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez Decisor.—( IN2019338751
).
En este Despacho, con una base de quince millones doscientos sesenta y
siete mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate
la Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 61588-A-000 la cual
es terreno para construir. Situada en el distrito tercero Veintisiete de Abril,
cantón tercero Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte,
Miguel Ángel Álvarez; al sur, calle pública con once metros cincuenta y dos
centímetros; al este, Miguel Ángel Álvarez; y al oeste, María Reinier Ortiz Zúñiga. Mide: trescientos treinta y cinco
metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
once horas y quince minutos del dieciséis de mayo del dos mil diecinueve. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y quince
minutos del veintisiete de mayo del dos mil diecinueve con la base de once
millones cuatrocientos cincuenta mil doscientos cincuenta colones exactos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las once horas y quince minutos del cuatro de junio del dos mil diecinueve
con la base de tres millones ochocientos dieciséis mil setecientos cincuenta
colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Servicio Cooperativo Nacional de Ahorro y Crédito de los Trabajadores
Costarricense R.L. contra Jorge Luis Álvarez Ortiz. Expediente N° 10-012105-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 22 de febrero del 2019.—Licda. Yessenia
Brenes González, Jueza Decisora.—( IN2019338752 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta y cinco mil ochocientos
setenta y seis dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre trasladada, citas: 154-02969-01-0002-001, servidumbre
trasladada, citas: 225-03175-01-0901-001; y, servidumbre de aguas pluviales,
citas: 2012-300027-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de
Alajuela, matrícula número ciento ocho mil setecientos dieciséis, horizontal F,
derecho cero cero cero; la
cual es terreno finca filial primaria individualizada número B-ciento treinta y
tres, apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá
tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 7-Puente de
Piedra, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, finca
filial primaria individualizada número B-ciento treinta y dos; al sur, área
común a acceso B-uno; al este, área común a acceso B-uno; y al oeste, finca
filial primaria individualizada número B-ciento treinta y cuatro. Mide:
trescientos catorce metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce
horas y treinta minutos del dieciocho de julio del dos mil diecinueve. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta
minutos del seis de agosto del dos mil diecinueve con la base de treinta y
cuatro mil cuatrocientos siete dólares exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y
treinta minutos del catorce de agosto del dos mil diecinueve con la base de
once mil cuatrocientos sesenta y nueve dólares exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Factiban
Sociedad de Responsabilidad Limitada contra Augusto César Quesada Arroyo.
Expediente N° 17-009934-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, 22 de abril del 2019.—Licda. Jazmin Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2019338758 ).
En la puerta exterior de este Despacho, con una base de un millón
setecientos cuarenta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes y
anotaciones hipotecarios; sáquese a remate la finca del Partido de San José,
matrícula número 497538, derecho 000, la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito 4 Concepción, cantón 10 Alajuelita, de la provincia de
San José. Colinda: al norte, Daniel Mora Valverde; al sur, Alameda con frente
de seis metros; al este, Rafael Monge Chacón, y al oeste, lote 2. Mide: Ciento
dos metros con once decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las nueve horas y cero minutos del once de junio del año dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas
y cero minutos del diecinueve de junio del año dos mil diecinueve con la base
de un millón trescientos ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las nueve horas y cero minutos del veintisiete de junio del año dos mil
diecinueve con la base de cuatrocientos treinta y seis mil doscientos cincuenta
colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Instituto Nacional De Vivienda y Urbanismo contra Christian José Pérez Abarca,
Guiselle De Los Ángeles Batista Aguilar, Nicole De Los Ángeles Pérez Batista. Exp. N° 19-000555-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial
de San José, Sección Segunda, 9 de abril del 2019.—Licda. María Gabriela Solano
Molina, Jueza Decisora.—( IN2019338774 ).
En la puerta exterior de este Despacho, con una base de setenta y nueve
mil quinientos dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando demanda ordinaria a las citas 800-00485031-01-0001-001 y servidumbre
de paso a las citas 0577-00033746-01-0007-001, 0577-00033746-01-0008-001,
2009-00320195-01-0038-001, 2009-00320195-01-0039-001,
2009-00320195-01-0040-001, 2009-00320195-01-0041-001,
2009-00320195-01-0042-001, 2009-00320195-01-0043-001,
2009-00320195-01-0044-001, 2009-00320195-01-0045-001,
2009-00320195-01-0046-001, 2009-00320195-01-0047-001,
2009-00320195-01-0048-001, 2009-00320195-01-0049-001, 2009-00320195-01-0050-001,
2009-00320195-01-0051-001, 2009-00320195-01-0052-001,
2009-00320195-01-0053-001, 2009-00320195-01-0054-001; sáquese a remate la finca
del partido de San José, matrícula número 652931-000, la cual es terreno de
solar. Situada en el distrito San Felipe, cantón Alajuelita, de la provincia de
San José. Colinda: al norte, calle pública con un frente de veintitres
metros con setenta y nueve centímetros lineales; al sur, STCR Costa Rica Trust
and Escrow Company Limited
Sociedad Anónima; al este, STCR Costa Rica Trust and Escrow
Company Limited Sociedad Anónima; y al oeste,
servidumbre de paso con un frente de once metros con noventa y cuatro
centímetros. Mide: trescientos sesenta y cuatro metros con cero decímetros cuadrados
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del
veintiocho de mayo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas y cero minutos del cinco de junio del dos
mil diecinueve con la base de cincuenta y nueve mil seiscientos veinticinco
dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del trece de junio del
dos mil diecinueve con la base de diecinueve mil ochocientos setenta y cinco
dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa
Rica contra Alexis Alberto Vega Montoya. Expediente N°
19-001543-1763-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro Segundo Circuito Judicial de San José,
Sección Primera, 28 de marzo del 2019.—Lic. Luis Diego Vargas Vargas, Juez Tramitador.—( IN2019338775 ).
En este Despacho, con una base de novecientos
setenta y nueve mil dólares, libre de gravámenes y anotaciones sáquese a remate
la finca del partido de SAN JOSÉ, matrícula número doscientos setenta y seis
mil ciento sesenta y uno, derecho 000, la cual es terreno terreno
p/construir 1 Edificio. En construcción. Situada en el distrito San Juan,
cantón 13- Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte Guadalupe
Miranda Miranda; al sur Mario Gonzalez, Milton Rodriguez, otro; al este, carretera, con 19m37cm y al oeste
Mun de Tibás Dest a Vía P
con 19M59C.- Mide: mil seiscientos noventa y tres metros con treinta y cuatro
decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once
horas y quince minutos del uno de agosto de dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y quince minutos del
doce de agosto de dos mil diecinueve con la base de setecientos treinta y
cuatro mil doscientos cincuenta dólares (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y
quince minutos del veintiuno de agosto de dos mil diecinueve con la base de
doscientos cuarenta y cuatro mil setecientos cincuenta dólares (25% de la base
original). con una base de ciento mil dólares, libre de gravámenes y anotaciones
sáquese a remate finca del partido de SAN JOSÉ, matrícula número trescientos
tres mil cuatrocientos setenta y cuatro, derecho 000, la cual es terreno terreno para construir con edificio. Situada en el distrito
San Juan, cantón 13- Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte
Guadalupe Miranda Miranda; al sur Isabel Rodriguez González; al este Municipalidad de Tibás con 20m
63cm y al oeste José Alvarado Rodríguez. Mide: trescientos cincuenta y tres
metros con treinta y nueve decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las once horas y quince minutos del uno de agosto de dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once
horas y quince minutos del doce de agosto de dos mil diecinueve con la base de
noventa mil setecientos cincuenta dólares (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y
quince minutos del veintiuno de agosto de dos mil diecinueve con la base de
treinta mil doscientos cincuenta dólares (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Arrendadora Baalbek S.A., Dos Mil Once S.A., KATRA
S.A., Los Cedros De Bakafra S.A., Randall Arturo Perez Castillo contra Alfredo Sasso
R Hijos S.A. Exp:18- 013526-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San Jose, 06 de
marzo del año 2019.—Licda. Heilim Badilla Alvarado,
Jueza Decisora.—( IN2019338782 ).
En este Despacho, con una base de setenta mil dólares exactos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste,
matrícula número 117234-000, derecho, la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito La Cruz, cantón La Cruz, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, calle pública con 45.88 metros; al sur, calle pública con
53.09 metros; al este, Álvaro Ramírez Junez; y al
oeste, calle pública con 47 metros. Mide: dos mil doscientos cuarenta y ocho
metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las diez horas y quince minutos del uno de octubre del dos
mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez
horas y quince minutos del nueve de octubre del dos mil diecinueve con la base
de cincuenta y dos mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y
quince minutos del diecisiete de octubre del dos mil diecinueve con la base de
diecisiete mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido
a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Industrias Desarrolladas MC S. A. contra Hilario José Novoa Arias.
Expediente N° 16-006529-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 05 de abril del 2019.—Licda. Paula
Morales González, Jueza Decisora.—( IN2019338785 ).
En este Despacho, con una base de ciento siete mil doscientos noventa y
seis dólares con sesenta y cuatro centavos, libre de gravámenes, pero
soportando servidumbre trasladada citas 281-02121-01-0801-001; sáquese a remate
la finca del partido de San José, matrícula número 606361-001y 002 , la cual es terreno de frutales. Situada en el distrito
5-Piedades, cantón 9-Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
Olga Lidia Sandi Arias y servidumbre de paso en parte; al sur, Luis Mendoza
Artavia; al este, Octavio Sandi Aguilar, y al oeste, Octavio Sandi Aguilar.
Mide: setecientos noventa y cuatro metros cuadrados. Plano: SJ-1374947-2009.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del veinte de mayo
del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las nueve horas y cero minutos del veintiocho de mayo del dos mil diecinueve
con la base de ochenta mil cuatrocientos setenta y dos dólares con cuarenta y
ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de junio del
dos mil diecinueve con la base de veintiséis mil ochocientos veinticuatro
dólares con dieciséis centavos (25% de la base original). Notas: Se Firmado
digital de: le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima
contra Edelberto Trigueros Ramírez, Rebeca Marcela Arce Leiva. Expediente N° 18-005195-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, 08 de febrero del 2019.—Licda.
Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Decisora.—( IN2019338790 ).
En este Despacho, Con una base de dieciocho mil trescientos veinticinco
dólares con noventa y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese
a remate el vehículo placa BNV557, Marca: Citroen,
Estilo: C-Elysee, categoría: automóvil, capacidad: 5
personas, carrocería: Sedan 4 puertas, Tracción: 4X2, Año Fabricación: 2017,
Color: Beige, Vin: VF7DDNFP6JJ503060. Para tal efecto
se señalan las dieciséis horas del tres de junio del año dos mil diecinueve. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas del
once de junio del año dos mil diecinueve con la base de trece mil setecientos
cuarenta y cuatro dólares con cuarenta y nueve centavos y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas del diecinueve
de junio del año dos mil dieciocho con la base de cuatro mil quinientos ochenta
y un dólares con cincuenta centavos. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S.A contra Maritza Isabel
Méndez Fernandez. Exp:18-005214-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 23 de abril del año
2019.—Licda. Patricia Eugenia Cedeño Leiton,
Jueza Decisora.—( IN2019338791 ).
En este Despacho, con una base de dos millones ochocientos noventa y seis
mil setecientos treinta y cuatro colones con veintiún céntimos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
369-16749-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número seiscientos siete mil seiscientos treinta y seis, derecho 000,
la cual es terreno de café. Situada en el distrito Platanares, cantón Pérez
Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, resto de Yadira Durán
Umaña; al sur, Oscar Fonseca Quirós; al este, resto de Yadira Durán Umaña; y al
oeste, calle pública. Mide: setecientos cincuenta metros metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del
veintisiete de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del cinco de julio del
dos mil diecinueve con la base de dos millones ciento setenta y dos mil
quinientos cincuenta colones con sesenta y seis céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
diez horas y treinta minutos del quince de julio del dos mil diecinueve con la
base de setecientos veinticuatro mil ciento ochenta y tres colones con
cincuenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Davivienda (Costa Rica) Sociedad Anónima contra
Francisco Gerardo Valverde Álvarez. Expediente N°
18-006762-1158-CJ.—Juzgado de Cobro
de Heredia, 17 de diciembre del 2018.—Msc.
Gabriela Chaves Villalobos, Jueza Tramitadora.—(
IN2019338795 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta y un millones ciento
dieciocho mil trescientos treinta y ocho colones con cuarenta y un céntimos,
libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de
Cartago, matrícula número 213545-001-002, la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito 2 Cot, cantón 7 Oreamuno, de
la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Ganadera De Paso Ancho S,A.; al sur, Carlos Segura; al este, Claudio Sánchez y
Ganadera De Paso S.A., y al oeste, Claudio Sánchez. Mide: Mil seis metros con
treinta y ocho decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
ocho horas y treinta minutos del quince de mayo de dos mil diecinueve. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta
minutos del veintitrés de mayo de dos mil diecinueve con la base de treinta y
ocho millones trescientos treinta y ocho mil setecientos cincuenta y tres
colones con ochenta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos
del treinta y uno de mayo de dos mil diecinueve con la base de doce millones
setecientos setenta y nueve mil quinientos ochenta y cuatro colones exactos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Agromarvic Del Paso S.A.,
José Carlos Brenes Segura, Marco Vinicio Brenes Segura. Exp.
N° 18-002981-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 29 de marzo del 2019.—Licda. Yanin
Torrentes Ávila, Juez/a Decisor/a.—( IN2019338804 ).
En este Despacho, con una base de tres millones cuatrocientos setenta y
cinco mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate
el vehículo TBR016, marca: Kia; estilo: Rio; Capacidad: 5 personas; año: 2012;
color: blanco; categoría: automóvil; carrocería: sedan 4 puertas; tracción:
4X2; chasís: KNADN4A37C6094640; N° motor: no existe;
cilindrada: 1600 c.c.; combustible: gasolina; cilindros: 04. Para tal efecto se
señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de mayo del
dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de junio del dos mil
diecinueve con la base de dos millones seiscientos seis mil doscientos
cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco
minutos del doce de junio del dos mil diecinueve con la base de ochocientos
sesenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Inversiones S Rehner Costa Rica Sociedad Anónima contra Tatiana María Borbas Rodríguez. Expediente N°
19-000450-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San
José, 24 de enero del 2019.—Lic. Fernando Martinez
Garbanzo, Juez Decisor.—( IN2019338828 ).
En la puerta exterior de este Despacho, con una base de treinta y cuatro
millones seiscientos ochenta y cinco mil cincuenta y ocho colones con once
céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada al tomo 0349-00007381-01-0902-001 // servidumbre trasladada al tomo
0349-00007381-01-0903-001 // servidumbre trasladada al tomo
0349-00007381-01-0904-001 // servidumbre trasladada al tomo 0349-00007381-01-0905-001
// servidumbre trasladada al tomo 0349-00007381-01-0906-001 // servidumbre
trasladada al tomo 0349-00007381-01-0907-001 // servidumbre de paso al tomo
0474-00003459-01-0100-001; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número quinientos treinta y dos mil cuatrocientos setenta y cuatro,
derecho cero cero cero, la
cual es terreno lote A, terreno de pastos. Situada en el distrito 05-Cascajal,
cantón 11-Vásquez de Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al sur,
calle pública; al este, Quebrada Carvajal; al noreste, Parbrant
S.A.; al noroeste, servidumbre de paso agrícola; al sureste, Parbrant S.A.; y al suroeste, Parbrant
S.A. Mide: cuatro mil cuatrocientos ocho metros con cuarenta y un decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las cero horas y cero minutos del veinte
de mayo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las cero horas y cero minutos del veintiocho de mayo del dos mil
diecinueve con la base de veintiséis millones trece mil setecientos noventa y
tres colones con cincuenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las cero horas y cero
minutos del cinco de junio del dos mil diecinueve con la base de ocho millones
seiscientos setenta y un mil doscientos sesenta y cuatro colones con cincuenta
y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Rodolfo Heriberto Díaz Prado. Expediente N° 19-000958-1763-CJ. Notifíquese.—Juzgado
Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial
de San José, Sección Primera, 19 de marzo del 2019.—Licda. Mónica
Fallas Mesén, Jueza.—( IN2019338830 ).
En este Despacho, con una base de diecinueve
millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre trasladada citas: 378-07212-01-0976-001 y servidumbre de paso
citas: 2010-347221-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de
Puntarenas, matrícula número ciento noventa y dos mil setecientos cuatro,
derecho cero cero cero, la
cual es terreno parcela R tres terreno de agricultura.
Situada en el distrito 04 San Rafael, cantón 02 Esparza, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, Carlos Luis Céspedes Flores; al sur, servidumbre
agrícola con 40 metros en medio de Gerardo Vega Zamora; al este, Jose Ángel
Enrique Parra y al oeste, Jose Ángel Enrique Parra. Mide: cinco mil ciento tres
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cuarenta minutos
del cuatro de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho horas y cuarenta minutos del doce de junio de
dos mil diecinueve con la base de catorce millones doscientos cincuenta mil
colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las ocho horas y cuarenta minutos del veinte de junio
de dos mil diecinueve con la base de cuatro millones setecientos cincuenta mil
colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Yolquin de Esparza Sociedad Anónima contra Heilliry José Enríquez Obando, Marino Gerardo Obando
Porras. Exp.: 18-000920-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, 11 de marzo del 2019.—Lic. Víctor Obando Rivera,
Jueza Decisora.—( IN2019338847 ).
En este Despacho, con una base de dos mil doscientos dólares exactos,
libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas SSC000,
marca: Kia, estilo: Picanto, capacidad: 5 personas,
año:2012, color: plateado, categoría: automóvil, carrocería: sedan 4 puertas hacthback, tracción: 4X2, chasis: KNABE512ACT266706, número
de motor: G4LACP017333, cilindrada: 1248 c.c., combustible: gasolina,
cilindros: 04. Para tal efecto se señalan las once horas y treinta minutos del
treinta de mayo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate
se efectuará a las once horas y treinta minutos del siete de junio del dos mil
diecinueve con la base de mil seiscientos cincuenta dólares exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las once horas y treinta minutos del dieciocho de junio del dos mil diecinueve
con la base de quinientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Werner Schwingshandl
contra Stephanie Paola Mora Gómez. Expediente N°
18-015286-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San
José, 11 de febrero del 2019.—Lic. Fernando Martínez Garbanzo, Juez
Decisor.—( IN2019338862 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta y siete millones setecientos
noventa y cuatro mil cuatrocientos dos colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre traslada citas: 389-12393-01-0904-001;
sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número
12100-F-000, derecho 000, la cual es terreno apartamento 1 uso habitacional.
Situada en el distrito 01 San Pedro, cantón 15 de Montes de Oca, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, apartamento 3; al sur, zona de
parqueo y avenida siete; al este, apartamento 2; y al oeste, Hilda Saborido Alvarado. Mide: ciento cinco metros con cuarenta y
ocho decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y
cuarenta y cinco minutos del catorce de agosto del dos mil diecinueve. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cuarenta y
cinco minutos del veintidós de agosto del dos mil diecinueve con la base de
treinta y cinco millones ochocientos cuarenta y tres mil quinientos cincuenta y
un colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco
minutos del treinta de agosto del dos mil diecinueve con la base de once
millones novecientos cuarenta y siete mil ochocientos cincuenta colones con
cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Condominio Apartamentos Trebor contra Akef Importaciones y Exportaciones Sociedad Civil.
Expediente N° 15-039188-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 08 de abril del 2019.—Lic.Tadeo Solano Alfaro, Juez Decisor.—( IN2019338866 ).
En este Despacho, con una base de nueve mil noventa y siete dólares con
quince centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión numero de sumaria 16-001680-0607-TR, Autoridad Judicial Juzgado
de Tránsito de Puntarenas; sáquese a remate el vehículo placas FMN713, marca:
Kia, estilo: Rio, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación:
2014, color: azul, Vin: KNADN412AE6343098, N° motor: G4FADS617371, marca: KIA, cilindrada: 1396 c.c.,
cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce
horas y treinta minutos del veintisiete de mayo del dos mil diecinueve. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta
minutos del cuatro de junio del dos mil diecinueve con la base de seis mil
ochocientos veintidós dólares con ochenta y seis centavos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
catorce horas y treinta minutos del doce de junio del dos mil diecinueve con la
base de dos mil doscientos setenta y ocho dólares con veintinueve centavos (25%
de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Lafise S. A. contra Luis Eduardo Muñoz Hurtado. Expediente N° 17-012378-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, 29 de noviembre del
2018.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Decisora.—( IN2019338879 ).
En este Despacho, Con una base de veinticinco
mil ciento quince dólares con ochenta y nueve centavos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo RYK711, marca: Citroen
Estilo: C4, categoría: Automóvil capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan 4
puertas Hatchback, tracción: 4x2, año fabricación: 2016, color: gris, motor:
10fhbx2170363, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas
y treinta minutos del veintisiete de mayo del año dos mil diecinueve. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta
minutos del cuatro de junio del año dos mil diecinueve con la base de dieciocho
mil ochocientos treinta y seis dólares con noventa y dos centavos 75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
ocho horas y treinta minutos del doce de junio del año dos mil diecinueve con
la base de seis mil doscientos setenta y ocho dólares con noventa y siete
centavos(25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Lafise S.A contra Carolina Alvarado Barrantes.
Exp:18-006374-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia,
15 de noviembre del año 2018.—Licda. Patricia Cedeño Leiton,
Jueza.—( IN2019338880 ).
En este Despacho, con una base de once
millones ciento cincuenta mil setecientos treinta y nueve colones con cuarenta
y cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y
restricciones bajo las citas: 336-09724-01-0901-001 y servidumbre de líneas
eléctricas y de paso bajo las citas 568-48127-01.41001-001; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula número seiscientos setenta y seis mil
sesenta y seis, derecho 000, la cual es terreno de café. Situada en el distrito
7- Pejibaye, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al
norte Manuel Corrales Mora; al sur Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados, Edén Hernández Marin, Quebrada, resto de Gerardo Alfaro
Hernández; al este, calle publica y al oeste Manuel Mora Corrales. Mide:
diecinueve mil doscientos diez metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan
las trece horas y treinta minutos del siete de junio del año dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece
horas y treinta minutos del diecisiete de junio del año dos mil diecinueve con
la base de ocho millones trescientos sesenta y tres mil cincuenta y cuatro
colones con cincuenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta
minutos del veinticinco de junio del año dos mil diecinueve con la base de dos
millones setecientos ochenta y siete mil seiscientos ochenta y cuatro colones
con ochenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Cooperativa Agrícola Industrial y de Servicios
Múltiples El General R.L. contra Gerardo del Carmen Alfaro Hernández. Exp: 19-000075-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 21 de febrero
del año 2019.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2019339022
).
En este Despacho, con una base de diez
millones doscientos ochenta y nueve mil doscientos ochenta y ocho colones con
sesenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y
restricciones citas: 364-19951-01-0900-001, condiciones ref:00265957 000 citas:
364-19952-01-0900-001, condiciones ref:00265957 000 citas:
376-19972-01-0900-001, serv de paso ref:00287657-000
citas:403-02992-01-0004-001, reservas y restricciones citas: 403-02992-
01-0903-001, condiciones ref:00287657-000 citas: 403-02992-01-0904-001,
servidumbre trasladada citas: 403-02992-01-0905-001; sáquese a remate la finca
del partido de San José, matrícula número quinientos noventa y cinco mil
treinta y cuatro, derecho cero cero cero, la cual es terreno de café con una casa. Situada en
el distrito 6-Platanares, cantón cantón 19-Perez
Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte calle publica y lote de
Juan Carlos Umaña Pereira; al sur Virgilio Morales Aguilar y Elieth Naranjo
Mora; Al este Jose Sánchez Solís y al oeste Asociación Manantiales de Vida
Eterna, servidumbre, Jesús Sánchez Campos y Virgilio Morales Aguilar. Mide: ocho mil ciento cincuenta metros con
noventa y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas
y cero minutos del veintiuno de junio del año dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del
uno de julio del año dos mil diecinueve con la base de siete millones
setecientos dieciséis mil novecientos sesenta y seis colones con cuarenta y
cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de julio del
año dos mil diecinueve con la base de dos millones quinientos setenta y dos mil
trescientos veintidós colones con quince céntimos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Credecoop R.L contra
Andrey Steven Mora Amador. Exp:18-007697-1200- CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 11 de marzo del
año 2019.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza Tramitadora.—( IN2019339023 ).
En este Despacho, sáquese a remate las fincas
del partido de San José, matriculas: 567573-000, 686736-000, 630588-000. primera
finca: 567573-000, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
condiciones ref: 2360-0463-001, citas:
304-01938-01-0902-008; la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 6- Platanares, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José.
Colinda: al norte Mario Mora Hidalgo; al sur Raman Alexis Abarca Calderón; al
este Raman Alexis Abarca Calderón y al oeste Callejón de acceso a calle
pública, en medio Raman Alexis Abarca. Mide: quinientos veintiocho metros con
noventa decímetros cuadrados. con una base de seis millones quinientos ochenta
mil cuatrocientos treinta y dos colones con noventa y cuatro céntimos, de no
haber postores, el segundo remate se efectuará con la base de cuatro millones
novecientos treinta y cinco mil trescientos veinticuatro colones con setenta y
un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate con la base de ochocientos veintidós mil quinientos cincuenta y
cuatro colones con doce céntimos (25% de la base original). Segunda finca:
686736-000, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref: 2360-0463-001, citas: 304-01938-01-0902-008; la cual
es terreno para construir. Situada en el distrito 6-Platanares, cantón 19-Pérez
Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública, Mario
Mora Hidalgo; al sur finca 1-242517; al este Mario Mora Hidalgo y al oeste
finca 1-242517. Mide: trescientos ochenta y seis metros cuadrados. con una base
de un millón noventa y seis mil setecientos treinta y ocho colones con ochenta
y dos céntimos, de no haber postores, el segundo remate se efectuará con la
base de ochocientos veintidós mil quinientos cincuenta y cuatro colones con
doce céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate con la base de doscientos setenta y cuatro mil ciento ochenta y cuatro
colones con setenta y un céntimos (25% de la base original). Tercera finca:
630588-000, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Condiciones REF:
2360-0463-001, citas: 304-01938-01-0902-008; la cual es terreno de Café y
Agricultura. Situada en el distrito 6-Platanares, cantón 19-Pérez Zeledón, de
la provincia de San José. Colinda: al norte Alexis Abarca Calderón; al sur
Rodrigo Ceciliano Rivera; al este Guiselle Jiménez Méndez y al oeste calle a
fincas. Mide: Diez mil seiscientos setenta y un metros cuadrados con una base
de tres millones doscientos noventa mil doscientos dieciséis colones con
cuarenta y siete céntimos, de no haber postores, el segundo remate se efectuará
con la base de dos millones, cuatrocientos sesenta y siete mil seiscientos
veintidós colones con treinta y cinco céntimos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate con la base de ochocientos
veintidós mil quinientos cincuenta y cuatro colones con doce céntimos (25% de
la base original). Para los efectos de lo anterior se señala la misma hora y
fecha para llevar acabo la subasta pública. primera fecha: a las quince horas
treinta minutos del veintitrés de mayo del dos mil diecinueve. Segunda fecha: a
las quince horas treinta minutos del treinta y uno de mayo del dos mil
diecinueve. Tercera fecha: a las quince horas treinta minutos del diez de junio
del dos mil diecinueve. Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Credecoop R.L contra Ramon Alexis Abarca Calderón.
Exp:18-007188-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer
Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 14 de enero del año 2019.—Lic.
Diego Angulo Hernández, Jueza.—Tramitadora.—( IN2019339024 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En este
Despacho, con una base de quince millones de colones exactos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago,
matrícula número ciento ochenta y ocho mil ochenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito La Suiza, cantón Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte Amelia Galban Barquero, Mireya Paniagua Molina,
Juan Pereira Gutiérrez todos en parte; al sur Geovanny del Valle, Alicia Zamora
Jiménez y calle publica; al este, calle publica y al oeste Elida Valverde
Castro y Francisco Méndez Chaves. Mide: Mil doscientos dieciséis metros con
treinta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve
horas y cero minutos del veintisiete de mayo del año dos mil diecinueve. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos
del cuatro de junio del año dos mil diecinueve con la base de once millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y
cero minutos del doce de junio del año dos mil diecinueve con la base de tres
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jose Ángel Rojas Muñoz contra
Alvaro Zamora Jiménez y Josefa Antonia De Los Ángeles
Roda Madrigal. Exp:18-000174-1203-CJ.—Juzgado de
Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramon), 18 de febrero
del año 2019.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz,
Jueza.—( IN2019339046 ).
En este Despacho, con una base de diez
millones de colones exactos, soportando hipoteca de primer grado por un monto
de tres millones trescientos sesenta mil colones e hipoteca de segundo grado
por un monto de dos millones quinientos mil colones, sáquese a remate la finca
del partido de Heredia, matrícula número noventa y cuatro mil novecientos
noventa y nueve, derecho cero cero siete, la cual es
terreno terreno con dos casas de habitación y patio.
Situada en el distrito 5-Concepcion, cantón 5-San Rafael, de la provincia de
Heredia. Colinda: al norte Jorge Salas Vega; al sur calle publica con frente de
veinte metros doce centímetros; al este Mariano Arce Jiménez y al oeste calle
publica con frente de veinticinco metros noventa centímetros. mide: quinientos
catorce metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de mayo del año dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve
horas y cero minutos del treinta de mayo del año dos mil diecinueve con la base
de siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y
cero minutos del siete de junio del año dos mil diecinueve con la base de dos
millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecucion Ley Cobro Judicial de la Paz de
Beethoven Limitada contra Luis Alberto de la Trinidad Montero OSES.
Exp:17-000305-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela (San Ramon), 12 de febrero del año
2019.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza.—(
IN2019339057 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta y siete mil cuatrocientos
setenta y tres dólares con treinta centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número
doscientos un mil quinientos cinco, derecho cero cero
cero, la cual es terreno de solar. Situada en el
distrito 1-La Cruz, cantón 10-La Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, Erica Arroyo Sánchez, Alexi Morice Montiel,
Ester Calderón Silva; al sur, calle pública con un frente a ella de 28.80 mts; al este; Olger Gonzaga Vargas; y al oeste, Katia
Brenes Acuña. Mide: mil setecientos once metros cuadrados. Plano:
G-1682420-2013. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos
del diez de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del dieciocho de junio
del dos mil diecinueve con la base de treinta y cinco mil seiscientos cuatro
dólares con noventa y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta
minutos del veintiséis de junio del dos mil diecinueve con la base de once mil
ochocientos sesenta y ocho dólares con treinta y tres centavos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco LAFISE S. A. contra Alan Guadamuz Lara.
Expediente N° 18-004247-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 03 de
abril del 2019.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez
Decisor.—( IN2019339145 ).
En este Despacho, con una base de diez mil
seiscientos diecisiete dólares con ochenta y nueve centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BHR344, Marca:
Suzuki, Año: 2015, color: negro, N° Motor:
K12MN1473775. Para tal efecto se señalan las once horas y treinta minutos del
cinco de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate
se efectuará a las once horas y treinta minutos del trece de junio de dos mil
diecinueve, con la base de siete mil novecientos sesenta y tres dólares con
cuarenta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas y treinta minutos del
veinticuatro de junio de dos mil diecinueve, con la base de dos mil seiscientos
cincuenta y cuatro dólares con cuarenta y siete centavos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto
por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días
de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Raquel
Maria Madrigal Bonilla, Yenori Bonilla Brenes
Exp:18-006748-1044-CJ.—Juzgado Primero
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San Jose, 28 de marzo
del año 2019.—Licda. Joyce Magaly Ugalde Huezo,
Jueza. Decisora—( IN2019339148 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del uno de julio
del año dos mil diecinueve, y con la base de cuarenta y tres mil novecientos
dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas
número CL 290911, marca Volkswagen, estilo Amarok, categoría carga liviana,
capacidad 5 personas, año 2016, color beige, vin
WV1ZZZ2HZGA002310, cilindrada 2000 c.c., combustible diésel, motor Nº CNF058572. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y treinta minutos del nueve de julio del año dos mil diecinueve, con la
base de treinta y dos mil novecientos veinticinco dólares exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas
y treinta minutos del diecisiete de julio del año dos mil diecinueve con la
base de diez mil novecientos setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Banco de Costa Rica contra Diego Armando Castillo Gamboa,
expediente Nº 17-004034-1764-CJ. Nota: publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
ocho días de antelación a la fecha fijada para la subasta.—Juzgado
Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda,
26 de abril del 2019.—Licda. Gabriela Campos Ruiz, Jueza.—( IN2019339169 ).
En este Despacho, con una base de once
millones doscientos cincuenta y tres mil doscientos colones exactos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo JYR684 Marca: Nissan.
Estilo: Sentra. Categoría: automóvil. Capacidad: 5 personas. Año fabricación:
2017. Vin: 3N1AB7AD9HL603426. Color: gris. N° motor: MRA8802720H. Cilindrada: 1800 c.c. Para tal
efecto se señalan las trece horas y quince minutos del diecisiete de junio de
dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas y quince minutos del veinticinco de junio de dos mil diecinueve con
la base de ocho millones cuatrocientos treinta y nueve mil novecientos colones
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las trece horas y quince minutos del tres de julio de dos mil
diecinueve con la base de dos millones ochocientos trece mil trescientos
colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de
Costa Rica contra Jamileth Vega Vargas. Exp.: 18-007964-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 13 de marzo del 2019.—Licda. Liseth Delgado Chavarría,
Jueza.—( IN2019339174 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del trece de junio de
dos mil diecinueve, y con la base de quinientos sesenta y seis mil seiscientos
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo Placas.
369111, Marca: Hyundai, Categoría: automóvil, carrocería: Sedan 4 puertas,
Chasis: KMHCH41GPYU077232, uso particular, Estilo: Accent
GLS, Capacidad: 5 personas, año 2000, color: gris, número Motor G4EBY770108,
combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero
minutos del uno de julio de dos mil diecinueve, con la base de cuatrocientos
veinticuatro mil novecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y
cero minutos del dieciséis de julio de dos mil diecinueve, con la base de
ciento cuarenta y un mil seiscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecucion prendaria de Instacredit
S.A. contra Marcos Marín Brenes. Exp:17-000992-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José,
05 de julio del año 2018.—M.Sc. Zary Navarro Zamora, Jueza.—(
IN2019339175 ).
En este Despacho, con una base de dos
millones trescientos noventa mil ciento ochenta y cinco colones exactos, libre
de gravámenes prendarios, pero soportando Infracciones y Colisiones bajo el
número de sumaria 16-007907-0174-TR; sáquese a remate el Vehículo Placas:
838763. Marca: Chevrolet. Estilo: Spark, Categoría:
automóvil. Capacidad: 5 personas. Año fabricación: 2001. Color: dorado. Vin: KLY4A11BD1C761803. Cilindrada: 800 c.c. Para tal
efecto se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del doce de junio
de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de junio de dos mil
diecinueve con la base de un millón setecientos noventa y dos mil seiscientos
treinta y ocho colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y
cuarenta y cinco minutos del tres de julio de dos mil diecinueve con la base de
quinientos noventa y siete mil quinientos cuarenta y seis colones con
veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit
S. A. contra David Alonso Rivera Moraga. Exp:17-014763-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 14 de
marzo del 2019.—Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez Decisor.—( IN2019339176 ).
En este despacho, con una base de dos
millones doscientos veintiún mil novecientos cincuenta colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas N° CL 202736, marca: Fiat, estilo: Fiorino17, categoría:
carga libiana, capacidad: 2 personas, año: 2005,
color: blanco, tracción: 4x2. Para tal efecto se señalan las once horas y cero
minutos del siete de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del diecisiete de
junio de dos mil diecinueve con la base de un millón seiscientos sesenta y seis
mil cuatrocientos sesenta y dos colones con cincuenta céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
once horas y cero minutos del veinticinco de junio de dos mil diecinueve con la
base de quinientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos ochenta y siete colones
con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Marjorie Madelen
Retes Mora. Exp: 17-009028-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 03 de abril del 2019.—Lic. Gerardo Monge
Blanco, Juez Decisor.—( IN2019339177 ).
En este Despacho, con una base de
cuatrocientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos treinta y nueve colones
exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo
Placas: 882899, Marca: Hyundai, Estilo: Accent,
Serie: KMHVA21NPWU352254, año fabricación: 1998, color: blanco. Para tal efecto
se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de junio de dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez
horas y cero minutos del trece de junio de dos mil diecinueve, con la base de
trescientos treinta y siete mil setenta y nueve colones con veinticinco
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez horas y cero minutos del veinticuatro de junio de dos
mil diecinueve, con la base de ciento doce mil trescientos cincuenta y nueve
colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Instacredit S.A. contra Yelden David Bermúdez Sánchez, expediente Nº 13-006491-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 06 de
marzo del 2019.—Licda. Adriana Soto González, Jueza Decisora.—( IN2019339178 ).
En este Despacho, con una base de un millón
setecientos sesenta y dos mil novecientos cuarenta colones exactos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BCY302, marca:
Chevrolet, estilo: Tracker, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, año fabricación: 2000, color: plateado, vin: 2CNBJ13C6Y6921364, cilindrada: 2000 C.C. Para tal
efecto se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de junio
del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las diez horas y cuarenta y cinco minutos del trece de junio del dos mil
diecinueve, con la base de un millón trescientos veintidós mil doscientos cinco
colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para
el tercer remate, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del
veinticuatro de junio del dos mil diecinueve, con la base de cuatrocientos
cuarenta mil setecientos treinta y cinco colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el
edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta
nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del edicto a
fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en
el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la
respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Instacredit S. A. contra José Pablo
Bustos Marchena. Expediente Nº 17-006826-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 19 de marzo del 2019.—Gerardo Calvo Solano,
Juez Decisor.—( IN2019339179 ).
En este Despacho, con una base de un millón
ciento veintinueve mil ochocientos cincuenta y cuatro colones exactos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas MOT 457291,
marca: Katana, estilo: SMX200, número chasis:
LKXYCML43F0018215, año fabricación: 2015, color: azul, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las nueve horas y treinta minutos del seis de junio
del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las nueve horas y treinta minutos del catorce de junio del año dos
mil diecinueve con la base de ochocientos cuarenta y siete mil trescientos
noventa colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta
minutos del veinticinco de junio del año dos mil dieciocho con la base de
doscientos ochenta y dos mil cuatrocientos sesenta y tres colones con cincuenta
céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Sergio Guillermo Monge Sandi. Exp. N° 17-001025-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de
Alajuela (San Ramón), 04 de abril del año 2019.—Licda. Jennsie
Montero López, Jueza.—( IN2019339181 ).
En este Despacho, Con una base de cuatrocientos veintitrés mil
doscientos ochenta colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese
a remate el vehículo Placa: BJQ824, Marca: Hyundai, Estilo: Accent,
Serie: KMHCG41GP1U222149, año. Fabricación: 2001, color: gris. Para tal efecto
se señalan las diez horas y treinta minutos del seis de junio de dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez
horas y treinta minutos del dieciocho de junio de dos mil diecinueve, con la
base de trescientos diecisiete mil cuatrocientos sesenta colones exactos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las diez horas y treinta minutos del veintiséis de junio de dos mil
diecinueve, con la base de ciento cinco mil ochocientos veinte colones exactos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit
S.A. contra Francisco Nicolás Salazar Arce Exp:17-009248-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San Jose, 02 de abril del año 2019.—Lic. Oscar
Mauricio Rodriguez Villalobos, Juez Decisor.—(
IN2019339182 ).
En este Despacho, con una base de setecientos
sesenta y dos mil trescientos ochenta y tres colones exactos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MOT 455829, marca: Freedom, estilo: FR250GY, categoría: motocicleta,
capacidad: 2 personas, serie: LLCJGM103FA100563, año fabricación: 2015, color:
negro, N. motor: LC166FMMMQ411610. Para tal efecto se señalan las catorce horas
y quince minutos del seis de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las catorce horas y quince minutos del catorce
de junio de dos mil diecinueve con la base de quinientos setenta y un mil
setecientos ochenta y siete colones con veinticinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
catorce horas y quince minutos del veinticuatro de junio de dos mil diecinueve
con la base de ciento noventa mil quinientos noventa y cinco colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Alexánder
Gerardo Fonseca Delgado, expediente Nº
17-005816-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia,
07 de diciembre del 2018.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—(
IN2019339183 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del
veintiuno de mayo de dos mil diecinueve, y con la base de cuatro millones
ciento cuarenta y tres mil cincuenta y cinco colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: vehículo: placas: TSJ 004686 (únicamente el
vehículo automotor y no la placa). Marca Hyundai. Estilo accent
GLS. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2004. Color rojo. Vin: KMHCG41GP4U56420. Cilindrada 1500 c.c. Combustible
gasolina. Motor Nº ilegible. Para el segundo remate
se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de junio de dos
mil diecinueve, con la base de tres millones ciento siete mil doscientos
noventa y un colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco
minutos del veinte de junio de dos mil diecinueve con la base de un millón
treinta y cinco mil setecientos sesenta y tres colones con setenta y cinco
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Instacredit S.A. contra Ronald Alberto
Solano Rojas. Exp: 17-007294-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 11 de
setiembre del 2018.—Lic. Verny Arias Vega, Juez.—( IN2019339184 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios;
a las once horas y cero minutos del veintinueve de mayo de dos mil diecinueve,
y con la base de quinientos sesenta y cuatro mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: vehículo Placa: BCM545, Marca: Hyundai,
Categoría: automóvil, Chasis]: KMHVA21LPXU418206, Capacidad: 5 personas, año:
1999, color: celeste, combustible: gasolina. Para el segundo remate se señalan
las once horas y cero minutos del trece de junio de dos mil diecinueve, con la
base de cuatrocientos veintitrés mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y
cero minutos del veintiocho de junio de dos mil diecinueve, con la base de
ciento cuarenta y un mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Ángel Noel Arroliga Hurtado. Exp. N° 16-017858-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 13 de setiembre del 2018.—Licda. Vanessa
Guillén Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2019339185 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las ocho horas treinta minutos del veintiuno de
mayo del dos mil diecinueve, y con la base de seiscientos ochenta mil ciento
ochenta colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo:
placa MOT-434323, marca Freedom, estilo ZS15067,
color negro, año 2015, VIN LZSPCJLG1F1902548. Para el segundo remate se señalan
las ocho horas treinta minutos del cinco de junio del dos mil diecinueve, con
la base de quinientos diez mil ciento treinta y cinco colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho
horas treinta minutos del veinte de junio del dos mil diecinueve con la base de
ciento setenta mil cuarenta y cinco colones exactos (un veinticinco por ciento
de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit
S. A. contra Luis Eduardo Ureña Valverde. Exp. N° 17-009140-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 12 de
setiembre del año 2018.—Licda. Cinthia Segura Durán, Jueza.—( IN2019339186 ).
En la puerta exterior de este despacho, libre
de gravámenes prendarios; a las 10:45 horas del 21/05/2019, y con la base de
seiscientos once mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
vehículo: MOT-347249, marca: Génesis, estilo: XM200GYB, categoría: motocicleta,
capacidad: 2 personas, serie: MHJYCLLA8CB301733, carrocería: motocicleta,
tracción: sencilla color: azul. Para el segundo remate se señalan las 10:45
horas del 05/06/2019, con la base de cuatrocientos cincuenta y ocho mil
doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las 10:45 horas del 20/06/2019 con la base
de ciento cincuenta y dos mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Instacredit S.A. contra Reynaldo Enrique
Bermúdez Bustos, expediente Nº 16-020128-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 12 de setiembre del 2018.—Licda. Paula
Morales González, Jueza Decisora.—( IN2019339187 ).
En este Despacho, con una base de novecientos
ochenta y dos mil ciento treinta y nueve colones exactos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas número MOT 440165. Marca: United Motors, Estilo: Max 125, Categoría: motocicleta, año
2014, color: azul. Vin: L5DPCJDF15EZM01049.
Cilindrada: 125 c.c. Para tal efecto se señalan las catorce horas y cuarenta y
cinco minutos del dieciséis de mayo de dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cuarenta y cinco
minutos del veintisiete de mayo de dos mil diecinueve, con la base de
setecientos treinta y seis mil seiscientos cuatro colones con veinticinco
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de
junio de dos mil diecinueve, con la base de doscientos cuarenta y cinco mil
quinientos treinta y cuatro colones con setenta y cinco céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit
S. A. contra Marcos Mauricio Martínez Durán. Exp:17-005440-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San Jose, 25 de febrero del año 2019.—Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez.—( IN2019 339188).
En este Despacho, con una base de un millón
ciento ochenta y nueve mil doscientos ochenta y nueve colones exactos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa MOT-509780 marca
Hero, estilo Hero Glamour, color azul, año 2016, VIN MBLJA06ANGGT00695 para tal
efecto se señalan las nueve horas y veinte minutos del treinta de mayo del año
dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas y veinte minutos del siete de junio del año dos mil diecinueve con
la base de ochocientos noventa y un mil novecientos sesenta y seis colones con
setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y veinte minutos
del diecisiete de junio del año dos mil diecinueve con la base de doscientos
noventa y siete mil trescientos veintidós colones con veinte céntimos (25% de
la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit
S. A., contra Arbey Vianey Rodríguez Gutiérrez. Exp. N° 17-003190-1208-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial Zona Atlántica, 05 de marzo del año
2019.—Hellen Gutiérrez Desanti, Jueza Decisora.—(
IN2019339189 ).
En este Despacho, con una base de dos
millones novecientos treinta y un mil setecientos ochenta y cuatro colones
exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones y
colisiones bajo la sumaria 16-006363-0489-TR; sáquese a remate el vehículo
Placas: número BKD049. Marca: Hyundai, Estilo: Elantra,
Categoría: automóvil, año: 2002, color: blanco, Vin:
KMHDN51AP2U081873, cilindrada: 1500 c.c. Para tal efecto se señalan las quince
horas y cero minutos del dieciséis de mayo de dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del
veintisiete de mayo de dos mil diecinueve, con la base de dos millones ciento
noventa y ocho mil ochocientos treinta y ocho colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas y cero minutos del cuatro de junio de dos mil diecinueve, con la
base de setecientos treinta y dos mil novecientos cuarenta y seis colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra Walter Antonio Pavón Mora. Exp. 17-017383-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 25 de
febrero del 2019.—Licda. Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—(
IN2019339190 ).
En este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y
cuarenta y cinco minutos del treinta de mayo del dos mil diecinueve, y con la
base de un millón novecientos diez mil setecientos veinte colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número BFN822. Marca
Daewoo. Estilo Matiz. Año 2001. Color blanco. Cilindrada 800 c.c. Combustible
gasolina. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco
minutos del siete de junio del dos mil diecinueve, con la base de un millón
cuatrocientos treinta y tres mil cuarenta colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
cuarenta y cinco minutos del diecisiete de junio del dos mil diecinueve con la
base de cuatrocientos setenta y siete mil seiscientos ochenta colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Olman Josué Jiménez Villegas.
Expediente N° 17-002251-1158-CJ. La parte interesada
revisará que la información incluida en el edicto se encuentre correcta, de
previo a su publicación.—Juzgado de Cobro
de Heredia, 22 de noviembre del 2018.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez Tramitador.—( IN2019339191 ).
En este Despacho, libre de gravámenes
prendarios; a las nueve horas y quince minutos del treinta de mayo de dos mil
diecinueve, y con la base de dos millones ciento ochenta y cinco mil doscientos
noventa y siete colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo: Placas número BHG310. Marca Daewoo. Estilo Matiz. Categoría
automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2001. Color verde. Vin
KLY4A11BD1C752553. Cilindrada 800 cc. Combustible
gasolina. Motor Nº no legible. Para el segundo remate
se señalan las nueve horas y quince minutos del siete de junio de dos mil
diecinueve , con la base de un millón seiscientos treinta y ocho mil
novecientos setenta y dos colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y
quince minutos del diecisiete de junio de dos mil diecinueve con la base de
quinientos cuarenta y seis mil trescientos veinticuatro colones con veinticinco
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra David Josué Ramírez Arce. Exp: 17-006378-1158-CJ La parte interesada revisará que la
información incluida en el edicto se encuentre correcta, de previo a su publicación.—Juzgado de Cobro de Heredia, 22 de
noviembre del 2018.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández,
Juez Tramitador.—( IN2019339193 ).
En este Despacho, con una base de un millón seiscientos noventa y dos
mil doscientos cuarenta colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa: BFM705, marca: Hyundai, estilo: Accent, serie: KMHCG51BPXU020760, año fabricación: 1999,
color: negro, N° motor: G4FKX707445. Para tal efecto
se señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de mayo de dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez
horas y cero minutos del veintisiete de mayo de dos mil diecinueve con la base
de un millón doscientos sesenta y nueve mil ciento ochenta colones exactos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de junio de dos mil diecinueve
con la base de cuatrocientos veintitrés mil sesenta colones exactos (25% de la
base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Previo a realizar
la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al
despacho dentro del tercer día, para su inmediata corrección. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit
S. A. contra Gerardo Enrique Morera Gómez. Exp. N° 17-003288-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 20 de
febrero del año 2019.—Licda. Adriana Soto González, Juez/a Decisor/a.—(
IN2019339194 ).
En este Despacho, con una base de novecientos
treinta y dos mil cuatrocientos ochenta y cuatro colones exactos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa MOT-456298, marca Haojue, estilo TZ150, categoría motocicleta. Capacidad 2
personas. Año 2015. Color rojo, número VIN chasis serie: LC6PCK762F0000291;
cilindrada 150 cc. combustible gasolina; motor Nº 157FMJX1B00038. Para tal efecto se señalan las catorce
horas y cero minutos del tres de junio de dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del
once de junio de dos mil diecinueve con la base de seiscientos noventa y nueve
mil trescientos sesenta y tres colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y
cero minutos del diecinueve de junio de dos mil diecinueve con la base de
doscientos treinta y tres mil ciento veintiún colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. publíquese este edicto
por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días
de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A.
contra Joseph Esteban Madrigal González. Exp. N° 17-002776-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 29 de noviembre del año 2018.—Noelia Prendas Ugalde,
Jueza Tramitadora.—( IN2019339195 ).
En este Despacho, con una base de tres millones cuatrocientos veintiún
mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el
vehículo Placas número 889705, Marca: Nissan, Categoría: automóvil, Estilo:
Murano, Vin: JN8AZ08W64W313399, año: 2004, color:
blanco, Capacidad: 5 personas, cilindrada: 3500 c.c. Para tal efecto se señalan
las nueve horas y treinta minutos del cinco de junio del dos mil diecinueve. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta
minutos del trece de junio del dos mil diecinueve, con la base de dos millones
quinientos sesenta y cinco mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de junio del dos mil
diecinueve, con la base de ochocientos cincuenta y cinco mil doscientos
cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra Marvin
Geovanni Quirós Leitón. Expediente número 16-010473-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 26 de febrero del 2019.—Licda. Yessenia
Brenes González, Jueza Decisora.—( IN2019339196 ).
En este Despacho, Con una base de siete millones
doscientos cuarenta y un colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa BLY712. Marca Hyundai. Estilo Accent. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año
2013. Color Azul. Vin KMHCT4AEXDU336027. Cilindrada
1600 CC. Combustible gasolina. carrocería: sedan 4 puertas. N. Motor: No
existe. Para tal efecto se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos
del cinco de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del trece de
junio de dos mil diecinueve con la base de cinco millones doscientos cincuenta
mil ciento ochenta colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de junio de dos mil
diecinueve con la base de un millón setecientos cincuenta mil sesenta colones
con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
Firmado digital de: a la fecha fijada para la subasta, ( Se
le indica a la parte actora que previo a realizar la publicación del edicto,
deberá de verificar los datos del mismo, y en caso de existir algún error lo
comunicará al despacho de inmediato para su corrección). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit
S. A. contra Josué Campos Álvarez. Exp:17-017605-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 05 de
febrero del año 2019.—Lic. Gersan Tapia Martínez,
Juez Decisor.—( IN2019339198 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las nueve horas y quince minutos del cuatro de
junio del dos mil diecinueve, y con la base de cinco millones cincuenta y tres
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas
número CL 231074, marca Hyundai, estilo HD65, categoría carga liviana,
capacidad 3 personas, año 2007, color blanco, vin
KMFGA17LP8C064774, cilindrada 3300 cc., combustible
Diesel. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y quince minutos del
diecinueve de junio del dos mil diecinueve, con la base de tres millones
setecientos ochenta y nueve mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve
horas y quince minutos del cuatro de julio del dos mil diecinueve, con la base
de un millón doscientos sesenta y tres mil doscientos cincuenta colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le, informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Instacredit S.A. contra Jorge Alfredo
Campos Zúñiga. Expediente Nº 15-036625-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 17 de setiembre del 2018.—Lic. Verny Arias
Vega, Juez.—( IN2019339199 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes prendarios; a las diez horas y quince minutos del cuatro de junio
de dos mil diecinueve y con la base de ochocientos ocho mil setecientos
cuarenta y tres colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo: Placas número MOT 502368. Marca Sanyang.
Estilo WOLF1253A. Categoría motocicleta. Capacidad 2 personas. Año 2015. Color
blanco. Vin LXMPCJLE4F0028184. Cilindrada 125 c.c.
Combustible gasolina. Motor Nº XS156FMI14001242. Para
el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del diecinueve de
junio de dos mil diecinueve, con la base de seiscientos seis mil quinientos
cincuenta y siete colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince
minutos del cuatro de julio de dos mil diecinueve con la base de doscientos dos
mil ciento ochenta y cinco colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra Silvia Elena Chinchilla Bravo. Exp: 17-013313-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 17 de
setiembre del 2018.—Lic. Verny Arias Vega, Juez.—( IN2019339201 ).
En este Despacho, con una base de cuatro
millones trescientos dos mil novecientos veintiocho colones exactos, libre de
gravámenes prendarios, pero soportando colisiones bajo el número de sumaria
18-001618-0489-TR; sáquese a remate el vehículo Placa: BFX530. Marca: Nissan,
Estilo: Versa, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, año: 2009, color:
dorado, Vin: 3N1BC11E09L352174, cilindrada: 1800 c.c.
Para tal efecto se señalan las quince horas y treinta minutos del tres de junio
de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las quince horas y treinta minutos del once de junio de dos mil diecinueve, con
la base de tres millones doscientos veintisiete mil ciento noventa y seis
colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las quince horas y treinta minutos del veinte de junio
de dos mil diecinueve, con la base de un millón setenta y cinco mil setecientos
treinta y dos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit
S. A. contra Adrián de Jesús Umaña Mora. Exp.:
17-012928-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 29 de enero del 2019.—Lic.
Gerardo Calvo Solano, Juez Decisor.—( IN2019339202 ).
En este Despacho, con una base de ochocientos
setenta y un mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo Placas número 757357, Marca: Chrysler. Estilo: Voyager LX,
Categoría: automóvil, año 2002. Color: azul. Vin:
1C4GJ25392B656411. ,3300 c.c. Para tal efecto se señalan las trece horas y
treinta minutos del tres de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del once de
junio de dos mil diecinueve con la base de seiscientos cincuenta y tres mil
doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta
minutos del veinte de junio de dos mil diecinueve, con la base de doscientos
diecisiete mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Asdrúbal Villegas Corella. Exp. N° 16-004650-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 28 de enero del año 2019.—Lic. Carlos
Alberto Marín Angulo, Juez Decisor.—( IN2019339205 ).
En este Despacho, con una base de un millón
cuatrocientos sesenta y tres mil colones exactos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa MOT cuatrocientos cuarenta y
cinco mil cuatrocientos treinta y tres (MOT 445433), marca formula, categoria motocicleta, estilo Scorpius,
traccion sencilla, serie, chais
y Vin LXEMA1406FB110560, capacidad dos personas, año
2015, color anaranjado, combustible gasolina, motor número 165FMM8F102702,
cilindrada 250 c.c. Para tal efecto se señalan las once horas y treinta minutos
del tres de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas y treinta minutos del once de junio de dos
mil diecinueve con la base de un millón noventa y siete mil doscientos
cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y treinta minutos
del veinte de junio de dos mil diecinueve con la base de trescientos sesenta y
cinco mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Instacredit S.A.
contra Yudy Vanessa Herrera Rincón. Exp:16-004275-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San Jose, 01 de
febrero del año 2019.—Licda. Isabel Castillo Navarro, Jueza Decisora.—(
IN2019339206).
En este Despacho, con una base de veintinueve
millones cuatrocientos diecisiete mil novecientos cuarenta colones exactos,
libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo
las citas 298-08173-01-0901-001, serv; sáquese a
remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 285.842-000, la cual
es terreno de patio con una casa. Situada en el distrito 1, Quesada cantón 10,
San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Casa Cabaña S. A.;
al sur, Jovito Rodríguez Rodríguez;
al este, Johnny Mauricio Sánchez Arce; y al oeste, calle pública con un frente
de 13,18 metros lineales. Mide: doscientos sesenta y siete metros cuadrados.
Plano: A-1446617-2010. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta
minutos del diez de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de
junio del dos mil diecinueve con la base de veintidós millones sesenta y tres
mil cuatrocientos cincuenta y cinco colones exactos (75% de la base original) y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y
treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil diecinueve con la base de
siete millones trescientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos ochenta y cinco
colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
COOPEANDE N° 7 R.L. contra Ana Fresia Quesada
Ramírez. Expediente N° 18-003832-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, 02 de abril del 2019.—Lic.
Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2019339230 ).
En este Despacho, con una base de sesenta y
un millones de colones exactos, soportando hipoteca
legal a favor de Asociación de vecinos del Condominio Vila del Sendero, y
servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas 575-08267-01-0002-001,
servidumbre de acueducto citas: 575-08267-01-0003-001 y servidumbre de aguas
pluviales citas: 2009-179610-01-0613-001; sáquese a remate la finca del partido
de Heredia, matrícula número 77965-F-, derecho 000, la cual es terreno finca
filial primaria individualizada sesenta y siete apta para construir que se
destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos
pisos. Situada en el distrito 02 San Josecito, cantón 05 San Rafael, de la
provincia de Heredia. Colinda: al norte, finca filial sesenta y ocho, finca
filial sesenta y nueve, área común de calle; al sur, finca filial setenta y
dos, finca filial sesenta y seis; al este, finca filial sesenta y seis, área
común de calle; y al oeste, finca sesenta y ocho, finca sesenta y nueve, finca
filial setenta y dos. Mide: ciento cincuenta y dos metros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del catorce de agosto del
dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas y treinta minutos del veintidós de agosto del dos mil diecinueve con
la base de cuarenta y cinco millones setecientos cincuenta mil colones exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta de agosto del dos mil
diecinueve con la base de quince millones doscientos cincuenta mil colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Asociación Solidarista de Empleados del Banco Nacional (ASEBANACIO) contra
Carolina de los Ángeles Eduarte Oviedo, Francisco
Javier Hidalgo Chinchilla. Expediente N°
17-012378-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San
José, 08 de abril del 2019.—Licda. Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza.—(
IN2019339233 ).
A las nueve horas del diecisiete de junio del
dos mil diecinueve, en la puerta principal de este Tribunal, al mejor postor,
de la manera que se dirá, y con las bases que se indican a continuación
remataré los siguientes bienes embargados en autos: 1) Libre de gravámenes
hipotecarios, soportando condiciones bajo las citas: 393-08277-01-0935-003, y
con la base de cuarenta y cinco millones quinientos mil colones
(¢45.500.000,00) de capital e intereses aprobados en autos, la finca del
partido de Alajuela matrícula Nº 26295-000 que es
terreno vivienda Nº 89. Situado: en La Fortuna de San
Carlos, distrito siete del cantón diez, de la provincia de Alajuela. Linda: al
norte, lote 68; al sur, calle pública; al este, lote 90, y al oeste, lote 89.
Mide: mil cien metros con siete decímetros cuadrados, según plano Nº A-0019095-1991. Para el segundo remate, ahora con la
rebaja del 75% de ley, sea la base de treinta y cuatro millones ciento
veinticinco mil colones (¢34.125.000,00) para la finca del partido de Alajuela
matrícula Nº 26295-000, se señalan las nueve horas
del veinticinco de junio del dos mil diecinueve. Para el tercer remate, ahora
con la base del 25% de la base de original, sea la base de once millones
trescientos setenta y cinco mil colones (¢11.375.000,00) para la finca del
partido de Alajuela matrícula Nº 26295-000, se
señalan las nueve horas del tres de julio del dos mil diecinueve. 2) Como segundo
remate, a celebrarse a las nueve horas del diecisiete de junio del año dos mil
diecinueve, libre de gravámenes prendarios, anotaciones, infracciones y
colisiones y ahora con la rebaja del 75% de ley, sea la suma de ciento cuarenta
dos mil quinientos colones (¢142.500,00), sáquese a remate el vehículo placas:
MOT-149750, marca: Honda, estilo: CGL 125, categoría: motocicleta, capacidad: 2
personas, serie, chasis y vin: LWBOCJ1F851A40206,
tracción: 2x2, año: 2006, color: rojo, número de motor: WH156FMI205M71195,
cilindrada: 124 c.c., potencia: 7 Kw, combustible:
gasolina, modelo: WH 15, cilindros: 1. Para el tercer remate, ahora con la base
del 25% de la base de original, sea la suma de cuarenta y siete mil quinientos
colones (¢47.500,00) para el automotor placas: MOT-149750, se señalan las nueve
horas del veinticinco de junio del dos mil diecinueve. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ordinario de Orlando Montiel Betancourt contra Minor
Antonio Quesada Anchía, Rafael Antonio Quesada Araya. Expediente Nº 12-100473-0297-CI.—Tribunal
Colegiado Primera Instancia Civil del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San
Ramón), 15 de marzo del 2019.—Msc. Carlos Eduardo
González Mora, Juez.—( IN2019339322 ).
En este Despacho, con una base de treinta y
tres mil setecientos ochenta y cuatro dólares exactos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula
número 596170, derechos 001 y 002, las cuales son ambas
naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 3 San Rafael,
cantón 2 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Ana María y
Jorge Luis Herrera León; al sur, Noemi Herrera Rodríguez; al este, Costa Rica Country
Club S. A.; y al oeste, María del Milagro Herrera León y Jorge Herrera León.
Mide: cuatrocientos metros cuadrados. Plano: SJ-1252210-2008. Para tal efecto,
se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de mayo del
dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de mayo del dos mil
diecinueve con la base de veinticinco mil trescientos treinta y ocho dólares
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del seis de junio
del dos mil diecinueve con la base de ocho mil cuatrocientos cuarenta y seis
dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Acolchados Americanos S. A. contra Ana Lucía Herrera Delgado, Otoniel Herrera
León. Expediente N° 18-016092-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 14 de enero del 2019.—Licda. Cinthia
Segura Durán, Jueza Decisora.—( IN2019339323 ).
En este Despacho, con una base de cuatro
millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios;
sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 342209-000,
la cual es terreno: para construir con una casa. Situada en el distrito: Río
Cuarto, cantón: Grecia, provincia: Alajuela. Colinda: norte, María Rosa Leiva
Villalta; sur, Heiner Xavier Guerrero Alvarado; este, Municipalidad de Grecia y
oeste, calle pública con 9,40 metros. Mide: ciento cuarenta y un metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del diez
de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las once horas y cero minutos del dieciocho de junio de dos mil
diecinueve con la base de tres millones cuatrocientos cincuenta mil colones
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las once horas y cero minutos del veintiséis de junio de dos
mil diecinueve con la base de un millón ciento cincuenta mil colones exactos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación
Solidarista de Empleados de Agroindustrial Proave S.
A. y Afines contra Zobeida Vanegas Blanco. Exp.:
16-007855-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 22 de abril del 2019.—Licda. Xinia Vindas
Mejía, Jueza Tramitadora.—( IN2019339327 ).
En la puerta exterior de este Despacho; se ordena rematar el bien
inmueble, sea la finca del Partido de Alajuela, folio real matrícula número
trescientos ochenta y cuatro mil trescientos cincuenta y cinco-cero cero uno y
cero cero dos, sin anotaciones, y con gravámenes que
se describen: servidumbre de paso bajo las citas: 495-01255-01-0002-001, finca
referencia 2172167 000 cancelaciones parciales no hay, anotaciones del gravamen
no hay, servidumbre de paso bajo las citas 498-04512-01-0002-001, finca
referencia 2172167 000, cancelaciones parciales no hay, anotaciones del
gravamen no hay, demanda ordinaria bajo las citas 800-135489-01-0001-001,
número de expediente 13-000121-0675-FA, afecta a la finca 2-000384355 inicia el
06 de mayo de 2013, finaliza: 06 de mayo del 2023, cancelación parcial no hay,
anotaciones del gravamen no hay, y en cuanto al derecho cero cero dos aparece demanda ordinaria bajo las citas:
800-221878-01-0001-001, número de expediente 14-000061-0341- CI afecta a finca:
2-00384355 inicia el 08 de octubre de 2014, finaliza: 08 de octubre 2024,
cancelaciones parciales no hay anotaciones del gravamen: no hay; con la base de
veinticuatro millones cuatrocientos cuarenta y seis mil setecientos cuarenta y
siete . para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del
veintidós de mayo del dos mil diecinueve (01:30 p. m. del 22/05/2019) (primer
remate). De no haber postores, para llevar a cabo el (segundo remate), se
señalan las ocho horas del treinta de mayo del año dos mil diecinueve (08:00 a.
m. del 30/05/2019), con la base de dieciocho millones trescientos treinta y
cinco mil cero sesenta (rebajada en un 25%), para cada una de la fincas. De no apersonarse rematantes, para el (tercer
remate), se señalan las ocho horas del seis de junio del dos mil diecinueve,
(08:00 a. m. del 06/06/2019), con la base de seis millones ciento once mil
seiscientos ochenta y seis (un 25% de la base original). Publíquese el edicto
respectivo por dos veces consecutivas en el Boletín Judicial. Se remata
por ordenarse así en ejecución sentencia (divorcio por mutuo consentimiento) de
Esteban Binns Torres contra Rosa Iris De La Trinidad
Salazar Leitón, bajo el expediente N° 13-000226-0675-FA-I.—Juzgado
de Familia de Turrialba, 23 de abril del 2019.—Msc. Gisela Salazar Rosales, Jueza.—O.
C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019339334 ).
Se convoca a todas las
personas interesadas en la Sucesión de Verónica Mora Jiménez, quien fue mayor
con documento de identidad 0102930638 y vecina de Almendros, Batan frente a la
escuela los Almendros, a una junta que se verificará en este Juzgado a las
nueve de la mañana del treinta y uno de mayo del dos mil diecinueve, para
conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal
Civil. Exp. Nº
17-000024-0465-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, 26 de marzo del 2019.—Lic. William Arburola Castillo, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019334455
).
Se hace saber: Que
ante este Despacho se tramita el expediente N°
15-000069-0388-CI donde se promueve información posesoria por parte de Luis
Alberto Gonzalo Vásquez Vásquez, quien es mayor,
estado civil casado, vecino de Carillo, Sardinal, Guanacaste, portador(a) de la
cédula número 0501500235, profesión comerciante, a fin de inscribir a su nombre
y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno apto para
construir. Situada en el distrito Sardinal, cantón Carrillo. Colinda: al norte,
con calle pública con frente a ella de 15.40 metros; al sur, con Sebastián
Gallo Gallo; al este, con calle pública con 14 metros
de frente, y al oeste, con Marcelino Gallo Gallo.
Mide: ciento setenta y siete metros cuadrados. Indica el promovente que sobre
el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de
colones. Que adquirió dicho inmueble compra, y hasta la fecha lo ha mantenido
en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en deslinde y amojonamiento, limpieza y chapea de rondas, construcción de
viviendas y sembrado de árboles frutales. Que no ha inscrito mediante el amparo
de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de información posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Luis Alberto Gonzalo Vásquez Vásquez.
Exp. N°
15-000069-0388-CI-0.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 31 de octubre del año
2018.—Lic. Franciny María Gutiérrez López, Juez/a
Decisor/a.—1 vez.—( IN2019335483 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se
tramita el expediente Nº 19-000008-0815-AG, donde se
promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Laura María
Bogantes Hidalgo, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Río Segundo de
Alajuela, cédula Nº 02-0412- 0008, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de repasto. Situada: en distrito
cuarto Coyolar, cantón noveno Orotina, provincia de Alajuela. Linda: al norte,
sur y este, con la misma promovente Laura María Bogantes Hidalgo, y al oeste,
con calle pública con un frente a ella de treinta metros con quince
centímetros, tiene una medida de cuatro mil novecientos ochenta y cuatro metros
cuadrados, según el plano catastrado Nº
A-2068071-2018. Indica el promovente que estima las diligencias en la suma de
ocho millones de colones y el inmueble a titular en la suma de catorce millones
novecientos cincuenta y dos mil colones. Se emplaza a todos los interesados en
estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo
de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante
el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria,
promovida por Laura María Bogantes Hidalgo. Expediente Nº
19-000008-0815-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
Alajuela, 29 de marzo del 2019.—Lic. Rodolfo Vásquez Vásquez,
Juez.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019335639
).
Se hace saber: que ante este Despacho se
tramita el expediente N° 18-000127-0388-CI donde se
promueve información posesoria por parte de Pedro Paulino Ruiz Pizarro, quien
es mayor, portador de la cédula Nº 05-0215-0800,
divorciado, comerciante, vecino de Ríos Seco de Santa Cruz, Guanacaste, del
cruce de Florida 100 metros al sur, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada
en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir bajo el plano
G-1962981-2017. Situada en el distrito tercero, cantón tercero. Colinda: al
norte, con Dagoberto Muñoz Calderón; al sur, con calle pública con catorce
metros y doce centímetros lineales; al este, con Miguel Ángel Ugalde Arias y al
oeste, con calle pública con veintiocho metros veinte centímetros lineales.
Mide: trescientos ochenta y tres metros cuadrados. Indica el promovente que
sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de
colones. Que adquirió dicho inmueble por donación realizada por el señor Bidail Pizarro Gómez, y hasta la fecha lo ha mantenido en
forma pública, pacífica, continua y en calidad de propietario desde el día 17
de setiembre de 2017. Que los actos de posesión han consistido en tenerlo
limpio, cercado, y le da mantenimiento. Que no ha inscrito mediante el amparo
de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Pedro Paulino Ruiz Pizarro, expediente Nº 18-000127-0388-CI-6.—Juzgado Civil de Santa Cruz,
04 de abril del 2019.—MSc. Floribeth Palacios Alvarado, Jueza Decisora.—1
vez.—( IN2019335682 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se
tramita el expediente N° 18-000092-0425-CI donde se
promueve información posesoria por parte de 3-102-694718 SRL quien es
representada por Nils Gustav Liclas
Svanlund, posee la personería jurídica N° 3-102-694718, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito primero de Parrita, cantón nueve Parrita. Colinda: al norte, con calle
pública; al sur, con Angela Bustos y Municipalidad de Parrita; al este, con
Municipalidad de Parrita y al oeste, con Angela Muñoz Bustos. Mide: ochenta y
cinco metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima
dicho inmueble en la suma de cinco millones colones. Que adquirió dicho
inmueble por cesión a título gratuito, y hasta la fecha lo ha mantenido en
forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en
mantenimiento del inmueble con sus respectivas chapias, construcción de cercas
de alambres y colocamiento de postes vivos y
mantenimiento de jardín. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por 3-102-694718 SRL quien es representada por Nils Gustav Liclas Svanlund. Exp:
18-000092-0425-CI-4.—Juzgado Civil y Trabajo de Quepos (Materia Civil),
15 de marzo del 2019.—Licda. Rebeca Ruiz Chamorro, Jueza.—1
vez.—( IN2019335699 ).
Por
escritura otorgada, ante el notario Alvaro Rodrigo
Mora Salazar, número doscientos trece, del tomo sesenta y cuatro de mi
protocolo en la ciudad de San José a las dieciocho horas con treinta y cinco
minutos del dos de abril del dos mil diecinueve, el señor: Juan De Dios
Cascante Castro mayor, soltero, comerciante, cédula número uno-quinientos
diez-doscientos sesenta y nueve, vecino de San José, San Juan de Dios de
Desamparados, costarricense, solicita la apertura en sede notarial del
sucesorio de Carlos Alberto Cascante Castro quien fue mayor, soltero,
comerciante, cédula número uno-cuatrocientos cincuenta y cuatro-trescientos
cincuenta y cinco, vecino de San Juan de Dios de Desamparados, costarricense,
hijo de Miguel Ángel Cascante Porras, ya fallecido, y María de los Ángeles
Castro Monge, ambos costarricenses. Se convoca a los interesados, acreedores,
se apersonen ante esta notaria ubicada en la Ciudad de San José avenidas diez y
diez, bis calle veintiuno, número mil
sesenta y cinco dentro de los treinta días siguientes a la publicación de este
aviso, en defensa de sus derechos, se les previene que deben señalar lugar para
notificaciones dentro del perímetro judicial de San José, con la advertencia de
que si no lo hacen los bienes pasaran a los que legalmente correspondan.—Lic. Alvaro Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1 vez.—( IN2019335479
).
Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de:
Rigoberto Solano Campos, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, con
cédula de identidad número: uno-doscientos cuarenta y seis-trescientos
cincuenta y seis, vecino de San Gabriel de Aserrí, para que, dentro del plazo
de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean
tener mejor derecho a la herencia, de que, si no se presentan en el plazo
citado, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
0001-2019. Sucesión de Rigoberto Solano Campos. Notaría del Lic. Christian
Vinicio Castro Marín, notario público con oficina en San José, Aserrí, La Fila
de San Gabriel de Aserrí, contiguo a la Importadora Monge.—San
José, 08 de abril del 2019.—Lic. Christian Vinicio Castro Marín, Notario
Público.—1 vez.—( IN2019335480 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la Sucesión de
Mario Alberto Badilla Brenes, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, con
cédula de identidad número uno-doscientos ochenta y uno-ochocientos cincuenta y
cuatro, vecino de la Fila del Rosario de Desamparados, para que dentro del
plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos , con el apercibimiento a los
que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el
plazo citado, aquella pasara a quien corresponda. Expediente número 0002-2019.
Sucesión de Mario Alberto Badilla Brenes. Notaría del Lic. Christian Vinicio
Castro Marín. Notario Público con Oficina en San José, Aserrí, la Fila de San
Gabriel de Aserrí, contiguo a la Importadora Monge.—San
José, 08 de abril del dos mil diecinueve.—Lic. Christian Vinicio Castro Marín,
Notario Público.—1 vez.—( IN2019335481 ).
Mediante gestión presentada por Jorge Arturo
Carvajal Valverde, cédula de identidad número: uno-cero seiscientos cuarenta y
seis-cero seiscientos siete, mayor de edad, casado en primeras nupcias,
taxista, vecino de San Juan de Dios de Desamparados, Urbanización Campos casa N
diez B, se tiene por abierto el proceso sucesorio en sede notarial de: María
Libia Valverde Retana conocida como Libia Valverde Retana, quien fuera mayor de
edad, viuda de su único matrimonio, del hogar, cédula de identidad número:
uno-cero doscientos doce-cero seiscientos veintidós, vecina de San Rafael
Debajo de Desamparados del Bar La Flecha, trescientos metros al sur. Se cita y
emplaza a los posibles herederos con derecho a que se apersonen ante la notaría
de la Licda. Vanessa de Paul Castro Mora, con el fin de hacer valer sus
derechos dentro del plazo de treinta días naturales contados a partir de su
publicación, situada en San José, Barrio Dent,
seiscientos cincuenta metros al oeste del Restaurante Taco Bell. Notaría de la
Licda. Vanessa Castro Mora. Expediente Nº
01-03-2019.—Licda. Vanessa de Paul Castro Mora, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2019335500 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos e
interesados en la sucesión de quien en vida fuera Carmen María Chaves Herrera,
quien fue casada una vez, pensionada vecina de San Pablo de Heredia
Urbanización Don Roberto con cédula cuatro-ciento uno-setecientos noventa y dos
para que, dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación
de este edicto se apersonen a hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento
de que, si no, lo hacen dentro del plazo indicado la herencia pasará a quien
corresponda. Expediente N° 1-2019. Sucesorio notarial
de Carmen María Chaves Herrera. Bufete de Rafael Angel
Rodríguez Chaverri. Teléfono 2237-1225. Heredia, avenida central y segunda
calle seis.—Heredia, cinco de abril del dos mil
diecinueve.—Lic. Rafael Ángel Rodríguez Ch. Notario Público.—1
vez.—( IN2019335502 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de María Petronila Delgado Díaz, mayor, casada una vez, Ama de
casa, cédula de identidad número seis-cero cincuenta y ocho-cero noventa y dos,
hasta su deceso el día siete de febrero del dos mil catorce y Eustaquio
Montenegro Montenegro, mayor, agricultor, casado una
vez, cedula de identidad número uno-ciento treinta y cuatro-setecientos ochenta
y uno, hasta su deceso el día dieciocho de febrero del dos mil once y ambos de
vecinos de Dulce Nombre de Naranjo, seiscientos metros sur de la Iglesia
Católica, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a
los que crean tener calidad de herederos que, si no, se presentan dentro de
dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente
0001-2019.—Esparza, 28 de enero del dos mil diecinueve.—Lic.
Ángel Vinicio Méndez González, Notario Público.—1 vez.—( IN2019335511 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios e
interesados en la sucesión de Lidieth Guerrero
Fallas, mayor, cédula uno- cero tres veintisiete- trescientos cuarenta y
cuatro- cero ocho ochenta y tres, del hogar, casada una vez, cuyo último
domicilio fue en San Miguel de Desamparados, San José, para que dentro de
quince días contados a partir de la publicación de este edicto de acuerdo al
artículo ciento veintiséis-tres del Código Procesal Civil, comparezcan en las
oficinas de la notaria Rosa María Cosío Cubero, en General, de Pérez Zeledón,
San José, en Peñas Blancas quinientos metros al sur de la iglesia católica a
reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de
herederos que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a
quien corresponda.—Pérez Zeledón, siete de abril del dos mil diecinueve.—Licda.
Rosa María Cosío Cubero, Notaria.—1 vez.—( IN2019335555 ).
Se convoca a todos los interesados y
presuntos herederos de la sucesión de quien en vida se llamó Gerardo Porras
Chávez, mayor, unión de hecho, Gestor de Compras, vecino de Calle Fallas de
Desamparados, con cédula de identidad número seis uno siete seis cuatro siete
tres, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la
publicación del presente edicto, comparezcan ante esta notaría en defensa de
sus derechos, bajo el apercibimiento de que si así no lo hicieren, la herencia
pasará a quien legalmente corresponda. Igualmente, que la sede de esta notaría
se ubica en San José. San José, siete de abril del año dos mil nueve (sucesorio
en sede notarial de Gerardo Porras Chávez. Expediente número
001-SUNO-2019.—Lic. Francisco José Amado Quirós, Notario Público.—1
vez.—( IN2019335608 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
notaría por Anabelle Arrieta Arma, Paula Cristina
Cerdas Arrieta, Anabelle Cerdas Arrieta, María de los
Ángeles Cerdas Arrieta, Sofía Noelia Cerdas Arrieta y Tomás de Jesús Cerdas
Arrieta, a las trece horas del día 07 de abril del 2019, comprobado su
fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario
de quien en vida fuera Luis Ángel Cerdas Solano, mayor, comerciante, casado una
vez, con cédula de identidad N° 3-0231-0970,
fallecido el día 24 de marzo del 2019. Se cita y emplaza a todos los
interesados para que dentro del plazo máximo de 15
días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Manuel Enrique Ortiz
Coronado, ubicada en San Pablo de Heredia, Residencial Las Azaleas, primera
entrada a mano derecha, número, Teléfono 2237-6546, e-mail manuelortizc@live.com.—Lic.
Manuel Enrique Ortiz Coronado, Notario.—1 vez.—( IN2019335614 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
notaría por José Pablo Castro Vega, a las 14:00 horas del 21 de marzo del 2019,
y comprobado el fallecimiento de Abito Castro Chacón,
quien fue mayor, divorciado, empresario, vecino de Moravia, del Caballo Blanco,
trescientos metros al norte y ciento veinticinco metros al oeste, portador de
la cédula de identidad Nº 1-0348-0452, esta notaría
ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a
todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados
a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a
hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de
la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría del Lic. Warner Céspedes
Arias, San José, Barrio Francisco Peralta, casa Nº
2530, teléfono: 2283-6607 o 2234-9959.—San José, dos de abril del dos mil diecinueve.—Lic. Warner Céspedes Arias, Notario Público.—1
vez.—( IN2019335689 ).
Se hace saber que en este despacho se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ofelia Calderón Navarro, mayor,
casada una vez, cédula uno-trescientos treinta y cinco-quinientos
veintiuno, vecina de Patarrá de Desamparados,
nacionalidad costarricense. Se cita y emplaza a las personas herederas,
legatarias y en general a todas las personas interesadas para que, dentro del
plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto
comparezcan hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia de que, si no, se apersonan dentro de ese
plazo, la misma pasará a quienes corresponda. Expediente Nº
19-002-1809-CI, notaría de Ricardo Moreno Navarro, San Miguel de Desamparados,
teléfonos 88-87-46-96, correo: bufete.moreno@gmail.com.—Desamparados,
9 de abril del 2019.—Lic. Ricardo Moreno Navarro, Notario Público.—1 vez.—(
IN2019335701 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados. Se
comunica la apertura del proceso sucesorio Ad Intestato en sede notarial de
Eduardo Robles Iglesias, quien fue mayor, casado una vez, Medico, vecino de
Palmares Centro Alajuela, cédula 1 545-443, en el término de 30 días a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Se
apercibe que, de no presentarse en este término, la herencia pasará a quien
corresponda. Notaria Monika Fernández Mayorga.—Palmares
Centro Alajuela, 05 de abril 2019.—Lic. Monika Fernández Mayorga, Notaria.—1
vez.—( IN2019335704 ).
Se hace saber en este Tribunal de Justicia,
se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Sigifredo Arce Rojas,
quien fue mayor, viudo, pensionado, costarricense, con documento de identidad
02-0277-0269 y vecino de Concepción de Naranjo. Se indica a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés
legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de
quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Exp.: 19-000043-0295-CI-8.—Juzgado Civil y Trabajo de
Grecia (Materia Civil), 28 de febrero del 2019.—Licda. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza Decisora.—1 vez.—(
IN2019335752 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de Bernabé León Guzmán, quien fue, mayor, casado, una vez,
agricultor, vecino de San Antonio de Escazú, cincuenta metros al norte del
Súper Aguimar, con cédula de identidad número:
uno-cero trescientos veintiséis-cero ochocientos cuarenta y dos, tramitada ante
mi Notaria, para que dentro de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe
a los que crean tener la calidad de herederos, que sí no se presentan dentro de
ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Licda. Michelle Aguilar
Bustamante. Notaria con Oficina ubicada en San Antonio de Escazú, Centro
Comercial El Descanso.—San José, Escazú, diez de abril
del dos mil diecinueve.—Licda. Michelle Aguilar Bustamante, Notaria.—1 vez.—(
IN2019335772 ).
Se hace saber: En este Tribunal de Justicia
se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Neftalí Rodríguez
Cabezas, mayor, estado civil viudo, pensionado, nacionalidad costarricense, con
documento de identidad 0201070891 y vecino de San Luis de Grecia. Se indica a
las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un
interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Exp.: 19-000019-0295-CI - 4.—Juzgado Civil y Trabajo de
Grecia (Materia Civil), 19 de febrero del 2019.—MSC.
Karla Artavia Nájera, Jueza Decisora.—1 vez.—(
IN2019335799 ).
Mediante escritura de apertura otorgada ante
esta Notaría por María De Los Ángeles Núñez Picado, Hannia, Sadia y Ruth, estas
de apellidos Ceciliano Núñez, a las 11:00 horas del 06 de abril del 2019, esta
notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato extrajudicial de Luis
Alberto Ceciliano Solís, quien fue mayor, casado una vez, Pensionado, vecino de
Limón, Pococí, Guácimo, Pocora, carretera a la
Argentina, doscientos metros al sur de la y griega, casa a mano izquierda, con
cedilla de identidad número, uno- cero trescientos setenta y ocho- cero
doscientos cincuenta y ocho, quien falleció el día diecinueve de enero del año
dos mil diecinueve. Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y
en general a todos los interesados, para que, dentro del plazo de quince días,
contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta
notaría en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo
hicieren la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 001-2019 notaría de
la Licda. Ana Marlen guillen Godínez. San José, San
Sebastián, Residencial Monte Carlo, casa ocho-D.—San José, 06 de abril del
2019.—Licda. Ana Manen Guillén Godínez.—1 vez.—(
IN2019335804 ).
Que en esta notaría se tramita el proceso sucesorio acumulado de quien
en vida se llamó José Rafael Calvo Jiménez y María de Los Ángeles Lidieth Montero Aguilar, ambos mayores casados,
agricultores, vecinos de Llano Grande de Cartago. Se emplaza a terceros e
interesados a que dentro de los 30 días siguientes a la publicación de este
edicto se apersonen a esta Notaría a hacer valer sus derechos. Todo de
conformidad con lo establecido en los artículos 126 y 126.3 del Código Procesal
Civil.—San José, 29 de marzo del 2019.—Lic. Ramiro
Saborío Castro, Notario.—1 vez.—( IN2019335827 ).
Que en esta notaría se tramita el proceso sucesorio acumulado de quien
en vida se llamó y Mirna Martínez Rodríguez mayor, viuda, vecina de San
Francisco de Dos Ríos, cédula de identidad número siete-cero cero treinta y
uno-ciento dieciséis. Se emplaza a terceros e interesados a que dentro de los
30 días siguientes a la publicación de este edicto se apersonen a esta Notaría
a hacer valer sus derechos. Todo de conformidad con lo establecido en los
artículos 126 y 126.3 del Código Procesal Civil.—San
José, 29 de marzo del 2019.—Lic. Ramiro Saborío Castro, Notario.—1 vez.—(
IN2019335828 ).
Se hace saber que, en este Despacho se
tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Nelly Ester Meléndez
Zúñiga, mayor, casada una vez, ama de casa, nacionalidad costarricense, cédula
de identidad 7-023-0649 y quien era vecina de Siquirres de la provincia de
Limón. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a
todas las personas interesadas, para que, dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 17-000047-0465-AG.—Juzgado
Agrario del I Circuito Judicial de La Zona Atlántica, 01 de abril del
2019.—Lic. Ronny Flores Oviedo, Juez.—1 vez.—(
IN2019335854 ).
Se emplaza: a herederos y demás interesados
en la sucesión de quien en vida se llamó Jenny María Leiva Friedman, mayor,
casada una vez, docente, cédula de identidad número uno-cero setecientos
diez-cero quinientos veintitrés, quien tenía domicilio en el cantón Central de
San José, en San Sebastián, Paso Ancho, Residencial Vista Hermosa, casa sesenta
A, quien falleció en el cantón Central de San José, el veintiséis de junio de
dos mil dieciocho, para que dentro del plazo de quince días hábiles, contados a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta Notaría en
defensa de sus derechos, si así no lo hicieren, la herencia pasará a quien
corresponda. Notaría pública licenciado Luis Guillermo Murillo Rodríguez.
Alajuela, cantón Central, distrito San José, Lotes Vargas, ciento cincuenta
metros norte de la entrada, fax: 2434-2800, expediente N°
0002-2019.—Alajuela, treinta de marzo de dos mil diecinueve.—Lic.
Luis Guillermo Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2019335855 ).
Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se
tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Olman Socorro de Jesús
Rodríguez Fernández, mayor, estado civil Casado, profesión u oficio
comerciante, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0600680689 y
vecino de La Esperanza de la Tigra de San Carlos, 150 metros este del
cementerio.- Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en
general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán
presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la
publicación de este edicto. Exp.:
19-000053-0297-CI-8.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
21 de febrero del 2019.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez Decisor.—1
vez.—( IN2019335868 ).
Se hace saber: En este Tribunal de Justicia
se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Marvin Alejandro
Muñoz Oporto, mayor, estado civil casado, nacionalidad Costa Rica, con
documento de identidad 5-0247-0706 y vecino de Guácimo. Se indica a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un
interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Exp.: 19-000090-0930-CI - 2.—Juzgado Civil del Segundo
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 29 de marzo del 2019.—Licda.
Valerie Sancho Bermúdez, Jueza.—1 vez.—( IN2019335896
).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito de las personas menores de edad Yamil Andrés y Mariángel, ambos de
apellidos Rodríguez Sibaja, para que se apersonen a este juzgado dentro del
plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del
edicto ordenado. Expediente N°15-001377-0292-FA. Depósito judicial personas
menores de edad.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 20 de marzo del 2019.—Msc.
Patricia Vega Jenkins, Jueza.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019334513 ). 3
v. 2.
Licenciada Eugenia María Bolaños Rodríguez
Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela
declaratoria judicial de abandono o estado de vulberabilidad
de la persona menor de edad Stefanny Guissell Munguia, acciona el
Patronato Nacional de la Infancia Oficina Local Alajuela, representado por la
Licenciada Marianela Acón Chan, 6-141-450, en contra
de la señora Francis Gissell Munguia
Ortiz, mayor de edad, de nacionalidad nicaragüense, de domicilio y demás
calidades desconocidas, representada por la Curadora Procesal Licenciada Ana
Marcela Quesada Salas, cédula de identidad 2-518-278. Resultando: ...
Considerando: ... Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, la normativa
citada y pronunciamientos de Tribunales Superiores y doctrina mencionada, Art.
55 de la Constitución Política, artículos 115, 120, 121, 123, 158 inciso c) y
160 inciso c) del Código de Familia, 3, 4 y 5 de la Convención Sobre Los
Derechos del Niño, 5, 29, 32, 34, 36, 105 del Código de la Niñez y la
Adolescencia, 221 del Código Procesal Civil, se resuelve: 1) Se declara con
lugar la presente demanda, declarando en estado de abandono con fines de
adopción a la persona menor de edad Stefanny Guissell Munguía; consecuentemente se da por terminada y
extinguida la autoridad parental de la demandada Francis Gissell
Munguía Ortiz respecto a la persona menor de edad Stefanny
Guissell Munguía. 2) Se ordena el depósito judicial
de la persona menor de edad Stefanny Guissell Munguía a cargo del Patronato Nacional de la
Infancia pudiendo dicha institución reubicarla con fines de adopción en una
familia pre-adoptiva
valorada y aprobada por el Departamento de Adopciones de dicha institución. Una
vez firme esta sentencia la representante legal del Pani deberá comparecer ante
este despacho judicial a fin de aceptar el cargo. 3) Costas y ejecutoria. Se
resuelve el presente asunto sin especial condena en costas conforme lo
dispuesto en el numeral 106 del Código de la Niñez y Adolescencia, por tratarse
de un proceso establecido en atención del mejor interés de una persona menor de
edad. Una vez firme la presente resolución inscríbase esta sentencia mediante
ejecutoria que se expedirá, en el partido especial del Registro Civil de Costa
Rica. Asimismo, una vez firme, queda esta sentencia a la orden de los
interesados a fin de que se emita ejecutoria respectiva para que luego del
cumplimiento de los trámites consulares pueda ser inscrita en el Registro del
Estado Civil de las Personas, Alcaldía Municipal de Ciudad Sandino,
Departamento de Managua. Nacimiento cuyos datos de inscripción son: Año 2007,
tomo 0024, folio 042, partida: 042, fecha de nacimiento:13 de setiembre del
2007, Municipio: Managua, Departamento: Managua. Juzgado del Familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela establecido por el Patronato Nacional de la
Infancia contra Francis Gissell Munguía Ortiz.
Expediente N° 15-001379-0292-FA.—Juzgado
de Familia Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de marzo del
2019.—Licda. Eugenia María Bolaños Rodríguez, Jueza.—O.C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019334514
). 3 v. 2.
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
Licenciada Patricia Cordero García, Jueza del
Juzgado de Familia de Cartago, a Edith Zúñiga Blanco, en su carácter personal,
se le hace saber que en demanda depósito judicial, expediente N° 19-000643-0338-FA establecida por Patronato Nacional de
la Infancia contra Dennis Retana Blanco/Edith Zúñiga Blanco, se ordena
notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de
Familia de Cartago, a las catorce horas y treinta y cinco minutos del once de
marzo del año dos mil diecinueve. De las presentes diligencias de depósito
Judicial de la persona menor de edad Kenneth Retana Zúñiga, promovidas por el
Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Edith
Zúñiga Blanco y Dennis Retana Blanco, a quienes se les previene que en el
primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11,
34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°
8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se
le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como
medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y
recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con
el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta
petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal,
buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la
recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita
a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como
medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la
página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más
información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente
de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en
concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07
celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de
este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la
siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d)
Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución
a Dennis Retana Blanco personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en
su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de
Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Policía de
Proximidad de San Marcos de Tarrazú, a la señora Edith Zúñiga por desconocerse
domicilio se ordena notificarle por medio de edicto. En caso
que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de
acceso restringido, se autoriza el ingreso del funcionario notificador, a
efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Vista la medida cautelar que solicita el ente actor se resuelve: El
otorgamiento de la custodia de una persona menor, encierra un análisis
cuidadoso y un estudio previo. No debe ser una decisión tomada a la ligera, ni
únicamente de naturaleza legal, sino con intervención de aspectos medulares que
es sabido inciden positiva o negativamente en el desarrollo de la personalidad
de un sujeto en proceso de crecimiento y de formación, y por esa razón, la
nueva doctrina de la protección integral que emana de la nueva legislación de
niñez y adolescencia, con la asunción de dispositivos para asegurar a la niñez
el cumplimiento de sus derechos, ha de tenerse muy en cuenta para resolver lo
más conveniente (artículo 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño, y
numerales 5, 23 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia). Luego
de realizar un estudio pormenorizado de la prueba que aporta el Patronato
Nacional de la Infancia, quien resuelve estima totalmente procedente la medida
cautelar solicitada, toda vez que la persona menor de edad de marras requiere
de protección, cuidados y atenciones que su madre y padre no puede brindar. Por
todo lo anterior, en aras de resguardar los Derechos de las personas menores de
edad se otorga a María Isabel Blanco Calderón, el depósito provisional de la
persona menor de edad Kenneth Retana Zúñiga. Notifíquese. Juzgado de Familia
de Cartago.—Lic.
Juan José Alvarado Quirós, Juez.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335436 ).
Licda. Meibol Yordalie Araya Arguedas Jueza del Juzgado Segundo de
Familia de San José; hace saber a Mauricio Antonio Hernández Urbina, documento
de identidad PC0977422, vecino de domicilio desconocido, que en este Despacho
se interpuso un proceso nulidad matrimonio en su contra, bajo el expediente
número 15-001374-0187-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente
dicen: sentencia de primera instancia número 49-2019. Juzgado Segundo de
Familia de San José, a las catorce horas y veintiocho minutos del quince de
enero de dos mil diecinueve.- Proceso de nulidad de matrimonio, establecido por
La Procuraduría General de la República, en representación del Estado, en este
acto por medio de la Licenciado Esteban Alvarado Quesada, en su calidad de
Procuradora Adjunta, quien es mayor, costarricense, procurador y representante
estatal, contra Mauricio Antonio Hernández Urbina, mayor de edad, de
nacionalidad nicaragüense, casado, oficio desconocido, al momento de contraer
nupcias documento de identidad pasaporte C-0977422, de paradero desconocido,
actúa en su nombre a la Licdo. Gerardo Sanabria Rojas, curador procesal, quien
es mayor, abogada, casado, vecino de San José, cédula 6-0094-0674, carné
profesional 2.240; y Lucía Mayela Ramírez Berrocal, mayor de edad, casada,
costarricense, no indica el oficio, portador de la cédula de identidad número
1-0872-0332, vecina de San José.- Resultando: I.— II.— III.— IV.—Considerando:
I.— II.— III.— IV.— V.— Por tanto: Acorde con lo expuesto, artículos 420 y
siguientes del Código Procesal Civil; 12 bis, 14 bis, 19 y 64 y siguientes del
Código de Familia y demás normativa citada, se acoge la presente demanda y a)
se declara nulo el matrimonio de Mauricio Antonio Hernández Urbina, mayor de
edad, de nacionalidad nicaragüense, casado, oficio desconocido, al momento de
contraer nupcias documento de identidad pasaporte C-0977422, de paradero
desconocido, y Lucía Mayela Ramírez Berrocal, mayor de edad, casada,
costarricense, no indica el oficio, portadora de la cédula de identidad número
1-0872-0332, vecina de San José, celebrado el 11 de enero del año 2011,
inscrito al Tomo: quinientos veintidós (0522); Folio: treinta y cuatro (034);
Asiento: sesenta y ocho (0068) la Sección de Matrimonios del Registro Civil,
Partido de San José; b) Comuníquese tanto al Registro Civil, como a la
Dirección General de Migración, para que en caso de que Mauricio Antonio
Hernández Urbina, hubiese obtenido beneficios migratorios o de naturalización,
para que se tome nota de que tales beneficios serán nulos conforme lo establece
el numeral 19 del Código de Familia; c) Se resuelve sin especial condenatoria
en costas; d) Por ser esta demanda con Curador Procesal, debe publicarse una
vez la parte dispositiva de esta sentencia en el Boletín Judicial; e)
Una vez firme, gírese los respectivos honorarios al Curador Procesal, sin
necesidad de resolución que así lo indique; f) Expídase la ejecutoria del caso,
previa solicitud de la parte interesada; g) Se les recuerda a las partes su
derecho a recurrir esta decisión en caso de inconformidad. Notifíquese. Licda.
Mayra Helena Trigueros Brenes ,Jueza. Lo anterior se
ordena así en proceso nulidad matrimonio de Procuraduría General de la
República contra Lucía Mayela Ramírez Berrocal, Mauricio Antonio Hernández
Urbina. Expediente Nº 15-001374-0187-FA.—Juzgado Segundo de Familia de San José, 03 abril
2019.—Licda. Meibol Yordalie
Araya Arguedas, Jueza.—1 vez.—O.C N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335444
).
Se avisa a Javier Palacio Vejerano, mayor de
edad, nacionalidad: panameña, de demás calidades y domicilio desconocidos,
representado por el curador procesal Lic. Heberto Noguera González, que en este
Despacho se dictó dentro del expediente Nº
17-000173-0186-FA establecido por el Lic. William Alberto Rodríguez Matamoros
en calidad de representante legal del Patronato Nacional de la Infancia, la
sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia Nº
158-2019.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San
José, a las nueve horas y cuarenta y cuatro minutos del veinte de marzo del dos
mil diecinueve. Resultando: I.—…, II.—…, III.—…; Considerando: I.—Hechos
probados:…, II.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Con fundamento en las razones
dadas, artículo 9º de la Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y
siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y
concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de
declaratoria de abandono con fines de adopción las personas menores de edad:
Ana Yancy Palacio Santos y Jaime Palacio Santos. Se extingue a sus padres:
Jeanneth Santos y Javier Palacio Vejarano, el ejercicio de la patria potestad.
Se ordena mantener el depósito judicial de las personas menores de edad: Ana
Yancy Palacio Santos y Jaime Palacio Santos con los señores: Ryan Allan Bickel y Laury Ann Bickel, debiendo apersonarse dentro de tercer día a aceptar
el cargo. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro
Civil, provincia de Cartago, a Ana Yancy Palacio Santos, al tomo: quinientos
noventa y seis, folio: cuatro, asiento: siete; a Jaime Palacio Santos, al tomo:
seiscientos ocho, folio: doscientos veintisiete, asiento: cuatrocientos
cincuenta y tres. Se resuelve sin especial condena en costas. Publíquese el
edicto respectivo. Notifíquese. Msc. Milagro Rojas
Espinoza, Jueza.—Juzgado de Niñez y Adolescencia
del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de marzo del 2019.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019335445 ).
Se avisa, a al señor Ervin Orlando Trejos
Estrada, mayor, número de pasaporte C1584014, de domicilio desconocido,
representado por el curador procesal Licenciado Nataniel San Lee Ruiz, se le
hace saber que existe proceso N° 17-000665-0187-FA de
suspensión de la patria potestad de la persona menor de edad Jeremy Calet Trejos Barrientos establecido por los señores
Cornelia Mejía Villalobos y Guido Antonio Barrientos Matamoros en contra de
Ervin Orlando Trejos Estrada, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez
y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José a las nueve horas y
treinta y siete minutos del veintinueve de enero de dos mil dieciocho, que en
lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dicha accionad a
para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca n prueba de descargo si es del
caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le
advierte a la accionada que si no contesta en el plazo
dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme
con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se
dictará sentencia. Notifíquese. Msc. Yerma Campos Calvo.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer
Circuito Judicial de San José, 02 de abril de 2019.—Licda. Nelda Jiménez
Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335448 ).
A la señora Yulieth Molina Molina, cédula 206140148, por este medio se le comunica que
en el proceso tramitado bajo el expediente número 19-000074-0687-FA del Juzgado
de Familia de Grecia, se dictó la resolución de las dieciséis horas y ocho
minutos del doce de marzo del año dos mil diecinueve, que en lo conducente y en
lo que aquí interesa dice: de las presentes diligencias de depósito de las
personas menores Fabiola del Carmen Carranza Molina, Jimena Paola Carranza
Molina y Reichel Yoan Molina Molina,
promovidas por el Patronato Nacional de la infancia, se confiere traslado por
tres días a Yulieth Maria Molina Molina, Carlos
Gerardo Carranza Hernandez y Luis Gerardo Molina Abarca, a quienes se les
previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para
atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Publíquese
una vez.—Lic. Mario Murillo Chaves, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019335451 ).
Licda. Grace Cordero Solórzano, Jueza de Familia de Heredia, hace saber
a Marta Elena Navarrete Palacios, mayor, nicaragüense, de restantes calidades y
domicilio desconocido, que en el expediente N°
19-000618-0364-FA, que es proceso depósito judicial establecido por Patronato
Nacional de la Infancia, contra Marta Elena Navarrete Palacios, mayor,
nicaragüense, ama de casa domiciliada en Nicaragua, pero con domicilio exacto
desconocido, a quien se les ordena notificar por edicto el contenido de las
siguientes resoluciones en lo literal: Juzgado de Familia de Heredia, a las
siete horas y cincuenta minutos del veintisiete de marzo de dos mil diecinueve.
De las presentes diligencias de depósito de la persona menor de edad Juan
Carlos Navarrete Palacios, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia,
se confiere traslado por tres días a Marta Elena Navarrete Palacios. Parte
interviniente: por existir menores involucrados en este proceso se tiene como
parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por
medio del casillero 403 de estos Tribunales, quedando las copias en el despacho
para su retiro. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito
que presente debe señalar un medio para atender notificaciones bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga las resoluciones posteriores quedarán
notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las
sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda
efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de
Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La Gaceta N° 20 del 29
de enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo
dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008,
en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos,
por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo
así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, sesión 78-07, celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo
LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas
físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de
trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta
con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar
de residencia. Se informa a la parte demandada que si
por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración,
según lo establece la Ley de Impuestos sobre la renta, y si por limitaciones
económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado,
puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos. En Heredia,
los de la Universidad de Costa Rica se encuentran ubicados frente a Almacén El
Rey, segunda planta, y se atiende los miércoles de las 16:30 a las 19:30 horas,
y los sábados de las 9:00 a las 11:00 horas, teléfono central número 2207-4223.
En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Se
advierte, eso sí, que la demanda debe ser contestada en el plazo que se le ha
concedido, por lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes de que
venza. (Artículo 7 del Código de Familia y 1° de la Ley de Consultorios
Jurídicos N° 4775)”. Siendo que la Ley N° 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29
de enero de 2009 y que entrará en vigencia el 28 de
febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra
la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender
notificaciones. (Art. 58) y en todos los demás procesos, las partes deben
señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: fax, correo
electrónico, casillero y estrados. Se puede señalar dos medios distintos de
manera simultánea. (art. 36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá
las consecuencias de una notificación automática. (Art. 34). Así las cosas, se
le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la
referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe
registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de
Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no
cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente:
Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial
a los teléfonos 2295-3386 o 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba
hacia el casillero electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al
buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr,
para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección
electrónica que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información
verificará la confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica
ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde
está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado
ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado
que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad.
Otros extremos: se otorga el depósito judicial provisional de la persona menor
de edad Juan Carlos Navarrete Palacios al señor Mauricio José Navarrete
Palacios. Para lo cual deberá la parte promovente informarles que deben
comparecer a este despacho en el plazo de tres días, a aceptar y jurar el
cargo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 236 del Código de
Familia. Lo anterior, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se procederá
a nombrar un profesional en derecho en su lugar. Notificaciones: notifíquesele
a la señora Marta Elena Navarrete Palacios, mediante edicto, mismo que será
remitido a la Imprenta Nacional de manera electrónica, y al señor Mauricio
Navarrete Palacios mediante la Oficina de Notificaciones Judiciales de Heredia.
Notifíquese.—Juzgado de Familia de Heredia.—Licda.
Grace Cordero Solórzano, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335453
).
Se avisa a Darlin
Elieth Ortega García, mayor de edad, nicaragüense, de demás calidades y
domicilio desconocidos, representada por la curadora procesal licenciada Elena Floribeth Argueta de Herrera, que en este despacho se dictó
dentro del expediente N° 17-000569-0673-NA,
establecido por la licenciada Marisol Piedra Mora en calidad de Representante
Legal del Patronato Nacional de la Infancia, la sentencia que en lo que
interesa dice: sentencia N° 145-2019. Juzgado de
Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las catorce
horas y cuarenta y ocho minutos del trece de marzo del dos mil diecinueve.
Resultando: I.—…, II.—…, III.—…, Considerando:
I.—Hechos probados…, II.—Sobre el fondo:…, III.—...; Por tanto: Por lo
expuesto, la doctrina y normas legales citadas, se declara con lugar la
presente demanda de suspensión de patria potestad de las personas menores de
edad de las personas menores de edad Derleng Jadeth y Janier Yubran ambos Mairena Ortega. Se suspende a la señora Darlin Elieth Ortega García en el ejercicio de la patria
potestad. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro
Civil, provincia de San José, a Janier Yubran Mairena Ortega al tomo dos mil treinta y siete,
folio ciento sesenta y tres, asiento trescientos veintiséis, a Derleng Jadeth Mairena Ortega al
tomo mil novecientos noventa y uno, folio sesenta y ocho, asiento ciento
treinta y seis. Se resuelve sin especial condena en costas. Publíquese el
edicto respectivo.—Juzgado de Niñez y Adolescencia
del Primer Circuito Judicial de San José, 13 de marzo del 2019.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019335507 ).
Se avisa a Óscar Noel Escalante Martínez, mayor de edad, nacionalidad
nicaragüense, de demás calidades desconocidas y Yeslin
Jarquín Alcocer, mayor de edad, nacionalidad nicaragüense, de demás calidades
desconocidas, representados por la curadora procesal licenciada María
Auxiliadora Montoya Villalobos, que en este despacho se dictó dentro del
expediente N° 18-000005-0673-NA establecido por la
licenciada Marisol Piedra Mora en calidad de representante legal del Patronato
Nacional de la Infancia, la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia N° 120-2019. Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer
Circuito Judicial de San José, a las once horas y trece minutos del cinco de
marzo del dos mil diecinueve. Resultando: I.-…, II.-…, III.-…, Considerando:
I.-Hechos probados: … II.-… Sobre el fondo: III.-… Por tanto: Por lo expuesto,
la doctrina y normas legales citadas, se declara con lugar la presente demanda
de suspensión de patria potestad de las personas menores de edad de las persona
s menores de edad Hellen Natalia y Óscar Fernando Escalante Jarquín. Se
suspende a los señores Óscar Noel Escalante Martínez y Yeslin
Jarquín Alcocer en el ejercicio de la patria potestad. Se confiere el depósito
de las persona s menores de edad Hellen Natalia y Óscar Fernando Escalante
Jarquín a la señora Mayra Cantillano Alcocer. Dentro de los ocho días
posteriores a la firmeza de este fallo deberá comparecer a este Juzgado a
aceptar el cargo que aquí se le confiere. Inscríbase esta sentencia en la
Sección de Nacimientos del Registro Civil, Provincia de San José, a Hellen
Natalia Escalante Jarquín al tomo mil novecientos sesenta, folio ciento setenta
y ocho, asiento trescientos cincuenta y seis, a Óscar Fernando Escalante
Jarquín al tomo dos mil treinta y cuatro, folio cincuenta y siete, asiento
ciento trece. Se resuelve sin especial condena en costas. Publíquese el edicto
respectivo. Notifíquese. Msc. Milagro Rojas Espinoza,
Jueza.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer
Circuito Judicial de San José, 5 de marzo del 2019.—Msc.
Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017.—( IN2019335508 ).
Se avisa al señor Edilberto Molina Porras,
cédula de identidad Nº 1-1117-0223, de domicilio y
calidades desconocidas, que en este Juzgado, se
tramita el expediente Nº 18-000167-0673-NA,
correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas
por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el
depósito de la (s) persona (s) menor (es) de edad Samuel Molina Tenorio. Se le
concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste (n) su conformidad
o se oponga (n) en estas diligencias.—Juzgado de
Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de marzo
de 2019.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335509
).
Se avisa, a la señora Gema Estela Rojas
Rocha, mayor, de demás calidades desconocidas, representada por el curador
procesal Licenciado Gerardo Sánchez Rodríguez, hace saber que existe proceso N° 18-000169-0673-NA de declaratoria judicial de abandono
de la persona menor de edad Ángel Manuel Rojas Rocha establecido por la
Licenciada Annette Pérez Angulo en calidad de representante legal del patronato
nacional de la infancia en contra de Gema Estela Rojas Rocha, que en este
despacho se dictó la sentencia que en lo que interesa dice: sentencia 166-2019.
Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia, a las nueve horas y treinta y
cuatro minutos del veintiséis de marzo de dos mil diecinueve. Resultando: I…,
II…, III…, Considerando: I.—Hechos probados:…
II.—Sobre el fondo:… Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9
de la convención sobre los derechos del niño, artículo 30 y siguientes del
Código de la Niñez y la Adolescencia, 117, 160 y siguientes y concordantes del
Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de abandono
con fines de adopción de la persona menor de edad Ángel Manuel Rojas Rocha. Se
extingue a su madre Gema Estela Rojas Rocha el ejercicio de la patria potestad.
Se ordena el depósito judicial de la niña Ángel Manuel Rojas Rocha en el
Patronato Nacional de la Infancia, recayendo en la aceptación de la Licda.
Annette Pérez Angulo debiendo apersonarse a este despacho dentro de tercer día
a aceptar el cargo conferido. Inscríbase esta sentencia en el Registro Civil.
Tome nota el Registro de Nacimientos de la provincia de: San José, tomo: dos
mil doscientos cincuenta y uno, folio: doscientos cincuenta y cinco, asiento:
quinientos diez. Sin especial condenatoria en costas. Publíquese la parte
dispositiva mediante edicto. Notifíquese.—Nelda
Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2019335510 ).
Se avisa, a al señor Róger
Gerardo Segura Soto, mayor, cédula de identidad Nº
2-0554-0592, de domicilio desconocido y a la señora Johanna Patricia Segura
Ramírez, mayor, cédula de identidad Nº 4-0179-0064, de
domicilio desconocido, mismos representados por la curador a procesal
licenciada Ingrid María Abraham Soto, se le hace saber que existe proceso N° 18-000188-0673-NA de declaratoria judicial de abandono
de las personas menores de edad Angélica Vanessa, Jefferson Gerardo, Kiara
Johanna y Kimberly Pamela, todos de apellidos Segura Segura,
establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Róger Gerardo Segura Soto y Johanna Patricia Segura
Ramírez, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de San José a las ocho horas y diecinueve minutos del
nueve de abril de dos mil dieciocho, que en lo conducente dice: se le concede
el plazo de cinco días a dicha accionada para que se pronuncie sobre la misma y
ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121
y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que
si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia
oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez
recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Msc.
Yerma Campos Calvo.—Juzgado de Niñez y Adolescencia
del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de marzo de 2019.—Licenciada:
Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335512
).
Se avisa, a al señor José Roberto Hernández
Vargas, mayor, cédula de identidad número 0-0895-0512, de domicilio
desconocido, representado por el curador procesal Licenciado Luis Angel Vargas Parras, se le hace saber que existe proceso N° 18-000267-0673-NA de declaratoria judicial de abandono
de la persona menor de edad Anthony Hernández Porras establecido por el
Patronato Nacional de la Infancia en contra de José Roberto Hernández Vargas,
que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer
Circuito Judicial de San José, a las nueve horas y treinta y tres minutos del
treinta y uno de mayo de dos mil dieciocho , que en lo conducente dice: se le
concede el plazo de cinco días a dicha accionad a para que se pronuncie sobre
la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los
artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su
curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código
de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese.
Licda. Eugenia bolaños rodríguez.—Juzgado de Niñez
y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de marzo de
2019.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335513
).
Se avisa a los señores Daniel Alvarenga
Pineda, con documento de identificación A00701388 y María del Carmen Pérez
Monge con documento de identificación A03352324, de domicilio y calidades
desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente N°
18-000356-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito
judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita
que se apruebe el depósito de la (s) persona (s) menor (es) de edad José Daniel
Alvarenga Pérez. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que
manifieste (n) su conformidad o se oponga (n) en estas diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de
marzo del 2019.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019335514
).
Se avisa al señor José Florentín Sequeira Romero
con documento de identificación Nº 155819431734, de
domicilio y calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el
expediente Nº 18-000362-0673-NA, correspondiente a
diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato Nacional
de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la (s) persona
(s) menor (es) de edad Jaslin Adriana Vásquez Delgado
y Roney Fabián Sequeira Vásquez. Se le concede el
plazo de tres días naturales, para que manifieste (n) su conformidad o se
oponga (n) en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y
Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de marzo de
2019.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335515 ).
Se avisa a los señores Greivin Gerardo
Jiménez Zúñiga, cédula de identidad 1-1287-0923 y Kevin Andrey Fallas Cardenas, cédula de identidad 1-1502-0072, de domicilio y
calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente
18-000388-0673-NA, correspondiente a Diligencias no contenciosas de Depósito
Judicial, promovidas por Patronato Nacional de La Infancia, donde se solicita
que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Dayron Gerardo Jiménez
Navarro y Deyner Andrey Fallas Navarro. Se le concede
el plazo de tres días naturales, para que manifiesten su conformidad o se
opongan en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y
Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de abril del
2019.—f) Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335516
).
Se avisa a la señora Wendy Susana Porras Salazar, portadora de la cedula
1-1623-0913, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado,
se tramita el expediente 18-000507-0673-NA, correspondiente a Diligencias no
contenciosas de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la
Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la (s) persona (s)
menor (es) de edad Anahí Susana Torres Porras y Matías Cen
Porras. Se le concede el plazo de TRES DÍAS naturales, para que manifieste (n)
su conformidad o se oponga (n) en estas diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de
marzo de 2018.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017.—( IN2019335517 ).
Se avisa a la señora Melissa Alejandra
Villalta Alpízar, cédula de identidad N° 1-1298-0523,
de domicilio y calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el
expediente N° 18-000634-0673-NA, correspondiente a
diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato
Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la (s)
persona (s) menor (es) de edad Ana Laura y Esteban Eduardo ambos de apellidos
Villalta Alpízar. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que
manifieste (n) su conformidad o se oponga (n) en estas diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de
marzo del 2019.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019335518
).
Se avisa a la señora Wendy Vanessa Araya
Hernández, cédula de identidad Nº 1-1235-0762, de
domicilio y calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el
expediente Nº 18-000726-0673-NA, correspondiente a
diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato
Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad
Carolina Zamora Araya. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que
manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de
marzo de 2019.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335519
).
Se avisa, a la señora Dunia Patricia Cruz Soto, mayor, cédula de
identidad número 2-0547-0303, de domicilio desconocido, representada por el
curador procesal licenciado Jorge Isaac De Jesús Solano Aguilar, se le hace
saber que existe proceso N° 18-000727-0673-NA de
suspensión de la patria potestad de la persona menor de edad Sara Daniela Cruz
Soto establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Dunia
Patricia Cruz Soto, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y
Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José a las siete horas y
cincuenta y nueve minutos del veinticinco de octubre de dos mil dieciocho, que
en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dicha accionad a
para que se pronuncie sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del
caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le
advierte a la accionada que si no contesta en el plazo
dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme
con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se
dictará sentencia. Notifíquese. Lic. Marco Vinicio Soto Herrera, Juez.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, 28 de marzo del 2019.—Licda. Nelda Jiménez Rojas,
Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017.—( IN2019335522 ).
Se avisa que en este despacho Francisco Jairo
León Chacón y Julieta Arcila Tamayo, solicitan se apruebe la adopción conjunta
de la persona menor de edad Ismael Antonio Alvarado Serrano. Se concede a todos
las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular
oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y
se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N° 18-000785-0673-NA. Msc.
Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—Juzgado de la Niñez
y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 26 de marzo del año
2019.—Milagro Rojas Espinoza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335523
).
Se avisa al señor Justino Hinestroza Cándelo,
de domicilio y calidades desconocidas, que en este
Juzgado, se tramita el expediente N°
19-000018-0673-NA, correspondiente a Diligencias no contenciosas de Depósito
Judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita
que se apruebe el depósito de la (s) persona (s) menor (es) de edad Yerlanhg Josué Hinestroza Sánchez. Se le concede el plazo
de tres días naturales, para que manifieste (n) su conformidad o se oponga (n)
en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y
Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de marzo del
2019.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019335524
).
Se avisa a los señores Cristian Danilo
Izaguirre Aguiluz, de domicilio y calidades desconocidos y Gladys Eugenia
Zúñiga Jiménez, portadora de la cédula Nº 1-977-0064,
de domicilio y demás calidades desconocidos, que en este Juzgado, se tramita el
expediente Nº 19-000025-0673-NA, correspondiente a
diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato
Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la
persona menor de edad David Alejandro Izaguirre Zúñiga. Se les concede el plazo
de tres días naturales, para que manifiesten su conformidad o se opongan en
estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia
del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de abril de dos mil
diecinueve.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2019335525 ).
Se avisa al señor Gustavo Adolfo Quesada González, de domicilio y demás
calidades desconocidas, que en este Juzgado, se
tramita el expediente 19-000027-0673-NA, correspondiente a diligencias no
contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato Nacional de la
Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de
edad Nicole Fabiana Quesada García. Se le concede el plazo de tres días
naturales, para que manifieste (n) su conformidad o se oponga (n) en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer
Circuito Judicial de San José, 4 de abril del 2019.—Msc.
Milagro Rojas Espinoza, Jueza .—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017.—( IN2019335529 ).
Se avisa al señor Nestor
Obando Flores, cédula 106970734, de nacionalidad nicaragüense, de domicilio y
demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se
tramita el expediente N° 19-000045-0673-NA,
correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas
por patronato nacional de la infancia, donde se solicita que se apruebe el
depósito de la persona menor de edad Joel David Obando NSerrano.
Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su
conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, dos de
abril de dos mil diecinueve.—f) Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019335530 ).
Se avisa al señor Wilman Acevedo Morán, de
nacionalidad nicaragüense, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en
este Juzgado, se tramita el expediente N°
19-000051-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito
judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita
que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Bridget Esperanza
Acevedo Cortes, Eithan Rafael Acevedo Cortes, Natacha
De Los Ángeles Acevedo Cortes Y Sharlyn Victoria
Acevedo Cortes. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que,
manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 4 de
abril del dos mil diecinueve.—Msc. Milagro Rojas
Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019335531
).
Se avisa a los señores Dorian Emilio Araya Saldaña, portador de la
cédula 111550414, de domicilio y demás calidades desconocidos y Heidy Serracin Caballero , portadora de la cédula 603090748, de
domicilio y demás calidades desconocidos, que en este Juzgado, se tramita el
expediente 19-000054-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de
depósito judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se
solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Dorian Elian
Araya Serracin. Se le concede el plazo de tres días
naturales, para que manifiesten su conformidad o se opongan en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer
Circuito Judicial de San José, 4 de abril del 2019.—Msc.
Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017.—( IN2019335532 )
Se avisa que en este Despacho Kathia María
Paniagua Castro, solicita se apruebe la adopción individual de la persona menor
de edad Andrea Paola Donaldson Quesada. Se concede a todos las personas
interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante
escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las
pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 19-000079-0673-NA.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, 22 de marzo del 2019.—Msc.
Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017.—( IN2019335533 ).
Se avisa al señor André Josué Rojas Venegas,
cédula de identidad Nº 2-0673-0762, de domicilio y
calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente Nº 19-000110-0673-NA, correspondiente a diligencias no
contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato Nacional de la
Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la (s) persona (s)
menor (es) de edad Bárbara Gloriana Cordero Peralta y Luciana Rojas Cordero. Se
le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste (n) su
conformidad o se oponga (n) en estas diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de
marzo de 2019.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335534
).
Se avisa que en este despacho Carlos Alberto
Valenciano Camer, solicita se apruebe la adopción
individual de la persona menor de edad Paola Chaves Ramírez. Se concede a todos
las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular
oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y
se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N° 19-000157-0673-NA.—Juzgado
de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 21 de
marzo del 2019.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019335535
).
Se avisa que en este
Despacho, Laura Castula Mora Brenes, solicita se
apruebe la adopción individual de las personas menores de edad Dominick Jhoen Clark Alvarado y Patrick Johan Alvarado Mora. Se
concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para
formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su
inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente
N° 19-000173-0673-NA.—Juzgado
de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 21 de
marzo del año 2019.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019335537 ).
Se avisa que en este Despacho Carolina Mora Rivera y Santiago Alonso
Elizondo Morales, solicitan se apruebe la adopción conjunta de las persona s
menores de edad Elías Moisés Centeno Jarquín y Raquel Sarai
Jarquín Jarquín. Se concede a todos las personas
interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante
escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las
pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 19-000189-0673-NA.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, 27 de marzo del 2019.—Msc.
Milagro Rojas Espinoza, Jueza .—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017.—( IN2019335538 ).
Se avisa que en este Despacho Kimberly
Francisca Mora Recio y Víctor Manuel Mena Fuentes, solicitan se apruebe la
adopción conjunta de las personas menores de edad David Jhosue
Blanco Recio y Mathias Daniel Blanco Recio. Se
concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para
formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su
inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma, expediente
Nº 19-000201-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y
Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 01 de abril del
2019.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335539
).
Se avisa que en este despacho Corwin Ralph Falink Y Cristina Lynn Heiny,
solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Leylanie Andrea Moya Ruiz. Se concede a todos las personas
interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante
escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las
pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N°
19-000222-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y
Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 03 de abril del 2019.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019335540 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita proceso de cambio
de nombre promovido por Constancia Genarina Ordoñez
Zúñiga mayor, estado civil no indica, educadora, documento de identidad N° 05-0152-0162, vecina Bagaces, Guanacaste, Urbanización
Pedro Nolasco, en el cual pretende cambiarse el nombre a únicamente Genarina mismos apellidos. Se concede el plazo de quince
días a cualquier persona interesada para que se presenten al proceso a hacer
valer sus derechos. Artículo 55 del Código Civil. Expediente N° 18-000040-0386-CI-2.—Juzgado Civil y Trabajo
Primer Circuito Judicial Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), 04
de febrero del 2019.—Licda. Aura Lisseth Cedeño Yanes, Jueza Decisora.—1
vez.—( IN2019335714 ).
Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza del Juzgado de Familia del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a Edith Pastora Gámez Mata, en
su carácter personal, quien es mayor, casada una vez y separada de hecho y de
domicilio desconocido, con cédula 6-0141-0012 y demás datos desconocidos, se le
hace saber que en proceso de divorcio. Expediente: 15-000734-1307-FA,
establecido por Domingo Luciano De Jesús Araya Fuentes, contra Edith Pastora
Gámez Mata, se ordena notificarle por edicto la sentencia que en lo conducente
dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a
las trece horas y cuarenta y tres minutos del día cinco de julio del dos mil
dieciocho. Proceso de divorcio, establecido por Domingo Luciano De Jesús Araya
Fuentes contra Edith Pastora Gámez Mata. Resultando: Primero... Segundo...
Tercero... Considerando: I... II... Por tanto: de acuerdo a
lo expuesto, y artículos 51 y 52 de la Constitución Política; 1, 2, 5, 6, 8,
11, 34, 41, 48 y 57 del Código de Familia; se declara: sin lugar la excepción
de falta de derecho y con lugar la demanda abreviada de divorcio interpuesta
por Domingo Luciano De Jesús Araya Fuentes contra Edith Pastora Gámez Mata y se
declara: 1) La Disolución del matrimonio que une a actor y demandada. 2) No se
establece derecho a alimentos entre ellos. 3) No se emite pronunciamiento
respecto a la ganancialidad sobre bienes muebles e inmuebles por no existir en el
haber patrimonial de las partes procesales. 4) Sin condena en costas para la
parte vencida. Una vez firme este fallo, por medio de ejecutoria expedida a
solicitud de parte interesada, inscríbase el mismo en el Registro Civil en el
libro de matrimonios de la provincia de Limón, al tomo ochenta y dos (82),
folio trescientos veintiocho (328), asiento seiscientos cincuenta y cinco
(655). Notifíquese en el medio señalado por las partes.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 01 de marzo
del 2019.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
64-2017-JA.—( IN2019335853 ).
Se hace saber al señor Wilder Noel Torres , mayor, divorciado, ebanista,
documento de identidad N° PC0918205, de demás calidades
desconocidas, que en este despacho se tramita proceso especial de filiación de
declaratoria de hijo extramatrimonial e investigación de paternidad bajo la
sumaria N° 17-001586-0637-FA de Cindya
De La Trinidad Hernández Chacón en su contra y por lo tanto se le concede el
plazo de diez días a efecto de que se apersona para contestar o formular la
oposición correspondiente con la indicación de las pruebas en que se
fundamente, con la indicación de los testigos en su caso; dicho emplazamiento
comenzará a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación del
presente edicto. Se previene a la parte accionada, señalar medio para recibir
notificaciones, caso contrario después de tres días de publicado el presente
edicto comenzará a aplicar la notificación automática.—Juzgado
de Familia de Desamparados, 1° de abril del 2019.—Licda. Zeidy Jacobo Morán, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335857
).
Licenciada Kensy Cruz Chaves. Jueza del
Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a Jeiner Ramírez
Díaz, en su carácter personal, quien es mayor, únicos datos conocidos, se le
hace saber que en demanda declaratoria judicial abandono, establecida por
Eduardo Alberto Sandoval Jiménez e Irene Campos Arce contra Jeiner Ramírez Díaz
y Ruth Álvarez Fernández en expediente N°
18-000013-1302-FA, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo
conducente dice: N° 308-2019. Juzgado de Familia del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a las trece horas treinta y tres minutos
del veintiuno de marzo del dos mil diecinueve. Proceso declaratoria judicial
abandono, establecido por Eduardo Alberto Sandoval Jiménez, mayor, casado/a,
avicultor(a), cédula 0205840764 contra Jeiner Ramírez Díaz, mayor, únicos datos
conocidos. Por tanto, en virtud de los argumentos expuestos, artículos 115,
117, 120, 121, 123, 158 inciso c) y 159 inciso 3)´del Código de Familia, 5 y
106 del Código de Niñez y Adolescencia, 3, 4 y 5 de la Convención sobre los
derechos del niño se declara con lugar el proceso de Declaratoria Judicial de
Abandono con fines de adopción, extinción de patria potestad y depósito
judicial de la persona menor de edad Reynolds Alberto Ramírez Álvarez,
promovido por los señores Eduardo Alberto Sandoval Jiménez e Irene Campos Arce
en contra de Jeiner Ramírez Díaz y Ruth Álvarez Fernández, declarando: 1.- En
estado de abandono a Reynolds Alberto Ramírez Álvarez por parte de sus padres;
2.- Dado que los señores Ramírez Díaz y Álvarez Fernández, no han ejercido su
rol de padres y han mostrado total desinterés por el niño, se hace menester el
extinguirle a los accionados el ejercicio de patria potestad sobre Reynolds
Alberto Ramírez Álvarez; 3.- Dado que los actores, han asumido el cuido de
Reynols Alberto, le han dado el amparo de una familia y han estado presentes
cuando el menor más lo ha necesitado, se ordena el depósito judicial del niño
en el hogar de sus cuidadores, nombrándose a ambos como depositarios judiciales
del menor por lo que deberán comparecer dentro del quinto día, después de la
firmeza de la presente sentencia, a este Despacho a aceptar el cargo conferido;
4.- Firme este fallo, se ordena su inscripción en el Registro Civil para que se
anote en la sección nacimientos de la Provincia de Puntarenas al tomo número
531, página 30, asiento 59. Se pronuncia el Despacho sin especial condenatoria
en costas. Notifíquese. Msc. Sandra Saborío Artavia,
Jueza Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela.—Licda. Kensy
Cruz Chaves, Jueza .—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2019335859 ).
Licenciado Walter Alvarado Arias, Juez del
Juzgado Segundo de Familia de San José, a Junieth de
Fátima Rizo Herrera, en su carácter personal, quien es mayor, nicaragüense,
portadora del documento de identificación PC1595408, se le hace saber que en
demanda divorcio, expediente 18-000138-0187-FA, establecida por Santos Antonio
Hernández Salgado contra Junieth de Fátima Rizo
Herrera, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente
dice: “Juzgado Segundo de Familia de San José, a las trece horas y cincuenta y
dos minutos del dieciocho de febrero de dos mil diecinueve. De la demanda
abreviada de divorcio establecida por el accionante Santos Antonio Hernández
Salgado, se confiere traslado a la accionada Junieth
de Fátima Riso Herrera por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga
a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de
cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá
expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos
legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá
contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por
inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En
la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en
su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se
referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene
como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha
institución por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer
Circuito Judicial de San José. Se le previene a la parte demandada, que en el
primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del
28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°
20, del 29 de enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las
partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008,
en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos,
por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- “Se exhorta a las
partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar
avisos y recordatorios de actuaciones del despacho.- Esta petición es para
cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la
agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.-” Asimismo, por
haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de
Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007,
artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser
personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar
de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si
cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h)
Lugar de residencia.—Juzgado Segundo de Familia de San José.—Lic. Walter
Alvarado Arias, Juez.—1 vez.—O.C N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335860
).
Se avisa que en este Despacho bajo el
expediente Nº 18-000594-0688-FA, Allen de los Ángeles
Abarca Brais, Nazareth María Céspedes Rojas,
solicitan se apruebe la adopción de las personas menores de edad José Luis
García García y Gabriela del Carmen Suárez García. Se
concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones
mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se
indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San
Ramón, (Materia familia), 05 de abril del 2019.—Msc.
Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019335866 ).
Se cita y emplaza a todas las personas que
tuvieren interés en el depósito de las personas menores de edad Mathías Suarez
Solano y Aipoll Michelle Solano Padilla, hijos de
Luis Diego Suarez Hernández y Joselyn Solano Padilla para que se apersonen a
este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la
publicación de este edicto. Expediente N°
19-000379-1302-FA. Depósito judicial.—Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 04 de abril del
2019.—Licda. Yuliana Andrea Ugalde Zumbado, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019335876 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil Carlos Gerardo Medina Medina, mayor, costarricense, soltero, pescador, cédula de
identidad N° 0602510511, vecino de Esparza,
Puntarenas, del Colegio Emiliano Odio, 100 m. oeste, 75 norte, cantón Esparza,
distrito Marañonal, hijo de María Medina Medina, madre costarricense, nacido en Centro Central,
Puntarenas, el 27/02/1973, con 46 años de edad, e Isabel Montoya Arias, mayor,
costarricense, divorciada de Eladio Alfonso Arias Madriz el 29-06-2004, en
Cartago, administradora del hogar, cédula de identidad N°
0302480045, vecina de Guadalupe de Cartago, del Colegio, 100 m. oeste 150 m.
sur, hija de María Aurelia Arias Molina y Carlos Montoya Calvo, ambos padres
costarricenses, nacida en Hospital Central, Cartago, el 01/07/1961, actualmente
con 57 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento
para que este matrimonio se realice está en la obligación de manifestarlo en
este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto.
Expediente N° 19-000830-0338-FA.—Juzgado
de Familia de Cartago, 25 de marzo del 2019.—Licda. Wendy Blanco
Donaire, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335443
).
Han comparecido a este Despacho, solicitando
contraer matrimonio civil, Marco Antonio Castro Pérez, mayor de edad, cédula de
identidad 2-677-207, privado de libertad, vecino de Puesto de Diez centro Penal
Luis Paulino Mora Mora, hijo de Francisco Castro
Morales y de Rosibel Pérez Castro , nacido en Alajuela, el 09 de setiembre de
1990, con 28 años de edad y Kimberly Brenes Benavides, mayor, soltera, ama de
casa, cédula de identidad número 2-751-620, vecina de Alajuela, nacida en fecha
5 de abril de 1996, con 22 años de edad, hija de Beltrán Brenes Chaves y Tattiana Benavides Calvo. Si alguna persona tiene conocimiento
de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Exp. N°
18-001987-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 02 de abril del 2019.—Licda. Eugenia María
Bolaños Rodríguez, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335450
).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil Cristofer de Jesús Muñoz Quesada, mayor, soltero,
taxista, cédula de identidad número 0206720529, vecino de San Ramón centro, 75
metros oeste del Super Mario, contiguo al Café Aromas 3, casa de cemento, color
blanco, con verjas color rojo, hijo de Omar Muñoz Lobo y Mercedes Quesada Rodríguez,
nacido en Centro, San Ramón, Alajuela, el 07/01/1990, con 29 años de edad, y Yannia Téllez Mendoza, mayor, soltera, estudiante, cédula
de identidad número 0207320908, vecina de San Ramón Centro, 75 metros oeste del
Super Mario, contiguo al café Aromas 3, casa de cemento, color blanco, con
verjas color rojo, hija de Renato Téllez Roca y Aura Mendoza Martínez, nacida
en Centro San Ramón Alajuela, el 17/11/1994, actualmente con 24 años de edad,
ambas personas contrayentes tienen el domicilio en San Ramón. Si alguna persona
tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice,
está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 19-000080-0688-FA.—Juzgado de
Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San
Ramon) (Materia Familia), San Ramón, 29 de marzo del 2019.—Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335452 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil los contrayentes Andrei
Antonio Araya Sánchez, mayor de edad, soltero, operador de maquinaria, cédula
de identidad número 0304310770, vecino de Lourdes de Agua Caliente, Cartago, un
kilómetro al sureste del Templo Católico Calle Jucosal,
casa color celeste con verjas negras, hijo de María Sánchez Elizondo y Fredy
Araya Cordero, nacido en Oriental Central Cartago, el 19/10/1988, con 30 años
de edad, y Magally Brenes Vásquez, mayor de edad,
soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0504200110, vecina de Lourdes
de Agua Caliente, Cartago, un kilómetro al sureste del Templo Católico Calle Jucosal, casa color celeste con verjas negras, hija de Miryam Vásquez Espinoza y Eduardo Brenes Delgado, nacida en
Centro Liberia Guanacaste, el 31/12/1997, actualmente con 21 años de edad. Si
alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio
se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de
los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 19-000964-0338-FA.—Juzgado
de Familia de Cartago, Cartago, 05 de abril del
2019.—Lic. Juan José Alvarado Quirós, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335454
).
Han comparecido a este Despacho, solicitando
contraer matrimonio civil: Yanixia Vanessa Molina
Chacón, mayor, soltera, recursos humanos, cédula de identidad Nº 0303780216, número teléfono: 8806-11-56, vecina de
Quircot del Súper Quircot 25 metros sur y 50 metros este, Urbanización El Pilón
8-A, hija de Grace Chacón Porras y Hugo Alberto Molina Hernández, nacida en
Oriental, Central, Cartago, el 12/01/1982, con 37 años de edad; y Fabián
Alejandro Bustos Viachica, mayor, soltero, agente de
ventas número de teléfono: 6409-45-22, cédula de identidad Nº
0112880996, vecino de Quircot del Súper Quircot 25 metros sur y 50 metros este,
Urbanización El Pilón 8-A, hijo de Kattia Bustos Viachica,
nacida en Carmen, Central, San José, el 07/09/1986, actualmente con 32 años de
edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este
matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 19-000299-0338-FA.—Juzgado
de Familia de Cartago, Cartago, 15 de febrero del 2019.—Lic. Juan José
Alvarado Quirós, Juez.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019335646
).
Licda. María Mata Corrales Cordero, Jueza de
Familia de Pococí, han comparecido a este Despacho solicitando contraer
matrimonio civil: Alejandro Andrés Méndez Guzmán, mayor, soltero, peón
agrícola, portador de la cédula de identidad Nº
7-224-009, vecino de Cariari, de la planta de jardín 200 metros al sur donde
era la antigua pulpería Las Palmas, hijo de Alejandro Méndez Ampié y Olga Guzmán Tenorio, nacido en Guápiles, Pococí,
Limón, el día dieciocho de setiembre de mil novecientos noventa y dos, con 26
años de edad; y Yocelyn Juanita Castillo Álvarez,
mayor, soltera, ama de casa, portadora de la cédula de identidad Nº 7-236-822, vecina Cariari, de la planta de jardín 200
metros al sur donde era la antigua pulpería Las Palmas, hija de Johnny Castillo
Godoy y Rosa Ana Álvarez Poveda, nacida en Batan, Matina, Limón, el día veintinueve
de junio de mil novecientos noventa y cinco, actualmente con 23 años de edad.
Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este
matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 19-000416-1307-FA.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 20
de febrero del 2019.—María Marta Corrales Cordero, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
64-2017-JA.—( IN2019335851 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil,
Luis Carlos Chaves Madriz, mayor, soltero, electricista, cédula de identidad
número 0304280749, vecino de San Antonio, 500 metros sureste, de la Plaza de
Deportes de la Suiza, entrada del Palí, hijo de
Carlos Alberto Chaves Granados y Grace Madriz Ramírez, nacido en Centro
Turrialba Cartago, el 19/04/1988, con treinta años de edad, y Yenory Isabel Ávila Marín, mayor, soltera, ama de casa,
cédula de identidad número 0112500856, vecina de San Antonio, 500 metros
sureste, de la Plaza de Deportes de la Suiza, entrada del Palí,
hija de Norma Ávila Marín, nacida en Carmen Central San José, el 17/08/1985,
actualmente con treinta y tres años de edad. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 19-000124-0675-FA-DM1.—Juzgado Familia, Penal Juvenil
y Violencia Domestica de Turrialba (Materia Familia), Turrialba, 4 de abril
del 2019.—Licda. Viria Artavia Quesada, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335872
).
Fiscalía de Hatillo, a las nueve horas con cuarenta y nueve minutos del
25 de octubre 2018. En vista de que el codemandado civil Alberto Chavarría
Sanabria cédula de identidad 3-0248-0577, quien conociendo de la sumaria penal
no se apersonó al despacho para ponerle en conocimiento la acción civil
presentada en contra, se procede a comunicarle la resolución que cursa la
acción civil en su contra por medio de edicto que se publicará una tres veces
en el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Lic. Róger Solís Corea. Fiscal Coordinador de Hatillo: Se pone
en conocimiento la acción civil. Lic. Róger Solís
Corea Fiscal de la Fiscalía de Hatillo, al(a) Alberto Chavarría Sanabria, le
hace saber que: En el legajo de acción civil resarcitoria 16-000551-0492-TC,
ofendido Luis Baltodano Rojas contra José Gerardo Vásquez Gomez,
se ha dictado resolución que literalmente dice: comunicación por Edicto:
Fiscalía de Hatillo, a las nueve horas con cuarenta y nueve minutos del 25 de
octubre del dos mil dieciocho. En vista de que el tercer demandado civil
Alberto Chavarría Sanabria, no ha sido posible comunicarle la resolución
dictada por este despacho, que da curso a la acción civil resarcitoria incoada
por Luis Baltodano Rojas, se procede a comunicarle la resolución que cursa la
acción civil en su contra por medio de edicto que se publicará tres veces
consecutivas en el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Lic.
Róger Solís Corea. Fiscal Jefe de Hatillo: Se pone en
conocimiento la acción civil: De conformidad con los artículos 115 y 120 del
Código procesal Penal, se pone en conocimiento del Tercer demandado civil
Alberto Chavarría Sanabria la presente acción civil resarcitoria. Cualquier
interviniente podrá oponerse a la participación del actor civil planteando las
excepciones que correspondan. La oposición se pondrá en conocimiento del actor
y su resolución se reservará para la audiencia preliminar. Comuníquese..
Fiscal. 3 veces. Fiscalía Hatillo, teléfonos 2254-8842 o 2214-9557. Fax:
2254-4603. Lic. Róger Solís Corea.—Fiscalía
de Hatillo.—Lic. Róger Solís Corea, Fiscal.—O. C.
N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019335637 ). 3
v. 1.
Se les comunica al dueño
registral del siguiente bien mueble que en la presente causa se dictó sentencia
condenatoria a favor del imputado Erick David Jiménez Cordero por lo cual se
notifica al propietario registral del vehículo decomisado propiamente el señor
Luis Venegas Martínez, cédula de identidad Nº
702510403 o terceros interesados de la causa Nº
17-002440-0063-PE, contra Jeison Cascante Castillo por el delito de homicidio
tentativa de, robo agravado en perjuicio de Erik David Jiménez Cordero a fin de
que se apersonen a este despacho de conformidad con el artículo 94 de la Ley
8204 y el numeral 200 del Código Procesal Penal pueden reclamar el mismo con la
documentación idónea, bajo apercibimiento de que luego de la última publicación
del edicto se otorga ocho días para reclamar lo indicado, transcurrido el
período sin reclamo ni trámite alguno se ordenará el Comiso a favor del Estado.
A continuación se detalla el bien: un vehículo marca Hyundai Accent color celeste, 4 puertas, número de chasis
KMHCG41FPXU025680, registrado bajo las placas 893660, a nombre de Luis Venegas
Martínez, cédula de residencia: Nº 155800699618.—Tribunal
del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Materia penal), al ser
las siete horas y dieciocho minutos del ocho de abril del año dos mil
diecinueve.—Lic. Mario Francisco Piedra Díaz, Juez de Juicio.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019335858 ). 3
v. 1.
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Respecto
de las causas que más adelante se detallarán por haberse ordenado así mediante
resolución de las catorce horas del cuatro de diciembre del año dos mil
dieciocho. Se ordena comunicar por edicto la citada resolución para que se
apersonen al Juzgado Penal de Cartago, los interesados a plantear reclamo del
dinero, esto dentro del plazo de ocho días hábiles contados a partir de la
publicación. Vencido el plazo de ocho días a partir de la publicación del
edicto se ejecutará la resolución de este Juzgado, mediante la cual se ordenó
el comiso de dinero a favor de una Institución de bien social. “Se ordena
comiso de dineros en sistema SDJ Juzgado Penal de Cartago, al ser las catorce
horas del cuatro de diciembre del dos mil dieciocho. Respecto de las causas que
más adelante se detallarán, se ordena el comiso de las sumas de dinero que
igualmente se especificarán, al darse por agotada la posibilidad de devolución
de estos fondos, ya sea por desinterés, por el paso del tiempo, por falta de
información para su disposición, destrucción del expediente o bien porque en
definitiva no es viable su disposición al no poderse establecer su origen,
dineros que actualmente se encuentran en el sistema SDJ y que como se dijo, al
darse por agotada la posibilidad de su disposición, se ordena su comiso a favor
del Estado. Se ordena publicación de la presente resolución mediante edicto que
se publicará en el Diario Oficial La Gaceta, para que en plazo de ocho
días a partir de la publicación se apersone algún interesado para su reclamo.
Transcurrido el plazo dicho y a la firmeza de lo resuelto, comuníquese al
Departamento de Proveeduría para lo que corresponda. Se trata de las siguientes
causas:
Para ver las imágenes, ir al Boletín Judicial con formato PDF
Licda.
Yamileth Alvarado Mejías, Jueza Penal.—Licda. Grettel Barahona Cháves, Jueza
Penal.—Licda. Magaly Hernández Solano, Jueza Penal.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019332439 ).
Se comunica a a
señora: María de las Mercedes Miranda Fernández, cédula Nº
17566223775, de paradero ignorado, quien figura como propietaria registral de
un arma: Beretta, modelo: 950BS, calibre: 25, serie: BER71932v, para que se
presente al Juzgado Penal de Heredia, antes del plazo de cinco días hábiles
posteriores a esta publicación para la devolución del arma mencionada, caso
contrario se procederá al comiso a favor del Estado. Lo anterior en relación a la causa penal Nº
11-001019-0059-PE seguida contra ignorado por el delito de tentativa de
suicidio en perjuicio de Héctor Rivera López. Se ordena comunicarle por este
medio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 162 del Código Procesal Penal.—Juzgado Penal de Heredia, Heredia, a las 16:00
horas del 25 de febrero del 2019.—Licda. Stephanie Villalobos Abarca, Jueza
Penal.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019335620 ).
Se comunica a quien demuestre ser el dueño
registral del arma de fuego tipo revolver, calibre 38 SPL, serie 099003F, marca
Ranger que debe presentarse al Juzgado Penal de Heredia, antes del plazo de
cinco días hábiles posteriores a esta publicación para la devolución del arma
mencionada; caso contrario se procederá al comiso a favor del Estado. Lo
anterior en relación a la causa penal
12-003296-0059-PE seguida contra Edward Omar Pichard
Torres por el delito de portación ilícita de arma permitida en perjuicio de
seguridad común. Se ordena comunicarle por este medio de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 162 del Código Procesal Penal. Publíquese por una sola
vez.—Juzgado Penal de Heredia, a las 16:00 horas
del 25 de febrero del 2019.—Licda. Stephanie Villalobos Abarca, Jueza Penal.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335621 ).
Se comunica a quien demuestre ser el dueño
registral del arma de fuego tipo revolver, calibre 38, serie 690852, marca Tauros y del arma de fuego tipo pistola, calibre 25, serie
072984, marca Sundance Industries que debe
presentarse al Juzgado Penal de Heredia, antes del plazo de cinco días hábiles
posteriores a esta publicación para la devolución de las armas mencionadas;
caso contrario se procederá al comiso a favor del Estado. Lo anterior en relación a la causa penal 13-001758-0369-PE seguida
contra Arnulfo Jose Narvez Alvarado y otros por el
delito de portación ilícita de arma permitida en perjuicio de seguridad común.
Se ordena comunicarle por este medio de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 162 del Código Procesal Penal.—Juzgado
Penal de Heredia, Heredia, a las 16:00 horas del 25 de febrero del
2019.—Licda. Stephanie Villalobos Abarca, Jueza Penal.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019335622 ).
Se comunica al señor Jerry Lee Espinoza
Torres, cédula N° 60423Fiscalía de Siquirres-Zona
Atlántica, al ser las quince horas con veinte minutos del día dos de abril del
dos mil diecinueve. Mediante auto de las quince horas con nueve minutos del día
dos de abril del dos mil diecinueve del representante Fiscal, se ha ordenado
publicar edicto en el Boletín Judicial para efectos de dar Traslado de
Acción Civil Resarcitoria a los señores Luis Manuel Bolaños Barrantes,
documento de identificación N° 2-395-771 y Luis
Antonio Bolaños Rodríguez, documento de identificación Nº
2-619-281 iniciada contra el imputado Joaquín Paniagua Morales por el delito de
Lesiones Culposas y en perjuicio de Douglas Aguilar López y Jimmy Yesca Obando,
por lesiones a la integridad física del ofendido ocurridas en fecha 09 de junio
del 2016, hecho que ocurrió en entrada a Pacuarito de
Siquirres, sobre ruta 32; además se le indica a los señores Luis Manuel Bolaños
Barrantes y Luis Antonio Bolaños Rodríguez o a quién represente judicial y
extrajudicialmente a dicha sociedad que tiene derecho de nombrar un abogado
particular para que lo represente dentro del proceso dentro del plazo de 5 días
hábiles siguientes a la primera publicación en el Boletín Judicial. Los
cuales no ha sido posible ubicar, ya que en su domicilio social no fueron
ubicados; por lo anterior, es que esta cámara ordena publicar por dos veces
consecutivas en el Boletín Judicial un edicto, para efectos de que el
actual representante legal judicial y extrajudicial de la sociedad Asfaltos
Laboro, S. A. (cédula jurídica N° 3-101-382413) se
apersone a la causa y haga valer sus derechos. Expediente N°
16-200459-0486-PE, contra: Joaquín Paniagua Morales, tercero civilmente
responsable: Asfaltos Laboro, S. A., ofendido: Douglas Aguilar López y Jimmy
Yesca Obando, delito: lesiones culposas. Notifíquese.—Fiscalía
de Siquirres, 02 de abril del 2019.—Lic. Leonel Cisneros Córdoba, Fiscal.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019335625 ).
Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y
Anticorrupción, al ser las trece horas y cincuenta y ocho minutos del dos de
abril del año dos mil diecinueve; de licenciada Melissa García Garita, Fiscal
Auxiliar, a la señora Majoma La Perla Dorada S.A, cédula jurídica 3-101-363834
se le hace saber: que en el legajo de acción civil resarcitoria, de la causa
número único 12-201019-413-PE; seguido en contra de Carmen María Barboza
Aguilar y Otros, en perjuicio de Amparo Carballo Chevez y otros, por el delito
de estafa, se ha dictado resolución que literalmente dice: Se da traslado de la
acción civil resarcitoria Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y
Anticorrupción, al ser las once horas y treinta y uno minutos del veintiocho de
marzo del año dos mil diecinueve. De conformidad con los artículos, 111, 112 y
115 del Código Procesal Penal, se procede con vista en la acción civil
resarcitoria interpuesta por la Lic. Luis Ángel Ramírez Ramírez
en representación de la parte ofendida Carlos Andrés Rodríguez Quesada y
DIPROCON S. A., se procede a darle traslado a los demandados civiles Carmen
María Barboza Aguilar, Luis Carlos Umaña Centeno, Ricardo Madrigal Jiménez, Roy
Marín Rojas, Majoma de La Perla Dorada S. A., Asociación de Desarrollo La Palma
de Abangares de las pretensiones expuestas por dicha parte, para que se
pronuncie sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del actor civil en este
proceso, planteando las excepciones que estime pertinentes, se les informa que
tiene el plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente de la
notificación; para que manifiesten lo que corresponda; por lo que se le concede
el término de ley para que haga valer sus derechos. Así mismo se le previene
que en el acto de ser notificado deberá señalar un medio para atender
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11,
34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°
8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Comuníquese el contenido de
la resolución a los demandados civiles y a su defensor. Notifíquese. Alexander
Valverde Peña Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción.
SSALAZARD; comunicación por edicto. Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia
y Anticorrupción. En vista de que el no ha sido
posible ubicar al representante legal de Majoma La Perla Dorada S. A., cédula
jurídica número 3-101-363834; y su domicilio social es desconocido, se procede
a comunicarle la resolución; por medio de edicto que se publicará una sola vez
en el Boletín Judicial. Comuníquese. Publicar una vez en el Boletín
Judicial de La Gaceta.—Fiscalía
Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción.—Licda. Melissa García
Garita.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017-JA.—Sol. N° 64-2017-JA.—( IN2019335852 ).