BOLETÍN JUDICIAL 91 DEL 17 DE MAYO DEL 2019

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo III y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo CI., de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 01-2009 de fecha 26 de febrero del 2009, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 58-09 celebrada el 02 de junio del 2009, artículo LV., se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Paquetes de Expedientes de Tránsito, Paquetes de Expedientes de Tutelar, Paquetes de Expedientes de Civil, Remesa Destrucción de Tránsito, de los despachos que a continuación se detallan. La información se encuentra remesada y custodiada en el Archivo Judicial.

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Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la publicación de este aviso. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.

San José, 21 de marzo del 2019.

                                                                   Lic. Wilbert Kidd Alvarado

                                                                      Subdirector Ejecutivo a. í.

1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019341337 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo III y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo CI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Paquetes de Expedientes de Civil, Remesa Destrucción de Civil, de los despachos que a continuación se detallan. La información se encuentra remesada y custodiada en el Archivo Judicial.

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Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la publicación de este aviso. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.

San José, 10 de abril del 2019.

                                                                  Lic. Wilbert Kidd Alvarado,

                                                                      Subdirector Ejecutivo a. í.

1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341338 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta N° 01-2014 de fecha 14 de marzo del 2014, artículo IX y el acuerdo del Consejo Superior en sesión N° 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo L, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes de materia penal del año 2011 al 2013 del Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José. La documentación se encuentra custodiada en el Archivo del Segundo Circuito Judicial de San José.

Remesa:                 P 46 S 11

Expedientes:            8

Paquetes:                 1

Año:                        2011

Asunto:                   Penales Varios Absolutoria: apropiación indebida y retención indebida (7), abuso de autoridad (1).

Remesa:                 P 32 S 12

Expedientes:            830

Paquetes:                 1

Año:                        2012

Asunto:                   Penales Varios Absolutoria: Atípico (819), amenazas agravadas (1), amenazas contra una mujer (4), daños (1), hurto simple (3), robo simple (2).

Remesa:                 P 23 S 13

Expedientes:            37

Paquetes:                 1

Año:                        2013

Asunto:                   Penales Varios Absolutoria: amenazas contra una mujer (2), atípico (7), desobediencia (1), hurto simple (1), maltrato (10), ofensas a la dignidad (13), falsificación de señas y marcas (1), testimonio de piezas (2).

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese por una vez en el Boletín Judicial.

San José, 26 de abril de 2019.

                                                             Lic. Wilbert Kidd Alvarado,

                                                                 Subdirector Ejecutivo a. i.

1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019341340 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 01-2014 de fecha 14 de marzo del 2014, artículo VIII y el acuerdo del Consejo Superior en sesión N° 47-14, celebrada el 21 de mayo de 2014, artículo XXXI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes de Transito del año 1997 y 2002 del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de San José. La documentación, se encuentra custodiada en el Archivo del Segundo Circuito Judicial de San José.

Remesa:                 W 1 S 97

Expedientes:            1

Paquetes:                 1

Año:                        1997

Asunto:                   Colisión

Remesa:                 W 4 S 02

Expedientes:            1

Paquetes:                 1

Año:                        2002

Asunto:                   Colisión

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese por una vez en el Boletín Judicial.

San José, 26 de abril del 2019

                                                  Lic. Wilbert Kidd Alvarado,

                                                      Subdirector Ejecutivo a. i.

1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019341343 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 02-2007, de fecha 06 de agosto del 2007, artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 66-07, celebrada el 06 de setiembre del 2007, artículo XXXVII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2006 al 2016 y Expedientes Disciplinarios de año 2006 al 2013 de la Unidad de Inspección Fiscal del Ministerio Público. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:       M 1 S 06

Ampos:         8

Paquetes:      1

Año:             2006 al 2016

Asunto:         Documentación administrativa (viáticos y vacaciones, asistencia otros despachos, oficios recibidos, oficios enviados, colillas de fax, políticas axiológicas, registros de asistencia Inspección Fiscal)

Remesa:       M 2 S 06

Paquetes:      27

Año:             2006 al 2013

Asunto:         Expedientes disciplinarios: 27 paquetes que contienen expedientes.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese por una vez en el Boletín Judicial.

San José, 26 de abril del 2019.

                                                  Lic. Wilbert Kidd Alvarado,

                                                      Subdirector Ejecutivo a. í.

1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341345 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 01-2014, de fecha 14 de marzo del 2014, artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior en sesión 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo LI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2003 al 2009 de la Sección de Patología Forense del Organismo de Investigación Judicial, Ciudad Judicial. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:            O 5 H 03

Paquetes:            357

Ampos:              54

Año:                   2003 al 2009.

Asunto:              343 Paquetes con Protocolos de Autopsia del 2003 al 2008.

14 Libros con Actas y de Registros de 2003 al 2009.

54 Ampos con Dictámenes y Administrativos de 2003 al 2009.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese por una vez en el Boletín Judicial.

San José, 26 de abril del 2019.

                                                                  Lic. Wilbert Kidd Alvarado,

                                                                      Subdirector Ejecutivo a. í.

1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341346 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 01-2018, celebrada el 02 de julio del 2018, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión 100-18, celebrada el 15 de noviembre del 2018, artículo XXXVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2005 al 2017 del Juzgado de Trabajo de Heredia.

La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:    A 7 H 05

Libros:       10

Ampos:      28

Año:           2005 al 2017

Asunto:      Documentación Administrativa: Reportes y Registros: Ampos (2007 al 2017) y 5 Libros de conocimiento (2005-2017), 5 libros de reportes de nombramientos (2005 al 2017)

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese por una vez en el Boletín Judicial.

San José, 26 de abril de 2019.

                                                                  Lic. Wilbert Kidd Alvarado,

                                                                      Subdirector Ejecutivo a. í.

1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341348 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 02-2006, de fecha 28 de junio del 2006, artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 50-06, celebrada el 11 de julio del 2006, artículo L. De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 02-2007, de fecha 06 de agosto del 2007, artículo IX y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 66-07 del 06 de setiembre del 2007, artículo XXXVII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Base en materia civil y laboral del año 1956, 1974 al 2005 del Juzgado Civil y de Trabajo de Osa, Zona Sur. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa:                 21315

Documentos:           729

Paquetes:                 33

Año:                        1956, 1974 al 2005

Asunto:                   Documentos base en materia civil y laboral:

                                1 Paquete con 1 documento: Civil 1 factura del año 1956.

                                1 Paquete con 7 documentos: Civil 3 sobres cerrados indicando posiciones a absolver, 1 folio con preguntas, 3 copias de planos del año 1974.

                                1 Paquete con 1 documento: Civil 1 sobre cerrado indicando posiciones a absolver del año 1975.

                                1 Paquete con 4 documentos: Civil 1 carta de venta, 1 factura, 1 folio con preguntas, 1 copia de plano del año 1976.

                                1 Paquete con 4 documentos: Civil 1 carta de venta privada, 1 oficio. Laboral: 1 sobre cerrado rotulado confesión, 1 folio con convenio del año 1977.

                                1 Paquete con 53 documentos: Civil 1 oficios, 1 recibo de arrendamiento N° 4629, 1 copia de contrato de arrendamiento, 2 cheques, 1 pagaré, 1 contrato de arrendamiento, 1 folio con preguntas, 5 copias de resoluciones, 11 recibos de pago, 1 sobre cerrado indicando posiciones a absolver, 9 facturas, 3 planos, 1 recorte de periódico, 1 copia de plano, 1 contrato de trabajo, 9 copias de documentos varios, 1 recibo de dinero, 1 certificación registral, 1 plano. Laboral: 1 sobre cerrado del año 1978.

                                1 Paquete con 16 documentos: Civil 1 certificado de prenda, 1 contrato de trabajo, 4 cheque, 1 plano, 1 escritura, 1 sobre cerrado indicando posiciones a absolver, 3 facturas. Laboral: 2 cheques, 1 libreta de tiempo semanal, 1 sobre copias de facturas varias del año 1979.

                                1 Paquete con 32 documentos: Civil 26 facturas, 1 recibo, 3 planos, 1 folio con preguntas, 1 sobre cerrado indicando posiciones a absolver del año 1980.

                                1 Paquete con 34 documentos: Civil 22 facturas, 1 sobre cerrado indicando posiciones a absolver, 4 recibos, 2 copias de oficio, 1 certificación notarial de prenda, 1 testimonio de escritura, 1 ejecutoria. Laboral: 1 libro, 1 folio con preguntas del año 1981.

                                1 Paquete con 4 documentos: Civil 2 cheques, 1 factura. Laboral: 1 sobre cerrado con interrogatorio del año 1982.

                                1 Paquete con 34 documentos: Civil 24 fotografías, 1 contrato de arrendamiento, 1 cheque, 1 escritura, 2 plano, 1 segregación, 2 factura, 1 copia certificada de oficio, 1 certificación del Archivo Nacional del año 1983.

                                1 Paquete con 5 documentos: Civil 2 microfilm de certificado de prenda, 1 folio con preguntas, 1 sobre cerrado indicando posiciones a absolver. Laboral: 1 libreta del año 1984.

                                1 Paquete con 41 documentos: Civil 2 certificación notarial, 3 recibo, 3 pagaré, 1 folio con preguntas, 1 certificado de prenda, 1 plano, 9 cartas de venta, 1 sobre cerrado oposiciones de absolver, 20 facturas, del año 1985.

                                1 Paquete con 15 documentos: Civil 7 pagaré, 6 certificado de prenda, 2 facturas, del año 1986.

                                1 Paquete con 12 documentos: 1 escritura por alquiler de finca, 1 pagaré, 2 certificación notarial, 1 certificado de prenda, 7 folios con facturas del año 1987.

                                1 Paquete con 13 documentos: Civil 2 cartas de venta, 4 certificados de prendas, 4 pagaré.

                                Laboral: 3 recibos de pago del año 1988.

                                1 Paquete con 15 documentos: Civil 3 certificación de prenda, 3 certificaciones de microfilm, 2 certificación notarial, 1 copia de pagaré, 1 certificación de registro público, 4 facturas, 1 sobre cerrado indicando posiciones a absolver del año 1989.

                                1 Paquete con 49 documentos: Civil 3 copias de documentos, 3 copias de depósitos, 4 copias de documentos, 7 certificaciones notariales, 2 oficios Municipalidad de Osa, 2 certificado de prenda, 28 folios de una certificación notarial del año 1990.

                                1 Paquete con 11 documentos: Civil 3 folios con facturas varias, 2 facturas, 1 folio con preguntas, 1 pagaré, 1 testimonio de escritura, 1 contrato, 1 copia de pagaré, 1 carta venta del año 1991.

                                1 Paquete con 21 documentos: Civil 2 pagaré, 1 copia de oficio, 1 copia de resolución, 1 copia de plano, 3 certificaciones hipotecarias, 1 letra de cambio, 1 contrato de trabajo, 8 hojas de cuaderno.

                                Laboral: 1 sobre con facturas varias, 1 oficio del INS, 1 póliza del año 1992.

                                1 Paquete con 65 documentos: Civil 2 certificado de prenda, 32 fotografías, 1 contrato de arrendamiento, 3 planos, 1 trozo de cable, 1 pagaré certificado, 1 pagaré, 2 letras de cambio, 1 sobre cerrado rotulado posiciones a absolver. Laboral: 1 renuncia, 20 colillas de pago del año 1993.

                                1 Paquete con 82 documentos: Civil 23 fotografías, 6 letras de cambio, 2 certificado de prenda, 20 recibos de luz, 1 plano, 1 certificación de cheque, 1 pagaré, 1 sobre con fotocopias de documentos varios, 1 constancia, 2 contratos de arrendamiento, 1 copia certificada de letra de cambio, 22 facturas. Laboral: 1 escrito del año 1994.

                                1 Paquete con 27 documentos: Civil 1 pagaré certificado, 13 recibos, 1 manifestación, 5 copias de recibos, 6 folios de copias certificadas, 1 letra de cambio del año 1995.

                                1 Paquete con 1 documento: Civil 1 testimonio de escritura del año 1996.

                                1 Paquete con 15 documentos: Civil 11 letras de cambio, 3 recibos de dinero, 1 sobre con facturas varias del año 1997.

                                1 Paquete con 15 documentos: Civil 8 letras de cambio, 2 cheques, 1 certificado de prenda, 4 pagaré del año 1998.

                                1 Paquete con 44 documentos: Civil 11 letras de cambio, 1 sobre cerrado indicando posiciones a absolver, 8 pagaré, 24 facturas del año 1999.

                                1 Paquete con 37 documentos: Civil 29 letras de cambio, 6 pagaré, 1 certificado de prenda, 1 factura del año 2000.

                                1 Paquete con 9 documentos: Civil 2 pagaré, 1 copias de facturas, 5 letras de cambio, 1 cheque del año 2001.

                                1 Paquete con 35 documentos: Civil 5 pagaré, 1 contrato de venta, 3 letras de cambio, 1 contrato de arrendamiento, 24 facturas. Laboral: 1 cuaderno del año 2002.

                                1 Paquete con 5 documentos: Civil 2 letras de cambio, 2 pagaré, 1 factura del año 2003.

                                1 Paquete con 19 documentos: Civil 9 letras de cambio, 1 arreglo extrajudicial, 3 pagaré, 2 certificaciones de microfilm, 2 letras de cambio, 2 cheques del año 2004.

                                1 Paquete con 3 documentos: Civil 1 pagaré, 2 letras de cambio del año 2005.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese por una vez en el Boletín Judicial.

San José, 26 de abril de 2019.

                                                             Lic. Wilbert Kidd Alvarado,

                                                                 Subdirector Ejecutivo a. i.

1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019341349 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Félix Ramón Mejía Guilmon, quien fue mayor, cédula de identidad 5-0213-0001, fallecido el 20/12/2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 19-000112-0942-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 19-000112-0942-LA. Por a favor de.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Laboral), 27 de marzo del 2019.—Licda. Maureen Vanessa Ortiz Cerdas, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341247 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Guillermo Salas Quesada cédula 9-0069-0294, quien fue mayor, divorciado y falleció el 29 de octubre de 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 19-000142-0775-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 19-000142-0775-LA. Establecido por Seidy María Vega Ortiz cédula 2-0652-0043 a favor de los menores Deiner Gabriel Salas Vega cédula 208940159 y Eimy Giuliana Salas Vega cédula 505270846.—Juzgado de Trabajo de Santa Cruz, 25 de abril del 2019.—Lic. Brenda Celina Calvo De La O., Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019341248 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Gilberto González Hernández, 0400880738, fallecido el 22 de febrero del 2018, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N° 19-000573-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 19-000573-0505-LA. Por a favor de Jorge Gilberto González Hernández.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 26 de marzo del 2019.—Licda. Brenda de Los Ángeles Vargas Quesada, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019341249 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Renan Francisco Brenes Ramírez 0302960030, fallecido el 27 de diciembre del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 19-000573-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 19-000573-0641-LA, a favor de Renan Francisco Brenes Ramírez. Promovido por Nuria María Redondo Rivera cédula de identidad número 3-0301-0162.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 24 de abril del 2019.—Licda. Kattia Sequeira Muñoz, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341250 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Bryan Jesús Vargas Ortiz, quien portó cédula de identidad 1-1507-0047, fallecido el 01 de febrero del 2017, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones, bajo el número 17-002453-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente 17-002453-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 24 de setiembre del 2018.—Licda. Jessica Cordero Azofeifa, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341251 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Julián Ernesto Barquero Espinoza, mayor, soltero, de nacionalidad costarricense, portador de la cédula de identidad número 2-0708-0558, quien laboraba como oficial de policía fronterizo para el Ministerio de Seguridad de Pública, y falleció el 16 de setiembre del año 2017, vecino de Upala, Aguas Claras, El Porvenir del puesto de la guardia, un kilómetro al peste, casa color lila, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones, bajo el número 18000120-1516-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 18-000120-1516-LA. a favor de Concepción Espinoza Ramos.—Juzgado Civil, Trabajo y de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Laboral), 9 de noviembre del año 2018.—Licda. Wendy María Barrantes Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019341252 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Paola María Madrigal Mora, 0114940421, fallecida el 11 de marzo del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 19-000085-1125-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Por a favor de Paola María Madrigal Mora. Expediente 19-000085-1125-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 08 de abril del año 2019.—Lic. Harold Rios Solórzano, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341253 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Didier Adán Martínez Vargas, cédula 1-0942-0458, quien era mayor, divorciado, vecino del Hoyón de Pérez Zeledón, laboraba en el beneficio de Coopeagri R. L, falleció el 19 de julio 2018. Se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones de trabajador fallecido bajo el número 19-000135-1125-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 19-000135-1125-LA. A favor de María Josefa Vargas Hernández y otro.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 29 de abril del 2019.—Lic. José Celso Fernández Delgado, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019341256 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Claudia Andrea Arauz Rueda, con cédula de identidad 8-0105-0717, fallecido el 07 de agosto del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 19-000254-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 19-000254-0643-LA. Por Luis Armando Marchena Villafuerte, cédula de identidad 5-0231-0681, a favor de Claudia Andrea Arauz Rueda, con cédula de identidad 8-0105-0717.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 25 de marzo del 2019.—Lic. Héctor Álvarez Jiménez, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019341257 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Henry Antonio Masís Valle, portador de la cédula de identidad 0702730635, fallecido el 15 de enero del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 19-000290-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Por Sur Química S.A. a favor de los causahabientes del fallecido Henry Antonio Masís Valle. Expediente 19-000290-0166-LA.—Juzgado de Trabajo Segundo Circuito Judicial San José, 28 de febrero del año 2019.—Lic. Alexander Contreras Barrantes, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341258 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Andrés Rodolfo Grant Mora, portador de la cédula de identidad 0111090886, fallecido el 26 de marzo del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el 19-000508-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente 19-000508-0166-LA. Por Grace Mora Acuña a favor de los causahabientes del fallecido Andrés Rodolfo Grant Mora, portador de la cédula de identidad 0111090886.—Juzgado de Trabajo Segundo Circuito Judicial San José, 01 de abril del 2019.—Lic. Alexánder Contreras Barrantes, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341259 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: José Enrique Fernández Alpízar, fallecido el 29 de setiembre del 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 19-000563-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 19-000563-0166-LA. Por a favor de José Enrique Fernández Alpízar.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 25 de abril del 2019.—Lic. Alexander Contreras Barrantes, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341261 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Martin Ramírez Martínez 0302170602, fallecido el 19 de marzo del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número 19-000590- 0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 19-000590-0641-LA. Por Blanca Azucena Sandoval Juárez a favor de Carlos Martín Ramírez Martínez.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 22 de abril del 2019.—Lic. Randall Briceño Solano, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341262 ).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Rafael Ángel Campos González, fallecido, quien fue mayor, soltero, con cédula de identidad N° 1-0429-0827, se les hace saber que Emilce González Arias y Marco Tulio Campos Navarro, se apersonaron en este despacho en calidad de padres de la persona fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho, en las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Rafael Ángel Campos González. Expediente N° 18-000440-1125-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Laboral), 8 de enero del 2019.—Lic. José Celso Fernández Delgado, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019341263 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Isaías López Rojas, 0601240045, fallecido el 28 de agosto del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 18-001213-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 18-001213-0643-LA. por Tannia Cristina López Corella a favor de Isaías López Rojas.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 20 de marzo del 2019.—Licda. Laura del Carmen Rodríguez Chavarría, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341264 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Víctor Emiliano Sequeira Villegas, cédula 0601760155, fallecido el 24/11/2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 18-001234-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 18-001234-0643-LA. Por a favor de Víctor Emiliano Sequeira Villegas.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 29 de abril del 2019.—Lic. Rúsbel Herrera Medina, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341265 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mario de los Ángeles Astúa Quirós 0601300137, fallecido el 03 de marzo del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el 19-000033-1085-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente 19-000033-1085-LA.—Juzgado Civil y Trabajo de Golfito (Materia Laboral), 20 de marzo del 2019.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341266 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del señor: Carlos Manuel Vargas Medina, cédula de identidad 5-344-117, fallecido el 03 de febrero del 2019, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 19-000078-0868-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 19-000078-0868-LA. Por a favor de.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Materia Laboral), 08 de abril del 2019.—Lic. Alberto Juárez Gutiérrez, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341267 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Virginia Del Carmen Castrillo Bolaños 0602020236, fallecida el 4 de marzo del 2019, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N° 19-000080-1549-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 19-000080-1549-LA, donde figura como gestionante la señora Katherine Johanna Ferman Castrillo, fallecida María Virginia Del Carmen Castrillo Bolaños.—Juzgado Contravencional de Siquirres, (Materia Laboral), 14 de marzo del 2019.—Msc. Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019341268 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Domingo Nájera Nájera 0601660219, fallecido el 15 de marzo del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 19-000116- 1549-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 19-000116-1549-LA. Por C.S.S. Securitas Internacional Costa Rica S. A. a favor de Domingo Najera Najera.—Juzgado Contravencional de Siquirres (Materia Laboral), 30 de abril del año 2019.—Msc. Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019341269 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Heinz Jurgen Husges, mayor, cédula de residencia: 127600022033, administrador, era vecino de Matapalo, Santa Cruz, fallecido el trece de junio del dos mil dieciocho, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 19-000148-0775-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 19-000148-0775-LA. Por Elvira Obando López a favor de Yuli Husges Obando.—Juzgado de Trabajo de Santa Cruz, 29 de abril del 2019.—Licda. Brenda Celina Calvo de La O, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341270 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Héctor Gómez Obando 0701210193, fallecido el veintitrés de diciembre del dos mil dieciocho, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el 19-000178-0679-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente 19-000178-0679-LA.—Juzgado de Trabajo Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 05 de marzo del 2019.—Lic. Francisco Gerardo Vargas Ramírez, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341271 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Cesar Alonso Ramírez Valerio, cédula 0401760444, quien fue mayor, casado, cédula de identidad 4-176-444, fallecido el 01 de marzo del 2019, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 19-000535-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 19-000535-0505-LA. Proceso de consignación de prestaciones de trabajador fallecido incoado por Evelyn Carmona Rojas, cédula de identidad 4-161-560, a favor de Cesar Alonso Ramírez Valerio.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 26 de marzo del 2019.—Msc. Mariel Rojas Sánchez, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341272 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Gilberto González Hernández 0400880738, fallecido el 22 de febrero del 2018, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N° 19-000573-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 19-000573-0505-LA. Por a favor de JORGE Gilberto González Hernández.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 26 de marzo del 2019.—Licda. Brenda De Los Ángeles Vargas Quesada, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019341273 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de César Augusto Fennis Wiegmans, mayor, soltero, cédula de identidad número 01-1412-0084, fallecido el 07 de enero del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número 19-000603-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 19-000603-0505-LA. Proceso de Consignación de Prestaciones promovido por Citi Business Services Costa Rica SRL, cédula jurídica N° 3102 516459 a favor de César Augusto Fennis Wiegmans.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 29 de marzo del 2019.—Msc. Mariel Rojas Sánchez, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341274 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Edwin Leitón Jiménez, mayor, divorciado, cédula de identidad 06-0083-0895, fallecido el 13 de agosto del año 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el 19-000642-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 19-000642-0505-LA. Proceso de consignación de prestaciones de trabajador fallecido promovido por Ramona Alicia Vargas Arce cédula de identidad 4-103-675 a favor de Edwin Leitón Jiménez.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 02 de abril del 2019.—Msc. Mariel Rojas Sánchez, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341275 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Guillermo Pacheco Ramírez, quien fue mayor, casado, pensionado, portó la cédula 1-0419-0754 y falleció el 25 de marzo de 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de aguinaldo proporcional 19-000900-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente 19-000900-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 02 de mayo del 2019.—Licda. Jesica Cordero Azofeifa, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341276 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Andrey Antonio Guzmán Mora, quien fue mayor, soltero, portó la cédula de identidad 1-1495-0172 y falleció el 05 de marzo de 2019, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consignación de Fondo de Capitalización Laboral N° 19-000932-0173-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 19-000932-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 3 de mayo del 2019.—Licda. Jesica Cordero Azofeifa, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019341277 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de seis millones ochocientos sesenta y cuatro mil novecientos veintinueve colones con veintisiete céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión boleta número 2016239700332; sáquese a remate el vehículo SSD284. Marca Kia. Estilo Rio. Categoría automóvil. Capacidad 05 personas. Año 2017. Color azul. VIN KNADN412BH6684655. Cilindrada 1396 c.c. Combustible gasolina. Motor G4FAGS007117. Para tal efecto se señalan las catorce horas y treinta minutos del diez de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del dieciocho de junio del dos mil diecinueve con la base de cinco millones ciento cuarenta y ocho mil seiscientos noventa y seis colones con noventa y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil diecinueve con la base de un millón setecientos dieciséis mil doscientos treinta y dos colones con treinta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Silvia Cristina Solano Cruz. Expediente 17-003904-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 10 de abril del 2019.—Licda. Kreysa Marín Mata, Jueza Decisora.—( IN2019343211 ).

En este Despacho, con una base de doscientos veintiún millones setecientos treinta y cuatro mil quinientos un colones con diez céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando citas: 361-05377-01-0858-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número cincuenta y nueve mil sesenta y tres, derecho cero cero cero, la cual es terreno para agricultura N.1-C-1. Situada en el distrito 2-Santa Cecilia, cantón 10-La Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Justina Sánchez Gallo; al sur, Justina Sánchez Gallo; al este, plaza de deportes; y al oeste, Inversiones Guanaranja Sociedad Anónima. Mide: sesenta y tres mil quinientos cuarenta y un metros con quince decímetros cuadrados. Plano: G-0013130-1975. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del dos de julio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del diez de julio del dos mil diecinueve con la base de ciento sesenta y seis millones trescientos mil ochocientos setenta y cinco colones con ochenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del dieciocho de julio del dos mil diecinueve con la base de cincuenta y cinco millones cuatrocientos treinta y tres mil seiscientos veinticinco colones con veintiocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Agropecuaria La Carreta S. A. y Julio César Salas Villegas. Expediente 18-003958-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 29 de abril del 2019.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez Decisor.—( IN2019343212 ).

En este Despacho, con una base de seis millones seiscientos cincuenta y seis mil noventa y dos colones con setenta y seis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref:2336-219-002 con las citas 319-15958-01-0902-011 y reservas y restricciones con las citas 319-15958-01-0903-002; sáquese a remate la finca del partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintitrés mil quinientos sesenta y tres-cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Cariari, cantón Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, lote cinco; al sur, lote cuatro; al este, calle pública con 7,50 metros; y al oeste, Cruji Desarrollo Habitacional S.A. Mide: ciento cincuenta y siete metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos del doce de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del veinte de junio del dos mil diecinueve con la base de cuatro millones novecientos noventa y dos mil sesenta y nueve colones con cincuenta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiocho de junio de dos mil diecinueve con la base de un millón seiscientos sesenta y cuatro mil veintitrés colones con diecinueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jacqueline Mejía Rodríguez. Expediente 10-000120-0370-CI.—Juzgado de Cobro de Heredia, 04 de diciembre del 2018.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez Tramitador.—( IN2019343215 ).

En este Despacho, con el fin de llevar a cabo el remate que interesa se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de julio del dos mil diecinueve, para el primer remate de la siguiente manera: 1) Con una base de ciento noventa y cinco mil cuatrocientos dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 382-13164-01-0930-001; sáquese a remate la finca del Partido de Heredia, matrícula número 189485, derecho 000, la cual es terreno para construir bloque A lote 4 A. Situada en el distrito San Vicente, cantón Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 3 A; al sur, lote 5 A; al este, calle pública con 8.86 metros; y al oeste, Inmobiliaria Los Arce S R L. Mide: ciento ochenta y ocho metros con catorce decímetros cuadrados. 2) Con una base de ciento noventa y cinco mil trescientos dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 382-13164-01-0930-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 189486, derecho 000, la cual es terreno para construir bloque A lote 5 A. Situada en el distrito San Vicente, cantón Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 4 A; al sur, lote 6 A; al este, calle pública con 8.86 metros; y al oeste, Inmobiliaria Los Arce S R L. Mide: ciento ochenta y siete metros con noventa y seis decímetros cuadrados. 3) Con una base de ciento noventa y cinco mil trescientos dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 382-13164-01-0930-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 189487, derecho 000, la cual es terreno para construir bloque A lote 6 A. Situada en el distrito San Vicente, cantón Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 5 A; al sur, lote 7 A; al este, calle pública con 8.86 metros; y al oeste, Inmobiliaria Los Arce S R L. Mide: ciento ochenta y siete metros con setenta y nueve decímetros cuadrados. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del ocho de agosto del dos mil diecinueve, 1) La finca del partido de Heredia, matrícula 189485-000, con la base de ciento cuarenta y seis mil quinientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original). 2) La finca del Partido de Heredia, matrícula 189486-000, con la base de ciento cuarenta y seis mil cuatrocientos setenta y cinco dólares exactos (75% de la base original). 3) La finca del partido de Heredia, matrícula 189487-000, con la base de ciento cuarenta y seis mil cuatrocientos setenta y cinco dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de agosto del dos mil diecinueve, 1) La finca del Partido de Heredia, matrícula 189485-000,con la base de cuarenta y ocho mil ochocientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). 2) La finca del partido de Heredia, matrícula 198486-000, con la base de cuarenta y ocho mil ochocientos veinticinco dólares exactos (un 25% de la base original). 3) La finca del Partido de Heredia, matrícula 186487-000, con la base de cuarenta y ocho mil ochocientos veinticinco dólares exactos (un 25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra 3-101-538990 S. A., 3-101-538993 S. A., 3-101-538994 S. A., Giuseppe Pesenti, Grupo Giupe S. A. Expediente 17-007541-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 22 de abril del 2019.—Licda. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—( IN2019343216 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y tres millones trescientos sesenta mil novecientos ochenta y nueve colones con treinta y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 343-14574-01-0900-001; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula número 316287-000, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito 06-San Francisco de Dos Ríos, cantón 01-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Río Tiribí; al este, lote 222; y al oeste, Servid S. A. Residencial S Francisco. Mide: doscientos dieciocho metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las 11:30 horas del 09/09/2019. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las 11:30 horas del 17/09/2019 con la base de cuarenta millones veinte mil setecientos cuarenta y dos colones con un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las 11:30 horas del 25/09/2019 con la base de trece millones trescientos cuarenta mil doscientos cuarenta y siete colones con treinta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Servidores Públicos R.L. contra María Lorena Pringle Ulate. Expediente 18-016754-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primero Circuito Judicial de San José, 17 de diciembre del 2018.—Licda. Paula Morales González, Jueza Decisora.—( IN2019343221 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete millones treinta mil novecientos treinta y siete colones con cuarenta y nueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 303-06517-01-0942-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 573-21773-01-0001-001; en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 667001-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 3-Daniel Flores, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 11.26 metros de frente; al sur, Evelina Campos Cedeño; al este, Morales y Ramírez S. A.; y al oeste, Morales y Ramírez S. A. Mide: Cuatrocientos Metros Cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de agosto del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del dos de setiembre del dos mil diecinueve con la base de doce millones setecientos setenta y tres mil doscientos tres colones con doce céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del diez de setiembre del dos mil diecinueve con la base de cuatro millones doscientos cincuenta y siete mil setecientos treinta y cuatro colones con treinta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Servidores Públicos R.L. contra Mauricio José Ugalde Fallas, Mónica Ramírez Barboza. Expediente 18-002970-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 03 de abril del 2019.—Licda. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—( IN2019343223 ).

En este Despacho, con una base de siete millones cincuenta y tres mil ochocientos noventa y un colones con noventa y tres céntimos, soportando hipoteca de Primer grado citas: 528-11603-01-0002-001, sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento sesenta y siete mil ciento setenta y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir bloque c, lote 13 con una casa de habitación. Situada en el distrito San Francisco, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lotes 26 C y 25 C; al este, lote 14 C y al oeste, lote 12 C. Mide: ciento sesenta y cuatro metros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de julio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del uno de agosto de dos mil diecinueve con la base de cinco millones doscientos noventa mil cuatrocientos dieciocho colones con noventa y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del nueve de agosto de dos mil diecinueve con la base de un millón setecientos sesenta y tres mil cuatrocientos setenta y dos colones con noventa y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jorge Eduardo Villalta Hernández, Sistemain Sistemas Inteligentes S. A. Exp: 18-007128-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 10 de abril del 2019.—Licda. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—( IN2019343248 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 276808-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Mercedes, cantón 15 Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte, José María Cañas Álvarez; al sur, calle pública con 10m; al este, Rafael Cañas Álvarez; y al oeste, lote 3. Mide: trescientos setenta y siete metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y quince minutos del veintiocho de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y quince minutos del ocho de julio del dos mil diecinueve con la base de treinta y siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y quince minutos del dieciséis de julio del dos mil diecinueve con la base de doce millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Erick David Sibaja Eduarte. Expediente 17-001585-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 10 de abril del 2019.—Licda. Zary Navarro Zamora, Jueza Tramitadora.—( IN2019343261 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho millones cuatrocientos cuarenta y un mil cuatrocientos veintidós colones con veintitrés céntimos, soportando cédulas hipotecarias citas: 2012-26344-01-0007-001; sáquese a remate la finca del Partido de Guanacaste, matrícula número 64303-F-000. Que se describe así: Naturaleza: Finca filial primaria individualizada número treinta y siete apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos situada en el distrito 05 Sámara, cantón 02 Nicoya de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, finca filial treinta y seis; sur, filial treinta y ocho, este, calle de acceso, oeste, Pedro Villareal Villareal. Mide: Ciento cincuenta y un metros, cuadrados. Plano: G-1197811-2008. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de mayo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del cinco de junio de dos mil diecinueve con la base de trece millones ochocientos treinta y un mil sesenta y seis colones con sesenta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del trece de junio de dos mil diecinueve con la base de cuatro millones seiscientos diez mil trescientos cincuenta y cinco colones con cincuenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio de Fincas Filiales Primarias Individualizadas Panamá Samara contra Constructora Patriali S.A. Exp. N° 18-000558-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial Guanacaste, Santa Cruz, 26 de marzo del año 2019.—Licda. Tatiana Chaves Sánchez, Jueza Tramitadora.—( IN2019343278 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete millones novecientos veintitrés mil quinientos cuarenta y tres colones con sesenta y nueve céntimos, soportando cédulas hipotecarias citas 2011-337611-01-0004-001 y reserva de prioridad citas 2016-513254-001, sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 64284-F-000. Que se describe así: naturaleza: finca filial primaria individualizada número dieciocho apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 5-Samara, cantón 2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, calle de acceso; al sur, Fincas Filiales Cinco y Cuatro; al este, Finca Filial Diecinueve; y al oeste, Filial Diecisiete. Mide: ciento ochenta y nueve metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Plano: G-1206332-2008. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de mayo del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de junio del dos mil diecinueve con la base de trece millones cuatrocientos cuarenta y dos mil seiscientos cincuenta y siete colones con setenta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del trece de junio del dos mil diecinueve con la base de cuatro millones cuatrocientos ochenta mil ochocientos ochenta y cinco colones con noventa y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio de Fincas Filiales Primarias Individualizadas Panamá Samara contra Constructora Patriali S. A. Expediente 18-000631-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial Guanacaste (Santa Cruz), 26 de marzo del 2019.—Licda. Tatiana Chaves Sánchez, Jueza Tramitadora.—( IN2019343280 ).

En este Despacho, sáquese a remate, libre de gravámenes y anotaciones, dos fincas que a continuación se describirán, y cada una con una base de dos millones trescientos mil colones exactos: 1) la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 083382 derecho cero cero cero, la cual es lote 2 terreno para construir situada en el distrito 01-Cañas cantón 06-Cañas de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Antonio Lara Herrera, sur, calle pública con 13,04 metros, este, José Ángel Mora Carmona, oeste, José Ángel Mora Carmona. Mide: trescientos cincuenta y dos metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Plano: G-0121583-1993. 2) finca del partido de Guanacaste matrícula número 064671, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con 1 casa situada en el distrito 01-Cañas cantón 06-Cañas de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública con 9m 20cm y otros, sur, José Ángel Mora Carmona, este, José Ángel Mora Carmona, oeste, José Ángel Mora Carmona. Mide: mil cuatrocientos cincuenta y cinco metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Plano: G-0802712-1989. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del dos de julio del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate para ambas fincas se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del diez de julio del año dos mil diecinueve con la base cada una de un millón setecientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate para ambas fincas se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de julio del año dos mil diecinueve con la base cada una de quinientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución Ley Cobro Judicial de Municipalidad de Cañas contra VICESA de Cañas S.A. Exp: 16-000480-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 30 de abril del 2019.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2019343324 ).

En este Despacho, con una base de ciento ochenta y siete millones colones exactos sáquese a remate: 1) Libre de gravámenes hipotecarios, inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 154437-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito: 01-Paraíso, cantón: 02-Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, María Cristina Quesada Moya, Lidia Granados Quirós y María Cristina Canales Canales todos en parte; al sur, Rodrigo Bonilla Sojo, Claudia Brenes Brenes y Carlos Madriz Quirós todos en parte; al este, Arnoldo Madriz Quirós; y al oeste, calle pública con 4 metros 13 centímetros y María Cristina Canales Canales. Mide: trescientos catorce metros con treinta y dos centímetros cuadrados. 2) Libre de gravámenes hipotecarios, inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 146420-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito: 01-Paraíso, cantón: 02-Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, María Cristina Quesada Moya; al sur, Jorge Arturo Sanabria Canales con 23 metros 10 centímetros; al este, Jorge Arturo Sanabria Canales; y al oeste, calle pública con 13 metros 94 centímetros. mide: doscientos ochenta y siete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinte de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil diecinueve, con la base de ciento cuarenta millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del ocho de julio del dos mil diecinueve, con la base de cuarenta y seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Jorge Arturo de Los Ángeles Sanabria Canales, Maritza del Rescate Sánchez Meoño. Expediente 16-004409-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 07 de mayo del 2019.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2019343328 ).

En este Despacho, con una base de quince millones trescientos ochenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 382- 03543-01-0825-004; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 138465-000, derecho 000, la cual es terreno lote 4-terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 02-San Diego, cantón 03-La Unión de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 3 del Banco Anglo Costarricense; al sur, lote 5 del Banco Anglo Costarricense; al este, vía pública y al oeste, lote 40 del Banco Anglo Costarricense. Mide: noventa metros cuadrados. Plano C-895761 metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del diez de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del dieciocho de junio de dos mil diecinueve con la base de once millones quinientos treinta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiséis de junio de dos mil diecinueve con la base de tres millones ochocientos cuarenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Ana Lorena de Praga Garita Fallas. Exp:18-001285-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 09 de mayo del 2019.—Lic. Gerardo Monge Blanco, Juez Decisor.—( IN2019343329 ).

En este Despacho, con una base de doce millones ochocientos cincuenta y seis mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento treinta y ocho mil seiscientos treinta y siete, derecho cero cero cero, la cual es terreno de pasto para construir. Situada en el distrito: 01-Guácimo, cantón: 06-Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Marta Eugenia Sánchez Madrigal; al este, Agropecuaria La Verita S.A.; y al oeste, Marta Eugenia Sánchez Madrigal. Mide: doscientos veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del diez de julio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del dieciocho de julio del dos mil diecinueve, con la base de nueve millones seiscientos cuarenta y dos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintiséis de julio del dos mil diecinueve, con la base de tres millones doscientos catorce mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Kerry Giovanna Fernández Soto. Expediente N° 17-003622-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 09 de mayo del 2019.—Lic. Luis Gabriel Quirós Soto, Juez Decisor.—( IN2019343330 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones novecientos diez mil setecientos veinte colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BPV783. Marca: Hyundai. Estilo: Accent GLS. Categoría: automóvil. Capacidad: 5. Serie: KMHCT4AEXEU773222. Peso vacío: Accent GLS. Carrocería: sedan 4 puertas. Combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas y quince minutos del cuatro de julio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y quince minutos del doce de julio del dos mil diecinueve con la base de cuatro millones cuatrocientos treinta y tres mil cuarenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las 11:15 22 con la base de un millón cuatrocientos setenta y siete mil seiscientos ochenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Miguel Alfonso de Sa Rodríguez Lizano contra Evelyn Vanessa Rodríguez Rodríguez. Expediente 18-011779-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 03 de mayo del 2019.—Lic. Mauricio Hidalgo Hernández, Juez Decisor.—( IN2019343364 ).

En este Despacho, con una base de trece millones doscientos cuarenta y nueve mil trescientos sesenta y seis colones con veintiocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número setenta y dos mil doscientos setenta y ocho, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Puntarenas, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, dest. alameda con 17m. 26 cm.; al sur, lote 27; al este, calle pública con 12m. 62 cm. y al oeste, lote 45. Mide: doscientos treinta y tres metros con ochenta y ocho decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y quince minutos del veintiocho de agosto de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y quince minutos del cinco de setiembre de dos mil diecinueve con la base de nueve millones novecientos treinta y siete mil veinticuatro colones con setenta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y quince minutos del trece de setiembre de dos mil diecinueve con la base de tres millones trescientos doce mil trescientos cuarenta y un colones con cincuenta y siete céntimos (25% de la base original) 2- Con una base de nueve millones ochocientos treinta y tres mil ciento cincuenta y tres colones con treinta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número setenta y seis mil ciento noventa y siete, derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Puntarenas, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, servidumbre y lote 8; al sur, lote 8; al este, Sandra y Ana Rosa Vargas y al oeste, lote 9. Mide: ciento cincuenta y dos metros con cuarenta y ocho decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y quince minutos del veintiocho de agosto de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y quince minutos del cinco de setiembre de dos mil diecinueve con la base de siete millones trescientos setenta y cuatro mil ochocientos sesenta y cinco colones con tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y quince minutos del trece de setiembre de dos mil diecinueve con la base de dos millones cuatrocientos cincuenta y ocho mil doscientos ochenta y ocho colones con treinta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Real Day S. A., Victoria Alejandra Cedeño Sequeira. Exp.: 18-001844-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 13 de mayo del 2019.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez Decisor.—( IN2019343382 ).

En este Despacho, con una base de doscientos treinta y seis mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Servid Localiz. Ref: 2616/257/002 citas: 324-14904-01-0901-001; sáquese a remate la Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 62693-F-000 la cual es terreno finca filial número tres vivienda tipo A de dos niveles primero y segundo destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 03-Pozos, cantón 09-Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial número dos; al sur, finca filial número cuatro; al este, acceso vehicular y peatonal; y al oeste, finca filial número trece. Mide: doscientos setenta y ocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del veintisiete de junio del dos mil diecinueve con la base de ciento setenta y siete mil dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de julio del dos mil diecinueve con la base de cincuenta y nueve mil dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de contra 3101474291 Sociedad Anónima, Carlos Villanueva Martínez. Expediente 18-000866-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 29 de abril del 2019.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2019343383 ).

En este Despacho, con una base de tres mil ochenta dólares con ochenta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BFK703, marca Nissan, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2014, color gris, vin 3N1CC1AD4ZK253794, cilindrada 1598 cc. Para tal efecto se señalan las quince horas y treinta minutos del diecinueve de junio de dos mil diecinueve (3:30 p.m. // 19/06/2019). De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta minutos del veintisiete de junio de dos mil diecinueve (3:30 pm // 27/06/2019) con la base de dos mil trescientos diez dólares con sesenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y treinta minutos del cinco de julio de dos mil diecinueve (3:30 p.m. // 05/07/2019) con la base de setecientos setenta dólares con veintidós centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Bac San José Sociedad Anónima contra María Elena Fallas Godínez, expediente 17-018222-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 03 de mayo del 2019.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2019343384 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 0302-00004979-01-0901-001, servidumbre de paso citas: 0575-00038036-01-0005-001, servidumbre de paso citas: 2009-00026566-01-0026-001, servidumbre de paso citas: 2009-00026566-01-0026-001, servidumbre de paso citas: 2009-00026566-01-0106-001, servidumbre de paso citas: 2009-00026566-01-0106-001, servidumbre de paso citas: 2009-00026566-01-0136-001, servidumbre de paso citas: 2009-00026566-01-0136-001, servidumbre de paso citas: 2009-00026566-01-0234-001, servidumbre de paso citas: 2009-00026566-01-0234-001, servidumbre de paso citas: 2009-00026566-01-0273-001, servidumbre de paso citas: 2009-00026566-01-0273-001, servidumbre de paso citas: 2009-00282255-01-0001-001, servidumbre de paso citas: 2011-00105890-01-0006-001; a las once horas cero minutos del dieciséis de septiembre del dos mil diecinueve, y con la base de ciento treinta y dos mil cuarenta y nueve dólares con setenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y nueve mil seiscientos sesenta y ocho cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa de habitación destinada a vivienda. Situada en el distrito 11 Cóbano, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, José Pablo Porras Ramírez; al sur, servidumbre agrícola con frente de 37,62 metros lineales; al este, calle pública con frente de 52,88 metros lineales; y al oeste, José Pablo Porras Ramírez. Mide: mil ochocientos noventa y tres metros con cero decímetros cuadrados. y con la base de ciento cincuenta y siete mil doscientos setenta y siete dólares con cincuenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 2) Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y nueve mil seiscientos sesenta y siete cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 11 Cóbano, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Montain and Ocean S. A.; al sur, José Pablo Porras Ramírez; al este, Montain and Ocean S. A. y calle pública con frente de 12.25 metros lineales; y al oeste, Montain and Ocean S. A. Mide: mil novecientos sesenta y seis metros con cero decímetros cuadrados. y con la base de cuarenta mil ochocientos setenta y nueve dólares con sesenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 3) Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y nueve mil seiscientos sesenta y nueve cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 11 Cóbano, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, José Pablo Porras Ramírez; al sur, Servidumbre agrícola con frente de 26,50 metros lineales; al este, servidumbre de paso con frente de 3,00 metros lineales y José Pablo Porras Ramírez; y al oeste, Montain and Ocean S. A. Mide: mil diez metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas cero minutos del veinticuatro de septiembre del dos mil diecinueve, con la base de la primer finca noventa y nueve mil treinta y siete dólares con veintiocho céntimos, la segunda finca con la base de ciento diecisiete mil novecientos cincuenta y ocho dólares con trece centavos y la tercer finca con la base de treinta mil seiscientos cincuenta y nueve dólares con setenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas cero minutos del dos de octubre del dos mil diecinueve con la base de la primer finca treinta y tres mil doce dólares con cuarenta y tres centavos, la segunda finca con la base de treinta y nueve mil trescientos diecinueve dólares con treinta y siete centavos y la tercer finca con la base de diez mil doscientos diecinueve dólares con noventa centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución de Banco de Costa Rica contra José Pablo Porras Ramírez, Laura Margarita Sandoval Víquez. Expediente 14-000500-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 08 de mayo del 2019.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2019343385 ).

En este Despacho, con una base de quince millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento noventa y ocho mil ochocientos noventa y uno, derecho cero cero cero, la cual es terreno de pastos y agricultura. Situada en el distrito 07 Guacimal, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, María Teresa León Arguedas y Marta Loría Sánchez; al sur, calle pública de veinte metros y sesenta y cinco centímetros lineales; al este, resto reservado y al oeste, resto reservado. Mide: dos mil quinientos setenta y nueve metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del siete de agosto de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del dieciséis de agosto de dos mil diecinueve con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiséis de agosto de dos mil diecinueve con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Carlos Luis del Carmen León Arguedas. Expediente 18-003002-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 08 de abril del 2019.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez Decisor.—( IN2019343386 ).

En este Despacho, con una base de diecinueve millones quinientos ochenta y seis mil novecientos diecisiete colones con veintidós céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento siete mil setecientos cuarenta y nueve, derecho 000, la cual es terreno con un local comercial. Situada en el distrito Primero Las Juntas, cantón Sétimo Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con frente de diez metros y veintinueve centímetros lineales; al sur, Blanca Bogantes Mata; al este, calle pública con un frente de veintiocho metros con doce centímetros lineales; y al oeste, Asociación Bogantes Castro. Mide: trescientos sesenta y dos metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Plano: G-0580183-1985. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintisiete de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del cinco de julio del dos mil diecinueve con la base de catorce millones seiscientos noventa mil ciento ochenta y siete colones con noventa y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del quince de julio del dos mil diecinueve con la base de cuatro millones ochocientos noventa y seis mil setecientos veintinueve colones con treinta y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución Ley Cobro Judicial de Banco Nacional de Costa Rica contra Floribeth de Los Ángeles Martínez Gutiérrez. Expediente 16-000701-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 03 de abril del 2019.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez Decisor.—( IN2019343393 ).

En este Despacho, con una base de sesenta y seis mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número cuatrocientos ochenta mil seiscientos setenta y cuatro, derecho 000, la cual es terreno de patio con una casa mixta. Situada en el distrito Brasil, cantón Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Flora Castillo Villalobos; al sur, calle pública con frente de 16 metros; al este, Flora Castillo Villalobos; y al oeste, Jorge Luis Mata Solórzano. Mide: cuatrocientos setenta y seis metros con ochenta y tres decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del ocho de julio del dos mil diecinueve con la base de cuarenta y nueve mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de julio del dos mil diecinueve con la base de dieciséis mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cielos Tres Veinte S. A. contra Anabelle Castillo Villalobos. Expediente 18-018133-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 07 de marzo del 2019.—Lic. Henry Steven Sanarrusia Gómez, Juez Decisor.—( IN2019343404 ).

En este Despacho, con una base de treinta y cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula número ciento ochenta y nueve mil ciento setenta y siete, derecho 000, la cual es terreno con un edificio. Situada en el distrito San Francisco De Dos Ríos, cantón San José de la provincia de San José. Colinda: al norte, Ligia Rivera C.; al sur, Blavea Isabel Zelaya Irias; al este, carret. de S. Fco. 2 Ríos, Zapote 12 m. 50 c.; y al oeste, Adelia María Ruiz Calderón. Mide: doscientos setenta y cinco metros con cuarenta y tres decímetros metros cuadrados. Para tal efecto se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintisiete de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del cinco de julio de dos mil diecinueve, con la base de veintiséis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del quince de julio de dos mil diecinueve, con la base de ocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rafael Ángel Arguedas Montero contra Propiedades El Brinco De León Rojo Sociedad Anónima. Expediente: 18-006930-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 20 de diciembre del 2018.—MSc. Gabriela Chaves Villalobos, Jueza Tramitadora.—( IN2019343405 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de quince millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número quinientos sesenta mil seiscientos noventa y cuatro, derecho 000, la cual es terreno. Situada en el distrito, cantón, de la provincia de San José. La cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 10-Damas, cantón 03-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Cecilia Córdoba Loría; al sur, Orlando Córdoba Loría; al este, calle pública y al oeste, Orlando Córdoba Loría. Mide: ciento veintidós metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del doce de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de junio de dos mil diecinueve con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de junio de dos mil diecinueve con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Santobru Sociedad Anónima, Miguel Ángel León Valerio contra Ruth Guillén Valverde. Expediente 17-008919-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 22 de enero del 2019.—Licda. Liseth Delgado Chavarría, Jueza Decisora.—( IN2019343403 ).

En este Despacho, con una base de tres millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones bajo las citas 299-11729-01-0801-001, servidumbre de aguas pluviales bajo las citas 489-04035-01-0012-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número noventa y seis mil cuatrocientos sesenta y uno, derecho cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno lote 14, bloque E terreno para construir. Situada en el distrito 05 Cariari, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, avenida; al sur, lote 13 E; al este, lote 15 E y al oeste, calle. Mide: ciento sesenta y cuatro metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados metros cuadrados, plano L-706556-2001. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veintisiete de junio de dos mil diecinueve con la base de dos millones seiscientos seis mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de julio de dos mil diecinueve con la base de ochocientos sesenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Heiner Mora Ortega, María José García Pérez. Exp:16-001455-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 01 de abril del 2019.—Licda. Hazel Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2019343407 ).

En este Despacho, con una base de diez mil ciento cincuenta y dos dólares con cuarenta y dos centavos, libre de gravámenes, pero soportando colisiones 18-000773-0174-TR 2017313600622; sáquese a remate el vehículo BMC233, marca: Hyundai, categoría: Automóvil, tracción: 4x2, número chasis: MALA851CAGM331045, carrocería Sedan 4 Puertas Hatchback, año fabricación: 2016, color negro, motor G4LAFM786819. Para tal efecto se señalan las catorce horas y cero minutos del dos de julio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del diez de julio del año dos mil diecinueve con la base de siete mil seiscientos catorce dólares con treinta y dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciocho de julio del dos mil diecinueve con la base de dos mil quinientos treinta y ocho dólares con once centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de CrediQ Inversiones CR S.A. contra Ingrid María Abbott Bokan. Exp. N° 18-005331-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur, Pérez Zeledón, 28 de febrero del año 2019.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza Tramitadora.—( IN2019343411 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis mil seiscientos cincuenta y tres dólares con veinticuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BNN549. Marca: Hyundai. Estilo: Grand I10 GLS. Categoría: automóvil. Capacidad: 5 personas. Serie: MALA841CAHM239734. Carrocería: sedan 4 puertas. Tracción: 4X2. Color: azul. Para tal efecto se señalan las 11:00 horas del 05/11/2019. de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las 11:00 horas del 13/11/2019 con la base de doce mil cuatrocientos ochenta y nueve dólares con noventa y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las 11:00 horas del 21/11/2019 con la base de cuatro mil ciento sesenta y tres dólares con treinta y un centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Minor Antonio Alvarado Obando. Expediente 19-001510-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 18 de marzo del 2019.—Licda. Paula Morales González, Jueza Decisora.—( IN2019343412 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete mil cuatrocientos ochenta y tres dólares con setenta y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BNX653, marca: Chevrolet, categoría: automóvil; carrocería: sedán 4 puertas hatchback; tracción: 4x2; chasís: KL1CM6CA5JC400619; estilo: Spark LTZ; capacidad: 5 personas; año: 2018, color: rojo; número motor: LV7171500575; cilindrada: 1400 c.c.; cilindros: 04; combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del veintisiete de junio de dos mil diecinueve con la base de trece mil ciento doce dólares con ochenta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del cinco de julio de dos mil diecinueve con la base de cuatro mil trescientos setenta dólares con noventa y tres centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Jossie Alberto Luna Ramírez, expediente 19-001513-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San Jose, 06 de febrero del 2019.—Fernando Martínez Garbanzo, Juez Decisor.—( IN2019343413 ).

En este Despacho, con una base de doce mil doscientos cincuenta y cuatro dólares con sesenta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BMN469, marca Chevrolet, estilo Spark Classic LTZ, categoría automóvil, capacidad 5 personas, serie MA6CH6CD5HT000027, año 2017, Sedan 4 puertas, color negro. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del veinticinco de junio del dos mil diecinueve, con la base de nueve mil ciento noventa y un dólares con un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del tres de julio del dos mil diecinueve, con la base de tres mil sesenta y tres dólares con sesenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Crediq Inversiones CR S. A., contra Jhonson Mora Montero. Expediente: 18-008047-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 13 de marzo del 2019.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2019343414 ).

En este Despacho, con una base de tres mil cuatrocientos setenta y un dólares con setenta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: 768055, marca: Hyunday, estilo: Accent GLS, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2009, color: beige, cilindrada: 1400 c.c., VIN: KMHCN41P9U282632, combustible: gasolina, número de motor: G4EE8118136. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del ocho de octubre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del dieciséis de octubre del dos mil diecinueve con la base de dos mil seiscientos tres dólares con ochenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del veinticuatro de octubre del dos mil diecinueve con la base de ochocientos sesenta y siete dólares con noventa y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa Sociedad Anónima contra Jackson Moreno Nieves. Expediente 19-001524-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 08 de febrero del 2019.—Lic. Verny Arias Vega, Juez.—( IN2019343415 ).

En este Despacho, con una base de cinco mil doscientos cincuenta y tres dólares con treinta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BJY364, marca: Hyundai, estilo: Grand I10, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2016, color: gris, VIN: MALA851CBGM330673, cilindrada:1200 c.c. Para tal efecto se señalan las once horas y treinta minutos del seis de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y treinta minutos del dieciocho de junio de dos mil diecinueve, con la base de tres mil novecientos cuarenta dólares con cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y treinta minutos del veintiséis de junio de dos mil diecinueve, con la base de mil trescientos trece dólares con treinta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S.A. contra Yerlin María Álvarez Monge. Expediente: 19-002196-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de febrero del 2019.—Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez Decisor.—( IN2019343416 ).

En este Despacho, con una base de catorce mil ciento ochenta y un dólares con diecinueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BHC199, marca: Kia, estilo: Sorento, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, año fabricación: 2015, color: plateado, cilindrada: 2359 c.c, combustible: gasolina, vin: KNAKU811DF5575233, N. motor: G4KEEH710244. Para tal efecto se señalan las once horas y treinta minutos del trece de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y treinta minutos del veinticuatro de junio de dos mil diecinueve con la base de diez mil seiscientos treinta y cinco dólares con ochenta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y treinta minutos del dos de julio de dos mil diecinueve con la base de tres mil quinientos cuarenta y cinco dólares con veintinueve centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Albin Antonio Charpentier Guevara, expediente 18-012495-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 05 de febrero del 2019.—Lic. Henry Steven Sanarrusia Gómez, Juez Decisor.—( IN2019343417 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho mil ciento quince dólares con veintiocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BNQ299, marca: Peugeot, estilo: 301, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2017, color: gris, Vin: VF3DDHMZ6JJ505885, cilindrada: 1199 c.c. Para tal efecto se señalan las catorce horas y treinta minutos del cinco de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del trece de junio del dos mil diecinueve con la base de trece mil quinientos ochenta y seis dólares con cuarenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de junio del dos mil diecinueve con la base de cuatro mil quinientos veintiocho dólares con ochenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Ana Ivonne de Jesús García García. Expediente 19-001370-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 12 de febrero del 2019.—Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez Decisor.—( IN2019343418 ).

En este Despacho, con una base de veintiún millones seiscientos sesenta mil colones exactos, soportando servidumbre sirviente, bajo las citas 394-03826-01-0005-001 e hipoteca de primer grado, bajo las citas 2013-42340- 01-0011-001 a favor del Banco de Costa Rica, sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula N° 502.849-000, la cual es terreno para construir con local comercial. Situada en el distrito 1-Quesada, canton 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Fantasía Mágica Decon S. A.; sur, calle pública con un frente a ella de catorce metros cuarenta y nueve centímetros; este, Julio Gómez Hidalgo; oeste, Gustavo Gómez Soto. Mide: ciento treinta y cinco metros cuadrados. Plano: A-1594026-2012. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del diez de junio del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del dieciocho de junio del dos mil diecinueve, con la base de dieciséis millones doscientos cuarenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil diecinueve, con la base de cinco millones cuatrocientos quince mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Alterra S. A. contra Ana Isabel Quesada Campos, Panaderías y Reposterías las Sancarleñas S. A. Expediente: 18-004432-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 3 de abril del 2019.—Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2019343462 ).

En este Despacho, con una base de siete millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 302-05684-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 232788 derecho 001 y 002, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito 01 San Ignacio, cantón 12 Acosta, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle a Los Pozos; al sur, Herminio Durán Monge con 8.36 metros; al este, Herminio Durán Monge; al oeste, Belén Ramírez; noreste, calle pública, noroeste, Belén Hernández Ramírez; sureste, Ricardo Piedra, suroeste, María Eugenia Campos Abarca. Mide: Doscientos sesenta y dos metros con siete decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y treinta minutos del veinticinco de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y treinta minutos del tres de julio de dos mil diecinueve con la base de cinco millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y treinta minutos del once de julio de dos mil diecinueve con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cerro La Rosa Veintiséis D Sociedad Anónima contra Johanna María Sánchez Campos, José Fernando Sánchez Campos. Exp. N° 18-021987-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 12 de febrero del año 2019.—Licda. María Del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—( IN2019343466 ).

En este Despacho, con una base de un millón doscientos sesenta y cinco mil ciento sesenta y tres colones con sesenta y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número quinientos cincuenta y cuatro mil trescientos once, derecho cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito uno, San Isidro de El General, cantón diecinueve, Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, resto de Alvardo Sandí Sandí; al sur, resto de Alvardo Sandí Sandí; al este, resto de Alvardo Sandí Sandí y al oeste, servidumbre de paso de 05,00 metros de ancho. Mide: doscientos setenta y dos metros con setenta y un decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del seis de junio del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del catorce de junio del año dos mil diecinueve con la base de novecientos cuarenta y ocho mil ochocientos setenta y dos colones con setenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del veinticuatro de junio del año dos mil diecinueve con la base de trescientos dieciséis mil doscientos noventa colones con noventa y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra María de los Ángeles Ceciliano Chacón, Walter Emilio Corrales Blanco. Exp.: 18-015752-1157-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 29 de abril del 2019.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2019343469 ).

En este Despacho, con una base de tres millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 622023-000, la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito San Gabriel, cantón Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 17,15 metros; al sur, Jesús Jiménez Vargas; al este, Edgar Luis Valverde García; y al oeste, Alejandra Valverde Monge. Mide: trescientos noventa y dos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y treinta minutos del doce de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta minutos del veinticinco de junio del dos mil diecinueve con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y treinta minutos del tres de julio del dos mil diecinueve con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cerro La Rosa Veintiséis D Sociedad Anónima contra Edgar Luis Valverde García. Expediente 18-024297-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 08 de marzo del 2019.—Lic. Carlos Alberto Marín Angulo, Juez Decisor.—( IN2019343470 ).

En este Despacho, con una base de un millón seiscientos setenta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando hipoteca primer grado acreedor Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo citas: 465-06353-01-0001-001; y medianería citas: 314-15507-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula 260606-000, la cual es terreno con una casa lote 819. Situada en el distrito 10-Hatillo, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 820 con pared medianera; al sur, lote 818; al este, alameda 19 y al oeste, lote 834 con pared medianera. Mide: cuarenta y cuatro metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y treinta minutos del uno de julio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta minutos del nueve de julio de dos mil diecinueve con la base de un millón doscientos cincuenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y treinta minutos del diecisiete de julio de dos mil diecinueve con la base de cuatrocientos dieciocho mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de María Emilia del Rosario Quirós Segura contra Gaudhy Gabriela Chacón León, Román Arturo Solórzano Fallas, expediente 18-024390-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 02 de abril del 2019.—Licda. Jacqueline María Peraza Fallas, Jueza Decisora.—( IN2019343472 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis millones trescientos dieciocho mil quinientos ochenta y cinco colones con setenta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 0358-08508-01-0937-001, 0395-03669-01-0020-001, servidumbre de paso citas: 2010-56943-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento ochenta y tres mil ochocientos uno, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Parrita, cantón 09 Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Luis Matarrita Chaves; al sur, Geovanny Azofeifa Fernández, Luis Matarrita Chaves; al este, Luis Matarrita Chaves; y al oeste, Luis Matarrita Chaves y servidumbre de paso en parte de 20 metros y Luis Matarrita Chaves. Mide: novecientos metros cuadrados. Plano: P-1469796-2010. Para tal efecto, se señalan las siete horas y cinco minutos del diecisiete de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas y cinco minutos del veinticinco de junio del dos mil diecinueve con la base de doce millones doscientos treinta y ocho mil novecientos treinta y nueve colones con treinta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas y cinco minutos del tres de julio del dos mil diecinueve con la base de cuatro millones setenta y nueve mil seiscientos cuarenta y seis colones con cuarenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Diego Matarrita Sánchez. Expediente 18-002573-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 26 de abril del 2019.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2019343476 ).

En este Despacho, con una base de diez millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 298-18020-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento seis mil trescientos noventa y dos, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 7-Arenal, cantón 8-Tilarán, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Cara Verde Sociedad Anónima; al sur, calle pública con 142 metros y en parte con Carlos Rojas Rojas; al este, Cara Verde Sociedad Anónima y al oeste, calle pública con 31 metros. Mide: diez mil metros cuadrados. Plano: G-0466074-1998. Identificador predial: 508070106392. Para tal efecto, se señalan las siete horas y treinta minutos del dos de julio del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas y treinta minutos del diez de julio del año dos mil diecinueve con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas y treinta minutos del dieciocho de julio del año dos mil diecinueve con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Carlos Roberto Torres Torres contra Franklin Bolívar Guillén Zamora, expediente 18-003145-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial, Guanacaste, 25 de abril del 2019.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez Decisor.—( IN2019343486 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo citas: 345-17338-01-0903-001; a las ocho horas y treinta y cinco minutos del diecinueve de setiembre de dos mil diecinueve, y con la base de diecinueve millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 106325-000 cero cero cero la cual es terreno para construir bloque E 16 con una casa de habitación. Situada en el distrito Turrialba, cantón Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote quince E; al sur, lote 17 E; al este, alameda cuatro, y al oeste, lote siete E. Mide: Ciento cincuenta y seis metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta y cinco minutos del cuatro de octubre de dos mil diecinueve, con la base de catorce millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta y cinco minutos del veintiuno de octubre de dos mil diecinueve con la base de cuatro millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Sociedad de Seguros de Vida del Magisterio Nacional contra Jorge Eduardo Fernández Navarro. Exp. N° 18-008448-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 28 de agosto del año 2018.—Licda. Cinthia Segura Durán, Jueza.—( IN2019343512 ).

En este Despacho, con una base de treinta y seis millones seiscientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 369954 derecho 001 y 002, la cual es terreno para construir lote 111. Situada en el distrito 5 Ipís, cantón 8-Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 112; al sur, lote 110; al este, alameda 13 c/6 m, y al oeste, lote 116. Mide: noventa metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del trece de junio de dos mil diecinueve con la base de veintisiete millones cuatrocientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de junio de dos mil diecinueve con la base de nueve millones ciento sesenta y dos mil quinientos colones (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Jesús David Hidalgo Reyes, Raquel Dayanna Quesada Navarro. Exp. N° 18-025083-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 29 de marzo del 2019.—Licda. Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—( IN2019343543 ).

En este Despacho, con una base de quince millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número trescientos veintiocho mil quinientos cincuenta y cuatro, derecho 000, la cual es terreno naturaleza: para construir con 1 casa situada en el distrito 3-Calle Blancos, cantón 8-Goicoechea de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 4K; al sur, lote 6K; al este, Viviendas y Desarrollos S. A. y al oeste, calle pública. Mide: ochenta metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Plano: SJ-0620705-1986. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del seis de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del dieciocho de junio de dos mil diecinueve con la base de once millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiséis de junio de dos mil diecinueve con la base de tres millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho dentro del tercer día, para su inmediata corrección. Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Roy Enrique González Agüero. Exp: 18-025138-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 30 de abril del año 2019.—Licda. Adriana Soto González, Jueza Decisora.—( IN2019343544 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis millones quinientos seis mil ciento sesenta y cinco colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando dos servidumbres de acueductos, cinco servidumbres de paso, cuatro servidumbres de líneas eléctricas y paso, una servidumbre de acueductos y de paso de AyA, dos servidumbres de aguas pluviales en cada uno de los derechos; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número quinientos cincuenta y siete mil cuatrocientos quince, derecho cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 10-Volio, cantón 2-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre de paso con 10 metros con 28 centímetros lineales; al sur, Nelson Giovanni Varela Hurtado; al este, Nelson Giovanni Varela Hurtado, y al oeste, Nelson Giovanni Varela Hurtado. Mide: doscientos un metros cuadrados cada uno de los derechos. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del dieciocho de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas y cero minutos del veintiséis de junio del dos mil diecinueve, con la base de doce millones trescientos setenta y nueve mil seiscientos veintitrés colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas y cero minutos del cuatro de julio del dos mil diecinueve, con la base de cuatro millones ciento veintiséis mil quinientos cuarenta y un colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Al tratarse de una hipoteca con bono se advierte a los oferentes que de conformidad con el artículo 153 bis de la Ley 5072 Ley del Sistema Financiero Nacional de la Vivienda, que el monto total de oferta deberá depositarse en el acto. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Marjorie Bolaños Solórzano, Nelson Giovanni Varela Hurtado. Expediente 18-001566-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 10 de mayo del 2019.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza.—( IN2019343545 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y seis mil dieciocho dólares con treinta centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo EE34512, marca: Caterpillar, estilo: 416E, categoría: equipo, especial obras civiles capacidad: 1 personas, año fabricación: 2014, Motor: G4D49494. Para tal efecto se señalan las quince horas y quince minutos del treinta de mayo de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas y quince minutos del siete de junio del dos mil diecinueve, con la base de cuarenta y dos mil trece dólares con setenta y tres centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas y quince minutos del diecisiete de junio del dos mil diecinueve, con la base de catorce mil cuatro dólares con cincuenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución Garantías Mobiliarias de Caterpillar contra Ronald Núñez Quirós. Expediente 18-004366-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 22 de noviembre del 2018.—( IN2019343559 ).

En este Despacho, con una base de sesenta y seis mil cuarenta y ocho dólares con veintinueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo del vin: CAT0303EKHHM01740, numero motor: 1FY0992, matrícula clase: equipo especial, descripción: excavadora, marca Caterpillar, modelo 303E, año 2016, serie número CAT0303EKHHM01740, motor número 1FY0992. Para tal efecto se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del doce de junio de dos mil diecinueve con la base de cuarenta y nueve mil quinientos treinta y seis dólares con veintidós centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de junio de dos mil diecinueve con la base de dieciséis mil quinientos doce dólares con siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución garantías mobiliarias de Caterpillar contra 3-102-487488 S. R. L., Johnny Gerardo Castillo Rojas. Exp. N° 18-004196-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 28 de noviembre del 2018.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2019343560 ).

En este Despacho, con una base de setenta y nueve mil setecientos treinta y seis dólares con setenta y cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: EE35662, marca: Caterpillar, estilo: 416E, categoría: equipo especial obras civiles, capacidad: 1 personas, serie: CAT0416EKMFG13349, carrocería: retroexcavadora, número chasis: CAT0416EKMFG13349, año fabricación: 2015, color: amarillo, motor: G4D54055, marca: Caterpillar. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del tres de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas y cero minutos del once de junio del dos mil diecinueve, con la base de cincuenta y nueve mil ochocientos dos dólares con cincuenta y seis centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas y cero minutos del diecinueve de junio del dos mil diecinueve, con la base de diecinueve mil novecientos treinta y cuatro dólares con diecinueve centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución garantías mobiliarias de Caterpillar contra Margarita Herrera Martínez. Expediente 18-004359-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 27 de noviembre del 2018.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2019343561 ).

En este Despacho, con una base de trece millones trescientos sesenta y cuatro mil trescientos noventa y cuatro colones con noventa y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa BKR, Marca: Hyundai, Estilo: Elantra GLS, Categoría. Automóvil, Capacidad: 5 Personas, Año: 2017, Carrocería. Sedan 4 Puertas, Color: Gris, Motor Número: G4FGGU131056, Tracción 4 X 2, Serie, Vin y Chasis KMHD841CAHU105288. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del cuatro de junio del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del doce de junio del año dos mil diecinueve con la base de diez millones veintitrés mil doscientos noventa y seis colones con veinte céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veinte de junio del año dos mil diecinueve con la base de tres millones trescientos cuarenta y un mil noventa y ocho colones con setenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Asociación Solidarista de Empleados de Florida Ice And Farm Company S. A. contra Esteban Mauricio Chaves Rojas. Exp. 17-002554-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 21 de marzo del 2019.—Lic. Carlos Contreras Reyes, Juez Decisor.—( IN2019343599 ).

En este Despacho, con una base de doce millones ochocientos setenta y cinco mil novecientos setenta colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BCZ473, marca Daihatsu, estilo Terios, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2013, color gris, vin JDAJ200G003000562, combustible gasolina, motor Nº 3SZ2770573. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del cuatro de junio del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del doce de junio del año dos mil diecinueve con la base de nueve millones seiscientos cincuenta y seis mil novecientos setenta y siete colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veinte de junio del año dos mil diecinueve con la base de tres millones doscientos dieciocho mil novecientos noventa y dos colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Asociación Solidarista de Empleados de Florida Ice and Farm Company Sociedad Anónima y Afines contra Johnny Eduardo Mendoza Morales. Exp. N° 17-002675-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 5 de marzo del año 2019.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2019343600 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y nueve millones doscientos sesenta mil colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre de paso citas: 523-03888-01-0002-001, servidumbre de paso citas: 2011-164667-01-0027-001; sáquese a remate la finca del Partido de Guanacaste, matrícula número ciento ochenta y seis mil quinientos veintinueve, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1 Nicoya, cantón 2 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: norte, Zulay Salas Valenciano; sur, Xaire Diaz Rojas y Obdulia Pérez Valencia; este, Carlos Rojas Rivera, y oeste, Ferddy Herrera Ramírez. Mide: Dos mil novecientos sesenta y tres metros cuadrados. Plano: G-1498737-2011. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del cuatro de junio del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del doce de junio del año dos mil diecinueve con la base de cuarenta y cuatro millones cuatrocientos cuarenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veinte de junio del año dos mil diecinueve con la base de catorce millones ochocientos quince mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Banco Nacional de Costa Rica contra Bioservicios de Guanacaste S. A., Odir Herrera Ramírez. Exp. N° 16-000227-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 26 de abril del año 2019.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez Decisor.—( IN2019343619 ).

En este Despacho, con una base de veintiséis millones ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada y reservas y restricciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número ciento noventa y cinco mil setecientos treinta y uno derechos cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito Ángeles, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Rogelio Arias Castro; al sur, Melchor Castro Elizondo; al este, calle publica con un frente a ella de 37m 98cm y al oeste, Melchor Castro Elizondo. Mide: ochocientos veinte metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del diez de junio del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del diecinueve de junio del año dos mil diecinueve con la base de veinte millones cien mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintisiete de junio del año dos mil diecinueve con la base de seis millones setecientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Richard Alonso Porras Solano. Exp.: 18-001371-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 02 de mayo del 2019.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2019343630 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis millones doscientos cincuenta y seis mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número quinientos treinta y cuatro mil seiscientos cincuenta, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 4-Piedades Norte, cantón 2-San Ramon, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Flory Calvo Rodríguez; al sur, calle pública con frente a ella de ocho metros cincuenta y dos centímetros lineales y María Elena Chaves Vega; al este, Luis Alonso Chavarría Carranza y María Elena Chaves Vega y al oeste, Flory Calvo Rodríguez. Mide: ciento noventa y cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciocho de junio del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del veintiséis de junio del año dos mil diecinueve con la base de doce millones ciento noventa y dos mil colones exactoS (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del cuatro de julio del año dos mil diecinueve con la base de cuatro millones sesenta y cuatro mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Al tratarse de una hipoteca con bono se advierte a los oferentes que de conformidad con el artículo 153  bis de la Ley 5072 Ley del Sistema Financiero Nacional de la Vivienda, que el monto total de oferta deberá depositarse en el acto.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Runia deL Carmen Ocampo Monestel. Exp. 18-001347-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramon), 03 de mayo del 2019.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza.—( IN2019343632 ).

En este Despacho y con una base de sesenta y seis millones ochocientos noventa colones con veinticuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 186040, derecho 000, la cual es terreno con dos bodegas de dos plantas construida en perling y resto para construir. Situada en el distrito 01 Espíritu Santo, cantón Dos Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, José Alberto Mico Guevara, al sur, calle pública con 8 metros, al este, calle pública con 7,94 metros, al oeste, María Orfilia Álvarez Badilla, noreste, Mildred Pérez Chacón y Orlando Quirós Pérez, sureste, Damaris Lobo Cruz y Distribuidora Bestt S. A. Mide: quinientos veinticinco metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintisiete de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del cinco de julio de dos mil diecinueve con la base de cuarenta y nueve millones quinientos mil seiscientos sesenta y siete colones con sesenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del quince de julio de dos mil diecinueve con la base de dieciséis millones quinientos mil doscientos veintidós colones con cincuenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ricardo Alberto Robinson Chollette. Exp:18-006704-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 23 de abril del 2019.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2019343661 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho millones novecientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas 305-20183-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 459235, derecho 002, la cual es terreno naturaleza lote 34, bloque B-2, terreno para construir. Situada en el distrito 09 Pavas, cantón 01 San José, de la provincia de. Colinda: al norte, Invu; al sur, Invu; al este, alameda 16, y al oeste, Invu. Mide: Noventa metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del cinco de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del trece de junio de dos mil diecinueve con la base de catorce millones ciento setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de junio de dos mil diecinueve con la base de cuatro millones setecientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio ejecución de Ramón Isidro Monestel Zamora contra Claudia Mena Sequeira. Exp. N° 09-027879-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 4 de febrero del 2019.—Licda. Joyce Magaly Ugalde Huezo, Jueza Decisora.—( IN2019343684 ).

En este Despacho, con una base de tres millones siete mil quinientos veintiocho colones con veintidós céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula 472132-001 y 002, derecho, la cual es terreno para construir con una casa lote BG 6. Situada en el distrito 2-San Miguel, cantón 3-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, INVU; al este, lote 7 y al oeste, lote 5. Mide: ochenta y dos metros con quince decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos del uno de julio del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del nueve de julio del año dos mil diecinueve con la base de dos millones doscientos cincuenta y cinco mil seiscientos cuarenta y seis colones con dieciséis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecisiete de julio del año dos mil diecinueve con la base de setecientos cincuenta y un mil ochocientos ochenta y dos colones con cinco céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Fernando Alberto Zúñiga Bonilla, María Lorena Mora Mendoza, expediente 07-026556-0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 30 de abril del 2019.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza Tramitadora.—( IN2019343688 ).

En este Despacho, con una base de treinta millones novecientos veintitrés mil seiscientos diecinueve colones con treinta y nueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida) citas: 562-11486-01-0004-001; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula 84132-000, derecho 000, la cual es terreno con edificio de apartamentos. Situada en el distrito 04-Catedral, cantón 01-San José de la provincia de San José. Colinda: al norte, Federico Ruiz Fernández; al sur, Ulises Ugalde; al este, Antonio Núñez; y al oeste, calle quinta; sur, con 5 metros. Mide: ciento sesenta y ocho metros con sesenta decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del cinco de julio del dos mil diecinueve, con la base de veintitrés millones ciento noventa y dos mil setecientos catorce colones con cincuenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del quince de julio del dos mil diecinueve, con la base de siete millones setecientos treinta mil novecientos cuatro colones con ochenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Jorge Alvarado Quirós. Expediente: 07-032500-0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 7 de mayo del 2019.—Licda. Gabriela Campos Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2019343689 ).

En este despacho, con una base de cuarenta millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 377-03322-01-0956-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 66934, derecho 003 y 004, la cual es lote 3, terreno con una casa situada en el distrito 5-Samara cantón 2-nicoya de la provincia de Guanacaste linderos: norte, calle publica con un frente de 20 metros sur, Pedro Leal Orias este, Roxana Aguilar Rivera; oeste, calle pública con un frente de 10 metros mide: ciento setenta y nueve metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados plano:g-0794416-1989. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del dos de julio del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del diez de julio del año dos mil diecinueve con la base de treinta millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciocho de julio del año dos mil diecinueve con la base de diez millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Dionisia Norman Hernández Matarrita, Rosa Ramon Matarrita Rosales. Exp. 18- 000408-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 8 de mayo del 2019.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2019343698 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula 207737-A, derecho 000, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito 5-Zapote, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle con 18m 14cm; al sur, lote 2; al este, Fábrica de Tejidos El León y al oeste, calle con 16m 50cm. Mide: ciento noventa y seis metros con dieciséis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del trece de junio de dos mil diecinueve con la base de treinta mil dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de junio de dos mil diecinueve con la base de diez mil dólares exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de 3-101-565961 Sociedad Anónima contra María Victoria Blanca Rojas, expediente 18-022148-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 25 de febrero del 2019.—Licda. Joyce Magaly Ugalde Huezo, Jueza Decisora.—( IN2019343723 ).

En este Despacho, con una base de doce mil quinientos dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula 166638-000, la cual es terreno lote dos, terreno con una casa. Situada: en el distrito 1-San Mateo, cantón 4-San Mateo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, futura calle; al sur, lote 20; al este, lote 1, y al oeste, lote 3. Mide: ciento cincuenta y cuatro metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del diecisiete de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas y cero minutos del veinticinco de junio del dos mil diecinueve, con la base de nueve mil trescientos setenta y cinco dólares exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas y cero minutos del tres de julio del dos mil diecinueve, con la base de tres mil ciento veinticinco dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cultivos Agrícolas de Naranjo Sociedad Anónima contra Karla Yorleny Sandí Rodríguez. Expediente 18-007642-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 21 de noviembre del 2018.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2019343724 ).

En este Despacho, con una base de sesenta y un millones ochocientos cincuenta y un mil cuatrocientos cincuenta y dos colones con treinta y tres céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 0267-00001762-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 83177-A-000, la cual es terreno naturaleza: café. Situada en el distrito 2-Granadilla, cantón 18-Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, carretera a Granadilla; al sur, Bianca Sánchez Zúñiga; al este, Bianca Sánchez Zúñiga y al oeste, Verónica Sánchez. Mide: ochocientos cuarenta y cinco metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del uno de julio del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del nueve de julio del año dos mil diecinueve con la base de cuarenta y seis millones trescientos ochenta y ocho mil quinientos ochenta y nueve colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de julio del año dos mil diecinueve con la base de quince millones cuatrocientos sesenta y dos mil ochocientos sesenta y tres colones con ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Pedro Arnoldo Delgado Prado. Exp.: 19-002623-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 29 de abril del 2019.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza Tramitadora.—( IN2019343733 ).

En este Despacho, con una base de dos millones quinientos ochenta y un mil trescientos quince colones con veintisiete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 320-12461-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento noventa y ocho mil doscientos sesenta y cinco, derecho 000, la cual es terreno lote primero terreno con una casa y frutales. Situada: en el distrito 2-La Virgen, cantón 10-Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Blanca Cielo, Xinia María, Nidia Mayela, Blanca Rosa, María Cristina, Elizabeth, José Higinio, Félix Ascensión, Vinicio Martín, Guillermo Beuber, Ronald Eduardo, Edwin Gerardo, Luis Enrique, Olivier Antonio, Jorge Luis, Minor Enrique todos Álvarez Ramire; al sur, Blanca Cielo, Xinia María, Nidia Mayela, Blanca Rosa, María Cristina, Elizabeth, José Higinio, Félix Ascensión, Vinicio Martín, Guillermo Beuber, Ronald Eduardo, Edwin Gerardo, Luis Enrique, Olivier Antonio, Jorge Luis, Minor Enrique todos Álvarez Ramire; al este, calle pública con un frente de 15 metros 2 centímetros, y al oeste, Blanca Cielo, Xinia María, Nidia Mayela, Blanca Rosa, María Cristina, Elizabeth, José Higinio, Félix Ascensión, Vinicio Martín, Guillermo Beuber, Ronald Eduardo, Edwin Gerardo, Luis Enrique, Olivier Antonio, Jorge Luis, Minor Enrique todos Álvarez Ramire. Mide: quinientos veintiún metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas y cero minutos del veintidós de agosto del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las dieciséis horas y cero minutos del treinta de agosto del dos mil diecinueve, con la base de un millón novecientos treinta y cinco mil novecientos ochenta y seis colones con cuarenta y cinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las dieciséis horas y cero minutos del nueve de setiembre del dos mil diecinueve, con la base de seiscientos cuarenta y cinco mil trescientos veintiocho colones con ochenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Ciudad Quesada, COOCIQUE R.L. contra José Álvarez Ramírez. Expediente 18-008874-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 30 de abril del 2019.—Licda. Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2019343740 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho millones cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos setenta colones con veintiún céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento treinta y tres mil trescientos setenta y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa y un taller. Situada en el distrito 1-Bagaces, cantón 4-Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Venancio Chaverri Solano y Carlos Alberto Martínez Lacayo; al sur, Deyanira Badilla Badilla y lote segregado; al este, Trinidad Jiménez Martínez y al oeste, calle pública con 21 m 81 cm lineales de frente y lote segregado. Mide: mil doscientos sesenta y dos metros cuadrados. Plano: G-1546463-2011. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del tres de julio del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del once de julio del año dos mil diecinueve con la base de trece millones ochocientos cincuenta y siete mil seiscientos cincuenta y dos colones con sesenta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del diecinueve de julio del año dos mil diecinueve con la base de cuatro millones seiscientos diecinueve mil doscientos diecisiete colones con cincuenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Víctor Manuel Pérez Recio. Exp.: 19-000488-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 03 de mayo del 2019.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez Decisor.—( IN2019343760 ).

En este Despacho, con una base de veinte mil novecientos dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL-230757, marca Nissan, estilo Navara LE, capacidad 5 personas, año 2009, categoría carga liviana, tracción 4x4, color gris, cilindrada 2488 c.c., combustible diesel. Para tal efecto se señalan las siete horas y veinte minutos del tres de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas y veinte minutos del once de junio del dos mil diecinueve con la base de quince mil seiscientos setenta y cinco dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas y veinte minutos del diecinueve de junio del dos mil diecinueve con la base de cinco mil doscientos veinticinco dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Gilbert Giovanni del Gerardo Cruz Jiménez contra Randall Gerardo Cruz Jiménez. Expediente 16-001199-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 14 de marzo del 2019.—Licda. Anny Hernández Monge, Jueza.—( IN2019343761 ).

En este Despacho, con una base de veintiún mil seiscientos siete dólares con cincuenta y siete centavos, soportando servidumbre de paso citas: 424-04343-01-0001-001, 424-04343-01-0002-001, 424-04343-01-0003-001, 424-04343-01-0004-001, 424-04343-01-0005-001, 424-04343-01-0009-001, 424-04343-01-0010-001, 424-04343-01-0011-001, 424-04343-01-0012-001, 424-04343-01-0020-001, 424-04343-01-0021-001, 425-14643-01-0001-001, 425-14643-01-0003-001, sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 18843-F-000, la cual es terreno Sección Segunda: segunda planta. Filial Número 2-52, área destinada a uso comercial. Situada en el distrito 4-Ulloa, cantón 1-Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, área común libre constituida por pasillos; al sur, filial 2-22; al este, filial 2-50; y al oeste, filial 2-54. Mide: cincuenta y cuatro metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del veintitrés de setiembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del uno de octubre del dos mil diecinueve con la base de dieciséis mil doscientos cinco dólares con sesenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de octubre del dos mil diecinueve con la base de cinco mil cuatrocientos un dólares con ochenta y nueve centavos (25% de la base original). Con una base de veintiún mil ciento cuarenta y cinco dólares con ochenta y cuatro centavos, soportando servidumbre de paso citas: servidumbre de paso citas: 424-04343-01-0001-001, 424-04343-01-0002-001, 424-04343-01-0003-001, 424-04343-01-0004-001, 424-04343-01-0005-001, 424-04343-01-0009-001, 424-04343-01-0010-001, 424-04343-01-0011-001, 424-04343-01-0012-001, 424-04343-01-0020-001, 424-04343-01-0021-001, 425-14643-01-0003-001, sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 18845-F-000, la cual es terreno Sección Segunda: segunda planta. Filial número 2-54, área destinada a uso comercial. Situada en el distrito 4-Ulloa, cantón 1-Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, área común libre constituida por pasillos; al sur, filial 2-22; al este, filial 2-52; y al oeste, área común libre constituida por la pared de la fachada; y al oeste. Mide: cincuenta y dos metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del veintitrés de setiembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del uno de octubre del dos mil diecinueve con la base de quince mil ochocientos cincuenta y nueve dólares con treinta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de octubre del dos mil diecinueve con la base de cinco mil doscientos ochenta seis dólares con cuarenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ara Macaw Cien por Ciento C.R. Sociedad Anónima. Expediente 18-007594-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 29 de abril del 2019.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2019343762 ).

En este Despacho, con una base de treinta y dos millones trescientos cuarenta y un mil seiscientos cincuenta y ocho colones con setenta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas 358-08508-01-0937-001 y servidumbre trasladada citas 395-03669-01-0020-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 130715-000, la cual es terreno lote cuatro, terreno sembrado de palma. Situada en el distrito 1-Parrita, cantón 9-Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Saúl Calderón Azofeifa; al sur, Edder Ulloa Ortiz; al este, servidumbre agrícola en frente Saul Calderón Azofeifa y al oeste, Fabio Chinchilla Godínez. Mide: siete mil cuatrocientos noventa y nueve metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciocho de junio del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del veintiséis de junio del año dos mil diecinueve con la base de veinticuatro millones doscientos cincuenta y seis mil doscientos cuarenta y cuatro colones con cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del cuatro de julio del año dos mil diecinueve con la base  de ocho millones ochenta y cinco mil cuatrocientos catorce colones con sesenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de COOPEALIANZA R. L. contra Mario Enrique del Carmen Morales Abarca. Exp. N 18-000362-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 24 de abril del 2019.—Carlos Contreras Reyes, Juez Decisor.—( IN2019343763 ).

En este Despacho, con una base de trece millones seiscientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento treinta y ocho mil setecientos setenta y tres, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir, bloque E lote 24 con una casa de habitación. Situada en el distrito 1-Liberia, cantón 1-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Colegio Artístito Profesor Felipe Pérez Pérez; al sur, avenida 4 con 8,00 metros; al este, lote E 23; y al oeste, lote E 25. Mide: ciento cincuenta y nueve metros con ochenta decímetros cuadrados. Plano: G-0949875-2004. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos del tres de julio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del once de julio del dos mil diecinueve con la base de diez millones doscientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecinueve de julio del dos mil diecinueve con la base de tres millones cuatrocientos doce mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de German del Rosario Moreno Chavarría contra Marta Mireya Jiménez Chavarría. Expediente 19-000146-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 03 de mayo del 2019.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez Decisor.—( IN2019343766 ).

En este Despacho, con una base de doce millones cuatrocientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 322-03389-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de: San José, matrícula número: 174131, derecho: 000, la cual es terreno: con 1 casa. Situada en el distrito: 1-Guadalupe, cantón: 8-Goicoechea, de la provincia de: San José. Colinda: al norte, Evelio Monge Bonilla; al sur, Idaly Peraza Cubillo con 14 m 60 cm; al este, Manuel Zúñiga con 8 m 33 cm; y al oeste, calle de entrada con 8 m 33 cm. Mide: ciento veintidós metros con noventa decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del seis de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del dieciocho de junio del dos mil diecinueve con la base de nueve millones trescientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiséis de junio del dos mil diecinueve con la base de tres millones cien mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Verny Jesús de la TR Castillo Soto. Expediente 18-012336-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 04 de abril del 2019.—Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez Decisor.—( IN2019343768 ).

En este Despacho, con una base de veintiún millones seiscientos setenta y seis mil trescientos setenta y seis colones con ochenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso bajo las citas: 2012-257980-01-0023-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula 497.749-000, la cual es terreno de pastos con una casa de habitación. Situada: en el distrito 1 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Luis Jiménez Vega, calle pública, William Vargas Ramos y en parte Claudio Antonio Madrigal García; sur, Macafli SAI S. A., y en parte, Claudio Antonio Madrigal García; este, José Arias Arias y en parte María del Milagro Madrigal Mora y Claudio Antonio Madrigal García; oeste, Macafli SAI S. A. y en parte Nidia Parrales Sepeda. Mide: ocho mil novecientos ochenta metros cuadrados. Plano: A-1577984-2012. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del catorce de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veinticuatro de junio del dos mil diecinueve, con la base de dieciséis millones doscientos cincuenta y siete mil doscientos ochenta y dos colones con sesenta céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del dos de julio del dos mil diecinueve, con la base de cinco millones cuatrocientos diecinueve mil noventa y cuatro colones con veinte céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopeande 7 R.L. contra Gina Patricia Madrigal Mora, Hilda María García Masís. Expediente 18-003813-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 22 de abril del 2019.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza Decisora.—( IN2019343771 ).

En este Despacho, con una base de once millones cien mil ochocientos ochenta y tres colones con sesenta y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento sesenta y cinco mil trescientos cincuenta y cuatro, derecho cero cero cero, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Servicios Jadeva S. A.; al sur, Servicios Jadeva S. A.; al este, calle pública y al oeste, Carlos Cyrus Graham. Mide: novecientos metros cuadrados. Para tal efecto, señalan las quince horas y cero minutos del ocho de julio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del dieciséis de julio de dos mil diecinueve con la base de ocho millones trescientos veinticinco mil seiscientos sesenta y dos colones con setenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veinticuatro de julio de dos mil diecinueve con la base de dos millones setecientos setenta y cinco mil doscientos veinte colones con noventa y un céntimos (25% de la base original). con una base de once millones cien mil ochocientos ochenta y tres colones con sesenta y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento sesenta y cinco mil trescientos cincuenta y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Servicios Jadeva S. A.; al sur, Servicios Jadeva S. A.; al este, calle pública y al oeste, Carlos Cyrus Graham. Mide: novecientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del ocho de julio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del dieciséis de julio de dos mil diecinueve con la base de ocho millones trescientos veinticinco mil seiscientos sesenta y dos colones con setenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veinticuatro de julio de dos mil diecinueve con la base de dos millones setecientos setenta y cinco mil doscientos veinte colones con noventa y un céntimos (25% de la base original). con una base de once millones doscientos noventa y ocho mil doscientos treinta y dos colones con setenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento sesenta y cinco mil trescientos cincuenta y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Servicios Jadeva S. A.; al sur, Carlos Cyrus Graham; al este, calle pública y al oeste, Carlos Cyrus Graham. Mide: novecientos dieciséis metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del ocho de julio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del dieciséis de julio de dos mil diecinueve con la base de ocho millones cuatrocientos setenta y tres mil seiscientos setenta y cuatro colones con cincuenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veinticuatro de julio de dos mil diecinueve con la base de dos millones ochocientos veinticuatro mil quinientos cincuenta y ocho colones con dieciocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Juan Manuel Lobo Silva. Exp.: 18-001484-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 07 de mayo del 2019.—Lic. Luis Gabriel Quirós Soto, Juez Decisor.—( IN2019343774 ).

En este Despacho, con una base de treinta y seis millones ochocientos catorce mil setecientos cuarenta y cinco colones con veintiséis céntimos, libre de gravámenes; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula 109322-B-000, la cual es terreno de pastos. Situada en el distrito: 4-Rivas, cantón: 19-Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte, Antonio Valverde y María Alicia Valverde Salazar; al sur, Juan Antonio Elizondo y Eric Mora Camacho; al este, María Acuña y María Alicia Valverde Salazar; y al oeste, calle pública y María Alicia Valverde Salazar. Mide: tres mil sesenta y cuatro metros con veintiún decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del trece de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del veintiuno de junio del dos mil diecinueve, con la base de veintisiete millones seiscientos once mil cincuenta y ocho colones con noventa y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del uno de julio del dos mil diecinueve, con la base de nueve millones doscientos tres mil seiscientos ochenta y seis colones con treinta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Pérez Zeledón contra Cristian Andrey Solano Valverde, Los Chinos de la Cuadra S. A. Expediente: 14-008423-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón), 9 de mayo del 2019.—Carlos Contreras Reyes, Juez Decisor.—( IN2019343787 ).

En este Despacho, con una base de siete millones novecientos setenta y ocho mil seiscientos noventa y tres colones con veinticinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando demanda ordinaria expediente 17-000362-1303-FA citas 800-407602-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número trescientos noventa y nueve mil cuatrocientos noventa y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tres-Daniel Flores, cantón diecinueve-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Hernán Jiménez Romero; al este, Hernán Jiménez Romero; y al oeste, Hernán Jiménez Romero. Mide: doscientos cuarenta y dos metros con doce decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del veinticuatro de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del dos de julio del dos mil diecinueve con la base de cinco millones novecientos ochenta y cuatro mil diecinueve colones con noventa y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del diez de julio del dos mil diecinueve con la base de un millón novecientos noventa y cuatro mil seiscientos setenta y tres colones con treinta y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra María Isabel Jiménez Navarro. Expediente 19-000071-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 10 de abril del 2019.—Lic. Marvin Hernández Calderón, Juez Tramitador.—( IN2019343790 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones ciento noventa y tres mil setecientos cincuenta y cinco colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada (citas: 362-05231-01-0943- 001); sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número treinta y cinco mil cuarenta y dos, derecho cero cero cero, la cual es naturaleza: Para construir lote D-15. Situada en el distrito 1 Limón, cantón 1 Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, lote D-14; al sur, lote D-1; al este, resto y lote D-13, ambos en parte, y al oeste, reto destinado a calle pública. Mide: Doscientos cuarenta y un metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del diez de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del dieciocho de junio de dos mil diecinueve con la base de tres millones ochocientos noventa y cinco mil trescientos dieciséis colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y cero minutos del veintiséis de junio de dos mil diecinueve con la base de un millón doscientos noventa y ocho mil cuatrocientos treinta y ocho colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Corporación Arrocera Costa Rica S. A. contra Cooperativa de Consumo y Servicios Múltiples de los Empleados del Ferrocarril y Japdeva, Róger Parker Hodson. Exp. N° 13-008296-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 24 de abril del 2019.—Lic. Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez Tramitador.—( IN2019343833 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones seiscientos cuarenta y seis mil ciento ochenta y cinco colones con noventa y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas TSJ 4158, marca: Toyota, estilo: Yaris E, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: MR2BT9F39H1224727, peso vacío: 0, carrocería: Sedan, 4 puertas, tracción: 4X2, peso bruto: 1500 kgrms., chasis: MR2BT9F39H1224727, año fabricación: 2017, cabina: sencilla, techo: techo duro, uso: taxi, color: rojo, vin: MR2BT9F39H1224727. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de julio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del doce de julio del dos mil diecinueve, con la base de cuatro millones doscientos treinta y cuatro mil seiscientos treinta y nueve colones con cuarenta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de julio del dos mil diecinueve, con la base de un millón cuatrocientos once mil quinientos cuarenta y seis colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Geovanni Rivera González. Expediente 19-000101-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 11 de marzo del 2019.—Licda. Ana Cecilia Brenes López, Jueza Tramitadora.—( IN2019343838 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 18-000191-0930-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Guido Antonio Núñez Morales quien es mayor, soltero, peón agrícola, vecino de Guácimo, Limón, caserío el Aguacate, un kilómetro y medio hacia Cartago, cédula siete-cero cero ocho cinco- cero cuatro dos siete, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es agricultura. Situada en El Aguacate en el distrito primero Guácimo, cantón sexto Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Asdrúbal Adrián Rojas Mora; al sur, calle pública con un frente a la misma de ochenta y tres metros con nueve centímetros lineales, al y al oeste, Virginia Morales Camacho. Mide: dos mil cuatrocientos sesenta y cinco metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 7-2036891-2018. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima las presentes diligencias así como el inmueble en la suma de cuatro millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 30 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y cultivos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Guido Antonio Núñez Morales. Exp. N° 18-000191-0930-CI. Este edicto debe de publicarse por una sola vez y con la mayor brevedad en el Boletín Judicial de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Informaciones Posesorias..Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 08 de marzo del 2019.—Lic. Geison López Barrantes, Juez Decisor.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019341376 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 14-000443-0504-CI, donde se promueven diligencias de Información Posesoria para rectificar medida por parte de Luz Marina Rojas Salazar, quien es mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Heredia, cédula de identidad 0400730379, a fin de rectificar la medida y ante el Registro Público de la Propiedad, del terreno del partido de Heredia, matrícula de Folio Real 50.522-000, el cual se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de café, solar y pasto. Situada: en el distrito tercero San Francisco, cantón primero Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, con Víctor Julio Campos Luna, Hipólito Campos Luna, Rafael Ángel Herrera Herrera y servidumbre de paso constituida; al sur, con Juan Carlos Segura Montoya y Condominio Horizontal Residencial Hacienda San Agustín Tercera Etapa; al este, Condominio Horizontal Residencial Hacienda San Agustín Tercera Etapa, y al oeste, Asociación de Vecinos del Residencial Santillana del Mar. Mide: según el Registro Público ocho mil seiscientos cuarenta y cuatro metros con treinta y ocho decímetros cuadrados, pero la medida material es trece mil trescientos cuarenta y cuatro metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado H-2028311-2018. Indica la promovente que estima el inmueble y las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones exactos cada una. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Luz Marina Rojas Salazar. Expediente 14-000443-0504-CI.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Alajuela, 19 de febrero del 2019.—Rodolfo Vásquez Vásquez, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341378 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 19-000075-0296-CI donde se promueve Información Posesoria por parte de Katherine Vanessa Angulo González, quien es mayor, estado civil soltera, ama de casa, vecina de Bajo Rodríguez de San Lorenzo de San Ramón de Alajuela, ciento cincuenta metros al norte del Ebais y portadora de la cédula 0206760419; a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno de patio con una casa. Situada: en el distrito catorce San Lorenzo, cantón dos San Ramón. Colinda: noroeste, con Mireya del Carmen Villegas Quirós, Priscila María Angulo González; al norte, con Luis Armando Jiménez Arias; al sur, con Marvin González Villegas; al este, con Antho Ornamentales Sociedad Anónima, y al oeste, con calle pública con un frente a ella de cuatro metros lineales. Mide: quinientos noventa y cinco metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Katherine Vanessa Angulo González. Expediente 19-000075-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 30 de abril del 2019.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—1 vez.—( IN2019341382 ).

Citaciones

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera Rebecca Ann (nombre) Baitty (apellido), de un único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, soltera, abogada, quien era vecina de Escazú, Guachipelín, del cruce de la carretera de Guachipelín, Santa Ana (ConstruPlaza), tres kilómetros al norte y trescientos metros al oeste, Condominio Real de Castilla, casa número dos, portadora de la cédula de residencia costarricense número uno ocho cuatro cero cero cero tres cuatro uno nueve dos uno, para que dentro del plazo máximo de quince días naturales contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Oficina ubicada en San José, Barrio Escalante, avenida 7, calle 29, 2910, expediente 001-2019. Notario. Lic. Gonzalo Gutiérrez Acevedo, Notario Público.—1 vez.—( IN2019335314 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María del Rosario del Socorro Zamora Fernández, mayor, estado civil soltera, oficios del hogar, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0202300291 y vecina de Alajuela, Tuetal Sur. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente 19-000104-0638-CI-7.—Juzgado Civil Primer Circuito Judicial Alajuela, 27 de marzo del 2019.—Licda. Kathia Rivera Hernández, Jueza.—1 vez.—( IN2019335355 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Guillermo Zúñiga Ríos, mayor, casado una vez, pensionado, vecino de San José, Hatillo 3, Calle Brasil, portador de la cédula de identidad 1-0306-0932, para que, dentro del plazo de 30 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos ante esta Notaría Pública, ubicada en San José, Barrio Córdoba, diagonal al Liceo Castro Madriz, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que, si no, se presentan dentro del plazo indicado la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2019.—San José, 8 de abril del 2019.—Licda. Marjorie Retana Hidalgo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2019335383 ).

Se emplaza a todos a todas aquellas personas que se consideren tener la condición de herederos, así como acreedores y terceros interesados, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, para que se apersonen a esta Notaría, a hacer valer sus Derechos dentro del Proceso Sucesorio Notarial de quién en vida se llamó Luis Alberto de Jesús Zúñiga Medrano, quién fue mayor, casado una vez, Ingeniero en Sistemas, comerciante, vecino de San José, Santa Ana, Pozos, Residencial Bosques de Santa Ana, casa número A cuarenta y uno, con cédula de identidad número uno-cero quinientos sesenta y seis-cero ciento cincuenta, bajo el apercibimiento, bajo apercibimiento de que si así no lo hacen, la herencia pasará a quien corresponde, sin perjuicios de terceros con igual o mejor derecho. Expediente Notarial PSNO-0001-2019- Causante: Luis Alberto de Jesús Zúñiga Medrano.—San José, 28 de marzo de 2019.—Rodolfo Solís Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2019335388 ).

Se cita y emplaza todos los interesados en el sucesorio de Juan Gómez Montes, soltero, pensionado, cedula de identidad cinco-cero sesenta y siete-ochocientos veintitrés, vecino de Ciudad Cortes, fallecido primero junio dos mil quince, para dentro del plazo de treinta días, a partir de la publicación del edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los crean tener derechos en calidad de herederos, que, si no, se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasara, a quien corresponda. Expediente 06-2018.—Lic. Warren Aguilar Villarreal, Notario.—1 vez.—( IN2019335389 ).

El suscrito notario, Jorge Ross Araya, hace saber que ha autorizado a las 16:00 horas del día 03 de mayo del 2019, la apertura del proceso de sucesión ab intestato de: Hugo Armando Jesús Chaves Quirós, cédula número: cuatro-ciento cinco-doscientos cuarenta y cinco, quien fuera viudo, empresario, con último domicilio conocido en San José, del Antiguo Higuerón de San Pedro, quinientos metros al sur, cien metros al este, ciento veinticinco metros al sur, y quien falleciera el día nueve de abril de mil novecientos noventa y dos; y de la sucesión testamentaria de la señora: Vilma Alonso Blanco, cédula número: uno-cuatrocientos ochenta y uno-doscientos cincuenta y ocho, quien fuera viuda, del hogar, con último domicilio conocido en San José, del Antiguo Higuerón de San Pedro, quinientos metros al sur, cien metros al este, ciento veinticinco metros al sur, y quien falleciera el día diecinueve de noviembre de mil novecientos noventa y cinco. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores e interesados en el presente proceso, para hacer valer sus derechos, apersonamiento que deben realizar dentro de los 30 días posteriores a la publicación del edicto de ley. Las gestiones las deben realizar ante esta notaría, cuya oficina se encuentra abierta en la ciudad de San José, en Barrio Los Yoses en San José, 300 al este y 300 al norte de la Universidad Veritas. Se advierte a los interesados que consideren tener mejor derecho que, si no se presentaren dentro de ese plazo, sus gestiones no serán escuchadas y por lo tanto la herencia pasará a quién corresponda. Promueven: Irene María Alonso Blanco, cédula número: uno-seiscientos nueve-cero cero noventa y seis, divorciada una vez, administradora de negocios, vecina de San José, Curridabat, de EPA Curridabat, veinticinco metros al sur, en Prados del Este; y María Pía Beatriz Chaves Alonso, cédula número: uno-mil cuatrocientos seis-cuatrocientos ochenta y siete, mayor, soltera, periodista, vecina de San José, del Antiguo Higuerón de San Pedro, quinientos metros al sur, cien metros al este, ciento veinticinco metros al sur. No hay menores interesados. Expediente 002-2019 de esta notaría.—San José, 03 de mayo del 2019.—Lic. Jorge Ross Araya, Notario Público.—1 vez.—( IN2019341278 ).

El suscrito notario, Jorge Ross Araya, hace saber que ha autorizado a las 19:00 horas del día 03 de mayo del 2019, la apertura del proceso de sucesión ab intestato, de Pablo Araya Brenes, cédula cuatro-doble cero diez-dos mil ochocientos cuarenta- y dos, quien fuera hijo de Joaquín Araya y Juana Brenes, quien falleció el día doce de julio de mil novecientos treinta y tres. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores e interesados en el presente proceso, para hacer valer sus derechos, apersonamiento que deben realizar dentro de los 30 días posteriores a la publicación del edicto de ley. Las gestiones las deben realizar ante esta notaría, cuya oficina se encuentra abierta en la ciudad de San José, en Barrio Los Yoses en San José, 300 al este y 300 al norte de la Universidad Veritas. Se advierte a los interesados que consideren tener mejor derecho, que si no se presentaren dentro de ese plazo, sus gestiones no serán escuchadas y por lo tanto la herencia pasará a quién corresponda. Promueve: Lindon Aguiluz Retana, mayor, soltero, empresario, vecino de Guápiles, cien metros oeste y seiscientos sur del tránsito, cédula uno-mil ciento treinta y siete-uno tres siete, actuando en condición de presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, de El Zorro Plateado Guapileño P&Z S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro cero nueve tres siete uno, domiciliada en Guápiles, cien metros oeste y seiscientos sur del tránsito. No hay menores interesados. Expediente 003-2019 de esta notaría.—San José, 03 de mayo del 2019.—Lic. Jorge Ross Araya, Notario.—1 vez.—( IN2019341279 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en sede notarial de quien en vida fue Edgar Redondo Vega, mayor, casado una vez, agricultor, portaba la cédula de identidad N° 3-150-963, vecino de Cartago, San Gerardo de Oreamuno, frente a la Iglesia Católica de la localidad, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quién corresponda. Expediente: 02-2019. Notaría del Bufete de la Licenciada Lisbeth Castillo Barquero.—Cartago, 6 de mayo del 2019.—Licda. Lisbeth Castillo Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2019341281 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quienes en vida fueron: Juan de Dios Araya Navarro, mayor, casado una vez, agricultor, número de cédula 1-0367-0976, vecino de Mollejones de Platanares, Pérez Zeledón, San José, Costa Rica, 600 metros sureste del Supermercado El Cruce. Fallecido el día 11 de marzo del 2016 en Pérez Zeledón, San José, defunción inscrita en el Registro Civil en la Sección de Defunciones según las citas: 1-0553-396-0792; y de Sara Mora Castro, mayor, casada una vez, ama de casa, número de 1-0369-0814, vecina de Mollejones de Platanares, Pérez Zeledón, San José, Costa Rica, 600 metros sureste del Supermercado El Cruce. Fallecida el día 05 de febrero del 2019 en Pérez Zeledón, San José, defunción inscrita en el Registro Civil en la Sección de Defunciones según las citas: 1-0620-479-0958, a fin de que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, concurran ante la notaría del Lic. José Luis Leiva Navarro, situada en San Isidro, Pérez Zeledón, Platanares, 150 sur del Abastecedor Los Pinos (en horario de lunes a viernes de ocho de la mañana a cinco de la tarde), a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia, que si no se presentan dentro de este término, aquella pasará a quien corresponde. El sucesorio en sede notarial del causante se tramita bajo expediente 0001-2019.—Lic. José Luis Leiva Navarro, Notario Público.—1 vez.—( IN2019341291 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Hermes José Chaves Chaves, mayor, comerciante, casado una vez, vecino de Caracol dos kilómetros al norte, Corredores, Puntarenas cédula: seis-trescientos dos-seiscientos cuarenta y uno, A las trece horas del treinta de abril del dos mil diecinueve y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fuera Jonathan Chaves Chaces, divorciado una vez, vecino de Caracol dos kilómetros al norte, Corredores, Puntarenas, cédula: seis-trescientos veintinueve-trescientos catorce. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del licenciado Freddy, Andrés Arias Bolaños, ubicada en Canoas Abajo, Corredores, Puntarenas, cien norte del Lavar Chema, al teléfono 8708-83-93. correo: consultoresjuridicoscolon@gmail.com.—Lic. Freddy Andrés Arias bolaños, Notario.—1 vez.—( IN2019341292 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Rafaela Gerardina del Carmen Hidalgo Carvajal, mayor, ejecutiva del hogar, viuda una vez, vecina de Caracol, dos kilómetros al norte, Corredores, Puntarenas, cédula: seis-ciento treinta y tres-sesenta y tres, a las doce horas del treinta de abril del dos mil diecinueve y comprobado el fallecimiento esta notaría declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fuera Heriberto del Carmen Soto Orozco, casado una vez, vecino de Caracol, dos kilómetros al norte, Corredores, Puntarenas, cédula: seis-ochenta y nueve-ochocientos sesenta. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Freddy Andrés Arias Bolaños, ubicada en Canoas Abajo, Corredores, Puntarenas, cien metros norte del lavar chema, al teléfono 8708-83-93, correo: consultoresjuridicoscolon@gmail.com.—Lic. Freddy Andrés Arias Bolaños, Notario.—1 vez.—( IN2019341293 ).

Se emplaza a herederos, legatarios, acreedores e interesados en la Sucesión de José Manuel Antonio Acevedo Robles, mayor, casado una vez, agricultor, con cédula 5-063-049, y de Paulina Martínez García, mayor, casada una vez, ama de casa, con cédula 5-090-659, ambos vecinos de Corralillos de Filadelfia, para que dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este aviso, se apersonen a ésta notaría ubicada en Filadelfia de Carrillo, Guanacaste, 50 oeste del Banco Nacional, a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no se presentaren en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría del Lic. Luis Roberto Paniagua Vargas, teléfono 2688-86 61, fax 2688-8682.—Filadelfia, 02 de mayo del 2019.—Lic. Roberto Paniagua Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2019341303 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Adalma Araya Alpízar, mayor, con documento de identidad 103470909. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente 18-000148-0893-CI-6.—Juzgado Segundo Civil de San José, 20 de marzo del 2019.—Lic. Óscar Rodríguez Villalobos, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2019341305 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Luis Alberto Serrano Murillo, mayor de edad, casado una vez, comerciante, costarricense, con documento de identidad 0203200362, y vecino de Alajuela, de Pollos Papi en la calle Ancha, setenta y cinco metros norte. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 19-000239-0638-CI-3.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de abril del 2019.—Lic. Carlos Esteban Sancho Araya, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2019341313 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión notarial de quien en vida fue fuera Olman Alberto Moya Arguello, mayor, casado una vez, vecino de Zarcero, Alajuela, de la esquina sur oeste del parque, setenta y cinco metros oeste, portador de la cédula de identidad número dos-doscientos sesenta y dos-doscientos ochenta y cuatro, quien falleció el día 3 de febrero del 2019, para que dentro del plazo de 15 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, quienes crean tener derecho a la herencia, apercibidos de que si no lo hacen dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda Expediente 0003-2019. Licenciada Magally Guadamuz García, Notaria, Santa Ana, Lindora, Edificio Vía Lindora, cuarto piso.—San José, 6 de mayo del 2019.—Licda. Magally Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—( IN2019341323 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio testamentario de quien en vida se llamó John Ernest Priddle, mayor, casado tres veces, de profesión u oficio desconocido, nacionalidad inglés, con cédula de residencia 182600023508 y vecino de San José, Escazú. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente 19-000095-0182-CI-7.—Juzgado Tercero Civil de San José, Goicoechea, 20 de marzo del 2019.—Msc. Isabel Alfaro Obando, Jueza.—1 vez.—( IN2019341325 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Mario Leonardo De Las Piedades Bogantes Hidalgo, mayor, estado civil soltero, unión de hecho, profesión u oficio pensionado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0600590084 y vecino de Esparza, Espíritu Santo, de la Biblioteca Pública, 50 metros oeste. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente: 18-000230-0642-CI-1.—Juzgado Civil de Puntarenas, 2 de mayo del 2019.—Licda. Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2019341331 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera la señora Enilda María Conejo Bogantes, mayor, soltera, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número dos-dos siete dos-cuatro seis cinco, vecina de Alajuela, Río Segundo, ciento cincuenta metros sur de la Pulpería la Julieta, quien falleció el día veintiuno de setiembre de dos mil dieciséis, para que dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir de la presente publicación, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: 0002-2019. Notaría del Bufete Campos Araya & Asociados, cita en la provincia de Alajuela, del AM PM de Plaza Real cien metros norte y veinticinco metros oeste.—Alajuela, 03 de mayo del 2019.—Lic. Jorge Arturo Campos Araya, Notario.—1 vez.—( IN2019341373 ).

Se hace saber que en este Despacho, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Shirley del Carmen Cid Baltodano, mayor, estado civil casada una vez, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0503020215 y vecina de Liberia, Guanacaste, barrio San Roque, del Palí 450 metros al este.- se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente 17-000172-0386-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), 13 de octubre del año 2017.—Lic. José Andrés Ureña Chaves, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341375 ).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de German Rodríguez Palacios, mayor, soltero, agricultor, con cédula número seis-doscientos treinta y dos-seiscientos dos, vecino de Buenos Aires de Puntarenas, Paraíso de Chánguena, Alto, La Unión; para que dentro del plazo de quince días comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Sucesorio 18-000017-1046-CI de German Rodríguez Palacios.—Juzgado Agrario de Buenos Aires, 19 de marzo del 2019.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341379 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera Froilán Barrantes Murillo, mayor, casado una vez, pensionado, con cédula de identidad 2-211-789, fallecido el día 21 de enero del 2019, para que dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que, si no, se presentan dentro de dicho plazo, los bienes de la sucesión pasarán a quien corresponda. Notaría de la licenciada Sandra Isabel Meza Salazar. Cartago, El Carmen cien metros oeste y veinticinco metros norte de Bar la Fortuna, Teléfono 8832-2937. Correo smezasalazar@gmail.com.—Cartago, 7 de mayo del 2019.—Licda. Sandra Isabel Meza Salazar, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2019341402 ).

Avisos

Se convoca por medio de edicto a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela de la persona menor Fiorella Gutiérrez Rodríguez por haberse presentado a este despacho solicitud de tutela por la señora Damiana Jacinta Juliana Rodríguez Dinarte. Lo anterior para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto a manifestar lo que considere oportuno. Expediente N° 19-000097-0776-FA. Proceso tutela legítima. Promovente: Damiana Jacinta Juliana Rodríguez Dinarte, localizable al correo eg.abogadoscr.gmail.com.—Juzgado Familia y Violencia Doméstica de Santa Cruz, (Materia Familia), 25 de marzo del 2019.—Licda. Ana Lucrecia Valverde Arguedas, Jueza.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019340363 ).           3 v. 3.

Al señor Josué David Castro Corrales, mayor, soltero, en unión de hecho, sin oficio conocido, portador de la cédula de identidad 02-0646-0507, por este medio se le comunica que en proceso tramitado bajo el expediente 19-000201-0687-FA del Juzgado de Familia de Grecia, se dictó la resolución de las trece horas y once minutos del veinticuatro de abril del año dos mil diecinueve, que en lo conducente y en lo que aquí interesa dice: de las presentes diligencias de depósito de las personas menores Yuliana de Los Ángeles Castro Zeledón, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Josué David Castro Corrales, a quienes se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el consejo superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones. “Igualmente se les invita a utilizar “el sistema de gestión en línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. para acceder a este sistema ingrese la página oficial del poder judicial, http://www.poder-judicial.go.cr si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés.- asimismo, por haberlo así dispuesto el consejo superior, en concordancia con la política de género del poder judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Josué David Castro Corrales por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Por último, se ordena el depósito provisional de la persona menor de edad Yuliana de Los Ángeles Castro Zeledón, cédula 0120110718 en su tía Wendy Zeledón Hernández, cédula 0205530180. Expediente 19-000201-0687-FA. Clase de asunto depósito judicial. Publíquese tres veces. Trece horas y once minutos del veinticuatro de abril del año dos mil diecinueve.—Juzgado de Familia de Grecia, 24 de abril del año 2019.—Licda. Marjorie De Los Ángeles Salazar Herrera, Jueza.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019340389 ).                                  3 v. 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de las menores Urias Josua Solórzano Cordero, para que se apersonen al Juzgado de Familia de Buenos Aires dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado mediante la resolución de las ocho horas cuarenta y seis minutos del siete de agosto del dos mil diecisiete. Expediente N° 17-000048-1554-FA (50-17-3).—Juzgado de Familia de Buenos Aires, 18 de marzo del 2019.—Licda. Edith Brenes Quesada, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019340409 ).                                                 3 v. 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de las menores de edad Edith María y Wendy ambas de apellidos Díaz Duarte, para que se apersonen al Juzgado de Familia de Buenos Aires dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado mediante la resolución de las ocho horas y cuarenta y seis minutos del quince de marzo de dos mil diecinueve. Expediente N° 19-000008-1420-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Lic. Marvin Antonio Hernández Calderón, Juez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019340417 ).                                   3 v. 3.

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela legítima de la persona menor de edad Kendall Lisandro Tenorio Sánchez, por haber sido nombradas en testamento o ya por corresponderles de manera legítima, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto, expediente 19-000135-0673-NA. Proceso tutela legítima. Promovente: Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia, 01 de abril del 2019.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—Nelda Beatriz Jiménez Rojas.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019340964 ).                                                                                  3 v. 2.

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela testamentaria de la persona menor Johel Fauricio Araya Quesada, por haber sido nombradas en testamento, ya por corresponderles la legítima para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente N° 19-000192-0687-FA. Proceso tutela legítima. Promovente: Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia, (Materia Familia), 22 de abril del 2019.—Lic. Marjorie De Los Ángeles Salazar Herrera, Jueza.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019341188 ).                                                                                 3 v. 2.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor Abner Jacob Ocampo Araya, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. 26 de marzo del año 2019. Expediente 17-002238-0292-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las once horas y diecisiete minutos del veintiséis de marzo de dos mil diecinueve.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341179 ).                    3 v. 1.

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Licenciado Ignacio Solano Araya, Juez del Juzgado Segundo de Familia de San José, a Rolando Laines Sánchez, en su carácter personal, quien es mayor, de paradero desconocido, se le hace saber que en demanda autorización salida país, expediente 19-000175-0187-FA, establecida por Norma Jessenia González Vilchez contra Rolando Laines Sánchez, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado Segundo de Familia de San José, a las trece horas y cincuenta y tres minutos del treinta de abril de dos mil diecinueve. I. Tal y como fue acreditado con la prueba testimonial que antecede, por desconocerse el paradero del señor Rolando Laines Sánchez, se nombra a la Licenciado Gerardo Sánchez Rodríguez, como curadora procesal de Rolando Laines Sánchez dicho curador será notificado por medio del correo electrónico gdosanchezr@gmail.com. En un plazo de tres días deberá el Licenciado Sánchez Rodríguez apersonarse en este despacho judicial a jurar cumplir fielmente con el cargo asignado. Se le recuerda a la licenciada asignada lo dicho en el artículo 262 en el respecto que deberá promover toda defensa que proteja los intereses de su representado, y ejercitar los recursos que sean necesarios contra las resoluciones adversas a sus intereses. Su negligencia o culpa grave lo hará incurrir en responsabilidad civil ante su defendido. Una vez cumplido el cargo por parte del Licenciado Sánchez Rodríguez, por responder este asunto al principio de gratuidad, deberá solicitarse vía oficio a la Administración de Tribunales, se sirvan realizar el pago de autorización de gastos, a fin de cancelar a la curadora procesal los honorarios correspondientes. II. Del anterior proceso sumario de autorización de salida permanente del país, subsidiaria de salida del país provisional y obtención del pasaporte que solicita Norma Jessenia González Vilchez se concede audiencia por el plazo de cinco días al señor Rolando Lainez Sánchez para que en la persona de su curador procesal Licenciado Sánchez Rodríguez la conteste en la forma que indica el artículo 305 en relación con el artículo 428 ambos del Código Procesal Civil. Se ordena tener como interviniente de estas diligencias al Patronato Nacional de la Infancia, institución a la cual se le previene indicar medio (fax/casillero/correo electrónico) para escuchar notificaciones, con advertencia de que en caso de no hacerlo las resoluciones se tendrán por notificadas con el solo transcurso de las veinticuatro horas luego de su dictado (Artículo 11 Ley de Notificaciones Judiciales). Con el objeto de fomentar prácticas amigables con el medio ambiente y acelerar la tramitación procesal, el Poder Judicial está desarrollando políticas para disminuir el uso del papel, promoviendo el empleo de medios electrónicos de comunicación. (Sesión de Corte Plena N°16-09 del 11 de mato de 2009, Art. XXI) Por ello, esta autoridad se permite instar a las partes, abogado y demás intervinientes en este proceso a señalar un correo electrónico para recibir notificaciones y demás comunicaciones judiciales siguiendo para ese fin las directrices señaladas en el artículo 39 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687. Se les invita “El Sistema de Gestión en Línea”que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. III. De conformidad con el artículo 151 del Código de Familia, se convoca a las partes y sus abogados a la audiencia oral que se realizará en este Juzgado a las ocho horas del ocho de julio del dos mil diecinueve (08:00 horas 08/07/2019). Se tiene por aportada la documental presentada por la actora, asimismo se admite el testimonio de Maling González Vilchez y Vicenta Escalante, quienes se referirán a todos los hechos de esta demanda. Sin la presencia de partes ni abogados entrevístesele al menor Alonso Laines González.—Juzgado Segundo de Familia de San José.—Lic. Ignacio Solano Araya, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019342792 ).

Se hace saber a 1) Comercial Pinasco Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-271301, como titular registral de la finca del Partido de San José matrícula número 153106; sociedad representada por Jaime Goldenberg Barahona, cédula 1-777-590, como presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de dicha sociedad. 2) Escuela Autónoma de Ciencias Médicas de Centro América, cédula jurídica 3-006-45039, como anotante de la Opción de Venta con citas tomo: 2017, asiento: 339542, representada por Oscar Francisco Segreda Rodríguez, cédula 9-053-945 como presidente, con facultades de apoderado general sin límite de suma. 3) Condominios Villa Universitaria Limitada, cédula jurídica 3-102-702350, anotante, adquirente mediante documento anotado bajo el tomo: 2017, asiento: 507344; representada por Shlomo Haim Ben Shushan, pasaporte 22318589, como Gerente de dicha entidad, que en este Registro se iniciaron Diligencias Administrativas de Ocurso, relacionadas con documento bajo citas tomo: 2017, asiento: 507344 sobre la finca de la Provincia de San José, matrícula 153106. Por lo anterior esta Asesoría mediante resolución de las 1411:00 horas del 9 de febrero del 2018, ordenó la apertura del expediente 2018-085-RIM. De igual forma por resolución de las 15:00 horas del 25/2/2019; cumpliendo el principio del debido proceso, se autorizó publicación por una única vez de edicto para conferir audiencia a las personas mencionadas, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la respectiva publicación en el Boletín Judicial; para que dentro de dicho término presente los alegatos correspondientes, y se le previene que dentro del término establecido para audiencia señalar facsímil o casa u oficina dentro de la ciudad de San José para oír notificaciones, conforme al artículo 22 inciso b) del Decreto Ejecutivo 35509 que es el Reglamento de Organización del Registro Inmobiliario, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme al artículo 11 de la Ley 8687 Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese. (Referencia Exp. 2018-085-RIM).—Curridabat, 25 de febrero del 2019.—Lic. Alejandro Madrigal Quesada, Asesor Jurídico.—1 vez.—O.C. OC19-0002.—Solicitud 143739.—( IN2019330598 ).

El licenciado Alberto Jiménez Mata, Juez de Familia de Puntarenas, hace saber a José Mauricio Gutiérrez Angulo, cédula de identidad 6-386-444, que en este juzgado se tramita la causa 18-000828-1146-FA correspondiente a un proceso de suspensión de la responsabilidad parental, incoado por la señora Miriam Ester Rodríguez Morales en su contra, y dentro de este proceso se dictó las resoluciones que literalmente dicen así: Juzgado de Familia de Puntarenas. A las nueve horas y cincuenta minutos del doce de diciembre de dos mil dieciocho. De la anterior demanda abreviada de suspensión de responsabilidad parental, establecida por el accionante Miriam Ester Rodríguez Morales, se confiere traslado a la accionado José Mauricio Gutiérrez Ángulo, por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por existir una persona menor involucrad a en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. En caso que, el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del (a) funcionario (a) notificador (a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Se ordena notificar la presente resolución al demandado José Mauricio Gutiérrez Ángulo, por medio del Juzgado Contravencional de Alajuela, por ser habido el mismo en Desamparados de Alajuela, costado oeste de la Escuela, 100 metros sur y 75 oeste, casa de color blanco. Expídase la comisión respectiva. Hágase saber Alberto Jiménez Mata, Juez.—Juzgado Contravencional de Alajuela.—Lic. Alberto Jiménez Mata, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341144 ).

Licenciada Meibol Araya Arguedas del Juzgado Segundo de Familia de San José, a Mario Anton Miranda, hace saber al demandado Mario Anton Miranda de nacionalidad nicaragüense, con pasaporte P084748688, de paradero actual desconocido. Que en este despacho y con el expediente número 15-001035-0187-FA se tramita el proceso abreviado de suspensión de patria potestad; promovido en contra del señor Mario Antón se dictó la sentencia número 193-2019 dictada al ser las diez horas treinta minutos del cuatro de marzo de dos mil diecinueve, que dice: Resultando: I.-... II.-...III.-.... Considerando: I.-... II.-... III.-...: Por tanto: De acuerdo a lo expuesto, y artículos 51, 52 y 55 de la Constitución Política; 1, 2, 5, 6, 8, 115 y siguientes, 140, 141, 143, 159 y 160 del Código de Familia, 3 de la Convención de los Derechos del Niños y 5 y 105 del Código de la Niñez y la Adolescencia y se declara con lugar la demanda abreviada interpuesta por Escarlet Del Carmen Orozco Salgado contra Mario Anton Miranda y en consecuencia se suspende a Mario Anton Miranda en el ejercicio de la patria potestad respecto de su menor hija Alexa del Carmen Anton Orozco, ello por un plazo de cuatro años, dentro de los cuales, deberán llevarse a cabo estudios de tipo psicológico y social, pero siempre ha pedido del demandado quien sería el interesado en revertir esta suspensión, a fin de determinar la viabilidad o no de que se puedan ejercer esos derechos de su parte; siendo en caso de no ser posible o de no haber interés, a pedido de la parte actora, podrá revertirse esta suspensión en una pérdida del derecho como lo establecido el inciso c) del artículo 158 el Código de Familia. Una vez firme este fallo inscríbase el mismo mediante ejecutoria extendida a una solicitud de parte interesada, en el Registro Civil, Sección de Nacimiento de la Provincia de Alajuela al tomo: ochocientos setenta, folio; cuatrocientos veintiuno, asiento: ochocientos cuarenta y dos. En consecuencia, la señora Escarlet del Carmen Orozco Salgado, ejercerá exclusivamente la patria potestad sobre su hija Alexa del Carmen Anton Orozco, evidentemente los atributos de guarda, crianza y educación de la misma. Se exime al demandado como perdedor de la litis, del pago de costas del proceso. Hágase saber esta resolución, a la demandada por medio de edicto. Notifíquese. Licda. Marianella Fallas Víquez, Jueza.— Juzgado Segundo de Familia de San José.—Licda. Meibol Araya Arguedas, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019341152 ).

Leonardo Loría Alvarado juez del Juzgado de Familia de Heredia, hace saber a Kattia Brade Corrales en su condición personal, mayor, portadora de la cédula de identidad 1-1186-0750, de demás calidades y domicilio desconocidos, que en proceso impugnación de paternidad establecido por Igor Dones Acosta en su contra se ordenó notificarle por medio de edicto el contenido de la Sentencia de Primera Instancia 560-2019 de las ocho horas cinco minutos del veintiocho de marzo del dos mil diecinueve, que en lo conducente dice: “... Por tanto de acuerdo a lo expuesto, y artículos 51, 53, 54 y 55 de la Constitución Política; 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, 69 y siguientes del Código de Familia; se declara con lugar la demanda especial de filiación de impugnación de paternidad interpuesta por Igor Dones Acosta, contra los menores de edad Emill de Jesús, Hillary Shamil y Maills todos Dones Brade, quienes son representados por el Patronato Nacional de la Infancia -aunque no se apersonó-, dado que a doña Kattia Brade Corrales, le fue suspendido el ejercicio de los atributos de la responsabilidad parental por tiempo indefinido y se declara que los menores de edad Emill de Jesús, Hillary Shamil y Maills todos Dones Brade, no son hijos del actor, por lo que en adelante llevarán los apellidos Brade Corrales, ordenando al Registro Civil tomar nota, ello al margen de su inscripción, libro de nacimientos de la provincia de San José, al tomo 2082, folio 288, asiento 575-Emill-, tomo 2069, folio 491, asiento 981 -Hillary- y tomo 1969, folio 131, asiento 262 -Maills-, ello por medio de ejecutoria expedida a solicitud de parte interesada. Se falla sin especial condena en costas para la parte demandada. Hágase saber.-” Expediente: 15-002430-0364-FA. 25/04/2019.—Juzgado de Familia de Heredia.—Lic. Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341153 ).

Licenciada Meibol Yordalie Araya Arguedas, Jueza del Juzgado Segundo de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, hace saber al demandado Edexander Hexon Tiu Baylon, de nacionalidad filipino, con pasaporte PTT0723081, de paradero actual desconocido. Que en éste despacho y con el expediente 16-000537-0187-FA se tramita el proceso especial de filiación (Declaratoria de hijo extramatrimonial e investigación de paternidad de Fracia Marrilu Flores Moya contra Edexander Hexon Tiu Baylon y Javier Alejandro Núñez Sánchez; en el cual se dictó la sentencia 293-2019 dictada al ser las trece horas siete minutos del diecinueve de marzo de dos mil diecinueve, que dice: Resultando: I.—...,II.—...,III.—...; Considerando: I.—...;II.—...,III.—...; Por tanto: con base en lo expuesto, normas de derecho citadas, se falla: A) Se acoge la presente demanda especial de filiación (Declaratoria de Extramatrimonialidad e Investigación de Paternidad) planteada por la señora Francia Flores Moya, declarándose que el señor Edexander Tiu Baylon no es el padre del menor Abdiel Tiu Flores, en consecuencia, el menor no tiene derecho a llevar su apellido, ni a recibir alimentos de su parte, ni a sucederle ab intestato, asimismo, declarándose que el señor Javier Núñez Sánchez es el padre del menor Abdiel Tiu Flores, en consecuencia éste tiene derecho a llevar su apellido, a sucederle ab intestato con todas las implicaciones que ello conlleva, y a recibir alimentos de su parte. B) Se resuelve sin especial condenatoria en costas. Firme esta sentencia, inscríbase la misma en el Registro Civil, Sección de Nacimientos de la Provincia de San José, al margen del tomo dos mil doscientos cuarenta y cinco, asiento seiscientos ochenta y tres. Por ser el demandado Edexander Tiu Baylon de paradero desconocido, se ordena publicar un extracto de esta sentencia, por una sola vez en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional, conforme lo establece el artículo 263 del Código Procesal Civil licenciado Cesar Jara Benavides, Juez. Es todo.—Juzgado Segundo de Familia del Primer Circuito Judicial de San José.—Meibol Araya Arguedas, Jueza de Familia Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341155 ).

Se avisa, al señor Rogelio Rosales Hernández, mayor, nicaragüense, de demás calidades desconocidas, representados por la curadora procesal licenciada Grace María Quesada Cubillo, se le hace saber que existe proceso N° 17-000428-0187-FA de impugnación de reconocimiento, establecido por Wendy Verónica Blanco Rojas en contra de Evelyn Lacayo Hernández, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José a las siete horas y veintitrés minutos del dos de noviembre de dos mil dieciocho , que en lo conducente dice: se le concede el plazo de diez días a el accionado para que conteste. Se le advierte a los accionados que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Msc Milagro Rojas Espinoza.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 9 de abril de 2019.—Msc Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019341156 ).

Licenciada Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Jairo Danilo Bojorge Diaz, en su carácter personal, quien es mayor, divorciado, de domicilio desconocido, cédula 133939-C, se le hace saber que en demanda ejecución sentencia, establecida por Aura Hernández Ramos contra Jairo Danilo Bojorge Diaz, mediante el expediente N° 09-001532-0292-FA, se ordena notificarle por edicto la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las catorce horas y doce minutos del veintisiete de noviembre de dos mil dieciocho. Del anterior proceso de ejecución de sentencia establecida por la señora Aura Hernández Ramos, se confiere traslado al ejecutado Jairo Danilo Bojorge Díaz por medio de la Licda. Rosa Isabel Prieto Pochet, Curadora Procesal, por el plazo perentorio de diez días para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Honorarios de perito: Con el fin de nombrar perito idóneo se le previene a la ejecutante que dentro del octavo día deberá depositar en la cuenta N° 090015320292-2 de este despacho en el Banco de Costa Rica la suma prudencial de cien mil colones por concepto de honorarios de perito sin que esta suma implique en forma definitiva el monto total de sus honorarios, ya que estos dependerán no sólo de la labor desplegada, sino acorde con la tabla de honorarios de peritos aprobada por la Corte Suprema de Justicia. Una vez efectuado el depósito deberá comunicarlo al Despacho con el recibo correspondiente, a efecto de proceder a su nombramiento. Notificación: notifíquese a la parte demandada la presente demanda, por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial para los efectos del artículo 263 del Código Procesal Civil. Asimismo notifíquese a la curadora procesal al medio señalado. Decreto de embargo: tal y como lo solicita la ejecutante y siendo que existe una suma líquida exigible, y de conformidad con el artículo 272 del Código Procesal Civil, se decreta embargo hasta por la suma de veinte millones de colones, mismo que deberá recaer sobre las cuentas que posee el ejecutado en los siguientes bancos: Banco de Costa Rica, Banco Nacional de Costa Rica, Banco Popular y de Desarrollo Comunal, Banco Crédito Agrícola de Cartago, Scotiabank, Banco HSBC, Banco San José, Banco Cuscatlán y Mutual Alajuela. Quedan los oficios a la orden de la ejecutante.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019341170 ).

En este despacho se dictó dentro del proceso de Declaratoria Judicial de Abandono establecido por el Patronato Nacional de la Infancia, expediente 16-000337-1152-FA-3, la sentencia que en lo que interesa dice: sentencia de primera instancia 200-2018, Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las quince horas y cuarenta y uno minutos del veinte de abril del año dos mil dieciocho. Resultando: I.—..., II.—..., III.—... Considerando: I.—Hechos probados... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria judicial de abandono de las personas menores de edad Moisés Enrique y Joselin ambos González Cruz. Se extingue a su madre Ana María González Cruz el ejercicio de la Autoridad Parental. Se ordena mantener el depósito judicial de las personas menores de edad Moisés Enrique y Joselin ambos González Cruz. en el hogar del señor Juan Francisco Cruz Ojeda, quien deberá apersonarse dentro del tercer día a aceptar el cargo. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, de la provincia de Limón, al tomo trescientos treinta y siete, folio cuarenta y seis, asiento noventa y dos para Joselin Lisbeth González Cruz y en el Registro Civil de la provincia de Limón, al tomo trescientos cincuenta, folio doscientos setenta, asiento quinientos treinta y nueve, para Moisés Enrique González. Se resuelve sin especial condena en costas. Publíquese el edicto respectivo. Expediente 16-000337-1152-FA-3.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 31 de mayo del 2018.—Licda. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341171 ).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de las personas menores de edad Alanis Kaina e Isaac, ambos de apellidos Jiménez Lara, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la publicación del edicto ordenado. 01 de setiembre del 2017. Expediente 16-002155-0292-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las diez horas y cuarenta y uno minutos del uno de setiembre de dos mil diecisiete.—MSc. Liana Mata Méndez, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341173 ).

Licenciada Luz Amelia Ramírez Garita. Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a María Idalia Contreras Urbina, en su carácter de interviniente, quien es mayor, soltera, vecina de San Rafael de Alajuela, cédula de residencia 155815722214, se le hace saber que en proceso Depósito Judicial, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, mediante número de expediente 16-002274-0292-FA, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela. A las catorce horas y cinco minutos del dieciocho de marzo de dos mil diecinueve. De las presentes diligencias de depósito de las personas menores Liober Antonio Montalván Contreras, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se tiene por apersonada la señora María Idalia Contreras Urbina (folio 9) y se confiere traslado por tres días a Leober Antonio Montalván Solís en la persona de su curadora procesal la Licda. Marcela del Carmen Chaves Hernández, a quien se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a la Licda. Marcela del Carmen Chaves Hernández en representación del señor Leober Antonio Montalván Solís en el medio señalado para recibir notificaciones. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; de este Circuito Judicial. Publíquese la presente resolución por medio de edicto en el Boletín Judicial por una única vez de conformidad con el artículo 263 del Código procesal Civil. Por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341174 ).

Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a Jennifer Umaña González, en su carácter personal, con cédula 7-0172-0486, de demás calidades y domicilio desconocido, se le hace saber que en proceso de depósito judicial, expediente 17-001180-1307-FA, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las dieciséis horas y cero minutos del día catorce de noviembre del dos mil dieciocho. Proceso de depósito judicial, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Jennifer Umaña González. Resultando: Primero:…, Segundo:…, Tercero:…; Considerando: I.—.., II.—…, III.—…; Por tanto: De conformidad con lo expuesto y haciendo prevalecer el interés superior de la persona menor de edad, se accede a la solicitud planteada por la representante legal del PANI, disponiendo que la persona menor de edad: Steven Alonso Umaña González se mantenga a cargo de Carlos Umaña González, por lo que se le previene a dicho señor, que deberá apersonarse a este juzgado dentro del octavo día después de la firmeza de la presente sentencia, a aceptar el cargo conferido. Se resuelve sin especial condenatoria en costas por los principios que informan la materia. Notifíquese. Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 12 de abril del 2019.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza de Familia.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341175 ).

Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Jhon Alexander Guzmán, en su carácter personal, quien es mayor, divorciado, de oficio desconocido, vecino de Colombia, cédula p94813261, se le hace saber que en demanda Declaratoria Judicial Abandono, establecida por Kathia Rebeca Gómez Ramírez contra Jhon Alexander Guzmán, que se tramita mediante el expediente 17-001862-0292-FA, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela. A las diecisiete horas y cuarenta y dos minutos del once de marzo de dos mil diecinueve. Por tanto: Conforme lo expuesto y artículos 113, 115, 117, 118, 119, 120, 121, 123, 143, 158 inciso c), 160 inciso c) y 161 del Código de Familia, artículos 1, 5, 7, 13, 19, 30, 32, 36, 105 y concordantes del Código de la Niñez y la Adolescencia y artículos 3, 6, 9, 12, 18, 19, 39 de la Convención sobre Derechos del Niño. Se rechaza la excepción de Falta de Derecho interpuesta por la parte demandada y se Declara con lugar la demanda de declaratoria judicial de abandono con fines de adopción interpuesta por Kathia Rebeca Gómez Ramírez, en contra de Jhon Alexander Guzmán Brand consecuentemente, se declara: en estado de abandono y con fines de adopción (estado de adoptabilidad) a la niña Zury Rebeca Guzmán Gómez, por parte de su progenitor Jhon Alexander Guzmán Brand, para quien se da por terminado el ejercicio de la responsabilidad parental sobre su hija. Firme la resolución inscríbase al margen de las citas de nacimiento en el Registro Civil, en Nacimientos de la provincia de Alajuela, citas de nacimiento tomo: ochocientos ochenta y dos, folio: cuatrocientos setenta y dos, asiento: novecientos cuarenta y cuatro. Se dicta esta sentencia sin especial condenatoria en Costas. Se advierte a las partes sobre su derecho de recurrir esta resolución dentro del plazo de ley y ante el superior en caso de inconformidad. De conformidad con los dispuesto en el ordinal 263 del Código Procesal Civil publíquese por una vez la parte dispositiva de la sentencia en el Boletín Judicial. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341176 ).

Licda. Ángela Jiménez Chacón, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a los señores Maikol Barela Reyes y María Gamez López, mayores, de oficio y de paradero desconocido, se les hace saber que en diligencias de depósito judicial de persona menor de edad, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Limón, se ordena notificar por edicto la resolución de las dieciocho horas y once minutos del doce de noviembre del dos mil dieciocho. I. Se confiere traslado: de la anterior diligencias de depósito judicial de persona menor de edad, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, Limón, a favor de las personas menores de edad Israel Barela Gámez y Alexander Gámez López, se le confiere audiencia por el plazo de cinco días, a los señores Maikol Eduardo Barela Reyes y María Gámez López (padres registrales) y al Patronato Nacional de la Infancia, por medio de su representante legal (artículo 120 del Código Procesal Civil y artículo 111 del Código de la Niñez y Adolescencia); a quienes se les previene señalar medio para recibir notificaciones, de conformidad con los artículos 34, 36 y 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687; bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere las resoluciones posteriores que se dicten quedarán notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas; igual consecuencia se producirá cuando la notificación no se pueda efectuar por el medio señalado. II.—En vista de lo solicitado por la representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia, Licenciada Sandra Mara de Souza dos Santos, visible a folio 27, se resuelve: se le otorga en forma provisional a los señores Elizabeth Ángulo Trejos y Alexander Gámez López, el depósito judicial provisional de las personas menores de edad, Israel Barela Gámez y Alexander Gámez López, quien en caso de anuencia deberán comparecer a este Despacho dentro del plazo de cinco días para aceptar y jurar el cargo designado. Notifíquese: siendo que los señores Maikol Eduardo Barela Reyes y María Gámez López (padres registrales), son de paradero desconocido, según lo indica la representante legal del Patronato Nacional de la Infancia a folio 28, se ordena notificar a los mismos mediante edicto publicado de Ley. Notifíquese. Expediente N° 18-000702-1152-FA-3.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 13 de noviembre de 2018.—Licda. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019341180 ).

Lic. José Chaves Mora, Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica; hace saber a Blanca Flor Marenco Martínez, en su carácter personal, con cédula de residente permanente de libre condición número 155817891634, quien es de demás calidades y domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso declaratoria judicial abandono en su contra, bajo el expediente número 18-000737-1307-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las quince horas y treinta y dos minutos del tres de julio del año dos mil dieciocho. Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono de la persona menor Alber Josué López Marenco, Arlobis López Marenco y Johanna Marenco Martínez, planteado por Patronato Nacional de la Infancia Contra Arlovis López Aragón y Blanca Flor Marenco Martínez, a quiénes se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. En ese mismo plazo, en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Se le advierte que si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibidem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. En este mismo acto y sobre las cuestiones de primer y especial pronunciamiento solicitadas, se resuelve: Contándose con los elementos que sustenta la idoneidad del ambiente que reina en el lugar donde se encuentran ubicados los menores Alber y Arlobis ambos de apellidos López Marenco y Johana Marenco Martínez, se acoge dicha pretensión provisional, por ende se ordena el Depósito Judicial de los menores supra indicados de forma provisional en el hogar de la señora Delma Marenco Moreno, quien deberá apersonarse en el plazo de ocho días a aceptar el cargo conferido. Notifíquese esta resolución a la parte demandada, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Guápiles) y a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José (Goicoechea). Los demandados pueden ser localizados en la siguiente dirección: 1) Arlovis López Aragón: San José, Purral de Guadalupe, de La Lupita doscientos metros norte y cien metros este, casa de madera en basas sin pintar a mano derecha. 2) Blanca Flor Marenco Martínez: Limón, Siquirres, de la pulpería La Flor cien metros al norte. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese. Lic. José Chaves Mora, Juez. Y la de las trece horas y diez minutos del veinticinco de abril del año dos mil diecinueve. En vista de que la curadora procesal de la accionada de domicilio desconocido procedió a aceptar el referido cargo, a efecto de cumplir con el debido proceso se ordena en adelante tener el presente proceso especial de declaratoria de abandono de los menores Alber Josué López Marenco, Arlobis López Marenco y Johanna Marenco Martínez, planteado por Patronato Nacional de la Infancia contra Arlovis López Aragón y Blanca Flor Marenco Martínez, esta última representada por su curadora procesal la Licenciada Susana Zamora Fonseca, a quién se le confieren cinco días, para que lo conteste de la debida forma. Se tiene por aportado por parte del referido curador medio donde atender notificaciones. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a la Curadora Procesal por esta vez al medio indicado por sistema de peritos de la Dirección Ejecutiva de la Corte Suprema de Justicia. Notifíquesele esta resolución a la curadora procesal personalmente. Dicha notificación se practicará en el asiento de este Despacho mediante el notificador designado por no contarse con domicilio del curador. Igualmente, por ser de domicilio desconocido la accionada y ser representada por curador procesal, se ordena notificarle tanto esta resolución como la dictada por este Juzgado al ser las quince horas y treinta y dos minutos del tres de julio del año dos mil dieciocho por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial o en un periódico de Circulación Nacional. Confecciónese el edicto respectivo. Notifíquese. Lic. José Rogelio Chaves Mora. Juez. Lo anterior se ordena así en proceso declaratoria judicial abandono de Patronato Nacional de la Infancia contra Blanca Flor Marenco Martínez; Expediente 18-000737-1307-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 25 de abril del 2019.—Lic. José Chaves Mora, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341181 ).

De la solicitud de Adopción Conjunta promovida por Freddy Gerardo Cortes Arias y Marceline Vanessa Castro Ovares a favor de las menores Cristhopher Yamil y Dustin ambos de apellidos Rodríguez Castro, se da aviso a todas aquellas personas que con interés contrario a la adopción se apersonen formulando sus oposiciones mediante escrito, dentro del plazo de cinco días, en el cual expondrán los motivos de inconformidad con indicación expresa de las pruebas en que fundamentan su oposición. Expediente 19-000214-1302-FA-9.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 20 de marzo del 2019.—Licda. Yuliana Andrea Ugalde Zumbado, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341189 ).

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente 19-000301-0292-FA, los señores: Isel Geannina Soto Gutiérrez y Pablo Ernesto Arias Pérez, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad: Keysha María Tijerino Mora. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 24 de abril del 2019.—Licda. Eugenia María de los Ángeles Bolaños Rodríguez, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341194 ).

De conformidad con los artículos, 111, 112 y 115 del Código Procesal Penal, se procede con vista en la Acción Civil Resarcitoria interpuesta por Oscar Gerardo Arguedas Madrigal ofendido directo, a darle traslado al co-demandado civil Marvin Antonio Larios Ortiz dueño registral del vehículo placas CL 205955, cédula o documento de identidad 800810700, de las pretensiones expuestas por dicha parte, para que se pronuncie sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del actor civil en este proceso, planteando las excepciones que estime pertinentes, por lo que se le concede el término de ley para que haga valer sus derechos. Asimismo, se le previene que en el acto de ser notificado deberá señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20, del 29 de enero del 2009. Comuníquese el contenido de la resolución al demandado civil y a su defensor en forma separada. En vista de que el señor Marvin Antonio Larios Ortiz, es de domicilio desconocido, se procede a comunicarle la resolución que antecede por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Expediente 15-007868-0174-TR, proceso penal seguido contra Slaudy Alexander Marsh Larios, por el delito de lesiones culposas, cometido en perjuicio de Oscar Gerardo Arguedas Madrigal. Comuníquese.—Fiscalía Segundo Circuito Judicial de San José.—Licda. Stephanie Tenorio Barrios, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341339 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Melchor Efraín Montenegro Luna, mayor, soltero, documento de identidad 0801160387, mayor, Soltero, costarricense, documento de identidad 0801160387, vecino de Tabarcia de Mora, en el cual pretende cambiarse el nombre a Efraín. Se concede el plazo de quince días a cualquier persona interesada para que se presenten al proceso a hacer valer sus derechos. Artículo 55 del Código Civil. Exp. N° 19-000038-0197-CI-7.—Juzgado Civil, Trabajo Y Familia Puriscal (Materia Civil), 12 de abril del año 2019.—Licda. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019341374 ).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de salvaguardia que promueve Harol Eduardo Cordero Portuguez, persona con discapacidad Josefa Godínez Jiménez. Expediente número 18-000512-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 06 de mayo del 2019.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341413 ).

Licenciada Patricia Cordero García, jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Yubelka Delgado Delgado, en su carácter personal, se le hace saber que en demanda depósito judicial, expediente 18-002146-0338-FA establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago. A las once horas y veintisiete minutos del catorce de setiembre del año dos mil dieciocho. De las presentes diligencias de depósito de la persona menor Luz Anyelina Delgado Delgado, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Yubelka Delgado Delgado, a quien se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 02 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Yubelka Delgado Delgado, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones; Cartago. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341414 ).

Edictos Matrimoniales

Licenciada María Marta Corrales Cordero, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil la señora Jennifer Garita Guerrero, mayor, soltera, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número siete cero dos cero siete cero cinco cero uno, vecina de Limón, Pococí, La Colonia, San Bosco, Barrio San Juan de la entrada cien metros a mano derecha al oeste casa de madera, hija de Obed Garita Ovares y Estrella Guerrero Salguera, nacida en Guápiles, Pococí, Limón, el día dieciocho de octubre de mil novecientos noventa y uno, actualmente con veintisiete años de edad y el señor Luis Antonio Orellana Díaz, mayor, soltero, agente de ventas, portador de la cédula de identidad número siete cero dos uno cuatro cero cero nueve ocho, vecino de Limón, Pococí, La Colonia, San Bosco, Barrio San Juan de la entrada cien metros a mano derecha al oeste casa de madera, hijo de Manuel Santos Orellana Pereira y Reina Margarita Díaz López, nacido en Guápiles, Pococí, Limón, el día seis de agosto de mil novecientos noventa y dos, con veintiséis años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-000428-1307-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 18 de febrero del 2019.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341196 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil: Ivannia Paola Soto Fallas, mayor de edad, cédula de identidad 2-639-220, ocupación: oficios domésticos, vecina de Alajuela, Río Segundo, de la Empacadora Río Segunda, 150 metros al este, hija de Bernal Soto Chaves, y de María Rosa Fallas Chaves, ambos costarricenses, nacida el 07 de octubre de 1987, en Centro, Central, Alajuela, con 31 años de edad; y el señor: José Alexander Murillo Ibarra, mayor de edad, cédula de identidad 2-698-020, sin ocupación, vecino de Alajuela, Río Segundo, de la Empacadora Río Segunda, 150 metros al este, hijo de Rafael Murillo Naranjo, y de Ángela Ibarra Ureña, ambos costarricenses, nacido en Centro, Central, Alajuela, en fecha 09 de febrero de 1992, con 27 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Alajuela. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-000461-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Alajuela, 13 de marzo del 2019.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341197 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil María José León Hernández, Óscar Rafael Garro Camacho, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0702410735, hija de María Eugenia León Hernández, domicilio en Guápiles, 250 metros del supermercado El Dólar, con 23 años de edad, y Óscar Rafael Garro Camacho, mayor, soltero, mecánico, cédula de identidad número 304800614, hijo de Ricardo Garro Camacho y Aida Camacho Brenes, domicilio en Guápiles, 250 metros del supermercado El Dólar, actualmente con 24 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 19-000684-1307-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 10 de abril del 2019.—Lic. Francisco Javier Castillo Acuña, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019341198 ).

Han comparecido ante este Juzgado de Familia de Heredia, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes, el señor: Víctor Julio Hernández Sánchez, mayor, estado civil: soltero, profesión: albañil, cédula de identidad 4-124-596, vecino de Barrio Santísima Trinidad, Bajo de Los Molinos de la plaza de deportes 200 sur y 200 oeste, casa color marrón, hijo de Darío Hernández Hernández y Lidia Sánchez Sánchez, nacido en Heredia el 27 de agosto de 1960, con 58 años de edad; y Maribel Rojas Campos, mayor, estado civil: divorciada, profesión: ama de casa, cédula de identidad 4-143-276, vecina del mismo domicilio del anterior, hija de Víctor Rojas Fernández y María del Socorro Campos Sandoval, nacida en Heredia el 30 de setiembre de 1966, actualmente con 52 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho Juzgado de Familia de Heredia, dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. Expediente 19-000716-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, Heredia, 24 de abril del 2019.—Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341199 ).

Licenciado José Chaves Mora, Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil la señora Liliana Herrera Calderón, mayor, divorciada, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número siete-cero uno dos cero-cero siete dos tres, vecina de Limón, Guácimo, Iglesia Católica de San Luis noventa metros norte y doscientos metros noroeste, hija de Elías Herrera Valverde y María Eugenia Calderón Quesada, nacida en Roxana, Pococí, Limón, el día catorce de octubre de mil novecientos setenta y seis, actualmente con cuarenta y dos años de edad y el señor José Bernardo Alvarado Pérez, mayor, soltero, peón agrícola, portador de la cédula de identidad número siete-cero cero ocho cinco-cero cinco siete cinco, vecino Limón, Guácimo, Iglesia Católica de San Luis noventa metros norte y doscientos metros noroeste, hijo de Jose Ángel Alvarado Araya y Aydali Pérez Fuentes, nacido en Guápiles, Pococí, Limón, el día veintiuno de junio de mil novecientos sesenta y seis, con cincuenta y dos años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-000721-1307-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 23 de abril del 2019.—Lic. José Chaves Mora, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341200 ).

Han comparecido ante este Juzgado de Familia de Heredia, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes, el señor Olman Fredy Ramírez Sánchez, mayor, estado civil divorciado, vivo en unión libre, profesión taxista informal, cédula de identidad N° 4-117-004, vecino de San Rafael de Heredia, del Abastecedor La Terraza, 75 m norte y 75 oeste, casa a mano derecha, hijo de Carlos Luis Ramírez Camacho y Zoraida Sánchez Arce , nacido en Heredia el 28 de diciembre de 1957, con 61 años de edad y Damaris Del Carmen López Salmerón, mayor, de nacionalidad nicaragüense, con cédula de residencia Nº 155812189017, estado civil soltera, vivo en unión libre, profesión ama de casa , vecina del mismo domicilio del anterior, hija de José López Ruiz y Tomasa Del Socorro Mayorga Salmerón, nacida en Masatepe, Masaya, Nicaragua el 24 de octubre de 1969, actualmente con 39 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. Expediente N° 19-000799-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 29 de abril del 2019.—Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019341201 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil: Jonathan José Segura Conejo, mayor, costarricense, divorciado de Hazel Andrea Rodríguez Acuña el veintisiete de octubre de dos mil once, en Cartago, cédula de identidad 0303940621, comerciante, vecino de Quircot, de la Escuela 25 metros al norte, casa color ladrillo mano derecha, hijo de Agnes Patricia Conejo Villalobos y José Efraín Segura Guzmán, ambos padres costarricenses, nacido en Oriental, Central, Cartago, el 08/05/1984, con 35 años de edad; y María Fernanda Víquez Fernández, mayor, costarricense, soltera, administradora del hogar cédula de identidad 0304680849, vecina de la misma dirección que el anterior, hija de Vilma Víquez Fernández, madre costarricense, nacida en Oriental, Central, Cartago, el 01/03/1993, actualmente con 26 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-001202-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 03 de mayo del 2019.—Lic. Juan José Alvarado Quirós, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341202 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil: María Elena Acosta Chacón, mayor, soltera, cédula de identidad 0113940727, mayor, soltera, nombre de la progenitora: María Cristina Chacón Ramírez y nombre del progenitor: Johnny Fernando Acosta Mora, actualmente con 29 años de edad, domicilio Nicoya, Barrio San Martín, Barrio Negro, de la plaza de Barrio Negro 100 metros hacia el norte; y Eduardo Luis Campos Noguera, cédula de identidad 0503780162, mayor, soltero, comerciante, domicilio en Nicoya, Barrio San Martín, nombre de la progenitora Esperanza Campos Noguera, actualmente con 28 años de edad, ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Nicoya. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-000073-0869-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Familia), Nicoya, 06 de marzo del 2019.—Msc. Karol Gómez Moraga, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341408 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Bonifacio Amancio Aguilar Molina, mayor, soltero, jornalero, cédula de identidad 0501870153, nombre de la progenitora Gregoria Molina Molina y nombre del progenitor Manuel de Jesús Aguilar Rosales, domicilio en Jobo Norte de Nicoya, Guanacaste, 2 kilómetros antes de la Escuela, nacido el 05/06/1960, con 58 años de edad, y Zeneida Díaz Díaz, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad 0502420643, nombre de la progenitora Alejandrina Díaz Díaz, domicilio en Jobo Norte de Nicoya, Guanacaste, nacida el 19/10/1967, actualmente con 51 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en el Jobo Norte de Nicoya, Guanacaste, Nicoya. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-000097-0869-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Familia), Nicoya, 19 de marzo del 2019.—Msc. Karol Tatiana Gómez Moraga, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341409 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Irene Sequeira Venegas, mayor, soltera, con cédula de identidad 0503760300, con 28 años de edad, ama de casa, nombre de la progenitora, Mayela Sequeira Venegas, y Jairo Briceño Quirós, mayor, mecánico ocasional, 0503940778, con 24 años de edad, nombre de la progenitora Elsie María Quirós Gómez y de Arvin Briceño Rosales, ambos con domicilio en Nicoya, Barrio San Martín, 25 metros al norte de la Escuela San Ambrosio. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente 19-000123-0869-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia familia), Nicoya, 05 de abril del 2019.—Msc. Karol Tatiana Gómez Moraga, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341410 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil de: Jazmín Yocari Villalta Navarro, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad 0304450414, vecina de Proyecto de Manuel de Jesús, de la Escuela 100 norte casa K-39, hija de Lía Marta Navarro Cordero y Mario Villalta Obando, nacida en Oriental, Central, Cartago, el 23/05/1990, con 28 años de edad, teléfono: 6001-44-03, y por la condición del señor: Jeancarlos Josué Castillo Serrano, mayor, soltero, persona detenida por el delito de narcotráfico en el CAI Jorge de Bravo Ámbito B Dormitorio 2, cédula de identidad 0304550641, hijo de Liliana Rosibel Serrano Coto y Víctor Manuel Castillo Solano, nacida en Oriental, Central, Cartago, el 04/08/1991, actualmente con años de edad. Las personas comparecientes manifiestan: Venimos ante su autoridad con el fin de que mediante sus buenos oficios se nos una en matrimonio civil dado que no hay impedimento legal para ello y para comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los testigos: Karen Castillo Serrano y Andrés Acevedo Gutiérrez. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-000239-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 06 de mayo del 2019.—Msc Wendy Blanco Donaire, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019341411 ).

Edictos en lo Penal

M. Sc. Pilar Espinach Rueda, Jueza de Trámite del Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de Alajuela; hace saber a Castellón Zeas Francisco José, quien es mayor, casado, de nacionalidad nicaragüense, Pasaporte C1064223; que en este Despacho se tramita el expediente número 13-003724-0057-PE donde se dictó la resolución que literalmente dice: Se ordena publicación de edicto Tribunal Penal de Alajuela, a las 08: 30 horas del 18 de abril de 2018. Se ordena publicación de edicto en el Diario Oficial La Gaceta por 3 ocasiones de lo siguiente: “Se comunica al señor Francisco José Castellón Zeas, pasaporte C1064223, que el depósito de objetos del Poder Judicial se encuentra el vehículo Honda, placas 190518, el cual se encuentra inscrito a su nombre, por lo que se le concede el plazo de 3 meses para que proceda a retirar el mismo, caso contrario, se ordenaría la donación o la destrucción del mismo”. Notifíquese. Juez Mario Rodríguez Villegas. Exp. N° 13-003724-0057-PE. Lo anterior se ordena así en causa 13-003724-0057-PE contra Michael Badilla López por el delito homicidio culposo en concurso material con un delito de simulación de delito en perjuicio de Rafael Ángel Montoya Sandoval y la administración de justicia.—Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 2 de mayo del año 2019.—Msc. Pilar Espinach Rueda, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019340999 ).