BOLETÍN JUDICIAL N° 91 DEL 17 DE MAYO DEL 2019
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
De conformidad
con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, y para el caso
específico el acuerdo de la
Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta
Nº 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo III y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 51-16 celebrada el 24
de mayo de 2016, artículo CI., de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta
Nº 01-2009 de fecha 26 de febrero
del 2009, artículo I y el acuerdo
del Consejo Superior en sesión Nº 58-09 celebrada el 02
de junio del 2009, artículo
LV., se hace del conocimiento
de las instituciones públicas,
privadas y del público en general, que se procederá a la
eliminación de Paquetes de Expedientes de Tránsito, Paquetes de Expedientes de
Tutelar, Paquetes de Expedientes
de Civil, Remesa Destrucción
de Tránsito, de los despachos
que a continuación se detallan.
La información se encuentra
remesada y custodiada en el Archivo Judicial.
Para ver las
imágenes, ir al Boletín Judicial con
formato PDF
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días
hábiles, luego de la publicación de este aviso. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
San José, 21 de marzo del 2019.
Lic. Wilbert Kidd Alvarado
Subdirector Ejecutivo a. í.
1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2019341337 ).
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso
específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2016 de
fecha 04 de mayo de 2016, artículo III y el acuerdo del Consejo Superior en
Sesión N° 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016,
artículo CI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y
del público en general, que se procederá a la eliminación de Paquetes de
Expedientes de Civil, Remesa Destrucción de Civil, de los despachos que a
continuación se detallan. La información se encuentra remesada y custodiada en
el Archivo Judicial.
Para ver las
imágenes, ir al Boletín Judicial con
formato PDF
Si algún interesado ostenta un interés
legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a
la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la
publicación de este aviso. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
San José, 10 de abril del 2019.
Lic.
Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector
Ejecutivo a. í.
1 vez.—O.C.
N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019341338 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y
para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en acta N° 01-2014 de fecha 14 de marzo del 2014, artículo IX y el acuerdo del Consejo Superior en sesión N° 34-14, celebrada el 22
de abril del 2014, artículo
L, se hace del conocimiento
de las instituciones públicas,
privadas y del público en general, que se procederá a la
eliminación de expedientes
de materia penal del año
2011 al 2013 del Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José. La documentación
se encuentra custodiada en el Archivo del Segundo Circuito Judicial de San José.
Remesa: P 46 S 11
Expedientes: 8
Paquetes: 1
Año: 2011
Asunto: Penales Varios Absolutoria: apropiación indebida y retención indebida (7), abuso de autoridad (1).
Remesa: P 32 S 12
Expedientes: 830
Paquetes: 1
Año: 2012
Asunto: Penales Varios Absolutoria: Atípico (819), amenazas agravadas (1), amenazas contra una mujer (4), daños (1), hurto simple (3), robo simple (2).
Remesa: P 23 S 13
Expedientes: 37
Paquetes: 1
Año: 2013
Asunto: Penales Varios Absolutoria: amenazas contra una mujer (2), atípico (7), desobediencia (1), hurto simple
(1), maltrato (10), ofensas
a la dignidad (13), falsificación
de señas y marcas (1),
testimonio de piezas (2).
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva dentro del plazo de ocho días
hábiles. Publíquese por una
vez en el Boletín Judicial.
San José, 26 de abril de 2019.
Lic. Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector
Ejecutivo a. i.
1 vez.—O.
C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2019341340 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y
para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.)
en acta Nº 01-2014 de fecha
14 de marzo del 2014, artículo
VIII y el acuerdo del Consejo
Superior en sesión N°
47-14, celebrada el 21 de mayo de 2014, artículo XXXI, se hace del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes de Transito del año 1997 y 2002 del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito
Judicial de San José. La documentación,
se encuentra custodiada en el Archivo del Segundo Circuito Judicial de San José.
Remesa: W 1 S 97
Expedientes: 1
Paquetes: 1
Año: 1997
Asunto: Colisión
Remesa: W 4 S 02
Expedientes: 1
Paquetes: 1
Año: 2002
Asunto: Colisión
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días
hábiles. Publíquese por una
vez en el Boletín Judicial.
San José, 26 de abril del 2019
Lic. Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector
Ejecutivo a. i.
1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2019341343 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y
para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en Acta Nº 02-2007, de fecha 06 de agosto del 2007, artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 66-07, celebrada el 06
de setiembre del 2007, artículo
XXXVII, se hace del conocimiento
de las instituciones públicas,
privadas y del público en general, que se procederá a la
eliminación de Documentación
Administrativa del año 2006
al 2016 y Expedientes Disciplinarios
de año 2006 al 2013 de la Unidad de Inspección Fiscal del Ministerio Público. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: M 1 S 06
Ampos: 8
Paquetes: 1
Año: 2006
al 2016
Asunto: Documentación
administrativa (viáticos y vacaciones, asistencia otros despachos, oficios recibidos, oficios enviados, colillas de fax, políticas axiológicas, registros de asistencia Inspección Fiscal)
Remesa: M 2 S 06
Paquetes: 27
Año: 2006
al 2013
Asunto: Expedientes
disciplinarios: 27 paquetes
que contienen expedientes.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días
hábiles. Publíquese por una
vez en el Boletín Judicial.
San José, 26 de abril del 2019.
Lic. Wilbert Kidd
Alvarado,
Subdirector
Ejecutivo a. í.
1 vez.—O.
C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019341345 ).
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso
específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2014, de
fecha 14 de marzo del 2014, artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior en
sesión Nº 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014,
artículo LI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y
del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación
Administrativa del año 2003 al 2009 de la Sección
de Patología Forense del Organismo de Investigación Judicial, Ciudad Judicial. La
documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: O 5 H 03
Paquetes: 357
Ampos: 54
Año: 2003 al 2009.
Asunto: 343 Paquetes con Protocolos de
Autopsia del 2003 al 2008.
14 Libros con Actas y de Registros de 2003 al 2009.
54 Ampos con Dictámenes y Administrativos de 2003 al 2009.
Si algún interesado ostenta un interés
legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a
la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese por
una vez en el Boletín Judicial.
San José, 26 de abril del 2019.
Lic. Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector
Ejecutivo a. í.
1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2019341346 ).
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso
específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2018,
celebrada el 02 de julio del 2018, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior
en Sesión Nº 100-18, celebrada el 15 de noviembre del
2018, artículo XXXVIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas,
privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de
Documentación Administrativa del año 2005 al 2017 del Juzgado de Trabajo de
Heredia.
La
documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 7 H 05
Libros: 10
Ampos: 28
Año: 2005
al 2017
Asunto: Documentación Administrativa: Reportes y
Registros: Ampos (2007 al 2017) y 5 Libros de conocimiento (2005-2017), 5
libros de reportes de nombramientos (2005 al 2017)
Si algún interesado ostenta un interés
legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a
la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese por
una vez en el Boletín Judicial.
San José, 26 de abril de 2019.
Lic.
Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector
Ejecutivo a. í.
1 vez.—O.
C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019341348 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y
para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en Acta N° 02-2006, de fecha 28 de junio del 2006, artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 50-06, celebrada el 11
de julio del 2006, artículo
L. De la Comisión Institucional
de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en
Acta N° 02-2007, de fecha 06 de agosto
del 2007, artículo IX y el acuerdo
del Consejo Superior en Sesión N° 66-07 del 06 de setiembre
del 2007, artículo XXXVII, se hace
del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Base en materia civil y laboral del año 1956, 1974 al 2005 del Juzgado
Civil y de Trabajo de Osa,
Zona Sur. La documentación, se encuentra
remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: 21315
Documentos: 729
Paquetes: 33
Año: 1956,
1974 al 2005
Asunto: Documentos base en materia civil y laboral:
1
Paquete con 1 documento:
Civil 1 factura del año
1956.
1
Paquete con 7 documentos:
Civil 3 sobres cerrados indicando posiciones a absolver, 1 folio con preguntas,
3 copias de planos del año 1974.
1
Paquete con 1 documento:
Civil 1 sobre cerrado indicando posiciones a absolver del año 1975.
1
Paquete con 4 documentos:
Civil 1 carta de venta, 1 factura,
1 folio con preguntas, 1 copia
de plano del año 1976.
1
Paquete con 4 documentos:
Civil 1 carta de venta privada,
1 oficio. Laboral: 1 sobre cerrado rotulado confesión, 1 folio con convenio
del año 1977.
1
Paquete con 53 documentos:
Civil 1 oficios, 1 recibo
de arrendamiento N° 4629, 1 copia
de contrato de arrendamiento,
2 cheques, 1 pagaré, 1 contrato
de arrendamiento, 1 folio con preguntas,
5 copias de resoluciones,
11 recibos de pago, 1 sobre cerrado indicando
posiciones a absolver, 9 facturas,
3 planos, 1 recorte de periódico, 1 copia de plano, 1 contrato de trabajo, 9 copias de documentos varios, 1 recibo de dinero, 1 certificación registral, 1 plano.
Laboral: 1 sobre cerrado
del año 1978.
1
Paquete con 16 documentos:
Civil 1 certificado de prenda,
1 contrato de trabajo, 4
cheque, 1 plano, 1 escritura,
1 sobre cerrado indicando posiciones a absolver, 3 facturas. Laboral: 2
cheques, 1 libreta de tiempo
semanal, 1 sobre copias de facturas varias del año 1979.
1
Paquete con 32 documentos:
Civil 26 facturas, 1 recibo,
3 planos, 1 folio con preguntas,
1 sobre cerrado indicando posiciones a absolver del año 1980.
1
Paquete con 34 documentos:
Civil 22 facturas, 1 sobre cerrado indicando posiciones a absolver, 4 recibos, 2 copias de oficio, 1 certificación notarial
de prenda, 1 testimonio de escritura,
1 ejecutoria. Laboral: 1 libro,
1 folio con preguntas del año
1981.
1
Paquete con 4 documentos:
Civil 2 cheques, 1 factura. Laboral: 1 sobre cerrado con interrogatorio del año 1982.
1
Paquete con 34 documentos:
Civil 24 fotografías, 1 contrato
de arrendamiento, 1 cheque, 1 escritura,
2 plano, 1 segregación, 2 factura, 1 copia certificada de oficio, 1 certificación del Archivo
Nacional del año 1983.
1
Paquete con 5 documentos:
Civil 2 microfilm de certificado de prenda, 1 folio con preguntas, 1 sobre cerrado indicando
posiciones a absolver.
Laboral: 1 libreta del año
1984.
1
Paquete con 41 documentos:
Civil 2 certificación notarial, 3 recibo,
3 pagaré, 1 folio con preguntas,
1 certificado de prenda, 1 plano, 9 cartas de venta, 1 sobre cerrado oposiciones
de absolver, 20 facturas, del año
1985.
1
Paquete con 15 documentos:
Civil 7 pagaré, 6 certificado
de prenda, 2 facturas, del año 1986.
1
Paquete con 12 documentos:
1 escritura por alquiler de
finca, 1 pagaré, 2 certificación notarial, 1 certificado
de prenda, 7 folios con facturas
del año 1987.
1
Paquete con 13 documentos:
Civil 2 cartas de venta, 4 certificados
de prendas, 4 pagaré.
Laboral:
3 recibos de pago del año 1988.
1
Paquete con 15 documentos:
Civil 3 certificación de prenda,
3 certificaciones de microfilm, 2 certificación
notarial, 1 copia de pagaré,
1 certificación de registro
público, 4 facturas, 1 sobre cerrado indicando
posiciones a absolver del año 1989.
1
Paquete con 49 documentos:
Civil 3 copias de documentos,
3 copias de depósitos, 4 copias de documentos, 7 certificaciones notariales, 2 oficios Municipalidad de Osa, 2 certificado de prenda, 28 folios
de una certificación notarial del año
1990.
1
Paquete con 11 documentos:
Civil 3 folios con facturas varias,
2 facturas, 1 folio con preguntas,
1 pagaré, 1 testimonio de escritura,
1 contrato, 1 copia de pagaré, 1 carta venta del año 1991.
1
Paquete con 21 documentos:
Civil 2 pagaré, 1 copia de oficio, 1 copia de resolución, 1 copia de plano, 3 certificaciones hipotecarias, 1 letra de cambio, 1 contrato de trabajo, 8 hojas de cuaderno.
Laboral:
1 sobre con facturas varias, 1 oficio del INS, 1 póliza del año 1992.
1
Paquete con 65 documentos:
Civil 2 certificado de prenda,
32 fotografías, 1 contrato
de arrendamiento, 3 planos,
1 trozo de cable, 1 pagaré certificado, 1 pagaré, 2 letras de cambio, 1 sobre cerrado rotulado
posiciones a absolver.
Laboral: 1 renuncia, 20 colillas
de pago del año 1993.
1
Paquete con 82 documentos:
Civil 23 fotografías, 6 letras
de cambio, 2 certificado de
prenda, 20 recibos de luz,
1 plano, 1 certificación de
cheque, 1 pagaré, 1 sobre
con fotocopias de documentos
varios, 1 constancia, 2 contratos de arrendamiento, 1 copia certificada de letra de cambio, 22 facturas. Laboral: 1 escrito del año 1994.
1
Paquete con 27 documentos:
Civil 1 pagaré certificado,
13 recibos, 1 manifestación,
5 copias de recibos, 6
folios de copias certificadas,
1 letra de cambio del año 1995.
1
Paquete con 1 documento:
Civil 1 testimonio de escritura del año 1996.
1
Paquete con 15 documentos:
Civil 11 letras de cambio,
3 recibos de dinero, 1 sobre con facturas varias del año 1997.
1
Paquete con 15 documentos:
Civil 8 letras de cambio, 2
cheques, 1 certificado de prenda,
4 pagaré del año 1998.
1
Paquete con 44 documentos:
Civil 11 letras de cambio,
1 sobre cerrado indicando posiciones a absolver, 8 pagaré, 24 facturas del año 1999.
1
Paquete con 37 documentos:
Civil 29 letras de cambio,
6 pagaré, 1 certificado de prenda, 1 factura del año 2000.
1
Paquete con 9 documentos:
Civil 2 pagaré, 1 copias de
facturas, 5 letras de cambio, 1 cheque del año 2001.
1
Paquete con 35 documentos:
Civil 5 pagaré, 1 contrato
de venta, 3 letras de cambio, 1 contrato de arrendamiento, 24 facturas.
Laboral: 1 cuaderno del año
2002.
1
Paquete con 5 documentos:
Civil 2 letras de cambio, 2
pagaré, 1 factura del año 2003.
1
Paquete con 19 documentos:
Civil 9 letras de cambio, 1
arreglo extrajudicial, 3 pagaré,
2 certificaciones de microfilm, 2 letras
de cambio, 2 cheques del año
2004.
1
Paquete con 3 documentos:
Civil 1 pagaré, 2 letras de
cambio del año 2005.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva dentro del plazo de ocho días
hábiles. Publíquese por una
vez en el Boletín Judicial.
San José, 26 de abril de 2019.
Lic. Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector
Ejecutivo a. i.
1 vez.—O.
C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2019341349 ).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Félix Ramón Mejía Guilmon, quien fue mayor, cédula de identidad Nº 5-0213-0001, fallecido el 20/12/2018, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector privado bajo
el número 19-000112-0942-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº 19-000112-0942-LA. Por a favor de.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste
(Liberia) (Materia Laboral), 27 de marzo del 2019.—Licda. Maureen Vanessa Ortiz Cerdas, Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019341247 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Guillermo Salas Quesada cédula
9-0069-0294, quien fue
mayor, divorciado y falleció
el 29 de octubre de 2018, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el número 19-000142-0775-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
19-000142-0775-LA. Establecido por Seidy María Vega Ortiz cédula 2-0652-0043 a favor de los menores Deiner Gabriel Salas Vega
cédula 208940159 y Eimy Giuliana Salas Vega cédula
505270846.—Juzgado de Trabajo
de Santa Cruz, 25 de abril
del 2019.—Lic. Brenda Celina
Calvo De La O., Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2019341248 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Gilberto González Hernández,
0400880738, fallecido el 22 de febrero
del 2018, se consideren con derecho para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación
de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo
el N° 19-000573-0505-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85
y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 19-000573-0505-LA. Por a favor de Jorge Gilberto González Hernández.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 26 de marzo del 2019.—Licda. Brenda de
Los Ángeles Vargas Quesada, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2019341249 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Renan Francisco Brenes Ramírez
0302960030, fallecido el 27 de diciembre
del año 2018, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest.
Sector Privado bajo el número 19-000573-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
19-000573-0641-LA, a favor de Renan Francisco Brenes Ramírez. Promovido por Nuria María Redondo Rivera cédula de identidad número 3-0301-0162.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 24 de abril del 2019.—Licda. Kattia Sequeira
Muñoz, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019341250
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de: Bryan Jesús Vargas Ortiz, quien portó cédula de identidad Nº 1-1507-0047, fallecido el 01 de febrero del 2017, se
consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones, bajo el número
17-002453-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 17-002453-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección
Segunda, 24 de
setiembre del 2018.—Licda. Jessica Cordero Azofeifa, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2019341251 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Julián Ernesto Barquero
Espinoza, mayor, soltero, de nacionalidad
costarricense, portador de
la cédula de identidad número
2-0708-0558, quien laboraba
como oficial de policía fronterizo para el Ministerio de Seguridad de Pública, y falleció el 16 de setiembre del año 2017, vecino de Upala, Aguas Claras, El Porvenir del puesto de la guardia, un kilómetro al peste, casa color lila, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación
de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones,
bajo el número 18000120-1516-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Expediente N° 18-000120-1516-LA. a favor de
Concepción Espinoza Ramos.—Juzgado Civil, Trabajo y de Familia del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Sede Upala
(Materia Laboral), 9 de noviembre
del año 2018.—Licda. Wendy
María Barrantes Rojas, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2019341252 ).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Paola María Madrigal Mora, 0114940421,
fallecida el 11 de marzo del año 2019, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias
de Consig. Prest. Sector Público bajo el número
19-000085-1125-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Por a favor de Paola María Madrigal Mora.
Expediente N° 19-000085-1125-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur
(Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 08 de abril del año 2019.—Lic. Harold Rios Solórzano, Juez.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019341253
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Didier Adán
Martínez Vargas, cédula 1-0942-0458, quien era mayor,
divorciado, vecino del Hoyón de Pérez Zeledón, laboraba en el beneficio de Coopeagri R. L, falleció el 19 de julio 2018. Se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación
de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones de trabajador fallecido bajo el número 19-000135-1125-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 19-000135-1125-LA. A favor de María Josefa Vargas Hernández y otro.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia
Laboral), 29 de abril del
2019.—Lic. José Celso Fernández Delgado, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2019341256 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Claudia Andrea Arauz
Rueda, con cédula de identidad 8-0105-0717, fallecido el 07 de agosto del año 2018, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el número 19-000254-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
19-000254-0643-LA. Por Luis Armando Marchena Villafuerte, cédula de identidad 5-0231-0681, a favor de Claudia Andrea Arauz Rueda, con cédula de identidad
8-0105-0717.—Juzgado de Trabajo
de Puntarenas, 25 de marzo
del 2019.—Lic. Héctor
Álvarez Jiménez, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019341257 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Henry Antonio Masís Valle, portador
de la cédula de identidad 0702730635, fallecido el 15 de enero del año 2019, se
consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número
19-000290-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Por Sur Química S.A. a favor de los
causahabientes del fallecido Henry Antonio Masís
Valle. Expediente N° 19-000290-0166-LA.—Juzgado de Trabajo Segundo
Circuito Judicial San José, 28 de febrero del año 2019.—Lic. Alexander Contreras Barrantes,
Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019341258 ).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Andrés Rodolfo Grant Mora, portador de la
cédula de identidad Nº 0111090886, fallecido el 26 de
marzo del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Nº
19-000508-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial, expediente N°
19-000508-0166-LA. Por Grace Mora Acuña a favor de los causahabientes del
fallecido Andrés Rodolfo Grant Mora, portador de la cédula de identidad Nº 0111090886.—Juzgado
de Trabajo Segundo Circuito Judicial San José, 01 de abril del 2019.—Lic. Alexánder Contreras Barrantes, Juez.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019341259 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de: José Enrique Fernández Alpízar, fallecido el 29 de setiembre
del 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de consig.
prest. sector público bajo el número 19-000563-0166-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente Nº 19-000563-0166-LA. Por a
favor de José Enrique Fernández Alpízar.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 25 de abril del 2019.—Lic.
Alexander Contreras Barrantes, Juez.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019341261
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Carlos Martin Ramírez Martínez 0302170602, fallecido el 19 de
marzo del año 2018, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector privado bajo el Número
19-000590- 0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 19-000590-0641-LA. Por Blanca Azucena Sandoval Juárez a
favor de Carlos Martín Ramírez Martínez.—Juzgado
de Trabajo de Cartago, 22 de abril del 2019.—Lic.
Randall Briceño Solano, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019341262
).
A los causahabientes de quien en vida se llamó
Rafael Ángel Campos González, fallecido,
quien fue mayor, soltero, con cédula de identidad
N° 1-0429-0827, se les hace saber que Emilce González Arias y Marco Tulio Campos Navarro, se apersonaron en este despacho en
calidad de padres de la persona fallecida,
a fin de promover las presentes
diligencias de consignación de prestaciones.
Por ello se les cita y emplaza por medio de edicto que
se publicará por una sola vez
en el Boletín Judicial para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho,
en las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por el artículo
85 del Código de Trabajo. Publíquese
por una sola vez en el Boletín Judicial. Consignación de prestaciones
del trabajador fallecido
Rafael Ángel Campos González. Expediente
N° 18-000440-1125-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial
de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Laboral), 8 de enero del 2019.—Lic. José Celso Fernández Delgado, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2019341263 ).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Isaías López Rojas, N°
0601240045, fallecido el 28 de agosto del año 2018, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector público bajo el número
18-001213-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 18-001213-0643-LA. por Tannia
Cristina López Corella a favor de Isaías López Rojas.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 20 de marzo del 2019.—Licda. Laura del
Carmen Rodríguez Chavarría, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019341264 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de: Víctor Emiliano Sequeira Villegas, cédula Nº 0601760155, fallecido el 24/11/2018, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector privado bajo
el número 18-001234-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº 18-001234-0643-LA. Por a favor de Víctor Emiliano
Sequeira Villegas.—Juzgado
de Trabajo de Puntarenas, 29 de abril del 2019.—Lic. Rúsbel Herrera
Medina, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019341265 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Mario de los Ángeles Astúa Quirós 0601300137, fallecido el 03
de marzo del año 2019, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector privado bajo el Nº 19-000033-1085-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N°
19-000033-1085-LA.—Juzgado
Civil y Trabajo de Golfito (Materia Laboral), 20 de marzo del 2019.—Lic. Luis Diego
Bonilla Alvarado, Juez.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019341266
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes del señor: Carlos Manuel Vargas Medina, cédula de identidad Nº 5-344-117, fallecido el 03 de febrero del 2019, se
consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consig. prest. sector
público bajo el número 19-000078-0868-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Expediente Nº 19-000078-0868-LA. Por a favor de.—Juzgado Civil y Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Materia Laboral), 08 de abril del 2019.—Lic.
Alberto Juárez Gutiérrez, Juez.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019341267
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Virginia Del Carmen Castrillo Bolaños 0602020236, fallecida
el 4 de marzo del 2019, se consideren
con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el N° 19-000080-1549-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 19-000080-1549-LA, donde figura
como gestionante la señora Katherine Johanna Ferman Castrillo, fallecida María
Virginia Del Carmen Castrillo Bolaños.—Juzgado Contravencional de Siquirres,
(Materia Laboral), 14 de marzo
del 2019.—Msc. Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2019341268 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Domingo Nájera Nájera 0601660219, fallecido el
15 de marzo del año 2019,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación
de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el número 19-000116- 1549-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
19-000116-1549-LA. Por C.S.S. Securitas Internacional
Costa Rica S. A. a favor de Domingo Najera Najera.—Juzgado Contravencional de Siquirres
(Materia Laboral), 30 de abril
del año 2019.—Msc. Sabina
Hidalgo Ruiz, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019341269 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Heinz Jurgen Husges,
mayor, cédula de residencia: 127600022033, administrador, era vecino de
Matapalo, Santa Cruz, fallecido el trece de junio del dos mil dieciocho, se
consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número
19-000148-0775-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 19-000148-0775-LA. Por Elvira Obando López a favor de
Yuli Husges Obando.—Juzgado de Trabajo de Santa Cruz, 29 de abril del 2019.—Licda. Brenda Celina
Calvo de La O, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019341270 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Héctor Gómez Obando 0701210193, fallecido el veintitrés de
diciembre del dos mil dieciocho, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector privado bajo
el Nº 19-000178-0679-LA, a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de
Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial,
expediente N° 19-000178-0679-LA.—Juzgado de Trabajo Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 05 de marzo del 2019.—Lic.
Francisco Gerardo Vargas Ramírez, Juez.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019341271
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de: Cesar Alonso Ramírez Valerio, cédula Nº
0401760444, quien fue mayor, casado, cédula de identidad Nº
4-176-444, fallecido el 01 de marzo del 2019, se consideren con derecho, para
que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector privado bajo el número
19-000535-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº 19-000535-0505-LA. Proceso de consignación de
prestaciones de trabajador fallecido incoado por Evelyn Carmona Rojas, cédula
de identidad Nº 4-161-560, a favor de Cesar Alonso
Ramírez Valerio.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 26 de marzo del 2019.—Msc. Mariel Rojas
Sánchez, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019341272
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Gilberto González Hernández
0400880738, fallecido el 22 de febrero
del 2018, se consideren con derecho para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación
de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el N° 19-000573-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 19-000573-0505-LA. Por a favor de JORGE Gilberto González Hernández.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 26 de marzo del 2019.—Licda. Brenda De
Los Ángeles Vargas Quesada, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2019341273 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de César Augusto Fennis
Wiegmans, mayor, soltero,
cédula de identidad número
01-1412-0084, fallecido el 07 de enero
del año 2019, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el Número 19-000603-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
19-000603-0505-LA. Proceso de Consignación
de Prestaciones promovido
por Citi Business Services Costa Rica SRL, cédula jurídica
N° 3102 516459 a favor de César Augusto Fennis Wiegmans.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 29 de marzo del 2019.—Msc.
Mariel Rojas Sánchez, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019341274
).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de
causahabientes de Edwin Leitón Jiménez, mayor, divorciado, cédula de identidad
06-0083-0895, fallecido el 13 de agosto del año 2018, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector privado bajo
el N° 19-000642-0505-LA, a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de
Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial.
Expediente N° 19-000642-0505-LA. Proceso de
consignación de prestaciones de trabajador fallecido promovido por Ramona
Alicia Vargas Arce cédula de identidad N° 4-103-675 a
favor de Edwin Leitón Jiménez.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 02 de abril del 2019.—Msc.
Mariel Rojas Sánchez, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2019341275 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Guillermo Pacheco Ramírez, quien fue mayor, casado,
pensionado, portó la cédula Nº 1-0419-0754 y falleció
el 25 de marzo de 2019, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de
aguinaldo proporcional N° 19-000900-0173-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial,
expediente N° 19-000900-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección
Segunda, 02 de
mayo del 2019.—Licda. Jesica Cordero Azofeifa, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019341276 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Andrey Antonio Guzmán Mora, quien fue mayor, soltero, portó la cédula de identidad 1-1495-0172 y falleció
el 05 de marzo de 2019, se consideren
con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de consignación de Fondo de Capitalización Laboral
N° 19-000932-0173-LA, a hacer valer
sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85
y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 19-000932-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito
Judicial de San José, Sección Segunda, 3 de mayo del 2019.—Licda.
Jesica Cordero Azofeifa, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2019341277 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En este
Despacho, con una base de seis millones ochocientos sesenta y cuatro mil
novecientos veintinueve colones con veintisiete céntimos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando colisión boleta número 2016239700332; sáquese a
remate el vehículo SSD284. Marca Kia. Estilo Rio. Categoría automóvil.
Capacidad 05 personas. Año 2017. Color azul. VIN KNADN412BH6684655. Cilindrada
1396 c.c. Combustible gasolina. Motor Nº G4FAGS007117.
Para tal efecto se señalan las catorce horas y treinta minutos del diez de
junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las catorce horas y treinta minutos del dieciocho de junio del dos
mil diecinueve con la base de cinco millones ciento cuarenta y ocho mil
seiscientos noventa y seis colones con noventa y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
catorce horas y treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil diecinueve
con la base de un millón setecientos dieciséis mil doscientos treinta y dos
colones con treinta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Silvia Cristina Solano Cruz. Expediente N° 17-003904-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 10 de abril del 2019.—Licda. Kreysa Marín Mata, Jueza Decisora.—( IN2019343211 ).
En este Despacho, con una base de doscientos
veintiún millones setecientos treinta y cuatro mil quinientos un colones con diez céntimos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando citas: 361-05377-01-0858-001; sáquese a remate la
finca del partido de Guanacaste, matrícula número cincuenta y nueve mil sesenta
y tres, derecho cero cero cero,
la cual es terreno para agricultura N.1-C-1. Situada en el distrito 2-Santa
Cecilia, cantón 10-La Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte,
Justina Sánchez Gallo; al sur, Justina Sánchez Gallo; al este, plaza de
deportes; y al oeste, Inversiones Guanaranja Sociedad
Anónima. Mide: sesenta y tres mil quinientos cuarenta y un metros con quince
decímetros cuadrados. Plano: G-0013130-1975. Para tal efecto, se señalan las
quince horas y cero minutos del dos de julio del dos mil diecinueve. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero
minutos del diez de julio del dos mil diecinueve con la base de ciento sesenta
y seis millones trescientos mil ochocientos setenta y cinco colones con ochenta
y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del dieciocho de julio
del dos mil diecinueve con la base de cincuenta y cinco millones cuatrocientos
treinta y tres mil seiscientos veinticinco colones con veintiocho céntimos (25%
de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de
Costa Rica contra Agropecuaria La Carreta S. A. y Julio César Salas Villegas.
Expediente N° 18-003958-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito
Judicial Guanacaste,
29 de abril del 2019.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez Decisor.—( IN2019343212 ).
En este Despacho, con una base de seis
millones seiscientos cincuenta y seis mil noventa y dos colones con setenta y seis
céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones
ref:2336-219-002 con las citas 319-15958-01-0902-011 y reservas y restricciones
con las citas 319-15958-01-0903-002; sáquese a remate la finca del partido de
Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
ciento veintitrés mil quinientos sesenta y tres-cero cero cero
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Cariari, cantón
Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, lote cinco; al sur, lote
cuatro; al este, calle pública con 7,50 metros; y al oeste, Cruji
Desarrollo Habitacional S.A. Mide: ciento cincuenta y siete metros con
cincuenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y
treinta minutos del doce de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del veinte
de junio del dos mil diecinueve con la base de cuatro millones novecientos
noventa y dos mil sesenta y nueve colones con cincuenta y siete céntimos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiocho de junio de dos mil
diecinueve con la base de un millón seiscientos sesenta y cuatro mil veintitrés
colones con diecinueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Jacqueline Mejía Rodríguez. Expediente N° 10-000120-0370-CI.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 04 de diciembre del 2018.—Lic. Pedro Javier
Ubau Hernández, Juez Tramitador.—( IN2019343215 ).
En este Despacho, con el fin de llevar a cabo
el remate que interesa se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos
del treinta de julio del dos mil diecinueve, para el primer remate de la
siguiente manera: 1) Con una base de ciento noventa y cinco mil cuatrocientos
dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada citas: 382-13164-01-0930-001; sáquese a remate la finca del Partido
de Heredia, matrícula número 189485, derecho 000, la cual es terreno para
construir bloque A lote 4 A. Situada en el distrito San Vicente, cantón Santo
Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 3 A; al sur, lote
5 A; al este, calle pública con 8.86 metros; y al oeste, Inmobiliaria Los Arce
S R L. Mide: ciento ochenta y ocho metros con catorce decímetros cuadrados. 2)
Con una base de ciento noventa y cinco mil trescientos dólares exactos, libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
382-13164-01-0930-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia,
matrícula número 189486, derecho 000, la cual es terreno para construir bloque
A lote 5 A. Situada en el distrito San Vicente, cantón Santo Domingo, de la
provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 4 A; al sur, lote 6 A; al este,
calle pública con 8.86 metros; y al oeste, Inmobiliaria Los Arce S R L. Mide:
ciento ochenta y siete metros con noventa y seis decímetros cuadrados. 3) Con
una base de ciento noventa y cinco mil trescientos dólares exactos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
382-13164-01-0930-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia,
matrícula número 189487, derecho 000, la cual es terreno para construir bloque
A lote 6 A. Situada en el distrito San Vicente, cantón Santo Domingo, de la
provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 5 A; al sur, lote 7 A; al este,
calle pública con 8.86 metros; y al oeste, Inmobiliaria Los Arce S R L. Mide:
ciento ochenta y siete metros con setenta y nueve decímetros cuadrados. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cuarenta y
cinco minutos del ocho de agosto del dos mil diecinueve, 1) La finca del
partido de Heredia, matrícula 189485-000, con la base de ciento cuarenta y seis
mil quinientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original). 2) La finca
del Partido de Heredia, matrícula 189486-000, con la base de ciento cuarenta y
seis mil cuatrocientos setenta y cinco dólares exactos (75% de la base
original). 3) La finca del partido de Heredia, matrícula 189487-000, con la
base de ciento cuarenta y seis mil cuatrocientos setenta y cinco dólares
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de
agosto del dos mil diecinueve, 1) La finca del Partido de Heredia, matrícula
189485-000,con la base de cuarenta y ocho mil ochocientos cincuenta dólares
exactos (25% de la base original). 2) La finca del partido de Heredia,
matrícula 198486-000, con la base de cuarenta y ocho mil ochocientos
veinticinco dólares exactos (un 25% de la base original). 3) La finca del
Partido de Heredia, matrícula 186487-000, con la base de cuarenta y ocho mil
ochocientos veinticinco dólares exactos (un 25% de la base original). Notas: Se
le informa a las personas interesadas en participar en
la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra 3-101-538990 S.
A., 3-101-538993 S. A., 3-101-538994 S. A., Giuseppe Pesenti,
Grupo Giupe S. A. Expediente N°
17-007541-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 22 de abril del 2019.—Licda.
Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—( IN2019343216 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta y
tres millones trescientos sesenta mil novecientos ochenta y nueve colones con
treinta y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre trasladada bajo las citas: 343-14574-01-0900-001; sáquese a remate
la finca del Partido de San José, matrícula número 316287-000, la cual es
terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito 06-San Francisco de
Dos Ríos, cantón 01-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
calle pública; al sur, Río Tiribí; al este, lote 222;
y al oeste, Servid S. A. Residencial S Francisco. Mide: doscientos dieciocho
metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
11:30 horas del 09/09/2019. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las 11:30 horas del 17/09/2019 con la base de cuarenta millones
veinte mil setecientos cuarenta y dos colones con un céntimos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las 11:30 horas del 25/09/2019 con la base de trece millones
trescientos cuarenta mil doscientos cuarenta y siete colones con treinta y tres
céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de
Ahorro y Crédito de los Servidores Públicos R.L. contra María Lorena Pringle Ulate. Expediente N°
18-016754-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primero Circuito
Judicial de San José,
17 de diciembre del 2018.—Licda. Paula Morales González, Jueza Decisora.—(
IN2019343221 ).
En este Despacho, con una base de diecisiete
millones treinta mil novecientos treinta y siete colones con cuarenta y nueve
céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y
restricciones citas: 303-06517-01-0942-001, servidumbre de líneas eléctricas y
de paso citas: 573-21773-01-0001-001; en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 667001-000, la cual
es terreno para construir. Situada en el distrito 3-Daniel Flores, cantón
19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública
con 11.26 metros de frente; al sur, Evelina Campos Cedeño; al este, Morales y
Ramírez S. A.; y al oeste, Morales y Ramírez S. A. Mide: Cuatrocientos Metros
Cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco
minutos del veintitrés de agosto del dos mil diecinueve. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del
dos de setiembre del dos mil diecinueve con la base de doce millones setecientos
setenta y tres mil doscientos tres colones con doce céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
trece horas y cuarenta y cinco minutos del diez de setiembre del dos mil
diecinueve con la base de cuatro millones doscientos cincuenta y siete mil
setecientos treinta y cuatro colones con treinta y siete céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y
Crédito de los Servidores Públicos R.L. contra Mauricio José Ugalde Fallas,
Mónica Ramírez Barboza. Expediente N° 18-002970-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 03 de abril del 2019.—Licda.
Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—( IN2019343223 ).
En este Despacho, con una base de siete
millones cincuenta y tres mil ochocientos noventa y un colones con noventa y
tres céntimos, soportando hipoteca de Primer grado citas:
528-11603-01-0002-001, sáquese a remate la finca del partido de Heredia,
matrícula número ciento sesenta y siete mil ciento setenta y seis, derecho cero
cero cero, la cual es
terreno para construir bloque c, lote 13 con una casa de habitación. Situada en
el distrito San Francisco, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda:
al norte, calle pública; al sur, lotes 26 C y 25 C; al este, lote 14 C y al
oeste, lote 12 C. Mide: ciento sesenta y cuatro metros cuadrados metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos del
veinticuatro de julio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del uno de agosto de
dos mil diecinueve con la base de cinco millones doscientos noventa mil
cuatrocientos dieciocho colones con noventa y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
catorce horas y treinta minutos del nueve de agosto de dos mil diecinueve con la
base de un millón setecientos sesenta y tres mil cuatrocientos setenta y dos
colones con noventa y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jorge Eduardo Villalta
Hernández, Sistemain Sistemas Inteligentes S. A. Exp: 18-007128-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 10 de abril del 2019.—Licda. Liseth Delgado
Chavarría, Jueza.—( IN2019343248 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta
millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate la finca del partido de San José, matrícula número 276808-000, la cual
es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Mercedes, cantón 15 Montes
de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte, José María Cañas
Álvarez; al sur, calle pública con 10m; al este, Rafael Cañas Álvarez; y al
oeste, lote 3. Mide: trescientos setenta y siete metros con setenta y dos decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y quince minutos del
veintiocho de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez horas y quince minutos del ocho de julio del dos
mil diecinueve con la base de treinta y siete millones quinientos mil colones
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez horas y quince minutos del dieciséis de julio del
dos mil diecinueve con la base de doce millones quinientos mil colones exactos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de
Costa Rica contra Erick David Sibaja Eduarte. Expediente
N° 17-001585-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito
Judicial Guanacaste,
10 de abril del 2019.—Licda. Zary Navarro Zamora,
Jueza Tramitadora.—( IN2019343261 ).
En este Despacho, con una base de dieciocho
millones cuatrocientos cuarenta y un mil cuatrocientos veintidós colones con veintitrés céntimos, soportando cédulas hipotecarias citas: 2012-26344-01-0007-001; sáquese
a remate la finca del
Partido de Guanacaste, matrícula número
64303-F-000. Que se describe así: Naturaleza:
Finca filial primaria individualizada número treinta y siete apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos situada en
el distrito 05 Sámara, cantón 02 Nicoya de la provincia
de Guanacaste. Linderos: norte,
finca filial treinta y
seis; sur, filial treinta y ocho,
este, calle de acceso, oeste, Pedro Villareal Villareal. Mide: Ciento cincuenta y un metros, cuadrados. Plano: G-1197811-2008. Para tal
efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de mayo de dos mil diecinueve.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero
minutos del cinco de junio de dos mil diecinueve con
la base de trece millones ochocientos treinta y un mil sesenta y seis colones con sesenta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez horas y cero minutos del trece de junio de dos mil diecinueve con la base de cuatro millones seiscientos diez mil trescientos cincuenta y cinco colones con cincuenta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Condominio de Fincas Filiales Primarias Individualizadas Panamá
Samara contra Constructora Patriali
S.A. Exp. N° 18-000558-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial Guanacaste, Santa Cruz, 26 de marzo del año 2019.—Licda. Tatiana Chaves Sánchez, Jueza
Tramitadora.—( IN2019343278 ).
En este Despacho, con una base de diecisiete
millones novecientos veintitrés mil quinientos cuarenta y tres colones con
sesenta y nueve céntimos, soportando cédulas hipotecarias citas
2011-337611-01-0004-001 y reserva de prioridad citas 2016-513254-001, sáquese a
remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 64284-F-000. Que se
describe así: naturaleza: finca filial primaria individualizada número
dieciocho apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá
tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 5-Samara, cantón
2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, calle de acceso;
al sur, Fincas Filiales Cinco y Cuatro; al este, Finca Filial Diecinueve; y al
oeste, Filial Diecisiete. Mide: ciento ochenta y nueve metros con noventa y
tres decímetros cuadrados. Plano: G-1206332-2008. Para tal efecto, se señalan
las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de mayo del dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez
horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de junio del dos mil diecinueve con
la base de trece millones cuatrocientos cuarenta y dos mil seiscientos
cincuenta y siete colones con setenta y seis céntimos (75% de la base original)
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y
cuarenta y cinco minutos del trece de junio del dos mil diecinueve con la base
de cuatro millones cuatrocientos ochenta mil ochocientos ochenta y cinco
colones con noventa y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Condominio de Fincas Filiales Primarias
Individualizadas Panamá Samara contra Constructora Patriali
S. A. Expediente N° 18-000631-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial Guanacaste (Santa Cruz), 26 de marzo del 2019.—Licda. Tatiana Chaves Sánchez, Jueza
Tramitadora.—( IN2019343280 ).
En este Despacho, sáquese a remate, libre de
gravámenes y anotaciones, dos fincas que a continuación se describirán, y cada
una con una base de dos millones trescientos mil colones exactos: 1) la finca
del partido de Guanacaste, matrícula número 083382 derecho cero cero cero, la cual es lote 2
terreno para construir situada en el distrito 01-Cañas cantón 06-Cañas de la
provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Antonio Lara Herrera, sur, calle
pública con 13,04 metros, este, José Ángel Mora Carmona, oeste, José Ángel Mora
Carmona. Mide: trescientos cincuenta y dos metros con treinta y cuatro
decímetros cuadrados. Plano: G-0121583-1993. 2) finca del partido de Guanacaste
matrícula número 064671, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con 1 casa situada
en el distrito 01-Cañas cantón 06-Cañas de la provincia de Guanacaste.
Linderos: norte, calle pública con 9m 20cm y otros, sur, José Ángel Mora
Carmona, este, José Ángel Mora Carmona, oeste, José Ángel Mora Carmona. Mide:
mil cuatrocientos cincuenta y cinco metros con ochenta y ocho decímetros
cuadrados. Plano: G-0802712-1989. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y
treinta minutos del dos de julio del año dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate para ambas fincas se efectuará a las nueve horas y
treinta minutos del diez de julio del año dos mil diecinueve con la base cada
una de un millón setecientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate para ambas fincas
se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de julio del año dos
mil diecinueve con la base cada una de quinientos setenta y cinco mil colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto
por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días
de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución Ley Cobro Judicial de Municipalidad de Cañas contra VICESA de
Cañas S.A. Exp: 16-000480-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 30 de abril del 2019.—Lic.
Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2019343324 ).
En este Despacho, con una base de ciento
ochenta y siete millones colones exactos sáquese a remate: 1) Libre de
gravámenes hipotecarios, inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
154437-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito:
01-Paraíso, cantón: 02-Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte,
María Cristina Quesada Moya, Lidia Granados Quirós y María Cristina Canales Canales todos en parte; al sur, Rodrigo Bonilla Sojo,
Claudia Brenes Brenes y Carlos Madriz Quirós todos en
parte; al este, Arnoldo Madriz Quirós; y al oeste, calle pública con 4 metros
13 centímetros y María Cristina Canales Canales.
Mide: trescientos catorce metros con treinta y dos centímetros cuadrados. 2)
Libre de gravámenes hipotecarios, inscrita en el Registro Público, partido de
Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
146420-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el
distrito: 01-Paraíso, cantón: 02-Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda:
al norte, María Cristina Quesada Moya; al sur, Jorge Arturo Sanabria Canales
con 23 metros 10 centímetros; al este, Jorge Arturo Sanabria Canales; y al
oeste, calle pública con 13 metros 94 centímetros. mide: doscientos ochenta y
siete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta
minutos del veinte de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del veintiocho
de junio del dos mil diecinueve, con la base de ciento cuarenta millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y
treinta minutos del ocho de julio del dos mil diecinueve, con la base de
cuarenta y seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la
base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y
Préstamo contra Jorge Arturo de Los Ángeles Sanabria Canales, Maritza del
Rescate Sánchez Meoño. Expediente N° 16-004409-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 07 de mayo del 2019.—Licda. Pilar
Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2019343328 ).
En este Despacho, con una base de quince
millones trescientos ochenta mil colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 382-
03543-01-0825-004; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula
número 138465-000, derecho 000, la cual es terreno lote 4-terreno para
construir con una casa. Situada en el distrito 02-San Diego, cantón 03-La Unión
de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 3 del Banco Anglo
Costarricense; al sur, lote 5 del Banco Anglo Costarricense; al este, vía
pública y al oeste, lote 40 del Banco Anglo Costarricense. Mide: noventa metros
cuadrados. Plano C-895761 metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
nueve horas y cero minutos del diez de junio de dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del
dieciocho de junio de dos mil diecinueve con la base de once millones
quinientos treinta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y
cero minutos del veintiséis de junio de dos mil diecinueve con la base de tres
millones ochocientos cuarenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Ana Lorena
de Praga Garita Fallas. Exp:18-001285-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 09 de mayo del 2019.—Lic.
Gerardo Monge Blanco, Juez Decisor.—( IN2019343329 ).
En este Despacho, con una base de doce millones ochocientos cincuenta y seis mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento treinta y ocho mil seiscientos treinta y siete, derecho cero cero cero, la cual
es terreno de pasto para construir. Situada en el distrito: 01-Guácimo, cantón: 06-Guácimo, de la provincia
de Limón. Colinda: al norte,
calle pública; al sur,
Marta Eugenia Sánchez Madrigal; al este, Agropecuaria La Verita S.A.; y al
oeste, Marta Eugenia Sánchez Madrigal. Mide: doscientos veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos
del diez de julio del dos
mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las quince
horas y cero minutos del dieciocho
de julio del dos mil diecinueve,
con la base de nueve millones
seiscientos cuarenta y dos
mil colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince
horas y cero minutos del veintiséis
de julio del dos mil diecinueve,
con la base de tres millones
doscientos catorce mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro
y Préstamo contra Kerry Giovanna Fernández Soto. Expediente N° 17-003622-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 09 de mayo del 2019.—Lic. Luis
Gabriel Quirós Soto, Juez Decisor.—( IN2019343330 ).
En este Despacho, con una base de cinco
millones novecientos diez mil setecientos veinte colones exactos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BPV783. Marca:
Hyundai. Estilo: Accent GLS. Categoría: automóvil.
Capacidad: 5. Serie: KMHCT4AEXEU773222. Peso vacío: Accent
GLS. Carrocería: sedan 4 puertas. Combustible: gasolina. Para tal efecto se
señalan las once horas y quince minutos del cuatro de julio del dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once
horas y quince minutos del doce de julio del dos mil diecinueve con la base de
cuatro millones cuatrocientos treinta y tres mil cuarenta colones exactos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las 11:15 22 con la base de un millón cuatrocientos setenta y siete mil
seiscientos ochenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Miguel Alfonso de Sa Rodríguez Lizano contra Evelyn Vanessa
Rodríguez Rodríguez. Expediente N°
18-011779-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José,
03 de mayo del 2019.—Lic. Mauricio Hidalgo Hernández, Juez Decisor.—(
IN2019343364 ).
En este Despacho, con una base de trece
millones doscientos cuarenta y nueve mil trescientos sesenta y seis colones con
veintiocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Puntarenas, matrícula número setenta y dos mil doscientos
setenta y ocho, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 01 Puntarenas, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, dest. alameda con 17m. 26 cm.; al
sur, lote 27; al este, calle pública con 12m. 62 cm. y al oeste, lote 45. Mide:
doscientos treinta y tres metros con ochenta y ocho decímetros metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las trece horas y quince minutos del veintiocho de
agosto de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las trece horas y quince minutos del cinco de setiembre de dos mil
diecinueve con la base de nueve millones novecientos treinta y siete mil
veinticuatro colones con setenta y un céntimos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y
quince minutos del trece de setiembre de dos mil diecinueve con la base de tres
millones trescientos doce mil trescientos cuarenta y un colones con cincuenta y
siete céntimos (25% de la base original) 2- Con una base de nueve millones
ochocientos treinta y tres mil ciento cincuenta y tres colones con treinta y
siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, sáquese a remate la finca del
partido de Puntarenas, matrícula número setenta y seis mil ciento noventa y
siete, derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en
el distrito 01 Puntarenas, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, servidumbre y lote 8; al sur, lote 8; al este, Sandra y Ana
Rosa Vargas y al oeste, lote 9. Mide: ciento cincuenta y dos metros con
cuarenta y ocho decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
trece horas y quince minutos del veintiocho de agosto de dos mil diecinueve. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y quince
minutos del cinco de setiembre de dos mil diecinueve con la base de siete
millones trescientos setenta y cuatro mil ochocientos sesenta y cinco colones
con tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para
el tercer remate se señalan las trece horas y quince minutos del trece de
setiembre de dos mil diecinueve con la base de dos millones cuatrocientos
cincuenta y ocho mil doscientos ochenta y ocho colones con treinta y cuatro
céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Real Day S. A., Victoria Alejandra
Cedeño Sequeira. Exp.: 18-001844-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de
Puntarenas, 13
de mayo del 2019.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez Decisor.—( IN2019343382 ).
En este Despacho, con una base de doscientos
treinta y seis mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando Servid Localiz. Ref:
2616/257/002 citas: 324-14904-01-0901-001; sáquese a remate la Finca inscrita
en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número 62693-F-000 la cual es terreno finca
filial número tres vivienda tipo A de dos niveles
primero y segundo destinada a uso habitacional en proceso de construcción.
Situada en el distrito 03-Pozos, cantón 09-Santa Ana, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, finca filial número dos; al sur, finca filial número
cuatro; al este, acceso vehicular y peatonal; y al oeste, finca filial número
trece. Mide: doscientos setenta y ocho metros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de junio del dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve
horas y cero minutos del veintisiete de junio del dos mil diecinueve con la
base de ciento setenta y siete mil dólares exactos (75% de la base original) y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y
cero minutos del cinco de julio del dos mil diecinueve con la base de cincuenta
y nueve mil dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de contra 3101474291
Sociedad Anónima, Carlos Villanueva Martínez. Expediente N°
18-000866-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago,
29 de abril del 2019.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—(
IN2019343383 ).
En este Despacho, con una base de tres mil
ochenta dólares con ochenta y nueve centavos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas Nº
BFK703, marca Nissan, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2014,
color gris, vin 3N1CC1AD4ZK253794, cilindrada 1598 cc. Para tal efecto se señalan las quince horas y treinta
minutos del diecinueve de junio de dos mil diecinueve (3:30 p.m. //
19/06/2019). De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince
horas y treinta minutos del veintisiete de junio de dos mil diecinueve (3:30 pm
// 27/06/2019) con la base de dos mil trescientos diez dólares con sesenta y
seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las quince horas y treinta minutos del cinco de julio
de dos mil diecinueve (3:30 p.m. // 05/07/2019) con la base de setecientos
setenta dólares con veintidós centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Bac San José Sociedad Anónima contra María Elena
Fallas Godínez, expediente Nº 17-018222-1164-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro de Cartago,
03 de mayo del 2019.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2019343384
).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas:
0302-00004979-01-0901-001, servidumbre de paso citas:
0575-00038036-01-0005-001, servidumbre de paso citas:
2009-00026566-01-0026-001, servidumbre de paso citas:
2009-00026566-01-0026-001, servidumbre de paso citas:
2009-00026566-01-0106-001, servidumbre de paso citas:
2009-00026566-01-0106-001, servidumbre de paso citas:
2009-00026566-01-0136-001, servidumbre de paso citas:
2009-00026566-01-0136-001, servidumbre de paso citas:
2009-00026566-01-0234-001, servidumbre de paso citas:
2009-00026566-01-0234-001, servidumbre de paso citas:
2009-00026566-01-0273-001, servidumbre de paso citas:
2009-00026566-01-0273-001, servidumbre de paso citas: 2009-00282255-01-0001-001,
servidumbre de paso citas: 2011-00105890-01-0006-001; a las once horas cero
minutos del dieciséis de septiembre del dos mil diecinueve, y con la base de
ciento treinta y dos mil cuarenta y nueve dólares con setenta centavos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número ciento setenta y nueve mil seiscientos sesenta y ocho cero cero cero la cual es terreno para
construir con una casa de habitación destinada a vivienda. Situada en el
distrito 11 Cóbano, cantón 01 Puntarenas, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, José Pablo Porras Ramírez; al sur,
servidumbre agrícola con frente de 37,62 metros lineales; al este, calle
pública con frente de 52,88 metros lineales; y al oeste, José Pablo Porras
Ramírez. Mide: mil ochocientos noventa y tres metros con cero decímetros
cuadrados. y con la base de ciento cincuenta y siete mil doscientos setenta y
siete dólares con cincuenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: 2) Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento
setenta y nueve mil seiscientos sesenta y siete cero cero
cero la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 11 Cóbano, cantón 01 Puntarenas, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Montain
and Ocean S. A.; al sur, José Pablo Porras Ramírez;
al este, Montain and Ocean
S. A. y calle pública con frente de 12.25 metros lineales; y al oeste, Montain and Ocean S. A. Mide: mil
novecientos sesenta y seis metros con cero decímetros cuadrados. y con la base
de cuarenta mil ochocientos setenta y nueve dólares con sesenta centavos, en el
mejor postor remataré lo siguiente: 3) Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número ciento setenta y nueve mil seiscientos sesenta y nueve cero cero cero la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 11 Cóbano, cantón
01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, José Pablo
Porras Ramírez; al sur, Servidumbre agrícola con frente de 26,50 metros
lineales; al este, servidumbre de paso con frente de 3,00 metros lineales y
José Pablo Porras Ramírez; y al oeste, Montain and Ocean S. A. Mide: mil diez metros con cero decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas cero minutos del
veinticuatro de septiembre del dos mil diecinueve, con la base de la primer
finca noventa y nueve mil treinta y siete dólares con veintiocho céntimos, la
segunda finca con la base de ciento diecisiete mil novecientos cincuenta y ocho
dólares con trece centavos y la tercer finca con la base de treinta mil seiscientos
cincuenta y nueve dólares con setenta centavos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas cero minutos del
dos de octubre del dos mil diecinueve con la base de la primer finca treinta y
tres mil doce dólares con cuarenta y tres centavos, la segunda finca con la
base de treinta y nueve mil trescientos diecinueve dólares con treinta y siete
centavos y la tercer finca con la base de diez mil doscientos diecinueve
dólares con noventa centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución de Banco de Costa Rica contra José Pablo Porras Ramírez,
Laura Margarita Sandoval Víquez. Expediente N°
14-000500-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 08 de mayo del 2019.—Lic.
Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2019343385 ).
En este Despacho, con una base de quince
millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate
la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento noventa y ocho mil
ochocientos noventa y uno, derecho cero cero cero, la cual es terreno de pastos y agricultura. Situada
en el distrito 07 Guacimal, cantón 01 Puntarenas, de
la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, María Teresa León Arguedas y
Marta Loría Sánchez; al sur, calle pública de veinte metros y sesenta y cinco
centímetros lineales; al este, resto reservado y al oeste, resto reservado.
Mide: dos mil quinientos setenta y nueve metros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las diez horas y treinta minutos del siete de agosto de dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez
horas y treinta minutos del dieciséis de agosto de dos mil diecinueve con la
base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
diez horas y treinta minutos del veintiséis de agosto de dos mil diecinueve con
la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la
base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Carlos Luis del Carmen León
Arguedas. Expediente Nº 18-003002-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de
Puntarenas, 08
de abril del 2019.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez Decisor.—( IN2019343386 ).
En este Despacho, con una base de diecinueve
millones quinientos ochenta y seis mil novecientos diecisiete colones con
veintidós céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento siete mil setecientos
cuarenta y nueve, derecho 000, la cual es terreno con un local comercial.
Situada en el distrito Primero Las Juntas, cantón Sétimo Abangares, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con frente de diez
metros y veintinueve centímetros lineales; al sur, Blanca Bogantes Mata; al
este, calle pública con un frente de veintiocho metros con doce centímetros
lineales; y al oeste, Asociación Bogantes Castro. Mide: trescientos sesenta y
dos metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Plano: G-0580183-1985.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintisiete de
junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las nueve horas y cero minutos del cinco de julio del dos mil
diecinueve con la base de catorce millones seiscientos noventa mil ciento ochenta
y siete colones con noventa y dos céntimos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y
cero minutos del quince de julio del dos mil diecinueve con la base de cuatro
millones ochocientos noventa y seis mil setecientos veintinueve colones con
treinta y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución Ley Cobro Judicial de
Banco Nacional de Costa Rica contra Floribeth de Los
Ángeles Martínez Gutiérrez. Expediente N°
16-000701-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito
Judicial Guanacaste,
03 de abril del 2019.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez Decisor.—( IN2019343393 ).
En este Despacho, con una base de sesenta y
seis mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate
la finca del partido de San José, matrícula número cuatrocientos ochenta mil
seiscientos setenta y cuatro, derecho 000, la cual es terreno de patio con una casa
mixta. Situada en el distrito Brasil, cantón Santa Ana, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, Flora Castillo Villalobos; al sur, calle pública con
frente de 16 metros; al este, Flora Castillo Villalobos; y al oeste, Jorge Luis
Mata Solórzano. Mide: cuatrocientos setenta y seis metros con ochenta y tres
decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve
horas y treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil diecinueve. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta
minutos del ocho de julio del dos mil diecinueve con la base de cuarenta y
nueve mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta
minutos del dieciséis de julio del dos mil diecinueve con la base de dieciséis
mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Cielos Tres Veinte S. A. contra Anabelle
Castillo Villalobos. Expediente N° 18-018133-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José,
07 de marzo del 2019.—Lic. Henry Steven Sanarrusia
Gómez, Juez Decisor.—( IN2019343404 ).
En este Despacho, con una base de treinta
y cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula
número ciento ochenta y nueve mil ciento setenta y siete, derecho 000, la cual es terreno con un edificio. Situada en el distrito
San Francisco De Dos Ríos, cantón San José de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Ligia Rivera C.; al sur, Blavea Isabel Zelaya Irias; al este, carret. de S. Fco. 2 Ríos, Zapote 12 m. 50 c.;
y al oeste, Adelia María Ruiz Calderón. Mide: doscientos setenta y cinco metros con cuarenta y tres decímetros metros cuadrados. Para
tal efecto se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintisiete de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del cinco de julio de dos mil diecinueve, con
la base de veintiséis millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del quince de julio de dos mil diecinueve, con
la base de ocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Rafael Ángel
Arguedas Montero contra Propiedades El Brinco De León Rojo Sociedad Anónima. Expediente:
18-006930-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 20 de diciembre del 2018.—MSc. Gabriela Chaves Villalobos, Jueza Tramitadora.—( IN2019343405 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En este
Despacho, con una base de quince millones de colones exactos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número quinientos sesenta mil seiscientos noventa y cuatro, derecho
000, la cual es terreno. Situada en el distrito, cantón, de la provincia de San
José. La cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 10-Damas,
cantón 03-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Cecilia
Córdoba Loría; al sur, Orlando Córdoba Loría; al este, calle pública y al
oeste, Orlando Córdoba Loría. Mide: ciento veintidós metros con noventa y tres
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y cuarenta y
cinco minutos del doce de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del
veinte de junio de dos mil diecinueve con la base de once millones doscientos
cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco
minutos del veintiocho de junio de dos mil diecinueve con la base de tres
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original).
Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Inversiones Santobru Sociedad Anónima, Miguel
Ángel León Valerio contra Ruth Guillén Valverde. Expediente Nº
17-008919-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia,
22 de enero del 2019.—Licda. Liseth Delgado Chavarría, Jueza Decisora.—(
IN2019343403 ).
En este Despacho, con una base de tres
millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando condiciones bajo las citas 299-11729-01-0801-001,
servidumbre de aguas pluviales bajo las citas 489-04035-01-0012-001; sáquese a
remate la finca del partido de Limón, matrícula número noventa y seis mil
cuatrocientos sesenta y uno, derecho cero cero uno,
cero cero dos, la cual es terreno lote 14, bloque E
terreno para construir. Situada en el distrito 05 Cariari, cantón 02 Pococí, de
la provincia de Limón. Colinda: al norte, avenida; al sur, lote 13 E; al este,
lote 15 E y al oeste, calle. Mide: ciento sesenta y cuatro metros con cuarenta
y cinco decímetros cuadrados metros cuadrados, plano L-706556-2001. Para tal
efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de junio de dos
mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez
horas y cero minutos del veintisiete de junio de dos mil diecinueve con la base
de dos millones seiscientos seis mil doscientos cincuenta colones exactos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las diez horas y cero minutos del cinco de julio de dos mil diecinueve
con la base de ochocientos sesenta y ocho mil setecientos cincuenta colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución de Mutual Cartago de
Ahorro y Préstamo contra Heiner Mora Ortega, María José García Pérez. Exp:16-001455-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 01 de abril del 2019.—Licda.
Hazel Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2019343407 ).
En este Despacho, con una base de diez
mil ciento cincuenta y dos dólares con cuarenta y dos
centavos, libre de gravámenes, pero
soportando colisiones
18-000773-0174-TR 2017313600622; sáquese a remate el vehículo BMC233, marca: Hyundai, categoría: Automóvil, tracción: 4x2, número chasis: MALA851CAGM331045,
carrocería Sedan 4 Puertas
Hatchback, año fabricación:
2016, color negro, motor G4LAFM786819. Para tal efecto se señalan las catorce horas y cero minutos del
dos de julio del dos mil diecinueve.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y
cero minutos del diez de julio del año dos mil diecinueve con la base de siete
mil seiscientos catorce dólares con treinta y dos
centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciocho de julio del dos mil diecinueve con la base de dos mil quinientos
treinta y ocho dólares con once centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de CrediQ Inversiones CR S.A. contra
Ingrid María Abbott Bokan. Exp. N° 18-005331-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial
Zona Sur, Pérez Zeledón,
28 de febrero del año
2019.—Licda. Lidia Mayela
Díaz Anchía, Jueza Tramitadora.—(
IN2019343411 ).
En este Despacho, con una base de dieciséis
mil seiscientos cincuenta y tres dólares con veinticuatro centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BNN549. Marca:
Hyundai. Estilo: Grand I10 GLS. Categoría: automóvil. Capacidad: 5 personas.
Serie: MALA841CAHM239734. Carrocería: sedan 4 puertas. Tracción: 4X2. Color:
azul. Para tal efecto se señalan las 11:00 horas del 05/11/2019. de no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las 11:00 horas del 13/11/2019 con
la base de doce mil cuatrocientos ochenta y nueve dólares con noventa y tres
centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las 11:00 horas del 21/11/2019 con la base de cuatro mil
ciento sesenta y tres dólares con treinta y un centavos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi
Q Inversiones CR S. A. contra Minor Antonio Alvarado
Obando. Expediente N° 19-001510-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José,
18 de marzo del 2019.—Licda. Paula Morales González, Jueza Decisora.—(
IN2019343412 ).
En este Despacho, con una base de diecisiete
mil cuatrocientos ochenta y tres dólares con setenta y cinco centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BNX653, marca:
Chevrolet, categoría: automóvil; carrocería: sedán 4 puertas hatchback;
tracción: 4x2; chasís: KL1CM6CA5JC400619; estilo: Spark
LTZ; capacidad: 5 personas; año: 2018, color: rojo; número motor: LV7171500575;
cilindrada: 1400 c.c.; cilindros: 04; combustible: gasolina. Para tal efecto se
señalan las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de junio de dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve
horas y treinta minutos del veintisiete de junio de dos mil diecinueve con la
base de trece mil ciento doce dólares con ochenta y un centavos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
nueve horas y treinta minutos del cinco de julio de dos mil diecinueve con la
base de cuatro mil trescientos setenta dólares con noventa y tres centavos (25%
de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi
Q Inversiones CR S. A. contra Jossie Alberto Luna
Ramírez, expediente Nº 19-001513-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San Jose, 06 de febrero del
2019.—Fernando Martínez Garbanzo, Juez Decisor.—( IN2019343413 ).
En este Despacho, con una base de doce
mil doscientos cincuenta y cuatro dólares con sesenta y ocho centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BMN469, marca Chevrolet,
estilo Spark Classic LTZ, categoría
automóvil, capacidad 5
personas, serie MA6CH6CD5HT000027, año 2017, Sedan 4 puertas, color
negro. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del veinticinco de junio del dos mil diecinueve, con
la base de nueve mil ciento
noventa y un dólares con un
centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del tres de julio del dos mil diecinueve, con
la base de tres mil sesenta
y tres dólares con sesenta y siete centavos (25% de
la base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Crediq Inversiones CR S. A., contra Jhonson
Mora Montero. Expediente: 18-008047-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 13 de marzo del 2019.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2019343414 ).
En este Despacho, con una base de tres mil
cuatrocientos setenta y un dólares con setenta y seis centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: 768055, marca: Hyunday, estilo: Accent GLS,
categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2009, color: beige,
cilindrada: 1400 c.c., VIN: KMHCN41P9U282632, combustible: gasolina, número de
motor: G4EE8118136. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos
del ocho de octubre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas y cero minutos del dieciséis de octubre
del dos mil diecinueve con la base de dos mil seiscientos tres dólares con
ochenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del veinticuatro
de octubre del dos mil diecinueve con la base de ochocientos sesenta y siete
dólares con noventa y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Improsa Sociedad Anónima contra Jackson Moreno Nieves. Expediente N° 19-001524-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José,
08 de febrero del 2019.—Lic. Verny Arias Vega, Juez.—( IN2019343415 ).
En este Despacho, con una base de cinco
mil doscientos cincuenta y tres dólares con treinta y nueve centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa: BJY364, marca: Hyundai, estilo: Grand
I10, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2016, color: gris,
VIN: MALA851CBGM330673, cilindrada:1200 c.c. Para tal
efecto se señalan las once
horas y treinta minutos del
seis de junio de dos mil diecinueve.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y treinta
minutos del dieciocho de junio de dos mil diecinueve, con
la base de tres mil novecientos
cuarenta dólares con cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y treinta minutos del veintiséis de junio de dos mil diecinueve, con
la base de mil trescientos trece
dólares con treinta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos
de publicación, previa revisión
del Edicto a fin de cotejar
que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá
indicarlo al despacho
dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S.A. contra Yerlin María Álvarez Monge. Expediente:
19-002196-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 21 de febrero del 2019.—Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez Decisor.—(
IN2019343416 ).
En este Despacho, con una base de catorce mil
ciento ochenta y un dólares con diecinueve centavos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BHC199, marca: Kia, estilo: Sorento, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, año
fabricación: 2015, color: plateado, cilindrada: 2359 c.c,
combustible: gasolina, vin: KNAKU811DF5575233, N.
motor: G4KEEH710244. Para tal efecto se señalan las once horas y treinta
minutos del trece de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las once horas y treinta minutos del veinticuatro
de junio de dos mil diecinueve con la base de diez mil seiscientos treinta y
cinco dólares con ochenta y nueve centavos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y
treinta minutos del dos de julio de dos mil diecinueve con la base de tres mil
quinientos cuarenta y cinco dólares con veintinueve centavos (25% de la base
original). Notas: se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica
Sociedad Anónima contra Albin Antonio Charpentier
Guevara, expediente Nº 18-012495-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 05 de febrero del 2019.—Lic. Henry Steven Sanarrusia Gómez, Juez Decisor.—( IN2019343417 ).
En este Despacho, con una base de dieciocho
mil ciento quince dólares con veintiocho centavos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BNQ299, marca: Peugeot,
estilo: 301, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2017, color:
gris, Vin: VF3DDHMZ6JJ505885, cilindrada: 1199 c.c.
Para tal efecto se señalan las catorce horas y treinta minutos del cinco de
junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las catorce horas y treinta minutos del trece de junio del dos mil
diecinueve con la base de trece mil quinientos ochenta y seis dólares con
cuarenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos
del veinticuatro de junio del dos mil diecinueve con la base de cuatro mil
quinientos veintiocho dólares con ochenta y dos centavos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el
edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta
nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a
fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en
el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la
respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Ana Ivonne de Jesús García García. Expediente N°
19-001370-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José,
12 de febrero del 2019.—Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez Decisor.—( IN2019343418
).
En este Despacho, con una base de veintiún
millones seiscientos sesenta mil colones exactos, soportando servidumbre sirviente, bajo las citas 394-03826-01-0005-001 e hipoteca
de primer grado, bajo las citas
2013-42340- 01-0011-001 a favor del Banco de Costa Rica, sáquese
a remate la finca del Partido
de Alajuela, matrícula N° 502.849-000, la cual es terreno para construir con local comercial. Situada en el distrito
1-Quesada, canton 10 San Carlos de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte,
Fantasía Mágica Decon S. A.; sur, calle pública con un frente a ella de catorce
metros cuarenta y nueve centímetros; este, Julio Gómez
Hidalgo; oeste, Gustavo Gómez Soto. Mide: ciento treinta
y cinco metros cuadrados.
Plano: A-1594026-2012. Para tal efecto,
se señalan las diez horas y
treinta minutos del diez de junio del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del dieciocho de junio del dos mil diecinueve, con la base de dieciséis
millones doscientos cuarenta y cinco mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiséis de junio del dos mil diecinueve, con la base de cinco millones cuatrocientos quince mil
colones exactos (25% de la
base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Inversiones
Alterra S. A. contra Ana Isabel Quesada Campos, Panaderías
y Reposterías las Sancarleñas
S. A. Expediente: 18-004432-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 3 de abril
del 2019.—Giovanni Vargas Loaiza, Juez
Decisor.—( IN2019343462 ).
En este Despacho, con una base de siete millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 302-05684-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 232788 derecho 001 y 002, la cual
es terreno con una casa de habitación.
Situada en el distrito 01 San Ignacio, cantón
12 Acosta, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle a Los Pozos; al sur, Herminio Durán Monge con 8.36 metros; al este, Herminio Durán Monge; al oeste, Belén Ramírez; noreste, calle pública, noroeste, Belén Hernández Ramírez; sureste,
Ricardo Piedra, suroeste, María Eugenia Campos Abarca. Mide: Doscientos
sesenta y dos metros con siete
decímetros cuadrados metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
y treinta minutos del veinticinco de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once
horas y treinta minutos del
tres de julio de dos mil diecinueve con la base de cinco millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las once
horas y treinta minutos del
once de julio de dos mil diecinueve
con la base de un millón ochocientos
setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Cerro La Rosa Veintiséis
D Sociedad Anónima contra Johanna María Sánchez
Campos, José Fernando Sánchez Campos. Exp. N° 18-021987-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José,
12 de febrero del año
2019.—Licda. María Del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—( IN2019343466 ).
En este Despacho, con una base de un millón
doscientos sesenta y cinco mil ciento sesenta y tres colones con sesenta y
cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, sáquese a remate la finca del
partido de San José, matrícula número quinientos cincuenta y cuatro mil
trescientos once, derecho cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito uno, San Isidro de El General, cantón diecinueve, Pérez
Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, resto de Alvardo Sandí Sandí; al sur,
resto de Alvardo Sandí Sandí;
al este, resto de Alvardo Sandí Sandí
y al oeste, servidumbre de paso de 05,00 metros de ancho. Mide: doscientos
setenta y dos metros con setenta y un decímetros cuadrados metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del seis de junio del
año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las once horas y cero minutos del catorce de junio del año dos mil diecinueve
con la base de novecientos cuarenta y ocho mil ochocientos setenta y dos
colones con setenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos
del veinticuatro de junio del año dos mil diecinueve con la base de trescientos
dieciséis mil doscientos noventa colones con noventa y un céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra María de los Ángeles Ceciliano Chacón,
Walter Emilio Corrales Blanco. Exp.: 18-015752-1157-CJ.—Juzgado de Cobro Primer
Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 29 de abril del 2019.—Lic. José Ricardo
Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2019343469 ).
En este Despacho, con una base de tres
millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate
la finca del partido de San José, matrícula número 622023-000, la cual es
terreno de solar con una casa. Situada en el distrito San Gabriel, cantón
Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con un
frente de 17,15 metros; al sur, Jesús Jiménez Vargas; al este, Edgar Luis
Valverde García; y al oeste, Alejandra Valverde Monge. Mide: trescientos
noventa y dos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y
treinta minutos del doce de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta minutos del
veinticinco de junio del dos mil diecinueve con la base de dos millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y
treinta minutos del tres de julio del dos mil diecinueve con la base de
setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Cerro La Rosa Veintiséis D Sociedad Anónima contra
Edgar Luis Valverde García. Expediente N° 18-024297-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José,
08 de marzo del 2019.—Lic. Carlos Alberto Marín Angulo, Juez Decisor.—(
IN2019343470 ).
En este Despacho, con una base de un millón
seiscientos setenta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando hipoteca primer grado acreedor Instituto Nacional
de Vivienda y Urbanismo citas: 465-06353-01-0001-001; y medianería citas:
314-15507-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula Nº 260606-000, la cual es terreno con una
casa lote 819. Situada en el distrito 10-Hatillo, cantón 1-San José, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, lote 820 con pared medianera; al sur,
lote 818; al este, alameda 19 y al oeste, lote 834 con pared medianera. Mide:
cuarenta y cuatro metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las quince horas y treinta minutos del uno de julio de dos
mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas y treinta minutos del nueve de julio de dos mil diecinueve con la
base de un millón doscientos cincuenta y seis mil doscientos cincuenta colones
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las quince horas y treinta minutos del diecisiete de julio de
dos mil diecinueve con la base de cuatrocientos dieciocho mil setecientos
cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de María Emilia del Rosario Quirós Segura contra Gaudhy Gabriela Chacón León, Román Arturo Solórzano Fallas,
expediente Nº 18-024390-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San
José, 02 de
abril del 2019.—Licda. Jacqueline María Peraza Fallas, Jueza Decisora.—(
IN2019343472 ).
En este Despacho, con una base de dieciséis
millones trescientos dieciocho mil quinientos ochenta y cinco colones con
setenta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre trasladada citas: 0358-08508-01-0937-001, 0395-03669-01-0020-001,
servidumbre de paso citas: 2010-56943-01-0004-001; sáquese a remate la finca
del partido de Puntarenas, matrícula número ciento ochenta y tres mil
ochocientos uno, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 01 Parrita, cantón 09 Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, Luis Matarrita Chaves; al sur, Geovanny Azofeifa Fernández, Luis
Matarrita Chaves; al este, Luis Matarrita Chaves; y al oeste, Luis Matarrita
Chaves y servidumbre de paso en parte de 20 metros y Luis Matarrita Chaves.
Mide: novecientos metros cuadrados. Plano: P-1469796-2010. Para tal efecto, se
señalan las siete horas y cinco minutos del diecisiete de junio del dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete
horas y cinco minutos del veinticinco de junio del dos mil diecinueve con la
base de doce millones doscientos treinta y ocho mil novecientos treinta y nueve
colones con treinta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas y cinco minutos
del tres de julio del dos mil diecinueve con la base de cuatro millones setenta
y nueve mil seiscientos cuarenta y seis colones con cuarenta y cinco céntimos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Diego
Matarrita Sánchez. Expediente N° 18-002573-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 26 de abril del 2019.—Lic.
Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2019343476 ).
En este Despacho, con una base de diez
millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
reservas y restricciones citas: 298-18020-01-0901-001; sáquese a remate la
finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento seis mil trescientos noventa
y dos, derecho cero cero cero,
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 7-Arenal, cantón
8-Tilarán, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Cara Verde
Sociedad Anónima; al sur, calle pública con 142 metros y en parte con Carlos
Rojas Rojas; al este, Cara Verde Sociedad Anónima y
al oeste, calle pública con 31 metros. Mide: diez mil metros cuadrados. Plano:
G-0466074-1998. Identificador predial: 508070106392. Para tal efecto, se
señalan las siete horas y treinta minutos del dos de julio del año dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete
horas y treinta minutos del diez de julio del año dos mil diecinueve con la
base de siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original)
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas
y treinta minutos del dieciocho de julio del año dos mil diecinueve con la base
de dos millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original).
Notas: se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Carlos Roberto Torres Torres contra Franklin
Bolívar Guillén Zamora, expediente Nº 18-003145-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer
Circuito Judicial, Guanacaste, 25 de abril del 2019.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen,
Juez Decisor.—( IN2019343486 ).
En la puerta
exterior de este Despacho;
libre de gravámenes hipotecarios;
pero soportando servidumbre trasladada bajo citas: 345-17338-01-0903-001; a las ocho
horas y treinta y cinco minutos del diecinueve de setiembre de dos mil diecinueve,
y con la base de diecinueve millones
de colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección
de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número
106325-000 cero cero cero
la cual es terreno para construir bloque E 16 con una
casa de habitación. Situada
en el distrito Turrialba, cantón Turrialba, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
lote quince E; al sur, lote
17 E; al este, alameda cuatro,
y al oeste, lote siete E. Mide: Ciento cincuenta y seis metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta y cinco minutos del cuatro de octubre de dos mil diecinueve, con la base de catorce
millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta y cinco minutos del veintiuno de octubre de dos mil diecinueve con la base de cuatro millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Sociedad de Seguros de Vida del Magisterio
Nacional contra Jorge Eduardo Fernández Navarro. Exp. N° 18-008448-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José,
28 de agosto del año 2018.—Licda. Cinthia Segura Durán, Jueza.—( IN2019343512 ).
En este Despacho, con una base de treinta
y seis millones seiscientos
cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 369954 derecho 001 y 002, la cual
es terreno para construir lote 111. Situada en el distrito 5 Ipís, cantón 8-Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, lote 112; al sur,
lote 110; al este, alameda
13 c/6 m, y al oeste, lote
116. Mide: noventa metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del trece de junio de dos mil diecinueve con la base de veintisiete
millones cuatrocientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de junio de dos mil diecinueve con la base de nueve millones ciento sesenta y dos mil quinientos colones (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Jesús
David Hidalgo Reyes, Raquel Dayanna Quesada Navarro.
Exp. N° 18-025083-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José,
29 de marzo del 2019.—Licda.
Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—( IN2019343543 ).
En este Despacho, con una base de quince millones
quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate la finca del partido de San José, matrícula número trescientos
veintiocho mil quinientos cincuenta y cuatro, derecho 000, la cual es terreno
naturaleza: para construir con 1 casa situada en el distrito 3-Calle Blancos,
cantón 8-Goicoechea de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 4K; al
sur, lote 6K; al este, Viviendas y Desarrollos S. A. y al oeste, calle pública.
Mide: ochenta metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Plano:
SJ-0620705-1986. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del
seis de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las diez horas y cero minutos del dieciocho de junio de dos mil
diecinueve con la base de once millones seiscientos veinticinco mil colones
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiséis de junio de dos
mil diecinueve con la base de tres millones ochocientos setenta y cinco mil
colones exactos (25% de la base original). Previo a realizar la publicación del
edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del
mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho dentro
del tercer día, para su inmediata corrección. Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Roy Enrique González
Agüero. Exp: 18-025138-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San
José, 30 de
abril del año 2019.—Licda. Adriana Soto González, Jueza Decisora.—(
IN2019343544 ).
En este Despacho, con una base de dieciséis
millones quinientos seis mil ciento sesenta y cinco colones exactos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando dos servidumbres de acueductos, cinco
servidumbres de paso, cuatro servidumbres de líneas eléctricas y paso, una
servidumbre de acueductos y de paso de AyA, dos
servidumbres de aguas pluviales en cada uno de los derechos; sáquese a remate
la finca del partido de Alajuela, matrícula número quinientos cincuenta y siete
mil cuatrocientos quince, derecho cero cero uno y
cero cero dos, la cual es terreno para construir.
Situada: en el distrito 10-Volio, cantón 2-San Ramón, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre de paso con 10 metros con 28
centímetros lineales; al sur, Nelson Giovanni Varela Hurtado; al este, Nelson Giovanni
Varela Hurtado, y al oeste, Nelson Giovanni Varela Hurtado. Mide: doscientos un metros cuadrados cada uno de los derechos. Para tal
efecto, se señalan las once horas y cero minutos del dieciocho de junio del dos
mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las
once horas y cero minutos del veintiséis de junio del dos mil diecinueve, con
la base de doce millones trescientos setenta y nueve mil seiscientos veintitrés
colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas y cero minutos
del cuatro de julio del dos mil diecinueve, con la base de cuatro millones
ciento veintiséis mil quinientos cuarenta y un colones con veinticinco céntimos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Al tratarse de una hipoteca con bono se advierte a los oferentes que
de conformidad con el artículo 153 bis de la Ley Nº
5072 Ley del Sistema Financiero Nacional de la Vivienda, que el monto total de
oferta deberá depositarse en el acto. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo
contra Marjorie Bolaños Solórzano, Nelson Giovanni Varela Hurtado. Expediente Nº 18-001566-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 10 de mayo del 2019.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza.—( IN2019343545 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta y
seis mil dieciocho dólares con treinta centavos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo EE34512, marca: Caterpillar, estilo:
416E, categoría: equipo, especial obras civiles capacidad: 1 personas, año
fabricación: 2014, N° Motor: G4D49494. Para tal
efecto se señalan las quince horas y quince minutos del treinta de mayo de dos
mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las
quince horas y quince minutos del siete de junio del dos mil diecinueve, con la
base de cuarenta y dos mil trece dólares con setenta y tres centavos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan
las quince horas y quince minutos del diecisiete de junio del dos mil
diecinueve, con la base de catorce mil cuatro dólares con cincuenta y ocho
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución Garantías Mobiliarias de Caterpillar contra
Ronald Núñez Quirós. Expediente Nº 18-004366-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 22 de noviembre del 2018.—(
IN2019343559 ).
En este Despacho, con una base de sesenta
y seis mil cuarenta y ocho dólares con veintinueve centavos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo del vin: CAT0303EKHHM01740, numero
motor: 1FY0992, matrícula clase:
equipo especial, descripción:
excavadora, marca
Caterpillar, modelo 303E, año
2016, serie número
CAT0303EKHHM01740, motor número 1FY0992. Para tal efecto se señalan
las ocho horas y cuarenta y
cinco minutos del cuatro de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del doce de junio de dos mil diecinueve con la base de cuarenta
y nueve mil quinientos treinta y seis dólares con veintidós centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de junio de dos mil diecinueve con
la base de dieciséis mil quinientos
doce dólares con siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución garantías mobiliarias de
Caterpillar contra 3-102-487488 S. R. L., Johnny Gerardo Castillo Rojas. Exp.
N° 18-004196-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 28 de noviembre del 2018.—Licda. Noelia
Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2019343560 ).
En este Despacho, con una base de setenta y
nueve mil setecientos treinta y seis dólares con setenta y cuatro centavos,
libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: EE35662,
marca: Caterpillar, estilo: 416E, categoría: equipo especial obras civiles,
capacidad: 1 personas, serie: CAT0416EKMFG13349, carrocería: retroexcavadora,
número chasis: CAT0416EKMFG13349, año fabricación: 2015, color: amarillo, Nº motor: G4D54055, marca: Caterpillar. Para tal efecto se
señalan las once horas y cero minutos del tres de junio del dos mil diecinueve.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas y cero
minutos del once de junio del dos mil diecinueve, con la base de cincuenta y
nueve mil ochocientos dos dólares con cincuenta y seis centavos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
once horas y cero minutos del diecinueve de junio del dos mil diecinueve, con
la base de diecinueve mil novecientos treinta y cuatro dólares con diecinueve
centavos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución garantías mobiliarias
de Caterpillar contra Margarita Herrera Martínez. Expediente Nº 18-004359-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 27 de noviembre del 2018.—Licda. Noelia
Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2019343561 ).
En este Despacho, con una base de trece
millones trescientos sesenta y cuatro mil trescientos noventa y cuatro colones
con noventa y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo Placa BKR, Marca: Hyundai, Estilo: Elantra
GLS, Categoría. Automóvil, Capacidad: 5 Personas, Año: 2017, Carrocería. Sedan
4 Puertas, Color: Gris, Motor Número: G4FGGU131056, Tracción 4 X 2, Serie, Vin y Chasis KMHD841CAHU105288. Para tal efecto se señalan
las quince horas y cero minutos del cuatro de junio del año dos mil diecinueve.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero
minutos del doce de junio del año dos mil diecinueve con la base de diez
millones veintitrés mil doscientos noventa y seis colones con veinte céntimos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las quince horas y cero minutos del veinte de junio del año dos mil
diecinueve con la base de tres millones trescientos cuarenta y un mil noventa y
ocho colones con setenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Asociación Solidarista de Empleados de Florida Ice And Farm Company S. A. contra Esteban Mauricio Chaves Rojas. Exp. 17-002554-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 21 de marzo del 2019.—Lic.
Carlos Contreras Reyes, Juez Decisor.—( IN2019343599 ).
En este Despacho, con una base de doce millones ochocientos setenta y cinco mil novecientos setenta colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BCZ473, marca Daihatsu, estilo Terios, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2013,
color gris, vin JDAJ200G003000562, combustible gasolina, motor Nº 3SZ2770573. Para tal
efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del cuatro de junio del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del doce de junio del año dos mil diecinueve con la base de nueve millones seiscientos cincuenta y seis mil novecientos setenta y siete colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veinte de junio del año dos mil diecinueve con la base de tres millones doscientos dieciocho mil novecientos noventa y dos colones con cincuenta céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Asociación Solidarista de Empleados de
Florida Ice and Farm Company Sociedad Anónima y Afines contra Johnny Eduardo Mendoza Morales. Exp. N°
17-002675-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial
Zona Sur (Pérez Zeledón),
5 de marzo del año 2019.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2019343600 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta
y nueve millones doscientos sesenta mil colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre de paso citas:
523-03888-01-0002-001, servidumbre de paso citas:
2011-164667-01-0027-001; sáquese a remate la finca del Partido de
Guanacaste, matrícula número
ciento ochenta y seis mil quinientos veintinueve, derecho
cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1 Nicoya, cantón 2 Nicoya, de la provincia
de Guanacaste. Colinda: norte,
Zulay Salas Valenciano; sur, Xaire
Diaz Rojas y Obdulia Pérez Valencia; este, Carlos
Rojas Rivera, y oeste, Ferddy
Herrera Ramírez. Mide: Dos mil novecientos
sesenta y tres metros cuadrados. Plano: G-1498737-2011. Para tal
efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del cuatro de junio del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del doce de junio del año dos mil diecinueve con la base de cuarenta
y cuatro millones cuatrocientos cuarenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veinte de junio del año dos mil diecinueve con la base de catorce
millones ochocientos quince
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso monitorio de Banco
Nacional de Costa Rica contra Bioservicios de
Guanacaste S. A., Odir Herrera Ramírez. Exp. N°
16-000227-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial
Guanacaste, 26 de abril
del año 2019.—Lic. Luis
Alberto Pineda Alvarado, Juez Decisor.—( IN2019343619 ).
En este Despacho, con una base de veintiséis
millones ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada y reservas y restricciones; sáquese a
remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número ciento noventa y
cinco mil setecientos treinta y uno derechos cero cero
uno y cero cero dos, la cual es terreno con una casa
de habitación. Situada en el distrito Ángeles, cantón San Ramón, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Rogelio Arias Castro; al sur, Melchor
Castro Elizondo; al este, calle publica con un frente a ella de 37m 98cm y al
oeste, Melchor Castro Elizondo. Mide: ochocientos veinte metros con treinta y
nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero
minutos del diez de junio del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del diecinueve de
junio del año dos mil diecinueve con la base de veinte millones cien mil
colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintisiete de
junio del año dos mil diecinueve con la base de seis millones setecientos mil
colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Richard Alonso Porras
Solano. Exp.: 18-001371-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 02 de mayo del 2019.—Licda.
María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2019343630 ).
En este Despacho, con una base de dieciséis
millones doscientos cincuenta y seis mil colones exactos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula
número quinientos treinta y cuatro mil seiscientos cincuenta, derecho cero cero cero, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito 4-Piedades Norte, cantón 2-San Ramon, de
la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Flory Calvo Rodríguez; al sur,
calle pública con frente a ella de ocho metros cincuenta y dos centímetros
lineales y María Elena Chaves Vega; al este, Luis Alonso Chavarría Carranza y
María Elena Chaves Vega y al oeste, Flory Calvo Rodríguez. Mide: ciento noventa
y cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero
minutos del dieciocho de junio del año dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del
veintiséis de junio del año dos mil diecinueve con la base de doce millones
ciento noventa y dos mil colones exactoS (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las ocho horas y cero minutos del cuatro de julio del año dos mil diecinueve
con la base de cuatro millones sesenta y cuatro mil colones exactos (25% de la
base original). Notas: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Al
tratarse de una hipoteca con bono se advierte a los oferentes que de
conformidad con el artículo 153 bis de la Ley 5072 Ley del Sistema
Financiero Nacional de la Vivienda, que el monto total de oferta deberá
depositarse en el acto.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Runia deL Carmen Ocampo Monestel.
Exp. 18-001347-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramon), 03 de mayo del 2019.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza.—( IN2019343632 ).
En este Despacho y con una base de sesenta y
seis millones ochocientos noventa colones con veinticuatro céntimos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas,
matrícula número 186040, derecho 000, la cual es terreno con dos bodegas de dos
plantas construida en perling y resto para construir.
Situada en el distrito 01 Espíritu Santo, cantón Dos Esparza, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte, José Alberto Mico Guevara, al sur, calle
pública con 8 metros, al este, calle pública con 7,94 metros, al oeste, María
Orfilia Álvarez Badilla, noreste, Mildred Pérez Chacón y Orlando Quirós Pérez,
sureste, Damaris Lobo Cruz y Distribuidora Bestt S.
A. Mide: quinientos veinticinco metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan
las nueve horas y cero minutos del veintisiete de junio de dos mil diecinueve.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero
minutos del cinco de julio de dos mil diecinueve con la base de cuarenta y
nueve millones quinientos mil seiscientos sesenta y siete colones con sesenta y
ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del quince de julio de
dos mil diecinueve con la base de dieciséis millones quinientos mil doscientos
veintidós colones con cincuenta y seis céntimos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ricardo Alberto Robinson
Chollette. Exp:18-006704-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 23 de abril del 2019.—Lic. Douglas Quesada
Zamora, Juez Decisor.—( IN2019343661 ).
En este Despacho, con una base de dieciocho
millones novecientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas 305-20183-01-0901-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 459235, derecho 002, la cual
es terreno naturaleza lote 34, bloque B-2, terreno para construir. Situada en el distrito
09 Pavas, cantón 01 San
José, de la provincia de. Colinda:
al norte, Invu; al sur, Invu; al este, alameda 16, y al oeste, Invu. Mide:
Noventa metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del cinco de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del trece de junio de dos mil diecinueve con
la base de catorce millones
ciento setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de junio de dos mil diecinueve con
la base de cuatro millones setecientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso monitorio ejecución de Ramón Isidro Monestel
Zamora contra Claudia Mena Sequeira. Exp. N°
09-027879-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José,
4 de febrero del 2019.—Licda.
Joyce Magaly Ugalde Huezo, Jueza
Decisora.—(
IN2019343684 ).
En este Despacho, con una base de tres
millones siete mil quinientos veintiocho colones con veintidós céntimos, libre
de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula N° 472132-001 y 002, derecho, la cual es
terreno para construir con una casa lote BG 6. Situada en el distrito 2-San
Miguel, cantón 3-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
calle pública; al sur, INVU; al este, lote 7 y al oeste, lote 5. Mide: ochenta
y dos metros con quince decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
catorce horas y treinta minutos del uno de julio del año dos mil diecinueve. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta
minutos del nueve de julio del año dos mil diecinueve con la base de dos
millones doscientos cincuenta y cinco mil seiscientos cuarenta y seis colones
con dieciséis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del
diecisiete de julio del año dos mil diecinueve con la base de setecientos
cincuenta y un mil ochocientos ochenta y dos colones con cinco céntimos (25% de
la base original). Notas: se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo
Comunal contra Fernando Alberto Zúñiga Bonilla, María Lorena Mora Mendoza,
expediente N° 07-026556-0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José,
Sección Segunda,
30 de abril del 2019.—Licda. Jéssika Fernández
Cubillo, Jueza Tramitadora.—( IN2019343688 ).
En este Despacho, con una base de treinta
millones novecientos veintitrés mil seiscientos diecinueve colones con treinta
y nueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de
convalidación (rectificación de medida) citas: 562-11486-01-0004-001; sáquese a
remate la finca del Partido de San José, matrícula N°
84132-000, derecho 000, la cual es terreno con edificio de apartamentos.
Situada en el distrito 04-Catedral, cantón 01-San José de la provincia de San
José. Colinda: al norte, Federico Ruiz Fernández; al sur, Ulises Ugalde; al
este, Antonio Núñez; y al oeste, calle quinta; sur, con 5 metros. Mide: ciento
sesenta y ocho metros con sesenta decímetros cuadrados. Para tal efecto se
señalan las catorce horas y treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce
horas y treinta minutos del cinco de julio del dos mil diecinueve, con la base
de veintitrés millones ciento noventa y dos mil setecientos catorce colones con
cincuenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos
del quince de julio del dos mil diecinueve, con la base de siete millones
setecientos treinta mil novecientos cuatro colones con ochenta y cinco céntimos
(25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Jorge Alvarado Quirós. Expediente: 07-032500-0170-CA.—Juzgado Especializado de
Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 7 de mayo del 2019.—Licda.
Gabriela Campos Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2019343689 ).
En este despacho, con una base de cuarenta
millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
reservas y restricciones citas: 377-03322-01-0956-001; sáquese a remate la
finca del partido de Guanacaste, matrícula número 66934, derecho 003 y 004, la
cual es lote 3, terreno con una casa situada en el distrito 5-Samara cantón
2-nicoya de la provincia de Guanacaste linderos: norte, calle publica con un
frente de 20 metros sur, Pedro Leal Orias este,
Roxana Aguilar Rivera; oeste, calle pública con un frente de 10 metros mide:
ciento setenta y nueve metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados
plano:g-0794416-1989. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos
del dos de julio del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del diez de julio del año
dos mil diecinueve con la base de treinta millones de colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las ocho horas y cero minutos del dieciocho de julio del año dos mil
diecinueve con la base de diez millones de colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Dionisia Norman Hernández Matarrita, Rosa Ramon Matarrita Rosales. Exp. 18- 000408-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 8 de mayo del 2019.—Lic. Luis
Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2019343698 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta
mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula N° 207737-A,
derecho 000, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el
distrito 5-Zapote, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, calle con 18m 14cm; al sur, lote 2; al este, Fábrica de Tejidos El León
y al oeste, calle con 16m 50cm. Mide: ciento noventa y seis metros con dieciséis
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cuarenta y
cinco minutos del cinco de junio de dos mil diecinueve. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del
trece de junio de dos mil diecinueve con la base de treinta mil dólares exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de junio
de dos mil diecinueve con la base de diez mil dólares exactos (25% de la base
original). Notas: se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de 3-101-565961 Sociedad Anónima
contra María Victoria Blanca Rojas, expediente N°
18-022148-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 25 de febrero del 2019.—Licda.
Joyce Magaly Ugalde Huezo, Jueza Decisora.—(
IN2019343723 ).
En este Despacho, con una base de doce mil
quinientos dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate
la finca del partido de Alajuela, matrícula Nº
166638-000, la cual es terreno lote dos, terreno con una casa. Situada: en el
distrito 1-San Mateo, cantón 4-San Mateo, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, futura calle; al sur, lote 20; al este, lote 1, y al oeste, lote 3.
Mide: ciento cincuenta y cuatro metros con sesenta y cuatro decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del
diecisiete de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las once horas y cero minutos del veinticinco de junio
del dos mil diecinueve, con la base de nueve mil trescientos setenta y cinco
dólares exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para
el tercer remate, se señalan las once horas y cero minutos del tres de julio
del dos mil diecinueve, con la base de tres mil ciento veinticinco dólares
exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Cultivos Agrícolas de Naranjo Sociedad Anónima contra Karla Yorleny Sandí
Rodríguez. Expediente Nº 18-007642-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 21 de noviembre del
2018.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2019343724 ).
En este Despacho, con una base de sesenta y
un millones ochocientos cincuenta y un mil cuatrocientos cincuenta y dos
colones con treinta y tres céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre trasladada citas: 0267-00001762-01-0901-001; sáquese a
remate la finca del partido de San José, matrícula número 83177-A-000, la cual
es terreno naturaleza: café. Situada en el distrito 2-Granadilla, cantón
18-Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, carretera a
Granadilla; al sur, Bianca Sánchez Zúñiga; al este, Bianca Sánchez Zúñiga y al
oeste, Verónica Sánchez. Mide: ochocientos cuarenta y cinco metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del uno de julio del
año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las nueve horas y cero minutos del nueve de julio del año dos mil diecinueve
con la base de cuarenta y seis millones trescientos ochenta y ocho mil
quinientos ochenta y nueve colones con veinticinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
nueve horas y cero minutos del diecisiete de julio del año dos mil diecinueve
con la base de quince millones cuatrocientos sesenta y dos mil ochocientos
sesenta y tres colones con ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se
les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Pedro Arnoldo
Delgado Prado. Exp.: 19-002623-1764-CJ.—Juzgado Especializado de
Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 29 de abril del 2019.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza Tramitadora.—(
IN2019343733 ).
En este Despacho, con una base de dos
millones quinientos ochenta y un mil trescientos quince colones con veintisiete
céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y
restricciones citas: 320-12461-01-0002-001; sáquese a remate la finca del
partido de Heredia, matrícula número ciento noventa y ocho mil doscientos
sesenta y cinco, derecho 000, la cual es terreno lote primero terreno con una
casa y frutales. Situada: en el distrito 2-La Virgen, cantón 10-Sarapiquí, de
la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Blanca Cielo, Xinia María, Nidia
Mayela, Blanca Rosa, María Cristina, Elizabeth, José Higinio, Félix Ascensión,
Vinicio Martín, Guillermo Beuber, Ronald Eduardo,
Edwin Gerardo, Luis Enrique, Olivier Antonio, Jorge Luis, Minor
Enrique todos Álvarez Ramire; al sur, Blanca Cielo,
Xinia María, Nidia Mayela, Blanca Rosa, María Cristina, Elizabeth, José
Higinio, Félix Ascensión, Vinicio Martín, Guillermo Beuber,
Ronald Eduardo, Edwin Gerardo, Luis Enrique, Olivier Antonio, Jorge Luis, Minor Enrique todos Álvarez Ramire;
al este, calle pública con un frente de 15 metros 2 centímetros, y al oeste,
Blanca Cielo, Xinia María, Nidia Mayela, Blanca Rosa, María Cristina,
Elizabeth, José Higinio, Félix Ascensión, Vinicio Martín, Guillermo Beuber, Ronald Eduardo, Edwin Gerardo, Luis Enrique,
Olivier Antonio, Jorge Luis, Minor Enrique todos
Álvarez Ramire. Mide: quinientos veintiún metros con
setenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las dieciséis
horas y cero minutos del veintidós de agosto del dos mil diecinueve. De no
haber postores, el segundo remate, se efectuará a las dieciséis horas y cero
minutos del treinta de agosto del dos mil diecinueve, con la base de un millón
novecientos treinta y cinco mil novecientos ochenta y seis colones con cuarenta
y cinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para
el tercer remate, se señalan las dieciséis horas y cero minutos del nueve de
setiembre del dos mil diecinueve, con la base de seiscientos cuarenta y cinco
mil trescientos veintiocho colones con ochenta y dos céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y
Crédito de la Comunidad de Ciudad Quesada, COOCIQUE R.L. contra José Álvarez
Ramírez. Expediente Nº 18-008874-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 30 de abril del 2019.—Licda.
Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2019343740 ).
En este Despacho, con una base de dieciocho
millones cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos setenta colones con
veintiún céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca
del partido de Guanacaste, matrícula número ciento treinta y tres mil
trescientos setenta y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa y un
taller. Situada en el distrito 1-Bagaces, cantón 4-Bagaces, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, Venancio Chaverri Solano y Carlos Alberto
Martínez Lacayo; al sur, Deyanira Badilla Badilla y
lote segregado; al este, Trinidad Jiménez Martínez y al oeste, calle pública
con 21 m 81 cm lineales de frente y lote segregado. Mide: mil doscientos
sesenta y dos metros cuadrados. Plano: G-1546463-2011. Para tal efecto, se
señalan las catorce horas y cero minutos del tres de julio del año dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce
horas y cero minutos del once de julio del año dos mil diecinueve con la base
de trece millones ochocientos cincuenta y siete mil seiscientos cincuenta y dos
colones con sesenta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero
minutos del diecinueve de julio del año dos mil diecinueve con la base de
cuatro millones seiscientos diecinueve mil doscientos diecisiete colones con
cincuenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Víctor Manuel Pérez Recio. Exp.: 19-000488-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 03 de mayo del 2019.—Lic. Jorge
Zúñiga Jaén, Juez Decisor.—( IN2019343760 ).
En este Despacho, con una base de veinte mil
novecientos dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo CL-230757, marca Nissan, estilo Navara
LE, capacidad 5 personas, año 2009, categoría carga liviana, tracción 4x4,
color gris, cilindrada 2488 c.c., combustible diesel.
Para tal efecto se señalan las siete horas y veinte minutos del tres de junio
del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las siete horas y veinte minutos del once de junio del dos mil diecinueve con
la base de quince mil seiscientos setenta y cinco dólares exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las siete horas y veinte minutos del diecinueve de junio del dos mil diecinueve
con la base de cinco mil doscientos veinticinco dólares exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto
por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días
de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso monitorio de Gilbert Giovanni del Gerardo Cruz Jiménez contra Randall
Gerardo Cruz Jiménez. Expediente N° 16-001199-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 14 de marzo del 2019.—Licda. Anny Hernández Monge, Jueza.—( IN2019343761 ).
En este Despacho, con una base de veintiún
mil seiscientos siete dólares con cincuenta y siete centavos, soportando
servidumbre de paso citas: 424-04343-01-0001-001, 424-04343-01-0002-001,
424-04343-01-0003-001, 424-04343-01-0004-001, 424-04343-01-0005-001,
424-04343-01-0009-001, 424-04343-01-0010-001, 424-04343-01-0011-001,
424-04343-01-0012-001, 424-04343-01-0020-001, 424-04343-01-0021-001,
425-14643-01-0001-001, 425-14643-01-0003-001, sáquese a remate la finca del
partido de Heredia, matrícula número 18843-F-000, la cual es terreno Sección
Segunda: segunda planta. Filial Número 2-52, área destinada a uso comercial.
Situada en el distrito 4-Ulloa, cantón 1-Heredia, de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, área común libre constituida por pasillos; al sur, filial
2-22; al este, filial 2-50; y al oeste, filial 2-54. Mide: cincuenta y cuatro
metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan
las diez horas y cero minutos del veintitrés de setiembre del dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez
horas y cero minutos del uno de octubre del dos mil diecinueve con la base de
dieciséis mil doscientos cinco dólares con sesenta y ocho centavos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las diez horas y cero minutos del nueve de octubre del dos mil diecinueve con
la base de cinco mil cuatrocientos un dólares con ochenta y nueve centavos (25%
de la base original). Con una base de veintiún mil ciento cuarenta y cinco
dólares con ochenta y cuatro centavos, soportando servidumbre de paso citas:
servidumbre de paso citas: 424-04343-01-0001-001, 424-04343-01-0002-001,
424-04343-01-0003-001, 424-04343-01-0004-001, 424-04343-01-0005-001,
424-04343-01-0009-001, 424-04343-01-0010-001, 424-04343-01-0011-001,
424-04343-01-0012-001, 424-04343-01-0020-001, 424-04343-01-0021-001,
425-14643-01-0003-001, sáquese a remate la finca del partido de Heredia,
matrícula número 18845-F-000, la cual es terreno Sección Segunda: segunda
planta. Filial número 2-54, área destinada a uso comercial. Situada en el
distrito 4-Ulloa, cantón 1-Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al
norte, área común libre constituida por pasillos; al sur, filial 2-22; al este,
filial 2-52; y al oeste, área común libre constituida por la pared de la
fachada; y al oeste. Mide: cincuenta y dos metros con noventa y tres decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del
veintitrés de setiembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del uno de octubre
del dos mil diecinueve con la base de quince mil ochocientos cincuenta y nueve
dólares con treinta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos
del nueve de octubre del dos mil diecinueve con la base de cinco mil doscientos
ochenta seis dólares con cuarenta y seis centavos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ara Macaw Cien por Ciento C.R.
Sociedad Anónima. Expediente N° 18-007594-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 29 de abril del 2019.—Licda.
Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2019343762 ).
En este Despacho, con una base de treinta y
dos millones trescientos cuarenta y un mil seiscientos cincuenta y ocho colones
con setenta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre trasladada citas 358-08508-01-0937-001 y servidumbre trasladada
citas 395-03669-01-0020-001; sáquese a remate la finca del partido de
Puntarenas, matrícula número 130715-000, la cual es terreno lote cuatro,
terreno sembrado de palma. Situada en el distrito 1-Parrita, cantón 9-Parrita,
de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Saúl Calderón Azofeifa; al
sur, Edder Ulloa Ortiz; al este, servidumbre agrícola en frente Saul Calderón
Azofeifa y al oeste, Fabio Chinchilla Godínez. Mide: siete mil cuatrocientos
noventa y nueve metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciocho de junio del
año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las catorce horas y cero minutos del veintiséis de junio del año dos mil
diecinueve con la base de veinticuatro millones doscientos cincuenta y seis mil
doscientos cuarenta y cuatro colones con cuatro céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
catorce horas y cero minutos del cuatro de julio del año dos mil diecinueve con
la base de ocho millones ochenta y cinco
mil cuatrocientos catorce colones con sesenta y ocho céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de COOPEALIANZA R. L. contra
Mario Enrique del Carmen Morales Abarca. Exp. N
18-000362-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 24 de abril del 2019.—Carlos
Contreras Reyes, Juez Decisor.—( IN2019343763 ).
En este Despacho, con una base de trece
millones seiscientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula
número ciento treinta y ocho mil setecientos setenta y tres, derecho cero cero cero, la cual es terreno
para construir, bloque E lote 24 con una casa de habitación. Situada en el
distrito 1-Liberia, cantón 1-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, Colegio Artístito Profesor Felipe Pérez Pérez; al sur, avenida 4 con 8,00 metros; al este, lote E
23; y al oeste, lote E 25. Mide: ciento cincuenta y nueve metros con ochenta
decímetros cuadrados. Plano: G-0949875-2004. Para tal efecto, se señalan las
catorce horas y treinta minutos del tres de julio del dos mil diecinueve. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos
del once de julio del dos mil diecinueve con la base de diez millones
doscientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
catorce horas y treinta minutos del diecinueve de julio del dos mil diecinueve
con la base de tres millones cuatrocientos doce mil quinientos colones exactos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de German del Rosario Moreno
Chavarría contra Marta Mireya Jiménez Chavarría. Expediente N°
19-000146-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito
Judicial Guanacaste,
03 de mayo del 2019.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez Decisor.—( IN2019343766 ).
En este Despacho, con una base de doce
millones cuatrocientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 322-03389-01-0901-001;
sáquese a remate la finca del partido de: San José, matrícula número: 174131,
derecho: 000, la cual es terreno: con 1 casa. Situada en el distrito:
1-Guadalupe, cantón: 8-Goicoechea, de la provincia de: San José. Colinda: al
norte, Evelio Monge Bonilla; al sur, Idaly Peraza
Cubillo con 14 m 60 cm; al este, Manuel Zúñiga con 8 m 33 cm; y al oeste, calle
de entrada con 8 m 33 cm. Mide: ciento veintidós metros con noventa decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del
seis de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate
se efectuará a las catorce horas y cero minutos del dieciocho de junio del dos
mil diecinueve con la base de nueve millones trescientos mil colones exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiséis de junio del dos mil
diecinueve con la base de tres millones cien mil colones exactos (25% de la
base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el
edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta
nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a
fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en
el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la
respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Verny Jesús de la TR
Castillo Soto. Expediente N° 18-012336-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José,
04 de abril del 2019.—Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez Decisor.—( IN2019343768
).
En este Despacho, con una base de veintiún
millones seiscientos setenta y seis mil trescientos setenta y seis colones con
ochenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
de paso bajo las citas: 2012-257980-01-0023-001; sáquese a remate la finca del
partido de Alajuela, matrícula Nº 497.749-000, la
cual es terreno de pastos con una casa de habitación. Situada: en el distrito 1
Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
Luis Jiménez Vega, calle pública, William Vargas Ramos y en parte Claudio
Antonio Madrigal García; sur, Macafli SAI S. A., y en
parte, Claudio Antonio Madrigal García; este, José Arias Arias
y en parte María del Milagro Madrigal Mora y Claudio Antonio Madrigal García;
oeste, Macafli SAI S. A. y en parte Nidia Parrales Sepeda. Mide: ocho mil novecientos ochenta metros
cuadrados. Plano: A-1577984-2012. Para tal efecto, se señalan las trece horas y
treinta minutos del catorce de junio del dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas y treinta minutos
del veinticuatro de junio del dos mil diecinueve, con la base de dieciséis
millones doscientos cincuenta y siete mil doscientos ochenta y dos colones con
sesenta céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para
el tercer remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del dos de julio
del dos mil diecinueve, con la base de cinco millones cuatrocientos diecinueve
mil noventa y cuatro colones con veinte céntimos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Coopeande Nº 7 R.L. contra Gina Patricia Madrigal Mora, Hilda María
García Masís. Expediente Nº
18-003813-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 22 de abril del 2019.—Licda.
Lilliam Álvarez Villegas, Jueza Decisora.—( IN2019343771 ).
En este Despacho, con una base de once
millones cien mil ochocientos ochenta y tres colones con sesenta y cinco
céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número
ciento sesenta y cinco mil trescientos cincuenta y cuatro, derecho cero cero cero, la cual es terreno de
solar. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de
Limón. Colinda: al norte, Servicios Jadeva S. A.; al
sur, Servicios Jadeva S. A.; al este, calle pública y
al oeste, Carlos Cyrus Graham. Mide: novecientos metros cuadrados. Para tal
efecto, señalan las quince horas y cero minutos del ocho de julio de dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince
horas y cero minutos del dieciséis de julio de dos mil diecinueve con la base
de ocho millones trescientos veinticinco mil seiscientos sesenta y dos colones
con setenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del
veinticuatro de julio de dos mil diecinueve con la base de dos millones
setecientos setenta y cinco mil doscientos veinte colones con noventa y un
céntimos (25% de la base original). con una base de once millones cien mil
ochocientos ochenta y tres colones con sesenta y cinco céntimos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada; sáquese a
remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento sesenta y cinco
mil trescientos cincuenta y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito
01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte,
Servicios Jadeva S. A.; al sur, Servicios Jadeva S. A.; al este, calle pública y al oeste, Carlos
Cyrus Graham. Mide: novecientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan
las quince horas y cero minutos del ocho de julio de dos mil diecinueve. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero
minutos del dieciséis de julio de dos mil diecinueve con la base de ocho
millones trescientos veinticinco mil seiscientos sesenta y dos colones con
setenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del
veinticuatro de julio de dos mil diecinueve con la base de dos millones
setecientos setenta y cinco mil doscientos veinte colones con noventa y un
céntimos (25% de la base original). con una base de once millones doscientos
noventa y ocho mil doscientos treinta y dos colones con setenta céntimos, libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada; sáquese a
remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento sesenta y cinco
mil trescientos cincuenta y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito
01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte,
Servicios Jadeva S. A.; al sur, Carlos Cyrus Graham;
al este, calle pública y al oeste, Carlos Cyrus Graham. Mide: novecientos
dieciséis metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero
minutos del ocho de julio de dos mil diecinueve. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del dieciséis de
julio de dos mil diecinueve con la base de ocho millones cuatrocientos setenta
y tres mil seiscientos setenta y cuatro colones con cincuenta y tres céntimos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las quince horas y cero minutos del veinticuatro de julio de dos mil
diecinueve con la base de dos millones ochocientos veinticuatro mil quinientos
cincuenta y ocho colones con dieciocho céntimos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Juan Manuel
Lobo Silva. Exp.: 18-001484-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 07 de mayo del 2019.—Lic. Luis Gabriel
Quirós Soto, Juez Decisor.—( IN2019343774 ).
En este Despacho, con una base de treinta y
seis millones ochocientos catorce mil setecientos cuarenta y cinco colones con
veintiséis céntimos, libre de gravámenes; sáquese a remate la finca del Partido
de San José, matrícula N° 109322-B-000, la cual es
terreno de pastos. Situada en el distrito: 4-Rivas, cantón: 19-Pérez Zeledón de
la provincia de San José. Colinda: al norte, Antonio Valverde y María Alicia
Valverde Salazar; al sur, Juan Antonio Elizondo y Eric Mora Camacho; al este,
María Acuña y María Alicia Valverde Salazar; y al oeste, calle pública y María
Alicia Valverde Salazar. Mide: tres mil sesenta y cuatro metros con veintiún
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero
minutos del trece de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del veintiuno de
junio del dos mil diecinueve, con la base de veintisiete millones seiscientos
once mil cincuenta y ocho colones con noventa y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas y cero minutos del uno de julio del dos mil diecinueve, con la
base de nueve millones doscientos tres mil seiscientos ochenta y seis colones
con treinta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Municipalidad de Pérez Zeledón contra Cristian Andrey
Solano Valverde, Los Chinos de la Cuadra S. A. Expediente: 14-008423-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón), 9 de mayo del 2019.—Carlos Contreras Reyes,
Juez Decisor.—( IN2019343787 ).
En este Despacho, con una base de siete
millones novecientos setenta y ocho mil seiscientos noventa y tres colones con
veinticinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando demanda
ordinaria expediente 17-000362-1303-FA citas 800-407602-01-0001-001; sáquese a
remate la finca del partido de San José, matrícula número trescientos noventa y
nueve mil cuatrocientos noventa y seis, derecho cero cero
cero, la cual es terreno para construir. Situada en
el distrito tres-Daniel Flores, cantón diecinueve-Pérez Zeledón, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Hernán Jiménez
Romero; al este, Hernán Jiménez Romero; y al oeste, Hernán Jiménez Romero.
Mide: doscientos cuarenta y dos metros con doce decímetros cuadrados metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del
veinticuatro de junio del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del dos de julio del dos
mil diecinueve con la base de cinco millones novecientos ochenta y cuatro mil
diecinueve colones con noventa y tres céntimos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero
minutos del diez de julio del dos mil diecinueve con la base de un millón
novecientos noventa y cuatro mil seiscientos setenta y tres colones con treinta
y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación
con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de
Costa Rica contra María Isabel Jiménez Navarro. Expediente N°
19-000071-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito
Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 10 de abril del 2019.—Lic. Marvin Hernández
Calderón, Juez Tramitador.—( IN2019343790 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones ciento noventa y tres mil setecientos cincuenta y cinco colones exactos,
libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada (citas: 362-05231-01-0943- 001); sáquese
a remate la finca del partido de Limón, matrícula número treinta y cinco mil cuarenta y dos, derecho
cero cero cero, la cual es naturaleza: Para construir lote D-15. Situada en el distrito
1 Limón, cantón 1 Limón, de la provincia
de Limón. Colinda: al norte,
lote D-14; al sur, lote
D-1; al este, resto y lote
D-13, ambos en parte, y al oeste, reto destinado
a calle pública. Mide: Doscientos cuarenta y un metros con cincuenta
y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del diez de junio de dos mil diecinueve. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del dieciocho de junio de dos mil diecinueve con la base de tres millones ochocientos noventa y cinco mil trescientos dieciséis colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las trece horas y cero minutos del veintiséis de junio de dos mil diecinueve con la base de un millón
doscientos noventa y ocho mil cuatrocientos treinta y ocho colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso monitorio dinerario de Corporación Arrocera Costa Rica S. A. contra Cooperativa
de Consumo y Servicios Múltiples de los Empleados del Ferrocarril y Japdeva, Róger Parker Hodson. Exp. N° 13-008296-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 24 de abril
del 2019.—Lic. Melquisedec
Rodríguez Ramírez, Juez Tramitador.—( IN2019343833
).
En este Despacho, con una base de cinco
millones seiscientos cuarenta y seis mil ciento ochenta y cinco colones con
noventa y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate
el vehículo placas TSJ 4158, marca: Toyota, estilo: Yaris
E, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: MR2BT9F39H1224727, peso
vacío: 0, carrocería: Sedan, 4 puertas, tracción: 4X2, peso bruto: 1500 kgrms., N° chasis:
MR2BT9F39H1224727, año fabricación: 2017, cabina: sencilla, techo: techo duro,
uso: taxi, color: rojo, vin: MR2BT9F39H1224727. Para
tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de julio del dos
mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez
horas y cero minutos del doce de julio del dos mil diecinueve, con la base de
cuatro millones doscientos treinta y cuatro mil seiscientos treinta y nueve
colones con cuarenta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos
del veintidós de julio del dos mil diecinueve, con la base de un millón
cuatrocientos once mil quinientos cuarenta y seis colones con cincuenta
céntimos (25% de la base original). Notas: se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Geovanni Rivera González. Expediente N° 19-000101-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San
José, Sección Tercera, 11 de marzo del 2019.—Licda. Ana Cecilia Brenes López, Jueza
Tramitadora.—( IN2019343838 ).
Se hace saber:
Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
18-000191-0930-CI donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de Guido Antonio Núñez
Morales quien es mayor, soltero,
peón agrícola, vecino de Guácimo, Limón, caserío el Aguacate, un kilómetro y medio hacia Cartago,
cédula siete-cero cero ocho
cinco- cero cuatro dos siete, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: Finca cuya naturaleza es agricultura. Situada en El Aguacate en el distrito primero Guácimo, cantón sexto Guácimo, de la provincia de
Limón. Colinda: al norte, Asdrúbal Adrián Rojas Mora; al sur, calle
pública con un frente a la misma de ochenta y tres metros con nueve centímetros lineales, al y al oeste, Virginia Morales Camacho. Mide:
dos mil cuatrocientos sesenta
y cinco metros cuadrados, tal como lo indica
el plano catastrado número 7-2036891-2018. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima las presentes diligencias así como el inmueble en la suma de cuatro
millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la
fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 30 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido
en mantenimiento y cultivos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Guido Antonio Núñez
Morales. Exp. N° 18-000191-0930-CI. Este edicto debe
de publicarse por una sola vez
y con la mayor brevedad en
el Boletín Judicial de conformidad con el artículo
5 de la Ley de Informaciones Posesorias..—Juzgado Agrario del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 08 de marzo del 2019.—Lic. Geison López Barrantes, Juez Decisor.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2019341376 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se
tramita el expediente Nº 14-000443-0504-CI, donde se
promueven diligencias de Información Posesoria para rectificar medida por parte
de Luz Marina Rojas Salazar, quien es mayor, casada una vez, ama de casa,
vecina de Heredia, cédula de identidad Nº 0400730379,
a fin de rectificar la medida y ante el Registro Público de la Propiedad, del
terreno del partido de Heredia, matrícula de Folio Real Nº
50.522-000, el cual se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de café,
solar y pasto. Situada: en el distrito tercero San Francisco, cantón primero
Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, con Víctor Julio Campos
Luna, Hipólito Campos Luna, Rafael Ángel Herrera Herrera
y servidumbre de paso constituida; al sur, con Juan Carlos Segura Montoya y
Condominio Horizontal Residencial Hacienda San Agustín Tercera Etapa; al este,
Condominio Horizontal Residencial Hacienda San Agustín Tercera Etapa, y al
oeste, Asociación de Vecinos del Residencial Santillana del Mar. Mide: según el
Registro Público ocho mil seiscientos cuarenta y cuatro metros con treinta y
ocho decímetros cuadrados, pero la medida material es trece mil trescientos
cuarenta y cuatro metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado Nº H-2028311-2018. Indica la promovente que estima el
inmueble y las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones
exactos cada una. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Luz Marina
Rojas Salazar. Expediente Nº 14-000443-0504-CI.—Juzgado Agrario del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, Alajuela, 19 de febrero del 2019.—Rodolfo Vásquez Vásquez, Juez.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019341378
).
Se hace saber: Que ante este Despacho se
tramita el expediente Nº 19-000075-0296-CI donde se
promueve Información Posesoria por parte de Katherine Vanessa Angulo González,
quien es mayor, estado civil soltera, ama de casa, vecina de Bajo Rodríguez de
San Lorenzo de San Ramón de Alajuela, ciento cincuenta metros al norte del Ebais y portadora de la cédula Nº
0206760419; a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de
Alajuela, la cual es terreno de patio con una casa. Situada: en el distrito
catorce San Lorenzo, cantón dos San Ramón. Colinda: noroeste, con Mireya del
Carmen Villegas Quirós, Priscila María Angulo González; al norte, con Luis
Armando Jiménez Arias; al sur, con Marvin González Villegas; al este, con Antho Ornamentales Sociedad Anónima, y al oeste, con calle
pública con un frente a ella de cuatro metros lineales. Mide: quinientos
noventa y cinco metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Se
emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria,
a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación
de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos.
Proceso Información Posesoria, promovida por Katherine Vanessa Angulo González.
Expediente Nº 19-000075-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San
Ramón) (Materia Civil), 30 de abril del 2019.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—1 vez.—(
IN2019341382 ).
Se cita
y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera Rebecca
Ann (nombre) Baitty (apellido), de un único apellido
en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, soltera, abogada, quien era
vecina de Escazú, Guachipelín, del cruce de la carretera de Guachipelín, Santa
Ana (ConstruPlaza), tres kilómetros al norte y
trescientos metros al oeste, Condominio Real de Castilla, casa número dos,
portadora de la cédula de residencia costarricense número uno ocho cuatro cero cero cero tres cuatro uno nueve
dos uno, para que dentro del plazo máximo de quince días naturales contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer
valer sus derechos. Oficina ubicada en San José, Barrio Escalante, avenida 7,
calle 29, N° 2910, expediente Nº
001-2019. Notario. Lic. Gonzalo Gutiérrez Acevedo, Notario Público.—1
vez.—( IN2019335314 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia
se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María del Rosario del
Socorro Zamora Fernández, mayor, estado civil soltera, oficios del hogar, nacionalidad
Costa Rica, con documento de identidad Nº 0202300291
y vecina de Alajuela, Tuetal Sur. Se indica a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un
interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente Nº 19-000104-0638-CI-7.—Juzgado
Civil Primer Circuito Judicial Alajuela, 27 de marzo del 2019.—Licda. Kathia Rivera
Hernández, Jueza.—1 vez.—( IN2019335355 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de quien en vida fue Guillermo Zúñiga Ríos, mayor, casado una vez,
pensionado, vecino de San José, Hatillo 3, Calle Brasil, portador de la cédula
de identidad N° 1-0306-0932, para que, dentro del
plazo de 30 días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus derechos ante esta Notaría Pública, ubicada en San
José, Barrio Córdoba, diagonal al Liceo Castro Madriz, y se apercibe a los que
crean tener calidad de herederos que, si no, se presentan dentro del plazo
indicado la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N°
0001-2019.—San José, 8 de abril del 2019.—Licda. Marjorie Retana Hidalgo,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2019335383 ).
Se emplaza a todos a todas aquellas personas
que se consideren tener la condición de herederos, así como acreedores y
terceros interesados, para que dentro del plazo de quince días, contados a
partir de la publicación de este edicto, para que se apersonen a esta Notaría,
a hacer valer sus Derechos dentro del Proceso Sucesorio Notarial de quién en
vida se llamó Luis Alberto de Jesús Zúñiga Medrano, quién fue mayor, casado una
vez, Ingeniero en Sistemas, comerciante, vecino de San José, Santa Ana, Pozos,
Residencial Bosques de Santa Ana, casa número A cuarenta y uno, con cédula de
identidad número uno-cero quinientos sesenta y seis-cero ciento cincuenta, bajo
el apercibimiento, bajo apercibimiento de que si así no lo hacen, la herencia
pasará a quien corresponde, sin perjuicios de terceros con igual o mejor
derecho. Expediente Notarial PSNO-0001-2019- Causante: Luis Alberto de Jesús
Zúñiga Medrano.—San José, 28 de marzo de 2019.—Rodolfo
Solís Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2019335388 ).
Se cita y emplaza todos los interesados en el
sucesorio de Juan Gómez Montes, soltero, pensionado, cedula de identidad
cinco-cero sesenta y siete-ochocientos veintitrés, vecino de Ciudad Cortes,
fallecido primero junio dos mil quince, para dentro del plazo de treinta días,
a partir de la publicación del edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y
se apercibe a los crean tener derechos en calidad de herederos, que, si no, se
presentan dentro de dicho plazo la herencia pasara, a quien corresponda.
Expediente N° 06-2018.—Lic. Warren Aguilar
Villarreal, Notario.—1 vez.—( IN2019335389 ).
El suscrito notario, Jorge Ross Araya, hace
saber que ha autorizado a las 16:00 horas del día 03 de mayo del 2019, la
apertura del proceso de sucesión ab intestato de: Hugo Armando Jesús Chaves
Quirós, cédula número: cuatro-ciento cinco-doscientos cuarenta y cinco, quien
fuera viudo, empresario, con último domicilio conocido en San José, del Antiguo
Higuerón de San Pedro, quinientos metros al sur, cien metros al este, ciento
veinticinco metros al sur, y quien falleciera el día nueve de abril de mil
novecientos noventa y dos; y de la sucesión testamentaria de la señora: Vilma
Alonso Blanco, cédula número: uno-cuatrocientos ochenta y uno-doscientos
cincuenta y ocho, quien fuera viuda, del hogar, con último domicilio conocido
en San José, del Antiguo Higuerón de San Pedro, quinientos metros al sur, cien
metros al este, ciento veinticinco metros al sur, y quien falleciera el día
diecinueve de noviembre de mil novecientos noventa y cinco. Se cita y emplaza a
todos los herederos, legatarios, acreedores e interesados en el presente
proceso, para hacer valer sus derechos, apersonamiento que deben realizar
dentro de los 30 días posteriores a la publicación del edicto de ley. Las
gestiones las deben realizar ante esta notaría, cuya oficina se encuentra
abierta en la ciudad de San José, en Barrio Los Yoses en San José, 300 al este
y 300 al norte de la Universidad Veritas. Se advierte a los interesados que
consideren tener mejor derecho que, si no se presentaren dentro de ese plazo,
sus gestiones no serán escuchadas y por lo tanto la herencia pasará a quién
corresponda. Promueven: Irene María Alonso Blanco, cédula número:
uno-seiscientos nueve-cero cero noventa y seis, divorciada una vez,
administradora de negocios, vecina de San José, Curridabat, de EPA Curridabat,
veinticinco metros al sur, en Prados del Este; y María Pía Beatriz Chaves
Alonso, cédula número: uno-mil cuatrocientos seis-cuatrocientos ochenta y
siete, mayor, soltera, periodista, vecina de San José, del Antiguo Higuerón de
San Pedro, quinientos metros al sur, cien metros al este, ciento veinticinco
metros al sur. No hay menores interesados. Expediente Nº
002-2019 de esta notaría.—San José, 03 de mayo del
2019.—Lic. Jorge Ross Araya, Notario Público.—1 vez.—( IN2019341278 ).
El suscrito notario, Jorge Ross Araya, hace
saber que ha autorizado a las 19:00 horas del día 03 de mayo del 2019, la
apertura del proceso de sucesión ab intestato, de Pablo Araya Brenes, cédula cuatro-doble cero diez-dos mil ochocientos cuarenta- y dos,
quien fuera hijo de Joaquín Araya y Juana Brenes, quien falleció el día doce de
julio de mil novecientos treinta y tres. Se cita y emplaza a todos los
herederos, legatarios, acreedores e interesados en el presente proceso, para
hacer valer sus derechos, apersonamiento que deben realizar dentro de los 30
días posteriores a la publicación del edicto de ley. Las gestiones las deben
realizar ante esta notaría, cuya oficina se encuentra abierta en la ciudad de
San José, en Barrio Los Yoses en San José, 300 al este y 300 al norte de la
Universidad Veritas. Se advierte a los interesados que consideren tener mejor
derecho, que si no se presentaren dentro de ese plazo,
sus gestiones no serán escuchadas y por lo tanto la herencia pasará a quién
corresponda. Promueve: Lindon Aguiluz Retana, mayor,
soltero, empresario, vecino de Guápiles, cien metros oeste y seiscientos sur
del tránsito, cédula uno-mil ciento treinta y siete-uno tres siete, actuando en
condición de presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma, de El Zorro Plateado Guapileño P&Z S. A.,
cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro cero nueve tres siete uno, domiciliada
en Guápiles, cien metros oeste y seiscientos sur del tránsito. No hay menores
interesados. Expediente 003-2019 de esta notaría.—San
José, 03 de mayo del 2019.—Lic. Jorge Ross Araya, Notario.—1 vez.—(
IN2019341279 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en sede notarial de quien en vida
fue Edgar Redondo Vega, mayor, casado
una vez, agricultor, portaba la cédula de identidad N°
3-150-963, vecino de Cartago, San Gerardo de Oreamuno, frente a la Iglesia Católica de la localidad, para que dentro del plazo
de quince días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan
a reclamar sus derechos y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quién corresponda. Expediente: 02-2019. Notaría del Bufete de la Licenciada Lisbeth
Castillo Barquero.—Cartago, 6 de mayo del 2019.—Licda.
Lisbeth Castillo Barquero, Notaria.—1
vez.—( IN2019341281 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de
quienes en vida fueron: Juan de Dios Araya Navarro, mayor, casado una vez,
agricultor, número de cédula 1-0367-0976, vecino de Mollejones de Platanares,
Pérez Zeledón, San José, Costa Rica, 600 metros sureste del Supermercado El
Cruce. Fallecido el día 11 de marzo del 2016 en Pérez Zeledón, San José,
defunción inscrita en el Registro Civil en la Sección de Defunciones según las
citas: 1-0553-396-0792; y de Sara Mora Castro, mayor, casada una vez, ama de
casa, número de 1-0369-0814, vecina de Mollejones de Platanares, Pérez Zeledón,
San José, Costa Rica, 600 metros sureste del Supermercado El Cruce. Fallecida
el día 05 de febrero del 2019 en Pérez Zeledón, San José, defunción inscrita en
el Registro Civil en la Sección de Defunciones según las citas:
1-0620-479-0958, a fin de que en el plazo de treinta días contados a partir de
la publicación de este edicto, concurran ante la notaría del Lic. José Luis
Leiva Navarro, situada en San Isidro, Pérez Zeledón, Platanares, 150 sur del
Abastecedor Los Pinos (en horario de lunes a viernes de ocho de la mañana a
cinco de la tarde), a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener
derecho a la herencia, que si no se presentan dentro de este término, aquella
pasará a quien corresponde. El sucesorio en sede notarial del causante se
tramita bajo expediente Nº 0001-2019.—Lic. José Luis
Leiva Navarro, Notario Público.—1 vez.—( IN2019341291
).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Hermes José
Chaves Chaves, mayor, comerciante,
casado una vez, vecino de Caracol dos kilómetros al norte, Corredores, Puntarenas cédula: seis-trescientos
dos-seiscientos cuarenta y uno, A las trece horas del treinta de abril del dos mil diecinueve y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fuera
Jonathan Chaves Chaces, divorciado
una vez, vecino de Caracol dos kilómetros al norte, Corredores, Puntarenas, cédula:
seis-trescientos veintinueve-trescientos
catorce. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo
máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del licenciado Freddy,
Andrés Arias Bolaños, ubicada en
Canoas Abajo, Corredores, Puntarenas, cien norte del Lavar Chema, al teléfono 8708-83-93. correo: consultoresjuridicoscolon@gmail.com.—Lic.
Freddy Andrés Arias bolaños, Notario.—1 vez.—( IN2019341292 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Rafaela Gerardina del Carmen Hidalgo Carvajal, mayor, ejecutiva del hogar, viuda una vez, vecina de Caracol, dos kilómetros al norte, Corredores, Puntarenas, cédula: seis-ciento
treinta y tres-sesenta y tres, a las doce horas del treinta de abril del dos mil diecinueve y comprobado el fallecimiento esta notaría declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fuera
Heriberto del Carmen Soto Orozco, casado una vez, vecino de Caracol, dos kilómetros al norte, Corredores, Puntarenas,
cédula: seis-ochenta y nueve-ochocientos
sesenta. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo
máximo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan
ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Freddy Andrés
Arias Bolaños, ubicada en
Canoas Abajo, Corredores, Puntarenas, cien metros norte del lavar chema, al teléfono 8708-83-93, correo: consultoresjuridicoscolon@gmail.com.—Lic.
Freddy Andrés Arias Bolaños, Notario.—1 vez.—( IN2019341293 ).
Se emplaza a herederos, legatarios,
acreedores e interesados en la Sucesión de José Manuel Antonio Acevedo Robles,
mayor, casado una vez, agricultor, con cédula N°
5-063-049, y de Paulina Martínez García, mayor, casada una vez, ama de casa,
con cédula 5-090-659, ambos vecinos de Corralillos de Filadelfia, para que
dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de
este aviso, se apersonen a ésta notaría ubicada en Filadelfia de Carrillo,
Guanacaste, 50 oeste del Banco Nacional, a hacer valer sus derechos, bajo el
apercibimiento de que si no se presentaren en ese plazo, la herencia pasará a
quien corresponda. Notaría del Lic. Luis Roberto Paniagua Vargas, teléfono
2688-86 61, fax 2688-8682.—Filadelfia, 02 de mayo del 2019.—Lic. Roberto
Paniagua Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2019341303 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia
se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Adalma
Araya Alpízar, mayor, con documento de identidad Nº
103470909. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en
general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán
presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la
publicación de este edicto, expediente Nº
18-000148-0893-CI-6.—Juzgado Segundo Civil de San
José, 20 de
marzo del 2019.—Lic. Óscar Rodríguez Villalobos, Juez Decisor.—1
vez.—( IN2019341305 ).
Se hace saber: En este Tribunal de Justicia
se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Luis Alberto Serrano
Murillo, mayor de edad, casado una vez, comerciante, costarricense, con
documento de identidad Nº 0203200362, y vecino de
Alajuela, de Pollos Papi en la calle Ancha, setenta y cinco metros norte. Se
indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes
tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar
en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto.
Expediente Nº 19-000239-0638-CI-3.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de abril del 2019.—Lic.
Carlos Esteban Sancho Araya, Juez Decisor.—1 vez.—(
IN2019341313 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión notarial de quien en vida fue fuera Olman Alberto Moya Arguello,
mayor, casado una vez, vecino de Zarcero, Alajuela, de la esquina sur oeste del
parque, setenta y cinco metros oeste, portador de la cédula de identidad número
dos-doscientos sesenta y dos-doscientos ochenta y cuatro, quien falleció el día
3 de febrero del 2019, para que dentro del plazo de 15 días, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer
sus derechos, quienes crean tener derecho a la herencia, apercibidos de que si
no lo hacen dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda Expediente N° 0003-2019. Licenciada Magally
Guadamuz García, Notaria, Santa Ana, Lindora, Edificio Vía Lindora, cuarto piso.—San José, 6 de mayo del 2019.—Licda. Magally Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—( IN2019341323 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia
se tramita el proceso sucesorio testamentario de quien en vida se llamó John
Ernest Priddle, mayor, casado tres veces, de
profesión u oficio desconocido, nacionalidad inglés,
con cédula de residencia Nº 182600023508 y vecino de
San José, Escazú. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y
en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán
presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la
publicación de este edicto, expediente Nº
19-000095-0182-CI-7.—Juzgado Tercero Civil de San
José, Goicoechea,
20 de marzo del 2019.—Msc.
Isabel Alfaro Obando, Jueza.—1 vez.—( IN2019341325 ).
Se hace saber en este
tribunal de justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Mario Leonardo De Las Piedades
Bogantes Hidalgo, mayor, estado
civil soltero, unión de hecho, profesión u oficio pensionado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0600590084 y vecino de
Esparza, Espíritu Santo, de la Biblioteca
Pública, 50 metros oeste.
Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente:
18-000230-0642-CI-1.—Juzgado Civil de
Puntarenas, 2 de mayo del 2019.—Licda. Alicia Francella Guzmán
Valerio, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2019341331 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida
fuera la señora Enilda María Conejo Bogantes, mayor, soltera, ama de casa, portadora de la
cédula de identidad número
dos-dos siete dos-cuatro
seis cinco, vecina de
Alajuela, Río Segundo, ciento cincuenta
metros sur de la Pulpería la Julieta, quien falleció el día veintiuno de setiembre de dos mil dieciséis,
para que dentro del plazo de quince días hábiles, contados
a partir de la presente publicación, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente: 0002-2019. Notaría
del Bufete Campos Araya & Asociados,
cita en la provincia de Alajuela, del AM PM de Plaza Real cien metros norte y veinticinco metros oeste.—Alajuela, 03 de mayo del 2019.—Lic.
Jorge Arturo Campos Araya, Notario.—1 vez.—( IN2019341373 ).
Se hace saber que en este Despacho, se
tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Shirley del Carmen Cid
Baltodano, mayor, estado civil casada una vez, nacionalidad Costa Rica, con
documento de identidad 0503020215 y vecina de Liberia, Guanacaste, barrio San
Roque, del Palí 450 metros al este.- se cita a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 17-000172-0386-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste
(Liberia) (Materia Civil), 13 de octubre del año 2017.—Lic. José Andrés Ureña Chaves, Juez.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019341375 ).
Se convoca a todos los interesados en la
sucesión de German Rodríguez Palacios, mayor, soltero, agricultor, con cédula
número seis-doscientos treinta y dos-seiscientos dos, vecino de Buenos Aires de
Puntarenas, Paraíso de Chánguena, Alto, La Unión;
para que dentro del plazo de quince días comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de
que si no se presentan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda.
Sucesorio Nº 18-000017-1046-CI de German Rodríguez Palacios.—Juzgado Agrario de Buenos
Aires, 19 de
marzo del 2019.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019341379 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de quien en vida fuera Froilán Barrantes Murillo, mayor, casado una
vez, pensionado, con cédula de identidad N°
2-211-789, fallecido el día 21 de enero del 2019, para que dentro del plazo
máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos y se apercibe a los
que crean tener calidad de herederos, que, si no, se presentan dentro de dicho
plazo, los bienes de la sucesión pasarán a quien corresponda. Notaría de la
licenciada Sandra Isabel Meza Salazar. Cartago, El Carmen cien metros oeste y
veinticinco metros norte de Bar la Fortuna, Teléfono 8832-2937. Correo smezasalazar@gmail.com.—Cartago, 7 de mayo del 2019.—Licda.
Sandra Isabel Meza Salazar, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2019341402 ).
Se convoca por medio de edicto a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela de la persona menor Fiorella Gutiérrez Rodríguez por haberse
presentado a este despacho solicitud
de tutela por la señora Damiana Jacinta Juliana
Rodríguez Dinarte. Lo anterior para que se presenten dentro del plazo de
quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto a manifestar lo que considere oportuno. Expediente N° 19-000097-0776-FA. Proceso
tutela legítima. Promovente:
Damiana Jacinta Juliana Rodríguez Dinarte,
localizable al correo eg.abogadoscr.gmail.com.—Juzgado Familia y Violencia Doméstica de Santa
Cruz, (Materia Familia), 25 de marzo
del 2019.—Licda. Ana Lucrecia Valverde Arguedas, Jueza.—O.
C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2019340363 ). 3 v. 3.
Al señor Josué David Castro
Corrales, mayor, soltero, en unión de hecho, sin oficio conocido, portador de
la cédula de identidad 02-0646-0507, por este medio se le comunica que en
proceso tramitado bajo el expediente 19-000201-0687-FA del Juzgado de Familia
de Grecia, se dictó la resolución de las trece horas y once minutos del
veinticuatro de abril del año dos mil diecinueve, que en lo conducente y en lo
que aquí interesa dice: de las presentes diligencias de depósito de las
personas menores Yuliana de Los Ángeles Castro Zeledón, promovidas por el
Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Josué
David Castro Corrales, a quienes se les previene que en el primer escrito que
presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del
28 de octubre del 2008, publicada en La
Gaceta N°
20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las
partes lo dispuesto por el consejo superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, circular 169-2008,
en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos,
por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Se exhorta a las partes
a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos
y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir
nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.
“Igualmente se les invita a utilizar “el sistema de gestión en línea” que
además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. para acceder
a este sistema ingrese la página oficial del poder judicial,
http://www.poder-judicial.go.cr si desea más información contacte al personal
del despacho en que se tramita el expediente de interés.- asimismo, por haberlo
así dispuesto el consejo superior, en concordancia con la política de género
del poder judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV,
se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas
que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b)
Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo
de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia.
Notifíquese esta resolución a Josué David Castro Corrales por medio de edicto,
que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto,
para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir
de la última publicación del edicto ordenado. Por último, se ordena el depósito
provisional de la persona menor de edad Yuliana de Los Ángeles Castro Zeledón,
cédula 0120110718 en su tía Wendy Zeledón Hernández, cédula 0205530180.
Expediente N° 19-000201-0687-FA. Clase de asunto
depósito judicial. Publíquese tres veces. Trece horas y once minutos del
veinticuatro de abril del año dos mil diecinueve.—Juzgado de Familia de Grecia, 24 de abril del año 2019.—Licda. Marjorie De
Los Ángeles Salazar Herrera, Jueza.—O.C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019340389
). 3 v.
3.
Se cita y emplaza
a todas las personas que tuvieren
interés en el depósito judicial de las menores
Urias Josua Solórzano Cordero, para que se apersonen al Juzgado de Familia
de Buenos Aires dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado mediante la resolución de las ocho horas cuarenta y seis minutos del siete de agosto del dos mil diecisiete. Expediente N° 17-000048-1554-FA (50-17-3).—Juzgado de Familia de
Buenos Aires, 18 de marzo
del 2019.—Licda. Edith Brenes Quesada, Jueza.—O.
C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2019340409 ). 3
v. 3.
Se cita y emplaza
a todas las personas que tuvieren
interés en el depósito judicial de las menores
de edad Edith María y Wendy ambas
de apellidos Díaz Duarte, para que se apersonen al Juzgado de Familia
de Buenos Aires dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado mediante la resolución de las ocho horas y cuarenta y seis minutos del quince de marzo de
dos mil diecinueve. Expediente
N° 19-000008-1420-FA. Clase de asunto
depósito judicial.—Lic. Marvin Antonio Hernández Calderón, Juez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019340417 ). 3 v. 3.
Se convoca por medio de edicto
que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran
derecho a la tutela legítima de la persona menor de edad Kendall Lisandro
Tenorio Sánchez, por haber sido nombradas en testamento o ya por
corresponderles de manera legítima, para que se presenten dentro del plazo de
quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto,
expediente N° 19-000135-0673-NA. Proceso tutela
legítima. Promovente: Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia, 01 de abril del 2019.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—Nelda
Beatriz Jiménez Rojas.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2019340964 ). 3
v. 2.
Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas,
a todas aquellas personas
que tuvieran derecho a la tutela testamentaria
de la persona menor Johel Fauricio Araya Quesada, por haber
sido nombradas en testamento, ya por corresponderles la legítima para que se presenten
dentro del plazo de quince días
contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente N° 19-000192-0687-FA. Proceso
tutela legítima. Promovente:
Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia,
(Materia Familia), 22 de abril
del 2019.—Lic. Marjorie De Los Ángeles
Salazar Herrera, Jueza.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2019341188 ). 3
v. 2.
Se cita y emplaza a todas las
personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor Abner Jacob
Ocampo Araya, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta
días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. 26
de marzo del año 2019. Expediente N°
17-002238-0292-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las once horas y diecisiete
minutos del veintiséis de marzo de dos mil diecinueve.—Msc.
Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019341179 ). 3
v. 1.
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Licenciado Ignacio Solano Araya, Juez del Juzgado Segundo de Familia de San José, a Rolando Laines Sánchez, en su carácter personal, quien es mayor, de paradero desconocido, se le hace saber que
en demanda autorización salida país, expediente
19-000175-0187-FA, establecida por Norma Jessenia
González Vilchez contra Rolando Laines
Sánchez, se ordena notificarle
por edicto, la resolución
que en lo conducente dice: Juzgado Segundo de Familia de San José, a las trece horas y cincuenta y tres minutos del treinta de abril de dos mil diecinueve. I. Tal y como fue acreditado con la prueba testimonial que antecede, por desconocerse
el paradero del señor
Rolando Laines Sánchez, se nombra
a la Licenciado Gerardo Sánchez Rodríguez, como curadora procesal
de Rolando Laines Sánchez dicho
curador será notificado por medio del correo electrónico gdosanchezr@gmail.com. En
un plazo de tres días deberá el Licenciado Sánchez Rodríguez apersonarse
en este despacho
judicial a jurar cumplir fielmente con el cargo asignado.
Se le recuerda a la licenciada
asignada lo dicho en el artículo 262 en el respecto que deberá promover toda defensa que proteja los intereses de su representado, y ejercitar los recursos que sean necesarios contra las resoluciones adversas a sus intereses. Su negligencia
o culpa grave lo hará incurrir
en responsabilidad civil
ante su defendido. Una vez cumplido el cargo por parte del Licenciado Sánchez
Rodríguez, por responder este asunto
al principio de gratuidad, deberá
solicitarse vía oficio a la Administración de Tribunales, se sirvan realizar el pago de autorización de gastos, a fin de cancelar a la curadora procesal los honorarios correspondientes. II. Del anterior proceso
sumario de autorización de salida permanente del país, subsidiaria de salida del país provisional y obtención del pasaporte que solicita Norma Jessenia González Vilchez
se concede audiencia por el plazo de cinco días al señor
Rolando Lainez Sánchez para que en
la persona de su curador procesal Licenciado Sánchez
Rodríguez la conteste en la
forma que indica el artículo
305 en relación con el artículo 428 ambos del Código Procesal
Civil. Se ordena tener como interviniente de estas diligencias al Patronato
Nacional de la Infancia, institución
a la cual se le previene indicar medio (fax/casillero/correo electrónico) para escuchar notificaciones, con advertencia de que en caso de no hacerlo las resoluciones se tendrán por notificadas con el solo transcurso
de las veinticuatro horas luego
de su dictado (Artículo 11 Ley de Notificaciones
Judiciales). Con el objeto
de fomentar prácticas amigables con el medio ambiente y
acelerar la tramitación procesal, el Poder Judicial está desarrollando políticas para disminuir el uso del papel, promoviendo el empleo de medios electrónicos de comunicación. (Sesión de Corte
Plena N°16-09 del 11 de mato de 2009, Art. XXI) Por ello, esta autoridad
se permite instar a las partes,
abogado y demás intervinientes
en este proceso
a señalar un correo electrónico para recibir notificaciones y demás comunicaciones judiciales siguiendo para ese fin las directrices señaladas
en el artículo 39 de la Ley
de Notificaciones Judiciales
N°8687. Se les invita “El Sistema de Gestión en Línea”que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. III. De conformidad con el artículo 151 del
Código de Familia, se convoca a las partes y sus abogados a la audiencia oral que se realizará en este
Juzgado a las ocho horas
del ocho de julio del dos
mil diecinueve (08:00 horas 08/07/2019). Se tiene por aportada la documental presentada por la actora, asimismo se admite el testimonio
de Maling González Vilchez
y Vicenta Escalante, quienes se referirán
a todos los hechos de esta demanda. Sin la presencia de partes ni abogados entrevístesele al menor Alonso Laines González.—Juzgado Segundo de
Familia de San José.—Lic.
Ignacio Solano Araya, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019342792 ).
Se hace saber a 1) Comercial Pinasco Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-271301, como titular registral de la finca del
Partido de San José matrícula número 153106; sociedad representada por Jaime
Goldenberg Barahona, cédula 1-777-590, como presidente con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma de dicha sociedad. 2) Escuela
Autónoma de Ciencias Médicas de Centro América, cédula jurídica 3-006-45039,
como anotante de la Opción de Venta con citas tomo:
2017, asiento: 339542, representada por Oscar Francisco Segreda
Rodríguez, cédula 9-053-945 como presidente, con facultades de apoderado
general sin límite de suma. 3) Condominios Villa Universitaria Limitada, cédula
jurídica 3-102-702350, anotante, adquirente mediante
documento anotado bajo el tomo: 2017, asiento: 507344; representada por Shlomo Haim Ben Shushan,
pasaporte 22318589, como Gerente de dicha entidad, que en este Registro se
iniciaron Diligencias Administrativas de Ocurso, relacionadas con documento
bajo citas tomo: 2017, asiento: 507344 sobre la finca de la Provincia de San
José, matrícula 153106. Por lo anterior esta Asesoría mediante resolución de
las 1411:00 horas del 9 de febrero del 2018, ordenó la apertura del expediente
2018-085-RIM. De igual forma por resolución de las 15:00 horas del 25/2/2019;
cumpliendo el principio del debido proceso, se autorizó publicación por una
única vez de edicto para conferir audiencia a las personas mencionadas, por el
término de quince días contados a partir del día siguiente de la respectiva
publicación en el Boletín Judicial; para que dentro de dicho
término presente los alegatos correspondientes, y se le previene que dentro del
término establecido para audiencia señalar facsímil o casa u oficina dentro de
la ciudad de San José para oír notificaciones, conforme al artículo 22 inciso
b) del Decreto Ejecutivo 35509 que es el Reglamento de Organización del
Registro Inmobiliario, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior,
las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de
dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso,
incierto o ya no existiere, conforme al artículo 11 de la Ley 8687 Ley de
Notificaciones Judiciales. Notifíquese. (Referencia Exp.
N° 2018-085-RIM).—Curridabat,
25 de febrero del 2019.—Lic. Alejandro Madrigal Quesada, Asesor Jurídico.—1
vez.—O.C. N° OC19-0002.—Solicitud N°
143739.—( IN2019330598 ).
El licenciado Alberto Jiménez Mata, Juez de
Familia de Puntarenas, hace saber a José Mauricio Gutiérrez Angulo, cédula de
identidad N° 6-386-444, que en este juzgado se
tramita la causa N° 18-000828-1146-FA correspondiente
a un proceso de suspensión de la responsabilidad parental, incoado por la
señora Miriam Ester Rodríguez Morales en su contra, y dentro de este proceso se
dictó las resoluciones que literalmente dicen así: Juzgado de Familia de
Puntarenas. A las nueve horas y cincuenta minutos del doce de diciembre de dos
mil dieciocho. De la anterior demanda abreviada de suspensión de
responsabilidad parental, establecida por el accionante Miriam Ester Rodríguez
Morales, se confiere traslado a la accionado José Mauricio Gutiérrez Ángulo,
por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o
manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá
oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con
claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en
que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a
uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite
como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá
ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las
generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por
existir una persona menor involucrad a en este proceso se tiene como parte al
Patronato Nacional de la Infancia. Se le previene a la parte demandada, que en
el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11,
34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°
8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se
le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como
medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y
recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con
el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta
petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal,
buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la
recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo
Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan
suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de
nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad.
f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. En caso que, el lugar de residencia consistiere en una zona
o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del (a) funcionario
(a) notificador (a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la
Ley de Notificaciones Judiciales. Se ordena notificar la presente resolución al
demandado José Mauricio Gutiérrez Ángulo, por medio del Juzgado Contravencional
de Alajuela, por ser habido el mismo en Desamparados de Alajuela, costado oeste
de la Escuela, 100 metros sur y 75 oeste, casa de color blanco. Expídase la
comisión respectiva. Hágase saber Alberto Jiménez Mata, Juez.—Juzgado
Contravencional de Alajuela.—Lic. Alberto Jiménez Mata, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2019341144 ).
Licenciada Meibol
Araya Arguedas del Juzgado Segundo de Familia de San
José, a Mario Anton Miranda, hace saber al demandado Mario Anton Miranda de nacionalidad
nicaragüense, con pasaporte
P084748688, de paradero actual desconocido.
Que en este despacho y con el expediente número 15-001035-0187-FA se tramita
el proceso abreviado de suspensión de patria potestad; promovido en contra del señor Mario Antón se dictó la sentencia número 193-2019 dictada al ser las diez horas treinta minutos del cuatro de marzo de dos mil diecinueve, que dice: Resultando:
I.-... II.-...III.-.... Considerando: I.-... II.-...
III.-...: Por tanto: De acuerdo a lo expuesto, y artículos 51, 52 y 55
de la Constitución Política;
1, 2, 5, 6, 8, 115 y siguientes, 140, 141, 143, 159 y
160 del Código de Familia, 3 de la Convención de los
Derechos del Niños y 5 y 105 del Código de la Niñez y la Adolescencia y se declara con lugar la demanda abreviada interpuesta por Escarlet Del
Carmen Orozco Salgado contra Mario Anton Miranda y en
consecuencia se suspende a
Mario Anton Miranda en el ejercicio
de la patria potestad respecto
de su menor hija Alexa del Carmen Anton Orozco, ello
por un plazo de cuatro años, dentro de los cuales, deberán llevarse a cabo estudios de tipo psicológico y social, pero siempre ha pedido del demandado quien sería el interesado en revertir
esta suspensión, a fin de determinar la viabilidad o no de
que se puedan ejercer esos derechos de su parte; siendo en
caso de no ser posible o de
no haber interés, a pedido de la parte actora, podrá revertirse
esta suspensión en una pérdida del derecho como lo establecido el inciso c) del artículo 158 el
Código de Familia. Una vez firme
este fallo inscríbase el mismo mediante ejecutoria extendida a una solicitud de parte interesada, en el Registro Civil, Sección de Nacimiento de la Provincia
de Alajuela al tomo: ochocientos
setenta, folio; cuatrocientos
veintiuno, asiento: ochocientos
cuarenta y dos. En consecuencia, la señora Escarlet del Carmen Orozco Salgado, ejercerá
exclusivamente la patria potestad
sobre su hija Alexa del Carmen Anton Orozco, evidentemente
los atributos de guarda, crianza y educación de la misma. Se exime al demandado como perdedor de la litis, del pago de
costas del proceso. Hágase saber esta resolución, a la demandada por
medio de edicto. Notifíquese.
Licda. Marianella Fallas Víquez, Jueza.— Juzgado Segundo de
Familia de San José.—Licda.
Meibol Araya Arguedas, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2019341152 ).
Leonardo Loría Alvarado juez del Juzgado de
Familia de Heredia, hace saber a Kattia Brade
Corrales en su condición personal, mayor, portadora de la cédula de identidad Nº 1-1186-0750, de demás calidades y domicilio
desconocidos, que en proceso impugnación de paternidad establecido por Igor
Dones Acosta en su contra se ordenó notificarle por medio de edicto el
contenido de la Sentencia de Primera Instancia N°
560-2019 de las ocho horas cinco minutos del veintiocho de marzo del dos mil
diecinueve, que en lo conducente dice: “... Por tanto de acuerdo a lo expuesto,
y artículos 51, 53, 54 y 55 de la Constitución Política; 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8,
69 y siguientes del Código de Familia; se declara con lugar la demanda especial
de filiación de impugnación de paternidad interpuesta por Igor Dones Acosta,
contra los menores de edad Emill de Jesús, Hillary Shamil y Maills todos Dones Brade, quienes son representados por el Patronato Nacional
de la Infancia -aunque no se apersonó-, dado que a doña Kattia Brade Corrales, le fue suspendido el ejercicio de los
atributos de la responsabilidad parental por tiempo indefinido y se declara que
los menores de edad Emill de Jesús, Hillary Shamil y Maills todos Dones Brade, no son hijos del actor, por lo que en adelante
llevarán los apellidos Brade Corrales, ordenando al
Registro Civil tomar nota, ello al margen de su inscripción, libro de
nacimientos de la provincia de San José, al tomo 2082, folio 288, asiento
575-Emill-, tomo 2069, folio 491, asiento 981 -Hillary- y tomo 1969, folio 131,
asiento 262 -Maills-, ello por medio de ejecutoria
expedida a solicitud de parte interesada. Se falla sin especial condena en
costas para la parte demandada. Hágase saber.-”
Expediente: Nº 15-002430-0364-FA. 25/04/2019.—Juzgado de Familia de Heredia.—Lic. Leonardo Loría Alvarado,
Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019341153 ).
Licenciada Meibol Yordalie Araya Arguedas, Jueza del Juzgado Segundo de
Familia del Primer Circuito Judicial de San José, hace saber al demandado Edexander Hexon Tiu Baylon, de nacionalidad
filipino, con pasaporte PTT0723081, de paradero actual desconocido. Que en éste
despacho y con el expediente N° 16-000537-0187-FA se
tramita el proceso especial de filiación (Declaratoria de hijo extramatrimonial
e investigación de paternidad de Fracia Marrilu Flores Moya contra Edexander
Hexon Tiu Baylon y Javier Alejandro Núñez Sánchez; en el cual se
dictó la sentencia N° 293-2019 dictada al ser las
trece horas siete minutos del diecinueve de marzo de dos mil diecinueve, que
dice: Resultando: I.—...,II.—...,III.—...; Considerando:
I.—...;II.—...,III.—...; Por tanto: con base en lo expuesto, normas de derecho
citadas, se falla: A) Se acoge la presente demanda especial de filiación
(Declaratoria de Extramatrimonialidad e Investigación
de Paternidad) planteada por la señora Francia Flores Moya, declarándose que el
señor Edexander Tiu Baylon no es el padre del menor Abdiel Tiu
Flores, en consecuencia, el menor no tiene derecho a llevar su apellido, ni a
recibir alimentos de su parte, ni a sucederle ab intestato, asimismo,
declarándose que el señor Javier Núñez Sánchez es el padre del menor Abdiel Tiu Flores, en consecuencia éste tiene derecho a llevar su
apellido, a sucederle ab intestato con todas las implicaciones que ello
conlleva, y a recibir alimentos de su parte. B) Se resuelve sin especial
condenatoria en costas. Firme esta sentencia, inscríbase la misma en el
Registro Civil, Sección de Nacimientos de la Provincia de San José, al margen del
tomo dos mil doscientos cuarenta y cinco, asiento seiscientos ochenta y tres.
Por ser el demandado Edexander Tiu
Baylon de paradero desconocido, se ordena publicar un
extracto de esta sentencia, por una sola vez en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional, conforme lo establece el
artículo 263 del Código Procesal Civil licenciado Cesar Jara Benavides, Juez.
Es todo.—Juzgado
Segundo de Familia del Primer Circuito Judicial de San José.—Meibol
Araya Arguedas, Jueza de Familia Juez.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019341155
).
Se avisa, al señor Rogelio Rosales
Hernández, mayor, nicaragüense, de demás calidades desconocidas, representados por
la curadora procesal licenciada Grace María Quesada Cubillo,
se le hace saber que existe
proceso N° 17-000428-0187-FA de impugnación
de reconocimiento, establecido
por Wendy Verónica Blanco Rojas en contra de Evelyn Lacayo Hernández, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José a las siete horas y veintitrés minutos del dos de noviembre de dos mil dieciocho ,
que en lo conducente dice:
se le concede el plazo de diez
días a el accionado para
que conteste. Se le advierte
a los accionados que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y
privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Msc Milagro Rojas Espinoza.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José,
9 de abril de 2019.—Msc
Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2019341156 ).
Licenciada Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a Jairo Danilo Bojorge Diaz, en su carácter
personal, quien es mayor, divorciado,
de domicilio desconocido,
cédula 133939-C, se le hace saber que en demanda ejecución
sentencia, establecida por
Aura Hernández Ramos contra Jairo Danilo Bojorge
Diaz, mediante el expediente
N° 09-001532-0292-FA, se ordena notificarle
por edicto la resolución
que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a las catorce horas y doce minutos del veintisiete de noviembre de dos
mil dieciocho. Del anterior proceso
de ejecución de sentencia establecida por la señora Aura
Hernández Ramos, se confiere traslado
al ejecutado Jairo Danilo Bojorge
Díaz por medio de la Licda. Rosa Isabel Prieto Pochet, Curadora Procesal, por el plazo perentorio de diez días para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Honorarios de perito: Con el fin de nombrar perito idóneo se le previene a la ejecutante que
dentro del octavo día deberá
depositar en la cuenta N° 090015320292-2 de este despacho en el Banco de Costa
Rica la suma prudencial de cien mil colones por concepto de honorarios de perito sin que esta suma implique en
forma definitiva el monto
total de sus honorarios, ya
que estos dependerán no sólo de la labor desplegada, sino acorde con la tabla de honorarios de peritos aprobada por la Corte
Suprema de Justicia. Una vez efectuado
el depósito deberá comunicarlo al Despacho con el recibo correspondiente, a efecto de proceder
a su nombramiento. Notificación: notifíquese a la parte demandada la presente demanda, por medio de un
edicto que se publicará en el Boletín Judicial para los efectos del artículo
263 del Código Procesal Civil. Asimismo
notifíquese a la curadora procesal al medio señalado. Decreto de embargo: tal y como lo solicita la ejecutante y siendo que existe una suma líquida exigible, y de conformidad con el artículo 272
del Código Procesal Civil, se decreta
embargo hasta por la suma de veinte
millones de colones, mismo que deberá recaer sobre las cuentas que posee el ejecutado en los siguientes bancos: Banco de Costa
Rica, Banco Nacional de Costa Rica, Banco Popular y de Desarrollo Comunal, Banco Crédito Agrícola de Cartago, Scotiabank, Banco HSBC, Banco San
José, Banco Cuscatlán y Mutual Alajuela. Quedan los oficios a la orden de la ejecutante.—Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019341170 ).
En este despacho se dictó dentro del proceso
de Declaratoria Judicial de Abandono establecido por el Patronato Nacional de
la Infancia, expediente 16-000337-1152-FA-3, la sentencia que en lo que
interesa dice: sentencia de primera instancia N°
200-2018, Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica,
a las quince horas y cuarenta y uno minutos del veinte de abril del año dos mil
dieciocho. Resultando: I.—..., II.—..., III.—...
Considerando: I.—Hechos probados... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Con
fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la Convención Sobre los Derechos
del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia,
160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la
demanda de declaratoria judicial de abandono de las personas menores de edad
Moisés Enrique y Joselin ambos González Cruz. Se
extingue a su madre Ana María González Cruz el ejercicio de la Autoridad
Parental. Se ordena mantener el depósito judicial de las personas menores de
edad Moisés Enrique y Joselin ambos González Cruz. en
el hogar del señor Juan Francisco Cruz Ojeda, quien deberá apersonarse dentro
del tercer día a aceptar el cargo. Inscríbase esta sentencia en la Sección de
Nacimientos del Registro Civil, de la provincia de Limón, al tomo trescientos
treinta y siete, folio cuarenta y seis, asiento noventa y dos para Joselin Lisbeth González Cruz y en el Registro Civil de la
provincia de Limón, al tomo trescientos cincuenta, folio doscientos setenta,
asiento quinientos treinta y nueve, para Moisés Enrique González. Se resuelve
sin especial condena en costas. Publíquese el edicto respectivo. Expediente N° 16-000337-1152-FA-3.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 31 de mayo del 2018.—Licda. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019341171
).
Se cita y emplaza a todas las personas que
tuvieren interés en el depósito judicial de las personas menores de edad Alanis Kaina e Isaac, ambos de
apellidos Jiménez Lara, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo
de treinta días que se contarán a partir de la publicación del edicto ordenado.
01 de setiembre del 2017. Expediente N°
16-002155-0292-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las diez horas y cuarenta y
uno minutos del uno de setiembre de dos mil diecisiete.—MSc.
Liana Mata Méndez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019341173 ).
Licenciada Luz Amelia Ramírez Garita. Jueza
del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a María Idalia
Contreras Urbina, en su carácter de interviniente, quien es mayor, soltera,
vecina de San Rafael de Alajuela, cédula de residencia 155815722214, se le hace
saber que en proceso Depósito Judicial, establecido por Patronato Nacional de
la Infancia, mediante número de expediente 16-002274-0292-FA, se ordena
notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela. A las catorce horas y cinco
minutos del dieciocho de marzo de dos mil diecinueve. De las presentes
diligencias de depósito de las personas menores Liober
Antonio Montalván Contreras, promovidas por el Patronato Nacional de la
Infancia, se tiene por apersonada la señora María Idalia Contreras Urbina
(folio 9) y se confiere traslado por tres días a Leober
Antonio Montalván Solís en la persona de su curadora procesal la Licda. Marcela
del Carmen Chaves Hernández, a quien se le previene que en el primer escrito
que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del
28 de octubre del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se
le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como
medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y
recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con
el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta
petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal,
buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la
recepción de notificaciones.” Igualmente, se les invita a utilizar “El Sistema
de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir
notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder
Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al
personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por
haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de
Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007,
artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser
personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar
de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si
cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h)
lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a la Licda. Marcela del Carmen
Chaves Hernández en representación del señor Leober
Antonio Montalván Solís en el medio señalado para recibir notificaciones. Para
estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras
Comunicaciones; de este Circuito Judicial. Publíquese la presente resolución
por medio de edicto en el Boletín Judicial por una única vez de
conformidad con el artículo 263 del Código procesal Civil. Por medio de edicto,
que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto,
para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir
de la última publicación del edicto ordenado.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019341174 ).
Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza
del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a
Jennifer Umaña González, en su carácter personal, con cédula Nº 7-0172-0486, de demás calidades y domicilio desconocido,
se le hace saber que en proceso de depósito judicial, expediente Nº 17-001180-1307-FA, establecido por el Patronato Nacional
de la Infancia, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo
conducente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, a las dieciséis horas y cero minutos del día catorce de noviembre
del dos mil dieciocho. Proceso de depósito judicial, establecido por el
Patronato Nacional de la Infancia contra Jennifer Umaña González. Resultando:
Primero:…, Segundo:…, Tercero:…; Considerando: I.—.., II.—…, III.—…; Por tanto:
De conformidad con lo expuesto y haciendo prevalecer el interés superior de la
persona menor de edad, se accede a la solicitud planteada por la representante
legal del PANI, disponiendo que la persona menor de edad: Steven Alonso Umaña
González se mantenga a cargo de Carlos Umaña González, por lo que se le
previene a dicho señor, que deberá apersonarse a este juzgado dentro del octavo
día después de la firmeza de la presente sentencia, a aceptar el cargo conferido.
Se resuelve sin especial condenatoria en costas por los principios que informan
la materia. Notifíquese. Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza.—Juzgado de Familia del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 12 de abril del 2019.—Licda. María Marta
Corrales Cordero, Jueza de Familia.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019341175
).
Msc. Luz Amelia Ramírez Garita,
Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Jhon Alexander Guzmán, en su carácter personal, quien es
mayor, divorciado, de oficio desconocido, vecino de Colombia, cédula p94813261,
se le hace saber que en demanda Declaratoria Judicial Abandono, establecida por
Kathia Rebeca Gómez Ramírez contra Jhon Alexander
Guzmán, que se tramita mediante el expediente 17-001862-0292-FA, se ordena
notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela. A las diecisiete horas y
cuarenta y dos minutos del once de marzo de dos mil diecinueve. Por tanto:
Conforme lo expuesto y artículos 113, 115, 117, 118, 119, 120, 121, 123, 143,
158 inciso c), 160 inciso c) y 161 del Código de Familia, artículos 1, 5, 7,
13, 19, 30, 32, 36, 105 y concordantes del Código de la Niñez y la Adolescencia
y artículos 3, 6, 9, 12, 18, 19, 39 de la Convención sobre Derechos del Niño.
Se rechaza la excepción de Falta de Derecho interpuesta por la parte demandada
y se Declara con lugar la demanda de declaratoria judicial de abandono con
fines de adopción interpuesta por Kathia Rebeca Gómez Ramírez, en contra de Jhon Alexander Guzmán Brand consecuentemente, se declara:
en estado de abandono y con fines de adopción (estado de adoptabilidad) a la
niña Zury Rebeca Guzmán Gómez, por parte de su progenitor Jhon
Alexander Guzmán Brand, para quien se da por terminado el ejercicio de la
responsabilidad parental sobre su hija. Firme la resolución inscríbase al
margen de las citas de nacimiento en el Registro Civil, en Nacimientos de la
provincia de Alajuela, citas de nacimiento tomo: ochocientos ochenta y dos,
folio: cuatrocientos setenta y dos, asiento: novecientos cuarenta y cuatro. Se
dicta esta sentencia sin especial condenatoria en Costas. Se advierte a las
partes sobre su derecho de recurrir esta resolución dentro del plazo de ley y
ante el superior en caso de inconformidad. De conformidad con los dispuesto en
el ordinal 263 del Código Procesal Civil publíquese por una vez la parte
dispositiva de la sentencia en el Boletín
Judicial. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019341176
).
Licda. Ángela
Jiménez Chacón, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, a los señores Maikol Barela Reyes y
María Gamez López, mayores,
de oficio y de paradero desconocido, se les hace saber
que en diligencias de depósito
judicial de persona menor de edad,
promovidas por el Patronato
Nacional de la Infancia, Oficina
Local de Limón, se ordena notificar
por edicto la resolución de
las dieciocho horas y once minutos
del doce de noviembre del
dos mil dieciocho. I. Se confiere
traslado: de la anterior diligencias de depósito judicial de persona menor
de edad, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia,
Limón, a favor de las personas menores de edad Israel Barela Gámez y
Alexander Gámez López, se le confiere
audiencia por el plazo de cinco
días, a los señores Maikol Eduardo Barela Reyes y María Gámez
López (padres registrales) y al Patronato
Nacional de la Infancia, por medio de su representante legal (artículo 120 del Código Procesal
Civil y artículo 111 del Código de la Niñez y Adolescencia); a quienes se les previene señalar medio para recibir notificaciones, de conformidad
con los artículos 34, 36 y 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°
8687; bajo apercibimiento de que si
así no lo hiciere las resoluciones posteriores que se dicten quedarán notificadas con el solo transcurso
de veinticuatro horas después
de dictadas; igual consecuencia se producirá cuando la notificación no se pueda efectuar por el medio señalado. II.—En vista de lo solicitado por la representante
Legal del Patronato Nacional de la Infancia, Licenciada Sandra Mara
de Souza dos Santos, visible a folio 27, se resuelve:
se le otorga en forma
provisional a los señores Elizabeth Ángulo Trejos y Alexander Gámez López, el depósito judicial
provisional de las personas menores de edad, Israel Barela Gámez y
Alexander Gámez López, quien
en caso de anuencia deberán comparecer a este Despacho dentro del plazo de cinco días para aceptar y jurar el cargo designado. Notifíquese: siendo que los señores Maikol Eduardo Barela Reyes y María Gámez
López (padres registrales), son de paradero desconocido, según lo indica la representante legal del Patronato
Nacional de la Infancia a folio 28, se ordena notificar a los mismos mediante edicto publicado de Ley. Notifíquese. Expediente N°
18-000702-1152-FA-3.—Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 13 de noviembre de 2018.—Licda. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019341180 ).
Lic. José Chaves Mora, Juez del Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica; hace saber a Blanca
Flor Marenco Martínez, en su carácter personal, con cédula de residente
permanente de libre condición número 155817891634, quien es de demás calidades
y domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso
declaratoria judicial abandono en su contra, bajo el expediente número
18-000737-1307-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen:
Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las
quince horas y treinta y dos minutos del tres de julio del año dos mil
dieciocho. Se tiene por establecido el presente proceso especial de
declaratoria de abandono de la persona menor Alber
Josué López Marenco, Arlobis López Marenco y Johanna
Marenco Martínez, planteado por Patronato Nacional de la Infancia Contra Arlovis López Aragón y Blanca Flor Marenco Martínez, a
quiénes se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se
pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con
los artículos 121 y 122 del Código de Familia. En ese mismo plazo, en el primer
escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de
enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo
dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008,
en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos,
por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes
a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos
y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir
nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión
en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir
notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder
Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al
personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por
haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de
Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007,
artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser
personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar
de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si
cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h)
lugar de residencia. Se le advierte que si no contesta
en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una
convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo
123 ibidem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. En este
mismo acto y sobre las cuestiones de primer y especial pronunciamiento
solicitadas, se resuelve: Contándose con los elementos que sustenta la
idoneidad del ambiente que reina en el lugar donde se encuentran ubicados los
menores Alber y Arlobis
ambos de apellidos López Marenco y Johana Marenco Martínez, se acoge dicha
pretensión provisional, por ende se ordena el Depósito Judicial de los menores
supra indicados de forma provisional en el hogar de la señora Delma Marenco
Moreno, quien deberá apersonarse en el plazo de ocho días a aceptar el cargo
conferido. Notifíquese esta resolución a la parte demandada, personalmente o
por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su
domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos
efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras
Comunicaciones del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Guápiles) y
a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San
José (Goicoechea). Los demandados pueden ser localizados en la siguiente
dirección: 1) Arlovis López Aragón: San José, Purral
de Guadalupe, de La Lupita doscientos metros norte y cien metros este, casa de
madera en basas sin pintar a mano derecha. 2) Blanca Flor Marenco Martínez:
Limón, Siquirres, de la pulpería La Flor cien metros al norte. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o
edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona
funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de
la Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese. Lic. José Chaves Mora, Juez.
Y la de las trece horas y diez minutos del veinticinco de abril del año dos mil
diecinueve. En vista de que la curadora procesal de la accionada de domicilio
desconocido procedió a aceptar el referido cargo, a efecto de cumplir con el
debido proceso se ordena en adelante tener el presente proceso especial de
declaratoria de abandono de los menores Alber Josué
López Marenco, Arlobis López Marenco y Johanna
Marenco Martínez, planteado por Patronato Nacional de la Infancia contra Arlovis López Aragón y Blanca Flor Marenco Martínez, esta
última representada por su curadora procesal la Licenciada Susana Zamora
Fonseca, a quién se le confieren cinco días, para que lo conteste de la debida
forma. Se tiene por aportado por parte del referido curador medio donde atender
notificaciones. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de
teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones
del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de
trámite procesal, buscando la agilización del mismo,
pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo
legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder
Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le
solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se
sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c)
fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de
discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia.
Notifíquese esta resolución a la Curadora Procesal por esta vez al medio
indicado por sistema de peritos de la Dirección Ejecutiva de la Corte Suprema
de Justicia. Notifíquesele esta resolución a la curadora procesal
personalmente. Dicha notificación se practicará en el asiento de este Despacho
mediante el notificador designado por no contarse con domicilio del curador.
Igualmente, por ser de domicilio desconocido la accionada y ser representada
por curador procesal, se ordena notificarle tanto esta resolución como la
dictada por este Juzgado al ser las quince horas y treinta y dos minutos del
tres de julio del año dos mil dieciocho por medio de edicto que se publicará
por una sola vez en el Boletín Judicial o en un periódico de Circulación
Nacional. Confecciónese el edicto respectivo. Notifíquese. Lic. José Rogelio
Chaves Mora. Juez. Lo anterior se ordena así en proceso declaratoria judicial
abandono de Patronato Nacional de la Infancia contra Blanca Flor Marenco
Martínez; Expediente Nº 18-000737-1307-FA.—Juzgado de Familia del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 25 de abril del 2019.—Lic. José Chaves
Mora, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019341181 ).
De la solicitud de Adopción Conjunta
promovida por Freddy Gerardo Cortes Arias y Marceline Vanessa Castro Ovares a
favor de las menores Cristhopher Yamil y Dustin ambos
de apellidos Rodríguez Castro, se da aviso a todas
aquellas personas que con interés contrario a la adopción se apersonen
formulando sus oposiciones mediante escrito, dentro del plazo de cinco días, en
el cual expondrán los motivos de inconformidad con indicación expresa de las
pruebas en que fundamentan su oposición. Expediente N°
19-000214-1302-FA-9.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela,
20 de marzo del 2019.—Licda. Yuliana Andrea Ugalde Zumbado, Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019341189 ).
Se avisa que en este Despacho bajo el
expediente Nº 19-000301-0292-FA, los señores: Isel Geannina Soto Gutiérrez y
Pablo Ernesto Arias Pérez, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la
persona menor de edad: Keysha María Tijerino Mora. Se
concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones
mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se
indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 24 de abril del 2019.—Licda.
Eugenia María de los Ángeles Bolaños Rodríguez, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2019341194 ).
De conformidad con los artículos, 111, 112 y
115 del Código Procesal Penal, se procede con vista en la Acción Civil
Resarcitoria interpuesta por Oscar Gerardo Arguedas Madrigal ofendido directo,
a darle traslado al co-demandado civil Marvin Antonio
Larios Ortiz dueño registral del vehículo placas CL 205955, cédula o documento
de identidad N° 800810700, de las pretensiones
expuestas por dicha parte, para que se pronuncie sobre la admisibilidad o
inadmisibilidad del actor civil en este proceso, planteando las excepciones que
estime pertinentes, por lo que se le concede el término de ley para que haga
valer sus derechos. Asimismo, se le previene que en el acto de ser notificado
deberá señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con
el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se
producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de
enero del 2009. Comuníquese el contenido de la resolución al demandado civil y
a su defensor en forma separada. En vista de que el señor Marvin Antonio Larios
Ortiz, es de domicilio desconocido, se procede a comunicarle la resolución que
antecede por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 15-007868-0174-TR, proceso
penal seguido contra Slaudy Alexander Marsh Larios,
por el delito de lesiones culposas, cometido en perjuicio de Oscar Gerardo
Arguedas Madrigal. Comuníquese.—Fiscalía Segundo
Circuito Judicial de San José.—Licda. Stephanie Tenorio Barrios, Fiscal
Auxiliar.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019341339 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Melchor Efraín
Montenegro Luna, mayor, soltero, documento
de identidad 0801160387, mayor, Soltero,
costarricense, documento de
identidad 0801160387, vecino
de Tabarcia de Mora, en el cual pretende cambiarse
el nombre a Efraín. Se concede el plazo de
quince días a cualquier
persona interesada para que se presenten
al proceso a hacer valer sus derechos. Artículo 55
del Código Civil. Exp. N° 19-000038-0197-CI-7.—Juzgado Civil, Trabajo Y Familia Puriscal
(Materia Civil), 12 de abril
del año 2019.—Licda. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza
Tramitadora.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019341374 ).
Se convoca por medio de este edicto a las
personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del
Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo
de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de salvaguardia
que promueve Harol Eduardo Cordero Portuguez, persona
con discapacidad Josefa Godínez Jiménez. Expediente número 18-000512-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 06 de mayo del 2019.—Licda.
Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019341413 ).
Licenciada Patricia Cordero García, jueza del
Juzgado de Familia de Cartago, a Yubelka Delgado Delgado, en su carácter personal, se le hace saber que en
demanda depósito judicial, expediente Nº 18-002146-0338-FA
establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra, se ordena notificarle
por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de
Cartago. A las once horas y veintisiete minutos del catorce de setiembre del
año dos mil dieciocho. De las presentes diligencias de depósito de la persona
menor Luz Anyelina Delgado Delgado,
promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por
tres días a Yubelka Delgado Delgado,
a quien se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un
medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo
haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de
veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual
consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta
N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en
sesión N° 65-08, celebrada el 02 de setiembre del
2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el
envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como
teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono
“celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del
despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite
procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal
para la recepción de notificaciones.” Igualmente se
les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser
utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema
ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr
Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el
expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior,
en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07
celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de
este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la
siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d)
Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución
a Yubelka Delgado Delgado,
personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación,
o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones
Judiciales y otras Comunicaciones; Cartago. En caso que
el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso
restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a
efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Notifíquese.—Juzgado
de Familia de Cartago.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019341414 ).
Licenciada
María Marta Corrales Cordero, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil la señora Jennifer Garita Guerrero, mayor, soltera,
ama de casa, portadora de la cédula de identidad número siete cero dos cero
siete cero cinco cero uno, vecina de Limón, Pococí, La Colonia, San Bosco,
Barrio San Juan de la entrada cien metros a mano derecha al oeste casa de
madera, hija de Obed Garita Ovares y Estrella Guerrero Salguera, nacida en
Guápiles, Pococí, Limón, el día dieciocho de octubre de mil novecientos noventa
y uno, actualmente con veintisiete años de edad y el señor Luis Antonio
Orellana Díaz, mayor, soltero, agente de ventas, portador de la cédula de
identidad número siete cero dos uno cuatro cero cero
nueve ocho, vecino de Limón, Pococí, La Colonia, San Bosco, Barrio San Juan de
la entrada cien metros a mano derecha al oeste casa de madera, hijo de Manuel
Santos Orellana Pereira y Reina Margarita Díaz López, nacido en Guápiles,
Pococí, Limón, el día seis de agosto de mil novecientos noventa y dos, con
veintiséis años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Expediente N° 19-000428-1307-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 18 de febrero del 2019.—Licda. María Marta Corrales Cordero,
Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019341196 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil: Ivannia Paola Soto Fallas,
mayor de edad, cédula de identidad Nº 2-639-220,
ocupación: oficios domésticos, vecina de Alajuela, Río Segundo, de la
Empacadora Río Segunda, 150 metros al este, hija de Bernal Soto Chaves, y de
María Rosa Fallas Chaves, ambos costarricenses, nacida el 07 de octubre de
1987, en Centro, Central, Alajuela, con 31 años de edad; y el señor: José
Alexander Murillo Ibarra, mayor de edad, cédula de identidad Nº 2-698-020, sin ocupación, vecino de Alajuela, Río
Segundo, de la Empacadora Río Segunda, 150 metros al este, hijo de Rafael Murillo
Naranjo, y de Ángela Ibarra Ureña, ambos costarricenses, nacido en Centro,
Central, Alajuela, en fecha 09 de febrero de 1992, con 27 años de edad; ambas
personas contrayentes tienen el domicilio en Alajuela. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº
19-000461-0292-FA.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Alajuela, 13 de marzo del 2019.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019341197 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil María
José León Hernández, Óscar Rafael Garro
Camacho, mayor, soltera, ama
de casa, cédula de identidad número
0702410735, hija de María Eugenia León Hernández, domicilio en Guápiles,
250 metros del supermercado El Dólar,
con 23 años de edad, y Óscar Rafael Garro Camacho,
mayor, soltero, mecánico,
cédula de identidad número
304800614, hijo de Ricardo Garro
Camacho y Aida Camacho Brenes, domicilio en Guápiles, 250 metros del supermercado El Dólar, actualmente con 24 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 19-000684-1307-FA.—Juzgado de Familia del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 10 de abril del 2019.—Lic. Francisco Javier Castillo Acuña,
Juez.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2019341198 ).
Han comparecido ante este Juzgado de Familia
de Heredia, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes, el señor:
Víctor Julio Hernández Sánchez, mayor, estado civil: soltero, profesión:
albañil, cédula de identidad Nº 4-124-596, vecino de
Barrio Santísima Trinidad, Bajo de Los Molinos de la plaza de deportes 200 sur
y 200 oeste, casa color marrón, hijo de Darío Hernández Hernández
y Lidia Sánchez Sánchez, nacido en Heredia el 27 de
agosto de 1960, con 58 años de edad; y Maribel Rojas Campos, mayor, estado
civil: divorciada, profesión: ama de casa, cédula de identidad Nº 4-143-276, vecina del mismo domicilio del anterior, hija
de Víctor Rojas Fernández y María del Socorro Campos Sandoval, nacida en
Heredia el 30 de setiembre de 1966, actualmente con 52 años de edad. Si alguna
persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que
dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho Juzgado
de Familia de Heredia, dentro del término de ocho días contados a partir de la
publicación del edicto. Expediente Nº 19-000716-0364-FA.—Juzgado de Familia de
Heredia, Heredia,
24 de abril del 2019.—Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2019341199 ).
Licenciado José Chaves Mora, Juez del Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido
a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil la señora Liliana Herrera
Calderón, mayor, divorciada, ama de casa, portadora de la cédula de identidad
número siete-cero uno dos cero-cero siete dos tres, vecina de Limón, Guácimo,
Iglesia Católica de San Luis noventa metros norte y doscientos metros noroeste,
hija de Elías Herrera Valverde y María Eugenia Calderón Quesada, nacida en
Roxana, Pococí, Limón, el día catorce de octubre de mil novecientos setenta y
seis, actualmente con cuarenta y dos años de edad y el señor José Bernardo
Alvarado Pérez, mayor, soltero, peón agrícola, portador de la cédula de
identidad número siete-cero cero ocho cinco-cero cinco siete cinco, vecino
Limón, Guácimo, Iglesia Católica de San Luis noventa metros norte y doscientos
metros noroeste, hijo de Jose Ángel Alvarado Araya y Aydali Pérez Fuentes, nacido en Guápiles, Pococí, Limón, el
día veintiuno de junio de mil novecientos sesenta y seis, con cincuenta y dos
años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para
que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este
Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto.
Expediente N° 19-000721-1307-FA.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 23 de abril del 2019.—Lic. José Chaves Mora, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019341200 ).
Han comparecido ante este Juzgado de Familia de Heredia, solicitando
contraer matrimonio civil
los contrayentes, el señor Olman Fredy Ramírez Sánchez,
mayor, estado civil divorciado,
vivo en unión libre, profesión taxista informal,
cédula de identidad N° 4-117-004, vecino
de San Rafael de Heredia, del Abastecedor La Terraza, 75 m norte y 75 oeste, casa a mano derecha, hijo de Carlos Luis Ramírez Camacho y Zoraida Sánchez Arce
, nacido en Heredia el 28
de diciembre de 1957, con 61 años
de edad y Damaris Del Carmen López Salmerón, mayor, de nacionalidad nicaragüense, con cédula de residencia Nº 155812189017, estado civil soltera, vivo en unión libre, profesión ama de casa , vecina del mismo domicilio del anterior, hija de
José López Ruiz y Tomasa Del Socorro Mayorga Salmerón,
nacida en Masatepe, Masaya, Nicaragua el 24 de octubre
de 1969, actualmente con 39 años
de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento
legal para que dicho matrimonio
se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. Expediente N°
19-000799-0364-FA.—Juzgado de Familia de
Heredia, 29 de abril del
2019.—Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2019341201 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil: Jonathan José Segura Conejo, mayor, costarricense,
divorciado de Hazel Andrea Rodríguez Acuña el veintisiete de octubre de dos mil
once, en Cartago, cédula de identidad Nº 0303940621,
comerciante, vecino de Quircot, de la Escuela 25 metros al norte, casa color
ladrillo mano derecha, hijo de Agnes Patricia Conejo Villalobos y José Efraín
Segura Guzmán, ambos padres costarricenses, nacido en Oriental, Central,
Cartago, el 08/05/1984, con 35 años de edad; y María Fernanda Víquez Fernández,
mayor, costarricense, soltera, administradora del hogar cédula de identidad Nº 0304680849, vecina de la misma dirección que el
anterior, hija de Vilma Víquez Fernández, madre costarricense, nacida en Oriental,
Central, Cartago, el 01/03/1993, actualmente con 26 años de edad. Si alguna
persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se
realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los
ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 19-001202-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 03 de mayo del 2019.—Lic. Juan José
Alvarado Quirós, Juez.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019341202
).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil: María Elena Acosta Chacón, mayor, soltera, cédula de
identidad Nº 0113940727, mayor, soltera, nombre de la
progenitora: María Cristina Chacón Ramírez y nombre del progenitor: Johnny
Fernando Acosta Mora, actualmente con 29 años de edad, domicilio Nicoya, Barrio
San Martín, Barrio Negro, de la plaza de Barrio Negro 100 metros hacia el
norte; y Eduardo Luis Campos Noguera, cédula de identidad Nº
0503780162, mayor, soltero, comerciante, domicilio en Nicoya, Barrio San
Martín, nombre de la progenitora Esperanza Campos Noguera, actualmente con 28
años de edad, ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Nicoya. Si
alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio
se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de
los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 19-000073-0869-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial
de Guanacaste (Nicoya) (Materia Familia), Nicoya, 06 de marzo del 2019.—Msc.
Karol Gómez Moraga, Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019341408 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil Bonifacio Amancio Aguilar Molina, mayor, soltero,
jornalero, cédula de identidad N° 0501870153, nombre
de la progenitora Gregoria Molina Molina y nombre del
progenitor Manuel de Jesús Aguilar Rosales, domicilio en Jobo Norte de Nicoya,
Guanacaste, 2 kilómetros antes de la Escuela, nacido el 05/06/1960, con 58 años
de edad, y Zeneida Díaz Díaz,
mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad N°
0502420643, nombre de la progenitora Alejandrina Díaz Díaz,
domicilio en Jobo Norte de Nicoya, Guanacaste, nacida el 19/10/1967,
actualmente con 51 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el
domicilio en el Jobo Norte de Nicoya, Guanacaste, Nicoya. Si alguna persona
tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice,
está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº
19-000097-0869-FA.—Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste
(Nicoya) (Materia Familia), Nicoya, 19 de marzo del 2019.—Msc.
Karol Tatiana Gómez Moraga, Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019341409 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil Irene Sequeira Venegas, mayor, soltera, con cédula de
identidad Nº 0503760300, con 28 años
de edad, ama de casa, nombre de la progenitora, Mayela Sequeira Venegas,
y Jairo Briceño Quirós, mayor, mecánico ocasional, 0503940778, con 24 años de
edad, nombre de la progenitora Elsie María Quirós Gómez y de Arvin Briceño Rosales, ambos con domicilio en Nicoya,
Barrio San Martín, 25 metros al norte de la Escuela San Ambrosio. Si alguna
persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se
realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los
ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº 19-000123-0869-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial
de Guanacaste (Nicoya) (Materia familia), Nicoya, 05 de abril del 2019.—Msc.
Karol Tatiana Gómez Moraga, Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019341410 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil de: Jazmín Yocari Villalta
Navarro, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad Nº
0304450414, vecina de Proyecto de Manuel de Jesús, de la Escuela 100 norte casa
K-39, hija de Lía Marta Navarro Cordero y Mario Villalta Obando, nacida en
Oriental, Central, Cartago, el 23/05/1990, con 28 años de edad, teléfono:
6001-44-03, y por la condición del señor: Jeancarlos
Josué Castillo Serrano, mayor, soltero, persona detenida por el delito de
narcotráfico en el CAI Jorge de Bravo Ámbito B Dormitorio 2, cédula de
identidad Nº 0304550641, hijo de Liliana Rosibel
Serrano Coto y Víctor Manuel Castillo Solano, nacida en Oriental, Central, Cartago,
el 04/08/1991, actualmente con años de edad. Las personas comparecientes
manifiestan: Venimos ante su autoridad con el fin de que mediante sus buenos
oficios se nos una en matrimonio civil dado que no hay impedimento legal para
ello y para comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los testigos: Karen
Castillo Serrano y Andrés Acevedo Gutiérrez. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº
19-000239-0338-FA.—Juzgado
de Familia de Cartago, Cartago, 06 de mayo del 2019.—Msc Wendy Blanco
Donaire, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019341411 ).
M. Sc. Pilar Espinach
Rueda, Jueza de Trámite del
Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de
Alajuela; hace saber a Castellón
Zeas Francisco José, quien
es mayor, casado, de nacionalidad
nicaragüense, Pasaporte
C1064223; que en este Despacho se tramita el expediente número
13-003724-0057-PE donde se dictó
la resolución que literalmente
dice: Se ordena publicación
de edicto Tribunal Penal de Alajuela, a las 08: 30
horas del 18 de abril de 2018. Se ordena
publicación de edicto en el Diario Oficial
La
Gaceta por 3 ocasiones de lo siguiente: “Se comunica al señor Francisco José Castellón Zeas, pasaporte C1064223, que el depósito
de objetos del Poder
Judicial se encuentra el vehículo
Honda, placas 190518, el cual
se encuentra inscrito a su nombre, por lo que se le
concede el plazo de 3 meses
para que proceda a retirar
el mismo, caso contrario, se ordenaría la donación o la destrucción del mismo”. Notifíquese. Juez Mario Rodríguez Villegas. Exp. N° 13-003724-0057-PE.
Lo anterior se ordena así en causa 13-003724-0057-PE contra Michael Badilla López por el delito homicidio culposo en concurso material con un delito de simulación de delito en perjuicio
de Rafael Ángel Montoya Sandoval y la administración de justicia.—Tribunal Penal del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 2 de mayo del año 2019.—Msc. Pilar Espinach Rueda, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019340999 ).