BOLETÍN JUDICIAL N° 168 DEL 6 DE SETIEMBRE DEL 2019
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEL PODER JUDICIAL
SALA CONSTITUCIONAL
JUZGADO NOTARIAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Avisos
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos
Matrimoniales
Edictos en lo Penal
TERCERA
PUBLICACIÓN
ASUNTO: Asueto
concedido a los servidores
que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Quepos de la provincia
de Puntarenas.
SE HACE SABER:
Que las oficinas judiciales
del cantón de Quepos de la provincia
de Puntarenas, permanecerán cerradas
durante el día treinta de octubre del
dos mil diecinueve, con las salvedades
de costumbre, por motivo de
la celebración de las fiestas cívicas
de dicho cantón.
San José, 30 de agosto del 2019.
Lic. Wilbert Kidd Alvarado
Subdirector
Ejecutivo a. í.
O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2019377828 ).
ASUNTO: Acción de inconstitucionalidad.
A LOS
TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE
SABER:
PRIMERA
PUBLICACIÓN
De acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro
de la acción de inconstitucionalidad número 19-010003-0007-CO que promueve
Olivier Villegas Villegas, se ha dictado la
resolución que literalmente dice: “Sala Constitucional de la Corte Suprema de
Justicia. San José, a las seis horas y cincuenta y uno minutos de treinta y uno
de julio de dos mil diecinueve. /De conformidad con lo dispuesto por el voto
número 2019-13731 de las nueve horas con veinte minutos del veinticuatro de
julio de dos mil diecinueve, se da curso a la acción de inconstitucionalidad
interpuesta por Olivier Villegas Villegas, únicamente
en cuanto al artículo 279 quinquies del Código Penal. Se confiere audiencia por
quince días a la Procuraduría General de la República. La norma se impugna toda
vez que la ley 9458, por la que se agregó el artículo 279 quinquies del Código
Penal, fue votada fuera del plazo establecido por el artículo 123 de la
Constitución Política, lo que a criterio del accionante constituye un vicio
esencial en el procedimiento de tramitación de dicha norma. Esta acción se
admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción
Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación del accionante
proviene del párrafo primero del artículo 75 de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional, pues alegó la inconstitucionalidad de la norma impugnada en el
proceso que se tramita en su contra ante la Fiscalía Adjunta del Segundo
Circuito Judicial de Guanacaste, bajo el expediente número 19-000211-0414-PE.
Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial
sobre la interposición de la acción, para que en los procesos o procedimientos
en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final
mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo
afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la
aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en
dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse
lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la
acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en
los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y
a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto
final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la
tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los
quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán
apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de
interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo
impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su
procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de
inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82
de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma
reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta
publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su
aplicación en los casos y condiciones señaladas. Notifíquese. Fernando
Castillo Víquez, Presidente a. í.
San José, 31 de julio del 2019.
Vernor Perera León Secretario
Secretario
a. í
O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019376901 ).
De acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro
de la acción de inconstitucionalidad N°
19-014055-0007-CO, que promueve Javier Francisco Retana Fallas, se ha dictado
la resolución que literalmente dice: «Sala Constitucional de la Corte Suprema
de Justicia. San José, a las trece horas y diecisiete minutos de veintidós de
agosto de dos mil diecinueve. /Se da curso a la acción de inconstitucionalidad
interpuesta por Javier Francisco Retana Fallas, en su calidad de apoderado
judicial de Vilma Gerardina Del Socorro Carvajal
Alfaro, para que se declare inconstitucional jurisprudencia de la Sala Segunda
de la Corte Suprema de Justicia contenida en los votos números 2018-00918 de
las 10:45 del 5 de junio de 2018, 2019-00347 de las 10 horas del 20 de marzo de
2019, 2019-000077 de las 10 horas del 30 de enero de 2019 y 2019- 000232 de las
9:50 del 6 de marzo de 2019, relativa a la jornada acumulativa, por estimarla
contraria a los artículos 33, 57, 58, 68, 74, 11, 140, incisos 3) y 18), y 191
de la Constitución Política. Se confiere audiencia por quince días a la
Procuraduría General de la República y al Presidente
de la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia. La norma se impugna por
cuanto vulnera la jornada laboral constitucionalmente protegida para los
servidores públicos, por medio de reglamentos autónomos de servicio o
potestades de imperio no previstas por norma de rango de ley, lo que a su
parecer resulta contrario a lo dispuesto por los artículos 58 constitucional y
136 del Código Trabajo, en lo que atañe a los requisitos para que la jornada
acumulativa sea legítima. Alega que en dicha jurisprudencia se denegó a la
persona funcionaria pública el derecho fundamental a su jornada máxima diaria,
bajo la tesis que el Estado como patrono ostenta la potestad de imponer
unilateralmente jornadas mayores a las constitucionalmente protegidas,
únicamente mediando su propia voluntad; ya sea sin norma de rango legal que lo
autorice, o bien por medio de reglamentos autónomos de servicio que limitan el
ejercicio pleno de ese derecho. Señala que en el voto N°
2018-00918, la Sala Segunda resolvió lo siguiente: “(…) No es necesario, como
se demanda, que el texto normativo expresamente establezca que se trata de una
jornada acumulativa o extendida, según los parámetros que posibilita el
artículo 136 del en su párrafo segundo, conforme al cual “…en los trabajos que
por su propia condición no sean insalubres o peligrosos, podrá estipularse una
jornada ordinaria diurna hasta de diez horas y una jornada mixta hasta de ocho
horas, siempre que el trabajo semanal no exceda de las cuarenta y ocho horas”
(…) No se detecta que la jornada así negociada afecte algún derecho particular
de las y los demandantes , porque el artículo 58 citado es claro al señalar, en
cuanto a los límites de jornada ahí establecidos (de ocho y seis horas diarias
y cuarenta y ocho semanales), que “estas disposiciones no se aplicarán en los
casos de excepción muy calificados, que determine la ley”. Y no se está en el
supuesto de una excepción, pues la jornada ordinaria impuesta a los empleados
administrativos es incluso menor a la máxima de 48 horas, solo que fue
compactada en cinco días, conforme las posibilidades que el mismo Código de
Trabajo autoriza en el numeral 136 transcrito (…)”. Aduce que en que para la
Sala Segunda la administración puede unilateralmente fijar límites de jornada
laboral mediante la figura de la jornada acumulativa, incluso si la
reglamentación no señala que tal tipo de jornada es la que se instaura y sin el
acuerdo previo con el trabajador, peor aún en el último voto referido, el
Estado puede fijar estos límites sin necesidad de norma si quiera de carácter
reglamentario, fundamentándose en pretendidas potestades de imperio y en
supuestas necesidades del servicio que nunca fueron acreditadas por el ente
accionado. . Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere
la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La
legitimación al accionante proviene del expediente N°
16-0000566-0166-LA, interpuesto por su representada contra el Estado, y en el
que se alegó la inconstitucionalidad de la norma impugnada. Publíquese por tres
veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre la
interposición de la acción, para que en los procesos o procedimientos en que se
discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras
la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los
procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo
impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos,
es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en
el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en
vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos
tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del
recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo,
claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación,
en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días
posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse
quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición
de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos
con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o
improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad
en relación con el asunto que les interese. Se hace saber
además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción
Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala
resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende
la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos
y condiciones señaladas. Notifíquese./Fernando Castillo Víquez, Presidente a.í./».
San José, 26 de agosto del 2019.
Vernor Perera León,
Secretario
a. í.
O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019376902 ).
HACE
SABER
A la Dirección Nacional de Notariado, al
Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, que en el Proceso
Disciplinario Notarial N° 15-000332-0627-NO, de Luis
Óscar Vargas Díaz contra Ligia Rodríguez Pacheco (cédula de identidad
6-139-768), este Juzgado mediante resolución de las catorce horas y ocho
minutos del veintiséis de julio de dos mil diecinueve dispuso lo siguiente:
“Revisados los autos, aprecia el suscrito juzgador que no existen vicios que
pudieran generar indefensión a la notaria denunciada, por lo que, en ejercicio
de potestades conferidas por mandato legal (artículo 5.3 del Código Procesal
Civil, aplicado en relación al canon 163 del Código Notarial) para desechar
cualquier solicitud o incidencia notoriamente improcedente o que implique una
dilación manifiesta, se rechaza de plano la solicitud formulada por la notaria
Ligia Rodríguez Pacheco a folio 87. No obstante, por haberse acreditado hasta
el 09 de julio del 2019 que la accionada realizó la inscripción que interesa en
el presente asunto para el 10 de agosto del 2017, es decir, poco más de un año
después de la prevención realizada por este Despacho a la denunciada para que
inscribiera la escritura de marras (ver resolución de folio 44), se limita la
sanción disciplinaria impuesta a la Licenciada Ligia Rodríguez Pacheco al total
de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, tal como se
dispuso en la sentencia número 388-2018 de las trece horas cincuenta y siete
minutos del veintiséis de junio del dos mil dieciocho (folio 56), confirmada
por el Tribunal Notarial según voto 24-2019 de las once horas del veintidós de
febrero del dos mil diecinueve (folio 75). Una vez firme esta resolución,
comuníquese a la Dirección Nacional de Notariado, al Registro Civil, al Archivo
Notarial y al Registro Nacional dicha limitación mediante edicto que será
publicado en El Boletín Judicial. Notifíquese.
San José, 26 de julio del 2019
M.Sc. Juan Carlos Granados Vargas,
Juez
1 vez.—O.
C. Nº.364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2019376055 ).
A la Dirección Nacional de Notariado, al
Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil y a toda la
ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario notarial N° 15-000824-0627-NO, de Alfredo Uribe Pineda contra José
Martín Zúñiga Brenes, cédula de identidad 1-0604-0772, este juzgado mediante
resolución N° 244-2019 de las seis horas y cincuenta
y nueve minutos del treinta de abril de dos mil diecinueve, dispuso imponerle
al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el
ejercicio de la función notarial, sanción que se mantendrá en el tiempo hasta
el efectivo cumplimiento de la devolución de dinero ordenada. Rige ocho días
naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de
conformidad con el artículo 161 del Código Notarial.
San José, 6 de junio del 2019.
Dra.
Ingrid Palacios Montero,
Jueza
1 vez.—O.
C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019376057 ).
A la Dirección Nacional de Notariado, al
Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil y a toda la
ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario notarial N° 16-000325-0627-NO, de Dirección Nacional de Notariado
contra Karla Priscilla Campos Morales (cédula de identidad N°
3-0350-0306), este Juzgado mediante resolución N°
241-2019 de las seis horas y treinta y ocho minutos del treinta de abril de dos
mil diecinueve, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria
de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días
naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de
conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Juzgado Notarial.
Notifíquese.
San José, 06 de junio del 2019.
Dra.
Ingrid Palacios Montero,
Jueza
1 vez.—O.C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019376058
).
A la Dirección Nacional de Notariado, al
Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, que en el proceso
disciplinario notarial N° 16-000393-0627-NO, de
Dirección Nacional de Notariado contra Barina Rosario Benavides Pérez, cédula
de identidad N° 1-775-661, este Juzgado mediante
resolución N° 357-2019 de las veintiuno horas treinta
minutos del veinticuatro de junio del dos mil diecinueve, dispuso imponerle a
la parte denunciada la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el
ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su
publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161
del Código Notarial.
San José, 26 de julio del 2019.
Msc. Juan Carlos Granados Vargas
Juez
1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2019376059 ).
Licda. Brenda Celina Calvo De La O la jueza del Juzgado de Trabajo de
Santa Cruz; hace saber a Deborah Buckoski Gauthier y Palms International
Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada representado por Mark Edward
Peterson, documento de identidad N° 3-102-665314,
domicilio: San José, Escazú, distrito San Rafael, de Multicentro Paco 500
metros al oeste y 200 metros al sur y a la demandada Deborah Buckoski Gauthier sea en
Puntarenas, Jacob, camino a Playa Jacob, de la entrada a Herradura 300 metros
en las oficinas de Palm International, que en este Despacho se interpuso un
proceso OR.S.PRI. Prestac. Laborales en su contra,
bajo el expediente número 16-000180-1052-LA donde se dictaron las resoluciones
que literalmente dicen: auto de traslado. Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía
de Guanacaste. A las once horas y doce minutos del catorce de setiembre del año
dos mil dieciséis. De la demanda ordinaria de trabajo y documentos aportados
con la misma por Xiomara del Carmen Salmerón Treminio,
cédula N° 155820813501 se confiere traslado por ocho
días hábiles a Deborah Buckoski Gauthier
y Palms International Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada representado(a) por Mark Edward Peterson, a fin de que
dentro del plazo mencionado la conteste por escrito, previniéndole que debe de
manifestar respecto a los hechos, si los reconoce como ciertos o si los
rechaza, por inexactos, o bien, si los admite con variantes o rectificaciones,
bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere, se tendrán por probados
aquellos sobre los cuales no haya dado contestación en forma debida. Además, al
contestar la demanda deberá necesariamente proponer toda excepción o cuestión
incidental que se relacione con sus intereses en litigio, así como ofrecer la
prueba que le interese y en el primer escrito que presente debe señalar un
medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo
haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de
veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual
consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con
respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de
setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si
desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso
exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden
utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un
número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de
actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades
internas de trámite procesal, buscando la agilización del
mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión
en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir
notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder
Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al
personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Por haberlo
así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007,
artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser
personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar
de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si
cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h)
Lugar de residencia. Asimismo se le hace saber que de conformidad con el
artículo 6 de la Ley que Regula el Proceso Laboral en Negocios de Menor
Cuantía, número 3664 del diez de enero de mil novecientos sesenta y seis, si no
contesta la demanda dentro del término que al efecto se le confirió, o si se
allana expresa y totalmente a ella, no habrá juicio oral o público para recibir
ningún tipo de prueba, procediéndose al fallo mediante acta lacónica se procederá
a dictar un auto con carácter de sentencia. Se designa para la tramitación de
este asunto al(a) Lic. (da) Yorleni Bello Varela
conforme a los artículos 2 y 15 en relación con el artículo 464 del Código de
Trabajo. Notifíquese esta resolución al (los) demandado(s), personalmente o por
medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su
domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese
a la sociedad demandada la presente resolución, por medio de su representante,
personalmente o por medio de cédula y copias de ley en su casa de habitación,
en el domicilio real de éste, o bien en el domicilio social o real. Artículos
19 y 20 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se
comisiona al Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Escazú, San José para
notificar a la sociedad Palms International Costa
Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada representado(a) por Mark Edward
Peterson puede ser localizada en la siguiente dirección: San José, Escazú, distrito
San Rafael, de Multicentro Paco 500 metros al oeste y 200 metros al sur y a la
demandada Deborah Buckoski Gauthier
sea en Puntarenas, Jacob, camino a Playa Jacob, de la entrada a Herradura 300
metros en las oficinas de Palm International para tales efectos se comisiona al
Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Jacob. En caso que
el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso
restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario (a) notificador (a), a
efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Se le previene a la parte interesada, que
para efectos de la diligencia en cuestión, si a bien lo tiene, deberá señalar
un medio para atender notificaciones ante la autoridad comisionada, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán
notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá
igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio
señalado. Artículos 11, 34, 35, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Licda. Yorleni Bello Varela jueza. Lo anterior se ordena así en
proceso OR.S.PRI. Prestac. Laborales de Xiomara del
Carmen Salmerón Treminio contra Deborah Buckoski Gauthier, Palms International Costa Rica Sociedad de Responsabilidad
Limitada; expediente Nº 16-000180-1052-LA. Nota:
publíquese por una sola vez, en el Boletín Judicial.—Juzgado de Trabajo de Santa
Cruz, 26 de agosto del 2019.—Licda. Brenda Celina Calvo De La O, Jueza
Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2019377264 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de José Pedro Nolasco López Castillo, cédula de identidad
número: 05-0088-0733, fallecido el 05 de febrero del año 2019, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector privado bajo
el número 19-000180-0868-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 19-000180-0868-LA. A favor de: Enrriqueta
Carrillo Carrillo, cédula de identidad número:
05-0087-0674.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste
(Materia Laboral),
23 de agosto del 2019.—Licda. Ximena Jiménez Soto, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019377603 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En este
Despacho, con una base de diecisiete millones novecientos ochenta y nueve mil
novecientos noventa y tres colones con cuatro céntimos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando calle de entrada, referencia 00268567, citas de
inscripción 0348-00013249-01-0941-001; sáquese a remate la finca del partido de
San José, matrícula número trescientos veintidós mil trescientos diecisiete,
derecho cero cero cero, la
cual es terreno para construir con una casa, lote 13, sector H. Situada en el
distrito San Rafael Abajo, cantón Desamparados, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, alameda; al sur, lotes 7 y 8 sector H; al este, lote 14
sector H; y al oeste, lote 12 sector H. Mide: ochenta y tres metros con
cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez
horas y cero minutos del siete de octubre de dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del
quince de octubre de dos mil diecinueve con la base de trece millones
cuatrocientos noventa y dos mil cuatrocientos noventa y cuatro colones con
setenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintitrés
de octubre de dos mil diecinueve con la base de cuatro millones cuatrocientos
noventa y siete mil cuatrocientos noventa y ocho colones con veintiséis
céntimos (25% de la base original). NOTAS: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopeservidores R. L. contra Eamy
Sarela Solís Mena. Expediente 19-002671-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 26 de abril del año 2019.—Lic. Yesenia
Solano Molina, Jueza Decisora.—( IN2019378009 ).
En este Despacho, con una base de veintinueve
millones ochocientos treinta y cinco mil ciento sesenta y seis colones con seis
céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre dominante, citas: 0375-00012875-01-0924-001
y servidumbre trasladada, citas: 0375-00012875-01-0925-001; sáquese a
remate la finca del partido de San José, matrícula número 9204-F, derecho 000,
la cual es naturaleza: casa Nº 11 habit
familiar. Situada en el distrito 09 Pavas, cantón 01 San José, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, área común de parque; al sur área de calle; al
este, casa 12; y al oeste, casa 10. Mide: sesenta y nueve metros con noventa y
nueve decímetros cuadrados. Plano: SJ-0254820-1995. Para tal efecto, se señalan
las nueve horas y veinte minutos del cinco de noviembre de dos mil diecinueve.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y veinte
minutos del trece de noviembre de dos mil diecinueve con la base de veintidós millones
trescientos setenta y seis mil trescientos setenta y cuatro colones con
cincuenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y veinte minutos
del veintiuno de noviembre de dos mil diecinueve con la base de siete millones
cuatrocientos cincuenta y ocho mil setecientos noventa y un colones con
cincuenta y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Servidores Públicos R. L. contra Martín
Quesada García. Expediente 19-007093-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 05 de
junio del año 2019.—Lic. Cinthia Segura Durán, Jueza Decisora.—( IN2019378012
).
En este Despacho, con una base de dos
millones doscientos dos mil seiscientos ochenta y cinco colones con trece
céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo
CMQ076, marca Nissan, estilo: Tidda, categoría:
automóvil, año: 2014, color: blanco, tracción: 4X2, vin:
3N1CC1AD4ZK254587, motor: HR16735707H, cilindrada: 1.598 cc,
combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cero minutos
del ocho de noviembre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del dieciocho de
noviembre del año dos mil diecinueve con la base de un millón seiscientos
cincuenta y dos mil trece colones con ochenta y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
nueve horas y cero minutos del veintiséis de noviembre del año dos mil
diecinueve con la base de quinientos cincuenta mil seiscientos setenta y un
colones con veintiocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Manuel Quiroz
Aguilar. Expediente 18-007190-1200-CJ.—Juzgado de
Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 13 de agosto del
año 2019.—Lic. Eileen Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—( IN2019378029 ).
En este Despacho, con una base de dos millones
trescientos ochenta y seis mil novecientos cincuenta y un colones exactos,
libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BCL262,
marca: Hyundai, estilo: I10GLS, categoría: automóvil, año fabricación: 2013,
capacidad: 5 personas, color: azul, vin:
MALAN51CADM175984 y N° motor: G4LACM861668. Para tal
efecto se señalan las once horas y quince minutos (11:15 a. m.) del treinta de
setiembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las once horas y quince minutos (11:15 a. m.) del ocho de octubre
de dos mil diecinueve, con la base de un millón setecientos noventa mil
doscientos trece colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y
quince minutos (11:15 a. m.) del dieciséis de octubre de dos mil diecinueve,
con la base de quinientos noventa y seis mil setecientos treinta y siete
colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual
deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos
derechos de publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el
mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá
indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva
corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo
Canafin S. A. contra Francisco González Briceño.
Expediente: 19-010051-1044-CJ.—Juzgado Primero
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 5 de
agosto del 2019.—Audrey Abarca Quirós, Juez Decisor.—( IN2019378035 ).
En este Despacho, con una base de diez mil
doscientos ochenta y siete dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo RJR113, marca: Land
Rover, estilo: Discovery 4 S, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, año:
2012, color: rojo, cilindrada:3000 c.c., Vin:
SALLAAAF4CA642094, combustible: diesel, número de
motor: 0621188306DT. Para tal efecto se señalan las once horas y quince minutos
del uno de octubre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas y quince minutos del nueve de octubre del
dos mil diecinueve con la base de siete mil setecientos quince dólares con
veinticinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas y quince minutos del diecisiete
de octubre del dos mil diecinueve con la base de dos mil quinientos setenta y
un dólares con setenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A. contra
Christchurch Inc. Sociedad Anónima. Expediente N°
18-011770-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San José,
25 de enero del 2019.—Licda. Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza.—( IN2019378037 ).
En este Despacho, con una base de dos
millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa BML040, marca Hyundai, estilo Elantra Touring GLS, chasis
KMHDB8AEOBU118934, capacidad 5 personas, color blanco, año 2011, combustible
gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta
de setiembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las nueve horas y cero minutos del ocho de octubre de dos mil
diecinueve con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de octubre de
dos mil diecinueve con la base de seiscientos veinticinco mil colones exactos
(25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas,
la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha
fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Grupo Canafin S. A. contra Miguel Ángel
González González. Expediente Nº
19-004652-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 07 de mayo del año 2019.—Licda.
Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2019378044 ).
En este Despacho, con una base de ocho
millones de colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando reservas y
restricciones bajo las citas: 387-10473-01-0926-001; sáquese a remate la finca
del partido de Limón, matrícula número 47013-000, la cual es naturaleza: lote
catorce construir. Situada: en el distrito 03 Rita, cantón 02 Pococí, de la
provincia de Limón. Colinda: al norte, INVU; al sur, INVU; al este, calle
pública, y al oeste, INVU. Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados. Plano
catastrado: L-0821764-1989. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y
treinta minutos del veintiuno de noviembre del dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y treinta minutos
del veintinueve de noviembre del dos mil diecinueve, con la base de seis
millones de colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos
del nueve de diciembre del dos mil diecinueve, con la base de dos millones de
colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
Despacho. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado
cancelar ante la Imprenta Nacional los respectivos derechos de publicación,
previa revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores
que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del
tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Nación GN S. A. contra
Inversiones Douglas del Atlántico S. A. y María Rita Acosta Gutiérrez.
Expediente Nº 17-013568-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 25
de junio del 2019.—Lic. Henry Steven Sanarrusia
Gómez, Juez Decisor.—( IN2019378062 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta y
nueve mil trescientos veinticuatro dólares exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
316-15994-01-0901-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
2016-269850-01- 0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número ciento setenta y ocho mil novecientos sesenta y uno, derecho
cero cero cero, la cual es
terreno naturaleza: terreno para construir con una casa .- Situada en el
distrito 5-Concepción, cantón 5-Atenas , de la provincia de Alajuela.- Colinda:
al noreste Villa Maya numero 2 su Paraíso SRL; al noroeste : Didier Chaves
Bolaños; al sureste : calle pública con 9,49 metros lineales de frente y al
suroeste : Celso Bolaños.- Mide: doscientos cuarenta y ocho metros con
veintiséis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas
y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de octubre de dos mil diecinueve. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cuarenta
y cinco minutos del veintinueve de octubre de dos mil diecinueve con la base de
treinta y seis mil novecientos noventa y tres dólares exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
catorce horas y cuarenta y cinco minutos del seis de noviembre de dos mil
diecinueve con la base de doce mil trescientos treinta y un dólares exactos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mahmood Shahlavi contra Devis Leonel
Rivera Gómez Expediente Nº 19-002254-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, 16 de agosto del 2019.—Licda. Michelle Allen Umaña, Jueza
Tramitadora.—( IN2019378096 ).
En este Despacho, con una base de veintidós
mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
condiciones referencia 00322047-000 bajo las citas 358-15202-01-0985-001;
sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número:
trescientos treinta y ocho mil trescientos cincuenta y siete, derecho 000 la
cual es terreno lote N ciento noventa y nueve con dos casas de habitación.
Situada en el distrito: 6 San Francisco de Dos Ríos, cantón: 01 San José, de la
provincia: San José. Colinda: al norte, calle pública 9 m 20 cm; al sur, lote
192; al este, lote 200; y al oeste, lote 198. Mide: ciento sesenta y dos metros
con setenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez
horas y cero minutos del catorce de noviembre del dos mil diecinueve. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos
del veintidós de noviembre del dos mil diecinueve con la base de dieciséis mil
quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del
dos de diciembre del dos mil diecinueve con la base de cinco mil quinientos
dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Transportes Guardia Ltda. contra Comp O G Sociedad
Anónima. Expediente N° 17-007012-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro
Primer Circuito Judicial de San José, 18 de junio
del 2019.—Lic. Henry Steven Sanarrusia Gómez, Juez
Decisor.—( IN2019378097 ).
En este despacho, con una base de ocho mil
quinientos cincuenta y dos dólares con cuarenta y cuatro centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MRR305 estilo: Accent GL, marca: Hyundai, categoría: automóvil, capacidad:
5 personas, año: 2012, color: blanco, VIN: KMHCT41DACU191072, motor:
G4FCBU444767, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas
y cero minutos del quince de octubre del año dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del
veintitrés de octubre del año dos mil diecinueve con la base de seis mil
cuatrocientos catorce dólares con treinta y tres centavos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
nueve horas y cero minutos del treinta y uno de octubre del año dos mil
diecinueve con la base de dos mil ciento treinta y ocho dólares con once
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos de SJ S.A. contra Luis Alonso
Alvarado Vega. Expediente N° 18-004791-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur
(Pérez Zeledón), 16 de julio del año 2019.—Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza
Tramitadora.—( IN2019378110 ).
En este Despacho, con una base de trece mil
novecientos dólares con treinta y tres centavos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BNH531, marca Chevrolet,
categoría automóvil, carrocería sedan 4 puertas Hatchback, chasis
MA6CH6CD8HT000927, uso particular, estilo Spark Classic LTZ, capacidad 5 personas, año 2017, color
plateado, número motor B12D1170330038, combustible gasolina. Para tal efecto se
señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de octubre de
dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de octubre de dos mil
diecinueve con la base de diez mil cuatrocientos veinticinco dólares con
veinticuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del
cuatro de noviembre de dos mil diecinueve con la base de tres mil cuatrocientos
setenta y cinco dólares con ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se
les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos SJ
Sociedad Anónima contra Eduardo Enrique Baltodano Cuadra. Expediente N° 19-005636-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 20 de
mayo del 2019.—Licda. Cinthia Segura Durán, Jueza Decisora.—( IN2019378114 ).
En este Despacho, con una base de catorce mil
ochocientos sesenta y un dólares con cincuenta y seis centavos, libre de
gravámenes prendarios y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas:
CL303607, marca: Chevrolet, estilo: N300, capacidad: 2 personas, categoría:
carga liviana, color: blanco, vin: LZWCCAGA2H6003223,
motor número: LAQUG70720598. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero
minutos del cinco de noviembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el
segundo remate, se efectuará a las diez
horas y cero minutos del trece de noviembre del dos mil diecinueve, con la base
de once mil ciento cuarenta y seis dólares con diecisiete centavos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan
las diez horas y cero minutos del veintiuno de noviembre del dos mil
diecinueve, con la base de tres mil setecientos quince dólares con treinta y
nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito de San José S. A. contra Juan
Manuel Lobo Silva. Expediente Nº 18-004803-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la
Zona Sur (Pérez Zeledón), 08 de julio del 2019.—Carlos Contreras Reyes, Juez
Decisor.—( IN2019378116 ).
En este Despacho, con una base de setenta
millones trescientos noventa y cuatro mil seiscientos treinta y dos colones con
treinta y nueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula número 25858-F-000, la cual es terreno
filial número uno, de dos plantas, destinada a uso habitacional, en proceso de
construcción. Situada en el distrito 02 Sabanilla, cantón 15 Montes De Oca, de
la provincia de San José. Colinda: al norte filial dos y zona verde; al sur
zona verde común; al este Rafael Ortiz Céspedes y al
oeste acceso vehicular y zona verde. Mide: ciento ochenta y siete metros con
cincuenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce
horas y cero minutos del veintitrés de setiembre del año dos mil diecinueve. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero
minutos del uno de octubre del año dos mil diecinueve con la base de cincuenta
y dos millones setecientos noventa y cinco mil novecientos setenta y cuatro
colones con veintinueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos
del nueve de octubre del año dos mil diecinueve con la base de diecisiete
millones quinientos noventa y ocho mil seiscientos cincuenta y ocho colones con
cero nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Antonio Ninni de un
solo apellido. Expediente Nº 19-004740-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Segunda, 22 de julio del año 2019.—Licda Ana Elsy Campos Barboza, Jueza Tramitadora.—(
IN2019378118 ).
En este Despacho, con una base de quince mil
cuatrocientos noventa y seis dólares con diecinueve centavos, libre de
gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones boleta:
2017317000285 sumaria: 17-001212-0492-TC; sáquese a remate el vehículo placas
BBM-917, marca Hyundai. Estilo Tucson GL. Categoría automóvil. Capacidad 5
personas. Año 2012. Color plateado. VIN KMHJT81BBCU358583. Cilindrada 2000 CC.
Combustible gasolina. Motor Nº G4KDBU474597. Para tal
efecto se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciocho de noviembre
del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las catorce horas y cero minutos del veintiséis de noviembre del año dos mil diecinueve con la base de
once mil seiscientos veintidós dólares con catorce centavos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
catorce horas y cero minutos del cuatro de diciembre del año dos mil diecinueve
con la base de tres mil ochocientos setenta y cuatro dólares con cinco centavos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora
de Créditos SE S.J Sociedad Anónima contra José Miguel Romero Blanco.
Expediente N° 18-000095-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 23 de julio del
año 2019.—Eileen Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—( IN2019378119 ).
En este Despacho, con una base de veintiún
millones doscientos ochenta mil setecientos cuarenta colones con quince
céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del
partido de Heredia, matrícula número ciento cuarenta y seis mil ochocientos
setenta y cinco, derecho 000, la cual es terreno para construir lote 24.
Situada en el distrito-Jesús, cantón Santa Bárbara, de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, calle 1 con 7.50 metros; al sur, Carlos Badilla Alvarado; al
este, lote 23; y al oeste, lote 25. Mide: ciento treinta y nueve metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco
minutos del veinticinco de octubre del dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cuarenta y cinco
minutos del cuatro de noviembre del dos mil diecinueve con la base de quince
millones novecientos sesenta mil quinientos cincuenta y cinco colones con once
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del doce de
noviembre del dos mil diecinueve con la base de cinco millones trescientos
veinte mil ciento ochenta y cinco colones con cuatro céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Juan José Castillo Contreras. Expediente N°
19-000592-1158-CJ.—Juzgado de Cobro
de Heredia, 12 de agosto del 2019.—Pedro Javier Ubau Hernández, Juez Tramitador.—( IN2019378121 ).
En este Despacho, con una base de once mil
ciento veintisiete dólares con treinta y siete centavos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BKV467, marca Honda, estilo Civic LX, VIN 19XFB2F53CE009189, año 2012, color negro,
tracción 4X2, cilindrada 1800C.C..-. Para tal efecto se señalan las nueve horas
y quince minutos del dos de octubre de dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y quince minutos del
diez de octubre de dos mil diecinueve con la base de ocho mil trescientos
cuarenta y cinco dólares con cincuenta y tres centavos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
nueve horas y treinta minutos del veintiuno de octubre de dos mil diecinueve
con la base de dos mil setecientos ochenta y un dólares con ochenta y cuatro
centavos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta.- Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banca Promerica contra Christopher Edgardo Barboza
Hidalgo. Expediente Nº 18-007317-1044-CJ Previo a
realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los
datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de
inmediato para su corrección..—Juzgado Primero
Especializado de Cobro I Circuito Judicial de San José, 9 de agosto
del 2019.—Wendy Pagani Rojas, Jueza
Decisor.—( IN2019378125 ).
En este Despacho, con una base de ciento
noventa y cinco mil seiscientos noventa y cuatro dólares con noventa y nueve
centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso
ref.: 1908-354-005, citas: 0332-00019908-01-0901-001; sáquese a remate la finca
del Partido de San José, matrícula N° 00184794,
derecho 000, la cual es terreno para construir una casa. Situada en el distrito
Pavas, cantón San José de la provincia de San José. Colinda: al norte,
reservado para calle pública; al sur, Urbanizadora Rohrmoser;
al este, Urbanizadora Rohrmoser; y al oeste,
Urbanizadora Rohrmoser. Mide: trescientos setenta y
ocho metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las
catorce horas y treinta minutos del diecisiete de febrero de dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta
minutos del veinticinco de febrero de dos mil veinte, con la base de ciento
cuarenta y seis mil setecientos setenta y un dólares con veinticuatro centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las catorce horas y treinta minutos del cuatro de marzo de dos mil
veinte, con la base de cuarenta y ocho mil novecientos veintitrés dólares con
setenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas firmado digital de: en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Promérica de
Costa Rica S. A. contra Neftaly García Testa y Herny Corporation Sociedad
Anónima. Expediente N° 19-002142-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 7 de agosto del 2019.—Nidia Durán Oviedo,
Jueza Tramitadora.—( IN2019378129 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta y
cinco mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate
la finca del partido de San José, matrícula número 145471-000, la cual es
terreno industrial con una edificación. Situada: en el distrito Catedral, cantón
San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Guillermo Guerrero;
al sur, Humberto Quirós Campos; al este, calle pública con 6 m 71 cm, y al
oeste, Adelina Schumann. Mide: ciento sesenta y cinco metros con sesenta y tres
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta
minutos del dos de octubre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el
segundo remate, se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del diez de
octubre del dos mil diecinueve, con la base de treinta y tres mil setecientos
cincuenta dólares exactos (75% de la base original), y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos
del veintiuno de octubre del dos mil diecinueve, con la base de once mil doscientos
cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Propiedades de la Fuente S. A. contra Taller
Industrial Quirós Hermanos S. A. Expediente Nº
18-016744-1044-CJ. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte
actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo
comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 13
de agosto del 2019.—Wendy Mayela Pagani Rojas, Jueza Decisora.—( IN2019378132
).
En este Despacho, con una base de quince
millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 00192952,
derecho 000, la cual es terreno de monte con una casa. Situada en el distrito
02 San Miguel, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, Manuel Badilla; al sur, Andrés García Prado; al este, Alicia Madrigal
Romero y quebrada en medio y al oeste, Priscilla Hernández Badilla y calle
pública. Mide: seiscientos treinta y cinco metros con cero decímetros
cuadrados. Plano: SJ-2064285-2018. Para tal efecto, se señalan las nueve horas
y cero minutos del treinta y uno de octubre de dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del
ocho de noviembre de dos mil diecinueve con la base de once millones
seiscientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y
cero minutos del dieciocho de noviembre de dos mil diecinueve con la base de
tres millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este
edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Propiedades de La Plata
Sociedad Anónima contra María Priscila Hernández Badilla, expediente N° 19-006256-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 07 de
junio del 2019.—Cinthia Segura Durán, Jueza Decisora.—( IN2019378133 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de
Caminos Públicos citas: 325-03705-01-0007-001; con una base de tres millones
trescientos quince mil doscientos veinte colones con setenta y cuatro céntimos
sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 146953,
derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa situada en el
Distrito 4-Laurel cantón 10-Corredores, de la provincia de Puntarenas.
Linderos: al norte, Coopetrabasur R L; al sur, Rodolfo
Alvarado Villegas; al este, Coopetrabasur R L, Excelent Cajina Ramírez, Eugemia
Centeno Quintero; y al oeste, calle pública, con 16 metros. Mide: trescientos
ochenta y un metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Plano:
P-0597321-1999. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos
del veintiocho de noviembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del seis de
diciembre del dos mil diecinueve con la base de dos millones cuatrocientos
ochenta y seis mil cuatrocientos quince colones con cincuenta y seis céntimos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de diciembre del dos
mil diecinueve con la base de ochocientos veintiocho mil ochocientos cinco
colones con diecinueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Gerardo Antonio
Díaz Fuentes. Expediente N° 18-001350-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito,
19 de agosto del 2019.—Lic. Minor Delgado Sánchez,
Juez.—( IN2019378141 ).
En este Despacho, con una base de veintisiete
mil seiscientos cuarenta y siete dólares con tres centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas CL 303246, marca: Fiat,
estilo: Doblo cargo, capacidad: 2 personas, serie: ZFA263000J6F71186, tracción:
4X2, número chasis: ZFA263000J6F71186, año fabricación: 2017, color: blanco, Vin: ZFA263000J6F71186, N.Motor:
199A30006326552, N. serie: NO indicado, cilindrada: 1300 C.C, combustible:
Diesel. Para tal efecto se señalan las dieciséis horas y cero minutos del
treinta de octubre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las dieciséis horas y cero minutos del siete de noviembre
de dos mil diecinueve con la base de veinte mil setecientos treinta y cinco
dólares con veintisiete centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos
del quince de noviembre de dos mil diecinueve con la base de seis mil
novecientos once dólares con setenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Cafsa S. A. contra BM Veintidós CR S.A, Braxis
Cerna Arroyo. Expediente Nº 18-008164-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 05 de
agosto del año 2019.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Tramitadora.—(
IN2019378145 ).
En este despacho, con una base de doce mil
doscientos cincuenta y seis dólares con diecinueve centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa CL-258005 marca:
Isuzu estilo: D-Max categoría: carga liviana capacidad: 2 personas, serie:
MPATFS54HBH506786, peso bruto: 2750 kgrms.,
carrocería: caja cerrada o furgón. Para tal efecto se señalan las ocho horas y
cero minutos del cinco de noviembre del año dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a
las ocho horas y cero minutos del trece de noviembre del año dos mil diecinueve
con la base de nueve mil ciento noventa y dos dólares con catorce centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las ocho horas y cero minutos del veintiuno de noviembre del año dos
mil diecinueve con la base de tres mil sesenta y cuatro dólares con cinco
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito SJ S. A. contra Ibérico S. A.
Expediente N° 16-002799-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 26 de julio del
año 2019.—Carlos Contreras Reyes, Juez Decisor.—( IN2019378146 ).
En este Despacho, con una base de doce mil
quinientos sesenta y ocho dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placas: BHZ716, marca: Hyundai, categoría:
automóvil, estilo: Accent GL, capacidad: 5 personas,
año: 2016, color: negro, tracción: 4x2, chasís: KMHCT41BAGU898959, techo: techo
alto, uso: particular. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta
minutos del dieciocho de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del
veintiséis de noviembre de dos mil diecinueve con la base de nueve mil
cuatrocientos veintiséis dólares exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y
treinta minutos del cuatro de diciembre de dos mil diecinueve con la base de
tres mil ciento cuarenta y dos dólares exactos (25% de la base original).
Notas: se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos SJ
Sociedad Anónima contra Jordan Francisco Arboine Cruz, expediente N°
19-006471-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 27 de mayo del 2019.—Mayra
Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2019378148 ).
En este Despacho, con una base de veintiséis
mil cincuenta y ocho dólares con noventa y cuatro centavos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando infracciones/colisiones boleta 2016235400209 sumaria
16003786-0489-TR Juzgado de Tránsito Primer Circuito Judicial de San Jose; sáquese a remate el vehículo placas JSB-651, marca
Mitsubishi. Estilo ASX GLX. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año
2014. Color gris. Vin 4P3XNGA2WEE901181. Cilindrada 1998
CC. Combustible gasolina. Motor Nº4B11LN1437. Para tal efecto se señalan las
nueve horas y cero minutos del nueve de octubre del año dos mil diecinueve. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero
minutos del diecisiete de octubre del año dos mil diecinueve con la base de
diecinueve mil quinientos cuarenta y cuatro dólares con veintiún centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las nueve horas y cero minutos del veinticinco de octubre del año dos
mil diecinueve con la base de seis mil quinientos catorce dólares con setenta y
cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por Firmado digital de: dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito de San
Jose S.A contra Randall Alfonso Araya Coto
Exp:18-000033-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer
Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 10 de julio del 2019.—Carlos
Contreras Reyes, Juez Decisor.—( IN2019378150 ).
En este Despacho, con una base de veinticinco
millones quinientos sesenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y nueve colones
con cincuenta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre trasladada, citas: 0325-00011148-01-0905-001; sáquese a remate la
finca del partido de Cartago, matrícula número 00163534-000, la cual es terreno
naturaleza: terreno con una casa. Situada en el distrito 2-San Diego, cantón
3-La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte calle publica; al sur
William Matamoros; al este Jesús Conejo Fernández y al oeste María Teresa
Barquero Mesen. Mide: ciento noventa y ocho metros con ochenta y tres
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta
minutos del ocho de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de
noviembre de dos mil diecinueve con la base de diecinueve millones ciento
setenta y cuatro mil noventa y cuatro colones con sesenta y cuatro céntimos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre de dos
mil diecinueve con la base de seis millones trescientos noventa y un mil
trescientos sesenta y cuatro colones con ochenta y ocho céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de
Empleados de la Caja Costarricense del Seguro Social contra Nancy Yadira
Badilla Badilla. Expediente Nº
18-010357- 1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 12 de agosto del año 2019.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza
Decisora.—( IN2019378216 ).
En este Despacho, con una base de seis
millones cuatrocientos ochenta y dos mil ciento setenta colones con cincuenta y
cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca
del partido de Alajuela, matrícula número ciento ochenta mil setecientos
veintisiete, derecho cero cero cero,
la cual es terreno con una casa. Situada: en el distrito 1-Naranjo, cantón
6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 25 destinado a
parque; al sur, lote 39; al este, lote 94 dest. a
calle con 9 m, y al oeste, Enrique Sepúlveda Negrón. Mide: trescientos diez
metros con veinticinco decímetros cuadrados. Plano: A-0349586-1979. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del cuatro de noviembre del
dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las
ocho horas y cero minutos del doce de noviembre del dos mil diecinueve, con la
base de cuatro millones ochocientos sesenta y un mil seiscientos veintisiete
colones con noventa y un céntimos (75% de la base original), y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del
veinte de noviembre del dos mil diecinueve, con la base de un millón
seiscientos veinte mil quinientos cuarenta y dos colones con sesenta y cuatro
céntimos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Silvinio Adelio del Carmen
Bonilla Leiva. Expediente Nº 19-001754-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 20 de agosto del
2019.—Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2019378227 ).
En este despacho, con una base de un millón
quinientos veintiún mil doscientos sesenta y cuatro colones con veintisiete
céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y
restricciones bajo las citas: 386-17628-01-0843-001 y reservas de ley de aguas
y ley de caminos públicos bajo las citas: 408-19890-01-0325-001; sáquese a
remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 253.120-000, la cual
es terreno para vivienda N° 39. Situada en el
distrito 2, Buena Vista cantón 15, Guatuso, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, lote 37; sur, calle pública; este, lote 38; oeste, lote 40.
Mide: ochocientos metros cuadrados. Plano: A-0932709-1990. Para tal efecto, se
señalan las quince horas y cero minutos del veintitrés de setiembre del año dos
mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas y cero minutos del uno de octubre del año dos mil diecinueve con
la base de un millón ciento cuarenta mil novecientos cuarenta y ocho colones
con veinte céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del nueve de
octubre del año dos mil diecinueve con la base de trescientos ochenta mil
trescientos dieciséis colones con siete céntimos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de FUNDECOCA contra Rufina Pomares Godínez.
Exp:18-003377-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, 04 de julio del año 2019.—Lilliam Álvarez
Villegas, Jueza Decisora.—( IN2019378228 ).
En este Despacho, con una base de once
millones colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate
el vehículo C-164753, marca Isuzu, estilo FRR, categoría carga pesada,
capacidad 3 personas, año 2004, color blanco, vin.
JALF5C13147700630 cilindrada 7800 cc, combustible diesel, motor Nº 6HK1831368. Para
tal efecto se señalan las catorce horas y cero minutos del cuatro de octubre de
dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas y cero minutos del catorce de octubre de dos mil diecinueve con
la base de ocho millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las catorce horas y cero minutos del veintidós de octubre de dos mil diecinueve
con la base de dos millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Kattia del Socorro Calderón Corrales contra Jeanneth
Josefina Quesada Monge, expediente N° 16-003343-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de
Cartago, 09 de agosto del 2019.—Gerardo Monge Blanco, Juez Decisor.—(
IN2019378230 ).
En este Despacho, con una base de diecisiete
millones cuatrocientos sesenta y tres mil doscientos cuarenta colones con
sesenta y siete céntimos, soportando practicado bajo las citas: 800-479518-01- 0001-001,
sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 302419-000,
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1 Quesada, cantón 10
San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Olga María
Rodríguez Rojas y en parte Ricardo Araya Cubillo; sur, Ricardo Araya Cubillo;
este, en parte calle pública con un frente de 3 metros lineales y Olga María
Rodríguez Rojas; y oeste, Municipalidad de San Carlos. Mide: ciento sesenta y
seis metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Plano: A-0294161-1995.
Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del diez de
octubre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las trece horas y treinta minutos
del dieciocho de octubre del año dos mil diecinueve con la base de trece
millones noventa y siete mil cuatrocientos treinta colones con cincuenta
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiocho de octubre
del año dos mil diecinueve con la base de cuatro millones trescientos sesenta y
cinco mil ochocientos diez colones con diecisiete céntimos (25% de la base
original). Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Coocique R.
L. contra Carlos Luis Sánchez Vindas. Expediente 18-006360-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, 05 de agosto del año 2019.—Lic. Bridley
Rodríguez Aguilar, Jueza Decisora.—( IN2019378236 ).
En este Despacho, con una base de ciento
diecisiete millones novecientos noventa y siete mil ciento treinta y cinco
colones con sesenta y nueve céntimos, soportando arrendamiento de finca citas:
2019-387544-001 / servidumbre trasladada citas: 332-06025-01-0900-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 570243-000, la cual
es terreno con una casa nave comercial. Situada: en el distrito 4-San Gabriel,
cantón 6-Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, camino público
con 22.26 metros de frente; al sur, Gregoria López Canales; al este, calle
pública con 19.78 metros de frente, y al oeste, Gregoria López Canales. Mide:
quinientos treinta y dos metros con veintinueve decímetros cuadrados; Y
soportando servidumbre trasladada citas: 332-06025-01-0901-001 la finca
matrícula número 654672, derechos 001 y 002, la cual es terreno para cultivo de
café y solar. Situada: en el distrito 4-San Gabriel, cantón 6-Aserrí, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Alba Fallas y calle pública; al sur, Agapito
Solano Jiménez y Flor López Canales; al este, Hacienda Sacramento S. A., y
servidumbre de paso con ancho de 6 metros, y al oeste, Alba Fallas Rodríguez.
Mide: novecientos cincuenta y un metros cuadrados. Para tal efecto, señalan las
ocho horas y treinta minutos del catorce de noviembre del dos mil diecinueve.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y
treinta minutos del veintidós de noviembre del dos mil diecinueve, con la base
de ochenta y ocho millones cuatrocientos noventa y siete mil ochocientos
cincuenta y un colones con setenta y siete céntimos (75% de la base original),
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas
y treinta minutos del dos de diciembre del dos mil diecinueve, con la base de
veintinueve millones cuatrocientos noventa y nueve mil doscientos ochenta y
tres colones con noventa y dos céntimos (25% de la base original). De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las con la base de (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
con la base de (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de la
Comunidad de Ciudad Quesada Coocique R.L. contra
Gerardo Francisco Solís Méndez, Hacienda Sacramento Sociedad Anónima, Roxiris Auxiliadora Solano Abarca. Expediente Nº 19-002174-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de
San José, 05 de agosto del 2019.—Lic. Mauricio Hidalgo Hernández, Juez
Decisor.—( IN2019378238 ).
En este Despacho, con una base de setenta y
ocho millones doscientos cincuenta y dos mil ciento ochenta y un colones con
seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del
partido de guanacaste, matrícula número cuarenta y cinco mil doscientos uno,
derecho cero cero cero, la
cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito 1-Liberia,
cantón 1-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, sucesión de
Antonio Guillen Aguirre; al sur, Juan Rafael Vega Cañas; al este, calle pública
y al oeste, Alfonso Arburola Arburola. Mide:
doscientos veintitrés metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Plano:
G-0301902-1978. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del
veintidós de octubre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del treinta de octubre
del año dos mil diecinueve con la base de cincuenta y ocho millones seiscientos
ochenta y nueve mil ciento treinta y cinco colones con ochenta céntimos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las diez horas y cero minutos del
siete de noviembre del año dos mil diecinueve con la base de diecinueve
millones quinientos sesenta y tres mil cuarenta y cinco colones con veintisiete
céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Corporación Wive Sociedad
Anónima. Expediente N° 19-004052-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste,
20 de agosto del año 2019.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Jueza Decisor.—(
IN2019378240 ).
En este Despacho, con una base de doscientos
diez millones trescientos treinta y ocho mil doscientos setenta y cinco colones
exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del
partido de Guanacaste, matrícula número treinta y cinco mil seiscientos trece,
derecho 001, la cual es terreno naturaleza: Agricultura, pastos y montaña
situada en el distrito 2- Quebrada Grande cantón 8-Tilaran de la provincia de
Guanacaste Linderos: norte: Rio Quebrada Grande sur: calle Pirineos en 1-2
Benigno Sanche este: Nelson Vidal González Rojas
oeste: Noemy Benigna González Rojas. Mide: doscientos treinta mil metros
cuadrados plano: No se indica. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y
cero minutos del catorce de octubre del año dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del
veintidós de octubre del año dos mil diecinueve con la base de ciento cincuenta
y siete millones setecientos cincuenta y tres mil setecientos seis colones con
veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del treinta de
octubre del año dos mil diecinueve con la base de cincuenta y dos millones
quinientos ochenta y cuatro mil quinientos sesenta y ocho colones con setenta y
cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Moisés Rodríguez
Castro contra Javier Enrique Loria Sánchez, Victorino Loria Arias. Expediente Nº 12-001132-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 18 de julio del año
2019.—Licda. Jorge Zúñiga Jaén, Juez Decisor.—( IN2019378242 ).
En este Despacho, con una base de tres
millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando reservas y restricciones citas: 354-12619-01-0900-001; sáquese a
remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número cincuenta y seis
mil trescientos veintitrés, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada
en el distrito 1-Santa Cruz, cantón 3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste.
Linderos: norte, Cándida Montes Montes; sur, Marcos
Paniagua Solano; este, Cándida Montes Montes, Ismael
Gómez y oeste, calle pública 23m 78cm lineales. Mide: quinientos sesenta y
cuatro metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Plano: G-0581147-1985.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de
setiembre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate
se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del cuatro de octubre del año
dos mil diecinueve con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil
colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del catorce de
octubre del año dos mil diecinueve con la base de ochocientos setenta y cinco
mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Carlos Enrique Rodríguez Torres, expediente N° 18-002201-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 12 de agosto del 2019.—Lic.
Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez Decisor.—( IN2019378243 ).
En este Despacho, con una base de doce
millones quinientos dos mil seiscientos diecisiete colones con diecinueve
céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando Infracciones
colisiones, boleta 2018251400269, sumaria 18-001706-0804-TR; sáquese a remate
el vehículo placas: BNG099, marca: Mitsubishi estilo: Outlander,
categoría: automóvil, capacidad: 5 personas Carrocería: todo terreno 4 puertas
tracción: 4X2 número de chasis: JMYXTGF2WHJ001107, año fabricación: 2017,
color: café número Motor: 4B11SR1349, cilindrada: 200 c.c. combustible:
gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas y cero minutos del
dieciséis de octubre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del veinticuatro de
octubre del año dos mil diecinueve con la base de nueve millones trescientos
setenta y seis mil novecientos sesenta y dos colones con ochenta y nueve
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las ocho horas y cero minutos del uno de noviembre del año
dos mil diecinueve con la base de tres millones ciento veinticinco mil
seiscientos cincuenta y cuatro colones con treinta céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra José Oldemar López Retana. Expediente Nº
19-002390-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito
Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 13 de junio del 2019.—Eileen Chaves
Mora, Jueza Tramitadora.—( IN2019378247 ).
En este Despacho, con una base de sesenta mil
dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones, sáquese a remate la finca
del partido de San José, matrícula número 392094-000, la cual es terreno de
naturaleza para construir con 1 apartamento. Situada en el distrito 03 San
Rafael, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte. Cía.
Urbanizaciones Comerciales S. A.; al sur, calle pública; al este,
Urbanizaciones Comerciales S. A.; y al oeste, Sociedad Auto Pintura S. A. Mide:
doscientos cincuenta y nueve metros con ochenta decímetros cuadrados metros
cuadrados, plano SJ-0966883-1991. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y
cero minutos del veintiocho de octubre de dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del
cinco de noviembre de dos mil diecinueve con la base de cuarenta y cinco mil
dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del trece de noviembre
de dos mil diecinueve con la base de quince mil dólares exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rafael Ángel Domingo Elizondo
Elizondo contra Inmobiliaria Quince Mil Quince S. A.
Expediente 19-007414-1044-CJ.—Juzgado Primero
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 28 de agosto
del año 2019.—Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez Decisor.—( IN2019378256 ).
En este Despacho, con una base de dieciocho
millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre trasladada bajo las citas: 276-04587-01-0903-0; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula número cuatrocientos cincuenta y
cuatro mil doscientos diecinueve, derecho 000, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 4-San Gabriel, cantón 6-Aserrí, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 11.80 metros de
frente y servidumbre de paso con 3.61; al sur, Juan Felix
Hidalgo Fallas; al este, José Francisco Corrales Corrales
y al oeste, José Francisco Corrales Corrales. Mide:
doscientos cuarenta y un metros con dieciséis decímetros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de
noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del trece de noviembre de dos mil diecinueve con la base de trece
millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y
cuarenta y cinco minutos del veintiuno de noviembre de dos mil diecinueve con
la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto
por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días
de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Víctor Manuel Quirós Alvarado contra
Flory María Hidalgo Ceciliano. Expediente N°
19-002178-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 19 de marzo del 2019.—Licda.
Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza Tramitadora.—( IN2019378288 ).
En este Despacho, con una base de diez
millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios;
sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 129689-000,
la cual es para construir con una casa Nº 13. Situada
en el distrito 5-Aguacaliente (San Francisco), cantón 1-Cartago, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Rodolfo
Barrantes Rodríguez; al este, Ricardo Ramírez Carvajal y al oeste, Mario
Redondo Martínez. Mide: ciento ochenta metros con cincuenta y cuatro decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del
cuatro de octubre de dos mil diecinueve (1:30 p.m. // 04/10/2019). De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos
del catorce de octubre de dos mil diecinueve (1:30 p.m. // 14/10/2019) con la
base de siete millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las trece horas y treinta minutos del veintiuno de octubre de dos mil
diecinueve (1:30 p.m., // 21/10/2019) con la base de dos millones seiscientos
veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Inversiones Familiares Weak de Cartago
Sociedad Anónima contra Julián Masis Granados. Expediente N°
18-010394-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 13 de agosto del 2019.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza
Tramitadora.—( IN2019378310 ).
En este Despacho, con una base de diez
millones quinientos sesenta y cinco mil novecientos ochenta y seis colones con
noventa y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones, sáquese a remate
la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento veintiocho mil
seiscientos treinta y tres, derecho cero cero cero, naturaleza: lote 2, terreno de potrero. Situada en el
distrito San Jerónimo, cantón Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, lote 3; al sur, lote 1; al este, calle pública con 118,99 metros de
frente; y al oeste, José Enrique Chaves Fernández. Mide: diez mil quinientos
cuarenta y cinco metros con seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las diez horas y quince minutos del veintitrés de setiembre de dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez
horas y quince minutos del uno de octubre de dos mil diecinueve con la base de
siete millones novecientos veinticuatro mil cuatrocientos noventa colones con
veinticuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas y quince minutos del nueve de
octubre de dos mil diecinueve con la base de dos millones seiscientos cuarenta
y un mil cuatrocientos noventa y seis colones con setenta y cinco céntimos (25%
de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Enrique Chaves Fernández, German Álvarez González.
Expediente 18-009514-1763-CJ.—Juzgado de Cobro de
Puntarenas, 19 de agosto del año 2019.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez
Decisor.—( IN2019378312 ).
En la puerta exterior de este Despacho, con
una base de ocho millones doscientos quince mil doscientos catorce colones con
cincuenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate
el vehículo: placas número: JNR192, marca: Kia, estilo: Río, categoría:
automóvil, capacidad: cinco personas, año: 2017, color. Azul, vin: KNADN412BH6001221, cilindrada: 1396 CC, combustible:
gasolina, motor Nº: G4FAGS023602, chasis:
KNADN412BH6001221, carrocería: Sedan cuatro puertas. Para tal efecto, se
señalan las diez horas y cero minutos del veintisiete de setiembre del dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez
horas y cero minutos del siete de octubre del dos mil diecinueve, con la base de seis millones ciento sesenta y un mil
cuatrocientos diez colones con noventa y dos céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
diez horas y cero minutos del quince de octubre del dos mil diecinueve, con la
base de dos millones cincuenta y tres mil ochocientos tres colones con sesenta
y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Adrián Antonio Noguera Ruiz, Jadir Noguera Ruiz. Expediente Nº
17-008732-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 12 de agosto
del 2019.—Jeannette Ruiz Herradora, Jueza Tramitadora.—( IN2019378315 ).
A las nueve horas treinta minutos del
dieciocho de octubre del dos mil diecinueve, en la puerta exterior del local
que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libres de gravámenes hipotecarios,
soportando Reservas y Restricciones al Tomo 309, Asiento 16974, Consecutivo 01,
Secuencia 0901, Subsecuencia 001, y Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos
Públicos al Tomo 465, Asiento 16355, Consecutivo 01, Secuencia 0575,
Subsecuencia 001; para el primer remate y con la base de la valoración
certificada emitida por la Municipalidad de San Carlos, sea la suma de treinta
millones setecientos cuarenta y un mil seiscientos catorce colones netos (para
cada uno de los derechos), la finca del partido de Alajuela, matrícula número
trescientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y siete-cero cero uno
(propiedad de Marlene Quesada Sandoval) y trescientos cincuenta y nueve mil
cuatrocientos cincuenta y siete-cero cero dos (propiedad de Lorenzo Vallejos
Ruiz), de naturaleza: Proyecto El Sahino, Lote
Veintidós, terreno para la agricultura, sito en el distrito 6 Pital, cantón 10
San Carlos de la provincia de Alajuela. Lindante: al norte, Lote Veintiuno; al
sur, Freddy Rodríguez Castillo, en medio iglesia católica, área comunal y lote
veintitrés; al este, Quebrada La Diabla; y al oeste, calle pública, el cual
mide treinta y cuatro mil novecientos cuarenta metros con sesenta y siete
decímetros cuadrados, según plano Nº A-0508710-1998.
En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con
la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de
veintitrés millones cincuenta y seis mil doscientos diez colones con cinco
céntimos, se señalan las nueve horas treinta minutos del cuatro de noviembre
del dos mil diecinueve. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco
se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por
ciento de la base original, o se la suma de siete millones seiscientos ochenta
y cinco mil cuatrocientos tres colones con cinco céntimos, se señalan las nueve
horas treinta minutos del diecinueve de noviembre del dos mil diecinueve.
Razón: Publíquese dos veces en el Boletín Judicial. De conformidad con
la Circular 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte, del 22 de junio de
2009. Se le comunica que en virtud del Principio de Gratuidad que rige esta
materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Lo anterior por por estar así ordenado en Proceso Monitorio N° 19-000007-0298-AG establecida por la Fundación Unión y
Desarrollo de las Comunidades Campesinas (FUNDECOCA), contra Lorenzo Vallejos
Ruiz y otro.—Juzgado Agrario del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 30 de
agosto del 2019.—Ana Milena Castro Elizondo, Jueza Agraria.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017.—( IN2019378333 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas:
0294-00013527-01-0901-001; a las nueve horas treinta minutos del veinticinco de
setiembre del dos mil diecinueve y con la base de diecisiete millones
seiscientos treinta y siete mil doscientos doce colones con noventa y un
céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
cuatrocientos veintisiete mil cuatrocientos catorce-cero cero cero la cual es terreno con 1 casa lote 53 denominado lote
64. Situada en el distrito San Rafael Abajo, cantón Desamparados, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, lote 52; al sur, lote 54; al este,
calle pública; y al oeste, Héctor Jiménez. Mide: ciento dieciséis metros con
once decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas
treinta minutos del tres de octubre del año dos mil diecinueve con la base de
trece millones doscientos veintisiete mil novecientos nueve colones con sesenta
y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del once de octubre
del año dos mil diecinueve con la base de cuatro millones cuatrocientos nueve
mil trescientos tres colones con veintidós céntimos (un veinticinco por ciento
de la base inicial).. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Minor Enrique Murillo Orozco. Expediente N° 14-002359-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial
de San José, Sección Tercera, 27 de junio del 2019.—Hellen Viviana
Segura Godínez, Jueza Tramitadora.—( IN2019378345 )
En la puerta exterior de este
Despacho, libre de gravámenes y anotaciones judiciales, con la base dada por el
perito nombrado en autos de ochenta y un millones novecientos cincuenta y cuatro
mil doscientos ochenta y nueve colones con cuarenta y siete céntimos, sáquese a
remate la finca que se describe así, inscrita en el Registro Público, partido
de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número 56798-000 la cual es terreno de cafetal con una casa. Situada en el
distrito 01 (Santa Bárbara), cantón 04 (Santa Bárbara), de la provincia de
(Heredia). Colinda: al noreste, Ermita Céspedes; al
noroeste, lote 4; al sureste: lote 6 y al suroeste, calle pública con 12.20
metros. Mide: cuatrocientos setenta y siete metros con sesenta y ocho
decímetros cuadrados. Para tal efectos y de
conformidad con los artículos 157 incisos 4 y 5, así como el artículo 161 del
Código Procesal Civil -Ley 9342- se señalan para el primer remate las: trece
horas y treinta minutos del primero de noviembre del dos mil diecinueve (1:30pm
01/11/2019). En caso de fracasar el mismo, se señalan las trece horas y treinta
minutos del ocho de noviembre del dos mil diecinueve (1:30pm 08/11/2019) para el
segundo debate, y por último, en caso de ser
infructífero este último se señala para las trece horas y treinta minutos del
quince de noviembre del dos mil diecinueve (1:30pm 15/11/2019) para la tercera
venta forzosa, todas con la misma base. Por ordenarse así en Proceso de
Ejecución de Sentencia incoado por German Quesada Campos contra Ana Jeannette
Bogantes Víquez, expediente N° 06-001100-0364-Fa.—Juzgado de Familia de Heredia, 28 de agosto del
2019.—Msc. Gabriela Morera Guerrero, Jueza Decisora.—O.C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017.—( IN2019378352 ).
En este Despacho, con una base de cinco mil
noventa y siete dólares con treinta y ocho céntimos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo FGM009, marca: Hyundai; estilo: Accent GL; capacidad: 5 personas; año: 2014; color: negro;
categoría: automóvil; carrocería: sedán 4 puertas hatchback; tracción: 4x2;
chasís: KMHCT51BEEU170939; N° motor: G4LCEU175998;
cilindrada: 1400 c.c.; combustible: gasolina; cilindros: 04. Para tal efecto se
señalan las nueve horas y cuarenta minutos del veintiséis de noviembre de dos
mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas y cuarenta minutos del cuatro de diciembre de dos mil diecinueve
con la base de tres mil ochocientos veintitrés dólares con tres céntimos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las nueve horas y cuarenta minutos del doce de diciembre de dos mil
diecinueve con la base de mil doscientos setenta y cuatro dólares con treinta y
cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Édgar Alfonso Gómez Fernández, expediente
N° 19-008387-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 28 de
junio del 2019.—Mariela Iveth Cortés García, Jueza Decisora.—( IN2019378407 ).
PRIMERA
PUBLICACIÓN
En este Despacho, Con una base de cincuenta y
un mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones ; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula número 130450-F, derecho 000, la cual
es terreno finca filial primaria individualizada número ocho bloque e apta para
construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura
máxima de dos pisos.- Situada en el distrito 2-San José, cantón 1- Alajuela, de
la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, acceso número cuatro; al sur,
filial número trece E; al este, filial número nueve E y al oeste, filial número
siete E. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
nueve horas y treinta minutos del veintiocho de octubre de dos mil diecinueve.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y
treinta minutos del cinco de noviembre de dos mil diecinueve con la base de
treinta y ocho mil doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
nueve horas y treinta minutos del trece de noviembre de dos mil diecinueve con
la base de doce mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base
original). Así mismo libre de gravámenes y anotaciones sáquese a remate finca
del partido de Alajuela , matrícula número 130469-F,
derecho 000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número
ocho bloque f apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual
podrá tener una altura máxima de dos pisos, Situada en el distrito 2-San Jose, cantón 1- Alajuela, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, acceso número cinco; al sur, filial número trece F; al este,
filial número nueve F y al oeste, filial número siete F, Mide: ciento sesenta
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos
del veintiocho de octubre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del cinco de
noviembre de dos mil diecinueve con la base de treinta y ocho mil doscientos
cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos
del trece de noviembre de dos mil diecinueve con la base de doce mil
setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas,
la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha
fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco De Costa Rica contra Adrián Antonio Solís Moraga
Expediente Nº 19-006170-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela.- 20 de agosto del año
2019.- Licda. Xinia Vindas Mejía, Jueza.—( IN2019376698 ).
En este Despacho, con una base de doce mil
seiscientos ochenta y siete dólares con sesenta y cuatro centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: BMY404, marca:
Chevrolet, estilo: Spark LTZ, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, color: negro, número chasis: KL1CM6CA7HC764941, año:
2017. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del
veintiséis de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de
diciembre de dos mil diecinueve con la base de nueve mil quinientos quince
dólares con setenta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cuarenta y
cinco minutos del doce de diciembre de dos mil diecinueve con la base de tres mil
ciento setenta y un dólares con noventa y un centavos (25% de la base
original). Notas: se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda Costa Rica S.
A. contra Carlos Arturo de Jesús Recio Loría, expediente N°
19-004490-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 02 de mayo del
2019.—Notifíquese.—Licda. Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza Decisora.—( IN2019378358
).
En este Despacho, Con una base de veintidós
mil setecientos catorce dólares con treinta y nueve centavos, libre de
gravámenes pero soportando una demanda civil; sáquese a remate el vehículo
placas BMK073, marca Suzuki, estilo Vitara GLX A, carrocería todo terreno 4 puertas,
chasís TSMYD21S6HM313577, N.motor
M16A2115800, combustible gasolina, capacidad 5 personas, año 2017, color rojo.
Para tal efecto se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del trece
de enero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de enero
de dos mil veinte con la base de diecisiete mil treinta y cinco dólares con
setenta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco
minutos del veintinueve de enero de dos mil veinte con la base de cinco mil
seiscientos setenta y ocho dólares con cincuenta y nueve centavos (25% de la
base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta.- Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de MB Créditos S. A. contra Sharon Bonilla Murillo
Exp:19- 002605-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 18 de junio del 2019.—Nidia Durán Oviedo,
Jueza.—( IN2019378359 ).
En este Despacho, con una base de treinta
millones ochocientos setenta y un mil trescientos setenta colones con treinta y
tres céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada citas: 384-15596-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número cuatrocientos noventa y cuatro mil setecientos
treinta y seis, derecho cero cero cero,
la cual es naturaleza: terreno para construir lote 11 bloque D. Situada en el
distrito 1-Aserrí, cantón 6-Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, resto destinado a calle pública con 7,16 cm; al sur, Carlos Luis Sánchez
Corrales; al este, lote 10; y al oeste, resto destinado a parque. Mide: ciento
veintiún metros con noventa decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan
las dieciséis horas y cero minutos del ocho de octubre del dos mil diecinueve.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas y
cero minutos del dieciséis de octubre del dos mil diecinueve con la base de
veintitrés millones ciento cincuenta y tres mil quinientos veintisiete colones
con setenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos
del veinticuatro de octubre del dos mil diecinueve con la base de siete
millones setecientos diecisiete mil ochocientos cuarenta y dos colones con
cincuenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Davivienda Costa Rica S. A. contra Pedro Raimundo
Abarca Castro. Expediente N° 18-003886-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de
Cartago, 29 de julio del 2019.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza
Decisora.—( IN2019378361 ).
En la puerta exterior de este Despacho, con
una base de veintiún millones de colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando uso servid ref:2139 394 00500019588 000 citas:
376-17135-01-0801-001, reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos
citas: 411-01350- 01-0206-001; sáquese a remate la finca del partido de
Puntarenas, matrícula número 186982, derecho 000, la cual es terreno
naturaleza: terreno de repastos situada en el distrito 5-Piedras Blancas cantón
5-Osa de la Provincia de Puntarenas linderos: norte: Carretera interamericana,
sur: Ambrosio Cortes Cortes, este: María Eugenia
Piedra Jiménez e Higinio Fernández Mora, oeste: Ambrosio Cortes Cortes Mide: dos mil noventa metros cuadrados
plano:p-1505654-2011. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta
minutos del tres de octubre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del once de
octubre de dos mil diecinueve con la base de quince millones setecientos
cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos
del veintiuno de octubre de dos mil diecinueve con la base de cinco millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución garantías mobiliarias de Banco de Costa Rica contra Mario Bonilla
Aparicio. Expediente Nº 18-000921-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 29 de mayo del año
2019.—Lic. German Esquivel Campos, Juez.—( IN2019378439 ).
En este despacho, con una base de cinco millones
de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas
de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos; sáquese a remate la finca del
partido de Alajuela, matrícula número doscientos noventa y un mil ochocientos
ocho-cero cero cero, la cual es terreno para la
agricultura lote 164 asentamiento COOPEZAMORA. Situada en el distrito
8-Ángeles, cantón 2-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
lote 161; al sur, calle; al este, lote 165 y calle y al oeste, lote 163. Mide: diecinueve
mil noventa y cuatro metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Para
tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de octubre
del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las catorce horas y cero minutos del quince de octubre del año dos
mil diecinueve con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintitrés de octubre
del año dos mil diecinueve con la base de un millón doscientos cincuenta mil
colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rafael
Antonio Granados Calvo contra Hari Alberto Cruz Angulo. Expediente N° 16-001316-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 05 de agosto
del año 2019.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz,
Jueza.—( IN2019378508 ).
Al ser las ocho horas del dieciséis de
octubre de dos mil diecinueve, en la puerta exterior el local que ocupa este
Despacho, a favor del Banco de Costa Rica, libre de gravámenes, y con la base de
sesenta y nueve millones de colones, en el mejor postor, se rematará la finca
inscrita al partido de Limón, matrícula número cuarenta y ocho mil novecientos
siete, duplicado: a horizontal: derecho cero cero cero. Finca cuya naturaleza es terreno de Agricultura, lote
266. Situada en el distrito cinco Cairo, cantón tres Siquirres, de la provincia
de Limón. Colinda: al norte, Río Silencio; al sur, lote 300 y 302, al este,
lote 303 y al oeste, calle E IDA. Mide: cien mil seiscientos sesenta y ocho
metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. En el caso de resultar
fracasado ese primer remate, para llevar a cabo una segunda subasta
pero con la base de cincuenta y un millones setecientos cincuenta mil colones,
(incluida la rebaja del veinticinco por ciento de la base anterior) se señalan
las ocho horas del veinticuatro de octubre de dos mil diecinueve. De ser
fracasado también el segundo señalamiento, para llevar a cabo la tercera
subasta se señalan las ocho horas del primero de noviembre de dos mil diecinueve,
esta vez con la base de diecisiete millones doscientos cincuenta mil colones,
(es decir un veinticinco por ciento de la base original). Se advierte además
que de conformidad con el artículo 157.1 del Código Procesal Civil, si al
tercer remate no hubiere postores, el bien se tendrá por adjudicado al
ejecutante, por el veinticinco por ciento de
la base original. Lo anterior se ordena así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Allan de los Ángeles Porras Marín y Siquirre Plant Sociedad Anónima.
Expediente Nº 17- 001744-1209-CJ. Nota: Este edicto
debe publicarse por dos veces consecutivas en la Boletín Judicial.
Artículo 157.1 del Código Procesal Civil. Debiendo hacerse la primera
publicación con al menos ocho días de anticipación al primer señalamiento a
remate (artículo 159 de la legislación de comentario).—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 27 de agosto
del 2019.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez
Decisor.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019378621
).
Primer remate: a las catorce horas del
primero de octubre del año dos mil diecinueve (14:00 01/10/2019) en la puerta
exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de
nueve millones ochocientos mil colones con cero céntimos (¢9.800.000,00), en el
mejor postor se rematan las fincas inscritas en el Registro Público de la
Propiedad Inmueble: 1) Partido de San José, número seiscientos dieciséis
mil cuatro derecho cero cero cero,
la misma se encuentra libre de gravámenes pero soporta Reserva Ley de Aguas y
Ley de Caminos Públicos con citas 323-13306-01-0014-001 y de servidumbre de
paso con citas 475-16736-01-0004-001. Es terreno de café y pasto, situado en el
distrito seis, Platanares, del cantón diecinueve, Pérez Zeledón, de la
provincia de San José. Linderos, norte, sucesorio Eduardo Elizondo Villalta;
sur, Esterlina Gutiérrez Navarro, calle pública de diez metros, y María
Granados Hernández; este, Esterlina Gutiérrez Navarro, Miguel Amador Martínez
en medio servidumbre, Yanuaria Naranjo Díaz y María
Granados Hernández y oeste, Esterlina Gutiérrez Navarro e Isolina Abarca
Quesada y María Granados Hernández. Mide: treinta y siete mil cuatrocientos
nueve metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Pertenece a Minor Navarro Abarca. Segundo remate: de no existir
postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las catorce horas
del diez de octubre del año dos mil diecinueve (14:00 del 10/10/2019), con la
base de siete millones trescientos cincuenta mil colones con cero céntimos
(¢7.350.000,00), rebajada en un 25% de la base original. Tercer remate: de no
existir postores en el segundo remate, para celebrar el tercero, se señalan las
catorce horas del dieciocho de octubre del año dos mil diecinueve (14:00 18/10/2019),
con la base de dos millones cuatrocientos cincuenta mil colones con cero
céntimos (¢2.450.000,00), un 25% de la base original. Primer remate: a las
catorce horas del primero de octubre del año dos mil diecinueve (14:00
01/10/2019), en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios y con la base de cuatro millones doscientos mil colones con cero
céntimos (¢4.200.000,00), en el mejor postor se rematará la finca inscrita en
el Registro Público de la Propiedad Inmueble: 2) Partido de San José,
número quinientos sesenta y dos mil novecientos cuarenta y nueve derecho cero cero cero, la misma se encuentra
libre de gravámenes pero soporta reservas y restricciones con citas
387-18356-01-0952-001 y de servidumbre de paso, con citas 2013-309139-01-0001-001.
Es terreno de cafetal, situado en el distrito seis, Platanares, del cantón
diecinueve, Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Linda: al norte, Tito
Sánchez Valverde; sur y este, Esvin Antonio Sánchez Valverde y oeste, Alfredo
Amador Hidalgo. Mide: doce mil novecientos diez metros con sesenta y tres
decímetros cuadrados, ambas pertenecen a Minor
Navarro Abarca. Segundo remate: de no existir postores para llevar a cabo el
segundo remate, se señalan las catorce horas del diez de octubre del año dos
mil diecinueve (14:00 10/10/2019), con la base de tres millones ciento
cincuenta mil colones con cero céntimos (¢3.150.000,00), rebajada en un 25% de
la base original. Tercer remate. De no existir postores en el segundo remate,
para celebrar el tercero se señalan las catorce horas del dieciocho de octubre
del año dos mil diecinueve (14:00 del 18/10/2019), con la base de un millón
cincuenta mil colones con cero céntimos (¢1.050.000,00), un 25% de la base
original. Nota: se les informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del
Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Minor
Rodrigo Navarro Abarca. Expediente N° 19-001014-1200-CJ.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la
Zona Sur, Pérez Zeledón, 29 de agosto del 2019.—Lic. William Roberto
Arburola Castillo, Juez Agrario.—O.C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019378622
).
En este Despacho, 1. Con una base de seis
millones ciento noventa mil trescientos sesenta colones con treinta y cuatro
céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref.
033800975942 citas 405-15076-01-0812-001; sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número ciento catorce mil ciento treinta y tres,
derecho cero cero cero, la
cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito dos, Volcán, cantón
tres, Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle
pública; al sur, Arnoldo Solano Solano; al este,
Nelson Quesada Rojas y al oeste, Eladio Abarca Zúñiga. Mide: diecisiete mil cuatrocientos
ochenta y ocho metros con catorce decímetros cuadrados metros cuadrados. Para
tal efecto, se señalan las quince horas del quince de octubre del año dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince
horas del veintitrés de octubre del año dos mil diecinueve con la base de
cuatro millones seiscientos cuarenta y dos mil setecientos setenta colones con
veintiséis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las quince horas del treinta y uno de octubre
del año dos mil diecinueve con la base de un millón quinientos cuarenta y siete
mil quinientos noventa colones con nueve céntimos (25% de la base original). 2.
Asimismo y con una base de cuatro millones ochocientos nueve mil seiscientos
treinta y nueve colones con sesenta y seis céntimos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando condiciones ref. 033800975942 citas
405-15076-01-0812-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas,
matrícula número ciento catorce mil ciento treinta y cuatro, derecho cero cero cero, la cual es terreno de
agricultura. Situada en el distrito dos, Volcán, cantón tres, Buenos Aires, de
la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Arnoldo
Solano Solano; al este, Eladio Abarca Zúñiga y al
oeste, Edwin Antonio Zarate Godínez. Mide: diecisiete mil cuatrocientos sesenta
y nueve metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las quince horas del quince de octubre del año dos mil diecinueve. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del
veintitrés de octubre del año dos mil diecinueve con la base de tres millones
seiscientos siete mil doscientos veintinueve colones con setenta y cinco
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las quince horas del treinta y uno de octubre del año dos mil
diecinueve con la base de un millón doscientos dos mil cuatrocientos nueve
colones con noventa y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Francisco
Rojas Quesada. Expediente N° 19-000141-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur,
Pérez Zeledón, 09 de julio del 2019.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez
Tramitador.—( IN2019378624 ).
En este Despacho, con una base de treinta y
siete millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre de paso citas 573-63745-01-0002-001; sáquese a remate 1)
la finca del partido de San José, matrícula número 600659, derecho 000, la cual
es terreno de bosque y café. Situada en el distrito 4-Rivas, cantón 19-Pérez
Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Misael Garro Elizondo,
Francisco Solís Hidalgo; al sur, Rosa Camacho Salmerón, Roberto Durán Calderón
con quebrada en medio; al este, Fidelino Valverde Valverde, Robert Durán Calderón con quebrada en medio; y al
oeste, Rosa Camacho Salmerón y servidumbre de paso con 7 metros de ancho. Mide:
treinta y nueve mil trescientos veintitrés metros con seis decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del
veintiséis de noviembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del cuatro de
diciembre del dos mil diecinueve con la base de veintisiete millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero
minutos del doce de diciembre del dos mil diecinueve con la base de nueve
millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). 2)
Con una base de treinta y tres millones de colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula
número 283013, derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito 4-Rivas, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, calle pública con 25.04 metros; al sur, Fernando Solís
Hidalgo; al este, Expedito Camacho Valverde; y al oeste, calle pública con
19.74 metros. Mide: quinientos treinta y dos metros cuadrados. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de noviembre del dos
mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho
horas y cero minutos del cuatro de diciembre del dos mil diecinueve con la base
de veinticuatro millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las ocho horas y cero minutos del doce de diciembre del dos mil diecinueve con
la base de ocho millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la
base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ana Lorelly Camacho Valverde, Expedito Camacho Valverde.
Expediente N° 19-003026-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez
Zeledón), 15 de julio del 2019.—Carlos Contreras Reyes, Juez
Decisor.—( IN2019378625 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta
mil seiscientos setenta y cinco dólares con noventa y nueve centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número 108882, derecho 000, la cual es terreno de patio con una casa.
Situada en el distrito Alajuela, cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Belén Murillo; al sur, avenida ocho; al este, calle cuatro y
al oeste, Oscar Oreamuno. Mide: ciento cuarenta y cuatro metros con cincuenta y
un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero
minutos del veintiocho de octubre de dos mil diecinueve. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del cinco de
noviembre de dos mil diecinueve con la base de treinta y ocho mil seis dólares
con noventa y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del
trece de noviembre de dos mil diecinueve con la base de doce mil seiscientos
sesenta y nueve dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Lafise S. A. contra
Josué Aguilar Castro. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el
interesado cancelar ante la imprenta nacional los respectivos derechos de
publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no
contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al
despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.
Expediente N° 19-005176-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 21 de agosto del año
2019.—Lic. Zary Navarro Zamora, Jueza Tramitadora.—(
IN2019378684 ).
En este Despacho, con una base de cinco mil
noventa y siete dólares con treinta y ocho céntimos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo FGM009. Marca: Hyundai; estilo: Accent GL; capacidad: 5 personas; año:2014; color: negro;
categoría: Automóvil; carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback; Tracción: 4X2;
Chasís: KMHCT51BEEU170939; N°Motor: G4LCEU175998;
cilindrada: 1400 c.c.; combustible: gasolina; cilindros: 04. Para tal efecto se
señalan las nueve horas y cuarenta minutos del veintiséis de noviembre de dos
mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas y cuarenta minutos del cuatro de diciembre de dos mil diecinueve
con la base de tres mil ochocientos veintitrés dólares con tres céntimos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las nueve horas y cuarenta minutos del doce de diciembre de dos mil
diecinueve con la base de mil doscientos setenta y cuatro dólares con treinta y
cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica SA contra Edgar Alfonso Gómez Fernández. Expediente Nº 19-008387-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 28 de
junio del año 2019.—Licda. Mariela Iveth Cortes García, Jueza Decisora.—(
IN2019378685 ).
En este Despacho, con una base de dos
millones trescientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo Placa: 625301, marca: Volkswagen. Estilo: Golf GL.
Año: 1994. Color: Gris. Vin: 3VWBA81H9RM059466.
Cilindrada: 2000. Combustible: Gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce
horas y treinta minutos del ocho de octubre de dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos
del dieciséis de octubre de dos mil diecinueve con la base de un millón
setecientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y
treinta minutos del veinticuatro de octubre de dos mil diecinueve con la base
de quinientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso Ejecución Prendaria de Inversiones Reales San Miguel S. A. contra
Carlos Bernardo Hernández Zúñiga, Joaquín Bernardo Hernández Aguilar. Exp. 15- 001973-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 26 de julio del 2019.—Licda. Yanin
Torrentes Ávila, Jueza Decisora.—( IN2019378709 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del veintitrés
de octubre del dos mil diecinueve, y con la base de veinte mil seiscientos
veinticinco dólares exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo
el Sistema de Folio Real, matrícula número 69462-000, la cual es terreno
potreros. Situada: en el distrito 11 Quebradilla, cantón 01 Cartago, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte, quebrada Lajas en medio otro; al sur,
calle pública con 5 metros 45 centímetros de frente; al este, calle pública con
38 metros 18 centímetros de frente, y al oeste, Freddy Antonio Brenes Trejos.
Mide: cuatrocientos sesenta y dos metros cuadrados. Para el segundo remate, se
señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta y un de octubre del dos
mil diecinueve, con la base de quince mil cuatrocientos sesenta y ocho dólares
con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la
tercera subasta, se señalan las ocho horas y treinta minutos del ocho de
noviembre del dos mil diecinueve, con la base de cinco mil ciento cincuenta y
seis dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Allan Eduardo Rodríguez Cordero, Erick Alexander
Rodríguez Cordero. Expediente Nº 18-000133-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 09 de
agosto del 2019.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2019378717 ).
En este Despacho, con una base de setenta y
un mil cuatrocientos unidades de desarrollo, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 194075-000,
derecho 000, la cual es terreno de potrero. Situada: en el distrito 2-San
Pedro, cantón 2-Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Álvaro
José Vindas Founier; al sur, Álvaro José Vindas Founier; al este, calle pública con 18 metros 47
centímetros, y al oeste, quebrada Ciénega. Mide: mil trescientos treinta metros
con noventa decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y
treinta minutos del ocho de octubre del dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas y treinta minutos
del dieciséis de octubre del dos mil diecinueve, con la base de cincuenta y
tres mil quinientos cincuenta unidades de desarrollo (75% de la base original),
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas
y treinta minutos del veinticuatro de octubre del dos mil diecinueve, con la
base de diecisiete mil ochocientos cincuenta unidades de desarrollo (25% de la
base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Priscilla de la Caridad Morales Zumbado, Román Alberto Álvarez Barboza.
Expediente Nº 19-000540-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 31 de julio del 2019.—Lic. Liseth Delgado Chavarría,
Jueza.—( IN2019378719 ).
En este Despacho, con una base de setecientos
cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placas 585521, marca: Hyundai, categoría: Automóvil, Serie:
KMHJW35F5YU173062, Carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4X2, número Chasis:
KMHJW35F5YU173062, año fabricación: 2000, color: verde, Vin:
KMHJW35F5YU173062, estilo: Elantra GLS, capacidad: 5
personas. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del
veinticuatro de setiembre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del dos de
octubre del año dos mil diecinueve con la base de quinientos sesenta y dos mil
quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos
del diez de octubre del año dos mil diecinueve con la base de ciento ochenta y
siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Julio Cesar Centeno Viales contra Cesar Augusto Roa Varón,
Valeria Roa Vargas. Expediente Nº 18-002027-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste,
24 de julio del año 2019.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez Decisor.—( IN2019378722
).
En este Despacho, con una base de dieciocho
millones seiscientos sesenta y seis mil colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada: citas:
319-11458-01-0010-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número 350223-000, derecho 000, la cual es terreno para construir
lote 58. Situada en el distrito 1-Orotina, cantón 9-Orotina, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Miriam Abigaibill;
al este, Fundación Promotora de la Vivienda, Adolfo Herrera Morales y Giselle
Berrocal Sánchez; y al oeste, Fundación Promotora de la Vivienda. Mide: ciento
cuarenta y cinco metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del siete de octubre del
dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas y treinta minutos del quince de octubre del dos mil diecinueve con
la base de trece millones novecientos noventa y nueve mil quinientos colones
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de octubre
del dos mil diecinueve con la base de cuatro millones seiscientos sesenta y
seis mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Juan Gerardo Vega Chaves contra Katherine Lorena Salas
Zumbado. Expediente N° 19-001687-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 01 de agosto del
2019.—Licda. Leticia García Jiménez, Jueza.—( IN2019378725 ).
En este Despacho, con una base de treinta
millones novecientos cincuenta y dos mil ochocientos ochenta y un colones con
treinta y un céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula número F-34.658- 000, la cual es
terreno finca filial noventa y seis terreno para construir que se destinara a
uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, situada en
el distrito 09 Alfaro, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte finca filial primaria individualizada número noventa y siete;
al sur finca filial primaria individualizada número noventa y cinco; al este
Claudio Ávila Rojas y al oeste acceso siete. Mide: quinientos setenta y dos
metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
once horas y treinta minutos del ocho de octubre de dos mil diecinueve. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y treinta
minutos del dieciséis de octubre de dos mil diecinueve con la base de
veintitrés millones doscientos catorce mil seiscientos sesenta colones con
noventa y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas y treinta minutos del
veinticuatro de octubre de dos mil diecinueve con la base de siete millones
setecientos treinta y ocho mil doscientos veinte colones con treinta y tres
céntimos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra María Isabel Castro Vargas Expediente Nº
17-008713-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 07 de agosto del año 2019.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza
Decisora.—( IN2019378726 ).
En este Despacho, con una base de doce
millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate la finca del partido de San José, matrícula número 253364, derecho 000,
la cual es terreno en parte inculto y en parte sembrado de café. Situada: en el
distrito Patarrá, cantón Desamparados, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Zin-Yun Lui
Chen; al sur, Ma Yu Sui y Jenaro Navarro Díaz, con
camino público en medio; al este, Jenaro Navarro Díaz con camino público en
medio, y al oeste, Guido y Luis Von Schroeter Von Bonin.
Mide: tres mil seiscientos noventa metros con treinta y seis decímetros
cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y
cuarenta minutos del veinticinco de octubre del dos mil diecinueve. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y cuarenta minutos
del cuatro de noviembre del dos mil diecinueve, con la base de nueve millones
de colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del doce
de noviembre del dos mil diecinueve, con la base de tres millones de colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Luis
Carlos Incera Arias contra Huang Tzu Lang. Expediente Nº
19-004743-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de mayo del 2019.—Henry
Steven Sanarrusia Gómez, Juez Decisor.—( IN2019378783
).
En este Despacho, con una base de dos
millones doscientos veintidós mil quinientos colones exactos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre bajo las citas
0335-00008029-01-0919-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago,
matrícula número 100541-000, derecho, la cual es terreno de potrero. Situada en
el distrito San Isidro, cantón El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda:
al norte, Frontis Willian Sherril;
al sur, lote A 20; al este, camino público y al oeste, camino público. Mide:
diez mil metros con cero decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del uno de octubre de dos mil
diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez
horas y cero minutos del nueve de octubre de dos mil diecinueve con la base de
un millón seiscientos sesenta y seis mil ochocientos setenta y cinco colones
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete de octubre de
dos mil diecinueve con la base de quinientos cincuenta y cinco mil seiscientos
veinticinco colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución de José Alberto Bonilla
Rodríguez contra Luis Ángel de Jesús Torres Calvo. Expediente N° 15-011506- 1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 24 de
enero del año 2019.—Lic. Yesenia Solano Molina, Jueza Decisora.—( IN2019378787
).
En este despacho, con una base de ocho
millones nueve mil novecientos treinta y cuatro colones con dieciocho céntimos,
libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BQD091, marca
Hyundai. Estilo Accent GLS. Categoría automóvil.
Capacidad 5 personas. Año 2014. Color celeste. VIN KMHCT4AE3EU683636.
Cilindrada 1600 c.c. combustible gasolina. Motor N°
no visible. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del
catorce de octubre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas y cero minutos del veintidós de octubre de
dos mil diecinueve con la base de seis millones siete mil cuatrocientos
cincuenta colones con sesenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero
minutos del treinta de octubre de dos mil diecinueve con la base de dos
millones dos mil cuatrocientos ochenta y tres colones con cincuenta y cinco
céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Jennifer Marcela Rivera Ávila contra Jaén Carlo Morera
Hernández. Expediente N° 19-004279-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, 08 de agosto del año 2019.—Lic. Freddy Ureña Díaz, Juez
Tramitador.—( IN2019378789 ).
En este Despacho, con una base de dos
millones seiscientos treinta y un mil novecientos cuarenta y siete colones con
noventa y cuatro céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando
demanda materia de familia 0800 00318519 001, colisiones 18-001125-0497-TR
2018236400182 0 0 Juzgado de Tránsito de Heredia; sáquese a remate el vehículo:
TH000971, marca: Peugeot, estilo: Partner VPVTC,
categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: VF37J9HECCJ654110, año:
2013. Para tal efecto, se señalan las quince horas y quince minutos del
veinticuatro de octubre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el
segundo remate, se efectuará a las quince horas y quince minutos del primero de
noviembre del dos mil diecinueve, con la base de un millón novecientos setenta
y tres mil novecientos sesenta colones con noventa y seis céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan
las quince horas y quince minutos del once de noviembre del dos mil diecinueve,
con la base de seiscientos cincuenta y siete mil novecientos ochenta y seis
colones con noventa y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución garantías mobiliarias de Banco Nacional de Costa Rica contra
Guillermo de la Trinidad Hernández López. Expediente Nº
19-000580-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia,
31 de julio del 2019.—Pedro Javier Ubau Hernández,
Juez Tramitador.—( IN2019378846 ).
En este Despacho, con una base de veintiocho
mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula número 407945, derecho 001- 002, la
cual es terreno para construir. Situada en el distrito 3-Pozos, cantón 9-Santa
Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Gerardo Sibaja Agüero; al
sur, calle pública; al este, Guillermo Sibaja Guerrero y al oeste, Guillermo
Sibaja Guerrero y otro. Mide: trescientos cinco metros con veinticuatro
decímetros cuadrados. Plano: SJ-0694350-1987. Para tal efecto, se señalan las
nueve horas y cero minutos del uno de octubre de dos mil diecinueve. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos
del nueve de octubre de dos mil diecinueve con la base de veintiún mil dólares
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de octubre de
dos mil diecinueve con la base de siete mil dólares exactos (25% de la base
original). Notas: se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Celajes Tov
Sociedad Anónima contra Hugo Gerardo Fernández Rodríguez, Luis Adrián Fernández
Céspedes, expediente N°
19-008358-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 06 de agosto del 2019.—Joyce Magaly
Ugalde Huezo, Jueza Decisora.—( IN2019378856 ).
En este Despacho, con una base de ciento
cuarenta y un millones setecientos veintisiete mil colones exactos, sáquese a
remate la finca del partido de San José, matrícula número 00087495-A-000,
derecho, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Merced,
cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, El Estado; al
sur, Jorge Arce; al este, María Loíza, y al oeste, Anita de López y El Estado.
Mide: ochocientos dieciocho metros con veintisiete decímetros cuadrados. Para
tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de
setiembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se
efectuará a las ocho horas y treinta minutos del primero de octubre del dos mil
diecinueve, con la base de ciento seis millones doscientos noventa y cinco mil
doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos
del nueve de octubre del dos mil diecinueve, con la base de treinta y cinco
millones cuatrocientos treinta y un mil setecientos cincuenta colones exactos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa
Rica contra Aventuras Turísticas Joma S. A., Leonardo Benjamín Guzmán
Hernández. Expediente Nº 18-008977-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Segunda, 24 de julio del 2019.—Licda. Cynthia
Stephanie Blanco Valverde, Jueza Tramitadora.—( IN2019378898 ).
En este Despacho, con una base de dos
millones novecientos ochenta mil quinientos veinticinco colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: placas BCQ 539,
marca: Hyundai, categoría: automóvil, estilo: Accent,
capacidad: 5 personas, serie: KMHCG41FP1U302286, año: 2001, carrocería: 4
puertas, color: rojo, cilindrada: 1500 c.c., combustible: gasolina Vin: KMHCG41FP1U302286, número de motor: no legible. Para
tal efecto se señalan las nueve horas y treinta minutos del dos de marzo del
dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas y treinta minutos del diez de marzo del dos mil veinte con la base
de dos millones doscientos treinta y cinco mil trescientos noventa y tres
colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta
minutos del dieciocho de marzo del dos mil veinte con la base de setecientos
cuarenta y cinco mil ciento treinta y un colones con veinticinco céntimos (25%
de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Klapeida
Maris KM S. A. contra Norman Sáenz Ramírez. Expediente N°
16-002724-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José,
20 de agosto del 2019.—Lic. Yesenia Solano Molina, Jueza Decisora.—(
IN2019378904 ).
En este Despacho, con una base de dos
millones setecientos setenta y nueve mil seiscientos cincuenta y siete colones
exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas
número TSJ5984. Marca Hyundai. Estilo Accent.
Categoría automóvil. Capacidad cinco personas. Año dos mil uno. Color rojo. Vin KMHCG41BO1U253210. Cilindrada mil quinientos c.c. Para
tal efecto se señalan las diez horas y treinta minutos del quince de octubre del
dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas y treinta minutos del veintitrés de octubre del dos mil diecinueve
con la base de dos millones ochenta y cuatro mil setecientos cuarenta y dos
colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta
minutos del treinta y uno de octubre del dos mil diecinueve con la base de
seiscientos noventa y cuatro mil novecientos catorce colones con veinticinco
céntimos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. “Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora
de verificar los datos del mismo, en caso de existir
algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.” Se
remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Klapeida
Maris KM S. A. contra Horacio de Jesús Tamayo Tamayo.
Expediente N° 18-004831-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 27 de agosto del 2019.—Joyce Magaly
Ugalde Huezo, Jueza Decisora.—( IN2019378905 ).
En este Despacho, con una base de treinta y
nueve mil doscientos noventa dólares con setenta y dos centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: TDG294, marca: Toyota,
estilo: Land Cruiser Prado
T, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, año fabricación: 2015, color:
blanco, vin: JTEBH9FJ5F5084183, cilindrada: 3000 C.C.
Para tal efecto, se señalan las once horas y quince minutos del treinta de
setiembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se
efectuará a las once horas y quince minutos del ocho de octubre del dos mil
diecinueve, con la base de veintinueve mil cuatrocientos sesenta y ocho dólares
con cuatro centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las once horas y quince minutos del dieciséis
de octubre del dos mil diecinueve, con la base de nueve mil ochocientos
veintidós dólares con sesenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual
deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos
derechos de publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el
mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá
indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva
corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
General (Costa Rica) Sociedad Anónima contra Andrea Karina Villalobos Jiménez.
Expediente Nº 19-009884-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 05
de agosto del 2019.—Gerardo Calvo Solano, Juez Decisor.—( IN2019378929 ).
Se hace
saber que ante este Despacho se tramita el expediente Nº
19-000044-0689-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Daisy María del Socorro Fallas Navarro, quien es mayor, casada, vecina
de San Rafael Abajo de Desamparados, Barrio Santa Cecilia, cien metros este del
supermercado Santa Cecilia, portadora de la cédula de identidad vigente que
exhibe número 01-0573-0087, educadora pensionada, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: finca cuya naturaleza es solar, cultivos y árboles. Situada en el distrito
sexto Frailes, cantón tercero Desamparados, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Marcelo Gamboa Hernández y Greivin Eduardo Gamboa Hernández;
al sur, calle pública con dieciséis metros y setenta y siete decímetros
lineales; al este, Mario Alberto Cortés Mesén y Elvia León González; y al
oeste, Maylo Campos Bartolo. Mide: mil noventa y
siete metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número
SJ-2101066-2019. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no
pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el
inmueble en la suma de seis millones de colones y las diligencias en la suma de
seiscientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por compra realizada al
señor Gilbert Navarro Picado el 2 de enero de 2019, y hasta la fecha lo ha
mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a
título de dueño por más de un año. Que no existen condueños. Que los actos de
posesión han consistido en siembra de árboles frutales como aguacate,
naranjilla ácida, naranja, ayote y hortalizas. Que no ha inscrito mediante el
amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados
en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Daisy María del Socorro Fallas Navarro. Expediente
19-000044-0689-AG.—Juzgado Agrario Segundo Circuito Judicial de San José,
Goicoechea, 22 de agosto del año 2019.—Licda. Andrea Mercedes Ruiz Ramírez,
Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019376816
).
Se hace saber: que ante este Despacho se
tramita el expediente N° 19-000068-0419-AG, donde se
promueven diligencias de información posesoria por parte de Myriam Gerarda del
Carmen Molina Barquero, quien es mayor, divorciada una vez, vecina de San Vito
de Coto Brus, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe N° 05-0161-0005, Asistente de Enfermería Pensionada, a fin
de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: finca cuya naturaleza es casa de habitación con zona verde
y cultivos. Situada en el distrito 04°: Limoncito, cantón 08°: Coto Brus, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Quebrada Conejo; al sur, calle
pública con un frente lineal a ella de dieciocho metros con cincuenta
centímetros lineales; al este, Maritza Cascante Pereira, y al oeste, Candido Espinoza Beita. Mide:
catorce mil ciento cincuenta y nueve metros cuadrados tal como lo indica el
plano catastrado número P-2120416-2019. Estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de diez
millones de colones cada una. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Myriam Gerarda del Carmen Molina Barquero. Expediente Nº
19-000068-0419-AG.—Juzgado Agrario Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur
(Corredores), Corredores, 24 de julio del 2019.—Licda. Maricel Zamora Arias1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019376817
).
Se hace saber: Que ante este Despacho se
tramita el expediente N° 19-000070-1587-AG donde se
promueven diligencias de información posesoria por parte de Melvin Ortega
Gamboa quien es mayor, estado civil soltero , vecino de Puntarenas-Buenos
Aires, ochocientos metros sur del Rio López, portador de la cédula de identidad
vigente que exhibe número uno-uno cero tres cero-ocho siete seis (6-1030-876),
profesión comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza
es huerta y una casa. Situada en Tierras Morenas distrito segundo Savegre,
cantón sexto Quepos, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al Norte con: Rio
Moreno; al sur con: Yenny Lucia Arias Zúñiga; al este
con: Rio Moreno y Eida Gamboa Mora y al oeste con:
María Jeannette Venegas Argüello, Miguel Gamboa Mora, Edwin Manuel Fallas
Chinchilla y calle pública con un frente a ella de ocho metros con veintinueve
centímetros lineales. Mide: Una hectárea mil tres mil cuatrocientos setenta
metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número seis-dos cero
seis cero dos cero nueve-dos cero uno ocho (P-2060209-2018). Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como
las presentes diligencias en la suma de cuatro millones de colones. Que
adquirió dicho inmueble por compra-venta que le hizo
su abuelo paterno Francisco Gamboa Segura, y hasta la fecha lo ha mantenido en
forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de
dueño por más de setenta y un años contando la de su transmitente. Que no
existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en conservación,
cultivo y mantenimiento de la propiedad. Que no ha inscrito mediante el amparo
de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria, promovida por Melvin Ortega Gamboa.
Expediente Nº 19-000070-1587-AG.—Juzgado Agrario
de Puntarenas.—Licda.
Erika Amador Brenes, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019376819
).
Se hace saber: Que ante este Despacho se
tramita el expediente N° 19-000079-0391-AG donde se
promueven diligencias de Información Posesoria por parte de María Vanessa
Vargas Fuentes, quien es mayor, casada una vez, vecina de la Guácima Arriba, de
Ottos Bar 500 metros al norte, calle Las Veraneras 300 metros al este,
portadora de la cédula de identidad vigente número 0205490829, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca cuya naturaleza es pastos. Situada: en el distrito
segundo, cantón tercero, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte; sur
y al este, Allan Soto Rodríguez, y al oeste, camino público con un frente de
setenta y cuatro metros con sesenta y dos centímetros lineales. Mide: tres mil
quinientos nueve metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado
número G-2078347-2018. Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima
tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de tres millones de
colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por medio de donación verbal y
hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica,
ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veinte años. Que no
existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en reparación de
cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por María Vanessa
Vargas Fuentes. Expediente Nº 19-000079-0391-AG.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), Santa Cruz,
14 de agosto del 2019.—Lic. José Joaquín Piñar
Ballestero, Juez.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019376821
).
Se hace saber que ante este despacho se
tramita proceso información posesoria promovido por Laura Angélica Campos
Monge, quien es mayor, soltera, estudiante, vecina de La Sabana de Tarrazú,
portadora de la cédula N° 3-0507-0690, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: finca ubicada en la provincia de San José, la cual es
terreno con una casa y zona de verde. Situada en el distrito 2° Jardín, cantón
17° Dota. Colinda: al norte: con Carmen Monge Hernández y camino público con un
frente de 15 metros con 42 centímetros; al sur: con William Monge Hernández y
camino público con un frente de 17 metros con 80 centímetros; al este: con
Bernardo Calvo Jiménez; y al oeste: con Carmen Monge Hernández y William Monge
Hernández. Mide: quinientos dos metros cuadrados. Indica la promovente que
sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de
colones exactos. Que adquirió dicho inmueble por donación realizada por su
madre María del Carmen Monge Chacón en julio de 2017, y hasta la fecha lo ha
mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han
consistido en el cuidado, mantenimiento de la propiedad, su deslinde y
amojonamiento y construcción de una casa de habitación. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se
apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria promovida por Laura Angélica Campos Monge. Expediente:
19-000259-0640-CI-2.—Juzgado Civil de Cartago, 26 de abril del
2019.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—1 vez.—(
IN2019376843 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se
tramita el expediente N° 11-000278-0391-AG donde se
promueven diligencias de información posesoria por parte de Mariana Quirós
Delgado quien es mayor, estado civil viuda, vecina de Cuesta Grande de Nicoya,
portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 06 0062 0144,
profesión oficios domésticos, Denice y Adonay
Miravalles Sociedad Anónima, cédula jurídica N°
3-101-701150 a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es Potrero.
Situada en el distrito cero siete Belén de Nosarita,
cantón cero dos Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte,
Agropecuaria Río Las Minas S. A.; al sur, calle pública con frente de 180
metros con ochenta y nueve centímetros lineales; al este, Agropecuaria Río Las
Minas S. A.; y al oeste, Serafín Ávila Rojas. Mide: cinco hectáreas cuadrados,
tal como lo indica el plano catastrado número G-1468933-2010. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como
las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones cada una. Que
adquirió dicho inmueble por Donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por
más de 30 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han
consistido en mantenimiento general del inmueble, reparación de cercas,
reparación de cercas y actividad ganadera. Que no ha inscrito mediante el
amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información
Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Agropecuaria Río Las Minas AMW Sociedad Anónima. Expediente N° 11-000278-0391-AG.—Juzgado Agrario Segundo
Circuito Judicial Guanacaste (Santa Cruz), Santa Cruz, 28 de agosto del
2019.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019376920
).
Se hace saber: Que ante este Despacho se
tramita el expediente N° 10-100341-0297-CI donde se
promueve información posesoria por parte de Xinia María Elizondo Durán, quien
es mayor, divorciada, estilista, vecina de Santa Rosa de Pocosol, doscientos
metros al norte del Aserradero de Maderas Cultivadas, portadora de la cédula
número 0602120920, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de
la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de
Alajuela, la cual es terreno para construir y de pasto. Situada en Santa Rosa,
distrito trece, Pocosol, cantón décimo, San Carlos. Colinda: al norte, con
María Tay Elizondo Durán y en parte Xinia María Elizondo
Durán; al sur, con Ronulfo Elizondo Durán; al este,
con Xinia María Elizondo Durán y en parte calle pública con un frente a ella de
dos metros cincuenta y cuatro centímetros lineales y al oeste, con Arnoldo
Valerio Piedra. Mide: dos mil doscientos noventa y dos metros con cincuenta
decímetros cuadrados. Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir no
pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio. Estima
las presentes diligencias en la suma de cien mil colones y en la suma de cinco
millones de colones estima dicho inmueble.- Que adquirió dicho inmueble por
donación que le hiciera su padre el señor Juan Elizondo Cambronero, mayor,
viudo, agricultor, vecino de Santa Rosa de Pocosol, doscientos metros al norte
del Aserradero Maderas Cultivadas, cédula de identidad 0201010982, mediante
testimonio de escritura número 291, otorgada ante la notaria
pública Rocío Villalobos Solís, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
pública, pacífica y quieta.- Que los actos de posesión han consistido en la
limpieza y el mantenimiento del lote. Que no ha inscrito mediante el amparo de
la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad.-
Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información
Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria, promovida por Xinia María Elizondo
Duran. Expediente Nº 10-100341-0297-CI-1.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 12 de agosto
del 2019.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez Decisor.—1
vez.—( IN2019376998 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se
tramita el expediente N°16-000120- 0419-AG Interno (130-1-16) donde se
promueven diligencias de información posesoria por parte de Gran Ola Socolao S.A cédula Jurídica 3-101-310233 representada por
Jorge Eduardo Carranza Soto cédula: 1-466-346 en calidad de Apoderado
Generalísimo sin límite de suma quien es mayor de edad, estado civil unión de
hecho, topógrafo, vecino de Puerto Jiménez, portador(a) de la cédula de
identidad vigente que exhibe número uno cero cuatrocientos sesenta y seis cero
trescientos cuarenta y seis, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza
es terreno de bosque primario para la producción de oxígeno. Situada en Altos
Ríos Carate, distrito segundo Puerto Jiménez, cantón sétimo Golfito, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte: Parque Nacional Corcovado, al sur
calle pública con una medida lineal de catorce metros de frente, en parte
quebrada el muerto y Río Carate; al este margen izquierdo Río Carate y al oeste
Parque Nacional Corcovado, en parte Salma Polanco Gutiérrez y quebrada El
Muerto en parte. Mide: cien hectáreas ciento treinta y un metros cuadrados, tal
como lo indica el plano catastrado número P-1722193-2014.- Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que
esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias
legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de diez
millones de colones y las presentes diligencias en la suma de diez millones de
colones. Que adquirió dicho inmueble por traspasos de posesión ejercidas por
Carlos Carranza Castro y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta,
pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de
diez años sumados a los ejercidos por el transmitente. Que NO existen
condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza y mantenimiento
de carriles, cuido de bosque primario, conservación del medio ambiente y la
producción de oxígeno, limpiar y mantener senderos y carriles en buenas
condiciones. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria, promovida por Gran Ola Socolao S. A. Expediente Nº
16-000120-0419-AG Interno (130-1-16).—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial De La Zona Sur (Corredores),
Corredores, 07 junio 2018.—Licda. Maricel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2019377144 ).
Se hace saber que ante este Despacho se
tramita el expediente N° 14-000072-0689-AG, donde se
promueven diligencias de información posesoria por parte de Bryan Fabián
Bustamante Bermúdez, quien es mayor, casado una vez, vecino de Ciudad Colón,
Barrio El Cristóbal, casa N° 43, portador de la
cédula de identidad vigente que exhibe N°
01-1433-0414, agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza
es pastos y trapiche. Situada en San Luis en el distrito quinto San Rafael,
cantón cuarto Puriscal de la provincia de San José. Colinda al norte: Enrique
Bustamante Marín; al sur: quebrada en medio de Alexis Bustamante Marín; al
este: quebrada en medio de Alexis Bustamante Marín, y al oeste: Gabriela
Bustamante Rojas y Alonso Bustamante Rojas. Mide: ocho mil trescientos noventa
y tres metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número
SJ-1679523-2013. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no
pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima
tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de
colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación realizada por su
padre Enrique Bustamante Marín el 18 de marzo de 2014, y hasta la fecha lo ha
mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título
de dueño por más de treinta años. Que no existen condueños. Que los actos de
posesión han consistido en cercar, limpiar y mantener las cercas, cultivar caña
de azúcar, sembrar pastos, plátano, cítricos, mantenimiento del INA pequeña
construcción en donde opera un trapiche artesanal para la producción de dulce.
Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se
emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria,
a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación
de este edicto se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos.
Proceso información posesoria promovida por Bryan Fabian Bustamante Bermúdez.
Expediente N° 14-000072-0689-AG.—Juzgado Agrario
del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 21 de agosto del
2019.—Dra. Vanessa Fisher González, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019377199 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se
tramita el expediente N° 18-000120-0689-AG donde se
promueven diligencias de información posesoria por parte de Froilán Vargas
Fernández quien es mayor, casado una vez, vecino de Santiago de Puriscal,
costado este del Colegio Técnico, portador de la cédula de identidad vigente
que exhibe número 01-0491-0168, Pensionado, a fin de inscribir a su nombre y
ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca
cuya naturaleza es Agricultura. Situada en el distrito quinto Picagres, cantón sétimo Mora, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, calle pública con doce metros y cincuenta y cuatro
decímetros lineales; al sur, Róger Daniel Chacón
Ramírez; al este, Froilán Vargas Fernández y al oeste, Róger
Daniel Chacón Ramírez, Pedro Mora Acuña y Norberto Tayo Sotoya.
Mide: mil quinientos trece metros cuadrados, tal como lo indica el plano
catastrado número SJ-2126558-2019. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma
de seis millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación
realizada por su padre Felipe Tenorio Céspedes
conocido como Felipe Vargas Tenorio, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por
más de veintitrés años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han
consistido en cuido de la finca y sus linderos, chapias, cultivo de árboles de
naranjo y aguacate, plantas de plátano y banano. Que no ha inscrito mediante el
amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se
apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Froilán Vargas Fernández. Expediente N° 18-000120-0689-AG.—Juzgado Agrario Segundo Circuito
Judicial de San José, Goicoechea, 22 de agosto del 2019.—Dra.
Vanessa Fisher González, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019377201 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se
tramita el expediente N° 16-000010-1587-AG donde se
promueven diligencias de información posesoria por parte de Minor
Castillo Barboza quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de San
Antonio de Desamparados, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe
número tres-doscientos sesenta y cinco-trescientos setenta y uno, pintor
automotriz de profesión, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza
es solar. Situada en el distrito Primero, cantón Aguirre, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, Inmobiliaria Beleo Manuel
Antonio Ltda.; al sur, María Cristina Vargas Agüero; al este, quebrada sin
nombre; y al oeste, calle pública. Mide: dos mil seiscientos setenta y cuatro
metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número P-1863768-2018.
Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir No pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como
las presentes diligencias en la suma de quinientos mil colones cada una. Que
adquirió dicho inmueble por Cesión de Derechos Hereditarios, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe
y a título de dueño por más de Diez años. Que no existen condueños. Que los
actos de posesión han consistido en cuidado de la finca, limpieza de la finca,
conservación de la misma. Que no ha inscrito mediante
el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Minor
Rodrigo Castillo Barboza. Expediente N°
16-000010-1587-AG.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas
(Materia Agraria), Puntarenas, 05 de julio del 2018.—Licda. Deyanira Abarca
Vásquez, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019377263
).
Se hace saber: Que ante este Despacho se
tramita el expediente N° 19-000105-0296-CI donde se
promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Édgar Pérez
Cascante, mayor, casado una vez, vecino de Calle Zamora de San Rafael de San
Ramón, cédula número dos-trescientos uno-ciento nueve, agricultor, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca cuya naturaleza es casa y café. Situada: en calle
Zamora, distrito San Rafael, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Landelina Hernández Vega; al sur,
Evelio Pérez Cascante; al este, quebrada sin nombre, y al oeste, calle pública
con treinta metros con noventa y dos centímetros lineales. Mide: mil
seiscientos setenta metros con veintinueve decímetros cuadrados, tal como lo
indica el plano catastrado número A-297153-1995. Indica el promovente que sobre
el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio; estima el inmueble por la suma de siete millones de
colones y las presentes diligencias en la suma de seis millones de colones. Que
adquirió dicho inmueble por posesión originaria, y hasta la fecha lo ha
mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a
título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos
de posesión han consistido en siembra de café, poda, abono, limpieza de
terreno, recolección del producto, mantenimiento del mismo
y protección de la zona de la quebrada. Que no ha inscrito mediante el amparo
de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida
por Édgar Pérez Cascante. Expediente Nº
19-000105-0296-CI.—Juzgado Agrario del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), San Ramón, 27 de agosto del
2019.—Msc. Tatiana Rodríguez Herrera, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019377266
).
Rafael Álvaro Beita
Vidal, mayor, divorciado, agricultor, cédula de identidad número 6-0100-1451,
vecino de Buenos Aires de Puntarenas, Santa María de Ujarrás, tres kilómetros
al norte de la escuela, solicita se levante información posesoria a fin de que
se inscriba a su nombre en el Registro Público de Propiedad, la finca sin
inscribir que le pertenece y que se describe así: terreno para construir,
situado en Buenos Aires, distrito primero Buenos Aires, del cantón tercero
Buenos Aires, de la provincia sexta Puntarenas, con los siguientes linderos:
norte, con calle pública; al sur, con Joselyn Chavarría Beita;
al este, con calle pública; y al oeste, con María de los Ángeles Jiménez
Castillo. Mide: cuatrocientos setenta metros cuadrados, según plano catastrado
6-2018790-2017. El terreno antes descrito, el solicitante ha sido el poseedor
en calidad de dueño de manera pública, pacífica e ininterrumpida por más de
diez años. Estima el fundo en la suma de un millón de colones, igualmente las
presentes diligencias. Con un mes de término contados a partir de la
publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados
con esta titulación a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos.
Información posesoria, expediente número 19-000033-1046-CI establecidas por
Rafael Álvaro Beita Vidal.—Juzgado
Civil de Mayor Cuantía de Buenos Aires, miércoles 7 de agosto del
2019.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—(
IN2019377334 ).
Se hace saber que ante este Despacho se
tramita el expediente Nº 18-000120-0930-CI donde se
promueven diligencias de información posesoria por parte de Dorlin
Reinaldo de Fátima Lobo Villalobos, quien es mayor, casado una vez,
comerciante, vecino de Limón, Pococí, Cariari, del Colono Agropecuario, 200
metros al este y 100 metros al sur, cédula de identidad número 7-0067-0854, a
fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el
terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es
terreno de solar con dos casas. Situada en el distrito Cariari, cantón Pococí,
provincia Limón. Colinda: al norte, Alicia Agüero Jiménez; al sur, calle
pública; al este, Norma Alvarado Salazar; y al oeste, Maritza Rojas Vindas.
Mide: seiscientos ocho metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el
inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cuatro millones
de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de compra, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión
han consistido en limpieza y mantenimiento de zonas verdes, delimitación del
terreno, y arrendamiento de las viviendas construidas en el terreno. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de
la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria, promovida por Dorlin
Reinaldo de Fátima Lobo Villalobos. Expediente 18-000120-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la
Zona Atlántica, Pococí, 08 de agosto del año 2018.—Licda. Kattia Vargas
Barquero, Jueza.—1 vez.—( IN2019377372 ).
Se hace saber que ante este Despacho se
tramita el expediente Nº 19-000078-0689-AG, donde se
promueven diligencias de información posesoria por parte de Miguel Ángel Lidier Morales Madriz, quien es mayor, estado civil
divorciado una vez, vecino de San Cristóbal Sur, Desamparados, portador de la
cédula de identidad vigente que exhibe número 01-0742-0916, profesión
administrador, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es uso
agrícola. Situada en el distrito Frailes, cantón Desamparados, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Inversiones Agrocomerciales Gamboa y Mena Sociedad Anónima y Margot
Méndez Robles; al este, Miguel Ángel Lidier Morales
Madriz; y al oeste, quebrada sin nombre. Mide: siete mil ochocientos noventa y
dos metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número
SJ-2106399-2019. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no
pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima
tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de ocho millones de
colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por posesión originaria, y hasta
la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de
buena fe y a título de dueño por más de veintiocho años. Que no existen
condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y
construcción de cercas, cultivo de café, banano, limón y demás árboles
frutales. Que no ha inscrito mediante el
amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria, promovida por Miguel Ángel Lidier Morales Madriz. Expediente 19-000078-0689-AG.—Juzgado
Agrario Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 26 de agosto del
año 2019.—Dra. María Vanessa Fisher González, Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019377535 ).
Se hace saber que ante este Despacho se
tramita el expediente Nº 19-000138-0297-CI donde se
promueve información posesoria por parte de Everth
Rafael Arroligán Báez, soltero, recepcionista, vecino
de Zeta Trece de La Fortuna de San Carlos de Alajuela, 800 metros suroeste,
frente al Super Cerro Chato, portador de la cédula número 0801200101, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es
terreno construir con casa. Situada en el distrito de La Fortuna, cantón San
Carlos. Colinda: al norte y este, Asociación Administradora del Acueducto Rural
de La Fortuna de San Carlos, Asociación de Desarrollo Integral de La Fortuna de
San Carlos y Asociación del Acueducto Rural de El Tanque de La Fortuna de San
Carlos o quien sea el actual colindante; sur, 3-102-537415 Sociedad de
Responsabilidad Limitada o quien sea el actual colindante; y por el oeste,
calle pública con una medida lineal frente a ella de 17 metros y 31
centímetros. Mide: ciento ochenta y un metros con ochenta y siete decímetros
cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho
inmueble en la suma de trescientos mil colones exactos colones. Que adquirió
dicho inmueble mediante compraventa el día 20/09/2017 que se le hiciere a Paula
del Carmen Álvarez Meneses, nicaragüense, cédula de residencia número uno cinco
cinco ocho cero cuatro cinco tres cero tres cero
cuatro, soltera, cocinera, vecina Zeta Trece de La Fortuna de San Carlos de
Alajuela, ochocientos metros suroeste de la escuela y hasta la fecha lo ha
mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han
consistido en construcción y remodelación de vivienda, así como mantener el
área limpia y debidamente delimitada. Que no ha inscrito mediante el amparo de
la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de
la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria, promovida por Everth
Rafael Arroligán Báez. Expediente
19-000138-0297-CI-6.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, 07 de agosto del año 2019.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2019377547 ).
Yo
Roberto Garita Chinchilla, Notario Público, código de colegiado número
dieciocho mil ciento treinta y uno, hago constar que en mi notaria ubicada en
Sarapiquí, frente a la Municipalidad, se tramita bajo el expediente número cero
cero uno-dos mil diecinueve, la sucesión Ab Intestata, de Héctor Ugalde Rodríguez, mayor, soltero,
costarricense, cédula de identidad dos-doscientos treinta y siete-cero ochenta
y cinco vecino de Alajuela, Tacacorí, quien falleció en
San José, el día dos de mayo del dos mil trece, defunción inscrita al tomo
quinientos veintiséis, folio ciento setenta y uno, asiento: trescientos
cuarenta y uno de la provincia de San José, por lo se emplaza a todos los
herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en este proceso, para que
dentro el plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de
este edicto, se apersonen ante esta
notaría, en la dirección dicha, a hacer valer sus derechos. Sarapiquí,
dieciséis horas del veintiuno de agosto del dos mil diecinueve. Expediente
número N° 01-2018.—Lic. Roberto Garita Chinchilla,
Notario Público.—1 vez.—( IN2019376192 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos
interesados en la sucesión de quien en vida fuera Teresa Castillo Arias, quien
fuera mayor de edad, viuda, señora del hogar, vecina de San José, Cipreses de
Curridabat, 200 metros norte de la UACA, Condominio Tramonto, casa número 35,
portadora de la cédula de identidad número 2-0108-0206, para que dentro del
plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos. En consecuencia, cualquier otro
heredero o interesado deberá concurrir ante el suscrito notario para lo que
corresponda. Expediente cero cero uno-dos mil diecinueve.
Notaría del Lic. Víctor Hugo Maffioli Alvarado, sita
en San José, calle treinta y uno, avenidas diez y doce, número mil noventa y uno.—Agosto del 2019.—Lic. Víctor Hugo Maffioli
Alvarado, Notario Público.—1 vez.—( IN2019376194 ).
En la notaría del abogado y notario público
Olman Eduardo Madrigal Acuña, con oficina abierta en la ciudad de San José,
Escazú, Trejos Montealegre, del Restaurante Tomy
Romas, ochocientos metros al oeste, último edificio, mano derecha, en Consortium Legal, se apertura el proceso sucesorio en sede
notarial de quien en vida fue Antonio Emilio Del Rosario Abarca López, cédula
de identidad uno-doscientos noventa y seis-trescientos cuarenta y tres, se
nombra albacea propietaria a Daniela Lizeth Abarca Mena. Se cita y emplaza a
terceros interesados para que en plazo de treinta días, se apersonen a esta
notaria para hacer valer sus derechos.—San José, 27 de
agosto del 2019.—Lic. Olman Eduardo Madrigal Acuña, Notario.—1 vez.—(
IN2019376213 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de quien en vida fue Mayra Gómez Flores, cédula uno-cuatrocientos
treinta y dos-ochocientos noventa y ocho, para que
dentro del término de treinta días contados a partir de esta publicación,
comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener
calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente N°
0001-2019.—Lic. Luis Charpentier Acuña, Notario.—1
vez.—( IN2019376219 ).
Se cita y emplaza a
todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue: Rosario Campos
Jiménez, cédula número uno-trescientos treinta y tres-cuatrocientos diecisiete,
para que, dentro del término de treinta días contados a partir de esta
publicación, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº
01-2019.—Licda. Jacqueline Jiménez Díaz, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2019376222 ).
Se cita y emplaza a los interesados en la
sucesión de quien vida fue Lucía Coronas Urzua, conocida como Lucy Coronas
Urzua, quien en vida fue costarricense, titular de la cédula de identidad
número uno - doscientos cuarenta y seis – ochocientos trece, mayor, viuda una
vez, ama de casa, cuyo último domicilio fue en San José, Pavas, Rohrmoser, de La Nunciatura, cien metros al norte y
cincuenta metros al este, fallecida en San José, Central, Pavas, el día
dieciséis de noviembre de mil novecientos noventa y seis, para que dentro del
plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este
edicto y que se hará por una sola vez en el Boletín Judicial, se apersonen a
hacer valer sus derechos ante esta Notaría, ubicada en San José, Zapote, Barrio
Yoses Sur, de la Universidad Veritas, trescientos metros al este y trescientos
metros al norte, Bufete Grupo Jurídico Especializado, apercibidos de que si no
lo hicieren dentro del plazo dicho, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente N° 001-2019-9954.—San José, veintiséis de
agosto del dos mil diecinueve.—Licda. Vera Denise Mora
Salazar, Notaria.—1 vez.—( IN2019376246 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
notaría por Luz María Murillo Alvarado, cédula número dos-quinientos treinta y
siete-quinientos ochenta y uno, a las quince horas y veinte minutos del
veinticuatro de julio del dos mil diecinueve, comprobado el fallecimiento, esta
notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida
fuera: Juan José Murillo Alvarado, quien fue soltero, operario, vecino de
Alajuela, Atenas, Barrio Jesús, Estanquillos setenta y cinco metros este del
Salón Comunal, cédula número dos-quinientos
sesenta y siete-ochocientos sesenta y siete, fallecido el veintiséis de octubre
del dos mil quince. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro
del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos.
Notaría de la Licda. Rosa María Artavia Sánchez, ubicada en la ciudad de
Atenas, frente el costado este del Mercado Municipal, Edificio Vicdani segunda planta, teléfono: dos cuatro cuatro seis-tres siete-cero nueve. El original fue retirado
por Luz María Murillo Alvarado, a las 15 horas 30 minutos del día 24 de
agosto del 2019.—Licda. Rosa María Artavia Sánchez, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2019376287 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
notaría por el señor Marcos Brenes Cubero, cédula dos-doscientos ochenta y
nueve-trescientos ochenta y tres, a las diecisiete horas diez minutos del
veintidós del mes de agosto del dos mil diecinueve, comprobado el fallecimiento
esta notaría declara abierto el proceso sucesorio acumulados ab intestato de
quienes en vida fueron Gonzalo Brenes Murillo, mayor, viudo, cédula dos-cero
sesenta y cuatro-dos mil trescientos once, vecino Alajuela, Atenas, Barrio
Jesús, Alto del Monte, fallecido el cuatro de noviembre dos mil cinco, y el de
la señora María Cubero Campos, mayor, cédula dos-cero noventa y
tres-ochocientos treinta y uno, casada una vez, ama de casa, vecina Alajuela,
Menas, Barrio Jesús Alto del Monte, fallecida el quince de octubre del dos mil.
Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de
treinta días naturales contados a partir de la publicación de este edicto
comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la
Licenciada Rosa María Artavia Sánchez, ubicada en la ciudad de Atenas, frente
el costado este del mercado municipal edificio Vicdani,
segunda planta, teléfono: 2446-37-09. El original fue retirado por Marcos
Brenes Cubero, a las 16 horas del 24 de agosto del 2019.—Licda. Rosa María
Artavia Sánchez, Notaria.—1 vez.—( IN2019376288 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
notaría por Vielka Maritza Guzmán Morales, cédula seis-trescientos noventa y
siete-cuatrocientos treinta y dos; a las dieciocho horas, quince minutos del
veintiséis de marzo dos mil diecinueve, comprobado el fallecimiento, esta
notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida
fuera Luis Alberto Guzmán Arrieta, quien fue mayor, soltero, oficial de
seguridad cédula cinco-doscientos sesenta-trescientos cincuenta y dos, de
domicilio Alajuela, Coyolar de Orotina, Santa Rita, Nueva Santa Rita, fallecido
el veinticuatro de noviembre dos mil trece. Se cita y emplaza a todos los
interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días naturales,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licenciada Rosa María Artavia
Sánchez, ubicada en la ciudad de Atenas, frente el costado este del mercado
municipal edificio Vicdani segunda planta, teléfono
dos cuatro cuatro seis-tres siete-cero nueve.
(Publicar una vez en el Boletín Judicial). El original fue retirado por
Vielka Maritza Guzmán Morales, a las 15:00 horas, del día 24 de agosto del dos
mil diecinueve.—Licda. Vielka Maritza Guzmán Morales,
Notaria.—1 vez.—( IN2019376290 ).
Se cita y emplaza a
todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados en la sucesión de quien en vida fue Carlos María Méndez Marín,
mayor, comerciante, casado una vez, cédula seis-ciento setenta y
seis-trescientos cincuenta y siete, vecino de Uvita de Osa, Puntarenas; a fin
de que en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este
edicto, concurran ante la notaría de la Licenciada Evelyn Castro Barquero,
situada en San Isidro de Pérez Zeledón, altos Tienda Salvadoreña, costado norte
del parque (en horario de lunes a viernes de 8 am a 5 pm), a reclamar sus
derechos y se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia, que si no
se presentan dentro de este término, aquella pasará a quien corresponde. El sucesorio
en sede notarial del causante se tramita bajo Expediente Número: cero uno-dos
mil diecinueve.—Licda. Evelyn Castro Barquero,
Notaria.—1 vez.—( IN2019376362 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de
quien en vida fuera Laura Brenes Porras, para
que dentro del plazo de treinta días, contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos,
apercibidos de que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará
a quien corresponda. Sucesorio en sede notarial, expediente 005-2019, ante el
notario Orlando José Díaz Hernández, con oficina en San José, Moravia, Barrio
La Guaria; 75 sur, del Colegio Saint Joseph. San José, causante Laura Brenes Porras.—Lic. Orlando José Díaz Hernández, Notario.—1
vez.—( IN2019376392 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de quien fuera Rubén López López,
conocido como Rubén López Fallas, portador de la cédula de identidad número
1-0083-0962, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen en reclamo de sus derechos, bajo el
apercibimiento de que si no lo hicieren, la herencia pasará a quien corresponda
sin perjuicio de terceros con mejor derecho, expediente Nº
2-2016.—Licda. Margarita Odio Rohrmoser, Notaria
Pública.—1 vez.—( IN2019376395 ).
Ante esta notaría se tramita el proceso
sucesorio testamentario y Ad intestato de Óscar Pérez Benavides, cédula N° 1-0449-0234. Se cita y emplaza a todos los interesados
para que dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos.—Heredia centro.—Licda. Éricka
Morales Fiesler teléfono 2260-4835, Notaria
Pública.—1 vez.—( IN2019376422 ).
Ante esta notaría se tramita sucesorio de
quien en vida fue Miguel Ángel Vargas Fernández, mayor, divorciado, profesor
pensionado, cédula de identidad número:
dos-cero doscientos treinta y ocho-cero ciento sesenta y dos, vecino de Isla de
San Vito de Coto Brus. Se cita y emplaza por el plazo de quince días hábiles a
herederos, legatarios e interesados que tengan interés en el haber sucesorio de
dicho causante, para que se apersonen ante esta notaría sita en San Vito de Coto
Brus, 200 metros norte de la Cruz Roja a hacer valer sus derechos, advertidos
que si no lo hicieren pasará la herencia a quien corresponda.—San Vito, 13 de
agosto del 2019.—Lic. Alexis Salazar Torres, código 5158, Notario.—1
vez.—( IN2019376454 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
notaría Auxiliadora González Ortiz, mayor, viuda una vez, ama de casa,
costarricense, cédula N° dos-trescientos noventa y
tres-seiscientos veinticinco, vecina de Bagaces, ochocientos metros al este del
Ebais de Bagatzí, a las
dieciséis horas del primero de julio del dos mil diecinueve y comprobado el
fallecimiento esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de
quien en vida fuera Francisco Boniche Chavarría, quien fuera mayor, casado una
vez, de nacionalidad nicaragüense, cédula de residencia costarricense N° doscientos setenta-uno cero dos tres seis dos cuatro uno
nueve siete cero, vecino de Bagaces, ochocientos metros al este del Ebais de Bagatzí, fallecido el
treinta de setiembre del dos mil. Se cita y emplaza a todos los interesados
para que dentro del plazo máximo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus
derechos. Notaría de la Licda. Daniela Alpízar Mairena, sito ubicada en la
ciudad de Bagaces, ciento veinticinco metros al sur del Banco de Costa Rica,
teléfono: veintiséis siete uno-once seis ocho.—Licda.
Daniela Alpízar Mairena, Notaria.—1 vez.—( IN2019376466 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de quien en vida fue el señor Ricardo Francisco Naranjo Jiménez,
mayor, casado una vez, pensionado, portador de la cédula de identidad uno-cero
doscientos sesenta y uno-cero seiscientos setenta y cinco, quien fue vecino del
distrito de San Francisco de la provincia de Heredia; para que en el plazo de
quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta notaría ubicada en Zapote, ciento cincuenta metros al oeste de la
Universidad Ventas, a reclamar sus derechos los que crean tener derecho a la
herencia, apercibidos de que si no lo hacen dentro de ese plazo, aquella pasará
a quien corresponda. Expediente N° 0002-2019.—Lic.
Fabio Israel Hernández Flores, Notario Público.—1
vez.—( IN2019376499 ).
Se emplaza a todos los interesados,
herederos, legatarios en la sucesión testamentaria de Jorge Gerardo Guevara
Bermúdez, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, cédula de identidad
número uno- cuatrocientos veintiséis-novecientos quince, vecino de Cartago, La
Unión, para que, dentro de treinta días contados partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apersonen ante esta
notaria, cita en San Ramón, La Unión, Cartago, del taller del este seiscientos
metros al sur, cincuenta al norte y setenta y cinco al este, quedando
apercibidos que, si no, lo hicieren la herencia pasara a quien corresponda.
Expediente número dos mil diecinueve-cero uno-s.—MSc
Ángel Torres Bravo, Notario.—1 vez.—( IN2019376502 ).
Se emplaza a todos los interesados en el
sucesorio en sede notarial de Pedro Rodríguez Rodríguez,
quien en vida fue mayor, casado dos veces, vecino de Zapote, de Persianas Canet
25 metros suroeste, pensionado, cédula N°
5-0141-0530, deceso ocurrido el día 27 de julio del 2019, para que, dentro del
plazo de 15 días comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que
crean tener la calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho
plazo, la herencia pasará a quién corresponda. Expediente Nº
01-2019. Notaría de la Licda. Alejandra Mateo Fernández, La Uruca, de Canal 6
800 metros oeste y 300 metros sur, Residencial Carvajal Castro, contiguo a
segunda aguja de vigilancia.—San José, 26 de agosto
del 2019.—Licda. Alejandra Mateo Fernández, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2019376505 ).
La suscrita notaria
pública Lucy Dayana Camacho Guzmán, hace saber que a las once horas del
veintisiete de agosto del dos mil diecinueve, en mi notaria bajo el expediente N° 0001-2019 y actuando en conotariado
con la Licenciada Maricruz Porras Cascante, notaria
pública, con oficina abierta en San José, Desamparados, San Rafael Arriba,
doscientos cincuenta metros al sur del beneficio del café, se declare abierto el proceso sucesorio en sede notarial
de: Petrona de Los Ángeles Corea Ruiz, quien en vida fue mayor, viuda, ama de
casa, con cédula de identidad número dos-cero ciento veintitrés-cero quinientos
quince, vecina de la provincia de San José, cantón Goicoechea, distrito Calle
Blancos, Urbanización El Encanto, de Aristóteles cien metros al norte,
cincuenta metros al oeste, casa número ocho H. Se emplaza a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro
del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto en
el Boletín Judicial, comparezcan en la oficina la Licenciada Lucy Dayana
Camacho Guzmán, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que
crean tener derecho a la herencia, que si no se presentan en ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda.—Lic. Lucy Dayana Camacho Guzmán, Notario.—1
vez.—( IN2019376509 ).
Se convoca a todos los interesados en la
sucesión de Ascensión Fernández Fernández, quien en
vida fue, mayor, casado dos veces, agricultor, cédula seis-cero sesenta y
nueve-seiscientos ochenta y cinco, vecino de Coto Sesenta y Tres de Golfito,
sexta casa, frente al antiguo comisariato, para que dentro del plazo de treinta
días comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que
crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan dentro de ese plazo
pasara a quien corresponda. Sucesorio notarial expediente N°
001-2019 ante la notaría de Alfredo López Badilla, código 1842 situada en
Ciudad Neily, Corredores, Puntarenas frente a los
Tribunales. Inscripción 1842.—Ciudad Neily, 26 de
agosto de 2019.—Lic. Alfredo López Badilla. .—1 vez.—( IN2019376575 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de:
Ana Ninette Rodríguez Rivera, cédula N° 103150867,
divorciada, ama de casa, vecina de San José, Guadalupe, del Banco Nacional 100
metros al sur, para que, en un plazo de 30 días a partir de la fecha de la
publicación de este edicto, hagan valer sus derechos, deberá de manifestarlo en
la notaría en San José, Coronado, de la Bomba El Trapiche 300 al norte 400
oeste y 25 al sur, con el apercibimiento que si no lo hiciera aquella pasará a
quien corresponda.—San José, 27 de agosto del 2019.—Licda. María de los Ángeles
Solano Mora, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2019376599 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de Ramón Teodulo Carmona Sánchez y María
Isabel Cambronero Guerrero, para que dentro del plazo de treinta días contados
a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en reclamo de sus
derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren, la herencia pasará a
quien corresponda sin perjuicio de terceros con mejor derecho, expediente Nº 1-2016.—Margarita Odio Rohrmoser,
Notaria Publica.—1 vez.—( IN2019376605 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
notaría por Flor Garita Vargas, a las once horas del tres de junio del dos mil
diecinueve y comprobado el fallecimiento de Santiago Sojo Brenes, quien fue
mayor de edad, casado una vez, pensionado, cédula tres-ciento sesenta y
tres-seiscientos cincuenta y uno, vecino de Cartago, Turrialba, La Isabel,
Santa Cruz, ochocientos metros sur de la Escuela Verbena Norte, esta notaría ha
declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos
los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para
que dentro del plazo máximo de quince días hábiles contados a partir de la
publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus
derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la Republica, tal
como ésta lo ha indicado. Notaría de la Licda. Karla Fabiana Carrillo Salguero,
Cartago, Turrialba, cien metros este de la municipalidad, diagonal al Taller
Miguel Aguilar, teléfono: 2556-1500.—10 de julio del 2019.—Licda. Karla Fabiana
Carrillo Salguero, Notaria.—1 vez.—( IN2019376687 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
notaría por Hellen Guiselle Rivera Aguilar, a las
dieciséis horas del veintiocho de junio del año dos mil diecinueve y comprobado
el fallecimiento de Daisy Aguilar Bastos, quien fue mayor de edad, casada una
vez, pensionada, cédula tres-ciento ochenta y ocho-trescientos nueve, y Orlando
Rivera Ramírez, quien fue mayor de edad, casado una vez, pensionado, cédula
tres-ciento setenta y nueve-cero veintiuno, ambos vecinos de Cartago,
Turrialba, Santa Teresita, San Ramón, novecientos metros al oeste del cruce al
Parque Arqueológico, la primera fallecida en Turrialba, el día diecinueve de
noviembre del dos mil catorce, y el segundo fallecido en Turrialba, Santa
Teresita, el día veintitrés de noviembre del dos mil siete, esta notaría ha declarado
abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para
que, dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus
derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal
como ésta lo ha indicado. Notaría de la Licda. Karla Fabiana Carrillo Salguero,
Cartago, Turrialba, cien metros este de la Municipalidad, diagonal al Taller
Miguel Aguilar. Teléfono 2556-1500.—Quince de julio del dos mil diecinueve.—Licda. Karla Fabiana Carrillo Salguero,
Notaria.—1 vez.—( IN2019376688 ).
Yo, Ana Yesenia Navarro Montero, notaria pública, hago constar que ante mi notaría, ubicada
en San José, Goicoechea, Rancho Redondo, Condominio El Royal, se tramita bajo
el expediente número: cero cero cero
dos-dos mil diecinueve, sucesión intestada de: Ana Cristina Fernández Mora,
mayor de edad, portadora de la cédula de identidad número uno-cero quinientos
dos-cero ochocientos setenta y cinco; quien falleció el trece de abril del dos
mil diecinueve, acumulada a la sucesión intestada de Mercedes Fernández Mora, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad
número tres-cero ciento cuarenta y ocho, cero trescientos ochenta y tres, quien
falleció el veintiocho de enero del dos mil diecinueve, ambas vecinas de San
José, Desamparados Centro, Barrio San José, del Mall Multicentro, doscientos
metros sur y ciento diez metros oeste, segunda casa a mano derecha; por lo que
emplazo a todos los herederos, legatarios, acreedores, y demás interesados en
este proceso para que, en el plazo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen ante
esta notaría, a hacer valer sus derechos.—San José, a las dieciocho horas del
día veintisiete de agosto del dos mil diecinueve.—Licda. Ana Yesenia Navarro
Montero, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2019376703 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
notaría, a las quince horas del día catorce de agosto del dos mil diecinueve y
comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio
ab intestato de quien en vida fuera: Sherlyn Ramos Arrieta, mayor, soltera,
administradora de empresas, vecina de Cartago, Tres Ríos, La Carpintera,
Residencial Génova, casa número treinta y uno, portadora de la cédula de
identidad número 1-1246-0944, fallecida el 11 de diciembre del 2018. Se cita y
emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta
notaría a hacer valer sus derechos. Notaría Lic. Eduardo Antonio Vílchez
Hurtado, oficina abierta en San José, Zapote, Barrio Montealegre, de la rotonda
de las Garantías Sociales, 400 metros al oeste, 100 metros al norte y 75 metros
al este.—Lic. Eduardo Antonio Vílchez Hurtado, Notario
Público.—1 vez.—( IN2019376728 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
notaría a solicitud de la señora Dulce María Montiel Dalorzo,
mayor, viuda una vez, cédula de identidad uno-cero setecientos dieciséis-cero
cero cero tres, vecina de San José, Dota, El Jardín,
a las once horas treinta minutos del veintisiete de agosto del dos mil
diecinueve y comprobado el fallecimiento respectivo, se declara abierto el
proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera el señor Víctor Moreno
Martínez, mayor, comerciante, cédula ocho-cero ciento doce-cero doscientos
cincuenta y cuatro, quien era vecino de San José, Dota, El jardín. Se cita y
emplaza a todos los herederos e interesados para que dentro del plazo máximo de
treinta días naturales contados a partir de la publicación de este edicto
comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, y se apercibe a todos
aquellos que presuntamente consideren tener la calidad de herederos que si no
se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien en derecho
corresponda. Notaría del Lic. Rolando Guardiola Arroyo, con oficina abierta en
San José, Barrio Luján, contiguo al Colegio de Ingenieros Químicos, teléfono:
280-90-71. Expediente N° cero cero
uno-dos mil diecinueve.—Lic. Rolando Guardiola Arroyo,
Notario.—1 vez.—( IN2019376863 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión notarial del señor José Luis Delgado Céspedes,
quien en vida fuera mayor, viudo de primeras nupcias, con cédula de identidad N° uno-cero doscientos cincuenta y uno-cero cero diez,
vecino de Calle Fallas de Desamparados, quien falleció el once de agosto del
dos mil catorce, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de
la publicación de este edicto con la finalidad de comparezcan a reclamar sus
derechos y se apercibe a los crean tener calidad de herederos, que si no se
presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente N° 0013-2019. Notaría del Licenciado
Geovanny Alberto Morales Barrantes en San José, Desamparados centro, cincuenta
metros sur de la iglesia católica.—San José, 28 de
agosto del 2019.—Lic. Geovanny Alberto Morales Barrantes, Notario.—1 vez.—(
IN2019376877 ).
El suscrito notario da fe que mediante el
sucesorio notarial ab intestato del señor Tomasso Graziano, acta de solicitud
de tramitación expediente 2019-0001, al ser las quince horas del veinticuatro
de mayo del dos mil diecinueve, se hicieron presente ante esta notaria: i-
Alessandra Graziano, portadora de la cédula de residencia número uno ocho
cuatro cero cero cero uno
ocho tres siete cero siete, ii- María del Rosario Lacayogil, cédula de residencia uno tres ocho cero cero cero uno tres uno nueve tres
cero, iii- Giovanni Graziano, portador de la cédula
de residencia número uno ocho cuatro cero cero cero uno cero uno seis uno uno,
quien actúa a título personal y en su condición de apoderado especialísimo de
María Emanuela Graziano Lacayo, mayor, casada en primeras nupcias, vecina de
Toronto, Canadá, y portadora de la cédula de identidad número uno-cero
novecientos diecinueve-cero ochocientos noventa y nueve, quienes manifiestan
ser los legítimos herederos de quien en vida se llamó Tomasso Graziano, de
único apellido en razón de su nacionalidad italiana, mayor de edad, empresario,
vecino de San José, Catedral, portador de su cédula de residencia número DI uno
tres ocho cero cero cero
uno tres dos cero cero cinco, quien falleció el
diecinueve de marzo del dos mil diecinueve en Catedral, central, San José,
según consta en el acta de defunción consecutivo cuatro siete seis siete tres seis dos ocho del Registro Civil de Costa
Rica. Los anteriores interesados han iniciado el proceso sucesorio en sede
notarial, convocando a todos los posibles herederos e interesados con derecho a
heredar cualesquiera tipo de bienes existentes en el comercio de los hombre del
señor Tomasso Graziano, a presentarse durante los 30 días hábiles posteriores a
la publicación de este aviso ante la notaría del licenciado Manuel Enrique
Ventura Rodríguez, en Centro Corporativo Plaza Roble, edificio El Patio, 3er
piso, oficina uno, San Rafael de Escazú, San José, Costa Rica, en horario de
lunes a viernes de 9:00 a.m. a 4:00 p.m., para hacer valer todos sus derechos y
realizar cualquier tipo de reclamos pertinentes en cuanto a sus derechos
hereditarios. Es todo.—29 de agosto del
2019.—Lic. Manuel Enrique Ventura Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2019376912 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores y, en general, a todos los interesados en la Sucesión de
quien en vida fue Juan Félix Pérez Vargas, mayor, cédula de identidad número
dos-ciento ochenta y dos-cero veintiuno, casado una vez, pensionado, vecino de
Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada y de Idalie
Huertas Arias, mayor, cédula de identidad número dos-doscientos treinta y
dos-seiscientos treinta y cinco, casada una vez, ama de casa, vecina de
Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada; para que dentro del plazo de quince días
a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho
a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien
corresponda. Expediente Número: 003-2019. Notaría de la Licda. Katty Mariela
Campos Chacón, Alajuela, San Carlos, Cuidad Quesada, Plaza San Carlos, Local
noventa y ocho B. Correo: kamacacha83@hotmail.com. Teléfono 8625 84 72.—Licda.
Katty Mariela Campos Chacón, Notaria.—1 vez.—(
IN2019376983 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de Dora Arguedas Arce, mayor, soltera, ama de casa, cédula de
identidad numero dos-ciento cuarenta-doscientos ochenta y dos. Para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se
apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan
dentro de dicho plazo la herencia pasara a quien corresponda. Expediente
0012-2017. Notaría del Bufete del Lic. Álvaro Córdoba Díaz, notario. Teléfono
8371-4420.—Lic.
Álvaro Córdoba Díaz, Notario.—1 vez.—(
IN2019376986 ).
Ante mi notaría, situada en Oficentro La
Sabana, Edificio dos, piso dos, se tramita el expediente cero cero veintiocho-dos mil diecinueve, que es sucesorio ab
intestato de quien en vida fue Yolanda Knudsen cc Knutsen Rojas, mayor, viuda una vez, ama de casa, vecina de
San José, cédula N° 1-202-874. De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 917 del Código Procesal Civil y cita y emplaza a todos
los interesados, herederos, legatarios y acreedores en esta sucesión para que
dentro del plazo de treinta días a partir de esta publicación se apersonen para
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento para aquellos que se crean con
derecho a la herencia de que de no hacerlo, la herencia pasará a quien
corresponda.—Lic. Wagner Chacón Castillo, Notario.—1 vez.——( IN2019377012 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de quien en vida fue Hannia Lorena Muñoz Soto, mayor, divorciada
una vez, esteticista, con cedula de identidad 1-0560-0088, vecina de San José, Ipís, Los Ángeles, cincuenta metros de la escuela, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto
comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los herederos que si no se
presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente N° 2019-001-SN. Notaría Bufete Solís
Sáenz. Licda. Nuria Solís Sáenz. Notaría pública, ubicada en San José, Barrio
Francisco Peralta, de Casa Italia, 100 metros sur, 100 metros este y 75 metros sur.—Licda. Nuria Solís Sáenz, Notaria.—1 vez.—(
IN2019377030 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de quien en vida fuere Alise Hidalgo Víquez conocida como Alice
Hidalgo Víquez, quien en vida fuera mayor, soltera, Ama de Casa, vecino de
Alajuela, Grecia, costado norte de la escuela Eulogia Ruiz, cédula de identidad
número dos-cero cero noventa-ocho mil trescientos treinta y cinco, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos bajo apercibimiento de que si no
lo hacen dentro del término indicado, la herencia pasará a quién corresponda.
Expediente Número 001-2019, sucesorio notarial ab intestato de Alise Hidalgo
Víquez conocida como Alice Hidalgo Víquez.—Grecia, 24
de agosto del 2019.—Licda. Diana Picado Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2019377041
).
Se cita y emplaza a todas las personas que
tuvieren interés en el depósito de la persona menor (incapaz) Monserrat Ortega
Sánchez, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días
que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado.
Expediente N° 19-000465-0687-FA. Clase de asunto
depósito judicial.—Juzgado de Familia
y Violencia Doméstica de Grecia (Materia Familia),
a las once horas y seis minutos del veinticinco de junio del dos mil
diecinueve.—Licda. Marjorie de Los Ángeles Salazar Herrera, Jueza.—1 vez.—O. C.
N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019377143 ).
Se hace saber que en este Despacho se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ascención
Alpízar Fernández, mayor, estado civil dato desconocido, agricultor,
nacionalidad costarricense, con documento de identidad 1-375-934 y vecino de
Limón. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a
todas las personas interesadas, para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº
17-000016-0197-CI-3.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, 16 de abril del año 2018.—Lic. Andrés Arguedas Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2019377147 ).
Por el término de treinta días, se cita y
emplaza a los interesados, herederos, y acreedores, para dentro de dicho plazo
de apersonen ante esta notaría a hacer valer sus derechos, en la sucesión de
quien fuera: Hernán Antonio del Carmen Fallas Valverde, quien fuera mayor,
soltero, de oficios agrícolas, vecino de la provincia de San José, distrito de
San Marco, cantón de Tarrazú, portador de la cédula número: uno-cero
setecientos treinta-cero setecientos cuarenta y uno, quien falleciera en fecha
trece de mayo del dos mil diecinueve, Santa María de Dota, San José, expediente
N° 001-2019. Queda el expediente a disposición en la
oficina de la notaria Wendy Karina Barboza Arguedas, sita en la provincia de
San José, cantón: Dota, distrito: Santa María, costado sur del parque municipal.—San José, 29 de agosto del 2019.—Licda. Wendy
Karina Barboza Arguedas, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2019377175 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de Sabina Zúñiga Gutiérrez, quien fue mayor, soltera, comerciante,
cédula seis-ciento veintinueve-seiscientos diecisiete, vecina de Barrio El
Gallo de Liberia, defunción inscrita en Registro de Defunciones Guanacaste al
tomo ciento uno, folio trescientos veintisiete, asiento seiscientos cincuenta y
cuatro, para que dentro del plazo de treinta
días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos
que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien
corresponda, y se convoca por haberse ordenado así dentro del expediente
notarial número 0001-2019. Notaría del licenciado Juan Rafael Villagra
Coronado, sita en Liberia, de costado oeste de Plaza Santa Rosa, doscientos
metros al sur.—Liberia, a las once horas del día
diecinueve de agosto del dos mil diecinueve.—Lic. Juan Rafael Villagra
Coronado, Notario.—1 vez.—( IN2019377211 ).
Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida
fue Neftali Castro Salazar, cédula de número dos -
trescientos cuarenta y seis-seiscientos cincuenta y ocho, quien en vida fue
mayor, pensionado, casado una vez, vecino de Alajuela, San Rafael de Poás, para
que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a este despacho a hacer valer sus derechos, en el despacho
del Lic. José Miguel Zúñiga Zúñiga, El Carmen de
Guadalupe, cincuenta metros oeste de la Bomba El Carmen, con el apercibimiento
a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese
plazo, aquella pasará a quien corresponda. Sucesorio notarial. Expediente:
010-2019.—Lic. José Miguel Zúñiga Zúñiga, Notario.—1 vez.—( IN2019377277 ).
Se ha iniciado proceso
sucesorio notarial de Álvaro Arce Álvarez. Se cita a los interesados para que,
dentro del plazo de ley a partir de esta publicación comparezcan a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento que si no se apersonan dentro de ese plazo,
la herencia pasará a quien corresponda.—Alajuela, 29
de agosto del 2019.—Licda. Denia Cruz Morera, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2019377317 ).
Denia Cruz Morera, notaria pública con oficina en Alajuela, avenida 7 calles 1
y 3, comunica que se ha iniciado proceso sucesorio notarial de María Flora Fonseca
Ulloa y Joab Álvarez Paiz, se cita a los interesados para que, dentro del plazo
de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento que
si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Denia Cruz Morera, notaria pública, Alajuela, avenida
7, calles l y 3.—Alajuela, 29 de agosto 2019.—Licda. Denia Cruz Morera, Notaria.—1 vez.—( IN2019377318 ).
Denia Cruz Morera,
Notario Público con oficina Alajuela avenida 7 calle l y 3 comunica que se ha
iniciado proceso sucesorio notarial de Olman Venegas Jiménez y Didilia Jiménez Pérez, se cita a los interesados para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento que si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.—Alajuela,
29 de agosto del 2019.—Licda. Denia Cruz Morera, Notaria.—1 vez.—( IN2019377319
).
Se hace saber que en esta notaría se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida fuera Domitila Brenes Brenes,
mayor, casada una vez, ama de casa, cédula 3-148-029, vecina de Cartago, Llano
Grande, de la plaza de deportes un kilómetro y medio al oeste. Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos
que crean tener derecho a la herencia de que, si no se apersonan dentro de ese
plazo, la misma pasará a quien corresponda. Sucesorio en sede notarial.
Expediente Nº 04-2019. Notaría del Lic. Juan
Guillermo Coghi Molina, ubicado en Cartago, costado
sureste del Convento de los Padres Capuchinos. Email: bufetecoghi@gmail.com
Fax: 2552-4141.—Lic. Juan Guillermo Coghi Molina, Notario.—1 vez.—( IN2019377403 ).
Se hace saber que en esta notaría se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida fueran María Adelina Núñez Sosa, quien en
vida fue mayor, viuda, ama de casa, cédula 6-053-543, y Gustavo Arias Zamora,
quien en vida fue mayor, casado una vez, agricultor, cédula 2-145-219. Se cita
a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer
sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la
herencia de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, la misma pasará a
quien corresponda. Sucesorio en sede notarial. Expediente Nº
03-2019. Notaría del Lic. Juan Guillermo Coghi
Molina, ubicado en Cartago, costado sureste del Convento de los Padres
Capuchinos. Email: bufetecoghi@gmail.com Fax: 2552-4141.—Lic. Juan Guillermo Coghi Molina, Notario.—1 vez.—(
IN2019377405 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión en sede notarial de Víctor Manuel Cordero Rodríguez, quien en vida
fue mayor de edad, casado una vez, pensionado, portador de la cédula número
uno-cero trescientos treinta y tres-cero novecientos sesenta y cinco, vecino de
San José, Curridabat, Pinares, casa F-cero seis, para que de conformidad con el
artículo 126.3 del Código Procesal Civil, dentro del plazo de 15 días hábiles,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos, lo cual podrán hacer en San José, Mata Redonda, Boulevard Ernesto Rohrmoser, edificio Sabana Business Center, piso doce. Se
apercibe a los que crean tener derecho a la herencia que, si no se presentan
dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesión de
Víctor Manuel Cordero Rodríguez en sede notarial. Expediente 0001-2019.—Lic.
Rafael Gerardo Montenegro Peña, Notario.—1 vez.—(
IN2019377414 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
notaría por Gracia Emilia Guillén Montenegro, a las trece horas del veintiuno
de agosto del año dos mil diecinueve y comprobado el fallecimiento, esta
notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en vida
fuera Delfilia Montenegro Ramírez, mayor, casada una
vez, ama de casa, quien fue vecina de La Fuente de Santiago, Paraíso de
Cartago, 50 metros al este del templo católico de ese lugar, y con cédula
número 3-0135-0933. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro
del plazo quince días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic.
Edwin Eduardo Gómez Castillo, con oficina abierta en Cervantes de Cartago, 300
metros al oeste de la entrada a La Flor de Paraíso, Cartago. Teléfono
8826-5100. Expediente Nº 001-2019.—Lic. Edwin Eduardo
Gómez Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2019377422 ).
Se cita a
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para
que dentro del plazo de 30 días, comparezcan ante mi notaría ubicada en San
José, San Francisco de Dos Ríos, Residencial el Bosque, avenida 66, calle 45 A,
casa 577B,o bien mediante el correo electrónico Iguevarasaenz@gmail.com a hacer
valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la
herencia, de que si no se presentan dentro de este plazo, aquella pasará a
quien legalmente corresponda en la sucesión legítima notarial de quien en vida
fuera Manuel Bejarano González, costarricense, mayor de edad, casado en
segundas nupcias, comerciante, cédula de identidad 1-231-404, vecino de San
José, El Alto de Guadalupe, urbanización El Roblar, casa número tres. 27 de
agosto del 2019. Expediente. Nº 001-2019.—Licda. Lillyana Guevara Sáenz, Teléfono 8371-4080, Notaria.—1 vez.—( IN2019377481 ).
El suscrito notario Alejandro Hernández
Porras, domiciliado en la ciudad de Turrialba, con oficina abierta en La Suiza,
Las Gaviotas, cien metros al este de la plaza de deportes, hace constar que
mediante acta notarial que consta en la escritura 294 del tomo 3 de mi
protocolo, 14:00 horas del día 27 de agosto del 2019, se abrió proceso
sucesorio de quien en vida fuera Ana Viriam Solís
Madrigal, cédula 1-697-431.—Lic. Alejandro Hernández Porras, Notario.—1 vez.—(
IN2019377482 ).
Se cita a todos los
herederos legatarios. acreedores y en general a todos los interesados para que en el plazo de treinta días contados, a partir de la
publicación de este edicto comparezcan a este despacho a hacer valer sus
derechos en el juicio sucesorio notarial de quien en vida fuera Victorino
Ramírez Mora, cédula uno-cero doscientos dieciocho-cero trescientos cuarenta y
nueve, bajo apercibimiento de que si no lo hicieran así la herencia pasará a
quien corresponda. Seydi María Guido Navarro, notaria pública de San José, Barrio González Lahman, contiguo a Coope Judicial
de San José, Edificio de Abogados.—San José, 26 de
agosto del 2019.—Licda. Seydi María Guido Navarro,
Notaria.—1 vez.—( IN2019377488 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios y demás interesados en la sucesión de Eulalio Obando Gutiérrez,
portador de la cédula de identidad número 5-0143-0019, casado una vez,
agricultor, vecino de Oriente de Santa Bárbara de Santa Cruz, Guanacaste, quien
falleció el 04 de abril del 2016, para que en el plazo de quince días contados
a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso
sucesorio notarial a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo
hicieren en el plazo aquí dicho la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 0002-2019. Para efectos de recibir
notificaciones, en mi bufete, ubicada en Barrio Limón de Santa Cruz,
Guanacaste, 100 metros al norte y 25 metros al este de la UCR.—Licda.
Kathia María Portilla Arguedas, Notaria.—1 vez.—( IN2019377504 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos,
legatarios y demás interesados en la sucesión de María Catalina Jiménez
Rosales, portadora de la cédula de identidad
número 5- 0018-9189, viuda, ama de casa, vecina de San Martín de Nicoya,
Guanacaste, quien falleció el 10 de febrero del 2000, para que en el plazo de
quince días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a
este proceso sucesorio notarial a hacer valer sus derechos, apercibidos de que
si no lo hicieren en el plazo aquí dicho la herencia pasará a quien
corresponda. Expediente Nº 0001-2019. Para efectos de
recibir notificaciones, en mi bufete, ubicada en Barrio Limón de Santa Cruz,
Guanacaste, 100 metros al norte y 25 metros al este de la UCR.—Licda. Kathia María Portilla Arguedas, Notaria.—1
vez.—( IN2019377505 ).
El suscrito, Greivin López Torres, notario
público de San José, pone en conocimiento la apertura extrajudicial de la
sucesión de quien en vida fuera Jaime Echeverría Villafranca, mayor de edad,
casado dos veces, abogado, cédula de identidad número 1-0268-0435, vecino de
San José, Aserrí, Salitrillos de Aserrí, por lo que se solicita a todos los
interesados apersonarse en los siguientes treinta días para hacer valer sus derechos,
en mis oficinas ubicadas en San José, San Francisco de Dos Ríos, costado este
del Parque Okayama, contiguo a la Soda Okayama.—San José, 26 de agosto del
2019.—Lic. Greivin López Torres, Notario.—1 vez.—( IN2019377570 ).
Se convoca por medio de edicto, a todas
aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela de la persona menor Byron
José Mora Martínez, menor de edad, vecino de Liberia, cédula de identidad N° 703010214, hijo de Byron Mora Martínez y Shirley Gómez
Núñez por haber sido nombradas en testamento, ya por corresponderles la
legítima, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a
partir de la fecha de publicación del último edicto, expediente N° 19-000140-0938-FA. Proceso tutela legítima. Promovente:
Arelis de Los Ángeles Gonzalo Núñez.—Juzgado de
Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste
(Liberia) (Materia familia), 21 de agosto del 2019.—Msc.
Marcela González Solera, Jueza Decisora.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2019373293 ). 3
v. 3.
M.Sc. Patricia Vega Jenkins, Jueza
del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a Evelyn
Johanna Arroyo Salas, en su carácter personal, quien es mayor, casada, cédula
2-570-825, de domicilio desconocido, se le hace saber que en demanda depósito
judicial Nº 18-000111-0292-FA, establecida por
Patronato Nacional de la Infancia contra Evelyn Johanna Arroyo Salas, se ordena
notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela. A las trece horas y treinta y
ocho minutos del veintitrés de mayo de dos mil diecinueve. Por parte de la
licenciada Ana Marcela Chaves Rojas, se tienen por hechas sus manifestaciones y
por rendido el informe de intervención y seguimiento con relación a la persona
menor de edad Rubí Fernanda Arroyo Salas. (Ver folio 19 al 27). De las
presentes diligencias de depósito de la persona menor de edad Rubí Fernanda
Arroyo Salas, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere
traslado por tres días a Evelyn Johanna Arroyo Salas, a quien se le previene
que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11,
34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº
8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se
le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión Nº 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como
medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y
recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con
el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta
petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal,
buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la
recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita
a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como
medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la
página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más
información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente
de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia
con la Política de Género del Poder
Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le
solicita a las partes de este asunto
que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente
información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión
u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g)
número de cédula, h) lugar de residencia. Por desconocerse su domicilio,
notifíquese esta resolución a Evelyn Johanna Arroyo Salas por medio de edicto
que será difundido por única vez en el Boletín Judicial. Del mismo modo,
por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín
Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este
asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán
a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente:
18-000111-0292-FA. M.Sc. Patricia Vega Jenkins, Jueza.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Alajuela.—M.Sc. Patricia Vega Jenkins, Jueza.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019375006
). 3
v. 3.
Se cita y emplaza a todas las
personas que tuvieren interés en el depósito de las personas menores de edad
Cristina María y Brayan Alonso, ambos de apellidos Núñez Herrera, para que se
apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a
partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente
N°18-000435-0292-FA. Clase de Asunto depósito judicial.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, a las ocho horas y cuarenta y ocho minutos del diecinueve de
junio de dos mil diecinueve.—Msc. Patricia Vega
Jenkins, Jueza.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019375798
). 3 v. 1.
Msc. María Angélica Fallas
Carvajal, Jueza del Juzgado de Trabajo de Heredia; hace saber a Reinaldo
Martínez González, cédula de residencia N°
155815513910, con domicilio: En Limón, Finca Agrodisa,
en el cuadrante de la finca (Sin más especificaciones), que en este Despacho se
interpuso un proceso Or. S. Pri.
Prestac. Laborales en contra del antes citados, bajo
el expediente número 18-002132-0505-LA, en dicho proceso se pretende:
Principal: -Pago de 3758 horas extra diurnas de toda la relación laboral (2
diarias por 6 días por 4.33 mensual por 72.33 meses) -Pago de los siguientes
extremos laborales teniendo en cuenta mi salario real: a) Vacaciones de toda la
relación laboral, b) Aguinaldo proporcional al último período laborado, c) 1
mes de preaviso, d) 154 días de auxilio de cesantía. Accesorios: 1-Pago de
intereses e indexación sobre los montos dados. 2-Pago de ambas costas de esta
acción. 3-De resultar con lugar o parcialmente con lugar esta demanda solicito
se notifique esta demanda a las oficinas regionales de Heredia de las
siguientes instituciones: a) Caja Costarricense de Seguro Social (artículo 54
de la Ley 17: Ley Constitutiva de la Caja Costarricense del Seguro Social), b)
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (artículos 88 y 91 de la Ley 1860: Ley
Constitutiva del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social), c) Dirección
General de Tributación Directa (artículos 21, 98 bis de la Ley 4755: Código de
Normas y Procedimientos Tributarios). De la anterior demanda se dio curso
mediante la resolución de las quince horas y veintinueve minutos del veintitrés
de enero del año dos mil diecinueve, misma que en síntesis indica: Juzgado de
Trabajo de Heredia, a las quince horas y veintinueve minutos del veintitrés de
enero del año dos mil diecinueve. De la anterior demanda ordinaria laboral y
documentos aportados por Juan Pablo Luna Santana, con cédula de identidad N° 0801010054, se concede traslado por el plazo de diez
días a Reinaldo Martínez González, cédula de identidad N°
155815513910, para que la conteste por escrito, previniéndole que debe
manifestar al respecto de los hechos, si reconoce éstos como ciertos o si los
rechaza por inexactos, o bien, si los admite con variantes o rectificaciones,
bajo apercibimiento de que si no contesta en el término concedido o no responde
de forma clara, se tendrá por allanada en cuanto a los hechos no contestados o
no respondidos según queda dicho, se podrán tener por ciertos en sentencia.
Asimismo, si la parte demandada se allana a las pretensiones, no contesta
oportunamente la demanda o no hubiera respondido todos los hechos de la misma, se podrá dictar sentencia de manera anticipada, en
la cual se tendrán por ciertos esos hechos y se emitirá pronunciamiento sobre
las pretensiones deducidas, todo lo anterior de conformidad con los numerales
498 y 506 del Código de Trabajo. Además, se le previene que al contestar la
demanda deberá ofrecer la prueba que le interese, igualmente se les previene
que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas la sentencias. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11,
34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°
8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se
le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como
medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y
recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con
el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho.-
Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal,
buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión
en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir
notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder
Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al
personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por
haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de
Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007,
artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser
personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar
de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si
cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h)
lugar de residencia. Remítase mandamiento al Departamento de Cuenta Individual
y Custodia de Planillas de la CCSS, a efecto de que certifique los salarios
reportados mes a mes, así como para cuáles patronos laboró Juan Pablo Luna
Santana cédula N° 0801010054, durante el período de
01 de enero de 2011 al 30 de noviembre de 2017. Notifíquese esta resolución a
los demandados, personalmente o por medio de cédulas de ley en su casa de
habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de
Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Heredia. La parte demandada
puede ser localizada en la siguiente dirección: Heredia, La Aurora, de la
escuela 150 metros al este y 150 metros al sur, contiguo a + Que Pollo, casa 8.
Se le hace saber a las partes involucradas en el presente asunto, que todos los
escritos y documentos que sean dirigidos a este despacho judicial,
deberán ser presentados a través de la Oficina de Recepción de Documentos de
este circuito judicial, en caso de no estar adscrito a alguno, podrán hacerlo
directamente en este juzgado. Se pone en conocimiento de los abogados
litigantes en el presente proceso, la circular N°
43-2012, que refiere lo siguiente: “Asunto: Datos que deben anotar los abogados
litigantes en cualquier escrito. (...) Con motivo de la entrada
en vigencia de los Juzgados Electrónicos, se ha determinado
inconvenientes en los casos en que los abogados y abogadas autentican escritos,
poderes, certificados o cualquier otro tipo de gestión con el sello blanco, los
cuales al ser escaneados no permiten identificar los datos del o la litigante.
Por lo anterior, se les solicita, que en todo escrito,
poder, certificación o cualquier tipo de gestión, indiquen, en forma expresa,
el nombre y número de carné del Colegio de Abogados y no solamente estampen el
sello blanco”. También, se les advierte a las partes involucradas en el
presente litigio, que los escritos y documentos que se presenten por medio del
Sistema de Gestión en Línea y que no sean firmados de manera digital, deberán
ser creados únicamente bajo los formatos de doc,
docx, rtf, pdf, tif, tiff o txt,
cuyo tamaño no podrá exceder de 3MB. Por su parte, aquellos documentos que sean
rubricados por medio de firma digital, deberán ser
incorporados únicamente bajo los formatos pdf, docx o
doc, todo lo anterior por cuanto si son incorporados
bajo otro tipo de formato no será posible descargar el archivo para su estudio
(en este sentido se puede consultar el Manual de Usuario del Sistema de
Gestión, confeccionado por el Departamento de Tecnologías de la Información del
Poder Judicial, que está visible en el sitio web institucional). Asimismo, se
recuerda lo dispuesto en el numeral 462 del Código de Trabajo en relación a la
presentación de escritos, así como lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley de
Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos N°
8454, el cual indica que “Todo documento, mensaje electrónico o archivo digital
asociado a una firma digital certificada se presumirá, salvo prueba en
contrario, de la autoría y responsabilidad del titular del correspondiente
certificado digital, vigente en el momento de su emisión. No obstante, esta
presunción no dispensa el cumplimiento de las formalidades adicionales de
autenticación, certificación o registro que, desde el punto de vista jurídico,
exija la ley para un acto o negocio determinado.” Msc.
María Angélica Fallas Carvajal, Jueza. Por ello se cita y se emplaza por medio
de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para
que dentro del lapso improrrogable de diez días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersone en este Despacho, en el proceso aquí
establecido, a hacer valer sus derechos. Se
ordena así de conformidad con lo establecido por el artículo 19.4 del Código
Procesal Civil. Lo anterior se ordena así en proceso Or.
S. Pri. Prestac. Laborales
de Juan Pablo Luna Santana contra Reinaldo Martínez González. Expediente Nº 18-002132-0505-LA. Publíquese por una sola vez en el Boletín
Judicial libre de derechos. Nota: Publíquese este edicto por única vez en
el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los
plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 12 de
agosto del 2019.—Msc. María Angélica Fallas Carvajal,
Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019375799 ).
Licda. Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza del
Juzgado Segundo de Familia de San José; hace saber a James Foster Kolman documento de identificación P002718810, de
nacionalidad guatemalteca, de domicilio desconocido, que en este Despacho se
interpuso un proceso de abreviado de divorcio en su contra promovido por
Liliana Castro Jiménez, bajo el expediente número 19-000051-0187-FA donde se dictó
el auto de traslado de las once horas treinta y cuatro minutos del veintiuno de
agosto de dos mil diecinueve que en lo interesa dice: Del anterior proceso de
abreviado de divorcio, establecido por Liliana Castro Jiménez, se confiere
traslado por el plazo perentorio de diez días a James Foster Kolman (art. 433 del Código Procesal Civil). Se le previene
que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones
posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de
dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.- Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009.- Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en
sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del
2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el
envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como
teléfono. Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono
celular, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del
despacho.- Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de
trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento
sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción
de notificaciones.-” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión
en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones.
Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial,
http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal
del despacho en que se tramita el expediente de interés.- Asimismo, por haberlo
así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género
del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV,
se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas
que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b)
sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún
tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de
residencia. Dentro de este mismo plazo podrá oponer excepciones previas y
ofrecer la prueba que considere pertinente. III. Por existir personas menores
involucradas en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la
Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la Oficina de
Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones de este circuito. IV.
Notifíquese esta resolución a la parte demandada, por medio de un edicto que se
publicará en el Boletín judicial, remítase vía electrónica a la Imprenta
Nacional. Las copias de la demanda y sus respectivas pruebas podrán ser
retiradas por la curadora procesal en la secretaría del despacho.—Licda.
Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019375800
).
Licda. Gabriela Morera Guerrero, Jueza del
Juzgado de Familia de Heredia, hace saber a Jorge Aníbal Rivera Vergara, mayor,
casado, de nacionalidad colombiana, pasaporte de su país número PCC70255478, de
demás calidades y domicilio desconocido, que en este Despacho la señora Marta
Irene Espinoza Mena interpuso un proceso divorcio en su contra, bajo el
expediente número 19-001394-0364-FA, y en éste se ordenó notificarle por edicto
la resolución que literalmente dice: “Juzgado de Familia de Heredia. A las
diecisiete horas y treinta y ocho minutos del ocho de agosto de dos mil
diecinueve. De la anterior demanda divorcio establecida por la accionante Marta
Irene Espinoza Mena, se confiere traslado al accionado Jorge Aníbal Rivera
Vergara por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o
manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá
oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con
claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en
que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a
uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite
como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá
ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las
generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le
previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe
señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que
mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el
transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se
producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero
de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por
el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el
2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de
que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de
uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden
utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un
número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de
actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades
internas de trámite procesal, buscando la agilización del
mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente si
usted (parte y/o abogado) tiene acceso a internet desde su hogar o un café
internet, se le insta a usar el Sistema de Gestión en Línea y a señalar este
medio para recibir notificaciones, lo único que debe hacer es ingresar a la
página del poder judicial www.poder-judicial.go.cr al link Gestión en Línea y
con la clave que se le proporcionará personalmente en el despacho, usted podrá
ingresar desde la comodidad de su casa a consultar su expediente y revisar sus
notificaciones, con lo anterior se evitará largas filas de espera.-Asimismo,
por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007,
artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser
personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si
cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h)
Lugar de residencia. De conformidad con la Circular N°
122-2014, Sesión del Consejo Superior N° 41-14,
celebrada el 6 de mayo del 2014, artículo XLIII, se le previene a la parte
actora indicar la dirección exacta donde se pueda localizar a la misma y a la
parte demandada, tanto de la dirección de la vivienda como el lugar de trabajo,
horario de trabajo, correo electrónico si lo posee, números telefónicos.
Asimismo, números telefónicos de las partes y el nombre de algún familiar o
vecino a través del cual pueda lograrse el contacto con las partes. Se informa
a la parte demandada que si por el monto de sus
ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece
la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es
posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede recibir
asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos. De la Universidad de Costa
Rica, Facultad de Derecho en San Pedro, San José, y se atiende de Lunes a
viernes de 08:00 am a 12:00 md y lunes, miércoles y
viernes de 13:30 pm a 19:30 pm, Universidad Latina, Sede de Heredia Oficina
Ubicada en la Municipalidad de Heredia, horario de atención: Lunes a viernes
08:00 am a 12:00 md, teléfono: 22776715, Universidad
Libre de Derecho, Horario de atención: Lunes a viernes:13:30pm a 16:30pm
teléfono: 22835533. En otros lugares del país hay otras Universidades que
prestan el servicio. Así como en la Defensa Publica Pisav-San
Joaquín de Flores de Heredia, competencia únicamente vecinos de Flores, Belén y
Santa Barbara de Heredia, Teléfono: 22655640. Y en la Defensa Pública de
Heredia. Teléfono 25600659. En otros lugares del país hay otras Universidades
que prestan el servicio. Se advierte, eso sí, que la demanda debe ser
contestada en el plazo que se le ha concedido, por lo que debe procurarse la
asistencia jurídica antes de que venza. (Artículo 7 del Código de Familia y 1 de
la Ley de Consultorios Jurídicos Nº 4775)”. Siendo
que la Ley Nº 8687, Ley de Notificaciones Judiciales,
publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia
el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y
contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para
atender notificaciones. (Art.58) y en todos los demás procesos, las partes
deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: fax,
correo electrónico, casillero y estrados. Se puede señalar dos medios distintos
de manera simultánea. (Art. 36). En caso de no señalar medio, la omisión
producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art. 34). Así las
cosas, se le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en
la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe
registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de
Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no
cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente:
Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial
a los teléfonos 2295-3386 o 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba
hacia el casillero electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al
buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información
pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste
en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento
de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue
recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe
que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De
confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a
la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de
la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Publicación de edicto: De
conformidad con lo dispuesto por el artículo 262 el Código Procesal Civil, a
fin de proceder a nombrarle curador procesal a la demandada se resuelve: Se
ordena expedir y publicar del edicto al que se refiere el artículo 263 del
Código Procesal Civil. Prevención de honorarios: Habiendo la parte actora
manifestado en página 3 que no cuenta los recursos económicos para cubrir los
honorarios del curador o la curadora procesal a nombrar, se ordena expedir
comunicación electrónica a la Administración Regional de estos tribunales por
medio del Sistema SIGA-PJ, a fin de que ésta asuma el pago correspondiente. Los
honorarios de la persona profesional en derecho se fijan en la suma de ochenta
y cinco mil colones más el 13% del IVA, es decir, noventa y seis mil cincuenta
colones. Esto, de conformidad con lo establecido en la Ley de Fortalecimiento
de las Finanzas Públicas (Ley N°9635) y el Reglamento del Impuesto sobre el
Valor Agregado (Reglamento N° 41779). Citación a la parte actora y a dos testigos: Se
cita a la señora Marta Irene Espinoza Mena y a dos testigos para que en el
plazo de una semana comparezca al juzgado y, bajo juramento, responda las
preguntas que se le formularán para determinar la procedencia del nombramiento
del curador procesal del demandado, bajo apercibimiento de que
si no comparece, el proceso no podrá avanzar. Notifíquese”.—Juzgado
de Familia de Heredia, 08 de agosto del 2019.—Licda. Gabriela Morera
Guerrero, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019375806
).
Licenciada Wendy Blanco Donaire jueza del
Juzgado de Familia de Cartago, a Wilmar Ceballos Gómez y Yorlene
Chavarría Rojas, en su carácter personal, se le hace saber que en demanda
suspensión patria potestad, expediente N°
19-001506-0338-FA establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra
Wilmar Ceballos Gómez y Yorlene Chavarría Rojas se
ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado
de Familia de Cartago. A las ocho horas y cincuenta y nueve minutos del seis de
junio del año dos mil diecinueve. De la anterior demanda abreviada de
suspensión de patria potestad establecida por el accionante Patronato Nacional
de la Infancia, se confiere traslado al accionado Wilmar Rojas Guevara, y la
accionada Yorlene Rojas Guevara por el plazo
perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su
conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer
excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad
las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se
apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno,
manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá
ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las
generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le
previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe
señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que
mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el
transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se
producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero
de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por
el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el
2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de
que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de
uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden
utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un
número de teléfono celular, con el fin de enviar avisos y recordatorios de
actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades
internas de trámite procesal, buscando la agilización del
mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por
haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de
Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007,
artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser
personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar
de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si
cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h)
Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a la demandada en la dirección
que suministra el Tribunal Supremo de Elecciones, personalmente o por medio de
cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real.
Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se
comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Cartago. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o
edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona
funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de
la Ley de Notificaciones Judiciales. En caso del demandado por desconocerse su
domicilio y por ser de nacionalidad colombiana, se ordena enviar oficio a la
Dirección General de Migración y Extranjería a fin de que certifiquen los
movimientos migratorios, previo al nombramiento de curador de las partes, solicitado
por el ente actor. Vista la medida cautelar que solicita el ente actor se
resuelve: El otorgamiento de la custodia de una persona menor, encierra un
análisis cuidadoso y un estudio previo. No debe ser una decisión tomada a la
ligera, ni únicamente de naturaleza legal, sino con intervención de aspectos
medulares que es sabido inciden positiva o negativamente en el desarrollo de la
personalidad de un sujeto en proceso de crecimiento y de formación, y por esa
razón, la nueva doctrina de la protección integral que emana de la nueva
legislación de niñez y adolescencia, con la asunción de dispositivos para
asegurar a la niñez el cumplimiento de sus derechos, ha de tenerse muy en
cuenta para resolver lo más conveniente ( artículo 3 de la Convención sobre los
Derechos del Niño, y numerales 5, 23 y
siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia). Luego de realizar un
estudio pormenorizado de la prueba que aporta el Patronato Nacional de la
Infancia, quien resuelve estima totalmente procedente la medida cautelar
solicitada, toda vez que la persona menor de edad de marras requiere de
protección, cuidados y atenciones que su madre y padre no pueden brindar. Por
todo lo anterior, en aras de resguardar los Derechos de las personas menores de
edad se otorga a Hannia Susan Rojas Guevara, el depósito provisional de la
persona menor de edad Ángel Jesús Ceballos Chavarría.
Notifíquese.—Msc. Wendy
Blanco Donaire, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019375821
).
Licda.
María Marta Corrales Cordero, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil la señora Graciela García Rodríguez, mayor,
divorciada, jornalera, portadora de la cédula de identidad número 7-0096-0846,
vecina de Limón, Guácimo, Río Jiménez, un kilómetro al suroeste de la Escuela
Irlanda, hija de Rafael Ángel García Ramírez y Marcela Rodríguez Sánchez,
nacida en Río Jiménez, Pococí, Limón, el veintiocho de febrero del año mil
novecientos setenta, con cuarenta y nueve años de edad, y Albán Murillo Ocampo,
mayor, soltero, chofer, portador de la cédula de identidad número 6-0173-0729,
vecino de Limón, Guácimo, Río Jiménez, un kilómetro al suroeste de la Escuela Irlanda,
hijo de Javier Murillo Jiménez y Ema Ocampo Araya, nacido en Puerto Cortés,
Osa, Puntarenas , el día tres de julio del año mil novecientos sesenta,
actualmente con cincuenta y ocho años de edad. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº
19-000544-1307-FA.—Juzgado de Familia del Segundo
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 15 de marzo del año 2019.—Licda.
María Marta Corrales Cordero.—Jueza.—1 vez.—O.C N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019375958
).
Lic. José Chaves Mora, Juez del Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido a
este Despacho solicitando contraer matrimonio civil el señor Marcial Elías
Nieto Villarreal, mayor, soltera, agricultor , portador de la cédula de
identidad número 6-0268-0054, vecino de Limón, Pococí, La Rita, cien metros
este de la cancha de fútbol del Patio, San Cristóbal, hijo de Menardo Nieto Villarreal y Paulina Villarreal Villarreal, nacido en Golfito, Puntarenas el diecisiete de
abril del año mil novecientos setenta y cinco, con cuarenta y tres años de
edad, y Ligia Lanza Gonzaga conocida como Ligia Sánchez Araya, mayor, soltera,
del hogar, portadora de la cédula de identidad número 5-0353-0050, vecina de la
misma dirección que el primero, hija de Eligio Lanza Rodríguez y Pabla
Elizabeth Gonzaga Blanco , nacida en Santa Cecilia, La Cruz, Guanacaste, el día
quince de julio del año mil novecientos ochenta y seis, actualmente con 32 años
de edad.. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que
este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 19-000683-1307-FA.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la
Zona Atlántica, 10 de abril del 2019.—Lic. José Chaves Mora, Juez.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019375959 ).
Licenciada María Marta Corrales Cordero,
Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona
Atlántica. Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio
civil la señora Ana Patricia Granados Sequeira, mayor, soltera, ama de casa,
portadora de la cédula de identidad número cinco-cero tres cero siete-cero dos
cuatro cinco, vecina de Limón, Pococí, Cariari, Finca Frutera Cuadrante casa
número cuarenta y dos, hija de Clímaco Granados Cortes y Siria Sequeira Piñar, nacida en centro Nicoya Guanacaste, el día
veintisiete de setiembre de mil novecientos setenta y ocho, actualmente con
cuarenta años de edad y el señor Enrique Vallejos Solís, mayor, soltero, peón
agrícola, portador de la cédula de identidad número siete -cero uno ocho
ocho-cero cuatro uno nueve, vecino de Limón, Pococí, Cariari, Finca Frutera
Cuadrante casa número cuarenta y dos, hijo de Gregorio Vallejos Vallejos y Leticia Solís Rojas, nacido en Guápiles, Pococí,
Limón, el día catorce de diciembre de mil novecientos ochenta y ocho, con
treinta años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento
para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en
este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto.
Expediente Nº 19-001218-1307-FA.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 05 de agosto
del 2019.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2019375861 ).
Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza
del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Han
comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil el señor
Kevin Amos Guillén González, mayor, soltero, mecánico de precisión, portador de
la cédula de identidad número 7-0255-0534, vecino de Limón, Guácimo, ciento
cincuenta metros oeste de la entrada a los Geranios, hijo de Dagoberto Guillén
Fonseca y Elsa González Quesada, nacido en Guápiles, Pococí, Limón, el primero
de octubre del año mil novecientos noventa y siete, con veintiún años de edad,
y la señora Girlany Linneth
Garita Gutiérrez, mayor, soltera, ama de
casa, portadora de la cédula de identidad número 7-0257-0152, vecina de Limón,
de la Escuela Limoncito, antiguo Bar La Manuda, primera entrada a la derecha,
última casa, hija de Norberto Garita Ovares y María Elena Gutiérrez Grajal,
nacida en Limón centro, el día siete de diciembre del año mil novecientos
noventa y siete, actualmente con 21 años de edad. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº
19-001236-1307-FA.—Juzgado de Familia del Segundo
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 08 de agosto del 2019.—1 vez.—O. C.
N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019375962
).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil Katherine Molina Toruño, mayor, soltera, tutora
independiente, cédula de identidad número 0503810080, hija de Yalile Toruño Salinas y José Aquiles Molina Chavarría,
nacida en Centro, Nicoya, Guanacaste, el 17/02/1991, con 28 años de edad, y
Cristian Mauricio Morales Sequeira, mayor, soltero, técnico en
telecomunicaciones, cédula de identidad número 0603990853, hijo de María de
Jesús Sequeira Aguilar y Cristino Morales Gallardo,
nacido en Centro, Golfito, Puntarenas, el 15/01/1992, actualmente con 27 años
de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en San José, cantón
Central, Barrio México, Florida Norte, del Servicentro Interamericana 200
metros norte, casa C-27, San José. Si alguna persona tiene conocimiento de
algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Expediente Nº 19-000462-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San Jose,
San José, 12 de agosto del 2019.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen,
Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019376069 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil de Ana Isabel Molina Alvarado, mayor, soltera, ama de
casa, vecina de Orosi, Altos de Araya 175 este de la Iglesia Católica, cédula
de identidad número 0302460469, hija de María Luisa Alvarado Castillo y
Herminio Molina Portuguez, nacida en Hospital,
Central, Cartago, el 21/02/1961, con 58 años de edad, teléfono 8623-7093 y José Jorge de La Trinidad Araya Valerín, mayor, divorciado, agricultor, cédula de identidad
número 0302790507, vecino de Orosi, Altos de Araya 175 este de la Iglesia
Católica, hijo de Norma Valerín Quesada y José Jorge
Araya Fuentes, nacida en Orosi, Paraíso, Cartago, el 17/10/1965, actualmente
con 54 años de edad, teléfono 8879-2531. Si alguna persona tiene conocimiento
de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto, expediente Nº 19-001250-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 10 de mayo del
2019.—Msc. Wendy Blanco Donaire, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019376070 ).
Alba Nidia Quintana Pineda, mayor, soltera,
ama de casa, nicaragüense, vecina de San Vicente de Moravia, San José, cédula
de residencia número 155812440836, hija de Manuel Quintana Moreno y Rosa Pineda
Orozco, nicaragüenses; y Camilo Ulises Corea Sánchez, mayor, soltero, técnico medio en economía, costarricense, vecino de
San Vicente de Moravia, San José, cédula de identidad número 8-0090-0036, hijo
de Gregoria Corea Sánchez, nicaragüense. Han manifestado ante esta notaría su
voluntad de contraer matrimonio civil. Quien conozca algún impedimento legal o
tenga oposición para la celebración de este matrimonio, deberá manifestarlo por
escrito dentro de los siguientes ocho días naturales, ante mi notaría, sita en
San José, San Vicente de Moravia, Barrio La Guaria, avenida 63, calle 47.—San
José, 27 de agosto del 2019.—Lic. Javier Alberto Acuña Delcore,
Notario Público.—1 vez.—( IN2019376158 ).
El señor Nitzan Amiaz Sharron, sin segundo
apellido por razón de su nacionalidad, mayor de edad, ciudadano británico,
nacido en Jerusalén, Israel, el día 17 de mayo del 1977, portador del pasaporte
de su país número 555131380, y portador de la cédula de residencia costarricense libre de condición número 182600079315 y
la señora Janie Howarth,
sin segundo apellido en razón de su nacionalidad, mayor de edad, ciudadana
británica, nacida en Virginia el día 13 de julio de 1992, portadora del
pasaporte británico número 528810181, y del documento de identidad migratorio
para extranjeros bajo la condición de voluntario número 182600083633, han
decide contraer matrimonio ante mi notaría. Cualquiera que se oponga puede
comunicarse vía correo electrónico a la siguiente dirección:
margaritaodio@yahoo.com. —San José, 27 de agosto del 2019.—Licda. Margarita
Odio Rohrmoser, Notaria Publica.—1
vez.—( IN2019376606 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil, Daniela Piedra Fernández, mayor, soltera, oficios
domésticos, cédula de identidad número 0604500177, vecina de Parrita, Pueblo
Nuevo, Proyecto César, del Súper Génesis, camino a la playa, tercera entrada,
tercera casa a mano izquierda, casa prefabricada, casa color celeste, hija de
Iris María Fernández Navarro y Carlos Luis Piedra Jiménez, nacida en Quepos,
Aguirre, Puntarenas, el 14/01/1999, con 20 años de edad, y Óscar Alberto
Jiménez Rodríguez, mayor, soltero, cédula de identidad número 0604510457,
vecino de Alajuela, Atenas, 700 metros al
este del Hotel Colinas del Sol, casa de cemento sin pintar, casa al lado
derecho de la calle, hijo de Ivannia Jiménez
Rodríguez, nacido en Corredor, Corredores, Puntarenas, el 06/03/1999,
actualmente con 20 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Expediente Nº 19-000190-1591-FA.—Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica
de Quepos (Materia Familia), Puntarenas, Quepos, 26 de agosto del año
2019.—Licda. Johanna Vargas Hernández, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2019376718 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil Marilyn Lucia Alvarado Álvarez, mayor, soltera,
Oficios Domésticos, cédula de identidad número 0113840836, hija de Yorlene María Álvarez Castro y Tony Alvarado Alvarado, nacida en Carmen Central San José, el 16/03/1989, con 30 años de edad, y
Nelson Gerardo Gamboa Gamboa, mayor, Soltero,
Mecánico, cédula de identidad número 0206250719, hijo de Ligia Gamboa Picado y Faylan Gamboa Rojas, nacido en Quesada San Carlos Alajuela,
el 22/09/1986, actualmente con 32 años de edad; ambas personas contrayentes
tienen el domicilio en Sarapiquí, Horquetas, La Chaves, de la entrada principal
2 km hacia adentro, a mano derecha casa color verde musgo. Si alguna persona
tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice,
está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Exp.
Nº19-000192-1343-FA.—Juzgado Civil, Trabajo,
Familia, Penal Juvenil Y Violencia Domestica Sarapiquí (Materia Familia),
Sarapiquí, Heredia 21 de agosto del 2019.—Msc. Mariselle Zamora Ramírez, Jueza.—1
vez.—O.C N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019376719 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio el señor Rafael Ángel Talavera Rodríguez, mayor,
divorciado, pensionado, cédula de identidad número 0501380759, nacido en Filadelfia Carrillo Guanacaste, el 01/08/1951, con 68
años de edad, y la señora Jenny Sequeira Saravia, mayor, soltera, ama de casa,
cédula de identidad número 0502540738, nacida en Centro Liberia Guanacaste, el
21/08/1969, actualmente con 50 años de edad; ambas personas contrayentes tienen
el domicilio en, La Cruz y Liberia, Guanacaste. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente N°
19-000532-0938-FA.—Juzgado de Familia
y Violencia Domestica del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia), Liberia,
01 de agosto del 2019.—Licda. María Alejandra Quesada García, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019376723 ).
Han comparecido a este despacho solicitando
contraer matrimonio el señor Marvin Gerardo Lara Rodríguez, mayor, soltero,
constructor, cédula de identidad N° 0502010892,
vecino de Guardia, Liberia, hijo de Guillermina Rodríguez Rodríguez
y Porfirio Lara Lara, nacido en Centro, Liberia,
Guanacaste, el 28/05/1962 y la señora Noilyn Judith
Rodríguez Valladares, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad N° 0503310028, vecina de Liberia, hija de Verónica
Valladares Valladares y Eduardo Rodríguez Dinarte, nacida en Centro Liberia, Guanacaste, el
15/10/1982. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que
este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este
Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto.
Expediente N° 19-000570-0938-FA.—Juzgado
de Familia y Violencia Domestica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste,
Liberia, (Materia Familia), 26 de agosto del 2019.—Marcela González
Solera, Jueza Decisora.—1 vez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019376724
).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil: Alba Johana Ocampo Martínez, cédula de identidad
C01202622 y Jerson Gonzalo Alfaro Valerín, cédula de
identidad 603070305. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento
para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en
este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto.
Expediente Nº 19-000802-1146-FA.—Juzgado
de Familia de Puntarenas, Puntarenas, 27 de agosto del 2019.—Firma
ilegible.—1 vez.—O.C N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019376725 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil Alejandro Mendoza Jiménez, mayor de edad, cédula de
identidad N° 6-0413-0098, misceláneo, vecino de INVU
Las Cañas, Alajuela, hijo de Rene Mendoza Mendoza y
de Xinia María Jiménez Jiménez, nacido en Jiménez
Golfito Puntarenas, en fecha 09 de setiembre de 1993, con 25 años de edad, y la
señora Jocelyn María Martínez Mendoza, mayor de edad, cédula de identidad N° 2-0758-0478, ama de casa, vecina de INVU Las Cañas,
Alajuela, hija de Ana Luisa Martínez Mendoza, nacida en Centro Central
Alajuela, en fecha 20 de setiembre de 1996, con 22 años de edad. Si alguna
persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se
realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los
ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 19-001475-0292-FA.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
Alajuela, 20 de agosto del 2019.—Msc. Liana Mata
Méndez, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019376731
).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil, el señor Enrique Francisco de Jesús Elizondo
Argüello, mayor, divorciado, oficial de seguridad, cédula de identidad número
0601150864, vecino de Proyecto Nuevo Jardines del Río, casa número C-12, hijo
de Mireya Argüello Muñoz y Francisco Elizondo Umaña, nacido en Sabalito Golfito
Puntarenas, el 12/02/1955, con 64 años de edad; y Mercedes Morales Rojas,
mayor, soltera, carnicera, cédula de
identidad número 0110740881, vecina de Proyecto Nuevo Jardines del Río, casa
número C-12, hija de María Auxiliadora Rojas Solís y Ricardo Morales Montiel,
nacida en Hospital Central San José, el 14/07/1980, actualmente con 38 años de
edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este
matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 19-000139-1591-FA.—Juzgado
Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Quepos
(Materia Familia), Puntarenas, Quepos, 25 de junio del 2019.—Licda. Silvia
Vásquez Monge, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019376822
).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil, Carlos Enrique Durán Sánchez, mayor, soltero, peón
agrícola, cédula de identidad número 0109630433, vecino de Las Gambas de
Golfito, quinientos metros al sur de la entrada a La Bolsa, casa color naranja
a mano izquierda, hijo de Ramona Sánchez Zúñiga y Abelino Durán Sánchez, nacido
en Hospital, central, San José, el 02/03/1977, con 42 años de edad, y Luzmilda Gutiérrez Morera, mayor, soltera, ejecutiva del
hogar, cédula de identidad número 0601930127, vecina de Las Gambas de Golfito,
quinientos metros al sur de la entrada a La Bolsa, casa color naranja a mano izquierda, hija de Herminia Morera Chavarría y
José Dolores Gutiérrez Gutiérrez, nacida en centro,
Golfito, Puntarenas, el 05/08/1965, actualmente con 54 años de edad. Si alguna
persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se
realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los
ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 19-000169-1086-FA.—Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica de Golfito (Materia Familia), Golfito, 23
de agosto del año 2019.—Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019376824 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil: Gilberto Antonio Paniagua Cubero, mayor, divorciado,
comerciante, cédula de identidad número 0602100256, vecino de Golfito, Barrio
Bella Vista contiguo al Banco Nacional, hijo de Nery Cubero Villalobos y
Virgilio Paniagua Núñez, nacido en Centro, Osa, Puntarenas, el 18/08/1967, con
52 años de edad; y Aurelia Elibeth Chacón Nieto,
mayor, soltera, técnica judicial, cédula de identidad número 0603860929, vecina
de Golfito, Barrio Bella Vista contiguo al
Banco Nacional, hija de María Victorina Chacón Nieto, y nacida en Sierpe, Osa,
Puntarenas, el 09/01/1990, actualmente con 29 años de edad. Si alguna persona
tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice,
está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº
19-000171-1086-FA.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica de Golfito (Materia Familia), Golfito, 26 de agosto del
2019.—Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2019376825 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil Meylin Josefina Peña Borbón, mayor, divorciada una
vez, manicurista, cédula de identidad número 0502900465, costarricense, nombre
de la progenitora Lillani Borbón Solano (fallecida) y
nombre del progenitor Rodolfo Eduardo Peña Sánchez, lugar de nacimiento en
centro Liberia, Guanacaste, el 03/10/1975, con 43 años de edad, y Randal Lira Alvarado, mayor, divorciado dos veces, policía,
cédula de identidad número 0602620322, costarricense, nombre de la progenitora
Yadira Alvarado Quesada y nombre del progenitor Luis Lira Cardos (fallecido),
lugar de nacimiento en Chacarita, Puntarenas, el 22/08/1974, actualmente con 45
años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Cañas,
Guanacaste, barrio Kennedy de la Clínica Calderón 100 al este. Si alguna
persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se
realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los
ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 19-000245-0928-FA, matrimonio civil de Meylin Josefina
Peña Borbón y Randall Lira Lira.—Juzgado de
Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas (Materia Familia), 27
de agosto del 2019.—Lic. Luis Fernando Suarez Jiménez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019376826 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil Susana Lisseth Montero Castillo, mayor, soltera,
oficial de seguridad, cédula de identidad número 0401940361, hija de Hermelinda
Castillo Chaverri y Eladio Montero Chacón, nacida en Centro Central Heredia, el
16/04/1987, con 32 años de edad, y Ronald Javier Campos Monge, mayor,
divorciado, oficial de seguridad, cédula de identidad número 0108420536, hijo
de Margarita Monge Bogantes y Carlos Campos Palma, nacido en Hospital Central
San José, el 21/12/1972, actualmente con 46
años de edad ambas personas contrayentes tienen el domicilio en San José,
Cantón Central, Distrito La Uruca, Barrio Corazón de Jesús, Frente al
Antiguo Bar Azteca, casa de dos plantas, color blanca con verjas verdes. Si
alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio
se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de
los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 19-000735-0186-FA.—Juzgado
Primero de Familia de San José, 27 de agosto del
2019.—Msc.
Marilene Herra Alfaro, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019376830 ).
Daniel Josué Berrios Obando y Angie Andrea
Calderón González, cédula por su orden: 1-1417-218 y 1-1483-355; vecinos de San
José, Desamparados, Patarra, Linda Vista,
desean contraer matrimonio y afirman reunir todos los requisitos de ley. La
oposición de alguien con interés legítimo debe ser presentada ante este Juzgado
dentro de los ocho días luego de esta publicación. Publíquese por una única
vez. Expediente Nº 19-001155-0637-FA.—Juzgado
de Familia de Desamparados, fecha 28-08-2019.—Licda. Mauren Solís
Madrigal, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019376857
).
Johan Roberto Cerdas Valladares y Gaudy Gabriela González Chavarría, cédula por su orden 1-905-874 y 1-1418-966; vecinos
de San José, Desamparados, San Rafael Abajo, Calle Areneros, casa número 56-A,
desean contraer matrimonio y afirman reunir todos los requisitos de ley. La
oposición de alguien con interés legítimo debe ser presentada ante este Juzgado
dentro de los ocho días luego de esta publicación. Publíquese por una única vez.
Expediente N° 19-001191-0637-FA.—Juzgado
de Familia de Desamparados, 28 de agosto del
2019.—Licda. Maureen Solís Madrigal, Jueza de Familia.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019376860 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil, presentes en este Despacho: Guillermo Murillo
Hidalgo, mayor, soltero, policía penitenciario, cédula de identidad número
0702080459, vecino de La Rita de Pococí, Urbanización La Sole, casa N° U6 color rosada, hijo de Guillermo Murillo Artavia y de
Ligia Hidalgo Mora, nacido en Guápiles, el dieciséis de noviembre de mil
novecientos noventa y uno, con 27 años de edad; y Yadicza
Zúñiga Víquez, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número
0702030409, vecina de La Rita de Pococí, Urbanización La Sole, casa N° U6 color rosada, hija de Guillermo Zúñiga Pérez e Irene
Víquez Guzmán, nacida en Guápiles, el veintiséis de diciembre de mil
novecientos noventa, actualmente con 28 años de edad. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº
19-001290-1307-FA.—Juzgado de Familia del Segundo
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 23 de agosto del
2019.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2019376861 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil, María Lidiette Villegas
Duarte, mayor, viuda, miscelánea, cédula de identidad número 0204660545, vecina
de Guápiles, Barrio San Miguel, 350 metros oeste del Súper Caribean, hija de
Elizabeth Duarte Campos y Trinidad Villegas González, nacida en centro,
central, Alajuela, el 05/04/1971, con 48 años de edad teléfono 8728-4440, y
Martín de la Trinidad Chaves Monge, mayor, divorciado, pensionado, cédula de identidad número 0700650989,
vecino de Guápiles, Barrio San Miguel, 350 metros oeste del Súper Caribean,
hijo de Ermelinda Monge y Carlos Chaves Murillo, nacido en Guápiles, Pococí,
Limón, el 15/09/1959, actualmente con 59 años de edad, teléfono 7003-5575. Si
alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio
se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de
los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 19-001294-1307-FA.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 26
de agosto del año 2019.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019376862 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil, Javier Antonio Flores López, mayor, soltero,
jornalero, cédula de identidad número 0702460285, vecino de Pacuarito
de Siquirres, 150 metros oeste de la antigua cerámica, hijo de Alicia López
Orozco y de Óscar Alexander Flores García, nacido en centro, Central, Limón, el
19/08/1996, con 23 años de edad, y Yocelyn María
Duarte Aguirre, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número
0702360672, vecina de Pacuarito de Siquirres, 150
metros oeste de la antigua cerámica, hija de Juana María Aguirre Parra y German
Antonio Duarte Farga, nacida en centro, Central, Limón, el 26/06/1995, actualmente
con 21 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento
para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en
este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto,
expediente Nº 19-001298-1307-FA.—Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 26 de
agosto del 2019.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza Decisora.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019376866 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil Jennifer Tatiana Castillo Guadamuz, mayor, estado
civil soltera, profesión esteticista, cédula de identidad número 1-15440945,
vecina de San Miguel de Santo Domingo de Heredia, hija de José Tomás Castillo y
Luisa Guadamuz Rojas y nacida en San José, con 26 años de edad y Luis Fernando Vega Jiménez, mayor, estado civil soltero,
profesión cajero, cédula de identidad número 2-0670-0934, vecino de San Miguel
de Santo Domingo Heredia, hijo de Deyanira de la Trinidad Jiménez Morales y
Luis Paulino Vega Castillo, nacido en Alajuela, actualmente con 29 años de
edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este
matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 19-001683-0364-FA.—Juzgado
de Familia de Heredia, 20 de agosto del 2019.—Msc.
Gabriela Morera Guerrero, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019376870
).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil de Genesis Samantha Vargas Segura, mayor, Soltera,
ama de casa, cédula de identidad número 0305150919, vecina de Llanos de Santa
Lucia, del Pali 800 m sur, teléfono 8724-24-15, hija de Laura Giselle Segura
Quesada y Allan Vargas Sánchez, nacida en Oriental Central Cartago, el
17/02/1999, con 20 años de edad, y Hugo Alexander Brenes Lobo, mayor, soltero,
operario, cédula de identidad número 0305100080, vecino de Llanos De Santa
Lucia, del Pali 800 m sur, teléfono 8755-64-10, hijo de Yorleny Patricia Lobo
Torres y Hugo Alexander Brenes Jiménez, nacida en Oriental Central Cartago, el
23/04/1998, actualmente con 21 años de edad. Las personas comparecientes manifiestan:
Venimos ante su autoridad con el fin de que mediante sus buenos oficios se nos
una en matrimonio civil dado que no hay impedimento legal para ello y para
comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los testigos: Laura Guiselle Segura Quesada y Yorleny Patricia Lobo Torres. Si
alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio
se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de
los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº Nº19-002386-0338-FA.—Juzgado
de Familia de Cartago, Cartago, 23 de agosto del año 2019.—Msc. Wendy Blanco Donaire, Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019376873 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil, los contrayentes: Luis Steven Morales Elizondo,
mayor de edad, soltero, operario 2, cédula de identidad número 0304910430,
vecino de Juan Viñas de Cartago, Barrio Santa Elena, 150 metros al noreste de la pulpería San Martín, casa color verde
con tapia amarillo, hijo de Lucrecia Elizondo Montero y Manuel Morales Castro,
nacido en Centro, Turrialba, Cartago, el 01/12/1995, con 23 años de edad; y Jenilyn Guevara Navarro, mayor de edad, soltera, operaria
de calidad, cédula de identidad número 0304450586, vecina de San Rafael de
Quircot, Cartago, 400 metros al norte de la Iglesia Colonial de Quircot, 125
metros al este y 50 metros al norte, casa número 11, hija de Miriam Navarro
Rodríguez y Marco Vinicio Guevara González, nacida en Oriental, Central, Cartago,
el 05/06/1990, actualmente con 29 años de edad. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº
19-002428-0338-FA.—Juzgado de Familia
de Cartago, Cartago, 28 de agosto del 2019.—Licda. Patricia Cordero García,
Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019376874 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil, Alex Steven Gutiérrez Carmona, cédula de identidad
número seis-cuatrocientos tres-setecientos ocho, de veintiséis años de edad,
soltero, de momento sin trabajo, nativo de Corredor, Corredores, Puntarenas, el
veintinueve de julio de mil novecientos noventa y dos, hijo de Alexánder Gutiérrez Lacayo y Rebeca Carmona Leal, vecino de
Río Nuevo, casa número 7, bloque H, y Emilyn Yulissa
Barrantes Contreras, cédula de identidad número seis-cuatrocientos treinta y
nueve-doscientos dieciséis, de veintiún años, soltera, costarricense,
estudiante, nativa de Corredor, Corredores, Puntarenas, el once de junio de mil
novecientos noventa y siete, hija de William Barrantes Fallas y Yoconda Contreras Angulo, vecina de Copal de Agua Buena,
seiscientos metros hacia el oeste, calle hacia Los Ángeles. Si alguna persona
tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice,
está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº
16-000468-1304-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo
Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia familia), Corredores,
Ciudad Neily, 12 de agosto del 2019.—Lic. César
Monge Vallejos, Juez.—1 vez.—O.C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019376921
).
Eriberto de las Piedades Méndez Picado,
mayor, divorciado, agricultor, cédula de identidad número 0900810294, vecino de
Barrio Veracruz de Paso Canoas, de la Iglesia Emmanuel, doscientos cincuenta
metros al sur, hijo de María Picado Sandí y Bernardino Méndez Espinoza, nacido
en San Vito, Coto Brus, Puntarenas, el 14/12/1962, con cincuenta y siete años
de edad, y Gerardina Amable Sánchez Bermúdez, mayor,
soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número 0601410032, vecina de
la misma dirección del anterior, hija de Luz de Jesús Sánchez Bermúdez, nacida
en Jicaral, Central, Puntarenas, el 27/04/1958, actualmente con sesenta y uno
años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún
impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo
ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la
publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio). Expediente Nº 19-000417-1304-FA.—Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur
(Corredores) (Materia Familia), 16 de agosto del 2019.—Lic. Cesar Monge
Vallejos, Juez.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019376928
).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil, Daniel Cedeño Obando, mayor, divorciado, taxista,
cédula de identidad número seis-trescientos setenta y cinco-doscientos catorce,
vecino de Barrio El Carmen, Corredores, Puntarenas, de la Pulpería El Garrotazo,
250 metros sur, casa prefabricada color turquesa, hijo de Filiberta
Obando Peralta y Jovino Cedeño Cedeño, ambos padres
de nacionalidad costarricense, nacido en Corredor, Corredores, Puntarenas, el
14/10/1988, con 30 años de edad; y Guiselle María
Rojas Núñez, mayor, divorciada, oficios domésticos, cédula de identidad número:
seis-cuatrocientos veinticuatro-cuatrocientos setenta y cinco, vecina de misma
dirección anterior, hija de Carmen Núñez Núñez y
Pablo Javier Rojas Ramírez, ambos padres de nacionalidad costarricenses, nacida
en Jiménez Golfito Puntarenas, el 08/11/1989, actualmente con 29 años de edad.
Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este
matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 19-000426-1304-FA.—Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur
(Corredores) (Materia Familia), Corredores, Ciudad Neily,
23 de agosto del 2019.—Lic. César Monge Vallejos, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019376929 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil Elizabeth Chavarría Reyes, mayor, soltera, oficios
domésticos, cédula de identidad número 0502060392, vecina de Las Juntas, del Lubricentro Fu 800 oeste, Barrio La Gloria, hija de Zeneida Reyes Pazos, mayor, costarricense y de quien en
vida fue Margarito Chavarría Navarro, nacido en Centro, Liberia, Guanacaste, el
26/12/1962, con 56 años de edad, celular 84964574 y Alex Antonio Rocha
Alvarado, mayor, soltero, coligallero, cédula de identidad número 0503510854,
vecino de Las Juntas del Lubricentro Fu 800 metros
este, hijo de quien en vida fue Oliva Antonia Alvarado López y Alexander Rocha Molina, mayor, costarricense, nacida en
Las Juntas Abangares Guanacaste, el 07/05/1986, actualmente con 32 años de
edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este
matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 19-000100-0928-FA, matrimonio civil, promueven:
Elizabeth Chavarría Reyes y Alex Antonio Rocha Alvarado.—Juzgado
de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas, (Materia Familia),
Guanacaste, Cañas, 29 de agosto del 2019.—Lic. Luis Fernando Saúrez Jiménez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019377023 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer Silvia García Carrillo, mayor, soltera, ama de casa, cédula de
identidad número 0601740168, vecina de Copal de Nicoya, en el Residencial Nueva
Esperanza, casa número seis, hija de José German García Matarrita y María Lidia
Carrillo Obando, nacida en San Francisco de Tinoco, Osa, Puntarenas, el
21/04/1963, con 56 años de edad, y Cristian
Alcides Medina Gómez, mayor, soltero, jornalero, cédula de identidad número
0502800773, vecino de Copal de Nicoya, en el Residencial Nueva Esperanza, casa
número seis, hijo de Anastacio Medina Fernández y
Evangelina Gómez Gómez, nacido en Quebrada Honda,
Nicoya, Guanacaste, el 23/01/1974, actualmente con 44 años de edad. Si
alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio
se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de
los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Asunto: solicitud de
matrimonio. Expediente Nº 19-000250-0869-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo
Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Familia), Nicoya, 29 de
agosto del año 2019.—M.Sc.
Berta Lidieth Araya Porras, Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019377024 ).
Piden casarse Rodolfo Herrera Uva, cédula:
6-0347-0914 y Karen Vanessa Vásquez Alvarado, cédula: 1-1255-0180, ambos
vecinos de Ciudad Cortés de Osa. Si alguna persona conoce impedimento para que
esta boda se realice deberá manifestarlo a este despachó dentro del plazo de
ocho días siguientes después de la publicación de este edicto. Expediente:
19-000200-1420-FA.—Juzgado de Familia de Osa,
29 de agosto del 2019.—Lic. Mario Alberto Barth Jiménez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2019377271 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil, Banny Gabriela Torres
Carrillo, 0503430259, mayor, unión libre, ama de casa, vecina de Sonzapote de Nicoya, Guanacaste, 2 kilómetros al norte de
la escuela, Santos Carrillo, a mano izquierda casa de madera color celeste,
nombre del progenitor Juan Torres Torres y de la progenitora Daria Carrillo
Obando, nacida en centro, Nicoya, Guanacaste, el 12/01/1985, con 34 años de
edad y Evelio de Jesús Hernández Castrillo, 0503010708 mayor, unión libre,
comerciante, con cédula de identidad número, vecino de Sonzapote
de Nicoya, Guanacaste, 2 kilómetros al norte de la escuela, Santos Carrillo, a mano izquierda casa de madera color
celeste nombre de la progenitora María Lucrecia Castrillo Martínez y nombre del
progenitor Donald Hernández López, nacido en Copalchí,
La Cruz Guanacaste, el 25/08/1977, con 41 años de edad. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº
19-000251-0869-FA.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia
Familia), Nicoya, 29 de agosto del año 2019.—M.Sc.
Karol Tatiana Gómez Moraga, Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019377272 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil, Vilma Alejandra Redondo Ulloa, mayor, soltera,
estudiante, vecina de Cervantes de Cartago, El Bajo, de la gruta, 500 metros al
norte, sobre carretera a Pacayas, casa de color terracota, con cerca, celular
número 7209-49-90, cédula de identidad número 3- 0495-0923, hija de Digna María
Ulloa Martínez y Jorge Redondo Solano, nacida en Oriental, central, Cartago, el
19/07/1996, con 23 años de edad y Warner Alonso Solano Gamboa, mayor,
divorciado de Stephanie Johanna Chacón Pérez, el 26/10/2015, en Cartago,
docente, vecino de Cervantes de Cartago, El Bajo, de la gruta, 500 metros al
norte, sobre carretera a Pacayas, casa de color terracota, con cerca, cédula de
identidad número 3-0358-0345, hijo de Elizabeth Gamboa Ortega y Rafael Solano
Centeno, nacido en centro, Turrialba, Cartago, el 26/02/1979, actualmente con
40 años de edad, celular número 7208-4854. Si alguna persona tiene conocimiento
de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Expediente Nº 19-002416-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 29 de agosto del
año 2019.—M.Sc. Wendy Blanco Donaire, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019377273
).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil, los señores Rafael Obando López, mayor, soltero,
chofer, cédula de identidad número 7-0130-0918, hijo de Rafael Obando Obando y Jerónima Emilia López Cortés, nacido en Cahuita,
Talamanca, Limón, el 11/12/1978, con 40 años de edad y Yesenia Odalía Díaz Solano, mayor, soltera, ama de casa, cédula de
identidad número 7- 0149-0326, hija de Anselmo Vidal Díaz Díaz
y Dora del Carmen Solano Ramírez, nacida en
central, Limón, el 11/11/1982, actualmente con 36 años de edad; ambas personas
contrayentes tienen el domicilio en Limón, Barrio Ceda Ckee,
contiguo a la Llantera El Parce, casa a mano izquierda color verde. Si alguna
persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se
realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los
ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 19-000548-1152-FA.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 29 de
agosto del año 2019.—Licda. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2019377538 ).
Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial
San José, al ser las trece horas y veintiocho minutos del veintidós de agosto
del año dos mil diecinueve. Se hace saber que dentro de la causa penal
10-003382-0275-PE seguida contra de Abraham Sánchez Monge, por el delito de
amenazas agravadas y portación ilícita de arma permitida, en daño de Willy
Sánchez Angulo y la seguridad común: “Se ordena publicación de edicto”.
Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial San José, al ser las quince horas y
dieciséis minutos del veintiocho de marzo del año dos mil diecinueve. Vistas la
citas negativas de Giovanni Durán Sánchez que rolan a folios del 642 al 644 y
siendo que no se ha podido contactar a Giovanni Durán Sánchez, se ordena:
notifíquese mediante edicto en el Boletín Judicial, la resolución de las
catorce horas quince minutos del dieciséis de febrero del dos mil dieciocho,
que literalmente resuelve: Una vez firme el fallo se ordena entregar a quién
acredite ser su legítimo propietario el arma tipo pistola, color negro, calibre
9 mm, marca Glock, modelo 9x19, serie HVC317 con su respectivo cargador. Quedan
las partes notificadas de manera oral, la anterior sentencia queda respaldada
en formato digital, si desean las partes copia de la misma deben aportar el
correspondiente medio al efecto. Todas las partes renuncian al plazo para
interponer recurso de apelación contra la sentencia, por lo cual la misma queda
firme en este acto. Lorena Blanco Jiménez, Jueza de juicio. De conformidad con
el artículo 6 de la Ley 6106, realícense tres publicaciones, y en caso de
transcurrir tres meses a partir de la última publicación no existe gestión de
parte para la devolución del arma, de conformidad con la Ley de Armas y
Explosivos Nº 7530, artículo 84 se ordena el comiso a
favor del estado, a la orden del Arsenal Nacional, y se autoriza su
destrucción. Notifíquese. Lorena Blanco Jiménez, Jueza de Juicio”. Notifíquese.—Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial
San José.—M.Sc. Nuria Villalobos Solano, Jueza Coordinadora.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2019376440 ). 3 v. 2.
Juzgado Penal de Corredores, hace saber que
en este juzgado se tramita la causa penal N°
13-200975-0456-PE, contra Luis Ángel Martínez Fajardo, por el delito de
maltrato y otros, en perjuicio de Kerlin Porras
Agüero, donde se ordenó publicar la siguiente resolución que literalmente dice:
A) De conformidad con el numeral 6, de la Ley 6106, Ley de Distribución de
Bienes Confiscados o Caídos en Comiso en cuanto establece “Tanto las
autoridades judiciales como la administrativas, deberán publicar un aviso en el
diario oficial y por lo menos en uno de los periódicos nacionales, en el que se
indicarán los objetos, mercancías y demás bienes en poder de las respectivas
proveedurías, vencido los términos establecidos en los artículos anteriores,
sin que los interesados promuevan las acción correspondiente, las dependencias
indicadas procederán a distribuir los bienes en la forma aquí dispuesta”(sic)
y previo a resolver sobre el destino de la evidencia decomisada dentro de la
presente sumaría, sea esta un arma de fuego tipo pistola, marca CZ, modelo
CZ75CP-01 Phantom, calibre 9x19 mm, se ordena la
publicación de la misma en el Boletín Judicial donde se ponga en
conocimiento que la evidencia anterior se encuentra decomisada dentro de la
presente sumaría.—Juzgado Penal de Corredores.—Licda. Sandra Arrieta
Sánchez, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2019377269 ).
Tribunal Penal de Flagrancia Segundo Circuito
Judicial de San José, a las once horas del veintinueve de agosto de dos mil
diecinueve. De conformidad con los artículos 84 y 99 de la Ley Nº 7530 Ley de Armas y Explosivos, 200 y 367 del Código
Procesal Penal y artículo primero de la Ley Nº 6106
Ley de Distribución de Bienes Confiscados o Caídos en Comiso y su Reglamento,
se notifica mediante edicto en el Boletín Judicial, por única vez, lo
dispuesto en Voto Nº 14-2019 de las diecisiete horas
con diecinueve minutos del seis de enero de dos mil diecinueve, que dispone la
devolución del arma de fuego tipo revólver, marca Amadeo Rossi, calibre .38
SPL, serie D800448, modelo no indica, a su legítimo dueño, sea Tua de Costa Rica S. A., cédula de identidad 3-101-079876,
previa presentación de la documentación de rigor, concediéndose el plazo de
tres meses contados a partir de la presente
publicación en el Diario Oficial a efectos de que gestione su devolución, en
caso contrario se dispone el comiso del arma de fuego a favor del Estado,
siendo el Departamento de Arsenal Nacional quien le dé el destino
correspondiente. Lo anterior bajo la causa penal 16-000662-1092-PE seguida en
contra de Eliazar Ernesto Rivas Pichardo por el delito de portación ilícita de
arma permitida en perjuicio de la seguridad pública. Notifíquese.—Tribunal
Penal de Flagrancia del Segundo Circuito Judicial de San José.—Licda.
Ana Cristina Dittel Masis, Jueza de trámite.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019377594 ).