BOLETÍN JUDICIAL 168 DEL 6 DE SETIEMBRE DEL 2019

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

SALA CONSTITUCIONAL

JUZGADO NOTARIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Avisos

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

TERCERA PUBLICACIÓN

ASUNTO:    Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Quepos de la provincia de Puntarenas.

SE HACE SABER:

Que las oficinas judiciales del cantón de Quepos de la provincia de Puntarenas, permanecerán cerradas durante el día treinta de octubre del dos mil diecinueve, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de las fiestas cívicas de dicho cantón.

San José, 30 de agosto del 2019.

                                                                   Lic. Wilbert Kidd Alvarado

                                                                      Subdirector Ejecutivo a. í.

O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019377828 ).

SALA CONSTITUCIONAL

ASUNTO:    Acción de inconstitucionalidad.

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

PRIMERA PUBLICACIÓN

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad número 19-010003-0007-CO que promueve Olivier Villegas Villegas, se ha dictado la resolución que literalmente dice: “Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las seis horas y cincuenta y uno minutos de treinta y uno de julio de dos mil diecinueve. /De conformidad con lo dispuesto por el voto número 2019-13731 de las nueve horas con veinte minutos del veinticuatro de julio de dos mil diecinueve, se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Olivier Villegas Villegas, únicamente en cuanto al artículo 279 quinquies del Código Penal. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República. La norma se impugna toda vez que la ley 9458, por la que se agregó el artículo 279 quinquies del Código Penal, fue votada fuera del plazo establecido por el artículo 123 de la Constitución Política, lo que a criterio del accionante constituye un vicio esencial en el procedimiento de tramitación de dicha norma. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación del accionante proviene del párrafo primero del artículo 75 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, pues alegó la inconstitucionalidad de la norma impugnada en el proceso que se tramita en su contra ante la Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, bajo el expediente número 19-000211-0414-PE. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción, para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. Notifíquese. Fernando Castillo Víquez, Presidente a. í.

San José, 31 de julio del 2019.

Vernor Perera León Secretario

                                                                                     Secretario a. í

O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019376901 ).

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad 19-014055-0007-CO, que promueve Javier Francisco Retana Fallas, se ha dictado la resolución que literalmente dice: «Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las trece horas y diecisiete minutos de veintidós de agosto de dos mil diecinueve. /Se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Javier Francisco Retana Fallas, en su calidad de apoderado judicial de Vilma Gerardina Del Socorro Carvajal Alfaro, para que se declare inconstitucional jurisprudencia de la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia contenida en los votos números 2018-00918 de las 10:45 del 5 de junio de 2018, 2019-00347 de las 10 horas del 20 de marzo de 2019, 2019-000077 de las 10 horas del 30 de enero de 2019 y 2019- 000232 de las 9:50 del 6 de marzo de 2019, relativa a la jornada acumulativa, por estimarla contraria a los artículos 33, 57, 58, 68, 74, 11, 140, incisos 3) y 18), y 191 de la Constitución Política. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República y al Presidente de la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia. La norma se impugna por cuanto vulnera la jornada laboral constitucionalmente protegida para los servidores públicos, por medio de reglamentos autónomos de servicio o potestades de imperio no previstas por norma de rango de ley, lo que a su parecer resulta contrario a lo dispuesto por los artículos 58 constitucional y 136 del Código Trabajo, en lo que atañe a los requisitos para que la jornada acumulativa sea legítima. Alega que en dicha jurisprudencia se denegó a la persona funcionaria pública el derecho fundamental a su jornada máxima diaria, bajo la tesis que el Estado como patrono ostenta la potestad de imponer unilateralmente jornadas mayores a las constitucionalmente protegidas, únicamente mediando su propia voluntad; ya sea sin norma de rango legal que lo autorice, o bien por medio de reglamentos autónomos de servicio que limitan el ejercicio pleno de ese derecho. Señala que en el voto 2018-00918, la Sala Segunda resolvió lo siguiente: “(…) No es necesario, como se demanda, que el texto normativo expresamente establezca que se trata de una jornada acumulativa o extendida, según los parámetros que posibilita el artículo 136 del en su párrafo segundo, conforme al cual “…en los trabajos que por su propia condición no sean insalubres o peligrosos, podrá estipularse una jornada ordinaria diurna hasta de diez horas y una jornada mixta hasta de ocho horas, siempre que el trabajo semanal no exceda de las cuarenta y ocho horas” (…) No se detecta que la jornada así negociada afecte algún derecho particular de las y los demandantes , porque el artículo 58 citado es claro al señalar, en cuanto a los límites de jornada ahí establecidos (de ocho y seis horas diarias y cuarenta y ocho semanales), que “estas disposiciones no se aplicarán en los casos de excepción muy calificados, que determine la ley”. Y no se está en el supuesto de una excepción, pues la jornada ordinaria impuesta a los empleados administrativos es incluso menor a la máxima de 48 horas, solo que fue compactada en cinco días, conforme las posibilidades que el mismo Código de Trabajo autoriza en el numeral 136 transcrito (…)”. Aduce que en que para la Sala Segunda la administración puede unilateralmente fijar límites de jornada laboral mediante la figura de la jornada acumulativa, incluso si la reglamentación no señala que tal tipo de jornada es la que se instaura y sin el acuerdo previo con el trabajador, peor aún en el último voto referido, el Estado puede fijar estos límites sin necesidad de norma si quiera de carácter reglamentario, fundamentándose en pretendidas potestades de imperio y en supuestas necesidades del servicio que nunca fueron acreditadas por el ente accionado. . Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación al accionante proviene del expediente 16-0000566-0166-LA, interpuesto por su representada contra el Estado, y en el que se alegó la inconstitucionalidad de la norma impugnada. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción, para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. Notifíquese./Fernando Castillo Víquez, Presidente a.í./».

San José, 26 de agosto del 2019.

                                                                         Vernor Perera León,

                                                                               Secretario a. í.

O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019376902 ).

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, que en el Proceso Disciplinario Notarial 15-000332-0627-NO, de Luis Óscar Vargas Díaz contra Ligia Rodríguez Pacheco (cédula de identidad 6-139-768), este Juzgado mediante resolución de las catorce horas y ocho minutos del veintiséis de julio de dos mil diecinueve dispuso lo siguiente: “Revisados los autos, aprecia el suscrito juzgador que no existen vicios que pudieran generar indefensión a la notaria denunciada, por lo que, en ejercicio de potestades conferidas por mandato legal (artículo 5.3 del Código Procesal Civil, aplicado en relación al canon 163 del Código Notarial) para desechar cualquier solicitud o incidencia notoriamente improcedente o que implique una dilación manifiesta, se rechaza de plano la solicitud formulada por la notaria Ligia Rodríguez Pacheco a folio 87. No obstante, por haberse acreditado hasta el 09 de julio del 2019 que la accionada realizó la inscripción que interesa en el presente asunto para el 10 de agosto del 2017, es decir, poco más de un año después de la prevención realizada por este Despacho a la denunciada para que inscribiera la escritura de marras (ver resolución de folio 44), se limita la sanción disciplinaria impuesta a la Licenciada Ligia Rodríguez Pacheco al total de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, tal como se dispuso en la sentencia número 388-2018 de las trece horas cincuenta y siete minutos del veintiséis de junio del dos mil dieciocho (folio 56), confirmada por el Tribunal Notarial según voto 24-2019 de las once horas del veintidós de febrero del dos mil diecinueve (folio 75). Una vez firme esta resolución, comuníquese a la Dirección Nacional de Notariado, al Registro Civil, al Archivo Notarial y al Registro Nacional dicha limitación mediante edicto que será publicado en El Boletín Judicial. Notifíquese.

San José, 26 de julio del 2019

                                                      M.Sc. Juan Carlos Granados Vargas,

                                                                                  Juez

1 vez.—O. C. Nº.364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019376055 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario notarial 15-000824-0627-NO, de Alfredo Uribe Pineda contra José Martín Zúñiga Brenes, cédula de identidad 1-0604-0772, este juzgado mediante resolución 244-2019 de las seis horas y cincuenta y nueve minutos del treinta de abril de dos mil diecinueve, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, sanción que se mantendrá en el tiempo hasta el efectivo cumplimiento de la devolución de dinero ordenada. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial.

San José, 6 de junio del 2019.

                                                            Dra. Ingrid Palacios Montero,

                                                                                 Jueza

1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019376057 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario notarial 16-000325-0627-NO, de Dirección Nacional de Notariado contra Karla Priscilla Campos Morales (cédula de identidad 3-0350-0306), este Juzgado mediante resolución 241-2019 de las seis horas y treinta y ocho minutos del treinta de abril de dos mil diecinueve, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Juzgado Notarial. Notifíquese.

San José, 06 de junio del 2019.

                                                            Dra. Ingrid Palacios Montero,

                                                                                 Jueza

1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019376058 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, que en el proceso disciplinario notarial 16-000393-0627-NO, de Dirección Nacional de Notariado contra Barina Rosario Benavides Pérez, cédula de identidad 1-775-661, este Juzgado mediante resolución 357-2019 de las veintiuno horas treinta minutos del veinticuatro de junio del dos mil diecinueve, dispuso imponerle a la parte denunciada la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial.

San José, 26 de julio del 2019.

                                                    Msc. Juan Carlos Granados Vargas

                                                                               Juez

1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019376059 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Avisos

Licda. Brenda Celina Calvo De La O la jueza del Juzgado de Trabajo de Santa Cruz; hace saber a Deborah Buckoski Gauthier y Palms International Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada representado por Mark Edward Peterson, documento de identidad 3-102-665314, domicilio: San José, Escazú, distrito San Rafael, de Multicentro Paco 500 metros al oeste y 200 metros al sur y a la demandada Deborah Buckoski Gauthier sea en Puntarenas, Jacob, camino a Playa Jacob, de la entrada a Herradura 300 metros en las oficinas de Palm International, que en este Despacho se interpuso un proceso OR.S.PRI. Prestac. Laborales en su contra, bajo el expediente número 16-000180-1052-LA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: auto de traslado. Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Guanacaste. A las once horas y doce minutos del catorce de setiembre del año dos mil dieciséis. De la demanda ordinaria de trabajo y documentos aportados con la misma por Xiomara del Carmen Salmerón Treminio, cédula 155820813501 se confiere traslado por ocho días hábiles a Deborah Buckoski Gauthier y Palms International Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada representado(a) por Mark Edward Peterson, a fin de que dentro del plazo mencionado la conteste por escrito, previniéndole que debe de manifestar respecto a los hechos, si los reconoce como ciertos o si los rechaza, por inexactos, o bien, si los admite con variantes o rectificaciones, bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere, se tendrán por probados aquellos sobre los cuales no haya dado contestación en forma debida. Además, al contestar la demanda deberá necesariamente proponer toda excepción o cuestión incidental que se relacione con sus intereses en litigio, así como ofrecer la prueba que le interese y en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Asimismo se le hace saber que de conformidad con el artículo 6 de la Ley que Regula el Proceso Laboral en Negocios de Menor Cuantía, número 3664 del diez de enero de mil novecientos sesenta y seis, si no contesta la demanda dentro del término que al efecto se le confirió, o si se allana expresa y totalmente a ella, no habrá juicio oral o público para recibir ningún tipo de prueba, procediéndose al fallo mediante acta lacónica se procederá a dictar un auto con carácter de sentencia. Se designa para la tramitación de este asunto al(a) Lic. (da) Yorleni Bello Varela conforme a los artículos 2 y 15 en relación con el artículo 464 del Código de Trabajo. Notifíquese esta resolución al (los) demandado(s), personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese a la sociedad demandada la presente resolución, por medio de su representante, personalmente o por medio de cédula y copias de ley en su casa de habitación, en el domicilio real de éste, o bien en el domicilio social o real. Artículos 19 y 20 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona al Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Escazú, San José para notificar a la sociedad Palms International Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada representado(a) por Mark Edward Peterson puede ser localizada en la siguiente dirección: San José, Escazú, distrito San Rafael, de Multicentro Paco 500 metros al oeste y 200 metros al sur y a la demandada Deborah Buckoski Gauthier sea en Puntarenas, Jacob, camino a Playa Jacob, de la entrada a Herradura 300 metros en las oficinas de Palm International para tales efectos se comisiona al Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Jacob. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario (a) notificador (a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Se le previene a la parte interesada, que para efectos de la diligencia en cuestión, si a bien lo tiene, deberá señalar un medio para atender notificaciones ante la autoridad comisionada, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 35, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20, del 29 de enero de 2009. Licda. Yorleni Bello Varela jueza. Lo anterior se ordena así en proceso OR.S.PRI. Prestac. Laborales de Xiomara del Carmen Salmerón Treminio contra Deborah Buckoski Gauthier, Palms International Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada; expediente 16-000180-1052-LA. Nota: publíquese por una sola vez, en el Boletín Judicial.Juzgado de Trabajo de Santa Cruz, 26 de agosto del 2019.—Licda. Brenda Celina Calvo De La O, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019377264 ).

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Pedro Nolasco López Castillo, cédula de identidad número: 05-0088-0733, fallecido el 05 de febrero del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 19-000180-0868-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 19-000180-0868-LA. A favor de: Enrriqueta Carrillo Carrillo, cédula de identidad número: 05-0087-0674.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Materia Laboral), 23 de agosto del 2019.—Licda. Ximena Jiménez Soto, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019377603 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de diecisiete millones novecientos ochenta y nueve mil novecientos noventa y tres colones con cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando calle de entrada, referencia 00268567, citas de inscripción 0348-00013249-01-0941-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número trescientos veintidós mil trescientos diecisiete, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, lote 13, sector H. Situada en el distrito San Rafael Abajo, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, alameda; al sur, lotes 7 y 8 sector H; al este, lote 14 sector H; y al oeste, lote 12 sector H. Mide: ochenta y tres metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del siete de octubre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del quince de octubre de dos mil diecinueve con la base de trece millones cuatrocientos noventa y dos mil cuatrocientos noventa y cuatro colones con setenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintitrés de octubre de dos mil diecinueve con la base de cuatro millones cuatrocientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa y ocho colones con veintiséis céntimos (25% de la base original). NOTAS: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopeservidores R. L. contra Eamy Sarela Solís Mena. Expediente 19-002671-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 26 de abril del año 2019.—Lic. Yesenia Solano Molina, Jueza Decisora.—( IN2019378009 ).

En este Despacho, con una base de veintinueve millones ochocientos treinta y cinco mil ciento sesenta y seis colones con seis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre dominante, citas: 0375-00012875-01-0924-001 y servidumbre trasladada, citas: 0375-00012875-01-0925-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 9204-F, derecho 000, la cual es naturaleza: casa 11 habit familiar. Situada en el distrito 09 Pavas, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común de parque; al sur área de calle; al este, casa 12; y al oeste, casa 10. Mide: sesenta y nueve metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Plano: SJ-0254820-1995. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y veinte minutos del cinco de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y veinte minutos del trece de noviembre de dos mil diecinueve con la base de veintidós millones trescientos setenta y seis mil trescientos setenta y cuatro colones con cincuenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y veinte minutos del veintiuno de noviembre de dos mil diecinueve con la base de siete millones cuatrocientos cincuenta y ocho mil setecientos noventa y un colones con cincuenta y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Servidores Públicos R. L. contra Martín Quesada García. Expediente 19-007093-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 05 de junio del año 2019.—Lic. Cinthia Segura Durán, Jueza Decisora.—( IN2019378012 ).

En este Despacho, con una base de dos millones doscientos dos mil seiscientos ochenta y cinco colones con trece céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CMQ076, marca Nissan, estilo: Tidda, categoría: automóvil, año: 2014, color: blanco, tracción: 4X2, vin: 3N1CC1AD4ZK254587, motor: HR16735707H, cilindrada: 1.598 cc, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del ocho de noviembre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del dieciocho de noviembre del año dos mil diecinueve con la base de un millón seiscientos cincuenta y dos mil trece colones con ochenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiséis de noviembre del año dos mil diecinueve con la base de quinientos cincuenta mil seiscientos setenta y un colones con veintiocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Manuel Quiroz Aguilar. Expediente 18-007190-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 13 de agosto del año 2019.—Lic. Eileen Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—( IN2019378029 ).

En este Despacho, con una base de dos millones trescientos ochenta y seis mil novecientos cincuenta y un colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BCL262, marca: Hyundai, estilo: I10GLS, categoría: automóvil, año fabricación: 2013, capacidad: 5 personas, color: azul, vin: MALAN51CADM175984 y motor: G4LACM861668. Para tal efecto se señalan las once horas y quince minutos (11:15 a. m.) del treinta de setiembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y quince minutos (11:15 a. m.) del ocho de octubre de dos mil diecinueve, con la base de un millón setecientos noventa mil doscientos trece colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y quince minutos (11:15 a. m.) del dieciséis de octubre de dos mil diecinueve, con la base de quinientos noventa y seis mil setecientos treinta y siete colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A. contra Francisco González Briceño. Expediente: 19-010051-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 5 de agosto del 2019.—Audrey Abarca Quirós, Juez Decisor.—( IN2019378035 ).

En este Despacho, con una base de diez mil doscientos ochenta y siete dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo RJR113, marca: Land Rover, estilo: Discovery 4 S, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, año: 2012, color: rojo, cilindrada:3000 c.c., Vin: SALLAAAF4CA642094, combustible: diesel, número de motor: 0621188306DT. Para tal efecto se señalan las once horas y quince minutos del uno de octubre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y quince minutos del nueve de octubre del dos mil diecinueve con la base de siete mil setecientos quince dólares con veinticinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y quince minutos del diecisiete de octubre del dos mil diecinueve con la base de dos mil quinientos setenta y un dólares con setenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A. contra Christchurch Inc. Sociedad Anónima. Expediente 18-011770-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 25 de enero del 2019.—Licda. Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza.—( IN2019378037 ).

En este Despacho, con una base de dos millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BML040, marca Hyundai, estilo Elantra Touring GLS, chasis KMHDB8AEOBU118934, capacidad 5 personas, color blanco, año 2011, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta de setiembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del ocho de octubre de dos mil diecinueve con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de octubre de dos mil diecinueve con la base de seiscientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A. contra Miguel Ángel González González. Expediente 19-004652-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 07 de mayo del año 2019.—Licda. Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2019378044 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones de colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 387-10473-01-0926-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número 47013-000, la cual es naturaleza: lote catorce construir. Situada: en el distrito 03 Rita, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, INVU; al sur, INVU; al este, calle pública, y al oeste, INVU. Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados. Plano catastrado: L-0821764-1989. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiuno de noviembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil diecinueve, con la base de seis millones de colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del nueve de diciembre del dos mil diecinueve, con la base de dos millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta Nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Nación GN S. A. contra Inversiones Douglas del Atlántico S. A. y María Rita Acosta Gutiérrez. Expediente 17-013568-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de junio del 2019.—Lic. Henry Steven Sanarrusia Gómez, Juez Decisor.—( IN2019378062 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y nueve mil trescientos veinticuatro dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 316-15994-01-0901-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2016-269850-01- 0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número ciento setenta y ocho mil novecientos sesenta y uno, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir con una casa .- Situada en el distrito 5-Concepción, cantón 5-Atenas , de la provincia de Alajuela.- Colinda: al noreste Villa Maya numero 2 su Paraíso SRL; al noroeste : Didier Chaves Bolaños; al sureste : calle pública con 9,49 metros lineales de frente y al suroeste : Celso Bolaños.- Mide: doscientos cuarenta y ocho metros con veintiséis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de octubre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de octubre de dos mil diecinueve con la base de treinta y seis mil novecientos noventa y tres dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del seis de noviembre de dos mil diecinueve con la base de doce mil trescientos treinta y un dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mahmood Shahlavi contra Devis Leonel Rivera Gómez Expediente 19-002254-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 16 de agosto del 2019.—Licda. Michelle Allen Umaña, Jueza Tramitadora.—( IN2019378096 ).

En este Despacho, con una base de veintidós mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones referencia 00322047-000 bajo las citas 358-15202-01-0985-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número: trescientos treinta y ocho mil trescientos cincuenta y siete, derecho 000 la cual es terreno lote N ciento noventa y nueve con dos casas de habitación. Situada en el distrito: 6 San Francisco de Dos Ríos, cantón: 01 San José, de la provincia: San José. Colinda: al norte, calle pública 9 m 20 cm; al sur, lote 192; al este, lote 200; y al oeste, lote 198. Mide: ciento sesenta y dos metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del catorce de noviembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veintidós de noviembre del dos mil diecinueve con la base de dieciséis mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del dos de diciembre del dos mil diecinueve con la base de cinco mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Transportes Guardia Ltda. contra Comp O G Sociedad Anónima. Expediente 17-007012-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 18 de junio del 2019.—Lic. Henry Steven Sanarrusia Gómez, Juez Decisor.—( IN2019378097 ).

En este despacho, con una base de ocho mil quinientos cincuenta y dos dólares con cuarenta y cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MRR305 estilo: Accent GL, marca: Hyundai, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2012, color: blanco, VIN: KMHCT41DACU191072, motor: G4FCBU444767, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del quince de octubre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del veintitrés de octubre del año dos mil diecinueve con la base de seis mil cuatrocientos catorce dólares con treinta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta y uno de octubre del año dos mil diecinueve con la base de dos mil ciento treinta y ocho dólares con once centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos de SJ S.A. contra Luis Alonso Alvarado Vega. Expediente 18-004791-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 16 de julio del año 2019.—Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza Tramitadora.—( IN2019378110 ).

En este Despacho, con una base de trece mil novecientos dólares con treinta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BNH531, marca Chevrolet, categoría automóvil, carrocería sedan 4 puertas Hatchback, chasis MA6CH6CD8HT000927, uso particular, estilo Spark Classic LTZ, capacidad 5 personas, año 2017, color plateado, número motor B12D1170330038, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de octubre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de octubre de dos mil diecinueve con la base de diez mil cuatrocientos veinticinco dólares con veinticuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de noviembre de dos mil diecinueve con la base de tres mil cuatrocientos setenta y cinco dólares con ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos SJ Sociedad Anónima contra Eduardo Enrique Baltodano Cuadra. Expediente 19-005636-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 20 de mayo del 2019.—Licda. Cinthia Segura Durán, Jueza Decisora.—( IN2019378114 ).

En este Despacho, con una base de catorce mil ochocientos sesenta y un dólares con cincuenta y seis centavos, libre de gravámenes prendarios y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: CL303607, marca: Chevrolet, estilo: N300, capacidad: 2 personas, categoría: carga liviana, color: blanco, vin: LZWCCAGA2H6003223, motor número: LAQUG70720598. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de noviembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y cero minutos del trece de noviembre del dos mil diecinueve, con la base de once mil ciento cuarenta y seis dólares con diecisiete centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del veintiuno de noviembre del dos mil diecinueve, con la base de tres mil setecientos quince dólares con treinta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito de San José S. A. contra Juan Manuel Lobo Silva. Expediente 18-004803-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 08 de julio del 2019.—Carlos Contreras Reyes, Juez Decisor.—( IN2019378116 ).

En este Despacho, con una base de setenta millones trescientos noventa y cuatro mil seiscientos treinta y dos colones con treinta y nueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 25858-F-000, la cual es terreno filial número uno, de dos plantas, destinada a uso habitacional, en proceso de construcción. Situada en el distrito 02 Sabanilla, cantón 15 Montes De Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte filial dos y zona verde; al sur zona verde común; al este Rafael Ortiz Céspedes y al oeste acceso vehicular y zona verde. Mide: ciento ochenta y siete metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del veintitrés de setiembre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del uno de octubre del año dos mil diecinueve con la base de cincuenta y dos millones setecientos noventa y cinco mil novecientos setenta y cuatro colones con veintinueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del nueve de octubre del año dos mil diecinueve con la base de diecisiete millones quinientos noventa y ocho mil seiscientos cincuenta y ocho colones con cero nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Antonio Ninni de un solo apellido. Expediente 19-004740-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 22 de julio del año 2019.—Licda Ana Elsy Campos Barboza, Jueza Tramitadora.—( IN2019378118 ).

En este Despacho, con una base de quince mil cuatrocientos noventa y seis dólares con diecinueve centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones boleta: 2017317000285 sumaria: 17-001212-0492-TC; sáquese a remate el vehículo placas BBM-917, marca Hyundai. Estilo Tucson GL. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2012. Color plateado. VIN KMHJT81BBCU358583. Cilindrada 2000 CC. Combustible gasolina. Motor G4KDBU474597. Para tal efecto se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciocho de noviembre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del veintiséis de noviembre del año dos mil diecinueve con la base de once mil seiscientos veintidós dólares con catorce centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del cuatro de diciembre del año dos mil diecinueve con la base de tres mil ochocientos setenta y cuatro dólares con cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos SE S.J Sociedad Anónima contra José Miguel Romero Blanco. Expediente 18-000095-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 23 de julio del año 2019.—Eileen Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—( IN2019378119 ).

En este Despacho, con una base de veintiún millones doscientos ochenta mil setecientos cuarenta colones con quince céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento cuarenta y seis mil ochocientos setenta y cinco, derecho 000, la cual es terreno para construir lote 24. Situada en el distrito-Jesús, cantón Santa Bárbara, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle 1 con 7.50 metros; al sur, Carlos Badilla Alvarado; al este, lote 23; y al oeste, lote 25. Mide: ciento treinta y nueve metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de octubre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de noviembre del dos mil diecinueve con la base de quince millones novecientos sesenta mil quinientos cincuenta y cinco colones con once céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del doce de noviembre del dos mil diecinueve con la base de cinco millones trescientos veinte mil ciento ochenta y cinco colones con cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan José Castillo Contreras. Expediente 19-000592-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 12 de agosto del 2019.—Pedro Javier Ubau Hernández, Juez Tramitador.—( IN2019378121 ).

En este Despacho, con una base de once mil ciento veintisiete dólares con treinta y siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BKV467, marca Honda, estilo Civic LX, VIN 19XFB2F53CE009189, año 2012, color negro, tracción 4X2, cilindrada 1800C.C..-. Para tal efecto se señalan las nueve horas y quince minutos del dos de octubre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y quince minutos del diez de octubre de dos mil diecinueve con la base de ocho mil trescientos cuarenta y cinco dólares con cincuenta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiuno de octubre de dos mil diecinueve con la base de dos mil setecientos ochenta y un dólares con ochenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banca Promerica contra Christopher Edgardo Barboza Hidalgo. Expediente 18-007317-1044-CJ Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección..Juzgado Primero Especializado de Cobro I Circuito Judicial de San José, 9 de agosto del  2019.—Wendy Pagani Rojas, Jueza Decisor.—( IN2019378125 ).

En este Despacho, con una base de ciento noventa y cinco mil seiscientos noventa y cuatro dólares con noventa y nueve centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso ref.: 1908-354-005, citas: 0332-00019908-01-0901-001; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula 00184794, derecho 000, la cual es terreno para construir una casa. Situada en el distrito Pavas, cantón San José de la provincia de San José. Colinda: al norte, reservado para calle pública; al sur, Urbanizadora Rohrmoser; al este, Urbanizadora Rohrmoser; y al oeste, Urbanizadora Rohrmoser. Mide: trescientos setenta y ocho metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecisiete de febrero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del veinticinco de febrero de dos mil veinte, con la base de ciento cuarenta y seis mil setecientos setenta y un dólares con veinticuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del cuatro de marzo de dos mil veinte, con la base de cuarenta y ocho mil novecientos veintitrés dólares con setenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas firmado digital de: en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Promérica de Costa Rica S. A. contra Neftaly García Testa y Herny Corporation Sociedad Anónima. Expediente 19-002142-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 7 de agosto del 2019.—Nidia Durán Oviedo, Jueza Tramitadora.—( IN2019378129 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y cinco mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 145471-000, la cual es terreno industrial con una edificación. Situada: en el distrito Catedral, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Guillermo Guerrero; al sur, Humberto Quirós Campos; al este, calle pública con 6 m 71 cm, y al oeste, Adelina Schumann. Mide: ciento sesenta y cinco metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de octubre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del diez de octubre del dos mil diecinueve, con la base de treinta y tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de octubre del dos mil diecinueve, con la base de once mil doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Propiedades de la Fuente S. A. contra Taller Industrial Quirós Hermanos S. A. Expediente 18-016744-1044-CJ. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 13 de agosto del 2019.—Wendy Mayela Pagani Rojas, Jueza Decisora.—( IN2019378132 ).

En este Despacho, con una base de quince millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 00192952, derecho 000, la cual es terreno de monte con una casa. Situada en el distrito 02 San Miguel, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Manuel Badilla; al sur, Andrés García Prado; al este, Alicia Madrigal Romero y quebrada en medio y al oeste, Priscilla Hernández Badilla y calle pública. Mide: seiscientos treinta y cinco metros con cero decímetros cuadrados. Plano: SJ-2064285-2018. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta y uno de octubre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del ocho de noviembre de dos mil diecinueve con la base de once millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de noviembre de dos mil diecinueve con la base de tres millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Propiedades de La Plata Sociedad Anónima contra María Priscila Hernández Badilla, expediente 19-006256-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 07 de junio del 2019.—Cinthia Segura Durán, Jueza Decisora.—( IN2019378133 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 325-03705-01-0007-001; con una base de tres millones trescientos quince mil doscientos veinte colones con setenta y cuatro céntimos sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 146953, derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa situada en el Distrito 4-Laurel cantón 10-Corredores, de la provincia de Puntarenas. Linderos: al norte, Coopetrabasur R L; al sur, Rodolfo Alvarado Villegas; al este, Coopetrabasur R L, Excelent Cajina Ramírez, Eugemia Centeno Quintero; y al oeste, calle pública, con 16 metros. Mide: trescientos ochenta y un metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Plano: P-0597321-1999. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del seis de diciembre del dos mil diecinueve con la base de dos millones cuatrocientos ochenta y seis mil cuatrocientos quince colones con cincuenta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de diciembre del dos mil diecinueve con la base de ochocientos veintiocho mil ochocientos cinco colones con diecinueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Gerardo Antonio Díaz Fuentes. Expediente 18-001350-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 19 de agosto del 2019.—Lic. Minor Delgado Sánchez, Juez.—( IN2019378141 ).

En este Despacho, con una base de veintisiete mil seiscientos cuarenta y siete dólares con tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas CL 303246, marca: Fiat, estilo: Doblo cargo, capacidad: 2 personas, serie: ZFA263000J6F71186, tracción: 4X2, número chasis: ZFA263000J6F71186, año fabricación: 2017, color: blanco, Vin: ZFA263000J6F71186, N.Motor: 199A30006326552, N. serie: NO indicado, cilindrada: 1300 C.C, combustible: Diesel. Para tal efecto se señalan las dieciséis horas y cero minutos del treinta de octubre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas y cero minutos del siete de noviembre de dos mil diecinueve con la base de veinte mil setecientos treinta y cinco dólares con veintisiete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del quince de noviembre de dos mil diecinueve con la base de seis mil novecientos once dólares con setenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Cafsa S. A. contra BM Veintidós CR S.A, Braxis Cerna Arroyo. Expediente 18-008164-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 05 de agosto del año 2019.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Tramitadora.—( IN2019378145 ).

En este despacho, con una base de doce mil doscientos cincuenta y seis dólares con diecinueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa CL-258005 marca: Isuzu estilo: D-Max categoría: carga liviana capacidad: 2 personas, serie: MPATFS54HBH506786, peso bruto: 2750 kgrms., carrocería: caja cerrada o furgón. Para tal efecto se señalan las ocho horas y cero minutos del cinco de noviembre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del trece de noviembre del año dos mil diecinueve con la base de nueve mil ciento noventa y dos dólares con catorce centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiuno de noviembre del año dos mil diecinueve con la base de tres mil sesenta y cuatro dólares con cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito SJ S. A. contra Ibérico S. A. Expediente 16-002799-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 26 de julio del año 2019.—Carlos Contreras Reyes, Juez Decisor.—( IN2019378146 ).

En este Despacho, con una base de doce mil quinientos sesenta y ocho dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: BHZ716, marca: Hyundai, categoría: automóvil, estilo: Accent GL, capacidad: 5 personas, año: 2016, color: negro, tracción: 4x2, chasís: KMHCT41BAGU898959, techo: techo alto, uso: particular. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de noviembre de dos mil diecinueve con la base de nueve mil cuatrocientos veintiséis dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del cuatro de diciembre de dos mil diecinueve con la base de tres mil ciento cuarenta y dos dólares exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos SJ Sociedad Anónima contra Jordan Francisco Arboine Cruz, expediente 19-006471-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 27 de mayo del 2019.—Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2019378148 ).

En este Despacho, con una base de veintiséis mil cincuenta y ocho dólares con noventa y cuatro centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones boleta 2016235400209 sumaria 16003786-0489-TR Juzgado de Tránsito Primer Circuito Judicial de San Jose; sáquese a remate el vehículo placas JSB-651, marca Mitsubishi. Estilo ASX GLX. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2014. Color gris. Vin 4P3XNGA2WEE901181. Cilindrada 1998 CC. Combustible gasolina. Motor Nº4B11LN1437. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de octubre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del diecisiete de octubre del año dos mil diecinueve con la base de diecinueve mil quinientos cuarenta y cuatro dólares con veintiún centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticinco de octubre del año dos mil diecinueve con la base de seis mil quinientos catorce dólares con setenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por Firmado digital de: dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito de San Jose S.A contra Randall Alfonso Araya Coto Exp:18-000033-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 10 de julio del 2019.—Carlos Contreras Reyes, Juez Decisor.—( IN2019378150 ).

En este Despacho, con una base de veinticinco millones quinientos sesenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y nueve colones con cincuenta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas: 0325-00011148-01-0905-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 00163534-000, la cual es terreno naturaleza: terreno con una casa. Situada en el distrito 2-San Diego, cantón 3-La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte calle publica; al sur William Matamoros; al este Jesús Conejo Fernández y al oeste María Teresa Barquero Mesen. Mide: ciento noventa y ocho metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del ocho de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de noviembre de dos mil diecinueve con la base de diecinueve millones ciento setenta y cuatro mil noventa y cuatro colones con sesenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre de dos mil diecinueve con la base de seis millones trescientos noventa y un mil trescientos sesenta y cuatro colones con ochenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de la Caja Costarricense del Seguro Social contra Nancy Yadira Badilla Badilla. Expediente 18-010357- 1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 12 de agosto del año 2019.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Decisora.—( IN2019378216 ).

En este Despacho, con una base de seis millones cuatrocientos ochenta y dos mil ciento setenta colones con cincuenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número ciento ochenta mil setecientos veintisiete, derecho cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada: en el distrito 1-Naranjo, cantón 6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 25 destinado a parque; al sur, lote 39; al este, lote 94 dest. a calle con 9 m, y al oeste, Enrique Sepúlveda Negrón. Mide: trescientos diez metros con veinticinco decímetros cuadrados. Plano: A-0349586-1979. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del cuatro de noviembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y cero minutos del doce de noviembre del dos mil diecinueve, con la base de cuatro millones ochocientos sesenta y un mil seiscientos veintisiete colones con noventa y un céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del veinte de noviembre del dos mil diecinueve, con la base de un millón seiscientos veinte mil quinientos cuarenta y dos colones con sesenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Silvinio Adelio del Carmen Bonilla Leiva. Expediente 19-001754-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 20 de agosto del 2019.—Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2019378227 ).

En este despacho, con una base de un millón quinientos veintiún mil doscientos sesenta y cuatro colones con veintisiete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 386-17628-01-0843-001 y reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos bajo las citas: 408-19890-01-0325-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 253.120-000, la cual es terreno para vivienda 39. Situada en el distrito 2, Buena Vista cantón 15, Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 37; sur, calle pública; este, lote 38; oeste, lote 40. Mide: ochocientos metros cuadrados. Plano: A-0932709-1990. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del veintitrés de setiembre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del uno de octubre del año dos mil diecinueve con la base de un millón ciento cuarenta mil novecientos cuarenta y ocho colones con veinte céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del nueve de octubre del año dos mil diecinueve con la base de trescientos ochenta mil trescientos dieciséis colones con siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de FUNDECOCA contra Rufina Pomares Godínez. Exp:18-003377-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 04 de julio del año 2019.—Lilliam Álvarez Villegas, Jueza Decisora.—( IN2019378228 ).

En este Despacho, con una base de once millones colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo C-164753, marca Isuzu, estilo FRR, categoría carga pesada, capacidad 3 personas, año 2004, color blanco, vin. JALF5C13147700630 cilindrada 7800 cc, combustible diesel, motor 6HK1831368. Para tal efecto se señalan las catorce horas y cero minutos del cuatro de octubre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del catorce de octubre de dos mil diecinueve con la base de ocho millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de octubre de dos mil diecinueve con la base de dos millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Kattia del Socorro Calderón Corrales contra Jeanneth Josefina Quesada Monge, expediente 16-003343-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 09 de agosto del 2019.—Gerardo Monge Blanco, Juez Decisor.—( IN2019378230 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete millones cuatrocientos sesenta y tres mil doscientos cuarenta colones con sesenta y siete céntimos, soportando practicado bajo las citas: 800-479518-01- 0001-001, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 302419-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Olga María Rodríguez Rojas y en parte Ricardo Araya Cubillo; sur, Ricardo Araya Cubillo; este, en parte calle pública con un frente de 3 metros lineales y Olga María Rodríguez Rojas; y oeste, Municipalidad de San Carlos. Mide: ciento sesenta y seis metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Plano: A-0294161-1995. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del diez de octubre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del dieciocho de octubre del año dos mil diecinueve con la base de trece millones noventa y siete mil cuatrocientos treinta colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiocho de octubre del año dos mil diecinueve con la base de cuatro millones trescientos sesenta y cinco mil ochocientos diez colones con diecisiete céntimos (25% de la base original). Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Coocique R. L. contra Carlos Luis Sánchez Vindas. Expediente 18-006360-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 05 de agosto del año 2019.—Lic. Bridley Rodríguez Aguilar, Jueza Decisora.—( IN2019378236 ).

En este Despacho, con una base de ciento diecisiete millones novecientos noventa y siete mil ciento treinta y cinco colones con sesenta y nueve céntimos, soportando arrendamiento de finca citas: 2019-387544-001 / servidumbre trasladada citas: 332-06025-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 570243-000, la cual es terreno con una casa nave comercial. Situada: en el distrito 4-San Gabriel, cantón 6-Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, camino público con 22.26 metros de frente; al sur, Gregoria López Canales; al este, calle pública con 19.78 metros de frente, y al oeste, Gregoria López Canales. Mide: quinientos treinta y dos metros con veintinueve decímetros cuadrados; Y soportando servidumbre trasladada citas: 332-06025-01-0901-001 la finca matrícula número 654672, derechos 001 y 002, la cual es terreno para cultivo de café y solar. Situada: en el distrito 4-San Gabriel, cantón 6-Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Alba Fallas y calle pública; al sur, Agapito Solano Jiménez y Flor López Canales; al este, Hacienda Sacramento S. A., y servidumbre de paso con ancho de 6 metros, y al oeste, Alba Fallas Rodríguez. Mide: novecientos cincuenta y un metros cuadrados. Para tal efecto, señalan las ocho horas y treinta minutos del catorce de noviembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del veintidós de noviembre del dos mil diecinueve, con la base de ochenta y ocho millones cuatrocientos noventa y siete mil ochocientos cincuenta y un colones con setenta y siete céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de diciembre del dos mil diecinueve, con la base de veintinueve millones cuatrocientos noventa y nueve mil doscientos ochenta y tres colones con noventa y dos céntimos (25% de la base original). De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las con la base de (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las con la base de (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Ciudad Quesada Coocique R.L. contra Gerardo Francisco Solís Méndez, Hacienda Sacramento Sociedad Anónima, Roxiris Auxiliadora Solano Abarca. Expediente 19-002174-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de agosto del 2019.—Lic. Mauricio Hidalgo Hernández, Juez Decisor.—( IN2019378238 ).

En este Despacho, con una base de setenta y ocho millones doscientos cincuenta y dos mil ciento ochenta y un colones con seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de guanacaste, matrícula número cuarenta y cinco mil doscientos uno, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito 1-Liberia, cantón 1-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, sucesión de Antonio Guillen Aguirre; al sur, Juan Rafael Vega Cañas; al este, calle pública y al oeste, Alfonso Arburola Arburola. Mide: doscientos veintitrés metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Plano: G-0301902-1978. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de octubre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del treinta de octubre del año dos mil diecinueve con la base de cincuenta y ocho millones seiscientos ochenta y nueve mil ciento treinta y cinco colones con ochenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del siete de noviembre del año dos mil diecinueve con la base de diecinueve millones quinientos sesenta y tres mil cuarenta y cinco colones con veintisiete céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Corporación Wive Sociedad Anónima. Expediente 19-004052-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 20 de agosto del año 2019.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Jueza Decisor.—( IN2019378240 ).

En este Despacho, con una base de doscientos diez millones trescientos treinta y ocho mil doscientos setenta y cinco colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número treinta y cinco mil seiscientos trece, derecho 001, la cual es terreno naturaleza: Agricultura, pastos y montaña situada en el distrito 2- Quebrada Grande cantón 8-Tilaran de la provincia de Guanacaste Linderos: norte: Rio Quebrada Grande sur: calle Pirineos en 1-2 Benigno Sanche este: Nelson Vidal González Rojas oeste: Noemy Benigna González Rojas. Mide: doscientos treinta mil metros cuadrados plano: No se indica. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del catorce de octubre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del veintidós de octubre del año dos mil diecinueve con la base de ciento cincuenta y siete millones setecientos cincuenta y tres mil setecientos seis colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del treinta de octubre del año dos mil diecinueve con la base de cincuenta y dos millones quinientos ochenta y cuatro mil quinientos sesenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Moisés Rodríguez Castro contra Javier Enrique Loria Sánchez, Victorino Loria Arias. Expediente 12-001132-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 18 de julio del año 2019.—Licda. Jorge Zúñiga Jaén, Juez Decisor.—( IN2019378242 ).

En este Despacho, con una base de tres millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 354-12619-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número cincuenta y seis mil trescientos veintitrés, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito 1-Santa Cruz, cantón 3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Cándida Montes Montes; sur, Marcos Paniagua Solano; este, Cándida Montes Montes, Ismael Gómez y oeste, calle pública 23m 78cm lineales. Mide: quinientos sesenta y cuatro metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Plano: G-0581147-1985. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de setiembre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del cuatro de octubre del año dos mil diecinueve con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del catorce de octubre del año dos mil diecinueve con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Enrique Rodríguez Torres, expediente 18-002201-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 12 de agosto del 2019.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez Decisor.—( IN2019378243 ).

En este Despacho, con una base de doce millones quinientos dos mil seiscientos diecisiete colones con diecinueve céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando Infracciones colisiones, boleta 2018251400269, sumaria 18-001706-0804-TR; sáquese a remate el vehículo placas: BNG099, marca: Mitsubishi estilo: Outlander, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas Carrocería: todo terreno 4 puertas tracción: 4X2 número de chasis: JMYXTGF2WHJ001107, año fabricación: 2017, color: café número Motor: 4B11SR1349, cilindrada: 200 c.c. combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciséis de octubre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del veinticuatro de octubre del año dos mil diecinueve con la base de nueve millones trescientos setenta y seis mil novecientos sesenta y dos colones con ochenta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del uno de noviembre del año dos mil diecinueve con la base de tres millones ciento veinticinco mil seiscientos cincuenta y cuatro colones con treinta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Oldemar López Retana. Expediente 19-002390-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 13 de junio del 2019.—Eileen Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—( IN2019378247 ).

En este Despacho, con una base de sesenta mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 392094-000, la cual es terreno de naturaleza para construir con 1 apartamento. Situada en el distrito 03 San Rafael, cantón 02 Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte. Cía. Urbanizaciones Comerciales S. A.; al sur, calle pública; al este, Urbanizaciones Comerciales S. A.; y al oeste, Sociedad Auto Pintura S. A. Mide: doscientos cincuenta y nueve metros con ochenta decímetros cuadrados metros cuadrados, plano SJ-0966883-1991. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiocho de octubre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del cinco de noviembre de dos mil diecinueve con la base de cuarenta y cinco mil dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del trece de noviembre de dos mil diecinueve con la base de quince mil dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rafael Ángel Domingo Elizondo Elizondo contra Inmobiliaria Quince Mil Quince S. A. Expediente 19-007414-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 28 de agosto del año 2019.—Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez Decisor.—( IN2019378256 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 276-04587-01-0903-0; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número cuatrocientos cincuenta y cuatro mil doscientos diecinueve, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 4-San Gabriel, cantón 6-Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 11.80 metros de frente y servidumbre de paso con 3.61; al sur, Juan Felix Hidalgo Fallas; al este, José Francisco Corrales Corrales y al oeste, José Francisco Corrales Corrales. Mide: doscientos cuarenta y un metros con dieciséis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del trece de noviembre de dos mil diecinueve con la base de trece millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de noviembre de dos mil diecinueve con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Víctor Manuel Quirós Alvarado contra Flory María Hidalgo Ceciliano. Expediente 19-002178-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 19 de marzo del 2019.—Licda. Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza Tramitadora.—( IN2019378288 ).

En este Despacho, con una base de diez millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 129689-000, la cual es para construir con una casa 13. Situada en el distrito 5-Aguacaliente (San Francisco), cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Rodolfo Barrantes Rodríguez; al este, Ricardo Ramírez Carvajal y al oeste, Mario Redondo Martínez. Mide: ciento ochenta metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del cuatro de octubre de dos mil diecinueve (1:30 p.m. // 04/10/2019). De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del catorce de octubre de dos mil diecinueve (1:30 p.m. // 14/10/2019) con la base de siete millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiuno de octubre de dos mil diecinueve (1:30 p.m., // 21/10/2019) con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Familiares Weak de Cartago Sociedad Anónima contra Julián Masis Granados. Expediente 18-010394-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 13 de agosto del 2019.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2019378310 ).

En este Despacho, con una base de diez millones quinientos sesenta y cinco mil novecientos ochenta y seis colones con noventa y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones, sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento veintiocho mil seiscientos treinta y tres, derecho cero cero cero, naturaleza: lote 2, terreno de potrero. Situada en el distrito San Jerónimo, cantón Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 3; al sur, lote 1; al este, calle pública con 118,99 metros de frente; y al oeste, José Enrique Chaves Fernández. Mide: diez mil quinientos cuarenta y cinco metros con seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y quince minutos del veintitrés de setiembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y quince minutos del uno de octubre de dos mil diecinueve con la base de siete millones novecientos veinticuatro mil cuatrocientos noventa colones con veinticuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y quince minutos del nueve de octubre de dos mil diecinueve con la base de dos millones seiscientos cuarenta y un mil cuatrocientos noventa y seis colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Enrique Chaves Fernández, German Álvarez González. Expediente 18-009514-1763-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 19 de agosto del año 2019.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez Decisor.—( IN2019378312 ).

En la puerta exterior de este Despacho, con una base de ocho millones doscientos quince mil doscientos catorce colones con cincuenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: placas número: JNR192, marca: Kia, estilo: Río, categoría: automóvil, capacidad: cinco personas, año: 2017, color. Azul, vin: KNADN412BH6001221, cilindrada: 1396 CC, combustible: gasolina, motor : G4FAGS023602, chasis: KNADN412BH6001221, carrocería: Sedan cuatro puertas. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del veintisiete de setiembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y cero minutos del siete de octubre del dos mil diecinueve, con la base de seis millones ciento sesenta y un mil cuatrocientos diez colones con noventa y dos céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del quince de octubre del dos mil diecinueve, con la base de dos millones cincuenta y tres mil ochocientos tres colones con sesenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Adrián Antonio Noguera Ruiz, Jadir Noguera Ruiz. Expediente 17-008732-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 12 de agosto del 2019.—Jeannette Ruiz Herradora, Jueza Tramitadora.—( IN2019378315 ).

A las nueve horas treinta minutos del dieciocho de octubre del dos mil diecinueve, en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libres de gravámenes hipotecarios, soportando Reservas y Restricciones al Tomo 309, Asiento 16974, Consecutivo 01, Secuencia 0901, Subsecuencia 001, y Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos al Tomo 465, Asiento 16355, Consecutivo 01, Secuencia 0575, Subsecuencia 001; para el primer remate y con la base de la valoración certificada emitida por la Municipalidad de San Carlos, sea la suma de treinta millones setecientos cuarenta y un mil seiscientos catorce colones netos (para cada uno de los derechos), la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y siete-cero cero uno (propiedad de Marlene Quesada Sandoval) y trescientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y siete-cero cero dos (propiedad de Lorenzo Vallejos Ruiz), de naturaleza: Proyecto El Sahino, Lote Veintidós, terreno para la agricultura, sito en el distrito 6 Pital, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Lindante: al norte, Lote Veintiuno; al sur, Freddy Rodríguez Castillo, en medio iglesia católica, área comunal y lote veintitrés; al este, Quebrada La Diabla; y al oeste, calle pública, el cual mide treinta y cuatro mil novecientos cuarenta metros con sesenta y siete decímetros cuadrados, según plano A-0508710-1998. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de veintitrés millones cincuenta y seis mil doscientos diez colones con cinco céntimos, se señalan las nueve horas treinta minutos del cuatro de noviembre del dos mil diecinueve. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, o se la suma de siete millones seiscientos ochenta y cinco mil cuatrocientos tres colones con cinco céntimos, se señalan las nueve horas treinta minutos del diecinueve de noviembre del dos mil diecinueve. Razón: Publíquese dos veces en el Boletín Judicial. De conformidad con la Circular 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte, del 22 de junio de 2009. Se le comunica que en virtud del Principio de Gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Lo anterior por por estar así ordenado en Proceso Monitorio 19-000007-0298-AG establecida por la Fundación Unión y Desarrollo de las Comunidades Campesinas (FUNDECOCA), contra Lorenzo Vallejos Ruiz y otro.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 30 de agosto del 2019.—Ana Milena Castro Elizondo, Jueza Agraria.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017.—( IN2019378333 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 0294-00013527-01-0901-001; a las nueve horas treinta minutos del veinticinco de setiembre del dos mil diecinueve y con la base de diecisiete millones seiscientos treinta y siete mil doscientos doce colones con noventa y un céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos veintisiete mil cuatrocientos catorce-cero cero cero la cual es terreno con 1 casa lote 53 denominado lote 64. Situada en el distrito San Rafael Abajo, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 52; al sur, lote 54; al este, calle pública; y al oeste, Héctor Jiménez. Mide: ciento dieciséis metros con once decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del tres de octubre del año dos mil diecinueve con la base de trece millones doscientos veintisiete mil novecientos nueve colones con sesenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del once de octubre del año dos mil diecinueve con la base de cuatro millones cuatrocientos nueve mil trescientos tres colones con veintidós céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Minor Enrique Murillo Orozco. Expediente 14-002359-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 27 de junio del 2019.—Hellen Viviana Segura Godínez, Jueza Tramitadora.—( IN2019378345 )

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y anotaciones judiciales, con la base dada por el perito nombrado en autos de ochenta y un millones novecientos cincuenta y cuatro mil doscientos ochenta y nueve colones con cuarenta y siete céntimos, sáquese a remate la finca que se describe así, inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 56798-000 la cual es terreno de cafetal con una casa. Situada en el distrito 01 (Santa Bárbara), cantón 04 (Santa Bárbara), de la provincia de (Heredia). Colinda: al noreste, Ermita Céspedes; al noroeste, lote 4; al sureste: lote 6 y al suroeste, calle pública con 12.20 metros. Mide: cuatrocientos setenta y siete metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efectos y de conformidad con los artículos 157 incisos 4 y 5, así como el artículo 161 del Código Procesal Civil -Ley 9342- se señalan para el primer remate las: trece horas y treinta minutos del primero de noviembre del dos mil diecinueve (1:30pm 01/11/2019). En caso de fracasar el mismo, se señalan las trece horas y treinta minutos del ocho de noviembre del dos mil diecinueve (1:30pm 08/11/2019) para el segundo debate, y por último, en caso de ser infructífero este último se señala para las trece horas y treinta minutos del quince de noviembre del dos mil diecinueve (1:30pm 15/11/2019) para la tercera venta forzosa, todas con la misma base. Por ordenarse así en Proceso de Ejecución de Sentencia incoado por German Quesada Campos contra Ana Jeannette Bogantes Víquez, expediente 06-001100-0364-Fa.—Juzgado de Familia de Heredia, 28 de agosto del 2019.—Msc. Gabriela Morera Guerrero, Jueza Decisora.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017.—( IN2019378352 ).

En este Despacho, con una base de cinco mil noventa y siete dólares con treinta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo FGM009, marca: Hyundai; estilo: Accent GL; capacidad: 5 personas; año: 2014; color: negro; categoría: automóvil; carrocería: sedán 4 puertas hatchback; tracción: 4x2; chasís: KMHCT51BEEU170939; motor: G4LCEU175998; cilindrada: 1400 c.c.; combustible: gasolina; cilindros: 04. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del veintiséis de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cuarenta minutos del cuatro de diciembre de dos mil diecinueve con la base de tres mil ochocientos veintitrés dólares con tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del doce de diciembre de dos mil diecinueve con la base de mil doscientos setenta y cuatro dólares con treinta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Édgar Alfonso Gómez Fernández, expediente 19-008387-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 28 de junio del 2019.—Mariela Iveth Cortés García, Jueza Decisora.—( IN2019378407 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En este Despacho, Con una base de cincuenta y un mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones ; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 130450-F, derecho 000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número ocho bloque e apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos.- Situada en el distrito 2-San José, cantón 1- Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, acceso número cuatro; al sur, filial número trece E; al este, filial número nueve E y al oeste, filial número siete E. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de octubre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del cinco de noviembre de dos mil diecinueve con la base de treinta y ocho mil doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del trece de noviembre de dos mil diecinueve con la base de doce mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Así mismo libre de gravámenes y anotaciones sáquese a remate finca del partido de Alajuela , matrícula número 130469-F, derecho 000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número ocho bloque f apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, Situada en el distrito 2-San Jose, cantón 1- Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, acceso número cinco; al sur, filial número trece F; al este, filial número nueve F y al oeste, filial número siete F, Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de octubre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del cinco de noviembre de dos mil diecinueve con la base de treinta y ocho mil doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del trece de noviembre de dos mil diecinueve con la base de doce mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco De Costa Rica contra Adrián Antonio Solís Moraga Expediente 19-006170-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela.- 20 de agosto del año 2019.- Licda. Xinia Vindas Mejía, Jueza.—( IN2019376698 ).

En este Despacho, con una base de doce mil seiscientos ochenta y siete dólares con sesenta y cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: BMY404, marca: Chevrolet, estilo: Spark LTZ, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, color: negro, número chasis: KL1CM6CA7HC764941, año: 2017. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de diciembre de dos mil diecinueve con la base de nueve mil quinientos quince dólares con setenta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del doce de diciembre de dos mil diecinueve con la base de tres mil ciento setenta y un dólares con noventa y un centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda Costa Rica S. A. contra Carlos Arturo de Jesús Recio Loría, expediente 19-004490-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 02 de mayo del 2019.—Notifíquese.—Licda. Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza Decisora.—( IN2019378358 ).

En este Despacho, Con una base de veintidós mil setecientos catorce dólares con treinta y nueve centavos, libre de gravámenes pero soportando una demanda civil; sáquese a remate el vehículo placas BMK073, marca Suzuki, estilo Vitara GLX A, carrocería todo terreno 4 puertas, chasís TSMYD21S6HM313577, N.motor M16A2115800, combustible gasolina, capacidad 5 personas, año 2017, color rojo. Para tal efecto se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del trece de enero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de enero de dos mil veinte con la base de diecisiete mil treinta y cinco dólares con setenta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de enero de dos mil veinte con la base de cinco mil seiscientos setenta y ocho dólares con cincuenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos S. A. contra Sharon Bonilla Murillo Exp:19- 002605-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 18 de junio del 2019.—Nidia Durán Oviedo, Jueza.—( IN2019378359 ).

En este Despacho, con una base de treinta millones ochocientos setenta y un mil trescientos setenta colones con treinta y tres céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 384-15596-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número cuatrocientos noventa y cuatro mil setecientos treinta y seis, derecho cero cero cero, la cual es naturaleza: terreno para construir lote 11 bloque D. Situada en el distrito 1-Aserrí, cantón 6-Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, resto destinado a calle pública con 7,16 cm; al sur, Carlos Luis Sánchez Corrales; al este, lote 10; y al oeste, resto destinado a parque. Mide: ciento veintiún metros con noventa decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas y cero minutos del ocho de octubre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas y cero minutos del dieciséis de octubre del dos mil diecinueve con la base de veintitrés millones ciento cincuenta y tres mil quinientos veintisiete colones con setenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del veinticuatro de octubre del dos mil diecinueve con la base de siete millones setecientos diecisiete mil ochocientos cuarenta y dos colones con cincuenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Davivienda Costa Rica S. A. contra Pedro Raimundo Abarca Castro. Expediente 18-003886-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 29 de julio del 2019.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Decisora.—( IN2019378361 ).

En la puerta exterior de este Despacho, con una base de veintiún millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando uso servid ref:2139 394 00500019588 000 citas: 376-17135-01-0801-001, reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos citas: 411-01350- 01-0206-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 186982, derecho 000, la cual es terreno naturaleza: terreno de repastos situada en el distrito 5-Piedras Blancas cantón 5-Osa de la Provincia de Puntarenas linderos: norte: Carretera interamericana, sur: Ambrosio Cortes Cortes, este: María Eugenia Piedra Jiménez e Higinio Fernández Mora, oeste: Ambrosio Cortes Cortes Mide: dos mil noventa metros cuadrados plano:p-1505654-2011. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del tres de octubre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del once de octubre de dos mil diecinueve con la base de quince millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de octubre de dos mil diecinueve con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución garantías mobiliarias de Banco de Costa Rica contra Mario Bonilla Aparicio. Expediente 18-000921-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 29 de mayo del año 2019.—Lic. German Esquivel Campos, Juez.—( IN2019378439 ).

En este despacho, con una base de cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número doscientos noventa y un mil ochocientos ocho-cero cero cero, la cual es terreno para la agricultura lote 164 asentamiento COOPEZAMORA. Situada en el distrito 8-Ángeles, cantón 2-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 161; al sur, calle; al este, lote 165 y calle y al oeste, lote 163. Mide: diecinueve mil noventa y cuatro metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de octubre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del quince de octubre del año dos mil diecinueve con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintitrés de octubre del año dos mil diecinueve con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rafael Antonio Granados Calvo contra Hari Alberto Cruz Angulo. Expediente 16-001316-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 05 de agosto del año 2019.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2019378508 ).

Al ser las ocho horas del dieciséis de octubre de dos mil diecinueve, en la puerta exterior el local que ocupa este Despacho, a favor del Banco de Costa Rica, libre de gravámenes, y con la base de sesenta y nueve millones de colones, en el mejor postor, se rematará la finca inscrita al partido de Limón, matrícula número cuarenta y ocho mil novecientos siete, duplicado: a horizontal: derecho cero cero cero. Finca cuya naturaleza es terreno de Agricultura, lote 266. Situada en el distrito cinco Cairo, cantón tres Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Río Silencio; al sur, lote 300 y 302, al este, lote 303 y al oeste, calle E IDA. Mide: cien mil seiscientos sesenta y ocho metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. En el caso de resultar fracasado ese primer remate, para llevar a cabo una segunda subasta pero con la base de cincuenta y un millones setecientos cincuenta mil colones, (incluida la rebaja del veinticinco por ciento de la base anterior) se señalan las ocho horas del veinticuatro de octubre de dos mil diecinueve. De ser fracasado también el segundo señalamiento, para llevar a cabo la tercera subasta se señalan las ocho horas del primero de noviembre de dos mil diecinueve, esta vez con la base de diecisiete millones doscientos cincuenta mil colones, (es decir un veinticinco por ciento de la base original). Se advierte además que de conformidad con el artículo 157.1 del Código Procesal Civil, si al tercer remate no hubiere postores, el bien se tendrá por adjudicado al ejecutante, por el veinticinco por ciento de la base original. Lo anterior se ordena así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Allan de los Ángeles Porras Marín y Siquirre Plant Sociedad Anónima. Expediente 17- 001744-1209-CJ. Nota: Este edicto debe publicarse por dos veces consecutivas en la Boletín Judicial. Artículo 157.1 del Código Procesal Civil. Debiendo hacerse la primera publicación con al menos ocho días de anticipación al primer señalamiento a remate (artículo 159 de la legislación de comentario).—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 27 de agosto del 2019.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez  Decisor.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019378621 ).

Primer remate: a las catorce horas del primero de octubre del año dos mil diecinueve (14:00 01/10/2019) en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de nueve millones ochocientos mil colones con cero céntimos (¢9.800.000,00), en el mejor postor se rematan las fincas inscritas en el Registro Público de la Propiedad Inmueble: 1) Partido de San José, número seiscientos dieciséis mil cuatro derecho cero cero cero, la misma se encuentra libre de gravámenes pero soporta Reserva Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos con citas 323-13306-01-0014-001 y de servidumbre de paso con citas 475-16736-01-0004-001. Es terreno de café y pasto, situado en el distrito seis, Platanares, del cantón diecinueve, Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Linderos, norte, sucesorio Eduardo Elizondo Villalta; sur, Esterlina Gutiérrez Navarro, calle pública de diez metros, y María Granados Hernández; este, Esterlina Gutiérrez Navarro, Miguel Amador Martínez en medio servidumbre, Yanuaria Naranjo Díaz y María Granados Hernández y oeste, Esterlina Gutiérrez Navarro e Isolina Abarca Quesada y María Granados Hernández. Mide: treinta y siete mil cuatrocientos nueve metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Pertenece a Minor Navarro Abarca. Segundo remate: de no existir postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las catorce horas del diez de octubre del año dos mil diecinueve (14:00 del 10/10/2019), con la base de siete millones trescientos cincuenta mil colones con cero céntimos (¢7.350.000,00), rebajada en un 25% de la base original. Tercer remate: de no existir postores en el segundo remate, para celebrar el tercero, se señalan las catorce horas del dieciocho de octubre del año dos mil diecinueve (14:00 18/10/2019), con la base de dos millones cuatrocientos cincuenta mil colones con cero céntimos (¢2.450.000,00), un 25% de la base original. Primer remate: a las catorce horas del primero de octubre del año dos mil diecinueve (14:00 01/10/2019), en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de cuatro millones doscientos mil colones con cero céntimos (¢4.200.000,00), en el mejor postor se rematará la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad Inmueble: 2) Partido de San José, número quinientos sesenta y dos mil novecientos cuarenta y nueve derecho cero cero cero, la misma se encuentra libre de gravámenes pero soporta reservas y restricciones con citas 387-18356-01-0952-001 y de servidumbre de paso, con citas 2013-309139-01-0001-001. Es terreno de cafetal, situado en el distrito seis, Platanares, del cantón diecinueve, Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Linda: al norte, Tito Sánchez Valverde; sur y este, Esvin Antonio Sánchez Valverde y oeste, Alfredo Amador Hidalgo. Mide: doce mil novecientos diez metros con sesenta y tres decímetros cuadrados, ambas pertenecen a Minor Navarro Abarca. Segundo remate: de no existir postores para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las catorce horas del diez de octubre del año dos mil diecinueve (14:00 10/10/2019), con la base de tres millones ciento cincuenta mil colones con cero céntimos (¢3.150.000,00), rebajada en un 25% de la base original. Tercer remate. De no existir postores en el segundo remate, para celebrar el tercero se señalan las catorce horas del dieciocho de octubre del año dos mil diecinueve (14:00 del 18/10/2019), con la base de un millón cincuenta mil colones con cero céntimos (¢1.050.000,00), un 25% de la base original. Nota: se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Minor Rodrigo Navarro Abarca. Expediente 19-001014-1200-CJ.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 29 de agosto del 2019.—Lic. William Roberto Arburola Castillo, Juez Agrario.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019378622 ).

En este Despacho, 1. Con una base de seis millones ciento noventa mil trescientos sesenta colones con treinta y cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref. 033800975942 citas 405-15076-01-0812-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento catorce mil ciento treinta y tres, derecho cero cero cero, la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito dos, Volcán, cantón tres, Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Arnoldo Solano Solano; al este, Nelson Quesada Rojas y al oeste, Eladio Abarca Zúñiga. Mide: diecisiete mil cuatrocientos ochenta y ocho metros con catorce decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas del quince de octubre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del veintitrés de octubre del año dos mil diecinueve con la base de cuatro millones seiscientos cuarenta y dos mil setecientos setenta colones con veintiséis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas del treinta y uno de octubre del año dos mil diecinueve con la base de un millón quinientos cuarenta y siete mil quinientos noventa colones con nueve céntimos (25% de la base original). 2. Asimismo y con una base de cuatro millones ochocientos nueve mil seiscientos treinta y nueve colones con sesenta y seis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref. 033800975942 citas 405-15076-01-0812-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento catorce mil ciento treinta y cuatro, derecho cero cero cero, la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito dos, Volcán, cantón tres, Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Arnoldo Solano Solano; al este, Eladio Abarca Zúñiga y al oeste, Edwin Antonio Zarate Godínez. Mide: diecisiete mil cuatrocientos sesenta y nueve metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas del quince de octubre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas del veintitrés de octubre del año dos mil diecinueve con la base de tres millones seiscientos siete mil doscientos veintinueve colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas del treinta y uno de octubre del año dos mil diecinueve con la base de un millón doscientos dos mil cuatrocientos nueve colones con noventa y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Francisco Rojas Quesada. Expediente 19-000141-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur, Pérez Zeledón, 09 de julio del 2019.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2019378624 ).

En este Despacho, con una base de treinta y siete millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas 573-63745-01-0002-001; sáquese a remate 1) la finca del partido de San José, matrícula número 600659, derecho 000, la cual es terreno de bosque y café. Situada en el distrito 4-Rivas, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Misael Garro Elizondo, Francisco Solís Hidalgo; al sur, Rosa Camacho Salmerón, Roberto Durán Calderón con quebrada en medio; al este, Fidelino Valverde Valverde, Robert Durán Calderón con quebrada en medio; y al oeste, Rosa Camacho Salmerón y servidumbre de paso con 7 metros de ancho. Mide: treinta y nueve mil trescientos veintitrés metros con seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de noviembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del cuatro de diciembre del dos mil diecinueve con la base de veintisiete millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del doce de diciembre del dos mil diecinueve con la base de nueve millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). 2) Con una base de treinta y tres millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 283013, derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 4-Rivas, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 25.04 metros; al sur, Fernando Solís Hidalgo; al este, Expedito Camacho Valverde; y al oeste, calle pública con 19.74 metros. Mide: quinientos treinta y dos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de noviembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del cuatro de diciembre del dos mil diecinueve con la base de veinticuatro millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del doce de diciembre del dos mil diecinueve con la base de ocho millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ana Lorelly Camacho Valverde, Expedito Camacho Valverde. Expediente 19-003026-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 15 de julio del 2019.—Carlos Contreras Reyes, Juez Decisor.—( IN2019378625 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta mil seiscientos setenta y cinco dólares con noventa y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 108882, derecho 000, la cual es terreno de patio con una casa. Situada en el distrito Alajuela, cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Belén Murillo; al sur, avenida ocho; al este, calle cuatro y al oeste, Oscar Oreamuno. Mide: ciento cuarenta y cuatro metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del veintiocho de octubre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del cinco de noviembre de dos mil diecinueve con la base de treinta y ocho mil seis dólares con noventa y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del trece de noviembre de dos mil diecinueve con la base de doce mil seiscientos sesenta y nueve dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Lafise S. A. contra Josué Aguilar Castro. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Expediente 19-005176-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 21 de agosto del año 2019.—Lic. Zary Navarro Zamora, Jueza Tramitadora.—( IN2019378684 ).

En este Despacho, con una base de cinco mil noventa y siete dólares con treinta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo FGM009. Marca: Hyundai; estilo: Accent GL; capacidad: 5 personas; año:2014; color: negro; categoría: Automóvil; carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback; Tracción: 4X2; Chasís: KMHCT51BEEU170939; N°Motor: G4LCEU175998; cilindrada: 1400 c.c.; combustible: gasolina; cilindros: 04. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del veintiséis de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cuarenta minutos del cuatro de diciembre de dos mil diecinueve con la base de tres mil ochocientos veintitrés dólares con tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del doce de diciembre de dos mil diecinueve con la base de mil doscientos setenta y cuatro dólares con treinta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica SA contra Edgar Alfonso Gómez Fernández. Expediente 19-008387-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 28 de junio del año 2019.—Licda. Mariela Iveth Cortes García, Jueza Decisora.—( IN2019378685 ).

En este Despacho, con una base de dos millones trescientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: 625301, marca: Volkswagen. Estilo: Golf GL. Año: 1994. Color: Gris. Vin: 3VWBA81H9RM059466. Cilindrada: 2000. Combustible: Gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas y treinta minutos del ocho de octubre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del dieciséis de octubre de dos mil diecinueve con la base de un millón setecientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de octubre de dos mil diecinueve con la base de quinientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso Ejecución Prendaria de Inversiones Reales San Miguel S. A. contra Carlos Bernardo Hernández Zúñiga, Joaquín Bernardo Hernández Aguilar. Exp. 15- 001973-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 26 de julio del 2019.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Decisora.—( IN2019378709 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de octubre del dos mil diecinueve, y con la base de veinte mil seiscientos veinticinco dólares exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 69462-000, la cual es terreno potreros. Situada: en el distrito 11 Quebradilla, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, quebrada Lajas en medio otro; al sur, calle pública con 5 metros 45 centímetros de frente; al este, calle pública con 38 metros 18 centímetros de frente, y al oeste, Freddy Antonio Brenes Trejos. Mide: cuatrocientos sesenta y dos metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta y un de octubre del dos mil diecinueve, con la base de quince mil cuatrocientos sesenta y ocho dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y treinta minutos del ocho de noviembre del dos mil diecinueve, con la base de cinco mil ciento cincuenta y seis dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Allan Eduardo Rodríguez Cordero, Erick Alexander Rodríguez Cordero. Expediente 18-000133-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 09 de agosto del 2019.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2019378717 ).

En este Despacho, con una base de setenta y un mil cuatrocientos unidades de desarrollo, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 194075-000, derecho 000, la cual es terreno de potrero. Situada: en el distrito 2-San Pedro, cantón 2-Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Álvaro José Vindas Founier; al sur, Álvaro José Vindas Founier; al este, calle pública con 18 metros 47 centímetros, y al oeste, quebrada Ciénega. Mide: mil trescientos treinta metros con noventa decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y treinta minutos del ocho de octubre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas y treinta minutos del dieciséis de octubre del dos mil diecinueve, con la base de cincuenta y tres mil quinientos cincuenta unidades de desarrollo (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas y treinta minutos del veinticuatro de octubre del dos mil diecinueve, con la base de diecisiete mil ochocientos cincuenta unidades de desarrollo (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Priscilla de la Caridad Morales Zumbado, Román Alberto Álvarez Barboza. Expediente 19-000540-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 31 de julio del 2019.—Lic. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—( IN2019378719 ).

En este Despacho, con una base de setecientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas 585521, marca: Hyundai, categoría: Automóvil, Serie: KMHJW35F5YU173062, Carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4X2, número Chasis: KMHJW35F5YU173062, año fabricación: 2000, color: verde, Vin: KMHJW35F5YU173062, estilo: Elantra GLS, capacidad: 5 personas. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de setiembre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del dos de octubre del año dos mil diecinueve con la base de quinientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del diez de octubre del año dos mil diecinueve con la base de ciento ochenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Julio Cesar Centeno Viales contra Cesar Augusto Roa Varón, Valeria Roa Vargas. Expediente 18-002027-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 24 de julio del año 2019.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez Decisor.—( IN2019378722 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho millones seiscientos sesenta y seis mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada: citas: 319-11458-01-0010-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 350223-000, derecho 000, la cual es terreno para construir lote 58. Situada en el distrito 1-Orotina, cantón 9-Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Miriam Abigaibill; al este, Fundación Promotora de la Vivienda, Adolfo Herrera Morales y Giselle Berrocal Sánchez; y al oeste, Fundación Promotora de la Vivienda. Mide: ciento cuarenta y cinco metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del siete de octubre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del quince de octubre del dos mil diecinueve con la base de trece millones novecientos noventa y nueve mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de octubre del dos mil diecinueve con la base de cuatro millones seiscientos sesenta y seis mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Juan Gerardo Vega Chaves contra Katherine Lorena Salas Zumbado. Expediente 19-001687-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 01 de agosto del 2019.—Licda. Leticia García Jiménez, Jueza.—( IN2019378725 ).

En este Despacho, con una base de treinta millones novecientos cincuenta y dos mil ochocientos ochenta y un colones con treinta y un céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número F-34.658- 000, la cual es terreno finca filial noventa y seis terreno para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos, situada en el distrito 09 Alfaro, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte finca filial primaria individualizada número noventa y siete; al sur finca filial primaria individualizada número noventa y cinco; al este Claudio Ávila Rojas y al oeste acceso siete. Mide: quinientos setenta y dos metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y treinta minutos del ocho de octubre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y treinta minutos del dieciséis de octubre de dos mil diecinueve con la base de veintitrés millones doscientos catorce mil seiscientos sesenta colones con noventa y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y treinta minutos del veinticuatro de octubre de dos mil diecinueve con la base de siete millones setecientos treinta y ocho mil doscientos veinte colones con treinta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra María Isabel Castro Vargas Expediente 17-008713-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 07 de agosto del año 2019.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Decisora.—( IN2019378726 ).

En este Despacho, con una base de doce millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 253364, derecho 000, la cual es terreno en parte inculto y en parte sembrado de café. Situada: en el distrito Patarrá, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Zin-Yun Lui Chen; al sur, Ma Yu Sui y Jenaro Navarro Díaz, con camino público en medio; al este, Jenaro Navarro Díaz con camino público en medio, y al oeste, Guido y Luis Von Schroeter Von Bonin. Mide: tres mil seiscientos noventa metros con treinta y seis decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del veinticinco de octubre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y cuarenta minutos del cuatro de noviembre del dos mil diecinueve, con la base de nueve millones de colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del doce de noviembre del dos mil diecinueve, con la base de tres millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Luis Carlos Incera Arias contra Huang Tzu Lang. Expediente 19-004743-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de mayo del 2019.—Henry Steven Sanarrusia Gómez, Juez Decisor.—( IN2019378783 ).

En este Despacho, con una base de dos millones doscientos veintidós mil quinientos colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre bajo las citas 0335-00008029-01-0919-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 100541-000, derecho, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito San Isidro, cantón El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Frontis Willian Sherril; al sur, lote A 20; al este, camino público y al oeste, camino público. Mide: diez mil metros con cero decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del uno de octubre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del nueve de octubre de dos mil diecinueve con la base de un millón seiscientos sesenta y seis mil ochocientos setenta y cinco colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete de octubre de dos mil diecinueve con la base de quinientos cincuenta y cinco mil seiscientos veinticinco colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución de José Alberto Bonilla Rodríguez contra Luis Ángel de Jesús Torres Calvo. Expediente 15-011506- 1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 24 de enero del año 2019.—Lic. Yesenia Solano Molina, Jueza Decisora.—( IN2019378787 ).

En este despacho, con una base de ocho millones nueve mil novecientos treinta y cuatro colones con dieciocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BQD091, marca Hyundai. Estilo Accent GLS. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2014. Color celeste. VIN KMHCT4AE3EU683636. Cilindrada 1600 c.c. combustible gasolina. Motor no visible. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del catorce de octubre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del veintidós de octubre de dos mil diecinueve con la base de seis millones siete mil cuatrocientos cincuenta colones con sesenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del treinta de octubre de dos mil diecinueve con la base de dos millones dos mil cuatrocientos ochenta y tres colones con cincuenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Jennifer Marcela Rivera Ávila contra Jaén Carlo Morera Hernández. Expediente 19-004279-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 08 de agosto del año 2019.—Lic. Freddy Ureña Díaz, Juez Tramitador.—( IN2019378789 ).

En este Despacho, con una base de dos millones seiscientos treinta y un mil novecientos cuarenta y siete colones con noventa y cuatro céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando demanda materia de familia 0800 00318519 001, colisiones 18-001125-0497-TR 2018236400182 0 0 Juzgado de Tránsito de Heredia; sáquese a remate el vehículo: TH000971, marca: Peugeot, estilo: Partner VPVTC, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: VF37J9HECCJ654110, año: 2013. Para tal efecto, se señalan las quince horas y quince minutos del veinticuatro de octubre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas y quince minutos del primero de noviembre del dos mil diecinueve, con la base de un millón novecientos setenta y tres mil novecientos sesenta colones con noventa y seis céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas y quince minutos del once de noviembre del dos mil diecinueve, con la base de seiscientos cincuenta y siete mil novecientos ochenta y seis colones con noventa y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución garantías mobiliarias de Banco Nacional de Costa Rica contra Guillermo de la Trinidad Hernández López. Expediente 19-000580-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 31 de julio del 2019.—Pedro Javier Ubau Hernández, Juez Tramitador.—( IN2019378846 ).

En este Despacho, con una base de veintiocho mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 407945, derecho 001- 002, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 3-Pozos, cantón 9-Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Gerardo Sibaja Agüero; al sur, calle pública; al este, Guillermo Sibaja Guerrero y al oeste, Guillermo Sibaja Guerrero y otro. Mide: trescientos cinco metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Plano: SJ-0694350-1987. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del uno de octubre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del nueve de octubre de dos mil diecinueve con la base de veintiún mil dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de octubre de dos mil diecinueve con la base de siete mil dólares exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Celajes Tov Sociedad Anónima contra Hugo Gerardo Fernández Rodríguez, Luis Adrián Fernández Céspedes, expediente 19-008358-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 06 de agosto del 2019.—Joyce Magaly Ugalde Huezo, Jueza Decisora.—( IN2019378856 ).

En este Despacho, con una base de ciento cuarenta y un millones setecientos veintisiete mil colones exactos, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 00087495-A-000, derecho, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Merced, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, El Estado; al sur, Jorge Arce; al este, María Loíza, y al oeste, Anita de López y El Estado. Mide: ochocientos dieciocho metros con veintisiete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de setiembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del primero de octubre del dos mil diecinueve, con la base de ciento seis millones doscientos noventa y cinco mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del nueve de octubre del dos mil diecinueve, con la base de treinta y cinco millones cuatrocientos treinta y un mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Aventuras Turísticas Joma S. A., Leonardo Benjamín Guzmán Hernández. Expediente 18-008977-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 24 de julio del 2019.—Licda. Cynthia Stephanie Blanco Valverde, Jueza Tramitadora.—( IN2019378898 ).

En este Despacho, con una base de dos millones novecientos ochenta mil quinientos veinticinco colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: placas BCQ 539, marca: Hyundai, categoría: automóvil, estilo: Accent, capacidad: 5 personas, serie: KMHCG41FP1U302286, año: 2001, carrocería: 4 puertas, color: rojo, cilindrada: 1500 c.c., combustible: gasolina Vin: KMHCG41FP1U302286, número de motor: no legible. Para tal efecto se señalan las nueve horas y treinta minutos del dos de marzo del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del diez de marzo del dos mil veinte con la base de dos millones doscientos treinta y cinco mil trescientos noventa y tres colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de marzo del dos mil veinte con la base de setecientos cuarenta y cinco mil ciento treinta y un colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Klapeida Maris KM S. A. contra Norman Sáenz Ramírez. Expediente 16-002724-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 20 de agosto del 2019.—Lic. Yesenia Solano Molina, Jueza Decisora.—( IN2019378904 ).

En este Despacho, con una base de dos millones setecientos setenta y nueve mil seiscientos cincuenta y siete colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas número TSJ5984. Marca Hyundai. Estilo Accent. Categoría automóvil. Capacidad cinco personas. Año dos mil uno. Color rojo. Vin KMHCG41BO1U253210. Cilindrada mil quinientos c.c. Para tal efecto se señalan las diez horas y treinta minutos del quince de octubre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del veintitrés de octubre del dos mil diecinueve con la base de dos millones ochenta y cuatro mil setecientos cuarenta y dos colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta y uno de octubre del dos mil diecinueve con la base de seiscientos noventa y cuatro mil novecientos catorce colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. “Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.” Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Klapeida Maris KM S. A. contra Horacio de Jesús Tamayo Tamayo. Expediente 18-004831-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 27 de agosto del 2019.—Joyce Magaly Ugalde Huezo, Jueza Decisora.—( IN2019378905 ).

En este Despacho, con una base de treinta y nueve mil doscientos noventa dólares con setenta y dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: TDG294, marca: Toyota, estilo: Land Cruiser Prado T, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, año fabricación: 2015, color: blanco, vin: JTEBH9FJ5F5084183, cilindrada: 3000 C.C. Para tal efecto, se señalan las once horas y quince minutos del treinta de setiembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas y quince minutos del ocho de octubre del dos mil diecinueve, con la base de veintinueve mil cuatrocientos sesenta y ocho dólares con cuatro centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas y quince minutos del dieciséis de octubre del dos mil diecinueve, con la base de nueve mil ochocientos veintidós dólares con sesenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco General (Costa Rica) Sociedad Anónima contra Andrea Karina Villalobos Jiménez. Expediente 19-009884-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de agosto del 2019.—Gerardo Calvo Solano, Juez Decisor.—( IN2019378929 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente 19-000044-0689-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Daisy María del Socorro Fallas Navarro, quien es mayor, casada, vecina de San Rafael Abajo de Desamparados, Barrio Santa Cecilia, cien metros este del supermercado Santa Cecilia, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 01-0573-0087, educadora pensionada, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es solar, cultivos y árboles. Situada en el distrito sexto Frailes, cantón tercero Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Marcelo Gamboa Hernández y Greivin Eduardo Gamboa Hernández; al sur, calle pública con dieciséis metros y setenta y siete decímetros lineales; al este, Mario Alberto Cortés Mesén y Elvia León González; y al oeste, Maylo Campos Bartolo. Mide: mil noventa y siete metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-2101066-2019. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de seis millones de colones y las diligencias en la suma de seiscientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por compra realizada al señor Gilbert Navarro Picado el 2 de enero de 2019, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de un año. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en siembra de árboles frutales como aguacate, naranjilla ácida, naranja, ayote y hortalizas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Daisy María del Socorro Fallas Navarro. Expediente 19-000044-0689-AG.—Juzgado Agrario Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 22 de agosto del año 2019.—Licda. Andrea Mercedes Ruiz Ramírez, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019376816 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente 19-000068-0419-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Myriam Gerarda del Carmen Molina Barquero, quien es mayor, divorciada una vez, vecina de San Vito de Coto Brus, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe 05-0161-0005, Asistente de Enfermería Pensionada, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es casa de habitación con zona verde y cultivos. Situada en el distrito 04°: Limoncito, cantón 08°: Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Quebrada Conejo; al sur, calle pública con un frente lineal a ella de dieciocho metros con cincuenta centímetros lineales; al este, Maritza Cascante Pereira, y al oeste, Candido Espinoza Beita. Mide: catorce mil ciento cincuenta y nueve metros cuadrados tal como lo indica el plano catastrado número P-2120416-2019. Estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de diez millones de colones cada una. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Myriam Gerarda del Carmen Molina Barquero. Expediente 19-000068-0419-AG.—Juzgado Agrario Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores), Corredores, 24 de julio del 2019.—Licda. Maricel Zamora Arias1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019376817 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 19-000070-1587-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Melvin Ortega Gamboa quien es mayor, estado civil soltero , vecino de Puntarenas-Buenos Aires, ochocientos metros sur del Rio López, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número uno-uno cero tres cero-ocho siete seis (6-1030-876), profesión comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es huerta y una casa. Situada en Tierras Morenas distrito segundo Savegre, cantón sexto Quepos, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al Norte con: Rio Moreno; al sur con: Yenny Lucia Arias Zúñiga; al este con: Rio Moreno y Eida Gamboa Mora y al oeste con: María Jeannette Venegas Argüello, Miguel Gamboa Mora, Edwin Manuel Fallas Chinchilla y calle pública con un frente a ella de ocho metros con veintinueve centímetros lineales. Mide: Una hectárea mil tres mil cuatrocientos setenta metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número seis-dos cero seis cero dos cero nueve-dos cero uno ocho (P-2060209-2018). Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cuatro millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra-venta que le hizo su abuelo paterno Francisco Gamboa Segura, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de setenta y un años contando la de su transmitente. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en conservación, cultivo y mantenimiento de la propiedad. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Melvin Ortega Gamboa. Expediente 19-000070-1587-AG.—Juzgado Agrario de Puntarenas.—Licda. Erika Amador Brenes, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019376819 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 19-000079-0391-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de María Vanessa Vargas Fuentes, quien es mayor, casada una vez, vecina de la Guácima Arriba, de Ottos Bar 500 metros al norte, calle Las Veraneras 300 metros al este, portadora de la cédula de identidad vigente número 0205490829, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es pastos. Situada: en el distrito segundo, cantón tercero, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte; sur y al este, Allan Soto Rodríguez, y al oeste, camino público con un frente de setenta y cuatro metros con sesenta y dos centímetros lineales. Mide: tres mil quinientos nueve metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-2078347-2018. Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de tres millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por medio de donación verbal y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veinte años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en reparación de cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por María Vanessa Vargas Fuentes. Expediente 19-000079-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), Santa Cruz, 14 de agosto del 2019.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019376821 ).

Se hace saber que ante este despacho se tramita proceso información posesoria promovido por Laura Angélica Campos Monge, quien es mayor, soltera, estudiante, vecina de La Sabana de Tarrazú, portadora de la cédula 3-0507-0690, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de San José, la cual es terreno con una casa y zona de verde. Situada en el distrito 2° Jardín, cantón 17° Dota. Colinda: al norte: con Carmen Monge Hernández y camino público con un frente de 15 metros con 42 centímetros; al sur: con William Monge Hernández y camino público con un frente de 17 metros con 80 centímetros; al este: con Bernardo Calvo Jiménez; y al oeste: con Carmen Monge Hernández y William Monge Hernández. Mide: quinientos dos metros cuadrados. Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones exactos. Que adquirió dicho inmueble por donación realizada por su madre María del Carmen Monge Chacón en julio de 2017, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en el cuidado, mantenimiento de la propiedad, su deslinde y amojonamiento y construcción de una casa de habitación. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Laura Angélica Campos Monge. Expediente: 19-000259-0640-CI-2.—Juzgado Civil de Cartago, 26 de abril del 2019.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—1 vez.—( IN2019376843 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente 11-000278-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Mariana Quirós Delgado quien es mayor, estado civil viuda, vecina de Cuesta Grande de Nicoya, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 06 0062 0144, profesión oficios domésticos, Denice y Adonay Miravalles Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-701150 a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es Potrero. Situada en el distrito cero siete Belén de Nosarita, cantón cero dos Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Agropecuaria Río Las Minas S. A.; al sur, calle pública con frente de 180 metros con ochenta y nueve centímetros lineales; al este, Agropecuaria Río Las Minas S. A.; y al oeste, Serafín Ávila Rojas. Mide: cinco hectáreas cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-1468933-2010. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por Donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 30 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento general del inmueble, reparación de cercas, reparación de cercas y actividad ganadera. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Agropecuaria Río Las Minas AMW Sociedad Anónima. Expediente 11-000278-0391-AG.—Juzgado Agrario Segundo Circuito Judicial Guanacaste (Santa Cruz), Santa Cruz, 28 de agosto del 2019.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019376920 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 10-100341-0297-CI donde se promueve información posesoria por parte de Xinia María Elizondo Durán, quien es mayor, divorciada, estilista, vecina de Santa Rosa de Pocosol, doscientos metros al norte del Aserradero de Maderas Cultivadas, portadora de la cédula número 0602120920, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno para construir y de pasto. Situada en Santa Rosa, distrito trece, Pocosol, cantón décimo, San Carlos. Colinda: al norte, con María Tay Elizondo Durán y en parte Xinia María Elizondo Durán; al sur, con Ronulfo Elizondo Durán; al este, con Xinia María Elizondo Durán y en parte calle pública con un frente a ella de dos metros cincuenta y cuatro centímetros lineales y al oeste, con Arnoldo Valerio Piedra. Mide: dos mil doscientos noventa y dos metros con cincuenta decímetros cuadrados. Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio. Estima las presentes diligencias en la suma de cien mil colones y en la suma de cinco millones de colones estima dicho inmueble.- Que adquirió dicho inmueble por donación que le hiciera su padre el señor Juan Elizondo Cambronero, mayor, viudo, agricultor, vecino de Santa Rosa de Pocosol, doscientos metros al norte del Aserradero Maderas Cultivadas, cédula de identidad 0201010982, mediante testimonio de escritura número 291, otorgada ante la notaria pública Rocío Villalobos Solís, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta.- Que los actos de posesión han consistido en la limpieza y el mantenimiento del lote. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad.- Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Xinia María Elizondo Duran. Expediente 10-100341-0297-CI-1.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 12 de agosto del 2019.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2019376998 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°16-000120- 0419-AG Interno (130-1-16) donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Gran Ola Socolao S.A cédula Jurídica 3-101-310233 representada por Jorge Eduardo Carranza Soto cédula: 1-466-346 en calidad de Apoderado Generalísimo sin límite de suma quien es mayor de edad, estado civil unión de hecho, topógrafo, vecino de Puerto Jiménez, portador(a) de la cédula de identidad vigente que exhibe número uno cero cuatrocientos sesenta y seis cero trescientos cuarenta y seis, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de bosque primario para la producción de oxígeno. Situada en Altos Ríos Carate, distrito segundo Puerto Jiménez, cantón sétimo Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte: Parque Nacional Corcovado, al sur calle pública con una medida lineal de catorce metros de frente, en parte quebrada el muerto y Río Carate; al este margen izquierdo Río Carate y al oeste Parque Nacional Corcovado, en parte Salma Polanco Gutiérrez y quebrada El Muerto en parte. Mide: cien hectáreas ciento treinta y un metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número P-1722193-2014.- Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de diez millones de colones y las presentes diligencias en la suma de diez millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por traspasos de posesión ejercidas por Carlos Carranza Castro y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años sumados a los ejercidos por el transmitente. Que NO existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza y mantenimiento de carriles, cuido de bosque primario, conservación del medio ambiente y la producción de oxígeno, limpiar y mantener senderos y carriles en buenas condiciones. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Gran Ola Socolao S. A. Expediente 16-000120-0419-AG Interno (130-1-16).—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial De La Zona Sur (Corredores), Corredores, 07 junio 2018.—Licda. Maricel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019377144 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente 14-000072-0689-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Bryan Fabián Bustamante Bermúdez, quien es mayor, casado una vez, vecino de Ciudad Colón, Barrio El Cristóbal, casa 43, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe 01-1433-0414, agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es pastos y trapiche. Situada en San Luis en el distrito quinto San Rafael, cantón cuarto Puriscal de la provincia de San José. Colinda al norte: Enrique Bustamante Marín; al sur: quebrada en medio de Alexis Bustamante Marín; al este: quebrada en medio de Alexis Bustamante Marín, y al oeste: Gabriela Bustamante Rojas y Alonso Bustamante Rojas. Mide: ocho mil trescientos noventa y tres metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-1679523-2013. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación realizada por su padre Enrique Bustamante Marín el 18 de marzo de 2014, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de treinta años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cercar, limpiar y mantener las cercas, cultivar caña de azúcar, sembrar pastos, plátano, cítricos, mantenimiento del INA pequeña construcción en donde opera un trapiche artesanal para la producción de dulce. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Bryan Fabian Bustamante Bermúdez. Expediente 14-000072-0689-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 21 de agosto del 2019.—Dra. Vanessa Fisher González, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019377199 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 18-000120-0689-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Froilán Vargas Fernández quien es mayor, casado una vez, vecino de Santiago de Puriscal, costado este del Colegio Técnico, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 01-0491-0168, Pensionado, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es Agricultura. Situada en el distrito quinto Picagres, cantón sétimo Mora, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con doce metros y cincuenta y cuatro decímetros lineales; al sur, Róger Daniel Chacón Ramírez; al este, Froilán Vargas Fernández y al oeste, Róger Daniel Chacón Ramírez, Pedro Mora Acuña y Norberto Tayo Sotoya. Mide: mil quinientos trece metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-2126558-2019. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de seis millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación realizada por su padre Felipe Tenorio Céspedes conocido como Felipe Vargas Tenorio, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veintitrés años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cuido de la finca y sus linderos, chapias, cultivo de árboles de naranjo y aguacate, plantas de plátano y banano. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Froilán Vargas Fernández. Expediente 18-000120-0689-AG.—Juzgado Agrario Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 22 de agosto del 2019.—Dra. Vanessa Fisher González, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019377201 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente 16-000010-1587-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Minor Castillo Barboza quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de San Antonio de Desamparados, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número tres-doscientos sesenta y cinco-trescientos setenta y uno, pintor automotriz de profesión, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es solar. Situada en el distrito Primero, cantón Aguirre, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Inmobiliaria Beleo Manuel Antonio Ltda.; al sur, María Cristina Vargas Agüero; al este, quebrada sin nombre; y al oeste, calle pública. Mide: dos mil seiscientos setenta y cuatro metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número P-1863768-2018. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir No pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de quinientos mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por Cesión de Derechos Hereditarios, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de Diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cuidado de la finca, limpieza de la finca, conservación de la misma. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Minor Rodrigo Castillo Barboza. Expediente 16-000010-1587-AG.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas (Materia Agraria), Puntarenas, 05 de julio del 2018.—Licda. Deyanira Abarca Vásquez, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019377263 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 19-000105-0296-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Édgar Pérez Cascante, mayor, casado una vez, vecino de Calle Zamora de San Rafael de San Ramón, cédula número dos-trescientos uno-ciento nueve, agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es casa y café. Situada: en calle Zamora, distrito San Rafael, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Landelina Hernández Vega; al sur, Evelio Pérez Cascante; al este, quebrada sin nombre, y al oeste, calle pública con treinta metros con noventa y dos centímetros lineales. Mide: mil seiscientos setenta metros con veintinueve decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-297153-1995. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio; estima el inmueble por la suma de siete millones de colones y las presentes diligencias en la suma de seis millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por posesión originaria, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en siembra de café, poda, abono, limpieza de terreno, recolección del producto, mantenimiento del mismo y protección de la zona de la quebrada. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Édgar Pérez Cascante. Expediente 19-000105-0296-CI.—Juzgado Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), San Ramón, 27 de agosto del 2019.—Msc. Tatiana Rodríguez Herrera, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019377266 ).

Rafael Álvaro Beita Vidal, mayor, divorciado, agricultor, cédula de identidad número 6-0100-1451, vecino de Buenos Aires de Puntarenas, Santa María de Ujarrás, tres kilómetros al norte de la escuela, solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe así: terreno para construir, situado en Buenos Aires, distrito primero Buenos Aires, del cantón tercero Buenos Aires, de la provincia sexta Puntarenas, con los siguientes linderos: norte, con calle pública; al sur, con Joselyn Chavarría Beita; al este, con calle pública; y al oeste, con María de los Ángeles Jiménez Castillo. Mide: cuatrocientos setenta metros cuadrados, según plano catastrado 6-2018790-2017. El terreno antes descrito, el solicitante ha sido el poseedor en calidad de dueño de manera pública, pacífica e ininterrumpida por más de diez años. Estima el fundo en la suma de un millón de colones, igualmente las presentes diligencias. Con un mes de término contados a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria, expediente número 19-000033-1046-CI establecidas por Rafael Álvaro Beita Vidal.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Buenos Aires, miércoles 7 de agosto del 2019.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—( IN2019377334 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente 18-000120-0930-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Dorlin Reinaldo de Fátima Lobo Villalobos, quien es mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Limón, Pococí, Cariari, del Colono Agropecuario, 200 metros al este y 100 metros al sur, cédula de identidad número 7-0067-0854, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno de solar con dos casas. Situada en el distrito Cariari, cantón Pococí, provincia Limón. Colinda: al norte, Alicia Agüero Jiménez; al sur, calle pública; al este, Norma Alvarado Salazar; y al oeste, Maritza Rojas Vindas. Mide: seiscientos ocho metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cuatro millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza y mantenimiento de zonas verdes, delimitación del terreno, y arrendamiento de las viviendas construidas en el terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Dorlin Reinaldo de Fátima Lobo Villalobos. Expediente 18-000120-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 08 de agosto del año 2018.—Licda. Kattia Vargas Barquero, Jueza.—1 vez.—( IN2019377372 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente 19-000078-0689-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Miguel Ángel Lidier Morales Madriz, quien es mayor, estado civil divorciado una vez, vecino de San Cristóbal Sur, Desamparados, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 01-0742-0916, profesión administrador, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es uso agrícola. Situada en el distrito Frailes, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Inversiones Agrocomerciales Gamboa y Mena Sociedad Anónima y Margot Méndez Robles; al este, Miguel Ángel Lidier Morales Madriz; y al oeste, quebrada sin nombre. Mide: siete mil ochocientos noventa y dos metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-2106399-2019. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de ocho millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por posesión originaria, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veintiocho años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y construcción de cercas, cultivo de café, banano, limón y demás árboles frutales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Miguel Ángel Lidier Morales Madriz. Expediente 19-000078-0689-AG.—Juzgado Agrario Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 26 de agosto del año 2019.—Dra. María Vanessa Fisher González, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019377535 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente 19-000138-0297-CI donde se promueve información posesoria por parte de Everth Rafael Arroligán Báez, soltero, recepcionista, vecino de Zeta Trece de La Fortuna de San Carlos de Alajuela, 800 metros suroeste, frente al Super Cerro Chato, portador de la cédula número 0801200101, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno construir con casa. Situada en el distrito de La Fortuna, cantón San Carlos. Colinda: al norte y este, Asociación Administradora del Acueducto Rural de La Fortuna de San Carlos, Asociación de Desarrollo Integral de La Fortuna de San Carlos y Asociación del Acueducto Rural de El Tanque de La Fortuna de San Carlos o quien sea el actual colindante; sur, 3-102-537415 Sociedad de Responsabilidad Limitada o quien sea el actual colindante; y por el oeste, calle pública con una medida lineal frente a ella de 17 metros y 31 centímetros. Mide: ciento ochenta y un metros con ochenta y siete decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de trescientos mil colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble mediante compraventa el día 20/09/2017 que se le hiciere a Paula del Carmen Álvarez Meneses, nicaragüense, cédula de residencia número uno cinco cinco ocho cero cuatro cinco tres cero tres cero cuatro, soltera, cocinera, vecina Zeta Trece de La Fortuna de San Carlos de Alajuela, ochocientos metros suroeste de la escuela y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en construcción y remodelación de vivienda, así como mantener el área limpia y debidamente delimitada. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Everth Rafael Arroligán Báez. Expediente 19-000138-0297-CI-6.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 07 de agosto del año 2019.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2019377547 ).

Citaciones

Yo Roberto Garita Chinchilla, Notario Público, código de colegiado número dieciocho mil ciento treinta y uno, hago constar que en mi notaria ubicada en Sarapiquí, frente a la Municipalidad, se tramita bajo el expediente número cero cero uno-dos mil diecinueve, la sucesión Ab Intestata, de Héctor Ugalde Rodríguez, mayor, soltero, costarricense, cédula de identidad dos-doscientos treinta y siete-cero ochenta y cinco vecino de Alajuela, Tacacorí, quien falleció en San José, el día dos de mayo del dos mil trece, defunción inscrita al tomo quinientos veintiséis, folio ciento setenta y uno, asiento: trescientos cuarenta y uno de la provincia de San José, por lo se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en este proceso, para que dentro el plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta  notaría, en la dirección dicha, a hacer valer sus derechos. Sarapiquí, dieciséis horas del veintiuno de agosto del dos mil diecinueve. Expediente número 01-2018.—Lic. Roberto Garita Chinchilla, Notario Público.—1 vez.—( IN2019376192 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos interesados en la sucesión de quien en vida fuera Teresa Castillo Arias, quien fuera mayor de edad, viuda, señora del hogar, vecina de San José, Cipreses de Curridabat, 200 metros norte de la UACA, Condominio Tramonto, casa número 35, portadora de la cédula de identidad número 2-0108-0206, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos. En consecuencia, cualquier otro heredero o interesado deberá concurrir ante el suscrito notario para lo que corresponda. Expediente cero cero uno-dos mil diecinueve. Notaría del Lic. Víctor Hugo Maffioli Alvarado, sita en San José, calle treinta y uno, avenidas diez y doce, número mil noventa y uno.—Agosto del 2019.—Lic. Víctor Hugo Maffioli Alvarado, Notario Público.—1 vez.—( IN2019376194 ).

En la notaría del abogado y notario público Olman Eduardo Madrigal Acuña, con oficina abierta en la ciudad de San José, Escazú, Trejos Montealegre, del Restaurante Tomy Romas, ochocientos metros al oeste, último edificio, mano derecha, en Consortium Legal, se apertura el proceso sucesorio en sede notarial de quien en vida fue Antonio Emilio Del Rosario Abarca López, cédula de identidad uno-doscientos noventa y seis-trescientos cuarenta y tres, se nombra albacea propietaria a Daniela Lizeth Abarca Mena. Se cita y emplaza a terceros interesados para que en plazo de treinta días, se apersonen a esta notaria para hacer valer sus derechos.—San José, 27 de agosto del 2019.—Lic. Olman Eduardo Madrigal Acuña, Notario.—1 vez.—( IN2019376213 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Mayra Gómez Flores, cédula uno-cuatrocientos treinta y dos-ochocientos noventa y ocho, para que dentro del término de treinta días contados a partir de esta publicación, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2019.—Lic. Luis Charpentier Acuña, Notario.—1 vez.—( IN2019376219 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue: Rosario Campos Jiménez, cédula número uno-trescientos treinta y tres-cuatrocientos diecisiete, para que, dentro del término de treinta días contados a partir de esta publicación, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 01-2019.—Licda. Jacqueline Jiménez Díaz, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2019376222 ).

Se cita y emplaza a los interesados en la sucesión de quien vida fue Lucía Coronas Urzua, conocida como Lucy Coronas Urzua, quien en vida fue costarricense, titular de la cédula de identidad número uno - doscientos cuarenta y seis – ochocientos trece, mayor, viuda una vez, ama de casa, cuyo último domicilio fue en San José, Pavas, Rohrmoser, de La Nunciatura, cien metros al norte y cincuenta metros al este, fallecida en San José, Central, Pavas, el día dieciséis de noviembre de mil novecientos noventa y seis, para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto y que se hará por una sola vez en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derechos ante esta Notaría, ubicada en San José, Zapote, Barrio Yoses Sur, de la Universidad Veritas, trescientos metros al este y trescientos metros al norte, Bufete Grupo Jurídico Especializado, apercibidos de que si no lo hicieren dentro del plazo dicho, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 001-2019-9954.—San José, veintiséis de agosto del dos mil diecinueve.—Licda. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—( IN2019376246 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Luz María Murillo Alvarado, cédula número dos-quinientos treinta y siete-quinientos ochenta y uno, a las quince horas y veinte minutos del veinticuatro de julio del dos mil diecinueve, comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera: Juan José Murillo Alvarado, quien fue soltero, operario, vecino de Alajuela, Atenas, Barrio Jesús, Estanquillos setenta y cinco metros este del Salón Comunal, cédula número dos-quinientos sesenta y siete-ochocientos sesenta y siete, fallecido el veintiséis de octubre del dos mil quince. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Rosa María Artavia Sánchez, ubicada en la ciudad de Atenas, frente el costado este del Mercado Municipal, Edificio Vicdani segunda planta, teléfono: dos cuatro cuatro seis-tres siete-cero nueve. El original fue retirado por Luz María Murillo Alvarado, a las 15 horas 30 minutos del día 24 de agosto del 2019.—Licda. Rosa María Artavia Sánchez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2019376287 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por el señor Marcos Brenes Cubero, cédula dos-doscientos ochenta y nueve-trescientos ochenta y tres, a las diecisiete horas diez minutos del veintidós del mes de agosto del dos mil diecinueve, comprobado el fallecimiento esta notaría declara abierto el proceso sucesorio acumulados ab intestato de quienes en vida fueron Gonzalo Brenes Murillo, mayor, viudo, cédula dos-cero sesenta y cuatro-dos mil trescientos once, vecino Alajuela, Atenas, Barrio Jesús, Alto del Monte, fallecido el cuatro de noviembre dos mil cinco, y el de la señora María Cubero Campos, mayor, cédula dos-cero noventa y tres-ochocientos treinta y uno, casada una vez, ama de casa, vecina Alajuela, Menas, Barrio Jesús Alto del Monte, fallecida el quince de octubre del dos mil. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licenciada Rosa María Artavia Sánchez, ubicada en la ciudad de Atenas, frente el costado este del mercado municipal edificio Vicdani, segunda planta, teléfono: 2446-37-09. El original fue retirado por Marcos Brenes Cubero, a las 16 horas del 24 de agosto del 2019.—Licda. Rosa María Artavia Sánchez, Notaria.—1 vez.—( IN2019376288 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Vielka Maritza Guzmán Morales, cédula seis-trescientos noventa y siete-cuatrocientos treinta y dos; a las dieciocho horas, quince minutos del veintiséis de marzo dos mil diecinueve, comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Luis Alberto Guzmán Arrieta, quien fue mayor, soltero, oficial de seguridad cédula cinco-doscientos sesenta-trescientos cincuenta y dos, de domicilio Alajuela, Coyolar de Orotina, Santa Rita, Nueva Santa Rita, fallecido el veinticuatro de noviembre dos mil trece. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licenciada Rosa María Artavia Sánchez, ubicada en la ciudad de Atenas, frente el costado este del mercado municipal edificio Vicdani segunda planta, teléfono dos cuatro cuatro seis-tres siete-cero nueve. (Publicar una vez en el Boletín Judicial). El original fue retirado por Vielka Maritza Guzmán Morales, a las 15:00 horas, del día 24 de agosto del dos mil diecinueve.—Licda. Vielka Maritza Guzmán Morales, Notaria.—1 vez.—( IN2019376290 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Carlos María Méndez Marín, mayor, comerciante, casado una vez, cédula seis-ciento setenta y seis-trescientos cincuenta y siete, vecino de Uvita de Osa, Puntarenas; a fin de que en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, concurran ante la notaría de la Licenciada Evelyn Castro Barquero, situada en San Isidro de Pérez Zeledón, altos Tienda Salvadoreña, costado norte del parque (en horario de lunes a viernes de 8 am a 5 pm), a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia, que si no se presentan dentro de este término, aquella pasará a quien corresponde. El sucesorio en sede notarial del causante se tramita bajo Expediente Número: cero uno-dos mil diecinueve.—Licda. Evelyn Castro Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2019376362 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera Laura Brenes Porras, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, apercibidos de que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Sucesorio en sede notarial, expediente 005-2019, ante el notario Orlando José Díaz Hernández, con oficina en San José, Moravia, Barrio La Guaria; 75 sur, del Colegio Saint Joseph. San José, causante Laura Brenes Porras.—Lic. Orlando José Díaz Hernández, Notario.—1 vez.—( IN2019376392 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien fuera Rubén López López, conocido como Rubén López Fallas, portador de la cédula de identidad número 1-0083-0962, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en reclamo de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren, la herencia pasará a quien corresponda sin perjuicio de terceros con mejor derecho, expediente 2-2016.—Licda. Margarita Odio Rohrmoser, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2019376395 ).

Ante esta notaría se tramita el proceso sucesorio testamentario y Ad intestato de Óscar Pérez Benavides, cédula 1-0449-0234. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos.—Heredia centro.—Licda. Éricka Morales Fiesler teléfono 2260-4835, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2019376422 ).

Ante esta notaría se tramita sucesorio de quien en vida fue Miguel Ángel Vargas Fernández, mayor, divorciado, profesor pensionado, cédula de identidad número: dos-cero doscientos treinta y ocho-cero ciento sesenta y dos, vecino de Isla de San Vito de Coto Brus. Se cita y emplaza por el plazo de quince días hábiles a herederos, legatarios e interesados que tengan interés en el haber sucesorio de dicho causante, para que se apersonen ante esta notaría sita en San Vito de Coto Brus, 200 metros norte de la Cruz Roja a hacer valer sus derechos, advertidos que si no lo hicieren pasará la herencia a quien corresponda.—San Vito, 13 de agosto del 2019.—Lic. Alexis Salazar Torres, código 5158, Notario.—1 vez.—( IN2019376454 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría Auxiliadora González Ortiz, mayor, viuda una vez, ama de casa, costarricense, cédula dos-trescientos noventa y tres-seiscientos veinticinco, vecina de Bagaces, ochocientos metros al este del Ebais de Bagatzí, a las dieciséis horas del primero de julio del dos mil diecinueve y comprobado el fallecimiento esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Francisco Boniche Chavarría, quien fuera mayor, casado una vez, de nacionalidad nicaragüense, cédula de residencia costarricense doscientos setenta-uno cero dos tres seis dos cuatro uno nueve siete cero, vecino de Bagaces, ochocientos metros al este del Ebais de Bagatzí, fallecido el treinta de setiembre del dos mil. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Daniela Alpízar Mairena, sito ubicada en la ciudad de Bagaces, ciento veinticinco metros al sur del Banco de Costa Rica, teléfono: veintiséis siete uno-once seis ocho.—Licda. Daniela Alpízar Mairena, Notaria.—1 vez.—( IN2019376466 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue el señor Ricardo Francisco Naranjo Jiménez, mayor, casado una vez, pensionado, portador de la cédula de identidad uno-cero doscientos sesenta y uno-cero seiscientos setenta y cinco, quien fue vecino del distrito de San Francisco de la provincia de Heredia; para que en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría ubicada en Zapote, ciento cincuenta metros al oeste de la Universidad Ventas, a reclamar sus derechos los que crean tener derecho a la herencia, apercibidos de que si no lo hacen dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 0002-2019.—Lic. Fabio Israel Hernández Flores, Notario Público.—1 vez.—( IN2019376499 ).

Se emplaza a todos los interesados, herederos, legatarios en la sucesión testamentaria de Jorge Gerardo Guevara Bermúdez, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, cédula de identidad número uno- cuatrocientos veintiséis-novecientos quince, vecino de Cartago, La Unión, para que, dentro de treinta días contados partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apersonen ante esta notaria, cita en San Ramón, La Unión, Cartago, del taller del este seiscientos metros al sur, cincuenta al norte y setenta y cinco al este, quedando apercibidos que, si no, lo hicieren la herencia pasara a quien corresponda. Expediente número dos mil diecinueve-cero uno-s.—MSc Ángel Torres Bravo, Notario.—1 vez.—( IN2019376502 ).

Se emplaza a todos los interesados en el sucesorio en sede notarial de Pedro Rodríguez Rodríguez, quien en vida fue mayor, casado dos veces, vecino de Zapote, de Persianas Canet 25 metros suroeste, pensionado, cédula 5-0141-0530, deceso ocurrido el día 27 de julio del 2019, para que, dentro del plazo de 15 días comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quién corresponda. Expediente 01-2019. Notaría de la Licda. Alejandra Mateo Fernández, La Uruca, de Canal 6 800 metros oeste y 300 metros sur, Residencial Carvajal Castro, contiguo a segunda aguja de vigilancia.—San José, 26 de agosto del 2019.—Licda. Alejandra Mateo Fernández, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2019376505 ).

La suscrita notaria pública Lucy Dayana Camacho Guzmán, hace saber que a las once horas del veintisiete de agosto del dos mil diecinueve, en mi notaria bajo el expediente 0001-2019 y actuando en conotariado con la Licenciada Maricruz Porras Cascante, notaria pública, con oficina abierta en San José, Desamparados, San Rafael Arriba, doscientos cincuenta metros al sur del beneficio del café, se declare abierto el proceso sucesorio en sede notarial de: Petrona de Los Ángeles Corea Ruiz, quien en vida fue mayor, viuda, ama de casa, con cédula de identidad número dos-cero ciento veintitrés-cero quinientos quince, vecina de la provincia de San José, cantón Goicoechea, distrito Calle Blancos, Urbanización El Encanto, de Aristóteles cien metros al norte, cincuenta metros al oeste, casa número ocho H. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, comparezcan en la oficina la Licenciada Lucy Dayana Camacho Guzmán, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.—Lic. Lucy Dayana Camacho Guzmán, Notario.—1 vez.—( IN2019376509 ).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Ascensión Fernández Fernández, quien en vida fue, mayor, casado dos veces, agricultor, cédula seis-cero sesenta y nueve-seiscientos ochenta y cinco, vecino de Coto Sesenta y Tres de Golfito, sexta casa, frente al antiguo comisariato, para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan dentro de ese plazo pasara a quien corresponda. Sucesorio notarial expediente 001-2019 ante la notaría de Alfredo López Badilla, código 1842 situada en Ciudad Neily, Corredores, Puntarenas frente a los Tribunales. Inscripción 1842.—Ciudad Neily, 26 de agosto de 2019.—Lic. Alfredo López Badilla. .—1 vez.—( IN2019376575 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de: Ana Ninette Rodríguez Rivera, cédula 103150867, divorciada, ama de casa, vecina de San José, Guadalupe, del Banco Nacional 100 metros al sur, para que, en un plazo de 30 días a partir de la fecha de la publicación de este edicto, hagan valer sus derechos, deberá de manifestarlo en la notaría en San José, Coronado, de la Bomba El Trapiche 300 al norte 400 oeste y 25 al sur, con el apercibimiento que si no lo hiciera aquella pasará a quien corresponda.—San José, 27 de agosto del 2019.—Licda. María de los Ángeles Solano Mora, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2019376599 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Ramón Teodulo Carmona Sánchez y María Isabel Cambronero Guerrero, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en reclamo de sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren, la herencia pasará a quien corresponda sin perjuicio de terceros con mejor derecho, expediente 1-2016.—Margarita Odio Rohrmoser, Notaria Publica.—1 vez.—( IN2019376605 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Flor Garita Vargas, a las once horas del tres de junio del dos mil diecinueve y comprobado el fallecimiento de Santiago Sojo Brenes, quien fue mayor de edad, casado una vez, pensionado, cédula tres-ciento sesenta y tres-seiscientos cincuenta y uno, vecino de Cartago, Turrialba, La Isabel, Santa Cruz, ochocientos metros sur de la Escuela Verbena Norte, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la Republica, tal como ésta lo ha indicado. Notaría de la Licda. Karla Fabiana Carrillo Salguero, Cartago, Turrialba, cien metros este de la municipalidad, diagonal al Taller Miguel Aguilar, teléfono: 2556-1500.—10 de julio del 2019.—Licda. Karla Fabiana Carrillo Salguero, Notaria.—1 vez.—( IN2019376687 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Hellen Guiselle Rivera Aguilar, a las dieciséis horas del veintiocho de junio del año dos mil diecinueve y comprobado el fallecimiento de Daisy Aguilar Bastos, quien fue mayor de edad, casada una vez, pensionada, cédula tres-ciento ochenta y ocho-trescientos nueve, y Orlando Rivera Ramírez, quien fue mayor de edad, casado una vez, pensionado, cédula tres-ciento setenta y nueve-cero veintiuno, ambos vecinos de Cartago, Turrialba, Santa Teresita, San Ramón, novecientos metros al oeste del cruce al Parque Arqueológico, la primera fallecida en Turrialba, el día diecinueve de noviembre del dos mil catorce, y el segundo fallecido en Turrialba, Santa Teresita, el día veintitrés de noviembre del dos mil siete, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría de la Licda. Karla Fabiana Carrillo Salguero, Cartago, Turrialba, cien metros este de la Municipalidad, diagonal al Taller Miguel Aguilar. Teléfono 2556-1500.—Quince de julio del dos mil diecinueve.—Licda. Karla Fabiana Carrillo Salguero, Notaria.—1 vez.—( IN2019376688 ).

Yo, Ana Yesenia Navarro Montero, notaria pública, hago constar que ante mi notaría, ubicada en San José, Goicoechea, Rancho Redondo, Condominio El Royal, se tramita bajo el expediente número: cero cero cero dos-dos mil diecinueve, sucesión intestada de: Ana Cristina Fernández Mora, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad número uno-cero quinientos dos-cero ochocientos setenta y cinco; quien falleció el trece de abril del dos mil diecinueve, acumulada a la sucesión intestada de Mercedes Fernández Mora, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad número tres-cero ciento cuarenta y ocho, cero trescientos ochenta y tres, quien falleció el veintiocho de enero del dos mil diecinueve, ambas vecinas de San José, Desamparados Centro, Barrio San José, del Mall Multicentro, doscientos metros sur y ciento diez metros oeste, segunda casa a mano derecha; por lo que emplazo a todos los herederos, legatarios, acreedores, y demás interesados en este proceso para que, en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen ante esta notaría, a hacer valer sus derechos.—San José, a las dieciocho horas del día veintisiete de agosto del dos mil diecinueve.—Licda. Ana Yesenia Navarro Montero, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2019376703 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del día catorce de agosto del dos mil diecinueve y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera: Sherlyn Ramos Arrieta, mayor, soltera, administradora de empresas, vecina de Cartago, Tres Ríos, La Carpintera, Residencial Génova, casa número treinta y uno, portadora de la cédula de identidad número 1-1246-0944, fallecida el 11 de diciembre del 2018. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría Lic. Eduardo Antonio Vílchez Hurtado, oficina abierta en San José, Zapote, Barrio Montealegre, de la rotonda de las Garantías Sociales, 400 metros al oeste, 100 metros al norte y 75 metros al este.—Lic. Eduardo Antonio Vílchez Hurtado, Notario Público.—1 vez.—( IN2019376728 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría a solicitud de la señora Dulce María Montiel Dalorzo, mayor, viuda una vez, cédula de identidad uno-cero setecientos dieciséis-cero cero cero tres, vecina de San José, Dota, El Jardín, a las once horas treinta minutos del veintisiete de agosto del dos mil diecinueve y comprobado el fallecimiento respectivo, se declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera el señor Víctor Moreno Martínez, mayor, comerciante, cédula ocho-cero ciento doce-cero doscientos cincuenta y cuatro, quien era vecino de San José, Dota, El jardín. Se cita y emplaza a todos los herederos e interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, y se apercibe a todos aquellos que presuntamente consideren tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Notaría del Lic. Rolando Guardiola Arroyo, con oficina abierta en San José, Barrio Luján, contiguo al Colegio de Ingenieros Químicos, teléfono: 280-90-71. Expediente cero cero uno-dos mil diecinueve.—Lic. Rolando Guardiola Arroyo, Notario.—1 vez.—( IN2019376863 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión notarial del señor José Luis Delgado Céspedes, quien en vida fuera mayor, viudo de primeras nupcias, con cédula de identidad uno-cero doscientos cincuenta y uno-cero cero diez, vecino de Calle Fallas de Desamparados, quien falleció el once de agosto del dos mil catorce, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto con la finalidad de comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0013-2019. Notaría del Licenciado Geovanny Alberto Morales Barrantes en San José, Desamparados centro, cincuenta metros sur de la iglesia católica.—San José, 28 de agosto del 2019.—Lic. Geovanny Alberto Morales Barrantes, Notario.—1 vez.—( IN2019376877 ).

El suscrito notario da fe que mediante el sucesorio notarial ab intestato del señor Tomasso Graziano, acta de solicitud de tramitación expediente 2019-0001, al ser las quince horas del veinticuatro de mayo del dos mil diecinueve, se hicieron presente ante esta notaria: i- Alessandra Graziano, portadora de la cédula de residencia número uno ocho cuatro cero cero cero uno ocho tres siete cero siete, ii- María del Rosario Lacayogil, cédula de residencia uno tres ocho cero cero cero uno tres uno nueve tres cero, iii- Giovanni Graziano, portador de la cédula de residencia número uno ocho cuatro cero cero cero uno cero uno seis uno uno, quien actúa a título personal y en su condición de apoderado especialísimo de María Emanuela Graziano Lacayo, mayor, casada en primeras nupcias, vecina de Toronto, Canadá, y portadora de la cédula de identidad número uno-cero novecientos diecinueve-cero ochocientos noventa y nueve, quienes manifiestan ser los legítimos herederos de quien en vida se llamó Tomasso Graziano, de único apellido en razón de su nacionalidad italiana, mayor de edad, empresario, vecino de San José, Catedral, portador de su cédula de residencia número DI uno tres ocho cero cero cero uno tres dos cero cero cinco, quien falleció el diecinueve de marzo del dos mil diecinueve en Catedral, central, San José, según consta en el acta de defunción consecutivo cuatro siete seis siete tres seis dos ocho del Registro Civil de Costa Rica. Los anteriores interesados han iniciado el proceso sucesorio en sede notarial, convocando a todos los posibles herederos e interesados con derecho a heredar cualesquiera tipo de bienes existentes en el comercio de los hombre del señor Tomasso Graziano, a presentarse durante los 30 días hábiles posteriores a la publicación de este aviso ante la notaría del licenciado Manuel Enrique Ventura Rodríguez, en Centro Corporativo Plaza Roble, edificio El Patio, 3er piso, oficina uno, San Rafael de Escazú, San José, Costa Rica, en horario de lunes a viernes de 9:00 a.m. a 4:00 p.m., para hacer valer todos sus derechos y realizar cualquier tipo de reclamos pertinentes en cuanto a sus derechos hereditarios. Es todo.—29 de agosto del 2019.—Lic. Manuel Enrique Ventura Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2019376912 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y, en general, a todos los interesados en la Sucesión de quien en vida fue Juan Félix Pérez Vargas, mayor, cédula de identidad número dos-ciento ochenta y dos-cero veintiuno, casado una vez, pensionado, vecino de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada y de Idalie Huertas Arias, mayor, cédula de identidad número dos-doscientos treinta y dos-seiscientos treinta y cinco, casada una vez, ama de casa, vecina de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada; para que dentro del plazo de quince días a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Número: 003-2019. Notaría de la Licda. Katty Mariela Campos Chacón, Alajuela, San Carlos, Cuidad Quesada, Plaza San Carlos, Local noventa y ocho B. Correo: kamacacha83@hotmail.com. Teléfono 8625 84 72.—Licda. Katty Mariela Campos Chacón, Notaria.—1 vez.—( IN2019376983 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Dora Arguedas Arce, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad numero dos-ciento cuarenta-doscientos ochenta y dos. Para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasara a quien corresponda. Expediente 0012-2017. Notaría del Bufete del Lic. Álvaro Córdoba Díaz, notario. Teléfono 8371-4420.—Lic.  Álvaro Córdoba Díaz, Notario.—1 vez.—( IN2019376986 ).

Ante mi notaría, situada en Oficentro La Sabana, Edificio dos, piso dos, se tramita el expediente cero cero veintiocho-dos mil diecinueve, que es sucesorio ab intestato de quien en vida fue Yolanda Knudsen cc Knutsen Rojas, mayor, viuda una vez, ama de casa, vecina de San José, cédula 1-202-874. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 917 del Código Procesal Civil y cita y emplaza a todos los interesados, herederos, legatarios y acreedores en esta sucesión para que dentro del plazo de treinta días a partir de esta publicación se apersonen para hacer valer sus derechos, con el apercibimiento para aquellos que se crean con derecho a la herencia de que de no hacerlo, la herencia pasará a quien corresponda.—Lic. Wagner Chacón Castillo, Notario.—1 vez.——( IN2019377012 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Hannia Lorena Muñoz Soto, mayor, divorciada una vez, esteticista, con cedula de identidad 1-0560-0088, vecina de San José, Ipís, Los Ángeles, cincuenta metros de la escuela, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 2019-001-SN. Notaría Bufete Solís Sáenz. Licda. Nuria Solís Sáenz. Notaría pública, ubicada en San José, Barrio Francisco Peralta, de Casa Italia, 100 metros sur, 100 metros este y 75 metros sur.—Licda. Nuria Solís Sáenz, Notaria.—1 vez.—( IN2019377030 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuere Alise Hidalgo Víquez conocida como Alice Hidalgo Víquez, quien en vida fuera mayor, soltera, Ama de Casa, vecino de Alajuela, Grecia, costado norte de la escuela Eulogia Ruiz, cédula de identidad número dos-cero cero noventa-ocho mil trescientos treinta y cinco, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos bajo apercibimiento de que si no lo hacen dentro del término indicado, la herencia pasará a quién corresponda. Expediente Número 001-2019, sucesorio notarial ab intestato de Alise Hidalgo Víquez conocida como Alice Hidalgo Víquez.—Grecia, 24 de agosto del 2019.—Licda. Diana Picado Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2019377041 ).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor (incapaz) Monserrat Ortega Sánchez, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente 19-000465-0687-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia Familia), a las once horas y seis minutos del veinticinco de junio del dos mil diecinueve.—Licda. Marjorie de Los Ángeles Salazar Herrera, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019377143 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ascención Alpízar Fernández, mayor, estado civil dato desconocido, agricultor, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 1-375-934 y vecino de Limón. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente 17-000016-0197-CI-3.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 16 de abril del año 2018.—Lic. Andrés Arguedas Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2019377147 ).

Por el término de treinta días, se cita y emplaza a los interesados, herederos, y acreedores, para dentro de dicho plazo de apersonen ante esta notaría a hacer valer sus derechos, en la sucesión de quien fuera: Hernán Antonio del Carmen Fallas Valverde, quien fuera mayor, soltero, de oficios agrícolas, vecino de la provincia de San José, distrito de San Marco, cantón de Tarrazú, portador de la cédula número: uno-cero setecientos treinta-cero setecientos cuarenta y uno, quien falleciera en fecha trece de mayo del dos mil diecinueve, Santa María de Dota, San José, expediente 001-2019. Queda el expediente a disposición en la oficina de la notaria Wendy Karina Barboza Arguedas, sita en la provincia de San José, cantón: Dota, distrito: Santa María, costado sur del parque municipal.—San José, 29 de agosto del 2019.—Licda. Wendy Karina Barboza Arguedas, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2019377175 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Sabina Zúñiga Gutiérrez, quien fue mayor, soltera, comerciante, cédula seis-ciento veintinueve-seiscientos diecisiete, vecina de Barrio El Gallo de Liberia, defunción inscrita en Registro de Defunciones Guanacaste al tomo ciento uno, folio trescientos veintisiete, asiento seiscientos cincuenta y cuatro, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda, y se convoca por haberse ordenado así dentro del expediente notarial número 0001-2019. Notaría del licenciado Juan Rafael Villagra Coronado, sita en Liberia, de costado oeste de Plaza Santa Rosa, doscientos metros al sur.—Liberia, a las once horas del día diecinueve de agosto del dos mil diecinueve.—Lic. Juan Rafael Villagra Coronado, Notario.—1 vez.—( IN2019377211 ).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Neftali Castro Salazar, cédula de número dos - trescientos cuarenta y seis-seiscientos cincuenta y ocho, quien en vida fue mayor, pensionado, casado una vez, vecino de Alajuela, San Rafael de Poás, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a este despacho a hacer valer sus derechos, en el despacho del Lic. José Miguel Zúñiga Zúñiga, El Carmen de Guadalupe, cincuenta metros oeste de la Bomba El Carmen, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Sucesorio notarial. Expediente: 010-2019.—Lic. José Miguel Zúñiga Zúñiga, Notario.—1 vez.—( IN2019377277 ).

Se ha iniciado proceso sucesorio notarial de Álvaro Arce Álvarez. Se cita a los interesados para que, dentro del plazo de ley a partir de esta publicación comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento que si no se apersonan dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—Alajuela, 29 de agosto del 2019.—Licda. Denia Cruz Morera, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2019377317 ).

Denia Cruz Morera, notaria pública con oficina en Alajuela, avenida 7 calles 1 y 3, comunica que se ha iniciado proceso sucesorio notarial de María Flora Fonseca Ulloa y Joab Álvarez Paiz, se cita a los interesados para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Denia Cruz Morera, notaria pública, Alajuela, avenida 7, calles l y 3.—Alajuela, 29 de agosto 2019.—Licda. Denia Cruz Morera, Notaria.—1 vez.—( IN2019377318 ).

Denia Cruz Morera, Notario Público con oficina Alajuela avenida 7 calle l y 3 comunica que se ha iniciado proceso sucesorio notarial de Olman Venegas Jiménez y Didilia Jiménez Pérez, se cita a los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.—Alajuela, 29 de agosto del 2019.—Licda. Denia Cruz Morera, Notaria.—1 vez.—( IN2019377319 ).

Se hace saber que en esta notaría se tramita el proceso sucesorio de quien en vida fuera Domitila Brenes Brenes, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula 3-148-029, vecina de Cartago, Llano Grande, de la plaza de deportes un kilómetro y medio al oeste. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, la misma pasará a quien corresponda. Sucesorio en sede notarial. Expediente 04-2019. Notaría del Lic. Juan Guillermo Coghi Molina, ubicado en Cartago, costado sureste del Convento de los Padres Capuchinos. Email: bufetecoghi@gmail.com Fax: 2552-4141.—Lic. Juan Guillermo Coghi Molina, Notario.—1 vez.—( IN2019377403 ).

Se hace saber que en esta notaría se tramita el proceso sucesorio de quien en vida fueran María Adelina Núñez Sosa, quien en vida fue mayor, viuda, ama de casa, cédula 6-053-543, y Gustavo Arias Zamora, quien en vida fue mayor, casado una vez, agricultor, cédula 2-145-219. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, la misma pasará a quien corresponda. Sucesorio en sede notarial. Expediente 03-2019. Notaría del Lic. Juan Guillermo Coghi Molina, ubicado en Cartago, costado sureste del Convento de los Padres Capuchinos. Email: bufetecoghi@gmail.com Fax: 2552-4141.—Lic. Juan Guillermo Coghi Molina, Notario.—1 vez.—( IN2019377405 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en sede notarial de Víctor Manuel Cordero Rodríguez, quien en vida fue mayor de edad, casado una vez, pensionado, portador de la cédula número uno-cero trescientos treinta y tres-cero novecientos sesenta y cinco, vecino de San José, Curridabat, Pinares, casa F-cero seis, para que de conformidad con el artículo 126.3 del Código Procesal Civil, dentro del plazo de 15 días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, lo cual podrán hacer en San José, Mata Redonda, Boulevard Ernesto Rohrmoser, edificio Sabana Business Center, piso doce. Se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesión de Víctor Manuel Cordero Rodríguez en sede notarial. Expediente 0001-2019.—Lic. Rafael Gerardo Montenegro Peña, Notario.—1 vez.—( IN2019377414 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Gracia Emilia Guillén Montenegro, a las trece horas del veintiuno de agosto del año dos mil diecinueve y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fuera Delfilia Montenegro Ramírez, mayor, casada una vez, ama de casa, quien fue vecina de La Fuente de Santiago, Paraíso de Cartago, 50 metros al este del templo católico de ese lugar, y con cédula número 3-0135-0933. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Edwin Eduardo Gómez Castillo, con oficina abierta en Cervantes de Cartago, 300 metros al oeste de la entrada a La Flor de Paraíso, Cartago. Teléfono 8826-5100. Expediente 001-2019.—Lic. Edwin Eduardo Gómez Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2019377422 ).

Se cita a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de 30 días, comparezcan ante mi notaría ubicada en San José, San Francisco de Dos Ríos, Residencial el Bosque, avenida 66, calle 45 A, casa 577B,o bien mediante el correo electrónico Iguevarasaenz@gmail.com a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan dentro de este plazo, aquella pasará a quien legalmente corresponda en la sucesión legítima notarial de quien en vida fuera Manuel Bejarano González, costarricense, mayor de edad, casado en segundas nupcias, comerciante, cédula de identidad 1-231-404, vecino de San José, El Alto de Guadalupe, urbanización El Roblar, casa número tres. 27 de agosto del 2019. Expediente. 001-2019.—Licda. Lillyana Guevara Sáenz, Teléfono 8371-4080, Notaria.—1 vez.—( IN2019377481 ).

El suscrito notario Alejandro Hernández Porras, domiciliado en la ciudad de Turrialba, con oficina abierta en La Suiza, Las Gaviotas, cien metros al este de la plaza de deportes, hace constar que mediante acta notarial que consta en la escritura 294 del tomo 3 de mi protocolo, 14:00 horas del día 27 de agosto del 2019, se abrió proceso sucesorio de quien en vida fuera Ana Viriam Solís Madrigal, cédula 1-697-431.—Lic. Alejandro Hernández Porras, Notario.—1 vez.—( IN2019377482 ).

Se cita a todos los herederos legatarios. acreedores y en general a todos los interesados para que en el plazo de treinta días contados, a partir de la publicación de este edicto comparezcan a este despacho a hacer valer sus derechos en el juicio sucesorio notarial de quien en vida fuera Victorino Ramírez Mora, cédula uno-cero doscientos dieciocho-cero trescientos cuarenta y nueve, bajo apercibimiento de que si no lo hicieran así la herencia pasará a quien corresponda. Seydi María Guido Navarro, notaria pública de San José, Barrio González Lahman, contiguo a Coope Judicial de San José, Edificio de Abogados.—San José, 26 de agosto del 2019.—Licda. Seydi María Guido Navarro, Notaria.—1 vez.—( IN2019377488 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios y demás interesados en la sucesión de Eulalio Obando Gutiérrez, portador de la cédula de identidad número 5-0143-0019, casado una vez, agricultor, vecino de Oriente de Santa Bárbara de Santa Cruz, Guanacaste, quien falleció el 04 de abril del 2016, para que en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso sucesorio notarial a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren en el plazo aquí dicho la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0002-2019. Para efectos de recibir notificaciones, en mi bufete, ubicada en Barrio Limón de Santa Cruz, Guanacaste, 100 metros al norte y 25 metros al este de la UCR.—Licda. Kathia María Portilla Arguedas, Notaria.—1 vez.—( IN2019377504 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios y demás interesados en la sucesión de María Catalina Jiménez Rosales, portadora de la cédula de identidad número 5- 0018-9189, viuda, ama de casa, vecina de San Martín de Nicoya, Guanacaste, quien falleció el 10 de febrero del 2000, para que en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso sucesorio notarial a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren en el plazo aquí dicho la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2019. Para efectos de recibir notificaciones, en mi bufete, ubicada en Barrio Limón de Santa Cruz, Guanacaste, 100 metros al norte y 25 metros al este de la UCR.—Licda. Kathia María Portilla Arguedas, Notaria.—1 vez.—( IN2019377505 ).

El suscrito, Greivin López Torres, notario público de San José, pone en conocimiento la apertura extrajudicial de la sucesión de quien en vida fuera Jaime Echeverría Villafranca, mayor de edad, casado dos veces, abogado, cédula de identidad número 1-0268-0435, vecino de San José, Aserrí, Salitrillos de Aserrí, por lo que se solicita a todos los interesados apersonarse en los siguientes treinta días para hacer valer sus derechos, en mis oficinas ubicadas en San José, San Francisco de Dos Ríos, costado este del Parque Okayama, contiguo a la Soda Okayama.—San José, 26 de agosto del 2019.—Lic. Greivin López Torres, Notario.—1 vez.—( IN2019377570 ).

Avisos

Se convoca por medio de edicto, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela de la persona menor Byron José Mora Martínez, menor de edad, vecino de Liberia, cédula de identidad 703010214, hijo de Byron Mora Martínez y Shirley Gómez Núñez por haber sido nombradas en testamento, ya por corresponderles la legítima, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto, expediente 19-000140-0938-FA. Proceso tutela legítima. Promovente: Arelis de Los Ángeles Gonzalo Núñez.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia familia), 21 de agosto del 2019.—Msc. Marcela González Solera, Jueza Decisora.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019373293 ).          3 v. 3.

M.Sc. Patricia Vega Jenkins, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a Evelyn Johanna Arroyo Salas, en su carácter personal, quien es mayor, casada, cédula 2-570-825, de domicilio desconocido, se le hace saber que en demanda depósito judicial 18-000111-0292-FA, establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Evelyn Johanna Arroyo Salas, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela. A las trece horas y treinta y ocho minutos del veintitrés de mayo de dos mil diecinueve. Por parte de la licenciada Ana Marcela Chaves Rojas, se tienen por hechas sus manifestaciones y por rendido el informe de intervención y seguimiento con relación a la persona menor de edad Rubí Fernanda Arroyo Salas. (Ver folio 19 al 27). De las presentes diligencias de depósito de la persona menor de edad Rubí Fernanda Arroyo Salas, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Evelyn Johanna Arroyo Salas, a quien se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Por desconocerse su domicilio, notifíquese esta resolución a Evelyn Johanna Arroyo Salas por medio de edicto que será difundido por única vez en el Boletín Judicial. Del mismo modo, por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente: 18-000111-0292-FA. M.Sc. Patricia Vega Jenkins, Jueza.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—M.Sc. Patricia Vega Jenkins, Jueza.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019375006 ).                                                                                                              3 v. 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de las personas menores de edad Cristina María y Brayan Alonso, ambos de apellidos Núñez Herrera, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°18-000435-0292-FA. Clase de Asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las ocho horas y cuarenta y ocho minutos del diecinueve de junio de dos mil diecinueve.—Msc. Patricia Vega Jenkins, Jueza.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019375798 ).            3 v. 1.

Msc. María Angélica Fallas Carvajal, Jueza del Juzgado de Trabajo de Heredia; hace saber a Reinaldo Martínez González, cédula de residencia 155815513910, con domicilio: En Limón, Finca Agrodisa, en el cuadrante de la finca (Sin más especificaciones), que en este Despacho se interpuso un proceso Or. S. Pri. Prestac. Laborales en contra del antes citados, bajo el expediente número 18-002132-0505-LA, en dicho proceso se pretende: Principal: -Pago de 3758 horas extra diurnas de toda la relación laboral (2 diarias por 6 días por 4.33 mensual por 72.33 meses) -Pago de los siguientes extremos laborales teniendo en cuenta mi salario real: a) Vacaciones de toda la relación laboral, b) Aguinaldo proporcional al último período laborado, c) 1 mes de preaviso, d) 154 días de auxilio de cesantía. Accesorios: 1-Pago de intereses e indexación sobre los montos dados. 2-Pago de ambas costas de esta acción. 3-De resultar con lugar o parcialmente con lugar esta demanda solicito se notifique esta demanda a las oficinas regionales de Heredia de las siguientes instituciones: a) Caja Costarricense de Seguro Social (artículo 54 de la Ley 17: Ley Constitutiva de la Caja Costarricense del Seguro Social), b) Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (artículos 88 y 91 de la Ley 1860: Ley Constitutiva del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social), c) Dirección General de Tributación Directa (artículos 21, 98 bis de la Ley 4755: Código de Normas y Procedimientos Tributarios). De la anterior demanda se dio curso mediante la resolución de las quince horas y veintinueve minutos del veintitrés de enero del año dos mil diecinueve, misma que en síntesis indica: Juzgado de Trabajo de Heredia, a las quince horas y veintinueve minutos del veintitrés de enero del año dos mil diecinueve. De la anterior demanda ordinaria laboral y documentos aportados por Juan Pablo Luna Santana, con cédula de identidad 0801010054, se concede traslado por el plazo de diez días a Reinaldo Martínez González, cédula de identidad 155815513910, para que la conteste por escrito, previniéndole que debe manifestar al respecto de los hechos, si reconoce éstos como ciertos o si los rechaza por inexactos, o bien, si los admite con variantes o rectificaciones, bajo apercibimiento de que si no contesta en el término concedido o no responde de forma clara, se tendrá por allanada en cuanto a los hechos no contestados o no respondidos según queda dicho, se podrán tener por ciertos en sentencia. Asimismo, si la parte demandada se allana a las pretensiones, no contesta oportunamente la demanda o no hubiera respondido todos los hechos de la misma, se podrá dictar sentencia de manera anticipada, en la cual se tendrán por ciertos esos hechos y se emitirá pronunciamiento sobre las pretensiones deducidas, todo lo anterior de conformidad con los numerales 498 y 506 del Código de Trabajo. Además, se le previene que al contestar la demanda deberá ofrecer la prueba que le interese, igualmente se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas la sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho.- Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Remítase mandamiento al Departamento de Cuenta Individual y Custodia de Planillas de la CCSS, a efecto de que certifique los salarios reportados mes a mes, así como para cuáles patronos laboró Juan Pablo Luna Santana cédula 0801010054, durante el período de 01 de enero de 2011 al 30 de noviembre de 2017. Notifíquese esta resolución a los demandados, personalmente o por medio de cédulas de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Heredia. La parte demandada puede ser localizada en la siguiente dirección: Heredia, La Aurora, de la escuela 150 metros al este y 150 metros al sur, contiguo a + Que Pollo, casa 8. Se le hace saber a las partes involucradas en el presente asunto, que todos los escritos y documentos que sean dirigidos a este despacho judicial, deberán ser presentados a través de la Oficina de Recepción de Documentos de este circuito judicial, en caso de no estar adscrito a alguno, podrán hacerlo directamente en este juzgado. Se pone en conocimiento de los abogados litigantes en el presente proceso, la circular 43-2012, que refiere lo siguiente: “Asunto: Datos que deben anotar los abogados litigantes en cualquier escrito. (...) Con motivo de la entrada en vigencia de los Juzgados Electrónicos, se ha determinado inconvenientes en los casos en que los abogados y abogadas autentican escritos, poderes, certificados o cualquier otro tipo de gestión con el sello blanco, los cuales al ser escaneados no permiten identificar los datos del o la litigante. Por lo anterior, se les solicita, que en todo escrito, poder, certificación o cualquier tipo de gestión, indiquen, en forma expresa, el nombre y número de carné del Colegio de Abogados y no solamente estampen el sello blanco”. También, se les advierte a las partes involucradas en el presente litigio, que los escritos y documentos que se presenten por medio del Sistema de Gestión en Línea y que no sean firmados de manera digital, deberán ser creados únicamente bajo los formatos de doc, docx, rtf, pdf, tif, tiff o txt, cuyo tamaño no podrá exceder de 3MB. Por su parte, aquellos documentos que sean rubricados por medio de firma digital, deberán ser incorporados únicamente bajo los formatos pdf, docx o doc, todo lo anterior por cuanto si son incorporados bajo otro tipo de formato no será posible descargar el archivo para su estudio (en este sentido se puede consultar el Manual de Usuario del Sistema de Gestión, confeccionado por el Departamento de Tecnologías de la Información del Poder Judicial, que está visible en el sitio web institucional). Asimismo, se recuerda lo dispuesto en el numeral 462 del Código de Trabajo en relación a la presentación de escritos, así como lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos 8454, el cual indica que “Todo documento, mensaje electrónico o archivo digital asociado a una firma digital certificada se presumirá, salvo prueba en contrario, de la autoría y responsabilidad del titular del correspondiente certificado digital, vigente en el momento de su emisión. No obstante, esta presunción no dispensa el cumplimiento de las formalidades adicionales de autenticación, certificación o registro que, desde el punto de vista jurídico, exija la ley para un acto o negocio determinado.” Msc. María Angélica Fallas Carvajal, Jueza. Por ello se cita y se emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del lapso improrrogable de diez días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersone en este Despacho, en el proceso aquí establecido, a hacer valer sus derechos. Se ordena así de conformidad con lo establecido por el artículo 19.4 del Código Procesal Civil. Lo anterior se ordena así en proceso Or. S. Pri. Prestac. Laborales de Juan Pablo Luna Santana contra Reinaldo Martínez González. Expediente 18-002132-0505-LA. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 12 de agosto del 2019.—Msc. María Angélica Fallas Carvajal, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019375799 ).

Licda. Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza del Juzgado Segundo de Familia de San José; hace saber a James Foster Kolman documento de identificación P002718810, de nacionalidad guatemalteca, de domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso de abreviado de divorcio en su contra promovido por Liliana Castro Jiménez, bajo el expediente número 19-000051-0187-FA donde se dictó el auto de traslado de las once horas treinta y cuatro minutos del veintiuno de agosto de dos mil diecinueve que en lo interesa dice: Del anterior proceso de abreviado de divorcio, establecido por Liliana Castro Jiménez, se confiere traslado por el plazo perentorio de diez días a James Foster Kolman (art. 433 del Código Procesal Civil). Se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.- Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono celular, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho.- Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.-” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés.- Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Dentro de este mismo plazo podrá oponer excepciones previas y ofrecer la prueba que considere pertinente. III. Por existir personas menores involucradas en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones de este circuito. IV. Notifíquese esta resolución a la parte demandada, por medio de un edicto que se publicará en el Boletín judicial, remítase vía electrónica a la Imprenta Nacional. Las copias de la demanda y sus respectivas pruebas podrán ser retiradas por la curadora procesal en la secretaría del despacho.—Licda. Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019375800 ).

Licda. Gabriela Morera Guerrero, Jueza del Juzgado de Familia de Heredia, hace saber a Jorge Aníbal Rivera Vergara, mayor, casado, de nacionalidad colombiana, pasaporte de su país número PCC70255478, de demás calidades y domicilio desconocido, que en este Despacho la señora Marta Irene Espinoza Mena interpuso un proceso divorcio en su contra, bajo el expediente número 19-001394-0364-FA, y en éste se ordenó notificarle por edicto la resolución que literalmente dice: “Juzgado de Familia de Heredia. A las diecisiete horas y treinta y ocho minutos del ocho de agosto de dos mil diecinueve. De la anterior demanda divorcio establecida por la accionante Marta Irene Espinoza Mena, se confiere traslado al accionado Jorge Aníbal Rivera Vergara por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente si usted (parte y/o abogado) tiene acceso a internet desde su hogar o un café internet, se le insta a usar el Sistema de Gestión en Línea y a señalar este medio para recibir notificaciones, lo único que debe hacer es ingresar a la página del poder judicial www.poder-judicial.go.cr al link Gestión en Línea y con la clave que se le proporcionará personalmente en el despacho, usted podrá ingresar desde la comodidad de su casa a consultar su expediente y revisar sus notificaciones, con lo anterior se evitará largas filas de espera.-Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. De conformidad con la Circular 122-2014, Sesión del Consejo Superior 41-14, celebrada el 6 de mayo del 2014, artículo XLIII, se le previene a la parte actora indicar la dirección exacta donde se pueda localizar a la misma y a la parte demandada, tanto de la dirección de la vivienda como el lugar de trabajo, horario de trabajo, correo electrónico si lo posee, números telefónicos. Asimismo, números telefónicos de las partes y el nombre de algún familiar o vecino a través del cual pueda lograrse el contacto con las partes. Se informa a la parte demandada que si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos. De la Universidad de Costa Rica, Facultad de Derecho en San Pedro, San José, y se atiende de Lunes a viernes de 08:00 am a 12:00 md y lunes, miércoles y viernes de 13:30 pm a 19:30 pm, Universidad Latina, Sede de Heredia Oficina Ubicada en la Municipalidad de Heredia, horario de atención: Lunes a viernes 08:00 am a 12:00 md, teléfono: 22776715, Universidad Libre de Derecho, Horario de atención: Lunes a viernes:13:30pm a 16:30pm teléfono: 22835533. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Así como en la Defensa Publica Pisav-San Joaquín de Flores de Heredia, competencia únicamente vecinos de Flores, Belén y Santa Barbara de Heredia, Teléfono: 22655640. Y en la Defensa Pública de Heredia. Teléfono 25600659. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Se advierte, eso sí, que la demanda debe ser contestada en el plazo que se le ha concedido, por lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes de que venza. (Artículo 7 del Código de Familia y 1 de la Ley de Consultorios Jurídicos 4775)”. Siendo que la Ley 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art.58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: fax, correo electrónico, casillero y estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art. 36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art. 34). Así las cosas, se le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 o 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Publicación de edicto: De conformidad con lo dispuesto por el artículo 262 el Código Procesal Civil, a fin de proceder a nombrarle curador procesal a la demandada se resuelve: Se ordena expedir y publicar del edicto al que se refiere el artículo 263 del Código Procesal Civil. Prevención de honorarios: Habiendo la parte actora manifestado en página 3 que no cuenta los recursos económicos para cubrir los honorarios del curador o la curadora procesal a nombrar, se ordena expedir comunicación electrónica a la Administración Regional de estos tribunales por medio del Sistema SIGA-PJ, a fin de que ésta asuma el pago correspondiente. Los honorarios de la persona profesional en derecho se fijan en la suma de ochenta y cinco mil colones más el 13% del IVA, es decir, noventa y seis mil cincuenta colones. Esto, de conformidad con lo establecido en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (Ley N°9635) y el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Agregado (Reglamento 41779). Citación a la parte actora y a dos testigos: Se cita a la señora Marta Irene Espinoza Mena y a dos testigos para que en el plazo de una semana comparezca al juzgado y, bajo juramento, responda las preguntas que se le formularán para determinar la procedencia del nombramiento del curador procesal del demandado, bajo apercibimiento de que si no comparece, el proceso no podrá avanzar. Notifíquese”.—Juzgado de Familia de Heredia, 08 de agosto del 2019.—Licda. Gabriela Morera Guerrero, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019375806 ).

Licenciada Wendy Blanco Donaire jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Wilmar Ceballos Gómez y Yorlene Chavarría Rojas, en su carácter personal, se le hace saber que en demanda suspensión patria potestad, expediente 19-001506-0338-FA establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Wilmar Ceballos Gómez y Yorlene Chavarría Rojas se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago. A las ocho horas y cincuenta y nueve minutos del seis de junio del año dos mil diecinueve. De la anterior demanda abreviada de suspensión de patria potestad establecida por el accionante Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado al accionado Wilmar Rojas Guevara, y la accionada Yorlene Rojas Guevara por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono celular, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a la demandada en la dirección que suministra el Tribunal Supremo de Elecciones, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Cartago. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. En caso del demandado por desconocerse su domicilio y por ser de nacionalidad colombiana, se ordena enviar oficio a la Dirección General de Migración y Extranjería a fin de que certifiquen los movimientos migratorios, previo al nombramiento de curador de las partes, solicitado por el ente actor. Vista la medida cautelar que solicita el ente actor se resuelve: El otorgamiento de la custodia de una persona menor, encierra un análisis cuidadoso y un estudio previo. No debe ser una decisión tomada a la ligera, ni únicamente de naturaleza legal, sino con intervención de aspectos medulares que es sabido inciden positiva o negativamente en el desarrollo de la personalidad de un sujeto en proceso de crecimiento y de formación, y por esa razón, la nueva doctrina de la protección integral que emana de la nueva legislación de niñez y adolescencia, con la asunción de dispositivos para asegurar a la niñez el cumplimiento de sus derechos, ha de tenerse muy en cuenta para resolver lo más conveniente ( artículo 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño, y numerales 5, 23 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia). Luego de realizar un estudio pormenorizado de la prueba que aporta el Patronato Nacional de la Infancia, quien resuelve estima totalmente procedente la medida cautelar solicitada, toda vez que la persona menor de edad de marras requiere de protección, cuidados y atenciones que su madre y padre no pueden brindar. Por todo lo anterior, en aras de resguardar los Derechos de las personas menores de edad se otorga a Hannia Susan Rojas Guevara, el depósito provisional de la persona menor de edad Ángel Jesús Ceballos Chavarría. Notifíquese.—Msc. Wendy Blanco Donaire, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019375821 ).

Edictos Matrimoniales

Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil la señora Graciela García Rodríguez, mayor, divorciada, jornalera, portadora de la cédula de identidad número 7-0096-0846, vecina de Limón, Guácimo, Río Jiménez, un kilómetro al suroeste de la Escuela Irlanda, hija de Rafael Ángel García Ramírez y Marcela Rodríguez Sánchez, nacida en Río Jiménez, Pococí, Limón, el veintiocho de febrero del año mil novecientos setenta, con cuarenta y nueve años de edad, y Albán Murillo Ocampo, mayor, soltero, chofer, portador de la cédula de identidad número 6-0173-0729, vecino de Limón, Guácimo, Río Jiménez, un kilómetro al suroeste de la Escuela Irlanda, hijo de Javier Murillo Jiménez y Ema Ocampo Araya, nacido en Puerto Cortés, Osa, Puntarenas , el día tres de julio del año mil novecientos sesenta, actualmente con cincuenta y ocho años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-000544-1307-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 15 de marzo del año 2019.—Licda. María Marta Corrales Cordero.—Jueza.—1 vez.—O.C 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019375958 ).

Lic. José Chaves Mora, Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil el señor Marcial Elías Nieto Villarreal, mayor, soltera, agricultor , portador de la cédula de identidad número 6-0268-0054, vecino de Limón, Pococí, La Rita, cien metros este de la cancha de fútbol del Patio, San Cristóbal, hijo de Menardo Nieto Villarreal y Paulina Villarreal Villarreal, nacido en Golfito, Puntarenas el diecisiete de abril del año mil novecientos setenta y cinco, con cuarenta y tres años de edad, y Ligia Lanza Gonzaga conocida como Ligia Sánchez Araya, mayor, soltera, del hogar, portadora de la cédula de identidad número 5-0353-0050, vecina de la misma dirección que el primero, hija de Eligio Lanza Rodríguez y Pabla Elizabeth Gonzaga Blanco , nacida en Santa Cecilia, La Cruz, Guanacaste, el día quince de julio del año mil novecientos ochenta y seis, actualmente con 32 años de edad.. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-000683-1307-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 10 de abril del 2019.—Lic. José Chaves Mora, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019375959 ).

Licenciada María Marta Corrales Cordero, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil la señora Ana Patricia Granados Sequeira, mayor, soltera, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número cinco-cero tres cero siete-cero dos cuatro cinco, vecina de Limón, Pococí, Cariari, Finca Frutera Cuadrante casa número cuarenta y dos, hija de Clímaco Granados Cortes y Siria Sequeira Piñar, nacida en centro Nicoya Guanacaste, el día veintisiete de setiembre de mil novecientos setenta y ocho, actualmente con cuarenta años de edad y el señor Enrique Vallejos Solís, mayor, soltero, peón agrícola, portador de la cédula de identidad número siete -cero uno ocho ocho-cero cuatro uno nueve, vecino de Limón, Pococí, Cariari, Finca Frutera Cuadrante casa número cuarenta y dos, hijo de Gregorio Vallejos Vallejos y Leticia Solís Rojas, nacido en Guápiles, Pococí, Limón, el día catorce de diciembre de mil novecientos ochenta y ocho, con treinta años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-001218-1307-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 05 de agosto del 2019.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019375861 ).

Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil el señor Kevin Amos Guillén González, mayor, soltero, mecánico de precisión, portador de la cédula de identidad número 7-0255-0534, vecino de Limón, Guácimo, ciento cincuenta metros oeste de la entrada a los Geranios, hijo de Dagoberto Guillén Fonseca y Elsa González Quesada, nacido en Guápiles, Pococí, Limón, el primero de octubre del año mil novecientos noventa y siete, con veintiún años de edad, y la señora Girlany Linneth Garita Gutiérrez, mayor, soltera, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número 7-0257-0152, vecina de Limón, de la Escuela Limoncito, antiguo Bar La Manuda, primera entrada a la derecha, última casa, hija de Norberto Garita Ovares y María Elena Gutiérrez Grajal, nacida en Limón centro, el día siete de diciembre del año mil novecientos noventa y siete, actualmente con 21 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-001236-1307-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 08 de agosto del 2019.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019375962 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Katherine Molina Toruño, mayor, soltera, tutora independiente, cédula de identidad número 0503810080, hija de Yalile Toruño Salinas y José Aquiles Molina Chavarría, nacida en Centro, Nicoya, Guanacaste, el 17/02/1991, con 28 años de edad, y Cristian Mauricio Morales Sequeira, mayor, soltero, técnico en telecomunicaciones, cédula de identidad número 0603990853, hijo de María de Jesús Sequeira Aguilar y Cristino Morales Gallardo, nacido en Centro, Golfito, Puntarenas, el 15/01/1992, actualmente con 27 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en San José, cantón Central, Barrio México, Florida Norte, del Servicentro Interamericana 200 metros norte, casa C-27, San José. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-000462-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San Jose, San José, 12 de agosto del 2019.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019376069 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil de Ana Isabel Molina Alvarado, mayor, soltera, ama de casa, vecina de Orosi, Altos de Araya 175 este de la Iglesia Católica, cédula de identidad número 0302460469, hija de María Luisa Alvarado Castillo y Herminio Molina Portuguez, nacida en Hospital, Central, Cartago, el 21/02/1961, con 58 años de edad, teléfono 8623-7093 y José Jorge de La Trinidad Araya Valerín, mayor, divorciado, agricultor, cédula de identidad número 0302790507, vecino de Orosi, Altos de Araya 175 este de la Iglesia Católica, hijo de Norma Valerín Quesada y José Jorge Araya Fuentes, nacida en Orosi, Paraíso, Cartago, el 17/10/1965, actualmente con 54 años de edad, teléfono 8879-2531. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente 19-001250-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 10 de mayo del 2019.—Msc. Wendy Blanco Donaire, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—(  IN2019376070 ).

Alba Nidia Quintana Pineda, mayor, soltera, ama de casa, nicaragüense, vecina de San Vicente de Moravia, San José, cédula de residencia número 155812440836, hija de Manuel Quintana Moreno y Rosa Pineda Orozco, nicaragüenses; y Camilo Ulises Corea Sánchez, mayor, soltero, técnico medio en economía, costarricense, vecino de San Vicente de Moravia, San José, cédula de identidad número 8-0090-0036, hijo de Gregoria Corea Sánchez, nicaragüense. Han manifestado ante esta notaría su voluntad de contraer matrimonio civil. Quien conozca algún impedimento legal o tenga oposición para la celebración de este matrimonio, deberá manifestarlo por escrito dentro de los siguientes ocho días naturales, ante mi notaría, sita en San José, San Vicente de Moravia, Barrio La Guaria, avenida 63, calle 47.—San José, 27 de agosto del 2019.—Lic. Javier Alberto Acuña Delcore, Notario Público.—1 vez.—( IN2019376158 ).

El señor Nitzan Amiaz Sharron, sin segundo apellido por razón de su nacionalidad, mayor de edad, ciudadano británico, nacido en Jerusalén, Israel, el día 17 de mayo del 1977, portador del pasaporte de su país número 555131380, y portador de la cédula de residencia costarricense libre de condición número 182600079315 y la señora Janie Howarth, sin segundo apellido en razón de su nacionalidad, mayor de edad, ciudadana británica, nacida en Virginia el día 13 de julio de 1992, portadora del pasaporte británico número 528810181, y del documento de identidad migratorio para extranjeros bajo la condición de voluntario número 182600083633, han decide contraer matrimonio ante mi notaría. Cualquiera que se oponga puede comunicarse vía correo electrónico a la siguiente dirección: margaritaodio@yahoo.com. —San José, 27 de agosto del 2019.—Licda. Margarita Odio Rohrmoser, Notaria Publica.—1 vez.—( IN2019376606 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Daniela Piedra Fernández, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número 0604500177, vecina de Parrita, Pueblo Nuevo, Proyecto César, del Súper Génesis, camino a la playa, tercera entrada, tercera casa a mano izquierda, casa prefabricada, casa color celeste, hija de Iris María Fernández Navarro y Carlos Luis Piedra Jiménez, nacida en Quepos, Aguirre, Puntarenas, el 14/01/1999, con 20 años de edad, y Óscar Alberto Jiménez Rodríguez, mayor, soltero, cédula de identidad número 0604510457, vecino de Alajuela, Atenas, 700 metros al este del Hotel Colinas del Sol, casa de cemento sin pintar, casa al lado derecho de la calle, hijo de Ivannia Jiménez Rodríguez, nacido en Corredor, Corredores, Puntarenas, el 06/03/1999, actualmente con 20 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-000190-1591-FA.—Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Quepos (Materia Familia), Puntarenas, Quepos, 26 de agosto del año 2019.—Licda. Johanna Vargas Hernández, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019376718 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Marilyn Lucia Alvarado Álvarez, mayor, soltera, Oficios Domésticos, cédula de identidad número 0113840836, hija de Yorlene María Álvarez Castro y Tony Alvarado Alvarado, nacida en Carmen Central San José, el 16/03/1989, con 30 años de edad, y Nelson Gerardo Gamboa Gamboa, mayor, Soltero, Mecánico, cédula de identidad número 0206250719, hijo de Ligia Gamboa Picado y Faylan Gamboa Rojas, nacido en Quesada San Carlos Alajuela, el 22/09/1986, actualmente con 32 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Sarapiquí, Horquetas, La Chaves, de la entrada principal 2 km hacia adentro, a mano derecha casa color verde musgo. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº19-000192-1343-FA.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil Y Violencia Domestica Sarapiquí (Materia Familia), Sarapiquí, Heredia 21 de agosto del 2019.—Msc. Mariselle Zamora Ramírez, Jueza.—1 vez.—O.C 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019376719 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio el señor Rafael Ángel Talavera Rodríguez, mayor, divorciado, pensionado, cédula de identidad número 0501380759, nacido en Filadelfia Carrillo Guanacaste, el 01/08/1951, con 68 años de edad, y la señora Jenny Sequeira Saravia, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0502540738, nacida en Centro Liberia Guanacaste, el 21/08/1969, actualmente con 50 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en, La Cruz y Liberia, Guanacaste. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-000532-0938-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Domestica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia), Liberia, 01 de agosto del 2019.—Licda. María Alejandra Quesada García, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019376723 ).

Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio el señor Marvin Gerardo Lara Rodríguez, mayor, soltero, constructor, cédula de identidad 0502010892, vecino de Guardia, Liberia, hijo de Guillermina Rodríguez Rodríguez y Porfirio Lara Lara, nacido en Centro, Liberia, Guanacaste, el 28/05/1962 y la señora Noilyn Judith Rodríguez Valladares, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad 0503310028, vecina de Liberia, hija de Verónica Valladares Valladares y Eduardo Rodríguez Dinarte, nacida en Centro Liberia, Guanacaste, el 15/10/1982. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-000570-0938-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Domestica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, (Materia Familia), 26 de agosto del 2019.—Marcela González Solera, Jueza Decisora.—1 vez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019376724 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil: Alba Johana Ocampo Martínez, cédula de identidad C01202622 y Jerson Gonzalo Alfaro Valerín, cédula de identidad 603070305. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-000802-1146-FA.—Juzgado de Familia de Puntarenas, Puntarenas, 27 de agosto del 2019.—Firma ilegible.—1 vez.—O.C 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019376725 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Alejandro Mendoza Jiménez, mayor de edad, cédula de identidad 6-0413-0098, misceláneo, vecino de INVU Las Cañas, Alajuela, hijo de Rene Mendoza Mendoza y de Xinia María Jiménez Jiménez, nacido en Jiménez Golfito Puntarenas, en fecha 09 de setiembre de 1993, con 25 años de edad, y la señora Jocelyn María Martínez Mendoza, mayor de edad, cédula de identidad 2-0758-0478, ama de casa, vecina de INVU Las Cañas, Alajuela, hija de Ana Luisa Martínez Mendoza, nacida en Centro Central Alajuela, en fecha 20 de setiembre de 1996, con 22 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-001475-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Alajuela, 20 de agosto del 2019.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019376731 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, el señor Enrique Francisco de Jesús Elizondo Argüello, mayor, divorciado, oficial de seguridad, cédula de identidad número 0601150864, vecino de Proyecto Nuevo Jardines del Río, casa número C-12, hijo de Mireya Argüello Muñoz y Francisco Elizondo Umaña, nacido en Sabalito Golfito Puntarenas, el 12/02/1955, con 64 años de edad; y Mercedes Morales Rojas, mayor, soltera, carnicera, cédula de identidad número 0110740881, vecina de Proyecto Nuevo Jardines del Río, casa número C-12, hija de María Auxiliadora Rojas Solís y Ricardo Morales Montiel, nacida en Hospital Central San José, el 14/07/1980, actualmente con 38 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-000139-1591-FA.—Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Quepos (Materia Familia), Puntarenas, Quepos, 25 de junio del 2019.—Licda. Silvia Vásquez Monge, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019376822 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Carlos Enrique Durán Sánchez, mayor, soltero, peón agrícola, cédula de identidad número 0109630433, vecino de Las Gambas de Golfito, quinientos metros al sur de la entrada a La Bolsa, casa color naranja a mano izquierda, hijo de Ramona Sánchez Zúñiga y Abelino Durán Sánchez, nacido en Hospital, central, San José, el 02/03/1977, con 42 años de edad, y Luzmilda Gutiérrez Morera, mayor, soltera, ejecutiva del hogar, cédula de identidad número 0601930127, vecina de Las Gambas de Golfito, quinientos metros al sur de la entrada a La Bolsa, casa color naranja a mano izquierda, hija de Herminia Morera Chavarría y José Dolores Gutiérrez Gutiérrez, nacida en centro, Golfito, Puntarenas, el 05/08/1965, actualmente con 54 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-000169-1086-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Golfito (Materia Familia), Golfito, 23 de agosto del año 2019.—Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019376824 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil: Gilberto Antonio Paniagua Cubero, mayor, divorciado, comerciante, cédula de identidad número 0602100256, vecino de Golfito, Barrio Bella Vista contiguo al Banco Nacional, hijo de Nery Cubero Villalobos y Virgilio Paniagua Núñez, nacido en Centro, Osa, Puntarenas, el 18/08/1967, con 52 años de edad; y Aurelia Elibeth Chacón Nieto, mayor, soltera, técnica judicial, cédula de identidad número 0603860929, vecina de Golfito, Barrio Bella Vista contiguo al Banco Nacional, hija de María Victorina Chacón Nieto, y nacida en Sierpe, Osa, Puntarenas, el 09/01/1990, actualmente con 29 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-000171-1086-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Golfito (Materia Familia), Golfito, 26 de agosto del 2019.—Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019376825 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Meylin Josefina Peña Borbón, mayor, divorciada una vez, manicurista, cédula de identidad número 0502900465, costarricense, nombre de la progenitora Lillani Borbón Solano (fallecida) y nombre del progenitor Rodolfo Eduardo Peña Sánchez, lugar de nacimiento en centro Liberia, Guanacaste, el 03/10/1975, con 43 años de edad, y Randal Lira Alvarado, mayor, divorciado dos veces, policía, cédula de identidad número 0602620322, costarricense, nombre de la progenitora Yadira Alvarado Quesada y nombre del progenitor Luis Lira Cardos (fallecido), lugar de nacimiento en Chacarita, Puntarenas, el 22/08/1974, actualmente con 45 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Cañas, Guanacaste, barrio Kennedy de la Clínica Calderón 100 al este. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-000245-0928-FA, matrimonio civil de Meylin Josefina Peña Borbón y Randall Lira Lira.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas (Materia Familia), 27 de agosto del 2019.—Lic. Luis Fernando Suarez Jiménez, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019376826 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Susana Lisseth Montero Castillo, mayor, soltera, oficial de seguridad, cédula de identidad número 0401940361, hija de Hermelinda Castillo Chaverri y Eladio Montero Chacón, nacida en Centro Central Heredia, el 16/04/1987, con 32 años de edad, y Ronald Javier Campos Monge, mayor, divorciado, oficial de seguridad, cédula de identidad número 0108420536, hijo de Margarita Monge Bogantes y Carlos Campos Palma, nacido en Hospital Central San José, el 21/12/1972, actualmente con 46 años de edad ambas personas contrayentes tienen el domicilio en San José, Cantón Central, Distrito La Uruca, Barrio Corazón de Jesús, Frente al Antiguo Bar Azteca, casa de dos plantas, color blanca con verjas verdes. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-000735-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 27 de agosto del 2019.—Msc. Marilene Herra Alfaro, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019376830 ).

Daniel Josué Berrios Obando y Angie Andrea Calderón González, cédula por su orden: 1-1417-218 y 1-1483-355; vecinos de San José, Desamparados, Patarra, Linda Vista, desean contraer matrimonio y afirman reunir todos los requisitos de ley. La oposición de alguien con interés legítimo debe ser presentada ante este Juzgado dentro de los ocho días luego de esta publicación. Publíquese por una única vez. Expediente 19-001155-0637-FA.—Juzgado de Familia de Desamparados, fecha 28-08-2019.—Licda. Mauren Solís Madrigal, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019376857 ).

Johan Roberto Cerdas Valladares y Gaudy Gabriela González Chavarría, cédula por su orden 1-905-874 y 1-1418-966; vecinos de San José, Desamparados, San Rafael Abajo, Calle Areneros, casa número 56-A, desean contraer matrimonio y afirman reunir todos los requisitos de ley. La oposición de alguien con interés legítimo debe ser presentada ante este Juzgado dentro de los ocho días luego de esta publicación. Publíquese por una única vez. Expediente 19-001191-0637-FA.—Juzgado de Familia de Desamparados, 28 de agosto del 2019.—Licda. Maureen Solís Madrigal, Jueza de Familia.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019376860 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, presentes en este Despacho: Guillermo Murillo Hidalgo, mayor, soltero, policía penitenciario, cédula de identidad número 0702080459, vecino de La Rita de Pococí, Urbanización La Sole, casa U6 color rosada, hijo de Guillermo Murillo Artavia y de Ligia Hidalgo Mora, nacido en Guápiles, el dieciséis de noviembre de mil novecientos noventa y uno, con 27 años de edad; y Yadicza Zúñiga Víquez, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0702030409, vecina de La Rita de Pococí, Urbanización La Sole, casa U6 color rosada, hija de Guillermo Zúñiga Pérez e Irene Víquez Guzmán, nacida en Guápiles, el veintiséis de diciembre de mil novecientos noventa, actualmente con 28 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-001290-1307-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 23 de agosto del 2019.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019376861 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, María Lidiette Villegas Duarte, mayor, viuda, miscelánea, cédula de identidad número 0204660545, vecina de Guápiles, Barrio San Miguel, 350 metros oeste del Súper Caribean, hija de Elizabeth Duarte Campos y Trinidad Villegas González, nacida en centro, central, Alajuela, el 05/04/1971, con 48 años de edad teléfono 8728-4440, y Martín de la Trinidad Chaves Monge, mayor, divorciado, pensionado, cédula de identidad número 0700650989, vecino de Guápiles, Barrio San Miguel, 350 metros oeste del Súper Caribean, hijo de Ermelinda Monge y Carlos Chaves Murillo, nacido en Guápiles, Pococí, Limón, el 15/09/1959, actualmente con 59 años de edad, teléfono 7003-5575. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-001294-1307-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 26 de agosto del año 2019.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019376862 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Javier Antonio Flores López, mayor, soltero, jornalero, cédula de identidad número 0702460285, vecino de Pacuarito de Siquirres, 150 metros oeste de la antigua cerámica, hijo de Alicia López Orozco y de Óscar Alexander Flores García, nacido en centro, Central, Limón, el 19/08/1996, con 23 años de edad, y Yocelyn María Duarte Aguirre, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número 0702360672, vecina de Pacuarito de Siquirres, 150 metros oeste de la antigua cerámica, hija de Juana María Aguirre Parra y German Antonio Duarte Farga, nacida en centro, Central, Limón, el 26/06/1995, actualmente con 21 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente 19-001298-1307-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 26 de agosto del 2019.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019376866 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Jennifer Tatiana Castillo Guadamuz, mayor, estado civil soltera, profesión esteticista, cédula de identidad número 1-15440945, vecina de San Miguel de Santo Domingo de Heredia, hija de José Tomás Castillo y Luisa Guadamuz Rojas y nacida en San José, con 26 años de edad y Luis Fernando Vega Jiménez, mayor, estado civil soltero, profesión cajero, cédula de identidad número 2-0670-0934, vecino de San Miguel de Santo Domingo Heredia, hijo de Deyanira de la Trinidad Jiménez Morales y Luis Paulino Vega Castillo, nacido en Alajuela, actualmente con 29 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-001683-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 20 de agosto del 2019.—Msc. Gabriela Morera Guerrero, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019376870 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil de Genesis Samantha Vargas Segura, mayor, Soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0305150919, vecina de Llanos de Santa Lucia, del Pali 800 m sur, teléfono 8724-24-15, hija de Laura Giselle Segura Quesada y Allan Vargas Sánchez, nacida en Oriental Central Cartago, el 17/02/1999, con 20 años de edad, y Hugo Alexander Brenes Lobo, mayor, soltero, operario, cédula de identidad número 0305100080, vecino de Llanos De Santa Lucia, del Pali 800 m sur, teléfono 8755-64-10, hijo de Yorleny Patricia Lobo Torres y Hugo Alexander Brenes Jiménez, nacida en Oriental Central Cartago, el 23/04/1998, actualmente con 21 años de edad. Las personas comparecientes manifiestan: Venimos ante su autoridad con el fin de que mediante sus buenos oficios se nos una en matrimonio civil dado que no hay impedimento legal para ello y para comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los testigos: Laura Guiselle Segura Quesada y Yorleny Patricia Lobo Torres. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº19-002386-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 23 de agosto del año 2019.—Msc. Wendy Blanco Donaire, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019376873 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, los contrayentes: Luis Steven Morales Elizondo, mayor de edad, soltero, operario 2, cédula de identidad número 0304910430, vecino de Juan Viñas de Cartago, Barrio Santa Elena, 150 metros al noreste de la pulpería San Martín, casa color verde con tapia amarillo, hijo de Lucrecia Elizondo Montero y Manuel Morales Castro, nacido en Centro, Turrialba, Cartago, el 01/12/1995, con 23 años de edad; y Jenilyn Guevara Navarro, mayor de edad, soltera, operaria de calidad, cédula de identidad número 0304450586, vecina de San Rafael de Quircot, Cartago, 400 metros al norte de la Iglesia Colonial de Quircot, 125 metros al este y 50 metros al norte, casa número 11, hija de Miriam Navarro Rodríguez y Marco Vinicio Guevara González, nacida en Oriental, Central, Cartago, el 05/06/1990, actualmente con 29 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-002428-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 28 de agosto del 2019.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019376874 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Alex Steven Gutiérrez Carmona, cédula de identidad número seis-cuatrocientos tres-setecientos ocho, de veintiséis años de edad, soltero, de momento sin trabajo, nativo de Corredor, Corredores, Puntarenas, el veintinueve de julio de mil novecientos noventa y dos, hijo de Alexánder Gutiérrez Lacayo y Rebeca Carmona Leal, vecino de Río Nuevo, casa número 7, bloque H, y Emilyn Yulissa Barrantes Contreras, cédula de identidad número seis-cuatrocientos treinta y nueve-doscientos dieciséis, de veintiún años, soltera, costarricense, estudiante, nativa de Corredor, Corredores, Puntarenas, el once de junio de mil novecientos noventa y siete, hija de William Barrantes Fallas y Yoconda Contreras Angulo, vecina de Copal de Agua Buena, seiscientos metros hacia el oeste, calle hacia Los Ángeles. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente 16-000468-1304-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia familia), Corredores, Ciudad Neily, 12 de agosto del 2019.—Lic. César Monge Vallejos, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019376921 ).

Eriberto de las Piedades Méndez Picado, mayor, divorciado, agricultor, cédula de identidad número 0900810294, vecino de Barrio Veracruz de Paso Canoas, de la Iglesia Emmanuel, doscientos cincuenta metros al sur, hijo de María Picado Sandí y Bernardino Méndez Espinoza, nacido en San Vito, Coto Brus, Puntarenas, el 14/12/1962, con cincuenta y siete años de edad, y Gerardina Amable Sánchez Bermúdez, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número 0601410032, vecina de la misma dirección del anterior, hija de Luz de Jesús Sánchez Bermúdez, nacida en Jicaral, Central, Puntarenas, el 27/04/1958, actualmente con sesenta y uno años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio). Expediente 19-000417-1304-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Familia), 16 de agosto del 2019.—Lic. Cesar Monge Vallejos, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019376928 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Daniel Cedeño Obando, mayor, divorciado, taxista, cédula de identidad número seis-trescientos setenta y cinco-doscientos catorce, vecino de Barrio El Carmen, Corredores, Puntarenas, de la Pulpería El Garrotazo, 250 metros sur, casa prefabricada color turquesa, hijo de Filiberta Obando Peralta y Jovino Cedeño Cedeño, ambos padres de nacionalidad costarricense, nacido en Corredor, Corredores, Puntarenas, el 14/10/1988, con 30 años de edad; y Guiselle María Rojas Núñez, mayor, divorciada, oficios domésticos, cédula de identidad número: seis-cuatrocientos veinticuatro-cuatrocientos setenta y cinco, vecina de misma dirección anterior, hija de Carmen Núñez Núñez y Pablo Javier Rojas Ramírez, ambos padres de nacionalidad costarricenses, nacida en Jiménez Golfito Puntarenas, el 08/11/1989, actualmente con 29 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-000426-1304-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Familia), Corredores, Ciudad Neily, 23 de agosto del 2019.—Lic. César Monge Vallejos, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019376929 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Elizabeth Chavarría Reyes, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número 0502060392, vecina de Las Juntas, del Lubricentro Fu 800 oeste, Barrio La Gloria, hija de Zeneida Reyes Pazos, mayor, costarricense y de quien en vida fue Margarito Chavarría Navarro, nacido en Centro, Liberia, Guanacaste, el 26/12/1962, con 56 años de edad, celular 84964574 y Alex Antonio Rocha Alvarado, mayor, soltero, coligallero, cédula de identidad número 0503510854, vecino de Las Juntas del Lubricentro Fu 800 metros este, hijo de quien en vida fue Oliva Antonia Alvarado López y Alexander Rocha Molina, mayor, costarricense, nacida en Las Juntas Abangares Guanacaste, el 07/05/1986, actualmente con 32 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-000100-0928-FA, matrimonio civil, promueven: Elizabeth Chavarría Reyes y Alex Antonio Rocha Alvarado.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas, (Materia Familia), Guanacaste, Cañas, 29 de agosto del 2019.—Lic. Luis Fernando Saúrez Jiménez, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019377023 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer Silvia García Carrillo, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0601740168, vecina de Copal de Nicoya, en el Residencial Nueva Esperanza, casa número seis, hija de José German García Matarrita y María Lidia Carrillo Obando, nacida en San Francisco de Tinoco, Osa, Puntarenas, el 21/04/1963, con 56 años de edad, y Cristian Alcides Medina Gómez, mayor, soltero, jornalero, cédula de identidad número 0502800773, vecino de Copal de Nicoya, en el Residencial Nueva Esperanza, casa número seis, hijo de Anastacio Medina Fernández y Evangelina Gómez Gómez, nacido en Quebrada Honda, Nicoya, Guanacaste, el 23/01/1974, actualmente con 44 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Asunto: solicitud de matrimonio. Expediente 19-000250-0869-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Familia), Nicoya, 29 de agosto del año 2019.—M.Sc. Berta Lidieth Araya Porras, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019377024 ).

Piden casarse Rodolfo Herrera Uva, cédula: 6-0347-0914 y Karen Vanessa Vásquez Alvarado, cédula: 1-1255-0180, ambos vecinos de Ciudad Cortés de Osa. Si alguna persona conoce impedimento para que esta boda se realice deberá manifestarlo a este despachó dentro del plazo de ocho días siguientes después de la publicación de este edicto. Expediente: 19-000200-1420-FA.—Juzgado de Familia de Osa, 29 de agosto del 2019.—Lic. Mario Alberto Barth Jiménez, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019377271 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Banny Gabriela Torres Carrillo, 0503430259, mayor, unión libre, ama de casa, vecina de Sonzapote de Nicoya, Guanacaste, 2 kilómetros al norte de la escuela, Santos Carrillo, a mano izquierda casa de madera color celeste, nombre del progenitor Juan Torres Torres y de la progenitora Daria Carrillo Obando, nacida en centro, Nicoya, Guanacaste, el 12/01/1985, con 34 años de edad y Evelio de Jesús Hernández Castrillo, 0503010708 mayor, unión libre, comerciante, con cédula de identidad número, vecino de Sonzapote de Nicoya, Guanacaste, 2 kilómetros al norte de la escuela, Santos Carrillo, a mano izquierda casa de madera color celeste nombre de la progenitora María Lucrecia Castrillo Martínez y nombre del progenitor Donald Hernández López, nacido en Copalchí, La Cruz Guanacaste, el 25/08/1977, con 41 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-000251-0869-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Familia), Nicoya, 29 de agosto del año 2019.—M.Sc. Karol Tatiana Gómez Moraga, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019377272 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Vilma Alejandra Redondo Ulloa, mayor, soltera, estudiante, vecina de Cervantes de Cartago, El Bajo, de la gruta, 500 metros al norte, sobre carretera a Pacayas, casa de color terracota, con cerca, celular número 7209-49-90, cédula de identidad número 3- 0495-0923, hija de Digna María Ulloa Martínez y Jorge Redondo Solano, nacida en Oriental, central, Cartago, el 19/07/1996, con 23 años de edad y Warner Alonso Solano Gamboa, mayor, divorciado de Stephanie Johanna Chacón Pérez, el 26/10/2015, en Cartago, docente, vecino de Cervantes de Cartago, El Bajo, de la gruta, 500 metros al norte, sobre carretera a Pacayas, casa de color terracota, con cerca, cédula de identidad número 3-0358-0345, hijo de Elizabeth Gamboa Ortega y Rafael Solano Centeno, nacido en centro, Turrialba, Cartago, el 26/02/1979, actualmente con 40 años de edad, celular número 7208-4854. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-002416-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 29 de agosto del año 2019.—M.Sc. Wendy Blanco Donaire, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019377273 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, los señores Rafael Obando López, mayor, soltero, chofer, cédula de identidad número 7-0130-0918, hijo de Rafael Obando Obando y Jerónima Emilia López Cortés, nacido en Cahuita, Talamanca, Limón, el 11/12/1978, con 40 años de edad y Yesenia Odalía Díaz Solano, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 7- 0149-0326, hija de Anselmo Vidal Díaz Díaz y Dora del Carmen Solano Ramírez, nacida en central, Limón, el 11/11/1982, actualmente con 36 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Limón, Barrio Ceda Ckee, contiguo a la Llantera El Parce, casa a mano izquierda color verde. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-000548-1152-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 29 de agosto del año 2019.—Licda. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019377538 ).

Edictos en lo Penal

Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial San José, al ser las trece horas y veintiocho minutos del veintidós de agosto del año dos mil diecinueve. Se hace saber que dentro de la causa penal 10-003382-0275-PE seguida contra de Abraham Sánchez Monge, por el delito de amenazas agravadas y portación ilícita de arma permitida, en daño de Willy Sánchez Angulo y la seguridad común: “Se ordena publicación de edicto”. Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial San José, al ser las quince horas y dieciséis minutos del veintiocho de marzo del año dos mil diecinueve. Vistas la citas negativas de Giovanni Durán Sánchez que rolan a folios del 642 al 644 y siendo que no se ha podido contactar a Giovanni Durán Sánchez, se ordena: notifíquese mediante edicto en el Boletín Judicial, la resolución de las catorce horas quince minutos del dieciséis de febrero del dos mil dieciocho, que literalmente resuelve: Una vez firme el fallo se ordena entregar a quién acredite ser su legítimo propietario el arma tipo pistola, color negro, calibre 9 mm, marca Glock, modelo 9x19, serie HVC317 con su respectivo cargador. Quedan las partes notificadas de manera oral, la anterior sentencia queda respaldada en formato digital, si desean las partes copia de la misma deben aportar el correspondiente medio al efecto. Todas las partes renuncian al plazo para interponer recurso de apelación contra la sentencia, por lo cual la misma queda firme en este acto. Lorena Blanco Jiménez, Jueza de juicio. De conformidad con el artículo 6 de la Ley 6106, realícense tres publicaciones, y en caso de transcurrir tres meses a partir de la última publicación no existe gestión de parte para la devolución del arma, de conformidad con la Ley de Armas y Explosivos 7530, artículo 84 se ordena el comiso a favor del estado, a la orden del Arsenal Nacional, y se autoriza su destrucción. Notifíquese. Lorena Blanco Jiménez, Jueza de Juicio”. Notifíquese.—Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial San José.—M.Sc. Nuria Villalobos Solano, Jueza Coordinadora.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019376440 ).    3 v. 2.

Juzgado Penal de Corredores, hace saber que en este juzgado se tramita la causa penal 13-200975-0456-PE, contra Luis Ángel Martínez Fajardo, por el delito de maltrato y otros, en perjuicio de Kerlin Porras Agüero, donde se ordenó publicar la siguiente resolución que literalmente dice: A) De conformidad con el numeral 6, de la Ley 6106, Ley de Distribución de Bienes Confiscados o Caídos en Comiso en cuanto establece “Tanto las autoridades judiciales como la administrativas, deberán publicar un aviso en el diario oficial y por lo menos en uno de los periódicos nacionales, en el que se indicarán los objetos, mercancías y demás bienes en poder de las respectivas proveedurías, vencido los términos establecidos en los artículos anteriores, sin que los interesados promuevan las acción correspondiente, las dependencias indicadas procederán a distribuir los bienes en la forma aquí dispuesta”(sic) y previo a resolver sobre el destino de la evidencia decomisada dentro de la presente sumaría, sea esta un arma de fuego tipo pistola, marca CZ, modelo CZ75CP-01 Phantom, calibre 9x19 mm, se ordena la publicación de la misma en el Boletín Judicial donde se ponga en conocimiento que la evidencia anterior se encuentra decomisada dentro de la presente sumaría.—Juzgado Penal de Corredores.—Licda. Sandra Arrieta Sánchez, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019377269 ).

Tribunal Penal de Flagrancia Segundo Circuito Judicial de San José, a las once horas del veintinueve de agosto de dos mil diecinueve. De conformidad con los artículos 84 y 99 de la Ley 7530 Ley de Armas y Explosivos, 200 y 367 del Código Procesal Penal y artículo primero de la Ley 6106 Ley de Distribución de Bienes Confiscados o Caídos en Comiso y su Reglamento, se notifica mediante edicto en el Boletín Judicial, por única vez, lo dispuesto en Voto 14-2019 de las diecisiete horas con diecinueve minutos del seis de enero de dos mil diecinueve, que dispone la devolución del arma de fuego tipo revólver, marca Amadeo Rossi, calibre .38 SPL, serie D800448, modelo no indica, a su legítimo dueño, sea Tua de Costa Rica S. A., cédula de identidad 3-101-079876, previa presentación de la documentación de rigor, concediéndose el plazo de tres meses contados a partir de la presente publicación en el Diario Oficial a efectos de que gestione su devolución, en caso contrario se dispone el comiso del arma de fuego a favor del Estado, siendo el Departamento de Arsenal Nacional quien le dé el destino correspondiente. Lo anterior bajo la causa penal 16-000662-1092-PE seguida en contra de Eliazar Ernesto Rivas Pichardo por el delito de portación ilícita de arma permitida en perjuicio de la seguridad pública. Notifíquese.—Tribunal Penal de Flagrancia del Segundo Circuito Judicial de San José.—Licda. Ana Cristina Dittel Masis, Jueza de trámite.—1 vez.—O. C. 364-12-2017.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2019377594 ).