BOLETÍN JUDICIAL N° 205 DEL 29 DE OCTUBRE DEL 2019

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Franklin Isidro Ruiz Jaén, quien falleció el 28 de noviembre del 2017, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio bajo el N° 18-000036-1574-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 18-000036-1574-LA, a favor de...—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Abangares, (Materia Laboral), 31 de julio del 2018.—Licda. Maureen Ortiz Cerdas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019396789 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Noel López Blas, portador de la cédula de identidad número 204930483, quien fue mayor, vecino de Limón, Central, Valle La Estrella y laboró para Standard Fruit Company de Costa Rica Sociedad Anónima, fallecido el cuatro de noviembre del dos mil cinco, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 19-000663-0679-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 19-000663-0679-LA. Por a favor de.—Juzgado de Trabajo Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 18 de julio del 2019.—Lic. Juan Gabriel Rodríguez Oviedo, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019396961 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ivette Ivonne Mclean Martín, con cédula de identidad N° 0700770991, fallecida el once de agosto del dos mil diecinueve, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el N° 19-000852-0679-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 19-000852-0679-LA, por Yorlene Flemmings Mclean a favor de Ivette Ivonne Mclean Martín.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 25 de setiembre del 2019.—Msc. Ana Shirley Naranjo Solano, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019396962 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rodrigo Adolfo Luna Rivera, 0303380733, fallecido el 12 de agosto del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 19-001415-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 19-001415-0641-LA. Por a favor de Rodrigo Adolfo Luna Rivera.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 16 de octubre del año 2019.—Msc. Andrea Gutiérrez Vargas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019396963 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Luis Fernando Corrales Chacón, 0105450844, fallecido el 25 de agosto del 2019, se consideren con derecho para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el N° 19-001765-0505-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 19-001765-0505-LA, por a favor de Luis Fernando Corrales Chacón.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 30 de setiembre del 2019.—Lic. Rolando Porras Mejías, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019396964 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Rafael Rosales Briceño, 0500840764, fallecido el 26 de enero del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 19-001818-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 19-001818-0505-LA. Diligencias establecidas por Claudia Hernández Hernández 0501160268.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 09 de octubre del 2019.—Lic. Rolando Porras Mejías, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019396969 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Miguel Antonio Fonseca Solano N° 0301110204, fallecido el 17 de noviembre del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el N° 18-000056-1458-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 18-000056-1458-LA. Por Esperanza Coto Meza a favor de Miguel Antonio Fonseca Solano.—Juzgado Contravencional de Paraíso (Materia laboral), 18 de octubre del 2019.—Licda. Ana Laura Solís Mena, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019397054 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Bryan Antonio Orozco Arostegui N° 155825870805, fallecido el 12 de marzo del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N° 18-001832-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 18-001832-0166-LA. Por Euromobilia S. A. a favor de Bryan Antonio Orozco Arostegui.—Juzgado de Trabajo Segundo Circuito Judicial San José, 13 de noviembre del 2018.—Licda. Andrea Isabel Cubillo Monge, Juez Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019397055 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Edwin Gerardo Flores Murillo, con cédula de identidad número 01-1372-0409 y quien falleció el 06 de octubre del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 19-001770-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Edwin Gerardo Flores Murillo, con cédula de identidad número 01-1372-0409, promovidas por ELECMEZA S.R.L., con cédula jurídica número 3-102-083696.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea.—Licda. Andrea Isabel Cubillo Monge, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019397059 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Domingo Matarrita Matarrita, fallecido el 15 de mayo del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el N° 19-000041-1579-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 19-000041-1579-LA. Promovente: Cecilia Carmen Sánchez Sánchez y persona fallecida Domingo Matarrita Matarrita.—Juzgado Contravencional de Jicaral (Materia laboral), 16 de octubre del 2019.—Licda. Esther Julia Orias Obando, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019397254 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Deily de los Ángeles Rojas Núñez, quien fue mayor, soltera, pensionada, cédula de identidad número 3-0406-0123, con último domicilio en San Juan Norte de Cartago; y falleció el 29 de junio del 2019; se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias del proceso de consignación de prestaciones, que se tramita bajo el expediente número 19-001471-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº 19-001471-0641-LA. Promovida por Mayra Núñez Solano, cédula de identidad número 3-0235-0064, en calidad de madre de la persona trabajadora fallecida: Deily de los Ángeles Rojas Núñez, quien fue mayor, soltera, pensionada, cédula de identidad número 3-0406-0123, con último domicilio en San Juan Norte de Cartago; y falleció el 29 de junio del 2019.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 22 de octubre del 2019.—Licda. Mauren Robinson Rosales, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019397257 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ana Maritza Del Socorro Amador Ramos, fallecida el 22 de setiembre del año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el Número 18-000061-1560-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 18-000061-1560-LA. Por Ministerio de Educación Pública a favor de.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Bagaces (Materia Laboral), 25 de setiembre del 2018.—Licda. Maureen Ortiz Cerdas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019397414 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de quince mil ciento ochenta y nueve dólares con cincuenta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones prendarias; sáquese a remate el vehículo BKG544, marca: BYD, estilo: F3 GS I DCT, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: LGXCG6DF8G0002649, carrocería: sedan 4 puertas tracción: 4x2 número chasis: LGXCG6DF8G0002649, año fabricación: 2016, color: negro, vin: LGXCG6DF8G0002649, N° motor: BYD473QE215084961, modelo: F3 GS I DCT, cilindrada: 1500 c.c, cilindros: 4, potencia: 79 KW, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil diecinueve, con la base de once mil trescientos noventa y dos dólares con dieciocho centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del nueve de diciembre del dos mil diecinueve, con la base de tres mil setecientos noventa y siete dólares con treinta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos Sociedad Anónima contra Allan Andrey Barquero Araya. Expediente Nº 18-005265-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 26 de setiembre del 2019.—Gerardo Monge Blanco, Juez Decisor.—( IN2019397452 ).

En este Despacho, con una base de veintiún millones noventa y nueve mil noventa y cinco colones con setenta y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 450480, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 1-Quesada, cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Daisy Umaña Porras; al sur, Aguilar y Solís S. A. y Vanesa Solís Camacho; al este, Vanesa Solís Camacho y en parte calle pública con un frente a ella de 7 metros lineales de ancho, y al oeste, Daisy Umaña Porras. Mide: mil seis metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecinueve de noviembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del veintisiete de noviembre del dos mil diecinueve, con la base de quince millones ochocientos veinticuatro mil trescientos veintiún colones con ochenta y cuatro céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del cinco de diciembre del dos mil diecinueve, con la base de cinco millones doscientos setenta y cuatro mil setecientos setenta y tres colones con noventa y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Davivienda Costa Rica S. A. contra Gustavo Adolfo Murillo Chaves. Expediente Nº 18-010073-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 16 de setiembre del 2019.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Tramitadora.—( IN2019397454 ).

En este Despacho, con una base de veintiséis mil novecientos veinte dólares con sesenta y cuatro centavos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el vehículo placa BHT222, marca: Mitsubishi, estilo: Montero Sport, categoría: automóvil, año: 2016, color: gris. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del diecinueve de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del veintisiete de noviembre de dos mil diecinueve, con la base de veinte mil ciento noventa dólares con cuarenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del cinco de diciembre de dos mil diecinueve, con la base de seis mil setecientos treinta dólares con dieciséis centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Davivienda Costa Rica S. A. contra Walter Alberto De Los Ángeles Guerrero Vargas. Expediente: 18-008212-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 25 de setiembre del 2019.—Lic. Gerardo Monge Blanco, Juez Decisor.—( IN2019397455 ).

En este Despacho, con una base de ocho mil ochocientos doce dólares con cincuenta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones judiciales; sáquese a remate el vehículo BDD388, marca: Suzuki, estilo: Swift D Zire GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: MA3ZF62S6DA172280, carrocería: sedan 4 puertas hatchback, tracción: 4X2, número chasis: MA3ZF62S6DA172280, año fabricación: 2013, color: gris, Vin: MA3ZF62S6DA172280, N° motor: K12MN1191733, modelo: ZI11C2C00019600, cilindrada: 1200 c.c., cilindros: 4, potencia: 63 KW, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las dieciséis horas y cero minutos del diecinueve de noviembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas y cero minutos del veintisiete de noviembre del dos mil diecinueve con la base de seis mil seiscientos nueve dólares con cuarenta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del cinco de diciembre del dos mil diecinueve con la base de dos mil doscientos tres dólares con catorce centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos Sociedad Anónima contra Jean Pierre Barnett Caruzo. Expediente N° 18-006451-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 26 de setiembre del 2019.—Gerardo Monge Blanco, Juez Decisor.—( IN2019397457 ).

En este Despacho, con una base de seis millones quinientos cuarenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número seiscientos treinta y seis mil ciento noventa y tres, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01-San Isidro, cantón 19- Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 14 mts. ancho por 15 mts. 09 cts. frente; al sur, Rodrigo Quesada Rodríguez; al este, calle pública con 14 mts. ancho 28 mts. 24 cts de frente y al oeste, Leda Picado Godínez. Mide: trescientos ochenta y uno metros cuadrados, plano SJ-1641191-2013. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del doce de noviembre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del veinte de noviembre del año dos mil diecinueve con la base de cuatro millones novecientos cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiocho de noviembre del año dos mil diecinueve con la base de un millón seiscientos treinta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de María Gloretty Fonseca Orozco contra Leda María Picado Godínez, expediente N° 19-003435-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 24 de setiembre del 2019.—José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2019397496 ).

En este Despacho, se señalan las ocho horas y treinta minutos del cuatro de marzo de dos mil veinte. Con una base de diecinueve millones ciento dos mil ochocientos ochenta y cinco colones con setenta y nueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 396-12179-01-0809-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número setenta y ocho mil doscientos cuatro, derecho cero cero cero, la cual es terreno lote 24 para construir con 1 casa. Situada en el distrito 1-San Vito, cantón 8-Coto Brus de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, Iris Venegas Muñoz; sur, Franklin Chan Achio; este, calle con 16 mts. 64 cm y oeste, calle pública con 15 mts. 66 cm. Mide: seiscientos tres metros con veinte decímetros cuadrados. Plano: P-0786737-1988. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del doce de marzo de dos mil veinte con la base de catorce millones trescientos veintisiete mil ciento sesenta y cuatro colones con treinta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de marzo de dos mil veinte con la base de cuatro millones setecientos setenta y cinco mil setecientos veintiún colones con cuarenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Greivin Antonio Guevara González, expediente N° 19-000193-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 04 de octubre del 2019.—Lic. David Orellana Guevara, Juez Tramitador.—( IN2019397504 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y seis millones sesenta y seis mil doscientos cuarenta y un colones con setenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 342820-000, la cual es terreno para cultivo lote 194. Situada en el distrito 10- Desamparados, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, lote 195; noroeste, calle pública con 10 mts; sureste, Cafetalera Dos Mil S. A.; suroeste, lote 193. Mide: ciento cincuenta y cuatro metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y quince minutos del dieciocho de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y quince minutos del veintiséis de noviembre de dos mil diecinueve con la base de treinta y cuatro millones quinientos cuarenta y nueve mil seiscientos ochenta y un colones con treinta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y quince minutos del cuatro de diciembre de dos mil diecinueve con la base de once millones quinientos dieciséis mil quinientos sesenta colones con cuarenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Alonso Esteban López Quesada, Manuel de Jesús López Latino, expediente N° 19-007754-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 06 de setiembre del 2019.—Licda. Zary Navarro Zamora, Jueza  Tramitadora.—( IN2019397557 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones seiscientos setenta y cinco mil cuatrocientos treinta y tres colones con setenta y seis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas: 2010-211238-01-0003-001 y servidumbre de paso citas: 2012-33028-01-0003-001 incluye al paso de todo tipo de vehículo, personas a pie, líneas eléctricas y acueducto de aguas; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula 490075-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 4 San Isidro, cantón 5 Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Servicios Kaxioka S. A.; al sur, servidumbre de paso con 5.00 metros de ancho y 12.16 metros lineales de frente en medio Mario Suárez Lobo; al este, Servicios Kaxioka S. A. y al oeste, Servicios Kaxioka S. A. Mide: ciento ochenta y dos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas y quince minutos del diecisiete de febrero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas y quince minutos del veinticinco de febrero de dos mil veinte con la base de tres millones quinientos seis mil quinientos setenta y cinco colones con treinta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas y quince minutos del cuatro de marzo de dos mil veinte con la base de un millón ciento sesenta y ocho mil ochocientos cincuenta y ocho colones con cuarenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Enia María Mata Garita, expediente N° 19-012228-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 21 de octubre del 2019.—Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez Tramitador.—( IN2019397606 ).

En este Despacho, con una base de veintitrés mil setecientos quince dólares con veinte centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BFC737, marca Ford, estilo Escape, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2013, color negro, vin 1FMCU0GX6DUB42187, cilindrada 1600 c.c cc., combustible gasolina, motor número no aplica. Para tal efecto se señalan las catorce horas y cero minutos del diecisiete de febrero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del veinticinco de febrero de dos mil veinte con la base de diecisiete mil setecientos ochenta y seis dólares con cuarenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del cuatro de marzo de dos mil veinte con la base de cinco mil novecientos veintiocho dólares con ochenta centavos (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Percy Alejandro Ávila Díaz, expediente N° 15-008384-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 16 de octubre del 2019.—Licda. Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2019397608 ).

En este Despacho, con una base de seis millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 427012-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 5- Rodríguez, cantón 12-Sarchí, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de dieciséis metros con cincuenta centímetros lineales; al sur, Gerardo Barrantes Carvajal; al este, lote primero de Lliliana Barrantes Campos y al oeste, Gerardo Barrantes Carvajal. Mide: quinientos diez metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Plano: A-0492633-1998. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del veinticinco de noviembre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del tres de diciembre del año dos mil diecinueve con la base de cuatro millones ochocientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del once de diciembre del año dos mil diecinueve con la base de un millón seiscientos doce mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Con las mismas horas y fechas indicadas se saca a remate la finca partido de Alajuela, matrícula 427011-000, libre de gravámenes y anotaciones la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 5-Rodríguez, cantón 12- Sarchí, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de dieciocho metros con sesenta y tres centímetros lineales; al sur, Gerardo Barrantes Carvajal; al este, servidumbre de paso con un frente de cuarenta metros con doce centímetros cuadrados y al oeste, lote dos de Lliliana Barrantes Campos. Mide: seiscientos setenta y un metros con setenta y nueve decímetros cuadrados. Plano: A-0492633-1998. La primera fecha con la base de ocho millones quinientos cincuenta mil colones exactos. La segunda fecha con la base de seis millones cuatrocientos doce mil quinientos colones exactos y para la tercera fecha con la base de dos millones ciento treinta y siete mil quinientos colones exactos. Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Jeylin Mariela Prendas Salazar, expediente N° 19001867-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 23 de setiembre del 2019.—María del Milagro Montero Barrantes, Jueza Decisora.—( IN2019397628 ).

En este Despacho, con una base de veintitrés mil novecientos cincuenta y seis dólares con ochenta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BKT-541, marca: Mitsubishi, estilo: Lancer GLS, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2017, color: rojo, vin: JMYSTCY4AHU000268, cilindrada: 2000 cc, combustible: gasolina, motor: 4B11RJ8297. Para tal efecto se señalan las quince horas y treinta minutos del diecinueve de noviembre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta minutos del veintisiete de noviembre del año dos mil diecinueve con la base de diecisiete mil novecientos sesenta y siete dólares con sesenta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y treinta minutos del cinco de diciembre del año dos mil diecinueve con la base de cinco mil novecientos ochenta y nueve dólares con veintidós centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carrofácil de Costa Rica S. A. contra Manuel Enrique Rojas Oviedo, expediente N° 18-004134-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 23 de agosto del 2019.—Eileen Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—( IN2019397643 ).

En este Despacho, con una base de sesenta y tres mil doscientos nueve dólares exactos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre dominante citas: 342-03977-01-0922-001, servidumbre sirviente citas: 342-03977-01-0923-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 501155-000, 7-El Rosario, cantón 6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: noreste, Autopista Bernardo Soto con 18.16 metros de frente; noroeste, Luis Gerardo Barrantes Rodríguez; al sureste, Cafetalera El Rosario S.A. y al suroeste, calle pública con 17.91 metros de frente. Mide: setecientos cuarenta y ocho metros cuadrados. Plano: A-16104012012. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciséis de diciembre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del siete de enero del año dos mil veinte con la base de cuarenta y siete mil cuatrocientos seis dólares con setenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del quince de enero del año dos mil veinte con la base de quince mil ochocientos dos dólares con veinticinco centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Emmanuel Madrigal Méndez. Expediente Nº 19-002633-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 15 de octubre del 2019.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Tramitadora.—( IN2019397648 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho millones ciento noventa y siete mil ciento cuatro colones con sesenta y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número cuatrocientos mil setecientos treinta y siete, derecho 000, la cual es terreno con dos galerones para mueblería y una malla perimetral. Situada: en el distrito 01 San Isidro de El General, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte. Fulvio Sibaja Godínez; al sur, Gilberto Sibaja Godínez; al este, Everardo Elizondo Barrantes, y al oeste, calle pública. Mide: mil seis metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticinco de noviembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y cero minutos del tres de diciembre del dos mil diecinueve, con la base de trece millones seiscientos cuarenta y siete mil ochocientos veintiocho colones con cincuenta céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del once de diciembre del dos mil diecinueve, con la base de cuatro millones quinientos cuarenta y nueve mil doscientos setenta y seis colones con diecisiete céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Eduardo Alfaro Segura. Expediente Nº 19-003672-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 03 de setiembre del 2019.—Eileen Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—( IN2019397649 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones de colones, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa HB 001318, marca: Toyota, estilo Coaster, categoría transporte colectivo interurbano, capacidad 30 personas, serie: no indica, carrocería: microbús, tracción: 4x2, número de chasis HZB500103844, año de fabricación 1998, color: blanco. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiséis de noviembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del tres de diciembre del dos mil diecinueve con la base de (75% de la base original), sea la suma de tres millones setecientos cincuenta mil colones y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del once de diciembre del dos mil diecinueve con la base de (25% de la base original) sea la suma de un millón doscientos cincuenta mil colones. Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Magdiel Rodríguez Martínez contra Ileana María Cornejo Cascante. Expediente Nº 14-000153-0386-CI.—Tribunal Colegiado Primera Instancia Civil Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 10 de octubre del 2019.—Milkyan Sánchez Aguilar, Juez/a Decisor/a.—( IN2019397652 ).

En este Despacho, con una base de siete millones trescientos noventa y dos mil doscientos cincuenta y dos colones con setenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 564686, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 03 Daniel Flores, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Paso Mar S. A.; al sur, Paso Mar S. A.; al este, calle pública, y al oeste, Paso Mar S. A. Mide: trescientos cincuenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas y treinta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las siete horas y treinta minutos del nueve de diciembre del dos mil diecinueve, con la base de cinco millones quinientos cuarenta y cuatro mil ciento ochenta y nueve colones con cincuenta y tres céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las siete horas y treinta minutos del diecisiete de diciembre del dos mil diecinueve, con la base de un millón ochocientos cuarenta y ocho mil sesenta y tres colones con dieciocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L. contra Heiner Andrés Vargas Elizondo. Expediente Nº 19-004247-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 11 de setiembre del 2019.—José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2019397654 ).

En este Despacho, con una base de un millón setenta y tres mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación (Ley de Titulación de Vivienda Camp) citas: 446-09344-01-0003-001 servidumbre de paso citas: 460-16097-01-0025-001 servidumbre de paso citas: 460-16097-01-0034-001 servidumbre de paso citas: 460-16097-01-0042-001 servidumbre de paso citas: 460-16097-01-0050-001 servidumbre de paso citas: 460-16097-01-0058-001 servidumbre de paso citas: 460-16097-01-0066-001 servidumbre de paso citas: 460-16097-01-0074-001 servidumbre de paso citas: 460-16097-01-0082-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 322190-001 y 002, la cual es terreno apto para construir. Situada en el distrito 5-Tacares, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, Betty Araya Arias; al noroeste, Oldemar Sánchez Pérez; al sureste, Luis Ademar Brenes Venegas y al suroeste, servidumbre de paso en medio de Anacira Morales Cerdas. Mide: ciento cincuenta metros cuadrados. Plano: A-0413726-1997. Identificador predial: 203050322190. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del nueve de diciembre del año dos mil diecinueve con la base de ochocientos cuatro mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de diciembre del año dos mil diecinueve con la base de doscientos sesenta y ocho mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra Maibel Patricia Alan Gómez, Willy Arrieta Araya. Expediente Nº 19-002076-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 10 de setiembre del 2019.—Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2019397657 ).

En este Despacho, con una base de veintitrés millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 485007-001 y 002, derecho, la cual es terreno para construir, bloque B lote número 7. Situada: en el distrito 2-San Miguel, cantón 3-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Jorge Quirós Vargas; al sur, calle pública con 7,00; al este, lote 8, y al oeste, lote 6. Mide: ciento veinticinco metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cuarenta minutos del veintiocho de noviembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y cuarenta minutos del seis de diciembre del dos mil diecinueve, con la base de diecisiete millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y cuarenta minutos del dieciséis de diciembre del dos mil diecinueve, con la base de cinco millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Clara María Godínez Prado. Expediente Nº 19-008863-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de agosto del 2019.—Lic. Mauricio Hidalgo Hernandez, Juez Decisor.—( IN2019397658 ).

En este Despacho, con una base de diecinueve millones ciento veintisiete mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 62739-000, la cual es naturaleza: terreno para construir con una casa situada en el distrito 2-Palmira, cantón 5-Carrillo de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Ambrosio Acevedo Valerín, sur, calle pública 24m 25cm, este, Francisco Soto Betancourt, oeste, José Leonel Potosme Hernández. Mide: quinientos ochenta y dos metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Plano: G-0813692-2002. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del seis de diciembre de dos mil diecinueve con la base de catorce millones trescientos cuarenta y cinco mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de diciembre de dos mil diecinueve con la base de cuatro millones setecientos ochenta y un mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Alvin Antonio Reyes Añanguren, Rebeca Isabel Reyes Añanguren, Reyes Isabel Añanguren Matos. Expediente Nº 19-001288-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial Guanacaste (Santa Cruz), 07 de octubre del 2019.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez.—( IN2019397661 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete millones trescientos cincuenta y siete mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida) citas: 2015-317897-01-0005-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 198153-000, derecho , la cual es terreno con casa de habitación. Situada en el distrito 6-San Isidro, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Amable González; al sur, Nautilio Arias Vargas; al este, calle pública; y al oeste, resto de finca de Amable González. Mide: doscientos noventa y cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciocho de noviembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veintiséis de noviembre del dos mil diecinueve con la base de trece millones diecisiete mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del cuatro de diciembre del dos mil diecinueve con la base de cuatro millones trescientos treinta y nueve mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra Manuel González Quirós. Expediente N° 19-007340-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de agosto del 2019.—Lic. Luis Abner Salas Muñoz, Juez.—( IN2019397662 ).

En este Despacho, con una base de nueve millones setecientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando demanda ordinaria bajo las citas: 800-518847-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 21270-F-000, la cual es terreno apartamento setenta y siete bloque E, dedicado a habitación en proceso de construcción. Situada en el distrito 4-San Antonio, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, área común de acceso peatonal; al sur, área común de patio; al este apartamento 78 E y al oeste, apartamento 76 E. Mide: treinta y siete metros cuadrados metros cuadrados. Plano: A-1656976-2013. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas cero minutos del dieciocho de noviembre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas cero minutos del veintiséis de noviembre del año dos mil diecinueve con la base de siete millones doscientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas cero minutos del cuatro de diciembre del año dos mil diecinueve con la base de dos millones cuatrocientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra Wilber Enrique Cordero Chavarría. Expediente Nº 19-007404-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 30 de agosto del 2019.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—( IN2019397663 ).

En este Despacho, con la base de diez millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref:2586-249-001, citas: 312-02771-01-0901-048; servidumbre de ancla citas: 2014-123402- 01-0001-001; servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2014-123402-01-0002-001; servidumbre de paso citas: 2014-171659-01-0002- 001; servidumbre de paso, citas: 2014-171664-01-0002-001; servidumbre de paso, citas: 2014-171669-01-0002-001; servidumbre de paso, citas: 2014-171673-01-0002-001; servidumbre de paso, citas: 2014- 173998-01-0005-001; servidumbre de paso, citas: 2014-179073-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número quinientos veinte mil cuatrocientos diecinueve derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 7-La Fortuna, cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte servidumbre agrícola con 7 metros de ancho y un frente a ella de 11 metros lineales; al sur servidumbre de paso de acceso a calle publica con un ancho de 6 metros lineales y un frente a ella de 11 metros lineales; al este Jorge Eduardo Gamboa García y al oeste Jorge Eduardo Gamboa García. Mide: trescientos cinco metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas cero minutos del dieciocho de noviembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas cero minutos del veintiséis de noviembre del dos mil diecinueve con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas cero minutos del cuatro de diciembre del dos mil diecinueve con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Jessica María Sibaja Arroyo. Expediente Nº 19-000700-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 17 de setiembre del año 2019.—Licda. Isabel Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2019397664 ).

En este despacho, con una base de veintiocho millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 138255-000, la cual es terreno naturaleza: Terreno para construir con casa número veinticinco. Situada en el distrito 4 San Rafael, cantón 3 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 24; al sur, lote 26; al este, Ivette y Claudio Castro Tosi y al oeste, calle pública. Mide: ciento cincuenta y cinco metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del veinte de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre de dos mil diecinueve con la base de veintiún millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del seis de diciembre de dos mil diecinueve con la base de siete millones ciento veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Jeffry Vargas Sanabria, Martha Cecilia Segura López Expediente N° 18-013471-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 17 de setiembre del año 2019.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2019397665 ).

En este Despacho, con una base de veintisiete millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Cartago, matrícula N° 241380, derechos 001 y 002, la cual es terreno para construir lote 36 D (finca ubicada en zona catastrada). Situada en el distrito 5-Aguacaliente (San Francisco, cantón 1-cartago de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 12 D; al sur, avenida 7; al este, lote 37 D; y al oeste, lote 35 D. Mide: ochenta y cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y treinta minutos del veinte de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y treinta minutos del veintinueve de noviembre de dos mil diecinueve, con la base de veinte millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y treinta minutos del nueve de diciembre de dos mil diecinueve, con la base de seis millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Edwin Andrés Arango Castro, Ivannia Yorlene Alonso Fernández. Expediente: 16-017775-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 27 de setiembre del 2019.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Tramitadora.—( IN2019397666 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis millones ochocientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 364583, derechos 005 y 006, la cual es terreno para construir con una casa 7 H. Situada en el distrito Ipís, cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 19 H; al sur, alameda 6; al este, lote 8 H y al oeste lote 6 H. Mide: setenta y dos metros cuadrados metros cuadrados. Plano: SJ-0817317-1989 para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiuno de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del veintinueve de noviembre de dos mil diecinueve con la base de doce millones seiscientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del diez de diciembre de dos mil diecinueve con la base de cuatro millones doscientos doce mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Cindy Magaly Bonilla Quesada, Jonathan Gerardo Sierra Delgado. Expediente N° 18-008203-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 06 de junio del año 2019.—Licda. Paula Morales González, Jueza Decisora.—( IN2019397667 ).

En este Despacho, con una base de siete millones trescientos setenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 660635-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1-San Isidro de El General, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Inmobiliaria del Valle del Sol de Pavones S. A.; al sur, Inmobiliaria del Valle del Sol de Pavones S. A.; al este, Inmobiliaria del Valle del Sol de Pavones S. A. y al oeste, calle publica con 8.50 metros de frente. Mide: doscientos ochenta y cuatro metros cuadrados, según plano catastrado número SJ-1797428-2015. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiuno de noviembre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del veintinueve de noviembre del año dos mil diecinueve con la base de cinco millones quinientos veintisiete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del nueve de diciembre del año dos mil diecinueve con la base de un millón ochocientos cuarenta y dos mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ericka Mariela Meza Valerio. Expediente Nº 19-004095-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 03 de setiembre del 2019.—Carlos Contreras Reyes, Juez Decisor.—( IN2019397668 ).

En este Despacho, con una base de un millón de colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada citas: 334-12578-01-0901-001 y plazo de convalidación (rectificación de medida) citas: 509-00434-02-0009-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 323558-001 Y 002, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 2-San Miguel, cantón 6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle publica; al sur Carlos Mario González; al este José Ángel Chinchilla, Yalenny Retana Fernandez y Víctor Godínez Chacón y al oeste Melvin Godínez Chacón, Yalenny Retana Fernandez y Víctor Godínez Chacón. Mide: trescientos cuarenta y seis metros con doce decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y treinta minutos del veinticinco de noviembre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y treinta minutos del tres de diciembre del año dos mil diecinueve con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y treinta minutos del once de diciembre del año dos mil diecinueve con la base de doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra Isidro Leonel Miranda Mora y Mauren Patricia Chaves Chinchilla. Expediente Nº 19-001905-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 09 de setiembre del año 2019.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2019397672 ).

En este Despacho, con una base de novecientos noventa y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 312-00702-01-0003-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 393635, derecho 001 Y 002, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1-Naranjo, cantón 6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, María Del Carmen Corrales Ulate; al sur, calle pública con un frente a ella de 6.00 metros; al este, María Del Carmen Corrales Ulate; y al oeste, María Del Carmen Corrales Ulate. Mide: ciento setenta metros con diecisiete decímetros cuadrados. Plano: A-8509732-2003. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticinco de noviembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del tres de diciembre del dos mil diecinueve con la base de setecientos cuarenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del once de diciembre del dos mil diecinueve con la base de doscientos cuarenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra Ana Iris Mora Castro, Errol Gerardo Rojas Jiménez. Expediente N° 19-001904-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 10 de setiembre del 2019.—Jazmin Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2019397673 ).

En este Despacho, con una base de seis millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 396081-001 y 002, la cual es terreno para construir lote 3-H. Situada: en el distrito Mata Plátano, cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, alameda con 8.03 metros; al sur, lote 14; al este, lote 4, y al oeste, lote 2. Mide: ciento cincuenta y un metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintisiete de noviembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del cinco de diciembre del dos mil diecinueve, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del dieciséis de diciembre del dos mil diecinueve, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Jessica de los Ángeles Araya Zúñiga, Jorge Luis Calderón Marín, María del Carmen Araya Zúñiga, Roy Espinoza Torres. Expediente Nº 19-011421-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 02 de octubre del 2019.—Wendy Pagani Rojas, Jueza Decisora.—( IN2019397675 ).

En este Despacho, con una base de diez millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Limón, matrícula número ciento veinticuatro mil ochocientos veintiséis-cero cero cero, la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito 1-Guápiles, cantón 2-Pococí de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública con 27,07 mts. de frente; al sur, Mario Arias Badilla, Adán Arias Chía y Marcos Quirós Arias; al este, Mario Arias Badilla, Adán Arias Chía y Marcos Quirós Arias; y al oeste, Mario Arias Badilla, Adán Arias Chía y Marcos Quirós Arias. Mide: mil metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintinueve de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del nueve de diciembre de dos mil diecinueve, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del diecisiete de diciembre de dos mil diecinueve, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de 3-101-766679 S. A. contra José Francisco Alpízar Soto. Expediente: 19-001170-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 8 de octubre del 2019.—Licda. Hellen Gutiérrez Desanti, Jueza Decisora.—( IN2019397689 ).

En este despacho, con una base de cinco millones trescientos noventa y ocho mil seiscientos treinta colones con catorce céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando soporta infracciones y colisión bajo la sumaria número 15-003854-0174-TR de la Fiscalía Adjunta del Segundo circuito Judicial de San José y la sumaria número 16-005904-489-TR del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José; sáquese a remate el vehículo marca: Toyota, estilo: Echo, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: JTDBT123810162263, peso vacío: 0, carrocería: Sedan, 4 puertas peso neto: 0 kgrms., color: rojo, VIN: JTDBT123810162263, N° motor: 1NZ1758030. Se aclara que se ordena el remate únicamente del vehículo automotor que porta la placa de taxi TSJ 823, no así de la placa indicada, por tratarse de una concesión del estado. Para tal efecto se señalan las quince horas y quince minutos del dos de diciembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y quince minutos del diez de diciembre de dos mil diecinueve con la base de cuatro millones cuarenta y ocho mil novecientos setenta y dos colones con sesenta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y quince minutos del dieciocho de diciembre de dos mil diecinueve con la base de un millón trescientos cuarenta y nueve mil seiscientos cincuenta y siete colones con cincuenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Mario Vinicio Mata Quirós contra Lidia Esperanza Valverde Valerio. Expediente N° 16-009119-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 15 de octubre del año 2019.—Licda. Lidieth Venegas Chacón, Jueza Decisora, Notaria.—( IN2019397700 ).

En este Despacho, con una base de treinta y cuatro millones trescientos setenta y un mil ochocientos ocho colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando hipoteca de primer grado a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Ciudad Quesada R L; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número ciento noventa y un mil cuatrocientos veintinueve, derechos cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno con una casa de zócalo. Situada en el distrito 4-Aguas Zarcas, cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Dicxie Mariela Arley Jiménez; al sur, Joel Villegas Arce; al este, calle pública con un frente a ella de 13.42 metros; y al oeste, Franklin Álvarez Acosta. Mide: quinientos cincuenta y ocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiséis de noviembre del dos mil diecinueve. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de División de Cosa Común planteado por Olga Salas Miranda contra Eliécer Rolando Moreno Ugalde. Expediente N° 17-000141-0297-CI.—Tribunal Colegiado Primera Instancia Civil Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 02 de octubre del 2019.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—( IN2019397712 ).

En este Despacho, con una base de nueve millones quinientos seis mil doce colones con treinta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones citas: 359-16784-01-0915-001 servidumbre de paso citas: 2013-242654-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número quinientos doce mil seiscientos setenta y cinco derecho cero cero cero, la cual es terreno de patio con una casa. Situada en el distrito 7-Yolillal, cantón 13-Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Alejandro Valladares Altamirano; al sur, servidumbre de paso con un frente a ella de 30 metros; al este, Rosa María Cordero Castillo y al oeste, calle publica común frente a ella de 10 metros con 63 centímetros lineales. Mide: trescientos diecisiete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del nueve de diciembre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del diecisiete de diciembre del año dos mil diecinueve con la base de siete millones ciento veintinueve mil quinientos nueve colones con veinticuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del ocho de enero del año dos mil veinte con la base de dos millones trescientos setenta y seis mil quinientos tres colones con ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Zaira Francisca Salmerón Cordonero. Expediente Nº 18-005038-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 30 de setiembre del 2019.—Licda. Isabel Cristina Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2019387732 ).

En este despacho, con una base de cincuenta y ocho millones ochenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas: 381-05495-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos cuarenta y un mil novecientos cincuenta y cinco derecho cero cero cero, la cual es terreno con una edificación destinada a bar y restaurante y una casa de dos niveles. Situada en el distrito 9-La Palmera, cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Alfredo Campos Villalobos; al sur, calle pública con Fte. de 74 metros 48 centímetros; al este, Alfredo Campos Villalobos y al oeste, La Marina Limitada. Mide: catorce mil setecientos setenta metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y treinta minutos del dieciocho de noviembre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta minutos del veintiséis de noviembre del año dos mil diecinueve con la base de cuarenta y tres millones quinientos sesenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y treinta minutos del cuatro de diciembre del año dos mil diecinueve con la base de catorce millones quinientos veinte mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de sucesión de Rodolfo Antonio Mesen Obregón representada por Rosa Victoria Mesén Echeverría contra Muñoz y Villegas S. A. Expediente N° 19-000661-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 30 de setiembre del año 2019.—Licda. Isabel Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2019397743 ).

En la puerta exterior de este Despacho, con una base de seis millones setecientos setenta y siete mil ciento cincuenta colones con noventa céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada al tomo 368, asiento 07105 secuencia 01-0920-001; sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula número doscientos treinta y un mil ochocientos noventa y uno-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tres San Rafael, cantón Poás de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ovidio Herrera Castro; al sur, Delfina Sánchez Padilla; al este, Gerardo Herrera Herrera; y al oeste, calle pública. Mide: mil cuatrocientos diecinueve metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiuno de noviembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del veintinueve de noviembre del dos mil diecinueve, con la base de cinco millones ochenta y dos mil ochocientos sesenta y tres colones con dieciocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del nueve de diciembre del dos mil diecinueve, con la base de un millón seiscientos noventa y cuatro mil doscientos ochenta y siete colones con setenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Carlos Luis Granados Zúñiga. Expediente: 07-004372-0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 07 de octubre del 2019.—Jeannette Ruiz Herradora, Jueza Tramitadora.—( IN2019397745 ).

En este Despacho, con una base de ochenta millones ciento noventa y seis mil cuatrocientos nueve colones con diecinueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula 60667-F-000, la cual es terreno finca filial ciento ocho-B apta para construir destinada a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 10-Desamparados, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte finca filial ochenta y cinco-C; al sur área común libre destinada a acceso vehicular; al este, finca filial ciento siete-B y al Oeste Finca Filial Ciento Nueve B. Mide: ciento cincuenta y nueve metros cuadrados metros cuadrados. plano: A-1124735-2007. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del dieciocho de noviembre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del veintiséis de noviembre del año dos mil diecinueve con la base de sesenta millones ciento cuarenta y siete mil trescientos seis colones con ochenta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del cuatro de diciembre del año dos mil diecinueve con la base de veinte millones cuarenta y nueve mil ciento dos colones con veintinueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Fabian Fernando Calderón Angulo, Krisayam Dinarte Muñoz. Expediente Nº 19- 007825-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 16 de octubre del año 2019.—Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez Tramitador.—( IN2019397750 ).

En este Despacho, con una base de ciento sesenta y siete millones sesenta y cuatro mil doscientos seis colones con noventa y tres céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 332-06128-01-0900-001, servidumbre de paja de agua citas: 455-16418-01- 0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número cuarenta y ocho mil ochenta y siete, derecho cero cero cero, la cual es terreno de pastos y bosque con una casa, rancho, bodega y corral. Situada en el distrito 3-Mayorga, cantón 1-Liberia de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública con 180 metros, 72 centímetros; sur, Río Ahogados; este, calle pública; oeste, Raúl Zúñiga Clachar. Mide: doscientos cuatro mil ochocientos veinticinco metros con ocho decímetros cuadrados. Plano: G-0388108-1980. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre del dos mil diecinueve, con la base de ciento veinticinco millones doscientos noventa y ocho mil ciento cincuenta y cinco colones con veinte céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del seis de diciembre del dos mil diecinueve con la base de cuarenta y un millones setecientos sesenta y seis mil cincuenta y un colones con setenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ilusiones De Santa María I.S.M Sociedad Anónima, José Gerardo González Palacios. Expediente Nº 19-002970-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 09 de octubre del 2019.—Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2019397760 ).

En este Despacho, con una base de tres millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BJH681, marca: Ford, estilo: Expedition Eddie Bauer, categoría: automóvil, año: 2004, color: negro, VIN: 1FMPU17L54LA95034, N° motor: no visible, cilindrada: 5400 C.C. combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas y cero minutos del catorce de abril de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del veintidós de abril de dos mil veinte con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta de abril de dos mil veinte con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Apartamento Balance Dos Sociedad Anónima contra José Eduardo Chavarría Rojas. Expediente N° 17-012616-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 23 de setiembre del año 2019.—Yesenia Alicia Solano Molina, Jueza Decisora.—( IN2019397799 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones seiscientos setenta y siete mil setecientos veinte colones con sesenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: placas número BPQ773. Marca Hyundai. Estilo Accent. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2011. Color gris. VIN KMHCT41CBBU014249. Cilindrada 1400 CC. Combustible gasolina. Motor Nº G4FAAW215290. Para tal efecto se señalan las once horas y treinta minutos del veinticinco de marzo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y treinta minutos del dos de abril de dos mil veinte con la base de cuatro millones doscientos cincuenta y ocho mil doscientos noventa colones con cuarenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y treinta minutos del diecisiete de abril de dos mil veinte con la base de un millón cuatrocientos diecinueve mil cuatrocientos treinta colones con quince céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación de Inversiones S. A. contra Alexander José Andino Jiménez. Expediente N° 18-007967-1338-CJ. Notifíquese.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 19 de setiembre del año 2019.—Licda. Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza.—( IN2019397800 ).

En este Despacho, con una base de veintidós mil ochocientos noventa dólares con veintinueve centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando demanda materia de familia con citas 0800 00448639 001; sáquese a remate el vehículo MMJ210, marca: Audi, estilo: Q7, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, serie: WAUZZZ4L0ED014936. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del diecinueve de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del veintisiete de noviembre de dos mil diecinueve con la base de diecisiete mil ciento sesenta y dos dólares con setenta y dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del cinco de diciembre de dos mil diecinueve con la base de cinco mil setecientos veintidós dólares con cincuenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Gerardo Antonio Beita Rodríguez, expediente N° 19-001622-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 23 de setiembre del 2019.—Pedro Javier Ubau Hernández, Juez Tramitador.—( IN2019397819 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete millones setenta y seis mil trescientos cincuenta y cinco colones con ochenta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando medianeria citas: 329-08539-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número doscientos noventa y cinco mil quinientos noventa y dos, derecho 003 y 004, la cual es terreno para construir con 1 casa lote 277. Situada en el distrito 5-Ipís, cantón 8-Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 278; al sur, lote 276; al este, Luis Castillo Sánchez; y al oeste, Alameda Los Caimitos. Mide: ciento un metros con nueve decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del veinticinco de noviembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del tres de diciembre del dos mil diecinueve con la base de doce millones ochocientos siete mil doscientos sesenta y seis colones con ochenta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del once de diciembre del dos mil diecinueve con la base de cuatro millones doscientos sesenta y nueve mil ochenta y ocho colones con noventa y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Carlos Manuel Antonio Jiménez Gutiérrez, Neida Vera Valverde Castro. Expediente N° 19-010194-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 26 de setiembre del 2019.—Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—(  IN2019397820 ).

En este Despacho, con una base de diez mil doscientos noventa y tres dólares con setenta y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BGR723, marca Chevrolet, estilo Sonic LT, capacidad 5 personas, año 2014, color blanco, categoría automóvil, carrocería sedan 4 puertas, tracción 4x2. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del veintiocho de noviembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas y cero minutos del seis de diciembre del dos mil diecinueve con la base de siete mil setecientos veinte dólares con treinta y un centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas y cero minutos del dieciséis de diciembre de dos mil diecinueve con la base de dos mil quinientos setenta y tres dólares con cuarenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco LAFISE S. A. contra Ilse María González Dosman. Expediente Nº 17-001612-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 11 de octubre del 2019.—Diego Steven Durán Mora, Juez Decisor.—( IN2019397821 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de ciento ochenta y nueve mil quinientos cuarenta y cuatro dólares con setenta y dos centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 0367-00013489-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 515796, derecho 000, la cual es terreno de potrero. Situada: en el distrito 01-Aserrí, cantón 06-Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Carlos Corrales Corrales; al sur, Echeverría Zeledón S. A.; al este, Caral Dos Mil S. A., y al oeste, Anglo Pacífico Internacional S. A., Procard de Costa Rica S. A., y calle pública con 11,01 metros todos en parte. Mide: cinco mil doscientos cuarenta y tres metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del diecisiete de diciembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas y cero minutos del catorce de enero del dos mil veinte, con la base de ciento cuarenta y dos mil ciento cincuenta y ocho dólares con cincuenta y cuatro centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas y cero minutos del veintidós de enero del dos mil veinte, con la base de cuarenta y siete mil trescientos ochenta y seis dólares con dieciocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Acosta Asociados Limitada contra Carlos Isidro Echeverría Perera, Pastry Express S. A. Expediente Nº 19-010583-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de setiembre del 2019.—Lic. Henry Steven Sanarrusia Gómez, Juez Decisor.—( IN2019397886 ).

En este Despacho, con una base de cuatrocientos veintiún mil quinientos cuarenta y dos dólares con noventa y seis centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 310-07501-01-0901-001, sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número doscientos catorce mil trescientos cincuenta y dos, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 1-Turrialba, cantón 5-Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Municipalidad de Turrialba, facilidades comunales, lote vacío; sur, Banco Improsa S. A., lote número 3-B; este, calle primera pública, con un frente de 25 metros; oeste, Banco Improsa S. A., lote número 5-B. Mide: mil cuatrocientos noventa metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del veintiocho de enero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas y cero minutos del cinco de febrero del dos mil veinte, con la base de trescientos dieciséis mil ciento cincuenta y siete dólares con veintidós centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas y cero minutos del trece de febrero del dos mil veinte, con la base de ciento cinco mil trescientos ochenta y cinco dólares con setenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Davivienda Costa Rica S. A. contra Ivannia Esperanza de la Trinidad Solano Chacón. Expediente Nº 18-010027-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 26 de agosto del 2019.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza Tramitadora.—( IN2019397901 ).

En este Despacho, con una base de ciento sesenta y un mil doscientos cinco dólares con ochenta centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 145627-F-000, la cual es terreno finca filial dos que se destinara a uso habitacional de dos plantas en proceso de construcción. Situada en el distrito 4-San Rafael, cantón 3-La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote dieciocho B de Urbanizadora Edgelcar Sociedad Anónima; al sur, calle pública; al este, lote nueve E de Urbanizadora Edgelcar Sociedad Anónima y al oeste, finca filial uno. Mide: ciento ochenta y dos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del diez de febrero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del dieciocho de febrero de dos mil veinte con la base de ciento veinte mil novecientos cuatro dólares con treinta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiséis de febrero de dos mil veinte con la base de cuarenta mil trescientos un dólares con cuarenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Davivienda Costa Rica S. A. contra Michael Alberto Baltodano Martínez, expediente N° 18-010845-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 03 de setiembre del 2019.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2019397902 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete mil veintidós dólares con cuarenta y ocho centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones bajo sumaria número 18-003818-0494-TR de la Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Penal); sáquese a remate el vehículo placa: BBK226, marca: Hyundai, estilo: Santa Fe GLS, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, serie: KMHSH81XDBU744721, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4x4, color: gris. Para tal efecto, se señalan las 09:30 horas del 12/05/2020. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las 09:30 horas del 20/05/2020, con la base de doce mil setecientos sesenta y seis dólares con ochenta y seis centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las 09:30 horas del 28/05/2020, con la base de cuatro mil doscientos cincuenta y cinco dólares con sesenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Purdy Motor S. A. contra Corporación Arrendadora Automotriz C A S. A. Expediente Nº 19-012604-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de octubre del 2019.—Valerie Sancho Bermúdez, Jueza Decisora.—( IN2019397956 ).

En este Despacho, con una base de setecientos doce dólares con sesenta y ocho centavos, soportando colisiones en la boleta 2016318100205 y la boleta 2017321400176 y denuncia por lesiones culposas bajo las citas 2018-00748934-001; sáquese a remate el vehículo 805490, marca: Nissan; estilo: Xtrail Classic; categoría: automóvil; capacidad: 5 personas; año: 2009; color: negro; vin: JN1TBA30Z0170260; cilindrada: 2488 cc; combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del quince de enero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de enero de dos mil veinte, con la base de quinientos treinta y cuatro dólares con cincuenta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del tres de febrero de dos mil veinte, con la base de ciento setenta y ocho dólares con diecisiete centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. “Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.” Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Pedro Marvin Gerardo Bergara Báez. Expediente N° 19-011436-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de octubre del 2019.—Joyce Magaly Ugalde Huezo, Juez Decisor.—( IN2019398026 ).

En este Despacho, con una base de doscientos tres mil setecientos dólares con cincuenta y siete centavos, soportando servidumbre trasladada citas: 308-00339-01-0901-002, servidumbre sirviente citas: 403-10822-01-0001-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 460-03699-01-0001-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 460-03699-01-0004-001, sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula N° 492399-000, derecho , la cual es terreno naturaleza: terreno para construir lote 23. Situada en el distrito 1-San Vicente, cantón 14-Moravia de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 22 A y calle pública; al sur, Sistemas Internacionales de Construcción ICS S. A.; al este, lote 24 A; y al oeste, José Soto Jiménez. Mide: trescientos cinco metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Plano: SJ-0559008-1999 metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del dos de diciembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del diez de diciembre de dos mil diecinueve, con la base de ciento cincuenta y dos mil setecientos setenta y cinco dólares con cuarenta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciocho de diciembre de dos mil diecinueve, con la base de cincuenta mil novecientos veinticinco dólares con catorce centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho dentro del tercer día, para su inmediata corrección. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Randall Alberto Alfaro Soto. Expediente: 19-011440-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 4 de octubre del 2019.—Mariela Porras Retana, Jueza Decisora.—( IN2019398028 ).

En este Despacho, con una base de ocho mil ciento noventa y cuatro dólares con siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa MMS803, marca KIA, estilo: Sportage, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2014, color rojo, vin: KNAPB81AAE7614644, cilindrada: 1999 cc, combustible: gasolina, motor N° G4NAEU292479. Para tal efecto se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de febrero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de febrero de dos mil veinte, con la base de seis mil ciento cuarenta y cinco dólares con cincuenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de marzo de dos mil veinte, con la base de dos mil cuarenta y ocho dólares con cincuenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Gustavo Alfaro Bermúdez. Expediente: 19-012292-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 14 de octubre del 2019.—Lic. Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez Tramitador.—( IN2019398029 ).

En este Despacho, con una base de treinta y cinco mil ochocientos tres dólares con cincuenta y un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: JMJ193, marca: Dodge, estilo: Durango, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4x4, año fabricación: 2015, color: gris, número de serie/chasis/vin: 1C4RDJAG7FC907932, N° de motor: no aplica, combustible: gasolina, cilindrada: 3600 cc. Para tal efecto se señalan las once horas y treinta minutos del veinticuatro de febrero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y treinta minutos del tres de marzo de dos mil veinte, con la base de veintiséis mil ochocientos cincuenta y dos dólares con sesenta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y treinta minutos del once de marzo de dos mil veinte, con la base de ocho mil novecientos cincuenta dólares con ochenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Ramón Eduardo de Jesús Ureña Quirós. Expediente: 19-001071-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 21 de octubre del 2019.—Licda. Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2019398030 ).

En este Despacho, 1) Con una base de cuatro millones seiscientos veinte mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Heredia, matrícula N° 177633-000, derecho 000, la cual es terreno para construir lote A-67. Situada en el distrito La Virgen, cantón Sarapiquí de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con 12.00 metros; al sur, A.R.C. Comercial S. A.; al este, lote A-66; y al oeste, lote A-68. Mide: doscientos cuarenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y quince minutos del diecinueve de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y quince minutos del veintisiete de noviembre de dos mil diecinueve, con la base de tres millones cuatrocientos sesenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y quince minutos del cinco de diciembre de dos mil diecinueve, con la base de un millón ciento cincuenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). 2) Con una base de tres millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Heredia, matrícula N° 178941, derecho 000, la cual es terreno para construir lote A 13. Situada en el distrito La Virgen, cantón Sarapiquí de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Juan Rodríguez Rodríguez; al sur, calle pública con 10.00 metros; al este, lote A 12; y al oeste, lote A 14. Mide: doscientos metros cuadrados. Para lo cual se señalan las trece horas y quince minutos del diecinueve de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y quince minutos del veintisiete de noviembre de dos mil diecinueve, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y quince minutos del cinco de diciembre de dos mil diecinueve, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). 3) Con una base de cuatro millones ciento veinte mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Heredia, matrícula N° 179378, derecho 000, la cual es terreno para construir lote 5-A. Situada en el distrito La Virgen, cantón Sarapiquí de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con 10 metros; al sur, Alimentos Alprega S. A.; al este, lote 4-A; y al oeste, lote 6 A. Mide: doscientos metros cuadrados. Para lo cual se señalan las trece horas y quince minutos del diecinueve de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y quince minutos del veintisiete de noviembre del dos mil diecinueve, con la base de tres millones noventa mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y quince minutos del cinco de diciembre de dos mil diecinueve, con la base de un millón treinta mil colones exactos (25% de la base original). 4) Con una base de cuatro millones ciento veinte mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Heredia, matrícula N° 178930, derecho 000, la cual es terreno para construir lote A 2. Situada en el distrito La Virgen, cantón Sarapiquí de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Juan Rodríguez Rodríguez; al sur, calle pública con 10.00 metros; al este, lote A 1; y al oeste, lote A 3. Mide: doscientos metros cuadrados. Para lo cual se señalan las trece horas y quince minutos del diecinueve de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y quince minutos del veintisiete de noviembre de dos mil diecinueve, con la base de tres millones noventa mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y quince minutos del cinco de diciembre de dos mil diecinueve, con la base de un millón treinta mil colones exactos (25% de la base original). 5) Con una base de cuatro millones ciento veinte mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Heredia, matrícula N° 178943, derecho 000, la cual es terreno para construir, lote A 15. Situada en el distrito La Virgen, cantón Sarapiquí de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Juan Rodríguez Rodríguez; al sur, calle pública con 10.00 metros; al este, lote A 14; y al oeste, lote A 16. Mide: doscientos metros cuadrados. Para lo cual se señalan las trece horas y quince minutos del diecinueve de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y quince minutos del veintisiete de noviembre de dos mil diecinueve, con la base de tres millones noventa mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y quince minutos del cinco de diciembre de dos mil diecinueve, con la base de un millón treinta mil colones exactos (25% de la base original). 6) Con una base de siete millones doscientos setenta y nueve mil quinientos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Heredia, matrícula N° 182088, derecho 000, la cual es terreno para construir: lote A-93. Situada en el distrito La Virgen, cantón Sarapiquí de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote A- 73; al sur, calle pública con 8 metros; al este, lote A-94; y al oeste, lote A-92. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para lo cual se señalan las trece horas y quince minutos del diecinueve de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y quince minutos del veintisiete de noviembre de dos mil diecinueve, con la base de cinco millones cuatrocientos cincuenta y nueve mil seiscientos veinticinco colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y quince minutos del cinco de diciembre de dos mil diecinueve, con la base de un millón ochocientos diecinueve mil ochocientos setenta y cinco colones exactos (25% de la base original) 7) Con una base de tres millones cinco mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Heredia, matrícula N° 182087, derecho 000, la cual es terreno para construir: lote A-92. Situada en el distrito La Virgen, cantón Sarapiquí de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote A-72; al sur, calle pública con 8 metros; al este, lote A-93; y al oeste, lote A-91. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para lo cual se señalan las trece horas y quince minutos del diecinueve de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y quince minutos del veintisiete de noviembre de dos mil diecinueve, con la base de dos millones doscientos cincuenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y quince minutos del cinco de diciembre de dos mil diecinueve, con la base de setecientos cincuenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). 8) Con una base de tres millones cuatrocientos treinta y cinco mil quinientos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Heredia, matrícula N° 182054, derecho 000, la cual es terreno para construir: lote A-59. Situada en el distrito La Virgen, cantón Sarapiquí de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 8 metros; al sur, lote A-79; al este, lote A- 60; y al oeste, lote A-58. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para lo cual se señalan las trece horas y quince minutos del diecinueve de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y quince minutos del veintisiete de noviembre de dos mil diecinueve, con la base de dos millones quinientos setenta y seis mil seiscientos veinticinco colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y quince minutos del cinco de diciembre de dos mil diecinueve, con la base de ochocientos cincuenta y ocho mil ochocientos setenta y cinco colones exactos (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L. contra Ana Grace Juárez García, Inversiones Agropecuarias del Sol Sociedad Anónima, José Campos Juárez y Ronald Alberto Campos Villegas. Expediente: 19-000693-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 15 de octubre del 2019.—Licda. María Fernanda Soto Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2019398051 ).

En este Despacho, con una base de ciento setenta mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 296-19860-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 486009, derecho 000, la cual es terreno para construir con 1 edificio de tres plantas. Situada en el distrito Pavas, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte José Antonio Méndez Salas y Virginia Tatiana Castro Coto; al sur Jovit S A; al este, calle pública y al oeste José Rosenkrantz Maryly y Catnur S A. Mide: ciento sesenta metros con veintidós decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las cero horas y cero minutos del veintiocho de noviembre de dos mil diecinueve con la base de ciento veintisiete mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las cero horas y cero minutos del seis de diciembre de dos mil diecinueve con la base de cuarenta y dos mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Santobru Sociedad Anónima contra María Del Rocío Alfaro Chaves. Expediente Nº 18-002745-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 21 de octubre del año 2019.—Licda. Victoria Eugenia Ramírez Víquez, Jueza.—( IN2019398052 ).

En este Despacho, con una base de veintiocho millones colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 316-07456-01-0904-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número cuarenta y seis mil ciento noventa y cinco, derecho 000, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito 1-Turrialba, cantón 5-Turrialba de la provincia de Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle publica con un frente de 7 metros 94 centímetros; al sur, Hernán Aguilar Bonilla; al este, Elena Lilia Mata Moya y al oeste, Hernán Aguilar Bonilla. Mide: cien metros con tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del diez de febrero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del dieciocho de febrero de dos mil veinte con la base de veintiún millones colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del veintiséis de febrero de dos mil veinte con la base de siete millones colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra William Eligio Castillo Masis Expediente Nº 18-011822-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 10 de octubre del 2019.—Lic. Gerardo Monge Blanco, Juez Decisor.—( IN2019398057 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho mil trescientos ochenta dólares con dieciocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: BNC 341, marca: Hyundai, estilo: Creta GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2017, color: rojo, vin: MALC281CAHM202751, cilindrada: 1600 c.c, tracción: 4x2, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del veinticinco de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del tres de diciembre de dos mil diecinueve con la base de trece mil setecientos ochenta y cinco dólares con trece centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del once de diciembre del dos mil diecinueve con la base de cuatro mil quinientos noventa y cinco dólares con cuatro centavos (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta Nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercero día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Lafise S. A contra Miguel Ángel Barrantes Ulate, expediente N° 19-007292-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 27 de junio del 2019.—Lic. Henry Steven Sanarrusia Gómez, Juez Decisor.—( IN2019398073 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis mil setecientos ochenta y seis dólares con ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas XZX773, marca: Nissan, estilo: X-Trail, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: JN1TANT31Z0106378, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4x4 número chasis: JN1TANT31Z0106378, año fabricación: 2014, color: negro, combustible: gasolina, cilindrada: 2488 c.c N. motor: QR25026404L. Para tal efecto se señalan las catorce horas y cero minutos del ocho de enero del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del diecisiete de enero del año dos mil veinte con la base de doce mil quinientos ochenta y nueve dólares con cincuenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta y uno de enero del año dos mil veinte con la base de cuatro mil ciento noventa y seis dólares con cincuenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Ronald Miguel de La Trinidad Arce Soto, expediente N° 17-009872-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 18 de octubre del 2019.—Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2019398080 ).

En este Despacho, Con una base de dieciséis millones novecientos noventa y cuatro mil colones exactos , libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando hipoteca de primer grado, citas: 2012-01910-01- 0002-001, servidumbre trasladada, citas: 387-07939-01-0800-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 231443-001,002, la cual es naturaleza: terreno para construir lote veinticuatro bloque A. Situada en el distrito 9 Dulce Nombre, cantón 1 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo; al sur, calle pública; al este, Cristian Rodríguez Rodríguez y al oeste, lote veintitrés bloque A. Mide: ciento cuarenta y cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del cuatro de diciembre de dos mil diecinueve con la base de doce millones setecientos cuarenta y cinco mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del doce de diciembre de dos mil diecinueve con la base de cuatro millones doscientos cuarenta y ocho mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Laura Vanessa Arguedas Morales, Luis Paulino Quirós Castro Expediente Nº 18-014429-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 3 de octubre del 2019.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2019398094 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho mil setenta y un dólares con cincuenta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo C 162516, marca: Hino, estilo: XZU710L-HKFTL3, categoría: tractocamión (carga pesada), carrocería: vagoneta, año: 2014, color: blanco, N. motor: N04CVB17401, serie: JHHUCL2H90K007138. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del dos de diciembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del diez de diciembre de dos mil diecinueve con la base de trece mil quinientos cincuenta y tres dólares con sesenta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del dieciocho de diciembre de dos mil diecinueve con la base de cuatro mil quinientos diecisiete dólares con noventa centavos (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Cafsa Sociedad Anónima contra Monterra Developer Group Limitada, expediente N° 18-013921-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 10 de octubre del 2019.—Lic. Roberto Carlos Hurtado Villalobos, Juez Decisor.—( IN2019398157 ).

En este despacho, con una base de dos mil ochocientos setenta y cinco dólares con cinco centavos, libre de gravámenes; sáquese a remate el vehículo placas: BGD095. Marca: Toyota. estilo: Yaris G; categoría: automóvil; capacidad: 5 personas; serie: MR2BT9F37E1116909; carrocería: sedan 4 puertas; tracción: 4x2; número chasis: MR2BT9F37E1116909; año fabricación: 2014; color: plateado; VIN: MR2BT9F37E1116909. Para tal efecto, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del diez de febrero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de febrero de dos mil veinte con la base de dos mil ciento cincuenta y seis dólares con veintinueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de febrero de dos mil veinte con la base de setecientos dieciocho dólares con setenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera CAFSA S. A. contra Lidieth del Rosario Soto Murillo. Expediente N° 19-011222-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 08 de octubre del año 2019.—Licda. Michelle Allen Umaña, Jueza Tramitadora.—( IN2019398159 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis mil novecientos dólares con sesenta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BFL205, marca: Hyundai, estilo: Santa Fe GL, año: 2014, color: dorado, capacidad 5 personas, carrocería todo terreno 4 puertas Para tal efecto se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticinco de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del tres de diciembre de dos mil diecinueve con la base de doce mil seiscientos setenta y cinco dólares con cincuenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del once de diciembre de dos mil diecinueve con la base de cuatro mil doscientos veinticinco dólares con diecisiete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Lafise Sociedad Anónima contra Michael Thomas Pechbrenner NA Expediente Nº 18-003450-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 14 de agosto del 2019.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2019398170 ).

En este Despacho, con una base de seis millones doscientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos sesenta y cuatro colones con sesenta y dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BKX070, marca: Suzuki, estilo: Swift D Zire GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año:2017, Vin: MA3ZF62S1HA885433. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del tres de diciembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del once de diciembre de dos mil diecinueve con la base de cuatro millones setecientos trece mil trescientos cuarenta y ocho colones con cuarenta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del diecinueve de diciembre de dos mil diecinueve con la base de un millón quinientos setenta y un mil ciento dieciséis colones con dieciséis céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Alberto Arce Miranda. Expediente Nº 18-003333-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 11 de octubre del 2019.—Licda. Hellen Gutiérrez Desanti, Jueza Decisora.—( IN2019398173 ).

En este despacho, con una base de cuarenta y cinco millones ciento cuarenta y dos mil novecientos ochenta y seis colones con veinticuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número 93023-000, naturaleza: terreno con casa, solar, y jardín, situada en el distrito 3-Rita, cantón 2-Pococí, de la provincia de Limón. Limita al norte, con Luz Rojas Benavidez; al sur, calle pública con un frente de 12.62 metros frente a ella; este, María Eugenia Rojas Benavides; oeste, José Rojas Benavides. Mide mil cien metros cuadrados, plano: l-1886009-2016. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del veinte de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del veintiocho de noviembre de dos mil diecinueve con la base de treinta y tres millones ochocientos cincuenta y siete mil doscientos treinta y nueve colones con sesenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del seis de diciembre de dos mil diecinueve con la base de once millones doscientos ochenta y cinco mil setecientos cuarenta y seis colones con cincuenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Luz de Jesús Rojas Benavides, Rolando González Obando. Expediente N° 19-001912-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 04 de octubre del año 2019.—Licda. Hazel Patricia Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2019398176 ).

En este Despacho, con una base de setenta y seis mil novecientos cincuenta colones exactos, soportando: serv. y condic. Ref.: 194162-000 bajo citas: 336-00034-01-0901-001, servidumbre sirviente bajo citas: 338-13993-01-0015-001, servidumbre sirviente bajo citas: 339-00515-01-0181-001, servidumbre sirviente bajo citas: 339-00515-01-0182-001, servidumbre sirviente bajo citas: 339-00515-01-0183-001, servidumbre sirviente bajo citas: 339-00515-01-0184-001, servidumbre sirviente bajo citas: 339-00515-01-0185-001, servidumbre sirviente bajo citas: 339-00515-01-0186-001, servidumbre sirviente bajo citas: 339-00515-01-0187-001, servidumbre sirviente bajo citas: 339-00515-01-0188-001, servidumbre sirviente bajo citas: 339-00515-01-0189-001, servidumbre dominante bajo citas: 339-00515-01-0190-001, servidumbre dominante bajo citas: 339-00515-01-0191-001, servidumbre dominante bajo citas: 339-00515-01-0192-001, servidumbre dominante bajo citas: 339-00515-01-0193-001, servidumbre dominante bajo citas: 339-00515-01-0194-001, servidumbre dominante bajo citas: 339-00515-01-0195-001, servidumbre dominante bajo citas: 339-00515-01-0196-001, servidumbre dominante bajo citas: 339-00515-01-0197-001, servidumbre dominante bajo citas: 339-00515-01-0198-001, servidumbre trasladada bajo citas: 358-16290-01-0900-001, servidumbre trasladada bajo citas: 403-15261-01-0920-001, condiciones ref.: 243424-000 bajo citas: 403-15261-01-0921-001, servidumbre trasladada bajo citas: 403-15261-01-0922-001, servidumbre trasladada bajo citas: 403-15261-01-0923-001, condiciones ref.: 245222-000 bajo citas: 403-15261-01-0924-001, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 101533-F-001, derecho cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno finca filial cincuenta y seis A E dos de una planta destinada a uso residencial en proceso de construcción. Situada en el distrito 8-San Rafael, cantón 1 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, finca filial cuarenta y cinco, etapa dos; al sur, área común libre (calzada; al este, finca filial cincuenta y siete, etapa dos y al oeste finca filial cincuenta y cinco, etapa dos. Mide: ciento once metros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de noviembre de dos mil diecinueve con la base de cincuenta y siete mil setecientos doce colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de diciembre de dos mil diecinueve con la base de diecinueve mil doscientos treinta y siete colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José contra Catalina Andrea Diaz Villegas, José Andrey Vélez. Expediente Nº 19-007791-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 16 de octubre del 2019.—María Karina Zúñiga Cruz, Jueza Tramitadora.—( IN2019398186 ).

En este Despacho, con una base de quince mil doscientos treinta y nueve dólares con ochenta y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: BMM668, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, carrocería: sedán cuatro puertas, tracción: 4x2, capacidad: 5 personas, año: 2016, color: blanco, vin: KMHCT41DAGU948769, N. motor: G4FCFU297676, cilindrada: 1600 c.c., cilindros: 4, combustible: Gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veintisiete de noviembre de dos mil diecinueve con la base de once mil cuatrocientos veintinueve dólares con ochenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de diciembre de dos mil diecinueve con la base de tres mil ochocientos nueve dólares con noventa y seis centavos (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Bac San José Sociedad Anónima contra Kenneth Rosales Méndez, expediente N° 19-005995-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José,  13 de junio del 2019.—Licda. Isabel Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2019398187 ).

En este despacho, 1. Con una base de noventa y siete mil novecientos veintidós dólares con noventa y seis centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 348-12313-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 120798-F-000, la cual es finca filial a 11 ubicada en el tercer nivel del edificio a destinada a uso residencial en proceso de construcción. Situada en el distrito 5-Concepción, cantón 3-La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, área común; al sur, área común; al este, finca filial A12 y al oeste, área común. Mide: ochenta y ocho metros cuadrados. 2. Con una base de ocho mil quinientos quince dólares con cuatro centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 348-12313-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 120825-F-000, la cual es finca filial p 02 ubicada en el primer nivel destinada a estacionamiento en proceso de construcción. Situada en el distrito 5- Concepción, cantón 3-La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, finca filial P03; al sur, finca filial P01; al este, área común y al oeste, área común. Mide: catorce metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del veinte de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del veintiocho de noviembre de dos mil diecinueve, 1. Para la finca partido de Cartago, matrícula número 120798-F-000, con la base de setenta y tres mil cuatrocientos cuarenta y dos dólares con veintidós centavos (75% de la base original), 2. Para la finca partido de Cartago, matrícula número 120825-f-000, con la base de seis mil trescientos ochenta y seis dólares con veintiocho centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del seis de diciembre de dos mil diecinueve, 1. Para la finca partido de Cartago, matrícula número 120798-F-000, con la base de veinticuatro mil cuatrocientos ochenta dólares con setenta y cuatro centavos (25% de la base original), y 2. Para la finca partido de Cartago, matrícula número 120825-F-000, con la base de dos mil ciento veintiocho dólares con setenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José S. A. contra Jhon Walter Gómez Ortiz. Expediente N° 18-012383-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 18 de setiembre del año 2019.—Lic. Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2019398188 ).

En este Despacho, con una base de ciento cincuenta y cinco mil trescientos setenta y ocho dólares con noventa y cinco centavos, libre de gravámenes, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos citas: 529-07089-01-0002-001 servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2015-462131-01-0275-001 servidumbre de paso de ductos eléctricos subterráneos, afecta a finca: 1-00146006-F-servidumbre de lineas eléctricas y de paso, citas: 2015-462131-01-0821-001, servidumbre de paso de ductos eléctricos subterráneos , afecta a finca: 1-00146006--f servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2015-462131-01-0821-001 , servidumbre de paso de ductos eléctricos subterráneos, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2015-462131-01-1367-001, servidumbre de paso de ductos electrónicos subterráneo, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2015-462131-01-1367-001, servidumbre de paso de ductos eléctricos subterráneos. Sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 146006 F-000, la cual es terreno naturaleza: finca filial 83-C de una sola planta ubicada en el edificio 8, tercer nivel, destinada a uso residencial en proceso de construcción. Situada en el distrito 5-Piedades, cantón 9-Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, vacío; al sur, finca filial 83-B; al este, finca filial 83-D, y al oeste, vacío. Mide: ciento un metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintidós de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del dos de diciembre del dos mil diecinueve con la base de ciento dieciséis mil quinientos treinta y cuatro dólares con setenta y tres centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del diez de diciembre de dos mil diecinueve con la base de treinta y ocho ochocientos cuarenta y cuatro dólares con setenta y tres centavos (25% de la base original). Asimismo, con una base de catorce mil sesenta y tres dólares con setenta y cuatro centavos, libre de gravámenes, pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Publicas citas: 529-07089-01-0002-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2015-462131-01-0275-001, servidumbre de paso de ductos eléctricos subterráneos, afecta a finca: 1-00146108-f servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2015-462131-01-0275-001 servidumbre de paso de ductos eléctricos subterráneos, afecta a finca: 1-00146108-f, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2015-462131-01-0821-001, servidumbre de paso de ductos eléctricos subterráneos, afecta finca 1-146108-f servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2015-462131-01-0821-001, servidumbre de paso de ductos electrónicos subterráneos, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2015-462131-01-1367-001servidumbre de paso de ductos eléctricos subterráneos, afecta finca 1-146108-F. Sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula N° 1146108 F-000, la cual es terreno finca filial N° P-55 destinada a estacionamiento, ubicada en el primer nivel en proceso de construcción. Situada en el distrito 4-Uruca cantón 9-Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial P-54; al sur, finca filial P-56; al este, finca filial P-39, y al oeste, área común construida calle. Mide: veintinueve metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintidós de noviembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del dos de diciembre de dos mil diecinueve con la base de diez mil quinientos cuarenta y siete dólares con ochenta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del diez de diciembre de dos mil diecinueve con la base de tres mil quinientos quince dólares con noventa y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José contra Christian Castro Chavarría. Expediente Nº 19-007861-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 19 de junio del 2019.—Lic. Mauricio Hidalgo Hernández, Juez Decisor.—( IN2019398189 ).

En este Despacho, con una base de diez mil doscientos treinta y cinco dólares con nueve centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracción bajo la boleta N° 2019318300344 sumaria N° 19-003176-0489-TR del Juzgado de Transito del Primer Circuito Judicial de San José; sáquese a remate el vehículo: BPT365, marca: Geely, categoría: automóvil, serie: LB37122S8JX507121, carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback, tracción: 4x2, estilo: GC2, capacidad: 5 personas, año: 2018, color: blanco, número de motor: MR479QGBL101497. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos del catorce de noviembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del veintidós de noviembre del dos mil diecinueve, con la base de siete mil seiscientos setenta y seis dólares con treinta y un centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del dos de diciembre del dos mil diecinueve, con la base de dos mil quinientos cincuenta y ocho dólares con setenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Bryan Josué Fallas Sánchez. Expediente Nº 19-008170-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de julio del 2019.—Licda. Cinthia Segura Durán, Jueza Decisora.—( IN2019398190 ).

En este Despacho, con una base de siete millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BLL233, marca Citroen, estilo C-Elysee, categoría automóvil, serie VF7DDNFPBHJ506308, capacidad 5 personas, carrocería sedan 4 puertas, año 2017, color gris, tracción 4x2, chasis VF7DDNFPBHJ506308. Para tal efecto se señalan las ocho horas y cero minutos del veinte de noviembre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del veintiocho de noviembre del año dos mil diecinueve con la base de cinco millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del seis de diciembre del año dos mil diecinueve con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Manuel Alberto Guerrero Hernández. Expediente Nº 18-003849-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 03 de setiembre del año 2019.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2019398199 ).

En este Despacho, con una base de veintidós mil doscientos veinte dólares con seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: LJV396, marca: Hyundai, estilo: Tucson GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2017, color: azul, vin: KMHJ2813CHU174856, cilindrada: 2000 CC, combustible: gasolina, motor Nº: G4NAGU152801. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del tres de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas y cero minutos del once de febrero del dos mil veinte, con la base de dieciséis mil seiscientos sesenta y cinco dólares con cinco centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del diecinueve de febrero del dos mil veinte, con la base de cinco mil quinientos cincuenta y cinco dólares con dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Daniela Lucía Calderón Vargas. Expediente Nº 19-010999-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 03 de octubre del 2019.—Licda. Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2019398220 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis mil cuatrocientos ochenta y cuatro dólares con veinticuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BMT664; marca: Hyundai, estilo: Grand l10, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, sedan: 4 puertas, año: 2017, color: azul, serie. chasis y vin N° MALA851CBHM526693, motor N° G4LAM197061, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas y treinta minutos del tres de febrero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta minutos del once de febrero de dos mil veinte, con la base de doce mil trescientos sesenta y tres dólares con dieciocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y treinta minutos del diecinueve, de febrero de dos mil veinte con la base de cuatro mil ciento veintiún dólares con seis centavos (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S A., contra Gustavo Alonso Ruiz Santamaría. Expediente: 19-011000-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 4 de octubre del 2019.—Melquisedec Rodríguez Ramírez. Juez/a Tramitador/a.—( IN2019398221 ).

En este Despacho, con una base de treinta mil trescientos setenta y tres dólares con ochenta y dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BGL-831 marca Hyundai, estilo Grand Santa Fe GLS, categoría automóvil, capacidad 7 personas, año 2014, color blanco, VIN KMHSN81EDEU050181, cilindrada 3300 CC. combustible gasolina motor Nº G6DFDA181210. Para tal efecto se señalan las catorce horas y cero minutos del cuatro de febrero del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del doce de febrero del año dos mil veinte con la base de veintidós mil setecientos ochenta dólares con treinta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veinte de febrero del año dos mil veinte con la base de siete mil quinientos noventa y tres dólares con cuarenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Miguel Jesús Murcia Torres. Expediente Nº 16-000639-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 20 de setiembre del 2019.—Carlos Contreras Reyes, Juez Decisor.—( IN2019398222 ).

En este Despacho, con una base de mil seiscientos seis dólares con treinta centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa número 815218. Marca: Nissan. Estilo: Tida. Categoría: automóvil. Capacidad: 5 personas, año 2011, color gris, N° Motor: HR16334386B, VIN: 3N1CC1AD3ZL167452. Cilindrada: 1598 cc, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas y quince minutos del doce de febrero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas quince minutos del veinte de febrero de dos mil veinte con la base de mil doscientos cuatro dólares con setenta y dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y quince minutos del veintiocho de febrero de dos mil veinte con la base de cuatrocientos un dólares con cincuenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Rodrigo de Jesús León Méndez. Expediente N° 19-012094-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 30 de setiembre del año 2019.—Lic. Mauricio Hidalgo Hernández, Juez Decisor.—( IN2019398223 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y siete millones cuatrocientos cuarenta y nueve mil trescientos cincuenta y cinco colones con cuarenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos citas: 569-05554-01-0004-001 servidumbre de aguas pluviales citas: 2018-155682-01-0011-001 servidumbre de aguas pluviales citas: 2018-155682-01-0011-001 servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2018-155682-01-0028-001 servidumbre de líneas eléctricas y de paso Citas: 2018-155682- 01-0028-001 servidumbre de acueducto citas: 2018-155682-01-0061- 001 servidumbre de acueducto citas: 2018-155682-01-0061-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 561518-000, la cual es terreno de solar .- Situada en el distrito 5-Tacares , cantón 3-Grecia , de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, 20305055634400; al sur, lotes 7 y 8 en medio servidumbre de paso con un frente a ella de 12 m con 7 cm; al este, lote 4 y al oeste, lote 8. Mide: mil sesenta y siete metros cuadrados plano:A-2025585- 2018 identificador Predial: 203050561518. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de noviembre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de noviembre del año dos mil diecinueve con la base de treinta y cinco millones quinientos ochenta y siete mil dieciséis colones con cincuenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del cuatro de diciembre del año dos mil diecinueve con la base de once millones ochocientos sesenta y dos mil trescientos treinta y ocho colones con ochenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Ever David Mejía González. Expediente Nº 19- 001939-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 27 de agosto del 2019.—Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2019398225 ).

En este Despacho, con una base de veintitrés millones novecientos setenta y seis mil cuatrocientos treinta y dos colones con sesenta y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula doscientos cincuenta y tres mil setecientos setenta y cuatro-cero cero cero, naturaleza: para construir, con 1 casa. Situada en el distrito 3-Daniel Flores, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Linderos: norte, calle pública, sur: Eli Chaves, este, Fabio Corrales y otro, oeste: Oscar Bolaños. Mide: cuatrocientos veintinueve metros con veintitrés decímetros cuadrados, plano: SJ-0281903-1977, para lo cual se señalan las catorce horas y cero minutos del diecinueve de noviembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas y cero minutos del veintisiete de noviembre del dos mil diecinueve, con la base de diecisiete millones novecientos ochenta y dos mil trescientos veinticuatro colones con cincuenta céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del cinco de diciembre del dos mil diecinueve, con la base de cinco millones novecientos noventa y cuatro mil ciento ocho colones con diecisiete céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Rafael Ángel Vargas Chinchilla. Expediente Nº 19-002921-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 29 de julio del 2019.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza Tramitadora.—( IN2019398227 ).

En la puerta exterior de este Despacho, con una base de cuarenta y dos millones seiscientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos veintisiete colones con ochenta y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento cuarenta y seis mil seiscientos noventa y seis - cero cero cero, la cual es terreno bloque a, lote cuatro a, con una casa. Situada en el distrito primero San Pablo, cantón nueve San Pablo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 5-A; al sur, resto de Asociación Desarrollo Integral de Barrio Fátima de Heredia, destinado a avenida uno con 18 metros 37 centímetros; al este, resto de Asociación Desarrollo Integral de Barrio Fátima de Heredia, destinado a alameda uno con 7 metros 31 centímetros y al oeste, lote 3-A. Mide: ciento setenta y siete metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos del dos de diciembre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del diez de diciembre del año dos mil diecinueve con la base de treinta y dos millones trece mil trescientos veinte colones con ochenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del dieciocho de diciembre del año dos mil diecinueve con la base de diez millones seiscientos setenta y un mil ciento seis colones con noventa y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Josué David Segura Quesada, Ronald Antonio Segura Leiva. Expediente Nº 15-033412-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 11 de octubre del 2019.—Licda. Jeannette Ruiz Herradora, Jueza Tramitadora.—( IN2019398228 ).

En este Despacho, con una base de $11.947,84 moneda de los Estados Unidos de Norte América, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: CL 267674, marca: Isuzu, estilo: D Max LS, categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas, carrocería: camioneta Pick-Up caja abierta o Cam-Pu, tracción: 4x4, número chasis: MPATFS85JDT000910, año fabricación: 2013, color: blanco, N° motor: 4JK1JY1112, cilindrada: 3000 C.C., combustible: diesel. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del doce de noviembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil diecinueve, con la base de $8.960,88 moneda de los Estados Unidos de Norte América (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de noviembre del dos mil diecinueve, con la base de $2.986,96 moneda de los Estados Unidos de Norte América (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa Sociedad Anónima contra Donald Eduardo Espinoza Durán. Expediente Nº 18-004932-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 06 de setiembre del 2019.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza Decisora.—( IN2019398229 ).

En este Despacho, con una base de veintiséis mil doscientos cincuenta dólares con treinta y siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BFK 772, marca: Hyundai, estilo: Santa Fe GL, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, año: 2014, color: azul, vin: KMHST81CDEU234290, combustible: gasolina, motor N° G4KEDU187865. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del veintidós de noviembre del dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del dos de diciembre del dos mil diecinueve, con la base de diecinueve mil seiscientos ochenta y siete dólares con setenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del diez de diciembre del dos mil diecinueve, con la base de seis mil quinientos sesenta y dos dólares con cincuenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A., contra Alexander Alberto Quirós Álvarez. Expediente N° 17-001226-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 09 de setiembre del 2019.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2019398230 ).

En este Despacho, con una base de ocho mil novecientos treinta y dos dólares con setenta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BGK136. Marca: Chevrolet. Estilo: Spark Categoría: automóvil. Capacidad: 5 personas. Año fabricación: 2014. Color: Blanco. VIN: KL1CD6C12EC534798. Cilindrada: 1000 C.C.  N° Motor: B10D1147892KD3. Para tal efecto se señalan las once horas y veinte minutos del veintiocho de enero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y veinte minutos del cinco de febrero de dos mil veinte con la base de seis mil seiscientos noventa y nueve dólares con cincuenta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y veinte minutos del trece de febrero de dos mil veinte con la base de dos mil doscientos treinta y tres dólares con veinte centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S.A. contra Roberto de Jesús García Segura, Roberto García Alvarado. Expediente N° 19-011069-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 20 de setiembre del año 2019.—Lic. Mauricio Hidalgo Hernández, Juez Decisor.—( IN2019398231 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete mil seiscientos cincuenta dólares con setenta y un centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión, sumaria N° 17- 003685-0489-TR, Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José; sáquese a remate el vehículo placa: BLH204, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, chasis: KMHCT41BEHU164560, capacidad: 5 personas, color: blanco, año: 2017, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del doce de marzo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del veinte de marzo de dos mil veinte, con la base de trece mil doscientos treinta y ocho dólares con tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta de marzo de dos mil veinte, con la base de cuatro mil cuatrocientos doce dólares con sesenta y siete centavos (25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa Sociedad Anónima contra Cristhofer Camacho Ramírez. Expediente: 19-011062-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 4 de setiembre del 2019.—Licda. Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2019398233 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete mil seiscientos veintitrés dólares con treinta y seis centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión, boleta 2017317700249- expediente 17-003290-0174-TR; sáquese a remate el vehículo placa: MTN131, marca: Hyundai, Estilo: Elantra GLS, chasis: KMHDH41EBDU754690, año: 2013, color: negro, capacidad: 5 personas, tracción: 4X2. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del doce de marzo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del veinte de marzo de dos mil veinte con la base de trece mil doscientos diecisiete dólares con cincuenta y dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta de marzo de dos mil veinte con la base de cuatro mil cuatrocientos cinco dólares con ochenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa Sociedad Anónima contra Marco Tulio Angulo Narváez. Expediente Nº 18- 023021-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 16 de setiembre del 2019.—Licda. Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2019398234 ).

En este Despacho, con una base de mil seiscientos treinta y siete dólares con veintinueve centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión bajo el número de sumaria 19-000898-1729-TR del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Santa Ana; sáquese a remate el vehículo GSS237, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2012, color: plateado, cilindrada: 1400 C.C, VIN: KMHCT51CACU031141, combustible: gasolina, número de motor: G4FABU712341. Para tal efecto se señalan las diez horas y treinta minutos del catorce de abril de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del veintidós de abril de dos mil veinte con la base de mil doscientos veintisiete dólares con noventa y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta de abril de dos mil veinte con la base de cuatrocientos nueve dólares con treinta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Servicios de Investigación Puntarenense Sociedad Anónima, Servicios de Investigación Puntarenense Sociedad Anónima. Expediente N° 19-011065-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 23 de setiembre del año 2019.—Licda. Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza Decisora.—( IN2019398235 ).

En este Despacho, con una base de once mil cincuenta y cinco dólares con setenta y dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: DYN845, Marca: Hyundai, estilo: Grand I10, capacidad: 5 personas, color: blanco, año fabricación: 2015, vin: mala 851CAFM094414, N° motor: G4LAEM258265, cilindrada: 1200 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del quince de abril de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de abril de dos mil veinte con la base de ocho mil doscientos noventa y un dólares con setenta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del cinco de mayo de dos mil veinte con la base de dos mil setecientos sesenta y tres dólares con sesenta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Norman Gerardo Cruz Villegas. Expediente Nº 19-012091-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 30 de setiembre del 2019.—Yesenia Alicia Solano Molina, Jueza Decisora.—( IN2019398236 ).

En este Despacho, con una base de once mil setecientos ochenta y cinco dólares con setenta centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BFJ539, Marca: Hyundai, Estilo: Accent GL, Categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2014, color: gris, cilindrada: 1600 c.c., combustible: gasolina, Vin: KMHCT41DBEU548645, número de motor: G4FCDU449934. Para tal efecto se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del uno de abril de dos mil veinte, con la base de ocho mil ochocientos treinta y nueve dólares con veintiocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciséis de abril de dos mil veinte, con la base de dos mil novecientos cuarenta y seis dólares con cuarenta y tres centavos (25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S.A. contra Bryan José Álvarez Gutiérrez, María Andrea Mildred Álvarez Gutiérrez Expediente N° 19-011064-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 12 de setiembre del año 2019.—Lic. Verny Arias Vega, Juez Tramitador.—( IN2019398237 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete mil seiscientos ochenta y siete dólares con diecinueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BQK479, marca: Hyundai, estilo: Grand I10, categoría: automóvil, año: 2018, chasis: Mala851cajm723123, color: anaranjado, tracción: 4x2. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticinco de marzo del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas y treinta minutos del dos de abril del dos mil veinte con la base de trece mil doscientos sesenta y cinco dólares con treinta y nueve centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del diecisiete de abril del dos mil veinte con la base de cuatro mil cuatrocientos veintiún dólares con setenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Luis Ángel de Jesús Lezcano Mora, Luisa Dayana Lezcano Jarquín, Expediente Nº 19-011053-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 19 de setiembre del 2019.—Licda. Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2019398238 ).

En este Despacho, con una base de diecinueve mil trescientos sesenta y dos dólares con noventa y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas: BMW-753, marca: Hyundai, estilo: Grand I10 GLS, categoría: automóvil, año: 2017, color: negro, VIN: MALA841CBHM235238, N° motor: G4LAGM305959, cilindrada: 1200 C.C, capacidad: 5 personas. Para tal efecto se señalan las ocho horas y cero minutos del veintisiete de enero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del cuatro de febrero de dos mil veinte con la base de catorce mil quinientos veintidós dólares con veintiún centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del doce de febrero de dos mil veinte con la base de cuatro mil ochocientos cuarenta dólares con setenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S.A. contra Valeria Alfaro Garita. Expediente N° 19-001608-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 20 de setiembre del año 2019.—Licda. Angie Rodríguez Salazar, Jueza.—( IN2019398239 ).

En este Despacho, con una base de dos millones trescientos noventa y cuatro mil quinientos veinte colones con cincuenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo 632348, marca Honda, estilo Oddysey ex, categoría automóvil, capacidad 8 personas, serie 5KBRL38786B900318, año 2006, color verde, tracción 4x2, carrocería Station Wagon o familiar, chasis 5KBRL38786B900318, VIN 5KBRL38786B900318, cilindrada 3471cc, combustible gasolina, motor J35A62026705. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de noviembre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del dos de diciembre del año dos mil diecinueve con la base de un millón setecientos noventa y cinco mil ochocientos noventa colones con cuarenta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diez de diciembre del año dos mil diecinueve con la base de quinientos noventa y ocho mil seiscientos treinta colones con catorce céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de María Julieta Zamora Campos contra Rubén Enrique Galeano Torres. Expediente Nº 19-003384-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 24 de setiembre del año 2019.—José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2019398248 ).

En este Despacho, con una base de once mil catorce dólares con sesenta centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BGF587. marca: Hyundai; Estilo: I30 GLS; capacidad: 5 personas; año: 2014; color: plateado; categoría: automóvil; carrocería: sedan 4 puertas Hatchback; tracción: 4X2; chasís: KMHD351EBEU166534; N° motor: G4NBDU888259; cilindrada: 1800 c.c.; combustible: gasolina; cilindros: 04. Para tal efecto se señalan las trece horas y veinte minutos del veintiocho de enero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y veinte minutos del cinco de febrero de dos mil veinte con la base de ocho mil doscientos sesenta dólares con noventa y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y veinte minutos del trece de febrero de dos mil veinte con la base de dos mil setecientos cincuenta y tres dólares con sesenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Jackson Moreno Nieves. Expediente Nº 19-011065-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 23 de setiembre del 2019.—Licda. Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza Decisora.—( IN2019398249 ).

En este Despacho, con una base de un millón quinientos nueve mil setenta y cinco colones con noventa y nueve céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión bajo el expediente N° 18-003969-0500-TR del Juzgado de Tránsito de Pavas; sáquese a remate el vehículo 756033, Marca: Chevrolet; Estilo: Aveo; capacidad: 5 personas; año: 2008; color: gris; categoría: automóvil; carrocería: Sedan, 4 puertas Hatchback; tracción: 4x2; chasís: KL1TJ61Y68B144077; N° Motor: F15S3230546K; cilindrada: 1500 c.c., combustible: gasolina; cilindros: 04. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del treinta y uno de enero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del diez de febrero de dos mil veinte, con la base de un millón ciento treinta y un mil ochocientos seis colones con noventa y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del dieciocho de febrero de dos mil veinte, con la base de trescientos setenta y siete mil doscientos sesenta y ocho colones con noventa y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S.A., contra Azalia Elizabeth Gómez Pérez. Expediente: 19-011050-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 23 de setiembre del 2019.—Licda. Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza Decisora.—( IN2019398250 ).

En este Despacho, con una base de catorce mil ochocientos cincuenta y nueve dólares con ochenta y dos centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones, número de boleta 2019314900692, sumaria 19-006203-0174-TR, del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de San José; sáquese a remate el vehículo placas BHV954, marca: Hyundai, estilo: I30 GLS, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: KMHD351EAEU166102, Carrocería: Sedan 4 puertas, Hatchback, tracción: 4X2, año: 2014, N° motor: G4NBDU888263, cilindrada: 1800 C.C., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de enero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del diez de febrero de dos mil veinte con la base de once mil ciento cuarenta y cuatro dólares con ochenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de febrero de dos mil veinte con la base de tres mil setecientos catorce dólares con noventa y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Carlos Guillermo del Carmen Ortiz Sandi. Expediente N° 19-011053-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 26 de setiembre del año 2019.—Cinthia Segura Durán, Jueza Decisora.—( IN2019398251 ).

En este Despacho, con una base de seis mil ochocientos tres dólares con cincuenta y dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CHR222, marca Hyundai, estilo Grandi10, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2015, color beige, vin MALA851CAFM143150, cilindrada 1200 c.c, combustible gasolina, N° motor G4LAEM357919. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del doce de mayo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y cero minutos del veinte de mayo del dos mil veinte, con la base de cinco mil ciento dos dólares con sesenta y cuatro centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de mayo del dos mil veinte, con la base de mil setecientos dólares con ochenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Ligia Elizabeth Solano Chinchilla. Expediente Nº 19-012089-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 11 de octubre del 2019.—Licda. Mayra Vanessa Guillen Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2019398252 ).

En este Despacho, con una base de ocho mil ciento veintiocho dólares con treinta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BHL015, marca: Hyundai, estilo: Grand I10, tracción: 4X2, número chasis: MALA841CAFM064767, año fabricación: 2015, color: blanco. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de enero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del treinta de enero de dos mil veinte con la base de seis mil noventa y seis dólares con veintisiete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del siete de febrero de dos mil veinte con la base de dos mil treinta y dos dólares con nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Crediq Inversiones CR Sociedad Anónima contra Cesar Luis Carmona Guevara, Roberto Carmona Briceño. Expediente N° 19-000630-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial Guanacaste (Santa Cruz), 09 de octubre del año 2019.—Lic. Luis Abner Salas Muñoz, Juez.—( IN2019398253 ).

En este Despacho, con una base de seis mil doscientos noventa y nueve dólares con treinta y dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BBL284 marca Chevrolet, estilo Spark LS, año 2012, color plateado, chasis KL1CJ6C13CC525288, motor B10D1627122KC3. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del quince de enero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veintitrés de enero de dos mil veinte con la base de cuatro mil setecientos veinticuatro dólares con cuarenta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del tres de febrero de dos mil veinte con la base de mil quinientos setenta y cuatro dólares con ochenta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S.A. contra José Pablo Serrano Cascante. Expediente Nº 19- 012432-1044-CJ. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 16 de octubre del año 2019.—Licda. Wendy Pagani Rojas, Jueza Decisora.—( IN2019398255 ).

En este Despacho, con una base de quince mil novecientos setenta y cuatro dólares con veinticinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa D 001916, marca Honda, Estilo Civic ext. año 2016, color gris, chasis 19XFC1670GE500061, motor L15B71029131. Para tal efecto se señalan las diez horas y quince minutos del dos de diciembre de dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y quince minutos del diez de diciembre de dos mil diecinueve con la base de once mil novecientos ochenta dólares con sesenta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y quince minutos del dieciocho de diciembre de dos mil diecinueve con la base de tres mil novecientos noventa y tres dólares con cincuenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S.A. contra José Perfecto Briceño Zúñiga. Expediente Nº 19-012406-1044-CJ. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José,. 15 de octubre del 2019.—Licda. Wendy Pagani Rojas, Jueza Decisora.—( IN2019398256 ).

En este Despacho, con una base de nueve mil ochenta y cuatro dólares con ochenta centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas WCM017, marca: Hyundai, estilo: I10 GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: MALAM51CADM298453, año: 2013, carrocería: Sedan, 4 puertas, Hatchback., color: gris, tracción 4X2, cilindrada: 1200cc, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas y treinta minutos del catorce de abril de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del veintidós de abril de dos mil veinte, con la base de seis mil ochocientos trece dólares con sesenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta de abril de dos mil veinte, con la base de dos mil doscientos setenta y un dólares con veinte centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Celeste Micksela Salas Hernández. Expediente: 19-011059-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 23 de setiembre del 2019.—Mayra Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2019398257 ).

En este Despacho, con una base de doce mil cuatrocientos tres dólares con treinta centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BHM-922, Marca: Hyundai, Estilo: Grand I10, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, año 2015, color blanco, Vin: MALA851CAFM195513, cilindrada 1200 c.c., combustible: gasolina, Motor Nº G4LAEM472270. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del seis de diciembre del año dos mil diecinueve. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del dieciséis de diciembre del año dos mil diecinueve, con la base de nueve mil trescientos dos dólares con cuarenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del seis de enero del año dos mil veinte, con la base de tres mil cien dólares con ochenta y tres centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Credi Q Inversiones de CR S.A. contra Ariel Rojas Mora. Expediente N° 16-002285-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 20 de setiembre del 2019.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2019398258 ).

Con una base de siete millones trescientos cincuenta mil colones exactos, soportando gravamen 575-48218-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 081876, derecho 001, la cual es terreno para la agricultura lote A-61. Situada en el distrito Volcán, cantón Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con Rómulo Mena Umaña; al sur, con parcela N° 60; al este, con calle pública y al oeste, con Rómulo Mena Umaña. Mide: setenta mil metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas del seis de diciembre del dos mil diecinueve y el mismo se realizará en el Juzgado Civil y de Trabajo de Pérez Zeledón. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas del diecinueve de diciembre del dos mil diecinueve, con la base de (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas del diecisiete de enero del dos mil veinte, con la base de (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso sumario de cobro de obligación dineraria no monitoria de Banco Nacional de Costa Rica contra Tomas Granados Obando. Expediente N° 07-100625-0188-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Civil), 13 de setiembre del año 2019.—Lic. José Celso Fernández Delgado, Juez Decisor.—( IN2019398272 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 19-000015-0993-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Mar de Laumapo Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-219135, domiciliada en Santa Cruz de Guanacaste, mediante su representante legal Rogger Eugene Riggs, quien es mayor, casado, estadounidense, portador del pasaporte vigente que exhibe número 451755721K, profesión empresario, a fin de inscribir a nombre de dicha sociedad y ante el Registro Público de la Propiedad, los terrenos situados en El Empalme, del distrito segundo: Santiago, cantón segundo: San Ramón, de la provincia: Alajuela, y que se describen de la siguiente manera: Terreno uno: Naturaleza: montaña, café, tacotal y bosque secundario. Colinda: al norte, quebrada en parte según plano que la describe; al sur, Interamericana Agrícola S.A.; al este, Lidieth Amores Ramírez, Trinidad Rojas Castro, Rolando Sibaja Rojas, Efraín Sibaja Castro y al oeste, Interamericana Agrícola S.A. y quebrada en parte. Mide: ciento dos mil ciento sesenta y siete metros con cincuenta decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-1106124-2006 fechado 17/10/2006. Terreno dos: Naturaleza: café y potrero. Colinda: al norte, Trinidad Rojas Castro, Manuel Antonio Ledezma Cordero; al sur, Celio Sibaja Rojas e Interamericana Agrícola S.A.; al este, Ana Iris Sibaja Rojas y calle pública (no clasificado según dicho plano) con un frente lineal de noventa y cuatro metros con treinta y ocho centímetros lineales, con un ancho de 10 metros, y al oeste, Rolando Sibaja Rojas. Mide: catorce mil ochocientos cincuenta y seis metros con sesenta y un decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-776522-2002 fechado 14/03/2002. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio. Estima el terreno uno en la suma de tres millones y la número dos, en un millón quinientos mil colones. Las presentes diligencias las estiman en la suma de cuatro millones y medio de colones. Que adquirió dicho inmueble por venta y cesión de derechos, ambos a Efraín Sibaja Castro, con quien no le liga parentesco, en fecha 27 de agosto del 2008 y desde esa fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 10 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en actividad forestal, siembra de árboles, café, guaba y cedro, uso agroforestal en armonía con el medio ambiente. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Mar de Laumapo Sociedad Anónima. Expediente Nº 19-000015-0993-AG.—Juzgado Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 22 de agosto del 2019.—Licda. Zoila Flor Ramírez Arce, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019396522 ).

Hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 19-000102-1520-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Juan Carlos Mena Artavia, mayor, casado, vecino de Tujankir Dos de Guatuso, portador de la cédula de identidad N° 02 0550 0999, técnico electricista, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es de repastos. Situada en el distrito La Katira, cantón Guatuso de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Marvin Rojas Salas; al sur: Juan Carlos Mena Artavia; al este: quebrada Barbudero; y al oeste: calle pública. Mide: veintiocho mil diez metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado N° A-2036836-2018. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de trescientos mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 28 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de chapias de los potreros y zonas verdes, reparación de cercas de las colindancias con alambres de púas, y siembra de árboles de laurel y aguacatillo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Juan Carlos Mena Artavia. Expediente: 19-000102-1520-AG.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala, (Materia Agraria), 24 de setiembre del 2019.—Licda. Sussy María Gamboa Ramírez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019396795 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 19-000286-0388-CI donde se promueve información posesoria por parte de Marco Antonio Carmona Portuguez, mayor, casado una vez, educador pensionado, cédula cuatro-ciento cinco-doscientos noventa y uno, Emilce Antonia Rizo Rizo, mayor, ama de casa, casada una vez, cédula cinco ciento cincuenta y ocho setecientos ochenta y nueve, ambos vecinos de San José de la Montaña, Barva, Heredia, de la plaza de deportes, cien metros al este y trescientos metros al norte, Jessica Tatitana Carmona Rizo, mayor, soltera, periodista, cédula cuatro-ciento noventa y nueve-cuatrocientos treinta y seis, vecina de San José de la Montaña, Barva, Heredia, de la plaza de deportes, cien metros al este y trescientos metros al norte, Claudia Dayana Carmona Rizo, mayor, soltera, ama de casa, cédula cuatro-doscientos cuatro-ochocientos veintiocho, vecina de San José de la Montaña, Barva, Heredia, de la plaza de deportes, cien metros al este y trescientos metros al norte, Iván Antonio Carmona Rizo, mayor, casado una vez, profesor, cédula cuatro-ciento sesenta cuatrocientos ochenta y nueve, vecino de Mercedes de Betania, San Pedro, Montes de Oca, san José, contiguo a la Fundación de La Mujer, Marcos Enrique Carmona Rizo, mayor, casado una vez, chofer de turismo, cédula cuatro-ciento setenta y dos-trescientos setenta y cinco, vecino de Barrio San Miguel, Liberia, Guanacaste, del puente Real trescientos metros al este, cien metros al sur y veinticinco metros al este, a fin de inscribir a sus nombres y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Terreno para la agricultura, sita en Artola, distrito tercero, Sardinal, cantón quinto Carrillo, de la provincia de Guanacaste, linda al norte, servidumbre de paso en medio con un frente a ella de doce metros lineales y con un ancho de catorce metros y Jesús María Vallejos Gallo, al sur, Tomasa Vallejos Cascante, se aclara que actualmente colinda con el señor Jesús María Vallejos Gallo, al este, Soltri Sociedad Anónima y al oeste, Jesús María Vallejos Gallo, que mide quinientos cincuenta y tres metros cuadrados, según plano castrado número G- Dos millones sesenta y seis mil cuarenta y tres-dos mil dieciocho. Indican los promoventes que sobre el inmueble a inscribir pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que el señor Marco Antonio Carmona Portuguez, adquirió el inmueble mediante venta que le hiciera el señor Jesús María Vaillejos Gallo, mayor, casado en segundas nupcias, pensionado, cédula cinco-ciento diecinueve-doscientos veintiuno, vecino de Artola, Sardinal, Carrillo, Guanacaste, de la escuela, doscientos cincuenta metros al oeste, y con quien no le liga parentesco alguno, el día 05 de septiembre del dos mil 2018, y este distribuyó el mismo de la siguiente manera: Marco Antonio Carmona Portuguez, tiene el usufructo, uso y habitación de un medio del inmueble, Emilce Antonia Rizo Rizo, un medio del inmueble, Jéssica Tattiana, Claudia Dayana, Iván Antonio, y Marcos Enrique todos Carmona, un cuarto cada uno de la nuda propiedad, hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantener en el lugar árboles frutales, además de mantenerlo limpio, le hemos construido de alambre de púas una cerca alrededor del mismo, así como ejercer los demás atributos del dominio. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Marco Antonio Carmona Portuguez y otros Expediente Nº 19-000286-0388-CI-5.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 01 de octubre del 2019.—Licda. Floribeth Palacios Alvarado, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2019396815 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 18-000210-0930-CI donde se promueve información posesoria por parte de Ronaldo Ricardo Wrigth Lindo quien es mayor, casado una vez, pensionado, vecino de la Guaria de Siquirres, del Colegio Académico, cuatrocientos metros norte, portador de la cédula número 0700450858; a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno tacotal. Situada en el distrito segundo Pacuarito, cantón tercero Siquirres. Colinda: al norte, con Felino Moncada Moncada; al sur, con línea férrea; al este con Insolina Campos Campos y al oeste, con Juan Smith Smith. Mide: cuatrocientos setenta y seis metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones trescientos treinta y cuatro mil quinientos cincuenta y seis colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble por compra que le realizará a la señora Rosa Escoe Bailey y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en tener el terreno deslindado. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Ronaldo Ricardo Wrigth Lindo Expediente Nº 18-000210-0930-CI-0.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 15 de enero del 2019.—Ramón Meza Marín, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2019396877 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-000175-0297-CI, donde se promueve información posesoria por parte de Iglesia de Dios Evangelio Completo, cédula jurídica N° 3-012-0451687, representada por Ulises Pérez Segura, quien es mayor, casado una vez, vecino de Astúa Pirie de Limón, frente a la Escuela Pública, portador de la cédula N° 1-0459- 0706, profesión, Pastor Evangélico, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito: Pital, cantón: San Carlos. Colinda: al norte: con William Vargas Jiménez; al sur: con calle pública; al este: con calle pública y William Vargas Jiménez; y al oeste: con Rosaura y Deyner ambos Vargas Barrantes, Marita Salas Barrantes y Cristian Antonio Vargas Salas. Mide: dos mil seiscientos sesenta y cuatro metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir 2-1898356-2016, no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de treinta millones de colones exactos. Que adquirió dicho inmueble 2-1898356-2016, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en oficios religiosos, limpieza y mantenimiento. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Iglesia de Dios Evangelio Completo. Expediente: 16-000175-0297-CI-0.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 7 de octubre del 2019.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—( IN2019396879 ).

Luis Alejandro Gutiérrez Contreras, mayor, soltero, ingeniero en sistemas, cédula cinco-trescientos siete-doscientos treinta y uno, vecino de Sardinal, Carrillo, Guanacaste y Siany Melissa Gutiérrez Contreras, mayor, divorciada una vez, docente, cédula cinco-trescientos siete-doscientos treinta, vecina de Barrio La Carreta, Liberia, Guanacaste, promueven información posesoria. pretende inscribir a su nombre en el Registro Público Inmobiliario, libre de gravámenes y cargas reales, el inmueble que se describe así: terreno potrero, situado en Libertad, Sardinal (distrito tercero), Carrillo (cantón quinto), provincia de Guanacaste. Linderos: norte y oeste: José María Carballo Contreras; sur: Cristobalina Cascante Jarquín, noreste y sureste: calle pública, según plano catastrado G-un millón cincuenta y ocho mil trescientos setenta y nueve-dos mil seis. Mide: nueve mil setecientos veintiocho con catorce decímetros cuadrados. Declararon no está inscrito, carecen de título inscribible y no pretenden evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene personas condueñas, ni pesan cargas reales ni gravámenes sobre el inmueble. Lo adquirieron por donación Luis de Julieta Contreras, el dos de noviembre de dos mil seis y Siany de Luis, el veintiséis de febrero de dos mil diecinueve. Estiman el inmueble y el proceso en cien mil colones. Por el plazo de un mes contados a partir de la publicación del edicto, se cita a todas las personas interesadas para que se apersonen en defensa de sus derechos. (Información posesoria N° 06-100439-0386-CI.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 18 de octubre del 2019.—Rodrigo Tobías Valverde Umaña, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019396956 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-000183-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de María Virginia López Valerín quien es mayor, casada una vez, vecina de Villareal de Santa Cruz, Guanacaste, portadora de la cédula de identidad vigente número 05014201010, ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es potrero. Situada en el distrito Noveno, cantón Tercero, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte Canuta Gómez Rodríguez; al sur Salvador Bonilla Rosales; al este Calle Pública con un frente a ella de trescientos ochenta y tres metros con sesenta y al oeste Quebrada Camarones. Mide: seis hectáreas mil seiscientos setenta metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G- 1280775-200. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir pesan no cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble en seis millones de colones y las presentes diligencias en la suma de seiscientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por donación y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veinticuatro años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en chapias, levantamiento de cercos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por María Virginia López Valerín. Expediente Nº 16-000183-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), Santa Cruz, 2 de octubre del 2019.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—O.C N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019397253 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 18-000055-1309-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de José Luis Vindas Ramírez, quien es mayor, estado civil casado, vecino de Pueblo Nuevo de Sarapiquí, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 06-0250-0235, profesión agricultor, a fin de inscribir a nombre de la Asociación de Desarrollo Integral de Pueblo Nuevo de La Virgen de Sarapiquí y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Heredia, la cual es terreno sin inscribir. Situada en el distrito dos, cantón diez, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública; al sur, calle pública; al este, calle pública y al oeste, calle pública. Mide: cinco mil cuatrocientos ochenta y siete metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de mil colones. Que la posesión es originaria no fue adquirida por ningún tercero, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en sembrado de pasto destinado de plaza de fútbol para uso de la comunidad. Que, si ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Asociación de Desarrollo Integral de Pueblo Nuevo de La Virgen de Sarapiquí, expediente N° 18-000055-1309-CI.—Juzgado Contencioso Administración y Civil de Hacienda, 13 de junio del 2019.—Lic. Oriana Dávila Hilarión, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2019397290 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 18-000533-0640-CI donde se promueve información posesoria por parte de Maritza Alvarado Monge, mayor, casada una vez, educadora, domicilio en Cartago San Nicolás, urbanización Tolentino casa nueve H, con cédula de identidad N° 0302410737, profesión dato desconocido, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito San Nicolás, cantón Cartago. Colinda: al norte, con calle pública; al sur, con calle pública; al este, con Carlos Alvarado López y al oeste, con Ana Alvarado Monge y Andrea Jiménez Matamoros. Mide: trescientos sesenta y tres metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir 3-2066291-2018 pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quince millones novecientos treinta y un mil seiscientos ochenta colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble 3-2066291-2018, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en ocupar el terreno en forma quieta y pública. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por José Humberto Ulises Alvarado Gómez. Expediente Nº 18-000533-0640-CI-7.—Juzgado Civil de Cartago, 23 de agosto del 2019.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2019397340 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 17-000199-0930-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Ruth Miriam de Los Ángeles Solano Corella quien es mayor, estado civil viuda, vecina de Siquirres, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 7-058-072, profesión oficios del hogar, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero Siquirres, cantón tercero Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Carlos Porter Brumby; al sur, calle pública; al este, Marianela Pérez Solano y al oeste, calle pública. Mide: seiscientos treinta y un metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cuatro millones quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble por donación de su hija Marianela Pérez Solano, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en pagando limpieza del terreno y delimitar en todos sus costados. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Ruth Miriam de Los Ángeles Solano Corella, expediente N° 17-000199-0930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 02 de octubre del 2017.—Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2019397383 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 09-100119-0642-CI, donde se promueve información posesoria por parte de Trinidad Hernández Mendaz quien es mayor, estado civil casado/a, vecina de Miramar Montes de Oro, portadora de la cédula N° 0601320387, profesión secretaria, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe, así: finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno con una cabaña. Situada en el distrito Zapotal, cantón cuarto de Montes de Oro. Colinda: al norte, con camino público; al sur, con Alejandro Méndez Cruz; al este, con Carmen Yessenia Alvarado Vásquez y Rafael Eduardo Poveda Morales, y al oeste, con Alejandro Méndez Cruz. Mide: mil trescientos noventa y dos metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Según plano catastrado: P-uno dos dos uno cuatro ocho ocho-dos mil ocho. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de compraventa en fecha 17 de julio del 2008, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en siembra de pastos, árboles frutales, hortalizas, limpieza del terreno, cercado con alambre de púas y construcción de una cabaña. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por. Expediente Nº 09-100119-0642-CI-3.—Juzgado Civil de Puntarenas, 03 de agosto del 2019.—Lic. Jhonny Esquivel Vargas, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2019397462 ).

Citaciones

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Oscar Maro Castro, mayor, casado una vez, empresario, vecino de San José, Sabana Sur, trescientos cincuenta metros al sur del antiguo Ministerio de Economía y Comercio, cédula de identidad número dos-cero ciento cincuenta y ocho-cero ochocientos veintiséis, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Se apercibe por este medio a los que crean tener la calidad de herederos, que, si no, se presentan dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0001-2019. Notaría sita en San José, Curridabat frente Centro Comercial José María Zeledón edificio Alcalá.—Lic. Olman Eduardo Madrigal Acuña, Notario Público.—1 vez.—( IN2019394047 ).

Se emplaza a herederos, legatarios, acreedores e interesados en la Sucesión de Juan José Carballo Gutiérrez, mayor, soltero, agricultor, con cédula 5- 149-248, vecino de Belén de Carrillo, para que dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este aviso, se apersonen a ésta notaría ubicada en Filadelfia de Carrillo, Guanacaste, 50 oeste del Banco Nacional, a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no se presentaren en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría del Lic. Luis Roberto Paniagua Vargas, teléfono 2688-8661, fax 2688-8682.—Filadelfia, 18 de octubre del 2019.—Lic. Luis Roberto Paniagua Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2019396548 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Guido Mata Morales, mayor, estado civil soltero, profesión, agricultor, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0103600488 y vecino de Puntarenas, Osa, Coronado, 400 metros al oeste de la carretera vieja hacia el río. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 18-000022-0423-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Osa, (Materia Civil), 19 de junio del 2018.—Licda. Franciny Gutiérrez López, Jueza.—1 vez.—( IN2019396555 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Denia Del Carmen Esquivel Fallas, mayor, costarricense casada, oficios del hogar, con documento de identidad uno-ochocientos cuarenta y siete-ochocientos veintisiete, vecina de La Suiza de Daniel Flores de Pérez Zeledón, contiguo al minisúper la Suiza. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente: 19-000002-1129-AG.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón), (Materia Civil), 7 de octubre del 2019.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—1 vez.—( IN2019396556 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por la señora Ana Guiselle Zúñiga Vargas, mayor de edad, casada una vez, ama de casa, con número de cédula uno-cero siete nueve tres-cero nueve cinco dos y vecina San José, Pérez Zeledón, Palmares, ciento cincuenta metros este del Supermercado BM Palmares, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Alicia Vargas Montoya, mayor de edad, viuda, portadora de la cédula de identidad número uno-cero dos cero nueve-cero cero ocho siete, San José, Pérez Zeledón, Palmares, ciento cincuenta metros este del Supermercado BM Palmares, fallecida el día veintiocho de octubre del año dos mil dieciocho. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Karol Priscilla Barrantes Fallas, San Isidro de El General, Barrio El Prado, entre la segunda y tercera entrada, Pérez Zeledón, provincia de San José. Teléfono: 2772-1207.—Licda. Karol Priscilla Barrantes Fallas, Notaria.—1 vez.—( IN2019396575 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Jiménez Chaves, mayor, estado civil Divorciada, ama de casa, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0600820149 y vecina de Paquera de Puntarenas, frente al ICE. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 17-000031-0642-CI-1.—Juzgado Civil de Puntarenas, 18 de setiembre del 2019.—Lic. Jhonny Esquivel Vargas, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2019396617 ).

Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuere la señora Hannia Chen Quesada, mayor de edad, divorciada una vez, pensionada, vecina de San José, San Francisco de Dos Ríos, doscientos metros este del Parque Okayama y portadora de la cédula de identidad número uno-cero cuatrocientos cincuenta y cinco-cero cero noventa y uno, para que dentro de los siguientes treinta días hábiles se apersonen a reclamar sus derechos bajo el apercibimiento de que si no lo hacen la herencia pasará a quien corresponda. Notaría de María José Vicente Ureña, la cual sita San José, Montes de Oca, Sabanilla, frente al costado oeste del parque, contiguo a la Panadería Musmanni, en el Bufete MG Legal & Accounting.—San José, Montes de Oca, veintiuno de octubre del dos mil diecinueve.—Licda. María José Vicente Ureña, Notaria.—1 vez.—( IN2019396672 ).

Ante esta notaría, mediante expediente N° 001-VJR-2019, se ha dado inicio al proceso sucesorio en sede notarial de quien fuera: María Isabel Berrocal Monge, cédula 2-233-729, casada una vez, vecina de Puntarenas, cantón central, distrito Chacarita, Barrio Fray Casiano, de la esquina suroeste de Los Tanques, y quien falleciera en Puntarenas, Hospital Monseñor Sanabria, en fecha dos de febrero del dos mil siete. Por este medio se emplaza a todos los interesados a comparecer dentro del plazo de quince días a partir de esta publicación para hacer valer sus derechos con apercibimiento de que no hacerlo la herencia pasará a quien corresponda. Notaría del Lic. Victorino Jiménez Rodríguez, carné: 8040, oficina en Puntarenas, cantón y distrito uno, avenida central, 150 metros este de la Casa de la Cultura.—Puntarenas, 18 de octubre del 2019.—Lic. Victorino Jiménez Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2019396677 ).

Licda. María del Milagro Arguedas Delgado, notaria pública con oficina abierta en la ciudad de San Ramón de Alajuela, hace saber: Que a las diecisiete horas del quince de octubre del dos mil diecinueve, en mi notaría, bajo el expediente número: 0002-2019, se declaró abierto el proceso sucesorio ab intestado en sede notarial, de quien en vida fue José María Orozco Vega, cédula dos-doscientos setenta y cinco-setecientos ochenta y cinco. Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores, y, en general a todos quienes puedan resultar interesados o crean tener derechos en la presente sucesión extrajudicial en sede notarial, a efectos de que concurran a hacer valer sus derechos dentro de los siguientes treinta días a partir de la respectiva publicación del Edicto en el Boletín Judicial, en la Oficina de la suscrita Notaria, sita en la ciudad de San Ramón, Provincia de Alajuela, ciento setenta y cinco metros al norte de la cámara de Productores de Caña, bajo del apercibimiento de que si no se apersonaren a la sucesión en esta Notaría dentro del término conferido, la herencia pasará a quien corresponda.—Licda. María del Milagro Arguedas Delgado, Notaria.—1 vez.—( IN2019396688 ).

Licda. María Del Milagro Arguedas Delgado, notaria pública con oficina abierta en la ciudad de San Ramón de Alajuela, hace saber que a las quince horas del quince de octubre del dos mil diecinueve, en mi notaría bajo el expediente N° 0001-2019, se declaró abierto el proceso sucesorio ab intestado en sede notarial, de quien en vida fue Luis Ángel Salas Muñoz, cédula dos-doscientos cuarenta-doscientos cincuenta y cuatro. Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores, y, en general a todos quienes puedan resultar interesados o crean tener derechos en la presente sucesión extrajudicial en sede notarial, a efectos de que concurran a hacer valer sus derechos dentro de los siguientes treinta días a partir de la respectiva publicación del edicto en el Boletín Judicial, en la oficina de la suscrita notaria, sita en la ciudad de San Ramón, provincia de Alajuela, ciento setenta y cinco metros al norte de la cámara de Productores de Caña, bajo del apercibimiento de que si no se apersonaren a la sucesión en esta notaría dentro del término conferido la herencia pasará a quien corresponda.—Licda. María Del Milagro Arguedas Delgado, Notaria.—1 vez.—( IN2019396694 ).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión Víctor Manuel Garita Marín, mayor, con cédula número tres-ciento cuarenta y siete- seiscientos ochenta y ocho y Marta Cecilia Gómez Redondo, mayor, con cédula número tres-ciento setenta y cinco-seiscientos sesenta y dos, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a hacer valer sus derechos y se les apercibe que si no se presentan dentro de ese plazo la herencia pasará a quien corresponda. Proceso sucesorio notarial 40-2019 de Víctor Manuel Garita Marín y Marta Cecilia Gómez Redondo. Notaría de la Licenciada Laura Gómez Martínez, con oficina en San Rafael, Oreamuno.—16 de octubre del 2019.—Licda. Laura Gómez Martínez, Notaria.—1 vez.—( IN2019396732 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Luz Marina de La Trinidad Zamora Sánchez, mayor, casada, ama de casa, costarricense, con documento de identidad N° 0401020376 y vecina de San José, Montes de Oca, Sabanilla Urbanización Carmiol casa 828. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 19-000424-0181-CI-0.—Juzgado Segundo Civil de San José, 27 de junio del 2019.—Licda. Karina Chaves Vega, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2019396744 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en el sucesorio de quien en vida fue: Ángel Moa Masis, mayor, casado por segunda vez, comerciante, con cédula uno-cero doscientos noventa y dos-cero setecientos veintidós, vecino de Barrio Lourdes de Aserrí, San José, para que dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir de la presente publicación comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Sucesorio en sede notarial. Expediente: 0003-2019.—Lic. José Eladio Fallas Valverde, Notario.—1 vez.—( IN2019396756 ).

Se hace saber En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Jorge Antonio De Jesús Calderón Rodríguez, mayor, casado, encargado de bodega, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0104880216 y vecino de Desamparados. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente: 19-000684-0217-CI-1.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San José, (Desamparados), 17 de octubre del 2019.—Freddy Ureña Díaz, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2019396772 ).

Convoco en el plazo de quince días contados a partir de mañana convoco a todos los que se consideren con interés legítimo en la sucesión de Marcial Antonio de La Trinidad Hidalgo Guerrero, para que se apersonen en mi notaría en San José, avenida 6, calle 24 A, para que hagan valer sus derechos en el entendido de que pasado el plazo legal se declarará herederos sin perjuicio de terceros con igual o mejor derecho.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—( IN2019396783 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Consuelo López Elizondo, mayor, viuda, costarricense, con documento de identidad N° 0201390989 y vecino de Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente: 19-000781-0504-CI-8.—Juzgado Civil de Heredia, 07 de agosto del 2019.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2019396817 ).

Se emplaza a todos los interesados en el proceso sucesorio notarial ab intestato del causante Marcos Antonio Salazar Chavarría, mayor de edad, casado en segundas nupcias, empresario, vecino de Heredia, Santa Bárbara, Santo Domingo, El Roble, de la Ferretería Acosta, ciento cincuenta metros noroeste, portador de la cédula de identidad N° cuatro-cero noventa y nueve-ciento dos, para que dentro de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° cero cero uno-dos mil diecinueve.—San José, catorce de octubre del dos mil diecinueve.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—( IN2019396821 ).

Se hace saber en este Despacho Judicial se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Maritza Mesen Torres, mayor, casada una vez, profesión u oficio no indica, costarricense, cédula de identidad N° 0700700104 y vecina de Cartago. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente: 09-000413-0678-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 6 de agosto del 2019.—Lic. Francisco Javier Castillo Acuña, Juez.—1 vez.—( IN2019396827 ).

En esta notaría se ha iniciado la sucesión notarial de los señores Haydee Elizondo Arias, cédula N° 2-219-504 y Óscar Danilo Álvarez Chaves, cédula N° 2-191-614, para que el termino de treinta días a partir de la publicación de este edicto los interesados comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento que si no se apersonan pasará a quien corresponda, la notaría está ubicada en El Roble de Alajuela, 100 metros este de Hogares Crea.—Licda. Marjorie Arroyo Ocampo, Notaria.—1 vez.—( IN2019396836 ).

En esta notaría se ha iniciado la sucesión notarial de la señora María Enid Vásquez González, cédula N° 2-357-419, para que el termino de 30 días a partir de la publicación de este edicto, los interesados comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, que si no se apersonan pasará a quien corresponda. La notaría está ubicada en El Roble de Alajuela, 100 metros este de Hogares Crea.—Licda. Marjorie Arroyo Ocampo, Notaria.—1 vez.—( IN2019396837 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Yasdani Núñez Murillo, mayor, estado civil Soltero, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0604030718 y vecino de Jicaral de Puntarenas, El Coto 300 metros al este de la escuela del lugar. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 19-000082-0642-CI-2.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Civil), 05 de setiembre del 2019.—Licda. Elizabeth Fallas Espinoza, Jueza.—1 vez.—( IN2019396841 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Guillermo Castillo Rojas, mayor, estado civil casado, laboratorista, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 1-0423-0498 y vecino de Aserrí, Barrio María Auxiliadora. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente: 19-000494-0217-CI-0.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San José, (Desamparados), 3 de octubre del 2019.—Floryzul Porras López, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2019396861 ).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión del señor Luis Gamboa Fernández, mayor de edad, casado una vez, pensionado, vecino de Guanacaste, Abangares, Las Juntas, Marsellesa, de la Escuela Tres Hermanos, doscientos metros norte, con cédula de identidad número uno-cero cuatro cinco uno-cero uno tres nueve, para que dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasara a quien corresponda. Expediente 0001-2019. Se advierte a los interesados que las comunicaciones y escritos se reciban en esta notaria San José, Barrio Luján de la casa Matute Gómez trescientos metros sur y veinticinco metros este edificio de dos plantas color papaya, de lunes a viernes con horario de las 8:00 horas hasta las 16 horas o al fax 2222-3043.—Dieciocho de junio de dos mil diecinueve.—Licda. Carmen Ruiz Hernández, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2019396869 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Gil Josué Rosales Pérez, mayor, estado civil divorciado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0700440233 y vecino de Limón, Pococí, Guápiles. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 19-000315-0930-CI-4.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 15 de octubre del 2019.—Licda. Valeria Lucía Torres Morales, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019396882 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Francisca María Felicia Mejía Soto, mayor, estado civil viuda, profesión u oficio no indicado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0400770732 y vecina de Alajuela, Guácima. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 19-000526-0638-CI.—Juzgado Civil Primer Circuito Judicial Alajuela, 20 de setiembre del año 2019.—Lic. Andrés Arguedas Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2019396901 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ofelia María del Santísimo Mora Cavero, mayor, casada, secretaria, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0106440170 y vecina de Hatillo 4, costado sur de la plaza de deportes, avenida España, casa 143. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 19-000267-0216-CI-9.—Juzgado Civil Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, 15 de octubre del 2019.—Licda. Jennifer Isabel Arroyo Chacón, Jueza.—1 vez.—( IN2019396913 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios e interesados en la sucesión de Aníbal Rivera Blanco, quien fuera mayor, soltero, comerciante cédula de identidad N° uno-cuatro cuatro cinco-tres cero seis, vecino de San Isidro de Pérez Zeledón, San Isidro de Pérez Zeledón, Barrio San Luis, quien falleció el veintitrés de enero del dos mil diecinueve, para que dentro del término de quince días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan en la oficina del Notario Joaquín Barrantes Astúa, ubicada en San Isidro de Pérez Zeledón, doscientos cincuenta metros al norte del Hospital Escalante Pradilla, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo citado la herencia pasará a quien corresponda. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, a las nueve horas del once de octubre del dos mil diecinueve.—Lic. Joaquín Barrantes Astúa, Notario.—1 vez.—( IN2019396931 ).

Se emplaza: A todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en el Proceso Sucesorio en Sede Notarial del causante Carlos Manuel Pérez Angulo, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Ciudad Colón de Mora, Urbanización Bermúdez Carvajal, casa 35, con cédula de identidad N° 1-282- 296. Para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento de que aquellos que crean tener algún derecho en este Proceso, se apersonen y de que si no se apersonan dentro de ese plazo, el derecho pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0004-2019. Notaría Pública, ubicada en Piedades de Santa Ana, calle San Marcos de la entrada 100 metros al sur.—Lic. Rodolfo Jiménez Quirós, Notario Público.—1 vez.—( IN2019396932 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión ab intestado de María Cecilia Rojas Chaves, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de La Marina de San Carlos, frente a la entrada del Hotel El Tucano, con cédula N° dos-ciento ochenta y seis-trescientos veintiséis para que dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a esta notaría situada en Ciudad Quesada de San Carlos de Alajuela, al costado oeste del Banco Popular, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0002-2019. Notaría del Licenciado Jorge Luis Quesada Hidalgo, notario público, teléfono: 24601112, fax: 24602340.—Lic. Jorge Luis Quesada Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2019396995 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en sede notarial de quien en vida fue Leila Socorro Valverde Cerdas, mayor de edad, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad N° 1-0206-0328, vecina de San José, Desamparados, San Juan de Dios, 300 metros al este del Taller Pipo, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a mi oficina, situada en San José, Desamparados, San Juan De Dios, frente al centro comercial las Novedades, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 2019-000003. Notaría de la Licenciada Yanory Astúa Tiffer.—Licda. Yanory Astúa Tiffer, Notaria.—1 vez.—( IN2019397006 ).

Ante mi notaría se tramita proceso sucesorio en vía notarial del señor Rafael Ángel de Jesús Araya Mema, cédula N° 4-0098-0504. Se emplaza por el plazo de 15 días a cualquier interesado para hacer valer sus derechos. Oficina en San Rafael de Heredia del Banco Nacional cincuenta metros el este.—Licda. Flora Ramírez Camacho, Notaria.—1 vez.—( IN2019397014 ).

Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos quienes pueden resultar interesados o creen tener derechos en la sucesión testamentaria en sede notarial de quien en vida fue Kenneth James (nombre) Lefferty (apellido) de único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Arenal, Tilarán, Guanacaste, portador de la cedula de residencia N° uno ocho cuatro cero cero uno tres seis tres cuatro tres dos, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto que se hará por una sola vez en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derechos ante esta notaría, ubicada en Guanacaste, Tilarán, Nuevo Arenal, costado sur del Gimnasio Comunal, apercibidos de que si no lo hicieren dentro del plazo dicho la herencia pasará a quien corresponda, la albacea realizó las manifestaciones establecidas en el artículo novecientos cuarenta y seis del Código Procesal Civil, mediante acta notarial de las once horas del veintiuno de octubre del dos mil diecinueve, mediante la cual se solicitó la apertura del presente proceso sucesorio testamentario en sede notarial. Expediente N° 003-2019. Lic. Gonzalo Murillo Álvarez, notario público, carné: 23158.—Arenal, Tilarán, Guanacaste, a las quince horas del veintidós de octubre de dos mil diecinueve.—Lic. Gonzalo Murillo Álvarez, Notario.—1 vez.—( IN2019397036 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Nayra Díaz Navas, a las diez horas del veintisiete de junio del año dos mil diecinueve, y comprobado el fallecimiento de Asunción Díaz García, costarricense, mayor de edad, portador de la cédula de identidad número cinco-cero cero sesenta y ocho-cero doscientos dieciocho, quien en vida fuera casado una vez, agricultor, vecino de Guanacaste, Nicoya, Dulce Nombre, tres kilómetros al este de la plaza de deportes, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría del Lic. Manuel Vargas Mora, Nicoya, ciento cincuenta metros al oeste de los Tribunales de Justicia. Teléfono 8315-9784. Correo mavarmo@hotmail.com.—Nicoya, 09 de agosto de 2019.—Lic. Manuel Vargas Mora, Notario.—1 vez.—( IN2019397045 ).

Por el término de ley, se cita y emplaza, para hacer valer sus derechos, en la sucesión de: Mario Villalobos Ulate, cédula de identidad N° 1-0582-0474, y Yorlene María Marín Barrantes, cédula de identidad N° 4-0139-0985. Cualquier comunicación al fax: 4101-4001. Expediente Nº 008-2019.—Lic. Alfredo Andreoli González, Notario Público.—1 vez.—( IN2019397082 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Blanca Rosa Chacón Rojas, mayor, casada, asistente del hogar, nacionalidad costarricense y norteamericana, con documento de identidad 0102260450 y vecina de San Sebastián. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días con el apercibimiento, de que si no lo hacen dentro del citado plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 19-000169-0216-CI-5.—Juzgado Civil Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, 01 de octubre del 2019.—Licda. Jennifer Isabel Arroyo Chacón, Jueza.—1 vez.—( IN2019397087 ).

Ante el suscrito, se lleva acabo proceso sucesorio en sede notarial de quien en vida se llamó Gabriel Vásquez Chavarría, con cédula de identidad número 2-163-421, expediente 71-2019.—Grecia, 22 de octubre del 2019.—Lic. José Guillermo Bolaños Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2019397090 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por María Enid Venegas Acosta mayor, soltera, abogada, vecina de Los Ángeles de Hojancha, setecientos metros noroeste de la escuela con cédula de identidad número cinco-doscientos ochenta y cinco-cuatrocientos cincuenta y cuatro y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario de Jorge María de Los Ángeles Socorro Acosta Acosta, mayor, casada una vez, de oficios del hogar, vecina de Palmares, con cédula de identidad número dos-ciento treinta y dos-ochocientos setenta y dos, fallecida el veinte de noviembre de dos mil quince. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Ronald Francisco Ramírez Garita, San José Norte de Atenas, frente al templo católico, teléfono 47026423.—Lic. Ronald Francisco Ramírez Garita, Notario.—1 vez.—( IN2019397091 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaria por Jenny Flores Zavala, Cedula 9-082-314 a las quince horas del catorce de octubre del dos mil diecinueve y comprobado el fallecimiento de Jenny Flores Zavala, quien fue vecina de Garavito, León trece, Tibás, casada una vez, cedula de identidad 9-082-314 esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestado. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaria a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la Republica, tal como esta lo ha indicado. Notaria del Lic. Sergio Alvarado Muñoz, San José, La Uruca; trecientos norte, del Taller Vargas Matamoros, teléfono 2290 0859. Publicar una vez.—Lic. Sergio Alvarado Muñoz, Notario.—1 vez.—( IN2019397133 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Isidro Mora Arroyo, quien fue mayor, casado una vez. Agricultor, vecino de Sahara de Belén, Siquirres, cedula numero dos- cero uno cuatro tres- cero seis ocho cinco, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este Edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 2019- 001-NO. Notaría del Bufete del Licenciado Yurly Alguera Martínez, Notario.—1 vez.—( IN2019397156 ).

El suscrito notario Erwin Alan Seas, carne diez mil setecientos siete hace constar que ante esta notaría según expediente número cero cero tres-dos mil diecinueve, al ser las nueve horas del ocho de octubre del año dos mil diecinueve, a quedado abierto el proceso sucesorio en sede notarial de la causante Rosalía Arrieta García conocida como Nury Arrieta García, soltera, del hogar, con cédula número cinco-dos cero siete-dos seis dos, vecina de Barrio los Arenales de Nosara de Nicoya Guanacaste, sito de oficinas del Instituto Costarricense de Electricidad ciento cincuenta metros oeste, todo para efectos de Reclamos de sus Herederos legitimas María Isabel Acosta Arrieta, casada una vez, miscelánea, con cedula número cinco- tres dos tres-tres tres cinco, vecina de Barrio los Arenales de Nosara de Nicoya Guanacaste, sito de oficinas del Instituto Costarricense de Electricidad ciento cincuenta metros oeste y setenta y cinco metros sur José Arístides, Maikol, ambos Acosta Arrieta, en su orden solteros, comerciantes, con cédulas números cinco- tres uno siete- dos seis nueve y cinco-tres siete tres- nueve siete cuatro, del mismo vecindario que la señora María Isabel primera otorgante,. sim más que agregar publíquese el presente con el fin de tener por notificados a terceros con derechos.—Lic. Erwin Alan  Seas.—1 vez.—( IN2019397166 ).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en sucesorio de Luz Mary Vindas Carballo, fue mayor, soltera, pensionada, portó la cédula N° cuatro-cero setenta y cinco-cuatrocientos treinta y uno, vecina, de Calle Blancos, Goicoechea, San José, cien metros norte, cincuenta metros al oeste de la plaza de deportes, para que dentro del término de treinta días comparezcan a esta notaria a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan en ese plazo aquella pasará a quien corresponda, por acta notarial escritura N° 401 de las 9 horas 30 minutos del 18-10-2019. Solicita la tramitación del sucesorio extrajudicial, Audeli Vindas Carballo. La Trinidad de Moravia, veinticinco metros norte de la escuela.—Lic. Esther Ramírez Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2019397171 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Luis Fernando Hernández Rodríguez, mayor, estado civil soltero, profesión abogado, costarricense, con documento de identidad 0303060797 y vecino de Cartago, Jiménez, Tucurrique. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 18-000121-0341-CI-2.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba, 20 de diciembre del año 2018.—Licda. Ana Milena Gutiérrez Rojas, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2019397204 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Juan Francisco Garmendia Obando, con cédula de identidad número ocho - cero uno cero cuatro cero siete cinco nueve, a las Trece horas del veintidós de octubre del año dos mil diecinueve y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio cero cero dos - dos mil diecinueve de quien en vida fuera Ana María Bermúdez Araya, mayor de edad, casada una vez, vecina de Escazú, con cédula de identidad número: uno cero tres siete nueve cero siete cinco dos. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Carlos Solano Matamoros, San José, Escazú, del antiguo Country Day School trescientos metros sur lado derecho.—Lic. Carlos Solano Matamoros, Notario.—1 vez.—( IN2019397261 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Lilliam Ortega Camacho, mayor, viuda una vez, costarricense, vecina de Goicoechea, con cédula de residencia N° 184000630403. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedor as y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 19-000742-0180-CI-8.—Juzgado Primero Civil de San José, 04 de octubre del 2019.—Msc. Adriana Orocú Chavarría, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2019397289 ).

Ante esta notaría, Grace Cecilia Mena Jiménez, mayor, enfermera, divorciada una vez, cédula uno-trescientos ochenta y dos-cuatrocientos noventa y tres, vecina de Naranjito de Mora, solicita la apertura del proceso sucesorio extrajudicial de Myriam Ruth Mena Jiménez, quien fuera mayor, pensionada, viuda una vez, cédula uno-trescientos setenta y dos-ciento treinta y cinco, vecina de Naranjito de Mora, ciento cincuenta metros sur de la entrada principal del Barrio Los Cedros. Con ese objeto, y de conformidad con el artículo ciento quince y siguientes del Código Procesal Civil, se emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Myriam Ruth Mena Jiménez, de calidades supra indicadas, quien falleció el día diecinueve de diciembre del dos mil dieciocho, para que en el término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen en este proceso sucesorio extrajudicial a hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren dentro del indicado término, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesión de: Myriam Ruth Mena Jiménez. Expediente N° 01-2019. Notaría de la Licda. Yorleny Murillo Vargas, sita en San José, Santiago de Puriscal, setenta y cinco metros sur del Banco Nacional de Costa Rica.—San José, Puriscal, doce de junio del dos mil diecinueve.—Licda. Yorleny Murillo Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2019397298 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera María Mayela Ocampo Arguedas, vecina de Grecia, cédula seis- uno dos cuatro cuatro siete ocho, quien falleció el día primero de octubre de dos mil dieciséis, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se aperciben a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda, expediente 02-2019, Notaría del Lic. Jorge Fonseca González, Grecia, doscientos metros sur de la Musmani.—Grecia, diecisiete de setiembre de dos mil diecinueve.—Lic. Jorge Fonseca González, Notario.—1 vez.—( IN2019397302 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Hugo Díaz Campos, mayor, estado civil casado, profesión u oficio pensionado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0103160016 y vecino de San José, Goicoechea, Mozotal, Urbanización la Trinidad. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 19-000650-0180-CI-0.—Juzgado Primero Civil de San José, 23 de agosto del 2019.—Licda. Yarini Madrigal Escoto, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2019397324 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en Sede Notarial Ad Intestato de quien en vida fue Manuel Antonio Méndez Aguilar, cedula de identidad número uno- doscientos uno doscientos sesenta, mayor de edad, casado una vez, pensionado, vecino de Barrio Cuba, frente al Convento Las Carmelitas, casa de dos plantas, verjas verdes; para que un plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría para hacer valer sus derechos. Bajo el apercibimiento de que así no lo hiciere, la herencia pasara a quien en derecho corresponda. Expediente N° 0002-2019.—San José, veintitrés de octubre del dos mil diecinueve.—Licda. Ana Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2019397327 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de quién en vida fue Luis Arguello Noguera, mayor, costarricense por naturalización, casado una vez, ortodontista, portador de la cédula de identidad número ocho-cero cero sesenta y dos- cero cuatrocientos veintisiete, y vecino de San José, Santa Ana, Pozos, Condominio Eco Residencial Villa Real, casa I diez, y quien falleció el día catorce de febrero del año dos mil diecinueve; para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, que si no se presentan dentro del plazo indicado, aquella pasará a quién corresponda. Lo anterior corresponde a que, en mi notaría, situada en San José, Sabana Norte, Torre La Sabana, piso siete, se tramita la sucesión de Luis Arguello Noguera. Artículos ciento veintinueve y siguientes del Código Notarial y novecientos cuarenta y cinco y siguientes del Código Procesal Civil.—San José, a las nueve horas del dieciocho de octubre del dos mil diecinueve.—Licda. Paola Tatiana Rojas Segura, Notaria.—1 vez.—( IN2019397330 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Claudio Sequeira Castillo, mayor, estado civil soltero, vecino de San Rafael de Montes de Oca, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0102070533. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 19-000352-0181-CI-9.—Juzgado Segundo Civil de San José, 26 de agosto del 2019.—MSc. Ingrid Fonseca Esquivel, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2019397343 ).

Se hace saber que, ante la notaría del Licenciado Marcos Didier Varela Castillo, situada en San Miguel, Desamparados, San José, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida fue Angela Eduvina Arrieta Romero, mayor, casada una vez, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número tres-uno dos cero-tres dos uno, vecina de Tobosi del Guarco Cartago, fallecida el doce de mayo del dos mil quince, se declara abierto su proceso sucesorio. Se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del término de quince días contados a partir de la publicación del presente edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, advertidos de que, si no se apersonan dentro del referido plazo, la herencia pasará a quien legalmente corresponda. Expediente N° cero cero cero seis-dos mil diecinueve.—Lic. Marcos Didier Varela Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2019397349 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Allan David Sánchez Mora, Flor de María Madrigal Saborío, Silviano Jesús Sánchez Campos y Alejandro Josué Sánchez Mora, a las dieciséis horas del día veinte de setiembre de dos mil diecinueve y comprobado el fallecimiento de Allen Giovanni Sánchez Madrigal, mayor de edad, divorciado una vez, agricultor, vecino de Quebradas, San Isidro, Pérez Zeledón; 65 metros norte, de antigua fuerza pública, con cédula de identidad número seis, doscientos quince, cero sesenta y cinco, fallecido el diecinueve de febrero de dos mil dieciocho en San Isidro de El General, Pérez Zeledón. Esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la Republica, tal como está lo ha indicado. Notaría de la Licda. Sandra Cubillo Diaz. Teléfono, 2772-6105.—San Isidro del General, Pérez Zeledón, ocho de octubre de dos mil diecinueve.—Licda. Sandra Cubillo Díaz, Notaria.—1 vez.—( IN2019397353 ).

Se comunica a todos los interesados, herederos, legatarios, acreedores y en general a todas las personas interesadas para que gestionen en defensa de sus derechos que dentro del proceso sucesorio de quien en vida fue Antonio Paulino Cambronero Morera tramitado en el Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur bajo el número de expediente judicial 17-000146-0217-CI donde se tramita su sucesorio, donde figura como albacea testamentaria, la señora Floribeth Cambronero Gómez. Se les informa además a los herederos, legatarios y acreedores como interesados que a partir de la fecha de publicación de este edicto se les concede como plazo quince días para que intervengan a gestionar sus derechos dentro del proceso sucesorio. Se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, mientas no lo hagan las resoluciones posteriores quedaran notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Es todo.—Licda. Nuria Matarrita Martínez, Notaria.—1 vez.—( IN2019397391 ).

Avisos

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor Damián Santiago y Dominic ambos Yes Martínez, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado, expediente N° 18-001449-0292-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las quince horas y cincuenta y dos minutos del dieciséis de octubre de dos mil diecinueve.—16 de octubre del 2019.—Msc. Gabriela Herrera Alfaro, Jueza.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019396333 ).                                                                                                          3 v. 2.

Licenciada Ana Lucrecia Valverde Arguedas, Jueza del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Santa Cruz, (Materia Familia), a Saul Reinell Thomson, en su carácter personal, quien es mayor, casado, dato desconocido, vecino de dato desconocido, cédula P712333, se le hace saber que en demanda divorcio, establecida por Felicitas Venegas Hernández contra Saul Reinell Thomson, se ordena notificarle por edicto la resolución que en lo conducente dice: Expediente: 18-000233-0776-FA. Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Santa Cruz, (Materia Familia), a las trece horas y nueve minutos del cinco de marzo de dos mil diecinueve. De la anterior demanda abreviada establecida por el accionante Felicitas Venegas Hernández, se confiere traslado al accionado Saul Reinell Thomson quien es representado por la Curadora Procesal nombrada en este asunto (Licenciada Denia María Quirós Bustamante), por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Notifíquese esta resolución al demandado, al medio electrónico señalado por la Licenciada Quirós Bustamante, quien fue nombrada como curadora procesal. La parte actora puede ser localizada al correo electrónico jacquegutig@hotmail.com y la parte demandada por medio de la curadora procesal nombrada al correo electrónico nassarnotificaciones@gmail.com.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Santa Cruz, (Materia Familia).—Licda. Ana Lucrecia Valverde- Arguedas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019396521 ).

Licenciada Yuliana Andrea Ugalde Zumbado, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela San Carlos, a la señora Yadira de Los Ángeles Arroyo Arce, se le hace saber que en proceso de depósito judicial de menor, expediente número 19-000289-1302-FA, promovido por el Patronato Nacional De La Infancia, se dictó la resolución que literalmente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a las catorce horas y once minutos del catorce de marzo de dos mil diecinueve. De las presentes diligencias de depósito de la menor Ana Lizbeth Rodríguez Arroyo, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a la madre de la menor, señora Yadira de Los Ángeles Arroyo Arce y al padre Miguel Ángel Rodríguez Alvarado, para que se pronuncien sobre la solicitud y ofrezcan las pruebas de descargo. Se le previene a las partes que de conformidad con la nueva Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 deben indicar medio (fax de línea exclusiva, correo electrónico debidamente autorizado, casillero debidamente asignado, estrados en caso de no contar con los otros medios señalados) dónde atender sus futuras notificaciones, bajo apercibimiento de que mientras no lo hagan o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, las resoluciones que se dicten posteriormente se les tendrán por notificadas en el sólo transcurso de veinticuatro horas luego de dictadas. Asimismo, y de conformidad con reiteradas circulares del Consejo Superior, en especial la circular número 169-09, se hace menester por parte de este Despacho, el prevenir a las partes, que en caso de que se señale como medio de notificación un fax, este debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos por lo que no puede ser utilizado como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poderjudicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. De conformidad con los artículos 5 y 32 del Código de la Niñez y Adolescencia, se ordena el depósito judicial provisional de Ana Lizbeth Rodríguez Arroyo, en el hogar de la señora Margarita Arroyo Arce, por lo que se previene al ente actor apersonar a dicha señora a este Despacho dentro del plazo de tres días, para la aceptación del cargo que se le ha conferido, asimismo, deberá hacer ver a la depositaria provisional su obligación de velar por todas las necesidades básicas de la persona menor de edad que va a tener a su cargo como buena madre de familia. Siendo desconocido el paradero del señor Miguel Ángel Rodríguez Alvarado, se ordena notificarle de este proceso por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, el cual se remite de inmediato de manera digital para su debida publicación. Notifíquese esta resolución a Yadira de Los Ángeles Arroyo Arce, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela San Carlos Ciudad Quesada, 17 de octubre del 2019.—Licda. Yuliana Andrea Ugalde Zumbado, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019396524 ).

Licenciada Yuliana Andrea Ugalde Zumbado, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, a la señora María Auxiliadora Moran García, se le hace saber que en proceso de depósito judicial de menor, expediente N° 19-000825-1302-FA, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, se dictó la resolución que literalmente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a las dieciséis horas y treinta y cinco minutos del diecinueve de setiembre de dos mil diecinueve. En virtud del escrito incorporado por el Patronato Nacional De La Infancia en fecha 19/09/2019, se tiene por cumplida la prevención realizada mediante auto de las catorce horas y diecisiete minutos del veinte de agosto de dos mil diecinueve. Ahora bien, de las presentes diligencias de depósito de las personas menores Tania Moran García, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere audiencia por tres días a María Auxiliadora Moran García, a quien se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones. “ Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07, celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a María Auxiliadora Moran García personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones de este circuito judicial. En caso de que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. En otro orden de ideas, de conformidad con los artículos 5 y 32 del Código de La Niñez y Adolescencia, se ordena el depósito judicial provisional de Tania Moran García, en el hogar de la señora Petrona Leonarda Sequeira, por lo que se previene al ente actor apersonar a dicha señora a este Despacho dentro del plazo de tres días, para la aceptación del cargo que se le ha conferido, asimismo, deberá hacer ver a la depositaria provisional su obligación de velar por todas las necesidades básicas de la persona menor de edad que va a tener a su cargo como buena madre de familia. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 17 de octubre del 2019.—Licda. Yuliana Andrea Ugalde Zumbado, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019396528 ).

Se avisa a Jessenia Francisca Hernández Balladarez, mayor de edad, nicaragüense, cédula de residencia 155813379136, de domicilio y demás calidades desconocidas, representada por el curador procesal Licenciado Walter Habid Ardón Sánchez, que en este despacho se dictó dentro del expediente N° 17-000387-0673-NA de suspensión de patria potestad establecido por la Licenciada Annette Pérez Ángulo en calidad de Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia, la sentencia que en lo que interesa dice: sentencia N° 2019000590. Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las nueve horas y veinte minutos del diez de octubre. Resultando: I…, II…, III…, Considerando: I. Respecto a la excepción de falta de derecho..., II. Hechos probados… III. sobre el fondo: … IV..., Por tanto: Por lo expuesto, la doctrina y normas legales citadas, se declara con lugar la presente demanda de suspensión de patria potestad de la persona menor de edad Valeria Francisca Rojas Hernández. Se suspende a los señores Carlos Antonio Rojas Muñoz y Jessenia Francisca Hernández Balladares en el ejercicio de la patria potestad. Se ordena mantener el depósito judicial de la persona menor de edad Valeria Francisca Rojas Hernández en el hogar doña Karla Gabriela Obando Chavarría y Martín Mora Acuña, debiendo apersonarse dentro de tercer día a aceptar el cargo. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, provincia de San José, al tomo dos mil doscientos sesenta y seis, folio doscientos noventa y siete, asiento quinientos noventa y cuatro. Se resuelve sin especial condena en costas. Publíquese el edicto respectivo. Notifíquese. Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de octubre 2019.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019396788 ).

A la señora Joseline Paola Solano Corrales, mayor, de domicilio desconocido, se le avisa que la Licenciada Luz Navarro Garita ha sido revocada del nombramiento como curadora procesal en su representación, lo anterior dado que ha adquirido la mayoría de edad. Por consecuente se procede a notificar por medio de edicto la resolución que revoca a tal profesional de su cargo dentro del proceso N° 18-000597-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Joao Ezequiel Solano Corrales. Dicha resolución literalmente dice: Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia. A las catorce horas y treinta y uno minutos del seis de marzo de dos mil diecinueve. Siendo que la demandada Joseline Paola Solano Corrales cumplió la mayoría de edad, por lo tanto, la Licenciada Luz Navarro Garita ya no puede actuar como Curadora Procesal, ni ejercer el Patrocinio Letrado, en la que este se refiere; se revoca el nombramiento de dicha profesional. Asimismo, se ordena solicitar a la Administración de Tribunales la autorización de gastos para el pago de los honorarios la curadora procesal Licenciada Luz Navarro Garita. Se le hace saber a dicha profesional que la factura debe de confeccionarse a nombre de la Corte Suprema de Justicia, cédula jurídica 2-300-042155 y remitirla al correo Fech-AdmSJ@poder-Judicial.go.cr con los siguientes formatos: XML, archivo PDF con representación gráfica de la factura y el archivo de confirmación enviado por el Ministerio de Hacienda. En el plazo de quince días después de habérsele notificado la presente resolución, deberá de apersonarse a esta oficina con una copia de la factura electrónica a efecto de hacer los trámites correspondientes para el retiro de los honorarios, los cuales se fijaron en la suma de cincuenta mil colones. Por ende, se solicita notificar a la demandada Joseline Paola Solano Corrales por medio de la Oficina de Comunicaciones, del Tercer Circuito Judicial de San José. Notifíquese. Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 16 octubre de 2019.—Licda. Diana Patricia Rojas Elizondo, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019396790 ).

Se avisa, a la señora Alexa Porras Muñoz, mayor, portadora de la cédula N° 1-1408-0500, representada por el curador procesal Licenciada Norma Sheyla Sotela Leiva hace saber que existe proceso N° 18-000648-0673-NA de suspensión de patria potestad de la persona menor de edad Alexa María Porras Muñoz establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Alexa Porras Muñoz se dictó la sentencia que en lo que interesa dice: sentencia 2019-598. Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia, a las catorce horas y quince minutos del dieciséis de octubre del dos mil diecinueve. Resultando: I…, II…, III…, Considerando: I. Hechos probados: … II. Sobre el fondo: … Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 160y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de abandono con fines de adopción de la persona menor de edad Alexa María Porras Muñoz. Se extingue a su madre Alexa Porras Muñoz, el ejercicio de la patria potestad. Se ordena mantener el depósito judicial de la persona menor de edad Alexa María Porras Muñoz con el ente actor, debiendo su representante legal apersonarse dentro de tercer día a aceptar el cargo. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, provincia de San José, al tomo dos mil trescientos uno, folio doscientos noventa y cuatro, asiento quinientos ochenta y ocho. Se resuelve sin especial condena en costas. Publíquese el edicto respectivo. Publíquese la parte dispositiva mediante edicto. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019396792 ).

Se avisa a la señora María Del Carmen Bermúdez Martínez, nicaragüense, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este juzgado, se tramita el expediente: 18-000686-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Julysa Del Carmen Durón Bermúdez. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 9 de octubre de 2019.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019396793 ).

Se avisa a la señora Yancy Álvarez Salas, de domicilio y calidades desconocidas, que, en este juzgado, se tramita el expediente N° 18-000824-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Anthony Fabricio Jiménez Álvarez. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de octubre de 2019.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019396794 ).

Se avisa a la señora Dayanna María Lobo Rodríguez, de domicilio y calidades desconocidas, que, en este Juzgado, se tramita el expediente 19-000325-0673-NA, correspondiente a Diligencias no contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la(s) persona(s) menor(es) de edad Derick Gabriel Pérez Lobo. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste(n) su conformidad o se oponga(n) en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 09 de octubre de 2019.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019396797 ).

Se avisa a la señora Karol Zarai Ruiz Ramírez, con documento de identidad N° 1-1333-0186, de domicilio y calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 19-000442-0673-NA, correspondiente a Diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la(s) persona(s) menor(es) de edad Kendaly Fabiola Gómez Ruiz. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste(n) su conformidad o se oponga(n) en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 09 de octubre de 2019.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019396798 ).

Se avisa a los señores Claribel Rivera Guido, mayor, de domicilio desconocido y Franklin Delgadillo Reyes, mayor, de domicilio desconocido, mismos representados por el curador procesal Licenciado Mauricio Alvarado Prada, se le hace saber que existe proceso N° 19-000583-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de las personas menores de edad Francisca Delgadillo Rivera y Ndri Maribel Delgadillo Rivera, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Claribel Rivera Guido y Franklin Delgadillo Reyes, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las once horas y cuatro minutos del dieciséis de setiembre de dos mil diecinueve, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dicha accionada para que se pronuncie sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que, si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Licda. Ana Cristina Dittel Masis.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de setiembre de 2019.—Licda. Diana Patricia Rojas Elizondo, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019396799 ).

Se avisa al señor David Joaquín Osorio Gómez, nicaragüense, portador del pasaporte N° C01114541, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente N° 19-000715-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Kicxia Shanin Osorio García. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de octubre de 2019.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019396800 ).

Se avisa al señor Milenko Ramón Domínguez Salazar, de domicilio y calidades desconocidas que, en este Juzgado, se tramita el expediente N° 19-000736-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Antuanette Irene Domínguez Argüello y Valentina Argüello Ramírez. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de octubre de 2019.—Licda. Diana Patricia Rojas Elizondo, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019396803 ).

Se avisa al señor Willian de Jesús Orozco Ortiz, costarricense, portador del documento de identidad N° 2-0580-0085, de domicilio y demás calidades desconocidas que, en este Juzgado, se tramita el expediente 19-000740-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Yahari Julixa Orozco Bonilla. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de octubre de 2019.—Licda. Diana Patricia Rojas Elizondo, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019396804 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Adán Gustavo Corrales Morales, mayor, casado una vez, documento de identidad N° 0109100374, vecino de San José, Aserrí, Barrio Poás, 175 metros al oeste de la escuela, en el cual pretende cambiarse el nombre a Gustavo Corrales Morales, mismos apellidos. Se concede el plazo de quince días a cualquier persona interesada para que se presenten al proceso a hacer valer sus derechos. Artículo 55 del Código Civil. Expediente: 19-000542-0217-CI-5.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 11 de setiembre del 2019.—Floryzul Porras López, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2019396809 ).

Msc. Carlos Sánchez Miranda, Juez del Juzgado de Familia Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber a William de Jesús Ramírez Charris, documento de identidad N° 0603350832, casado, comerciante, que en este Despacho se interpuso un proceso divorcio en su contra, bajo el expediente número 16-002476-0165-FA donde se dictó sentencia n°497-2019 de las diez horas y siete minutos del diez de julio de dos mil diecinueve que en lo conducente dice: proceso abreviado de divorcio, interpuesto por María Isabel Sequeira Gutiérrez, quien es mayor, casada una vez, administrativa, vecina de Coronado, titular de la cédula de identidad número 1-1218-0274, contra el señor William de Jesús Ramírez Charris quien es mayor, casado una vez, domicilio desconocido, titular de la cédula de identidad número 6-0335-0832. Por tanto: En concordancia con lo expuesto y normas jurídicas citadas, se resuelve: 1) Se declara con lugar la demanda abreviada de divorcio planteada por María Isabel Sequeira Gutiérrez contra William de Jesús Charris. Se declara disuelto el vínculo matrimonial que ha unido a estas personas. 2) las partes no procrearon hijos en común. 3) Con el divorcio fenece el derecho alimentario recíproco que favorecía a ambos cónyuges como tales. 4) Cada uno de los ahora excónyuges tiene derecho a participar en la mitad del valor neto de los bienes gananciales que se constaten en el patrimonio del otro u otra, lo cual se liquidará para ejecución de sentencia. 5) Se resuelve este asunto sin especial condena en costas. 6) Una vez que esta sentencia quede firme inscríbase la misma en el Registro Civil, Sección de Matrimonios de la provincia de San José al tomo quinientos treinta y nueve, folio cinco, asiento nueve. Para tales efectos, la parte actora deberá presentarse a este Juzgado y solicitar la expedición de la ejecutoria de ley, previa aportación de las copias que correspondan, le será entregada cinco días hábiles después para que la diligencie ante el Registro Civil. Notifíquese. Msc. Valeska von Koller Fournier, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso divorcio de María Isabel Sequeira Gutiérrez contra William de Jesús Ramírez Charris. Expediente Nº 16-002476-0165-FA.—Juzgado de Familia Segundo Circuito Judicial de San José, 02 de octubre del 2019.—Carlos Sánchez Miranda, Juez Decisor.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019396957 ).

Msc. Valeska Von Koller Fournier, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber a Ana Francisca Mejía Rivera, documento de identidad N° 135RE0169670019, casada, que en este despacho se interpuso un proceso divorcio en su contra, bajo el expediente N° 17-001751-0165-FA, donde se dictó la sentencia N° 469-2019 de las veintiún horas del cinco de julio de dos mil diecinueve, que en lo conducente dice: proceso abreviado de divorcio, interpuesto por Rafael Cascante Cascante, quien es mayor, casado en segundas nupcias, pensionado, vecino de Goicoechea, titular de la cédula de identidad N° 1-0291-0690, contra la señora Ana Francisca Mejía Rivera, quien es mayor, casada en segundas nupcias, domicilio desconocido, nicaragüense, identificación N° 135RE0169670019. Por tanto: en concordancia con lo expuesto y normas jurídicas citadas, se resuelve: 1) Se declara con lugar la demanda abreviada de divorcio planteada por Rafael Cascante Cascante contra Ana Francisca Mejía Rivera. Se declara disuelto el vínculo matrimonial que ha unido a estas personas. 2) Las partes no procrearon hijos en común. 3) Con el divorcio fenece el derecho alimentario recíproco que favorecía a ambos cónyuges como tales. 4) Cada uno de los ahora excónyuges tiene derecho a participar en la mitad del valor neto de los bienes gananciales que se constaten en el patrimonio del otro u otra, lo cual se liquidará en ejecución de sentencia. 5) El Derecho 004 de la finca del partido de San José, folio real matrícula 438243, se reserva para ser conocido en el proceso de ejecución de sentencia. 6) Se resuelve este asunto sin especial condena en costas. 7) Una vez que esta sentencia quede firme inscríbase la misma en el Registro Civil, Sección de Matrimonios de la provincia de San José, al tomo cuatrocientos siete, folio ciento dos, asiento doscientos cuatro. Para tales efectos, la parte actora deberá presentarse a este Juzgado y solicitar la expedición de la ejecutoria de ley, previa aportación de las copias que correspondan, le será entregada cinco días hábiles después para que la diligencie ante el Registro Civil. Notifíquese. Lo anterior se ordena así en proceso divorcio de Rafael Cascante Cascante contra Ana Francisca Mejía Rivera. Expediente N° 17-001751-0165-FA..—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 8 de octubre del 2019.—Licda. Valeska Von Koller Fournier, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019396958 ).

Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes, jueza de Familia del Juzgado Segundo de Familia de San José; se le hace saber a Liliana María Restrepo Valencia, pasaporte C-1037588805, colombiana, de domicilio desconocido, representado por curador procesal, el Lic. Álvaro Francisco Vargas Arce, que en este Despacho se interpuso un proceso de nulidad de matrimonio en su contra, bajo el expediente número 15-001372-0187-FA establecida por la Procuraduría General de la República y se ordena notificarle por edicto, sentencia que en lo conducente dice: N° 2019001052 Sentencia de Primera Instancia Juzgado Segundo de Familia de San José. A las once horas y treinta minutos del siete de octubre de dos mil diecinueve, por tanto: acorde con lo expuesto, artículos 420 y siguientes del Código Procesal Civil; 12 bis, 14 bis, 19 y 64 y siguientes del Código de Familia y demás normativa citada, se acoge la presente demanda: 1) Se declara nulo el matrimonio de Liliana María Restrepo Valencia, ciudadana colombiana, pasaporte de su país número C 1037588805 y Marvin Enrique Campos Chacón, cédula de identidad número 1-1421-733. 2) Anulase la Inscripción del acto matrimonial inscrito al tal tomo quinientos, folio trescientos veintiuno, asiento seiscientos cuarenta y dos, de la Sección de Matrimonios del Registro Civil, partido de San José. 3) Comuníquese a la Dirección General de Migración y Extranjería, que se anula todo acto preparatorio emitido en favor de Liliana María Restrepo Valencia, tendiente a otorgarle la residencia y al Registro Civil, la nulidad de todo acto preparatorio tendiente a otorgar la carta de naturalización de Liliana María Restrepo Valencia. 4) Sin especial condenatoria en costas, por litigar Liliana María Restrepo Valencia por medio el curador procesal y a Marvin Enrique Campos Chacón, por haber colaborado con el proceso (artículo 222 Código Procesal Civil. Notifíquese. Lic. Wálter Alvarado Arias, Juez de Familia. Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado Segundo de Familia de San José.—Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza de Familia.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019397051 ).

Licenciada Felicia Quesada Zúñiga, jueza del Juzgado de Familia de Heredia, a Elizabeth Mercedes Silva Ojeda, en su carácter personal, quien es mayor, casada, dependiente, vecina de la Aurora de Heredia, nicaragüense, cédula de residencia número 155801705204, se le hace saber que en demanda divorcio, establecida por Sergio Marcelo Gurdián Pasos contra Elizabeth Mercedes Silva Ojeda, bajo el número de expediente 16-000731-0364-FA, se ordena notificarle por edicto la parte dispositiva de la sentencia que en lo conducente dice: (...) Sentencia de Primera Instancia N° 903-2019- Juzgado de Familia de Heredia, a las quince horas y cincuenta y dos minutos del once de junio de dos mil diecinueve. Proceso abreviado de divorcio promovido por Sergio Marcelo Gurdián Pasos, mayor de edad, casado, nicaragüense, cédula de residencia número 155817666723, vecino de Santo Domingo de Heredia contra Elizabeth Mercedes Silva Ojeda, mayor de edad, casada, nicaragüense, cédula de residencia número 155801705204, dependiente, vecina de La Aurora de Heredia. Se tuvo como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Resultando: ... Considerando: ... Por tanto: de conformidad con lo expuesto, normas legales citadas, artículos 1, 2, 4, 5, 99,153, 155, 222, 317, 330, 368, 370, 420 siguientes y concordantes del Código Procesal Civil, numerales 1, 2, 8, 48 inciso 4 y 8 y 60 del Código de Familia, fallo: se declara parcialmente con lugar, la demanda establecida por Sergio Marcelo Gurdián Pasos contra Elizabeth Mercedes Silva Ojeda, resolviéndose lo siguiente: a) Se acogen las excepciones de falta de derecho y falta de causa interpuesta por la curadora procesal de la demandada y se rechaza la demanda de Divorcio por las causal de Sevicia. b) Se rechazan las excepciones de falta de derecho y falta de causa interpuesta por la curadora de la parte demandada y se declara con lugar la demanda de divorcio por la causal de separación de hecho y tal sentido se declara disuelto el vínculo matrimonial que une a Marcelo Gurdián Pasos y Elizabeth Mercedes Silva Ojeda; c) Del matrimonio actualmente existe un hijo menor de nombre Sergio Antonio Gurdián Silva. La guarda crianza y educación del menor corresponderá al padre, mientras que la patria potestad será compartida por ambos progenitores. El derecho a pensión del menor deberá gestionarse en la vía correspondiente; d) No existen bienes gananciales ni pensión alimentaria que discutir a favor de los excónyuges. El inmueble inscrito en provincia de Heredia, número 124955-000 y el vehículo placas 230060, no se consideran gananciales por haberse adquirido después de la separación de los cónyuges; e) Una vez firme este fallo inscríbase mediante ejecutoria en el Registro Civil, sección Matrimonio, de la provincia de San José, al tomo cuatrocientos veintidós, folio doscientos diecisiete, asiento cuatrocientos treinta y cuatro; f) Se resuelve sin especial condenatoria de costas, toda vez que al haberse acogido el divorcio por la causal de separación de hecho en donde no se declara culpabilidad en el divorcio, se considera que se ha litigado de buen fe. (...).—Juzgado de Familia de Heredia.—Msc. Felicia Quesada Zúñiga, Jueza de Familia.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019397052 ).

Licenciada Andreina Aviles Mayorga, jueza del Juzgado de Familia Segundo Circuito Judicial de San José, a Dora Ester Ramírez Montano, en su carácter personal, se le hace saber que en demanda divorcio, establecida por Harlan Dean Terry contra Dora Ester Ramírez Montano, expediente N° 17-000148-0165-FA, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia Segundo Circuito Judicial de San José. A las diecinueve horas y cinco minutos del veintiocho de febrero de dos mil diecisiete. De la anterior demanda abreviada de divorcio establecida por el accionante Harlan Dean Terry, se confiere traslado a la accionada Dora Ester Ramírez Montano por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedaran notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 02 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cedula, h) Lugar de residencia. Se señala para audiencia previa de conciliación las quince horas y treinta minutos del ocho de mayo del dos mil diecisiete. Se hace un especial llamado a las personas interesadas, para que participen de la audiencia programada, como una oportunidad y que por el contrario que no se considere un mero trámite o el cumplimiento de una etapa procesal, sino un espacio que cumpla con la finalidad propuesta. Se hace ver a las partes, en especial al demandado, que en caso de aceptación total de los hechos, allanamiento, o bien, la declaratoria de rebeldía por la no contestación de la demanda, procederá el despacho sin mayor trámite, al dictado de la sentencia correspondiente. Notifíquese esta resolución a la demandad a, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona al Delegado Policial de San Sebastián. Prevención de copias: se le previene a la parte actora aportar dentro del plazo de tres días un juego de copias de todo lo correspondiente al escrito de demanda a fin de notificar a la parte demandada. Lo anterior, bajo el apercibimiento de que en caso de incumplimiento no se atenderán futuras gestiones.—Andreina Aviles Mayorga, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019397053 ).

Licda. Karol Adriana Gomez Chacón, Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a Edinson González Obando, documento de identidad N° 0016506309, casado, comerciante, vecino de paradero desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso nulidad matrimonio en su contra, bajo el expediente número 14-001065-0186-FA donde se pretende la nulidad de su matrimonio celebrado con Jeanina Mora Castro. Lo anterior se ordena así en proceso nulidad matrimonio de Procuraduría General de la República contra Edinson González Obando. Expediente Nº14-001065-0186-FA. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado Primero de Familia de San José, 15 de octubre del 2019.—Licda. Karol Adriana Gómez Chacón, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019397252 ).

Se hace saber: Expediente: 19-000197-1420-FA. Depósito judicial (1). Actor: PANI. Demandados: Nelson Enrique Quintero Lezcano y Yoselin Tatiana Rivera Calderón. Juzgado de Familia de Osa, a las 10:35 horas del 23/octubre/2019. Curso: Para que proceda la tutela no tiene que existir la patria potestad, pese a ello, aquí se requiere un abandono sin fines de adopción, que por antonomasia no extingue tales atributos. Ante esta dicotomía, no queda más que readecuar los procedimientos, y tramitar la causa como depósito judicial. Artículo 175 Código Familia, 3° y 98 inc. 1 Código Procesal Civil (7130). Así las cosas: De toda la prueba y del presente proceso de depósito judicial, se le confiere audiencia, por el plazo de 3 días, a los padres: Nelson Enrique Quintero Lezcano y Yoselin Tatiana Rivera Calderón. Medio: Se les previene a todas las partes e interesados que en su primer escrito que presenten tienen que señalar únicamente medio (preferiblemente correo electrónico autorizado), para atender sus futuras notificaciones, bajo el apercibimiento que de no hacerlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, incluido que no esté autorizado, todas las resoluciones posteriores se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictadas. Depósito: Se nombra depositaria judicial de los niños: 1) Jordan David y 2) Joshua Josué, ambos Quintero Rivera, a Patricia Calderón Trejos. Por no existir prohibición legal, tómese nota que previamente ya había aceptado y jurado el cargo ante el PANI (f. 15e). Notificaciones: Padre: Ocj Osa. Depositaria: Ocj Siquirres. Edicto: Por encontrarnos en un proceso no contencioso, de ahí, la inviabilidad del curador y, conforme lo indica la parte actora, por no tenerse conocimiento del domicilio de la madre, notifíquesele por edicto en el Boletín Judicial. Aviso: Se les informa a todas las partes e interesados que este proceso es electrónico. Es decir, no existe a nivel físico o material, sino que todo su respaldo es virtual. Es todo.—Juzgado de Familia de Osa, 23 de octubre del 2019.—Lic. Mario Alberto Barth Jiménez, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019397415 ).

Licenciada Yuliana Andrea Ugalde Zumbado, jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a Elvin Ignacio Obando Guerra, proceso de permiso de salida del país, expediente N° 19-000479-1302-FA, incoado por Betty Lizeth Hernández Urbina contra Elvin Ignacio Obando Guerra, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: N° 1003-2019 dictada a las ocho horas y cuatro minutos del dieciséis de octubre de dos mil diecinueve, por tanto: dice: por tanto: de acuerdo a lo expuesto, y normativa citada, se falla: se declara con lugar el presente proceso. Se autoriza la salida del país de manera permanente, de la persona menor de edad Elvina Lizz Obando Hernández, registro de naturalizaciones al Tomo: 123; página: 160; Asiento: 320, acompañado de su progenitora la señora Betty Lizeth Hernández Urbina. Para dicho fin la madre podrá gestionar ante las autoridades migratorias correspondientes la solicitud de pasaporte respectivo de la persona menor de edad, así como a realizar las gestiones y trámites correspondientes para poder salir del país sin necesidad del consentimiento del padre. Es todo. Queda notificada la parte actora. Hágase saber.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela.—Licda. Yuliana Ugalde Zumbado, Jueza de Familia.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019397969 ).

Licda. Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza del Juzgado Segundo de Familia de San José; hace saber a Laura Yessenia Castillo Rodríguez, documento de identificación N° 1-1134-0448, de nacionalidad costarricense, de domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso de cambio de domicilio en su contra promovido por Edimer Rojas Romero, bajo el expediente N° 19-000828-0187-FA, donde se dictó el auto de traslado de las diez horas catorce minutos del veintidós de octubre de dos mil diecinueve que en lo interesa dice: “Del anterior proceso sumario de cambio de domicilio que solicita Edimer Rojas Romero, se concede audiencia por el plazo de cinco días a la señora Laura Yessenia Castillo Rodríguez para que en la persona de su curadora procesal Licenciado Manuel Antonio Morales Araya la conteste en la forma que indica el artículo 305 en relación con el artículo 428 ambos del Código Procesal Civil. Se ordena tener como interviniente de estas diligencias al Patronato Nacional de la Infancia, institución a la cual se le previene indicar medio (fax/casillero/correo electrónico) para escuchar notificaciones, con advertencia de que en caso de no hacerlo las resoluciones se tendrán por notificadas con el solo transcurso de las veinticuatro horas luego de su dictado (artículo 11 Ley de Notificaciones Judiciales). Con el objeto de fomentar prácticas amigables con el medio ambiente y acelerar la tramitación procesal, el Poder Judicial está desarrollando políticas para disminuir el uso del papel, promoviendo el empleo de medios electrónicos de comunicación. (Sesión de Corte Plena N° 16-09 del 11 de mayo de 2009, art. XXI). Por ello esta autoridad se permite instar a las partes, abogado y demás intervinientes en este proceso a señalar un correo electrónico para recibir notificaciones y demás comunicaciones judiciales siguiendo para ese fin las directrices señaladas en el artículo 39 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones”. Igualmente, se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. II.—De conformidad con el artículo 151 del Código de Familia, se convoca a las partes y sus abogados a la audiencia oral que se realizará en este juzgado a las catorce horas del veintitrés de enero de dos mil diecinueve. Se tiene por aportada la documental presentada por el actor, así mismo se admite el testimonio de Carlos Álvarez y Luis Guillermo Tovon, quienes se referirán a todos los hechos de esta demanda. Sin la presencia de partes ni abogados entrevístesele al menor Kevin Andrey Rojas Castillo.—Juzgado Segundo de Familia de San José.—Licda. Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019397970 ).

Licenciada Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Mario Roberto Céspedes Blanco, en su carácter personal, quien es mayor de edad, costarricense, cédula N° 0112660974, de domicilio desconocido se le hace saber que en demanda autorización de salida del país en forma indefinida y solicitud para tramitar pasaporte, establecida por Yuliet Xiomara Alvarado Ulloa contra Mario Roberto Céspedes Blanco, se ordena notificarle por edicto la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las diez horas y cincuenta y dos minutos del diez de julio del dos mil diecinueve. Se tiene por establecido el presente trámite de autorización de salida del país en forma indefinida y solicitud para tramitar pasaporte promovido por Yuliet Xiomara Alvarado Ulloa. De esa solicitud se da audiencia por tres días a Mario Roberto Céspedes Blanco, a quien se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono celular, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.”Igualmente se les invita a utilizar El Sistema de Gestión en Línea que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07, celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución en forma personal a las demás partes interesadas. Téngase a su vez como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese esta resolución a la parte demandada, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Consultada la cuenta cedular del demandado se desprende que existe una dirección, por lo que se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Pérez Zeledón. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Se le previene a la parte interesada, que para efectos de la diligencia en cuestión, si a bien lo tiene deberá señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 35, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero de 2009. Lo anterior por haberse ordenado así dentro del expediente N° 19-001938-0338-FA, proceso autorización de salida del país en forma indefinida y solicitud para tramitar pasaporte, establecida por Yuliet Xiomara Alvarado Ulloa contra Mario Roberto Céspedes Blanco.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019397971 ).

Licenciada Patricia Cordero García Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Mario Roberto Céspedes Blanco, en su carácter personal, quien es mayor de edad, costarricense, cédula 0112660974, de domicilio desconocido se le hace saber que en demanda autorización de salida del país en forma indefinida y solicitud para tramitar pasaporte, establecida por Yuliet Xiomara Alvarado Ulloa contra Mario Roberto Céspedes Blanco, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las diez horas y cincuenta y dos minutos del diez de julio del año dos mil diecinueve. Se tiene por establecido el presente trámite de autorización de salida del país en forma indefinida y solicitud para tramitar pasaporte promovido por Yuliet Xiomara Alvarado Ulloa. De esa solicitud se da audiencia por tres días a Mario Roberto Céspedes Blanco, a quien se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono celular, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones. “Igualmente se les invita a utilizar El Sistema de Gestión en Línea que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución en forma personal a las demás partes interesadas. Téngase a su vez como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese esta resolución a la parte demandada, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Consultada la cuenta cedular del demandado se desprende que existe una dirección, por lo que se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Pérez Zeledón. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Se le previene a la parte interesada, que para efectos de la diligencia en cuestión, si a bien lo tiene, deberá señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 35, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Lo anterior por haberse ordenado así dentro del expediente 19-001938-0338fa proceso autorización de salida del país en forma indefinida y solicitud para tramitar pasaporte, establecida por Yuliet Xiomara Alvarado Ulloa contra Mario Roberto Céspedes Blanco.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.C N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019397982 ).

Licda. Mayra Trigueros Brenes, Jueza de Familia del Juzgado Segundo de Familia de San José; hace saber a Alvin Eduardo Cortés Fernández, documento de identidad desconocido, vecino de domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso sumario de autorización de salida permanente del país, subsidiaria de salida del país provisional y obtención del pasaporte en su contra, bajo el expediente número 19-0000005-0187-FA se ordena notificarle por edicto, la resolución del traslado de la demanda que en lo conducente dice: Juzgado Segundo de Familia de San José, a las catorce horas y nueve minutos del veintiuno de octubre de dos mil diecinueve. I.- II.- Del anterior proceso sumario de autorización de salida permanente del país, subsidiaria de salida del país provisional y obtención del pasaporte que solicita Damaris Esperanza Obando García se concede audiencia por el plazo de cinco días al señor Alvin Eduardo Cortés Fernández para que en la persona de su curadora procesal Licenciada Sandra Gómez Marín la conteste en la forma que indica el artículo 305 en relación con el artículo 428 ambos del Código Procesal Civil. Se ordena tener como interviniente de estas diligencias al Patronato Nacional de la Infancia, institución a la cual se le previene indicar medio (fax/casillero/correo electrónico) para escuchar notificaciones, con advertencia de que en caso de no hacerlo las resoluciones se tendrán por notificadas con el solo transcurso de las veinticuatro horas luego de su dictado (Artículo 11 Ley de Notificaciones Judiciales). Con el objeto de fomentar prácticas amigables con el medio ambiente y acelerar la tramitación procesal, el Poder Judicial está desarrollando políticas para disminuir el uso del papel, promoviendo el empleo de medios electrónicos de comunicación. (Sesión de Corte Plena N°16-09 del 11 de mayo de 2009, Art. XXI) Por ello, esta autoridad se permite instar a las partes, abogado y demás intervinientes en este proceso a señalar un correo electrónico para recibir notificaciones y demás comunicaciones judiciales siguiendo para ese fin las directrices señaladas en el artículo 39 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones. Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. III.- IV.- V.- VI.—Licda. Mayra Trigueros Brenes, Jueza.—1 vez.—O.C N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019398144 ).

Licda. Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza del Juzgado Segundo de Familia de San José; hace saber a Manuel Alejandro Allonca Garauz, documento de identificación N° 82262543, de nacionalidad panameña, de domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso de vindicación de estado en su contra promovido por Sivana Alexa Allanca Campos, bajo el expediente N° 19-000778-0187-FA, donde se dictó el auto de traslado de las quince horas y veintidós minutos del diez de octubre de del dos mil diecinueve que en lo interesa dice: Juzgado Segundo de Familia de San José, a las quince horas y veintidós minutos del diez de octubre de dos mil diecinueve. I. Visto el escrito presentado por la Licenciada Melani Campos Bermúdez, el 10 de octubre de 2019, se tiene por aceptado el cargo de curadora procesal, en representación del señor Manuel Alejandro Allonca Garauz. Se toma nota del medio de notificaciones. II. Con base en el numeral 76 del Código de Familia, se tiene por establecido por parte de Sivana Alexa Allanca Campos el presente proceso de Vindicación de Estado de Hija Matrimonial, en contra de Manuel Alejandro Allonca Garauz y Doran Hamer a quienes se les confiere traslado por el plazo de diez días, para que la contesten, opongan excepciones previas, la prueba documental que tuvieren y la testimonial con indicación en su caso del nombre y generales de los testigos que proponga. Al contestar negativamente deberán expresar con claridad las razones que tengan para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberán contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechazan por inexactos, o si los admiten como ciertos o con variantes o rectificaciones. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés.- Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07, celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. III. Se pone en conocimiento de las partes, Sivana Alexa Allanca Campos, Doran Hamer y Sally Campos Rosales, que el Departamento de Laboratorio Forense, Sección de Bioquímica, concedió cita para realizar la prueba de marcadores genéticos para las nueve horas del dieciséis de diciembre de dos mil diecinueve. Desde ya se les hace saber que no es necesario que se presenten en ayunas, pero sí es indispensable la presentación del documento de su identidad vigente y en buenas condiciones. También, se les hace saber que la persona que sin fundamento razonable se niegue a someterse a la práctica de esa prueba, dispuesta por esta autoridad podrá ser tenida como procediendo con malicia. Además, esa circunstancia podrá ser tenida como indicio de la veracidad de lo que se pretende demostrar con dicha prueba y que si una persona se niega someterse a un examen médico, que sea necesario para acreditar en juicio ciertos hechos controvertidos, el Juez puede considerar como probados los hechos que se trataban de demostrar por la vía del examen (artículos 98 del Código de Familia y 46, párrafo segundo del Código Civil); de ahí la importancia de que señalen un medio donde atender sus notificaciones y de suministrar su número telefónico de celular a efecto de enviarles a la vez un recordatorio de la que cita que posteriormente se les vaya a asignar. IV. Notifíquese esta resolución al codemandado Manuel Alejandro Allonca Garauz, por medio de la Licenciada Melani Campos Bermúdez, curadora procesal designada para su representación, en el medio señalado por ella. Se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones del Primer Circuito Judicial de San José, para que, notifiquen en forma personal o en su casa de habitación al codemandado Doron Hamer, quien se localiza en la dirección: San José, casa esquinera de dos plantas a mano derecha, que se ubica en San José, de la esquina sureste del edificio de la Corte Suprema de Justicia, doscientos metros al este. De conformidad con el numeral 263 del Código Procesal Civil, se ordena notificar este auto al codemandado Manuel Alejandro Allonca Garauz por medio de edicto, remítase el mismo mediante sistema electrónico a la Imprenta Nacional. V. Se le previene para que en plazo de tres días aporte un juego de copias a efecto de notificar al codemandado Doron Hamer. Se le apercibe que en caso de omisión no se atenderán futuras gestiones y transcurrido el plazo de tres meses operará la deserción.—Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019398146 ).

Licenciado Leonardo Loría Alvarado. Juez del Juzgado de Familia de Heredia, a Fernando Azofeifa Ulate, en su carácter personal, quien es mayor, con cédula de identidad número 1-1034-782, de demás calidades y vecindarios desconocidos, se le hace saber que en demanda autorización salida país. Expediente Nº: 19-000781-364-FA establecida por Laura María Vargas Hernández contra Fernando Azofeifa Ulate, se ordena notificarle por edicto, la resolución que literalmente dice: Juzgado de Familia de Heredia. A las dieciocho horas y nueve minutos del veintitrés de abril de dos mil diecinueve. Del anterior proceso de autorización de salida del país, establecido por Laura María Vargas Hernández, se confiere traslado por el plazo perentorio de cinco días a Fernando Azofeifa Ulate (art. 433 del Código Procesal Civil). Se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Se informa a la parte demandada que si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos, los cuales son los siguientes: De la Universidad de Costa Rica, Facultad de Derecho en San Pedro, San José, y se atiende de Lunes a viernes de 08:00am a 12:md y Lunes, miércoles y viernes de 13:30pm a 19:30pm, Universidad Latina, Sede de Heredia Oficina Ubicada en la Municipalidad de Heredia, horario de atención: Lunes a viernes 08:00am a 12:00md, teléfono: 2776715, Universidad Libre de Derecho, Horario de atención: Lunes a viernes:13:30pm a 16:30pm teléfono: 22835533. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Así como en la Defensa Publica Pisav-San Joaquín de Flores de Heredia, competencia únicamente vecinos de Flores, Belén y Santa Barbara de Heredia, Teléfono: 22655640. Y en la Defensa Publica de Heredia. Teléfono 25600659.Siendo que la Ley No. 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art.58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: Fax, Correo Electrónico, Casillero y Estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art.36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art.34). Si escoge correo electrónico, debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 ó 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. prevención de honorarios: Visto lo indicado por la señora Vargas Hernández, en cuanto a que la misma no puede cubrir el monto para el pago de los honorarios de curador procesal, por no contar con medios económicos, se ordena que los mismos sean asumidos por la Unidad Administrativa de Heredia, los cuales se fijan en la suma de cincuenta mil colones. nombramiento de curador: De conformidad con lo dispuesto por el artículo 262 el Código Procesal Civil, a fin de proceder a nombrarle curador procesal a la demandada se resuelve: Se ordena expedir y publicar el edicto electrónicamente al que se refiere el artículo 263 del Código Procesal Civil, el cual será enviado por este despacho a la Imprenta Nacional y la parte interesada deberá estar atenta a su publicación.- De igual manera se le previene a la parte actora que aporte certificación del Registro de Personas en el que se informe si el demandado ausente cuenta con apoderado inscrito en el país, así como Certificación de Movimientos Migratorios del demandado expedida por la Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Seguridad Pública. citación a la parte actora: Se cita a la señora Laura María Vargas Hernández para que en el plazo de una semana comparezca al Juzgado y, bajo juramento, responda las preguntas que se le formularán para determinar la procedencia del nombramiento del curador procesal del demandado, bajo apercibimiento de que si no comparece, el proceso no podrá avanzar citación testigos: Se previene a la parte actora que en el plazo de una semana presenten al despacho dos testigos, para que bajo juramento, respondan las preguntas que se le formularán para determinar la procedencia del nombramiento del curador procesal del demandado, bajo apercibimiento de que si no comparece, el proceso no podrá avanzar. Notificaciones: Notifíquese esta resolución al demandado Fernando Azofeifa Ulate por medio de edicto. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Heredia.—Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019398147 ).

Edictos Matrimoniales

Licenciado José Chaves Mora, juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil la señora Velkis Naryeli Aguilera Martínez, mayor, soltera, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número siete-cero dos siete cero-cero nueve tres cuatro, vecina de Limón, Pococí, Cariari, de la pulpería El Tucán cincuenta metros oeste y cuatrocientos metros norte, Caribe, hija de Daniel Aguilera López y Reina Isabel Martínez, nacida en Barra del Colorado Pococí, Limón, el día once de junio de mil novecientos noventa y nueve, actualmente con diecinueve años de edad y el señor Marcos Josué Villegas Salmerón, mayor, soltero, auxiliar de oficina, portador de la cédula de identidad número siete-cero dos seis cinco-cero cero tres cero, vecino de Limón, Pococí, Cariari, Caribe frente al Súper Mercado Batalla, hijo de Ricardo Villegas Juárez y Leticia Salmerón González, nacido en Guápiles, Pococí, Limón, el día veintiocho de noviembre de mil novecientos noventa y ocho, con veinte años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº 19-000543-1307-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 14 de marzo del 2019.— Lic. José Chaves Mora, juez.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019393728 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio, el señor: José Adán Espinoza Arias, mayor, soltero, encargado de finanzas, cédula de identidad número 0503460984, nacido en Centro, Liberia, Guanacaste, el 19/08/1985, con 34 años de edad; y la señora: Stefany Dayana Hernández Otoya, mayor, soltera, miscelánea, cédula de identidad número 0206900246, nacida en Centro, Central, Alajuela, el 04/09/1991, actualmente con 28 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Liberia, Guanacaste. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 19-000674-0938-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia), Liberia, 11 de octubre del 2019.—Msc. Marcela González Solera, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019393729 ).

Fabián Alberto Madriz Sosa y Karen Francisca Vega Acuña, cédulas por su orden Nos. 3-0344-0283 y 3-0381-0184, vecinos por su orden Cartago, Turrialba, Barrio San Rafael, 300 metros sur de Repuestos Mena y Cartago, Central, 100 metros norte y 125 metros oeste del Cuerpo de Bomberos de Cartago, desean contraer matrimonio y afirman reunir todos los requisitos de ley. La oposición de alguien con interés legítimo debe ser presentada ante esta notaría con oficina en Cartago, Los Ángeles, Urbanización La Puebla de Los Pardos, casa 9 C, dentro de los ocho días luego de esta publicación.—Licda. Alexa Viviana Guzmán Segura, Notaria.—1 vez.—( IN2019393785 ).

Han comparecido ante este Juzgado de Familia de Heredia, solicitando contraer matrimonio civil, los señores María Yanory Castro Porras, mayor, estado civil soltera, profesión ayudante de proceso en Tecnho Ends, cédula de identidad N° 111740512, vecina de Heredia, San Francisco, Guararí, Milpa, hija de Jorge Antonio Castro Muñoz y María Yanory Porras Solís, nacida en Uruca, Central, San José, con 36 años de edad, y Silvio Antonio Martínez Cruz, mayor, estado civil soltero, profesión Bodeguero, pasaporte N° C 01387391, vecino de Heredia, San Francisco, Guararí, Milpa, hijo de Silvio José Martínez Calderón y Sipriana Cruz Márquez, nacido en Nandaime, Granada, Nicaragua, actualmente con 32 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 19-002104-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 9 de octubre del 2019.—Lic. Leonardo Loría Alvarado. Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019393829 ).

Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil Gaudy Gabriela Saldaña Carrera, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad N° 0114560439, vecina de Buenos Aires, 75 metros oeste del Taller Santiago Araya, hija de Yamileth Carrera Navas y José Gerardo Saldaña Beita, nacida en San Isidro, Pérez Zeledón, San José, el 31/01/1991, con 28 años de edad, y Jordy David Chavarría Beita, mayor, soltero, se dedica a lo propio, cédula de identidad N° 0604380900, vecino de Buenos Aires, 75 metros oeste del Taller Santiago Araya, hijo de María De Los Ángeles Beita Villanueva y José Mariano Chavarría Saldaña, nacido en Centro Buenos Aires, Puntarenas, el 23/04/1997, actualmente con 22 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 19-000182-1552-FA.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires, (Materia Familia), Puntarenas, 09 de octubre del 2019.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019396523 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Emmanuel Alexander Acuña González, mayor, soltero, oficial de seguridad, cédula de identidad N° 1-1307-0689, costarricense, nació en Hospital Central, San José, el 01/03/1987, de 32 años de edad actualmente, hijo de Berta Luz Acuña González y Laura De Los Ángeles Fyne Fonseca, mayor, soltera, comerciante, cédula de identidad N° 7-0233-0943, costarricense, nació en Centro Central, Limón, el 06/01/1995, de 24 años de edad actualmente, hija de Rupert Antoni Fyne Blanford y Ligia María Fonseca Montoya; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Alajuelita, San Felipe, Barrio Tiribi, detrás de la Escuela Ciudadelas Unidas. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 19-000330-1534-FA.—Juzgado de Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, (Materia Familia). San José, San Sebastián, 16 de setiembre de 2019.—Licda. Yendry Gutiérrez Bermúdez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019396525 ).

Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil Jacob Rodríguez Morales, mayor, soltero, construcción, cédula de identidad N° 1-1056-0238, costarricense, nació en Hospital, Central, San José, el 14-02-1979, de 40 años de edad, hijo de Víctor Hugo Rodríguez, Araya y Juana María Morales Rodríguez y Helen Patricia Cerdas López, mayor, soltera, dependiente, cédula de identidad N° 1-1080-0509, nació en Hospital, Central, San José, el 11-09-1980, hija de Ligia María Cerdas López; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en San Josecito de Alajuelita, de la cima 500 metros sur, frente a pulpería Filtros, casa con verjas color terracota. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 19-000363-1534-FA.—Juzgado de Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, (Materia Familia), 16 de setiembre de 2019.—Licda. Yendry Gutiérrez Bermúdez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019396526 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Christopher Andrés Acuña Taylor, mayor, costurero, soltero, cédula de identidad número 1-1725-0301, costarricense, nació en Hospital Central, San José, el día 28/10/1998, de 20 años de edad, hijo de Marcos Acuña Herrera, con 20 años de edad, y Darya Evelyn Martínez Artavia, mayor, auditora, soltera, cédula de identidad N° 1-1567-0637, nació en Carmen, Central, San José, el día 13/04/1994, hija de José Luis Martínez Martínez y Annia Artavia Zúñiga, con 25 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en San José, San Sebastián, Cañada Sur, lado derecho, casa color celeste con verjas negras, segunda plata. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 19-000437-1534-FA.—Juzgado de Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita (Materia Familia), San José, San Sebastián, 14 de octubre de 2019.—Licda. Yendry Gutiérrez Bermúdez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019396527 ).

Se hace saber que ante el notario público Andrés Montejo Morales, con oficina en San José, Escazú, San Rafael, Edificio Corporativo EBC, octavo piso, oficinas de Sfera Legal, han comparecido la señorita Tattiana María Lépiz Soto, costarricense, mayor, soltera, Ingeniera de Sistemas, vecina de San Rafael de Heredia, cédula: 4-0206-0826, hija de Juan Carlos Lépiz Carballo y Lidia María Soto Rodríguez y el señor Jeffry Antonio Miranda Toruño, costarricense, mayor, soltero, ingeniero de sistemas, vecino de San Rafael de Heredia, cédula: 1-1354-0418, hijo de Ronald Antonio Miranda Mejías y Zaida María Toruño Gómez, han comparecido ante esta notaría a efecto de celebrar matrimonio civil conforme a nuestra legislación. En virtud de ello y en cumplimiento del artículo 25 del Código de Familia, se ordena la publicación de este edicto en aras de que si existe alguna oposición a la unión solicitada lo hagan saber dentro del plazo de ocho días naturales después de la publicación de este edicto el notario público Andrés Montejo Morales.—San José, 21 de octubre del 2019.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—( IN2019396722 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Max Alejandro Muñoz Garro, mayor, soltero, Inspector de C.C.S.S, cédula de identidad número uno-uno cero uno dos-cero dos ocho siete, hijo de Margin Eladio Muñoz Ríos y Aracelly Garro Bustamente, nacido en San Isidro de Pérez Zeledón, el 30 de agosto del año 1978, con cuarenta y un años de edad, y Evelyn María Céspedes Jiménez, mayor, soltera, profesora de inglés, cédula de identidad número uno-uno cinco tres tres-cero cero ocho nueve, hija de Gerardo Céspedes Rodríguez y Elizabeth Jiménez Navarro, nacida en San Isidro de Pérez Zeledón, el 07 de marzo del año 1993, actualmente con veintiséis años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Pérez Zeledón, San José. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 19-000808-1303-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), Pérez Zeledón, 21 de octubre del 2019.—Msc. Tania Morera Solano, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019396805 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Cristian David Campos Castro, mayor, soltero, fotógrafo, cédula de identidad número 0207480707, vecino de San Ramón, San Pedro, Los Olivos, 500 metros después de la plaza hacia los Olivos, segunda intersección, hijo de Marco Aurelio Campos Salas y María Luisa Castro Mora, nacido en Quesada San Carlos Alajuela, el 09/01/1996, con 23 años de edad, y Karla María Campos González, mayor, soltera, estilista, cédula de identidad número 0208070698, vecina de San Ramón, San Juan, La Ranchera, 50 metros oeste del Taller Siquirra, hija de Allan Campos Varela y María González Ovares, nacida en Centro, San Ramón, Alajuela, el 17/08/2000, actualmente con 19 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 19-000565-0688-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramon) (Materia Familia), San Ramón, 23 de setiembre del 2019.—Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019396959 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Jonathan Eduardo Loria Hernández, costarricense, mayor, soltero, inspector de calidad, cédula de identidad N° 0304810198, vecino de Paraíso, Calle Loría, 150 metros oeste de la antigua chilera, hijo de Esmeralda Hernández Rodríguez y Eduardo Loria Moya, ambos costarricenses, nacido en Oriental, Central, Cartago, el 11/09/1994, con 25 años de edad y Karla Daniela Ríos Masis, mayor, soltera, dependiente en una panadería, cédula de identidad N° 0305190692, vecina de Paraíso, calle Loría, 150 metros oeste de la antigua chilera, hija de Lilliam Masis Araya y Manuel Ríos Montoya, ambos costarricenses, nacida en Oriental, Central, Cartago, el 01/09/1999, actualmente con 20 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 19-002897-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 17 de octubre del 2019.—Licda. Grace Cordero Solorzano, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019396970 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil José Miguel Torres Salazar, costarricense, mayor, divorciado de Patricia María de Los Ángeles Chacón Monge el 13/04/2009 en la provincia de Cartago, comerciante, cédula de identidad número 0301670046, vecino de Dulce Nombre de Cartago 50 metros sur de la Rural de Dulce Nombre y 400 metros oeste, hijo de Guadalupe Torres Salazar, costarricense, nacido en Lourdes, Central, Cartago, el 26/05/1946, con 74 años de edad, y Lourdes Nájera Martínez, costarricense, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0302250064, vecina de Agua Caliente de Cartago 200 metros al sur de la Planta de Tratamiento del Proyecto Manuel de Jesús Jiménez, hija de María Martínez Navarro y Esteban Nájera Martínez, nacida en Centro, Turrialba, Cartago, el 24/02/1958, actualmente con 61 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 19-002907-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 18 de octubre del 2019.—Licda. Guadalupe Solano Patiño, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019396971 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Jaime Antonio Peinado, mayor, soltero, guarda, cédula de identidad número 155822471528, vecino de Palmares, Buenos Aires, Bajo La Cabra, frente al taller Magi, hijo de Margarita María Peinado Arias, nacido en Managua, Nicaragua, el 04 de marzo de mil novecientos ochenta y cuatro, con 35 años de edad, y Geyleen Aracely Hernández Montalván, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número 155808505234, vecina de Palmares, Buenos Aires, Bajo La Cabra, frente al taller Magi, hija de Bayardo Henrry Hernández Gutiérrez y María Auxiliadora Montalván, nacida en Managua, Nicaragua, el 17 de mayo de mil novecientos ochenta y uno, actualmente con 28 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº 19-000586-0688-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia familia), San Ramón, 01 de octubre del 2019.—Licda. Katerin Andrea Vargas Leal, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019397057 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Eduardo Antonio Jarquín Amador, mayor, soltero, guarda y misceláneo, cédula de identidad número 0113980208, vecino de San Ramón, San Isidro, Bajo El Progreso, de la escuela Laboratorio 500 metros al sur, hijo de Mariano Jarquín Solórzano y Maximina Amador Sánchez, nacido en San Isidro Pérez, Zeledón, San José, el 22/07/1989, con 30 años de edad, y Yariela Francisca Mora Sandoval, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0115930832, vecina de San Ramón, San Juan, Alto El Tanque 100 metros este de la pulpería La Amistad, hija de David Mora Angulo y Mercedes Sandoval Mora, nacida en Uruca, Central, San José, el 17/12/1994, actualmente con 24 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº 19-000612-0688-FA. Nota: publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia familia), San Ramón, 14 de octubre del 2019.—Licda. Katerin Andrea Vargas Leal, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019397058 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Walter Vidal Arce Castro, mayor, divorciado una vez, trabajador independiente, cédula de identidad N° 0700860475, vecino de Goicoechea, Urbanización Nazareno, costado noreste de la plaza de deportes, casa D-60, color crema con verjas negras, hijo de Pedro Arce Alvarado y Teresa Castro Mora, nacida en Guápiles, Pococí, Limón, el 09/08/1966, con 53 años de edad y María Mayela Vargas Zárate, mayor, divorciada una vez, trabajadora doméstica, cédula de identidad N° 0900890242, vecina de Urbanización Nazareno, costado noreste de la plaza de deportes, casa D-60, color crema, con verjas negras, hija de Gabriel Vargas Pérez y Albertina Zarate Rojas, nacida en Sabanillas, Acosta, San José, el 09/06/1966, actualmente con 53 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 19-001927-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 9 de octubre del 2019.—Licda. Lorena Mc Laren Quirós, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019397060 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil: Andy Alonso Villalobos Castillo, mayor, soltero, cocinero, cédula de identidad número 0603980609, nacido el 01/12/1991, con 27 años de edad, y Maylin Julieth Suárez Villanea, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número 0604280956, nacida el 04/01/1996, actualmente con 23 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Puntarenas, Barrio 20 de noviembre, de la escuela 150 metros al oeste, Puntarenas. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº 19-001012-1146-FA.—Juzgado de Familia de Puntarenas, Puntarenas, 17 de octubre del 2019.—Lic. Diego Armando Acevedo Gómez, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019397206 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil: Jordy Joel García Mendoza, mayor, Soltero, Administrador, cédula de identidad número 0604130500, nacido el 25/12/1993, con 25 años de edad, vecino de Puntarenas, Barranca, Los Almendros, segunda alameda, casa 166 y Sharon Vanessa Venegas Carcaches, mayor, Soltera, Oficios Domésticos, cédula de identidad número 0603970073, nacida el 21/09/1991, actualmente con 28 años de edad; vecina de Puntarenas, El Roble, de la Musmani; 75 metros al este, casa 1300, Puntarenas. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 19-001021-1146-FA.—Juzgado de Familia de Puntarenas, 21 de octubre del año 2019.—Lic. Diego Armando Acevedo Gómez, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019397207 ).