BOLETÍN JUDICIAL N° 234 DEL 09 DE DICIEMBRE DEL 2019

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

DIRECCIÓN DE GESTIÓN

HUMANA DEL PODER JUDICIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

PRIMERA PUBLICACIÓN

ASUETO:   Concedido a los servidores judiciales del cantón Central de San José (incluye Hatillo, Pavas y San Sebastián) cantón de Goicoechea (Segundo Circuito Judicial de San José) Acosta, Alajuelita, Aserrí, Desamparados, Escazú Mora, Santa Ana y las oficinas judiciales de la ciudad judicial ubicada en San Joaquín de Flores de Heredia.

SE HACE SABER:

Que las oficinas judiciales del Cantón Central de San José (incluye Hatillo, Pavas y San Sebastián) y las oficinas judiciales ubicadas en los cantones de Goicoechea (Segundo Circuito Judicial de San José), Acosta, Alajuelita, Aserrí, Desamparados, Escazú, Mora, Santa Ana y las oficinas judiciales de la Ciudad Judicial ubicada en el distrito de San Joaquín del cantón de Flores de Heredia, permanecerán cerradas durante el día veintiséis de diciembre de dos mil diecinueve, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de Fiestas Cívicas del Cantón Central de San José.

San José, 27 de noviembre del 2019.

                                                                Lic. Wilbert Kidd Alvarado,

                                                                   Subdirector Ejecutivo a. í.

O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019413965 ).

DIRECCIÓN DE GESTIÓN

HUMANA DEL PODER JUDICIAL

CONCURSO INTERNO

CN-011-2019

La Dirección de Gestión Humana del Poder Judicial, con el objetivo de nombrar en propiedad puestos vacantes I, II y III Circuito Judicial de San José, invitan a las personas interesadas a participar en el concurso para puestos:

TÉCNICOS, OPERATIVOS Y ASISTENCIALES

Para conocer forma de participar, requisitos, proceso selectivo y otros detalles del concurso, acceder a la siguiente dirección electrónica: https://ghreclutamientoyseleccion.poder-judicial.go.cr/index.php/concurso-y-convocatorias-vigentes.

Periodo de inscripción

Inicia: lunes 09 de diciembre de 2019

Finaliza: viernes 20 de diciembre de 2019

Horario de atención al público

De lunes a viernes: de 7:30 a.m. a 12:00 m.

y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m.

Correo electrónico: reclutamiento@poder-judicial.go.cr

Teléfonos: 2295-3590 / 2295-3950 / 2295-4840.

San José, 19 de noviembre del 2019.—Aslhey Quesada Valerio, Autorizada Reclutamiento y Selección.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019407748 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Gerarda García Zúñiga cédula 5-181-904, casada, asistente de adulto mayor, vecina de Alajuela, Palmares frente a las oficinas del ICE fallecida el veinticinco de abril del dos mil diecinueve, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de distribución de prestaciones sector privado bajo el Número 19-000378-0694-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Por Olman Muñoz Abarca. Expediente N° 19-000378-0694-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramon) (Materia Laboral), 27 de noviembre del año 2019.—Lic. Jaime Eduardo Rivera Prieto, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019412898 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Pío Gerardo De La O Moreno, quien fue mayor, costarricense, nacido el 03/09/1963, cédula de identidad número 502090821, vecino de Guanacaste, Liberia, Cañas Dulces, fallecido el 14 de mayo del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 19-000427-0942-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº 19-000427-0942-LA. Por a favor de Pío Gerardo De La O Moreno.—Juzgado Civil y Trabajo Primer Circuito Judicial Guanacaste (Liberia) (Materia Laboral), 29 de noviembre del año 2019.—Lic. Roy Francisco Espinoza Quesada, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019412943 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rodrigo Jiménez Granados, cédula de identidad Nº 3-199-235, fallecido el 18 de junio del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 19-001562- 0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 19-001562-0641-LA. Promovido por Ángela Quesada Carvajal, cédula de identidad Nº 3-214-040.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 13 de noviembre del año 2019.—Licda. Gabriela Pizarro Corea, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019412956 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En este despacho, con una base de treinta y cinco mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Cond. Ref. 1971-017-001 citas 0285-00008884-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número 10659-B-000, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Limón, cantón 01 Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Rebeca Spencer Spencer; al sur, Rudolf Germwischer Lloyd; al este, para calle con 10 m. y al oeste, Beltrán Wright Wright. Mide: trescientos veinte metros con cero decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciséis de enero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del veintisiete de enero de dos mil veinte, con la base de veintiséis mil doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del cuatro de febrero de dos mil veinte, con la base de ocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Canafin S.A. contra Jenniffer Sue Pinnock Wright. Expediente N° 19-011484-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 16 de octubre del año 2019.—Licda. Joyce Magaly Ugalde Huezo, Jueza Decisora.—( IN2019413191 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número ciento setenta y ocho mil seiscientos cincuenta y tres, derecho 000, la cual es terreno terreno de Tocotal. Situada en el distrito: 05-Concepción, cantón-La Unión de la provincia de Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte Sociedad André Limitada; al sur Vera Julieta Sanabria Rojas y Ligia María Sanabria Rojas; al este, calle publica y Ligia María Sanabria y al oeste Hermanos Sanabria Rojas. Mide: doscientos noventa y un metros con noventa y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del veinticuatro de enero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del tres de febrero de dos mil veinte, con la base de treinta mil dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del once de febrero de dos mil veinte, con la base de diez mil dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Brumas del Pacifico S.A. contra Sanavilla Sociedad Anónima. Expediente Nº 19-000922-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 12 de noviembre del año 2019.—Lic. Gerardo Monge Blanco, Juez Decisor.—( IN2019413278 ).

En este Despacho, con una base de quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos treinta y nueve mil quinientos ocho, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir y callejón de acceso. Situada en el distrito 2- Laguna, cantón 11-Zarcero, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de 4 metros lineales y en parte María Elena Fernández Varela; al sur, José Luis Méndez Camacho; al este, José Luis Méndez Camacho y al oeste, María Elena Fernández Varela. Mide: doscientos sesenta y cinco metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Plano: A-1249701-2007. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinte de enero del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del veintiocho de enero del año dos mil veinte con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del cinco de febrero del año dos mil veinte con la base de ciento veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Gladys Chaves Rojas contra Jairo Alberto Méndez Fernández, expediente N° 19-003005-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 11 de noviembre del año 2019.—Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2019413299 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete millones novecientos sesenta y ocho mil colones exactos (la base a remate de hipoteca de primer grado (¢13,500000) más el bono de vivienda (¢4,468000), libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número doscientos treinta y nueve mil trescientos setenta y siete, derecho cero cero cero, la cual es naturaleza: terreno para construir. Situada: en el distrito 5-Llanos de Santa Lucía, cantón 2-Paraíso, de la provincia de Cartago. Finca ubicada en zona catastrada. Colinda: al norte, Alfonso Brenes Barquero, Paula, Tatiana y Alfonso Brenes; al sur, Alfonso Brenes Barquero, Paula, Tatiana y Alfonso Brenes; al este, servidumbre de paso, y al oeste, Sandra Brenes Gómez. Mide: ciento cincuenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos del trece de enero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del veintiuno de enero del dos mil veinte, con la base de trece millones cuatrocientos setenta y seis mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintinueve de enero del dos mil veinte, con la base de cuatro millones cuatrocientos noventa y dos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Jeison Mata Madriz. Expediente Nº 18-017932-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 20 de agosto del 2019.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Decisora.—( IN2019413330 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando, servidumbres de paso y 1 servidumbre de acueductos con las citas 0482-00006480-01-0001-001, 0482-00006480-01-0003- 001, 04860001207101-0004-001, 0576-00034926-01-0001-001, 2013-00148976-01- 0005001, 2013-048986-01-0002 001, 2013-00150483-01-0002-001, 2013- 00150489- 01-0002-001, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 511877, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 04 Aguas Zarcas, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Maderas Hermanos Brenes S. A.; al sur, Maderas Hermanos Brenes S. A.; al este, Agrícola San Antonio de San Carlos S. A. y al oeste, servidumbre de paso con 10.23 metros. Mide: doscientos metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del trece de abril de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veintiuno de abril de dos mil veinte con la base de cuatro millones doscientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de abril de dos mil veinte con la base de un millón cuatrocientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Gloria Marbely Jarquín Roblero, expediente N° 16-005647-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 01 de noviembre del año 2019.—Gerardo Monge Blanco, Juez Decisor.—( IN2019413332 ).

En este despacho, con una base de catorce mil setecientos setenta y nueve dólares con ochenta y dos centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones, sumaria 17-010046-0489-TR; sáquese a remate el vehículo Placa: BLN211, Marca: BYD, Estilo: F3 GS I DCT, categoría: automóvil, año: 2017, color: plateado, VIN: LGXCG6DF0H0000086, N° Motor: BYD473QE216018260, cilindrada: 1500 c.c. combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas y quince minutos del dieciséis de enero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y quince minutos del veinticuatro de enero de dos mil veinte, con la base de once mil ochenta y cuatro dólares con ochenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y quince minutos del tres de febrero de dos mil veinte, con la base de tres mil seiscientos noventa y cuatro dólares con noventa y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carro Fácil de Costa Rica S.A. contra Luis Roberto Muñoz Cerdas, Stephanie María Muñoz Gómez. Expediente N° 18-009454-1764-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 27 de junio del año 2019.—Licda. Yesenia Solano Molina, Jueza Decisora.—( IN2019413342 ).

En este Despacho, con una base de trece mil seiscientos setenta y seis dólares con ochenta centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: 687199, marca: Mitsubishi, estilo: Montero SP, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2007, color: beige, vin: JMY0NK9707J001048, motor: 4M40HG9832, cilindrada: 2835 CC, combustible: diesel. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del diecisiete de enero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas y cero minutos del veintisiete de enero del dos mil veinte, con la base de diez mil doscientos cincuenta y siete dólares con sesenta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del cuatro de febrero del dos mil veinte, con la base de tres mil cuatrocientos diecinueve dólares con veinte centavos (25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carrofacil de Costa Rica S. A. contra Gabriela de los Ángeles Sánchez Rodríguez, María Elena Rodríguez Mattey. Expediente Nº 18-003868-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 11 de setiembre del 2019.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza Tramitadora.—( IN2019413343 ).

En este Despacho, con una base de seis millones doscientos nueve mil trescientos cincuenta y dos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 480141-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 5-Palmira, cantón 11-Zarcero, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de 18.01 metros; al sur, Alexander Vargas Rodríguez; al este, Alexander Vargas Rodríguez y al oeste, Eliomar Vargas Rodríguez. Mide: Quinientos setenta y cuatro metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y treinta minutos del veinte de enero del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y treinta minutos del veintiocho de enero del año dos mil veinte con la base de cuatro millones seiscientos cincuenta y siete mil catorce colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y treinta minutos del cinco de febrero del año dos mil veinte con la base de un millón quinientos cincuenta y dos mil trescientos treinta y ocho colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Juan José Esquivel Huertas contra Alexander Gerardo Vargas Rodríguez, Rolando Javier Esquivel Duran. Expediente N° 17-002805-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 08 de noviembre del año 2019.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Tramitadora.—( IN2019413351 ).

En este Despacho, con una base de ochenta y nueve millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de AyA citas: 2014-277992-01-0001-001 servidumbre de paso citas: 2014-277992-01-0016-001 servidumbre de aguas pluviales citas: 2014-277992-01-0019-001 servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2014-277992-01-0022-001 servidumbre de paso citas: 2014-277992-01-0025-001 servidumbre de paso citas: 2014-277992-01-0028-001 servidumbre de acueducto y de paso de AyA citas: 2014-277992-01-0030-001 servidumbre de aguas pluviales citas: 2014-277992-01-0032-001 servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2014-277992-01-0034-00; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 524946-000, la cual es terreno de café. Situada: en el distrito 5-Tacares, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre agrícola con un frente a ella de 60 m con 73 cm en medio Wilber Quesada Ugalde; al sur, servidumbre de paso con un frente a ella de 32 m con 77 cm en medio Édgar Lesmes, José Rafael, Wilber, William, Alicia María, Roberto, Luis Ángel y Rafael Antonio todos Quesada Ulate; al este, Luis Ángel Quesada Ulate, y al oeste, José Rafael Quesada Ugalde. Mide: tres mil metros cuadrados. Plano: A-1766691-2014 identificador predial: 203050524946. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del ocho de enero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del diecisiete de enero del dos mil veinte, con la base de sesenta y seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta y uno de enero del dos mil veinte, con la base de veintidós millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Magali Andrea Alemán Villalobos. Expediente Nº 18-007437-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 17 de octubre del 2019.—Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2019413361 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condic y reserv ref 2997 207 001 al tomo 369, asiento 12006-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 128846-000, la cual es terreno de cultivo con una casa. Situada en el distrito: 01-Parrita, cantón: 09- Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Mayra González Aguilar; al sur, Graciela Agüero Mesén; al este, Graciela Agüero Mesén y al oeste, calle pública. Mide: mil doscientos sesenta y seis metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del cinco de febrero del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del trece de febrero del año dos mil veinte, con la base de seis millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintiuno de febrero del año dos mil veinte, con la base de dos millones ciento veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Juan Francisco Quirós González, expediente N° 16-038320-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 13 de noviembre del año 2019.—Licda. Maureen Cecilia Vargas Solano, Jueza Tramitadora.—( IN2019413362 ).

En este despacho, con una base de once millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos bajo las citas 433-08824-01-0259-001; sáquese a remate la finca del partido de, matrícula número 499598, derecho 000, la cual es terreno con tres apartamentos y un local comercial. Situada en el distrito 6, Pital cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 11 metros; sur, Carlos Luis Gamboa Ruiz; este, Johann Leiva Gamboa; oeste, Carlos Luis Gamboa Ruiz. Mide: doscientos veinte metros cuadrados. Plano: A-1570199-2012. Para tal efecto, se señalan las quince horas y treinta minutos del dieciséis de enero del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta minutos del veinticuatro de enero del año dos mil veinte con la base de ocho millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y treinta minutos del tres de febrero del año dos mil veinte con la base de dos millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Alexis Antonio García Santana, Johanna María Leiva Gamboa. Expediente N° 17-005010-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 14 de noviembre del año 2019.—Licda. Viviana Salas Hernández, Jueza Decisora.—( IN2019413366 ).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas Ley Aguas (citas: 303-01215-01-0002-001), reservas Ley Caminos (citas: 303-01215-01-0003-001), reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos (citas: 435-17147-01-0086-001); a las dieciséis horas quince minutos del veinticuatro de febrero del año dos mil veinte, y con la base de un millón quinientos sesenta y un mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula 501082-000. Terreno para construir. Situada en el distrito: 06-Río Cuarto, cantón: 03-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, José Gerardo Vargas Fernández; al sur, José Joaquín Zamora Valverde; al este, calle pública con un frente de 15 metros lineales y al oeste, José Gerardo Vargas Fernández. Mide: trescientos cincuenta y seis metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas quince minutos del tres de marzo del año dos mil veinte, con la base de un millón ciento setenta mil setecientos cincuenta colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas quince minutos del once de marzo del año dos mil veinte, con la base de trescientos noventa mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Roberto Rojas Alfaro contra José Gerardo Vargas Fernández. Expediente N° 17-001529-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de octubre del año 2019.—Lic. Melquisedec Rodríguez Ramírez, Jueza Tramitadora.—( IN2019413376 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones de colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones 17-002372-0497-TR; sáquese a remate el vehículo BBV574, marca: Mitsubishi, estilo: Montero Spor, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 1999, color: verde, cilindrada: 3000 c.c, VIN: JA4LS31H2XP035731, combustible: Gasolina, número de motor: 6G72HS7532. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de enero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de enero de dos mil veinte con la base de tres millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del tres de febrero de dos mil veinte con la base de un millón de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Víctor Alonso Chaves Arias contra Rafael Víctor Enrique Hernández Hernández Expediente Nº 19-007610-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 17 de junio del año 2019.—Lic. Verny Arias Vega, Juez Tramitador.—( IN2019413399 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete millones cuatrocientos doce mil quinientos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BNX522, marca Hyundai, estilo Accent GLS, chasís KMHCM41AP8U252962, capacidad 5 personas, color plateado, año 2008, cilindrada 1500 cc, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas y quince minutos del veintiocho de enero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y quince minutos del cinco de febrero de dos mil veinte con la base de trece millones cincuenta y nueve mil trescientos setenta y cinco colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y quince minutos del trece de febrero de dos mil veinte con la base de cuatro millones trescientos cincuenta y tres mil ciento veinticinco colones exactos (25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de JM Bonilla Sucesores S. A. contra Alexis Jiménez Azofeifa. Expediente Nº 18-015766-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 4 de julio del 2019.—Licda. Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2019413400 ).

En la puerta exterior de este Despacho, con una base de nueve millones ochocientos cincuenta y cinco mil doscientos cuarenta y ocho colones con treinta y dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número doscientos ochenta y seis mil trescientos setenta y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno de agricultura con 1 galerón porqueriza. Situada: en el distrito: 02-Mercedes Sur, cantón: 04-Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Olivier Garro; al sur, Herbert Campos Jiménez; al este, quebrada en medio Luis Mora y otro, y al oeste, calle de servidumbre y otros. Mide: seis mil novecientos setenta y un metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del cinco de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas y cero minutos del trece de febrero del dos mil veinte, con la base de siete millones trescientos noventa y un mil cuatrocientos treinta y seis colones con veinticuatro céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiuno de febrero del dos mil veinte, con la base de dos millones cuatrocientos sesenta y tres mil ochocientos doce colones con ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra María Eugenia Conejo Méndez. Expediente Nº 19-006917-1763-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 13 de noviembre del 2019.—Licda. Jacqueline María Peraza Fallas, Jueza Tramitadora.—( IN2019413403 ).

En este Despacho, con una base de nueve millones doscientos cuarenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número doscientos cuarenta y dos mil veintinueve, derecho 000, la cual es terreno lote uno-terreno para construir. Situada en el distrito: 03-Tobosi, cantón: 08-El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Miguel Monestel Picado, Mario Valderrramos Brenes, Pedro Martínez Picado y Didier Martínez Picado en parte; al sur, Humberto Martínez Picado y en parte servidumbre agrícola; al este, Didier Vidal Martínez Picado y calle pública y al oeste, Didier Martínez Picado. Mide: doscientos treinta metros cuadrados. Plano: C-1629510-2013. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del trece de enero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veintiuno de enero de dos mil veinte, con la base de seis millones novecientos treinta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintinueve de enero de dos mil veinte, con la base de dos millones trescientos diez mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Sociedad de Seguros de Vida del Magisterio Nacional contra Maikol Tiffer Ortega, expediente N° 17-013165-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 28 de noviembre del año 2019.—M.Sc. Nidia Durán Oviedo, Jueza Decisora.—( IN2019413433 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones seiscientos ochenta y siete mil seiscientos diecisiete colones con veintiún céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: TSJ 003896. Marca: Faw. Estilo: Oley. Categoría: automóvil. Capacidad: 5 personas. Serie: LFP83ACC9G1K01079. Carrocería: Sedan 4 puertas. Tracción: 4x2. Número chasis: LFP83ACC9G1K01079. Uso: taxi. color: rojo. Vin: LFP83ACC9G1K01079. N° Motor: CA4GA5ME103219. Modelo: Oley. Cilindrada: 1500 c.c. cilindros: 4. combustible: GLP y gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del diez de enero del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del veinte de enero del año dos mil veinte con la base de tres millones quinientos quince mil setecientos doce colones con noventa y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintiocho de enero del año dos mil veinte, con la base de un millón ciento setenta y un mil novecientos cuatro colones con treinta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Víctor Alfonso Solano Quirós. Expediente Nº 19-002704-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 30 de octubre del 2019.—Licda. Elia Corina Marchena Fennell, Jueza.—( IN2019413471 ).

En este despacho, con una base de diecinueve millones novecientos dos mil seiscientos nueve colones con veintiocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de aguas pluviales citas: 430-19498-01-0001-001, servidumbre de cloaca citas: 430-19498- 01-0003-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 19360-F-000, la cual es terreno filial número sesenta y siete B planta alta, destinada a uso habitacional, en proceso de construcciones. Situada en el distrito 7-Uruca, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, filial 68 B; al sur, filial 66 B; al este, vació y al oeste, filial 64 B. Mide: cuarenta y tres metros con ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos del treinta y uno de enero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del diez de febrero de dos mil veinte con la base de catorce millones novecientos veintiséis mil novecientos cincuenta y seis colones con noventa y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del dieciocho de febrero de dos mil veinte con la base de cuatro millones novecientos setenta y cinco mil seiscientos cincuenta y dos colones con treinta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de ASADEM contra Brigitte Carolina Mora Mercado, Steven Antonio Camacho Álvarez. Expediente N° 19-011276-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 23 de setiembre del año 2019.—Licda. Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza Decisora.—( IN2019413535 ).

En este Despacho, con una base de veinticuatro millones ochocientos sesenta y tres mil novecientos trece colones con treinta y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número cuarenta y un mil cuatrocientos cinco, derecho 000, la cual es terreno de agricultura con una casa de habitación. Situada: en el distrito 4-San Nicolás, cantón 1-Cartago de la provincia de Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, río Arriaz; al sur, calle con frente de 53.11 metros; al este, Adán Artavia Calderón, y al oeste, Rafael Obando Calderón. Mide: siete mil novecientos cuarenta y ocho metros con veinticuatro decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de enero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y treinta minutos del tres de febrero del dos mil veinte, con la base de dieciocho millones seiscientos cuarenta y siete mil novecientos treinta y cinco colones con dos céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del once de febrero del dos mil veinte, con la base de seis millones doscientos quince mil novecientos setenta y ocho colones con treinta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Manuel Álvarez Delgado, San Juanillo Sociedad Anónima. Expediente Nº 19-000784-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 12 de noviembre del 2019.—Lic. Gerardo Monge Blanco, Juez Decisor.—( IN2019413615 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y tres millones ochenta y un mil quinientos ochenta y ocho colones con veintitrés céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número treinta y cuatro mil seiscientos sesenta-F derecho cero cero cero, la cual es terreno finca filial noventa y ocho terreno para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 9-Alfaro, cantón 2-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Santiago Pineda Monge; al sur, finca filial primaria individualizada número noventa y siete; al este, Claudio Ávila Rojas, y al oeste, acceso siete. Mide: ochocientos treinta y un metros con sesenta y tres decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del veintiuno de enero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas y cero minutos del veintinueve de enero del dos mil veinte, con la base de treinta y nueve millones ochocientos once mil ciento noventa y un colones con diecisiete céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas y cero minutos del seis de febrero del dos mil veinte, con la base de trece millones doscientos setenta mil trescientos noventa y siete colones con seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra María Isabel Carvajal Benavides. Expediente Nº 19-000975-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 19 de noviembre del 2019.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza.—( IN2019413621 ).

En este Despacho, 1) Con una base de diez millones novecientos setenta y cinco mil veinticinco colones con ochenta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 168626-000, la cual es terreno de pastos. Situada: en el distrito: 01-Parrita, cantón: 09-Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Little Finca S R L; al sur, Little Finca SRL; al este, servidumbre agrícola, y al oeste, Peter Von Moss. Mide: cinco mil ciento noventa y cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del cinco de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cero minutos del doce de febrero del dos mil veinte, con la base de ocho millones doscientos treinta y un mil doscientos sesenta y nueve colones con cuarenta y un céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos del veinte de febrero del dos mil veinte, con la base de dos millones setecientos cuarenta y tres mil setecientos cincuenta y seis colones con cuarenta y siete céntimos veinte mil seiscientos ochenta y cuatro colones con dieciséis céntimos (25% de la base original). 2) Con una base de diez millones ochocientos veinte mil seiscientos ochenta y cuatro colones con dieciséis céntimos libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 168634-000, la cual es terreno de pastos. Situada: en el distrito: 01-Parrita, cantón: 09-Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Peter Von Moss; al sur, Little Finca SRL; al este, Little Finca SRL, y servidumbre agrícola, y al oeste, Peter Von Moss. Mide: cinco mil ciento cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del cinco de febrero dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cero minutos del doce de febrero del dos mil veinte, con la base de ocho millones ciento quince mil quinientos trece colones con doce céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas y cero minutos del veinte de febrero del dos mil veinte, con la base de dos millones setecientos cinco mil ciento setenta y un colones con cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Max Yohan Badilla Gómez. Expediente Nº 18-002961-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 18 de noviembre del 2019.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2019413631 ).

En este Despacho, con una base de veintiún millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Condiciones Ref.: 2336-219-002 bajo citas: 319-15958-01-0902-011 y Reservas y Restricciones bajo las citas: 319-15958-01-0903-002; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número 88799-000, la cual es de naturaleza terreno para construir con una casa, lote 20. Situada: en el distrito: 05-Cariari, cantón: 02-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, lote 19; sur, lote 21; este, calle pública con un frente de 10.00 metros, y al oeste, lote 17. Mide: doscientos veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta y uno de enero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas y cero minutos del diez de febrero del dos mil veinte, con la base de quince millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciocho de febrero del dos mil veinte, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Fabricio Ramón Mora Nova. Expediente Nº 17-003609-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 24 de octubre del 2019.—Licda. Giannina Lacayo Quirós, Jueza Tramitadora.—( IN2019413632 ).

En este Despacho, con una base de once millones seiscientos cuarenta y un mil setecientos setenta y ocho colones con sesenta céntimos (¢11.641.778,60), libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada anotada al tomo 297, asiento 16443 secuencia 001; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula número 580227, derecho 000, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito: 01-Santiago, cantón: 04-Puriscal de la provincia de San José. Colinda: al norte: con María Cecilia Cervantes Campos y lote segregado aquí; al sur: con quebrada en medio de María Sánchez Fernández; al este: con servidumbre en medio de Alonso Jiménez Díaz; y al oeste: con Antonio Esteban Jiménez Díaz. Mide: mil trescientos metros con catorce decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del catorce de enero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del veintidós de enero del dos mil veinte, con la base de ocho millones setecientos treinta y un mil trescientos treinta y tres colones con noventa y cinco céntimos (¢8.731.333,95) (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta de enero del dos mil veinte, con la base de dos millones novecientos diez mil cuatrocientos cuarenta y cuatro colones con sesenta y cinco céntimos (¢2.910.444,65) (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso incidente de cobro de Alquileres Insolutos de Inmobiliaria Trigo Dorado S.A. contra María Ester Jiménez Díaz. Expediente: 18-000029-0237-CI.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 12 de noviembre del 2019.—Lic. Freddy Ureña Díaz, Juez.—( IN2019413635 ).

En este Despacho, con una base de veintiún millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando faja de terreno ref.: 00008909 000, citas: 365-06892-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número noventa y un mil ciento cuarenta y uno, derecho 000, la cual es terreno para construir lote 19. Situada: en el distrito: 01-Guácimo, cantón: 06-Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Marcos Sequeira Vargas; al sur, calle pública con 8,50 metros de frente; al este, Marcos Sequeira Vargas, y al oeste, lote 20. Mide: ciento ochenta y dos metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos del siete de enero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del quince de enero del dos mil veinte, con la base de quince millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de enero del dos mil veinte, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Álvaro Gerardo Umaña Anchía, Jehimy Eugenia Brenes Cortés. Expediente Nº 19-002398-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 21 de octubre del 2019.—Licda. Hellen Gutiérrez Desanti, Jueza Decisora.—( IN2019413636 ).

En este Despacho, con una base de trece millones doscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas Ley Aguas citas: 258-06894-01-0004-001, reservas Ley Caminos citas: 258-06894-01-0005-001 y servidumbre de paso citas: 2017-257758-01-0001-001, prohibiciones artículo 16 Ley N° 7599 citas: 468-03588-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 179295-000, la cual es terreno de potrero. Situada: en el distrito: 01-Buenos Aires, cantón: 03-Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Danilo Alfonso Fernández Castillo, Hermógenes Herrera Rodríguez y Jesús Espinoza todos en parte; al sur, María de los Ángeles Villanueva Moreira, calle pública con un frente a ella de 6 metros de ancho, Alexis Leitón Obando y Sergio y Elran Mora Mata, todos en parte; al este, Hermógenes Herrera Rodríguez, y al oeste, Agro Inversiones Herrevi S.A. Mide: mil novecientos sesenta y seis metros cuadrados, según plano catastrado número P1407760-2010. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y cero minutos del veintisiete de febrero del dos mil veinte, con la base de nueve millones novecientos mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del seis de marzo del dos mil veinte, con la base de tres millones trescientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Eligio Martín Jiménez Arauz. Expediente Nº 19-005392-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 19 de noviembre del 2019.—Licda. Carlos Contreras Reyes, Juez Decisor.—( IN2019413637 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de cincuenta mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, anotada bajo las citas 336-01078-01-0907-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número trescientos diez mil treinta, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 6D. Situada en el distrito 6- San Francisco de Dos Ríos, cantón 1 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 5 D; al sur, lote 7 D; al este, calle pública con ocho metros de frente y al oeste, lote 38 D. Mide: ciento cincuenta y dos metros con setenta y ocho decímetros cuadrados, plano SJ-0488928-1982. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del catorce de enero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del veintidós de enero de dos mil veinte con la base de treinta y siete mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del treinta de enero de dos mil veinte con la base de doce mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Julián Esteban Steele Anglin. Expediente Nº 18-001849-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 4 de noviembre del 2019.—Lic. Diego Steven Duran Mora, Juez Decisor.—( IN2019413638 ).

En este Despacho, con una base de diecinueve millones setecientos veintiún mil colones exactos, soportando condiciones citas: 388-02611-01-0931-001, servidumbre de paso citas: 418-04924-01-0001-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 418-04924-01-0002-001, servidumbre de acueducto y de paso de AyA citas: 418-04924-01-0003-001, sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 87249-F-, derecho 000, la cual es terreno naturaleza: finca filial primaria individualizada número tres apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-La Cruz, cantón 10-La Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, finca filial primaria individualizada número cuatro; al sur, finca filial primaria individualizada número dos; al este, calle de acceso, y al oeste, Delfín Mendoza Mendoza. Mide: novecientos ochenta y seis metros con cinco decímetros cuadrados. Valor porcentual: 8.33333. Valor medida: 0.0804. Plano: no se indica. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinte de enero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de enero del dos mil veinte, con la base de catorce millones setecientos noventa mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del cinco de febrero del dos mil veinte, con la base de cuatro millones novecientos treinta mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho dentro del tercer día, para su inmediata corrección. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Horizontal Residencial Malinche Con Doce Fincas Filiales Primarias Individualizadas contra QDR Filial Sesenta y Nueve Zafiro S. A. Expediente Nº 16-005983-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 08 de noviembre del 2019.—Licda. Mariela Porras Retana, Jueza Decisora.—( IN2019413668 ).

En este Despacho, con una base de diez millones cuarenta y seis mil seiscientos sesenta y seis colones con sesenta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 308-06882-01-0901-001, servidumbre de paso bajo las citas: 2010-348632-01-0002-001, bajo las citas: 2010-356114-01-0006-001, bajo las citas: 2011-113786-01-0009-001 y bajo las citas: 2011-182834-01- 0006-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 519316-000, la cual es terreno para construir.- Situada en el distrito 4- Aguas Zarcas, cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Argo de Venecia Sociedad Anónima, sur, Hazel Campos Rodríguez, este, Hazel Campos Rodríguez, oeste, servidumbre de paso. Mide: ciento treinta y seis metros cuadrados, plano: A-1694985-2013. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos del seis de enero del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de enero del año dos mil veinte con la base de siete millones quinientos treinta y cuatro mil novecientos noventa y nueve colones con noventa y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del tres de febrero del año dos mil veinte con la base de dos millones quinientos once mil seiscientos sesenta y seis colones con sesenta y seis céntimos (25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jaime Vinicio Araya Sáenz contra Casa Fácil Veinticuatro Veintiséis Limitada. Expediente Nº 19-002890-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 13 de noviembre del 2019.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza Decisora.—( IN2019413695 ).

En la puerta exterior de este Despacho, al ser las siete horas y treinta minutos del diecisiete de abril del dos mil veinte libre de gravámenes y anotaciones; con una base de dos millones setecientos diecisiete mil setecientos ochenta y un colones con noventa y seis céntimos, sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 141174 derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el Distrito 2-La Cuesta, cantón 10-Corredores, de la provincia de Puntarenas. Linderos: al norte, Rafael Ángel Porras Rodríguez; al sur, Alberto Espinoza Peña; al este, calle pública con un frente de 26.34 metros; y al oeste, Alberto Espinoza Peña. Mide: setecientos ochenta y tres metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Plano: P-0986224-2005. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas y treinta minutos del veintisiete de abril del dos mil veinte con la base de dos millones treinta y ocho mil trescientos treinta y seis colones con cuarenta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas y treinta minutos del seis de mayo del dos mil veinte con la base de seiscientos setenta y nueve mil cuatrocientos cuarenta y cinco colones con cuarenta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Hermes Jesús Porras Jiménez. Expediente N° 18-001373-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 11 de noviembre del 2019.—Lic. David Orellana Guevara, Juez.—( IN2019413733 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones de colones, libre de gravámenes y anotaciones hipotecarias; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula número quinientos cuarenta y ocho mil trescientos noventa y cuatro, derecho triple cero, la cual es terreno de frutales y pasto con una casa. Situada en el distrito San Antonio, cantón Puriscal de la provincia de San José. Colinda: al sur, calle pública con un frente de 12,72 metros, al este, Porfirio Murillo Murillo, Ana Isabel Gamboa Fernández, Cecilia Murillo Solís y Pablo Rojas Agüero Córdoba, al noreste, Porfirio Murillo Murillo; y al noroeste, Cristina Murillo Murillo. Mide: dos mil setenta y cinco metros con diez decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y quince minutos del treinta y uno de enero de dos mil veinte. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las once horas y quince minutos del diez de febrero de dos mil veinte, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y quince minutos del dieciocho de febrero de dos mil veinte, con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ana Patricia Niño Villamizar contra Jennifer Mayela Guerrero Serrano. Expediente: 19-011094-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de setiembre del 2019.—Licda. Heilim Badilla Alvarado, Jueza Decisora.—( IN2019413736 ).

En la puerta exterior de este Despacho, con una base de veinticuatro millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando citas: 376-17135-01-0881-001, citas: 800-429068-01-0001-001, sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número sesenta y tres mil cuatrocientos noventa y uno, derecho cero cero cero, la cual es terreno de agricultura lote 31. Situada en el distrito 3-Sierpe, cantón 5-Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, parcela 30 y Myrna Díaz Briceño; al sur, calle pública y Myrna Diaz Briceño; al este, calle pública y Myrna Díaz Briceño y al oeste, parcela 29. Mide: ciento dos mil ochocientos sesenta y siete metros con sesenta decímetros cuadrados. Plano: P-0592104-1985. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del siete de febrero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del diecisiete de febrero de dos mil veinte con la base de dieciocho millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de febrero de dos mil veinte con la base de seis millones ciento veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco De Costa Rica contra Stanley Martín Quirós Díaz. Expediente Nº 19-001475-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 17 de setiembre del 2019.—Lic. Rigoberto Alfaro Zúñiga, Juez.—( IN2019413761 ).

En este Despacho, con una base de seis millones seiscientos cuarenta y cinco mil ochocientos seis colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 144083-001, la cual es terreno LOTE 673-B, terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 8-Barranca, cantón 1-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al noreste: calle pública con un frente a ella de 7.39 metros; al suroeste: Lidieth Obregón Obregón; al este: María Cristina Jiménez Barboza y al oeste: Elena Luisa Leal Rosales. Mide: ciento cuarenta y nueve metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del veinte de enero del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veintiocho de enero del año dos mil veinte con la base de cuatro millones novecientos ochenta y cuatro mil trescientos cincuenta y cuatro colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del cinco de febrero del año dos mil veinte con la base de un millón seiscientos sesenta y un mil cuatrocientos cincuenta y un colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso sumario de cobro de obligación dineraria no monitoria de Banco Nacional de Costa Rica contra Denis Rosales. Cernas, Gilberto Lefebre Alvarado. Expediente Nº:95-003479-0226-CA.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 11 de noviembre del año 2019.—Hellen Viviana Segura Godínez, Jueza Tramitadora.—( IN2019413778 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y siete millones cien mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones judiciales, pero soportando servidumbre trasladada citas: 314-04457-01-0901-001; sáquese a remate la finca del Partido de Cartago, matrícula número sesenta y cuatro mil doscientos tres, derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 7-Corralillo, cantón 1-Cartago de la provincia de Cartago de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Beneficiadora Santa Elena S. A. con quebrada en medio; al sur, calle pública con 56.56 mts., Virgilio Castro Núñez y Vera Padilla Venegas; al este, Beneficiadora Santa Elena S. A. y quebrada en medio; y al oeste, Marco Alberto Padilla Cascante. Mide: tres mil cuatrocientos veintidós metros con sesenta decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del catorce de enero de dos mil veinte. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del veintidós de enero de dos mil veinte, con la base de treinta y cinco millones trescientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del treinta de enero de dos mil veinte, con la base de once millones setecientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Ronald Enrique De Jesús Castro Padilla. Expediente: 18-010051-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 21 de agosto del 2019.—Lic. Gerardo Monge Blanco, Juez Decisor.—( IN2019413783 ).

En este Despacho, con una base de un millón cuatrocientos ochenta y cinco mil quinientos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones, sáquese a remate el vehículo MOT 430446, Marca Bajaj. Estilo Pulsar 180 DTS-I. Categoría motocicleta. Capacidad 2 personas. Año 2015. Color negro. Vin MD2A12DZ7FCA00104. Cilindrada 180 cc. Combustible gasolina. Motor Nº DJZCEA01839. Para tal efecto se señalan las once horas y quince minutos del quince de enero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y quince minutos del veintitrés de enero de dos mil veinte con la base de un millón ciento catorce mil ciento veinticinco colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y quince minutos del tres de febrero de dos mil veinte con la base de trescientos setenta y un mil trescientos setenta y cinco colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de E Credit Soluciones S. A. contra Warren Francisco Madrigal Madrigal. Expediente 18-004939-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 17 de octubre del año 2019.—Lic. Roberto Carlos Hurtado Villalobos, Juez Decisor.—( IN2019413805 ).

En este Despacho, con una base de veinte millones trescientos ochenta y seis mil setecientos setenta y nueve colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones judiciales, pero soportando hipoteca de primer grado según citas 2012-00285131-01-0004-001; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula número 168473-000, la cual terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 05-Zapote, cantón 01-San José de la provincia de San José. Colinda: al norte, Aníbal Solano Calvo con 27.99; sur, Filiberto Madrigal Blanco con 27.09, mts.; este, calle pública con 9.13 mts, oeste, Marco Aurelio Gutiérrez con 8.85 mts. Mide: doscientos cuarenta y tres metros con once decímetros cuadrados. Plano: SJ-0001621-1963. Para tal efecto se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del trece de enero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de enero de dos mil veinte, con la base de quince millones doscientos noventa mil ochenta y cuatro colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de enero de dos mil veinte, con la base de cinco millones noventa y seis mil seiscientos noventa y cuatro colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de Florida Ice and Farm Campany S. A. y Afines contra Gonzalo Amed Santana Santana. Expediente: 19-002075-1200-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 13 de junio del 2019.—Lic. Verny Arias Vega, Juez Tramitador.—( IN2019413806 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y tres millones doscientos ochenta y dos mil setecientos cincuenta y cuatro colones con diecinueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 177488-000, la cual es terreno para construir, lote E-17. Situada: en el distrito 5-Aguacaliente (San Francisco), cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Finca se encuentra ubicada en zona catastrada. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Hermógenes Araya Villavicencio y Walter Araya Mena; al este, lote E 16, y al oeste, lote E 18. Mide: ciento treinta y seis metros con quince decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del quince de abril del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y cero minutos del veintitrés de abril del dos mil veinte, con la base de treinta y dos millones cuatrocientos sesenta y dos mil sesenta y cinco colones con sesenta y cuatro céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del cuatro de mayo del dos mil veinte, con la base de diez millones ochocientos veinte mil seiscientos ochenta y ocho colones con cincuenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Roger Emilio de Jesús Zúñiga Richmond, Johan Alonso Zúñiga Richmond. Expediente Nº 18-008827-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 14 de noviembre del 2019.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Decisora.—( IN2019413808 ).

En este Despacho, con una base de ochenta y nueve mil novecientos dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada (citas: 354-05209-01-0904-001), servidumbre trasladada (citas: 354-05209-01-0906-001), servidumbre trasladada (citas: 354-05609-01-0902- 001), servidumbre de aguas pluviales (citas: 2014-59458-01-0153-001), servidumbre de aguas pluviales (citas: 2014-59458-01-0153-001), servidumbre de cloaca (citas: 2014-59458-01-1061-001), servidumbre de cloaca (citas: 2014-59458-01-1061-001); sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 128127-F-, derecho 001 y 002, la cual es terreno naturaleza: finca filial primaria individualizada FF 100 apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 4-San Antonio, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Juegos Infantiles ACL; al sur FF 99; al este Juegos Infantiles ACL y al oeste acera que da con calle pochote área común libre. Mide: doscientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintitrés de marzo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del treinta y uno de marzo de dos mil veinte con la base de sesenta y siete mil cuatrocientos veinticinco dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del quince de abril de dos mil veinte con la base de veintidós mil cuatrocientos setenta y cinco dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Andrea Pamela Oliva Monge, Freyman Leonardo Picado Núñez. Expediente Nº 19-014434-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de noviembre del año 2019.—Licda. Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2019413837 ).

En este despacho, a las ocho horas cero minutos del quince de enero de dos mil veinte; sáquese a remate; 1-) Elevador hidráulico, marca Ever-Enternal, hecho en china de dos columnas, capacidad 4000 kgs, altura 4 mts., con motor hidráulico CE 3 HP, 2850 RPM, 220 voltios, 16 AMP, tipo yc79-9-2a, con su respectiva caja de control, en buen estado de uso y funcionamiento, en la suma de ochocientos mil colones exactos. 2-) maquina desarmadora de llantas, semiautomática, marca ce modelo sb10210, serie 8110422075, 110 voltios, peso 230 kgr, en la suma de seiscientos mil colones exactos. 3-) Maquina balanceadora de llantas, marca Launch, hecha en china, modelo KWB402, serie 852110399002, peso 65 kg, motor Power 210 W, 110 voltios, en la suma de un millón de colones exactos. 4-) Engrasadora neumática, marca Gonher, hecho en México, color roja número 109091, serie l55780814, peso 54.50 kg, presión máxima 115 PSI, capacidad 30 kg, con sus respectivos accesorios la suma de trescientos mil colones exactos. 5-) Para el receptor de aceite marca Samoa, CE, hecha en España, serie 07D9721, presión 12 psi, capacidad para 17 galones, color blanco, con sus respectivos accesorios, en la suma de doscientos cincuenta mil colones exactos. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del veintitrés de enero de dos mil veinte, 1-) Para el elevador hidráulico con la base de seiscientos mil colones exactos (rebajada en un 25%). 2-) Para la maquina desarmadora de llantas con la base de cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un 25%). 3-) Para la maquina balanceadora de llantas con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un 25%). 4-) Para la engrasadora neumática con la base de doscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un 25%). 5-) Para el receptor de aceite con la base de ciento ochenta y siete mil quinientos colones (rebajada en un 25%). Y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del treinta y uno de enero de dos mil veinte 1-) Para el elevador hidráulico con la base de doscientos mil colones exactos (un 25% de la base original). 2-) Para la maquina desarmadora de llantas con la base de ciento cincuenta mil colones exactos (un 25% de la base original). 3-) Para la maquina balanceadora de llantas con la base de doscientos cincuenta mil colones exactos (un 25% de la base original). 4-) Para la engrasadora neumática con la base de setenta y cinco mil colones exactos (un 25% de la base original). 5-) Para el receptor de aceite con la base de sesenta y dos mil quinientos colones exactos (un 25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Servicios Unidos S. A. contra Carlos Alberto Alfaro Castro. Expediente N° 14-000902-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 06 de setiembre del año 2019.—Lic. Rigoberto Alfaro Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2019413839 ).

En este Despacho, con una base de trescientos cuarenta mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones, sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento noventa mil trescientos once-cero cero cero (190311-000), la cual es terreno naturaleza: terreno para construir con una casa y tapias lote 5. Situada en el distrito 6 Santa Rosa, cantón 3 Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Carlos Eduardo Arce Arce; al sur, calle pública con 11 metros 40 centímetros; al este, Tomás Alberto Arce Villalobos; y al oeste, Tomás Alberto Arce Villalobos. Mide: trescientos dieciocho metros con ochenta y dos decímetros cuadrados, plano: H-0866536-2003. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del trece de febrero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veintiuno de febrero de dos mil veinte con la base de doscientos cincuenta y cinco mil dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del dos de marzo de dos mil veinte con la base de ochenta y cinco mil dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra 3 102 703570 Sociedad de Responsabilidad Limitada, John Gabriel Ordoñez Calvache. Expediente 19-008281-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 28 de noviembre del año 2019.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2019413842 ).

En este Despacho, con una base de nueve millones setecientos ochenta y dos mil cuatrocientos treinta colones con cuarenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; 1) Sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula número 166274, derechos 001 y 002 (correspondientes cada uno a un medio de la nuda propiedad), la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1-Guadalupe, cantón 8-Goicoechea de la provincia de San José. Colinda: al norte, Aníbal Artavia Esquivel; al sur, Artebell S.A.; al este, calle pública con 6,688 mts.; y al oeste, Waldemar Ramírez y otro. Mide: noventa y tres metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiuno de enero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del veintinueve de enero del dos mil veinte, con la base de siete millones trescientos treinta y seis mil ochocientos veintidós colones con ochenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del seis de febrero del dos mil veinte, con la base de dos millones cuatrocientos cuarenta y cinco mil seiscientos siete colones con sesenta y un céntimos (25% de la base original). 2) Con una base de nueve millones setecientos ochenta y dos mil cuatrocientos treinta colones con cuarenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y soportando usufructo; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula número 166272, derechos 001 y 002 (correspondientes cada uno a un medio de la nuda propiedad), la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 1-Guadalupe, cantón 8-Goicoechea de la provincia de San José. Colinda: al norte, Aníbal Artavia Esquivel; al sur, María Del Rosario González Montero; al este, calle pública con 9,25 mts; y al oeste, Waldemar Ramírez. Mide: ciento veinte metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiuno de enero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del veintinueve de enero del dos mil veinte, con la base de siete millones trescientos treinta y seis mil ochocientos veintidós colones con ochenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del seis de febrero del dos mil veinte, con la base de dos millones cuatrocientos cuarenta y cinco mil seiscientos siete colones con sesenta y un céntimos (25% de la base original). Se hace notar que el bien subastado, finca de San José, matrícula 166272, corresponde únicamente a derechos sobre la nuda propiedad, debiendo soportar el eventual adjudicatario el derecho de usufructo que se encuentra vigente. Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Maritza De Los Ángeles Cedeño Ortega y Laura Patricia Cedeño Ortega. Expediente: 19-002032-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda,. 19 de noviembre del 2019.—Licda. Elia Corina Marchena Fennell, Jueza.—( IN2019413856 ).

En este Despacho, con una base de doce millones seiscientos cuarenta y seis mil doscientos noventa y nueve colones con treinta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número cuatrocientos mil ochocientos, derecho 000, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 01 San Isidro de El General, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con siete metros setenta y cinco centímetros; al sur, José Emmanuel Méndez Calvo; al este, José Emmanuel Méndez Calvo; y al oeste, José Emmanuel Méndez Calvo. Mide: ciento veintisiete metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del diez de enero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del veinte de enero del dos mil veinte con la base de nueve millones cuatrocientos ochenta y cuatro mil setecientos veinticuatro colones con cincuenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiocho de enero del dos mil veinte con la base de tres millones ciento sesenta y un mil quinientos setenta y cuatro colones con ochenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Thomas Orlando Ortiz Carranza, Troy Eliécer Vargas Solís. Expediente N° 17-009070-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 30 de octubre del 2019.—Licda. Gabriela Campos Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2019413863 ).

En este Despacho, con una base de dos millones noventa mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas número: BFJ891, marca: Toyota, estilo: RAV 4, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 1998, color: negro, vin: JT3HP10VXW7099754, cilindrada: 2000 CC, combustible: gasolina, motor : no visible. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del veinte de enero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veintiocho de enero del dos mil veinte, con la base de un millón quinientos sesenta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del cinco de febrero del dos mil veinte, con la base de quinientos veintidós mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Freddy Rojas Salguero contra Erik Alonso Rodríguez Blanco, Juan Pablo Blanco Rodríguez. Expediente Nº 19-002256-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 11 de noviembre del 2019.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2019413864 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta millones ochocientos ochenta y cuatro mil seiscientos quince colones con ochenta y dos céntimos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada citas: 343-14785-01-0900-001 servidumbre trasladada citas: 344-05858-01-0901-001 servidumbre trasladada citas: 344-05858-01-0902-001 servidumbre trasladada citas: 344-05858-01-0903-001 servidumbre trasladada citas: 344-05858-01-0904-001 servidumbre trasladada citas: 344-05858-01-0909-001 servidumbre trasladada citas: 363-17860-01-0900-001 servidumbre trasladada citas: 363-17860-01-0902-001 reservas y restricciones citas: 382-19056-01-0901-001 servidumbre sirviente citas: 396-15256-01-0006-001 servidumbre dominante citas: 396-15256-01-0012-001 servidumbre trasladada citas: 396-15256-01-0901-001 servidumbre trasladada citas: 401-01804-01-0802-001 servidumbre trasladada citas: 402-15624-01-0900-001 servidumbre sirviente citas: 406-05835-01-0001-001 servidumbre sirviente citas: 406-05835-01-0002-001 servidumbre sirviente citas: 406-05835-01-0003-001 servidumbre sirviente citas: 406-05835-01-0004-001 servidumbre sirviente citas: 406-05835-01-0005-001 servidumbre sirviente citas: 406-05835-01-0006-001 servidumbre dominante citas: 406-05835-01-0007-001 servidumbre de paja de agua citas: 423-12591-01-0001-001 servidumbre de paso citas: 423-12591-01-0004-001 servidumbre de paso citas: 436-15436-01-0002-001 servidumbre de paso citas: 446-00885-01-0006-001 servidumbre de paso citas:459-15390-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 455822-000, la cual es terreno construido. Situada en el distrito 8-Bolivar, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de 20 metros con 95 centímetros; al sur, Inversiones la Lingolia Limitada; al este, Inversiones la Lingolia Limitada y al oeste, Henry Vega Zamora. Mide: trescientos cincuenta y un metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintitrés de enero del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del seis de febrero del año dos mil veinte con la base de treinta millones seiscientos sesenta y tres mil cuatrocientos sesenta y un colones con ochenta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veinte de febrero del año dos mil veinte con la base de diez millones doscientos veintiún mil ciento cincuenta y tres colones con noventa y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L. contra Charston Cesar Aguiluz Parra, Dubilia María Marín Rodríguez. Expediente Nº 19-003025-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 12 de noviembre del año 2019.—Licda. Marjorie Wilson Rodríguez, Jueza Tramitadora.—( IN2019413865 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones cien mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 369943-005 y 006, la cual es terreno lote 101 terreno con una casa. Situada en el distrito 5 Ipís, cantón 8 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 102; al sur, lote 100; al este, alameda 14 c/6 m; y al oeste, lote 106. Mide: noventa metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y cuarenta minutos del nueve de enero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cuarenta minutos del diecisiete de enero de dos mil veinte con la base de seis millones setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cuarenta minutos del veintisiete de enero de dos mil veinte con la base de dos millones veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra David Mauricio Araya Morales, Grettel Clementina Vargas Alvarado. Expediente 18-022371-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 09 de agosto del año 2019.—Lic. Mauricio Hidalgo Hernandez, Juez Decisor.—( IN2019413870 ).

En este Despacho, con una base de diez millones ochocientos sesenta y dos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, servidumbre de paso; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento treinta y ocho mil doscientos veintitrés, derecho cero cero cero, la cual es terreno de solar y con servidumbre de paso de 4 metros de ancho a favor de lotes A y B. Situada: en el distrito Cariari, cantón Pococí, de la provincia de. Colinda: al norte, calle pública con 13 metros 52 centímetros de frente; al sur, lote B; al este, Guillermina Hernández Ramírez, y al oeste, Óscar Ríos Sánchez. Mide: trescientos ochenta y tres metros cuadrados. Plano: L-1642638-2013. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del veinticinco de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y cero minutos del cuatro de marzo del dos mil veinte, con la base de ocho millones ciento cuarenta y seis mil quinientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del doce de marzo del dos mil veinte, con la base de dos millones setecientos quince mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Eber Parrales López. Expediente Nº 18-002637-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 06 de noviembre del 2019.—Licda. Hazel Patricia Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2019413871 ).

En este Despacho, con una base de novecientos noventa y siete mil cuatrocientos ochenta y seis colones con cincuenta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 394-08673-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 394-08673-01-0902-001, servidumbre trasladada citas: 394-08673-01-0903-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número quinientos cuarenta y siete mil doscientos sesenta y siete, derecho 000, la cual es terreno con una casa y solar. Situada en el distrito 04 Rivas, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte calle pública; al sur Álvaro y Eduardo Elizondo Martíneze; al este James Chanceford y al oeste Álvaro y Eduardo Elizondo. Mide: novecientos ochenta y tres metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y treinta minutos del diecisiete de enero del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta minutos del veintisiete de enero del año dos mil veinte con la base de setecientos cuarenta y ocho mil ciento catorce colones con ochenta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y treinta minutos del cuatro de febrero del año dos mil veinte con la base de doscientos cuarenta y nueve mil trescientos setenta y un colones con sesenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L contra Luis Eduardo Elizondo Martínez, Marita De La Trinidad Borbón Hidalgo. Expediente Nº 19-004695-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 24 de octubre del año 2019.—Eileen Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—( IN2019413874 ).

En este Despacho, con una base de treinta y dos millones setecientos ochenta y seis mil noventa y dos colones con cincuenta y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número ciento noventa y cinco mil trescientos veintidós, derecho cero cero cero, la cual es terreno con casa y garaje. Situada en el distrito 5-San Jerónimo, cantón 6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Pablo Chacón Matamoros; al sur, Noe Segura; al este, calle pública y al oeste, Pablo Chacón Matamoros. Mide: ochocientos sesenta y un metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Plano: A-0463191-1982. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del veinte de enero del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del veintiocho de enero del año dos mil veinte con la base de veinticuatro millones quinientos ochenta y nueve mil quinientos sesenta y nueve colones con cuarenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del cinco de febrero del año dos mil veinte con la base de ocho millones ciento noventa y seis mil quinientos veintitrés colones con catorce céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L. contra Karla Mariam Miranda Chacón. Expediente Nº 19-002646-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 05 de noviembre del año 2019.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2019413875 ).

En este Despacho, con una base de doce millones setecientos veintiséis mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas 0322-05699-01-0905- 001,0322-05777-01-0904-001,0380-013322-01-0900-001,0380-013322-01-0901-001, sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento diez mil ciento sesenta y cuatro, derecho cero cero cero, la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito 04 Roxana, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, resto reservado de Senén Saiz Villegas; al sur, Rancho Los Luises S. A.; al este, calle pública; y al oeste, Senes Saiz Villegas. Mide: doscientos veinte metros con ocho decímetros cuadrados. Plano L-0930442-2004. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del trece de enero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del veintiuno de enero de dos mil veinte con la base de nueve millones quinientos cuarenta y cuatro mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del veintinueve de enero de dos mil veinte con la base de tres millones ciento ochenta y un mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Kimberly Pamela Salazar Rodríguez. Expediente 19-002629-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 22 de octubre del año 2019.—Lic. Diego Steven Durán Mora, Juez Decisor.—( IN2019413878 ).

En este Despacho, con una base de seis millones setecientos setenta y cinco mil cuatrocientos cuarenta colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada, citas: 309-05558-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 445555-000, la cual es terreno de cafetales. Situada en el distrito 6-San Juan, cantón 6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Dos Seis R E Sociedad Anónima; al sur, lote segregado y calle pública lote de Karen Estefany Hidalgo Cruz; al este, lote segregado, Dos Seis R E Sociedad Anónima lote de Karen Estefany Hidalgo Cruz y al oeste, lote segregado Dos Seis R E Sociedad Anónima lote de Karen Estefany Hidalgo Cruz. Mide: trescientos treinta metros con cincuenta decímetros cuadrados. Plano: A-0968029-2004. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del treinta de enero del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del trece de febrero del año dos mil veinte con la base de cinco millones ochenta y un mil quinientos ochenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las cero horas y cero minutos del veintisiete de febrero del año dos mil veinte con la base de un millón seiscientos noventa y tres mil ochocientos sesenta colones exactos (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Sindy Vanessa Fernández Jara contra Dos Seis R E Sociedad Anónima, expediente N° 19-001811-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 25 de noviembre del año 2019.—Licda. Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2019413880 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones de colones exactos, soportando servidumbre trasladada citas: 301-08895-01-0912-001 y servidumbre trasladada citas: 330-04291-01-0901-001, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 323654-000, la cual es terreno lote n 15 terreno para construir. Situada en el distrito 1-Alajuela, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Compañía Cafetalera Carrizal del Norte Sociedad Anónima; al sur Compañía Cafetalera Carrizal del Norte Sociedad Anónima; al este, calle publica a Guadalupe de Alajuela y al oeste Compañía Cafetalera Carrizal del Norte Sociedad Anónima. Mide: cuatrocientos treinta y seis metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas y cero minutos del trece de enero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas y cero minutos del veintiuno de enero de dos mil veinte con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del veintinueve de enero de dos mil veinte con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Aida Susana Pérez Calderón. Expediente Nº 19- 008856-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 23 de setiembre del año 2019.—Licda. Michelle Allen Umaña, Jueza Tramitadora.—( IN2019413882 ).

En este despacho, con una base de trescientos veinte millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número doscientos seis mil seiscientos cincuenta y siete, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 2-San Josecito, cantón 5-San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Vista Real Vuela El Águila S. A.; al sur, calle pública con 41.17 metros; al este, residencial La Pampa Número 2 S. A. y al oeste, calle privada con 41.75 metros. Mide: mil seiscientos noventa y siete metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas y cero minutos del veintisiete de enero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas y cero minutos del cuatro de febrero de dos mil veinte con la base de doscientos cuarenta millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del doce de febrero de dos mil veinte con la base de ochenta millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Bernal Guillermo Rojas Villalobos. Expediente N° 19-008206-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 18 de noviembre del año 2019.—Licda. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—( IN2019413883 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula número cuatrocientos doce mil setecientos veintinueve-cero cero cero, naturaleza: terreno para construir, situada en distrito 01 San Isidro de El General, cantón 19 Pérez Zeledón de la provincia de San José. Linderos: norte, Emilia Fallas Mora; sur, Emilia Fallas Mora; este, Emilia Fallas Mora; oeste, calle pública. Mide: ciento setenta y nueve metros con sesenta y seis decímetros cuadrados, plano: SJ-0133700-1993, para lo cual se señalan las ocho horas y cero minutos del trece de enero del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del veintiuno de enero del dos mil veinte, con la base de tres millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintinueve de enero del dos mil veinte, con la base de un millón de colones exactos (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Isaías Guillermo Barrantes Morales contra Aida Aracelly Jiménez Fallas. Expediente: 19-003914-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón), 23 de agosto del 2019.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza Tramitadora.—( IN2019413884 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones de colones exactos, soportando hipoteca citas: 2010-303394-01-0001-001, hipoteca legal Ley 9024 citas: 2017-590447-01-0287-001, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 363367-000, la cual es terreno para construir, bloque A, lote 45-A. Situada en el distrito La Ceiba, cantón Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre de paso; al sur, servidumbre de paso en medio Corporación Veinte-Veinte S. A.; al este, Corporación Veinte-Veinte S. A.; y al oeste, Corporación Veinte-Veinte S. A. Mide: mil ciento sesenta y nueve metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Plano: A-0691899-2001. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de marzo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veinte con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del uno de abril de dos mil veinte con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Fabio Vargas Arroyo contra Asesorías Consultorías e Inversiones La Llave Del. Expediente 14-002137-1044-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22 de noviembre del año 2019.—Licda. Michelle Allen Umaña, Jueza Tramitadora.—( IN2019413885 ).

En este Despacho, con una base de veinticuatro millones novecientos catorce mil ochocientos veintinueve colones con setenta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas número 319-13496-01-0901-001 y plaza de convalidación (rectificación de medida) citas número 2016-764186-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 241442-000, la cual es terreno construir 6F uno con 1 casa. Situada: en el distrito Trinidad, cantón Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, María del Pilar Araya; al este, Jorge Luis Mora Soto, y al oeste, Carlos Martín Guzmán Mejía. Mide: doscientos cuarenta y cinco metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de enero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintidós de enero del dos mil veinte, con la base de dieciocho millones seiscientos ochenta y seis mil ciento veintidós colones con veintinueve céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de enero del dos mil veinte, con la base de seis millones doscientos veintiocho mil setecientos siete colones con cuarenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ricardo Rivera Varela, Sofía Rivera Montero. Expediente Nº 19-001217-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de junio del 2019.—Licda. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2019413886 ).

En este despacho, con una base de ocho millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento veintiocho mil setecientos catorce, derecho cero cero tres-cero cero cuatro, la cual es terreno para construir con una casa numerada como B-tres. Situada en el distrito 01 Miramar, cantón 04 Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 2B; al sur, lote 4B; al este, lote 17B y al oeste, calle pública con un frente de 10 metros. Mide: doscientos cuarenta y dos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del trece de enero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de enero de dos mil veinte con la base de seis millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintinueve de enero de dos mil veinte con la base de dos millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda Ahorro y Préstamo contra Cristóbal Martin González Venegas, Yendry Iveth Rodríguez Morales. Expediente N° 18-005555-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 03 de setiembre del año 2019.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez Decisor.—( IN2019413887 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número cuatrocientos cincuenta y cuatro mil ochenta y seis, derecho 000, la cual es terreno lote 6 terreno para construir. Situada en el distrito 8-San Antonio, cantón 4-Puriscal de la provincia de San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Jesús Elizondo Elizondo; al sur, Jesús Elizondo Elizondo; al sureste, lote 5 y al suroeste, calle publica. Mide: doscientos veinticuatro metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de enero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintidós de enero de dos mil veinte con la base de seis millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de enero de dos mil veinte con la base de dos millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Justina Solorzano Gaitán. Expediente Nº 19-007611-1338-CJ. Notifíquese.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José.—Licda. Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza.—( IN2019413888 ).

En este Despacho, con una base de catorce millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Heredia, matrícula número ciento sesenta y dos mil seiscientos treinta y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 221, con una casa. Situada en el distrito 3-San Francisco, cantón 1-Heredia de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, INVU; al sur, alameda M; al este, INVU; y al oeste, INVU. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del catorce de enero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del veintidós de enero de dos mil veinte, con la base de diez millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta de enero de dos mil veinte, con la base de tres millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra Llonder Rodríguez Madrigal. Expediente: 19-004993-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 16 de octubre del 2019.—Licda. María Fernanda Soto Alfaro, Jueza.—( IN2019413889 ).

En este Despacho, con una base de veinticuatro millones quinientos treinta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando medianería citas: 338- 03140-01-0002-001, servidumbre trasladada citas: 338- 03140-01-0900-001, reservas y restricciones citas: 338-03140-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 310787, derecho 000, la cual es terreno para construir con casa. Situada en el distrito 10-Hatillo, cantón 1-San José, de la provincia de. Colinda: al norte INVU; al sur INVU; al este Alameda Lorenzo Salazar con 6m 42cm y al oeste INVU. Mide: ochenta y nueve metros con nueve decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciséis de enero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del veintisiete de enero de dos mil veinte con la base de dieciocho millones trescientos noventa y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del cuatro de febrero de dos mil veinte con la base de seis millones ciento treinta y dos mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Hugo Alberto Fernández Retana, Joselyn Melina Real Salgado. Expediente Nº 19-015939-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 21 de octubre del año 2019.—Licda. Lidieth Venegas Chacón, Jueza Decisora.—( IN2019413890 ).

En este despacho, con una base de dieciocho millones cuatrocientos mil colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida) citas: 2018-59398-01-0010-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 228708-000, la cual es terreno con 1 casa y patio. Situada en el distrito 3-Tapezco, cantón 11-Zarcero, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Florencio Rodríguez Hidalgo; al este, Florencio Rodríguez Hidalgo y al oeste, Arnoldo Rodríguez Quirós. Mide: doscientos un metro cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del trece de enero del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del veintiuno de enero del año dos mil veinte con la base de trece millones ochocientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintinueve de enero del año dos mil veinte con la base de cuatro millones seiscientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra William Otoniel Araya Arias. Expediente N° 19-002631-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 04 de noviembre del año 2019.—Licda. Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Tramitadora.—( IN2019413891 ).

En este Despacho, con una base de dos mil treinta y siete dólares con ochenta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BLD490, marca: Hyundai, estilo. Accent GLS, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, color: gris, año: 2012, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas y veinte minutos del diecisiete de febrero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y veinte minutos del veinticinco de febrero de dos mil veinte, con la base de mil quinientos veintiocho dólares con cuarenta y dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y veinte minutos del cuatro de marzo de dos mil veinte, con la base de quinientos nueve dólares con cuarenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Fox Capital Sociedad Anónima contra Dave Anthony Mc Farlane Mc Kenzie. Expediente: 19-007149-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 22 de noviembre del 2019.—Licda. Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2019413892 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones quinientos veinte mil ciento cuarenta y un colones con treinta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones, sáquese a remate el vehículo placas BML289. Marca: Chevrolet. Estilo: Trax LT. Categoría: automóvil. Capacidad: 5 personas. Número chasis: 3GNCJ7CE4HL130069. Año fabricación: 2017. Color: vino. Nº motor: 2H0162235047. Cilindrada: 1800 cc. Combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las dieciséis horas y cero minutos del tres de febrero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas y cero minutos del once de febrero de dos mil veinte con la base de seis millones trescientos noventa mil ciento seis colones con un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del diecinueve de febrero de dos mil veinte con la base de dos millones ciento treinta mil treinta y cinco colones con treinta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credimovil S. A. contra Isaac Manuel Sancho Rodríguez. Expediente 19-008287-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 19 de noviembre del año 2019.—Licda. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—( IN2019413893 ).

En este despacho, con una base de cuatro millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número seiscientos treinta y cuatro mil setecientos noventa y tres, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 3-Daniel Flores, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, José Amancio Rojas Cruz; al sur, José Amancio Rojas Cruz; al este, calle pública de 14 metros de ancho y al oeste, José Amancio Rojas Cruz. Mide: doscientos seis metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del quince de enero del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del veintitrés de enero del año dos mil veinte con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta y uno de enero del año dos mil veinte con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Marianela Garro Segura. Expediente N° 19-005159-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 07 de noviembre del año 2019.—Lic. Carlos Contreras Reyes, Juez Decisor.—( IN2019413894 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas del veinticuatro de enero del dos mil veinte (08:00 hrs 24/01/2020), y con la base de dieciséis millones cuatrocientos noventa mil noventa colones con cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento tres mil trescientos ochenta y siete cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno lote 28 terreno para la agricultura. Situada en el distrito tercero Guaycara, cantón siete Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Asentamiento I.M.A.S; al sur, lote 30-1; al este, calle pública y al oeste, quebrada y lote 43. Mide: ciento veintitrés mil ciento sesenta y nueve metros con setenta y nueve decímetros cuadrados. Según plano P-0434046-97. Para el segundo remate: se señalan las ocho horas del siete de febrero del dos mil veinte (08: 00hrs 07/02/2020), con la base de doce millones trescientos sesenta y siete mil quinientos sesenta y siete con cincuenta y tres céntimos (con la rebaja del 25% de la base original) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas del veintiuno de febrero de dos mil veinte (08:00 hrs 21/02/2020) se realizará un tercer remate, con la base de cuatro millones ciento veintidós mil quinientos veintidós colones con cincuenta y un céntimos (un 25% de la base original). Nota: se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Marcos Navarro Ávila y Ramona Aguilar García, expediente N° 19-000107-0419-AG.—Juzgado Agrario Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores), 26 de noviembre de 2019.—Lic. Carlos Eduardo Rojas Rojas, Juez.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019413963 ).

En este Despacho, con una base de diez mil seiscientos diecinueve dólares con treinta centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo DLC-009, marca: Renault, estilo: Sandero Stepway, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2014, serie: 9FBBSRALSEM985518, cilindrada: 1600 cc, cilindros: 4, potencia: 82 KW, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas y quince minutos del trece de enero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y quince minutos del veintiuno de enero de dos mil veinte, con la base de siete mil novecientos sesenta y cuatro dólares con cuarenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y quince minutos del veintinueve de enero de dos mil veinte, con la base de dos mil seiscientos cincuenta y cuatro dólares con ochenta y tres centavos (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carro Fácil de Costa Rica S. A. contra Deli Café Sociedad Anónima. Expediente: 19-009160-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 09 de setiembre del 2019.—Licda. Zary Navarro Zamora, Jueza Tramitadora.—( IN2019414010 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando citas: 395-00393-01-0815-002condic ida ref:0000 Ley 2825; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento treinta y cinco mil seiscientos noventa y seis, derecho 000, la cual es terreno para la agricultura lote 17. Situada en el distrito 2-LA Virgen, cantón 10-Sarapiqui, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte parcela 18; al sur, calle publica y parcela 15-1; al este Quebrada y al oeste calle pública. Mide: quinientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos noventa y nueve metros con noventa y cinco decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del once de febrero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del diecinueve de febrero de dos mil veinte con la base de treinta mil dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintisiete de febrero de dos mil veinte con la base de diez mil dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Chía Hua Fang Liu contra Pro Reciclajes Centroamericanos S.A. Expediente Nº 19-001969-1170-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 22 de noviembre del año 2019.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez Tramitador.—( IN2019414024 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho millones ciento quince mil cuatrocientos sesenta y nueve colones con cuarenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre dominante citas: 333-06496-01-0008-001, servidumbre trasladada citas: 333-06469-0902-001, servidumbre trasladada citas: 343-01333-01-0900-001, servidumbre trasladada citas: 343-01333-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 343-01333-01-0902-001, servidumbre trasladada citas: 343-01333-01-0903-001, servidumbre trasladada citas: 343-01333-01-0904-001, servidumbre trasladada citas: 343-01333-01-0905-001, servidumbre trasladada citas: 343-01333-01-0906-001. servidumbre trasladada citas: 343-01333-01-0907-001, servidumbre trasladada citas: 343-01333-01-0908-001, servidumbre trasladada citas: 343-01333-01-0909-001, servidumbre trasladada citas: 343-01333-01-0910-001, servidumbre trasladada citas: 343-01333-01-0911-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento quince mil cuatrocientos sesenta y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito Miramar, cantón Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con 10 metros; al sur, Olga Salas; al este, Macedonio Méndez Elizondo, y al oeste, Macedonio Méndez Elizondo. Mide: trescientos cincuenta y nueve metros con cuarenta y cinco decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y veinticinco minutos del seis de mayo del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y veinticinco minutos del catorce de mayo del dos mil veinte, con la base de trece millones quinientos ochenta y seis mil seiscientos dos colones con cinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y veinticinco minutos del veintidós de mayo del dos mil veinte, con la base de cuatro millones quinientos veintiocho mil ochocientos sesenta y siete colones con treinta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Sidney Douglas Hines Gómez. Expediente Nº 19-000008-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 03 de diciembre del 2019.—Lic. Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2019414043 ).

En este Despacho, con una base de seis millones novecientos ochenta y dos mil cuatrocientos doce colones con cuarenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: BDQ462, marca: JMC, estilo: N350, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: LEFDJDBB5EHP00062, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4x4, número chasis: LEFDJDBB5EHP00062, año fabricación: 2014, color: plateado, vin: LEFDJDBB5EHP00062, N° motor: JX4D24A4LCCP20774, cilindrada: 2400 C.C, cilindros: 4, combustible: diesel. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciocho de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veintiséis de febrero del dos mil veinte, con la base de cinco millones doscientos treinta y seis mil ochocientos nueve colones con treinta y tres céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del cinco de marzo del dos mil veinte, con la base de un millón setecientos cuarenta y cinco mil seiscientos tres colones con once céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Sylvia Elena Gómez Picado. Expediente Nº 18-008502-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 22 noviembre del 2019.—Licda. Maureen Cecilia Vargas Solano, Jueza Tramitadora.—( IN2019414129 ).

En este Despacho, con una base de doscientos diecisiete mil novecientos noventa y nueve dólares con setenta y tres centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 297-02912-01-0901-001, demanda ordinaria citas: 800-565687-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número seiscientos veinte mil cuatrocientos treinta y nueve, derecho cero cero cero, la cual es terreno de jardín con una casa. Situada: en el distrito 3-San Rafael, cantón 2-Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Bencorf S. A.; al sur, FM Dessaint S. A.; al este, río Convento, y al oeste, calle pública. Mide: mil ciento veinte metros cuadrados. Plano: SJ-1503687-2011. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintisiete de enero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del cuatro de febrero del dos mil veinte, con la base de ciento sesenta y tres mil cuatrocientos noventa y nueve dólares con ochenta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del doce de febrero del dos mil veinte, con la base de cincuenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y nueve dólares con noventa y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Alex Eskandar Khajavi, Blacklash Allocations Alpha Limitada. Expediente Nº 18-005215-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 14 de noviembre del 2019.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2019414181 ).

En la puerta exterior de este Despacho y con una base de cuarenta millones doscientos veintidós mil ciento dieciocho colones con ochenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 364635, derecho 000, la cual es terreno café con 1 casa. Situada: en el distrito Desamparados, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Cía. Agric. San Luis de Parrita S. A.; al sur, Iglesia de Jesucristo Ult. Días; al este, Cía. Agric. San Luis de Parrita S. A., y al oeste, calle y otros. Mide: ciento ochenta y seis metros con quince decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y treinta minutos del dieciocho de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas y treinta minutos del veintiséis de febrero del dos mil veinte, con la base de treinta millones ciento sesenta y seis mil quinientos ochenta y nueve colones con diez céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas y treinta minutos del cinco de marzo del dos mil veinte, con la base de diez millones cincuenta y cinco mil quinientos veintinueve colones con setenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Elvia del Socorro Espinoza Quirós. Expediente Nº 19-006880-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 18 de noviembre del 2019.—Msc. Maureen Cecilia Vargas Solano, Jueza Tramitadora.—( IN2019414190 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber, que ante este despacho se tramita el expediente N° 16-000042-0689-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Tania María Ureña Jiménez quien es mayor, estado civil divorciada una vez, vecina de San Gabriel de Aserrí, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 01-0684-0679, profesión educadora, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es potrero y café. situada en el distrito San Gabriel, cantón Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, José Joaquín Ureña Moreno; al este, José María Ureña Moreno y al oeste, José Joaquín Ureña Moreno. Mide: dos mil novecientos treinta y un metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-1860860-2015. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones de colones cada una. que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de cuarenta y cinco años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en deslindar el inmueble, mantener los inderos y brindar mantenimiento al cultivo de café. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros Inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Tania María Ureña Jiménez. Expediente N° 16-000042-0689-AG.—Juzgado Agrario Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 28 de noviembre del año 2019.—Lic. Alejandro Li Ruiz, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019412795 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 19-000109-0504-CI donde se promueve información posesoria por parte de Jeinor Arias Rojas quien es mayor, soltero, vecino de San Pedro de Santa Bárbara de Heredia, portador de la cédula número 0401580879, c.c. Heiner Arias Rojas, operario, a fin de inscribir a nombre de la sucesión de Gladys Rojas Rojas y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Heredia, la cual es terreno de construcción. Situada en el distrito San Pedro, cantón Santa Bárbara. Colinda: al norte, con calle pública; al sur, con Gilberto Arias Alfaro; al este, con Heiner Arias Rojas; y al oeste, con Teresa Soto Rojas. Mide: ochenta y cinco metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de ocho millones seiscientos diez mil colones. Que adquirió dicho inmueble en 1980, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en construir y habitar el bien inmueble. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Jeinor Arias Rojas c.c. Heiner Arias Rojas. Expediente 19-000109-0504-CI-9.—Juzgado Civil de Heredia, 13 de febrero del año 2019.—Licda. Yarini Madrigal Escoto, Jueza Coordinadora.—1 vez.—( IN2019412799 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 04-100890- 0297-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Natalia Azofeifa Gómez, quien es mayor, estado civil casada una vez, ama de casa, cédula: 6-118-173, vecina de Los Ángeles de La Fortuna, 100 metros oeste del aeropuerto, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno solar. Situada en el distrito siete La Fortuna, cantón décimo San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Rigoberto Cordero Alfaro; al sur, calle pública con un frente de 38,15 metros; al este, Miriam Rojas Díaz; y al oeste, Rigoberto Cordero Alfaro. Mide: 1.214,14 cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por venta de la señora María Luisa Rojas Díaz, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula 9-064-168 vecina de Los Ángeles de La Fortuna un km este de la iglesia católica. Con dicha señora no me une ningún parentesco, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en construcción de una casa, siembra de pasto y mantenimiento del inmueble. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Natalia Azofeifa Gómez. Expediente 04-100890-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Civil), Ciudad Quesada, San Carlos, 28 de abril del año 2017.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—( IN2019412842 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 19-000375-0388-CI, donde se promueve información posesoria por parte de Yessenia Mora Esquivel, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de San Rafael, Heredia, portadora de la cédula número 0110460579, profesión Psicóloga, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno solar. Situada en el distrito Sardinal, cantón Carrillo. Colinda: al norte, con María Delia Espinoza Solano; al sur, con calle pública con catorce metros con ochenta y siete centímetros; al este, con María Delia Espinoza Solano; y al oeste, con Paola Chinchilla Angulo. Mide: trescientos metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble compra-venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercas, rondas, chapias y además mantenerlo limpio, le hemos construido de alambres de púas una cerca alrededor del mismo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Yessenia Mora Esquivel. Expediente: 19-000375-0388-CI-0.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 15 de noviembre del 2019.—Licda. Floribeth Palacios Alvarado, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2019413079 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-000079- 0341-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Yahaira María Garita Araya quien es mayor, casada una vez, vecina de Cartago, Turrialba, Colorado, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 0304040637, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito Turrialba, cantón Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Adrián Coto Rivel; al este, calle pública y al oeste, calle pública. Mide: 85 metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en una casa de habitación cultivo de árboles frutales y otras especies. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Yahaira María Garita Araya. Expediente Nº 16-000079-0341-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba (Materia Civil), Turrialba, 26 de enero del 2018.—Licda. Ana Milena Gutiérrez Rojas, Jueza.—1 vez.—( IN2019413108 ).

Citaciones

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Indalecio Antonio Segura Campos, mayor, estado civil casado, profesión u oficio técnico de Telecomunicaciones, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0600540662 y vecino de Puntarenas. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en generala quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente N° 19-000288-0642-CI-5.—Juzgado Civil de Puntarenas, 14 de octubre del 2019.—Lic. Jhonny Esquivel Vargas, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2019412641 ).

Daniel Gamboa Pereira, notario público. Emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de Gerardo Hernán Cordero Loaiza, cédula tres-ciento ochenta y nueve-cero veintinueve, para que, dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a esta notaría en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que en caso de que no lo hicieran la herencia pasará a quien en derecho corresponde. Asimismo, deben señalar lugar o medio para que, reciban sus notificaciones. Expediente número 01-2019. Lic. Daniel Gamboa Pereira, notario público, domiciliado en Turrialba, Cartago, 75 metros sur del Cuerpo de Bomberos, tel. 2556-6414, fax 2556-8476.—Turrialba, 25 de noviembre de 2019.—Lic. Daniel Gamboa Pereira, Abogado y Notario.—1 vez.—( IN2019412685 ).

Se hace saber en este Juzgado, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Leticia Fonseca Zúñiga, mayor, estado civil casada, ama de casa, con documento de identidad uno-trescientos noventa y cinco-ciento sesenta y tres (0103950163), y vecina de Pérez Zeledón, Barrio Cooperativa. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días, contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 19-000175-0188-CI-1.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Civil), 20 de noviembre del año 2019.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2019412706 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Otton Marcelo Madrigal Meza, mayor, estado civil casado, profesión topógrafo, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0303420230, y vecino de San Pablo de León Cortés. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que, dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 18-000313-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 13 de agosto del año 2018.—M.Sc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2019412755 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en sede notarial del José Luis Picado Arguedas, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, vecino de San Pablo de León Cortés, Barrio El Rosario, doscientos cincuenta metros al sureste de la Capilla, para que, dentro del plazo de ley contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; en el proceso sucesorio abierto en sede notarial número 01-2019; en la notaría de la licenciada Gabriela Varela Solano, se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—San José, cinco de setiembre del dos mil diecinueve.—Licda. Gabriela Varela Solano, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2019412770 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Ana Rosa Fallas Muñoz, a las 15:00 horas del 10 de agosto del 2019, y comprobado el fallecimiento de los señores Atiliano Fallas Umaña, cédula N° 1-168-581, y Bernarda Aurora de Jesús Muñoz Rodríguez, cédula N° 4-064-292, quienes en vida fueron ambos mayores, casados una vez, cónyuges entre sí, vecinos de Heredia, Flores, Santa Marta, contiguo al puente divisorio con Mercedes Sur, a las 19:15 horas del 23 de agosto de 2019, esta notaría ha declarado abierto el proceso sucesorio ab intestato acumulado de ambos causantes. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Milagro Quirós Rodríguez, Heredia, Flores, Llorente, Urbanización Siglo veintiuno, casa a a-10. Teléfono 83339189. 3 de diciembre de 2019.—Licda. Milagro Quirós Rodríguez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2019412775 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Enilda Chavarría Aguilar, mayor, casada una vez, oficios domésticos, costarricense, cédula de identidad número 0103650642, y vecina de Santa Ana. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días, contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 18-000033-1726-CI.—Juzgado Tercero Civil de San José, 12 de noviembre del año 2018.—Msc. Walter Obando Corrales, Juez Civil.—1 vez.—( IN2019412779 ).

A solicitud de la señora Damiana Obando Obando, mayor, soltera, pensionada, portadora de la cédula de identidad número cinco-ciento veintiséis-cero setenta y dos, vecina de San Joaquín de Colorado de Abangares, cincuenta metros este del Ebais; Por este medio se emplaza a cualquier interesado en el presente proceso sucesorio de Elvis Gerardo Romero Obando, mayor, soltero, oficial de seguridad, portador de la cédula de identidad número seis-trescientos diez-cero treinta y siete, vecino de San Joaquín de Colorado de Abangares, cincuenta metros este del Ebais; para que, se apersonen ante esta notaría, a formular pretensiones, legalizar créditos o hacer valer cualquier derecho sucesorio, bajo el apercibimiento, de que, si no se presentan en el plazo de treinta días, a partir de la publicación del presente edicto, en el Boletín Judicial, la herencia pasará a quien corresponda. Lugar: Las Juntas de Abangares, Guanacaste. Fax: 2662-1980. Correo electrónico zadyulloa@hotmail.com.—Guanacaste, 22 de noviembre del año 2019.—Licda. Zady Nathalia Ulloa Corrales, Notaria.—1 vez.—( IN2019412787 ).

Mediante acta de apertura con fecha de 29 de noviembre del 2019, ante esta notaría, por Lizette Yadira Artavia Álvarez, cédula de identidad número 2-0317-0343 y Delfín Gerardo Zúñiga Chavarría, cédula de identidad número 2-0285-0622; y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato, de quien en vida fue: Maryan Lizette Zúñiga Artavia, mayor, soltera, plataformista, vecina de Alajuela, Residencial Altos de Montenegro, casa 1-c, cédula de identidad número 2-0706-0821. Se cita y emplaza a todos los interesados, para que, dentro del plazo máximo de 30 días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Víctor Julio Aguilar Soto. Notario público con oficina en Alajuela, 175 metros norte de los Tribunales de Justicia. Teléfono 2443-3358.— Lic. Víctor Julio Aguilar Soto, Notario.—1 vez.—( IN2019412831 ).

Se emplaza a todos los interesados, cítese a herederos, legatarios y en general a todos los interesados en el proceso sucesorio notarial de Jorge Sancho Bolaños, quien fue mayor, casado en primeras nupcias, agricultor, cédula de identidad número dos-cero doscientos catorce-cero doscientos cincuenta y uno, vecino de San José, Pérez Zeledón, Repunta, setecientos cincuenta metros al norte de la Escuela; para que, dentro de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número cero cero tres-dos mil diecinueve. Notaría del Lic. Olman Vargas Cubero. San José, Pérez Zeledón, San Isidro de El General, exactamente frente al costado oeste del Parque, en Vargas Abogados, segundo piso.—San Isidro de El General, 28 de noviembre del 2019.—Lic. Olman Vargas Cubero, Notario Público.—1 vez.—( IN2019412843 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue: Eladio Villalobos Rosales, mayor, casado una vez, pensionado, portador de la cédula de identidad número 6-0037-0986, y vecino de Alajuela, Invu Las Cañas, Urbanización La Primavera, casa número 17, para que, dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; Expediente N° 2019-001. Notaría de la licenciada Ana Patricia Calderón Espinoza, Alajuela centro, El Llano, Residencial Don Bosco, casa 81 A, Teléfono 4702-6596.—Licda. Ana Patricia Calderón Espinoza, Notaria.—1 vez.—( IN2019412846 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de Iria María Arias Acón, mayor de edad, casada una vez, profesora pensionada, con cédula de identidad número dos-doscientos sesenta y siete-cero seiscientos, vecina de San José, Moravia, San Vicente, cuatrocientos metros al este de Bar la Unión, para que, dentro del plazo máximo de quince días, hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Esta notaría ha declarado abierto el proceso sucesorio ab intestato en sede notarial mediante el expediente N° 002-2019. Notaría de la Licda. Hazell Ahrens Arce, con oficina en Heredia, Santo Domingo, San Miguel, Barrio El Socorro, Condominio El Socorro, N° 11. Teléfono 2235-6623 y/o 8322-3721, correo hazel@salgado-ahrens.com.—Heredia, dos de diciembre de 2019.—Licda. Hazell Ahrens Arce, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2019412894 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: José Gustavo Rivera Ulloa, mayor, viudo, jubilado, costarricense, con documento de identidad N° 0300970723, y vecino de Cartago, Dulce Nombre. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días, contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 19-000706-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 15 de octubre del año 2019.—Lic. Francisco Javier Castillo Acuña, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2019412899 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Héctor Luis Salas Benavides, quien en vida fue mayor de edad, con cédula de identidad número 2-195-926, casado una vez, agricultor, con domicilio 200 metros al sur de la Plaza de Deportes, en San Vicente, Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, para que, dentro del plazo de 15 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos en la notaría de Raúl Hidalgo Rodríguez, sita 150 metros al sur del Hogar de Ancianos San Vicente de Paúl, en Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela. Se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 0003-2019. Notaría de Raúl Hidalgo Rodríguez.—Ciudad Quesada, 3 de diciembre de 2019.—Lic. Raúl Hidalgo Rodríguez, Notario Público.—( IN2019412908 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Adelice Borbón Zúñiga, mayor, estado civil casada, profesión u oficio ama de casa, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0103390523, y vecina de Buenos Aires de Puntarenas, Urbanización El Progreso casa número 28. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días, contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 19-000036-1046-CI-2.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia Civil), 24 de setiembre del año 2019.—Licda. Edith Brenes Quesada, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2019412913 ).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Gumercindo Alvarado Pérez, mayor, casado una vez, pensionado, con cédula número dos-ciento cuarenta y ocho-cuatrocientos noventa y nueve, vecino de Buenos Aires de Puntarenas, de la Escuela La Piñera, 150 metros este; para que, dentro del plazo de treinta días, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Sucesorio número 19-000048-1046-CI (125-19) de Gumercindo Alvarado Pérez.—Juzgado Civil de Buenos Aires, 05 de setiembre del 2019.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2019412914 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Clodomira García Rodríguez, mayor, divorciada, ama de casa, costarricense, con documento de identidad N° 0400550026, y vecina de Hatillo. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días, con el apercibimiento, de que, si no lo hacen dentro del citado plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 09-100042-0239-CI-4.—Juzgado Civil de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, 09 de octubre del año 2019.—Licda. Jennifer Isabel Arroyo Chacón, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2019412969 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Soledad Castillo Blandón, mayor, soltera, oficios domésticos, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0800650167 y vecina de Upala. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 17-000006-1143-CI-5.—Juzgado Civil y Trabajo Segundo Circuito Judicial Alajuela, Sede Upala (Materia Civil), 07 de octubre del año 2019.—Lic. José Francisco Azofeifa Barrantes, Juez.—1 vez.—( IN2019412986 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Antonia Lía Zeneida Campos Chaves, mayor, ama de casa, costarricense, con documento de identidad 0400379935; y Antonio Fernández Vásquez, mayor, barbero, costarricense, con documento de identidad 0100686011, ambos vecinos de San Joaquín de Flores, Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 19-000455-0504-CI-7.—Juzgado Civil de Heredia, 22 de mayo del año 2019.—Licda. Yeimy Jiménez Alvarado, Jueza.—1 vez.—( IN2019412989 ).

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 894 del Código Procesal Civil, se cita a los herederos, legatarios, acreedores y, en general, a todos los interesados de la sucesión de quien en vida se llamó María de Los Ángeles Abarca Gutiérrez, quien era menor de edad, costarricense, soltera, estudiante, vecina de Sardinal de Carrillo, con número de cédula 1-1524-0896; para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a este despacho judicial a hacer valer sus derechos, apercibidos, los que crean tener derecho a la herencia, que si no se presentan en dicho plazo, la misma pasará a quien corresponda. Proceso sucesorio de María de Los Ángeles Abarca Gutiérrez. Expediente Nº 16-100094-0642-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Carrillo, Guanacaste, a las siete horas cincuenta y cinco minutos del veintitrés de junio de dos mil dieciséis.—Licda. Ana Laura Solís Mena, Jueza.—1 vez.—( IN2019413022 ).

Ante esta notaría comparecieron los señores (i) Edgar Jesús de la Trinidad; (ii) Jose Gerardo de la Trinidad; (iii) Eli, conocido como Ali; (iv) Lidia Carmen; (v) Rosa Ana; (vi) Inocencia María del Carmen; (vii) Ignacio Gerardo de J; (viii) Carlos Gerardo; (ix) Francisco; (x) Santiago; y (xi) Irene, todos de apellidos Rodríguez Mora, de conformidad con el artículo 126 siguientes y concordantes del Código Procesal Civil y 129 y siguientes del Código Notarial, solicitaron la tramitación del sucesorio extrajudicial de su hermano quien en vida fue Manuel Enrique Rodríguez Mora, quien en vida fue mayor de edad, soltero, no trabajaba, vecino de San José, Santa Ana, Pozos, de la Iglesia de Pozos de Santa Ana, cien metros norte, casa a mano derecha, cédula de identidad número uno-cero ochocientos ocho-cero setecientos, todo lo cual consta en la escritura otorgada a las dieciocho horas treinta minutos del veintisiete de noviembre de dos mil doce ante esta notaría, bajo la escritura doscientos uno del tomo tres del notario Francisco Eduardo Montes Fonseca. Se cita y emplaza a los interesados, para que, dentro de los próximos quince días, siguientes a la publicación concurran a hacer valer sus derechos, para lo cual habrán de acudir a la oficina de esta notaría encargada de la tramitación del presente asunto, la que se encuentra situada en San José, Santa Ana, Urbanización Río de Oro, de la entrada principal, cuatrocientos metros norte, ciento cincuenta metros este, trescientos metros norte, casa color amarilla.—San José, treinta de noviembre de dos mil diecinueve.—Lic. Francisco Eduardo Montes Fonseca, Notario.—1 vez.—( IN2019413028 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quienes en vida fueron Consuelo Rertana Robles, mayor de edad, casada una vez, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número uno-cuatrocientos cuarenta y cinco-cero cuarenta y cuatro, y Brígido Gerardo León Solano, mayor, de edad, casado una vez, verdulero, cédula de identidad número cinco-ciento treinta y nueve-setecientos ochenta y cinco, y ambos vecinos de Dulce Nombre, La Unión, del Hospital Chacón Paut, cuatrocientos metros al oeste y cincuenta al sur, para que, dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 003-2019-SN. Licda. Rita Calderón Alfaro, notaria pública, ubicada en San José, Francisco Peralta, 75 metros sur de la Farmacia Galeno.—Licda. Rita Calderón Alfaro, Notaria.—1 vez.—( IN2019413035 ).

Los herederos e interesados en el sucesorio de quien en vida fue: Rolando Alberto Mora Umaña, cédula de identidad N° 1-0523-0321, casado una vez, abogado, vecino de San José, Puriscal, Santiago, Barrio Corazón de María, cuatrocientos metros sureste del Colegio Técnico, casa a mano derecha después del Taller mecánico; y que los únicos y universales herederos del causante son: La cónyuge supérstite Roxana Annia Lorena Durán Víquez, cédula de identidad N° 2-0348-0588, los hijos Alberto José Mora Durán, cédula de identidad N° 1-1381-0711, Lucía Mora Durán, cédula de identidad N° 1-1468-0621, solicitando la tramitación en sede notarial del sucesorio del causante indicado. Cualquier heredero o interesado deberá apersonarse a mi oficina, situada en San José, Puriscal, Santiago, setenta y cinco metros norte del Banco Popular, Edificio ZUMA, segunda planta, dentro de los treinta días hábiles, siguientes a la publicación del edicto, para hacer valer sus derechos. Expediente N° 01-2019.—Puriscal, veinticinco de noviembre de dos mil diecinueve.—Licda. Stephanie del Jesús Azofeifa Zúñiga, Notaria.—1 vez.—( IN2019413058 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Manuel Chaves Peraza, mayor, estado civil casado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0102390837 y vecino de Pococí, Cariari, Campo Cuatro, 1 kilómetro al oeste de la escuela de la localidad, a mano derecha, casa cemento, color verde. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente: 19-000293-0930-CI-1.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 22 de octubre del 2019.—Licda. Yency Vargas Salas, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2019413060 ).

Se hace saber que, en este despacho, bajo el expediente judicial N° 19-000157-0678-CI, se tramita el proceso sucesorio de Leroy Jorge Thomas Thomas, mayor, divorciado en unión libre, pensionado, costarricense, domiciliado en el cantón Limón, de la provincia Limón y titular de la cédula de identidad número 7-041-549. Se indica a las personas presuntas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar lo que consideren necesario en el plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 30 de octubre de 2019.—Lic. Diego Alejandro Meoño Piedra, Juez.—1 vez.—( IN2019413063 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Basilia De Jesús Zambrana Delgado, mayor, estado civil soltera, profesión u oficio ama de casa, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0201930355 y vecina de Llorente de Flores de Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente: 19-000982-0504-CI-8.—Juzgado Civil de Heredia, 27 de setiembre del 2019.—Licda. Yeimy Jiménez Alvarado, Jueza.—1 vez.—( IN2019413072 ).

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 129 y 130 del Código Notarial y artículo 126.3 del Código Procesal Civil, se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores e interesados de quien en vida fuera: Rosa Eunice Rodríguez Chaves, mayor, divorciada, profesora pensionada, cédula de identidad número 2-275-632, vecina de San José, Tibás, de la Escuela Jesús Jiménez, 150 m al este y 50 m al sur, casa 33, para que, dentro del plazo de 15 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a esta notaría, a hacer valer sus derechos, apercibidos, de que, si así no lo hicieren la herencia pasará a quienes corresponda. Expediente N° 001-2019, Sucesorio en sede notarial.—San Pedro, Montes de Oca, 18 de noviembre del 2019.—Licda. Patricia Guerrero Murillo, Notaria.—1 vez.—( IN2019413117 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos e interesados en la sucesión de Ricardo c.c. Richard Guevara Martínez, quien en vida fue mayor, casado dos veces, pensionado, con cédula número 1-0270-0205, y vecino de San José, Alajuelita, para que, en el plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a mi oficina, situada en la ciudad de San José, calle 19, avenidas 2 y 6, N° 236, a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 002-2019.—Licda. Yolanda Cecilia Solano Rodríguez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2019413118 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos e interesados en la sucesión de Jorge Ávila Porras, quien fuera mayor, casado una vez, homeópata, con cédula número 2-0134-0442, y vecino de Heredia, Santo Domingo, para que, en el plazo de 15 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a mi oficina, situada en la ciudad de San José, calle 19, avenidas 2 y 6, N° 236, a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 003-2019. Licda. Ligia Mayela Arce Quesada, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2019413119 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos e interesados en la sucesión de Carlos Barquero Restani, quien fuera mayor, casado dos veces, pensionado, con cédula número 1-0411-0941, y vecino de San José, Rohrmoser de Pavas, para que, en el plazo de 15 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a mi oficina, situada en la ciudad de San José, calle 19, avenidas 2 y 6, N° 236, a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 002-2019.—Licda. Ligia Mayela Arce Quesada, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2019413120 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Marilyn Cerdas Araya, a las ocho horas del dos de diciembre de dos mil diecinueve, y comprobado el fallecimiento de Didier Arturo Cerdas Bojorges, mayor de edad, divorciado, desempleado, vecino de San José, Desamparados, Linda Vista, Río Azul, de la Pulpería Gemelos número uno, veinticinco metros al este, con cédula de identidad número uno-ochocientos trece-seiscientos sesenta y cinco, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría del Lic. Javier Eduardo Luna Montero, en San José, Montes de Oca, Barrio Dent, Edificio Lachner, tercer piso. Teléfono 8898-0250. Tres de diciembre de dos mil diecinueve.—Lic. Javier Eduardo Luna Montero, Notario Público.—1 vez.—( IN2019413144 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Álvaro Antonio Vargas Quesada, mayor, casado una vez, empresario, portador de la cédula de identidad número cinco-cero ciento cincuenta y tres-cero doscientos catorce, vecino de Buenos Aires de Puntarenas, del Colegio, cien metros al sur y cincuenta metros al oeste, para que, dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a que corresponda. Expediente N° 005-2019. Sucesión de Álvaro Antonio Vargas Quesada. Notaría de la Licda. Yadira Reyes Wong.—Licda. Yadira Reyes Wong, Notaria.—1 vez.—( IN2019413210 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Ilma María Gutiérrez Alvaria conocida como Irma María Gutiérrez Russell y José Antonio Gutiérrez Foster, a las diecinueve horas del veintiocho de noviembre del dos mil diecinueve, y comprobado el fallecimiento de Fernando Gutiérrez Gutiérrez, mayor, casado una vez, pensionado, cédula de identidad número siete-cero cero veintiocho-cero seiscientos cincuenta y dos, y Olga Oliva Alvaria Russeda conocida como Olga Foster Russell, mayor, viuda, ama de casa, cédula de identidad siete-cero cero treinta y tres-cero cuatrocientos sesenta y nueve, ambos vecinos de Limón, fallecido el día cuatro de marzo de mil novecientos noventa y nueve en Hospital Tony Facio, Limón, y veinte de enero del dos mil nueve en Centro, Central, Limón, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio acumulado ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Expediente N° 0001-2019. Notaría de la licenciada Sonia María Saborío Flores, teléfono 2758-3217, fax 2758-3053. 28 de noviembre del 2019.—Licda. Sonia María Saborío Flores, Notaria.—1 vez.—( IN2019413218 ).

Se cita y se emplaza a todos los interesados, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados, en la sucesión de quien en vida fue: Alfredo Bartolomé del Socorro Montoya Montoya, mayor, casado una vez, comerciante, cédula cinco-cero cero siete uno-doscientos trece, vecino de Liberia, Urbanización Felipe Pérez, a fin que en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante la notaría de la Licda. Lidia Isabel Castro Segura, en Liberia, Barrio La Guaria, del Cuerpo de Bomberos 200 metros al norte, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener caridad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. El sucesorio del causante se tramita bajo el Expediente N° 006-2019.—Licda. Lidia Isabel Castro Segura, Notaria, código 11138.—1 vez.—( IN2019413241 ).

Avisos

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de las personas menores Diana Marcela Pérez González y Michelle Dayana Pérez González, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado, expediente N° 19-000129-1591FA, asunto depósito judicial.—Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Quepos (Materia familia), a las trece horas y cuarenta y un minuto del dieciséis de setiembre de dos mil diecinueve.—Licda. Silvia Vásquez Monge, Jueza.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019394195 ).                                                                                                    3. v. 2. Alt.

Se hace saber que ante este Tribunal de Justicia se tramita proceso de declaratoria de ausencia promovido por Graciela María Villabolos Delgado, mayor, soltera en unión de hecho, vecina de Heredia, cédula de identidad número 0401730159, con respecto a la supuesta ausencia de Roberto Esteban Solano Fallas, mayor, soltero en unión de hecho, vecino de Heredia, cédula de identidad número 0108210583. Se ha nombrado curadora provisional para representar al presunto ausente y administrar su patrimonio, a Graciela María Villabolos Delgado, cédula de identidad número 0401730159, demás calidades antes indicadas. Nota: Publíquese tres veces en días consecutivos en un diario de circulación nacional (Artículo 181.1 del Código Procesal Civil). Expediente N° 19-000091-1630-CI-3.—Juzgado Civil de Heredia, 11 de noviembre del año 2019.—Licda. Angelica Delgado Madrigal, Jueza Tramitadora.—( IN2019411896 ).                                                                              3 v. 2.

Se convoca por medio de edicto a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela de las personas menores de edad Aneliz Sofia y Edgar ambos de apellido Arce Leal, ambos hijos de quien en vida fue la señora Gilma María Leal Contreras y el señor Edgar Roberto Arce Boza, esto por haber sido nombradas en testamento, por corresponderles la legítima o por tener interés en la dativa, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente N° 19-000731-0938-FA. Proceso tutela legítima. Promovente: Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, (Materia Familia), 20 de noviembre del 2019.—Licda. María Alejandra Quesada García, Jueza de Familia.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019412945 ).       3 v. 1.

Licda. Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza del Juzgado Segundo de Familia de San José; hace saber a Maricela Adriana Carvajal Ramírez, documento de identificación N° 1-1244-0921, de nacionalidad costarricense, de domicilio desconocido, que en este despacho se interpuso un proceso de divorcio en su contra promovido por Juan Sebastián Saldarriaga Ramírez, bajo el expediente N° 14-000364-0187-FA, donde se dictó la sentencia 969-2019 de las catorce horas y cincuenta y siete minutos del dieciocho de setiembre del dos mil diecinueve que en lo interesa dice: “...Por tanto: se declara con lugar la presente demanda de divorcio promovida y se decreta la disolución del vínculo matrimonial que une a Juan Sebastián Saldarriaga Ramírez, ciudadano colombiano, cédula de residencia N° 1170134119, y pasaporte de su país número C 98703512 contra Maricela Adriana Carvajal Martínez, cédula de identidad N° 1-1244-921, alimentos: acudan las partes a la vía de alimentos correspondiente. Gananciales: no existen bienes gananciales a liquidar, sin embargo, de existir algún otro bien no señalado en este proceso y cuya naturaleza sea de ganancialidad, cada cónyuge adquiere el derecho de participar en el cincuenta por ciento de tales bienes que se llegaren a constatar en el patrimonio del otro cónyuge, como lo dispone el supracitado numeral 41 del Código de Familia. Costas: Sin especial condenatoria de costas (artículo 222 del Código Procesal Civil). Inscripción: a la firmeza de este fallo, inscríbase esta sentencia en el Registro Civil, Sección de Matrimonios de San José, tomo cuatrocientos cincuenta y uno; folio doscientos treinta y tres; asiento cuatrocientos sesenta y cinco. Notifíquese.—Juzgado Segundo de Familia de San José.—Lic. Walter Alvarado Arias, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019412747 ).

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 14-000389-0292-FA, Damaris Arguedas Fuentes y Rodolfo Vinicio Leandro Jiménez, solicitan se apruebe la adopción directa conjunta de la persona menor de edad Gael Andrés Barrantes Arguedas. Se concede a las personas interesad as el plazo de cinco días para formular oposiciones por escrito exponiendo los motivos de su disconformidad e indicando las pruebas en que fundamenta.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de noviembre del año 2019.—Licda. Eugenia María Bolaños Rodríguez, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019412748 ).

Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes. Jueza de familia del juzgado segundo de familia de san José, se le hace saber a Luis Ramírez González, de nacionalidad cubana, documento de identificación 84061909306 y Melania de Los Ángeles Fallas Ramírez, cédula de identidad número 1-1033-379, ambos de domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso de nulidad de matrimonio en su contra, bajo el expediente número 14-000629-0187-FA establecida por la Procuraduría General de la República contra Luis Ramírez González y Melania de los Ángeles Fallas Ramírez y se ordena notificarle por edicto, la sentencia N° 2019001256 de las doce horas y veintinueve minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil diecinueve que en lo conducente dice: .. Por tanto: Acorde con lo expuesto, artículos 420 y siguientes del Código Procesal Civil; 12 bis, 14 bis, 19 y 64 y siguientes del Código de Familia y demás normativa citada, se acoge la presente demanda: 1) Se declara nulo el matrimonio de Luis Ramírez González, de nacionalidad cubana, documento de identificación 65112931994 y Melania de los Ángeles Fallas Ramírez, cédula de identidad número 1-1158-293. 2) Anulase la Inscripción del acto matrimonial inscrito al tomo cuatrocientos setenta y dos, folio trescientos dieciocho, asiento seiscientos treinta y seis, de la Sección de Matrimonios del Registro Civil, Partido de San José. 3) Comuníquese a la Dirección General del Migración y Extranjería, que se anula todo acto preparatorio emitido en favor del señor Luis Ramírez González, tendiente a otorgarle la residencia y al Registro Civil, la nulidad de todo acto preparatorio tendiente a otorgar la carta de naturalización del demandado Luis Ramírez González 4) Se exonera a ambas costas a las partes demandadas (artículo 222 Código Procesal Civil. Notifíquese. Lic. Walter Alvarado Arias. Juez de Familia.—Juzgado de Familia del Juzgado Segundo de Familia de San José.—Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019412749 ).

Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes. Jueza de Familia del Juzgado Segundo de Familia de San José; se le hace saber a Jair Robio Rodríguez, ciudadano colombiano, pasaporte de su país número CC-16949238, de domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso de Nulidad de Matrimonio en su contra, bajo el expediente número 14-000393-0187-FA establecida por la Procuraduría General de la República contra Jair Orobio Rodríguez y Yelissa De Los Ángeles Cerdas Calvo y se ordena notificarle por edicto, la sentencia N° 22019001242 de las quince horas y cincuenta y ocho minutos del veinte de noviembre de dos mil diecinueve que en lo conducente dice:...Por Tanto: Acorde con lo expuesto, artículos 420 y siguientes del Código Procesal Civil; 12 bis, 14 bis, 19 y 64 y siguientes del Código de Familia y demás normativa citada, se acoge la presente demanda: 1) Se declara nulo el matrimonio de Jair Orobio Rodríguez, ciudadano colombiano, pasaporte de su país número CC-16949238 y Yelissa De Los Ángeles Cerdas Calvo, cédula de identidad número 1-1339-369 2) Anulase la Inscripción del acto matrimonial inscrito al tomo cuatrocientos setenta y cinco, folio tres-cientos treinta y tres, asiento seiscientos sesenta y cinco, de la Sección de Matrimonios del Registro Civil, Partido de San José. 3) Comuníquese a la Dirección General del Migración y Extranjería, que se anula todo acto preparatorio emitido en favor del señor Jair Orobio Rodríguez , tendiente a otorgarle la residencia y al Registro Civil, la nulidad de todo acto preparatorio tendiente a otorgar la carta de naturalización del demandado Jair Orobio Rodríguez 4) Comuníquese al Registro Civil se corrija el asiento de nacimiento del menor Dariana Nicole Orobio Cerdas, inscrito en la Sección de Nacimientos de San José, tomo dos mil ciento dos, asiento doscientos noventa y dos , para que el menor pueda llevar los apellidos Cerdas Calvo, de ahora en adelante. 5) Sin especial condenatoria en costas, por litigar el demandado Jair Orobio Rodríguez por medio de curador procesal y a la demandada Yelissa De Los Ángeles Cerdas Calvo, por haberse allanado y haber colaborado con el proceso (artículo 222 Código Procesal Civil. Notifíquese. Lic. Walter Alvarado Arias. Juez de Familia.—Juzgado Segundo de Familia de San José.—Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019412750 ).

Msc. Diana Patricia Rojas Elizondo Jueza del Juzgado Primero de Familia de San Jose; hace saber a la señora Anyber Holguín Guzmán (documento identidad 003195721) y al señor Geison Andrés Porras Calderón, (cédula de identidad 1-1225-0897), ocupación y paraderos desconocidos que en el Proceso Abreviado de Nulidad de Matrimonio planteado en su contra por la Procuraduría General de la República, expediente número 14- 001003-0186-FA se dictó la sentencia que en lo conducente dice: “ sentencia de primera instancia N° 262-2019 Juzgado Primero de Familia del Primer Circuito Judicial de San José. A las siete horas y treinta y ocho minutos del uno de marzo de dos mil diecinueve. Resultando: 1) A) B) C) D) E) II) III) 2) 3) Considerando: I.—Hechos probados. a) b) II. —Hechos no probados: III. —IV.— V.— VI.—. Por tanto: De conformidad con lo expuesto, normas legales citadas, este proceso de nulidad de matrimonio formulado por el estado contra los señores Geison Andrés Porras Calderón y Anyber Holguín Guzmán se resuelve de la siguiente manera: 1) Se declara sin lugar la presente demanda. 2) Notifíquese a los dos demandados Geison Andrés Porras Calderón y Anyber Holguín Guzmán la parte dispositiva de esta sentencia por medio de Edicto, que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial. 3) Se condena al Estado al pago de las costas procesales y personales de este asunto. 4) De una vez se ordena girar en concepto de honorarios de curador procesal a los licenciados Gerardo Sánchez Rodríguez, con cédula de identidad número 1-0394-0427 y Guiselle Mora Rojas, con cédula de identidad número 1-0472-0817, la suma de Cincuenta mil colones exactos a cada uno de ellos, sumas que se girarán por parte de la Administración de este Circuito Judicial.- Msc. Marilene Herra Alfaro. Jueza.” Expediente NO. 14-001003-0186-FA nulidad matrimonio.—San José. 27 de noviembre del año 2019.—Licda. Diana Patricia Rojas Elizondo, Jueza.—1 vez.—O.C N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019412765 ).

Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza de Familia del Juzgado Segundo de Familia de San José, se le hace saber a Rosaida Ramos Rodríguez, de nacionalidad cubana, documento de identificación 65112931994, de domicilio desconocido y Allan Gustavo Gutiérrez Pérez, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad número 1-1158-293, de domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso de nulidad de matrimonio en su contra, bajo el expediente número 14-001017-0187-FA establecida por la Procuraduría General de la República contra Rosaida Ramos Rodríguez y Allan Gustavo Gutiérrez Pérez y se ordena notificarles por edicto, la sentencia Nº 2019001251 de las doce horas y cincuenta y dos minutos del veintitrés de noviembre de dos mil diecinueve que en lo conducente dice: …Por tanto: Acorde con lo expuesto, artículos 420 y siguientes del Código Procesal Civil, 12 bis, 14 bis, 19 y 64 y siguientes del Código de Familia y demás normativa citada, se acoge la presente demanda: 1) Se declara nulo el matrimonio de Rosaida Ramos Rodríguez, de nacionalidad cubana, documento de identificación 65112931994 y Allan Gustavo Gutiérrez Pérez, cédula de identidad número 1-1158-293. 2) Anulase la inscripción del acto matrimonial inscrito al tomo cuatrocientos ochenta y nueve, folio ciento ochenta y seis, asiento trescientos setenta y dos, de la Sección de Matrimonios del Registro Civil, Partido de Puntarenas. 3) Comuníquese a la Dirección General del Migración y Extranjería, que se anula todo acto preparatorio emitido en favor de la señora Rosaida Ramos Rodríguez, tendiente a otorgarle la residencia y al Registro Civil, la nulidad de todo acto preparatorio tendiente a otorgar la carta de naturalización de la demandada Rosaida Ramos Rodríguez. 4) Se condena a ambas costas a las partes demandadas (artículo 221 Código Procesal Civil. Notifíquese. Lic. Walter Alvarado Arias. Juez de Familia.—Juzgado Segundo de Familia de San José.—Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019412766 ).

Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza de Familia del Juzgado Segundo de Familia de San José; se le hace saber a Luis Carrasquilla Zabaleta, ciudadano colombiano, pasaporte de su país número 72045548, de domicilio desconocido, que en este despacho se interpuso un proceso de nulidad de matrimonio en su contra, bajo el expediente número 14-001070-0187-FA, establecida por la Procuraduría General de la República contra José Luis Carrasquilla Zabaleta y Alejandra Zúñiga Camacho y se ordena notificarle por edicto la sentencia N° 2019001253 de las quince horas y doce minutos del veintitrés de noviembre de dos mil diecinueve que en lo conducente dice: ...Por tanto: acorde con lo expuesto, artículos 420 y siguientes del Código Procesal Civil; 12 bis, 14 bis, 19 y 64 y siguientes del Código de Familia y demás normativa citada, se acoge la presente demanda: 1) Se declara nulo el matrimonio de José Luis Carrasquilla Zabaleta, ciudadano colombiano, pasaporte de su país N° 72045548 y Alejandra Zúñiga Camacho, cédula de identidad número 1-1316-780. 2) Anulase la Inscripción del acto matrimonial inscrito al tomo cuatrocientos setenta y tres, folio ciento treinta y uno, asiento doscientos sesenta y dos, de la Sección de Matrimonios del Registro Civil, Partido de San José. 3) Comuníquese a la Dirección General del Migración y Extranjería, que se anula todo acto preparatorio emitido en favor del señor José Luis Carrasquilla Zabaleta, tendiente a otorgarle la residencia y al Registro Civil, la nulidad de todo acto preparatorio tendiente a otorgar la carta de naturalización del demandado José Luis Carrasquilla Zabaleta 4) Comuníquese al Registro Civil se corrija el asiento de nacimiento del menor Arjeen Dionicio Carrasquilla Zúñiga, inscrito en la Sección de Nacimientos de San José, tomo dos mil ciento dos, asiento doscientos noventa y dos, para que el menor pueda llevar los apellidos Zúñiga Camacho, de ahora en adelante. 5) Sin especial condenatoria en costas, por litigar el demandado José Luis Carrasquilla Zabaleta por medio de curador procesal y a la demandada Alejandra Zúñiga Camacho, por haberse allanado y haber colaborado con el proceso (artículo 222 Código Procesal Civil. Notifíquese. — Lic. Walter Alvarado Arias, Juez.—Juzgado Segundo de Familia de San José.—Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019412767 ).

Licda. Mayra Trigueros Brenes, Jueza del Juzgado Segundo de Familia de San José; hace saber a Sandra Yaneth Iriarte Segura, Yeimi Javier Camacho López, documento de identidad N° CC29110540, 0701520379, que en este Despacho se interpuso un proceso nulidad matrimonio en su contra, bajo el expediente número 15-000102-0187-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: N° 2019001029.—Sentencia de primera instancia.—Juzgado Segundo de Familia de San José, a las trece horas y nueve minutos del tres de octubre del dos mil diecinueve. Por tanto. Con fundamento en las razones expuestas y citas de derecho citadas, se rechazan las excepciones de prescripción y falta de derecho. Se declara con lugar la presente demanda, declarando la inexistencia de matrimonio y por consiguiente se decreta lo siguiente: 1. Se declara la inexistencia del matrimonio que une a Javier Camacho López, cédula de identidad número 7-152-379, con Sandra Yaneth Iriarte Segura, de nacionalidad colombiana, pasaporte de su país número PCC 29110540, tornando nuevamente las partes a su estado primigenio de solteros. 2. Proceda el Registro Civil a anotar al margen de las citas de matrimonio de las partes, inscrito en el Registro de Matrimonios del partido de San José, tomo 478, folio 440, asiento 881. 3. Comuniques al Registro Civil y a la Dirección General de Migración y Extranjería, para que se anule el trámite de naturalización y cualquier trámite migratorio que haya presentado la demandada Sandra Yaneth Iriarte Segura, con base en el matrimonio mencionado. 4. Costas: Sin especial condenatoria en ambas costas a las partes, por haber litigado de buena fe, de conformidad con lo que establece el artículo 223 del anterior Código Procesal Civil, vigente únicamente para procesos familiares, según Ley N° 9621. 5. Publíquese esta resolución por única vez en el Boletín Judicial, de conformidad con lo que establece el artículo 263 del cuerpo normativo supra citado. Notifíquese. Isabel Villegas Cascante, Jueza de Familia. Lo anterior se ordena así en proceso nulidad matrimonio de Procuraduría General de la República contra Sandra Yaneth Iriarte Segura, Yeimi Javier Camacho López. Expediente Nº 15-000102-0187-FA.—Juzgado Segundo de Familia de San José, 07 de octubre del 2019.—Licda. Mayra Trigueros Brenes, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019412768 ).

Licda. Mayra Trigueros Brenes Jueza del Juzgado Segundo de Familia de San José; hace saber a Gonzalo Reinaldo Herrera Quesada, María de los Ángeles Balarezo Arias, documento de identidad 069427, 0700570410, que en este Despacho se interpuso un proceso nulidad matrimonio en su contra, bajo el expediente número 15-000788-0187-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: N° 2019001022. Sentencia de Primera Instancia Juzgado Segundo de Familia de San José. A las quince horas y dos minutos del primero de octubre de dos mil diecinueve. Por tanto con fundamento en las razones expuestas y citas de derecho citadas, se declara con lugar la presente demanda, declarando la inexistencia de matrimonio y por consiguiente se decreta lo siguiente: 1.- Se declara la inexistencia del matrimonio que une a María de los Ángeles Balarezo Arias, cédula de identidad número 7-057-410, con Gonzalo Reinaldo Herrera Quesada, de nacionalidad cubana, documento de su país número P069427, tornando nuevamente las partes a su estado primigenio de solteros. 2.- Proceda el Registro Civil a anotar al margen de las citas de matrimonio de las partes, inscrito en el Registro de Matrimonios del partido de San José, al tomo 384, folio 162, asiento 323, del Registro de Matrimonios de la Provincia de San José. 3.- Comuníquese al Registro Civil y a la Dirección General de Migración y Extranjería, para que se anule trámite de naturalización o cualquier otro que haya presentado el demandado Gonzalo Reinaldo Herrera Quesada, con base en el matrimonio mencionado. 4.- Costas: no se condena en costas a los demandados, de conformidad con lo que establece el artículo 222 del anterior Código Procesal Civil, vigente únicamente para procesos familiares, según Ley 9621. 5.- Publíquese esta resolución por única vez en el Boletín Judicial, de conformidad con lo que establece el artículo 263 del cuerpo normativo supra citado. Notifíquese. Isabel Villegas Cascante. Jueza de Familia. Lo anterior se ordena así en proceso nulidad matrimonio de Procuraduría General República contra Gonzalo Reinaldo Herrera Quesada, María de los Ángeles Balarezo Arias; expediente Nº 15-000788-0187-FA.—Juzgado Segundo de Familia de San José, 07 de octubre del año 2019.—Licda. Mayra Trigueros Brenes, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019412792 ).

Licda. Mayra Trigueros Brenes, Jueza del Juzgado Segundo de Familia de San Jose; hace saber a Gonzalo Reinaldo Herrera Quesada, María de Los Ángeles Balarezo Arias, documento de identidad 069427, 0700570410, que en este Despacho se interpuso un proceso nulidad matrimonio en su contra, bajo el expediente número 15-000788-0187-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: N° 2019001022. Sentencia de Primera Instancia Juzgado Segundo de Familia de San José, a las quince horas y dos minutos del primero de octubre de dos mil diecinueve. Por tanto, Con fundamento en las razones expuestas y citas de derecho citadas, se declara con lugar la presente demanda, declarando la inexistencia de matrimonio y por consiguiente se decreta lo siguiente: 1.-Se declara la inexistencia del matrimonio que une a María de Los Ángeles Balarezo Arias, cédula de identidad número 7-057-410, con Gonzalo Reinaldo Herrera Quesada, de nacionalidad cubana, documento de su país número P069427, tornando nuevamente las partes a su estado primigenio de solteros. 2.-Proceda el Registro Civil a anotar al margen de las citas de matrimonio de las partes, inscrito en el Registro de Matrimonios del Partido de San José, al tomo 384, folio 162, asiento 323, del Registro de Matrimonios de la Provincia de San José. 3.-Comuníquese al Registro Civil y a la Dirección General de Migración y Extranjería, para que se anule trámite de naturalización o cualquier otro que haya presentado el demandado Gonzalo Reinaldo Herrera Quesada, con base en el matrimonio mencionado. 4.-Costas: No se condena en costas a los demandados, de conformidad con lo que establece el artículo 222 del anterior Código Procesal Civil, vigente únicamente para procesos familiares, según Ley 9621. 5.-Publíquese esta resolución por única vez en el Boletín Judicial, de conformidad con lo que establece el artículo 263 del cuerpo normativo supra citado. Notifíquese. Isabel Villegas Cascante. Jueza de Familia. Lo anterior se ordena así en proceso nulidad matrimonio de Procuraduría General República contra Gonzalo Reinaldo Herrera Quesada, María de Los Ángeles Balarezo Arias; expediente Nº 15-000788-0187-FA—Juzgado Segundo de Familia de San José, 07 de octubre del 2019.—Licda. Mayra Trigueros Brenes, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019412793 ).

Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza de Familia del Juzgado Segundo de Familia de San José; se le hace saber a Alejandro Parra Bustamante, ciudadano colombiano, pasaporte de su país número CC 16946411, de domicilio desconocido, que en este despacho se interpuso un proceso de nulidad de matrimonio en su contra, bajo el expediente N° 15-000973-0187-FA, establecida por la Procuraduría General de la República contra Alejandro Parra Bustamante y Mónica Vargas Monge y se ordena notificarle por edicto la sentencia N° 2019001255 de las dieciocho horas y dieciséis minutos del veintitrés de noviembre de dos mil diecinueve que en lo conducente DICE: POR TANTO: Acorde con lo expuesto, artículos 420 y siguientes del Código Procesal Civil; 12 bis, 14 bis, 19 y 64 y siguientes del Código de Familia y demás normativa citada, se acoge la presente demanda: 1) Se declara nulo el matrimonio de Alejandro Parra Bustamante, ciudadano colombiano, pasaporte de su país número CC 16946411 y Mónica Vargas Monge, cédula de identidad N° 1-1239-587 2) Anulase la inscripción del acto matrimonial inscrito al tomo quinientos cuatro, folio cuatrocientos veintiuno, asiento ochocientos cuarenta y uno, de la Sección de Matrimonios del Registro Civil, Partido de San José. 3) Comuníquese a la Dirección General del Migración y Extranjería, que se anula todo acto preparatorio emitido en favor de Alejandro Parra Bustamante, tendiente a otorgarle la residencia y al Registro Civil, la nulidad de todo acto preparatorio tendiente a otorgar la carta de naturalización de Alejandro Parra Bustamante 4) Sin especial condenatoria en costas, por litigar Alejandro Parra Bustamante por medio de curador procesal y a Mónica Vargas Monge, por haber colaborado con el proceso (artículo 222 Código Procesal Civil. Notifíquese. Lic. Walter Alvarado Arias, Juez.—Juzgado Segundo de Familia de San José.—Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019412794 ).

Msc. Patricia Méndez Gómez Jueza del Juzgado Primero de Familia De San Jose; hace saber a Raiky García Toledo, documento de identidad 74110224421, Técnico, que en este Despacho se interpuso un proceso nulidad matrimonio en su contra, bajo el expediente número 16-000110-0186-FA donde se dictó la sentencia número: 2019001069 de las diez horas y cincuenta y dos minutos del diecisiete de octubre de dos mil diecinueve, que en su parte dispositiva literalmente dice: Por tanto: Acorde con lo expuesto, artículos 420 y siguientes del Código Procesal Civil; 13, 19 y 64 y siguientes del Código de Familia y demás normativa citada, se acoge la presente demanda: 1) Se declara inexistente el matrimonio de Raiky García Toledo ciudadano cubano, pasaporte de su país número 74110224421 y Débora Esther Barrantes Vargas cédula de identidad número 1-1351-0058. 2) Anulase la Inscripción del acto matrimonial inscrito al tomo cuatrocientos setenta y seis, folio sesenta y siete, asiento ciento treinta y cuatro, de la Sección de Matrimonios del Registro Civil, Partido de San José. 3) Comuníquese a la Dirección General del Migración y Extranjería, que se anula todo acto preparatorio emitido en favor del señor demandado Raiky García Toledo tendiente a otorgarle la residencia y al Registro Civil, la nulidad de todo acto preparatorio tendiente a otorgar la carta de naturalización del demandado Raiky García Toledo. 4) Corríjase las citas de nacimiento de los menores Kleyton Andrey García Barrantes inscrito en la Sección de Nacimientos de la Provincia de San José al tomo: dos mil treinta, folio cuatrocientos cuarenta, asiento ochocientos ochenta, Genesis Dailany García Barrantes inscrito en la Sección de Nacimientos de la Provincia de San José al tomo: dos mil sesenta, folio doscientos seis, asiento cuatrocientos doce, Said García Barrantes inscrito en la Sección de Nacimientos de la Provincia de San José al tomo: dos mil ciento ochenta y dos, folio doscientos diecisiete, asiento cuatrocientos treinta y cinco, para que los menores pueda llevar los apellidos Barrantes Vargas, de ahora en adelante. 5) Se exime de costas a ambos demandados (artículo 222 Código Procesal Civil Ley 7130). 6) Honorarios: Con la firmeza de esta resolución, gírese los honorarios del curador procesal, se ordena girar la suma de sesenta y cinco mil colones (¢65.000,00) al Licenciado Juan Alberto Román Moya, cédula 1-619-883, por concepto de honorarios de curador procesal. Dicho monto se cancelado por la Administración Judicial. Notifíquese. Licda. Karol Adriana Gómez Chacón. Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso nulidad matrimonio de Procuraduría General de la Republica contra Raiky García Toledo y Débora Esther Barrantes Vargas. Expediente Nº 16-000110-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 05 de noviembre del 2019.—1 vez.—O.C N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019412822 ).

Licda. Mayra Trigueros Brenes, jueza del Juzgado Segundo de Familia de San José; hace saber a Gerson Emmanuel Hidalgo Mora, documento de identidad 0602160303, divorciadoa, ingeniero industrial y de producción, vecino de domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso suspensión patria potestad en su contra, bajo el expediente número 16-000375-0187-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Sentencia de primera instancia N¢X 2019000498 Juzgado Segundo de Familia de San José. A las diez horas y veintitrés minutos del cinco de junio de dos mil diecinueve. Proceso abreviado de suspensión de patria potestad establecido por Monique Vivianne Rojas Orozco, mayor, divorciada una vez, mercadóloga, vecina de San José, portador de la cédula de identidad número uno-ochocientos treinta y ocho-doscientos cuarenta contra Gerson Emmanuel Hidalgo Mora, mayor, divorciado una vez, ingeniero industrial, vecino de San José, portador de la cédula de identidad número seis-doscientos dieciséis-trescientos tres. Se ha tenido como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Resultando: I…. II…. III…. Considerando: I…. II…. III…. IV…. Por tanto: De acuerdo a lo expuesto, y artículos 51, 52 y 55 de la Constitución Política; 1, 2, 5, 6, 8, 115 y siguientes, 140, 141, 143, 159 y 160 del Código de Familia, 3 de la Convención de los Derechos del Niños y 5 y 105 del Código de la Niñez y la Adolescencia y se declara con lugar la demanda abreviada interpuesta por Monique Vivianne Rojas Orozco contra Gerson Emanuel Hidalgo Mora y en se suspende a Gerson Emanuel Hidalgo Mora en el ejercicio de la patria potestad respecto de su menor hijo Mathias Daniel Hidalgo Rojas, ello por un plazo de cuatro años, dentro de los cuales, deberán llevarse a cabo estudios de tipo psicológico y social, pero siempre ha pedido del demandado quien sería el interesado en revertir esta suspensión, a fin de determinar la viabilidad o no de que se puedan ejercer esos derechos de su parte; siendo en caso de no ser posible o de no haber interés, a pedido de la parte actora, podrá revertirse esta suspensión en una pérdida del derecho como lo establecido el inciso c) del artículo 158 del Código de Familia. Una vez firme este fallo inscríbase el mismo mediante ejecutoria extendida a una solicitud de parte interesada, en el Registro Civil, Sección de Nacimiento de la Provincia de San José al Tomo: dos mil cinco, folio; cuatrocientos quince, asiento: ochocientos veintinueve. En consecuencia, la señora Monique Vivianne Rojas Orozco, ejercerá exclusivamente la patria potestad sobre su hijo Mathias Daniel Hidalgo Rojas, evidentemente los atributos de guarda, crianza y educación del mismo. Hágase saber esta resolución, a la demandada por medio de edicto. Notifíquese. Licda. Marianella Fallas Víquez. Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso suspensión patria potestad de Monique Vivianne Rojas Orozco contra Gerson Emmanuel Hidalgo Mora. Expediente Nº16-000375-0187-FA.—Juzgado Segundo de Familia de San José, 28 de noviembre del año 2019.—Licda. Mayra Trigueros Brenes, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019412823 ).

Licda. Mayra Trigueros Brenes, Jueza del Juzgado Segundo de Familia de San José, hace saber a Gustavo Rodríguez Díaz, Maritza Salazar Chavarría, documento de identidad 61100514803, 0105050783, que en este Despacho se interpuso un proceso nulidad matrimonio en su contra, bajo el expediente número 16-001275-0187-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Nº 2019001036 Sentencia de primera instancia Juzgado Segundo de Familia de San José. A las catorce horas y treinta y dos minutos del cuatro de octubre de dos mil diecinueve. Por tanto: Acorde con lo expuesto, artículos 420 y siguientes del Código Procesal Civil, 12 bis, 14 bis, 19 y 64 y siguientes del Código de Familia y demás normativa citada, se acoge la presente demanda en todos sus extremos, y: 1. Se anula el matrimonio de Maritza Salazar Chavarría y Gustavo Rodríguez Díaz, celebrado el 2 de noviembre de 2005 ante el notario público Guillermo Antón Mendoza, matrimonio debidamente inscrito en el Registro Civil, Registro de Matrimonios de la Provincia de San José, al tomo 484, folio 269, asiento 538. 2. Conforme el numeral 19 del Código de Familia, comuníquese tanto al Registro Civil, como a la Dirección General de Migración, para que se cancelen los beneficios migratorios y beneficios de naturalización, que la parte demandada Gustavo Rodríguez Díaz haya solicitado o solicite con fundamento en el matrimonio aquí anulado. 3. Sin especial condenatoria en costas, por haber litigado las partes de buena fe, de acuerdo con el numeral 222 del antiguo Código Procesal Civil, aplicable únicamente a materia familiar, según Ley 9621. Publíquese la parte dispositiva de esta resolución por única vez en el Boletín Judicial, de conformidad con lo que establece el artículo 263 del cuerpo normativo supra citado. Notifíquese. Isabel Villegas Cascante. Jueza de Familia. Lo anterior se ordena así en proceso nulidad matrimonio de Procuraduría General de la República contra Gustavo Rodríguez Díaz, Maritza Salazar Chavarría. Expediente Nº 16- 001275-0187-FA.—Juzgado Segundo de Familia de San José, 07 de octubre del año 2019.—Licda. Mayra Trigueros Brenes, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019412824 ).

Licenciada Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Eida Milena Fonseca Víquez, en su carácter personal, quien es mayor, cédula 3-0427-0484, demás calidades desconocidas y Rodolfo Mosquera Riascos, mayor, de nacionalidad Panameña, demás calidades desconocidas,  se les hace saber que en demanda declaratoria judicial abandono, establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Eida Milena Fonseca Víquez y otro, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago. A las ocho horas y treinta y seis minutos del cuatro de agosto del año dos mil diecisiete.- Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono de la persona menor de edad Julieth Daleycha Mosquera Fonseca, planteado por Patronato Nacional de la Infancia contra Eida Milena Fonseca Víquez y Rodolfo Mosquera Riascos, a quienes se les concede el plazo de cinco días para que opongan excepciones, se pronuncien sobre la solicitud y ofrezcan prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. En ese mismo plazo, en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.- Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169- 2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío  y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se le advierte que, si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibidem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Tal y como lo solicita el ente actor, se ordena como medida cautelar el depósito provisional de la menor de edad Julieth Daleycha, en el domicilio de la señora Flor María Víquez Cortés. Siendo que el ente actor indica que desconoce sobre el paradero de los demandados, con respecto al señor Mosquera Riascos, se ordena nombrarle un curador procesal que lo represente en el proceso por cuanto por su nacionalidad, no es posible solicitar a la sección correspondiente una posible dirección del mismo, por otra parte de conformidad con el artículo 5 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, se procede a integrar al Cónsul General de Panamá, a fin de que el mismo se sirva, a coadyuvar en los derechos de sus nacionales. Notifíquese a dicho Cónsul, por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial, Goicoechea. Con respecto a la señora Eida Milena, se ordena enviar atento oficio dirigido al Organismo de Investigación Judicial, sección personas, con el fin de dar con su paradero. De no ubicarse a la misma, se procederá al nombramiento del curador procesal para ambos demandados. Notifíquese. Expediente 17-001878-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 15 de noviembre de 2019.—Licda. Patricia Cordero García. Jueza.—1 vez.—O.C N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019412825 ).

Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza de Familia del Juzgado Segundo de Familia de San José; se le hace saber a Nélida Andrea Orrego Escobar, ciudadano colombiano, pasaporte de su país número CC 43713965, de domicilio desconocido, que en este despacho se interpuso un proceso de nulidad de matrimonio en su contra, bajo el expediente N° 18-000027-0187-FA establecida por la Procuraduría General de la República contra Nélida Andrea Orrego Escobar y Carlos Adrián Varela Alvarado y se ordena notificarle por edicto, la sentencia N° 2019001257 de las catorce horas y diecinueve minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil diecinueve que en lo conducente dice: N° Por tanto: acorde con lo expuesto, artículos 420 y siguientes del Código Procesal Civil; 13, 19 y 64 y siguientes del Código de Familia y demás normativa citada, se acoge la presente demanda: 1) Se declara inexistente el matrimonio de Nélida Andrea Orrego Escobar, ciudadano colombiano, pasaporte de su país número CC 43713965 y Carlos Adrián Varela Alvarado, cédula de identidad número 3-407-250. 2) Anulase la Inscripción del acto matrimonial, inscrito al tomo cuatrocientos ochenta, folio trescientos veintidós, asiento seiscientos cuarenta y tres, de la Sección de Matrimonios del Registro Civil, Partido de San José. 3) Comuníquese a la Dirección General del Migración y Extranjería, que se anula todo acto preparatorio emitido en favor de Nélida Andrea Orrego Escobar, tendiente a otorgarle la residencia y al Registro Civil, la nulidad de todo acto preparatorio tendiente a otorgar la carta de naturalización de Nélida Andrea Orrego Escobar 4) Se exime de costas a ambos demandados (artículo 222 Código Procesal Civil Ley 7130). Notifíquese. Lic. Walter Alvarado Arias, Juez de Familia.—Juzgado Segundo de Familia de San José.—Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019412859 ).

MSc. Ricardo Núñez Montes de Oca, Juez del Juzgado de Familia de Heredia, a Elías Trey Mannix, en su carácter personal, quien es mayor, pasaporte número 401621514, de restantes calidades y domicilios desconocidos en autos, quien es representado por el curador procesal Luis Diego Jiménez Jiménez, cédula N° 1-682-144. Se le hace saber que en demanda autorización salida país, expediente: 18-000529-0364-FA, establecida por Zamira del Carmen Méndez Aguilar contra Elías Trey Mannix, se ordena notificarle por edicto al señor Elías Trey Mannix, que en lo conducente dice: La sentencia N° 2019000949. —“Juzgado de Familia de Heredia, a las catorce horas y veintinueve minutos del dieciocho de junio del dos mil diecinueve. “...Resultando.” “...Considerando:” Por tanto: Con base en lo expuesto y en artículos 5°, 16 y 105 del Código de Niñez y Adolescencia, así como en numeral 151, siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar las presentes diligencias de permiso de salida del país permanente establecida por Zamira Méndez Aguilar contra Elías Trey Mannix. En consecuencia, se autoriza: 1) La salida del país permanentemente de Aylin Mannix Méndez, las veces necesarias a partir de este momento y hasta que cumpla la mayoría de edad. 2) Este permiso de salida del país, implica necesariamente el retorno de la niña Aylin a Costa Rica y que en caso de que el menor no retorne al país, la madre podría cometer el delito de sustracción simple de una persona menor de edad, contemplado en el numeral 184 del Código Penal y que se encuentra castigado con pena de prisión. Asimismo, se podría invocar el cumplimiento del Convenio de la Haya, de sustracción de menores, para verificar el retorno del menor a su residencia habitual, sea Costa Rica. Publicación de edicto y honorarios: Publíquese la presente sentencia en el Boletín Judicial del Diario Oficial La Gaceta y una vez firme la misma, gírese los honorarios del profesional en derecho que fungió como curador procesal de la parte accionada. Costas: De conformidad con los ordinales 222 del anterior Código Procesal Civil y el 106 del Código de la Niñez y la Adolescencia, se dicta la presente sentencia, sin especial condenatoria en costas. Notifíquese. Licda. Grace Cordero Solórzano, Jueza...”.—Juzgado de Familia de Heredia.—MSc. Ricardo Núñez Montes de Oca, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019412860 ).

Licda. Mayra Trigueros Brenes Jueza del Juzgado Segundo de Familia de San Jose; hace saber a Elizabeth del Socorro Pérez Pérez, documento de identidad C01691791, Soltero/a, Vendedor(a), vecino de domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso guarda crianza y educación en su contra, bajo el expediente número 19-000195-0187-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Segundo de Familia de San José.- A las catorce horas y cincuenta y cuatro minutos del doce de marzo de dos mil diecinueve.- I.— .... De la anterior demanda abreviada de guarda, crianza y educación establecida por Christopher Alonso Loria Quesada, se confiere traslado a Elizabeth del Socorro Pérez Pérez por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Este Circuito Judicial de este circuito. Se le previene a la parte demandada , que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedaran notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.- Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N¢X8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009- II.- En atención a lo solicitado por el actor en consideración a los hechos que expuso en su demanda tomando en cuenta el posible riesgo en que pudiere estar el niño al cuidado de su madre, según se desprende de la documentación presentada y el contexto en que gestiona, con el carácter de medida cautelar provisional se le confiere al actor la Guarda provisional de la persona menor de edad Isaac Mateo Loria Pérez. Para que tomen nota las partes las medidas cautelares adoptadas se establecen sin prejuzgar la pretensión del actor o la posición que asuma la demandada y son ordenados sin perjuicio de lo que deba resolverse en sentencia. Isabel Cristina Villegas Cascante. Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso guarda crianza y educación de Cristopher Alonso Loría Quesada contra Elizabeth del Socorro Pérez Pérez. Expediente Nº19-000195-0187-FA.—Juzgado Segundo de Familia de San José, 12 de setiembre del 2019.—Licda. Mayra Trigueros Brenes, Jueza.—1 vez.—O.C N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019412861 ).

Licda. Mayra Trigueros Brenes, Jueza del Juzgado Segundo de Familia de San José; hace saber a Paulino José Gómez Cáceres, documento de identidad 155810726818, soltero, dato desconocido, vecino de domicilio desconocido, que en este despacho se interpuso un proceso divorcio en su contra, bajo el expediente número 19-000374-0187-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Segundo de Familia de San José, a las nueve horas y tres minutos del siete de junio de dos mil diecinueve. I.- Se tiene por aceptado el cargo de curadora procesal por parte de María Fernanda Solano Guillen. II.- Del anterior proceso abreviado de divorcio establecido por Sandra del Socorro Dávila López se confiere traslado por el plazo de diez días a Paulino José Gómez Cáceres para que en la persona de su curadora procesal Licenciada María Fernanda Solano Guillen, se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedaran notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N¢X8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, articulo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para él envió y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones. III.- Notifíquese esta resolución al demandado, por medio de su curadora procesal la Licenciada Solano Guillen. Quedan las copias a su disposición o por el contrario podrán traer una llave maya o CD donde sea guardado el expediente digital. De conformidad con el numeral 263 del Código Procesal Civil, se ordena notificar al demandado Paulino José Gómez Cáceres por medio de edicto esta resolución, remítase el mismo mediante sistema electrónico a la Imprenta Nacional. Isabel Cristina Villegas Cascante, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso divorcio de Sandra del Socorro Dávila López contra Paulino José Gómez Cáceres. Expediente Nº 19-000374-0187-FA.—Juzgado Segundo de Familia de San José, 28 de noviembre del año 2019.—Juzgado Segundo de Familia de San José.—Licda. Mayra Trigueros Brenes, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019412897 ).

Licda. Mayra Trigueros Brenes, Jueza del Juzgado Segundo de Familia de San José; hace saber a Ana María Jiménez Sánchez, documento de identidad N° 155815980030, soltero/a, vecino de domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso divorcio en su contra, bajo el expediente número 19-000422-0187-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Segundo de Familia de San José, a las quince horas y cincuenta y uno minutos del seis de mayo del dos mil diecinueve. De la anterior demanda abreviada de divorcio establecida por el accionante Jonny Alexander Calderón Lazo, se confiere traslado a la accionada Ana Maria Jiménez Sánchez por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedaran notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 02 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono celular, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del Despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones”. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Genero del Poder Judicial, sesión N° 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a la demandada, personalmente en su lugar de trabajo. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José.... “Lo anterior se ordena así en proceso divorcio de Jonny Alexander Calderón Lazo contra Ana María Jiménez Sánchez. Expediente Nº 19-000422-0187-FA.—Juzgado Segundo de Familia de San José, 30 de setiembre del 2019.—Licda. Mayra Trigueros Brenes, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019412942 ).

Se avisa que en este Despacho en el expediente número 19-000566-0688- FA promovido por Jorge Eduardo Rojas Muñoz y Laura Marcela Pacheco Vargas solicitan se apruebe la adopción conjunta con cambio de nombre de las personas menores Nelson Enmanuel Montoya Ureña y Darren Josué Montoya Ureña. Se concede a las personas interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramon) (Materia Familia), 21 de noviembre del año 2019.—Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019412944 ).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el proceso de Declaratoria Judicial de Estado de Abandono de la niña Xochil Adriana Sandoval García, hija de Nardyn Mauricio Sandoval Pérez y Xochil Mariana García Burgo, Promovido por el Patronato Nacional de la Infancia-Oficina Local de San Carlos, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de tres días que se contarán a partir de la publicación de este edicto. Asunto: Declaratoria de Abandono. Expediente N° 19-001177-1302-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 26 de noviembre del año 2019.—Licda. Mariam Calderón Villegas, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019412955 ).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de las personas menores de edad Dana y Emma ambas, apellidos Prieto Jiménez, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Clase de Asunto. Depósito judicial. Expediente N°19-001948-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las quince horas y treinta y siete minutos del veintidós de noviembre de dos mil diecinueve, 22 de noviembre del año 2019.—Licda. Eugenia María de los Ángeles Bolaños Rodríguez, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019413159 ).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Francischel Angélica Salazar Salazar, mayor, soltera, estudiante, cédula de identidad número 0116840224, nombre de la progenitora Matilde Salazar Herrera y nombre del progenitor Carlos Bolívar Salazar Mora, nacida en Hospital, central, San José, el 22/08/1997, con 22 años de edad, y Pablo Geovani Cubillo Cubillo, mayor, soltero, ayudante operario, cédula de identidad número 0604560892, nombre de la progenitora Argerie Cubillo Vargas y nombre del progenitor Geiner Cubillo Vega, domicilio en San Vito, Coto Brus, Puntarenas, nacido el 22/11/1999, actualmente con 19 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en la fila de Mora 1,5 kilómetros al sur de la plaza de deportes casa color papaya. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 19-000266-1530-FA.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia Puriscal (Materia Familia), San José, Puriscal, 09 de octubre del año 2019.—Lic. Milena Peñas Salas, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019412862 ).

Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil Freed Martin Mena Serrano, mayor, soltero, cédula de identidad número 0113880528, hijo de Eida Serrano Sánchez y Álvaro Isidro Mena Mena, nacido en Hospital Central San José, el 27/04/1989, con 30 años de edad, y Karina de los Ángeles Pérez Sánchez, mayor, soltera, cédula de identidad número 0114480774, hija de Flor de María Sánchez Mena y Edwin Pérez Bonilla, nacida en Hospital Central San José, el 03/12/1990, actualmente con 28 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Quitirrisi de Mora; 300 mts. de la Iglesia San Martín, casa de color naranja, a mano derecha. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 19-000324-1530-FA.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia Puriscal (Materia Familia), San José, 20 de noviembre del año 2019.—Licda. Milena Peñas Salas, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019412895 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil María Marlene de la Trinidad Porras Ferreto, mayor, divorciada, oficios domésticos, cédula de identidad número 0502410272, vecina de Nandayure, de la iglesia católica 500 metros al sur casa de color blanca de cemento, hija de Antonio Porras Mora y Angelina Ferreto Madrigal, nacida en San Pablo, Nandayure, Guanacaste, el 28/08/1967, con 52 años de edad, número de teléfono 8612-9166 y Urbano Venegas Pérez, mayor, soltero, oficial de seguridad, cédula de identidad número 0502050586, vecino de Nandayure, de la iglesia católica 500 metros al sur casa de color blanca de cemento, hijo de Crispín Venegas Chinchilla y María Isabel Pérez Martínez, nacido en La Vigía, Nicoya, Guanacaste, el 22/12/1962, actualmente con 56 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 19- 000335-0869-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Familia), Nicoya, 25 de noviembre del año 2019.—Lic. Carlos Eduardo Arce Matarrita, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019412896 ).

Ante mí Licenciado Marlon Campbell Griffiths, notario público, con oficina abierta en San José, sito en la Uruca, de la entrada principal de Migración y Extranjería, cien metros al este, diez metros al norte, se han apersonado los señores: Augusto Cesar Agurcia Cáceres, quien es nicaragüense, pasaporte N° C-cero uno nueve cinco cero siete seis ocho, hijo de Francisco Cáceres Contreras y Delia Antonia Agurcia Bustamante, ambos nicaragüenses y Nathalie Shanette Bolton Moore, mayor, enfermera, costarricense, portadora de la cédula de identidad N° 701790878, hijo de Hernán Bolton Gordon y Vilma Moore Orr, ambos costarricenses, para contraer matrimonio civil en mi notaría. Se le invita a toda aquellas personas que conoce sobre algún impedimento legal para celebrar la misma, favor comunicarse con el notario público Marlon Campbell Griffiths, a los teléfonos: 22-90-07-27 y 83-93-47-93.—San José, 27 de noviembre del 2019.—Lic. Marlon Campbell Griffiths, Notario.—1 vez.—( IN2019412931 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil: Elizabeth De Los Ángeles Villalobos Araya, cédula de identidad N° 0109610552 y Álvaro Zúñiga Villegas, cédula de identidad N° 0109610552. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 19-001155-1146-FA.—Juzgado de Familia de Puntarenas, 26 de noviembre del 2019.—Lic. Diego Armando Acevedo Gómez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019412954 ).

Han comparecido ante este Juzgado de Familia de Heredia, solicitando contraer matrimonio civil, los señores Keslyn Yarina Santamaría Herrera, mayor, estado civil soltera, profesión educadora, cédula de identidad número 207000333, vecina de Heredia, Santa Bárbara, Santo Domingo, El Roble, hija de Ronald Santamaría Esquivel y Roth Berlyn Herrera Hernández, nacida en centro, central, Alajuela, con 27 años de edad, y Yoser Barrantes Rodríguez, mayor, estado civil divorciado, profesión administrador, cédula de identidad número 401750810, vecino de Heredia, Santa Bárbara, Santo Domingo, El Roble, Barrio Guadalupe, hijo de Luis Alberto Barrantes Morera y María Elena Rodríguez Hernández, nacido en centro, central, Heredia, actualmente con 38 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 19-002142-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, Heredia, 11 de octubre del año 2019.—M.Sc. Ricardo Núñez Montes De Oca, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019413172 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Esteban David Alpízar Villalobos mayor, soltero, técnico dental, cédula de identidad número 6 0435 0504, vecino de Los Ángeles de San Rafael de Heredia. Hijo de Amarilis Villalobos Pérez y Jairo Alpízar Zamora, nacido en Corredores de Puntarenas, con 23 años de edad, teléfono 88426910, y Kirsha Eliana Tencio Castro, mayor, soltera, oficinista, cédula de identidad número 4 0238 0106, vecina de Los Ángeles de San Rafael de Heredia, hija de Álvaro Tencio Salguero y Alba Castro Salas, nacida en Centro Central Heredia, actualmente con 21 años de edad. teléfono 8450-2681. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 19-002391-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, Heredia, 14 de noviembre del año 2019.—Lic. Ricardo Núñez Montes De Oca, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019413173 ).

Han comparecido ante este Juzgado de Familia de Heredia, solicitando contraer matrimonio civil, los señores Joselyn Carolina Mendieta Montenegro, mayor, estado civil soltera, profesión cajera, celular 7035-5068, cédula de identidad número 117120382, vecina de Heredia, San Francisco, Guararí, a un costado de la estación eléctrica 25 metros al sur a mano derecha portón negro, hija de Juan Carlos Mendieta Mendieta y Luisa Montenegro Castro, nacida en Hospital central, San José, con 21 años de edad, y José Alexis Campos Rojas, mayor, estado civil soltero, profesión guarda de seguridad, celular 8317-3245, cédula de identidad número 304890970, vecino de Heredia, San Francisco, Guararí, a un costado de la estación eléctrica 25 metros al sur a mano derecha portón negro, hijo de Alexis Campos Zapata y Kattia Rojas Quirós, nacido en centro, Turrialba, Cartago, actualmente con 24 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 19-002406-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, Heredia, 19 de noviembre del año 2019.—Lic. Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019413174 ).

Han comparecido ante este Juzgado de Familia de Heredia, solicitando contraer matrimonio civil, los señores Dennise Estefany Alvarado Masis, mayor, estado civil unión libre, profesión ama de casa, cédula de identidad número 402280110, vecina de Heredia, San Isidro, Calle Cristo Rey, celular: 84996378, hija de Gilandro Alvarado Porras y Nuria Masis Mora, nacida en Centro Central Heredia, con 24 años de edad, y Geiner Antonio Sánchez González, mayor, estado civil unión libre, profesión demostrador y vendedor de tienda cédula de identidad número 702240125, vecino de Heredia, San Isidro, Calle Cristo Rey, celular: 83683076, hijo de Jeiner Sánchez Porras y Celenia González Robinson, nacido en Guápiles Pococí, Limón, actualmente con 25 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 19-002416-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, Heredia, 19 de noviembre del año 2019.—Msc. Ricardo Núñez Montes De Oca, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019413195 ).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: Giselle Sebastiana Rocha Benavides, mayor, soltera, cuidado de PAM, cédula de identidad número 0207570124, vecina de Ciudadela Murray casa 14 Cachi, Cartago, teléfono: 6253-12-62 hija de Verónica Benavides Flores y Joel Salvador Rocha Guido, nacida en Centro, Grecia, Alajuela, el 24/08/1996, con 23 años de edad, y Randall de los Ángeles Roque Solano, mayor, soltero, artesano, cédula de identidad número 0304260572, vecino de Ciudadela Murray casa 14 Cachi, Cartago, hijo de Damaris Solano Quirós y Randall Roque Cortés, nacido en Oriental, Central, Cartago, el 10/03/1988, actualmente con 31 años de edad. Las personas comparecientes manifiestan: Venimos ante su autoridad con el fin de que mediante sus buenos oficios se nos una en matrimonio civil dado que no hay impedimento legal para ello y para comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los testigos: Nataly Jiménez Mora y Yirlen Roque Solano. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 19-003330-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 02 de diciembre del 2019.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2019413196 ).

Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil Giselle Sebastiana Rocha Benavides, mayor, soltera, cuidado de PAM, cédula de identidad número 0207570124, vecina de Ciudadela Murray, casa 14 Cachi, Cartago, teléfono: 6253-12-62, hija de Verónica Benavides Flores y Joel Salvador Rocha Guido, nacida en Centro Grecia, Alajuela, el 24/08/1996, con 23 años de edad, y Randall De Los Ángeles Roque Solano, mayor, soltero, artesano, cédula de identidad N° 0304260572, vecino de Ciudadela Murray, casa 14, Cachi, Cartago, hijo de Damaris Solano Quirós y Randall Roque Cortes, nacido en Oriental, Central, Cartago, el 10/03/1988, actualmente con 31 años de edad. Las personas comparecientes manifiestan: Venimos ante su autoridad con el fin de que mediante sus buenos oficios se nos una en matrimonio civil dado que no hay impedimento legal para ello y para comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los testigos: Nataly Jiménez Mora y Yirlen Roque Solano. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 19-003330-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 2 de diciembre del 2019.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2019413197 ).