BOLETÍN JUDICIAL N° 10 DEL 17 DE ENERO DEL 2020
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEL PODER JUDICIAL
JUZGADO NOTARIAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos
Matrimoniales
Edictos en lo Penal
TERCERA
PUBLICACIÓN
ASUETO: Concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales
del cantón de Paraíso, provincia de Cartago.
SE HACE
SABER:
Que las oficinas judiciales del cantón de
Paraíso, provincia de Cartago, permanecerán cerradas durante el día tres de
febrero del dos mil veinte, con las salvedades de costumbre, por motivo de la
celebración de los festejos cívico-patronales de dicho cantón.
San José, nueve de enero del dos mil veinte.
MBA.
Dinorah Álvarez Acosta,
Subdirectora
Ejecutiva
O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2020423974 ).
HACE
SABER:
A la Dirección Nacional de Notariado, al
Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, que en el Proceso
Disciplinario Notarial Nº 13-000163-0627-NO, de
Esmeralda Salas Fernández contra Rodolfo Cervantes Barrantes (cédula de
identidad 7-0069-0575), este Juzgado mediante resolución Nº
733-2019 de las once horas cuarenta y cinco minutos del ocho de noviembre del
dos mil diecinueve (folio 83), dispuso imponerle a la parte denunciada la
corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la
función notarial, sanción que se mantendrá vigente hasta tanto se acredite ante
este Juzgado que el denunciado cumplió con la devolución de la suma de treinta
y nueve mil setecientos doce colones con cincuenta y cinco décimos. Rige ocho
días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad
con el artículo 161 del Código Notarial. Notifíquese.
San José, 10 de diciembre del 2019.
M.Sc. Juan Carlos Granados Vargas,
Juez
1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2020424682 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Javier
Leitón Víquez cédula de identidad N° 3-191-591,
fallecido el 8 de noviembre del 2018, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores
a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las
diligencias de consig. prest. sector público bajo el N° 19-000058-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de
Trabajo. Expediente N° 19-000058-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 30 de julio del
2019.—Lic. Jorge Eduardo Leandro Rivera, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020424687
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan De Dios Araya
Navarro, 0105020007, fallecido el 4 de octubre del 2019, se consideren con
derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de consig. prest. sector público bajo
el N° 20-000029-0641-LA, a hacer valer sus derechos
de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de
Trabajo. Expediente N° 20-000029-0641-LA, por
Ministerio de Hacienda a favor de Juan De Dios Araya Navarro.—Juzgado
de Trabajo de Cartago, 8 de enero del 2020, Msc.
Bertha María Jiménez Alvarado Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2020424713 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En este Despacho,
con una base de veintinueve millones
ochocientos treinta y seis
mil ochocientos colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando 4 servidumbres trasladadas citas:
401-17504-01-0900-001, 401-17504-01-0902-001, 401-17504-01-0903-001 y
401-17504-01-0904-001; sáquese a remate
la finca del partido de
Cartago, matrícula número
248112-000, la cual es terreno
lote uno, terreno cultivado de café. Situada: en el distrito 4-Cachí, cantón 2-Paraíso, de la provincia
de Cartago. Colinda: al sur, con servidumbre
agrícola
y Gerardo Calderón Carvajal y resto de nuda propiedad; al noreste, con Hacienda Cachí S. A.; noroeste,
con Greivin Gerardo Calderón Carvajal y resto de
la nuda propiedad; sureste,
con Vicente Solano y fin de servidumbre; suroeste, con servidumbre agrícola y
Gerardo Calderón Carvajal y resto de nuda propiedad. Mide: seis mil metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de febrero del dos mil
veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del veinticinco de febrero del dos mil veinte, con
la base de veintidós millones
trescientos setenta y siete mil seiscientos colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del cinco de marzo del dos mil veinte, con la base de siete millones cuatrocientos cincuenta y nueve mil doscientos colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan
Carlos Chinchilla Solano. Expediente Nº
19-001969-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 29 de noviembre del 2019.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza
Tramitadora.—( IN2020423865 ).
En este Despacho, con una base de veinte
millones colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate
la finca del partido de Cartago, matrícula número 123535-000, la cual es lote
A=22 terreno con 1 casa. Situada en el distrito 5-Aguacaliente (San Francisco),
cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Urbanización
Montealto S. A.; al sur, calle pública con 6.00 metros de frente; al este, lote
23-A de la urbanización; y al oeste, lote 21-A de la urbanización. Mide: ciento
veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas y cero
minutos del siete de febrero de dos mil veinte (4:00 pm // 07/02/2020). De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas y cero
minutos del diecisiete de febrero de dos mil veinte (4:00 pm // 17/02/2020) con
la base de quince millones colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas y
cero minutos del veinticinco de febrero de dos mil veinte (4:00 pm //
25/02/2020) con la base de cinco millones colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Flor María Madrigal Madrigal, Luis Guillermo
Calderón Boza. Expediente N° 18-014283-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de
Cartago, 04 de setiembre del 2019.—Marcela Brenes Piedra, Jueza
Decisora.—( IN2020423866 ).
En este Despacho, con una base de treinta y
ocho millones trescientos veinticuatro mil quinientos catorce colones con
ochenta y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Cartago, matrícula número 115671- F-001-002, la cual es
finca filial primaria individualizada número 42 del bloque A apta para
construir que se destinara a uso residencial habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos.- Situada en el distrito 11-Quebradilla, cantón
1-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte filial 43 bloque A; al
sur finca 41 bloque A; al este, calle uno y al oeste L Y L Ornamentales S. A.
Mide: ciento treinta y siete metros con quince decímetros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del diez de febrero de dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve
horas y treinta minutos del dieciocho de febrero de dos mil veinte con la base
de veintiocho millones setecientos cuarenta y tres mil trescientos ochenta y
seis colones con quince céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos
del veintiséis de febrero de dos mil veinte con la base de nueve millones
quinientos ochenta y un mil ciento veintiocho colones con setenta y un céntimos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de
Costa Rica contra Bernardita del Pilar Villalobos Solís, Sergio Adolfo Marrero
Calvo Expediente Nº 18-013979-1164-C.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 03 de setiembre del año 2019.—Marcela
Brenes Piedra, Jueza Decisora.—( IN2020423872 ).
En este Despacho, con una base de nueve millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 696171-000, derecho 000, la cual
es terreno construido y
solar. Situada en el distrito 1-Santiago, cantón
4-Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, María Amparo
Del Carmen Madrigal Jiménez, Marianela Madrigal Jiménez y Floribeth
Madrigal Jiménez en otra finca; al sur, Eugenio Fallas
Mora; al este, calle pública; y al oeste, Manuel
Enrique de Los Ángeles Porras Sibaja.
Mide: ciento noventa y ocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos del doce de febrero del dos mil veinte. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del veinte de febrero del dos mil veinte con la base de seis millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiocho de febrero del dos mil
veinte con la base de dos millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Ermut Ludwig
González contra Floribeth Madrigal Jiménez. Expediente N° 19-012774-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San José,
22 de octubre del 2019.—Lic.
Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza
Decisora.—(
IN2020424247 ).
En este Despacho, con una base de seis millones
de colones exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando reservas y restricciones citas: 343-05955-01-0900-001; sáquese
a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 139010, derecho 000, la cual
es terreno para construir. Situada en el distrito
2-Palmira, cantón 5-Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, Orlando Castañeda
Viales; al sur, servidumbre
de paso con frente de 10
metros; al este, Sandra María Vargas Paniagua; y al oeste, Juan Francisco Morales Bejarano.
Mide: doscientos cuarenta y nueve metros cuadrados. Plano: G-0809208-2002. Para tal
efecto, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de junio del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del siete de julio del dos mil veinte con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del quince de julio del
dos mil veinte con la base de un millón
quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Rodolfo
Gerardo Espinoza Espinoza. Expediente
N° 19-000466-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial Guanacaste (Santa Cruz), 12 de diciembre del 2019.—Lic. Luis
Abner Salas Muñoz, Juez Tramitador.—( IN2020424249
).
En este Despacho, con una base de treinta
millones cuatrocientos veinticuatro mil quinientos colones con veintiún céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
278-03454-01-0901-001, reservas y restricciones
citas: 360-14982-01-0901-001, reservas
y restricciones citas:
360-14982-01-0902-001, reservas y restricciones
citas: 360-14982-01-0903-001, reservas
y restricciones citas:
360-14982-01-0904-001, reservas y restricciones
citas: 360-14982-01-0905-001, reservas
y restricciones citas:
360-14982-01-0906-001, reservas y restricciones
citas: 360-14982-01-0907-001, reservas
y restricciones citas:
360-14982-01-0908-001, reservas y restricciones
citas: 360-14982-01-0909-001, reservas
y restricciones citas:
360-14982-01-0910-001, reservas y restricciones
citas: 360-14982-01-0911-001, reservas
y restricciones citas:
360-14982-01-0912-001, reservas y restricciones
citas: 360-14982-01-0913-001, reservas
y restricciones citas:
360-14982-01-0914-001; sáquese a remate
la finca del partido de
Guanacaste, matrícula número
172973, derecho 000, la cual es terreno
de solar. Situada en el distrito: 03-Sardinal, cantón:
05-Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, The Toto Investiments S.A.; al sur, calle pública con un frente a ella de treinta y tres metros con ochenta y siete centímetros lineales; al este, calle pública con un frente a ella de cuarenta y nueve metros con ochenta y dos centímetros lineales; y al oeste, The Toto Investiments S.A. Mide: mil seiscientos ochenta y cuatro metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Plano:
G-1058967-2006. Para tal efecto,
se señalan las trece horas
y treinta minutos del
quince de mayo del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veinticinco de mayo del dos mil veinte,
con la base de veintidós millones
ochocientos dieciocho mil trescientos setenta y cinco colones con quince céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las trece horas y treinta minutos del dos de junio del dos
mil veinte, con la base de siete
millones seiscientos seis
mil ciento veinticinco colones con cinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo contra
Gloriana Guillén Rojas, Inversiones
J Y M Belén Guanacaste Sociedad Anónima.
Expediente N° 19-003663-1206-CJ.—Juzgado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial Guanacaste
(Santa Cruz), 26 de noviembre del 2019.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—( IN2020424250 ).
En este Despacho, con una base de doce
mil trescientos diecinueve dólares con un centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BMD765, marca: Suzuki; estilo: Baleno GLX; capacidad: 5
personas; año: 2017; color: negro; carrocería: sedan 4 puertas
hatchback; chasís: MA3WB52S3HA213740; N° motor:
K14BN4035271; cilindrada: 1400 c.c.; cilindros: 4; combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del veinticinco de marzo del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero
minutos del dos de abril
del dos mil veinte con la base de nueve
mil doscientos treinta y nueve dólares con veinticinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete de abril del dos mil veinte con la
base de tres mil setenta y nueve dólares con setenta y cinco centavos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de MB Créditos S. A.
contra José Antonio Moreno Sequeira. Expediente N° 19-015142-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 11 de diciembre del 2019.—Lic. Jenny
María Corrales Torres, Jueza Decisora.—( IN2020424253 ).
En este Despacho, con una base de trece
mil quinientos noventa y un
dólares con noventa y tres centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL 278539, marca Mitsubishi, categoría carga liviana, estilo L 200 Sportero, capacidad 5 personas, año 2015,
color negro, tracción 4X4, Vin: MMBJYKB40FD001480, número motor: 4D56UCEV1881. Para tal
efecto se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de marzo del dos mil
veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del uno de abril del dos mil veinte con la
base de diez mil ciento noventa y tres dólares con noventa y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de abril del dos mil veinte con la
base de tres mil trescientos
noventa y siete dólares con noventa y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de MB Créditos S. A.
contra Juan Carlos Estrella Grillo. Expediente N°
19-011219-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de
Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 17 de setiembre
del 2019.—Lic. Verny Arias
Vega, Juez Tramitador.—( IN2020424255 ).
En este Despacho, con una base de veinte
mil doscientos treinta y tres dólares con ochenta y cinco centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa: CJV440, marca: Mitsubishi, estilo: Lancer
GLS, categoría automóvil, capacidad: 5 personas, chasís:
JMYSTCY4AHU000360, color: negro, año: 2017. Para tal efecto se señalan
las once horas y treinta minutos
del once de febrero del dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y treinta
minutos del diecinueve de febrero del dos mil veinte con la
base de quince mil ciento setenta
y cinco dólares con treinta y ocho centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas
y treinta minutos del veintisiete de febrero del dos
mil veinte con la base de cinco
mil cincuenta y ocho dólares con cuarenta y seis
centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de MB Créditos S. A.
contra Cristian Vidaechea no aplica.
Expediente N° 19-010381-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro
Primer Circuito Judicial de
San José, 01 de octubre del 2019.—Lic. Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza
Tramitadora.—( IN2020424257 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta y
nueve millones trescientos mil colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada anotada bajo las citas:
315-00014034-01-0905-002 servidumbre trasladada anotada bajo las citas:
0315-00014034-01-0906-001 servidumbre trasladada anotada bajo las citas:
0315-00014034-01-0907-001; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número 262071-003-004-005-006, la cual es terreno para construir con
una casa lote B-79. Situada en el distrito Zapote, cantón San José, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Instituto Nacional de Vivienda y
Urbanismo; al sur, Clara Luz Murillo Miranda; al este, calle pública; y al
oeste, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo. Mide: ciento setenta y
cuatro metros con quince decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
nueve horas y cero minutos del veinte de febrero del dos mil veinte. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos
del veintiocho de febrero del dos mil veinte con la base de treinta y seis
millones novecientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
nueve horas y cero minutos del nueve de marzo del dos mil veinte con la base de
doce millones trescientos veinticinco mil
colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Ana Clemencia de La Trinidad Leandro León, Teresita de La
Trinidad Leandro León. Expediente N° 18-009287-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo
Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 25 de noviembre
del 2019.—Lic. Carlos Alejandro Báez Astúa, Juez Tramitador.—( IN2020424302 ).
En este Despacho, con una base de seiscientos
dieciséis millones quinientos ochenta y seis mil quinientos cuarenta colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 137498-000, la cual es terreno de potrero. Situada: en el distrito 1-San Isidro de El General, cantón
19-Pérez Zeledón, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
calle pública de 11 metros y Jimvarve
S. A.; al sur, Damaris Méndez, Jimvarve S. A., Álvaro Urrutia, José Eladio Sancho, Inversiones y Propiedades Sureñas Gajito del Sur S. A. y otros; al este, Alessa Mis Propiedades del Valle S. A., Jimvarve
S. A., Eriberto Valverde Rojas y otros,
y al oeste, calle pública,
Francisco Bonilla, Jorge Madrigal y Roxana Sancho Maroto.
Mide: trescientos ocho mil doscientos noventa y seis metros con veintisiete
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos
del diecinueve de febrero
del dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las quince
horas y cero minutos del veintisiete
de febrero del dos mil veinte,
con la base de cuatrocientos sesenta
y dos millones cuatrocientos
treinta y nueve mil novecientos cinco colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las quince horas y cero minutos
del seis de marzo del dos mil veinte,
con la base de ciento cincuenta
y cuatro millones ciento cuarenta y seis mil seiscientos treinta y cinco colones exactos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Consorcio Oserike del Sur S. A. contra Roxana Margarita Sancho Maroto. Expediente Nº
12-001144-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 19 de noviembre del 2019.—Carlos Contreras Reyes, Juez Decisor.—( IN2020424315 ).
En este Despacho, con una base de ocho
millones ochenta y dos mil novecientos treinta y cuatro colones con sesenta y
un céntimos, libre de gravámenes y anotaciones se remata el vehículo placas
BQC896, marca Greatwall, estilo C 30 CC 7150 CE 00
14, categoría automóvil, año 2018, color plateado, tracción 4x2, carrocería
sedan 4 puertas, serie LGWEE2K56KE605858, combustible gasolina. Para tal efecto
se señalan las once horas cero minutos del veinte de abril del año dos mil
veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas
cero minutos del veintiocho de abril del año dos mil veinte. con la base de
seis millones sesenta y dos mil doscientos colones con noventa y cinco céntimos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las once horas cero minutos del siete de mayo del año dos mil
veinte. Con la base de dos millones veinte mil setecientos treinta y tres
colones con sesenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de
Costa Rica contra Pablo Cesar Chaves Brenes. Expediente Nº
19-005686-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 30 de setiembre del
año 2019.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez Tramitador.—( IN2020424356
).
En este Despacho, con una base de siete millones doscientos ochenta y dos mil seiscientos colones con treinta y siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BLH211, marca: Suzuki, estilo: Celerio
GLX, categoría: automóvil, capacidad:
5 personas, serie: MA3FC42SXHA284330, peso vacío: 0, carrocería: Sedan 4 puertas
Hatchback, color: rojo. Para tal
efecto, se señalan las once
horas y cero minutos del nueve
de marzo del dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas y cero minutos
del diecisiete de marzo del
dos mil veinte, con la base de cinco
millones cuatrocientos sesenta y un mil novecientos cincuenta colones con veintiocho céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas
y cero minutos del veinticinco
de marzo del dos mil veinte,
con la base de un millón ochocientos
veinte mil seiscientos cincuenta colones con nueve céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Martha
Raquel Avilés Delci. Expediente Nº 17-003433-1764-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Segunda, 07 de enero del 2020.—Licda. Maricela Monestel Brenes, Jueza.—(
IN2020424357 ).
En este despacho, con una base de doscientos
seis millones diez mil colones exactos, soportando servidumbre trasladada bajo
las citas 327-11500-01-0901-001, hipoteca de primer grado bajo las citas 2017-
656095-01-0004-001, sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número 51802, derecho 000, la cual su naturaleza es solar con una
casa. Situada en el distrito 3 Hospital, cantón 1 San José, de la provincia de
San José. Colinda: al norte, Román Fallas Mora; al sur, acera y calle pública;
al este, Luis Oreamuno Martén; y al oeste, Miguel
Romero y Miriam Marín. Mide: doscientos quince metros con sesenta y siete
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y treinta
minutos del veintitrés de marzo de dos mil veinte. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las once horas y treinta minutos del treinta y
uno de marzo de dos mil veinte con la base de ciento cincuenta y cuatro
millones quinientos siete mil quinientos colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
once horas y treinta minutos del quince de abril de dos mil veinte con la base
de cincuenta y un millones quinientos dos mil quinientos colones exactos (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Erika María
Elizondo Castro contra Inversiones Gobre Sociedad
Anónima. Expediente 18-022072-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 06 de
diciembre del año 2019.—Licda. Brenda Vargas Quesada, Jueza Decisora.—(
IN2020424391 ).
En la puerta
exterior de este Despacho; Primera operación:
Libre de gravámenes hipotecarios
y anotaciones, pero soportando servidumbre, restricciones y referencias bajo
las citas: 324-11801-01-0901-001, con la base de Trescientos Diecisiete Mil Dólares Exactos, sáquese a remate la finca hipotecada inscrita en el Registro Público Inmobiliario bajo la matrícula de
Folio Real N° 412283-000, situada: en la provincia Alajuela, cantón de Upala y distrito Yolillal, naturaleza de potrero, lote N° 5,
colinda: al norte, con
Laureano Bolaños Bolaños; al sur, con calle pública con cuarenta y ocho metros ochenta centímetros; al este, lote N° 6, y al oeste, lote 19 y lote 4. Mide: veintiséis
mil ciento sesenta y cuatro metros con treinta y tres decímetros cuadrados y corresponde al plano catastrado A-0018674-1991.
Tome nota quien acciona que
en cuanto a este inmueble
deberá aportar el nombre de la persona acreedora
del proceso judicial N° 17-005271-1164-CJ, citas: 800-449849-01-0001-001 (en
caso de ser persona jurídica
su personería jurídica) y la dirección donde notificarle o bien se realice la notificación notarial.
Para verificar la subasta
se señalan: a) Primer remate:
Se celebrará a las ocho
horas y treinta minutos del
trece de abril del dos mil veinte (08:30 a. m. del 13/04/2020). b) Segundo remate: De no haber postores en esa
diligencia, se llevará a cabo
el segundo remate, con la rebaja del 25% de la base original, por lo que la base será de doscientos treinta y siete mil setecientos cincuenta dólares exactos. Se celebrará a las trece horas y treinta minutos del veintiocho de abril del dos mil veinte (01:30 p. m. del 28/04/2020). c) Tercer
remate: Oferentes, se realizará un tercer remate, con la base de setenta y nueve mil doscientos cincuenta dólares exactos (un 25% de la base original). Se celebrará a las ocho horas y treinta minutos del trece de mayo del dos mil veinte
(08:30 a. m. del 13/05/2020). Segunda operación: Libre de gravámenes
hipotecarios y anotaciones,
pero soportando restricciones reg. art. 18 Ley N° 2825, bajo las citas: 0536-00002790-01-0110-001 con la base de doscientos treinta y siete mil cien dólares exactos, sáquese a remate la finca hipotecada inscrita en el Registro Público Inmobiliario bajo la matrícula de
Folio Real N° 403070-000, situada: en la provincia Alajuela, cantón de Upala y distrito Yolillal, naturaleza parcela 15 C 1018 terreno para construir con una
casa, colinda: al norte,
con calle pública; al sur,
Valle El Tarso; al este,
Luis Barrantes Quesada, y al oeste,
calle pública. Mide: cuatro mil cuatrocientos setenta y tres metros con ochenta y dos decímetros cuadrados y corresponde al plano catastrado A-1114537-2006. Para verificar
la subasta se señalan: a)
Primer remate: Se celebrará
a las ocho horas y treinta minutos del trece de abril del dos mil veinte (08:30
a. m. del 13/04/2020). b) Segundo remate: De no haber postores en esa diligencia, se llevará a cabo el segundo remate, con la rebaja del 25% de la base original, por lo que la base será de ciento setenta y siete mil ochocientos veinticinco dólares exactos. Se celebrará a las trece horas y treinta minutos del veintiocho de abril del dos mil veinte (01:30 p. m. del 28/04/2020). c) Tercer
remate: Si en dicha diligencia no existen oferentes, se realizará un tercer remate, con la base de cincuenta y nueve mil doscientos setenta y cinco dólares exactos
(un 25% de la base original). Se celebrará a las ocho horas y treinta minutos del trece de mayo del dos
mil veinte (08:30 a. m. del 13/05/2020). Tercera operación: Libre de
gravámenes hipotecarios y anotaciones, pero soportando servidumbre trasladada, reservas y restricciones, bajo las citas:
0290-00004335-01-0915-001 y 0371-00012771-01-0908-001, con la base de cuarenta y tres mil dólares exactos, sáquese a remate la finca hipotecada inscrita en el Registro Público Inmobiliario bajo la matrícula de
Folio Real N° 445694-000, situada: en la provincia Alajuela, cantón de Upala y distrito Upala, naturaleza terreno para construir, colinda: al norte, con calle pública; al sur, 3-101-519597 S.A.; al este,
3-101-519597 S.A., y al oeste, 3-101-519597 S.A. Mide: ochocientos metros con cero
decímetros cuadrados y corresponde al plano catastrado A-1227945-2008. Para verificar
la subasta se señalan: a)
Primer remate: Se celebrará
a las ocho horas y treinta minutos del trece de abril del dos mil veinte (08:30
a. m. del 13/04/2020). b) Segundo remate: De no haber postores en esa diligencia, se llevará a cabo el segundo remate, con la rebaja del 25% de la base original, por lo que la base será de treinta y dos mil doscientos cincuenta dólares exactos. Se celebrará a las trece horas y treinta minutos del veintiocho de abril del dos mil veinte (01:30 p. m. del 28/04/2020). c) Tercer
remate: Si en dicha diligencia no existen oferentes, se realizará un tercer remate, con la base de diez mil setecientos cincuenta dólares exactos (un 25% de la base original). Se celebrará a las ocho horas y treinta minutos del trece de mayo del dos mil veinte
(08:30 a. m. del 13/05/2020). Cuarta operación: Libre de
gravámenes hipotecarios y anotaciones, con la base de novecientos
veintitrés mil dólares exactos, sáquese a remate la finca hipotecada inscrita en el Registro Público Inmobiliario bajo la matrícula de Folio Real N° 178978-000, situada:
en la provincia Alajuela, cantón de Upala y distrito Upala, naturaleza terreno de repasto de jaragua, tacotales y montaña con una casa,
colinda: al norte, con
Antonio Sid Delgado; al sur, Eliécer Álvarez Madrigal; al este,
Vicente Ruiz Montano y Guillermo Carrillo Ortega, y al oeste,
Enrique Olivas Ruiz. Mide: cuatrocientos
noventa mil setecientos sesenta y un metros con sesenta y
dos decímetros cuadrados y corresponde al plano catastrado A-0320640-1978. Para verificar
la subasta se señalan: a)
Primer remate: Se celebrará
a las ocho horas y treinta minutos del trece de abril del dos mil veinte (08:30
a. m. del 13/04/2020). b) Segundo remate: De no haber postores en esa diligencia, se llevará a cabo el segundo remate, con la rebaja del 25% de la base original, por lo que la base será de seiscientos noventa y dos mil doscientos cincuenta dólares exactos. Se celebrará a las trece horas y treinta minutos del veintiocho de abril del dos mil veinte (01:30
p. m. del 28/04/2020). c) Tercer remate:
Si en dicha diligencia no existen oferentes, se realizará un tercer remate, con la base de doscientos
treinta mil setecientos cincuenta dólares exactos (un 25% de la base original). Se celebrará a las ocho horas y treinta minutos del trece de mayo del dos mil veinte
(08:30 a. m. del 13/05/2020). Quinta operación: Libre de gravámenes
hipotecarios y anotaciones,
pero soportando condiciones referencia, reservas y restricciones, y plazo de convalidación (rectificación de medida), bajo
las citas: 0330-00009862-01-0901-001, citas: 0330-00009862-01-0902-001 y cita:
2015-00333061-01-0009-001, con la base de quinientos ochenta y siete mil novecientos dólares exactos, sáquese a remate la finca hipotecada inscrita en el Registro Público Inmobiliario bajo la matrícula de Folio Real N° 151774-000, situada:
en la provincia Alajuela, cantón de Upala y distrito Yolillal, naturaleza terreno de agricultura, colinda: al norte, José Domínguez Rodríguez; al sur, Ricardo Azofeifa Castro y Lidier Chavarría Rodríguez; al este,
Marco Obando Pedroza, y al oeste, Hernán Picado Anchía y calle
pública con un frente a ella de ciento noventa y dos metros con ochenta
y siete centímetros lineales. Mide: trescientos cincuenta y ocho mil setecientos ochenta y dos metros con cero decímetros
cuadrados y corresponde al plano catastrado A-1802210-2015.
Para verificar la subasta
se señalan: a) Primer remate:
Se celebrará a las ocho
horas y treinta minutos del
trece de abril del dos mil veinte (08:30 a. m. del 13/04/2020). b) Segundo remate: De no haber postores en esa
diligencia, se llevará a cabo
el segundo remate, con la rebaja del 25% de la base original, por lo que la base será de cuatrocientos cuarenta mil novecientos veinticinco dólares exactos. Se celebrará a las trece horas y treinta minutos del veintiocho de abril del dos mil veinte (01:30
p. m. del 28/04/2020). c) Tercer remate:
Si en dicha diligencia no existen oferentes, se realizará un tercer remate, con la base de ciento cuarenta y seis mil novecientos setenta y cinco dólares exactos (un 25% de la
base original). Se celebrará a las ocho horas y treinta minutos del trece de mayo del dos mil veinte (08:30
a. m. del 13/05/2020). Sexta operación: Libre de
gravámenes hipotecarios y anotaciones, pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos,
bajo la cita: 2013-00238539-01-0004-001, con la base
de ochenta mil quinientos dólares exactos, sáquese a remate la finca hipotecada inscrita en el Registro Público Inmobiliario bajo la matrícula de
Folio Real N° 509822-000, situada:
en la provincia Alajuela, cantón de Upala y distrito Yolillal, naturaleza terreno de potrero, colinda: al norte, con Leónidas Rojas Barboza; al sur, Antonieta
Bolaños Bolaños, servidumbre
de paso y en parte María Rodríguez Castillo; al este,
Alicia Castillo Rodríguez, y al oeste, Jorge Castillo
Rodríguez. Mide: cuarenta y
cinco mil trescientos diez metros con cero decímetros cuadrados y corresponde al plano catastrado A-1443639-2010.
Para verificar la subasta
se señalan: a) Primer remate:
Se celebrará a las ocho
horas y treinta minutos del
trece de abril del dos mil veinte (08:30 a. m. del 13/04/2020). b) Segundo remate: De no haber postores en esa
diligencia, se llevará a cabo
el segundo remate, con la rebaja del 25% de la base original, por lo que la base será de sesenta mil trescientos setenta y cinco dólares exactos.
Se celebrará a las trece
horas y treinta minutos del
veintiocho de abril del dos
mil veinte (01:30 p. m. del 28/04/2020). c) Tercer remate: Si en dicha diligencia no existen oferentes, se realizará un tercer remate, con la base de veinte mil
ciento veinticinco dólares exactos (un 25% de la
base original). Se celebrará a las ocho horas y treinta minutos del trece de mayo del dos
mil veinte (08:30 a. m. del 13/05/2020). Sétima operación: Libre de
gravámenes hipotecarios y anotaciones, pero soportando reservas y restricciones, bajo las citas:
0390-00014153-01-0901-001, con la base de ciento noventa y un mil dólares exactos, sáquese a remate la finca hipotecada inscrita en el Registro Público Inmobiliario bajo la matrícula de Folio Real N°
368140-000, situada: en la provincia Alajuela, cantón de Upala y distrito Upala, naturaleza terreno para la agricultura, colinda: al norte, con calle pública; al sur, MACE S.
A.; al este, calle pública, y al oeste, Guillermo
Villalobos Arce. Mide: noventa
y siete mil doscientos treinta metros con setenta y dos decímetros cuadrados y corresponde al plano catastrado A-0630336-2000. Para verificar
la subasta se señalan: a)
Primer remate: Se celebrará
a las ocho horas y treinta minutos del trece de abril del dos mil veinte (08:30
a. m. del 13/04/2020). b) Segundo remate: De no haber postores en esa diligencia, se llevará a cabo el segundo remate, con la rebaja del 25% de la base original, por lo que la base será de ciento cuarenta y tres mil doscientos cincuenta dólares. Se celebrará a las trece horas y treinta minutos del veintiocho de abril del dos mil veinte (01:30
p. m. del 28/04/2020). c) Tercer remate:
Si en dicha diligencia no existen oferentes, se realizará un tercer remate, con la base de cuarenta y
siete mil setecientos cincuenta dólares (un 25% de la
base original). Se celebrará a las ocho horas y treinta minutos del trece de mayo del dos
mil veinte (08:30 a. m. del 13/05/2020). Octava operación: Libre de
gravámenes hipotecarios y anotaciones, pero soportando plazo de convalidación (Ley de Información
Posesoria) trasladada, reservas de Ley de Aguas y Ley de
Caminos Públicos, reservas
Ley Forestal) bajo las citas:
2017-00497918-01-0003-001; 2017-00497918-01-0004-001;
2017-00497918-01-0005-001, con la base de ciento ocho mil dólares exactos, sáquese a remate la finca hipotecada inscrita en el Registro Público Inmobiliario bajo la matrícula de Folio Real N° 554440-000, situada:
en la provincia Alajuela, cantón de Upala y distrito Yolillal, naturaleza terreno de potrero, colinda: al norte, con Eco Garante Nerdenlanse Bossboe Groep S.A.; al sur, Escorpión Azul de Libra S. A.; al este,
Eco Garante Nerdenlanse Bossboe Groep S. A., y al oeste, calle pública
con un frente de ciento doce metros con cuarenta y tres centímetros lineales y un ancho de 14 metros. Mide:
sesenta y seis mil trescientos
setenta y dos metros con cero decímetros
cuadrados y corresponde al plano catastrado A-1787214-2014.
Para verificar la subasta
se señalan: a) Primer remate:
Se celebrará a las ocho
horas y treinta minutos del
trece de abril del dos mil veinte (08:30 a. m. del 13/04/2020). b) Segundo remate: De no haber postores en esa
diligencia, se llevará a cabo
el segundo remate, con la rebaja del 25% de la base original, por lo que la base será de ochenta y un mil dólares exactos. Se celebrará a las trece horas y treinta minutos del veintiocho de abril del dos mil veinte (01:30 p. m. del 28/04/2020). c) Tercer
remate: Si en dicha diligencia no existen oferentes, se realizará un tercer remate, con la base de veintisiete mil dólares (un 25%
de la base original). Se celebrará a las ocho horas y treinta minutos del trece de mayo del dos
mil veinte (08:30 a. m. del 13/05/2020). Novena operación:
Libre de gravámenes hipotecarios
y anotaciones, pero soportando reservas y restricciones, bajo la cita:
0390-00014153-01-0901-001, con la base de doscientos ochenta y seis mil dólares, sáquese a remate la finca hipotecada inscrita en el Registro Público Inmobiliario bajo la matrícula de
Folio Real N° 258591-000, situada:
en la provincia Alajuela, cantón de Upala y distrito Upala, naturaleza terreno de repasto y agricultura, colinda: al norte, con Palmitos del Norte S. A.; al sur, calle
pública y Blamaf S.A.; al este, calle pública
y Rosibel Castro Anchía, y al oeste,
Palmitos del Norte S. A. Mide:
ciento cuarenta y cinco mil cuatrocientos setenta y tres metros con noventa y seis decímetros cuadrados y corresponde al plano catastrado A-0630335-2000.
Para verificar la subasta
se señalan: a) Primer remate:
Se celebrará a las ocho
horas y treinta minutos del
trece de abril del dos mil veinte (08:30 a. m. del 13/04/2020). b) Segundo remate: De no haber postores en esa
diligencia, se llevará a cabo
el segundo remate, con la rebaja del 25% de la base original, por lo que la base será de doscientos catorce mil quinientos dólares exactos. Se celebrará a las trece horas y treinta minutos del veintiocho de abril del dos mil veinte (01:30 p. m. del 28/04/2020). c) Tercer
remate: Si en dicha diligencia no existen oferentes, se realizará un tercer remate, con la base de la
base de setenta y un mil quinientos
dólares exactos (un 25% de
la base original). Se celebrará a las ocho horas y treinta minutos del trece de mayo del dos
mil veinte (08:30 a. m. del 13/05/2020). Décima operación: Libre de
gravámenes hipotecarios,
anotaciones y restricciones,
con la base de veinte mil dólares
exactos, sáquese a remate la finca hipotecada
inscrita en el Registro Público Inmobiliario bajo la matrícula de
Folio Real N° 441221-000, situada:
en la provincia Alajuela, cantón de Upala y distrito Upala, naturaleza terreno para construir, colinda: al norte, con lote segregado y vendido a Inmobiliaria Arroyo Blanco S.A.; al sur, Inmobiliaria Arroyo Blanco S. A.; al este,
Consejo Nacional de la Reproducción,
y al oeste, calle pública. Mide: cuatrocientos ochenta y cuatro metros con cuarenta y seis
decímetros cuadrados y corresponde al plano catastrado A-1166949-2007. Para verificar
la subasta se señalan: a)
Primer remate: Se celebrará
a las ocho horas y treinta minutos del trece de abril del dos mil veinte (08:30 a. m. del 13/04/2020). b) Segundo remate: De no haber postores en esa
diligencia, se llevará a cabo
el segundo remate, con la rebaja del 25% de la base original, por lo que la base será de quince mil dólares. Se celebrará a las trece horas y treinta minutos del veintiocho de abril del dos mil veinte (01:30 p. m. del 28/04/2020). c) Tercer
remate: Si en dicha diligencia no existen oferentes, se realizará un tercer remate, con la base de cinco mil dólares (un 25% de la
base original). Se celebrará a las ocho horas y treinta minutos del trece de mayo del dos
mil veinte (08:30 a. m. del 13/05/2020). Si en dicha diligencia no existen. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Internacional
de Costa Rica S.A. contra Valle del Tarso Sociedad Anónima. Expediente Nº
19-000076-1520-AG.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Sede Upala
(Materia Agraria), 08 de noviembre
del 2019.—Licda. Sussy
María Gamboa Ramírez, Jueza
Decisora.—O.C.
Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2020424440 ).
En este Despacho, con una base
de cinco millones quinientos sesenta mil colones exactos , libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando condiciones citas: 392-03601-01-0867-001,
condiciones ref.: 0262085A-000 citas: 392-03601-01-0871-001 y condiciones ref.:
0262085A-000 citas: 392-03601-01-0872-001; sáquese a remate la finca del
partido de San José, matrícula número quinientos ochenta y dos mil setecientos
sesenta y tres, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito: 03-Daniel Flores, cantón Pérez Zeledón, de la provincia de San José.
Colinda: al norte Sergio Arroyo Blanco y Floribeth
Godínez Méndez; al sur calle publica; al este Ney Vargas Picado y al oeste
Sergio Arroyo Blanco y Floribeth Godínez Méndez.
Mide: doscientos cuarenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
quince horas y cero minutos del veinticinco de febrero del año dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero
minutos del cuatro de marzo del año dos mil veinte, con la base de cuatro millones ciento setenta mil colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las quince horas y cero minutos del doce de marzo del año dos mil
veinte, con la base de un millón trescientos noventa mil colones exactos (25%
de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual
Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Guiselle
Samudio Valverde. Expediente Nº 19-005714-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez
Zeledón), 07 de enero del año 2020.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez
Tramitador.—( IN2020424447 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta
mil dólares exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada citas: 381-15531-01-0908-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número trescientos setenta y ocho mil quinientos cincuenta y ocho, derecho 000, la cual es terreno para construir con 1
casa. Situada en el distrito 6-San Francisco de Dos Ríos, cantón
1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Lindo Bros y
Cia; al sur, calle pública
con 6 metros; al este, Guillermo Toruño
y otro; y al oeste, COCOSA
S. A. Mide: ciento veintitrés metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Plano: SJ-0742514-1988. Para tal
efecto, se señalan las catorce horas y quince minutos
del tres de marzo del dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y quince minutos
del once de marzo del dos mil veinte
con la base de treinta y siete
mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las catorce horas y quince minutos
del diecinueve de marzo del
dos mil veinte con la base de doce
mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro
y Préstamo contra Lesbia
María Velásquez Gutiérrez. Expediente
N° 19-010065-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de
Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 30 de agosto
del 2019.—M. Sc. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—(
IN2020424449 ).
En la puerta exterior de este Despacho, 1)
Con una base de cincuenta y siete millones trescientos veintidós mil
ochocientos siete colones con un céntimo, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada, anotada bajo las citas: 0250-00006668-01-0901-001;
sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número ciento
cincuenta y ocho mil ochocientos setenta y seis-f-cero cero cero,
la cual es terreno finca filial numero 13 identificada como FF-AP-205 ubicada
en el nivel 2 destinada a uso residencial en proceso de construcción. Situada
en el distrito Hatillo, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda:
al norte vacío existente sobre el área común; al sur área común construida de
pasillo y escalera y finca filial FF-BO-202, área común libre de ascensores y
ducto; al este vacío existente sobre el área común y finca filial FF-AP- 204 y
parte con área común libre de ascensores y al oeste finca filial FF-AP-206,
vacío existente sobre el área común y finca filial FF-BO-202. Mide: setenta
metros con cinco decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las catorce horas y treinta minutos del nueve de marzo del año dos mil
veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce
horas y treinta minutos del diecisiete de marzo del año dos mil veinte con la
base de cuarenta y dos millones novecientos noventa y dos mil ciento un colones
con cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para
el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinticinco
de marzo del año dos mil veinte con la base de catorce millones trescientos
treinta mil setecientos colones con cincuenta céntimos (25% de la base
original). 2) Con una base de dos millones novecientos veintiocho mil ciento
noventa y ocho colones con ochenta y nueve céntimos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, anotada bajo las citas:
0250-00006668-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número ciento cincuenta y nueve mil setecientos veinticinco-f-cero
cero cero, la cual es terreno finca filial numero 236
identificada como FF-E-1-05, destinada a unidad de estacionamiento, ubicada en
planta 1, en proceso de construcción. Situada en el distrito Hatillo, cantón
San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte área común construida
de acceso vehicular; al sur vacío; al este, finca filial FF-E-1-06 y al oeste
finca filial FF-E-1-04.- Mide: catorce metros con treinta decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos del nueve de
marzo del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las catorce horas y treinta minutos del diecisiete de marzo del año
dos mil veinte con la base de dos millones ciento noventa y seis mil ciento
cuarenta y nueve colones con dieciséis céntimos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y
treinta minutos del veinticinco de marzo del año dos mil veinte con la base de
setecientos treinta y dos mil cuarenta y nueve colones con setenta y dos
céntimos (25% de la base original). NOTAS: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Andrea Alfaro Carranza, Juan Carlos Alfaro Carranza. Expediente Nº 19-007738-1763-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera,
07 de enero del año 2020.—Jeannette Ruiz Herradora, Jueza Tramitadora.—(
IN2020424450 ).
En este Despacho, con una base de un millón
novecientos veintiséis mil novecientos diecisiete colones con ochenta y un
céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa
303489 marca: Daihatsu, estilo: Charade, categoría
automóvil, capacidad: cinco personas, sedan cuatro puertas. Para tal efecto se
señalan las catorce horas y cuarenta minutos del cuatro de febrero del año dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce
horas y cuarenta minutos del doce de febrero del año dos mil veinte con la base
de un millón cuatrocientos cuarenta y cinco mil ciento ochenta y ocho colones
con treinta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cuarenta
minutos del veinte de febrero del año dos mil veinte con la base de
cuatrocientos ochenta y un mil setecientos veintinueve colones con cuarenta y
cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Empresa Equipsa Tica Sociedad Anónima contra Juan Luis De La
Trinidad Meza Sanabria. Expediente Nº 17-000412-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial Zona
Atlántica, 09 de diciembre del año 2019.—Hazel Carvajal Rojas, Jueza
Decisora.—( IN2020424502 ).
En este Despacho, con una base de seis millones
setenta y dos mil ochocientos
sesenta y tres colones con ochenta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BLN 694, marca: Toyota, estilo: Yaris, categoría: automóvil, capacidad: 5 pasajeros, año: 2007, color: plateado, vin:
JTDBT923771003834, cilindrada: 1500 CC, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiocho de enero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas y treinta minutos del cinco de febrero del dos mil veinte, con la base de cuatro millones quinientos cincuenta y cuatro mil seiscientos cuarenta y siete colones con ochenta y siete céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del trece de febrero del dos mil veinte, con la base de un millón quinientos dieciocho mil doscientos quince colones con noventa y seis céntimos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación de
Inversiones S. A. contra Gabriel Romero Jiménez, Koreautos de Costa Rica S. A. Expediente
Nº 18-016072-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 04 de julio del
2019.—Licda. Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2020424504 ).
En este Despacho, con una base de doscientos
cuarenta y cinco mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servid condic ref:2426 318 004 bajo las
citas: 307-14480-01-0901-001, servid condic ref:1727
187 002 bajo las citas: 307-14480-01-0903-001, servid y condicreF:2116 475 002
bajo las citas: 307-14480-01-0905-001;
sáquese a remate la finca del partido de: San José, matrícula número:
501462, derecho: 000, la cual es terreno: Para Construir Bloque 0 Lote 8 con
dos casas de habitación. Situada en el distrito: 3-Pozos, cantón: 9-Santa Ana,
de la provincia de: San José. Colinda: al norte: lote nueve; al sur: lote
siete; al este: calle publica y al oeste: Javier Venegas Marín. Mide:
trescientos treinta y cinco metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del once de
febrero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará
a las catorce horas y cero minutos del diecinueve de febrero de dos mil veinte
con la base de ciento ochenta y tres mil setecientos cincuenta dólares exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las catorce horas y cero minutos del veintisiete de febrero de dos
mil veinte con la base de sesenta y un mil doscientos cincuenta dólares exactos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.
Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la
Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del
Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda,
caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para
proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Inversiones Montilla Men
Ltda. contra Pearl Campbell Stiwart. Expediente Nº 19-003751-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 11 de
noviembre del año 2019.—Lic. Tadeo Solano Alfaro, Juez Decisor.—( IN2020424578
).
En este Despacho, con una base de
veinticuatro millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando prohib y reservref:1664-231-001 bajo
las citas 249-03462-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de
Limón, matrícula número ciento cincuenta y dos mil setecientos sesenta y uno,
derecho 000, la cual es de naturaleza terreno de solar con una casa. Situada en
el distrito 3 Rita, cantón 2 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al
norte Keylor Flores Fletes; al sur Keylor Flores Fletes; al este Keylor Flores
Fletes y al oeste servidumbre de paso de 7 m de ancho con un frente a ella de 7
m lineales. Mide: cuatrocientos setenta y cuatro metros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del cinco de mayo de dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve
horas y treinta minutos del trece de mayo de dos mil veinte con la base de
dieciocho millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta
minutos del veintiuno de mayo de dos mil veinte con la base de seis millones de
colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual
Cartago de Ahorro y Préstamo contra Karol Nicole Lope
Rojas. Expediente Nº 18-002589-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 21 de noviembre del
año 2019.—Giannina Lacayo Quirós Jueza Decisora.—( IN2020424591 ).
En este Despacho, con una base de seis millones
sesenta y ocho mil treinta y siete colones con ochenta y cinco céntimos, libre de gravámenes prendarios, sáquese a remate el vehículo placas TSM312, marca: Kia, estilo: Río, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie:
KNADN412AH6039101, carrocería: sedan, 4 puertas, tracción: 4X2, peso bruto: 1041 kgrms, número chasís: KNADN412AH6039101,
año fabricación: 2017, techo: techo duro,
uso: pasajeros, color: gris, Vin: KNADN412AH6039101, N° motor: G4FAGS061795, modelo: IHS4D1617, cilindrada:
1396 c.c., cilindros: 4, potencia:
66 KW, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan
las diez horas y treinta minutos del doce de febrero del dos mil veinte. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del veinte de febrero del dos mil veinte con la base de cuatro millones quinientos cincuenta y un mil veintiocho colones con treinta y nueve céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiocho de febrero del dos mil
veinte con la base de un millón
quinientos diecisiete mil nueve colones con cuarenta y seis céntimos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jennifer
María Venegas Bravo. Expediente N° 19-005268-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Segundo Circuito Judicial de
San José, Sección Tercera,
16 de setiembre del 2019.—Roberto Carlos Hurtado
Villalobos, Juez Tramitador.—(
IN2020424596 ).
En este Despacho, con una base de once mil quinientos
diecisiete dólares con treinta y cuatro centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo BJB607, marca: Suzuki, estilo: Ciaz GLX, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie:
MA3VC41S2GA130061, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4x2, número chasís: MA3VC41S2GA130061,
año fabricación: 2016.
color: café, combustible: gasolina, cilindrada: 1400 c.c. Para tal efecto se señalan las dieciséis horas y cero minutos
del treinta de enero del
dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas y cero minutos
del trece de febrero del
dos mil veinte con la base de ocho
mil seiscientos treinta y ocho dólares con un centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos
del veintisiete de febrero
del dos mil veinte con la base de dos mil ochocientos setenta y nueve dólares con treinta y cuatro centavos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de MB Créditos S. A.
contra Luis Daniel Vega Moran. Expediente N°
19-011200-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, 26 de
noviembre del 2019.—Jazmin Núñez
Alfaro, Jueza Tramitadora.—(
IN2020424613 ).
En la puerta
exterior de este Despacho,
con una base de veintitrés mil ochocientos
dólares, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BKT790, marca Hyundai, capacidad para cinco personas, año 2017, color gris, categoría automóvil, chasís y Vin MALC281CAHM058042, número
de motor G4FGFU673534, combustible gasolina, cilindrada 1600 c.c. Para tal efecto se señalan las quince
horas y cero minutos del cinco
de marzo del dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos
del trece de marzo del dos
mil veinte con la base de diecisiete
mil ochocientos cincuenta dólares (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las
quince horas y cero minutos del veintitrés
de marzo del dos mil veinte
con la base de cinco mil novecientos cincuenta
dólares (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Marianela Caravaca Sánchez. Expediente N°
19-003850-1763-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro
Segundo Circuito Judicial de San
José, Sección Primera, 17 de diciembre
del 2019.—Jeannette Ruiz Herradora, Jueza Tramitadora.—( IN2020424689
).
En este Despacho, con una base de veintisiete
millones setecientos sesenta y cuatro mil ciento veinticuatro colones con setenta y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de aguas pluviales citas:
430-19498-01-0001-001, servidumbre de cloaca citas: 430-19498-01-0003-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 29969-F-004 y 005, la cual
es terreno finca filial número doce B ubicada
en el segundo bloque de la planta alta destinadas a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito
7-Uruca, cantón 1-San José, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
con vacío; al sur, filial veintinueve
B; al este, filial once B; y al oeste,
filial trece B. Mide: cuarenta y siete metros con dieciséis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
y cero minutos del tres de febrero del dos mil veinte. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos
del once de febrero del dos mil veinte
con la base de veinte millones
ochocientos veintitrés mil noventa y tres colones con cincuenta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las once
horas y cero minutos del diecinueve
de febrero del dos mil veinte
con la base de seis millones novecientos
cuarenta y un mil treinta y
un colones con diecinueve céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Elba Del Socorro
Rocha Ríos, Mauricio José Rocha Ríos, Yorleny Del
Carmen Rocha Ríos. Expediente N° 19-006307-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Segundo Circuito Judicial de
San José, Sección Segunda, 05 de diciembre del 2019.—Susana María Murillo Alpízar, Jueza Tramitadora.—( IN2020424690 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta
y dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (¢42.250.000,00), libre de anotaciones
pero soportando hipoteca de primer grado (citas: 2013-296762-01-0002-001) e hipoteca
de segundo grado (citas: 2014-120477-01-0001-001), sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número treinta y dos mil seiscientos cincuenta-F-cero cero
cero (2-32650-F-000), la cual
es terreno finca filial doce terreno para construir que se destinará a uso
habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 01 Grecia, cantón 01 Grecia, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
calle pública con un frente de 10
metros lineales; al sur, acceso
dos; al este, finca filial
13, y al oeste, finca
filial once. Mide: trescientos
metros cuadrados (300 m²). Para tal
efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del diecinueve de febrero del dos mil
veinte (02:00 p. m. del 19/02/2020). De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas y
cero minutos del veintisiete
de febrero del dos mil veinte
(02:00 p. m. del 27/02/2020) con la base de treinta y
un millones seiscientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (¢31.687.500) (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del seis de marzo del dos
mil veinte (02:00 p. m. del 06/03/2020) con la base
de diez millones quinientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (¢10.562.500,00) (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ordinario laboral de Karen Yamileth Vega
contra Yeffry Porras Gutiérrez. Expediente
Nº 17-000165-1113-LA.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), 09 de enero del 2020.—M.Sc. Karla Artavia
Nájera, Jueza.—O. C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020424715
).
En este Despacho, con una base de catorce
millones doscientos cuatro mil setecientos sesenta y cinco colones con ochenta
y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando practicado
citas 2013-00095878-01-0001-001, sáquese a remate la finca del partido de
Puntarenas, matrícula número nueve mil quinientos siete, derecho cero cero cero, la cual es terreno
construido con una casa y patio. Situada en el distrito: 01- Puntarenas,
cantón: 01-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Promarina Sociedad Anónima y Martha Zúñiga Rojas; al sur,
calle pública con cuatro metros y treinta y siete centímetros de frente; al
este, Martha Zúñiga Rojas; y al oeste, Luis Calderón Valle. Mide: ciento cuatro
metros con diez decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce
horas y quince minutos del dos de marzo de dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y quince minutos
del diez de marzo de dos mil veinte, con la base de diez millones seiscientos
cincuenta y tres mil quinientos setenta y cuatro colones con treinta y siete
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las catorce horas y quince minutos del dieciocho de marzo de
dos mil veinte, con la base de tres millones quinientos cincuenta y un mil
ciento noventa y un colones con cuarenta y seis céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Emilce Briceño
Salazar. Expediente 19-003028-1207-CJ.—Juzgado de
Cobro de Puntarenas, 18 de octubre del año 2019.—Lic. Douglas Quesada
Zamora, Juez Decisor.—( IN2020424729 ).
En este Despacho, con una base de dieciséis
millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número doscientos noventa y cuatro mil novecientos veintiuno, derechos
cero cero uno y cero cero
dos, la cual es terreno
para construir lote 20. Situada: en el distrito: 05-Guácima, cantón: 01-Alajuela de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, lote 19 del Banco Popular
y Desarrollo Comunal; sur, lote
21 del Banco Popular y Desarrollo Comunal, este, calle pública; oeste,
Banco Popular y Desarrollo Comunal. Mide: ciento sesenta
metros con diez decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos del dieciséis de marzo del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de marzo del dos mil veinte, con la
base de doce millones de colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del primero de abril del dos mil veinte, con la
base de cuatro millones de colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago Ahorro
y Préstamo
contra Alexander Alemán
Chavarría,
Marlen del Carmen Fitoria Rodríguez. Expediente Nº 19-013617-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de noviembre del 2019.—Licda. María Karina Zúñiga Cruz, Jueza Tramitadora.—(
IN2020424781 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una base de dos
millones cuatrocientos mil colones exactos, libre de gravámenes prendarios,
pero soportando colisión bajo la boleta 2016248500140, sumaria
16-003224-0489-TR; sáquese a remate el vehículo placas: BKK428, Marca: Toyota,
Estilo: Echo, Categoría: automóvil, carrocería: Sedan 4 puertas, Chasís:
JTDBT123230301466, Motor número: 1NZ2703162, capacidad: 5 personas, color:
dorado, año: 2003. Para tal efecto se señalan las nueve horas y quince minutos
del cuatro de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve horas y quince minutos del doce de febrero del
dos mil veinte, con la base de un millón ochocientos mil colones exactos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las nueve horas y quince minutos del veinte de febrero del dos mil
veinte, con la base de seiscientos mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de OPC Operadora de Cobro y
Crédito Comercial S.A. contra Diansy Juliette Canales
Barrantes. Expediente N° 17-005382-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro
Primer Circuito Judicial de San José, 05 de julio
del 2019.—Licda. Yesenia Solano Molina, Jueza Decisora.—( IN2020424827 ).
En este Despacho, con una base de ciento
veintidós mil quinientos veinticinco dólares con noventa y un centavos, libre
de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate la finca del Partido de Heredia,
matrícula N° 126772-F, derecho 000, la cual es
terreno finca filial 28, ubicada en tercer nivel del edificio 2, destinada a
uso residencial en proceso de construcción. Situada en el distrito Ulloa,
cantón Heredia de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, pasillo; al sur,
espacio aéreo; al este, filial 27; y al oeste, filial 29. Mide: setenta y tres
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas y cero
minutos del dieciocho de febrero de dos mil veinte. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las dieciséis horas y cero minutos del veintiséis
de febrero de dos mil veinte, con la base de noventa y un mil ochocientos
noventa y cuatro dólares con cuarenta y tres centavos (75% de la base original)
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis
horas y cero minutos del cinco de marzo de dos mil veinte, con la base de
treinta mil seiscientos treinta y un dólares
con cuarenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Davivienda (Costa Rica) Sociedad Anónima
contra Ciany María Hernández Astorga. Expediente:
19-004294-1044-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia,
04 de diciembre del 2019.—Lic. Pedro Javier Ubau
Hernández, Juez Tramitador.—( IN2020424829 ).
En este Despacho, con una base de doce millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: C162325,
Marca: Isuzu, Estilo: NQR, Categoría:
carga pesada, Capacidad: 3 personas, tracción:
4x2, año fabricación: 2003, cilindrada: 4700 c.c., cilindros: 4, combustible: diesel. Para tal
efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del catorce de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y cero minutos del veintiocho de febrero del dos mil
veinte, con la base de nueve
millones de colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las diez horas y cero minutos del trece de marzo del dos mil veinte, con la base de tres millones de colones exactos (25% de la base original). Con una base de ocho millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: C156267, Marca:
Nissan, estilo: UD1800, Categoría:
carga pesada, Capacidad: 3 personas, carrocería: caja
cerrada o furgón, tracción:
4x2, peso bruto: 8200 kgrms,
año fabricación: 1999, cilindrada: 6900 c.c., cilindros:
6, combustible: diesel. Para tal efecto,
se señalan las diez horas y
cero minutos del catorce de
febrero del dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y cero
minutos del veintiocho de febrero del dos mil veinte, con
la base de seis millones de colones
exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del trece de marzo del dos mil veinte, con
la base de dos millones de colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Ramiro Huertas Corrales contra José Luis Rodríguez Quirós. Expediente
Nº 19-002214-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, 08 de enero
del 2020.—Licda. Patricia Eugenia Cedeño Leitón,
Jueza Decisora.—( IN2020424856 ).
En este Despacho, con una base de tres
millones novecientos setenta y nueve mil setecientos veintisiete colones con
nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo
placa QCN136, marca Nissan, estilo Sentra, chasís 3N1AB7AD3GL620561, año 2016,
color gris. Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del
diecinueve de marzo del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate
se efectuará a las diez horas treinta minutos del veintisiete de marzo del dos
mil veinte con la base de dos millones novecientos ochenta y cuatro mil
setecientos noventa y cinco colones con treinta y un céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
diez horas treinta minutos del trece de abril del dos mil veinte con la base de
novecientos cuarenta y nueve mil novecientos treinta y un colones con setenta y
siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Asociación Solidarista de Empleados del
Banco Nacional contra Mauricio de Los Ángeles Quirós Quirós.
Expediente N° 18-000638-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 05 de setiembre del 2019.—Licda. Nidia
Durán Oviedo, Jueza Tramitadora.—( IN2020424857 ).
En este Despacho, con una base de trece mil
seiscientos setenta y un dólares con cincuenta y un centavos, soportando
colisiones, número de sumaria 19-006403-0174-TR, número boleta 2019328700310,
sáquese a remate el vehículo placa BJT570 / Marca: Toyota / Estilo: Yaris E / Categoría: automóvil / Capacidad: 5 personas /
Serie: MR2BT9F33G1205511/ Año fabricación: 2016 / Color: plateado / Cilindrada:
1500 c.c. / N° motor: 1NZZ313577. Para tal efecto se
señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de febrero
del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas y cuarenta y cinco minutos del dos de marzo de dos mil veinte, con
la base de diez mil doscientos cincuenta y tres dólares con sesenta y tres
centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del trece de marzo
del dos mil veinte, con la base de tres mil cuatrocientos diecisiete dólares
con ochenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Financiera Cafsa S.A. contra
José Gerardo Zamora Abarca. Expediente N°
19-013270-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San José,
21 de noviembre del 2019.—Lic. Mauricio Hidalgo Hernandez,
Juez Decisor.—( IN2020424863 ).
En este Despacho, con una base de dos
millones trescientos noventa y cinco mil ciento noventa y siete colones,
sáquese a remate la finca sin inscribir del partido de Puntarenas. Situada en
el distrito San Vito, cantón Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Mide:
ochenta y ocho metros con treinta y cinco decímetros cuadrados, con un frente
de siete metros con setenta y cinco centímetros de frente y once metros con
cuarenta centímetros de fondo, cuenta con un acceso por servidumbre de tres
metros de ancho. colinda al norte con servidumbre de paso de tres metros de
ancho, al sur con parte trasera de vivienda, al oeste colinda con servidumbre
de paso de tres metros y al este con la propiedad folio real 1 49320-001-002.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del diez de marzo del
dos mil veinte. de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas con cero minutos dieciocho de marzo de dos mil veinte con la base
de un millón setecientos noventa y seis mil trescientos noventa y siete con
setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas con cero minutos
del veintiséis de marzo del dos mil veinte con la base de quinientos noventa y
ocho mil setecientos noventa y nueve colones con veinticinco céntimos (25% de
la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ordinario de Olger Luis del Socorro Rodríguez Castro contra Edwin de
Las Piedades y Jorge Manuel Ambos Fernández Chavarría. Expediente Nº 10-100231-0920-CI.—Tribunal
Colegiado Primera Instancia Civil I Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez
Zeledón, 19 de diciembre del 2019.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez Decisor.—(
IN2020424864 ).
En este Despacho, con una base de dos
millones trescientos mil colones exactos, soportando hipotecas con cita de
inscripción al Tomo 0417, Asientos 00002438 y 00017192, Consecutivo: 01,
donación de derecho con cita de inscripción al Tomo: 0445, Asiento: 00007035 y
Consecutivo: 01; demanda ejecutiva hipotecaria, con cita de inscripción al
Tomo: 0800, Asiento: 00119664, Consecutivo 01, secuencia 0001, subsecuencia:
001; sáquese a remate la finca del partido de San Jose,
matrícula número 00411479, derecho 001 y 002, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito: 01-Desamparados, cantón: 03-Desamparados, de
la provincia de San Jose. Colinda: al norte, Luis
Fernando Piedra Gamboa; al sur, Juan Rojas, 1/2 calle privada o servidumbre de
paso; al este, calle pública con once metros; y cuarenta y ocho centímetros; y
al oeste, Río Cucubres con ciento sesenta y un metros
y ocho centímetros. Mide: ciento sesenta y un metros con ocho decímetros
cuadrados con plano catastrado número SJ-0486414-1982. Para tal efecto, se
señalan las catorce horas del tres de febrero del dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas del once de
febrero del dos mil veinte, con la base de (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas del
diecinueve de febrero del dos mil veinte, con la base de (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de José Francisco Golfin
Jiménez contra Hazel Patricia Piedra Navarro, Luis Fernando de La Trinidad
Piedra Gamboa, María Elena Navarro Jimenez.
Expediente N° 98-100525-0217-CI.—Juzgado
Civil del Tercer Circuito Judicial de San
José (Desamparados), 08 de enero del 2020.—Lic. Freddy Ureña Díaz, Juez.—(
IN2020424865 ).
En este Despacho, con una base de seis millones
quince mil setecientos treinta
y ocho colones con treinta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 117626 derecho 000, la cual
es terreno para construir lote 4 G. Situada: en el distrito 1-Nicoya, cantón 2-Nicoya, de la provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte,
calle pública con 7.98 metros; al sur, lote
34 G; al este, lote 5 G, y
al oeste, lote 3 G. Mide: ciento setenta
y ocho metros con ochenta y
siete decímetros cuadrados. Plano:
G-0306748-1996. Para tal efecto,
se señalan las diez horas y
cero minutos del catorce de
abril del dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y cero
minutos del veintidós de abril del dos mil veinte, con la
base de cuatro millones quinientos once mil ochocientos tres colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del treinta de abril del dos mil veinte, con la
base de un millón quinientos tres mil novecientos treinta y cuatro colones con cincuenta y ocho céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L.
contra María
Ana Zúñiga Zúñiga, Ryan Eliécer Marchena Zúñiga. Expediente
Nº 19-003750-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 03 de diciembre
del 2019.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—(
IN2020424904 ).
En este Despacho, con una base de diecisiete
millones ochocientos dieciocho mil ochocientos seis colones con veintidós
céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y
restricciones citas: 323-08545-01-0901-0010; sáquese a remate la finca del
partido de Guanacaste, matrícula número veinticuatro mil doscientos ochenta y
uno, derecho 000, la cual es terreno naturaleza: terreno con 1 casa situada en
el distrito 1-Cañas cantón 6-Cañas de la provincia de Guanacaste. Linderos:
norte, Cristo Abarca Quesada, sur, Nicolás Solorzano Galera, este, Miguel
Córdoba Méndez, oeste, calle pública con 13m 42cm. Mide: doscientos ochenta y
cuatro metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Plano: G-0002763-1965.
Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del once de febrero
del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las diez horas y cero minutos del diecinueve de febrero del año dos mil veinte
con la base de trece millones trescientos sesenta y cuatro mil ciento cuatro
colones con sesenta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las diez horas y cero minutos del veintisiete de febrero del año dos mil veinte
con la base de cuatro millones cuatrocientos cincuenta y cuatro mil setecientos
un colones con cincuenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se
les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Municipalidad de Cañas contra Selenia Espinoza
Murillo. Expediente Nº 13-002493-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste,
20 de noviembre del 2019.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez Decisor.—(
IN2020424906 ).
En este Despacho, con una base de doce
millones ochocientos sesenta y seis mil doscientos veintidós colones con seis
céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del
Partido de Cartago, matrícula número ciento cuarenta y cinco mil setecientos
sesenta, derecho cero cero cero,
la cual es lote 82 K, terreno para construir. Situada en el distrito:
05-Aguacaliente, cantón: 01-Cartago de la provincia de Cartago, finca se
encuentra en zona catastrada. Colinda: al norte, con lote 81 del INVU; al sur,
con lote 83 del INVU; al este, calle pública con un frente a ella de seis
metros; y al oeste, lote 102 del INVU. Mide: noventa y seis metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinte de
abril de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de abril de dos mil veinte,
con la base de nueve millones seiscientos cuarenta y nueve mil seiscientos
sesenta y seis colones con cincuenta y cuatro céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
nueve horas y treinta minutos del siete de mayo de dos mil veinte, con la base
de tres millones doscientos dieciséis mil quinientos cincuenta y cinco colones
con cincuenta y un céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L. contra
Emmanuel Jesús Vindas Flores, José Álvaro Vindas Flores. Expediente:
19-003722-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 02 de diciembre del 2019.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza
Decisora.—( IN2020424907 ).
En este Despacho, con una base de treinta
y tres millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número veinte mil trescientos setenta y uno, derecho cero cero cero, la cual es terreno urbano con una casa. Situada: en el distrito 1-Liberia, cantón
1-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Hermelinda Viales Hernández; al sur, Eribertsa
Mora Vargas Vargas; al este,
calle pública con 10.16 metros, y al oeste,
Inés Chevez Chevez.
Mide: doscientos noventa y cinco metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Plano:
G-0336079-1979. Para tal efecto,
se señalan las nueve horas
y cero minutos del catorce
de febrero del dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y
cero minutos del veinticuatro
de febrero del dos mil veinte,
con la base de veinticuatro millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del tres de marzo del dos mil veinte, con la
base de ocho millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Inversiones Torres y Ordoñez S.A.
Expediente Nº 19-005718-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 10 de diciembre del 2019.—Licda. Natalia
Orozco Murillo, Jueza Tramitadora.—( IN2020424908
).
En este Despacho, con una base de dieciocho
millones trescientos noventa y cinco mil ochocientos sesenta y dos colones con
nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca
del partido de Guanacaste, matrícula número 153890-000, derecho, la cual es
terreno para construir. Situada en el distrito 6-Nosara, cantón 2-Nicoya, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Resto Ricardo, Sandra, Ileana,
Félix, Carlos Manuel todos Hernández Rosales y Guadalupe Villareal Villareal; al sur, Resto Ricardo, Sandra, Ileana, Félix,
Carlos Manuel todos Hernández Rosales y Guadalupe Villareal Villareal;
al este, Resto Ricardo, Sandra, Ileana, Félix, Carlos Manuel todos Hernández
Rosales y Guadalupe Villareal Villareal; y al oeste,
calle pública con 144 metros con 48 cm. Mide: nueve mil novecientos cincuenta y
tres metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las ocho horas y cero minutos del catorce de febrero del dos mil
veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y
cero minutos del veinticuatro de febrero del dos mil veinte con la base de
trece millones setecientos noventa y seis mil ochocientos ochenta y nueve
colones con seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del tres de marzo del dos mil veinte con la base
de cuatro millones quinientos noventa y ocho mil novecientos sesenta y tres
colones con dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L. contra
Agustín Urbina Leal, Tierra Linda de La Pampa S. A. Expediente N° 17-004012-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial Guanacaste
(Santa Cruz), 29 de octubre del 2019.—Lic. Luis Abner Salas Muñoz, Juez.—(
IN2020424909 ).
En este Despacho, con una base de treinta y
cuatro mil seiscientos cuarenta y siete dólares con cincuenta y seis centavos,
libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: placas CL
285962, marca: Chevrolet, estilo: Silverado LTZ categoría: carga liviana,
capacidad: 5 personas, serie: 3GCUK9EC4FG341070, carrocería: camioneta Pick-Up,
caja abierta o cam-pu, tracción: 4X4, número de
chasis: 3GCUK9EC4FG341070, año fabricación: 2015, color: vino número motor: sin
número, cilindrada: 5300 cc, combustible: gashol. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero
minutos del dos de abril del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del diez de abril del dos
mil veinte, con la base de veinticinco mil novecientos ochenta y cinco dólares
con sesenta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del
veinte de abril del dos mil veinte, con la base de ocho mil seiscientos sesenta
y un dólares con ochenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: se
les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso
de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto dos veces consecutivas, la primera publicación
con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de CrediQ Inversiones CR S.A. contra César Augusto Arias
Porras. Expediente: 19-005473-1200-CJ.—Juzgado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 27 de
noviembre del 2019.—Lic. Iván Cartín Cordero, Juez Tramitador.—( IN2020424911
).
En este Despacho, con una base de nueve mil
novecientos ochenta y un dólares con cuarenta y un centavos, libre de
gravámenes, pero soportando anotación citas 2018-700257-001; sáquese a remate
el vehículo placas BDQ864, marca: Chevrolet, estilo: Aveo LS, categoría:
automóvil, año fabricación: 2013, color: plateado, N°
motor: F16D32354282, cilindrada: 1600 c.c,
combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas y treinta
minutos del quince de abril del dos mil veinte. De no haber postores, el
segundo remate, se efectuará a las once horas y treinta minutos del veintitrés
de abril del dos mil veinte, con la base de siete mil cuatrocientos ochenta y
seis dólares con cinco centavos (75% de la base original), y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas y treinta minutos
del cuatro de mayo del dos mil veinte, con la base de dos mil cuatrocientos
noventa y cinco dólares con treinta y cinco centavos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR Sociedad Anónima contra Sharon Beliza Rojas Bravo. Expediente Nº
19-001588-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 18 de noviembre del 2019.—Licda. Yanin Torrentes Avila, Jueza Decisora.—( IN2020424912 ).
En este Despacho, con una base
de diecinueve mil trescientos cuarenta y nueve dólares con veintinueve
centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia por lesiones
culposas bajo las citas: 2019 00379934 002 y colisiones bajo sumaria número
18-001894-0491-TR; sáquese a remate el vehículo Placa: BNX825. Marca: Hyundai.
Estilo: Creta GL. Categoría: automóvil. Capacidad: 5 personas. Serie:
MALC281CAHM215600. Carrocería: todo terreno 4 puertas. Tracción: 4x2. Color:
azul. Para tal efecto se señalan las 11:30 horas del 05/03/2020. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las 11:30 horas del 13/03/2020, con
la base de catorce mil quinientos once dólares con noventa y seis centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las 11:30 horas del 23/03/2020, con la base de cuatro mil ochocientos
treinta y siete dólares con treinta y dos centavos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S.A. contra Alexander Eliseo Arias
Alvarado, Viviana Briceño Salazar. Expediente Nº
19-011041-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 04 de setiembre del
2019.—Licda. Valerie Sancho Bermúdez, Jueza Decisora.—( IN2020424913 ).
En este Despacho, con una base de tres
mil cuatrocientos diecisiete
dólares con treinta y tres centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: BDC953, marca: Chevrolet,
estilo: Spark LS, categoría:
automóvil,
capacidad: 5 personas, tracción:
4x2, número serie, vin y chasis: KL1MJ6C45DC000264, año:
2013, color: plateado, N° motor: A08S3950745KC2, cilindrada: 800 C.C,
cilindros: 3, combustible: gasolina.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del dieciséis de marzo del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y cuarenta minutos del veinticuatro de marzo del dos mil veinte, con la
base de dos mil quinientos sesenta
y dos dólares con noventa y
nueve centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del primero de abril del dos mil veinte, con la
base de ochocientos cincuenta
y cuatro dólares con treinta y tres centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Tania Pamela Jiménez Rodríguez. Expediente Nº 19-014503-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 22 de noviembre
del 2019.—Lic. Alicia Francella
Guzmán Valerio, Jueza Tramitadora.—( IN2020424914
).
En este despacho, con una base de dieciocho
mil cincuenta y cinco dólares con ochenta centavos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BGX481, marca Hyundai,
categoría automóvil, carrocería sedan 4 puertas, chasis KMHDH41EAEU991500, uso
particular, estilo Elantra GLS, capacidad 5 personas,
año 2014, color blanco, número motor G4NBDU822414, combustible gasolina. Para
tal efecto se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de marzo
de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas y treinta minutos del treinta y uno de marzo de dos mil veinte con
la base de trece mil quinientos cuarenta y un dólares con ochenta y cinco
centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del quince de abril de dos
mil veinte con la base de cuatro mil quinientos trece dólares con noventa y
cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Natalia Víquez Cervilla y Marisol Cervilla Mora.
Expediente N° 19-015028-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 06 de
diciembre del año 2019.—Cinthia Segura Durán, Jueza Decisora.—( IN2020424915 ).
En este Despacho, con una base de diecisiete
mil ciento dieciséis dólares con veintiún centavos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BHW518, marca: Suzuki, estilo: Ciaz GLX, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año
fabricación: 2016, color: gris, vin:
MA3VC41S8GA130758, N° motor: K14BN7072800,
cilindrada: 1400 c.c., cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto se
señalan las ocho horas y treinta minutos del cinco de febrero de dos mil
veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y
treinta minutos del trece de febrero de dos mil veinte con la base de doce mil
ochocientos treinta y siete dólares con dieciséis centavos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
ocho horas y treinta minutos del veintiuno de febrero de dos mil veinte con la
base de cuatro mil doscientos setenta y nueve dólares con cinco centavos (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi
Q Inversiones CR S. A. contra Josué David Chaves Zamora, Karla María Rodríguez
González. Expediente Nº 19-008044-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 13 de noviembre del
2019.—Pedro Javier Ubau Hernández, Juez Tramitador.—(
IN2020424916 ).
En este Despacho, con una base de un millón
trescientos dos mil ciento dieciocho colones con treinta y tres céntimos, libre
de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: 703279,
marca: Honda, estilo: Civic SI, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, año fabricación: 2006, color: negro, vin:
2HGFG21596H708071, cilindrada: 2000 cc, número de
motor: K20Z31009116. Para tal efecto se señalan las quince horas y quince
minutos del doce de febrero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las quince horas y quince minutos del veinte de febrero
de dos mil veinte con la base de novecientos setenta y seis mil quinientos
ochenta y ocho colones con setenta y cuatro céntimos (75% de la base original)
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas
y quince minutos del dos de marzo de dos mil veinte con la base de trescientos
veinticinco mil quinientos veintinueve colones con cincuenta y ocho céntimos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.
Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la
Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del
Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda,
caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para
proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A.
contra Danny Segura Morazán. Expediente 19-014518-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 19 de
noviembre del año 2019.—Lic. Tadeo Solano Alfaro, Juez Decisor.—( IN2020424917
).
En este Despacho, con una base de diecisiete
mil ciento cuarenta y cinco dólares con cuarenta y un centavos, libre de
gravámenes prendarios y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas
BNS410, marca Hyundai, categoría automóvil, capacidad 5 personas, Vin KMHCT41BEHU204154, color blanco, año 2017, número de
motor: G4LCGU667640. Para tal efecto se señalan las catorce horas y cuarenta y
cinco minutos del dieciocho de febrero del dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cuarenta y cinco
minutos del veintiséis de febrero del dos mil veinte, con la base de doce mil
ochocientos cincuenta y nueve dólares con seis centavos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
catorce horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de marzo del dos mil veinte,
con la base de cuatro mil doscientos ochenta y seis dólares con treinta y cinco
centavos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Improsa Sociedad Anónima contra Sharon Murillo Pessoa. Expediente N° 19-012422-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial
de San José, 13 de diciembre del 2019.—Lic. Tadeo Solano Alfaro,
Juez Decisor.—( IN2020424918 ).
En este Despacho, con una base de tres
mil setecientos un dólares
con cincuenta y un centavos, libre de gravámenes, pero soportando infracción/colisiones, sumaria N°
18-000224-1425-TR, del Juzgado Contravencional
y de Menor Cuantía de Osa; sáquese a remate el vehículo placa: BLF086, marca: Chevrolet, estilo: Spark LT, capacidad: 5
personas, año: 2016, color: blanco,
carrocería: Sedan 4 puertas
Hatchback, tracción:
4x2, vin: KL1CJ6CA9GC60513, motor número: LV7160430664, cilindrada:
1400 cc, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de junio del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de junio del dos mil veinte, con la
base de dos mil setecientos setenta
y seis dólares con trece
centavos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de julio del dos
mil veinte, con la base de novecientos
veinticinco dólares con treinta y siete centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S.A. contra Mariela Barrantes
Cordero. Expediente Nº 19-014554-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 26 de noviembre
del 2019.—Licda. Mayra Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2020424919 ).
En este Despacho, con una base de nueve millones cuatrocientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 302-03796-01-0002-001, y plazo
de convalidación (rectificación
de medida) bajo las citas:
551-04278-01-0003-001; sáquese a remate
la finca del partido de San
José, matrícula número
267995, derecho 000, terreno de café. Situada: en el distrito San Ignacio, cantón
Acosta, de la provincia de San José. Colinda: al norte, yurro con servidumbre de paso en medio; al sur, Carlos
Arias Arias y Alfredo Segura Arias; al este, Bernal Arias Alvarado con servidumbre
de paso en medio, y al oeste, Alfredo Segura Arias y yurro
con servidumbre de paso en medio. Mide: tres mil ochocientos tres metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de febrero del dos mil
veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de febrero del dos
mil veinte, con la base de siete
millones cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del seis de marzo del dos
mil veinte, con la base de dos millones
trescientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Vecinos de Acosta contra Orlando Bonilla Vindas. Expediente Nº
12-016030-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de
octubre del 2019.—Lic.
Jairo Jiménez Sandoval, Juez Tramitador.—( IN2020424944
).
En este Despacho, con una base de trece millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ochenta y cuatro mil ciento veintiuno-cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote 97. Situada: en el distrito: 03-Rita, cantón: 02 Pococí, de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, María Teresa
Morales Solís; al sur, María Teresa Morales Solís; al este, María Teresa
Morales Solís, y al oeste, calle
pública
con 10 metros de frente. Mide:
doscientos metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de abril del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y
cero minutos del veinticuatro
de abril del dos mil veinte,
con la base de nueve millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de mayo del dos
mil veinte, con la base de tres
millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro
y Préstamo
Contra José Martín Quirós
Rojas. Expediente Nº 18-001462-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 13 de noviembre del
2019.—Licda. Hellen Gutiérrez Desanti,
Jueza Decisora.—( IN2020424947 ).
En este Despacho, con una base de tres millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 315-02316-01-0902-001, reservas
y restricciones citas:
324-17648-01-0914-001, reservas y restricciones
citas: 324-17648-01-0929-001, reservas
y restricciones citas:
324-17648-01-0930-001; sáquese a remate
la finca del partido de
Limón, número ciento treinta y seis mil seiscientos-cero
cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 3-Rita, cantón 2-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, José María Rivas Ramírez; al sur, José María Rivas Ramírez; al este, Corporación Nerdi S.A., y al oeste, calle pública con frente
nueve metros quince centímetros. Mide:
doscientos cincuenta y tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del dos de marzo del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas y treinta minutos del diez de marzo del dos mil veinte con la base de dos millones
seiscientos veinticinco mil
colones exactos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciocho de marzo del dos mil veinte, con la
base de ochocientos setenta
y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro
y Préstamo
contra Ana Karen Chinchilla Marín, Jeremías Arias Arias.
Expediente Nº 19-003374-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 05
de noviembre del 2019.—Licda.
Hellen Gutiérrez Desanti, Jueza
Decisora.—(
IN2020424948 ).
En este Despacho, con una base
de treinta millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando condic. ref.: 014436 B 000 citas:
0345-00004448-01-0902-001, condiciones ref.: 00028774-000 citas:
0355-00018276-01-0900-001, condiciones ref.: 00028774-000
citas:0355-00018276-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de
Limón, matrícula número ciento treinta y ocho mil seiscientos ochenta y cinco,
derecho cero cero cero, la
cual es terreno potrero. Situada en el distrito: 06-Alegría, cantón:
03-Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Juanita, Alfredo,
Gerardo y Claudia todos apellidos Jara Chaves; al sur, Rigoberto Chaves Quirós
y calle pública; al este, Juanita, Alfredo, Gerardo y Claudia todos de
apellidos Jara Chaves y al oeste, Mario Alberto Briceño Rodríguez y Nidia Mendoza
Jarquín. Mide: diez mil novecientos trece metros con cero decímetros cuadrados.
Plano: L-1500058-2011. Para tal efecto, se señalan las quince horas y treinta
minutos del veintiséis de mayo de dos mil veinte. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta minutos del tres de
junio de dos mil veinte, con la base de veintidós millones quinientos mil
colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las quince horas y treinta minutos del once de junio
de dos mil veinte con la base de siete millones quinientos mil colones exactos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Jhonny de Jesús Blandón Dávila. Expediente Nº 18-002628-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí, 18 de diciembre del 2019.—Licda. Hazel Patricia
Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2020424949 ).
En este despacho, con una base de setenta mil
dólares exactos, moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación
(rectificación de medida), citas 572-14497-01-0006-001; sáquese a remate la
finca del partido de Limón, número seis mil doscientos cincuenta y uno-cero
cero cero, la cual es terreno inculto. Situada en el
distrito: 01-Siquirres, cantón: 03-Siquirres, de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, línea férrea atlántico; al sur, calle pub; al este, lote 5 y
al oeste, lote 3. Mide: cinco mil seiscientos sesenta y ocho metros con setenta
y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y
cero minutos del dos de marzo de dos mil veinte. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del diez de marzo
de dos mil veinte, con la base de cincuenta y dos mil quinientos dólares
exactos, moneda del curso legal de los estados unidos de américa (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del
dieciocho de marzo de dos mil veinte, con la base de diecisiete mil quinientos
dólares exactos, moneda del curso legal de los estados unidos de américa (25%
de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mario Crooks Thompson contra Corporación Crooksthom
GMR del Caribe S.A., Gloria Melita Crooks Thompson,
Rogelio Crooks Thompson. Expediente N° 18-001600-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí, 01 de noviembre del año 2019.—Licda. Hellen Gutiérrez Desanti, Jueza Decisora.—( IN2020424953 ).
En este despacho, con una base de quince
millones setecientos treinta mil colones exactos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula
número doscientos veinticuatro mil ochocientos cincuenta y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno
naturaleza: Terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el
distrito: 03-Mercedes, cantón: 05-Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, calle pública con siete metros, ochenta y cuatro centímetros; al sur,
Eliécer Herrera López; al este, Zaida Herrera Maykall
y al oeste, Allan Herrera Maykall. Mide: mil
doscientos dieciocho metros con dieciocho decímetros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las dieciséis horas y quince minutos del tres de febrero de
dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
dieciséis horas y quince minutos del once de febrero de dos mil veinte, con la
base de once millones setecientos noventa y siete mil quinientos colones
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las dieciséis horas y
quince minutos del diecinueve de febrero de dos mil veinte, con la base de tres
millones novecientos treinta y dos mil quinientos colones exactos (25% de la
base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo
contra Vilma María Antonia Herrera Maykall.
Expediente N° 19-010901-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 04 de octubre del año
2019.—Licda. Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2020424954 ).
En este Despacho, con una base de veintinueve
millones ciento setenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 160222,
derecho 000, la cual es terreno lote uno, terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito Llorente, cantón Flores, de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, lote 2 B; al sur, lote dedicado a comercio; al este, lote 34
B y al oeste, calle pública con un frente de 06,00 metros. Mide: ciento veinte
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco
minutos del cinco de febrero de dos mil veinte. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del
trece de febrero de dos mil veinte con la base de veintiún millones ochocientos
setenta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y
cuarenta y cinco minutos del veintiuno de febrero de dos mil veinte con la base
de siete millones doscientos noventa y dos mil quinientos colones exactos (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual
Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Jorge Alexander Davis Brown.
Expediente Nº 19-009051-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 22 de noviembre del 2019.—Lic. German Valverde Vindas,
Juez Tramitador.—( IN2020424955 ).
En este despacho, con una base de ocho
millones trescientos mil colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando
servidumbre trasladada citas: 344-00218-01-0901-001, y servidumbre trasladada
citas: 344-00218-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de
Alajuela, matrícula número 559574-000, la cual es terreno de solar. Situada en
el distrito: 01-Naranjo, cantón: 06-Naranjo, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al noreste, Agropecuario del Carral S.A.; al noroeste, Agropecuaria
del Corral S.A.; al sureste, calle pública con frente de 9 metros y al
suroeste, Agropecuario del Corral S.A. Mide: ciento treinta metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las quince horas y treinta minutos del tres de
febrero del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las quince horas y treinta minutos del once de febrero del año dos
mil veinte, con la base de seis millones doscientos veinticinco mil colones
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las quince horas y treinta minutos del diecinueve de febrero
del año dos mil veinte, con la base de dos
millones setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela-La Vivienda contra Eduard Alonso Hernández Araya. Expediente N° 19-002980-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, 02 de diciembre del año 2019.—Licda. Patricia Eugenia
Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2020424957 ).
En este Despacho, con una base de trece millones ochocientos cincuenta y nueve mil colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada citas:
308-10666-01-0902-001, servidumbre trasladada citas:
308-10666-01-0904-001, servidumbre trasladada citas:
308-10666-01-0910-001, servidumbre trasladada citas:
308-10666-01-0912-001, reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas:
435-14874-01-0062-001; sáquese a remate
la finca del partido de
Alajuela, matrícula número
311206-003 y 004, la cual es terreno
para la vivienda lote 12. Situada: en el distrito: 02-Laguna, cantón:
11-Zarcero, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ana Mayda Vargas Chaves; al sur, Carlos Rojas Prieto; al este, calle pública con un frente
a ella de 9 metros 56 centímetros lineales, y al oeste, Joaquín Rodríguez
Castro. Mide: ciento setenta metros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas y cero minutos
del tres de febrero del dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las dieciséis horas y cero minutos
del once de febrero del dos mil veinte,
con la base de diez millones
trescientos noventa y cuatro mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las dieciséis horas y cero minutos
del diecinueve, de febrero
del dos mil veinte, con la base de tres millones cuatrocientos
sesenta y cuatro mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra
Dany Adenir Rojas Durán, Karol Milixa Soto
Vargas. Expediente Nº 19-003042-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 02 de diciembre
del 2019.—Licda. Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2020424958 ).
En este Despacho, con una base de trece
millones doscientos catorce mil colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos
públicos; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número
cuatrocientos sesenta y nueve mil doscientos cuarenta y siete derechos cero cero uno y cero cero dos, la cual
es terreno para construir lote siete. Situada en el distrito Ángeles, cantón
San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote cinco; al sur,
calle pública con frente de 8 metros; al este, lote seis y al oeste, Carmen
Marcela Fernández Moya. Mide: ciento ochenta y tres metros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del tres de febrero del año
dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas y cero minutos del once de febrero del año dos mil veinte con la
base de nueve millones novecientos diez mil quinientos colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de febrero del año dos
mil veinte con la base de tres millones trescientos tres mil quinientos colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Francinny
de Los Ángeles Durán Vásquez, Jairo Vinicio Arias Rodríguez. Expediente Nº 19-000570-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 04 de
diciembre del 2019.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz,
Jueza.—( IN2020424959 ).
En este despacho, con una base de quince
millones ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número doscientos
cincuenta y ocho mil noventa y ocho-cero cero cero,
la cual es terreno con 1 casa. Situada en el distrito: 01-San Isidro de El
General, cantón: 19-Perez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, calle pública; al sur, Víctor Hugo Infante Segura; al este, Ramón
Alberto Quesada Hidalgo y al oeste, Gilberto Blanco Montero. Mide: doscientos
cuarenta y cuatro metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del seis de febrero del año
dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez
horas y cero minutos del catorce de febrero del año dos mil veinte con la base
de once millones ochocientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez
horas y cero minutos del veinticuatro de febrero del año dos mil veinte, con la
base de tres millones novecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo
contra Juana Lisbeth Suarez Cubillo. Expediente N°
19-004758-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito
Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 08 de octubre del año 2019.—Licda. Lidia
Mayela Díaz Anchía, Jueza Tramitadora.—( IN2020424960 ).
En la puerta exterior de este
Despacho, con una base de cuarenta y ocho millones de colones exactos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate: finca del partido de San José,
matrícula número 155790, derechos 002,003,004,006 y 007, la cual es terreno
para construir con 1 casa. Situada en el distrito quinto Zapote, del cantón
primero San José, de la provincia de San José, de la escuela Napoleón Quesada,
trescientos metros este y setenta y cinco sur. Colinda: al norte, con calle
pública y otros; al sur, Francisco Contreras otro; al este, calle pública y
otro y al oeste, Arnulfo Arce y otros. Mide: doscientos setenta y nueve metros
con cincuenta y cinco decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto,
se señala a las nueve horas y cero minutos del veintiocho de febrero del año
dos mil veinte. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Roberto
Enrique Muñoz Trigueros, Sandra Eugenia Muñoz Trigueros contra Jeannette
Ramírez Coto, José Antonio Muñoz Fuentes, María Graciela Muñoz Fuentes,
sucesión de José Antonio Muñoz Trigueros. Expediente Nº
17-000150-0183-CI. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho.—Tribunal
Primero Colegiado Primera Instancia Civil I Circuito Judicial San José. 17
de diciembre del año 2019.—Lic. Simón Bogantes Ledezma, Juez Decisor.—(
IN2020425008 ).
En este Despacho, con una base de doscientos
trece mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de vista citas: 575-67014-01-0004-001, servidumbre
de vista citas: 575-67014-01-0004-001, servidumbre de vista citas:
575-67014-01-0028-001, servidumbre de vista citas: 575-67014-01-0028-001, servidumbre
de cloaca citas: 575-67014-01-0048-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número doscientos cinco mil setecientos cincuenta y seis,
derechos cero cero uno y cero cero
dos, la cual es terreno
para construir, lote 10 con
una casa de habitación. Situada:
en el distrito: 01-San
Pablo, cantón: 09-San Pablo, de la provincia de Heredia. Colinda: al
norte, Zócalo Acalefo S.A.; al sur, calle pública 8 mts
15 cms; al este, senderos de Cadaques S.A., y al oeste, senderos de Cadaques S.A. Mide: ciento sesenta y dos metros con noventa y ocho decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y quince minutos del diecisiete de febrero del dos mil
veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y quince minutos del veinticinco de febrero del dos
mil veinte, con la base de ciento
cincuenta y nueve mil setecientos cincuenta dólares (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las ocho horas y quince minutos del cuatro de marzo del dos mil veinte, con la base de cincuenta
y tres mil doscientos cincuenta dólares (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Adriana Palavicini Matamoros y Marvin Josué Aguilar Bustamante. Expediente Nº 19-004900-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia, 11 de noviembre del 2019.—Licda. Isabel Cristina Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2020425016 ).
En este Despacho, con una base de once mil treinta
dólares con treinta y un
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placas: KYM999, marca: Hyundai, estilo: Accent
GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2015,
color: gris, cilindrada:
1600 C.C, vin: KMHCT41DBFU789980, combustible: gasolina,
número de motor: G4FCEU439923. Para tal efecto, se señalan las diez horas y quince minutos del diez de febrero del dos mil veinte. De no
haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y
quince minutos del dieciocho
de febrero del dos mil veinte,
con la base de ocho mil doscientos
setenta y dos dólares con setenta y tres centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y quince minutos del veintiséis de febrero del dos mil
veinte, con la base de dos mil setecientos
cincuenta y siete dólares con cincuenta y ocho centavos (25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda
Costa Rica S. A. contra Hak Chuen
James Ang Cheng, Nohelia de los Ángeles Rivera Arias. Expediente Nº 18-016277-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 30 de julio del 2019.—Lic. Verny Arias Vega, Juez Tramitador.—( IN2020425080 ).
En este Despacho, con una base de un millón seiscientos
veinticinco mil doscientos treinta y nueve colones con veintiocho céntimos,
libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando dos servidumbres trasladadas
y servidumbre dominante ref.: 00106356-000; sáquese a remate la finca del
partido de Alajuela, matrícula número doscientos cuarenta y siete mil
quinientos cincuenta y uno, derechos cero cero dos,
cero cero tres y cero cero
cinco, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Buenos Aires,
cantón Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Francisco
Rodríguez Ramírez, sur, Francisco Rodríguez Ramírez, este, Fausto Rojas
Ramírez, oeste, Francisco Rodríguez Ramírez. Mide: doscientos ochenta y ocho
metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan
las ocho horas y cero minutos del tres de febrero del año dos mil veinte. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos
del once de febrero del año dos mil veinte con la base de un millón doscientos
dieciocho mil novecientos veintinueve colones con cuarenta y seis céntimos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las ocho horas y cero minutos del diecinueve de febrero del año dos mil
veinte con la base de cuatrocientos seis mil trescientos nueve colones con
ochenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Danissa S. A. contra Sonia de San Gerardo González Jiménez,
Víctor Hugo Loría González. Expediente Nº
19-001234-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 04 de diciembre del 2019.—Lic.
María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2020425081 ).
En este Despacho, con una base de doce
millones doscientos veintiocho mil seiscientos cuatro colones con tres
céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo
HFM984, marca: Nissan, estilo: Qashqai, categoría:
automóvil, capacidad: 05 personas, año: 2017, N°
motor: MR20423461W, cilindrada: 2000 c.c., combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticinco de febrero
del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas y treinta minutos del cuatro de marzo del dos mil veinte con la base
de nueve millones ciento setenta y un mil cuatrocientos cincuenta y tres
colones con dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos
del doce de marzo del dos mil veinte con la base de tres millones cincuenta y
siete mil ciento cincuenta y un colones con un céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda de Costa Rica
S. A. contra Herold Francisco Ovares Mora. Expediente
N° 19-001545-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, 10 de octubre del
2019.—Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2020425082 ).
En la puerta
exterior de la oficina que ocupa
este Juzgado, con una base
de ciento dos mil novecientos
cincuenta y un dólares con dieciocho centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de AyA citas:
2014-154475-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número ciento trece
novecientos cincuenta y ocho F, derecho cero cero cero, la cual es terreno finca filial primaria individualizada 25 apta para construir destinada a uso residencial la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito: 05-Guácima, cantón: 01-Alajuela, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al noreste,
Rafael Arias Morera, al noroeste,
finca filial primaria individualizada 23 y finca filial
primaria individualizada
24; al sureste, finca
filial primaria individualizada
26; al suroeste, avenida 3 área común libre. Mide:
ciento sesenta y siete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y quince minutos del veintisiete de abril del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y
quince minutos del seis de mayo del dos mil veinte, con la base de setenta y siete mil doscientos trece dólares con treinta y nueve centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y quince minutos del catorce de mayo del dos mil veinte,
con la base de veinticinco mil setecientos
treinta y siete dólares con ochenta centavos (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda
Costa Rica S.A. contra Carlos Gerardo Torres Macías. Expediente
Nº 19-016000-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 14 de diciembre del 2019.—Msc. Victoria Eugenia Ramírez Víquez, Jueza Tramitadora.—( IN2020425083 ).
En este Despacho, con una base de once mil
cuatrocientos dos dólares con sesenta y siete centavos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo BLR081, marca Geely,
estilo GC5, categoría automóvil, capacidad 5, año 2017, color gris, vin LB37624S7HL000324, cilindrada 1500, combustible
gasolina, motor JLB4G15G6CJ00690. Para tal efecto se señalan las trece horas y
cuarenta y cinco minutos (1:45 p.m.) del diecisiete de febrero de dos mil
veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas
y cuarenta y cinco minutos (1:45 p.m.) del veinticinco de febrero de dos mil
veinte con la base de ocho mil quinientos cincuenta y dos dólares exactos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos (1:45 p.m.) del cuatro de
marzo de dos mil veinte con la base de dos mil ochocientos cincuenta dólares
con sesenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Previo a realizar la publicación
del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del
mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de
inmediato para su corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Douglas
Manuel Lizano Solano Expediente Nº 18-006901-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 29 de noviembre del 2019.—Audrey
Abarca Quirós, Juez Decisor.—( IN2020425093 ).
En la puerta exterior de este despacho, con
una base de cuarenta y cinco millones noventa y un mil cuatrocientos setenta y
cuatro colones, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del
partido de San José, matrícula número 53355, derecho 001, 002, 003, 004, 005,
006 y 007, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 03 Hospital,
cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, av. 16; al
sur, Carlos Delgado; al este, Ricardo Sedo y al oeste, Jesús Pérez. Mide:
ciento un metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las ocho horas y cero minutos del once de mayo del dos mil veinte. de
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero
minutos del veintiséis de mayo del dos mil veinte con la base de treinta y tres
millones ochocientos dieciocho mil seiscientos cinco colones con cincuenta
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las ocho horas y cero minutos del diez de junio del dos mil
veinte con la base de once millones doscientos setenta y dos mil ochocientos
sesenta y ocho colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Johnny Centeno
García contra Edwin Delgado Salguera, Netty del Sol
S.A., Omar Vinicio Molina Soto. Expediente Nº
07-001341-0638-CI.—Tribunal Colegiado Primera
Instancia Civil Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Lic. Rodrigo Araya
Durán, Juez.—( IN2020425118 ).
En este Despacho, con una base de quinientos
cincuenta y tres mil quinientos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: MOT-439577,
Marca: Freedom, Estilo: ZS 150-7, Categoría:
motocicleta, Capacidad: 2
personas, año: 2015, color: negro, Vin:
LZSPCJLG1F1903893, cilindrada: 149 c.c., combustible: gasolina, motor Nº:
ZS162FMJ8F103727. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
cuarenta y cinco minutos del seis de febrero del
dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de febrero del dos mil veinte, con la base de cuatrocientos
quince mil ciento veinticinco
colones exactos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de febrero del dos mil veinte, con
la base de ciento treinta y
ocho mil trescientos setenta y cinco colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este
edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de E Credit Soluciones
S.A. contra Roy Alberto Alfaro Zúñiga. Expediente Nº
18-001224-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 23 de setiembre
del 2019.—Lic. Henry Steven Sanarrusia Gómez, Juez Decisor.—( IN2020425166 ).
En este Despacho, con una base de catorce mil
seiscientos dólares exactos, soportando medianería inscrita bajo citas
0344-13027-01-0006-001 y servidumbre trasladada inscrita bajo citas
0344-13027-01-0915-001, sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número 316954, derecho 003, 004, 005 y 006, la cual es terreno para
construir con una casa. Situada en el distrito 09 Pavas, cantón 01 San José, de
la provincia de San José. Colinda: al norte, INVU; al sur, INVU; al este,
alameda con 5 m 85 cm y al oeste, INVU. Mide: sesenta y cinco metros con
cincuenta y tres decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las diez horas y quince minutos del trece de febrero de dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y quince
minutos del veintiuno de febrero de dos mil veinte con la base de diez mil
novecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y quince minutos
del dos de marzo de dos mil veinte con la base de tres mil seiscientos
cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Propiedades de La Plata S. A. contra Rebeca Cerdas Solís. Expediente Nº 19-011096-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 10 de
octubre del 2019.—Lic. Mauricio Hidalgo Hernández, Juez Decisor.—( IN2020425192
).
En este Despacho, con una base de treinta y
ocho mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre trasladada 0293-00005330-01-0901-001; sáquese a remate la finca del
Partido de Heredia, matrícula número setenta mil doscientos
veintiuno, derechos 001 y 002, la cual es terreno para construir con una
casa, finca se encuentra en zona catastrada. Situada en el distrito San
Josecito, cantón San Rafael de la provincia de Heredia. Colinda: al norte,
Emilia Rodríguez Araya; al sur, Juan Castro Solís; al este, Flor De María Gómez
Portuguez; y al oeste, calle pública con un frente de
8 metros 14 cm. Mide: ciento veinticinco metros con noventa y nueve decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y veinte minutos del
once de febrero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las nueve horas y veinte minutos del diecinueve de febrero de dos
mil veinte, con la base de veintiocho mil quinientos dólares exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las nueve horas y veinte minutos del veintisiete de febrero de dos mil veinte,
con la base de nueve mil quinientos dólares exactos (25% de la base original).
Notas: se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Propiedades de la Fuente Sociedad Anónima
contra Luis Enrique Vargas Sánchez, Magali Del Socorro Vargas Sánchez.
Expediente: 19-006692-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia, 14 de noviembre del 2019.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza
Tramitadora.—( IN2020425193 ).
En este Despacho, con una base de cinco
millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre trasladada citas: 305-20183-01-0901-001; sáquese a remate la finca
del Partido de San José, matrícula número cuatrocientos cincuenta y siete mil
setecientos noventa y dos, derecho 000, la cual es terreno bloque B tres, lote
27, terreno para construir. Situada en el distrito: 09-Pavas, cantón: 01-San
José de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 28; al sur, parque
infantil; al este, alameda 13; y al oeste, lote 10. Mide: noventa metros
cuadrados. Plano: SJ-0195603-1994. Para tal efecto se señalan las trece horas y
treinta minutos del doce de marzo de dos mil veinte. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veinte de
marzo de dos mil veinte, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil
colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del treinta de marzo
de dos mil veinte, con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones
exactos (25% de la base original). Notas: se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Propiedades de la Pradera S.A. contra Rosemary de Los Ángeles Morales Quesada.
Expediente: 19-011096-1338-CJ.—Juzgado Tercero
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 09
de octubre del 2019.—M.Sc. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—( IN2020425194 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta
mil dólares exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada, citas: 0356-00003204-01-0901-001, sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 338641, derecho 000, la cual
es naturaleza: para construir
con una casa. Situada: en
el distrito 01 San Isidro de El General, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, calle pública; al sur, Matías Picado Abarca;
al este, calle pública, y al oeste, Matías Picado Abarca. Mide: mil metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Plano: SJ-0595122-1985. Para tal
efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del diez de marzo del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas y cero minutos del dieciocho de marzo del dos mil veinte, con la base de treinta
mil dólares exactos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiséis de marzo del dos mil veinte, con la base de diez mil dólares exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Propiedades de La
Unión Magdalena S. A. contra Arsenio Picado Ureña,
Damaris Barrantes Muñoz. Expediente
Nº 18-012430-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de
noviembre del 2019.—Alicia Francella
Guzmán Valerio, Jueza Decisora.—(
IN2020425195 ).
En este despacho, con una base de ocho
millones setecientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando condiciones Ref:
2857-003-001, citas: 0329-00014021-01-0901-001; sáquese a remate la finca del
partido de Cartago, matrícula número 248588-000, la cual es naturaleza: terreno
para construir. Situada en el distrito 01 Paraíso, cantón 02 Paraíso, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte servidumbre de paso y Amelia Morales Morales; al sur, plaza de deportes; al este, Amelia Morales
Morales y al oeste, Amelia Morales Morales. Mide: trescientos metros con cero decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del
diecinueve de febrero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del veintisiete de febrero
de dos mil veinte con la base de seis millones quinientos sesenta y dos mil
quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del
seis de marzo de dos mil veinte con la base de dos millones ciento ochenta y
siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución garantías mobiliarias de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra
Gerardo Antonio Sáenz Badilla. Expediente N°
19-004050-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 04 de diciembre del año 2019.—Licda. Gabriela Rojas Astorga,
Jueza Tramitadora.—( IN2020425216 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta
millones doscientos veintisiete mil seiscientos veintiún colones con trece
céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada citas: 321-06908-01-0002-001, servidumbre trasladada citas:
321-12817-01-0901-001, Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos
citas: 459-16128-01-0195-001; sáquese a remate la finca del partido de
Guanacaste, matrícula número ciento diez mil treinta y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno
para la agricultura, Proyecto Parcelación Tamarindo, parcela Ñ54. Situada en el
distrito: 01-Bagaces, cantón: 04-Bagaces, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, parcela 53; al sur, parcela 55; al este, calle pública; y al
oeste, parcelas 26, 27 y 28. Mide: setenta y siete mil ochocientos noventa y un
metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Plano: G-0201561-1994. Para tal
efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiocho de febrero
del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas y cero minutos del diez de marzo del dos mil veinte, con la base
de treinta y siete millones seiscientos setenta mil setecientos quince colones
con ochenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos
del dieciocho de marzo del dos mil veinte, con la base de doce millones
quinientos cincuenta y seis mil novecientos cinco colones con veintiocho
céntimos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Jorge Eduardo Morales Picado. Expediente
N° 17-003687-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 13 de enero
del 2020.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez Decisor.—( IN2020425234 ).
En este despacho, con una base de siete
millones ciento veinte mil seiscientos veintiséis colones con sesenta y cuatro
céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando prohibiciones
articulo 16 ley 7599 citas: 456-01201-01-0073-001; sáquese a remate la finca
del partido de Alajuela, matrícula número trescientos treinta y tres mil
cuatrocientos sesenta y tres, derecho cero cero cero, la cual es terreno para la agricultura, Proyecto Zona
Norte 041, lote A-10-1001. Situada en el distrito 2-Aguas Claras, cantón
13-Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: norte, Asunción Hernández; sur,
Isidro Montealto; este, servidumbre de paso y Ascensión Hernández y oeste,
Lorenzo Montealto. Mide: quince mil doscientos treinta y nueve metros con
veintitrés decímetros cuadrados. Plano: A-0359030-1996. Para tal efecto, se
señalan las trece horas y treinta minutos del veintiocho de febrero del año dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece
horas y treinta minutos del diez de marzo del año dos mil veinte con la base de
cinco millones trescientos cuarenta mil cuatrocientos sesenta y nueve colones
con noventa y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos
del dieciocho de marzo del año dos mil veinte con la base de un millón
setecientos ochenta mil ciento cincuenta y seis colones con sesenta y seis
céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Lorenzo de Jesús Montealto Calderón.
Expediente N° 17-003597-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 13 de enero del año
2020.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez Decisor.—( IN2020425242 ).
En este Despacho, con una base de ocho millones trescientos seis mil seiscientos noventa y dos colones con setenta y nueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 365-13578-01-0978-001; sáquese
a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 254024-000, derecho 000, la cual
es terreno para construir. Situada: en el distrito Virgen, cantón Sarapiquí, de la provincia de
Heredia. Colinda: al norte,
Ademar Salas Quesada; al sur, Ademar
Salas Quesada; al este, calle
pública
con un frente de quince, y al oeste,
Ademar Salas Quesada. Mide:
mil metros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de febrero del dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de marzo del dos mil veinte, con la base de seis millones
doscientos treinta mil diecinueve colones con cincuenta y nueve céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del doce de marzo del dos mil veinte, con la
base de dos millones setenta
y seis mil seiscientos setenta
y tres colones con veinte céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Merlin Osvaldo Román Cascante.
Expediente Nº 19-010700-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia, 13 de diciembre del 2019.—German
Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2020425245 ).
En este Despacho con una base de cincuenta y
siete millones trescientos ochenta y nueve mil ciento seis colones con veintiún
céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada bajo las citas 0250-00006668-01-0901-001; sáquese a remate la finca
del partido de SAN JOSÉ, matrícula número 158959-F, derecho cero cero uno y cero cero dos, la cual
es terreno finca filial número noventa y seis identificada como FF-AP mil
doscientos ocho, ubicada en el nivel doce destinada a uso residencial en
proceso de construcción. Situada en distrito diez Hatillo, cantón uno San José,
de la provincia de San José. Colinda: norte, área común libre de ducto y área
común construida en pasillo; sur, en parte con área común libre de ducto y
vacío existente sobre el área común; este, vacío existente sobre el área común
y pasillo y oeste, vacío existente sobre el área común y finca filial FF-AP mil
doscientos siete y en parte con área común libre de ducto. Mide: cincuenta y
nueve metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
catorce horas cero minutos del tres de marzo del dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del
once de marzo del dos mil veinte con la base de cuarenta y tres millones
cuarenta y un mil ochocientos veintinueve colones con sesenta y cinco céntimos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las catorce horas cero minutos del diecinueve de marzo del dos mil
veinte con la base de catorce millones trescientos cuarenta y siete mil
doscientos setenta y seis colones con cincuenta y cinco céntimos (25% de la
base original). con una base de tres millones cincuenta y ocho mil seiscientos
cincuenta y seis colones con ochenta y un céntimos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas 0250-
00006668-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de SAN JOSÉ,
matrícula número 159832-F, derecho cero cero uno y
cero cero dos, la cual es terreno finca filial número
trescientos cuarenta y tres identificada como FF-E-uno-ciento trece destinada a
unidad de estacionamiento ubicada en planta uno, en proceso de construcción.
Situada en el distrito diez Hatillo, cantón uno San José, de la provincia de
San José. Colinda: norte, área común libre de acceso vehicular; al sur, área
común libre de espacio para bicicletas; este, finca filial FF-E-uno-ciento doce
y al oeste, área común libre de acceso vehicular. Mide: catorce metros con cero
deci metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan
las catorce horas cero minutos del tres de marzo del dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del
once de marzo del dos mil veinte con la base de dos millones doscientos noventa
y tres mil novecientos noventa y dos colones con sesenta céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las catorce horas cero minutos del diecinueve de marzo del dos mil veinte con
la base de setecientos sesenta y cuatro mil seiscientos sesenta y cuatro
colones con veinte céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto
por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días
de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra David
Vargas Molina, Nazareth Villalobos Herrera. Expediente Nº
19-007172-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 12 de diciembre del
2019.—Luis Diego Vargas Vargas, Juez Tramitador.—(
IN2020425246 ).
En este Despacho, con una base de siete
millones novecientos sesenta y cuatro mil cuatrocientos sesenta y cuatro
colones con treinta y cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando reservas y restricciones citas 319-10999-01-0914-003; sáquese a
remate la finca del partido de Limón, matrícula número veintisiete mil ciento
cincuenta y tres, derecho cero cero cero, la cual es terreno solar con una casa en el
construido. Situada en el distrito 3- Rita, cantón 2-Pococí, de la provincia de
Limón. Colinda: al norte, Álvaro Villalobos Artavia; al sur, INDER; al este,
calle pública con un frente de veinticuatro con noventa y dos metros; y al
oeste, INDER. Mide: mil ciento cuarenta y seis metros cuadrados. Plano:
L-1852541-2015. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y diez minutos
del veinticuatro de abril del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce horas y diez minutos del cinco de mayo del
dos mil veinte con la base de cinco millones novecientos setenta y tres mil
trescientos cuarenta y ocho colones con veintiséis céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
catorce horas y diez minutos del trece de mayo del dos mil veinte con la base
de un millón novecientos noventa y un mil ciento dieciséis colones con nueve céntimos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de
Desarrollo Comunal contra Hugo Antonio Soto Barrantes. Expediente N° 19-004600-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí, 08 de enero del 2020.—Lic.
Jeffrey Thomas Daniels, Juez Tramitador.—( IN2020425250 ).
En este despacho, con una base de dos
millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa 752878. Marca: Hyundai, estilo: Tucson GL,
categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2008, color:
gris, número de chasis: KMHJM81BP8U923775 y cilindrada: 2000 c.c. Para tal
efecto se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de
febrero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará
a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de febrero de dos
mil veinte con la base de un millón novecientos cincuenta mil colones exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de marzo de dos
mil veinte con la base de seiscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Aguilar y Azofeifa
S.A. contra José Miguel Acuña Piedra. Expediente N°
19-014560-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 27 de noviembre del año
2019.—Licda. Karen de los Ángeles Varela Quirós, Jueza Decisora.—( IN2020425251
).
En este Despacho, con una base de ochenta
y cinco mil quinientos dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 311-07162-01-0901-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número ciento veintitrés
mil trescientos ochenta-F-cero
cero cero, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número 114 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura
máxima
de dos pisos. Situada: en el distrito 4-San Antonio, cantón
1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Linderos: noreste, finca filial primaria individualizada número ciento quince; noroeste, juegos infantiles; sureste, calle central; suroeste, finca filial primaria individualizada número ciento trece.
Mide: ciento noventa y siete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas y quince minutos
del veintitrés de marzo del
dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las dieciséis horas y quince minutos
del treinta y uno de marzo
del dos mil veinte, con la base de sesenta y cuatro mil ciento veinticinco dólares exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las dieciséis horas y
quince minutos del quince de abril
del dos mil veinte, con la base de veintiún mil trescientos setenta y cinco dólares exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Alejandro Arce
Ramírez. Expediente Nº 19-014628-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 02 de diciembre del
2019.—María Karina Zúñiga Cruz, Jueza Tramitadora.—( IN2020425254 ).
En este Despacho, con una base de cinco
mil sesenta y cuatro dólares con treinta y cinco centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
340-08298-01-0900-001; sáquese a remate
la finca del partido de San
José, matrícula número trescientos doce mil doscientos treinta y cuatro, derecho cero cero cero, la cual es terreno de café y pasto. Situada: en el distrito: 08-Cajón, cantón: 19-Pérez Zeledón, de la
provincia de San José. Colinda:
al norte, Eligio Cordero
Salazar; al sur, Marco Aurelio Vargas; al este, Fidel
Fernández, y al oeste, calle
pública.
Mide: seis mil novecientos ochenta y dos metros con noventa
y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del nueve de marzo del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y cero
minutos del diecisiete de marzo del dos mil veinte, con la
base de tres mil setecientos
noventa y ocho dólares con veintiséis centavos
(75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del veinticinco de marzo del dos mil veinte, con la base de mil doscientos
sesenta y seis dólares con nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Anso de Ameria Sociedad Anónima contra Lazada Sociedad Anónima. Expediente Nº 19-005337-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 11 de noviembre del
2019.—Lic. Iván Cartín Cordero, Juez
Tramitador.—(
IN2020425291 ).
Se hace
saber que ante este Despacho se tramita el expediente N°
17-000153-0391-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Odilie Rosa Martina Rojas Vargas, quien es
mayor, casada una vez, del hogar, vecina de Quebrada Grande de Nandayure,
Guanacaste, seiscientos metros norte de la pulpería, con cédula número,
nueve-cero cinco uno- nueve cinco cuatro a fin de inscribir a su nombre y ante
el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya
naturaleza es pastos, árboles frutales, bosques y una casa, situado en el
distrito quinto, cantón noveno, de la provincia de Guanacaste. Linda al norte:
con Jesús Zúñiga García, Luis Ángel Alvarado Cordero, sur: con calle pública
con un frente a ella de cuatrocientos noventa y tres metros con un centímetro
lineal, este: Alexander Alvarado González, oeste: con calle pública con un
frente a ella de cuatrocientos metros con noventa centímetros lineales. Mide:
trece hectáreas siete mil doscientos un metro cuadrados, tal como lo indica el
plano catastrado N° G-598802-1999. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble cinco
millones de colones y las presentes diligencias en la suma de un millón de
colones. Que adquirió dicho inmueble por compraventa de los señores Luis Rojas
Zamora y Rosa Rojas Vargas, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta,
pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de
diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido
en chapeas de solar, y mantenimiento de cercas. Que no ha inscrito mediante el
amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria promovida por Odilie
Rosa Martina Rojas Vargas. Expediente: 17-000153-0391-AG.—Juzgado Agrario
del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 10 de diciembre
del 2019.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020424409
).
Jenifer Vanessa
Marín Piedra, mayor, soltera, estudiante,
cédula de identidad uno-mil doscientos
uno-quinientos treinta y
uno, vecina de San Antonio de Escazú,
de la Cooperativa COOPESAE ciento
setenta y cinco metros sur,
casa esquinera dos pisos. En su condición
de albacea del quien en vida se llamó
Leonel Marín Roldan. Solicita se levante
información posesoria a fin
de que se inscriba a su nombre en el Registro
Público de la Propiedad, el
fundo sin inscribir que le pertenece y que se describe así: terreno para potrero, sito en distrito nueve
de la Palmera, cantón Diez
San Carlos, de la provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: al norte, calle pública
con frente 73,31 metros; al sur, Leonel Marín Roldán; al este, Gabriel Vargas Quirós y Lidieth Isabel Peña Balladares; y al oeste, Leonel
Marín Roldán. Mide: de acuerdo al plano catastral aportado número 2-2067688-2018 de fecha 07
de agosto de 2018, una superficie
de diez mil cuatrocientos sesenta y uno metros cuadrados.
El inmueble antes descrito,
manifiesta la titulante,
que lo adquirió por donación
que le hiciera a la señor
Alexander Hernández Villalobos, mayor, casado una vez, agente aduanero,
cédula de identidad dos-doscientos
cincuenta y siete-seiscientos
treinta, vecina de San
Ramon, Alajuela, ciento setenta
y cinco metros al sur del estadio,
en el año 1999, y quien le trasmitiera los derechos
posesorios ejercidos sobre el fundo en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción, a título de dueño por más de diez años. Valora
el terreno en la suma de seis millones de colones y la suma de seis millones de colones estima las presentes diligencias.
Con un mes de término contado a partir de la publicación de este Edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto
de que se apersonen en defensa de sus derechos. Diligencias de información
posesoria N° 18-000221-0297 CI, establecida
por Jenifer Vanessa Marín Piedra, en su condición de albacea del quien en vida se llamó
Leonel Marín Roldan.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 10 de enero de 2020.—Licda. Ana Milena
Castro Elizondo, Jueza Agraria.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020424410 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se
tramita el expediente N° 19-000086- 0699-AG donde se
promueven diligencias de información posesoria por parte de Olivier Leonel
Castillo Jiménez, quien es mayor, casado, agricultor, vecino de San Jerónimo de
Tarrazú, San José, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número
1-0736-0394, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es potrero y
Montaña. Situada en el distrito San Carlos, cantón Tarrazú, de la provincia de
San José. Colinda: norte, Luis Gerardo Quirós Camacho, Hugo Camacho Castillo, Froy Camacho Castillo, Roy Camacho Castillo Olman Camacho
Castillo y Antonio Castillo Jiménez; al sur Carlos Castillo Castillo
Umaña y Quebrada; al este, Luis Quirós Herrera, Johel
Camacho Quirós, Jorge Blanco Abarca y Antonio Castillo Jiménez y al oeste, José
Luis Quesada Gracia, Gerardo Quesada Gracia, Ana Montero Quirós y Antonio
Castillo Jiménez. Mide: ciento setenta y seis mil ciento doce metros cuadrados,
tal como lo indica el plano catastrado número SJ-1910470-2016. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en cuarenta
y cinco millones de colones y las presentes diligencias en la suma de diez
millones de colones. Que adquirió dicho inmueble
por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública,
pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años.
Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en siembra y
mantenimiento del inmueble. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Olivier Leonel Castillo Jiménez. Expediente Nº 19-000086-0699-AG.—Juzgado Agrario de Cartago, 03
de diciembre del 2019.—Lic. Édgar Eduber Calvo
Solano, Juez.—1 vez.—O.C N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020424411
).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 19-000136-1520-AG donde
se promueven diligencias de Información
Posesoria por parte de José Piedades Apolonio Barahona
Porras, quien es mayor, casado
una vez, agricultor, vecino de El Rosario de Naranjo, Alajuela, con cédula de identidad número: cinco-ciento sesenta-seiscientos noventa y uno, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: Finca cuya naturaleza es Agricultura. Situada: en el distrito: 1, cantón: a3 Upala, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte,
Johnny Retana Jarquín y
María Rodríguez Calderón; al sur, Olivier Castro Ávila; al este, calle pública
en un frente de cincuenta y cuatro metros con treinta centímetros lineales, y al oeste, Olivier
Castro Ávila. Mide: una hectárea
siete mil trescientos noventa y tres metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-un millón novecientos cuarenta y dos mil ochocientos cincuenta y uno-dos
mil dieciséis. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones
de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra venta de su primo Luis Ángel Barahona Guzmán en fecha el día doce
de abril de mil novecientos
noventa y uno. Que no existen
condueños.
Que los actos de posesión han consistido en limpieza del terreno, su debido
amojonamiento a través de cercas de alambre, la siembra de agricultura. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por José Piedades Apolonio Barahona Porras. Expediente
Nº 19-000136-1520-AG.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Sede Upala
(Materia Agraria), Alajuela, Upala,
27 de noviembre del 2019.—Licda.
Sussy María Gamboa Ramírez,
Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020424412 ).
Se hace saber que ante este Despacho se
tramita el expediente: 14-100175-217-CI, donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Gelbert c.c. Helberth Badilla Castro, quien es mayor, casado una vez,
ebanista, vecino de Frailes de Desamparados, cédula N°
1-0799-0897, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: terreno de solar y una casa, ubicado
en Frailes, distrito sexto del cantón tercero de la provincia de San José, cuya
área según el plano es de ciento ochenta y siete metros cuadrados. Linda al
norte con: Héctor Mario Méndez Amador; al sur con: Meilin
Johana Solís Vega y Joel Gerardo Piedra Fernández; al este con: Abdenago Brenes Brenes; y al
oeste con: con Héctor Mario Méndez Amador. Se cita y emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de información posesoria a efecto de que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Expediente N° 14-100175-0217-CI. Información posesoria promovida por Gelbert c.c. Helberth Badilla Castro.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito
Judicial de San José, Desamparados, 25 de noviembre del 2014.—Licda.
Yoselin Quesada Porras, Jueza a. í.—1 vez.—( IN2020424459 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se
tramita el expediente Nº 19-000286-0386-CI donde se
promueve información posesoria por parte de Ricardo Antonio Morales Cortés,
quien es mayor, portador de la cédula número 0303050986, soltero, agricultor,
vecino de Liberia, Guanacaste, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada
en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de casa y solar. Situada en
el distrito uno Liberia, cantón uno Liberia. Colinda: al norte, con calle
pública con un frente a ella de doce coma cero tres
metros; al sur, con Hilda Martínez Martínez; al este,
con Yorleny Cerdas Villarreal; y al oeste, con Cándido José Castrillo Avilés.
Plano catastrado Nº G-2028698-2018. Mide: doscientos
cuarenta y uno metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que
adquirió dicho inmueble compraventa, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en
mantener una relación directa e inmediata, ejerciendo actos posesorios de forma
estable y efectiva, en la actividad, de uso y disfrute y mantenimiento de
terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de información posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Ricardo Antonio Morales Cortés. Expediente
19-000286-0386-CI-9.—Juzgado Civil y Trabajo Primer Circuito Judicial
Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), 04 de diciembre del año 2019.—Lic.
José Andrés Ureña Chaves, Juez Decisor.—1
vez.—( IN2020424499 ).
Se hace saber que, ante este Despacho se
tramita el expediente N° 19-000247-0296-CI, donde se
promueve Información Posesoria por parte de Merly Morera Elizondo quien es
mayor, estado civil soltera, enfermera, vecina de San Lorenzo de San Ramón,
Alajuela, detrás de las Oficinas de Acueducto, portadora de la cédula número
0206300578; a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de
Alajuela, la cual es terreno de solar y construido. Situada en el distrito
catorce; San Lorenzo, cantón segundo; San Ramón. Colinda: al norte, con ASUACOM
S.A.; al sur, con Eli Morera Ureña; al este, con camino público y al oeste, con
Amarilis Morera Elizondo. Mide: doscientos treinta y un metros cuadrados metros
cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho
inmueble en la suma de tres millones de colones. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que,
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información
Posesoria, promovida por Merly Morera Elizondo. Expediente Nº
19-000247-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del
Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 01 de
noviembre del año 2019.—Lic. Jaime Eduardo Rivera Prieto, Juez.—1 vez.—( IN2020424507 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se
tramita el expediente N° 14-000274-0388-CI donde se
promueve información posesoria por parte de Alberto Cecilio Peralta Rodríguez
quien es mayor, casado una vez, comerciante, cédula N°
0502440907, vecino de Huacas, Santa Cruz, Guanacaste, ochocientos metros a sur
del cementerio, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de
Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 8°:
Garita Vieja, cantón 8°: Cabo Velas. Provincia 5° Guanacaste. Colinda al norte,
Glenda Zelaya Angulo, servidumbre de paso y Ester Zelaya Angulo; sur, Yoserys, Evangelina, Paula todas Zelaya Angulo, Lisbeth
Guzmán Angulo y servidumbre de paso; este, Rafael Obando Mora y Belgar de Playa Grande S. A. y al oeste, Belgar de Playa Grande S. A. Mide: 1375 metros cuadrados. Indica
el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble mediante donación que
le realizara su esposa Glenda Zelaya Angulo, mayor, casada una vez, ama de
casa, cédula N° 5-297-268, vecina de Huacas, Santa
Cruz, Guanacaste, ochocientos metros a sur del cementerio, el día 22 de octubre
de 2014 y hasta la fecha lo ha mantenido en
forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en
limpieza de maleza, rondas, construcción de cercas, recolección de basuras,
construcción de una casa de habitación. Que no ha inscrito mediante el amparo
de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de información posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Alberto Cecilio Peralta Rodríguez, expediente N° 14-000274-0388-CI-7.—Juzgado Civil de Santa Cruz,
15 de noviembre del año 2019.—Licda. Floribeth Palacios
Alvarado, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020424611 ).
Se hace
saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Jerónima Núñez Bielly, mayor, estado
civil casada, profesión u oficio Oficios Domésticos, nacionalidad Costa Rica,
con documento de identidad 0301420895 y vecino de vecina de Pacayitas del
distrito segundo la Suiza del Cantón de Turrialba. Se indica a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés
legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de
quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 19-000148-0341-CI-0.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario
de Turrialba, 26 de setiembre del año 2019.—Licda. Ana Milena Gutiérrez
Rojas, Jueza.—1 vez.—( IN2020424492 ).
Se hace saber: en este despacho judicial se
tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Cristina Godínez
Arias, mayor, casada, profesora, cédula de identidad N°
1-0554-0587 y vecina de San Francisco Centro, Cartago. Se indica a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés
legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de
quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente N° 19-000975-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, 18 de diciembre del año 2019.—Lic. Francisco Javier
Castillo Acuña, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2020424506 ).
Mediante acta de apertura ante esta notaría
por los señores Sergio de los Ángeles Chavarría Solís, Roberto de los Ángeles
Chavarría Solís, Yini de los Ángeles Chavarría Solís,
conocida como Margarita Chavarría Solís, y Luz María Solís Arguedas, a las
14:00 horas del 24 de noviembre del año 2019, y comprobado el fallecimiento,
declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de Roberto Alias de Jesús
Chavarría Mesen, mayor de edad, casado una vez, jornalero, cedula de identidad
número: 6 0076 0735, vecino de San Bosco, la Colonia, Pococí, Limón, 800 metros
al norte de la entrada a la Javillana. Se cita y
emplaza a todos los interesados para que dentro del
plazo máximo de 15 días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan ante esta notaria a hacer valer sus derechos. Carné: 9734.
Guápiles, Pococí, Limón, contiguo a la Universidad de San José.—Lic.
Manuel Hernández Rivera, Notario Público.—1 vez.—( IN2020424518 ).
Se hace saber: en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Marvin Antonio Ortega Cordero, mayor, soltero, comerciante, costarricense, con documento de identidad N° 0303620103 y vecino
de Cartago, Turrialba, Jiménez. Se indica a las
personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
19-000699-0640-CI-8.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario
de Turrialba, 12 de diciembre del 2019.—Lic. Marvin Durán
Fernández, Juez.—1 vez.—( IN2020424538 ).
Se hace saber: En este
Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Mario Eduardo Calderón Calderón, mayor, soltero,
empleado industrial, costarricense, con documento de identidad 0102650704 y
vecino de Guadalupe. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras
y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán
presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación
de este edicto. Expediente Nº 16-000247-0893-CI-6.—Juzgado
Segundo Civil de San José, 12 de agosto del 2019.—Lic. Óscar Rodríguez
Villalobos, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2020424540 ).
Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida
fue Rector Orlando Gutiérrez León, mayor, soltero, mecánico de precisión,
vecino de Heredia, del Bar Azteca ciento veinticinco metros al sur, con cédula
de identidad número cuatro-ciento uno-ochocientos quince, para que en el plazo
de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a este despacho a hacer valer sus derechos, en el despacho del licenciado José
Miguel Zúñiga Zúñiga, Goicoechea, El Carmen,
veinticinco metros al oeste de la Bomba El Carmen, con el apercibimiento a los
que crean tener derecho a la herencia, de que si no, se presentan en ese plazo,
aquella pasará a quien corresponda. Expediente Notarial N°
008-2019-Notario Público.—Lic. José Miguel Zúñiga Zúñiga, Notario Público.—1 vez.—( IN2020424556 ).
Mediante escritura número 5-2 otorgada ante
esta notaría por William Cabrera Ballar y María Mayela Alpízar Jiménez, a las
9:30 horas del 13 de enero de 2020 y comprobado el fallecimiento esta notaría
declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera
William Cabrera Alpízar, quien en vida fue, mayor de edad, soltero, profesor de
educación física, portador del documento de identidad N°
1-1494-0837, vecino de Moravia, San José. Se cita y emplaza a todos los
interesados para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles de
conformidad con el artículo 126.3 del Código Procesal Civil, contados a partir
de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer
sus derechos. Notaría del Lic. Bernal Eduardo Alfaro Solano, en San José,
Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma Business
Center, Edificio A, piso 2. Leus Legal, teléfono: 8922-1121. Es todo.—14 de enero de 2020.—Lic. Bernal Eduardo Alfaro
Solano, Notario.—1 vez.—( IN2020424562 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida
fuera Carlos Alberto Salas Ramírez, cédula cuatro-ciento nueve-cero cincuenta y seis, para que dentro del plazo
de treinta días, comparezcan a reclamar sus
derechos. Expediente N° 01-2019.—Notaría del Lic. Alejandro
Montero Vargas, Notario Público.—1 vez.—( IN2020424567 ).
Se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de quien en vida
se llamó Olga Eliana Hernández, con un solo apellido en razón
de su nacionalidad estadounidense, quien fue mayor, casada una vez, pensionada, vecina de La Geroma, del Parque
de la Amistad doscientos metros al norte, Rohrmoser, Pavas, San José, con carné de pensionada número 184000565233,
para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaria, en defensa de sus derechos, bajo
el apercibimiento de que en
caso de que no lo hicieren,
la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Expediente Nº
0001-2020. Sucesión en sede notarial de Olga Eliana Hernández. Notaria de Esther Badilla Melendez, sita en San Jose, Barrio Luján, del costado norte del Patronato Nacional de la Infancia
25 metros este, Edificio
2123, 2 piso.—San José, 13 de enero de 2020.—Licda. Esther Badilla Meléndez,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2020424570 ).
Se cita y emplaza a los interesados en la
sucesión Ad intestato en sede notarial de Emilce Dinorah Piedades Álvarez
Badilla, cédula de identidad: 4-071-528, fallecida el 7 de agosto del 2019,
quien fue vecina de Heredia, San Pablo de Barva, para que
dentro del plazo de ley contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener calidad
de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a
quien corresponda. Expediente N° 0001-2020.
Licenciado José Alexander Chacón Barquero, Notario Público carné N° 13804, oficina abierta en San José, Barrio Dent, del Centro Cultural Costarricense Norteamericano, 50
metros norte, 100 metros este y 50 metros norte, Bufete Asesores Corporativos,
fax: 2225-8938, teléfono oficina. 2225-9582.—Lic. José Alexander Chacón
Barquero, Notario.—1 vez.—( IN2020424575 ).
Se emplaza a todos los
interesados en la reapertura de la sucesión de Manuel Antonio Guerrero Cubero,
cédula 2-129-939, fue casado una vez, agricultor, vecino de Bajos del Toro de
Sarchí; para que dentro del plazo de quince días,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos, bajo apercibimiento, que si no se presentan dentro de dicho plazo,
pasarán a quien corresponda. Expediente N° 0001-2006.
Notaría del Lic. Máximo Corrales Vega. Alajuela, Sarchí, Rodríguez, al final de
Calle Bambú.—Lic. Máximo Corrales Vega, Notario.—1
vez.—( IN2020424579 ).
Se hace saber: En este
tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
José Pablo Espinoza Henchoz, mayor, estado civil
divorciado, profesión u oficio educador, nacionalidad costarricense, con
documento de identidad 0202250844 y vecino de Quepos, 800 metros sureste del
tanque de agua, lote 2 finca La Macha. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado
a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº
19- 000102-0425-CI-3.—Juzgado Civil y Trabajo de Quepos (Materia Civil), 18
de noviembre del 2019.—Licda. Aleyda De Los Ángeles Vargas López, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2020424586 ).
Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en proceso sucesorio de quien en vida
fue Julieta Flores Naranjo, mayor, divorciada una vez, pensionada, cédula de identidad número uno-cero cuatro tres nueve-cero dos cuatro uno, vecina de San Pedro, quien falleció el 10 de enero del 2020, para que dentro del plazo
de 15 días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a hacer vales sus
derechos, se apercibe de que en
caso que no lo hicieran la herencia pasará a quien corresponda, así mismo deberán
señalar lugar donde atender notificaciones,
se apercibe de que si el lugar señalado fuere impreciso o no existiere, las resoluciones que
se dicten se les tendrán
por notificadas por el solo transcurso
de 24 horas después de dictadas,
correo electrónico
jbchavesandi@hotmail.com. Expediente
NOT-0001-2020.—San José, 14 de enero del 2020.—Lic. Joaquín Chaves Sandí, Notario Público.—1
vez.—( IN2020424608 ).
Se emplaza a todos
los interesados en la sucesión de quien en vida fue
María Pascuala Pérez Ramírez, cédula N° 5-0063-0114,
para que dentro del término de quince días contados a partir de esta publicación, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría Bufete Rodríguez. Expediente 20-2109.—Licda. Ileana María
Rodríguez González, Notaria.—1 vez.—(
IN2020424620 ).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue:
Pablo Felipe Vargas Cruz, cédula N° 5-0181-0092, para que, dentro del término de quince días contados a partir de esta publicación, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos
que, si no lo hacen dentro
del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría Bufete Rodríguez. Expediente N° 21-2109.—Licda. Ileana María Rodríguez González, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2020424621 ).
Se emplaza a todos
los interesados en la sucesión de quien en vida fue
José Luis Pereira López, cédula N° 1-0272-0959, para que dentro del término de quince días contados a partir de esta publicación, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos
que si no lo hacen dentro
del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría Bufete Rodríguez. Expediente 22-2109.—Licda. Ileana María Rodríguez González, Notaria.—1
vez.—( IN2020424622 ).
Se emplaza a todos los interesados en la
sucesión de quien en vida fue Misael Solano Muñoz, cédula 4-038-1514 y
Bienvenida Chacón Madrigal, cédula 4-040-3292, para que
dentro del término de quince días contados a partir de esta publicación, se
apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos que si no lo
hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda.
Notaría Bufete Rodríguez. Expediente 19-2109.—Licda. Ileana María Rodríguez
González, Notaria.—1 vez.—( IN2020424625 ).
El suscrito Carlos Manuel Arroyo Villalobos, Notario Público, con oficina abierta en Heredia, Mercedes Sur, La Palma contiguo
a Lavacar, hace saber que, en esta notaría, se está
tramitando proceso sucesorio intestado en sede notarial de quien en vida
fuera: Olman Gerardo
Paniagua Vega, mayor, divorciado una vez, mecánico industrial, con
cédula de identidad número:
6-0182-0049, vecino de Alajuela, San Miguel de
Naranjo. Se emplaza a herederos
y demás interesados para
que, dentro del término de 30 días,
contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en este proceso
a hacer valer sus derechos
bajo el apercibimiento de que, si
no lo hicieran dentro del indicado
término, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N°
0002-2019.—Heredia, 13 de enero del 2020.—Lic. Carlos Manuel Arroyo
Villalobos, Notario Público.—1 vez.—( IN2020424628 ).
Citación a herederos
sucesión de Caudia Fanny Chavarría Méndez, cédula 5-
079-794, para que comparezcan a esta notaría, en 30 días a partir de la
presente publicación, en Heredia, avenida 0 y 2 calle 5, Plaza González, Bufete
González a reclamar los derechos. Se apercibe que de
no presentarse, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 001 del
2019.—Heredia, 8 de enero 2020.—Lic. María Ángeles González Hidalgo, Notaria.—1 vez.—( IN2020424630 ).
Se emplaza a todos los herederos, legatarios,
acreedores, y en general a todos los
interesados en la sucesión de Otoniel Fuentes Granados, quien fue mayor, casado
una vez, vecino de Desamparados, San Rafael Abajo de Desamparados, Barrio Santa
Cecilia, cédula de identidad N° 1-0404-0837, para
que, dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que, si
no, se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 16-000214-0221-CI. Sucesión de Otoniel
Fuentes Granados.—Juzgado Civil y de Trabajo del
Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 12 de enero del
2017.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1
vez.—( IN2020424638 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de: Virginia Ramírez Jiménez, cédula de identidad número uno-ciento treinta y ocho-doscientos ocho, quien en
vida fue mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de San José, Barrio Cristo Rey, calle
doce catorce, avenida treinta y dos, dentro del
plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos, y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 01-2012. Notaría del Bufete
Calderón Hernández Asociados.—Lic. Bernal Calderón Hernández, Notario Público.—1 vez.—( IN2020424640 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
notaría, por Alejandro Martín Rosete, a las 14:00 horas del 10 de enero de 2020
y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso
sucesorio ab intestato de Esteban Máximo Martín Miguel. Se cita y emplaza a los
interesados para que dentro de 30 días naturales contados a partir de esta
publicación, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos.—San
José, 13 de enero del 2020.—Lic. Juan Carlos Castillo Quirós, celular N° 8382-0103, Abogado y Notario.—1 vez.—( IN2020424642 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión testamentaria notarial de: Julia Villalobos Quirós, con cédula N° 2-169-652, quien falleció el día 18 de diciembre del 2019,
para que, dentro del plazo de 30 días
hábiles, contados a partir de la publicación, comparezcan a reclamar sus
derechos; y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº
0001-2020.—San José, 09 de enero del 2020.—Lic. Víctor Eduardo
Rodríguez Vargas, Notario Público.—1 vez.—( IN2020424649 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Josefina Isabel Sequeira
Sequeira, mayor, estado
civil casada, profesión u oficio ama de casa, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 5-0068-0971 y vecina
de Cuajiniquil, La Cruz de Guanacaste. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
N° 19-000306-0386-CI-0.—Juzgado Civil y
Trabajo Primer Circuito
Judicial Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), 16 de diciembre
del 2019.—Harold Rojas Aguilar, Juez Decisor.—1
vez.—( IN2020424654 ).
Ante esta notaría, se tramita el proceso
sucesorio notarial, de quien en vida se llamó Jorge Arturo Meneses Fernández,
mayor, casado en segundas nupcias, pensionado, vecino de San José, Pérez
Zeledón, cédula tres-cero noventa y dos-siete cuatro cuatro,
me ha sido presentado por la señora Norma María Briceño Mendoza, mayor, viuda,
ama de casa, vecina de San José, Pérez Zeledón, cédula uno-dos nueve tres-nueve
seis nueve, solicitando como heredera la apertura del correspondiente proceso
sucesorio. Por ello se confiere el plazo legal de treinta días establecido en
el Código Procesal Civil, se cita a todos los herederos, legatarios, acreedores
y en general a todos los interesados para que comparezcan ante esta notaría a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento, a los que crean tener derecho
a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo aquella pasará a quien
corresponda. Esta notaría se encuentra ubicada en la Ciudad de San José, Pavas,
Rohrmoser, de Restaurante Pizza Hut ciento
veinticinco oeste y setenta y cinco al sur.—San José,
nueve de enero del dos mil veinte.—Lic. Johanny Retana Madriz, Notario
Público.—1 vez.—( IN2020424678 ).
Se cita y emplaza, a
todos los interesados en la sucesión en Sede Notarial, de quien en vida
fue: María Soledad Umanzor
Peña, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, con
cédula de identidad número:
seis-ciento cuarenta y ocho-ochocientos cuarenta y nueve, que fue vecina de: Jarquín de Las Juntas en Abangares Guanacaste, casa frente a la escuela, para que
dentro del plazo de treinta
días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a reclamar sus derechos; y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 001-2020. Notaría
del bufete: Licenciado Ángel María Jaén Campos.—Alajuela, 14 de enero del
2020.—Lic. Ángel María Jaén Campos, Notario.—1 vez.—( IN2020424746 ).
Se hace saber en este
Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
José Antonio Nassar Carballo, mayor, viudo, ingeniero, costarricense, con
documento de identidad número 0202910375 y vecino de Coronado, San José. Se
indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes
tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar
en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto.
Expediente Nº 19-000865-0181-CI-0.—Juzgado Segundo
Civil de San José, 06 de enero del 2020.—Lic. Daniel Jiménez Medrano, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2020424766 ).
Mediante auto de apertura otorgada ante esta
notaría, a las ocho horas del día catorce de enero del dos mil veinte y
comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio
ab intestato de quien en vida fuera Guido Chacón Pérez, mayor, casado una vez,
pensionado, cédula número dos-doscientos catorce-cuatrocientos ocho, San José,
San Pedro de Montes de Oca, doscientos cincuenta metros sur del Colegio de
Cedros, Urbanización Ana María Guardia casa uno C. Se cita y emplaza a todos
los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días naturales,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. María Alejandra
Arguedas Marín, San José, calle cinco avenidas una y tres, Edificio Lines segundo piso. Teléfono veintidós veintitrés-cincuenta
y uno sesenta y tres.—Licda. María Alejandra Arguedas
Marín, Notaria.—1 vez.—( IN2020424769 ).
Se hace saber: En este
tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Leda María Alpízar Molina, mayor, soltera, comerciante, vecina de San José,
cédula N° 6-146-093. Se indica a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés
legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de
quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 18-000106-0180-CI.—Juzgado
Primero Civil de San José, 16 de enero del 2019.—MSc.
Adriana Orocú Chavarría, Jueza.—1
vez.—( IN2020424780 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de Marcelina Diaz Chavarría, quien portaba la cédula de identidad
número cinco cero ciento cuarenta y cinco cero ochocientos ochenta y ocho,
vecina de Alajuelita, Urbanización Chorotega, casa número veintitrés para que
dentro del plazo máximo de treinta días naturales contados a partir de su
publicación, acudan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener
calidad de herederos, sino la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2020.—San José, 15 de enero de 2020.—Licda. Ligia
Rodríguez Pacheco, Notaria.—1 vez.—( IN2020424803 ).
Se hace saber: En este
Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Luis Fernando Alvarado Torres, mayor, estado civil casado, administrador de
empresas, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0302470902 y vecino de Cartago. Se indica a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés
legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de
quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 19-000850-0640-CI-8.—Juzgado Civil de Cartago, 06
de enero del 2020.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez Decisor.—1
vez.—( IN2020424821 ).
Se cita y emplaza a los interesados,
herederos, legatarios y demás interesados en la sucesión de quién en vida se
llamó Renne Méndez Barboza, mayor de edad, soltera,
ama de casa, portadora de la cédula de identidad número dos-ciento noventa y
seis-cero ciento ochenta y dos, vecina de San José, San Francisco La Colina,
del Supermercado la Colina, doscientos metros al este, setenta y cinco norte,
casa número veintitrés, quien falleció el día veintidós de noviembre del año
dos mil diecinueve, para que en el término de treinta días contados a partir de
la publicación del presente edicto, se apersonen ante mi notaría ubicada en San
José, calle 13, entre avenidas 8-10, edificio 817. La misma se tramita bajo el
expediente notarial número 001-2.020.—Diez de enero del 2020.—Lic. Luis Diego
Araya González, Notario.—1 vez.—( IN2020424837 ).
Se hace saber: En este Tribunal de Justicia
se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Atilio Mora Cascante,
mayor, casado, empresario, costarricense, con documento de identidad 0100908096
y vecino de San Juan de Dios de Desamparados. Se indica a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés
legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de
quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 19-000528-0217-CI-5.—Juzgado Civil del Tercer
Circuito Judicial de San José, Desamparados, 19 de agosto del año
2019.—Licda. Wendy Barrantes Rojas, Jueza Decisora.—1
vez.—( IN2020424843 ).
Se emplaza a todos los interesados en la
sucesión de María Elía Fallas Vargas, quien en vida fue mayor, costarricense,
ama de casa, casada una vez, vecina de
Quepos, Quepos, Barrio Doña Chila, Puntarenas, portador de la cédula de
identidad número nueve-cero cero cincuenta y dos-cero cuatrocientos cincuenta y
cuatro, nacida el día quince de agosto de mil novecientos cincuenta y uno y falleció
el día veintinueve de noviembre del año dos mil uno, para que dentro del plazo
de treinta días hábiles, contados a partir de la primera y única publicación de
este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de este plazo la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente N°
14-100055-425-CI, sucesorio de María Elía Fallas Vargas, albacea
provisional: Lorena Segura Fallas.—Juzgado Civil de
Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita, Quepos, 26 de marzo del 2016.—Licda. Sedier Villegas Méndez, Jueza.—1 vez.—( IN2020424862 ).
Se hace saber: En este
Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Arnoldo Ramón Aguilar Escobedo, mayor, divorciado, pensionado, nacionalidad
Costa Rica, con documento de identidad N° 0300820231
y vecino de La Uruca. Se indica a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que
deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de
la publicación de este edicto. Expediente Nº
18-000377-0182-CI-8.—Juzgado Tercero Civil de San José, 11 de setiembre
del 2019.—Msc. Isabel Alfaro
Obando, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2020424886 ).
Se cita y emplaza a
todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor
Allison González Ulloa, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo
de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto
ordenado. Expediente N° 19-000379-0928-FA. Clase de
Asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia, Penal
Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas (Materia Familia), a las
nueve horas y cincuenta y dos minutos del seis de enero de dos mil veinte. 06
de
enero del año 2020.—Lic. Luis Fernando Suárez Jiménez, Juez.—O.C.
N° 364-12-2020.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2020422551 ). 3
v. 3.
Se cita y emplaza a todas las
personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor Ricardo Luis Vásquez Araya, para que se apersonen a este Juzgado
dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última
publicación del edicto ordenado. Expediente N°
19-000270-1591-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado
Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Quepos (Materia Familia), a
las nueve y cincuenta minutos del diecinueve diciembre de dos mil
diecinueve.—Licda. Johana Vargas Hernández, Jueza.—O. C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020423358 ). 3 v. 3.
COLEGIO DE ABOGADOS Y ABOGADAS DE COSTA RICA
Primera publicación parcial
abogados (as) con apertura del procedimiento administrativo cobratorio 2019.—El
Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, avisa que la junta directiva
constituida en Consejo de Disciplina, sesión 39-19, acuerdo 2019-39-098,
dispuso conforme lo previsto por el artículo 33 de la Ley Orgánica del Colegio
de Abogados y Abogadas de Costa Rica iniciar la apertura del procedimiento
administrativo cobratorio por morosidad al Lic. Roberto Alonso Bonilla Cruz,
código 18471 por el impago de las cuotas de colegiatura correspondiente a los
meses de octubre noviembre y diciembre del 2017 más los meses de enero,
febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre,
noviembre y diciembre del 2018 más los meses de enero, febrero y marzo del
2019, por un monto de 108300 colones. Acorde con la norma antes, se otorga un
mes de plazo contado a partir del día siguiente de la notificación para el pago
respectivo y de no cumplir con éste se procederá con el dictado de la resolución
que ordene la suspensión del ejercicio del derecho, la cual se mantendrá en el
tanto subsista la deuda de las cuotas impagas y no cancele la multa del 25%
sobre totalidad de las cuotas adeudadas. Expediente administrativo PAC
00005-2019. El Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, avisa que la junta
directiva constituida en Consejo de Disciplina, sesión 39-19, acuerdo
2019-39-099, dispuso conforme lo previsto por el artículo 33 de la Ley Orgánica
del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica iniciar la apertura del
procedimiento administrativo cobratorio por morosidad al Lic. José Alberto
Alfaro Jiménez, código 4850, por el impago de las cuotas de colegiatura
correspondiente a los meses de marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto,
setiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2018, más los meses de enero,
febrero y marzo del 2019 por un monto de 79800 colones. Acorde con la norma
antes, se otorga un mes de plazo contado a partir del día siguiente de la
notificación para el pago respectivo y de no cumplir con este, se procederá con
el dictado de la resolución que ordene la suspensión del ejercicio del derecho,
la cual se mantendrá en el tanto subsista la deuda de las cuotas impagas y no
cancele la multa del 25% sobre totalidad de las cuotas adeudadas. Expediente
administrativo PAC 00010-2019. El Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica,
avisa que la junta directiva constituida en Consejo de Disciplina, sesión
39-19, acuerdo 2019-39-102, dispuso conforme lo previsto por el artículo 33 de
la Ley Orgánica del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica iniciar la
apertura del procedimiento administrativo cobratorio por morosidad al Lic.
Douglas Iván Rivera Rodríguez, código 6997, por el impago de las cuotas de
colegiatura correspondiente a los meses de agosto, setiembre, octubre,
noviembre y diciembre del 2015, más los meses de enero, febrero, marzo, abril,
mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2016,
más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto,
setiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2017, más los meses de enero,
febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre,
noviembre y diciembre del 2018, más los meses de enero, febrero y marzo del
2019, por un monto de 241300 colones. Acorde con la norma antes, se otorga un
mes de plazo contado a partir del día siguiente de la notificación para el pago
respectivo y de no cumplir con este, se procederá con el dictado de la
resolución que ordene la suspensión del ejercicio del derecho, la cual se
mantendrá en el tanto subsista la deuda de las cuotas impagas y no cancele la
multa del 25% sobre totalidad de las cuotas adeudadas. Expediente
administrativo PAC 00019-2019. El Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica,
avisa que la junta directiva constituida en Consejo de Disciplina, sesión
39-19, acuerdo 2019-39-103, dispuso conforme lo previsto por el artículo 33 de
la Ley Orgánica del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica iniciar la
apertura del procedimiento administrativo cobratorio por morosidad al Lic.
Miguel Antonio Porras Mora, código 9288 por el impago de las cuotas de
colegiatura correspondiente a los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio,
julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2016, más los
meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre,
octubre, noviembre y diciembre del 2017, enero, febrero, marzo, abril, mayo,
junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2018,
enero, febrero, y marzo del 2019, por un monto de 212800 colones. Acorde con la
norma antes, se otorga un mes de plazo contado a partir del día siguiente de la
notificación para el pago respectivo y de no cumplir con este, se procederá con
el dictado de la resolución que ordene la suspensión del ejercicio del derecho,
la cual se mantendrá en el tanto subsista la deuda de las cuotas impagas y no
cancele la multa del 25% sobre totalidad de las cuotas adeudadas. Expediente
administrativo PAC 00024-2019. El Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica,
avisa que la junta directiva constituida en Consejo de Disciplina, sesión
39-19, acuerdo 2019-39-104, dispuso conforme lo previsto por el artículo 33 de
la Ley Orgánica del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica iniciar la apertura
del procedimiento administrativo cobratorio suspender por morosidad al Lic. Célimo Sancho Rodríguez, código 2667, por el impago de las
cuotas de colegiatura correspondiente a los meses de julio, agosto, setiembre,
octubre, noviembre y diciembre del 2016, enero, febrero, marzo, abril, mayo,
junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2017,
enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre,
noviembre y diciembre del 2018, enero, febrero y marzo del 2019, por un monto
de 187800 colones. Acorde con la norma antes, se otorga un mes de plazo contado
a partir del día siguiente de la notificación para el pago respectivo y de no
cumplir con este, se procederá con el dictado de la resolución que ordene la
suspensión del ejercicio del derecho, la cual se mantendrá en el tanto subsista
la deuda de las cuotas impagas y no cancele la multa del 25% sobre totalidad de
las cuotas adeudadas. Expediente administrativo PAC 00035-2019. El Colegio de
Abogados y Abogadas de Costa Rica, avisa que la junta directiva constituida en
Consejo de Disciplina, sesión 39-19, acuerdo 2019-39-105, dispuso conforme lo
previsto por el artículo 33 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados y
Abogadas de Costa Rica iniciar la apertura del procedimiento administrativo
cobratorio por morosidad al Lic. Roberto Montero Poltronieri,
código 2692l, por el impago de las cuotas de colegiatura correspondiente a los
meses de octubre noviembre y diciembre del 2015, enero, febrero, marzo, abril,
mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2016,
enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre,
noviembre y diciembre del 2017, enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio,
julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2018, enero,
febrero y marzo del 2019, por un monto de 231900 colones. Acorde con la norma
antes, se otorga un mes de plazo contado a partir del día siguiente de la
notificación para el pago respectivo y de no cumplir con este, se procederá con
el dictado de la resolución que ordene la suspensión del ejercicio del derecho,
la cual se mantendrá en el tanto subsista la deuda de las cuotas impagas y no
cancele la multa del 25% sobre totalidad de las cuotas adeudadas. Expediente
administrativo PAC 00036-2019. El Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica,
avisa que la junta directiva constituida en Consejo de Disciplina, sesión
39-19, acuerdo 2019-39-106, dispuso conforme lo previsto por el artículo 33 de
la Ley Orgánica del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica iniciar la
apertura del procedimiento administrativo cobratorio por morosidad al Lic.
Edwin Gerardo Villalobos Salazar, código 3400, por el impago de las cuotas de
colegiatura correspondiente a los meses de julio agosto septiembre octubre
noviembre y diciembre del 2016, enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio,
julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2017, enero,
febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre,
noviembre y diciembre del 2018, enero, febrero y marzo del 2019, por un monto
de 137800 colones. Acorde con la norma antes, se otorga un mes de plazo contado
a partir del día siguiente de la notificación para el pago respectivo y de no
cumplir con este, se procederá con el dictado de la resolución que ordene la
suspensión del ejercicio del derecho, la cual se mantendrá en el tanto subsista
la deuda de las cuotas impagas y no cancele la multa del 25% sobre totalidad de
las cuotas adeudadas. Expediente administrativo PAC 00039-2019. El Colegio de
Abogados y Abogadas de Costa Rica, avisa que la junta directiva constituida en
Consejo de Disciplina, sesión 39-19, acuerdo 2019-39-107, dispuso conforme lo
previsto por el artículo 33 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados y Abogadas
de Costa Rica iniciar la apertura del procedimiemto
administrativo cobratorio por morosidad a la Licda. Cristina Ross López, código
5254, por el impago de las cuotas de colegiatura correspondiente a los meses de
marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre y
diciembre del 2016, enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto,
setiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2017, enero, febrero, marzo,
abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre
del 2018, más los meses de enero, febrero y marzo del 2019, por un monto de
207800 colones. Acorde con la norma antes, se otorga un mes de plazo contado a
partir del día siguiente de la notificación para el pago respectivo y de no
cumplir con este, se procederá con el dictado de la resolución que ordene la
suspensión del ejercicio del derecho, la cual se mantendrá en el tanto subsista
la deuda de las cuotas impagas y no cancele la multa del 25% sobre totalidad de
las cuotas adeudadas. Expediente administrativo PAC 00047-2019. El Colegio de
Abogados y Abogadas de Costa Rica, avisa que la junta directiva constituida en
Consejo de Disciplina, sesión 39-19, acuerdo 2019-39-108, dispuso conforme lo
previsto por el artículo 33 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados y
Abogadas de Costa Rica iniciar la apertura del procedimiento administrativo
cobratorio por morosidad al Lic. Roy Chacón Sanabria, código 6381, por el
impago de las cuotas de colegiatura correspondiente a los meses de marzo,
abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre
del 2016, enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre,
octubre, noviembre y diciembre del 2017, enero, febrero, marzo, abril, mayo,
junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2018, más
los meses de enero, febrero y marzo del 2019, por un monto de 207800 colones.
Acorde con la norma antes, se otorga un mes de plazo contado a partir del día
siguiente de la notificación para el pago respectivo y de no cumplir con este,
se procederá con el dictado de la resolución que ordene la suspensión del
ejercicio del derecho, la cual se mantendrá en el tanto subsista la deuda de
las cuotas impagas y no cancele la multa del 25% sobre totalidad de las cuotas
adeudadas. Expediente administrativo PAC 00054-2019. El Colegio de Abogados y
Abogadas de Costa Rica, avisa que la junta directiva constituida en Consejo de
Disciplina, sesión 39-19, acuerdo 2019-39-109, dispuso conforme lo previsto por
el artículo 33 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa
Rica iniciar la apertura del procedimiento administrativo cobratorio por
morosidad al Lic. Lilly Alem Yamuni, código 6411, por
el impago de las cuotas de colegiatura correspondiente a los meses de enero, febrero,
marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre y
diciembre del 2016, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio,
julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2017, más los
meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre,
octubre, noviembre y diciembre del 2018, más los meses de enero, febrero y
marzo del 2019, por un monto de 217800 colones. Acorde con la norma antes, se
otorga un mes de plazo contado a partir del día siguiente de la notificación
para el pago respectivo y de no cumplir con este, se procederá con el dictado
de la resolución que ordene la suspensión del ejercicio del derecho, la cual se
mantendrá en el tanto subsista la deuda de las cuotas impagas y no cancele la
multa del 25% sobre totalidad de las cuotas adeudadas. Expediente
administrativo PAC 00055-2019. Fiscalía. El Colegio de Abogados y Abogadas de
Costa Rica, avisa que la junta directiva constituida en Consejo de Disciplina,
sesión 39-19, acuerdo 2019-39-110, dispuso conforme lo previsto por el artículo
33 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica iniciar
la apertura del procedimiento administrativo cobratorio por morosidad a la
Licda. Amanda Viales Gutiérrez, código 6468, por el impago de las cuotas de
colegiatura correspondiente a los meses de agosto, setiembre, octubre,
noviembre y diciembre del 2015, más los meses de enero febrero, marzo, abril,
mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2016,
más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto,
setiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2017, más los meses de enero,
febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre,
noviembre y diciembre del 2018, más los meses de enero, febrero y marzo del
2019 por un monto de 241300 colones. Acorde con la norma antes, se otorga un
mes de plazo contado a partir del día siguiente de la notificación para el pago
respectivo y de no cumplir con este, se procederá con el dictado de la
resolución que ordene la suspensión del ejercicio del derecho, la cual se
mantendrá en el tanto subsista la deuda de las cuotas impagas y no cancele la
multa del 25% sobre totalidad de las cuotas adeudadas. Expediente
administrativo PAC 00056-2019. El Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica,
avisa que la junta directiva constituida en Consejo de Disciplina, sesión
39-19, acuerdo 2019-39-112, dispuso conforme lo previsto por el artículo 33 de
la Ley Orgánica del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica iniciar la
apertura del procedimiento administrativo cobratorio por morosidad al Lic.
Héctor Ricardo Cisneros Quesada, código 6802, por el impago de las cuotas de
colegiatura correspondiente a los meses de junio, julio, agosto, setiembre,
octubre, noviembre y diciembre del 2016, más los meses de enero, febrero,
marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre y
diciembre del 2017, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio,
julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2018, más los
meses de enero, febrero y marzo del 2019, por un monto de 192800 colones.
Acorde con la norma antes, se otorga un mes de plazo contado a partir del día
siguiente de la notificación para el pago respectivo y de no cumplir con este,
se procederá con el dictado de la resolución que ordene la suspensión del
ejercicio del derecho, la cual se mantendrá en el tanto subsista la deuda de
las cuotas impagas y no cancele la multa del 25% sobre totalidad de las cuotas
adeudadas. Expediente administrativo PAC 00059-2019. El Colegio de Abogados y
Abogadas de Costa Rica, avisa que la junta directiva constituida en Consejo de
Disciplina, sesión 39-19, acuerdo 2019-39-116, dispuso conforme lo previsto por
el artículo 33 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa
Rica iniciar la apertura del procedimiento administrativo cobratorio por
morosidad a la Licda. Ana Lorena Oviedo Campos, código 9214, por el impago de
las cuotas de colegiatura correspondiente a los meses de junio, julio, agosto,
setiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2016, más los meses de enero,
febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre,
noviembre y diciembre del 2017, más los meses de enero, febrero, marzo, abril,
mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2018,
más los meses de enero, febrero y marzo del 2019, por un monto de 192800
colones. Acorde con la norma antes, se otorga un mes de plazo contado a partir
del día siguiente de la notificación para el pago respectivo y de no cumplir
con este, se procederá con el dictado de la resolución que ordene la suspensión
del ejercicio del derecho, la cual se mantendrá en el tanto subsista la deuda
de las cuotas impagas y no cancele la multa del 25% sobre totalidad de las
cuotas adeudadas. Expediente administrativo PAC 00076-2019. El Colegio de
Abogados y Abogadas de Costa Rica, avisa que la junta directiva constituida en
Consejo de Disciplina, sesión 39-19, acuerdo 2019-39-117, dispuso conforme lo
previsto por el artículo 33 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados y
Abogadas de Costa Rica iniciar la apertura del procedimiento administrativo
cobratorio por morosidad a la Licda. Antonieta Arce Sancho, código 9369, por el
impago de las cuotas de colegiatura correspondiente a los meses de setiembre,
octubre, noviembre y diciembre del 2016, más los meses de enero, febrero,
marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre y
diciembre del 2017, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio,
julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2018, más los
meses de enero, febrero, y marzo del 2019, por un monto de 177800 colones.
Acorde con la norma antes, se otorga un mes de plazo contado a partir del día
siguiente de la notificación para el pago respectivo y de no cumplir con este,
se procederá con el dictado de la resolución que ordene la suspensión del
ejercicio del derecho, la cual se mantendrá en el tanto subsista la deuda de
las cuotas impagas y no cancele la multa del 25% sobre totalidad de las cuotas
adeudadas. Expediente administrativo PAC 00077-2019. El Colegio de Abogados y
Abogadas de Costa Rica, avisa que la junta directiva constituida en Consejo de
Disciplina, sesión 39-19, acuerdo 2019-39-119, dispuso conforme lo previsto por
el artículo 33 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa
Rica iniciar la apertura del procedimiento administrativo cobratorio por
morosidad al Lic. Jorge Enrique Monge Sánchez, código 9633, por el impago de
las cuotas de colegiatura correspondiente a los meses de julio agosto,
setiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2015, más los meses de enero,
febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre,
noviembre y diciembre del 2016, más los meses de enero, febrero, marzo, abril,
mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2017,
más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto,
setiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2018, más los meses de enero,
febrero y marzo del 2019, por un monto de 246000 colones. Acorde con la norma
antes, se otorga un mes de plazo contado a partir del día siguiente de la
notificación para el pago respectivo y de no cumplir con este, se procederá con
el dictado de la resolución que ordene la suspensión del ejercicio del derecho,
la cual se mantendrá en el tanto subsista la deuda de las cuotas impagas y no
cancele la multa del 25% sobre totalidad de las cuotas adeudadas. Expediente
administrativo PAC 00082-2019. El Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica,
avisa que la junta directiva constituida en Consejo de Disciplina, sesión
39-19, acuerdo 2019-39-120, dispuso conforme lo previsto por el artículo 33 de
la Ley Orgánica del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica iniciar la
apertura del procedimiento administrativo cobratorio por morosidad al Lic.
Steve López Elizondo, código 9792, por el impago de las cuotas de colegiatura
correspondiente a los meses de marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto,
setiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2016, más los meses de enero,
febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre,
noviembre y diciembre del 2017, más los meses de enero, febrero, marzo, abril,
mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2018,
más los meses de enero, febrero y marzo del 2019, por un monto de 207800
colones. Acorde con la norma antes, se otorga un mes de plazo contado a partir
del día siguiente de la notificación para el pago respectivo y de no cumplir
con este, se procederá con el dictado de la resolución que ordene la suspensión
del ejercicio del derecho, la cual se mantendrá en el tanto subsista la deuda
de las cuotas impagas y no cancele la multa del 25% sobre totalidad de las
cuotas adeudadas. Expediente administrativo PAC 00084-2019. El Colegio de
Abogados y Abogadas de Costa Rica, avisa que la junta directiva, constituida en
Consejo de Disciplina, sesión 39-19, acuerdo 2019-39-121, iniciar conforme lo
previsto por el artículo 33 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados y
Abogadas de Costa Rica la apertura del procedimiento administrativo cobratorio
suspender por morosidad al Lic. Rafael Ángel Diaz Casares, código 9893, por el
impago de las cuotas de colegiatura correspondiente a los meses de setiembre,
octubre, noviembre y diciembre del 2015, más los meses de enero, febrero,
marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre y
diciembre del 2016, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio,
julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2017, más los
meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre,
octubre, noviembre y diciembre del 2018, más los meses de enero, febrero, y
marzo del 2019, por un monto de 236600 colones. Acorde con la norma antes, se
otorga un mes de plazo contado a partir del día siguiente de la notificación
para el pago respectivo y de no cumplir con este, se procederá con el dictado
de la resolución que ordene la suspensión del ejercicio del derecho, la cual se
mantendrá en el tanto subsista la deuda de las cuotas impagas y no cancele la
multa del 25% sobre totalidad de las cuotas adeudadas. Expediente
administrativo PAC 00087-2019. El Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica,
avisa que la junta directiva, constituida en Consejo de Disciplina, sesión
39-19, acuerdo 2019-39-124, dispuso iniciar conforme lo previsto por el
artículo 33 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica
la apertura del procedimiento administrativo cobratorio por morosidad al Lic.
Omar Alpízar Arias, código 10571, por el impago de las cuotas de colegiatura
correspondiente a los meses de julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre y
diciembre del 2016, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio,
julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2017, más los
meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre,
octubre, noviembre y diciembre del 2018, más los meses de enero, febrero y
marzo del 2019, por un monto de 187800 colones. Acorde con la norma antes, se
otorga un mes de plazo contado a partir del día siguiente de la notificación
para el pago respectivo y de no cumplir con este, se procederá con el dictado
de la resolución que ordene la suspensión del ejercicio del derecho, la cual se
mantendrá en el tanto subsista la deuda de las cuotas impagas y no cancele la
multa del 25% sobre totalidad de las cuotas adeudadas. Expediente
administrativo PAC 00095-2019. El Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica,
avisa que la junta directiva, constituida en Consejo de Disciplina, sesión
39-19, acuerdo 2019-39-128, dispuso iniciar conforme lo previsto por el
artículo 33 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica
la apertura del procedimiento administrativo cobratorio por morosidad al Lic.
Roland Huber Brogli, código 11544, por el impago de
las cuotas de colegiatura correspondiente a los meses de enero, febrero, marzo,
abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre
del 2015, más los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio,
agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2016, más los meses de
enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre,
noviembre y diciembre del 2017, más los meses de enero, febrero, marzo, abril,
mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2018,
más los meses de enero, febrero, y marzo del 2019, por un monto de 261000
colones. Acorde con la norma antes, se otorga un mes de plazo contado a partir
del día siguiente de la notificación para el pago respectivo y de no cumplir
con este, se procederá con el dictado de la
resolución que ordene la suspensión del ejercicio
del derecho, la cual se mantendrá en el tanto subsista la deuda de las cuotas
impagas y no cancele la multa del 25% sobre totalidad de las cuotas adeudadas.
Expediente administrativo PAC 00105-2019.—Fiscalía.—Licda.
Fabiola Sáenz Quesada, Fiscal a.í.—( IN2019408204 ). 3 v. 1.
Se avisa a los interesados, que ante mi
notaría se ha solicitado y decretado la apertura de proceso no contencioso de
adopción de persona mayor de edad en sede notarial, siendo la adoptando
Catalina Cabezas Muñoz, con cédula de identidad uno-mil ochocientos treinta y
dos-setecientos ochenta y ocho y el adoptante Sebastián Dato Morice portador de la cédula de identidad uno-mil ochenta y
siete-cero noventa y seis. Por ser procedente se ha ordenado la apertura del
proceso de adopción en sede notarial y se emplaza a los interesados para
formular oposiciones ante esta notaría pública sita en Cartago, El Guarco,
Tejar, Urbanización Las Catalina, número KK-setenta y tres, por el plazo de
cinco días hábiles.—Cartago, trece de enero del dos
mil veinte.—Licda. María Isabel Coto Sánchez, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2020424664 ).
Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes,
Jueza de Familia del Juzgado Segundo de Familia de San José; se le hace saber a
Santiago Andrés González Caicedo, de nacionalidad colombiana, pasaporte de su
país número CC 945459, de domicilio desconocido, que en este Despacho se
interpuso un proceso de nulidad de matrimonio en su contra, bajo el expediente
número 14-000100-0187-FA establecida por la Procuraduría General de la
República contra Santiago Andrés González Caicedo y María Trinidad Moya Serrano
y se ordena notificarle por edicto, sentencia N°
2019001388 de las dieciséis horas y siete minutos del veintisiete de diciembre
de dos mil diecinueve que en lo conducente dice: ... Por tanto: Acorde con lo
expuesto, artículos 420 y siguientes del Código Procesal Civil; 12 bis, 14 bis,
19 y 64 y siguientes del Código de Familia y demás normativa citada, se acoge
la presente demanda: 1) Se declara nulo el matrimonio de Santiago Andrés
González Caicedo, de nacionalidad colombiana, pasaporte de su país número CC
945459 y María Trinidad Moya Serrano, cédula de identidad número 3-185-632. 2)
Anulase la Inscripción del acto matrimonial inscrito al tomo ochenta y ocho,
folio trescientos sesenta y tres, asiento setecientos veinticinco, de la
Sección de Matrimonios del Registro Civil, Partido de Heredia. 3) Comuníquese a
la Dirección General del Migración y Extranjería, que se anula todo acto
preparatorio emitido en favor del señor Santiago Andrés González Caicedo,
tendiente a otorgarle la residencia y al Registro Civil, la nulidad de todo
acto preparatorio tendiente a otorgar la carta de naturalización de la
demandada Santiago Andrés González Caicedo 4) Sin condena en ambas costas a las
partes demandadas (artículo 222 Código Procesal Civil. Notifíquese. Nota:
Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un
periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días
después de aquel en que se hizo la publicación.—Lic.
Walter Alvarado Arias, Juez.—Licda. María Magdalena Alfaro Barrantes, Jueza
Tramitadora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020424683 ).
Msc. Valeska Von
Koller Fournier, Jueza del Juzgado de Familia Segundo
Circuito Judicial de San José; hace saber a Mohammadreza
Shambayati, documento de identidad pb21707362,
casado, que en este Despacho se interpuso un Proceso Divorcio en su contra,
bajo el expediente N° 17-001469-0165-FA, donde se
dictó la sentencia N° 746-2019 de las trece horas y
treinta y nueve minutos del quince de octubre del dos mil diecinueve, que en lo
conducente, dice: Por tanto: en concordancia con lo expuesto y normas jurídicas
citadas, se resuelve: 1) Se declara con lugar la demanda abreviada de divorcio
planteada por Yamileth de Los Ángeles Monge Vargas contra Mohammadreza
Shambayati. Se declara disuelto el vínculo matrimonia
que ha unido a estas personas. 2) Las partes no procrearon hijos en común. 3)
Con el divorcio fenece el derecho alimentario reciproco que favorecía a ambos
cónyuges como tales. 4) Cada uno de los ahora excónyuges tiene derecho a
participar en la mitad del valor neto de los bienes gananciales que se
constaten en el patrimonio del otro u otra, lo cual se liquidará para ejecución
de sentencia. El vehículo de placas 539887 y finca del partido de San José de
matrícula de folio real 501310-000, se declaran como
bienes no gananciales. 5) Se resuelve este asunto sin especial condena en
costas. 6) Una vez que esta sentencia quede firme inscríbase la misma en el
Registro Civil, Sección de Matrimonios de la provincia de San José al tomo:
quinientos cincuenta y dos, folio: ciento veinticuatro, asiento: doscientos
cuarenta y ocho. Para tales efectos, la parte actora deberá presentarse a este
Juzgado y solicitarla expedición de la ejecutoria de Ley, previa aportación de
las copias que correspondan, le será entregada cinco días hábiles después para
que la diligencie ante el Registro Civil. Publíquese el edicto de ley para
notificar al accionado. Notifíquese. Msc. Ramón
Zamora Montes, Juez. Lo anterior se ordena así en proceso divorcio de Yamileth
de Los Ángeles Monge Vargas contra Mohammadreza Shambayati; Expediente Nº
17-001469-0165-FA.—Juzgado de Familia Segundo
Circuito Judicial de San José, 06 de enero del 2020.—Msc.
Valeska Von Koller
Fournier, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020424684
).
Licda. Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de
Cartago, a Bianca Pamela Retana Campos, en su carácter
personal, se le hace saber que en
demanda declaratoria
judicial abandono, establecida
por Patronato Nacional de la Infancia
contra Bianca Pamela Retana Campos, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las quince horas y seis minutos del tres de julio del dos mil dieciocho. Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono expediente N° 18-001578-0338-FA de la persona menor Ian Gabriel Retana Campos, planteado por Patronato Nacional
de la Infancia contra Bianca Pamela Retana Campos, a quién se le
concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. En ese mismo plazo,
en el primer escrito que presente debe señalar un medio
para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de que mientras
no lo haga, las resoluciones
posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales
N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 02 de setiembre
del 2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo
que no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con
el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del Despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para
la recepción de notificaciones”.
Igualmente, se les invita a
utilizar “El Sistema de Gestión
en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para
acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión N° 78-07 celebrada el 18
de octubre del 2007, artículo
LV, se les solicita a las partes
de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado
civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia.
Se le advierte que, si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada,
conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución a la parte demandada, personalmente o por medio de cédulas y copias
de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales
y otras Comunicaciones; Cartago. En
caso que el lugar de
residencia consistiere en
una zona o edificación de acceso
restringido, se autoriza el
ingreso de la persona funcionaria
notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4°
de la Ley de Notificaciones Judiciales.
Notifíquese. Licda. Mariam
Calderón Villegas, Jueza.—Juzgado de Familia de
Cartago.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020424686 ).
Licenciada Silvia Vásquez Monge, Jueza del
Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Quepos (Materia
Familia), hace saber a la demandada ausente Astrid de Los Ángeles Cedeño Prado,
quien es mayor, costarricense, casada, cédula de identidad número uno-mil
ochenta-cero cero ochenta y cinco (1-1080-0085), de oficio y domicilio
desconocido, que en proceso N° 19-000225-1591-FA,
abreviado de divorcio, interpuesto por John William (nombre) Mc Kinstry (apellido), único apellido en razón de su
nacionalidad norteamericana, quien es mayor, estadounidense, casado, mecánico
naval, pasaporte de su país número P cero cuatro cinco tres cero cuatro seis seis cuatro (P045304664), según certificación de matrimonio
aportada al expediente, sin embargo al día de hoy dicha persona cuenta con el
pasaporte de su país de origen número cinco seis cuatro cinco cuatro uno seis
nueve cero (564541690), documento que también se encuentra incorporado al
expediente en contra de Astrid de Los Ángeles Cedeño Prado, se ha dictado la
resolución que dice: Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de
Quepos, (Materia Familia), a las dieciséis horas cincuenta y cinco minutos del
ocho de enero del dos mil veinte. Con el afán de continuar con los
procedimientos, se tiene por establecido el presente Proceso Abreviado de
Divorcio, interpuesto por John William Mc Kinstry, en
contra de Astrid de Los Ángeles Cedeño Prado, a quien se le concede el plazo de
diez días hábiles, para que conteste sobre los hechos de demanda, exponiendo
con claridad si los rechaza por inexactos o si los admite como ciertos, con
variantes o rectificaciones, también manifestará con claridad las razones que
tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. En la misma
oportunidad ofrecerá sus pruebas con indicación en su caso del nombre y las
generales de Ley de los testigos y los hechos a que se refieran cada uno.
Igualmente, en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para
atender notificaciones, que serán: por fax, correo electrónico o en estrados
judiciales. Bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones
posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
después de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado, artículos 11,
34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°
8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le
hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 02 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como
medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y
recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.
En el supuesto de señalar por medio electrónico se le apercibe al interesado
que, para acceder a este sistema de notificaciones, deberá solicitar, al
Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial, que se le
acredite la cuenta de correo, ya que únicamente se notificará a quienes se
encuentren debidamente incluidos en la lista oficial. En torno a quienes
señalan estrados judiciales, el o la interesada deben apersonarse a la Oficina
de Comunicaciones Judiciales de Quepos los días martes
y jueves de cada semana a verificar si existe en los listados que ese despacho
publica cédula de notificación alguna a su nombre o del proceso que le incumbe.
Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono celular, con el
fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición
es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la
agilización del mismo, pero en ningún momento
sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción
de notificaciones. Además, se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en
Línea”, que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones.
Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial,
http://www.poderjudicial.go.cr., si desea más información contacte al personal
del despacho en que se tramita el expediente de interés. Por haberlo así
dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del
Poder Judicial, sesión N° 78-07, celebrada el 18 de
octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que
resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente
información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión
u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g)
número de cédula, h) lugar de residencia. Existiendo menores interesados en el
presente asunto se ordena tener como parte al Patronato Nacional de la
Infancia, para lo cual se ordena notificarle el presente asunto en su sede
administrativa de esta ciudad, por medio de la Oficina de Comunicaciones
Judiciales de Quepos. Asimismo, se tiene por apersonado como curador procesal
al Licenciado Carlos Alberto Aguilar Vargas, según memorial incorporado al
escritorio virtual el 07/01/2020, quien representará los intereses de la
accionada antes reseñada, señalando para recibir notificaciones el correo
electrónico carlosalberto.glr@gmail.com (principal) y fax 2265-4690
(secundario). Con respecto a sus honorarios los mismos se encuentran
debidamente depositados en la cuenta electrónica del Banco de Costa Rica N° 190002251591-7 y ascienden a la suma de ¢100.000,00.
Notifíquese a la demandada ausente Astrid de Los Ángeles Cedeño Prado la
presente resolución, por medio de un edicto que será enviado a la Imprenta
Nacional y se publicará por una sola vez en
el Boletín Judicial, para los efectos del artículo 263 del Código Procesal
Civil vigente para procedimientos en materia de familia, según Decreto
Legislativo N° 9621. Inclúyase en el mismo los datos
que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr
tres días después de aquel en que se haga la publicación. De
acuerdo al sistema electrónico que lleva este despacho, remítase el
edicto correspondiente para su publicación. Se le hace ver a la parte actora
que de conformidad con la circular No. 67-09 emitida por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de 2009, por el principio de gratuidad que rige en esta
materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Notifíquese.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y
Violencia Doméstica de Quepos (Materia Familia), 08 de enero de
2020.—Licda. Silvia Vásquez Monge, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020424688
).
Licda. Eugenia María de Los Ángeles Bolaños
Rodríguez, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
Alajuela; hace saber a Iván Alexander Durán Trujillo, de nacionalidad
salvadoreño, casado una vez, pasaporte de su país número B03706315, vecino de
Sonsonate El Salvador, que en este Despacho se interpuso un proceso divorcio en
su contra, bajo el expediente número 19-000253-0292-FA donde se dictaron las
resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a las trece horas y treinta y dos minutos del veintiséis
de noviembre de dos mil diecinueve. Se tiene por establecida la anterior
demanda abreviada de divorcio por la accionante Jessarela
Contreras Martínez, contra el señor Iván Alexander Durán Trujillo, quien se
encuentra representado por su curador procesal Licenciado Jairo Ramírez
Pacheco. De los autos se observa que el curador procesal procedió a contestar
la demanda previo a haber sido emplazado, motivo por el cual, en la forma y
términos que se consignan en el memorial visible a folio 21 del expediente
físico, por parte del Licenciado Ramírez Pacheco se tiene por contestada la
esta litis. De la oposición formulada, se confiere audiencia por tres días a la
actora quien al referirse a ella podrá proponer su contraprueba. Artículo 305
del Código Procesal Civil. Notifíquese esta resolución al demandado ausente por
medio de edicto, que será difundido por única vez en el Boletín Judicial,
mismo que una vez publicado deberá ser acreditado por la parte actora.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial
de Alajuela.—Licda. Eugenia María de Los Ángeles Bolaños Rodríguez,
Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020424691 ).
Se avisa que en este Despacho bajo el
expediente número 19-000359-0928-FA, Elías Enrique Rodríguez Ulloa, solicitan
se apruebe la adopción individual del menor Ariel Darío Cabezas Loría. Se
concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones
mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán
las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de
Familia, Penal Juvenil y Violencia Domestica de Cañas (Materia Familia), 13
de enero del año 2020.—Lic. Luis Fernando Saurez
Jiménez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2020424701 ).
Se avisa que en este Despacho bajo el
expediente número 19-000450-0688-FA, Marjory Vargas Muñoz, solicitan se apruebe
la adopción individual de las personas Katerine Josidec López González y
Yongra Pricila López
González. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular
oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y
se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Publíquese este edicto por
única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación
nacional. Los plazos comenzarán correr tres días después de aquél en que se
hizo la publicación.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramon) (Materia
Familia), 10 de enero del 2020.—Licda. Katerin Andrea Vargas Leal,
Jueza.—1 vez.—O.C N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020424702 ).
Licda. Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de
Cartago, a Rigoberto Núñez Solís, en
su carácter personal, quien es mayor, casado una vez, comerciante, cédula N°
6-0211-0792, se le hace saber que en
demanda divorcio, establecida por Karen Yesenia Chaves Alvarado contra
Rigoberto Núñez Solís, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: N°
2019003181. Sentencia de primera
instancia. Juzgado de
Familia de Cartago, a las diez horas y treinta y cinco minutos del doce de diciembre del dos mil diecinueve.
Proceso abreviado de divorcio establecido por Karen
Yesenia Chaves Alvarado, mayor, casada dos veces, ama de casa, vecina de
Cartago, cédula N° 0108480105, contra Rigoberto Núñez Solís, mayor, casado una vez, comerciante, cédula N° 0602110792, representado
por la curadora procesal Licda. Carolina Mata Alvarado. Resultando:
1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados: Como tales se tienen los siguientes: 1…., 2…,
3…; II.—Análisis
de fondo: Sobre menores de edad: Sobre derecho de ganancialidad: Sobre costas: Por tanto: Razones dadas, Código de Familia, se declara
con lugar este proceso abreviado de divorcio y al efecto se disuelve el vínculo matrimonial
que une a Rigoberto Núñez Solís y Karen Chaves
Alvarado con fundamento en
la causal de ausencia. No se declara
a ninguno cónyuge culpable.
Sobre alimentos: no se mantiene el derecho de ninguno a solicitarse pensión alimentaria por no existir entre ellos desde tiempo
atrás ni cooperación ni mutuo auxilio. Sobre menores de edad: no hay hijos menores de edad en este matrimonio.
Sobre derecho de ganancialidad: lo concerniente a bienes
gananciales de las partes ya fue resuelto
en proceso de liquidación anticipada de bienes gananciales tramitado en este
Juzgado, expediente N°
15-002054-0338-FA. Sobre costas:
se resuelve sin especial condenatoria
en costas. Firme este fallo inscríbase
en el Registro Civil, matrimonios de Alajuela tomo ciento setenta y cinco, folio ciento cuarenta y ocho, asiento doscientos noventa y seis. Notifíquese. Expediente N°
19-002148-0338-FA.—Juzgado
de Familia de Cartago, Cartago, 14 de enero del
2020.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020424707 ).
Se hace saber: En este Tribunal de Justicia
se tramita proceso de cambio de nombre de persona mayor de edad promovido por
la parte actora Abner Caleb Prendas Torres, mayor, soltero, estudiante
universitario, documento de identidad N° 0402150244,
vecino de Turrialba centro, provincia de Cartago, cincuenta al este de la
municipalidad, en el cual pretende cambiarse el nombre a únicamente Caleb
mismos apellidos. Se concede el plazo de quince días hábiles a cualquier
persona interesada para que se presenten al proceso a hacer valer sus derechos.
Artículo 55 del Código Civil. Expediente N°
19-000173-0341-CI-3.—Juzgado Civil del Circuito Judicial de Turrialba
(Materia Civil No Contenciosa, Electrónico), 22 de noviembre del 2019.—Lic.
Yeison Darío Rodríguez Fernández, Juez Tramitador Civil.—1
vez.—( IN2020424782 ).
Licda. María del Rocío
Quesada Zamora, Jueza del Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona
Sur (Pérez Zeledón); hace
saber a Herald Andrés Retana Murillo, cédula de identidad N° 0114210480, soltero,
cocinero, de domicilio desconocido,
que en este Despacho se interpuso un proceso de autorización de salida del país en su contra, bajo el expediente número
18-000515-1303-FA donde se dictó
la sentencia número 947-19,
de las diez horas cincuenta
y cinco minutos del veintiocho de noviembre del dos
mil diecinueve, que en su parte dispositiva
literalmente dice: “Por tanto: Con base en lo expuesto y en artículos 5, 16 y 105 del
Código de Niñez y Adolescencia,
así como en numeral 151, siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara
con lugar las presentes
diligencias sumarísimas de permiso
de salida del país permanente y expedición de pasaporte establecida por Grace
María Carvajal Aguilar contra Herald Andrés Retana
Murillo. En consecuencia,
se concede: 1. Se autoriza a la señora
Grace María Carvajal Aguilar, en forma individual, a realizar ante la Dirección
General de Migración y Extranjería,
y en el momento que sea necesario, ante tal dependencia gubernativa, realizar las gestiones necesarias, para la tramitación del pasaporte, su renovación o revalidación y expedición que a futuro se requiera para la
persona menor de edad Ethan
Andrés Retana Carvajal, pudiendo
la señora Grace María Carvajal Aguilar, a su vez resguardar
dicho documento. 2. La salida del país permanentemente de la persona menor
de edad Ethan Andrés Retana
Carvajal, las veces necesarias
a partir de este momento y hasta que cumpla la mayoría de edad, con su madre la señora
Grace María Carvajal Aguilar, en el entendido de que la madre no puede establecerle la residencia
habitual al menor, a menos
que lo solicite en la vía correspondiente. 3. Queda autorizada la madre del menor, en forma individual a gestionar en favor de este, la expedición de las visas de ingreso
en los países que así lo requieran. 4. Queda entendida la señora Grace María Carvajal Aguilar, que las salidas del país de la persona menor de edad Ethan Andrés Retana Carvajal, deberá de implicar su retorno
al país, ya que es en Costa Rica, donde tienen su residencia habitual la
persona menor de edad, además las salidas del país no podrán afectar el calendario académico de la persona menor de edad, a menos que la salida tenga como
propósito una actividad académica, deportiva, cultural o
que sea una situación extraordinaria médica o personal.
Asimismo se hace ver la señora Grace María
Carvajal Aguilar, la advertencia legal de que el incumplimiento malicioso de la presente advertencia sea el retorno de la persona menor de edad Ethan Andrés Retana
Carvajal, a su residencia habitual deviene eventualmente en el delito de desobediencia a la autoridad, si lo incumple, el menor deberá de retornar a su domicilio
habitual en Costa Rica, además
de las consecuencias penales
ya citadas, el progenitor incumplidor podría cometer el delito de sustracción de menor conforme el numeral 192 bis del Código Penal, que conlleva pena de prisión, asimismo los delitos de abuso en el ejercicio de la autoridad parental y el progenitor no incumpliente
podría ejercer las potestades que le otorga el Convenio de la Haya, para sustracción
de menores. Por la naturaleza
del presente proceso se
dicta esta sentencia sin
especial condenatoria en costas. Notifíquese. Msc. Tania Morera Solano, Jueza de Familia”. Lo anterior se ordena
así en proceso
autorización de salida del país de Grace María Carvajal Aguilar contra Herald Andrés Retana Murillo. Expediente Nº
18-000515-1303-FA.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona
Sur, Pérez Zeledón, 10 de enero
del 2020.—Licda. María del Rocío
Quesada Zamora, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020424985 ).
Msc. Felicia Quesada Zúñiga, Jueza del Juzgado de Familia de Heredia, a Alexander José Jiménez Pochet, en su
carácter personal, quien es
mayor, nacionalidad costarricense,
ingeniero en telecomunicaciones, casado dos veces, vecino de San José, Pavas, cédula N° 0109340911, se le hace
saber que en demanda autorización salida país, expediente:
19-000381-0364-FA, establecida por Lincey Dayana Arguedas Rojas contra Alexander José Jiménez Pochet, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de
Familia de Heredia, a las nueve horas y treinta y uno minutos del ocho de enero del dos mil veinte. Del memorial presentado
por parte de la parte actora Lincey Dayana Arguedas
Rojas, en fecha 30 de setiembre del 2019, que consta en la página 20, se resuelve: En virtud
que la parte actora desconoce el paradero del señor Jiménez Pochet, se ordena anular la resolución dictada a las ocho horas y tres minutos del veintiséis de junio del dos mil diecinueve, que
consta en las páginas 9 al 11 y en su lugar se resuelve:
La señora Lincey Dayana
Arguedas Rojas ha solicitado a este
Despacho que autorice la salida del país de la persona menor de edad David Jiménez
Arguedas, y que se le autorice para tramitar y retirar el pasaporte, indicando que el señor Alexander José Jiménez Pochet
es el padre del niño. (Certificación
que consta en el folio 5
del expediente físico). De
principio, el artículo 9° del Código de Familia establece que “las autorizaciones
o aprobaciones de los tribunales
que este Código exige en determinados casos, se extenderán mediante el proceso sumario, señalado en el Código Procesal Civil, cuando no esté establecido otro procedimiento.” En el mismo sentido se encuentra redactado el inciso 10) del artículo 435 del
Código Procesal Civil. Para estos
casos en los que se solicita la autorización de salida del país de las personas menores de edad existe una vía más expedita que la sumaria. El artículo 151 del
Código de Familia dispone que “el padre y la madre ejercen, con iguales derechos y deberes, la autoridad parental sobre los hijos habidos en el matrimonio.”
Por esta razón es que para
que un menor pueda salir del país requiere autorización de ambos progenitores. En caso de que la autorización sólo la otorgue uno de los progenitores, eso no significa que el niño no puede salir del país, porque en
este caso se estaría haciendo la voluntad del progenitor que no autoriza,
lo cual viola la igualdad apuntada. El problema lo resuelve la misma norma antes citada, cuando dice: “En caso de conflicto, a petición de cualquiera de ellos, el tribunal decidirá oportunamente, aún sin las formalidades del proceso, y sin necesidad de que las partes acudan con un profesional en derecho. El Tribunal deberá
resolver tomando en cuenta el interés del menor.” En el mismo
sentido, el Código de la Niñez
y la Adolescencia señala
que en asuntos en donde se ventilen
derechos de las personas menores de edad, no debe existir estricto ritualismo procesal y además el juez tiene amplios
poderes en la conducción del proceso. Con base en lo expuesto, debe concluirse que en casos como éstos
el Juez o Jueza tiene poderes discrecionales
para fijar el procedimiento
a seguir. Así las cosas, esta Juzgadora
estima que, para respetar
la igualdad de derechos de los progenitores,
y para garantizar el derecho que tiene
toda persona de ser escuchada,
lo procedente es realizar
una audiencia oral y privada, en
la cual se expresarán las razones por las cuales se solicita la autorización de salida del país y los motivos de oposición que pudieran existir. La persona menor de edad también
podrá expresar su opinión, respetándoseles
así el derecho que les concede los artículos 12 de la Convención sobre los Derechos del Niño y 105 del Código de Niñez y Adolescencia. Al final de
la audiencia se decidirá judicialmente
si se concede o no se concede las autorizaciones
solicitadas. Por existir
una persona menor de edad involucrada en este proceso se tiene como parte
al Patronato Nacional de la Infancia,
siendo que dicha institución aportó a este Despacho
el casillero 403. Nombramiento
de curador: De conformidad
con lo dispuesto por el artículo
262 el Código Procesal Civil, a fin de proceder a nombrarle curador procesal al demandado, se resuelve: Se ordena expedir y publicar el edicto electrónicamente al que se refiere
el artículo 263 del Código Procesal
Civil, el cual será enviado por este despacho a la Imprenta Nacional y
la parte interesada deberá estar atenta
a su publicación. De igual manera se le previene a la parte actora que aporte certificación del Registro de
Personas en el que se informe
si el demandado ausente cuenta con apoderado inscrito en el país, así como certificación de movimientos migratorios del demandado expedida por la Dirección General
de Migración y Extranjería
del Ministerio de Seguridad
Pública. Prevención de honorarios: Se le previene a la parte actora que a efectos de que proceder cubrir los honorarios del curador a nombrar, y de conformidad con la Circular N° 86-2019 de la Dirección Ejecutiva, emitida el 28 de junio del 2019 y
conforme con lo establecido
en la Ley N° 9635 “Ley de Fortalecimiento
de las Finanzas Públicas” y
el Reglamento 41779 “Reglamento
del Impuesto sobre el Valor
Agregado”, la Dirección Jurídica emitió criterio mediante oficio N° DJ-193-2019 del 13 de junio
del 2019, y en acatamiento
a dicha circular los honorarios
se fijan en la suma de cincuenta y seis mil quinientos colones, monto que incluye el 13% del
I.V.A. por lo que deberá depositarlo
en la cuenta N°
19003810364-8, del Banco de Costa Rica. Y deberá aportar a éste despacho el comprobante del depósito. Citación a la parte actora y a dos testigos: Se cita a la señora Lincey Dayana Arguedas
Rojas y a dos testigos para que en
el plazo de una semana comparezca al Juzgado y, bajo juramento, responda las preguntas que se le formularán
para determinar la procedencia
del nombramiento del curador
procesal del demandado,
bajo apercibimiento de que, si
no comparece, el proceso no
podrá avanzar. Para notificar al demandado el señor Alexander José Jiménez Pochet,
se le notificará por medio de edicto
y se le nombrará curador procesal, una vez que se hayan acreditado los requisitos para la procedencia de
dicho nombramiento, debiendo publicarse el edicto correspondiente. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Heredia.—Msc. Felicia Quesada Zúñiga, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020425105 ).
Henry
Jafeth Barria Mena y Daniela Isabel Ramírez Solano, cédulas por su orden Nos.
1-1755-0184 y 1-1770-0817; vecinos de San José, Desamparados, Los Guidos y San
José, Desamparados, San Rafael Arriba; respectivamente, desean contraer
matrimonio y afirman reunir todos los requisitos de ley. La oposición de alguien
con interés legítimo, debe ser presentada ante este
Juzgado dentro de los ocho días luego de esta publicación. Publíquese por una
única vez. Expediente 19-001670-0637-FA.—Juzgado de
Familia de Desamparados, 29 de noviembre del 2019.—Licda. Maureen Roxana Solís
Madrigal, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020424703 ).
Raúl Alfredo Berrocal Alvarado y Melissa Tatiana Granados Chinchilla, número de
carnet de residencia: 1-1424-0074 y cédula: 1-1085-0222; vecinos
de Desamparados, Dos Cercas, desean
contraer matrimonio y afirman reunir todos los requisitos de Ley. La oposición de alguien con interés legítimo, debe ser presentada ante este Juzgado dentro de los ocho días luego de esta
publicación. Publíquese por
una única vez. Expediente N° 19-001681-0637-FA.—Juzgado de Familia
de Desamparados, 03 de diciembre del 2019.—Licda. Maureen Solís Madrigal, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2020424704 ).
Carlos Manuel Solís
Gamboa y Dixia Monge Hidalgo, cédula por su orden:
108350437 y 107850471, vecinos de San José, Desamparados, Calle Fallas, desean
contraer matrimonio y afirman reunir todos los requisitos de ley. La oposición
de alguien con interés legítimo debe ser presentada ante este Juzgado dentro de
los ocho días luego de esta publicación. Publíquese por una única vez.
Expediente 19-001699-0637-FA.—Juzgado de Familia de
Desamparados, 05-12-2019.—Lic. Maureen Solís Madrigal, Jueza de Familia.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020424705 ).
Walter José Morales Núñez y María Gabriela
López Padilla número de cédula: 1-1411-0378 y cédula: 1-1536-0634; vecinos de
Desamparados, San Miguel, y Aserrí, María Auxiliadora desean contraer
matrimonio y afirman reunir todos los requisitos de ley. La oposición de
alguien con interés legítimo, debe ser presentada ante
este Juzgado dentro de los ocho días luego de esta publicación. Publíquese por
una única vez. Expediente N° 19-001768-0637-FA.—Juzgado de Familia de Desamparados, 17 de
diciembre del 2019.—Licda. Maureen Solís Madrigal, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2020424706 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil Jason Antonio Fallas Chacón, mayor, soltero,
cocinero, cédula de identidad número 0604320798, hijo de Damaris Fallas Chacón,
domicilio en Quepos centro, diagonal al Super de Chomay,
casa de cemento, color verde, tiene un garaje con una cortina de metal sin
pintar, el 03/03/1996, con 23 años de edad, y Rocío Alexandra Casco Liévano,
mayor, soltera, oficios domésticos, pasaporte número B50010619, hija de Uriel
Antonio Casco López y Rosa Cristabel Liévano Serpas,
domicilio en Quepos Centro, diagonal al Super de Chomay,
casa de cemento, color verde, tiene un garaje con una cortina de metal sin
pintar, el 01/07/1999, actualmente con 20 años de edad; ambas personas
contrayentes tienen el domicilio en Quepos centro, diagonal al Super de Chomay, casa de cemento, color verde, tiene un garaje con
una cortina de metal sin pintar. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Expediente Nº 20-000007-1591-FA.—Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica
de Quepos (Materia Familia), Puntarenas, Quepos, 13 de enero del año
2020.—Lic. Juan José Alvarado Quirós, Juez.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020424708 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil Jason Antonio Fallas Chacón, mayor, soltero,
cocinero, cédula de identidad N° 0604320798, hijo de
Damaris Fallas Chacón, domicilio en Quepos Centro, Diagonal al Super de Chomay, casa de cemento, color verde, tiene un garaje con
una cortina de metal sin pintar, el 03/03/1996, con 23 años de edad, y Rocío
Alexandra Casco Liévano, mayor, soltera, oficios domésticos, pasaporte N° B50010619, hija de Uriel Antonio Casco López y Rosa Cristabel Liévano Serpas, domicilio en Quepos Centro,
diagonal al Super de Chomay, casa de cemento, color
verde, tiene un garaje con una cortina de metal sin pintar, el 01/07/1999,
actualmente con 20 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el
domicilio en Quepos Centro, diagonal al Super de Chomay,
casa de cemento, color verde, tiene un garaje con una cortina de metal sin
pintar. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este
matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 20-000007-1591-FA.—Juzgado
Familia, Penal Juvenil y Violencia Domestica de Quepos (Materia Familia),
Puntarenas, Quepos, 13 de enero del 2020.—Lic. Juan José Alvarado Quirós,
Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020424709 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil Candy Paola Torres Salazar, mayor, divorciada,
comerciante, cédula de identidad número 0111750507, hija de Carmen Mayela
Salazar Mora y Bienvenido Torres González, domicilio Mercedes Norte de
Puriscal, nacida en Hospital Central San Jose, el
22/06/1983, con 37 años de edad, y Jorge Guzmán Vargas, mayor, divorciado/a,
contador, cédula de identidad número 0111580314, hijo de Lucía Vargas Castro y
Jorge Guzmán Acuña, domicilio en Mercedes
Norte de Puriscal, nacido en Hospital Central San Jose,
el 15/12/1982, actualmente con 37 años de edad; ambas personas contrayentes
tienen el domicilio en Mercedes Norte, Santiago de Puriscal, San José. Si
alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio
se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de
los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 20-000009-1530-FA.—Juzgado Civil,
Trabajo y Familia Puriscal (Materia Familia), San José, Puriscal,
10 de enero del 2020.—Licda. Milena Peñas Salas, Jueza.—1 vez.—O.C N° 364-12-2020.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2020424710 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil, Enoc Bolivar Torres Narvaez, mayor, soltero, estudiante, cédula de identidad
número 0701750909, vecino de Alajuela, San Ramón, San Juan, San Bosco, hijo de
Bolívar Torres Quintero y Agustina Guillermina Narváez ambos costarricenses,
nacido en Centro Central Limón, el 29/12/1986, con 34 años de edad, y María de
Los Ángeles Hernández Herrera, mayor, Divorciada de Yepson
José Vásquez Madrigal desde el19/11/2010 en San Ramón, cédula de identidad
número 0603370398, vecina de Alajuela, San Ramón, San Juan, Barrio San Bosco,
hija de Edgar Hernández Arce y María Elena Herrrera
González, nacida en Centro Central Puntarenas, el 14/05/1984, actualmente con
35 años de edad Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para
que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este
Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto.
Expediente Nº 20-000012-0688-FA.—Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San
Ramon) (Materia Familia), 10 de enero del año 2020.- Licda. Katerin Andrea
Vargas Leal, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020424711
).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio el señor Tairon Armando García
Méndez, mayor, soltero, portero en Multicines Liberia, cédula de identidad
número 0604330287, vecino de Liberia, hijo de María Ester Méndez Cerdas y
Armando García Membreño y la señora Rubieth de Los Ángeles Mora Chacón, mayor, soltera, ama de
casa, cédula de identidad número 0504040010, vecina de Liberia, hija de Grace
Chacón Pérez y José Alberto Mora Dávila. Si alguna persona tiene conocimiento
de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Expediente Nº 20-000014-0938-FA.—Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste
(Liberia) (Materia Familia), Liberia, 13 de enero del año 2020.—Msc. Marcela González Solera, Jueza.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020424712 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil Elías del Carmen Contreras Valverde, costarricense,
mayor, Divorciado de Eduarda Acevedo Reyes el 23/10/2019 en la provincia de
Cartago, Peón agrícola, cédula de identidad
número 303030763, vecino de Paraíso Piedra Azul de la Iglesia 400 metros norte
y 50 metros oeste, hijo de María Elena Valverde Bonilla y Carlos Contreras
Calderón, ambos costarricenses, nacido en Cachi Paraíso Cartago, el 03/06/1969,
con 50 años de edad, y Lislieth del Carmen Perez Mata, costarricense, mayor, Viuda de Oscar Sojo
Orozco, miscelánea, cédula de identidad número 0303170086, vecina de Paraíso
Piedra Azul de la iglesia 400 metros norte y 50 metros oeste, hija de Flor de
Maris Mata Moya y Sisinio Pérez Méndez, ambos
costarricenses, nacida en Centro Central Cartago, el 02/10/1971, actualmente con 48 años de edad. Si alguna persona
tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice,
está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº
20-000051-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago,
08 de enero del año 2020.—Licda. Guadalupe Solano Patiño, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2020424714 ).
Por haberse requerido así en la causa penal número 03-002355-058-PE, por el delito
de infracción Ley de Armas
y Explosivos, seguido en contra de Douglas Alexis Ulloa Contreras, en perjuicio de Carlos Eduardo Víquez Cordero. Mediante resolución
de las catorce horas y cuarenta
y cinco minutos del doce de noviembre del dos mil diecinueve, se ordena comunicar por edicto a la sociedad F.G Alvarado S.A., cédula jurídica
N° 3-101-094875, a fin de que se presente a este Despacho con la prueba idónea para que se le haga entrega de la pistola calibre 25, con su respectivo magazine, Marca: Sundance,
Serie: 091588, Modelo: A- 25, con siete
municiones, caso contrario transcurrido tres meses de la publicación del edicto se ordenará el comiso de dicho bien. Expediente N°
03-002355-058-PE.—Juzgado
Penal de Cartago, 10 de enero del 2020.—Licda. Juliana Leiva Méndez, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2020.— Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020424681 ). 3 v.
1.