BOLETÍN JUDICIAL 13 DEL 22 DE ENERO DEL 2020

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

JUZGADO NOTARIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 02-2019, sesión virtual del 20 de mayo del 2019, artículo XIII y el acuerdo del Consejo Superior 73-19 del 20 de agosto del 2019, artículo LI., De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo XCV., se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Paquetes de Expedientes de Civil de Hacienda, Paquetes de Expedientes de Familia, Paquetes de Expedientes de pensión Alimenticia, de los despachos que a continuación se detallan. La información se encuentra remesada y custodiada en el Archivo Judicial.

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Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la publicación de este aviso. Publíquese por una vez en el Boletín Judicial.

San José, 15 de enero del 2020.

                                                                                                                                                              Lic. Wilbert Kidd Alvarado

                                                                                                                                                      Subdirector Ejecutivo del Poder Judicial

1 vez.—O.C 364-12-2020.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2020425742 ).

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER:

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, que en el Proceso Disciplinario Notarial N° 17-000957-0627-NO, de Registro Civil contra Mario Alberto Venegas Barrenechea (cédula de identidad N° 1-0603-0264), este Juzgado mediante Sentencia de Primera Instancia N° 0262-2019 de las veinte horas y veintiséis minutos del treinta de abril de dos mil diecinueve (folios 42 al 47), la cual fue confirmada por el Tribunal Notarial mediante Voto N° 0168-2019, de las diez horas veinte minutos del veinticinco de octubre de dos mil diecinueve (folios 57 al 59), en vista que se encuentra firme se dispone comunicar a la citada Notaria la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, veintiséis de noviembre del dos mil diecinueve.

                                         M.Sc. Juan Carlos Granados Vargas,

                                                                     Juez

1 vez.—O.C. 364-12-2020.—Sol. 68-2017-JA.—( IN2020426316 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Francisco Quesada Barrientos, cédula de identidad N° 2-265-194, fallecido el 19 de agosto del 2019, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 19-001965-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 19-001965-0505-LA. Por Margarita Ramírez Carvajal a favor de Francisco Quesada Barrientos.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 12 de noviembre del 2019.—Lic. Mario José Rojas Soro, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020425787 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Theylom Esteban Bermúdez Azofeifa, cédula de identidad 0113760915, y quien fallecido el 13 de noviembre del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número 19-002179-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 19-002179-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 6 de diciembre del 2019.—Msc. Silvia Patricia Quesada Alpízar, Jueza.—1 vez.—O.C 364-12-2020.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2020425817 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Paubla Vanessa Quirós Solano, cédula de identidad N° 04-0209-0388, fallecida el 04 de noviembre del 2019, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 19-002180-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 19-002180-0505-LA. Promovidas por Volcarica Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica N° 3-1025-1567, a favor de Paubla Vanessa Quirós Solano, cédula de identidad N° 04-0209-0388.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 04 de diciembre del 2019.—Msc. Mariel Rojas Sánchez, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020425818 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Simón Bolívar Salas Castillo 0700300466, fallecido el 11 de junio del 2019, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el 19-002207-0505-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 19-002207-0505-LA, promovidas por Sonia Lorena Salas Castillo a favor de Simón Bolívar Salas Castillo.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 5 de diciembre del 2019.—Lic. Mario José Rojas Soro, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2020.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2020425819 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Víctor Manuel José Trinidad Oviedo Chaves, cédula de identidad 0400670911, fallecido el 12 de noviembre del año 2019, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones sector público bajo el 19-002216-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 19-002216-0505-LA. Promovido por Yamileth Oviedo Álvarez, cédula de identidad 01 0509 0037 a favor de Víctor Manuel José Trinidad Oviedo Chaves, cédula de identidad 04-0067-0911.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 09 de diciembre del 2019.—Msc. Mariel Rojas Sánchez Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2020.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2020425823 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causante de: Virginia del Carmen Soto Bolaños, fallecida el 04 de noviembre del 2019, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 19-002261-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 19-002261-0505-LA. Por Antonio Chaverri Espinoza a favor de Virginia del Carmen Soto Bolaños.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 16 de diciembre del 2019.—Msc. Luis Diego Charpantier Vargas, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020425824 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causante de Jorge Isaac Chaves Chacón, fallecido el 06 de noviembre del 2019, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. pago sector privado bajo el 19-002274-0505-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 19- 002274-0505-LA, por Flor Maritza Morera Durán a favor de Jorge Isaac Chaves Chacón.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 16 de diciembre del 2019.—Msc. Luis Diego Charpantier Vargas, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-2020.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2020425847 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Rubén Cubero Carmona, 0601840454, fallecido el 15 de febrero del año 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones sector público bajo el 20-000033-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 20-000033-0643-LA. Por BN Vital Operadora de Planes de Pensiones Complementarias Sociedad Anónima a favor de Rubén Cubero Carmona.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 14 de enero del 2020.—Lic. Rusbel Herrera Medina, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2020.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2020426186 )

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jacqueline Huezo Caravaca, 0603060670, fallecida el 24 de noviembre del 2019, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. pago sector privado bajo el 20-000037-0643-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 20-000037-0643-LA, Por Corporación Seguridad Uno Sociedad Anónima a favor de Jacqueline Huezo Caravaca.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 15 de enero del 2020.—Licda. Daniela González Sanahuja, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2020.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2020426187 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de David Alejandro Obando López, cédula de identidad número: 05-0314-0072, fallecido el 14 de enero del año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número 17-000011-0874-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 17-000011-0874-LA. Por a favor de Brenda María Castillo Espinoza.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Laboral), 16 de enero del 2020.—Licda. Ximena Jiménez Soto, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2020.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2020426307 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho, al ser las nueve horas y treinta minutos del diecisiete de abril del dos mil veinte, con una base de noventa y cinco mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando afectaciones y limitaciones Ley Forestal 7575 citas: 2011-337266-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 21824, derecho 000, la cual es terreno de repastos de jaragua y bosques. Situada en el distrito: 02-Savegre, cantón: 06-Quepos, de la provincia de Puntarenas. Linderos: al norte, camino público; al sur, Victor Manuel Valverde Valverde, Roberto Rojas Núñez, Miguel Ángel Jiménez Jiménez; al este, Edwin Quesada Rubí; y al oeste, Juan Francisco Meza Solís. Mide: seiscientos siete mil cuatrocientos treinta y ocho metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Plano: P-0036367-19. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del veintisiete de abril del dos mil veinte, con la base de setenta y un mil doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del seis de mayo del dos mil veinte, con la base de veintitrés mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Bosque Verde Ojochalindo S.A. contra Las Cumbres de Savegre S.A. Expediente N° 18-000487-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 28 de noviembre del 2019.—Lic. Rigoberto Alfaro Zúñiga, Juez.—( IN2020425858 ).

Con una base de catorce millones setecientos dos mil ochocientos veintinueve colones con ochenta y tres céntimos, libre de gravámenes, pero con condiciones ref.: 2669-491-001 bajo citas: 0325-00001559-01-0901-013; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número veintiún mil doce, derecho 000, para lo cual se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecisiete de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de febrero del dos mil veinte, con la base de once millones veintisiete mil ciento veintidós colones con treinta y siete céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del cuatro de marzo del dos mil veinte, con la base de tres millones seiscientos setenta y cinco mil setecientos siete colones con cuarenta y seis céntimos (25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. B) Con la base de doce millones ciento cuarenta mil quinientos veintitrés colones con setenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones ref.: 2669-493 001 bajo las citas: 0325-00001559-01-0904-002; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del partido de Limón, matrícula número veintiún mil catorce cero cero cero. Para tal efecto se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecisiete de febrero del dos mil veinte (primer remate). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de febrero del dos mil veinte, con la base de nueve millones ciento cinco mil trescientos noventa y dos colones con ochenta y un céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del cuatro de marzo del dos mil veinte, con la base de tres millones treinta y cinco mil ciento treinta colones con noventa y cuatro céntimos (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto se encuentre correcta previo a su publicación. Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Rafael Antonio Rodríguez Gutiérrez. Expediente Nº 18-000391-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 17 de diciembre del 2019.—Licda. Hazel Carvajal Rojas, Jueza Decisora.—( IN2020425948 ).

En este Despacho, con una base de seis millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 347-15050-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 5-118707-000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito: 05-Curubandé, cantón-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, servidumbre de paso; al sur, Petronas Morales Gutiérrez; al este, José Emiliano Bustos Morales, y al oeste, calle pública y Luis Paulino Bustos Morales. Mide: cuatro mil cuatrocientos ochenta y siete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las 14:30 horas (02:30 p. m.) del 12/05/2020. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las 14:30 horas del 20/05/2020 con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las 14:30 horas del 28/05/2020 con la base de un millón quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopecivel R.L. contra Ramón Bustos Morales. Expediente Nº 18-008741-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de noviembre del 2019.—Licda. Paula Morales González, Jueza Decisora.—( IN2020425956 ).

En este Despacho, con una base de quince mil doscientos setenta y cuatro dólares con veinticuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa SJB-015164, Marca: Joylong, Estilo: HKL6600C, Categoría: Microbús, Capacidad: 18 personas, Serie: LJSKA3BF4FD856015, carrocería: Microbús, tracción: 4x2, año fabricación: 2015, color: blanco, N. Motor: DK4B1077578 Marca: Joylong. Para tal efecto se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del diez de marzo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de marzo de dos mil veinte, con la base de once mil cuatrocientos cincuenta y cinco dólares con sesenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de marzo de dos mil veinte, con la base de tres mil ochocientos dieciocho dólares con cincuenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S.A. contra Arrendadora Rentabus AR Sociedad Anónima, Centro Bus Sociedad Anónima. Expediente 19-010686-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 19 de diciembre del 2019.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2020425964 ).

En este Despacho, con una base de tres mil cuatrocientos sesenta y cuatro dólares con cuarenta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: 718027, Marca: Toyota, Estilo: RAV 4, Categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2008, color: beige, Vin: JTMZD33V205075967, cilindrada: 2362 c.c., tracción: 4x2, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del dieciséis de marzo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veinte, con la base de dos mil quinientos noventa y ocho dólares con treinta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del uno de abril de dos mil veinte, con la base de ochocientos sesenta y seis dólares con doce centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Iliana Chacón Mora. Expediente 19-012254-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 02 de diciembre del 2019.—Licda. Brenda Vargas Quesada, Jueza Decisora.—( IN2020425965 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho mil quinientos setenta y tres dólares con setenta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BMP198. Marca: Hyundai. Estilo: Creta GL. Categoría: automóvil. Capacidad: 5 personas. Carrocería: todo terreno 4 puertas. Tracción: 4X2. Cilindros: 4. Combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecisiete de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del veinticinco de febrero del dos mil veinte, con la base de trece mil novecientos treinta dólares con treinta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del cuatro de marzo del dos mil veinte, con la base de cuatro mil seiscientos cuarenta y tres dólares con cuarenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promérica de Costa Rica S.A. contra Marines Rojas Ramírez. Expediente N° 18-008987-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 11 de diciembre del 2019.—Licda. Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2020425967 ).

En este Despacho, con una base de sesenta y un millones setecientos mil colones exactos, soportando hipoteca de primer grado citas: 2011-81551-01-0001-001 y Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, citas: 287-06848-01-0002-001, sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula 127036-000, la cual es terreno de pastos y montaña. Situada en el distrito: 06-Pital, cantón: 10-San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, El Gallito S.A.; al sur, calle pública; al este, Jorge Renan Salazar Pereira; y al oeste, Odilio Zamora González. Mide: ciento dieciséis mil ciento sesenta y seis metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. Plano: A-0700404-2001. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del tres de marzo del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del once de marzo del dos mil veinte, con la base de cuarenta y seis millones doscientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del diecinueve de marzo del dos mil veinte, con la base de quince millones cuatrocientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Sucesores Mynor Salazar Pereira contra Piña Oro Sociedad Anónima. Expediente: 19-003567-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 26 de diciembre del 2019.—Licda. Viviana Salas Hernández, Jueza Decisora.—( IN2020425979 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones de colones exactos, soportando reservas y restricciones citas: 348-13524-01-0920-001, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 504918-000, la cual es terreno lote primero terreno para construir. Situada: en el distrito: 01-Naranjo, cantón 06-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 11 metros 24 centímetros; al sur, Nidia Mora Álvarez; al este, Cecilia Acuña González, y al oeste, lote segundo. Mide: doscientos sesenta y tres metros cuadrados. Plano: A-1644747-2013. Para tal efecto, se señalan las once horas y treinta minutos del diez de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas y treinta minutos del dieciocho de febrero del dos mil veinte, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas y treinta minutos del veintiséis de febrero del dos mil veinte, con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jafet Villalobos Alfaro, Marlene del Carmen Jiménez Vargas contra Ronny Gerardo Chacón Salazar. Expediente Nº 19-003094-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 03 de diciembre del 2019.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Decisora.—( IN2020425981 ).

En este Despacho, con una base de treinta y cuatro millones novecientos sesenta y tres mil trescientos treinta y dos colones con sesenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas 2012-80753-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 450375-000, derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito San Ignacio, cantón Acosta, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Francisco Hidalgo Fallas; al sur, Vitalina Mora Mora; al este, calle de servidumbre con frente de 15,00 metros y al oeste, Jorge Mora Padilla. Mide: doscientos noventa y nueve metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y treinta minutos del cinco de febrero del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta minutos del trece de febrero del año dos mil veinte, con la base de veintiséis millones doscientos veintidós mil cuatrocientos noventa y nueve colones con cuarenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y treinta minutos del veintiuno de febrero del año dos mil veinte, con la base de ocho millones setecientos cuarenta mil ochocientos treinta y tres colones con quince céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Fidelia María Azofeifa Monge. Expediente 17-002131-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 10 de diciembre del 2019.—Licda. Susana Murillo Alpízar, Jueza.—( IN2020425983 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones setecientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref:0455-414-009 citas: 277-04029-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento un mil quinientos cuarenta y tres, derecho cero cero cero, la cual es terreno terreno para construir lote 276 H. Situada en el distrito Jiménez, cantón Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 274 H; al este, calle pública; y al oeste, lote 275 H. Mide: ciento noventa y cinco metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Plano: L-0748315-2001. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecisiete de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del veinticinco de febrero del dos mil veinte con la base de seis millones quinientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del cuatro de marzo del dos mil veinte con la base de dos millones ciento setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Berta Mora Chavarría, Olson Munguia. Expediente N° 18-002598-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 04 de noviembre del 2019.—Hazel Patricia Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2020425984 ).

En este Despacho, con una base de treinta y ocho millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada 320-8005-01-0901-001 y plazo de convalidación (rectificación de medida) 2018-38552-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número setenta y dos mil seiscientos veintiuno, derecho 000, la cual es terreno inculto con una casa. Situada en el distrito San Josecito, cantón San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con 16.02 metros; al sur, Leda Solís Campos; al este, calle pública con 9 metros y al oeste, Norberto Cascante Carvajal. Mide: ciento treinta y siete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del diez de febrero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del dieciocho de febrero de dos mil veinte con la base de veintiocho millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de febrero de dos mil veinte con la base de nueve millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra Juan Diego Sánchez Vargas. Expediente 19-007115-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 18 de noviembre del 2019.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2020425987 ).

En la puerta exterior de este Despacho; al mejor postor remataré lo siguiente: 1. libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidu. condici. Ref.: 46094-000 (citas: 392-00504-01-0803-001), servidu. condici. Ref.: 46096-000 (citas: 392-00504-01-0804-001), servidu. condici. (citas: 392-00504-01-0805-001), reservas de ley de aguas y Ley de Caminos Públicos (citas: 426-12273-01-0169-001); al ser ocho horas y quince minutos del diez de febrero del dos mil veinte, y con la base de cuatro millones ciento veintinueve mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, provincia de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y nueve mil ochenta y cuatro- cero cero cero, la cual es de naturaleza: terreno para la agricultura. Situada en el distrito: 01-Bratsi, cantón: 04-Talamanca, provincia Limón. Colinda: norte, Sofía Cascante Hernández; sur, Sofía Cascante Hernández; este, calle pública y oeste, Sofía Cascante Hernández. Mide: ciento cincuenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos del dieciocho de febrero del dos mil veinte, con la base de tres millones noventa y seis mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y quince minutos del veintiséis de febrero del dos mil veinte con la base de un millón treinta y dos mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2. Al ser las ocho horas y quince minutos del diez de febrero del dos mil veinte, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidu. condici. ref.: 46094-000 (citas: 392-00504-01-0803-001), servidu. condici. ref.: 46096-000 (citas: 392-00504-01-0804-001), servidu. condici. (citas: 392-00504-01-0805-001), reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos (citas: 426-12273-01-0169-001); y con la base de tres millones cuatrocientos cincuenta y siete mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, provincia de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y nueve mil ochenta y cinco-cero cero cero, la cual es de naturaleza: terreno para la agricultura. Situada en el distrito: 01-Bratsi, cantón: 04-Talamanca, provincia Limón. Colinda: norte, Sofía Cascante Hernández; sur, Sofía Cascante Hernández; este, calle pública y oeste, Sofía Cascante Hernández. Mide: ciento treinta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos del dieciocho de febrero del dos mil veinte, con la base de dos millones quinientos noventa y dos mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y quince minutos del veintiséis de febrero del dos mil veinte con la base de ochocientos sesenta y cuatro mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 3. Al ser las ocho horas y quince minutos del diez de febrero del dos mil veinte, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidu. condici. ref.: 46094-000 (citas: 392-00504-01-0803-001), servidu. condici. ref.: 46096-000 (citas: 392-00504-01-0804-001), servidu. condici. (citas: 392-00504-01-0805-001) reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos (citas: 426-12273-01-0169-001) y con la base de tres millones cuatrocientos cincuenta y siete mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, provincia de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y nueve mil ochenta y seis-cero cero cero la cual es de naturaleza: terreno para la agricultura. Situada en el distrito: 01-Bratsi, cantón: 04-Talamanca, provincia Limón. Colinda: norte, Sofía Cascante Hernández; sur, Sofía Cascante Hernández; este, calle pública y oeste, Sofía Cascante Hernández. Mide: ciento treinta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos del dieciocho de febrero del dos mil veinte, con la base de dos millones quinientos noventa y dos mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y quince minutos del veintiséis de febrero del dos mil veinte con la base de ochocientos sesenta y cuatro mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 4. Al ser las ocho horas y quince minutos del diez de febrero del dos mil veinte, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidu. condici. ref.: 46094-000 (citas: 392-00504-01-0803-001), servidu. condici. ref.: 46096-000 (citas: 392-00504-01-0804-001), servidu. condici. (citas: 392-00504-01-0805-001), reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos (citas: 426-12273- 01-0169-001); y con la base de tres millones cuatrocientos cincuenta y siete mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, provincia de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y nueve mil ochenta y siete-cero cero cero, la cual es de naturaleza: terreno para la agricultura Situada en el distrito: 01-Bratsi, cantón: 04-Talamanca, provincia Limón. Colinda: norte, Sofía Cascante Hernández; sur, Sofía Cascante Hernández; este, calle pública y oeste, Sofía Cascante Hernández. Mide: ciento treinta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos del dieciocho de febrero del dos mil veinte, con la base de dos millones quinientos noventa y dos mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y quince minutos del veintiséis de febrero del dos mil veinte, con la base de ochocientos sesenta y cuatro mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Kendall Jurgely Rodríguez Hernández. Expediente 17-021364-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 04 de octubre del 2019.—Licda. Angie Rodríguez Salazar, Jueza.—( IN2020425988 ).

En este Despacho, con una base de veintitrés millones doscientos ochenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servid. condic. ref.: 00121277 000, citas: 343-12664-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 2-353201-000, derecho 000, la cual es terreno con una casa de habitación lote 13. Situada: en el distrito 8-San Rafael, cantón 1-Alajuela de la provincia de Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 14; al sur, lotes 11 y 12; al este, lote 8, y al oeste, alameda número 6 con un frente a la misma de 8.25 metros. Mide: ciento cuarenta y seis metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del diez de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de febrero del dos mil veinte, con la base de diecisiete millones cuatrocientos sesenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de febrero del dos mil veinte, con la base de cinco millones ochocientos veinte mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra Guillermo Nelson Téllez Andino. Expediente Nº 19-011375-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 05 de octubre del 2019.—Licda. Gabriela Alejandra Morera Guerrero, Jueza Tramitadora.—( IN2020425989 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y cuatro mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas: 575-73104-01-0026-001, servidumbre de paso citas: 575-73104-01-0026-001, servidumbre de paso citas: 2017-660557-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número quinientos setenta mil seiscientos once, derecho 001 y 002, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito: 07-Santa Eulalia, cantón: 05-Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública a la que tiene un frente de 9.05 metros; al sur, Lucrecia y Saidy ambas Rodríguez Morera; al este, Orlando Morera Barrantes; y al oeste, Rodrigo Oviedo Fernández. Mide: doscientos ochenta y nueve metros cuadrados. Plano: A-2070683-2018, metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y quince minutos del diez de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y quince minutos del dieciocho de febrero del dos mil veinte, con la base de cuarenta mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y quince minutos del veintiséis de febrero del dos mil veinte, con la base de trece mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra Josefina Noemi Guerrero Vargas, Miguel Ángel Varela. Expediente N° 19-011196-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 05 de octubre del 2019.—Licda. Melquisedec Rodríguez Ramírez, JuezTramitador.—( IN2020425990 ).

En este Despacho, con una base de seis millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número setenta y un mil ochocientos veintitrés, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 1 Guápiles, cantón 2 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública con 12,00 metros de frente; al sur, Geovanny González Fuentes; al este, Yamileth Sánchez Araya, y al oeste, Hugo Ruiz Campos. Mide: trescientos noventa y tres metros con sesenta decímetros cuadrados. Plano: L-0098505-1993. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del diez de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de febrero del dos mil veinte, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de febrero del dos mil veinte, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Yeiner Enrique González Fernández. Expediente Nº 19-002844-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 25 de octubre del 2019.—Licda. Hazel Patricia Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2020425992 ).

En este Despacho, con una base de veintitrés millones ciento sesenta y tres mil ciento veintinueve colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 272596-000, la cual es terreno para construir lote 2 A 1 casa. Situada en el distrito 1 Guadalupe, cantón 8 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 3 A; al sur, lote 1 A; al este, lote 12 A; y al oeste, calle primera. Mide: ciento diecisiete metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Plano: no se indica. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del diez de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de febrero del dos mil veinte con la base de diecisiete millones trescientos setenta y dos mil trescientos cuarenta y seis colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de febrero del dos mil veinte con la base de cinco millones setecientos noventa mil setecientos ochenta y dos colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Gerson Carvajal Chaves. Expediente N° 19-009719-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 29 de julio del 2019.—Lic. Verny Arias Vega, Juez Tramitador.—( IN2020425993 ).

En este Despacho, con una base de sesenta y siete mil novecientos ochenta dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada (citas: 327-09061-01-0914-001), servidumbre trasladada (citas: 327-09061-01-0917-001), servidumbre trasladada (citas: 327-09061-01-0918-001), servidumbre trasladada (citas: 327-09061-01-0919-001), servidumbre trasladada (citas: 327-09061-01-0921-001), sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número quinientos dieciséis mil sesenta y siete, derecho cero cero cero, la cual es naturaleza: terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 4 San Antonio, cantón 1 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Donato Rodriguez Vargas; al este, Keny Pérez Rodríguez; y al oeste, Juanita Rojas Chaves. Mide: seiscientos trece metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del diez de febrero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del dieciocho de febrero de dos mil veinte con la base de cincuenta mil novecientos ochenta y cinco dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiséis de febrero de dos mil veinte con la base de dieciséis mil novecientos noventa y cinco dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra Alexander Gerardo Agüero Vargas. Expediente 19-010902-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela. 07 de octubre del año 2019.—Licda. Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2020425994 ).

En este Despacho, con una base de veintiún millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos noventa mil cincuenta y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 1-Orotina, cantón 9-Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Viviana Valenciano Gutiérrez, María José Sandoval Zeledón y Lote Segregado; al sur, resto reservado de María Ofelia Cambronero Seas; al este, calle pública de 8 metros, y al oeste, José Trinidad Cambronero Seas. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y quince minutos del diez de febrero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y quince minutos del dieciocho de febrero del dos mil veinte, con la base de dieciséis millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y quince minutos del veintiséis de febrero del dos mil veinte, con la base de cinco millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Hannia María Zeledón Villegas. Expediente 19-011040-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 07 de octubre del 2019.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2019425995 ).

En este Despacho, con una base de veintitrés millones doscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago|, matrícula número 133286-000, la cual es terreno lote F-3, terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito 5-Llanos de Santa Lucía, cantón 2-Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con 10.45 metros; al sur, lote 4; al este, calle pública con 13.30 metros; y al oeste, lote dos. Mide: ciento cincuenta metros con diez decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos (1:30 pm) del diez de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del dieciocho de febrero de dos mil veinte con la base de diecisiete millones cuatrocientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiséis de febrero del dos mil veinte con la base de cinco millones ochocientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra José Manuel Coto Montoya. Expediente N° 18-010842-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 03 de setiembre del 2019.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.—( IN2020425996 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del diez de febrero del dos mil veinte, y con la base de tres millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 173658-000, la cual es terreno para construir lote uno. Situada en el distrito 3-Orosi, cantón 2-Paraíso, provincia 3-Cartago. Colinda: norte, Guadalupe Picado Boza; sur calle publica; este, Guadalupe Picado Boza; y oeste, Guadalupe Picado Boza. Mide: doscientos metros con siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciocho de febrero del dos mil veinte, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiséis de febrero del dos mil veinte, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).- asimismo, libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del diez de febrero del dos mil veinte, y con la base de seis millones ciento setenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 173659-001/002, la cual es terreno para construir lote dos. Situada en el distrito 3-Orosi, cantón 2-Paraíso, provincia 3-Cartago. Colinda: norte, Guadalupe Picado Boza; sur, calle pública; este, Guadalupe Picado Boza y oeste, Guadalupe Picado Boza. Mide: doscientos metros con ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciocho de febrero del dos mil veinte, con la base de cuatro millones seiscientos treinta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiséis de febrero del dos mil veinte, con la base de un millón quinientos cuarenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Carlos Manuel Brenes Brenes y María Del Milagro Siles Sánchez. Expediente: 14-009486-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 8 de octubre del 2019.—Licda. Angie Rodríguez Salazar, Jueza.—( IN2020425997 ).

En este Despacho, con una base de treinta y siete millones ochocientos cuarenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando prohibición art. 16 Ley N° 7599 citas: 443-03796-01-0010-001, y servidumbre trasladada citas: 2015-98868-01-0003-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 667467, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito: Mercedes Sur, cantón: Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Marco Aurelio Mesén Espinoza; al este, servidumbre de paso, y al oeste, Isabel Cristina Mesén Espinoza. Mide: mil cuarenta y seis metros cuadrados. Plano: SJ-1843814-2015. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y quince minutos del once de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y quince minutos del diecinueve de febrero del dos mil veinte, con la base de veintiocho millones trescientos ochenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y quince minutos del veintisiete de febrero del dos mil veinte, con la base de nueve millones cuatrocientos sesenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Francisco Gutiérrez Hidalgo. Expediente Nº 19-010159-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 06 de agosto del 2019.—Licda. Nidia Durán Oviedo, Jueza Tramitadora.—( IN2020425999 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y nueve millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida) bajo las citas: 577-79146-01-0003-001; sáquese a remate la finca del partido de: San José, matrícula número: 162448, derecho: 000, la cual es terreno: para construir. Situada en el distrito: 1-Desamparados, cantón: 3- Desamparados, de la provincia de: San José. Colinda: al norte, Verónica Morales; al sur, calle publica; al este, Miriam Díaz y al oeste, Verónica Morales. Mide: doscientos noventa y un metros con setenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos del doce de febrero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del veinte de febrero de dos mil veinte con la base de treinta y siete millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del dos de marzo de dos mil veinte con la base de doce millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra 3-101-473049 Sociedad Anónima, Wilfredo Gerardo Quesada Araya Expediente 19-004037-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 15 de noviembre del 2019.—Tadeo Ignacio Solano Alfaro, Juez Decisor.—( IN2020426002 ).

En este Despacho, con una base de treinta y cuatro millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando habitación familiar inscrita bajo citas 2016-822978-01-0003-001 y practicado bajo las citas de inscripción 800-419258-01-001-001, sáquese a remate la finca del partido de LIMÓN, matrícula número 37518-003, derecho 003 y derecho 004, la cual es terreno para construir lote 40. Situada en el distrito Limón, cantón Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, lotes 26 y 27; al sur, calle pública; al este, lote 41; y al oeste, lote 35. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del trece de febrero del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veintiuno de febrero del año dos mil veinte con la base de veinticinco millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del dos de marzo del año dos mil veinte con la base de ocho millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Gabriela de los Ángeles Angulo Romero, Randall Reynaldo Daley Easy. Expediente 19-003454-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial Zona Atlántica, 13 de noviembre del año 2019.—Lic. Hazel Carvajal Rojas, Jueza Decisora.—( IN2020426004 ).

En este Despacho, con una base de treinta y un millones quinientos noventa mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 285-06195-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 456307, derecho 000, la cual es terreno bloque E lote 20 terreno para construir. Situada en el distrito 3-San Juan de Dios, cantón 3-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Carlos Luis Cordero Monge; al este lote 21-E; al oeste lote 19-E; al noreste, Urbanización Itaipu casa 21-E, al noroeste, calle pública con 6.40 metros de frente; al sureste, Carlos Cordero Monge; y al suroeste, urbanización Itaipu lote N°±¹-E. Mide: ciento veinte metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del trece de febrero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del veinticuatro de febrero de dos mil veinte con la base de veintitrés millones seiscientos noventa y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del tres de marzo de dos mil veinte con la base de siete millones ochocientos noventa y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra José Ramón Obregón Salazar. Expediente 19-016233-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 28 de noviembre del 2019.—Lic. Josías Soto Espinoza, Juez Decisor.—( IN2020426005 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho millones de colones, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre dominante citas 353-06599-01-0002-001 y servidumbre trasladada citas 353-06599-01-0900-001; sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula 214273-000, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 4-San Antonio, cantón 1-Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Isidro Víquez Barrantes; al sur, Isidro Víquez Barrantes; al este, Iris María Alfaro Murillo; y al oeste, calle de servidumbre parte de otro. Mide: ciento ochenta y nueve metros con veintinueve decímetros cuadrados. para tal efecto, se señalan las nueve horas y quince minutos del diecisiete de febrero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y quince minutos del veinticinco de febrero de dos mil veinte, con la base de trece millones quinientos mil colones (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y quince minutos del cuatro de marzo de dos mil veinte, con la base de cuatro millones quinientos mil colones (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra Óscar Mario Gutiérrez Elizondo. Expediente: 19-011195-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10 de octubre del 2019.—Lic. Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez Tramitador.—( IN2020426006 ).

En este Despacho, con una base de catorce millones quinientos treinta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condic y servid ref citas 327-12216-01-0901-003; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula 296130-000, derecho, la cual es terreno naturaleza para construir con una casa 624. Situada en el distrito Hatillo, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, INVU; al sur, INVU; al este, INVU y al oeste, acera 3 sur con 5 metros 13 centímetros. Mide: cuarenta y cuatro metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y cero minutos del veinticinco de febrero del dos mil veinte con la base de diez millones ochocientos noventa y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de marzo del dos mil veinte con la base de tres millones seiscientos treinta y dos mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Felix Andrey Espinoza Cascante, Francisco Centeno Centeno. Expediente 19-015606-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 27 de noviembre del 2019.—Lic. Wendy Pagani Rojas, Jueza Decisora.—( IN2020426007 ).

En este Despacho, con una base de veintiocho millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 231-06832-01-0902-001, 231-06832-01-0903-001, 231-06832-01-0905-001, 254-02469-01-0901-001, 254-05049-01-0901-001  351-11059-01-0901-001, 351-11059-01-0902-001, 351-11059-01-0903-001, 351-11059-01-0904-00, 351-11059-01-0905-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 510292-003 y 004, derecho , la cual es terreno para construir con una casa, lote 40-D. Situada en el distrito San Sebastián, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 41 D; al sur, lotes 39 D; al este, calle pública y al oeste, juegos infantiles. Mide: noventa y cinco metros con veintisiete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de febrero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del veintiséis de febrero de dos mil veinte con la base de veintiún millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de marzo de dos mil veinte con la base de siete millones ciento veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Francisco José Lara Leytón, Rosa Ángela Rodríguez Gómez. Expediente 19-014507-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 03 de diciembre del año 2019.—Licda. Wendy Pagani Rojas, Jueza Decisora.—( IN2020426009 ).

En este Despacho, con una base de once millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 144472, derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada: en el distrito Mercedes, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Jorge López Chaves y Virginia Garita Víquez; al sur, calle pública con 20 metros lineales; al este, Ramiro Rojas Flores, y al oeste, parque de la Municipalidad de Heredia. Mide: setecientos cinco metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de febrero del dos mil veinte, con la base de ocho millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de marzo del dos mil veinte, con la base de dos millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Luis Eduardo de los Ángeles Rojas Garro y Luis Roberto Rojas López. Expediente Nº 19-009847-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 03 de diciembre del 2019.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2020426010 ).

En este Despacho, con una base de veinticinco millones cuatrocientos noventa y un mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada (citas: 340-01526-01-0900-001), sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 307994, derecho 000, la cual es naturaleza: lote trece, terreno hoy con una casa. Situada en el distrito: 08-San Rafael, cantón: 01-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 134; al sur, área de parque con acera peatonal de por medio con 11 metros 31 centímetros de frente; al este, alameda con 13 metros 34 centímetros de frente; y al oeste, lote 115. Mide: ciento treinta y ocho metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de febrero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del tres de marzo de dos mil veinte, con la base de diecinueve millones ciento dieciocho mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del once de marzo de dos mil veinte, con la base de seis millones trescientos setenta y dos mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra Carlos Ramón Fuentes Monge, Loydes Zoraida Arias Hernández. Expediente 19-012303-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de octubre del año 2019.—Licda. Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—1 vez.—( IN2020426011 ).

En este Despacho, con una base de treinta y ocho millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 295-02366-01-0901-003 y plazo de convalidación (rectificación de medida) bajo las citas: 2015-179302-01-0014-001; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula 1-211474, derechos 007, 008 y 009, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 11-San Rafael Abajo, cantón 3-Desamparados de la provincia de San José. Colinda: al norte, María Rosalina Vargas con 20 m. 64 cm.; al sur, María Rosalina Vargas con 20 m. 64 cm.; al este, calle pública y al oeste, Lulo Jiménez con 8 m. 36 cm. Mide: ciento setenta y tres metros con dieciocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las 09:00 horas del 26/02/2020. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las 09:00 horas del 05/03/2020 con la base de veintiocho millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las 09:00 horas del 13/03/2020, con la base de nueve millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Karen Blanco Carrillo, Karla Daniela Blanco Carrillo, y Magally Vanessa Baltodano García. Expediente: 19-010106-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de agosto del 2019.—Lic. Paula Morales González, Jueza Decisora.—( IN2020426012 ).

En este Despacho, con una base de quince millones cuatrocientos veinticinco mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número trescientos setenta y ocho mil ciento cinco-cero cero cero, la cual es de naturaleza: terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito: 03-Daniel Flores, cantón: 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Bertelina Madrigal Arce; al sur, Alicia Carranza Guzmán; al este, Zelmira Alvarado Ramírez; y al oeste, calle pública con 16,09. Mide: doscientos sesenta y seis metros cuadrados para lo cual se señalan las siete horas y treinta minutos del veintiocho de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas y treinta minutos del nueve de marzo del dos mil veinte, con la base de once millones quinientos sesenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas y trenta minutos del diecisiete de marzo del dos mil veinte con la base de tres millones ochocientos cincuenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Pérez Zeledón contra Jeremy Gerardo Bermúdez Ramírez. Expediente N° 18-001761-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 17de diciembre del 2019.—Lic. Nelson Rodríguez Morales, Juez Tramitador.—( IN2020426013 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y dos millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula número doscientos sesenta y dos mil trescientos siete, derechos 001 y 002, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito Daniel Flores, cantón Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte, Manuel Barrios Jiménez y Carlos Romero Quirós; al sur, Otto y Laura Heinrich Vargas; al este, calle pública con 9.18 metros de frente; y al oeste, calle pública con 9.50 metros de frente. Mide: cuatrocientos setenta y seis metros con ochenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas y treinta minutos del seis de febrero del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas y treinta minutos del catorce de febrero del dos mil veinte, con la base de treinta y un millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas y treinta minutos del veinticuatro de febrero del dos mil veinte, con la base de diez millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Elizabeth José Rojas Cascante, Hellen Gabriela Rojas Cascante. Expediente: 19-004833-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 19 de noviembre del 2019.—José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2020426031 ).

En este Despacho, con una base de siete millones doscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos treinta y dos mil ciento veintinueve derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 5-Candelaria, cantón 7- Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Sofía Delgado Varela; al sur, Olga María Mejías Rojas; al este, Manuel Eduardo Sancho Muñoz y al oeste, servidumbre de paso con un frente a la misma de 31 metros con 23 cms. Mide: trescientos treinta y cinco metros con veintitrés decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del diez de febrero del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del dieciocho de febrero del año dos mil veinte con la base de cinco millones cuatrocientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiséis de febrero del año dos mil veinte con la base de un millón ochocientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito Antonio Vega Granados R.L. contra Rufino Vargas Muñoz. Expediente 19-001610-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramon, 16 de diciembre del 2019.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza.—( IN2020426068 ).

En este Despacho, con una base de noventa mil ciento veinticuatro dólares con noventa centavos, soportando hipoteca de primer grado citas: 544-01880-01-0001-001, sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento sesenta y cinco mil trescientos cincuenta y siete, derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 1-San Isidro, cantón 6-San Isidro, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, María Lilliam Zamora Arce, Jorge Hernández Tercero y resto de Semillas Mundiales S. A.; al sur, Aníbal Sánchez Hernández; al este, camino público, Jorge Hernández Tercero y resto de Semillas Mundiales S. A. y al oeste, quebrada en medio Jorge Hernández Tercero. Mide: once mil setecientos noventa y ocho metros con siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y quince minutos del diecinueve de marzo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y quince minutos del veintisiete de marzo de dos mil veinte con la base de sesenta y siete mil quinientos noventa y tres dólares con sesenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y quince minutos del trece de abril de dos mil veinte con la base de veintidós mil quinientos treinta y un dólares con veintitrés centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Silvia María González Orozco contra Fruticafe S. A. Expediente 19-007125-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 10 de enero del 2020.—Lic. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—( IN2020426108 ).

En este Despacho, con una base de catorce millones ciento dieciocho mil trescientos cuarenta colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas: 340-13332-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número doscientos seis mil setecientos cuarenta y siete, derecho cero cero cero, la cual es terreno de potrero. Situada: en el distrito 1-Cañas, cantón 6-Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Orlando Calvo Chaverri; al sur, Carlos, Dayanira, Álvaro, Armando, Aida, José Antonio, Damaris, Orlando, Dianey, Flory, Lilliam, Ofelia todos Calvo Chaverri y O.C.CH Logística Valle del Girasol S. A., Hernán Villalobos y Abel Calvo Suazo; al este, Carlos, Dayanira, Álvaro, Armando, Aida, José Antonio, Damaris, Orlando, Dianey, Flory, Lilliam, Ofelia todos Calvo Chaverri y O.C.CH Logística Valle del Girasol S. A., Hernán Villalobos y Abel Calvo Suazo, y al oeste, calle pública con un frente de 67.01 metros lineales. Mide: seis mil ciento trece metros cuadrados. Plano: G-1743100-2014. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del tres de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del once de febrero del dos mil veinte, con la base de diez millones quinientos ochenta y ocho mil setecientos cincuenta y cinco colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecinueve de febrero del dos mil veinte, con la base de tres millones quinientos veintinueve mil quinientos ochenta y cinco colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Anthony Zamora Calvo contra Camilo Carlos del Socorro Calvo Chaverri, Kattia Giselle Calvo Molina. Expediente Nº 19-005074-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 15 de enero del 2020.—Lic. Natalia Orozco Murillo, Jueza Tramitadora.—( IN2020426116 ).

En este Despacho, con una base de ciento noventa y cinco mil seiscientos sesenta y cinco dólares con treinta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 467879, derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada: en el distrito: 01- Curridabat, cantón: 18-Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Inversiones San Diego S.A.; al sur, calle pública; al este, lote veintitrés a Abedules del Este Sociedad Anónima, y al oeste, lote A. Mide: doscientos veintiséis metros con siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y veinte minutos del diez de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas y veinte minutos del dieciocho de febrero del dos mil veinte, con la base de ciento cuarenta y seis mil setecientos cuarenta y nueve dólares con dos centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas y veinte minutos del veintiséis de febrero del dos mil veinte, con la base de cuarenta y ocho mil novecientos dieciséis dólares con treinta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco General (Costa Rica) Sociedad Anónima contra Ana Rocío Pradilla Rodríguez. Expediente Nº 19-012769-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 08 de octubre del 2019.—Lic. Henry Steven Sanarrusia Gómez, Juez Decisor.—( IN2020426119 ).

En este Despacho, con una base de ciento setenta y dos mil noventa y un dólares con cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número seiscientos treinta y nueve mil cuarenta, derechos 001 y 002, la cual es terreno para construir lote 3. Situada en el distrito 1-Santa Ana, cantón 9-Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Inversiones Vesiverio S. A.; al sur, lote 2; al este, calle pública y al oeste lote 1. Mide: ciento sesenta y cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del trece de febrero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de febrero de dos mil veinte con la base de ciento veintinueve mil sesenta y ocho dólares con veintiocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del dos de marzo de dos mil veinte con la base de cuarenta y tres mil veintidós dólares con setenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco General (Costa Rica) Sociedad Anónima contra Luis Humberto Rodríguez Acevedo. Expediente 19-011048-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 13 de enero del 2020.—Lic. Heilim María Badilla Alvarado, Jueza Decisora.—( IN2020426121 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y nueve mil cuatrocientos ochenta y tres dólares con cincuenta y cinco centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas 0239-00008774-01-0911-001 / servidumbre dominante citas 0239-00008774-01-0912-001 / servidumbre traslada citas 0272-00007218-01-0901-001 / servidumbre dominante citas 0272-00008477-01-0921-001 / servidumbre sirviente citas 0272-00008477-01-0922-001 / servidumbre dominante citas 0325-00018547-01-0901-001 / servidumbre sirviente citas 0325-00018547-01-0902-001 / servidumbre de acueductos y de paso de AyA citas 2011-00099656-01-0125-001 / servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas 2011-00099656-01-0126-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula 90499-F-000, derecho cero cero cero, la cual es terreno finca filial número cuarenta y ocho de una sola planta ubicada en el segundo nivel destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 03 La Trinidad, cantón Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, espacio vacío; al sur, espacio vacío y área común construida de pasillo; al este, espacio vacío, y al oeste, finca filial cuarenta y cinco y área común construida de pasillo. Mide: cuarenta y dos metros con cero decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del trece de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de febrero del dos mil veinte, con la base de cuarenta y cuatro mil seiscientos doce dólares con sesenta y seis centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del tres de marzo del dos mil veinte, con la base de catorce mil ochocientos setenta dólares con ochenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Glenda Lee Robinson Parkinson Expediente 19-013605-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 13 de enero del 2020.—Lic. Allan Esteban Barquero Durán, Juez Decisor.—( IN2020426122 ).

En este Despacho, con una base de ochenta y seis mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 314-12005-01-0002-001 y advertencia administrativa ver resolución 3267-2019 de las 11:56 del 05-08-2019 expediente 2018-0882-RIM, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 168419-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 1 Grecia, cantón 3 Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote veintisiete de Hernmes Rodríguez; al sur, lote veintinueve de Hermanos Castro Conejo Sociedad Anónima; al este, Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo; y al oeste, calle pública con un frente de 9,31 metros. Mide: doscientos treinta y dos metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Plano: A-0742538-2001. Identificador predial: 203010168419. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de febrero del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del tres de marzo del año dos mil veinte con la base de sesenta y cuatro mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del once de marzo del año dos mil veinte con la base de veintiún mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José contra Carlos Martín Chaves González. Expediente 19-003696-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 07 de enero del año 2020.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2020426123 ).

En este Despacho, con una base de cien mil setecientos cuarenta y ocho dólares con sesenta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento cincuenta y siete mil quinientos sesenta y cuatro, derecho 000, la cual es terreno para construir, lote A-7, Urbanización Doña Fernanda. Situada: en el distrito 2-Mercedes, cantón 1-Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con 8 metros de frente; al sur, lote A-18; al este, lote A-6, y al oeste, lote A-8. Mide: ciento cuarenta y ocho metros con veintidós decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del trece de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de febrero del dos mil veinte, con la base de setenta y cinco mil quinientos sesenta y un dólares con cincuenta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del dos de marzo del dos mil veinte, con la base de veinticinco mil ciento ochenta y siete dólares con diecisiete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José contra Johnnifer Mauricio Torres Espinoza. Expediente Nº 19-009426-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 08 de enero del 2020.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez Tramitador.—( IN2020426124 ).

En este Despacho, con una base de tres millones doscientos sesenta y un mil veintitrés colones con sesenta y cinco céntimos, soportando servidumbre trasladada citas: 241-03911-01-0002-001, sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número doscientos cuatro mil dieciséis, derecho 000, la cual es terreno de solar. Situada: en el distrito: 02-San Diego, cantón: 03-La Unión, de la provincia de Cartago. Finca se encuentra en zona catastrada. Colinda: al norte, calle pública con 9,60 metros; al sur, María Teresa Boza Barquero; al este, Rafael Montoya Boza, y al oeste, Rafael Montoya Boza. Mide: ciento veintinueve metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del once de mayo del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas y cero minutos del diecinueve de mayo del dos mil veinte, con la base de dos millones cuatrocientos cuarenta y cinco mil setecientos sesenta y siete colones con setenta y tres céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas y cero minutos del veintisiete de mayo del dos mil veinte, con la base de ochocientos quince mil doscientos cincuenta y cinco colones con noventa y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Piedra y Navarro Sociedad Anónima contra Minor Enrique Cruz Arroyo. Expediente Nº 19-004913-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 09 de diciembre del 2019.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Decisora.—( IN2020426164 ).

En este Despacho, con una base de quince millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas: 2016-733978-01-0002-001 y servidumbre de paso citas: 2017-219199-01-0005-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número quinientos cincuenta y ocho mil quinientos cuarenta y cinco colones, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito: 01-San Mateo, cantón: 04-San Mateo de la provincia de Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Sierra Brava S.A.; al sur, calle pública; al este, servidumbre de paso y al oeste, Sierra Brava S.A. Mide: ciento setenta y dos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de febrero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas y cuarenta y cinco minutos del tres de marzo de dos mil veinte con la base de once millones setecientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del once de marzo de dos mil veinte, con la base de tres millones novecientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago Ahorro y Préstamo contra Amanda María Campos Rojas. Expediente 19-011792-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de octubre del 2019.—Licda. Gabriela Alejandra Morera Guerrero, Jueza Tramitadora.—( IN2020426168 ).

En este Despacho, con una base de treinta y cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula número dos mil seiscientos veintinueve-F-cero cero cero, naturaleza: 4 piso, apartamento PC 2 A. Situada en el distrito: 02-Granadilla, cantón 18 Curridabat de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común de zonas verdes; al sur, apartamento PC 3 A; al este, área común de zonas verdes; y al oeste, área común de zonas verdes pasillo. Mide: setenta y un metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del veintisiete de febrero del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del seis de marzo del dos mil veinte, con la base de veintiséis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del dieciséis de marzo del dos mil veinte, con la base de ocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Banco Nacional de Costa Rica contra José Arturo Montero Chavarría. Expediente: 11-032503-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 10 de diciembre del 2019.—Lic. Ronald Gerardo Chacón Mejía, Juez Tramitador.—( IN2020426171 ).

En este Despacho, con una base de cuatro mil setecientos doce dólares con treinta y siete centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones boleta numero 20171300218 sumaria número 17-004645-0174-TR, Juzgado de Transito del Segundo Circuito Judicial de San José y boleta numero 2017221700209 sumaria 17-009605-0489-TR Juzgado de Transito del Primer Circuito Judicial de San José, sáquese a remate el vehículo placas FVB398, ,Marca: Nissan, Categoría: automóvil, Serie, Chasis y Vin número: 3N1CC1AD6ZK136959, tracción 4x2, Estilo: Tiida, año: 2013, color: gris, combustible: gasolina, numero de motor: HR16273534C. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de junio del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del siete de julio del año dos mil veinte, con la base de tres mil quinientos treinta y cuatro dólares con veintisiete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del quince de julio del año dos mil veinte, con la base de mil ciento setenta y ocho dólares con nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Stephanie Bertila Barrantes Guevara, Expediente 19-000022-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 17 de diciembre del 2019.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez Tramitador.—( IN2020426172 ).

En la puerta exterior de este Despacho, con una base de ocho millones doscientos veintisiete mil cuatrocientos sesenta y tres colones con ochenta céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando boleta número 2017314900622; sáquese a remate el vehículo Placas número: GKM824, Marca: KIA, Estilo: Río, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas, Serie, Chasis y Vin número KNADN412BH6010823, año 2017, color: café, Motor número G4FAFS968796, Marca: KIA, Modelo: IHS4D161B, cilindrada 1396 c.c., cilindros 4, potencia 66 KW, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del dieciséis de marzo del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del veinticuatro de marzo del dos mil veinte, con la base de seis millones ciento setenta mil quinientos noventa y siete colones con ochenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del uno de abril del dos mil veinte, con la base de dos millones cincuenta y seis mil ochocientos sesenta y cinco colones con noventa y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Kenny Woodroe Notice Reid. Expediente: 19-000455-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 10 de enero del 2020.—Lic. Esteban Herrera Vargas, Juez Tramitador.—( IN2020426173 ).

En este Despacho, con una base de veintinueve millones ochocientos veintiún mil cuatrocientos diecinueve colones con veintisiete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 268-2844-01-0901-001, reservas y restricciones citas 0373-00011559-01-0901-001 y servidumbre de paso citas: 2016-00593059-01-0007-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula 131774-000, derechos 000 la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito Guápiles, cantón Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Dinorah Oliva de Los Ángeles Moreira Quesada; al sur, Dinorah Oliva de Los Ángeles Moreira Quesada; al este, Dinorah Oliva de Los Ángeles Moreira Quesada, y al oeste, servidumbre de paso de 6 metros de ancho con un frente a ella de 10 metros lineales. Mide: quinientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del trece de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de febrero del dos mil veinte, con la base de veintidós millones trescientos sesenta y seis mil sesenta y cuatro colones con cuarenta y seis céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del tres de marzo del dos mil veinte, con la base de siete millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil trescientos cincuenta y cuatro colones con ochenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores R.L. contra Walter Enrique Moreno Alvarado. Expediente 18-008480-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 26 de noviembre del 2019.—Mónica Dallana Vásquez Sancho, Jueza Decisora.—( IN2020426175 ).

En la puerta exterior de este Despacho, con una base de treinta y cuatro millones ochocientos sesenta y seis mil seiscientos veinticuatro colones, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada a las citas 370-05474-01-0904-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número trescientos cincuenta y nueve mil quinientos veintiuno-cero cero cero, la cual es terreno para construir -lote 5. Situada en el distrito Dos San Antonio, cantón Dos Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Miguel Sánchez; al sur, Río La Cruz S.R.L; al este, calle pública con 15 metros; y al oeste, Río La Cruz. Mide: setecientos catorce metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del 29 de enero del 2020. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del 06 de febrero del 2020 con la base de veintiséis millones ciento cuarenta y nueve mil novecientos sesenta y ocho colones (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del 14 de febrero del 2020 con la base de ocho millones setecientos dieciséis mil seiscientos cincuenta y seis colones (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Escazú contra Escazú Espring Mountains S. A. Expediente 10-002223-1027-CA.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 17 de enero del 2020.—Jeannette Ruiz Herradora, Jueza Tramitadora.—( IN2020426182 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de Catorce Mil Ochocientos Setenta Y Seis Dólares Con Un Centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BFP-189. Marca Hyundai. Estilo Accent GL. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2014. Color café. Serie, chasís y Vin KMHCT41BAEU560392. Cilindrada 1400 c.c. Combustible gasolina. Motor G4LCDU082095. Para tal efecto se señalan las ocho horas y cero minutos del tres de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del once de febrero del dos mil veinte con la base de once mil ciento cincuenta y siete dólares con un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del diecinueve de febrero del dos mil veinte con la base de tres mil setecientos diecinueve dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carrofácil de Costa Rica S. A. contra Josellin María Hernández Núñez. Expediente 18-003478-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 16 de setiembre del 2019.—Carlos Contreras Reyes, Juez Decisor.—( IN2020426212 ).

En este Despacho, con una base de veinticuatro mil trece dólares con noventa y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BHV415. Marca Peugeot. Estilo 2008 Active. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2015. Color gasolina. Vin VF3CU5FS9FY002061. Combustible GASOLINA. Motor Nº10FHCK2126603. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del trece de febrero del dos mil veinte con la base de dieciocho mil diez dólares con cuarenta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiuno de febrero del dos mil veinte con la base de seis mil tres dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carrofácil contra Cristhiam Lagos Navarro, Yessika Vivianna Flores Sánchez. Expediente 17-006541-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 24 de setiembre del 2019.—Carlos Contreras Reyes, Juez Decisor.—( IN2020426213 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número cincuenta y cinco mil doscientos setenta y dos, derecho 000, la cual es terreno solar con 1 casa. Situada en el distrito 1-Oriental, cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Finca se encuentra en zona catastrada. Colinda: al norte, Saúl Quesada; al sur, Edgardo Salazar; al este, Edgar Salazar; y al oeste, calle pública. Mide: doscientos diez metros con siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del cinco de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del doce de febrero del dos mil veinte con la base de trece millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veinte de febrero del dos mil veinte con la base de cuatro millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Linnett Patricia Espinoza Rojas. Expediente 19-001802-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 18 de noviembre del 2019.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Tramitadora.—( IN2020426238 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas: 2016-746324-01-0002-001 / 2018-763086-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 570748, derecho 000, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 1-San Mateo, cantón 4-San Mateo, provincia 2-Alajuela. Colinda: al norte, María José Solórzano Rodríguez; al sur, Virginia Acosta Jiménez; al este, Nelson Martín Solórzano Rodríguez y servidumbre de paso; y al oeste, Evelyn Montoya Cubero y Oscar Alvarado Montoya. Mide: ciento setenta y tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de marzo del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del treinta y uno de marzo del dos mil veinte con la base de tres millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del quince de abril del dos mil veinte con la base de un millón de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Manfred Gilberto Bustos Mata contra Ana Carolina Solórzano Rodríguez. Expediente 19-013409-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de noviembre del 2019.—Licda. Angie Rodríguez Salazar, Jueza.—( IN2020426266 ).

En este Despacho, con una base de ocho mil veintinueve dólares con setenta y cinco centavos, soportando colisiones 18-004921-0489-TR Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José, sáquese a remate el vehículo BPK033. Marca: Suzuki. Estilo: Swift GL. Categoría: automóvil. Capacidad: 5 personas. Carrocería: Sedan 4 puertas hatchback. Tracción: 4X2. Año fabricación: 2018. Cilindrada: 1200 c.c. Cilindros: 4. Combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de marzo del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del diez de marzo del dos mil veinte con la base de seis mil veintidós dólares con treinta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de marzo del  dos mil veinte con la base de dos mil siete dólares con cuarenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica contra Kenneth Fabián Salazar Duarte. Expediente 18-006421-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 13 de enero del 2020.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2020426291 ).

En este Despacho, con una base de doscientos ochenta y cuatro mil setecientos cincuenta y dos dólares con cuarenta y un centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 381-05471-01-0903-001, servidumbre de paso citas: 416-07091-01-0003-001, servidumbre de paso citas: 416-07091-01-0003-001, servidumbre de paso citas: 416-07091-01-0134-001, servidumbre de acueducto y de paso de A Y A citas: 450-10068-01-0129-001 y demanda penal citas: 2016-363856-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 22507-F, derecho 000, la cual es terreno filial cincuenta y cuatro B, unidad habitacional número ciento sesenta, de una sola planta, en proceso de construcción destinada a uso habitacional. Situada en el distrito 3-Pozos, cantón 9-Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Avenida Sexta y Filial 55 B; al sur, Avenida Quinta y Filial Sesenta y Seis B; al este, Avenida Quinta; y al oeste, Filiales 55 B y 66 B. Mide: seiscientos cincuenta y ocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del doce de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del veinte de febrero del dos mil veinte con la base de doscientos trece mil quinientos sesenta y cuatro dólares con treinta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del dos de marzo de dos mil veinte con la base de setenta y un mil ciento ochenta y ocho dólares con diez centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Inversiones Arrendamar Sociedad Anónima y Elizabeth María Oriol De Pita. Expediente 19-014726-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 19 de noviembre del 2019.—Audrey Abarca Quirós, Juez Decisor.—( IN2020426292 ).

En este Despacho, con una base de nueve millones doscientos sesenta y ocho mil novecientos sesenta y ocho colones con treinta y nueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando citas: 365-00955-01-0900-001 condiciones ref.: 00027818 000; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 60223, derecho 000, la cual es terreno patio con 1 casa. Situada: en el distrito 01-Hojancha, cantón 11-Hojancha, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Paula Matarrita; al sur, calle pública con frente 25 m 97 cm; al este, Santos Fausto Matarrita, y al oeste, Paula Matarrita. Mide: quinientos veintidós metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del quince de abril del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de abril del dos mil veinte, con la base de seis millones novecientos cincuenta y un mil setecientos veintiséis colones con veintinueve céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de mayo del dos mil veinte, con la base de dos millones trescientos diecisiete mil doscientos cuarenta y dos colones con nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Arístides Martínez Castillo. Expediente Nº 19-002367-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 09 de diciembre del 2019.—Lic. Luis Abner Salas Muñoz, Juez.—( IN2020426321 ).

En este Despacho, con una base de dos millones seiscientos diez mil cuatrocientos treinta y ocho colones con cincuenta y dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MOT 522406, marca: Freedom, estilo: ZS 250-38C, serie: LZSPCNLE8H5000089, año: 2017, N° motor: ZS165FMM8H100015, cilindrada: 223 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticinco de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del cuatro de marzo del dos mil veinte con la base de un millón novecientos cincuenta y siete mil ochocientos veintiocho colones con ochenta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del doce de marzo del dos mil veinte con la base de seiscientos cincuenta y dos mil seiscientos nueve colones con sesenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Ciudad Quesada R.L Coocique R.L contra José Francisco Herrera Alvarado. Expediente N° 19-002997-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 06 de enero del 2020.—Lilliam Álvarez Villegas, Jueza Decisora.—( IN2020426329 ).

En este Despacho, con una base de nueve millones seiscientos quince mil cuatrocientos treinta colones con treinta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: JSG196, Marca: Kia, Categoría: automóvil, Serie: KNADN512BJ6828781, carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback, Tracción: 4x2, Chasis: KNADN512BJ6828781, Vin: KNADN512BJ6828781, cabina: no aplica, techo: techo duro, valor cont.: 21,750.00, clase trib.: 2565814, Estilo: Rio, capacidad: 5 personas, año: 2018, color: gris, peso bruto: 1068 Kgrms, perso neto: 0 mts, num. ejes: 2, est. tribut.: pago derechos de aduana, uso: particular, utilizac.: particular. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinte de mayo del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de mayo del dos mil veinte, con la base de siete millones doscientos once mil quinientos setenta y dos colones con setenta y dos céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del cinco de junio del dos mil veinte, con la base de dos millones cuatrocientos tres mil ochocientos cincuenta y siete colones con cincuenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Alexander Josué Salazar Gómez. Expediente Nº 19-000470-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 29 de octubre del 2019.—Licda. Marlene Solís Blanco, Jueza Tramitadora.—( IN2020426337 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y cinco millones seiscientos treinta y dos mil seiscientos nueve colones con treinta y nueve céntimos, soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 327-13335-01-0901-001, sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 180241-000, la cual es terreno naturaleza: terreno con dos casas. Situada: en el distrito (05) Concepción, cantón (03) La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo; al sur, Edwin Eduardo Rojas Díaz; al este, calle pública con 12.74 metros de frente, y al oeste, Juan Pérez Arias. Mide: trescientos ocho metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y treinta minutos del cinco de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas y treinta minutos del doce de febrero del dos mil veinte, con la base de treinta y cuatro millones doscientos veinticuatro mil cuatrocientos cincuenta y siete colones con cuatro céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas y treinta minutos del veinte de febrero del dos mil veinte, con la base de once millones cuatrocientos ocho mil ciento cincuenta y dos colones con treinta y cinco céntimos (25% de la base original). Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución garantías mobiliarias de Banco Nacional de Costa Rica contra Leonel Gerardo Pérez Ramírez. Expediente Nº 19-000584-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 26 de noviembre del 2019.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2020426338 ).

En este Despacho, con una base de dos millones novecientos veintiocho mil novecientos noventa y cuatro colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones bajo la sumaria 17-009421-0489-TR boleta número 20174100744; sáquese a remate el vehículo placa KHL006, marca: Hyundai, estilo: Starex GRX, categoría: microbús, año: 2004, color: blanco, serie: KMJWWH7JP4U600875. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del doce de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veinte de febrero de dos mil veinte con la base de dos millones ciento noventa y seis mil setecientos cuarenta y cinco colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del dos de marzo del dos mil veinte con la base de setecientos treinta y dos mil doscientos cuarenta y ocho colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Myung Soon Choi contra Kenneth Andrés Heise Lippa. Expediente 18-021429-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 21 de noviembre del 2019.—Audrey Abarca Quirós, Jueza Decisora.—( IN2020426342 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones de colones exactos, soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco Popular y de Desarrollo Comunal inscrita bajo las citas 2012-254217-01-0002-001, y servidumbre de paso bajo las citas: 2016-178590-01-0001-001, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 382.608-000; la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1-Quesada, cantón 10-San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre de paso en medio Elvia Zúñiga Rojas; al sur, Dalay Rojas Zamora; al este, Dalay Rojas Zamora; y al oeste, calle pública con 8 metros 1 centímetro. Mide: ciento sesenta y dos metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Plano: A-0470053-1998. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del tres de marzo del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del once de marzo del dos mil veinte con la base de tres millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de marzo del dos mil veinte con la base de un millón de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mantenimiento de Bienes Inmuebles Mabinsa S. A. contra María Elena Rojas Quesada. Expediente 18-002138-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 06 de enero del 2020.—Licda. Shirley Montoya Montero, Jueza Decisora.—( IN2020426358 ).

En este Despacho, con una base de veintisiete millones ochocientos ocho mil cuatrocientos sesenta y nueve colones con dieciséis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento cuarenta y tres mil setenta y dos, derecho cero cero cero, la cual es terreno finca filial número 23 bloque A, terreno de condominio de interés social destinado a uso habitacional de una planta en proceso de construcción. Situada: en el distrito Ulloa, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Asociación Comunidad Internacional Ciudad de Fe; al sur, acceso vehicular; al este, finca filial 22 del bloque A, y al oeste, finca filial 24 del bloque A. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiocho de abril del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y treinta minutos del siete de mayo del dos mil veinte, con la base de veinte millones ochocientos cincuenta y seis mil trescientos cincuenta y un colones con ochenta y siete céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del quince de mayo del dos mil veinte, con la base de seis millones novecientos cincuenta y dos mil ciento diecisiete colones con veintinueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Horizontal Residencial La Hoja Dorada contra Cinthya Lissette López Berrocal. Expediente Nº 17-008827-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 10 de enero del 2020.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez Tramitador.—( IN2020426481 ).

En este Despacho, con una base de diez millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbres trasladadas, bajo las citas: 298-01839-01-0901-001, 341-03216-01-0001-001, servidumbres sirvientes, bajo las citas: 376-00723-01-0010-001, 376-00723-01-0015-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 527700-000, la cual es terreno para construir: bloque R: lote R-5. Situada en el distrito San Felipe, cantón Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, lote 4-R; al noroeste, lotes 11 y 12-R; al sureste, avenida 3 con 8.50 metros; y al suroeste, lote 6-R. Mide: doscientos diecisiete metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del once de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del diecinueve de febrero del dos mil veinte, con la base de siete millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintisiete de febrero del dos mil veinte, con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Deberá publicarse este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Karol Susana Piedra Navarro, Maureen Elena Piedra Navarro. Expediente 19-014773-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 12 de noviembre del 2019.—Licda. Mariela Porras Retana, Jueza Decisora.—( IN2020426483 ).

En la puerta exterior de este Despacho, con una base de siete millones trescientos ochenta y nueve mil setecientos treinta y ocho colones con once céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso, citas: 504-00006666-01-0004-001, servidumbre de paso, citas: 504-00006669-01-0012-001, servidumbre de paso, citas: 2013-00194131-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número quinientos trece mil novecientos noventa y dos-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito trece, Peñas Blancas, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre de paso en medio y Roberto Ledezma Campos y Vitalia Campos Boza; al sur, Roberto Ledezma Campos y Vitalia Campos Boza; al este, Roberto Ledezma Campos y Vitalia Campos Boza y al oeste, Procopio Gamboa Guzmán. Mide: mil ciento cuarenta y cuatro metros con noventa y cinco decímetros metros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del veinte de febrero del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veintiocho de febrero del año dos mil veinte, con la base de cinco millones quinientos cuarenta y dos mil trescientos tres colones con cincuenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de marzo del año dos mil veinte, con la base de un millón ochocientos cuarenta y siete mil cuatrocientos treinta y cuatro colones con cincuenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Edgar Gerardo Méndez Castro, Flor de María Céspedes Román. Expediente 17-000100-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 13 de enero del 2020.—Licda. Jeannette Ruiz Herradora, Jueza Tramitadora.—( IN2020426530 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 15-000044-0386-CI donde se promueve Información Posesoria por parte de Cándida Rosa Hernández Gaitán, quien es mayor, estado civil soltera, vecina de Liberia, portadora de la cédula número 0503080916, educadora, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito primero Liberia, cantón primero Liberia. Colinda: al norte, con calle pública con un frente a ella de quince metros con cuarenta y siete centímetros; al sur, con Mireya Porras Núñez; al este, con Ostelina Morales Chávez, y al oeste, con Umbelina Espinoza Ortiz. Mide: doscientos cincuenta y siete metros con cincuenta y nueve centímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cercar, chapear, hacer rondas y cuidarlo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Cándida Rosa Hernández Gaitán. Expediente Nº 15-000044-0386-CI-3.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), 23 de octubre del 2018.—Licda. Valeria Lucía Torres Morales, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020425540 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 18-000042-1309-CI, donde se promueve Información Posesoria por parte de Karen Estrella Fonseca Ruiz, quien es mayor, estado civil divorciada, vecina de Heredia, Sarapiquí, Finca Once, portadora de la cédula número 0108190540, profesión estilista, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Heredia, la cual es terreno con casa para construir. Situada en el distrito Horquetas, cantón Sarapiquí. Colinda: al norte, con Norman Alejandro Ramírez; al sur, con Guillermo Gilberto Azofeifa Alpízar; al este, con Guillermo Gilberto Azofeifa Alpízar; y al oeste, con calle pública (Municipalidad de Sarapiquí). Mide: ciento ochenta y ocho metros cuadrados. Indica el promovente que, sobre el inmueble a inscribir partido de Heredia, lote sin inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble Partido de Heredia, lote sin inscribir por medio de posesión decenal ejercida por la promovente y sus antecesores, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en conservación y protección del terreno, la construcción de mejoras, la siembra de plantas y la construcción y remodelación de la casa en el ubicada. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Karen Estrella Fonseca Ruiz. Expediente 18-000042-1309-CI-3.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica Sarapiquí (Materia Civil), 26 de noviembre del año 2019.—Lic. César Roberto Delgado Montoya, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2020425745 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 19-000131-0640-CI, donde se promueve Información Posesoria por parte de Asociación de Desarrollo Integral de Ojo de Agua de León Cortés, cédula jurídica 3-002-106466, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de San José, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito segundo San Andrés, cantón veinte León Cortés. Colinda: al norte, con Carlos Horacio Garro Fallas; al sur, con Carlos Manuel Chacón Umaña; al este, con Carlos Horacio Garro Fallas; y al oeste, con calle pública. Mide: dos mil quinientos diecinueve metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir SJ-2032791-2018 no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón colones exactos. Que adquirió dicho inmueble SJ-2032791-2018, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en únicamente en el mantenimiento de los linderos correspondientes y la supervisión del inicio de la construcción. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Asociación de Desarrollo Integral de Ojo de Agua de León Cortes. Expediente 19-000131-0640-CI-6.—Juzgado Civil de Cartago, 07 de mayo del año 2019.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2020425758 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente 17-000052-1587-AG, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Syra Teresea del Carmen Montero Vásquez, quien es mayor, estado civil divorciada una vez, vecina de Miramar de Puntarenas, de la Escuela Linda Vista cien metros al este, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 6-0131-0300, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es potrero. Situada en el distrito cinco Paquera, cantón primero Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Guillermo Víquez Barrantes; al sur, calle pública; al este, Carlos Luis Morales Chaves, Miguel Lobo Vargas, Carlos Luis Rodríguez Vindas; y al oeste, Carlos Luis Morales Chaves. Mide: dieciséis mil doscientos veintidós metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número P-1125176-2007. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de doscientos mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por Domingo Montero Rodríguez, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de un año y nueve meses por posesión derivada de su anterior poseedor por más diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenerla limpia, quieta, pacifica, pública e ininterrumpida. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Syra Teresea del Carmen Montero Vásquez. Expediente 17-000052-1587-AG.—Juzgado Agrario Puntarenas. Puntarenas, 15 de enero del año 2020.—Licda. Rosaura Segnini Vargas, Jueza.—José Manuel Sánchez Montero, Juez Decisor.—1 vez.—O. C. 364-12-2020.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2020425775 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente 17-000015-1520-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Josué Jonathan Watson Moncada quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de San Francisco de Dos Ríos, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-1037-277, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de pasto. Situada en el distrito 4° Bijagua, cantón 13° Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Avimar Azul Sociedad Anónima; al sur, calle pública con un frente de ciento treinta y cinco metros con catorce centímetros lineales; al este, Amelia Chavarría Alvarado; y al oeste, Gerardo Anchia González. Mide: catorce mil setecientos veintiún metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-1347707-2009. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra-venta de la sociedad Catering Service y Toda La Fiesta S. A., y su posesión ha sido de manera quieta, pública, pacífica, ininterrumpida y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en siembra de cultivos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Josué Jonathan Watson Moncada. Expediente 17-000015-1520-AG.—Juzgado Civil y Trabajo Segundo Circuito Judicial Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria), Alajuela, Upala, 09 de diciembre del 2019.—Licda. Sussy María Gamboa Ramírez, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2020.—Solicitud 68-2018-JA.—( IN2020426276 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 19-000140-1587-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Roberto Del Carmen Jiménez Muñoz quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Puntarenas, 50 metros al sur de la iglesia católica, San Rafael de Arancibia, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 6-0298-0649, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es café y dos casas de habitación. Situada en el distrito 16 Arancibia, cantón 1: Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Asociación de Desarrollo integral de Ojo de Agua Las Lagunas y San Rafael; al sur, Vidal Jiménez Miranda; al este, Roberto Jiménez Muñoz; y al oeste, calle pública con un frente lineal de 83,19 metros. Mide: dos mil ochocientos treinta y dos metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número P-2120373-2019. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligenciasen la suma de nueve millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por medio de donación que le hizo Vidal Jimenez Miranda, mayor, casado una vez, agricultor, cédula 6-0066-0120, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de ocho años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cultivo de café. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Roberto Del Carmen Jiménez Muñoz. Expediente N° 19-000140-1587-AG.—Juzgado Agrario Puntarenas, Puntarenas, 15 de enero del 2020.—Licda. Rosaura Segnini Vargas, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2020.—Solicitud 68-20189-JA.—( IN2020426279 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 19-000802-0638-CI donde se promueve información posesoria por parte de Marta Eugenia Espinoza Ávila quien es mayor, estado civil casada, vecina de Sabanilla de Alajuela, portadora de la cédula número 0204810876, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 01, cantón 08. Colinda: al norte, con Manuel Espinoza Bolaños; al sur, con Analive Céspedes Fallas; al este, con calle pública; y al oeste, con Manuel Espinoza Bolaños. Mide: cincuenta y cuatro metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de veinte millones de colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble el 22 de enero del año 2019 y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en la construcción de una casa de habitación que sirve de domicilio. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Marta Eugenia Espinoza Ávila. Expediente N° 19-000802-0638-CI-7.—Juzgado Civil Primer Circuito Judicial Alajuela, 13 de diciembre del 2019.—Lic. Andrés Arguedas Vargas, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2020426299 ).

Citaciones

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Jorge Navarro Alvarado, quien era mayor, soltero, comerciante, cédula cinco-cero cero dos nueve-cero uno uno uno, quien era vecino de Alajuela, Upala, Aguas Claras, Centro, para que, dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a quienes crean tener derecho, que si no se presentan dentro del término dado, la herencia pasará a quien corresponda. Lo anterior, en proceso sucesorio en sede notarial, Expediente número 001-2020-SN. En la notaría de la licenciada Daly Mariel González Castro en Liberia, Guanacaste, del Cuerpo de Bomberos doscientos metros al sur y veinte metros al este. Al celular 83325105 o al correo electrónico dalyemi@gmail.com. Publíquese.—Licda. Daly Mariel González Castro, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2020425388 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Luis Renan Chen Apuy Chacón, mayor, estado civil soltero, profesión u oficio dato desconocido, de nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0107060126, y vecino de Montes de Oca, San José. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días, contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 19-000830-0181-CI-6.—Juzgado Segundo Civil de San José, 27 de noviembre del año 2019.—Licda. Karina Chaves Vega, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020425406 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Juan Carlos Mejía Guzmán, quien fue mayor, divorciado una vez, comerciante, vecino de Colima de Tibás, Ciudadela Manolo Rodríguez, casa número treinta y seis, con cédula de identidad número 01-1062-0253. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 19-000899-0181-CI-9.—Juzgado Segundo Civil de San José, 07 de enero del año 2020.—Karina Chaves Vega, Jueza.—1 vez.—( IN2020425408 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión testamentaria e intestato de: Wilberth Solís Bermúdez, quien fue mayor, casado una vez, vecino de Hatillo San José, con cédula 1-10990644, para que, dentro del plazo de 30 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan terceros interesados a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener en calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quienes corresponda. San José, 14 de enero 2020. Expediente 011-2020. Notaría del licenciado José Alberto Delgado Bolaños. Notario público, San José, Desamparados, Residencial Casa Blanca, casa 30. Tel 2250-7097. Fax 2250-6713.—Lic. José Alberto Delgado Bolaños, Notario Público, Carné 7076.—1 vez.—( IN2020425411 ).

Se emplaza a todos los interesados en el proceso sucesorio testamentario en sede notarial, de quien en vida fuera: Zelmira Olga Bolaños Chaves, mayor, viuda de sus primeras nupcias, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número cuatro-cero cero setenta y dos-cero ciento treinta y ocho, vecina de San José, Paso Ancho, Urbanización Monte Azul, de la entrada principal del seminario, cincuenta metros norte y cien este, calle sin salida, casa dos-J; para que, dentro del plazo de quince más, contados a partir de su publicación, se apersonen a esta notaría a hacer valer sus derechos, percibidos, de que, si así no lo hacen la herencia pasará a quien legalmente corresponda. (Expediente 0001-2020 proceso sucesorio testamentario en sede notarial de Zelmira Olga Bolaños Chaves). Licda. Melani Campos Bermúdez, notaria pública con oficina en San José, Pavas, La Favorita Norte de la Capilla La Medalla Milagrosa veinticinco metros al sur y veinticinco metros al este. Para ser publicado en el Boletín Judicial por una única vez.—Licda. Melani Campos Bermúdez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2020425417 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión notarial, que se tramita en la notaría de la Licda. Ivannia Caravaca Araya, con oficina en San José, Puriscal, Mercedes Norte de la Escuela doscientos sur, doscientos oeste y doscientos sur, de quien en vida fuera: Jenny de los Ángeles Durán Murillo, costarricense, mayor, casada de primeras nupcias, contadora privada, cédula número uno-uno cero tres seis-cinco cero tres, vecina de Puriscal, en el Alto de la Palma, contiguo al cementerio; fallecida el veintiséis de noviembre del dos mil diecinueve, para que, dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a los autos a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieran en el plazo aquí otorgado los bienes pasarán a quien corresponda. Sucesión notarial N° 01-2020-PSN de Jenny de Los Ángeles Durán Murillo.—San José, Puriscal, dieciséis de enero del dos mil veinte.—Licda. Ivannia Caravaca Araya, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2020425476 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por la señora Dulce María Badilla Hernández, a las 11 horas 45 minutos del 17 de noviembre del 2019 y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato quien en vida fuera Edmundo Alfredo Gómez Arroyo, mayor, casado dos veces, agricultor, cedula de identidad 5-0035-0094, vecino de San Rafael de San Pedro Pérez Zeledón San José exactamente un kilómetro al norte de la escuela entrada a Pavones. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de 30 días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Maurín Zúñiga Nuñez San Isidro de El General, Pérez Zeledón, San José, frente a Hospital Las Américas Teléfono 2772-32-35.—Licda. Maurín Zúñiga Nuñez, Notaria.—1 vez.—( IN2020425512 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por la señora Gonzalo Fallas Benamgur, a las 13 horas 40 minutos del 17 de noviembre del 2019, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato quien en vida fuera: Flora Fallas Prado, mayor, casada una vez, administradora del hogar, cédula de identidad 1-0378-0907, vecino de Los Reyes de Daniel Flores de Pérez Zeledón, San José; exactamente un kilómetro al sur de la entrada principal. Se cita y emplaza a todos los interesados, para que, dentro del plazo máximo de 30 días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Maurín Zúñiga Núñez, San Isidro de El General, Pérez Zeledón, San José, frente a Hospital Las Américas. Teléfono 2772-32-35.—Licda. Maurín Zúñiga Núñez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2020425513 ).

Se hace saber que ante el notario público Marvin Ramírez Víquez, se tramita la sucesión de quien en vida fue: Carlos Eduardo Arguedas Barrantes, mayor, soltero, vecino de San Joaquín de Flores, Heredia, del Salón de Eventos La Finca cien metros oeste, quien portó de la cedula de identidad número cuatro-doscientos veintitrés-ciento ochenta y tres, quien murió el día veintiséis de agosto del año dos mil diecisiete, según consta en el Registro Civil, Sección de Defunciones de la provincia de Heredia, al tomo: ciento siete, folio: trescientos veintiséis, asiento: seiscientos cincuenta y uno. Y se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y demás interesados en el presente proceso, para que, dentro de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, comparezcan a hacer valer sus derechos en el apercibimiento, a quienes crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en este plazo, aquella pasará a quien corresponda. Se hace saber que la notaria se encuentra situada en la ciudad de San Joaquín de Flores, Heredia, costado sur de la Escuela Estados Unidos de América. Expediente número cero cero cero uno-dos mil veinte.—Lic. Marvin Ramírez Víquez, Notario Público.—1 vez.—( IN2020425529 ).

Se hace saber: En este Despacho Judicial se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: María Cristina Godínez Arias, mayor, casada, profesora, cédula de identidad N° 1-0554-0587, y vecina de San Francisco Centro, Cartago. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 19-000975-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 18 de diciembre del 2019.—Lic. Francisco Javier Castillo Acuña, Juez.—1 vez.—( IN2020425552 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la Sucesión en Sede Notarial de Delfina Rivera Agüero, quien fue mayor, soltera, secretaria, vecina de Pavas, cédula N° 1-0243-0611, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener derechos y calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo indicado la herencia pasará a quien por derecho corresponda. Expediente N° 01-16 Notaria del Lic. Marco Antonio Molina Q. Pavas, San José de Embajada Americana 800 metros oeste, 100 norte y 150 noroeste. Teléfono 2232-8670 Fax 2220-1608.—Lic. Marco Antonio Molina Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2020425593 ).

Se emplaza a todos los interesados en el proceso sucesorio notarial de quien en vida fue Marlene Marín Herrera, mayor, casada dos veces, ama de casa, vecina de El Hoyón de San Isidro de Pérez Zeledón, San José, veinticinco metros al este del Puente y quien en vida portaba la cédula número uno-quinientos setenta y cinco-cero once para que, dentro de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que, si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número cero cero cuatro-dos mil diecinueve. Notaría. Merlín Leiva Madrigal. San José, Pérez Zeledón, San Isidro de El General, exactamente Edificio María Teresa, Segunda Planta, local número seis, ciento veinticinco metros oeste del Parque, en Bufete Leiva Madrigal.—Lic. Merlín Leiva Madrigal, Notario Público.—1 vez.—( IN2020425611 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carlos Alberto Castrillo Cordoba, cédula tres-uno tres siete-siete seis cero, mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Pérez Zeledón. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 19-000118-0188-CI-3.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Civil), 20 de noviembre del 2019.—Msc. Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2020425628 ).

Que en acta de apertura otorgada ante esta notaría por Iván Jesús Fennis Wiegmans, a las 17:00 horas del 14 de enero de 2020 y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fuera César Augusto Fennis Wiegmans, con cédula N° 1-1412-0084, fallecido en Heredia, el día 07 de enero del año 2019, citas de defunción del Registro Civil 4-0113-234-0468. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de 30 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Notaría del Lic. Milena Valverde Mora, ubicada San Antonio de Belén, Heredia, 500 metros este de la Panasonic, frente a Finger Print Digital.—Heredia, 14 de enero del 2020.—Firma ilegible.—1 vez.—( IN2020425642 ).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carlos Luis Arce Corrales, quien fue mayor, soltero, vecino de San José, San Sebastián, portador de la cédula de identidad número 1-0337-0950. Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la primera y única publicación de este edicto en el Boletín Judicial, con el fin de que comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro del citado plazo, aquella pasará a quien corresponda, expediente 19-000301-0216-CI.—Juzgado Civil de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, 06 de diciembre del 2019.—Jennifer Isabel Arroyo Chacón, Jueza.—1 vez.—( IN2020425685 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Kattia María Ortiz Hidalgo, mayor de edad, soltera, contadora, costarricense, con documento de identidad 0204550235 y vecina de Alajuela, Barrio San José de Alajuela, Urbanización la Trinidad, 100 metros al este del super Favorito, casa con tapia color rosa, portón de verjas color negro. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 19-000818-0638-CI-8.—Juzgado Civil Primer Circuito Judicial Alajuela, 13 de noviembre del 2019.—Licenciado Carlos Esteban Sancho Araya, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020425711 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien fue Alicia Hidalgo Alfaro, soltera, pensionada, cédula 2-182-603 y vecina de Turrúcares de Alajuela, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan a la notaría del licenciado Óscar Mario Pacheco Murillo, sita en Alajuela, Villa Hermosa, cincuenta metros sur y cien metros este del salón comunal, la herencia pasará a quienes corresponda. Expediente número 001- 2020.—Lic. Óscar Mario Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—( IN2020425713 ).

Se citan y emplaza a todos los interesados en la sucesión notarial de quien en vida fuera Víctor Julio Rodríguez Lobo, mayor, casado una vez, agricultor, cedula 2-0180-0312, vecino de Lajas de Hojancha, fallecido el 13 de noviembre de 2019, según certificación de defunción emitida por el Registro Civil, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 002-2019.—Lic. María Eugenia Castro Villalobos, Notaria.—1 vez.—( IN2020425715 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Karla Marcela Álvarez Garita, mayor, casada, costarricense, cédula de identidad 0108690718 y vecina de San Pedro de Montes de Oca. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente: 19-001074-0180-CI-0.—Juzgado Primero Civil de San José, 9 de enero del 2020.—Msc. Adriana Orocú Chavarría, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020425759 ).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Catalina Molina Flores, mayor, estado civil viuda, profesión pensionada, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0600370310 y vecina de Puntarenas, Buenos Aires detrás de depósito de madera Los Mangos. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente 15-100010-1046-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires, (Materia Civil), 12 de marzo del 2019.—Lic. Edith Brenes Quesada, Jueza.—1 vez.—( IN2020425763 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos de quien en vida se llamó Guillermo Chinchilla Anchía, quien fue mayor, casado una vez, comerciante, cédula 1-427-389, vecino de Tibás, San José, para hacer valer los derechos en el plazo de ley, proceso que se tramita en sede notarial en la oficina del Lic. Ricardo Alfonso Gamboa Calvo, ubicada en Barrio Luján de San José, de Radio Omega, 100 metros al norte y 75 al este en Asesores Jurys.—Lic. Ricardo Alfonso Gamboa Calvo, Notario.—1 vez.—( IN2020425765 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del 16 de enero del 2020 y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara el proceso sucesorio de quien en vida fuera: Jerónimo Belfor Leonardo Zeledón Tabush, mayor, divorciado de primeras nupcias, portador de la cédula de identidad número nueve-cero cero cuarenta y cinco-cero quinientos quince, falleció el seis de noviembre del dos mil diecinueve. Se cita emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Felicia Calvo Hidalgo, Residencial Cartago, casa veinticuatro A uno, o al fax: 21008175. Expediente 2020-0001-003 NP.—Cartago, diecisiete de enero del 2020.—Licda. Felicia Calvo Hidalgo, Notaria.—1 vez.—( IN2020425778 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Bernardo García Chacón, mayor, estado civil casado, profesión u oficio dato desconocido, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0202710891 y vecino de no indica. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente 19-000910-0181-CI-1.—Juzgado Segundo Civil de San José, 10 de diciembre del año 2019.—Licda. Karina Chaves Vega, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. 364-12-2020.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2020425786 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Benilda Soto Núñez, mayor, soltera, de oficios domésticos, costarricense, con documento de identidad N° 0201840339, y vecina de Palmares, frente a la terminal de buses Carbachez. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 19-000340-0296-CI-0.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 06 de enero del 2020.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020425816 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, a solicitud de Stella María Peralta Cortés, mayor, divorciada una vez, vecina de Curridabat, Urbanización La Itaba, casa setenta y seis F, cedula número uno-cero novecientos nueve-cero ciento treinta y nueve, esta notaria declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera María Cristina Calzada Peralta, mayor, soltera, doctora en veterinaria, fue vecina de San José, cédula número uno-mil quinientos ochenta y cuatro-cero doscientos noventa y ocho. Se cita y emplaza a todos los interesadas para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos.—Notaría del Licda. Erika Castro Arguello. Teléfono 22728454, celular 83180941.—1 vez.—( IN2020425826 ).

Se cita y emplaza a terceros e interesados sobre la sucesión de quien en vida fue José Alberto Donato Jiménez, cédula uno-cero trescientos veintiuno-cero setecientos treinta y siete, para que dentro del término de 15 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, sita en Curridabat, de la Heladería Pops, seiscientos metros al sur, costado norte de Plaza Cristal, para aceptar la herencia y hacer valer sus derechos. Es todo.—San José, 16 de enero del 2020.—Lic. Juan Carlos Montero Villalobos, Notario Público.—1 vez.—( IN2020425834 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Alberto Gallegos Borbón y Héctor Francisco Quesada Murillo, a las nueve horas del trece de enero del dos mil veinte, comprobado el fallecimiento de quien en vida fue: Humberto Rojas Álvarez, quien era mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Santa Isabel de Río Cuarto, Alajuela, con cédula número dos-ciento sesenta y cuatro-quinientos treinta, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato en sede notarial de quien en vida fuera: Humberto Rojas Álvarez. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 0001-2020-SN. Notaría de la Licda. Zoila Araya Moreno, La Virgen de Sarapiquí, Heredia, costado sur del Banco Nacional, teléfono: 27611611.—La Virgen de Sarapiquí, a las diez horas del catorce de enero del dos mil veinte.—Licda. Zoila Araya Moreno, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2020425873 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Carolina Ramírez Flores, quien en vida fue mayor, divorciada una vez, administradora hotelera, vecina de San José, Barrio México, del Liceo San José, ciento veinticinco metros al sur, casa número novecientos setenta y dos, portadora de la cédula de identidad número uno-cero novecientos setenta y tres-cero ciento ochenta y seis, para que dentro del plazo de treinta días a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 2020-001. Notaría de Flor Eugenia Castillo Castro, San José, Guadalupe, del Centro Comercial de Guadalupe, setenta y cinco metros al este.—Licda. Flor Eugenia Castillo Castro, Notaria.—1 vez.—( IN2020425954 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera Carlos Pérez Fonseca, mayor, casado un vez, comerciante, con último domicilio en San José, San Juan de Dios de Desamparados, Calle Gamboa, de pulpería Chalico, doscientos metros al suroeste, cédula de identidad número uno-cero trescientos veintiséis-cero seiscientos noventa y uno, fallecido el dieciocho de noviembre del año dos mil dieciocho, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan en dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 01-2019, notaría de Luis Fernando Jiménez Quesada, calle trece, avenidas 12 y 14. Correo electrónico: notis@ice.co.cr.—Lic. Luis Fernando Jiménez Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2020425955 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Marvin Mora Garita, mayor, soltero, comerciante, costarricense con número de cédula 0602240235 y vecino de Naranjo. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 19-000266-0295-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), 24 de octubre del 2019.—Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—( IN2020425978 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Guillermo Ángel Garita Barboza, mayor, soltero, agricultor, con documento de identidad nueve-cero ochenta y ocho-quinientos setenta y cinco y vecino de San Isidro de El General. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 19-000168-0188-CI-1.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Civil), 19 de noviembre del año 2019.—M.Sc. Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2020425985 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Randall Mauricio Ulloa Acuña, mayor, estado civil casado, profesión Ingeniero en Sistemas, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0303620572 y vecino de San José, Mata Redonda. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 19-000817-0181-CI-0.—Juzgado Segundo Civil de San José, 09 de diciembre del 2019.—MSc. Ingrid Fonseca Esquivel, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020426016 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Sergio Mariano Castro Calderón, mayor, estado civil casado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0301240421 y vecino de Cartago, Turrialba, contiguo a Dimo Computación. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 19-000177-0341-CI-7.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba, 25 de noviembre del 2019.—Licda. Ana Milena Gutiérrez Rojas, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2020426030 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Kattia Mercedes Rodríguez Prendas, mayor de edad, casada dos veces, ama de casa, vecina de Cartago, San Diego de Tres Ríos, Urbanización Eulalia, casa ciento tres, portador de la cédula de identidad 1-0850-0363, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a mi oficina, sito en San José, Guadalupe, Goicoechea, Novacentro, del Mercado del Mueble ciento metros oeste y cien metros norte a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2018.—Lic. Marcela Núñez Troyo, Notaria.—1 vez.—( IN2020426042 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por el Licenciado Anthony Norman Borbón Rojas, a las catorce horas del quince de enero del dos mil veinte, y comprobado el fallecimiento de Carlos Alberto Vaglio Fernández, mayor de edad, casado una vez, pensionado, vecino de San José, Goicochea, Purral, trescientos metros al este del supermercado Palí, frente a condominio Puerta madera, casa color crema, con cédula de identidad número: uno-cero quiniento diecisiete cero seiscientos veintiuno, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría del Lic. Anthony Norman Borbón Rojas, San José, Goicoechea, Purral, doscientos cincuenta metros este del super mercado Palí, portón negro. Teléfonos: 6295-8961 / 2229-5180.—Diecisiete de enero del dos mil veinte.—Lic. Anthony Norman Borbón Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2020426076 ).

Avisos

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en la declaratoria judicial de abandono con fines de tutela, de las personas menores Adrián Daniel y Sebastián, ambos de apellidos Guerrero Gutiérrez, planteado por el Patronato Nacional de la Infancia, contra Danny Alfredo Guerrero Porras y Leticia Guadalupe Gutiérrez Guillén, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente 19-000274-1591-FA. Clase de asunto: Declaratoria Judicial de Abandono con fines de Tutela.—Juzgado Civil y de Trabajo de Quepos (Materia Familia), a las nueve horas y treinta y tres minutos del diez de enero del dos mil veinte.—Lic. Johanna Vargas Hernández, Jueza.—O.C. 364-12-2020.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2020424692 ).         3 v. 3.

Se hace saber que por iniciativa de Olman Alonso Arguedas Rojas, cédula número 0204460197, se ha promovido un proceso judicial a fin de que se le reponga la cédula Hipotecaria inscrita en el Registro de Cédulas Hipotecarias del Registro Nacional con las citas tomo 2011, asiento 00145463, consecutivo 01, secuencia 0001, subsecuencia 001. Se concede un plazo de quince días a partir de la última publicación de este edicto, a cualquier persona interesada para que se presenten en defensa de sus derechos. Se ordena así en proceso judicial de reposición de título valor. Expediente 19-000117-0180-CI-3.—Juzgado Primero Civil de San José, 10 de diciembre del año 2019.—Natanael Sánchez Guzmán, Juez Tramitador.—( IN2020425660 ).                                                        3 v. 1.

Licda. Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a quien en vida fue José Gerardo Jiménez Abarca, mayor, casado una vez, cédula de identidad número 1-0475-0767, quién era el padre registral de la persona menor de edad Cristhoper Andrés Jiménez Solís, se le hace saber que en proceso reconoc. hijo mujer casada, establecido por José Andrés Picado Saballo, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las trece horas y cuarenta y cuatro minutos del cuatro de diciembre del dos mil diecinueve. Se tienen por establecidas las presentes diligencias de reconocimiento de hijo de mujer casada promovido por José Andrés Picado Saballo a favor de la persona menor de edad Cristhoper Andrés Jiménez Solís. De las mismas se confiere audiencia al Patronato Nacional de la Infancia, por el plazo de tres días. De los autos se observa que se encuentra debidamente apersonad a y apersonado tanto la madre como el padre registral de la persona menor no oponiendo objeción alguna al presente proceso. Con la finalidad de recibir el testimonio de se señalan las. Se les previene a las partes, que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 02 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión N° 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que, se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4° de la Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese al ente aludido, por medio de Gestión en Línea. Siendo que el señor José Gerardo Jiménez Abarca, padre registral de la persona menor de edad en cuestión falleció, se ordena publicar edicto de ley. Notifíquese. Expediente N° 19-003352-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 04 de noviembre del 2019.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020425750 ).

Expediente 17-000296-0832-PE. Licenciada Hellen Segura López, Fiscala Auxiliar de la Fiscalía de Cóbano (Materia Penal), al Río Oro de Las Juntas Sociedad Anónima, en calidad de dueño registral del vehículo placas C125507, cédula jurídica 3-101-188268, se le hace saber: que en el Legajo de Legajo de Investigación, seguido en contra de Zúñiga Sandi Carlos Luis, en perjuicio de Walter Gerardo Aguilar Salazar, por el delito de Hurto Agravado, se ha dictado resolución que literalmente dice: comunicación por edicto. Fiscalía de Cóbano (Materia Penal), poner en conocimiento de la presente causa a la sociedad anónima la cual es dueña registral del vehículo, placa C125507 Fiscalía de Cóbano, a las trece horas del primero de octubre del año dos mil diecinueve. De conformidad con los artículos, 111, 112 y 115 del Código Procesal Penal, se procede con vista en el Legajo de Investigación interpuesta por Walter Gerardo Aguilar Salazar, a ponerle en conocimiento la presente causa al representante de la Sociedad Anónima Río Oro de Las Juntas Sociedad Anónima, como dueño registral del vehículo placa C125507, de la existencia de la Acusación y Solicitud de Apertura a Juicio, se le informa sobre su derecho de presentar Querella y Acción Civil. Así mismo se le previene que en el acto de ser notificado deberá señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20, del 29 de enero de 2009.Comuníquese el contenido de la resolución a la Sociedad Anónima Río Oro de las Juntas Sociedad Anónima dueña Registral del vehículo placa C125507. Notifíquese. Fiscalía de Cóbano (Materia Penal). Licda. Hellen Segura López, Fiscal Auxiliar en vista de que la Sociedad Río Oro de Las Juntas Sociedad Anónima, se desconoce el representante de la misma, se procede a comunicarle la resolución que por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Comuníquese.—Fiscalía de Cóbano (Materia Penal).—Licda. Hellen Segura López, Fiscala Auxiliar.—1 vez.—O. C.
364-12-2020.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2020425776 ).

Licenciada Patricia Cordero García, jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Michael Montero Maroto, en su carácter personal, se le hace saber que en demanda declaratoria judicial abandono, expediente 19-001997-0338-FA establecida por Patronato Nacional de la Infancia, La Unión contra Karol Raquel Arguedas Gutiérrez / Michael Montero Maroto se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago. A las trece horas y treinta y nueve minutos del diecisiete de julio del año dos mil diecinueve. Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono de la persona menor de edad Jostin Montero Arguedas, planteado por Patronato Nacional de la Infancia Cartago contra Karol Raquel Arguedas Gutiérrez, Michael Gerardo Montero Maroto, a quién se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. En ese mismo plazo, en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono celular, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar El Sistema de Gestión en Línea que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se le advierte que si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución a los demandad os, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, y siendo que se desconoce el domicilio de los demandados, se ordena expedir oficio de localización a la Dirección General de Migración y Extranjería, a la Oficina de Localizaciones del Organismo de Investigación Judicial, así como a la Caja Costarricense del Seguro Social. Vista la medida cautelar que solicita el ente actor se resuelve: El otorgamiento de la custodia de una persona menor, encierra un análisis cuidadoso y un estudio previo. No debe ser una decisión tomada a la ligera, ni únicamente de naturaleza legal, sino con intervención de aspectos medulares que es sabido inciden positiva o negativamente en el desarrollo de la personalidad de un sujeto en proceso de crecimiento y de formación, y por esa razón, la nueva doctrina de la protección integral que emana de la nueva legislación de niñez y adolescencia, con la asunción de dispositivos para asegurar a la niñez el cumplimiento de sus derechos, ha de tenerse muy en cuenta para resolver lo más conveniente ( artículo 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño, y numerales 5, 23 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia). Luego de realizar un estudio pormenorizado de la prueba que aporta el Patronato Nacional de la Infancia, quien resuelve estima totalmente procedente la medida cautelar solicitada, toda vez que la persona menor de edad de marras requiere de protección, cuidados y atenciones que su madre y padre no puede brindar. Por todo lo anterior, en aras de resguardar los Derechos de las personas menores de edad se otorga a Gerardo Arguedas Sánchez y Ruth Gutiérrez Angulo, el depósito provisional de la persona menor de edad Jostin Montero Arguedas. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Guadalupe Solano Patiño, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2020.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2020425788 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Wayner Francisco Salazar Arguedas, mayor, soltero, costarricense, documento de identidad 0401870428, vecino de Mercedes Sur, Heredia, en el cual pretende cambiarse el nombre a Wagner Francisco mismos apellidos. Se concede el plazo de quince días a cualquier persona interesada para que se presenten al proceso a hacer valer sus derechos. Artículo 55 del Código Civil. Expediente 19-000934-0504-CI-9.—Juzgado Civil de Heredia, 10 de octubre del año 2019.—Licda. Yeimy Jiménez Alvarado, Jueza.—1 vez.—( IN2020426017 ).

Licenciada Johanna Jiménez Villatoro, Jueza del Juzgado Segundo de Familia de San José, a Mauricio Rosales Gordon, en su carácter personal, quien es mayor, casado, vecino de domicilio desconocido, cédula 0303210488, se le hace saber que en demanda divorcio, establecida por Beatriz de Los Ángeles Quirós Hernández contra Mauricio Rosales Gordon, se ordena notificarle por edicto, la sentencia 2019-001393 de las diecisiete horas y treinta y uno minutos del veintinueve de diciembre del dos mil diecinueve, que en lo conducente dice: Proceso Abreviado de Divorcio promovido por Beatriz de Los Ángeles Quirós Hernández, cédula de identidad número 6-317-321 contra Mauricio Rosales Gordón, cédula de identidad número 3-321-488, representado por el curador procesal Licenciado Belisario Antonio Solano Solano, cédula de identidad número 3-239-828 y Resultando: I.— II.— III.— Considerando: I.— II.— Por tanto, se declara con lugar la presente demanda de divorcio promovida y se decreta la disolución del vínculo matrimonial que une a Beatriz de Los Ángeles Quirós Hernández, cédula de identidad número 6- 317-321 contra Mauricio Rosales Gordón, cédula de identidad número 3-321-488. Alimentos: Acudan las partes a la vía de alimentos correspondiente. Guarda y crianza de la persona menor de edad. Siendo que no existe hechos que denoten que el menor Keylor Rosales Quirós, deba de cambiar de guarda, ya que la misma la ejerce su madre, por tanto se decreta que la guarda exclusiva de dicha persona menor de edad, le corresponde a su madre y ambos padres ejercerán los demás atributos de la autoridad parental en forma conjunta. Gananciales: Específicamente se señala que la finca del partido de Limón, matrícula de Folio Real 125635-000, que fue adquirida por donación, y las edificaciones construida sobre ella y el vehículo placas BJL 860, no son bienes gananciales, tómese nota de lo indicado en la parte considerativa, sin embargo de existir algún otro bien no señalado en este proceso y cuya naturaleza sea de ganancialidad, cada cónyuge adquiere el derecho de participar en el cincuenta por ciento de tales bienes que se llegaren a constatar en el patrimonio del otro cónyuge. Costas: Sin especial condenatoria de costas (artículo 222 del Código Procesal Civil). Inscripción: a la firmeza de este fallo, inscríbase esta sentencia en el Registro Civil, Sección de Matrimonios de Limón, al tomo setenta, folio cuatrocientos treinta y dos, asiento ochocientos sesenta y tres. Notifíquese. Lic. Walter Alvarado Arias, Juez de Familia. Notifíquese. Expediente número 17-000158-0187-FA.—Juzgado Segundo de Familia de San José, 09 de enero del 2020.—Licda. Johanna Jiménez Villatoro, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2020.—Solicitud 68-2018-JA.—( IN2020426277 ).

Licda. Johanna Jiménez Villatoro, Jueza del Juzgado Segundo de Familia de San José; hace saber a Allen Webster Tracey Hatfield, documento de identidad 0800940259, soltero, dato desconocido, vecino de domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso divorcio en su contra, bajo el expediente número 18-000381-0187-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: sentencia de primera instancia 2019001354 Juzgado Segundo de Familia de San José. A las doce horas y cuarenta y ocho minutos del diecisiete de diciembre de dos mil diecinueve. Proceso abreviado de divorcio promovido por Fresia Saborío Ramírez, mayor, casada, traductora, vecina de Escazú, cédula de identidad número 1-680-370, contra Allen Webster Tracey Hatfield, mayor, casado, cédula de identidad número 8-094-259, de domicilio desconocido. Resultando: I.— II.— III.— Considerando: I.— II.— Por tanto: Se declara con lugar la presente demanda de divorcio promovida y se decreta la disolución del vínculo matrimonial que une a Fresia Saborío Ramírez, cédula de identidad número 1-680-370, con Allen Webster Tracey Hatfield, cédula de identidad número 8-094-259. Alimentos: Las partes mantienen su derecho alimentario y deberán acudir a la vía de alimentos a dilucidar lo que a ley corresponda, en caso de que así lo requieran. Atributos de la Autoridad Parental: Carece de interés pronunciarse al respecto, dado que la joven Grace Hellen Tracey Saborío cumplió la mayoría de edad. Bienes Gananciales: No existen bienes gananciales para liquidar, no obstante, de existir eventualmente bienes que no se hayan señalado en este proceso y cuya naturaleza sea ganancial, cada cónyuge adquiere el derecho de participar en el cincuenta por ciento de tales hipotéticos bienes con carácter de gananciales que se constaten en el patrimonio del otro cónyuge, como lo dispone el numeral 41 del Código de Familia. Costas: No se realiza especial condenatoria en costas, de conformidad con el artículo 222 del anterior Código Procesal Civil, aplicable únicamente a la materia familiar, según Ley 9621. Inscripción: a la firmeza de este fallo, inscríbase esta sentencia en el Registro Civil, Sección de Matrimonios de Guanacaste, tomo 058, folio: 230, asiento: 460. Isabel Villegas Cascante, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso divorcio de Fresia María Saborío Ramírez contra Allen Webster Tracey Hatfield. Expediente 18-000381-0187-FA.—Juzgado Segundo de Familia de San José, 15 de enero del 2020.—Licda. Johanna Jiménez Villatoro, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2020.—Solicitud 68-2018-JA.—( IN2020426278 ).

Licenciada Sandra Saborío Artavia, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial De Alajuela San Carlos, a la señora Shirley Ruiz Centeno, se le hace saber que en proceso de Depósito Judicial de menor, expediente número 19-000974-1302-FA, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, se dictó la resolución que literalmente dice: “Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a las trece horas y veintiuno minutos del treinta de setiembre de dos mil diecinueve. De las presentes diligencias de depósito de las personas menores de edad Josebeth Alexandra Ortega Ruiz, Yocsan Alfredo Ruiz Centeno y Eliani Daniela Ruiz Centeno, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere audiencia por tres días a Shirley Ruiz Centeno y Agustín Ortega Suarez, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Shirley Ruiz Centeno personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones; de este Circuito Judicial. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales y al señor y Agustín Ortega Suarez por medio de edicto siendo que se desconoce su paradero. En otro orden de ideas, de conformidad con los artículos 5 y 32 del Código de La Niñez y Adolescencia, se ordena el Depósito Judicial Provisional de Josebeth Alexandra Ortega Ruiz en el hogar de Yendry Vanessa Ruiz Centeno, el del menor de edad Yocsan Alfredo Ruiz Centeno en el hogar Dalila Ruiz Centeno y la menor de edad Eliani Daniela Ruiz Centeno en el hogar de la señora Hazel Rodríguez Campos, por lo que se previene al ente actor apersonar a dichas señoras a este Despacho dentro del plazo de tres días, para la aceptación del cargo que se le ha conferido, asimismo, deberá hacer ver a la depositaria provisional su obligación de velar por todas las necesidades básicas de la persona menor de edad que va a tener a su cargo como buenas madres de familia. Notifíquese. Licda. Kensy Cruz Chaves, Jueza.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 15 de enero del 2020.—Msc. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2020.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2020426282 ).

Lic. Luis Fernando Saurez Jiménez, Juez, se encuentra la sentencia de las diez horas treinta minutos del diecinueve de setiembre de dos mil dieciséis, que literalmente dice: “Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas (Materia Familia). A las quince horas y diecisiete minutos del catorce de enero de dos mil veinte. Proceso de declaratoria de abandono instaurado por el Patronato Nacional de la Infancia representado por la Licenciada Dinnia María Marín Vega, mayor, soltera, abogada, vecino de Liberia, Guanacaste; en contra de Yorleny Salguera González y Jimmy Aldon Picado Villegas, ambos mayores de edad, solteros, cédulas de identidad cinco-cero doscientos noventa y dos-cero cero veinte y cinco doscientos treinta y uno-cero cincuenta y seis, vecinos de Barrio Corobicí de Cañas, y domicilio desconocido, en su orden respectivo. Interviene como Curadora Procesal del demandado Jimmy Aldon Picado Villegas, la Licenciada Scarleth Jiménez Li, mayor, abogada, Vecina de Liberia, Guanacaste. Resultando 1)... 2)... 3)... 4)... 5) Considerando: I. Hechos probados: a)... b)... c)... d)... e)... II. I... II... III... IV... V... VI... VII... VIII... IX. Por tanto: De conformidad con lo expuesto, normas legales citadas y artículos 99, 153, 155, 316, 317, 432, 433 y 434 del Código Procesal Civil, 2, 158, 160 y 161 del Código de Familia. Se declara con lugar el presente proceso de Declaratoria de Abandono con fines de adopción incoado por el Patronato Nacional de la Infancia representado por la Licenciada Dinnia María Marín Vega, en contra de Yorleny Salguera González y Jimmy Aldon Picado Villegas, se falla de la siguiente forma: 1) Se acoge la presente demanda. 2) En vista de que las personas menores de edad se hallaban en riesgo social, se da por terminada la patria potestad de las personas demandadas Yorleny Salguera González y Jimmy Aldon Picado Villegas, en relación con las personas menores de edad mencionadas Kristin Jazmin y Brayan Scott ambos Picado Salguera. 3) Se otorga el depósito judicial de las personas menores de edad Kristin Jazmin y Brayan Scott ambos Picado Salguera a Marcos Guzmán González a quien se le otorga el plazo de tres días a partir de la firmeza de la presente resolución para que se presente a aceptar el cargo de depositario definitivo. 4) Firme la presente resolución se ordena su inscripción en el Registro Civil, Registro de Nacimientos de la provincia de Guanacaste, al Tomo cuatrocientos cincuenta y seis, Folio cuatrocientos ocho, Asiento ochocientos quince, (Kristin Jazmin) y provincia de Alajuela, al Tomo novecientos sesenta, Folio doscientos cincuenta, Asiento quinientos, (Brayan Scott). 5) De acuerdo con el artículo 106 del Código de la Niñez y la Adolescencia, se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. Notifíquese esta sentencia al accionado Jimmy Aldon Picado Villegas, por medio de un edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, o en diario de circulación nacional. Lic. Luis Fernando Saurez Jiménez, Juez.—Expediente N° 15-400257-0928-FA. Declaratoria judicial de abandono. Patronato Nacional de la Infancia contra Jimmy Aldon Picado Villegas y Yorleny Salguera González.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas (Materia Familia).—Luis Fernando Saurez Jiménez, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2020.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2020426306 ).

Se notifica a la señora María Gabriela Solano Castillo por este medio la resolución de las catorce horas y cuarenta y seis minutos del veintinueve de enero del año dos mil dieciséis, la cual literalmente dice: Resultando que en el auto inicial de las ocho horas y cincuenta y seis minutos del once de mayo del año dos mil dieciocho, no se desprende que se le haya tenido como parte interviniente al señor Ibson Kirt Torres Valerin, por lo que a fin de corregir lo anterior y como medida de saneamiento, se resuelve: Se le confiere traslado por tres días a Ibson Kirt Torres Valerín de las presentes diligencias, a quien se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Notifíquese al señor Ibson Kirt Torres Valerin personalmente por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de San José. Dicha parte se le podrá localizar en la siguiente dirección: Zapote, Central San José, Quesada Duran, Urbanización Las Luisas, Alameda 36, casa N° 4. Por último, en razón de lo resuelto, se anula en su totalidad la resolución de las quince horas y treinta y ocho minutos del veintiséis de setiembre del año dos mil diecinueve. Expediente N° 17-000544-0688-FA. Clase de Asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Familia), a las catorce horas y cincuenta y dos minutos del tres de diciembre del año dos mil diecinueve.—Licda. Katerin Andrea Vargas Leal, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2020.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2020426315 ).

Msc. Valeska Von Koller Fournier, Jueza del Juzgado de Familia Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber a Jairo Enrique Castillo Sánchez, documento de identidad PCC79406555, casado, que en este Despacho se interpuso un proceso divorcio en su contra, bajo el expediente número 18-000346-0165-FA donde se dictó la sentencia N° 812-2019 de las diecisiete horas y dieciocho minutos del treinta y uno de octubre de dos mil diecinueve, que en lo conducente dice: por tanto: En concordancia con lo expuesto y normas jurídicas citadas, se resuelve: 1) Se declara con lugar la demanda abreviada de divorcio planteada por Mónica Rendón Puerta contra Jairo Enrique Castillo Sánchez. Se declara disuelto el vínculo matrimonial que ha unido a estas personas. 2) La guarda, crianza y educación de la menor Valery Castillo Rendón la ostentará exclusivamente el señor Castillo Sánchez, mientras que la autoridad parental será ejercida por ambas personas progenitoras. 3) Con el divorcio fenece el derecho alimentario recíproco que favorecía a ambos cónyuges como tales. 4) No existen bienes gananciales. De aparecer algún derecho ganancial, será liquidado en ejecución de sentencia, de acuerdo con el artículo 41 del Código de Familia. Los vehículos placas BPB522 y MCG178 no son bienes gananciales. 5) Se resuelve este asunto sin especial condena en costas. 6) Una vez que esta sentencia quede firme inscríbase la misma en el Registro Civil, Sección de Matrimonios de la provincia de San José al tomo 430, folio 252, asiento 504. Para tales efectos, la parte actora deberá presentarse a este Juzgado y solicitar la expedición de la ejecutoria de ley, previa aportación de las copias que correspondan, le será entregada cinco días hábiles después para que la diligencie ante el Registro Civil. Notifíquese. Publíquese el edicto de Ley. Msc. Valeska von Koller Fournier, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso divorcio de Mónica Rindon Puerta contra Jairo Enrique Castillo Sánchez. Expediente Nº 18-000346-0165-FA. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación.—Juzgado de Familia Segundo Circuito Judicial de San José, 07 de enero del 2020.—Msc. Valeska Von Koller Fournier, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2020.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2020426317 ).

Licenciada Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza del Juzgado de Familia de Heredia, a Jen Ching Chang, en su carácter personal, quien es mayor, de calidades y domicilio desconocidos, se le hace saber que en demanda Autorización Salida País Expediente 18-002458-364-FA, establecida por Ana Guiselle Sánchez Vindas contra Jen Ching Chang, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Heredia, a las trece horas cincuenta y tres minutos del doce de febrero del dos mil diecinueve.- La señora ha solicitado a este Despacho Ana Guiselle Sánchez Vindas que autorice la salida del país de la persona menor de edad Yen Dalahy Chang Sánchez, y que se le autorice para tramitar y retirar el pasaporte, indicando que el señor Jen Ching Chang es el padre de la niña. (Cfr: folio 4). De principio, el artículo 9 del Código de Familia establece que “las autorizaciones o aprobaciones de los tribunales que este Código exige en determinados casos, se extenderán mediante el proceso sumario, señalado en el Código Procesal Civil, cuando no esté establecido otro procedimiento.” En el mismo sentido se encuentra redactado el inciso 10 del artículo 435 del Código Procesal Civil. Para estos casos en los que se solicita la autorización de salida del país de las personas menores de edad existe una vía más expedita que la sumaria. El artículo 151 del Código de Familia dispone que “el padre y la madre ejercen, con iguales derechos y deberes, la autoridad parental sobre los hijos habidos en el matrimonio.” Por esta razón es que para que un menor pueda salir del país requiere autorización de ambos progenitores. En caso de que la autorización sólo la otorgue uno de los progenitores, eso no significa que el niño no puede salir del país, porque en este caso se estaría haciendo la voluntad del progenitor que no autoriza, lo cual viola la igualdad apuntada. El problema lo resuelve la misma norma antes citada, cuando dice: “En caso de conflicto, a petición de cualquiera de ellos, el tribunal decidirá oportunamente, aún sin las formalidades del proceso, y sin necesidad de que las partes acudan con un profesional en derecho. El Tribunal deberá resolver tomando en cuenta el interés del menor.” En el mismo sentido, el Código de la Niñez y la Adolescencia señala que en asuntos en donde se ventilen derechos de las personas menores de edad, no debe existir estricto ritualismo procesal y además el juez tiene amplios poderes en la conducción del proceso. Con base en lo expuesto, debe concluirse que en casos como éstos el Juez o Jueza tiene poderes discresionales para fijar el procedimiento a seguir. Así las cosas, esta Juzgadora estima que para respetar la igualdad de derechos de los progenitores, y para garantizar el derecho que tiene toda persona de ser escuchada, lo procedente es realizar una audiencia oral y privada, en la cual se expresarán las razones por las cuales se solicita la autorización de salida del país y los motivos de oposición que pudieran existir. La persona menor de edad también podrá expresar su opinión, respetándoseles así el derecho que les concede los artículos 12 de la Convención sobre los Derechos del Niño y 105 del Código de Niñez y Adolescencia. Al final de la audiencia se decidirá judicialmente si se concede o no se concede las autorizaciones solicitadas. Por existir una persona menor de edad involucrada en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia, siendo que dicha institución aportó a este Despacho el casillero 403r como único medio para recibir notificaciones, de conformidad con lo que estipula el artículo 37 de la nueva Ley de Notificaciones Judiciales. nombramiento de curador: De conformidad con lo dispuesto por el artículo 262 el Código Procesal Civil, a fin de proceder a nombrarle Curador Procesal al demandado se resuelve: Se ordena expedir y publicar el edicto electrónicamente al que se refiere el artículo 263 del Código Procesal Civil, el cual será enviado por este despacho a la Imprenta Nacional y la parte interesada deberá estar atenta a su publicación. De igual manera se le previene a la parte actora que aporte certificación del Registro de Personas en el que se informe si el demandado ausente cuenta con apoderado inscrito en el país, así como Certificación de Movimientos Migratorios del demandado expedida por la Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Seguridad Pública. Prevención de honorarios: Se le previene a la parte actora depositar la suma de cincuenta mil colones, a fin de responder al pago de los honorarios del Curador Procesal a nombrar en representación de la parte accionada, a favor de la cuenta electrónica del Banco de Costa Rica número 180024580364-6 dentro del plazo de ocho días. Citación testigos: Se previene a la parte actora que en el plazo de una semana presente al despacho dos testigos, para que bajo juramento, respondan las preguntas que se le formularán para determinar la procedencia del nombramiento del curador procesal del demandado, bajo apercibimiento de que si no comparece, el proceso no podrá avanzar notificaciones: Notifíquese esta resolución al demandado Yen Ching Chang por medio de edicto. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Heredia.—Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2020.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2020426323 ).

El Juzgado de Familia de Desamparados, hace saber al señor José Ramón García Ortiz, mayor, nicaragüense, cédula de residencia 155819890812, de demás calidades desconocidas, que en este despacho se tramitó el proceso número 19-000122-0637-FA, que es sumario de autorización de salida del país de persona menor de edad de Noelvi del Socorro Moreno Espinoza, en su contra, y que mediante sentencia número 2019001897, dictada a las ocho horas y cuarenta y uno minutos del dos de diciembre de dos mil diecinueve, se resolvió: “... Se acoge la solicitud formulada por la madre. La persona menor de edad podrá salir del país cuando así lo desee y/o necesite pero no con fines de residir fuera del país. Es decir, todo viaje que realice debe tener fecha exacta o aproximada de regreso. La persona menor de edad saldrá acompañada por su madre, documento de identidad número 155820201635 o de la persona que la madre autorice en forma expresa. De igual forma, para cada viaje de José David García Moreno la madre tendrá que retirar en este Juzgado una autorización (oficio) dirigido a Migración así como, indicar mediante manifestación escrita o verbal, a dónde viajará la persona menor de edad, cuándo saldrá y regresará, acompañada por quién y para qué fin. Una vez que conste esa información, se expedirá inmediatamente el respectivo oficio, acompañado de la copia certificada de este fallo. Todo lo anterior con el fin de que si el padre lo desea, pueda conocer dónde se encuentra José David García Moreno. Este permiso lleva implícita la autorización a la madre para que diligencie unilateralmente la emisión y/o renovación del pasaporte de su hijo las veces que sea necesario. Se resuelve sin especial condenatoria en costas...”.—Juzgado de Familia de Desamparados, 10 de enero del 2019.—Licda. Zeidy Jacobo Moran, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2020.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2020426335 ).

El Juzgado de Familia de Desamparados, hago saber al señor Arnoldo Eduardo García Oviedo, cédula N° 1-1340-699, que dentro del proceso número 19-000283-0637-FA, que es sumario de autorización de salida del país de persona menor de edad interpuesto por Maricela de la Trinidad Solano Garro, en su contra, se ha dictado la sentencia número 2019001887, esto a las diecisiete horas y dieciocho minutos del veintiocho de noviembre del dos mil diecinueve, resolución que literalmente cita en su parte dispositiva: “... La (s) persona (s) menor (es) de edad Amanda y Sarita ambas de apellidos García Solano podrá (n) salir del país cuando así lo desea o necesite (n), pero no con fines de residir fuera del país. Es decir, todo viaje que realice (n) debe tener fecha exacta o aproximada de regreso. La (s) persona (s) menor (s) de edad Amanda y Sarita ambas de apellidos García Solano saldrá (n) acompañada por su señora madre Marcela Solano Garro, documento de identidad numero 115110325 o de la persona que la madre autorice en forma expresa. De igual forma para cada viaje de Amanda y Sarita ambas de apellidos García Solano la madre tendrá que retirar en este Juzgado una autorización (oficio) dirigido a la Oficina de Migración y Extranjería así como indicar mediante manifestación escrita o verbal, a dónde viajará la (s) persona (s) menor (es) de edad, cuando saldrá (n) y regresará (n), acompañada por quién y para qué fin, así como el lugar que visitará (n) y donde se hospedará (n). Una vez conste esa información se expedirá inmediatamente el respectivo oficio. Todo lo anterior con el fin de que si el padre lo desea pueda conocer donde se encuentra Amanda y Sarita ambas de apellidos García Solano. Este permiso lleva implícita la autorización a la madre para que diligencie unilateralmente la emisión o renovación del pasaporte de su (s) hija (s) las veces que sea necesario. Se resuelve sin especial condenatoria en costas porque la madre litiga en representación de su (s) hija (s). Expídase el oficio respectivo para la Dirección de Migración y Extranjería. Realícese la respectiva anotación de lo acá resuelto en el registro de personas menores de edad del Sistema de Obligados Alimentarios y Penal (SOAP) del Registro Judicial...”. Publíquese una única vez.—Juzgado Familia del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 13 de enero del 2020.—MSc. Maureen Ortiz Cerdas, Jueza de Familia.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020426346 ).

Se avisa que en este Despacho, Fanny Mayela Alvarado Quirós y Marco Danny Hernández Mata, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad: Kimberly González Granados. Se concede a todas las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N° 19-000851-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de enero del 2020.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020426625 ).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio Civil los señores Olger Gerardo Castro Cordero, quien es mayor, soltero, de 42 años de edad, oficio comerciante, portador de la cédula de identidad 2-0525-0906, hijo de Guido Castro Blanco y Haydee Cordero Barquero, vecino de Aguas Zarcas de San Carlos, en Garabito, cuatrocientos este y ochocientos sur de la iglesia de Garabito y Ana Yanci López Arce, quien es mayor de 33 años de edad, soltera, de oficio del hogar, portadora de la cédula de residencia número 155820465634, hija de Luis Alberto López Espinoza y María del Rosario Arce Izaguirre, vecina de la misma dirección del anterior. De acuerdo con lo establecido en el artículo 25 del Código de Familia, publíquese un edicto. Solicitud para contraer matrimonio. Si alguna persona tuviera conocimiento de la existencia de impedimento legal alguno para la realización de dicho matrimonio deberá comunicarlo a este Juzgado dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Expediente 20-000017-1302 FA.—Juzgado de Familia de San Carlos, 07 de enero del 2020.—MSC. Yuliana Ugalde Zumbado.—1 vez.—( IN2020425574 ).

Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil , Jenny Patricia Morales Matarrita , mayor, soltera, empacadora, cédula de identidad número 0701630263, vecina de San Blas de hogares crea 300 m norte, hija de Jenny Morales Matarrita, nacida en Sixaola Talamanca Limón, el 08/07/1984, con 34 años de edad, teléfono 6133-75-71 y víctor Manuel Espinoza Arguedas, mayor, soltero, chofer, cédula de identidad número 0502770353, vecino de San Blas de Hogares Crea 300 m norte, hijo de elida Arguedas Espinoza y Víctor Espinoza López, teléfono 6081-59-90 nacida en centro Nicoya Guanacaste , el 15/04/1973, actualmente con 45 años de edad. Las personas comparecientes manifiestan: venimos ante su autoridad con el fin de que mediante sus buenos oficios se nos una en matrimonio civil dado que no hay impedimento legal para ello y para comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los testigos: Vilma Chavarría López y Claudia Sánchez Rivera. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-000146-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 22 de enero del año 2019.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2020.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2020425695 ).

Han comparecido ante este Juzgado de Familia de Heredia, solicitando contraer matrimonio civil, Jackson Noe Rodríguez Delgado, mayor, estado civil soltero, profesión optometrista, cédula de identidad número 5-0344-0023, vecino Heredia, San Josecito, de la iglesia católica 300 metros norte y 50 metros oeste, teléfono 8324-3236 hijo de Noe Rodríguez Gutiérrez y Maribel Delgado Varela nacido en Guanacaste, con 34 años de edad, y Elba Luciana Villanero Atencio, mayor, estado civil soltera, profesión estudiante, cédula de identidad número 6-0405-0412, vecina de la misma dirección del anterior, hija de Pedro Villanero González y Florentina Atencio Montezuma, nacida en Puntarenas, actualmente con 27 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-002167-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 14 de enero del año 2020.—Lic. Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1 vez.—O. C. 364-12-2020.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2020425696 ).

Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil Rudy Luciano Arroyo Hernández, quien es mayor, costarricense, soltero en unión libre, soldador, con cédula de identidad número 5-0308-0862, hijo de Nidia Arroyo Hernández, nacido en centro, Nicoya, Guanacaste, el día cuatro de marzo del año mil novecientos setenta y nueve, de 40 años cumplidos, vecino de Quepos, Barrio Bella Vista, 150 metros norte del Súper Jordix, casa de cemento color terracota y Melisa Castañeda Tijerino, quien es mayor, costarricense, soltera en unión libre, cajera, con cédula de identidad número 6-0347-0484, hija de Juan Castañeda Camareno y Melania Tijerino Rivera, nacida en Quepos, Aguirre, Puntarenas el día diecinueve de junio del año mil novecientos ochenta y cinco, de 34 años cumplidos, vecina de Quepos, Barrio Bella Vista, 150 metros norte del Súper Jordix, casa de cemento color terracota. Se publica este edicto por si alguna persona se considera con derecho a oponerse dentro de los siguientes ocho días a la publicación del mismo para hacer valer sus derechos. Expediente 20-000008-1591-FA.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Quepos (Materia de Familia), Quepos, 14 de enero del año 2020.—Lic. Johanna Vargas Hernández, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2020.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2020425697 ).

Han comparecido ante este Juzgado de Familia de Heredia, solicitando contraer matrimonio civil, los señores Marcela Hernández Chaves, mayor, estado civil soltera, celular: 62231704 , profesión ama de casa, cédula de identidad número 111590690, vecina de Heredia, Central, Mercedes Norte, hija de Luis Fdo Hernández Oviedo y Ana Mercedes Chaves Mora, nacida en Uruca, Central, San José, con 36 años de edad, y Leslie Esquivel Murillo, mayor, estado civil divorciado, profesión chofer de bus, celular: 62243996, cédula de identidad número 0108780055, vecino de Heredia, Central, Mercedes Norte, hijo de Alba Iris Esquivel Murillo, nacido en Hospital Central San José, actualmente con 45 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 19-002634-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 14 de enero del 2020.—Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2020.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2020425754 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil: María Isabel Gómez Brenes, costarricense, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0304740921, vecina de San Blas, 400 metros norte del antiguo Hogares Crea, casa a mano derecha portón blanco, la casa se ubica del lado atrás de otra vivienda, hija de María Isabel Brenes Aguilar y Ronald Manuel Gómez Guzmán, ambos costarricenses, nacida en Oriental, Central, Cartago, el 18/11/1993, con 26 años de edad; y William Fernando Gómez Ramírez, costarricense, mayor, divorciado de Tatiana Fernandez Pereira el 01/09/2009 en la provincia de Cartago, taxista, cédula de identidad número 0303480202, vecino de San Blas, 400 metros norte del antiguo Hogares Crea, casa a mano derecha portón blanco, la casa se ubica del lado atrás de otra vivienda, hijo de Vera Ramírez Artavia y Fernando Gómez Granados, ambos costarricenses, nacido en Oriental, Central, Cartago, el 20/07/1977, actualmente con 42 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 20-000107-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 14 de enero del 2020.—Licda. Guadalupe Solano Patiño, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020425852 ).

Carlos Emmanuel Rojas Murillo, mayor, de 26 años de edad, soltero en unión de hecho, oficial de seguridad, de nacionalidad costarricense, nacido el 26 de diciembre de 1993, vecino de Guayabo de Mora del Minisúper Antony 800 metros al este casa de color celeste a mano derecha, cédula de identidad número 1-1557-0633, teléfono: 8490-2567, hijo de Manuel Rojas Marín y María Isabel Murillo Rojas, ambos de nacionalidad costarricense; y Briany Joheivy Medina Briones, mayor, soltera en unión de hecho, de 21 años de edad, ama de casa, de nacionalidad nicaragüense, nacida el 18 de noviembre de 1998, vecina de Guayabo de Mora del Minisúper Antony 800 metros al este casa de color celeste a mano derecha, número de pasaporte C02688595, teléfono: 6144-3473, hijo de Reina Marisol Briones López y Manuel Salvador Medina Larios, costarricense y nicaragüense, han comparecido ante este Juzgado, solicitando contraer matrimonio civil. Si alguna persona conoce impedimento para que se realice este matrimonio deberá hacerlo saber a este Despacho, dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto. Este edicto se publicará solo una vez. Expediente Nº 20-000007-1530-FA.—Juzgado Civil, de Trabajo y Familia de Puriscal, Santiago, 02 de noviembre del 2016.—Licda. Milena Peña Salas, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020426184 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio el señor Kevin José Guido Zapata, mayor, divorciado de María José Vargas Bustos el 29 de noviembre del 2017, en Liberia, misceláneo, cédula de identidad número 0503770675, vecino de Liberia, hijo de María del Carmen Zapata Villegas y José Abrahan Guido Ríos y Nancy Gabriela Jiménez Alvarado, mayor, soltera, profesora, cédula de identidad número 0503670747, vecina de Liberia, hija de Gloria Alvarado Rodríguez y Marcelino Jiménez Sánchez. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 20-000022-0938-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia), Liberia, 15 de enero del 2020.—Msc. Marcela González Solera, Jueza.—1 vez.—O. C. 364-12-2020.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2020426185 ).

Edictos en lo Penal

Por requerirse así en la sumaria 17-001050-0485-PE, en contra de Elías Mauricio Porras Hernández, por el delito de lesiones culposas (Ley de Tránsito), en perjuicio de José Alberto Jiménez Quirós, se solicita publicar por medio de edicto y por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial y de conformidad con el artículo 115 del Código Procesal Penal la siguiente resolución: Acción Civil Resarcitoria del veinticinco de agosto del dos mil diecisiete, establecida por el licenciado Abraham Chaves Acuña, en calidad de Abogado de la ofendida José Alberto Jiménez Quirós, en contra del tercero civilmente responsable William Vargas Taylor, cédula de identidad 7-0096-0927, esto para que interponga las excepciones que estime convenientes. Lo anterior de carácter urgente ya que la causa prescribe el 26 de enero del 2020. Publíquese tres veces.—Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Lic. Yeiner Arguedas Delgado, Fiscal Auxiliar.—O.C. 364-12-2020.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2020425100 ).           3 v. 2.