BOLETÍN JUDICIAL N° 13 DEL 22 DE ENERO DEL 2020
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEL PODER JUDICIAL
JUZGADO NOTARIAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos
Matrimoniales
Edictos en lo Penal
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso
específico el acuerdo De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 02-2019, sesión
virtual del 20 de mayo del 2019, artículo XIII y el acuerdo del Consejo
Superior N° 73-19 del 20 de agosto del 2019, artículo
LI., De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2016 de fecha 04 de mayo
de 2016, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo XCV., se
hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en
general, que se procederá a la eliminación de Paquetes de Expedientes de Civil
de Hacienda, Paquetes de Expedientes de Familia, Paquetes de Expedientes de
pensión Alimenticia, de los despachos que a continuación se detallan. La
información se encuentra remesada y custodiada en el Archivo Judicial.
Para ver las imágenes
solo en El Boletín Judicial en formato PDF
Si
algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos
documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de
ocho días hábiles, luego de la publicación de este aviso. Publíquese por una
vez en el Boletín Judicial.
San José, 15 de enero del 2020.
Lic.
Wilbert Kidd Alvarado
Subdirector
Ejecutivo del Poder Judicial
1 vez.—O.C N° 364-12-2020.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2020425742 ).
HACE SABER:
A la Dirección Nacional de Notariado,
al Archivo Notarial, al Registro
Nacional y al Registro Civil, y a toda
la ciudadanía en general,
que en el Proceso Disciplinario Notarial N° 17-000957-0627-NO, de Registro Civil contra Mario Alberto Venegas Barrenechea (cédula de identidad
N° 1-0603-0264), este Juzgado
mediante Sentencia de
Primera Instancia N° 0262-2019 de las veinte horas y veintiséis minutos del treinta de abril de dos mil diecinueve
(folios 42 al 47), la cual fue
confirmada por el Tribunal Notarial mediante Voto N° 0168-2019, de
las diez horas veinte minutos del veinticinco de octubre de dos mil diecinueve
(folios 57 al 59), en vista que se encuentra firme se dispone comunicar a la citada Notaria la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación
en el Boletín
Judicial.
San José, veintiséis de noviembre del dos
mil diecinueve.
M.Sc.
Juan Carlos Granados Vargas,
Juez
1 vez.—O.C. N° 364-12-2020.—Sol. N° 68-2017-JA.—( IN2020426316 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Francisco Quesada Barrientos, cédula de identidad N° 2-265-194, fallecido
el 19 de agosto del 2019, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector público bajo el número
19-001965-0505-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente
Nº 19-001965-0505-LA. Por Margarita Ramírez Carvajal a favor de Francisco Quesada Barrientos.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 12 de noviembre
del 2019.—Lic. Mario José Rojas Soro, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020425787 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Theylom
Esteban Bermúdez Azofeifa, cédula de identidad 0113760915, y quien
fallecido el 13 de noviembre del año 2019, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector privado bajo el Número
19-002179-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en
el Boletín Judicial. Expediente N°
19-002179-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia,
6 de diciembre del 2019.—Msc. Silvia Patricia
Quesada Alpízar, Jueza.—1 vez.—O.C N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020425817
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Paubla Vanessa
Quirós Solano, cédula de identidad
N° 04-0209-0388, fallecida el 04 de noviembre del 2019, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el número 19-002180-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 19-002180-0505-LA. Promovidas por Volcarica Sociedad
de Responsabilidad Limitada,
cédula jurídica N° 3-1025-1567, a favor de Paubla Vanessa Quirós Solano,
cédula de identidad N° 04-0209-0388.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 04 de diciembre del 2019.—Msc. Mariel Rojas Sánchez, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2020425818 ).
Se cita y emplaza a los
que en carácter de causahabientes de Simón Bolívar Salas Castillo 0700300466,
fallecido el 11 de junio del 2019, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector privado bajo
el N° 19-002207-0505-LA, a hacer valer sus derechos
de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de
Trabajo. Expediente N° 19-002207-0505-LA, promovidas
por Sonia Lorena Salas Castillo a favor de Simón Bolívar Salas Castillo.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 5 de
diciembre del 2019.—Lic. Mario José Rojas Soro, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2020425819 ).
Se cita y emplaza a los
que, en carácter de causahabientes de Víctor Manuel José Trinidad Oviedo
Chaves, cédula de identidad N° 0400670911, fallecido
el 12 de noviembre del año 2019, se consideren con derecho, para que, dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de
este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación
de prestaciones sector público bajo el N°
19-002216-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 19-002216-0505-LA. Promovido por
Yamileth Oviedo Álvarez, cédula de identidad N° 01
0509 0037 a favor de Víctor Manuel José Trinidad Oviedo Chaves, cédula de
identidad N° 04-0067-0911.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 09 de diciembre del 2019.—Msc. Mariel Rojas Sánchez Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020425823
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causante de: Virginia del Carmen Soto Bolaños, fallecida el 04 de noviembre del
2019, se consideren con derecho, para que, dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación
de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el número 19-002261-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 19-002261-0505-LA. Por
Antonio Chaverri Espinoza a favor de Virginia del
Carmen Soto Bolaños.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 16 de diciembre
del 2019.—Msc. Luis Diego Charpantier
Vargas, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020425824 ).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causante de Jorge Isaac Chaves Chacón, fallecido el 06 de
noviembre del 2019, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este despacho en las diligencias de consig.
pago sector privado bajo el N° 19-002274-0505-LA, a
hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85
y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 19-
002274-0505-LA, por Flor Maritza Morera Durán a favor de Jorge Isaac Chaves Chacón.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 16 de
diciembre del 2019.—Msc. Luis Diego Charpantier Vargas, Juez.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020425847 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de
causahabientes de Rubén Cubero Carmona, N°
0601840454, fallecido el 15 de febrero del año 2018, se consideren con derecho,
para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consignación de prestaciones sector público bajo el N°
20-000033-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N°
20-000033-0643-LA. Por BN Vital Operadora de Planes de Pensiones
Complementarias Sociedad Anónima a favor de Rubén Cubero Carmona.—Juzgado
de Trabajo de Puntarenas, 14 de enero del 2020.—Lic. Rusbel
Herrera Medina, Juez.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020426186
)
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Jacqueline Huezo Caravaca,
0603060670, fallecida el 24 de noviembre del 2019, se consideren con derecho
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de consig. pago sector privado bajo
el N° 20-000037-0643-LA, a hacer valer sus derechos
de conformidad con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
20-000037-0643-LA, Por Corporación Seguridad Uno Sociedad Anónima a favor de
Jacqueline Huezo Caravaca.—Juzgado
de Trabajo de Puntarenas, 15 de enero del 2020.—Licda. Daniela González
Sanahuja, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2020426187 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de David Alejandro Obando López, cédula de identidad número: 05-0314-0072, fallecido
el 14 de enero del año
2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación
de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el Número 17-000011-0874-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
17-000011-0874-LA. Por a favor de Brenda María Castillo Espinoza.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo
Circuito Judicial de Guanacaste
(Nicoya) (Materia Laboral), 16 de enero del
2020.—Licda. Ximena Jiménez Soto, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020426307
).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este
Despacho, al ser las nueve
horas y treinta minutos del
diecisiete de abril del dos
mil veinte, con una base de noventa
y cinco mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando afectaciones y limitaciones Ley Forestal 7575 citas: 2011-337266-01-0001-001; sáquese
a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 21824, derecho 000, la cual
es terreno de repastos de jaragua y bosques. Situada en el distrito: 02-Savegre, cantón: 06-Quepos, de la provincia
de Puntarenas. Linderos: al norte,
camino público; al sur,
Victor Manuel Valverde Valverde, Roberto Rojas Núñez, Miguel Ángel Jiménez Jiménez; al este, Edwin Quesada Rubí; y al oeste, Juan Francisco
Meza Solís. Mide: seiscientos
siete mil cuatrocientos treinta y ocho metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Plano: P-0036367-19. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del veintisiete de abril del dos mil veinte, con la
base de setenta y un mil doscientos
cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del seis de mayo del dos mil veinte,
con la base de veintitrés mil setecientos
cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Bosque Verde Ojochalindo
S.A. contra Las Cumbres de Savegre
S.A. Expediente N° 18-000487-1201-CJ.—Juzgado de Cobro
de Golfito, 28 de noviembre del 2019.—Lic. Rigoberto Alfaro Zúñiga, Juez.—(
IN2020425858 ).
Con una base de catorce millones setecientos dos mil ochocientos veintinueve colones con ochenta y tres céntimos, libre de gravámenes, pero con condiciones ref.:
2669-491-001 bajo citas: 0325-00001559-01-0901-013; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número veintiún mil doce, derecho 000,
para lo cual se señalan las
nueve horas y treinta minutos del diecisiete de febrero del dos mil veinte. De no
haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de febrero del dos
mil veinte, con la base de once millones
veintisiete mil ciento veintidós colones con treinta y siete céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del cuatro de marzo del dos mil veinte, con la base de tres millones seiscientos setenta y cinco mil setecientos siete colones con cuarenta y seis céntimos (25% de la base original). Publíquese
el edicto de ley. B) Con la base de doce millones ciento
cuarenta mil quinientos veintitrés colones con setenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones ref.:
2669-493 001 bajo las citas:
0325-00001559-01-0904-002; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea la finca del partido de Limón, matrícula número veintiún mil catorce cero cero cero. Para tal efecto se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecisiete de febrero del dos mil veinte
(primer remate). De no haber
postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de febrero del dos mil veinte, con
la base de nueve millones ciento cinco mil trescientos noventa y dos colones con ochenta y un céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del cuatro de marzo del dos mil veinte, con la
base de tres millones treinta y cinco mil ciento treinta colones con noventa y cuatro céntimos (un 25% de la
base original). Publíquese el edicto
de ley. La parte interesada
debe revisar que la información
incluida en el edicto se encuentre correcta previo a su publicación. Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Rafael
Antonio Rodríguez Gutiérrez. Expediente Nº 18-000391-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica,
17 de diciembre del 2019.—Licda.
Hazel Carvajal Rojas, Jueza Decisora.—( IN2020425948 ).
En este Despacho, con una base de seis millones
de colones exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando reservas y restricciones bajo las
citas: 347-15050-01-0002-001; sáquese
a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 5-118707-000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito: 05-Curubandé, cantón-Liberia,
de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, servidumbre de paso; al sur, Petronas Morales Gutiérrez; al este, José Emiliano Bustos Morales, y al oeste, calle pública y Luis Paulino
Bustos Morales. Mide: cuatro
mil cuatrocientos ochenta y
siete metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las 14:30 horas (02:30 p. m.) del 12/05/2020. De no
haber postores, el segundo remate, se efectuará a las 14:30 horas del 20/05/2020 con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las
14:30 horas del 28/05/2020 con la base de un millón quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Coopecivel R.L.
contra Ramón Bustos Morales. Expediente Nº
18-008741-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 07 de noviembre
del 2019.—Licda. Paula Morales González, Jueza Decisora.—( IN2020425956 ).
En este Despacho, con una base de quince mil
doscientos setenta y cuatro dólares con veinticuatro centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa SJB-015164, Marca:
Joylong, Estilo: HKL6600C, Categoría: Microbús,
Capacidad: 18 personas, Serie: LJSKA3BF4FD856015, carrocería: Microbús,
tracción: 4x2, año fabricación: 2015, color: blanco, N. Motor: DK4B1077578
Marca: Joylong. Para tal efecto se señalan las trece
horas y cuarenta y cinco minutos del diez de marzo de dos mil veinte. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y cuarenta y
cinco minutos del dieciocho de marzo de dos mil veinte, con la base de once mil
cuatrocientos cincuenta y cinco dólares con sesenta y ocho centavos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de marzo de dos mil
veinte, con la base de tres mil ochocientos dieciocho dólares con cincuenta y seis centavos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S.A. contra Arrendadora Rentabus AR Sociedad Anónima, Centro Bus Sociedad Anónima.
Expediente Nº 19-010686-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 19 de diciembre del 2019.—Licda. Noelia
Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2020425964 ).
En este Despacho, con una base
de tres mil cuatrocientos sesenta y cuatro dólares con cuarenta y ocho
centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo
Placa: 718027, Marca: Toyota, Estilo: RAV 4, Categoría: automóvil, capacidad: 5
personas, año: 2008, color: beige, Vin:
JTMZD33V205075967, cilindrada: 2362 c.c., tracción: 4x2, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del dieciséis de marzo
de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas y cero minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veinte, con la
base de dos mil quinientos noventa y ocho dólares con treinta y seis centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las once horas y cero minutos del uno de abril de dos mil veinte,
con la base de ochocientos sesenta y seis dólares con doce centavos (25% de la
base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Iliana Chacón
Mora. Expediente Nº 19-012254-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 02 de
diciembre del 2019.—Licda. Brenda Vargas Quesada, Jueza Decisora.—(
IN2020425965 ).
En este Despacho, con una base de dieciocho
mil quinientos setenta y tres dólares con setenta y ocho centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BMP198. Marca: Hyundai. Estilo:
Creta GL. Categoría: automóvil. Capacidad: 5 personas.
Carrocería: todo terreno 4 puertas. Tracción: 4X2. Cilindros: 4.
Combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecisiete de febrero del dos mil veinte. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del veinticinco de febrero del dos
mil veinte, con la base de trece
mil novecientos treinta dólares con treinta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del cuatro de marzo del dos mil veinte, con la base de cuatro mil
seiscientos cuarenta y tres dólares con cuarenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Promérica de
Costa Rica S.A. contra Marines Rojas Ramírez. Expediente
N° 18-008987-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, 11 de
diciembre del 2019.—Licda.
Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—(
IN2020425967 ).
En este Despacho, con una base de sesenta y
un millones setecientos mil colones exactos, soportando hipoteca de primer
grado citas: 2011-81551-01-0001-001 y Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos
Públicos, citas: 287-06848-01-0002-001, sáquese a remate la finca del Partido
de Alajuela, matrícula N° 127036-000, la cual es
terreno de pastos y montaña. Situada en el distrito: 06-Pital, cantón: 10-San
Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, El Gallito S.A.; al sur,
calle pública; al este, Jorge Renan Salazar Pereira; y al oeste, Odilio Zamora González. Mide: ciento dieciséis mil ciento
sesenta y seis metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. Plano:
A-0700404-2001. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del
tres de marzo del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate
se efectuará a las ocho horas y cero minutos del once de marzo del dos mil
veinte, con la base de cuarenta y seis millones doscientos setenta y cinco mil
colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del diecinueve de marzo
del dos mil veinte, con la base de quince millones cuatrocientos veinticinco
mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Sucesores Mynor Salazar Pereira contra Piña Oro Sociedad Anónima. Expediente:
19-003567-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 26 de diciembre del 2019.—Licda. Viviana Salas
Hernández, Jueza Decisora.—( IN2020425979 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones de colones exactos, soportando reservas y restricciones citas: 348-13524-01-0920-001, sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 504918-000, la cual es terreno lote primero terreno para construir. Situada: en el distrito: 01-Naranjo, cantón
06-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 11
metros 24 centímetros; al sur, Nidia Mora Álvarez; al este, Cecilia Acuña González, y al oeste, lote segundo.
Mide: doscientos sesenta y tres metros cuadrados. Plano: A-1644747-2013. Para tal
efecto, se señalan las once
horas y treinta minutos del
diez de febrero del dos mil
veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once
horas y treinta minutos del
dieciocho de febrero del
dos mil veinte, con la base de tres
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las once
horas y treinta minutos del
veintiséis de febrero del
dos mil veinte, con la base de un millón
doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Jafet Villalobos
Alfaro, Marlene del Carmen Jiménez Vargas contra Ronny Gerardo Chacón
Salazar. Expediente Nº 19-003094-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 03 de diciembre
del 2019.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Decisora.—(
IN2020425981 ).
En este Despacho, con una base
de treinta y cuatro millones novecientos sesenta y tres mil trescientos treinta
y dos colones con sesenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre de paso citas 2012-80753-01-0001-001; sáquese a remate
la finca del partido de San José, matrícula número 450375-000, derecho 000, la
cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el
distrito San Ignacio, cantón Acosta, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, Francisco Hidalgo Fallas; al sur, Vitalina
Mora Mora; al este, calle de servidumbre con frente
de 15,00 metros y al oeste, Jorge Mora Padilla. Mide: doscientos noventa y
nueve metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las quince horas y treinta minutos del cinco de febrero del año dos mil
veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas
y treinta minutos del trece de febrero del año dos mil veinte, con la base de
veintiséis millones doscientos veintidós mil cuatrocientos noventa y nueve
colones con cuarenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y treinta
minutos del veintiuno de febrero del año dos mil veinte, con la base de ocho
millones setecientos cuarenta mil ochocientos treinta y tres colones con quince
céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Fidelia María Azofeifa Monge. Expediente
Nº 17-002131-1764-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José,
Sección Segunda, 10 de diciembre del 2019.—Licda. Susana Murillo Alpízar,
Jueza.—( IN2020425983 ).
En este Despacho, con una base de ocho millones setecientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref:0455-414-009 citas:
277-04029-01-0902-001; sáquese a remate
la finca del partido de
Limón, matrícula número ciento un mil quinientos cuarenta y tres, derecho cero cero cero, la cual
es terreno terreno para construir lote 276 H. Situada en el distrito
Jiménez, cantón Pococí, de
la provincia de Limón. Colinda:
al norte, calle pública; al sur, lote 274 H; al este, calle pública;
y al oeste, lote 275 H. Mide: ciento noventa
y cinco metros con sesenta
y cinco decímetros cuadrados. Plano: L-0748315-2001. Para tal
efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecisiete de febrero del dos mil veinte. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del veinticinco de febrero del dos
mil veinte con la base de seis millones
quinientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del cuatro de marzo del dos mil veinte con la base de
dos millones ciento setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro
y Préstamo contra Berta Mora Chavarría, Olson Munguia. Expediente
N° 18-002598-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí,
04 de noviembre del 2019.—Hazel Patricia Castillo
Bolaños, Jueza.—( IN2020425984 ).
En este Despacho, con una base de treinta y
ocho millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre trasladada 320-8005-01-0901-001 y plazo de convalidación
(rectificación de medida) 2018-38552-01-0002-001; sáquese a remate la finca del
partido de Heredia, matrícula número setenta y dos mil seiscientos
veintiuno, derecho 000, la cual es terreno inculto con una casa. Situada
en el distrito San Josecito, cantón San Rafael, de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, calle pública con 16.02 metros; al sur, Leda Solís Campos;
al este, calle pública con 9 metros y al oeste, Norberto Cascante Carvajal.
Mide: ciento treinta y siete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
ocho horas y cero minutos del diez de febrero de dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del
dieciocho de febrero de dos mil veinte con la base de veintiocho millones
quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del
veintiséis de febrero de dos mil veinte con la base de nueve millones
quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela-La Vivienda contra Juan Diego Sánchez Vargas. Expediente Nº 19-007115-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 18 de noviembre del 2019.—Liseth Delgado Chavarría,
Jueza Tramitadora.—( IN2020425987 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; al mejor postor remataré lo siguiente: 1. libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidu. condici. Ref.: 46094-000 (citas: 392-00504-01-0803-001), servidu. condici. Ref.: 46096-000
(citas: 392-00504-01-0804-001), servidu. condici. (citas: 392-00504-01-0805-001), reservas de ley de
aguas y Ley de Caminos Públicos (citas: 426-12273-01-0169-001); al ser ocho
horas y quince minutos del diez de febrero del dos mil veinte, y con la base de
cuatro millones ciento veintinueve mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, provincia de
Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
ciento cincuenta y nueve mil ochenta y cuatro- cero cero
cero, la cual es de naturaleza: terreno para la
agricultura. Situada en el distrito: 01-Bratsi, cantón: 04-Talamanca, provincia
Limón. Colinda: norte, Sofía Cascante Hernández; sur, Sofía Cascante Hernández;
este, calle pública y oeste, Sofía Cascante Hernández. Mide: ciento cincuenta
metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince
minutos del dieciocho de febrero del dos mil veinte, con la base de tres
millones noventa y seis mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas
y quince minutos del veintiséis de febrero del dos mil veinte con la base de un
millón treinta y dos mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). 2. Al ser las ocho horas y quince minutos del
diez de febrero del dos mil veinte, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando
servidu. condici. ref.:
46094-000 (citas: 392-00504-01-0803-001), servidu. condici. ref.: 46096-000 (citas: 392-00504-01-0804-001), servidu. condici. (citas:
392-00504-01-0805-001), reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos
(citas: 426-12273-01-0169-001); y con la base de tres millones cuatrocientos
cincuenta y siete mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, provincia de Limón, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta
y nueve mil ochenta y cinco-cero cero cero, la cual
es de naturaleza: terreno para la agricultura. Situada en el distrito:
01-Bratsi, cantón: 04-Talamanca, provincia Limón. Colinda: norte, Sofía
Cascante Hernández; sur, Sofía Cascante Hernández; este, calle pública y oeste,
Sofía Cascante Hernández. Mide: ciento treinta metros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos del dieciocho de
febrero del dos mil veinte, con la base de dos millones quinientos noventa y
dos mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y quince minutos
del veintiséis de febrero del dos mil veinte con la base de ochocientos sesenta
y cuatro mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de
la base inicial). 3. Al ser las ocho horas y quince minutos del diez de febrero
del dos mil veinte, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidu. condici. ref.: 46094-000
(citas: 392-00504-01-0803-001), servidu. condici. ref.: 46096-000 (citas: 392-00504-01-0804-001), servidu. condici. (citas:
392-00504-01-0805-001) reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos
(citas: 426-12273-01-0169-001) y con la base de tres millones cuatrocientos
cincuenta y siete mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, provincia de Limón, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y
nueve mil ochenta y seis-cero cero cero la cual es de
naturaleza: terreno para la agricultura. Situada en el distrito: 01-Bratsi,
cantón: 04-Talamanca, provincia Limón. Colinda: norte, Sofía Cascante
Hernández; sur, Sofía Cascante Hernández; este, calle pública y oeste, Sofía
Cascante Hernández. Mide: ciento treinta metros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las ocho horas y quince minutos del dieciocho de febrero del
dos mil veinte, con la base de dos millones quinientos noventa y dos mil setecientos
cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las ocho horas y quince minutos del veintiséis de
febrero del dos mil veinte con la base de ochocientos sesenta y cuatro mil
doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). 4. Al ser las ocho horas y quince minutos del diez de febrero del dos
mil veinte, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidu. condici. ref.: 46094-000
(citas: 392-00504-01-0803-001), servidu. condici. ref.: 46096-000 (citas: 392-00504-01-0804-001), servidu. condici. (citas:
392-00504-01-0805-001), reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos
(citas: 426-12273- 01-0169-001); y con la base de tres millones cuatrocientos
cincuenta y siete mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, provincia de Limón, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta
y nueve mil ochenta y siete-cero cero cero, la cual
es de naturaleza: terreno para la agricultura Situada en el distrito:
01-Bratsi, cantón: 04-Talamanca, provincia Limón. Colinda: norte, Sofía
Cascante Hernández; sur, Sofía Cascante Hernández; este, calle pública y oeste,
Sofía Cascante Hernández. Mide: ciento treinta metros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos del dieciocho de
febrero del dos mil veinte, con la base de dos millones quinientos noventa y
dos mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y quince minutos del veintiséis de febrero del dos mil
veinte, con la base de ochocientos sesenta y cuatro mil doscientos cincuenta
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se
les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y
Préstamo contra Kendall Jurgely
Rodríguez Hernández. Expediente Nº 17-021364-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 04 de octubre del
2019.—Licda. Angie Rodríguez Salazar, Jueza.—( IN2020425988 ).
En este Despacho, con una base de veintitrés
millones doscientos ochenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servid. condic. ref.: 00121277 000, citas:
343-12664-01-0900-001; sáquese a remate
la finca del partido de
Alajuela, matrícula número
2-353201-000, derecho 000, la cual es terreno con una casa de habitación lote
13. Situada: en el distrito 8-San Rafael, cantón
1-Alajuela de la provincia de Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, lote 14; al sur, lotes 11 y 12; al este, lote 8, y al oeste, alameda número 6 con
un frente a la misma de
8.25 metros. Mide: ciento cuarenta y seis metros con sesenta
y seis decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del diez de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de febrero del dos mil veinte, con
la base de diecisiete millones
cuatrocientos sesenta mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de febrero del dos mil
veinte, con la base de cinco
millones ochocientos veinte mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra
Guillermo Nelson Téllez
Andino. Expediente Nº
19-011375-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 05 de octubre del 2019.—Licda. Gabriela Alejandra Morera
Guerrero, Jueza Tramitadora.—( IN2020425989 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta
y cuatro mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas:
575-73104-01-0026-001, servidumbre de paso citas:
575-73104-01-0026-001, servidumbre de paso citas:
2017-660557-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número quinientos setenta mil seiscientos once,
derecho 001 y 002, la cual es terreno
naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito: 07-Santa Eulalia,
cantón: 05-Atenas, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
calle pública a la que tiene un frente de 9.05 metros;
al sur, Lucrecia y Saidy ambas Rodríguez Morera; al este, Orlando Morera Barrantes; y al oeste, Rodrigo Oviedo Fernández. Mide:
doscientos ochenta y nueve metros cuadrados. Plano:
A-2070683-2018, metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y quince minutos del diez de febrero del dos mil veinte. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y
quince minutos del dieciocho
de febrero del dos mil veinte,
con la base de cuarenta mil quinientos
dólares exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas y quince minutos del veintiséis de febrero del dos mil veinte, con
la base de trece mil quinientos
dólares exactos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra
Josefina Noemi Guerrero Vargas, Miguel Ángel Varela. Expediente N° 19-011196-1157-CJ.—Juzgado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
05 de octubre del 2019.—Licda.
Melquisedec Rodríguez Ramírez, JuezTramitador.—(
IN2020425990 ).
En este Despacho, con una base de seis millones
de colones exactos, libre
de gravámenes hipotecarios;
sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número setenta y un mil ochocientos veintitrés, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 1 Guápiles, cantón 2 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública con 12,00 metros de frente; al sur, Geovanny González
Fuentes; al este, Yamileth
Sánchez Araya, y al oeste, Hugo Ruiz Campos.
Mide: trescientos noventa y tres metros con sesenta decímetros cuadrados. Plano:
L-0098505-1993. Para tal efecto,
se señalan las nueve horas
y treinta minutos del diez de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de febrero del dos mil veinte, con
la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de febrero del dos mil veinte, con
la base de un millón quinientos
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Yeiner Enrique González Fernández. Expediente Nº 19-002844-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 25
de octubre del 2019.—Licda.
Hazel Patricia Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2020425992 ).
En este Despacho, con una base de veintitrés
millones ciento sesenta y tres mil ciento veintinueve colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 272596-000, la cual es terreno para construir lote 2 A 1 casa. Situada en el distrito
1 Guadalupe, cantón 8 Goicoechea,
de la provincia de San José. Colinda:
al norte, lote 3 A; al sur,
lote 1 A; al este, lote 12 A; y al oeste, calle primera. Mide: ciento diecisiete
metros con ochenta y un decímetros
cuadrados. Plano: no se indica.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del diez de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de febrero del dos mil veinte con la
base de diecisiete millones
trescientos setenta y dos
mil trescientos cuarenta y
seis colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de febrero del dos mil
veinte con la base de cinco
millones setecientos noventa mil setecientos ochenta y dos colones con veinticinco céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Gerson
Carvajal Chaves. Expediente N° 19-009719-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 29 de julio del
2019.—Lic. Verny Arias
Vega, Juez Tramitador.—( IN2020425993 ).
En este Despacho, con una base de sesenta y
siete mil novecientos ochenta dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada (citas: 327-09061-01-0914-001),
servidumbre trasladada (citas: 327-09061-01-0917-001), servidumbre trasladada
(citas: 327-09061-01-0918-001), servidumbre trasladada (citas:
327-09061-01-0919-001), servidumbre trasladada (citas: 327-09061-01-0921-001),
sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número quinientos
dieciséis mil sesenta y siete, derecho cero cero cero, la cual es naturaleza: terreno para construir con una
casa. Situada en el distrito 4 San Antonio, cantón 1 Alajuela, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Donato Rodriguez Vargas; al este, Keny
Pérez Rodríguez; y al oeste, Juanita Rojas Chaves. Mide: seiscientos trece
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del
diez de febrero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las diez horas y cero minutos del dieciocho de febrero de dos mil
veinte con la base de cincuenta mil novecientos ochenta y cinco dólares exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las diez horas y cero minutos del veintiséis de febrero de dos mil
veinte con la base de dieciséis mil novecientos noventa y cinco dólares exactos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela-La Vivienda contra Alexander Gerardo Agüero Vargas. Expediente
19-010902-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de Alajuela. 07 de octubre del año 2019.—Licda.
Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2020425994 ).
En este Despacho, con una base de veintiún
millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número
cuatrocientos noventa mil cincuenta y cinco, derecho cero cero
cero, la cual es terreno naturaleza: terreno para
construir con una casa. Situada en el distrito 1-Orotina, cantón 9-Orotina, de
la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Viviana Valenciano Gutiérrez,
María José Sandoval Zeledón y Lote Segregado; al sur, resto reservado de María
Ofelia Cambronero Seas; al este, calle pública de 8 metros, y al oeste, José
Trinidad Cambronero Seas. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las diez horas y quince minutos del diez de febrero de dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez
horas y quince minutos del dieciocho de febrero del dos mil veinte, con la base
de dieciséis millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
diez horas y quince minutos del veintiséis de febrero del dos mil veinte, con
la base de cinco millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Hannia María Zeledón
Villegas. Expediente Nº 19-011040-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 07 de octubre del 2019.—Elizabeth Rodríguez Pereira,
Jueza.—( IN2019425995 ).
En este Despacho, con una base de veintitrés
millones doscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago|, matrícula número 133286-000, la cual es terreno lote F-3, terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito 5-Llanos de Santa
Lucía, cantón 2-Paraíso, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
calle pública con 10.45
metros; al sur, lote 4; al este,
calle pública con 13.30
metros; y al oeste, lote
dos. Mide: ciento cincuenta metros con diez decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos (1:30 pm) del diez de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del dieciocho de febrero de dos mil veinte con la
base de diecisiete millones
cuatrocientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiséis de febrero del dos mil veinte con la
base de cinco millones ochocientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra José
Manuel Coto Montoya. Expediente
N° 18-010842-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro
de Cartago, 03 de setiembre del 2019.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.—( IN2020425996 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre
de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del diez de
febrero del dos mil veinte, y con la base de tres millones de colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio
real, matrícula número 173658-000, la cual es terreno para construir lote uno.
Situada en el distrito 3-Orosi, cantón 2-Paraíso, provincia 3-Cartago. Colinda:
norte, Guadalupe Picado Boza; sur calle publica; este, Guadalupe Picado Boza; y
oeste, Guadalupe Picado Boza. Mide: doscientos metros con siete decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos
del dieciocho de febrero del dos mil veinte, con la base de dos millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos
del veintiséis de febrero del dos mil veinte, con la base de setecientos
cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).-
asimismo, libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos
del diez de febrero del dos mil veinte, y con la base de seis millones ciento
setenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 173659-001/002, la
cual es terreno para construir lote dos. Situada en el distrito 3-Orosi, cantón
2-Paraíso, provincia 3-Cartago. Colinda: norte, Guadalupe Picado Boza; sur,
calle pública; este, Guadalupe Picado Boza y oeste, Guadalupe Picado Boza.
Mide: doscientos metros con ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciocho de febrero del dos
mil veinte, con la base de cuatro millones seiscientos treinta y un mil
doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del
veintiséis de febrero del dos mil veinte, con la base de un millón quinientos
cuarenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este
despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra
Carlos Manuel Brenes Brenes y María Del Milagro Siles
Sánchez. Expediente: 14-009486-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 8 de octubre del
2019.—Licda. Angie Rodríguez Salazar, Jueza.—( IN2020425997 ).
En este Despacho, con una base de treinta
y siete millones ochocientos cuarenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando prohibición art. 16 Ley N° 7599 citas:
443-03796-01-0010-001, y servidumbre trasladada citas:
2015-98868-01-0003-001; sáquese a remate
la finca del partido de San
José, matrícula número
667467, derecho 000, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito: Mercedes Sur, cantón: Puriscal, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, calle pública; al sur, Marco Aurelio Mesén Espinoza; al este, servidumbre de paso, y al oeste, Isabel Cristina
Mesén
Espinoza. Mide: mil cuarenta
y seis metros cuadrados. Plano: SJ-1843814-2015. Para
tal efecto, se señalan las nueve horas y quince minutos del once de febrero del
dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y quince minutos del diecinueve de febrero del dos mil
veinte, con la base de veintiocho
millones trescientos ochenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las nueve horas y quince minutos del veintisiete de febrero del dos
mil veinte, con la base de nueve
millones cuatrocientos sesenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra
Francisco Gutiérrez Hidalgo. Expediente Nº
19-010159-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 06 de agosto
del 2019.—Licda. Nidia Durán Oviedo, Jueza Tramitadora.—( IN2020425999 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta y
nueve millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida)
bajo las citas: 577-79146-01-0003-001; sáquese a remate la finca del partido
de: San José, matrícula número: 162448, derecho: 000, la cual es terreno: para
construir. Situada en el distrito: 1-Desamparados, cantón: 3- Desamparados, de
la provincia de: San José. Colinda: al norte, Verónica Morales; al sur, calle
publica; al este, Miriam Díaz y al oeste, Verónica Morales. Mide: doscientos
noventa y un metros con setenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto,
se señalan las catorce horas y treinta minutos del doce de febrero de dos mil
veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce
horas y treinta minutos del veinte de febrero de dos mil veinte con la base de
treinta y siete millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
catorce horas y treinta minutos del dos de marzo de dos mil veinte con la base
de doce millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la
base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el
edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta
nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a
fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en
el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la
respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra
3-101-473049 Sociedad Anónima, Wilfredo Gerardo Quesada Araya Expediente Nº 19-004037-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 15 de
noviembre del 2019.—Tadeo Ignacio Solano Alfaro, Juez Decisor.—( IN2020426002
).
En este Despacho, con una base de treinta y
cuatro millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando habitación familiar inscrita bajo citas 2016-822978-01-0003-001 y
practicado bajo las citas de inscripción Nº
800-419258-01-001-001, sáquese a remate la finca del partido de LIMÓN,
matrícula número 37518-003, derecho 003 y derecho 004, la cual es terreno para
construir lote 40. Situada en el distrito Limón, cantón Limón, de la provincia
de Limón. Colinda: al norte, lotes 26 y 27; al sur, calle pública; al este,
lote 41; y al oeste, lote 35. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del trece de febrero del año
dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez
horas y cero minutos del veintiuno de febrero del año dos mil veinte con la
base de veinticinco millones quinientos mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
diez horas y cero minutos del dos de marzo del año dos mil veinte con la base
de ocho millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo
contra Gabriela de los Ángeles Angulo Romero, Randall Reynaldo Daley Easy. Expediente 19-003454-1208-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial Zona Atlántica, 13 de noviembre del
año 2019.—Lic. Hazel Carvajal Rojas, Jueza Decisora.—( IN2020426004 ).
En este Despacho, con una base de treinta y
un millones quinientos noventa mil colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
285-06195-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número 456307, derecho 000, la cual es terreno bloque E lote 20
terreno para construir. Situada en el distrito 3-San Juan de Dios, cantón
3-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública;
al sur, Carlos Luis Cordero Monge; al este lote 21-E; al oeste lote 19-E; al
noreste, Urbanización Itaipu casa 21-E, al noroeste,
calle pública con 6.40 metros de frente; al sureste, Carlos Cordero Monge; y al
suroeste, urbanización Itaipu lote N°±¹-E. Mide:
ciento veinte metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto,
se señalan las once horas y cero minutos del trece de febrero de dos mil
veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y
cero minutos del veinticuatro de febrero de dos mil veinte con la base de
veintitrés millones seiscientos noventa y dos mil quinientos colones exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las once horas y cero minutos del tres de marzo de dos mil veinte
con la base de siete millones ochocientos noventa y siete mil quinientos
colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra José Ramón Obregón
Salazar. Expediente Nº 19-016233-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 28 de noviembre del 2019.—Lic. Josías Soto
Espinoza, Juez Decisor.—( IN2020426005 ).
En este Despacho, con una base de dieciocho
millones de colones, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre dominante citas 353-06599-01-0002-001 y servidumbre trasladada
citas 353-06599-01-0900-001; sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela,
matrícula 214273-000, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito
4-San Antonio, cantón 1-Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, Isidro Víquez Barrantes; al sur, Isidro Víquez Barrantes; al este, Iris
María Alfaro Murillo; y al oeste, calle de servidumbre parte de otro. Mide:
ciento ochenta y nueve metros con veintinueve decímetros cuadrados. para tal
efecto, se señalan las nueve horas y quince minutos del diecisiete de febrero
de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas y quince minutos del veinticinco de febrero de dos mil veinte, con
la base de trece millones quinientos mil colones (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y
quince minutos del cuatro de marzo de dos mil veinte, con la base de cuatro
millones quinientos mil colones (25% de la base original). Notas: se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela-La Vivienda contra Óscar Mario Gutiérrez Elizondo. Expediente:
19-011195-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 10 de octubre del 2019.—Lic. Melquisedec
Rodríguez Ramírez, Juez Tramitador.—( IN2020426006 ).
En este Despacho, con una base de catorce
millones quinientos treinta mil colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando condic y servid ref citas 327-12216-01-0901-003; sáquese a remate la finca
del partido de San José, matrícula N° 296130-000,
derecho, la cual es terreno naturaleza para construir con una casa 624. Situada
en el distrito Hatillo, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, INVU; al sur, INVU; al este, INVU y al oeste, acera 3 sur con 5
metros 13 centímetros. Mide: cuarenta y cuatro metros con sesenta y cinco
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos
del diecisiete de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez horas y cero minutos del veinticinco de febrero
del dos mil veinte con la base de diez millones ochocientos noventa y siete mil
quinientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del
cuatro de marzo del dos mil veinte con la base de tres millones seiscientos treinta
y dos mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Felix
Andrey Espinoza Cascante, Francisco Centeno Centeno.
Expediente Nº 19-015606-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 27 de
noviembre del 2019.—Lic. Wendy Pagani Rojas, Jueza Decisora.—( IN2020426007 ).
En este Despacho, con una base de veintiocho
millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre trasladada citas: 231-06832-01-0902-001,
231-06832-01-0903-001, 231-06832-01-0905-001, 254-02469-01-0901-001,
254-05049-01-0901-001
351-11059-01-0901-001, 351-11059-01-0902-001, 351-11059-01-0903-001,
351-11059-01-0904-00, 351-11059-01-0905-001; sáquese a remate la finca del
partido de San José, matrícula número 510292-003 y 004, derecho , la cual es
terreno para construir con una casa, lote 40-D. Situada en el distrito San
Sebastián, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
lote 41 D; al sur, lotes 39 D; al este, calle pública y al oeste, juegos
infantiles. Mide: noventa y cinco metros con veintisiete decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de
febrero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará
a las nueve horas y cero minutos del veintiséis de febrero de dos mil veinte
con la base de veintiún millones trescientos setenta y cinco mil colones
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de marzo de dos mil veinte
con la base de siete millones ciento veinticinco mil colones exactos (25% de la
base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo
contra Francisco José Lara Leytón, Rosa Ángela
Rodríguez Gómez. Expediente N° 19-014507-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 03 de diciembre del año 2019.—Licda. Wendy Pagani
Rojas, Jueza Decisora.—( IN2020426009 ).
En este Despacho, con una base de once millones
de colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 144472, derecho
000, la cual es terreno
para construir con una casa de habitación.
Situada: en el distrito Mercedes, cantón
Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Jorge López
Chaves y Virginia Garita Víquez;
al sur, calle pública con 20 metros lineales; al este, Ramiro Rojas Flores,
y al oeste, parque de la
Municipalidad de Heredia. Mide: setecientos
cinco metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cuarenta
y cinco minutos del dieciocho de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince
horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de febrero del dos mil veinte, con
la base de ocho millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las quince horas y cuarenta
y cinco minutos del cinco de marzo del dos mil veinte, con la base de dos millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Luis
Eduardo de los Ángeles Rojas Garro
y Luis Roberto Rojas López. Expediente Nº
19-009847-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 03 de diciembre
del 2019.—Licda. Noelia Prendas
Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2020426010 ).
En este Despacho, con una base de veinticinco
millones cuatrocientos noventa y un mil colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada (citas:
340-01526-01-0900-001), sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número 307994, derecho 000, la cual es naturaleza: lote trece,
terreno hoy con una casa. Situada en el distrito: 08-San Rafael, cantón:
01-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 134; al sur,
área de parque con acera peatonal de por medio con 11 metros 31 centímetros de
frente; al este, alameda con 13 metros 34 centímetros de frente; y al oeste, lote
115. Mide: ciento treinta y ocho metros con cincuenta y cinco decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco
minutos del veinticuatro de febrero de dos mil veinte. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del
tres de marzo de dos mil veinte, con la base de diecinueve millones ciento
dieciocho mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y
cuarenta y cinco minutos del once de marzo de dos mil veinte, con la base de
seis millones trescientos setenta y dos mil setecientos cincuenta colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra
Carlos Ramón Fuentes Monge, Loydes Zoraida Arias
Hernández. Expediente 19-012303-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de octubre del año
2019.—Licda. Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—1 vez.—( IN2020426011 ).
En este Despacho, con una base de treinta y
ocho millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 295-02366-01-0901-003 y plazo
de convalidación (rectificación de medida) bajo las citas:
2015-179302-01-0014-001; sáquese a remate la finca del Partido de San José,
matrícula N° 1-211474, derechos 007, 008 y 009, la
cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 11-San
Rafael Abajo, cantón 3-Desamparados de la provincia de San José. Colinda: al
norte, María Rosalina Vargas con 20 m. 64 cm.; al sur, María Rosalina Vargas
con 20 m. 64 cm.; al este, calle pública y al oeste, Lulo Jiménez con 8 m. 36
cm. Mide: ciento setenta y tres metros con dieciocho decímetros cuadrados. Para
tal efecto, se señalan las 09:00 horas del 26/02/2020. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las 09:00 horas del 05/03/2020 con la base de
veintiocho millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las 09:00 horas
del 13/03/2020, con la base de nueve millones quinientos mil colones exactos
(25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual
Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Karen Blanco Carrillo, Karla Daniela
Blanco Carrillo, y Magally Vanessa Baltodano García.
Expediente: 19-010106-1338-CJ.—Juzgado Tercero
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de
agosto del 2019.—Lic. Paula Morales González, Jueza Decisora.—( IN2020426012 ).
En este Despacho, con una base de quince millones
cuatrocientos veinticinco
mil colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número trescientos setenta y ocho mil ciento cinco-cero cero cero, la cual es de naturaleza: terreno para construir con una
casa de habitación. Situada
en el distrito: 03-Daniel
Flores, cantón: 19-Pérez Zeledón,
de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Bertelina
Madrigal Arce; al sur, Alicia Carranza Guzmán; al este,
Zelmira Alvarado Ramírez; y al oeste,
calle pública con 16,09. Mide: doscientos sesenta y seis metros cuadrados
para lo cual se señalan las
siete horas y treinta minutos del veintiocho de febrero del dos mil veinte. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas y treinta minutos del nueve de marzo del dos mil veinte, con la base de once millones
quinientos sesenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las siete horas y trenta minutos del diecisiete de marzo del dos mil veinte con la
base de tres millones ochocientos cincuenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Municipalidad de Pérez Zeledón contra Jeremy Gerardo Bermúdez Ramírez. Expediente N°
18-001761-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 17de diciembre del
2019.—Lic. Nelson Rodríguez Morales, Juez Tramitador.—( IN2020426013 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta y
dos millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate la finca del Partido de San José, matrícula número doscientos sesenta y
dos mil trescientos siete, derechos 001 y 002, la cual es terreno para
construir con una casa. Situada en el distrito Daniel Flores, cantón Pérez
Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte, Manuel Barrios Jiménez
y Carlos Romero Quirós; al sur, Otto y Laura Heinrich Vargas; al este, calle
pública con 9.18 metros de frente; y al oeste, calle pública con 9.50 metros de
frente. Mide: cuatrocientos setenta y seis metros con ochenta decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas y treinta minutos del
seis de febrero del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate
se efectuará a las siete horas y treinta minutos del catorce de febrero del dos
mil veinte, con la base de treinta y un millones quinientos mil colones exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las siete horas y treinta minutos del veinticuatro de febrero del
dos mil veinte, con la base de diez millones quinientos mil colones exactos
(25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual
Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Elizabeth José Rojas Cascante,
Hellen Gabriela Rojas Cascante. Expediente: 19-004833-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 19 de
noviembre del 2019.—José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2020426031
).
En este Despacho, con una base de siete
millones doscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número
cuatrocientos treinta y dos mil ciento veintinueve derecho
cero cero cero, la cual es
terreno para construir. Situada en el distrito 5-Candelaria, cantón 7-
Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Sofía Delgado Varela;
al sur, Olga María Mejías Rojas; al este, Manuel Eduardo Sancho Muñoz y al
oeste, servidumbre de paso con un frente a la misma de 31 metros con 23 cms. Mide: trescientos treinta y cinco metros con
veintitrés decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y
cero minutos del diez de febrero del año dos mil veinte. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del dieciocho
de febrero del año dos mil veinte con la base de cinco millones cuatrocientos
mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiséis
de febrero del año dos mil veinte con la base de un millón ochocientos mil colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito Antonio Vega Granados
R.L. contra Rufino Vargas Muñoz. Expediente Nº
19-001610-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela, San Ramon, 16 de diciembre del 2019.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza.—( IN2020426068 ).
En este Despacho, con una base de noventa mil
ciento veinticuatro dólares con noventa centavos, soportando hipoteca de primer
grado citas: 544-01880-01-0001-001, sáquese a remate la finca del partido de
Heredia, matrícula número ciento sesenta y cinco mil trescientos cincuenta y
siete, derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en
el distrito 1-San Isidro, cantón 6-San Isidro, de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, María Lilliam Zamora Arce, Jorge Hernández Tercero y resto
de Semillas Mundiales S. A.; al sur, Aníbal Sánchez Hernández; al este, camino
público, Jorge Hernández Tercero y resto de Semillas Mundiales S. A. y al
oeste, quebrada en medio Jorge Hernández Tercero. Mide: once mil setecientos
noventa y ocho metros con siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan
las quince horas y quince minutos del diecinueve de marzo de dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y quince
minutos del veintisiete de marzo de dos mil veinte con la base de sesenta y
siete mil quinientos noventa y tres dólares con sesenta y ocho centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las quince horas y quince minutos del trece de abril de dos mil veinte
con la base de veintidós mil quinientos treinta y un dólares con veintitrés
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Silvia
María González Orozco contra Fruticafe S. A.
Expediente Nº 19-007125-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 10 de enero del 2020.—Lic. Liseth Delgado Chavarría,
Jueza.—( IN2020426108 ).
En este Despacho, con una base de catorce
millones ciento dieciocho mil trescientos cuarenta colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas:
340-13332-01-0002-001; sáquese a remate
la finca del partido de
Guanacaste, matrícula número
doscientos seis mil setecientos
cuarenta y siete, derecho
cero cero cero, la cual es terreno de potrero. Situada: en el distrito 1-Cañas, cantón 6-Cañas,
de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, Orlando Calvo Chaverri;
al sur, Carlos, Dayanira, Álvaro, Armando, Aida, José Antonio, Damaris, Orlando, Dianey, Flory,
Lilliam, Ofelia todos Calvo Chaverri
y O.C.CH Logística Valle del Girasol S. A., Hernán Villalobos y Abel Calvo Suazo;
al este, Carlos, Dayanira,
Álvaro, Armando, Aida, José Antonio, Damaris, Orlando, Dianey,
Flory, Lilliam, Ofelia todos Calvo Chaverri y O.C.CH Logística Valle
del Girasol S. A., Hernán
Villalobos y Abel Calvo Suazo, y al oeste, calle pública con un frente
de 67.01 metros lineales. Mide:
seis mil ciento trece
metros cuadrados. Plano: G-1743100-2014. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del tres de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del once de febrero del
dos mil veinte, con la base de diez
millones quinientos ochenta y ocho mil setecientos cincuenta y cinco colones exactos
(75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecinueve de febrero del dos mil veinte, con
la base de tres millones quinientos veintinueve mil quinientos ochenta y cinco colones exactos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo
de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Anthony Zamora Calvo contra Camilo Carlos del Socorro Calvo Chaverri,
Kattia Giselle Calvo Molina. Expediente
Nº 19-005074-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, 15 de enero del 2020.—Lic. Natalia Orozco Murillo, Jueza
Tramitadora.—( IN2020426116 ).
En este Despacho, con una base de ciento noventa y cinco mil seiscientos sesenta y cinco dólares con treinta y seis centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 467879, derecho 000, la cual
es terreno para construir
con una casa. Situada: en
el distrito: 01- Curridabat,
cantón: 18-Curridabat, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
Inversiones San Diego S.A.; al sur, calle pública; al este, lote veintitrés a Abedules del Este Sociedad Anónima, y al oeste, lote A. Mide: doscientos
veintiséis metros con siete
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y veinte minutos del diez de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas y veinte minutos del dieciocho de febrero del dos mil veinte, con
la base de ciento cuarenta
y seis mil setecientos cuarenta
y nueve dólares con dos centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas y veinte minutos del veintiséis de febrero del dos mil
veinte, con la base de cuarenta
y ocho mil novecientos dieciséis dólares con treinta y cuatro centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco General (Costa Rica) Sociedad Anónima contra Ana Rocío Pradilla Rodríguez. Expediente Nº
19-012769-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 08 de octubre del 2019.—Lic. Henry
Steven Sanarrusia Gómez, Juez Decisor.—( IN2020426119 ).
En este Despacho, con una base de ciento
setenta y dos mil noventa y un dólares con cinco centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula
número seiscientos treinta y nueve mil cuarenta, derechos 001 y 002, la cual es
terreno para construir lote 3. Situada en el distrito 1-Santa Ana, cantón
9-Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Inversiones Vesiverio S. A.; al sur, lote 2; al este, calle pública y
al oeste lote 1. Mide: ciento sesenta y cuatro metros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del trece de
febrero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará
a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de febrero de dos mil
veinte con la base de ciento veintinueve mil sesenta y ocho dólares con
veintiocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del
dos de marzo de dos mil veinte con la base de cuarenta y tres mil veintidós
dólares con setenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco General (Costa Rica)
Sociedad Anónima contra Luis Humberto Rodríguez Acevedo. Expediente Nº 19-011048-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 13 de
enero del 2020.—Lic. Heilim María Badilla Alvarado,
Jueza Decisora.—( IN2020426121 ).
En este Despacho, con una base
de cincuenta y nueve mil cuatrocientos ochenta y tres dólares con cincuenta y
cinco centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas 0239-00008774-01-0911-001 /
servidumbre dominante citas 0239-00008774-01-0912-001 / servidumbre traslada
citas 0272-00007218-01-0901-001 / servidumbre dominante citas 0272-00008477-01-0921-001 / servidumbre sirviente citas
0272-00008477-01-0922-001 / servidumbre dominante citas
0325-00018547-01-0901-001 / servidumbre sirviente citas
0325-00018547-01-0902-001 / servidumbre de acueductos y de paso de AyA citas 2011-00099656-01-0125-001 / servidumbre de líneas
eléctricas y de paso citas 2011-00099656-01-0126-001; sáquese a remate la finca
del partido de San José, matrícula N° 90499-F-000,
derecho cero cero cero, la
cual es terreno finca filial número cuarenta y ocho de una sola planta ubicada
en el segundo nivel destinada a uso habitacional en proceso de construcción.
Situada en el distrito 03 La Trinidad, cantón Moravia, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, espacio vacío; al sur, espacio vacío y área común
construida de pasillo; al este, espacio vacío, y al oeste, finca filial
cuarenta y cinco y área común construida de pasillo. Mide: cuarenta y dos metros
con cero decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
catorce horas y cero minutos del trece de febrero del dos mil veinte. De no
haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas y cero
minutos del veinticuatro de febrero del dos mil veinte, con la base de cuarenta
y cuatro mil seiscientos doce dólares con sesenta y seis centavos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan
las catorce horas y cero minutos del tres de marzo del dos mil veinte, con la
base de catorce mil ochocientos setenta dólares con ochenta y ocho centavos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra
Glenda Lee Robinson Parkinson Expediente Nº
19-013605-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 13 de enero del 2020.—Lic.
Allan Esteban Barquero Durán, Juez Decisor.—( IN2020426122 ).
En este Despacho, con una base de ochenta y
seis mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre trasladada citas: 314-12005-01-0002-001 y advertencia
administrativa ver resolución 3267-2019 de las 11:56 del 05-08-2019 expediente
2018-0882-RIM, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula
número 168419-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en
el distrito 1 Grecia, cantón 3 Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al
norte, lote veintisiete de Hernmes Rodríguez; al sur,
lote veintinueve de Hermanos Castro Conejo Sociedad Anónima; al este, Instituto
Nacional de Vivienda y Urbanismo; y al oeste, calle pública con un frente de
9,31 metros. Mide: doscientos treinta y dos metros con sesenta y ocho
decímetros cuadrados. Plano: A-0742538-2001. Identificador predial:
203010168419. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos
del veinticuatro de febrero del año dos mil veinte. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del tres de
marzo del año dos mil veinte con la base de sesenta y cuatro mil quinientos
dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del once de marzo
del año dos mil veinte con la base de veintiún mil quinientos dólares exactos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José contra
Carlos Martín Chaves González. Expediente 19-003696-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, 07 de enero del año 2020.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro,
Jueza Tramitadora.—( IN2020426123 ).
En este Despacho, con una base de cien
mil setecientos cuarenta y ocho dólares con sesenta y seis centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento cincuenta
y siete mil quinientos sesenta y cuatro, derecho 000, la
cual es terreno para construir, lote A-7, Urbanización Doña Fernanda. Situada:
en el distrito 2-Mercedes, cantón 1-Heredia, de la provincia
de Heredia. Colinda: al norte,
calle pública con 8 metros de frente;
al sur, lote A-18; al este,
lote A-6, y al oeste, lote A-8. Mide: ciento cuarenta y ocho metros con veintidós decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del trece de febrero del dos mil veinte. De no
haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de febrero del dos mil veinte, con
la base de setenta y cinco
mil quinientos sesenta y un
dólares con cincuenta
centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del dos de marzo del dos mil veinte, con la
base de veinticinco mil ciento
ochenta y siete dólares con diecisiete centavos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José contra Johnnifer
Mauricio Torres Espinoza. Expediente Nº
19-009426-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 08 de enero
del 2020.—Lic. Pedro Javier Ubau
Hernández, Juez Tramitador.—( IN2020426124 ).
En este Despacho, con una base de tres millones doscientos sesenta y un mil veintitrés colones con sesenta y cinco céntimos, soportando servidumbre trasladada citas: 241-03911-01-0002-001,
sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número doscientos cuatro mil dieciséis, derecho 000, la cual
es terreno de solar. Situada:
en el distrito: 02-San
Diego, cantón: 03-La Unión, de la provincia
de Cartago. Finca se encuentra
en zona catastrada. Colinda: al norte, calle pública con 9,60 metros; al sur, María Teresa Boza Barquero; al este, Rafael Montoya Boza, y al oeste, Rafael Montoya Boza. Mide: ciento veintinueve
metros con ochenta y seis decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
y cero minutos del once de mayo del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once
horas y cero minutos del diecinueve
de mayo del dos mil veinte, con la base de dos millones cuatrocientos cuarenta y cinco mil setecientos sesenta y siete colones con setenta y tres céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas y cero minutos
del veintisiete de mayo del dos mil veinte, con la base de ochocientos
quince mil doscientos cincuenta
y cinco colones con noventa y un céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Piedra y Navarro Sociedad Anónima contra Minor Enrique Cruz Arroyo. Expediente Nº 19-004913-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 09 de diciembre
del 2019.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Decisora.—(
IN2020426164 ).
En este Despacho, con una base
de quince millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas:
2016-733978-01-0002-001 y servidumbre de paso citas: 2017-219199-01-0005-001;
sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número quinientos
cincuenta y ocho mil quinientos cuarenta y cinco colones, derecho cero cero cero, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito: 01-San Mateo, cantón: 04-San Mateo de
la provincia de Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
Sierra Brava S.A.; al sur, calle pública; al este, servidumbre de paso y al
oeste, Sierra Brava S.A. Mide: ciento setenta y dos metros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro
de febrero de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las siete horas y cuarenta y cinco minutos del tres de marzo de dos
mil veinte con la base de once millones setecientos mil colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del once de marzo de dos mil
veinte, con la base de tres millones novecientos mil colones exactos (25% de la
base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Mutual Cartago Ahorro y Préstamo contra Amanda María
Campos Rojas. Expediente Nº 19-011792-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, 18 de octubre del 2019.—Licda. Gabriela Alejandra Morera
Guerrero, Jueza Tramitadora.—( IN2020426168 ).
En este Despacho, con una base de treinta y
cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate la finca del Partido de San José, matrícula número dos mil seiscientos
veintinueve-F-cero cero cero, naturaleza: 4 piso,
apartamento PC 2 A. Situada en el distrito: 02-Granadilla, cantón 18 Curridabat
de la provincia de San José. Colinda: al
norte, área común de zonas verdes; al sur, apartamento PC 3 A; al este, área
común de zonas verdes; y al oeste, área común de zonas verdes pasillo. Mide:
setenta y un metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto,
se señalan las quince horas y cero minutos del veintisiete de febrero del año
dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas y cero minutos del seis de marzo del dos mil veinte, con la base
de veintiséis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas y cero minutos del dieciséis de marzo del dos mil veinte, con la
base de ocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Banco Nacional de Costa Rica
contra José Arturo Montero Chavarría. Expediente: 11-032503-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Primera, 10 de diciembre del 2019.—Lic.
Ronald Gerardo Chacón Mejía, Juez Tramitador.—( IN2020426171 ).
En este Despacho, con una base
de cuatro mil setecientos doce dólares con treinta y siete centavos, libre de
gravámenes prendarios, pero soportando colisiones boleta numero 20171300218
sumaria número 17-004645-0174-TR, Juzgado de Transito del Segundo Circuito
Judicial de San José y boleta numero 2017221700209 sumaria 17-009605-0489-TR
Juzgado de Transito del Primer Circuito Judicial de San José, sáquese a remate
el vehículo placas FVB398, ,Marca: Nissan, Categoría: automóvil, Serie, Chasis
y Vin número: 3N1CC1AD6ZK136959, tracción 4x2,
Estilo: Tiida, año: 2013, color: gris, combustible: gasolina, numero de motor:
HR16273534C. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del
veintinueve de junio del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del siete de julio del año
dos mil veinte, con la base de tres mil quinientos treinta y cuatro dólares con
veintisiete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del quince de
julio del año dos mil veinte, con la base de mil ciento setenta y ocho dólares
con nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de
Costa Rica contra Stephanie Bertila Barrantes
Guevara, Expediente Nº 19-000022-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Tercera, 17 de diciembre del 2019.—Lic.
Gonzalo Gamboa Valverde, Juez Tramitador.—( IN2020426172 ).
En la puerta exterior de este Despacho, con
una base de ocho millones doscientos veintisiete mil cuatrocientos sesenta y
tres colones con ochenta céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero
soportando boleta número 2017314900622; sáquese a remate el vehículo Placas
número: GKM824, Marca: KIA, Estilo: Río, Categoría: automóvil, Capacidad: 5
personas, carrocería: Sedan 4 puertas, Serie, Chasis y Vin
número KNADN412BH6010823, año 2017, color: café, Motor número G4FAFS968796,
Marca: KIA, Modelo: IHS4D161B, cilindrada 1396 c.c., cilindros 4, potencia 66
KW, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero
minutos del dieciséis de marzo del dos mil veinte. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del veinticuatro
de marzo del dos mil veinte, con la base de seis millones ciento setenta mil
quinientos noventa y siete colones con ochenta y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas y cero minutos del uno de abril del dos mil veinte, con la base de
dos millones cincuenta y seis mil ochocientos sesenta y cinco colones con noventa y cinco céntimos (25% de la base original).
Notas: se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Kenny Woodroe Notice Reid. Expediente:
19-000455-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 10 de enero del
2020.—Lic. Esteban Herrera Vargas, Juez Tramitador.—( IN2020426173 ).
En este Despacho, con una base de veintinueve
millones ochocientos veintiún mil cuatrocientos diecinueve colones con
veintisiete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
reservas y restricciones citas: 268-2844-01-0901-001, reservas y restricciones
citas 0373-00011559-01-0901-001 y servidumbre de paso citas:
2016-00593059-01-0007-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón,
matrícula N° 131774-000, derechos 000 la cual es
terreno de pasto. Situada en el distrito Guápiles, cantón Pococí, de la
provincia de Limón. Colinda: al norte, Dinorah Oliva de Los Ángeles Moreira
Quesada; al sur, Dinorah Oliva de Los Ángeles Moreira Quesada; al este, Dinorah
Oliva de Los Ángeles Moreira Quesada, y al oeste, servidumbre de paso de 6
metros de ancho con un frente a ella de 10 metros lineales. Mide: quinientos
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos
del trece de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de
febrero del dos mil veinte, con la base de veintidós millones trescientos
sesenta y seis mil sesenta y cuatro colones con cuarenta y seis céntimos (75%
de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se
señalan las nueve horas y treinta minutos del tres de marzo del dos mil veinte,
con la base de siete millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil trescientos
cincuenta y cuatro colones con ochenta y dos céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores R.L. contra Walter
Enrique Moreno Alvarado. Expediente Nº
18-008480-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 26 de noviembre del
2019.—Mónica Dallana Vásquez Sancho, Jueza Decisora.—( IN2020426175 ).
En la puerta exterior de este Despacho, con
una base de treinta y cuatro millones ochocientos sesenta y seis mil
seiscientos veinticuatro colones, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre trasladada a las citas 370-05474-01-0904-001; sáquese a
remate la finca del partido de San José, matrícula número trescientos cincuenta
y nueve mil quinientos veintiuno-cero cero cero, la
cual es terreno para construir -lote 5. Situada en el distrito Dos San Antonio,
cantón Dos Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Miguel
Sánchez; al sur, Río La Cruz S.R.L; al este, calle pública con 15 metros; y al
oeste, Río La Cruz. Mide: setecientos catorce metros con cuarenta y ocho
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos
del 29 de enero del 2020. De no haber postores, el segundo remate se efectuará
a las once horas cero minutos del 06 de febrero del 2020 con la base de
veintiséis millones ciento cuarenta y nueve mil novecientos sesenta y ocho
colones (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las once horas cero minutos del 14 de febrero del 2020 con la
base de ocho millones setecientos dieciséis mil seiscientos cincuenta y seis
colones (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Municipalidad de Escazú contra Escazú Espring Mountains S. A. Expediente N°
10-002223-1027-CA.—Juzgado Especializado de
Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera,
17 de enero del 2020.—Jeannette Ruiz Herradora, Jueza Tramitadora.—(
IN2020426182 ).
PRIMERA
PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una base de Catorce Mil
Ochocientos Setenta Y Seis Dólares Con Un Centavos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BFP-189. Marca Hyundai. Estilo
Accent GL. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas.
Año 2014. Color café. Serie, chasís y Vin
KMHCT41BAEU560392. Cilindrada 1400 c.c. Combustible gasolina. Motor Nº G4LCDU082095. Para tal efecto se señalan las ocho horas
y cero minutos del tres de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del once de febrero
del dos mil veinte con la base de once mil ciento cincuenta y siete dólares con
un centavos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos
del diecinueve de febrero del dos mil veinte con la base de tres mil
setecientos diecinueve dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Carrofácil de Costa Rica S. A.
contra Josellin María Hernández Núñez. Expediente N° 18-003478-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez
Zeledón), 16 de setiembre del 2019.—Carlos Contreras Reyes, Juez Decisor.—(
IN2020426212 ).
En este Despacho, con una base de
veinticuatro mil trece dólares con noventa y ocho centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BHV415. Marca Peugeot. Estilo 2008
Active. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2015. Color gasolina. Vin VF3CU5FS9FY002061. Combustible GASOLINA. Motor
Nº10FHCK2126603. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del
cinco de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las diez horas y cero minutos del trece de febrero del dos mil
veinte con la base de dieciocho mil diez dólares con cuarenta y nueve centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las diez horas y cero minutos del veintiuno de febrero del dos mil
veinte con la base de seis mil tres dólares con cincuenta centavos (25% de la
base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carrofácil
contra Cristhiam Lagos Navarro, Yessika Vivianna Flores Sánchez. Expediente N°
17-006541-1200-CJ.—Juzgado de Cobro
Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 24 de
setiembre del 2019.—Carlos Contreras Reyes, Juez Decisor.—( IN2020426213 ).
En este Despacho, con una base de diecisiete
millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número cincuenta y
cinco mil doscientos setenta y dos, derecho 000, la cual es terreno solar con 1
casa. Situada en el distrito 1-Oriental, cantón 1-Cartago, de la provincia de
Cartago. Finca se encuentra en zona catastrada. Colinda: al norte, Saúl
Quesada; al sur, Edgardo Salazar; al este, Edgar Salazar; y al oeste, calle
pública. Mide: doscientos diez metros con siete decímetros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del cinco de febrero del
dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece
horas y treinta minutos del doce de febrero del dos mil veinte con la base de
trece millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base original)
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas
y treinta minutos del veinte de febrero del dos mil veinte con la base de
cuatro millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Linnett Patricia Espinoza Rojas. Expediente N° 19-001802-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 18 de
noviembre del 2019.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Tramitadora.—(
IN2020426238 ).
En este Despacho, con una base de cuatro
millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre de paso citas: 2016-746324-01-0002-001 / 2018-763086-01-0002-001;
sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 570748,
derecho 000, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 1-San Mateo,
cantón 4-San Mateo, provincia 2-Alajuela. Colinda: al norte, María José
Solórzano Rodríguez; al sur, Virginia Acosta Jiménez; al este, Nelson Martín
Solórzano Rodríguez y servidumbre de paso; y al oeste, Evelyn Montoya Cubero y
Oscar Alvarado Montoya. Mide: ciento setenta y tres metros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de marzo del
dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho
horas y treinta minutos del treinta y uno de marzo del dos mil veinte con la
base de tres millones de colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y
treinta minutos del quince de abril del dos mil veinte con la base de un millón
de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Manfred Gilberto Bustos Mata contra Ana Carolina Solórzano Rodríguez.
Expediente N° 19-013409-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
25 de noviembre del 2019.—Licda. Angie Rodríguez Salazar, Jueza.—( IN2020426266
).
En este Despacho, con
una base de ocho mil veintinueve dólares con setenta y cinco centavos,
soportando colisiones 18-004921-0489-TR Juzgado de Tránsito del Primer Circuito
Judicial de San José, sáquese a remate el vehículo BPK033. Marca: Suzuki.
Estilo: Swift GL. Categoría: automóvil. Capacidad: 5 personas. Carrocería:
Sedan 4 puertas hatchback. Tracción: 4X2. Año fabricación: 2018. Cilindrada:
1200 c.c. Cilindros: 4. Combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las
ocho horas y treinta minutos del dos de marzo del dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del
diez de marzo del dos mil veinte con la base de seis mil veintidós dólares con
treinta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho
de marzo del dos mil veinte con la base
de dos mil siete dólares con cuarenta y cuatro centavos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica
contra Kenneth Fabián Salazar Duarte. Expediente N°
18-006421-1204-CJ.—Juzgado de Cobro
de Grecia, 13 de enero del 2020.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón,
Jueza Decisora.—( IN2020426291 ).
En este Despacho, con
una base de doscientos ochenta y cuatro mil setecientos cincuenta y dos dólares
con cuarenta y un centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre trasladada citas: 381-05471-01-0903-001, servidumbre de paso citas:
416-07091-01-0003-001, servidumbre de paso citas: 416-07091-01-0003-001,
servidumbre de paso citas: 416-07091-01-0134-001, servidumbre de acueducto y de
paso de A Y A citas: 450-10068-01-0129-001 y demanda penal citas:
2016-363856-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número 22507-F, derecho 000, la cual es terreno filial cincuenta y
cuatro B, unidad habitacional número ciento sesenta, de una sola planta, en
proceso de construcción destinada a uso habitacional. Situada en el distrito
3-Pozos, cantón 9-Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
Avenida Sexta y Filial 55 B; al sur, Avenida Quinta y Filial Sesenta y Seis B;
al este, Avenida Quinta; y al oeste, Filiales 55 B y 66 B. Mide: seiscientos
cincuenta y ocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y
cero minutos del doce de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del veinte de
febrero del dos mil veinte con la base de doscientos trece mil quinientos
sesenta y cuatro dólares con treinta centavos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero
minutos del dos de marzo de dos mil veinte con la base de setenta y un mil
ciento ochenta y ocho dólares con diez centavos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra
Inversiones Arrendamar Sociedad Anónima y Elizabeth
María Oriol De Pita. Expediente N° 19-014726-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro
Primer Circuito Judicial de San José, 19 de noviembre del
2019.—Audrey Abarca Quirós, Juez Decisor.—( IN2020426292 ).
En este Despacho, con una base de nueve millones doscientos sesenta y ocho mil novecientos sesenta y ocho colones con treinta y nueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando citas:
365-00955-01-0900-001 condiciones ref.: 00027818 000;
sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 60223, derecho
000, la cual es terreno
patio con 1 casa. Situada: en
el distrito 01-Hojancha, cantón
11-Hojancha, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Paula Matarrita; al sur, calle pública con frente 25 m 97 cm; al este,
Santos Fausto Matarrita, y al oeste,
Paula Matarrita. Mide: quinientos veintidós metros con noventa
y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cuarenta
y cinco minutos del quince
de abril del dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas y cuarenta
y cinco minutos del veintitrés de abril del dos mil veinte, con la base de seis millones
novecientos cincuenta y un
mil setecientos veintiséis colones con veintinueve céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas y cuarenta
y cinco minutos del cuatro de mayo del dos mil veinte,
con la base de dos millones trescientos
diecisiete mil doscientos cuarenta y dos colones con nueve céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Arístides Martínez
Castillo. Expediente Nº 19-002367-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 09 de diciembre
del 2019.—Lic. Luis Abner Salas Muñoz, Juez.—(
IN2020426321 ).
En este Despacho, con una base de dos millones
seiscientos diez mil cuatrocientos treinta y ocho colones con cincuenta y dos céntimos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo MOT 522406, marca:
Freedom, estilo: ZS 250-38C, serie:
LZSPCNLE8H5000089, año: 2017, N° motor:
ZS165FMM8H100015, cilindrada: 223 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticinco de febrero del dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del cuatro de marzo del dos mil veinte con la base de un millón novecientos cincuenta y siete mil ochocientos veintiocho colones con ochenta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las catorce horas y cero minutos del doce de marzo del dos mil veinte con la base de seiscientos
cincuenta y dos mil seiscientos
nueve colones con sesenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Ciudad Quesada R.L Coocique
R.L contra José Francisco Herrera Alvarado. Expediente
N° 19-002997-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
06 de enero del 2020.—Lilliam Álvarez Villegas, Jueza Decisora.—( IN2020426329 ).
En este Despacho, con una base de nueve millones seiscientos quince mil cuatrocientos treinta colones con treinta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: JSG196,
Marca: Kia, Categoría: automóvil,
Serie: KNADN512BJ6828781, carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback, Tracción: 4x2,
Chasis: KNADN512BJ6828781, Vin: KNADN512BJ6828781, cabina: no aplica, techo: techo duro,
valor cont.: 21,750.00, clase trib.: 2565814, Estilo: Rio, capacidad: 5
personas, año: 2018, color: gris,
peso bruto: 1068 Kgrms, perso neto: 0 mts, num. ejes: 2, est. tribut.: pago derechos de aduana, uso: particular, utilizac.:
particular. Para tal efecto,
se señalan las nueve horas
y treinta minutos del veinte de mayo del dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de mayo del dos mil veinte,
con la base de siete millones
doscientos once mil quinientos
setenta y dos colones con setenta y dos céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del cinco de junio del dos mil veinte, con la
base de dos millones cuatrocientos
tres mil ochocientos cincuenta y siete colones con cincuenta y siete céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Alexander Josué Salazar
Gómez. Expediente Nº 19-000470-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial
de San José, Sección Tercera, 29 de octubre del
2019.—Licda. Marlene Solís Blanco, Jueza Tramitadora.—( IN2020426337 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta
y cinco millones seiscientos treinta y dos mil seiscientos nueve colones con treinta y nueve céntimos, soportando servidumbre trasladada bajo las citas:
327-13335-01-0901-001, sáquese a remate
la finca del partido de
Cartago, matrícula número
180241-000, la cual es terreno
naturaleza: terreno con dos casas. Situada: en el distrito (05) Concepción, cantón (03) La Unión, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo;
al sur, Edwin Eduardo Rojas Díaz; al este, calle pública con 12.74 metros de frente,
y al oeste, Juan Pérez Arias. Mide:
trescientos ocho metros con
cincuenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince
horas y treinta minutos del
cinco de febrero del dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince
horas y treinta minutos del
doce de febrero del dos mil
veinte, con la base de treinta
y cuatro millones doscientos veinticuatro mil cuatrocientos cincuenta y siete colones con cuatro céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las quince horas y treinta
minutos del veinte de febrero del dos mil veinte, con
la base de once millones cuatrocientos
ocho mil ciento cincuenta y dos colones con treinta y cinco céntimos (25% de la base original). Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este Despacho. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución garantías mobiliarias de Banco Nacional de Costa Rica contra Leonel
Gerardo Pérez Ramírez. Expediente Nº 19-000584-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
26 de noviembre del 2019.—Licda.
Marcela Brenes Piedra, Jueza
Tramitadora.—( IN2020426338 ).
En este Despacho, con una base de dos
millones novecientos veintiocho mil novecientos noventa y cuatro colones
exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones bajo la
sumaria 17-009421-0489-TR boleta número 20174100744; sáquese a remate el
vehículo placa KHL006, marca: Hyundai, estilo: Starex
GRX, categoría: microbús, año: 2004, color: blanco, serie: KMJWWH7JP4U600875.
Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del doce de
febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las trece horas y treinta minutos del veinte de febrero de dos mil
veinte con la base de dos millones ciento noventa y seis mil setecientos
cuarenta y cinco colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y
treinta minutos del dos de marzo del dos mil veinte con la base de setecientos
treinta y dos mil doscientos cuarenta y ocho colones con cincuenta céntimos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Myung Soon Choi contra Kenneth Andrés Heise
Lippa. Expediente N°
18-021429-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro Primer Circuito Judicial de San José,
21 de noviembre del 2019.—Audrey Abarca Quirós, Jueza Decisora.—( IN2020426342
).
En este Despacho, con una base de cuatro
millones de colones exactos, soportando hipoteca de primer grado a favor del
Banco Popular y de Desarrollo Comunal inscrita bajo las citas
2012-254217-01-0002-001, y servidumbre de paso bajo las citas:
2016-178590-01-0001-001, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número 382.608-000; la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 1-Quesada, cantón 10-San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, servidumbre de paso en medio Elvia Zúñiga Rojas; al sur, Dalay Rojas
Zamora; al este, Dalay Rojas Zamora; y al oeste, calle pública con 8 metros 1
centímetro. Mide: ciento sesenta y dos metros con ochenta y cuatro decímetros
cuadrados. Plano: A-0470053-1998. Para tal efecto, se señalan las diez horas y
cero minutos del tres de marzo del dos mil veinte. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del once de marzo
del dos mil veinte con la base de tres millones de colones exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las diez horas y cero minutos del diecinueve de marzo del dos mil veinte con la
base de un millón de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Mantenimiento de Bienes Inmuebles Mabinsa
S. A. contra María Elena Rojas Quesada. Expediente N°
18-002138-1202-CJ.—Juzgado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 06 de
enero del 2020.—Licda. Shirley Montoya Montero, Jueza Decisora.—( IN2020426358
).
En este Despacho, con una base de veintisiete
millones ochocientos ocho mil cuatrocientos sesenta y nueve colones con dieciséis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento cuarenta
y tres mil setenta y dos,
derecho cero cero cero, la cual es terreno finca filial número 23 bloque A, terreno de condominio de interés social
destinado a uso habitacional de una planta en proceso de construcción. Situada: en el distrito Ulloa, cantón Heredia,
de la provincia de Heredia. Colinda:
al norte, Asociación Comunidad Internacional Ciudad de
Fe; al sur, acceso vehicular; al este,
finca filial 22 del bloque
A, y al oeste, finca filial
24 del bloque A. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiocho de abril del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y treinta minutos del siete de mayo del dos mil veinte,
con la base de veinte millones
ochocientos cincuenta y
seis mil trescientos cincuenta
y un colones con ochenta y siete céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del quince de
mayo del dos mil veinte, con la base de seis millones novecientos cincuenta y dos mil ciento diecisiete colones con veintinueve céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Condominio
Horizontal Residencial La Hoja Dorada
contra Cinthya Lissette López Berrocal. Expediente Nº 17-008827-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia, 10 de enero del 2020.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández,
Juez Tramitador.—( IN2020426481 ).
En este Despacho, con una base de diez
millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbres trasladadas, bajo las citas: 298-01839-01-0901-001,
341-03216-01-0001-001, servidumbres sirvientes, bajo las citas:
376-00723-01-0010-001, 376-00723-01-0015-001; sáquese a remate la finca del
partido de San José, matrícula número 527700-000, la cual es terreno para
construir: bloque R: lote R-5. Situada en el distrito San Felipe, cantón
Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, lote 4-R; al
noroeste, lotes 11 y 12-R; al sureste, avenida 3 con 8.50 metros; y al
suroeste, lote 6-R. Mide: doscientos diecisiete metros con sesenta y nueve
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero
minutos del once de febrero del dos mil veinte. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del diecinueve de
febrero del dos mil veinte, con la base de siete millones ochocientos setenta y
cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del
veintisiete de febrero del dos mil veinte, con la base de dos millones
seiscientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Deberá publicarse este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y
Préstamo contra Karol Susana Piedra Navarro, Maureen
Elena Piedra Navarro. Expediente N° 19-014773-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro
Primer Circuito Judicial de San José, 12 de
noviembre del 2019.—Licda. Mariela Porras Retana, Jueza Decisora.—(
IN2020426483 ).
En la puerta exterior de este
Despacho, con una base de siete millones trescientos ochenta y nueve mil
setecientos treinta y ocho colones con once céntimos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso, citas:
504-00006666-01-0004-001, servidumbre de paso, citas: 504-00006669-01-0012-001,
servidumbre de paso, citas: 2013-00194131-01-0004-001; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula número quinientos trece mil
novecientos noventa y dos-cero cero uno y cero cero
dos, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito trece, Peñas
Blancas, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
servidumbre de paso en medio y Roberto Ledezma Campos y Vitalia Campos Boza; al
sur, Roberto Ledezma Campos y Vitalia Campos Boza; al este, Roberto Ledezma
Campos y Vitalia Campos Boza y al oeste, Procopio Gamboa Guzmán. Mide: mil
ciento cuarenta y cuatro metros con noventa y cinco decímetros metros cuadrados
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del
veinte de febrero del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veintiocho de febrero
del año dos mil veinte, con la base de cinco millones quinientos cuarenta y dos
mil trescientos tres colones con cincuenta y ocho céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
diez horas y cero minutos del nueve de marzo del año dos mil veinte, con la
base de un millón ochocientos cuarenta y siete mil cuatrocientos treinta y
cuatro colones con cincuenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Edgar Gerardo Méndez Castro, Flor de María Céspedes Román. Expediente Nº
17-000100-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo
Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 13 de enero del
2020.—Licda. Jeannette Ruiz Herradora, Jueza Tramitadora.—( IN2020426530 ).
Se hace saber:
Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
15-000044-0386-CI donde se promueve
Información Posesoria por parte de Cándida Rosa Hernández Gaitán, quien
es mayor, estado civil soltera,
vecina de Liberia, portadora
de la cédula número 0503080916, educadora,
a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en
la provincia de Guanacaste, la cual
es terreno para construir. Situada: en el distrito primero Liberia, cantón
primero Liberia. Colinda: al norte,
con calle pública con un frente a ella
de quince metros con cuarenta y siete
centímetros; al sur, con Mireya Porras Núñez; al este, con Ostelina Morales Chávez, y al oeste,
con Umbelina Espinoza Ortiz. Mide:
doscientos cincuenta y siete metros con cincuenta y nueve centímetros cuadrados. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de compra, y
hasta la fecha lo ha mantenido
en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cercar, chapear,
hacer rondas y cuidarlo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Cándida Rosa Hernández Gaitán. Expediente
Nº 15-000044-0386-CI-3.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), 23 de octubre
del 2018.—Licda. Valeria
Lucía Torres Morales, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020425540 ).
Se hace saber: Que ante
este Despacho se tramita el expediente N°
18-000042-1309-CI, donde se promueve Información Posesoria por parte de Karen
Estrella Fonseca Ruiz, quien es mayor, estado civil divorciada, vecina de
Heredia, Sarapiquí, Finca Once, portadora de la cédula número 0108190540,
profesión estilista, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia
de Heredia, la cual es terreno con casa para construir. Situada en el distrito
Horquetas, cantón Sarapiquí. Colinda: al norte, con Norman Alejandro Ramírez;
al sur, con Guillermo Gilberto Azofeifa Alpízar; al este, con Guillermo
Gilberto Azofeifa Alpízar; y al oeste, con calle pública (Municipalidad de
Sarapiquí). Mide: ciento ochenta y ocho metros cuadrados. Indica el promovente
que, sobre el inmueble a inscribir partido de Heredia, lote sin inscribir no
pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima
dicho inmueble en la suma de dos millones quinientos mil colones. Que adquirió
dicho inmueble Partido de Heredia, lote sin inscribir por medio de posesión
decenal ejercida por la promovente y sus antecesores, y hasta la fecha lo ha
mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han
consistido en conservación y protección del terreno, la construcción de
mejoras, la siembra de plantas y la construcción y remodelación de la casa en
el ubicada. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Karen Estrella
Fonseca Ruiz. Expediente N° 18-000042-1309-CI-3.—Juzgado
Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica Sarapiquí (Materia
Civil), 26 de noviembre del año 2019.—Lic. César Roberto Delgado Montoya,
Juez Decisor.—1 vez.—( IN2020425745 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se
tramita el expediente N° 19-000131-0640-CI, donde se
promueve Información Posesoria por parte de Asociación de Desarrollo Integral
de Ojo de Agua de León Cortés, cédula jurídica N°
3-002-106466, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de San
José, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito segundo San Andrés,
cantón veinte León Cortés. Colinda: al norte, con Carlos Horacio Garro Fallas;
al sur, con Carlos Manuel Chacón Umaña; al este, con Carlos Horacio Garro
Fallas; y al oeste, con calle pública. Mide: dos mil quinientos diecinueve
metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir
SJ-2032791-2018 no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no
tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón colones exactos. Que
adquirió dicho inmueble SJ-2032791-2018, y hasta la fecha lo ha mantenido en
forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en
únicamente en el mantenimiento de los linderos correspondientes y la
supervisión del inicio de la construcción. Que no ha inscrito mediante el
amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que,
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información
Posesoria, promovida por Asociación de Desarrollo Integral de Ojo de Agua de
León Cortes. Expediente N° 19-000131-0640-CI-6.—Juzgado
Civil de Cartago, 07 de mayo del año 2019.—Lic. Luis Diego Romero Trejos,
Juez Decisor.—1 vez.—( IN2020425758 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se
tramita el expediente N° 17-000052-1587-AG, donde se
promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Syra
Teresea del Carmen Montero Vásquez, quien es mayor,
estado civil divorciada una vez, vecina de Miramar de Puntarenas, de la Escuela
Linda Vista cien metros al este, portadora de la cédula de identidad vigente
que exhibe número 6-0131-0300, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: Finca cuya naturaleza es potrero. Situada en el distrito cinco Paquera,
cantón primero Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte,
Guillermo Víquez Barrantes; al sur, calle pública; al este, Carlos Luis Morales
Chaves, Miguel Lobo Vargas, Carlos Luis Rodríguez Vindas; y al oeste, Carlos
Luis Morales Chaves. Mide: dieciséis mil doscientos veintidós metros con
setenta y cuatro decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado
número P-1125176-2007. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima
tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de doscientos mil
colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por Domingo Montero Rodríguez, y
hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica,
ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de un año y nueve meses
por posesión derivada de su anterior poseedor por más diez años. Que no existen
condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenerla limpia,
quieta, pacifica, pública e ininterrumpida. Que no ha inscrito mediante el
amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que,
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información
Posesoria, promovida por Syra Teresea
del Carmen Montero Vásquez. Expediente N°
17-000052-1587-AG.—Juzgado Agrario Puntarenas. Puntarenas, 15 de enero
del año 2020.—Licda. Rosaura Segnini Vargas, Jueza.—José Manuel Sánchez Montero, Juez Decisor.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2020.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2020425775 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se
tramita el expediente N° 17-000015-1520-AG donde se
promueven diligencias de información posesoria por parte de Josué Jonathan
Watson Moncada quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de San
Francisco de Dos Ríos, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe
número 1-1037-277, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de
la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno
de pasto. Situada en el distrito 4° Bijagua, cantón 13° Upala, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, Avimar Azul Sociedad
Anónima; al sur, calle pública con un frente de ciento treinta y cinco metros
con catorce centímetros lineales; al este, Amelia Chavarría Alvarado; y al
oeste, Gerardo Anchia González. Mide: catorce mil setecientos veintiún metros
cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-1347707-2009. Indica
el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como
las presentes diligencias en la suma de cinco millones colones cada una. Que
adquirió dicho inmueble por compra-venta de la
sociedad Catering Service y Toda La Fiesta S. A., y
su posesión ha sido de manera quieta, pública, pacífica, ininterrumpida y a título de dueño por más de diez años. Que no
existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en siembra de
cultivos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria, promovida por Josué Jonathan Watson
Moncada. Expediente N° 17-000015-1520-AG.—Juzgado
Civil y Trabajo Segundo Circuito Judicial
Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria), Alajuela, Upala, 09 de diciembre
del 2019.—Licda. Sussy María Gamboa Ramírez, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2018-JA.—( IN2020426276
).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 19-000140-1587-AG donde
se promueven diligencias de información
posesoria por parte de
Roberto Del Carmen Jiménez Muñoz quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Puntarenas, 50
metros al sur de la iglesia católica,
San Rafael de Arancibia, portador
de la cédula de identidad vigente
que exhibe número
6-0298-0649, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza
es café y dos casas de habitación. Situada en el distrito
16 Arancibia, cantón 1:
Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Asociación de Desarrollo integral de Ojo
de Agua Las Lagunas y San Rafael; al sur, Vidal
Jiménez Miranda; al este, Roberto Jiménez Muñoz; y al
oeste, calle pública con un frente lineal de
83,19 metros. Mide: dos mil ochocientos
treinta y dos metros cuadrados,
tal como lo indica el plano catastrado número P-2120373-2019.
Indica el promovente que sobre
el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligenciasen la suma de nueve millones
de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por medio de donación
que le hizo Vidal Jimenez Miranda, mayor, casado una vez, agricultor, cédula 6-0066-0120, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de ocho años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cultivo de café. Que no ha inscrito mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Roberto Del Carmen Jiménez Muñoz. Expediente N° 19-000140-1587-AG.—Juzgado Agrario
Puntarenas, Puntarenas, 15 de enero del 2020.—Licda. Rosaura Segnini Vargas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-20189-JA.—( IN2020426279 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 19-000802-0638-CI donde
se promueve información posesoria por parte de Marta
Eugenia Espinoza Ávila quien es mayor, estado civil casada, vecina de Sabanilla de Alajuela, portadora
de la cédula número 0204810876, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en
la provincia de Alajuela, la cual
es terreno con una casa. Situada
en el distrito 01, cantón 08. Colinda: al norte, con Manuel Espinoza Bolaños; al sur, con Analive Céspedes Fallas; al este, con calle pública; y al oeste, con Manuel Espinoza Bolaños. Mide:
cincuenta y cuatro metros cuadrados. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de veinte
millones de colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble el 22 de enero del año 2019 y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en la construcción de una
casa de habitación que sirve
de domicilio. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Marta Eugenia Espinoza Ávila. Expediente N° 19-000802-0638-CI-7.—Juzgado
Civil Primer Circuito Judicial
Alajuela, 13 de diciembre del 2019.—Lic. Andrés Arguedas Vargas, Juez
Decisor.—1
vez.—( IN2020426299 ).
Se cita
y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Jorge Navarro Alvarado,
quien era mayor, soltero, comerciante, cédula cinco-cero cero dos nueve-cero
uno uno uno, quien era
vecino de Alajuela, Upala, Aguas Claras, Centro, para que, dentro del plazo de
quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
reclamar sus derechos y se apercibe a quienes crean tener derecho, que si no se
presentan dentro del término dado, la herencia pasará a quien corresponda. Lo
anterior, en proceso sucesorio en sede notarial, Expediente número 001-2020-SN.
En la notaría de la licenciada Daly Mariel González Castro en Liberia,
Guanacaste, del Cuerpo de Bomberos doscientos metros al sur y veinte metros al
este. Al celular 83325105 o al correo electrónico dalyemi@gmail.com. Publíquese.—Licda. Daly Mariel González Castro, Notaria
Pública.—1 vez.—( IN2020425388 ).
Se hace saber en este Tribunal de Justicia,
se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Luis Renan Chen Apuy Chacón, mayor, estado civil soltero, profesión u oficio
dato desconocido, de nacionalidad
costarricense, con documento de identidad N°
0107060126, y vecino de Montes de Oca, San José. Se indica a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés
legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de
quince días, contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 19-000830-0181-CI-6.—Juzgado Segundo Civil de San
José, 27 de noviembre del año 2019.—Licda. Karina Chaves Vega, Jueza Decisora.—1
vez.—( IN2020425406 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia
se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Juan Carlos Mejía
Guzmán, quien fue mayor, divorciado una vez, comerciante, vecino de Colima de
Tibás, Ciudadela Manolo Rodríguez, casa número treinta y seis, con cédula de
identidad número 01-1062-0253. Se indica a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que
deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de
la publicación de este edicto. Expediente Nº
19-000899-0181-CI-9.—Juzgado Segundo Civil de San José, 07 de enero del
año 2020.—Karina Chaves Vega, Jueza.—1 vez.—(
IN2020425408 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión testamentaria e intestato de: Wilberth Solís Bermúdez, quien fue
mayor, casado una vez, vecino de Hatillo San José, con cédula N° 1-10990644, para que, dentro del plazo de 30 días,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan terceros
interesados a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener en
calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia
pasará a quienes corresponda. San José, 14 de enero 2020. Expediente N° 011-2020. Notaría del licenciado José Alberto Delgado
Bolaños. Notario público, San José, Desamparados, Residencial Casa Blanca, casa
30. Tel 2250-7097. Fax 2250-6713.—Lic. José Alberto Delgado Bolaños, Notario
Público, Carné 7076.—1 vez.—( IN2020425411 ).
Se emplaza a todos los
interesados en el proceso sucesorio testamentario en sede notarial, de quien en
vida fuera: Zelmira Olga Bolaños Chaves, mayor, viuda de sus primeras nupcias,
ama de casa, portadora de la cédula de identidad número cuatro-cero cero
setenta y dos-cero ciento treinta y ocho, vecina de San José, Paso Ancho,
Urbanización Monte Azul, de la entrada principal del seminario, cincuenta
metros norte y cien este, calle sin salida, casa dos-J; para que, dentro del plazo
de quince más, contados a partir de su publicación, se apersonen a esta notaría
a hacer valer sus derechos, percibidos, de que, si así no lo hacen la herencia
pasará a quien legalmente corresponda. (Expediente N°
0001-2020 proceso sucesorio testamentario en sede notarial de Zelmira Olga
Bolaños Chaves). Licda. Melani Campos Bermúdez, notaria
pública con oficina en San José, Pavas, La Favorita Norte de la Capilla La
Medalla Milagrosa veinticinco metros al sur y veinticinco metros al este. Para
ser publicado en el Boletín Judicial por una única vez.—Licda.
Melani Campos Bermúdez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2020425417 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión notarial, que se tramita en la notaría
de la Licda. Ivannia Caravaca Araya, con oficina en San José, Puriscal, Mercedes
Norte de la Escuela doscientos sur, doscientos oeste y doscientos sur, de quien en vida fuera:
Jenny de los Ángeles Durán
Murillo, costarricense, mayor, casada
de primeras nupcias, contadora privada, cédula número uno-uno
cero tres seis-cinco cero tres, vecina de Puriscal, en el Alto de la Palma,
contiguo al cementerio; fallecida el veintiséis de noviembre del dos mil diecinueve,
para que, dentro del plazo de treinta
días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a los autos
a hacer valer sus derechos,
bajo el apercibimiento de que si
no lo hicieran en el plazo aquí otorgado
los bienes pasarán a quien corresponda. Sucesión notarial N° 01-2020-PSN de Jenny de
Los Ángeles Durán Murillo.—San José,
Puriscal, dieciséis de enero del dos mil veinte.—Licda. Ivannia Caravaca Araya, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2020425476 ).
Mediante acta de
apertura otorgada ante esta notaría por la señora Dulce María Badilla
Hernández, a las 11 horas 45 minutos del 17 de noviembre del 2019 y comprobado
el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab
intestato quien en vida fuera Edmundo Alfredo Gómez Arroyo, mayor, casado dos
veces, agricultor, cedula de identidad N°
5-0035-0094, vecino de San Rafael de San Pedro Pérez Zeledón San José
exactamente un kilómetro al norte de la escuela entrada a Pavones. Se cita y
emplaza a todos los interesados para que dentro del
plazo máximo de 30 días naturales, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la
Licda. Maurín Zúñiga Nuñez San Isidro de El General,
Pérez Zeledón, San José, frente a Hospital Las Américas Teléfono
2772-32-35.—Licda. Maurín Zúñiga Nuñez, Notaria.—1 vez.—( IN2020425512 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
notaría, por la señora Gonzalo Fallas Benamgur, a las
13 horas 40 minutos del 17 de noviembre del 2019, y comprobado el
fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato
quien en vida fuera: Flora Fallas Prado, mayor, casada una vez, administradora
del hogar, cédula de identidad N° 1-0378-0907, vecino
de Los Reyes de Daniel Flores de Pérez Zeledón, San José; exactamente un
kilómetro al sur de la entrada principal. Se cita y emplaza a todos los
interesados, para que, dentro del plazo máximo de 30 días naturales, contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer
valer sus derechos. Notaría de la Licda. Maurín Zúñiga Núñez, San Isidro de El
General, Pérez Zeledón, San José, frente a Hospital Las Américas. Teléfono
2772-32-35.—Licda. Maurín Zúñiga Núñez, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2020425513 ).
Se hace saber que ante
el notario público Marvin Ramírez Víquez, se tramita la sucesión de quien en
vida fue: Carlos Eduardo Arguedas Barrantes, mayor, soltero, vecino de San
Joaquín de Flores, Heredia, del Salón de Eventos La Finca cien metros oeste,
quien portó de la cedula de identidad número cuatro-doscientos
veintitrés-ciento ochenta y tres, quien murió el día veintiséis de agosto del
año dos mil diecisiete, según consta en el Registro Civil, Sección de
Defunciones de la provincia de Heredia, al tomo: ciento siete, folio:
trescientos veintiséis, asiento: seiscientos cincuenta y uno. Y se emplaza a
todos los herederos, legatarios, acreedores, y demás interesados en el presente
proceso, para que, dentro de quince días, contados a partir de la publicación
de este edicto en el Boletín Judicial, comparezcan a hacer valer sus
derechos en el apercibimiento, a quienes crean tener derecho a la herencia, de
que, si no se presentan en este plazo, aquella pasará a quien corresponda. Se
hace saber que la notaria se encuentra situada en la ciudad de San Joaquín de
Flores, Heredia, costado sur de la Escuela Estados Unidos de América.
Expediente número cero cero cero
uno-dos mil veinte.—Lic. Marvin Ramírez Víquez,
Notario Público.—1 vez.—( IN2020425529 ).
Se hace saber: En este Despacho Judicial se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó:
María Cristina Godínez
Arias, mayor, casada, profesora,
cédula de identidad N° 1-0554-0587, y vecina de San Francisco Centro, Cartago. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
Nº 19-000975-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, 18 de diciembre del 2019.—Lic. Francisco Javier Castillo Acuña,
Juez.—1
vez.—( IN2020425552 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la Sucesión en Sede Notarial de Delfina
Rivera Agüero, quien fue mayor, soltera, secretaria, vecina de Pavas, cédula N° 1-0243-0611, contados
a partir de la publicación
de este edicto comparezcan a reclamar sus
derechos y se apercibe a los que crean
tener derechos y calidad de
herederos que si no se presentan dentro del plazo indicado la herencia pasará a quien por derecho corresponda. Expediente N° 01-16
Notaria del Lic. Marco Antonio Molina Q. Pavas, San José de Embajada
Americana 800 metros oeste, 100 norte
y 150 noroeste. Teléfono
2232-8670 Fax 2220-1608.—Lic.
Marco Antonio Molina Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2020425593 ).
Se emplaza a todos los
interesados en el proceso sucesorio notarial de quien en vida fue Marlene Marín
Herrera, mayor, casada dos veces, ama de casa, vecina de El Hoyón
de San Isidro de Pérez Zeledón, San José, veinticinco metros al este del Puente
y quien en vida portaba la cédula número uno-quinientos setenta y cinco-cero
once para que, dentro de quince días contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean
tener la calidad de herederos que, si no se presentan dentro del plazo citado,
la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número cero cero cuatro-dos mil diecinueve. Notaría. Merlín Leiva
Madrigal. San José, Pérez Zeledón, San Isidro de El General, exactamente
Edificio María Teresa, Segunda Planta, local número seis, ciento veinticinco
metros oeste del Parque, en Bufete Leiva Madrigal.—Lic.
Merlín Leiva Madrigal, Notario Público.—1 vez.—( IN2020425611 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Carlos Alberto Castrillo
Cordoba, cédula tres-uno tres
siete-siete seis cero, mayor, casado
una vez, pensionado, vecino
de Pérez Zeledón. Se indica
a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
19-000118-0188-CI-3.—Juzgado Civil y
Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Civil), 20 de noviembre
del 2019.—Msc. Norman
Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2020425628 ).
Que en acta de apertura otorgada ante esta notaría por Iván Jesús Fennis Wiegmans, a las 17:00 horas del 14 de enero
de 2020 y comprobado el fallecimiento,
esta notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fuera
César Augusto Fennis Wiegmans,
con cédula N° 1-1412-0084, fallecido en Heredia, el día 07 de enero del año 2019, citas de defunción del Registro Civil 4-0113-234-0468. Se cita
y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo
máximo de 30 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de
que, si no se presentan en ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Notaría del Lic. Milena Valverde Mora, ubicada
San Antonio de Belén, Heredia, 500 metros este de la Panasonic, frente a
Finger Print Digital.—Heredia, 14 de enero del 2020.—Firma ilegible.—1 vez.—( IN2020425642
).
Se hace saber que en
este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carlos
Luis Arce Corrales, quien fue mayor, soltero, vecino de San José, San
Sebastián, portador de la cédula de identidad número 1-0337-0950. Se emplaza a
todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los
interesados para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la
primera y única publicación de este edicto en el Boletín Judicial, con
el fin de que comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a
aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan
dentro del citado plazo, aquella pasará a quien corresponda, expediente N° 19-000301-0216-CI.—Juzgado Civil de Hatillo, San
Sebastián y Alajuelita, 06 de diciembre del 2019.—Jennifer Isabel Arroyo
Chacón, Jueza.—1 vez.—( IN2020425685 ).
Se hace saber en este tribunal de justicia se
tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Kattia María Ortiz
Hidalgo, mayor de edad, soltera, contadora, costarricense, con documento de
identidad 0204550235 y vecina de Alajuela, Barrio San José de Alajuela,
Urbanización la Trinidad, 100 metros al este del super Favorito, casa con tapia
color rosa, portón de verjas color negro. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado
a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº
19-000818-0638-CI-8.—Juzgado Civil Primer Circuito Judicial Alajuela, 13
de noviembre del 2019.—Licenciado Carlos Esteban Sancho Araya, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020425711 ).
Se cita y emplaza a
todos los interesados en la sucesión de quien fue Alicia Hidalgo Alfaro,
soltera, pensionada, cédula 2-182-603 y vecina de Turrúcares de Alajuela, para
que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos, que si no se presentan a la notaría del licenciado
Óscar Mario Pacheco Murillo, sita en Alajuela, Villa Hermosa, cincuenta metros
sur y cien metros este del salón comunal, la herencia pasará a quienes
corresponda. Expediente número 001- 2020.—Lic. Óscar Mario Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—( IN2020425713 ).
Se citan y emplaza a
todos los interesados en la sucesión notarial de quien en vida fuera Víctor
Julio Rodríguez Lobo, mayor, casado una vez, agricultor, cedula 2-0180-0312,
vecino de Lajas de Hojancha, fallecido el 13 de noviembre de 2019, según
certificación de defunción emitida por el Registro Civil, para que dentro del
plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener
calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente 002-2019.—Lic. María Eugenia Castro
Villalobos, Notaria.—1 vez.—( IN2020425715 ).
Se hace saber en este tribunal de justicia se
tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Karla Marcela Álvarez
Garita, mayor, casada, costarricense, cédula de identidad 0108690718 y vecina
de San Pedro de Montes de Oca. Se indica a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que
deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de
la publicación de este edicto. Expediente: 19-001074-0180-CI-0.—Juzgado Primero
Civil de San José, 9 de enero del 2020.—Msc. Adriana Orocú Chavarría,
Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020425759 ).
Se hace saber que en este despacho se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Catalina Molina Flores,
mayor, estado civil viuda, profesión pensionada, nacionalidad Costa Rica, con
documento de identidad 0600370310 y vecina de Puntarenas, Buenos Aires detrás
de depósito de madera Los Mangos. Se cita a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se
apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 15-100010-1046-CI.—Juzgado
Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires, (Materia Civil), 12 de marzo del
2019.—Lic. Edith Brenes Quesada, Jueza.—1 vez.—( IN2020425763 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos de
quien en vida se llamó Guillermo Chinchilla Anchía, quien fue mayor, casado una
vez, comerciante, cédula N° 1-427-389, vecino de
Tibás, San José, para hacer valer los derechos en el plazo de ley, proceso que
se tramita en sede notarial en la oficina del Lic. Ricardo Alfonso Gamboa
Calvo, ubicada en Barrio Luján de San José, de Radio Omega, 100 metros al norte
y 75 al este en Asesores Jurys.—Lic. Ricardo Alfonso
Gamboa Calvo, Notario.—1 vez.—( IN2020425765 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
notaría, a las trece horas del 16 de enero del 2020 y comprobado el
fallecimiento, esta notaría declara el proceso sucesorio de quien en vida
fuera: Jerónimo Belfor Leonardo Zeledón Tabush, mayor, divorciado de primeras nupcias, portador de
la cédula de identidad número nueve-cero cero cuarenta y cinco-cero quinientos
quince, falleció el seis de noviembre del dos mil diecinueve. Se cita emplaza a
todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días contados
a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer
valer sus derechos. Notaría de la Licda. Felicia Calvo Hidalgo, Residencial
Cartago, casa veinticuatro A uno, o al fax: 21008175. Expediente N° 2020-0001-003 NP.—Cartago,
diecisiete de enero del 2020.—Licda. Felicia Calvo Hidalgo, Notaria.—1 vez.—(
IN2020425778 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia
se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Bernardo García
Chacón, mayor, estado civil casado, profesión u oficio dato desconocido,
nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N°
0202710891 y vecino de no indica. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado
a partir de la publicación de este edicto, expediente N°
19-000910-0181-CI-1.—Juzgado Segundo Civil de San José, 10 de diciembre
del año 2019.—Licda. Karina Chaves Vega, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2020425786 ).
Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó: Benilda Soto Núñez, mayor, soltera, de oficios domésticos, costarricense, con documento de identidad N° 0201840339, y vecina
de Palmares, frente a la
terminal de buses Carbachez. Se indica
a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº
19-000340-0296-CI-0.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil),
06 de enero del 2020.—Dr. Minor Chavarría
Vargas, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020425816 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, a solicitud de Stella María Peralta Cortés, mayor, divorciada una vez, vecina de Curridabat, Urbanización La Itaba, casa setenta y seis F, cedula número
uno-cero novecientos nueve-cero
ciento treinta y nueve, esta notaria declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera
María Cristina Calzada Peralta, mayor, soltera, doctora en veterinaria, fue vecina de San José, cédula número uno-mil quinientos ochenta y cuatro-cero doscientos noventa y ocho. Se cita y emplaza a todos los interesadas para que dentro del plazo
máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta notaría a hacer valer sus derechos.—Notaría del Licda. Erika Castro Arguello. Teléfono
22728454, celular 83180941.—1 vez.—( IN2020425826 ).
Se cita y emplaza a terceros e interesados
sobre la sucesión de quien en vida fue José Alberto Donato Jiménez, cédula
uno-cero trescientos veintiuno-cero setecientos treinta y siete, para que dentro del término de 15 días, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, sita en Curridabat,
de la Heladería Pops, seiscientos metros al sur,
costado norte de Plaza Cristal, para aceptar la herencia y hacer valer sus
derechos. Es todo.—San José, 16 de enero del
2020.—Lic. Juan Carlos Montero Villalobos, Notario Público.—1 vez.—(
IN2020425834 ).
Mediante acta de apertura otorgada
ante esta notaría, por
Alberto Gallegos Borbón
y Héctor Francisco Quesada Murillo, a las nueve horas del trece de enero del dos mil veinte, comprobado el fallecimiento de quien en vida
fue: Humberto Rojas Álvarez, quien era
mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Santa
Isabel de Río Cuarto,
Alajuela, con cédula número dos-ciento sesenta y cuatro-quinientos treinta, esta notaría
declara abierto el proceso sucesorio ab intestato en sede
notarial de quien en vida fuera: Humberto Rojas
Álvarez. Se cita y emplaza
a todos los interesados
para que, dentro del plazo máximo
de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 0001-2020-SN. Notaría de
la Licda. Zoila Araya Moreno, La Virgen de Sarapiquí, Heredia, costado sur
del Banco Nacional, teléfono: 27611611.—La
Virgen de Sarapiquí, a las diez horas del catorce de enero del dos mil veinte.—Licda. Zoila Araya Moreno, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2020425873 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Carolina
Ramírez Flores, quien en vida fue mayor, divorciada una vez, administradora hotelera, vecina de San José, Barrio México, del Liceo
San José, ciento veinticinco
metros al sur, casa número novecientos
setenta y dos, portadora de
la cédula de identidad número
uno-cero novecientos setenta
y tres-cero ciento ochenta y seis, para que dentro del plazo
de treinta días a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a reclamar sus derechos, y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 2020-001. Notaría de
Flor Eugenia Castillo Castro, San José, Guadalupe, del Centro Comercial de Guadalupe, setenta y
cinco metros al este.—Licda. Flor Eugenia Castillo
Castro, Notaria.—1 vez.—(
IN2020425954 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de quien en vida fuera Carlos Pérez Fonseca, mayor, casado un vez,
comerciante, con último domicilio en San José, San Juan de Dios de
Desamparados, Calle Gamboa, de pulpería Chalico,
doscientos metros al suroeste, cédula de identidad número uno-cero trescientos
veintiséis-cero seiscientos noventa y uno, fallecido el dieciocho de noviembre
del año dos mil dieciocho, para que dentro del plazo de quince días contados a
partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos; y
se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se
presentan en dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 01-2019, notaría de Luis Fernando Jiménez Quesada, calle
trece, avenidas 12 y 14. Correo electrónico: notis@ice.co.cr.—Lic.
Luis Fernando Jiménez Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2020425955 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia
se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Marvin Mora Garita,
mayor, soltero, comerciante, costarricense con número de cédula N° 0602240235 y vecino de Naranjo. Se indica a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés
legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de
quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 19-000266-0295-CI.—Juzgado
Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), 24 de octubre del 2019.—Emi
Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—( IN2020425978
).
Se hace saber: En este tribunal de justicia
se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Guillermo Ángel
Garita Barboza, mayor, soltero, agricultor, con documento de identidad
nueve-cero ochenta y ocho-quinientos setenta
y cinco y vecino de San Isidro de El General. Se indica a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés
legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de
quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
19-000168-0188-CI-1.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de
la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Civil), 19 de noviembre del año 2019.—M.Sc. Norman Herrera Vargas,
Juez.—1 vez.—( IN2020425985 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Randall Mauricio Ulloa Acuña,
mayor, estado civil casado,
profesión Ingeniero en Sistemas, nacionalidad
Costa Rica, con documento de identidad
N° 0303620572 y vecino de San José, Mata Redonda. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
N° 19-000817-0181-CI-0.—Juzgado Segundo
Civil de San José, 09 de diciembre
del 2019.—MSc. Ingrid Fonseca Esquivel, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020426016 ).
Se hace saber: En este
tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Sergio Mariano Castro Calderón, mayor, estado civil casado, nacionalidad
costarricense, con documento de identidad N°
0301240421 y vecino de Cartago, Turrialba, contiguo a Dimo Computación. Se
indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes
tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar
en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto.
Expediente Nº 19-000177-0341-CI-7.—Juzgado Civil,
Trabajo y Agrario de Turrialba, 25 de noviembre del
2019.—Licda. Ana Milena Gutiérrez Rojas, Jueza Tramitadora.—1
vez.—( IN2020426030 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión de Kattia Mercedes Rodríguez Prendas, mayor de edad, casada dos
veces, ama de casa, vecina de Cartago, San Diego de Tres Ríos, Urbanización
Eulalia, casa ciento tres, portador de la cédula de identidad 1-0850-0363, para
que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a mi oficina, sito en San José, Guadalupe, Goicoechea,
Novacentro, del Mercado del Mueble ciento metros
oeste y cien metros norte a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que
crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo,
la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 0001-2018.—Lic. Marcela
Núñez Troyo, Notaria.—1 vez.—(
IN2020426042 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por el Licenciado Anthony Norman Borbón
Rojas, a las catorce horas del quince de enero del dos mil veinte, y comprobado el fallecimiento de
Carlos Alberto Vaglio Fernández, mayor de edad, casado una vez, pensionado, vecino de San
José, Goicochea, Purral, trescientos metros al este del supermercado Palí, frente a condominio Puerta madera, casa color crema, con cédula de identidad
número: uno-cero quiniento diecisiete cero seiscientos veintiuno, esta notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo
máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte
a la Procuraduría General de la República,
tal como ésta lo ha indicado. Notaría del Lic. Anthony Norman Borbón Rojas, San José, Goicoechea,
Purral, doscientos cincuenta metros este del super
mercado Palí, portón negro.
Teléfonos: 6295-8961 / 2229-5180.—Diecisiete de enero del dos mil veinte.—Lic. Anthony Norman Borbón Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2020426076 ).
Se cita y emplaza a todas las personas que
tuvieren interés en la declaratoria judicial de abandono con fines de tutela,
de las personas menores Adrián Daniel y Sebastián, ambos de apellidos Guerrero
Gutiérrez, planteado por el Patronato Nacional de la Infancia, contra Danny
Alfredo Guerrero Porras y Leticia Guadalupe Gutiérrez Guillén, para que se
apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a
partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente Nº 19-000274-1591-FA. Clase de asunto: Declaratoria
Judicial de Abandono con fines de Tutela.—Juzgado
Civil y de Trabajo de Quepos (Materia Familia), a las nueve horas y treinta
y tres minutos del diez de enero del dos mil veinte.—Lic. Johanna Vargas
Hernández, Jueza.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020424692 ). 3 v. 3.
Se hace saber que
por iniciativa de Olman Alonso Arguedas Rojas, cédula número 0204460197, se ha
promovido un proceso judicial a fin de que se le reponga la cédula Hipotecaria
inscrita en el Registro de Cédulas Hipotecarias del Registro Nacional con las
citas tomo 2011, asiento 00145463, consecutivo 01, secuencia 0001, subsecuencia
001. Se concede un plazo de quince días a partir de la última publicación de
este edicto, a cualquier persona interesada para que se presenten en defensa de
sus derechos. Se ordena así en proceso judicial de reposición de título valor.
Expediente N° 19-000117-0180-CI-3.—Juzgado Primero
Civil de San José, 10 de diciembre del año 2019.—Natanael
Sánchez Guzmán, Juez Tramitador.—( IN2020425660 ). 3
v. 1.
Licda. Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de
Cartago, a quien en vida fue José Gerardo Jiménez Abarca, mayor, casado una vez, cédula de identidad número 1-0475-0767, quién era el
padre registral de la persona menor de edad Cristhoper Andrés Jiménez
Solís, se le hace saber que en
proceso reconoc. hijo mujer casada,
establecido por José Andrés Picado Saballo, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de
Familia de Cartago, a las trece horas y cuarenta y cuatro minutos del cuatro de diciembre del dos mil diecinueve.
Se tienen por establecidas
las presentes diligencias de reconocimiento
de hijo de mujer casada promovido por José Andrés
Picado Saballo a favor de la persona menor de edad Cristhoper
Andrés Jiménez Solís. De las mismas se confiere audiencia al Patronato
Nacional de la Infancia, por el plazo
de tres días. De los autos
se observa que se encuentra
debidamente apersonad a y apersonado tanto la madre como el padre registral de la persona menor
no oponiendo objeción alguna al presente proceso. Con la finalidad de recibir el testimonio de se señalan
las. Se les previene a las partes,
que en el primer escrito
que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento
de que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el
transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas
las sentencias. Se producirá
igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 02 de setiembre
del 2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo
que no pueden utilizarlo también como teléfono.
Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión N° 78-07 celebrada el 18
de octubre del 2007, artículo
LV, se les solicita a las partes
de este asunto que resulten ser personas físicas
que, se sirvan suministrar
la siguiente información:
a) Lugar de trabajo. b) Sexo.
c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado
civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar
la notificación, artículo 4°
de la Ley de Notificaciones Judiciales.
Notifíquese al ente aludido, por medio de Gestión en Línea. Siendo
que el señor José Gerardo Jiménez Abarca,
padre registral de la persona menor de edad en cuestión
falleció, se ordena publicar edicto de ley. Notifíquese. Expediente N°
19-003352-0338-FA.—Juzgado
de Familia de Cartago, Cartago, 04 de noviembre
del 2019.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020425750 ).
Expediente 17-000296-0832-PE. Licenciada
Hellen Segura López, Fiscala Auxiliar de la Fiscalía de Cóbano
(Materia Penal), al Río Oro de Las Juntas Sociedad Anónima, en calidad de dueño
registral del vehículo placas C125507, cédula jurídica N°
3-101-188268, se le hace saber: que en el Legajo de Legajo de Investigación,
seguido en contra de Zúñiga Sandi Carlos Luis, en perjuicio de Walter Gerardo
Aguilar Salazar, por el delito de Hurto Agravado, se ha dictado resolución que
literalmente dice: comunicación por edicto. Fiscalía de Cóbano
(Materia Penal), poner en conocimiento de la presente causa a la sociedad
anónima la cual es dueña registral del vehículo, placa C125507 Fiscalía de Cóbano, a las trece horas del primero de octubre del año
dos mil diecinueve. De conformidad con los artículos, 111, 112 y 115 del Código
Procesal Penal, se procede con vista en el Legajo de Investigación interpuesta
por Walter Gerardo Aguilar Salazar, a ponerle en conocimiento la presente causa
al representante de la Sociedad Anónima Río Oro de Las Juntas Sociedad Anónima,
como dueño registral del vehículo placa C125507, de la existencia de la
Acusación y Solicitud de Apertura a Juicio, se le informa sobre su derecho de
presentar Querella y Acción Civil. Así mismo se le previene que en el acto de
ser notificado deberá señalar un medio para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación
no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley
de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de
octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°
20, del 29 de enero de 2009.Comuníquese el contenido de la resolución a la
Sociedad Anónima Río Oro de las Juntas Sociedad Anónima dueña Registral del
vehículo placa C125507. Notifíquese. Fiscalía de Cóbano
(Materia Penal). Licda. Hellen Segura López, Fiscal Auxiliar en vista de que la
Sociedad Río Oro de Las Juntas Sociedad Anónima, se desconoce el representante
de la misma, se procede a comunicarle la resolución
que por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial.
Comuníquese.—Fiscalía de Cóbano
(Materia Penal).—Licda. Hellen Segura López, Fiscala Auxiliar.—1 vez.—O. C.
Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020425776 ).
Licenciada Patricia Cordero García, jueza del
Juzgado de Familia de Cartago, a Michael Montero Maroto, en su carácter
personal, se le hace saber que en demanda declaratoria judicial abandono,
expediente N° 19-001997-0338-FA establecida por
Patronato Nacional de la Infancia, La Unión contra Karol
Raquel Arguedas Gutiérrez / Michael Montero Maroto se ordena notificarle por
edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago.
A las trece horas y treinta y nueve minutos del diecisiete de julio del año dos
mil diecinueve. Se tiene por establecido el presente proceso especial de
declaratoria de abandono de la persona menor de edad Jostin
Montero Arguedas, planteado por Patronato Nacional de la Infancia Cartago
contra Karol Raquel Arguedas Gutiérrez, Michael
Gerardo Montero Maroto, a quién se le concede el plazo de cinco días para que
oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de
descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. En
ese mismo plazo, en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para
atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11,
34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°
8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se
le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como
medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y
recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono celular, con
el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta
petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal,
buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la
recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita
a utilizar El Sistema de Gestión en Línea que además puede ser utilizado como
medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la
página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más
información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente
de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en
concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07
celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de
este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la
siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d)
Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se le advierte que si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el
proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada,
conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una
vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución a
los demandad os, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su
casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de
Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, y siendo que se desconoce el
domicilio de los demandados, se ordena expedir oficio de localización a la
Dirección General de Migración y Extranjería, a la Oficina de Localizaciones
del Organismo de Investigación Judicial, así como a la Caja Costarricense del
Seguro Social. Vista la medida cautelar que solicita el ente actor se resuelve:
El otorgamiento de la custodia de una persona menor, encierra un análisis
cuidadoso y un estudio previo. No debe ser una decisión tomada a la ligera, ni únicamente de naturaleza legal, sino con
intervención de aspectos medulares que es sabido inciden positiva o
negativamente en el desarrollo de la personalidad de un sujeto en proceso de
crecimiento y de formación, y por esa razón, la nueva doctrina de la protección
integral que emana de la nueva legislación de niñez y adolescencia, con la
asunción de dispositivos para asegurar a la niñez el cumplimiento de sus
derechos, ha de tenerse muy en cuenta para resolver lo más conveniente (
artículo 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño, y numerales 5, 23 y
siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia). Luego de realizar un
estudio pormenorizado de la prueba que aporta el Patronato Nacional de la
Infancia, quien resuelve estima totalmente procedente la medida cautelar
solicitada, toda vez que la persona menor de edad de marras requiere de protección,
cuidados y atenciones que su madre y padre no puede brindar. Por todo lo
anterior, en aras de resguardar los Derechos de las personas menores de edad se
otorga a Gerardo Arguedas Sánchez y Ruth Gutiérrez Angulo, el depósito
provisional de la persona menor de edad Jostin
Montero Arguedas. Notifíquese.—Juzgado de Familia
de Cartago.—Licda. Guadalupe Solano Patiño, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2020425788 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia
se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Wayner
Francisco Salazar Arguedas, mayor, soltero, costarricense, documento de
identidad 0401870428, vecino de Mercedes Sur, Heredia, en el cual pretende
cambiarse el nombre a Wagner Francisco mismos apellidos. Se concede el plazo de
quince días a cualquier persona interesada para que se presenten al proceso a
hacer valer sus derechos. Artículo 55 del Código Civil. Expediente
19-000934-0504-CI-9.—Juzgado Civil de Heredia, 10 de octubre del año
2019.—Licda. Yeimy Jiménez Alvarado, Jueza.—1 vez.—(
IN2020426017 ).
Licenciada Johanna Jiménez Villatoro, Jueza
del Juzgado Segundo de Familia de San José, a Mauricio Rosales Gordon, en su
carácter personal, quien es mayor, casado, vecino de domicilio desconocido,
cédula N° 0303210488, se le hace saber que en demanda
divorcio, establecida por Beatriz de Los Ángeles Quirós Hernández contra
Mauricio Rosales Gordon, se ordena notificarle por edicto, la sentencia
2019-001393 de las diecisiete horas y treinta y uno minutos del veintinueve de diciembre
del dos mil diecinueve, que en lo conducente dice: Proceso Abreviado de
Divorcio promovido por Beatriz de Los Ángeles Quirós Hernández, cédula de
identidad número 6-317-321 contra Mauricio Rosales Gordón, cédula de identidad
número 3-321-488, representado por el curador procesal Licenciado Belisario
Antonio Solano Solano, cédula de identidad número
3-239-828 y Resultando: I.— II.— III.— Considerando: I.— II.— Por tanto, se
declara con lugar la presente demanda de divorcio promovida y se decreta la
disolución del vínculo matrimonial que une a Beatriz de Los Ángeles Quirós
Hernández, cédula de identidad número 6- 317-321 contra Mauricio Rosales
Gordón, cédula de identidad número 3-321-488. Alimentos: Acudan las partes a la
vía de alimentos correspondiente. Guarda y crianza de la persona menor de edad.
Siendo que no existe hechos que denoten que el menor Keylor Rosales Quirós,
deba de cambiar de guarda, ya que la misma la ejerce su madre, por tanto se decreta que la guarda exclusiva de dicha persona menor
de edad, le corresponde a su madre y ambos padres ejercerán los demás atributos
de la autoridad parental en forma conjunta. Gananciales: Específicamente se
señala que la finca del partido de Limón, matrícula de Folio Real 125635-000,
que fue adquirida por donación, y las edificaciones construida sobre ella y el
vehículo placas BJL 860, no son bienes gananciales, tómese nota de lo indicado
en la parte considerativa, sin embargo de existir algún otro bien no señalado
en este proceso y cuya naturaleza sea de ganancialidad, cada cónyuge adquiere
el derecho de participar en el cincuenta por ciento de tales bienes que se
llegaren a constatar en el patrimonio del otro cónyuge. Costas: Sin especial
condenatoria de costas (artículo 222 del Código Procesal Civil). Inscripción: a
la firmeza de este fallo, inscríbase esta sentencia en el Registro Civil,
Sección de Matrimonios de Limón, al tomo setenta, folio cuatrocientos treinta y
dos, asiento ochocientos sesenta y tres. Notifíquese. Lic. Walter Alvarado
Arias, Juez de Familia. Notifíquese. Expediente número 17-000158-0187-FA.—Juzgado Segundo de Familia de
San José, 09 de enero del 2020.—Licda. Johanna Jiménez Villatoro,
Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2018-JA.—( IN2020426277 ).
Licda. Johanna Jiménez
Villatoro, Jueza del Juzgado Segundo de Familia de San José; hace saber a Allen
Webster Tracey Hatfield, documento de identidad N° 0800940259, soltero, dato desconocido, vecino de
domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso divorcio en
su contra, bajo el expediente número 18-000381-0187-FA donde se dictaron las
resoluciones que literalmente dicen: sentencia de primera instancia N° 2019001354 Juzgado Segundo de Familia de San José. A las
doce horas y cuarenta y ocho minutos del diecisiete de diciembre de dos mil
diecinueve. Proceso abreviado de divorcio promovido por Fresia Saborío Ramírez,
mayor, casada, traductora, vecina de Escazú, cédula de identidad número
1-680-370, contra Allen Webster Tracey Hatfield,
mayor, casado, cédula de identidad número 8-094-259, de domicilio desconocido.
Resultando: I.— II.— III.— Considerando: I.— II.— Por
tanto: Se declara con lugar la presente demanda de divorcio promovida y se
decreta la disolución del vínculo matrimonial que une a Fresia Saborío Ramírez,
cédula de identidad número 1-680-370, con Allen Webster Tracey
Hatfield, cédula de identidad número 8-094-259. Alimentos: Las partes mantienen
su derecho alimentario y deberán acudir a la vía de alimentos a dilucidar lo
que a ley corresponda, en caso de que así lo requieran. Atributos de la
Autoridad Parental: Carece de interés pronunciarse al respecto, dado que la
joven Grace Hellen Tracey Saborío cumplió la mayoría
de edad. Bienes Gananciales: No existen bienes gananciales para liquidar, no
obstante, de existir eventualmente bienes que no se hayan señalado en este
proceso y cuya naturaleza sea ganancial, cada cónyuge adquiere el derecho de
participar en el cincuenta por ciento de tales hipotéticos bienes con carácter
de gananciales que se constaten en el patrimonio del otro cónyuge, como lo
dispone el numeral
41 del Código de Familia. Costas: No se realiza especial condenatoria en
costas, de conformidad con el artículo 222 del anterior Código Procesal Civil,
aplicable únicamente a la materia familiar, según Ley 9621. Inscripción: a la
firmeza de este fallo, inscríbase esta sentencia en el Registro Civil, Sección
de Matrimonios de Guanacaste, tomo 058, folio: 230, asiento: 460. Isabel
Villegas Cascante, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso divorcio de
Fresia María Saborío Ramírez contra Allen Webster Tracey
Hatfield. Expediente Nº 18-000381-0187-FA.—Juzgado Segundo de Familia de San José, 15 de
enero del 2020.—Licda. Johanna Jiménez Villatoro, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2018-JA.—(
IN2020426278 ).
Licenciada Sandra Saborío
Artavia, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial De Alajuela San Carlos, a la señora Shirley
Ruiz Centeno, se le hace saber que en proceso de Depósito
Judicial de menor, expediente
número 19-000974-1302-FA, promovido
por el Patronato Nacional de la Infancia,
se dictó la resolución que literalmente dice: “Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a
las trece horas y veintiuno
minutos del treinta de setiembre de dos mil diecinueve.
De las presentes diligencias de depósito
de las personas menores de edad
Josebeth Alexandra Ortega Ruiz, Yocsan
Alfredo Ruiz Centeno y Eliani Daniela Ruiz Centeno, promovidas por el Patronato
Nacional de la Infancia, se confiere
audiencia por tres días a
Shirley Ruiz Centeno y Agustín Ortega Suarez, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un
medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de que mientras
no lo haga, las resoluciones
posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales
N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero
de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre
del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo
que no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con
el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para
la recepción de notificaciones.”
Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además
puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Shirley Ruiz Centeno personalmente
o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación,
o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la
Ley de Notificaciones Judiciales.
Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales y otras
Comunicaciones; de este Circuito
Judicial. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la
Ley de Notificaciones Judiciales
y al señor y Agustín Ortega
Suarez por medio de edicto siendo
que se desconoce su paradero. En otro
orden de ideas, de conformidad
con los artículos 5 y 32 del Código de La Niñez y Adolescencia, se ordena el Depósito Judicial
Provisional de Josebeth Alexandra Ortega Ruiz en el hogar de Yendry Vanessa Ruiz Centeno, el del menor
de edad Yocsan Alfredo Ruiz
Centeno en el hogar Dalila
Ruiz Centeno y la menor de edad
Eliani Daniela Ruiz Centeno en
el hogar de la señora Hazel
Rodríguez Campos, por lo que se previene al ente actor apersonar a dichas señoras a este Despacho dentro del plazo de tres días,
para la aceptación del cargo que se le ha conferido, asimismo, deberá hacer ver
a la depositaria provisional su
obligación de velar por todas
las necesidades básicas de
la persona menor de edad
que va a tener a su cargo como buenas
madres de familia. Notifíquese. Licda. Kensy Cruz Chaves, Jueza.—Juzgado de Familia del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada,
15 de enero del 2020.—Msc.
Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020426282
).
Lic. Luis Fernando Saurez Jiménez, Juez, se encuentra la sentencia de las diez horas treinta minutos del diecinueve de setiembre de dos mil dieciséis,
que literalmente dice: “Juzgado
de Familia, Penal Juvenil y Violencia
Doméstica de Cañas (Materia
Familia). A las quince horas y diecisiete minutos del catorce de enero de dos mil veinte. Proceso de declaratoria de abandono instaurado por el Patronato Nacional de la Infancia
representado por la Licenciada
Dinnia María Marín Vega, mayor, soltera,
abogada, vecino de Liberia,
Guanacaste; en contra de Yorleny
Salguera González y Jimmy Aldon Picado Villegas,
ambos mayores de edad, solteros, cédulas de identidad cinco-cero doscientos noventa y dos-cero cero veinte y cinco doscientos treinta y uno-cero cincuenta y
seis, vecinos de Barrio Corobicí
de Cañas, y domicilio desconocido, en su orden respectivo.
Interviene como Curadora Procesal del demandado Jimmy Aldon Picado Villegas, la Licenciada Scarleth Jiménez Li,
mayor, abogada, Vecina de
Liberia, Guanacaste. Resultando 1)...
2)... 3)... 4)... 5) Considerando: I. Hechos probados: a)... b)...
c)... d)... e)... II. I... II... III... IV... V... VI... VII... VIII... IX. Por
tanto: De conformidad con lo expuesto,
normas legales citadas y artículos 99, 153, 155,
316, 317, 432, 433 y 434 del Código Procesal Civil,
2, 158, 160 y 161 del Código de Familia. Se declara
con lugar el presente proceso de Declaratoria de Abandono con fines de adopción incoado por el Patronato Nacional
de la Infancia representado
por la Licenciada Dinnia
María Marín Vega, en contra de Yorleny
Salguera González y Jimmy Aldon Picado Villegas, se falla de la siguiente forma: 1)
Se acoge la presente demanda. 2) En vista de que las
personas menores de edad se
hallaban en riesgo social, se da por terminada
la patria potestad de las personas demandadas Yorleny Salguera González y Jimmy Aldon Picado Villegas, en relación con las personas menores de edad mencionadas Kristin Jazmin y Brayan Scott ambos Picado Salguera. 3) Se otorga el depósito judicial de las personas menores
de edad Kristin Jazmin y Brayan Scott ambos Picado Salguera a Marcos Guzmán González a quien
se le otorga el plazo de tres días a partir
de la firmeza de la presente
resolución para que se presente
a aceptar el cargo de depositario definitivo. 4) Firme
la presente resolución se ordena su inscripción
en el Registro Civil, Registro de Nacimientos de la provincia de Guanacaste, al Tomo cuatrocientos cincuenta y seis,
Folio cuatrocientos ocho,
Asiento ochocientos quince, (Kristin Jazmin) y provincia de Alajuela, al Tomo novecientos sesenta, Folio doscientos cincuenta, Asiento quinientos, (Brayan Scott). 5) De acuerdo
con el artículo 106 del Código de la Niñez y la Adolescencia, se resuelve este asunto
sin especial condenatoria en
costas. Notifíquese esta sentencia al accionado Jimmy Aldon Picado Villegas, por medio de un edicto que se publicará por una
sola vez en el Boletín Judicial, o en
diario de circulación nacional. Lic. Luis Fernando Saurez Jiménez, Juez.—Expediente N° 15-400257-0928-FA.
Declaratoria judicial de abandono.
Patronato Nacional de la Infancia
contra Jimmy Aldon Picado Villegas y Yorleny Salguera González.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas (Materia
Familia).—Luis Fernando Saurez Jiménez, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020426306
).
Se notifica a la señora María
Gabriela Solano Castillo por este medio la resolución de las catorce horas y
cuarenta y seis minutos del
veintinueve de enero del año dos mil dieciséis, la cual literalmente dice: Resultando que en el auto inicial de las ocho horas y cincuenta y seis minutos del once
de mayo del año dos mil dieciocho,
no se desprende que se le haya
tenido como parte interviniente al señor Ibson Kirt
Torres Valerin, por lo que a fin de corregir lo anterior y como medida de saneamiento, se resuelve: Se le confiere traslado por tres días a Ibson Kirt
Torres Valerín de las presentes
diligencias, a quien se le previene
que en el primer escrito
que presente debe señalar
un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de que mientras
no lo haga las resoluciones
posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Notifíquese al señor Ibson Kirt Torres Valerin personalmente por medio
de la Oficina de Comunicaciones Judiciales
del Primer Circuito Judicial de San José. Dicha parte se le podrá localizar en la siguiente dirección: Zapote, Central San José, Quesada Duran, Urbanización Las Luisas, Alameda
36, casa N° 4. Por último, en
razón de lo resuelto, se anula en su
totalidad la resolución de
las quince horas y treinta y ocho
minutos del veintiséis de setiembre del año dos mil diecinueve. Expediente N°
17-000544-0688-FA. Clase de Asunto
depósito judicial.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica
del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Familia), a las catorce horas y cincuenta y dos minutos del tres de diciembre del año dos mil diecinueve.—Licda. Katerin Andrea Vargas Leal, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020426315
).
Msc. Valeska Von Koller Fournier, Jueza del Juzgado de Familia
Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber a Jairo Enrique Castillo Sánchez, documento de identidad
PCC79406555, casado, que en
este Despacho se interpuso un proceso divorcio en su
contra, bajo el expediente número
18-000346-0165-FA donde se dictó
la sentencia N° 812-2019 de las diecisiete
horas y dieciocho minutos
del treinta y uno de octubre
de dos mil diecinueve, que en
lo conducente dice: por tanto: En
concordancia con lo expuesto
y normas jurídicas citadas, se resuelve: 1) Se declara con lugar la demanda abreviada de divorcio planteada por Mónica Rendón Puerta contra Jairo Enrique Castillo Sánchez. Se declara disuelto el vínculo matrimonial que ha unido a estas personas. 2) La guarda, crianza y educación de la menor Valery
Castillo Rendón la ostentará
exclusivamente el señor
Castillo Sánchez, mientras que la autoridad
parental será ejercida por
ambas personas progenitoras. 3) Con el divorcio fenece el derecho alimentario recíproco que favorecía a ambos cónyuges como tales. 4) No existen bienes gananciales. De aparecer algún derecho ganancial, será liquidado en ejecución
de sentencia, de acuerdo
con el artículo 41 del Código de Familia. Los vehículos placas BPB522 y MCG178
no son bienes gananciales.
5) Se resuelve este asunto sin especial condena en costas. 6) Una vez que esta sentencia
quede firme inscríbase la misma en el Registro Civil, Sección de Matrimonios de la provincia de San José al tomo
430, folio 252, asiento 504. Para tales efectos, la parte actora deberá
presentarse a este Juzgado y solicitar la expedición de la ejecutoria de ley, previa aportación
de las copias que correspondan,
le será entregada cinco días hábiles
después para que la diligencie
ante el Registro Civil. Notifíquese.
Publíquese el edicto de
Ley. Msc. Valeska
von Koller Fournier, Jueza. Lo anterior se ordena así en
proceso divorcio de Mónica Rindon Puerta contra Jairo Enrique Castillo Sánchez. Expediente Nº 18-000346-0165-FA. Los plazos
comenzarán a correr tres días después
de aquel en que se hizo la publicación.—Juzgado de Familia
Segundo Circuito Judicial de
San José, 07 de enero del 2020.—Msc. Valeska Von Koller Fournier, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020426317
).
Licenciada Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza
del Juzgado de Familia de Heredia, a Jen Ching Chang, en su carácter personal,
quien es mayor, de calidades y domicilio desconocidos, se le hace saber que en
demanda Autorización Salida País Expediente N°
18-002458-364-FA, establecida por Ana Guiselle
Sánchez Vindas contra Jen Ching Chang, se ordena notificarle por edicto, la
resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Heredia, a las
trece horas cincuenta y tres minutos del doce de febrero del dos mil
diecinueve.- La señora ha solicitado a este Despacho Ana Guiselle
Sánchez Vindas que autorice la salida del país de la persona menor de edad Yen Dalahy Chang Sánchez, y que
se le autorice para tramitar y retirar el pasaporte, indicando que el señor Jen
Ching Chang es el padre de la niña. (Cfr: folio 4).
De principio, el artículo 9 del Código de Familia establece que “las
autorizaciones o aprobaciones de los tribunales que este Código exige en
determinados casos, se extenderán mediante el proceso
sumario, señalado en el Código Procesal Civil, cuando no esté establecido otro
procedimiento.” En el mismo sentido se encuentra redactado el inciso 10 del
artículo 435 del Código Procesal Civil. Para estos casos en los que se solicita
la autorización de salida del país de las personas menores de edad existe una
vía más expedita que la sumaria. El artículo 151 del Código de Familia dispone
que “el padre y la madre ejercen, con iguales derechos y deberes, la autoridad parental
sobre los hijos habidos en el matrimonio.” Por esta razón es que para que un
menor pueda salir del país requiere autorización de ambos progenitores. En caso
de que la autorización sólo la otorgue uno de los progenitores, eso no
significa que el niño no puede salir del país, porque en este caso se estaría
haciendo la voluntad del progenitor que no autoriza, lo cual viola la igualdad apuntada. El problema lo resuelve la misma norma
antes citada, cuando dice: “En caso de conflicto, a petición de cualquiera de
ellos, el tribunal decidirá oportunamente, aún sin las formalidades del
proceso, y sin necesidad de que las partes acudan con un profesional en
derecho. El Tribunal deberá resolver tomando en cuenta el interés del menor.”
En el mismo sentido, el Código de la Niñez y la Adolescencia señala que en
asuntos en donde se ventilen derechos de las personas menores de edad, no debe
existir estricto ritualismo procesal y además el juez tiene amplios poderes en
la conducción del proceso. Con base en lo expuesto, debe concluirse que en
casos como éstos el Juez o Jueza tiene poderes discresionales
para fijar el procedimiento a seguir. Así las cosas, esta Juzgadora estima que para respetar la igualdad de derechos de los
progenitores, y para garantizar el derecho que tiene toda persona de ser
escuchada, lo procedente es realizar una audiencia oral y privada, en la cual
se expresarán las razones por las cuales se solicita la autorización de salida
del país y los motivos de oposición que pudieran existir. La persona menor de
edad también podrá expresar su opinión, respetándoseles así el derecho que les
concede los artículos 12 de la Convención sobre los Derechos del Niño y 105 del
Código de Niñez y Adolescencia. Al final de la audiencia se decidirá
judicialmente si se concede o no se concede las autorizaciones solicitadas. Por
existir una persona menor de edad involucrada en este proceso se tiene como
parte al Patronato Nacional de la Infancia, siendo que dicha institución aportó
a este Despacho el casillero 403r como único medio para recibir notificaciones,
de conformidad con lo que estipula el artículo 37 de la nueva Ley de
Notificaciones Judiciales. nombramiento de curador: De conformidad con lo
dispuesto por el artículo 262 el Código Procesal Civil, a fin de
proceder a nombrarle Curador Procesal al demandado se resuelve: Se ordena
expedir y publicar el edicto electrónicamente al que se refiere el artículo 263
del Código Procesal Civil, el cual será enviado por este despacho a la Imprenta
Nacional y la parte interesada deberá estar atenta a su publicación. De igual
manera se le previene a la parte actora que aporte certificación del Registro
de Personas en el que se informe si el demandado ausente cuenta con apoderado
inscrito en el país, así como Certificación de Movimientos Migratorios del
demandado expedida por la Dirección General de Migración y Extranjería del
Ministerio de Seguridad Pública. Prevención de honorarios: Se le previene a la
parte actora depositar la suma de cincuenta mil colones, a fin de responder al
pago de los honorarios del Curador Procesal a nombrar en representación de la
parte accionada, a favor de la cuenta electrónica del Banco de Costa Rica
número 180024580364-6 dentro del plazo de ocho días. Citación testigos: Se
previene a la parte actora que en el plazo de una semana presente al despacho
dos testigos, para que bajo juramento, respondan las
preguntas que se le formularán para determinar la procedencia del nombramiento
del curador procesal del demandado, bajo apercibimiento de que si no comparece,
el proceso no podrá avanzar notificaciones: Notifíquese esta resolución al
demandado Yen Ching Chang por medio de edicto. Notifíquese.—Juzgado
de Familia de Heredia.—Msc. Cynthia Rodríguez
Murillo, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020426323
).
El Juzgado de Familia de
Desamparados, hace saber al señor José Ramón García Ortiz, mayor, nicaragüense,
cédula de residencia 155819890812, de demás calidades desconocidas, que en este
despacho se tramitó el proceso número 19-000122-0637-FA, que es sumario de
autorización de salida del país de persona menor de edad de Noelvi
del Socorro Moreno Espinoza, en su contra, y que mediante sentencia número
2019001897, dictada a las ocho horas y cuarenta y uno minutos del dos de
diciembre de dos mil diecinueve, se resolvió: “... Se acoge la solicitud
formulada por la madre. La persona menor de edad podrá salir del país cuando
así lo desee y/o necesite pero no con fines de residir
fuera del país. Es decir, todo viaje que realice debe tener fecha exacta o
aproximada de regreso. La persona menor de edad saldrá acompañada por su madre,
documento de identidad número 155820201635 o de la persona que la madre
autorice en forma expresa. De igual forma, para cada viaje de José David García
Moreno la madre tendrá que retirar en este Juzgado una autorización (oficio)
dirigido a Migración así como, indicar mediante
manifestación escrita o verbal, a dónde viajará la persona menor de edad,
cuándo saldrá y regresará, acompañada por quién y para qué fin. Una vez que
conste esa información, se expedirá inmediatamente el respectivo oficio,
acompañado de la copia certificada de este fallo. Todo lo anterior con el fin
de que si el padre lo desea, pueda conocer dónde se
encuentra José David García Moreno. Este permiso lleva implícita la
autorización a la madre para que diligencie unilateralmente la emisión y/o
renovación del pasaporte de su hijo las veces que sea necesario. Se resuelve
sin especial condenatoria en costas...”.—Juzgado de
Familia de Desamparados, 10 de enero del 2019.—Licda. Zeidy
Jacobo Moran, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020426335
).
El Juzgado de Familia de Desamparados, hago saber al señor Arnoldo
Eduardo García Oviedo, cédula N°
1-1340-699, que dentro del proceso número 19-000283-0637-FA, que es sumario
de autorización de salida
del país de persona menor
de edad interpuesto por
Maricela de la Trinidad Solano Garro, en su contra, se ha dictado la sentencia número 2019001887, esto a las diecisiete horas y dieciocho minutos del veintiocho de noviembre del dos mil diecinueve,
resolución que literalmente
cita en su
parte dispositiva: “... La
(s) persona (s) menor (es) de edad
Amanda y Sarita ambas de apellidos García Solano podrá (n) salir del país cuando así
lo desea o necesite (n), pero no con fines de residir fuera del país. Es decir, todo viaje
que realice (n) debe tener fecha exacta o aproximada de regreso. La (s) persona (s) menor
(s) de edad Amanda y Sarita ambas de apellidos García Solano saldrá
(n) acompañada por su señora madre Marcela Solano Garro, documento de identidad numero 115110325 o de
la persona que la madre autorice
en forma expresa. De igual forma para cada viaje de Amanda y Sarita ambas de apellidos
García Solano la madre tendrá
que retirar en este Juzgado una autorización (oficio) dirigido a la Oficina de Migración y Extranjería así como indicar
mediante manifestación escrita o verbal, a dónde viajará la (s) persona (s) menor
(es) de edad, cuando saldrá (n) y regresará (n), acompañada por quién y para qué fin, así como
el lugar que visitará (n) y
donde se hospedará (n). Una
vez conste esa información se expedirá inmediatamente el respectivo oficio. Todo lo anterior con el fin de que si
el padre lo desea pueda conocer donde se encuentra Amanda y Sarita ambas de apellidos
García Solano. Este permiso lleva
implícita la autorización a
la madre para que diligencie
unilateralmente la emisión
o renovación del pasaporte
de su (s) hija (s) las veces que sea necesario.
Se resuelve sin especial condenatoria
en costas porque la madre litiga en representación
de su (s) hija (s). Expídase el oficio respectivo para la Dirección de Migración y Extranjería. Realícese la respectiva anotación de lo acá resuelto en el registro de personas menores de edad del Sistema de Obligados Alimentarios y Penal (SOAP) del Registro
Judicial...”. Publíquese una única
vez.—Juzgado Familia del Tercer
Circuito Judicial de San José (Desamparados), 13 de enero
del 2020.—MSc. Maureen Ortiz Cerdas, Jueza de Familia.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020426346 ).
Se avisa que en este
Despacho, Fanny Mayela
Alvarado Quirós y Marco Danny Hernández Mata, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad: Kimberly González
Granados. Se concede a todas las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán
los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N° 19-000851-0673-NA.—Juzgado
de la Niñez y Adolescencia
del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de enero del 2020.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2020426625 ).
Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio
Civil los señores Olger Gerardo Castro Cordero, quien es mayor, soltero, de 42
años de edad, oficio comerciante, portador de la cédula de identidad N° 2-0525-0906, hijo de Guido Castro Blanco y Haydee
Cordero Barquero, vecino de Aguas Zarcas de San Carlos, en Garabito,
cuatrocientos este y ochocientos sur de la iglesia de Garabito y Ana Yanci
López Arce, quien es mayor de 33 años de edad, soltera, de oficio del hogar,
portadora de la cédula de residencia número 155820465634, hija de Luis Alberto
López Espinoza y María del Rosario Arce Izaguirre, vecina de la misma dirección
del anterior. De acuerdo con lo establecido en el artículo 25 del Código de
Familia, publíquese un edicto. Solicitud para contraer matrimonio. Si alguna
persona tuviera conocimiento de la existencia de impedimento legal alguno para
la realización de dicho matrimonio deberá comunicarlo a este Juzgado dentro de
los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Expediente Nº 20-000017-1302 FA.—Juzgado
de Familia de San Carlos, 07 de enero del 2020.—MSC. Yuliana Ugalde Zumbado.—1 vez.—( IN2020425574 ).
Han comparecido a este despacho solicitando
contraer matrimonio civil , Jenny Patricia Morales Matarrita , mayor, soltera,
empacadora, cédula de identidad número 0701630263, vecina de San Blas de
hogares crea 300 m norte, hija de Jenny Morales Matarrita, nacida en Sixaola
Talamanca Limón, el 08/07/1984, con 34 años de edad, teléfono 6133-75-71 y
víctor Manuel Espinoza Arguedas, mayor, soltero, chofer, cédula de identidad número
0502770353, vecino de San Blas de Hogares Crea 300 m norte, hijo de elida
Arguedas Espinoza y Víctor Espinoza López,
teléfono 6081-59-90 nacida en centro Nicoya Guanacaste , el 15/04/1973,
actualmente con 45 años de edad. Las personas comparecientes manifiestan:
venimos ante su autoridad con el fin de que mediante sus buenos oficios se nos
una en matrimonio civil dado que no hay impedimento legal para ello y para
comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los testigos: Vilma Chavarría
López y Claudia Sánchez Rivera. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Expediente N° 19-000146-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 22 de enero del
año 2019.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2020425695 ).
Han comparecido ante este Juzgado de Familia
de Heredia, solicitando contraer matrimonio civil, Jackson Noe Rodríguez
Delgado, mayor, estado civil soltero, profesión optometrista, cédula de
identidad número 5-0344-0023, vecino Heredia, San Josecito, de la iglesia
católica 300 metros norte y 50 metros oeste, teléfono 8324-3236 hijo de Noe
Rodríguez Gutiérrez y Maribel Delgado Varela nacido en Guanacaste, con 34 años
de edad, y Elba Luciana Villanero Atencio,
mayor, estado civil soltera, profesión estudiante, cédula de identidad número
6-0405-0412, vecina de la misma dirección del anterior, hija de Pedro Villanero González y Florentina Atencio
Montezuma, nacida en Puntarenas, actualmente con 27 años de edad. Si alguna
persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se
realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los
ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 19-002167-0364-FA.—Juzgado
de Familia de Heredia, 14 de enero del año 2020.—Lic. Leonardo Loría
Alvarado, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020425696 ).
Han comparecido a este
despacho solicitando contraer matrimonio civil Rudy Luciano Arroyo Hernández,
quien es mayor, costarricense, soltero en unión libre, soldador, con cédula de
identidad número 5-0308-0862, hijo de Nidia Arroyo Hernández, nacido en centro,
Nicoya, Guanacaste, el día cuatro de marzo del año mil novecientos setenta y
nueve, de 40 años cumplidos, vecino de Quepos, Barrio Bella Vista, 150 metros
norte del Súper Jordix, casa de cemento color
terracota y Melisa Castañeda Tijerino, quien es mayor, costarricense, soltera
en unión libre, cajera, con cédula de identidad número 6-0347-0484, hija de
Juan Castañeda Camareno y Melania Tijerino Rivera,
nacida en Quepos, Aguirre, Puntarenas el día diecinueve de junio del año mil
novecientos ochenta y cinco, de 34 años cumplidos, vecina de Quepos, Barrio
Bella Vista, 150 metros norte del Súper Jordix, casa
de cemento color terracota. Se publica este edicto por si alguna persona se
considera con derecho a oponerse dentro de los siguientes ocho días a la
publicación del mismo para hacer valer sus derechos.
Expediente Nº 20-000008-1591-FA.—Juzgado
de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Quepos (Materia de Familia),
Quepos, 14 de enero del año 2020.—Lic. Johanna Vargas Hernández, Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020425697 ).
Han comparecido ante este Juzgado de Familia
de Heredia, solicitando contraer matrimonio civil, los señores Marcela
Hernández Chaves, mayor, estado civil soltera, celular: 62231704 , profesión
ama de casa, cédula de identidad número 111590690, vecina de Heredia, Central,
Mercedes Norte, hija de Luis Fdo Hernández Oviedo y
Ana Mercedes Chaves Mora, nacida en Uruca, Central, San José, con 36 años de edad, y Leslie Esquivel Murillo,
mayor, estado civil divorciado, profesión chofer de bus, celular: 62243996,
cédula de identidad número 0108780055, vecino de Heredia, Central, Mercedes
Norte, hijo de Alba Iris Esquivel Murillo, nacido en Hospital Central San José,
actualmente con 45 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Expediente Nº 19-002634-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 14 de enero del
2020.—Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020425754 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil: María Isabel Gómez Brenes, costarricense, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad
número 0304740921, vecina
de San Blas, 400 metros norte del antiguo
Hogares Crea, casa a mano derecha portón blanco, la casa se ubica del lado atrás de otra vivienda,
hija de María Isabel Brenes
Aguilar y Ronald Manuel Gómez Guzmán, ambos costarricenses, nacida en Oriental, Central,
Cartago, el 18/11/1993, con 26 años de edad; y William Fernando Gómez Ramírez, costarricense, mayor, divorciado
de Tatiana Fernandez Pereira el 01/09/2009 en la provincia de Cartago, taxista,
cédula de identidad número
0303480202, vecino de San Blas, 400 metros norte del antiguo Hogares Crea, casa a mano derecha portón blanco, la casa se ubica del lado atrás de otra vivienda,
hijo de Vera Ramírez Artavia y Fernando Gómez Granados, ambos costarricenses, nacido en Oriental, Central, Cartago, el 20/07/1977, actualmente con 42 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº
20-000107-0338-FA.—Juzgado
de Familia de Cartago, Cartago, 14 de enero del
2020.—Licda. Guadalupe Solano Patiño,
Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020425852 ).
Carlos Emmanuel
Rojas Murillo, mayor, de 26 años de edad, soltero en
unión de hecho, oficial de seguridad, de nacionalidad costarricense, nacido el 26 de diciembre de
1993, vecino de Guayabo de
Mora del Minisúper Antony 800 metros al este casa de color celeste a mano derecha,
cédula de identidad número
1-1557-0633, teléfono: 8490-2567, hijo
de Manuel Rojas Marín y María Isabel Murillo Rojas, ambos de nacionalidad
costarricense; y Briany Joheivy Medina Briones, mayor, soltera
en unión de hecho, de 21 años de edad, ama de casa, de nacionalidad
nicaragüense, nacida el 18
de noviembre de 1998, vecina
de Guayabo de Mora del Minisúper Antony 800 metros al este casa de color celeste a mano derecha,
número
de pasaporte C02688595, teléfono:
6144-3473, hijo de Reina Marisol Briones López y
Manuel Salvador Medina Larios, costarricense y nicaragüense, han comparecido ante este Juzgado, solicitando contraer matrimonio civil. Si alguna persona conoce impedimento para que se realice este matrimonio deberá hacerlo saber a este Despacho,
dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto. Este edicto se publicará solo una vez. Expediente Nº
20-000007-1530-FA.—Juzgado
Civil, de Trabajo y Familia de Puriscal,
Santiago, 02 de noviembre del 2016.—Licda. Milena Peña Salas, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2020426184 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio el señor Kevin José Guido Zapata, mayor, divorciado de
María José Vargas Bustos el 29 de noviembre del 2017, en Liberia, misceláneo,
cédula de identidad número 0503770675, vecino de
Liberia, hijo de María del Carmen Zapata Villegas y José Abrahan
Guido Ríos y Nancy Gabriela Jiménez Alvarado, mayor, soltera, profesora, cédula
de identidad número 0503670747, vecina de Liberia, hija de Gloria Alvarado
Rodríguez y Marcelino Jiménez Sánchez. Si alguna persona tiene conocimiento de
algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Expediente Nº 20-000022-0938-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia), Liberia, 15 de
enero del 2020.—Msc. Marcela González Solera, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020426185 ).
Por requerirse así en la
sumaria N° 17-001050-0485-PE, en contra de Elías
Mauricio Porras Hernández, por el delito de lesiones culposas (Ley de
Tránsito), en perjuicio de José Alberto Jiménez Quirós, se solicita publicar
por medio de edicto y por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial
y de conformidad con el artículo 115 del Código Procesal Penal la siguiente
resolución: Acción Civil Resarcitoria del veinticinco de agosto del dos mil
diecisiete, establecida por el licenciado Abraham Chaves Acuña, en calidad de
Abogado de la ofendida José Alberto Jiménez Quirós, en contra del tercero
civilmente responsable William Vargas Taylor, cédula de identidad N° 7-0096-0927, esto para que interponga las excepciones
que estime convenientes. Lo anterior de carácter urgente ya que la causa prescribe
el 26 de enero del 2020. Publíquese tres veces.—Fiscalía
Adjunta del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Lic. Yeiner
Arguedas Delgado, Fiscal Auxiliar.—O.C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020425100
). 3 v. 2.