BOLETÍN JUDICIAL 83 DEL 4 DE MAYO DEL 2020

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

SALA CONSTITUCIONAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta 03-2019, celebrada el 17 de julio del 2019, artículo XVIII y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión 78-19, celebrada el 5 de setiembre del 2019, artículo LXV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1999 al 2018 del Juzgado Contravencional y Tránsito de Sarapiquí. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa: A 500 H 99, Paquetes: 149, Libros: 3, Ampos: 3, Agendas 3, Año: 1999 a 2018, Asunto: Documentación Administrativa: 132 Boletas de presentación Z9 (1999 a 2018), 3 Agendas de señalamientos (2017 a 2018), 1 Ampo de Control de correo certificado (2018), 1 Ampo de Correspondencia (2001 al 2018), 1 Ampo de Control de vacaciones (2013 a 2018), 1 Ampo de juramentación (2013 a 2016), 5 Quejas declaradas con lugar (2004 a 2008), 1 Quejas declaradas sin lugar, desestimadas, archivadas o rechazadas de plano (2006), 4 block de Registros de asistencia.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.

San José, 24 de abril de 2020.

                                                                    Lic. Wilbert Kidd Alvarado

                                                                           Subdirector Ejecutivo

1 vez.—O.C 364-12-2020.—Sol. 68-2017-JA.—( IN2020454086 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2019, celebrada el 17 de julio del 2019, artículo XVIII y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 78-19, celebrada el 5 de setiembre del 2019, artículo LXV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2003 al 2018 de la Administración Regional de Cartago. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa: A 500 C 03, Ampos 38, Cajas 2, Carpetas 45, Libros 2, Paquetes 309, Libretas 23, Expedientes 12, Año: 2003 al 2018 Asuntos: 3 Ampos Boleta de Vehículo 2017, 1 Ampo Boleta Vehículo 2011, 1 Ampo Informe Combustible 2018, 1 Ampo Hora Extra 2018, 2 Ampos Reporte Asistencia 2018, 1 Ampo Registro de Firmas de Cuentas Corrientes 2003 a 2011, 1 Ampo Control Expedientes Entregados de la RDD 2014, 9 Ampos de Títulos Valores Activos y Pasivos 2004 al 2017, 1 Ampo Registro de Firmas 2010 a 2014, 1 Ampo informe de Jueces y Técnicos Supernumerarios 2014, 1 Ampo Copia de Recibo de Títulos Valores RDD 2007, 1 Ampo Copia de Recibo de Títulos Valores RDD 2009, 1 Ampo Comprobante Autorización de Gastos 2010, 2011, 2012, 1 Ampo Comprobantes de Autorización de Gastos 2008 a 2009, 2 Ampos Informe Supernumerarios 2017,1 Ampo copia de Boletas Bombeo Combustible 2009, 1 Ampo de Comprobante Visita de Servicio Médico Contratado 2009, 1 Ampo Servicio de Vigilancia Copia de Comprobantes 2009,1 Ampo de Copia de Pago ´Comprobante SERTA Limpieza 2014, 1 Ampo de Boleta de Combustible 2011, 2 Ampos de Liquidación de Viáticos 2010,1 Ampo de Comprobantes de Pago Soda Alex 2010, 2 Ampos Comprobantes Pago AMSA 2010, 1 Ampo Comprobante de Pago MAZE 2009, 1 Ampo de Comprobantes de pago médico 2010, 1 Caja de Reintegro 2008, 1 Caja de Reintegro 2009, 1 Folder Oficios de Estados de Cuenta 2005, 44 Folder con Impresiones de Correo 2004 a 2010, 1 Libro de Conocimiento, 1 Libro de Novedades 2008 a 2010, 23 Libretas Control y Servicio Mantenimiento 2016 al 2018, 2 Expedientes Disciplinarios Con Lugar 2009, 9 Expedientes Disciplinarios Sin Lugar 2009, 1 Expediente Disciplinario Sin Lugar 2017, 1 Paquete Traslado de Fondos al SDJ 2009, 1 Paquete Solicitud Fotocopiadora 2008, 1 Paquete Boleta Médico de Empresa 2009, 29 Paquetes de Fax 2014, 25 Paquetes de Fax 2015, 4 Paquetes de Fax 2016, 217 Paquetes de Fax 2018, 31 Paquetes de Fax 2017.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.

San José, 24 de abril del 2020.

                                                        Lic. Wilbert Kidd Alvarado,

                                                          Subdirector Ejecutivo

1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Sol. Nº 68-2017-JA.—( IN2020454087 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 01-2014, celebrada el 14 de marzo del 2014, artículo VIII, y la aprobación del Consejo Superior en Sesión N° 47-2014, del 21 de mayo del 2014, artículo XXXI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes de Tránsito del año 2008 y 2009 del Juzgado Tránsito del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa: W 1 L 09, Expedientes: 1352, Paquetes: 21, Año: 2009, Asunto: Tránsito.

Remesa: W 2 L 08, Expedientes: 4, Paquetes: 1, Año: 2008, Asunto: Tránsito.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.

San José, 24 de abril de 2020.

                                                         Lic. Wilbert Kidd Alvarado,

                                                                Subdirector Ejecutivo

1 vez.—O.C. N° 364-12-2020.—Sol. N° 68-2017-JA.—( IN2020454088 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2019, celebrada el 17 de julio del 2019, artículo XVIII y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 78-19, celebrada el 5 de setiembre del 2019, artículo LXV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá, a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1967 al 2018 del Juzgado Contravencional de San Rafael de Heredia. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa: 21507, Paquetes: 177, Libros: 81, Ampos 96, Años: 1967 al 2018, Asunto: Documentación Administrativa: 30 Ampos de Reportes y Registros 18 libros de Reportes y Registros, de los años 1993 al 2019, 2 Ampos de Control de Vacaciones de los años 2003 al 2008 y 2014 al 2015, 1 Ampo de Expedientes de vehículos de los años 2004-2006, 1 Ampo de Correspondencia de años 2006 al 2007 y 1 Ampo de Control de Correo Certificado de los años 2017 al 2018 y 7 libros de Correo Certificado de los años 1992 al 2013, 18 Ampos de Registros de oficios despachados de los años 1993 al 2017, 21 Ampos de Informes mensuales y anuales de los años 2001 al 2013, 4 Ampos de quejas declaradas sin lugar de los años 2004 y 2012 al 2015, 5 Ampos de Conciliaciones Bancarias de los años 1999 al 2008, 1 Ampo de comisiones del años 1998, 3 Ampos de circulares de los años 2003 al 2011, 2 Ampos de nombramientos de personal de años 1997 al 2009, 1 libro de conocimiento de 1999 al 2015 y 14 libro de entradas del 1967 al 2005, 7 Ampos de Registro de Asistencia de los años 2010 al 2017, 20 libros de Agendas de Señalamientos de los años 1999 al 2015 y 21 libros legales contables de los años 1989 al 2007.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.

San José, 24 de abril de 2020.

                                                       Lic. Wilbert Kidd Alvarado,

                                                               Subdirector Ejecutivo

1 vez.—O.C. N° 364-12-202.—Sol. N° 68-2017-JA.—( IN2020454089 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2019, celebrada el 17 de julio del 2019, artículo XVIII y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 78-19, celebrada el 05 de setiembre del 2019, artículo LXV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá, a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2013 al 2018 de la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Coto Brus, Zona Sur. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa: A 500 P 13, Ampos: 24, Libros: 32, Paquete 5 Año: 2013 al 2018, Asunto: Documentos Administrativos. Ampos: 19 ampos de Registro de listados de recibidos notificaciones y citas (2016 al 2018), 1 ampos de registro de oficios despachados (2016 al 2017), 1 ampo de correspondencia certificada (2016), 1 ampo de registro de asistencia (2016 al 2018), 1 ampo de reporte de revisión de vehículo (2016 al 2018), 1 ampo de circulares (2016), Paquetes 5 paquetes de Boletas de combustible (2013 al 2017). Libros: 30 libros de control de giras vehículos (2013 al 2018), 1 Libro de registro de notificaciones (2013), 1 Libro de registro de citas recibidas (2013).

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.

San José, 24 de abril de 2020.

                                                        Lic. Wilbert Kidd Alvarado,

                                                               Subdirector Ejecutivo

1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Sol. Nº 68-2017-JA.—( IN2020454101 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2014, celebrada el 14 de marzo del 2014, artículo VIII, y la aprobación del Consejo Superior en Sesión Nº 47-2014, del 21 de mayo del 2014, artículo XXXI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes de Tránsito del año 2006 al 2009 del Juzgado Contravencional y Tránsito de Sarapiquí. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remes: W 500 H 06, Expedientes: 387, Paquetes: 05 Año: 2006, Asunto: Tránsito varios. (Colisión 255, Colisión con semoviente 1, Colisión con objeto fijo 14, Atropello 23, Se salió de la vía 55, Denuncias 15, Vuelco 19, Deposito Judicial 1, Accidente 2 y Daños 2).

Remesa: W 500 H 07, Expedientes: 389, Paquetes: 05, Año: 2007, Asunto: Tránsito varios. (Colisión 243, Colisión con semoviente 1, Colisión con objeto fijo 13, Atropello 23, Se salió de la vía 83, Denuncias 12, Vuelco 12 y Daños 2).

Remesa: W 500 H 08, Expedientes: 398, Paquetes: 05 Año: 2008, Asunto: Tránsito varios. (Colisión 266, Colisión con semoviente 8, Colisión con objeto fijo 10, Atropello 15, Se salió de la vía 63, Denuncias 11, Vuelco 22, Accidentes 1 y Daños 2).

Remesa: W 500 H 09, Expedientes: 245, Paquetes: 02, Año: 2009, Asunto: Tránsito varios. (Colisión 155, Colisión con semoviente 7, Colisión con objeto fijo 8, Colisión con bicicleta 2, Atropello 9, Se salió de la vía 23, Denuncias 19, Vuelco 14, Accidente 1 y Daños 7).

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.

San José, 24 de abril de 2020.

                                                       Lic. Wilbert Kidd Alvarado,

                                                              Subdirector Ejecutivo.

1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Sol. Nº 68-2017-JA.—( IN2020454102 ).

SALA CONSTITUCIONAL

ASUNTO:      Acción de inconstitucionalidad

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

PRIMERA PUBLICACIÓN

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad número 20-005702-0007-CO que promueve José Humberto González Fernández, se ha dictado la resolución que literalmente dice: «Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las nueve horas y cuarenta y siete minutos del veinticinco de marzo de dos mil veinte. /Se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por José Humberto González Fernández, para que se declare inconstitucional la Ley Nº 9796 de 5 de diciembre de 2019, por estimarla contraria a los artículos 33, 34 y 51 de la Constitución Política. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República, al Ministro de Hacienda y a la Ministra de Planificación y Política Económica. La ley se impugna en cuanto lesiona el principio de igualdad, retroactividad y protección al adulto mayor. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación del accionante proviene del artículo 75, párrafo 1° de la Ley de la Jurisdicción Constitucional. El asunto previo es un recurso de amparo en el cual, mediante resolución Nº 2020-005008 de las 9:30 horas del 13 de marzo de 2020, se otorgó plazo al recurrente para la interposición de la acción. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción. Efectos jurídicos de la interposición de la acción: Se recuerdan los términos de los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional que disponen lo siguienteArtículo 81. Si el Presidente considerare cumplidos los requisitos de que se ha hecho mérito, conferirá audiencia a la Procuraduría General de la República y a la contraparte que figure en el asunto principal, por un plazo de quince días, a fin de que manifiesten lo que estimen conveniente. Al mismo tiempo dispondrá enviar nota al tribunal u órgano que conozca del asunto, para que no dicte la resolución final antes de que la Sala se haya pronunciado sobre la acción, y ordenará que se publique un aviso en el Boletín Judicial, por tres veces consecutivas, haciendo saber a los tribunales y a los órganos que agotan la vía administrativa que esa demanda ha sido establecida, a efecto de que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de la ley, decreto, disposición, acuerdo o resolución, tampoco se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Si la acción fuere planteada por el Procurador General de la República, la audiencia se le dará a la persona que figure como parte contraria en el asunto principal.”, “Artículo 82. En los procesos en trámite no se suspenderá ninguna etapa diferente a la de dictar la resolución final, salvo que la acción de inconstitucionalidad se refiera a normas que deban aplicarse durante la tramitación.”. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. Notifíquese. /Fernando Castillo Víquez, Presidente a.i.».

San José, 25 de marzo del 2020.

                                                                     Vernor Perera León,

                                                                            Secretario a.i.

O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020449218 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Rita Cecilia Pereira Mata, quien fue mayor, divorciada, cédula de identidad número 1-0604-0102, se desempeñó como conserje, laboró para la Municipalidad del Guarco, y falleció el 06 de enero del 2020; se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias del proceso de consignación de prestaciones, que se tramita bajo el expediente número 20-000502-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000502-0641-LA. Promovidas por la Municipalidad del Guarco, cédula jurídica número 3-014-042082.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 24 de abril del 2020.—Msc. Ronald Figueroa Acuña, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2020.—( IN2020453831 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Jesús María Bolaños Ávila, cédula N° 0205910643, fallecida el 14 de enero del 2020, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 20-000370-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000370-0639-LA. Por a favor de Jesús María Bolaños Ávila.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 31 de marzo del 2020.—Licda. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2020.—( IN2020453837 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del fallecido Eduardo Gómez Ramírez, cédula de identidad 3-122-258 quien fue mayor, casado, pensionado, y falleció el 15 de setiembre del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones sector público bajo el número 20-000477-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº 20-000477-0641-LA, promovido por Nelly Rivera Víquez, cédula de identidad 3-0140-0080.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 13 de abril del año 2020.—Lic. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2020-JA.—( IN2020453839 ).

Se tienen por establecidas las presentes diligencias de consignación de prestaciones de persona trabajadora fallecida Pedro Joaquín Álvarez Torres cédula de identidad 500850961, quien fue mayor, casado, vecino de Santa Cruz, Barrio Estocolmo, de la Pulpería Los Almendros, 125 metros norte, lado izquierdo, casa esquinera color rosada, y falleció el veintidós de marzo del dos mil quince (22/03/2015). Se cita y emplaza a sus causahabientes por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, a efecto de que se apersonen al proceso para hacer valer sus derechos dentro del plazo de ocho días, bajo apercibimiento de que, si no lo hicieren, el dinero que por ese concepto se obtenga se entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85, 548 y 550 incisos 4 y 5 del Código de Trabajo sean beneficiarios. Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial. Remítase oficio a la Operadora de Pensiones del Banco Popular y de Desarrollo Comunal en Santa Cruz a fin de que se sirvan depositar los dineros que en vida le haya correspondido al fallecido por concepto de Fondo de Capitalización Laboral, las prestaciones legales o cualquier otro dinero, en la cuenta que tiene este Despacho antes citada, que le correspondiere al fallecido. Expediente número 20-000084-0775-la, promovido por de María Anita Agustina Dinarte Zúñiga Cédula de identidad 0501060071.—Brenda Celina Calvo de La O, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020453843 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Lizette Edda Jiménez Cunto, cédula N° 9-0108-0103, fallecida el 29 de diciembre del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 20-000109-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000109-0639-LA. a favor de Lizette Edda Jiménez Cunto.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22 de abril del 2020.—Msc. José Antonio Madrigal Soto, Juez.—1 vez.— O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020453844 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Leonel Esteban Masis Pérez, fallecido el doce de enero del dos mil veinte, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 20-000160-1113-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 20-000160-1113-LA.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Laboral), 16 de marzo del año 2020.—Wendy Gabriela Martínez Garbanzo, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020453848 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Jorge Blanco Romo, quien fuera mayor edad, portador de la cédula de identidad número 020157051, fallecido el 22 de diciembre del 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector privado bajo el Número 20-000395-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el boletín judicial. Expediente N° 20-000395-0639-LA. Parte gestionante Helen Rose Paredes Solano con cédula o documento de identidad número 0103190563.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 30 de marzo del año 2020.—Msc. Freddy Aikman Espinoza, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020453867 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Víctor Manuel Gómez Acuña, 0102100702, fallecido el 18 de mayo del año 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 20-000827-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº 20-000827-1178- LA. Por a favor de Víctor Manuel Gómez Acuña.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 26 de marzo del año 2020.—M.Sc. Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020453870 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de José Adolfo Martínez Montiel, 0800510429, fallecido el 16 de setiembre del año 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones sector público, bajo el N° 20-000828-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000828-1178-LA. Por a favor de José Adolfo Martínez Montiel.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 26 de marzo del 2020.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020453871 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Manuel Herrera Chaves N° 0101870039, fallecido el 05 de mayo del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 20-000829-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 20-000829-1178-LA. Por a favor de José Manuel Herrera Chaves.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 26 de marzo del año 2020.—M.Sc. Marianella Barquero Umaña, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020453872 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de cuarenta y cinco millones colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 85504-000, la cual es terreno naturaleza: lote 24 para construir con 1 casa. Situada: en el distrito 9-Dulce Nombre, cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Rafael Chávez Chávez; al sur, calle con 8 metros; al este, lote 25, y al oeste, lote 23. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del veintisiete de mayo del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas y cero minutos del cinco de junio del dos mil veinte, con la base de treinta y tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del quince de junio del dos mil veinte, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Trinidad Jiménez Valverde. Expediente N° 19-009284-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 18 de marzo del 2020.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2020451600 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones novecientos diecinueve mil cuatrocientos sesenta y cinco colones con cuarenta y tres céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión inscrita bajo sumaria N° 18-000897-0174-TR; sáquese a remate el vehículo N° TSJ005798, marca: Hyundai, estilo: Elantra, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2008, color: rojo, número vin: KMHDT41BP8U465244, cilindrada: 1600 cc, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de mayo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del veintiséis de mayo de dos mil veinte, con la base de tres millones seiscientos ochenta y nueve mil quinientos noventa y nueve colones con siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del tres de junio de dos mil veinte, con la base de un millón doscientos veintinueve mil ochocientos sesenta y seis colones con treinta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Deyanara Del Rocío Arias Chinchilla y Jorge Antonio Arias Moya. Expediente N° 20-001156-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San Jose, 12 de marzo del 2020.—Henry Steven Sanarrusia Gómez, Juez Decisor.—( IN2020453762 ).

En este Despacho, con una base de dos millones doscientos setenta y cinco mil ochocientos ochenta y ocho colones con ochenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas TSJ000537, marca: Hyundai Estilo: Accent, categoría: automóvil capacidad: 5 personas, serie, chasis y Vin: KMHCG41FP5U612968, carrocería: Sedan 4 puertas, año fabricación: 2005 estado color: rojo, cilindrada: 1500 c.c, cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticinco de mayo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del dos de junio de dos mil veinte con la base de un millón setecientos seis mil novecientos dieciséis colones con sesenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diez de junio de dos mil veinte con la base de quinientos sesenta y ocho mil novecientos setenta y dos colones con veintiún céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Rodolfo Bolaños Acuña. Expediente Nº 20-001133-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San Jose, 02 de marzo del año 2020.—Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza Tramitadora.—( IN2020453763 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones doscientos veintinueve mil cuatrocientos ochenta y siete colones con veinticinco céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión sumaria N° 18-008640-0489-TR; sáquese a remate el vehículo placas N° TSJ003047, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan, 4 puertas, color: rojo, tracción: 4x2, vin: KMHCM41AP6U086323, cilindrada: 1500 cc, cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas y veinte minutos del veinticinco de mayo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y veinte minutos del dos de junio de dos mil veinte, con la base de tres millones ciento setenta y dos mil ciento quince colones con cuarenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y veinte minutos del diez de junio de dos mil veinte, con la base de un millón cincuenta y siete mil trescientos setenta y un colones con ochenta y un céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Mario José Alexander Vargas Valle. Expediente N° 20-001037-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de febrero del 2020.—Mariela Iveth Cortes García, Jueza Decisora.—( IN2020453764 ).

En este Despacho, con una base de dos millones quinientos cincuenta y seis mil ochocientos ocho colones con ochenta y siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa TSJ 002812, marca Hyundai, estilo Accent, categoría Automóvil, capacidad 5 personas, serie, chasis y VIN KMHCM41VP7U139612, carrocería sedan 4 puertas, tracción 4x2, año de fabricación 2007, uso taxi, color rojo. para tal efecto se señalan las trece horas cuarenta minutos del veinticinco de mayo del dos mil veinte. de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta minutos del dos de junio del dos mil veinte con la base de un millón novecientos diecisiete mil seiscientos seis colones con sesenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta minutos del diez de junio del dos mil veinte con la base de seiscientos treinta y nueve mil doscientos dos colones con veintiún céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Rodolfo Alberto de Jesús Zúñiga Barboza. Expediente N° 20-001245-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 24 de febrero del año 2020.—Licda. Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza Tramitadora.—( IN2020453765 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones ochocientos sesenta y ocho mil quinientos sesenta y ocho colones con diecinueve céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones, sumarias, 17-600422-0491-TC, 19-002455-0500-TR; sáquese a remate el vehículo placa: BLM604, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil, año: 2009, color: rojo, vin: KMHCL41AP9U288270, N° motor: ilegible, cilindrada: 1500 cc., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de agosto de dos mil veinte, con la base de cuatro millones cuatrocientos uno mil cuatrocientos veintiséis colones con catorce céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del doce de agosto de dos mil veinte, con la base de un millón cuatrocientos sesenta y siete mil ciento cuarenta y dos colones con cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Ramón Magdaleno Sandoval Alvarado. Expediente: 20-000648-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San Jose, 21 de febrero del 2020.—Yesenia Alicia Solano Molina, Jueza Decisora.—( IN2020453766 ).

En este Despacho, finca Nº 1: con una base de setenta y seis mil seiscientos cincuenta dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 18833-000, derecho 000, la cual es terreno repastos 1 casa madera y otra casa. Situada en el distrito 06 Manzanillo, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte Julio Ulate González; al sur Nino Montero Núñez; al este Nino Montero Núñez y al oeste calle publica Trino Trejos en medio. Mide: cien sesenta y siete mil seiscientos treinta y nueve metros con setenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del veinte de mayo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veintiocho de mayo de dos mil veinte con la base de cincuenta y siete mil cuatrocientos ochenta y siete dólares con cincuenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del cinco de junio de dos mil veinte con la base de diecinueve mil ciento sesenta y dos dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). finca Nº 2: con una base de treinta y nueve mil cuarenta y nueve dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 97049-000, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 06 Manzanillo, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte Thelma, Carmen, Gladys, Gerardo y Juan Todos Montero García; al sur María Cristobalina Montero García; al este Thelma, Carmen, Gladys, Gerardo y Juan Todos Montero García y al oeste calle publica con un frente a ella de 101.51. centímetros. Mide: ochenta y siete mil ciento sesenta y seis metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del veinte de mayo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veintiocho de mayo de dos mil veinte con la base de veintinueve mil novecientos sesenta y dos colones con cincuenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del cinco de junio de dos mil veinte con la base de nueve mil novecientos noventa dólares con sesenta y dos centavos (25% de la base original). finca Nº 3: Con una base de ciento treinta y tres mil cuatrocientos dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 12075 derechos 006,008-009 la cual es terreno de Agricultura y Jaragua con una casa. Situada en el distrito 06 Manzanillo, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte William Pino Mora; al sur Emiliano Pérez Montero; al este Emiliano Pérez Montero y al oeste calle pública. Mide: trescientos mil novecientos veintiséis metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del veinte de mayo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veintiocho de mayo de dos mil veinte con la base de cien mil cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del cinco de junio de dos mil veinte con la base de treinta y tres mil trescientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en Proceso Monitorio Dinerario de Zecafa Sociedad Anónima contra Business Intelligence Data Consultoring Sociedad Anónima. Expediente Nº 14-007145-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 24 de febrero del año 2020.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez.—( IN2020453769 ).

En este Despacho, con una base de dos mil novecientos cincuenta y ocho dólares con once centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión 19-008209-0489-TR; sáquese a remate el vehículo placa: 873470, estilo: TIIDA, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2011, vin: 3N1CC1AD5ZK106481, número de motor: HR16055235C, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiséis de mayo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del tres de junio de dos mil veinte con la base de dos mil doscientos dieciocho dólares con cincuenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del once de junio de dos mil veinte con la base de setecientos treinta y nueve dólares con cincuenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Danilo Homoboonne Villegas Quirós, Logística Aduanera Central Atlántica Sociedad Anónima. Expediente Nº 19-006008-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 04 de noviembre del 2019.—Yesenia Alicia Solano Molina, Jueza Decisora.—( IN2020453786 ).

En este Despacho, con una base de nueve mil doscientos setenta y dos dólares con cuarenta y dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BGM702. Marca: Hyundai, estilo: Elantra GLS, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, chasis: KMHDH41CAEU052571, color: plateado, cilindrada: 1600 cc, combustible: gasolina, motor: G4FGDU207459. Para tal efecto se señalan las nueve horas y quince minutos del trece de agosto de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y quince minutos del veintiuno de agosto de dos mil veinte con la base de seis mil novecientos cincuenta y cuatro dólares con treinta y dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y quince minutos del treinta y uno de agosto de dos mil veinte con la base de dos mil trescientos dieciocho dólares con once centavos (25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Alexander Alberto Salazar Aguilar. Expediente 20-002146-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 03 de abril del año 2020.—Lic. Verny Arias Vega, Juez Tramitador.—( IN2020453788 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho mil ciento veintiocho dólares con cincuenta y cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BHM663, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año; 2015, color: blanco, motor: G4FCEU439160, VIN: KMHCT41DAFU789179, cilindrada: 1600 cc, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas y treinta minutos del veinticinco de mayo del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta minutos del dos de junio del año dos mil veinte con la base de trece mil quinientos noventa y seis dólares con cuarenta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y treinta minutos del diez de junio del año dos mil veinte con la base de cuatro mil quinientos treinta y dos dólares con catorce centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco IMPROSA S. A. contra Alejandro Gerardo Gamboa Ramírez. Expediente N° 17-005069-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 09 de enero del año 2020.—Iván Cartín Cordero, Juez Tramitador.—( IN2020453789 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y cuatro mil novecientos ochenta y ocho dólares con cuarenta y siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: placas: SJB 016386, marca: Hyundai, estilo: Country, categoría: buseta, capacidad: 29 personas, carrocería: buseta, tracción: 4X2, N° de chasis: KMJHG17BPHC071503, año fabricación: 2017, color: blanco, número motor: D4D8GJ624721, cilindrada: 3900 cc, combustible: diesel. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del diecinueve de mayo del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince y cero minutos del veintisiete de mayo del dos mil veinte, con la base de cuarenta y un mil doscientos cuarenta y un dólares con treinta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del cuatro de junio del dos mil veinte, con la base de trece mil setecientos cuarenta y siete dólares con doce centavos (25% de la base original). Con una base de quince mil seiscientos cuarenta y cuatro dólares con ochenta y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: MLS 133, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan, 4 puertas, tracción: 4X2, número de chasis: KMHCT41BEGU918059, año fabricación: 2016, color: negro, número motor: G4LCFU399876, cilindrada: 1400 cc, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del diecinueve de mayo del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince y cero minutos del veintisiete de mayo del dos mil veinte, con la base de once mil setecientos treinta y tres dólares con sesenta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas y cero minutos del cuatro de junio del dos mil veinte, con la base de tres mil novecientos once dólares con veintiún centavos 25% de la base original), con una base de veintiún mil trescientos ochenta y ocho dólares con treinta centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas TTK 202, marca: Hyundai, estilo: Creta GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: todo terreno, 4 puertas, tracción: 4x2, número de chasis: MALC281CAGM045222, año fabricación: 2016, color: negro, número motor: G4FGFU614038, cilindrada: 1600 cc, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del diecinueve de mayo del dos mil veinte. De no haber postores, para el segundo remate se efectuará a las quince y cero minutos del veintisiete de mayo del dos mil veinte, con la base de dieciséis mil cuarenta y un dólar con veintitrés centavos, y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del cuatro de junio del dos mil veinte, con la base de cinco mil trescientos cuarenta y siete dólares con ocho centavos. Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Juan Barrantes Vargas contra Sura VIP Transportation Fegre Sociedad Anónima. Expediente N° 18-005402-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón), 23 de enero del 2020.—Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza Tramitadora.—( IN2020453790 ).

En este Despacho, con una base de trece mil trescientos cuarenta y seis dólares con veintiséis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: placas: 906230, marca: Hyundai, estilo: Tucson GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: todo terreno, 4 puertas, tracción: 4X4, número de chasis: KMHJT81BCCU341380, año fabricación: 2012, color: gris, número motor: G4KDBU440843, cilindrada: 2000 cc, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas y cero minutos del veinte de mayo del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del veintiocho de mayo del dos mil veinte, con la base de diez mil nueve dólares con setenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del cinco de junio del dos mil veinte, con la base de tres mil trescientos treinta y seis dólares con cincuenta y siete centavos (25% de la base original). NOTAS: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos SJ Sociedad Anónima contra Norma María Cordero Gamboa. Expediente N° 19-005978-1200-CJ.—Juzgado de Cobro de Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón), 13 de enero del 2020.—Iván Cartín Cordero, Juez Tramitador.—( IN2020453791 ).

En este Despacho, con una base de diez mil ochocientos setenta y ocho dólares con veinticuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BML576, marca: Chevrolet, estilo: Spark LTZ, año: 2017, color: plateado, motor: LV7162020469, vin: KL1CM6CA2HC724864. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticinco de mayo del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y cero minutos del dos de junio del dos mil veinte, con la base de ocho mil ciento cincuenta y ocho dólares con sesenta y ocho centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del diez de junio del dos mil veinte, con la base de dos mil setecientos diecinueve dólares con cincuenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito de S J S. A. contra Marco Vinicio Reyes Ledezma. Expediente N° 19-018764-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 13 de marzo del 2020.—Wendy Mayela Pagani Rojas, Jueza Decisora.—( IN2020453792 ).

En este Despacho, con una base de ciento trece mil ochocientos dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 305-01542-01-0901-002, servidumbre de paso citas: 469-01542-01-0001-001; sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula número treinta mil quinientos cuatro, derecho F-000, la cual es terreno filial veintitrés, apta para construir que se destinará Situada en el distrito 02 Tárcoles, cantón 11 Garabito de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Zona Marítimo Terrestre en medio, Océano Pacífico; al sur, calle privada del condominio y área común y filial veintitrés B, todas ambas en parte; al este, área común; y al oeste, finca filial veintitrés A y veintitrés B todas ambas en partes. Mide: novecientos cuatro metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas y cinco minutos del veinticinco de mayo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas y cinco minutos del dos de junio de dos mil veinte, con la base de ochenta y cinco mil trescientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas y cinco minutos del diez de junio de dos mil veinte, con la base de veintiocho mil cuatrocientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de 3102706571 SRL contra Hotel Diversión del Pacífico S. A. Expediente N° 19-004517-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 11 de diciembre del 2019.—Lic. Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2020453809 ).

En este Despacho, a las ocho horas y cero minutos del quince de junio de dos mil veinte, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Libre de gravámenes y anotaciones, con una base de cuarenta y seis millones novecientos mil cuatrocientos ochenta y dos colones con cuarenta y siete céntimos, finca inscrita en el registro público, partido de guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cincuenta y dos mil quinientos dos cero cero cero la cual es terreno de solar con una casa frontal de 120.00 metros cuadrados, corredor de 20.00 metros cuadrados, y un apartamento de 42.00 metros cuadrados. Situada en el distrito 1- Cañas, cantón 6-Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Francisco Sirias Jiménez, al sur, Marta Lucia Quirós Martínez; al este, María Luisa Somarribas Porras y al oeste, calle pública 9m 2cm. Mide: doscientos veintidós metros cuadrados plano:g-1745253- 2014, y 2) libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada citas: 378-01721-01-0902-001; con la base de veintinueve millones ochocientos setenta y dos mil doscientos ochenta y tres colones con siete céntimos, finca inscrita en el registro público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y ocho cero cero cero la cual es terreno de solar con una casa frontal de 80.00 metros cuadrados y una cochera de 58.00 metros cuadrados. Situada en el distrito 1-Naranjo, cantón 6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Edelman Hernández Cordero; al sur, Vilma Hernández Cordero; al este, Roberto Hernández Cordero y al oeste calle publica con 18 metros, 40 centímetros. Mide: cuatrocientos cuarenta y cinco metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Plano: A-0855741-1989. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del veintitrés de junio de dos mil veinte: 1) Finca inscrita en el registro público, partido de guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cincuenta y dos mil quinientos dos cero cero cero, con la base de treinta y cinco millones ciento setenta y cinco mil trescientos sesenta y un colones con ochenta y cinco céntimos (75% de la base original) y, 2) Finca inscrita en el registro público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y ocho cero cero cero con la base de veintidós millones cuatrocientos cuatro mil doscientos doce colones con treinta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del uno de julio de dos mil veinte 1) Finca inscrita en el registro público, partido de guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cincuenta y dos mil quinientos dos cero cero cero, con la base de once millones setecientos veinticinco mil ciento veinte colones con sesenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y ocho cero cero cero, con la base de siete millones cuatrocientos sesenta y ocho mil setenta colones con setenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Roberto Martín del Socorro Hernández Cordero, Viviana María de San Gerardo Corrales Fonseca. Expediente N° 17-003602-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 21 de abril del año 2020.—Natalia Orozco Murillo, Jueza Decisora.—( IN2020453815 ).

En este Despacho, con una base de treinta y cuatro millones setecientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos citas: 529-14217-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 674843, derecho 000, la cual es terreno de respastos. Situada en el distrito 2 jardín, cantón 17 Dota, de la provincia de San José. Colinda: al norte Bernarda Hidalgo Cordero; al sur camino público; al este Bernarda Hidalgo Cordero y al oeste Bernarda Hidalgo Cordero. Mide: quinientos metros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de mayo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del uno de junio de dos mil veinte con la base de veintiséis millones veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de junio de dos mil veinte con la base de ocho millones seiscientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Adonay Humberto Ramírez Ortiz. Expediente Nº 19-002588-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 17 de abril del año 2020.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez Tramitador.—( IN2020453832 ).

En este Despacho, con una base de siete millones setecientos cincuenta y dos mil doscientos noventa y siete colones exactos, libre de gravámenes prendarios, sáquese a remate el vehículo placas CSH188, marca: Nissan, estilo: Tiida, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2014, color: negro, cilindrada: 1598 c.c, vin: 3N1CC1AD0ZK253060, combustible: gasolina, número de motor: HR16838321G. Para tal efecto se señalan las catorce horas y cero minutos del seis de agosto de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del diecisiete de agosto de dos mil veinte con la base de cinco millones ochocientos catorce mil doscientos veintidós colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticinco de agosto de dos mil veinte con la base de un millón novecientos treinta y ocho mil setenta y cuatro colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credibrothers S.A. contra Jason Manuel Ramírez Gómez. Expediente Nº 18-018676-1338-CJ. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 30 de marzo de 2020.—Lic. Verny Arias Vega, Juez.—( IN2020453835 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho mil setecientos veintiún dólares con veintiséis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BPX217, marca: Suzuki, estilo: Ciaz GLX T, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: MMSVC41S4JR105281, año fabricación: 2018, color: gris, N° motor: K14BS143167, cilindrada: 1400 cc, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del cuatro de junio de dos mil veinte. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del doce de junio de dos mil veinte, con la base de catorce mil cuarenta dólares con noventa y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintidós de junio de dos mil veinte, con la base de cuatro mil seiscientos ochenta dólares con treinta y dos centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Lafise Sociedad Anónima contra Josseline Isela Araya Barquero, Valeria Santamaria Hernández. Expediente N° 18-013508-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 6 de marzo del 2020.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2020453875 ).

En este Despacho, con una base de diez mil cuatrocientos setenta y ocho dólares con veinte centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa N° HHV461; marca: KIA; estilo: Rio; color: azul; vin: KNADNM 2BG6G29995; año: 2016. Para tal efecto se señalan las diez horas y treinta minutos del tres de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del trece de julio de dos mil veinte, con la base de siete mil ochocientos cincuenta y ocho dólares con sesenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiuno de julio de dos mil veinte, con la base de dos mil seiscientos diecinueve dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Davivienda Costa Rica S. A., contra Héctor Hernández Arce. Expediente N° 19-006761-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 15 de abril del 2020.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez Tramitador.—( IN2020453876 ).

En este Despacho, con una base de treinta y seis millones ochocientos ochenta mil quinientos cincuenta y dos colones con sesenta y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula número cuatrocientos setenta y seis mil sesenta, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, lote AU 11. Situada en el distrito San Miguel, cantón Desamparados de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, INVU; al este, INVU; y al oeste, lote 10. Mide: setenta y seis metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del veintitrés de junio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del uno de julio de dos mil veinte, con la base de veintisiete millones seiscientos sesenta mil cuatrocientos catorce colones con cincuenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de julio de dos mil veinte, con la base de nueve millones doscientos veinte mil ciento treinta y ocho colones con diecisiete céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Caja Costarricense de Seguro Social contra José Damián Guevara Matarrita. Expediente: 19-005758-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 17 de abril del 2020.—Lic. Esteban Herrera Vargas, Juez Tramitador.—( IN2020453887 ).

En este Despacho, con una base de ciento tres mil ciento setenta dólares con setenta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número trescientos cincuenta y cinco mil quinientos diez, derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa destinada a vivienda. Situada en el distrito 3-Pozos, cantón 9-Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, servidumbre de paso con 14.54 metros de frente noroeste, Jorge Esquivel Marín Sureste, Florentino Esquivel Marín, suroeste, Florentino Esquivel Marín. Mide: Doscientos veintisiete metros con doce decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticinco de mayo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del dos de junio de dos mil veinte con la base de setenta y siete mil trescientos setenta y ocho dólares con cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del diez de junio de dos mil veinte con la base de veinticinco mil setecientos noventa y dos dólares con sesenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José contra Deyanira Yusett Jaime Hernández. Expediente N° 19-019183-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 13 de marzo del año 2020.—Audrey Abarca Quirós, Juez Decisor.—( IN2020453908 ).

En este Despacho, con una base de once mil doscientos treinta y nueve dólares con dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BJV420. Marca: Ssang Yong. Estilo: Korando. Categoría: automóvil. Capacidad: 5 personas. Carrocería: todo terreno 4 puertas. Tracción: 4x2. Año fabricación: 2016. Cilindrada: 1998 c.c. Cilindros: 4. Potencia: 129 kw. Combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de mayo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del dos de junio de dos mil veinte con la base de ocho mil cuatrocientos veintinueve dólares con veintisiete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del diez de junio de dos mil veinte con la base de dos mil ochocientos nueve dólares con setenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Bac San José Sociedad Anónima contra Olivier Gerardo Arias Castro. Expediente Nº 19-003835-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 14 de abril del 2020.—Lic. Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2020453909 ).

En este Despacho, 1) Con una base de ciento ocho mil doscientos seis dólares con cincuenta y tres centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando serv. y condic. ref.: 3069-063-001 citas: 329- 00928-01-0901-001; serv. y condic. ref.: 3069-061-001 citas: 329-00928-01-0904-001; servidumbre sirviente citas: 338-13993-01-0002-001; servidumbre sirviente citas: 338-13993-01-0006-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0019-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0020-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0021-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0022-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0023-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0024-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0025-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0026-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0027-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0028-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0029-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0030-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0031-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0032-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0033-001: servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0034-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0035-001: servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0036-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0091-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0092-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0093-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0094-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0095-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0096-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0097-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0098-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0099-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0100-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0101-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0102-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0103-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0104-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0105-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0106-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0107-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0108-001; servid. y condic. ref.: 00201524-000 citas: 347-19046-01-0900-001; servidumbre trasladada citas: 0353-00014625-01-0900-001; servidumbre trasladada citas: 0403-00015261-01-0920-001; condiciones ref.: 243424-000 citas: 403-15261-01-0921-001; servidumbre trasladada citas: 0403-00015261-01-0922-001; servidumbre trasladada citas: 0403-00015261-01-0923-001; condiciones ref. 245222-000 citas: 403-15261-01-0924-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 091336-F-000, derecho, la cual es terreno finca filial N° B-73, apartamento 73 de una sola planta, destinada a uso habitacional ubicada en el nivel 7 del edificio B en proceso de construcción. Situada: en el distrito 8 San Rafael, cantón 1 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, área común libre de zona verde; al noroeste, finca filial B74; al sureste, área común libre de patio, y al suroeste, acceso área común construida. Mide: noventa metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de mayo del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las siete horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de mayo del dos mil veinte, con la base de ochenta y un mil ciento cincuenta y cuatro dólares con noventa centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del tres de junio del dos mil veinte, con la base de veintisiete mil cincuenta y un dólares con sesenta y tres centavos (25% de la base original). 2) Con una base de seis mil setecientos cincuenta y cinco dólares con treinta centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando serv. y condic. ref.: 3069-063-001 citas: 329-00928-01-0901-001; serv. y condic. ref.: 3069-061-001 citas: 329-00928-01-0904-001; servidumbre sirviente citas: 338-13993-01-0002-001; servidumbre sirviente citas: 338-13993-01-0006-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0019-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0020-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0021-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0022-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0023-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0024-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0025-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0026-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0027-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0028-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0029-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0030-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0031-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0032-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0033-001: servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0034-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0035-001: servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0036-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0091-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0092-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0093-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0094-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0095-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0096-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0097-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0098-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0099-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0100-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0101-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0102-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0103-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0104-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0105-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0106-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0107-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0108-001; servid. y condic. ref.: 00201524-000 citas: 347-19046-01-0900-001; servidumbre trasladada citas: 0353-00014625-01-0900-001; servidumbre trasladada citas: 0403-00015261-01-0920-001; condiciones ref.: 243424-000 citas: 403-15261-01-0921-001; servidumbre trasladada citas: 0403-00015261-01-0922-001; servidumbre trasladada citas: 0403-00015261-01-0923-001; condiciones ref.: 245222-000 citas: 403-15261-01-0924-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 091532-F-000, derecho, la cual es terreno finca filial estacionamiento B73 destinada a parqueo de vehículos en proceso de construcción. Situada: en el distrito 8 San Rafael, cantón 1 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, área común libre de estacionamiento para discapacitados; al noroeste, área común libre de calle de acceso; al sureste, área común libre de zona verde, y al suroeste, finca filial estacionamiento B74. Mide: catorce metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de mayo del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las siete horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de mayo del dos mil veinte, con la base de cinco mil sesenta y seis dólares con cuarenta y ocho centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del tres de junio del dos mil veinte, con la base de mil seiscientos ochenta y ocho dólares con ochenta y dos centavos (25% de la base original). 3) Con una base de seis mil setecientos cincuenta y cinco dólares con treinta centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando serv. y condic. ref.: 3069-063-001 citas: 329-00928-01-0901-001; serv. y condic. ref.: 3069-061-001 citas: 329-00928-01-0904-001; servidumbre sirviente citas: 338-13993-01-0002-001; servidumbre sirviente citas: 338-13993-01-0006-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0019-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0020-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0021-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0022-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0023-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0024-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0025-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0026-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0027-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0028-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0029-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0030-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0031-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0032-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0033-001: servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0034-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0035-001: servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0036-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0091-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0092-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0093-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0094-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0095-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0096-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0097-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0098-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0099-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0100-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0101-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0102-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0103-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0104-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0105-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0106-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0107-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0108-001; servid. y condic. ref.: 00201524-000 citas: 347-19046-01-0900-001; servidumbre trasladada citas: 0353-00014625-01-0900-001; servidumbre trasladada citas: 0403-00015261-01-0920-001; condiciones ref.: 243424-000 citas: 403-15261-01-0921-001; servidumbre trasladada citas: 0403-00015261-01-0922-001; servidumbre trasladada citas: 0403-00015261-01-0923-001; condiciones ref.: 245222-000 citas: 403-15261-01-0924-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 091696-F-000, la cual es terreno finca filial estacionamiento 23, destinada a parqueo vehículos en proceso de construcción. Situada: en el distrito 8 San Rafael, cantón 1 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, finca filial estacionamiento 24; al noroeste, área común libre de calle de acceso; al sureste, área común libre de acceso, y al suroeste, finca filial estacionamiento 22. Mide: catorce metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de mayo del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las siete horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de mayo del dos mil veinte, con la base de cinco mil sesenta y seis dólares con cuarenta y ocho centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del tres de junio del dos mil veinte, con la base de mil seiscientos ochenta y ocho dólares con ochenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José contra Gilberto Mata Cubero. Expediente N° 19-002736-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 14 de abril del 2020.—Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez Tramitador.—( IN2020453911 ).

En este Despacho, con una base de ciento treinta y ocho mil ciento sesenta y dos dólares con veintisiete centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 317-02502-01-0002-001, servidumbre trasladada citas: 317-02502-01-0003-001, servid y condicref:2700-039-001 citas: 319-01959-01-0901-001 y servidumbre de acueducto y de paso de A y A citas: 534-11633-01-0021-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número treinta y nueve mil diecinueve, duplicado: horizontal: F derecho 000, la cual es terreno finca filial veinticinco apartamento de dos niveles destinado a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 3-Pozos, cantón 9-Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte finca filial veintiséis; al sur finca filial veinticuatro; al este Tomas Ortuño Morales y al oeste área común destinada a calle de acceso. Mide: ciento ochenta y un metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del diecinueve de mayo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del veintisiete de mayo de dos mil veinte con la base de ciento tres mil seiscientos veintiún dólares con setenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del cuatro de junio de dos mil veinte con la base de treinta y cuatro mil quinientos cuarenta dólares con cincuenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Bac San Jose contra Beatriz Patarino González, Filial Conbdominio Boulevar del Sol Número Veinticinco Valeria S.A, Ricardo Adolfo Lineros Linero. Expediente Nº 19-014861-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San Jose, 24 de febrero del año 2020.—Lic. Heilim María Badilla Alvarado, Jueza Decisora.—( IN2020453912 ).

En este Despacho, con una base de ochenta y ocho mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 190993-000, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 1-San Vicente, cantón 14-Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 1; al sur, lotes 46 y 47; al este, lote 55 y al oeste, lote 53. Mide: doscientos ochenta y tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticinco de mayo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del dos de junio de dos mil veinte con la base de sesenta y seis mil dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diez de junio de dos mil veinte con la base de veintidós mil dólares exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Bac San José contra Gabriela María Liebhaber Bueso, expediente N° 19-019186-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 06 de marzo del año 2020.—Lic. Wendy Pagani Rojas, Jueza Decisora.—( IN2020453913 ).

En este Despacho, con una base de ciento treinta y siete mil quinientos tres dólares con catorce centavos, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número: 149708, derechos 001 y 003, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando el derecho cero cero uno prevención bajo las citas: 2011-252731-01-0005-001 y demanda penal bajo las citas: 800-495231-01-0001-001 y el derecho cero cero tres soportando prevención bajo las citas: 2011-252731-01-0005-001 y demanda penal bajo las citas: 800-495232-01-0001-001; dicho inmueble es terreno con una casa, situado en el distrito: 8-Mata Redonda, cantón: 1-San José, provincia: San José, Linderos: norte: Amparo Castro Castro; sur: calle pública con 10 metros, este: Ludwing Schlager, oeste: Abraham Meltzer, Mide: trescientos ochenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del diecinueve de mayo del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cuarenta minutos del veintisiete de mayo del dos mil veinte con la base de ciento tres mil ciento veintisiete dólares con treinta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del cuatro de junio del dos mil veinte con la base de treinta y cuatro mil trescientos setenta y cinco dólares con setenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Enrique Balsevicius Uquillas, Julia Siri Unamuno, Oscar Arturo Siri Zúñiga. Expediente N° 18-008161-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 23 de abril del año 2020.—Licda. Isabel Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2020453916 ).

En este Despacho, con una base de ocho mil ochocientos noventa y cinco dólares con treinta y cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BJG455, marca Mitsubishi, estilo Lancer GLS, chasis JMYSNCY1AGU000352, año 2016, color blanco. N° Motor: 4A92BX8794, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas y cero minutos del diecinueve de mayo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del veintisiete de mayo de dos mil veinte con la base de seis mil seiscientos setenta y un dólares con cincuenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del cuatro de junio de dos mil veinte con la base de dos mil doscientos veintitrés dólares con ochenta y tres centavos (25% de la base original). notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Karol Adriana Molina Fernández, Kevin Ricardo López Cartín. Expediente N° 19-012904-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 24 de octubre del año 2019.—Lic. Nidia Durán Oviedo, Jueza Tramitadora.—( IN2020453917 ).

En este Despacho, con una base de treinta y seis millones novecientos tres mil novecientos setenta y siete colones con noventa y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número doscientos veintisiete mil seiscientos dos-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito San Isidro, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Casa Técnica de C.R. Limitada, sur: Casa Técnica de C.R. Limitada, este: María Rosa Ramírez, oeste: calle publica con 8 metros lineales. Mide: ciento setenta y seis metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del diez de setiembre de dos mil veinte con la base de veintisiete millones seiscientos setenta y siete mil novecientos ochenta y tres colones con cuarenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de setiembre de dos mil veinte con la base de nueve millones doscientos veinticinco mil novecientos cuarenta y cuatro colones con cuarenta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L contra Luis Diego Sandoval Sánchez. Expediente Nº 19-000940-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramon), 14 de abril del año 2020.—María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza Tramitadora.—( IN2020453936 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones setecientos sesenta y ocho mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref., servidumbre de paso; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento cincuenta y cuatro mil doscientos ocho, derecho cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 03 Pocora, cantón 06 Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Ivannia Francys Mata; al sur, Ivannia Francys Mata; al este, Lucía María Mendoza Solís y al oeste, servidumbre de paso. Mide: ciento ochenta y tres metros con cero decímetros cuadrados. Plano: L-1729395-2014 metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y cero minutos del veintiséis de mayo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y cero minutos del tres de junio de dos mil veinte con la base de seis millones quinientos setenta y seis mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y cero minutos del once de junio de dos mil veinte con la base de dos millones ciento noventa y dos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Esteban Castro Salazar, Jennifer María Salas Salas. Expediente Nº 19-000430-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 22 de abril del 2020.—Licda. Hazel Patricia Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2020453952 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho millones cuatrocientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas 0306-00003773-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 437282-000, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Granadilla, cantón Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 14,03 centímetros; al sur, lote 10; al este, calle pública con un frente de 9,18 centímetros; y al oeste, Asociación Centro Cristiano. Mide: ciento sesenta metros con nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del trece de mayo del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veintiuno de mayo del dos mil veinte con la base de trece millones ochocientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del uno de junio del dos mil veinte con la base de cuatro millones seiscientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Alex Durán Araya. Expediente N° 19-019919-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 04 de marzo del 2020.—Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—( IN2020453954 ).

En este Despacho, con una base de diez millones doscientos diecinueve mil cuatrocientos setenta y un colones con treinta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones citas: 400-02040-01-0955-002, condiciones ref.: 00271313-000, citas: 400-02040-01-0956-001, condiciones ref.: 00271313-000, citas 400-02040-01-0957-002; sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos setenta y nueve mil ochocientos treinta y seis, derecho cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno naturaleza lote 2, terreno para construir. Situada en el distrito 13-Peñas Blancas, cantón 2-San Ramón de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Los Lagos de Chachagua S.A.; al sur, Los Lagos de Chachagua S.A.; al este, calle pública y Los Lagos de Chachagua S.A.; y al oeste, Los Lagos de Chachagua S.A. Mide: ochocientos treinta y nueve metros cuadrados. Plano: A-1481387-2011. Para tal efecto se señalan las quince horas y treinta minutos del veintiuno de mayo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta minutos del veintinueve de mayo de dos mil veinte, con la base de siete millones seiscientos sesenta y cuatro mil seiscientos tres colones con cincuenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y treinta minutos del ocho de junio de dos mil veinte, con la base de dos millones quinientos cincuenta y cuatro mil ochocientos sesenta y siete colones con ochenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Olman Edgardo Alfaro Navarro, Shirley de Los Ángeles Vega Cordero. Expediente N° 19-003462-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 20 de abril del 2020.—Licda. Hazel Patricia Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2020453956 ).

En este Despacho, con una base de trece millones veintiséis mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 317-07490-01-0900-001, servidumbre trasladada citas: 368-12072-01-0900-001, servidumbre trasladada citas: 372-15145-01-0902-001, servidumbre trasladada citas: 372-15145-01-0903-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 469988, derecho 001 y 002, la cual es terreno resto reservado de Edin Sánchez Carranza. Situada en el distrito: 5-Venecia, cantón: 10-San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, resto reservado de Edin Sánchez Carranza, sur, calle de acceso a calle pública con un ancho de 3 metros lineales y un frente a ella de 3,6 metros en medio de Jovel Arrieta Chacón, este, resto reservado de Edin Sánchez Carranza, oeste, Alexander Chacón Ramírez. Mide: doscientos treinta y un metros cuadrados. Plano: A-1406957-2010. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del veintidós de mayo de dos mil veinte. de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del uno de junio de dos mil veinte con la base de nueve millones setecientos sesenta y nueve mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del nueve de junio de dos mil veinte con la base de tres millones doscientos cincuenta y seis mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Héctor Arturo Rojas Castillo y María Jacqueline Sánchez Gómez. Expediente Nº 19-004963-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 12 de marzo del 2020.—Licda. Eunice Pérez Arce, Jueza Decisora.—( IN2020453969 ).

En este Despacho, con una base de catorce millones novecientos treinta y seis mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento ochenta y seis mil doscientos sesenta y seis, derecho 186266, la cual es terreno para construir, lote nueve H. Situada en el distrito San Isidro, cantón Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte lote ocho H, sur: Municipalidad de Montes de Oro, juegos infantiles, este: calle publica, calle cuatro, oeste: lote treinta y dos H; Mide: ciento cincuenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del veinticinco de mayo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del dos de junio de dos mil veinte con la base de once millones doscientos dos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del diez de junio de dos mil veinte con la base de tres millones setecientos treinta y cuatro mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda Ahorro y Préstamo contra Juan De Dios Gallo García, María Isabel Córdoba Aguilar Expediente Nº 18-003837-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 19 de febrero del año 2020.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2020453970 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula número trescientos dieciocho mil novecientos cuarenta, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir con una casa, bloque P, lote catorce. Situada en el distrito 2-San José, cantón 1-Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 13-P; al sur, lote 15-p; al este, calle pública; y al oeste, lote 19-P. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del veinticinco de mayo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del dos de junio de dos mil veinte, con la base de treinta y siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del diez de junio de dos mil veinte, con la base de doce millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Greyvin José Guevara Chaves. Expediente N° 20-000907-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 3 de febrero del 2020.—Lic. Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2020453971 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis millones setecientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas 316-09193-01-0901-002; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 177630-000, la cual es terreno con dos casas. Situada en el distrito 10 Desamparados, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Amalia María Calvo; al sur, calle pública; al este, José Luis Quirós; y al oeste, lote 3. Mide: doscientos veintisiete metros con treinta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y quince minutos del veinticinco de mayo del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y quince minutos del dos de junio del dos mil veinte con la base de doce millones quinientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y quince minutos del diez de junio del dos mil veinte con la base de cuatro millones ciento ochenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original) Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Daril Yordano Torres Campos, Mario Leonardo Viales Campos. Expediente N° 20-000036-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10 de marzo del 2020.—Lic. Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez Tramitador.—( IN2020453972 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y ocho millones cuatrocientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula N° 367591-003 y 004, la cual es terreno para construir con una casa N° 93. Situada en el distrito 4-Mata de Plátano, cantón 8-Goicoechea de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 10 m. 41 cm.; al sur, lote 97; al este, lote 94; y al oeste, calle pública con 8 m. 28 cm. Mide: ciento cinco metros cuadrados. Plano: SJ-0823885-1989. Para tal efecto se señalan las once horas y treinta minutos del veinticinco de mayo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y treinta minutos del dos de junio de dos mil veinte, con la base de treinta y seis millones trescientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y treinta minutos del diez de junio de dos mil veinte, con la base de doce millones cien mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Graweling Erllinda Guido Morales, Victor Manuel Rojas Rojas. Expediente: 19-013263-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San Jose, 13 de enero del 2020.—Lic. Verny Arias Vega, Juez.—( IN2020453973 ).

En este Despacho, con una base de veinticuatro millones quinientos treinta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas ley caminos citas: 408-02290-01-0055-001, reservas ley aguas citas: 408-02290-01-0056-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento cincuenta y cinco mil treinta y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Cahuita, cantón Talamanca, de la provincia de Limón. Colinda: al norte Garbo S.A; al sur calle publica; al este, calle publica y al oeste Garbo S. A. Mide: mil quince metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de mayo del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del cinco de junio del año dos mil veinte con la base de dieciocho millones trescientos noventa y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del quince de junio del año dos mil veinte con la base de seis millones ciento treinta y dos mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ana Ruth Ramírez Campos. Expediente Nº 20-000019-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial Zona Atlántica, 22 de enero del año 2020.—Lic. Roy Córdoba Hernández, Juez Decisor.—( IN2020453974 ).

En este Despacho, Con una base de cincuenta y seis millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos citas: 2011- 133707-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento cuarenta y un mil ochocientos cuarenta y uno, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1-Guápiles, cantón 2-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Guillermo Campos Marín; al sur, Guillermo Campos Marín; al este Oldemar Jiménez Fallas y al oeste calle pública con veinticinco metros.- Mide: ochocientos ochenta y nueve metros cuadrados. Plano L-1521315-2011. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta y cinco minutos del veintinueve de mayo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta y cinco minutos del ocho de junio de dos mil veinte con la base de cuarenta y dos millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta y cinco minutos del dieciséis de junio de dos mil veinte con la base de catorce millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y préstamo contra Mario Alberto Zeledón Aguilar. Expediente 19-004926-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 03 de marzo del 2020.—Lic. Jeffrey Thomas Daniels, Juez Tramitador.—( IN2020453976 ).

En este Despacho, con una base de setenta y seis mil quinientos dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número setenta y dos mil seiscientos nueve - cero cero cero (72609-000), la cual es terreno naturaleza: terreno con 1 casa. Situada en el distrito 2-Rincón de Sabanilla, cantón 9-San Pablo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Trinidad Arce Camacho; al sur, Freddy Sánchez Arce; al este, calle pública y al oeste, calle privada. Mide: doscientos tres metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Plano: H-0001225-1973. Para tal efecto, se señalan las trece horas y quince minutos del veintinueve de mayo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y quince minutos del ocho de junio de dos mil veinte con la base de cincuenta y siete mil trescientos setenta y cinco dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y quince minutos del dieciséis de junio de dos mil veinte con la base de diecinueve mil ciento veinticinco dólares exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda contra María Elena Calderón Jiménez, Mariline de Los Ángeles Vargas Calderón, expediente N° 19-014938-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 18 de marzo del año 2020.—Lic. Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2020453977 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de seis millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 388-06218-01-0274-001; sáquese a remate la finca del partido de: San José, matrícula número: 430430, derechos: 001 y 002, la cual es terreno: para construir con 1 casa. Situada en el distrito: 5-San Felipe, cantón: 10-Alajuelita, de la provincia de: San José. Colinda: al norte, INVU; al sur, calle pública; al este, INVU y lote 503, y al oeste, INVU. Mide: ciento quince metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del veinticinco de mayo del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y cero minutos del dos de junio del dos mil veinte, con la base de cuatro millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del diez de junio del dos mil veinte, con la base de un millón seiscientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Beatriz Flores Flores, Emilce Arce Serrano. Expediente Nº 20-004427-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 13 de marzo del 2020.—Lic. Tadeo Solano Alfaro, Juez.—( IN2020453993 ).

En este Despacho, con una base de tres millones setecientos ochenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: 847525, marca: Mitsubishi, estilo: Montero Sport, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4x4, número de chasis: MMBGNKH90AF012384, año fabricación: 2011, color: beige, número motor: 6G74XB4802, cilindrada: 3497 C.C, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del dos de junio del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y cero minutos del diez de junio del dos mil veinte, con la base de dos millones ochocientos treinta y cinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de junio del dos mil veinte, con la base de novecientos cuarenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de José Luis Chinchilla Astúa contra Carlos Alberto del S Pereira Quirós. Expediente N° 19-002172-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 12 de febrero del 2020.—Lic. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza Tramitadora.—( IN2020453998 ).

En este Despacho, con una base de dos millones seiscientos ochenta y cinco mil setecientos cincuenta y cuatro colones con treinta céntimos, soportando colisiones, número boleta 2015-201601516 del Juzgado de Tránsito de Desamparados, sáquese a remate el vehículo TSJ006274. Marca: Hyundai. Estilo: Accent. Categoría: automóvil. Capacidad: 5 personas. Chasis KMHCM41AP6U048309. Color: rojo. Año: 2006. Combustible: gasolina. Se aclara que únicamente está a la venta pública es el vehículo no así la placa. Para tal efecto se señalan las once horas y quince minutos del treinta de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y quince minutos del diez de agosto de dos mil veinte con la base de dos millones catorce mil trescientos quince colones con setenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y quince minutos del dieciocho de agosto de dos mil veinte con la base de seiscientos setenta y un mil cuatrocientos treinta y ocho colones con cincuenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución garantías mobiliarias de Financiera Desyfin S. A. contra Adinia Marjorie Gerarda Alvarado Acuña. Expediente Nº 20-001248-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 26 de febrero del 2020.—Licda. Nidia Durán Oviedo, Jueza Tramitadora.—( IN2020454004 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones novecientos treinta y un mil seiscientos cuatro colones con sesenta y dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate únicamente el vehículo placas TSJ003187, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: KMHCM41AP8U273049, año 2008, carrocería: sedán 4 puertas, tracción: 4x2, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas y quince minutos del tres de agosto de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y quince minutos del once de agosto de dos mil veinte con la base de tres millones seiscientos noventa y ocho mil setecientos tres colones con cuarenta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y quince minutos del diecinueve de agosto de dos mil veinte con la base de un millón doscientos treinta y dos mil novecientos un colones con quince céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución Garantías Mobiliarias de Financiera Desyfin S. A. contra Juan Ramón Alvarado Ruiz, expediente N° 20-001088-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 17 de marzo del año 2020.—Licda. Nidia Durán Oviedo, Jueza Tramitadora.—( IN2020454005 ).

En este Despacho, con una base de dos millones quinientos catorce mil cuatrocientos setenta y seis colones con treinta y un céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa TSJ006380, marca Hyundai, estilo Accent, chasis KMHCG41FP3U489183, capacidad 5 personas, color rojo, año 2003, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas y treinta minutos del seis de agosto de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del diecisiete de agosto de dos mil veinte con la base de un millón ochocientos ochenta y cinco mil ochocientos cincuenta y siete colones con veintitrés céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de agosto de dos mil veinte con la base de seiscientos veintiocho mil seiscientos diecinueve colones con siete céntimos (25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Juan Carlos Vindas Leitón EXP:20-001310-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 18 de marzo del 2020.—Licda. Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2020454006 ).

En este Despacho, con una base de dos millones trescientos mil trescientos veintitrés colones con veintidós céntimos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el vehículo placa: TSJ-002595, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: KMHCG41GP4U534709, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4X2, color: rojo. Para tal efecto se señalan las 13:30 horas del 06/08/2020. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las 13:30 horas del 17/08/2020 con la base de un millón setecientos veinticinco mil doscientos cuarenta y dos colones con cuarenta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las 13:30 horas del 25/08/2020 con la base de quinientos setenta y cinco mil ochenta colones con ochenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Mario Alberto Briceño Vargas. Expediente 20-001132-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 29 de marzo del año 2020.—Lic. Paula Morales González, Jueza Decisora.—( IN2020454007 ).

En este Despacho, con una base de catorce millones setenta y cinco mil doscientos cuarenta y cinco colones con sesenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, número 143566-000, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 11-Cóbano, cantón 1-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Fabio Steller Rojas; al sur, Carlos Enrique Steller Vargas E; al este, José Varela Sánchez y al oeste, calle pública con 9,35 metros lineales. Mide: quinientos noventa metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del uno de junio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del nueve de junio de dos mil veinte con la base de diez millones quinientos cincuenta y seis mil cuatrocientos treinta y cuatro colones con veintitrés céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil veinte con la base de tres millones quinientos dieciocho mil ochocientos once colones con cuarenta y un céntimos (25% de la base original). Con una base de diecisiete millones ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas: 369-00002904-01-0019-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, número 292464-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 6-San Rafael, cantón 2-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Clemencia Álvarez Rodríguez; al sur, Juan Alberto Granados Álvarez; al este, María Elena Granados Fernández y al oeste, servidumbre de paso con 8 metros. Mide: ciento cincuenta y seis metros con veintidós decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del uno de junio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del nueve de junio de dos mil veinte con la base de trece millones trescientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil veinte con la base de cuatro millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Aronia de Los Ángeles Araya Murillo, Ricardo Jesús Steller Vargas. Expediente Nº 19-010465-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 02 de marzo del 2020.—Licda. Hellen Gutiérrez Desanti, Jueza Decisora.—( IN2020454029 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 395-03669-01-0021-001, plazo de convalidación (rectificación de medida) citas: 2013-57734-01-0016-001, servidumbre de paso citas: 2013-57734-01-0024-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 207433-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1-Parrita, cantón 9-Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Édgar Valverde Salas; al sur, calle pública con un frente de 20.00 metros; al este, Édgar Valverde Salas y Maribel Cascante Madrigal y al oeste, Édgar Valverde Salas. Mide: mil metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del dos de junio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del diez de junio de dos mil veinte con la base de treinta millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciocho de junio de dos mil veinte con la base de diez millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Óscar Josué Fernández Elizondo, expediente N° 19-010096-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 24 de febrero del año 2020.—Licda. Hellen Gutiérrez Desanti, Jueza Decisora.—( IN2020454030 ).

En este Despacho, con una base de siete millones trescientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando limitaciones de leyes 7052, 7208 sist. financiero de vivienda, citas 2015-00368094-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento setenta y tres mil setenta y cinco, derecho 001, 002, la cual es terreno para construir lote 8. Situada en el distrito 01 Parrita, cantón 09 Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Los Pinos de Las Vegas S.A.; al este, Los Pinos de Las Vegas S.A. y al oeste, Los Pinos de Las Vegas S.A. Mide: setecientos cincuenta metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y veinte minutos del diecinueve de agosto de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y veinte minutos del veintisiete de agosto de dos mil veinte con la base de cinco millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y veinte minutos del cuatro de setiembre de dos mil veinte con la base de un millón ochocientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Irvin Miguel Prado Arias. Expediente 19-006263-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 12 de febrero del 2020.—Lic. Luis Carrillo Gómez, Juez.—( IN2020454031 ).

En este Despacho, con una base de setenta y cinco mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo citas: 363-10374-01-0900-001, reservas y restricciones bajo citas: 365-10803-01-0903-001, reservas y restricciones bajo citas: 365-10803-01-0904-001, reservas y restricciones bajo citas: 365-10803-01-0905-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 51228-F-000, la cual es terreno filial dos: finca filial primaria individualizada marcada con el número dos, que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 1-Quepos, cantón 6-Quepos, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte: finca filial número tres; sur: finca filial número uno y servidumbre pluvial en parte; este: área de acceso y al oeste: servidumbre pluvial. Mide: mil seiscientos treinta y tres metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del uno de octubre de dos mil veinte con la base de cincuenta y seis mil doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del nueve de octubre de dos mil veinte con la base de dieciocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Dante Luis Herrera Portilla, Dante`s Water Sport Limitada. Expediente N° 19-010509-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 26 de febrero del año 2020.—Licda. Zary Navarro Zamora, Jueza Tramitadora.—( IN2020454032 ).

En este Despacho, con una base de un millón trescientos setenta y nueve mil trescientos quince colones con siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo 485017, marca: Hyundai, estilo: Sonata Gold, categoría: automóvil, Serie: KMHCF21DPPU014952, año 1993, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, chasis y Vin: KMHCF21DPPU014952 cilindrada: 2000 combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiocho de mayo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del ocho de junio de dos mil veinte con la base de un millón treinta y cuatro mil cuatrocientos ochenta y seis colones con treinta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de junio de dos mil veinte con la base de trescientos cuarenta y cuatro mil ochocientos veintiocho colones con setenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Kalmich Sociedad Anónima contra Javier Ricardo Obando Fuentes. Expediente Nº 18-006305-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 19 de marzo del año 2020.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2020454036 ).

En este Despacho, con una base de ocho mil seiscientos ochenta y dos dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: Placas número 619350. Marca Ssang Yong. Estilo RX 270 XDI. Categoría automóvil. Capacidad siete personas. Año 2006. Color negro. Vin KPTG0B1FS6P202888. Combustible diesel. Motor Nº 66592512530289. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del tres de junio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del once de junio de dos mil veinte con la base de seis mil quinientos once dólares con cincuenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintidós de junio de dos mil veinte con la base de dos mil ciento setenta dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Heiner Monge Camacho, y a Ricardo Adolfo Moreira Gómez. Expediente Nº 18-003841-1338-CJ. Notifíquese.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 06 de diciembre del 2019.—Licda. Yesenia Hernández Ugarte, Jueza.—( IN2020454040 ).

En este Despacho, con una base de seis mil setecientos treinta y tres dólares con sesenta y un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: CL-226592, marca: Nissan, estilo: Frontier, categoría: carga liviana, capacidad: 10 personas, serie: JN1APGD22Z0001792, carrocería: transporte de reos, tracción: 4x2, peso bruto: 1500 Kgrms. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del cinco de junio del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas y cero minutos del quince de junio del dos mil veinte, con la base de cinco mil cincuenta dólares con veintiún centavo (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de junio del dos mil veinte, con la base de mil seiscientos ochenta y tres dólares con cuarenta centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Melania de la Trinidad Calderón Morales. Expediente N° 19-005401-1338-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 10 de febrero del 2020.—Lic. Gerardo Monge Blanco, Juez Decisor.—( IN2020454041 ).

En este Despacho, con una base de diez mil cuatrocientos cuatro dólares con veintiséis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: 767916, marca: Mitsubishi, estilo: Outlander, categoría: automóvil, serie: JMYXTCW5W8Z001940, tracción: 4X4, número chasis: JMYXTCW5W8Z001940, año fabricación: 2008, color: plateado, VIN: JMYXTCW5W8Z001940, N.motor: 4B12BH9387. Para tal efecto se señalan las nueve horas y treinta minutos del ocho de junio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de junio de dos mil veinte con la base de siete mil ochocientos tres dólares con veinte centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de junio de dos mil veinte con la base de dos mil seiscientos un dólar con siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Martha Bismara Pérez Lozza. Expediente Nº 19-001208-1044-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 09 de marzo del año 2020.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2020454042 ).

En este Despacho, con una base de cuatro mil trescientos sesenta dólares con setenta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: 882510, marca: Mitsubishi, estilo: Lancer GLS, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2011, color: gris, vin: JMYSRCY2ABU001314, N° motor: 4A91AH3023, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de mayo del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de junio del dos mil veinte, con la base de tres mil doscientos setenta dólares con cincuenta y siete centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del once de junio del dos mil veinte, con la base de mil noventa dólares con diecinueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Javier Enrique Carrillo León. Expediente N° 19-020808-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de marzo del 2020.—Lic. Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—( IN2020454043 ).

En este Despacho, con una base de doce mil novecientos diez dólares con setenta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo TC000858, marca: Citroen, estilo: Berlingo, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, serie: VF77S9HECGJ508929, carrocería: Station Wagon o Familiar, tracción: 4x2, año fabricación: 2016. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del veinticinco de mayo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del dos de junio del dos mil veinte, con la base de nueve mil seiscientos ochenta y tres dólares con siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del diez de junio del dos mil veinte, con la base de tres mil doscientos veintisiete dólares con sesenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Antonio Vianney Piedra Brenes. Expediente N° 19-004544-1338-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 5 de marzo del 2020.—Lic. Yanin Torrentes Ávila, Juez Tramitador.—( IN2020454044 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete mil ochocientos noventa y nueve dólares con treinta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BQR435.marca: Peugeot estilo: 301 categoría: automóvil capacidad: 5 personas. N.motor: 10B2170111104. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del veintinueve de junio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del siete de julio de dos mil veinte con la base de trece mil cuatrocientos veinticuatro dólares con cincuenta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del quince de julio de dos mil veinte con la base de cuatro mil cuatrocientos setenta y cuatro dólares con ochenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales Veinsa Sociedad Anónima contra Kenny Daniel Quesada Castro. Expediente Nº 18-008741-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 17 de marzo del año 2020.—Lic. German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2020454045 ).

En este Despacho, con una base de ciento sesenta mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref.: 2695-597-001, citas: 0319-00007992-01-0922-002; servidumbre de paso, citas: 0486-00004329-01-0002-001; sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula número ciento diecisiete mil trescientos setenta y dos, derecho 000, la cual es terreno con una casa y bosque. Situada en el distrito 01 Jacó, cantón 11 Garabito de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Brazza Ville S. A.; al sur, calle pública; al este, Brazza Ville S.A.; y al oeste, Valle Perdido de Playa Hermosa S. A. Mide: mil quinientos dos metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del treinta y uno de agosto de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del ocho de setiembre de dos mil veinte, con la base de ciento veinte mil dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciséis de setiembre de dos mil veinte, con la base de cuarenta mil dólares exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Sunrise Service Unlimited S. A. contra Jacoland Hermosaland Properties Ltda. Expediente N° 19-009639-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 20 de febrero del 2020.—Lic. Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2020454047 ).

En este Despacho, con la base de la hipoteca de segundo grado vencida de veintitrés millones setecientos mil colones exactos, soportando hipoteca primer grado 2013-00217107-01-0001-001 a favor del Banco Nacional de Costa Rica, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número quinientos cuatro mil cuatrocientos cincuenta y tres, derecho 000, la cual es terreno de agricultura con tres casas de habitación. Situada en el distrito Piedades, cantón Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Vicente Alpízar Morales; al sur, lote dos de Pedro Morales Porras; al este, Enrique Badilla Jiménez y calle pública con 13 metros 8 centímetros y al oeste, Temporalidades de la Arquidiócesis de San José. Mide: dos mil quinientos once metros con cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de mayo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de mayo de dos mil veinte con la base de diecisiete millones setecientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de junio de dos mil veinte con la base de cinco millones novecientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Francisco Vargas Ureña contra Ilse María Robles Mora. Expediente Nº 18-010236-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 21 de octubre del 2019.—Licda. Mayra Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2020454055 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula número ciento quince mil doscientos treinta y dos, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote cinco, bloque X. Situada en el distrito 01 Espíritu Santo, cantón 02 Esparza de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, alameda pública; al sur, INVU; al este, INVU; y al oeste, INVU. Mide: ciento diecisiete metros con noventa decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las siete horas y treinta y cinco minutos del veintiocho de mayo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas y treinta y cinco minutos del cinco de junio de dos mil veinte, con la base de seis millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas y treinta y cinco minutos del quince de junio de dos mil veinte, con la base de dos millones ciento veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopesparta R.L. contra Fanny Pamela Rodríguez Marín, Floribeth Rodríguez Marín, Juan Salvador Espinoza Montenegro. Expediente: 19-008679-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 11 de febrero del 2020.—Lic. Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2020454063 ).

En este Despacho, con una base de veinte millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, número ciento treinta mil doscientos treinta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno de Breñon. Situada en el distrito 10-Río Nuevo, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte Jorge Fallas Navarro, Aurelio Mena Mena; al sur Quebrada en medio de Ángel Manuel Fallas Camacho; al este Jorge Mario Fallas Navarro y al oeste Jorge Mario Fallas Navarro y carretera interamericana. Mide: veintidós mil quinientos veinte metros con setenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de mayo del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del veintisiete de mayo del año dos mil veinte con la base de quince millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cuatro de junio del año dos mil veinte con la base de cinco millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con Firmado digital de: un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Concentrados El General Sociedad Anónima contra Jorge Mario Fallas Navarro. Expediente Nº19-003650-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 06 de febrero del año 2020.—Lic. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza Tramitadora.—( IN2020454064 ).

En este Despacho, con una base de siete mil cuarenta y un dólares con seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BFQ460, marca: Suzuki estilo: Swift D Zire GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2014, color: blanco, VIN: MA3ZF62S0EA396632, N° motor: k12MN1303955, cilindrada: 1200 c.c, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas y treinta minutos del veinticinco de mayo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y treinta minutos del dos de junio de dos mil veinte con la base de cinco mil doscientos ochenta dólares con ochenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y treinta minutos del diez de junio de dos mil veinte con la base de mil setecientos sesenta dólares con veintisiete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S.A. contra Vilma Estefany Sánchez Barquero. Expediente N° 19-006371-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 20 de marzo del año 2020.—Lic. German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2020454077 ).

En este Despacho, con una base de veintiséis millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 410470-000, derecho, la cual es terreno para construir lote N° C-12. Situada en el distrito Ipís, cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote C-7; al sur, calle público; al este, lotes C-10 y C-11; y al oeste, lote C-13. Mide: noventa y ocho metros con un decímetro cuadrado. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y quince minutos del veintisiete de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y quince minutos del cuatro de agosto de dos mil veinte con la base de diecinueve millones novecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y quince minutos del doce de agosto de dos mil veinte con la base de seis millones seiscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Carlos Miguel Juárez Mojica contra Suly Céspedes Rivera. Expediente N° 20-001068-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 13 de febrero del año 2020.—Licda. Yesenia Auxiliadora Hernández Ugarte, Jueza Decisora.—( IN2020454078 ).

En este Despacho, con una base de tres millones ochocientos cuarenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada (citas: 353-17829-01-0900-001); sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos cincuenta y ocho mil doscientos cincuenta y dos, derecho 000, la cual es terreno de café, lote dieciséis. Situada en el distrito 6-San Juan, cantón 6-Naranjo de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Desarrolladora Llano San Juan S.A.; al sur, calle pública con un frente a ella de ocho metros siete centímetros; al este, Desarrolladora Llano San Juan S.A.; y al oeste, Desarrolladora Llano San Juan S.A. Mide: ciento cincuenta y siete metros cuadrados. Para tal efecto se señalan las dieciséis horas y cero minutos del trece de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas y cero minutos del veintiuno de julio de dos mil veinte, con la base de dos millones ochocientos ochenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del veintinueve de julio de dos mil veinte, con la base de novecientos sesenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ángela Hernández Ortega. Expediente N° 11-000754-0638-CI.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 14 de abril del 2020.—Licda. Hannia Isabel Núñez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2020454079 ).

En este Despacho, con una base de seis millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 352-16479-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 56241, derecho 000, la cual es terreno agricultura topografía plana. Situada en el distrito 3-San Antonio, cantón 2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, río Pescadero; al sur, Claudio Mendoza Villagra; al este, río Pescadero y al oeste, calle pública con 85m 75cm. Mide: dos mil quinientos veinticinco metros con veintiocho decímetros cuadrados. Plano: G-0416011-1981 identificador predial: 502030056241. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y quince minutos del veintiséis de junio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y quince minutos del siete de julio de dos mil veinte con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y quince minutos del quince de julio de dos mil veinte con la base de un millón quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Irene Carmona Arroyo. Expediente N° 19-000517-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial Guanacaste, Santa Cruz, 13 de diciembre del año 2019.—Lic. Luis Abner Salas Muñoz, Juez Tramitador.—( IN2020454080 ).

En este Despacho, con una base de once millones setecientos treinta y siete mil ciento cincuenta y cuatro colones con noventa y seis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 330-01224-01-0002-001, servidumbre de paso citas: 2015-43775-01-0003-001 y 2015-43775-01-0008-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 656463, derecho cero cero cero, la cual es terreno de café, tacotal y una quebrada. Situada: en el distrito 9 Rosario, cantón 3 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Arnulfo Rivera Valverde; al sur, Andrés Corrales Corrales; al este, Édgar Valverde Valverde, y al oeste, Gilberto Rivera Valverde y servidumbre agrícola de paso. Mide: doce mil cuatrocientos treinta y cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de junio del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y cero minutos del siete de julio del dos mil veinte, con la base de ocho millones ochocientos dos mil ochocientos sesenta y seis colones con veintidós céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del quince de julio del dos mil veinte, con la base de dos millones novecientos treinta y cuatro mil doscientos ochenta y ocho colones con setenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Ciudad Quesada Coocique R.L. contra Mario Guillermo de Jesús Rivera Valverde. Expediente N° 19-015460-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de enero del 2020.—Lic. Verny Arias Vega, Juez Tramitador.—( IN2020454081 ).

En este Despacho, con una base de veintinueve mil seiscientos veintiún dólares con veinte centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa CL-300796, marca Toyota, estilo Hilux, capacidad 5 personas, año 2017, carrocería camioneta Pick-Up caja abierta o Cam-Pu, color negro, tracción 4X4, VIN 8AJKB8CD4H1670915, N° motor. 2GD4228118, Modelo GUN125L-DGFSHF, cilindrada 2400 C.C., combustible diesel. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de julio de dos mil veinte con la base de veintidós mil doscientos quince dólares con noventa centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de agosto de dos mil veinte con la base de siete mil cuatrocientos cinco dólares con treinta centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera CAFSA S.A. contra Ronny Alonso Alfaro Gutiérrez. Expediente N° 20-000702-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 06 de febrero del año 2020.—Licda. Yesenia Auxiliadora Hernández Ugarte, Jueza Decisora.—( IN2020454093 ).

En este Despacho, con una base de siete millones setecientos treinta y tres mil doscientos noventa y seis colones con setenta y siete céntimos, soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco Nacional de Costa Rica; sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas, número ochenta y un mil seiscientos sesenta-cero cero cero, la cual es terreno con una casa, lote 1. Situada en el distrito 01 Miramar, 04 cantón Montes De Oro de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Plastimundo S. A.; al sur, Plastimundo S. A.; al este, Plastimundo S. A.; y al oeste, calle pública con 22.13 metros de frente. Mide: setecientos ochenta y cuatro metros con dieciséis decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de mayo de dos mil veinte. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del ocho de junio de dos mil veinte, con la base de cinco millones setecientos noventa y nueve mil novecientos setenta y dos colones con cincuenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de junio de dos mil veinte, con la base de un millón novecientos treinta y tres mil trescientos veinticuatro colones con diecinueve céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Ciudad Quesada Coocique R.L., contra Rolando Carlos Arguedas Aguilar. Expediente N° 19-003866-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 9 de diciembre del 2019.—Lic. Hellen Gutiérrez Desanti, Jueza Decisora.—( IN2020454104 ).

En este Despacho, con una base de veintidós millones trescientos treinta y nueve mil quinientos ochenta y tres colones con sesenta y siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento treinta y cuatro mil noventa y tres, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 5- Santo Tomas, cantón 3-Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, sucesión de Eraida Chacón Guzmán; al sur, calle pública con 12 m; al este, José Gerardo Cano Chaves y al oeste, Edwin Cano Chaves. Mide: doscientos cincuenta y cuatro metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del uno de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del nueve de setiembre de dos mil veinte con la base de dieciséis millones setecientos cincuenta y cuatro mil seiscientos ochenta y siete colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciocho de setiembre de dos mil veinte con la base de cinco millones quinientos ochenta y cuatro mil ochocientos noventa y cinco colones con noventa y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Judith del Carmen Concepción Martínez, Randall Alberto Quirós Fallas Expediente:18-000269-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 6 de marzo del 2020.—Licda. Marlene Solís Blanco, Jueza Tramitadora.—( IN2020454106 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 235-02208-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 235-02208-01-0925-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 115183, derecho 006, la cual es terreno de café, casa y 1 galerón. Situada en el distrito 3-Vuelta de Jorco, cantón 6-Aserri, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Marcos Fallas Valverde; al sur, Alfredo Cerdas y Samuel Diaz; al este, camino en 1/2 Juana Abarca Valverde y al oeste, quebrada en 1/2 Rafael Castillo. Mide: veinte mil setecientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y cuarenta minutos del uno de junio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y cuarenta minutos del nueve de junio de dos mil veinte con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y cuarenta minutos del diecisiete de junio de dos mil veinte con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Antonio Fallas Arias contra Inversiones Bartels S. A. Expediente Nº 20-001797-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 11 de marzo del 2020.—María del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—( IN2020454109 ).

En este Despacho, con una base de seis millones ciento veinte mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas Ley Aguas bajo las citas: 425-01721-01-0004-001, reservas Ley Caminos bajo las citas: 425-01721-01-0005-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 210484-000, la cual es terreno solar. Situada en el distrito 4-Tempate, cantón 3-Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, María de Los Ángeles Moreno Moreno; al sur, María de Los Ángeles Moreno Moreno; al este, Costa Rica Lifestyle Sociedad Anónima y al oeste, servidumbre de paso de 06 mts. de frente y María de Los Ángeles Moreno Moreno. Mide: cuatrocientos ocho metros cuadrados. Plano: G-1809554-2015. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del diez de agosto de dos mil veinte con la base de cuatro millones quinientos noventa mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto de dos mil veinte con la base de un millón quinientos treinta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Empleados del Ministerio de Educación Pública R.L contra Alvir Francisco Lobo Moreno, expediente N° 15-027558-1338-CJ. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 12 de marzo de 2020.—Lic. Verny Arias Vega, Juez.—( IN2020454111 ).

En este Despacho, con una base de veintiocho millones doscientos sesenta y seis mil setecientos veinte colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 467918-001 Y 002, la cual es terreno terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 1 Naranjo, cantón 6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Sergio Arce Morera; al sur servidumbre de paso; al este Yolanda Mora Chacón y al oeste Eduardo Pérez Mora. Mide: ciento veintisiete metros cuadrados plano: A-1447703-2010. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticinco de mayo del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del dos de junio del dos mil veinte con la base de veintiún millones doscientos mil cuarenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del diez de junio del dos mil veinte con la base de siete millones sesenta y seis mil seiscientos ochenta colones exactos (25% de la base original). Con una base de seis millones ciento treinta y tres mil doscientos ochenta colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 476523-000, la cual es terreno terreno para construir, lote 209. Situada en el distrito 1 Naranjo, cantón 6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Sergio Arce Morera; al sur servidumbre de paso con un frente de 9 metros; al este Lidia Annethe Chacón Arrieta y al oeste Yolanda Mora Chacón. Mide: ciento veintiocho metros cuadrados plano: A-1447705-2010. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticinco de mayo del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del dos de junio del dos mil veinte con la base de cuatro millones quinientos noventa y nueve mil novecientos sesenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del diez de junio del dos mil veinte con la base de un millón quinientos treinta y tres mil trescientos veinte colones exactos (25% de la base original). Con una base de diecinueve millones trescientos mil colones, libre de gravámenes y anotaciones, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 448336-000, la cual es terreno terreno para construir. Situada en el distrito 1Naranjo, cantón 6Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Sergio Arias Morera; al sur servidumbre de paso con 6 metros y Annia Isabel Mora Chacón; al este Annia Isabel Mora Chacón y al oeste Lidia Annette Chacón Arrieta y servidumbre de paso con 2 metros 50 centímetros. Mide: cuatrocientos tres metros con treinta y dos decímetros cuadrados plano:1264166-2008. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticinco de mayo del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del treinta y dos de junio del año dos mil veinte con la base de catorce millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del diez de junio del año dos mil veinte con la base de cuatro millones ochocientos veinticinco mil colones (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Luis Guillermo Aguilar Carvajal, Roger Atencio Atencio, Sandra María Piedra Madrigal. Expediente Nº 19-003130-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 16 de abril del año 2020.—Lic. Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2020454120 ).

En este Despacho, con una base de veinticuatro millones trescientos cuarenta y cinco mil setecientos catorce colones con setenta y tres céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajos citas: 373-00661-01-0949-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 369045-000, la cual es terreno const con 1 casa. Situada en el en el distrito 9-Pavas, cantón 1-San José de la provincia de San José. Linderos: norte, lotes 1 y 2; sur, lote 6; este, Sogeco S. A. y oeste, alameda Río Sardinal. Mide: ochenta y siete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de mayo del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veintisiete de mayo del año dos mil veinte con la base de dieciocho millones doscientos cincuenta y nueve mil doscientos ochenta y seis colones con cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de junio del año dos mil veinte con la base de seis millones ochenta y seis mil cuatrocientos veintiocho colones con sesenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Yulian Adriana Abarca Anchia, expediente N° 19-001853-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 01 de noviembre del año 2019.—Cristian Mora Acosta, Juez Tramitador.—( IN2020454135 ).

En este Despacho, con una base de seis millones ochocientos setenta y seis mil ciento cuarenta colones con ochenta y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones, sáquese a remate el vehículo: cl-282841, marca: GREATWALL, categoría: carga liviana, serie: LGWCA217XFB613555, carrocería: camioneta pick-up caja abierta o Cam-Pu, tracción: 4X2, chasis: LGWCA217XFB613555, VIN: LGWCA217XFB613555, cabina: sencilla, techo: techo alto, EST. tributario: pago derechos de aduana, uso: particular, utilización: no aplica, estilo: CC 1021 PS03 (WINGL, capacidad: 5 personas, año: 2015, color: gris, peso bruto: 1489.00 kg, peso neto: kg, longitud: m, Núm. ejes: 2, valor TRIB: 6.850.000 colones, valor CONT: 20.900 dólares, clase TRIB, 2451574. Para tal efecto se señalan las once horas y treinta minutos del veintitrés de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cuarenta y cinco minutos del uno de octubre de dos mil veinte con la base de cinco millones ciento cincuenta y siete mil ciento cinco colones con sesenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de octubre de dos mil veinte con la base de un millón setecientos diecinueve mil treinta y cinco colones con veintiún céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Carlos Gaspar Guzmán Álvarez. Expediente 17-007861-1765-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 15 de abril del año 2020.—Licda. Marlene Solís Blanco, Jueza Tramitadora.—( IN2020454136 ).

En este Despacho, con una base de ciento nueve millones ciento sesenta y seis mil ciento treinta y tres colones exactos, soportando hipoteca Primer grado citas: 2015-521465-01-0003-001, sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 111591-F-000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número trece E apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 4-Ulloa, cantón 1-Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, finca filial siete E y seis E ambas en parte; al sur, área común destinada a avenida segunda; al este, finca filial doce E y al oeste, finca filial catorce E. Mide: ciento setenta y tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete de junio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veinticinco de junio de dos mil veinte con la base de ochenta y un millones ochocientos setenta y cuatro mil quinientos noventa y nueve colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del tres de julio de dos mil veinte con la base de veintisiete millones doscientos noventa y un mil quinientos treinta y tres colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Residencial Horizontal Hacienda San Francisco con Fincas Filiales Primarias Individualiza contra Quinquenio Gabyles S. A. Expediente Nº 18-007433-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 13 de marzo del 2020.—Lic. German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2020454139 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y cuatro millones seiscientos trece mil quinientos diecisiete colones con veintidós céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula N° 146616-000, la cual es terreno para agricultura y construir. Situada en el distrito Guácima, cantón Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Rafaela Barquero; al sur, Rosa Barquero; al este, Amparo Salas; y al oeste, calle pública con 17 m. 36 cm. Mide: mil cuatrocientos sesenta y tres metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y quince minutos del veintinueve de junio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y quince minutos del siete de julio de dos mil veinte, con la base de treinta y tres millones cuatrocientos sesenta mil ciento treinta y siete colones con noventa y un céntimos(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y quince minutos del quince de julio de dos mil veinte, con la base de once millones ciento cincuenta y tres mil trescientos setenta y nueve colones con treinta y un céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Adrián Alonso Coto Madrigal, Roxana Madrigal Badilla. Expediente N° 19-001118-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de abril del 2020.—Melquisedec Rodríguez Ramírez, Jueza Tramitadora.—( IN2020454141 ).

En este Despacho, con una base de tres millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número cuarenta y dos mil setecientos dieciséis, derecho 003 y 004, la cual es terreno para construir, lote número doce-R-K. Urbanización Robert, actualmente con una casa de habitación. Situada en el distrito 3-Aguabuena, cantón 8-Coto Brus de la provincia de Puntarenas Linderos: norte, Olivier Sánchez Jimenez, sur, calle pública con 14 metros, este, Álvaro y Cindy ambos Cortes Alpízar, oeste, Didier Chaves Cruz. Mide: cuatrocientos veintiocho metros con cuarenta decímetros cuadrados. Plano: P-0651027-1986. Para tal efecto, se señalan las siete horas y treinta minutos del veintisiete de julio del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las siete horas y treinta minutos del cuatro de agosto del dos mil veinte, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las siete horas y treinta minutos del doce de agosto del dos mil veinte, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ana Beleida Alfaro Castillo contra Luis Ángel del Socorro Villalobos Alvarado, Sonia María de La Trinidad Cruz Alvarado. Expediente Nº 19-001555-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 11 de marzo del 2020.—Lic. David Orellana Guevara, Juez Tramitador.—( IN2020454149 ).

En este Despacho, con una base de diez millones de colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada citas: 212-02455-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 1 finca: 105348-000, la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito 3 Tapezco, cantón 11 Zarcero, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Marco Tulio Quesada Araya; al sur, José Luis Rodríguez Quirós; al este, en parte calle pública y en parte Enrique Villalobos; y al oeste, quebrada Tapezco en medio Marco Tulio Araya Quesada. Mide: seis mil ochocientos treinta metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del cinco de junio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del diecinueve de junio de dos mil veinte con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del tres de julio de dos mil veinte con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Con una base de cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada citas: 270-01382-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 2 finca 92745-000, la cual es terreno de repastos. Situada en el distrito 7 Brisas, cantón 11 Zarcero, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, José Luis Rodríguez Quirós; al sur, en parte servidumbre de paso, Ana María Castro Ruiz y Elvin Antonio Quesada Durán; al este, en parte servidumbre de paso, Ana María Castro Ruiz y Elvin Antonio Quesada Durán; y al oeste, José Luis Rodríguez Quirós. Mide: dos mil trescientos noventa y un metros con treinta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del cinco de junio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del diecinueve de junio de dos mil veinte con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del tres de julio de dos mil veinte con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ramiro Huertas Corrales contra José Luis Rodríguez Quirós. Expediente 19-002222-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 16 de abril del año 2020.—Lic. Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2020454169 ).

En este Despacho, con una base de veinticuatro millones cuatrocientos setenta y siete mil novecientos cincuenta colones con veintinueve céntimos, libre de gravámenes; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 21521-F, derecho 000, la cual es terreno finca filial número uno casa de habitación de una planta debidamente terminada. Situada en el distrito 7-Purral, cantón 8-Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Heliconias Residencial S. A. con lote número 32-A; al sur, área común; al este, área común; y al oeste, área común. Mide: cuarenta y siete metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y treinta minutos del veintitrés de setiembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta minutos del uno de octubre del dos mil veinte con la base de dieciocho millones trescientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos sesenta y dos colones con setenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y treinta minutos del nueve de octubre del dos mil veinte con la base de seis millones ciento diecinueve mil cuatrocientos ochenta y siete colones con cincuenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Kevin Arnold Mora Salazar, Melissa Sue Mora Salazar, Yesenia Mabel Mora Salazar. Expediente N° 20-000593-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 20 de marzo del 2020.—Lic. José Francisco Rivera Meza, Juez Tramitador.—( IN2020454173 ).

En este Despacho, con una base de treinta millones setecientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando hipoteca de primer grado inscrita bajo citas 2012- 253837-01-0001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número cuarenta y siete mil novecientos noventa y cinco, derecho 001 Y 002, la cual es terreno para construir una casa. Situada en el distrito Batán, cantón Matina, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Eladio Murillo Oconitrillo; al sur, calle pública con un frente de 21.13 metros; al este, calle pública con un frente de 61.02 metros y al oeste, Jun Méndez Cordero. Mide: mil doscientos noventa y nueve con sesenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecisiete de setiembre del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de setiembre del año dos mil veinte con la base de veintitrés millones sesenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del cinco de octubre del año dos mil veinte con la base de siete millones seiscientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cable Caribe S. A. contra Carlos Rizo Brown, Maritza Marín Campos. Expediente N° 18-002295-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial Zona Atlántica, 21 de febrero del año 2020.—Hazel Carvajal Rojas, Jueza Decisora.—( IN2020454190 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones doscientos cinco mil doscientos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate lo siguiente: Cuatro sillas de peluquería estilo estilista para corte de cabello, color anaranjado con negro y plateado marca BX Hidráulica; un climazon color negro, marca WPRO, referencia CASWJ628 de 110 voltios 60 Hz, con cinco lámparas y sostenido por un tubo con rodines; un spa multiusos, marca Versas B4F20, color negro con blanco, con masajeador de cuerpo y pies, con vibrador; dos lavacabezas de color anaranjado con negro, con sillón reclinable; tres asistentes de color negro con rodines, con una gaveta pequeña con llaves y una gaveta grande con llave; tres espejos empotrados en pared, de color negro de forma rectangular de aproximadamente dos metros de alto; una sala de espera que consta de cinco sillones por separado, en madera y metal de color negro, con una mesa de dos vidrios de color gris; una mesa de manicure de color negro con lámpara y dos gavetas de forma rectangular; dos sillas giratorias pequeñas para niño con rodines de color negro niquelado; una computadora de escritorio marca Beng con monitor color negro y un CPU; un televisor LC Plasma marca Sharp Aquos de 32 pulgadas con control remoto; una camilla para masajes color blanco grande de forma rectangular en metal; dos ventiladores de forma doble, marca Honeyulell de color negro con tres velocidades; un ventilador pequeño de escritorio color negro, marca Fresh Air Sku, número 10030018, turbo, voltaje 120 voltios; una silla de maquillaje color negro; una impresora multifuncional marca HP Deskjet F 4480 con funciones de print, scan y copy, serie número CN9BBC12VM; una silla giratoria color blanco niquelada; un calentador de cera de color azul con negro, su función es para depilación; un calentador de agua; una máquina para quitar callosidades; una refrigeradora pequeña color blanco, marca Telstar de una puerta; un microondas mediano de color blanco marca Samsung; un punto de venta cuya función es la impresión de facturas digitales, de color beige, marca Bixolon Samsung (Mini Printers) modelo SRP-275AP, serie número E9T5G1AY30005G; y dos aparatos de teléfono marca radio Shack, sistema digital de dos líneas, de color negro con gris. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cuarenta minutos del diecinueve de mayo del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas y cuarenta minutos del veintisiete de mayo del dos mil veinte, con la base de tres millones novecientos tres mil novecientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y cuarenta minutos del cuatro de junio del dos mil veinte, con la base de un millón trescientos uno mil trescientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de José Ramón Cueva Iraheta contra Rafael Ángel Palma Obando. Expediente N° 14-022233-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 23 de abril del 2020.—Licda. Isabel Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2020454191 ).

En este Despacho, Con una base de quince millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número doscientos tres mil ochocientos noventa y tres- cero cero cero, la cual es terreno para construir hoy con 1 casa. Situada en el distrito 3-Daniel Flores , cantón 19-Perez Zeledón, de la provincia de San José.- Colinda: al norte: Eliecer Valverde Rodríguez y Ronald Campos Segura; al Sur, Marvin Campos Segura; al este, Marvin Campos Segura y al oeste, calle publica.- Mide: doscientos catorce metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del veintiuno de mayo del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veintinueve de mayo del año dos mil veinte con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del ocho de junio del año dos mil veinte con la base de tres millones setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jose Ángel  Valverde Jiménez contra Rita Campos Segura.  Expediente 20-000405-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 31 de enero del 2020.—Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza Tramitadora.—( IN2020454205 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 19-000355-0465-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Eugenia Ruiz Álvarez, quien es mayor, estado civil casada, vecina de Limón, Matama la Bomba, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe N° 7-0057-0838, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es agricultura. Situada en el distrito cuarto, cantón primero, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Carlos Luis Solano Ramírez; al este, Carlos Luis Solano Ramírez, y al oeste, Junior Walford Williams Williams. Mide: ocho mil ciento tres cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número L-2066144-2018. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de seis millones de colones cada una. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por. Expediente Nº 19-000355-0465-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 23 de abril del 2020.—Licda. Heilin Rojas Madrigal, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020453820 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 19-000855-0638-CI donde se promueve información posesoria por parte de Leticia Madrigal Barrantes, mayor, soltera, ama de casa, vecina de la Guácima Arriba de Alajuela, de Ottos Bar trescientos metros al norte y cincuenta al oeste, con cédula de identidad número dos-cero trescientos treinta y nueve-cero trescientos veintinueve; Jorge Luis Madrigal Barrantes, mayor, casado una vez, operario, del mismo vecindario, con cédula de identidad número dos cero cuatrocientos dieciocho-cero ochocientos noventa y tres; Ana Isabel Madrigal Barrantes, mayor, soltera, ama de casa, del mismo vecindario, con cédula de identidad número dos-cero trescientos diecinueve-cero cero cero seis, Dagoberto Madrigal Barrantes, mayor, casado una vez, jardinero, del mismo vecindario, con cédula dos-cero cuatrocientos cuarenta y uno-cero quinientos cinco, Hugoberto Madrigal Barrantes, mayor, soltero, peón agrícola, del mismo vecindario, con cédula de identidad número dos-cero cuatrocientos veintiocho-cero cuatrocientos seis, Víctor Julio Madrigal Barrantes, mayor, soltero, sin oficio, del mismo vecindario, con cédula de identidad número dos-trescientos cuarenta y cuatro-cero quinientos cuarenta y dos; Álvaro Madrigal Barrantes, mayor, casado una vez, peón agrícola, del mismo vecindario, con cédula de identidad número dos-cero trescientos veintisiete-cero seiscientos uno y cédula jurídica Sociedad Anónima, domiciliada en Guácima de Alajuela, cincuenta metros al este del Súper La Canastica, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno setecientos quince mil trescientos noventa y cinco, representada por su Presidente el señor Ovidio María Sánchez Rodríguez, mayor, cédula cinco-ciento cuarenta y seis-cuatrocientos cuatro, casado una vez, empresario, vecino de Guácima Arriba de Ottos Bar doscientos metros norte y doscientos oeste, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno para construir con seis casas de habitación en el construidas y zonas de frutales. Situada en el distrito Cinco, cantón Uno. Tiene una medida de mil seiscientos cuarenta metros cuadrados, Colinda: al noroeste, con Ramón Pizarro Pizarro, Gerardo Fuentes Herrera, en medio servidumbre de paso existente para vehículo y peatonal, con un frente lineal de setenta y seis metros con cuarenta y tres centímetros, y un ancho de cuatro metros con sesenta centímetros en medio, Fernando Castillo Madrigal y en medio callejón de acceso peatonal existente con un frente lineal de treinta y seis metros con cincuenta y cinco centímetros y un ancho de un metro con sesenta centímetros lineales; y Luzmilda Madrigal Barrantes; al sureste, con Rafael Ramírez Fuentes; al este, parte callejón de acceso peatonal existente con un frente lineal de un metro con sesenta centímetros, y con calle pública con frente lineal de catorce metros con cuarenta y cinco centímetros; y al oeste, con Luzmilda Madrigal Barrantes. Corresponde actualmente al plano catastrado de la provincia de Alajuela número dos-dos millones doce mil cuatrocientos cincuenta y cuatro-dos mil diecisiete, inscrito en el Catastro nacional el día siete de noviembre de dos mil diecisiete. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de veinte millones de colones. Que adquirieron dicho inmueble hace más de veinte años, y hasta la fecha lo han mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido construyendo y habitando dicho inmueble, estableciendo allí nuestra casa de habitación para mismos y nuestras familias, teniendo dicha posesión ejercida de esa forma así como manteniendo el inmueble en buen estado de conservación y limpieza, manteniendo debidamente delimitado y cercado el inmueble. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Álvaro Madrigal Barrantes y otros. Expediente N° 19-000855-0638-CI.—Juzgado Civil Primer Circuito Judicial Alajuela, 05 de marzo del 2020.—Lic. Andrés Arguedas Vargas, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2020453836 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 11-000241-0930-CI donde se promueve información posesoria por parte de sucesión de Domingo Venegas Espinoza, representada por María Jenette Carvajal Mora mayor, viuda una vez, ama de casa, cédula uno-mil setecientos treinta y tres- seiscientos treinta, vecina de Horquetas Sarapiquí quien actúa como Albacea del sucesorio de Domingo Venegas Espinoza, tal y como consta debidamente inscrito en el Registro Mercantil, al tomo 2014 asiento 147692, 1-1, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Heredia, la cual es terreno pasto con casa de habitación. Situada en el distrito Horquetas, cantón Sarapiquí. Colinda: al norte, con calle pública; al sur, con calle pública y Flory Arguedas Mora; al este, con Francisco Ortiz Muñiz y al oeste, con calle pública. Mide: Cuarenta mil doscientos metros cuadrados (40.200.m) metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cuatro millones de colones (¢4.000.000,00). Que adquirió dicho inmueble compra Venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en la ocupación de la finca, construcción de casas en la misma, vigilancia, limpieza de la misma, mantenimiento de cercas, pago de impuestos de bienes inmuebles y municipales, así como pago de servicios públicos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por sucesión de Domingo Venegas Espinoza. Expediente Nº 11-000241-0930-CI-1.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica Sarapiquí (Materia Civil), 31 de julio del 2019.—Licda. Jenny Ñurinda Montoya, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2020453859 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000031-0390-CI, donde se promueve Información Posesoria por parte de Luis Diego Arnáez Villegas, mayor de edad, empresario, casado, vecino de Alajuela, portador de la cédula N° 5-0243-0380, Lady Arnáez Villegas, mayor de edad, educadora, vecina de Puntarenas Esparza, portadora de la cédula N° 5-0237-0221 y Rodolfo Emilio Arnáez Villegas, mayor de edad, vecino de Alajuela, educador, portador de la cédula N° 5-0296-068, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito cuarto, cantón dos. Colinda: al norte, con Silvia Moreno Villegas; al sur, con Carmen Siria Fonseca Díaz y Nancy Villegas Fonseca; al este, con quebrada (río) y al oeste, con calle pública. Mide: mil setecientos cuarenta y dos metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de seis millones de colones. Que adquirió dicho inmueble posesión originaria, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cuido de terreno en general, corta de maleza, siembra de árboles maderables y frutales, en general los actos han sido destinados a la buena conservación de todo el terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Lady Arnáez Villegas, Luis Diego Arnáez Villegas, Rodolfo Emilio Arnáez Villegas. Expediente N° 20-000031-0390-CI-7.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Civil), 21 de abril del año 2020.—Laura del Carmen Rodríguez Chavarría, Jueza.—1 vez.—( IN2020453864 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000090-0388-CI, donde se promueve Información Posesoria por parte de Auria de los Ángeles Ríos Peralta, quien es mayor, soltera, vecina de Cartagena, Santa Cruz, Guanacaste, portador de la cédula número 0503120620, oficios domésticos, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito cuarto, cantón tercero. Colinda: al norte, con Mauren Fallas Ríos; al sur, con Mauren Fallas Ríos; al este, con Leda María Ríos Peralta y al oeste, con Mauren Fallas Ríos. Mide: cuatrocientos veintitrés metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir G-1958910-2017. No pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones exactos. Que adquirió dicho inmueble donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza de la maleza, rondas, construcción de cerca, recolección de basura. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Auria de los Ángeles Ríos Peralta. Expediente N° 20-000090-0388-CI-2.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 02 de abril del año 2020.—Lic. Carlos Esteban Sancho Araya, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2020453965 ).

Citaciones

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Ana Teresa Martínez Araya, a las ocho horas del dieciocho horas de abril del año dos mil veinte, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario número 04-2020-NO de quien en vida fuera Juan Rafael Martínez Ulloa, quien fue mayor, viudo una vez, agricultor, vecino de Cartago, Alvarado, Cervantes, doscientos metros al oeste del Restaurante La Posada de La Luna y con cédula número 3-0093-0551. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Edwin Eduardo Gómez Castillo, con oficina abierta en Cervantes de Cartago, 300 metros al oeste de la entrada a la Flor de Paraíso, Cartago. 18 de abril del año 2020. (Publicar 1 vez en el Boletín Judicial).—Lic.-Edwin Edo. Gómez Castillo, Abogado y Notario Público.—1 vez.—( IN2020453825 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Alfredo Senén de los Ángeles Loría Cordero, mayor, estado civil soltero, profesión u oficio técnico en electricidad, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0600670140, y vecino San José, La Uruca. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000107-0182-CI-2.—Juzgado Tercero Civil de San José, 25 de febrero del 2020.—Licda. Ivannia Jiménez Castro, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2020453833 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Alcides Rodrigo de Los Ángeles Acuña Fernández, mayor, casado, pensionado, costarricense, con documento de identidad 0300940965 y vecino Cartago, Barrio el Carmen. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 19-000578- 0640-CI-3.—Juzgado Civil de Cartago, 31 de marzo del 2020.—Marlen Solís Porras, Jueza.—1 vez.—( IN2020453845 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Agustín López Aguilar, mayor, estado civil casado, profesión u oficio Empresario, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0600750155 y vecino(a) de Moravia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 19-000909- 0180-CI-0.—Juzgado Primero Civil de San José, 14 de abril del año 2020.—Lic. Santiago Ugalde Castillo, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2020453846 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Sylvia Margarita Fernández Rohrmoser, quien en vida fue mayor de edad, casada en primeras nupcias, administradora, portadora de la cédula de identidad N° 1-0524-0178, para que dentro del plazo de quince (15) días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, lo cual podrán hacer ante la oficina del notario público José Pablo Arce Piñar, quien tiene oficina abierta en San José, San Rafael, Escazú, edificio EBC Centro Corporativo, octavo piso, oficinas de Sfera Legal, teléfono N° 2201-0000, fax: 2201-0001. Se apercibe a los que crean tener algún derecho en el proceso que si no se presentan se procederá como en derecho corresponde. Sucesión de Sylvia Margarita Fernández Rohrmoser en sede notarial. Expediente N° 0001-2020. Notaría del Lic. José Pablo Arce Piñar.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic. José Pablo Arce Piñar, Notario.—1 vez.—( IN2020453866 ).

Se hace saber que, en esta notaría, se tramita el Proceso Sucesorio de Gerardo Arturo Ulate Calderón, mayor, casado una vez, pensionado, cédula número cuatro-cien-cuatrocientos noventa y dos, vecino de Limón, Guápiles, Matina, calle treinta y dos. Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que creen tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de este plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 01-2020 FOZ. Santo Domingo de Heredia, de la Cruz Roja 100 metros este y 75 norte. Fax: 244-0323.—Lic. Fabián Ocampo Zamora, Notario.—1 vez.—( IN2020453877 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por José Manuel Gutiérrez Gutiérrez, a las diez horas quince minutos del veintiocho de abril del dos mil veinte y comprobado el fallecimiento esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Wolfgang (nombre) Engelhardt (apellido), único apellido por razón de su nacionalidad alemana, mayor, soltero, comerciante, pasaporte de su país número H tres nueve cero dos seis nueve nueve, con domicilio en Brixenweg cuatro, Hamburgo, Alemania. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Tobías Felipe Murillo Jiménez, San José, Sabana Norte, Edificio Torres del Parque, tercer piso, cien metros oeste del ICE, teléfono N° 4000-2333.—Lic. Tobías Felipe Murillo Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2020453881 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Carlos José Sevilla Pacheco, a las diecisiete horas del veintitrés de abril del dos mil veinte y comprobado el fallecimiento de María Antonieta Pacheco Vega, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licenciada Denia Pacheco Moreira, Palmares, Alajuela, cien metros oeste de la municipalidad, teléfono N° 2453-34-28.—Palmares, veinticinco de abril del dos mil veinte.—Licda. Denia Pacheco Moreira, Notaria.—1 vez.—( IN2020453891 ).

En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Alejandro Varela Vargas, mayor, casado, comerciante, con documento de identidad dos-ciento setenta y tres-trescientos cincuenta y tres, vecino de Pérez Zeledón, Platanares, Vista Mar, un kilómetro al este de la escuela del lugar, por haber fallecido en fecha seis de mayo del dos mil dieciocho. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente: 19-000098-0188-CI-0.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón), (Materia Civil), 22 de abril del 2020.—Msc. Norman Herrera Vargas, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2020453902 ).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Jorge Alberto Vega Montero, mayor, divorciado, oficial de seguridad, costarricense, con documento de identidad N° 04-0118-0425 y vecino de Barva de Heredia. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda, expediente Nº 18-000141-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 16 de julio del año 2018.—Lic. Alexánder Solano Pérez, Juez.—1 vez.—( IN2020453940 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Humberto Josué Ceciliano Navarro, mayor, casado, costarricense, con documento de identidad tres-cero trescientos ochenta y uno-cero quinientos noventa y tres y vecino de Pérez Zeledón. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 20-000022-0188-CI-3.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón (Materia Civil), 04 de marzo del 2020.—Licda Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—1 vez.—( IN2020453957 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Antonia Francisca Mairena Marchena. mayor, casada, ama de casa, con número de cédula de identidad cinco-cero cero cinco tres-cero seis seis nueve, siendo su último domicilio Guanacaste, Guayabo de Bagaces, en la finca Las Burras, propiedad de Mario Hernán Arrieta Ulate, doscientos metros al norte de la Dos Pinos, casa color marrón, quien falleció el día treinta de julio del dos mil tres. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente N° 20-000040-0386-CI-8.—Juzgado Civil y Trabajo Primer Circuito Judicial Guanacaste, Liberia (Materia Civil), 11 de marzo del año 2020.—Licenciado Harold Rojas Aguilar, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2020453959 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carlos Rodrigo de La Trinidad Granados de La O, mayor, costarricense, portador de la cédula de identidad N° 0700710676, divorciado una vez, empresario y vecino de Urbanización Alba María, Alajuela. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 20-000176-0638-CI-8.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 01 de abril del 2020.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—1 vez.—( IN2020453963 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Eugenia Díaz Díaz, mayor, soltera, costarricense, cédula de identidad N° 0501080875, y vecina de Abangares, Guanacaste. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días, contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 18-000092-0386-CI-0.—Juzgado Civil y Trabajo de Cañas (Materia Civil), 30 de mayo del año 2019.—Lic. Simón Bogantes Ledezma, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2020453967 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Adalice Alpízar Chaverri, mayor, divorciada, oficios domésticos, costarricense, con documento de identidad N° 0202190245, y vecina de Barrio El Campo, de la Panadería Hidalgo, cuatrocientos metros al norte. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000064-0297-CI-2.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 13 de marzo del 2020.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2020453994 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Juan Ramón de Jesús Muñoz Segura, mayor, estado civil casado, profesión u oficio agricultor, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0602090017 y vecino de Ciudad Quesada. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000062-0297-CI-3.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 04 de marzo del año 2020.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2020453995 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios e interesados en la sucesión de Marvin Rolando Brenes Retana, quien fue mayor, soltero, enfermero, cédula de identidad uno-setecientos veintiocho-cuatrocientos dos, vecino de San José, para que dentro de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan en las oficinas del notario David Solís Segura, ubicadas en el centro de esta ciudad, Barrio Antigua Cruz Roja cincuenta metros al sur del Lavacar El Brillante, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda.—San Isidro, Pérez Zeledón, 22 de abril de 2020.—Lic. David Solís Segura, Notario.—1 vez.—( IN2020453996 ).

Ante mi notaría pública el señor Gerardo Sánchez Esquivel, cédula: cuatro-uno cero uno-cero seis cinco, solicito abrir el proceso sucesorio vía notarial de la señora Juana del Carmen Sánchez Esquivel, cédula: cuatro-cero cuatro siete-nueve siete seis, bajo el expediente número: cero cero uno-dos mil veinte, el auto de apertura sucesoria intestada vía notarial se dictó el día treinta de marzo del dos mil veinte.—Heredia, veintisiete de abril del dos mil veinte.—Lic. Carlos R. Delgado Chaves, Notario.—1 vez.—( IN2020454060 ).

Ante esta notaría se tramita el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fuera Luis Guillermo Morales Fernández, cédula de identidad 2-0572-0659. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos.— Heredia.—Licda. Wendy Priscilla Marín Monge, Notaria.—1 vez.—( IN2020454065 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Gonzalo Martin Céspedes Arce, mayor, soltero, estado civil soltero/a, agricultor, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0203620400 y vecino de Alajuela, Atenas, Barrio Mercedes, El Plancillo, contiguo a Abastecedor San Martin. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 19-000700-0638-CI.—Juzgado Civil Primer Circuito Judicial Alajuela, 22 de octubre del 2019.—Lic. Andrés Arguedas Vargas, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2020454103 ).

Con treinta días de término, contados a partir de la fecha de publicación de este edicto, se cita y emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión de Xinia María Elena Arias Abarca, quien fuera mayor de edad, ama de casa, divorciada una vez, vecina de Ojo de Agua, Vuelta de Jorco, Aserrí, con cédula de identidad número 1-0528-0609, a efecto de que se apersonen a esta notaría y hagan valer sus derechos, en el entendido de que en caso de no verificarlo así, la herencia pasará a manos de quien corresponda. Oficina del Notario Público Mauricio Monge Monge. Vuelta de Jorco de Aserrí, contiguo estación de combustibles.—San José, 28 de abril 2020.—Lic. Mauricio Monge Monge, Notario Público.—1 vez.—( IN2020454105 ).

Se hace saber que, en mi notaría, se tramita el proceso sucesorio acumulado de: Vital Gamboa Quesada y María Quesada Hidalgo. Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir del día de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de este plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 2019-1. Notaría del Lic. Jafet Valverde Gamboa, Vuelta de Jorco de Aserrí, costado oeste de la Estación de Gasolina.—Veinte de abril del dos mil veinte.—Lic. Jafet Valverde Gamboa, Notario Público.—1 vez.—( IN2020454107 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Mariela López López, mayor, soltera, oficinista, costarricense, con documento de identidad 2-591-820 y vecina de San Antonio de Barranca de Naranjo. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 20-000066-0295-CI-5.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), 18 de marzo del 2020.—Licda. Wendy Gabriela Martínez Garbanzo, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020454028 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Leovigildo Cirilo Ángeles Ramírez Vindas, mayor, costarricense, soltero, agricultor, portador de la cédula de identidad N° 04-0057-0468 y vecino de Heredia, San Isidro, San Isidro, 200 metros norte y 250 metros oeste de la Iglesia Católica, específicamente en el Hogar de Ancianos Albernia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 20-000313-0504-CI-7.—Juzgado Civil de Heredia, 15 de abril del 2020.—Msc. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2020454053 ).

Notifíquese a los herederos legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en el Proceso Sucesorio de quien en vida fue Elizabeth Guzmán Barrientos, cédula N° 1-0412-1230, para que hagan valer sus derechos, por el plazo de 15 días, el cual se tramita en la notaría de Evelin Sandoval Sandoval en San Francisco de Dos Ríos, de la iglesia católica 400 metros este, 100 sur.—San José, 28 de abril del 2020.—Licda. Evelin Sandoval Sandoval, Notaria.—1 vez.—( IN2020454082 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Del Socorro Cubillo Rueda, mayor, estado civil soltera, profesión u oficio, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0500720740 y vecina de no indica. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000033-0388-CI-4.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 14 de febrero del 2020.—Lic. Carlos Esteban Sancho Araya, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2020454085 ).

Avisos

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela legítima de la persona menor Ansley Matías Morales Álvarez, por haber sido nombradas en testamento o ya por corresponderles de manera legítima, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto, expediente N° 20-000057-0673-NA. Proceso tutela legítima. Promovente: Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia, 02 de marzo del año 2020.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020453335 ). 3 v. 3.

Licenciado Brien Alonso Agüero Chaves, Juez del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor Iker Jhonaikel Solano, para que se apersonen en el plazo de treinta días, que se contarán a partir de última publicación del edicto ordenado, se hace saber que en demanda depósito judicial, bajo el expediente 20-000014-1152-FA, establecida por Meyling Solano Salas, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica. A las trece horas cuarenta y ocho minutos del veintiocho de febrero del dos mil veinte. Lic. Brian Alonso Agüero Chaves, Juez.— Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Lic. Brian Alonso Agüero Chaves, Juez.— O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020453807 ).                                                                         3 v. 1.

Licda. Yendry Gutiérrez Bermúdez, Jueza del Juzgado de Familia y Trabajo de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, hace saber a Che Yu Lai, quien es mayor, casado, taiwanés, portador del pasaporte P133673209, que en este despacho se interpuso proceso de divorcio en su contra, bajo el expediente número 19-000565-1534-FA, cuya pretensión es que se disuelva el vínculo matrimonial que lo une con Lineth Moscoa Villegas. Expediente 19-000565-1534-FA.—Juzgado de Familia y Trabajo de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, 11 de marzo del 2020.—Licda. Yendry Gutiérrez Bermúdez, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2020-JA.—( IN2020453772 ).

Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Evelyn Cristina Rojas Hidalgo, en su carácter personal, quien es mayor, casada una vez, operaria, cédula 0113360515, de más calidades y paradero desconocido, se le hace saber que en demanda divorcio, establecida por Glen José Hernández Bermúdez contra Evelyn Cristina Rojas Hidalgo, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las dieciséis horas y ocho minutos del cinco de febrero de dos mil veinte. De la anterior demanda abreviada de divorcio establecida por el accionante Glen José Hernández Bermúdez, se confiere traslado a la accionada Evelyn Cristina Rojas Hidalgo por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales de este circuito. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Así mismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Número 19-000627-0292-FA, divorcio, de Glen José Hernández Bermúdez contra Evelyn Cristina Rojas Hidalgo.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Licda. Eugenia María Bolaños Rodríguez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020453795 ).

Se hace saber, que este despacho se tramita bajo el número único 19-001277-0637- FA que es un proceso de divorcio promovido por Rosa Montero Cascante, cédula N° 1-1164-0642 contra Domingo Marcelo Otero Rayo, pasaporte C0766120, se ha dictado a las trece horas y treinta y uno minutos del veinte de abril de dos mil veinte la sentencia número 2020000494, que literalmente dice en su parte dispositiva: “Por tanto: se declara disuelto el vínculo matrimonial que une a la señora Rosa Aileen Montero Cascante con el señor Domingo Marcelino Otero Rayo. Se otorga los atributos de la guarda de la persona menor de edad Dalia Valentina Otero Montero en la persona de su madre la señora Rosa Aileen Montero Cascante. Los demás atributos de la autoridad parental seguirán siendo compartidos por ambos progenitores. Ninguna de ellas mantendrá el derecho de solicitarse pensión alimentaria entre . En abstracto se declara el derecho de las partes a participar a título de bienes gananciales, en el cincuenta por ciento del valor neto de los bienes que hayan adquirido con ese carácter dentro de la relación matrimonial, aspecto el cual deberá ser liquidado en la vía de ejecución de sentencia. Se resuelve el presente asunto sin especial condenatoria en costas. Una vez firme la presente sentencia, inscríbase mediante ejecutoria en el Registro Civil, sección de matrimonios de la provincia de San José, bajo las citas 1-0522-269-0538.—Juzgado de Familia de Desamparados, 24/04/2020.—Lic. Esteban Guzmán González, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2020.—( IN2020453796 ).

Se hace saber, que este despacho se tramita bajo el número único 19-000349-0637-FA que es un proceso de Suspensión de Patria Potestad promovido por Keneth de Jesús Solano Castro cédula de 3-0317-0260 contra Sharon Marcel Castro Brenes, cédula 1-1019-0665, se ha dictado a las ocho horas treinta minutos del tres de abril del dos mil veinte la sentencia número 2020000461 que literalmente dice en su parte dispositiva: “Por tanto: Se suspende a la señora Sharon Marcel Castro Brenes en el ejercicio de la autoridad parental de su hijo Kenneth Fabricio Solano Castro por el plazo de tres años. Se resuelve el presente asunto sin especial condenatoria en costas. Una vez firme la presente resolución, inscríbase mediante ejecutoria en el Registro Civil, sección de nacimientos de la provincia de San José, bajo las citas 1-1914- 0254-0507.—Juzgado de Familia de Desamparados, 24/04/2020.—Lic. Esteban Guzmán González, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2020.—( IN2020453797 ).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor Devora Patricia Ramírez Bonilla, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 19-001870-0364-FA. Clase de Asunto depósito judicial.— Juzgado de Familia de Heredia, a las diez horas y treinta y seis minutos del catorce de abril de dos mil veinte. 14 de abril del año 2020.—Lic. Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020453803 ).

Leonardo Loría Alvarado. Juez de Familia de Heredia, hace saber: Que en el expediente número 19-002537-0364-FA, que es proceso declaratoria judicial de abandono establecido Ericka Arias Muñoz, mayor, casada, enfermera, vecina de Heredia, cédula de identidad número 4 0166 0485 a favor de la persona menor de edad Santiago Guzmán Rodríguez en contra de Francinie Rodríguez Villegas, mayor, dependiente, cédula de identidad número 5 0464 0124 y demás calidades desconocidas, a quien se le ordenó notificar a este último el contenido de las siguientes resoluciones en lo literal: Juzgado de Familia de Heredia. A las quince horas y cincuenta y cinco minutos del diecisiete de diciembre de dos mil diecinueve. Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono de la persona menor Santiago Guzmán Rodríguez, planteado por Ericka De Los Ángeles Arias Muñoz contra Francinie Rodríguez Villegas, a quién se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII Circular 169- 2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Se informa a la parte demandada que si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos, los cuales son los siguientes: De la Universidad de Costa Rica, Facultad de Derecho en San Pedro, San José, y se atiende de Lunes a viernes de 08:00am a 12:md y Lunes, miércoles y viernes de 13:30pm a 19:30pm, Universidad Latina, Sede de Heredia Oficina Ubicada en la Municipalidad de Heredia, horario de atención: Lunes a viernes 08:00am a 12:00md, teléfono: 2776715, Universidad Libre de Derecho, Horario de atención: Lunes a viernes:13:30pm a 16:30pm teléfono: 22835533. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Así como en la Defensa Pública Pisav-San Joaquín de Flores de Heredia, competencia únicamente vecinos de Flores, Belén y Santa Barbara de Heredia, Teléfono: 22655640. Y en la Defensa Publica de Heredia. Teléfono 25600659 - Siendo que la Ley Nº 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art.58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: Fax, Correo Electrónico, Casillero y Estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art.36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art.34). Así las cosas, se le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 o 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. De conformidad con la Circular N° 122-2014, Sesión del Consejo Superior N°41-14, celebrada el 6 de mayo del 2014, artículo XLIII, se le previene a la parte actora indicar la dirección exacta donde se pueda localizar, tanto de la dirección de la vivienda como el lugar de trabajo, horario de trabajo, correo electrónico si lo posee, números telefónicos. Asimismo, el nombre de algún familiar o vecino a través del cual pueda lograrse el contacto con las partes. Parte interviniente: Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia, en que dicha institución aportó a este Despacho el casillero 113 de los Tribunales de Heredia como medio para recibir notificaciones, de conformidad con lo que estipula el artículo 37 de la nueva Ley de Notificaciones Judiciales. PERICIAL: Por la naturaleza del presente asunto, se le requiere al Patronato Nacional de la Infancia un estudio psicosocial donde deberá: 1-Identificar condiciones psicológicas relevantes de la figura materna y/o paterna que constituyan probables condiciones de riesgo y/o limitaciones para el desempeño parental y vinculación con sus hijos(as) menores de edad, según las características psicológicas, de las etapas de desarrollo y contextuales de estos(as) últimos(as). 2-Determinar las características del estado psicológico de la(s) persona(s) menor(es) de edad en función de las condiciones personales, parentales y familiares a las que ha(n) sido expuesta(s) 3- Caracterizar el vínculo entre las figuras parentales y las personas menores de edad considerando las condiciones familiares investigadas. Para dicho informe cuenta dicho ente con el plazo de dos meses bajo apercibimiento de que en caso de omisión se comunicará lo pertinente a la Presidencia Ejecutiva de dicha institución. Expídase el oficio de interés quedando el mismo en el despacho para su retiro y diligenciamiento por parte de la actora. prevención: Dentro del plazo de tres días deberá la parte actora apersonar al presente asunto al padre registral de la persona menor de edad, bajo apercibimiento de que en caso de omisión el proceso no podrá avanzar. Notificaciones: Notifíquese esta resolución a las personas demandadas, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Contando este despacho con la plataforma de acceso a la consulta cedular de la parte demandada se ordena notificar a la misma en la dirección. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Tercer Circuito Judicial San José. Previo a expedir dicha comisión deberá la parte actora dentro del plazo de tres días, aportar copia de la totalidad del expediente, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, no se atenderán sus futuras gestiones. Se le hace saber a la parte promovente que dichas copias deberán ser presentadas exclusivamente en la Secretaría del despacho, para lo cual se le entregará el comprobante respectivo. Notifíquese. Leonardo Loría Alvarado. Juez **** Juzgado de Familia de Heredia. A las dieciocho horas y veintiséis minutos del veintitrés de abril de dos mil veinte. Nombramiento de curador: A efectos de proceder con el nombramiento de curador procesal a la demandada deberá el actor cumplir con los siguientes documentos: 1-aporte certificación del Registro de Personas en el que se informe si el demandado ausente cuenta con apoderado inscrito en el país, 2-así como Certificación de Movimientos Migratorios del demandado expedida por la Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Seguridad Pública. Honorarios de Curador Procesal: De conformidad con el artículo 262 del Código Procesal Civil y el Arancel de honorarios por servicios profesionales de abogacía y notariado (Honorarios de Abogados, Abogadas y Notarios) N° 39078-JP vigente a partir del 13 de agosto de 2015, los honorarios corresponden a la suma de noventa y seis mil cincuenta colones mil colones (¢96.050), que es el monto fijado en este despacho para tales efectos e incluye el rubro por concepto del impuesto del valor agregado. Tales honorarios deberán ser depositados en la cuenta judicial del Banco de Costa Rica número 1900253700364-6 citación de parte actora y testigos: Se previene a la parte promovente que en el plazo de una semana deberá presentarse su persona en compañía de dos testigos, para que bajo juramento, respondan las preguntas que se le formularán para determinar la procedencia del nombramiento del curador procesal del demandado, bajo apercibimiento de que si no comparece, el proceso no podrá avanzar. Se advierte a las partes que deben comunicar al Despacho en el plazo de 48 horas a partir de esta comunicación, si la promovente o testigos poseen alguna de las condiciones de riesgo indicadas por el Ministerio de Salud para el CCVID 19 o alguno de los Síntomas propios del virus, que hagan imposible su asistencia a dicha diligencia Podrán comunicar lo pertinente por escrito regular o al correo electrónico jfamiliahda@poder-judicial.go.cr. Igual se advierte que de percatarse el personal o el juez o jueza de que alguno presenta los síntomas compatibles con el COVID 19, la diligencia no se podrá llevar a cabo.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 262 el Código Procesal Civil, a fin de proceder a nombrarle curador procesal a la demandada se resuelve: Se ordena expedir y publicar el edicto electrónicamente al que se refiere el artículo 263 del Código Procesal Civil, el cual será enviado por este despacho a la Imprenta Nacional. En otro orden de ideas, se reserva el informe presentado por el Patronato Nacional de la Infancia en fecha diecisiete de abril del dos mil veinte, para ser puesto en conocimiento una vez que se resuelva lo relativo al nombramiento del curador procesal. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Heredia.—Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020453806 ).

Leonardo Loría Alvarado, hace saber: Que en el expediente número 20-000077-0364-FA, que es proceso modificación de guarda, crianza y educación establecido por Gerald Bolívar Madriz, mayor, soltero, oficial de seguridad, vecino de Heredia, cédula N° 02-0716-0137, en contra de Julissa Fonseca Alvarado, mayor, cédula de identidad N° 1-1620-0187, y demás calidades desconocidas, a quien se le ordenó notificar a este último el contenido de las siguientes resoluciones en lo literal: Juzgado de Familia de Heredia, a las nueve horas y tres minutos del treinta y uno de enero del dos mil veinte. De la anterior demanda abreviada establecida por el accionante Gerald Ariel Bolívar Madriz, se confiere traslado a la accionada Julissa Dayanna Fonseca Alvarado por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 02 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión N° 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. Se informa a la parte demandada que si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos, los cuales son los siguientes: De la Universidad de Costa Rica, Facultad de Derecho en San Pedro, San José, y se atiende de lunes a viernes de 08:00 a. m. a 12:00 m. d., y lunes, miércoles y viernes de 13:30 p. m. a 19:30 p. m., Universidad Latina, Sede de Heredia Oficina ubicada en la Municipalidad de Heredia, horario de atención: lunes a viernes 08:00 a. m. a 12:00 m. d., teléfono: 2776715, Universidad Libre de Derecho, Horario de atención: lunes a viernes: 13:30 p. m. a 16:30 p. m., teléfono: 2283-5533. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Así como en la Defensa Pública Pisav-San Joaquín de Flores de Heredia, competencia únicamente vecinos de Flores, Belén y Santa Bárbara de Heredia, teléfono: 2265-5640. Y en la Defensa Pública de Heredia. Teléfono: 2560-0659. Siendo que la Ley N° 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero del 2009 y que entrara en vigencia el 28 de febrero del 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art. 58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: Fax, correo electrónico, casillero y estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art. 36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art. 34). Así las cosas, se le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos: 2295-3386 o 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. De conformidad con la Circular N° 122-2014, Sesión del Consejo Superior N° 41-14, celebrada el 06 de mayo del 2014, artículo XLIII, se le previene a la parte actora indicar la dirección exacta donde se pueda localizar, tanto de la dirección de la vivienda como el lugar de trabajo, horario de trabajo, correo electrónico si lo posee, números telefónicos. Asimismo, el nombre de algún familiar o vecino a través del cual pueda lograrse el contacto con las partes. Parte interviniente: Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia, en que dicha institución aportó a este Despacho el casillero 403 de los Tribunales de Heredia como único medio para recibir notificaciones, de conformidad con lo que estipula el artículo 37 de la nueva Ley de Notificaciones Judiciales. Medida cautelar: Solicita el promovente que la se modifique la guarda provisional de la persona menor de edad en cuestión provisionalmente en su persona. Ahora bien, tomando en consideración la información brindada por la parte actora y ante los aparentes factores de riesgo y vulnerabilidad de Jacob Daniel al lado de su madre, y con el fin de otorgar la debida protección al niño atendiendo a su mejor interés, en pro de su estabilidad física y emocional, se concede la guarda provisional de Jacob Daniel Bolívar Fonseca a su padre hasta la finalización del presente asunto. Se le hace saber a las partes que lo aquí resuelto es de carácter precautorio y no constituye ningún adelanto de criterio, pudiendo ser variado lo aquí resuelto de encontrarse elementos probatorios que así lo ameriten durante la tramitación del presente asunto o en el dictado de la sentencia. Eso , se le advierte a la parte actora que debe cuidar de forma amorosa y responsable a su hijo, sobre todo luego de su jornada laboral, dado que el niño no es responsabilidad directa de la abuela paterna y él debe asumir de forma atenta y comprometida su rol de progenitor, dado que el menor de edad requiere amor, tiempo de calidad, respeto y paciencia, entre otros. Valoración psicosocial: En virtud de la medida cautelar supra resuelta, considera prudente esta autoridad realizar una valoración psicosocial a las partes por medio del departamento de Trabajo Social y Psicología de estos tribunales, a efectos de determinar: Pericia psicológica: A- Identificar en personas que ejercen roles parentales de hijos menores de edad, las habilidades personales y familiares con relación al ejercicio adecuado de los mismos, de acuerdo a las características psicológicas y sociales de las personas menores de edad, considerando tanto las debilidades como las fortalezas, así como el ajuste psicológico que permita brindarlas atenciones necesarias a los hijos e hijas involucrados/as (físicas ,sociales ,emocionales e intelectuales en el presente y en el futuro inmediato), así como la calidad del vínculo establecido entre los mismos. B- Determinar las características del estado psicológico de la(s) persona(s) menor(es) de edad que permita conocer sus intereses, necesidades (académicas, de salud), habilidades y/o necesidades (sociales, afectivas, cognitivas, interpersonales), así como el vínculo y apego que él ha mantenido con cada uno de los progenitores; garantizando así el interés superior del niño o niña. Pericia social: A- Identificar destrezas y habilidades sociales para el cumplimiento de los deberes y obligaciones parentales, según los requerimientos legales y sociales. B- Identificar indicadores de estabilidad o inestabilidad en el ámbito personal, familiar, social (económico, laboral, habitacional) que influyan o vulnerabilicen el ejercido parental. C- Identificar factores sociales de riesgo, tales como alcoholismo, drogas, violencia doméstica / intrafamiliar, antecedentes psiquiátricos o judiciales que vulnerabilicen el ejercicio parental. D- Caracterizar e vínculo entre las partes demandadas y las personas menores de edad, en el contexto de la investigación realizada. Expídase la comunicación electrónica de interés. Notificaciones: Notifíquese esta resolución a las personas demandadas, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Siendo que este despacho realizó la consulta en la plataforma electrónica del Tribunal Supremo de elecciones donde aparece una dirección para notificar a la demandada, se ordena expedir la respectiva comisión por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Alajuela. Previo a expedir dicha comisión deberá la parte actora dentro del plazo de tres días, aportar copia de la totalidad del expediente, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, no se atenderán sus futuras gestiones. Se le hace saber a la parte promovente que dichas copias deberán ser presentadas exclusivamente en la Secretaría del despacho, para lo cual se le entregará el comprobante respectivo. Notifíquese. Leonardo Loría Alvarado, Juez.—Juzgado de Familia de Heredia, a las diecinueve horas y quince minutos del veintitrés de abril del dos mil veinte. Nombramiento de curador: A efectos de proceder con el nombramiento de curador procesal a la demandada deberá el actor cumplir con los siguientes documentos: 1- Aporte certificación del Registro de Personas en el que se informe si el demandado ausente cuenta con apoderado inscrito en el país, 2- Así como Certificación de Movimientos Migratorios del demandado expedida por la Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Seguridad Pública. Honorarios de Curador Procesal: De conformidad con el artículo 262 del Código Procesal Civil y el Arancel de honorarios por servicios profesionales de abogacía y notariado (Honorarios de abogados, abogadas y notarios) N° 39078-JP vigente a partir del 13 de agosto del 2015, los honorarios corresponden a la suma de noventa y seis mil cincuenta colones (¢96.050), que es el monto fijado en este despacho para tales efectos y el cual contempla el rubro del impuesto del valor agregado. Tales honorarios deberán ser depositados en la cuenta judicial del Banco de Costa Rica número 200000770364-0. Citación de parte actora y testigos: Se previene a la parte promovente que en el plazo de una semana deberá presentarse su persona en compañía de dos testigos, para que, bajo juramento, respondan las preguntas que se le formularán para determinar la procedencia del nombramiento del curador procesal del demandado, bajo apercibimiento de que, si no comparece, el proceso no podrá avanzar. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 262 el Código Procesal Civil, a fin de proceder a nombrarle curador procesal a la demandada, se resuelve: Se ordena expedir y publicar el edicto electrónicamente al que se refiere el artículo 263 del Código Procesal Civil, el cual será enviado por este despacho a la Imprenta Nacional. En otro orden de ideas, por el plazo de tres días se ponen en conocimiento las citas otorgadas por el Departamento de Trabajo Social y Psicología de éstos tribunales a efectos de realizar las pericias ordenadas en autos: “(...) Se comunica cita de Gerald Bolívar Madriz y Jacob Bolívar Fonseca para el 25 de junio del 2020, a las 08:00 a. m., y Julissa Fonseca Alvarado para el 30 de junio del 2020, a las 08:00 a. m., esto debido a la valoración psicosocial solicitada por el Juzgado de Familia de Heredia, la cita será con la Trabajadora Social Lizzeth Cruz Torrez y la Psicóloga Guisselle Sánchez Sánchez en Trabajo Social y Psicología de Heredia. (...)” Para más información podrán las partes comunicarse al teléfono: 2238-2626. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Heredia.—Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020453842 ).

Msc Cynthia Rodríguez Murillo. Jueza de Familia de Heredia, hace  saber: Que en el expediente número 20-000182-0364-FA, que es proceso divorcio establecido por Mónica Lilliana Gutiérrez Torres, mayor, colombiana, casada una vez, comerciante, vecina de Heredia, cédula de residencia 117000082113 en contra de Cristian Eduardo Segura Barquero, mayor, casado una vez, cédula de identidad número 1 0769 0722 y demás calidades desconocidas, a quien se le ordenó notificar a este último  el contenido de las siguientes resoluciones en lo literal: Juzgado de Familia de Heredia.  A las dieciséis horas y cuarenta y seis minutos del veinticuatro de abril de dos mil veinte.-  De la anterior demanda abreviada establecida por el accionante Mónica Liliana Gutiérrez Torres, se confiere traslado a la Accionado Cristian Eduardo Segura Barquero por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En a la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno.  Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 1692008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se informa a la parte demandada que si por  el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos, los cuales son los siguientes: De la Universidad de Costa Rica, Facultad de Derecho en San Pedro, San José, y se atiende de Lunes a viernes de 08:00am a 12:md y Lunes, miércoles y viernes de 13:30pm a 19:30pm, Universidad Latina, Sede de Heredia Oficina Ubicada en la Municipalidad de Heredia, horario de atención: Lunes a viernes 08:00am a 12:00md, teléfono: 2776715, Universidad Libre de Derecho, Horario de atención: Lunes a viernes:13:30pm a 16:30pm teléfono: 22835533. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Así como en la Defensa Publica Pisav-San Joaquín de Flores de Heredia, competencia únicamente vecinos de Flores, Belén y Santa Barbara de Heredia, Teléfono: 22655640. Y en la Defensa Publica de Heredia. Teléfono 25600659. Siendo que la Ley 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art.58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: Fax, Correo Electrónico, Casillero y Estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art.36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art.34). Así las cosas, se le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 ó 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar ó enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. De conformidad con la Circular 122-2014, Sesión del Consejo Superior N°41-14, celebrada el 6 de mayo del 2014, artículo XLIII, se le previene a la parte actora indicar la dirección exacta donde se pueda localizar, tanto de la dirección de la vivienda como el lugar de trabajo, horario de trabajo, correo electrónico si lo posee, números telefónicos. Asimismo, el nombre de algún familiar o vecino a través del cual pueda lograrse el contacto con las partes. nombramiento de curador: A efectos de proceder con el nombramiento de curador procesal a la demandada deberá el actor cumplir con los siguientes documentos:  1- aporte certificación del Registro de Personas en el que se informe si el demandado ausente cuenta con apoderado inscrito en el país, 2- así como Certificación de Movimientos Migratorios del demandado expedida por la Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Seguridad Pública.-   Honorarios de curador procesal: De conformidad con el artículo 262 del Código Procesal Civil y el Arancel de honorarios por servicios profesionales de abogacía y notariado (Honorarios de Abogados, Abogadas y Notarios) 39078-JP vigente a partir del 13 de agosto de 2015, los honorarios corresponden a la suma de noventa y seis  mil cincuenta colones (¢96.050), que es el monto fijado en este despacho para tales efectos, el cual incluye el rubro correspondiente por el impuesto del valor agregado. Tales honorarios deberán ser depositados en la cuenta judicial del Banco de Costa Rica número 2000018200364-3.  Citación de parte actora y testigos: Se previene a la parte promovente que en el plazo de una semana deberá presentarse su persona en compañía de dos testigos, para que bajo juramento, respondan las preguntas que se le formularán para determinar la procedencia del nombramiento del curador procesal del demandado, bajo apercibimiento de que si no comparece, el proceso no podrá avanzar. No obstante, se le hace ver a la parte que si presenta alguna de las condiciones de riesgo indicadas por el Ministerio de Salud respecto al Covid 19 -que le impida cumplir con lo aquí prevenido- deberá hacerlo saber a efectos de ampliar el plazo concedido. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 262 el Código Procesal Civil, a fin de proceder a nombrarle curador procesal a la demandada se resuelve:  Se ordena expedir y publicar el edicto electrónicamente al que se refiere el artículo 263 del Código Procesal Civil, el cual será enviado por este despacho a la Imprenta Nacional.  Notifíquese.—Juzgado de Familia de Heredia.—Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1 vez.—O.C 364-12-2020.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2020453850 ).

Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia Familia). Expediente N° 20-000287-0687-FA. A las nueve horas y cincuenta y tres minutos del veinticuatro de abril de dos mil veinte. Se tienen por establecidas las presentes diligencias de depósito judicial de la persona menor de edad Daniel Josué Otaño Jiménez que presenta el Patronato Nacional de La Infancia, representado por la Licenciada Carmen Lidia Durán Víquez, a las que se da curso por la vía no contenciosa por el plazo de tres días a los padres de la citada persona menor de edad los señores Yusniel Otaño Hernández y Carol Andrea Jiménez Espinoza. Desconociéndose el paradero actual del padre de la persona menor de edad interesada, notifíquesele esta resolución mediante un edicto que se publicará en el Boletín Judicial. (Artículos 161 del Código de Familia; 819 inciso 1º del Código Procesal Civil). Comuníquese. Expediente N° 20-000287-0687-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia Familia).Licda. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2020.—( IN2020453868 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Jaime Gamboa Méndez, mayor, sexo femenino, casada una vez, oficios domésticos, documento de identidad N° 1-1062-0989, vecina de Buenos Aires, Rey Curré de Boruca, costado este de la plaza de deportes, en el cual pretende cambiarse el nombre a Jeimy mismos apellidos. Se concede el plazo de quince días a cualquier persona interesada para que se presenten al proceso a hacer valer sus derechos. Artículo 55 del Código Civil. Expediente N° 20-000001-1046-CI.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia Civil), 28 de abril del 2020.—Licda. Edith Brenes Quesada, Jueza.—1 vez.—( IN2020453997 ).

Se hace saber expediente N° 20-000088-1420-FA, depósito judicial (1). Actor: PANI. Demandados: Teófilo Salinas Aguilar y Daysi Palacios García. Juzgado de Familia de Osa, a las 17:28 horas del 24 de abril del 2020. Curso: de toda la prueba y del presente proceso de depósito judicial, se confiere audiencia por 3 días, a los padres: Teófilo Salinas Aguilar y Daysi Palacios García. Medio: se les previene a todas las partes e interesados que en su primer escrito que presenten tienen que señalar únicamente medio (preferiblemente correo electrónico autorizado), para atender sus futuras notificaciones. De no hacerlo o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, incluido que no esté autorizado todas las resoluciones posteriores se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictadas. Depósito: se nombra depositaria judicial de las menores: 1) Gloriana Salinas Palacios y 2) Rosa Palacios García, a Juanita García García, quien dentro de 3 días tiene que venir al juzgado para aceptar el cargo. Debe el Pani que coordinar con la depositaria para la citada aceptación. Notificaciones: madre: Ocj Osa. Edicto: por encontrarnos en un proceso no contencioso y conforme lo indica la parte actora, por no tenerse conocimiento del domicilio del padre, notifíquesele por edicto en el Boletín Judicial. Prevención: previo a expedir la comisión dentro de 3 días aporte, la parte actora, 1 juego de copias físicas de todo este el expediente electrónico. En caso de omisión, pasará el asunto a la casilla de abandonados. Asimismo, de pasar 3 meses sin aportar la documentación, se dará por terminado el proceso. Pues el incumplimiento reiterado de lo requerido, empero a su expresa corrección, impide continuar la causa y lo degenera en una gestión improcedente. Artículos 4, 97, 136 y 144 Código Procesal Civil (7130). Aviso: se les informa a todas las partes e interesados que este proceso es electrónico. Es decir, no existe a nivel físico o material, sino que todo su respaldo es virtual. Es todo.—Juzgado de Familia de Osa, 24 de abril del 2020.—Lic. Mario Alberto Barth Jiménez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020454100 ).

Licenciada Tania Morera Solano, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), a Addhain Padraig Mac Nally, en su carácter de demandado, quien es mayor, domicilio desconocido, cédula P5134880, se le hace saber que en demanda autorización salida país, que se tramita bajo expediente Nº 19-000742-1303-FA, establecido por Carmen María Chacón Meneses contra Addhain Padraig Mac Nally, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón). A las dieciséis horas y cinco minutos del trece de abril de dos mil veinte. I.—Del anterior proceso sumarísimo de autorización de salida del país, establecido por Carmen María Chacón Meneses, se confiere traslado por el plazo perentorio de cinco días a Addhain Padraig Mac Nally (art. 433 del Código Procesal Civil). Se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Dentro de este mismo plazo podrá oponer excepciones previas y ofrecer la prueba que considere pertinente. Por existir una persona menor de edad involucrada en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones de este circuito. II.—Notifíquese esta resolución a la parte demandada, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en domicilio electoral. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. M.Sc. Tania Morera Solano, Jueza. Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón). A las once horas y siete minutos del veintiuno de febrero de dos mil veinte. Habiéndose acreditado en autos el paradero desconocido del accionado Addhain Padraig Mac Nally, se nombra como su curadora procesal a la licenciada Marjorie de la Trinidad Vega Mora; a quien se le previene que en caso de anuencia deberá comparecer a este Despacho dentro del plazo de cinco días para aceptar el cargo conferido. Si no comparece, se entenderá que no lo acepta y se nombrará otro en su lugar. Asimismo se le previene que en caso de no hacerlo al momento de aceptar el cargo, deberá en el primer escrito que presente señalar medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión Nº 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 1692008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Notifíquese a la parte demandada; la presente demanda, por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional; para los efectos del artículo 263 del Código Procesal Civil. Inclúyase en el mismo los datos que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se haga la publicación. Expídase y publíquese por una única vez.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón).—M.Sc. Tania Morera Solano, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020454129 ).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil de Abel Andrés Mora Marín, mayor, de 39 años de edad, soltero, de oficio construcción de nacionalidad Costarricense, nacido el 15 de mayo de 1980, vecino de Loma linda del Estero de Puriscal, frente a la pulpería Ureña, 300 metros al sur, casa color roja, cédula de identidad número1-1068-740, teléfono 8684-68-54 hijo de Abel Mora Cordero y Blanca Nieves Marín Solís, ambos de nacionalidad costarricense, y Marlen Noemi Giménez Aguilera, mayor, soltera, de 38 años de edad, ama de casa, de nacionalidad Nicaragüense, nacido el 30-05-1981, vecino de Loma linda del Estero de Puriscal, frente a la pulpería Ureña, 300 metros al sur, casa color roja , cédula de residencia número 155808899924 teléfono 7216-01-36, hija de José Alfredo Jiménez Mejía y Maura Rosa Aguilera Jirón, nicaragüenses, han comparecido ante este Juzgado, solicitando contraer matrimonio civil. Si alguna persona conoce impedimento para que se realice este matrimonio deberá hacerlo saber a este Despacho, dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 20-000066-1530-FA.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia Puriscal (Materia Familia), 09 de marzo del año 2020.—Licda. Milena Peñas Salas, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020453841 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Luis Gustavo Montoya Pérez, mayor, soltero, operario de construcción, cédula de identidad número seis-cuatrocientos diez-quinientos diecinueve, vecino de Valle Azul de Agua Buena, Coto Brus, hijo de Miriam Montoya Pérez, nacido en San Vito, Coto Brus, Puntarenas, el 17/07/1993, con 26 años de edad, y Karina Gamaso Beita, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número uno-mil quinientos setenta y dos-setecientos uno, vecina de misma dirección anterior, hija de Carmen Gamaso Beita, nacida en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, San José, el 18/05/1994, actualmente con 25 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 20-000139-1304-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Familia), Corredores, Ciudad Neily, 21 de abril del año 2020.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020453847 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Pablo José Barrantes Castro, mayor, soltero, misionero, cédula de identidad número 0206910900, vecino de Alajuela, San Carlos, Florencia, Quebrada Azul, 300 norte del Ingenio, hijo de Marvin Barrantes Madrigal y Jeanneth Castro Quesada, nacido en Quesada, San Carlos, Alajuela, el 05/10/1991, con 28 años de edad, y Ana Georginela Marín Alvarado, mayor, soltera, misionera, cédula de identidad número 0207920988, vecina de Alajuela, San Ramón, San Lorenzo, Los Criques, 800 metros oeste del EBAIS, hija de Gerardo Marín Murillo y Ana Yorleni Alvarado Retana, nacida en Quesada, San Carlos, Alajuela, el 28/05/1999, actualmente con 20 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 20-000170-0688-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Familia), 24 de abril del año 2020.—Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020453849 ).

Edictos en lo Penal

TERCERA PUBLICACIÓN

Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, al ser las nueve horas con dos minutos del veintidós de abril del dos mil veinte. Tal y como se desprende del legajo de acción civil resarcitoria que se invitó a constituirse como parte en el proceso a Omar Jesús Esquivel Cordero, cédula 0701180404, ubicable en Limón, Río Blanco, Barrio Limón 2000 y siendo que no ha sido localizado en la dirección indicada, tal y como consta en la respuesta de citación recibida, ante tales circunstancias y a efectos de poder continuar con las presentes diligencias se ordena comunicar por medio de edicto el traslado de la acción civil resarcitoria al tercer civilmente responsable planteada por el actor civil Álvaro Ramón Artavia Artavia, mismo debe publicarse por una vez en el Boletín Judicial, la resolución que en lo conducente dice así: Se da traslado de la acción civil resarcitoria causa establecida por Álvaro Ramón Artavia Artavia por el delito de agresión con armas, contra Omar Jesús Esquivel Cordero para que dentro del término de cinco días se pronuncie sobre la participación del actor civil y oponga las excepciones que correspondan. Por estar ordenado en la sumaria 18-002188-0063-PE, por el delito de Agresión con Armas , en contra de Omar Jesus Esquivel Cordero en perjuicio de Álvaro Ramón Artavia Artavia. Comuníquese.—Fiscalía Adjunta Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Lic. Gilberto Lobo Rodriguez, Fiscal Auxiliar, Ministerio Público de Limón—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020453486 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Msc. Pilar Espinach Rueda, Jueza de Trámite del Tribunal de Juicio del Primer Circuito Judicial de Alajuela; hace saber: Que en este Despacho se tramita el expediente número 09-001832-0057-PE donde se dictó la resolución que literalmente dice: Se ordena la devolución del vehículo.—Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las trece horas con treinta minutos del diecinueve de enero del dos mil dieciocho. Causa N° 09-001832-0057-PE, seguida contra Wilber Jiménez Olivarez, por el delito de Conducción Temeraria, en perjuicio de la Seguridad Común. Firme el Sobreseimiento Definitivo, se ordena la devolución definitiva del vehículo marca: Toyota, estilo: Corolla, motor número: 4K5102628, placa número: 021975. Transcurridos los tres meses sin que se gestione su devolución, se ordena que el mismo sea destruido. Publíquese el edicto por única vez. Notifíquese. Jazmín Rodríguez Hernández, Jueza. Lo anterior se ordena así en la causa N° 09-001832-0057-PE. Seguida contra Wilber Jiménez Olivarez por el delito de Conducción Temeraria en perjuicio de la Seguridad Común.—Tribunal de Juicio del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de octubre del 2018.—Msc. Pilar Espinach Rueda, Jueza de Trámite.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020453744 ).

Se ordena notificar por edicto Acción Civil Resarcitoria. Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, al ser las dieciséis horas con quince minutos del veintiséis de febrero del dos mil veinte. Tal y como se desprende del legajo de Acción Civil Resarcitoria que se invitó a constituirse como parte en el proceso a Víctor Emilio Herrera Arauz, cédula de identidad número 1-0623-0066 ubicable en San José, seiscientos metros al este de la plaza de deportes de La Uruca y siendo que no ha sido localizado en la dirección indicada, tal y como consta en la respuesta de citación recibida, ante tales circunstancias y a efectos de poder continuar con las presentes diligencias se ordena comunicar por medio de edicto el traslado de la acción civil resarcitoria al tercer civilmente responsable planteada por el actor civil Daniel Gerardo Mejías Vega, mismo debe publicarse por una vez en el Boletín Judicial, la resolución que en lo conducente dice así: Se da traslado de la Acción Civil Resarcitoria causa N° 16-001144-0498-TR establecida por Daniel Gerardo Mejías Vega por el delito de Lesiones Culposas, contra Roy Chaves Moya. De conformidad con el artículo 115 del Código Procesal Penal, se tiene por presentada la Acción Civil Resarcitoria y se pone en conocimiento de la misma al Tercero Civil Empresa Dos Nueve Uno S. A., representada por Víctor Emilio Herrera Arauz, cédula N° 1-0623-0066. En este acto se le pone en conocimiento de que tiene derecho a presentar a un abogado de su confianza para la respectiva representación civil lo cual deberá realizar en el plazo de 15 días a partir de la comunicación, caso contrario de no presentar abogado la causa continuará su trámite bajo las consecuencias legales que ello implique para sus intereses civiles. “De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaria de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos” Comuníquese.—Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Materia Penal).—Lic. Danny Arroyo Vargas, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020453746 ).