BOLETÍN JUDICIAL N° 83 DEL 4 DE MAYO DEL 2020
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEL PODER JUDICIAL
SALA CONSTITUCIONAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos
Matrimoniales
Edictos en lo Penal
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso
específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2019,
celebrada el 17 de julio del 2019, artículo XVIII y el acuerdo del Consejo
Superior en Sesión Nº 78-19, celebrada el 5 de
setiembre del 2019, artículo LXV, se hace del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación
de Documentación Administrativa del año 1999 al 2018 del Juzgado
Contravencional y Tránsito de Sarapiquí. La documentación, se encuentra remesada
y custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 500 H 99, Paquetes: 149, Libros: 3,
Ampos: 3, Agendas 3, Año: 1999 a 2018, Asunto: Documentación Administrativa:
132 Boletas de presentación Z9 (1999 a 2018), 3 Agendas de señalamientos (2017
a 2018), 1 Ampo de Control de correo certificado (2018), 1 Ampo de
Correspondencia (2001 al 2018), 1 Ampo de Control de vacaciones (2013 a 2018),
1 Ampo de juramentación (2013 a 2016), 5 Quejas declaradas con lugar (2004 a
2008), 1 Quejas declaradas sin lugar, desestimadas, archivadas o rechazadas de
plano (2006), 4 block de Registros de asistencia.
Si algún interesado ostenta un interés
legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a
la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una
vez en el Boletín Judicial.
San José, 24 de abril de 2020.
Lic.
Wilbert Kidd Alvarado
Subdirector
Ejecutivo
1 vez.—O.C
N° 364-12-2020.—Sol. N°
68-2017-JA.—( IN2020454086 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y
para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2019, celebrada
el 17 de julio del 2019, artículo
XVIII y el acuerdo del Consejo
Superior en Sesión Nº
78-19, celebrada el 5 de setiembre
del 2019, artículo LXV, se hace
del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2003 al 2018 de la Administración
Regional de Cartago. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 500 C 03, Ampos 38, Cajas
2, Carpetas 45, Libros 2, Paquetes 309, Libretas 23, Expedientes 12, Año: 2003 al 2018
Asuntos: 3 Ampos Boleta de Vehículo 2017, 1 Ampo Boleta Vehículo
2011, 1 Ampo Informe Combustible 2018, 1 Ampo Hora Extra 2018, 2 Ampos Reporte Asistencia 2018, 1 Ampo Registro de Firmas de Cuentas Corrientes 2003
a 2011, 1 Ampo Control Expedientes
Entregados de la RDD 2014, 9 Ampos
de Títulos Valores Activos y Pasivos 2004 al 2017, 1
Ampo Registro de Firmas 2010 a 2014, 1 Ampo informe de Jueces y Técnicos Supernumerarios 2014, 1 Ampo Copia de Recibo
de Títulos Valores RDD
2007, 1 Ampo Copia de Recibo de Títulos Valores RDD 2009, 1 Ampo Comprobante Autorización de Gastos 2010, 2011, 2012, 1 Ampo Comprobantes de Autorización de Gastos 2008 a 2009, 2 Ampos
Informe Supernumerarios 2017,1 Ampo
copia de Boletas Bombeo Combustible 2009, 1 Ampo
de Comprobante Visita de Servicio Médico Contratado 2009, 1 Ampo Servicio de Vigilancia Copia de Comprobantes 2009,1 Ampo de Copia de Pago ´Comprobante SERTA Limpieza 2014,
1 Ampo de Boleta de
Combustible 2011, 2 Ampos de Liquidación
de Viáticos 2010,1 Ampo de Comprobantes de Pago Soda Alex 2010, 2 Ampos
Comprobantes Pago AMSA 2010, 1 Ampo
Comprobante de Pago MAZE 2009, 1 Ampo
de Comprobantes de pago médico 2010, 1 Caja de Reintegro 2008, 1 Caja de Reintegro 2009, 1 Folder Oficios
de Estados de Cuenta 2005,
44 Folder con Impresiones de Correo
2004 a 2010, 1 Libro de Conocimiento, 1 Libro de Novedades 2008 a 2010, 23 Libretas
Control y Servicio Mantenimiento
2016 al 2018, 2 Expedientes Disciplinarios
Con Lugar 2009, 9 Expedientes Disciplinarios
Sin Lugar 2009, 1 Expediente Disciplinario
Sin Lugar 2017, 1 Paquete Traslado
de Fondos al SDJ 2009, 1 Paquete
Solicitud Fotocopiadora
2008, 1 Paquete Boleta Médico de Empresa 2009, 29 Paquetes de Fax 2014, 25 Paquetes
de Fax 2015, 4 Paquetes de Fax 2016, 217 Paquetes de Fax 2018, 31 Paquetes
de Fax 2017.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días
hábiles. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial.
San José, 24 de abril del 2020.
Lic. Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector
Ejecutivo
1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Sol. Nº 68-2017-JA.—( IN2020454087 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y
para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en Acta N° 01-2014, celebrada el 14 de marzo del
2014, artículo VIII, y la aprobación
del Consejo Superior en Sesión N° 47-2014, del 21 de mayo
del 2014, artículo XXXI, se hace
del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes de Tránsito del año 2008 y 2009 del Juzgado Tránsito del II Circuito Judicial
de la Zona Atlántica, Pococí.
La documentación, se encuentra
remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: W 1 L 09, Expedientes: 1352, Paquetes:
21, Año: 2009, Asunto: Tránsito.
Remesa: W 2 L 08, Expedientes:
4, Paquetes: 1, Año: 2008, Asunto: Tránsito.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días
hábiles. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial.
San José, 24 de abril de 2020.
Lic. Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector
Ejecutivo
1 vez.—O.C. N° 364-12-2020.—Sol. N° 68-2017-JA.—( IN2020454088 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y
para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2019, celebrada
el 17 de julio del 2019, artículo
XVIII y el acuerdo del Consejo
Superior en Sesión Nº
78-19, celebrada el 5 de setiembre
del 2019, artículo LXV, se hace
del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general, que se procederá, a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1967 al 2018 del Juzgado
Contravencional de San Rafael de Heredia. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: 21507, Paquetes: 177, Libros:
81, Ampos 96, Años: 1967 al
2018, Asunto: Documentación
Administrativa: 30 Ampos
de Reportes y Registros 18 libros de Reportes y Registros, de los años 1993 al
2019, 2 Ampos de Control de Vacaciones
de los años 2003 al 2008 y 2014 al 2015, 1 Ampo de Expedientes de vehículos de los años 2004-2006,
1 Ampo de Correspondencia
de años 2006 al 2007 y 1 Ampo
de Control de Correo Certificado
de los años 2017 al 2018 y 7 libros
de Correo Certificado de
los años 1992 al 2013, 18 Ampos
de Registros de oficios despachados de los años 1993 al
2017, 21 Ampos de Informes mensuales y anuales de los años 2001 al 2013, 4 Ampos de quejas declaradas sin lugar de los años 2004 y 2012 al
2015, 5 Ampos de Conciliaciones
Bancarias de los años 1999
al 2008, 1 Ampo de comisiones
del años 1998, 3 Ampos de
circulares de los años 2003 al 2011, 2 Ampos de nombramientos de
personal de años 1997 al 2009, 1 libro
de conocimiento de 1999 al 2015 y 14 libro de entradas del 1967 al 2005, 7 Ampos
de Registro de Asistencia
de los años 2010 al 2017, 20 libros
de Agendas de Señalamientos de los años 1999 al 2015 y 21 libros legales contables de los años 1989 al 2007.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días
hábiles. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial.
San José, 24 de abril de 2020.
Lic. Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector
Ejecutivo
1 vez.—O.C. N° 364-12-202.—Sol. N° 68-2017-JA.—( IN2020454089 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y
para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2019, celebrada
el 17 de julio del 2019, artículo
XVIII y el acuerdo del Consejo
Superior en Sesión Nº
78-19, celebrada el 05 de setiembre
del 2019, artículo LXV, se hace
del conocimiento de las instituciones
públicas, privadas y del público en general, que se procederá, a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2013 al 2018 de la Oficina
de Comunicaciones Judiciales de Coto
Brus, Zona Sur. La documentación,
se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 500 P 13, Ampos: 24, Libros:
32, Paquete 5 Año: 2013 al
2018, Asunto: Documentos Administrativos. Ampos: 19 ampos de Registro de listados de recibidos notificaciones y citas (2016 al
2018), 1 ampos de registro
de oficios despachados
(2016 al 2017), 1 ampo de correspondencia
certificada (2016), 1 ampo
de registro de asistencia
(2016 al 2018), 1 ampo de reporte
de revisión de vehículo
(2016 al 2018), 1 ampo de circulares (2016), Paquetes 5 paquetes de Boletas de combustible (2013 al 2017). Libros:
30 libros de control de giras
vehículos (2013 al 2018), 1 Libro de registro de notificaciones
(2013), 1 Libro de registro de citas
recibidas (2013).
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días
hábiles. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial.
San José, 24 de abril
de 2020.
Lic. Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector
Ejecutivo
1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Sol. Nº 68-2017-JA.—( IN2020454101 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y
para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2014, celebrada
el 14 de marzo del 2014, artículo
VIII, y la aprobación del Consejo
Superior en Sesión Nº
47-2014, del 21 de mayo del 2014, artículo XXXI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la
eliminación de Expedientes
de Tránsito del año 2006 al
2009 del Juzgado Contravencional
y Tránsito de Sarapiquí.
La documentación, se encuentra
remesada y custodiada en ese Despacho.
Remes: W 500 H 06, Expedientes: 387, Paquetes:
05 Año: 2006, Asunto: Tránsito varios. (Colisión 255, Colisión con semoviente 1, Colisión con objeto fijo 14, Atropello 23, Se salió de la vía 55, Denuncias 15, Vuelco 19, Deposito
Judicial 1, Accidente 2 y Daños
2).
Remesa: W 500 H 07, Expedientes:
389, Paquetes: 05, Año:
2007, Asunto: Tránsito varios.
(Colisión 243, Colisión con
semoviente 1, Colisión con objeto fijo 13, Atropello 23, Se salió de la vía 83, Denuncias 12, Vuelco 12 y Daños 2).
Remesa: W 500 H 08, Expedientes:
398, Paquetes: 05 Año:
2008, Asunto: Tránsito varios.
(Colisión 266, Colisión con
semoviente 8, Colisión con objeto fijo 10, Atropello 15, Se salió de la vía 63, Denuncias 11, Vuelco 22, Accidentes 1 y Daños 2).
Remesa: W 500 H 09, Expedientes:
245, Paquetes: 02, Año:
2009, Asunto: Tránsito varios.
(Colisión 155, Colisión con
semoviente 7, Colisión con objeto fijo 8, Colisión con bicicleta 2, Atropello 9, Se salió de la vía 23, Denuncias 19, Vuelco 14, Accidente 1 y Daños 7).
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días
hábiles. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial.
San José, 24 de abril de 2020.
Lic. Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector
Ejecutivo.
1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Sol. Nº 68-2017-JA.—( IN2020454102 ).
ASUNTO: Acción de inconstitucionalidad
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA
REPÚBLICA
HACE SABER:
PRIMERA PUBLICACIÓN
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la
Jurisdicción Constitucional,
dentro de la acción de inconstitucionalidad
número 20-005702-0007-CO que promueve
José Humberto González Fernández, se ha dictado la resolución que literalmente dice:
«Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.
San José, a las nueve horas y cuarenta
y siete minutos del veinticinco de marzo de dos mil veinte. /Se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por José Humberto González Fernández, para que
se declare inconstitucional la Ley Nº 9796 de 5 de diciembre de 2019, por estimarla contraria a los artículos 33, 34
y 51 de la Constitución Política.
Se confiere audiencia por quince días
a la Procuraduría General de la República,
al Ministro de Hacienda y a la Ministra
de Planificación y Política
Económica. La ley se impugna
en cuanto lesiona el principio de igualdad,
retroactividad y protección
al adulto mayor. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción
Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación
del accionante proviene del
artículo 75, párrafo 1° de
la Ley de la Jurisdicción Constitucional.
El asunto previo es un recurso de amparo en el cual, mediante resolución Nº 2020-005008 de las 9:30 horas del 13 de marzo de 2020, se otorgó plazo al recurrente para la interposición de la acción. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial
sobre la interposición de
la acción. Efectos jurídicos de la interposición de
la acción: Se recuerdan los
términos de los artículos
81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional que disponen lo siguiente “Artículo 81. Si el Presidente considerare cumplidos los requisitos de que
se ha hecho mérito, conferirá audiencia a la Procuraduría
General de la República y a la contraparte
que figure en el asunto
principal, por un plazo de quince días,
a fin de que manifiesten lo que estimen
conveniente. Al mismo tiempo dispondrá enviar nota al tribunal u órgano
que conozca del asunto,
para que no dicte la resolución
final antes de que la Sala se haya pronunciado sobre la acción, y ordenará que se publique un aviso en el Boletín Judicial, por tres
veces consecutivas, haciendo saber a los tribunales y
a los órganos que agotan la
vía administrativa que esa demanda ha sido establecida, a efecto de que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de la ley, decreto, disposición, acuerdo o resolución, tampoco se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso.
Si la acción fuere planteada por el Procurador
General de la República, la audiencia se le dará a la persona que figure como
parte contraria en el asunto principal.”, “Artículo 82. En los procesos en trámite
no se suspenderá ninguna etapa diferente a la de dictar la resolución final, salvo
que la acción de inconstitucionalidad
se refiera a normas que deban aplicarse durante la tramitación.”. Dentro
de los quince días posteriores
a la primera publicación
del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes
en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto
a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso,
los motivos de inconstitucionalidad
en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81
y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional
y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en
los casos y condiciones señaladas. Notifíquese. /Fernando
Castillo Víquez, Presidente
a.i.».
San José, 25 de marzo del 2020.
Vernor Perera León,
Secretario a.i.
O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020449218 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de: Rita Cecilia Pereira Mata, quien fue mayor, divorciada, cédula de identidad número 1-0604-0102, se desempeñó como conserje, laboró para la Municipalidad del Guarco,
y falleció el 06 de enero
del 2020; se consideren con derecho, para que, dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación
de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias del proceso de consignación de prestaciones, que se tramita bajo
el expediente número 20-000502-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 20-000502-0641-LA. Promovidas por la Municipalidad del Guarco,
cédula jurídica número
3-014-042082.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 24 de abril
del 2020.—Msc. Ronald
Figueroa Acuña, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2020.—( IN2020453831 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Jesús María Bolaños Ávila,
cédula N° 0205910643, fallecida el 14 de enero del 2020, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest.
Sector Privado bajo el número 20-000370-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 20-000370-0639-LA. Por a
favor de Jesús María Bolaños Ávila.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 31 de marzo
del 2020.—Licda. Grace Agüero
Alvarado, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2020.—( IN2020453837 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes del fallecido
Eduardo Gómez Ramírez, cédula de identidad 3-122-258 quien fue mayor, casado, pensionado, y falleció el
15 de setiembre del año
2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación
de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones
sector público bajo el número
20-000477-0641-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Expediente
Nº 20-000477-0641-LA, promovido por Nelly Rivera Víquez, cédula de identidad
3-0140-0080.—Juzgado de Trabajo
de Cartago, 13 de abril del año
2020.—Lic. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2020-JA.—( IN2020453839 ).
Se tienen por establecidas
las presentes diligencias de consignación
de prestaciones de persona trabajadora
fallecida Pedro Joaquín Álvarez Torres cédula de identidad 500850961, quien fue mayor, casado, vecino de Santa Cruz, Barrio Estocolmo,
de la Pulpería Los Almendros, 125 metros norte, lado izquierdo,
casa esquinera color rosada,
y falleció el veintidós de marzo del dos mil quince (22/03/2015). Se cita y emplaza a sus causahabientes por medio de edicto
que se publicará por una sola vez
en el Boletín Judicial, a efecto de que se apersonen al proceso
para hacer valer sus
derechos dentro del plazo de ocho
días, bajo apercibimiento
de que, si no lo hicieren,
el dinero que por ese concepto
se obtenga se entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85, 548 y 550 incisos 4
y 5 del Código de Trabajo sean
beneficiarios. Publíquese
una sola vez en el Boletín Judicial. Remítase
oficio a la Operadora de Pensiones del Banco Popular y de Desarrollo Comunal en Santa Cruz a fin de
que se sirvan depositar los
dineros que en vida le haya correspondido
al fallecido por concepto
de Fondo de Capitalización
Laboral, las prestaciones legales
o cualquier otro dinero, en la cuenta
que tiene este Despacho antes citada, que le correspondiere al fallecido. Expediente número
20-000084-0775-la, promovido por de María Anita
Agustina Dinarte Zúñiga
Cédula de identidad 0501060071.—Brenda Celina Calvo
de La O, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2020453843 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de Lizette Edda Jiménez Cunto,
cédula N° 9-0108-0103, fallecida el 29 de diciembre del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación
de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el número 20-000109-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 20-000109-0639-LA. a
favor de Lizette Edda Jiménez Cunto.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22 de abril del 2020.—Msc. José Antonio Madrigal Soto, Juez.—1 vez.—
O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020453844 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Leonel Esteban Masis Pérez, fallecido el doce de enero del dos mil veinte, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número
20-000160-1113-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial, expediente
N° 20-000160-1113-LA.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Laboral), 16 de marzo del año 2020.—Wendy Gabriela Martínez Garbanzo, Jueza
Decisora.—1 vez.—O.C.
Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2020453848 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Jorge Blanco Romo, quien
fuera mayor edad, portador de la cédula de identidad
número 020157051, fallecido
el 22 de diciembre del 2017, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. Prest.
Sector privado bajo el Número 20-000395-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el boletín
judicial. Expediente N° 20-000395-0639-LA. Parte gestionante Helen Rose
Paredes Solano con cédula o documento de identidad número 0103190563.—Juzgado Trabajo del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 30 de marzo del año 2020.—Msc.
Freddy Aikman Espinoza, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020453867 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de Víctor Manuel Gómez Acuña, 0102100702,
fallecido el 18 de mayo del año
2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación
de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número
20-000827-1178-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Expediente
Nº 20-000827-1178- LA. Por a favor de Víctor Manuel Gómez Acuña.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de San José, Sección
Primera, 26 de marzo del año 2020.—M.Sc. Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020453870 ).
Se cita y emplaza a
los que, en carácter de causahabientes de José Adolfo Martínez Montiel, 0800510429, fallecido
el 16 de setiembre del año
2018, se consideren con derecho, para que, dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación
de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones
sector público, bajo el N° 20-000828-1178-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 20-000828-1178-LA. Por a favor de José Adolfo Martínez Montiel.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito
Judicial de San José, Sección
Primera, 26 de marzo del
2020.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña,
Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2020453871 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Manuel Herrera Chaves
N° 0101870039, fallecido el 05 de mayo del año 2019, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación
de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número
20-000829-1178-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial, expediente
N° 20-000829-1178-LA. Por a favor de José Manuel Herrera Chaves.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 26 de marzo
del año 2020.—M.Sc. Marianella Barquero
Umaña, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020453872
).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una base de cuarenta y cinco millones colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 85504-000, la cual es terreno naturaleza: lote 24 para construir con 1
casa. Situada: en el distrito 9-Dulce Nombre, cantón 1-Cartago, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
Rafael Chávez Chávez; al sur, calle
con 8 metros; al este, lote
25, y al oeste, lote 23. Mide: ciento veinte
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del veintisiete de mayo del dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas y
cero minutos del cinco de junio del dos mil veinte, con la
base de treinta y tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del
quince de junio del dos mil veinte,
con la base de once millones doscientos
cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro
y Préstamo contra Trinidad Jiménez Valverde. Expediente
N° 19-009284-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 18 de marzo del 2020.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza
Tramitadora.—( IN2020451600 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones novecientos diecinueve mil cuatrocientos sesenta y cinco colones con cuarenta y tres céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión inscrita bajo sumaria N° 18-000897-0174-TR; sáquese
a remate el vehículo N°
TSJ005798, marca: Hyundai, estilo:
Elantra, capacidad: 5 personas, año
fabricación: 2008, color: rojo,
número vin: KMHDT41BP8U465244, cilindrada:
1600 cc, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan
las nueve horas y cero minutos
del dieciocho de mayo de dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y
cero minutos del veintiséis
de mayo de dos mil veinte, con la base de tres millones seiscientos
ochenta y nueve mil quinientos noventa y nueve colones con siete céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del tres de junio de dos mil veinte, con la
base de un millón doscientos
veintinueve mil ochocientos
sesenta y seis colones con treinta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Deyanara Del
Rocío
Arias Chinchilla y Jorge Antonio Arias Moya. Expediente
N° 20-001156-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San Jose, 12 de marzo del 2020.—Henry Steven Sanarrusia Gómez, Juez Decisor.—( IN2020453762 ).
En este Despacho, con una base de dos millones
doscientos setenta y cinco mil ochocientos ochenta y ocho colones con ochenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas TSJ000537, marca: Hyundai Estilo: Accent, categoría: automóvil capacidad: 5 personas, serie, chasis y Vin: KMHCG41FP5U612968, carrocería:
Sedan 4 puertas, año fabricación: 2005 estado color: rojo, cilindrada: 1500 c.c, cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticinco de mayo de dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y
cero minutos del dos de junio
de dos mil veinte con la base de un millón setecientos seis mil novecientos dieciséis colones con sesenta y tres céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diez de junio de dos mil veinte con la
base de quinientos sesenta
y ocho mil novecientos setenta y dos colones con veintiún céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Rodolfo Bolaños Acuña.
Expediente Nº 20-001133-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro Primer Circuito
Judicial de San Jose, 02 de marzo del año 2020.—Alicia Francella Guzmán
Valerio, Jueza Tramitadora.—(
IN2020453763 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones doscientos veintinueve mil cuatrocientos ochenta y siete colones con veinticinco céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión sumaria N° 18-008640-0489-TR; sáquese a remate el vehículo placas N° TSJ003047, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería:
Sedan, 4 puertas, color: rojo,
tracción: 4x2, vin: KMHCM41AP6U086323, cilindrada: 1500 cc, cilindros:
4, combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las nueve horas y veinte minutos del veinticinco de mayo
de dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y veinte minutos del dos de junio de dos
mil veinte, con la base de tres
millones ciento setenta y dos mil ciento quince colones con cuarenta y cuatro céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas y veinte minutos del diez de junio de dos mil veinte, con la base de un millón cincuenta y siete mil trescientos setenta y un colones con ochenta y un céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Mario José Alexander Vargas Valle. Expediente N° 20-001037-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 19 de febrero del
2020.—Mariela Iveth Cortes García, Jueza Decisora.—( IN2020453764 ).
En este Despacho, con una base de dos millones
quinientos cincuenta y seis
mil ochocientos ocho colones con ochenta y siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa TSJ 002812, marca Hyundai, estilo Accent, categoría Automóvil, capacidad 5 personas, serie, chasis y VIN KMHCM41VP7U139612, carrocería
sedan 4 puertas, tracción
4x2, año de fabricación
2007, uso taxi, color rojo.
para tal efecto se señalan las trece horas cuarenta minutos del veinticinco de mayo del dos mil veinte.
de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta minutos del dos de junio del dos mil veinte con la
base de un millón novecientos
diecisiete mil seiscientos
seis colones con sesenta y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta minutos del diez de junio del dos mil veinte con la base de seiscientos
treinta y nueve mil doscientos dos colones con veintiún céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Rodolfo Alberto de Jesús Zúñiga Barboza. Expediente N°
20-001245-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
Primer Circuito Judicial de San José, 24 de febrero del año 2020.—Licda. Alicia Francella Guzmán
Valerio, Jueza Tramitadora.—( IN2020453765 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones ochocientos sesenta y ocho mil quinientos sesenta y ocho colones con diecinueve céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones, sumarias, 17-600422-0491-TC, 19-002455-0500-TR; sáquese a remate el vehículo placa: BLM604, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil, año: 2009, color: rojo, vin:
KMHCL41AP9U288270, N° motor: ilegible, cilindrada: 1500 cc., combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de agosto de dos mil veinte, con la
base de cuatro millones cuatrocientos uno mil cuatrocientos
veintiséis colones con catorce céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del doce de agosto de dos mil veinte, con la
base de un millón cuatrocientos
sesenta y siete mil ciento cuarenta y dos colones con cuatro céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Ramón Magdaleno
Sandoval Alvarado. Expediente: 20-000648-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San Jose, 21 de febrero del
2020.—Yesenia Alicia Solano Molina, Jueza Decisora.—( IN2020453766 ).
En este Despacho, finca Nº 1: con una
base de setenta y seis mil seiscientos
cincuenta dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 18833-000, derecho 000, la cual
es terreno repastos 1 casa madera y otra casa. Situada en el distrito
06 Manzanillo, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte Julio Ulate
González; al sur Nino Montero Núñez; al este Nino Montero Núñez y al oeste calle publica Trino Trejos en medio. Mide: cien sesenta
y siete mil seiscientos treinta y nueve metros con setenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del veinte de mayo de dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veintiocho de mayo de dos mil veinte
con la base de cincuenta y siete
mil cuatrocientos ochenta y
siete dólares con cincuenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del cinco de junio de dos mil veinte con la base de diecinueve
mil ciento sesenta y dos dólares con cincuenta centavos
(25% de la base original). finca Nº 2: con una base
de treinta y nueve mil cuarenta y nueve dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 97049-000, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito
06 Manzanillo, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte Thelma, Carmen, Gladys, Gerardo y Juan Todos Montero García; al sur María Cristobalina
Montero García; al este Thelma, Carmen, Gladys,
Gerardo y Juan Todos Montero García y al oeste calle publica con un frente a ella
de 101.51. centímetros. Mide:
ochenta y siete mil ciento sesenta y seis metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del veinte de mayo de dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veintiocho de mayo de
dos mil veinte con la base de veintinueve
mil novecientos sesenta y
dos colones con cincuenta
centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del cinco de junio de dos mil veinte con la
base de nueve mil novecientos
noventa dólares con sesenta y dos centavos (25% de la base original). finca Nº 3: Con una base de ciento
treinta y tres mil cuatrocientos dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 12075 derechos 006,008-009 la cual
es terreno de Agricultura y Jaragua
con una casa. Situada en el
distrito 06 Manzanillo, cantón
01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte William Pino
Mora; al sur Emiliano Pérez Montero; al este Emiliano
Pérez Montero y al oeste calle
pública. Mide: trescientos mil novecientos veintiséis metros cuadrados. Para
tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del veinte de mayo de dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veintiocho de mayo de dos mil veinte
con la base de cien mil cincuenta
dólares exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del cinco de junio de dos mil veinte con la base de treinta y tres mil trescientos cincuenta dólares exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
Proceso Monitorio Dinerario de Zecafa Sociedad Anónima contra Business Intelligence Data Consultoring Sociedad Anónima.
Expediente Nº 14-007145-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 24 de febrero
del año 2020.—Lic. Víctor
Obando Rivera, Juez.—( IN2020453769 ).
En este Despacho, con una base de dos mil novecientos
cincuenta y ocho dólares con once centavos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando colisión
19-008209-0489-TR; sáquese a remate
el vehículo placa: 873470, estilo: TIIDA, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
año: 2011, vin: 3N1CC1AD5ZK106481, número de motor: HR16055235C, combustible:
gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiséis de mayo de
dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las trece
horas y treinta minutos del
tres de junio de dos mil veinte con la base de dos mil doscientos
dieciocho dólares con cincuenta y ocho centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del once de junio de dos
mil veinte con la base de setecientos
treinta y nueve dólares con cincuenta y dos
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de
Costa Rica S. A. contra Danilo Homoboonne Villegas Quirós, Logística Aduanera Central Atlántica
Sociedad Anónima. Expediente
Nº 19-006008-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de
San José, 04 de noviembre del 2019.—Yesenia Alicia
Solano Molina, Jueza Decisora.—(
IN2020453786 ).
En este Despacho, con una base de nueve
mil doscientos setenta y
dos dólares con cuarenta y
dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BGM702. Marca:
Hyundai, estilo: Elantra GLS, categoría:
automóvil,
capacidad: 5 personas, chasis:
KMHDH41CAEU052571, color: plateado, cilindrada: 1600 cc, combustible: gasolina,
motor: G4FGDU207459. Para tal efecto
se señalan las nueve horas
y quince minutos del trece
de agosto de dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y
quince minutos del veintiuno
de agosto de dos mil veinte
con la base de seis mil novecientos cincuenta y cuatro dólares con treinta y dos
centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y quince minutos del treinta y uno de agosto de dos
mil veinte con la base de dos mil trescientos
dieciocho dólares con once
centavos (25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de
Costa Rica S. A. contra Alexander Alberto Salazar Aguilar. Expediente
20-002146-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de
San José, 03 de abril del año
2020.—Lic. Verny Arias
Vega, Juez Tramitador.—( IN2020453788 ).
En este Despacho, con una base de dieciocho
mil ciento veintiocho dólares con cincuenta y cuatro centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BHM663, marca: Hyundai, estilo: Accent
GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año; 2015,
color: blanco, motor: G4FCEU439160, VIN:
KMHCT41DAFU789179, cilindrada: 1600 cc, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince
horas y treinta minutos del
veinticinco de mayo del año
dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las quince
horas y treinta minutos del
dos de junio del año dos
mil veinte con la base de trece
mil quinientos noventa y
seis dólares con cuarenta y
un centavos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las
quince horas y treinta minutos
del diez de junio del año dos mil veinte con la base de
cuatro mil quinientos treinta y dos dólares con catorce centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco IMPROSA S. A. contra Alejandro Gerardo Gamboa Ramírez. Expediente N°
17-005069-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito
Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 09 de enero del año 2020.—Iván Cartín Cordero, Juez Tramitador.—( IN2020453789 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta
y cuatro mil novecientos ochenta y ocho dólares con cuarenta y siete centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: placas: SJB 016386, marca:
Hyundai, estilo: Country, categoría: buseta,
capacidad: 29 personas, carrocería:
buseta, tracción: 4X2, N° de chasis: KMJHG17BPHC071503, año fabricación: 2017, color: blanco,
número
motor: D4D8GJ624721, cilindrada: 3900 cc,
combustible: diesel. Para tal efecto
se señalan las quince horas y cero minutos del diecinueve de mayo del
dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las quince
y cero minutos del veintisiete
de mayo del dos mil veinte, con la base de cuarenta y un mil doscientos cuarenta y un dólares con treinta y cinco centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince
horas y cero minutos del cuatro
de junio del dos mil veinte,
con la base de trece mil setecientos
cuarenta y siete dólares con doce centavos (25% de
la base original). Con una base de quince mil seiscientos
cuarenta y cuatro dólares con ochenta y cinco centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placas: MLS 133, marca: Hyundai, estilo: Accent
GL, categoría:
automóvil,
capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan, 4 puertas,
tracción: 4X2, número de chasis:
KMHCT41BEGU918059, año fabricación:
2016, color: negro, número
motor: G4LCFU399876, cilindrada: 1400 cc,
combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las
quince horas y cero minutos del diecinueve
de mayo del dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las quince
y cero minutos del veintisiete
de mayo del dos mil veinte, con la base de once mil setecientos treinta y tres dólares con sesenta y cuatro centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince
horas y cero minutos del cuatro
de junio del dos mil veinte,
con la base de tres mil novecientos
once dólares con veintiún
centavos 25% de la base original), con una base de veintiún
mil trescientos ochenta y ocho dólares con treinta centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas TTK 202, marca: Hyundai, estilo: Creta GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: todo
terreno, 4 puertas, tracción: 4x2, número de chasis:
MALC281CAGM045222, año fabricación:
2016, color: negro, número
motor: G4FGFU614038, cilindrada: 1600 cc,
combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las
quince horas y cero minutos del diecinueve
de mayo del dos mil veinte. De no haber
postores, para el segundo remate se efectuará a las quince
y cero minutos del veintisiete
de mayo del dos mil veinte, con la base de dieciséis mil cuarenta y un dólar con veintitrés centavos, y
de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos
del cuatro de junio del dos
mil veinte, con la base de cinco
mil trescientos cuarenta y siete dólares con ocho centavos. Notas: se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Juan Barrantes
Vargas contra Sura VIP Transportation Fegre Sociedad Anónima. Expediente N° 18-005402-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón), 23 de enero del
2020.—Lidia Mayela Díaz Anchía,
Jueza Tramitadora.—(
IN2020453790 ).
En este Despacho, con una base de trece
mil trescientos cuarenta y
seis dólares con veintiséis
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo: placas: 906230, marca: Hyundai, estilo: Tucson
GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería:
todo terreno, 4 puertas, tracción: 4X4, número de chasis: KMHJT81BCCU341380, año fabricación: 2012, color: gris, número motor:
G4KDBU440843, cilindrada: 2000 cc, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas y cero minutos del veinte de mayo del dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y
cero minutos del veintiocho
de mayo del dos mil veinte, con la base de diez mil nueve dólares con setenta centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del cinco de junio del dos mil veinte, con la base de tres mil trescientos treinta y seis dólares con cincuenta y siete centavos (25% de la base original). NOTAS: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos SJ
Sociedad Anónima
contra Norma María
Cordero Gamboa. Expediente
N° 19-005978-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro de Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón), 13 de enero del 2020.—Iván Cartín
Cordero, Juez Tramitador.—(
IN2020453791 ).
En este Despacho, con una base de diez
mil ochocientos setenta y ocho dólares con veinticuatro centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BML576, marca: Chevrolet, estilo: Spark LTZ, año: 2017,
color: plateado, motor: LV7162020469, vin:
KL1CM6CA2HC724864. Para tal efecto,
se señalan las nueve horas
y cero minutos del veinticinco
de mayo del dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y cero minutos del
dos de junio del dos mil veinte,
con la base de ocho mil ciento
cincuenta y ocho dólares con sesenta y ocho centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del diez de junio del dos mil veinte, con la
base de dos mil setecientos diecinueve
dólares con cincuenta y
seis centavos (25% de la base original). Notas: Se
les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso
de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito de S J
S. A. contra Marco Vinicio Reyes Ledezma. Expediente N° 19-018764-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 13 de marzo del
2020.—Wendy Mayela Pagani Rojas, Jueza
Decisora.—( IN2020453792 ).
En este Despacho, con una base de ciento trece mil ochocientos dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 305-01542-01-0901-002, servidumbre
de paso citas:
469-01542-01-0001-001; sáquese a remate
la finca del Partido de Puntarenas, matrícula número treinta mil quinientos cuatro, derecho F-000, la cual es
terreno filial veintitrés, apta para construir que se destinará…
Situada en el distrito 02 Tárcoles, cantón 11 Garabito de
la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, Zona Marítimo
Terrestre en medio, Océano Pacífico; al sur, calle privada del condominio y área común y filial veintitrés B, todas ambas en parte; al este, área común; y al oeste, finca filial veintitrés A y veintitrés B todas ambas en partes. Mide: novecientos
cuatro metros con ochenta y
ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas y cinco minutos del veinticinco de mayo
de dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas y cinco minutos del dos de junio de dos
mil veinte, con la base de ochenta
y cinco mil trescientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las siete horas y cinco minutos del diez de junio de dos mil veinte, con la
base de veintiocho mil cuatrocientos
cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de 3102706571 SRL contra Hotel Diversión del Pacífico S. A. Expediente N°
19-004517-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, 11 de diciembre
del 2019.—Lic. Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2020453809 ).
En este Despacho, a las ocho horas y cero
minutos del quince de junio
de dos mil veinte, en el mejor postor remataré
lo siguiente: 1) Libre de gravámenes
y anotaciones, con una base de cuarenta
y seis millones novecientos
mil cuatrocientos ochenta y
dos colones con cuarenta y siete céntimos, finca inscrita en el registro público, partido de guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número
cincuenta y dos mil quinientos
dos cero cero cero la cual es terreno de solar con una
casa frontal de 120.00 metros cuadrados, corredor de 20.00 metros cuadrados,
y un apartamento de 42.00 metros cuadrados.
Situada en el distrito 1- Cañas, cantón 6-Cañas, de la provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte,
Francisco Sirias Jiménez, al sur, Marta Lucia Quirós
Martínez; al este, María Luisa Somarribas
Porras y al oeste, calle pública 9m 2cm. Mide: doscientos veintidós metros cuadrados plano:g-1745253- 2014, y 2) libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada citas: 378-01721-01-0902-001; con la base de veintinueve millones ochocientos setenta y dos mil doscientos ochenta y tres colones con siete céntimos, finca inscrita en el registro público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y ocho cero cero cero la cual es terreno de solar con una casa frontal de 80.00 metros cuadrados y una cochera de 58.00
metros cuadrados. Situada en el distrito 1-Naranjo, cantón 6-Naranjo, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
Edelman Hernández Cordero; al sur, Vilma Hernández Cordero; al este, Roberto Hernández Cordero y al oeste
calle publica con 18 metros, 40 centímetros.
Mide: cuatrocientos cuarenta y cinco metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Plano:
A-0855741-1989. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero
minutos del veintitrés de junio de dos mil veinte: 1) Finca inscrita en el registro público, partido de guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número
cincuenta y dos mil quinientos
dos cero cero cero, con la
base de treinta y cinco millones ciento setenta y cinco mil trescientos sesenta y un colones con ochenta y cinco céntimos (75% de la base
original) y, 2) Finca inscrita
en el registro público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y ocho cero cero cero con la base de veintidós millones cuatrocientos cuatro mil doscientos doce colones con treinta céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del uno de julio de dos
mil veinte 1) Finca inscrita en el registro público, partido de guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cincuenta y dos mil quinientos dos cero cero cero, con la base de once millones
setecientos veinticinco mil
ciento veinte colones con sesenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y ocho cero cero cero, con la base de siete millones cuatrocientos sesenta y ocho mil setenta colones con setenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Roberto
Martín del Socorro Hernández Cordero, Viviana María de San Gerardo Corrales
Fonseca. Expediente N° 17-003602-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial
Guanacaste, 21 de abril del año
2020.—Natalia Orozco Murillo, Jueza Decisora.—( IN2020453815 ).
En este Despacho, con una base de treinta
y cuatro millones setecientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos citas:
529-14217-01-0004-001; sáquese a remate
la finca del partido de San
José, matrícula número 674843, derecho 000, la cual
es terreno de respastos. Situada en el distrito
2 jardín, cantón 17 Dota,
de la provincia de San José. Colinda:
al norte Bernarda Hidalgo Cordero; al sur camino público; al este Bernarda Hidalgo Cordero y al oeste
Bernarda Hidalgo Cordero. Mide: quinientos
metros cuadrados metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de mayo de
dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del
uno de junio de dos mil veinte
con la base de veintiséis millones
veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de junio de dos mil veinte con la base de ocho millones seiscientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Adonay Humberto Ramírez Ortiz. Expediente
Nº 19-002588-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 17 de abril del año
2020.—Lic. Víctor Obando
Rivera, Juez Tramitador.—( IN2020453832 ).
En este Despacho, con una base de siete millones setecientos cincuenta y dos mil doscientos noventa y siete colones exactos, libre de gravámenes prendarios, sáquese a remate el vehículo placas CSH188, marca: Nissan, estilo: Tiida, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2014,
color: negro, cilindrada: 1598 c.c,
vin: 3N1CC1AD0ZK253060, combustible: gasolina, número de motor: HR16838321G. Para tal
efecto se señalan las catorce horas y cero minutos del
seis de agosto de dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y
cero minutos del diecisiete
de agosto de dos mil veinte
con la base de cinco millones
ochocientos catorce mil doscientos veintidós colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticinco de agosto de dos mil veinte con la
base de un millón novecientos
treinta y ocho mil setenta y cuatro colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Credibrothers S.A.
contra Jason Manuel Ramírez Gómez. Expediente Nº
18-018676-1338-CJ. Previo a realizar
la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir
algún error lo comunicará
al despacho de inmediato
para su corrección.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 30 de marzo de 2020.—Lic. Verny Arias Vega, Juez.—( IN2020453835 ).
En este Despacho, con una base de dieciocho
mil setecientos veintiún dólares con veintiséis centavos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo BPX217, marca: Suzuki, estilo: Ciaz GLX T, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: MMSVC41S4JR105281, año fabricación: 2018, color: gris, N° motor: K14BS143167, cilindrada: 1400 cc, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos
del cuatro de junio de dos
mil veinte. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las quince
horas y cero minutos del doce
de junio de dos mil veinte,
con la base de catorce mil cuarenta
dólares con noventa y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos
del veintidós de junio de
dos mil veinte, con la base de cuatro
mil seiscientos ochenta dólares con treinta y dos
centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Lafise
Sociedad Anónima
contra Josseline Isela Araya Barquero,
Valeria Santamaria Hernández. Expediente N° 18-013508-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 6 de marzo
del 2020.—Liseth Delgado Chavarría,
Jueza Tramitadora.—(
IN2020453875 ).
En este Despacho, con una base de diez
mil cuatrocientos setenta y
ocho dólares con veinte centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa N° HHV461; marca: KIA; estilo: Rio; color: azul; vin: KNADNM 2BG6G29995; año:
2016. Para tal efecto se señalan las diez horas y treinta minutos del tres de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del trece de julio de dos mil veinte, con la
base de siete mil ochocientos
cincuenta y ocho dólares con sesenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiuno de julio de dos mil veinte, con la base de dos mil seiscientos
diecinueve dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Davivienda Costa
Rica S. A., contra Héctor Hernández Arce. Expediente N°
19-006761-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 15 de abril del 2020.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez
Tramitador.—(
IN2020453876 ).
En este Despacho, con una base de treinta
y seis millones ochocientos
ochenta mil quinientos cincuenta y dos colones con sesenta y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de
San José, matrícula número cuatrocientos setenta y seis mil sesenta, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una
casa, lote AU 11. Situada en el distrito San Miguel, cantón Desamparados de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
calle pública; al sur,
INVU; al este, INVU; y al oeste,
lote 10. Mide: setenta y seis metros con sesenta
y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del veintitrés de junio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del uno
de julio de dos mil veinte,
con la base de veintisiete millones
seiscientos sesenta mil cuatrocientos catorce colones con cincuenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de julio de dos mil veinte, con la base de nueve millones doscientos veinte mil ciento treinta y ocho colones con diecisiete céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Caja Costarricense de Seguro Social contra José Damián Guevara Matarrita.
Expediente: 19-005758-1763-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Primera, 17 de abril del 2020.—Lic. Esteban Herrera Vargas, Juez
Tramitador.—(
IN2020453887 ).
En este Despacho, con una base de ciento tres mil ciento setenta dólares con setenta y tres centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número trescientos cincuenta y cinco mil quinientos diez, derecho 000, la cual es terreno para construir con una
casa destinada a vivienda. Situada en el distrito
3-Pozos, cantón 9-Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda:
al noreste, servidumbre de paso con 14.54 metros de frente noroeste, Jorge Esquivel Marín Sureste,
Florentino Esquivel Marín, suroeste, Florentino
Esquivel Marín. Mide: Doscientos
veintisiete metros con doce
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticinco de mayo de dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del dos de junio de dos mil veinte con la
base de setenta y siete mil
trescientos setenta y ocho dólares con cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del diez de junio de dos mil veinte con la base de veinticinco
mil setecientos noventa y
dos dólares con sesenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso
de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José contra Deyanira Yusett Jaime Hernández. Expediente N° 19-019183-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
Primer Circuito Judicial de San José, 13 de marzo del año 2020.—Audrey Abarca Quirós, Juez Decisor.—( IN2020453908 ).
En este Despacho, con una base de once mil doscientos
treinta y nueve dólares con dos centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo BJV420. Marca: Ssang
Yong. Estilo: Korando. Categoría: automóvil. Capacidad: 5 personas. Carrocería: todo terreno 4 puertas. Tracción: 4x2. Año fabricación: 2016. Cilindrada: 1998 c.c. Cilindros: 4. Potencia: 129 kw.
Combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de mayo
de dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del dos de junio de dos
mil veinte con la base de ocho
mil cuatrocientos veintinueve
dólares con veintisiete
centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del diez de junio de dos mil veinte con la
base de dos mil ochocientos nueve dólares con setenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Bac San José Sociedad Anónima
contra Olivier Gerardo Arias Castro. Expediente Nº
19-003835-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, 14 de abril
del 2020.—Lic. Patricia Eugenia
Cedeño Leitón,
Jueza Decisora.—( IN2020453909 ).
En este Despacho, 1) Con una base de ciento
ocho mil doscientos seis dólares con cincuenta y tres centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando serv. y condic. ref.:
3069-063-001 citas: 329- 00928-01-0901-001; serv. y condic. ref.: 3069-061-001 citas:
329-00928-01-0904-001; servidumbre sirviente citas:
338-13993-01-0002-001; servidumbre sirviente citas:
338-13993-01-0006-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0019-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0020-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0021-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0022-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0023-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0024-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0025-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0026-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0027-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0028-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0029-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0030-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0031-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0032-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0033-001: servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0034-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0035-001: servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0036-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0091-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0092-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0093-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0094-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0095-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0096-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0097-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0098-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0099-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0100-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0101-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0102-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0103-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0104-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0105-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0106-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0107-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0108-001;
servid. y condic. ref.:
00201524-000 citas: 347-19046-01-0900-001; servidumbre trasladada citas: 0353-00014625-01-0900-001; servidumbre
trasladada citas:
0403-00015261-01-0920-001; condiciones ref.:
243424-000 citas: 403-15261-01-0921-001; servidumbre trasladada citas: 0403-00015261-01-0922-001; servidumbre
trasladada citas:
0403-00015261-01-0923-001; condiciones ref.
245222-000 citas: 403-15261-01-0924-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 091336-F-000,
derecho, la cual es terreno
finca filial N° B-73, apartamento
73 de una sola planta, destinada a uso habitacional ubicada en el nivel
7 del edificio B en proceso de construcción. Situada: en el distrito 8 San Rafael, cantón 1
Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, área común libre de zona verde; al noroeste, finca filial B74; al sureste, área común libre de patio, y al suroeste, acceso área común construida.
Mide: noventa metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de mayo del dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las siete horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de mayo del
dos mil veinte, con la base de ochenta
y un mil ciento cincuenta y
cuatro dólares con noventa centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del tres de junio del dos mil veinte, con la
base de veintisiete mil cincuenta
y un dólares con sesenta y tres centavos (25% de la base original). 2) Con una base de
seis mil setecientos cincuenta
y cinco dólares con treinta centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando serv. y condic. ref.:
3069-063-001 citas: 329-00928-01-0901-001; serv. y condic. ref.: 3069-061-001 citas:
329-00928-01-0904-001; servidumbre sirviente citas:
338-13993-01-0002-001; servidumbre sirviente citas:
338-13993-01-0006-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0019-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0020-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0021-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0022-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0023-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0024-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0025-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0026-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0027-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0028-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0029-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0030-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0031-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0032-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0033-001: servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0034-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0035-001: servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0036-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0091-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0092-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0093-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0094-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0095-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0096-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0097-001;
servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0098-001; servidumbre
dominante citas:
339-00515-01-0099-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0100-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0101-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0102-001;
servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0103-001; servidumbre
sirviente citas:
339-00515-01-0104-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0105-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0106-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0107-001;
servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0108-001; servid.
y condic. ref.: 00201524-000 citas:
347-19046-01-0900-001; servidumbre trasladada citas:
0353-00014625-01-0900-001; servidumbre trasladada citas:
0403-00015261-01-0920-001; condiciones ref.:
243424-000 citas: 403-15261-01-0921-001; servidumbre trasladada citas: 0403-00015261-01-0922-001; servidumbre
trasladada citas:
0403-00015261-01-0923-001; condiciones ref.:
245222-000 citas: 403-15261-01-0924-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número
091532-F-000, derecho, la cual es terreno
finca filial estacionamiento
B73 destinada a parqueo de vehículos en proceso
de construcción. Situada: en el distrito 8 San Rafael, cantón 1 Alajuela, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al noreste,
área común libre de estacionamiento para
discapacitados; al noroeste,
área común libre de calle de acceso; al sureste, área común libre de zona verde, y al suroeste, finca filial estacionamiento B74. Mide: catorce metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de mayo del
dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las siete horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de mayo del dos mil veinte,
con la base de cinco mil sesenta
y seis dólares con cuarenta
y ocho centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del tres de junio del dos mil veinte, con la
base de mil seiscientos ochenta
y ocho dólares con ochenta y dos centavos (25% de la base original). 3) Con
una base de seis mil setecientos cincuenta
y cinco dólares con treinta centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando serv. y condic. ref.:
3069-063-001 citas: 329-00928-01-0901-001; serv. y condic. ref.: 3069-061-001 citas:
329-00928-01-0904-001; servidumbre sirviente citas:
338-13993-01-0002-001; servidumbre sirviente citas:
338-13993-01-0006-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0019-001;
servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0020-001; servidumbre
dominante citas:
339-00515-01-0021-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0022-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0023-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0024-001;
servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0025-001; servidumbre
dominante citas:
339-00515-01-0026-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0027-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0028-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0029-001;
servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0030-001; servidumbre
sirviente citas:
339-00515-01-0031-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0032-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0033-001: servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0034-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0035-001: servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0036-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0091-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0092-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0093-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0094-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0095-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0096-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0097-001; servidumbre
dominante citas:
339-00515-01-0098-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0099-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0100-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0101-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0102-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0103-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0104-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0105-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0106-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0107-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0108-001; servid. y condic.
ref.: 00201524-000 citas: 347-19046-01-0900-001; servidumbre trasladada citas: 0353-00014625-01-0900-001; servidumbre
trasladada citas:
0403-00015261-01-0920-001; condiciones ref.:
243424-000 citas: 403-15261-01-0921-001; servidumbre trasladada citas: 0403-00015261-01-0922-001; servidumbre
trasladada citas:
0403-00015261-01-0923-001; condiciones ref.:
245222-000 citas: 403-15261-01-0924-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 091696-F-000, la
cual es terreno finca filial estacionamiento 23, destinada a parqueo vehículos en proceso
de construcción. Situada: en el distrito 8 San Rafael, cantón 1 Alajuela, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al noreste,
finca filial estacionamiento
24; al noroeste, área común libre de
calle de acceso; al sureste, área común libre de acceso,
y al suroeste, finca filial
estacionamiento 22. Mide: catorce metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de mayo del
dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las siete horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de mayo del dos mil veinte,
con la base de cinco mil sesenta
y seis dólares con cuarenta
y ocho centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del tres de junio del dos mil veinte, con la
base de mil seiscientos ochenta
y ocho dólares con ochenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José contra Gilberto Mata Cubero. Expediente N° 19-002736-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 14 de abril del 2020.—Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez
Tramitador.—( IN2020453911 ).
En este Despacho, con una base de ciento treinta y ocho mil ciento sesenta y dos dólares con veintisiete centavos,
libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada citas: 317-02502-01-0002-001, servidumbre
trasladada citas:
317-02502-01-0003-001, servid y
condicref:2700-039-001 citas: 319-01959-01-0901-001 y
servidumbre de acueducto y
de paso de A y A citas:
534-11633-01-0021-001; sáquese a remate
la finca del partido de San
José, matrícula número treinta y nueve mil diecinueve, duplicado:
horizontal: F derecho 000, la cual es terreno finca filial veinticinco apartamento de dos niveles destinado a uso habitacional en proceso de construcción.
Situada en el distrito 3-Pozos, cantón 9-Santa
Ana, de la provincia de San José. Colinda:
al norte finca filial veintiséis; al sur finca filial veinticuatro; al este Tomas Ortuño Morales
y al oeste área común destinada a calle de acceso. Mide: ciento ochenta
y un metros con sesenta y seis decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
y cero minutos del diecinueve
de mayo de dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las once
horas y cero minutos del veintisiete
de mayo de dos mil veinte con la base de ciento tres mil seiscientos veintiún dólares con setenta centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas
y cero minutos del cuatro
de junio de dos mil veinte
con la base de treinta y cuatro
mil quinientos cuarenta dólares con cincuenta y seis
centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Bac San Jose contra Beatriz Patarino González, Filial Conbdominio
Boulevar del Sol Número Veinticinco Valeria S.A, Ricardo Adolfo Lineros
Linero. Expediente Nº
19-014861-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
Primer Circuito Judicial de San Jose, 24 de febrero del año 2020.—Lic. Heilim María Badilla Alvarado, Jueza Decisora.—(
IN2020453912 ).
En este Despacho, con una base de ochenta
y ocho mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 190993-000, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 1-San Vicente, cantón 14-Moravia, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
lote 1; al sur, lotes 46 y
47; al este, lote 55 y al oeste, lote 53. Mide: doscientos ochenta y tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticinco de mayo de dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y
cero minutos del dos de junio
de dos mil veinte con la base de sesenta
y seis mil dólares exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diez de junio de dos mil veinte con la base de veintidós
mil dólares exactos (25% de
la base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Bac San José contra Gabriela María Liebhaber Bueso, expediente N° 19-019186-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 06 de marzo del
año 2020.—Lic. Wendy Pagani
Rojas, Jueza Decisora.—( IN2020453913 ).
En este Despacho, con una base de ciento treinta y siete mil quinientos tres dólares con catorce centavos, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número: 149708,
derechos 001 y 003, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando el derecho cero cero
uno prevención bajo las citas:
2011-252731-01-0005-001 y demanda penal bajo las citas: 800-495231-01-0001-001 y el derecho cero cero tres soportando
prevención bajo las citas:
2011-252731-01-0005-001 y demanda penal bajo las citas: 800-495232-01-0001-001; dicho
inmueble es terreno con una
casa, situado en el distrito: 8-Mata Redonda, cantón:
1-San José, provincia: San José, Linderos:
norte: Amparo Castro Castro;
sur: calle pública con 10
metros, este: Ludwing
Schlager, oeste: Abraham Meltzer, Mide:
trescientos ochenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del diecinueve de mayo
del dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cuarenta minutos del veintisiete de mayo
del dos mil veinte con la base de ciento
tres mil ciento veintisiete dólares con treinta y cinco centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del cuatro de junio del dos mil veinte con la
base de treinta y cuatro
mil trescientos setenta y cinco dólares con setenta y ocho centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra
Enrique Balsevicius Uquillas,
Julia Siri Unamuno, Oscar Arturo Siri Zúñiga. Expediente N° 18-008161-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 23 de abril del año 2020.—Licda. Isabel Castillo
Navarro, Jueza Decisora.—( IN2020453916 ).
En este Despacho, con una base de ocho
mil ochocientos noventa y cinco dólares con treinta y cuatro centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo BJG455, marca
Mitsubishi, estilo Lancer GLS, chasis
JMYSNCY1AGU000352, año 2016, color blanco. N° Motor: 4A92BX8794, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas y cero minutos del diecinueve de mayo de dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y
cero minutos del veintisiete
de mayo de dos mil veinte con la base de seis mil seiscientos setenta y un dólares con cincuenta centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del cuatro de junio de dos mil veinte con la base de dos mil doscientos
veintitrés dólares con ochenta y tres centavos (25% de
la base original). notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
Proceso Ejecución Prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Karol
Adriana Molina Fernández, Kevin Ricardo López Cartín.
Expediente N° 19-012904-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 24 de octubre del año 2019.—Lic. Nidia Durán Oviedo, Jueza Tramitadora.—(
IN2020453917 ).
En este Despacho, con una base de treinta
y seis millones novecientos
tres mil novecientos setenta y siete colones con noventa y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número doscientos veintisiete mil seiscientos dos-cero cero cero,
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito San Isidro, cantón San Ramón, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte
Casa Técnica de C.R. Limitada, sur: Casa Técnica de
C.R. Limitada, este: María
Rosa Ramírez, oeste: calle
publica con 8 metros lineales. Mide:
ciento setenta y seis
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de setiembre de
dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del diez de setiembre de dos mil veinte con
la base de veintisiete millones
seiscientos setenta y siete mil novecientos ochenta y tres colones con cuarenta y ocho céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de setiembre de dos mil
veinte con la base de nueve
millones doscientos veinticinco mil novecientos cuarenta y cuatro colones con cuarenta y nueve céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L
contra Luis Diego Sandoval Sánchez. Expediente Nº
19-000940-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramon), 14 de abril del año 2020.—María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza Tramitadora.—( IN2020453936
).
En este Despacho, con una base de ocho millones setecientos sesenta y ocho mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref., servidumbre de paso; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento cincuenta
y cuatro mil doscientos ocho, derecho cero cero uno y
cero cero dos, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 03 Pocora, cantón 06 Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Ivannia Francys Mata; al sur, Ivannia Francys Mata; al este, Lucía María Mendoza Solís y al oeste,
servidumbre de paso. Mide: ciento ochenta
y tres metros con cero decímetros
cuadrados. Plano: L-1729395-2014 metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y cero minutos del veintiséis de mayo de dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y
cero minutos del tres de junio de dos mil veinte con la
base de seis millones quinientos
setenta y seis mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las trece horas y cero minutos del
once de junio de dos mil veinte
con la base de dos millones ciento
noventa y dos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro
y Préstamo contra Esteban Castro Salazar, Jennifer
María Salas Salas. Expediente
Nº 19-000430-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí, 22
de abril del 2020.—Licda.
Hazel Patricia Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2020453952 ).
En este Despacho, con una base de dieciocho
millones cuatrocientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas 0306-00003773-01-0902-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 437282-000, derecho cero cero
cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
Granadilla, cantón Curridabat,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con un frente
de 14,03 centímetros; al sur, lote
10; al este, calle pública con un
frente de 9,18 centímetros;
y al oeste, Asociación
Centro Cristiano. Mide: ciento
sesenta metros con nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del trece de mayo del dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veintiuno de mayo del dos mil veinte
con la base de trece millones
ochocientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez horas y cero minutos del uno
de junio del dos mil veinte
con la base de cuatro millones
seiscientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro
y Préstamo
contra Alex Durán Araya. Expediente N° 19-019919-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro
Primer Circuito Judicial de San José, 04 de marzo
del 2020.—Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—( IN2020453954 ).
En este Despacho, con una base de diez millones doscientos diecinueve mil cuatrocientos setenta y un colones con treinta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones citas: 400-02040-01-0955-002, condiciones
ref.: 00271313-000, citas: 400-02040-01-0956-001, condiciones ref.: 00271313-000, citas
400-02040-01-0957-002; sáquese a remate
la finca del Partido de Alajuela, matrícula
número cuatrocientos setenta y nueve mil ochocientos treinta y seis,
derecho cero cero uno y cero cero
dos, la cual es terreno naturaleza lote 2, terreno para construir. Situada en el distrito
13-Peñas Blancas, cantón
2-San Ramón de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Los Lagos de Chachagua S.A.; al sur, Los Lagos de Chachagua
S.A.; al este, calle pública y Los Lagos de Chachagua
S.A.; y al oeste, Los Lagos de Chachagua
S.A. Mide: ochocientos treinta y nueve metros cuadrados. Plano: A-1481387-2011. Para tal
efecto se señalan las
quince horas y treinta minutos
del veintiuno de mayo de dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta
minutos del veintinueve de
mayo de dos mil veinte, con la base de siete millones seiscientos sesenta y cuatro mil seiscientos tres colones con cincuenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las
quince horas y treinta minutos
del ocho de junio de dos
mil veinte, con la base de dos millones
quinientos cincuenta y cuatro mil ochocientos sesenta y siete colones con ochenta y cuatro céntimos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Olman Edgardo Alfaro Navarro, Shirley de Los Ángeles Vega Cordero. Expediente
N° 19-003462-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí, 20
de abril del 2020.—Licda.
Hazel Patricia Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2020453956 ).
En este Despacho, con una base de trece millones veintiséis mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 317-07490-01-0900-001, servidumbre
trasladada citas:
368-12072-01-0900-001, servidumbre trasladada citas:
372-15145-01-0902-001, servidumbre trasladada citas: 372-15145-01-0903-001;
sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 469988, derecho
001 y 002, la cual es terreno
resto reservado de Edin Sánchez Carranza. Situada en el distrito:
5-Venecia, cantón:
10-San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, resto reservado de Edin Sánchez Carranza, sur, calle de acceso a calle pública con un ancho de 3 metros lineales
y un frente a ella de 3,6
metros en medio de Jovel
Arrieta Chacón, este, resto
reservado de Edin Sánchez Carranza, oeste, Alexander Chacón Ramírez. Mide: doscientos treinta y un metros cuadrados.
Plano: A-1406957-2010. Para tal efecto,
se señalan las diez horas y
treinta minutos del veintidós de mayo de dos mil veinte.
de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del uno de junio de dos mil veinte con la
base de nueve millones setecientos sesenta y nueve mil quinientos colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del nueve de junio de dos mil veinte con la base de tres millones doscientos cincuenta y seis mil quinientos colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Héctor
Arturo Rojas Castillo y María Jacqueline Sánchez Gómez. Expediente Nº 19-004963-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 12 de marzo del 2020.—Licda. Eunice
Pérez Arce, Jueza Decisora.—( IN2020453969 ).
En este Despacho, con una base de catorce
millones novecientos treinta y seis mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento ochenta
y seis mil doscientos sesenta
y seis, derecho 186266, la cual es terreno para construir, lote nueve H. Situada
en el distrito San Isidro, cantón Montes de Oro, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte
lote ocho H, sur:
Municipalidad de Montes de Oro, juegos infantiles, este: calle publica, calle cuatro, oeste: lote treinta y dos H; Mide: ciento cincuenta
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del veinticinco de mayo de dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero
minutos del dos de junio de
dos mil veinte con la base de once millones doscientos dos mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del diez de junio de dos mil veinte con la
base de tres millones setecientos treinta y cuatro mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda Ahorro y Préstamo contra Juan De
Dios Gallo García, María Isabel Córdoba Aguilar Expediente
Nº 18-003837-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, 19 de febrero
del año 2020.—Lic. Douglas
Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2020453970 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta
millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de
Alajuela, matrícula número trescientos dieciocho mil novecientos cuarenta, derecho
cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir con una casa, bloque P,
lote catorce. Situada en el distrito
2-San José, cantón 1-Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, lote 13-P; al
sur, lote 15-p; al este, calle pública; y al oeste, lote 19-P. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
y cero minutos del veinticinco
de mayo de dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las once
horas y cero minutos del dos de junio
de dos mil veinte, con la base de treinta
y siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las once
horas y cero minutos del diez
de junio de dos mil veinte,
con la base de doce millones
quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Greyvin José Guevara Chaves. Expediente
N° 20-000907-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 3 de febrero del 2020.—Lic. Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2020453971 ).
En este Despacho, con una base de dieciséis
millones setecientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas 316-09193-01-0901-002;
sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 177630-000, la cual es terreno con dos casas. Situada en el distrito 10 Desamparados, cantón 01 Alajuela, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
Amalia María Calvo; al sur, calle pública; al este,
José Luis Quirós; y al oeste,
lote 3. Mide: doscientos veintisiete metros con
treinta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y quince minutos del veinticinco de mayo del dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y
quince minutos del dos de junio
del dos mil veinte con la base de doce
millones quinientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas y quince minutos del diez de junio del dos mil veinte con la
base de cuatro millones ciento ochenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base
original) Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
Proceso Ejecución Hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Daril Yordano Torres Campos, Mario Leonardo Viales
Campos. Expediente N° 20-000036-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 10 de marzo
del 2020.—Lic. Melquisedec
Rodríguez Ramírez, Juez Tramitador.—( IN2020453972
).
En este Despacho, con una base de cuarenta
y ocho millones cuatrocientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de
San José, matrícula N° 367591-003 y 004, la cual es terreno para construir con una casa N° 93. Situada en el distrito 4-Mata de Plátano, cantón 8-Goicoechea de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
calle pública con 10 m. 41 cm.; al sur, lote
97; al este, lote 94; y al oeste, calle pública con 8 m. 28 cm. Mide: ciento cinco
metros cuadrados. Plano: SJ-0823885-1989. Para tal efecto se señalan
las once horas y treinta minutos
del veinticinco de mayo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once
horas y treinta minutos del
dos de junio de dos mil veinte,
con la base de treinta y seis millones
trescientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las once
horas y treinta minutos del
diez de junio de dos mil veinte, con la base de doce millones cien mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Graweling Erllinda Guido Morales,
Victor Manuel Rojas Rojas. Expediente:
19-013263-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San Jose, 13 de enero del 2020.—Lic. Verny Arias Vega, Juez.—(
IN2020453973 ).
En este Despacho, con una base de veinticuatro
millones quinientos treinta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas ley caminos citas:
408-02290-01-0055-001, reservas ley aguas citas:
408-02290-01-0056-001; sáquese a remate
la finca del partido de
Limón, matrícula número ciento cincuenta y cinco mil treinta y seis, derecho
cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Cahuita, cantón Talamanca, de la provincia
de Limón. Colinda: al norte
Garbo S.A; al sur calle publica; al este, calle publica y al oeste Garbo S. A. Mide: mil
quince metros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de mayo
del año dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del cinco de junio del año dos mil veinte con la base de
dieciocho millones trescientos noventa y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del quince de junio del año dos mil veinte con la base de seis millones
ciento treinta y dos mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ana Ruth
Ramírez Campos. Expediente Nº 20-000019-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial Zona Atlántica, 22 de enero del año 2020.—Lic. Roy Córdoba Hernández, Juez Decisor.—(
IN2020453974 ).
En este Despacho, Con una base de cincuenta y
seis millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos citas: 2011-
133707-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula
número ciento cuarenta y un mil ochocientos cuarenta y uno, derecho cero cero cero, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito 1-Guápiles, cantón 2-Pococí, de la
provincia de Limón. Colinda: al norte, Guillermo Campos Marín; al sur,
Guillermo Campos Marín; al este Oldemar Jiménez Fallas y al oeste calle pública
con veinticinco metros.- Mide: ochocientos ochenta y
nueve metros cuadrados. Plano L-1521315-2011. Para tal efecto, se señalan las
nueve horas y treinta y cinco minutos del veintinueve de mayo de dos mil
veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas
y treinta y cinco minutos del ocho de junio de dos mil veinte con la base de
cuarenta y dos millones de colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y
treinta y cinco minutos del dieciséis de junio de dos mil veinte con la base de
catorce millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y préstamo
contra Mario Alberto Zeledón Aguilar. Expediente Nº
19-004926-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí,
03 de marzo del 2020.—Lic. Jeffrey Thomas Daniels, Juez Tramitador.—(
IN2020453976 ).
En este Despacho, con una base de setenta
y seis mil quinientos dólares
exactos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número setenta y dos mil seiscientos nueve - cero cero cero (72609-000), la cual es terreno naturaleza: terreno con 1 casa. Situada en el distrito
2-Rincón de Sabanilla, cantón 9-San Pablo, de la provincia de Heredia. Colinda: al
norte, Trinidad Arce Camacho; al sur, Freddy Sánchez
Arce; al este, calle pública y al oeste, calle privada.
Mide: doscientos tres metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Plano: H-0001225-1973. Para tal
efecto, se señalan las trece horas y quince minutos del veintinueve de mayo de dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y
quince minutos del ocho de junio de dos mil veinte con la
base de cincuenta y siete
mil trescientos setenta y cinco dólares exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y quince minutos del dieciséis de junio de dos mil veinte con la base de diecinueve
mil ciento veinticinco dólares exactos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda contra
María Elena Calderón Jiménez, Mariline de Los Ángeles Vargas Calderón, expediente
N° 19-014938-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 18 de marzo
del año 2020.—Lic. Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—(
IN2020453977 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En este Despacho,
con una base de seis millones quinientos
mil colones exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 388-06218-01-0274-001; sáquese
a remate la finca del partido de: San José, matrícula número: 430430, derechos: 001 y 002, la cual
es terreno: para construir
con 1 casa. Situada en el distrito: 5-San Felipe, cantón:
10-Alajuelita, de la provincia de: San José. Colinda: al norte, INVU; al sur, calle pública; al este, INVU y lote 503, y al oeste, INVU. Mide: ciento quince metros con cuarenta
y seis decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del veinticinco de mayo
del dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y cero minutos del dos
de junio del dos mil veinte,
con la base de cuatro millones
ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las diez horas y cero minutos del diez de junio del dos mil veinte, con la base de un millón seiscientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos
de publicación, previa revisión
del Edicto a fin de cotejar
que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá
indicarlo al despacho
dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Beatriz
Flores Flores, Emilce Arce
Serrano. Expediente Nº 20-004427-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 13 de marzo del 2020.—Lic. Tadeo Solano Alfaro, Juez.—( IN2020453993 ).
En este Despacho, con una base de tres millones setecientos ochenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: 847525, marca: Mitsubishi, estilo:
Montero Sport, categoría:
automóvil,
capacidad: 5 personas, carrocería: todo
terreno 4 puertas, tracción: 4x4, número de chasis:
MMBGNKH90AF012384, año fabricación:
2011, color: beige, número
motor: 6G74XB4802, cilindrada: 3497 C.C, combustible:
gasolina. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del
dos de junio del dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y
cero minutos del diez de junio del dos mil veinte, con la
base de dos millones ochocientos
treinta y cinco mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de junio del dos mil veinte, con la
base de novecientos cuarenta
y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de José Luis Chinchilla Astúa contra Carlos Alberto del S
Pereira Quirós.
Expediente N° 19-002172-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 12 de febrero del
2020.—Lic. Lidia Mayela
Díaz Anchía, Jueza Tramitadora.—(
IN2020453998 ).
En este Despacho, con una base de dos millones
seiscientos ochenta y cinco mil setecientos cincuenta y cuatro colones con treinta céntimos, soportando colisiones, número boleta 2015-201601516 del Juzgado
de Tránsito
de Desamparados, sáquese a remate
el vehículo TSJ006274. Marca: Hyundai. Estilo: Accent. Categoría: automóvil. Capacidad: 5 personas. Chasis
KMHCM41AP6U048309. Color: rojo. Año:
2006. Combustible: gasolina. Se aclara
que únicamente está a la venta pública es el vehículo no así la placa. Para tal efecto se señalan las once horas
y quince minutos del treinta
de julio de dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y quince minutos
del diez de agosto de dos
mil veinte con la base de dos millones
catorce mil trescientos
quince colones con setenta
y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y quince minutos
del dieciocho de agosto de
dos mil veinte con la base de seiscientos
setenta y un mil cuatrocientos
treinta y ocho colones con cincuenta y siete céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución garantías mobiliarias de Financiera Desyfin S. A. contra Adinia Marjorie Gerarda Alvarado Acuña. Expediente Nº
20-001248-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de
San José,
26 de febrero del 2020.—Licda.
Nidia Durán Oviedo, Jueza Tramitadora.—( IN2020454004
).
En este Despacho, con una base de cuatro millones novecientos treinta y un mil seiscientos cuatro colones con sesenta y dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate únicamente el vehículo placas TSJ003187, marca: Hyundai,
estilo: Accent, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie:
KMHCM41AP8U273049, año 2008, carrocería: sedán 4 puertas,
tracción: 4x2, combustible gasolina.
Para tal efecto se señalan las catorce horas y
quince minutos del tres de agosto de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y
quince minutos del once de agosto
de dos mil veinte con la base de tres
millones seiscientos noventa y ocho mil setecientos tres colones con cuarenta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las catorce horas y quince minutos
del diecinueve de agosto de
dos mil veinte con la base de un millón
doscientos treinta y dos
mil novecientos un colones
con quince céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución Garantías Mobiliarias de Financiera Desyfin S. A. contra
Juan Ramón Alvarado Ruiz, expediente N°
20-001088-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de
San José, 17 de marzo del año
2020.—Licda. Nidia Durán Oviedo, Jueza Tramitadora.—( IN2020454005 ).
En este Despacho, con
una base de dos millones quinientos catorce mil cuatrocientos setenta y seis
colones con treinta y un céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa TSJ006380, marca Hyundai, estilo Accent,
chasis KMHCG41FP3U489183, capacidad 5 personas, color rojo, año 2003,
combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas y treinta
minutos del seis de agosto de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del diecisiete de
agosto de dos mil veinte con la base de un millón ochocientos ochenta y cinco
mil ochocientos cincuenta y siete colones con veintitrés céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de agosto de dos mil veinte con
la base de seiscientos veintiocho mil seiscientos diecinueve colones con siete
céntimos (25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A.
contra Juan Carlos Vindas Leitón EXP:20-001310-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 18 de
marzo del 2020.—Licda. Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—(
IN2020454006 ).
En este Despacho, con una base de dos millones
trescientos mil trescientos
veintitrés colones con veintidós céntimos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el vehículo placa: TSJ-002595, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: KMHCG41GP4U534709, carrocería:
sedan 4 puertas, tracción:
4X2, color: rojo. Para tal efecto se señalan las 13:30 horas
del 06/08/2020. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las 13:30 horas del 17/08/2020 con la base de
un millón setecientos veinticinco mil doscientos cuarenta y dos colones con cuarenta y un céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las 13:30 horas del 25/08/2020 con la base de quinientos setenta y cinco mil ochenta colones con ochenta céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Mario Alberto Briceño
Vargas. Expediente 20-001132-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 29 de marzo del año 2020.—Lic. Paula Morales González, Jueza
Decisora.—(
IN2020454007 ).
En este Despacho, con una base de catorce
millones setenta y cinco mil doscientos cuarenta y cinco colones con sesenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, número 143566-000, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 11-Cóbano, cantón 1-Puntarenas, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte,
Fabio Steller Rojas; al sur, Carlos Enrique Steller Vargas E; al este, José Varela Sánchez y al oeste, calle pública con 9,35 metros lineales. Mide: quinientos noventa metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del uno de junio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del nueve de junio de dos mil veinte con la base de diez millones quinientos cincuenta y seis mil cuatrocientos
treinta y cuatro colones con veintitrés céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las trece horas y treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil veinte con la
base de tres millones quinientos dieciocho mil ochocientos once colones con cuarenta y un céntimos (25% de la
base original). Con una base de diecisiete millones ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas: 369-00002904-01-0019-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, número
292464-000, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito 6-San Rafael, cantón 2-San Ramón, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte,
Clemencia Álvarez Rodríguez; al sur, Juan Alberto Granados Álvarez; al este, María Elena Granados Fernández y al oeste, servidumbre de paso con 8 metros. Mide: ciento cincuenta y seis metros
con veintidós decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del uno de junio de dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del nueve de junio de dos mil veinte con la
base de trece millones trescientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil veinte con la base de cuatro millones cuatrocientos
cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Aronia de Los Ángeles Araya Murillo, Ricardo Jesús Steller Vargas.
Expediente Nº 19-010465-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de
Puntarenas, 02 de marzo del 2020.—Licda. Hellen Gutiérrez Desanti, Jueza Decisora.—( IN2020454029 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta
millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
395-03669-01-0021-001, plazo de convalidación (rectificación de medida)
citas: 2013-57734-01-0016-001, servidumbre
de paso citas:
2013-57734-01-0024-001; sáquese a remate
la finca del partido de
Puntarenas, matrícula número
207433-000, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito 1-Parrita, cantón 9-Parrita, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte,
Édgar Valverde Salas; al sur, calle pública con un frente de 20.00
metros; al este, Édgar Valverde Salas y Maribel Cascante Madrigal y al oeste,
Édgar Valverde Salas. Mide: mil metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del dos de junio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del diez de junio de dos mil veinte con la base de treinta millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciocho de junio de dos mil veinte con la base de diez millones de colones exactos (25% de la base original). Notas:
se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria
de Banco de Costa Rica contra Óscar Josué
Fernández Elizondo, expediente N°
19-010096-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, 24 de febrero
del año 2020.—Licda. Hellen
Gutiérrez Desanti, Jueza Decisora.—(
IN2020454030 ).
En este Despacho, con una base de siete
millones trescientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando limitaciones de leyes 7052, 7208 sist.
financiero de vivienda, citas 2015-00368094-01-0001-001; sáquese a remate la
finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento setenta y tres mil
setenta y cinco, derecho 001, 002, la cual es terreno para construir lote 8.
Situada en el distrito 01 Parrita, cantón 09 Parrita, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Los Pinos de Las Vegas
S.A.; al este, Los Pinos de Las Vegas S.A. y al oeste, Los Pinos de Las Vegas
S.A. Mide: setecientos cincuenta metros con cero decímetros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las diez horas y veinte minutos del diecinueve de agosto de
dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez
horas y veinte minutos del veintisiete de agosto de dos mil veinte con la base
de cinco millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las diez horas y veinte minutos del cuatro de setiembre de dos mil veinte con
la base de un millón ochocientos veinticinco mil colones exactos (25% de la
base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Irvin Miguel Prado Arias. Expediente Nº 19-006263-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, 12 de febrero del 2020.—Lic. Luis Carrillo Gómez,
Juez.—( IN2020454031 ).
En este Despacho, con una base de setenta
y cinco mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo citas: 363-10374-01-0900-001, reservas
y restricciones bajo citas:
365-10803-01-0903-001, reservas y restricciones
bajo citas: 365-10803-01-0904-001, reservas y restricciones
bajo citas: 365-10803-01-0905-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 51228-F-000, la cual es terreno filial dos: finca filial primaria individualizada marcada con el número dos, que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 1-Quepos, cantón 6-Quepos, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte:
finca filial número tres; sur: finca filial número uno y servidumbre pluvial en parte; este:
área de acceso y al oeste: servidumbre pluvial. Mide: mil seiscientos treinta y tres metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de setiembre de dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del uno de octubre de dos
mil veinte con la base de cincuenta
y seis mil doscientos cincuenta
dólares exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del nueve de octubre de dos mil veinte con la base de dieciocho
mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Dante Luis
Herrera Portilla, Dante`s Water Sport Limitada. Expediente N°
19-010509-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, 26 de febrero
del año 2020.—Licda. Zary Navarro Zamora, Jueza Tramitadora.—(
IN2020454032 ).
En este Despacho, con una base de un millón
trescientos setenta y nueve mil trescientos quince colones con siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo 485017, marca: Hyundai, estilo: Sonata
Gold, categoría: automóvil,
Serie: KMHCF21DPPU014952, año 1993, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, chasis y Vin:
KMHCF21DPPU014952 cilindrada: 2000 combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiocho de mayo de dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y
cero minutos del ocho de junio de dos mil veinte con la
base de un millón treinta y
cuatro mil cuatrocientos ochenta y seis colones con treinta céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de junio de dos mil veinte con la
base de trescientos cuarenta
y cuatro mil ochocientos veintiocho colones con setenta y seis céntimos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Kalmich Sociedad Anónima contra Javier Ricardo Obando Fuentes. Expediente Nº 18-006305-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 19 de marzo
del año 2020.—Licda.
Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2020454036
).
En este Despacho, con una base de ocho
mil seiscientos ochenta y
dos dólares exactos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo: Placas número 619350. Marca Ssang Yong. Estilo RX 270 XDI. Categoría automóvil. Capacidad siete personas. Año 2006. Color negro. Vin KPTG0B1FS6P202888. Combustible
diesel. Motor Nº 66592512530289. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del tres de junio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del once de junio de dos mil veinte con la base
de seis mil quinientos once dólares
con cincuenta centavos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintidós de junio de dos mil veinte con la base de dos mil ciento
setenta dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima
contra Heiner Monge Camacho, y a Ricardo Adolfo Moreira Gómez. Expediente Nº 18-003841-1338-CJ. Notifíquese.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 06 de diciembre del 2019.—Licda.
Yesenia Hernández Ugarte, Jueza.—( IN2020454040 ).
En este Despacho, con una base de seis mil setecientos
treinta y tres dólares con sesenta y un centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: CL-226592, marca: Nissan,
estilo: Frontier, categoría:
carga liviana, capacidad: 10 personas, serie:
JN1APGD22Z0001792, carrocería: transporte de reos, tracción: 4x2, peso bruto: 1500 Kgrms. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del cinco de junio del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas y
cero minutos del quince de junio
del dos mil veinte, con la base de cinco mil cincuenta dólares con veintiún centavo (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de junio del dos mil veinte, con la
base de mil seiscientos ochenta
y tres dólares con cuarenta centavos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA)
Sociedad Anónima contra Melania de la Trinidad Calderón Morales. Expediente N° 19-005401-1338-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 10 de febrero
del 2020.—Lic. Gerardo Monge Blanco, Juez Decisor.—( IN2020454041 ).
En este Despacho, con una base de diez
mil cuatrocientos cuatro dólares con veintiséis centavos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa: 767916, marca: Mitsubishi, estilo:
Outlander, categoría: automóvil,
serie: JMYXTCW5W8Z001940, tracción:
4X4, número chasis:
JMYXTCW5W8Z001940, año fabricación:
2008, color: plateado, VIN: JMYXTCW5W8Z001940, N.motor: 4B12BH9387. Para tal efecto se señalan las nueve horas y treinta minutos del ocho de junio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de junio de dos mil veinte con la base de siete mil ochocientos tres dólares con veinte centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de junio de dos mil veinte con la
base de dos mil seiscientos un dólar
con siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA)
Sociedad Anónima contra Martha Bismara Pérez Lozza. Expediente Nº 19-001208-1044-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 09 de marzo del año 2020.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2020454042 ).
En este Despacho, con una base de cuatro
mil trescientos sesenta dólares con setenta y seis
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa: 882510, marca: Mitsubishi, estilo: Lancer
GLS, categoría: automóvil, capacidad:
5 personas, año: 2011, color: gris,
vin: JMYSRCY2ABU001314, N° motor: 4A91AH3023, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de mayo del dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de junio del dos mil veinte, con la
base de tres mil doscientos
setenta dólares con cincuenta y siete centavos (75%
de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del once de junio del dos mil veinte, con la
base de mil noventa dólares
con diecinueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima
contra Javier Enrique Carrillo León. Expediente N° 19-020808-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 16 de marzo
del 2020.—Lic. Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—(
IN2020454043 ).
En este Despacho, con una base de doce
mil novecientos diez dólares con setenta y seis
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo TC000858, marca: Citroen,
estilo: Berlingo, categoría:
automóvil,
capacidad: 7 personas, serie:
VF77S9HECGJ508929, carrocería: Station Wagon o Familiar, tracción:
4x2, año fabricación: 2016.
Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos
del veinticinco de mayo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once
horas y cero minutos del dos de junio
del dos mil veinte, con la base de nueve mil seiscientos ochenta y tres dólares con siete centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas
y cero minutos del diez de junio del dos mil veinte, con la
base de tres mil doscientos
veintisiete dólares con sesenta y nueve centavos (25% de
la base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA)
Sociedad Anónima
contra Antonio Vianney Piedra Brenes. Expediente N°
19-004544-1338-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 5 de marzo del 2020.—Lic.
Yanin Torrentes Ávila, Juez Tramitador.—(
IN2020454044 ).
En este Despacho, con una base de diecisiete
mil ochocientos noventa y nueve dólares con treinta y ocho centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BQR435.marca: Peugeot estilo:
301 categoría: automóvil capacidad: 5 personas. N.motor: 10B2170111104. Para tal
efecto se señalan las once
horas y cero minutos del veintinueve
de junio de dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos
del siete de julio de dos
mil veinte con la base de trece
mil cuatrocientos veinticuatro
dólares con cincuenta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos
del quince de julio de dos mil veinte
con la base de cuatro mil cuatrocientos
setenta y cuatro dólares con ochenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales Veinsa Sociedad Anónima contra Kenny Daniel Quesada Castro. Expediente Nº 18-008741-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia, 17 de marzo del año
2020.—Lic. German Valverde Vindas,
Juez Tramitador.—( IN2020454045 ).
En este Despacho, con una base de ciento sesenta mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref.:
2695-597-001, citas: 0319-00007992-01-0922-002; servidumbre de paso, citas: 0486-00004329-01-0002-001; sáquese
a remate la finca del
Partido de Puntarenas, matrícula número
ciento diecisiete mil trescientos setenta y dos,
derecho 000, la cual es terreno
con una casa y bosque. Situada en
el distrito 01 Jacó, cantón
11 Garabito de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Brazza Ville
S. A.; al sur, calle pública; al este,
Brazza Ville S.A.; y al oeste, Valle Perdido de Playa Hermosa S. A. Mide:
mil quinientos dos metros con ochenta
y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del treinta y uno de agosto de dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del ocho de setiembre de dos mil veinte, con la base de ciento veinte mil dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciséis de setiembre de dos mil
veinte, con la base de cuarenta
mil dólares exactos (25% de
la base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Sunrise Service Unlimited S. A. contra Jacoland Hermosaland Properties
Ltda. Expediente N° 19-009639-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de
Puntarenas, 20 de febrero del 2020.—Lic. Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—(
IN2020454047 ).
En este Despacho, con la base de la hipoteca
de segundo grado vencida de veintitrés millones setecientos mil colones exactos, soportando hipoteca primer grado 2013-00217107-01-0001-001 a favor del Banco Nacional
de Costa Rica, sáquese a remate
la finca del partido de San
José, matrícula número quinientos cuatro mil cuatrocientos cincuenta y tres, derecho 000, la cual es terreno de agricultura con tres casas de habitación. Situada en el distrito
Piedades, cantón Santa Ana,
de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Vicente Alpízar Morales; al sur, lote dos de Pedro Morales Porras; al este,
Enrique Badilla Jiménez y calle
pública con 13 metros 8 centímetros
y al oeste, Temporalidades
de la Arquidiócesis
de San José. Mide: dos mil quinientos
once metros con cuatro decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de mayo de dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de mayo
de dos mil veinte con la base de diecisiete
millones setecientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de junio de dos mil veinte con la
base de cinco millones novecientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de José Francisco Vargas Ureña
contra Ilse María Robles Mora. Expediente Nº
18-010236-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de
San José, 21 de octubre del 2019.—Licda. Mayra Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2020454055 ).
En este Despacho, con una base de ocho millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula
número ciento quince mil doscientos treinta y dos, derecho
cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote cinco, bloque X. Situada en el distrito
01 Espíritu
Santo, cantón 02 Esparza de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte,
alameda pública; al sur, INVU; al este,
INVU; y al oeste, INVU. Mide:
ciento diecisiete metros
con noventa decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las siete horas y treinta y cinco minutos del veintiocho de mayo de dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas y treinta y cinco minutos del cinco de junio de dos mil veinte, con la
base de seis millones trescientos
setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las siete horas y treinta y cinco minutos del quince de junio de
dos mil veinte, con la base de dos millones ciento veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Coopesparta R.L.
contra Fanny Pamela Rodríguez Marín, Floribeth Rodríguez Marín, Juan
Salvador Espinoza Montenegro. Expediente:
19-008679-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, 11 de febrero
del 2020.—Lic. Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2020454063 ).
En este Despacho, con una base de veinte millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, número ciento treinta mil doscientos treinta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno de Breñon. Situada en el distrito 10-Río Nuevo, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda:
al norte Jorge Fallas
Navarro, Aurelio Mena Mena; al sur Quebrada en medio de Ángel Manuel Fallas Camacho; al este Jorge
Mario Fallas Navarro y al oeste
Jorge Mario Fallas Navarro y carretera
interamericana. Mide: veintidós mil quinientos veinte metros con setenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de mayo
del año dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y
cero minutos del veintisiete
de mayo del año dos mil veinte
con la base de quince millones de colones
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cuatro de junio del año dos mil veinte con la base de cinco millones de colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con Firmado digital
de: un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso monitorio dinerario de Concentrados El
General Sociedad Anónima contra Jorge Mario Fallas Navarro. Expediente
Nº19-003650-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito
Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 06 de febrero del año 2020.—Lic. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza Tramitadora.—( IN2020454064
).
En este Despacho, con una base de siete
mil cuarenta y un dólares
con seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BFQ460, marca: Suzuki estilo: Swift D Zire GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2014, color: blanco,
VIN: MA3ZF62S0EA396632, N° motor: k12MN1303955, cilindrada:
1200 c.c, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las once horas y treinta minutos del veinticinco de mayo
de dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las once
horas y treinta minutos del
dos de junio de dos mil veinte
con la base de cinco mil doscientos
ochenta dólares con ochenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y treinta minutos del diez de junio de dos mil veinte con la
base de mil setecientos sesenta
dólares con veintisiete
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de
Costa Rica S.A. contra Vilma Estefany Sánchez Barquero. Expediente N°
19-006371-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 20 de marzo
del año 2020.—Lic. German
Valverde Vindas, Juez Tramitador.—(
IN2020454077 ).
En este Despacho, con una base de veintiséis
millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 410470-000,
derecho, la cual es terreno
para construir lote N°
C-12. Situada en el distrito Ipís, cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, lote C-7; al sur,
calle público; al este, lotes C-10 y C-11; y al oeste, lote C-13. Mide: noventa y ocho metros con un decímetro cuadrado. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y quince minutos del veintisiete de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y quince minutos del cuatro de agosto de dos mil veinte con la base de diecinueve millones novecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las ocho horas y quince minutos del doce de agosto de dos mil veinte con la base de seis millones
seiscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Carlos Miguel Juárez Mojica contra Suly Céspedes Rivera. Expediente N° 20-001068-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 13 de
febrero del año 2020.—Licda. Yesenia Auxiliadora
Hernández Ugarte, Jueza Decisora.—( IN2020454078 ).
En este Despacho, con una base de tres millones ochocientos cuarenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada (citas:
353-17829-01-0900-001); sáquese a remate
la finca del Partido de Alajuela, matrícula
número cuatrocientos cincuenta y ocho mil doscientos cincuenta y dos,
derecho 000, la cual es terreno
de café, lote dieciséis.
Situada en el distrito 6-San Juan, cantón
6-Naranjo de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Desarrolladora Llano San Juan S.A.; al sur, calle pública con un frente a ella de ocho
metros siete centímetros; al este,
Desarrolladora Llano San Juan S.A.; y al oeste, Desarrolladora Llano San
Juan S.A. Mide: ciento cincuenta y siete metros cuadrados. Para tal efecto se señalan las dieciséis horas y cero minutos
del trece de julio de dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas y cero minutos
del veintiuno de julio de
dos mil veinte, con la base de dos millones ochocientos ochenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos
del veintinueve de julio de
dos mil veinte, con la base de novecientos
sesenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ángela Hernández Ortega. Expediente N° 11-000754-0638-CI.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 14 de abril del 2020.—Licda. Hannia Isabel Núñez
Rodríguez, Jueza Decisora.—(
IN2020454079 ).
En este Despacho, con una base de seis millones
de colones exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando reservas y restricciones citas: 352-16479-01-0900-001; sáquese
a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 56241, derecho 000, la cual
es terreno agricultura topografía
plana. Situada en el distrito 3-San Antonio, cantón
2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, río Pescadero; al sur, Claudio Mendoza Villagra; al este, río Pescadero y al oeste, calle pública con 85m 75cm. Mide: dos mil quinientos veinticinco metros con veintiocho
decímetros
cuadrados. Plano: G-0416011-1981 identificador
predial: 502030056241. Para tal efecto,
se señalan las catorce
horas y quince minutos del veintiséis
de junio de dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y
quince minutos del siete de
julio de dos mil veinte con
la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las catorce horas y quince minutos
del quince de julio de dos mil veinte
con la base de un millón quinientos
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Irene
Carmona Arroyo. Expediente N° 19-000517-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial Guanacaste, Santa Cruz, 13 de diciembre
del año 2019.—Lic. Luis
Abner Salas Muñoz, Juez Tramitador.—( IN2020454080
).
En este Despacho, con una base de once millones
setecientos treinta y siete mil ciento cincuenta y cuatro colones con noventa y seis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
330-01224-01-0002-001, servidumbre de paso citas:
2015-43775-01-0003-001 y 2015-43775-01-0008-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 656463,
derecho cero cero cero, la cual es terreno de café, tacotal y una quebrada. Situada: en el distrito 9 Rosario, cantón 3
Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Arnulfo Rivera
Valverde; al sur, Andrés Corrales Corrales; al este, Édgar Valverde Valverde, y al oeste, Gilberto
Rivera Valverde y servidumbre agrícola de paso.
Mide: doce mil cuatrocientos treinta y cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de junio del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y cero
minutos del siete de julio del dos mil veinte, con la
base de ocho millones ochocientos dos mil ochocientos sesenta y seis colones con veintidós céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del
quince de julio del dos mil veinte,
con la base de dos millones novecientos
treinta y cuatro mil doscientos ochenta y ocho colones con setenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Ciudad
Quesada Coocique R.L. contra Mario Guillermo de Jesús Rivera
Valverde. Expediente N° 19-015460-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 20 de enero del
2020.—Lic. Verny Arias
Vega, Juez Tramitador.—( IN2020454081 ).
En este Despacho, con una base de veintinueve
mil seiscientos veintiún dólares con veinte centavos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa CL-300796, marca Toyota, estilo Hilux, capacidad 5 personas, año 2017, carrocería camioneta Pick-Up caja abierta o Cam-Pu, color
negro, tracción 4X4, VIN 8AJKB8CD4H1670915, N° motor.
2GD4228118, Modelo GUN125L-DGFSHF, cilindrada 2400 C.C., combustible diesel. Para tal efecto se señalan
las nueve horas y cuarenta
y cinco minutos del veinte de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de julio de dos mil veinte con la base de veintidós
mil doscientos quince dólares
con noventa centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de agosto de dos mil veinte con la
base de siete mil cuatrocientos
cinco dólares con treinta centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Financiera CAFSA
S.A. contra Ronny Alonso Alfaro Gutiérrez. Expediente
N° 20-000702-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de
San José, 06 de febrero del año
2020.—Licda. Yesenia Auxiliadora
Hernández Ugarte, Jueza Decisora.—( IN2020454093 ).
En este Despacho, con una base de siete millones setecientos treinta y tres mil doscientos noventa y seis colones con setenta y siete céntimos, soportando hipoteca de primer grado a favor del Banco Nacional de Costa Rica; sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas, número ochenta y
un mil seiscientos sesenta-cero cero cero, la cual
es terreno con una casa, lote
1. Situada en el distrito 01 Miramar, 04 cantón
Montes De Oro de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Plastimundo S. A.; al sur, Plastimundo
S. A.; al este, Plastimundo
S. A.; y al oeste, calle pública con 22.13 metros de frente.
Mide: setecientos ochenta y cuatro metros con dieciséis decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de mayo de dos mil veinte.
De no haber postores el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero
minutos del ocho de junio de dos mil veinte, con la
base de cinco millones setecientos noventa y nueve mil novecientos setenta y dos colones con cincuenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de junio de dos mil veinte, con la base de un millón novecientos treinta y tres mil trescientos veinticuatro colones con diecinueve céntimos (25% de la
base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Ciudad Quesada Coocique
R.L., contra Rolando Carlos Arguedas Aguilar. Expediente
N° 19-003866-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, 9 de diciembre
del 2019.—Lic. Hellen Gutiérrez Desanti,
Jueza Decisora.—( IN2020454104 ).
En este Despacho, con una base de veintidós
millones trescientos treinta y nueve mil quinientos ochenta y tres colones con
sesenta y siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate
la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento treinta y cuatro mil
noventa y tres, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 5- Santo Tomas, cantón 3-Santo Domingo, de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, sucesión de Eraida Chacón Guzmán;
al sur, calle pública con 12 m; al este, José Gerardo Cano Chaves y al oeste,
Edwin Cano Chaves. Mide: doscientos cincuenta y cuatro metros con setenta y dos
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos
del uno de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate
se efectuará a las catorce horas y cero minutos del nueve de setiembre de dos
mil veinte con la base de dieciséis millones setecientos cincuenta y cuatro mil
seiscientos ochenta y siete colones con setenta y cinco céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las catorce horas y cero minutos del dieciocho de setiembre de dos mil veinte
con la base de cinco millones quinientos ochenta y cuatro mil ochocientos
noventa y cinco colones con noventa y dos céntimos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Judith del Carmen Concepción
Martínez, Randall Alberto Quirós Fallas Expediente:18-000269-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Tercera, 6 de marzo del 2020.—Licda. Marlene
Solís Blanco, Jueza Tramitadora.—( IN2020454106 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
235-02208-01-0901-001, servidumbre trasladada citas:
235-02208-01-0925-001; sáquese a remate
la finca del partido de San
José, matrícula número
115183, derecho 006, la cual es terreno
de café, casa y 1 galerón. Situada en
el distrito 3-Vuelta de Jorco,
cantón 6-Aserri, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
Marcos Fallas Valverde; al sur, Alfredo Cerdas y Samuel Diaz; al este, camino en 1/2 Juana Abarca Valverde y al oeste,
quebrada en 1/2 Rafael Castillo. Mide:
veinte mil setecientos
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y cuarenta minutos del uno de junio de dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y cuarenta minutos del nueve de junio de dos mil veinte con la
base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas y cuarenta minutos del diecisiete de junio de dos mil veinte con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de José Antonio Fallas Arias
contra Inversiones Bartels S. A. Expediente
Nº 20-001797-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
Primer Circuito Judicial de San José, 11 de
marzo del 2020.—María del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—( IN2020454109 ).
En este Despacho, con una base de seis millones
ciento veinte mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas Ley Aguas bajo las citas: 425-01721-01-0004-001, reservas
Ley Caminos bajo las citas: 425-01721-01-0005-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 210484-000, la cual es terreno solar. Situada en el distrito
4-Tempate, cantón 3-Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, María de Los Ángeles Moreno Moreno; al sur, María de Los Ángeles Moreno Moreno;
al este, Costa Rica Lifestyle Sociedad Anónima y al oeste, servidumbre de paso de 06 mts. de
frente y María de Los Ángeles Moreno Moreno. Mide:
cuatrocientos ocho metros cuadrados. Plano: G-1809554-2015. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del diez de agosto de dos mil veinte con la base de cuatro millones quinientos noventa mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto de dos mil veinte con la
base de un millón quinientos
treinta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso monitorio dinerario de Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Empleados del Ministerio de Educación Pública R.L contra Alvir Francisco Lobo Moreno, expediente
N° 15-027558-1338-CJ. Previo a realizar
la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir
algún error lo comunicará
al despacho de inmediato
para su corrección.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 12 de marzo de 2020.—Lic. Verny Arias Vega, Juez.—( IN2020454111 ).
En este Despacho, con una base de veintiocho
millones doscientos sesenta y seis mil setecientos veinte colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 467918-001 Y 002, la cual
es terreno terreno para construir con una casa de habitación.
Situada en el distrito 1 Naranjo, cantón
6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Sergio Arce Morera; al sur servidumbre de paso; al este Yolanda Mora Chacón y al oeste Eduardo Pérez Mora. Mide: ciento veintisiete metros cuadrados plano: A-1447703-2010.
Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticinco de mayo del dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del dos de junio del dos mil veinte con la
base de veintiún millones doscientos mil cuarenta colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del diez de junio del dos mil veinte con la base de siete millones sesenta y seis mil seiscientos ochenta colones exactos (25% de la base
original). Con una base de seis millones ciento treinta y tres mil doscientos ochenta colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 476523-000, la cual es terreno terreno para construir, lote 209. Situada en el distrito
1 Naranjo, cantón 6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte Sergio Arce Morera;
al sur servidumbre de paso
con un frente de 9 metros; al este
Lidia Annethe Chacón
Arrieta y al oeste Yolanda Mora Chacón.
Mide: ciento veintiocho metros cuadrados plano: A-1447705-2010. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticinco de mayo
del dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del dos de junio del dos
mil veinte con la base de cuatro
millones quinientos noventa y nueve mil novecientos sesenta colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del diez de junio del dos mil veinte con la base de un millón quinientos treinta y tres mil trescientos veinte colones exactos (25% de la base original). Con una base de diecinueve millones trescientos mil colones, libre de
gravámenes y anotaciones, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 448336-000, la cual es terreno terreno para construir. Situada en el distrito
1Naranjo, cantón 6Naranjo, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte
Sergio Arias Morera; al sur servidumbre
de paso con 6 metros y Annia
Isabel Mora Chacón; al este
Annia Isabel Mora Chacón y
al oeste Lidia Annette Chacón
Arrieta y servidumbre de paso
con 2 metros 50 centímetros. Mide:
cuatrocientos tres metros
con treinta y dos decímetros
cuadrados plano:1264166-2008. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticinco de mayo del dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero
minutos del treinta y dos
de junio del año dos mil veinte con la base de catorce millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez horas y cero minutos del diez de junio del año dos mil veinte con la base de
cuatro millones ochocientos veinticinco mil colones (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro
y Préstamo contra Luis Guillermo Aguilar Carvajal,
Roger Atencio Atencio, Sandra María Piedra Madrigal. Expediente Nº 19-003130-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de
Grecia, 16 de abril del año
2020.—Lic. Patricia
Eugenia Cedeño Leitón, Jueza
Decisora.—(
IN2020454120 ).
En este Despacho, con una base de veinticuatro
millones trescientos cuarenta y cinco mil setecientos catorce colones con setenta y tres céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajos citas:
373-00661-01-0949-001; sáquese a remate
la finca del partido de San
José, matrícula número
369045-000, la cual es terreno
const con 1 casa. Situada en
el en el distrito 9-Pavas, cantón 1-San
José de la provincia de San José. Linderos: norte, lotes 1 y 2; sur, lote 6; este, Sogeco S. A. y oeste, alameda Río Sardinal. Mide: ochenta y siete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de mayo
del año dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero
minutos del veintisiete de
mayo del año dos mil veinte
con la base de dieciocho millones
doscientos cincuenta y nueve mil doscientos ochenta y seis colones con cuatro céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de junio del año dos mil veinte con la base de seis millones
ochenta y seis mil cuatrocientos
veintiocho colones con sesenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Yulian Adriana Abarca Anchia, expediente N° 19-001853-1765-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 01 de noviembre del año 2019.—Cristian
Mora Acosta, Juez Tramitador.—(
IN2020454135 ).
En este Despacho, con una base de seis millones
ochocientos setenta y seis
mil ciento cuarenta colones con ochenta y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones, sáquese a remate
el vehículo: cl-282841, marca: GREATWALL, categoría: carga liviana, serie: LGWCA217XFB613555, carrocería:
camioneta pick-up caja abierta o Cam-Pu, tracción: 4X2, chasis: LGWCA217XFB613555, VIN: LGWCA217XFB613555, cabina: sencilla, techo: techo alto, EST. tributario: pago derechos de aduana, uso: particular, utilización: no aplica, estilo: CC 1021 PS03 (WINGL, capacidad:
5 personas, año: 2015, color: gris, peso bruto: 1489.00 kg, peso neto: kg,
longitud: m, Núm. ejes: 2, valor TRIB: 6.850.000 colones,
valor CONT: 20.900 dólares,
clase TRIB, 2451574. Para tal
efecto se señalan las once
horas y treinta minutos del
veintitrés de setiembre de
dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las once
horas y cuarenta y cinco minutos del uno de octubre de dos
mil veinte con la base de cinco
millones ciento cincuenta y siete mil ciento cinco colones
con sesenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las once
horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de octubre de dos mil veinte con la
base de un millón setecientos
diecinueve mil treinta y cinco colones con veintiún céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Carlos Gaspar Guzmán Álvarez. Expediente 17-007861-1765-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado
de Cobro Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Tercera,
15 de abril del año
2020.—Licda. Marlene Solís Blanco, Jueza Tramitadora.—( IN2020454136 ).
En este Despacho, con una base de ciento nueve millones ciento sesenta y seis mil ciento treinta y tres colones exactos,
soportando hipoteca Primer grado citas:
2015-521465-01-0003-001, sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 111591-F-000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número trece E apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito
4-Ulloa, cantón 1-Heredia, de
la provincia de Heredia. Colinda:
al norte, finca filial siete E y seis E ambas en parte; al sur, área común destinada a avenida segunda;
al este, finca filial doce E y al oeste, finca filial catorce E. Mide: ciento setenta
y tres metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete de junio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero
minutos del veinticinco de junio de dos mil veinte con la
base de ochenta y un millones
ochocientos setenta y cuatro mil quinientos noventa y nueve colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del tres de julio de dos mil veinte con la
base de veintisiete millones
doscientos noventa y un mil
quinientos treinta y tres colones con veinticinco céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Condominio Residencial Horizontal Hacienda San Francisco con Fincas Filiales Primarias Individualiza contra Quinquenio Gabyles S. A. Expediente Nº 18-007433-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia, 13 de marzo del 2020.—Lic. German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2020454139 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta
y cuatro millones seiscientos trece mil quinientos diecisiete colones con veintidós céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de
Alajuela, matrícula N° 146616-000, la cual es terreno para agricultura y construir. Situada en el distrito
Guácima,
cantón Alajuela de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
Rafaela Barquero; al sur, Rosa Barquero;
al este, Amparo Salas; y al oeste,
calle pública con 17 m. 36 cm. Mide:
mil cuatrocientos sesenta y
tres metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y quince minutos del veintinueve de junio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y quince minutos del siete de julio de dos mil veinte, con la base de treinta y tres millones cuatrocientos
sesenta mil ciento treinta y siete colones con noventa y un céntimos(75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas y quince minutos del
quince de julio de
dos mil veinte, con la base de once millones ciento cincuenta y tres mil trescientos setenta y nueve colones con treinta y un céntimos (25% de la
base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Adrián Alonso Coto
Madrigal, Roxana Madrigal Badilla. Expediente N° 19-001118-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de abril del 2020.—Melquisedec
Rodríguez Ramírez, Jueza Tramitadora.—( IN2020454141 ).
En este Despacho, con una base de tres millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número cuarenta y dos mil setecientos dieciséis, derecho
003 y 004, la cual es terreno
para construir, lote número doce-R-K. Urbanización Robert, actualmente
con una casa de habitación.
Situada en el distrito 3-Aguabuena, cantón 8-Coto Brus
de la provincia de Puntarenas Linderos:
norte, Olivier Sánchez Jimenez, sur, calle pública con 14 metros, este, Álvaro y Cindy ambos Cortes Alpízar, oeste, Didier Chaves Cruz.
Mide: cuatrocientos veintiocho metros con cuarenta decímetros cuadrados. Plano:
P-0651027-1986. Para tal efecto,
se señalan las siete horas
y treinta minutos del veintisiete de julio del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las siete horas y treinta minutos del cuatro de agosto del dos mil veinte, con la
base de dos millones doscientos
cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las siete horas y treinta minutos del doce de agosto del dos mil veinte, con la
base de setecientos cincuenta
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Ana Beleida Alfaro
Castillo contra Luis Ángel del Socorro Villalobos
Alvarado, Sonia María de La Trinidad Cruz Alvarado. Expediente
Nº 19-001555-1201-CJ.—Juzgado
de Cobro de Golfito, 11 de marzo
del 2020.—Lic. David Orellana Guevara, Juez Tramitador.—( IN2020454149 ).
En este Despacho, con una base de diez millones de colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada citas: 212-02455-01-0901-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 1 finca: 105348-000, la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito 3 Tapezco, cantón 11 Zarcero, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte,
Marco Tulio Quesada Araya; al sur, José Luis Rodríguez Quirós;
al este, en parte calle pública
y en parte Enrique
Villalobos; y al oeste, quebrada Tapezco
en medio Marco Tulio Araya Quesada. Mide: seis mil ochocientos treinta metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
y cero minutos del cinco de
junio de dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos
del diecinueve de junio de
dos mil veinte con la base de siete
millones quinientos mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos
del tres de julio de dos
mil veinte con la base de dos millones
quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Con una base de cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada citas:
270-01382-01-0901-001; sáquese a remate
la finca del partido de
Alajuela, matrícula número
2 finca 92745-000, la cual
es terreno de repastos. Situada en el distrito
7 Brisas, cantón 11 Zarcero, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte,
José Luis Rodríguez Quirós; al sur, en parte servidumbre
de paso, Ana María Castro Ruiz y Elvin Antonio
Quesada Durán; al este, en parte servidumbre de paso, Ana María Castro Ruiz y Elvin Antonio Quesada Durán;
y al oeste, José Luis Rodríguez Quirós.
Mide: dos mil trescientos noventa y un metros con treinta y
un decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos
del cinco de junio de dos mil
veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once
horas y cero minutos del diecinueve
de junio de dos mil veinte
con la base de tres millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos
del tres de julio de dos
mil veinte con la base de un millón
doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Ramiro Huertas Corrales contra José Luis
Rodríguez Quirós. Expediente
19-002222-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, 16 de abril
del año 2020.—Lic. Patricia
Eugenia Cedeño Leitón, Jueza
Decisora.—(
IN2020454169 ).
En este Despacho, con una base de veinticuatro
millones cuatrocientos setenta y siete mil novecientos cincuenta colones con veintinueve céntimos, libre de gravámenes; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 21521-F, derecho
000, la cual es terreno finca filial número uno casa de habitación de una planta debidamente
terminada. Situada en el distrito 7-Purral, cantón 8-Goicoechea, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
Heliconias Residencial S.
A. con lote número 32-A; al
sur, área común; al este,
área común; y al oeste,
área común. Mide:
cuarenta y siete metros con
cuarenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince
horas y treinta minutos del
veintitrés de setiembre del
dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las quince
horas y treinta minutos del
uno de octubre del dos mil veinte
con la base de dieciocho millones
trescientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos sesenta y dos colones con setenta y dos céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las quince horas y treinta
minutos del nueve de octubre del dos mil veinte con la
base de seis millones ciento
diecinueve mil cuatrocientos
ochenta y siete colones con cincuenta y siete céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Kevin
Arnold Mora Salazar, Melissa Sue Mora Salazar, Yesenia Mabel Mora Salazar. Expediente N° 20-000593-1765-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Tercera, 20 de marzo del
2020.—Lic. José Francisco Rivera Meza, Juez Tramitador.—( IN2020454173 ).
En este Despacho, con una base de treinta
millones setecientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando hipoteca de primer grado inscrita bajo citas 2012- 253837-01-0001; sáquese
a remate la finca del partido de Limón, matrícula número cuarenta y siete mil novecientos noventa y cinco, derecho 001 Y
002, la cual es terreno
para construir una casa. Situada
en el distrito Batán, cantón Matina,
de la provincia de Limón. Colinda:
al norte, Eladio Murillo Oconitrillo;
al sur, calle pública con
un frente de 21.13 metros; al este,
calle pública con un frente de 61.02 metros y al oeste,
Jun Méndez Cordero. Mide: mil doscientos
noventa y nueve con sesenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecisiete de setiembre del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de setiembre del año dos mil veinte con la base de veintitrés millones sesenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del cinco de octubre del año dos mil veinte con la base de siete millones seiscientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Cable Caribe S. A. contra Carlos Rizo Brown, Maritza Marín Campos. Expediente
N° 18-002295-1208-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial Zona Atlántica, 21 de febrero del año 2020.—Hazel
Carvajal Rojas, Jueza Decisora.—(
IN2020454190 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones doscientos cinco mil doscientos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate lo siguiente: Cuatro sillas de peluquería estilo estilista para corte de cabello, color anaranjado con
negro y plateado marca BX Hidráulica; un climazon color
negro, marca WPRO, referencia
CASWJ628 de 110 voltios 60 Hz, con cinco lámparas y sostenido por un tubo con rodines; un spa multiusos, marca Versas B4F20, color negro
con blanco, con masajeador
de cuerpo y pies, con vibrador;
dos lavacabezas de color anaranjado
con negro, con sillón reclinable;
tres asistentes de color
negro con rodines, con una gaveta
pequeña con llaves y una gaveta grande con llave; tres espejos
empotrados en pared, de
color negro de forma rectangular de aproximadamente
dos metros de alto; una sala de espera
que consta de cinco sillones por separado, en madera y metal de color negro,
con una mesa de dos vidrios de color gris; una mesa de manicure de color negro con lámpara y dos gavetas de forma
rectangular; dos sillas giratorias
pequeñas para niño con rodines de color negro niquelado;
una computadora de escritorio
marca Beng con monitor
color negro y un CPU; un televisor LC Plasma marca Sharp Aquos de 32 pulgadas con control remoto; una camilla para masajes color blanco grande de forma
rectangular en metal; dos ventiladores
de forma doble, marca Honeyulell
de color negro con tres velocidades;
un ventilador pequeño de escritorio color negro, marca
Fresh Air Sku, número 10030018, turbo, voltaje 120 voltios; una silla de maquillaje color negro;
una impresora multifuncional
marca HP Deskjet F 4480 con funciones
de print, scan y copy, serie número CN9BBC12VM; una silla giratoria color blanco niquelada; un calentador de cera de color azul con negro, su función es
para depilación;
un calentador de agua; una máquina para quitar callosidades; una refrigeradora pequeña color blanco, marca Telstar de una puerta; un microondas mediano de color blanco marca Samsung; un punto de venta cuya función es la impresión de facturas digitales, de color
beige, marca Bixolon
Samsung (Mini Printers) modelo SRP-275AP, serie número E9T5G1AY30005G; y dos aparatos
de teléfono
marca radio Shack, sistema
digital de dos líneas,
de color negro con gris. Para tal
efecto, se señalan las catorce horas y cuarenta minutos del diecinueve de mayo
del dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas y cuarenta minutos del veintisiete de mayo
del dos mil veinte, con la base de tres millones novecientos
tres mil novecientos colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las catorce horas y cuarenta minutos del cuatro de junio del dos mil veinte, con la base de un millón trescientos uno mil trescientos colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de José Ramón Cueva Iraheta contra Rafael Ángel Palma Obando. Expediente N°
14-022233-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 23 de abril del 2020.—Licda. Isabel
Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2020454191 ).
En este Despacho, Con
una base de quince millones de colones exactos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula
número doscientos tres mil ochocientos noventa y tres- cero cero
cero, la cual es terreno para construir hoy con 1
casa. Situada en el distrito 3-Daniel Flores , cantón
19-Perez Zeledón, de la provincia de San José.- Colinda: al norte: Eliecer
Valverde Rodríguez y Ronald Campos Segura; al Sur, Marvin Campos Segura; al
este, Marvin Campos Segura y al oeste, calle publica.- Mide: doscientos catorce
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del
veintiuno de mayo del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veintinueve de mayo del
año dos mil veinte con la base de once millones doscientos cincuenta mil
colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del ocho de junio del
año dos mil veinte con la base de tres millones setecientos cincuenta colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jose Ángel Valverde Jiménez contra Rita Campos
Segura. Expediente Nº
20-000405-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito
Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 31 de enero del 2020.—Lidia Mayela Díaz
Anchía, Jueza Tramitadora.—( IN2020454205 ).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 19-000355-0465-AG, donde
se promueven diligencias de información
posesoria por parte de
Eugenia Ruiz Álvarez, quien es mayor, estado civil casada, vecina de Limón, Matama la Bomba, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe N°
7-0057-0838, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza
es agricultura. Situada en el distrito cuarto, cantón primero, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública;
al sur, Carlos Luis Solano Ramírez; al este, Carlos
Luis Solano Ramírez, y al oeste, Junior Walford
Williams Williams. Mide: ocho mil ciento tres cuadrados, tal como lo indica
el plano catastrado número L-2066144-2018. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de seis millones de colones cada una. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por. Expediente
Nº 19-000355-0465-AG.—Juzgado
Agrario del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica,
Limón, 23 de abril del 2020.—Licda. Heilin Rojas Madrigal, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020453820 ).
Se hace saber: que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 19-000855-0638-CI donde
se promueve información posesoria por parte de Leticia
Madrigal Barrantes, mayor, soltera,
ama de casa, vecina de la Guácima
Arriba de Alajuela, de Ottos Bar trescientos
metros al norte y cincuenta
al oeste, con cédula de identidad
número dos-cero trescientos
treinta y nueve-cero trescientos veintinueve; Jorge
Luis Madrigal Barrantes, mayor, casado
una vez, operario, del mismo vecindario, con cédula de identidad número dos cero cuatrocientos dieciocho-cero ochocientos noventa y tres; Ana Isabel Madrigal Barrantes,
mayor, soltera, ama de casa, del mismo
vecindario, con cédula de identidad
número dos-cero trescientos
diecinueve-cero cero cero
seis, Dagoberto Madrigal Barrantes,
mayor, casado una vez, jardinero, del mismo vecindario, con cédula dos-cero cuatrocientos
cuarenta y uno-cero quinientos
cinco, Hugoberto Madrigal Barrantes, mayor, soltero, peón agrícola, del mismo vecindario, con cédula de identidad número dos-cero cuatrocientos veintiocho-cero cuatrocientos seis, Víctor Julio Madrigal Barrantes, mayor, soltero, sin oficio, del mismo vecindario, con cédula de identidad
número dos-trescientos cuarenta y cuatro-cero quinientos cuarenta y dos; Álvaro
Madrigal Barrantes, mayor, casado
una vez, peón agrícola, del mismo vecindario, con cédula de identidad
número dos-cero trescientos
veintisiete-cero seiscientos
uno y cédula jurídica Sociedad Anónima,
domiciliada en Guácima de Alajuela, cincuenta
metros al este del Súper La
Canastica, con cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno setecientos quince mil trescientos
noventa y cinco, representada por su Presidente el señor Ovidio María Sánchez Rodríguez, mayor, cédula cinco-ciento
cuarenta y seis-cuatrocientos
cuatro, casado una vez, empresario, vecino de Guácima Arriba de Ottos Bar doscientos metros norte y doscientos oeste, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en
la provincia de Alajuela, la cual
es terreno para construir
con seis casas de habitación en
el construidas y zonas de frutales.
Situada en el distrito Cinco, cantón Uno. Tiene
una medida de mil seiscientos
cuarenta metros cuadrados, Colinda: al noroeste, con Ramón
Pizarro Pizarro, Gerardo Fuentes Herrera, en medio servidumbre de paso existente para vehículo y peatonal, con un frente lineal de setenta y seis
metros con cuarenta y tres centímetros, y un ancho de cuatro
metros con sesenta centímetros
en medio, Fernando Castillo Madrigal y en medio callejón de acceso peatonal existente con un frente lineal de
treinta y seis metros con cincuenta
y cinco centímetros y un
ancho de un metro con sesenta centímetros
lineales; y Luzmilda
Madrigal Barrantes; al sureste,
con Rafael Ramírez Fuentes; al este, parte callejón de acceso peatonal existente con un frente lineal de
un metro con sesenta centímetros,
y con calle pública con frente lineal de catorce metros
con cuarenta y cinco centímetros; y al oeste, con Luzmilda Madrigal Barrantes. Corresponde actualmente al plano catastrado de la provincia de Alajuela número
dos-dos millones doce mil cuatrocientos cincuenta y cuatro-dos mil diecisiete, inscrito en el Catastro nacional el día siete de noviembre
de dos mil diecisiete. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de veinte
millones de colones. Que adquirieron dicho inmueble hace más de veinte
años, y hasta la fecha lo han mantenido en
forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
construyendo y habitando dicho inmueble, estableciendo allí nuestra casa de habitación para sí mismos y nuestras
familias, teniendo dicha posesión ejercida de esa forma así como manteniendo
el inmueble en buen estado de conservación y limpieza, manteniendo debidamente delimitado y cercado el inmueble. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Álvaro Madrigal Barrantes
y otros. Expediente N° 19-000855-0638-CI.—Juzgado
Civil Primer Circuito Judicial
Alajuela, 05 de marzo del 2020.—Lic. Andrés Arguedas
Vargas, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2020453836 ).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 11-000241-0930-CI donde
se promueve información posesoria por parte de sucesión de Domingo Venegas Espinoza, representada
por María Jenette Carvajal Mora mayor, viuda una vez, ama de casa, cédula uno-mil setecientos
treinta y tres- seiscientos treinta, vecina de Horquetas Sarapiquí quien actúa como Albacea
del sucesorio de Domingo Venegas Espinoza, tal y como consta
debidamente inscrito en el Registro Mercantil, al tomo 2014 asiento
147692, 1-1, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en
la provincia de Heredia, la cual
es terreno pasto con casa
de habitación. Situada en el distrito Horquetas, cantón Sarapiquí. Colinda: al norte, con calle pública; al sur, con calle pública y Flory Arguedas Mora; al este,
con Francisco Ortiz Muñiz y al oeste,
con calle pública. Mide: Cuarenta mil doscientos metros cuadrados
(40.200.m) metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de cuatro millones de colones (¢4.000.000,00). Que adquirió
dicho inmueble compra Venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en la ocupación de la finca, construcción de casas en la misma, vigilancia,
limpieza de la misma, mantenimiento de cercas, pago de impuestos de bienes inmuebles y municipales, así como pago de servicios
públicos. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por sucesión de Domingo
Venegas Espinoza. Expediente Nº 11-000241-0930-CI-1.—Juzgado Civil, Trabajo,
Familia, Penal Juvenil y Violencia
Doméstica
Sarapiquí (Materia Civil), 31 de julio del 2019.—Licda. Jenny Ñurinda Montoya, Jueza
Tramitadora.—1 vez.—( IN2020453859 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000031-0390-CI, donde
se promueve Información Posesoria por parte de Luis Diego
Arnáez Villegas, mayor de edad,
empresario, casado, vecino
de Alajuela, portador de la cédula N° 5-0243-0380,
Lady Arnáez Villegas, mayor de edad,
educadora, vecina de Puntarenas
Esparza, portadora de la cédula N° 5-0237-0221 y
Rodolfo Emilio Arnáez Villegas, mayor de edad, vecino de Alajuela, educador, portador de la cédula
N° 5-0296-068, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: Finca ubicada en la provincia
de Guanacaste, la cual es terreno
de solar. Situada en el distrito cuarto, cantón dos. Colinda: al norte, con Silvia Moreno Villegas; al sur, con Carmen Siria Fonseca Díaz y Nancy Villegas Fonseca; al este, con quebrada (río) y al oeste, con calle pública. Mide: mil setecientos cuarenta y dos metros
cuadrados. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de seis millones de colones. Que adquirió dicho inmueble posesión originaria, y hasta la fecha lo
ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en cuido de terreno en general, corta de maleza, siembra de árboles maderables y frutales, en general los actos han sido destinados
a la buena conservación de todo el terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Lady Arnáez
Villegas, Luis Diego Arnáez Villegas, Rodolfo Emilio Arnáez Villegas. Expediente N°
20-000031-0390-CI-7.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Civil), 21 de abril
del año 2020.—Laura del Carmen Rodríguez Chavarría, Jueza.—1 vez.—( IN2020453864 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000090-0388-CI, donde
se promueve Información Posesoria por parte de Auria de
los Ángeles Ríos Peralta, quien
es mayor, soltera, vecina
de Cartagena, Santa Cruz, Guanacaste, portador de la
cédula número 0503120620, oficios
domésticos, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: Finca ubicada en la provincia
de Guanacaste, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito cuarto, cantón tercero. Colinda: al norte, con Mauren Fallas Ríos; al sur, con Mauren Fallas Ríos; al este, con Leda
María Ríos Peralta y al oeste, con Mauren Fallas Ríos. Mide: cuatrocientos veintitrés metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre
el inmueble a inscribir G-1958910-2017. No pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones exactos. Que adquirió dicho inmueble donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en limpieza de la maleza, rondas, construcción de cerca, recolección de basura. Que no ha inscrito mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Auria de los Ángeles
Ríos Peralta. Expediente N° 20-000090-0388-CI-2.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 02 de abril del año 2020.—Lic. Carlos Esteban Sancho Araya, Juez
Decisor.—1
vez.—( IN2020453965 ).
Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría por Ana Teresa Martínez Araya, a las ocho horas del dieciocho horas de
abril del año dos mil veinte, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario número 04-2020-NO de quien en vida fuera
Juan Rafael Martínez Ulloa, quien fue
mayor, viudo una vez, agricultor, vecino de Cartago,
Alvarado, Cervantes, doscientos metros al oeste del Restaurante La Posada
de La Luna y con cédula número 3-0093-0551. Se cita y emplaza a todos los interesados para que
dentro del plazo quince días,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Edwin Eduardo
Gómez Castillo, con oficina abierta
en Cervantes de Cartago, 300 metros al oeste de la entrada a la Flor de Paraíso, Cartago. 18 de abril del año 2020. (Publicar 1 vez en el Boletín Judicial).—Lic.-Edwin Edo. Gómez Castillo,
Abogado y Notario Público.—1 vez.—( IN2020453825 ).
Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó: Alfredo Senén de
los Ángeles Loría Cordero, mayor, estado civil soltero, profesión u oficio técnico en electricidad,
nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad N° 0600670140, y vecino
San José, La Uruca. Se indica
a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
20-000107-0182-CI-2.—Juzgado Tercero Civil de San José, 25 de febrero
del 2020.—Licda. Ivannia Jiménez Castro, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2020453833 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia
se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Alcides Rodrigo de
Los Ángeles Acuña Fernández, mayor, casado, pensionado, costarricense, con
documento de identidad 0300940965 y vecino Cartago, Barrio el Carmen. Se indica
a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan
un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto.
Expediente Nº 19-000578- 0640-CI-3.—Juzgado Civil
de Cartago, 31 de marzo del 2020.—Marlen Solís
Porras, Jueza.—1 vez.—( IN2020453845 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Agustín López Aguilar, mayor, estado
civil casado, profesión u oficio Empresario, nacionalidad
Costa Rica, con documento de identidad
0600750155 y vecino(a) de Moravia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
Nº 19-000909- 0180-CI-0.—Juzgado Primero
Civil de San José, 14 de abril del año 2020.—Lic.
Santiago Ugalde Castillo, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2020453846 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Sylvia
Margarita Fernández Rohrmoser, quien
en vida fue
mayor de edad, casada en primeras nupcias,
administradora, portadora
de la cédula de identidad N° 1-0524-0178, para que
dentro del plazo de quince (15) días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, lo cual podrán hacer ante la oficina del notario público José Pablo Arce Piñar, quien tiene oficina
abierta en San José, San
Rafael, Escazú, edificio EBC
Centro Corporativo, octavo piso,
oficinas de Sfera Legal, teléfono N° 2201-0000, fax: 2201-0001.
Se apercibe a los que crean
tener algún derecho en el proceso que si no se presentan se procederá como en derecho corresponde. Sucesión de Sylvia Margarita Fernández Rohrmoser
en sede notarial. Expediente N° 0001-2020. Notaría
del Lic. José Pablo Arce Piñar.—San José, 27 de abril del 2020.—Lic. José Pablo Arce
Piñar, Notario.—1 vez.—( IN2020453866 ).
Se hace saber que, en
esta notaría, se tramita el Proceso Sucesorio de Gerardo
Arturo Ulate Calderón, mayor, casado
una vez, pensionado, cédula número
cuatro-cien-cuatrocientos noventa
y dos, vecino de Limón, Guápiles,
Matina, calle treinta y dos. Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo
de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que creen tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de este plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
01-2020 FOZ. Santo Domingo de Heredia, de la Cruz Roja
100 metros este y 75 norte.
Fax: 244-0323.—Lic. Fabián Ocampo Zamora, Notario.—1 vez.—( IN2020453877 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por José Manuel
Gutiérrez Gutiérrez,
a las diez horas quince minutos
del veintiocho de abril del
dos mil veinte y comprobado
el fallecimiento esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida
fuera Wolfgang (nombre)
Engelhardt (apellido), único
apellido por razón de su nacionalidad alemana, mayor, soltero, comerciante, pasaporte de su país número
H tres nueve cero dos seis nueve nueve, con domicilio en Brixenweg
cuatro, Hamburgo, Alemania. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo
máximo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan
ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Tobías Felipe Murillo Jiménez, San José, Sabana Norte, Edificio Torres del
Parque, tercer piso, cien metros oeste del ICE, teléfono N° 4000-2333.—Lic. Tobías Felipe Murillo
Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2020453881 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Carlos José
Sevilla Pacheco, a las diecisiete horas del veintitrés de abril del dos mil veinte y comprobado el fallecimiento de María Antonieta
Pacheco Vega, esta notaría
ha declarado abierto su proceso sucesorio
ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que
dentro del plazo de quince días
hábiles contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan
ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licenciada Denia Pacheco Moreira, Palmares,
Alajuela, cien metros oeste
de la municipalidad, teléfono
N° 2453-34-28.—Palmares, veinticinco de abril del dos mil veinte.—Licda. Denia Pacheco Moreira, Notaria.—1 vez.—( IN2020453891 ).
En este
tribunal de justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Alejandro Varela Vargas, mayor, casado, comerciante, con documento de identidad dos-ciento setenta y tres-trescientos cincuenta y tres, vecino de Pérez Zeledón, Platanares, Vista Mar,
un kilómetro al este de la escuela del lugar, por haber fallecido en fecha seis de mayo del dos mil
dieciocho. Se indica a las
personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente:
19-000098-0188-CI-0.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón), (Materia
Civil), 22 de abril del 2020.—Msc. Norman Herrera Vargas, Juez Decisor.—1
vez.—( IN2020453902 ).
Se hace saber: que en
este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Jorge Alberto Vega Montero, mayor, divorciado, oficial de seguridad, costarricense, con documento de identidad N° 04-0118-0425 y vecino
de Barva de Heredia. Se cita
a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a todas las personas interesadas,
para que dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a hacer valer sus derechos,
con el apercibimiento a aquellos
que crean tener derecho a
la herencia, de que, sino
se apersonan dentro de ese plazo,
aquella pasará a quien corresponda, expediente Nº 18-000141-0504-CI.—Juzgado
Civil de Heredia, 16 de julio del año 2018.—Lic. Alexánder
Solano Pérez, Juez.—1 vez.—( IN2020453940 ).
Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Humberto Josué Ceciliano Navarro, mayor, casado,
costarricense, con documento
de identidad tres-cero trescientos ochenta y uno-cero quinientos noventa y tres y vecino de Pérez Zeledón. Se indica a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº
20-000022-0188-CI-3.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón (Materia
Civil), 04 de marzo del
2020.—Licda Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—1 vez.—(
IN2020453957 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó María Antonia Francisca Mairena
Marchena. mayor, casada, ama de casa, con número de cédula de identidad cinco-cero cero cinco tres-cero seis seis nueve, siendo su
último domicilio
Guanacaste, Guayabo de Bagaces, en
la finca Las Burras, propiedad de Mario Hernán Arrieta
Ulate, doscientos metros al
norte de la Dos Pinos, casa
color marrón, quien falleció el día treinta de julio del dos mil tres. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente
N° 20-000040-0386-CI-8.—Juzgado Civil y Trabajo Primer Circuito Judicial
Guanacaste, Liberia (Materia Civil), 11 de marzo
del año 2020.—Licenciado
Harold Rojas Aguilar, Juez Tramitador.—1
vez.—( IN2020453959 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Carlos Rodrigo de La Trinidad Granados de La
O, mayor, costarricense, portador
de la cédula de identidad N° 0700710676, divorciado una vez, empresario y vecino de Urbanización Alba
María, Alajuela. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº
20-000176-0638-CI-8.—Juzgado Civil del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 01 de abril del 2020.—Lic. Jaime Rivera Prieto, Juez.—1 vez.—(
IN2020453963 ).
Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó María Eugenia Díaz Díaz,
mayor, soltera, costarricense,
cédula de identidad N° 0501080875, y vecina de Abangares, Guanacaste.
Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días, contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
N° 18-000092-0386-CI-0.—Juzgado Civil y Trabajo de Cañas (Materia Civil),
30 de mayo del año 2019.—Lic. Simón Bogantes Ledezma, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2020453967 ).
Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó: Adalice Alpízar Chaverri, mayor, divorciada, oficios domésticos, costarricense, con documento de identidad N°
0202190245, y vecina de Barrio El Campo, de la Panadería Hidalgo, cuatrocientos
metros al norte. Se indica
a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
20-000064-0297-CI-2.—Juzgado Civil del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 13 de marzo del 2020.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez Decisor.—1
vez.—( IN2020453994 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Juan Ramón de Jesús Muñoz Segura, mayor, estado civil casado, profesión u oficio agricultor, nacionalidad Costa
Rica, con documento de identidad
0602090017 y vecino de Ciudad Quesada. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
N° 20-000062-0297-CI-3.—Juzgado Civil del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 04 de marzo del año 2020.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez Decisor.—1
vez.—( IN2020453995 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios e interesados en la sucesión de Marvin Rolando Brenes Retana,
quien fue mayor, soltero, enfermero, cédula de identidad uno-setecientos veintiocho-cuatrocientos dos, vecino
de San José, para que dentro de quince días contados
a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan en las oficinas del notario David Solís Segura, ubicadas en el centro de esta ciudad, Barrio Antigua Cruz Roja
cincuenta metros al sur del Lavacar
El Brillante, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda.—San Isidro, Pérez Zeledón, 22 de
abril de 2020.—Lic. David
Solís Segura, Notario.—1 vez.—( IN2020453996 ).
Ante mi notaría pública el señor Gerardo Sánchez
Esquivel, cédula: cuatro-uno cero uno-cero seis cinco, solicito abrir el proceso sucesorio vía notarial de la señora Juana
del Carmen Sánchez Esquivel, cédula: cuatro-cero cuatro siete-nueve siete seis, bajo el expediente número: cero cero uno-dos mil veinte, el auto de apertura sucesoria intestada vía notarial se dictó el día
treinta de marzo del dos
mil veinte.—Heredia, veintisiete
de abril del dos mil veinte.—Lic. Carlos R. Delgado Chaves, Notario.—1 vez.—( IN2020454060 ).
Ante esta notaría se tramita el proceso
sucesorio testamentario de quien en vida fuera Luis Guillermo Morales
Fernández, cédula de identidad 2-0572-0659. Se cita y emplaza a todos los
interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer
sus derechos.— Heredia.—Licda. Wendy Priscilla Marín
Monge, Notaria.—1 vez.—( IN2020454065 ).
Se hace saber en este
tribunal de justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Gonzalo Martin Céspedes
Arce, mayor, soltero, estado
civil soltero/a, agricultor,
nacionalidad costarricense,
con documento de identidad
N° 0203620400 y vecino de Alajuela,
Atenas, Barrio Mercedes, El Plancillo, contiguo a Abastecedor San
Martin. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
Nº 19-000700-0638-CI.—Juzgado
Civil Primer Circuito Judicial Alajuela, 22 de octubre del 2019.—Lic. Andrés
Arguedas Vargas, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2020454103 ).
Con treinta días de término, contados a partir de la fecha de publicación de este edicto, se cita y emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión de Xinia María Elena Arias Abarca, quien fuera mayor de edad, ama de casa, divorciada una
vez, vecina de Ojo de Agua, Vuelta de Jorco, Aserrí, con cédula de identidad número 1-0528-0609, a efecto de
que se apersonen a esta notaría y hagan valer sus derechos, en el entendido de que en caso de no verificarlo así, la herencia pasará a manos de quien corresponda. Oficina del Notario Público Mauricio Monge Monge. Vuelta de Jorco de Aserrí, contiguo estación de combustibles.—San
José, 28 de abril 2020.—Lic.
Mauricio Monge Monge, Notario
Público.—1
vez.—( IN2020454105 ).
Se hace saber que, en mi notaría, se tramita el proceso sucesorio acumulado de: Vital Gamboa Quesada y María Quesada Hidalgo. Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que,
dentro del plazo de treinta
días contados a partir del día de la publicación de
este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento
a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de
que, si no se apersonan
dentro de este plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente N° 2019-1. Notaría del Lic.
Jafet Valverde Gamboa,
Vuelta de Jorco de Aserrí, costado
oeste de la Estación de Gasolina.—Veinte de abril del dos mil veinte.—Lic. Jafet
Valverde Gamboa, Notario Público.—1
vez.—( IN2020454107 ).
Se hace saber en este
tribunal de justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Mariela López López,
mayor, soltera, oficinista,
costarricense, con documento
de identidad 2-591-820 y vecina
de San Antonio de Barranca de Naranjo. Se indica a
las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº
20-000066-0295-CI-5.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), 18 de marzo del 2020.—Licda. Wendy Gabriela Martínez Garbanzo, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020454028 ).
Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Leovigildo Cirilo Ángeles
Ramírez Vindas, mayor, costarricense,
soltero, agricultor, portador de la cédula de identidad
N° 04-0057-0468 y vecino de Heredia, San Isidro, San Isidro, 200 metros norte y 250 metros oeste de la Iglesia Católica, específicamente en el Hogar de Ancianos Albernia. Se indica a las
personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº
20-000313-0504-CI-7.—Juzgado Civil de
Heredia, 15 de abril del 2020.—Msc. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez
Tramitador.—1
vez.—( IN2020454053 ).
Notifíquese a los herederos
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en el Proceso Sucesorio de quien en vida
fue Elizabeth Guzmán Barrientos, cédula N° 1-0412-1230, para que hagan valer sus derechos, por el plazo de 15 días, el cual se tramita en la notaría de Evelin Sandoval Sandoval en San Francisco de Dos
Ríos, de la iglesia católica
400 metros este, 100 sur.—San José, 28 de abril del 2020.—Licda. Evelin
Sandoval Sandoval, Notaria.—1
vez.—( IN2020454082 ).
Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
María Del Socorro Cubillo
Rueda, mayor, estado civil soltera,
profesión u oficio, nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad 0500720740 y vecina
de no indica. Se indica a
las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
20-000033-0388-CI-4.—Juzgado Civil de Santa
Cruz, 14 de febrero del 2020.—Lic. Carlos Esteban Sancho Araya, Juez
Decisor.—1
vez.—( IN2020454085 ).
Se convoca por medio de edicto que
se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela legítima de la persona menor Ansley Matías Morales Álvarez, por haber sido nombradas en testamento o ya por corresponderles de manera legítima, para que se presenten dentro del plazo de
quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto, expediente N°
20-000057-0673-NA. Proceso tutela legítima.
Promovente: Patronato
Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia, de
Niñez y Adolescencia,
02 de marzo del año 2020.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020453335 ). 3 v. 3.
Licenciado Brien Alonso Agüero
Chaves, Juez del Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito
de la persona menor Iker Jhonaikel
Solano, para que se apersonen en
el plazo de treinta días, que se contarán a partir
de última publicación del edicto ordenado, se hace saber que en demanda depósito judicial, bajo
el expediente 20-000014-1152-FA, establecida
por Meyling Solano Salas, se ordena
notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica. A
las trece horas cuarenta y ocho minutos del veintiocho de febrero del dos mil
veinte. Lic. Brian Alonso Agüero Chaves, Juez.— Juzgado de Familia
del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Lic. Brian Alonso Agüero Chaves, Juez.— O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020453807 ). 3
v. 1.
Licda. Yendry Gutiérrez Bermúdez, Jueza del Juzgado de Familia y Trabajo de
Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, hace saber a Che Yu Lai, quien es
mayor, casado, taiwanés, portador del pasaporte
P133673209, que en este despacho se interpuso proceso de divorcio en su contra, bajo el expediente número
19-000565-1534-FA, cuya pretensión
es que se disuelva el vínculo
matrimonial que lo une con Lineth
Moscoa Villegas. Expediente
19-000565-1534-FA.—Juzgado
de Familia y Trabajo de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, 11 de marzo del
2020.—Licda. Yendry
Gutiérrez Bermúdez, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2020-JA.—(
IN2020453772 ).
Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Evelyn Cristina Rojas
Hidalgo, en su carácter personal, quien es
mayor, casada una vez, operaria, cédula 0113360515, de más
calidades y paradero desconocido, se le hace saber que
en demanda divorcio, establecida por Glen
José Hernández Bermúdez contra Evelyn Cristina Rojas
Hidalgo, se ordena notificarle
por edicto, la resolución
que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a las dieciséis horas y ocho minutos del cinco de febrero de dos mil veinte. De la anterior demanda abreviada de divorcio establecida por el accionante
Glen José Hernández Bermúdez, se confiere
traslado a la accionada
Evelyn Cristina Rojas Hidalgo por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá
oponer excepciones previas.
Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos
y los hechos a que se referirá
cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso
se tiene como parte al Patronato Nacional de la
Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la
Oficina de Comunicaciones Judiciales
de este circuito. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento
de que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el
transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas
las sentencias. Se producirá
igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero
de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre
del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo
que no pueden utilizarlo también como teléfono.
Así mismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión
u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de
residencia. Número 19-000627-0292-FA, divorcio, de Glen José Hernández Bermúdez
contra Evelyn Cristina Rojas Hidalgo.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela.—Licda. Eugenia María
Bolaños Rodríguez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020453795 ).
Se hace saber, que este despacho se tramita bajo el número único 19-001277-0637- FA
que es un proceso de divorcio
promovido por Rosa Montero Cascante, cédula N°
1-1164-0642 contra Domingo Marcelo Otero Rayo, pasaporte
C0766120, se ha dictado a las trece
horas y treinta y uno minutos
del veinte de abril de dos
mil veinte la sentencia número 2020000494, que literalmente
dice en su parte dispositiva: “Por tanto: se
declara disuelto el vínculo matrimonial que une a la señora Rosa Aileen Montero Cascante con el señor Domingo Marcelino Otero Rayo. Se otorga los atributos
de la guarda de la persona menor
de edad Dalia Valentina Otero Montero en la persona de su madre la señora Rosa Aileen
Montero Cascante. Los demás atributos
de la autoridad parental seguirán
siendo compartidos por
ambos progenitores. Ninguna
de ellas mantendrá el
derecho de solicitarse pensión
alimentaria entre sí. En abstracto se declara el derecho de las partes
a participar a título de bienes gananciales, en el cincuenta por ciento del valor neto de los bienes que hayan adquirido con ese carácter dentro
de la relación matrimonial, aspecto
el cual deberá ser liquidado en la vía de ejecución de sentencia. Se resuelve el presente asunto sin especial condenatoria en costas. Una vez firme la presente sentencia, inscríbase mediante ejecutoria en el Registro Civil, sección de matrimonios de la provincia de
San José, bajo las citas 1-0522-269-0538.—Juzgado de Familia de Desamparados, 24/04/2020.—Lic. Esteban Guzmán González, Juez
Decisor.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2020.—( IN2020453796 ).
Se hace saber, que este
despacho se tramita bajo el
número único 19-000349-0637-FA que es un proceso de Suspensión de Patria Potestad promovido por Keneth de Jesús Solano Castro cédula de 3-0317-0260 contra
Sharon Marcel Castro Brenes, cédula 1-1019-0665, se ha dictado
a las ocho horas treinta minutos del tres de abril del dos mil veinte la sentencia número 2020000461 que literalmente dice en su parte dispositiva:
“Por tanto: Se suspende a la señora
Sharon Marcel Castro Brenes en el ejercicio
de la autoridad parental de su
hijo Kenneth Fabricio Solano Castro por el plazo de tres años.
Se resuelve el presente asunto sin especial condenatoria en costas. Una vez firme la presente
resolución, inscríbase mediante ejecutoria en el Registro Civil, sección de nacimientos de la provincia
de San José, bajo las citas 1-1914- 0254-0507.—Juzgado de Familia de Desamparados, 24/04/2020.—Lic. Esteban Guzmán
González, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2020.—(
IN2020453797 ).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito
de la persona menor Devora Patricia Ramírez Bonilla,
para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°
19-001870-0364-FA. Clase de Asunto
depósito judicial.— Juzgado de Familia de Heredia, a las diez horas y treinta y seis minutos del catorce de abril de dos mil veinte. 14 de abril del año 2020.—Lic. Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2020453803 ).
Leonardo Loría Alvarado. Juez de Familia
de Heredia, hace saber: Que en
el expediente número
19-002537-0364-FA, que es proceso declaratoria
judicial de abandono establecido
Ericka Arias Muñoz, mayor, casada, enfermera, vecina de Heredia,
cédula de identidad número
4 0166 0485 a favor de la persona menor de edad Santiago Guzmán Rodríguez en
contra de Francinie Rodríguez Villegas, mayor, dependiente, cédula de identidad número 5 0464 0124 y demás calidades desconocidas, a quien se le ordenó notificar a este último el contenido de las siguientes resoluciones en lo literal: Juzgado de Familia
de Heredia. A las quince horas y cincuenta y cinco minutos del diecisiete de diciembre de dos
mil diecinueve. Se tiene
por establecido el presente
proceso especial de declaratoria
de abandono de la persona menor
Santiago Guzmán Rodríguez, planteado por Ericka De
Los Ángeles Arias Muñoz contra Francinie
Rodríguez Villegas, a quién se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos
y los hechos a que se referirá
cada uno. Se le previene a
la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio
para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de que mientras
no lo haga, las resoluciones
posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales
N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de
2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre
del 2008, artículo LXII Circular 169- 2008, en el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo
que no pueden utilizarlo también como teléfono.
Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta
con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g)
número de cédula, h) lugar
de residencia. Se informa a la parte
demandada que si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede
recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos, los cuales son los siguientes: De la
Universidad de Costa Rica, Facultad de Derecho en San Pedro, San José, y se atiende
de Lunes a viernes de 08:00am a 12:md y Lunes, miércoles y viernes de 13:30pm a
19:30pm, Universidad Latina, Sede de Heredia Oficina Ubicada en la Municipalidad de Heredia, horario
de atención: Lunes a viernes
08:00am a 12:00md, teléfono: 2776715, Universidad
Libre de Derecho, Horario de atención:
Lunes a viernes:13:30pm a 16:30pm teléfono: 22835533.
En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Así como en
la Defensa Pública Pisav-San
Joaquín de Flores de Heredia, competencia únicamente vecinos de Flores, Belén y Santa Barbara de Heredia, Teléfono:
22655640. Y en la Defensa
Publica de Heredia. Teléfono 25600659 - Siendo que la Ley Nº 8687, Ley de Notificaciones
Judiciales, publicada el 29
de enero de 2009 y que entrara
en vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo
en procesos de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art.58)
y en todos los demás procesos, las partes deben señalar
medio para recibir sus notificaciones.
Estos medios son: Fax, Correo Electrónico, Casillero y Estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art.36). En caso de no señalar
medio, la omisión producirá
las consecuencias de una notificación
automática. (Art.34). Así
las cosas, se le previene a
las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento
indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección
electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a
los teléfonos 2295-3386 o 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr
para el mismo fin. La prueba
consiste en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que
el correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está inscrita
la dirección. De confirmarse
la entrega, el Departamento
citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. De conformidad con la Circular N° 122-2014, Sesión del Consejo Superior
N°41-14, celebrada el 6 de mayo del 2014, artículo XLIII, se le previene a
la parte actora indicar la dirección exacta donde se pueda localizar, tanto de la dirección
de la vivienda como el lugar de trabajo, horario de trabajo, correo electrónico si lo posee, números
telefónicos. Asimismo, el nombre de algún familiar o vecino a través del cual pueda lograrse
el contacto con las partes.
Parte interviniente: Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte
al Patronato Nacional de la Infancia,
en que dicha institución aportó a este Despacho el casillero 113 de los Tribunales
de Heredia como medio para recibir
notificaciones, de conformidad
con lo que estipula el artículo
37 de la nueva Ley de Notificaciones
Judiciales. PERICIAL: Por la naturaleza
del presente asunto, se le requiere al Patronato Nacional de
la Infancia un estudio psicosocial donde deberá: 1-Identificar condiciones
psicológicas relevantes de
la figura materna y/o paterna que constituyan probables condiciones de riesgo y/o limitaciones para el desempeño parental y vinculación
con sus hijos(as) menores
de edad, según las características psicológicas, de
las etapas de desarrollo y contextuales de estos(as) últimos(as). 2-Determinar las características
del estado psicológico de
la(s) persona(s) menor(es) de edad
en función de las condiciones personales, parentales y familiares a las que
ha(n) sido expuesta(s) 3- Caracterizar el vínculo entre las
figuras parentales y las
personas menores de edad considerando las condiciones familiares investigadas. Para dicho informe cuenta
dicho ente con el plazo de dos meses bajo apercibimiento de que en caso de omisión se comunicará lo pertinente a la Presidencia Ejecutiva de dicha institución. Expídase el oficio de interés quedando el mismo en el despacho
para su retiro y diligenciamiento por parte de la actora. prevención: Dentro del plazo de tres días
deberá la parte actora apersonar al presente asunto al padre
registral de la persona menor de edad,
bajo apercibimiento de que en
caso de omisión el proceso no podrá avanzar. Notificaciones: Notifíquese esta resolución a las personas demandadas,
personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio
real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Contando este despacho con la plataforma de acceso a la
consulta cedular de la parte
demandada se ordena notificar a la misma en la dirección. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales del Tercer
Circuito Judicial San José. Previo
a expedir dicha comisión deberá la parte actora dentro del plazo de tres días,
aportar copia de la totalidad del expediente, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, no se atenderán sus futuras gestiones. Se le hace saber a la parte promovente que dichas copias deberán
ser presentadas exclusivamente
en la Secretaría del despacho, para lo cual se le entregará el comprobante respectivo. Notifíquese. Leonardo
Loría Alvarado. Juez **** Juzgado de Familia de Heredia. A las dieciocho
horas y veintiséis minutos
del veintitrés de abril de
dos mil veinte. Nombramiento
de curador: A efectos de proceder con el nombramiento de curador procesal a la demandada deberá el actor cumplir con los siguientes documentos: 1-aporte certificación del Registro de
Personas en el que se informe
si el demandado ausente cuenta con apoderado inscrito en el país, 2-así como Certificación de Movimientos Migratorios del demandado expedida por la Dirección General
de Migración y Extranjería
del Ministerio de Seguridad
Pública. Honorarios de Curador Procesal: De conformidad con el artículo 262
del Código Procesal Civil y el Arancel
de honorarios por servicios
profesionales de abogacía y
notariado (Honorarios de
Abogados, Abogadas y Notarios)
N° 39078-JP vigente a partir
del 13 de agosto de 2015, los honorarios
corresponden a la suma de noventa y seis mil cincuenta colones mil colones (¢96.050), que es el monto fijado en este
despacho para tales efectos
e incluye el rubro por concepto del impuesto del valor agregado. Tales honorarios deberán ser depositados en la cuenta judicial del Banco
de Costa Rica número 1900253700364-6 citación de parte actora y testigos: Se previene a la parte promovente que en el plazo de una semana deberá presentarse su persona en compañía
de dos testigos, para que bajo juramento,
respondan las preguntas que
se le formularán para determinar
la procedencia del nombramiento
del curador procesal del demandado, bajo apercibimiento de
que si no comparece, el proceso no podrá avanzar. Se advierte a las partes que deben comunicar al Despacho en el plazo de 48 horas a partir de esta comunicación, si la promovente o testigos poseen alguna de las condiciones de riesgo indicadas por el Ministerio de Salud para el CCVID 19 o alguno
de los Síntomas propios del
virus, que hagan imposible su asistencia a dicha diligencia Podrán comunicar lo pertinente por escrito regular o al correo electrónico jfamiliahda@poder-judicial.go.cr.
Igual se advierte que de percatarse el personal o el juez
o jueza de que alguno presenta los síntomas compatibles
con el COVID 19, la diligencia no se podrá llevar a cabo.
De conformidad
con lo dispuesto por el artículo
262 el Código Procesal Civil, a fin de proceder a nombrarle curador procesal a la demandada se resuelve: Se ordena expedir y publicar el edicto electrónicamente al que se
refiere el artículo 263 del
Código Procesal Civil, el cual
será enviado por este despacho a la Imprenta Nacional. En otro orden de ideas, se reserva el informe presentado por el Patronato
Nacional de la Infancia en fecha diecisiete de abril del dos mil veinte, para
ser puesto en conocimiento una vez que se resuelva lo relativo al nombramiento del curador procesal. Notifíquese.—Juzgado de Familia de
Heredia.—Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020453806
).
Leonardo Loría
Alvarado, hace saber: Que en
el expediente número
20-000077-0364-FA, que es proceso modificación
de guarda, crianza y educación establecido por Gerald
Bolívar Madriz, mayor, soltero,
oficial de seguridad, vecino de Heredia, cédula N° 02-0716-0137, en contra de Julissa Fonseca Alvarado, mayor, cédula de identidad N° 1-1620-0187, y demás
calidades desconocidas, a quien se le ordenó notificar a este último el contenido de las siguientes resoluciones en lo literal: Juzgado de Familia
de Heredia, a las nueve horas y tres
minutos del treinta y uno
de enero del dos mil veinte.
De la anterior demanda abreviada
establecida por el accionante
Gerald Ariel Bolívar Madriz, se confiere traslado a la accionada Julissa Dayanna Fonseca
Alvarado por el plazo perentorio
de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad
con la misma. Dentro del plazo
de cinco días podrá oponer excepciones
previas. Al contestar negativamente
deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos
y los hechos a que se referirá
cada uno. Se le previene a
la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio
para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de que mientras
no lo haga, las resoluciones
posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales
N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta
N° 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N° 65-08,
celebrada el 02 de setiembre
del 2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo
que no pueden utilizarlo también como teléfono.
Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión N° 78-07 celebrada
el 18 de octubre del 2007, artículo
LV, se les solicita a las partes
de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado
civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia.
Se informa a la parte demandada que si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede
recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos, los cuales son los siguientes: De la
Universidad de Costa Rica, Facultad de Derecho en San Pedro, San José, y se atiende
de lunes a viernes de 08:00 a. m. a 12:00 m. d., y
lunes, miércoles y viernes
de 13:30 p. m. a 19:30 p. m., Universidad Latina, Sede
de Heredia Oficina ubicada en la Municipalidad de Heredia, horario
de atención: lunes a viernes
08:00 a. m. a 12:00 m. d., teléfono: 2776715,
Universidad Libre de Derecho, Horario de atención: lunes a viernes: 13:30
p. m. a 16:30 p. m., teléfono: 2283-5533. En otros lugares
del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Así como
en la Defensa Pública Pisav-San Joaquín de Flores de Heredia, competencia
únicamente vecinos de
Flores, Belén y Santa Bárbara de Heredia, teléfono:
2265-5640. Y en la Defensa Pública de
Heredia. Teléfono: 2560-0659. Siendo
que la Ley N°
8687, Ley de Notificaciones Judiciales,
publicada el 29 de enero
del 2009 y que entrara en vigencia el 28 de febrero del
2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra la violencia
doméstica es posible que la
parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art. 58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: Fax, correo electrónico, casillero y estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art. 36). En caso de no señalar
medio, la omisión producirá
las consecuencias de una notificación
automática. (Art. 34). Así
las cosas, se le previene a
las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento
indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección
electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale
ese medio). Para ello debe hacerse
lo siguiente: Comunicarse
con el Departamento de Tecnología
de Información del Poder
Judicial a los teléfonos: 2295-3386 o 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr para
el mismo fin. La prueba consiste en enviar
un documento a la dirección
electrónica que se presenta
y el Departamento de Tecnología
de Información verificará
la confirmación de que el correo
fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está
inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. De conformidad con la Circular N° 122-2014, Sesión del Consejo Superior N°
41-14, celebrada el 06 de mayo del 2014, artículo XLIII, se le previene a
la parte actora indicar la dirección exacta donde se pueda localizar, tanto de la dirección
de la vivienda como el lugar de trabajo, horario de trabajo, correo electrónico si lo posee, números
telefónicos. Asimismo, el nombre de algún familiar o vecino a través del cual pueda lograrse
el contacto con las partes.
Parte interviniente: Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte
al Patronato Nacional de la Infancia,
en que dicha institución aportó a este Despacho el casillero 403 de los Tribunales
de Heredia como único medio
para recibir notificaciones,
de conformidad con lo que estipula
el artículo 37 de la nueva
Ley de Notificaciones Judiciales.
Medida cautelar: Solicita el promovente que la se modifique la guarda provisional
de la persona menor de edad
en cuestión provisionalmente en su persona. Ahora bien, tomando en consideración
la información brindada por
la parte actora y ante los aparentes factores de riesgo y vulnerabilidad de Jacob
Daniel al lado de su madre, y con el fin de otorgar la
debida protección al niño atendiendo a su mejor interés,
en pro de su estabilidad física y emocional, se concede la guarda
provisional de Jacob Daniel Bolívar Fonseca a su padre hasta la finalización del presente asunto. Se le hace saber a las partes que lo aquí resuelto es de carácter precautorio y no constituye ningún adelanto de criterio, pudiendo ser variado lo aquí resuelto de encontrarse elementos probatorios que así lo ameriten durante la tramitación del presente asunto o en el dictado de la sentencia. Eso sí, se le advierte a la parte actora que debe cuidar de forma amorosa y responsable a su hijo, sobre todo
luego de su jornada laboral, dado que el niño no es responsabilidad directa de la
abuela paterna y él debe asumir de forma atenta y comprometida su rol de progenitor, dado que el menor
de edad requiere amor, tiempo de calidad, respeto y paciencia, entre otros. Valoración psicosocial: En virtud de la medida cautelar supra resuelta, considera prudente esta autoridad realizar una valoración psicosocial a las partes por
medio del departamento de Trabajo
Social y Psicología de estos
tribunales, a efectos de determinar: Pericia psicológica: A- Identificar en personas que ejercen roles parentales de hijos menores de edad, las habilidades personales y familiares con relación al ejercicio adecuado de los mismos, de acuerdo a las características psicológicas y sociales de las personas menores
de edad, considerando tanto
las debilidades como las fortalezas, así como el ajuste psicológico que permita brindarlas atenciones necesarias a los hijos e hijas involucrados/as (físicas ,sociales ,emocionales e intelectuales en el presente y en el futuro inmediato),
así como la calidad del vínculo establecido entre los mismos. B- Determinar las características
del estado psicológico de
la(s) persona(s) menor(es) de edad
que permita conocer sus intereses, necesidades (académicas, de salud), habilidades y/o necesidades (sociales, afectivas, cognitivas, interpersonales), así como el vínculo
y apego que él ha mantenido con cada uno de los progenitores; garantizando así el interés superior del niño o niña. Pericia
social: A- Identificar destrezas
y habilidades sociales para
el cumplimiento de los deberes
y obligaciones parentales, según los requerimientos legales y sociales. B- Identificar indicadores de estabilidad o inestabilidad en el ámbito personal, familiar,
social (económico, laboral,
habitacional) que influyan
o vulnerabilicen el ejercido
parental. C- Identificar factores
sociales de riesgo, tales como alcoholismo, drogas, violencia doméstica / intrafamiliar, antecedentes psiquiátricos o judiciales que vulnerabilicen el ejercicio parental. D- Caracterizar
e vínculo entre las partes demandadas y las personas menores
de edad, en el contexto de la investigación realizada. Expídase la comunicación electrónica de interés. Notificaciones: Notifíquese esta resolución a las personas demandadas,
personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio
real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Siendo que este despacho realizó
la consulta en la plataforma
electrónica del Tribunal Supremo de elecciones donde aparece una dirección para notificar a la demandada, se ordena expedir la respectiva comisión por medio de
la Oficina de Comunicaciones Judiciales
de Alajuela. Previo a expedir
dicha comisión deberá la parte actora dentro del plazo de tres días, aportar
copia de la totalidad del expediente, bajo apercibimiento
de que, en caso de omisión, no se atenderán sus futuras gestiones. Se le hace saber a la parte promovente que dichas copias deberán ser presentadas exclusivamente en la Secretaría del despacho, para lo cual se le entregará el comprobante respectivo. Notifíquese. Leonardo
Loría Alvarado, Juez.—Juzgado de Familia de Heredia, a
las diecinueve horas y quince minutos
del veintitrés de abril del
dos mil veinte. Nombramiento
de curador: A efectos de proceder con el nombramiento de curador procesal a la demandada deberá el actor cumplir con los siguientes documentos: 1- Aporte certificación
del Registro de Personas en
el que se informe si el demandado ausente cuenta con apoderado inscrito en el país, 2- Así como Certificación de Movimientos Migratorios del demandado expedida por la Dirección General
de Migración y Extranjería
del Ministerio de Seguridad
Pública. Honorarios de Curador Procesal: De conformidad con el artículo 262
del Código Procesal Civil y el Arancel
de honorarios por servicios
profesionales de abogacía y
notariado (Honorarios de
abogados, abogadas y notarios)
N° 39078-JP vigente a partir
del 13 de agosto del 2015, los honorarios
corresponden a la suma de noventa y seis mil cincuenta colones (¢96.050), que es el monto
fijado en este despacho para tales efectos y el cual contempla el rubro del impuesto del valor agregado.
Tales honorarios deberán
ser depositados en la cuenta judicial del Banco de Costa Rica número
200000770364-0. Citación de parte
actora y testigos: Se previene a la parte promovente que en el plazo de una semana deberá presentarse su persona en compañía
de dos testigos, para que, bajo juramento,
respondan las preguntas que
se le formularán para determinar
la procedencia del nombramiento
del curador procesal del demandado, bajo apercibimiento de
que, si no comparece, el proceso no podrá avanzar. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 262 el
Código Procesal Civil, a fin de proceder
a nombrarle curador procesal a la demandada, se resuelve: Se ordena expedir y publicar el edicto electrónicamente al que se
refiere el artículo 263 del
Código Procesal Civil, el cual
será enviado por este despacho a la Imprenta Nacional. En otro orden de ideas, por el plazo de tres días
se ponen en conocimiento las citas otorgadas por el Departamento de Trabajo Social y Psicología
de éstos tribunales a efectos de realizar las pericias ordenadas en autos: “(...) Se comunica cita de Gerald Bolívar Madriz y Jacob Bolívar Fonseca para
el 25 de junio del 2020, a las 08:00 a. m., y Julissa
Fonseca Alvarado para el 30 de junio del 2020, a las
08:00 a. m., esto debido a
la valoración psicosocial solicitada por el Juzgado de
Familia de Heredia, la cita será
con la Trabajadora Social Lizzeth
Cruz Torrez y la Psicóloga Guisselle Sánchez Sánchez en Trabajo
Social y Psicología de Heredia. (...)” Para más información podrán las partes comunicarse al teléfono:
2238-2626. Notifíquese.—Juzgado de Familia de
Heredia.—Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020453842
).
Msc Cynthia Rodríguez Murillo.
Jueza de Familia de Heredia, hace saber:
Que en el expediente número 20-000182-0364-FA, que es proceso divorcio
establecido por Mónica Lilliana Gutiérrez Torres, mayor, colombiana, casada una
vez, comerciante, vecina de Heredia, cédula de residencia 117000082113 en
contra de Cristian Eduardo Segura Barquero, mayor, casado una vez, cédula de
identidad número 1 0769 0722 y demás calidades desconocidas, a quien se le
ordenó notificar a este último el contenido
de las siguientes resoluciones en lo literal: Juzgado de Familia de
Heredia. A las dieciséis horas y
cuarenta y seis minutos del veinticuatro de abril de dos mil veinte.- De la anterior demanda abreviada establecida
por el accionante Mónica Liliana Gutiérrez Torres, se confiere traslado a la
Accionado Cristian Eduardo Segura Barquero por el plazo perentorio de diez
días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma.
Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar
negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su
negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de
la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los
rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o
rectificaciones. En a la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que
tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los
testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en
el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11,
34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°
8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se
le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 1692008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como
medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y
recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.
Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la
Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre
2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser
personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar
de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si
cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h)
Lugar de residencia. Se informa a la parte demandada que si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada
a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta,
y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios
profesionales de un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los
Consultorios Jurídicos, los cuales son los siguientes: De la Universidad de
Costa Rica, Facultad de Derecho en San Pedro, San José, y se atiende de Lunes a
viernes de 08:00am a 12:md y Lunes, miércoles y viernes de 13:30pm a 19:30pm,
Universidad Latina, Sede de Heredia Oficina Ubicada en la Municipalidad de
Heredia, horario de atención: Lunes a viernes 08:00am a 12:00md, teléfono:
2776715, Universidad Libre de Derecho, Horario de atención: Lunes a
viernes:13:30pm a 16:30pm teléfono: 22835533. En otros lugares del país hay
otras Universidades que prestan el servicio. Así como en la Defensa Publica Pisav-San Joaquín de Flores de Heredia, competencia
únicamente vecinos de Flores, Belén y Santa Barbara de Heredia, Teléfono:
22655640. Y en la Defensa Publica de Heredia. Teléfono 25600659. Siendo que la
Ley N° 8687, Ley de Notificaciones Judiciales,
publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia
el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y
contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para
atender notificaciones. (Art.58) y en todos los demás procesos, las partes
deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: Fax,
Correo Electrónico, Casillero y Estrados. Se puede señalar dos medios distintos
de manera simultánea. (Art.36). En caso de no señalar medio, la omisión
producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art.34). Así las
cosas, se le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en
la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe
registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de
Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no
cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente:
Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial
a los teléfonos 2295-3386 ó 2295-3388 para coordinar
la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea
habilitar ó enviar un correo al buzón electrónico del
Departamento de Tecnología de Información
pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste
en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el
Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el
correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un
informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De
confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a
la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de
la cuenta seleccionada son su responsabilidad. De conformidad con la Circular N° 122-2014, Sesión del Consejo Superior N°41-14, celebrada
el 6 de mayo del 2014, artículo XLIII, se le previene a la parte actora indicar
la dirección exacta donde se pueda localizar, tanto de la dirección de la
vivienda como el lugar de trabajo, horario de trabajo, correo electrónico si lo
posee, números telefónicos. Asimismo, el nombre de algún familiar o vecino a
través del cual pueda lograrse el contacto con las partes. nombramiento de
curador: A efectos de proceder con el nombramiento de curador procesal a la
demandada deberá el actor cumplir con los siguientes documentos: 1- aporte certificación del Registro de
Personas en el que se informe si el demandado ausente cuenta con apoderado
inscrito en el país, 2- así como Certificación de Movimientos Migratorios del
demandado expedida por la Dirección General de Migración y Extranjería del
Ministerio de Seguridad Pública.-
Honorarios de curador procesal: De conformidad con el artículo 262 del
Código Procesal Civil y el Arancel de honorarios por servicios profesionales de
abogacía y notariado (Honorarios de Abogados, Abogadas y Notarios) N° 39078-JP vigente a partir del 13 de agosto de 2015, los
honorarios corresponden a la suma de noventa y seis mil cincuenta colones (¢96.050), que es el
monto fijado en este despacho para tales efectos, el cual incluye el rubro
correspondiente por el impuesto del valor agregado. Tales honorarios deberán
ser depositados en la cuenta judicial del Banco de Costa Rica número
2000018200364-3. Citación de parte
actora y testigos: Se previene a la parte promovente que en el plazo de una
semana deberá presentarse su persona en compañía de dos testigos, para que bajo juramento, respondan las preguntas que se le
formularán para determinar la procedencia del nombramiento del curador procesal
del demandado, bajo apercibimiento de que si no comparece, el proceso no podrá
avanzar. No obstante, se le hace ver a la parte que si presenta alguna de las
condiciones de riesgo indicadas por el Ministerio de Salud respecto al Covid 19 -que le impida cumplir con lo aquí prevenido-
deberá hacerlo saber a efectos de ampliar el plazo concedido. De conformidad
con lo dispuesto por el artículo 262 el Código Procesal Civil, a fin de
proceder a nombrarle curador procesal a la demandada se resuelve: Se ordena expedir y publicar el edicto
electrónicamente al que se refiere el artículo 263 del Código Procesal Civil,
el cual será enviado por este despacho a la Imprenta Nacional. Notifíquese.—Juzgado
de Familia de Heredia.—Msc. Cynthia Rodríguez
Murillo, Jueza.—1 vez.—O.C N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2020453850 ).
Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia Familia). Expediente
N° 20-000287-0687-FA. A las nueve horas y cincuenta y tres minutos del veinticuatro de abril de dos mil veinte. Se tienen por establecidas las presentes diligencias de depósito
judicial de la persona menor de edad
Daniel Josué Otaño Jiménez
que presenta el Patronato
Nacional de La Infancia, representado
por la Licenciada Carmen Lidia Durán Víquez, a las que se da curso por
la vía no contenciosa por
el plazo de tres días a los padres de la citada
persona menor de edad los señores Yusniel Otaño Hernández y Carol Andrea Jiménez Espinoza. Desconociéndose el paradero
actual del padre de la persona menor de edad interesada, notifíquesele esta resolución mediante un edicto que se publicará en el Boletín Judicial. (Artículos 161 del Código de Familia; 819 inciso 1º del Código Procesal
Civil). Comuníquese. Expediente
N° 20-000287-0687-FA.—Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica de Grecia
(Materia Familia).—Licda. Marjorie Salazar Herrera, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2020.—( IN2020453868 ).
Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita
proceso de cambio de nombre promovido por Jaime Gamboa Méndez, mayor, sexo femenino, casada una vez, oficios domésticos,
documento de identidad N°
1-1062-0989, vecina de Buenos Aires, Rey Curré de Boruca, costado este de la plaza de deportes, en el cual pretende
cambiarse el nombre a Jeimy mismos apellidos.
Se concede el plazo de quince días
a cualquier persona interesada
para que se presenten al proceso
a hacer valer sus derechos.
Artículo 55 del Código Civil. Expediente
N° 20-000001-1046-CI.—Juzgado
Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia
Civil), 28 de abril del 2020.—Licda.
Edith Brenes Quesada, Jueza.—1 vez.—( IN2020453997 ).
Se hace saber expediente
N° 20-000088-1420-FA, depósito judicial (1). Actor: PANI. Demandados:
Teófilo
Salinas Aguilar y Daysi Palacios García. Juzgado de Familia de Osa,
a las 17:28 horas del 24 de abril del 2020. Curso: de toda la prueba y del presente proceso de depósito judicial, se confiere audiencia por 3 días, a
los padres: Teófilo
Salinas Aguilar y Daysi Palacios García. Medio: se les previene a todas
las partes e interesados
que en su primer escrito que presenten tienen que señalar únicamente medio (preferiblemente
correo electrónico autorizado), para atender sus futuras notificaciones. De no hacerlo o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, incluido que no esté autorizado todas las resoluciones posteriores se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictadas. Depósito: se nombra depositaria judicial de
las menores: 1) Gloriana Salinas Palacios y 2) Rosa
Palacios García, a Juanita García García, quien
dentro de 3 días tiene que venir al juzgado para aceptar el cargo. Debe el Pani
que coordinar con la depositaria
para la citada aceptación. Notificaciones:
madre: Ocj Osa. Edicto: por encontrarnos en un proceso no contencioso y conforme lo indica la parte actora, por no tenerse conocimiento del domicilio del padre, notifíquesele
por edicto en el Boletín Judicial. Prevención:
previo a expedir
la comisión dentro de 3 días
aporte, la parte actora, 1 juego de copias físicas de todo este el expediente
electrónico. En caso de omisión, pasará el asunto a la casilla de abandonados. Asimismo, de pasar 3 meses sin aportar la documentación, se dará por terminado el proceso. Pues el incumplimiento reiterado de lo requerido, empero a su expresa corrección,
impide continuar la causa y
lo degenera en una gestión improcedente. Artículos 4, 97, 136 y 144 Código Procesal
Civil (7130). Aviso: se les informa a todas las partes e interesados que este proceso es electrónico. Es decir, no existe a nivel físico o material, sino que todo su respaldo
es virtual. Es todo.—Juzgado de Familia de Osa, 24 de abril del 2020.—Lic. Mario Alberto Barth Jiménez, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2020.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2020454100 ).
Licenciada Tania Morera
Solano, Jueza del Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona
Sur (Pérez Zeledón), a Addhain
Padraig Mac Nally, en su carácter de demandado, quien es mayor, domicilio desconocido, cédula P5134880, se le hace
saber que en demanda autorización salida país, que se tramita bajo expediente Nº 19-000742-1303-FA, establecido
por Carmen María Chacón Meneses
contra Addhain Padraig Mac Nally, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón). A las dieciséis horas y cinco minutos del trece de abril de dos mil veinte. I.—Del
anterior proceso sumarísimo
de autorización de salida
del país, establecido por
Carmen María Chacón Meneses,
se confiere traslado por el
plazo perentorio de cinco días a
Addhain Padraig Mac Nally (art. 433 del Código Procesal Civil). Se le previene
que en el primer escrito
que presente debe señalar
un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de que mientras
no lo haga, las resoluciones
posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales
Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero
de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre
del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo
que no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con
el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para
la recepción de notificaciones.”
Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además
puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta
con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g)
número de cédula, h) lugar
de residencia. Dentro de este mismo
plazo podrá oponer excepciones previas y ofrecer la prueba que considere pertinente. Por existir una persona menor de edad involucrada en este proceso
se tiene como parte al Patronato Nacional de la
Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la
Oficina de Comunicaciones Judiciales
y Otras Comunicaciones de este
circuito. II.—Notifíquese esta resolución a la parte demandada, personalmente o por medio de cédulas y copias
de ley en domicilio
electoral. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. M.Sc.
Tania Morera Solano, Jueza.
Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón). A las once
horas y siete minutos del veintiuno de febrero de dos mil veinte. Habiéndose acreditado en autos el paradero desconocido del accionado Addhain Padraig Mac
Nally, se nombra como su curadora procesal
a la licenciada Marjorie de la Trinidad Vega Mora; a quien se le previene que en caso de anuencia
deberá comparecer a este Despacho dentro del plazo de cinco días para aceptar el cargo conferido. Si no comparece, se entenderá que no lo acepta y se nombrará otro en
su lugar. Asimismo se le previene que en caso de no hacerlo
al momento de aceptar el
cargo, deberá en el primer escrito que presente señalar medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento
de que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el
transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas
las sentencias. Se producirá
igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta Nº 20, del 29 de enero
de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión Nº 65-08, celebrada el 2
de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 1692008, en el sentido
de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser
de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Notifíquese a la parte demandada; la presente demanda, por medio de un edicto
que se publicará en el Boletín Judicial o en
un diario de circulación nacional; para los efectos del artículo 263 del Código Procesal
Civil. Inclúyase en el mismo los datos que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días
después de aquel en que se haga la publicación. Expídase y publíquese por una única vez.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón).—M.Sc. Tania Morera Solano, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020454129
).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil de Abel Andrés Mora Marín, mayor, de 39 años
de edad, soltero, de oficio construcción de nacionalidad Costarricense, nacido el 15 de mayo de 1980, vecino
de Loma linda del Estero de Puriscal,
frente a la pulpería Ureña, 300 metros al sur, casa color roja,
cédula de identidad número1-1068-740, teléfono 8684-68-54 hijo de Abel
Mora Cordero y Blanca Nieves Marín Solís, ambos de nacionalidad
costarricense, y Marlen Noemi Giménez
Aguilera, mayor, soltera, de 38 años
de edad, ama de casa, de nacionalidad
Nicaragüense, nacido el
30-05-1981, vecino de Loma linda
del Estero de Puriscal, frente
a la pulpería Ureña, 300
metros al sur, casa color roja , cédula de residencia
número 155808899924 teléfono
7216-01-36, hija de José Alfredo Jiménez Mejía y Maura Rosa Aguilera Jirón,
nicaragüenses, han comparecido
ante este Juzgado, solicitando contraer matrimonio civil. Si alguna
persona conoce impedimento
para que se realice este matrimonio deberá hacerlo saber a este Despacho, dentro de los ocho días siguientes
a la publicación de este edicto. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº
20-000066-1530-FA.—Juzgado
Civil, Trabajo y Familia Puriscal (Materia Familia), 09 de marzo
del año 2020.—Licda. Milena
Peñas Salas, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020453841 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Luis
Gustavo Montoya Pérez, mayor, soltero, operario de construcción, cédula
de identidad número seis-cuatrocientos diez-quinientos diecinueve, vecino de Valle Azul
de Agua Buena, Coto Brus, hijo de Miriam Montoya Pérez, nacido
en San Vito, Coto Brus, Puntarenas, el 17/07/1993, con 26 años
de edad, y Karina Gamaso Beita, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número uno-mil quinientos setenta y dos-setecientos uno, vecina de misma dirección anterior, hija de Carmen Gamaso Beita, nacida en
San Isidro de El General, Pérez Zeledón,
San José, el 18/05/1994, actualmente con 25 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente Nº 20-000139-1304-FA.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica
del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Familia), Corredores,
Ciudad Neily, 21 de abril
del año 2020.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020453847
).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Pablo
José Barrantes Castro, mayor, soltero,
misionero, cédula de identidad
número 0206910900, vecino
de Alajuela, San Carlos, Florencia, Quebrada Azul, 300 norte
del Ingenio, hijo de Marvin
Barrantes Madrigal y Jeanneth
Castro Quesada, nacido en
Quesada, San Carlos, Alajuela, el 05/10/1991, con 28 años
de edad, y Ana Georginela
Marín Alvarado, mayor, soltera, misionera,
cédula de identidad número
0207920988, vecina de Alajuela, San Ramón, San
Lorenzo, Los Criques, 800 metros oeste
del EBAIS, hija de Gerardo Marín Murillo y Ana Yorleni Alvarado Retana, nacida en Quesada, San Carlos,
Alajuela, el 28/05/1999, actualmente con 20 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente Nº 20-000170-0688-FA.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia
Familia), 24 de abril del año
2020.—Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020453849 ).
TERCERA PUBLICACIÓN
Fiscalía Adjunta
del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, al ser las nueve
horas con dos minutos del veintidós de abril del dos mil veinte. Tal y como se desprende del legajo de acción civil resarcitoria que se invitó a constituirse como parte en el proceso
a Omar Jesús Esquivel Cordero, cédula
0701180404, ubicable en
Limón, Río Blanco, Barrio Limón 2000 y siendo que no ha sido localizado en la dirección indicada, tal y como consta en
la respuesta de citación recibida, ante tales circunstancias
y a efectos de poder continuar con las presentes
diligencias se ordena comunicar
por medio de edicto el traslado
de la acción civil resarcitoria
al tercer civilmente responsable planteada por el
actor civil Álvaro Ramón Artavia Artavia,
mismo debe publicarse por
una vez en el Boletín Judicial, la resolución
que en lo conducente dice así: Se da traslado de la acción civil resarcitoria causa establecida por Álvaro Ramón Artavia Artavia
por el delito de agresión
con armas, contra Omar Jesús Esquivel Cordero para
que dentro del término de cinco
días se pronuncie sobre la participación del actor
civil y oponga las excepciones
que correspondan. Por estar
ordenado en la sumaria 18-002188-0063-PE, por el delito
de Agresión con Armas , en contra de Omar Jesus Esquivel
Cordero en perjuicio de Álvaro Ramón Artavia Artavia. Comuníquese.—Fiscalía Adjunta Primer
Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Lic. Gilberto Lobo Rodriguez,
Fiscal Auxiliar, Ministerio
Público de Limón—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020453486 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Msc. Pilar Espinach
Rueda, Jueza de Trámite del
Tribunal de Juicio del Primer Circuito
Judicial de Alajuela; hace saber: Que en este Despacho
se tramita el expediente número 09-001832-0057-PE donde se
dictó la resolución que literalmente dice: Se ordena la devolución del vehículo.—Tribunal
Penal del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las
trece horas con treinta minutos del diecinueve de enero del dos mil dieciocho.
Causa N° 09-001832-0057-PE, seguida contra Wilber
Jiménez Olivarez, por el delito de Conducción Temeraria, en perjuicio de la Seguridad Común. Firme el Sobreseimiento Definitivo, se ordena la devolución definitiva del vehículo marca: Toyota, estilo: Corolla,
motor número: 4K5102628, placa
número: 021975. Transcurridos
los tres meses sin que se gestione su devolución,
se ordena que el mismo sea destruido. Publíquese el edicto por única vez. Notifíquese. Jazmín Rodríguez Hernández, Jueza.
Lo anterior se ordena así en la causa N° 09-001832-0057-PE. Seguida
contra Wilber Jiménez Olivarez por el delito de Conducción Temeraria en perjuicio de la Seguridad Común.—Tribunal de Juicio del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 18 de octubre del 2018.—Msc. Pilar
Espinach Rueda, Jueza de Trámite.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020453744 ).
Se ordena notificar
por edicto Acción Civil Resarcitoria. Fiscalía Adjunta del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, Limón, al ser las dieciséis horas con quince minutos
del veintiséis de febrero
del dos mil veinte. Tal y como
se desprende del legajo de Acción Civil Resarcitoria que se invitó a constituirse como parte en
el proceso a Víctor Emilio Herrera Arauz, cédula de identidad número 1-0623-0066 ubicable en San José, seiscientos metros
al este de la plaza de deportes
de La Uruca y siendo que no
ha sido localizado en la dirección indicada, tal y como consta en
la respuesta de citación recibida, ante tales circunstancias
y a efectos de poder continuar con las presentes
diligencias se ordena comunicar
por medio de edicto el traslado
de la acción civil resarcitoria
al tercer civilmente responsable planteada por el
actor civil Daniel Gerardo Mejías Vega, mismo debe publicarse por una vez en el Boletín
Judicial, la resolución que en
lo conducente dice así: Se
da traslado de la Acción
Civil Resarcitoria causa N° 16-001144-0498-TR establecida por Daniel Gerardo Mejías
Vega por el delito de Lesiones
Culposas, contra Roy Chaves Moya. De conformidad con el artículo 115
del Código Procesal Penal, se tiene
por presentada la Acción
Civil Resarcitoria y se pone en
conocimiento de la misma al
Tercero Civil Empresa Dos Nueve Uno S. A., representada por
Víctor Emilio Herrera Arauz, cédula N° 1-0623-0066. En
este acto se le pone en conocimiento de que tiene derecho a presentar a un
abogado de su confianza
para la respectiva representación
civil lo cual deberá realizar en el plazo de 15 días a partir de la comunicación, caso contrario de no presentar abogado la causa continuará
su trámite bajo las consecuencias legales que ello implique para sus intereses
civiles. “De conformidad
con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaria de la Corte el 22 de junio
de 2009, se le comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos” Comuníquese.—Fiscalía Adjunta del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica (Materia Penal).—Lic. Danny Arroyo Vargas, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2020453746 ).