BOLETÍN JUDICIAL N° 113 DEL 15 DE JUNIO DEL 2020

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER:

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil y a toda la ciudadanía en general, que en el Proceso Disciplinario Notarial N° 11-000704-0627-NO, de Dirección Nacional de Notariado contra Orlando Baltodano Valdelomar (cédula de identidad N° 9-0049-0693), este Juzgado mediante Sentencia de Primera Instancia N° 841-2018 de las nueve horas y diecinueve minutos del veintiuno de diciembre de dos mil dieciocho, la cual fue confirmada por el Tribunal Disciplinario Notarial mediante voto N° 0115-2019 de las diez horas cincuenta minutos del cinco de julio del dos mil diecinueve, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Notifíquese.

San José, 04 de setiembre del 2019.

                                                    Dra. Ingrid Palacios Montero,

                                                                         Jueza

1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020463472 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil y a toda la ciudadanía en general, que en el Proceso Disciplinario Notarial N° 11-001115-0627-NO, de Archivo Notarial contra Mauro Sojo Romero (cédula de identidad N° 7-0048-0237) y Moisés Eduardo Bedoya Arce (cédula de identidad N° 3-0301-0448), este Juzgado mediante Sentencia de Primera Instancia N° 218-2017 de las quince horas y veintiséis minutos del cinco de junio del dos mil diecisiete, la cual fue confirmada por el Tribunal Disciplinario Notarial mediante voto N° 096-2019 de las diez horas veintiún minutos del viernes veintiuno de junio del dos mil diecinueve, dispuso imponerle a los citados notarios la corrección disciplinaria de siete meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial a cada uno de ellos. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Notifíquese.

San José, 04 de setiembre del 2019.

                                                    Dra. Ingrid Palacios Montero,

                                                                         Jueza

1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020463473 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, que en el proceso disciplinario notarial N° 12-000523-0627-NO, de Eugenie Marie Alvarado Boirivant contra Jose Joaquín Quesada Castro (cédula de identidad 6-125-750), este Juzgado mediante resolución N° 0069-2020 de las diecinueve horas treinta y un minutos del treinta y uno de enero del dos mil veinte (folio 442), dispuso imponerle a la parte denunciada la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Notifíquese.

San José, 05 de marzo del 2020.

                                                   M.Sc. Juan Carlos Granados Vargas

                                                                               Juez

1 vez.—O.C N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2020463474 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil y a toda la ciudadanía en general, que en el Proceso Disciplinario Notarial N° 12-001015-0627-NO, de Dirección Nacional de Notariado contra Ginnette Arias Mora (cédula de identidad N° 5-0187-0895), este Juzgado mediante Sentencia de Primera Instancia N° 054-2019 de las catorce horas y trece minutos del veintinueve de enero del dos mil diecinueve, la cual fue confirmada por el Tribunal Disciplinario Notarial mediante voto N° 106-2019 de las diez horas y veinticinco minutos del jueves veintisiete de junio del dos mil diecinueve, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de cuatro meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Notifíquese.

San José, 04 de setiembre del 2019.

                                                              Dra. Ingrid Palacios Montero,

                                                                                    Jueza

1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020463475 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, Que en el proceso disciplinario notarial N° 13-000078-0627-NO, de Registro de la Propiedad Mueble contra Henry Briones Castillo, cédula de identidad 5-0281-0750, este Juzgado mediante resolución N° 495-2019 de las diez horas y seis minutos del veintidós de agosto de dos mil diecinueve (folio 165 al 168), la cual fue confirmada por el Tribunal Notarial mediante voto N° 006-2020 de las diez horas treinta minutos del diecisiete de enero del dos mil veinte (folio 180 al 182) que se encuentra firme, dispone comunicar al notario Henry Briones Castillo la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rigen ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 20 de marzo del 2020

                                                             Licda. Melania Suñol Ocampo

                                                                                   Jueza

1 vez.—O.C N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2020463477 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, que en el Proceso Disciplinario Notarial N° 14-000973-0627-NO, de Marco Vinicio Morales Monge contra María De Los Ángeles Bonilla Jiménez (cédula de identidad 6-0099-0290), este Juzgado mediante resolución N° 53-2020 de las once horas cuarenta y siete minutos del veintinueve de enero del dos mil veinte (folio 139), dispuso imponerle a la parte denunciada la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, que se mantendrá vigente, pasado ese plazo, hasta la inscripción del testimonio de la escritura objeto de este asunto. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Juzgado Notarial. Notifíquese.

San José, 28 de febrero del 2020.

                                      M.Sc. Juan Carlos Granados Vargas

                                                                  Juez

1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020463478 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, que en el proceso disciplinario notarial N° 15-000082-0627-NO, de Dirección Nacional de Notariado contra Sylvia Eugenia Muñoz Rodríguez (cédula de identidad N° 1-876-682), este Juzgado mediante resolución N° 43-2020 de las nueve horas veintinueve minutos del veintisiete de enero del dos mil veinte (folio 103), dispuso imponerle a la parte denunciada la corrección disciplinaria de tres meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Notifíquese.

San José, 28 de febrero del 2020.

                                      M.Sc. Juan Carlos Granados Vargas,

                                                                  Juez

1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020463479 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, que en el proceso disciplinario notarial Nº 15-000082-0627-NO, de Dirección Nacional de Notariado contra Sylvia Eugenia Muñoz Rodríguez (cédula de identidad 1-876-682), este Juzgado mediante resolución Nº 43-2020 de las nueve horas veintinueve minutos del veintisiete de enero del dos mil veinte (folio 103), dispuso imponerle a la parte denunciada la corrección disciplinaria de tres meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Notifíquese.

San José, 28 de febrero del 2020.

                                      M.Sc. Juan Carlos Granados Vargas,

                                                                  Juez

1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020463480 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, que en el proceso disciplinario notarial N° 15-000503-0627-NO, de Dirección Nacional de Notariado contra Lidia Montiel León (cédula de identidad N° 1-714-220), este Juzgado mediante resolución N° 526-2019 de las ocho horas treinta y cinco minutos del veintinueve de agosto del dos mil diecinueve, confirmada por el Tribunal Disciplinario Notarial mediante voto número 001-2020 de las catorce horas del diez de enero del dos mil veinte (folio 122) dispuso imponerle a la parte denunciada la corrección disciplinaria de diez años de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Dicha sanción comenzará a regir ocho días naturales después de la publicación del edicto respectivo en el Boletín Judicial y se retrotrae a partir de la firmeza de la sentencia de fundamentación de pena en sede penal -sentencia número 151-2015- sea a partir del once de mayo del dos mil quince. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Notifíquese.

San José, 10 de enero del 2020.

                                      M.Sc. Juan Carlos Granados Vargas,

                                                                  Juez

1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2020463482 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, que en el Proceso Disciplinario Notarial N° 16-000013-0627-NO, de Benedicto Elizondo Mesén contra Walter Ávila Hernández (cédula de identidad 2-306-703), este Juzgado mediante resolución N° 755-2019 de las nueve horas cuatro minutos del diecinueve de noviembre del dos mil diecinueve (folio 59), dispuso imponerle a la parte denunciada la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, que se mantendrá vigente, pasado ese plazo, hasta la inscripción del testimonio de escritura objeto de este asunto. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Juzgado Notarial. Notifíquese.

San José, 10 de diciembre del 2019.

                                                 M.Sc. Juan Carlos Granados Vargas

                                                                             Juez

1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020463483 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario notarial Nº 16-000219-0627-NO, de Seidy Ninoska Lara Gross contra Álvaro Retana Carmona, (cédula de identidad 9-0080-0494), este Juzgado mediante resolución Nº 146-2020 de las trece horas y treinta y nueve minutos del veintiséis de febrero de dos mil veinte (folio 45 al 46), dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 20 de marzo del año 2020.

                                                   Licda. Melania Suñol Ocampo,

                                                                         Jueza

1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020463484 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, que en el proceso disciplinario notarial N° 16-000472-0627-NO, de Multiservicios Arcángel S. A. contra Luis Manuel Alvarado Leiva (cédula de identidad N° 5-362-812), este Juzgado mediante resolución N° 26-2020 de las once horas dieciséis minutos del diecisiete de enero del dos mil veinte (folio 60), dispuso imponerle a la parte denunciada la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, que se mantendrá vigente, pasado ese plazo, hasta la inscripción del testimonio de la escritura objeto de este asunto. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Juzgado Notarial. Notifíquese.

San José, 28 de febrero del 2020.

                                      M.Sc. Juan Carlos Granados Vargas,

                                                                  Juez

1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020463485 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, que en el proceso disciplinario notarial N° 16-000582-0627-NO, de Jesús Chaves Ramírez contra Manuel Mauricio Delgado Matamoros (cédula de identidad N° 7-095-996), este Juzgado mediante resolución N° 034-2020 de las ocho horas dos minutos del veintisiete de enero del dos mil veinte (folio 83), dispuso imponerle a la parte denunciada la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Notifíquese.

San José, 28 de febrero del 2020.

                                      M.Sc. Juan Carlos Granados Vargas,

                                                                  Juez

1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2020463486 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, Que en el proceso disciplinario notarial N° 16-000789-0627-NO, de Archivo Notarial contra María Emilia Fallas Monge, (cédula de identidad N° 1-0629-0483), este Juzgado mediante resolución N° 148-2020 de las trece horas y cincuenta y dos minutos del veintiséis de febrero de dos mil veinte (folio 88 al 89), dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 20 de marzo del año 2020.

                                                Licda. Melania Suñol Ocampo,

                                                                 Jueza

1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020463487 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario notarial Nº 16-000908-0627-NO, de Dirección Nacional de Notariado contra Raúl Orlando Méndez Contreras, cédula de identidad 6-0146-0163, este Juzgado mediante resolución Nº 594-2019 de las ocho horas y veintiocho minutos del veintisiete de setiembre de dos mil diecinueve (folio 49 al 51), la cual fue confirmada por el Tribunal Notarial mediante voto Nº 10-2020 de las nueve horas y cuarenta y cuatro minutos del veinticuatro de enero del dos mil veinte (folio 69 al 72), que se encuentra firme, dispone comunicar al notario Raúl Orlando Méndez Contreras la corrección disciplinaria de dos meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rigen ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 20 de marzo del 2020.

                                                   Licda. Melania Suñol Ocampo,

                                                                         Jueza

1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020463488 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, que en el proceso disciplinario notarial N° 16-001092-0627-NO, de Dirección Nacional de Notariado contra Ana María Chacón Solórzano (cédula de identidad 1-963-936), este Juzgado mediante resolución N° 42-2020 de las nueve horas veintidós minutos del veintisiete de enero del dos mil veinte (folio 52), dispuso imponerle a la parte denunciada la corrección disciplinaria de tres semanas de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Notifíquese

San José, 28 de febrero del 2020.

                                                   M.Sc. Juan Carlos Granados Vargas

                                                                               Juez

1 vez.—O.C N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2020463489 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, que en el Proceso Disciplinario Notarial N° 16-001142-0627-NO, de Maricel Chacón Segura contra Walter Vargas Barrantes (cédula de identidad N° 6-105-1167), este Juzgado mediante resolución N° 70-2020 de las diecinueve horas treinta y ocho minutos del treinta y uno de enero del dos mil veinte (folio 51), dispuso imponerle a la parte denunciada la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, que se mantendrá vigente hasta que el denunciado acredite a este despacho haber llevado a cabo finalmente la inscripción registral del testimonio de la escritura número 91 del tomo segundo de su protocolo, autorizada a las ocho horas treinta minutos del 06 de marzo del 2013. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Notifíquese.

San José, 28 de febrero del 2020.

                                      M.Sc. Juan Carlos Granados Vargas,

                                                                  Juez

1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020463491 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, que en el proceso disciplinario notarial N° 17-000014-0627-NO, de Marco Andrés Jiménez Llobet contra Jorge Enrique Rojas Villarreal (cédula de identidad N° 1-0924-0120), este Juzgado mediante resolución de las catorce horas y cincuenta y ocho minutos del cinco de junio de dos mil veinte, dispuso levantar a partir del veintiocho de mayo del dos mil veinte (folio 61) la sanción disciplinaria impuesta al Notario Jorge Enrique Rojas Villarreal, mediante Sentencia de Primera Instancia número 320-2020 de las diez horas y doce minutos del veintiuno de mayo de dos mil veinte (folios 57 al 58).

San José, cinco de junio del dos mil veinte

                                            Dra. Ingrid Palacios Montero,

                                                                 Jueza

1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2020463492 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, que en el proceso disciplinario notarial N° 17-000602-0627-NO, de Registro Civil contra Juan Carlos Torpoco Chávez (cédula de identidad N° 801000041), este Juzgado mediante resolución N° 71-2019 de las diecinueve horas cuarenta y siete minutos del treinta y uno de enero del dos mil veinte (folio 51), dispuso imponerle a la parte denunciada la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Notifíquese.

San José, 28 de febrero del 2020

                                      M.Sc. Juan Carlos Granados Vargas,

                                                                    Juez.

1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020463493 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, Que en el Proceso Disciplinario Notarial N°17-000728-0627-NO, de Archivo Notarial contra Marvin Vargas Paniagua, (cédula de identidad 2-0444-0578), este Juzgado mediante resolución n°149-2020 de las trece horas y cincuenta y ocho minutos del veintiséis de febrero de dos mil veinte (folio 18 al 19 ), dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de tres días de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Juzgado Notarial.

San José, 20 de marzo del año 2020

                                                      Licda. Melania Suñol Ocampo

                                                                            Jueza

1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020463494 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario notarial Nº 18-000348-0627-NO, de Karen Lilliana Rojas Guerra contra Alonso Augusto Arias Solano, cédula de identidad 1-1000-0419, este Juzgado mediante resolución Nº 531-2019 de las diez horas y cincuenta y uno minutos del veintinueve de agosto de dos mil diecinueve (folio 51 al 53), la cual fue modificada por el Tribunal Notarial mediante voto Nº 003-2020 de las catorce horas cuarenta minutos del diez de enero de dos mil veinte (folio 66 al 71), que se encuentra firme, dispone comunicar al notario Alonso Augusto Arias Solano la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, que se mantendrá vigente, pasado ese plazo, hasta la inscripción del testimonio de la escritura objeto de este asunto. Rigen ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Juzgado Notarial.

San José, 20 de marzo del 2020.

                                                   Licda. Melania Suñol Ocampo,

                                                                         Jueza

1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020463496 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario notarial N° 18-000439-0627-NO, de Dirección Nacional de Notariado contra Julio Barquero Salazar, (cédula de identidad N° 1-0339-0270), este Juzgado mediante resolución N° 112-2020 de las diez horas treinta y seis minutos del trece de febrero del dos mil veinte (folio 41 al 43), dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Juzgado Notarial.

San José, 20 de marzo del 2020.

                                           Licda. Melania Suñol Ocampo,

                                                                 Jueza.

1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020463497 ).

A: Kattia Navarro López, mayor, notaria pública, cédula de identidad número 1-867-476, de demás calidades ignoradas; Que en proceso disciplinario notarial número 19-000502-0627-NO establecido en su contra por Registro Civil, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial. San José a las trece horas del cinco de junio del dos mil diecinueve. Se tiene por establecido el presente Proceso Disciplinario Notarial de Registro Civil contra Kattia Navarro López, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días, dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados en el oficio O-IFRA-345-2019 de fecha 13 de mayo del 2019 y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo ya citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo, se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que, si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona denunciada; pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada. Tome nota la parte denunciada que, de conformidad con lo dispuesto por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en voto 2010-8722, y por el Tribunal Disciplinario Notarial en votos 265-2012 y 70-2015, es obligación de los notarios que ejercen como tales el tener actualizados sus datos personales en cuanto a las direcciones de oficina y lugar para atender notificaciones. Por indicarse que la parte denunciada tiene oficina en San José, Curridabat, de Plaza Freses, trescientos cincuenta norte, se comisiona a Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José. En su defecto, de no ser localizada en ese lugar, la parte denunciada reportó que su domicilio registral se ubica en San José, Vásquez de Coronado, San Isidro, Barrio Cedros, trescientos este de la Iglesia Resid. Castelar casa 19, por lo que se comisiona a Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José. Asimismo, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José para notificar a la Dirección Nacional de Notariado esta resolución, en el costado oeste del Mall San Pedro, Edificio Sigma, quinto piso. Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil, y para los efectos de proceder conforme lo dispuesto en el numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, consúltese al Sistema de Certificaciones e Informes Digitales del Registro Nacional si la parte denunciada tiene apoderado inscrito. Notifíquese. M.Sc. Juan Carlos Granados Vargas, Juez” y “Juzgado Notarial. San José a las doce horas treinta minutos del diecinueve de febrero del dos mil veinte. En vista de que han sido fallidos los intentos por notificarle a la Licenciada Kattia Navarro López, la resolución dictada a las trece horas del cinco de junio del dos mil diecinueve en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado y el último domicilio registral reportado en el Registro Civil (ver folio 4 y 5, así como las actas de notificación de folios 12, 16 y 28), y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folio 19-20), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle a la citada profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber a la denunciada que los hechos que se le atribuyen son la aparente presentación extemporánea del matrimonio celebrado el 12 de diciembre del 2018 entre Yofor Alberto Mesén Rojas y Sileny Matarrita Gómez, cuyos anexos y certificado fue presuntamente enviado y recibido el 28 de febrero del 2019. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese esta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un(a) defensor(a) público(a) a la denunciada Kattia Navarro López, cédula de identidad N° 1-867-476. Notifíquese.

San José, 19 de febrero del 2020.

                                        M.Sc. Juan Carlos Granados Vargas,

                                                                     Juez

1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020463498 ).

A: Manuel Hernández Ceciliano, mayor, notario público, cédula de identidad número 1-539-142, de demás calidades ignoradas; Que en proceso disciplinario notarial número 19-000752-0627-NO establecido en su contra por Agustín Gerardo Gairaud Villalta, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial. San José a las nueve horas del diecinueve de julio del dos mil diecinueve. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Agustín Gerardo Gairaud Villalta contra Manuel Hernández Ceciliano, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días, dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo ya citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo, se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada. (Artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 02 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que, si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona denunciada; pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada. Tome nota la parte denunciada que, de conformidad con lo dispuesto por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en voto 2010-8722, y por el Tribunal Disciplinario Notarial en votos 265-2012 y 70-2015, es obligación de los notarios que ejercen como tales el tener actualizados sus datos personales en cuanto a las direcciones de oficina y lugar para atender notificaciones. Por indicarse que la parte denunciada tiene domicilio registral en Cartago, Central, Guadalupe o Arenilla, ciento veinticinco metros oeste del Super La Violeta, se comisiona a Oficina de Comunicaciones Judiciales de Cartago. Asimismo, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José para notificar a la Dirección Nacional de Notariado esta resolución, en el costado oeste del Mall San Pedro, edificio Sigma, quinto piso. Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil, y para los efectos de proceder conforme lo dispuesto en el numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, consúltese al Sistema de Certificaciones e Informes Digitales del Registro Nacional si la parte denunciada tiene apoderado inscrito. Notifíquese. M.Sc. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.” y “Juzgado Notarial. San José a las quince horas y cuarenta y siete minutos del dieciocho de marzo de dos mil veinte. En vista de que han sido fallidos los intentos por notificarle al Licenciado Manuel Hernández Ceciliano, la resolución dictada a las nueve horas del diecinueve de julio del dos mil diecinueve en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado y el último domicilio registral reportado en el Registro Civil (ver folios 11 y 24, así como las actas de notificación de folios 18 y 29)), y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folio 30), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber al denunciado que los hechos que se le atribuyen son la aparente falta de inscripción de la escritura correspondiente al traspaso del vehículo placa 189096, fechada el 02 de febrero del 2019. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese esta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un(a) defensor(a) público(a) al denunciado Manuel Hernández Ceciliano, cédula de identidad N° 1-539-142. Notifíquese.

San José, 18 de marzo del 2020.

                                      M.Sc. Juan Carlos Granados Vargas,

                                                                 Juez.

1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020463499 ).

María Gabriela Zúñiga Chavarría, mayor, notaria pública, cédula de identidad número 1-1174-457, de demás calidades ignoradas, Que en proceso disciplinario notarial número 19-000813-0627-NO establecido en su contra por Registro Civil, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial. San José a las ocho horas del doce de agosto del dos mil diecinueve. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Registro Civil contra María Gabriela Zúñiga Chavarría, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días, dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados en el oficio O-IFRA-510-2031 de fecha 17 de julio del 2019 y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo ya citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente Nº 8687, publicada en La Gaceta Nº 20 del jueves 29 de enero del 2009). Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión Nº 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona denunciada; pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada. Tome nota la parte denunciada que, de conformidad con lo dispuesto por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en voto 2010-8722, y por el Tribunal Disciplinario Notarial en votos 265-2012 y 70-2015, es obligación de los notarios que ejercen como tales el tener actualizados sus datos personales en cuanto a las direcciones de oficina y lugar para atender notificaciones. Por indicarse que la parte denunciada tiene oficina en Heredia, Santo Domingo, San Vicente, de la antigua clínica del Seguro Social, 350 metros al norte, casa blanca, 2 pisos, se comisiona a Oficina de Comunicaciones Judiciales de Heredia. En su defecto, de no ser localizada en ese lugar, la parte denunciada reportó que su domicilio registral se ubica en Heredia, Santo Domingo, San Vicente, trescientos cincuenta norte de la clínica del Seguro Social, por lo que se comisiona a Oficina de Comunicaciones Judiciales de Heredia. Asimismo, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José para notificar a la Dirección Nacional de Notariado esta resolución, en el costado oeste del Mall San Pedro, edificio Sigma, quinto piso. Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil, y para los efectos de proceder conforme lo dispuesto en el numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, consúltese al Sistema de Certificaciones e Informes Digitales del Registro Nacional si la parte denunciada tiene apoderado inscrito. Notifíquese. M.Sc. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.” y “Juzgado Notarial. San José a las once horas y veintiséis minutos del nueve de marzo de dos mil veinte. En vista de que han sido fallidos los intentos por notificarle a la licenciada María Gabriela Zúñiga Chavarría, la resolución dictada a las ocho horas del doce de agosto del dos mil diecinueve en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado y el último domicilio registral reportado en el Registro Civil (ver folio 5 y 6, así como las actas de notificación de folios 12 y 17), y siendo que no fue posible localizar a la persona que funge como apoderada de la encausada (folios 20, 22 y 34), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle a la citada profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber a la denunciada que los hechos que se le atribuyen son la aparente presentación extemporánea del matrimonio entre Esteban González Fonseca y Helen Melissa Cruz Mondragón, celebrado el 16 de febrero del 2019 y presentado al Registro Civil el 23 de abril del 2019. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese esta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público a la denunciada María Gabriela Zúñiga Chavarría, cédula de identidad 1-1174-457. Notifíquese. M.Sc. Juan Carlos Granados Vargas, Juez.”

San José, 09 de marzo del 2020.

                                      M.Sc. Juan Carlos Granados Vargas,

                                                                  Juez

1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020463501 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

PRIMERA PUBLICACIÓN

A las 08:00 horas del 04 de agosto de 2020, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y anotaciones y con la base de la hipoteca de primer grado ya vencida a favor de Mayer Bustos Rodríguez bajo las citas 2018-417005-01-0001-001 y con la base de veinte millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 415748 la cual es terreno de pasto con una casa. Situada en el distrito Florencia, cantón San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Río Platanar; al sur, calle pública con frente de 23 metros 08 centímetros; al este, resto de Importadora Padilla Chaves S. A.; y al oeste, María Elena Ugalde Rodríguez. Mide: cinco mil novecientos cincuenta y siete metros con ochenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢15.000.000,00, se señalan las: 08:00 horas del 12 de agosto de 2020. Para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de ¢5.000.000,00, se señalan las: 08:00 horas del 20 de agosto de 2020. Se remata por ordenarse así en proceso or.s.pri. prestac. laborales de Adriana Hernández Rodríguez contra Ana Isabel de La Trinidad Quesada Campos. Expediente N° 18-000098-1288-LA. Nota: publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de ocho días de antelación a la fecha fijada para la subasta.—Juzgado de Trabajo Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 18 de mayo del 2020.—Msc. Martha Chaves Chaves, Jueza.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020463590 ).

Causahabientes

A los causahabientes de quién en vida se llamó Juan Gabriel Alfaro Elizondo, quien fue mayor, domicilio San José-Pérez Zeledón, Daniel Flores, Villa Ligia, cédula de identidad número 114840321, se les hace saber que: Jéssica María Murillo Garro, cédula de identidad o documento de identidad número 116990217, domicilio San José-Pérez Zeledón, La Amislad, San Antonio, se apersonó en este Despacho en calidad de representante del menor Juan Gael Alfaro Murillo, 0123070249, hijo de la persona fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Juan Gabriel Alfaro Elizondo. Expediente N° 20-000173-1125-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 27 de mayo del 2020.—Lic. José Celso Fernández Delgado, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020463366 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Heriberto de Las Piedades Martínez Leiva, cédula uno cero seis ocho cuatro cero cero uno cero, fallecido el 20 de mayo del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número 20-000177-1125-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-000177-1125-LA. Por Gricel Alabinia Ureña Fernández a favor de Heriberto de Las Piedades Martínez Leiva.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 08 de junio del 2020.—Lic. José Celso Fernández Delgado, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020463367 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Adrián Antonio Bravo Castro 0303870991, fallecido el 27 de marzo del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número 20-000223-1001-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-000223-1001-LA. Por a favor de Adrián Antonio Bravo Castro.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba (Materia Laboral), 08 de junio del 2020.—Lic. Randall Gómez Chacón, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020463368 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Wilfredy Herrera Villegas N° 0501640789, fallecido el 08 de enero del año 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 20-000231-1288-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. De Wilfredy Herrera Villegas promovido por Marabelit de los Ángeles Pérez Martínez a favor, expediente N° 20-000231-1288-LA.—Juzgado de Trabajo Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 18 de mayo del año 2020.—Licda. Karla Valenciano Vargas, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020463369 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Geiner Eduardo Loaiza Cubero 0304110414, fallecido el siete de mayo del dos mil veinte, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 20-000279-0679-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del código de trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000279-0679-LA. Por APM Terminals Moin Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-641075 a favor de Geiner Eduardo Loaiza Cubero.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 09 de junio del año 2020.—Msc. Ana Shirley Naranjo Solano, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020463370 ).

Se cita y emplaza a las personas que, en carácter de causahabientes de Josué Artavia Quesada, cédula de identidad N° 0113080780 y falleció el 25 de febrero del año 2020, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000402-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Josué Artavia Quesada.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 19 de marzo del 2020.—M.SC. Andrés Grossi Castillo, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud  Nº 68-2017-JA.—( IN2020463371 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Ramón Gerardo Bejarano Vargas, cédula de identidad 0104640355, y falleció el 19 de abril del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000529-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Ramón Gerardo Bejarano Vargas.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 5 de mayo del 2020.—M.Sc. Angela Minero Akiya, Jueza.—1 vez.—O.C N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020463372 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Stwar Martin Castro Barboza, cédula de identidad N° 0116410870, fallecido(a) el 26 de octubre del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-000532-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Stwar Martin Castro Barboza.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 05 de mayo del 2020.—M.Sc. Angela Minero Akiya, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020463373 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Adita De Jesús Chavarría Canales, cédula de identidad N° 5-185-936 y falleció el 26 de abril del dos mil veinte, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000533-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Adita De Jesús Chavarría Canales.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 06 de mayo del 2020.—M.SC. Andrés Grossi Castillo, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020463374 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Alexis Francisco Sandoval Vásquez, cédula de identidad N° 0203440436, fallecido el 10 de marzo del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000535-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Alexis Francisco Sandoval Vásquez.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 06 de mayo del 2020.—M.Sc. Angela Minero Akiya, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020463375 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Delia María Rodríguez Zúñiga, cédula de identidad N° 1-729-012 y falleció el 25 de abril del 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 20-000562-0166-LA Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Delia María Rodríguez Zúñiga.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 11 de mayo del año 2020.—M.SC. Ángela Minero Akiya, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020463376 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de José Ramón Fernández Céspedes, cédula de identidad N° 0106840557, fallecido el 28 de diciembre del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000564-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida José Ramón Fernández Céspedes.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 11 de mayo del 2020.—M.Sc. Angela Minero Akiya, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020463377 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Jorge Madrigal Rodríguez, cédula de identidad 0106030594, fallecido el 19 de diciembre del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°20-000584-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Jorge Madrigal Rodríguez.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 18 de mayo del 2020.—M.Sc. Angela Minero Akiya, Jueza.—1 vez.—O.C N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020463378 ).

Se cita y emplaza a las personas que, en carácter de causahabientes de Gabriel de Los Ángeles Ovares Pizarro, cédula de identidad N° 0602170769, fallecido(a) el 09 de marzo del año 2020, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000604-0166-LA,. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Gabriel de Los Ángeles Ovares Pizarro.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 19 de mayo del 2020.—M.Sc. Angela Minero Akiya Juez(a).—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020463379 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Miguel Ángel Valverde Castro, cédula de identidad 0900320085, fallecido el 22 de noviembre del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el Número 20-000656-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000656-0166-LA. Por a favor de Miguel Ángel Valverde Castro.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 02 de junio del año 2020.—M.Sc. Angela Minero Akiya, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020463380 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Sergio Arnoldo Carballo Castillo, cédula de identidad N° 0112260244, fallecido el 15 de octubre del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el Número 20-000675-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-000675-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 05 de junio del 2020.—Licda. Silvia Patricia Quesada Alpízar, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020463381 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Fernando Herrera Fonseca, cédula de identidad 0102230059, fallecido el 08 de noviembre del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el Número 20-000678-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000678-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 5 de junio del 2020.—Licda. Silvia Patricia Quesada Alpízar, Jueza.—1 vez.—O.C N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020463382 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Miladi Villalobos Rodríguez, cédula de identidad N° 0202280191, fallecido(a) el 22 de octubre del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 20-000684-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 08 de junio del 2020.—Licda. Silvia Patricia Quesada Alpízar, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020463383 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 280-08404-01-0002-001; a las nueve horas del miércoles quince de julio del dos mil veinte, y con la base de cinco millones seiscientos once mil cuatrocientos setenta y seis colones con siete céntimos (¢5.611.476,07), en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público del Partido de San José, matrícula de folio real número seiscientos quince mil setecientos setenta y cuatro-triple cero (fr. SJ-615774-000), la cual es terreno de solar. Situada en el distrito cuatro Cangrejal, cantón doce Acosta de la provincia de San José. Colinda: al norte, José Rafael Venegas Garro; al sur, Fernando Rojas Mora y Mercedes Mora Badilla; al este, Mercedes Mora Badilla; y Francisco Arias Mora, y al oeste, calle pública. Mide: mil setenta y cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del día jueves veintitrés de julio del dos mil veinte, con la base de cuatro millones doscientos ocho mil seiscientos siete colones con cero cinco céntimos (¢4.208.607,05) (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del viernes treinta y uno de julio del dos mil veinte, con la base de un millón cuatrocientos dos mil ochocientos sesenta y nueve colones y cero un céntimo (¢1.402.869,01) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Agrícola Industrial y Servicios Múltiples el General R.L. contra Denia Del Carmen Portilla Chinchilla. Expediente N° 19-005397-1200-CJ.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, 1° de junio del 2020.—Dra.- Vanessa Fisher González, Jueza.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2020.—( IN2020462752 ).

Primer remate: a las diez horas del dieciocho de agosto del dos mil veinte, en la puerta exterior del Juzgado Agrario de Liberia, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de veintitrés millones seiscientos veinticinco mil colones, por la mejor postura se rematará la finca inscrita en el Registro Público Inmobiliario, partido de Guanacaste, matrícula número noventa y cuatro mil setecientos cincuenta y dos-cero-cero cero, número de identificador predial cinco cero siete cero uno cero cero nueve cuatro siete cinco dos, es terreno de cultivos varios con casa de habitación y corral, ubicado en Las Juntas (distrito primero), de Abangares (cantón sétimo) de la provincia de Guanacaste, sus linderos son: norte Ganadera San Juan S. A.; sur, calle pública con una medida lineal frente a ella de ciento veintisiete metros con sesenta y ocho centímetros lineales y Hugo Rivera Rivera; este, Inversiones Mata Palo S.S. S. A.; y oeste, Río Abangares, Ganadera San Juan S. A. y Edwin Cruz Robles, todos en parte. Mide: sesenta y tres mil ochocientos cincuenta y cuatro metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Plano G-sesenta mil trescientos cuarenta y dos-mil novecientos noventa y dos. Pertenece a Inversiones Matapalo S.S. S. A. Segundo remate: de no existir postura, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas del veintiséis de agosto del dos mil veinte, con la base de diecisiete millones setecientos dieciocho mil setecientos cincuenta colones (rebajada en un 25% de la base original). Tercer remate: de no existir postura en el segundo remate, para celebrar el tercero, se señalan las diez horas del cuatro de setiembre del dos mil veinte, con la base de cinco millones novecientos seis mil doscientos cincuenta colones (un 25% de la base original). Publíquese por dos veces consecutivas. La primera publicación debe realizarse con un mínimo de seis días hábiles de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por estar ordenado en proceso hipotecario N° 19-000145-0387-AG, de Banco Nacional de Costa Rica contra Modesto Sánchez Sequeira y otra.—Juzgado Agrario de Liberia, 8 de junio del 2020.—Rodrigo Valverde Umaña, Juez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017.—( IN2020462981).

En este Despacho, con una base de dieciocho millones seiscientos setenta y dos mil diez colones con ochenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número cincuenta y seis mil once, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote 4. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte Marco Tulio Quirós y otros; al sur calle pública con 22 metros; al este Jesús Rojas Jiménez y al oeste Jesús Rojas Jiménez. Mide: setecientos ochenta y cinco metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del cuatro de agosto de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del doce de agosto de dos mil veinte con la base de catorce millones cuatro mil ocho colones con catorce céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veinte de agosto de dos mil veinte con la base de cuatro millones seiscientos sesenta y ocho mil dos colones con setenta y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Carlos Delgado Chinchilla. Expediente Nº 19-005430-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 04 de junio del año 2020.—Dirían Sosa Mora, Juez.—( IN2020462983 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones de colones exactos, soportando servidumbre trasladada (Citas: 359-19137-01-0900-001), sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 507569-000, la cual es de naturaleza: terreno para construir con 1 casa lote 14-BB. Situada en el distrito 9-Pavas, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Leximp S. A.; al sur, Leximp S. A.; al este, Leximp S. A. y al oeste, alameda pública. Mide: noventa metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiocho de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del cinco de agosto de dos mil veinte con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del trece de agosto de dos mil veinte con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Tony David Barquero Azofeifa, expediente N° 17-013417-1157-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 17 de marzo del año 2020.—Licda. Mayra Vanessa Guillén Rodríguez, Juez/a Decisor/a.—( IN2020462997 ).

En este Despacho, con una base de once millones novecientos ochenta y nueve mil trescientos treinta y nueve colones con cuarenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones; sáquese a remate la finca del Partido de Guanacaste, matrícula número 171952, derechos 001 y 002. Que se describe así: naturaleza: terreno de charral. Situada en el distrito 4-Quebrada Honda, cantón 2-Nicoya de la provincia de Guanacaste. Finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte: ancho camino publico; sur: camino público; este, Miguel Obando Toruño y Pablo Carrillo Obando; oeste, Pablo Carrillo Obando. Mide: mil setecientos veintiséis metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Plano: G-0241341-1995. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintitrés de julio de dos mil veinte. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del treinta y uno de julio de dos mil veinte, con la base de ocho millones novecientos noventa y dos mil cuatro colones con cincuenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del diez de agosto de dos mil veinte, con la base de dos millones novecientos noventa y siete mil trescientos treinta y cuatro colones con ochenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Douglas Esquivel Artavia, Kassia Ginett Villalobos Álvarez. Expediente N° 19-004946-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, (Santa Cruz), 26 de mayo del 2020.—Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2020463009 ).

En este Despacho, con una base de quince millones trescientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 193.683- 000, la cual es terreno naturaleza: Terreno para construir situada en el distrito 1-Santa Cruz cantón 3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste Linderos: norte: Sandra Castillo Medina sur: Javier León Leal este: Estrella LE¼N Hernández oeste: calle pública con un frente de 20 m con 18 cm. Mide: mil doscientos diecinueve metros cuadrados plano:G-1548698-2012. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del veinticuatro de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del tres de agosto de dos mil veinte con la base de once millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del once de agosto de dos mil veinte con la base de tres millones ochocientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Ramon León Castillo. Expediente Nº 19-004860-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 27 de mayo del año 2020.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2020463031 ).

En este Despacho sáquese a remate las siguientes fincas: 1) Finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento sesenta y cuatro mil ochocientos ochenta y cuatro derechos cero cero cero con una base de un millón setecientos setenta y tres mil novecientos colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando prohibiciones artículo 16 Ley 7599 citas: 448-01050-01-0025-001; la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 2-Santa Cecilia, cantón 10-La Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Calixto Moraga Medina y Petrona Ríos Castro; al sur, servidumbre de paso; al este, Alonso Ríos Castro; y al oeste, Alonso Ríos Castro. Mide: trescientos cincuenta y cuatro metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Plano: G-1119020-2006. De no haber postores, el segundo remate se efectuará con la base de un millón trescientos treinta mil cuatrocientos veinticinco colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate la base será de cuatrocientos cuarenta y tres mil cuatrocientos setenta y cinco colones exactos (25% de la base original). 2) Finca del partido de Guanacaste, matrícula número sesenta y cinco mil trescientos cuarenta y cinco derechos cero cero cero con una base de dos millones ochocientos ochenta y cinco mil novecientos colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación citas: 375-01192-01-0900-001 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 2-Santa Cecilia, cantón 10-La Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, María Del Socorro Artiaga Aragón; al sur, Esteban Sanarrusia Sanarrusia; al este, calle pública con 8,00 mt; y al oeste, María Del Socorro Artiaga Aragón. Mide: ciento cincuenta y nueve metros con seis decímetros cuadrados. Plano: G-0724994-1988. De no haber postores, el segundo remate se efectuará con la base de dos millones ciento sesenta y cuatro mil cuatrocientos veinticinco colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate la base será de setecientos veintiún mil cuatrocientos setenta y cinco colones exactos (25% de la base original). Para el primer remate de ambos inmuebles, se señalan las diez horas y cero minutos del treinta de junio de dos mil veinte. Para el segundo remate las diez horas y cero minutos del ocho de julio de dos mil veinte, Y para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del diecisiete de julio de dos mil veinte. Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Agropecuaria La Vaquita S. A. contra María Del Socorro Artiaga Aragón. Expediente N° 14-002284-1202-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 24 de abril del 2020.—Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2020463035 ).

En este Despacho, se señalan las nueve horas y cero minutos del dos de julio de dos mil veinte, con una base de treinta y ocho mil novecientos cuarenta dólares con once centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas Ley Caminos citas: 276-05226-01-0006-001, condición resolutoria citas: 328-16150-01-0901-009, prohibiciones REF:1871-041-002 citas: 328-16150-01-0902-012; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento diecisiete mil seiscientos cuarenta y ocho, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con árboles frutales. Situada en el distrito 1-Puerto Cortés, cantón 5-Osa, de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte: Everardo Cortes Rodríguez; sur: Karol Alvarado Soto; este: Everardo Cortes Rodríguez, oeste: calle pública con un frente a ella de 14 metros con 64 centímetros. Mide: cuatrocientos cincuenta y seis metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Plano: P-0525481-1998. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del diez de julio de dos mil veinte con la base de veintinueve mil doscientos cinco dólares con ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veinte de julio de dos mil veinte con la base de nueve mil setecientos treinta y cinco dólares con tres centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L. contra Anselmy Everardo Cortes Morera. Expediente N° 18-006169-1200-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 21 de mayo del año 2020, Licda. Eida Virginia Madrigal Camacho, Jueza Tramitadora.—( IN2020463036 ).

En este Despacho, con una base de siete mil trescientos setenta y siete dólares con treinta y un centavos, libre de gravámenes prendarios y anotaciones; sáquese a remate el vehículo 893884, marca: Nissan, estilo: Tiida, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, Carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4X2, número de chasis, Serie y VIN: 3N1BC1AD8ZK118426, año fabricación: 2012, color: gris, número de motor: MR18763514H, cilindrada: 1798, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de agosto del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veintisiete de agosto del dos mil veinte con la base de cinco mil quinientos treinta y dos dólares con noventa y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de setiembre del dos mil veinte con la base de mil ochocientos cuarenta y cuatro dólares con treinta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Improsa S. A. contra Mario Alberto Antonio Hidalgo Barrantes. Expediente N° 18-000003-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 26 de mayo del 2020.—Carlos Contreras Reyes, Juez Decisor.—( IN2020463040 ).

En este Despacho, con una base de tres mil cuatrocientos diecisiete dólares con treinta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BDC953, Marca: Chevrolet, Estilo: SPARK LS categoría automóvil capacidad 5 personas, tracción 4x2, número serie, VIN y chasis: KL1MJ6C45DC000264, año:2013, color plateado, N. Motor: A08S3950745KC2, cilindrada: 800 C.C, cilindros:3, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas y veinte minutos del seis de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y veinte minutos del catorce de julio de dos mil veinte con la base de dos mil quinientos sesenta y dos dólares con noventa y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y veinte minutos del veintidós de julio de dos mil veinte con la base de ochocientos cincuenta y cuatro dólares con treinta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Tania Pamela Jiménez Rodríguez. Expediente Nº 19-014503-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San Jose, 28 de abril del año 2020.—Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza Tramitadora.—( IN2020463041 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta millones seiscientos noventa y cuatro mil quinientos noventa y cinco colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo convalidación (Ley de Información Posesoria), Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos y Reservas Ley Forestal; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento cuarenta y nueve mil treinta y siete, derecho cero cero uno, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 3-Florida, cantón 3-Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública con frente a ella de 147.71 m lineales y con derecho de vía de 20 m; al sur, Omar Castillo Matarrita; al este, Jim Roland y Maritza Ramírez Jiménez; y al oeste, Instituto Costarricense de Ferrocarriles. Mide: ciento cuarenta y nueve mil ciento diecinueve metros con ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de julio del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del treinta y uno de julio del dos mil veinte con la base de treinta millones quinientos veinte mil novecientos cuarenta y seis colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del diez de agosto del dos mil veinte con la base de diez millones ciento setenta y tres mil seiscientos cuarenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Olga Marta De Jesús Vargas Sandoval contra Twin Brother Transport S. A. Expediente N° 17-001229-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 21 de mayo del 2020.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez.—( IN2020463046 ).

En este Despacho, con una base de setenta y cuatro millones cuatrocientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; soportando libre de gravámenes, pero soportando servidumbre de paso citas: 542-03078-01-0021-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 403843-000, la cual es terreno lote 7 de café. Situada en el distrito 1-Naranjo, cantón 6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al sur, calle pública con 31 metros de frente; al este, Elizabeth Corrales Jiménez; al oeste, lote 6 y lote 8; y al noreste, Juan De Dios Fonseca Araya, Honorio Agüero Alvarado, Elizabeth Corrales Jiménez. Mide: mil ochocientos sesenta y un metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Plano: A-0858110-2003. Para tal efecto, se señalan las quince horas y treinta minutos del trece de julio del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta minutos del veintiuno de julio del dos mil veinte con la base de cincuenta y cinco millones ochocientos cuarenta mil ochocientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y treinta minutos del treinta de julio del dos mil veinte con la base de dieciocho millones seiscientos trece mil seiscientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Ciudad Quesada R.L contra Noé Adolfo Murillo Corrales, Vilma Corrales Jiménez. Expediente N° 19-001054-1203-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 28 de mayo del 2020.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2020463052 ).

En este Despacho, con una base de tres millones noventa y nueve mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BKZ094. Marca: Toyota, estilo: ECHO, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: JTDBT123620226432, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4X2, número chasis: JTDBT123620226432, año fabricación: 2002, Cabina: sencilla, color: plateado, VIN: JTDBT123620226432. Para tal efecto se señalan las nueve horas y quince minutos del uno de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y quince minutos del nueve de setiembre de dos mil veinte con la base de dos millones trescientos veinticuatro mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y quince minutos del veintiuno de setiembre de dos mil veinte con la base de setecientos setenta y cuatro mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de M.CH.B. Sueños de Mii Alma contra Dasaet Solano Solano. Expediente Nº 18-000993-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 11 de mayo del año 2020.—Licda. Zary Navarro Zamora, Jueza Tramitadora.—( IN2020463095 ).

En este despacho, con una base de veintinueve millones cuatrocientos dieciocho mil ochocientos diez colones con dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos citas: 571-22152-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento cincuenta y seis mil quinientos cuarenta y tres, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 4-Colorado, cantón 7- Abangares de la provincia de Guanacaste, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte calle publica con un frente de 18 metros; al sur Isidro Gutiérrez Calvo y calle publica con 12 metros; al este Isidro Gutiérrez Calvo y al oeste calle publica con 12 metros. Mide: mil doscientos diecinueve metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y quince minutos del catorce de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y quince minutos del veintitrés de setiembre de dos mil veinte con la base de veintidós millones sesenta y cuatro mil ciento siete colones con cincuenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y quince minutos del uno de octubre de dos mil veinte con la base de siete millones trescientos cincuenta y cuatro mil setecientos dos colones con cincuenta y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Manrique Morales Leal. Expediente Nº 17-003038-1157-CJ.—Juzgado de Cobro de Primer Circuito Judicial de Alajuela, 03 de junio del año 2020.—Licda. Sofía Ramírez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2020463110 ).

En este Despacho, con una base de doce millones cincuenta y cuatro mil novecientos cuarenta y tres colones con veinte céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 172443, derecho 001 y 002, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1-Alajuela, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, lote 8 o frente de 23.93 metros; al noroeste, lote 32 con frente de 10.93 metros; al sureste, Inmobiliaria La Maravilla Sociedad Anónima destinada a obras de servicio público con un frente de 10.00 metros y al suroeste, lote AO con frente de 23.89 metros. Mide: doscientos treinta y nueve metros con diez decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del catorce de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veintitrés de setiembre de dos mil veinte con la base de nueve millones cuarenta y un mil doscientos siete colones con cuarenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del uno de octubre de dos mil veinte con la base de tres millones trece mil setecientos treinta y cinco colones con ochenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Ana Patricia Leandro Fonseca, Roy Bolaños Sandi. Expediente N° 18-031273-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de mayo del año 2020.—Sofía Ramírez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2020463111 ).

En este Despacho, con una base de treinta y dos millones treinta y dos mil novecientos treinta y dos colones con diecinueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula 268533-000, la cual es terreno naturaleza: lote-122 bloque G-21 para construir. Situada en el distrito 10-Desamparados, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte lote N-G-20; al sur lote N-G-01, G-02, G-03; al este lote N-G-6 y al oeste alameda pública. Mide: ciento veintiocho metros con veintisiete decímetros cuadrados plano: A-0000766-1991. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del treinta y uno de agosto de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del ocho de setiembre de dos mil veinte con la base de veinticuatro millones veinticuatro mil seiscientos noventa y nueve colones con catorce céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del diecisiete de setiembre de dos mil veinte con la base de ocho millones ocho mil doscientos treinta y tres colones con cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Edwin Angulo Zúñiga, Jeison Evelio Porras Hinrichs, Jennifer Angulo Jenkins. Expediente Nº 16-017990-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 08 de mayo del año 2020.—Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez Tramitador.—( IN2020463112 )

En este Despacho, con una base de diez millones seiscientos cincuenta y seis mil setecientos veintisiete colones con noventa y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número quinientos trece mil ochocientos catorce, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 2-San Juan, cantón 8-Poas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Consultora Agrícola Poaseña SA; al sur Consultora Poaseña SA; al este, calle publica con once metros de ancho y al oeste Consultora Poaseña SA. Mide: doscientos once metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y quince minutos del catorce de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y quince minutos del veintitrés de setiembre de dos mil veinte con la base de siete millones novecientos noventa y dos mil quinientos cuarenta y cinco colones con noventa y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y quince minutos del uno de octubre de dos mil veinte con la base de dos millones seiscientos sesenta y cuatro mil ciento ochenta y un colones con noventa y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Luis Rodolfo Castro Valerín. Expediente Nº 18- 031275-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de mayo del año 2020.—Hannia Isabel Núñez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2020463113 ).

En este Despacho, con una base de noventa y un mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 379-15014-01-0901-001, reservas y restricciones citas: 379-15014-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 124164 F-, derecho 000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número ciento treinta y cuatro, apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 1-Parrita, cantón 9-Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte finca filial primaria individualizada número ciento veintiséis; al sur calle heliconias; al este, finca filial primaria individualizada número ciento treinta y cinco y al oeste finca filial primaria individualizada número ciento treinta y tres. Mide: doscientos veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de julio de dos mil veinte con la base de sesenta y ocho mil doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del cinco de agosto de dos mil veinte con la base de veintidós mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Gilberto Armando Rojas Sancho. Expediente Nº 19-006824-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 23 de enero del año 2020.—Lic. Zary Navarro Zamora, Jueza Decisora.—( IN2020463116 ).

En este Despacho, con una base de once mil trescientos cuarenta y siete dólares con tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BBX 179, marca: Honda, estilo: CRV EXL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2012, color: blanco, VIN: 3HGRM4870CG600658 y cilindrada: 2354 c.c. Para tal efecto se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de agosto de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del doce de agosto del dos mil veinte con la base de ocho mil quinientos diez dólares con veintisiete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de agosto del dos mil veinte con la base de dos mil ochocientos treinta y seis dólares con setenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banca Promerica contra Wagner Reinaldo Monge Calderón. Expediente N° 20-001457-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 23 de abril del 2020.—Lidieth Venegas Chacón, Jueza Decisora.—( IN2020463117 ).

En este Despacho, 1. Con una base de un millón doscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa 475837, marca: Land Rover, estilo: Range Rover, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: SALLPAMW4XA428869, tracción: 4X4, año: 2000, cilindrada: 2500, color: negro, cilindrada: 2500 c.c. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del dos de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del diez de setiembre del dos mil veinte con la base de novecientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de setiembre del dos mil veinte con la base de trescientos mil colones exactos (25% de la base original. 2. Con una base de cuatro millones cuatrocientos ochenta y siete mil cuarenta colones exactos, soportando gravámenes hipotecarios bajo la citas: 2010-314232-01-0001-001, y soportando reservas y restricciones citas: 296-06446-01-0934-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2009-320214-01-0021-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2009-320214-01-0024-001, servidumbre de paso citas: 2009-320214-01-0027-001, servidumbre de paja de agua citas: 2009-320214-01-0030-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2009-320214-01-0033-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2009-320214-01-0035-001, servidumbre de paso citas: 2009-320214-01-0038-001, servidumbre de paja de agua citas: 2009-320214-01-0040-001, sáquese a remate la finca matrícula 5-175486-001 naturaleza: lote tercero terreno para construir. Situada en el distrito 2-Mansión, cantón 2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste, finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: al norte, Oscar Francisco Morales Chaves; al sur, Mario Alberto Solano Campos y Luis Rene Quesada Valverde y servidumbre de paso con un frente de 4,00 metros; al este, Oscar Francisco Morales Chaves; y al oeste, Oscar Francisco Morales Chaves y servidumbre de paso con un frente de 14,24 metros. Mide: dos mil trescientos treinta y siete metros cuadrados. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del dos de setiembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del diez de setiembre del dos mil veinte con la base de tres millones trescientos sesenta y cinco mil doscientos ochenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de setiembre del dos mil veinte con la base de un millón ciento veintiún mil setecientos sesenta colones exactos (25% de la base original). 3. Con una base de dos millones doscientos sesenta y cuatro mil colones exactos, libres gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones citas: 296-06446-01-0934-001; sáquese a remate la finca matrícula 5-181992-000 naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 2-Mansión, cantón 2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste, finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: al norte, lote 2 de Mario Alberto Solano Campos; al sur, Oscar Morales Chaves; al este, calle pública con un frente de 27,55 metros; y al oeste, Oscar Morales Chaves. Mide: quinientos sesenta y seis metros cuadrados. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del dos de setiembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del diez de setiembre del dos mil veinte con la base de un millón seiscientos noventa y ocho mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de setiembre del dos mil veinte con la base de quinientos sesenta y seis mil colones exactos (25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Jorge Matamoros Villalobos contra Mario Alberto Solano Campos. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta Nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Expediente N° 13-002316-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 01 de junio del 2020.—Lic. Tadeo Solano Alfaro, Juez.—( IN2020463139 ).

En este Despacho, con una base de noventa mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando paja de agua ref: 1631 237 015 citas: 305-22764-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número doscientos cincuenta y tres mil ochocientos cincuenta y dos, derecho 000, la cual es terreno de uso industrial. Situada en el distrito 4 San Nicolás, cantón 1 Cartago, de la provincia de Cartago. Finca se encuentra en zona catastrada. Colinda: al norte, Ganadería El Caracol S. A.; al sur, Ganadería El Caracol S. A.; al este, calle pública con frente de 22 metros y Ganadería El Caracol S. A.; y al oeste, Avícola La Lima S. A. Mide: dos mil trescientos ochenta y un metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecinueve de agosto de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de agosto de dos mil veinte con la base de sesenta y siete mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del ocho de setiembre de dos mil veinte con la base de veintidós mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Leonardo León Chauta Ibarra, Mayra Alejandra Chauta Ibarra contra Adrián Montero Granados, Automotores Villa Oro Tres Mil Sociedad Anónima. Expediente 18-010595-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 28 de mayo del año 2020.—Lic. Marcela Brenes Piedra, Jueza Decisora.—( IN2020463158 ).

En este Despacho, con una base de veinticuatro millones ciento veintiséis mil doscientos cincuenta y cinco colones con sesenta y ocho céntimos, soportando servidumbre trasladada citas 0371-00018318-01-0918-001 y servidumbre trasladada citas 0372-00002676-01-0904-001, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 351757-001 y 002, la cual es terreno lote 22=IX para construir con una casa. Situada en el distrito Pavas, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 9; al sur, Soc General de Const Sogeco S. A.; al este, lote 23; y al oeste, lote 21. Mide: ochenta y siete metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del dos de setiembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del diez de setiembre del dos mil veinte con la base de dieciocho millones noventa y cuatro mil seiscientos noventa y un colones con setenta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintidós de setiembre del dos mil veinte con la base de seis millones treinta y un mil quinientos sesenta y tres colones con noventa y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Servidores Públicos R.L. contra Carmen María Gutiérrez Quesada y Marlon De Jesús Hernández Donson. Expediente N° 20-001428-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 12 de mayo del 2020.—Wendy Pagani Rojas, Jueza Decisora.—( IN2020463161 ).

En este Despacho, con una base de treinta y nueve millones setecientos setenta y cinco mil ciento ochenta y cinco colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número trescientos setenta y un mil cuarenta y nueve, derecho 000, la cual es terreno lote 8T para construir con una casa. Situada en el distrito San Rafael, cantón Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte calle publica; al sur lote 17 y 18; al este lote 9 y al oeste lote 7. Mide: ciento treinta y nueve metros con cuarenta decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del diez de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de julio de dos mil veinte con la base de veintinueve millones ochocientos treinta y un mil trescientos ochenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de julio de dos mil veinte con la base de nueve millones novecientos setenta y tres mil setecientos noventa y seis colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Bac San Jose Sociedad Anónima contra David Vinicio Villalta Rivera. Expediente Nº 18-016276-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de mayo del año 2020.—Licda. Susana Mata Gómez, Jueza Tramitadora.—( IN2020463170 ).

En este Despacho, con una base de catorce millones ochocientos trece mil cuatrocientos colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas ley caminos citas: 0322-00001644-01-0006-001, condiciones citas: 0348-00014262-01-0921-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 183376, derecho 000, la cual es terreno lote con una casa y patio. Situada en el distrito 02 Palmar, cantón 05 Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Reinier Villareal Barrantes; al sur, calle pública; al este, Vista del Bosque S. A. y al oeste, Vista del Bosque S. A. Mide: ciento sesenta metros con ocho decímetros cuadrados; para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del trece de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del veintiuno de julio de dos mil veinte con la base de once millones ciento diez mil cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintinueve de julio de dos mil veinte con la base de tres millones setecientos tres mil trescientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Randy Vargas Duarte. Expediente Nº 18-001834-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 21 de mayo del 2020.—Licda. Gabriela Campos Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2020463193 ).

En este Despacho, con una base de diecinueve millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones citas: 393-10407-01-0905-002; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número 135710, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 4-Matama, cantón 1-Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte calle publica; al sur Carlos Azofeifa Sánchez; al este Carlos Azofeifa Sánchez y al oeste, calle pública. Mide: cinco mil metros cuadrados. plano: L-1457154-2010. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del tres de julio del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del trece de julio del año dos mil veinte con la base de catorce millones setecientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintiuno de julio del año dos mil veinte con la base de cuatro millones novecientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Edwin Alberto Núñez Fallas. Expediente Nº 19-007861-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial Zona Atlántica, 29 de enero del año 2020.—Tatiana Meléndez Herrera, Jueza Decisora.—( IN2020463201 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada: citas: 328-19421-01-0905-001, plazo de convalidación (Ley de Localización de Derechos): citas: 2012-248737-01-0005-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 629484, derecho 001 y 002, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito San Sebastián, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, alameda y zona verde; al sur, alameda y zona verde; al este, Rosalina Serrano Vásquez y al oeste, Virginia Ordeñana Cáceres. Mide: ciento cinco metros cuadrados. Plano: SJ-0329188-1996. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del seis de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del catorce de julio de dos mil veinte con la base de trece millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de julio de dos mil veinte con la base de cuatro millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Dennis Alberto Alvarado Mora, Diana de los Ángeles Cascante Porras. Expediente N° 20-002795-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de abril del año 2020.—María del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—( IN2020463202 ).

En este despacho, con una base de ciento noventa mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas: 2012- 05701-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos noventa y cuatro mil sesenta y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno lote dos, terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 3-Carrizal, cantón 1-Alajuela de la provincia de Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste Yolanda Soto Gómez, al noroeste: Darwin Bernardo Vargas Araya, al sureste: Darwin Bernardo Vargas Araya, al suroeste: servidumbre de paso con un frente de quince metros. Mide: trescientos ochenta y cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del seis de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del catorce de julio de dos mil veinte con la base de ciento cuarenta y dos mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de julio de dos mil veinte con la base de cuarenta y siete mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra Gustavo Alfaro Bermúdez, Miurin de Gerardo Sánchez Montero, Vera Violeta Bermúdez Méndez. Expediente Nº 20-002765-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de marzo del año 2020.—Licda. Sofía Ramírez Rodríguez, Jueza Tramitadora.—( IN2020463203 ).

En este Despacho, con una base de once millones ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 356-07242-01-0901-001; sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula número quinientos sesenta y ocho mil ciento setenta y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1-Orotina, cantón 9-Orotina de la provincia de Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Madero Negro S. A.; al este, Madero Negro S. A.; y al oeste, Nergivia Umaña Vega. Mide: trescientos cincuenta y un metros cuadrados. Para tal efecto se señalan las catorce horas y treinta minutos del seis de julio de dos mil veinte. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del catorce de julio de dos mil veinte, con la base de ocho millones ochocientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintidós de julio de dos mil veinte, con la base de dos millones novecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra Eduardo Sandi Céspedes. Expediente N° 20-002805-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de marzo del 2020.—Licda. Sofía Ramírez Rodríguez, Jueza Tramitadora.—( IN2020463204 ).

En este Despacho, con una base de veinticuatro millones cuatrocientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número ciento noventa y seis mil cuatrocientos once, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 5-Guácima, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle de entrada en parte Ricardo Quirós Delgado; al sur, Luis Arguello; al este, Ricardo Quirós y Ramón Rojas y al oeste, Ricardo Quirós Delgado. Mide: ciento setenta metros con veinte decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del seis de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de julio de dos mil veinte con la base de dieciocho millones trescientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del veintidós de julio de dos mil veinte con la base de seis millones cien mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra Marco Tulio de Jesús Arce Villegas. Expediente N° 20-002838-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 20 de marzo del año 2020.—Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2020463205 ).

En este Despacho, con una base de treinta y cuatro millones cien mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento sesenta mil doscientos setenta y ocho, derecho 000, la cual es terreno lote 19-C, terreno para construir. Situada en el distrito 3-Llorente, cantón 8-Flores, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 20 C; al sur, lote18 C; al este, lote 30 C y al oeste, calle pública con 06,00 metros. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y quince minutos del seis de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y quince minutos del catorce de julio de dos mil veinte con la base de veinticinco millones quinientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y quince minutos del veintidós de julio de dos mil veinte con la base de ocho millones quinientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra Nicole Dayanne Coto Arrieta. Expediente Nº 19-013935-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 11 de mayo del 2020.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2020463206 ).

En este Despacho, con una base de veinticinco mil cuatrocientos cincuenta y ocho dólares con ochenta y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: CL 368517, marca: Nissan, estilo: FRONTIER LE, VIN: 3N6CD33A4HK800647, color: azul, año: 2017. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del uno de julio del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del nueve de julio del dos mil veinte con la base de diecinueve mil noventa y cuatro dólares con catorce centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de julio del dos mil veinte con la base de seis mil trescientos sesenta y cuatro dólares con setenta y un centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A. contra José Gerardo Vargas Arguedas. Expediente N° 18-016979-1338-CJ. Notifíquese.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 03 de febrero del 2020.—Licda. Yesenia Hernández Ugarte, Jueza.—( IN2020463239 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones cuatrocientos cuarenta y cinco mil setecientos setenta y seis colones con treinta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada anotada al tomo: 249-asiento: 00007547-01-0901-001, servidumbre dominante anotada al tomo: 340-asiento: 00005650-01-0005-001, servidumbre de alero ref: 00353302 000366 11135020, 00354890-000 anotada al tomo: 366, 368 -asiento: 00011135-01-0940-001, 00002399-01-006-001 limitaciones del INVU al tomo 2011 asiento 00203553 01 0003 001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 563311-000, la cual es terreno para construir con una casa número 115-8 ubicado en Urbanización Quince de Setiembre. Situada en el distrito 10 Hatillo, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 116-10; al sur, lote 114-6; al este, alameda 1; y al oeste, lote 110-23. Mide: ciento treinta y ocho metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del doce de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil veinte con la base de cuatro millones ochenta y cuatro mil trescientos treinta y dos colones con veintitrés céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del treinta de noviembre del dos mil veinte con la base de un millón trescientos sesenta y un mil cuatrocientos cuarenta y cuatro colones siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Amparo Vanessa Bonilla Alvarado. Expediente N° 18-008714-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 02 de junio del 2020.—Adriana Castro Rivera, Jueza Tramitadora.—( IN2020463240 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con la base de cuatrocientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original), libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: placas: MOT-461559, marca: Yamaha, estilo: FZ16, categoría: motocicleta, serie/chasis/VIN: ME1RG1216F2013266, carrocería: motocicleta, año: 2015, color: azul, número motor: G3D9E0015758, cilindrada: 160 cc, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del tres de julio de dos mil veinte. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de E Credit Soluciones S.A contra Jose David Chaves López. Expediente Nº 16-008990-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San Jose, 22 de abril del año 2020.—Isabel Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2020463066 ).

En este despacho, con una base de doscientos cincuenta y nueve millones trescientos setenta y seis mil cuarenta colones exactos, soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 319-11458-01-0002-001, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 2-182012-000, la cual es terreno lote 14, terreno de pastos. Situada en el distrito 1-Orotina, cantón 9-Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Luz Marina Molina Miranda; al sur, calle pública; al este, calle pública y al oeste, Gerardo Molina Miranda. Mide: nueve mil doscientos sesenta y tres metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las 10:15 horas del 12/08/2020. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las 10:15 horas del 20/08/2020 con la base de ciento noventa y cuatro millones quinientos treinta y dos mil treinta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las 10:15 horas del 31/08/2020 con la base de sesenta y cuatro millones ochocientos cuarenta y cuatro mil diez colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Minor Roberto Acuña Blanco contra Yentile María Molina Picado. Expediente N° 15-009913-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 08 de mayo del año 2020.—Lic. Paula Morales González, Jueza Decisora.—( IN2020463176 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones quinientos trece mil doscientos veinticuatro colones con noventa y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas 393-05091-01-0812-003, Condic IDA Ref:0000 Ley 2825 bajo las citas 393-05091-01-0831-003, Condic IDA Ref:00261783 000 bajo las citas 393-05191-01-0952-001, Condic IDA Ref:00261783 000 bajo las citas 393-05191-01-0953-001, reservas y restricciones bajo las citas 393-05191-01-0982-001, reservas y restricciones bajo las citas 393-05191-01-0983-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 545747-000, la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito 13-Pocosol, cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: calle pública con un frente de 26.00 metros lineales; al sur: resto reservado de 2-261783-000; al este: resto reservado de 2-261783-000 y al oeste: Hazel Quirós Gatjens. Mide: mil novecientos trece metros cuadrados metros. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del treinta de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del siete de agosto de dos mil veinte con la base de seis millones trescientos ochenta y cuatro mil novecientos dieciocho colones con sesenta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del diecisiete de agosto de dos mil veinte con la base de dos millones ciento veintiocho mil trescientos seis colones con veintitrés céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Deiber Steven Quirós Gatjens. Expediente N° 19-002371-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela-Ciudad Quesada, 04 de mayo del año 2020.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2020463400 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones novecientos ochenta y siete mil cuatrocientos cuarenta colones con dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BMF 433, Estilo: Swift GL, Marca: Suzuki, Categoría: Automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie: MA3ZC62SXHAB46153, Carrocería: Sedan 4 puertas hatchback, Vin: MA3ZC62SXHAB46153. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del seis de agosto del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del catorce de agosto del año dos mil veinte con la base de cuatro millones cuatrocientos noventa mil quinientos ochenta colones con dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticuatro de agosto del año dos mil veinte con la base de un millón cuatrocientos noventa y seis mil ochocientos sesenta colones con un céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Adriana Marcela Castro Hernández. Expediente N° 19-006220-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 17 de enero del año 2020.—Hellen Viviana Segura Godínez, Jueza Tramitadora.—( IN2020463450 ).

En este Despacho, con una base de veintidós millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; soportando demanda ordinaria citas: 800-440167-01-0001-001 número de expediente 17-000155-0295-CI, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 315451-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1-Zarcero, cantón 11-Zarcero, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 27.75 m; al sur, Kattia Isabel Salazar Quirós; al este, calle pública con un frente de 17.41m y al oeste, Inés Marlene Salazar Quirós. Mide: trescientos setenta y ocho metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Plano: A-0102267-1993. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del veinte de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del cuatro de agosto de dos mil veinte con la base de dieciséis millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del trece de agosto de dos mil veinte con la base de cinco millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopecar R. L. contra José de los Ángeles Quirós Vásquez, Katia Isabel Salazar Quirós. Expediente N° 19-002655-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 02 de junio del año 2020.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2020463455 ).

En este Despacho, con una base de treinta y un millones quinientos cinco mil trescientos sesenta y cuatro colones con ochenta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas: 356-01345-01-0903-001, Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 450-12750-01-0589-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 104152-000, la cual es lote 164, terreno para la agricultura, Proyecto La Soga situada en el distrito 1-Bagaces, cantón 4-Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte: lote 161; sur: lote 168; este: calle pública; oeste: Reserva I.D.A. Mide: setenta mil trescientos dos metros con sesenta decímetros cuadrados. Plano: G-0131709-1993. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del veinte de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veintiocho de julio de dos mil veinte con la base de veintitrés millones seiscientos veintinueve mil veintitrés colones con sesenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de agosto de dos mil veinte con la base de siete millones ochocientos setenta y seis mil trescientos cuarenta y un colones con veintiún céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Eduardo Espinoza Mejía. Expediente N° 19-003814-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 13 de mayo del año 2020.—Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez Decisor.—( IN2020463460 ).

En este Despacho, con una base de veintiocho millones treinta y ocho mil doscientos noventa y tres colones con treinta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando CITAS: 318-02439-01-0901-001 servid condic ref: 2658-041-001, medianería citas: 318-02439-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número doscientos sesenta y siete mil novecientos uno, derechos 001 y 002, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito Hatillo, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, acera número dos con un frente de 7 metros 16 centímetros; al sur, lote 1284; al este, lote 1295; y al oeste, alameda 33, con un frente a la misma de 8 metros con 82 centímetros. Mide: sesenta y tres metros con diecinueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiuno de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del treinta de julio de dos mil veinte con la base de veintiún millones veintiocho mil setecientos diecinueve colones con noventa y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del diez de agosto de dos mil veinte con la base de siete millones nueve mil quinientos setenta y tres colones con treinta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Margarita Elena Echaverri Toruño, Víctor Hugo López Silva. Expediente 19-005763-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 11 de mayo del año 2020.—Lic. Ronald Gerardo Chacón Mejía, Juez Tramitador.—( IN2020463522 ).

En este Despacho, con una base de treinta y nueve millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 127447-000, la cual es naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 1-Santa Cruz, cantón 3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Virgita Barrantes Barrantes; sur, Dinian Fajardo Jirón; este, Hogar Cristiano de Santa Cruz y oeste, calle pública con 14 metros 31 centímetros. Mide: trescientos veintinueve metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Plano: G-0870888-1990. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y quince minutos del veintisiete de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y quince minutos del cuatro de agosto de dos mil veinte con la base de veintinueve millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y quince minutos del doce de agosto de dos mil veinte con la base de nueve millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Manuel Santos Brenes Díaz, expediente N° 19-001172-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 04 de junio del año 2020.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez/a Tramitador/a.—( IN2020463525 ).

En este Despacho, con una base de once mil doscientos treinta dólares con veinticuatro centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones boleta 2017202000616 sumaria: 17-010080-0174-TR; sáquese a remate el vehículo placas número 865752. Marca Hyundai. Estilo H-1. Categoría microbús. Capacidad 12 personas. Año 2011. Color beige. Vin KMJWA37HABU308808. Cilindrada 2500 c.c. Combustible diesel. Motor NºD4BHA055527. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del veinticuatro de agosto del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del uno de setiembre del dos mil veinte con la base de ocho mil cuatrocientos veintidós dólares con sesenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del nueve de setiembre del dos mil veinte con la base de dos mil ochocientos siete dólares con cincuenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Maureen María Méndez Solís. Expediente N° 18-001592-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 18 de mayo del 2020.—José Ricardo cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2020463528 ).

En este Despacho, con una base de tres mil trescientos cincuenta dólares con cuarenta y seis centavos, libre de gravámenes prendarios; pero soportando colisiones número de sumaria 16-005734-0496-TR número de boleta 2016245600655, sáquese a remate el vehículo placas 709576, Marca: Fiat, Estilo: Siena HLX, Categoría: Automóvil, Capacidad: 5 personas, Año Fabricación: 2008, Color: Negro, Vin: 9BD17219483355290. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiocho de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del cinco de agosto de dos mil veinte con la base de dos mil quinientos doce dólares con ochenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del trece de agosto de dos mil veinte con la base de ochocientos treinta y siete dólares con sesenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos SJ S. A. contra Hellen Alexandra Quesada Cubero. Expediente N° 18-007292-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 27 de mayo del año 2020.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2020463529 ).

En este Despacho, con una base de setecientos sesenta y siete mil quinientos sesenta colones con ochenta y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: MOT 528714, marca: Euromot, estilo: QM 150 7, categoría: motocicleta, capacidad: 2 personas, serie: LV7MGZ403GA900033, carrocería: motocicleta, año fabricación: 2016, color: rojo, N° motor: 162FMJ1606050005, cilindrada: 150 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de setiembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del dos de octubre del dos mil veinte, con la base de quinientos setenta y cinco mil seiscientos setenta colones con sesenta y siete céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del doce de octubre del dos mil veinte con la base de ciento noventa y un mil ochocientos noventa colones con veintidós céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Ciudad Quesada RL contra Leonardo Arroyo Vega. Expediente Nº 19-006343-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 02 de junio del 2020.—Lilliam Álvarez Villegas, Jueza Decisora.—( IN2020463531 ).

En este Despacho, con una base de diez mil ciento cuarenta y un dólares con diecinueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo PB-002368, marca: Hyundai, estilo: H-1, categoría: microbús, capacidad: 12 personas, carrocería: Microbus, tracción: 4X2, número de chasis: KMJWA37HABU293385, año fabricación: 2011, color: beige, número motor: D4BHA045225, cilindrada: 2500, combustible: diesel. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de agosto de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del veinticinco de agosto de dos mil veinte con la base de siete mil seiscientos cinco dólares con ochenta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dos de setiembre de dos mil veinte con la base de dos mil quinientos treinta y cinco dólares con treinta centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito de SJ Sociedad Anónima contra Christian Roberto Martínez Valverde. Expediente 18-004832-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 13 de mayo del año 2020.—Lic. Eileen Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—( IN2020463533 ).

En este Despacho, con una base de seis mil ochocientos treinta y dos dólares con cuarenta y cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo VDJ009, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, tracción: 4x2, número chasis: KMHCT41BAFU813379, año fabricación: 2015, color: plateado, cilindrada 1400 c.c., combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas y cero minutos del veinticuatro de agosto del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del uno de setiembre del dos mil veinte con la base de cinco mil ciento veinticuatro dólares con treinta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del nueve de setiembre del dos mil veinte con la base de mil setecientos ocho dólares con once centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos SJ Sociedad Anónima. contra Kenneth Martín Lazo Palacios. Expediente N° 18-005465-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 21 de mayo del 2020.—Roy Francisco Espinoza Quesada, Juez Tramitador.—( IN2020463542 ).

En este Despacho, con una base de seis millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 379384-000, la cual es terreno naturaleza: lote G 1 terreno de zonas verdes con una casa de habitación. Situada en el distrito 4 Carrillos, cantón 8 Poás, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Rafael María Sánchez Alvarado; al sur, calle pública con un frente de 8 metros; al este, Rafael Maria Sánchez Alvarado; y al oeste, Rafael María Sánchez Alvarado. Mide: ciento treinta y nueve metros con veinte decímetros cuadrados. Plano: A-0782046-2002. Identificador predial: 208040379384. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de junio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del siete de julio de dos mil veinte con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del quince de julio de dos mil veinte con la base de un millón quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Daniela Hernández Murillo, Marcony Antonio García Alfaro. Expediente 20-001996-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10 de marzo del año 2020.—Lic. Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez Tramitador.—( IN2020463547 ).

En este Despacho, con una base de ocho mil trescientos dos dólares con treinta y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa 535961, marca: Daihatsu; Estilo: TERIOS; capacidad: 5 personas; año: 2004; categoría: automóvil; carrocería: STATION WAGON o familiar; tracción: 4X4; chasis: JDAJ102G000540488; color: plateado; N° motor: 1132388; cilindrada: 1300 c.c.; cilindros: 04; combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del dos de julio del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del diez de julio del dos mil veinte con la base de seis mil doscientos veintiséis dólares con setenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veinte de julio del dos mil veinte con la base de dos mil setenta y cinco dólares con cincuenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Denise Gerardo Soto Quesada. Expediente N° 17-005289-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 23 de abril del 2020.—Oscar Mauricio Rodríguez Villalobos, Juez Decisor.—( IN2020463571 ).

En este Despacho, con una base de mil setecientos dieciocho dólares con treinta y un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas número 548632, marca: SSANG Yong, Estilo: REXTON, capacidad: 7 personas, año: 2004, color: gris, categoría: automóvil, carrocería: STATION WAGON o Familiar, tracción: 4x4, chasis: KPTG0B1DS4P111330, motor: 66292510008229, cilindrada: 2874 c.c., combustible. Diesel, cilindros: 05. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del seis de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cuarenta minutos del catorce de julio de dos mil veinte con la base de mil doscientos ochenta y ocho dólares con setenta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del veintidós de julio de dos mil veinte con la base de Cuatrocientos veintinueve dólares con cincuenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra JOSE Francisco De Jesús Jiménez Cordero. Expediente Nº:17-004733-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 23 de abril del año 2020.—Oscar Mauricio Rodríguez Villalobos, Juez Decisor.—( IN2020463572 ).

En este Despacho, con una base de seis mil ciento un dólares con cuarenta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: placas número CL-263124. Marca JMC. Estilo N601. Categoría carga liviana. Capacidad seis personas. Año 2012. Color azul. Vin LETYFAA11CHN10585. Cilindrada 2771 c.c. Combustible diesel. Motor Nº JX493Q1C2013247. Para tal efecto se señalan las catorce horas y quince minutos del diez de agosto del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y quince minutos del dieciocho de agosto del dos mil veinte con la base de cuatro mil quinientos setenta y seis dólares con siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y quince minutos del veintiséis de agosto del dos mil veinte con la base de mil quinientos veinticinco dólares con treinta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Esteban Gerardo Quirós Calderón, Silvia María Quirós Calderón. Expediente N° 18-006471-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 05 de mayo del 2020.—Licda. Mariana Jovel Blanco, Jueza Decisora.—( IN2020463573 ).

En este Despacho, con una base de once mil ciento cincuenta y siete dólares con treinta y siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo 694850, marca Nissan, estilo Pathfinder LE, categoría automóvil, capacidad 7 personas, año 2008 color gris, tracción 4 X 4. Para tal efecto se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veinte con la base de ocho mil trescientos sesenta y ocho dólares con tres centavos (75% de la base original)y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del dos de diciembre del dos mil veinte con la base de dos mil setecientos ochenta y nueve dólares con treinta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Christian Alonso Méndez Manzanares. Expediente N° 20-002001-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 29 de abril del 2020.—Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2020463574 ).

En este Despacho, con una base de treinta y siete mil seiscientos ochenta y un dólares con cuarenta y cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas SJBa: Agrale, Estilo: MA 9 2 TCA, Categoría: Transporte Colectivo Interurbano, Capacidad: 29 personas, Año: 2004, Color: Azul 9562.Marc, Número de Motor: 4109797, Número de Vin: 9BYC32P1U4C000037, Cilindrada: 4000 c.c., Combustible: Diesel. Para tal efecto se señalan las once horas y quince minutos del uno de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y quince minutos del nueve de julio de dos mil veinte con la base de veintiocho mil doscientos sesenta y un dólares con ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y quince minutos del diecisiete de julio de dos mil veinte con la base de nueve mil cuatrocientos veinte dólares con treinta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Servicios de Viajeros Suiza S. A. contra Susana Alfaro Sánchez. Expediente N° 19-015356-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de abril del año 2020.—Mauricio Hidalgo Hernández, Juez Decisor.—( IN2020463579 ).

A las 09:00 horas del 10 de agosto del año 2020, en la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones, soportando reservas de Ley de agua caminos públicos bajo las citas 0551-00018010-01-0031-001 y 0551-00018010- 0030-001 respectivamente, servidumbre de paso bajo las citas 2016- 00460445-01-0001-001 y con la base de la única cédula hipotecaria de primer grado ya vencida a favor de cada una, sea la base de quince millones de colones exactos, al mejor postor remataré las fincas del Partido de Alajuela Folio Real Matrículas números 410.205-000 y 410.204-000: La finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 410.205-000 la cual es terreno lote décimo parcela 30-48 terreno de bosque.- Situada en el distrito Cutris, cantón San Carlos, de la provincia de Alajuela.- Colinda: al norte Guillermo Víquez Ugalde; al sur calle pública; al este, Fiduciaria Nacional Financio S. A. y al oeste, Cardif S. A. Mide: quinientos noventa y nueve mil cincuenta y un metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados plano:A-0916132- 2004 cuadrados. La finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 410.204-000, la cual es terreno lote noveno parcela 30-47 terreno de bosque. Situada en el distrito Cutris, cantón San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Guillermo Campos Marín Fiduciaria Nacional Finacio; al este, Fiduciaria Nacional Fiducio S. A. y al oeste, Cardif S. A. Mide: quinientos cincuenta y ocho mil quinientos veinticinco metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Plano: A-0916131-2004. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, con la rebaja del 25% de ley, sea la base de once millones doscientos cincuenta mil colones para cada una, se señalan las 09:00 horas del 18 de agosto del año 2020.- De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, con la base del 25% de la base original, sea la base de tres millones setecientos cincuenta mil para cada una, se señalan las 09:00 horas del 25 de agosto del año 2020. Se remata por ordenarse así en proceso or.s.pri. prestac. laborales de sucesorio de Jose Antonio Martínez Jirón contra Alfredo de Jesús Peralta Volio Exp:13-000526-1288-LA.—Juzgado de Trabajo Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 18 de mayo del año 2020.—Licda. Karla Valenciano Vargas, Jueza.—( IN2020463589 ).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del once de agosto de dos mil veinte, y con la base de cuarenta y cuatro millones setecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos quince mil setecientos cuarenta y seis-cero cero tres, cero cero cuatro, cero cero siete la cual es terreno naturaleza: terreno con una casa bloque A lote 8. Situada en el distrito (04) Piedades Norte, cantón (02) San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 9A; al sur, lote 7A; al este, lote destinado a parque con 8 m y al oeste, calle publica con 8 m. Mide: ciento ochenta y tres metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecinueve de agosto de dos mil veinte, con la base de treinta y tres millones quinientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de agosto de dos mil veinte con la base de once millones ciento setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Adriana Villegas Bravo, Ana Sarita Bravo Quesada, Sarita Villegas Bravo. Expediente N° 17-007396-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 01 de junio del año 2020.—Lic. Marcela Brenes Piedra, Jueza Decisora.—( IN2020463601 ).

En este Despacho, con una base de dos millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 119287-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1-Liberia, cantón 1-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte: Victor Manuel Rivera Chavarría, sur: Victor Manuel Rivera Chavarría, este: Victor Manuel Rivera Chavarría, oeste: calle pública con 10,00 metros. Mide: doscientos veinte metros cuadrados metros. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del trece de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veintiuno de julio de dos mil veinte con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de julio de dos mil veinte con la base de seiscientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago Ahorro y Préstamo contra Maria Gioconda Hurtado Dormo, Roberto Hurtado Dormo. Expediente N° 19-005723-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 08 de junio del año 2020.—Licda. Zary Navarro Zamora, Jueza Tramitadora.—( IN2020463602 ).

En este despacho, con una base de cuarenta y siete millones cien mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 341-10940-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 104212, derechos 003 y 004, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito 2-San Diego, cantón 3-La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Elieth Rodríguez Delgado; al sur, Autopista Florencio del Castillo con 14.44 metros; al este, Luis Blanco Rojas y al oeste, calle pública con 14,47 metros. Mide: doscientos treinta metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y treinta minutos del uno de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta minutos del nueve de julio de dos mil veinte con la base de treinta y cinco millones trescientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y treinta minutos del diecisiete de julio de dos mil veinte con la base de once millones setecientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Katherine Gabriela Munguia Solís, Michael Gerardo Munguia Solís, Miriam Herrera Herrera. Expediente N° 19-010386-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 25 de mayo del año 2020.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Decisora.—( IN2020463609 ).

En este Despacho, con una base de doscientos veinte mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de aguas pluviales y servidumbre de acueductos y de paso de AYA; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 36070-F-000, la cual es terreno finca filial doscientos treinta y siete, terreno apto para construir que se destinará uso habitacional y que podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 2 Granadilla, cantón 18 Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte finca filial doscientos treinta y seis; al sur finca filial doscientos treinta y ocho; al este, finca filial doscientos sesenta y ocho y al oeste área común de acceso vehicular numero dos con un frente a él de nueve metros setenta y ocho centímetros. Mide: doscientos veintiséis metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del seis de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del catorce de julio de dos mil veinte con la base de ciento sesenta y cinco mil dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintidós de julio de dos mil veinte con la base de cincuenta y cinco mil dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra María De Los Ángeles Martínez Muñoz, Mela Sur INC Sociedad Anónima. Expediente Nº 19-015140-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San Jose, 15 de enero del año 2020.—Lic. Mayra Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2020463610 ).

En este Despacho, con una base de veintiocho millones seiscientos setenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 269437-000, la cual es terreno naturaleza: para construir bloque B, lote 5. Situada en el distrito 2 San José, cantón 1 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte noroeste, lote 4, bloque B; al sur sureste, lote 6, bloque B; al este noreste, Victoria Canossa García; y al oeste suroeste, alameda pública medio otro. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Plano: A-0057068-1992. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del seis de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del catorce de julio de dos mil veinte con la base de veintiún millones quinientos dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de julio de dos mil veinte con la base de siete millones ciento sesenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en Proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra José Manuel Abarca Morales, Martha Lorena Rojas Soriano, Patricia del Carmen Juárez Rojas. Expediente 20-002705-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de marzo del año 2020.—Lic. Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez Tramitador.—( IN2020463612 ).

En este Despacho, con una base de veintiocho millones doscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 295302-001 y 002, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir lote doscientos quince con una casa. Situada en el distrito 5-Guácima, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 214 del Banco Popular y Desarrollo Comunal; al sur, lote 216 del Banco Popular y Desarrollo Comunal; al este, calle pública; y al oeste, lote 200 del Banco Popular y Desarrollo Comunal. Mide: ciento cincuenta y ocho metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Plano: A-0852284-1990. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del seis de julio del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del catorce de julio del dos mil veinte con la base de veintiún millones ciento cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de julio del dos mil veinte con la base de siete millones cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra Kenneth José Muñoz Melendez, Maribel Meléndez Ávila, Trinidad José Muñoz Monge. Expediente N° 20-002847-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de marzo del 2020.—Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez Tramitador.—( IN2020463613 ).

En este Despacho, con una base de diecinueve millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número doscientos setenta y seis mil noventa y dos, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir con una casa número 610. Situada en el distrito 1-Alajuela, cantón 1-Alauela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Invu; al sur, calle cuatro; al este, Invu y al oeste, calle El Colegio. Mide: ciento ochenta y dos metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y quince minutos del seis de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y quince minutos del catorce de julio de dos mil veinte con la base de catorce millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y quince minutos del veintidós de julio de dos mil veinte con la base de cuatro millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Freddy Alonso Delgado Arroyo, María José Canales Briceño, Virginia Arroyo Oreamuno, expediente N° 20-002849-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de marzo del año 2020.—Lic. Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza decisora.—( IN2020463614 ).

En este Despacho, con una base de veintiún millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 277356, derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa numerada 67-23F. Situada en el distrito 1-San Mateo, cantón 4-San Mateo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 22 F; al sur, lote 24 F; al este, calle pública y al oeste, lote 09 F. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del seis de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del catorce de julio de dos mil veinte con la base de dieciséis millones doscientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del veintidós de julio de dos mil veinte con la base de cinco millones cuatrocientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra Luis Fernando Soto Zúñiga, Pedro Ernesto Serrano Valverde. Expediente N° 18-032092-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de marzo del año 2020.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza Decisora.—( IN2020463615 ).

En este despacho, con una base de veintiún millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos setenta y nueve mil ochocientos noventa y dos, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: Lote para construcción de vivienda de interés social. situada en el distrito 12-Tambor, cantón 1- Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote sesenta y cinco; al sur, alameda el bajo; al este, lote setenta y cinco y al oeste, lote setenta y tres. Mide: ciento cincuenta y cuatro metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y quince minutos del seis de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y quince minutos del catorce de julio de dos mil veinte con la base de dieciséis millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y quince minutos del veintidós de julio de dos mil veinte con la base de cinco millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra María de Los Ángeles Morales Hernández. Expediente N° 18-030874-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de marzo del año 2020.—Lic. Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2020463617 ).

En este Despacho, con una base de trece millones novecientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número quinientos catorce mil doscientos diecinueve, derecho cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno DE solar. Situada en el distrito 2-San Miguel, cantón 6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Marlene Pérez Villegas; al sur, calle pública con un frente de 10,17 metros lineales; al este, Jorge Navarro Fonseca y al oeste, Marlene Pérez Villegas. Mide: trescientos metros cuadrados. Plano: A-1710733-2013. Para tal efecto, se señalan las quince horas y treinta minutos del seis de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta minutos del catorce de julio de dos mil veinte con la base de diez millones cuatrocientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y treinta minutos del veintidós de julio de dos mil veinte con la base de tres millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Lucrecia Martínez, Rene Reynosa Orozco. Expediente Nº 20-001092-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 18 de mayo del 2020.—Lic. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2020463618 ).

En este Despacho, con una base de veintinueve mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 353344, derecho 000, la cual es terreno p/construir lote 14F con 1 casa. Situada en el distrito 04 Mata de Plátano, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, avenida cuarta; al sur, lotes 11 y 12; al este, lote 13; y al oeste, lote 15. Mide: ochenta y un metros con cero decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cuarenta minutos del quince de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cuarenta minutos del veintitrés de julio de dos mil veinte con la base de veintiún mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cuarenta minutos del cuatro de agosto de dos mil veinte con la base de siete mil doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Abraham Camacho Víquez, Inversiones Santobru S. A. contra Carlos Guillermo Méndez Rodríguez. Expediente 20-003373-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de mayo del año 2020.—Lic. Mauricio Hidalgo Hernandez, Juez Decisor.—( IN2020463625 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones cuatrocientos siete mil seiscientos setenta y un colones con veintitrés céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa BGY936, marca: Toyota, estilo: Yaris, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas: tracción: 4x2, año fabricación: 2007. Techo: techo alto, color: blanco. vin: JTDBT923971030386. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del treinta y uno de julio del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas y treinta minutos del diez de agosto del dos mil veinte, con la base de tres millones trescientos cinco mil setecientos cincuenta y tres colones con cuarenta y dos céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil veinte, con la base de un millón ciento un mil novecientos diecisiete colones con ochenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Danna Eugenia Spence Hibbert contra Mauricio King James. Expediente Nº 19-004874-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial Zona Atlántica, 28 de febrero del 2020.—Lic. Luis Abner Salas Muñoz, Juez.—( IN2020463631 ).

En este Despacho, con una base de noventa y seis millones trescientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número ciento cuarenta y cinco mil seiscientos ocho-F-cero cero cero, la cual es terreno finca filial identificada como F.F.7 de una planta con área de jardín destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 1-San Vicente, cantón 14- Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común construida de tapias; al sur, área común libre de acceso peatonal (acera); al este, finca filial FF6 y al oeste, finca filial FF8. Mide: doscientos un metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del siete de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del quince de julio de dos mil veinte con la base de setenta y dos millones doscientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de julio de dos mil veinte con la base de veinticuatro millones setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra José Roberto Arce Miranda, Lucía de Jesús Quirós Jiménez, expediente N° 20-001022-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 07 de mayo del año 2020.—Licda. Gabriela Campos Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2020463640 ).

En este Despacho, con una base de diecinueve millones quinientos cuarenta y cinco mil novecientos cuarenta y tres colones con diecinueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando demanda ordinaria citas: 2017-138367-01-0003-001, medida cautelar. Tribunal Contencioso Adm. II Circ Jud San José, sección II. Exp.14- 009514-1027-CA, aviso catastral citas: 2014-138098-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 23313 derecho 000, la cual es terreno para agricultura. Situada en el distrito 7-Belen de Nosarita, cantón 2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte: lote 334 y otro; al sur: camino; al este: lote 319 y otro y al oeste: camino. Mide: cincuenta y dos mil ocho metros con veintiún decímetros cuadrados. plano: G-0003557- 1970. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del tres de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del trece de julio de dos mil veinte con la base de catorce millones seiscientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y siete colones con treinta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de julio de dos mil veinte con la base de cuatro millones ochocientos ochenta y seis mil cuatrocientos ochenta y cinco colones con setenta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo contra sucesión de Enrique Alonso Ruiz Rodríguez. Expediente Nº 19-002911-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial Guanacaste (Santa Cruz), 18 de diciembre del año 2019.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—( IN2020463647 ).

En este Despacho, con una base de treinta y un millones quinientos treinta y seis mil seiscientos veintitrés colones con veinticinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 227051, derecho 000, la cual es terreno para construir, lote 14 A. Situada en el distrito 3-Tobosi, cantón 8-El Guarco, de la provincia de Cartago, Colinda: al norte lote 13 A; al sur lote 15 A; al este calle pública con 7 metros y al oeste Ezequías Fonseca Ramírez. Mide: ciento veintiséis metros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del tres de julio de dos mil veinte (3:00 pm // 03/07/2020). De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del trece de julio de dos mil veinte (3:00 pm // 13/07/2020) con la base de veintitrés millones seiscientos cincuenta y dos mil cuatrocientos sesenta y siete colones con cuarenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintiuno de julio de dos mil veinte (3:00 pm // 21/07/2020) con la base de siete millones ochocientos ochenta y cuatro mil ciento cincuenta y cinco colones con ochenta y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Dayra Patricia Obando Torres, Harol Mauricio Quiñones Revelo. Expediente Nº 18-001498-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 20 de abril del año 2020.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2020463649 ).

En este Despacho, con una base de seis millones trescientos treinta y seis mil novecientos un colon con cuarenta y cinco céntimos, pero soportando servidumbre trasladada 377-10414-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número cuatrocientos sesenta y nueve mil novecientos cincuenta y siete, derecho 001 Y 002, la cual es terreno terreno para construir lote 587 Urbanización Metrópolis segunda etapa. Situada en el distrito Pavas, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte calle; al sur calle; al este lote 586 y al oeste calle. Mide: ciento treinta y ocho metros con trece decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos del tres de agosto de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del once de agosto de dos mil veinte con la base de cuatro millones setecientos cincuenta y dos mil seiscientos setenta y seis colones con ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecinueve de agosto de dos mil veinte con la base de un millón quinientos ochenta y cuatro mil doscientos veinticinco colones con treinta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular Desarrollo Comunal contra Odilie Matarrita Obando, Rafael Ángel Vargas Quirós. Expediente Nº 03-006912- 0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 04 de junio del año 2020.—Tatiana María Bolaños Rodríguez, Jueza Tramitadora.—( IN2020463650 ).

En la puerta exterior de este despacho, con una base de setenta y cuatro millones ochocientos cuarenta y cuatro mil trescientos cuarenta y dos colones con veintiséis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de A Y A anotado bajo las citas 2014-19225-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 91801-F-000, la cual es terreno finca filial número tres, casa tipo uno, de un solo nivel, ubicada en el primer nivel, destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 07 Purral, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte finca filial número dos; al sur finca filial número cuatro; al este, calle principal y al oeste Esquivel y González S.R.L. Mide: ciento cincuenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos del cinco de agosto de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del trece de agosto de dos mil veinte con la base de cincuenta y seis millones ciento treinta y tres mil doscientos cincuenta y seis colones con sesenta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiuno de agosto de dos mil veinte con la base de dieciocho millones setecientos once mil ochenta y cinco colones con sesenta y dos céntimos (25% de la base original). Nota: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Juan Carlos Alfaro De La O. Expediente Nº 18-008431-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 25 de mayo del año 2020.—Licda. Lissette Córdoba Quirós, Jueza Tramitadora.—( IN2020463651 ).

En este Despacho, con una base de siete millones quinientos cinco mil novecientos sesenta y ocho colones con sesenta y dos céntimos, soportando derecho 001 soporta Anotación de Demanda de Divorcio Citas: 2016-371894-001, sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento cuarenta y siete mil seiscientos sesenta, derecho 001-002, la cual es terreno para la agricultura. Situada en el distrito 3-Río Blanco, cantón 1- Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte Amancio Salas Monestel; al sur calle pública; al este Amancio Salas Monestel y al oeste Amancio Salas Monestel. Mide: tres mil quinientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y veinte minutos del diecinueve de agosto de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y veinte minutos del veintiocho de agosto de dos mil veinte con la base de cinco millones seiscientos veintinueve mil cuatrocientos setenta y seis colones con cuarenta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y veinte minutos del ocho de setiembre de dos mil veinte con la base de un millón ochocientos setenta y seis mil cuatrocientos noventa y dos colones con dieciséis céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Lucía Elizabeth Ferguson Bromley, Luis Gerardo Ramírez Herra. Expediente Nº 17-018138-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 28 de mayo del 2020.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2020463652 ).

En este Despacho, con una base de sesenta y cuatro millones quinientos mil seiscientos once colones con trece céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 144453-F, derechos 001 y 002, la cual es terreno finca filial número 11 de una planta, ubicada en el segundo nivel destinada a uso residencial en proceso de construcción. Situada en el distrito 05 Ipís, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial 12 y con área común construida destinada a gradas; al sur, vacío; al este, vacío y al oeste, área común construida destinada a pasillo del segundo nivel. Mide: sesenta y ocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del diecinueve de agosto de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del veintisiete de agosto de dos mil veinte con la base de cuarenta y ocho millones trescientos setenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y ocho colones con treinta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del cuatro de setiembre de dos mil veinte con la base dieciséis millones ciento veinticinco mil ciento cincuenta y dos colones con setenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Glenn Evaristo Sánchez Vaglio, Pamela Phillips Gutiérrez, expediente N° 19-003980-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 01 de junio del año 2020.—Rónald Gerardo Chacón Mejía, Juez Tramitador.—( IN2020463653 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho millones doscientos treinta y nueve mil doscientos cuarenta y dos colones con dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones hipotecarios; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 501620-001 y 002, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito San Marcos, cantón Tarrazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte: Haydee María Alvarado Castro; al sur: Lilliana Monge Esquivel; al este: Centro Cantonal y al oeste: calle pública. Mide: ciento cincuenta y un metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y treinta minutos del veintiocho de agosto del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta minutos del siete de setiembre del año dos mil veinte, con la base de trece millones seiscientos setenta y nueve mil cuatrocientos treinta y un colones con cincuenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y treinta minutos del dieciséis de setiembre del año dos mil veinte, con la base de cuatro millones quinientos cincuenta y nueve mil ochocientos diez colones con cincuenta y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Francisco Esquivel Salazar. Expediente Nº:14-032858-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 06 de marzo del año 2020.—Lic. Iván Tiffer Vargas, Juez.—( IN2020463654 ).

En este Despacho, con una base de treinta millones doscientos trece mil quinientos sesenta y ocho colones con setenta y tres céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 309-12916-01-0902-001, servidumbre trasladada citas: 330-13676-01-0902-001, servidumbre trasladada citas: 345-13425-01-0900-001, servidumbre trasladada citas: 390-03032-01-0900-001, servidumbre trasladada citas: 390-03032-01-0910-001, servidumbre trasladada citas: 390-03032-01-0911-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos veinticinco mil novecientos ochenta y uno, derecho cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 6-San Isidro, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Fancy Flower Sociedad Anónima; al sur, avenida primera; al este, lote ocho de Asociación Provivienda La Rotonda y al oeste, lote seis de Asociación Provivienda La Rotonda. Mide: ciento veinte metros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del treinta y uno de agosto de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del ocho de setiembre de dos mil veinte con la base de veintidós millones seiscientos sesenta mil ciento setenta y seis colones con sesenta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del diecisiete de setiembre de dos mil veinte con la base de siete millones quinientos cincuenta y tres mil trescientos noventa y dos colones con dieciocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra José Luis Monge Carmona, Rocio del Milagro Fernández Chaves. Expediente N° 18-009649-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 15 de mayo del año 2020.—Hannia Isabel Nuñez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2020463656 ).

En este despacho, con una base de doce millones doscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 378-15494-01-0910-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 450784, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito San Pedro, cantón Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Arnulfo James Thompson en medio de servidumbre con un frente a ella de 16 metros 78 centímetros; al sur, Orlando Soto Arce; al este, Elías Vargas Rojas y otro y al oeste, Sairos Castro Chavarría. Mide: doscientos veintisiete metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Plano:sj-0815541-198 para tal efecto, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del once de agosto de dos mil veinte con la base de nueve millones ciento cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de agosto de dos mil veinte con la base de tres millones cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rawa Buthaina S. A. contra Sahiros Antonio Castro Chavarría. Expediente N° 19-014286-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de mayo del año 2020.—María del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020463665 ).

En este Despacho, con una base de treinta y siete mil cuatrocientos noventa unidades de desarrollo, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 1-599964-000, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 5-San Antonio, cantón 3-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, María Cecilia Madrigal Ureña; al sur, Victor Manuel Madrigal Ureña; al este, Alfredo Muñoz Delgado; y al oeste, servidumbre de paso con 14,21 metros. Mide: ciento setenta y dos metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Plano: SJ-0938116-2004. Para tal efecto, se señalan las once horas y treinta minutos del veinticuatro de setiembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y treinta minutos del dos de octubre del dos mil veinte con la base de veintiocho mil ciento diecisiete punto cincuenta unidades de desarrollo (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y treinta minutos del trece de octubre del dos mil veinte con la base de nueve mil trescientos setenta y dos punto cincuenta unidades de desarrollo (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Eduardo Ángel Silva Carvalho. Expediente N° 17-004035-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 15 de abril del 2020.—Msc. Cristian Mora Acosta, Juez Tramitador.—( IN2020463682 ).

En este Despacho, con una base de veintisiete millones ochocientos cinco mil trescientos veintiocho colones con ochenta y seis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas 0405-00010470-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 141514-003 y 004, la cual es naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 01 San Rafael, cantón 07 Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Procomin S. A., Marco A. Barrantes; al sur, Procomin S. A.; al este, Procomin S. A.; y al oeste, calle pública. Mide: ciento sesenta y dos metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos (2:00 p.m.) del siete de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos (2:00 p.m.) del quince de julio de dos mil veinte con la base de veinte millones ochocientos cincuenta y tres mil novecientos noventa y seis colones con sesenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos (2:00 p.m.) del veintitrés de julio de dos mil veinte con la base de seis millones novecientos cincuenta y un mil doscientos veintitrés colones con veintiún céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Hazel Dayanna Villafuerte Delgado, Steven de Jesús Campos Morera. Expediente 19-005096-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 13 de mayo del año 2020.—Lic. Marcela Brenes Piedra, Jueza Decisora.—( IN2020463684 ).

En este Despacho, con una base de un millón doscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número ciento treinta y dos mil novecientos setenta y dos, derecho cero cero cero, la cual es terreno inculto. Situada en el distrito 10-Llano Grande, cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Finca se encuentra en zona catastrada. Colinda: al norte, carretera a Llano Grande; al sur, Dionisio Marín Gómez; al este, Dionisio Marín Gómez, y al oeste, Dionisio Marín Gómez. Mide: doscientos treinta y nueve metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciocho de agosto del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas y cero minutos del veintisiete de agosto del dos mil veinte, con la base de novecientos mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de setiembre del dos mil veinte con la base de trescientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mario Alberto Córdoba Marín contra Gerardo Evelio Fernández Fernández, Marisol Martina de L Marín Sánchez, Robin Adrián Chacón Muñoz. Expediente Nº 19-008773-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 27 de mayo del 2020.—Yanin Torrentes Ávila, Jueza Decisora.—( IN2020463695 ).

En este Despacho, 1- con una base de tres millones novecientos noventa y cuatro mil trescientos ochenta y siete colones con ochenta y tres céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, citas: 297-08542-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento sesenta y tres mil seiscientos treinta y nueve, derecho 000, la cual naturaleza: lote 1 terreno con una casa. Situada en el distrito 1-Parrita, cantón 9-Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: noreste, servidumbre de paso con un frente de 14 metros; al noroeste, Hubert López Jiménez; al sureste, Jose Carlos Chinchilla Godínez y calle publica con un frente de 2.50 metros, y al suroeste, Hernán Chinchilla Godínez. Mide: trescientos veintitrés metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas y cincuenta minutos del diecisiete de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las siete horas y cincuenta minutos del veinticinco de febrero del dos mil veintiuno, con la base de dos millones novecientos noventa y cinco mil setecientos noventa colones con ochenta y siete céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las siete horas y cincuenta minutos del cinco de marzo del dos mil veintiuno, con la base de novecientos noventa y ocho mil quinientos noventa y seis colones con noventa y seis céntimos (25% de la base original). 2- Con una base de cuatro millones cinco mil seiscientos doce colones con diecisiete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 297-08542-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento sesenta y tres mil seiscientos cuarenta, derecho 000, la cual es naturaleza: lote 2 para construir. Situada en el distrito 1-Parrita, cantón 9-Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al noreste, servidumbre de paso con un frente de 14 metros; al noroeste, Manuel Montero Montero; al sureste, Hubert López Jiménez, y al suroeste, Hernán Chinchilla Godínez. Mide: trescientos veinticuatro metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas y cincuenta minutos del diecisiete de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas y cincuenta minutos del veinticinco de febrero de dos mil veintiuno con la base de tres millones cuatro mil doscientos nueve colones con doce céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las siete horas y cincuenta minutos del cinco de marzo de dos mil veintiuno, con la base de un millón un mil cuatrocientos tres colones con cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Herberh Custodio López Jimenez. Expediente Nº 19-010229-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 05 de junio del 2020.—Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2020463705 ).

En este Despacho, con una base por ambas fincas de trescientos treinta mil dólares exactos, libres de gravámenes hipotecarios, pero soportando ambas fincas servidumbre trasladada citas: 364-07024-01-0900-001 y demanda ordinaria laboral expediente Nº 15-000032-1023-LA; sáquese a remate 1-) la finca del partido de Cartago, matrícula número 51589-F-000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número veinticinco del bloque e terreno apto para construir que se destinará a uso habitacional el cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 1-El Tejar, cantón 8-El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte finca filial doce del bloque E; al sur avenida cuatro acceso vehicular; al este finca filial veinticuatro del bloque E y al oeste finca filial veintiséis del bloque E. Mide: ciento sesenta metros cuadrados-2-) Y la finca del partido de Cartago, matrícula número 51588-F-000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número veinticuatro del bloque E, terreno apto para construir que se destinará a uso habitacional el cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 1-El Tejar, cantón 8-El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte finca filial trece del bloque E; al sur, avenida cuatro, acceso vehicular; al este, finca filial veintitrés del bloque E y al oeste finca filial veinticinco del bloque E. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del siete de julio del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del quince de julio del dos mil veinte con la base de doscientos cuarenta y siete mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del veintitrés de julio del dos mil veinte con la base de ochenta y dos mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Nazareth Violeta Araya Mora. Expediente Nº:18-002795-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 08 de mayo del año 2020.—Lic. Gerardo Monge Blanco, Juez Tramitador.—( IN2020463707 ).

En este despacho, con una base de diez mil setecientos ochenta dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo 702974. Marca: Land Rover; estilo: Range Rover Sport HSE; capacidad: 5 personas; año: 2008; color: azul; carrocería: todo terreno 4 puertas; tracción 4x4; chasis: sallsa548a132786; número motor: 050707b20060448pncilindrada: 4400 c.c.; cilindros: 8; combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de julio de dos mil veinte con la base de ocho mil ochenta y cinco dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del diez de agosto de dos mil veinte con la base de dos mil seiscientos noventa y cinco dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de 3101640461 S. A. contra React Tecnologies Costa Rica S. A. Expediente N° 20-003220-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 11 de mayo del año 2020.—Oscar Mauricio Rodríguez Villalobos, Juez Decisor.—( IN2020463708 ).

En este Despacho, con una base de once millones ciento setenta y siete mil veintiséis colones con treinta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 62197, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Lepanto, cantón Puntarenas, provincia Puntarenas. Colinda: norte, María Obando Matarrita; sur, María Obando calle pública con 15m; este, María Obando Matarrita y oeste, María Obando Matarrita. Mide: doscientos noventa y siete metros con setenta y cuatro decímetros. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del veinticinco de setiembre de dos mil veinte con la base de ocho millones trescientos ochenta y dos mil setecientos sesenta y nueve colones con setenta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de octubre de dos mil veinte con la base de dos millones setecientos noventa y cuatro mil doscientos cincuenta y seis colones con cincuenta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores R. L. contra Kendall Fabricio Obando Matarrita y María Josefa Obando Matarrita. Expediente N° 17-007036-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de junio del año 2020.—Licda. Mariana Jovel Blanco, Jueza Decisora.—( IN2020463711 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas: 325-15492-01-0903-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula N° 282082-000, la cual es terreno con una casa de dos plantas lote 48 B. Situada en el distrito 11-San Rafael Abajo, cantón 3-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, lote N° 49-B; al noroeste, frente a calle pública con seis metros lineales; al sureste, Oscar Jimenez Chinchilla, y al suroeste, lote N° 47 B. Mide: ciento dos metros con sesenta decímetros cuadrados. Plano: SJ-0314233-1978. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del veinte de octubre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas y cero minutos del veintiocho de octubre del dos mil veinte, con la base de doce millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del cinco de noviembre del dos mil veinte, con la base de cuatro millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Francisco Salazar Monge. Expediente Nº 20-000774-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 13 de mayo del 2020.—Msc. Cristian Mora Acosta, Juez Tramitador.—( IN2020463728 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho millones cuatrocientos noventa y cuatro mil cuarenta y cinco colones con ochenta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 369142, derecho 000, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito Pavas, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Sogeco S. A.; al sur, lote 19; al este, lote 10 y al oeste, lote 8. Mide: ochenta y siete metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del diecisiete de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del veintiocho de julio de dos mil veinte con la base de trece millones ochocientos setenta mil quinientos treinta y cuatro colones con treinta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del seis de agosto de dos mil veinte con la base de cuatro millones seiscientos veintitrés mil quinientos once colones con cuarenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional De Costa Rica contra Johnny Alberto Mora Badilla. Expediente Nº 18-009589-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 29 de mayo del 2020.—Yesenia Auxiliadora Hernández Ugarte, Jueza Tramitadora.—( IN2020463729 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber que en este despacho, bajo el expediente judicial N° 17-000021-1536-CI, se tramita la diligencia de información posesoria promovida por Alcides Rose Wilson, quien es mayor, soltero, agricultor, panameño, domiciliado en el distrito Cahuita, del cantón Talamanca, de la provincia Limón, y titular de la cédula de residencia número 159100076205, con el propósito de inscribir a su nombre y ante el Registro Nacional, el terreno que se describe así: predio para construir, situado en el distrito Cahuita, del cantón Talamanca, de la provincia Limón, y colindante, al norte, con Ivon Mourouze; al sur, con James Bichop; al este, con calle pública y al oeste, James Bichop. Mide: 725 m², según se refiere en el plano catastrado N° 7-1991174-2017. Carece de cargas reales o gravámenes y se estima en ¢1.000.000,00. Se otorga a toda persona interesada el lapso de un mes para que efectúe cualquier reclamo que estime pertinente.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 23 de abril de 2020.—Diego Alejandro Meoño Piedra, Juez .—1 vez.—( IN2020463207 ).

Citaciones

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Pavel Andreusha Soto Fernández, mayor, soltera, operario de mantenimiento, costarricense, con documento de identidad N° 0110110539 y vecino de La Aurora. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente N° 20-000497-0504-CI-7.—Juzgado Civil de Heredia, 02 de junio del año 2020.—Licda. Yeimy Jiménez Alvarado, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2020462972 ).

Carlos Eduardo Umaña Brenes, notario público de San José, hace saber que ante su notaría se tramita el proceso sucesorio notarial de quien en vida se llamaron Edith Umaña Umaña, cédula N° 1-101-8791, pensionada, y Roberto Walter Antonio Sánchez Umaña, cédula N° 1-185-360, mecánico; ambos vecinos de San José, bajo el expediente N° 002-2020. Que por este medio cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo de quince días comparezcan a hacer valer sus derechos ante esta notaría, cuyas oficinas se ubican en San José, calles 17 y 19, avenida 10, bufete N 1771. Se previene a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.—San José, a las catorce horas treinta minutos del veinticinco de mayo del dos mil veinte.—Lic. Carlos Eduardo Umaña Brenes, Notario Público.—1 vez.—( IN2020463008 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Alejandro Santisteban, quien fue peruano, casado, vecino de Carrillos Bajo de Poás, cédula 800840312 , fallecido el 20 de setiembre del año 2012, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 19-001119-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº 19-001119-0639-LA. Gestionante: Silvia Elena Solís Quesada a favor del fallecido José Alejandro Santisteban Marovich.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 15 de julio del año 2019.—Lic. Eugenio Molina Sequeira, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017.—( IN2020463013 ).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Leonel del Carmen Alvarado Mora, quien en vida fue mayor, casado, agricultor, cédula de identidad seis-trescientos treinta y siete-cuatrocientos cuatro, vecino de Siquirres, 75 metros oeste de la plaza de deportes del Peje de Cairo, casa de cemento color amarillo oscuro, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en este Juzgado a hacer valer sus derechos, en caso de que lo omitieren la herencia pasará a quien corresponda. Sucesión N° 20-000007-0507-AG, número Interno 8-1-20.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Guápiles, 17 de enero del 2019.—Lic. Geison López Barrantes, Juez Decisor.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017.—( IN2020463015 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Arnoldo Méndez Vargas, Geiner Arnoldo Méndez Jiménez, Antony Josué Méndez Jiménez y Katia Méndez Jiménez, a las diecisiete horas del día once de febrero del dos mil veinte y comprobado el fallecimiento de María Mayela Jiménez Abarca, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad número uno-cero cuatrocientos treinta y seis-cero novecientos treinta y seis, fallecida el diez de junio del año dos mil quince, esta Notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría del Lic. Lisandro Valverde Porras, con oficina abierta en San Marcos de Tarrazú veinticinco metros este de Coope San Marcos, teléfono 2546-1011.—Ocho de junio del año dos mil veinte.—Lic. Lisandro Valverde Porras, Notario.—1 vez.—( IN2020463024 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Óscar Luis Rodríguez Alvarado, quien falleció el 19 de febrero del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 20-000007- 0878-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente Nº 20-000007-0878-LA, a favor de María Elena Alvarado Castillo.—Juzgado Contravencional de Nandayure (Materia Laboral), 04 de junio del año 2020.—Lic. David Campos Rojas, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020463026 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Ana Lesbia Hernández Olivas, a las nueve horas del veinte de marzo del dos mil veinte, y comprobado el fallecimiento de Víctor Rodríguez Morales, cédula de identidad seis-cero cero seis nueve-cero cuatro seis tres, el día cinco de junio del dos mil diecinueve, se declara abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Carlos Alberto Zarate Sequeira.—Lic. Carlos Alberto Zarate Sequeira, Notario Público.—1 vez.—( IN2020463045 ).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en el proceso sucesorio de quien en vida fue Miguel Ángel Chaves Méndez, para que, en el plazo de quince días se apersonen a valer sus derechos. Sucesorio notarial: Miguel Ángel Chaves Méndez. Expediente N° 02-2020.—Licda. Elia Martínez Alcocer, Notaria Publica de Puntarenas.—1 vez.—( IN2020463047 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quienes en vida se llamaron Gladys del Socorro Bokan Fonseca, mayor, estado civil casada, profesión oficios del hogar, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0700280514 y Miguel Ángel Sánchez Ramírez, mayor, estado civil casado, profesión u oficio comerciante, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0301250970, ambos vecinos de Guácimo, Limón. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 20-000107-0930-CI - 0.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 03 de junio del 2020.—Licda. Yency Vargas Salas, Jueza.—1 vez.—( IN2020463057 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Hairo Vargas Rojas, mayor, estado civil soltero en unión libre, profesión u oficio no indica, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0503860943 y vecino de Fátima de San José de Upala, 300 m. este de la finca La Pitaya. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente N° 20-000019-1143-CI.—Juzgado Civil y Trabajo Segundo Circuito Judicial Alajuela, Sede Upala (Materia Civil), 02 de abril del año 2020.—Lic. José Francisco Azofeifa Barrantes, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2020463082 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carlos Luis Telles Bonilla, mayor, estado civil soltero, comerciante, costarricense, con documento de identidad N° 0100330066 y vecino de Filadelfia, Guanacaste. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 18-000232-0388-CI-0.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 18 de febrero del 2019.—Floribeth Palacios Alvarado, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020463084 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Óscar Ney Aguilar Castillo, mayor, casado una vez, pensionado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 1-411-692 y vecino de San José, Zapote, Quesada Durán, de la pulpería mi Buen Jesús, 75 sur, calle sin salida, casa de dos plantas, color terracota. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente N° 20-000202-0180-CI. Notifíquese. Nota: publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial, le corresponde a la parte interesada, revisar que dicho edicto esté completo y sus datos correctamente, en caso de verificar la existencia de un error, deberá comunicarlo previamente a la publicación del mismo, para la corrección correspondiente. Este documento fue enviado a la Imprenta Nacional para su publicación, debe comunicarse con dicha entidad para la respectiva cancelación de los derechos de publicación.—Juzgado Primero Civil de San José, miércoles 15 de abril del año 2020.—Licda. Tatiana Chaves Sánchez, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020463104 ).

Mediante escritura número 208, otorgada a las 15:00 horas del 04 de junio del 2020, ante esta notaría se declare abierto el procedimiento sucesorio extrajudicial de quien en vida fuera Carlos Eduardo Arrea Baixench, mayor, viudo una vez, pensionado, vecino de San José, con cédula de identidad número uno-ciento ochenta y nueve-ciento dieciséis, se declara abierto dicho procedimiento sucesorio extrajudicial. Se cita y emplaza a todos los interesados, para que, en el plazo máximo de quince días hábiles, a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia o legado, de que, si no se apersonan dentro de este plazo, la herencia o legado pasará a quien corresponda. La oficina del suscrito notario se encuentra ubicada en San José, San Rafael de Escazú, Centro Corporativo Plaza Roble, edificio El Pórtico, primer piso, Caoba Legal, también pueden comunicarse al correo julio.zelaya@caobalegal.com. Expediente N° 0001-2020.—San José, 09 de junio del 2020.—Julio Enrique Zelaya Rodríguez, Notario Público.—1 vez.—( IN2020463123 ).

En mi notaría, en la Ciudad de Limón a las 10:00 horas del 06 de junio del 2020, doy por abierta la sucesión notarial de Sigifredo Molina Corrales. Cito a los interesados, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de 15 días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan, dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Mi oficina se encuentra en la Ciudad de Limón, costado norte del INS segunda planta.—Limón, 06 de junio del 2020.—Lic. José Miguel Zeledón Gómez, Notario.—1 vez.—( IN2020463133 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Jessica, Edmon, Guillermo, Scarlett, Mercedes, Paulina todos Quirós Olivas, de las quince horas con treinta minutos del día treinta y uno de mayo del dos mil veinte. y comprobado el fallecimiento de Mercedes Maguin Olivas Hernández, cédula de identidad ocho-cero ocho nueve-tres tres seis, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Licda. María Rodríguez Vásquez, Sarapiquí, Tel: 278971-65. Es todo.—Sarapiquí, primero de junio del dos mil veinte.—Licda. María Melissa Rodríguez Vásquez, Notaria.—1 vez.—( IN2020463141 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Elena Del Carmen Sánchez Gutiérrez, mayor, casada, ama de casa, costarricense, con documento de identidad N° 0401000078 y vecina de San Pedro, Santa Bárbara, Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 19-000468-0504-CI-4.—Juzgado Civil de Heredia, 22 de mayo del 2019.—Licda. Yeimy Jiménez Alvarado, Jueza.—1 vez.—( IN2020463153 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Martín Araya Barboza, mayor, estado civil soltero, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0104081397 y vecino la Ciudad de Esparza, Parcelas de San Juan Chiquito, Lote Nº 9, cantón Esparza, provincia Puntarenas. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente: N° 200000460642CI-2.—Juzgado Civil de Puntarenas, 11 de mayo del 2020.—Lic. Jhonny Esquivel Vargas, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2020463155 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ana Ivelice De Jesús Chacón Caamaño, mayor, estado civil casado, profesión u oficio dato desconocido, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0105690041 y vecina de Rion de Santa Ana, Urbanización Río Oro, calle 50, casa 214. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 19-000155-0180-CI-9.—Juzgado Primero Civil de San José, 21 de mayo del 2020.—Tatiana Chaves Sánchez, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020463166 ).

En esta Notaría, se declara abierto sucesorio Notarial de Neftalí Castro Ramírez, cédula dos cero ciento noventa y cinco cero quinientos noventa y cinco, quien tuvo su último domicilio en Alajuelita. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de este aviso, se apersonen en defensa de sus derechos, caso contrario, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 002-2020. Notaría de Sara Montero Castrillo, San José, Avda.2, frente oficinas del BCR, Condominio Las Américas. Sacar cita al correo licda.sarita@hotmail.com.—San José, 19 de mayo del 2020.—Licda. Sara Montero Castrillo, Notario.—1 vez.—( IN2020463194 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Marco Tulio Recinos Cruz, quien fue mayor de edad, cedula número 800650190, hijo de Agustín Antonio Recinos y María Cruz, se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasara a quien corresponda. Expediente 002-2020. Notaria del Lic. Ronald José Arias Marchena.—San José, 10 de junio del dos mil veinte.—Lic. Ronald José Arias Marchena, Notario.—1 vez.—( IN2020463196 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Eugenio Albert Torres Piñar, cc: Aider Torres Piñar, quien fue mayor de edad, cédula número 500850362, hijo de Juan Torres Zúñiga y Flora Piñar García, se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 001-2020. Notaría del Lic. Rónald José Arias Marchena, Notario Público; teléfono 87528460.—San José, 10 de junio del dos mil veinte.—Lic. Rónald José Arias Marchena, Notario.—1 vez.—( IN2020463197 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en sede notarial de quién en vida fue Eunice Jiménez Odio, mayor, viuda, ama de casa, con cédula de identidad número tres-ciento veinticuatro-novecientos noventa y seis, vecina de Cartago, Los Ángeles, Residencial Las Brizas, casa número cinco D, quien falleció el dieciocho de mayo de dos mil veinte, para que, dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hace valer sus derechos ante mi notaría, ubicada en San José, Barrio Escalante de la Rotonda de la Bandera, 300 metros al oeste y 50 metros al suroeste, casa N° 39, contiguo al Parque Dent, Fax 2280-9022, Teléfono 2280-9013. Se les apercibe que, de no comparecer en el plazo indicado, la herencia pasará a quién corresponda. Lo anterior por haberse ordenado así en proceso sucesorio notarial número cero cero cero uno-dos mil veinte, mediante resolución de esta notaría, de las dieciocho horas del ocho de junio de dos mil veinte.—Dra. Lyannette Petgrave Brown, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2020463200 ).

Se hace saber que en esta notaría se tramita el proceso sucesorio de Casimiro Sánchez Carballo, este era mayor, cédula de identidad número 4-106-503, quien en vida fue: Abogado, casado una vez, vecino de Heredia, Santo Domingo, 300 metros norte, 125 oeste y 50 norte del Cementerio de Santo Domingo. Se emplaza a los sucesores, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente número: cero cero cero uno-dos mil veinte-CI. Notaría de la licenciada Karina Rojas Solís, sita en la ciudad de Heredia centro: 25 mts. este de la Pizza Hut, el horario de esta oficina es de 8:00 a.m. a las 12 m.d. y de las 13-17 horas y los números de teléfono son 2261-7972 y el teléfono/fax: 2238-0502.—Heredia, 09 de junio del año 2020.—Karina Rojas Solís, Notaria.—1 vez.—( IN2020463208 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Alicia Núñez Quesada, mayor, estado civil soltera, profesión u oficio oficios domésticos, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0102820384 y vecina de no indica. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 19-000078-0423-CI-7.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Osa (Materia Civil), 26 de mayo del año 2020.—Msc. Ileana Audrey Castillo Porras, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020463214 ).

Se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de María Inés Zúñiga Chacón, mayor, viuda, ama de casa, con cedula de identidad número nueve - cero cero sesenta y cinco - cero seiscientos ochenta y cinco, con ultimo domicilio en Purral de Goicoechea, Urbanización Loma Verde, fallecida el día siete de febrero del año dos mil veinte en su domicilio en Purral de Guadalupe, Goicoechea, provincia de San José, cuyo último domicilio fue provincia San José, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a esta notaría, en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que en caso de que no lo hicieren la herencia pasará a quien en derecho corresponde. Asimismo, deben señalar lugar o medio para recibir sus notificaciones. Expediente N° 002-2020. Notaría del licenciado Víctor Hugo Vargas Arias, localizada en San José, Moravia, San Jerónimo a doscientos cincuenta metros este de panadería Santa Rosa, calle a Platanares.—San José, 10 de junio del 2020.—Lic. Víctor Hugo Vargas Arias.—1 vez.—( IN2020463242 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión legítima de Gerónimo Ignacio Martínez Campos, quien en vida fue mayor, , mayor, soltero, agricultor, vecino de Guanacaste, Carrillo Paso Tempisque de la clínica doscientos cincuenta norte, Barrio San Rafael, casa color blanco mano izquierda, cédula de identidad número cinco- cero ciento ochenta- cero ciento tres, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasara a quien corresponda. Expediente número cero cero cero uno-dos mil veinte. Notaría de la Licda. Laura Melissa García Apú, en Guanacaste, Carrillo, Paso Tempisque, nueve de junio del año dos mil veinte.—Licda. Laura Melissa García Apú, Notaria.—1 vez.—( IN2020463269 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Rosa Amarilis Méndez Rojas, casada una vez, maestra, cédula dos-cuatrocientos trece-cuatrocientos noventa y nueve, vecina de Lourdes de Cirrí de Naranjo, a las once horas del veintisiete de mayo del año dos mil veinte y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Rigoberto Méndez Elizondo, casado una vez, caficultor, cédula dos-ciento sesenta y cuatro-quinientos noventa y cuatro, vecino de Naranjo, distrito primero de la provincia de Alajuela. Se cita y emplaza a todos los interesados, para que, dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Guadalupe Montero Ugalde, Naranjo de Alajuela, cien metros al norte de la Farmacia Colonial. Teléfono: dos cuatro-cinco cero-cero cinco-siete tres.—Licda. Guadalupe Montero Ugalde, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2020463306 ).

En mi notaría, sita en San Ramón, Alajuela, 200 metros sur de la esquina sureste del Complejo Deportivo Rafael Rodríguez, bajo el Expediente Nº 001-2020, se encuentra abierto y en trámite el procedimiento sucesorio en sede notarial, como actividad judicial no contenciosa de Rafael Ángel Arrieta Oconitrillo, quien en vida era mayor de edad, viudo, agricultor, portador de la cédula de identidad número 2-220-228, vecino de Concepción, San Ramón, Alajuela; quien murió en San Juan, San Ramón, Alajuela, el día 5 de diciembre del 2019. Se cita y emplaza a herederos e interesados en dicho sucesorio, para que dentro del término de 15 días hábiles, contados a partir de la primera y única publicación de este edicto, se apersonen a esta notaría en defensa de sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen, la herencia pasará a nombre de quienes legalmente corresponda. Notaría de la Licda. Carolina Muñoz Solís en San Ramón.—Alajuela, 1 de junio del 2020.—Licda. Carolina Muñoz Solís, Notaria.—1 vez.—( IN2020463326 ).

Se cita y se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Noe Gerardo Rodríguez Sánchez, mayor, casado una vez, carnicero, vecino de Heredia, San Rafael de Heredia, veinticinco metros oeste del Salón Bar La Cubana, cédula cinco-cero uno ocho tres-cero dos dos cero, quien falleció en Heredia, San Rafael, Santiago el cuatro de febrero del dos mil veinte, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe que los que crean tener capacidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasara a quien corresponda. Expediente 0003 2020.—Lic. Luis Fernando Fallas Marín, Notario Público.—1 vez.—( IN2020463334 ).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Joba Miriam López Martínez, quien en vida fue mi madre, mayor, costarricense, con cédula de identidad número cinco cero setenta y cinco siete cincuenta y seis. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda, expediente Nº 17-000080-0944-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), 09 de junio del año 2020.—Licenciado Harold Rojas Aguilar, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017.—( IN2020463359 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ovidio Cerdas Chaves, mayor, masculino; estado civil casado, profesión u oficio Maestro de Obras, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0301520740 y vecino de la Provincia de Cartago en el cantón de Jiménez en el Distrito de Tucurrique, del Súper Tucurrique cien al este. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente:19-000011-0341-CI-3.—Juzgado Civil del Circuito Judicial de Turrialba, 12 de febrero del año 2019.—Licenciada. Ana Milena Gutiérrez Rojas, Jueza Tramitadora a. í.—1 vez.—( IN2020463386 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas, del día cinco de junio del dos mil veinte, se dio apertura al expediente cero cero dos-dos mil veinte, proceso sucesorio notarial de Silvia Guerrero Molina, cédula de identidad número tres-doscientos noventa y seis-seiscientos dieciocho; quien falleció en Oriental Central Cartago, el día seis de noviembre del dos mil dieciocho. se cita a todos los interesados dentro del plazo de ley, apersonarse al proceso a hacer valer sus derechos.—Turrialba, cinco de junio del dos mil veinte.—Lic. Alejandro Mata Vega, Notario Público.—1 vez.—( IN2020463395 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Marino Robles Castro, mayor, casado dos veces, agricultor, costarricense, con documento de identidad N° 0201830723 y vecino de Guadalupe de Zarcero. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000063-0296-CI-0.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia civil), 18 de marzo del año 2020.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2020463426 ).

Se cita y se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de María Asunción Bonilla Bonilla conocida como Encarnación Bonilla Bonilla, quien fuera mayor, viuda una vez, ama de casa, vecina de Colonia Blanca de Upala, costado norte de la escuela, cédula de identidad número cinco – cero cero cincuenta y cinco– cero cero veintiuno, para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como está lo ha indicado. Expediente Nº 001-2020. Notaría de la Licenciada Drimaldys Canales Noguera, ubicada en la ciudad de Liberia, Guanacaste, Barrio Los Ángeles, de la juguetería Toys doscientos metros este, teléfono 8397-2565.—Diez de junio del año dos mil veinte.—Licda. Drimaldys Canales Noguera.—1 vez.—( IN2020463433 ).

Se cita y emplaza a los interesados en la sucesión en sede notarial de Frank Yarmkiwch, pasaporte número cero cinco cuatro siete uno siete, quien fue mayor, casado una vez, de domicilio desconocido, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría del bufete de la Lic. Miriam Rodríguez Hernández. Notaria Pública.—Licda. Miriam Rodríguez Hernández, Notaria.—1 vez.—( IN2020463451 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios e interesados en la sucesión de Fernando Rivera Gamboa, quien fuera mayor de edad, soltero, agricultor, portador de la cédula de identidad número uno-cuatrocientos noventa y cinco-trescientos treinta y seis, quien fuera vecino de San José, Pérez Zeledón, Barrio La Bonita de Rivas, quien falleció el día once de marzo del dos mil veinte, en provincia de San José, Pérez Zeledón, para que dentro del término de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan en la oficina del notario Royran Gerardo Arias Navarro, ubicada en San José, Pérez Zeledón, Daniel Flores, frente a la entrada del colegio técnico, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quién corresponda. Es todo en la ciudad de San Isidro de El General de Pérez Zeledón, a las once horas del veinte de mayo del año dos mil veinte.—Lic. Royran Gerardo Arias Navarro, Notario.—1 vez.—( IN2020463452 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del 17 de enero de 2020, la señora Norma Zúñiga Garro, como presunta heredera universal solicita la apertura en sede notarial del sucesorio de Gerardo Edwin Retana Solís, mayor de edad, casado una vez, pensionado, portador de la cédula de identidad número uno-trescientos cuatro-cuatrocientos treinta y siete, vecino de San José, Zapote, cien metros al oeste del Liceo Rodrigo Facio. Se presentó el inventario y se nombró como albacea a Norma Zúñiga Garro. Se convoca a herederos e interesados a apersonarse ante esta Notaría, a hacer valer sus derechos, sito en la Ciudad de San José, calle siete, avenidas siete y nueve, número setecientos cincuenta y uno, Aguilar Castillo Love, dentro de los treinta días siguientes a la publicación de este aviso, con la advertencia de que si no lo hacen los bienes pasarán a quien legalmente corresponda.—Lic. Marco Solano Gómez, Notario Público.—1 vez.—( IN2020463500 ).

Avisos

La suscrita Tatiana Sánchez Sánchez, Jueza de Familia de Puntarenas, hago saber a Carlos Roberto Angulo Cambronero, cédula de identidad N° 0602840297, que en este Juzgado se tramita la causa N° 19-000705-1146-FA, correspondiente a un Proceso Especial de Declaratoria Judicial de Abandono de Personas Menores de edad, incoado por el Patronato Nacional de la Infancia en su contra, y dentro de este proceso se dictó la resolución que literalmente dice así: “A las siete horas y diecisiete minutos del uno de agosto de dos mil diecinueve. Se tiene por establecido el presente proceso de declaratoria judicial de estado de abandono con fines de adopción, extinción de la responsabilidad parental y solicitud de depósito judicial, planteado por el Patronato Nacional de la Infancia contra Carlos Roberto Angulo Cambronero y Yahaira Mayorga Sánchez. A quien se le concede el plazo de cinco días hábiles para que se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca pruebas de descargo si es del caso, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Asimismo, se otorga el depósito judicial provisional de la persona menor de edad de interés Yadry Roberto Mayorga Sánchez, a cargo de su abuela materna Olga Sánchez Blandón, quien deberá apersonarse a este despacho a fin de aceptar el cargo conferido. Asimismo, se le previene a la parte demandada, de conformidad con los numerales 10 y 34 en relación con el 36 todos de la Ley de Notificaciones N° 8687, el señalamiento de correo electrónico, fax, casillero, en estrado o cualquier otra forma tecnológica que permita la seguridad del acto de comunicación, como medio para atender futuras notificaciones, bajo el apercibimiento de que, si no lo hiciere en la forma prevenida o no se pudiere efectuar la notificación por el medio señalado, mediando comprobante de transmisión electrónica o la respectiva constancia, las resoluciones posteriores le quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias, salvo que se demuestre que ello se debió a causas que no le sean imputables. Notifíquese esta resolución a los demandados Carlos Roberto Angulo Cambronero y Yahaira Mayorga Sánchez, mediante la Oficina de Comunicaciones Judiciales”. De estos Tribunales, por ser habido el primero en Barranca, 75 metros del Bar Cueva del Sapo, y la segunda en Juanito Mora, de la cuarta entrada 100 metros sur casa 335. Se hace la observación de que en caso de que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario (a) notificador (a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese. Alberto Jiménez Mata, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017.—( IN2020463012 ).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito del menor Scarlet Amador López, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. En otro orden de ideas se avisa al señor Vivian Adrián Amador Ramírez, mayor, nicaragüense, únicos datos conocidos, que en este Juzgado se tramita el expediente Nº 20-000085-1302-FA, correspondiente a Diligencias de Depósito Judicial de menor, promovidas por el licenciado Ernesto Romero Obando, Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la menor Scarlet Amador López. Se le concede el plazo de tres días, para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias. Expediente N° 20-000085-1302-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a las trece horas y cincuenta y uno minutos del treinta de enero del dos mil veinte.—Licda. Geovanna Vega Benavides, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017.—( IN2020463029 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Peihui Lu, mayor, casado una vez, comerciante, documento de identidad N° 115600328730, vecino de San José, San Juan de Dios, Desamparados y Yujuan Wu, mayor, casada una vez, comerciante, documento de identidad N° 115600547712, vecina de San José, San Juan de Dios, Desamparados, en el cual se solicita cambiar el nombre de su hijo menor Jasper Lu Wu por el de Eric Lu Wu, mismos apellidos. Se concede el plazo de quince días a cualquier persona interesada para que se presente al proceso a hacer valer sus derechos o formular una oposición fundada. Artículo 55 del Código Civil. Expediente N° 20-000294-0182-CI-4.—Juzgado Tercero Civil de San José, 04 de junio del año 2020.—Licda. Cynthia Blanco Valverde, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2020463181 ).

Msc. Guadalupe Solano Patiño Juez(a) del Juzgado de Familia de Cartago; hace saber a Olivier Ramon López Salas y Xiomara Carrillo Chavarría, documento de identidad 0107410651, 0701450626, respectivamente, que en este Despacho se interpuso un proceso declaratoria judicial abandono en su contra, bajo el expediente número 17-001877-0338-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia de Cartago. A las quince horas y cuarenta y tres minutos del cuatro de agosto del año dos mil diecisiete.- Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono de la persona menor Estiven López Carrillo, planteado por Patronato Nacional de la Infancia contra Olivier Ramon López Salas, Xiomara Carrillo Chavarría, a quién se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. En ese mismo plazo, en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono celular., con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones. “Igualmente se les invita a utilizar El Sistema de Gestión en Línea que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se le advierte que, si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibidem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Con el fin de contar con alguna dirección, donde notificar a los demandados se ordena enviar oficios a la sección de localizaciones del Organismo de Investigación Judicial. Lo anterior se ordena así en proceso declaratoria judicial abandono de Patronato Nacional de la Infancia contra Olivier Ramon López Salas, Xiomara Carrillo Chavarría. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. Expediente Nº17-001877-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 09 de junio del año 2020.—Msc. Guadalupe Solano Patiño, Juez/a Decisor/a.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017.—( IN2020463360 ).

Diego Acevedo Gómez, juez del Juzgado de Familia de Puntarenas, avisa a Jennifer Carolina López Díaz, cédula de identidad desconocida, representada por la curadora procesal licenciada Milena Soto Osorio, que en este despacho se dictó dentro del expediente de declaratoria judicial de abandono N° 18-001077-1146-FA establecido por la licenciada Kattia Guerrero Barboza, en calidad de Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia, la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia N° 554-2019. Juzgado de Familia de Puntarenas, a las once horas y dieciséis minutos del diecisiete de julio del dos mil diecinueve. Resultando: I…, II…, III…, Considerando: I. Hechos probados… II. Sobre el fondo: … Por tanto: “De acuerdo a lo expuesto, y artículos 51 y 55 de la Constitución Política; 5, 13, 30, 32 y 34 del Código de la Niñez y la Adolescencia; 1, 2, 5, 8, 115 y siguientes y 140 y siguientes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda especial de declaratoria judicial de abandono de persona menor de edad establecida por el Patronato Nacional de la Infancia contra Jennifer López Díaz, declarando en esta vía judicial el estado de abandono del menor de edad Josué David López Díaz, con la consecuente pérdida de los derechos de la responsabilidad parental que de ella ostentaba la aquí demandada. Se ordena el depósito judicial del niño en el Patronato Nacional de la Infancia a fin de que se valore la búsqueda de otra alternativa de familia para el niño. Deberá la representante del ente actor apersonarse al despacho luego de la firmeza de este fallo para la correspondiente aceptación del cargo dado. Anótese el fallo en el asiento de inscripción del menor de edad constante en el Registro Civil, libro de nacimiento de la provincia de Puntarenas, al tomo quinientos setenta y dos, folio cuatrocientos ochenta y uno, asiento novecientos sesenta y dos. Este asunto se resuelve sin condena en costas para la demandada. Publíquese un extracto del fallo en el Boletín Judicial. Notifíquese.—Jacqueline Murillo Murillo, Jueza de Familia”.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—Diego Armando Acevedo Gómez, Juez/a Decisor/a.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017.—( IN2020463361 ).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor Michael Sebastián Mendoza Cruz, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 20-000778-0364-FA. Clase de Asunto actividad judicial no contenciosa.—Juzgado de Familia de Heredia, a las nueve horas y cuarenta minutos del trece de mayo de dos mil veinte.—Msc. Pablo Amador Villanueva, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017.—( IN2020463390 ).

Diego Acevedo Gómez, Juez del Juzgado de Familia de Puntarenas, avisa a Jennifer Carolina López Díaz, cédula de identidad desconocida, representada por la curadora procesal Licenciada Milena Soto Osorio, que en este despacho se dictó dentro del expediente de declaratoria judicial de abandono N° 18-001077-1146-FA establecido por la Licenciada Kattia Guerrero Barboza, en calidad de Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia, la sentencia que en lo que interesa dice: sentencia N° 554-2019. Juzgado de Familia de Puntarenas, a las once horas y dieciséis minutos del diecisiete de julio del dos mil diecinueve. Resultando: I.—…, II.—…, III.—…, Considerando: I.—Hechos Probados… II.—Sobre el fondo: … Por tanto: “De acuerdo a lo expuesto, y artículos 51 y 55 de la Constitución Política; 5, 13, 30, 32 y 34 del Código de la Niñez y la Adolescencia; 1, 2, 5, 8, 115 y siguientes y 140 y siguientes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda especial de declaratoria judicial de abandono de persona menor de edad establecida por el Patronato Nacional de la Infancia contra Jennifer López Díaz, declarando en esta vía judicial el estado de abandono del menor de edad Josué David López Díaz, con la consecuente pérdida de los derechos de la Responsabilidad Parental que de ella ostentaba la aquí demandada.- Se ordena el depósito judicial del niño en el Patronato Nacional de la Infancia a fin de que se valore la búsqueda de otra alternativa de familia para el niño. Deberá la representante del ente actor apersonarse al despacho luego de la firmeza de este fallo para la correspondiente aceptación del cargo dado. Anótese el fallo en el asiento de inscripción del menor de edad constante en el Registro Civil, libro de nacimiento de la provincia de Puntarenas, al tomo quinientos setenta y dos, folio cuatrocientos ochenta y uno, asiento novecientos sesenta y dos. Este asunto se resuelve sin condena en costas para la demandada. Publíquese un extracto del fallo en el Boletín Judicial. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—Lic. Jacqueline Murillo Murillo, Jueza.—1 vez.—O.C N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020463406 ).

Msc. Sandra Saborío Artavia, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hace saber a Juan Carlos Sabala, mayor, nicaragüense, demás datos y domicilio desconocido, que en el proceso de autorización de salida del país, expediente N° 19-000982-1302-FA, incoado por Lea Raquel Estrada Ramos, contra Juan Carlos Sabala Gutiérrez, se dictó la Sentencia Nº 2020-412 de las doce horas y treinta y siete minutos del veintiocho de abril de dos mil veinte, que en síntesis dice: “Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela... Resultado: I.—, II.—, III.—, Considerando: I.—Hechos Probados: 1), 2), 3), 4), 5), II.—Sobre el Fondo... III.—Sobre el Caso concreto... IV.—Sobre la Consecuencia de no retorno de la persona menor de edad a Costa Rica..., V.— Sobre lo Peticionado..., VI.—Publicación de Edicto y Honorarios.. VII.—Costas y Recursos. Por tanto: Con base en lo expuesto y en artículos 5, 16 y 105 del Código de Niñez y Adolescencia, así como en numeral 151, siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar las presentes diligencias de Permiso de Salida del país permanente y tramitación de pasaporte establecida por Lea Raquel Estrada Ramos contra Juan Carlos Sabala Gutiérrez. En consecuencia se autoriza: 1) La salida del país permanentemente de Jenifer Raquel Sabala Gutiérrez, a cualquier país. Las veces necesarias a partir de este momento y hasta que cumpla la mayoría de edad. En el entendido de que dichas salidas deberán de implicar el retorno al país, ya que es en Costa Rica, donde tienen su residencia habitual. 2) La tramitación del pasaporte de la persona menor de edad, su renovación y expedición que a futuro se requiera, así como la solicitud y obtención de visas de ingreso del adolescente Jenifer Raquel Sabala Gutiérrez, ante la Dirección General de Migración y Extranjería, el Consulado o Embajada de Nicaragua, queda la madre de dicho infante autorizada a realizar ante tales dependencias gubernativas, las gestiones necesarias, pudiendo a su vez resguardar dicho documento. 3.) En virtud de la pandemia por el Covid-19, que en la actualidad se está presentando en la sociedad mundial, deberá la parte promovente acatar la totalidad de las disposiciones que decrete nuestro Estado y ejecute la Dirección General de Migración y Extranjería. Publicación de edicto y honorarios: Publíquese la presente sentencia en el Boletín Judicial del Diario Oficial La Gaceta y una vez firme la misma, gírese los honorarios del profesional en derecho que fungió como curador procesal de la parte accionada. Costas y recursos: De conformidad con los ordinales 222 del anterior Código Procesal Civil y el 106 del Código de la Niñez y la Adolescencia, se dicta la presente sentencia, sin especial condenatoria en costas. En caso de disconformidad con lo resuelto, cuentan las partes con tres días posteriores a la notificación de la presente resolución o contados desde que les quede notificada la misma, para plantear el recurso de apelación respectivo. Notifíquese. Licda. Grace Cordero Solórzano, Jueza.” Proceso autorización salida país de Lea Raquel Estrada Ramos contra Juan Carlos Sabala Gutiérrez. Expediente N° 19-000982-1302FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 02 de junio del 2020.—Msc. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020463558 ).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Rufino Andrey Mora Blanco, mayor, soltero, comerciante, cédula de identidad número 0207870532, vecino de San Ramón, San Juan 300 este del centro Pastoral, hijo de Rufino Mora Espinoza y Yolanda Blanco Corrales, nacido en centro, San Ramón, Alajuela, el 22/12/1998, con 21 años de edad, y Ginger Denisse García Jiménez, mayor, soltera, estudiante, cédula de identidad número 0504280850, vecina de San Ramón, San Juan 100 este de la Bomba Santamaría, hija de José Ramón García Cáceres y Dixiana Jiménez Pérez, nacida en centro, Liberia, Guanacaste, el 29/07/1999, actualmente con 20 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 20-000264-0688-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia familia), San Ramón, 02 de junio del año 2020.—Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017.—( IN2020463032 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Denis Alberto Salas Arias, mayor, soltero, custodio de detenidos, cédula de identidad número 0206890232, vecino de San Ramón, Zapotal, San Antonio, 50 metros norte del Ebais, hijo de Domingo Salas Rodríguez y Milagro María Arias Castro, nacido en Centro San Ramón Alajuela, el 05/07/1991, con 28 años de edad, y Stefanny Huertas Rodríguez, mayor, soltera, asistente administrativa, cédula de identidad número 0207240797, vecina de San Ramón, Centro, del puente del progreso 150 metros al sur, hija de Edgar Huertas Artavia y Ligia Rodríguez Ortiz, nacida en Centro San Ramón Alajuela, el 16/04/1994, actualmente con 26 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 20-000266-0688-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Familia), San Ramón, 02 de junio del año 2020.—Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017.—( IN2020463033 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio el señor Oscar Manuel Cortés López, mayor, soltero, desempleado, cédula de identidad número 0502180775, vecino de Liberia, hijo de Martha Maura Cortés López, nacido en Centro Liberia Guanacaste, el 09/09/1964, con 55 años de edad, y la señora Yajhaira Chavarría Rodríguez, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0503210294, vecina de Liberia, hija de Mercedes Rodríguez Pereira y Dimas Adrián Chavarría Chavarría, nacida en Centro Liberia Guanacaste, el 30/03/1981, actualmente con 39 años de edad, Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 20-000275-0938-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia), Liberia, 08 de junio del 2020.—Eddy Rodríguez Chaves, Juez Decisor.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017.—( IN2020463034 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Mauricio Esteban Quirós Peñaranda, mayor, estado civil soltero, profesión soporte técnico, cédula de identidad número 1-1058-0148, vecino San Luis de Santo Domingo de Heredia, de RITEVE 300 metros norte 200 metros este, casa color rojo portón eléctrico blanco Calle La Canoa, Teléfono 7290-7892 hijo de José Luis Quirós Esquivel e Ines Peñaranda Salazar, nacido en San José, con 40 años de edad, y Mauren Tatiana Amador Pérez, mayor, estado civil soltera, profesión ama de casa, cédula de identidad número 1-1553-0813, vecina de la misma dirección del anterior, hija de Jorge Amador Fernández y Antonia Justina Pérez Ríos, nacida en San José, actualmente con 26 años de edad. Señalo para notificaciones el correo electrónico: ticopro@gmail.com Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los OCHO DÍAS siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 20-001014-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 28 de mayo del año 2020.—Lic. Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017.—( IN2020463392 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Erick Alberto Villegas Segura, mayor, estado civil soltero, profesión soporte técnico, cédula de identidad número 50356-0566, vecino de Heredia, La Rivera un kilómetro con 200 metros de Intel oeste primera entrada 300 metros al sur 50 metros al este, calle sin salida, Apartamentos amarillos, teléfono 8806-6398 hijo de Marciano Villegas Murillo y Clara Segura Corea, nacido en Guanacaste, con 33 años de edad, y Margarita José Valverde Narváez, mayor, estado civil soltera, profesión analista contable, cédula de identidad número 7-0199-0453, vecina de la misma dirección que el anterior, hija de Carlos Valverde Alvarado y Ester Narváez Cascante, nacida en Limón, actualmente con 29 años de edad. Señalamos para notificaciones: evillegas_s@hotmail.com. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 20-001016-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, Heredia, 28 de mayo del 2020.—Msc. Felicia Quesada Zúñiga, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017.—( IN2020463401 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, José Alfredo Foster Myrie, mayor, estado civil soltero, profesión planificador, cédula de identidad número 7-0152-0744, vecino de Barrreal de Heredia, Urbanización María Ofelia casa B-15, teléfono 8583-8454 hijo de Ana Lucía Foster Myrie, nacido en Limón, con 36 años de edad, y Katherine Helen Herrera Acuña, mayor, estado civil soltera, profesión ama de casa, cédula de identidad número 1-1360-0430, vecina de la misma dirección que el anterior, teléfono 8452-8335, hija de Rigpberto Herrera Sandoval y María Acuña Barrantes, nacida en San José, actualmente con 32 años de edad. Señalamos para notificaciones correo electrónico katherine.h7@hotmail.com. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 20-001029-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 28 de mayo del año 2020.—Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017.—( IN2020463402 ).