BOLETÍN JUDICIAL N° 115 DEL 17 DE JUNIO DEL 2020
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA
SECRETARÍA
GENERAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Remates
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Convocatorias
Títulos
Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos
Matrimoniales
Edictos
en lo Penal
CIRCULAR N° 101-2020
ASUNTO: Disposiciones
para ir retornando a la normalidad en el sistema de justicia penal en el Poder
Judicial, conforme a lo dispuesto en la circular de la Secretaría General de la
Corte N° 100-2020 del 13 de mayo del año en curso.
A TODOS LOS DESPACHOS
JUDICIALES DE PAÍS QUE CONOCEN
LA MATERIA PENAL, ABOGADAS, ABOGADOS Y PÚBLICO
EN GENERAL
SE LES HACE SABER QUE:
Que el Consejo Superior del Poder Judicial en sesión virtual
extraordinaria N°
49-2020, celebrada el 15 de mayo de 2020, artículo único, con fundamento
en las medidas adoptadas por el Ministerio de Salud, por el Decreto Ejecutivo
42227-MS emitido el día 16 de marzo de 2020, en que se declara estado de
emergencia nacional en todo el territorio de la República de Costa Rica, debido
a la situación de emergencia sanitaria provocada por la enfermedad COVID-19;
así como en lo dispuesto en la circular de la Secretaría General de la Corte N° 100-2020 del 13 de mayo del año en curso (acuerdo de
Corte Plena tomado en sesión N° 26-2020 del 13 de
mayo de 2020); acuerda comunicar las siguientes disposiciones para ir
retornando a la normalidad en el sistema penal del Poder Judicial:
1.1- JUZGADOS
PENALES
Asuntos que deberán atenderse en atención de la emergencia sanitaria
nacional provocada por la enfermedad del COVID-19, a partir del 16 de mayo del
2020, salvo orden en contrario:
a. Levantamiento
de cuerpos.
b. Allanamientos.
c. Reos
presos.
d. Medidas
cautelares.
e. Prisiones
preventivas.
f. Inspecciones.
g. Intervenciones
telefónicas
h. Actos
preliminares del procedimiento en asuntos que se inicien en ese período.
i. Audiencias
preliminares de personas privadas de libertad a través de la aplicación de la
video conferencia o presenciales y respetando los lineamientos sanitarios
definidos por el Ministerio de Salud.
j. Audiencias
preliminares de personas en libertad a través de la aplicación de la video
conferencia o presenciales, respetando los lineamientos sanitarios definidos
por el Ministerio de Salud.
k. Deberán
recibirse todas las solicitudes de desestimaciones, sobreseimientos, las
acusaciones y escritos provenientes del Ministerio Público, la Defensa y de
otros intervinientes.
l. Resoluciones
de solicitud de desestimaciones, sobreseimientos y de apelaciones.
m. El
parámetro de producción será de al menos seis asuntos diarios resueltos de
desestimación o sobreseimiento o acusación, por cada plaza de jueza o juez, que
se encuentre en etapa intermedia. Los Despachos deberán tener al menos una
Jueza o Juez que se encuentre atendiendo la etapa preparatoria.
n. Los
Juzgados de Turno Extraordinario continuarán con sus funciones ordinarias, por
ser un servicio esencial.
o. Cualquier
otro asunto que sea puesto a su conocimiento.
2.2.- TRIBUNALES
PENALES
Asuntos que deberán atender en atención de la emergencia sanitaria
nacional provocada por la enfermedad del COVID-19 a partir del 16 de mayo del 2020, salvo orden
en contrario:
a. Medidas
cautelares en los asuntos en etapa de juicio.
b. Apelaciones.
c. Extradiciones.
d. Rebeldías.
e. Sentencias
escritas (sobreseimientos, abreviados, entre otros)
f. Juicios
de personas privadas de libertad, tanto por estar en prisión preventiva, como
las que estén descontando una pena por otra causa, a través de la utilización
de la herramienta de la videoconferencia o presenciales respetando los
lineamientos sanitarios definidos por el Ministerio de Salud
g. Juicios
de personas en libertad a través de la utilización de la herramienta de la
videoconferencia o presenciales, respetando siempre los lineamientos sanitarios
definidos por el Ministerio de Salud.
h. Cualquier
otro asunto que sea puesto en su conocimiento.
i. El
parámetro de producción mensual será entre once a quince sentencias o medidas
alternas por cada Sección Colegiada y entre quince a veinte sentencias o
medidas alternas por cada Sección Unipersonal, mientras que las secciones
mixtas tendrán un parámetro de treinta y dos sentencias o medidas alternas.
2.3.- FLAGRANCIA
Los servicios que se
deben de desarrollar son los siguientes en atención de la emergencia sanitaria
nacional provocada por la enfermedad del COVID-19 a partir del 16 de mayo,
salvo orden en contrario, son:
a. Audiencias
iniciales
b. Rebeldías
c. Continuaciones
de audiencias iniciales
d. Juicios
de personas privadas de libertad, tanto por estar en prisión preventiva, como
las que estén descontando una pena por otra causa, a través de la utilización
de la herramienta de la videoconferencia o presenciales respetando los
lineamientos sanitarios definidos por el Ministerio de Salud.
e. Juicios de personas en libertad a través de la utilización de la
herramienta de la videoconferencia o presenciales respetando los lineamientos
sanitarios definidos por el Ministerio de Salud.
f. Una vez concluida la continuación de la audiencia inicial se procederá a realizar el
juicio de manera inmediata.
g. Sentencias
escritas (sobreseimientos, abreviados)
h. El
parámetro de producción mensual será de treinta y cinco sentencias o medidas
alternas o audiencias iniciales por cada plaza de judicatura, si no se logra
llegar a esa cantidad con procesos de flagrancia, la Sección deberá colaborar
con el procedimiento ordinario del Tribunal.
2.4.- TRIBUNALES
DE APELACIÓN DE SENTENCIA.
Los Tribunales de Apelación de Sentencia continuarán atendiendo las
audiencias relacionadas con las prórrogas de prisión preventiva que se
encuentren bajo su competencia por videoconferencia o presenciales, respetando
los lineamientos sanitarios definidos por el Ministerio de Salud, así como la
revisión de los asuntos que puedan estudiarse y resolverse bajo la modalidad de
teletrabajo o presencial.
El parámetro de
producción semanal será entre dos y tres proyectos de resolución (Terminado,
circulado y votado) por cada plaza de Jueza o Juez.
2.5.- JUZGADOS
CONTRAVENCIONALES.
Los Juzgados Contravencionales del país, deberán trabajar de manera
presencial o bajo la modalidad de teletrabajo respetando los lineamientos
sanitarios definidos por el Ministerio de Salud.
Las audiencias podrán
celebrarse a través de la utilización de la herramienta de la videoconferencia
o presenciales, respetando los lineamientos sanitarios definidos por el
Ministerio de Salud y con independencia de que la persona se encuentre libre o
privada de libertad.
2.6.- JUZGADOS
DE EJECUCION DE LA PENA
Los Juzgados de Ejecución de la Pena, deberán trabajar con su carga de
trabajo ordinaria respetando los lineamientos sanitarios definidos por el
Ministerio de Salud, dada a que por su naturaleza sustantiva deben de atender casos
de personas privadas de libertad.
Tendrán un parámetro
diario de cuatro autos con carácter de sentencia por cada plaza de judicatura y
ocho proyectos diarios de resolución por cada plaza de Técnica o Técnico
Judicial.
Las audiencias podrán
celebrarse a través de la utilización de la herramienta de la videoconferencia
o presenciales, respetando los lineamientos sanitarios definidos por el
Ministerio de Salud y con independencia de que la persona se encuentre libre o
privada de libertad.
2.7 SALA
TERCERA
Seguirá brindando sus servicios ordinarios, las letradas y letrados
tendrán un parámetro de producción de al menos dos proyectos por cada semana
laboral, mientras se desarrolla el estudio de carga de trabajo de esa oficina.
En el caso de algún
trabajo presencial o una vista deberán respetarse los lineamientos sanitarios
definidos por el Ministerio de Salud
2.8 SEGUIMIENTO
Las oficinas seguirán enviando a través de la carpeta o formulario
electrónico los reportes semanales a la Dirección de Planificación, la cual se
encargará de consolidarlos y sistematizarlos de manera mensual.
De conformidad con la
circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la
Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de
gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de
derechos. Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.
San José, 15 de mayo de 2020.
Lic.
Carlos T. Mora Rodríguez
Subsecretario
General interino
1 vez.—Exonerado.— ( IN2020462691 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
A las 09:00 horas del 10 de agosto del año
2020, en la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones, soportando
reservas de Ley de agua caminos públicos bajo las citas 0551-00018010-01-0031-001 y 0551-00018010- 0030-001
respectivamente, servidumbre de paso bajo las citas 2016- 00460445-01-0001-001
y con la base de la única cédula hipotecaria de primer grado ya vencida a favor
de cada una, sea la base de quince millones de colones exactos, al mejor postor
remataré las fincas del Partido de Alajuela Folio Real Matrículas números
410.205-000 y 410.204-000: La finca inscrita en el Registro Público, Partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
410.205-000 la cual es terreno lote décimo parcela 30-48 terreno de bosque.-
Situada en el distrito Cutris, cantón San Carlos, de
la provincia de Alajuela.- Colinda: al norte Guillermo Víquez Ugalde; al sur
calle pública; al este, Fiduciaria Nacional Financio S. A. y al oeste, Cardif S. A. Mide: quinientos noventa y nueve mil cincuenta
y un metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados plano:A-0916132- 2004
cuadrados. La finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
410.204-000, la cual es terreno lote noveno parcela 30-47 terreno de bosque.
Situada en el distrito Cutris, cantón San Carlos, de
la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Guillermo
Campos Marín Fiduciaria Nacional Finacio; al este,
Fiduciaria Nacional Fiducio S. A. y al oeste, Cardif S. A. Mide: quinientos cincuenta y ocho mil
quinientos veinticinco metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Plano:
A-0916131-2004. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, con
la rebaja del 25% de ley, sea la base de once millones doscientos cincuenta mil
colones para cada una, se señalan las 09:00 horas del 18 de agosto del año
2020.- De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, con la base del 25%
de la base original, sea la base de tres millones setecientos cincuenta mil para
cada una, se señalan las 09:00 horas del 25 de agosto del año 2020. Se remata
por ordenarse así en proceso or.s.pri. prestac. laborales de sucesorio de Jose
Antonio Martínez Jirón contra Alfredo de Jesús Peralta Volio
Exp:13-000526-1288-LA.—Juzgado de Trabajo Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, 18 de mayo del año 2020.—Licda. Karla
Valenciano Vargas, Jueza.—( IN2020463589 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marco Tulio
Quesada Carpio 0301130037, fallecido el 30 de mayo del año 2020, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector público bajo
el Número 19-000448-1125-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 19-000448-1125-LA. Por a favor de Marco Tulio Quesada Carpio.—Juzgado Civil y Trabajo del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral),
11 de junio del 2020.—Lic. Iván Cartín Cordero, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N°
68-2017.—( IN2020464129 ).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Laura María Hidalgo Pérez, mayor, divorciada, funcionaria
pública, cédula número uno-ochocientos cincuenta y tres-ochocientos cincuenta y
cinco, fallecida el 21 de abril del año 2020, se consideren con derecho, para
que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector público bajo el número
20-000208-1125-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial, expediente N°
20-000208-1125-LA. Diligencias promovidas por Mauren Hidalgo Pérez.—Juzgado Civil y Trabajo
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia laboral),
11 de junio del año 2020.—Msc. Norman Herrera Vargas,
Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017.—( IN2020464169 ).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Joaquín Picado Murillo, cédula número 109640524 quien en vida fue vecino de
Puriscal, Santa Cecilia, del super Jerry 50 metros al oeste casa color verde
con maya gris, fallecido en fecha 8 de agosto de 2019, y quienes se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. Prest. Sector público bajo
el Número 19-000149-1529- LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N°
19-000149-1529-LA.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia
de Puriscal (Materia Laboral), 11 de junio del año 2020.—Lic. Jeffry García
Soto, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017.—( IN2020464216 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Brayan Steven Reyes Gamboa,
cédula N° 0206090262, fallecido el
24/01/2010, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de Distribución de Prest. Sector Privado
bajo el número 19-000264-0694-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. - EXPEDIENTE N°
19- 000264-0694-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del
Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Laboral), 10 de
junio del año 2020.—Lic. Jaime Eduardo Rivera Prieto, Juez Decisor.—1 vez.—O.C.
Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2020464260 ).
A los causahabientes de quien en vida se llamó Serafín Figueroa Rosales, quien
fue costarricense, mayor de edad, casado, oficial de la Fuerza Pública,
domicilio Parrita, Puntarenas, Playa Bandera, 150 metros al este del Bar La
Ruta del Sol casa sin pintar, cédula de identidad número 0600710596, se les
hace saber que Reinares Vargas Segura, cédula de identidad o documento de identidad número
0600830202, domicilio Parrita, Puntarenas, Playa Bandera, 150 metros al este
del Bar La Ruta del Sol, casa sin pintar, se apersonó en este Despacho en
calidad de esposa del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de
consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto
que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del
trabajador fallecido Serafín Figueroa Rosales. Expediente Nº
20-000066-1590-LA.—Juzgado Civil y Trabajo de
Quepos (Materia
Laboral), 07
de mayo del año 2020.—Lic. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2020464267 ).
A los causahabientes de quién en vida se llamó Victor
Aristides Porras Porras,
quien fue mayor, casado, domicilio Parrita, frente de ASOBIPA, cédula de
identidad número 5-0055-0379, se les hace saber que: María Ester Valverde Jiménez,
cédula de identidad o documento de identidad número 2-0190-0914, domicilio
Parrita, frente de ASOBIPA, se apersonó en este Despacho en calidad de cónyuge
del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de
Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por
una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se
apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer
sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de
Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Aristides Porras Porras. Expediente N° 20-000084-1590-LA.—Juzgado Civil y Trabajo de Quepos
(Materia Laboral), 20 de mayo del 2020.—Aleyda de Los Ángeles Vargas López, Jueza Decisora.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020464268 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marlon Esman Jiménez Robles, quien fue mayor, divorciado, cédula
de identidad uno - mil ciento ochenta y ocho - ochocientos diecisiete,
fallecido el 29 de setiembre del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector privado bajo
el Número 20-000190-1125-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N°
20-000190-1125-LA. Promovido por Fabiola Jiménez Zamora.—Juzgado
Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón)
(Materia Laboral), 12 de junio del 2020.—Msc.
Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—O.C N° 364-12-2020.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2020464271 ).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Mario Acuña Segura,
mayor, soltero, vecino de Pérez Zeledón, cédula 1-1007-0350, fallecido el 09 de
abril del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consignación de
prestaciones de trabajador fallecido bajo el número 20-000204-1125-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 20-000204-1125-LA. Por a favor de.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial
de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 11 de junio del año
2020.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020464272
).
A los
causahabientes de quien en vida se llamó Kevin Monge Mora, cédula de identidad
número 116400580, se les hace saber que: Luis Alberto Monge Valverde, cédula de
identidad número 0107090715, vecino de Agua Blanca de Acosta, se apersonó en
este Despacho en calidad de padre del fallecido, a fin de promover las
presentes diligencias de riesgos del trabajo. Por ello, se les cita y emplaza
por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín
Judicial. Riesgos del trabajo número
19-000171-1550-LA.—Juzgado de Trabajo del Tercer
Circuito Judicial de San José,
(Desamparados), 05 de marzo
del año 2020.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2020464470 ).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Yasmin
Vargas Chacón N° 0601860808, fallecida el 18 de abril
del año 2020, se consideren con derecho, para
que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consignación de prestaciones sector público bajo el N°
20-000043-1085-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000043-1085-LA. Por a favor de Yasmin Vargas Chacón.—Juzgado
Civil y Trabajo de Golfito (Materia Laboral), 26 de mayo del 2020.—Lic.
Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—1 vez.—O.C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020464473
).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de quien en vida fue Dennis
Catalina Rivas Mena, mayor, soltera, salonera, portadora de la cédula de
identidad N° 7-0206-0098, quien falleció el siete de
enero del dos mil veinte, y a quienes se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número
20-000171-0679-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo, bajo
apercibimiento de que, si no lo hicieren, el dinero que por ese concepto se
obtenga se entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo
85, 548 y 550 incisos 4 y 5 del Código de Trabajo sean beneficiarios.
Expediente N° 20-000171-0679-LA. Por a favor de
Dennis Catalina Rivas Mena.—Juzgado de Trabajo
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 14 de abril del
2020.—Licda. Julieth Víquez Fernández, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020464474
).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho, con una base de tres millones
ciento dieciséis mil seiscientos sesenta y seis colones con sesenta y siete
céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada, citas: 399-02634-01-0802-001; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número cuatrocientos mil ciento sesenta y dos, derecho
cero cero cero, la cual es
terreno para construir. Situada en el distrito Cero Cinco, Santa Cruz, cantón
veinte, León Cortes, de la provincia de San José. Colinda: al norte, William
Navarro Jiménez; al sur, servidumbre con 29.02 metros; al
este, William Navarro Jiménez, y al oeste, William Navarro Jiménez. Mide: mil siete metros con setenta y un
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos
del veintitrés de junio del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las once horas y cero minutos del uno de julio del dos
mil veinte, con la base de dos millones trescientos treinta y siete mil
quinientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas y cero minutos del
nueve de julio del dos mil veinte, con la base de setecientos setenta y nueve
mil ciento sesenta y seis colones con sesenta y seis céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. “Se recuerda a las partes en el proceso lo
dispuesto en el párrafo tercero del artículo 159 del Código Procesal Civil y a
saber “El postor, para participar, debe depositar el cincuenta por ciento (50%)
de la base, en efectivo, mediante enterobancario a la
orden del tribunal, cheque certificado de un banco costarricense o cualquier
mecanismo tecnológico debidamente autorizado que garantice la eficacia del pago
y señalar medio para atender notificaciones. Si en el acto del remate el
comprador no paga la totalidad de lo ofrecido deberá depositarla dentro del
tercer día; si no lo hiciera, se declarará insubsistente la subasta” El destacado no es del original, para lo cual deberán
tomar las previsiones necesarias, caso contrario se proseguirá con la
diligencia señalada”. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra William Gerardo de Jesús Navarro Jiménez. Expediente N° 18-007101-1763-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera,
17 de abril del 2020.—Ronald Gerardo Chacón Mejía, Juez Tramitador.—( IN2020463826 ).
En este Despacho, con una base de veintiún mil doscientos cincuenta y
seis dólares con setenta y siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placas BLC958, marca: Suzuki, estilo: Vitara GLX
Z, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2017, color: gris,
cilindrada: 1600 c.c., VIN: TSMYD21S7HM225430, combustible: gasolina, número de
motor: M16A2036179. Para tal efecto se señalan las ocho horas y cuarenta y
cinco minutos del seis de julio del dos mil veinte. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del
catorce de julio del dos mil veinte con la base de quince mil novecientos
cuarenta y dos dólares con cincuenta y siete centavos (75% de la base original)
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y
cuarenta y cinco minutos del veintidós de julio del dos mil veinte con la base
de cinco mil trescientos catorce dólares con diecinueve centavos (25% de la
base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Andre Hayward Nicholas. Expediente N°
18-007661-1338-CJ. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte
actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo
comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial
de San José, 10 de febrero del 2020.—Lic. Verny Arias Vega,
Juez.—( IN2020463830 ).
En este
Despacho, con una base de quince mil trece dólares con doce centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa XYJ791. Marca:
Suzuki. Estilo: D ZIRE GL. Categoría: automóvil.
Capacidad: 5 personas. Carrocería: sedan
4 puertas. Tracción: 4X2. Año fabricación: 2018. Techo: techo duro. Color:
negro. VIN: MA3ZF63S0JA173919. Para tal efecto se señalan las nueve horas y
cero minutos del dos de julio del dos mil veinte. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del diez de julio
del dos mil veinte con la base de once mil doscientos cincuenta y nueve dólares
con ochenta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del
veinte de julio del dos mil veinte con la base de tres mil setecientos
cincuenta y tres dólares con veintiocho centavos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Jennifer
Carolina Pavón Castillo. Expediente N° 19-008492-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial Zona Atlántica, 27 de enero del 2020.—Lic. Guillermo Ocampo Arrieta, Juez.—(
IN2020463831 ).
En este
Despacho, con una base de quince millones cuatrocientos ochenta y dos mil
trescientos colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre
inscrita bajo las citas tres nueve cuatro-uno seis dos cero dos-cero uno-cero
nueve cero cero-cero cero uno; sáquese a remate la finca del partido de
Alajuela, matrícula número dos nueve seis cero cinco nueve, derecho cero cero uno y cero cero dos, la cual
es terreno para construir. Situada en el distrito 7-Puente de Piedra, cantón
3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 7
metros 50 centímetros; al sur, Asociación de Vivienda Grecia y Progresista; al
este, Asociación de Vivienda Grecia y Progresista; y al oeste, Asociación de
Vivienda Grecia y Progresista. Mide: ciento cuarenta y dos metros con cincuenta
y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas del
siete de agosto del dos mil veinte. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ordinario de Ana Marcela Castro Bogantes contra Minor
Rodríguez Ulate. Expediente N° 18-000087-0295-CI.—Tribunal Colegiado Primera Instancia Civil del
Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 27 de mayo del
2020.—Msc. Carlos Eduardo González Mora, Juez.—( IN2020463840 ).
En este
Despacho, con una base de treinta y siete millones colones exactos, libre de
gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada citas:
346-03765-01-0901-001, 346-03765-01-0902-001 y 346-03765-01-0903-001 (el
derecho 001 soporta las servidumbres citas 346-03765-01-0901-001 y
346-03765-01-0903-001 el derecho 002 soporta las servidumbres citas
346-03765-01-0902-001 y 346-03765-01-0903-001, los derechos 003 y 004 soportan
la servidumbre citas 346- 03765-01-0903-001), sáquese a remate la finca del
partido de Cartago, matrícula número ciento siete mil ochocientos dieciocho,
derechos cero cero uno, cero cero
dos, cero cero tres y cero cero
cuatro, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1-El Tejar,
cantón 8-El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Alexander
Moya Gutiérrez; al sur, Madricar S. A.; al este,
Banco Crédito Agrícola de Cartago, y al oeste, calle pública. Mide: ciento
sesenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y
treinta minutos del diecisiete de julio del dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas y treinta minutos
del veintiocho de julio del dos mil veinte, con la base de veintisiete millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas y
treinta minutos del cinco de agosto del dos mil veinte, con la base de nueve
millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este
edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra
Johnny Geovanny Quirós Loaiza y otra. Expediente N°
19-012020-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 06 de junio del 2020.—Yanin Torrentes Ávila, Juez/a Decisor/a.—(
IN2020463853 ).
En este
Despacho, con una base de cinco millones ochocientos sesenta y seis mil
cuatrocientos sesenta y un colones con sesenta y nueve céntimos, libre de
gravámenes prendarios, pero soportando colisiones, bajo la sumaria
17-002585-0494-TR, de la Fiscalía Adjunta
del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Penal); sáquese a remate el
vehículo placa: TA 001267, marca: Hyundai, estilo: ACCENT, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, tracción: 4X2, año
fabricación: 2006, color: rojo, VIN: KMHCN41CP6U006055, cilindrada: 1500 CC
(tómese en consideración por parte de los postores que lo que se saca a remate
es el vehículo como tal y no la concesión de taxi). Para tal efecto se señalan
las trece horas y cuarenta y cinco minutos del uno de setiembre de dos mil
veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas
y cuarenta y cinco minutos del nueve de setiembre de dos mil veinte con la base
de cuatro millones trescientos noventa y nueve mil ochocientos cuarenta y seis
colones con veintiséis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco
minutos del veintiuno de setiembre de dos mil veinte con la base de un millón
cuatrocientos sesenta y seis mil seiscientos quince colones con cuarenta y dos
céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado
cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación,
previa revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores
que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del
tercer día para proceder con la respectiva corrección. Deberá publicarse este
edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin
S. A. contra José Javier Soto Araya. Expediente 20-002361-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 13 de mayo del año 2020.—Licda. Adriana Soto
González, Jueza Decisora.—( IN2020463861 ).
En este Despacho, con una base de siete mil doscientos siete dólares con noventa y seis
centavos, soportando infracciones y colisiones de la boleta 2019243900440,
sumaria 19-002775-0497-TR del Juzgado de Tránsito de Heredia, sáquese a remate
el vehículo placa JYR016, marca Chevrolet, categoría automóvil, carrocería
sedan 4 puertas hatchback, tracción 4X2, estilo Spark
LS, capacidad 5 personas, año 2013, color blanco, chasis, serie y vin KL1CJ6C14DC571942. Para tal efecto se señalan las ocho
horas y cuarenta minutos del seis de julio de dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cuarenta minutos
del catorce de julio de dos mil veinte con la base de cinco mil cuatrocientos
cinco dólares con noventa y siete centavos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y
cuarenta minutos del veintidós de julio de dos mil veinte con la base de mil
ochocientos un dólares con noventa y nueve centavos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto
por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días
de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S.
A. contra Doris de los Ángeles Rodríguez
Morera.
Expediente 19-014271-1170-CJ.—Juzgado Segundo
Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 23 de abril
del año 2020.—Lic. Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza Tramitadora.—(
IN2020463862 ).
En este
Despacho, con una base de dos millones trescientos diecinueve mil ciento
treinta colones con veintiocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa BGQ476, marca Hyundai, estilo Accent, capacidad 5 personas, serie KMHCG41BP1U250447, año
2001, color azul, chasis KMHCG41BP1U250447, vin
KMHCG41BP1U250447, cilindrada 1500 cc, combustible
gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos
del ocho de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete
de setiembre de dos mil veinte con la base de un millón setecientos treinta y
nueve mil trescientos cuarenta y siete colones con setenta y un céntimos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de setiembre
de dos mil veinte con la base de quinientos setenta y nueve mil setecientos
ochenta y dos colones con cincuenta y siete céntimos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A.
contra Gerardo Enrique Álvarez Fernández. Expediente 20-004088-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 02 de junio del año 2020.—M.Sc. Nidia Durán Oviedo, Jueza Tramitadora.—(
IN2020463863 ).
En este
Despacho, con una base de cinco millones cuatrocientos veintiún mil ochocientos
cincuenta colones con doce céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese
a remate el vehículo placa BKQ821. Marca: Hyundai, estilo: Accent,
categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2006, color:
rojo, número de chasis: KMHCM41AP6U063840 y cilindrada: 1500 c.c. Para tal
efecto se señalan las once horas y cero minutos del tres de setiembre de dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once
horas y cero minutos del catorce de setiembre de dos mil veinte con la base de
cuatro millones sesenta y seis mil trescientos ochenta y siete colones con
cincuenta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del veintitrés
de setiembre de dos mil veinte con la base de un millón trescientos cincuenta y
cinco mil cuatrocientos sesenta y dos colones con cincuenta y tres céntimos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S.
A. contra Bernan Gerardo Mora Durán. Exp:
20-000935-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de mayo del año
2020.—Licda. Wendy Pagani Rojas, Jueza Decisora.—( IN2020463864 ).
En este
Despacho, con una base de cinco millones cuatrocientos sesenta y ocho mil
seiscientos dos colones con sesenta y siete céntimos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el bien dado en garantía, sea el vehículo que
porta la placa TSJ002618 (se hace ver a los posibles postores que lo que se
remata es el vehículo y no la concesión de taxi). Marca: Hyundai, Estilo: Accent, Categoría: Automóvil, capacidad: 5 personas, Año
Fabricación: 2007, Color: Rojo, Número de Chasis: NLHCM41AP7Z024252 y
Cilindrada: 1400 c.c. Para tal efecto se señalan las quince horas y quince
minutos del veintiocho de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las quince horas y quince minutos del seis de
octubre de dos mil veinte con la base de cuatro millones ciento un mil
cuatrocientos cincuenta y dos colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y
quince minutos del catorce de octubre de dos mil veinte con la base de un
millón trescientos sesenta y siete mil ciento cincuenta colones con sesenta y
seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin
S. A. contra Gerardo Francisco Aguilar Valverde. Expediente N°
20-002486-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 02 de junio del año
2020.—Wendy Pagani Rojas, Jueza Decisora.—( IN2020463865 ).
En este
Despacho, con una base de cuatro millones doscientos ochenta y cuatro mil
novecientos cinco colones con diecisiete céntimos, soportando colisiones
sumarias 18-000992-0174-TR y 18-002063-0491-TR, sáquese a remate el vehículo
PLACA TSJ 003498, marca Hyundai, estilo Accent, VIN
KMHCL41ABAU406901, año 2010, color rojo cilindrada 150 c.c. Para tal efecto se
señalan las once horas y quince minutos del veintiocho de setiembre de dos mil
veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y
quince minutos del seis de octubre de dos mil veinte con la base de tres
millones doscientos trece mil seiscientos setenta y ocho colones con ochenta y
siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las once horas y quince minutos del catorce de octubre
de dos mil veinte con la base de un millón setenta y un mil doscientos
veintiséis colones con veintinueve céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera
Desyfin S. A. contra Karen Patricia Hidalgo Hernández
y Carmen Virginia Hernández Vargas. Expediente Nº:
20-003618-1044-CJ. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte
actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo
comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 01
de junio del año 2020.—Licda. Wendy Pagani Rojas, Jueza Decisora.—(
IN2020463866 ).
En este
Despacho, con una base de tres millones cincuenta y seis mil quinientos noventa
y nueve colones exactos, soportando colisión bajo la boleta: 2017241500294,
sumaria 17-007427-0174-TR del Juzgado de Transito del Segundo Circuito Judicial
de San José, sáquese a remate el vehículo placas BLZ227, marca Hyundai,
categoría automóvil, carrocería sedan 4 puertas, chasis KMHCT4AE1CU227681, uso
particular, estilo Accent, capacidad 5 personas, año
2012, color plateado, N° motor ilegible,
cilindrada 1600 cc, cilindros 4, combustible gasolina.
Para tal efecto se señalan las ocho horas y veinte minutos del trece de julio
del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las
ocho horas y veinte minutos del veintiuno de julio del dos mil veinte, con la
base de dos millones doscientos noventa y dos mil cuatrocientos cuarenta y
nueve colones con veinticinco céntimos (75% de la base original), y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y
veinte minutos del veintinueve de julio del dos mil veinte, con la base de
setecientos sesenta y cuatro mil ciento cuarenta y nueve colones con setenta y
cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin
S. A., contra Jindrich Arturo Martínez Vallecillo.
Expediente Nº 18-001913-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 19 de mayo del 2020.—Licda. Susana Cristina Mata
Gómez, Jueza Decisora.—( IN2020463925 ).
En este
Despacho, con una base de dos millones quinientos mil colones exactos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BRX904, marca: Toyota,
estilo: YARIS categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año 2012, color
blanco, VIN: JTDBT4K31CL021070, cilindrada 1500 CC. combustible, gasolina para
tal efecto se señalan las nueve horas y treinta minutos del tres de julio del
dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve
horas y treinta minutos del trece de julio del dos mil veinte con la base de un
millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del
veintiuno de julio del dos mil veinte, con la base de seiscientos veinticinco
mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A. contra Rodrigo Josué Arguedas Alpízar, Roxana
Alpízar Salas. Expediente Nº 20-002030-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer
Circuito Judicial de San José, 19
de abril del 2020.—Mauricio Hidalgo Hernández,
Juez Decisor.—( IN2020463926 ).
En este
Despacho, con una base de catorce mil doscientos ochenta y cinco dólares con
treinta centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión,
según boleta 2017244401502, sumaria 18-000838-0489-TR, del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José;
sáquese a remate el vehículo placas BMG288, marca: Hyundai, estilo: ACCENT GL,
categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2017, color: blanco,
cilindrada: 1600 CC, combustible: gasolina, VIN: KMHCT41DAHU173535, número de
motor: G4FCGU598448. Para tal efecto se señalan las once horas y treinta
minutos del doce de agosto de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas y treinta minutos del veinte de agosto de
dos mil veinte con la base de diez mil setecientos trece dólares con noventa y
ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las once horas y treinta minutos del treinta y uno de
agosto de dos mil veinte con la base de tres mil quinientos setenta y un
dólares con treinta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Teresita Monestel Abarca. Expediente
19-006771-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 13 de mayo de 2020.—Lic. Verny
Arias Vega, Juez Tramitador.—( IN2020463965 ).
En este
Despacho, con una base de ciento ochenta y dos mil ochocientos dieciocho
dólares con quince centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 249569-005 y 006, la
cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 10 Desamparados,
cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 13,24 metros y otro; al sur, Claudia Orias y Julieta Rodríguez;
al este, Gonzalo Araya Morera y al oeste, calle pública
con 25,68 metros y otro. Mide: ochocientos veinticuatro metros con diecinueve
decímetros metros. Para tal efecto, se señalan las quince horas y quince
minutos del veinte de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las quince horas y quince minutos del veintiocho de julio
de dos mil veinte con la base de ciento treinta y siete mil ciento trece
dólares con sesenta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y quince minutos
del cinco de agosto de dos mil veinte con la base de cuarenta y cinco mil
setecientos cuatro dólares con cincuenta y cuatro centavos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Davivienda de Costa Rica S. A. contra Felicia
Villalobos Cambronero, Mauricio Alberto de Jesús López Fernández. Expediente Nº 20-002871-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de mayo del
2020.—Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez/a Tramitador/a.—( IN2020463966 ).
En este
Despacho, con una base de treinta y un mil ciento cincuenta y dos dólares con
cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el
vehículo CL-462070, marca: Nissan, Estilo: FRONTIER LE, categoría: carga
liviana, Capacidad: 5 personas, año: 2018, color: blanco, VIN:
3N6CD33A3JK873949, cilindrada: 2500 CC, combustible: Diesel, motor Nº YD25676866P. Para tal efecto se señalan las ocho horas y
treinta minutos del cinco de agosto de dos mil veinte. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del trece de
agosto de dos mil veinte con la base de veintitrés mil trescientos sesenta y
cuatro dólares con tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos
del veintiuno de agosto de dos mil veinte con la base de siete mil setecientos
ochenta y ocho dólares con un centavos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Davivienda Costa Rica S. A., contra Norberto Malaquías Vargas Ballestero. Expediente
19-005766-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste, 02 de junio del año 2020.—Lic. Luis Abner
Salas Muñoz, Juez. Decisor.—( IN2020463967 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta y ocho mil
seiscientos cuarenta y dos dólares con veintiséis centavos, soportando Hipoteca
Legal a la orden de Registro Inmobiliario, expediente 2017-1014, Ley N° 9024 citas 2017-00667811-01-0520-001; sáquese a remate
la finca del partido de Cartago, matrícula número 203171-000, la cual es
terreno lote dos terreno para construir. Situada en el
distrito 05 Concepción, cantón 03 La Unión, de la provincia de Cartago.
Colinda: al norte, Monte de la Nieves S. A.; al sur, Monte de la Nieves S. A.;
al este, Monte de la Nieves S. A. y al oeste, calle pública con frente a ella
de 7,09 metros. Mide: ciento treinta y dos metros con veintidós decímetros
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y veinte (01:20
p.m.) del siete de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las trece horas y veinte (01:20 p.m.) del quince de julio
de dos mil veinte con la base de cuarenta y tres mil novecientos ochenta y un
dólares con setenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y veinte
minutos(01:20pm) del veintitrés de julio de dos mil veinte con la base de
catorce mil seiscientos sesenta dólares con cincuenta y seis centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de
Costa Rica S. A. contra 3101540106 S. A., Erick Alberto Picado Rojas, Teresita
de Jesús Jiménez Garay. Expediente Nº 19-007082-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 19 de
mayo del 2020.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez Tramitador.—( IN2020463969 ).
En este
Despacho, con una base de quince millones de colones exactos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número 435788-000, derecho 000, la cual es terreno para construir con
una casa. Situada en el distrito 10-Damas, cantón 3-Desamparados, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, lote 95; al sur, lote 93; al este,
calle pública; y al oeste, lotes 88 y 89. Mide: ciento
cincuenta y dos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y
cero minutos del cinco de agosto del dos mil veinte. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del trece de
agosto del dos mil veinte con la base de once millones doscientos cincuenta mil
colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de
agosto del dos mil veinte con la base de tres millones setecientos cincuenta
mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de
verificar los datos del mismo, en caso de existir
algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Hipotecarios La
Unión S. A. contra Sergio Francisco Ulloa Monge, Zaida María Córdoba Ávila. Expediente N°
19-014312-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de San
José, 30 de mayo del 2020.—Lic. Audrey Abarca Quirós, Juez Decisor.—(
IN2020464036 ).
En este
Despacho, con una base de trescientos treinta y siete mil dólares exactos,
libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de acueducto y de
paso de A Y A bajo las citas: 517-03404-01-0187-001; sáquese a remate la finca
del partido de SAN JOSÉ, matrícula número 36123-F-000, la cual es terreno finca
filial cuatro terreno apto para construir que se destinara a uso habitacional y
que tendrá una altura máxima de 2 pisos. Situada en el distrito 5-Piedades,
cantón 9-Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte finca filial
cinco; al sur finca filial tres; al este, vías de acceso y al oeste calle
pública. Mide: seiscientos noventa y tres metros con setenta y nueve decímetros
cuadrados. plano: SJ-0857845-2003. Para tal efecto, se señalan las quince horas
y cero minutos del veinte de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del veintiocho de
julio de dos mil veinte con la base de doscientos cincuenta y dos mil
setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos
del cinco de agosto de dos mil veinte con la base de ochenta y cuatro mil
doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Beatriz Consuelo Albanell Castañeda, Michele
Ángelo Nigro Galviz, Minas
de Santa Ana Lote Cuatro S.R.L. Expediente Nº
20-000530-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 29 de mayo del
año 2020.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza
Tramitadora.—1 vez.—( IN2020464054 ).
Primer
remate: a las nueve horas del siete de agosto del año dos mil veinte (09:00 am
del 07/08/2020) en la puerta exterior del Juzgado Agrario del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), libre de gravámenes y anotaciones pero
soportando servidumbre de líneas
eléctricas y de paso, inscritas bajo las citas 2010-53636-01-0002-001; y con la
base de once millones seiscientos setenta y seis mil ochocientos veintiocho
colones con treinta y seis céntimos (₡ 11.676.828,36) en el mejor postor
se rematará la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad Inmueble,
Partido de San José, número cinco ocho cinco nueve cero siete-cero cero cero. Es terreno para construir, situado en el distrito
nueve Barú, de cantón Diecinueve Pérez Zeledón de la provincia de San José. Sus
linderos son: norte, Quebrada Caña Blanca; sur, calle pública; este, Joaquín
Núñez Alvarado; y oeste, quebrada Camarones en medio de calle pública. Mide:
cincuenta y cinco mil novecientos ochenta y cuatro metros con veintiséis
decímetros cuadrados. Pertenece a la sociedad Dufala
Holdings del Sur Sociedad Anónima. Segundo remate: de no existir postores, para
llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas del catorce de
agosto del año dos mil veinte (09:00 am del 14/082020) con la rebaja del 25% de
la base original, por lo que la base será de ocho millones setecientos
cincuenta y siete mil seiscientos veintiún colones con veintisiete céntimos
(¢8.757.621,27). tercer remate: de no existir postores en el segundo remate,
para celebrar el tercero, se señalan las nueve horas del veintiuno de agosto
del año dos mil veinte (09:00 am del 21/08/2020) con la base de dos millones
novecientos diecinueve mil doscientos siete colones con nueve céntimos (₡
2.919.207,09) (un 25% de la base original).
Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria del Banco Nacional de Costa Rica contra
Jimmy Antonio Umaña Elizondo y Dufala Holdings del
Sur Sociedad Anónima. Expediente Nº 19-005959-1200-CJ.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la
Zona Sur (Pérez Zeledón), 11 de junio del año 2020.—Licda. Jenny
Corrales Torres, Jueza Agraria.—O. C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017.—( IN2020464063 ).
En este
despacho, con una base de cinco millones seiscientos cuarenta y tres mil
setecientos veinticuatro colones con dieciocho céntimos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número
163234-001-002, la cual es terreno para construir, lote 135G, con una casa.
Situada en el distrito 05 Agua caliente, cantón 01 Cartago, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte, alameda 13, con 6,00 mts;
al sur, INVU lote 152; al este, INVU lote 134 y al oeste, INVU lote 136. Mide:
Noventa y seis metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y
treinta minutos del veintiocho de julio de dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del
cinco de agosto de dos mil veinte con la base de cuatro millones doscientos
treinta y dos mil setecientos noventa y tres colones con catorce céntimos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las diez horas y treinta minutos del trece de agosto de dos mil veinte
con la base de un millón cuatrocientos diez mil novecientos treinta y un
colones con cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Napier S. A.
contra Elieth de Los Ángeles Castro Angulo, José Antonio Chacón Redondo.
Expediente N° 19-000910-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 06 de mayo del año 2020.—Lic. Víctor
Obando Rivera, Juez Tramitador.—( IN2020464097 ).
En este
Despacho, con una base de dos millones cuatrocientos sesenta y cuatro mil
doscientos veinte colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando plazo de convalidación (rectificación de medida) citas: 443-04594-01-0002-
001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número ciento
dieciséis mil trescientos veintidós, derecho cero cero
cero, la cual es terreno terreno
con 2 casas. Situada en el distrito 3 Hospital, cantón 1 San José, de la
provincia de San José. Colinda: al norte avenida 30; al sur Abraham Gómez; al
este Trina Jiménez y al oeste Minosca Chavarría.
Mide: ciento siete metros con catorce decímetros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las trece horas y treinta minutos del dos de julio de dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y
treinta minutos del diez de julio de dos mil veinte con la base de un millón
ochocientos cuarenta y ocho mil ciento sesenta y cinco colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las trece horas y treinta minutos del veinte de julio de dos mil veinte
con la base de seiscientos dieciséis mil cincuenta y cinco colones exactos (25%
de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un
mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata
por ordenarse así en proceso sumario de cobro de obligación dineraria no
monitoria de Municipalidad de San José
contra Gilberto Arroyo Sanabria. Expediente Nº:
04-017343-0170-CA.—Juzgado Especializado de Cobro
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 27 de abril del año
2020.—Lic. Ronald Gerardo Chacón Mejía, Juez Tramitador.—( IN2020464126 )
En este
despacho, con una base de setecientos mil colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando demanda ordinaria anotada bajo las citas
800-192788-01-0001-001 (número de expediente 11-400224-0924-FA); sáquese a
remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 347168-000, la cual
es terreno para construir lote número 20. Situada en el distrito 5, Venecia,
cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Carlos
María Mora Peralta; sur, calle pública con frente de 8.01 metros; este, lote
21; oeste, lote 19. Mide: ciento sesenta metros con dieciocho decímetros
cuadrados. Plano: A-0671442-2000. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y
treinta minutos del veintiuno de setiembre de dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del
veintinueve de setiembre de dos mil veinte con la base de quinientos
veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos
del siete de octubre de dos mil veinte con la base de ciento setenta y cinco
mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo
contra María del Carmen Muñoz Espinoza. Expediente N°
18-004655-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, 22 de mayo del año 2020.—Lilliam Álvarez
Villegas, Jueza Decisora.—( IN2020464151 ).
En este
Despacho, con una base de un millón quinientos mil colones exactos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número 363.614-000, la cual es terreno lote uno, terreno para
construir. Situada en el distrito 8 La Tigra, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, otra piedad de Leticia Herrera Rodríguez; sur, resto
destinado a servidumbre de paso; este, calle pública; oeste, lote dos. Mide:
ciento sesenta y tres metros con dos decímetros cuadrados. Plano:
A-0457648-1997. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del
treinta de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las nueve horas y cero minutos del siete de agosto de dos mil
veinte con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de agosto de dos mil
veinte con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Orlando Durán
Vásquez. Expediente 19-006162-1202-CJ.—Juzgado de
Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 03 de mayo del año
2020.—Lic. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza Decisora.—( IN2020464152 ).
En este
Despacho, con una base de un millón seiscientos cincuenta mil colones exactos,
libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas Ley Aguas citas:
316-09886-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número 446543-000, la cual es terreno para construcción de vivienda
de interés social. Situada en el distrito 12-Monterrey, cantón 10-San Carlos,
de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Luis Ángel Cruz Arguedas; al sur, calle pública; al este, Luis Ángel Cruz Arguedas y al oeste, Luis Ángel Cruz Arguedas. Mide: trescientos metros
con trece decímetros cuadrados. Plano: A-1042556-2005. Para tal efecto, se
señalan las quince horas y treinta minutos del treinta de julio de dos mil
veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas
y treinta minutos del siete de agosto de dos mil veinte con la base de un
millón doscientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las quince horas y treinta minutos del diecisiete de agosto de dos mil veinte
con la base de cuatrocientos doce mil quinientos colones exactos (25% de la
base original). Notas: se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Libia Marcela
Aguilar Villalobos, expediente N° 19-003894-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela. Ciudad Quesada, 05 de mayo del año 2020.—Lic. Giovanni Vargas
Loaiza, Juez Decisor.—( IN2020464153 ).
En este Despacho, con una base de nueve millones novecientos cuarenta y
nueve mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre de líneas eléctricas y de paso, bajo las citas: 535-17876-01-0017-001, servidumbre
de ancla, bajo las citas: 535-17876-01-0018-001; sáquese a remate la finca del partido de
Alajuela, matrícula número 360236-000, la cual es terreno para construir lote
9-D con casa habitación de interés social, situada en el distrito 1 Quesada,
cantón
10-San Carlos de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, lote 15, sur, calle
pública
con 10 metros, este, lote 8, oeste, lote 10. Mide: doscientos dieciocho metros
con setenta y ocho decímetros cuadrados. Plano: A-0410110-1997. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del treinta y uno de julio de
dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho
horas y cero minutos del diez de agosto de dos mil veinte con la base de siete
millones cuatrocientos sesenta y un mil setecientos cincuenta colones exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciocho de agosto de dos mil
veinte con la base de dos millones cuatrocientos ochenta y siete mil doscientos
cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra José Milton Rodríguez Rodríguez.
Expediente N° 19-002073-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 05 de mayo del
2020.—Lilliam Álvarez Villegas, Jueza Decisora.—( IN2020464154 ).
En este
Despacho, con una base de veintisiete millones doscientos cincuenta mil colones
exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del
partido de Cartago, matrícula número 171060, derechos 001 y 002, la cual es
terreno para construir lote 12 bloque H. Situada en el distrito 09 Dulce
Nombre, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lotes
4, 5 y 6, bloque H; al sur, lote 13 bloque H; al este, alameda 5 con un frente
a ella de 6 metros; y al oeste, lote 7, bloque H. Mide: ciento veinte metros
Cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas del dos de julio de dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce
horas del diez de julio de dos mil veinte con la base de veinte millones
cuatrocientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
catorce horas del veinte de julio de dos mil veinte con la base de seis
millones ochocientos doce mil quinientos colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo
contra Luis Alberto Adanis Román, Marjorie Alejandra Brenes González, Ronny
Josué
Adanis Brenes. Expediente
19-006073-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 07 de abril del año 2020.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez
Tramitador.—( IN2020464184 ).
En este
Despacho, con una base de nueve millones ochocientos quince mil colones
exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del
partido de Alajuela, matrícula número doscientos noventa y siete mil quinientos
cincuenta y dos, derecho cero cero cero, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito
8-Bolivar, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte
calle pública con 13,86 metros; al sur Javier Sánchez
Barrantes; al este María Lilia Rojas Blanco y al oeste Rosa Elieth Muñoz Chacón. Mide: ciento veintiséis metros con
tres decímetros cuadrados. plano: A-0221766-1994. Identificador predial:
203080297552. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del
nueve de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las nueve horas y cero minutos del veintitrés de julio de dos mil veinte
con la base de siete millones trescientos sesenta y un mil doscientos cincuenta
colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del seis de agosto de
dos mil veinte con la base de dos millones cuatrocientos cincuenta y tres mil
setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Olga María Bonilla
Hernández. Expediente Nº: 20-001119-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 18 de mayo del año
2020.—Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2020464188 ).
En este
Despacho, con una base de catorce millones ochocientos mil colones exactos,
libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas:
495-04726-01-0020-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número 439891-000, la cual es terreno terreno
para construir. Situada en el distrito 8-Bolívar, cantón 3-Grecia, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte servidumbre de paso en medio Gerardo
Alfaro Barrantes; al sur Luis Danilo Barrantes Zamora; al este, calle publica
con frente de 22 mts 16 cms
y al oeste Luis Danilo Barrantes Zamora. Mide: cuatrocientos sesenta y siete
metros con dieciséis decímetros cuadrados
plano: A-1095970-2006 identificador predial:203080439891. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del nueve de julio de dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve
horas y treinta minutos del veintitrés de julio de dos mil veinte con la base
de once millones cien mil colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y
treinta minutos del seis de agosto de dos mil veinte con la base de tres
millones setecientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra Juan Carlos
Sánchez Carvajal. Expediente Nº: 20-001315-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 18 de mayo del año
2020.—Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2020464190 ).
En este
Despacho, con una base de treinta y un millones, de colones exactos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número 289245-000, la cual es terreno para construir lote veintidós con una casa. Situada en el distrito
5-Tacares, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
Pedro Orlando Rojas Murillo; al sur, Pedro Orlando Rojas Murillo; al este,
Pedro Orlando Rojas Murillo: y al oeste, calle con un frente de 10 metros.
Mide: ciento noventa y ocho metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan
las once horas y treinta minutos del nueve de julio del dos mil veinte. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y treinta
minutos del veintitrés de julio del dos mil veinte con la base de veintitrés
millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y
treinta minutos del seis de agosto del dos mil veinte con la base de siete
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra Gerardo Enrique Ávila Loría.
Expediente N° 20-001274-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, 18 de mayo del 2020.—Patricia
Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—(
IN2020464199 ).
En este Despacho, con una base de quince millones quinientos treinta mil
colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
de paso bajo las citas: 2015-415327-01-0001-001; sáquese a remate la finca del
partido de Alajuela, matrícula número 485.092-001-002, la cual es terreno de
solar lote A-5. Situada en el distrito 1-Upala, cantón 13-Upala, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, río Zapote S. A.; al sur,
lote A 4; al este, servidumbre; y al oeste, río Zapote S. A. Mide:
doscientos setenta y seis metros cuadrados. Plano: A-1454073-2010. Para tal
efecto, se señalan las quince horas y treinta minutos del nueve de julio de dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince
horas y treinta minutos del diecisiete de julio de dos mil veinte con la base
de once millones seiscientos cuarenta y siete mil quinientos colones exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las quince horas y treinta minutos del veintisiete de julio de dos
mil veinte con la base de tres millones ochocientos ochenta y dos mil
quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo
contra Delvin Paisano Rosales, Diana Carolina Murillo Chavarría. Expediente N° 19-005761-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, 29 de abril del 2020.—Lilliam Álvarez Villegas, Jueza
Decisora.—( IN2020464205 ).
En este
Despacho, con una base de dieciséis millones novecientos mil colones exactos,
libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando serivds
y condiref:00214084-000 citas: 369-07292-01-0901-001; sáquese a remate la finca
del partido de San José, matrícula número 587477-000, derecho 000, la cual es
lote cuarenta, terreno para construir con una casa. Situada en el distrito
4-Uruca, cantón 9-Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte
Municipalidad de Santa Ana; al sur Municipalidad de Santa Ana; al este, calle pública con un frente de 8.19 metros y al oeste
Municipalidad de Santa Ana. Mide: ciento treinta y tres metros con cuarenta y
tres decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
nueve horas y treinta minutos del diez de julio de dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos
del veinte de julio de dos mil veinte con la base de doce millones seiscientos
setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta
minutos del veintiocho de julio de dos mil veinte con la base de cuatro
millones doscientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Mayra Vanessa Chavarría Sánchez.
Expediente Nº 20-002912-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 29 de
abril del año 2020.—Oscar Mauricio Rodríguez Villalobos, Juez Decisor.—(
IN2020464207 ).
En este
Despacho, con una base de cincuenta y cuatro millones setecientos cincuenta mil
colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada citas:313-11776-01-0901-001;
314-07679-01-0903-001, 327-04225-01-0901-001, 395-16981-01-0914-001,
395-16981-01-0915-001, Serv. y Cond.
314-07679-01-0901-001, servidumbre de Aguas Pluviales 2011-46434-01-0004-001,
2011-46434-01-0004-001, servidumbre de Líneas
Eléctricas y de Paso 2011-46434-01-0023-001, 2011-46434-01-0023-001;
servidumbre de Acueducto citas 2015-521908-01-0001-001 a favor de las fincas 2-472742-000, 2-477501-000, 2-477502-000,
2-477503-000, 2-477504-000, 2-477505-000, 2-477506-000, 2-477508-000,
2-477510-000, 2-477511-000, 2-477512-000, 2-477513-000, 2-477514-000,
2-477837-000, 2-499012-000, 2-499473-000, 2-499582-000, 2-502933-000,
2-505516-000, 2-505957-000, 2-514719-000,
2-516270-000, servidumbre de Aguas Pluviales a las citas
2011-46434-01-0004-001 a favor de 2-418782-000, 2-472742-000, 2-477501-000, 2-477502-000, 2-477503-000, 2-477504-000,
2-477505-000, 2-477506-000, 2-477507-000, 2-477508-000, 2-477509-000,
2-477510-000, 2-477511-000, 2-477512-000, 2-477513-000, 2-477514-000,
2-477515-000. En contra de 2-418872-000, 2-477501-000, 2-477502-000,
2-477503-000, 2-477504-000, 2-477505-000, 2-477506-000, 2-477507-000, 2-477508-000, 2-477509-000, 2-477510-000,
2-477511-000, 2-477512-000, 2-477513-000, 2-477514-000; sáquese a remate
la finca del partido de Alajuela, folio real matrícula quinientos dos mil
novecientos treinta y tres H-cero cero cero, la cual
es terreno de zona verde. Situada en el distrito ocho-Bolívar, cantón
tres-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con
un frente a ella de 23.72 metros; al sur, servidumbre agrícola con un frente a
ella de 65.01 metros en medio de JJM Developments S.
R. L.; al este, JJM Developments S. R. L. y al oeste,
Corporación Internacional Asueto PHJEM S. A. Mide: dos mil quinientos metros
cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y
treinta minutos del veintisiete de julio de dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del
cuatro de agosto del año dos mil veinte, con la base de cuarenta y un millones
sesenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y
treinta minutos del doce de agosto de dos mil veinte con la base de trece
millones seiscientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la
base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Cindy Priscilla Fumero
Molina, Josué Campos Madrigal. Expediente N°
17-012456-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 29 de mayo del
año 2020.—Lic. Esteban Herrera Vargas, Juez Tramitador.—( IN2020464230 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una base de doce mil ciento sesenta y dos dólares
con cuarenta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa BMG752, marca: Ssang Yong, estilo: Tivoli,
categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2017, color: gris, vin:
KPT20A1VSHP088025 y cilindrada: 1600 cc. Para tal
efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del uno de setiembre de dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece
horas y treinta minutos del nueve de setiembre de dos mil veinte con la base de
nueve mil ciento veintiún dólares con ochenta y dos centavos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
trece horas y treinta minutos del veintiuno de abril de dos mil veinte con la
base de tres mil cuarenta dólares con sesenta centavos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto
por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días
de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Vehículos
Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Natanael
Josué
Sánchez
Díaz. Expediente
20-003510-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 12 de mayo del año 2020.—Lic. Lidieth Venegas Chacón, Jueza Decisora.—( IN2020463823 ).
En este Despacho, con una base de treinta y cuatro millones de colones
exactos, libre de gravámenes y anotaciones; soportando servidumbre trasladada
citas: 255-03354-01-0901-001, sáquese a remate la finca del partido de
Alajuela, matrícula número 351078-000, derecho, la cual es terreno con una casa
de habitación. Situada en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia ,
de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 15; al sur, lote 13; al
este, zona de protección al río Agualote
y al oeste, calle pública con frente de 10 metros. Mide: ciento ochenta y
ocho metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Plano:
A-0603598-1999. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos
del nueve de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate
se efectuará a las diez horas y treinta minutos del veintitrés de julio de dos
mil veinte con la base de veinticinco millones quinientos mil colones exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las diez horas y treinta minutos del seis de agosto de dos mil
veinte con la base de ocho millones quinientos mil colones exactos (25% de la
base original). Notas: se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La
Vivienda contra Alejandra Ileana Chaves Cabalceta, Ekar
Alfredo Chaves Cabalceta, Juan Carlos Chaves Ramírez, expediente N° 20-001347-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, 18 de mayo del año 2020.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—(
IN2020464195 ).
En este
Despacho, con una base de cuarenta y un millones novecientos noventa y seis mil
ochocientos noventa colones con cincuenta y cuatro céntimos, libre de
gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones bajo las
citas: 315-00671-01-0903-001, 315-00671-01-0904-001, 315-00671- 01-0905-001,
401-14954-01-0904-001 así como aviso catastral bajo las citas 2013-
163538-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de CARTAGO, matrícula
número 209175-000 la cual es terreno con dos casas. Situada en el distrito
5-Aguacaliente (San Francisco), cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago.
Finca se encuentra en zona catastrada. Colinda: al norte Betsabé Loaia Brenes; al sur
Víctor Vives Cedeño y Omar Solano Vives; al este, calle pública con once metros con treinta y ocho centímetros
y al oeste Víctor Vives Cedeño. Mide: mil cuarenta y tres metros con
veintisiete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y
cero minutos del diecinueve de agosto de dos mil veinte. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veintiocho
de agosto de dos mil veinte con la base de treinta y un millones cuatrocientos
noventa y siete mil seiscientos sesenta y siete colones con noventa céntimos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las diez horas y cero minutos del ocho de setiembre de dos mil
veinte con la base de diez millones cuatrocientos noventa y nueve mil
doscientos veintidós colones con sesenta y cuatro céntimos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Melania de Los
Ángeles Solano Arrieta, Osmin Gerardo Vives Arrieta.
Expediente Nº 19-007675- 1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 02 de junio del año 2020.—Yanin
Torrentes Ávila, Jueza Tramitadora.—( IN2020464237 ).
En este despacho, con una base de un millón quinientos noventa mil
colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca
del partido de San José, matrícula número cuatrocientos setenta y nueve mil
ciento once, derecho 000, la cual es terreno para construir lote J veintitrés.
Situada en el distrito 4 San Rafael, cantón 15 Montes de Oca, de la provincia
de San José. Colinda: al norte lotes J 1, 2 y 3; al sur, lote J22, al este,
lotes J5 y 6 y al oeste, calle pública. Mide: ciento cuarenta y seis metros con
cincuenta y cinco decímetros. Plano: SJ-0478436-1998. Para tal efecto, se
señalan las nueve horas y cero minutos del diez de agosto de dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero
minutos del dieciocho de agosto de dos mil veinte con la base de un millón
ciento noventa y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y
cero minutos del veintiséis de agosto de dos mil veinte con la base de
trescientos noventa y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto
por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días
de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Habertur Qui S. A.
contra Blanca Rosa Sánchez Calderón. Expediente N°
19-015351-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 05 de mayo del año 2020.—Licda.
Nidia Duran Oviedo, Jueza Tramitadora.—( IN2020464256 ).
En este
Despacho, Con una base de catorce mil doscientos setenta y nueve dólares con
noventa centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones
/ colisiones boleta 2019318000626, sumaria 19-001389-0804-TR; sáquese a remate
el vehículo BQB260, marca Chevrolet, capacidad: 5 personas, año 2018, VIN:
MA6CG6CD2JT001712, estilo: BEAT LT, Color blanco, cilindrada 1200 c.c.,
combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas y treinta
minutos del diecisiete de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del veintisiete
de julio de dos mil veinte con la base de diez mil setecientos nueve dólares
con noventa y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos
del cuatro de agosto de dos mil veinte con la base de tres mil quinientos
sesenta y nueve dólares con noventa y ocho centavos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Gestionadora de
Créditos SJ Sociedad Anónima. contra David Adrián Villanueva Chacón. Expediente
Nº:19-005332-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer
Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 29 de abril del año
2020.—Eileen Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—O. C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020464265
).
En este Despacho, con una base de veintitrés millones
de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando demanda
ordinaria, inscrito bajo las citas: 800-557640-01-0001-001, tramitado bajo el número
de
expediente 19-000368-0688-FA; sáquese a remate la finca del partido de
Alajuela, matrícula número ciento veintitrés mil ochocientos dieciséis, derecho
cero cero cero, la cual es
terreno de potrero y naranjal. Situada en el distrito 6 Esquipulas, cantón 7
Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 9,01 metros,
Luis Núñez y Olman Ramírez; al sur, Olivier Vargas Calvo; al este, Luis Núñez,
Olivier Vargas y Olman Ramírez; y al oeste, Eladio Mora, Rafael Solís, Rolando
Rojas, Aida López, Marco Sandí y Marisel Quesada. Mide: doce mil trescientos
treinta y ocho metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto,
se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de setiembre de dos mil
veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce
horas y cero minutos del dieciséis de setiembre de dos mil veinte con la base
de diecisiete millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
catorce horas y cero minutos del veinticuatro de setiembre de dos mil veinte
con la base de cinco millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se les informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa
Rica, contra Inversiones La Avellana Verde Sociedad Anónima, Mariela Delgado
Solís. Expediente 19-002362-1203-CJ.—Juzgado de
Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 19 de mayo del
año 2020.—Lic. Jennsie Montero López, Jueza.—(
IN2020464275 ).
En este
Despacho, con una base de dieciséis mil novecientos veintiún dólares con diez
centavos, libre de gravámenes y anotaciones; demanda ordinaria citas:
800-613892-01-0001-001 sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número quinientos uno mil ciento doce, derecho cero cero cero, naturaleza: terreno
para construir, situada en el distrito 5-San Pedro, cantón 19-Pérez Zeledón, de
la provincia de San José, Linderos: norte: Alberto Navarro Sánchez, sur:
Alberto Navarro Sánchez, este: calle pública, oeste: Alberto Navarro Sánchez,
Mide: mil novecientos siete metros con noventa y dos decímetros cuadrados.
Plano: SJ-0438781-1997. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero
minutos del diecisiete de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del veinticinco de
setiembre de dos mil veinte con la base de doce mil seiscientos noventa dólares
con ochenta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco
de octubre de dos mil veinte con la base de cuatro mil doscientos treinta
dólares con veintiocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Anso de América Sociedad Anónima contra Minor
de Jesús Alemán Fallas. Expediente N° 20-001923-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la
Zona Sur (Pérez Zeledón), 31 de mayo del año 2020.—Franz Castro Solís, Juez
Tramitador.—( IN2020464293 ).
En este
despacho, con una base de diecisiete mil quinientos noventa y dos dólares con
noventa y siete centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando
infracciones / colisiones boleta 2016233300434, sumaria: 17-000101-0432-CI;
sáquese a remate el vehículo placa THY114, marca: Chevrolet, estilo: Sonic LT,
categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2015, VIN: 3G1J85CC2FS641029,
cilindrada: 1600 CC, motor: lde151067859, color: azul, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las quince horas y treinta minutos del dos de julio
de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas y treinta minutos del diez de julio de dos mil veinte con la base
de trece mil ciento noventa y cuatro dólares con setenta y tres centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las quince horas y treinta minutos del veinte de julio de dos mil
veinte con la base de cuatro mil trescientos noventa y ocho dólares con
veinticuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos de
San José contra Kevin Andrey Cascante Lara. Expediente N°
18-001590-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito
Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 23 de abril del año 2020.—Eileen Chaves Mora,
Jueza Tramitadora.—( IN2020464310 ).
En este
Despacho, con una base de quince mil trescientos treinta y cinco dólares con
cuarenta y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate
el vehículo BDV405. Marca Chevrolet. Estilo TRAX LT. Categoría automóvil.
Capacidad 5 personas. Año 2013. Color rojo. VIN 3GNCJ8CE3DL170059. Cilindrada
1800 c.c. Combustible gasolina. Motor Nº
2HD123385503. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del
diecisiete de agosto del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veinticinco de agosto
del dos mil veinte con la base de once mil quinientos un dólares con cincuenta
y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para
el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del dos de setiembre
del dos mil veinte con la base de tres mil ochocientos treinta y tres dólares
con ochenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora
de Créditos SJ S. A. contra Cindy Fiorela García Barrientos. Expediente N°
17-005067-1200-CJ.—Juzgado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez
Zeledón), 04 de junio del 2020.—José Ricardo Cerdas Monge, Juez
Tramitador.—( IN2020464311 ).
En este
Despacho, con una base de seis mil cuatrocientos sesenta y dos dólares con
treinta y un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el
vehículo placa YCP007, Marca: BYD, Estilo: S6 GSI, Categoría: Automóvil,
Capacidad: 5, Año de Fabricación: 2013, Color: Plateado, Vin:
LGXC34CG5D1001846, Cilindrada: 2400, N° Motor:
4G69S4MSLY8818. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cuarenta minutos
del treinta de julio de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate
se efectuará a las nueve horas y cuarenta minutos del diez de agosto de dos mil
veinte con la base de cuatro mil ochocientos cuarenta y seis dólares con
setenta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del
diecinueve de agosto de dos mil veinte con la base de mil seiscientos quince
dólares con cincuenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos SJ S. A. contra Ela Merylis Herz
Mora. Expediente N° 19-001433-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 28
de mayo del año 2020.—Mauricio Hidalgo Hernández, Juez Decisor.—( IN2020464313
).
En este
Despacho, con una base de cinco millones seiscientos setenta y siete mil
setecientos veinte colones con sesenta céntimos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo: placas número BPQ773, marca Hyundai,
estilo ACCENT, categoría automóvil,
capacidad 5 personas, año 2011, color gris, VIN KMHCT41CBBU014249, cilindrada
1400 CC., combustible gasolina, motor Nº
G4FAAW215290. Para tal efecto se señalan las nueve horas y treinta minutos del
veinticuatro de agosto de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del uno de setiembre de
dos mil veinte con la base de cuatro millones doscientos cincuenta y ocho mil
doscientos noventa colones con cuarenta y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
nueve horas y treinta minutos del nueve de setiembre de dos mil veinte con la
base de un millón cuatrocientos diecinueve mil cuatrocientos treinta colones
con quince céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Polasi
JDS Corporación de Inversiones S. A.
contra Alexander José Andino Jiménez, expediente N°
18-007967-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de mayo del año
2020.—Licda. Mariana Jovel Blanco, Jueza Decisora.—(
IN2020464323 ).
En este
despacho, con una base de seis millones novecientos noventa y siete mil
novecientos treinta y nueve colones con ochenta y siete céntimos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número trescientos veintinueve mil ciento cincuenta y nueve, derecho
000, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 1-San Isidro de El
General, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, Hugo Ceciliano Morales; al sur, Melvin Barquero; al este, calle pública
y al oeste, Rosa Céspedes Mora. Mide: cuatrocientos
treinta y tres metros con veintitrés decímetros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de julio de dos mil
veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas
y cero minutos del veintinueve de julio de dos mil veinte cinco millones doscientos
cuarenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y cuatro colones con noventa
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas y cero minutos del seis de agosto de dos mil
veinte con la base de un millón setecientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos
ochenta y cuatro colones con noventa y siete céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa
Rica contra Adrián Ugalde Trejos, Mauricio José Ugalde Fallas. Expediente N° 20-001394-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Zona Sur (Pérez Zeledón), 27 de abril del
año 2020.—José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2020464326 ).
En este
Despacho, con una base de cincuenta y tres millones de colones exactos,
soportando reservas Ley Forestal y reserva Ley de Aguas y Ley de Caminos
Públicos, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número
535429-000, la cual es terreno con dos casas de habitación. Situada en el
distrito 01 Aserrí, cantón 06 Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, Rodolfo Badilla Madrigal; al sur, Uriel Mora Sánchez; al este, Rosario
Fallas Agüero y al oeste, camino público con 10 metros 21 centímetros. Mide:
quinientos treinta y cinco metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Para
tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos del doce de agosto
de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas y treinta minutos del veinte de agosto de dos mil veinte con la
base de treinta y nueve millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las catorce horas y treinta minutos del treinta y uno de agosto de dos
mil veinte con la base de trece millones doscientos cincuenta mil colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y
Préstamo contra William Alberto Vindas Monge. Expediente Nº
18-002937-1164-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro Primer Circuito Judicial de San José,
15 de mayo del 2020.—Licda. Mayra Vanessa Guillén
Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2020464331 ).
En este
Despacho, con una base de diez millones ciento once mil cuatrocientos noventa y
nueve colones con noventa y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placas número BJX439, marca Hyundai, estilo Creta
GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, carrocería todo terreno 4
puertas, color blanco, tracción 4x2, número de serie, chasis y VIN
MALC281CAGM036161, año 2016, número de motor
G4FGFU613988, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas
y treinta minutos del seis de agosto de dos mil veinte. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las trece horas y
treinta minutos del catorce de agosto de dos mil veinte con la base de siete
millones quinientos ochenta y tres mil seiscientos veinticuatro colones con
noventa y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del
veinticuatro de agosto de dos mil veinte con la base de dos millones quinientos
veintisiete mil ochocientos setenta y cuatro colones con noventa y ocho
céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos
Alberto Bonilla Salas. Expediente Nº 17-011378-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Primera, 18 de mayo del 2020.—Licda.
Yesenia Auxiliadora Hernández Ugarte, Jueza Tramitadora.—( IN2020464336 ).
En este
Despacho, con una base de tres millones cincuenta y seis mil doscientos setenta
y nueve colones con dieciocho céntimos, soportando servidumbre de paso citas:
421-02016-01-0002-001, sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número 655841-000, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 5 San Pedro, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, Jesús Segundo Estrada Ramírez; al sur, Douglas Estrada Ramírez, Lilliana
Calderón Estrada; al este, Damaris Ceciliano Mora; y al oeste, calle pública
con 11,79 metros lineales. Mide: seiscientos treinta y cinco metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del cuatro de agosto
de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas y cero minutos del doce de agosto de dos mil veinte con la base de
dos millones doscientos noventa y dos mil doscientos nueve colones con treinta
y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para
el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veinte de agosto
de dos mil veinte con la base de setecientos sesenta y cuatro mil sesenta y
nueve colones con ochenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Nurya María Ortega Varela, Óscar Gerardo Estrada Ramírez.
Expediente 20-000861-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial
de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 25 de mayo del año 2020.—Lic. Carlos Contreras Reyes, Juez Decisor.—( IN2020464344
).
En este Despacho, con una base de treinta y cinco millones quinientos
mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; sáquese a
remate la finca del partido de Alajuela, matrícula N° 396004-000, la cual es terreno
naturaleza: terreno para construir con una casa. Situada en el distrito
1-Alajuela, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
Oscar Mario Camacho Solano; al sur, calle pública con un frente de siete metros
sesenta y dos centímetros lineales y Oscar Mario Camacho Solano; al este,
Alexander Vázquez Molina, y al oeste, Oscar Mario Camacho Solano. Mide:
doscientos cuarenta metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta y uno de
agosto del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se
efectuará a las nueve horas y treinta minutos del ocho de setiembre del dos mil
veinte, con la base de veintiséis millones seiscientos veinticinco mil colones
exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecisiete de
setiembre del dos mil veinte con la base de ocho millones ochocientos setenta y
cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a
las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Claudio Alberto Aguilar Alfaro contra Rebeca
Rosales Camacho. Expediente Nº 19-013248-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10 de mayo del 2020.—Sofía Ramírez Rodríguez,
Jueza Decisora.—( IN2020464355 ).
En este
Despacho, con una base de tres millones de colones exactos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula
número 297.459-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en
el distrito 3-San José (Pizote), cantón 13-Upala, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte: calle pública con un frente a calle de 18,54 metros; sur:
Néstor y Francis López Mena; este: calle pública con un frente a calle de 21,03
metros; oeste: Néstor y Francis López Mena. Mide: doscientos noventa y cinco
metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Plano: A-0238235-1995. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del nueve de julio de dos mil
veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y
cero minutos del diecisiete de julio de dos mil veinte con la base de dos
millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y
cero minutos del veintisiete de julio de dos mil veinte con la base de
setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se
les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación
con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual
Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ramón López Ruiz. Expediente N° 19-002756-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 23 de abril del año
2020.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza Decisora.—( IN2020464356 ).
En este
Despacho, con una base de sesenta y seis millones ochocientos sesenta y nueve
mil novecientos treinta y cuatro colones con sesenta y cuatro céntimos, libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
372-11496-01-0907-001, servidumbre trasladada citas: 372-11496-01-0908-001,
servidumbre trasladada citas: 372-11496-01-0909-001; sáquese a remate la finca
del partido de San José, matrícula número 530417- 000, la cual es terreno de
potrero con una casa de habitación dos cabañas una piscina casa del guarda un
garaje y un rancho de fiestas. Situada en el distrito 05 Picagres,
cantón 07 Mora, de la provincia de San José. Colinda: al norte calle pública con 95 metros 06 centímetros; al sur
quebrada en medio Sergio Bermúdez Flores y Margarita Montero Quirós; al este
Alfredo Bermúdez Herrera y al oeste quebrada en medio y Sergio Bermúdez Flores
y Margarita Montero Quirós. Mide: cuatro mil cuatrocientos cincuenta y ocho
metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
nueve horas y cero minutos del veintiuno de octubre de dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del
veintinueve de octubre de dos mil veinte con la base de cincuenta millones
ciento cincuenta y dos mil cuatrocientos cincuenta colones con noventa y ocho
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas y cero minutos del seis de noviembre de dos
mil veinte con la base de dieciséis millones setecientos diecisiete mil
cuatrocientos ochenta y tres colones con sesenta y seis céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Eduardo Enrique
Calderón Murillo. Expediente Nº 20-000514-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Tercera, 15 de mayo del año 2020.—Licda.
Hellen Viviana Segura Godínez, Jueza Tramitadora.—( IN2020464364 ).
En este
Despacho, con una base de ochenta millones de colones exactos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número doscientos mil ochocientos ochenta y tres, derecho cero cero cero, la cual es terreno
Naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 1-Orotina, cantón
9-Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Calle Pública e Internacional Project Marketing S. A.;
al sur, Manuel León Vargas; al este, José Salas Villegas y al oeste, Enrique Alvarado
Vargas. Mide: mil novecientos cuarenta metros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las catorce horas y quince minutos del veintiuno de setiembre de dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce
horas y quince minutos del veintinueve de setiembre de dos mil veinte con la
base de sesenta millones de colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y
quince minutos del siete de octubre de dos mil veinte con la base de veinte
millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Marvin Rolando del Rosario
Montero Esquivel, expediente N° 18-029772-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, 23 de mayo del año 2020.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Juez/a
Decisor/a.—( IN2020464370 ).
En este
despacho, con una base de veinticuatro mil cien dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate
el vehículo BLD922, marca: Toyota, estilo: Avanza G, tracción: 4x2, número
chasis: MHKM5FF30HK000268, año fabricación: 2017, color: azul, N° motor: 2NRF53691, capacidad: 7 persona, modelo:
F654LM-GQMF, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas y
treinta minutos del veintiocho de setiembre de dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del
seis de octubre de dos mil veinte con la base de dieciocho mil setenta y cinco
dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del catorce de
octubre de dos mil veinte con la base de seis mil veinticinco dólares exactos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica
contra Jessica Ileana Solís Guadamuz. Expediente N°
18-030990-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 29 de mayo del año 2020.—Licda. Sofía
Ramírez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2020464371 ).
En este
Despacho, con una base de seis millones de colones exactos, libre de gravámenes
y anotaciones; soportando servidumbre trasladada citas: 269-05580-01-0002-001
servidumbre de aguas pluviales citas: 577-22589-01-0001-001, sáquese a remate
la finca del partido de Alajuela, matrícula número 444499-000, la cual es
terreno lote once para construir. Situada en el distrito 5-Tacares, cantón
3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Jose
Joaquín Rojas Álvarez; al sur Margarita Arias Tyrejos;
al este, calle publica frente de 9,74 metros y al oeste Jose
Joaquín Rojas Álvarez. Mide: doscientos cuarenta metros con ochenta y nueve
decímetros cuadrados. plano: A-1272990-2008. Para tal efecto, se señalan las
nueve horas y treinta minutos del veinte de julio de dos mil veinte. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta
minutos del cuatro de agosto de dos mil veinte con la base de cuatro millones
quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos
del trece de agosto de dos mil veinte con la base de un millón quinientos mil
colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jose Guillermo Guerrero Vega contra Alberto Rojas Hidalgo.
Expediente Nº 20-000125-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, 09 de junio del año 2020.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón,
Jueza Decisora.—( IN2020464375 ).
En la
puerta exterior de este Despacho, con una base de diecisiete millones quinientos mil colones exactos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número 605454-000, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 01 Colón, cantón 07 Mora, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, calle pública; al sur, Jorge Antonio Mora Ramírez; al este, Jorge
Antonio Mora Ramírez; y al oeste, Jorge Antonio Mora Ramírez. Mide: dos mil
cuatrocientos cincuenta y cinco metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan
las quince horas y treinta minutos del siete de agosto de dos mil veinte. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta
minutos del diecisiete de agosto de dos mil veinte con la base de trece
millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y
treinta minutos del veinticinco de agosto de dos mil veinte con la base de
cuatro millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto
por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días
de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jorge
Antonio Sibaja Porras. Expediente 20-002006-1763-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección
Primera, 25 de mayo del año 2020.—Licda. Yesenia Auxiliadora Hernández
Ugarte, Jueza Tramitadora.—( IN2020464395 ).
En este Despacho, con una base de nueve mil ochocientos noventa y cinco
dólares con dieciocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo BCH470, marca: Hyundai, estilo: Accent
GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan, 4 puertas,
tracción: 4x2 N° de Chasis: KMHCT41DADU298689, año fabricación: 2013, color:
azul, N°
motor: G4FCCU897683, cilindrada: 1600, combustible: gasolina. Para tal efecto
se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de agosto del dos mil
veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas
y cero minutos del veintiséis de agosto del dos mil veinte, con la base de
siete mil cuatrocientos veintiún dólares con treinta y nueve centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se
señalan las nueve horas y cero minutos del tres de setiembre del dos mil
veinte, con la base de dos mil cuatrocientos setenta y tres dólares con ochenta
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Leydy
Johanna Villegas Fajardo contra María Del Rocío Morales Rodríguez. Expediente Nº 18-000119-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 09 de
junio del 2020.—Eileen Chaves
Mora, Jueza Tramitadora.—( IN2020464399 ).
En este
despacho, libres de gravámenes hipotecarios, pero soportando todas servidumbre
de paso al tomo 2012 asiento 232796-01-0001-001, servidumbre de paso al tomo
2012 asiento 232796-01-0003-001,servidumbre de aguas pluviales al tomo 2013
asiento 87321-01-0001-001, servidumbre de lineas
eléctricas y de paso al tomo 2013 asiento 335997-02-0001-001; 1-con una base de
ochenta y cuatro mil doscientos sesenta y un dólares con catorce centavos,
sáquese a remate las fincas del partido de San José, matrícula número
115205-F-, derecho 000, la cual es terreno finca filial 117 identificada como a
300 destinada a uso habitacional ubicada en el nivel tres del edificio A en
proceso de construcción. Situada en el distrito Santa Ana, cantón Santa Ana, de
la provincia de San José. Colinda: al noreste, filial A 301; al noroeste,
pasillo; al sureste, pared y filial A 312 y al suroeste filial A 312. Mide:
cincuenta y cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve
horas y cero minutos del seis de agosto de dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del
catorce de agosto de dos mil veinte con la base de sesenta y tres mil ciento
noventa y cinco dólares con ochenta y cinco centavos (75% de la base original)
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas
y cero minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veinte con la base de
veintiún mil sesenta y cinco dólares con veintiocho centavos (25% de la base
original). 2-con una base de ocho mil ciento noventa y un dólares con
veintisiete centavos, sáquese a remate la finca del partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
115133-F-000 la cual es terreno finca filial 45 identificada como P 54
destinada a estacionamiento en el nivel uno en proceso de construcción. Situada
en el distrito 01 Santa Ana, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José.
Colinda: al noreste, filial P 55; al noroeste, calle sur y filial P 55; al
sureste, área verde y filial P 53 y al suroeste, filial P 53. Mide: quince
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos
del seis de agosto de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate
se efectuará a las nueve horas y cero minutos del catorce de agosto de dos mil
veinte con la base de seis mil ciento cuarenta y tres dólares con cuarenta y
cinco centavos (75% de la base original) y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y
cero minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veinte con la base de dos
mil cuarenta y siete dólares con ochenta y un centavos (25% de la base
original). 3-Con una base de dos mil doscientos cuarenta y cuatro dólares con
treinta y un centavos, sáquese a remate la finca del partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 115253-F
000 la cual es terreno finca filial 165 identificada como V12 destinada a
bodega ubicada en el nivel sótano del edificio A en proceso de construcción.
Situada en el distrito 01 Santa Ana, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San
José. Colinda: al noreste, filial PV 15 y pared; al noroeste, filial V13; al
sureste, pared y al suroeste, pasillo y filial V 13. Mide: cuatro metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del seis
de agosto de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las nueve horas y cero minutos del catorce de agosto de dos mil
veinte con la base de mil seiscientos ochenta y tres dólares con veintitrés
centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de agosto de
dos mil veinte con la base de quinientos sesenta y un dólares con siete
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Fulton Crispin Gorri Morales. Expediente N°
17-009261-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera,
04 de junio del año 2020.—Licda. Yesenia Auxiliadora Hernández Ugarte, Jueza
Tramitadora.—( IN2020464401 ).
En este
Despacho, con una base de doce millones de colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
400-12900-01-0911-001 y citas: 400-12900-01-0927-001 condiciones; sáquese a
remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número setenta y nueve mil
seiscientos veintitrés, derecho 000, la cual
es terreno para la vivienda lote 66-61667. Situada en el distrito 2 Palmar,
cantón 5 Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Carlos Delgado;
al sur, calle pública y Lidieth Delgado Alvarado;
al este, Carlos Aguilar; y al oeste, Leonardo Martínez y Lidieth
Delgado Alvarado. Mide: nueve mil quinientos cuarenta y dos metros con quince
decímetros cuadrados. Plano: P-0875494-1990. Para tal efecto, se señalan las
nueve horas y cero minutos del cuatro de setiembre de dos mil veinte. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos
del catorce de setiembre de dos mil veinte con la base de nueve millones de
colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintitrés de
setiembre de dos mil veinte con la base de tres millones de colones exactos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Joseph Anthony
Garita Barboza, María Giselle Solano Rojas contra María Eugenia del Carmen Salazar Alvarado. Expediente
19-001784-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 05
de mayo del año 2020.—Lic. David Orellana Guevara, Juez.—( IN2020464406 ).
En este Despacho, con una base de ocho millones
ochocientos setenta y siete mil cincuenta y dos colones con veinte céntimos,
libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo C 140516,
marca: International, estilo: DT466 E, categoría: carga pesada, serie: 1HTSDAAL9XH636488,
N°
chasis: XH636488, año fabricación: 1999, color: blanco, vin:
1HTSDAAL9XH636488, combustible: diésel. Para tal efecto se señalan las diez
horas y cero minutos del siete de julio del dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y cero minutos del
quince de julio del dos mil veinte, con la base de seis millones seiscientos
cincuenta y siete mil setecientos ochenta y nueve colones con quince céntimos
(75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las diez horas y cero minutos del veintitrés de julio del dos mil
veinte, con la base de dos millones doscientos diecinueve mil doscientos
sesenta y tres colones con cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se
les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Fiduciaria Brunca S.A contra José Manuel Coto Montoya, Tresciento Uno-Siete Dos Dos
Nueve Tres Dos Sociedad Anónima. Expediente N°
18-010987-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 29 de abril del 2020.—Gerardo Monge Blanco, Juez Tramitador.—(
IN2020464438 ).
En este
Despacho, con una base de treinta millones seiscientos sesenta y dos mil
quinientos cincuenta y seis colones con treinta y dos céntimos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas,
matrícula número ciento sesenta y cuatro mil setecientos cincuenta y nueve,
derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito San Juan
Grande, cantón Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte,
Fausto Castrillo Rojas; al sur, calle pública
con 4.00 metros de frente y María de Los
Ángeles Castro Esquivel; al este, Flora y Herlinda, ambas Lostalo
Chacón y María de Los Ángeles Castro Esquivel y al oeste,
Hilda Gómez Murillo. Mide: tres mil ciento cinta y nueve metros cuadrados
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y cero minutos
del dieciséis de octubre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las trece horas y cero minutos del veintiséis de octubre
de dos mil veinte con la base de veintidós millones novecientos noventa y seis
mil novecientos diecisiete colones con veinticuatro céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
trece horas y cero minutos del tres de
noviembre de dos mil veinte con la base de siete millones seiscientos
sesenta y cinco mil seiscientos treinta y
nueve colones con ocho céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de COOPEALIANZA R.L contra Geovanny Gilberto Cerdas
Rojas, expediente N° 19-008007-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 08 de mayo del
año 2020.—Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—O. C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020464472
).
En este
Despacho, 1-) Con una base de cincuenta mil dólares exactos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia,
matrícula número ciento once mil treinta y ocho- cero cero
cero (111038-000), la cual es terreno naturaleza para
construir lote 16 Bloque 02. Situada en el distrito 5-Santa Lucía, Cantón 2- Barva, de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, lote 15; al sur, lote 17; al este, Urbanización Antesquivo S. A., y al oeste, calle pública. Mide:
doscientos cuarenta y cinco metros cuadrados, Plano: H-0633868-1986. Para tal
efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del treinta de junio del
dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las
trece horas y treinta minutos del ocho de julio del dos mil veinte, con la base
de treinta y siete mil quinientos dólares exactos (75% de la base original), y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas y
treinta minutos del dieciséis de julio del dos mil veinte, con la base de doce
mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). 2-) Con una base de
cincuenta mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento once mil
treinta y nueve-cero cero cero (111039-000), la cual
es terreno para construir lote 17 Bloque 02. Situada en el distrito 5- Santa
Lucía, cantón 2-Barva, de la provincia de Heredia.
Colinda: al norte, lote 16; al sur, lote 18; al este, Urbanización Antesquivo S. A., y al oeste, calle pública. Mide:
doscientos cuarenta y cinco metros cuadrados, plano: H-0633867-1986. Para tal
efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del treinta de junio del
dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las
trece horas y treinta minutos del ocho de julio del dos mil veinte, con la base
de treinta y siete mil quinientos dólares exactos (75% de la base original), y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas y
treinta minutos del dieciséis de julio del dos mil veinte, con la base de doce
mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Max Arturo de Los
Ángeles Araya Vargas contra sucesión de José
Luis de La Trinidad Barquero Agüero. Expediente Nº
19-002962-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia,
15 de mayo del 2020.—Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2020464494
).
Se convoca a los socios, o a quienes corresponda designar representante
de Trapesa Sociedad Anónima, cédula jurídica número
3-101-142522, para que en el plazo de cinco días se apersonen a este Despacho y
manifiesten lo que corresponda respecto de la representación de la persona
indicada, conforme al artículo 19.4 del Código Procesal Civil. Lo anterior por
ordenarse así en proceso liquidación persona jurídica de Trapesa
Sociedad Anónima promovida por Gustavo Adolfo de los Ángeles
Peralta Ramírez. Expediente Nº 20-000309-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, 28 de mayo del año 2020.—Licda. Marlen
Solís Porras, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020464436 ).
María Magdalena Marchena Abarca, mayor, soltera, ama de casa, vecina de
Artola, Sardinal, Carrillo, Guanacaste, cédula cinco-doscientos ochenta y
cuatro-cero setenta y tres, promueve información posesoria. Pretende inscribir
a su nombre en el Registro Público Inmobiliario, libre de gravámenes y cargas
reales, el inmueble que se describe así: Terreno de Tacotal, situado en Artola,
Sardinal [distrito tercero], Carrillo [cantón quinto], provincia de Guanacaste.
Linderos: norte y este, Hacienda Balbinas S. A., sur,
calle pública y oeste, Banco de Costa Rica y Quebrada Desechos. Según plano
catastrado G-un millón novecientos setenta y seis mil doscientos treinta y
dos-dos mil diecisiete, mide siete mil ciento diecisiete metros cuadrados.
Declaró no está inscrito, carece de título inscribible y no pretende evadir las
consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene personas condueñas, ni pesan
cargas reales ni gravámenes sobre el inmueble. Lo adquirió por donación de Mensia Abarca Contreras, el treinta agosto dos mil
dieciocho. Estima el inmueble y el proceso en dos millones de colones. Por el
plazo de un mes contados a partir de la publicación del edicto, se cita a todas
las personas interesadas para que se apersonen en defensa de sus derechos.
(Información posesoria N° 18-000138-0387-AG de María
Magdalena Marchena Abarca.—Juzgado Agrario del
Primer Circuito Judicial Guanacaste (Liberia), Liberia, 11 junio
2020.—Francisco Javier Castillo Acuña, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017.—( IN2020464086 ).
Se hace
saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N°
20-000063-0390-CI donde se promueve información posesoria por parte de Leda
Leticia Jiménez Castillo, quien es mayor, estado civil
casada, vecina de La Uvita de Orotina de Alajuela, portadora de la cédula
número 0601920814, profesión oficios domésticos, a fin de inscribir a su nombre
y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así:
finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito 04 Lepanto, cantón 01 Puntarenas. Colinda: al norte, con
Mileidy Rivera López; al sur, con 3-101-656156
Sociedad Anónima; al este, con Mileidy Rivera López,
calle pública y Modesto Sosa Núñez y al oeste, con Mileidy
Rivera López y 3-101-656156 Sociedad Anónima. Mide: una hectárea cinco mil un
metro cuadrado. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho
inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por
compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta.
Que los actos de posesión han consistido en hechura de cercas, limpieza de la
finca y limpieza de rondas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Leda Leticia Jiménez Castillo. Expediente N° 20-000063-0390-CI-7.—Juzgado Civil y Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia civil), 08 de
junio del año 2020.—Laura Rodríguez Chavarría,
Jueza.—1 vez.—( IN2020464113 ).
Se hace
saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N°
20-000137-0388-CI donde se promueve información posesoria por parte de María Sonia Bustos Angulo, quien es mayor, casada
una vez, vecina de San José, San Lorenzo de Desamparados, Residencial Suecia,
casa número 48, portadora de la cédula número 0502070241, a fin de inscribir a
su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito 5º: Cartagena, cantón 3º: Santa Cruz.
Colindancias: norte, servidumbre de paso y Yerlin Contreras Bustos; al sur,
Julio César Bustos Angulo; al este, Julio César Bustos Angulo y al oeste,
Orlando Bustos Angulo. Mide: 334 metros cuadrados. Plano G-2077144-2018: metros
cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho
inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble
mediante donación que le hiciera su hermano Julio César Bustos Angulo, mayor,
casado una vez, pensionado, cédula N° 5-170-692,
vecino del Edén de Cartagena, Santa Cruz, Guanacaste, cien metros al este del Cen-Cinai, el día treinta de abril del año dos mil veinte,
y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los
actos de posesión han consistido en mantenimiento del mismo,
reparación de cercas, siembra, riego de plantas y árboles frutales, limpieza de
la maleza, rondas, repastos, construcción de una casa de habitación. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de
la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus
derechos. Proceso información posesoria, promovida por María Sonia Bustos Angulo, expediente N° 20-000137-0388-CI-5. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín
Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil de
Santa Cruz, 21 de mayo del año 2020.—Lic. Carlos Esteban Sancho Araya, Juez
Decisor.—1 vez.—( IN2020464249 ).
José Luis Blanco Villanueva, mayor, soltero, peón agrícola, cédula de
identidad número 1-1560-0064, vecino de Buenos Aires de Puntarenas, El Ceibo,
solicita se levante Información Posesoria a fin de que se inscriba a su nombre
en el Registro Público de Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y
que se describe así: terreno para construir, situado en Cacao, distrito segundo
Volcán del cantón tercero Buenos Aires, de la provincia sexta Puntarenas, con
los siguientes linderos: norte, con Miguel Delgado Corrales; al sur, con Helber Mora; al este, con quebrada Cacao; y al oeste, con
calle pública. Mide: mil ciento tres metros con ocho decímetros cuadrados,
según plano catastrado P-892957-2003. El terreno antes descrito, el solicitante
ha sido el poseedor en calidad de dueño de manera pública, pacífica e ininterrumpida por
más de diez años. Estima el fundo en la suma de un millón de colones,
igualmente las presentes diligencias. Con un mes de término contados a partir
de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean
lesionados con esta titulación a efecto de que se apersonen en defensa de sus
derechos. Información posesoria, expediente número 19-000066-1046-CI
establecidas por José Luis Blanco Villanueva.—Juzgado
Civil de Mayor Cuantía de Buenos Aires, miércoles 01 de abril del
2020.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—( IN2020464291
).
Se hace
saber que ante este Despacho se tramita el expediente N°
20-000021-0930-CI, donde se promueve información posesoria por parte de Josser Antonio Valverde Araya, quien es mayor, estado civil
soltero, vecino de Bella Vista de Guápiles, doscientos metros al oeste de la
escuela, portador de la cédula N°
0702340502, profesión peón agrícola, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de Limón, la cual es terreno patio con dos casas y acequia.
Situada en el distrito primero Guápiles, cantón Segundo Pococí. Colinda: al
norte, con Víctor Villalobos Loría; al sur, con calle pública con un frente de
dieciocho metros y ochenta y un centímetros lineales; al este, con Isilene Arias Araya, y al oeste, con Luis Arrieta Ardón y Edgar Baltodano Pérez. Mide: ochocientos
treinta y siete metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones. Que
adquirió dicho inmueble por donación que le realizara su abuelo Domingo Araya
Arias, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta.
Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y chapea, con cercado
de toda la zona verde. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Josser Antonio Valverde Araya. Expediente N° 20-000021-0930-CI-8. Publíquese este edicto en el Boletín
Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 21 de enero del
2020.—Licda. Yency Vargas Salas, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020464376 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000143-0388-CI, donde se promueve Información
Posesoria por parte de Norman Navarrete Medina, mayor, soltero, mecánico
industrial, con cédula de identidad número seis-ciento setecientos ochenta,
vecino de San Blas de Sardinal de Carrillo, de la escuela de dicho lugar ciento
setenta y cinco metros hacia el norte, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 3º-Sardinal, cantón 5°-Carrillo. Colinda al norte: Norman Navarrete
Medina; al sur: Municipalidad de Carrillo; al este: calle pública con un frente
a ella de diez metros lineales y al oeste: Municipalidad de Carrillo. Mide:
218.65 metros cuadrados, según planos G-617624-2000. Indica el promovente que
sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de
colones. Que adquirió dicho inmueble por compra que le hiciera Kattia María
Gutiérrez Rocha, mayor, soltera, ama de casa, con cédula de identidad número
uno-ochocientos-seiscientos ochenta, vecina de Barrio El Moral de San Blas de
Sardinal de Carrillo, dos kilómetros hacia el este de la Iglesia Católica, con
quien no me liga parentesco familiar, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en
limpieza del terreno, mantenimiento de rondas y cercos y mojones. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Norman Navarrete Medina. Expediente N° 20-000143-0388-CI-0.—Juzgado Civil de Santa Cruz,
14 de mayo del año 2020.—Lic. Carlos Esteban Sancho Araya, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2020464387 ).
Se hace
saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
19-000087-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Ganadera Juan De León
Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-420976,
domiciliada en Juan de León de Puntarenas, de la Escuela Las Pampas 300 metros
al sur, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es repasto.
Situada en La Fresca en el distrito cuarto, cantón primero, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, con calle pública de Dominicas a San Blas con un
frente a ella de doscientos cuarenta y seis metros con cincuenta y nueve
centímetros lineales y Mileidy Rivera López; al sur,
con calle pública con un frente a ella de doscientos treinta y cinco metros con
cincuenta y ocho centímetros lineales y Jael Jiménez Parra; al este, con calle
pública con un frente a ella de doscientos treinta y cinco metros con cincuenta
y ocho centímetros lineales y al oeste, con Mileidy
Rivera López. Mide: diecisiete hectáreas dos mil novecientos cuarenta y un
metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número P-1960102-2017.
Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no
tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma
de veinte millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por
donación y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica,
ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de doce años. Que no
existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza,
cercas, rondas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Ganadera Juan De León Sociedad Anónima.
Expediente Nº 19-000087-0391-AG.—Juzgado Agrario
Segundo Circuito Judicial Guanacaste (Santa Cruz), Santa Cruz, 04 de
octubre del 2019.—Lic. José Joaquín
Piñar Ballestero, Juez.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020464469 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente
N°19-000322-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Carmen Rosaura Moreno Moreno quien es mayor,
viuda una vez, pensionada, vecina de El Carmen de San Sebastián, portadora de
la cédula de identidad vigente número 0501440280, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: Finca cuya naturaleza es para construir, siembra de árboles frutales y
plátanos. Situada en el distrito sétimo, cantón tercero, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte calle pública con un frente de 16 metros con 75
centímetros lineales; al sur Vilma Álvarez Moreno; al este con la titulante y Nury, José Ricardo Moreno Moreno y
Vilma Álvarez Moreno y al oeste Lorenzo Álvarez Moreno. Mide: mil trescientos
veintiséis metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número
5-2079875-2018-Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto
el inmueble como las presentes diligencias en la suma de diez millones de
colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por cesión de derechos, y hasta
la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de
buena fe y a título de dueño por más de un año. Que no existen condueños. Que
los actos de posesión han consistido en limpieza, arreglo y mantenimiento de
cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que dentro del
plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria,
promovida por Carmen Rosaura Moreno Moreno.
Expediente Nº 19-000322-0391-AG.—Juzgado Agrario
del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), Santa Cruz, 01 de
junio del año
2020.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020464471
).
Se hace saber en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Miriam Marín Mora, mayor, estado civil
casada una vez, profesión u oficio ama de casa, nacionalidad costarricense, con
documento de identidad 0103470444 y vecina de Santiago de Puriscal, Barrio
Corazón de María. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y
en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán
presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la
publicación de este edicto. Expediente N°
20-000050-0197-CI-4.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia Puriscal (Materia
Civil), 03 de junio del año 2020.—Licda. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2020463993 ).
Se
convoca a todos los interesados en la sucesión de Marcos Humberto Tencio Barahona, mayor, casado una vez, jornalero, con
cédula número tres-doscientos ocho-cuatrocientos setenta y nueve, vecino de
Miami, Florida; para que dentro del plazo de quince días comparezcan a hacer
valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la
herencia de que si no se presentan dentro de ese plazo aquella pasará a quien
corresponda. Sucesorio número 19-000849-0640-CI de Marcos Humberto Tencio Barahona.—Juzgado Civil
de Buenos Aires, 21 de mayo del 2020.—Lic. Jean Carlos Céspedes
Mora, Juez.—1 vez.—( IN2020464046 ).
Mediante
acta de apertura otorgada ante esta notaría por Víctor Serrano Martínez, a las
dieciséis horas del veintiocho de mayo del dos mil veinte y comprobado el fallecimiento
de Felicita Martínez Diaz, esta Notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo
máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene
como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha
indicado. Notaría del Lic. Elvis Eduardo Lawson
Villafuerte, frente a la Escuela Pública de Matina, Limón, Teléfono
88-11-94-20.— Veintiocho de mayo del 2020.—Lic. Elvis Eduardo Lawson Villafuerte.—1 vez.—(
IN2020464074 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Digna Rojas
Sequeira, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de San José, Pérez
Zeledón, San Isidro del General, Cocori, cien metros
este de la escuela, número de cédula uno-trescientos
cincuenta y nueve-setecientos veintidós, fallecida el día veinticinco de mayo
del dos mil veinte en Pérez Zeledón, San José, a fin de que en el plazo de
quince días contados a partir de la publicación de este edicto, concurran ante
la notaría de la Licenciada Stefanny Martínez
Ramírez, situada en Pérez Zeledón, Daniel Flores, Residencial Halder, casa
número trece, contiguo al abastecedor Arzú (en horario de lunes a viernes de
ocho de la mañana a cinco de la tarde), a reclamar sus derechos y se apercibe a
los que crean tener derecho a la herencia, que si no se presentan dentro de
este término, aquella pasará a quien corresponde. El sucesorio en sede notarial
del causante se tramita bajo Expediente Número: cero cero
cero uno-dos mil veinte.—Licda.
Stefanny Martínez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(
IN2020464081 ).
Se hace
saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Jacqueline Maria Sanabria Jara, mayor, estado civil soltera,
profesión u oficio estudiante, nacionalidad Costa Rica, con documento de
identidad N° 0305300745 y vecina de Aquiares de Turrialba. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días,
contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000047-0341-CI-0.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario
de Turrialba, 02 de junio del año 2020.—Licda. Karol
Vanessa Muñoz Barahona, Jueza Decisora.—1 vez.—(
IN2020464095 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Néstor Jesús Baltodano Guillén, mayor, estado civil
viudo, abogado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0500570356 y vecino de los Yoses, San José. Se indica a
las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un
interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000102-0181-CI-1.—Juzgado Segundo Civil de San
José, 13 de marzo del 2020.—Daniel Jiménez Medrano, Juez Tramitador.—1
vez.—( IN2020464114 ).
Se hace
saber: en esta notaría se tramita el proceso sucesorio de Sigifredo Bernardo
Del Rosario Méndez Rojas, quien fue mayor, cédula N°
3-0248-0938, soltero, agricultor, vecino de Cartago, Cot,
Oreamuno, 450 metros al sur de la iglesia Católica, Se indica a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés
legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de
quince días contado a partir de la publicación de este edicto Notarías de Luis
Guillermo Ramírez Víquez y Eveling Judith Espinoza Rojas. Notarios Públicos con
oficina en Cartago. Expediente Nº 5-2020.—Cartago, 11
de junio del 2020.—Lic. Luis Guillermo Ramírez Víquez.—Lcda.
Eveling Espinoza Rojas, Notarios Públicos.—1 vez.—( IN2020464124 ).
Se
emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los
interesados en la sucesión de Víctor
Julio Orozco Campos, quien fue mayor, soltero, peón de finca, vecino de San
Gabriel de Aserrí. cédula de identidad número 1-0468-0951, para que, dentro del
plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean
tener mejor derecho a la herencia, de que si no se
presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 20-000145-0217-CI. Sucesión de Víctor Julio Orozco Campos.—Juzgado
Civil del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 16 de abril
de 2020.—Lic. Freddy Ureña Díaz, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2020464125 ).
Se
emplaza a todos los interesados en la sucesión de María Giselle Porras Solís,
quien fue mayor, casada, ama de casa, cédula número cinco-ciento noventa y
cinco-quinientos once, vecina de Alajuela, Alajuela, Río Segundo, para que
dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen a este Juzgado a hacer valer sus derechos, bajo
apercibimiento de que si así no lo hacen la herencia pasará a quien legalmente
corresponda. (Expediente N° 20-000056-0387-AG). Nota:
publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Agrario del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 10 junio 2020.—Francisco Javier
Castillo Acuña, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017.—( IN2020464163 ).
Se
emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera Soledad
Cruz Herra, mayor, soltera, empresaria, vecina de
Alajuela, cédula de identidad número: dos-cero ciento sesenta y dos-cero
setecientos noventa y dos, para que dentro del término de quince días contados
a partir de esta publicación se apersonen a este proceso a hacer valer sus
derechos, apercibidos que si no lo hacen dentro del plazo indicado la herencia
pasará a quien corresponda. Sucesión extrajudicial que se tramita como
actividad judicial no contenciosa ante la notaria
pública Johanna Isabel Meneses Ramírez, con oficina en Alajuela centro, de los
Tribunales de Justicia ciento cincuenta metros al norte.—Licda.
Johanna Isabel Meneses Ramírez, Notaria.—1 vez.—( IN2020464202 ).
Se hace saber que ante la notaria Eugenia
Delgado Vargas, se tramita la sucesión de quien en vida se llamó Miguel Ángel Ruphuy Mora, quien en fuera mayor, casado una vez,
pensionado bancario, vecino de San José, Barrio Pitahaya, Avenida tres bis,
calles veintiséis y veintiocho, cédula de identidad número seis - cero cincuenta
y cuatro - cuatrocientos ochenta y siete, se emplaza a todos los herederos,
legatarios, acreedores y demás interesados en el presente proceso, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto en el Boletín Judicial, comparezcan a hacer valer sus derechos
con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no
se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Igualmente se
hace saber que la notaría se encuentra situada en San José, San Vicente de
Moravia, Barrio La Guaria, de la Escuela Saint Joseph doscientos metros sur y
cincuenta metros oeste, Bufete Delgado y Asociados Abogados, Moravia a las doce
horas del doce de junio del dos mil veinte. Expediente uno- dos mil veinte.—Eugenia Delgado Vargas, Notaria.—1 vez.—(
IN2020464224 ).
Se hace saber en la notaria del Lic. Guillermo Carballo Pérez en la
ciudad de Limón, se tramita el proceso sucesorio extrajudicial notarial, de
quien en vida se llamó Angela Mericia Chavarría Espinoza,
mayor, vecina de Limón Vesta Valle La Estrella, cedula nueve cero cero cinco siete cero nueve cero seis, soltera. Se indica a
las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un
interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 2020-0002-JLDC. 13 de junio del 2020.—Lic. Guillermo
Carballo Pérez.—1 vez.—( IN2020464244 ).
Se emplaza a herederos y demás interesados en la sucesión de quien en
vida se llamó Edgar Méndez Granados, quien fue casado una vez, comerciante,
cédula N° 1 0287 0504, vecino de San José de
Alajuela, Barrio Santa Rita, contiguo al Templo Católico; para que, dentro del
plazo de quince, contados a partir de la publicación de este edicto, se
apersonen a mi notaría, situada en Alajuela, frente al costado norte del Parque
Central, contiguo a la Librería Metodista, en defensa de sus derechos,
apercibidos de que, si así no lo hicieren, la herencia pasará a quien
corresponda. Expediente N° 01-2020.—Lic. José Ricardo
Alvarado Jiménez, Notario Público.—1 vez.—(
IN2020464253 ).
A solicitud del albacea y heredero testamentario de la señora Guadalupe Acosta Mejías, mayor, casada una vez,
ama de casa, portadora de la cédula de identidad número dos-trescientos
cuarenta y cinco-cero treinta, se avisa que se ha iniciado el trámite de
sucesión. Cualquier persona que tenga interés en este sucesorio deberá
apersonarse en las oficinas del notario público licenciado Carlos Alberto
Arguedas Arias, dentro de los treinta días siguientes de la publicación de este
aviso, para lo que en derecho corresponda. Notario público con oficina abierta
en Puerto Viejo de Sarapiquí, cien metros al oeste de la oficina de Migración y Extranjería.
Notificaciones al correo gerardo.alvarado2177@gmail.com.—Lic. Carlos Alberto
Arguedas Arias, Notario.—1 vez.—( IN2020464254 ).
Se cita
y emplaza a todos los interesados en la sucesión
de Constantino Del Rosario Morales Barquero, quien murió a los setenta y seis años de edad en Central de Heredia, cédula nueve-cero cero veintinueve-cero
setecientos treinta y uno, para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos y se apercibe a quienes crean tener la calidad de herederos, que si no
se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría de Carlos Arguedas Arias, Expediente N° 19-000002.— Lic. Carlos Arguedas Arias, Notario.— 1 vez.—( IN2020464255 ).
Se hace saber en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Luis Fernando de Los Ángeles Coto Sandoval,
mayor, estado civil divorciado, nacionalidad Costa Rica, con documento de
identidad N° 0105200655, y vecino de Huacas de
Hojancha. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en
general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán
presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la
publicación de este edicto. Expediente Nº
20-000017-0390-CI-7.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial
de Guanacaste, Nicoya (Materia Civil), 05 de junio del 2020.—Licda.
Elizabeth Fallas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(
IN2020464257 ).
Se hace
saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Roy Alberto Segura Paniagua, mayor, estado civil Soltero,
profesión u oficio comerciante, nacionalidad Costa Rica, con documento de
identidad 0205850418 y vecino de Heredia, en Cristo Rey, del súper mercado, El
Toro, cien metros al este. Se indica a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que
deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de
la publicación de este edicto. Expediente N°
19-000043-1309-CI-7.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y
Violencia Domestica Sarapiquí (Materia Civil), 12 de agosto del año
2019.—César Roberto Delgado Montoya, Juez Decisor.—1
vez.—( IN2020464258 ).
Se cita
y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Honorato Venegas Arias,
cédula dos-doscientos ochenta y seis-doscientos cincuenta y siete, vecino de
Grecia, para que dentro del plazo de quince días
contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a esta notaría
en resguardo de sus derechos, apercibidos los que crean tener derecho a la
herencia, de que si no se presentan dentro de ese plazo, la herencia pasará a
quien corresponda. Se le previene a los interesados que en el acto de
apersonarse deben señalar medio para notificaciones. La Notaría se ubica en
Grecia, al costado oeste del Banco Nacional. Expediente 1-2020.—Ana Lorena
Umaña Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2020464264 ).
Se
emplaza a todos los interesados en la sucesión de José Francisco Mora Badilla, quien fuera mayor,
casado una vez, comerciante, cédula de identidad número uno-cuatrocientos
treinta y uno-ochocientos ochenta y cinco, quien falleció el día catorce de
abril de mil novecientos noventa y cuatro para que dentro de los quince días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a esta notaría
a reclamar sus derechos, y se apercibe además a las personas que crean tener la
calidad de herederos, que si no se presentan a esta notaría dentro del plazo
citado en aras de ejercer sus derechos, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente número 01-2020. Notario. Byron Vargas Vásquez, carné 12315, con oficina abierta en la ciudad de
Pérez Zeledón, San Isidro del General, 75 metros al sur del estadio.—Pérez
Zeledón, a las quince horas del día nueve de junio del dos mil veinte.—Lic.
Byron Vargas Vásquez, Notario
Público.—1 vez.—( IN2020464274 ).
Mediante
acta de solicitud de apertura otorgada ante esta notaría por Martín Alfonso
Abarca Cordero, cédula de identidad número tres-doscientos cincuenta y
cinco-ciento sesenta y cuatro, Blanca Rosa del Carmen Abarca Cordero, cédula de
identidad número tres-doscientos cuarenta y dos-quinientos setenta y seis,
vecina de Cartago, El Guarco, La Luchita, tres kilómetros al este de la escuela
del lugar, Adolfo Abarca Cordero, cédula de identidad número uno-cuatrocientos
treinta y uno-setecientos veinte, José Luis Abarca Cordero, cédula de identidad
número uno-cuatrocientos cincuenta y nueve-quinientos sesenta y siete, María
Cecilia Abarca Cordero, cédula de identidad número tres-doscientos
veintisiete-seiscientos cuarenta y nueve, y Eduardo Abarca Cordero, cédula de
identidad número uno-cuatrocientos tres-trescientos diecinueve, a las doce
horas del seis de junio del año dos
mil veinte y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto la
apertura del proceso sucesorio notarial ab intestato de quien en vida fue
Martín Gerardo de Jesús Abarca Cordero, cédula de identidad número tres-ciento
noventa y seis-cuatrocientos setenta y tres. Se cita y emplaza a todos los
interesados para que dentro del plazo máximo de quince
días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Ileana Hidalgo Somarribas.—San
José, Pérez Zeledón, San Isidro de El General de la esquina sureste de la
Catedral, cincuenta metros al sur, siete de junio dos mil veinte.—Licda. Ileana
Hidalgo Somarribas, Notaria.—1 vez.—( IN2020464276 ).
Se hace
saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio
testamentario de quien en vida se llamó Emilio Arias Ramírez, mayor,
divorciado, agricultor, costarricense, con documento de identidad 0202140721 y
vecino de Palmares. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras
y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán
presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la
publicación de este edicto. Expediente 20-000087-0296-CI-5.—Juzgado Civil y
Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 08
de junio del año 2020.—Lic. Jaime Eduardo Rivera Prieto, Juez.—1
vez.—( IN2020464286 ).
Mediante
acta de apertura otorgada ante la notaria Joselin
Pamela Granados Tames, en Cartago, San Francisco, Cocorí, trescientos metros oeste y veinticinco metros sur
de la plaza de deportes casa número 554, escritura número 192 otorgada a las
08:00 horas del 16 de febrero del 2020 por Agapita Abarca Abarca
y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso
sucesorio ab intestato de quién en vida fuera Felix
Miguel Apu Apu, quien en vida portó la cedula de
identidad número 5-0073-0833, fallecido el día 12 de mayo del 2007. Se cita y
emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince
días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Según lo establece el artículo
126.3 del Código Procesal Civil vigente en Costa Rica.—Cartago,
14 de junio del 2020.—Licda. Joselin Pamela Granados Tames, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2020464289 ).
Se cita
y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Flora Umaña Mora, mayor
divorciada, ama de casa, costarricense, con cédula
de identidad número uno cero ciento ochenta y seis cero setecientos setenta y
dos, vecina de San Jose, Desamparados, Gravilias,
Urbanización Las Gravilias, cien metros al este del Colegio de Gravilias y
veinte metros al sur primera casa a la izquierda en segunda alameda frente al
colegio de Gravilias. para que en el plazo de quince
días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer
valer sus derechos. Se previene a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presenta dentro del plazo dicho, la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente número cero
uno dos mil veinte sucesorio notarial. Licda. Mayra Mayela Cordero Sandí sito en San Jose,
Desamparados Gravilias casa número quinientos cuarenta y nueve, ciento
veinticinco metros al este del Colegio de Gravilias.—Licda.
Mayra Mayela Cordero Sandí,
Notaria.—1 vez.—( IN2020464301 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del
veintiséis de mayo de dos mil veinte, se abrió proceso sucesorio de quien en
vida fue José Alcides del Socorro Soto
Chacón conocido como Alicdes Soto Vega, quien en
vida fue mayor, casado dos veces, chofer, vecino de San José, Guadalupe, de la
antigua pulpería La Nena cincuenta metros al este, cédula de identidad número
tres cero doscientos setenta y cuatro cero cuatrocientos veinticuatro.—San
José, quince de junio de dos mil veinte.—Licda. Trilby
María Washington Cummings, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2020464316 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Emilia María Gamboa Quesada, mayor,
soltera, licenciada en Trabajo Social, costarricense, con documento de
identidad N° 0303240096 y vecina de Paraíso
de Cartago. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general
a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a
gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este
edicto. Expediente N° 20-000278-0640-CI-1.—Juzgado
Civil de Cartago, 02 de junio del 2020.—Licda. Marlen Solís Porras, Jueza Decisora.—1
vez.—( IN2020464321 ).
Se hace
saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Dilhana Marcela Oviedo Segura, mayor,
estado civil Casada, profesión u oficio Administradora Educativa, nacionalidad
costarricense, con documento de identidad 0401680906 y vecina de Heredia,
Barva, Barva. -Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en
general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán
presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la
publicación de este edicto-. Expediente Nº
20-000051-1630-CI-5.—Juzgado Civil de Heredia, 05 de junio del año
2020.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—(
IN2020464342 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión Mercedes
Aguirre Aguirre, mayor, soltera, cédula de identidad
seis-cero cero tres uno-cero cero ocho siete, vecina de Puntarenas, Fray
Casiano, de la plaza de los tanques, setenta y cinco metros oeste, casa color
verde, fallecida el tres de septiembre del dos mil trece, para que dentro del
plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezca a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad
de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a
quién corresponda. Expediente 0001-2020.—El Roble, Puntarenas, 15 de junio de
dos mil veinte.—Lic. Andrea Villalobos Sánchez,
Notaria.—1 vez.—( IN2020464345 ).
Se hace
saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Arturo Solís Solís, mayor, estado civil
casado, profesión agricultor, nacionalidad
costarricense, con documento de identidad uno cero dos tres cero cero dos cinco nueve y vecino de Pérez Zeledón, El General,
del abastecedor El General 300 metros este. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado
a partir de la publicación de este edicto. Expediente 19-000203-0188-CI-0.—Juzgado
Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón)
(Materia Civil), 07 de mayo del año 2020.—Lic. José Celso Fernández
Delgado, Juez.—1 vez.—( IN2020464350 ).
Se cita
y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera Douglas
Patrick Jones, de un único apellido Jones, en razón de su nacionalidad
estadounidense, mayor, casado una vez, con pasaporte número cuatro nueve cinco uno
cinco nueve dos cuatro cero y cédula de residencia permanente número uno ocho
cuatro cero cero uno cuatro tres siete uno uno tres, vecino de Ojochal, Osa, Puntarenas, fase diez,
lote diecinueve, para que comparezcan ante la Notaría de la Licda. Vilma Acuña
Arias, ubicada en la ciudad de Bahía Ballena, Osa, provincia de Puntarenas
ochocientos metros Sur del Banco Nacional de Costa Rica, edificio color gris a
mano derecha V&M Associates a hacer valer sus
derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se
presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Se
hace constar que el horario de esta notaría es de las nueve horas a las doce
horas y de las trece horas a las dieciséis horas. Expediente Nº cero cero uno-dos mil veinte.—Licda. Vilma Acuña Arias, Notaria.—1 vez.—(
IN2020464352 ).
Se cita y emplaza a todas las personas que
tuvieren interés en el depósito de las personas menores de edad Itam Selim Ramos Rivera y Rafael Tobías Ramos Rivera, para que se apersonen a este
Juzgado dentro del plazo de treinta días que
se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado, expediente N° 20-000662-0292-FA. Clase de asunto actividad judicial no
contenciosa.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a las quince horas y treinta y siete minutos del veintinueve de mayo de dos
mil veinte, 29 de mayo del año 2020.—Msc. Luz
Amelia Ramírez Garita, Jueza Decisora.—O.C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017.—( IN2020463939 ). 3 v. 2.
Se cita y emplaza a todas
las personas que tuvieren interés en el depósito de las personas menores
Francisco Danile Picado Ramírez y Juan David Picado
Ramírez, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días
que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado.
Expediente N° 19-002083-0292-FA. Clase de asunto
depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, a las dieciséis horas y siete minutos del
veintiocho de enero de dos mil veinte, 28 de enero del 2020.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—O.
C. N° 364-12-2020.—Solicitud N°
68-2017.—( IN2020463946 ). 3 v. 2.
Licda. Johanna Vargas Hernández, Jueza del
Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Quepos (Materia
familia); hace saber a Jefferson Antonio Vásquez
Pérez, documento de identidad N°
0604040256, operario(a) industrial, vecino de domicilio desconocido, que en
este Despacho se interpuso un proceso depósito judicial a favor de sus hijos Jeferson Vásquez Aguilar y
Ahitana Aguilar Parra, en su contra, bajo el
expediente número 20-000113-1591-FA donde se dictaron las resoluciones que
literalmente dicen: “.... Expediente: N° 20-000113-1591-FA-8;
proceso: depósito judicial, promotor: Patronato Nacional de
la Infancia, a favor de: Jeferson
Vásquez
Aguilar y Ahitana Aguilar
Parra, contra: Jefferson Antonio Vásquez Pérez y Glenda Jahaira
Aguilar Parra; Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Quepos
(Materia familia). A las diez horas y cuarenta y tres minutos del ocho de junio
de dos mil veinte. De las presentes diligencias de depósito de los menores Jeferson Vásquez Aguilar y
Ahitana Aguilar Parra, promovidas por el Patronato
Nacional de la Infancia, se confiere traslado por cinco días hábiles a los
accionados Glenda Jahaira Aguilar Parra y Jefferson
Antonio Vásquez Pérez, este último por medio de su curador procesal Carlos
Alberto Aguilar Vargas. A quienes se les previene que en el primer escrito que
presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del
28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20,
del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008,
en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos,
por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes
a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos
y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir
nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión
en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir
notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder
Judicial, http://www.poder-judicial. go.cr Si desea más información contacte al
personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por
haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de
Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007,
artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser
personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta
con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar
de residencia. Nombramiento de curador procesal: siendo que el co-accionado Jefferson Antonio Vásquez Pérez, no cuenta con
domicilio conocido y tampoco con apoderado al efecto que le represente, se
nombra como su curador al Lic. Carlos Alberto Aguilar Vargas, a quien se le
hace ver que debe aceptar el cargo en el plazo de cinco días hábiles, además de
contestar la presente acción en los términos señalados líneas arriba, so pena
de que su silencio u omisión significará la revocatoria inmediata de su cargo
sin ulterior resolución que así lo comunique, además de realizar la denuncia
pertinente ante la unidad administrativa. Medida cautelar: atendiendo el
interés superior de las personas menores de edad aquí involucradas, se deposita
judicialmente a las personas menores de edad Jeferson
Vásquez
Aguilar y Ahitana
Aguilar Parra, en el recurso familiar de su abuela materna Sonia Parra Campos,
quien deberá aceptar el cargo conferido en el plazo de cinco días hábiles,
aceptación que deberá realizar en las oficinas administrativas del Patronato
Nacional de la Infancia, aceptación que deberá dicho ente hacer llegar a este
proceso. Notifíquese esta resolución, personalmente o por medio de cédulas y
copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. -Artículo
19 de la Ley de Notificaciones Judiciales-. Para estos efectos, se comisiona a
la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones; Quepos, a
efecto de que notifique a la accionada Glenda Jahaira
Aguilar Parra, vecina de Quepos, Damas, Proyecto Fátima, segunda entrada, casa
número A-19, color rojo. Y a la depositaria judicial Sonia Parra Campos, vecina
de Quepos, Damas, Proyecto Fátima, cuarta entrada, casa número C-23. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o
edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del funcionario
notificador, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Por medio de edicto,
que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se
cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se
apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la
última publicación del edicto ordenado. Notifíquese. Licda. Johanna Vargas
Hernández, Jueza de Familia.- Lo anterior se ordena
así en proceso depósito judicial a favor de sus hijos Jeferson Vásquez Aguilar y Ahitana
Aguilar Parra de Patronato Nacional de la Infancia sede de Quepos contra Glenda
Jahaira Aguilar Parra, Jefferson Antonio Vásquez Pérez; expediente Nº 20-000113-1591-FA. Nota: publíquese este edicto por única
vez en el Boletín
Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a
correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado
Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Quepos (Materia familia),
08 de junio del año 2020.—Licda. Johanna Vargas Hernández, Jueza Decisora.—O.C.
Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº
68-2017.—( IN2020463921 ). 3
v. 1.
Se convoca por medio de
edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas
que tuvieran derecho a la tutela legitima de la persona menor de edad Isaac
Andrés Solano Herrera, por haber sido nombradas en testamento o ya por
corresponderles de manera legítima, para que, se presenten dentro del plazo de
quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto.
Expediente N° 20-000120-0673-NA. Proceso: Tutela
Institucional. Promovente: Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado
de Familia, de Niñez y Adolescencia, 03 de junio del 2020.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—O.
C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº
68-2017.—( IN2020464168 ). 3
v. 1.
Se convoca por medio de
edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas
que tuvieran derecho a ejercer la tutela de las personas menores Josua Andrés González Sosa y Sneider
Matías Sosa Guzmán quienes se encuentran declarados judicialmente en estado de
abandono, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a
partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente N° 20-000163-0928-FA. Proceso Tutela Dativa. Promovente:
Patronato Nacional de la Infancia Cañas.—Juzgado de
Familia, Penal Juvenil y Violencia Domestica de Cañas (Materia Familia),
fecha, 12 de junio del año 2020.—Lic. Luis Fernando Suarez Jiménez, Juez.—O. C.
Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2020464269 ). 3 v. 1.
Se
avisa que en el Juzgado de Familia y contra la Violencia Doméstica del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón en el expediente número
20-000191-0688-FA, Luis Enrique Carranza Abarca y María de Los Ángeles
Rosales Valerio solicitan se apruebe la adopción conjunta con cambio de nombre
de la persona menor José Dónald Espinoza Morales. Se
concede a las personas interesados el plazo de cinco días para formular
oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y
se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Nota: publíquese este
edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de
circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr a partir de la publicación.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del
Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Familia), 23 de abril del año 2020.—Msc.
Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza Tramitadora.—1
vez.—( IN2020454100 ).
Se
avisa, al señor Joseph Fleurissois Exama, mayor de edad, nacionalidad haitiana, pasaporte
número PP1071638, de domicilio y de demás calidades
desconocidas, representado por el curador a procesal licenciada Melani de los
Ángeles Campos Bermúdez, se le hace saber que existe proceso Nº 18-000190-0673-NA de declaratoria judicial de abandono
de la persona menor de edad Mailyn Sofía Exama Valverde, establecido por el Patronato Nacional de la
Infancia en contra de Ingrid Marcela Valverde Monge y Joseph Fleurissois Exama, que en
resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, a las trece horas cincuenta minutos del catorce de
noviembre del dos mil dieciocho, que en lo conducente dice: se le concede el
plazo de cinco días a dicho accionad o para que se pronuncie sobre la misma y
ofrezca n prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos
121 y 122 del Código de Familia. Se les advierte a los accionados que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su
curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código
de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Msc Milagro Rojas Espinoza.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 02 de
junio del 2020.—M.Sc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017.— ( IN2020464087 ).
Se
avisa a Juan Carlos García Blanco, mayor de edad, documento de identificación N° 155816643927, de domicilio y de demás calidades
desconocidas, representado por el curador procesal licenciado Juan Alberto Román Moya, que en este despacho se dictó dentro
del expediente N° 18-000585-0673-NA
establecido por Tenell Glen Rhodes, la sentencia que
en lo que interesa dice: sentencia N° 2020000401.
Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las
diez horas y nueve minutos del cinco de junio de dos mil veinte. Resultando:
I…, II…, III…, Considerando: I. Hechos Probados… II. Sobre el fondo: … Por
tanto: con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la Convención Sobre
los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la
Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara
con lugar la demanda de declaratoria de abandono con fines de adopción de el
joven Sofía de los Ángeles García Morales. Se extingue a su padre Juan Carlos García Blanco el ejercicio de la patria potestad.
Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil,
provincia de San José, al tomo dos mil ciento
diecinueve, folio doscientos sesenta y cinco, asiento quinientos treinta. Se
resuelve sin especial condena en costas. Publíquese el edicto respectivo. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer
Circuito Judicial de San José, 05 de junio 2020.—Msc.
Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº
68-2017.—( IN2020464088 ).
Se avisa, a los señores Alejandra Carolina Calero y Jorge Luis Rojas,
ambos mayores, de domicilio desconocido, y representados por el curador
procesal licenciado Belisario Antonio Solano Solano,
se le hace saber que existe proceso N°
18-000709-0673-NA de suspensión de patria potestad de las persona s menores de
edad Keyla Carolina Calero Calero y Juan David Rojas
Calero establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de
Alejandra Carolina Calero y Jorge Luis Rojas, que en resolución dictada por el
Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José a las
nueve horas y diecinueve minutos del veinte de noviembre de dos mil dieciocho,
que en lo conducente dice: se le concede el plazo de diez días a dichos
accionados para que se pronuncien sobre la misma y ofrezcan pruebas de descargo
si es del caso de conformidad con los artículos 158 y 159 del código de
familia. Se les advierte a los accionados que si no
contesta n en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia
oral y privada, y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese.
Licenciada. Nelda Jiménez Rojas. Teléfono 2295-3115.—Juzgado de Niñez y
Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de junio de 2020.—Master. Luis Fernando Jacobo Portuguez,
Juez.—Luis Fernando Jacobo Portuguez.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017.—( IN2020464089 ).
Se avisa, al señor Carlos Alberto Oviedo Leitón, mayor de edad,
portador de la cédula de identidad 1-1293-0852, de demás calidades y domicilio
desconocidos, Fabiola Patricia Mora Martínez, mayor de edad, portadora de la
cédula de identidad 2-0780-0250, de demás calidades y domicilio desconocidos y
José Ángel León Salazar, mayor de edad, portador de la cédula de identidad
1-1285-0904, de demás calidades y domicilio desconocidos representada por la
curador a procesal licenciada Zulma Margarita Reyes Zúñiga, se le hace saber
que existe proceso N° 18-000733-0673-NA de suspensión
de patria potestad de las personas menores de edad Donovan Jonaykel
León Mora, Jantua Jesús León Mora y Jerlyn Yanyl Oviedo Mora
establecido por el Patronato Nacional de la infancia en contra de Carlos
Alberto Oviedo Leitón, Fabiola Patricia Mora Martínez y José Ángel León Salazar
, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez Y Adolescencia del Primer
Circuito Judicial de San José, a las quince horas y cuatro minutos del
veintitrés de noviembre de dos mil dieciocho, que en lo conducente dice: Se le
concede el plazo de diez días para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca
prueba de descargo si es del caso de conformidad con el artículo 305 del Código
Procesal Civil. Se le advierte a la accionada que, si no contesta en el plazo
dicho, el proceso seguirá su curso, de oficio se le declarará rebelde y se
tendrá por contestada afirmativamente la demanda en cuanto a los hechos.
Notifíquese. Msc Milagro Rojas Espinoza.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de
junio del 2020.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O.C N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017.—( IN2020464108 ).
Se avisa a Tayron Jafeth Arguedas Cruz, mayor
de edad, portador de la cédula de identidad 1-1769-0356, de demás calidades y
domicilio desconocidos, representado por el curador procesal licenciado Gerardo
Sánchez Rodríguez, que en este despacho se dictó dentro del expediente Nº 18-000759-0673-NA de suspensión de patria potestad
establecido por el licenciado Jonathan Castro Montero en calidad de
representante legal del Patronato Nacional de la Infancia, la sentencia que en
lo que interesa dice: Sentencia Nº 2020000392.
Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las
ocho horas y cuarenta y dos minutos del dos de junio de dos mil veinte.
Resultando: I.—…, II.—…, III.—… Considerando:
I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:…, III.—… Por tanto: Por lo expuesto,
la doctrina y normas legales citadas, se declara con lugar la presente demanda
de suspensión de patria potestad de la persona menor de edad Josabat Arguedas Cordero. Se suspende a los señores Kianny Ersileni Cordero Chaves y Tayron Arguedas Cruz en el ejercicio de la patria potestad.
Se ordena mantener el depósito judicial de la persona menor de edad Josabat Arguedas Cordero en el hogar de la señora Marlen Montiel Hernández, debiendo apersonarse dentro de
tercer día a aceptar el cargo. Inscríbase esta sentencia en la Sección de
Nacimientos del Registro Civil, provincia de San José, al tomo dos mil
doscientos setenta, folio doscientos veintinueve, asiento cuatrocientos
cincuenta y siete. Se resuelve sin especial condena en costas. Publíquese el
edicto respectivo. Notifíquese. M.Sc. Milagro Rojas
Espinoza, Jueza.—Juzgado de Niñez y Adolescencia
del Primer Circuito Judicial de San José, 02 de junio del 2020.—M.Sc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017.—( IN2020464109 ).
Se avisa a María Hernández Calero, mayor de edad, nacionalidad
nicaragüense, de domicilio y de demás calidades desconocidas, representados por
el curador procesal Licenciado Belisario Solano Solano,
que en este despacho se dictó dentro del expediente N°
18-000834-0673-NA establecido por la Licenciada Luanis
Pons Rodríguez en calidad de Representante Legal del Patronato Nacional de la
Infancia, la sentencia que en lo que interesa dice: sentencia N° 2020000395. Juzgado de Niñez y Adolescencia Del Primer
Circuito Judicial De San José, a las nueve horas y catorce minutos del tres de
junio de dos mil veinte. Resultando: I…, II…, III…, Considerando: I…. Respecto a la excepción de falta
de derecho..., II…. Hechos probados…III…Sobre el fondo…Por tanto: Con
fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la Convención Sobre los Derechos
del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia,
160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la
demanda de declaratoria de abandono con fines de adopción de la persona menor
de edad Jose Elías Hernández Calero. Se rechaza la
excepción presentada. Se extingue a su madre María Hernández Calero, el
ejercicio de la patria potestad. Se ordena mantener el depósito judicial de la
persona menor de edad Jose Elías Hernández Calero,
con el ente actor, debiendo su representante legal apersonarse dentro de
tercero día a aceptar el cargo. Inscríbase esta sentencia en la Sección de
Nacimientos del Registro Civil en la Sección de Nacimientos del Registro Civil,
Partido de San José, al tomo dos mil ochenta y cuatro, folio ciento cuarenta y
tres, asiento doscientos ochenta y cinco. Sin especial condenatoria en costas.
Publíquese el edicto respectivo. Notifíquese. Msc.
Milagro Rojas Espinoza. Jueza.—Juzgado de Niñez y
Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de junio del
2020.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017.—( IN2020464110 ).
Se
avisa, a los señores Alejandro Jesús Artavia Román y Evelyn Natalia León
Badilla, quienes son mayores, de domicilio desconocido, representados por la
curadora procesal Licenciada Ingrid María Abraham Soto, se le hace saber que
existe proceso N° 19-000144-0673-NA de declaratoria
judicial de abandono de la persona menor de edad Isaac Jesús Artavia León
establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Alejandro
Jesús Artavia Román y Evelyn Natalia León Badilla, que en resolución dictada
por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José,
a las catorce horas y siete minutos del treinta y uno de julio de dos mil
diecinueve, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a
dicha accionada para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca n prueba de
descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código
de Familia. Se le advierte a la accionada que, si no contesta en el plazo
dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme
con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se
dictará sentencia. Notifíquese. Msc. Milagro Rojas Espinoza.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer
Circuito Judicial de San José, 03 de junio de 2020.—Master Luis Fernando
Jacobo Portuguez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N°
68-2017.—( IN2020464111 ).
Se avisa a la señora Ana Mayela Franco Carrillo, mayor, costarricense,
con el documento de identidad número 503360897, de domicilio y demás calidades
desconocidas, que en este juzgado se tramita el expediente 19-000152-0673-NA,
correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas
por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el
depósito de la persona menor de edad Leandro Damián Sandí Franco. Se le concede el
plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en
estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia
del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de Junio de 2020.—Lic. Luis
Fernando Jacobo Portuguez, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº
68-2017.—( IN2020464120 ).
Se avisa, al señor Greivin Montero López, mayor de edad, portador de la
cédula de identidad N° 1-1473-0500, de domicilio y de
demás calidades desconocidas, representada por la curador a procesal licenciada
Ligia María López Alvarado, se le hace saber que existe proceso N° 19-000167-0673-NA
de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Yoselyn Hayde
Montero Valverde establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra
de Greivin Francisco Montero Pérez e Ingrid Marcela Valverde Monge, que en
resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, a las diez horas y cincuenta y seis minutos del dos de
mayo de dos mil diecinueve, que en lo conducente dice: se le concede el plazo
de cinco días a dichos accionad os para que se pronuncie sobre la misma y
ofrezca prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121
y 122 del Código de Familia. Se les advierte a los accionados que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su
curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código
de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese.
Licda. Nelda Jiménez Rojas.—Juzgado de Niñez
y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San
José, 01 de junio del 2020.—Msc. Milagro Rojas
Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017.—( IN2020464121 ).
Se avisa a José Luis Gutiérrez Moreno, mayor, costarricense, con el
documento de identidad número 114940371, que en este juzgado se tramita el
expediente 20-000320-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de
depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde
se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Elienai
Gutiérrez Ramírez, Kenai Gutiérrez Ramírez y Dante
Andrés Ramírez Ramírez. Se le concede el plazo de
tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer
Circuito Judicial de San José, 11 de junio de 2020.—Lic. Luis Fernando
Jacobo Portuguez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N°
68-2017.—( IN2020464122 ).
Se
avisa que, en este Despacho José Enrique Sánchez Chaverri, solicita se apruebe
la adopción individual de la persona menor de edad Laura Vanessa Venegas
Sánchez. Se concede a todas las personas interesadas directas el plazo de cinco
días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de
su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.
Expediente N° 20-000339-0673-NA.—Juzgado
de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 29 de
mayo del año 2020.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud
N° 68-2017.—( IN2020464123 ).
Se avisa al señor Carlos Alberto Solano Gómez, mayor, costarricense,
portador del documento de identidad Nº 1-1611-0013,
de domicilio y demás calidades desconocidas, que en
este Juzgado, se tramita el expediente 19-000194-0673-NA, correspondiente a
diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato
Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la
persona menor de edad Emily Valeria Solano Gutiérrez. Se le concede el plazo de
tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer
Circuito Judicial de San José, 29 de mayo de 2020.—M.Sc.
Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº
68-2017.—( IN2020464128 ).
Se avisa, a los señores Karol
Vanessa Granados Buchanan, mayor, de domicilio desconocido y Gerson Daniel
Fallas Romero, mayor, de domicilio desconocido, mismos representados por la
curadora procesal Licenciada Viviana Melissa Vargas Téllez, se le hace saber que existe proceso N° 19-000618-0673-NA de declaratoria judicial de abandono
de la persona menor de edad Elías Fallas Granados establecido por el Patronato
Nacional de la Infancia en contra de Karol Vanessa
Granados Buchanan y Gerson Daniel Fallas Romero, que en resolución dictada por
el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a
las ocho horas y doce minutos del diecisiete de setiembre de dos mil
diecinueve, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a
dicha accionad a para que se pronuncie sobre la misma y ofrezcan prueba de
descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la
accionada que, si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso
con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de
Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Licda. Ana Cristina Dittel
Masis.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 03
de junio de 2020.—Master Luis Fernando Jacobo Portuguez,
Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017.—(
IN2020464130 ).
Se
avisa, al Israel David Poveda Elizondo, cédula de identidad
N°
0111650741, de domicilio y de demás calidades desconocidas y Nicole María Diaz Baltodano, cédula de identidad
N°
0112400588, de domicilio y de demás calidades desconocidas, representados por
el curador procesal licenciado Gerardo Sánchez Rodríguez, se le hace saber que
existe proceso N° 19-000629-0673-NA de
suspensión de patria potestad de las personas menores de edad Santiago David
Poveda Díaz y Steven Eduardo Poveda Díaz establecido por el Patronato Nacional
de la Infancia en contra de Israel David Poveda Elizondo y Nicole María Díaz Baltodano, que en resolución dictada por
el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a
las catorce horas y treinta y uno minutos del dos de setiembre del dos mil
diecinueve, que en lo conducente dice: Se le concede el plazo de diez días para
que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de
conformidad con el artículo 305 del Código Procesal Civil. Se le advierte a la
accionada que, si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso,
de oficio se le declarará rebelde y se tendrá por contestada afirmativamente la
demanda en cuanto a los hechos. Notifíquese. Msc
Milagro Rojas Espinoza.—Juzgado de Niñez y
Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de junio del
2020.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017.—( IN2020464131 ).
Se avisa, al señor Carlos Eduardo Ulloa Chaverri, mayor, de domicilio
desconocido, mismo representada por el curador procesal licenciado Eduardo
Robert Cruz Ramírez, se le hace saber que existe proceso N°
19-000653-0673-NA de suspensión de patria potestad de las personas menores de
edad Daniel Esteban Ulloa Morales y Génesis Alejandra Ulloa
Morales establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de
Carlos Eduardo Ulloa Chaverri, que en resolución dictada por el Juzgado de
Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José a las once horas
y cuarenta minutos del dieciséis de octubre de dos mil diecinueve, que en lo
conducente dice: se le concede el plazo de diez días a dicho accionad o para
que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de
conformidad con los artículos 158 y 159 del Código de Familia. Se le advierte
al accionado que, si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso
con una audiencia oral y privada, y una vez recibida la prueba se dictará
sentencia. Notifíquese. Licenciada Diana Patricia Rojas Elizondo.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de
junio de 2020.—Master Luis Fernando Jacobo Portuguez,
Juez.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017.—( IN2020464132 ).
Se avisa, a los señores Jairo Alonso Cortes Ortega, mayor, de domicilio
desconocido y María Luisa Mena Carmona, mayor, de domicilio desconocido, mismos
representados por el curador procesal Licenciado Walter Habid
Ardón Sánchez, se le hace saber que existe proceso N°
19-000656-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de
edad Dominic Jariel Cortes
Mena establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Jairo
Alonso Cortes Ortega y María Luisa Mena Carmona, que en resolución dictada por
el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José a
las nueve horas y treinta y siete minutos del dieciocho de setiembre de dos mil
diecinueve, que en lo conducente dice: Se le concede el plazo de cinco días a dicha accionada para
que se pronuncie sobre la mismas y ofrezcan prueba de descargo si es del caso
de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le
advierte a la accionada que, si no contesta en el plazo dicho, el proceso
seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123
del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia.
Notifíquese. Licda. Ana Cristina Dittel Masis.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer
Circuito Judicial de San José, 03 de junio de 2020.—Master. Luis Fernando
Jacobo Portuguez, Juez.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud
N° 68-2017.—( IN2020464133 ).
Se
avisa, a la señora Heydi Sánchez
Carcache, mayor, de domicilio desconocido, misma
representada por la curadora procesal Licenciada Tanya Francelia Zamora Simón, se le hace saber que existe proceso N° 19-000670-0673-NA de suspensión de patria potestad de
la persona menor de edad Luis Guillermo Sánchez Carcache
establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Heydi Sánchez
Carcache, que en resolución dictada por el Juzgado de
Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José a las diez horas
y seis minutos del veintitrés de octubre de dos mil diecinueve, que en lo
conducente dice: Se le concede el plazo de diez días a dicha accionad a para
que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de
conformidad con los artículos 158 y 159 del Código de Familia. Se le advierte a
la accionada que, si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso
con una audiencia oral y privada, y una vez recibida la prueba se dictará
sentencia. Notifíquese. Licda. Diana Patricia Rojas Elizondo.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer
Circuito Judicial de San José, 10 de junio de 2020.—Lic. Luis
Fernando Jacobo Portuguéz, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017.—( IN2020464134 ).
Se avisa al señor Juan Pablo Chaves Arias, mayor, costarricense,
portador del documento de identidad N° 1-1066-0800,
de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este
Juzgado, se tramita el expediente 19-000737-0673-NA, correspondiente a
diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato
Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la
persona menor de edad Catherine Priscilla Chaves Hidalgo. Se le concede el
plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en
estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia
del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de junio de 2020.—MSc. Luis Fernando Jacobo Portuguez,
Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017.—( IN2020464135 ).
Se
avisa, a la señora Flor María
Mena Sánchez, mayor, de domicilio desconocido, misma representada por el
curador procesal Licenciado Juan Carlos Solano García, se le hace saber que existe proceso N° 19-000760-0673-NA de suspensión de patria potestad de
las personas menor es de edad Daniel Manuel Mena Sánchez, Steicy
Daniela Segura Mena y Esteban Andres Segura Mena establecido por el Patronato
Nacional de la Infancia en contra de Flor María
Mena Sánchez, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia
del Primer Circuito Judicial de San José a las diez horas y diecinueve minutos
del veintiuno de octubre de dos mil diecinueve, que en lo conducente dice: Se
le concede el plazo de diez días a dicha accionada para que se pronuncie sobre
la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de conformidad con los
artículos 158 y 159 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que,
si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia
oral y privada, y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese.
Licenciada. Diana Patricia Rojas Elizondo.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, 10 de junio de 2020.—Master Luis
Fernando Jacobo Portuguéz, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017.—( IN2020464140 ).
Se
avisa a los señores Viviana Paola Ledezma Cascante, mayor, costarricense, con
el documento de identidad número 113340508, de domicilio y demás calidades
desconocidas y a Celso Alberto Vargas Arias, mayor, costarricense, con el
documento de identidad número 112440653, de domicilio y demás calidades
desconocidas, que en este juzgado se tramita el expediente 19-000766-0673-NA,
correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas
por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el
depósito de la persona menor de edad Daniuska Sabrina
Vargas Ledezma. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que
manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de
junio de 2020.—Lic. Luis Fernando Jacobo Portuguez,
Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017.—( IN2020464141 ).
Se avisa, a la señora Lucila Jeanneth Caballero Bárcenas, nacionalidad
nicaragüense, documento de identidad número C02019240, de domicilio y de demás
calidades desconocidas, representada por la curador a procesal Licenciada
Johanna Patricia Vargas Marín, se le hace saber que existe proceso N° 19-000862-0673-NA de declaratoria judicial de abandono
de la persona menor de edad Ismael Kalen Caballero
Bárcenas establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de
Lucila Jeanneth Caballero Bárcenas, que en resolución dictada por el Juzgado de
Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las diez horas
y treinta y dos minutos del dos de
diciembre de dos mil diecinueve, que en lo conducente dice: Se le concede el
plazo de cinco días a dicha accionad a para que se pronuncie sobre la misma y
ofrezca prueba de descargo si es del
caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte
a la accionada que, si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su
curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código
de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Msc Milagro Rojas Espinoza.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José,
05 de junio del 2020.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017.—( IN2020464142 ).
Se
avisa a los señores Antonio García Vega, mayor, costarricense, con el documento
de identidad N° 108390519, de domicilio y
demás calidades desconocidas y Yorleny Vega Cruz, mayor, costarricense, con el documento de identidad N°
109240601, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este juzgado se
tramita el expediente N° 19-000873-0673-NA,
correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas
por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el
depósito de la persona menor de edad Leandro Moisés García Vega. Se le concede
el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga
en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y
Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de junio del 2020.—Lic. Luis Fernando Jacobo Portuguéz, Juez.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017.—( IN2020464147 ).
Se
avisa, a la señora Sharlyn Julissa Herrera Araya,
mayor, de domicilio desconocido, misma representada por el curador procesal
licenciado William Jorge De La Castro Muñoz, se le hace saber que existe
proceso N° 19-000897-0673-NA de suspensión de patria
potestad de la persona menor de edad Ashlyn Valentina
Herrera Araya establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de
Sharlyn Julissa Herrera Araya, que en resolución
dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de
San José a las ocho horas y veinticinco minutos del cinco de diciembre de dos
mil diecinueve, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de diez días
a dicha accionada para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de
descargo si es del caso de conformidad con los artículos 158 y 159 del Código de Familia. Se le advierte a la
accionada que, si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con
una audiencia oral y privada, y una vez recibida la prueba se dictará
sentencia. Notifíquese. Licenciada. Nelda Jiménez Rojas.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de San José, 10 de junio de 2020.—Master Luis Fernando Jacobo Portuguez,
Juez.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017.—( IN2020464148 ).
Se
avisa a la señora Isabel Díaz Pérez, mayor, costarricense, con el documento de
identidad número 113920386, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en
este juzgado se tramita el expediente 19-000910-0673-NA, correspondiente a
diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por el Patronato
Nacional De La Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las
personas menores de edad Ángel Isabel Hernández Díaz y Kisha Rachira Hernández Díaz. Se le concede el plazo de tres días
naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer
Circuito Judicial de San José, 28 de mayo de 2020.—Msc.
Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N°
68-2017.—( IN2020464149 ).
Se avisa, al señora Karla Herdocia Delgado,
mayor, de domicilio desconocido, misma representada por el curador procesal
Licenciado Cesar Antonio Hines Céspedes, se le hace
saber que existe proceso N° 19-000972-0673-NA de
declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Andrea de Los
Ángeles Herdocia Delgado establecido por el Patronato
Nacional de la Infancia en contra de Karla Herdocia
Delgado , que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de San José a las ocho horas y diecinueve minutos del
veintiuno de enero de dos mil veinte, que en lo conducente dice: Se le concede
el plazo de Cinco Días a dicha accionada para que se pronuncie sobre la misma y
ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121
y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que, si no contesta
en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada
conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba
se dictará sentencia. Notifíquese. Licda. Nelda Jiménez Rojas.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de
junio de 2020.—Lic. Luis Fernando Jacobo Portuguez,
Juez.—1 vez.—O.C N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017.—( IN2020464150 ).
Se avisa a la señora Diandra Maoli Góngora Mesén, mayor,
costarricense, con el documento de identidad número 116000076, de domicilio y
demás calidades desconocidas, que en este juzgado se tramita el expediente N° 19-000988-0673-NA, correspondiente a diligencias no
contenciosas de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la
Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de
edad Maoly Martínez Góngora. Se le concede el
plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en
estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia
del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de junio de 2020.—Lic. Luis
Fernando Jacobo Portuguez, Juez.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº
68-2017.—( IN2020464155 ).
De la solicitud de Adopción Conjunta promovida por Luz Abigaíl Rodríguez Murillo y
Misael Enrique Robleto Picado a favor del menor de edad Jordán Uriel Rodríguez
Murillo, se da aviso a todas aquellas personas que con
interés contrario a la adopción se apersonen formulando sus oposiciones
mediante escrito, dentro del plazo de cinco días, en el cual expondrán los
motivos de inconformidad con indicación expresa de las pruebas en que
fundamentan su oposición. Expediente Nº
19-001054-1302-FA.—Juzgado de Familia del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, 03 de junio del año 2020.—Licda. Sandra
Saborío Artavia, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017.—( IN2020464157 ).
Licenciada
Yuliana Andrea Ugalde Zumbado, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, a Joseph Obryan,
proceso de divorcio, expediente N° 19-001145-1302-FA,
incoado por Candy María Valenciano Jiménez, se ordena notificarle por edicto,
la sentencia que en lo conducente dice: N° 2020000532
dictada a las diez horas y treinta y nueve minutos del veintinueve de mayo de
dos mil veinte, por tanto: dice: por tanto: En virtud de lo expuesto y
normativa citada se declara con lugar la presente demanda y en consecuencia se
decreta disuelto el vínculo matrimonial que une a Candy María Valenciano
Jiménez, mayor, cédula de identidad número 2-707378, contra Joseph Obryan. Gananciales: No existen bienes gananciales que
liquidar. No obstante, de lo anterior, cada cónyuge conserva su derecho a
participar en la mitad del valor neto de los
bienes gananciales que se constaten en el patrimonio del otro con apariencia de
bien ganancial y que no fueron informados en este proceso, lo cual se
determinará en la etapa de ejecución de fallo a petición de la parte
interesada. Bienes no gananciales: No es bien ganancial el inmueble inscrito
matrícula 2-369337-000; Alimentos entre cónyuges: Se exime a ambas partes de
cobrarse pensión alimentaria recíprocamente. Se ordena la inscripción de lo
aquí dispuesto los asientos respectivos de la Sección Matrimonios número 401132270453.
Sin especial condenatoria en costas. Notifíquese.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela.—Msc.
Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N°
68-2017.—( IN2020464158 ).
Se
avisa a la señora Jessy Andrea Cisneros Valverse,
mayor, costarricense, documento de identificación N°
1-1250-0974, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado,
se tramita el expediente N° 20-000014-0673-NA,
correspondiente a Diligencias no contenciosas de Depósito Judicial, promovidas
por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el
depósito de las personas
menores de edad Santiago Alvarado Cisneros y Taylor Isaac Miranda
Cisneros. Se le concede el plazo de TRES DÍAS naturales, para que manifieste su
conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de
junio del 2020.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017.—( IN2020464160 ).
Se
avisa a la señora Dayana Madriz Espinoza, mayor, costarricense, portadora del
documento de identidad N° 1-1081-0330, de domicilio y
demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se
tramita el expediente 20-000031-0673-NA, correspondiente a diligencias no
contenciosas de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la
Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de
edad Sharbat Alana Mena Madriz. Se le concede el
plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en
estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de San José, 05 de junio de 2020.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017.—( IN2020464161 ).
Se avisa, a la señora Scarlec Dallan Valle
García, mayor, de domicilio desconocido, representada por la curadora procesal
Licenciada Sandra Gómez Marín, se le hace saber que existe proceso N° 20-000054-0673-NA de declaratoria judicial de abandono
de la persona menor de edad Danna Karoline Valle García establecido por el
Patronato Nacional de la Infancia en contra de Scarlec
Dallan Valle García, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y
Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José a las catorce horas y
veintiuno minutos del veintiséis de febrero de dos mil veinte, que en lo conducente
dice: Se le concede el plazo de cinco días a dicha accionada para que se
pronuncie sobre la misma y ofrezca
prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y
122 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que, si no contesta en
el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada
conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba
se dictará sentencia. Notifíquese. Licda. Diana Rojas Elizondo.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de junio
de 2020.—Lic. Luis Fernando Jacobo Portuguez, Juez.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017.—( IN2020464162 ).
Se
avisa a los señores Mainor Enrique Romero Obando, mayor, costarricense, con el
documento de identidad número 503830520, de domicilio y demás calidades
desconocidas y a la señora Francisca Hernández, mayor, nicaragüense, con el
documento de identidad número 155820496714, de domicilio y demás calidades
desconocidas, que en este juzgado se tramita el expediente 20-000085-0673-NA,
correspondiente a Diligencias no contenciosas de Depósito Judicial, promovidas
por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el
depósito de las personas menores de edad Diego Romero Hernández, Mia Romero
Hernández e Isabella Romero Hernández. Se le concede el plazo de tres días
naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer
Circuito Judicial de San José, 28 de mayo del 2020.—Msc.
Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº
68-2017.—( IN2020464165 ).
Se avisa a la señora Hazel Sofía Ramírez Alvarado, mayor, costarricense,
portadora del documento de identidad Nº 5-0364-0922 , de domicilio y demás calidades desconocidas, que en
este Juzgado, se tramita el expediente 20-000110-0673-NA, correspondiente a
diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato
Nacional de la Infancia donde se solicita que se apruebe el depósito de la
persona menor de edad Bristol Sofía Almendarez Ramírez. Se le concede el plazo
de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas
diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de San José, 03 de Junio de 2020.—M.Sc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017.—( IN2020464166 ).
Se avisa al señor Adel
Wahb, de nacionalidad libanesa, de domicilio y demás
calidades desconocidas, que en este Juzgado, se
tramita el expediente 20-000116-0673-NA, correspondiente a Diligencias no
contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la
Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de
edad Kristel Brigitte Wahb Acosta. Se le concede el
plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en
estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia
del Primer Circuito Judicial de San José, 5 de junio del 2020.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1
vez.—O.C N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017.—( IN2020464167 ).
Se
avisa que en este Despacho Jorge Ennio Bertoglia
López, solicita se apruebe la adopción individual de
la persona menor de edad Jan Pierre Irola García. Se
concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para
formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su
inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente
N° 20-000220-0673-NA.—Juzgado
de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 05 de
junio del 2020.—Msc. Luis Fernando Jacobo Portuguez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N°
68-2017.—( IN2020464170 ).
Licenciada Patricia Cordero García. Jueza del Juzgado de Familia de
Cartago, a Lidia Venegas Zúñiga, en su carácter personal, se le hace saber que en proceso de depósito judicial, expediente
19-002457-0338-FA, establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra
Lidia Venegas Zúñiga
y Olman,
se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice:
Juzgado de Familia de Cartago. A las once horas y dieciséis minutos del dos de
setiembre del año dos mil diecinueve. De las presentes diligencias de depósito
judicial de la persona menor de edad Fátima Robles Venegas,
promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por
tres días a Lidia Venegas Zúñiga y Olman Robles Gamboa, a
quienes se les previene que en el
primer escrito que presenten deben señalar un medio
para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores quedarán
notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de
dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá
igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20,
del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 1692008,
en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho
fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo
que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que
suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y
recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir
nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión
en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir
notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder
Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información contacte al
personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por
haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de
Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007,
artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser
personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si
cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h)
Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Lidia Venegas Zúñiga y Olman
Robles Gamboa, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa
de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de
Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Policía de
Proximidad de León Cortés. En caso que el lugar de
residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se
autoriza el ingreso del funcionario notificador, a efectos de practicar la
notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Velando por el
interés superior de la persona menor de edad, tal y como lo solicita el ente
actor, se confiere depósito provisional de la persona menor de edad Fátima Robles Venegas en el
hogar de los señores Enrique Venegas Gamboa y Bernardita Zúñiga Venegas. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda.
Guadalupe Solano Patiño, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020464263
).
Por escritura pública número ciento sesenta y ocho-uno, otorgada ante
esta notaría, a las once horas del dos de mayo del año dos mil veinte, se celebró el matrimonio entre
los contrayentes, Jorge Enrique Ugalde Monge y Melissa Serrano Rui.—Lic. Christopher Carvajal Cordero, Notario
Público.—1 vez.—( IN2020463927 ).
Por escritura pública número setenta y dos-uno,
otorgada ante esta notaría, a las quince horas del veintinueve de mayo del año dos mil veinte, se
celebró el matrimonio entre los contrayentes, Mauricio Jiménez Segura y Raquel
Azucena Jarquín Martínez.—Lic. Christopher Carvajal
Cordero, Notario.—1 vez.—( IN2020463928 ).
Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil, Carolina
del Rosario Velásquez Urbina, mayor, estado civil soltera, profesión hornera,
número de pasaporte C01541795, vecina de en el bajo de Los Molinos de Heredia, del Bar Los
Molinos; 50 metros sur, casa esquinera, hija de Humberto Rolando Velásquez
Medina y Alba Luz Urbina Chavarría , nacida en nicaragua, con 43 años de edad,
y Siviany José Ulate Fallas, mayor, estado civil
divorciado, profesión comerciante, cédula de identidad número 1-1119-0350,
vecino(a) de en el bajo de Los Molinos de Heredia; del Bar Los Molinos; 50 metros
sur, casa esquinera, hijo de Santiago Ulate Corrales y Ana Guiselle
Fallas Segura, nacido en Carmen Central de San José, actualmente con 38 años de
edad si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice,
está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº
20-000020-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia,
12 de junio del año 2020.—Lic. Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2020464266 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Jaime
Alberto Araya Cerdas, mayor, soltero, ingeniero industrial y de producción,
cédula de identidad número 01-1545-0898, hijo de Gilda Cerdas Delgado y Jaime
Araya Sanchez, nacido en Catedral, Central, San José, el 25/08/1993, con 26
años de edad, con número de teléfono 8718-1621, y Mariliana
Ulloa Solorzano, mayor, soltera, enfermera, cédula de identidad número
05-0371-0660, hija de Sadie Solorzano Calderón y
Jorge Alberto Ulloa Medrano, nacida en Centro, Liberia, Guanacaste, el
22/03/1989, actualmente con 31 años de edad, con número de teléfono 8691-1221;
ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Tilarán, Guanacaste, 75 metros
este del Hotel Guadalupe. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Expediente Nº 20-000165-0928-FA.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia
Doméstica de Cañas (Materia Familia), Guanacaste, Cañas, 12 de junio del
2020.—Lic. Luis Fernando Saúrez Jiménez, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020464270
).
Han
comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio el señor Jesús Antonio Bustos López, mayor, divorciado, Técnico en
Refrigeración y Aires Acondicionados, cédula de identidad número 0502890558,
nacido en centro, Liberia, Guanacaste, el 30/03/1975, con 44 años de edad, y la
señora María Gabriela Corea Angulo, mayor, divorciada, ama
de casa, cédula de identidad número 0503120812, nacida en centro, Liberia,
Guanacaste, el 19/10/1979, actualmente con años de edad; ambas personas
contrayentes tienen el domicilio en Liberia, Guanacaste. Si alguna persona
tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice,
está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº
20-000277-0938-FA.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia
familia), Liberia, 10 de junio del año 2020.—Msc.
Eddy Rodríguez Chaves, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2020464475 ).
Por requerirse así en la
sumaria 16-001481-0485-PE, en contra de Manuel Olivo Elizondo Mora, por el
delito de lesiones culposas (Ley de Tránsito), en perjuicio de
Luis Randal Pérez Ordóñez, se solicita publicar por
medio de edicto y por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial y
de conformidad con el artículo 115 del Código Procesal Penal la siguiente
resolución: Se tiene por presentada acción civil resarcitoria del veinticinco
de septiembre del dos mil dieciocho, establecida por el licenciado Abraham
Chaves Acuña en calidad de abogado de la oficina de la Defensa Civil de la Víctima del MP, en contra
del tercer civilmente responsable Grupo Q de Costa Rica Sociedad Anónima cédula
jurídica 3-101-025849 esto para que interponga las excepciones que estime
convenientes. Publíquese tres veces.—Fiscalía Adjunta del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica.—Lic. Edier Castro Diaz,
Fiscal Auxiliar.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017.—( IN2020463872 ). 3 v. 2.
Fiscalía Adjunta del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Buenos Aires), al ser las quince horas
cuatro minutos del doce de junio del año dos mil veinte. Dentro del expediente
13-200145-0634-PE (3), contra Enrique Arias Sandoval, por el delito de
infracción a la Ley Forestal, en perjuicio de los recursos naturales, se
presentó la Querella, por parte de la Procuraduría General de la República en
representación del ofendido los recursos naturales por lo que se ordena dar
traslado de la misma a terceros civiles involucrados, el señor Kerri Anne Nolan, cédula de identidad 1751102041068, Eddy
Arias Sandoval, cédula de identidad 1-0599-0049 y se le comunica el contenido
de la presente acción civil resarcitoria y querella, quien podrá oponerse
dentro de los cinco días hábiles siguientes después de la comunicación de esta
resolución, planteando de ser el caso las excepciones que correspondan. Habiéndose agotado
todas las vías para localizar a los terceros civil involucrados Kerri Anne Nolan, cédula de identidad 1751102041068, Eddy
Arias Sandoval, cédula de identidad 1-0599-0049, se ordena notificar por
edicto, tres veces consecutivas la resolución de las siete horas con trece
minutos del veinticinco de junio del dos mil quince, correspondiente a traslado
de la acción civil resarcitoria y la resolución de las siete horas con veinte
minutos del veinticinco de junio del dos mil quince, correspondiente al
traslado de la querella, en la cual se ordena dar traslado de la querella y
acción civil a los terceros civil involucrados Kerri
Anne Nolan, cédula de identidad 1751102041068, Eddy Arias Sandoval, cédula de
identidad 1-0599-0049. De conformidad con el artículo 115 del Código Procesal Penal. Se le
previene a los terceros civilmente involucrados que deben señalar medio y lugar dentro del
perímetro judicial de esta ciudad donde atender notificaciones bajo
apercibimiento de que si lo omitiere, o si el medio escogido imposibilitare la
notificación por causas ajenas del despacho, o bien, si el lugar señalado
permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con sólo el
transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. (Artículo 354, 357 y 433
del Código Procesal Civil, 6 y 12 de la Ley
de notificaciones y Citaciones Judiciales). Comuníquese.—Fiscalía
Adjunta del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Buenos
Aires).—M.Sc.
Esteban Ceciliano Matamoros, Fiscal Coordinador.—O. C.
Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2020464261 ). 3
v. 1.
De
conformidad con los artículos, 111, 112 y 115 del Código Procesal Penal, se
procede a poner en conocimiento la causa penal interpuesta por el ofendido
Francisco Ernesto Fernández Holmann notificar a Karl Single cédula de residencia
71523433 tercero de buena fe. De las pretensiones expuestas por dicha parte,
para que se pronuncie sobre la admisibilidad o inadmisibilidad como tercero de
buena fe en este proceso, planteando las excepciones que estime pertinentes,
por lo que se le concede el término de ley para que haga valer sus derechos y
sus intereses que se pueden ver comprometidos. Asimismo, se le previene que en
el acto de ser notificado deberá señalar un medio para
atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el
transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se
producirá igual consecuencia cuando la notificación
no se
pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de
Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del
2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de
2009. Comuníquese el contenido de la resolución al tercero de buena fe
y a su defensor en forma separada. En vista de que el señor Karl
Single, es de domicilio desconocido, se procede a
comunicarle la resolución que antecede por medio de edicto que se publicará una
sola vez en el Boletín Judicial. Expediente 16-000918-1220-PE, proceso
penal seguido contra Askenaz Javier Calvo Marcos y
otros por el delito de Falsedad Ideológica, cometido en perjuicio de Francisco
Ernesto Fernández Hollmann. Comuníquese.—Fiscalía
Segundo Circuito Judicial de San José.—Licda. Stephanie Tenorio Barrios
Fiscal Auxiliar.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017.—( IN2020464215 ).
Cindy Carpio Obando, Fiscal Auxiliar de Cartago, hace saber: Por
requerirse en causa penal 14-001874-0345-pe seguida contra Jorge Luis Gutiérrez
Soto, por el delito Estelionato en perjuicio de Edwin Eduardo Coto Trejos, se
solicita interponer sus buenos oficios con el fin de proceder a la publicación
por edicto de la comunicación al (las) co demandados
civiles Bernardo Amador Arias, cédula de identidad 01-0635- 0870, Rafael
Antonio Lozano Rodríguez, pasaporte G-07050000, Alexander Chacón Porras, cédula
de identidad 01-0759-0862, Jorge Luis Gutiérrez Soto, cédula de identidad
02-0377-0193, José Alfredo Gutiérrez Soto, cédula de identidad 01-0823- 0451 de
la resolución en donde se pone en conocimiento la Acción Civil Resarcitoria de
las diecisiete horas con tres minutos del diez de mayo del año dos mil
diecinueve. Se Tiene por presentada acción civil resarcitoria y la resolución
de las diecisiete horas con veintinueve minutos del diez de mayo del año dos
mil diecinueve. Traslado a la Querella. Fiscalía Adjunta de Cartago. De
conformidad con el numeral 115 del Código Procesal Penal, se tiene por
presentada la Acción Civil Resarcitoria y se pone en conocimiento de la misma
al(os) imputado(s), demandado(s) civil(es), defensor(es) Bernardo Amador Arias,
cédula de identidad 01-0635-0870, Rafael Antonio Lozano Rodríguez, pasaporte
G-07050000, Alexander Chacón Porras, cédula de identidad 01- 0759-0862, Jorge
Luis Gutiérrez Soto, cédula de identidad 02-0377-0193, José Alfredo Gutiérrez
Soto, cédula de identidad 01-0823-0451. Así mismo se le previene que en el acto
de ser notificado deberá señalar medio o lugar dentro del perímetro judicial de
este Despacho donde atender futuras notificaciones, bajo apercibimiento de que
si no lo hiciere, las resoluciones que se dicten se les tendrán por notificadas
con el sólo transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá
si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al
Despacho, o bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso
incierto o inexistente. Comuníquese.—Fiscalía Adjunta
de Cartago.—Licda. Cindy Carpio Obando, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—O.C N° 364-12-2020.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2020464262 ).
Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, en la
sumaria 18-000771-0597-PE, seguida contra César Luis de Gracia Espinoza,
portador de la cédula de identidad panameña 01-0720-0232, vecino de Limón,
Barrio Rosevelt, frente al AyA
(únicos datos) por el delito de Trata de Personas en perjuicio de los derechos
humanos y de conformidad con el artículo 7 de la Ley de Notificaciones, se
dispone notificar por edicto por una sola vez la resolución de las trece horas
cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de julio dos mil diecinueve al
representante legal o persona legitimada en la causa, que se ordenó la
devolución del dinero decomisado en la causa al señor César Luis de García
Espinoza, debiendo el interesado presentar ante el despacho la documentación
respectiva. Así mismo cuentan con el plazo de un mes a partir de esta
publicación en caso de no presentarse se ordenará el comiso a favor del estado.
Es todo.— Juzgado Penal del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica.—Licda. Jacqueline Lizeth López Chacón, Jueza
Penal.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020464466 ).