BOLETÍN JUDICIAL N° 145 DEL 30 DE JULIO DEL 2020

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN HUMANO

DEL PODER JUDICIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN HUMANO

DEL PODER JUDICIAL

UNIDAD DE RECLUTAMIENTO

TERCERA PUBLICACIÓN

El Consejo de la Judicatura y la Dirección de Gestión Humana del Poder Judicial abren concursos para integrar listas de jueces y juezas suplentes en las siguientes categorías y despachos

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En cumplimiento a la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (Ley 9635), así como lo dispuesto por la Corte Plena en la sesión N° 11-19 del 18 de marzo de 2019, artículo XIV, el reconocimiento del pago del Componente Salarial de Prohibición está sujeto a los porcentajes estipulados en la norma. Por lo tanto, las personas profesionales en derecho que ingresen o reingresen a laborar a este Poder de la República en una fecha posterior al 04 de diciembre de 2018 o tengan un ascenso por primera vez posterior a esa misma fecha se les cancelará el porcentaje que por Ley corresponde.

Requisitos generales que deben reunir las personas aspirantes:

             Licenciatura en Derecho (Deberá remitirse el título en formato electrónico).

            Estar incorporado o incorporada al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica (Deberá remitirse el certificado de incorporación en formato electrónico).

            Experiencia para la tramitación, resolución de asuntos judiciales y supervisión de personal. (Requisito deseado, no excluyente).

Otros

            Cumplir lo establecido por la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley de Carrera Judicial, Reglamento de Carrera Judicial y demás disposiciones vigentes.

            Es indispensable que las personas que resulten elegidas en este concurso realicen los cursos definidos por la institución para cada categoría y materia que se imparten por la Escuela Judicial, entre otros, Sistema de Gestión, Depósitos Judiciales, y los cursos virtuales en materia de equidad de género, accesibilidad, servicio público de calidad, sistema de gestión, hostigamiento sexual y acoso psicológico en el trabajo. Además, deberán mostrar dominio en cuanto al empleo de paquetes informáticos básicos de oficina y de uso institucional.

            Las personas elegidas en este concurso que ostenten un resultado de recomendados con observaciones en las evaluaciones médicas, trabajo social y psicología, deberán aplicar un proceso de seguimiento con el propósito de fortalecer áreas de mejoras, superando las brechas, acordes con el perfil del puesto. Dicho seguimiento se llevará a cabo por parte de la Sección Administrativa de la Carrera Judicial, transcurridos seis meses de nombramiento como juez o jueza.

Información adicional:

            Las personas que participen en estos concursos deben cumplir con todos los requisitos vigentes. La información se encuentra disponible en la dirección electrónica https://pjenlinea2.poder-judicial.go.cr/ghenlinea/ y para empleados judiciales: https://pjenlinea2.poder-judicial.go.cr/ghenlinea/wIngreso.aspx

            Es imprescindible que las personas oferentes se inscriban mediante el formulario electrónico disponible en la página web.

            La inscripción será única y exclusivamente por este medio y quedará registrada en línea automáticamente. Para estos efectos se habilitan las veinticuatro horas del día hasta la fecha de vencimiento del período de inscripción del concurso.

            Para la correcta inscripción en los concursos, es preciso que se complete los espacios requeridos en el formulario electrónico. Al final del proceso de inscripción, el sistema le brindará un comprobante mediante el cual se asegura que éste se efectúo con éxito. Caso contrario la solicitud será desestimada.

            Por ser éste un servicio que requiere atención permanente, todos los días y horas, es inherente al puesto el trabajo en diferentes turnos, en fines de semana, feriados y asuetos, tener vacaciones en períodos diferentes a la generalidad del personal, trabajar horas extraordinarias y estar sujeto a disponibilidad; además, no se pagará servicio de transporte ni de taxi con recursos del Poder Judicial, de las 22:00 horas a las 5:00 horas del día siguiente y el cargo no apareja derecho a estacionamiento o parqueo. El derecho a vacaciones solo se concederá resultado del tiempo laborado en el Poder Judicial.

            Cualquier nombramiento interino estará condicionado a que regrese la persona titular del cargo, o bien, a la confección de una terna, según lo solicite el órgano competente.

            Las personas que aspiran laborar o laboren para el Poder Judicial, deben acatar obligatoriamente los lineamientos establecidos en el Reglamento de vestimenta formal tanto para hombres como para mujeres aprobado por la Corte Plena y que está a su disposición en la página Web.

            La Sección Administrativa de la Carrera Judicial utilizará el correo electrónico para todos los efectos como único medio de notificación. Los oferentes deberán de indicar correctamente este medio, mantenerlo habilitado y en óptimas condiciones las veinticuatro horas, ya que, una vez comprobada la entrega electrónica, se dará por notificado el asunto; de lo contrario, se exime de toda responsabilidad a esta Sección y se tendrá por realizada la notificación, veinticuatro horas después de dictada la resolución. Cualquier cambio que realice concerniente al medio electrónico señalado, debe actualizarlo en la página o ser comunicado oportunamente a esta oficina al correo electrónico carrera-jud@poder-judicial.go.cr.

            Las listas y los nombramientos de jueces suplentes están regulados en el artículo 69 de la Ley de Carrera Judicial y artículos del 47 al 55 del Reglamento de Carrera Judicial.

            Independientemente de las opciones que el oferente marque, de conformidad con lo dispuesto por el Consejo de la Judicatura en la sesión del 03 de setiembre del 2014, artículo II, las propuestas de nombramiento por parte de ese Consejo se limitarán a cinco por participante para las categorías de juez y jueza 1 y 2 (incluidas las que ya ostente), salvo aquellos casos excepcionales que serán valorados.

            De conformidad con lo dispuesto por el Consejo de la Judicatura en sesión celebrada el 12 de agosto de 2014, artículo XII, las propuestas de nombramientos que resulten de concursos abiertos para juez y jueza 1 y 2, se realizarán considerando a las personas elegibles para las listas principales y complementarias. De no completarse las listas con personas elegibles, la Sección Administrativa de la Carrera Judicial, procederá con un nuevo concurso.

            La Sección Administrativa de la Carrera Judicial, solicitará el informe respectivo a los órganos disciplinarios e informará en forma paralela a las personas participantes y al despacho del que se trate, sobre la escogencia preliminar. Se atenderán las apelaciones o inconformidades recibidas según lo estipulado en el artículo 29 del Reglamento de la Carrera Judicial.

            La Circular N° 245-2014, emitida por la Secretaría General de la Corte fechada 13 de noviembre del 2014, establece, entre otros, que los nombramientos de jueces y juezas suplentes, o de quienes deban cubrir una vacante temporal, que se realice sin concurso, se dará prioridad a las personas elegibles, conforme a quien tenga mejor nota, en primer orden en la categoría y materia que tramite el despacho y en segundo orden las elegibilidades en otras categorías y materias, y haya tenido un adecuado desempeño en el ejercicio del cargo. Ello implica que la recomendación final que haga el Consejo de la Judicatura en las listas, después de haberse atendido las solicitudes de reconsideración, se hará en estricto orden de notas.

            Si se incurriere en alguna omisión o inexactitud con respecto a los requisitos o la documentación que se debe aportar, no se le dará trámite a la oferta. (Artículo 24 del Reglamento Interno del Sistema de Carrera Judicial).

Consultas

Sección Administrativa de la Carrera Judicial, ubicada en el cuarto piso del edificio del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), horario de atención de 7:30 a.m. a 12:00 m.d. y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m., de lunes a viernes, correo electrónico carrera-jud@poder-judicial.go.cr o al teléfono 2295-3781. Para información general visite la página Web: https://www.poder-judicial.go.cr/gestionhumana/index.php/organizacion/admin-humana/carrera-judicial

El concurso estará abierto del 27 julio al 02 de agosto del 2020 la inscripción por medio electrónico se habilita las veinticuatro horas del periodo indicado.

Sección Administrativa Carrera Judicial.—Lucrecia Chaves Torres, Jefa.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020469263 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José David Lezama Aguirre, quien portó la cédula de identidad N° 06-0369-0440 y falleció el día 25 de abril del 2019, promovido por Nicol Yahaira Sánchez Bonilla, cédula de identidad N° 01-1481-0020, que se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Distr. Prest. Sector Público bajo el número 19-002018-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 19-002018-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 06 de julio del 2020.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020472596 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Ramón Abelardo Sandí Delgado, quien fue mayor, casado, portó la cédula de identidad N° 1-333-024, y falleció el 29 de setiembre del 2019, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Aguinaldo Proporcional N° 19-002287-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 19-002287-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 22 de junio del 2020.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020472598 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Anthony Dailey Bartley, quien fue mayor, costarricense, con cédula de identidad N° 7-0201- 0133, laboró para la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA), y falleció el quince de diciembre del dos mil diecinueve. Se les hace saber que Romelia Daily Bartley, quien es mayor de edad, casada, costarricense, portadora de la cédula de identidad N° 7-0103-0555, vecina de Limón, Barrio Pacuare, de la Iglesia Católica, calle principal, tercera entrada, a mano izquierda N° 731, se apersonó a este despacho en calidad de madre del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. En razón de lo anterior se les confiere a todos los interesados el plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, a efecto de que se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector público, bajo el expediente N° 20-000074-0679-LA, a hacer valer sus derechos, lo anterior de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-000074-0679-LA, de Anthony Dailey Bartley promovido por Romelia Daily Bartley.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 19 de febrero del 2020.—Licda. Julieth Víquez Fernández, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020472604 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Abelardo Rodríguez Torres, quien fue mayor, costarricense con número de cédula 6-0140-0172, y quien falleció el veintidós de marzo del dos mil veinte, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 20-000190-1113-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-000190-1113-LA.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Laboral), 22 de abril del 2020.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020472611 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Edi Peytrequin Ramírez, mayor, casado, quien portó la cédula de identidad N° 3-0132-0816, y falleció el 30 de julio del 2019, promovido por María de los Ángeles Cordero Rodríguez, cédula de identidad N° 09-0016-0211, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de distribución de prestaciones de trabajador fallecido bajo el número 20-000232-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000232-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 14 de julio del 2020.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020472614 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Álvaro Leiva Fonseca, mayor, casado, vecino de Pérez Zeledón, cédula uno-cuatrocientos noventa y cuatro-quinientos setenta y cinco, (0104940575), fallecido el 05 de julio del 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones de trabajador fallecido, bajo el número 20-000266-1125-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-000266-1125-LA. Promovente Flor María Valverde Porras Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 21 de julio del 2020.—Msc. Harold Ríos Solórzano, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020472615 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Mayela Leiva Dotti 0301930198, fallecida el 06 de noviembre del año 2008, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el Número 20-000275-1001-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-000275-1001-LA. Por a favor de María Mayela Leiva Dotti.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba (Materia Laboral), 20 de julio del 2020.—Lic. Randall Gómez Chacón, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020472616 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Liliana Bermúdez Torres, conocida como Lilliana Bermúdez Torres, quien portó cédula de identidad número 1-0417-1084 y falleció el día 17 de febrero del 2020, promovido por María de Los Ángeles Corrales Bermúdez, cédula de identidad N° 01-0824-0872, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de distr. prest. sector público bajo el número 20-000348-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-000348-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 02 de marzo del 2020.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020472617 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Michael Hafner Germandig conocido como Michael Bresnig, quien portó la cédula de identidad N° 08-0104-0095, y falleció el día 21 de noviembre del 2018, promovido por Flora Gerardina Bonilla Sánchez, cédula de identidad N° 05-0149-0798, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Distr. Prest. Sector Público bajo el número 20-000353-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000353-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 22 de junio del 2020.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020472618 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Enilda Arce Leiva, quien portó la cédula de identidad 0201650484 y falleció el día 17 de agosto del 2019, promovido por Gerardo Jesús Prenda Arce, cédula de identidad N° 0105290126 se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de distri. prest. sector público bajo el Número 20-000927-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-000927-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 22 de junio del 2020.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020472621 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Alfonso de los Ángeles Gutiérrez Cerdas, quien portó la cédula de identidad N° 0400960023, y falleció el día 16 de enero del 2020, promovido por Ilena María Mateo Peralta, cédula de identidad N° 0104630145, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 20-000936-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000936-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 23 de junio del 2020.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020472622 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jose Alfredo Demetrio Manuel Robles Arias, quien portó la cédula de identidad 03-0105-0914 y falleció el día 21 de octubre del 2016, promovido por María Elena Odio Tamayo, cédula de identidad N° 01-0354-0054. se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de distr. prest. sector público bajo el número 20-001050-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo Expediente N° 20-001050-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 30 de junio del 2020.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020472623 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Roy Alexander Guevara Granados, quien portó la cédula de identidad N° 01-0897-0831 y falleció el día 21 de febrero del 2020, promovido por Nuria Chavarría Sánchez, cédula de identidad N° 09-0054-0914, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de distr. prest. sector público bajo el Número 20-001063-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-001063-0173-LA. Por a favor de.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 07 de julio del 2020.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020472624 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Alberto Castro Corrales, quien portó la cédula de identidad N° 0107150899, y falleció el día 21 de abril del 2019, promovido por Carmen María Corrales Marín, cédula de identidad N° 0104250325, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 20-001065-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-001065-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 01 de julio del 2020.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020472625 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mario Antonio Córdoba Cubero, quien portó la cédula de identidad N° 0102590020 y falleció el día 13 de octubre del 2019, promovido por Clara Lina Vargas Vargas, cédula de identidad N° 0407700603, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el Número 20-001088-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-001088-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 07 de julio del 2020.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020472626 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Kembly Vanessa Ugalde Delgado, quien portó la cédula de identidad N° 0602840424 y falleció el día 05 de abril del 2020, promovido por Dionisio de Jesús Rojas González, cédula de identidad N° 0108090119, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 20-001102-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-001102-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 08 de julio del 2020.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020472629 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rubén Herrera Fernández, quien portó la cédula de identidad N° 07007200666 y falleció el 9 de abril del 2020, promovido por la empresa Servicios Mava Srl, cédula jurídica N° 3-102-539728, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N° 20-001105-0173-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-001105-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 8 de julio del 2020.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020472630 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de ocho millones cuatrocientos treinta y siete mil cuatrocientos cuarenta colones con cincuenta céntimos, soportando hipoteca de segundo grado inscrita bajo las citas 567-14558-01-0002-001A favor de Fundación para la Vivienda Rural Costa Rica Canadá, servidumbre sirviente bajo las citas: 380-02954-01-0001-001 Y plazo de convalidación (rectificación de medida) bajo las citas: 567- 14558-01-0004-001, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 297314-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Venecia, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Francisco Mora Campos; al sur Francisco Mora Campos; al este, calle publica con 6,00 metros y al oeste Guillermo Bogantes. Mide: doscientos dieciséis metros con quince decímetros cuadrados. plano: A-0376360-1997. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos del diez de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del dieciocho de noviembre de dos mil veinte con la base de seis millones trescientos veintiocho mil ochenta colones con treinta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiséis de noviembre de dos mil veinte con la base de dos millones ciento nueve mil trescientos sesenta colones con trece céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Inversiones Tabi S. A. Liquidador de la Sociedad Actora: Freddy Pérez Barrientos; contra Nidia Mora Mesen. Expediente Nº:09-100957-0297-CI..—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 08 de julio de 2020.—Lilliam Álvarez Villegas, Juez Decisor.—( IN2020471664 ).

En este Despacho, con una base de seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 389-15259-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 201318-000. Que se describe así: naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 3-San Antonio, cantón 2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: al norte, Juana María Fonseca Campos; al sur, calle pública con frente de 9.57 metros; al este, calle pública con frente de 25.20 metros; y al oeste, Noraida Briceño Fonseca. Mide: trescientos veintiún metros cuadrados. Plano: G-1648144-2013. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de agosto del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del treinta y uno de agosto del dos mil veinte con la base de cinco millones sesenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del ocho de setiembre del dos mil veinte con la base de un millón seiscientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Alexandra Briceño Fonseca. Expediente N° 19-004593-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 06 de julio del 2020.—Victor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2020472095 ).

En este Despacho, con una base de siete millones setecientos noventa y dos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando limitaciones de Leyes Nos. 7052, 7208 Sist. Financiero de Vivienda citas: 2015-516894-01-0002-001, sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 118070-000, la cual es naturaleza: terreno para construir lote 52. Situada: en el distrito 4-Lepanto, cantón 1-Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, Marcos Sequeira Vargas; sur, calle pública con 6,55 metros; este, Marcos Sequeira Vargas; oeste, lote 53. Mide: trescientos cincuenta metros cuadrados. Plano: P-0640869-2000. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de agosto del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y cero minutos del veintisiete de agosto del dos mil veinte, con la base de cinco millones ochocientos cuarenta y cuatro mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del cuatro de setiembre del dos mil veinte, con la base de un millón novecientos cuarenta y ocho mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Dyanna Johanna Chacón Sanabria. Expediente N° 19-005404-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 26 de junio del 2020.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2020472096 ).

En este Despacho, con una base de cinco mil novecientos noventa y ocho dólares con diez centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BDX794, Marca: Honda, Estilo: Pilot EXL, categoría: automóvil, tracción: 4X4, N° chasis: 5FNYF4850DB602399, año fabricación: 2013, color: gris. Para tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos del veinte de agosto del dos mil dos veinte. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del veintiocho de agosto del dos mil dos veinte, con la base de cuatro mil cuatrocientos noventa y ocho dólares con cincuenta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del siete de setiembre del dos mil dos veinte, con la base de mil cuatrocientos noventa y nueve dólares con cincuenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S.A. contra Eugenio Rivas Venegas. Expediente N° 20-000879-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 13 de febrero del 2020.—Lic. Luis Abner Salas Muñoz, Juez.—( IN2020472128 ).

En este Despacho, con una base de trece mil trescientos setenta y tres dólares con dieciséis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 45625-F, derecho 000, la cual es terreno finca filial nueve b destinada a uso habitacional ubicada en el segundo nivel en proceso de construcción. Situada en el distrito 11-San Rafael Abajo, cantón 3-desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte finca filial ocho B; al sur finca filial diez B; al este vacío y al oeste finca filial tres B. Mide: cincuenta metros con seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y veinte minutos del doce de agosto de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y veinte minutos del veintiuno de agosto de dos mil veinte con la base de diez mil veintinueve dólares con ochenta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y veinte minutos del treinta y uno de agosto de dos mil veinte con la base de tres mil trescientos cuarenta y tres dólares con veintinueve centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Jose Francisco Navarro Sánchez. Expediente Nº:20-005539-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de junio del 2020.Oscar Mauricio Rodríguez Villalobos, Juez Decisor.—( IN2020472129 ).

En este Despacho, con una base de treinta y ocho millones trescientos setenta y tres mil seiscientos noventa colones con noventa y cinco céntimos, soportando plazo de convalidación (rectificación de medida) citas: 2014-29211-01-0006-001, sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 202166-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada: en el distrito 2-San Pedro, cantón 2-Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 16 bloque 4; al sur, lote 18 bloque 4; al este, calle primera con frente de 8,01 metros, y al oeste, lote 11 bloque 9. Mide: ciento cuarenta y siete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de agosto del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de agosto del dos mil veinte, con la base de veintiocho millones setecientos ochenta mil doscientos sesenta y ocho colones con veintiún céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del tres de setiembre del dos mil veinte, con la base de nueve millones quinientos noventa y tres mil cuatrocientos veintidós colones con setenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra María del Carmen Mora Herrera. Expediente N° 19-015163-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 30 de junio del 2020.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2020472133 ).

En este Despacho, con una base de veintiún mil doscientos treinta dólares, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo SMS 007. Marca Audi, Categoría automóvil, serie, chasís y Vin número W A U Z Z Z ocho R dos C A cero siete tres nueve ocho cuatro, tracción 4x4, estilo Q5, capacidad cinco personas, Año 2012, Color Gris, Motor marca Audi, número de motor C M G cero cero cinco seis siete siete, Modelo de motor ocho R B cero M Y, cilindrada 1968 c.c., combustible Diesel, cilindros cuatro. Para tal efecto se señalan las quince horas cero minutos del dieciocho de agosto de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del veintiséis de agosto de dos mil veinte con la base de quince mil novecientos veintidós dólares con cincuenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del tres de setiembre de dos mil veinte con la base de cinco mil trescientos siete dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Alfredo López Freer. Expediente Nº:19-000253-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 02 de junio del 2020.—Esteban Herrera Vargas, Juez Tramitador.—( IN2020472138 ).

En este Despacho, con una base de sesenta y un millones doscientos noventa y ocho mil novecientos treinta y seis colones con ochenta y tres céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada (citas: 341-09844-01-0914-001); sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 129975-F, derecho 000, la cual es naturaleza: finca filial numero 120 terreno con una casa en proceso de construcción que se destinara a uso residencial con una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito: 05-Guácima, cantón: 01-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, área común libre destinada a calle privada de acceso vehicular, línea de retiro frontal de construcción en medio; al sur, finca filial 138; al este, finca filial 119; y al oeste, finca filial 121. Mide: doscientos noventa y tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de octubre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de octubre de dos mil veinte, con la base de cuarenta y cinco millones novecientos setenta y cuatro mil doscientos dos colones con sesenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de noviembre del dos mil veinte, con la base de quince millones trescientos veinticuatro mil setecientos treinta y cuatro colones con veintiún céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Diego Méndez Sandoval. Expediente N° 18-032401-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 08 de julio del 2020.—Licda. Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2020472139 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis mil quinientos ochenta y tres dólares con cuarenta y cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas 836485. Marca BMW. Estilo X 5 3.0d. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2010. Color bronce. Vin WBAFF4107AL146357. Cilindrada 3000 c.c. Combustible diesel. Motor Nº 21397037. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de agosto del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del siete de setiembre del dos mil veinte con la base de doce mil cuatrocientos treinta y siete dólares con cincuenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de setiembre del dos mil veinte con la base de cuatro mil ciento cuarenta y cinco dólares con ochenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carrofácil de Costa Rica S. A. contra Fernando Enrique Chavarría Jiménez, Johshavec de Los Ángeles Juárez Cajina. Expediente N° 18-004107-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 28 de mayo del 2020.—Eileen Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—( IN2020472174 ).

En este Despacho, con una base de veintitrés mil seiscientos setenta y cuatro dólares con cuarenta y siete centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones / colisiones boleta 201681400524 sumaria: 16-007430-0489-TR; sáquese a remate el vehículo placas: JSP770, marca: Toyota, estilo: RAV4, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2017, color: café, vin: JTMZD8EV4HD068840, cilindrada: 2000 CC, combustible: gasolina, motor N°: 3ZR4A23965. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiséis de agosto del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas y cero minutos del tres de setiembre del dos mil veinte, con la base de diecisiete mil setecientos cincuenta y cinco dólares con ochenta y cinco centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del once de setiembre del dos mil veinte, con la base de cinco mil novecientos dieciocho dólares con sesenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carrofacil contra Jeffry Alexis Solano Brenes. Expediente N° 18-003487-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 28 de mayo del 2020.—Eileen Chaves Mora, Juez/a Tramitador/a.—( IN2020472175 ).

En este Despacho, con una base de setenta y nueve millones seiscientos ochenta y dos mil setenta colones con sesenta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 315-00228-01-0003-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 262772, derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito: 04-Patalillo, cantón: 11-Vázquez de Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Lucía Gutiérrez Chaves; al sur, Lucía Gutiérrez Chaves; al este, Esperanza Vega Vargas; y al oeste. calle pública con 8 metros 10 centímetros de frente. Mide: doscientos noventa y siete metros con once decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintidós de setiembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del treinta de setiembre del dos mil veinte, con la base de cincuenta y nueve millones setecientos sesenta y un mil quinientos cincuenta y dos colones con noventa y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del ocho de octubre del dos mil veinte, con la base de diecinueve millones novecientos veinte mil quinientos diecisiete colones con sesenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Edwin Gerardo de La Trinidad Azofeifa Blanco. Expediente N° 20-000039-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 09 de marzo del 2020.—Licda. Hellen Viviana Segura Godínez, Jueza Tramitadora.—( IN2020472197 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 65758-000, la cual es naturaleza: para construir con una casa. Situada en el distrito (03) Carmen, cantón (01) Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Francisco Mata; al sur, Rosa Quirós; al este, Municipalidad de Cartago; y al oeste, calle pública con 5 m 13 cm. Mide: ciento seis metros con ochenta y seis decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del catorce de agosto del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de agosto del dos mil veinte, con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del tres de setiembre del dos mil veinte con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Gomarsol S.R.L. contra Marta Cecilia Guzmán Rivera. Expediente N° 19-012887-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 18 de junio del 2020.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza Decisora.—( IN2020472201 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones setecientos setenta y ocho mil novecientos sesenta y ocho colones con ocho céntimos, libre de gravámenes, pero soportanto reservas y restricciones citas: 362-16845-01-0966-001, condiciones Ref:0000000 ida citas: 364-13364-01-0949-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 481252-000, la cual es terreno Potrero. Situada en el distrito: 04-Katira, cantón: 15-Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: calle publica con 48 metros 10 centímetros de frente sur: I.D.A., lote 32 este: Trinidad Umaña Campos oeste: Trinidad Umaña Campos Mide: cinco mil setecientos cuarenta y seis metros cuadrados plano: A-1488247-2011. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del diez de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del dieciocho de noviembre de dos mil veinte, con la base de seis millones quinientos ochenta y cuatro mil doscientos veintiséis colones con seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintiséis de noviembre de dos mil veinte, con la base de dos millones ciento noventa y cuatro mil setecientos cuarenta y dos colones con dos céntimos (25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Diego Esquivel Gatjens. Expediente Nº:19-006986-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 09 de julio del año 2020.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza Decisora.—( IN2020472206 ).

En este Despacho, con una base de siete millones trescientos setenta y cinco mil ciento cuarenta y nueve colones con ochenta y tres céntimos, libre de gravámenes, pero soportando condiciones Ref: 2765-343-001 citas: 323-06662-01-0901-026; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 33219-000, la cual es terreno de pasto con 1 corral. Situada en el distrito: 03-potrero grande, cantón: 03-Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Río Guineal; al sur, Melvin Muñoz, Natividad y Andrés Moreno Castillo; al este, calle pública con frente de 127,52 M y al oeste calle pública. Mide: veinte mil seiscientos cuarenta y ocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del treinta de setiembre de dos mil veinte, con la base de cinco millones quinientos treinta y un mil trescientos sesenta y dos colones con treinta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del ocho de octubre de dos mil veinte, con la base de un millón ochocientos cuarenta y tres mil setecientos ochenta y siete colones con cuarenta y cinco céntimos (25% de la base original). notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Eddy Alberto Torres Villanueva, Karen Ginette Madrigal Rojas. Expediente Nº 20-000501-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 15 de julio del 2020.—Lic. Carlos Contreras Reyes, Juez Decisor.—( IN2020472326 ).

En este Despacho, con una base de ochenta y cuatro mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula N° 49597-000, la cual es terreno de solar con una casa. Situada: en el distrito 10 Llano Grande, cantón Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Jesús Quirós; al sur, Arturo Cedeño; al este, calle, y al oeste, Edwin Cruz. Mide: tres mil quinientos setenta y seis metros con catorce decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del veintiséis de agosto del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas y cero minutos del siete de setiembre del dos mil veinte, con la base de sesenta y tres mil dólares exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas y cero minutos del dieciséis de setiembre del dos mil veinte, con la base de veintiún mil dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Blanca Luz Jiménez Chaves contra Walter Giovanni Quirós Guzmán. Expediente N° 17-010871-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 06 de julio del 2020.—Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2020472328 ).

En este Despacho, con una base de un millón diecisiete mil seiscientos cincuenta y ocho colones con treinta y cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 380-18580-01-0820-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 247379, derecho 000, la cual es terreno naturaleza: con 1 casa. Situada en el distrito 1 Atenas, cantón 5 Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Lidiette León; al este, Brígido Víquez; y al oeste, calle de servidumbre. Mide: doscientos treinta metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de octubre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veintisiete de octubre de dos mil veinte con la base de setecientos sesenta y tres mil doscientos cuarenta y tres colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de noviembre de dos mil veinte con la base de doscientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos catorce colones con cincuenta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Rigoberto León Víquez. Expediente 19-010416-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 05 de julio del año 2020.—Licda. Sofía Ramírez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2020472330 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso, citas: 433-06513-01-0024-001; servidumbre de paso, citas: 433-06513-01-0025-001; servidumbre de acueducto, citas: 2017-327613-01- 0001-001; servidumbre de paso, citas: 2017-327613-01-0002-001; sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula número quinientos setenta mil setecientos treinta y cuatro, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 2-San Isidro, cantón 3-Grecia de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Julieta Loría Solís; al sur, Damaris Arias Madrigal e Inmobiliaria Hermanos Pichardo S. A.; al este, Luis Abelardo y Dagoberto Rojas Bolaños; y al oeste, servidumbre de paso con 11,75 cm. lineales. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Plano: A-2063959-2018. Identificador predial: 203020570734. Para tal efecto se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiuno de agosto de dos mil veinte. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del treinta y uno de agosto de dos mil veinte, con la base de seis millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del ocho de setiembre de dos mil veinte, con la base de dos millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Carmen Cortés Argüello contra Julieta Loría Solís, Ronald Francisco Ávila Loría. Expediente N° 20-001019-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 14 de julio del 2020.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2020472333 ).

En este Despacho, con una base de tres millones seiscientos cuarenta y cuatro mil ciento setenta y un colones con veintiún céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre dominante citas: 330-05557-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número doscientos veintinueve mil ciento cinco, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito Horquetas, cantón Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, José Luis Varela Delgado; al sur, Melvin Rivera Gutiérrez; al este, calle pública con un frente de veinticinco metros con veintinueve centímetros lineales, y al oeste, calle pública con frente de veintidós metros con sesenta y dos centímetros lineales. Mide: setecientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintisiete de octubre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y cero minutos del cuatro de noviembre del dos mil veinte, con la base de dos millones setecientos treinta y tres mil ciento veintiocho colones con cuarenta y un céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del doce de noviembre del dos mil veinte, con la base de novecientos once mil cuarenta y dos colones con ochenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Gerardo Segura Montoya. Expediente N° 19-016542-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 27 de junio del 2020.—Liseth Delgado Chavarría, Juez/a Tramitador/a.—( IN2020472348 ).

En este Despacho, con una base de diez mil tres dólares con treinta y siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: RCF 120, marca: Kia, categoría: automóvil, serie: KNAPB811BE7542687, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4x2, año: 2014, cabina: sencilla, techo: alto, color: negro, estilo: Sportage, capacidad: 5 personas. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del primero de setiembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del nueve de setiembre del dos mil veinte, con la base de siete mil quinientos dos dólares con cincuenta y tres centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecisiete de setiembre del dos mil veinte, con la base de dos mil quinientos dólares con ochenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ronny Carlos Carmona Fernández. Expediente N° 19-000124-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 29 de junio del 2020.—Licda. Hazel Patricia Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2020472350 ).

En este Despacho, con una base de dos millones de colones exactos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el vehículo C-151046, marca Freightliner. Estilo FLD120. Año 1999. Color verde. Cilindrada 12700 cc. Combustible diesel, capacidad 2 personas. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del veintinueve de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cuarenta minutos del seis de abril de dos mil veintiuno con la base de un millón quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno con la base de quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Jorge Alonso Calvo Álvarez contra Juan Carlos Calvo Orozco. Expediente 20-000212-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 16 de julio del año 2020.—Lic. Luis Carrillo Gomez, Juez Decisor.—( IN2020472352 ).

En este Despacho, para el tercer con una base de ciento veinticinco mil dólares exactos (25% de la base original), libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones Ref: 1439-072-059 bajo citas 271-01162-01-0902-001 y 00002524-000 bajo las citas 380-11251-01-0805-001 y declaratoria de intereses público (artículo 20 Ley 7495) bajo las citas 2019-581850-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número noventa y siete mil cuarenta y cuatro, derecho 000, la cual es terreno de repastos con varias construcciones finca se encuentra en zona catastrada. Situada en el distrito 02 Pitahaya, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Carretera Interamericana; al sur, río Aranjuez; al este, Orchimez de Costa Rica S. A.; y al oeste, río Aranjuez. Mide: cien mil metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintidós de octubre de dos mil veinte. Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Orquitur de Costa Rica O C R Sociedad Anónima. Expediente 20-000344-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 16 de julio del año 2020.—Lic. Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2020472354 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 58243-000 la cual se describe así: naturaleza: terreno para construir con una casa. Situada: en el distrito 1-Santa Cruz, cantón 3-Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, José Miguel Brenes y otro; sur, calle pública; este, José Miguel Brenes y otro; oeste, Harold Casey Brown. Mide: doscientos sesenta metros con treinta decímetros cuadrados. Plano: G-0587919-1985. Y la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 92161-000, que se describe así: naturaleza: terreno para construir. Situada: en el distrito 1-Santa Cruz, cantón 3-Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, José Guillermo Brenes González y José Miguel Brenes Gómez; sur, calle pública con 10 metros; este, José Guillermo Brenes González y José Miguel Brenes Gómez; oeste, José Guillermo Brenes González y José Miguel Brenes Gómez. Mide: doscientos sesenta metros con treinta decímetros cuadrados. Plano: G-0587912-1985. Para lo cual se señalan las ocho horas y cero minutos del veinticinco de agosto del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y cero minutos del dos de setiembre del dos mil veinte, y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del diez de setiembre del dos mil veinte. Cada una con las siguientes bases para remate: Para el primer remate, con una base de ocho millones ochocientos mil colones exactos, segundo remate con la base de seis millones seiscientos mil colones exactos (75% de la base original), y tercer remate con la base de dos millones doscientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de María de los Ángeles Lara Barrantes contra Yao Chang Wen Tang. Expediente N° 19-003684-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 10 de julio del 2020.—Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2020472359 ).

En este Despacho, sáquese a remate las siguientes propiedades: 1) La finca del partido de Guanacaste, matrícula número 177048-000; libre de gravámenes y anotaciones, la cual es naturaleza: parcela 24 terreno de repasto situada en el distrito 4 Tempate, cantón 3 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte, Finca Gracias a Dios CGS Sociedad Anónima; sur, Finca Gracias a Dios CGS Sociedad Anónima; este, Finca Gracias a Dios CGS Sociedad Anónima y servidumbre agrícola; oeste, Finca Gracias a Dios CGS Sociedad Anónima y Justino Zúñiga Ríos. Mide: ocho mil veinticinco metros cuadrados. Plano: G-1608742-2012. Para el primer remate con una base de noventa y nueve millones ciento tres mil seiscientos treinta y tres colones con noventa y nueve céntimos. para el segundo remate con la base de setenta y cuatro millones trescientos veintisiete mil setecientos veinticinco colones con cuarenta y nueve céntimos (75% de la base original). para el tercer remate con la base de veinticuatro millones setecientos setenta y cinco mil novecientos ocho colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). 2) La finca del partido de Guanacaste, matrícula número 176.802-000, libre de gravámenes y anotaciones; la cual es naturaleza: terreno de repasto parcela veinte situada en el distrito 4 Tempate, cantón 3 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste, Finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte, Sociedad Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos Noventa y Un Mil Ciento Veinticuatro Sociedad Anónima; sur, Sociedad Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos Noventa y Un Mil Ciento Veinticuatro Sociedad Anónima; este, Sociedad Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos Noventa y Un Mil Ciento Veinticuatro Sociedad Anónima y servidumbre agrícola; oeste, Sociedad Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos Noventa y Un Mil Ciento Veinticuatro Sociedad Anónima. Mide: cinco mil setecientos cuarenta y nueve metros cuadrados. Plano: G- 1605520-2012. Para el primer remate con una base de setenta y un millones dos mil ciento cincuenta y siete colones con veintisiete céntimos, para el segundo remate con la base de cincuenta y tres millones doscientos cincuenta y un mil seiscientos diecisiete colones con noventa y cinco céntimos (75% de la base original), para el tercer remate, con la base de diecisiete millones setecientos cincuenta mil quinientos treinta y nueve colones con treinta y dos céntimos (25% de la base original). Señalamientos: Para el primer remate se señalan las catorce horas y quince minutos del veintiuno de agosto de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y quince minutos del treinta y uno de agosto de dos mil veinte. De continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y quince minutos del ocho de setiembre de dos mil veinte. Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Silvia Luisa de los Ángeles Von Schroter Fallas, Villas Mediterráneo El Arenal-Seis Sociedad Anónima, Villas Mediterráneo Buena Vista-Catorce Sociedad Anónima. Expediente 19-002007-1765-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo circuito judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 09 de julio del año 2020.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2020472367 ).

En este Despacho, con una base de seis mil setecientos ochenta y cinco dólares con noventa y siete centavos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el vehículo placa: BYD737, marca: BYD, estilo: F0 GLX-I, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: LC0C14DA6E0002157, carrocería: Sedan, 4 puertas, tracción: 4x2, color: celeste. Para tal efecto se señalan las 08:30 horas del 26/08/2020. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las 08:30 horas del 03/09/2020, con la base de cinco mil ochenta y nueve dólares con cuarenta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las 08:30 horas del 11/09/2020, con la base de mil seiscientos noventa y seis dólares con cuarenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Víctor Felipe Cordero Ureña. Expediente N° 18-017090-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San Jose, 24 de abril del 2020.—Paula Morales González, Jueza Decisora.—( IN2020472370 ).

En este Despacho, con una base de treinta y ocho mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Heredia, matrícula número ciento ochenta mil cuatrocientos ochenta y siete, derecho 000, la cual es terreno para construir lote 91-D. Situada en el distrito 5-Santa Lucía, cantón 2-Barva de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 92D; al sur, lote 90D; al este, avenida 4 con un frente de 7,50 y al oeste, lote 65 D y 66 D. Mide: ciento sesenta y ocho metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del uno de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del nueve de setiembre de dos mil veinte, con la base de veintiocho mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de setiembre de dos mil veinte, con la base de nueve mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Consultores Financieros Cofin Sociedad Anónima contra Alvacasti Sociedad Anónima, Bruno y Alvarado S. A. Expediente N° 18-002475-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 1° de julio del 2020.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2020472372 ).

En este Despacho, con una base de cinco mil ciento sesenta y cuatro dólares con setenta y seis centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones: 17-000761-0764-TR; sáquese a remate el vehículo vehículo placa: JCC976, marca: KIA, serie: KNAPB811BC7299167, estilo: Sportage. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del doce de agosto de dos mil veinte. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del veinte de agosto de dos mil veinte, con la base de tres mil ochocientos setenta y tres dólares con cincuenta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintiocho de agosto de dos mil veinte, con la base de mil doscientos noventa y un dólares con diecinueve centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S.A. contra Daryana Aracelly Alfaro Herrera. Expediente N° 19-004674-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 23 de mayo del 2020.—Natalia Orozco Murillo, Jueza Decisora.—( IN2020472373 ).

En este Despacho, con una base de doce mil doscientos noventa y dos dólares con cincuenta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BDZ061, Marca: Volkswagen, Estilo: Jetta Clásico, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie: 3VWBV49M7DM049316, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4X2, color: negro. Para tal efecto se señalan las 11:15 horas del 22/09/2020. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las 11:15 horas del 01/10/2020, con la base de nueve mil doscientos diecinueve dólares con treinta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las 11:15 horas del 13/10/2020, con la base de tres mil setenta y tres dólares con trece centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S.A. contra Jorge Enrique Porras Leiva Expediente: 17-000883-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de julio del 2020.—Licda. Paula Morales González, Jueza Decisora.—( IN2020472374 ).

En este Despacho, con una base de seis millones trescientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: SPL019, marca: Hyundai, estilo: I20 GL, categoría: automóvil, año fabricación: 2016, color: negro, N° motor: G4LAFM840116, cilindrada: 1200 C.C, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de octubre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del diez de noviembre del dos mil veinte, con la base de cuatro millones setecientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de noviembre del dos mil veinte, con la base de un millón quinientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Francisco Javier Rodríguez Chavarría. Expediente N° 20-008070-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10 de julio del 2020.—Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez Tramitador.—( IN2020472376 ).

En este Despacho, y con una base de cinco mil trescientos treinta y cuatro dólares con cuarenta y nueve centavos (25% de la base original), libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: WHC139, marca: Kia, estilo: Sorento, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: k N A K U 8 1 1 B E 5 4 5 9 2 1 3, peso vacío: 0, carrocería: todo terreno 4 puertas, peso neto: 0 kgrms., tracción: 4X2, peso bruto: 2510 kgrms, número chasis: k N A K U 8 1 1 B E 5 4 5 9 2 1 3. Para tal efecto se señala tercer subasta a las nueve horas treinta minutos del diez de agosto del dos mil veinte. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Verifique la parte interesada la información incluida en el edicto. Proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra María Magdalena Cásares Valerín, William Enrique Heyden Cásares. Expediente N° 16-013539-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 07 de julio del 2020.—Msc. Hellen Viviana Segura Godínez, Jueza Tramitadora.—( IN2020472386 ).

En este Despacho, con una base de diez millones seiscientos cuarenta y un mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número cincuenta y cinco mil seiscientos noventa y dos, derecho cero cero cero, la cual es terreno lote 59, terreno para construir. Situada en el distrito: 03-Rita, cantón 02-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Abdon Vargas Jiménez; al sur, calle pública; al este, Rodolfo Campos Vindas; y al oeste, Rodolfo Campos Vindas. Mide: doscientos catorce metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Plano L-0082736-1992. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de agosto del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del uno de setiembre del dos mil veinte, con la base de siete millones novecientos ochenta mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del nueve de setiembre del dos mil veinte, con la base de dos millones seiscientos sesenta mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R.L. contra Guillermo Marvin Montero Parajeles, Ingrid Noelia Amador Ortega. Expediente N° 19-003295-1208-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 02 de julio del 2020.—Lic. Jeffrey Thomas Daniels, Juez Tramitador.—( IN2020472388 ).

En este Despacho, con una base de nueve millones novecientos setenta mil doscientos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ochenta y cuatro mil setecientos noventa y uno, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa número E veintidós. Situada en el distrito: 08-Barranca, cantón: 01-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 11; al sur, alameda ocho; al este, lote 23; y al oeste, lote 21. Mide: ciento doce metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del trece de agosto del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de agosto del dos mil veinte, con la base de siete millones cuatrocientos setenta y siete mil seiscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original)y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta y uno de agosto del dos mil veinte, con la base de dos millones cuatrocientos noventa y dos mil quinientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda Ahorro y Préstamo contra Diego Francisco Umaña Gamboa. Expediente N° 18-007860-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 10 de marzo del 2020.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2020472389 ).

En este Despacho, con una base de seis millones doscientos noventa mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número ciento veintiséis mil doscientos noventa y cuatro, derechos cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa. Situada: en el distrito: 01-El Tejar, cantón: 08-El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Reinaldo Monge Solano; al este, Manuel A. Leiva Brenes, y al oeste, Víctor Hugo Leiva. Mide: doscientos sesenta y nueve metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de agosto del dos mil veinte, con la base de cuatro millones setecientos diecisiete mil quinientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del tres de setiembre del dos mil veinte, con la base de un millón quinientos setenta y dos mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Miriam Mayela de Jesús Leiva Granados, Randal Gerardo Meneses Arrieta. Expediente N° 19-000805-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 19 de mayo del 2020.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Decisora.—( IN2020472390 ).

En este Despacho, se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil veinte. Con una base de seis millones doscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Condic y Limitaref: 2393-337-002 citas: 311-06493-01-0901-001, reservas y restricciones citas: 311-06493-01-0904-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento un mil seiscientos veintidós, derecho 000, la cual es terreno para vivienda lote 122. Situada en el distrito: 01-Corredor, cantón: 10-Corredores, de la provincia de Puntarenas. Linderos: al norte, calle pública; al sur, lotes 116-117-121; al este, lote 121 y calle pública; y al oeste, lote 116 y calle pública. Mide: trescientos noventa y siete metros con dieciséis decímetros cuadrados. Plano: P-0367307-1996. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil veinte, con la base de cuatro millones seiscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del tres de setiembre del dos mil veinte, con la base de un millón quinientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Maritza de Jesús Vargas Quirós. Expediente N° 19-003188-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 16 de abril del 2020.—Lic. David Orellana Guevara, Juez Tramitador.—( IN2020472391 ).

En este Despacho, con una base de trece millones quinientos veintisiete mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas Ley Forestal citas: 2013-294423-01-0004-001, reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 2013-294423-01-0005-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 223554-001 y 002, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito: 03-Sardinal, cantón: 05-Carrillo de la provincia de Guanacaste. Finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte, Silvia Elena Pizarro, Eduardo Enrique Pizarro Moraga, Héctor Pizarro, Juan Carlos Pizarro y María Elena del Carmen Moraga; sur, Silvia Elena Pizarro, Eduardo Enrique Pizarro Moraga, Héctor Pizarro, Juan Carlos Pizarro y María Elena del Carmen Moraga; este, calle pública con un frente de 20,00 m lineales; oeste, Río Sardinal. Mide: mil seiscientos setenta y seis metros cuadrados. Plano: G-1981923-2017. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del veinte de agosto del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y cero minutos del veintiocho de agosto del dos mil veinte, con la base de diez millones ciento cuarenta y cinco mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del siete de setiembre del dos mil veinte, con la base de tres millones trescientos ochenta y un mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Lucía del Socorro Mesa Contreras, Primo Antonio Coronado León. Expediente N° 19-005476-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 08 de julio del 2020.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2020472392 ).

En este Despacho, con una base de veintiséis millones cuatrocientos cuarenta y cinco mil setecientos sesenta y dos colones con setenta y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 166786, derecho 001 y 002, la cual es terreno lote veintidós-E, terreno para construir, hoy con una casa. Situada en el distrito Mercedes, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 14-E; al sur, calle pública; al este, lote 23-E; y al oeste, lote 21-E. Mide: doscientos tres metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas y cero minutos del veinticinco de agosto del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas y cero minutos del dos de setiembre del dos mil veinte, con la base de diecinueve millones ochocientos treinta y cuatro mil trescientos veintidós colones con siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del diez de setiembre del dos mil veinte, con la base de seis millones seiscientos once mil cuatrocientos cuarenta colones con sesenta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra Jocselyn Chaves Sevilla, Oscar Alberto de La Trinidad Chaves Castro, Rosa María Sevilla Navarrete. Expediente N° 18-005095-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 24 de junio del 2020.—Licda. Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2020472393 ).

En este Despacho, con una base de seis millones ciento cinco mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones bajo las citas 361-05224-01-0918-001, servidumbre de paso bajo las citas: 2013-31511-02-0008-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 502.493-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 6 Río Cuarto, cantón 3 Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, en medio servidumbre de paso, con 28 m 21 cm por 6 m de ancho, Manuel Ángel Céspedes Bejarano; sur, Manuel Ángel Céspedes Bejarano; este, Manuel Ángel Céspedes Bejarano; oeste, calle pública con 18 m. Mide: quinientos metros cuadrados. Plano: A-1554344-2012. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintisiete de agosto de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del cuatro de setiembre de dos mil veinte con la base de cuatro millones quinientos setenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del catorce de setiembre de dos mil veinte con la base de un millón quinientos veintiséis mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Dayana Gomez Álvarez. Expediente 19-006708-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 21 de mayo del año 2020.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza Decisora.—( IN2020472394 ).

En este Despacho, con una base de once mil quinientos noventa y siete dólares con cincuenta y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: MKM237, Marca: BYD, Categoría: automóvil, color: gris, Motor: BYD371QAC15009627. Para tal efecto, se señalan las once horas y quince minutos del treinta y uno de agosto del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas y quince minutos del ocho de setiembre del dos mil veinte, con la base de ocho mil seiscientos noventa y ocho dólares con dieciséis centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas y quince minutos del diecisiete de setiembre del dos mil veinte, con la base de dos mil ochocientos noventa y nueve dólares con treinta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos S.A. contra Michael Ricardo Muñoz Leitón. Expediente N° 19-001418-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de junio del 2020.—Licda. Joyce Magaly Ugalde Huezo, Jueza Decisora.—( IN2020472401 ).

En este Despacho, con una base de tres millones seiscientos setenta y un mil ochocientos sesenta y ocho colones con cincuenta y dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 150084-000, la cual es terreno para construir bloque J Lote número trece. Situada en el distrito 05 Agua Caliente, cantón Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte Lote 12J; al sur Lote 14J; al este, calle publica y al oeste área de parque y juegos infantiles número uno. Mide: doscientos trece metros con setenta y siete decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas del veintiséis de agosto de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas del cuatro de setiembre de dos mil veinte con la base de dos millones setecientos cincuenta y tres mil novecientos un colones con treinta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas del dieciséis de setiembre de dos mil veinte con la base de novecientos diecisiete mil novecientos sesenta y siete colones con trece céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito para el Desarrollo R.L contra Juan Pablo De Los Ángeles Hernández Aguilar. Expediente Nº:19-003292-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 05 de junio del año 2020.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez Tramitador.—( IN2020472402 ).

En este Despacho, con una base de ocho mil novecientos veintiún dólares con veintiséis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BFG621. Marca: Hyundai, estilo: Sonata GLS, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: sedan 4 puertas, peso neto: 1770 kg, tracción: 4X2, año fabricación: 2013, cilindrada: 2400 cc, cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiuno de agosto de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del treinta y uno de agosto de dos mil veinte con la base de seis mil seiscientos noventa dólares con noventa y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del ocho de setiembre de dos mil veinte con la base de dos mil doscientos treinta dólares con treinta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra James Franciscus Mc Intosh Molina. Expediente 19-003180-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 07 de julio del año 2020.—Licda. Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2020472404 ).

En este Despacho, con una base de once millones ochenta y dos mil seiscientos cincuenta y seis colones con cuarenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Guanacaste, matrícula N° 82244, derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 4-Belén, cantón 5-Carrillo, provincia Guanacaste. Colinda: norte, Antonio Montes Montes; sur, Municipalidad de Carrillo; este, Blasa Díaz Duart; y oeste, calle pública con 16 m. 66 cm. Mide: doscientos ochenta y siete metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las catorce horas y quince minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veinte. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las catorce horas y quince minutos del uno de setiembre de dos mil veinte, con la base de ocho millones trescientos once mil novecientos noventa y dos colones con treinta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y quince minutos del nueve de setiembre de dos mil veinte, con la base de dos millones setecientos setenta mil seiscientos sesenta y cuatro colones con diez céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores R.L. contra Franklin Gerardo Méndez Duarte y a Rosalba Montes Peraza. Expediente N° 18-005463-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de mayo del 2020.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—( IN2020472405 ).

En este Despacho, con una base de diez mil quinientos noventa y dos dólares con cuarenta y seis centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión sumaria 15-009174-0174-TR del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de San José; sáquese a remate el vehículo placa KVC457, marca Kia, estilo Sportage, chasis KNAPC812DD7466106, capacidad 5 personas, color azul, año 2013, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas y treinta minutos del trece de agosto de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del veintiuno de agosto de dos mil veinte con la base de siete mil novecientos cuarenta y cuatro dólares con treinta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta y uno de agosto de dos mil veinte con la base de dos mil seiscientos cuarenta y ocho dólares con once centavos (25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Kristel Melissa Velásquez Campos, Saul Efrén Velásquez Campos, Saul Efrén Velásquez Zelaya. Expediente 19-013248-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 07 de junio del año 2020.—Lic. Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2020472406 ).

En este Despacho, con una base de setenta y cinco mil ochocientos sesenta y cinco dólares con sesenta centavos, soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 0352-00005723-01-0900-001, sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 127001-F-001 y 002, la cual es naturaleza: finca filial dos destinada a uno habitacional en proceso de construcción ubicada en el primer nivel de una planta. Situada: en el distrito (05) Concepción, cantón (03) La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, con lotes B, C y D; al sur, calle pública; al este, área común libre destinada a zona verde, y al oeste, lote A. Mide: setenta y siete metros con treinta decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y treinta minutos del catorce de agosto del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas y treinta minutos del veinticuatro de agosto del dos mil veinte, con la base de cincuenta y seis mil ochocientos noventa y nueve dólares con veinte centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas y treinta minutos del tres de setiembre del dos mil veinte, con la base de dieciocho mil novecientos sesenta y seis dólares con cuarenta centavos (25% de la base original). Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S.A. contra Julio Cesar Garro López, Melanie Marcela Gómez Solano. Expediente N° 19-013001-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 19 de junio del 2020.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza Decisora.—( IN2020472449 ).

En este Despacho, con una base de trescientos cuarenta y cinco mil novecientos cuarenta y ocho dólares con cuatro centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando serv. y condic. ref., bajo las citas: 313-00328-01-0901-001 y servid. y condic. ref. bajo las citas: 313-00328-01-0911-001; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula N° 56052 horizontal F derecho 000, la cual es finca filial ocho de dos plantas destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 3-Pozos, cantón 9-Santa Ana de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común libre y finca filial siete; al sur, Pablo Fernández Serrano y finca filial nueve; al este, área común libre y finca filial siete; y al oeste, área común libre y finca filial nueve. Mide: seiscientos cincuenta y cinco metros con veintiún decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas con treinta minutos del diecinueve de agosto del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas con treinta minutos del veintisiete de agosto del dos mil veinte, con la base de doscientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos sesenta y un dólares con tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas con treinta minutos del cuatro de setiembre del dos mil veinte, con la base de ochenta y seis mil cuatrocientos ochenta y siete dólares con un centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco General (Costa Rica) Sociedad Anónima contra Carahue Norte Sociedad Anónima y Ramon Enrique Coll Esquivel. Expediente N° 20-002050-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 9 de junio del 2020.—Licda. María Del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—( IN2020472451 ).

En este Despacho, con una base de veinte mil seiscientos sesenta dólares exactos , libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 309-12916-01-0902- 001,servidumbre trasladada citas: 330-13676-01-0902- 001,servidumbre trasladada citas: 345-13425-01-0900- 001,servidumbre trasladada citas: 390-03032-01-0900- 001,servidumbre trasladada citas: 390-03032-01-0910- 001,servidumbre trasladada citas: 390-03032-01-0911-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 326014-000, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito: 06-San Isidro, cantón: 01-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte lote 39 de Asociación Provivienda La Rotonda; al sur lote 41 de Asociación Provivienda La Rotonda y resto destinado a zona de protección; al este resto destinado a zona de protección y al oeste resto destinado a calle. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del uno de setiembre de dos mil veinte, con la base de quince mil cuatrocientos noventa y cinco dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del nueve de setiembre de dos mil veinte, con la base de cinco mil ciento sesenta y cinco dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Servicios Luala Dos Mil Sociedad Anónima contra Maritza Del Carmen Rodríguez Arias. Expediente Nº:20-004318-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 06 de mayo del año 2020.—Licda. Sofía Ramírez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2020472501 ).

En este Despacho, con una base de dos millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Guanacaste, matrícula N° 114627-000. Que se describe así: naturaleza: lote 30, terreno para construir con una casa de habitación, situada en el distrito 2-Mansion, cantón 2-Nicoya de la provincia de Guanacaste, finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte, lote 31; sur, lote 29; este, calle pública con 10 metros, oeste, Agropecuaria el Bongo S. A. Mide: quinientos metros cuadrados. Plano: G-0543994-1999. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y quince minutos del diecinueve de agosto de dos mil veinte. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las catorce horas y quince minutos del veintisiete de agosto de dos mil veinte, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y quince minutos del cuatro de setiembre de dos mil veinte, con la base de quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Víctor Hugo Venegas Porras contra Francisco Ricardo Araya Palma. Expediente N° 19-005377-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, (Santa Cruz), 1° de julio del 2020.—Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2020472502 ).

En este Despacho, se señalan las nueve horas y cero minutos del catorce de agosto del dos mil veinte, con una base de siete mil ciento veintiún dólares con noventa y cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: GPS153, marca: Kia, estilo: Sorento, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, serie: KNAKU811DC5290707, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4x4, peso bruto: 1860 Kgrms, número chasis: KNAKU811DC5290707, año fabricación: 2012, color: azul, vin: KNAKU811DC5290707, características del motor N° motor: G4KECH713921, marca: Kia, modelo: GMW7L661G, cilindrada: 2359 C.C, cilindros: 4, potencia: 129 KW, combustible: gasolina. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de agosto del dos mil veinte, con la base de cinco mil trescientos cuarenta y un dólares con cuarenta y seis centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del primero de setiembre del dos mil veinte, con la base de mil setecientos ochenta dólares con cuarenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promérica de Costa Rica S. A. contra Luis Ángel Cubero Villalobos. Expediente N° 19-003027-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 15 de abril del 2020.—Lic. David Orellana Guevara, Juez Tramitador.—( IN2020472539 ).

En este Despacho, con una base de veintiún mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 84673-000, la cual es naturaleza: terreno de potrero. Situada en el distrito (04) Cipreses, cantón (07) Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Cruz Marín; al sur, carretera nueva a Pacayas; al este, Carlos Luis Pereira Solano y José María Pereira Solano; y al oeste, camino y carretera. Mide: ciento ochenta y ocho metros con veintitrés decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticinco de agosto del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del cuatro de setiembre del dos mil veinte con la base de quince mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del catorce de setiembre del dos mil veinte con la base de cinco mil doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Propiedades de La Unión Magdalena S. A. contra José María Pereira Solano, Nuria de Los Ángeles Granados Montenegro. Expediente N° 19-013991-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 25 de junio del 2020.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Decisora.—( IN2020472545 ).

En este Despacho, con una base de treinta millones ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 154-02969-01-0002-001, servidumbre trasladada citas: 225-03175-01-0901-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2012-300027-01-0001-001, servidumbre de acueducto y de paso de AYA citas: 2017-203437-01-0001-001; sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula N° 108479-F-000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número A-setenta y uno, apta para construir, que se destinará a uso habitacional, la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito: 07-Puente de Piedra, cantón: 03-Grecia de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, área común a acceso A-cinco; al sur, finca filial primaria individualizada número A-setenta y dos; al este, finca filial primaria individualizada número A-setenta; y al oeste, área común a acceso calle principal. Mide: quinientos cuarenta y cuatro metros cuadrados, valor porcentual: 0.05, valor medida: 0.00118. Plano: A-1642923-2013. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de octubre de dos mil veinte. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del trece de octubre de dos mil veinte, con la base de veintitrés millones cien mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de octubre de dos mil veinte, con la base de siete millones setecientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Seteco O & L S.A. Expediente N° 19-003853-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 14 de julio del 2020.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Juez Tramitador.—( IN2020472551 ).

En este Despacho, con una base de treinta y cinco millones de colones, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada citas: 0291-00002290-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 515692-000, la cual es terreno para uso industrial. Situada: en el distrito 12 Tambor, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, Stey Jouseph S. A.; al noroeste, Stey Jouseph S. A.; al sureste, calle pública con un frente de 15 metros con 33 centímetros, y al suroeste, Seteco O & L S. A. Mide: mil seiscientos veinticinco metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del dos de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas y cero minutos del diecisiete de noviembre del dos mil veinte, con la base de veintiséis millones doscientos cincuenta mil colones (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del tres de diciembre del dos mil veinte, con la base de ocho millones setecientos cincuenta mil colones (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Seteco O & L S. A. Expediente N° 19-016225-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 14 de julio del 2020.—Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez Tramitador.—( IN2020472554 ).

En este Despacho, 1) con una base de trece millones ochocientos treinta y seis mil ochocientos sesenta y dos colones con setenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 375341-000, la cual es lote uno, terreno de potrero. Situada en el distrito: 06- Río Cuarto, cantón: 03-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre de paso con seis metros de ancho; al sur, Tulio Víquez Arce; al este, lote 2 de Carlos Manuel Orozco Alvarado; y al oeste, servidumbre de paso con seis metros de ancho. Mide: seis mil trescientos dieciocho metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Plano: A-0681206-2001. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del diecinueve de agosto de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veintisiete de agosto de dos mil veinte, con la base de diez millones trescientos setenta y siete mil seiscientos cuarenta y siete colones con tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de setiembre de dos mil veinte, con la base de tres millones cuatrocientos cincuenta y nueve mil doscientos quince colones con sesenta y ocho céntimos (25% de la base original). 2) Con una base de doce millones ciento sesenta y tres mil ciento treinta y siete colones con treinta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 375342-000, la cual es lote dos terreno para potrero. Situada en el distrito: 06-Río Cuarto, cantón: 03-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre de paso con seis metros de ancho; al sur, Tulio Víquez Arce; al este, resto de Marcos Víquez Arce; y al oeste, lote uno de Marcos Víquez Arce. Mide: cinco mil quinientos cincuenta y cuatro metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Plano: A-0747302-2001. Para tal efecto, se señalan la misma hora y fechas indicadas anteriormente para cada remate. De no haber postores, el segundo remate se efectuará con la base de nueve millones ciento veintidós mil trescientos cincuenta y dos colones con noventa y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se hará con la base de tres millones cuarenta mil setecientos ochenta y cuatro colones con treinta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Reimer Leonardo Aguilar Portuguez. Expediente 18-005078-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 10 de junio del año 2020.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2020472556 ).

En este Despacho, con una base de ciento treinta y cuatro millones ciento cuarenta mil setecientos cincuenta y nueve colones con sesenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula N° 134079, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 7-Uruca, cantón 1-San José de la provincia de San José. Colinda: al norte, Rafael A. Estrada Sánchez; al sur, Odalia Estrada Sánchez; al este, calle pública con 13 m. 55 cm.; y al oeste, Francisco Font Frutos. Mide: trescientos siete metros con diecinueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del veintisiete de noviembre de dos mil veinte, con la base de cien millones seiscientos cinco mil quinientos sesenta y nueve colones con setenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del siete de diciembre de dos mil veinte, con la base de treinta y tres millones quinientos treinta y cinco mil ciento ochenta y nueve colones con noventa y un céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Andrea Estrada Ocampo, Nancy María Estrada Ocampo, Rafael Alberto Estrada Ocampo, Vildey Sociedad Anónima. Expediente N° 20-001640-1338-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 29 de junio del 2020.—Iván Tiffer Vargas, Juez Tramitador.—( IN2020472586 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 280-08404-01-0002-001, a las nueve horas del día miércoles dos de setiembre del dos mil veinte, y con la base de cinco millones seiscientos once mil cuatrocientos setenta y seis colones con cero seis céntimos (¢5.611.476,06), en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, del partido de San José, matrícula de Folio Real número seiscientos quince mil setecientos setenta y cuatro guión triple cero (fr SJ-615774-000), la cual es terreno de solar. Situada: en el distrito cuatro Cangrejal, cantón doce Acosta, de la provincia de San José. Colinda: al norte, José Rafael Venegas Garro; al sur, Fernando Rojas Mora y Mercedes Mora Badilla; al este, Mercedes Mora Badilla y Francisco Arias Mora, y al oeste, calle pública. Mide: mil setenta y cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas del día jueves diez de setiembre del dos mil veinte, con la base de cuatro millones doscientos ocho mil seiscientos siete colones con cero cinco céntimos (¢4.208.607,05) (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas del día martes veintidós de setiembre del dos mil veinte, con la base de un millón cuatrocientos dos mil ochocientos sesenta y nueve colones y cero un céntimo (¢1.402.869,01) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Agrícola Industrial y Servicios Múltiples El General R.L. contra Denia del Carmen Portilla Chinchilla. Expediente N° 19-005397-1200-CJ.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, 16 de julio del 2020.—Dra. Vanessa Fisher González, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020472599 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones en ambos derechos bajo la citas: 0367-00010966-01-0920-001, en el derecho cero cero uno, soportando practicado bajo la cita: 0800-00162015-01-0001-001, a las nueve horas del dos de noviembre del dos mil veinte (09:00 a. m. del 02/11/2020), y; con la base de cuatro millones de colones (4.000.000), en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 231261-001 y 002; la cual es terreno para agricultura. Situada: en el distrito Buena Vista, cantón Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, río Thiales y Walter Villalobos; al sur, lote seis, servidumbre en medio y Mirella Castro Rosales; al este, calle pública, y al oeste, río Thiales. Mide: sesenta y cinco mil ochocientos veinticinco metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se celebrará a las nueve horas del diecisiete de noviembre del dos mil veinte (09:00 a. m. del 17/11/2020), con la base de tres millones de colones (¢3.000.000) (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas del dos de diciembre del dos mil veinte (09:00 a. m. del 02/12/2020), con la base de un millón de colones (¢1.000.000) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Efraín de los Ángeles Ruiz Murillo y Dora María Rodríguez Arguedas. Expediente N° 20-000039-1520-AG.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria), 22 de junio del 2020.—Licda. Sussy María Gamboa Ramírez, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020472602 ).

En este Despacho, con una base de veinticinco mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas Ley de Aguas 407-007363-01-0192-001, reserva Ley Caminos 0407-007363-01-0193-001, practicado 800-360111-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos ochenta y cinco mil quinientos noventa y seis, derecho 007, la cual es terreno lote 1 terreno de solar. Situada: en el distrito La Ceiba, cantón Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Jorge Zumbado y Flora Hernández; al noroeste, Jorge Zumbado y Flora Hernández; al sureste, Joaquina Robles Sandí, y al suroeste, calle pública con 46.19 metros. Mide: dos mil ciento sesenta y uno metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del seis de octubre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del quince de octubre del dos mil veinte, con la base de dieciocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de octubre del dos mil veinte, con la base de seis mil doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Eric Roberto López Marín contra Óscar Gerardo Zumbado Hernández. Expediente N° 18-007240-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 22 de junio del 2020.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2020472644 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones trescientos setenta y seis mil ochocientos treinta colones con quince céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BCH905, marca Ford, estilo Focus, categoría automóvil, serie 1FAHP3F28CL380450, carrocería sedan 4 puertas, capacidad 5 personas, año 2012, color gris, marcea del motor Ford, cilindrada 2000 c.c., cilindros 04, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del treinta y uno de agosto del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del ocho de setiembre del dos mil veinte con la base de cuatro millones treinta y dos mil seiscientos veintidós colones con sesenta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del veintiuno de setiembre del dos mil veinte con la base de un millón trescientos cuarenta y cuatro mil doscientos siete colones con cincuenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promérica de Costa Rica S. A. contra Luis Alonso Esquivel Espinoza. Expediente N° 18-012990-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de julio del 2020.—Lic. Alba Aurora Ramírez Bazán, Jueza Decisora.—( IN2020472671 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este despacho y con una base de once millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 668774, derecho 001, 002, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito: Colón, cantón: Mora, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Manuel Calvo Guerrero; al sur, Marjorie Jiménez Jiménez; al este, Cristina Castillo Portuguez, y al oeste, Sergio Núñez González y Margit Núñez González. Mide: ciento noventa y un metros con cero decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del catorce de agosto de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veinte, con la base de ocho millones setecientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del uno de setiembre de dos mil veinte, con la base de dos millones novecientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Ana Laura Rodríguez Cascante, Esteban Alonso Calvo Solís. Expediente N° 20-001150-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 29 de mayo del año 2020.—Lic. Carlos Alejandro Báez Astúa, Juez Tramitador.—( IN2020470804 ).

En este Despacho, con una base de veinte millones seiscientos ochenta y siete mil trescientos diez colones con setenta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso, servidumbre de paso, servidumbre de vista y servidumbre de acueducto; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 192789-000. Que se describe así: naturaleza: terreno con una casa situada en el distrito 9 Tamarindo, cantón 3 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte, lote segregado; sur, servidumbre de paso; este, lote Playa Potrero Highlands Número 15 Ltda.; oeste calle pública. Mide: trescientos ochenta y siete metros cuadrados. Plano: G-1543019-2011. Situada en el distrito , cantón , de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte ; al sur ; al este y al oeste. Mide: metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del dieciocho de agosto de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del veintiséis de agosto de dos mil veinte con la base de quince millones quinientos quince mil cuatrocientos ochenta y tres colones con ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del tres de setiembre de dos mil veinte con la base de cinco millones ciento setenta y un mil ochocientos veintisiete colones con sesenta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jeshue Damián García Otárola. Expediente 19-002549-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 22 de junio del año 2020.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2020472345 ).

En este Despacho, con una base de treinta millones setecientos veintiún mil setecientos veintinueve colones con veintitrés céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando aviso catastral citas: 2015-110304-01-0001-001 y practicado citas: 800-564821-01-0001-001 número de expediente 15-000198-0166-la -correspondiente a un proceso de demanda ordinaria laboral-; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 29141-000, la cual es terreno de agricultura y pastizales. Situada en el distrito 6-Dulce Nombre, cantón 3-La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Adrián Collado; al sur, Abelardo Cantillo; al este, calle pública; y al oeste, Adrián Collado. Mide: treinta y cinco mil setecientos treinta y seis metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinticinco de agosto del dos mil veinte (2:30 pm // 25/08/2020). De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del cuatro de setiembre del dos mil veinte (2:30 pm // 04/09/2020) con la base de veintitrés millones cuarenta y un mil doscientos noventa y seis colones con noventa y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del catorce de setiembre del dos mil veinte (2:30 pm // 14/09/2020) con la base de siete millones seiscientos ochenta mil cuatrocientos treinta y dos colones con treinta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra La Frescura Del Molino S. A., Rodrigo Rivera Bianchini. Expediente N° 19-000821-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 26 de junio del 2020.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Decisor.—( IN2020472453 ).

En este Despacho, con una base de mil ciento setenta y cinco dólares con cuarenta y siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa 684118, marca Mazda, estilo Mazda S, categoría automóvil, capacidad 7 personas, serie, chasis y Vin JM7CR10F170104641, año 2007, carrocería station wagon o familiar, color gris, Nº motor LF10231635, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas y quince minutos del dos de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y quince minutos del diecisiete de noviembre del dos mil veinte con la base de ochocientos ochenta y un dólares con sesenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y quince minutos del tres de diciembre del dos mil veinte con la base de doscientos noventa y tres dólares con ochenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promérica de Costa Rica S. A. contra Alberto Enrique Alemán Gamboa, Michelle Alemán Loaiza. Expediente N° 20-007282-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 15 de julio del 2020.—Lic. Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez Tramitador.—( IN2020472672 ).

En este Despacho, con una base de quince millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula número ciento cuarenta y un mil seiscientos doce, derecho cero cero cero, la cual es terreno de casa, patio y zonas verdes. Situada en el distrito: 01-Grecia, cantón: 03-Grecia de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Flor María Jiménez Ballestero; al sur, Roy Ugalde Álvarez; al este, frente a calle pública con un frente a ella de 9.08 metros lineales; y al oeste, Esperanza Cruz Espinoza. Mide: ciento veintidós metros con treinta y un decímetro cuadrados. Plano: A-0709063-2001. Identificador predial: 20301014161. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del veintiuno de agosto de dos mil veinte. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del treinta y uno de agosto de dos mil veinte, con la base de once millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del ocho de setiembre de dos mil veinte, con la base de tres millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Green Living S.A., contra William Eduardo Miranda Vega. Expediente N° 20-001482-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 14 de julio del 2020.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2020472687 ).

En la puerta exterior de este despacho y con una base de ochenta y un millones seiscientos cuarenta y nueve mil seiscientos dos colones con diecisiete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas 275-03997-01-0901-001, servidumbre de paso citas 468-08256-01-0015-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 493755-000, derecho 000, la cual es terreno de solar para construir. Situada en el distrito Colón, cantón Mora, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote1; al sur, lote 3,4 y 5; al este, lote 6 y 7 y al oeste, Elba Meza. Mide: siete mil trescientos treinta y cinco metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y treinta minutos del veintitrés de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta minutos del uno de octubre de dos mil veinte con la base de sesenta y un millones doscientos treinta y siete mil doscientos un colones con sesenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y treinta minutos del nueve de octubre de veinte con la base de veinte millones cuatrocientos doce mil cuatrocientos colones con cincuenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Adriana Janeth Amaya Soto. Expediente N° 20-002298-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 08 de julio del año 2020.—Carlos Alejandro Báez Astúa, Juez Tramitador.—( IN2020472715 ).

En este Despacho, con una base de veinte mil seiscientos setenta y seis dólares con ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BQN737, marca Citroen, año 2018, Vin VF7DDNFP6JJ503206, cilindrada 1587 c.c., color beige, categoría automóvil. Para tal efecto se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de octubre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del tres de noviembre de dos mil veinte con la base de quince mil quinientos siete dólares con seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del once de noviembre del dos mil veinte con la base de cinco mil ciento sesenta y nueve dólares con dos centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda Costa Rica S. A. contra Kattia Estrada Reyes. Expediente N° 20-000950-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 30 de junio del 2020.—Joyce Magaly Ugalde Huezo, Jueza Decisora.—( IN2020472718 ).

En este despacho, con una base de dieciocho mil trescientos ochenta dólares con dieciocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BNC341, marca: Hyundai, estilo: Creta GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2017, color: rojo, vin: MALC281CAHM202751, cilindrada: 1600 c.c, tracción: 4x2, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del uno de setiembre de dos mil veinte con la base de trece mil setecientos ochenta y cinco dólares con trece centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del nueve de setiembre de dos mil veinte con la base de cuatro mil quinientos noventa y cinco dólares con cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Lafise S. A., contra Miguel Ángel Barrantes Ulate. Expediente N° 19-007292-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de junio del año 2020.—Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza Tramitadora.—( IN2020472719 ).

En este despacho, con una base de dos millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BFD 979 marca: Jeep estilo: Liberty Sport, categoría: automóvil capacidad: 5 personas carrocería: todo terreno 4 puertas tracción: 4x2 número chasis: 1J4FK48142W287281, vin: 1J4FK48142W287281, año fabricación: 2002, color: azul cilindrada: 2400 c.c combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiuno de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del veintinueve de setiembre de dos mil veinte con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del siete de octubre de dos mil veinte con la base de seiscientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Humberto Gerardo Jiménez Vargas, Roberto Calvo Estrada contra Annett de Los Ángeles Mora Bolaños. Expediente N° 18-008218-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 26 de junio del año 2020.—Gerardo Monge Blanco, Juez Decisor.—( IN2020472722 ).

En este despacho, con una base de diecisiete millones trescientos setenta y tres mil doscientos seis colones con sesenta y un céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de guanacaste, matrícula número cincuenta y cuatro mil seiscientos treinta y uno, derecho cero cero cero, la cual es terreno con 1 casa. Situada en el distrito 1-Cañas, cantón 6-Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, camino público y otro; al sur, Amalia Hernández; al este, Amalia Hernández y al oeste, camino público. Mide: mil trescientos ochenta y cuatro metros con veintiocho decímetros cuadrados. Plano: G-0591213-1985. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintidós de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del treinta de setiembre de dos mil veinte con la base de trece millones veintinueve mil novecientos cuatro colones con noventa y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del ocho de octubre de dos mil veinte con la base de cuatro millones trescientos cuarenta y tres mil trescientos un colones con sesenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Rigoberto Rodríguez Hernández. Expediente N° 20-000595-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del ¨Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 11 de julio del año 2020.—Licda. Natalia Orozco Murillo, Jueza Decisora.—( IN2020472731 ).

En este despacho, con una base de trece millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número sesenta y un mil ciento diecisiete, derecho 000, la cual es terreno para construir con una habitación. Situada en el distrito 2- Tucurrique, cantón 4-Jiménez, de la provincia de Cartago. Finca se encuentra en zona catastrada. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Omar Vindas Sandi; al este, calle pública y al oeste, Sandra Hernández Araya. Mide: ciento noventa y nueve metros con veintidós metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del veinte de agosto de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del uno de setiembre de dos mil veinte con la base de diez millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del nueve de setiembre de dos mil veinte con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Rafael Meza Moya contra Grace Vega Sánchez. Expediente N° 16-005322-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 01 de junio del año 2020.—Yanin Torrentes Ávila, Juez/a Decisor/a.—( IN2020472732 ).

En este despacho, con una base de diez millones novecientos cincuenta mil colones exactos, soportando servidumbre trasladada citas: 327-01356-01-0901-001, citas: 800-620420-01-0001-001, sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 9852-000, la cual es terreno solar con una casa. Situada en el distrito 1-Tilaran, cantón 8-Tilaran, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, María Anita Rodríguez Jiménez, Orlando Varela Mora; al sur, Zaida Molina Barrantes, servidumbre de paso de 3.40 metros y Rubén Álvarez Pérez; al este, Rose Mary Murillo Fernández, Manuel Murillo Gómez y Eva Saénz Barrea y al oeste, Marielos Granados Picado. Mide: setecientos setenta y ocho metros cuadrados, Plano: G-1825120-2015. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiocho de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del seis de octubre de dos mil veinte con la base de ocho millones doscientos doce mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del catorce de octubre de dos mil veinte con la base de dos millones setecientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Carolina Leitón López. Expediente N° 19-007786-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 07 de julio del año 2020.—Licda. María Fernanda Hernández Marchena, Jueza Decisora.—( IN2020472733 ).

En este despacho, con una base de siete millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones 14-002025-0494-TR número boleta 201461900082; sáquese a remate el vehículo CL248611 marca Hyundai. Estilo Libero SRX. Categoría carga liviana. Capacidad 3 personas. Año 2004. Color blanco. Cilindrada 2500 cc. Combustible diesel. Motor Nº no legible, vin KMFYSS7HP4U053433. Para tal efecto se señalan las catorce horas y quince minutos del siete de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y quince minutos del quince de setiembre de dos mil veinte con la base de cinco millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y quince minutos del veinticuatro de setiembre de dos mil veinte con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Asociación Solidarista de Empleados del Banco de Costa Rica y afines contra Dulce María Chaves Herrera. Expediente N° 13-002343-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 04 de junio del año 2020.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2020472739 ).

En este Despacho, con una base de nueve millones trescientos veinticuatro mil quinientos treinta y dos colones con setenta y siete céntimos, soportando condiciones IDA citas 0406-00014509-01-0898-001, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 00411139-000, la cual es terreno de potrero lote 25-B. Situada en el distrito San Cristóbal, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle; al sur, IDA; al este, IDA; y al oeste, IDA. Mide: cuatro mil ochocientos trece metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintisiete de octubre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del cuatro de noviembre del dos mil veinte, con la base de seis millones novecientos noventa y tres mil trescientos noventa y nueve colones con cincuenta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del doce de noviembre de dos mil veinte, con la base de dos millones trescientos treinta y un mil ciento treinta y tres colones con diecinueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Servicentro Barrio El Molino S.A. contra Edgar Mauricio Jiménez Arguedas. Expediente N° 20-006911-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de julio del 2020.—Licda. Wendy Pagani Rojas, Jueza Decisora.—( IN2020472748 ).

En la puerta exterior de este despacho, al ser las diez horas y cero minutos del once de setiembre de dos mil veinte, con una base de veinte millones quinientos noventa y tres mil ciento veintiséis colones con cuarenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento setenta y nueve mil cuatrocientos ochenta y dos, derecho 000, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito San Vito, cantón 8-Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Eladio López Montero con quebrada en medio; al este, Eladio López Montero y Vladimir Rill Jiménez y al oeste, Álvaro Ureña López. Mide: cuatro mil setecientos ochenta y tres metros cuadrados metros cuadrados. Plano: P-1436154-2010. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veintidós de setiembre de dos mil veinte con la base de quince millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y cuatro colones con ochenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del treinta de setiembre de dos mil veinte con la base de cinco millones ciento cuarenta y ocho mil doscientos ochenta y un colones con sesenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de José Ramon Vargas López contra Manuel Andrés Jiménez Salas. Expediente N° 16-000687-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 08 de junio del año 2020.—Licda. Eida Virginia Madrigal Camacho, Jueza.—( IN2020472750 ).

En este despacho, con una base de dieciséis millones ciento dieciocho mil ciento veintisiete colones con noventa y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas ley caminos citas: 489- 19724-01-0007-001, reservas ley aguas citas: 489-19724-01-0008-001 reservas ley forestal citas: 489-19724-01-0009-001; sáquese a remate la finca del partido de guanacaste, matrícula número 215164 derecho 000, la cual es terreno solar situada en el distrito 3-Mogote cantón 4-Bagaces de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Sara Pérez Ocampo; sur, Hugo Pérez Ocampo; este, Hugo Perez Ocampo, oeste, calle pública mide:trescientos metros cuadrados plano:g-1839698-2015. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del cuatro de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del doce de noviembre de dos mil veinte con la base de doce millones ochenta y ocho mil quinientos noventa y cinco colones con noventa y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de noviembre de dos mil veinte con la base de cuatro millones veintinueve mil quinientos treinta y un colones con noventa y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Carlos Alberto Vargas Sibaja. Expediente N° 19-004175-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 14 de junio del año 2020.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—( IN2020472763 ).

En este Despacho, se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta de octubre de dos mil veinte. Con una base de diecisiete millones cuarenta y un mil quinientos cincuenta y siete colones con cincuenta y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones, ref: 2765-467-001 citas: 323-06662- 01-0901-047; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento cuarenta mil cuatrocientos sesenta y uno, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir situada en el distrito 2-Sabalito cantón 8-Coto Brus de la provincia de Puntarenas Linderos: norte, calle publica y Noe Alberto Ramírez Araya; sur, Noe Alberto Ramírez Araya este : Danilo Araya Rojas oeste, Noe Alberto Ramírez Araya Mide: dos mil trescientos dieciséis metros con sesenta y tres decímetros cuadrados plano: P-0926808-2004. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del nueve de noviembre de dos mil veinte con la base de doce millones setecientos ochenta y un mil ciento sesenta y ocho colones con dieciséis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de noviembre de dos mil veinte con la base de cuatro millones doscientos sesenta mil trescientos ochenta y nueve colones con treinta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Miguel Asdrúbal Martínez Cordero, Raquel Vanessa Porras Barrantes. Expediente Nº 19-000777-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 19 de junio del 2020.—Licda. Eida Virginia Madrigal Camacho, Jueza Tramitadora.—( IN2020472764 ).

En este despacho, con una base de siete millones doscientos treinta y cuatro mil setecientos seis colones con cincuenta y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas: 2013-329297-01-0003-001; sáquese a remate la finca del partido de guanacaste, matrícula número doscientos cuatro mil cuatrocientos diecisiete, derecho cero cero cero la cual es terreno naturaleza: lote uno-terreno para construir. Situada en el distrito 3- Sardinal, cantón 5-Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, servidumbre de paso con un frente a ella de catorce metros con cincuenta centímetros lineales y seis metros de ancho; al sur, Juana Adina Carballo Espinoza; al este, Juana Adina Carballo Espinoza y al oeste, Juana Adina Carballo Espinoza. Mide: trescientos doce metros cuadrados. Plano: G-1722315-2014. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiuno de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del veintinueve de setiembre de dos mil veinte con la base de cinco millones cuatrocientos veintiséis mil veintinueve colones con noventa y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de octubre de dos mil veinte con la base de un millón ochocientos ocho mil seiscientos setenta y seis colones con sesenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Basilia Romero Vega. Expediente N° 15-002095-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 23 de junio del año 2020.—Natalia Orozco Murillo, Jueza Decisora.—( IN2020472765 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis millones seiscientos diecisiete mil doscientos treinta y ocho colones con ochenta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Guanacaste, matrícula número setenta y un mil sesenta y nueve, derecho 000, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito: 01-Liberia, cantón: 01-Liberia de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Mut. Guanacast. Ahorr. y Prest. P/Vivien.; al sur, Mut. Guanacast. Ahorr. y Prest. P/Vivien.; al este, Mut. Guanacast. Ahorr. y Prest. P/Vivien.; y al oeste, calle publica con 10,00 mts. Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintidós de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del treinta de setiembre de dos mil veinte, con la base de doce millones cuatrocientos sesenta y dos mil novecientos veintinueve colones con dieciséis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del ocho de octubre de dos mil veinte, con la base de cuatro millones ciento cincuenta y cuatro mil trescientos nueve colones con setenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Rosa Emilia Hernández Duarte. Expediente N° 19-001457-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 25 de junio del 2020.—Licda. Zary Navarro Zamora, Jueza Decisora.—( IN2020472766 ).

En la puerta exterior de este Despacho, con una base de nueve millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 383188-000, la cual es terreno para construir con 1 casa lote 12 B. Situada: en el distrito 01 Aserrí, cantón 06 Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 10 B; al este, lote 13 B, y al oeste, lote 11 B. Mide: doscientos veinte metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del ocho de setiembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas y cero minutos del diecisiete de setiembre del dos mil veinte, con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticinco de setiembre del dos mil veinte, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Fernando Alberto Vargas Vargas. Expediente N° 10-033372-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 18 de junio del 2020.—M.Sc. Maureen Cecilia Vargas Solano, Jueza Tramitadora.—( IN2020472767 ).

En este Despacho, con una base de tres millones ciento siete mil ciento ochenta y ocho colones con veintiún céntimos (25% de la base original), libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condi. y limitac. ref: 2641-571-001 citas: 316-12898-01-0901-103; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula N° 191325-000, la cual es terreno con una casa y jardín, situada en el distrito 1-Corredor, cantón 10-Corredores de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, Hazel Guadamuz Rojas, sur, Carretera Interamericana con 9 metros de frente, este, Hazel Guadamuz Rojas, oeste, Walter Badilla Ruiz. Mide: ciento sesenta y nueve metros cuadrados, Plano: p-1570171-2012. Para tal efecto, se señalan las siete horas y treinta minutos del veinte de agosto del dos mil veinte. Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra William Enrique Ortega Vargas. Expediente Nº 19-002056-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 03 de julio del 2020.—Eida Virginia Madrigal Camacho, Jueza Tramitadora.—( IN2020472768 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y tres millones doscientos setenta y seis mil doscientos catorce colones con noventa y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 196-04529-01-0901-001, servidumbre sirviente citas: 196-04529-01-0902-001,servidumbre sirviente citas: 196-04529-01-0903-001, servidumbre sirviente citas: 196-04529-01-0904- 001, servidumbre sirviente citas: 196-04529-01-0905-001, servidumbre trasladada citas: 347-06232-01-0900-001, servidumbre trasladada citas: 347-06232-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 347-06232-01-0902-001, servidumbre trasladada citas: 347-06232-01-0903-001, servidumbre trasladada citas: 347-06232-01-0904-001, servidumbre trasladada citas: 372-14167-01-0903-001, servidumbre trasladada citas: 372-14167-01-0904-001, servidumbre de paso citas: 573-70399-01-0015-001, servidumbre de paso citas: 573-70399-01-0015-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos treinta y seis mil ciento ochenta, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno patos. Situada en el distrito 4-Coyolar, cantón 9-Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Agroexportaciones J Y C S.A.; al sur, calle pública con un frente de 45.12 metros; al este, Quintas Hugo S.A. y al oeste, Quintas Hugo S.A. Mide: cuatro mil ochocientos cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta y uno de agosto de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del ocho de setiembre de dos mil veinte con la base de treinta y nueve millones novecientos cincuenta y siete mil ciento sesenta y un colones con dieciocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del diecisiete de setiembre de dos mil veinte con la base de trece millones trescientos diecinueve mil cincuenta y tres colones con setenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Karina de Los Ángeles Aragón Campos, Quintas Hugo Sociedad Anónima. Expediente Nº 19-004521-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 11 de mayo del año 2020.—Licda. Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2020472771 ).

En este Despacho, Con una base de veintiséis millones trescientos cincuenta y seis mil doscientos cinco colones con diez céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; pero soportando servidumbre trasladada citas: 363-09329-01-0900-001 sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula trescientos cincuenta y un mil ochocientos veinte- cero cero cero, naturaleza: terreno de solar con una casa, situada en el distrito 1-San Isidro de el General, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José, Linderos: norte, noreste calle pub con 20,09 mts sur, suroeste, Elba Bolalos Cedeño, este, noroeste calle pública, oeste, sur, Lidieth Vargas Gamboa. Mide: doscientos veinte metros con cero decímetros cuadrados, plano: SJ-0709809-1987, para lo cual se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del veintiocho de setiembre de dos mil veinte con la base de diecinueve millones setecientos sesenta y siete mil ciento cincuenta y un colones con cincuenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del siete de octubre de dos mil veinte con la base de seis millones quinientos ochenta y nueve mil cincuenta colones con cincuenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. - Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Ilse Valverde Jiménez, Inversiones Doña Ilse Ilmavaji Sociedad Anónima. Expediente Nº 20-000481-1763-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 15 de junio del 2020.—Msc. Franz Castro Solís, Juez Tramitador.—( IN2020472772 ).

En este Despacho, con una base de veinticuatro millones diecinueve mil cuatrocientos sesenta y cinco colones con ochenta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando citas: 320-14812-01-0901-008, cond. y reserv. ref.: 2750-075-001, citas: 320-14812-01-0903-008 cargas ref.: 2750-075-001, reservas y restricciones citas: 338-09747-01-0900-001; sáquese a remate la finca del Partido de Guanacaste, matrícula N° 41720-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito: 01-Liberia, cantón: 01-Liberia de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Alameda Herdford; al sur, INVU; al este, lote 36; y al oeste, lote 38. Mide: ciento quince metros cuadrados. Plano: G-0363042-1979. Para tal efecto se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veinte. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del uno de setiembre de dos mil veinte, con la base de dieciocho millones catorce mil quinientos noventa y nueve colones con cuarenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de setiembre de dos mil veinte, con la base de seis millones cuatro mil ochocientos sesenta y seis colones con cuarenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Adonay Odir Coto Loría. Expediente N° 18-003043-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 08 de julio del 2020.—Licda. María Fernanda Hernández Marchena, Jueza Decisora.—( IN2020472773 ).

En este Despacho, con una base de veintidós millones quinientos sesenta y un mil cuatrocientos ochenta y cuatro colones con cincuenta y seis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, bajo las citas: 0402-00014637-01-0911-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 00433482, derecho 005,006,007,010, la cual es terreno para construir lote 4 del bloque A. Situada: en el distrito 01 Alajuelita, cantón 10 Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Urbanización Riveras del Río Uno; al sur, calle pública; al este, Constructora Fénix S. A., y al oeste, Constructora Fénix S. A. Mide: ciento dos metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del siete de setiembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de setiembre del dos mil veinte, con la base de dieciséis millones novecientos veintiún mil ciento trece colones con cuarenta y dos céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de setiembre del dos mil veinte, con la base de cinco millones seiscientos cuarenta mil trescientos setenta y un colones con catorce céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Flor María Elizondo Esquivel, Ólger Gaspar Hidalgo Chavarría. Expediente N° 17-011736-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 03 de julio del 2020.—Licda. Susana María Murillo Alpízar, Jueza Tramitadora.—( IN2020472774 ).

En este Despacho, con una base de veinte millones doscientos veinte mil trescientos cuarenta y nueve colones con once céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 332-04087-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 333-19467-01-0900-001, servidumbre trasladada citas: 333-19467-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 333- 19467-01-0902-001, servidumbre trasladada citas: 333-19467-01-0903- 001, servidumbre trasladada citas: 333-19467-01-0904-001; sáquese a remate la finca del Partido de Guanacaste, matrícula número ciento un mil noventa y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno de solar para construir. Situada en el distrito 1-Cañas, cantón 6-Cañas de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Carretera Interamericana con un frente de 20,00 metros; al sur, Biodiversidad de las Américas S. A.; al este, Biodiversidad de las Américas S. A.; y al oeste, Biodiversidad de las Américas S. A. Mide: ochocientos metros con cinco decímetros cuadrados. Plano: G-0317794-1996. Para tal efecto se señalan las nueve horas y treinta minutos del diez de agosto de dos mil veinte. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de agosto de dos mil veinte, con la base de quince millones ciento sesenta y cinco mil doscientos sesenta y un colones con ochenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de agosto de dos mil veinte, con la base de cinco millones cincuenta y cinco mil ochenta y siete colones con veintiocho céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Maylin Mora Chaves. Expediente N° 19-007153-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 9 de junio del 2020.—Natalia Orozco Murillo, Jueza Decisora.—( IN2020472775 ).

En este Despacho, con una base de veintiún millones cuatro mil quinientos catorce colones con sesenta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Servidumbre trasladada bajo las citas: 308-06882-01-0901-001, Servidumbre de paso bajo las citas: 2010-348629-01-0002-001, Servidumbre de paso bajo las citas: 2015-390183-01-0006-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula N° 498.301-000, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito: 04-Aguas Zarcas, cantón: 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Hazel Campos Rodríguez; al sur, Hazel Campos Rodríguez; al este, Argo de Venecia S.A., y al oeste, servidumbre de paso con frente de 9.91 metros. Mide: ciento setenta y siete metros cuadrados, Plano: A-1586565-2012. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintidós de octubre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas y treinta minutos del treinta de octubre del dos mil veinte, con la base de quince millones setecientos cincuenta y tres mil trescientos ochenta y seis colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del nueve de noviembre del dos mil veinte, con la base de cinco millones doscientos cincuenta y un mil ciento veintiocho colones con sesenta y siete céntimos (25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra José Daniel García Araya. Expediente Nº 18-003593-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 07 de julio del 2020.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2020472776 ).

En este Despacho, con una base de diez millones ciento setenta mil ciento noventa colones con cuarenta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando prohibiciones, artículo 16 Ley N° 7599, citas: 479-06693-01-0111-001; sáquese a remate la finca del Partido de Limón, matrícula N° 104671-000, terreno para construir. Situada en el distrito 2-Batán, cantón 5-Matina de la provincia de Limón. Colinda: al norte, María Xenia Gómez Obando; al sur, Emerita Murillo Venegas; al este, calle pública con 36,89 metros de frente; y al oeste, María Xenia Gómez Obando. Mide: cuatrocientos ochenta y tres metros con un decímetro cuadrado. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veinte. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del dos de setiembre de dos mil veinte, con la base de siete millones seiscientos veintisiete mil seiscientos cuarenta y dos colones con ochenta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del diez de setiembre de dos mil veinte, con la base de dos millones quinientos cuarenta y dos mil quinientos cuarenta y siete colones con sesenta céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Giovana Mejía Bolaños. Expediente N° 18-003994-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 3 de junio del 2020.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez Tramitador.—( IN2020472779 ).

En este despacho, con una base de catorce millones cuarenta y ocho mil once colones con treinta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas CL294649, Marca: Toyota, Estilo: Hilux SRV, Categoría: carga liviana, Capacidad: 5 personas, serie: MR0HZ8CD7G0500190, carrocería: camioneta pick-up, tracción: 4x4, año fabricación: 2016, color: gris, N° Motor: 1KDU778788, modelo: KUN126LDTFMYF, combustible: diesel. Para tal efecto se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de octubre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del veintisiete de octubre de dos mil veinte con la base de diez millones quinientos treinta y seis mil ocho colones con cuarenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del cuatro de noviembre de dos mil veinte con la base de tres millones quinientos doce mil dos colones con ochenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Alex Miguel Rojas Ledezma. Expediente N° 19-007685-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 16 de julio del año 2020.—Licda. Zary Navarro Zamora, Jueza Decisora.—( IN2020472787 ).

En este Despacho, con una base de sesenta millones setecientos veinticinco mil colones exactos, soportando limitaciones citas: 280-05615-01-0902-003, demanda ordinaria citas: 800-613807-01-0001-001, hipoteca de primer grado citas: 2017-176612-01-0001-001 e hipoteca de segunda grado citas: 2018-498731-01-0001-001, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 135006-000, la cual es terreno agricultura. Situada en el distrito 13-Peñas Blancas, cantón 2-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública, José Ángel Pérez Arrieta y Rolando Pérez Badilla; al sur, Quebrada Mora y Ronald Castro Alvarado; al este, José Ángel Pérez Arrieta y Rolando Pérez Badilla; y al oeste, calle pública y Ronald Castro Alvarado. Mide: ciento tres mil seiscientos setenta y un metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Plano: A-0698502-2001. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticinco de setiembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del cinco de octubre del dos mil veinte con la base de cuarenta y cinco millones quinientos cuarenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del trece de octubre del dos mil veinte con la base de quince millones ciento ochenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Hernán Osvaldo González López contra Costa Rica Animal Health Sociedad Anónima. Expediente N° 19-006865-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 21 de junio del 2020.—Eunice Pérez Arce, Jueza Decisora.—( IN2020472821 ).

En este Despacho, con una base de veintiún millones cinco mil seiscientos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula N° 59149, derechos 001, 002, 003, 004, 005, 006, la cual es terreno de café con una casa, situada en el distrito Mercedes, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Belisario Rojas Ramos; al sur, Belisario Rojas Ramos; al este, calle pública con un frente de 8.36 metros, y al oeste, Carmen Bolaños. Mide: ciento cuarenta y cuatro metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas del dos de setiembre del dos mil veinte. Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Marco Antonio Ulate Bolaños contra Luz María Ulate Bolaños y otros. Expediente Nº 13-000152-0504-CI.—Tribunal Colegiado Primera Instancia Civil Heredia, 13 de julio del 2020.—María Inés Mendoza Morales, Jueza Decisora.—( IN2020472825 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 12-000125-0422-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Maily Obando Mora quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de Ciudad Neilly Corredores, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 6-114-106, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito cuarto, cantón Sétimo, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte Denis Aguilar Mora; al este Felipe Moreno López y al oeste calle publica con 12 metros de frente. Mide: Quinientos Cuarenta y seis metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir No pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón colones. Que adquirió dicho inmueble por compra que le hice al señor Walter Coronado Jiménez, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cuida y conservar el inmueble debidamente deslindado mediante cercas de alambre de púas y postes vivos y muertos, chapearlo, sembrar árboles frutales de marañón, mango, limón y siembra de palmeras. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Maily Obando Mora.—Juzgado Civil y Trabajo de Golfito (Materia Civil), 01 de julio del año 2020. Expediente Nº:12-000125-0422-CI-6.—Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez Tramitador.—( IN2020472173 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 08-000406-0388-CI, donde se promueve información posesoria por parte de Maricel Elizondo Zúñiga, quien es mayor, soltera, master en educación, portadora de la cédula N° 01-0728-0015, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir bajo el plano G-413265-1997. Situada en el distrito tercero, cantón tercero. Colinda: al norte: con calle pública con un frente de diez metros lineales; al sur y al este, con Asociación de Desarrollo Integral de San Francisco de Veintisiete de Abril de Santa Cruz; y al oeste, con Lizzette Vallejos y Javier Guevara. Mide: doscientos metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble compra que le hiciere a Asociación de Desarrollo Integral de San Francisco de Veintisiete de Abril de Santa Cruz, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica, sin interrupción y a título de única dueña. Que los actos de posesión han consistido en cuidar la finca. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Maricel Elizondo Zúñiga. Expediente N° 08-000406-0388-CI-4.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 7 de julio del 2020.—Lic. Carlos Esteban Sancho Araya, Juez.—1 vez.—( IN2020472324 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 13- 100155-0642-CI donde se promueve información posesoria por parte de Álvaro Montes Mora quien es mayor, estado civil Casado, vecino de paquera, vainilla, 200 metros oeste de la Escuela de Concepción, portador de la cédula número 0602600120, profesión, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Paquera, cantón Puntarenas. Colinda: al norte con Monterra Developer Group Limitada; al sur con calle pública; al este con German Sánchez Alvarado y al oeste con Monterra Developer Group Limitada. Mide: trescientos cuarenta y ocho punto veinte metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir No pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble traspaso oneroso, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercas, chapeas, siembra de árboles frutales, remoción de maleza, así como el cuido de la propiedad. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. proceso información posesoria, promovida por Álvaro Montes Mora. Expediente Nº:13-100155-0642-CI-3.—Juzgado Civil de Puntarenas, 08 de noviembre del año 2018.—M.SC. María Fernanda Hernández Marchena, Jueza Decisora.—( IN2020472384 ).

Se hace saber que, ante este despacho se tramita el expediente N° 20-000043-0296-CI, donde se promueve Información Posesoria por parte de Roberto Espinoza Rojas, quien es mayor, estado civil casado, vecino de San Isidro de Grecia, portador de la cédula número 0202670435, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno de un solar para construir. Situada en el distrito dos San Isidro, cantón tercero Grecia. Mide: Ocho mil trescientos tres metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Roberto Espinoza Rojas. Expediente N° 20-000043-0296-CI-2. Nota: publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), 27 de abril del año 2020.—Licda. Mayra Cristina Cordero Espinoza, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020472456 ).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 06-000013-0815-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Heidy Jiménez Rodríguez quien es mayor de edad, casada una vez, ama de casa, portadora de la cédula 02-0354-0205, vecina de Guadalupe de Alajuela a fin de inscribir a su nombre y ante el registro público de la propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno para construir con árboles frutales. Situada en el distrito primero Alajuela, cantón primero Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Héctor Vargas Artavia; al sur, calle pública al este, Oved Jiménez Rodríguez, Isabel Jiménez Rodríguez y Vianney Rodríguez Núñez y al oeste, Isabel Jiménez Rodríguez y Vianney Rodríguez Núñez. Mide: mil ochocientos sesenta y nueve metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 2-2181643- 2020. Indica la promovente que estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de quinientos mil colones cada una. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Heidy Jiménez Rodríguez. Expediente N° 06-000013-0815-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de junio del año 2020.—Licda. María Carolina Hurtado García, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020472593 ).

Edwin Núñez Núñez, mayor, casado una vez, agricultor, cédula de identidad uno-cuatrocientos cincuenta y nueve-seiscientos veintinueve; y Aurea León Fallas, mayor, casada una vez, administradora del hogar, ambos vecinos del Hoyon de Pérez Zeledón, ciento cincuenta metros al norte de la Escuela Jerusalén, solicitan se levante Información Posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe así: terreno para ganadería y agricultura. Situado: en Buenos Aires, del distrito primero: Buenos Aires, del cantón tercero: Buenos Aires, de la provincia sexta de: Puntarenas, con los siguientes linderos: norte, Cristian Jesús Jiménez Blanco; sur, calle pública y Miguel Ángel Vargas Rivera; este, Jesús Espinoza Vargas, y al oeste, camino público. Mide: trescientos veintiocho mil trescientos diecinueve metros cuadrados, según plano catastrado N° P-1715366-2014. El terreno antes descrito, el solicitante ha sido el poseedor en calidad de dueño de manera pública, pacifica e ininterrumpida por más de diez años. Estima el fundo en la suma de veinte millones de colones, igualmente las presentes diligencias. Con un mes de término contados a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información Posesoria, expediente N° 13-000113-1129-AG establecidas por Edwin Núñez Núñez y Aurea León Fallas.—Juzgado Agrario de Buenos Aires, 11 de junio del 2020.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020472594 ).

Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000041-0815-AG, mediante el cual se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Olman Gerardo Herrera Madrigal, quien es mayor de edad, soltero, vecino de San José, Santa Ana, Pozos, quinientos metros al noroeste de la escuela “Honduras”, portador de la cédula de identidad N° 1-0656-0651, comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es de pasto. Situada en el distrito: 04-San Isidro, cantón: 05-Atenas de la provincia de Alajuela. Colinda: norte: con Isidro Ramírez Alvarado y Victoria Rodríguez Barrantes; al sur, con servidumbre paso y quebrada Ramírez; al este: con calle pública: y al oeste: con Olman Gerardo Herrera Madrigal. Mide: tres mil cuatrocientos veinticuatro metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 2-2172539-2019. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de seis millones de colones y las presentes diligencias en la suma de seis millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria promovida por Olman Gerardo Herrera Madrigal. Expediente N° 20-000041-0815-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 02 de julio del 2020.—Lic. Luis Alonso Madrigal Pacheco, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020472603 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000002-0423-CI donde se promueve Información Posesoria por parte de Ana Lorena Angulo Angulo, quien es mayor, estado civil casada, vecina de Ciudad Cortés de Osa, portadora de la cédula número 0901050283, profesión oficios domésticos, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno con casa de habitación. Situada: en el distrito primero: Ciudad Cortés, cantón quinto: Osa. Colinda: al norte, con Juan María Flores Navarro y Victoria Gerardina Jiménez Montenegro; al sur, Asociación Cruz Roja Costarricense; al este, José Ángel Morales Atencio, y al oeste, con calle pública. Mide: quinientos siete metros cuadrados. Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantener limpia y bien construidas las colindancias, así como la construcción de una casa de habitación y un galerón. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Ana Lorena Angulo Angulo. Expediente N° 20-000002-0423-CI-0.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Osa (Materia Civil), 10 de julio del 2020.—MSc. Ileana Audrey Castillo Porras, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020472662 ).

Citaciones

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Carlos Alberto Gutiérrez Vargas, quien fue mayor, divorciado una vez, cédula 1-0250-0460, vecino de Pavas, 200 oeste de Palí y quien falleció el día seis de junio del dos mil veinte, defunción inscrita en el Registro de Defunciones, provincia de San José, citas seis tres cuatro uno dos cuatro cero dos cuatro siete, para que en el plazo de quince días hábiles contados a partir de la fecha de publicación de este edicto, comparezcan los interesados a reclamar sus derechos. Se previene a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 011-2020, notaría del bufete de la licenciada Susy Aguilar Ulloa.—Lic. Susy Aguilar Ulloa, Notaria.—1 vez.—( IN2020472076 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Yorleny María Chivi Núñez, a las 17 horas y 11 minutos del 17 de julio del año 2020, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Nazaret Ramírez Chivi, soltera, cédula de identidad número siete-cero cincuenta-cero ocho noventa y tres, pensionada, vecina de la provincia de Limón, cantón central, distrito Limón, barrio La Colina, setenta y cinco metros sur del túnel, detrás de la primera casa que está al frente a la línea del ferrocarril. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos y se convoca por haberse ordenado así dentro del expediente notarial número 001-07-2020. Notaría de la Lic. Gina Betza Romero Pritchard, notaria pública con oficina abierta en la provincia de Limón, cantón central, barrio Roosevelt, del Registro Civil, cien metros este y veinticinco metros norte, local en concreto de una planta pintado en color celeste con gris. Teléfono 8398-2207.—Limón, 22 de julio 2020.—Licda. Gina Betza Romero Pritchard, Notaria.—1 vez.—( IN2020472106 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Eugenia Ríos Castillo, mayor, casada, de oficios domésticos, costarricense, con documento de identidad N° 0600850451 y vecina de San José, Sabanilla de Montes de Oca y Luis Ramón Morales López, mayor, costarricense, viudo, pensionado, cédula de identidad N° 0600600495 y vecino de San José, Sabanilla de Montes de Oca. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000387-0182-CI-7.—Juzgado Tercero Civil de San José, 02 de julio del 2020.—Licda. Margarita Mena Gutiérrez, Jueza.—1 vez.—( IN2020472152 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados, de quien en Vida se llamó Nelson James Webb Brenes quien fue mayor, casado dos veces Auditor, vecino de Mercedes Sur de Heredia de la Ermita doscientos metros al norte y ciento cincuenta metros al oeste, cédula de identidad número: uno- cero doscientos cuarenta y nueve-cero quinientos ochenta y seis, ,para que en el término de 30 días contados a partir de la publicación de este Edicto se apersonen en este proceso a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que no lo hicieren en el término indicado ante esta Notaría, la herencia pasará. a quien corresponda. Notaría del Lic. Marco Aurelio Maroto Marín 190 metros al oeste de Central de Autos Tibás. Expediente Nº:001- 2020.—Lic. Marco Aurelio Maroto Marin, Notario Publico.—1 vez.—( IN2020472170 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados, de quien en Vida se llamó Gilbert Vainer Gringras, quien fue mayor, casado una vez, Empresario, vecino de San Rafael de Escazú; Rivera Exótica trescientos metros la norte, cien metros este y cincuenta metros al norte portador de la cédula de identidad número uno-doscientos cuarenta y dos-quinientos cinco; para que en el término de 30 días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen en este proceso a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que no lo hicieren en el término indicado ante esta notaría, la herencia pasará a quien corresponda. Notaria del Lic. Marco Aurelio Maroto Marín 190 metros al oeste de Central de Autos Tibás. Expediente Nº:002-2020.—Lic. Marco Aurelio Maroto Marin, Notario Público.—1 vez.—( IN2020472171 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Martín Alfonso Sánchez Rodríguez, quien fue mayor de edad, casado una vez, constructor, de La Unión, Dulce Nombre, Cartago, con cédula de identidad tres-doscientos cincuenta y nueve-setecientos ochenta y uno, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Esta notaría, está situada en el Bufete Central-Law, San José, Los Yoses, del Grupo Q, 400 metros al sur, 200 oeste y 25 norte, Edificio Blanco a Mano izquierda. Teléfono: 2280-5257. Expediente N° 001-2020.—Licda. Notaría de Randall Quirós Bustamante, Notario.—1 vez.—( IN2020472318 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Alfredo Gerardo Calleja Hernández, costarricense, mayor, casado, chofer, portador de la cédula de identidad N° 01-0969-0161, y vecino de Heredia, centro. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto Expediente N° 20-000105-0180-CI-7.—Juzgado Civil de Heredia, 8 de julio del 2020.—Licda. Sandra Trejos Jiménez, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2020472321 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Azucena Espinoza Mejías, mayor, divorciada, auxiliar de enfermería, costarricense, con documento de identidad 0203580327 y vecina de Grecia, centro, ochocientos metros al sur del cementerio. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000166-0295-CI-8.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia, (Materia Civil), 30 de junio del 2020.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020472332 ).

Mediante acta inicial de apertura de sucesorio notarial otorgada por los señores Etelberto Hernández Espinoza, y Lucinia Yadira, Alice Estrella y Ana Rocío, todas Hernández Lobo, a las quince horas treinta minutos del dieciocho de junio del dos mil veinte y comprobado que fue el fallecimiento de quien en vida fue Ana Rosa Lobo Hernández, mayor, casado una vez, de oficios del hogar, portadora de la cédula de identidad número cuatro-cero cero ochenta y siete-cero cuatrocientos cincuenta y nueve, quien falleció el cinco de julio del dos mil cinco en Heredia, en el Hospital San Vicente de Paúl, esta notaría declaró abierto su proceso sucesorio notarial ab intestato. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, a hacer valer sus derechos. Notaría del Doctor Francisco Morera Alfaro, sito en Heredia, en calle nueve, avenidas siete y nueve, cuatrocientos metros al norte de la Universidad Nacional, teléfono (PBX) 2560-0220.—Lic. Francisco Morera Alfaro, Notario.—1 vez.—( IN2020472349 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó David Stanley Dufford de un solo apellido por su nacionalidad estadounidense, mayor, casado, profesión desconocida, nacionalidad Estados Unidos, con documento de identidad PC15064576 y vecino de Moravia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000327-0182-CI-5.—Juzgado Tercero Civil de San José, 07 de julio del 2020.—M.Sc. Wálther Obando Corrales, Juez.—1 vez.—( IN2020472357 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Cindy Paola Madrigal Latouche, mayor, soltera, administradora, costarricense, con documento de identidad N° 01-1071-0929 y vecina de San José, Desamparados, San Jerónimo, Urbanización Loma Linda, casa 31. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000330-0217-CI.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San José, (Desamparados), 8 de julio del 2020.—Licda. Floryzul Porras López, Jueza.—1 vez.—( IN2020472360 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ramiro Obando Monge, mayor, casado dos veces, pensionado, costarricense, con documento de identidad 0103610586 y vecino Alajuela, Naranjo, del cruce de tapa, un kilómetro hacia San José, Finca La Polvera. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000128-0295-CI-2.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia, (Materia Civil), 25 de junio del 2020.—Lic. Freddy Aikman Espinoza, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2020472362 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio testamentario de quien en vida se llamó Elida Vargas Jiménez, mayor, casada una vez, ama de casa, costarricense, con documento de identidad 0201180821, vecina de San Ramón y Ramón Rojas Rojas, mayor, casado una vez, agricultor, costarricense, con documento de identidad 0201140345, vecino de San Ramón. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 18-000188-0296-CI-7.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, (San Ramón), (Materia Civil), 26 de octubre del 2018.—Licda. Yorleny Bello Varela, Jueza.—1 vez.—( IN2020472366 ).

Se hace saber que en este despacho bajo el expediente judicial N° 20-000121-0678-CI, se tramita el proceso sucesorio de Irvin Liba Morgan Morgan, mayor, casado una vez, educador pensionado, costarricense, domiciliado en el cantón Matina, de la provincia Limón y titular de la cédula de identidad N° 7-038-416. Se indica a las personas presuntas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar lo que consideren necesario en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 2 de julio del 2020.—Msc. Victoria Eugenia Ramírez Víquez, Jueza.—1 vez.—( IN2020472383 ).

Se hace saber que, en este Tribunal de Justicia, bajo el expediente judicial N° 20-000014-0678-CI, se tramita el proceso sucesorio de Mainor Ramón Chaves Sandoval, quien en vida fue mayor, soltero, pensionado, costarricense, titular de la cédula de identidad N° 7-059-116 y domiciliado en el Barrio Cristóbal Colón, del cantón Limón, de la provincia Limón. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y, en general, a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán hacer valer sus derechos en este asunto dentro del plazo de quince días a partir de la publicación de este edicto.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 23 de abril del 2020.—Lic. Diego Alejandro Meoño Piedra, Juez.—1 vez.—( IN2020472397 ).

Se hace saber que, en este despacho, bajo el expediente judicial N° 19-000308-0678-CI, se tramita el proceso sucesorio de Fausto Manuel De Los Coto Paniagua, mayor, viudo una vez, estibador, costarricense, domiciliado en el cantón Matina, de la provincia Limón y titular de la cédula de identidad N° 3-246-690. Se indica a las personas presuntas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar lo que consideren necesario en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 27 de abril de 2020.—Lic. Diego Alejandro Meoño Piedra, Juez.—1 vez.—( IN2020472398 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Alan Felipe Vargas Blanco, mayor, soltero en unión de hecho, empresario, Costarricense, con documento de identidad 1-1038-042 y vecino de Huacas de Santa Cruz, Guanacaste, Limonales, primera entrada a la derecha, en el antiguo camino a Garita. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000135-0388-CI-6.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 08 de junio del año 2020.—Lic. Carlos Esteban Sancho Araya, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2020472399 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Jeannette de Los Ángeles Arce Murillo, a las nueve horas del primero de julio del año dos mil veinte y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Juan Arce Jiménez, mayor, viudo una vez, portador del número de cédula dos-cero uno cinco nueve cero cinco cuatro seis, pensionado, vecino de San José, Desamparados, de la entrada principal del Cementerio cien metros sur y setenta y cinco metros oeste. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos en la oficina ubicada en San José, barrio naciones unidas de la bomba Delta doscientos cincuenta metros oeste y ciento veinticinco metros sur en la Notaría de la Licda. Isabel María Vásquez Rojas, 70117981.—Licda. Isabel María Vásquez Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2020472441 ).

El suscrito notario hace constar y da fe, que, en esta notaría Pública, se dio la apertura al sucesorio en sede notarial de quien en vida fue: María Isabel Zúñiga Marín y portó cédula: uno-cuatrocientos ochenta y ocho-quinientos sesenta y siete. Publíquese por el plazo de ley, para interesados en este proceso.—San José, veinte de julio del dos mil veinte.—Lic. José Raúl Ugalde Xatruch, Notario.—1 vez.—( IN2020472446 ).

Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores, y demás interesados, por el plazo de quince días, para que se apersonen en juicio sucesorio del señor Manuel Ángel Moreira Salas, mayor de edad, soltero, agricultor, vecino de San Isidro de Aguas Claras, Upala, cien metros este de la delegación de policía de la localidad, con cédula de identidad número cinco- cero ciento uno- cero trescientos treinta y siete, o de lo contrario la herencia pasará a quien corresponda. Notaría Pública de la Licda. Nancy María Echeverría Ordoñez, sito San Isidro de Aguas Claras, diez de julio del dos mil veinte.—Licda. Nancy María Echeverría Ordoñez, Notaria.—1 vez.—( IN2020472450 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en el sucesorio de quien en vida fue, José Joaquín de Jesús Aguilar Chacón, mayor, casado una vez, agricultor, con cedula número tres-cero ciento diecinueve-cero cuatrocientos veintisiete, vecino de Cervantes, Alvarado, Cartago, Barrio Montisel, de la venta de agroquímicos Ujarrás, ciento cincuenta metros al este, y para que dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir de la presente publicación, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasara a quien corresponda. Sucesorio en sede notarial. Expediente N° 0001-2020.—Lic. José Eladio Fallas Valverde, Abogado y Notario.—1 vez.—( IN2020472468 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Michael Antonio Marín Jiménez, mayor, soltero, profesor de educación física, con documento de identidad uno- mil seiscientos cuarenta y dos-ciento cincuenta y tres (0116420153). Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Teléfono de oficina 27-70-15-70. Expediente N° 20-000040-0188-CI-1.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Civil), 17 de febrero del año 2020.—Lic. José Celso Fernández Delgado, Juez.—1 vez.—( IN2020472493 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Luis Reines Chacón Esquivel, de las trece horas del dieciséis de julio del dos mil veinte y comprobado el fallecimiento de Rosa Barquero Alpízar, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Limón, Pococí, Guápiles, Barrio los Pinares, setenta y cinco metros sur de la entrada principal, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio sin testamento. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Damaris Carranza Trejos, Guápiles, Pococí, Limón, tel.: 8405-3422. Es todo.—Guápiles, veintitrés de julio del dos mil veinte.—Licda. Damaris Carranza Trejos, Notaria.—1 vez.—( IN2020472498 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Fausto Enrique Garita Núñez, mayor, estado civil casado una vez, profesión u oficio Supervisor de Salud Rural, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0103660904 y vecino de km12, La Mona de Golfito, frente a los tanques de agua de la Ciudadela Madrigal. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 14-000158-0422-CI-9.—Juzgado Civil y Trabajo de Golfito, (Materia Civil), 01 de julio del 2020.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2020472542 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carlos Luis Quesada Salazar, mayor, estado civil casado una vez, profesión u oficio comerciante, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0203120850 y vecino de San Ramón de Alajuela. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 20-000096-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 02 de julio del año 2020.—Licda. Yorleny Bello Varela, Jueza.—1 vez.—( IN2020472546 ).

Se citan interesados sucesión de Carlos Alberto Trejos Picado, mayor, casado una vez, pensionado, cédula identidad N° 6-0062-0445, vecino San José, Curridabat, Granadilla Sur, costado de Servi Indoor, para que dentro plazo 15 días hábiles comparezcan hacer valer sus derechos ante esta notaría ubicada en San José, Curridabat, José María Zeledón, de gasolinera “El Ranchito”. un kilómetro norte, con el apercibimiento a los que crean tener derecho que si no se presentan en ese plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente sucesorio notarial N° 0002-2020.—San José, 24 de julio del 2020.—Lic. Óscar Eddy Trejos Monge, Notario.—1 vez.—( IN2020472555 ).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Mirania Bernarda Ramona Chavarría Rodríguez, mayor, estado civil casada, profesión oficios domésticos, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0900120555 y vecina de San José, Pérez Zeledón, barrio Los Pinos, frente al viejo taller Montoya, casa de zócalo, color rosado con blanco. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 20-000014-1555-AG.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires, (Materia Agraria), 9 de junio del 2020.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020472600 ).

Avisos

En este Despacho, se dictaron las siguientes resoluciones Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, a las catorce horas y cincuenta y tres minutos del ocho de agosto del dos mil trece. De conformidad con el artículo 5.1 de la Ley de Cobro Judicial y, cumpliendo el documento los requisitos legales, se ordena a la parte demandada Dulce María Chaves Herrera cédula(s) N° 0401060688; a pagarle al actor Asociación Solidarista de Empleados del Banco de Costa Rica y Afines, la suma de veintiséis millones trescientos nueve mil ochocientos colones con trece céntimos, de capital, más el monto de intereses corrientes de quinientos ochenta y cinco mil ciento treinta y un colones con ochenta céntimos, que de conformidad con el listado de la página dos, se enumerarán los pagaré del uno al cuarenta y uno, a fin de señalar los períodos en que se liquidan los intereses, con una tasa de interés anual del 25 por ciento, se desglosa de la siguiente manera: El Pagaré N°1, monto: ¢1.009.200.00, por el período del 21-12-2010 al 21-01-2011, la suma de ¢22.119,45; Pagaré N°2, monto: ¢953.471.50, por el período del 21-12-2010 al 21-01-2011, la suma de ¢20.898.01; Pagaré N°3, monto: ¢1.055.232.00, por el período del 04-01-2011 al 04-02-2011, la suma de ¢23.128.37; Pagaré N°4, monto: ¢502.272.00, por el período del 02-02-2011al 02-03-2011, la suma de ¢9.976.64; Pagaré N°5, monto: ¢493.014.00, por el período del 09-02-2011 al 09-03-2011, la suma de ¢9.972.74; Pagaré N°6, monto: ¢585.216.00, por el período del 20-02-2011 al 20-03-2011, la suma de ¢11.624.15; Pagaré N°7, monto: ¢433.425.00, por el período del 25-02-2011 al 25-03-2011, la suma de ¢8.609.13; Pagaré N°8, monto: ¢698.124.00, por el período del 09-03-2011 al 09-04-2011, la suma de ¢15.301.35; Pagaré N°9, monto: ¢428.544.00, por el período del 14-03-2011 al 14-04-2011, la suma de 9.392.75; Pagaré N°10, monto:¢738.876.70, por el período del 25-03-2011 al 25-04-2011, la suma de ¢16.194.56; Pagaré N°11, monto:¢557.568.00, por el período del 01-04-2011 al 01-05-2011, la suma de ¢11.838.77; Pagaré N°12, monto:¢474.817.00, la suma de ¢10.081.73; Pagaré N°13, monto: ¢529.920.00, la suma de ¢11.251.73, por el período del 15-04-2011 al 15-05-2011; Pagaré N°14, monto:¢906.707.00, la suma de ¢38.504.00, por el período del 25-04-2011 al 25-05-2011; Pagaré N°15, monto:¢504.077.00, por el período del 02-05-2011 al 02-06-2011, la suma de ¢11.048.26; Pagaré N°16, monto: ¢502.272.00, por el período del 16-05-2011 al 16-06-2011, la suma de ¢11.008.70; Pagaré N°17, monto: ¢484.461.00, por el período del 07-06-2011 al 07-07-2011, la suma de ¢10.286.50; Pagaré N°18, monto: ¢986.440.00, por el período del 16-06-2011 al 16-07-2011, la suma de ¢20.944.66; Pagaré N°19, monto: ¢419.328.00, por el período del 16-06-2011 al 16-07-2011, la suma de ¢8.903.54; Pagaré N°20, monto: ¢421.867.00, por el período del 21-06-2011 al 21-07-2011, la suma de ¢8.957.45; Pagaré N°21, monto:¢916.289.20, por el período del 11-07-2011 al 11-08-2011, la suma de ¢20.083.05; Pagaré N°22, monto: ¢421.867.00, por el período del 12-07-2011 al 12-08-2011, la suma de 9.246.4; Pagaré N°23, monto: ¢470.016.00, por el período del 14-07-2011 al 14-08-2011, la suma de ¢10.301.72; Pagaré N°24, monto:¢487.800.00, por el período del 21-07-2011 al 21-08-2011, la suma de ¢10.691.51; Pagaré N°25, monto:¢404.530.00, por el período del 21-07-2011 al 21-08-2011, la suma de ¢8.866.41; Pagaré N°26, monto:¢413.945.50, por el período del 01-08-2011 al 01-09-2011, la suma de ¢9.072.78; Pagaré N°27, monto: ¢421.867.00, por el período del 05-08-2011 al 05-09-2011, la suma de ¢9.246.4; Pagaré N°28, monto:¢ 474.624.00, por el período del 08-08-2011 al 08-09-2011, la suma de ¢10.402.72; Pagaré N°29, monto: ¢445.350.00, por el período del 08-08-2011 al 08-09-2011, la suma de ¢9.761.1; Pagaré N°30, monto: ¢986.440.00, por el período del 11-08-2011 al 11-09-2011, la suma de ¢21.620.6; Pagaré N°31, monto: ¢487.800.00, por el período del 18-08-2011 al 18-09-2011, la suma de ¢10.691.51; Pagaré N°32, monto: ¢442.981.00, por el período del 22-08-2011 al 22-09-2011, la suma de ¢9.709.17; Pagaré N°33, monto:¢811.812.00, por el período del 24-08-2011 al 24-09-2011, la suma de ¢17.793.14; Pagaré N°34, monto: ¢825.873.75, por el período del 30-08-2011 año 30-09-2011, la suma de ¢18.101.34; Pagaré N°35, monto: ¢445.350.00, por el período del 30-08-2011 al 30-09-2011, la suma de ¢9.761.1; Pagaré N°36, monto: ¢840.928.60, por el período del 05-09-2011 al 05-10-2011, la suma de ¢17.855.32; Pagaré N°37, monto: ¢986.440.00, por el período del 08-09-2011 al 08-10-2011, la suma de ¢20.944.96; Pagaré N°38, monto: ¢1.404.307.13, por el período del 22-09-2011 al 22-10-2011, la suma de ¢29.817.48; Pagaré N°39, monto: ¢442.981.00, por el período del 22-09-2011 al 22-10-2011, la suma de ¢9.405.76; Pagaré N°40, monto: ¢470.988.00, por el período del 22-09-2011 al 22-10-2011, la suma de ¢10.000.43; Pagaré N°41, monto: ¢1.022.777.75, por el período del 28-09-2011 al 28-10-2011, la suma de 21.716.51 , con una tasa de interés fija del 25 por ciento anual, y la suma de diez millones setecientos quince mil ciento noventa y ocho colones con ochenta y ocho céntimos, por concepto de intereses moratorios, que de conformidad con los pagaré aportados, los períodos se desglosan de la siguiente manera: Pagaré N°1, monto: ¢1.009.200.00, por el período del 22-01-2011 al 25-03-2013, la suma de ¢534.735.83; Pagaré N°2, monto: ¢953.471.50, por el período del 22-01-2011 al 25-03-2013, la suma de 505.207,47; Pagaré N°3, monto: ¢1.055.232.00, por el período del 05-02-2013 al 25-03-2013, la suma de ¢551.065.60; Pagaré N°4, monto: ¢502.272.00, por el período del 03-03-2011 al 25-03-2013, la suma de ¢252.182.40; Pagaré N°5, monto: ¢493.014.00, por el período del 10-03-2011 al 25-03-2013, la suma de ¢245.137,52; Pagaré N°6, monto: ¢585.216.00, por el período del 21-03-2011, la suma de ¢286.512; Pagaré N°7, monto: ¢433.425.00, por el período del 26-03-2011 al 25-03-2013, la suma de ¢210.692.71; Pagaré N°8, monto: ¢698.124.00, por el período del 10-04-2011 al 25-03-2013, la suma de ¢332.578.52; Pagaré N°9, monto: ¢428.544.00, por el período del 15-04-2011 al 25-03-2013, la suma de ¢202.665.60; Pagaré N°10, monto:¢738.876.70, por el período del 26-04-2011 al 25-03-2011, la suma de ¢343.782.91; Pagaré N°11, monto:¢557.568.00, por el período del 02-05-2011 al 25-03-2013, la suma de ¢256.713.60; Pagaré N°12, monto:¢474.817.00, por el período del 05-05-2011 al 25-03-2013, la suma de ¢217.624.46; Pagaré N°13, monto: ¢529.920.00, por el período del 16-05-2011 al 25-03-2013, la suma de ¢238.832; Pagaré N°14, monto:¢906.707.00, por el período del 26-05-2011 al 25-03-2013, la suma de ¢402.351.23; Pagaré N°15, monto:¢504.077.00, por el período del 03-06-2011 al 25-03-2013, la suma de ¢221.233.79; Pagaré N°16, monto: ¢502.272.00, por el período del 17-06-2011 al 25-03-2013, la suma de ¢215.558.40; Pagaré N°17, monto: ¢484.461.00, por el período del 08-07-2011 al 25-03-2013, la suma de ¢200.513.02; Pagaré N°18, monto: ¢986.440.00, por el período del 17-07-2011 al 25-03-2013, la suma de ¢402.111.31; Pagaré N°19, monto: ¢419.328.00, por el período del 17-07-2011 al 25-03-2013, la suma de 170.934.40; Pagaré N°20, monto: ¢421.867.00, por el período del 22-07-2011, la suma de ¢170.504.58; Pagaré N°21, monto:¢916.289.20, por el período del 12-08-2011, la suma de ¢356.971; Pagaré N°22, monto: ¢421.867.00, por el período del 13-08-2011 al 25-03-2013, la suma de ¢164.059.39; Pagaré N°23, monto: ¢470.016.00, por el período del 15-08-2011 al 25-03-2013, la suma de ¢182.131.20; Pagaré N°24, monto:¢487.800.00, por el período del 22-08-2011 al 25-03-2013, la suma de ¢186.651.25; Pagaré N°25, monto:¢404.530.00, por el período del 22-08-2011 al 25-03-2013, la suma de ¢154.788.91; Pagaré N°26, monto:¢413.945.50, por el período del 02-09-2011 al 25-03-2013, la suma de ¢164.140.89; Pagaré N°27, monto: ¢421.867.00, por el período del 06-09-2013 al 25-03-2013, la suma de ¢157.321.24; Pagaré N°28, monto: ¢474.624.00, por el período del 09-09-2011 al 25-03-2013, la suma de ¢176.006.40; Pagaré N°29, monto: ¢445.350.00, por el período del 09-09-2011 al 25-03-2013, la suma de ¢165.150.62; Pagaré N°30, monto: ¢986.440.00, por el período del 12-09-2011 al 25-09-2011, la suma de ¢363.749.75; Pagaré N°31, monto: ¢487.800.00, por el período del 19-09-2011 al 25-03-2013, la suma de ¢177.505.00; Pagaré N°32, monto: ¢442.981.00, por el período del 23-09-2013 al 25-03-2013, la suma de ¢159.865.36; Pagaré N°33, monto: ¢811.812.00, por el período del 25-09-2011 al 25-03-2013, la suma de ¢292.026.82; Pagaré N°34, monto: ¢825.873.75, por el período del 01-10-2011 al 25-03-2013, la suma de 293.644; Pagaré N°35, monto: ¢445.350.00, por el período del 01-10-2011 al 25-03-2013, la suma de ¢158.346.67; Pagaré N°36, monto: ¢840.928.60, por el período del 06-10-2011 al 25-03-2013, la suma de ¢295.492.97; Pagaré N°37, monto: ¢986.440.00, por el período del 09-10-2011 al 25-03-2013, la suma de ¢344.568.97; Pagaré N°38, monto: ¢1.404.307.13, por el período del 23-10-2011 al 25-03-2013, la suma de ¢476.879.30; Pagaré N°39, monto: ¢442.981.00, por el período del 23-10-2011 al 25-03-2013, la suma de ¢150.428.96; Pagaré N°40, monto: ¢470.988.00, por el período del 23-10-2011 al 25-03-2013, la suma de ¢159.939.67; Pagaré N°41, monto: ¢1.022.777.75, por el período del 29-10-2011 al 25-03-2013, la suma de ¢343.056.70, con una tasa de interés fija del 25 por ciento anual; así como los intereses posteriores, hasta la efectiva cancelación del principal, y las costas procesales y personales de este asunto. Se le concede al demandado el plazo de quince días para que cumpla con el pago o se oponga; en este último caso podrá oponer las excepciones procesales y materiales previstas en la citada ley. Para ese efecto, deberá proponer la prueba útil, admisible y pertinente, bajo el apercibimiento de calificar de infundada la oposición. En tal sentido se le hace saber a la demandada que, al no oponerse, allanarse o ser su oposición infundada, la presente resolución adquiere el carácter de sentencia. Constituyendo el documento base título ejecutivo y hasta por la suma de treinta y siete millones seiscientos diez mil ciento treinta colones con ochenta y un céntimos (capital e intereses) más el cincuenta por ciento de ley, se decreta embargo en los bienes del demandado, el cual se hace recaer sobre los que se indican. Comuníquese por oficios a las autoridades. Mediante anotación tecnológica inscríbase en el Registro Nacional los respectivos embargos. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a la demandada, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Heredia. Se le indica a la parte actora que deberá aportar un juego(s) de copias para notificar a Dulce María Chaves Herrera, dentro de los tres días siguientes a la notificación del presente auto. Dicho(s) juego(s) de copias deberá(n) ser presentado(s) directamente en la Oficina anteriormente dicha, con la finalidad de no crear atrasos innecesarios en el trámite de notificación al demandado que se indicó. Se tiene por otorgado el poder especial judicial al (los) Licenciado(s) Juan Antonio Delgado Sánchez y María Vanessa Ortiz Sanabria, y se tiene por aceptado el mismo. Artículos 118 del Código Procesal Civil. En otro orden de ideas, se les pone en conocimiento de las partes, que, una vez firmados los oficios recordatorios a entidades comisionadas, nuevas comisiones, los oficios de embargo de salario y bancarios, los mismos deben ser diligenciados en forma personal por quienes los solicita y hacer llegar al despacho los resultados obtenidos. Los documentos los podrán bajar por medio del Sistema Costarricense de Gestión de Despachos Judiciales a través de la página www.PoderJudicial.go.cr. Las partes deberán comunicarse al despacho para la solicitud de clave de autorización para el uso del sistema de Gestión en Línea. Licda. Liseth Delgado Chavarría. Juez(a). Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro). A las catorce horas y cuarenta y tres minutos del dieciséis de febrero del dos mil diecisiete. Visto con detenimiento lo que consta en autos se resuelve: 1-Por haberse omitido en su momento, se confiere Poder Especial Judicial al Licenciado Enrique Retana Arias por parte de la demandada y se tiene por aceptado el mismo. Artículo 118 Código Procesal Civil. 2-De la liquidación de intereses que presentó la parte actora en fecha 26 de marzo del año 2015, se le previene que indique la tasa de interés utilizada y el tipo de tasa, toda vez que es omisa en decirlo en su escrito, para esto se le concede el plazo de tres días bajo apercibimiento de rechazar dicha gestión. 3-Del escrito presentado por la parte accionante en fecha 22 de setiembre del año 2016, y habiendo verificado la firma digital del escrito presentado en marzo del año 2016, se revoca la resolución dictada a las siete horas y cincuenta y siete minutos del diecinueve de setiembre de dos mil dieciséis y siendo que cumple con la prevención de aportar la dirección del acreedor de la prenda en primer grado, así como en el escrito presentado en fecha 24 de octubre del año 2016, y constando en el expediente todos los documentos necesarios para sacar a remate el Vehículo CL 248611, se ordena verificar un nuevo señalamiento para sacar a remate el bien embargado; y para tal efecto se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del veintisiete de abril de dos mil diecisiete. La base será la acordada en la Escritura de Constitución de Prenda en primer grado, la cual se encuentra vencida, sea la suma de siete millones quinientos mil colones exactos. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del quince de mayo de dos mil diecisiete, con la base de cinco millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cuarenta minutos del treinta de mayo de dos mil diecisiete, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. 5-Notifíquese al acreedor de la prenda en primer grado Rodrigo Espinoza Ugalde la presente resolución en forma personal, en su casa de habitación o bien en su domicilio real. Si ésta se realizara en su lugar de trabajo, debe practicarse únicamente en forma personal (artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009). Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Heredia. La cédula y copias de ley, quedan a disposición en el despacho. Se advierte al (la) notario(a) notificador(a), que, dentro del tercer día hábil posterior a la notificación, deberá entregar al despacho la respectiva documentación. En caso que, el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Tome nota la parte actora, que de conformidad con lo indicado mediante la circular Nº74-07 de la Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia y lo dispuesto en la Sesión Nº 70-07 del Consejo Judicial en relación con las normas prácticas para el trámite de las comisiones para notificar, la cual reza en el punto Nº2 “Los Despachos Judiciales deberán remitir las Comisiones para Notificar fuera del perímetro judicial directamente al Juzgado que por materia corresponda o al Juzgado Contravencional de existir esta oficina en la jurisdicción en que se encuentra la persona a notificar, y por excepción a la Policía que por territorio concierne” y la circular Nº 61-2010, sesión N° 31-10 celebrada el 06 de abril del 2010, artículo LIII, acordó modificar la circular N° 117-09, que a su vez modificó la Circular N° 28-03, publicada en el Boletín Judicial 72 del 14 de abril de 2003, la cual manifiesta en el punto Nº1 “En los Circuitos Judiciales con Oficina Centralizada de Notificaciones, las comisiones para notificación sólo podrán diligenciarse a través de estas oficinas, mediante los procedimientos y registros contenidos en los Manuales de Procedimientos que orientan el funcionamiento de las Oficinas Centralizadas de Notificaciones, aprobados por el Consejo Superior en sesión N° 01-03 del 14 de enero del presente año”, por lo que en caso de ser necesaria la notificación en horas no laborales, deberá coordinar con el ente comisionado a fin de realizar el trámite correspondiente. Ahora bien, en caso de existir la imposibilidad de practicar lo ordenado por medio del órgano comisionado deberá delegar las diligencia a la autoridad judicial o administrativa correspondiente de conformidad con el artículo 190 del Código Procesal Civil. Msc. Liseth Delgado Chavarría. Jueza. Notas: Se le, informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso Monitorio Dinerario de Asociación Solidarista de Empleados del Banco de Costa Rica y Afines contra Dulce María Chaves Herrera. Expediente Nº 13-002343-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 04 de junio del 2020.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2020472535 ).

Msc. Marilene Herra Alfaro, Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a Yao Tang Chen Li, documento de identidad N° 0141157256, casado, vecino de paradero desconocido, que en este despacho se interpuso un proceso nulidad matrimonio en su contra, bajo el expediente N° 15-000169-0186-FA, donde se dictó la sentencia de primera instancia N° 1104-2019, de las catorce horas y cincuenta y un minutos del treinta de octubre de dos mil diecinueve, cuya parte dispositiva literalmente dice: “Por tanto: de conformidad con lo expuesto, normas legales citadas, este proceso abreviado de nulidad de matrimonio formulado por El Estado contra los señores Yaotang Chen y María Marta Centeno Jiménez, se resuelve de la siguiente manera: 1) Se declara la nulidad del matrimonio civil celebrado entre los señores Yaotang Chen y María Marta Centeno Jiménez. 2) Se ordena comunicar lo dispuesto en este pronunciamiento a la Oficina de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil, para que proceda como en derecho corresponda, respetando el debido proceso, con el trámite de anulación de todo acto tendente a otorgar la ciudadanía costarricense al señor Yaotang Chen. 3) También se debe anular todo acto preparatorio emitido por la Dirección General de Migración y Extranjería tendente a otorgar la residencia al señor Yaotang Chen. 4) Se declara que el matrimonio que aquí se anula no produce efectos patrimoniales ni personales. 5) Firme esta sentencia, se ordena su inscripción en el Registro Civil, Registro de Matrimonios de la Provincia de Alajuela, al tomo ciento ochenta, folio ciento treinta seis, asiento doscientos setenta y dos. 6) Se condena a la codemandada María Marta Centeno Jiménez, al pago de las costas procesales y personales de este proceso. Se exime al codemandado Yaotang Chen del pago de las costas personales y procesales de este asunto. 7) Notifíquese al codemandado Yaotang Chen la parte dispositiva de esta sentencia por medio de edicto, que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial. 8) De una vez se ordena girar la suma de cincuenta mil colones, en concepto de honorarios, y a favor del curador procesal del codemandado Yaotang Chen, al licenciado Jorge Arturo Sánchez Bolaños, con cédula de identidad N° 01-0432-0676. Una vez firme esta sentencia realícese la respectiva comunicación a la administración de este circuito judicial para que se proceda con el giro respectivo. Msc. Marilene Herra Alfaro, Jueza”. Lo anterior se ordena así en proceso nulidad matrimonio de Procuraduría General de la República contra María Marta Centeno Jiménez, Yao Tang Chen Li. Expediente N° 15-000169-0186-FA. Nota: publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado Primero de Familia de San José, 11 de marzo del 2020.—Msc. Marilene Herra Alfaro, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020472595 ).

Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia Familia). Hace saber a Sandra Rostrán Urbina y Félix Sandoval Montenegro, que en Proceso de Depósito Judicial promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, que se tramita en este despacho, bajo la sumaria número 20-000133-1343-F.A, se encuentra la resolución de las quince horas y seis minutos del veintiséis de mayo de dos mil veinte, que en lo que interesa dice: De las presentes diligencias de depósito de la persona menor D.A.S.R, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Sandra Rostrán Urbina y Félix Sandoval Montenegro, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Sandra Rostrán Urbina personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; de este Circuito Judicial. Y al Félix Sandoval Montenegro, por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial, asimismo se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. ordena el depósito judicial provisional del menor de edad Deivid Alonso Sandoval Rostrán en el hogar de la señora Mayra Sandoval Montenegro. Para lo anterior se le previene a la Depositaria que a fin de que acepte el cargo conferido, se deberá apersonar a Estrados Judiciales dentro del tercer día de la notificación de la presente resolución. De conformidad con el artículo 35 de la citada ley; se informa a la autoridad comisionada que la parte accionante tiene señalado como medio el correo electrónico sarapiqui@pani.go.cr.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia Familia).—Licda. Mariselle Zamora Ramírez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020472608 ).

Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica, Sarapiquí, (Materia Familia). Hace saber a Julia López Chinchilla y Justo Adán Espinoza Gutiérrez, que en diligencia no contenciosa de depósito judicial promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, que se tramita en este despacho, bajo la sumaria N° 20-000174-1343-FA-1 y se encuentra la resolución de ocho horas y treinta y cuatro minutos del veinticinco de junio de dos mil veinte, que en lo que interesa dice: de las presentes diligencias de depósito de la persona menor R.E.R.O., promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Yerlin Magaly Obando Barahona y Miguel Antonio Rodríguez Aragón, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial: http://www.poderjudicial.go.cr, si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07, celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Yerlin Magaly Obando Barahona personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones de este circuito judicial de Sarapiquí de Heredia. Notifíquese esta resolución al señor Miguel Antonio Rodríguez Aragón, por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial, asimismo se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Se ordena el depósito judicial provisional de la persona menor de edad Rory Edrián Rodríguez Obando, en el Hogar de la señora Patricia Aragón Cordonero Para lo anterior se le previene a la Depositaria que a fin de que acepte el cargo conferido, se deberá apersonar a Estrados Judiciales dentro del tercer día de la notificación de la presente resolución. De conformidad con el artículo 35 de la citada ley; se informa a la autoridad comisionada que la parte accionante tiene señalado como medio el correo electrónico: sarapiqui@pani.go.cr. Expediente N° 20-000174-1343-FA. Clase de asunto actividad judicial no contenciosa.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí, (Materia Familia), 25 de junio del 2020.—Msc. Mariselle Zamora Ramirez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-220.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020472609 ).

Se avisa a los señores: I. Alexis Pérez Martínez, mayor, costarricense, portador del documento de identidad N° 6-0104-0933; II. Alejandro Duarte Galeano; e III. Idali Centeno Lago, mayor, costarricense, portadora del documento de identidad N° 6-0313-0686; todos de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 20-000198-0673-NA, correspondiente a Diligencias no contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Heiner y César, ambos de apellidos Centeno Lago, Anyuli Alexa Pérez Centeno y Reinaldo José Duarte Centeno. Se les concede el plazo de tres días naturales, para que manifiesten su conformidad o se opongan en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de julio de 2020.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020472612 ).

MSC. Pablo Amador Villanueva, Juez del Juzgado de Familia de Heredia, a John Albert Gould Barrantes, en su carácter personal, quien es mayor, casado dos veces, oficinista, vecino de Heredia, cédula 0108740010, se le hace saber que en demanda reconoc. hijo mujer casada, establecida por John Albert Gould Barrantes contra John Albert Gould Barrantes, expediente número 20-000222-0364-FA, se ordena notificarle por edicto al señor Marc Anthony Blackwell, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Heredia, a las nueve horas y treinta y siete minutos del once de marzo de dos mil veinte. Se tienen por establecidas las presentes diligencias de reconocimiento de hijo de mujer casada promovido por John Albert Gould Barrantes a favor de la menor Viktoria Kristinna Gould Amador. De las mismas se confiere audiencia al Patronato Nacional de la Infancia, por el plazo de tres días. Se les previene a las partes, que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. De conformidad con la Circular N° 122-2014, Sesión del Consejo Superior N°41-14, celebrada el 6 de mayo del 2014, artículo XLIII, se le previene a los promoventes indicar la dirección exacta donde se pueda localizar a la misma y a la parte demandada, tanto de la dirección de la vivienda como el lugar de trabajo, horario de trabajo, correo electrónico si lo posee, números telefónicos. Asimismo, números telefónicos de las partes y el nombre de algún familiar o vecino atraves del cual pueda lograrse el contacto con las partes. Notificación del padre registral: De conformidad con el artículo 85 de Código de Familia, siendo que se desconoce el paradero del padre registral, se ordena notificarle al señor Marc Anthony Blackwell por edicto en el presente asunto, mismo que se enviara de manera electrónica a la Imprenta Nacional. Notificación de la madre registral: Se ordena notificar a la señora Karol Cristina Amador Rojas por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones de Heredia. Además se le previene aportar a la parte promovente un juego de copias de todo el expediente, para efectos de notificar a los demandados del presente asunto. Ahora bien, si la parte lo desea, pueden presentar el apersonamiento de Karol Cristina Amador Rojas, mediante un escrito debidamente autenticado por un profesional en derecho. Lo anterior deberá ser satisfecho dentro del plazo legal e improrrogable de cinco días, bajo apercibimiento de que en caso de incumplimiento se archivará el presente asunto por desinterés de la parte. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Heredia.—Msc. Pablo Amador Villanueva, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020472613 ).

El Juzgado de Familia de Desamparados, hace saber al señor Plinio Romero Díaz, mayor, casado, colombiano, pasaporte PCC16945935, de demás calidades desconocidas, que en este despacho se tramita el proceso número 20-000417-0637- FA, que es proceso de divorcio en su contra y por lo tanto se le concede el plazo de diez días a efecto de que se apersone para contestar o formular la oposición correspondiente con la indicación de las pruebas en que se fundamenta, con la indicación de los testigos en su caso; dicho emplazamiento comenzará a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación del presente edicto. Se previene a la parte accionada, señalar medio para recibir notificaciones, caso contrario después de tres días de publicado el presente edicto, comenzará a aplicar la notificación automática.—Juzgado de Familia de Desamparados, 20 de julio del 2020.—Lic. Esteban Guzmán González, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020472619 ).

Se avisa que en este Despacho en el expediente número 20-000500-0364-FA Laura Camacho Cubero solicitan se apruebe la adopción individual de la persona menor Wilmer José Salablanca Suarez. Se concede a las personas interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Heredia, 16 de abril del 2020.—Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020472620 ).

Se avisa a Darwing Vargas Rodríguez, mayor de edad, nacionalidad nicaragüense, de domicilio y demás calidades desconocidas, representada por el curador procesal Licenciado Daniel Bolaños Zamora, que en este despacho se dictó dentro del expediente N° 17-000523-0673-NA, de Suspensión de Patria Potestad establecido por la licenciada María Elena Sandoval Solano, en calidad de Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia, la sentencia que en lo que interesa dice: sentencia N° 2020000495. Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las nueve horas y dieciséis minutos del ocho de julio del dos mil veinte. Resultando: I.—…, II.—…, III.—…, Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:…, III.—..., Por tanto: Por lo expuesto, la doctrina y normas legales citadas, se declara con lugar la presente demanda de suspensión de patria potestad de la persona menor de edad Alejandra Vargas Reyes. Se suspende al señor Darwing Alberto Vargas Rodríguez, en el ejercicio de la patria potestad. Se ordena mantener el depósito judicial de la persona menor de edad Alejandra Vargas Reyes en el hogar doña Gloria Soriano Serrano, debiendo apersonarse dentro de tercer día a aceptar el cargo. Esta sentencia no debe inscríbase en el Registro Civil, dado que la persona menor de edad es extranjera. Se resuelve sin especial condena en costas. Publíquese el edicto respectivo. Notifíquese. Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 08 de julio del 2020.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020472664 ).

Se avisa a los señores Alex Antonio Rodríguez Urbina, de nacionalidad nicaragüense; y Bryan Josué Flores Monjarret, mayor, costarricense, portador del documento de identidad N° 1-1591-0882; ambas personas de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 18-000818-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Ashly Vanessa Rodríguez Mayorga y Kenia Ivet Mayorga Morán. Se les concede a ambos el plazo de tres días naturales, para que manifiesten su conformidad o se opongan en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 01 de julio de 2020.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020472665 ).

Se avisa a los señores Ronal Alberto Ballestero Ortiz, mayor, costarricense, portador del documento de identidad N° 6-0387-0367; y Yosara Esmeralda Reyes Reyes, mayor, nicaragüense; ambos de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 19-000062-0673-NA, correspondiente a Diligencias no contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Yelitza Alexandra Ballestero Reyes. Se le concede a ambos el plazo de tres días naturales, para que manifiesten su conformidad o se opongan en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 01 de julio de 2020.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020472666 ).

Se avisa a Erdal Arslan, mayor de edad, nacionalidad turca, de domicilio y de demás calidades desconocidas, representado por la curadora procesal Licenciada Viviana Melissa Vargas Tellez, que en este despacho se dictó dentro del expediente N° 19-000223-0673-NA de Suspensión de Patria Potestad establecido por la Licenciada Tatiana Torres López en calidad de representante legal del Patronato Nacional de la Infancia, la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia N° 2020000467. Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las diez horas y veintinueve minutos del treinta de junio de dos mil veinte. Resultando: I…, II…, III…, Considerando: I. Hechos Probados… II. Sobre El Fondo: …III..., Por tanto: Por lo expuesto, la doctrina y normas legales citadas, se declara con lugar la presente demanda de suspensión de patria potestad de las personas menores de edad Jeaustin Leonardo Arslan Torres, Thayra Zhanin Torres Villarreal y Zharith Yariela Traña Torres. Se suspende a los señores José Arnulfo Traña Chávez, Dixie Fabiola Torres Villarreal y Erdal Arslan en el ejercicio de la patria potestad. Se ordena mantener el depósito judicial de las personas menores de edad Jeaustin Leonardo Arslan Torres, Thayra Zhanin Torres Villarreal y Zharith Yariela Traña Torres en el hogar de la señora Ada Seidy Villareal Díaz, debiendo apersonarse dentro de tercer día a aceptar el cargo. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, provincia de San José, a Thayra Zhanin Torres Villarreal al tomo dos mil cincuenta y uno, folio ciento treinta y uno, asiento doscientos sesenta y dos, a Jeaustin Leonardo Arslan Torres, al tomo dos mil ciento sesenta y siete, folio cuatrocientos setenta y cinco, asiento novecientos cincuenta, a Zharith Yariela Traña Torres al tomo dos mil cinco, folio doscientos dieciocho, asiento cuatrocientos treinta y seis. Se resuelve sin especial condena en costas. Publíquese el edicto respectivo. Notifíquese. Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 30 de junio del 2020.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020472667 ).

Se avisa a la señora Andrea Lucía Arrieta Solís, mayor, costarricense, portadora del documento de identidad N° 1-1571-0038, de domicilio y demás calidades desconocidas, que, en este Juzgado, se tramita el expediente N° 19-000267-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad: Shacha Naomi Ulate Arrieta. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 02 de julio del 2020.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020472668 ).

Se avisa a la señora Rebeca Fernanda Campos Calderón, mayor, costarricense, portadora del documento de identidad N° 1-1925-0960, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente N° 19-000825-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad: Iván Jesús Villagrán Campos y Bianka Villagrán Campos. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 01 de julio del 2020.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020472669 ).

Se avisa a la señora Perla de Los Ángeles Avellan Gaitán, mayor, casada, nacionalidad nicaragüense, documento identificación N° 117114-A, demás calidades y domicilio desconocido, que dentro del proceso abreviado nulidad matrimonio N° 16-000886-0186-FA, establecido por procuraduría general república que se tramita en este Juzgado, se dictó la Sentencia N° 2020-000202 de las diecisiete horas diecinueve minutos del veintinueve de febrero de dos mil veinte, cuya parte dispositiva dice: “Por tanto: Acorde con lo expuesto, artículos 420 y siguientes del Código Procesal Civil; 12 bis, 14 bis, 19 y 64 y siguientes del Código de Familia y demás normativa citada, se acoge la presente demanda: 1) Se declara nulo el matrimonio de Perla de Los Ángeles Avellan Gaitán, y Jahynir Sánchez Amador 2) Anulase la Inscripción del acto matrimonial inscrito al tomo doscientos seis, folio cuatrocientos dieciocho, asiento ochocientos treinta y cinco, de la Sección de Matrimonios del Registro Civil, Partido de Alajuela. 3) Comuníquese a la Dirección General del Migración y Extranjería, que se anula todo acto preparatorio emitido en favor de Perla de Los Ángeles Avellan Gaitán, tendiente a otorgarle la residencia y al Registro Civil, la nulidad de todo acto preparatorio tendiente a otorgar la carta de naturalización de Perla de Los Ángeles Avellan Gaitán 4) Comuníquese al Registro Civil se corrija el asiento de nacimiento de los menores Victoria, Ever Antonio y Jazuri de Los Ángeles todos apellidados Sánchez Avellan, registrado como hijos de ambas partes demandadas, nacimientos debidamente inscrito en el Registro Civil, Sección de Nacimientos de Puntarenas, Tomo quinientos cuarenta y ocho, folio doscientos sesenta, asiento quinientos diecinueve, el nacimiento de Victoria; tomo quinientos treinta y siete, folio cuatrocientos setenta, asiento novecientos treinta y nueve, el nacimiento de Ever Antonio; tomo quinientos diecinueve, folio cuatrocientos setenta y siete, asiento novecientos cincuenta y tres, el nacimiento de Jazuri de los Ángeles, para que los menores puedan llevar los apellidos Avellan Gaitán, de ahora en adelante. 5) Sin especial condenatoria en costas, por litigar Perla de Los Ángeles Avellan Gaitán por medio de curador procesal y a Jahynir Sánchez Amador, por haber colaborado con el proceso (artículo 222 Código Procesal Civil. Notifíquese. Lic. Walter Alvarado Arias. Juez de Familia”.—Juzgado Primero de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de julio del 2020.—MSC. Marilene Herra Alfaro, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020472670 ).

Se hace saber que en proceso judicial de quiebra tramitado en este Despacho Judicial, se dictó la sentencia número 98-2020 de las catorce horas veinticuatro minutos del veinticuatro de junio del dos mil veinte, que en lo conducente dice: “…Se declara la quiebra de Comercial Sofu Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-220363; con base en lo dispuesto por los artículos 851 incisos a), b) y g) 854, 855 y 863 del Código de Comercio; y 760 del Código Procesal Civil. Concatenando los artículos 863 y 868 del Código de Comercio, se fija por ahora y en perjuicio de tercero la época en que cesó al pago de sus obligaciones provisionalmente el 26 de noviembre del 2019, que es un plazo de tres meses retroactivo, contado a partir del 26 de febrero del 2020, fecha en la cual se cumplieron las veinticuatro horas para la declaración de quiebra como lo contempla el canon 863 ibídem, una vez que la promovente terminase de cumplir con los requerimientos legales de su solicitud. Se les previene a todas las personas que en cuyo poder existan pertenencias de la quebrada, cualquiera que sea su naturaleza, que, dentro del plazo de un mes, hagan al curador o al Juez manifestación y entrega de ellas bajo pena de ser tenidos por ocultadores de bienes y responsables de los daños y perjuicios. Los tenedores de prendas y demás acreedores con derecho de retención, tendrán la obligación de dar noticia al curador o al Juez, bajo la misma pena. Se prohíbe a terceros hacer pagos o entregar efectos de bienes de cualquier clase a la quebrada bajo el apercibimiento de nulidad de tal pago o entregas. Envíese mandamiento al Registro Nacional, Sección de Propiedad, de Inmuebles, Vehículos y General de Prendas para que se abstengan de dar curso e inscribir cualquier documento emanado del deudor, en el que se consigne un traspaso de derechos o la imposición de un gravamen. También inscríbase la declaración de quiebra al margen de la sociedad anónima fallida, en la Sección de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Comuníquese a los Bancos, Instituciones de Crédito, Almacenes Generales de Depósitos y Aduanas para que se abstengan de entregar al deudor, apoderado o encargado suyo, títulos valores, efectos de comercio, mercaderías y cualquier otro documento o efecto de algún contenido económico. Comuníquese a la oficina de correos, telégrafos, radios y cables, para que le entreguen al Señor Curador toda correspondencia, encomiendas y Despachos que lleguen dirigidos a la quebrada. Comuníquese a las Oficinas y Autoridades del Ministerio Público a fin de que inicien proceso para determinar si la quebrada ha incurrido en el delito de quiebra fraudulenta o culposa y para que se impongan, si fuera el caso, las sanciones penales correspondientes. Se concede a todos los interesados un plazo de dos meses para que presenten legalización de sus créditos, plazo que empezará a correr desde la publicación de la parte dispositiva. Publíquese la parte dispositiva de esta resolución por una sola vez en el Boletín Judicial y en un periódico de circulación nacional, lo cual corre a cargo de la parte promovente...” Es todo. Expediente N° 19-001226-0504-CI.—Juzgado Concursal de San José, ocho horas y cuarenta y dos minutos del diez de julio del dos mil veinte.—Lic. Allan Barquero Durán, Juez Concursal.—1 vez.—( IN2020472685 ).

Licda. Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Joel Isaías Arauz Huete, en su carácter personal, se le hace saber que, en demanda abreviada de divorcio, expediente N° 19-003240-0338-FA, establecida Estanislaba González Urrutia Joel Isaías Arauz Huete, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las diez horas y treinta y siete minutos del veintinueve de noviembre del dos mil diecinueve. De la anterior demanda abreviada de divorcio establecida por el accionante Estanislada de Fátima González Urrutia, se confiere traslado al accionado Joel Isaías Arauz Huete por el plazo perentorio de diez días, para que, se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de gestión en línea. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 02 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y *190032400338FA* Exp: 19-003240-0338-FA Circuito Judicial de Cartago, Edificio Tribunales, segundo piso. Teléfonos: 2550-0390. Fax: 2552-6744. Correo electrónico: jfamilia-car@poderjudicial.go.cr recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del Despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión N° 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución al demandado, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Siendo que se desconoce el domicilio del mismo, previo al nombramiento de curador procesal, se ordena enviar oficios de Localización a la Oficina de Localizaciones del Organismo de Investigación Judicial, así como a la Dirección General de Migración y Extranjería. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020472696 ).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los señores Roberto Rodríguez Abarca, mayor, soltero, jornalero, cédula de identidad número 0603300142, vecino de Buenos Aires centro, de la Escuela Holanda 50 metros al este, casa de madera de color rosada, hijo de Delfín Rodríguez Soto y Floribeth Abarca Marín, ambos costarricenses, nacido en Potrero Grande de Puntarenas el 16/04/1983, con 37 años de edad y Joselyn Stefanny Duarte Beita, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número 0115030693, vecina de Buenos Aires centro, de la Escuela Holanda, 50 metros al este, casa de madera de color rosada, hija de Cecilia Lidieth Duarte Beita, costarricense, nacida en San Isidro de Pérez Zeledón, San José, el 23/05/1992, actualmente con 28 años de edad. Se insta a todas las personas que conozcan impedimento alguno para que este matrimonio se realice, que está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 20-000090-1552-FA.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia Familia), Puntarenas, Buenos Aires, 01 de julio del 2020.—Licda. Edith Brenes Quesada, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020472605 ).

Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil los señores Jeison Antonio Fallas, mayor, soltero, oficinista, cédula de identidad N° 0115660433, vecino de Buenos Aires centro, frente a las cabinas Kamaraci, casa de cemento color papaya, hijo de Maritza Zúñiga Córdoba y Marvin Fallas Ureña, ambos costarricenses, nacido en San Isidro, Pérez Zeledón, San José, el 15/03/1994, con 26 años de edad, y Nancy Liseth Vargas Muñoz, mayor, soltera, estudiante, cédula de identidad N° 0115650205, vecina de Buenos Aires centro, frente a las cabinas Kamaraci, casa de cemento, color papaya, hija de Digna Muñoz Robles y Víctor Julio Vargas Garita ambos costarricenses, nacida en San Isidro, Pérez Zeledón, San José, el 12/02/1994, actualmente con 26 años de edad. Se insta a todas las personas que conozcan impedimento alguno para que este matrimonio se realice que está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 20-000091-1552-FA.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires, (Materia Familia), Puntarenas, 2 de julio del 2020.—Licda. Edith Brenes Quesada, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020472606 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los señores Sandro Arias Sánchez, mayor, soltero, agricultor, cédula de identidad número 0116050251, vecino de nombre de Pérez Zeledón, La Fortuna de San Pedro, 50 metros sur del Templo Evangélico de La Nueva Hortencia, hijo de Giovani Arias Mora y Felicitas Sánchez Calvo, nacido en Pejibaye de Pérez Zeledón, San José, el 22/07/1994, con 25 años de edad y Hellen Dayana Porras Lara, mayor, soltera, de oficios domésticos, cédula de identidad número 0116040598, vecina de Buenos Aires, Paraíso, frente a la escuela de la localidad, casa de bono color rosada, hija de Yorleny Lara Sáenz y Franklin Porras Mora, nacida en San Isidro Pérez Zeledón San José, el 13/04/1995, actualmente con 25 años de edad. Se insta a todas las personas que conozcan impedimento alguno para que este Matrimonio se realice, que está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 20-000098-1552-FA.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia Familia), Puntarenas, Buenos Aires, 08 de julio del 2020.—Licda. Edith Brenes Quesada, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020472607 ).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Luis Gerardo García Jara, mayor, costarricense, viudo, taxista, portador de la cédula de identidad N° 1-0498-0009, vecino de San José, Coronado, San Antonio, Los Ángeles, del abastecedor La Campana, 600 metros sureste, 25 metros al norte, casa número 11, nacido el 18/07/1958, en Guadalupe, Goicoechea, San José, hijo de Juan Pedro García Sancho y de María Eugenia Jara Fernández, actualmente con 61 años de edad, y Lendy Belkis Gómez Arias, mayor, costarricense, divorciada, ama de casa, portadora de la cédula de identidad N° 6-0175-0261, vecina de San José, Moravia, Platanares, El Ciprés, del taller Solís, 100 metros este y 100 metros norte, calle sin salida, última casa a mano derecha, nacida el 20/05/1963, en Coto 47, Golfito, Puntarenas, hija de Eustaquio David Gómez Gómez y de Shirley Anais Arias Portuguez, actualmente con 57 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio). Expediente N° 20-001143-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de julio del 2020.—MSc. Ramón Zamora Montes, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020472634 ).