BOLETÍN JUDICIAL 172 DEL 08 DE SETIEMBRE DEL 2020

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

SALA CONSTITUCIONAL

JUZGADO NOTARIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

CIRCULAR N° 183-2020

ASUNTO:      Acuerdo de Corte Plena. Sesión N° 48-2020 del 31 de agosto de 2020, en atención a la declaratoria de emergencia nacional, debido a la situación de emergencia sanitaria provocada por la enfermedad COVID-19.

A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS,

ABOGADOS, ABOGADAS Y PÚBLICO EN GENERAL

SE LES HACE SABER QUE:

La Corte Plena en sesión extraordinaria N° 48-2020, celebrada el 31 de agosto de 2020, artículo XV, en atención a las medidas adoptadas por el Ministerio de Salud, así como el decreto ejecutivo 42227-MS emitido el día 16 de marzo de 2020, en que se declara estado de emergencia nacional en todo el territorio de la República de Costa Rica, debido a la situación de emergencia sanitaria provocada por la enfermedad COVID-19, acordó lo siguiente:

Considerando

1°—Que mediante decreto ejecutivo Nº 42227-MP-S del 16 de marzo de 2020, el Poder Ejecutivo, se dispuso declarar estado de emergencia nacional con motivo de la pandemia provocada por la enfermedad del COVID-19.

2ºQue los artículos 1, 4, 6, 7, 337, 338, 340, 341, 355 y 356 de la Ley General de Salud, Ley número 5395 del 30 de octubre de 1973 y los numerales 2 inciso b) y c) y 57 de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud, Ley número 5412 del 08 de noviembre de 1973, facultan a dicho Ministerio a ordenar y tomar las medidas especiales para evitar el riesgo o daño a la salud de las personas o que éstos se difundan o se agraven, así como a declarar el peligro de pandemia y adoptar acciones ante la misma.

3ºQue el Poder Ejecutivo emitió la directriz 092-S-MTSS-MIDEPLAN para los entes y órganos que están sujetos a su relación de dirección, la cual se encuentra vigente a la fecha de aprobación del presente acuerdo, en donde se establece el deber de los mismos de mantener el aforo de servidores públicos indispensable para la continuidad en la prestación de servicios públicos y siendo así que esta Corte estima procedente tomarla en consideración como referente para la toma de decisiones.

4º—Que esta Corte, ha venido adoptando una serie de acuerdos tendientes a asegurar la continuidad de servicios y la protección de personas usuarias y servidoras, conforme se han emitido las diferentes resoluciones y lineamientos por parte del Ministerio de Salud y con efectos según la vigencia temporal de las dichas disposiciones de dicho Ministerio.

5ºQue en sesión extraordinaria N° 44-2020, celebrada el 10 de agosto de 2020, conforme artículo XIV, comunicado mediante circular 164-2020, esta Corte dispuso prorrogar los efectos de los acuerdos de sesión N° 18-2020 celebrada el 2 de abril del año en curso, artículo Único, así como lo dispuesto en el acuerdo de sesión extraordinaria N° 26-2020, celebrada el 13 de mayo de 2020, artículo Único y en los acuerdos de Sesión N° 32-2020 del 8 de junio de 2020, artículo XVIII y de sesión extraordinaria N° 42-2020, celebrada el 20 de julio del 2020, artículo X, todos de esta Corte, a partir del día 16 de agosto de 2020 y hasta el día 31 del mismo mes para todos despachos administrativos y jurisdiccionales del Poder Judicial.

6ºQue mediante resolución MS-DM-6778-2020. Ministerio de Salud, de las dieciséis horas con cuarenta minutos del veintiséis de agosto del dos mil veinte, publicada en el alcance digital 227 de La Gaceta del día 28 de agosto de dos mil veinte, se dispuso establecer disposiciones sanitarias desde el 31 de agosto y al 8 de setiembre de 2020, dirigidas a las personas encargadas de establecimientos que cuenten con permisos sanitarios de funcionamiento que atienden al público, en aquellas zonas que están catalogadas como en Alerta Naranja, siendo así que en dicho acto administrativo, de manera expresa en su artículo segundo, inciso I.A.2, se excluyó de sus alcances a instituciones del sector público.

7ºQue mediante resolución MS-DM-6793-2020. Ministerio de Salud, de las catorce horas con quince minutos del veintisiete de agosto de dos mil veinte, publicada en el alcance digital 227 de La Gaceta del día 28 de agosto de dos mil veinte, se establecieron disposiciones sanitarias, desde el 31 de agosto y al 8 de setiembre de 2020, dirigidas a las personas encargadas de establecimientos que cuenten con permisos sanitarios de funcionamiento que atienden al público, en aquellas zonas que están catalogadas como en Alerta Amarilla, con similar vigencia temporal de la anterior resolución, así como idéntica exclusión de sus alcances respecto a las instituciones del sector público.

8ºQue las resoluciones MS-DM-6778-2020. Ministerio de Salud, de las dieciséis horas con cuarenta minutos del veintiséis de agosto del dos mil veinte y MS-DM-6793-2020. Ministerio de Salud, de las catorce horas con quince minutos del veintisiete de agosto de dos mil veinte, no disponen ningún tipo de cierre para las oficinas administrativas del sector público en el período de tiempo comprendido entre el 31 de agosto y el 8 de setiembre de 2020, manteniéndose con respecto de las mismas y por ende del Poder Judicial, las consideraciones que dieron origen al acuerdo de sesión extraordinaria N° 44-2020, celebrada el 10 de agosto de 2020, conforme artículo XIV.

9ºQue analizadas las resoluciones indicadas y conforme el criterio de la Comisión Institucional de Emergencias del Poder Judicial, estima esta Corte, que el estado de emergencia nacional declarado mediante Decreto Ejecutivo Nº 42227-MP-S del 16 de marzo de 2020 se mantiene vigente al día de hoy, siendo así que además se mantienen vigentes los Lineamientos generales para propietarios y administradores de Centros de Trabajo por Coronavirus (COVID-19)” y Lineamientos generales para oficinas con atención al público (Bancos, correos, instituciones del Estado, Poder Judicial, empresas privadas de servicios) debido a la alerta sanitaria por Coronavirus (COVID-19)” emitidos por el Ministerio de Salud, así como los Lineamientos para implementar el teletrabajo, en ocasión de la alerta sanitaria por COVID-19”, emitidos por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por lo que resulta necesario mantener los efectos de las medidas adoptadas hasta el momento por este órgano colegiado, para proteger la vida y salud de las personas usuarias y servidoras judiciales, asegurando la continuidad de servicios.

10.—Que los acuerdos de sesión N° 18-2020 celebrada el 2 de abril del año en curso, artículo Único, así como lo dispuesto en el acuerdo de sesión extraordinaria N° 26-2020, celebrada el 13 de mayo de 2020, artículo Único y en el acuerdo de Sesión N° 32-2020 del 8 de junio de 2020, artículo XVIII de esta Corte contemplan las disposiciones de los indicados lineamientos, siendo consecuentes con las reglas de la ciencia y la técnica, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 de la Ley General de la Administración Pública, por lo que estima este colegio procedente prorrogar su vigencia hasta el día 8 de setiembre de los corrientes, toda vez que se ha demostrado que sus efectos han sido adecuados, suficientes, razonables y proporcionales para proteger la vida y salud de las personas usuarias y servidoras judiciales con motivo de la prestación de servicios.

Por tanto

Se acuerda: Acoger la propuesta de la Comisión de Emergencias del Poder Judicial y en consecuencia:

Prorrogar los efectos de los acuerdos de sesión 18-2020 celebrada el 2 de abril del año en curso, artículo Único, así como lo dispuesto en el acuerdo de sesión extraordinaria 26-2020, celebrada el 13 de mayo de 2020, artículo Único y en los acuerdos de Sesión 32-2020 del 8 de junio de 2020, artículo XVIII y de sesión extraordinaria 42-2020, celebrada el 20 de julio del 2020, artículo X, todos de esta Corte, a partir del día 31 de agosto de 2020 y hasta el día 8 de setiembre del mismo año, para todos despachos administrativos y jurisdiccionales del Poder Judicial.

Los efectos del presente acuerdo se encuentran condicionados al mantenimiento del estado de emergencia dispuesto por el decreto ejecutivo N° 42227-MS emitido el día 16 de marzo de 2020 y a lo establecido por los lineamientos del Ministerio de Salud aplicables al Poder Judicial, durante el término de su vigencia.”

Solicitar un informe actualizado a las Direcciones de este Poder de la República y al Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional, sobre la situación de los despachos judiciales y si existe alguna jurisdicción que haya presentado un atraso en la realización de audiencias, durante este tiempo en que se han aplicado las medidas debido a la situación de emergencia sanitaria provocada por la enfermedad COVID-19.

San José, 31 de agosto de 2020.

                                                   Licda. Silvia Navarro Romanini,

                                                                Secretaria General

1 vez.—Exonerado.—( IN2020480842 ).

CIRCULAR N° 184-2020

ASUNTO:      Aumento en el monto de la cuantía para el conocimiento de los procesos correspondientes a la materia laboral.

A LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS,

ABOGADAS, ABOGADOS, SERVIDORAS, SERVIDORES

JUDICIALES Y PÚBLICO EN GENERAL

SE LES HACE SABER QUE:

La Corte Plena en sesión Nº 46-2020, celebrada el 24 de agosto de 2020, artículo IX, acordó aumentar el monto de la cuantía para el conocimiento de los procesos que deban tramitarse como de menor cuantía en los juzgados de trabajo a ¢15.000.000,00 (quince millones de colones exactos). Serán de mayor cuantía los procesos cuyas pretensiones superen ese monto.

Se aumenta la cuantía para la interposición de recurso de casación en la materia laboral, para los procesos en que se formulen pretensiones superiores a quince millones de colones.

Los asuntos ya radicados en los Juzgados de Trabajo se tramitarán conforme a lo dispuesto en este acuerdo. Los pendientes de resolver que se encuentren ante los Tribunales de Apelaciones y la Sala de Casación Laboral se mantendrán bajo su competencia hasta su fenecimiento.

De conformidad con lo que establece el artículo 114 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el aumento de la cuantía que ahora se define, rige un mes después de la primera publicación en el Boletín Judicial. Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.

San José, 01 de setiembre de 2020.

                                                  Licda. Silvia Navarro Romanini

                                                               Secretaria General

1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020481157 ).

SALA CONSTITUCIONAL

Asunto:       Acción de Inconstitucionalidad

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

TERCERA PUBLICACIÓN

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad número 19-024199-0007-CO que promueve Belca Costa Rica S. A. y otros, se ha dictado la resolución que literalmente dice: «Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las diez horas y cincuenta y uno minutos del nueve de julio de dos mil veinte. Se da curso a la acción de inconstitucionalidad número 19-024199-0007-CO interpuesta por Belca Costa Rica S. A. y Centro Internacional de Inversiones CII S. A., representadas por Roberto José Rojas López, cédula de identidad número 9-002-150 para que se declare inconstitucional la omisión de los artículos 573 y 583 del Código de Trabajo de prever a favor del patrono un recurso de apelación en relación con la resolución del Juez que dispone la reinstalación de los trabajadores en los procesos especiales, por estimarla contraria a lo dispuesto en el artículo 39 de la Constitución Política de la Constitución Política. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República y a la Ministra de Trabajo y Seguridad Social. La referida omisión se impugna en cuanto, en criterio del accionante, las normas violan un contenido esencial de la garantía del debido proceso, como es el derecho a una doble instancia contra las resoluciones que les impongan gravámenes irreparables o de difícil reparación. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación de las empresas accionantes deriva del artículo 75, párrafo 1° de la Ley de la Jurisdicción Constitucional. Los asuntos previos son dos procesos ordinarios que están en conocimiento ante la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en razón de los recursos de casación interpuestos en los expedientes Nos. 17-001162-0505-LA-O y 17-001163-0505-LA-O. Publíquese por tres veces un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción, para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la omisión impugnada, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la omisión impugnada y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien el acto en que haya de resolverse sobre lo cuestionado, en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta sobre lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese./Fernando Castillo Víquez, Presidente/.»

San José, 13 de julio del 2020.

                                                                       Vernor Perera León

                                                                             Secretario a. í.

O.C. N° 364-12-2020.—Sol. N° 68-2017-JA.—( IN2020480339 ).

Para los efectos de los artículos 88 párrafo segundo y 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el número 16-012884-0007-CO promovida por Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones de la Empresa Privada contra la disposición general contenida en la resolución Nº 1816-E9-2016, de las 14:45 hrs. de 10 de marzo de 2016, emitida por el Tribunal Supremo de Elecciones, por estimarla contraria al Derecho de la Constitución, se ha dictado el voto número 2020-013316 de las once horas y cuarenta y uno minutos del quince de julio de dos mil veinte, que literalmente dice:

«Se declara con lugar la acción. En consecuencia, se anula por inconstitucional la Resolución del Tribunal Supremo de Elecciones, N° 1816-E9-2016 de las 14:45 horas del 10 de marzo de 2016. De igual manera, en virtud de esta declaratoria de inconstitucionalidad, se ordena dejar sin efecto alguno el proceso en el marco del cual se adoptó tal resolución, identificado comoSolicitud de recolección de firmas gestionadas por el señor Didier Leitón Valverde, dirigente sindical bananero, y otros ciudadanos que lo acompañan, para convocar a referéndum, por iniciativa ciudadana, el proyecto de ley n° 19.312 denominado “Ley del Salario Mínimo Vital. Reforma de los artículos 177 del Código de Trabajo, ley n° 2 del 27 de agosto de 1943, del Artículo 16 y Creación del Artículo 16 bis de la Ley de Salarios Mínimos y Creación del Consejo Nacional de Salarios, ley N° 832 de 4 de Noviembre de 1949”. El Magistrado Castillo Víquez da razones adicionales. La Magistrada Garro Vargas pone nota. El Magistrado Cruz Castro salva el voto y declara sin lugar la acción. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta, y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese

Se hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige a partir del momento que se indica en la parte dispositiva del voto.

San José, 16 de julio del 2020.

                                                                        Vernor Perera León

                                                                              Secretario a. í.

O.C. Nº 364-12-2020.—Sol. Nº 68-2017-JA.—( IN2020480340 ).

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el número 18-001265-0007-CO promovida por [nombre 001], [valor 001] contra el acuerdo No. 2018-002-024 del Consejo Superior Notarial, por estimarlo contrario a los derechos protegidos en los artículos 7, 33, 48 y 51 de la Constitución Política, se ha dictado el voto número 2020-013318 de las once horas y cuarenta y tres minutos del quince de julio de dos mil veinte, que literalmente dice:

«Se archiva la presente acción por falta de interés actual.»

San José, 16 de julio del 2020.

                                                                                  Vernor Perera León

                                                                                        Secretario a. í.

O.C 364-12-2020.—Sol. 68-2017-JA.—( IN2020480341 ).

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad que se tramita con el número 18-012262-0007-CO promovida por [NOMBRE 001], [VALOR 001], en su calidad de apoderado especial judicial de [NOMBRE 002] contra la frase “…y eso en caso de que el alimentario haya tenido que contraer deudas para vivir”, del artículo 172 del Código de Familia, por estimarla contraria a los artículos 51, 52 y 53 de la Constitución Política, se ha dictado el voto número 2020-013317 de las once horas y cuarenta y dos minutos del quince de julio de dos mil veinte, que literalmente dice:

«Se declara sin lugar la acción

San José, 16 de julio del 2020.

                                                                        Vernor Perera León

                                                                               Secretario a.í.

O.C. N° 364-12-2020.—Sol N° 68-2017-JA.—( IN2020480342 ).

SEGUNDA PUBLICACIÓN

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad número 19-024199-0007-CO, que promueve Belca Costa Rica S.A., y otros, se ha dictado la resolución que literalmente dice: «Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las diez horas y cincuenta y uno minutos del nueve de julio de dos mil veinte./Se da curso a la acción de inconstitucionalidad número 19-024199-0007-CO, interpuesta por Belca Costa Rica S.A, y Centro Internacional de Inversiones CII S.A., representadas por Roberto José Rojas López, cédula de identidad número 9-002-150 para que se declare inconstitucional la omisión de los artículos 573 y 583 del Código de Trabajo de prever a favor del patrono un recurso de apelación en relación con la resolución del Juez que dispone la reinstalación de los trabajadores en los procesos especiales, por estimarla contraria a lo dispuesto en el artículo 39 de la Constitución Política de la Constitución Política. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República y a la Ministra de Trabajo y Seguridad Social. La referida omisión se impugna en cuanto, en criterio del accionante, las normas violan un contenido esencial de la garantía del debido proceso, como es el derecho a una doble instancia contra las resoluciones que les impongan gravámenes irreparables o de difícil reparación. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación de las empresas accionantes deriva del artículo 75, párrafo 1° de la Ley de la Jurisdicción Constitucional. Los asuntos previos son dos procesos ordinarios que están en conocimiento ante la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en razón de los recursos de casación interpuestos en los expedientes Nos. 17-001162-0505-LA-O y 17-001163-0505-LA-O. Publíquese por tres veces un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción, para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la omisión impugnada, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la omisión impugnada y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien el acto en que haya de resolverse sobre lo cuestionado, en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta sobre lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese./Fernando Castillo Víquez, Presidente/.-».

San José, 13 de julio del 2020.

                                                                       Vernor Perera León

                                                                             Secretario a.i.

O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—
( IN2020480644 ).

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER:

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, que en el Proceso Disciplinario Notarial N° 09-000672-0627-NO, de Richard Greenwood Marshall contra Randall Camacho Monge (cédula de identidad N° 1-0784-0481), este Juzgado mediante Sentencia de Primera Instancia N° 686-2019, de las veinte horas y trece minutos del veinte de diciembre de dos mil diecinueve (folios 1185 al 1194), la cual fue confirmada por el Tribunal Notarial mediante Voto N° 070-2020, de las catorce horas catorce minutos del quince de mayo de dos mil veinte (folios 1208 al 1216), en vista que se encuentra firme se dispone comunicar al citado Notario la corrección disciplinaria de tres años de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, diecisiete de junio del dos mil veinte.

                                         M.Sc. Juan Carlos Granados Vargas,

                                                                      Juez

1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 67-2018.—( IN2020481021 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Erasmo Daniel del Carmen Salas Bermúdez, 0600850396, quien fue mayor, costarricense, con cédula N° 6-0085-0396, casado, fallecido el 12 de octubre del 2019, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 20-000157-1557-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000157-1557-LA. Causante: Erasmo Daniel del Carmen Salas Bermúdez.—Juzgado Civil y Trabajo de Cañas (Materia Laboral), 21 de agosto del 2020.—Licda. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020480059 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Gilbert Ramírez Suárez N° 0103350587, fallecido el 04 de octubre del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 19-000201-1533-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 19-000201-1533-LA. Por Ligia Sandí Ramírez en favor de Gilbert Ramírez Suárez.—Juzgado de Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita (Materia laboral), 14 de febrero del año 2020.—Lic. Claudio César Rojas Castro, Juez Tramitador.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020480396 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Ignacio Gamaliel López Rosales, quien fue portador de la cédula de identidad N° 502490586, soltero, laboró como educador para el centro educativo en la Escuela de Matapalo, vecino de Santa Cruz, Lomas de Matapalo y falleció el 31 de mayo del 2019. Se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número expediente 20-000052-0775-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000052-0775-LA. Proceso promovido por José Gamaliel López Leal, cédula de identidad N° 501431104, en favor de él mismo.—Juzgado de Trabajo de Santa Cruz, 26 de febrero del 2020.—Licda. Brend Celina Calvo De La O, Jueza de Trabajo.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020481000 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Luis Ángel Ramírez Solís, 0601030956, fallecido el 20 de mayo del 2020, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 20-000821-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-000821-0639-LA. Parte gestionante: Guido Sánchez Rojas. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 14 de agosto del 2020.—Digna María Rojas Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020481004 ).

Se cita y emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de José Manuel Díaz Ureña, cédula de identidad N° 0900560550, fallecido el 07 de diciembre del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 20-000900-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida José Manuel Díaz Ureña.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 22 de julio del año 2020.—M.SC. Andrés Grossi Castillo, Juez Tramitador.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020481005 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Ricardo Guevara Guevara N° 0601320218, fallecido el 09 de marzo del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 20-000965- 0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 20-000965-0639-LA. Gestionante: Marina Gudena Guevara Guevara. Depositante: Operadora de Pensiones Complementarias de la Caja Costarricense de Seguro Social.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 11 de agosto del año 2020.—Msc. Eugenio Molina Sequeira, Juez Tramitador.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020481006 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Luis Gómez Calero, cédula de identidad N° 6-217-293, mayor, soltero, vecino de Alajuela, Barrio San José, profesor de inglés, laboró para el Ministerio de Educación Pública, y falleció el 07 de abril del año 2020, según consta en la certificación de defunción, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 20-000967-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 20-000967-0639-LA. Por Carlos Luis Gómez Calero a favor de Saturnina Gómez Calero.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 05 de agosto del año 2020.—Lic. Ignacio Saborío Crespo, Juez Tramitador.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020481007 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Gabriel Cuadra Solórzano N° 0207390153, fallecido el 05 de julio del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 20-001020-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 20-001020-0639-LA. Partes gestionantes: Katia Isabel Solórzano Rodríguez y Fernando Cuadra Pérez.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 27 de agosto del año 2020.—Ignacio Saborío Crespo, Juez Tramitador.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020481008 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jose Francisco De La Caridad Guzmán Guzmán, cédula 0501670117, fallecido el 03 de junio del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector público bajo el Número 20-000298-1001-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el boletín Judicial. Expediente N° 20-000298-1001-LA. Por Virginia Angela Valverde Valverde a favor de Jose Francisco de la Caridad Guzmán Guzmán.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba (Materia Laboral), 19 de agosto del año 2020.—Lic. Randall Gómez Chacón, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020481161 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Ana Betty Solano Portuguéz, quien fue mayor, femenina, divorciada; vecina de Juan Viñas de Jiménez, con cédula de identidad número 0303750439, quien laboró para el Ministerio de Educación pública, y falleció el 19 de octubre del año 2013, se les hace saber que: Luciana María Rodríguez Solano, cédula de identidad o documento de identidad número 0305200519, domicilio Juan Viñas de Jiménez, se apersonó en este Despacho en calidad de hija de la persona fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones de Trabajador Fallecido del Sector Público. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido de quien en vida se llamó Ana Betty Solano Portuguéz. Expediente N° 20-000311-1001-LA-3.—Juzgado de Trabajo del Circuito Judicial de Turrialba (Materia Laboral, Consignación, Electrónico), 31 de agosto del 2020.—Lic. Randall Francisco Gómez Chacón, Juez Laboral.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020481162 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Dehivi Alonso Acosta Chaves 04-0215-0157, fallecido el 10 de diciembre del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número 20-001169-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-001169-0505-LA. Proceso de Consignación de Prestaciones de Trabajador Fallecido promovido por Yesenia Alejandra Chaves Aguilar, cédula de identidad número 4-0156-0100 a favor de Dehivi Alonso Acosta Chaves.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 13 de agosto del 2020.Msc. Ana Patricia Montero Morales, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020481163 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Harry Antonio Segura Sánchez, quien era mayor, casado una vez, licenciado en Administración, cédula N° 106440211, vecino de Carmona, Nandayure, Guanacaste, laboró para la Caja Costarricense de Seguro Social, fallecido el 13 de octubre del año 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 20-000093-0868-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 20-000093-0868-LA. Por Juanita de los Ángeles Sirias Venegas cédula de identidad N° 108640773 a favor de Ariana Paola Segura Sirias, cédula N° 118840735.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia laboral), 24 de agosto del año 2020.—Lic. Milkan Sánchez Aguilar, Juez .—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020481168 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de noventa y ocho mil ciento setenta y un dólares con nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento cincuenta y tres mil quinientos ochenta y cuatro, derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada: en el distrito 01 San Pablo, cantón 09 San Pablo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Jesús Rojas Gutiérrez; al sur, calle pública con 18 metros 37 centímetros; al este, Allan Villalobos Ellis e Iliana María Durán Molina, y al oeste, calle pública con 7 metros 63 centímetros. Mide: ciento noventa y ocho metros con dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y quince minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas y quince minutos del dos de diciembre del dos mil veinte, con la base de setenta y tres mil seiscientos veintiocho dólares con treinta y dos centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas y quince minutos del diez de diciembre del dos mil veinte, con la base de veinticuatro mil quinientos cuarenta y dos dólares con setenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Asesorías Especializadas Nepcal L.B Sociedad Anónima, Terravieja S. A. Expediente N° 15-002294-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 06 de mayo del 2020.—Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2020479976 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones cien mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando citas: 376-09331-01-0889-001 condiciones Ref:00236193/000; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número dos millones quinientos cuarenta y un mil ochocientos cuarenta y siete, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: const con 1 casa. Situada en el distrito 1- Orotina, cantón 9-Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle Los Príncipes y otro; al sur, Cía Constructora Maracaibo S. A.; al este, Cía Constructora Maracaibo S. A. y al oeste, Cía Constructora Maracaibo S. A. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y treinta minutos del cinco de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y treinta minutos del veinte de noviembre de dos mil veinte con la base de seis millones setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y treinta minutos del nueve de diciembre de dos mil veinte con la base de dos millones veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ana Cecilia Pérez Núñez contra Silvia Emilce Elizondo Vásquez, expediente N° 20-008165-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 24 de julio del año 2020.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza Decisora.—( IN2020480219 ).

En este Despacho, con una base de veinte millones de colones exactos , libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada citas: 365-19395-01-0907-001 servidumbre trasladada citas: 365- 19395-01-0908-001 servidumbre trasladada citas: 365-19395-01-0909-001 servidumbre trasladada citas: 365-19395-01-0910-001, servidumbre trasladada citas: 365-19395-01-0911-001 servidumbre de paso citas: 410-18682-01-0001-001 servidumbre de paso citas: 458-09693-01-0006-00; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 335354-000, la cual es terreno de solar lote N- 3.-Situada en el distrito 4-San Roque, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Sergio Raúl Barrantes Alfaro; al sur servidumbre de paso con 12, 36 metros; al este Manuel Porras Bogantes y al oeste servidumbre de paso con 19,66 metros. Mide: doscientos treinta y cuatro metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del doce de octubre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del veinte de octubre de dos mil veinte con la base de quince millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiocho de octubre de dos mil veinte con la base de cinco millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Leticia Del Socorro Cubero González contra Andrés Porras Sequeira. Expediente Nº:20-001053-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 05 de agosto del año 2020.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2020480329 ).

En este Despacho, con una base de veintidós millones veinte mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 320-06639-01-0901-001, condiciones citas: 320-06639-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número doscientos ochenta y siete mil setecientos ochenta y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno de pastos con una casa de habitación construida en cemento. Situada en el distrito 2-El General, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Guido Rojas Carranza; al sur, Carlos Hidalgo Mora; al este, calle pública, y al oeste, Carlos Hidalgo Mora. Mide: doscientos ochenta y seis metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de setiembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y cero minutos del treinta de setiembre del dos mil veinte, con la base de dieciséis millones quinientos quince mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del ocho de octubre del dos mil veinte, con la base de cinco millones quinientos cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Tomay del Sur T O M Sociedad Anónima contra Nidia María Vargas Hidalgo Expediente Nº 18-006980-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 18 de junio del 2020.—Franz Castro Solís, Juez Tramitador.—( IN2020480663 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y seis millones ochocientos noventa y un mil ochocientos sesenta y ocho colones con setenta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 63400-000, la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito 2-La Suiza, cantón 5-Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: norte, Centro de Educación y Nutrición de La Suiza, sur, calle pública con un frente de 18,98 mts., este, calle pública con un frente de 15,58 mts., oeste, Miguel Bonilla Garro. Mide: doscientos noventa y siete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del veinticuatro de setiembre del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del dos de octubre del año dos mil veinte con la base de cuarenta y dos millones seiscientos sesenta y ocho mil novecientos un colones con cincuenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del trece de octubre del año dos mil veinte con la base de catorce millones doscientos veintidós mil novecientos sesenta y siete colones con dieciocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Ismael Antonio Bastos Alfaro, Mauricio Antonio Bastos e Inversiones y Bendiciones Dilu Sociedad Anónima Garcia EXP: 19-015676-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 21 de julio del año 2020.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2020480697 ).

En este Despacho, con una base de ciento noventa y un mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número cuarenta y siete mil novecientos veintiséis-F-cero cero cero (47926-F-000), la cual es terreno de naturaleza: finca filial treinta y tres terreno apto para construir que se destinara a uso habitacional en el cual no se podrá construir más de dos niveles. Situada en el distrito 1-San Isidro, cantón 6-San Isidro, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte finca filial treinta y cuatro; al sur servidumbre; al este, área destinada a acceso vehicular y al oeste en parte Johanna Porras Alfaro, Hazel Chacón Alpízar, Los Sueños De San Isidro LSSI Sociedad Anónima y María Teresa Iglesias Molina. Mide: mil doscientos cuarenta y siete metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados, plano:H-1037287-2005. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de enero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del quince de enero de dos mil veintiuno con la base de ciento cuarenta y tres mil doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veinticinco de enero de dos mil veintiuno con la base de cuarenta y siete mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Porfirio Saul Solano Sabatier. Expediente Nº:19-006340-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 24 de agosto del año 2020.—Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2020480698 ).

En este Despacho, con una base de tres mil setecientos cincuenta y cinco punto quince unidades de desarrollo (equivalentes a tres millones trescientos setenta y un mil cuatrocientos cuarenta y ocho colones con setenta y siete céntimos), sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 190200-000, la cual es la cual es terreno la cual es terreno de arboleda. Situada en el distrito 5- Santo Domingo, cantón 4-Santa Barbara, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, noroeste, Hacienda Concordia, Lácteos Romero S. A. y Isla de La Tranquera Sociedad Anónima; al sur, sureste, Lácteos Romero S. A. y calle pública con 10 metros; al este, noreste, Hacienda Concordia S. A. y calle pública y al oeste, Isla de La Tranquera Sociedad Anónima. Mide: seis mil seiscientos treinta y nueve metros con sesenta y cinco decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y treinta minutos del veintiuno de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y treinta minutos del veintinueve de setiembre de dos mil veinte con la base de dos mil ochocientos punto dieciséis unidades de desarrollo (equivalentes a dos millones quinientos veintiocho mil quinientos treinta colones con cuarenta y seis céntimos) (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y treinta minutos del siete de octubre de dos mil veinte con la base de novecientos treinta y ocho punto setenta y cinco unidades de desarrollo (equivalentes a ochocientos cuarenta y dos mil ochocientos veintiocho colones con cincuenta y dos céntimos) (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fiduciaria Brunca S. A. contra Expert Comercial Sociedad Anónima, Luis Antonio Herrera León. Expediente N° 18-010846-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 26 de junio del año 2020.—Gerardo Monge Blanco, Juez Decisor.—( IN2020480699 ).

En este Despacho, con una base de trece mil seiscientos treinta y nueve dólares con veintisiete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BFN076. Marca: Suzuki. Estilo: Grand Vitara. Capacidad: 5 personas. Año: 2014. Color: bronce. VIN: JS3TE04V1E4102980. N° motor: J24B1249180. Cilindrada: 2393 c.c. Combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del veinticinco de noviembre de dos mil veinte con la base de diez mil doscientos veintinueve dólares con cuarenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del nueve de diciembre de dos mil veinte con la base de tres mil cuatrocientos nueve dólares con ochenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Lafise S. A. contra Alma Jeannette García de Orellana. Expediente N° 17-012477-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 20 de agosto del año 2020.—Yanin Torrentes Ávila, Juez/a Decisor/a.—( IN2020480700 ).

En este Despacho, con una base de treinta y tres mil setecientos cincuenta y nueve dólares con cincuenta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MBZ 999, marca: Mercedes Benz, estilo: ML, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, color: plateado, año fabricación: 2009, cilindrada: 5500 c.c, combustible: gasolina, N° motor: 27396330288461. Para tal efecto se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de octubre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del trece de octubre del dos mil veinte, con la base de veinticinco mil trescientos diecinueve dólares con sesenta y nueve centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de octubre de dos mil veinte, con la base de ocho mil cuatrocientos treinta y nueve dólares con ochenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Juan Ignacio Bravo Gallegos contra Mónica María Jiménez Robles. Expediente Nº 20-000931-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de junio del 2020.—Audrey Abarca Quirós, Juez/a Decisor/a.—( IN2020480708 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y ocho millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos setenta y ocho mil quinientos diecisiete, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 3-Buenos Aires, cantón 7-Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte calle publica con 12.00 metros de frente; al sur Esperanza de Palmares Sociedad de Responsabilidad S. A.; al este, servidumbre de paso con 46,55 metros y la Esperanza de Palmares S.R.L. y al oeste Willian, Yadira, Armando, Freddy Jiménez Araya, Lucía Ramírez Rodríguez. Mide: cuatrocientos veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del dos de diciembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del catorce de diciembre de dos mil veinte con la base de treinta y seis millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del seis de enero de dos mil veintiuno con la base de doce millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jenny Mena Villegas, Miriam Jenny Villegas Rojas, Roy Alberto de la Trinidad Mena Carranza. Expediente Nº:20-001143-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 30 de julio del año 2020.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza.—( IN2020480710 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho millones quinientos setenta y nueve mil ciento setenta y nueve colones con treinta y nueve céntimos, libre de gravámenes; sáquese a remate el vehículo placa CL-346463, marca Toyota, estilo: Hilux SRV, capacidad: 5 personas, serie: MR0HZ8CD5G0502343, carrocería: camioneta Pick-up, caja abierta o cam-pu, tracción: 4x4, número chasis: MR0HZ8CD5G0502343. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del trece de noviembre de dos mil veinte con la base de trece millones novecientos treinta y cuatro mil trescientos ochenta y cuatro colones con cincuenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintitrés de noviembre de dos mil veinte con la base de cuatro millones seiscientos cuarenta y cuatro mil setecientos noventa y cuatro colones con ochenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Cristian Vargas Paniagua. Expediente N° 18-001001-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 06 de julio del año 2020.—María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2020480711 ).

En este Despacho, con una base de diez millones quinientos setenta y un mil novecientos un colones con setenta y siete céntimos, libre de gravámenes; sáquese a remate el vehículo placas SDM108, Kia, estilo: Rio, categoría: automóvil capacidad: 5 personas, número chasis: 3KPA241ABJE044320, 4x2, año 2018, color gris, 1368 cc. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veinte con la base de siete millones novecientos veintiocho mil novecientos veintiséis colones con treinta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del tres de diciembre de dos mil veinte con la base de dos millones seiscientos cuarenta y dos mil novecientos setenta y cinco colones con cuarenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Saray Pamela Pérez Fonseca. Expediente N° 20-000305-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 20 de julio del año 2020.—María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2020480712 ).

En este Despacho, con una base de veinticuatro millones seiscientos sesenta y cuatro mil seiscientos treinta y nueve colones con cincuenta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada al tomo 265 asiento 00004406-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 445399, derecho 000, la cual es terreno lote uno, terreno para construir. Situada en el distrito 03 San Juan de Mata, cantón 16 Turrubares, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Minor Chavarría Villarreal; al sur, Susana León Álvarez; al este, calle pública con diez metros de frente y al oeste, Escuela Mauro Fernández de San Juan de Mata. Mide: setecientos diez metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del veintiuno de octubre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del veintinueve de octubre de dos mil veinte con la base de dieciocho millones cuatrocientos noventa y ocho mil cuatrocientos setenta y nueve colones con sesenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del seis de noviembre de dos mil veinte con la base de seis millones ciento sesenta y seis mil ciento cincuenta y nueve colones con ochenta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ana Lorena Vargas Sánchez. Expediente N° 20-000327-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 21 de agosto del año 2020.—Yesenia Auxiliadora Hernández Ugarte, Jueza Tramitadora.—( IN2020480767 ).

En este Despacho, con una base de un millón ciento cincuenta y cinco mil setecientos sesenta y siete colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa 731848, marca: Hyundai, estilo: Galloper II, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, año fabricación: 1997, color: gris, número de chasis: KMXKPU1CPVU199444 y cilindrada: 2500 c.c. Para tal efecto se señalan las quince horas y treinta minutos del veintiocho de setiembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta minutos del seis de octubre del dos mil veinte con la base de ochocientos sesenta y seis mil ochocientos veinticinco colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y treinta minutos del catorce de octubre del dos mil veinte con la base de doscientos ochenta y ocho mil novecientos cuarenta y un colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación de Inversiones S.A. contra Rebeca Isabel Valerín Arroyo y Roberto Carlos Víquez Arias. Expediente N° 20-002722-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de junio del 2020.—Licda. Wendy Pagani Rojas, Jueza Decisora.—( IN2020480779 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones quinientos ochenta y cuatro mil quinientos veinticuatro colones con treinta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BLT990, Marca: Toyota, Estilo: Yaris, Categoría automóvil, Capacidad: 5 personas, año 2008, color: azul, Vin: JTDBT923281207023, cilindrada: 1500 c.c., combustible gasolina, N° motor 1NZC817160. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de setiembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de octubre del dos mil veinte, con la base de tres millones cuatrocientos treinta y ocho mil trescientos noventa y tres colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de octubre del dos mil veinte, con la base de un millón ciento cuarenta y seis mil ciento treinta y un colones con ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación de Inversiones S.A. contra José Andrés Mora Ramírez. Expediente N° 19-007793-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de julio del 2020.—Licda. Mayra Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2020480780 ).

En este Despacho, con una base de dos millones seiscientos cincuenta y nueve mil setecientos setenta y siete colones con ochenta y siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BKY107. Marca: Hyundai, Estilo: Accent, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie: KMHCG41FP2U383915, Carrocería: sedan 4 puertas, Tracción: 4x2, color: blanco. Para tal efecto se señalan las 10:30 horas del 23/09/2020. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las 10:30 horas del 01/10/2020, con la base de un millón novecientos noventa y cuatro mil ochocientos treinta y tres colones con cuarenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las 10:30 horas del 09/10/2020, con la base de seiscientos sesenta y cuatro mil novecientos cuarenta y cuatro colones con cuarenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación de Inversiones S.A. contra Wilber Zúñiga Zúñiga. Expediente N° 18-013202-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de junio del 2020.—Licda. Paula Morales González, Jueza Decisora.—( IN2020480781 ).

En este Despacho, con una base de trescientos veinte mil doscientos cincuenta y cuatro dólares con cuarenta y ocho centavos, soportando hipoteca de primer grado citas: 2013-241282-01-0001-001, demanda ordinaria citas: 2014-296804-01-002-001, servidumbre traslada citas: 325-19431-01-0907-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número quinientos once mil ciento treinta y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 6-W. Situada en el distrito 3- Pozos, cantón 09- Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Desarrollo Inmobiliarios Habitual S. A.; al sur, Desarrollo Inmobiliarios Habitual S. A.; al este, Desarrollo Inmobiliarios Habitual S. A. y al oeste, calle pública. Mide: ochocientos ochenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del veintinueve de setiembre de dos mil veinte con la base de doscientos cuarenta mil ciento noventa dólares con ochenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del siete de octubre de dos mil veinte con la base de ochenta mil sesenta y tres dólares con sesenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Alfredo Francisco Núñez Gamboa contra Jabiru P.V.S Seis W S. A. Expediente N° 20-003426-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 08 de junio del año 2020.—Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2020480794 ).

En este Despacho, con una base de siete mil cuatrocientos veinticinco dólares con quince centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MRQ325, marca: Nissan, estilo: Tiida año: 2014, color: gris , N° motor: HR16802523G, VIN: 3N1CC1AD7ZK252686. Para tal efecto se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de octubre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de noviembre de dos mil veinte con la base de cinco mil quinientos sesenta y ocho dólares con ochenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de noviembre de dos mil veinte con la base de mil ochocientos cincuenta y seis dólares con veintiocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Leyla Shynara Barreto Sierra. Expediente N° 20-005412-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de julio del año 2020.—Esteban Herrera Vargas, Juez Decisor.—( IN2020480806 ).

En este Despacho con una base de cuatro mil quinientos noventa y dos dólares con veintinueve centavos, libre de gravámenes; sáquese a remate el vehículo placas número 782673. Marca nissan. Estilo Micra. Año 2009. Color anaranjado. Cilindrada 1386 cc. Combustible gasolina, chasis SJNFCAK12Z3061887, motor CR14212342R. Para tal efecto se señalan las dieciséis horas y cero minutos del veinticuatro de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas y cero minutos del dos de octubre de dos mil veinte con la base de tres mil cuatrocientos cuarenta y cuatro dólares con veintidós centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del doce de octubre de dos mil veinte con la base de mil ciento cuarenta y ocho dólares con siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito de S J S. A. contra Orlando de Jesús Vindas Parajeles. Expediente N° 17-006649-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 28 de agosto del año 2020.—Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2020480808 ).

En este Despacho, con una base de quinientos veintinueve mil ochenta y ocho dólares con ochenta y nueve centavos, libre de gravámenes, pero soportando: servidumbre trasladada citas: 301-05237-01-0002-001; servidumbre trasladada citas: 301-05237-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 289430, derecho 000, la cual es terreno: para construir con una casa. situada en el distrito: 06-San Isidro, cantón: 01-Alajuela, de la provincia de Alajuela, Linderos: noreste: calle pública; noroeste: Lote veinticuatro Urbanización Villas de La Ceiba a quince metros de calle pública; sureste: zona de protección del Río Alajuela calle publica; suroeste: María Luisa Cabezas Herrera, Mide: dos mil doscientos veinte metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del doce de octubre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veinte de octubre de dos mil veinte, con la base de trescientos noventa y seis mil ochocientos dieciséis dólares con sesenta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las cero horas y cero minutos del veintiocho de octubre de dos mil veinte, con la base de ciento treinta y dos mil doscientos setenta y dos dólares con veintidós centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Opti Prime Properties Costa Rica Sociedad Anónima contra Melania Masís Ramos. Expediente N° 18-031757-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 23 de junio del año 2020.—Licda. Hannia Isabel Nuñez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2020480809 ).

En este Despacho, con una base de seis millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 346-03108-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 206694-000. Que se describe así: naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito: 01-Filadelfia, cantón: 05-Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, Gerardo Araya Rodríguez; al sur, calle pública con un frente a esta de 9.70 metros lineales; al este, Gerardo Araya Rodríguez; y al oeste, Gerardo Araya Rodríguez. Mide: ciento noventa y cinco metros cuadrados. Plano: G-1648401-2013. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiuno de octubre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del veintinueve de octubre del dos mil veinte, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del seis de noviembre del dos mil veinte, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Randall Gerardo Corea Salvatierra. Expediente N° 20-000203-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 27 de agosto del 2020.—Lic. Victor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2020480810 ).

En este Despacho, con una base de sesenta y seis millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento sesenta y seis mil trescientos tres, derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito San Isidro, cantón San Isidro, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Benjamín Valerio Barquero; al sur, Benjamín Valerio Barquero; al este, calle pública con un frente de 8 metros y al oeste, Ligia Valerio Barquero. Mide: ciento sesenta y seis metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y quince minutos del seis de octubre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y quince minutos del quince de octubre de dos mil veinte con la base de cuarenta y nueve millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y quince minutos del veintitrés de octubre de dos mil veinte con la base de dieciséis millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Emanuel Brenes Valerio, Sandra María de Los Ángeles Valerio Quirós. Expediente N° 19-015363-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 18 de junio del año 2020.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2020480811 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis millones sesenta y siete mil veintinueve colones con sesenta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número sesenta y cuatro mil sesenta y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir una casa. Situada: en el distrito: 05-Cariari, cantón: 02-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública con 10,36 metros lineales; al sur, Edgar Guzmán Castro; al este, Edgar Guzmán Castro, y al oeste, Edgar Guzmán Castro. Mide: doscientos cinco metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del seis de octubre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas y treinta minutos del quince de octubre del dos mil veinte, con la base de doce millones cincuenta mil doscientos setenta y dos colones con veintiséis céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintitrés de octubre del dos mil veinte, con la base de cuatro millones dieciséis mil setecientos cincuenta y siete colones con cuarenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Maynor de Los Ángeles Barboza Vargas. Expediente N° 18-005289-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 31 de julio del 2020.—Licda. Hazel Patricia Castillo Bolaños, Jueza.—( IN2020480812 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso ref: 177593-000 citas: 375-14028-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 529118 derecho 000, derecho 000, la cual es terreno para construir lote 66-A. Situada en el distrito 4-Patalillo, cantón 11-Vásquez de Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Pablo Roberto Chacón Marín; al sur, Manuel Gutiérrez Marín; al este, Yaudicia Steller Vargas y al oeste, calle pública. Mide: ciento cuarenta y cinco metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiuno de octubre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veintinueve de octubre de dos mil veinte con la base de treinta y siete mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del nueve de noviembre de dos mil veinte con la base de doce mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Cinco Gece S. A., contra Eduardo Antonio Jiménez Carvajal y Julissa Adelaida Peña Chávez. Expediente número 20-006039-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de agosto del año 2020.—Licda. Nidia Durán Oviedo, Jueza Tramitadora.—( IN2020480813 ).

En este Despacho, con una base de ciento treinta mil quinientos noventa y un dólares con treinta y seis centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 367-02075-01-0908-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2012-347553-01-0696-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2012-347553-01-1025-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2012-347553-01-1360-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento siete mil cuatrocientos cuarenta y ocho, derecho F-000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número ciento ochenta y ocho apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito Ulloa, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, finca filial ciento ochenta y nueve; al sur, finca filial ciento ochenta y siete; al este, área común libre destinada a acera, y al oeste, finca filial ciento cuarenta y nueve. Mide: ciento sesenta y seis metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de enero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y cero minutos del primero de febrero del dos mil veintiuno, con la base de noventa y siete mil novecientos cuarenta y tres dólares con cincuenta y dos centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de febrero del dos mil veintiuno, con la base de treinta y dos mil seiscientos cuarenta y siete dólares con ochenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Acon Marín, Helena Zeledón Grande. Expediente N° 19-008290-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 26 de agosto del 2020.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2020480814 ).

En este Despacho, con una base de doce mil quinientos setenta y siete dólares con ochenta y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BKF909, marca: Geely, año: 2016, color: blanco, N. motor: JLD4G24E9JC00568, Vin: LB37762Z4GC213704 . Para tal efecto se señalan las diez horas y quince minutos del veintisiete de octubre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y quince minutos del cuatro de noviembre de dos mil veinte con la base de nueve mil cuatrocientos treinta y tres dólares con treinta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y quince minutos del doce de noviembre de dos mil veinte con la base de tres mil ciento cuarenta y cuatro dólares con cuarenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales ( VEINSA ) Sociedad Anónima contra Marcos José Iván Sierra Reyes, expediente N° 20-003638-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 09 de julio del año 2020.—Esteban Herrera Vargas, Juez/a Decisor/a.—( IN2020480817 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete millones cien mil colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando decreto embargo con número de Tomo: 0800 Asiento: 00603825 Secuencia: 001; sáquese a remate el vehículo placa: CL-306854, marca: Toyota, estilo: Hilux categoría: carga liviana, capacidad: cuatro personas, serie, VIN y chasis: MROKB8CC1J1054234, carrocería: camioneta pick-up caja abierta o cam-pu, tracción: cuatro por cuatro; año de fabricación: dos mil dieciocho, color: blanco, características del motor: número: 2GD4372823. marca: Toyota, modelo: GUN125L-CTFSH, combustible: Diesel, cilindrada: dos mil cuatrocientos centímetros cúbicos, cilindros: cuatro. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del doce de octubre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del veinte de octubre de dos mil veinte con la base de diecisiete millones cien mil colones exactos (base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiocho de octubre de dos mil veinte con la base de diecisiete millones cien mil colones exactos (base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Yansi del Carmen Aguirre Sevilla contra Michael Jesús Fallas Flores. Expediente Nº:18-000030-0188-CI.—Tribunal Colegiado Primera Instancia Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 14 de agosto del año 2020.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez Decisor.—( IN2020480820 ).

En este Despacho, con una base de cinco mil setenta y seis dólares con setenta y dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas 635915. Marca: Toyota Estilo: RAV 4. Categoría: automóvil. Capacidad: 5 personas. Año fabricación: 1997. Color: vino. Vin: JT3GP10V0V7008906. N° motor: 3S2147048. Cilindrada: 2000 c.c. Combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas y treinta minutos del uno de octubre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del nueve de octubre del dos mil veinte con la base de tres mil ochocientos siete dólares con cincuenta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veinte de octubre del dos mil veinte con la base de mil doscientos sesenta y nueve dólares con dieciocho centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Luis Fernando Carvajal Soto. Expediente N° 18-019822-1338-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 16 de julio del 2020.—Lic. German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2020480821 ).

En este Despacho, con una base de veintiún mil cuatrocientos setenta y seis dólares con ochenta y siete centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión bajo el número de sumaria 18-003580-0497-TR; sáquese a remate el vehículo placa: BMX499, marca: Ssang Yong, estilo: Tivoli, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2017, color: gris, vin: KPT20A1VSHP128250, N° motor: 17391002068918, cilindrada: 1600 C.C. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de setiembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del ocho de octubre del dos mil veinte, con la base de dieciséis mil ciento siete dólares con sesenta y cinco centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de octubre del dos mil veinte, con la base de cinco mil trescientos sesenta y nueve dólares con veintiún centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Jeremy Bernardo Herrera Ojeda. Expediente N° 19-007047-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de junio del 2020.—Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—( IN2020480822 ).

En este Despacho, con una base de catorce mil ochocientos diez dólares con once centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión bajo el número de sumaria 16-603130-0491-TC; sáquese a remate el vehículo BLR029. Marca: Mitsubishi, Estilo: Mirage G4, Categoría: Automóvil, Capacidad: 5 personas, Año Fabricación: 2017, Color: Negro, Vin: MMBSNA13AHH002611, N° Motor: 3A92UDK5849, Cilindrada: 1193 c.c.. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del treinta de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del ocho de octubre de dos mil veinte con la base de once mil ciento siete dólares con cincuenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del diecinueve de octubre de dos mil veinte con la base de tres mil setecientos dos dólares con cincuenta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta Nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (Veinsa) Sociedad Anónima contra 3102706569 S. A., Erick Eduardo Cedeño Matarrita. Expediente N° 19-007613-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de junio del año 2020.—Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—( IN2020480823 ).

En este despacho, con una base de catorce millones setecientos dos mil ochocientos veintinueve colones con ochenta y tres céntimos, libre de gravámenes pero con condiciones Ref: 2669-491-001 bajo citas: 0325-00001559-01-0901-013 sáquese a remate la finca del partido de limón, matrícula número veintiún mil doce, derecho 000, la cual es terreno naturaleza: agricultura. Situada en el distrito Batan, cantón Matina, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, quebrada calderón; al sur, finca Barbilla; al este, Enrique Herrera y al oeste, Rogelio Venegas. Mide: ciento seis mil ciento once metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del seis de octubre de dos mil veinte con la base de once millones veintisiete mil ciento veintidós colones con treinta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del catorce de octubre de dos mil veinte con la base de tres millones seiscientos setenta y cinco mil setecientos siete colones con cuarenta y seis céntimos (25% de la base original). Con una base de doce millones ciento cuarenta mil quinientos veintitrés colones con setenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; pero con condiciones Ref: 2669-493 001 bajo las citas: 0325-00001559-01-0904-002 sáquese a remate la finca del partido de limón, matrícula número veintiún mil catorce, derecho 000, la cual es terreno naturaleza agricultura. Situada en el distrito Batan, cantón Matina, de la provincia de Limón. Colinda: al norte quebrada Calderón; al sur, finca Barbilla; al este, Ernesto Venegas Vargas y al oeste, Joaquín Coto Cortes. Mide: noventa y seis mil ciento treinta y uno metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del seis de octubre de dos mil veinte con la base de nueve millones ciento cinco mil trescientos noventa y dos colones con ochenta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del catorce de octubre de dos mil veinte con la base de tres millones treinta y cinco mil ciento treinta colones con noventa y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Rafael Antonio Rodríguez Gutiérrez. Expediente N° 18-000391-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de La Zona Atlántica, 09 de junio del año 2020.—Hazel Carvajal Rojas, Jueza Decisora.—( IN2020480831 ).

En este Despacho, con una base de siete millones doscientos cuatro mil trescientos setenta y seis colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 283-01379-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número ciento treinta y seis mil ochocientos doce, derecho 000, la cual es terreno inculto con una casa. Situada en el distrito 3-Hospital, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Pablo Chacón; al sur, Haydee Marín Carvajal; al este, calle pública con 8 m y 34 mms y al oeste, Eloisa Carmona. Mide: ciento tres metros con noventa y dos decímetros cuadrados metros cuadrados. Plano: SJ-0012231-1972. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del cinco de octubre de dos mil veinte con la base de cinco millones cuatrocientos tres mil doscientos ochenta y dos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del catorce de octubre de dos mil veinte con la base de un millón ochocientos uno mil noventa y cuatro colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Costa Rica Search Engine Services Limitada contra Ericka de Los Ángeles Aguilar Rodríguez, expediente N° 20-003227-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de julio del año 2020.—Nidia Durán Oviedo, Jueza Tramitadora.—( IN2020480833 ).

En la puerta exterior de este despacho, con una base de doscientos setenta mil trescientos sesenta y tres dólares con cincuenta y tres centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada según citas: 327-11500-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número cincuenta y un mil ochocientos dos, derecho cero cero cero, la cual es terreno solar con una casa. Situada en el distrito 03-Hospital, cantón 01-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Román Fallas Mora; al sur, acera y calle pública; al este, Luis Oreamuno Marten; y al oeste, Miguel Romero y Miriam Marín. Mide: doscientos quince metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintisiete de octubre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del cuatro de noviembre del dos mil veinte con la base de doscientos dos mil setecientos setenta y dos dólares con sesenta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del doce de noviembre del dos mil veinte con la base de sesenta y siete mil quinientos noventa dólares con ochenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Inversiones Gobre S. A. Expediente N° 19-002583-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 28 de agosto del 2020.—Licda. Lissette Córdoba Quirós, Jueza Tramitadora.—( IN2020480836 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones quinientos quince mil setecientos setenta y dos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento nueve mil quinientos veintiséis, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir lote veinte A, bloque G. Situada: en el distrito Corredores, cantón Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote veinte B, bloque G; al sur, calle pública; al este, lote veinte, bloque G, y al oeste, calle pública. Mide: ciento cuarenta y tres metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del cinco de octubre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas y cero minutos del catorce de octubre del dos mil veinte, con la base de tres millones trescientos ochenta y seis mil ochocientos veintinueve colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas y cero minutos del veintidós de octubre del dos mil veinte, con la base de un millón ciento veintiocho mil novecientos cuarenta y tres colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Édgar Jesús Sánchez Villalobos, Jenny Mendoza Trejos. Expediente N° 19-000497-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 08 de julio del 2020.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez Tramitador.—( IN2020480840 ).

En este Despacho, con una base de veintitrés millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 46048-F-000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número veinticuatro apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 7-Puente de Piedra, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, finca filial primaria individualizada número trece; al sur, acceso tres; al este, finca filial primaria individualizada número veintitrés y al oeste, finca filial primaria individualizada número veinticinco. Mide: cuatrocientos sesenta y nueve metros cuadrados valor porcentual: 0.6662 valor medida: 0.0067. Plano: A-1019432-2005. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del cinco de octubre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del trece de octubre de dos mil veinte con la base de diecisiete millones quinientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del veintiuno de octubre de dos mil veinte con la base de cinco millones ochocientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Residencial Horizontal Valle Las Flores contra Pablo Dudey Sánchez Sanabria, expediente N° 18-011520-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 14 de julio del año 2020.—Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2020480844 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando aviso catastral citas: 2020-283007-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 108249-000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 1-Barva, cantón 2-Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Lucila Arguedas Madrigal y otros; al sur, Teresa Montero Araya y otro; al este, calle pública, y al oeste, Carlos Salas Cabezas. Mide: doscientos cuarenta y un metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiséis de octubre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas y treinta minutos del tres de noviembre del dos mil veinte, con la base de trece millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del once de noviembre del dos mil veinte, con la base de cuatro millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Errol Daniel Rodríguez Rodríguez contra Manuel Francisco Contreras Madrigal. Expediente N° 19-017222-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 30 de julio del 2020.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—( IN2020480845 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones ciento ochenta y nueve mil quinientos colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas: 0305-00015526-01-0901- 001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número 83716-000, la cual es naturaleza: terreno de potrero. Situada en el distrito 5-El Cairo, cantón 3-Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Axela Sociedad Anónima; al este, calle pública; y al oeste, Asesores González y Asociados S. A. y Junta de Educación de La Francia. Mide: nueve mil quinientos dieciséis metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del cinco de octubre del dos mil veinte (1:30 pm // 05/10/2020). De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del catorce de octubre del dos mil veinte (1:30 pm // 14/10/2020) con la base de tres millones ciento cuarenta y dos mil ciento veinticinco colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintidós de octubre del dos mil veinte (1:30 pm // 22/10/2020) con la base de un millón cuarenta y siete mil trescientos setenta y cinco colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Juan Carlos Guzmán Céspedes. Expediente N° 18-006415-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 06 de agosto del 2020.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2020480854 ).

En este Despacho, con una base de ciento sesenta y un mil trescientos cuarenta dólares con cincuenta centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas y Restricciones bajo citas 307-16446-01-0901-003; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 83718-F-derecho 000, naturaleza: Finca filial número once de dos plantas destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 01 Quepos, cantón 06 Quepos, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Finca filial nueve, finca filial diez y finca filial doce; al sur, Zona Verde; al este, Zona Verde y Finca filial doce y al oeste, Zona Verde y Finca filial nueve. Mide: Ciento cincuenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiuno de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del veintinueve de setiembre de dos mil veinte con la base de ciento veintiún mil cinco dólares con treinta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de octubre de dos mil veinte con la base de cuarenta mil trescientos treinta y cinco dólares con trece centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Donald Lee Blackford, Inversiones Analcima Magnolia Lix S. A. Expediente Nº 19-003383-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 04 de mayo del 2020.—Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2020480857 ).

En este Despacho, con una base de un millón ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: 766841 marca: Suzuki capacidad: 4 personas serie: MA3FB31S690198065 carrocería: sedan 4 puertas hatchback, tracción: 4x2, número chasis: MA3FB31S690198065, año fabricación: 2009, VIN: MA3FB31S690198065, modelo: AL4CD6 cilindrada: 800 c.c cilindros: 3 potencia: 62 kw combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del veintidós de octubre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del treinta de octubre de dos mil veinte con la base de un millón trescientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del nueve de noviembre de dos mil veinte con la base de cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Banco Nacional de Costa Rica contra Marco Aurelio Cañizales Ramírez. Expediente N° 17-011224-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 28 de mayo del año 2020.—Licda. Hellen Viviana Segura Godínez, Jueza Tramitadora.—( IN2020480870 ).

En este Despacho, con una base de once millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 380-19404-01-0004-001 y servidumbre de paso bajo las citas: 389-10845-01-0005-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 298.927-000, la cual es terreno lote dos, terreno para construir, con una casa de habitación. Situada: en el distrito 1-San Rafael, cantón 15-Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Jorge Luis Espinoza Cruz; al sur, Édgar Picado Arguedas en medio servidumbre de paso; al este, servidumbre de paso, y al oeste, calle pública con un frente de 11,00 metros. Mide: quinientos cincuenta y nueve metros con catorce decímetros cuadrados. Plano: A-0982522-1991. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del trece de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veintitrés de noviembre del dos mil veinte, con la base de ocho millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del dos de diciembre del dos mil veinte, con la base de dos millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Daisy Olga María Rivas Villalobos, Melvin Gerardo Murillo Rivas, Wilda Zamora Roa. Expediente N° 19-001727-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 17 de julio del 2020.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2020480875 ).

En este Despacho, con una base de veinticinco millones setenta y ocho mil cuatrocientos sesenta y siete colones con veintisiete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas: 356-01345-01-0903-001, reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 450-12750-01-0589-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 104146 derecho 000, la cual es terreno lote 153, terreno para la agricultura, Proyecto La Soga. Situada en el distrito 1-Bagaces, cantón 4-Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: norte, lote 152; sur, lote 157, este, calle pública y oeste, drenaje. Mide: sesenta y ocho mil setecientos seis metros con veintisiete decímetros cuadrados. Plano: G-0137887-1993. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del trece de enero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del veintiuno de enero de dos mil veintiuno con la base de dieciocho millones ochocientos ocho mil ochocientos cincuenta colones con cuarenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintinueve de enero de dos mil veintiuno con la base de seis millones doscientos sesenta y nueve mil seiscientos dieciséis colones con ochenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Feliciano Bustos Alcocer, expediente N° 19-005857-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 18 de agosto del año 2020.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza Decisora.—( IN2020480877 ).

En este Despacho, con una base de dos millones doscientos treinta y tres mil seiscientos cincuenta y cuatro colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BHB280, marca: Toyota, estilo: Echo, categoría: automóvil, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4X2, número chasis: JTDBT123510170658, N° motor: ilegible, capacidad: 5 personas, color: verde, año fabricación: 2001. Para tal efecto se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta de setiembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del ocho de octubre del dos mil veinte con la base de un millón seiscientos setenta y cinco mil doscientos cuarenta colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de octubre del dos mil veinte con la base de quinientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos trece colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credibrothers S. A. contra Israel Zeledón Romero. Expediente N° 16-025620-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de junio del 2020.—Mariana Jovel Blanco, Jueza Decisora.—( IN2020480883 ).

En este Despacho, con una base de un millón de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 391-12625-01-0868-002 servidumbre trasladada citas: 391-12625-01-0882-002; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número doscientos cincuenta y seis mil sesenta y uno, derecho 000, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito -Las Horquetas, cantón 10- Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Milvian Cucalon Hernández; al sur, calle pública; al este, Rogelio Zumbado Cartín y al oeste, Idali Molina Matarrita. Mide: trescientos tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiséis de octubre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del tres de noviembre de dos mil veinte con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del once de noviembre de dos mil veinte con la base de doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Juan Vianey del Socorro Núñez Mora contra Rogelio Zumbado Cartín. Expediente N° 18-002966-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 16 de julio del año 2020.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2020480886 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones de colones exactos, soportando reservas y restricciones citas: 406-10711-01-0901-001, demanda ordinaria citas: 800-500997-01-0001-001 (Expediente 11-000006-0507-AG), afectaciones y limitaciones Ley Forestal 7575 citas: 2013-201452-01-0001-001, sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento cuarenta y un mil seiscientos veintiuno-cero cero cero (141621-000), la cual es terreno naturaleza: Terreno de potrero y montaña. Situada en el distrito 3-Las Horquetas, cantón 10-Sarapiqui, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Serv. de paso con 10,00 mts. y otro; al sur, Dagoberto Herrera Cordero; al este, Feliz López Silva y al oeste, Gladys Varela Jiménez. Mide: doscientos sesenta mil seiscientos veintidós metros con treinta y siete decímetros cuadrados, plano: H-0027453-1976. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del seis de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre de dos mil veinte con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veinte con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fernando Horacio Murillo Vargas contra Bioforesta Centro Ecológico y Hotel S. A. Expediente N° 19-008728-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 01 de agosto del año 2020.—Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2020480887 ).

En este Despacho, se señalan las ocho horas y treinta minutos del uno de octubre de dos mil veinte. Para la primera finca, con una base de siete millones cuatrocientos cincuenta y ocho mil quinientos cincuenta y seis colones con cincuenta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 353-19953-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento ochenta y nueve mil seiscientos cincuenta y ocho, derecho cero cero cero. La cual es terreno de agricultura situada en el distrito 2-Puerto Jiménez cantón 7-Golfito de La Provincia de Puntarenas linderos: norte: calle pública sur: Río Nuevo Property S. A. este: Eliseo Pinzón Hernández oeste: lote 13 de Río Nuevo Property S. A. Mide: trescientos sesenta metros cuadrados plano: P-1551677-2012. Para la segunda finca. Con una base de seis millones quinientos noventa y ocho mil doscientos noventa y dos colones con treinta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 353-19953-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento ochenta y nueve mil seiscientos cincuenta y nueve, derecho cero cero cero. la cual es terreno de agricultura situada en el distrito 2-Puerto Jiménez cantón 7-Golfito de la provincia de Puntarenas linderos: norte: calle pública sur: Río Nuevo Property S. A. este: lote 12 de Río Nuevo Property S. A. oeste: lote 14 de Río Nuevo Property S. A. Mide: trescientos metros cuadrados plano: P-1551501-2012. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del nueve de octubre de dos mil veinte con la base de cinco millones quinientos noventa y tres mil novecientos diecisiete colones con cuarenta y cuatro céntimos (75% de la base original) (para la primera finca). Y con la base de cuatro millones novecientos cuarenta y ocho mil setecientos diecinueve colones con veintinueve céntimos (75% de la base original) (para la segunda finca). y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecinueve de octubre de dos mil veinte con la base de un millón ochocientos sesenta y cuatro mil seiscientos treinta y nueve colones con quince céntimos (25% de la base original) (para la primera finca). Y con la base de un millón seiscientos cuarenta y nueve mil quinientos setenta y tres colones con diez céntimos (25% de la base original) (para la segunda finca). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Edwin Steve Solera Elizondo, Guiselle Villeda Caseres. Expediente Nº:19-003408-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 12 de mayo del año 2020.—Licda. Eida Virginia Madrigal Camacho, Jueza Tramitadora.—( IN2020480898 ).

En este Despacho, con una base de quince millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones (citas: 401-01580-01-0932-001), reservas y restricciones (citas: 401-01580-01-0933-001), condiciones (citas: 401-01580-01-0945-001), condiciones (citas: 401-01580-01-0946-001), reservas y restricciones (citas: 401-01580-01-0976-001), reservas y restricciones (citas: 401-01580-01-0977-001), condiciones ref.: 00080246-000 (citas: 401-01580-01-0978-001), condiciones ref.: 00080246-000 (citas: 401-01580-01-0979-001), reservas y restricciones (citas:401-01580-01-0982-001), reservas y restricciones (citas: 401-01580-01-0983-001), condiciones ref.: 00080247-000 (citas: 401-01580-01-0984-001), condiciones ref.: 00080247-000 (citas: 401-01580-01-0985-001); sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento setenta y seis mil setecientos noventa, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa y un galerón. Situada en el distrito 2-Puerto Jiménez, cantón 7-Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Yamil Guerra Sánchez; al sur, canal de drenaje en medio de calle pública con 49,81 metros; al este, calle pública con 26,53 metros y al oeste, Víctor Mora Amaya. Mide: mil trescientos dieciséis metros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del tres de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del dieciocho de noviembre de dos mil veinte con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del cuatro de diciembre de dos mil veinte con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de EC Raíces Capitales Sociedad Anónima contra Isidro Diego de Jesús Mora Amaya. Expediente Nº 16-015450-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 21 de julio del año 2020.—Licda. Sofía Ramírez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2020480902 ).

En este Despacho, con una base de diez millones novecientos treinta y dos mil quinientos noventa y seis colones con setenta y siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo JVJ001, marca: KIA, estilo: forte, categoría: automóvil, serie: KNAFZ411BH5664414, carrocería: sedan 4 puertas, capacidad: 5 personas, color: gris, vin: KNAFZ411BH5664414, N° de motor: G4FGGH657141, cilindrada: 1591.c.c., modelo: A7S4D261F, año: 2017. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del doce de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y cero minutos del veintidós de febrero del dos mil veintiuno, con la base de ocho millones ciento noventa y nueve mil cuatrocientos cuarenta y siete colones con cincuenta y ocho céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del dos de marzo del dos mil veintiuno, con la base de dos millones setecientos treinta y tres mil ciento cuarenta y nueve colones con diecinueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Alejandro José Vargas Jiménez. Expediente Nº 19-000014-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 18 de agosto del 2020.—Iván Tiffer Vargas, Juez Tramitador.—( IN2020480904 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones ciento treinta y tres mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada anotada bajo las citas 376-17862-01-0001-0; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 479346-000, derecho, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 5-San Felipe, cantón 10-Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo; al sur Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo; al este, alameda décimo quinta y al oeste Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo. Mide: ciento treinta y seis metros con veinte decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del catorce de octubre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del veintidós de octubre de dos mil veinte con la base de seis millones noventa y nueve mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del treinta de octubre de dos mil veinte con la base de dos millones treinta y tres mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Caja Costarricense del Seguro Social contra Juanita Gertrudis Torrez. Expediente Nº:16-022300-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 06 de agosto del año 2020.—Carlos Alejandro Báez Astúa, Juez Tramitador.—( IN2020480909 ).

En este Despacho, con una base de veinticinco mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 388-03459-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 71.575-000, la cual es naturaleza: Terreno con una casa. Situada en el distrito 4-Lepanto, cantón 1-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte: calle pública con 20m; sur: Irene Morera Barquero; este: José Francisco Rodríguez; oeste: Héctor Badilla Morera, Mide: trescientos setenta y dos metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados, Plano: P-0969780-1991. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de setiembre de dos mil veinte con la base de dieciocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del siete de octubre de dos mil veinte con la base de seis mil doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Gerardo Jaikel Gazel, José Manuel Marbis Gazel contra Carmen Julia Guevara García, Gerardo Franklin Badilla Morera. Expediente N° 19-002972-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 04 de agosto del año 2020.—Lic. Victor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2020480916 ).

En este despacho, con una base de veinticuatro mil seiscientos ochenta dólares con cuarenta centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo planta eléctrica, marca: Wacker, carrocería: planta eléctrica, modelo g25; año: 2016, número de serie: 24256392, numero de motor: 624264. Para tal efecto se señalan las catorce horas y cero minutos del veintitrés de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del uno de octubre de dos mil veinte con la base de dieciocho mil quinientos diez dólares con treinta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del nueve de octubre de dos mil veinte con la base de seis mil ciento setenta dólares con diez centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución garantías mobiliarias de Caterpillar contra Constructora Sánchez Carvajal. Expediente N° 19-011600-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de junio del año 2020.—Mariana Jovel Blanco, Jueza Decisora.—( IN2020480970 ).

En la puerta exterior de este Despacho, se saca a remate la finca matrícula 071584 del partido de Limón, en razón que su valor calculado mediante Peritaje cubre lo adeudado en autos y se reserva el peritaje sobre la finca matrícula 064444 así como el embargo sobre los vehículos 121320, 126077 y 196043, para ser tomados en cuenta en su momento procesal oportuno. Por consiguiente y en aras de continuar con los procedimientos, con la base fijada en el Peritaje visible de folios 162 a 177 del expediente físico, sean de catorce millones seiscientos veintitrés mil setecientos ochenta y siete colones con cincuenta y seis céntimos (¢ 14,623,787.56), libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso REF 00001681 0001, anotada bajo las citas 338-15024-01-0900-001; sáquese a remate el inmueble embargado en autos, finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número siete uno cinco ocho cuatro-cero cero cero (71584-000) la cual es lote 11 terreno para construir. Situada en el distrito Siquirres, cantón Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda al norte, con calle pública con 8,000 metros; al sur, con lote 72-A; al este, con lote 95-A y al oeste, con lote destinado a área comunal. Mide: ciento setenta y un metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados ( 171.59 mts). Plano L-0357087-1996. Para tal efecto se señalan las diez horas del dieciséis de octubre del año dos mil veinte. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas del cuatro de noviembre del año dos mil veinte con la base de diez millones novecientos sesenta y siete mil ochocientos cuarenta colones con sesenta y siete céntimos (¢ 10,967,840.67). Finalmente y en caso de no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas del veinte de noviembre del año dos mil veinte con la base de tres millones seiscientos cincuenta y cinco mil novecientos cuarenta y seis colones con ochenta y nueve céntimos (¢ 3,655,946.89). Publíquese el edicto de ley. Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Nota: publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de ocho días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario sect. privado de Luis Rodríguez Barquero contra Bantec C.Q. S.A., expediente N° 03-003737-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 03 de agosto del año 2020.—M.Sc. Andrés Grossi Castillo, Juez Tramitador.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020480998 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de treinta y dos millones setenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número ciento cincuenta y tres mil setecientos noventa y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno inculto. Situada: en el distrito 1-Palmares, cantón 7-Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública y otro; al sur, Fernando Mora y otro; al este, calle pública con 8 m 01 cm y otro, y al oeste, Ofelia Quesada. Mide: ciento seis metros con noventa decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del trece de enero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y cero minutos del veintiuno de enero del dos mil veintiuno, con la base de veinticuatro millones cincuenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de enero del dos mil veintiuno, con la base de ocho millones diecisiete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Julienne Amanda Alvarado Chollette contra Juan Carlos Gerardo Mora Pacheco, Misael Mora Rodríguez. Expediente N° 19-002302-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 26 de agosto del 2020.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza.—( IN2020481026 ).

En este Despacho, con una base de siete millones trescientos trece mil novecientos cincuenta y cinco colones con sesenta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 313-10245-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula N° 400886-000, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 4-Aguas Zarcas, cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Zaida María, Víctor Gerardo, Juan Carlos Blanco Rodríguez; al sur, Zaida María, Víctor Gerardo, Juan Carlos Blanco Rodríguez; al este, Zaida María, Víctor Gerardo, Juan Carlos Blanco Rodríguez, y al oeste, calle con un frente a ella de 14.60 metros. Mide: doscientos cuarenta y cuatro metros cuadrados. Plano: A-1909224-2016. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintidós de octubre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del treinta de octubre del dos mil veinte, con la base de cinco millones cuatrocientos ochenta y cinco mil cuatrocientos sesenta y seis colones con setenta y seis céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del nueve de noviembre del dos mil veinte, con la base de un millón ochocientos veintiocho mil cuatrocientos ochenta y ocho colones con noventa y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Carlos Blanco Rodríguez. Expediente Nº 19-005061-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Ciudad Quesada, 05 de julio del 2020.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2020481040 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida), citas: 573-84155-01-0009-001 y demanda ordinaria citas 800-278978-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número ciento siete mil ciento ocho, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de habitación, situada en el distrito 1-Carmen cantón 1-San José de la provincia de San José, linderos: norte: avenida 15 con 13,00 metros de frente, sur: Fernando Abarca, José Joaquín Salazar Arias, este: Manuel Emilio Chavarría, oeste: Claudio Maroto, mide: quinientos cuarenta y siete metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinte de octubre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de octubre de dos mil veinte con la base de treinta mil dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del cinco de noviembre de dos mil veinte con la base de diez mil dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Gilber Ramírez Masis contra Elizabeth María De Los Ángeles Ramírez Meléndez, Gonzalo Ramírez Luna, Grupo Ramírez Meléndez S.A. Expediente Nº 19-007470-1157-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de agosto del año 2020.—Licda. Mariana Jovel Blanco, Jueza Decisora.—( IN2020481042 ).

En este Despacho, con una base de un millón seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas 641404, marca Suzuki, estilo Grand Vitara, chasis JS3TD62V614163373, capacidad 5 personas, color gris, año 2001, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de octubre de dos mil veinte con la base de un millón doscientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de octubre de dos mil veinte con la base de cuatrocientos mil colones exactos (25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A. contra Easy Car Rental S. A., expediente N° 20-006809-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de julio del año 2020.—Licda. Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2020481055 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta millones setecientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número doscientos diecisiete mil seiscientos cuarenta y cuatro, derecho 000 (1-217644-000), la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 01 Desamparados, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Marta García Cascante; al sur, avenida tercera con 12,00 metros de frente; al este, Proyectos Urbanísticos Centroamericanos Sociedad Anónima y al oeste, Proyectos Urbanísticos Centroamericanos Sociedad Anónima. Mide: trescientos metros con treinta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del diecisiete de febrero del año dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veinticinco de febrero del año dos mil veintiuno con la base de treinta y ocho millones veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del cinco de marzo del año dos mil veintiuno con la base de doce millones seiscientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Isabel Virginia Campos Hernández. Expediente Nº 20-001626-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 28 de agosto del 2020.—Adriana Castro Rivera, Jueza Tramitadora.—( IN2020481083 ).

En la puerta exterior de este Despacho, con una base de veinticinco millones novecientos treinta y seis mil ciento ochenta y siete colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número doscientos once mil novecientos ochenta y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno lote 42 terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito cero uno, Desamparados, cantón cero tres, Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 41; al sur, lote 43; al este, calle con nueve metros; y al oeste, lotes 67 y 68. Mide: ciento sesenta y cinco metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de octubre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del diecinueve de octubre del dos mil veinte con la base de diecinueve millones cuatrocientos cincuenta y dos mil ciento cuarenta colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintisiete de octubre del dos mil veinte con la base de seis millones cuatrocientos ochenta y cuatro mil cuarenta y seis colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. “Se recuerda a las partes en el proceso lo dispuesto en el párrafo tercero del artículo 159 del Código Procesal Civil y a saber “El postor, para participar, debe depositar el cincuenta por ciento (50%) de la base, en efectivo, mediante entero bancario a la orden del tribunal, cheque certificado de un banco costarricense o cualquier mecanismo tecnológico debidamente autorizado que garantice la eficacia del pago y señalar medio para atender notificaciones. Si en el acto del remate el comprador no paga la totalidad de lo ofrecido deberá depositarla dentro del tercer día; si no lo hiciera, se declarará insubsistente la subasta” El destacado no es del original, para lo cual deberán tomar las previsiones necesarias, caso contrario se proseguirá con la diligencia señalada”. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Compañía Nacional de Fuerza y Luz S. A. contra Christian Gabriel Millon Alvarado. Expediente N° 20-002475-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 30 de julio del 2020.—Ronald Gerardo Chacón Mejía, Juez Tramitador.—( IN2020481084 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 292-19738-01-0901-003; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número seiscientos noventa y cuatro mil setecientos noventa y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 2-El General, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública de catorce metros; al sur, sucesión Solís Elizondo; al este, Carlos Solís Elizondo y al oeste, Carlos Solís Elizondo. Mide: mil doscientos noventa y ocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del quince de octubre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veintitrés de octubre de dos mil veinte con la base de doce millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del dos de noviembre de dos mil veinte con la base de cuatro millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Angélica María Solís Monge contra Asemve Sociedad Anónima, expediente N° 20-002612-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 07 de agosto del año 2020.—José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2020481099 ).

En este Despacho, con una base de once millones cuatrocientos noventa y cuatro mil doscientos veinticinco colones con cuarenta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo GBB271, Nissan estilo: KICKS categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: 3N8CP5HE6JL463081, carrocería: todo terreno 4 puertas, color: gris. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del treinta de setiembre de dos mil veinte con la base de ocho millones seiscientos veinte mil seiscientos sesenta y nueve colones con once céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de octubre de dos mil veinte con la base de dos millones ochocientos setenta y tres mil quinientos cincuenta y seis colones con treinta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Betcy María García Bermúdez. Expediente Nº:20-002043-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 21 de junio del año 2020.—Msc. Franz Castro Solís, Juez Tramitador.—( IN2020481105 ).

En este Despacho, con una base de seiscientos mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; soportando servidumbre trasladada citas: 249-07076-01-0002-001, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 120597 derecho 000, la cual es terreno cultivado de caña de azúcar. Situada en el distrito 5-Tacares, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ingenio Rosales Limitada; al sur, calle pública; al este, carretera nacional y al oeste, calle pública e Ingenio Rosales Limitada. Mide: seis mil novecientos sesenta metros cuadrados. Plano: A-1590600-2012. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del diecinueve de noviembre de dos mil veinte con la base de cuatrocientos cincuenta mil dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del tres de diciembre de dos mil veinte con la base de ciento cincuenta mil dólares exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Opti Prime Properties Costa Rica Sociedad Anónima contra Henry Eduardo Alfaro Rojas, Jorge Eduardo Rojas Hidalgo, Resort & Club Hacienda Puente de Piedra Sociedad Anónima, expediente N° 19-002008-1203-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 23 de agosto del año 2020.—Lida. Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2020481107 ).

En este Despacho, con una base de ochenta y cinco mil seiscientos noventa dólares con veinticinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 411973-000, la cual es terreno naturaleza: lote 2-D construir con una casa. Situada en el distrito 1-San Pedro, cantón 15-Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 3-D; al sur, lote 1-D; al este, Urbanización Granadilla, lotes 9-D, y 10-D y al oeste, calle pública con 12,00 metros de frente. Mide: trescientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del uno de octubre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del doce de octubre de dos mil veinte con la base de sesenta y cuatro mil doscientos sesenta y siete dólares con sesenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinte de octubre de dos mil veinte con la base de veintiún mil cuatrocientos veintidós dólares con cincuenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Deberá publicarse este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Corporación Durocher Sociedad de Responsabilidad Limitada contra Jorge Arturo Vargas Acuña, Suraki Sociedad Anónima, expediente N° 20-004756-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de agosto del año 2020.—Adriana Soto González, Jueza Coordinadora.—( IN2020481110 ).

En este Despacho, con una base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 284-02301-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 682564-000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 6-Candelarita, cantón 4-Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con un frente de veinticuatro metros sesenta y ocho centímetros; al sur, Marta Artavia Murillo; al este, Marta Artavia Murillo, y al oeste, Marta Artavia Murillo. Mide: quinientos cincuenta y tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las 14:15 horas del 21/09/2020. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las 14:15 horas del 30/09/2020, con la base de novecientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las 14:15 horas del 08/10/2020, con la base de trescientos doce mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Olivio Castro Ulate contra Marta Xenia de los Ángeles Artavia Murillo. Expediente N° 18-015273-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 02 de setiembre del 2020.—Licda. Paula Morales González, Jueza Decisora.—( IN2020481112 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones quinientos mil colones exactos, soportando citas: 360-18632-01-0801-001 condiciones ref.: 00109818 000 (Inscrita en el derecho 001 y 002), demanda ordinaria citas: 800-473945-01-0001-001 y 800-473946-01-0001-001 (Expediente Nº 18-000341-1307-FA) (Inscrita en el derecho 001 y 002), sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento dieciséis mil cuatrocientos treinta y nueve-cero cero uno y cero cero dos (116439-001 y 002), la cual es terreno naturaleza: terreno agricultura lote 59 E. Situada en el distrito 3-Las Horquetas, cantón 10-Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Enrique Ramírez; al sur, Blanca Ramírez; al este, calle, y al oeste Tulio Salazar. Mide: tres mil cuatrocientos noventa y cuatro metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Plano: H-0694857-1987 metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y quince minutos del seis de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas y quince minutos del dieciséis de noviembre del dos mil veinte, con la base de cuatro millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y quince minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil veinte, con la base de un millón trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Juan Vianey Del Socorro Núñez Mora contra Walter Eduardo Quesada Oviedo. Expediente Nº 19-008289-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 06 de agosto del 2020.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2020481114 ).

En este Despacho, con una base de doce millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 295-09415-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número once mil novecientos noventa y cinco, derecho 004 y 005, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 3-San Rafael, cantón 8-Poás, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, José Víquez y otro; al sur, Río Tacares; al este, José Víquez y otro y al oeste, José Víquez y otro. Mide: ciento sesenta y siete mil setecientos treinta y cinco metros con cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas y cero minutos del once de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas y cero minutos del veintiséis de noviembre de dos mil veinte con la base de nueve millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del quince de diciembre de dos mil veinte con la base de tres millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rodrigo Morales Salas contra Danilo Gerardo Rodríguez Jiménez. Expediente N° 19-002245-1204-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 21 de agosto del año 2020.—Licda. Hannia Isabel Núñez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2020481121 ).

En este Despacho, con una base de tres millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 342-07771-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 89242 derecho 000, la cual es terreno lote dos, terreno de pastos. Situada: en el distrito 4-Nacascolo, cantón 1-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Adolfo Sabino Pereira Pereira; al sur, Adolfo Sabino Pereira Pereira; al este, calle pública, y al oeste, Adolfo Sabino Pereira Pereira. Mide: mide: cuatrocientos treinta metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Plano: G-0214728-1994. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del veintitrés de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y cero minutos del primero de diciembre del dos mil veinte, con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de diciembre del dos mil veinte, con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Antonio Araya Córdoba contra Eliécer Gerardo Pereira Espinoza. Expediente N° 20-001098-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 21 de julio del 2020.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—( IN2020481122 ).

En este Despacho, con una base de veintidós millones doscientos noventa y cuatro mil seiscientos treinta y seis colones con noventa y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas: 366-11782-01-0001-001 y servidumbre sirviente citas: 366-11782-01-0005-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 150769, derecho 000, la cual es terreno lote 58, terreno para construir con una casa. Situada en el distrito Ulloa, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Asociación Barreal de Heredia y con alameda con 6 metros 08 centímetros; al sur lote 57; al este, calle primera con 6 metros 36 centímetros y al oeste lotes 35 y 36. Mide: Ciento sesenta metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y treinta minutos del trece de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta minutos del veintitrés de noviembre de dos mil veinte con la base de dieciséis millones setecientos veinte mil novecientos setenta y siete colones con sesenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y treinta minutos del dos de diciembre de dos mil veinte con la base de cinco millones quinientos setenta y tres mil seiscientos cincuenta y nueve colones con veintitrés céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Cristian Andrés Chaves Salas. Expediente N° 19-015917-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 11 de agosto del año 2020.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—( IN2020481127 ).

En este Despacho, con una base de veintidós millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos citas: 0479-00011360-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento dieciséis mil quinientos sesenta y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 08 Barranca, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, María Cecilia Bolívar Bolívar; al sur, Mario Jiménez Briceño; al este, Franklin Alfaro Mejías; y al oeste, calle pública con un frente a ella de 10.38 metros lineales. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y quince minutos del cinco de octubre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y quince minutos del trece de octubre del dos mil veinte con la base de dieciséis millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y quince minutos del veintiuno de octubre del dos mil veinte con la base de cinco millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Randall de La Trinidad Angulo Elizondo. Expediente N° 20-001382-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 03 de agosto del 2020.—Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2020481128 ).

En este Despacho, con una base de treinta y nueve mil novecientos dólares exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando Demanda Laboral bajo sumaria 15-000075-1127-LA; sáquese a remate el vehículo CL-292011. Mitsubishi. Categoría: carga liviana. Estilo L200. Año 2017. Capacidad 5 personas. Vin: MMBJNKL30HH000646. Color negro. Cilindrada: 2477 c.c. Combustible Diesel. Numero de Motor: 4D56UAE2007. Para tal efecto se señalan las once horas y treinta minutos del veinticinco de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y treinta minutos del tres de diciembre del dos mil veinte con la base de veintinueve mil novecientos veinticinco dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y treinta minutos del once de diciembre del dos mil veinte con la base de nueve mil novecientos setenta y cinco dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Maureen Ginnette Chinchilla Mora. Expediente N° 17-004182-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 20 de agosto del 2020.—Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2020481129 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones doscientos veintisiete mil cuatrocientos sesenta y tres colones con ochenta céntimos, libre de gravámenes, pero soportando infracciones / colisiones contra la boleta número 2017314900622; sáquese a remate el vehículo placas número gkm 824, marca Kia, estilo Río, categoría automóvil, capacidad 5 personas, carrocería sedan 4 puertas, serie, chasis y VIN número KNADN412BH6010823, año 2017, color café, motor número G4FAFS968796, marca Kia. Para tal efecto se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de octubre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del tres de noviembre de dos mil veinte con la base de seis millones ciento setenta mil quinientos noventa y siete colones con ochenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del once de noviembre de dos mil veinte con la base de dos millones cincuenta y seis mil ochocientos sesenta y cinco colones con noventa y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Kenny Woodroe Notice Reid. Expediente N° 19-000455-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 28 de agosto del año 2020.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez Tramitador.—( IN2020481170 ).

En este Despacho, con una base de nueve millones ciento tres mil trescientos treinta y siete colones con cincuenta y tres céntimos, soportando hipoteca de primer grado citas 0573-00011719-01-0001-001 así como hipoteca de segundo grado citas 0573-00011719-01-0004-001, sáquese a remate la finca del partido de SAN JOSÉ, matrícula número doscientos treinta y siete mil setecientos cuarenta y dos, derecho 000, la cual es terreno construir con una casa. Situada en el distrito 1-San Isidro De El General, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte Ligio Zúñiga Córdoba; al sur Ruth Fonseca Monge; al este, calle publica con 12.94 metros y al oeste Marconey Fonseca Romero. Mide: ciento cincuenta y seis metros con ochenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del doce de octubre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veinte de octubre de dos mil veinte con la base de seis millones ochocientos veintisiete mil quinientos tres colones con quince céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de octubre de dos mil veinte con la base de dos millones doscientos setenta y cinco mil ochocientos treinta y cuatro colones con treinta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Willy De La Trinidad Zúñiga Duarte. Expediente Nº:20-000432-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 12 de agosto del año 2020.—Eileen Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—( IN2020481172 ).

En este Despacho, Con una base de veinte millones novecientos noventa y siete mil setecientos sesenta y cuatro colones con cincuenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada en citas 359-00014929-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número cuatrocientos ochenta y dos mil cuatrocientos noventa y ocho, derecho 000, la cual es terreno de pastos.- Situada en el distrito Grifo Alto, cantón Puriscal, de la provincia de San José.- Colinda: al norte carretera nacional con un frente de 25 metros; al sur Gertavo S.A; al este Saul Sandí Retana y al oeste Marta Castro Jiménez.- Mide: mil trescientos nueve metros con noventa y tres decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del trece de octubre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del veintiuno de octubre de dos mil veinte con la base de quince millones setecientos cuarenta y ocho mil trescientos veintitrés colones con cuarenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintinueve de octubre de dos mil veinte con la base de cinco millones doscientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos cuarenta y un colones con trece céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Lilliam Delgado Campos, Yamileth María de la Artavia Badilla. Expediente 20-000472-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 05 de agosto del 2020.—Lissette Córdoba Quirós, Jueza Tramitadora.—( IN2020481173 ).

En este Despacho, con una base de treinta y siete millones ciento cuarenta y dos mil setecientos treinta y cinco colones con sesenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número doscientos quince mil ochocientos treinta y nueve, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir sembrado de frutales. Situada en el distrito 01 Miramar, cantón 04 Monte de Oro, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, con el identificador predial 60401009923300; al este, con el identificador predial 60401009923300 y al oeste, con el identificador predial 60401009923300. Mide: quinientos once metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas y quince minutos del cinco de octubre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas y quince minutos del trece de octubre de dos mil veinte con la base de veintisiete millones ochocientos cincuenta y siete mil cincuenta y un colones con setenta céntimos (75% de la base original)y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas y quince minutos del veintiuno de octubre de dos mil veinte con la base de nueve millones doscientos ochenta y cinco mil seiscientos ochenta y tres colones con noventa céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra María Cristina Baldizón Ramírez, expediente N° 20-000300-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 27 de febrero del año 2020.—Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2020481174 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y cinco millones setecientos veintiséis mil setecientos noventa y cinco colones con ochenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; soportando Serv. y Condic. ref:2151 535 001, citas: 314-07679-01-0901-001 servidumbre trasladada citas: 313-11776-01-0901-001 servidumbre trasladada citas: 314-07679-01-0903-001 servidumbre trasladada citas: 327-04225-01-0901-001 servidumbre trasladada citas: 395-16981-01-0914-001 servidumbre trasladada citas: 395-16981-01-0915-001 servidumbre de aguas pluviales citas: 2011-46434-01-0004-001 servidumbre de aguas pluviales citas: 2011-46434-01-0004-001 servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2011-46434-01-0023-001 servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2011-46434-01-0023-001 servidumbre de paso citas: 2016-513311-01-0002-001 servidumbre de paso citas: 2016-513311-01-0002-001 servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2016-513311-01-0035-001 servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2016-513311-01-0035-001 servidumbre citas: 2016-513311-01-0055-001 servidumbre citas: 2016-513311-01-0055-001 servidumbre citas: 2016-802871-01-0001-001 servidumbre de acueducto citas: 2017-334020-01-0001-001 servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2017-359170-01-0014-001 servidumbre citas: 2018-244429-01-0008-001 servidumbre citas: 2018-244429-01-0008-001, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 562252-000, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 8-Bolivar, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: norte, predial 2030800022610 m. sur, lote dos este, predial 20308055413400 y servidumbre de paso con un frente a ella de treinta y ocho metros con cincuenta y siete centímetros oeste, Ana Yobelsie Campos Meza. Mide: tres mil metros cuadrados plano: A-2042076-2018. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del doce de octubre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del veinte de octubre de dos mil veinte con la base de treinta y cuatro millones doscientos noventa y cinco mil noventa y seis colones con ochenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del veintiocho de octubre de dos mil veinte con la base de once millones cuatrocientos treinta y un mil seiscientos noventa y ocho colones con noventa y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Alexander Francisco Navarro Cervantes. Expediente N° 20-000889-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 02 de agosto del año 2020.—Licda. Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2020481175 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y tres millones doscientos veintiséis mil trece colones con sesenta céntimos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada citas: 313-11776-01-0901-001 serv. y condic. ref.: 2151 535 001 citas: 314-07679-01-0901-001 servidumbre trasladada citas: 314- 07679-01-0903-001 servidumbre trasladada citas: 327-04225-01-0901-001 servidumbre trasladada citas: 395-16981-01-0914-001 servidumbre trasladada citas: 395-16981-01-0915-001 servidumbre de aguas pluviales citas: 2011-46434-01- 0004-001 servidumbre de aguas pluviales citas: 2011-46434-01-0004-001 servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2011-46434-01-0023-001 servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2011-46434-01-0023-001 servidumbre de paso citas: 2016-513311-01-0002-001 servidumbre de paso citas: 2016-513311-01-0002-001 servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2016-513311-01-0035-001 servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2016-513311-01-0035-001 servidumbre citas: 2016-513311-01-0055-001 servidumbre citas: 2016-513311-01-0055-001 servidumbre citas: 2016-802871-01-0001-001 servidumbre de acueducto citas: 2017-334020-01-0001-001 servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2017-359170-01-0014-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 543305-000, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 8. Bolívar, cantón 3 Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, 2030800022610 M y servidumbre de paso con un frente a ella de 7 metros; al sur, 20308047751400 y servidumbre agrícola de paso con frente a ella de 7 metros; al este, 0308041878200 y al oeste, 20308047274200. Mide: tres mil metros cuadrados. Plano: A-1948140. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del ocho de octubre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del dieciséis de octubre de dos mil veinte con la base de treinta y nueve millones novecientos diecinueve mil quinientos diez colones con veinte céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de octubre de dos mil veinte con la base de trece millones trescientos seis mil quinientos tres colones con cuarenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra José Walter Arroyo Solis EXP:19 001346-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 22 de julio del año 2020.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza.—( IN2020481176 ).

En este Despacho, con una base de veintinueve mil quinientos dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CRV306 marca Nissan, estilo QASHQAI, categoría automóvil, capacidad 5 personas, color negro, año 2017, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del tres de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas y cero minutos del once de noviembre del dos mil veinte, con la base de veintidós mil ciento veinticinco dólares exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas y cero minutos del diecinueve de noviembre del dos mil diecinueve, con la base de siete mil trescientos setenta y cinco dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Carlos Roberto Rojas Villalobos. Expediente Nº 19-000452-1764-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 05 de julio del 2020.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2020481198 ).

En este Despacho, con una base de veintisiete millones novecientos noventa y nueve mil novecientos cincuenta y seis colones exactos , libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando citas: 302-18713-01-0901-002, cesión calles ref: 2202-477-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número veinte mil ochocientos setenta y cuatro , derecho 000, la cual es terreno para construir con 1 casa .- Situada en el distrito 1- Miramar, cantón 4- Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas.- Colinda: al norte prediales 60401002087200 y 60401008405400; al sur prediales 60401000450200, 60401P00032100, 60401020121500, 60401001835700, 60401001831900, 6041008404600; al este predial 60401004504300 y al oeste calle publica con frente de 20.02 metros. Mide: mil setecientos cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del veinticuatro de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del dos de octubre de dos mil veinte con la base de veinte millones novecientos noventa y nueve mil novecientos sesenta y siete colones exactos (75% de la base original)y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del doce de octubre de dos mil veinte con la base de seis millones novecientos noventa y nueve mil novecientos ochenta y nueve colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Nacional De Vivienda Y Urbanismo contra Lorena Yolanda Aguilar. Expediente 19-001695-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 28 de febrero del 2020.—Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2020481203 ).

En este Despacho, con una base de tres mil cuatrocientos ochenta y siete dólares con cincuenta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa 880446, marca Kia, año 2011, VIN KNAPB811BB7131833, cilindrada 1998 c.c., color plateado, categoría automóvil. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del uno de octubre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del doce de octubre de dos mil veinte con la base de dos mil seiscientos quince dólares con sesenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veinte de octubre de dos mil veinte con la base de ochocientos setenta y un dólares con ochenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco LAFISE S. A. contra Ricardo José Andrade Pernía. Expediente N° 19-022180-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de junio del año 2020.—Lic. Joyce Magaly Ugalde Huezo, Juez/a Decisor/a.—( IN2020481210 ).

En este Despacho, con una base de once mil ciento noventa y nueve dólares con ochenta y dos centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones y colisiones bajo la sumaria 19-003365-0500-TR; sáquese a remate el vehículo placa JTG260, marca KIA, categoría automóvil, estilo Cerato, capacidad cinco personas, año 2015, color plateado, vin: KNAFK411AF5905546, N° motor: G4FGEH752599. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del uno de octubre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas y cero minutos del doce de octubre del dos mil veinte, con la base de ocho mil trescientos noventa y nueve dólares con ochenta y seis centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas y cero minutos del veinte de octubre del dos mil veinte, con la base de dos mil setecientos noventa y nueve dólares con noventa y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco LAFISE S. A. contra José Aníbal Trejos González. Expediente Nº 19-022177-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de junio del 2020.—Tadeo Solano Alfaro, Juez.—( IN2020481211 ).

En este Despacho, con una base de tres mil novecientos sesenta dólares con cincuenta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones, pero soportando colisión con número de sumaria 18-000214-1469-TR; sáquese a remate el vehículo: BJN893, marca: Citroen, categoría: automóvil, tracción: 4x2, estilo: C-Elysee, capacidad 5 personas, año: 2015, color: gris, cilindrada: 1587 CC. Para tal efecto, se señalan las siete horas y veinticinco minutos del veintiocho de octubre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las siete horas y veinticinco minutos del cinco de noviembre del dos mil veinte, con la base de dos mil novecientos setenta dólares con cuarenta y dos centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las siete horas y veinticinco minutos del trece de noviembre del dos mil veinte, con la base de novecientos noventa dólares con catorce centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Lafise Sociedad Anónima contra Édgar Andrés Torres Canaval. Expediente N° 19-010604-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 09 de marzo del 2020.—Licda. Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2020481212 ).

En este Despacho, con una base de quince millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 528794-000, la cual es terreno para construir, lote dos. Situada en el distrito 3-La Trinidad, cantón 14-Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte Francisco Laurito Hidalgo; al sur lote tres de Francisco Laurito; al este Urbanización Paseo Uno S. A. y al oeste calle publica con 8 metros de frente. Mide: ciento cuarenta y ocho metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. plano: SJ-0761031-2002. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del veinticuatro de febrero de dos mil veintiuno con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del cuatro de marzo de dos mil veintiuno con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jimmy Sánchez Arguedas, Vivian Matilde Barahona Barahona. Expediente Nº:19-003779-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 27 de agosto del año 2020.—Msc. Cristian Mora Acosta. Juez Tramitador.—( IN2020481227 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y nueve millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil doscientos veinticinco colones con sesenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 478969-000, la cual es terreno para construir, lote C-TRES, con una casa construida. Situada en el distrito Mata de Plátano, cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Noemi Margarita Canet Moya, construido; al sur, calle dos publica asfaltada con diez metros de frente; al este, con casa número cuatro-C de Las Orquídeas de Guadalupe R.P. Sociedad Anónima y al oeste, con casa número dos-C de Las Orquídeas de Guadalupe R.P. Sociedad Anónima. Mide: doscientos metros con treinta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de febrero de dos mil veintiuno con la base de treinta y siete millones ochenta y tres mil ciento sesenta y nueve colones con veintitrés céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del cuatro de marzo de dos mil veintiuno con la base de doce millones trescientos sesenta y un mil cincuenta y seis colones con cuarenta y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Marvin Rolando del Socorro Arguedas Rodríguez Expediente Nº 20-000234-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 28 de agosto del 2020.—Michelle Francine Allen Umaña, Jueza Tramitadora.—( IN2020481228 ).

En este Despacho, con una base de catorce millones seiscientos cincuenta y cinco mil quinientos cuatro colones con treinta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula N° 455384, derecho 000, la cual es terreno lote uno, terreno de Caña de Azúcar. Situada en el distrito 4-Coyolar, cantón 9-Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, resto reservado de Bosques del Líbano Sociedad Anónima; al sur, Instituto de Desarrollo Agrario; al este, con servidumbre de paso de seis metros y resto reservado de Bosques del Líbano Sociedad Anónima, y al oeste, con Carlos Molina Salas. Mide: cuatro mil metros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del once de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de noviembre del dos mil veinte, con la base de diez millones novecientos noventa y un mil seiscientos veintiocho colones con veintinueve céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del quince de diciembre del dos mil veinte, con la base de tres millones seiscientos sesenta y tres mil ochocientos setenta y seis colones con diez céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de Scotiabank de Costa Rica y Afines (por sus siglas ASOSCOTIAB) contra Ronny Aníbal Matarrita Medina. Expediente Nº 20-007034-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 15 de agosto del 2020.—Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2020481230 ).

En este Despacho, con una base de quince mil setecientos cincuenta y ocho dólares con noventa centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas: BMP351. Marca: Mitsubishi. Estilo: Mirage. Año: 2017. Color: Plateado. Vin: MMBXTA03AHH001280. N° Motor: 3A92UDL0284. Cilindrada: 1193 c.c. Combustible: Gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del seis de octubre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del quince de octubre de dos mil veinte con la base de once mil ochocientos diecinueve dólares con dieciocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintitrés de octubre de dos mil veinte con la base de tres mil novecientos treinta y nueve dólares con setenta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Mónica Patricia Arguedas Solís. Expediente N° 18-009636-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 10 de julio del año 2020.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2020481254 ).

En este Despacho, con una base de doce millones seiscientos noventa y ocho mil trescientos ochenta y ocho colones con cuarenta y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Cartago, matrícula número ciento noventa y nueve mil setecientos setenta y uno, derecho 000, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 2-Cot, cantón 7-Oreamuno de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Fresia Araya Solano; al sur, Fresia Araya Solano; al este, Héctor Cruz Molina; y al oeste, carretera nacional con 14,72 m. Mide: trescientos treinta y tres metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del veintidós de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del treinta de setiembre de dos mil veinte, con la base de nueve millones quinientos veintitrés mil setecientos noventa y un colones con treinta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del ocho de octubre de dos mil veinte, con la base de tres millones ciento setenta y cuatro mil quinientos noventa y siete colones con doce céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Margot Cecilia Guillen Hernández. Expediente N° 19-013552-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 1° de julio del 2020.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza Decisora.—( IN2020481255 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y seis millones doscientos dieciséis mil doscientos setenta y dos colones con sesenta y siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número noventa mil seiscientos noventa, derecho 000, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito 1-San Rafael, cantón 7-Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte INVU lote con casa; al sur calle publica con 10 metros de frente; al este lote 13 con casa y al oeste lote 11 con casa. Mide: trescientos treinta y seis metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y treinta minutos del veintidós de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y treinta minutos del treinta de setiembre de dos mil veinte con la base de treinta y cuatro millones seiscientos sesenta y dos mil doscientos cuatro colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y treinta minutos del ocho de octubre de dos mil veinte con la base de once millones quinientos cincuenta y cuatro mil sesenta y ocho colones con dieciséis céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ruth María Masis Pérez. Expediente Nº:19-013807-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 01 de julio del año 2020.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza Decisora.—( IN2020481256 ).

En este Despacho, con una base de veintiún millones once mil trescientos setenta y seis colones con setenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 106542-000, la cual es terreno de potrero.- Situada en el distrito 2- Santiago , cantón 2-Paraiso , de la provincia de Cartago(finca se encuentra en zona catastrada).- Colinda: al norte calle publica con 96 metros de frente; al sur, Álvaro Coghi Mata; al este, Benigno Mejía y al oeste, Fernando Solano. Mide: trece mil novecientos setenta y ocho metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiuno de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del veintinueve de setiembre de dos mil veinte con la base de quince millones setecientos cincuenta y ocho mil quinientos treinta y dos colones con cincuenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del siete de octubre de dos mil veinte con la base de cinco millones doscientos cincuenta y dos mil ochocientos cuarenta y cuatro colones con dieciocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Miguel Lara Alvarado. Expediente 19-014146-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 31 de julio del 2020.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Juez Decisor.—( IN2020481257 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000278-0638-CI mediante el cual se promueven diligencias de información posesoria por parte de Edim Gerardo Muñoz García, conocido como Eddy Muñoz García quien es mayor de edad, divorciado una vez, vecino de Alajuela, Palmares, Candelaria, un kilómetro al oeste de la antigua iglesia evangélica de Candelaria, portador de la cédula de identidad número 2-0534-0938, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es de terreno de café. Situada en Candelaria, distrito 06 San José, cantón 05 Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: norte, Ángel Ávila Vargas; sur, Ana Lisset Muñoz Madrigal; este, calle pública y al oeste, con San Lop Sociedad Anónima. Mide: ocho mil seiscientos cuarenta y seis metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 2-1971558-2017. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de treinta millones de colones y las presentes diligencias en la suma de veintiún millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Edim Gerardo Muñoz García, expediente N° 20-000278-0638-CI.—Juzgado Agrario Primer Circuito Judicial Alajuela, 11 de agosto del año 2020.—Lic. Luis Alonso Madrigal Pacheco, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 168-2017-JA.—( IN2020480354 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000172-0295-CI donde se promueve información posesoria por parte de Olga María Loría González quien es mayor, viuda, docente, costarricense con número de cédula 0203280792, y vecina de San Isidro de Grecia, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno para construir con un galerón. Situada en el distrito cinco Tacares, cantón tercero Grecia. Colinda: al norte, con María Julia Loría González; al sur, con Flora Lidieth Loría González; al este, con Manuel Loría Molina; y al oeste, con Río Pilas. Mide: trescientos ochenta y tres metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble de su padre Miguel Loría Molina, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de la propiedad y siembra de árboles frutales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Olga María Loría González. Expediente N° 20-000172-0295-CI-3.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), 21 de julio del 2020.—Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020480740 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000069-0927-CI donde se promueve Información Posesoria por parte de Jean Carlos Víquez Gutiérrez, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Las Juntas, Abangares, Guanacaste, cédula número seis cero cuatrocientos veinte cero cuarenta y tres, ocupación guarda de seguridad, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno naturaleza solar. Situada: en el distrito Las Juntas, cantón Abangares. Colinda: al norte, con calle pública; al sur, con Carlos Eduardo Paniagua Dávila; al este, con Fainier Víquez Bogantes, y al oeste, con Hilda Villegas Villegas. Mide: ciento treinta y tres metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble Donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y conservación del inmueble, reparación de cercas, mantenimiento y limpieza de zonas verdes. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Jean Carlos Víquez Gutiérrez. Expediente N° 20-000069-0927-CI-9.—Juzgado Civil y Trabajo de Cañas (Materia Civil), 18 de agosto del 2020.—Lic. Guillermo Emilio Benavides Ruiz, Juez.—1 vez.—( IN2020480746 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000035-1587-AG donde se promueve información posesoria por parte de Nanyi Isabel Hidalgo Campos quien es mayor, estado civil soltera, vecina de Río Oro Santana, portadora de la cédula número 0603780823, profesión estudiante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito Manzanillo, cantón primero Puntarenas. Colinda: al norte, con calle pública con frente de diez metros; al sur, con Isabel Carmona Carmona; al este, con Isabel Carmona Carmona y al oeste, con Isabel Carmona Carmona. Mide: ciento cinco metros cuadrados. Mediante el plano número 6-2134845-2019. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble plano número 6-2134845-2019, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en reparación de cercas, chapeas y construcción de casa. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Nanyi Isabel Hidalgo Campos, expediente N° 20-000035-1587-AG-3.—Juzgado Civil de Puntarenas, 09 de junio del año 2020.—Jhonny Esquivel Vargas, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2020480807 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000189-0296-CI donde se promueve Información Posesoria por parte de Óscar Antonio Durán Marín, quien es mayor, comerciante, estado civil soltero, vecino de Laguna de Zarcero, 4 kilómetros al noroeste de la Panadería La Zarcereña, portador de la cédula número 0203530840; a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno construir. Situada: en el distrito segundo: La Legua, cantón onceavo: Zarcero. Colinda: al norte, con Julio Solís Arce; al sur, al este y al oeste, con calle pública. Mide: setecientos cuarenta y nueve metros con veinticuatro decímetros cuadrados metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Óscar Antonio Durán Marín. Expediente N° 20-000189-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 26 de agosto del 2020.—Licda. Yorleny Bello Varela, Jueza.—1 vez.—( IN2020480824 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000175-0678-CI donde se promueve información posesoria por parte de Nina Marina Jana Epple, quien es mayor, soltera, educadora, vecina de Limón, portadora de la cédula de residencia número 127600040535, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Cahuita, cantón Talamanca. Colinda: al norte, con Asociación Centro Educativo Playa Chiquita Punta Uva; al sur, con Jutta Margarete Epple; al este, con Jutta Margarete Epple, Derrick y Domencia March Limitada y Proco y al oeste, con 3-101-506124 S. A. Mide: seis mil trescientos diez metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir L-2070693-2018 pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cuatro millones de colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble L-2070693-2018, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento constante y limpieza. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Nina Marina Jana Epple. Expediente Nº 20-000175-0678-CI-2Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 27 de agosto del año 2020.—Msc. Victoria Eugenia Ramírez Víquez, Jueza.—1 vez.—( IN2020480861 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-000142-0386-CI donde se promueve información posesoria por parte de Luis Fernando Perez Morales, mayor de edad, casado una vez, guarda de seguridad, cédula de identidad número cinco-trescientos treinta y uno-quinientos treinta y tres, vecino de Liberia, Barrio El Rodeíto, de la escuela trescientos metros este, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: terreno para construir, situada en el Distrito primero: Liberia, cantón primero: Liberia de la provincia de Guanacaste. Los linderos son: norte, Fernando Pérez Rodríguez; al sur, Rodiney Brinner Pérez Morales; oeste: Cañitas Sociedad Responsabilidad Ltda. y al este, Fernando Pérez Rodríguez. Mide: ochocientos ochenta y cinco metros cuadrados, según plano catastrado número G- uno seis ocho siete seis cero cero - dos mil trece. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación que le hiciere Fernando Pérez Rodríguez, casado una vez, guarda de seguridad, cédula de identidad número cinco-doscientos siete-trescientos quince, vecino de Liberia, Barrio Rodeíto, quinientos metros este de la Escuela de Rodeíto mediante escritura cincuenta y cinco-seis de la notaria Estrella Quesada Guerrero, en fecha nueve de marzo del dos mil veinte y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Luis Fernando Perez Morales, expediente N° 16-000142-0386-CI-6.—Juzgado Civil y Trabajo de Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia civil), 21 de mayo del año 2020.—Licda. Aura Lisseth Cedeño Yanes, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020480868 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000265-0388-CI, donde se promueve información posesoria por parte de Edgar Adolfo De Los Ángeles Villegas Rodríguez, quien es mayor, soltero, educador, vecino de Madre de Dios, Pacuarito, Siquirres, Limón, portador de la cédula de identidad N° 03-0257-0153, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca de plano G-1721563-2014, ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en Santa Ana, distrito Belén, cantón quinto, Carrillo. Colinda: al norte: con Miguel Ángel Mendoza Moraga; al sur: con Noemy Contreras Angulo; al este: con calle pública con diez metros con seis centímetros lineales; y al oeste: con William Carmona Carmona. Mide: doscientos veintiún metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra que le hiciere Miguel Ángel Mendoza Moraga y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pacífica, continúa y pública. Que los actos de posesión han consistido en limpieza y mantenimiento de la propiedad, la confección y reparación de cercas y la preparación del terreno para construir. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Edgar Adolfo De Los Ángeles Villegas Rodríguez. Expediente:14- 000265-0388-CI-8.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 29 de agosto del 2019.—MSc. Floribeth Palacios Alvarado, Jueza Decisora.1 vez.—( IN2020480920 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000033-0930-CI donde se promueve información posesoria por parte de Mayra Geraldi Azofeifa Arce, quien es mayor, estado civil soltera, vecina de a Jiménez, Pococí, Anita Grande, portador de la cédula número 7-0140-0052, profesión enfermera, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito Jiménez, cantón Pococí. Colinda: al norte, con Amarilis Azofeifa Arce, servidumbre de paso; al sur, con Kennet Roberto Gómez Ulloa; al este, con Eduardo Alberto Azofeifa Arce y al oeste, con Amarilis de los Ángeles Azofeifa Arce. Mide: cuatrocientos cuatro metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de seis millones de colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble por donación de su hermana Ivinia del Carmen Chinchilla Arce, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de cercas, construcción de casa y mantenimiento de terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Mayra Geraldi Azofeifa Arce, expediente N° 20-000033- 0930-CI-0.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 04 de junio del año 2020.—Licda. Yency Vargas Salas, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020480961 ).

Eduardo Rojas Valverde, mayor, casado una vez, agricultor, cédula de identidad número dos-tres cinco tres-ocho dos nueve, vecino de La Tigra, San Carlos, Alajuela, de la entrada a Concepción quinientos metros al suroeste. Mercedes Méndez Vargas, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad número dos-tres tres seis-siete cinco cinco, vecina de La Tigra, San Carlos, Alajuela, de la entrada a Concepción quinientos metros al suroeste. Solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, el fundo sin inscribir que le pertenece y que se describe así: terreno plantas ornamentales, sito en La tigra, distrito ocho, cantón diez San Carlos de la provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: al norte, calle pública con un frente a ella de ciento catorce metros lineales; al sur, Dinia Mailllieth Méndez Campos y Otto Méndez Vargas; al este, Rodolfo Salas Madrigal y Marco Aurelio Campos Jiménez y al oeste, María Luisa Vargas Matamoros y Óscar Mario Rodríguez Méndez, Eduardo, José Antonio, María del Carmen, Alfonso Antonio, Mercedes María y Eugenio Antonio, todos de apellidos Méndez Vargas. Mide: de acuerdo al plano catastral aportado número 2-2165953 de fecha 06 de noviembre de 2019, una superficie de catorce mil ochocientos cuarenta metros cuadrados. El inmueble antes descrito, manifiesta el titulante, que lo adquirió por donación que le hiciera él usufructuario Eduardo Rojas Valverde, mayor, casado una vez, agricultor, cédula de identidad número dos-tres cinco tres-ocho dos nueve, vecino de La Tigra, San Carlos, Alajuela, de la entrada a Concepción quinientos metros al Suroeste, en fecha 25 de noviembre de 2019, mediante escritura pública número 02, otorgada ante la Notaria Silvia Arias Vásquez ejerciendo sobre el fundo en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción, a título de dueño por más de cuarenta años. Valora el terreno en la suma de diez millones de colones y en la misma suma estima las presentes diligencias cien mil colones. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este Edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Diligencias de información posesoria N° 20-000160-0298 AG, establecida por Eduardo Rojas Valverde y Mercedes Méndez Vargas.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 26 de agosto de 2020.—William Arburola Castillo, Juez Agrario.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020481002 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000059-0920-CI donde se promueve información posesoria por parte de José Gredy Obando Durán quien es mayor, casado una vez, vecino de San Marcos de Sabalito, Coto Brus, portador de la cédula número 0603100347, educador y María Johanna Méndez Palma, cédula de identidad número 060360910, quien es mayor, casada una vez, vecina de San Marcos de Sabalito, Coto Brus, educadora, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno patio, solar y casa de habitación. Situada en el San Marcos, distrito segundo Sabalito, cantón octavo, Coto Brus. Colinda: al norte, con Fermín Obando Gómez; al sur, con Fermín Obando Gómez; al este Fermín Obando Gómez con y al oeste, con calle pública, con un frente a ella de 27,54 metros lineales. Mide: 529 metros cuadrados. Con plano número P-2181783-2020. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble hace diez años, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y limpieza de las colindancias, la chapia de las rondas y el terreno en , y habitar en la casa de habitación. Que María Johanna Méndez Palma, no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Que José Gredy Obando Durán, ha inscrito bajo la ley de Información Posesoria la finca del partido de Puntarenas número 218352-000, con una medida de ocho mil treinta y cinco metros cuadrados. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por., expediente N° 20-000059-0920-CI-8.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Civil), 20 de agosto del año 2020.—Dany Gerardo Matamoros Bendaña, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2020481071 ).

Se hace saber que ante este Despacho se encuentra el expediente N° 14-000258-0388-CI, el cual corresponde a un proceso de diligencias de información posesoria, promovido por Jorge Enrique Cabalceta Álvarez, quien es mayor, soltero, maestro de obras, cédula: 05-0280-0942 y vecino de San Juan de Santa Cruz, Guanacaste, seiscientos metros al oeste de la plaza de fútbol, el cual interpuso a fin de que se inscriba a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, un terreno que es casa con patio y jardín, situado en San Juan, distrito 1° (Tamarindo), cantón 3° (Santa Cruz), Provincia de Guanacaste; el cual colinda al Norte: Calle Público con un frente a ella de catorce metros con setenta y ocho centímetro lineales, Sur: Jhonny Aguilar Peña, Este: Elmer Briceño Pizarro y Oeste: Jhonny Aguilar Peña; mide 203 m2, según plano G-1746606-2014. Indica la parte promotora: que sobre el mismo no pesan cargas reales o gravámenes, que mediante dicho proceso no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, que estima el inmueble en dos millones, que lo adquirió mediante una compra que le hizo a la señora Aracelly Obando Gutiérrez, mayor, soltera, profesora, cédula: 1-1172-204, vecina de San Juan de Santa Cruz, Guanacaste, seiscientos metros al oeste de la plaza de fútbol, el día 02/07/2014 y quien es su compañera sentimental, que hasta la fecha lo ha poseído en calidad de única persona propietaria y en forma continua, pública y pacífica; que los actos de posesión que ha ejercido sobre el han consistido en limpieza de maleza, construcción de cerca y hacer rondas; que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles y que carece de título inscribible de dominio. Por tal razón y de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Informaciones Posesorias, se emplaza por este medio a todas las personas interesadas en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Civil de Santa Cruz, Guanacaste, 09 de mayo de 2018.—Lic. Carlos Manuel Ruiz Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2020481080 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000424-0640-CI donde se promueve información posesoria por parte de Arllen Alexis Portuguez Montoya, quien es mayor, casado una vez, vecino de Paraíso, Cartago, portador de la cédula número 0303780092, comerciante, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno servidumbre de paso. Situada en el distrito segundo Santiago, cantón segundo Paraíso. Colinda: al norte, con Carmen Montoya Paniagua, Alex Alfonso Fernández Montoya, Gabriela Fernández Montoya, Andrea Fernández Montoya, Yadira Montoya Paniagua, Michael cc Maicol Sanabria Brenes; al sur, con Rafael Ballesteros Montoya, Javier Ballesteros Montoya; al este, con Michael cc Maicol Sanabria Brenes y al oeste, con calle pública con un frente de seis metros treinta centímetros. Mide: quinientos cuarenta y dos metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir 03-2015248-2017 no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones exactos. Que adquirió dicho inmueble 03-2015248-2017, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en finca ha ejercido la posesión cumpliendo con el uso conforme del suelo para la actividad que realiza de acuerdo con la metodología aprobada. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Arllen Alexis Portuguez Montoya. Expediente N° 20-000424-0640-CI-0.—Juzgado Civil de Cartago, 25 de agosto del año 2020.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—1 vez.—( IN2020481199 ).

Citaciones

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Elizabeth Duarte Mena, quien en vida fue mayor, soltera, de oficios domésticos, con cédula seis, ciento treinta y dos, quinientos cuarenta y tres, vecina de Río Claro, Guaycará, Golfito, Puntarenas. Para que, dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan, a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2020.—Licda. Sonia Jiménez Venegas, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2020473754 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José David Padilla Zúñiga, mayor, soltero en unión de hecho, comerciante, costarricense, con documento de identidad uno-mil ciento ochenta y ocho-doscientos cincuenta y siete y vecino de Pérez Zeledón, Daniel Flores, Villa Ligia, Calle Licho; frente al Taller Fello. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000154-0188-CI-6.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Civil), 13 de agosto del año 2020.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—1 vez.—( IN2020479178 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Óscar Eduardo Bonilla Bonilla, mayor, casado una vez, ingeniero agrónomo, cédula de identidad número cuatro-cero ciento veinte-cero seiscientos doce muerte acaecida el quince de febrero del dos mil veinte, vecino de Heredia, San Francisco Residencial La Esmeralda casa número ciento veintiséis; para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; se apercibe a los que crean tener calidad de heredero que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda, expediente número 20-00003-NO. Notaría del licenciado Alejandro Wyllins Soto, teléfono (506) 2231-6914, fax (506) 2290-6898, dirección del Parque de La Amistad en Rorhomoser 100 este y 50 norte, casa número 170, (publicar una vez).—Lic. Alejandro Wyllins Soto, Notario.—1 vez.—( IN2020479640 ).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de las personas menores de edad: Chen Muay Zhen Huang y Elisa Cheng Zheng Huang, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 19-000633-0292-FA. Clase de asunto: Depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las once horas y veintiséis minutos del diecisiete de marzo del dos mil veinte.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020480069 ).

El 26 de agosto de 2020 en mi notaría, sita en San José, Zapote, calle 57A, avenida 40A, se declaró abierto proceso sucesorio notaria intestado N° 0001-2020-C. E. C. M. de quien en vida fuera: Grettel Azofeifa Sandí, mayor, casada una vez, cédula: 1-0674-0429 y vecina de San Isidro de Vázquez de Coronado: Se cita a todos los herederos, legatarios, acreedores e interesados en general para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan en ese plazo, la misma pasará a quien por ley corresponda.—Licda. Carlota Eugenia Chaves Mora, carné 5072, Notaria.—1 vez.—( IN2020480677 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en el proceso sucesorio notarial ab intestato de Rafael Ángel Jiménez Mora, quien en vida fue mayor, agricultor, casado una vez, portador de la cédula uno-doscientos cuarenta y nueve- ochocientos sesenta y dos, vecino de Santa Ana, San José, fallecido el veintiocho de junio del año dos mil cinco, expediente N° 2508-2020 para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, a hacer valer sus derechos. Notaría bufete de la Licda. Marcela Del Carmen Chaves Hernández, Heredia, cien oeste de Rancho Camacho, 01 de setiembre, teléfono 6154-6111.—Licda. Marcela Del Carmen Chaves Hernández.—1 vez.—( IN2020480678 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Trinidad Madrigal Salazar, mayor, casado/a, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0104940539 y vecino(a) de Coto Brus. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 20-000040-0920-CI- 3.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de La Zona Sur (Corredores) (Materia Civil), 19 de junio del 2020.—Licda. Nancy Magaly García Sánchez, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020480684 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Henry Alfaro Picado, mayor, soltero, pensionado, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0302640967 y vecino de Aserrí. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 18-000166-0217-CI-0.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 14 de julio del 2020.—Lic. Floryzul Yazmin del Carmen Porras López, Juez/a Decisor/a..—1 vez.—( IN2020480686 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Luz Alicia Alfaro Picado, mayor, soltera, sin oficio, costarricense, cédula de identidad 1-0817-0726 y vecina de Aserrí. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 18-000167-0217-CI. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 21 de julio del año 2020.—Lic. Henry Steven Sanarrusia Gómez, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2020480687 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Nicolás María Ruiz Ruiz, mayor, estado civil soltero, profesión u oficio dato desconocido, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0500245299 y vecino Nicoya Guanacaste centro, donde vivió ubicado en la Zapatería Morales cincuenta metros al este costado norte del actual Banco Nacional Nicoya centro. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente N° 20-000061-0390-CI-8.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Civil), 24 de agosto del año 2020.—Licda. Elizabeth Fallas Espinoza, Jueza.—1 vez.—( IN2020480689 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de: Lester Enrique Ríos Alfaro, mayor, soltero, de nacionalidad nicaragüense, número de pasaporte de su país C cero uno dos cinco seis dos cuatro siete, quien era trabajador independiente, con domicilio en San José, Concepción Arriba de Alajuelita, Barrio El Progreso, contiguo a la Pulpería Chacón, quien falleció el día veinticuatro de setiembre del dos mil veinte, bajo citas: 1-0617-111-0222, para que, dentro del plazo de 30 días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría situada en San José, Concepción Arriba de Alajuelita, Vista Grande Dos, casa número 15; en defensa de sus derechos bajo el apercibimiento de que, si no lo hicieren dentro del término conferido la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 002-2020.—San José, 03 de setiembre del 2020.—Lic. Densis Armando Alvarado Chacón, Notario Público.—1 vez.—( IN2020480718 ).

Se hace saber que ante el notario Lic. Ángel Valdivia Sing, se tramita la sucesión de quien en vida se llamó Álvaro Chavarría Calvo, mayor, viudo una vez, pensionado, portador de la cédula uno-cero doscientos diez-cero ochocientos sesenta y siete, vecino de San José, El Alto de Guadalupe, del Abastecedor Praga doscientos metros este, contiguo a Ferretería Praga, casa color rosado y con verjas blancas a mano derecha; quien murió el pasado veintitrés de mayo del año dos mil veinte, según consta en el Registro Civil, Sección de Defunciones al tomo: seiscientos treinta y tres; folio: trescientos setenta y nueve; asiento: setecientos cincuenta y ocho; de la provincia de San José; y por este medio se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el presente proceso, para que dentro del plazo de quince días, que se contarán a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Igualmente se hace saber que la notaría está situada en la ciudad de San Juan de Tibás, del Burger King cien metros sur, edificio Sing, segunda planta, a las siete horas y treinta minutos del veintisiete de agosto del año dos mil veinte.—Lic. Ángel Valdivia Sing, Notario Público.—1 vez.—( IN2020480724

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Patricia Castro Vega, a las nueve horas cinco minutos del dos de abril del año dos mil veinte y comprobado el fallecimiento de Roxana Vega Morera, quien fuera mayor, casada una vez, señora de su hogar, vecina de Tibás, portadora de la cédula de identidad número uno-cero tres dos nueve-cero ocho cuatro nueve, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría del Lic. Warner Céspedes Arias, con oficina abierta en San José, calle 25 y 27, avenida diez. Teléfono 2283-6607 /2234-9959.—San José, julio 29, del 2020.—Lic. Warner Céspedes Arias, Notario Público.—1 vez.—( IN2020480733 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Luis Gerardo Valverde Gómez, mayor, divorciado, comerciante, documento de identidad tres-cero ciento sesenta y cuatro-cero seiscientos cuarenta y ocho y vecino de Pérez Zeledón, La Aurora, de la entrada principal hacia la Finca Municipal, un kilómetro al este. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 19-000173-0188-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Civil), 16 de enero del año 2020.—Msc. Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2020480735 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María del Carmen Briceño Briceño, mayor, estado civil soltera, pensionada, costarricense, con documento de identidad N° 0501220674 y vecina de Cartago El Guarco, Tejar, Urbanización Hacienda Vieja, quinientos metros al este y cien metros al sur de la Basílica de Tejar, casa número 206. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días, contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000461-0640-CI-1.—Juzgado Civil de Cartago, 04 de agosto del año 2020.—Lic. Mateo Ivankovich Fonseca, LL.M. Juez Decisor.—1 vez.—( IN2020480758 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Gonzalo Cerdas Araya, mayor, viudo, agricultor, costarricense, vecino de Cartago, Guarco, San Isidro, Cañón, un kilómetro al norte de la iglesia del Cañón de El Guarco, con documento de identidad N° 0301530827 y Amelina Sánchez Zapata, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Cartago, Guarco, San Isidro, Cañón, un kilómetro al norte de la iglesia del Cañón de El Guarco, con documento de identidad 0900870446. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente N° 20-000431-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 23 de julio del año 2020.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2020480762 ).

En mi notaría a las 09:00 horas del 03 de agosto del 2020, se solicitó declarar abierto el sucesorio de Catalina Martínez Vega, cédula N° 6-109-118, y de Hilda Martínez Vega, cédula N° 6-093-869. Se invita a todos los interesados en esta sucesión se apersonen a hacer valer sus derechos en el plazo de treinta días.—Alajuela, 19 de agosto del 2020.—Lic. Pedro Miguel Vega Cruz, Notario.—1 vez.—( IN2020480770 ).

A las dieciséis horas del dieciocho de agosto de dos mil veinte, esta Notaría, bajo el expediente número cero cero cero uno-dos mil veinte, declara abierto el Proceso Sucesorio Ab Intestato en Sede Notarial de Marco Tulio Valverde Bonilla, quien fue mayor, soltero, periodista pensionado, cédula uno-trescientos cincuenta y ocho-seiscientos cincuenta y nueve, vecino de la Provincia de San José, Distrito Uno: Desamparados, Cantón Tercero: Desamparados, frente Biblioteca Joaquín García Monge, se cita y emplaza a herederos, legatarios y acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de quince días a partir de la publicación del Edicto de Ley, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derechos a la herencia, que de no presentarse en el plazo ante esta notaría, ubicada en San José, Zapote, de la Iglesia Católica trescientos metros al sur y setenta y cinco metros al este, la herencia pasará a quien corresponda.—Licda. Wendy Meneses Orozco, Notaria.—1 vez.—( IN2020480775 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Jose Ángel Matías Picado Abarca, mayor, casado, agricultor, cédula uno- ciento ochenta y tres- novecientos veintiséis (1-0183-0926) vecino de Pérez Zeledón. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº:20-000165-0188-CI-4.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Civil), 28 de agosto del año 2020.—Msc. Harold Ríos Solórzano, Juez.—1 vez.—( IN2020480798 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Mayra Vanessa Gómez Ruiz, mayor, estado civil casada una vez, profesión ama de casa, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0108780413 vecina de Cartago, Central, Occidental frente a la Unidad Pedagógica Rafael Hernández Madriz. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000432-0640-CI-5.—Juzgado Civil de Cartago, 06 de julio del 2020.—Lic. Mateo Ivankovich Fonseca, LL,M, Juez.—1 vez.—( IN2020480800 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Virginia Argentina Quirós Granados, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad N° 3-0116-0594, y vecina de Cartago, Oreamuno, Santa Rosa. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000487-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 30 de julio del 2020.—Lic. Mateo Ivankovich Fonseca, LL.M. Juez.—1 vez.—( IN2020480804 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Catalina del Socorro Campos Arce, mayor, soltera, oficios domésticos, costarricense, con documento de identidad N° 0203820637, y vecina de San Juan de Naranjo de Alajuela. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Publíquese este edicto por una única vez. Expediente N° 20-000202-0295-CI-0.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), 21 de agosto del 2020.—M.Sc. Freddy Aikman Espinoza, Juez.—1 vez.—( IN2020480830 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Orlando Esquivel Delgado, mayor, estado civil casado, de oficio oficial de seguridad, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0401300810 y vecino de Heredia, Sarapiquí, La Virgen, de la escuela California Tica 200 metros al sur. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 19-000053-1309-CI-0.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica Sarapiquí (Materia Civil), 15 de mayo del 2020.—Tatiana María Bolaños Rodríguez, Jueza.—1 vez.—( IN2020480834 ).

Mediante escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 15:00 horas del 18 de mayo del 2020, se procedió a la apertura del proceso sucesorio notarial de los señores: Clara Coy Alpízar, cédula N° 8-017-639 y de Robert Claude Freedman, cédula N° 1001757593, se cita y emplaza a todas las personas herederos acreedores o que puedan tener interés en el presente apersonarse ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notificaciones atenderemos al fax: 2222-0006, o al correo electrónico: caroili@yahoo.com.—San Jose, 18 de mayo de 2020.—Licda. Sandra Echeverria Mesen, Notaria.—1 vez.—( IN2020480838 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Álvaro Miranda Pérez, mayor, divorciado, pensionado, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0202680269 y vecino de Alajuela La Trinidad. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días, contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000372-0638-CI-5.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 02 de julio del año 2020.—Licda. Franciny María Gutiérrez López, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020480849 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Ingrid Siglinde (nombres) Schewe (apellido) de único apellido en razón de su nacionalidad alemana, cédula de residencia de la República de Costa Rica número: uno dos siete seis cero cero uno dos siete nueve tres cuatro, a las dieciséis horas del primero de septiembre del dos mil veinte, comprobado el fallecimiento; declaro abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Werner Juergen (nombres) Schewe (apellido), mayor de edad, de único apellido en razón de su nacionalidad alemana, con cédula de residencia de la República de Costa Rica número: uno dos siete seis cero cero ocho nueve seis dos seis, vecino de Barrio San José Sur de Atenas de Alajuela, trescientos metros al oeste del cruce; fallecido el tres septiembre del dos mil diecinueve. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos; de la licenciada Natalia Carolina Espinoza Chaves, ubicada en la ciudad de Atenas, cien metros oeste de la Iglesia Bíblica, teléfono 2446-0101. (Publicar 1 vez en el Boletín Judicial). El original fue retirado por Ingrid Siglinde (nombres) Schewe (apellido), teléfono 8815-5453.—A las 17 horas, del 01 de septiembre del 2020.—Natalia Carolina Espinoza Chaves.—1 vez.—( IN2020480874 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Andrey García Barquero, mayor, estado civil soltero, profesión u oficio mensajero, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0702530643 y vecino de. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente N° 19-000278-0930-CI-7.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 11 de octubre del año 2019.—Licda. Valeria Lucia Torres Morales, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020480881 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por: Keneth Osvaldo Bonilla Céspedes, a las dieciséis horas y treinta minutos del día tres de setiembre del año dos mil veinte, y comprobado el fallecimiento del señor: Hernán Bonilla Ovares, mayor, casado una vez, vecino: de: Alajuela, Grecia, Grecia Centro, Barrio Jiménez, frente al Salón Comunal de Barrio Jiménez, cedula: dos-cero uno siete nueve-cero uno tres uno. Fallecido el día trece de junio del dos mil dieciocho. Esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato, bajo el expediente N° 2020-001. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la licenciada Eilleen del Rocío Sandoval Pérez, con oficina en Alajuela, Grecia, San Roque, doscientos metros oeste de Súper Gómez; teléfono 7209-4984.—Primero de setiembre del dos mil veinte.—Licda. Eilleen del Rocío Sandoval Pérez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2020480905 ).

Se cita y emplaza a los posibles coherederos e interesados en la sucesión de quien en vida se llamó: Deifilia Angulo Cruz, mayor, casada una vez, vecina de San José, Goicoechea, Calle Blancos, El Encanto, casa EE, ama de casa, cédula de identidad número 500570780, quien falleció el día once de diciembre de mil novecientos ochenta y seis, en Hospital México, para que, comparezcan ante esta notaría, a hacer valer sus derechos dentro del plazo de quince días, caso contrario la herencia pasará a quien corresponda sin perjuicio de tercero de mejor derecho, al tenor del artículo ciento veintisiete del Código Procesal Civil. Sabanilla Montes de Oca, Radial La Cosecha número veintitrés. Notifíquese.—San José, treinta de agosto del dos mil veinte.—Licda. Marta Eugenia Pacheco Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2020480918 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera María de los Ángeles Castro Monge, conocida como Vilma Castro Monge, viuda una vez, del hogar, cédula número uno-cero cuatrocientos treinta-cero trescientos setenta y seis, vecina de San José, Escazú, centro, cincuenta metros al sur del antiguo Country Day School, según la cita de defunción número uno cero seis tres dos uno dos ocho cero dos cinco cinco, que consta en el Registro Civil, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda, expediente dos mil veinte-cero cero dos-NO, Notaría del licenciado Hernán Navarro-Rojas, carné nueve seis cinco dos, (Publicar una vez)”.—San José, veintisiete de mayo de dos mil veinte.—Lic. Hernán Navarro-Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2020480922 ).

Se cita a todos los interesados en la Sucesión de Thais Carmiol Cruz, quien fuese mayor, costarricense, casada una vez, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número: uno-cero dos cinco tres-cero seis siete nueve, fallecida el día siete de julio del año dos mil cinco, para que dentro del plazo de un mes contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos ante esta notaría ubicada en San José, Guadalupe, trescientos metros al este de la Iglesia Católica sobre calle principal, Edificio Campo Real, segunda planta, oficina número dos; y se apercibe a los que creen tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quién corresponda. Expediente N° dos mil veinte-cero cero cero dos. Publicar una vez. Sin fecha límite de publicación.—Fernando Jiménez Mora.—1 vez.—( IN2020480930 ).

Por escritura otorgada ante el notario Álvaro Rodrigo Mora Salazar, número ciento setenta y uno, del tomo sesenta y seis de mi protocolo en la ciudad de San José a las diecisiete horas del primero de setiembre del dos mil veinte, el señor: Juan Antonio Segura Aguilar mayor, soltero, comerciante, cédula uno-cero cuatrocientos setenta y ocho-cero novecientos sesenta y dos, vecino de San José, solicita la apertura del sucesorio en sede notarial de Juan Bautista Segura Ortega quien fue mayor, soltero, comerciante, cédula uno-cero cero noventa y siete-cinco mil cuatrocientos, vecino de San José, Poas de Aserrí. Se convoca a los interesados y acreedores, se apersonen ante esta notaría ubicada en la ciudad de San José avenidas diez y diez bis calle veintiuno, numero mil sesenta y cinco dentro de los treinta días siguientes a la publicación de este aviso, en defensa de sus derechos, se les previene que deben señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro judicial de San José, con la advertencia de que si no lo hacen los bienes pasarán a los que legalmente correspondan.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora Salazar, Notario Público.—1 vez.—( IN2020480973 ).

Se hace saber que en esta notaría se tramita proceso sucesorio en sede notarial de quien en vida fue Pastor Boanerges Campos Arrieta, quien fue mayor de edad, pensionado, soltero en unión libre, pensionado, costarricense, portador de la cédula número cinco-doscientos treinta y uno-doscientos cuarenta y cinco, defunción ocurrida en Nicoya, Guanacaste el día veintitrés de enero del año dos mil veinte. Se cita a todos los interesados para que en el plazo de treinta días calendario contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos.—Santa Cruz, Guanacaste.—Licda. Adriana Ruiz Villarreal, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2020480982 ).

Por una única vez, se cita y emplaza a los interesados en la sucesión: Lisette Varela Chinchilla, cédula: 1-420-714, para que dentro del plazo de quince días hábiles, comparezcan ante esta notaría, San José, Barrio Lujan ciento setenta y cinco sur del PANI, fax: 2258-5151, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si no lo hacen, aquella pasará a quien corresponda. Expediente: 1-2018.—San José, 2 de setiembre de 2020.—Lic. Juan Ernesto Martínez Fuentes, Notario Público.—1 vez.—( IN2020480989 ).

Se emplaza a herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Guido Gerardo Rivera Hernández portador de la cédula de identidad número uno-cero trescientos cincuenta y nueve-cero cero diez, para que, dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría en defensa de sus derechos, apercibidos de que, si así no lo hicieren, la herencia pasará a quien corresponda. Licda. Gabriela Alvarado Araya, Notaria pública, Alajuela, 200 m sur y 125 m este de la iglesia la agonía, Expediente N° 02-2020.—Licda. Gabriela Alvarado Araya, Notaria.—1 vez.—( IN2020480991 ).

Se tiene por abierto el sucesorio extrajudicial de quien en vida fue: Álvaro Cortés Alfaro, cédula número cuatro-cero cero setenta y seis-cero cuatrocientos veinticinco. Se cita a todos los interesados, para que dentro del término común de quince días, a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a hacer valer sus derechos. Albacea María del Carmen Sandí Gutiérrez. Notaria Pública del Lic. Rafael Ángel Salazar Fonseca, expediente N° 004-2020.—Heredia, dos de setiembre del año dos mil veinte.—Lic. Rafael Ángel Salazar Fonseca.—1 vez.—( IN2020481001 ).

Ante esta notaria, se presentan los señores Sergio Antonio Zamora Chaves, Sergio Alonso Zamora Víquez, Olger Vinicio Zamora Víquez, e Ivannia María Zamora Víquez, para solicitar la apertura del proceso sucesorio extrajudicial de la señora Marta Virginia Víquez Alfaro. Con ese objeto, y de conformidad con el artículo 126.3 del Código Procesal Civil, se emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Marta Virginia Víquez Alfaro, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula número cuatro-cero cero noventa y nueve-cero seiscientos, quien falleció el día siete de mayo del dos mil diecinueve, para que en el término de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en este proceso sucesorio extrajudicial a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren dentro del indicado termino, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 02-2020-Y.M.V. Notaría de la Licda. Yorleny Murillo Vargas, sita en San José, San Pedro de Montes de Oca, Barrio Los Yoses, cuatrocientos metros al sur de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Bufete Econojuris, teléfono: veintidós ochenta y tres cero dos treinta y tres.—San José, veintidós de mayo del dos mil veinte.—Licda. Yorleny Murillo Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2020481025 ).

Ante esta notaría, se presentan los señores Ilse Hering Quijano, y sus hijos Nebai Raygada Hering; Albert Raygada Hering; Pedro Raygada Hering; Alberto Raygada Agüero; Maritza Raygada Agüero; David Raygada Guzmán; Rocío Raygada Guzmán; Jorge Raygada Guzmán, y Everardo Raygada Guzmán, para solicitar la apertura del proceso sucesorio extrajudicial del señor Víctor Manuel Raygada Bustillo; cédula número seis-cero cero treinta cuatro-cero quinientos ochenta y tres, quien murió el cuatro de enero del dos mil dieciocho. Con ese objeto, y de conformidad con el artículo 126.3 del Código Procesal Civil, se emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Víctor Manuel Raygada Bustillo, para que en el término de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en este proceso sucesorio extrajudicial a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren dentro del indicado término, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 03-2020-Y.M.V. Notaría de la Licda. Yorleny Murillo Vargas, sita en San José, San Pedro de Montes de Oca, Barrio Los Yoses, cuatrocientos metros al sur de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Bufete Econojuris, Teléfono: veintidós ochenta y tres cero dos treinta y tres, fax veintidós ochenta-setenta y seis treinta y seis.—San José, catorce de junio del dos mil veinte.—Licda. Yorleny Murillo Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2020481027 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Joaquín Sandí Guillén, mayor, viudo, agricultor, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0101670334 y vecino de San José. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 20-000351-0217-CI-5.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 14 de agosto del 2020.—Lic. Henry Steven Sanarrusia Gómez, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2020481041 ).

Mediante escritura otorgada ante el notario Luis Carlos Jiménez Castro número ciento veintinueve de las doce horas del veinte de agosto de dos mil veinte, se solicita la apertura de la sucesión notarial de quien en vida fue Hortencia Carvajal Luna, mayor, viuda, pensionada, cédula de identidad tres-cero noventa-ochocientos cuarenta y seis, quien falleció el día nueve de octubre del afio dos mil dieciocho, tal y como consta en el Registro Civil a citas tres cero uno nueve cinco cero ocho dos cero uno seis tres y Jorge Barquero Loría mayor casado una vez, pensionado, cédula de identidad uno-ciento ochenta y seis-trescientos treinta y dos quien falleció el día veinte de febrero de dos mil cinco, tal y como consta en el Registro Civil a citas tres cero uno seis uno tres seis cero cero siete uno nueve, siendo ambos vecinos de San Nicolás de Cartago y conyugues entre si según consta en la Sección de Matrimonios del Registro Civil a citas tres cero cero cinco seis cuatro tres cuatro cero ocho seis siete. Se emplaza a los interesados a apersonarse al proceso a hacer valer los derechos y para tal efecto dirigirse a la oficina del notario situada en Cartago, Turrialba, frente al costado sur del Parque La Dominica.—Turrialba, tres de setiembre de dos mil veinte.—Luis Carlos Jiménez Castro, Notario Público.—1 vez.—( IN2020481058 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Adaliza Luisa c.c María Luisa Gutiérrez Siles, mayor, costarricense, ama de casa, casada, vecina de Cartago, Alto de Ochomogo, cédula de identidad N° 0500680307, y Virgilio Omar Ruiz Vargas, mayor, costarricense, casado una vez, pensionado, vecino de Cartago, Alto de Ochomogo, con documento de identidad N° 0500750565. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 12-000371-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 20 de agosto del 2020.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—1 vez.—( IN2020481092 ).

Margarita Arias Formoso, notaria pública con oficina en San José, Goicoechea, Guadalupe, ciento cincuenta metros al norte de Novacentro, hace saber que en mi notaría a las ocho horas del dos de setiembre de dos mil veinte, bajo el expediente número cero uno-dos mil veinte, se declaró abierto el proceso sucesorio testamentario en sede notarial de quien en vida fuera: Víctor Hugo Quirós León, mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Desamparados, San José, doscientos metros al sur y trescientos metros al oeste del cementerio, cédula de identidad número uno-cero doscientos ochenta y nueve-cero seiscientos sesenta y nueve. Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y en general y en general a todos los que puedan resultar interesados o crean tener derechos en la presente sucesión en sede notarial a efecto de que concurran a hacer valer sus derechos dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del presente edicto en la oficina de la suscrita notaria en la dirección indicada, bajo apercibimiento de que de apersonarse la herencia pasará a quien corresponda.—San José.—Licda. Margarita Arias Formoso, Notaria.—1 vez.—( IN2020481095 ).

En escritura pública N° 182-12, otorgada ante el notario Alexis Monge Agüero, a las 14:00 horas del 26 de agosto del 2020, con oficina abierta en San Isidro de El General, 100 metros al sur del Complejo Cultura, Edificio Ayales, Pérez Zeledón, se declara abierto el proceso sucesorio abintestato de: Mencia Ramírez Rodríguez, cédula de identidad N° 2-0161-0442, quien fue viuda, oficios del hogar vecina de Pinar del Rio, Daniel Flores, Pérez Zeledón. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Expediente N° 0003-2020.—Firmo en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, a las 14:00 horas del 26 de agosto del 2020.—Lic. Alexis Monge Agüero, Notario.—1 vez.—( IN2020481098 ).

Mediante la escritura número ciento treinta y ocho-veinticinco, otorgada ante esta notaría pública, por Andrea Vanessa Robles Murillo, mayor, viuda de sus primeras nupcias, empresaria, vecina de San José, Escazú, San Rafael, Residencial Escazú Village, apartamento cuatrocientos cuatro, portadora de la cédula de identidad número uno-mil doscientos sesenta y seis-ochocientos cincuenta y ocho, a las once horas con quince minutos del dos de setiembre del dos mil veinte, comprobado el respectivo fallecimiento de quien en vida fue: Randy James Ignacio Krueger, mayor, casado en segundas nupcias, desarrollador de software, vecino de Puntarenas, Garabito, Playa Jacó, calle Alice, Edificio Vista Las Palmas, apartamento doce A, portador de la cédula de identidad número ocho-cero ciento veintiséis-cero novecientos cincuenta y seis, este notario público declara abierto el proceso sucesorio. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante este notario público a hacer valer sus derechos. Notario público Guillermo Emilio Zúñiga González, ubicado en San José, Escazú, San Rafael, Avenida Escazú, edificio ciento uno, piso tres, oficina doscientos catorce, ECIJA Costa Rica.—San José, dos de setiembre del dos mil veinte.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario Público.—1 vez.—( IN2020481100 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Pedro Edgar Ramón Ureña Romero, mayor, estado civil casado una vez, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0302410902 y vecino de Cartago. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 19-000252-0640-CI-0.—Juzgado Civil de Cartago, 19 de junio del 2019.—Licda. Mariana Jovel Blanco, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2020481103 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Anisia Valenciano Soto, mayor, estado civil viuda, profesión u oficio ama de casa, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0101830979 y vecina de San José, Montes de Oca. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000377-0181-CI-5.—Juzgado Segundo Civil de San José, 3 de julio del 2020.—Lic. Daniel Jiménez Medrano, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2020481126 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Ligia Narano Delgado, cédula N° 2-534-921, quien fue casada dos veces, administradora de empresas, vecina de Sabalito, Coto Brus, Puntarenas, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; con apercebimiento a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a que corresponda. Expediente N° 0002-2020. Sucesión de Ligia Narando Delgado. Notaría de la Licenciada Damaris Fernández Villalobos, Cartago, Paraíso, contiguo Estación de Servicio Delta.—Licda. Damaris Fernández Villalobos, Notaria.—1 vez.—( IN2020481134 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Elsa Zúñigandez, cédula N° 1-274-769, quien fue casada una vez, ama de casa, vecina de la Libertad de San Vito, Coto Brus, Puntarenas, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos; con apercebimiento a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a que corresponda. Expediente N° 0001-2020. Sucesión de Elsa Zúñiga Méndez. Notaría de la Licenciada Damaris Fernández Villalobos, Cartago, Paraíso, contiguo Estación de Servicio Delta.—Licda. Damaris Fernández Villalobos, Notaria.—1 vez.—( IN2020481135 ).

Se hace saber: en este Tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Marta Eugenia Meléndez Ramírez, mayor, casada, oficios domésticos, costarricense, con cédula de identidad N° 0105080923 y vecina de San José, Goicoechea. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000539-0182-CI-3.—Juzgado Tercero Civil de San José, 20 de agosto del 2020.—M.Sc. Wálther Obando Corrales, Juez Civil.—1 vez.—( IN2020481139 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Carmen Virginia Umaña Garro, cédula N° 103080922, del hogar, casada, vecina de San José, Zapote, de terminal de buses 150 metros al oeste para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que creen tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho caso, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 001-2020.—Licda. Ligia Rodríguez Pacheco, Notaria.—1 vez.—( IN2020481146 ).

Mediante escritura pública número 146 del tomo 02 de la notaria pública Lucila Barrantes Rodríguez, y otorgada a las 14:00 horas del 21 de agosto del 2020, se realiza acta de apertura otorgada ante esta notaría por Esmeralda Amada Fallas Varela, mayor, viuda una vez, ama de casa; vecina de Alajuela, Naranjo, Dulce Nombre, 700 metros sur de la entrada al Rosario, cédula de identidad N° 2-254-303; María Gabriela Rivera Fallas, mayor, divorciada una vez, ama de casa, misma dirección que la primera, cédula de identidad N° 2-475-0019, y Gerardo Alexis Rivera Fallas, mayor, casado una vez, empresario, vecino de Alajuela, Naranjo, Dulce Nombre, calle Rosario, 500 metros sur del cruce de la carretera a Sarchí, cédula de identidad N° 2-445-402, y comprobado el fallecimiento del señor: Roger Alix Rivera López conocido como: Roger Alexis Rivera López, quien en vida fuera mayor, casado una vez, empresario, vecino de Alajuela, Naranjo, Dulce Nombre, 700 metros sur de la entrada del Rosario, cédula de identidad N° 2-233-472, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Lucila Barrantes Rodríguez, ubicada en Zapote, Zarcero, Alajuela, 50 metros oeste de la Escuela. Proceso sucesorio notarial cero cero cero uno-dos mil veinte. Teléfono: 2463-2865.—San José, 21 de agosto del 2020.—Licda. Lucila Barrantes Rodríguez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2020481155 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Regina Chacón Valverde, mayor, viuda, ama de casa, costarricense, con documento de identidad N° 0101920098 y vecina de San Juan de Dios, Desamparados, doscientos metros norte de los filtros de Acueductos y Alcantarillados. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 19-000774-0217-CI-0.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 13 de enero del 2020.—Lic. Freddy Ureña Díaz, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2020481194 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Rolando Solano Cajina, mayor, casado, costarricense, vecino de San José, Desamparados, cédula de identidad 1-0409-0972. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000140-0217-CI-1. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 17 de marzo del año 2020.—Floryzul Yazmin del Carmen Porras López, Jueza Decisora.—1 vez.—Exonerado.—( IN2020481195 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Álvaro Zamora Loría, mayor, casado, de nacionalidad costarricense, quien fue titular de la cédula de identidad N° 2-256-727 y vecino Limón, Villa del Mar. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente N° 18-000142-0678-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 09 de julio del año 2020.—Licda. Paola Elena Rodríguez Godínez, Jueza.—1 vez.—( IN2020481201 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión testamentaria y legitima en sede notarial de quien en vida fuera Arnoldo Jiménez Villalobos, mayor, casado una vez, comerciante, con cédula de identidad dos-trescientos dieciséis-seiscientos setenta y ocho, vecino de Cuatro Esquinas de Pital de San Carlos, Alajuela un kilómetro al noreste de la iglesia católica, fallecido el dos de agosto de dos mil veinte, personería de la cual el suscrito notario da fe con vista del Registro de Defunciones, Registro Civil bajos las citas dos cero nueve cuatro cuatro nueve uno cero nueve uno cero nueve ocho uno para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto y que se hará por una sola vez en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derechos ante esta notaría ubicada en Aguas Zarcas de San Carlos, Alajuela, contiguo a Almacén Artelec; apercibidos que si no lo hacen dentro del plazo indicado la herencia pasará a quien corresponda. Expediente cero cero tres-dos mil veinte.—San José, tres de setiembre de dos mil veinte.—Lic. José Esteban Olivas Jimenez, Notario.—1 vez.—( IN2020481202 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Mabel Trinidad del Carmen Ureña Arias, mayor, soltera, ama de casa, costarricense, con documento de identidad N° 6-0139-0282 y vecina de Alajuelita. Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la primera y única publicación de este edicto en el Boletín Judicial, con el fin de que comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro del citado plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 15-100055-0216-CI.—Juzgado Civil Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, 31 de agosto de 2020.—Lic. Nelson Rodríguez Morales, Juez.—1 vez.—( IN2020481215 ).

A solicitud de René Brais Quirós, he procedido a abrir expediente de sucesorio ab intestato, en sede notarial, de quien en vida fue: Sarkis Miguel Brais Saber. Por este medio, se emplaza a cualquier interesado en el presente proceso, para que, se apersonen ante esta notaría, a formular pretensiones, legalizar créditos o hacer valer cualquier derecho sucesorio, bajo el apercibimiento de que, si no se presentan en el plazo de quince días hábiles, a partir de la publicación del presente edicto en el Boletín Judicial, la herencia pasará a quien corresponda. Lugar: San José, Curridabat, cien metros al norte del Más x Menos. Expediente N° 0001-2020. Correo electrónico: mvcalvom@abogados.or.cr.—San José, 04 de setiembre del 2020.—Lic. Marco Vinicio Calvo Montero, Notario Público.—1 vez.—( IN2020481220 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Sheila Díaz Campos, mayor, casada una vez y separada de hecho, pensionada, cédula uno-seis seis ocho-cuatro tres uno, vecina de Porvenir, Desamparados, San José, trescientos metros este y setenta y cinco sur de Delegación Policial, para que, en el plazo de quince días desde la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Se apercibe a los interesados que en caso de no hacerlo dentro del citado plazo los bienes de la herencia pasarán a quienes corresponda. Lo anterior por ordenarse así en sucesorio notarial. Expediente N° 2020-0002-NO-EC, tramitado en notaría del Lic. Eliécer Campos Soto, sito en San Francisco de Dos Ríos, San José, costado este de Polideportivo, Bufete Lic. Leonardo Arcia y Eliécer Campos y Asociados.—San José, 25 de agosto 2020.—Lic. Eliécer Campos Soto, Notario.—1 vez.—( IN2020481237 ).

Se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el proceso sucesorio extrajudicial que se tramita ante esta notaría, sita en San Isidro de Coronado, de quien en vida fuera José Antonio Frank Gutiérrez Gutiérrez, quien fuera mayor, soltero, pensionado, vecino de San José, Goicoechea, Ipís, de la Iglesia Cristiana Techo Verde setenta y cinco metros sur, cédula número 6-0061-0013, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a este Despacho sito en San Isidro de Coronado, de la Municipalidad; 200 metros este, 125 norte y 125 este, en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que en caso de que no lo hicieren la herencia pasará a quien en derecho corresponda, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos ciento quince y ciento veintiséis, siguientes y concordantes del Código Procesal Civil y los artículos ciento veintinueve y siguientes del Código Notarial. Así mismo deben señalar medio, casa u oficina dentro del perímetro judicial del Segundo Circuito de San José, bajo el apercibimiento de si así no lo hicieren o si el lugar señalado fuere incierto, impreciso o no existiere, las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Igual suerte tomará el proceso si se indica un medio de fax o correo electrónico y a la hora de transmisión el mismo no fuere accesible. Expediente número 000002-2020.—San José, 3 de setiembre del 2020.—Lic. Enrique Curling Alvarado, Notario.—1 vez.—( IN2020481244 ).

Se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el Proceso Sucesorio Extrajudicial que se tramita ante esta notaría, sita en San Isidro de Coronado, de quien en vida fuera Sergio Araya Zamora, quien fuera mayor, casado una vez, pensionado, vecino de San José, San Juan de Tibás, de la esquina sureste del templo católico 300 metros sur, cédula número 1-0284-0287, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a este Despacho sito en San Isidro de Coronado, de la municipalidad 200 metros este, 125 norte y 125 este, en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que en caso de que no lo hicieren la herencia pasará a quien en derecho corresponda, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos ciento quince y ciento veintiséis, siguientes y concordantes del Código Procesal Civil y los artículos ciento veintinueve y siguientes del Código Notarial. Asimismo, deben señalar medio, casa u oficina dentro del perímetro judicial del Segundo Circuito de San José, bajo el apercibimiento de si así no lo hicieren o si el lugar señalado fuere incierto, impreciso o no existiere, las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Igual suerte tomará el proceso si se indica un medio de fax o correo electrónico y a la hora de transmisión el mismo no fuere accesible. Expediente número 000003-2020.—San José, 03 de setiembre del 2020.—Lic. Enrique Curling Alvarado, Notario.—1 vez.—( IN2020481245 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por María Del Rosario Sibaja Ballestero, al ser las trece horas del veintiocho de agosto del dos mil veinte y comprobado el fallecimiento esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Virginia Ballestero Hidalgo. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Mariamalia Guillén Solano, notaria pública con oficina en San José, San Rafael de Escazú, Torre Lexus, Avenida Escazú, segundo piso.—Licda. Mariamalia Guillén Solano, Notaria.—1 vez.—( IN2020481246 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Arcelio Céspedes Umaña, mayor, divorciado, pensionado, vecino de Hatillo Ocho, con documento de identidad: N° 01-0205-0946. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, con el fin de que comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro del citado plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 19-000050-0216-CI-8.—Juzgado Civil Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, 04 de julio del 2019.—Licda. Natalia Fallas Granados, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2020481266 ).

Se tiene por establecido el presente proceso sucesorio del señor Rodrigo Cordero Camacho, cédula de identidad número tres-ciento veintinueve-cero cincuenta y cinco, se emplaza a todos los interesados por el plazo de quince días para que se apersonen al proceso, mismo que se tramita en actividad judicial no contenciosa ante la notaría de la Licda. Karol Mata Araya, con oficina en Cartago. Cita de la esquina sur oeste de los Tribunales de Justicia cien metros al oeste y ciento setenta y cinco al sur. Oficina primera.—Licda. Karol Mata Araya, Abogada.—1 vez.—( IN2020481267 ).

Se hace saber que, ante la notaría del Licenciado Claudio Antonio Murillo Ramírez, se ha solicitado la tramitación del proceso sucesorio no testamentario extrajudicial de quien en vida fuera Lilia De La Cruz Martínez, mayor, divorciada, vecina de Santo Domingo de Heredia, Cédula de Identidad número cinco, cero cero cincuenta y cinco-cero seiscientos veinticinco. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación de este aviso, concurran ante el notario dicho, cuyas oficinas se ubican en el DO LEGAL en el quinto piso del edificio seis, del Oficentro la Sabana, Sabana Sur.—San José, 04 de setiembre del 2020.—Lic. Claudio Murillo Ramírez, Notario Público.—1 vez.—( IN2020481275 )

Avisos

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad Ariel Alonso Valdés Benavides, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado, expediente N° 20-001105-0292-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las diez horas y cuarenta y uno minutos del diecinueve de agosto de dos mil veinte, 19 de agosto del año 2020.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza Decisora.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020480054 ).           3 v. 1.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad Samantha Hernández Varela, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado, expediente N° 19-002205-0292-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las dieciséis horas y treinta y cinco minutos del treinta y uno de agosto de dos mil veinte, 31 de agosto del año 2020.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza Decisora.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020480999 ).      3 v. 1.

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a ejercer la tutela de la persona menor: Amanda Rocío Durán Durán, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente N° 20-000249-0928-FA. Proceso: Tutela dativa. Promovente: Patronato Nacional de la Infancia Cañas.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas (Materia Familia), 27 de agosto del 2020.—Lic. Luis Fernando Saurez Jiménez, Juez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020481003 ).                  3 v. 1.

A: Enedina Jael Rodríguez Siles y a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de los menores Emmanuel Rodríguez Rodríguez, se les pone en conocimiento la resolución de las quince horas y doce minutos del seis de febrero del año dos mil veinte de este despacho que en lo conducente dice: de las presentes diligencias de depósito de las personas menores Emmanuel Rodríguez Rodríguez, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Enedina Jael Rodríguez Siles, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07, celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Se le previene a la parte interesada, que para efectos de la diligencia en cuestión, si a bien lo tiene, deberá señalar un medio para atender notificaciones ante la autoridad comisionada, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 35, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero de 2009. Expediente N° 20-000084-0687-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Lic. Juan Jose Alvarado Quirós, Juez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020481160 ).           3 v. 1.

Se avisa a María Marcelina López Bulgarin, Yelvis Audiel Raudez Urbina, mayores, solteros, del hogar y agricultor, nicaragüenses, que en este Juzgado se tramita expediente proceso proyecciones a la niñez y la adolescencia promovido por el Patronato Nacional de la Infancia expediente20-000705-1302-FA, donde se solicita medidas de protección a favor de la persona menor: Jendel Audon Raudez López. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga a este proceso. Lo anterior, por ordenarse así en proceso protección a la niñez y la adolescencia promovido por el Patronato Nacional de la Infancia. Expediente N° 20-000705-1302-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 25 de agosto del 2020.—Lic. Randall Cerdas Corella, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020479955 ).

En este Despacho, se dictó la resolución que literalmente dice: “Por lo anterior se declara con lugar el presente proceso de disolución de La Asociación Deportiva para Nadadores de Alto Rendimiento, para Olímpicos y de Rehabilitación, cédula jurídica 3-102- 675983”.- por ordenarse así en proceso disolución de asociación promovido por Asociación Deportiva para el Desarrollo de Nadadores de Alto Rendimiento bajo el expediente número 20-000072-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 16 de junio del 2020.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2020480584 ).

Se comunica a todos los interesados que ante la notaría de la Licenciada Carmen Lilia Zumbado Guerrero, situada calle ocho, avenidas tres y cinco, contiguo a Consultorio Médico, Centro, Central, Heredia, el señor José Manuel Corrales Quirós, mayor, de setenta y cinco años de edad, casado dos veces, pensionado, portador de la cédula de identidad uno-cero tres dos siete-cero dos cero tres y vecino de doscientos metros noroeste de la Escuela El Roble, Gutiérrez Braun, Coto Brus, Puntarenas, procede tramitar las diligencias extrajudiciales de Adopción Individual de Mayor de Edad de Hija de Cónyuge, de Anny Alexandra Chacón Beita conocida como Corrales Beita Anny Alexandra, quien es mayor, de veintitrés años, casada, ama de casa, portadora de la cédula de identidad número uno-uno seis ocho cero-cero cinco tres cinco y vecina de cien metros del Liceo bilingüeÍtalo Costarricense”, casa color blanca, a mano derecha, Sabalito, Coto Brus, Puntarenas. Se concede a los interesados el plazo de cinco días contados a partir de la publicación de este edicto, para apersonarse a formular oposiciones mediante escrito donde expondrá los motivos de su inconformidad y se indicará las pruebas en que fundamenta la misma. Solicito publicación una sola vez en el Boletín Judicial. Es todo.—Heredia, a las once horas del veintinueve de julio de dos mil veinte.—Licda. Carmen Lilia Zumbado Guerrero, Notaria.—1 vez.—( IN2020480884 ).

Licenciada Patricia Cordero García, jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Rónald Mauricio Zamora Hidalgo, mayor de edad, con cédula N° 0108640653, de domicilio desconocido, en su carácter personal se le hace saber que en demanda proceso especial de protección, establecida por Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago. A las dieciséis horas y catorce minutos del treinta y uno de agosto de dos mil veinte. Se tiene por establecido el presente proceso de Protección a la Niñez y la Adolescencia en sede judicial que promueve el Patronato Nacional de la Infancia en favor de las personas menores de edad Débora María Zamora Obando y Nazareth Zamora Obando. Se tiene a la vista el expediente levantado en sede administrativa. En cuanto a la audiencia de ley la misma se ordenará una vez se encuentren los progenitores notificados. Notifíquese esta resolución personalmente o en su casa de habitación a María Lorena Obando Navarro y Rónald Mauricio Zamora Hidalgo, a quienes se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169- 2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Desconociéndose el domicilio de Rónald Zamora Obando, y con el fin de poner en conocimiento la existencia del presente proceso, se ordena publicar por única vez en el Boletín Judicial. Notifíquese esta resolución a María Lorena Obando Navarro, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona al señor Delegado Policial de San Marcos de Tarrazú. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Lo anterior por haberse ordenado así dentro del expediente N° 20-001824-0338-fa. Proceso especial de protección, establecida por Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020481011 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Kevin Sibaja Gamez mayor, soltero, Técnico en Recursos Humanos, documento de identidad N° 01-1562-0894, vecino de Barrio Escalante, en el cual pretende cambiarse el nombre a Kevin Josefo mismos apellidos. Se concede el plazo de quince días a cualquier persona interesada para que se presenten al proceso a hacer valer sus derechos (Artículo 55 del Código Civil). Expediente N° 19-000333-0182-CI-4.—Juzgado Tercero Civil de San José, 30 de julio del 2019.—M.Sc. Wálther Obando Corrales, Juez.—1 vez.—( IN2020481051 ).

Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Golfito (Materia Familia); hace saber a Manuel Peña Domínguez, dominicano, con documento de identidad PSC3194867, casado, con domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso declaratoria judicial abandono en su contra, bajo el expediente número 18-000216-1086-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Golfito (Materia Familia). A las once horas y ocho minutos del diez de octubre de dos mil diecinueve. Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria judicial de abandono de la persona menor Jakdiel Sebastián Peña Chaves, planteado por Denia Lorena Chaves Alfaro y Marvin Gerardo Parra Villalobos contra Kimberly Natalia Chaves Alfaro y Manuel Peña Domínguez a quién se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Por existir personas menores involucradas en este proceso se tiene como parte al Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia. Previamente a nombrar un Curador Procesal se le previene a la parte promovente que dentro del octavo día deberá depositar en la cuenta Nº180002161086-0 de este Despacho del Banco de Costa Rica la suma prudencial de (50.000) cincuenta mil colones por concepto de honorarios de la persona profesional, sin que dicha suma implique en forma definitiva el monto total de sus honorarios, ya que estos dependerán no sólo de la labor desplegada, sino acorde con la tabla de honorarios de peritos aprobada por la Corte Suprema de Justicia. En ese mismo plazo, en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se le advierte que si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución al Patronato Nacional de la Infancia en sus oficinas en esta ciudad por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales Golfito de este circuito. Notifíquese esta resolución a la parte demandada, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales Primer Circuito Judicial de San José. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Se le previene a la parte interesada, que para efectos de la diligencia en cuestión, si a bien lo tiene, deberá señalar un medio para atender notificaciones ante la autoridad comisionada, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 35, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009.Tome nota la parte interesada lo dispuesto por la circular N° 5-2012 emanada por el Consejo Superior del Poder Judicial; en el sentido de que, cuando se señale fax, casillero y/o estrados judiciales, se aplicará de manera analógica el artículo 15 de la Ley de Notificaciones Judiciales, en el sentido de que las partes se reservarán las copias de la demanda y/o escrito inicial, y se apersonarán al despacho para obtener en formato digital un archivo con la comisión, u obtengan dicha información digital, por medio del sistema de gestión en línea, lo anterior conforme a las políticas institucionales de cero papel. Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso Declaratoria Judicial Abandono de Denia Lorena Chaves Alfaro contra Manuel Peña Domínguez. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Expediente Nº 18-000216-1086-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Golfito (Materia Familia), 16 de abril del año 2020.—Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020481158 ).

Msc. Tania Morera Solano, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hace saber a Julia Foster, mayor de edad, casada, de ocupación y domicilio ignorado, con número de identificación 203941830, que en este juzgado se tramita el expediente N° 19-000580-1303-FA proceso de abreviado de divorcio, establecido por José Johnnatan Arce Villalobos y en cual figura su persona como interesada. Proceso en el cual se dictó la resolución que literalmente dice: “Por tanto: Acorde con lo expuesto, se declara con lugar la demanda Abreviada de Divorcio interpuesta por el señor José Johnnatan Arce Villalobos contra la señora Julia Foster, en los extremos que se indicarán: 1. Sobre el vínculo matrimonial. Se decreta la disolución del vínculo matrimonial que une a José Johnnatan Arce Villalobos y Julia Foster; por la causal de separación de hecho. 2. En cuanto a la pensión alimentaria. Las partes no tendrán derecho de reclamarse pensión alimentaria en el futuro. 3. Sobre los hijos. Las partes no procrearon hijos o hijas en común, por lo que se omite pronunciamiento al respecto. 4. Sobre los bienes. No existen bienes con vocación ganancial que distribuir. Una vez firme este fallo, a petición de parte interesada, expídase la respectiva ejecutoria para ser inscrita en el Registro Civil, Sección de Matrimonios de la Provincia de San José, al tomo: cuatrocientos setenta y nueve (0479); folio: ciento diez (110); asiento: doscientos diecinueve (0219). Citas de inscripción: 1-0479-110-0219. Se resuelve el proceso sin especial condenatoria en costas. Se advierte a las partes el derecho de apelar este fallo ante el Superior Jerárquico, dentro del tercer día contado a partir de su notificación. Notifíquese a la parte accionada, la parte dispositiva de esta sentencia por medio de Edicto, en el Boletín Judicial, por una única vez. Gírese a favor del licenciado Alfonso Altamirano Suárez, la suma de setenta y nueve mil cien colones exactos, por concepto de cancelación de honorarios de curador procesal. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón).—Msc. Tania Morera Solano, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020481166 ).

Msc. Tania Morera Solano, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hace saber a Ricardo Sotelo Rivas, mayor de edad, casado, de ocupación y domicilio ignorado, con número de cédula residencia 155808489325, que en este juzgado se tramita proceso de reconocimiento de hijas de mujer casada, que se tramita bajo el expediente N° 19-000762-1303-FA establecido por Juan Luis Barboza Murillo y en cual figura su persona como interesada. Se ordena notificarle por edicto. Proceso en el cual se dictó la resolución que literalmente dice: “Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón). A las ocho horas y doce minutos del veinticuatro de octubre del año dos mil diecinueve. Se tienen por establecidas las presentes diligencias de reconocimiento de hijas de mujer casada promovido por Juan Luis Barboza Murillo y Kattia Arauz Salazar a favor de las personas menores de edad Shaira Gaelle y Emily Darshany ambas de apellidos Sotelo Arauz. De las mismas se confiere audiencia al señor Ricardo Sotelo Rivas y al Patronato Nacional de la Infancia, por el plazo de tres días. De los autos se observa que se encuentra debidamente apersonada la madre registral de la persona menor no oponiendo objeción alguna al presente proceso. Se les previene a las partes, que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poderjudicial. go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución al padre registral de las personas menores de edad, señor Ricardo Sotelo Rivas, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de San José por ser el mismo localizable en la siguiente dirección San José, Alajuelita, Tejarcillo 100 metros sur y 50 metros oeste de la escuela del lugar, frente a la Pulpería Manuel, entrada a mano izquierda del precario. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales.”.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón).—Msc. Tania Morera Solano, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020481167 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Karen María Solís Víquez mayor, soltera, documento de identidad 0401990859, vecina de Heredia, en el cual pretende cambiarse el nombre a Selina Andrómeda mismos apellidos. Se concede el plazo de quince días a cualquier persona interesada para que se presenten al proceso a hacer valer sus derechos. Artículo 55 del Código Civil. Expediente N° 20-000853-0504-CI-5.—Juzgado Civil de Heredia, 31 de agosto del año 2020.—Lic. Jairo Jiménez Sandoval, Juez.—1 vez.—( IN2020481317 ).

Edictos Matrimoniales

En cumplimiento del artículo 25 del Código de Familia comparecen ante la notaría de la licenciada Katherine Marcela Brenes Solano, con oficina en San José, Curridabat, veinticinco metros el este del Restaurante El Balcón del Marisco, casa esquinera de color blanco, los señores a) Diego Hidalgo Arias, quien dice ser mayor de edad, soltero, ingeniero industrial, portador de la cédula de identidad número uno-mil doscientos cuatro-cero quinientos cincuenta y dos, hijo de German Hidalgo Alpízar y Milena Arias Alfaro, y b) Richard Demetrius (nombres) Edwars (apellido único en razón de su nacionalidad trinitense), de nacionalidad trinitense (Trinidad y Tobago), quien dice ser mayor, soltero, empresario, portador del pasaporte de la República de Trinidad y Tobago número TB cinco cinco cinco cinco seis tres, dice ser hijo del señor Russell Simeón (nombres) Edwars (apellido único en razón de su nacionalidad trinitense) y de la señora Susan Anna (nombres) Russell-Edwars (apellido único en razón de su nacionalidad trinitense). Quien tenga oposición a dicha unión debe hacerlo saber a la notaría de la licenciada Katherine Marcela Brenes Solano.—San José, treinta y uno de agosto del año dos mil veinte.—Licenciada. Katherine Marcela Brenes Solano, Notaria.—1 vez.—( IN2020480912 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Gloria Dayanna Hidalgo Montoya, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad numero 115920611, vecina de Heredia, central, San Francisco, hija de Juan Antonio Hidalgo Madrigal, María Idilia Montoya Álvarez, nacida en Hospital, Central, San José, con 25 años de edad, y Freddy Alexánder Villalobos Aguilar, mayor, soltero, desempleado, cédula de identidad número 115010395, vecino de Heredia, Central, San Francisco, hijo de Luis Eduardo Villalobos Cantillano, María Aguilar Carranza, nacido en Uruca, Central, San José, actualmente con 29 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº 20-001515-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, 18 de agosto del año 2020.—Msc. Felicia Quesada Zúñiga, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020481009 ).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: Carlos Josué Ramírez Venegas, mayor, estado civil soltero, profesión telefonista, cédula de identidad número 1-16070735, vecino de Heredia, San Bosco de Santa Bárbara 125 metros suroeste del Supermercado El Mercadito, hijo de Carlos Asdrúbal Ramírez Abarca y Karla Venegas Vidal, nacido en San José, con 25 años de edad; y Hairo Geovanny Zúñiga Alvarado, mayor, estado civil soltero, profesión docente, cédula de identidad número 4-0207-0576, vecino de la misma dirección que el anterior, hijo de Geovanny Zúñiga Gómez y Anayansi Alvarado Solís, nacido en Heredia, actualmente con 29 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 20-001593-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, Heredia, 21 de agosto del 2020.—Msc. Felicia Quesada Zúñiga, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020481010 ).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio el señor: Julio Cesar Pineda Toval, mayor, soltero, asistente, cédula de identidad número 0503630059, nacido en Centro, Liberia, Guanacaste, el 27/01/1988, con 32 años de edad; y la señora: Patricia Miranda Oporto, mayor, divorciada, oficios domésticos, cédula de identidad número 0502980346, nacido en Centro, Liberia, Guanacaste, el 11/04/1977, actualmente con 43 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Liberia, Guanacaste. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 20-000390-0938-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia), Liberia, 10 de agosto del 2020.—Licda. María Alejandra Quesada García, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020481012 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil de Carlos Eduardo Gómez Alvarez, mayor, estado civil soltero, profesión u oficio analista de datos, cédula de identidad número 4-0219-0858, vecino de San Pedro de Barva de Heredia, 50 metros este de la Guardia Rural, casa color verde agua, al frete de la casa hay un hidrante, hijo de Rafael Ángel Gómez Núñez y Ana Elizabeth Álvarez Rodríguez, nacido en Centro Central Heredia, con 26 años de edad, teléfono 8744-0628 y Grace Melania Badilla Esquivel, mayor, estado civil soltera, profesión u oficio dependiente en una pasamanería, cédula de identidad número 4-0207-0638, vecina de San Pedro de Barva de Heredia, 50 metros este de la Guardia Rural, casa color verde agua, al frete de la casa hay un hidrante, hija de Grace Patricia Badilla Esquivel, nacida en Centro Central Heredia, actualmente con 29 años de edad, teléfono 6439-8966. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 20-001330-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, Heredia, 20 de julio del 2020.—Msc. Felicia Quesada Zúñiga, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020481164 ).

Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil Yardleigh Steve Jiménez Valverde, mayor, soltero, desempleado, cédula de identidad N° 9-0109-0690, hijo de Vilma Marín Valverde Salazar y José Luis Jiménez Porras, nacido en Estados Unidos, el 08/01/1999, y Mauren María Guillén Hernández, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad N° 1-1793-0444, hija de Luz Marina Hernández Sánchez y Victor Manuel Guillén Solano, nacida en San Isidro, Pérez Zeledón, San José, el 18-10-2000; ambas personas tienen el domicilio en Pérez Zeledón. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio no se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 20-000519-1303-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 26 de agosto del 2020.—Licda. María Del Rocío Quesada Zamora, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020481169 ).

Edictos en lo Penal

Fiscalía de Pavas, a las nueve horas con cincuenta y cinco minutos del veinticinco de mayo del dos mil veinte. En vista de que el (los) codemandado(s) civil(s) Kimberly Tatiana Sandoval Garay, cédula N° 1-1338-0404, no es ubicable por los medios que cuenta éste despacho se procede a comunicarle la resolución que cursa a la acción civil en su contra por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Licda. Hazel Delgado Ureña. Fiscal Auxiliar de Pavas: se pone en conocimiento la acción civil. Licda. Hazel Delgado Ureña. Fiscal de la Fiscalía de Pavas, al(a) señor(a) Kimberly Tatiana Sandoval Garay, cédula N° 1-1338-0404 se le hace saber que: en el legajo de acción civil resarcitoria N° 16-006248-0489-TR, ofendido Álvaro de Jesús García Jiménez contra Roque Rodríguez Jiménez, se ha dictado resolución que literalmente dice: se ordena comunicación por edicto. Fiscalía de Pavas, a las nueve horas con cincuenta y cinco minutos del veinticinco de agosto del dos mil veinte. En vista de que el co-demandado civil Kimberly Tatiana Sandoval Garay no fue habido por lo medios con que cuenta este despacho, se procede a comunicarle el auto de las diez horas con veinticinco minutos del diez de julio del año dos mil dieciocho, en el que se tiene por presentada y se ordena el traslado de la acción civil en su contra. Por lo anterior, se ordena la notificación al señor Kimberly Tatiana Sandoval Garay por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial, confeccionándose el oficio de estilo. Licda. Hazel Delgado Ureña, Fiscal de Pavas: se pone en conocimiento la acción civil: De conformidad con los artículos 115 y 120 del Código procesal Penal, se pone en conocimiento del co demandado civil Kimberly Tatiana Sandoval Garay, cédula N° 1-1338-0404 la presente acción civil resarcitoria. Cualquier interviniente podrá oponerse a la participación del actor civil planteando las excepciones que correspondan. La oposición se pondrá en conocimiento del actor y su resolución se reservará para la audiencia preliminar. Comuníquese.—Fiscalía de Pavas.—Licda. Hazel Delgado Ureña, Fiscal.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020480041 ).