BOLETÍN JUDICIAL N° 172 DEL 08 DE SETIEMBRE DEL 2020
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SECRETARÍA GENERAL
SALA CONSTITUCIONAL
JUZGADO NOTARIAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos
Matrimoniales
Edictos en lo Penal
CIRCULAR N° 183-2020
ASUNTO: Acuerdo de Corte Plena. Sesión N°
48-2020 del 31 de agosto de 2020, en
atención a la declaratoria
de emergencia nacional, debido a la situación de emergencia sanitaria provocada
por la enfermedad COVID-19.
A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS,
ABOGADOS, ABOGADAS Y PÚBLICO EN GENERAL
SE LES HACE SABER QUE:
La Corte Plena en sesión extraordinaria
N° 48-2020, celebrada el 31 de agosto
de 2020, artículo XV, en atención a las medidas adoptadas por el Ministerio de Salud, así como
el decreto ejecutivo
42227-MS emitido el día 16
de marzo de 2020, en que se
declara estado de emergencia nacional en todo el territorio
de la República de Costa Rica, debido
a la situación de emergencia
sanitaria provocada por la enfermedad
COVID-19, acordó lo siguiente:
“Considerando
1°—Que mediante
decreto ejecutivo Nº
42227-MP-S del 16 de marzo de 2020, el Poder Ejecutivo, se dispuso declarar estado de emergencia nacional con motivo de la pandemia provocada por la enfermedad del COVID-19.
2º—Que los artículos 1, 4, 6, 7, 337, 338, 340, 341, 355 y 356 de la
Ley General de Salud, Ley número
5395 del 30 de octubre de 1973 y los numerales 2 inciso b) y c) y 57
de la Ley Orgánica del Ministerio
de Salud, Ley número 5412
del 08 de noviembre de 1973, facultan
a dicho Ministerio a ordenar y tomar las medidas especiales para evitar el riesgo o daño a la salud de las personas o
que éstos se difundan o se agraven, así como
a declarar el peligro de pandemia y adoptar acciones ante la misma.
3º—Que el Poder
Ejecutivo emitió la directriz 092-S-MTSS-MIDEPLAN para los entes
y órganos que están sujetos a su relación
de dirección, la cual se encuentra vigente a la fecha de aprobación del presente acuerdo, en donde se establece
el deber de los mismos de mantener el aforo de servidores públicos indispensable
para la continuidad en la prestación de servicios públicos y siendo así que esta Corte estima procedente tomarla en consideración
como referente para la toma de decisiones.
4º—Que esta
Corte, ha venido adoptando
una serie de acuerdos tendientes a asegurar la continuidad de servicios y la protección de personas usuarias y
servidoras, conforme se han emitido las diferentes resoluciones y lineamientos por parte del Ministerio de Salud y con efectos según la vigencia temporal de las dichas disposiciones de dicho Ministerio.
5º—Que en sesión extraordinaria N° 44-2020, celebrada
el 10 de agosto de 2020, conforme
artículo XIV, comunicado mediante circular 164-2020, esta
Corte dispuso prorrogar los
efectos de los acuerdos de sesión N° 18-2020 celebrada el 2
de abril del año en curso, artículo
Único, así como lo dispuesto en el acuerdo de sesión extraordinaria N° 26-2020,
celebrada el 13 de mayo de 2020, artículo
Único y en los acuerdos de Sesión N° 32-2020 del
8 de junio de 2020, artículo
XVIII y de sesión extraordinaria
N° 42-2020, celebrada el 20 de julio
del 2020, artículo X, todos
de esta Corte, a partir del
día 16 de agosto de 2020 y
hasta el día 31 del mismo mes para todos despachos administrativos y jurisdiccionales del Poder
Judicial.
6º—Que mediante
resolución MS-DM-6778-2020. Ministerio
de Salud, de las dieciséis
horas con cuarenta minutos
del veintiséis de agosto
del dos mil veinte, publicada
en el alcance digital 227
de La Gaceta del día
28 de agosto de dos mil veinte,
se dispuso establecer disposiciones sanitarias desde el 31 de agosto y al 8 de setiembre de 2020, dirigidas a
las personas encargadas de establecimientos
que cuenten con permisos sanitarios de funcionamiento que atienden al público, en aquellas zonas que están catalogadas como en Alerta
Naranja, siendo así que en dicho
acto administrativo, de manera expresa en su artículo
segundo, inciso I.A.2, se excluyó de sus alcances a instituciones del sector público.
7º—Que mediante
resolución MS-DM-6793-2020. Ministerio
de Salud, de las catorce
horas con quince minutos del veintisiete
de agosto de dos mil veinte,
publicada en el alcance digital 227 de La Gaceta
del día 28 de agosto de dos
mil veinte, se establecieron
disposiciones sanitarias, desde el 31 de agosto y al 8 de setiembre de 2020, dirigidas a
las personas encargadas de establecimientos
que cuenten con permisos sanitarios de funcionamiento que atienden al público, en aquellas zonas que están catalogadas como en Alerta
Amarilla, con similar vigencia temporal de la
anterior resolución, así como idéntica exclusión
de sus alcances respecto a
las instituciones del sector público.
8º—Que las resoluciones MS-DM-6778-2020. Ministerio
de Salud, de las dieciséis
horas con cuarenta minutos
del veintiséis de agosto
del dos mil veinte y MS-DM-6793-2020. Ministerio de Salud, de las catorce horas con quince minutos
del veintisiete de agosto
de dos mil veinte, no disponen
ningún tipo de cierre para las oficinas administrativas del sector público
en el período de tiempo comprendido entre el 31 de
agosto y el 8 de setiembre
de 2020, manteniéndose con respecto
de las mismas y por ende
del Poder Judicial, las consideraciones
que dieron origen al acuerdo de sesión extraordinaria N° 44-2020, celebrada
el 10 de agosto de 2020, conforme
artículo XIV.
9º—Que analizadas
las resoluciones indicadas
y conforme el criterio de
la Comisión Institucional
de Emergencias del Poder
Judicial, estima esta
Corte, que el estado de emergencia
nacional declarado mediante Decreto Ejecutivo Nº 42227-MP-S del 16 de marzo
de 2020 se mantiene vigente
al día de hoy, siendo así que además se mantienen vigentes los “Lineamientos generales para propietarios y administradores de
Centros de Trabajo por
Coronavirus (COVID-19)” y “Lineamientos generales para oficinas con atención al público (Bancos, correos, instituciones del Estado, Poder
Judicial, empresas privadas
de servicios) debido a la alerta sanitaria por Coronavirus (COVID-19)” emitidos por el Ministerio de Salud, así como
los “Lineamientos para implementar
el teletrabajo, en ocasión de la alerta sanitaria
por COVID-19”, emitidos por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por lo que resulta
necesario mantener los efectos de las medidas adoptadas hasta el momento por este órgano colegiado,
para proteger la vida y salud de las personas usuarias y servidoras judiciales, asegurando la continuidad de servicios.
10.—Que los acuerdos de sesión N° 18-2020 celebrada el 2 de abril del año en curso,
artículo Único, así como lo dispuesto
en el acuerdo de sesión extraordinaria N° 26-2020,
celebrada el 13 de mayo de 2020, artículo
Único y en el acuerdo de Sesión N° 32-2020 del
8 de junio de 2020, artículo
XVIII de esta Corte contemplan
las disposiciones de los indicados
lineamientos, siendo consecuentes con las reglas de la
ciencia y la técnica, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 de la Ley
General de la Administración Pública,
por lo que estima este
colegio procedente prorrogar
su vigencia hasta el día 8 de setiembre de los corrientes, toda vez que se ha demostrado que sus efectos han sido
adecuados, suficientes, razonables y proporcionales para proteger la vida y salud de las personas usuarias y servidoras judiciales con motivo de la prestación de servicios.
Por tanto
Se acuerda: Acoger la propuesta de la Comisión de Emergencias del Poder Judicial y en consecuencia:
Prorrogar los
efectos de los acuerdos de sesión N° 18-2020
celebrada el 2 de abril del año en curso, artículo Único, así como lo dispuesto
en el acuerdo de sesión extraordinaria N° 26-2020,
celebrada el 13 de mayo de 2020, artículo Único y en los acuerdos de Sesión N° 32-2020 del 8 de junio de 2020, artículo XVIII y de
sesión extraordinaria N° 42-2020, celebrada el 20 de
julio del 2020, artículo X, todos de esta Corte, a partir del día 31 de agosto
de 2020 y hasta el día 8 de setiembre del mismo año, para todos despachos
administrativos y jurisdiccionales del Poder Judicial.
Los efectos del presente acuerdo se encuentran condicionados al mantenimiento del estado de emergencia dispuesto por el decreto ejecutivo N°
42227-MS emitido el día 16 de marzo de 2020 y a lo establecido por los lineamientos
del Ministerio de Salud aplicables al Poder Judicial, durante el término de su vigencia.”
Solicitar un informe actualizado a las
Direcciones de este Poder de la República y al Centro de Apoyo, Coordinación y
Mejoramiento de la Función Jurisdiccional, sobre la situación de los despachos judiciales
y si existe alguna jurisdicción que haya presentado un atraso en la realización
de audiencias, durante este tiempo en que se han aplicado las medidas debido a
la situación de emergencia sanitaria provocada por la enfermedad COVID-19.
San José, 31 de agosto de 2020.
Licda. Silvia Navarro Romanini,
Secretaria General
1 vez.—Exonerado.—( IN2020480842 ).
CIRCULAR N° 184-2020
ASUNTO: Aumento en el monto
de la cuantía para el conocimiento
de los procesos correspondientes
a la materia laboral.
A LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS,
ABOGADAS, ABOGADOS, SERVIDORAS, SERVIDORES
JUDICIALES Y PÚBLICO EN GENERAL
SE LES HACE SABER QUE:
La Corte Plena en sesión Nº 46-2020, celebrada el 24 de agosto de
2020, artículo IX, acordó aumentar el monto de la cuantía para el conocimiento de
los procesos que deban tramitarse como de menor cuantía en
los juzgados de trabajo a
¢15.000.000,00 (quince millones de colones exactos). Serán de mayor cuantía los procesos cuyas pretensiones superen ese monto.
Se aumenta la cuantía para la interposición de recurso de casación en la materia laboral,
para los procesos en que se
formulen pretensiones superiores a quince millones de colones.
Los asuntos ya radicados
en los Juzgados de Trabajo se tramitarán conforme a lo dispuesto en este acuerdo.
Los pendientes de resolver que se encuentren
ante los Tribunales de Apelaciones
y la Sala de Casación Laboral se mantendrán
bajo su competencia hasta su fenecimiento.
De conformidad
con lo que establece el artículo
114 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, el aumento de la cuantía
que ahora se define, rige
un mes después de la primera publicación en el Boletín Judicial.
Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.
San José, 01 de setiembre de 2020.
Licda. Silvia Navarro Romanini
Secretaria General
1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2020481157 ).
Asunto: Acción de Inconstitucionalidad
A LOS TRIBUNALES
Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
TERCERA PUBLICACIÓN
De acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 81 de la Ley
de la Jurisdicción Constitucional,
dentro de la acción de inconstitucionalidad
número 19-024199-0007-CO que promueve
Belca Costa Rica S. A. y otros,
se ha dictado la resolución
que literalmente dice: «Sala Constitucional
de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las diez
horas y cincuenta y uno minutos
del nueve de julio de dos
mil veinte. Se da curso a
la acción de inconstitucionalidad
número 19-024199-0007-CO interpuesta
por Belca Costa Rica S. A. y Centro Internacional de Inversiones CII
S. A., representadas por Roberto José Rojas López,
cédula de identidad número
9-002-150 para que se declare inconstitucional la omisión de los artículos 573 y
583 del Código de Trabajo de prever
a favor del patrono un recurso
de apelación en relación con la resolución del Juez que dispone la reinstalación
de los trabajadores en los procesos especiales, por estimarla contraria a lo dispuesto en el artículo 39 de la Constitución Política de la Constitución Política. Se confiere audiencia
por quince días a la Procuraduría
General de la República y a la Ministra
de Trabajo y Seguridad
Social. La referida omisión
se impugna en cuanto, en criterio
del accionante, las normas violan un contenido esencial de la garantía del debido proceso, como es el derecho a una doble instancia
contra las resoluciones que les impongan
gravámenes irreparables o
de difícil reparación. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la
Ley de la Jurisdicción Constitucional
en sus artículos 73 a 79.
La legitimación de las empresas
accionantes deriva del artículo 75, párrafo 1° de la Ley
de la Jurisdicción Constitucional.
Los asuntos previos son dos
procesos ordinarios que están en conocimiento
ante la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en
razón de los recursos de casación interpuestos en los expedientes Nos.
17-001162-0505-LA-O y 17-001163-0505-LA-O. Publíquese
por tres veces un aviso en el Boletín Judicial
sobre la interposición de
la acción, para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la omisión impugnada, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso.
Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la omisión impugnada y se advierte que lo único que no puede hacerse en
dichos procesos, es dictar sentencia o bien el acto en que haya
de resolverse sobre lo cuestionado, en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía
administrativa es el dictado
de la resolución final en
los procedimientos tendentes
a agotar esa
vía, que son los que se inician
con y a partir del recurso
de alzada o de reposición interpuestos contra el acto
final. Dentro de los quince días posteriores
a la primera publicación
del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes
en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta sobre lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto
a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso,
los motivos de inconstitucionalidad
en relación con el asunto que les interese./Fernando
Castillo Víquez, Presidente/.»
San José, 13 de julio del 2020.
Vernor Perera León
Secretario a. í.
O.C. N° 364-12-2020.—Sol. N° 68-2017-JA.—(
IN2020480339 ).
Para los efectos de los artículos 88 párrafo segundo y 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad
que se tramita con el número
16-012884-0007-CO promovida por Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones
de la Empresa Privada
contra la disposición general contenida
en la resolución Nº
1816-E9-2016, de las 14:45 hrs. de 10 de marzo de
2016, emitida por el Tribunal Supremo de Elecciones, por estimarla contraria al Derecho de la Constitución,
se ha dictado el voto número 2020-013316 de las once horas y cuarenta
y uno minutos del quince de julio
de dos mil veinte, que literalmente
dice:
«Se declara con lugar
la acción. En consecuencia,
se anula por inconstitucional la Resolución
del Tribunal Supremo de Elecciones, N° 1816-E9-2016
de las 14:45 horas del 10 de marzo de 2016. De igual manera, en
virtud de esta declaratoria de inconstitucionalidad,
se ordena dejar sin efecto alguno el proceso en el marco
del cual se adoptó tal resolución, identificado como “Solicitud de recolección de firmas gestionadas por el señor Didier Leitón Valverde, dirigente sindical bananero, y otros ciudadanos que lo acompañan, para
convocar a referéndum, por iniciativa ciudadana, el proyecto de ley n° 19.312 denominado
“Ley del Salario Mínimo
Vital. Reforma de los artículos
177 del Código de Trabajo, ley n° 2 del 27 de agosto de 1943, del Artículo 16 y
Creación del Artículo 16
bis de la Ley de Salarios Mínimos
y Creación del Consejo
Nacional de Salarios, ley N° 832 de 4 de Noviembre de 1949”. El Magistrado
Castillo Víquez da razones adicionales. La Magistrada Garro Vargas pone nota. El Magistrado
Cruz Castro salva el voto y
declara sin lugar la acción. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta, y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese.»
Se hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación
indicada, rige a partir del momento que se indica en la parte
dispositiva del voto.
San José, 16 de julio del 2020.
Vernor Perera León
Secretario a. í.
O.C. Nº 364-12-2020.—Sol. Nº 68-2017-JA.—( IN2020480340 ).
Para los efectos del
artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en
la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el número
18-001265-0007-CO promovida por [nombre 001], [valor 001] contra el acuerdo No.
2018-002-024 del Consejo Superior Notarial, por estimarlo contrario a los
derechos protegidos en los artículos 7, 33, 48 y 51 de la Constitución
Política, se ha dictado el voto número 2020-013318 de las once horas y cuarenta
y tres minutos del quince de julio de dos mil veinte, que literalmente dice:
«Se archiva la presente acción
por falta de interés actual.»
San José, 16 de julio del 2020.
Vernor Perera León
Secretario
a. í.
O.C N°
364-12-2020.—Sol. N°
68-2017-JA.—( IN2020480341 ).
Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad
que se tramita con el número
18-012262-0007-CO promovida por [NOMBRE 001], [VALOR
001], en su calidad de apoderado especial
judicial de [NOMBRE 002] contra la frase “…y eso en caso
de que el alimentario haya tenido que contraer deudas para vivir”, del artículo 172 del Código de Familia, por estimarla
contraria a los artículos
51, 52 y 53 de la Constitución Política,
se ha dictado el voto número 2020-013317 de las once horas y cuarenta
y dos minutos del quince de julio
de dos mil veinte, que literalmente
dice:
«Se declara
sin lugar la acción.»
San José, 16 de julio del 2020.
Vernor Perera León
Secretario a.í.
O.C. N° 364-12-2020.—Sol N° 68-2017-JA.—( IN2020480342 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
De acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 81 de la Ley
de la Jurisdicción Constitucional,
dentro de la acción de inconstitucionalidad
número 19-024199-0007-CO, que promueve
Belca Costa Rica S.A., y otros,
se ha dictado la resolución
que literalmente dice: «Sala Constitucional
de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las diez
horas y cincuenta y uno minutos
del nueve de julio de dos
mil veinte./Se da curso a
la acción de inconstitucionalidad
número 19-024199-0007-CO, interpuesta
por Belca Costa Rica S.A, y Centro Internacional de Inversiones CII
S.A., representadas por Roberto José Rojas López,
cédula de identidad número
9-002-150 para que se declare inconstitucional la omisión de los artículos 573 y
583 del Código de Trabajo de prever
a favor del patrono un recurso
de apelación en relación con la resolución del Juez que dispone la reinstalación
de los trabajadores en los procesos especiales, por estimarla contraria a lo dispuesto en el artículo 39 de la Constitución Política de la Constitución Política. Se confiere audiencia
por quince días a la Procuraduría
General de la República y a la Ministra
de Trabajo y Seguridad
Social. La referida omisión
se impugna en cuanto, en criterio
del accionante, las normas violan un contenido esencial de la garantía del debido proceso, como es el derecho a una doble instancia
contra las resoluciones que les impongan
gravámenes irreparables o
de difícil reparación. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la
Ley de la Jurisdicción Constitucional
en sus artículos 73 a 79.
La legitimación de las empresas
accionantes deriva del artículo 75, párrafo 1° de la Ley
de la Jurisdicción Constitucional.
Los asuntos previos son dos
procesos ordinarios que están en conocimiento
ante la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en
razón de los recursos de casación interpuestos en los expedientes Nos.
17-001162-0505-LA-O y 17-001163-0505-LA-O. Publíquese
por tres veces un aviso en el Boletín Judicial
sobre la interposición de
la acción, para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la omisión impugnada, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso.
Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la omisión impugnada y se advierte que lo único que no puede hacerse en
dichos procesos, es dictar sentencia o bien el acto en que haya
de resolverse sobre lo cuestionado, en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía
administrativa es el dictado
de la resolución final en
los procedimientos tendentes
a agotar esa
vía, que son los que se inician
con y a partir del recurso
de alzada o de reposición interpuestos contra el acto
final. Dentro de los quince días posteriores
a la primera publicación
del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes
en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta sobre lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto
a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso,
los motivos de inconstitucionalidad
en relación con el asunto que les interese./Fernando
Castillo Víquez, Presidente/.-».
San José, 13 de julio del 2020.
Vernor Perera León
Secretario a.i.
O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—
( IN2020480644 ).
HACE SABER:
A la Dirección Nacional de Notariado,
al Archivo Notarial, al Registro
Nacional y al Registro Civil, y a toda
la ciudadanía en general,
que en el Proceso Disciplinario Notarial N° 09-000672-0627-NO, de
Richard Greenwood Marshall contra Randall Camacho Monge (cédula de identidad N° 1-0784-0481), este Juzgado mediante
Sentencia de Primera Instancia
N° 686-2019, de las veinte horas y trece minutos del veinte de diciembre de dos mil diecinueve (folios 1185 al 1194), la cual
fue confirmada por el
Tribunal Notarial mediante Voto
N° 070-2020, de las catorce horas catorce
minutos del quince de mayo de dos mil veinte (folios 1208 al 1216), en
vista que se encuentra firme
se dispone comunicar al citado
Notario la corrección disciplinaria de tres años de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación
en el Boletín
Judicial.
San José, diecisiete de junio del dos mil veinte.
M.Sc.
Juan Carlos Granados Vargas,
Juez
1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud
N° 67-2018.—( IN2020481021 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Erasmo Daniel del Carmen Salas Bermúdez,
0600850396, quien fue
mayor, costarricense, con cédula N° 6-0085-0396, casado, fallecido el 12 de octubre del 2019, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest.
Sector Privado bajo el número 20-000157-1557-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 20-000157-1557-LA. Causante: Erasmo Daniel del Carmen Salas Bermúdez.—Juzgado Civil y Trabajo de Cañas (Materia
Laboral), 21 de agosto del 2020.—Licda. Xinia María Esquivel
Herrera, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020480059 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Gilbert Ramírez Suárez N°
0103350587, fallecido el 04 de octubre
del año 2019, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector público bajo el número
19-000201-1533-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial, expediente
N° 19-000201-1533-LA. Por Ligia Sandí Ramírez en favor de Gilbert Ramírez Suárez.—Juzgado
de Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita (Materia laboral), 14 de febrero del año
2020.—Lic. Claudio César Rojas Castro, Juez Tramitador.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020480396 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Ignacio Gamaliel López Rosales, quien fue portador
de la cédula de identidad N° 502490586, soltero, laboró como educador para el centro educativo en la Escuela de Matapalo, vecino de Santa Cruz, Lomas de Matapalo y falleció
el 31 de mayo del 2019. Se consideren con derecho,
para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias devolución de ahorro
obligatorio, bajo el número
expediente 20-000052-0775-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo
85 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 20-000052-0775-LA. Proceso promovido
por José Gamaliel López Leal, cédula de identidad N°
501431104, en favor de él mismo.—Juzgado de Trabajo de
Santa Cruz, 26 de febrero del 2020.—Licda. Brend Celina Calvo De La
O, Jueza de Trabajo.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020481000 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Luis Ángel Ramírez Solís, 0601030956, fallecido el 20 de mayo del 2020, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest.
Sector Privado bajo el número 20-000821-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
20-000821-0639-LA. Parte gestionante:
Guido Sánchez Rojas. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial.—Juzgado Trabajo del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 14 de agosto del 2020.—Digna María Rojas Rojas,
Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020481004
).
Se cita y emplaza a las personas que
en carácter de causahabientes de José Manuel Díaz Ureña, cédula de identidad N°
0900560550, fallecido
el 07 de diciembre del año
2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles,
posteriores a la publicación
de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad
con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial, expediente
N° 20-000900-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida
José Manuel Díaz Ureña.—Juzgado de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 22 de julio del año 2020.—M.SC. Andrés Grossi Castillo, Juez Tramitador.—1 vez.—O.C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020481005
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Ricardo Guevara Guevara
N° 0601320218, fallecido el 09 de marzo
del año 2020, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el número 20-000965- 0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial, expediente N° 20-000965-0639-LA. Gestionante: Marina Gudena
Guevara Guevara. Depositante:
Operadora de Pensiones Complementarias de la Caja Costarricense de Seguro Social.—Juzgado Trabajo del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 11 de agosto del año 2020.—Msc. Eugenio Molina Sequeira, Juez Tramitador.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020481006 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Luis Gómez Calero, cédula de identidad N° 6-217-293, mayor, soltero,
vecino de Alajuela, Barrio San José, profesor de inglés, laboró para el Ministerio de Educación Pública, y falleció el 07 de abril del año 2020, según consta en la certificación
de defunción, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el número 20-000967-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial, expediente N° 20-000967-0639-LA. Por
Carlos Luis Gómez Calero a favor de Saturnina Gómez Calero.—Juzgado Trabajo del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 05 de agosto del año 2020.—Lic. Ignacio Saborío Crespo, Juez
Tramitador.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020481007 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de Luis Gabriel Cuadra Solórzano N° 0207390153, fallecido el 05 de julio del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación
de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el número 20-001020-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial, expediente N° 20-001020-0639-LA. Partes gestionantes: Katia Isabel
Solórzano Rodríguez y Fernando Cuadra Pérez.—Juzgado Trabajo del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 27 de agosto del año 2020.—Ignacio Saborío Crespo, Juez
Tramitador.—1 vez.—O.C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020481008
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jose Francisco De La Caridad Guzmán Guzmán, cédula 0501670117, fallecido
el 03 de junio del año
2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación
de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector público bajo el Número
20-000298-1001-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el boletín Judicial. Expediente
N° 20-000298-1001-LA. Por Virginia Angela Valverde Valverde
a favor de Jose Francisco de la Caridad Guzmán Guzmán.—Juzgado Civil, Trabajo
y Agrario de Turrialba (Materia Laboral), 19 de agosto del año 2020.—Lic. Randall Gómez Chacón, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020481161 ).
A los causahabientes de quién en vida se llamó
Ana Betty Solano Portuguéz,
quien fue mayor, femenina, divorciada; vecina de Juan Viñas de Jiménez,
con cédula de identidad número
0303750439, quien laboró
para el Ministerio de Educación
pública,
y falleció el 19 de octubre
del año 2013, se les hace
saber que: Luciana María Rodríguez Solano, cédula de identidad o documento de identidad número 0305200519, domicilio Juan
Viñas de Jiménez, se apersonó
en este Despacho
en calidad de hija de la persona fallecida, a
fin de promover las presentes
diligencias de Consignación de Prestaciones
de Trabajador Fallecido del
Sector Público. Por ello,
se les cita y emplaza por
medio de edicto que se publicará
por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación
de este edicto se apersonen en este
Despacho, en las
diligencias aquí establecidas,
a hacer valer sus derechos
de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Consignación de prestaciones
del trabajador fallecido de
quien en vida se llamó Ana Betty Solano Portuguéz. Expediente N° 20-000311-1001-LA-3.—Juzgado de Trabajo
del Circuito Judicial de Turrialba
(Materia Laboral, Consignación, Electrónico),
31 de agosto del 2020.—Lic. Randall Francisco Gómez Chacón,
Juez Laboral.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2020481162 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de Dehivi Alonso Acosta Chaves 04-0215-0157, fallecido el 10 de diciembre del año 2019, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el Número 20-001169-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
20-001169-0505-LA. Proceso de Consignación
de Prestaciones de Trabajador
Fallecido promovido por
Yesenia Alejandra Chaves Aguilar, cédula de identidad
número 4-0156-0100 a favor de Dehivi
Alonso Acosta Chaves.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 13
de agosto del 2020.—Msc. Ana Patricia
Montero Morales, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020481163 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Harry Antonio Segura Sánchez, quien era mayor, casado una vez, licenciado en Administración, cédula N°
106440211, vecino de Carmona, Nandayure,
Guanacaste, laboró para la Caja
Costarricense de Seguro Social, fallecido
el 13 de octubre del año
2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación
de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número
20-000093-0868-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial, expediente
N° 20-000093-0868-LA. Por Juanita de los Ángeles Sirias Venegas cédula de identidad N° 108640773 a favor de Ariana Paola Segura Sirias, cédula N° 118840735.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia laboral),
24 de agosto del año 2020.—Lic. Milkan Sánchez
Aguilar, Juez .—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020481168 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En este Despacho,
con una base de noventa y ocho
mil ciento setenta y un dólares con nueve centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento cincuenta y tres mil quinientos ochenta y cuatro, derecho 000, la
cual es terreno para construir con una casa de habitación.
Situada: en el distrito 01 San Pablo, cantón 09
San Pablo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Jesús Rojas
Gutiérrez; al sur, calle pública con 18 metros 37 centímetros;
al este, Allan Villalobos Ellis e Iliana María Durán Molina, y
al oeste, calle pública con 7 metros 63 centímetros. Mide:
ciento noventa y ocho metros con dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y quince minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas y
quince minutos del dos de diciembre
del dos mil veinte, con la base de setenta y tres mil seiscientos veintiocho dólares con treinta y dos
centavos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las trece horas y quince minutos del diez de diciembre del dos mil veinte, con la base de veinticuatro
mil quinientos cuarenta y
dos dólares con setenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Asesorías Especializadas Nepcal L.B
Sociedad Anónima, Terravieja
S. A. Expediente N° 15-002294-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de
Puntarenas, 06 de mayo del 2020.—Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2020479976 ).
En este Despacho, con una base de ocho millones cien mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando citas: 376-09331-01-0889-001 condiciones
Ref:00236193/000; sáquese a remate
la finca del partido de
Alajuela, matrícula número
dos millones quinientos cuarenta y un mil ochocientos cuarenta y siete, derecho cero cero cero, la cual
es terreno naturaleza:
const con 1 casa. Situada en
el distrito 1- Orotina, cantón
9-Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle Los Príncipes y otro; al sur, Cía Constructora Maracaibo S. A.; al este,
Cía Constructora Maracaibo S. A. y al oeste,
Cía Constructora Maracaibo S. A. Mide:
ciento sesenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
y treinta minutos del cinco de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once
horas y treinta minutos del
veinte de noviembre de dos
mil veinte con la base de seis millones
setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas y treinta minutos del nueve de diciembre de dos mil veinte con la base de dos millones
veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Ana Cecilia Pérez Núñez contra Silvia Emilce
Elizondo Vásquez, expediente N° 20-008165-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
24 de julio del año
2020.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza Decisora.—( IN2020480219 ).
En este Despacho, con una base de veinte millones de colones exactos , libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada citas: 365-19395-01-0907-001 servidumbre
trasladada citas: 365-
19395-01-0908-001 servidumbre trasladada
citas: 365-19395-01-0909-001 servidumbre
trasladada citas:
365-19395-01-0910-001, servidumbre trasladada citas:
365-19395-01-0911-001 servidumbre de paso citas: 410-18682-01-0001-001
servidumbre de paso citas: 458-09693-01-0006-00; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 335354-000, la cual es terreno de solar lote N-
3.-Situada en el distrito
4-San Roque, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte Sergio Raúl Barrantes
Alfaro; al sur servidumbre de paso
con 12, 36 metros; al este Manuel Porras Bogantes y al oeste servidumbre de paso con 19,66
metros. Mide: doscientos treinta y cuatro metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del doce de octubre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del veinte de octubre de dos mil veinte con la base de quince millones
de colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiocho de octubre de dos mil veinte con la base de cinco millones de colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Leticia Del Socorro Cubero González contra Andrés Porras Sequeira.
Expediente Nº:20-001053-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de
Grecia, 05 de agosto del año 2020.—Patricia
Eugenia Cedeño Leitón, Jueza
Decisora.—( IN2020480329 ).
En este Despacho, con una base de veintidós
millones veinte mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 320-06639-01-0901-001, condiciones
citas: 320-06639-01-0902-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número doscientos ochenta y siete mil setecientos ochenta y seis,
derecho cero cero cero, la cual es terreno de pastos con una casa de habitación
construida en cemento. Situada en el distrito 2-El General, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Guido Rojas Carranza; al sur, Carlos
Hidalgo Mora; al este, calle
pública, y al oeste, Carlos
Hidalgo Mora. Mide: doscientos
ochenta y seis metros con sesenta
y un decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de setiembre del dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y cero
minutos del treinta de setiembre del dos mil veinte, con
la base de dieciséis millones
quinientos quince mil colones
exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del ocho de octubre del dos mil veinte, con
la base de cinco millones quinientos cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Tomay del Sur T O
M Sociedad Anónima contra Nidia María Vargas
Hidalgo Expediente Nº 18-006980-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 18 de junio del
2020.—Franz Castro Solís, Juez Tramitador.—(
IN2020480663 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta
y seis millones ochocientos
noventa y un mil ochocientos
sesenta y ocho colones con setenta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 63400-000, la cual es terreno de solar con una
casa. Situada en el distrito 2-La Suiza, cantón 5-Turrialba, de la provincia
de Cartago. Colinda: norte,
Centro de Educación y Nutrición
de La Suiza, sur, calle pública con un
frente de 18,98 mts., este,
calle pública con un frente de 15,58
mts., oeste, Miguel Bonilla Garro.
Mide: doscientos noventa y siete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
cero minutos del veinticuatro
de setiembre del año dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once
horas y cero minutos del dos de octubre
del año dos mil veinte con
la base de cuarenta y dos millones
seiscientos sesenta y ocho mil novecientos un colones con cincuenta y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos
del trece de octubre del año dos mil veinte con la base de
catorce millones doscientos veintidós mil novecientos sesenta y siete colones con dieciocho céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Ismael Antonio
Bastos Alfaro, Mauricio Antonio Bastos e Inversiones
y Bendiciones Dilu Sociedad
Anónima Garcia EXP: 19-015676-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 21 de julio
del año 2020.—Licda. Pilar
Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2020480697
).
En este Despacho, con una base de ciento noventa y un mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número cuarenta y siete mil novecientos veintiséis-F-cero cero cero
(47926-F-000), la cual es terreno
de naturaleza: finca filial
treinta y tres terreno apto para construir que se destinara a uso habitacional en el cual no se podrá construir más de dos niveles. Situada en el distrito
1-San Isidro, cantón 6-San Isidro, de la provincia de Heredia. Colinda: al
norte finca filial treinta y cuatro; al sur servidumbre; al este, área destinada a
acceso vehicular y al oeste
en parte Johanna Porras
Alfaro, Hazel Chacón Alpízar,
Los Sueños De San Isidro LSSI Sociedad Anónima y María Teresa Iglesias Molina. Mide:
mil doscientos cuarenta y siete metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados, plano:H-1037287-2005. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de enero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del
quince de enero de dos mil veintiuno
con la base de ciento cuarenta
y tres mil doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veinticinco de enero de dos mil veintiuno con la base de cuarenta
y siete mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Porfirio Saul
Solano Sabatier. Expediente Nº:19-006340-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 24 de agosto
del año 2020.—Noelia Prendas
Ugalde, Jueza Tramitadora.—(
IN2020480698 ).
En este Despacho, con una base de tres
mil setecientos cincuenta y
cinco punto quince unidades
de desarrollo (equivalentes
a tres millones trescientos setenta y un mil cuatrocientos cuarenta y ocho colones con setenta y siete céntimos), sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 190200-000, la cual es la cual es terreno la cual es terreno de arboleda. Situada en el distrito 5- Santo Domingo, cantón 4-Santa Barbara, de la provincia
de Heredia. Colinda: al norte,
noroeste, Hacienda Concordia, Lácteos
Romero S. A. y Isla de La Tranquera Sociedad Anónima; al sur, sureste, Lácteos Romero S. A. y calle pública con 10 metros; al este, noreste, Hacienda Concordia S. A. y calle
pública y al oeste, Isla de
La Tranquera Sociedad Anónima.
Mide: seis mil seiscientos treinta y nueve metros con sesenta y cinco decímetros metros cuadrados. Para
tal efecto, se señalan las once horas y treinta minutos del veintiuno de setiembre de dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y treinta
minutos del veintinueve de setiembre de dos mil veinte con
la base de dos mil ochocientos punto dieciséis unidades de desarrollo (equivalentes a dos millones quinientos veintiocho mil quinientos treinta colones con cuarenta y seis céntimos) (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas
y treinta minutos del siete de octubre de dos mil veinte con la base de novecientos
treinta y ocho punto setenta y cinco unidades de desarrollo (equivalentes a ochocientos cuarenta y dos mil ochocientos veintiocho colones con cincuenta y dos céntimos) (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Fiduciaria Brunca S. A. contra Expert Comercial
Sociedad Anónima, Luis Antonio Herrera León. Expediente N° 18-010846-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 26 de junio
del año 2020.—Gerardo Monge Blanco, Juez Decisor.—( IN2020480699 ).
En este Despacho, con una base de trece
mil seiscientos treinta y nueve dólares con veintisiete centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BFN076. Marca: Suzuki. Estilo:
Grand Vitara. Capacidad: 5 personas. Año: 2014. Color: bronce. VIN:
JS3TE04V1E4102980. N° motor: J24B1249180. Cilindrada:
2393 c.c. Combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan
las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre de dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del veinticinco de noviembre de dos
mil veinte con la base de diez
mil doscientos veintinueve dólares con cuarenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del nueve de diciembre de dos mil veinte con la base de tres mil cuatrocientos nueve dólares con ochenta y dos
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Lafise S. A.
contra Alma Jeannette García de Orellana. Expediente
N° 17-012477-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 20 de agosto del año
2020.—Yanin Torrentes
Ávila, Juez/a Decisor/a.—(
IN2020480700 ).
En este Despacho, con una base de treinta
y tres mil setecientos cincuenta y nueve dólares con cincuenta y nueve centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MBZ 999, marca: Mercedes Benz, estilo: ML,
categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, color: plateado,
año fabricación: 2009, cilindrada: 5500 c.c,
combustible: gasolina, N° motor: 27396330288461. Para tal efecto se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de octubre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del trece de octubre del dos mil veinte, con la base de veinticinco
mil trescientos diecinueve dólares con sesenta y nueve centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de octubre de dos mil veinte, con la
base de ocho mil cuatrocientos
treinta y nueve dólares con ochenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso
de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Juan Ignacio Bravo Gallegos contra Mónica María Jiménez
Robles. Expediente Nº 20-000931-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 16 de junio del 2020.—Audrey Abarca Quirós, Juez/a Decisor/a.—( IN2020480708 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta
y ocho millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos setenta y ocho mil quinientos diecisiete, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una
casa. Situada en el distrito 3-Buenos Aires, cantón
7-Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte calle publica con 12.00 metros de frente;
al sur Esperanza de Palmares Sociedad de Responsabilidad S. A.; al este, servidumbre de paso con 46,55
metros y la Esperanza de Palmares S.R.L. y al oeste Willian, Yadira, Armando, Freddy Jiménez Araya, Lucía Ramírez
Rodríguez. Mide: cuatrocientos
veinte metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del dos de diciembre de
dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del catorce de diciembre de dos mil veinte con la base de treinta y
seis millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez horas y cero minutos del
seis de enero de dos mil veintiuno
con la base de doce millones
de colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jenny
Mena Villegas, Miriam Jenny Villegas Rojas, Roy Alberto de la Trinidad Mena
Carranza. Expediente Nº:20-001143-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 30 de julio del año 2020.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza.—(
IN2020480710 ).
En este Despacho, con una base de dieciocho
millones quinientos setenta y nueve mil ciento setenta y nueve colones con treinta y nueve céntimos, libre de gravámenes; sáquese a remate el vehículo placa CL-346463, marca Toyota, estilo: Hilux SRV, capacidad: 5 personas, serie:
MR0HZ8CD5G0502343, carrocería: camioneta
Pick-up, caja abierta o
cam-pu, tracción: 4x4, número chasis: MR0HZ8CD5G0502343.
Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de noviembre de dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero
minutos del trece de noviembre de dos mil veinte con
la base de trece millones novecientos treinta y cuatro mil trescientos ochenta y cuatro colones con cincuenta y cuatro céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintitrés de noviembre de dos mil veinte con
la base de cuatro millones seiscientos cuarenta y cuatro mil setecientos noventa y cuatro colones con ochenta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Cristian
Vargas Paniagua. Expediente N° 18-001001-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 06 de julio del año 2020.—María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2020480711 ).
En este Despacho, con una base de diez millones quinientos setenta y un mil novecientos un colones con setenta y siete céntimos, libre de gravámenes; sáquese a remate el vehículo placas SDM108, Kia, estilo: Rio, categoría: automóvil capacidad: 5 personas, número chasis: 3KPA241ABJE044320, 4x2, año
2018, color gris, 1368 cc. Para tal
efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de noviembre de dos mil
veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de noviembre de dos
mil veinte con la base de siete
millones novecientos veintiocho mil novecientos veintiséis colones con treinta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas y cero minutos del tres de diciembre de dos mil veinte con la base de dos millones
seiscientos cuarenta y dos
mil novecientos setenta y cinco colones con cuarenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Saray Pamela Pérez Fonseca. Expediente
N° 20-000305-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 20 de julio del año 2020.—María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2020480712 ).
En este Despacho, con una base de veinticuatro
millones seiscientos sesenta y cuatro mil seiscientos treinta y nueve colones con cincuenta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada al tomo 265 asiento
00004406-01-0902-001; sáquese a remate
la finca del partido de San
José, matrícula número
445399, derecho 000, la cual es terreno
lote uno, terreno para construir. Situada en el distrito 03 San Juan de
Mata, cantón 16 Turrubares,
de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Minor Chavarría
Villarreal; al sur, Susana León Álvarez; al este, calle pública con diez metros de frente y al oeste, Escuela Mauro Fernández de San Juan de Mata. Mide: setecientos diez metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos
del veintiuno de octubre de
dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las once
horas y cero minutos del veintinueve
de octubre de dos mil veinte
con la base de dieciocho millones
cuatrocientos noventa y ocho mil cuatrocientos setenta y nueve colones con sesenta y ocho céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos
del seis de noviembre de dos mil veinte
con la base de seis millones ciento
sesenta y seis mil ciento cincuenta y nueve colones con ochenta y nueve céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ana
Lorena Vargas Sánchez. Expediente N° 20-000327-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 21 de agosto
del año 2020.—Yesenia Auxiliadora
Hernández Ugarte, Jueza Tramitadora.—(
IN2020480767 ).
En este Despacho, con una base de un millón
ciento cincuenta y cinco mil setecientos sesenta y siete colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa 731848, marca: Hyundai, estilo: Galloper
II, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, año fabricación: 1997, color: gris, número de chasis:
KMXKPU1CPVU199444 y cilindrada: 2500 c.c. Para tal efecto se señalan
las quince horas y treinta minutos
del veintiocho de setiembre
del dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las quince
horas y treinta minutos del
seis de octubre del dos mil veinte
con la base de ochocientos sesenta
y seis mil ochocientos veinticinco
colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las
quince horas y treinta minutos
del catorce de octubre del
dos mil veinte con la base de doscientos
ochenta y ocho mil novecientos cuarenta y un colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación de Inversiones S.A.
contra Rebeca Isabel Valerín Arroyo y Roberto Carlos Víquez
Arias. Expediente N° 20-002722-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial
de San José, 05 de junio del 2020.—Licda. Wendy Pagani Rojas, Jueza Decisora.—(
IN2020480779 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones quinientos ochenta y cuatro mil quinientos veinticuatro colones con treinta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BLT990, Marca: Toyota, Estilo:
Yaris, Categoría
automóvil,
Capacidad: 5 personas, año
2008, color: azul, Vin: JTDBT923281207023, cilindrada: 1500 c.c., combustible gasolina,
N° motor 1NZC817160. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de setiembre del dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de octubre del dos mil veinte, con la base de tres millones cuatrocientos treinta y ocho mil trescientos noventa y tres colones con veinticinco céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de octubre del dos mil veinte, con
la base de un millón ciento
cuarenta y seis mil ciento treinta y un colones con ocho céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación
de Inversiones S.A. contra José Andrés Mora
Ramírez. Expediente N° 19-007793-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José,
10 de julio del 2020.—Licda.
Mayra Vanessa Guillén
Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2020480780 ).
En este Despacho, con una base de dos millones
seiscientos cincuenta y nueve mil setecientos setenta y siete colones con ochenta y siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BKY107. Marca:
Hyundai, Estilo: Accent, Categoría:
automóvil,
Capacidad: 5 personas, Serie: KMHCG41FP2U383915, Carrocería: sedan 4 puertas, Tracción: 4x2, color: blanco.
Para tal efecto se señalan las 10:30 horas del 23/09/2020. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las 10:30 horas del 01/10/2020, con la base de
un millón novecientos noventa y cuatro mil ochocientos treinta y tres colones con cuarenta céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las 10:30 horas del 09/10/2020, con la base de seiscientos sesenta y cuatro mil novecientos cuarenta y cuatro colones con cuarenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación
de Inversiones S.A. contra Wilber Zúñiga Zúñiga. Expediente N° 18-013202-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José,
17 de junio del 2020.—Licda.
Paula Morales González, Jueza Decisora.—( IN2020480781 ).
En este Despacho, con una base de trescientos
veinte mil doscientos cincuenta y cuatro dólares con cuarenta y ocho centavos, soportando hipoteca de primer grado citas: 2013-241282-01-0001-001, demanda
ordinaria citas:
2014-296804-01-002-001, servidumbre traslada citas:
325-19431-01-0907-001; sáquese a remate
la finca del partido de San
José, matrícula número quinientos once mil ciento treinta y cinco, derecho cero cero cero, la cual
es terreno para construir lote 6-W. Situada en el distrito 3- Pozos, cantón 09- Santa Ana, de
la provincia de San José. Colinda:
al norte, Desarrollo Inmobiliarios
Habitual S. A.; al sur, Desarrollo Inmobiliarios
Habitual S. A.; al este, Desarrollo Inmobiliarios Habitual S. A. y al oeste,
calle pública. Mide: ochocientos ochenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de setiembre de dos mil
veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del veintinueve de setiembre de dos mil veinte con
la base de doscientos cuarenta
mil ciento noventa dólares con ochenta y seis
centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del siete de octubre de dos mil veinte con la
base de ochenta mil sesenta
y tres dólares con sesenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Alfredo Francisco Núñez
Gamboa contra Jabiru P.V.S Seis W S. A. Expediente N° 20-003426-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 08 de junio del año 2020.—Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza
Tramitadora.—( IN2020480794 ).
En este Despacho, con una base de siete
mil cuatrocientos veinticinco
dólares con quince centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MRQ325, marca: Nissan, estilo: Tiida año: 2014, color: gris , N° motor: HR16802523G, VIN: 3N1CC1AD7ZK252686. Para tal efecto se señalan
las trece horas y cuarenta
y cinco minutos del veintinueve de octubre de dos mil
veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de noviembre de dos mil veinte con la base de cinco mil quinientos sesenta y ocho dólares con ochenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de noviembre de dos mil veinte con
la base de mil ochocientos cincuenta
y seis dólares con veintiocho
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de
Costa Rica S. A. contra Leyla Shynara Barreto Sierra.
Expediente N° 20-005412-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 28 de julio del año 2020.—Esteban Herrera Vargas, Juez
Decisor.—( IN2020480806 ).
En este Despacho con una base de cuatro
mil quinientos noventa y
dos dólares con veintinueve
centavos, libre de gravámenes; sáquese
a remate el vehículo placas número 782673. Marca nissan. Estilo Micra. Año 2009. Color anaranjado. Cilindrada 1386 cc. Combustible gasolina,
chasis SJNFCAK12Z3061887, motor CR14212342R. Para tal efecto se señalan
las dieciséis horas y cero minutos
del veinticuatro de setiembre
de dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas y cero minutos
del dos de octubre de dos mil veinte
con la base de tres mil cuatrocientos
cuarenta y cuatro dólares con veintidós centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos
del doce de octubre de dos
mil veinte con la base de mil ciento
cuarenta y ocho dólares con siete centavos (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito de S J S. A. contra Orlando de Jesús Vindas Parajeles. Expediente N° 17-006649-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia, 28 de agosto del año
2020.—Noelia Prendas Ugalde, Jueza
Tramitadora.—( IN2020480808 ).
En este Despacho, con una base de quinientos
veintinueve mil ochenta y ocho dólares con ochenta y nueve centavos, libre
de gravámenes, pero soportando: servidumbre trasladada citas:
301-05237-01-0002-001; servidumbre trasladada citas:
301-05237-01-0901-001; sáquese a remate
la finca del partido de
Alajuela, matrícula número
289430, derecho 000, la cual es terreno:
para construir con una casa. situada
en el distrito: 06-San
Isidro, cantón: 01-Alajuela, de la provincia de Alajuela, Linderos: noreste: calle pública; noroeste: Lote veinticuatro Urbanización Villas de La Ceiba a quince metros de calle pública; sureste: zona de protección del
Río Alajuela calle publica; suroeste:
María Luisa Cabezas Herrera, Mide: dos mil doscientos veinte metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del doce de octubre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veinte de octubre de dos mil veinte, con la base de trescientos
noventa y seis mil ochocientos
dieciséis dólares con sesenta y siete centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las cero horas
y cero minutos del veintiocho
de octubre de dos mil veinte,
con la base de ciento treinta
y dos mil doscientos setenta
y dos dólares con veintidós
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Opti Prime Properties Costa Rica Sociedad Anónima contra Melania Masís
Ramos. Expediente N° 18-031757-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 23 de junio del año 2020.—Licda. Hannia Isabel Nuñez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2020480809 ).
En este Despacho, con una base de seis millones
de colones exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando reservas y restricciones citas: 346-03108-01-0900-001; sáquese
a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 206694-000. Que se describe así:
naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito: 01-Filadelfia, cantón:
05-Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, Gerardo Araya
Rodríguez; al sur, calle pública con un frente a esta
de 9.70 metros lineales; al este,
Gerardo Araya Rodríguez; y al oeste, Gerardo Araya Rodríguez. Mide: ciento noventa
y cinco metros cuadrados.
Plano: G-1648401-2013. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
cero minutos del veintiuno
de octubre del dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero
minutos del veintinueve de octubre del dos mil veinte, con
la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las ocho horas y cero minutos del
seis de noviembre del dos mil veinte,
con la base de un millón quinientos
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Randall Gerardo Corea Salvatierra. Expediente N° 20-000203-1206-CJ.—Juzgado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de
Guanacaste (Santa Cruz), 27 de agosto del
2020.—Lic. Victor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2020480810 ).
En este Despacho, con una base de sesenta
y seis millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento sesenta
y seis mil trescientos tres,
derecho 000, la cual es terreno
para construir con una casa. Situada
en el distrito San Isidro, cantón San Isidro, de la provincia
de Heredia. Colinda: al norte,
Benjamín Valerio Barquero; al sur, Benjamín Valerio Barquero; al este, calle pública con un frente de 8 metros y al oeste,
Ligia Valerio Barquero. Mide:
ciento sesenta y seis
metros con cincuenta y ocho
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y quince minutos del seis de octubre de
dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y quince minutos del
quince de octubre de dos mil veinte
con la base de cuarenta y nueve
millones quinientos mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas y quince minutos del veintitrés de octubre de dos mil veinte con la
base de dieciséis millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Emanuel Brenes
Valerio, Sandra María de Los Ángeles Valerio Quirós. Expediente N°
19-015363-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 18 de junio
del año 2020.—Liseth
Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2020480811 ).
En este Despacho, con una base de dieciséis
millones sesenta y siete mil veintinueve colones con sesenta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número sesenta y cuatro mil sesenta y seis, derecho cero cero
cero, la cual es terreno para construir una casa. Situada: en el distrito: 05-Cariari, cantón:
02-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública con 10,36 metros lineales; al sur, Edgar Guzmán Castro; al este, Edgar Guzmán Castro, y al oeste,
Edgar Guzmán Castro. Mide: doscientos
cinco metros con cincuenta
y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del seis de octubre del
dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas y treinta minutos del quince de octubre del
dos mil veinte, con la base de doce
millones cincuenta mil doscientos setenta y dos colones con veintiséis céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintitrés de octubre del dos mil
veinte, con la base de cuatro
millones dieciséis mil setecientos cincuenta y siete colones con cuarenta y dos céntimos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Maynor de Los Ángeles Barboza Vargas. Expediente N°
18-005289-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí, 31 de julio
del 2020.—Licda. Hazel Patricia Castillo Bolaños, Jueza.—(
IN2020480812 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta
mil dólares exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre de paso ref:
177593-000 citas: 375-14028-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 529118 derecho
000, derecho 000, la cual es terreno
para construir lote 66-A. Situada en el distrito
4-Patalillo, cantón 11-Vásquez de Coronado, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Pablo Roberto Chacón
Marín; al sur, Manuel Gutiérrez Marín; al este, Yaudicia Steller Vargas y
al oeste, calle pública. Mide: ciento cuarenta
y cinco metros con setenta
y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiuno de octubre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veintinueve de octubre de dos mil
veinte con la base de treinta
y siete mil quinientos dólares exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del nueve de noviembre de dos mil veinte con la base de doce mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas:
se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Cinco Gece
S. A., contra Eduardo Antonio Jiménez Carvajal y Julissa Adelaida
Peña Chávez. Expediente número
20-006039-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 05 de agosto del año 2020.—Licda. Nidia Durán Oviedo, Jueza Tramitadora.—( IN2020480813 ).
En este Despacho, con una base de ciento treinta mil quinientos noventa y un dólares con treinta y seis centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 367-02075-01-0908-001,
servidumbre de aguas pluviales citas:
2012-347553-01-0696-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2012-347553-01-1025-001, servidumbre
de aguas pluviales citas: 2012-347553-01-1360-001; sáquese
a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento siete
mil cuatrocientos cuarenta y ocho, derecho F-000, la cual
es terreno finca filial primaria individualizada número ciento ochenta y ocho apta para construir que se destinará a uso
habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito Ulloa, cantón Heredia, de la provincia
de Heredia. Colinda: al norte,
finca filial ciento ochenta y nueve; al sur, finca filial ciento ochenta y siete; al este, área común libre destinada a acera, y al oeste,
finca filial ciento cuarenta y nueve. Mide: ciento sesenta
y seis metros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de enero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y cero minutos del
primero de febrero del dos mil veintiuno,
con la base de noventa y siete
mil novecientos cuarenta y tres dólares con cincuenta y dos centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de febrero del dos mil veintiuno,
con la base de treinta y dos mil seiscientos
cuarenta y siete dólares con ochenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Acon Marín,
Helena Zeledón
Grande. Expediente N° 19-008290-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 26 de agosto
del 2020.—Liseth Delgado Chavarría,
Jueza Tramitadora.—(
IN2020480814 ).
En este Despacho, con una base de doce
mil quinientos setenta y siete dólares con ochenta y cinco centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo BKF909, marca: Geely, año: 2016, color: blanco, N. motor: JLD4G24E9JC00568, Vin: LB37762Z4GC213704
. Para tal efecto se señalan las diez horas y quince minutos del veintisiete de octubre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y
quince minutos del cuatro
de noviembre de dos mil veinte
con la base de nueve mil cuatrocientos
treinta y tres dólares con treinta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y quince minutos del doce de noviembre de dos mil veinte con
la base de tres mil ciento cuarenta y cuatro dólares con cuarenta y seis
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales ( VEINSA
) Sociedad Anónima
contra Marcos José Iván Sierra Reyes, expediente N°
20-003638-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 09 de julio del año 2020.—Esteban
Herrera Vargas, Juez/a Decisor/a.—(
IN2020480817 ).
En este Despacho, con una base de diecisiete
millones cien mil colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando decreto embargo con número de Tomo: 0800 Asiento: 00603825 Secuencia:
001; sáquese a remate el vehículo placa: CL-306854, marca: Toyota, estilo: Hilux categoría: carga liviana, capacidad: cuatro personas, serie, VIN y chasis:
MROKB8CC1J1054234, carrocería: camioneta
pick-up caja abierta o cam-pu, tracción: cuatro
por cuatro; año de fabricación: dos mil dieciocho,
color: blanco, características
del motor: número: 2GD4372823. marca:
Toyota, modelo: GUN125L-CTFSH, combustible: Diesel, cilindrada: dos mil cuatrocientos
centímetros cúbicos, cilindros: cuatro. Para tal efecto se señalan
las nueve horas y cero minutos
del doce de octubre de dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del veinte de octubre de dos mil veinte con la base de diecisiete millones cien mil colones exactos (base original) y
de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiocho de octubre de dos mil veinte con la
base de diecisiete millones
cien mil colones exactos (base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ordinario de Yansi del Carmen Aguirre Sevilla contra Michael Jesús Fallas Flores. Expediente
Nº:18-000030-0188-CI.—Tribunal Colegiado
Primera Instancia Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón),
14 de agosto del año 2020.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez
Decisor.—(
IN2020480820 ).
En este Despacho, con una base de cinco
mil setenta y seis dólares
con setenta y dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas 635915. Marca:
Toyota Estilo: RAV 4. Categoría:
automóvil.
Capacidad: 5 personas. Año fabricación: 1997. Color: vino.
Vin: JT3GP10V0V7008906. N°
motor: 3S2147048. Cilindrada: 2000 c.c. Combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las diez horas y treinta minutos del uno de octubre del dos mil veinte. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del nueve de octubre del dos mil veinte con la base de tres mil ochocientos siete dólares con cincuenta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veinte de octubre del dos mil veinte con la base de mil doscientos
sesenta y nueve dólares con dieciocho centavos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales
(VEINSA) Sociedad Anónima
contra Luis Fernando Carvajal Soto. Expediente N°
18-019822-1338-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 16
de julio del 2020.—Lic.
German Valverde Vindas, Juez
Tramitador.—(
IN2020480821 ).
En este Despacho, con una base de veintiún
mil cuatrocientos setenta y
seis dólares con ochenta y siete centavos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando colisión bajo el número de sumaria
18-003580-0497-TR; sáquese a remate
el vehículo placa: BMX499, marca: Ssang Yong, estilo: Tivoli, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
año fabricación: 2017,
color: gris, vin: KPT20A1VSHP128250, N° motor: 17391002068918, cilindrada: 1600 C.C. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de setiembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del ocho de octubre del dos mil veinte, con la base de dieciséis
mil ciento siete dólares con sesenta y cinco centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de octubre del dos mil veinte, con
la base de cinco mil trescientos
sesenta y nueve dólares con veintiún centavos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos
de publicación, previa revisión
del edicto a fin de cotejar
que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá
indicarlo al despacho
dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA)
Sociedad Anónima
contra Jeremy Bernardo Herrera Ojeda. Expediente N°
19-007047-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de junio del 2020.—Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—( IN2020480822 ).
En este Despacho, con una base de catorce
mil ochocientos diez dólares con once centavos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando colisión bajo el número de sumaria
16-603130-0491-TC; sáquese a remate
el vehículo BLR029. Marca: Mitsubishi, Estilo: Mirage G4, Categoría: Automóvil, Capacidad: 5 personas,
Año Fabricación: 2017,
Color: Negro, Vin: MMBSNA13AHH002611, N° Motor: 3A92UDK5849, Cilindrada: 1193 c.c.. Para tal efecto se señalan
las quince horas y cero minutos del treinta de setiembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince
horas y cero minutos del ocho
de octubre de dos mil veinte
con la base de once mil ciento siete
dólares con cincuenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos
del diecinueve de octubre
de dos mil veinte con la base de tres
mil setecientos dos dólares
con cincuenta y tres
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta
Nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá
indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (Veinsa) Sociedad
Anónima contra 3102706569 S. A., Erick Eduardo Cedeño
Matarrita. Expediente N°
19-007613-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de junio del año 2020.—Yessenia
Brenes González, Jueza Decisora.—(
IN2020480823 ).
En este despacho, con una base de catorce
millones setecientos dos
mil ochocientos veintinueve
colones con ochenta y tres céntimos, libre de gravámenes pero con condiciones Ref: 2669-491-001 bajo citas:
0325-00001559-01-0901-013 sáquese a remate la finca del partido de limón, matrícula número veintiún mil doce, derecho 000,
la cual es terreno naturaleza: agricultura. Situada en el distrito
Batan, cantón Matina, de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, quebrada
calderón; al sur, finca Barbilla; al este, Enrique
Herrera y al oeste, Rogelio Venegas. Mide: ciento seis mil ciento once metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de setiembre de dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del seis de octubre de dos mil veinte con la
base de once millones veintisiete
mil ciento veintidós colones con treinta y siete céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del catorce de octubre de dos mil veinte con la base de tres millones seiscientos setenta y cinco mil setecientos siete colones con cuarenta y seis céntimos (25% de la base original). Con una base de doce millones ciento
cuarenta mil quinientos veintitrés colones con setenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; pero con condiciones Ref: 2669-493 001 bajo las citas:
0325-00001559-01-0904-002 sáquese a remate la finca del partido de limón, matrícula número veintiún mil catorce, derecho
000, la cual es terreno naturaleza agricultura. Situada en el distrito
Batan, cantón Matina, de la provincia de Limón.
Colinda: al norte quebrada
Calderón; al sur, finca Barbilla;
al este, Ernesto Venegas Vargas y al oeste, Joaquín Coto Cortes. Mide: noventa y seis mil ciento treinta y uno metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de setiembre de dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del seis de octubre de dos mil veinte con la
base de nueve millones ciento cinco mil trescientos noventa y dos colones con ochenta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del catorce de octubre de dos mil veinte con la
base de tres millones treinta y cinco mil ciento treinta colones con noventa y cuatro céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Rafael
Antonio Rodríguez Gutiérrez. Expediente N°
18-000391-1208-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de La Zona Atlántica, 09 de junio del año 2020.—Hazel
Carvajal Rojas, Jueza Decisora.—(
IN2020480831 ).
En este Despacho, con una base de siete millones doscientos cuatro mil trescientos setenta y seis colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
283-01379-01-0901-001; sáquese a remate
la finca del partido de San
José, matrícula número
ciento treinta y seis mil ochocientos doce, derecho 000, la
cual es terreno inculto con una casa. Situada en el distrito 3-Hospital, cantón 1-San José, de la provincia de
San José. Colinda: al norte,
Pablo Chacón; al sur, Haydee Marín Carvajal;
al este, calle pública con 8
m y 34 mms y al oeste, Eloisa Carmona. Mide: ciento tres
metros con noventa y dos decímetros cuadrados
metros cuadrados. Plano: SJ-0012231-1972. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de setiembre de dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del cinco de octubre de dos mil veinte con la
base de cinco millones cuatrocientos tres mil doscientos ochenta y dos colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del catorce de octubre de dos mil veinte con la base de un millón ochocientos uno mil noventa y cuatro colones exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Costa Rica Search Engine Services Limitada contra Ericka de Los Ángeles
Aguilar Rodríguez, expediente N° 20-003227-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 22 de julio del año 2020.—Nidia Durán Oviedo, Jueza Tramitadora.—( IN2020480833
).
En la puerta
exterior de este despacho,
con una base de doscientos setenta
mil trescientos sesenta y tres dólares con cincuenta y tres centavos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada según citas:
327-11500-01-0901-001; sáquese a remate
la finca del partido de San
José, matrícula
número
cincuenta y un mil ochocientos
dos, derecho cero cero cero,
la cual es terreno solar
con una casa. Situada en el
distrito 03-Hospital, cantón
01-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Román Fallas Mora; al sur, acera y calle pública; al este, Luis
Oreamuno Marten; y al oeste, Miguel Romero y Miriam
Marín. Mide: doscientos
quince metros con sesenta y siete
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintisiete de octubre del dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del cuatro de noviembre del dos mil veinte con
la base de doscientos dos mil setecientos
setenta y dos dólares con sesenta y cuatro centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del doce de noviembre del dos mil veinte con
la base de sesenta y siete
mil quinientos noventa dólares con ochenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Inversiones Gobre S. A. Expediente N° 19-002583-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 28 de agosto
del 2020.—Licda. Lissette Córdoba Quirós,
Jueza Tramitadora.—( IN2020480836 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones quinientos quince mil setecientos setenta y dos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento nueve mil quinientos veintiséis, derecho
cero cero cero, la cual es terreno para construir lote veinte A, bloque G. Situada: en el distrito Corredores, cantón Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, lote veinte B, bloque G; al sur, calle pública; al este, lote veinte,
bloque G, y al oeste, calle pública. Mide: ciento cuarenta
y tres metros con noventa y
ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince
horas y cero minutos del cinco
de octubre del dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas y cero minutos
del catorce de octubre del
dos mil veinte, con la base de tres
millones trescientos ochenta y seis mil ochocientos veintinueve colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las
quince horas y cero minutos del veintidós
de octubre del dos mil veinte,
con la base de un millón ciento
veintiocho mil novecientos cuarenta y tres colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Édgar Jesús Sánchez Villalobos, Jenny Mendoza Trejos. Expediente
N° 19-000497-1201-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí, 08 de julio
del 2020.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez Tramitador.—( IN2020480840 ).
En este Despacho, con una base de veintitrés
millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 46048-F-000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número veinticuatro apta para construir que se destinará a uso
habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 7-Puente de
Piedra, cantón 3-Grecia, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
finca filial primaria individualizada número trece; al sur, acceso tres; al este, finca filial primaria individualizada número veintitrés y
al oeste, finca filial primaria individualizada número veinticinco. Mide: cuatrocientos sesenta y nueve metros cuadrados valor porcentual: 0.6662 valor medida:
0.0067. Plano: A-1019432-2005. Para tal efecto, se señalan las once horas
y cero minutos del cinco de
octubre de dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos
del trece de octubre de dos
mil veinte con la base de diecisiete
millones quinientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las once
horas y cero minutos del veintiuno
de octubre de dos mil veinte
con la base de cinco millones
ochocientos sesenta y dos
mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Condominio Residencial Horizontal Valle Las Flores contra Pablo Dudey Sánchez
Sanabria, expediente N° 18-011520-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 14 de julio
del año 2020.—Jazmín Núñez
Alfaro, Jueza Tramitadora.—(
IN2020480844 ).
En este Despacho, con una base de diecisiete
millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando aviso catastral citas:
2020-283007-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 108249-000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 1-Barva, cantón 2-Barva,
de la provincia de Heredia. Colinda:
al norte, Lucila Arguedas Madrigal y otros; al sur, Teresa Montero Araya y otro;
al este, calle pública, y al oeste, Carlos Salas Cabezas. Mide:
doscientos cuarenta y un
metros con sesenta y cuatro
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiséis de octubre del dos mil
veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas y treinta minutos del tres de noviembre del dos mil veinte, con
la base de trece millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del once de noviembre del dos mil veinte, con
la base de cuatro millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a
las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Errol Daniel Rodríguez Rodríguez contra Manuel Francisco
Contreras Madrigal. Expediente N° 19-017222-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 30 de julio
del 2020.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—(
IN2020480845 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones ciento ochenta y nueve mil quinientos colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas:
0305-00015526-01-0901- 001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número
83716-000, la cual es naturaleza:
terreno de potrero. Situada
en el distrito 5-El Cairo, cantón 3-Siquirres, de la provincia
de Limón. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Axela
Sociedad Anónima; al este, calle pública; y al oeste, Asesores González y Asociados S.
A. y Junta de Educación de La Francia. Mide: nueve mil quinientos dieciséis metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del cinco de octubre del dos mil veinte (1:30 pm // 05/10/2020). De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del catorce de octubre del dos mil veinte (1:30
pm // 14/10/2020) con la base de tres millones ciento cuarenta y dos mil ciento veinticinco colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintidós de octubre del dos mil veinte (1:30
pm // 22/10/2020) con la base de un millón cuarenta y siete mil trescientos setenta y cinco colones exactos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro
y Préstamo contra Juan Carlos Guzmán Céspedes.
Expediente N° 18-006415-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 06
de agosto del 2020.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2020480854
).
En este Despacho, con una base de ciento sesenta y un mil trescientos cuarenta dólares con cincuenta centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando Reservas y Restricciones bajo citas
307-16446-01-0901-003; sáquese a remate
la finca del partido de
Puntarenas, matrícula número
83718-F-derecho 000, naturaleza: Finca
filial número once de dos plantas
destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito
01 Quepos, cantón 06 Quepos, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, Finca filial nueve, finca filial diez y finca filial doce; al sur, Zona Verde; al este,
Zona Verde y Finca filial doce
y al oeste, Zona Verde y Finca
filial nueve. Mide: Ciento cincuenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiuno de setiembre de dos mil
veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del veintinueve de setiembre de dos mil veinte con
la base de ciento veintiún
mil cinco dólares con treinta y ocho centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de octubre de dos mil veinte con la base de cuarenta
mil trescientos treinta y cinco dólares con trece centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Donald
Lee Blackford, Inversiones Analcima
Magnolia Lix S. A. Expediente
Nº 19-003383-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, 04 de mayo del 2020.—Anny
Hernández Monge, Jueza Decisora.—(
IN2020480857 ).
En este Despacho, con una base de un millón
ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: 766841 marca: Suzuki capacidad: 4 personas serie:
MA3FB31S690198065 carrocería: sedan 4 puertas hatchback, tracción: 4x2,
número chasis:
MA3FB31S690198065, año fabricación:
2009, VIN: MA3FB31S690198065, modelo: AL4CD6 cilindrada: 800 c.c cilindros: 3 potencia: 62 kw
combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las
quince horas y cero minutos del veintidós
de octubre de dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos
del treinta de octubre de
dos mil veinte con la base de un millón
trescientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos
del nueve de noviembre de
dos mil veinte con la base de cuatrocientos
cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso monitorio dinerario de Banco Nacional de Costa Rica contra Marco
Aurelio Cañizales Ramírez. Expediente
N° 17-011224-1765-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 28 de mayo
del año 2020.—Licda. Hellen
Viviana Segura Godínez, Jueza
Tramitadora.—( IN2020480870 ).
En este Despacho, con una base de once millones
de colones exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 380-19404-01-0004-001 y servidumbre
de paso bajo las citas:
389-10845-01-0005-001; sáquese a remate
la finca del partido de
Alajuela, matrícula número
298.927-000, la cual es terreno
lote dos, terreno para construir, con una casa de habitación.
Situada: en el distrito 1-San Rafael, cantón
15-Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Jorge Luis
Espinoza Cruz; al sur, Édgar Picado Arguedas en medio servidumbre de paso; al este, servidumbre de paso, y al oeste, calle pública con un frente
de 11,00 metros. Mide: quinientos
cincuenta y nueve metros
con catorce decímetros cuadrados. Plano: A-0982522-1991. Para tal
efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del trece de noviembre del dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veintitrés de noviembre del dos
mil veinte, con la base de ocho
millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del dos de diciembre del
dos mil veinte, con la base de dos millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este Despacho. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Daisy Olga María Rivas Villalobos, Melvin Gerardo Murillo Rivas,
Wilda Zamora Roa. Expediente
N° 19-001727-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 17 de julio del 2020.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2020480875 ).
En este Despacho, con una base de veinticinco
millones setenta y ocho mil cuatrocientos sesenta y siete colones con veintisiete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas:
356-01345-01-0903-001, reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas:
450-12750-01-0589-001; sáquese a remate
la finca del partido de
Guanacaste, matrícula número
104146 derecho 000, la cual es terreno
lote 153, terreno para la agricultura, Proyecto La Soga. Situada
en el distrito 1-Bagaces, cantón 4-Bagaces, de la provincia
de Guanacaste. Colinda: norte,
lote 152; sur, lote 157, este, calle pública y oeste,
drenaje. Mide: sesenta y ocho mil setecientos seis metros con veintisiete
decímetros
cuadrados. Plano: G-0137887-1993. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del trece de enero de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y
cero minutos del veintiuno de
enero de dos mil veintiuno
con la base de dieciocho millones
ochocientos ocho mil ochocientos cincuenta colones con cuarenta y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintinueve de enero de dos mil veintiuno con la
base de seis millones doscientos
sesenta y nueve mil seiscientos dieciséis colones con ochenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra
Feliciano Bustos Alcocer, expediente
N° 19-005857-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, 18 de agosto del año 2020.—Licda. Tatiana Meléndez
Herrera, Jueza Decisora.—( IN2020480877 ).
En este Despacho, con una base de dos millones
doscientos treinta y tres mil seiscientos cincuenta y cuatro colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BHB280, marca: Toyota, estilo: Echo, categoría: automóvil, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4X2, número chasis: JTDBT123510170658,
N° motor: ilegible, capacidad: 5 personas,
color: verde, año fabricación: 2001. Para tal efecto se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta de setiembre del dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del ocho de octubre del dos mil veinte con la base de un millón seiscientos setenta y cinco mil doscientos cuarenta colones con cincuenta céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de octubre del dos mil
veinte con la base de quinientos
cincuenta y ocho mil cuatrocientos trece colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Credibrothers S. A.
contra Israel Zeledón
Romero. Expediente N° 16-025620-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 22 de junio
del 2020.—Mariana Jovel Blanco, Jueza
Decisora.—( IN2020480883 ).
En este Despacho, con una base de un millón
de colones exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando reservas y restricciones citas: 391-12625-01-0868-002 servidumbre
trasladada citas:
391-12625-01-0882-002; sáquese a remate
la finca del partido de
Heredia, matrícula número doscientos cincuenta y seis mil sesenta y uno, derecho 000, la cual
es terreno de solar. Situada
en el distrito -Las Horquetas, cantón 10- Sarapiquí, de la provincia de
Heredia. Colinda: al norte,
Milvian Cucalon Hernández; al sur, calle pública; al este, Rogelio Zumbado Cartín y al oeste, Idali Molina Matarrita. Mide: trescientos tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiséis de octubre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del tres de noviembre de dos mil veinte con
la base de setecientos cincuenta
mil colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del once de noviembre de
dos mil veinte con la base de doscientos
cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Juan Vianey del
Socorro Núñez Mora contra Rogelio Zumbado
Cartín. Expediente N°
18-002966-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 16 de julio
del año 2020.—German Valverde Vindas,
Juez Tramitador.—(
IN2020480886 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones de colones exactos, soportando reservas y restricciones citas: 406-10711-01-0901-001, demanda
ordinaria citas:
800-500997-01-0001-001 (Expediente
11-000006-0507-AG), afectaciones y limitaciones Ley Forestal 7575 citas: 2013-201452-01-0001-001, sáquese
a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento cuarenta
y un mil seiscientos veintiuno-cero
cero cero (141621-000), la cual
es terreno naturaleza: Terreno de potrero y montaña. Situada en el distrito
3-Las Horquetas, cantón
10-Sarapiqui, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Serv. de paso con 10,00 mts. y otro; al
sur, Dagoberto Herrera Cordero; al este, Feliz López Silva y al oeste, Gladys Varela Jiménez. Mide:
doscientos sesenta mil seiscientos veintidós metros con treinta y siete decímetros cuadrados, plano: H-0027453-1976. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del seis de noviembre de
dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre de dos mil veinte con
la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticuatro de noviembre de dos
mil veinte con la base de un millón
doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Fernando Horacio Murillo Vargas contra Bioforesta Centro Ecológico y
Hotel S. A. Expediente N° 19-008728-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 01 de agosto
del año 2020.—Noelia Prendas
Ugalde, Jueza Tramitadora.—(
IN2020480887 ).
En este Despacho, se señalan las ocho horas y treinta minutos del uno de octubre de dos
mil veinte. Para la primera
finca, con una base de siete
millones cuatrocientos cincuenta y ocho mil quinientos cincuenta y seis colones con cincuenta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 353-19953-01-0900-001; sáquese
a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento ochenta
y nueve mil seiscientos cincuenta y ocho, derecho cero cero cero. La cual
es terreno de agricultura situada en el distrito
2-Puerto Jiménez cantón 7-Golfito de La Provincia de Puntarenas linderos:
norte: calle pública sur: Río Nuevo
Property S. A. este: Eliseo Pinzón
Hernández oeste: lote 13 de
Río Nuevo Property S. A. Mide: trescientos sesenta metros cuadrados plano: P-1551677-2012.
Para la segunda finca. Con
una base de seis millones quinientos
noventa y ocho mil doscientos noventa y dos colones con treinta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 353-19953-01-0900-001; sáquese
a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento ochenta
y nueve mil seiscientos cincuenta y nueve, derecho cero cero cero. la cual
es terreno de agricultura situada en el distrito
2-Puerto Jiménez cantón 7-Golfito de la provincia de Puntarenas linderos:
norte: calle pública sur: Río Nuevo
Property S. A. este: lote
12 de Río Nuevo Property S. A. oeste: lote 14 de Río Nuevo Property S. A. Mide:
trescientos metros cuadrados
plano: P-1551501-2012. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del nueve de octubre de dos mil veinte con la
base de cinco millones quinientos noventa y tres mil novecientos diecisiete colones con cuarenta y cuatro céntimos (75% de la base original) (para la primera finca). Y con la base de cuatro millones novecientos cuarenta y ocho mil setecientos diecinueve colones con veintinueve céntimos (75% de la
base original) (para la segunda finca).
y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecinueve de octubre de dos mil veinte con la base de un millón ochocientos sesenta y cuatro mil seiscientos treinta y nueve colones con quince céntimos (25%
de la base original) (para la primera finca). Y con la base de un millón
seiscientos cuarenta y nueve mil quinientos setenta y tres colones con diez céntimos (25% de la base original) (para la segunda finca). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Edwin
Steve Solera Elizondo, Guiselle Villeda Caseres. Expediente
Nº:19-003408-1201-CJ.—Juzgado
de Cobro de Golfito, 12 de mayo del año 2020.—Licda. Eida Virginia Madrigal Camacho, Jueza
Tramitadora.—( IN2020480898 ).
En este Despacho, con una base de quince millones
de colones exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando reservas y restricciones (citas: 401-01580-01-0932-001), reservas
y restricciones (citas:
401-01580-01-0933-001), condiciones (citas: 401-01580-01-0945-001), condiciones
(citas: 401-01580-01-0946-001), reservas
y restricciones (citas:
401-01580-01-0976-001), reservas y restricciones (citas:
401-01580-01-0977-001), condiciones ref.:
00080246-000 (citas: 401-01580-01-0978-001), condiciones ref.: 00080246-000 (citas:
401-01580-01-0979-001), reservas y restricciones (citas:401-01580-01-0982-001), reservas y restricciones (citas: 401-01580-01-0983-001), condiciones
ref.: 00080247-000 (citas: 401-01580-01-0984-001), condiciones ref.: 00080247-000 (citas:
401-01580-01-0985-001); sáquese a remate
la finca del partido de
Puntarenas, matrícula número
ciento setenta y seis mil setecientos noventa, derecho cero
cero cero, la cual es terreno para construir con una casa y un galerón.
Situada en el distrito 2-Puerto Jiménez, cantón
7-Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Yamil Guerra Sánchez; al sur, canal de drenaje en medio de calle pública con
49,81 metros; al este, calle
pública
con 26,53 metros y al oeste, Víctor Mora Amaya. Mide: mil trescientos dieciséis metros cuadrados metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
y cero minutos del tres de noviembre de dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos
del dieciocho de noviembre
de dos mil veinte con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las once
horas y cero minutos del cuatro
de diciembre de dos mil veinte
con la base de tres millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de EC Raíces Capitales Sociedad Anónima contra
Isidro Diego de Jesús Mora Amaya. Expediente Nº
16-015450-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 21 de julio del año 2020.—Licda. Sofía Ramírez
Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2020480902 ).
En este Despacho, con una base de diez millones novecientos treinta y dos mil quinientos noventa y seis colones con setenta y siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo JVJ001, marca: KIA, estilo: forte, categoría: automóvil, serie: KNAFZ411BH5664414, carrocería:
sedan 4 puertas, capacidad:
5 personas, color: gris, vin: KNAFZ411BH5664414, N°
de motor: G4FGGH657141, cilindrada: 1591.c.c., modelo: A7S4D261F, año: 2017.
Para tal efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del doce de febrero del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y
cero minutos del veintidós
de febrero del dos mil veintiuno,
con la base de ocho millones
ciento noventa y nueve mil cuatrocientos cuarenta y siete colones con cincuenta y ocho céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del dos de marzo del dos
mil veintiuno, con la base de dos millones
setecientos treinta y tres mil ciento cuarenta y nueve colones con diecinueve céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Alejandro
José Vargas Jiménez. Expediente Nº 19-000014-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 18 de agosto del 2020.—Iván Tiffer
Vargas, Juez Tramitador.—(
IN2020480904 ).
En este Despacho, con una base de ocho millones ciento treinta y tres mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada anotada bajo las citas
376-17862-01-0001-0; sáquese a remate
la finca del partido de San
José, matrícula número
479346-000, derecho, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito 5-San Felipe, cantón 10-Alajuelita, de la provincia
de San José. Colinda: al norte
Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo; al sur
Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo; al este, alameda décimo quinta y al oeste Instituto
Nacional de Vivienda y Urbanismo. Mide:
ciento treinta y seis
metros con veinte decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
y cero minutos del catorce
de octubre de dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos
del veintidós de octubre de
dos mil veinte con la base de seis millones noventa y nueve mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las once
horas y cero minutos del treinta
de octubre de dos mil veinte
con la base de dos millones treinta
y tres mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Caja Costarricense del Seguro Social contra Juanita Gertrudis
Torrez. Expediente Nº:16-022300-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 06 de agosto
del año 2020.—Carlos Alejandro Báez
Astúa, Juez Tramitador.—( IN2020480909 ).
En este Despacho, con una base de veinticinco
mil dólares exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando reservas y restricciones citas: 388-03459-01-0900-001; sáquese
a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 71.575-000, la cual es naturaleza: Terreno con una casa.
Situada en el distrito 4-Lepanto, cantón
1-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte: calle pública con 20m; sur: Irene
Morera Barquero; este: José Francisco Rodríguez; oeste:
Héctor Badilla Morera, Mide: trescientos setenta y dos metros con ochenta
y ocho decímetros cuadrados, Plano: P-0969780-1991. Para tal
efecto, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintiuno de setiembre de dos mil
veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de setiembre de dos
mil veinte con la base de dieciocho
mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del siete de octubre de dos mil veinte con la
base de seis mil doscientos cincuenta
dólares exactos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de José Gerardo Jaikel
Gazel, José Manuel Marbis Gazel contra Carmen Julia Guevara García, Gerardo Franklin Badilla Morera. Expediente N° 19-002972-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz),
04 de agosto del año 2020.—Lic. Victor Hugo Martínez Zúñiga,
Juez Tramitador.—( IN2020480916 ).
En este despacho, con una base de veinticuatro
mil seiscientos ochenta dólares con cuarenta centavos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo planta eléctrica, marca: Wacker, carrocería: planta
eléctrica, modelo g25; año: 2016, número de serie: 24256392, numero de motor:
624264. Para tal efecto se señalan las catorce horas y cero minutos del veintitrés de setiembre de dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y
cero minutos del uno de octubre
de dos mil veinte con la base de dieciocho
mil quinientos diez dólares con treinta centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del nueve de octubre de dos mil veinte con la base de seis mil ciento
setenta dólares con diez centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución garantías mobiliarias de
Caterpillar contra Constructora Sánchez Carvajal. Expediente N° 19-011600-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 18 de junio del año 2020.—Mariana Jovel Blanco, Jueza Decisora.—( IN2020480970 ).
En la puerta exterior de este Despacho, se saca a remate la finca matrícula 071584 del partido de Limón, en razón que su valor calculado mediante Peritaje cubre lo adeudado en autos y se reserva el peritaje sobre la finca matrícula 064444 así como el embargo sobre los vehículos 121320, 126077 y 196043, para ser tomados en cuenta
en su momento
procesal oportuno. Por consiguiente y en aras de continuar con los procedimientos, con la base fijada
en el Peritaje visible de
folios 162 a 177 del expediente físico,
sean de catorce millones seiscientos veintitrés mil setecientos ochenta y siete colones con cincuenta y seis céntimos (¢ 14,623,787.56), libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso REF 00001681 0001, anotada
bajo las citas 338-15024-01-0900-001; sáquese a remate el inmueble embargado en autos, finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número siete uno cinco ocho cuatro-cero cero cero (71584-000) la cual es lote 11 terreno para construir. Situada en el distrito Siquirres, cantón Siquirres, de la provincia de
Limón. Colinda al norte,
con calle pública con 8,000
metros; al sur, con lote 72-A; al este,
con lote 95-A y al oeste,
con lote destinado a área comunal. Mide:
ciento setenta y un metros
con cincuenta y nueve decímetros cuadrados ( 171.59 mts). Plano L-0357087-1996. Para tal efecto se señalan
las diez horas del dieciséis
de octubre del año dos mil veinte. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas del cuatro de noviembre del año dos mil veinte con la base de diez millones novecientos sesenta y siete mil ochocientos cuarenta colones con sesenta y siete céntimos (¢ 10,967,840.67).
Finalmente y en caso de no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas del veinte de noviembre del año dos mil veinte con la base de tres millones seiscientos cincuenta y cinco mil novecientos cuarenta y seis colones con ochenta y nueve céntimos (¢ 3,655,946.89). Publíquese el edicto de ley. Nota: se le informa a las
personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser girado a favor
de este despacho. La
anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Nota:
publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de ocho días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ordinario sect.
privado de Luis Rodríguez
Barquero contra Bantec C.Q.
S.A., expediente N° 03-003737-0166-LA.—Juzgado de Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 03 de agosto del año
2020.—M.Sc. Andrés Grossi Castillo, Juez Tramitador.—O.C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020480998 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una base de treinta
y dos millones setenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número ciento cincuenta y tres mil setecientos noventa y cinco, derecho cero cero cero, la cual
es terreno inculto. Situada: en el distrito 1-Palmares, cantón
7-Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública y otro; al sur, Fernando
Mora y otro; al este, calle pública con 8 m 01 cm y otro, y
al oeste, Ofelia Quesada. Mide:
ciento seis metros con noventa
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del trece de enero del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y cero
minutos del veintiuno de enero del dos mil veintiuno, con
la base de veinticuatro millones
cincuenta y dos mil quinientos
colones exactos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de enero del dos mil veintiuno, con la base de ocho millones diecisiete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Julienne Amanda Alvarado Chollette
contra Juan Carlos Gerardo Mora Pacheco, Misael Mora Rodríguez. Expediente N° 19-002302-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de
Alajuela (San Ramón), 26 de agosto del 2020.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza.—(
IN2020481026 ).
En este Despacho, con una base de siete millones trescientos trece mil novecientos cincuenta y cinco colones con sesenta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 313-10245-01-0002-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula N°
400886-000, la cual es terreno
de solar. Situada en el distrito 4-Aguas Zarcas, cantón 10-San Carlos, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
Zaida María, Víctor Gerardo, Juan Carlos Blanco Rodríguez; al sur, Zaida
María, Víctor Gerardo, Juan Carlos Blanco Rodríguez; al este, Zaida María, Víctor Gerardo, Juan Carlos Blanco Rodríguez, y al oeste, calle con un frente a ella de 14.60 metros. Mide: doscientos cuarenta y cuatro metros cuadrados. Plano: A-1909224-2016. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintidós de octubre del dos mil veinte. De no
haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del treinta de octubre del dos mil veinte, con la base de cinco millones cuatrocientos ochenta y cinco mil cuatrocientos sesenta y seis colones con setenta y seis céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del nueve de noviembre del dos mil veinte, con la base de un millón ochocientos veintiocho mil cuatrocientos ochenta y ocho colones con noventa y dos céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan
Carlos Blanco Rodríguez. Expediente Nº 19-005061-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela. Ciudad Quesada, 05 de julio
del 2020.—Lic. Giovanni
Vargas Loaiza, Juez Decisor.—(
IN2020481040 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta
mil dólares exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida), citas: 573-84155-01-0009-001 y demanda
ordinaria citas
800-278978-01-0001-001; sáquese a remate
la finca del partido de San
José, matrícula número ciento siete mil ciento ocho, derecho cero cero cero, la cual
es terreno para construir
con una casa de habitación, situada
en el distrito 1-Carmen cantón 1-San José de la provincia
de San José, linderos: norte:
avenida 15 con 13,00 metros de frente,
sur: Fernando Abarca, José Joaquín Salazar Arias, este: Manuel Emilio Chavarría, oeste: Claudio Maroto, mide: quinientos cuarenta y siete metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinte de octubre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de octubre de dos mil veinte con la
base de treinta mil dólares
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del cinco de noviembre de dos mil veinte con la base de diez mil dólares exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta.- Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Gilber Ramírez Masis contra Elizabeth María De Los Ángeles
Ramírez Meléndez, Gonzalo Ramírez Luna, Grupo Ramírez Meléndez S.A. Expediente Nº 19-007470-1157-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial
de San José, 04 de agosto del año
2020.—Licda. Mariana Jovel
Blanco, Jueza Decisora.—( IN2020481042 ).
En este Despacho, con una base de un millón
seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas 641404, marca Suzuki, estilo Grand Vitara, chasis
JS3TD62V614163373, capacidad 5 personas, color gris, año 2001, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de setiembre de dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de octubre de dos mil veinte con la base de un millón doscientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de octubre de dos mil veinte con la base de cuatrocientos
mil colones exactos (25% de
la base original). Publíquese este
edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A.
contra Easy Car Rental S. A., expediente N°
20-006809-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 10 de julio del año 2020.—Licda. Mayra Yesenia
Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2020481055 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta
millones setecientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número doscientos diecisiete mil seiscientos cuarenta y cuatro, derecho 000 (1-217644-000), la cual
es terreno para construir
con una casa de habitación. Situada
en el distrito 01 Desamparados,
cantón 03 Desamparados, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, Marta García
Cascante; al sur, avenida tercera
con 12,00 metros de frente; al este,
Proyectos Urbanísticos Centroamericanos Sociedad Anónima
y al oeste, Proyectos Urbanísticos Centroamericanos
Sociedad Anónima. Mide: trescientos metros con treinta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del diecisiete de febrero del año dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veinticinco de febrero del año dos mil veintiuno con la base
de treinta y ocho millones veinticinco mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del cinco de marzo del año dos mil veintiuno con la base
de doce millones seiscientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Isabel Virginia
Campos Hernández. Expediente Nº 20-001626-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 28 de agosto del 2020.—Adriana Castro Rivera, Jueza
Tramitadora.—( IN2020481083 ).
En la puerta
exterior de este Despacho,
con una base de veinticinco millones
novecientos treinta y seis
mil ciento ochenta y siete colones exactos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número doscientos once mil novecientos ochenta y seis, derecho cero cero
cero, la cual es terreno lote 42 terreno para construir con una
casa de habitación.
Situada en el distrito cero uno, Desamparados, cantón
cero tres, Desamparados, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, lote
41; al sur, lote 43; al este,
calle con nueve metros; y
al oeste, lotes 67 y 68. Mide: ciento sesenta
y cinco metros con cincuenta
y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de octubre del dos mil veinte. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y
cero minutos del diecinueve
de octubre del dos mil veinte
con la base de diecinueve millones
cuatrocientos cincuenta y
dos mil ciento cuarenta colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintisiete de octubre del dos
mil veinte con la base de seis millones
cuatrocientos ochenta y cuatro mil cuarenta y seis colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. “Se recuerda a las partes en el proceso lo dispuesto en el párrafo tercero del artículo 159 del Código Procesal
Civil y a saber “El postor, para participar,
debe depositar el cincuenta
por ciento (50%) de la base, en
efectivo, mediante entero bancario a la orden del tribunal, cheque certificado
de un banco costarricense o cualquier
mecanismo tecnológico debidamente autorizado que garantice la eficacia del pago y señalar medio para atender notificaciones. Si en el acto del remate el comprador no paga la totalidad de lo ofrecido deberá depositarla dentro del tercer día; si
no lo hiciera, se declarará
insubsistente la subasta”
El destacado no es del original, para lo cual deberán tomar
las previsiones necesarias,
caso contrario se proseguirá con la diligencia señalada”.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Compañía Nacional de Fuerza y Luz S. A. contra Christian Gabriel Millon Alvarado. Expediente N°
20-002475-1763-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de
San José, Sección Primera, 30 de julio del 2020.—Ronald Gerardo Chacón Mejía, Juez
Tramitador.—( IN2020481084 ).
En este Despacho, con una base de diecisiete
millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
292-19738-01-0901-003; sáquese a remate
la finca del partido de San
José, matrícula número
seiscientos noventa y cuatro mil setecientos noventa y cinco, derecho cero cero cero, la cual
es terreno para construir. Situada en el distrito
2-El General, cantón 19-Pérez Zeledón, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública de catorce
metros; al sur, sucesión
Solís Elizondo; al este, Carlos Solís Elizondo
y al oeste, Carlos Solís Elizondo. Mide: mil doscientos noventa y ocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del
quince de octubre de dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero
minutos del veintitrés de octubre de dos mil veinte con la
base de doce millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del dos de noviembre de
dos mil veinte con la base de cuatro
millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Angélica María Solís Monge
contra Asemve Sociedad Anónima,
expediente N° 20-002612-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 07 de agosto del año 2020.—José Ricardo
Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2020481099 ).
En este Despacho, con una base de once millones
cuatrocientos noventa y cuatro mil doscientos veinticinco colones con cuarenta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo GBB271, Nissan
estilo: KICKS categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
serie: 3N8CP5HE6JL463081, carrocería:
todo terreno 4 puertas, color: gris. Para tal efecto se señalan
las nueve horas y cero minutos
del veintidós de setiembre
de dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del treinta de setiembre de dos mil veinte con la base de ocho millones seiscientos veinte mil seiscientos sesenta y nueve colones con once céntimos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de octubre de dos mil veinte con la base de dos millones
ochocientos setenta y tres mil quinientos cincuenta y seis colones con treinta y siete céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Betcy María
García Bermúdez. Expediente
Nº:20-002043-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 21 de junio del año 2020.—Msc. Franz Castro Solís, Juez Tramitador.—(
IN2020481105 ).
En este Despacho, con una base de seiscientos
mil dólares exactos, libre
de gravámenes y anotaciones;
soportando servidumbre trasladada citas:
249-07076-01-0002-001, sáquese a remate
la finca del partido de
Alajuela, matrícula número
120597 derecho 000, la cual es terreno
cultivado de caña de azúcar. Situada
en el distrito 5-Tacares, cantón 3-Grecia, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
Ingenio Rosales Limitada;
al sur, calle pública; al este,
carretera nacional y al oeste, calle pública e Ingenio
Rosales Limitada. Mide:
seis mil novecientos sesenta
metros cuadrados. Plano: A-1590600-2012. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de noviembre de dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y
cero minutos del diecinueve
de noviembre de dos mil veinte
con la base de cuatrocientos cincuenta
mil dólares exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del tres de diciembre de dos mil veinte con la base de ciento cincuenta mil dólares exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Opti Prime Properties Costa Rica Sociedad Anónima contra Henry Eduardo Alfaro Rojas, Jorge Eduardo
Rojas Hidalgo, Resort & Club Hacienda Puente de Piedra Sociedad Anónima, expediente N° 19-002008-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, 23 de agosto
del año 2020.—Lida.
Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2020481107 ).
En este Despacho, con una base de ochenta
y cinco mil seiscientos noventa dólares con veinticinco centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 411973-000, la cual es terreno naturaleza: lote 2-D construir con una casa. Situada en el distrito
1-San Pedro, cantón 15-Montes de Oca,
de la provincia de San José. Colinda:
al norte, lote 3-D; al sur,
lote 1-D; al este, Urbanización Granadilla, lotes
9-D, y 10-D y al oeste, calle
pública con 12,00 metros de frente.
Mide: trescientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del uno de octubre de dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del doce de octubre de dos mil veinte con la
base de sesenta y cuatro
mil doscientos sesenta y siete dólares con sesenta y ocho centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinte de octubre de dos mil veinte con la
base de veintiún mil cuatrocientos
veintidós dólares con cincuenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese el edicto de ley, para
lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación,
previa revisión del Edicto
a fin de cotejar que el mismo
no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual
deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Deberá publicarse este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Corporación
Durocher Sociedad de Responsabilidad Limitada contra Jorge Arturo Vargas Acuña,
Suraki Sociedad Anónima, expediente N° 20-004756-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de agosto del año 2020.—Adriana Soto
González, Jueza Coordinadora.—(
IN2020481110 ).
En este Despacho, con una base de un millón
doscientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 284-02301-01-0901-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 682564-000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 6-Candelarita, cantón
4-Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con un frente de veinticuatro metros sesenta y ocho centímetros; al sur, Marta Artavia
Murillo; al este, Marta Artavia
Murillo, y al oeste, Marta Artavia
Murillo. Mide: quinientos cincuenta y tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las 14:15
horas del 21/09/2020. De no haber postores,
el segundo remate, se efectuará a las 14:15 horas del 30/09/2020, con la base de novecientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las 14:15 horas del 08/10/2020, con la base de trescientos doce mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Olivio Castro Ulate contra Marta Xenia de los Ángeles Artavia Murillo. Expediente
N° 18-015273-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 02 de setiembre del 2020.—Licda. Paula Morales González, Jueza
Decisora.—(
IN2020481112 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones quinientos mil colones exactos, soportando citas:
360-18632-01-0801-001 condiciones ref.: 00109818 000
(Inscrita en el derecho 001
y 002), demanda ordinaria citas: 800-473945-01-0001-001 y 800-473946-01-0001-001 (Expediente Nº 18-000341-1307-FA) (Inscrita
en el derecho 001 y 002), sáquese
a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento dieciséis
mil cuatrocientos treinta y
nueve-cero cero uno y cero cero
dos (116439-001 y 002), la cual es terreno naturaleza: terreno agricultura lote 59 E. Situada en el distrito 3-Las Horquetas, cantón 10-Sarapiquí, de la provincia
de Heredia. Colinda: al norte,
Enrique Ramírez; al sur,
Blanca Ramírez; al este, calle, y al oeste Tulio Salazar. Mide: tres mil cuatrocientos noventa y cuatro metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Plano: H-0694857-1987 metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las catorce horas y
quince minutos del seis de noviembre
del dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas y quince minutos
del dieciséis de noviembre
del dos mil veinte, con la base de cuatro millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las catorce horas y
quince minutos del veinticuatro
de noviembre del dos mil veinte,
con la base de un millón trescientos
setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Juan Vianey Del
Socorro Núñez Mora contra Walter Eduardo Quesada
Oviedo. Expediente Nº 19-008289-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 06 de agosto
del 2020.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—(
IN2020481114 ).
En este Despacho, con una base de doce millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
295-09415-01-0902-001; sáquese a remate
la finca del partido de
Alajuela, matrícula número
once mil novecientos noventa
y cinco, derecho 004 y 005, la cual
es terreno de potrero. Situada
en el distrito 3-San
Rafael, cantón 8-Poás, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
José Víquez y otro; al sur,
Río Tacares; al este, José Víquez y otro y al oeste, José Víquez y otro. Mide: ciento
sesenta y siete mil setecientos treinta y cinco metros con cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas y
cero minutos del once de noviembre
de dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas y cero minutos
del veintiséis de noviembre
de dos mil veinte con la base de nueve
millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos
del quince de diciembre de dos mil veinte con la base de tres millones de colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Rodrigo Morales Salas contra Danilo Gerardo
Rodríguez Jiménez. Expediente N° 19-002245-1204-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 21 de agosto del año 2020.—Licda. Hannia Isabel Núñez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2020481121 ).
En este Despacho, con una base de tres millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 342-07771-01-0002-001; sáquese
a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 89242 derecho 000, la cual
es terreno lote dos, terreno de pastos. Situada: en el distrito 4-Nacascolo, cantón
1-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Adolfo Sabino
Pereira Pereira; al sur, Adolfo Sabino Pereira Pereira; al este, calle pública, y al oeste, Adolfo
Sabino Pereira Pereira. Mide:
mide: cuatrocientos treinta metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Plano:
G-0214728-1994. Para tal efecto,
se señalan las diez horas y
cero minutos del veintitrés
de noviembre del dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y cero
minutos del primero de diciembre
del dos mil veinte, con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de diciembre del dos mil veinte, con la base de ochocientos
setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
José Antonio Araya Córdoba contra Eliécer Gerardo Pereira Espinoza. Expediente N° 20-001098-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 21 de julio del 2020.—Licda. Tatiana
Meléndez Herrera, Jueza.—( IN2020481122 ).
En este Despacho, con una base de veintidós
millones doscientos noventa y cuatro mil seiscientos treinta y seis colones con noventa y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas:
366-11782-01-0001-001 y servidumbre sirviente citas:
366-11782-01-0005-001; sáquese a remate
la finca del partido de
Heredia, matrícula número
150769, derecho 000, la cual es terreno
lote 58, terreno para construir con una casa. Situada en el distrito Ulloa, cantón Heredia, de la provincia
de Heredia. Colinda: al norte,
Asociación Barreal de
Heredia y con alameda con 6 metros 08 centímetros; al
sur lote 57; al este, calle primera con 6 metros 36 centímetros y al oeste lotes 35 y 36. Mide: Ciento sesenta metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y treinta
minutos del trece de noviembre de dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta
minutos del veintitrés de noviembre de dos mil veinte con
la base de dieciséis millones
setecientos veinte mil novecientos setenta y siete colones con sesenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las
quince horas y treinta minutos
del dos de diciembre de dos mil veinte
con la base de cinco millones
quinientos setenta y tres mil seiscientos cincuenta y nueve colones con veintitrés céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Cristian Andrés
Chaves Salas. Expediente N° 19-015917-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 11 de agosto
del año 2020.—Licda.
Adriana Brenes Castro, Jueza.—( IN2020481127 ).
En este Despacho, con una base de veintidós
millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de
caminos públicos citas: 0479-00011360-01-0004-001; sáquese
a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento dieciséis
mil quinientos sesenta y
seis, derecho cero cero cero,
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 08 Barranca, cantón 01 Puntarenas, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte,
María Cecilia Bolívar Bolívar; al sur, Mario Jiménez Briceño; al este, Franklin Alfaro
Mejías;
y al oeste, calle pública con un frente a ella de 10.38 metros lineales. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y quince minutos del cinco de octubre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y quince minutos del trece de octubre del dos mil veinte con la base de dieciséis millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas y quince minutos del veintiuno de octubre del dos mil veinte con la
base de cinco millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Randall de La
Trinidad Angulo Elizondo. Expediente N°
20-001382-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas,
03 de agosto del 2020.—Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2020481128 ).
En este Despacho, con una base de treinta
y nueve mil novecientos dólares exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando Demanda Laboral bajo sumaria
15-000075-1127-LA; sáquese a remate
el vehículo CL-292011. Mitsubishi. Categoría: carga liviana. Estilo L200. Año 2017. Capacidad 5 personas. Vin: MMBJNKL30HH000646. Color negro. Cilindrada: 2477 c.c. Combustible Diesel. Numero de Motor: 4D56UAE2007. Para tal
efecto se señalan las once
horas y treinta minutos del
veinticinco de noviembre
del dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las once
horas y treinta minutos del
tres de diciembre del dos
mil veinte con la base de veintinueve
mil novecientos veinticinco
dólares exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas y treinta minutos del once de diciembre del
dos mil veinte con la base de nueve
mil novecientos setenta y cinco dólares exactos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Maureen Ginnette Chinchilla Mora. Expediente
N° 17-004182-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas,
20 de agosto del 2020.—Anny Hernández Monge,
Jueza Decisora.—(
IN2020481129 ).
En este Despacho, con una base de ocho millones doscientos veintisiete mil cuatrocientos sesenta y tres colones con ochenta céntimos, libre de gravámenes, pero soportando infracciones / colisiones contra
la boleta número
2017314900622; sáquese a remate
el vehículo placas número gkm 824, marca Kia, estilo Río, categoría automóvil, capacidad 5 personas, carrocería
sedan 4 puertas, serie, chasis y VIN número
KNADN412BH6010823, año 2017, color café, motor número G4FAFS968796, marca Kia.
Para tal efecto se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de octubre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del tres de noviembre de dos mil veinte con la
base de seis millones ciento
setenta mil quinientos noventa y siete colones con ochenta y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del once de noviembre de dos mil veinte con
la base de dos millones cincuenta
y seis mil ochocientos sesenta
y cinco colones con noventa y cinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Kenny Woodroe Notice Reid. Expediente
N° 19-000455-1763-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 28 de agosto
del año 2020.—Lic. Johnny
Esquivel Vargas, Juez Tramitador.—( IN2020481170
).
En este Despacho, con una base de nueve millones ciento tres mil trescientos treinta y siete colones con cincuenta y tres céntimos, soportando hipoteca de primer grado citas
0573-00011719-01-0001-001 así como
hipoteca de segundo grado citas
0573-00011719-01-0004-001, sáquese a remate la finca del partido de SAN JOSÉ, matrícula número doscientos treinta y siete mil setecientos cuarenta y dos,
derecho 000, la cual es terreno
construir con una casa. Situada
en el distrito 1-San Isidro
De El General, cantón 19-Pérez Zeledón,
de la provincia de San José. Colinda:
al norte Ligio Zúñiga Córdoba; al sur Ruth Fonseca Monge; al este, calle publica con 12.94
metros y al oeste Marconey
Fonseca Romero. Mide: ciento
cincuenta y seis metros con ochenta
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del doce de octubre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero
minutos del veinte de octubre de dos mil veinte con la
base de seis millones ochocientos
veintisiete mil quinientos tres colones con quince céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de octubre de dos mil veinte con la base de dos millones
doscientos setenta y cinco mil ochocientos treinta y cuatro colones con treinta y ocho céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal
contra Willy De La Trinidad Zúñiga Duarte. Expediente Nº:20-000432-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 12 de agosto del año 2020.—Eileen Chaves Mora, Jueza
Tramitadora.—( IN2020481172 ).
En este Despacho, Con una base de veinte
millones novecientos noventa y siete mil setecientos sesenta y cuatro colones
con cincuenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre trasladada en citas 359-00014929-01-0900-001; sáquese a
remate la finca del partido de San José, matrícula número cuatrocientos ochenta
y dos mil cuatrocientos noventa y ocho, derecho 000, la cual es terreno de pastos.-
Situada en el distrito Grifo Alto, cantón Puriscal, de la provincia de San
José.- Colinda: al norte carretera nacional con un frente de 25 metros; al sur Gertavo S.A; al este Saul Sandí Retana y al oeste Marta
Castro Jiménez.- Mide: mil trescientos nueve metros con noventa y tres
decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y
treinta minutos del trece de octubre de dos mil veinte. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del veintiuno
de octubre de dos mil veinte con la base de quince millones setecientos
cuarenta y ocho mil trescientos veintitrés colones con cuarenta céntimos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las diez horas y treinta minutos del veintinueve de octubre de dos mil
veinte con la base de cinco millones doscientos cuarenta y nueve mil
cuatrocientos cuarenta y un colones con trece céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo
Comunal contra Lilliam Delgado Campos, Yamileth María de la Artavia Badilla.
Expediente Nº 20-000472-1763-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección
Primera, 05 de agosto del 2020.—Lissette Córdoba Quirós, Jueza
Tramitadora.—( IN2020481173 ).
En este Despacho, con una base de treinta
y siete millones ciento cuarenta y dos mil setecientos treinta y cinco colones con sesenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número doscientos quince mil ochocientos
treinta y nueve, derecho
cero cero cero, la cual es terreno para construir sembrado de frutales. Situada en el distrito 01 Miramar, cantón 04 Monte de Oro, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte,
calle pública; al sur, con
el identificador predial 60401009923300; al este, con el identificador
predial 60401009923300 y al oeste, con el identificador predial 60401009923300. Mide:
quinientos once metros con cero decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas y quince minutos del cinco de octubre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas y quince minutos del trece de octubre de dos mil veinte con la base de veintisiete
millones ochocientos cincuenta y siete mil cincuenta y un colones con setenta céntimos (75% de la base
original)y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las siete horas y quince minutos del veintiuno de octubre de dos mil veinte con la
base de nueve millones doscientos ochenta y cinco mil seiscientos ochenta y tres colones con noventa céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra María Cristina Baldizón Ramírez, expediente N° 20-000300-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de
Puntarenas, 27 de febrero del año
2020.—Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2020481174 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta
y cinco millones setecientos veintiséis mil setecientos noventa y cinco colones con ochenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; soportando Serv. y Condic. ref:2151 535 001, citas: 314-07679-01-0901-001 servidumbre
trasladada citas:
313-11776-01-0901-001 servidumbre trasladada
citas: 314-07679-01-0903-001 servidumbre
trasladada citas:
327-04225-01-0901-001 servidumbre trasladada
citas: 395-16981-01-0914-001 servidumbre
trasladada citas:
395-16981-01-0915-001 servidumbre de aguas pluviales citas: 2011-46434-01-0004-001 servidumbre
de aguas pluviales citas: 2011-46434-01-0004-001 servidumbre
de líneas eléctricas y de paso citas:
2011-46434-01-0023-001 servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
2011-46434-01-0023-001 servidumbre de paso citas: 2016-513311-01-0002-001
servidumbre de paso citas: 2016-513311-01-0002-001 servidumbre
de líneas eléctricas y de paso citas:
2016-513311-01-0035-001 servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
2016-513311-01-0035-001 servidumbre citas: 2016-513311-01-0055-001 servidumbre
citas: 2016-513311-01-0055-001 servidumbre
citas: 2016-802871-01-0001-001 servidumbre
de acueducto citas:
2017-334020-01-0001-001 servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
2017-359170-01-0014-001 servidumbre citas: 2018-244429-01-0008-001 servidumbre
citas: 2018-244429-01-0008-001, sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 562252-000, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 8-Bolivar, cantón 3-Grecia, de la provincia
de Alajuela. Colinda: norte,
predial 2030800022610 m. sur, lote dos este, predial 20308055413400 y servidumbre
de paso con un frente a ella de treinta
y ocho metros con cincuenta
y siete centímetros oeste, Ana Yobelsie Campos Meza. Mide: tres mil metros cuadrados plano: A-2042076-2018.
Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos
del doce de octubre de dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once
horas y cero minutos del veinte
de octubre de dos mil veinte
con la base de treinta y cuatro
millones doscientos noventa y cinco mil noventa y seis colones con ochenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las once
horas y cero minutos del veintiocho
de octubre de dos mil veinte
con la base de once millones cuatrocientos
treinta y un mil seiscientos
noventa y ocho colones con noventa y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Alexander Francisco Navarro Cervantes. Expediente N° 20-000889-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de
Grecia, 02 de agosto del año
2020.—Licda. Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2020481175 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta
y tres millones doscientos veintiséis mil trece colones con sesenta céntimos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada citas:
313-11776-01-0901-001 serv. y condic. ref.: 2151 535
001 citas: 314-07679-01-0901-001 servidumbre
trasladada citas: 314-
07679-01-0903-001 servidumbre trasladada
citas: 327-04225-01-0901-001 servidumbre
trasladada citas:
395-16981-01-0914-001 servidumbre trasladada
citas: 395-16981-01-0915-001 servidumbre
de aguas pluviales citas: 2011-46434-01- 0004-001 servidumbre
de aguas pluviales citas: 2011-46434-01-0004-001 servidumbre
de líneas eléctricas y de paso citas:
2011-46434-01-0023-001 servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
2011-46434-01-0023-001 servidumbre de paso citas:
2016-513311-01-0002-001 servidumbre de paso citas:
2016-513311-01-0002-001 servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
2016-513311-01-0035-001 servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
2016-513311-01-0035-001 servidumbre citas: 2016-513311-01-0055-001 servidumbre
citas: 2016-513311-01-0055-001 servidumbre
citas: 2016-802871-01-0001-001 servidumbre
de acueducto citas:
2017-334020-01-0001-001 servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
2017-359170-01-0014-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 543305-000, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 8. Bolívar, cantón 3 Grecia, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
2030800022610 M y servidumbre de paso
con un frente a ella de 7 metros; al sur, 20308047751400 y servidumbre agrícola de paso con frente a ella de 7 metros; al este,
0308041878200 y al oeste, 20308047274200. Mide: tres mil metros cuadrados. Plano: A-1948140. Para tal
efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del ocho de octubre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del dieciséis de octubre de dos mil veinte con la base de treinta y nueve millones novecientos diecinueve mil quinientos diez colones con veinte céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de octubre de dos mil
veinte con la base de trece
millones trescientos seis
mil quinientos tres colones con cuarenta céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra José Walter Arroyo Solis EXP:19 001346-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 22 de julio
del año 2020.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza.—( IN2020481176 ).
En este Despacho, con una base de veintinueve
mil quinientos dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CRV306 marca Nissan, estilo QASHQAI, categoría automóvil, capacidad 5 personas, color negro, año
2017, combustible gasolina. Para tal
efecto se señalan las
quince horas y cero minutos del tres
de noviembre del dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas y cero minutos
del once de noviembre del dos mil veinte,
con la base de veintidós mil ciento
veinticinco dólares exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las
quince horas y cero minutos del diecinueve
de noviembre del dos mil diecinueve,
con la base de siete mil trescientos
setenta y cinco dólares exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto
por dos veces consecutivas,
la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Carlos
Roberto Rojas Villalobos. Expediente Nº
19-000452-1764-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 05 de julio
del 2020.—Liseth Delgado Chavarría,
Jueza Tramitadora.—(
IN2020481198 ).
En este Despacho, con una base de veintisiete
millones novecientos noventa y nueve mil novecientos cincuenta y seis colones
exactos , libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando citas:
302-18713-01-0901-002, cesión calles ref:
2202-477-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula
número veinte mil ochocientos setenta y cuatro , derecho 000, la cual es
terreno para construir con 1 casa .- Situada en el distrito 1- Miramar, cantón
4- Montes de Oro, de la provincia de Puntarenas.- Colinda: al norte prediales
60401002087200 y 60401008405400; al sur prediales 60401000450200,
60401P00032100, 60401020121500, 60401001835700, 60401001831900, 6041008404600;
al este predial 60401004504300 y al oeste calle publica con frente de 20.02
metros. Mide: mil setecientos cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las diez horas y cero minutos del veinticuatro de setiembre de dos mil
veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y
cero minutos del dos de octubre de dos mil veinte con la base de veinte
millones novecientos noventa y nueve mil novecientos sesenta y siete colones
exactos (75% de la base original)y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez horas y cero minutos del doce de octubre de dos mil
veinte con la base de seis millones novecientos noventa y nueve mil novecientos
ochenta y nueve colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Instituto Nacional De Vivienda Y Urbanismo contra
Lorena Yolanda Aguilar. Expediente Nº 19-001695-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 28 de febrero del
2020.—Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2020481203 ).
En este Despacho, con una base de tres
mil cuatrocientos ochenta y
siete dólares con cincuenta y ocho centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa 880446, marca Kia, año 2011, VIN
KNAPB811BB7131833, cilindrada 1998 c.c., color plateado, categoría automóvil. Para tal efecto se señalan las quince
horas y cero minutos del uno de octubre
de dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las quince
horas y cero minutos del doce
de octubre de dos mil veinte
con la base de dos mil seiscientos quince dólares con sesenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos
del veinte de octubre de
dos mil veinte con la base de ochocientos
setenta y un dólares con ochenta y nueve centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco LAFISE S. A. contra Ricardo José Andrade
Pernía. Expediente N°
19-022180-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de junio del año 2020.—Lic. Joyce Magaly Ugalde Huezo, Juez/a Decisor/a.—( IN2020481210 ).
En este Despacho, con una base de once mil ciento
noventa y nueve dólares con ochenta y dos
centavos, libre de gravámenes prendarios,
pero soportando infracciones y colisiones bajo la
sumaria 19-003365-0500-TR; sáquese
a remate el vehículo placa JTG260, marca KIA, categoría automóvil, estilo Cerato, capacidad cinco personas, año 2015, color plateado, vin:
KNAFK411AF5905546, N°
motor: G4FGEH752599. Para tal efecto
se señalan las once horas y cero minutos
del uno de octubre del dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas y cero minutos
del doce de octubre del dos
mil veinte, con la base de ocho
mil trescientos noventa y nueve dólares con ochenta y seis centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas y cero minutos
del veinte de octubre del
dos mil veinte, con la base de dos mil setecientos noventa y nueve dólares con noventa y cinco centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco LAFISE S. A. contra José Aníbal Trejos González. Expediente Nº 19-022177-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 11 de junio del 2020.—Tadeo Solano
Alfaro, Juez.—( IN2020481211 ).
En este Despacho, con una base de tres
mil novecientos sesenta dólares con cincuenta y seis
centavos, libre de gravámenes y anotaciones,
pero soportando colisión con número de sumaria 18-000214-1469-TR; sáquese
a remate el vehículo:
BJN893, marca: Citroen, categoría:
automóvil,
tracción: 4x2, estilo: C-Elysee, capacidad 5 personas, año: 2015, color: gris, cilindrada: 1587 CC. Para tal efecto, se señalan las siete horas y veinticinco minutos del veintiocho de octubre del dos mil veinte. De no
haber postores, el segundo remate, se efectuará a las siete horas y veinticinco minutos del cinco de noviembre del dos mil veinte, con la base de dos mil novecientos
setenta dólares con cuarenta y dos centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las siete horas y veinticinco minutos del trece de noviembre del dos mil veinte, con la base de novecientos
noventa dólares con catorce centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Lafise
Sociedad Anónima
contra Édgar Andrés Torres Canaval. Expediente N° 19-010604-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas,
09 de marzo del 2020.—Licda.
Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2020481212 ).
En este Despacho, con una base de quince millones
de colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 528794-000, la cual es terreno para construir, lote dos. Situada en el distrito
3-La Trinidad, cantón 14-Moravia, de la provincia de San José. Colinda:
al norte Francisco Laurito
Hidalgo; al sur lote tres
de Francisco Laurito; al este
Urbanización Paseo Uno S. A. y al oeste
calle publica con 8 metros de frente.
Mide: ciento cuarenta y ocho metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. plano: SJ-0761031-2002. Para tal efecto, se señalan las once horas
y cero minutos del dieciséis
de febrero de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos
del veinticuatro de febrero
de dos mil veintiuno con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las once
horas y cero minutos del cuatro
de marzo de dos mil veintiuno
con la base de tres millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jimmy
Sánchez Arguedas, Vivian Matilde Barahona Barahona. Expediente Nº:19-003779-1765-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Tercera,
27 de agosto del año 2020.—Msc. Cristian Mora Acosta. Juez Tramitador.—(
IN2020481227 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta
y nueve millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil doscientos veinticinco colones con sesenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 478969-000, la cual es terreno para construir, lote C-TRES, con una casa construida.
Situada en el distrito Mata de Plátano, cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Noemi Margarita Canet
Moya, construido; al sur, calle
dos publica asfaltada con diez
metros de frente; al este,
con casa número cuatro-C de
Las Orquídeas de Guadalupe R.P. Sociedad Anónima y al oeste, con casa número dos-C
de Las Orquídeas de Guadalupe R.P. Sociedad Anónima. Mide: doscientos metros con treinta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de febrero de dos mil veintiuno con
la base de treinta y siete millones ochenta y tres mil ciento sesenta y nueve colones con veintitrés céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del cuatro de marzo de dos mil veintiuno con la
base de doce millones trescientos sesenta y un mil cincuenta y seis colones con cuarenta y un céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Marvin
Rolando del Socorro Arguedas Rodríguez Expediente Nº
20-000234-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 28 de agosto del 2020.—Michelle Francine Allen Umaña, Jueza Tramitadora.—(
IN2020481228 ).
En este Despacho, con una base de catorce
millones seiscientos cincuenta y cinco mil quinientos cuatro colones con treinta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula N° 455384, derecho 000, la cual es terreno lote uno, terreno de Caña de Azúcar. Situada en el distrito 4-Coyolar, cantón 9-Orotina, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
resto reservado de Bosques del Líbano
Sociedad Anónima; al sur, Instituto de Desarrollo Agrario; al este, con servidumbre de paso de seis
metros y resto reservado de Bosques del Líbano Sociedad Anónima, y al oeste, con Carlos Molina Salas. Mide:
cuatro mil metros cuadrados
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del once de noviembre del dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de noviembre del dos mil veinte, con
la base de diez millones novecientos noventa y un mil seiscientos veintiocho colones con veintinueve céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del quince de diciembre
del dos mil veinte, con la base de tres millones seiscientos
sesenta y tres mil ochocientos setenta y seis colones con diez céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista
de Empleados de Scotiabank de Costa Rica y Afines (por sus siglas
ASOSCOTIAB) contra Ronny Aníbal Matarrita Medina. Expediente Nº 20-007034-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 15 de agosto del 2020.—Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2020481230
).
En este Despacho, con una base de quince mil setecientos
cincuenta y ocho dólares con noventa centavos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo Placas: BMP351. Marca:
Mitsubishi. Estilo: Mirage. Año:
2017. Color: Plateado. Vin: MMBXTA03AHH001280. N°
Motor: 3A92UDL0284. Cilindrada: 1193 c.c.
Combustible: Gasolina. Para tal
efecto se señalan las diez horas y cero minutos del
seis de octubre de dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero
minutos del quince de octubre
de dos mil veinte con la base de once mil ochocientos diecinueve dólares con dieciocho centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintitrés de octubre de dos mil veinte con la base de tres mil novecientos treinta y nueve dólares con setenta y tres centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Mónica
Patricia Arguedas Solís. Expediente N°
18-009636-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 10 de julio del año
2020.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza
Tramitadora.—( IN2020481254 ).
En este Despacho, con una base de doce millones seiscientos noventa y ocho mil trescientos ochenta y ocho colones con cuarenta y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de
Cartago, matrícula número ciento noventa y nueve mil setecientos setenta y uno, derecho 000, la cual
es terreno de solar. Situada
en el distrito 2-Cot, cantón 7-Oreamuno de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
Fresia Araya Solano; al sur, Fresia
Araya Solano; al este, Héctor Cruz Molina; y al
oeste, carretera nacional con 14,72 m. Mide: trescientos treinta y tres metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan
las once horas y cero minutos del veintidós
de setiembre de dos mil veinte.
De no haber postores el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos
del treinta de setiembre de
dos mil veinte, con la base de nueve
millones quinientos veintitrés mil setecientos noventa y un colones con treinta y seis céntimos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas
y cero minutos del ocho de octubre de dos mil veinte, con la
base de tres millones ciento setenta y cuatro mil quinientos noventa y siete colones con doce céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Margot
Cecilia Guillen Hernández. Expediente N° 19-013552-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
1° de julio del 2020.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza
Decisora.—(
IN2020481255 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta
y seis millones doscientos dieciséis mil doscientos setenta y dos colones con sesenta y siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número noventa mil seiscientos noventa, derecho 000,
la cual es terreno con una
casa de habitación. Situada
en el distrito 1-San
Rafael, cantón 7-Oreamuno, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte
INVU lote con casa; al sur calle
publica con 10 metros de frente; al este lote 13 con casa y al oeste lote 11 con casa. Mide: trescientos treinta y seis metros con cuarenta
y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
y treinta minutos del veintidós de setiembre de dos mil
veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once
horas y treinta minutos del
treinta de setiembre de dos
mil veinte con la base de treinta
y cuatro millones seiscientos sesenta y dos mil doscientos cuatro colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las once
horas y treinta minutos del
ocho de octubre de dos mil veinte con la base de once millones
quinientos cincuenta y cuatro mil sesenta y ocho colones con dieciséis céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ruth
María Masis Pérez. Expediente
Nº:19-013807-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 01 de julio del año
2020.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza Decisora.—( IN2020481256 ).
En este Despacho, con
una base de veintiún millones once mil trescientos setenta y seis colones con
setenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca
del partido de Cartago, matrícula número 106542-000, la cual es terreno de
potrero.- Situada en el distrito 2- Santiago , cantón 2-Paraiso , de la
provincia de Cartago(finca se encuentra en zona catastrada).- Colinda: al norte
calle publica con 96 metros de frente; al sur, Álvaro Coghi
Mata; al este, Benigno Mejía y al oeste, Fernando Solano. Mide: trece mil
novecientos setenta y ocho metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiuno de setiembre
de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas y treinta minutos del veintinueve de setiembre de dos mil veinte con
la base de quince millones setecientos cincuenta y ocho mil quinientos treinta
y dos colones con cincuenta y tres céntimos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y
treinta minutos del siete de octubre de dos mil veinte con la base de cinco
millones doscientos cincuenta y dos mil ochocientos cuarenta y cuatro colones con dieciocho céntimos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de
Costa Rica contra Luis Miguel Lara
Alvarado. Expediente Nº 19-014146-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 31 de
julio del 2020.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Juez Decisor.—( IN2020481257 ).
Se hace saber:
que ante este Despacho se tramita el expediente N°
20-000278-0638-CI mediante el cual
se promueven diligencias de información
posesoria por parte de Edim Gerardo Muñoz García, conocido
como Eddy Muñoz García quien
es mayor de edad, divorciado
una vez, vecino de
Alajuela, Palmares, Candelaria, un kilómetro al oeste de la antigua iglesia evangélica de Candelaria, portador
de la cédula de identidad número
2-0534-0938, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza
es de terreno de café. Situada
en Candelaria, distrito 06
San José, cantón 05 Atenas, de la provincia
de Alajuela. Colinda: norte,
Ángel Ávila Vargas; sur, Ana Lisset
Muñoz Madrigal; este, calle
pública y al oeste, con San
Lop Sociedad Anónima. Mide:
ocho mil seiscientos cuarenta y seis metros cuadrados,
tal como lo indica el plano catastrado número 2-1971558-2017.
Indica el promovente que sobre
el inmueble a inscribir no pesan cargas reales, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble en la suma de treinta
millones de colones y las presentes diligencias en la suma de veintiún millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título
de dueño. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Edim Gerardo Muñoz
García, expediente N° 20-000278-0638-CI.—Juzgado Agrario Primer Circuito Judicial
Alajuela, 11 de agosto del año
2020.—Lic. Luis Alonso Madrigal Pacheco, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 168-2017-JA.—( IN2020480354 ).
Se hace saber: que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 20-000172-0295-CI donde
se promueve información posesoria por parte de Olga María Loría González quien es
mayor, viuda, docente, costarricense con número de
cédula 0203280792, y vecina de San Isidro de Grecia,
a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en
la provincia de Alajuela, la cual
es terreno para construir
con un galerón.
Situada en el distrito cinco Tacares, cantón tercero Grecia. Colinda: al norte, con María Julia Loría
González; al sur, con Flora Lidieth Loría González; al este, con
Manuel Loría Molina; y al oeste,
con Río Pilas. Mide: trescientos ochenta y tres metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de tres millones de colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble de su padre Miguel Loría Molina, y
hasta la fecha lo ha mantenido
en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de la propiedad y siembra de árboles frutales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Olga María Loría González. Expediente
N° 20-000172-0295-CI-3.—Juzgado Civil y
Trabajo de Grecia (Materia Civil),
21 de julio del 2020.—Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza Decisora.—1
vez.—( IN2020480740 ).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 20-000069-0927-CI donde
se promueve Información Posesoria por parte de Jean
Carlos Víquez Gutiérrez, quien
es mayor, estado civil soltero,
vecino de Las Juntas, Abangares,
Guanacaste, cédula número seis cero cuatrocientos veinte cero cuarenta y tres, ocupación guarda de seguridad, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: Finca ubicada en la provincia
de Guanacaste, la cual es terreno
naturaleza solar. Situada: en el distrito Las Juntas, cantón Abangares. Colinda: al norte, con calle pública; al sur, con Carlos
Eduardo Paniagua Dávila; al este,
con Fainier Víquez Bogantes, y al oeste,
con Hilda Villegas Villegas. Mide:
ciento treinta y tres metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble Donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y conservación del inmueble, reparación de cercas, mantenimiento y limpieza de zonas
verdes. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Jean Carlos Víquez
Gutiérrez. Expediente N° 20-000069-0927-CI-9.—Juzgado Civil y Trabajo
de Cañas (Materia Civil), 18 de agosto del 2020.—Lic. Guillermo Emilio Benavides Ruiz, Juez.—1 vez.—(
IN2020480746 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000035-1587-AG donde
se promueve información posesoria por parte de Nanyi Isabel Hidalgo Campos quien
es mayor, estado civil soltera,
vecina de Río Oro Santana, portadora
de la cédula número 0603780823, profesión
estudiante, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: finca ubicada en la provincia
de Puntarenas, la cual es terreno
de solar. Situada en el distrito Manzanillo, cantón
primero Puntarenas. Colinda: al norte,
con calle pública con frente de diez metros; al sur,
con Isabel Carmona Carmona; al este,
con Isabel Carmona Carmona y al oeste,
con Isabel Carmona Carmona. Mide:
ciento cinco metros cuadrados. Mediante el plano número 6-2134845-2019. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de quinientos mil colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble plano número 6-2134845-2019, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en reparación de cercas, chapeas y construcción de casa. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Nanyi Isabel
Hidalgo Campos, expediente N° 20-000035-1587-AG-3.—Juzgado Civil de Puntarenas, 09 de junio del año 2020.—Jhonny Esquivel Vargas, Juez Decisor.—1
vez.—( IN2020480807 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000189-0296-CI donde
se promueve Información Posesoria por parte de Óscar Antonio Durán Marín, quien es mayor, comerciante, estado civil soltero, vecino de Laguna de Zarcero, 4 kilómetros al noroeste de la Panadería La Zarcereña, portador de la cédula número
0203530840; a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en
la provincia de Alajuela, la cual
es terreno construir. Situada: en el distrito segundo: La Legua, cantón onceavo:
Zarcero. Colinda: al norte, con Julio Solís Arce; al sur, al este y al oeste, con calle pública. Mide: setecientos cuarenta y nueve metros con veinticuatro decímetros cuadrados metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre
el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de cinco millones de colones. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Óscar Antonio Durán Marín. Expediente N° 20-000189-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil),
26 de agosto del 2020.—Licda.
Yorleny Bello Varela, Jueza.—1 vez.—( IN2020480824 ).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000175-0678-CI donde
se promueve información posesoria por parte de Nina
Marina Jana Epple, quien es
mayor, soltera, educadora, vecina de Limón, portadora de la
cédula de residencia número 127600040535, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en
la provincia de Limón, la cual
es terreno para construir. Situada en el distrito
Cahuita, cantón Talamanca. Colinda:
al norte, con Asociación
Centro Educativo Playa Chiquita Punta Uva; al sur, con Jutta Margarete Epple;
al este, con Jutta Margarete Epple,
Derrick y Domencia March Limitada
y Proco y al oeste, con
3-101-506124 S. A. Mide: seis mil trescientos
diez metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre
el inmueble a inscribir
L-2070693-2018 pesan cargas reales
o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cuatro
millones de colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble L-2070693-2018, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en mantenimiento constante y limpieza. Que no ha inscrito mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Nina Marina Jana Epple.
Expediente Nº 20-000175-0678-CI-2Juzgado Civil del
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 27 de agosto del año 2020.—Msc.
Victoria Eugenia Ramírez Víquez, Jueza.—1 vez.—(
IN2020480861 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-000142-0386-CI donde
se promueve información posesoria por parte de Luis
Fernando Perez Morales, mayor de edad, casado una vez, guarda de seguridad, cédula de identidad número cinco-trescientos treinta y uno-quinientos treinta y tres, vecino de Liberia, Barrio
El Rodeíto, de la escuela trescientos metros este, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: terreno para construir, situada en el Distrito primero:
Liberia, cantón primero: Liberia de la provincia de Guanacaste. Los linderos
son: norte, Fernando Pérez Rodríguez; al sur, Rodiney Brinner Pérez Morales; oeste:
Cañitas Sociedad Responsabilidad
Ltda. y al este, Fernando Pérez Rodríguez. Mide: ochocientos ochenta y cinco metros cuadrados, según plano catastrado número G- uno seis ocho siete seis cero cero - dos mil trece. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación que
le hiciere Fernando Pérez Rodríguez, casado una vez, guarda de seguridad, cédula de identidad número cinco-doscientos siete-trescientos
quince, vecino de Liberia, Barrio Rodeíto,
quinientos metros este de
la Escuela de Rodeíto mediante
escritura cincuenta y cinco-seis de la notaria Estrella Quesada Guerrero, en fecha nueve
de marzo del dos mil veinte
y hasta la fecha lo ha mantenido
en forma pública, pacífica y quieta. Que no ha inscrito mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Luis Fernando Perez Morales, expediente N° 16-000142-0386-CI-6.—Juzgado
Civil y Trabajo de Primer Circuito
Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia civil), 21 de mayo del año 2020.—Licda.
Aura Lisseth Cedeño Yanes, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020480868 ).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000265-0388-CI, donde
se promueve información posesoria por parte de Edgar
Adolfo De Los Ángeles Villegas Rodríguez, quien es mayor, soltero, educador, vecino de Madre de Dios,
Pacuarito, Siquirres,
Limón, portador de la cédula de identidad
N° 03-0257-0153, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: Finca de plano G-1721563-2014, ubicada en la provincia de Guanacaste, la
cual es terreno para construir. Situada en Santa Ana, distrito Belén, cantón quinto, Carrillo. Colinda: al norte: con Miguel Ángel Mendoza Moraga; al sur: con Noemy
Contreras Angulo; al este: con calle
pública con diez metros con
seis centímetros lineales;
y al oeste: con William Carmona Carmona.
Mide: doscientos veintiún metros cuadrados. Indica
el promovente que sobre el inmueble a inscribir
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra que le hiciere Miguel Ángel Mendoza
Moraga y hasta la fecha lo ha mantenido
en forma pacífica, continúa y pública. Que los actos de posesión han consistido en limpieza y mantenimiento
de la propiedad, la confección
y reparación de cercas y la
preparación del terreno
para construir. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Edgar Adolfo De Los Ángeles
Villegas Rodríguez. Expediente:14- 000265-0388-CI-8.—Juzgado
Civil de Santa Cruz, 29 de agosto del 2019.—MSc. Floribeth Palacios
Alvarado, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020480920 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000033-0930-CI donde
se promueve información posesoria por parte de Mayra Geraldi Azofeifa Arce, quien es mayor, estado civil soltera, vecina de a Jiménez, Pococí, Anita Grande, portador de
la cédula número 7-0140-0052, profesión
enfermera, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: finca ubicada en la provincia
de Limón, la cual es terreno
de solar con una casa. Situada en
el distrito Jiménez, cantón
Pococí. Colinda: al norte, con Amarilis Azofeifa Arce, servidumbre de paso; al sur, con Kennet Roberto
Gómez Ulloa; al este, con Eduardo Alberto Azofeifa Arce y al oeste, con Amarilis de los Ángeles Azofeifa Arce. Mide: cuatrocientos cuatro metros cuadrados. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de seis millones de colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble por donación de su hermana Ivinia
del Carmen Chinchilla Arce, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en mantenimiento de cercas, construcción de casa y mantenimiento de terreno. Que no
ha inscrito mediante el
amparo de la Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Mayra Geraldi Azofeifa Arce, expediente N°
20-000033- 0930-CI-0.—Juzgado Civil del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 04 de junio del año 2020.—Licda.
Yency Vargas Salas, Jueza Decisora.—1
vez.—( IN2020480961 ).
Eduardo Rojas
Valverde, mayor, casado una vez,
agricultor, cédula de identidad
número dos-tres cinco tres-ocho dos nueve, vecino de La Tigra, San Carlos, Alajuela, de la entrada a Concepción quinientos metros al suroeste. Mercedes Méndez Vargas, mayor, casada una vez, ama de casa,
cédula de identidad número
dos-tres tres seis-siete cinco cinco,
vecina de La Tigra, San
Carlos, Alajuela, de la entrada a Concepción quinientos metros al suroeste.
Solicita se levante información posesoria a fin de
que se inscriba a su nombre en el Registro
Público de la Propiedad, el
fundo sin inscribir que le pertenece y que se describe así: terreno plantas ornamentales, sito en La tigra, distrito
ocho, cantón diez San Carlos de la provincia
de Alajuela, con los siguientes linderos:
al norte, calle pública con un frente a ella de ciento catorce metros lineales; al sur, Dinia Mailllieth Méndez
Campos y Otto Méndez Vargas; al este,
Rodolfo Salas Madrigal y Marco Aurelio Campos Jiménez y al oeste,
María Luisa Vargas Matamoros y Óscar Mario Rodríguez Méndez, Eduardo, José Antonio, María del Carmen,
Alfonso Antonio, Mercedes María y Eugenio Antonio, todos
de apellidos Méndez Vargas. Mide:
de acuerdo al plano catastral aportado número 2-2165953 de fecha 06 de noviembre de 2019, una superficie
de catorce mil ochocientos cuarenta metros cuadrados. El inmueble antes descrito, manifiesta el titulante, que lo adquirió por donación que le hiciera él usufructuario
Eduardo Rojas Valverde, mayor, casado una vez, agricultor, cédula de identidad número dos-tres cinco tres-ocho
dos nueve, vecino de La Tigra, San Carlos, Alajuela, de la entrada a Concepción quinientos metros al Suroeste, en fecha 25 de noviembre de 2019, mediante escritura pública número 02, otorgada ante la
Notaria Silvia Arias Vásquez ejerciendo sobre el fundo en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción, a título de dueño por más de cuarenta años. Valora el terreno en la suma de diez
millones de colones y en la misma suma
estima las presentes
diligencias cien mil colones.
Con un mes de término contado a partir de la publicación de este Edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto
de que se apersonen en defensa de sus derechos. Diligencias de información
posesoria N° 20-000160-0298 AG, establecida por Eduardo Rojas Valverde y Mercedes Méndez Vargas.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 26 de agosto
de 2020.—William Arburola Castillo, Juez Agrario.—1 vez.—O.C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2020481002 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000059-0920-CI donde
se promueve información posesoria por parte de José Gredy Obando Durán quien es mayor, casado una vez, vecino de San Marcos de Sabalito,
Coto Brus, portador de la cédula número
0603100347, educador y María Johanna Méndez Palma,
cédula de identidad número
060360910, quien es mayor, casada
una vez, vecina de San
Marcos de Sabalito, Coto Brus, educadora, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en
la provincia de Puntarenas, la cual
es terreno patio, solar y casa de habitación.
Situada en el San Marcos, distrito segundo Sabalito, cantón octavo, Coto Brus. Colinda:
al norte, con Fermín Obando Gómez; al
sur, con Fermín Obando Gómez; al este Fermín Obando
Gómez con y al oeste, con calle
pública, con un frente a ella de 27,54 metros lineales. Mide: 529 metros cuadrados. Con plano número P-2181783-2020. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble hace diez
años, y hasta la fecha lo
ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en mantenimiento y limpieza de las colindancias, la chapia de las rondas y el terreno en sí,
y habitar en la casa de habitación. Que María Johanna Méndez Palma,
no ha inscrito mediante el
amparo de la Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Que José Gredy Obando
Durán, ha inscrito bajo la ley de Información
Posesoria la finca del partido de Puntarenas número
218352-000, con una medida de ocho
mil treinta y cinco metros cuadrados. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por., expediente N°
20-000059-0920-CI-8.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia Civil),
20 de agosto del año
2020.—Dany Gerardo Matamoros Bendaña, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2020481071 ).
Se hace saber que ante este
Despacho se encuentra el expediente N° 14-000258-0388-CI, el cual
corresponde a un proceso de
diligencias de información posesoria,
promovido por Jorge Enrique Cabalceta
Álvarez, quien es mayor, soltero,
maestro de obras, cédula: 05-0280-0942 y vecino de San Juan de Santa Cruz, Guanacaste, seiscientos metros al oeste de la
plaza de fútbol, el cual interpuso a fin de que se inscriba
a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, un terreno que es casa
con patio y jardín, situado
en San Juan, distrito 1°
(Tamarindo), cantón 3° (Santa Cruz), Provincia de Guanacaste; el cual colinda al Norte: Calle Público
con un frente a ella de catorce metros con setenta y ocho centímetro lineales, Sur: Jhonny Aguilar
Peña, Este: Elmer Briceño Pizarro y Oeste: Jhonny Aguilar Peña; mide 203 m2,
según plano G-1746606-2014.
Indica la parte promotora:
que sobre el mismo no pesan cargas reales o gravámenes, que mediante dicho proceso no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, que estima el inmueble en dos millones, que lo adquirió mediante una compra que le hizo a la señora Aracelly Obando Gutiérrez, mayor, soltera,
profesora, cédula: 1-1172-204, vecina
de San Juan de Santa Cruz, Guanacaste, seiscientos
metros al oeste de la plaza de fútbol,
el día 02/07/2014 y quien
es su compañera
sentimental, que hasta la fecha lo ha poseído en calidad
de única persona propietaria
y en forma continua, pública y pacífica; que los actos de posesión que ha ejercido sobre el han consistido
en limpieza de maleza, construcción de cerca y hacer rondas;
que no ha inscrito mediante
el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles y que carece de título inscribible de dominio. Por tal razón y de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Informaciones
Posesorias, se emplaza por este medio a todas las personas interesadas en este asunto,
a efecto de que dentro del plazo
de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado
Civil de Santa Cruz,
Guanacaste, 09 de mayo de 2018.—Lic. Carlos Manuel Ruiz Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2020481080 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000424-0640-CI donde
se promueve información posesoria por parte de Arllen Alexis Portuguez Montoya, quien es mayor, casado una vez, vecino de Paraíso, Cartago, portador de la cédula número
0303780092, comerciante, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: finca ubicada en la provincia
de Cartago, la cual es terreno
servidumbre de paso. Situada en el distrito
segundo Santiago, cantón segundo Paraíso. Colinda: al norte, con Carmen Montoya Paniagua, Alex Alfonso Fernández
Montoya, Gabriela Fernández Montoya, Andrea Fernández Montoya, Yadira Montoya
Paniagua, Michael cc Maicol Sanabria Brenes; al sur,
con Rafael Ballesteros Montoya, Javier Ballesteros Montoya; al este, con Michael cc Maicol
Sanabria Brenes y al oeste, con calle
pública con un frente de
seis metros treinta centímetros.
Mide: quinientos cuarenta y dos metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre
el inmueble a inscribir 03-2015248-2017 no pesan
cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de quinientos mil colones exactos. Que adquirió dicho inmueble 03-2015248-2017, y
hasta la fecha lo ha mantenido
en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en finca ha ejercido
la posesión cumpliendo con
el uso conforme del suelo para la actividad que realiza de acuerdo con la metodología aprobada. Que no ha inscrito mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Arllen Alexis Portuguez Montoya. Expediente N°
20-000424-0640-CI-0.—Juzgado Civil de
Cartago, 25 de agosto del año
2020.—Lic. Luis Diego Romero
Trejos, Juez.—1 vez.—( IN2020481199 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Elizabeth Duarte Mena, quien
en vida fue
mayor, soltera, de oficios domésticos, con cédula seis, ciento
treinta y dos, quinientos cuarenta y tres, vecina de Río Claro, Guaycará,
Golfito, Puntarenas. Para que, dentro del plazo de treinta días, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan, a reclamar sus
derechos, y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2020.—Licda. Sonia Jiménez
Venegas, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2020473754 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó José David Padilla Zúñiga,
mayor, soltero en unión de hecho, comerciante, costarricense, con documento de identidad uno-mil ciento ochenta y ocho-doscientos cincuenta y siete y vecino de Pérez Zeledón, Daniel Flores, Villa Ligia, Calle Licho; frente al Taller Fello. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
20-000154-0188-CI-6.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito
Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia
Civil), 13 de agosto del año
2020.—Lic. Allan Montero
Valerio, Juez.—1 vez.—( IN2020479178 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Óscar Eduardo Bonilla Bonilla, mayor, casado una vez, ingeniero agrónomo, cédula de identidad número cuatro-cero ciento veinte-cero seiscientos doce muerte acaecida el quince de febrero del dos mil veinte, vecino de Heredia, San Francisco Residencial
La Esmeralda casa número ciento
veintiséis; para que dentro del plazo
de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a reclamar sus derechos; se apercibe
a los que crean tener calidad de heredero que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda, expediente número 20-00003-NO. Notaría del licenciado Alejandro Wyllins Soto, teléfono (506)
2231-6914, fax (506) 2290-6898, dirección del Parque
de La Amistad en Rorhomoser
100 este y 50 norte, casa número 170, (publicar una vez).—Lic. Alejandro Wyllins Soto, Notario.—1 vez.—( IN2020479640 ).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito
judicial de las personas menores de edad: Chen Muay Zhen Huang y Elisa Cheng Zheng Huang, para
que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 19-000633-0292-FA. Clase
de asunto: Depósito judicial.—Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
a las once horas y veintiséis minutos
del diecisiete de marzo del
dos mil veinte.—Msc. Liana
Mata Méndez, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020480069 ).
El 26 de agosto de 2020 en mi notaría, sita en San José, Zapote, calle 57A, avenida 40A, se declaró abierto proceso sucesorio notaria intestado N°
0001-2020-C. E. C. M. de quien en
vida fuera: Grettel Azofeifa Sandí, mayor, casada una vez, cédula:
1-0674-0429 y vecina de San Isidro de Vázquez de
Coronado: Se cita a todos
los herederos, legatarios, acreedores e interesados en general para que dentro del plazo
de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a hacer valer sus derechos,
con el apercibimiento a los que crean
tener derecho a la herencia
de que si no se presentan en ese plazo, la misma pasará a quien por ley corresponda.—Licda. Carlota Eugenia Chaves Mora, carné 5072, Notaria.—1
vez.—( IN2020480677 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en el proceso sucesorio
notarial ab intestato de Rafael Ángel
Jiménez Mora, quien en vida fue mayor, agricultor, casado una vez, portador de la cédula uno-doscientos cuarenta y nueve- ochocientos sesenta y dos, vecino de Santa
Ana, San José, fallecido el veintiocho
de junio del año dos mil cinco, expediente N° 2508-2020
para que, dentro del plazo máximo
de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, a hacer valer sus derechos. Notaría bufete de la Licda. Marcela Del Carmen Chaves Hernández, Heredia, cien oeste de Rancho Camacho, 01
de setiembre, teléfono
6154-6111.—Licda. Marcela
Del Carmen Chaves Hernández.—1 vez.—(
IN2020480678 ).
Se hace saber: En este
Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Trinidad Madrigal Salazar, mayor, casado/a, nacionalidad Costa Rica, con
documento de identidad 0104940539 y vecino(a) de Coto Brus. Se indica a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un
interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 20-000040-0920-CI- 3.—Juzgado Civil y Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de La Zona Sur (Corredores) (Materia Civil), 19
de junio del 2020.—Licda. Nancy Magaly García Sánchez, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020480684 ).
Se hace saber en este
tribunal de justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Henry Alfaro Picado, mayor, soltero, pensionado, nacionalidad
Costa Rica, con documento de identidad
N° 0302640967 y vecino de Aserrí. Se indica
a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº
18-000166-0217-CI-0.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San
José (Desamparados), 14 de julio del 2020.—Lic. Floryzul
Yazmin del Carmen Porras López, Juez/a Decisor/a..—1 vez.—(
IN2020480686 ).
Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Luz Alicia Alfaro Picado, mayor, soltera, sin oficio, costarricense, cédula de identidad
1-0817-0726 y vecina de Aserrí.
Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
Nº 18-000167-0217-CI. Nota: Publíquese
este edicto en el Boletín Judicial
por una sola vez.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San
José (Desamparados), 21 de julio del año 2020.—Lic. Henry Steven Sanarrusia
Gómez,
Juez Decisor.—1 vez.—(
IN2020480687 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Nicolás María Ruiz Ruiz, mayor, estado civil soltero, profesión u oficio dato desconocido,
nacionalidad costarricense,
con documento de identidad
0500245299 y vecino Nicoya Guanacaste centro, donde vivió
ubicado en la Zapatería
Morales cincuenta metros al este
costado norte del actual
Banco Nacional Nicoya centro. Se indica
a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente N°
20-000061-0390-CI-8.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Civil), 24 de agosto
del año 2020.—Licda.
Elizabeth Fallas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(
IN2020480689 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de: Lester Enrique
Ríos Alfaro, mayor, soltero, de nacionalidad
nicaragüense, número de pasaporte de su país C cero uno dos cinco seis
dos cuatro siete, quien era trabajador independiente, con domicilio en San José, Concepción Arriba de Alajuelita,
Barrio El Progreso, contiguo
a la Pulpería Chacón, quien falleció el día veinticuatro de setiembre del dos mil veinte,
bajo citas: 1-0617-111-0222, para que, dentro del plazo de 30 días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría situada en
San José, Concepción Arriba de Alajuelita, Vista
Grande Dos, casa número 15; en
defensa de sus derechos bajo el apercibimiento
de que, si no lo hicieren
dentro del término conferido
la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 002-2020.—San José, 03 de setiembre
del 2020.—Lic. Densis Armando Alvarado Chacón, Notario Público.—1 vez.—( IN2020480718 ).
Se hace saber que ante el notario
Lic. Ángel Valdivia Sing, se tramita
la sucesión de quien en vida se llamó
Álvaro
Chavarría Calvo,
mayor, viudo una vez,
pensionado, portador de la cédula uno-cero doscientos diez-cero ochocientos sesenta y siete, vecino de San José, El
Alto de Guadalupe, del Abastecedor Praga doscientos metros este, contiguo a Ferretería Praga, casa color
rosado y con verjas blancas
a mano derecha; quien murió el pasado veintitrés de mayo del año dos
mil veinte, según consta en el Registro
Civil, Sección de Defunciones
al tomo: seiscientos treinta y tres; folio: trescientos setenta y nueve; asiento: setecientos cincuenta y ocho; de la provincia de San José; y por este
medio se emplaza a todos
los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el presente proceso, para que dentro
del plazo de quince días,
que se contarán
a partir de la publicación
de este edicto en el Boletín Judicial,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento
a los que crean tener
derecho a la herencia, de que si
no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Igualmente se hace saber que la notaría está situada en
la ciudad de San Juan de Tibás, del Burger King cien metros sur, edificio Sing, segunda planta, a las siete horas
y treinta minutos del veintisiete de agosto del año dos mil veinte.—Lic. Ángel Valdivia Sing, Notario
Público.—1
vez.—( IN2020480724
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Patricia Castro
Vega, a las nueve horas cinco
minutos del dos de abril
del año dos mil veinte y comprobado el fallecimiento de
Roxana Vega Morera, quien fuera mayor, casada una vez, señora de su hogar, vecina
de Tibás, portadora de la
cédula de identidad número
uno-cero tres dos nueve-cero
ocho cuatro nueve, esta notaría
ha declarado abierto su proceso sucesorio
ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que,
dentro del plazo máximo de
quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte
a la Procuraduría General de la República,
tal como ésta lo ha indicado. Notaría del Lic. Warner Céspedes Arias, con oficina abierta en San José, calle 25 y 27, avenida diez. Teléfono 2283-6607
/2234-9959.—San José, julio 29, del 2020.—Lic. Warner Céspedes Arias, Notario Público.—1
vez.—( IN2020480733 ).
Se hace saber en este
Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Luis Gerardo Valverde Gómez, mayor, divorciado, comerciante, documento de identidad tres-cero ciento sesenta y cuatro-cero seiscientos cuarenta y ocho y vecino de Pérez Zeledón, La Aurora, de la entrada principal hacia la Finca Municipal, un kilómetro al este. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
N° 19-000173-0188-CI.—Juzgado
Civil y Trabajo del Primer Circuito
Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia
Civil), 16 de enero del año
2020.—Msc. Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—(
IN2020480735 ).
Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó María del Carmen Briceño
Briceño, mayor, estado
civil soltera, pensionada, costarricense, con documento de identidad N° 0501220674 y vecina
de Cartago El Guarco, Tejar,
Urbanización Hacienda Vieja,
quinientos metros al este y
cien metros al sur de la Basílica
de Tejar, casa número 206.
Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días, contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
N° 20-000461-0640-CI-1.—Juzgado Civil de
Cartago, 04 de agosto del año
2020.—Lic. Mateo Ivankovich Fonseca, LL.M. Juez Decisor.—1
vez.—( IN2020480758 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Gonzalo Cerdas
Araya, mayor, viudo, agricultor,
costarricense, vecino de
Cartago, Guarco, San Isidro, Cañón,
un kilómetro
al norte de la iglesia del Cañón de El Guarco, con documento de identidad N°
0301530827 y Amelina Sánchez Zapata, mayor, casada
una vez, ama de casa, vecina
de Cartago, Guarco, San Isidro, Cañón,
un kilómetro
al norte de la iglesia del Cañón de El Guarco, con documento de identidad
0900870446. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente N°
20-000431-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago,
23 de julio del año 2020.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez
Decisor.—1
vez.—( IN2020480762 ).
En mi notaría a las 09:00
horas del 03 de agosto del 2020, se solicitó declarar abierto el sucesorio de Catalina
Martínez Vega, cédula N° 6-109-118, y de Hilda Martínez Vega, cédula N° 6-093-869. Se invita a todos los interesados en esta sucesión se apersonen a hacer valer sus derechos en el plazo de treinta días.—Alajuela,
19 de agosto del 2020.—Lic.
Pedro Miguel Vega Cruz, Notario.—1
vez.—( IN2020480770 ).
A las dieciséis horas
del dieciocho de agosto de dos mil veinte, esta Notaría, bajo el expediente
número cero cero cero
uno-dos mil veinte, declara abierto el Proceso Sucesorio Ab Intestato en Sede
Notarial de Marco Tulio Valverde Bonilla, quien fue mayor, soltero, periodista
pensionado, cédula uno-trescientos cincuenta y ocho-seiscientos cincuenta y
nueve, vecino de la Provincia de San José, Distrito Uno: Desamparados, Cantón
Tercero: Desamparados, frente Biblioteca Joaquín García Monge, se cita y
emplaza a herederos, legatarios y acreedores y en general a todos los interesados,
para que dentro del plazo de quince días a partir de la publicación del Edicto
de Ley, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que
crean tener derechos a la herencia, que de no presentarse en el plazo ante esta
notaría, ubicada en San José, Zapote, de la Iglesia Católica trescientos metros
al sur y setenta y cinco metros al este, la herencia pasará a quien
corresponda.—Licda. Wendy Meneses Orozco, Notaria.—1 vez.—( IN2020480775 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Jose Ángel Matías Picado Abarca, mayor, casado, agricultor, cédula uno- ciento ochenta y tres- novecientos veintiséis
(1-0183-0926) vecino de Pérez Zeledón.
Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
Nº:20-000165-0188-CI-4.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia
Civil), 28 de agosto del año
2020.—Msc. Harold Ríos
Solórzano, Juez.—1 vez.—( IN2020480798 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Mayra Vanessa Gómez Ruiz, mayor, estado civil casada una vez, profesión ama de casa, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N°
0108780413 vecina de Cartago, Central, Occidental frente a la Unidad Pedagógica
Rafael Hernández Madriz. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000432-0640-CI-5.—Juzgado Civil de Cartago, 06 de
julio del 2020.—Lic. Mateo Ivankovich Fonseca, LL,M, Juez.—1 vez.—(
IN2020480800 ).
Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó: Virginia Argentina Quirós
Granados, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad N° 3-0116-0594, y vecina
de Cartago, Oreamuno, Santa Rosa. Se indica a las
personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
20-000487-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, 30 de julio del 2020.—Lic. Mateo Ivankovich Fonseca,
LL.M. Juez.—1
vez.—( IN2020480804 ).
Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Catalina del
Socorro Campos Arce, mayor, soltera, oficios domésticos, costarricense, con documento de identidad N° 0203820637, y vecina
de San Juan de Naranjo de Alajuela. Se indica a las
personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Publíquese este edicto por una única vez. Expediente N°
20-000202-0295-CI-0.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia
Civil), 21 de agosto del
2020.—M.Sc. Freddy Aikman Espinoza, Juez.—1 vez.—( IN2020480830 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Orlando Esquivel Delgado, mayor, estado civil casado, de oficio oficial de seguridad, nacionalidad Costa
Rica, con documento de identidad
0401300810 y vecino de Heredia, Sarapiquí,
La Virgen, de la escuela California Tica 200 metros al sur. Se indica
a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
19-000053-1309-CI-0.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil
y Violencia Doméstica Sarapiquí (Materia Civil), 15
de mayo del 2020.—Tatiana María Bolaños Rodríguez,
Jueza.—1
vez.—( IN2020480834 ).
Mediante escritura otorgada
ante la suscrita notaria, a las 15:00 horas del 18 de
mayo del 2020, se procedió a la apertura del proceso sucesorio notarial de los
señores:
Clara Coy Alpízar,
cédula N° 8-017-639 y de Robert Claude
Freedman, cédula N° 1001757593,
se cita y emplaza a todas las personas herederos acreedores o que puedan tener interés en el presente
apersonarse ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notificaciones atenderemos al
fax: 2222-0006, o al correo electrónico: caroili@yahoo.com.—San
Jose, 18 de mayo de 2020.—Licda. Sandra Echeverria Mesen, Notaria.—1 vez.—( IN2020480838 ).
Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Álvaro Miranda Pérez, mayor, divorciado, pensionado, nacionalidad
Costa Rica, con documento de identidad
N° 0202680269 y vecino de Alajuela La Trinidad. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días, contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
N° 20-000372-0638-CI-5.—Juzgado Civil del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 02 de julio del año 2020.—Licda. Franciny María Gutiérrez López,
Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020480849 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Ingrid Siglinde (nombres) Schewe (apellido) de único apellido en razón de su
nacionalidad alemana,
cédula de residencia de la República de Costa Rica número: uno dos siete seis cero cero uno dos siete nueve tres cuatro,
a las dieciséis horas del primero de septiembre del dos mil veinte, comprobado el fallecimiento; declaro abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera
Werner Juergen (nombres) Schewe
(apellido), mayor de edad,
de único apellido en razón de su
nacionalidad alemana, con
cédula de residencia de la República de Costa Rica número: uno dos siete seis cero cero ocho nueve
seis dos seis, vecino de Barrio San José Sur de
Atenas de Alajuela, trescientos metros al oeste del cruce; fallecido el tres septiembre del dos mil diecinueve.
Se cita y emplaza a todos los interesados para que
dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos; de la licenciada Natalia Carolina Espinoza Chaves, ubicada en la ciudad de Atenas, cien metros oeste de la Iglesia Bíblica, teléfono 2446-0101. (Publicar 1 vez en el Boletín
Judicial). El original fue retirado
por Ingrid Siglinde (nombres)
Schewe (apellido), teléfono
8815-5453.—A las 17 horas, del 01 de septiembre del
2020.—Natalia Carolina Espinoza Chaves.—1 vez.—( IN2020480874 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Andrey García Barquero,
mayor, estado civil soltero,
profesión u oficio mensajero, nacionalidad Costa
Rica, con documento de identidad
N° 0702530643 y vecino de. Se indica
a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente N°
19-000278-0930-CI-7.—Juzgado Civil del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 11 de octubre del año 2019.—Licda. Valeria Lucia
Torres Morales, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020480881 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por: Keneth Osvaldo Bonilla Céspedes,
a las dieciséis horas y treinta
minutos del día tres de setiembre del año dos mil veinte, y comprobado el fallecimiento del señor: Hernán Bonilla Ovares, mayor, casado una vez, vecino: de: Alajuela,
Grecia, Grecia Centro, Barrio Jiménez, frente al
Salón Comunal de Barrio Jiménez, cedula: dos-cero uno
siete nueve-cero uno tres uno. Fallecido el día trece de junio
del dos mil dieciocho. Esta
notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio ab intestato,
bajo el expediente N° 2020-001. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo
máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la licenciada Eilleen del Rocío Sandoval Pérez,
con oficina en Alajuela,
Grecia, San Roque, doscientos metros oeste de Súper Gómez; teléfono 7209-4984.—Primero de setiembre del dos mil veinte.—Licda. Eilleen del Rocío Sandoval Pérez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2020480905 ).
Se cita y emplaza a los posibles coherederos e interesados en la sucesión de quien en vida se llamó:
Deifilia Angulo Cruz, mayor, casada
una vez, vecina de San
José, Goicoechea, Calle Blancos,
El Encanto, casa EE, ama de casa, cédula de identidad
número 500570780, quien falleció el día once de diciembre de mil novecientos ochenta y seis, en Hospital
México, para que, comparezcan ante esta notaría, a hacer valer
sus derechos dentro del plazo de quince días, caso contrario
la herencia pasará a quien
corresponda sin perjuicio
de tercero de mejor
derecho, al tenor del artículo ciento veintisiete
del Código Procesal Civil. Sabanilla Montes de Oca, Radial La Cosecha número veintitrés. Notifíquese.—San
José, treinta de agosto del
dos mil veinte.—Licda.
Marta Eugenia Pacheco Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2020480918 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida
fuera María de los Ángeles
Castro Monge, conocida como
Vilma Castro Monge, viuda una vez,
del hogar, cédula número
uno-cero cuatrocientos treinta-cero
trescientos setenta y seis,
vecina de San José, Escazú,
centro, cincuenta metros al
sur del antiguo Country Day School, según la cita de defunción número uno cero seis tres dos uno dos ocho cero dos cinco cinco, que consta en el Registro
Civil, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda, expediente dos mil veinte-cero
cero dos-NO, Notaría del licenciado
Hernán Navarro-Rojas, carné
nueve seis cinco dos, (Publicar una vez)”.—San José, veintisiete de mayo de dos mil veinte.—Lic. Hernán Navarro-Rojas, Notario.—1
vez.—( IN2020480922 ).
Se cita a todos los interesados en la Sucesión de Thais Carmiol Cruz, quien fuese mayor, costarricense, casada una vez, ama de casa, portadora de la
cédula de identidad número:
uno-cero dos cinco tres-cero
seis siete nueve, fallecida el día siete de julio del año dos mil cinco, para que
dentro del plazo de un mes contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos ante esta notaría ubicada en San José, Guadalupe, trescientos
metros al este de la Iglesia
Católica sobre calle principal, Edificio Campo
Real, segunda planta, oficina
número dos; y se apercibe a
los que creen tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quién corresponda. Expediente N° dos mil veinte-cero
cero cero dos. Publicar una
vez. Sin fecha límite de publicación.—Fernando Jiménez Mora.—1 vez.—(
IN2020480930 ).
Por escritura otorgada ante el notario Álvaro Rodrigo Mora Salazar, número
ciento setenta y uno, del tomo sesenta y seis de mi protocolo en la ciudad de San
José a las diecisiete horas del primero de setiembre del dos mil veinte, el señor: Juan Antonio Segura Aguilar mayor, soltero, comerciante, cédula
uno-cero cuatrocientos setenta
y ocho-cero novecientos sesenta y dos, vecino de San
José, solicita la apertura
del sucesorio en sede notarial de Juan Bautista Segura Ortega quien fue mayor, soltero, comerciante, cédula
uno-cero cero noventa y siete-cinco
mil cuatrocientos, vecino
de San José, Poas de Aserrí.
Se convoca a los interesados
y acreedores, se apersonen
ante esta notaría ubicada en la ciudad de San José avenidas diez y diez bis calle veintiuno, numero mil sesenta y cinco dentro de los treinta días siguientes
a la publicación de este
aviso, en defensa de sus
derechos, se les previene que deben
señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro
judicial de San José, con la advertencia de que si no lo hacen los bienes pasarán a los que legalmente correspondan.—Lic. Álvaro Rodrigo Mora Salazar, Notario
Público.—1
vez.—( IN2020480973 ).
Se hace saber que en esta notaría se tramita proceso sucesorio en sede notarial de quien en vida
fue Pastor Boanerges Campos Arrieta, quien fue mayor de edad, pensionado, soltero en unión libre, pensionado, costarricense, portador de la cédula número cinco-doscientos treinta y uno-doscientos cuarenta y cinco, defunción ocurrida en Nicoya, Guanacaste el
día veintitrés de enero del año dos mil veinte. Se cita a todos los interesados para que en el plazo de treinta días calendario contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer
sus derechos.—Santa Cruz, Guanacaste.—Licda. Adriana Ruiz Villarreal, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2020480982 ).
Por una única vez, se cita
y emplaza a los interesados
en la sucesión: Lisette
Varela Chinchilla, cédula: 1-420-714, para que dentro del plazo
de quince días hábiles, comparezcan ante esta notaría, San José, Barrio Lujan ciento
setenta y cinco sur del
PANI, fax: 2258-5151, a hacer valer
sus derechos, bajo apercibimiento de que si no lo hacen, aquella pasará a quien corresponda. Expediente: 1-2018.—San José, 2 de setiembre
de 2020.—Lic. Juan Ernesto
Martínez Fuentes, Notario Público.—1 vez.—( IN2020480989 ).
Se emplaza a herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida
se llamó Guido Gerardo Rivera Hernández portador de la cédula de identidad
número uno-cero trescientos
cincuenta y nueve-cero cero
diez, para que, dentro del plazo
de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría en
defensa de sus derechos, apercibidos
de que, si así no lo hicieren, la herencia pasará a quien corresponda. Licda. Gabriela
Alvarado Araya, Notaria pública, Alajuela, 200 m sur
y 125 m este de la iglesia
la agonía, Expediente N°
02-2020.—Licda. Gabriela
Alvarado Araya, Notaria.—1 vez.—(
IN2020480991 ).
Se tiene por abierto el sucesorio extrajudicial de quien en vida fue:
Álvaro Cortés Alfaro, cédula número cuatro-cero cero setenta y
seis-cero cuatrocientos veinticinco.
Se cita a todos los interesados, para que dentro del término
común de quince días, a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a hacer valer sus derechos. Albacea María
del Carmen Sandí Gutiérrez. Notaria Pública
del Lic. Rafael Ángel Salazar Fonseca, expediente N° 004-2020.—Heredia,
dos de setiembre del año
dos mil veinte.—Lic. Rafael
Ángel Salazar Fonseca.—1
vez.—( IN2020481001 ).
Ante esta notaria, se presentan
los señores
Sergio Antonio Zamora Chaves, Sergio Alonso Zamora Víquez, Olger
Vinicio Zamora Víquez,
e Ivannia María Zamora Víquez, para solicitar la apertura del proceso sucesorio extrajudicial
de la señora
Marta Virginia Víquez
Alfaro. Con ese objeto, y de conformidad
con el artículo
126.3 del Código Procesal Civil, se emplaza a los herederos y demás interesados
en la sucesión de quien
en vida se llamó
Marta Virginia Víquez
Alfaro, mayor, casada una vez,
ama de casa, cédula número cuatro-cero cero noventa y nueve-cero seiscientos, quien falleció el día siete de mayo del dos mil
diecinueve, para que en el término
de quince días
contados a partir de la publicación
de este edicto, se apersonen en este
proceso sucesorio
extrajudicial a hacer valer
sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren dentro del indicado termino, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número
02-2020-Y.M.V. Notaría
de la Licda. Yorleny
Murillo Vargas, sita en San
José, San Pedro de
Montes de Oca, Barrio Los Yoses,
cuatrocientos metros al sur de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Bufete
Econojuris, teléfono: veintidós ochenta
y tres cero dos treinta y tres.—San José, veintidós
de mayo del dos mil veinte.—Licda.
Yorleny Murillo Vargas, Notaria.—1
vez.—( IN2020481025 ).
Ante esta notaría, se presentan los señores Ilse Hering Quijano, y sus hijos Nebai Raygada Hering;
Albert Raygada Hering;
Pedro Raygada Hering;
Alberto Raygada Agüero;
Maritza Raygada Agüero;
David Raygada Guzmán; Rocío
Raygada Guzmán; Jorge Raygada
Guzmán, y Everardo Raygada Guzmán, para solicitar la apertura del proceso sucesorio extrajudicial
del señor Víctor Manuel Raygada
Bustillo; cédula número seis-cero cero treinta cuatro-cero quinientos ochenta y tres, quien murió
el cuatro de enero del dos
mil dieciocho. Con ese objeto,
y de conformidad con el artículo
126.3 del Código Procesal Civil, se emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida
se llamó Víctor Manuel Raygada
Bustillo, para que en el término
de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en este
proceso sucesorio
extrajudicial a hacer valer
sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren dentro del indicado término, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 03-2020-Y.M.V. Notaría de la Licda. Yorleny Murillo Vargas, sita en San José, San Pedro de Montes de Oca,
Barrio Los Yoses, cuatrocientos
metros al sur de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos, Bufete Econojuris,
Teléfono: veintidós ochenta y tres cero dos treinta y tres, fax veintidós ochenta-setenta y seis treinta y seis.—San José, catorce
de junio del dos mil veinte.—Licda. Yorleny Murillo Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2020481027 ).
Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Joaquín Sandí Guillén, mayor, viudo,
agricultor, nacionalidad
Costa Rica, con documento de identidad
N° 0101670334 y vecino de San José. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
Nº 20-000351-0217-CI-5.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San
José (Desamparados), 14 de agosto del 2020.—Lic. Henry Steven Sanarrusia Gómez, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2020481041 ).
Mediante escritura otorgada
ante el notario Luis Carlos Jiménez Castro número ciento veintinueve
de las doce horas del veinte
de agosto de dos mil veinte,
se solicita la apertura de
la sucesión notarial de quien
en vida fue
Hortencia Carvajal Luna, mayor, viuda, pensionada, cédula de identidad tres-cero
noventa-ochocientos cuarenta
y seis, quien falleció el día nueve de octubre
del afio dos mil dieciocho,
tal y como consta en el Registro
Civil a citas tres cero uno
nueve cinco cero ocho dos cero uno seis tres y
Jorge Barquero Loría mayor casado
una vez, pensionado, cédula de identidad uno-ciento ochenta y seis-trescientos treinta y dos quien falleció el día veinte de febrero
de dos mil cinco, tal y como consta en
el Registro Civil a citas tres cero uno seis uno tres seis
cero cero siete uno nueve, siendo ambos vecinos de San Nicolás de Cartago y conyugues
entre si según consta en la Sección
de Matrimonios del Registro
Civil a citas tres cero cero cinco seis cuatro tres cuatro
cero ocho seis siete. Se emplaza a los interesados a apersonarse al proceso a hacer valer los derechos y para tal efecto dirigirse
a la oficina del notario situada en Cartago, Turrialba, frente al costado sur del Parque
La Dominica.—Turrialba, tres de setiembre
de dos mil veinte.—Luis Carlos Jiménez Castro, Notario
Público.—1 vez.—(
IN2020481058 ).
Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó: Adaliza Luisa c.c María
Luisa Gutiérrez Siles, mayor, costarricense, ama
de casa, casada, vecina de
Cartago, Alto de Ochomogo, cédula de identidad
N° 0500680307, y Virgilio Omar
Ruiz Vargas, mayor, costarricense, casado una vez, pensionado, vecino de Cartago, Alto de Ochomogo,
con documento de identidad
N° 0500750565. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
12-000371-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, 20 de agosto del 2020.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—1 vez.—(
IN2020481092 ).
Margarita Arias Formoso, notaria pública con oficina en San José, Goicoechea, Guadalupe, ciento cincuenta metros al norte de Novacentro, hace saber que en mi notaría a las ocho horas del dos
de setiembre de dos mil veinte,
bajo el expediente número
cero uno-dos mil veinte, se declaró
abierto el proceso sucesorio testamentario en sede notarial de quien en vida
fuera: Víctor Hugo Quirós
León, mayor, casado
una vez, pensionado, vecino
de Desamparados, San José, doscientos metros al sur y
trescientos metros al oeste
del cementerio, cédula de identidad
número uno-cero doscientos ochenta y nueve-cero seiscientos sesenta y nueve. Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y en general y en general a todos los que puedan resultar interesados o crean tener derechos en la presente sucesión en sede
notarial a efecto de que concurran
a hacer valer sus derechos
dentro del plazo de quince días
contados a partir de la fecha de publicación del presente edicto en la oficina de la suscrita notaria en la dirección indicada, bajo apercibimiento de que de apersonarse
la herencia pasará a quien corresponda.—San José.—Licda. Margarita Arias Formoso, Notaria.—1 vez.—( IN2020481095 ).
En escritura
pública N° 182-12, otorgada ante el notario Alexis
Monge Agüero, a las 14:00 horas del 26 de agosto del 2020, con oficina abierta en San Isidro de El
General, 100 metros al sur del Complejo Cultura, Edificio Ayales, Pérez Zeledón, se declara abierto el proceso sucesorio abintestato de: Mencia Ramírez
Rodríguez, cédula de identidad N° 2-0161-0442, quien fue viuda,
oficios del hogar vecina de Pinar del Rio, Daniel Flores, Pérez Zeledón. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo
máximo de 15 días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Expediente N° 0003-2020.—Firmo en San Isidro de El
General, Pérez Zeledón, a las 14:00 horas del 26 de agosto del 2020.—Lic. Alexis Monge Agüero, Notario.—1
vez.—( IN2020481098 ).
Mediante la escritura número ciento treinta y ocho-veinticinco, otorgada ante esta notaría pública, por Andrea Vanessa
Robles Murillo, mayor, viuda de sus primeras nupcias, empresaria, vecina de San José, Escazú, San Rafael, Residencial Escazú Village, apartamento cuatrocientos cuatro, portadora de la cédula de identidad
número uno-mil doscientos sesenta y seis-ochocientos cincuenta y ocho, a las once
horas con quince minutos del dos de setiembre del dos mil veinte, comprobado el respectivo fallecimiento de quien en vida fue:
Randy James Ignacio Krueger, mayor, casado en segundas nupcias,
desarrollador de software, vecino
de Puntarenas, Garabito, Playa Jacó, calle Alice, Edificio Vista Las
Palmas, apartamento doce A,
portador de la cédula de identidad
número ocho-cero ciento veintiséis-cero novecientos cincuenta y seis, este notario público
declara abierto el proceso sucesorio. Se cita y emplaza a todos los interesados para que,
dentro del plazo máximo de
quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante este notario público
a hacer valer sus derechos.
Notario público Guillermo
Emilio Zúñiga González, ubicado
en San José, Escazú, San
Rafael, Avenida Escazú, edificio
ciento uno, piso tres, oficina doscientos
catorce, ECIJA Costa Rica.—San
José, dos de setiembre del dos mil veinte.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario Público.—1
vez.—( IN2020481100 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Pedro Edgar Ramón Ureña Romero, mayor, estado civil casado una vez, nacionalidad Costa Rica, con
documento de identidad N°
0302410902 y vecino de Cartago. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
N° 19-000252-0640-CI-0.—Juzgado Civil de
Cartago, 19 de junio del 2019.—Licda. Mariana Jovel Blanco, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2020481103 ).
Se hace saber en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Anisia Valenciano
Soto, mayor, estado civil viuda,
profesión u oficio ama de
casa, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N°
0101830979 y vecina de San José, Montes de Oca. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
20-000377-0181-CI-5.—Juzgado Segundo Civil
de San José, 3 de julio del 2020.—Lic. Daniel Jiménez Medrano, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2020481126 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Ligia Narano Delgado, cédula N°
2-534-921, quien fue casada dos veces, administradora de empresas, vecina de Sabalito, Coto Brus, Puntarenas, para que
dentro del plazo de quince días,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; con apercebimiento
a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a que corresponda. Expediente N°
0002-2020. Sucesión de Ligia Narando
Delgado. Notaría de la Licenciada
Damaris Fernández Villalobos, Cartago, Paraíso, contiguo
Estación de Servicio Delta.—Licda. Damaris Fernández
Villalobos, Notaria.—1 vez.—(
IN2020481134 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Elsa Zúñiga Méndez, cédula N° 1-274-769, quien fue casada
una vez, ama de casa, vecina
de la Libertad de San Vito, Coto Brus,
Puntarenas, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan
a reclamar sus derechos; con apercebimiento
a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a que corresponda. Expediente N°
0001-2020. Sucesión de Elsa Zúñiga Méndez. Notaría
de la Licenciada Damaris Fernández Villalobos,
Cartago, Paraíso, contiguo Estación
de Servicio Delta.—Licda. Damaris Fernández Villalobos, Notaria.—1
vez.—( IN2020481135 ).
Se hace saber: en este Tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Marta Eugenia Meléndez Ramírez, mayor, casada, oficios domésticos, costarricense, con cédula de identidad
N° 0105080923 y vecina de San José, Goicoechea. Se indica a las
personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
20-000539-0182-CI-3.—Juzgado Tercero Civil de San José, 20 de agosto del 2020.—M.Sc. Wálther
Obando Corrales, Juez Civil.—1
vez.—( IN2020481139 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Carmen Virginia
Umaña Garro, cédula N° 103080922, del hogar,
casada, vecina de San José,
Zapote, de terminal de buses 150 metros al oeste para
que dentro del plazo de treinta
días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a reclamar sus derechos, y se apercibe
a los que creen tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho caso, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 001-2020.—Licda. Ligia Rodríguez Pacheco, Notaria.—1
vez.—( IN2020481146 ).
Mediante escritura pública número 146 del tomo 02 de la
notaria pública Lucila Barrantes
Rodríguez, y otorgada a las 14:00 horas del 21
de agosto del 2020, se realiza
acta de apertura otorgada
ante esta notaría por
Esmeralda Amada Fallas Varela, mayor, viuda una vez, ama de casa; vecina de Alajuela, Naranjo, Dulce Nombre,
700 metros sur de la entrada al Rosario, cédula de identidad N° 2-254-303;
María Gabriela Rivera Fallas, mayor, divorciada una vez, ama de casa, misma dirección que la primera, cédula de identidad N° 2-475-0019,
y Gerardo Alexis Rivera Fallas, mayor, casado una vez, empresario, vecino de Alajuela, Naranjo, Dulce Nombre,
calle Rosario, 500 metros sur del cruce
de la carretera a Sarchí,
cédula de identidad N° 2-445-402, y comprobado el fallecimiento del señor: Roger Alix Rivera López conocido como: Roger Alexis
Rivera López, quien en vida fuera mayor, casado una vez, empresario, vecino de Alajuela, Naranjo, Dulce Nombre,
700 metros sur de la entrada del Rosario, cédula de identidad N° 2-233-472,
esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio
ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que,
dentro del plazo máximo de
15 días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Lucila Barrantes Rodríguez, ubicada en Zapote, Zarcero, Alajuela, 50
metros oeste de la Escuela. Proceso
sucesorio notarial cero cero
cero uno-dos mil veinte. Teléfono: 2463-2865.—San José, 21 de agosto
del 2020.—Licda. Lucila Barrantes Rodríguez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2020481155 ).
Se hace saber en este
tribunal de justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Regina Chacón Valverde, mayor, viuda, ama de casa, costarricense,
con documento de identidad
N° 0101920098 y vecina de San Juan de Dios,
Desamparados, doscientos metros norte
de los filtros de Acueductos
y Alcantarillados. Se indica
a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 19-000774-0217-CI-0.—Juzgado Civil del Tercer
Circuito Judicial de San José
(Desamparados), 13 de enero
del 2020.—Lic. Freddy Ureña Díaz, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2020481194 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Rolando Solano Cajina,
mayor, casado, costarricense,
vecino de San José, Desamparados, cédula de identidad 1-0409-0972. Se indica
a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
20-000140-0217-CI-1. Publíquese por una sola vez en el Boletín
Judicial.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 17 de marzo del año 2020.—Floryzul Yazmin del
Carmen Porras López, Jueza Decisora.—1
vez.—Exonerado.—( IN2020481195 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Álvaro Zamora Loría,
mayor, casado, de nacionalidad
costarricense, quien fue titular de la cédula de identidad
N° 2-256-727 y vecino Limón, Villa del Mar. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente
N° 18-000142-0678-CI.—Juzgado Civil del
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 09 de julio del año 2020.—Licda. Paola Elena
Rodríguez Godínez, Jueza.—1 vez.—(
IN2020481201 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión testamentaria y legitima en sede notarial de quien en vida
fuera Arnoldo Jiménez Villalobos, mayor, casado
una vez, comerciante, con cédula de identidad
dos-trescientos dieciséis-seiscientos
setenta y ocho, vecino de Cuatro Esquinas de Pital de San Carlos, Alajuela un kilómetro
al noreste de la iglesia católica, fallecido el dos de agosto de dos mil veinte, personería de la cual el suscrito notario da fe con vista del Registro de Defunciones, Registro Civil bajos las citas dos cero nueve cuatro cuatro
nueve uno cero nueve uno
cero nueve ocho uno para
que dentro del plazo de quince días
contados a partir de la publicación de este edicto y que se hará por una sola
vez en el Boletín Judicial, se apersonen
a hacer valer sus derechos
ante esta notaría ubicada
en Aguas Zarcas de San Carlos, Alajuela, contiguo
a Almacén Artelec; apercibidos que si no lo hacen dentro del plazo indicado la herencia pasará a quien corresponda. Expediente cero cero tres-dos mil veinte.—San José,
tres de setiembre de dos
mil veinte.—Lic. José Esteban Olivas Jimenez, Notario.—1
vez.—( IN2020481202 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Mabel Trinidad del Carmen Ureña Arias, mayor, soltera, ama de casa, costarricense,
con documento de identidad
N° 6-0139-0282 y vecina de Alajuelita.
Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que
dentro del plazo de quince días
contados a partir de la primera y única publicación de este edicto en el Boletín
Judicial, con el fin de que comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro del citado plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº
15-100055-0216-CI.—Juzgado
Civil Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, 31 de agosto de 2020.—Lic. Nelson
Rodríguez Morales, Juez.—1 vez.—( IN2020481215 ).
A solicitud de René Brais Quirós, he procedido a abrir
expediente de sucesorio ab intestato, en sede
notarial, de quien en vida fue: Sarkis Miguel Brais Saber. Por este medio, se emplaza a cualquier interesado en el presente proceso, para que, se apersonen ante esta notaría, a formular pretensiones, legalizar créditos o hacer valer cualquier derecho sucesorio, bajo el apercibimiento
de que, si no se presentan en el plazo de quince días hábiles, a partir de la publicación del presente
edicto en el Boletín
Judicial, la herencia pasará a quien
corresponda. Lugar: San José, Curridabat,
cien metros al norte del Más x Menos. Expediente N° 0001-2020. Correo electrónico: mvcalvom@abogados.or.cr.—San
José, 04 de setiembre del 2020.—Lic. Marco Vinicio Calvo Montero, Notario
Público.—1
vez.—( IN2020481220 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Sheila Díaz
Campos, mayor, casada una vez
y separada de hecho, pensionada, cédula uno-seis seis ocho-cuatro
tres uno, vecina de Porvenir, Desamparados, San José, trescientos
metros este y setenta y cinco sur de Delegación Policial, para que, en el plazo de quince días desde la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Se apercibe a
los interesados que en caso de no hacerlo dentro del citado plazo los bienes de la herencia pasarán a quienes corresponda. Lo anterior por ordenarse
así en sucesorio
notarial. Expediente N° 2020-0002-NO-EC, tramitado en notaría
del Lic. Eliécer Campos
Soto, sito en San Francisco
de Dos Ríos, San José, costado este
de Polideportivo, Bufete Lic. Leonardo Arcia y Eliécer Campos y Asociados.—San José, 25 de agosto 2020.—Lic. Eliécer Campos Soto, Notario.—1
vez.—( IN2020481237 ).
Se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el proceso sucesorio
extrajudicial que se tramita ante esta
notaría, sita en San Isidro de Coronado, de quien
en vida fuera
José Antonio Frank Gutiérrez Gutiérrez, quien fuera mayor, soltero, pensionado, vecino de
San José, Goicoechea, Ipís,
de la Iglesia Cristiana Techo
Verde setenta y cinco
metros sur, cédula número 6-0061-0013, para que
dentro del plazo de quince días
contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a este Despacho sito
en San Isidro de Coronado, de la Municipalidad; 200
metros este, 125 norte y
125 este, en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento
de que en caso de que no lo
hicieren la herencia pasará a quien en derecho corresponda, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos ciento quince y ciento veintiséis, siguientes y concordantes del
Código Procesal Civil y los artículos
ciento veintinueve y siguientes del Código Notarial. Así
mismo deben señalar medio, casa u oficina
dentro del perímetro judicial del Segundo Circuito de San José, bajo el apercibimiento
de si así no lo hicieren o si el lugar señalado fuere incierto, impreciso o no existiere, las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas con el
solo transcurso de veinticuatro
horas después de dictadas. Igual suerte tomará el proceso si se indica
un medio de fax o correo electrónico
y a la hora de transmisión el mismo
no fuere accesible. Expediente número
000002-2020.—San José, 3 de setiembre del 2020.—Lic. Enrique Curling Alvarado,
Notario.—1
vez.—( IN2020481244 ).
Se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el Proceso Sucesorio
Extrajudicial que se tramita ante esta
notaría,
sita en San Isidro de
Coronado, de quien en vida fuera Sergio Araya Zamora, quien fuera mayor, casado una vez, pensionado, vecino de San José, San Juan de Tibás,
de la esquina sureste del templo católico 300 metros sur, cédula número 1-0284-0287, para que dentro del plazo
de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a este Despacho sito en
San Isidro de Coronado, de la municipalidad 200
metros este, 125 norte y
125 este, en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento
de que en caso de que no lo
hicieren la herencia pasará a quien en derecho corresponda, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos ciento quince y ciento veintiséis, siguientes y concordantes del Código Procesal
Civil y los artículos ciento
veintinueve y siguientes
del Código Notarial. Asimismo, deben
señalar medio, casa u oficina
dentro del perímetro judicial del Segundo Circuito de San José, bajo el apercibimiento de si así no lo hicieren o si el lugar señalado
fuere incierto, impreciso o no existiere, las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas con el solo
transcurso de veinticuatro
horas después de dictadas. Igual suerte tomará el proceso
si se indica un medio de
fax o correo electrónico y
a la hora de transmisión el mismo
no fuere accesible. Expediente número
000003-2020.—San José, 03 de setiembre del 2020.—Lic. Enrique Curling Alvarado, Notario.—1 vez.—( IN2020481245 ).
Mediante acta de apertura otorgada
ante esta notaría por María Del Rosario Sibaja
Ballestero, al ser las trece
horas del veintiocho de agosto
del dos mil veinte y comprobado
el fallecimiento esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida
fuera Virginia Ballestero
Hidalgo. Se cita y emplaza
a todos los interesados
para que, dentro del plazo máximo
de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Mariamalia Guillén Solano, notaria pública con oficina en San José, San Rafael
de Escazú, Torre Lexus, Avenida Escazú,
segundo piso.—Licda. Mariamalia
Guillén
Solano, Notaria.—1 vez.—(
IN2020481246 ).
Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Arcelio Céspedes Umaña, mayor, divorciado,
pensionado, vecino de Hatillo Ocho,
con documento de identidad:
N° 01-0205-0946. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, con el fin de que comparezcan
a hacer valer sus derechos,
con el apercibimiento a aquéllos
que crean tener derecho a
la herencia, de que, si no
se apersonan dentro del citado
plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº
19-000050-0216-CI-8.—Juzgado Civil Hatillo,
San Sebastián y Alajuelita, 04 de julio del 2019.—Licda. Natalia Fallas Granados, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2020481266 ).
Se tiene por establecido el presente proceso sucesorio del señor Rodrigo
Cordero Camacho, cédula de identidad número tres-ciento veintinueve-cero cincuenta y cinco, se emplaza a todos los interesados por el plazo de quince días para que se apersonen al proceso, mismo que se tramita en actividad judicial no contenciosa ante la notaría de la
Licda. Karol Mata Araya, con oficina
en Cartago. Cita de la esquina sur oeste de los Tribunales de Justicia cien
metros al oeste y ciento setenta y cinco al sur. Oficina primera.—Licda. Karol Mata Araya, Abogada.—1
vez.—( IN2020481267 ).
Se hace saber que, ante la notaría
del Licenciado Claudio Antonio Murillo Ramírez, se ha
solicitado la tramitación
del proceso sucesorio no testamentario extrajudicial de quien
en vida fuera
Lilia De La Cruz Martínez, mayor, divorciada, vecina de Santo Domingo de Heredia, Cédula de Identidad número cinco, cero cero cincuenta y cinco-cero seiscientos veinticinco. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del término
de treinta días contados a partir de la publicación de este aviso, concurran ante el notario dicho, cuyas oficinas
se ubican en el DO LEGAL en el quinto piso del edificio seis, del Oficentro la Sabana, Sabana Sur.—San José, 04
de setiembre del 2020.—Lic.
Claudio Murillo Ramírez, Notario Público.—1 vez.—( IN2020481275 )
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad Ariel Alonso Valdés
Benavides, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado, expediente N°
20-001105-0292-FA. Clase de asunto
depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a las diez horas y cuarenta y uno minutos del diecinueve de agosto de dos mil veinte, 19 de agosto del año 2020.—Msc. Luz Amelia Ramírez
Garita, Jueza Decisora.—O.C.
Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2020480054 ). 3 v. 1.
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad Samantha Hernández
Varela, para que se apersonen a este
Juzgado dentro del plazo de
treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado, expediente N° 19-002205-0292-FA. Clase
de asunto depósito judicial.—Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
a las dieciséis horas y treinta
y cinco minutos del treinta y uno de agosto de dos
mil veinte, 31 de agosto
del año 2020.—Msc. Luz
Amelia Ramírez Garita, Jueza
Decisora.—O.C.
Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2020480999 ). 3 v. 1.
Se convoca
por medio de edicto que se publicará
por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran
derecho a ejercer la tutela de la persona menor: Amanda Rocío Durán Durán, para que se presenten dentro del plazo de
quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente N°
20-000249-0928-FA. Proceso: Tutela dativa. Promovente: Patronato Nacional de la Infancia
Cañas.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil
y Violencia Doméstica de Cañas
(Materia Familia), 27 de agosto del 2020.—Lic. Luis Fernando Saurez
Jiménez, Juez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020481003 ). 3
v. 1.
A: Enedina Jael Rodríguez Siles y
a todas las personas que tuvieren
interés en el depósito de los menores Emmanuel
Rodríguez Rodríguez, se les pone en
conocimiento la resolución
de las quince horas y doce minutos
del seis de febrero del año
dos mil veinte de este despacho que en lo conducente dice: de las presentes
diligencias de depósito de las personas menores Emmanuel Rodríguez Rodríguez,
promovidas por el Patronato
Nacional de la Infancia, se confiere
traslado por tres días a Enedina Jael Rodríguez Siles, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un
medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de que mientras
no lo haga, las resoluciones
posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales
N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero
de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre
del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo
que no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con
el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para
la recepción de notificaciones.”
Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además
puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07, celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se
le solicita a las partes de
este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión
u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de
residencia. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar
la notificación, artículo 4
de la Ley de Notificaciones Judiciales.
Por medio de edicto, que se publicará
por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, se cita
y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto,
para que se apersonen dentro del plazo
de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Se le previene a la parte interesada, que para efectos de
la diligencia en cuestión, si a bien lo tiene, deberá señalar un medio para atender notificaciones ante la autoridad comisionada, bajo el apercibimiento de que mientras
no lo haga, las resoluciones
posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas.
Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 35,
36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°
8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero
de 2009. Expediente N° 20-000084-0687-FA. Clase
de asunto depósito judicial.—Lic. Juan Jose Alvarado Quirós, Juez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020481160 ). 3 v. 1.
Se avisa a María Marcelina López Bulgarin, Yelvis Audiel Raudez
Urbina, mayores, solteros,
del hogar y agricultor, nicaragüenses, que en este Juzgado se tramita expediente proceso proyecciones a la niñez y la adolescencia promovido por el Patronato
Nacional de la Infancia expediente
N° 20-000705-1302-FA, donde
se solicita medidas de protección a favor de la persona menor:
Jendel Audon Raudez López. Se le concede el plazo
de tres días naturales,
para que manifieste su conformidad o se oponga a este proceso.
Lo anterior, por ordenarse así
en proceso protección a la niñez y la adolescencia promovido por el Patronato Nacional de la Infancia.
Expediente N° 20-000705-1302-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 25 de agosto del 2020.—Lic. Randall Cerdas Corella, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2020479955 ).
En este Despacho, se dictó la resolución que
literalmente dice: “Por lo anterior se declara con lugar el presente proceso de
disolución de La Asociación Deportiva para Nadadores de Alto Rendimiento, para
Olímpicos y de Rehabilitación, cédula jurídica 3-102- 675983”.- por ordenarse así
en proceso disolución de asociación promovido por Asociación Deportiva para el
Desarrollo de Nadadores de Alto Rendimiento bajo el expediente número
20-000072-0296-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de
Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 16 de junio del 2020.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2020480584 ).
Se comunica a todos
los interesados que ante la notaría
de la Licenciada Carmen Lilia Zumbado
Guerrero, situada calle ocho, avenidas tres y cinco, contiguo
a Consultorio Médico,
Centro, Central, Heredia, el señor José Manuel Corrales Quirós, mayor, de setenta
y cinco años de edad, casado dos veces, pensionado, portador de la
cédula de identidad uno-cero tres
dos siete-cero dos cero tres
y vecino de doscientos
metros noroeste de la Escuela El Roble, Gutiérrez
Braun, Coto Brus,
Puntarenas, procede tramitar
las diligencias extrajudiciales de Adopción Individual de Mayor de Edad de Hija
de Cónyuge, de Anny Alexandra Chacón
Beita conocida como Corrales Beita Anny
Alexandra, quien es mayor, de veintitrés
años, casada, ama de casa, portadora de la cédula de identidad
número uno-uno seis ocho
cero-cero cinco tres cinco y vecina de cien metros del Liceo bilingüe “Ítalo Costarricense”,
casa color blanca, a mano derecha,
Sabalito, Coto Brus, Puntarenas. Se concede a los interesados
el plazo de cinco días contados a partir de la publicación de este edicto, para apersonarse a formular oposiciones mediante escrito donde expondrá
los motivos de su inconformidad y se indicará las pruebas en que fundamenta la misma. Solicito publicación una sola vez en el Boletín
Judicial. Es todo.—Heredia, a las once horas del veintinueve de julio de dos mil veinte.—Licda. Carmen Lilia Zumbado
Guerrero, Notaria.—1 vez.—(
IN2020480884 ).
Licenciada Patricia Cordero García, jueza del Juzgado de Familia de
Cartago, a Rónald
Mauricio Zamora Hidalgo, mayor de edad, con cédula N°
0108640653, de domicilio desconocido,
en su carácter
personal se le hace saber que en
demanda proceso especial de
protección, establecida por
Patronato Nacional de la Infancia,
se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago. A las dieciséis
horas y catorce minutos del
treinta y uno de agosto de
dos mil veinte. Se tiene
por establecido el presente
proceso de Protección a la Niñez y la Adolescencia en sede judicial que promueve el Patronato Nacional de
la Infancia en favor de las
personas menores de edad Débora María
Zamora Obando y Nazareth Zamora Obando. Se tiene a la
vista el expediente levantado
en sede administrativa.
En cuanto a la audiencia de
ley la misma se ordenará
una vez se encuentren los progenitores notificados. Notifíquese esta resolución personalmente o en su casa de habitación
a María Lorena Obando Navarro y Rónald Mauricio Zamora Hidalgo, a quienes se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento
de que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el
transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas
las sentencias. Se producirá
igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre
del 2008, artículo LXII, Circular 169- 2008, en el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo
que no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con
el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para
la recepción de notificaciones.”
Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además
puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Desconociéndose el domicilio de Rónald Zamora
Obando, y con el fin de poner
en conocimiento la existencia del presente proceso, se ordena publicar por única vez en el Boletín
Judicial. Notifíquese esta
resolución a María Lorena Obando
Navarro, personalmente o por medio de cédulas y copias
de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos, se comisiona al señor Delegado Policial de San Marcos de Tarrazú.
En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona
funcionaria notificadora, a efectos de practicar
la notificación, artículo 4
de la Ley de Notificaciones Judiciales.
Lo anterior por haberse ordenado
así dentro del expediente
N° 20-001824-0338-fa. Proceso especial de protección, establecida por Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.C.
Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2020481011 ).
Se hace saber en este
Tribunal de Justicia se tramita proceso
de cambio de nombre promovido por Kevin Sibaja Gamez mayor, soltero, Técnico en Recursos Humanos, documento de identidad N°
01-1562-0894, vecino de Barrio Escalante, en el cual pretende
cambiarse el nombre a Kevin
Josefo mismos apellidos. Se concede el plazo de
quince días a cualquier persona
interesada para que se presenten
al proceso a hacer valer sus derechos (Artículo 55
del Código Civil). Expediente N°
19-000333-0182-CI-4.—Juzgado Tercero Civil de San José, 30 de julio del 2019.—M.Sc. Wálther
Obando Corrales, Juez.—1 vez.—( IN2020481051 ).
Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Golfito (Materia Familia); hace
saber a Manuel Peña Domínguez, dominicano, con documento
de identidad PSC3194867, casado,
con domicilio desconocido,
que en este Despacho se interpuso un proceso declaratoria judicial abandono en su
contra, bajo el expediente número
18-000216-1086-FA donde se dictaron
las resoluciones que literalmente
dicen: Juzgado de Familia y
Violencia Doméstica de Golfito (Materia
Familia). A las once horas y ocho minutos
del diez de octubre de dos
mil diecinueve. Se tiene
por establecido el presente
proceso especial de declaratoria
judicial de abandono de la persona menor Jakdiel Sebastián Peña
Chaves, planteado por Denia
Lorena Chaves Alfaro y Marvin Gerardo Parra Villalobos contra Kimberly Natalia
Chaves Alfaro y Manuel Peña Domínguez a quién se le
concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Por existir personas menores involucradas en este proceso se tiene como parte
al Representante Legal del Patronato
Nacional de la Infancia. Previamente
a nombrar un Curador Procesal se le previene a la parte promovente que dentro del
octavo día deberá depositar en la cuenta Nº180002161086-0 de este Despacho del Banco de Costa Rica la suma
prudencial de (50.000) cincuenta
mil colones por concepto de
honorarios de la persona profesional,
sin que dicha suma implique en forma definitiva el monto total de sus honorarios, ya que estos dependerán no sólo de la labor desplegada, sino acorde con la tabla de honorarios de peritos aprobada por la Corte
Suprema de Justicia. En ese mismo
plazo, en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento
de que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el
transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas
las sentencias. Se producirá
igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre
del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo
que no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con
el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para
la recepción de notificaciones.”
Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además
puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia.
Se le advierte que si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada,
conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución al Patronato Nacional de la Infancia
en sus oficinas en esta ciudad por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales
Golfito de este circuito. Notifíquese esta resolución a la parte demandada, personalmente o por
medio de cédulas y copias de ley en
su casa de habitación, o
bien en su domicilio real. Artículo 19 de la
Ley de Notificaciones Judiciales.
Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales Primer Circuito
Judicial de San José. En caso
que el lugar de residencia consistiere
en una zona o edificación
de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona
funcionaria notificadora, a efectos de practicar
la notificación, artículo 4
de la Ley de Notificaciones Judiciales.
Se le previene a la parte interesada, que para efectos de
la diligencia en cuestión, si a bien lo tiene, deberá señalar un medio para atender notificaciones ante la autoridad comisionada, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas.
Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 35,
36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009.Tome nota la parte interesada lo dispuesto por la
circular N° 5-2012 emanada por el
Consejo Superior del Poder
Judicial; en el sentido de
que, cuando se señale fax, casillero y/o estrados judiciales, se aplicará de manera analógica el artículo 15 de la Ley de Notificaciones
Judiciales, en el sentido de que las partes se reservarán las copias de la demanda y/o escrito inicial, y se apersonarán al despacho para obtener en formato digital un archivo con la comisión, u obtengan dicha información digital, por medio del sistema
de gestión en línea, lo anterior conforme a las
políticas institucionales
de cero papel. Licda. Ana
Catalina Cisneros Martínez, Jueza. Lo anterior se ordena así en
proceso Declaratoria
Judicial Abandono de Denia
Lorena Chaves Alfaro contra Manuel Peña Domínguez. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín
Judicial o en un periódico
de circulación nacional.
Expediente Nº 18-000216-1086-FA.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica de Golfito (Materia Familia), 16 de abril del año
2020.—Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2020481158 ).
Msc. Tania Morera Solano, Jueza del Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hace saber a Julia
Foster, mayor de edad, casada,
de ocupación y domicilio ignorado, con número de identificación 203941830, que en este juzgado se tramita el expediente N°
19-000580-1303-FA proceso de abreviado
de divorcio, establecido
por José Johnnatan Arce Villalobos y en cual figura
su persona como interesada. Proceso en el cual se dictó
la resolución que literalmente
dice: “Por tanto: Acorde con lo expuesto,
se declara con lugar la demanda Abreviada de Divorcio interpuesta por el señor José Johnnatan Arce
Villalobos contra la señora Julia Foster, en los extremos que se indicarán: 1. Sobre el vínculo matrimonial. Se decreta
la disolución del vínculo
matrimonial que une a José Johnnatan
Arce Villalobos y Julia Foster; por la causal de separación
de hecho. 2. En cuanto a la pensión alimentaria. Las partes no tendrán derecho de reclamarse pensión alimentaria en el futuro. 3. Sobre los hijos. Las partes no procrearon hijos o hijas en
común, por lo que se omite
pronunciamiento al respecto. 4. Sobre
los bienes. No existen bienes con vocación ganancial que distribuir. Una vez firme este
fallo, a petición de parte interesada, expídase la respectiva ejecutoria para ser inscrita en el Registro Civil, Sección de Matrimonios de la Provincia de San José, al tomo: cuatrocientos setenta y nueve (0479); folio: ciento diez (110); asiento: doscientos diecinueve (0219). Citas de inscripción: 1-0479-110-0219. Se resuelve el proceso sin especial condenatoria en costas. Se advierte a las partes el derecho de apelar este fallo ante el Superior Jerárquico, dentro del tercer día contado a partir
de su notificación. Notifíquese a la parte accionada, la parte dispositiva de esta sentencia por medio de Edicto, en el Boletín Judicial, por una única vez. Gírese
a favor del licenciado Alfonso Altamirano Suárez, la suma de setenta y nueve mil cien colones exactos, por concepto de cancelación de honorarios de curador procesal. Notifíquese.—Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón).—Msc. Tania Morera Solano, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2020481166 ).
Msc. Tania Morera Solano, Jueza del Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hace saber a Ricardo
Sotelo Rivas, mayor de edad, casado,
de ocupación y domicilio ignorado, con número de cédula
residencia 155808489325, que en este
juzgado se tramita proceso de reconocimiento de hijas de mujer casada, que se tramita bajo el expediente N° 19-000762-1303-FA establecido
por Juan Luis Barboza Murillo y en cual figura su
persona como interesada. Se
ordena notificarle por edicto. Proceso en el cual se dictó
la resolución que literalmente
dice: “Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón).
A las ocho horas y doce minutos del veinticuatro de octubre del año dos mil diecinueve. Se tienen por establecidas las presentes
diligencias de reconocimiento de hijas
de mujer casada promovido por Juan Luis Barboza Murillo y Kattia Arauz Salazar a favor de
las personas menores de edad
Shaira Gaelle y Emily Darshany ambas de apellidos
Sotelo Arauz. De las mismas
se confiere audiencia al señor
Ricardo Sotelo Rivas y al Patronato Nacional de la Infancia, por el plazo de tres días. De los autos se observa que se encuentra debidamente apersonada la madre registral de la persona menor
no oponiendo objeción alguna al presente proceso. Se les previene a las partes, que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales
N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero
de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre
del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo
que no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con
el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para
la recepción de notificaciones.”
Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además
puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poderjudicial. go.cr Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución al padre registral de las personas menores de edad, señor Ricardo Sotelo Rivas, personalmente
o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación,
o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la
Ley de Notificaciones Judiciales.
Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de San José por ser el mismo localizable en la siguiente dirección San José, Alajuelita,
Tejarcillo 100 metros sur y 50 metros oeste de la escuela del lugar, frente a la Pulpería Manuel, entrada a mano izquierda
del precario. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a),
a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la
Ley de Notificaciones Judiciales.”.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón).—Msc. Tania Morera Solano, Jueza.—1 vez.—O. C.
N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2020481167 ).
Se hace saber en este
Tribunal de Justicia se tramita proceso
de cambio de nombre promovido por Karen María Solís Víquez
mayor, soltera, documento
de identidad 0401990859, vecina
de Heredia, en el cual pretende cambiarse el nombre a Selina Andrómeda mismos apellidos. Se concede el plazo de quince días a cualquier persona interesada para
que se presenten al proceso
a hacer valer sus derechos.
Artículo 55 del Código Civil. Expediente
N° 20-000853-0504-CI-5.—Juzgado Civil de
Heredia, 31 de agosto del año
2020.—Lic. Jairo Jiménez
Sandoval, Juez.—1 vez.—( IN2020481317 ).
En cumplimiento del artículo
25 del Código de Familia comparecen ante la notaría de la licenciada
Katherine Marcela Brenes Solano, con oficina en San José, Curridabat, veinticinco metros el este del Restaurante El Balcón del Marisco, casa esquinera de color blanco, los señores a) Diego
Hidalgo Arias, quien dice ser mayor de edad, soltero, ingeniero industrial, portador de
la cédula de identidad número
uno-mil doscientos cuatro-cero
quinientos cincuenta y dos,
hijo de German Hidalgo Alpízar
y Milena Arias Alfaro, y b) Richard Demetrius (nombres)
Edwars (apellido único en razón
de su nacionalidad trinitense), de nacionalidad trinitense (Trinidad y Tobago), quien
dice ser mayor, soltero, empresario, portador del pasaporte de la República de Trinidad y Tobago número
TB cinco cinco cinco cinco seis tres, dice ser hijo del señor Russell Simeón (nombres)
Edwars (apellido único en razón
de su nacionalidad trinitense) y de la señora Susan
Anna (nombres) Russell-Edwars
(apellido único en razón de su
nacionalidad trinitense). Quien tenga oposición
a dicha unión debe hacerlo saber a la notaría de la licenciada Katherine Marcela Brenes Solano.—San
José, treinta y uno de agosto
del año dos mil veinte.—Licenciada. Katherine Marcela Brenes Solano, Notaria.—1 vez.—( IN2020480912 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Gloria
Dayanna Hidalgo Montoya, mayor, soltera,
ama de casa, cédula de identidad numero
115920611, vecina de Heredia, central, San Francisco,
hija de Juan Antonio Hidalgo Madrigal, María Idilia Montoya Álvarez, nacida en Hospital, Central, San José, con 25 años
de edad, y Freddy Alexánder Villalobos Aguilar, mayor, soltero, desempleado, cédula de identidad número 115010395, vecino de Heredia, Central, San Francisco, hijo de Luis Eduardo Villalobos Cantillano,
María Aguilar Carranza,
nacido en Uruca, Central, San José, actualmente
con 29 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto,
expediente Nº 20-001515-0364-FA.—Juzgado
de Familia de Heredia, 18 de agosto del año 2020.—Msc. Felicia Quesada Zúñiga, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020481009 ).
Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: Carlos
Josué
Ramírez Venegas, mayor, estado civil soltero, profesión telefonista, cédula de identidad número 1-16070735, vecino de
Heredia, San Bosco de Santa Bárbara 125 metros suroeste
del Supermercado El Mercadito, hijo
de Carlos Asdrúbal
Ramírez Abarca y Karla Venegas Vidal, nacido en San José, con 25 años de edad; y Hairo Geovanny Zúñiga Alvarado,
mayor, estado civil soltero,
profesión docente, cédula
de identidad número 4-0207-0576, vecino de la misma dirección que el anterior, hijo de Geovanny Zúñiga Gómez y Anayansi Alvarado
Solís, nacido en Heredia, actualmente con 29 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N°
20-001593-0364-FA.—Juzgado
de Familia de Heredia, Heredia, 21 de agosto del
2020.—Msc. Felicia Quesada Zúñiga,
Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020481010 ).
Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio el señor: Julio Cesar Pineda Toval,
mayor, soltero, asistente,
cédula de identidad número
0503630059, nacido en
Centro, Liberia, Guanacaste, el 27/01/1988, con 32 años
de edad; y la señora:
Patricia Miranda Oporto, mayor, divorciada, oficios domésticos, cédula de identidad número 0502980346, nacido en Centro, Liberia, Guanacaste, el 11/04/1977, actualmente
con 43 años de edad; ambas
personas contrayentes tienen
el domicilio en Liberia,
Guanacaste. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente N° 20-000390-0938-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia)
(Materia Familia), Liberia, 10 de agosto del
2020.—Licda. María Alejandra Quesada García, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020481012 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil de
Carlos Eduardo Gómez Alvarez, mayor, estado civil soltero, profesión u oficio analista de datos, cédula de identidad número 4-0219-0858, vecino de San
Pedro de Barva de Heredia, 50 metros este de la Guardia Rural, casa color verde
agua, al frete de la casa
hay un hidrante, hijo de
Rafael Ángel Gómez Núñez y Ana
Elizabeth Álvarez Rodríguez, nacido en Centro Central Heredia, con 26 años
de edad, teléfono 8744-0628
y Grace Melania Badilla Esquivel, mayor, estado civil soltera, profesión u oficio dependiente en una pasamanería, cédula de identidad número 4-0207-0638, vecina de San
Pedro de Barva de
Heredia, 50 metros este de la Guardia Rural, casa
color verde agua, al frete de la casa hay un hidrante,
hija de Grace Patricia Badilla
Esquivel, nacida en Centro
Central Heredia, actualmente con 29 años de edad, teléfono
6439-8966. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los
ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N°
20-001330-0364-FA.—Juzgado
de Familia de Heredia, Heredia, 20 de julio del 2020.—Msc. Felicia
Quesada Zúñiga, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020481164 ).
Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil Yardleigh Steve Jiménez Valverde, mayor, soltero, desempleado, cédula de identidad N° 9-0109-0690, hijo de
Vilma Marín Valverde Salazar y José Luis Jiménez Porras, nacido
en Estados Unidos, el
08/01/1999, y Mauren María Guillén Hernández, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad
N° 1-1793-0444, hija de Luz Marina Hernández Sánchez
y Victor Manuel Guillén
Solano, nacida en San
Isidro, Pérez Zeledón, San José, el 18-10-2000; ambas
personas tienen el domicilio
en Pérez Zeledón. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio no se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente N° 20-000519-1303-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 26 de agosto del
2020.—Licda. María Del Rocío
Quesada Zamora, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020481169
).
Fiscalía de Pavas, a las nueve
horas con cincuenta y cinco
minutos del veinticinco de
mayo del dos mil veinte. En
vista de que el (los) codemandado(s) civil(s)
Kimberly Tatiana Sandoval Garay, cédula N°
1-1338-0404, no es ubicable por los medios que cuenta éste despacho se procede
a comunicarle la resolución
que cursa a la acción civil
en su contra por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín
Judicial. Confeccionándose el oficio
de estilo. Licda. Hazel
Delgado Ureña. Fiscal Auxiliar de Pavas:
se pone en conocimiento la acción civil. Licda. Hazel
Delgado Ureña. Fiscal de la Fiscalía
de Pavas, al(a) señor(a)
Kimberly Tatiana Sandoval Garay, cédula N°
1-1338-0404 se le hace saber que: en
el legajo de acción civil resarcitoria N° 16-006248-0489-TR, ofendido
Álvaro de Jesús García Jiménez contra Roque Rodríguez Jiménez, se ha dictado
resolución que literalmente
dice: se ordena comunicación
por edicto. Fiscalía de Pavas,
a las nueve horas con cincuenta
y cinco minutos del veinticinco de agosto del dos mil
veinte. En vista de que el
co-demandado civil Kimberly Tatiana Sandoval Garay no fue habido
por lo medios con que cuenta
este despacho, se procede a comunicarle el auto de
las diez horas con veinticinco
minutos del diez de julio del año dos mil dieciocho, en el que se tiene por presentada y se ordena el traslado de la acción civil en su contra. Por lo anterior, se ordena
la notificación al señor
Kimberly Tatiana Sandoval Garay por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín
Judicial, confeccionándose el oficio
de estilo. Licda. Hazel
Delgado Ureña, Fiscal de Pavas:
se pone en conocimiento la acción civil: De conformidad con
los artículos 115 y 120 del Código procesal Penal, se pone en conocimiento del co demandado
civil Kimberly Tatiana Sandoval Garay, cédula N° 1-1338-0404 la presente acción civil resarcitoria. Cualquier interviniente podrá oponerse a la participación del actor civil planteando
las excepciones que correspondan.
La oposición se pondrá en conocimiento del actor y su resolución se reservará para la audiencia preliminar.
Comuníquese.—Fiscalía de Pavas.—Licda. Hazel Delgado Ureña, Fiscal.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020480041 ).