BOLETÍN JUDICIAL N° 198 DEL 15 DE OCTUBRE DEL 2020

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

JUZGADO NOTARIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Convocatorias

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

CIRCULAR Nº 218-2020

ASUNTO:    “Obligación de realizar una adecuada coordinación para que se cumplan de manera estricta las medidas sanitarias.”

A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS

QUE TRAMITAN MATERIA PENAL

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior en sesión N° 85-2020 celebrada el 1 de setiembre de 2020, artículo X, acordó recordarles a todos los despachos judiciales del país que tramitan materia penal, la obligación de realizar una adecuada coordinación para que se cumplan de manera estricta las medidas sanitarias en todas las actuaciones que se realicen, tomando en consideración los protocolos y lineamientos emitidos por el Ministerio de Salud, la Corte Plena y este Consejo Superior. Lo anterior con la finalidad de resguardar la salud de las personas que se encuentran detenidas en las celdas judiciales de los diferentes circuitos judiciales del país. Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.

San José, 01 de octubre de 2020.

                                                       Lic. Carlos T. Mora Rodríguez

                                                     Subsecretario General interino

1 vez.—Exonerado.—( IN2020491743 ).

CIRCULAR Nº 223-2020

Asunto:   Obligación de uso del libro de pase a fallo y de reparto automático de asuntos en materias de Familia y Pensiones Alimentarias.

A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS QUE CONOCEN MATERIA DE FAMILIA Y PENSIONES ALIMENTARIAS

SE LES HACE SABER QUE:

“El Consejo Superior, en sesión Nº 84-2020 celebrada el 28 de agosto de 2020, artículo XXVI, dispuso que con relación al informe 656-PLA-RH-MI-2020, sobre el Impacto organizacional y presupuestario en el Poder Judicial a partir de la promulgación del Código Procesal de Familia para el 2020 aprobado por el Consejo Superior y la Corte Plena en sesión de 2 de junio del 2020 acordó reiterarles lo aprobado por el Consejo Superior y Corte Plena en lo siguiente:

1.  Informar a los Juzgados de Pensiones Alimentarias y Juzgados de Familia que deben de implementar de forma inmediata el nuevo libro de pase de fallo propuesto en ese informe, de forma que se mejore la recolección de información y se estandarice a nivel nacional los datos que se registran, facilitando el análisis y mejorando los controles que debe llevar las oficinas. Dicho libro de pase a fallo considera aspectos como: condición de vulnerabilidad, tipo de resolución, tipo de declaratoria de la sentencia, plazo del dictado de la sentencia.

2.  Informar a los Juzgados de Pensiones Alimentarias y Juzgados de Familia que deben de utilizar la herramienta de reparto automático de asuntos, una vez implementada por el equipo de la Dirección de Tecnología de la Información, con la finalidad de promover la equidad en la distribución de casos entre los equipos de trabajo de los juzgados, tanto en cantidad como por tipo de procedimiento; lo cual implicará un equilibrio en la asignación de cargas de trabajo.

Todo ello de conformidad con lo señalado por la Contraloría General de la República en la recomendación 4.6 indicada en el informe DFOE-PG-IF-00002-2020 relacionado con el “Informe de la Auditoría Operativa sobre la Gestión del Poder Judicial en cuanto a la Oportunidad de la Prestación del Servicio Público de Administración de la Justicia de los Juzgados de Familia y de Pensiones Alimentarias”.

San José, 2 de octubre de 2020.

                                     Lic. Carlos Toscano Mora Rodríguez,

                                                Subsecretario General a. í.

1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020491081 ).

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, que en el Proceso Disciplinario Notarial N° 18-000044-0627-NO, de Registro Civil contra Giselle Arroyo Segura (cédula de identidad 2-435-187), este Juzgado mediante resolución N° 468-2020 de las siete horas treinta y ocho minutos del treinta de julio del dos mil veinte, dispuso imponerle a la parte denunciada la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial

San José, 01 de setiembre del 2020.

                                                               Dra. Ingrid Palacios Montero

                                                                                    Jueza

1 vez.—O.C N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2020491330 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Convocatorias

Se convoca a los miembros o socios de Servicios Especiales de Seguridad Costarricense M y M Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-632170, a una junta a celebrarse en este Despacho, a las ocho horas y treinta minutos del ocho de enero del año dos mil veintiuno, para que en la misma elijan representante. Se hace la advertencia que la junta se verificará cualquiera que sea el número de miembros o socios presentes y la elección se decidirá por simple mayoría de votos. En caso de no resultar mayoría o de no asistir ningún miembro o socio a la junta, se hará el nombramiento que corresponda. Lo anterior por ordenarse así en proceso or.s.pri. prestac. laborales de Gustavo Ceciliano Fallas contra M.T. & S.E. Seguridad Internacional Sociedad Anónima, Servicios Especiales de Seguridad Costarricense M y M Sociedad Anónima. Expediente Nº 19-000589-1125-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 07 de octubre del año 2020.—M.Sc. Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020491582 ).

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Evelio Alcides del Socorro Alpízar Castrillo, quien fue mayor, vecino de La Guácima de Alajuela, casado, portador de la cédula de identidad número 2-0278-003 y falleció el 05 de junio del año 2008, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 20-001247-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente 20-001247-0639-LA. Por Aura Hidalgo Rojas Hidalgo Rojas a favor de Evelio Alcides del Socorro Alpízar Castrillo.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de setiembre del año 2020.—Licda. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020491354 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Alfonso Cerdas Álvarez quien fue mayor, soltero, portador de la cédula de identidad número 207250688, vecino de Alajuela, Tambor, kilómetro y medio al este de la plaza de deportes y falleció el 12 de abril del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 20-001257-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 20-001257-0639-LA. Por Flor María Álvarez Agüero a favor de Carlos Alfonso Cerdas Álvarez.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 30 de setiembre del año 2020.—Licda. Lucia Alpízar Pérez, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020491355 ).

Se citan y se emplazan a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido José Luis Carvajal Morales, cédula número 6-0149-0900, se consideran con derecho a las mismas, para que dentro del improrrogable plazo de ocho días, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias aquí establecidas bajo el número de expediente: 20-000026-1551-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Buenos Aires, 29 de julio del 2020.—Lic. Roger de Jesús Sibaja Arias, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020491362 ).

Se citan y se emplazan a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Luis Alberto Aviles Rojas, cédula N° 1-1129-0658, se consideran con derecho a las mismas, para que dentro del improrrogable plazo de ocho días, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias aquí establecidas bajo el número de expediente: 20-000046-1551-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido en el Artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Trabajo de Buenos Aires, 26 de agosto del 2020.—Lic. Roger Sibaja Arias, Juez.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020491364 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Víctor de Jesús Eras Camacho, cédula de identidad número cinco-cero doscientos doce-cero setecientos cuarenta y cinco, costarricense, vecino la provincia de Guanacaste, fallecido el día 13 de julio del 2020, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Pago Sector Privado bajo el número 20-000282-0942-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-000282-0942-LA. Por a favor de Víctor de Jesús Eras Camacho.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Laboral), 22 de setiembre del año 2020.—Licda. Brenda Celina Calvo De La O, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020491371 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Fermina Zúñiga Vargas, cédula o documento de identidad número 5-0269-0180, fallecida el 28 de julio del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las Diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 20-001073-0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº 20-001073-0929-LA. Por José Francisco Díaz Baltodano en calidad de cónyuge.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 19 de agosto del año 2020.—Lic. Erick Campos Camacho, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020491494 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Ademar del Carmen Ramírez Campos, fallecido el 25 de setiembre del 2010, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 20-001254-0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-001254-0929-LA. Por Sonia Yorleny Solís Angulo en calidad de cónyuge.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 30 de setiembre del 2020.—Licda. Ana Shirley Naranjo Solano, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020491495 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rodolfo Arce Pereira cédula de identidad 0302280061, fallecido el 14 de enero de 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número 20-001282- 0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-001282-0929-LA. Por Carol Roxana Arce Vargas cédula de identidad 0303990717 a favor de Rodolfo Arce Pereira.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 30 de setiembre del 2020.—Licda. Ana Shirley Naranjo Solano, Jueza.—1 vez.—O.C N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020491496 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Ángel Rodríguez García cédula de identidad N° 0204630045, fallecido el 25 de abril de 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 20-001318-0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-001318-0929-LA. Por Adriana Herrera Parajeles, cédula de identidad N° 7-0162-0225 a favor de Luis Ángel Rodríguez.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 02 de octubre del año 2020.—Msc. Gerardo Salas Herrera, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020491497 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rigoberto Blandon Jarquín, cédula de identidad número 700550204, fallecido el 16 de diciembre de 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias promovidas por Josefa Jarquín Telles, c.c. Josefa Blandon Jarquín, cédula de identidad número 701600785, de consig. prest. sector privado bajo el número 20-001320-0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 20-001320-0929-LA. Por Caja Costarricense de Seguro Social a favor de Rigoberto Blandon Jarquín.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 06 de octubre del año 2020.—Licda. Ana Shirley Naranjo Solano, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020491500 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Joaquín Alvarado Suárez, quien fue mayor, vecino de San Francisco de Dos Ríos, cédula de identidad número siete-cero ciento cuarenta y tres-cero setecientos setenta y cinco, se les hace saber que: Joaquín Israel Alvarado Mena, cédula 8-0073-0331; Mayela Suárez Suárez, cédula 1-0399-0573; Tannia Michelle Alvarado Delgado, 1-1807- 0006; Maribel Ordoñez Tenorio, cédula 1-1353-0344 en su condición de representante del menor Isaac Jafet Alvarado Ordoñez, documento de identidad 1-2073-0183 se apersonaron en este Despacho en calidad de padres e hijos de la persona fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. consignación de prestaciones del trabajador fallecido Joaquín Alvarado Suárez. Expediente N° 20-000388-1113-LA.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Laboral), 16 de setiembre del año 2020.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020491501 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Elizabeth Saldoval Vargas, fallecida el 14 de enero del año 2012, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 20-001243-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº 20-001243-0639-LA. Promovida por José Alberto Navas Sandoval, con cédula de identidad número 2-602-873 en favor de Elizabeth Saldoval Vargas, con cédula de identidad número 2-376-596.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de setiembre del año 2020.—Lic. Ignacio Saborío Crespo, Juez.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020491502 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Oscar Francisco Miranda Mora quién fue mayor, casado, pensionado, vecino San Ramón, San Rafael, 800 metros sur del Julio Acosta, casa a mano derecha color blanco con verjas negras y portador de la cédula 2-314-315, y falleció el veintiocho de diciembre del dos mil dieciocho, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Distribución de Prestaciones de Persona Fallecida, número 20-000242-0694-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000242-0694-LA. Por a favor de.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Laboral), 07 de octubre del año 2020.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020491613 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Freddy Rodríguez Torres quien fue mayor, casado, vecino de Alajuela, portador de la cédula de identidad número 0601740981 y falleció el 15 de febrero del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 20-000330-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 20-000330-0639-LA. Por a favor de Freddy Rodríguez Torres.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 13 de mayo del año 2020.—Msc. José Antonio Madrigal Soto, Juez Tramitador.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020491614 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Milena María Soto Dobles, fallecida el veintiséis de febrero del dos mil veinte, y quien en vida fuera mayor de edad, portadora de la cédula de identidad número uno-quinientos ochenta- trescientos sesenta y ocho, vecina de Grecia, Alajuela, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones del Sector Público bajo el Número 20-000374-1113-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000374-1113-LA. Por José Alberto Soto Dobles a favor de Milena María Soto Dobles.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Laboral), 22 de setiembre del 2020.—M.Sc. Freddy Aikman Espinoza, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020491615 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Greivin Allen De Jesús Aguilar Chaves, quien fue mayor, casado, laboró para Caja Costarricense de Seguro Social, portador de la cédula de identidad número 302960684, y falleció el 31 de marzo del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el Número 20-000619-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-000619-0639-LA. Por a favor de Greivin Allen De Jesús Aguilar Chaves.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de mayo del 2020.—Licda. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020491616 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Mario Enrique Ruiz Obando, cédula N° 1-0479-0458, fallecido el 03 de octubre del 2011, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 20-002154-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-002154-1178-LA. A favor de los causahabientes de: Mario Enrique Ruiz Obando, cédula N° 1-0479-0458.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 29 de setiembre del 2020.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020491618 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Francisco Arguedas Troyo, cédula 01026108719, fallecido(a) el 26 de noviembre del año 2010, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el Número 20-002284-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-002284-1178-LA. A favor de los causahabientes de José Francisco Arguedas Troyo, cédula 01026108719.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 05 de octubre del 2020.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O.C N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020491619 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

Remate de madera que se llevará a cabo a las ocho horas del día diez de noviembre del año dos mil veinte, en la puerta exterior del Juzgado Penal de Quepos y Parrita, con base de 3.466.128.00 (tres millones cuatrocientos sesenta y seis mil ciento veintiocho colones); consiste en la cantidad de: 166 piezas que corresponden a 06,09 metros cúbicos y un total de 2.218.14 pulgadas de madera tica PMT con un valor unitario de ¢168.00 resultando un valor de las 116 piezas de ¢354.948.00 (trescientos cincuenta y cuatro mil novecientos cuarenta y ocho colones) y 1332 piezas de madera especie balsa 53,42 metros cúbicos y un total de 19.444.88 pulgadas de madera tica, con un valor unitario de ¢168.00 colones por PMT para un valor total de ¢3.111.180.00 (tres millones ciento once mil ciento ochenta colones). Lo anterior por estar ordenado así mediante resolución de las catorce horas con cuarenta y un minutos del día veintidós de setiembre del año dos mil veinte y resolución de las ocho horas con veintisiete minutos del día ocho de octubre dos mil veinte, dentro de la Causa: 20-000484-0457-PE por Movilización Ilegal de Madera seguida en contra de Oscar Loaiza Núñez en perjuicio de El Estado. Publíquese esta resolución una vez en el Boletín Judicial del Diario Oficial La Gaceta, y expídase el edicto de estilo a la Imprenta Nacional.—Juzgado Penal de Aguirre y Parrita, Quepos, 29 de setiembre del dos mil veinte.—Licda. Evelyn García Monge, Jueza.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020491079 ).

En este Despacho, con una base de treinta y cinco millones doscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones citas: 395-15200-01-0803-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 248665-001 y 002, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito; 02-Cervantes, cantón; 06-Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, en vértice calle pública y sucesión de Gonzalo Granados Granados; al sur, Municipalidad de Cervantes; al este, sucesión de Gonzalo Granados Granados y Municipalidad de Cervantes. Mide: cuatrocientos metros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del diez de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del diecinueve de noviembre de dos mil veinte con la base de veintiséis millones cuatrocientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del dos de diciembre de dos mil veinte, con la base de ocho millones ochocientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Martín Antonio Brenes Mata, Vivian Celina Aguilar Soto. Expediente Nº 19-015665-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 07 de agosto del año 2020.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Decisora.—( IN2020491470 ).

En este Despacho, con una base de diez millones de colones exactos, soportando hipoteca de primer grado citas: 2017-113220-01-0003-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número ciento cincuenta mil doscientos treinta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito San Ramón, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, José Luis Fonseca Hernández; al sur, calle pública con un frente de 10,60 metros; al este, Carlos Chaves Jiménez y al oeste, Lidia y Beleida Campos Alfaro. Mide: ciento cuarenta y seis metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del cuatro de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del doce de noviembre de dos mil veinte, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veinte de noviembre de dos mil veinte, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Carlos Luis Méndez Montero contra Raissa S.A. Expediente Nº 19-001955-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 10 de agosto del año 2020.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2020491493 ).

En este despacho, con una base de treinta y siete millones setecientos setenta mil cuatrocientos setenta colones con ochenta y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número seiscientos sesenta y un mil ciento sesenta y cinco, derecho 000, la cual es terreno para construir con un casa. Situada en el distrito 4-Mata de Plátano, cantón 8-Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Norma Jean Bozeman; al sur, Vanessa, Fabián y Pamela Los Tres Chaves Rodríguez; al este, Álvaro Granados Quirós y al oeste calle pública.- mide: trescientos seis metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del diecinueve de noviembre de dos mil veinte (3:30 pm // 19/11/2020). De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del veintisiete de noviembre de dos mil veinte (3:30 pm // 27/11/2020) con la base de veintiocho millones trescientos veintisiete mil ochocientos cincuenta y tres colones con catorce céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del nueve de diciembre de dos mil veinte (3:30 pm // 09/12/2020) con la base de nueve millones cuatrocientos cuarenta y dos mil seiscientos diecisiete colones con setenta y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de la Caja Costarricense del Seguro Social contra Jonathan Cedeño Caballero. Expediente N° 18-008373-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 23 de setiembre del año 2020.—Lic. Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2020491539 ).

En este Despacho, con una base de seis millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número doscientos mil ciento ochenta y dos, derecho cero cero cero, la cual es terreno de repasto. Situada en el distrito 2-San Juan, cantón 2-Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Leticia Castrillo Calvo; al sur, Kendal Alban Castro Castrillo y Carlos Andrés Picado Vega; al este, Carmen Alicia Castrillo Calvo, servidumbre de paso, Leticia Castrillo Calvo y Carlos Andrés Picado Vega y al oeste, Danilo Castrillo Venegas. Mide: veintidós mil doscientos metros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del dos de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del diez de noviembre de dos mil veinte con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del dieciocho de noviembre de dos mil veinte con la base de un millón quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la prim          era publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Luis Gerardo Marín Salas contra Evaristo Gerardo Secundino González Álvarez. Expediente Nº 18-001002-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 05 de julio del año 2020.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza.—( IN2020491541 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones novecientos treinta tres mil novecientos noventa colones (¢8.933.990,00), libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate un derecho de posesión sobre “terreno para construir con una casa de habitación que mide ciento setenta y dos metros con ochenta y tres decímetros cuadrados de acuerdo con el plano catastrado N° A-556223-1999. Situada en el distrito uno-Quesada, cantón diez-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ernesto Argüello Corrales y Cecilia Matamoros Villalobos; al sur, Amado Villalobos Alfaro; al este, Ernesto Argüello Corrales y Cecilia Matamoros Villalobos, y al oeste, calle pública. Mide: ciento setenta y dos metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Dicho terreno es parte de la finca del partido de Alajuela, matrícula N° 216181, derecho 000 que le pertenece registralmente a Asociación Provivienda Vuelta Los Cocos, cédula jurídica N° 3-002-271326, la cual se encuentra libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones pero soportando servidumbre de eléctricas y de paso inscrita bajo las citas 412-07172-01-0001-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso inscrita bajo las citas 2015-277901-01-0001-001, servidumbre de ancla inscrita bajo las citas 2017-213439-01-0001-001 y reservas y restricciones inscritas bajo las citas 355-19699-01-0900-001. Para tal efecto, se señalan las nueve horas del diez de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas del dieciocho de noviembre del dos mil veinte, con la base de seis millones setecientos mil cuatrocientos noventa y dos colones con dos céntimos (¢6.700.492,5) (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas del veintiséis de noviembre del dos mil veinte, con la base de dos millones doscientos treinta y tres mil cuatrocientos noventa y siete colones con cinco céntimos ¢2.233.497,5) (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Carlos Eberto Montoya Méndez contra Mayra Lopez Moraga. Expediente Nº 15-000185-0297-CI.—Tribunal Colegiado Primera Instancia Civil del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 13 de agosto del 2020.—Msc. Carlos Eduardo González Mora.—Msc. Minor Jiménez Vargas.—Msc. Elio Campos López, Jueces del Tribunal Colegiado Civil de San Ramón.—( IN2020491549 ).

En este Despacho, con una base de treinta y un mil doscientos cincuenta dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando 7 servidumbre aguas pluviales; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 96337-F-, derecho 000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada ciento treinta y ocho apta para construir que se destinara a uso residencial la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 2-Zaragoza, cantón 7-Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote ciento trece; al sur, acera; al este, lote ciento treinta y siete y al oeste, lote ciento treinta y nueve. Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del cinco de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del trece de noviembre de dos mil veinte con la base de veintitrés mil cuatrocientos treinta y siete dólares con cincuenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintitrés de noviembre de dos mil veinte con la base de siete mil ochocientos doce dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Factiban Sociedad de Responsabilidad Limitada contra Óscar David Vásquez Alfaro. Expediente Nº 20-000473-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 08 de julio del año 2020.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza.—( IN2020491550 ).

En este Despacho, con una base de treinta y seis mil trescientos sesenta y ocho dólares con cuarenta centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando 1) servidumbre trasladada, citas: 154-02969-01-0002-001; 2) servidumbre trasladada, citas: 225-03175-01-0901-001; 3) servidumbre de aguas pluviales, citas: 2012-300027-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número ciento ocho mil seiscientos seis, horizontal F, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: finca filial primaria individualizada número B-cero trece, apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 7-Puente de Piedra, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, finca filial primaria individualizada número B-catorce; al sur, finca filial primaria individualizada número B-doce; al este, área común acceso B Uno; y al oeste, servidumbre pluvial en medio finca filial primaria individualizada Número A-ciento veintidós. Mide: doscientos cincuenta y cinco metros cuadrados. Plano: A-1664749-2013 metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del treinta de octubre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del trece de noviembre del dos mil veinte con la base de veintisiete mil doscientos setenta y seis dólares con treinta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veintisiete de noviembre del dos mil veinte con la base de nueve mil noventa y dos dólares con diez centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Factiban Sociedad de Responsabilidad Limitada contra Henry Giovane Meneses Salguero. Expediente N° 17-009936-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 09 de setiembre del 2020.—Lic. Jazmin Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2020491551 ).

En este despacho, con una base de veinte millones cien mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 275627-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 3-San José (Pizote), cantón 13-Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Alejandro Rivas Mejías; sur, Ana Julia Salgado Sánchez, este, Alejandro Rivas Mejías; oeste, calle pública con 21,62 mts. Mide: Seiscientos cincuenta y ocho metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Plano: A-0102721-1993. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veintiocho de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del siete de junio de dos mil veintiuno con la base de quince millones setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del quince de junio de dos mil veintiuno con la base de cinco millones veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Olger Rojas Marín. Expediente N° 18-001590-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 25 de setiembre del año 2020.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza Decisora.—( IN2020491563 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando medianeria bajo las citas servidumbre sirviente citas: 264-01295-01-0902-002, servidumbre dominante citas: 338-03633-01-0903-001, medianeria citas: 355-16056-01-0914-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 530244-000, derecho 000, la cual es terreno para construir, lote número 556-5. Situada en el distrito 9-Pavas, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, INVU; al sur, Alameda Ricardo Jiménez; al este, INVU y medianería; y al oeste INVU. Mide: ciento diecisiete metros con veintiocho decímetros cuadrados. Plano: SJ-0367629-1996. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticinco de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del nueve de diciembre del dos mil veinte con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las cero horas y cero minutos del diecisiete de diciembre del dos mil veinte con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Propiedades de La Plata Sociedad Anónima contra Ana Lucía Tenorio Loría. Expediente N° 20-006595-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de agosto del 2020.—Lic. Tadeo Solano Alfaro, Juez.—( IN2020491564 ).

En este despacho, con una base de cuarenta millones cuatrocientos noventa y seis mil setenta y dos colones con setenta y siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 412794, derecho 000, la cual es terreno para construir con un galerón. Situada en el distrito 4-Catedral, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Leticia, Marta, Milena y Soledad Salazar Castro; al sur, calle pública con frente de dos metros noventa y cuatro centímetros lineales y Flor de María Montoya Romero; al este Flora, y María del Carmen Salazar Mata y al oeste, Carlos E. Bogantes Cordero, Clara Blanco L, Carlos González. Mide: doscientos cuarenta y cinco metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos del trece de enero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del veintiuno de enero de dos mil veintiuno con la base de treinta millones trescientos setenta y dos mil cincuenta y cuatro colones con cincuenta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintinueve de enero de dos mil veintiuno con la base de diez millones ciento veinticuatro mil dieciocho colones con diecinueve céntimos (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L contra Carlos Humberto de La Trinidad Acuña Fallas. Expediente N° 20-010057-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 02 de setiembre del año 2020.—Licda. Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—( IN2020491566 ).

En este Despacho, con una base de seis millones quinientos setenta mil quinientos sesenta y siete colones con cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando serv. a favor ref:2769-449- 001, citas: 318-09120-01-0901-001, servidumbre de paso citas: 515-10241-01-0002-001, servidumbre de paso, citas: 2017-648755-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número quinientos treinta y cinco mil trescientos veintiocho, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 5-Zapote, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, servidumbre de paso; al sur, Jorge Luis Solís Torres; al este, calle pública con un ancho de once metros veinte centímetros y al oeste, María Cecilia Solís Torres. Mide: ciento cincuenta y ocho metros con setenta y un decímetros cuadrados metros cuadrados. Plano: SJ-0634169-2000. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del nueve de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del diecisiete de noviembre de dos mil veinte con la base de cuatro millones novecientos veintisiete mil novecientos veinticinco colones con veintinueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veinticinco de noviembre de dos mil veinte con la base de un millón seiscientos cuarenta y dos mil seiscientos cuarenta y un colones con setenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Servicentro Barrio El Molino Sociedad Anónima contra Edgar Enrique Castro Alvarado. Expediente N° 20-007176-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de setiembre del año 2020.—Lic. Nidia Durán Oviedo, Jueza Tramitadora.—( IN2020491568 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones doscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número noventa y un mil cuatrocientos cincuenta y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno lote 10 terreno de solar con una construcción. Situada en el distrito 03 Rita, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, servidumbre de paso con frente de 12,25 metros; al sur Bananera El Colono S. A; al este Bananera El Colono S. A. y al oeste, Bananera El Colono S. A. Mide: Trescientos cuarenta y dos metros cuadrados. Plano L-0597883-1999. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del seis de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del dieciséis de noviembre de dos mil veinte con la base de tres millones ciento cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veinte con la base de un millón cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Hermenegildo Tinoco Pichardo. Expediente N° 19-000626-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 23 de setiembre del año 2020.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez Tramitador.—( IN2020491569 ).

En este despacho, sáquese a remate las siguientes propiedades; 1) finca del partido de Guanacaste matrícula 5-169.272-000; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas: 552-14245-01-0005-001 servidumbre de paso, citas: 552-14245-01-0006001, servidumbre de paso citas: 558-03202-01-0005-001, servidumbre de paso citas: 570-16034-01-0006-001 demanda ordinaria citas: 800-523325-01-0001-001 número de expediente 18-000317-0776-FA. la cual es naturaleza: lote para construir situada en el distrito 6 Cuajiniquil cantón 3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte, finca Marbella 2002 S. A. sur, finca Marbella 2002 S. A. este, finca Marbella 2002 S. A. oeste, camino publica con un frente a el de 32.51 centímetros mide: tres mil setecientos veintisiete metros cuadrados plano: G-1633548-2013. Para el primer remate con una base de veinticinco millones ochocientos treinta y nueve mil doscientos cincuenta y cinco colones con treinta y seis céntimos. Para el segundo remate con una base de diecinueve millones trescientos setenta y nueve mil cuatrocientos cuarenta y un colones con cincuenta y dos céntimos (75% de la base original). Para el tercer remate con una base de seis millones cuatrocientos cincuenta y nueve mil ochocientos trece colones con ochenta y cuatro céntimos (25% de la base original). 2) finca del partido de Guanacaste matrícula 124.350- 000; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 300-18351-01-0913-003, demanda ordinaria citas: 800-523322-01-0001-001 número de expediente 18-000317-0776- FA. La cual es naturaleza: terreno para construir situada en el distrito 1-Santa Cruz cantón 3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle publica sur, Rafael Espinoza moreno este: servidumbre de paso oeste, Gonzalo Espinoza Moreno mide: diez mil seiscientos siete metros con setenta y ocho decímetros cuadrados plano: G0629313-2000. Para el primer remate con una base de diez millones ciento treinta y cinco mil novecientos colones con diecisiete céntimos. Para el segundo remate con una base de siete millones seiscientos uno mil novecientos veinticinco colones con trece céntimos (75% de la base original). Para el tercer remate con una base de dos millones quinientos treinta y tres mil novecientos setenta y cinco colones con cuatro céntimos (25% de la base original). 3) finca del partido de Guanacaste matrícula 144.291-000; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando; reservas y restricciones citas: 353-11544-01-0002-001 demanda ordinaria citas: 800-523320-01-0001-001 número de expediente 18-000317-0776FA. la cual es naturaleza: lote 1-21 terreno de potrero situada en el distrito 1-Santa Cruz cantón 3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste linderos: norte, lote 20 de Bosques Don José, sur, lote 2-21 de Bosques Don José este, Rafael Espinoza Moreno oeste, servidumbre agrícola con un frente de 8 metros con 32 centímetros mide: cinco mil metros cuadrados plano: G-0989102-2005. Para el primer remate con una base de siete millones trescientos sesenta y un mil doscientos setenta y dos colones con setenta y cuatro céntimos. Para el segundo remate con una base de cinco millones quinientos veinte mil novecientos cincuenta y cuatro colones con cincuenta y seis céntimos (75% de la base original). Para el tercer remate con una base de un millón ochocientos cuarenta mil trescientos dieciocho colones con dieciocho céntimos (25% de la base original). 4) finca del partido de Guanacaste matrícula 175.735-000; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 300-18351-01-0911-007 demanda ordinaria citas: 800-523326-01-0001-001 número de expediente 18-000317-0776fa. la cual es naturaleza: terreno de bosque situada en el distrito 1-Santa Cruz cantón 3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste linderos: norte, resto reservado de Bosques Don José S. A. en medio servidumbre de paso de uso agrícola sur, resto reservado de Bosques Don José S. A., este, resto reservado de Bosques Don José S. A., en medio servidumbre de paso agrícola oeste, resto reservado de Bosques Don José S. A. Mide: nueve mil cuatrocientos cuarenta y un metros cuadrados plano: G-1384893-2009. Para el primer remate con una base de diez millones seiscientos sesenta y cinco mil ciento cinco colones con treinta y nueve céntimos. para el segundo remate con una base de siete millones novecientos noventa y ocho mil ochocientos veintinueve colones con cuatro céntimos (75% de la base original). Para el tercer remate con una base de dos millones seiscientos sesenta y seis mil doscientos setenta y seis colones con treinta y cinco céntimos (25% de la base original). señalamientos: para el primer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintidós de enero de dos mil veintiuno. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del uno de febrero de dos mil veintiuno. Para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del nueve de febrero de dos mil veintiuno. Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de costa rica contra Gerardo Miguel Ramírez Arroyo, movimientos y acarreos de la península. Expediente Nº 19-003964-1206-CJ Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 29 de setiembre del año 2020. Licda. Lizeth Gómez Gómez, Jueza Tramitadora. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de banco nacional de costa rica contra Gerardo Miguel Ramírez Arroyo, movimientos y acarreos de la península. Expediente Nº 19-003964-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 29 de setiembre del 2020.—Licda. Lizeth Gómez Gómez, Jueza Tramitadora.—( IN2020491570 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones sesenta y tres mil ciento setenta y nueve colones con siete céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando Colisión bajo sumaria 19-000040- 1598-TR; sáquese a remate el vehículo BKT959. Marca Suzuki. Estilo Celerio GLX categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2017 color gris. Tracción 4x2 carrocería Sedan 4 puertas. Serie-Chasis-Vin MA3FC42S5HA274434. Número de motor K10BN1921134, marca Suzuki cilindrada 996 cc. Cilindros 03. Combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del diecinueve de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintisiete de mayo de dos mil veintiuno con la base de tres millones setecientos noventa y siete mil trescientos ochenta y cuatro colones con treinta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del cuatro de junio de dos mil veintiuno con la base de un millón doscientos sesenta y cinco mil setecientos noventa y cuatro colones con setenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Nancy Cerdas Ríos. Expediente Nº:19-001226-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 06 de octubre del año 2020.—Licda. Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2020491571 ).

En este Despacho, con una base de doce mil seiscientos cuarenta y nueve dólares con sesenta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL 215682, marca: Foton, estilo: Forland, categoría: carga liviana, capacidad: 3 personas, año fabricación: 2007, color: blanco, Vin: LVBV8PE6X7E001130, número de chasis: LVBV8PE6X7E001130 y cilindrada: 3298 c.c. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos (03:00 p.m.) del diecinueve de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos (03:00 p.m.) del uno de diciembre del dos mil veinte con la base de nueve mil cuatrocientos ochenta y siete dólares con veintidós centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos (03:00 p.m.) del diez de diciembre del dos mil veinte con la base de tres mil ciento sesenta y dos dólares con cuarenta centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra William Cordero Arguedas. Expediente N° 18-012240-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de julio del 2020.—Audrey Abarca Quirós, Juez Decisor.—( IN2020491573 ).

En este Despacho, con una base de veintiséis millones doscientos sesenta mil ciento ochenta colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando hipoteca de primer grado bajo citas: 2009-205309-01-0004-001 y reservas y restricciones bajo citas: 300-07675-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 30845-000, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito 1-Cañas, cantón 6-Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Gerardo Campos Murillo; sur, Carlos Espinoza Ruiz; este, Agropecuaria Tilucha Sociedad Anónima; oeste, calle pública con frente 10,15 metros. Mide: doscientos treinta y ocho metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas del cuatro de enero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas del doce de enero del dos mil veintiuno con la base de diecinueve millones seiscientos noventa y cinco mil ciento treinta y cinco colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas del veinte de enero del dos mil veintiuno con la base de seis millones quinientos sesenta y cinco mil cuarenta y cinco colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución Ley Cobro Judicial de Municipalidad de Cañas contra Jennifer Salas Acosta, expediente N° 16-001509-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 04 de setiembre del año 2020.—Licda. Zary Navarro Zamora, Jueza Tramitadora.—( IN2020491574 ).

En este Despacho, con una base de ciento cincuenta mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 280-06793-01-0002-001; servidumbre trasladada citas: 282-05648-01-0002-001; servidumbre trasladada citas: 297-07392-01-0902-001; servidumbre trasladada citas: 300-11831-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José matrícula número 21936-F-000, la cual es terreno bloque X finca filial 23 terreno con una casa de una planta en proceso de construcción. Situada en el distrito 3-Pozos, cantón 9-Santa Ana, de la provincia de San José 21936-F-000. Colinda: al norte, calle privada del condominio; al sur, área común; al este, área común; y al oeste, área común. Mide: mil novecientos noventa y tres metros con diecisiete decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y veinte minutos del seis de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y veinte minutos del dieciséis de noviembre del dos mil veinte con la base de ciento doce mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y veinte minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil veinte con la base de treinta y siete mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Servicios Casa Blanca Sociedad Anónima contra Bufete Porras & Asociados S.A., Salomon Bensour (un apellido por su nacionalidad). Expediente N° 20-005567-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de agosto del 2020.—Lic. Oscar Mauricio Rodríguez Villalobos, Juez Decisor.— ( IN2020491575 ).

En este despacho, con una base de once millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento cuatro mil trescientos sesenta y cinco-cero cero siete (104365-007), la cual es terreno naturaleza: terreno de potrero con cinco casas de habitación. Situada en el distrito: 05-Santa Lucía, cantón: 02-Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Manuel Gómez Arce; al sur, calle pública y otro; al este, calle pública con 13m 39cm y al oeste, Angélica Esquivel Herrera. Mide: Tres mil veintiocho metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados, plano: H-1137617-2007. Para tal efecto, se señalan las trece horas y quince minutos del tres de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y quince minutos del once de noviembre de dos mil veinte con la base de ocho millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y quince minutos del diecinueve de noviembre de dos mil veinte con la base de dos millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mario Alberto Vásquez Calderón contra Eduardo Unfried Cortés Expediente N° 19-006187-1338-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 21 de julio del año 2020.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2020491662 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones setecientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL-207881. Marca: Toyota, estilo: Dyna, categoría: carga liviana, capacidad: 3 personas, año fabricación: 2006, color: rojo, VIN: JHFYD207901000188, cilindrada: 4300 c.c, Combustible: DIESEL, N. Motor: 15B1789611. Para tal efecto se señalan las once horas veinte minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas veinte minutos del tres de diciembre de dos mil veinte con la base de tres millones quinientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas veinte minutos del catorce de diciembre de dos mil veinte con la base de un millón ciento ochenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Mario Alberto Vásquez Calderón contra Transportes Unfried S. A. Expediente Nº:19-014519-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de setiembre del año 2020.—Isabel Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2020491666 ).

En la puerta exterior de este Despacho, con una base de ciento sesenta y cuatro mil doscientos seis dólares con veintitrés centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número ciento cuarenta y un mil cuatrocientos noventa y cuatro, derecho F-cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno finca filial C trece que es finca filial C trece destinada a uso habitacional de una planta en proceso de construcción. Situada en el distrito cero cinco, piedades, cantón cero nueve, Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial C catorce; al sur, vacío; al este, vacío, y al oeste, área común. Mide: ciento veinte metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del veintisiete de octubre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas treinta minutos del cuatro de noviembre del dos mil veinte con la base de ciento veintitrés mil ciento cincuenta y cuatro dólares con sesenta y cinco centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas treinta minutos del doce de noviembre del dos mil veinte con la base de cuarenta y un mil cincuenta y un dólares con cincuenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. “Se recuerda a las partes en el proceso lo dispuesto en el párrafo tercero del artículo 159 del Código Procesal Civil y a saber “El postor, para participar, debe depositar el cincuenta por ciento (50%) de la base, en efectivo, mediante entero bancario a la orden del tribunal, cheque certificado de un banco costarricense o cualquier mecanismo tecnológico debidamente autorizado que garantice la eficacia del pago y señalar medio para atender notificaciones. Si en el acto del remate el comprador no paga la totalidad de lo ofrecido deberá depositarla dentro del tercer día; si no lo hiciera, se declarará insubsistente la subasta” El destacado no es del original, para lo cual deberán tomar las previsiones necesarias, caso contrario se proseguirá con la diligencia señalada”. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Luis Carlos Mesa Zamora, Tatiana Del Rosario Salazar Alpízar. Expediente Nº 19-007717-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 28 de setiembre del 2020.—Ronald Gerardo Chacón Mejía, Juez Tramitador.—( IN2020491669 ).

A las siete horas quince minutos del lunes dos de noviembre de dos mil veinte, en la puerta exterior del Juzgado Penal de San Carlos, sobre la base doscientos cuarenta y seis mil ciento noventa y tres colones con noventa y ocho céntimos, remátese la madera decomisada en esta causa consistente en: 1) dos trozas de la especie cola de pavo, con 0,65 m de diámetro (ambas), una de 3,56 m de largo y otra de 7,12 m. de largo, con un volumen de 1.1807 metros cúbicos y 2.3614 metros cúbicos. Producto forestal que se encuentra en custodia en la localidad de Las Delicias de Aguas Zarcas, en aserradero de Román Chavarría Miranda, custodiada por Jonathan Chavarría Pérez (administrador del lugar). Por haberse ordenado así en la resolución de las nueve horas veintiséis minutos del veintitrés de setiembre de dos mil veinte, dentro de la causa penal número 20-001444-0306-PE por infracción a la Ley Forestal, contra Hermer Gerardo Quirós Esquivel y otro, en perjuicio de Los Recursos Naturales.—Juzgado Penal de San Carlos.—Licda. Joselyn Villegas Araya, Jueza Penal.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020491724 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de treinta y cinco mil cuatrocientos dólares, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas 0319-11458-01-0010-001 y habitación familiar bajo las citas 2009-304799-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos cincuenta mil ciento noventa y nueve, derecho 000, la cual es terreno para construir lote 15. Situada en el distrito Orotina, cantón Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Asociacion de Vecinos de Santo Domingo de Orotina; al sur Asociación de Vecinos de Santo Domingo de Orotina; al este Odili Molina Miranda y al oeste calle pública. Mide: ciento cincuenta metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cuarenta y cinco minutos del siete de diciembre de dos mil veinte, con la base de veintiséis mil quinientos cincuenta dólares (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de enero de dos mil veintiuno, con la base de ocho mil ochocientos cincuenta dólares (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Isabel Campos de Cornejo, Marta Mileydi Campos contra Miguel Alexander Rojas Arce, Yesenia Esperanza Montoya Porras. Expediente Nº:19-001421-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 23 de setiembre del año 2020.—Licda. Hazel Mariela Carvajal Rojas, Jueza Tramitadora.—( IN2020491532 ).

En este Despacho, con una base de veintisiete millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San Jose, matrícula número 131654-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 05 Zapote, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Adolfo Pereira; al sur, Enrique Palma; al este, calle pública y al oeste, Antonio Solano. Mide: ochenta y cuatro metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del dieciocho de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintiséis de noviembre de dos mil veinte con la base de veinte millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del nueve de diciembre de dos mil veinte con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rubrica la Rana Dorada de Occidente Sociedad Anónima contra Importadora Méndez Arce. Expediente Nº 20-009891-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de setiembre del 2020.—Lic. Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2020491744 ).

Licda. Daniela Bolaños Camacho Jueza del Juzgado de Familia y Trabajo de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, hace saber que en la puerta exterior de este despacho al ser las trece horas treinta minutos del viernes trece de noviembre del dos mil veinte y con una base de cuarenta millones de colones exactos, al mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público de la provincia de San José con matrícula de folio real número 345789-000, la cual es de naturaleza terreno para construir, situada en el distrito de San Sebastián, cantón de San Sebastián, provincia de San José, colinda al norte con José Valverde y otro, al sur, con calle pública con 12 metros y 34 céntimos, al este, con calle pública con 12 metros y 54 céntimos y al oeste, con José Valverde y otro. Mide: 155 metros con 62 decímetros cuadrados, con plano catastrado número SJ-0507921-1983, finca que sostiene hipoteca en primer grado vencida en fecha 23-06-2004 y prescrita en la actualidad bajo las citas 373-04881-01-0001-001, hipoteca en segundo grado vencida en fecha 23-06- 2004 y prescrita en la actualidad bajo las citas 373-04881-01-0002-001, limitación vencida en fecha 23-06-2004 y prescrita en la actualidad bajo las citas 373-04881-01-0900-001, limitación vencida en fecha 23-06-2004 y prescrita en la actualidad bajo las citas 373-04881-01-0902-001, anotación de habitación familiar bajo las citas 373-04881-01-0003-001, así como la anotación del presente proceso bajo las citas 2012-292670-01-0001-001. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del viernes veinte de noviembre del dos mil veinte, con la base de cuarenta millones de colones exactos. Para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del viernes veintisiete de noviembre del dos mil veinte, con la base de cuarenta millones de colones exactos. De esta manera se hace saber que en este proceso resulta procedente la atenuación de las regulaciones de la Ley de Cobro Judicial a favor de los derechos de los cónyuges, manteniendo intacta la base, al respecto se puede citar el Voto N° 736-2014 del Tribunal de Familia. Así las cosas se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho, lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en el proceso de ejecución de sentencia del abreviado de divorcio incoado por María Cecilia Esquivel Brizuela en contra de Gerardo Enrique Valverde Arce, mismo tramitado bajo el número de expediente 12-400424-0216-FA.—Juzgado de Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita.—Licda. Daniela Bolaños Camacho, Jueza.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020491757 ).

Licda. Daniela Bolaños Camacho Jueza del Juzgado de Familia y Trabajo de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, hace saber que en la puerta exterior de este Despacho al ser las trece horas treinta minutos del miércoles once de noviembre del dos mil veinte y con una base de sesenta y nueve millones ochocientos cuarenta y cinco mil doscientos tres colones con tres céntimos, al mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público de la provincia de San José con matrícula de folio real número 527567-000, la cual es de naturaleza de terreno para construir, situada en el distrito de San Felipe, cantón de Alajuelita, provincia de San José, colinda al noreste, con lote 10-H, al noroeste, con Corporación Obispo Presidente de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días, al sureste, con calle 7 con 8.25 metros y al suroeste, con lote 12-H, mide 132 metros con 49 decímetros cuadrados, con plano catastrado número SJ-0783281-2002, finca que sostiene hipoteca en primer grado bajo las citas 570-39509-01-0001-001 y con quien figura como acreedor la Compañía Nacional de Fuerza y Luz S. A., servidumbre trasladada bajo las citas 298-01839-01-0901-001, servidumbre trasladada bajo las citas 341-03216-01- 0001-001, servidumbre sirviente bajo las citas 376-00723-01-0010-001 y servidumbre sirviente bajo las citas 376-00723-01-0015-001. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del miércoles dieciocho de noviembre del dos mil veinte, con la base de sesenta y nueve millones ochocientos cuarenta y cinco mil doscientos tres colones con tres céntimos. Para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del miércoles veinticinco de noviembre del dos mil veinte, con la base de sesenta y nueve millones ochocientos cuarenta y cinco mil doscientos tres colones con tres céntimos. De esta manera se hace saber que en este proceso resulta procedente la atenuación de las regulaciones de la Ley de Cobro Judicial a favor de los derechos de los cónyuges, manteniendo intacta la base, al respecto se puede citar el Voto N° 736-2014 del Tribunal de Familia. Así las cosas, se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho, lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en el proceso de ejecución de sentencia del proceso abreviado incoado por Heinor Durán Mata en contra de Patricia Bojorge Mena, mismo tramitado bajo el número de expediente 15-400363-0216-FA.—Juzgado de Trabajo y Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita.—Licda. Daniela Bolaños Camacho,| Jueza.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020491758 ).

En este despacho, con una base de cincuenta y tres millones doscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 179636-000. Que se describe así: naturaleza: terreno de potrero situada en el distrito: 01-Santa Cruz cantón: 03-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, camino público con 67 metros con 75 centímetros lineales de frente y Porfirio Porras Arias; sur, Porfirio Porras Arias; este, Edwin Aguilar Briceño, oeste, Porfirio Porras Arias. Mide: ocho mil cuatrocientos ochenta y seis metros con dos decímetros cuadrados plano: G-1229398-2008. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del dieciséis de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veinte, con la base de treinta y nueve millones novecientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del tres de diciembre de dos mil veinte, con la base de trece millones trescientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Dagoberto Muñoz Calderón, Eduardo Martín Chaves Chaves. Expediente N° 19-001934-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 15 de setiembre del año 2020.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Decisor.—( IN2020491791 ).

En este Despacho, con una base de sesenta y cinco mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 183318 derecho 000, la cual es terreno de repasto. Situada en el distrito: 01-Liberia, cantón: 01-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote segregado de Greivin Castro Urbina, Ruta Nacional 21 con 44 metros de frente y Rosa Pacífica Angulo Gutiérrez; al sur, Juan María Viales Viales; al este, Ermina, Lucas, Alba, Eliel y María Constanza, todos Castro Urbina y al oeste, lote segregado de Greivin Castro Urbina, Ermina, Lucas, Alba, Eliel y María Constanza todos Castro Urbina. Mide: cuarenta y siete mil ochocientos treinta y seis metros cuadrados. Plano: G-1464727-2010. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del cuatro de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del doce de noviembre de dos mil veinte, con la base de cuarenta y ocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinte de noviembre de dos mil veinte, con la base de dieciséis mil doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asesores Jurídicos Especializados en Litigio y Cobranza Treta S.R.L. contra Greivin Enrique Castro Urbina, Transportes Grecas Urbina Sociedad Anónima. Expediente Nº 19-007567-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 17 de junio del 2020.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—( IN2020491800 ).

En este despacho, con una base de cinco millones cien mil cuatrocientos dos colones con dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BJP772, marca Hyundai, estilo Accent, capacidad 5 personas, categoría automóvil, año 2005, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos del doce de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las cero horas cero minutos del veintidós de marzo de dos mil veintiuno con la base de tres millones ochocientos veinticinco mil trescientos un colones con cincuenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las cero horas cero minutos del treinta de marzo de dos mil veintiuno con la base de un millón doscientos setenta y cinco mil cien colones con cincuenta y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Yolanda Teresita Arias Anchia. Expediente N° 19-010779-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 02 de octubre del año 2020.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2020491806 ).

En este Despacho, con una base de ocho mil trescientos cuarenta y seis dólares con noventa y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo 508116. Marca: B.M.W.; estilo: BMW X5 4.4; capacidad: 5 personas; categoría: automóvil; carrocería: Station Wagon o familiar; tracción:4x4; número chasis: WBAFB31043LP11060; año fabricación: 2003; N° motor: 52412843; cilindrada: 4398 c.c; cilindros: 8; combustible: gasolina. Para el segundo remate con la base de seis mil doscientos sesenta dólares con diecinueve centavos (75% de la base original). Para el tercer remate con la base de dos mil ochenta y seis dólares con setenta y tres centavos (25% de la base original). Con una base de veintiocho mil ochocientos setenta y tres dólares con veinte centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo 782414. Marca: Mercedes Benz; estilo: C; categoría: automóvil; capacidad: 5 personas; carrocería: sedan 4 puertas; tracción: 4x2; número chasis: WDDGF41X09F245820; N° motor: 27195031143251; cilindrada: 1800 c.c.; cilindros: 4; combustible: gasolina. Para el segundo remate con la base de veintiuno mil seiscientos cincuenta y cuatro dólares con noventa centavos (75% de la base original). Para el tercer remate con la base de siete mil doscientos dieciocho dólares con treinta centavos (25%de la base original). Con una base de treinta y tres mil noventa y nueve dólares con cuarenta y un centavos, libre de gravámenes pero soportando prenda de primer grado a favor de Capital & Wok de Centroamérica S. A.; sáquese a remate el vehículo 765863. Marca: Land Rover; estilo: Range Rover Sport; categoría: automóvil; capacidad: 5 personas; serie: SALSF25476A949829; carrocería: todo terreno 4 puertas; tracción: 4x4; número chasis: SALSF25476A949829; año fabricación: 2006; N° motor: N/V; cilindrada: 4400 c.c; cilindros: 8; combustible: gasolina. Para el segundo remate con la base de veinticuatro mil ochocientos veinticuatro dólares con cincuenta y cinco centavos (75% de la base original). Para el tercer remate con la base de ocho mil doscientos setenta y cuatro dólares con ochenta y cinco centavos (25% de la base original). Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del tres de diciembre de dos mil veinte; para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del catorce de diciembre de dos mil veinte. Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Danielle Susann Ennis Mackay, Inversiones La Costa L.C.F.S. S. A. Expediente N° 19-010014-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de setiembre del año 2020.—Lic. Oscar Mauricio Rodríguez Villalobos, Juez Decisor.—( IN2020491807 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y tres millones seiscientos treinta y siete mil cinco colones con cincuenta y tres céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos citas: 2011-269590-01-0004-001 reservas ley forestal citas: 2011- 269590-01-0005-001 servidumbre de paso citas: 2013-110196-01-0002- 001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 199022-000, la cual es terreno naturaleza: terreno con vivienda situada en el Distrito 1-Santa Cruz Cantón 3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste Linderos: norte: Ramona Duarte Álvarez sur: servidumbre de paso con 6mt lineales frente a ella en medio de Douglas Ariel Duarte Álvarez este: Nury Isabel Duarte Álvarez oeste: Nury Isabel Duarte Álvarez, mide: cuatrocientos metros cuadrados, plano:G-1609785-2012. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del trece de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintitrés de noviembre de dos mil veinte con la base de cuarenta millones doscientos veintisiete mil setecientos cincuenta y cuatro colones con quince céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del dos de diciembre de dos mil veinte con la base de trece millones cuatrocientos nueve mil doscientos cincuenta y un colones con treinta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Arleth Ivannia Diaz Peña. Expediente Nº:20-000617-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 17 de setiembre del año 2020.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Decisor.—( IN2020491893 ).

En este Despacho, con una base de nueve millones seiscientos setenta y ocho mil ciento cuarenta y cinco colones con setenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número cuarenta mil trescientos setenta y seis, derecho 000, la cual es terreno: Para construir situada en el Distrito 1-Liberia Cantón 1-Liberia de la provincia de Guanacaste Linderos: norte: Carret Filadelfia Liberia 7m 10cm sur: Río Liberia este: Aurelina Obando Chavarría oeste: Idelfonso Espinoza Viales. Mide: ciento cincuenta y seis metros con ochenta decímetros cuadrados plano: G-0276777-1977. Para tal efecto, se señalan las quince horas y treinta minutos del dos de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta minutos del diez de noviembre de dos mil veinte con la base de siete millones doscientos cincuenta y ocho mil seiscientos nueve colones con treinta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y treinta minutos del dieciocho de noviembre de dos mil veinte con la base de dos millones cuatrocientos diecinueve mil quinientos treinta y seis colones con cuarenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Comisión Nacional de Préstamos para la Educación contra Luis Gabriel Quesada López, María Yamileth Obando Chavarría. Expediente Nº:18-014106-1164-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 07 de agosto del año 2020.—Natalia Orozco Murillo, Jueza Decisora.—( IN2020492010 ).

En este Despacho, con una base de doscientos once millones quinientos ocho mil doce colones con diecisiete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 30891-F-000, la cual es naturaleza: filial siete apta para construir que se destinará al uso habitacional con una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito: 03-Sardinal, cantón: 05-Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, Socorro Vallejos Vásquez; al sur, área común destinada a calle; al este, Filial Seis; y al oeste, área común destinada a zona verde. Mide: trescientos cincuenta y un metros con quince decímetros cuadrados. Valor porcentual: 6.6874518. Valor medida: 0.0554. Plano: G-0766092-2002. Para tal efecto, se señalan las quince horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de enero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cuarenta y cinco minutos del dos de febrero del dos mil veintiuno, con la base de ciento cincuenta y ocho millones seiscientos treinta y un mil nueve colones con trece céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cuarenta y cinco minutos del diez de febrero del dos mil veintiuno, con la base de cincuenta y dos millones ochocientos setenta y siete mil tres colones con cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Gaviota del Sol contra Siever Limitada. Expediente N° 19-002616-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 08 de octubre del 2020.—Licda. Eunice Pérez Arce, Jueza Tramitadora.—( IN2020492015 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones setecientos diez mil cincuenta y siete colones con siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BLW861, marca: Honda, estilo: CIVIC, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2008, color: azul, Vin: 2HGFA55508H703499, Cilindrada: 2000 c.c., combustible: gasolina, motor número: no existe. Para tal efecto se señalan las once horas y quince minutos del doce de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y quince minutos del veintisiete de noviembre de dos mil veinte con la base de tres millones quinientos treinta y dos mil quinientos cuarenta y dos colones con ochenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y quince minutos del dieciséis de diciembre de dos mil veinte con la base de un millón ciento setenta y siete mil quinientos catorce colones con veintisiete céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en Proceso ejecución prendaria de Asociacion Solidarista de Empleados de Maquinaria y Tractores Ltda y Afines contra Edward Gerardo Chaves Chacón. Expediente Nº:20- 000773-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de agosto del año 2020.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2020492024 )

En este Despacho, 1) Con una base de tres millones doscientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre dominante citas: 359-13461-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 459859, derecho 000, la cual es terreno para construir con árboles frutales y ornamentales lote 13 B. Situada en el distrito 7-Purral, cantón 8-Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Avenida Colonia; al sur, lote 1 B; al este, área de juegos infantiles; y al oeste, lote 12 B. Mide: ciento treinta y cinco metros con diecinueve decímetros cuadrados. Plano: SJ-0410768-1997. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del veinticinco de noviembre del dos mil veinte con la base de dos millones cuatrocientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del siete de diciembre del dos mil veinte con la base de ochocientos doce mil quinientos colones exactos (25% de la base original) 2) Con una base de tres millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre dominante citas: 359-13461-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 459860, derecho 000, la cual es terreno con árboles frutales y ornamentales lote uno C. Situada en el distrito 7-Purral, cantón 8-Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 3 C; al sur, Avenida Colonia; al este, lote 2 C; y al oeste, Municipalidad de Goicoechea. Mide: ciento sesenta y seis metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados, SJ-0410790-1997. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del veinticinco de noviembre del dos mil veinte con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del siete de diciembre del dos mil veinte con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Andre Javier Calvo Vega contra Constructora Artemis del Caribe S.A. Expediente N° 20-003079-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 02 de setiembre del 2020.—Licda. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—( IN2020492043 ).

En este Despacho, con una base de catorce mil ochocientos cuarenta y nueve dólares con tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MRH314. Marca BYD. Estilo F3 GS I MT, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, año 2017, color, celeste, Vin: LGXC16DF9H0000394, Motor Nº BYD473QE216058796, Cilindrada 1500 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del dos de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del once de noviembre del dos mil veinte, con la base de once mil ciento treinta y seis dólares con setenta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del veinte de noviembre del dos mil veinte, con la base de tres mil setecientos doce dólares con veinticinco centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito de S J S.A. contra Maricel de Los Ángeles Morales Retana. Expediente N° 18-014947-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de agosto del 2020.—Licda. Isabel Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2020492045 ).

En este Despacho, con una base de diecinueve mil ochocientos treinta y nueve dólares con cinco centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones 19-001722-0491-TR 2019234000398 0 0 Juzgado de Transito de Desamparados; sáquese a remate el vehículo MCB287. Marca: KIA estilo: Río Categoría: automóvil capacidad: 5 personas, Serie: 3KPA241ABJE118053, Número Chasis: 3KPA241ABJE118053, año fabricación: 2018, color: plateado, VIN: 3KPA241ABJE118053, N.motor: G4LCJE706686, cilindrada: 1368 c.c cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del veinticuatro de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del cuatro de marzo de dos mil veintiuno con la base de catorce mil ochocientos setenta y nueve dólares con veintinueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del doce de marzo de dos mil veintiuno con la base de cuatro mil novecientos cincuenta y nueve dólares con setenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A. Contra Ronny Ángelo Freites Vega. Expediente Nº:20-000860-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 17 de setiembre del año 2020.—Pedro Javier Ubau Hernández, Juez Decisor.—( IN2020492048 ).

En este Despacho, con una base de treinta y cuatro mil cuatrocientos setenta y tres dólares con ochenta y siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BJN609, marca: Mercedes Benz, estilo: ML 350, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: 4JGDA2EB5DA234411, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4x4, año 2013, color: gris, cilindrada: 3000 c.c., combustible: diésel. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del trece de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del veinticinco de noviembre de dos mil veinte con la base de veinticinco mil ochocientos cincuenta y cinco dólares con cuarenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cuatro de diciembre de dos mil veinte con la base de ocho mil seiscientos dieciocho dólares con cuarenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Diego José León Carazo, expediente N° 20-002143-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de setiembre del año 2020.—María del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—( IN2020492050 ).

En este Despacho, con una base de quince mil trescientos setenta y cuatro dólares con cincuenta y cuatro centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones 19-004494-0174-TR Boleta 2019251800274 y colisiones 20-000077-0497-TR boleta 2019236000840; sáquese a remate el vehículo SJB-15163 (se hace ver a los posibles postores que lo que se remata es el vehículo y no la concesión de autobús), Marca: Joylong, estilo: HKL6600C, categoría: microbús, capacidad: 18 personas, color: blanco, año fabricación: 2015, cilindrada: 2500 c.c., combustible: diesel. Para tal efecto se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del ocho de marzo del dos mil veintiuno, con la base de once mil quinientos treinta dólares con noventa y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintiuno, con la base de tres mil ochocientos cuarenta y tres dólares con sesenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S.A. contra Arrendadora Rentabús AR Sociedad Anónima, Centro Bus Sociedad Anónima. Expediente N° 19-010690-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 17 de setiembre del 2020.—Lic. Mario Marín Cascante, Juez Tramitador.—( IN2020492052 ).

En este despacho, con una base de quince mil seiscientos cincuenta y cuatro dólares con siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BQB084. Marca: Hyundai, estilo: Grand I10 GLS, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2018, color: vino, VIN: MALA841CAJM295803, cilindrada: 1200 C.C, N° motor: G4LAHM69353. Para tal efecto se señalan las nueve horas y diez minutos del veinticinco de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y diez minutos del siete de diciembre de dos mil veinte con la base de once mil setecientos cuarenta dólares con cincuenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y diez minutos del siete de diciembre de dos mil veinte con la base de tres mil novecientos trece dólares con cincuenta y un centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos SJ Sociedad Anónima. contra Ana Rosa Quesada García. Expediente N° 19-014134-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 01 de setiembre del año 2020.—Licda. Heilim María Badilla Alvarado, Jueza Decisora.—( IN2020492054 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones setecientos noventa y nueve mil ochocientos sesenta y ocho colones con cuarenta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 325-04514-01-0901-001; y limitaciones de leyes 7052, 7208 Sist. Financiero de Vivienda, citas 2013-207603-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento treinta y ocho mil trescientos cincuenta y seis, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1-Liberia, cantón 1-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, Temporalidades de la Diócesis de Tilarán; al sur, Fidel Palacios Torres; al este, Francisco Viales Viales; y al oeste, calle pública con un frente a ella de nueve metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Mide: trescientos ochenta y dos metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Plano: G-0765321-2002. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del dos de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del diez de noviembre del dos mil veinte con la base de cuatro millones trescientos cuarenta y nueve mil novecientos un colones con treinta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del dieciocho de noviembre del dos mil veinte con la base de un millón cuatrocientos cuarenta y nueve mil novecientos sesenta y siete colones con doce céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores R.L. contra Sandy Contreras Saborío. Expediente N° 20-000948-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 05 de agosto del 2020.—Natalia Orozco Murillo, Jueza Decisora.—( IN2020492058 ).

En este Despacho, con una base de veintiún millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas ley de caminos citas 0368-00008424-01-0900-001; plazo de convalidación citas 0577-00022782-01-0007-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número cincuenta y siete mil setecientos veintiuno, derecho cero cero cero, la cual es terreno construir con una casa. Situada en el distrito: 08-Barranca, cantón: 01-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Francisco León Ulate; al sur, calle pública con 16 m 7 cm; al este, calle pública con 19 m 63 cm y al oeste, Amado Ruiz Calero. Mide: doscientos setenta y seis metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y diez minutos del quince de enero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y diez minutos del veinticinco de enero de dos mil veintiuno, con la base de dieciséis millones doscientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y diez minutos del dos de febrero de dos mil veintiuno, con la base de cinco millones cuatrocientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Erick de La Trinidad Angulo Elizondo. Expediente Nº 20-003019-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 01 de junio del  2020.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2020492085 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y ocho millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 300-11117-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 393-00477-01-0900-001 y servidumbre trasladada citas: 393-00477-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 110079-F, derecho 000, la cual es terreno finca filial número FF siete. Ubicada en el tercer nivel destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 1-Santa Ana, cantón 9-Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, pasillos y accesos; al sur, Gabriel Internacional S. A.; al este, zona común libre y al oeste, escaleras y área de pasillos y accesos. Mide: sesenta y seis metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del doce de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintidós de marzo de dos mil veintiuno con la base de cuarenta y tres millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del treinta de marzo de dos mil veintiuno con la base de catorce millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra María Bernardita González Delgado, expediente N° 20-002252-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 28 de setiembre del año 2020.—Iván Tiffer Vargas, Juez Tramitador.—( IN2020492086 ).

En este Despacho, con una base de noventa y ocho millones ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas: 359-17990-01-0004-001; 295-09729-01-0901-001 y servidumbre trasladada citas 295-09729-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento trece mil cuatrocientos setenta, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito: 01-Quepos, cantón: 06-Quepos, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Ridopos S.A.; al sur, Miguel Durán Chavarría; al este, Jesús Fallas García; y al oeste, calle pública con frente de 55.65 metros. Mide: veintiséis mil metros cuadrados. Plano catastrado P-0612553-2000. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del once de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del diecinueve de marzo del dos mil veintiuno, con la base de setenta y cuatro millones cien mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintinueve de marzo del dos mil veintiuno, con la base de veinticuatro millones setecientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Banco Nacional de Costa Rica contra Richard Herve Lemire y Ridopos S.A. Expediente N° 15-000303-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 09 de enero del 2020.—Lic. Diego Steven Durán Mora, Juez Decisor.—( IN2020492087 ).

En este Despacho, con una base de ochenta millones cuatrocientos quince mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas 349-11218-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número quinientos veintisiete mil ochocientos treinta y uno-cero cero cero, la cual es terreno con casa y patio. Situada en el distrito Alfaro, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, María José Bonilla Steller; sur, Oscar Eduardo Campos Quirós y Ana Patricia Mejía Hernández ambos en parte; este, Ana Patricia Mejía Hernández y oeste, José Joaquín Campos Mora, servidumbre de paso con 16.50 metros de frente ambos en parte. Mide: novecientos treinta y un metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del dieciocho de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del veintiséis de febrero de dos mil veintiuno con la base de sesenta millones trescientos once mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del ocho de marzo de dos mil veintiuno, con la base de veinte millones ciento tres mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Alberto Enrique Vega Chavarría, S.E.N.D.E. S.A., expediente N° 20-000873-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 24 de setiembre del año 2020.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2020492088 ).

En este Despacho, con una base de diecinueve millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 360-13216-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 142598-001, 002, la cual es naturaleza: terreno para construir, lote ocho con una casa de habitación. Situada en el distrito 6-Dulce Nombre , cantón 3-La Unión, de la provincia de Cartago.- Colinda: al norte Luis Alfaro Meléndez; al sur, calle pública con 6 metros 50 centímetros; al este, lote 9 y al oeste, lote 7. Mide: ciento veinte metros con dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del cuatro de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del doce de noviembre de dos mil veinte con la base de catorce millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veinte de noviembre de dos mil veinte con la base de cuatro millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Giovanni Gerardo Céspedes Abarca, María Graciela Aguilar Castro. Expediente Nº 19-018391-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 04 de setiembre del 2020.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2020492090 ).

En este despacho, con una base de veintinueve millones doscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número doscientos veintinueve mil seiscientos veintitrés, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir bloque C lote 3 con una casa. Situada en el Distrito 2-San Jose, Cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte calle publica con 10m; al sur lote 4; al este resto sec call Las Palmeras 16m 23cm y al oeste Jose Manuel Araya Arguedas. Mide: ciento sesenta y dos metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cuarenta y cinco minutos del dos de diciembre de dos mil veinte con la base de veintiún millones novecientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de diciembre de dos mil veinte con la base de siete millones trescientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra Carlos Alonso Víquez Núñez. Expediente Nº:20-000525-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de setiembre del año 2020.—Licda. Sofía Ramírez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2020492091 ).

En este Despacho, con una base de treinta y dos millones doscientos sesenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas: 318-09893-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos setenta y nueve mil cuatrocientos sesenta derecho cero cero cero; naturaleza: terreno para construir esquinero lote 125, situada en el distrito 4-San Antonio cantón 1-Alajuela de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, lote 126 de la segunda etapa, sur, avenida cuarta con 14 metros 55 centímetros, este, lote 124, oeste, calle central con 15 metros 60 centímetros. Mide: doscientos diez metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del dos de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de noviembre de dos mil veinte con la base de veinticuatro millones ciento noventa y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del tres de diciembre de dos mil veinte con la base de ocho millones sesenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Randall Manuel Solís Mora, Urania Tonanzin Henríquez Ramírez Expediente Nº 200077681157CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 02 de octubre del 2020.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—( IN2020492092 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos siete mil quinientos trece derecho cero cero cero, naturaleza: terreno para construir con una casa. Situada en el Distrito 2-Jesús, cantón 5-Atenas, de la provincia de Alajuela. Linderos: al norte, Arsenio Arce Fernández; al sur, calle pública con un frente de 12,73 metros; al este, Arsenio Arce Fernández; y al oeste, María Elena Arce Fernández y Fernando Cordero Arce. Mide: doscientos sesenta y siete metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del doce de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del veintisiete de noviembre del dos mil veinte con la base de tres millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciséis de diciembre del dos mil veinte con la base de un millón de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Oscar Arsenio Arce Trigueros. Expediente N° 20-009141-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 27 de agosto del 2020.—Licda. Hannia Isabel Núñez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2020492093 ).

En este despacho, con una base de diecisiete millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación (Ley de localización de derec citas: 2010-346915-01-0003-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 476003-000, la cual es terreno naturaleza: Terreno de agricultura con una casa. Situada en el distrito 5-La Ceiba, cantón 9-Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 20.74 cm lineales; al sur, Rodrigo Rodríguez Ortiz; al este, Leticia Núñez Vargas y al oeste, Jorge Núñez Vargas. Mide: mil doscientos setenta metros cuadrados plano: A-1414016-2010 identificador predial:209050476003. Para tal efecto, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del siete de diciembre de dos mil veinte con la base de doce millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de enero de dos mil veintiuno con la base de cuatro millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra María de Los Ángeles Campos Delgado, Warner Enrique López Campos. Expediente N° 20-009593-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 20 de setiembre del año 2020.—Licda. Hazel Mariela Carvajal Rojas, Juez Tramitador.—( IN2020492094 ).

En este Despacho, con una base de veinticuatro millones ciento cuarenta mil colones exactos, soportando servidumbre trasladada citas: 0318-00001955-01-0002-001, servidumbre de acueducto y de paso de A Y A citas: 0423-00017297-01-0002-001, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número seiscientos quince mil trescientos noventa y dos-derecho cero cero cero, la cual es terreno: de pasto. Situada en el distrito 01 San Isidro de El General, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Finca Río Jilguero S. A.; al sur, calle pública; al este, Grupo Pugova PZ S. A.; y al oeste, servidumbre de paso. Mide: trescientos doce metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del cinco de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del trece de noviembre del dos mil veinte con la base de dieciocho millones ciento cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del veintitrés de noviembre del dos mil veinte con la base de seis millones treinta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Pérez Zeledón contra Rita Del Carmen Cascante Ramos. Expediente N° 18-005661-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 30 de setiembre del 2020.—Msc. Franz Castro Solís, Juez Tramitador.—( IN2020492095 ).

En este Despacho, con una base de veintitrés millones trescientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas 297-08037-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 530056-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Garita, cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Fernando Cañas Rawson; al sur Emilia Span Morales; al este Emilia Span Morales y al oeste calle pública con un frente de 12.50 metros lineales. Mide: trescientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas quince minutos del diecinueve de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas quince minutos del siete de diciembre de dos mil veinte con la base de diecisiete millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas quince minutos del cuatro de enero de dos mil veintiuno con la base de cinco millones ochocientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda contra Maribell Fernández Koberg Expediente Nº 18-029383-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de setiembre del año 2020.—Hazel Mariela Carvajal Rojas, Jueza Tramitadora.—( IN2020492096 ).

En este despacho, con una base de siete millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Limitaciones de Leyes 7052, 7208 Sist. Financiero de Vivienda Citas: 558-07882-01-0005-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 62192 derecho 000, la cual es terreno Lote 21 con 1 casa de habitación. Situada en el distrito 1-Liberia, cantón 1-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte: calle pública con 23m 97cm; sur: Rafael Hurtado y Fernando Hurtado C.; este: Rafael Hurtado y Fernando Hurtado C.; oeste: calle pública con 12m 50cm. Mide: doscientos noventa y nueve metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Plano: G-0765323-1988. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del cuatro de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del doce de noviembre de dos mil veinte con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veinte de noviembre de dos mil veinte con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra María Igdalia Donaire Juárez, Mario José López Donaire. Expediente N° 19-006659-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 02 de setiembre del año 2020.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza Decisora.—( IN2020492097 ).

En este Despacho, 1) Con una base de sesenta y tres millones novecientos setenta y cuatro mil ochocientos ochenta colones con cincuenta y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 0341-6674-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 0341-6674-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula N° 562548, derecho cero cero cero, la cual es terreno construido con una casa. Situada en el distrito 06 San Francisco, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, Sonia Alvarado Cordero; al noroeste, calle pública; al sureste, calle pública, y al suroeste, Ronald Rosales. Mide: doscientos treinta y cuatro metros con dieciocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas con treinta minutos del seis de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas con treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos mil veinte, con la base de cuarenta y siete millones novecientos ochenta y un mil ciento sesenta colones con cuarenta y un céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas con treinta minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil veinte, con la base de quince millones novecientos noventa y tres mil setecientos veinte colones con trece céntimos (25% de la base original). 2) Con una base de cincuenta y un millones doscientos noventa y cinco mil ciento setenta y cuatro colones con cincuenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 0329-14009-01-0901-003; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula N° 297117, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa, N° 516. Situada en el distrito 06 San Francisco, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, casa 515-R Residencial El Bosque; al sur, casa 517-R Residencial El Bosque; al este, calle pública, y al oeste, casa 510-R Residencial El Bosque. Mide: doscientos veinticinco metros con siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas con treinta minutos del seis de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas con treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos mil veinte, con la base de treinta y ocho millones cuatrocientos setenta y un mil trescientos ochenta colones con ochenta y siete céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas con treinta minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil veinte, con la base de doce millones ochocientos veintitrés mil setecientos noventa y tres colones con sesenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra 3-101-743197 Sociedad Anónima, Distribuidora Rochma S. A., La Natividad del Delfín S. A., Sebastián Alfredo Rojas Chaves, Xiomara Auxiliadora Chaves González. Expediente Nº 20-000300-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 29 de setiembre del 2020.—Lic. Ronald Gerardo Chacón Mejía, Juez Tramitador.—( IN2020492100 ).

En este Despacho, con una base de treinta millones setecientos veintitrés mil ochocientos cincuenta y siete colones con cuarenta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 18925, derecho 013 y 015, la cual es terreno de pastos y agricultura. Situada en el distrito Sardinal, cantón Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Socorro Angulo y Evaristo Gutiérrez; al sur, Isacc Jaén; al este, calle y Evaristo Gutiérrez; y al oeste, Bernabé Angulo y José Gutiérrez. Mide: cuatrocientos setenta y un mil cuatrocientos treinta y ocho metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del doce de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de noviembre del dos mil veinte con la base de veintitrés millones cuarenta y dos mil ochocientos noventa y tres colones con siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de diciembre del dos mil veinte con la base de siete millones seiscientos ochenta mil novecientos sesenta y cuatro colones con treinta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Esteban López Naranjo contra Shirley María Picón Gutiérrez. Expediente N° 11-001682-0638-CI.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de agosto del 2020.—Lic. Sofía Ramírez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2020492114 ).

En este despacho, con una base de diez millones ochocientos sesenta y ocho mil seiscientos treinta y nueve colones exactos, soportando reservas y restricciones bajo citas: 365-11285-01-0867-001, servidumbre de paso bajo citas: 2019-259239-01-0001-001 y soportando hipoteca bajo citas: 2009-273386-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de guanacaste, matrícula número 5-167226-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 3-San Antonio, cantón 2-Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Solanyi Villa Fuerte Mena; sur, Esmeralda Mena Mena y Misael Mena Mena; este, Ricardo Martínez Martínez y al oeste, calle pública con frente de 3,18 metros que es calle de acceso. Mide: trescientos veinte metros con doce decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del once de enero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del diecinueve de enero de dos mil veintiuno con la base de ocho millones ciento cincuenta y un mil cuatrocientos setenta y nueve colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintisiete de enero de dos mil veintiuno con la base de dos millones setecientos diecisiete mil ciento cincuenta y nueve colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Banco Nacional de Costa Rica contra Ariana Villafuerte Mena. Expediente N° 14-000715-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 07 de setiembre del año 2020.—Licda. Zary Navarro Zamora, Jueza Tramitadora.—( IN2020492115 ).

En este Despacho, con una base de setenta y cuatro mil novecientos setenta y cuatro colones con sesenta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 341477, derecho 000, la cual es terreno naturaleza: terreno sembrado de café. Situada en el distrito 1-Naranjo, cantón 6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Carlos Alfredo Ramírez Corrales y Junta Edificadora Escuela de San Roque de Naranjo; al sur, Kemly Sauma Corrales; al este, calle pública con 14,68 metros-Junta Edificadora Escuela San Roque de Naranjo; y al oeste, quebrada. Mide: treinta y un mil trescientos setenta y ocho metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y quince minutos del tres de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y quince minutos del dieciocho de noviembre del dos mil veinte con la base de cincuenta y seis mil doscientos treinta y un colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y quince minutos del cuatro de diciembre del dos mil veinte con la base de dieciocho mil setecientos cuarenta y tres colones con sesenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Aida Lina Obando Martínez, Alfonso Guzmán Chaves, Ana Cecilia Salazar Elizondo, Las Princesas de Rodrigo Sociedad Anónima, Soluciones Doradas J Y J Sociedad Anónima contra Yamna María Sauma Corrales. Expediente N° 19-009495-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22 de julio del 2020.—Sofía Ramírez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2020492116 ).

En este despacho, con una base de seis millones seiscientos setenta mil novecientos catorce colones con setenta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 52147-F-000, derecho, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número sesenta y cinco: Apta para construir que se destinara a uso habitacional, la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 3-San José, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte finca filial primaria individualizada número cincuenta y dos; al sur, acceso doce; al este, finca filial primaria individualizada número sesenta y seis y al oeste finca filial primaria individualizada número sesenta y cuatro. Mide: cuatrocientos noventa y cinco metros cuadrados, plano: A-1093499-2006. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del once de enero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del diecinueve de enero de dos mil veintiuno con la base de cinco millones tres mil ciento ochenta y seis colones con cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintisiete de enero de dos mil veintiuno con la base de un millón seiscientos sesenta y siete mil setecientos veintiocho colones con sesenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Elías Adolfo Álvarez Guzmán. Exp:19-010355-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 21 de setiembre del año 2020.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2020492117 ).

En este Despacho, con una base de ciento veintisiete millones novecientos ochenta y ocho mil seiscientos setenta y seis colones con treinta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 230-02960-01-0901-003 y servidumbre trasladada bajo las citas: 302-19538-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 373.557-000, la cual es terreno construido con dos casas. Situada en el distrito 1 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Gilber Carranza Amores; al sur, Olman Huertas Rojas; al este, Zaida, Carlos Alberto, Marta Eugenia, Maria Leticia y Manuel Enrique, todos Rodríguez Quesada, Daniel y María Eugenia Rodríguez Delgado; y al oeste, calle pública con un frente de 20,92 metros lineales. Mide: setecientos treinta metros con veinticinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veintiséis de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del tres de junio de dos mil veintiuno con la base de noventa y cinco millones novecientos noventa y un mil quinientos siete colones con veinticuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del once de junio de dos mil veintiuno con la base de treinta y un millones novecientos noventa y siete mil ciento sesenta y nueve colones con ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Ángel Alfaro Alfaro, José Daniel Alfaro Hernández. Expediente 19-008100-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 16 de setiembre del año 2020.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2020492118 ).

En este Despacho, con una base de trescientos setenta y cinco mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula N° 33179-A-000, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 4-San Francisco, cantón 6-San Isidro, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Luis y Antonio ambos González Carballo y Pedro, Casta, María Félix, Rosalía, Odilié e Israel todos Chavarría Carballo; al sur, Luis y Antonio ambos González Carballo y Pedro, Casta, María Félix, Rosalía, Odilié e Israel todos Chavarría; al este, Quebrada Tierra Blanca, y al oeste, calle pública. Mide: diez mil quinientos setenta metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiséis de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas treinta minutos del ocho de marzo del dos mil veintiuno, con la base de doscientos ochenta y un mil doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintiuno, con la base de noventa y tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José contra Claudio Slon Hitti. Expediente Nº 19-008302-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 22 de setiembre del 2020.—German Valverde Vindas, Juez Decisor.—( IN2020492120 ).

En este Despacho, con una base de siete millones trescientos veinticuatro mil doscientos setenta y cinco colones con treinta y cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Servidumbre de líneas eléctrica y de paso: 2009-182123-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento ochenta y cinco mil doscientos veinticuatro, derecho 000, la cual es terreno de potreros. Situada en el distrito Savegre, cantón Quepos, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Cooperativa de Autogestión Agropecuaria y de Servicios Múltiples del Silencio RL; al sur, Cooperativa de Autogestión Agropecuaria y de Servicios Múltiples del Silencio RL; al este, calle pública con un frente lineal de 14,00 metros; y al oeste, Cooperativa de Autogestión Agropecuaria y de Servicios Múltiples del Silencio RL. Mide: mil metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del trece de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del veintitrés de noviembre del dos mil veinte con la base de cinco millones cuatrocientos noventa y tres mil doscientos seis colones con cincuenta y un céntimos (75% de la base original)y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del uno de diciembre del dos mil veinte con la base de un millón ochocientos treinta y un mil sesenta y ocho colones con ochenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L contra Eliécer León Mora, Elsa Francisca Jara Montenegro. Expediente N° 20-001570-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 06 de mayo del 2020.—Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2020492122 ).

En este Despacho, 1. Con una base de dieciocho millones cuatrocientos veintinueve mil colones con tres céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando: arrendamiento de finca, bajo las citas: 2017-00258976-01-0003-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 354461, derecho 000, la cual es terreno de café. Situada en el distrito 12 Tambor, cantón 01 Alajuela, de la provincia de . Colinda: al norte, calle pública Tacori Tambor y Jensy Benavidez Portuguez; al sur, Jensy Benavidez Portuguez; al este, Fernando Rodríguez Murillo, Jensy Benavidez Portuguez y al oeste, Emilce Meléndez González. Mide: mil seis metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del veinticinco de enero del año dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del dos de febrero del año dos mil veintiuno, con la base de trece millones ochocientos veintiún mil setecientos cincuenta colones con setenta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del diez de febrero del año dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones seiscientos siete mil doscientos cincuenta colones con veintiséis céntimos (25% de la base original). 2. Con una base de cuarenta y siete millones trescientos ochenta y ocho mil ochocientos cincuenta y nueve colones con dieciocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando: arrendamiento de finca, bajo las citas: 2017-00258976-01-0002-001 y demanda ordinaria, bajo las citas: 0800-00181245-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 384072, derecho 000; la cual es terreno para construir una casa. Situada en el distrito 12 Tambor, cantón 01 Alajuela, de la provincia de . Colinda: al norte, calle pública; al sur, Rosalina Portuguez González; al este, Fernando Rodríguez Murillo y al oeste, Rosalina Portuguez González. Mide: cuatrocientos sesenta y un metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del veinticinco de enero del año dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del dos de febrero del año dos mil veintiuno, con la base de treinta y cinco millones quinientos cuarenta y un mil seiscientos cuarenta y cuatro colones con ochenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del diez de febrero del año dos mil veintiuno. Con la base de once millones ochocientos cuarenta y siete mil doscientos catorce colones con noventa y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Jensy María Benavides Portuguez, Xiomara Benavides Portuguez, expediente N° 170106661765CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, ocho de octubre del año dos mil veinte.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza Decisora.—( IN2020492125 ).

En este despacho, se señalan las siete horas treinta minutos del veinticinco de noviembre de dos mil veinte, con una base de diez millones ochocientos cincuenta y cuatro mil doscientos setenta y siete colones con cincuenta y nueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas Ley Forestal citas: 2012-39430-01-0004-001; reservas de Ley de Aguas y ley de Caminos Públicos citas: 2012-39430-01-0005-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número doscientos cuarenta mil quinientos cincuenta y cuatro, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: Construido situada en el distrito Limoncito, cantón Coto Brus, de la provincia de Puntarenas, finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte, calle pública; sur, Melvin Fernando Villalobos Montero; este, María Cecilia Tapia Montero, oeste, María Eugenia Chaves Murillo. Mide: quinientos noventa y nueve metros cuadrados, plano: P-2215002-2020. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas treinta minutos del tres de diciembre de dos mil veinte, con la base de ocho millones ciento cuarenta mil setecientos ocho colones con diecinueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas treinta minutos del once de diciembre de dos mil veinte, con la base de dos millones setecientos trece mil quinientos sesenta y nueve colones con cuarenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L. contra Kenia Abigaíl Ramírez Villalobos, Nelcy Damaris Villalobos Montero. Expediente N° 20-000279-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 02 de octubre del año 2020.—Licda. Eida Virginia Madrigal Camacho, Jueza Tramitadora.—( IN2020492126 ).

En este Despacho, con una base de veinte mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número doscientos quince mil cuatrocientos noventa, derecho cero cero cero, la cual es terreno Naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 2 San José, cantón 1 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ricoche S. A.; al sur, calle pública con 10 m 19 cm; al este, Ricoche S. A.; y al oeste, Ricoche S. A. Mide: cuatrocientos treinta y un metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del cinco de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veinte de noviembre de dos mil veinte con la base de quince mil dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del nueve de diciembre de dos mil veinte con la base de cinco mil dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Alajuela contra Jorge José Hidalgo Rodríguez. Expediente 20-002750-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de julio del año 2020.—Licda. Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2020492127 ).

En este Despacho, con una base de doce millones setecientos cincuenta y ocho mil setecientos noventa colones exactos, soportando hipoteca primer grado citas: 550-10976-01-0001-001, hipoteca segundo grado citas: 571-98747-01-0001-001 y habitación familiar citas: 2012-221670-01-0002-001, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 292745, derecho 000, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 10-Desamparados, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, Abel Ortiz Ulate; al noroeste, calle pública con 14 mts. de frente; al sureste, Fernando Calero Enríquez y al suroeste, Ilse Mary Díaz Díaz. Mide: trescientos cincuenta y cuatro metros con sesenta y un decímetros cuadrados Plano: A-0919834-2004. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del trece de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del uno de diciembre de dos mil veinte con la base de nueve millones quinientos sesenta y nueve mil noventa y dos colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del diecisiete de diciembre de dos mil veinte con la base de tres millones ciento ochenta y nueve mil seiscientos noventa y siete colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Alajuela contra Francini Vásquez Barquero. Expediente Nº 20-002751-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de setiembre del año 2020.—Licda. Sofía Ramírez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2020492128 ).

En este Despacho, con una base de nueve mil doscientos setenta y cuatro dólares con setenta y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas: 876618, Marca: BYD, estilo: GLX-I, Categoría: automóvil. Capacidad: 5 personas. año: 2011, color: celeste, Vin: LGXC14DA6B1000668. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del once de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del diecinueve de noviembre de dos mil veinte, con la base de seis mil novecientos cincuenta y seis dólares con seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veintisiete de noviembre de dos mil veinte, con la base de dos mil trescientos dieciocho dólares con sesenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carrofácil de Costa Rica S.A. contra Alexander Jesús Rodríguez Fonseca. Expediente Nº 18-003532-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 07 de octubre del 2020.—Msc. Franz Castro Solís, Juez Tramitador.—( IN2020492129 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis mil doce dólares con cuarenta y cuatro centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones boleta: 2017320200899 sumaria: 17-011203- 0174-TR; sáquese a remate el vehículo BKX-447, marca Suzuki, estilo SX 4, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2007, color gris, Vin JS2YB413475101364, cilindrada 2000 cc., combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y cero minutos del diecisiete de noviembre del dos mil veinte, con la base de doce mil nueve dólares con treinta y tres centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del veinticinco de noviembre del dos mil veinte, con la base de cuatro mil tres dólares con once centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carrofacil de Costa Rica S. A. contra Orlando Gerardo Morales Sánchez. Expediente Nº 18-004105-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 01 de octubre del 2020.—Eileen Chaves Mora, Juez/a Tramitador/a.—( IN2020492130 ).

En este despacho, con una base de cuatro millones ciento cuarenta y dos mil colones exactos ,soportando reservas y restricciones citas: 276-01739-01-0901-001,servidumbre de paso citas: 466-19295-01-0011-001, servidumbre de paso citas: 467-16242-32-0003-001, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número seiscientos treinta y cuatro mil doscientos sesenta y nueve, derecho cero cero cero, la cual es terreno para la construcción. Situada en el distrito 08 Cajón, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Claudio Valverde Granados; al este, Conexiones Continentales S. A. y al oeste, Conexiones Continentales S. A., Mauren Sánchez Corrales. Mide: mil metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del dos de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del diez de noviembre de dos mil veinte con la base de tres millones ciento seis mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciocho de noviembre de dos mil veinte con la base de un millón treinta y cinco mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Umaña Mora contra Yesenia Soto Ramírez. Expediente N° 18-003038-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón), 08 de setiembre del año 2020.—Iriabel Mariela Monge Vargas, Jueza Tramitadora.—( IN2020492137 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones hipotecaria, soportando contrato de arrendamiento citas 2020-99774-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número cuatrocientos veinte mil cuatrocientos ocho, derecho 000, la cual es terreno para construir, lote F-1-A. Situada en el distrito: 01-San Isidro de El General, cantón: 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Daniel Mora Ureña; al sur, calle pública; al este, Daniel y Cecilio Mora Ureña; y al oeste, calle pública. Mide: cuatrocientos veinticinco metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del cuatro de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del doce de noviembre del dos mil veinte, con la base de seis millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veinte de noviembre del dos mil veinte, con la base de dos millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Roger Alberto Vargas Picado contra Luis Ángel Fuentes Chacón. Expediente N° 20-002294-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 05 de agosto del 2020.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2020492173 ).

En este Despacho, con una base de tres millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones citas: 371-08163-01- 0970-001, servidumbre de paso citas: 2011-168878-01-0003-001, servidumbre de paso citas: 2011-318352-01-0005-001, servidumbre de paso citas: 2011-318352-01-0006-001, servidumbre de paso citas: 2011- 339658-01-0003-001, servidumbre de paso citas: 2011-346564-01-0003-001, servidumbre de paso citas: 2012-53026-01-0003-001, servidumbre de paso citas: 2012-267757-01-0005-001, servidumbre de paso citas: 2014- 183279-01-0004-001, servidumbre de paso citas: 2018-596873-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 241853 derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 3 Las Horquetas, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Amalia Arroyo Chaves e inicio de servidumbre; al este, Amalia Arroyo Chaves; y al oeste, Luis Asofeifa Brenes. Mide: tres mil metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y veinte minutos del trece de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y veinte minutos del veinticinco de noviembre del dos mil veinte con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y veinte minutos del cuatro de diciembre del dos mil veinte con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Gilberto Porras Vílchez contra Amalia María de Jesús Arroyo Chaves. Expediente 16-008049-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 29 de agosto del año 2020.—Licda. Isabel Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2020492192 ).

En este Despacho, con una base de siete millones cuatrocientos veinte mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula N° 112.246-001-002, derecho, la cual es terreno para construir, lote 25 S, con una casa. Situada en el distrito: 06-Guadalupe (Arenilla) cantón, cantón: 01-Cartago, de la provincia de Cartago finca se encuentra en zona catastrada. Colinda: al norte, lotes 23 S y 24 S; al sur, lote 26 S; al este, avenida Sidney con 6 metros, y al oeste, lote 20 S. Mide: noventa metros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del tres de diciembre del dos mil veinte, con la base de cinco millones quinientos sesenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del catorce de diciembre del dos mil veinte, con la base de un millón ochocientos cincuenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de CJE Consultoría y Fiduciaria S.A. contra Eliette Giselle Montiel Hio, Galindo Espinoza Torres, Luis Guillermo Oniel Torres, Mark Reverly Spence Hibbert. Expediente Nº 17-001945-1207-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 07 de setiembre del 2020.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Decisora.—( IN2020492194 ).

En este Despacho, con una base de ocho mil ciento noventa y cuatro dólares con siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MMS803, marca KIA, estilo Sportage, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2014, color rojo, Vin KNAPB81AAE7614644, cilindrada 1999 cc., combustible gasolina, motor Nº G4NAEU292479. Para tal efecto se señalan las once horas y cuarenta y cinco minutos del seis de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de noviembre del dos mil veinte, con la base de seis mil ciento cuarenta y cinco dólares con cincuenta y cinco centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas y cuarenta y cinco minutos del diez de diciembre del dos mil veinte, con la base de dos mil cuarenta y ocho dólares con cincuenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S.A. contra Gustavo Alfaro Bermúdez. Expediente Nº 19-012292-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 31 de julio del 2020.—Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez/a Tramitador/a.—( IN2020492197 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho mil quinientos ochenta y seis dólares con noventa y dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: CL421082, Marca: Nissan, Estilo: Frontier SE, Categoría: Carga Liviana, Capacidad: 5 personas, Año: 2017, Color: Gris, Carrocería: Camioneta Pick-Up Caja Abierta o Camp-Pu, Vin: 3N6CD33B4JK800341, Motor Número: YD25662576P, Cilindrada: 2500 c.c., Cilindros: 4, Combustible: Diesel. Para tal efecto se señalan las once horas y quince minutos del tres de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y quince minutos del once de noviembre de dos mil veinte con la base de trece mil novecientos cuarenta dólares con diecinueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y quince minutos del diecinueve de noviembre de dos mil veinte con la base de cuatro mil seiscientos cuarenta y seis dólares con setenta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S.A. contra Federico Peralta Bedoya. Expediente N° 20-007960-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de agosto del año 2020.—Licda. Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2020492199 ).

En este Despacho, con una base de doce mil diez dólares con sesenta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MBR136, marca: Ssang Yong, estilo: Rexton, categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, tracción: 4X4, año fabricación: 2014, color: café, vin: KPTG0B1FSEP328196, Nº motor: 66592512581339, cilindrada: 2696 cc, combustible: diesel. Para tal efecto se señalan las diez horas y cuarenta minutos del dos de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cuarenta minutos del once de noviembre del dos mil veinte con la base de nueve mil siete dólares con noventa y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cuarenta minutos del veinte de noviembre del dos mil veinte con la base de tres mil dos dólares con sesenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Nataly Bahamon Arenas. Expediente 20-008535-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 13 de agosto del año 2020.—Lic. Isabel Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2020492201 ).

En este Despacho, con una base de un millón ochocientos ochenta y siete mil seiscientos sesenta y dos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo TRD315. Para tal efecto se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del tres de diciembre del dos mil veinte con la base de un millón cuatrocientos quince mil setecientos cuarenta y seis colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del quince de diciembre del dos mil veinte con la base de cuatrocientos setenta y un mil novecientos quince colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Blanca Nidia Solano Duarte contra Mauricio Enrique Quesada Barboza. Expediente N° 18-008164-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de agosto del 2020.—Lic. José Eduardo Castro Salas, Juez Decisor.—( IN2020492217 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000045-1587-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Compañía Palma Tica S. A., domiciliada en San José, Barrio Cuba, de la Iglesia Medalla Milagrosa, cincuenta metros al oeste, Edificio Numar, cédula jurídica número tres-uno cero uno-uno siete tres nueve nueve nueve (3-101-173999), representada por Alejandro González May, quien es mayor, estado civil divorciado una vez, vecino de San José, Escazú, Guachipelín, Condominio Cerro Alto, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número ocho-cero ocho cero-cinco siete siete (8-080-577), profesión empresario, a fin de inscribir a nombre de su representada y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de cultivos de Palma Africana. Situada: en Quebrada Azul, distrito primero Quepos, cantón sexto Quepos, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con río Naranjo; al sur, con Compañía Palma Tica S. A.; al este, con río Naranjo, y al oeste, con río Naranjo y Compañía Palma Tica S. A. Mide: tres hectáreas cuatro mil ciento setenta y seis metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número seis-uno nueve ocho nueve siete cuatro seis-dos cero uno siete (P-1989746-2017). Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de siete millones ciento cincuenta y nueve mil quinientos treinta colones. Que adquirió dicho inmueble por Posesión Originaria, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veintidós años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en conservación, cultivo y mantenimiento de la propiedad. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Compañía Palma Tica S. A. Expediente N° 20-000045-1587-AG.—Juzgado Agrario de Puntarenas.—Lic. Armando Guevara Rodríguez, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020491363 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 12-160059-0642-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Alvaral del Río S. A., cédula jurídica número tres-uno cero uno-seis tres ocho tres uno cero (3-101-638310), representada por Damaris Alvarado Alfaro, quien es mayor, estado civil casada por segunda vez, vecina de Palmares de Alajuela, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número seis-uno nueve uno-siete nueve seis (6-191-796), profesión ama de casa, a fin de inscribir nombre de su representada y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Fincas cuyas naturaleza son terreno de repastos de forma irregular. Primera finca: Situada: en Río Frío, distrito once Cóbano, cantón primero Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con Alvaral del Río S. A.; al sur, con Novealtek de Costa Rica S. A.; al este, con Alvaral del Río S. A., y al oeste, con Novealtek de Costa Rica S. A. Mide: siete hectáreas ocho mil setecientos diecinueve metros con dos decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número seis-uno cero ocho uno cuatro nueve-uno nueve nueve tres (P-108149-1993). Segunda finca: Situada: en Río Frío, distrito once Cóbano, cantón primero Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con Carlos Vásquez Gómez, Suc. de Leandro Gómez y Familia Canales Pizarro de Río Frío S. A.; al sur, con Alvaral del Río S. A.; al este, con El Mango S. A., y al oeste, con Familia Canales Pizarro de Río Frío S. A. Mide: catorce hectáreas seis mil setenta once metros y sietes decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número seis-uno cero cinco tres seis cero-uno nueve nueve tres (P-105360-1993). Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de siete millones de colones la primera finca y por la suma de doce millones de colones la segunda finca. Que adquirió dicho inmueble por donación derechos que le hizo el señor José Ángel Alvarado Carrillo, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de treinta y dos años contando la de su transmitente. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en conservación, cultivo y mantenimiento de la propiedad. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Alvaral del Río S. A. Expediente N° 12-160059-0642-AG.—Juzgado Agrario de Puntarenas.—Lic. Armando Guevara Rodríguez, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020491368 ).

Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N° 18-000013-1587-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Alfonso Mauricio Vargas Leitón quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Cartago-Tres Ríos, La Unión, Residencial La Carpintera casa número 16-I, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número dos-cinco cero uno-siete cinco dos (2-501-752), profesión educador, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de cultivos y potrero. Situada en San Luis distrito noveno Monteverde, cantón primero Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con Querencia de San Luis S.A., Emiliano Cruz Salazar, Cinthia Gaile Cruz; al sur, con Emiliano Cruz Salazar, Cinthia Gaile Cruz, Evelyn Leitón Vargas, María Julia Vargas Leitón, Luis Ángel Castro Fuentes, Heidy Villalobos Rodríguez, Ignacio Eizmendi Olaverria, Lourdes Larrinaga Domínguez y calle pública con un frente a ella de diecinueve metros con cincuenta y ocho centímetros lineales; al este, con Ignacio Picado Ramírez, Querencia de San Luis S.A., Luis Ángel Castro Fuentes, Tomas Fuentes Ramírez Gabriela Fuentes Alvarado y Miguel Jiménez Zamora y al oeste, con calle pública con un frente a ella de ciento sesenta y cinco metros con ochenta y seis centímetros lineales. Mide: cinco hectáreas ciento veintinueve metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número seis-uno ocho nueve dos cinco siete tres-dos cero uno seis (P-1892573-2016). Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de quince millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación que le hizo su señor padre Francisco Vargas García, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veinticinco años contando la de su transmitente. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza y mantenimiento vegetal para cierta agricultura propia de la zona de Monteverde y otras especies que son duración anual, teniendo bien cercado respetando a sus linderos bien demarcados, además del desarrollo de algunas vaquitas den engorde en baja cantidad. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Alfonso Mauricio Vargas Leitón, expediente N° 18-000013-1587-AG. Nota: publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Agrario de Puntarenas.—Lic. Armando Guevara Rodríguez, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020491370 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-000086-0391-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Zedy de los Ángeles Ramírez Ramírez, quien es mayor, casada una vez, pensionada, cédula identidad N° 5-0166-0161, vecina de Los Ángeles de Santa Bárbara de Santa Cruz, Guanacaste, sito 500 metros al norte de la plaza de fútbol, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es agricultura. Situada: en Sequeira en el distrito Diriá, cantón Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Rosario Jiménez Pérez; al sur, Matías Guadamuz Guadamuz; al este, calle pública con un frente a ella de 87 metros con 14 centímetros lineales, y al oeste, Matías Guadamuz Guadamuz. Mide: 1 hectárea 6 mil metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-1787836-2014. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de 500 mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 20 años aprovechando la ejercida por su transmitente. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en arreglo de cercas, chapeas y rondas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Zedy de los Ángeles Ramírez Ramírez. Expediente N° 16-000086-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), Santa Cruz, 08 de octubre del 2020.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020491510 ).

Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000151-0391-AG, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Emilce De Las Piedades Artavia Jiménez quien es mayor, casada una vez pero separada de hecho, vecina de La Fresca de Lepanto, portadora de la cédula de identidad vigente número 0600810516, ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es solar. Situada en el distrito cuarto, cantón primero, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte Maderas Tesca T C Sociedad Anónima y Mireya Méndez Artavia; al sur Rogelio Mesén Villalobos; al este Mireya Méndez Artavia y calle pública con un frente de ocho metros con ochenta y ocho centímetros lineales y al oeste Maderas Tesca T C Sociedad Anónima. Mide: novecientos treinta y un metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número P-2171294-2019. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por medio de donación y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de seis meses. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cercado y chapias. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Emilce De Las Piedades Artavia Jiménez. Expediente Nº 20-000151-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), Santa Cruz, 30 de setiembre del 2020.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020491511 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000332-0388-CI donde se promueve información posesoria por parte de Carlos Benigno Vargas Calvo quien es mayor, casado una vez, empresario, portador de cédula de identidad número 02-0546-0797, vecino de Portegolpe de Santa Cruz Guanacaste, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de solar, situado en Portegolpe, distrito Tempate del cantón de Santa Cruz Colindantes actuales, linda al Norte: Victorino Ramos Valenciano, Sur: Servidumbre de paso con un frente de ocho metros ochenta y nueve centímetros lineales, Oeste: Ronny Montiel Álvarez y Este: Francisco Gaviel Solís Ortiz. Mide: 258 m2. Inmueble que se encuentra descrito en el Plano Catastrado bajo el número 5-2148834-2019. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cuatro millones quinientos mil colones. Que adquirió dicho inmueble, y hasta la fecha lo ha mantenido de manera pública, pacífica, continua y en calidad de propietario los actos posesorios ejercidos consisten en chapeas, cercado, cuido, mantenimiento del terreno y la construcción de una casa de habitación. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Carlos Benigno Vargas Calvo. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una sola vez. Expediente N° 20-000332-0388-CI-8.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 17 de setiembre del año 2020.—Lic. Carlos Esteban Sancho Araya, Juez.—1 vez.—( IN2020491546 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000283-0388-CI donde se promueve Información Posesoria por parte de Yanitza María Cruz Marchena, quien es mayor, soltera, pistera, portadora de la cédula número 05-0358-0493, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir según plano catastrado número G-2005243-2017. Situada: en Belén el distrito cuarto, cantón quinto Carrillo. Colinda: al norte, con quinto Carrillo; al sur, con Zomaira Margarita Barrientos Contreras; al este, con Zomaira Margarita Barrientos Contreras, y de por medio servidumbre de paso con un frente de quince metros con sesenta y cuatro centímetros lineales de frente, y con un ancho de seis metros, y al oeste, con Misael de la Trinidad Rivera Umaña. Mide: doscientos noventa y cinco metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra venta a Zomaira Barrientos y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica, continúa y a título de única dueña. Que los actos de posesión han consistido en el mantenimiento de cercas perimetrales, chapeas periódicas, arreglo de cercas y mantenimiento de rondas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Yanitza María Cruz Marchena. Expediente N° 20-000283-0388-CI-8.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 12 de agosto del 2020.—Lic. Carlos Esteban Sancho Araya, Juez.—1 vez.—( IN2020491547 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000336-0388-CI donde se promueve información posesoria por parte de Elder Gerardo Campos Rodríguez, quien es mayor, estado civil soltero/a, vecino de Florida de Santa Cruz, Guanacaste, setenta y cinco metros al noreste de la Plaza de Deportes, portador(a) de la cédula N° 0502920094, profesión Dato Desconocido, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno patio de una casa. Situada en el distrito sexto (27 de abril), cantón tercero (Santa Cruz). Colinda: al norte, con camino público con treinta y tres metros con cuarenta y uno centímetros; al sur, con Celina Gómez Sobalbarro; al este, con Inés Peña Zúñiga, y al oeste, con Celina Gómez Sobalbarro. Mide: mil tres metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir G-2042408-2018 pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble G-2042408-2018, por medio de compra venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en el mantenimiento de cercos, limpieza y siembra de árboles frutales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Elder Gerardo Campos Rodríguez. Expediente Nº 20-000336-0388-CI-6.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 09 de setiembre del 2020.—Lic. Carlos Esteban Sancho Araya, Juez/a Decisor/a..—1 vez.—( IN2020491548 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-000054-1143-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Dalay Solano Zúñiga quien es mayor, estado civil casada, vecina de Jacamo de Upala de la provincia de Alajuela, contiguo al Hotel Wilson, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-0413-0274, profesión educadora, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno construir. Situada en el distrito Upala, cantón Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Evaristo Rodríguez Rodríguez; al sur Calle pública; al este Jeimy Carolina Barrantes Ugalde y Carlos Daniel Mendoza Mendoza y al oeste Evaristo Rodríguez Rodríguez. Mide: novecientos treinta y tres metros cuadrados. Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones y las diligencias en la misma suma. Que adquirió dicho inmueble por medio de venta privada la cual compró a Evaristo Rodríguez Rodríguez, cédula de identidad 5-0046-0468, vecino de Jacamo de Upala, de la provincia de Alajuela, frente al Hotel Wilson, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Dalay Solano Zúñiga. Expediente 16-000054-1143-CI (T2).—Juzgado Civil y Trabajo Segundo Circuito Judicial Alajuela, Sede Upala (Materia Civil), 05 de febrero del 2020.—Licda. Wendy Barrantes Rojas, Jueza.—1 vez.—( IN2020491633 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 06-000237-0387-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de sucesión de Carmen Emilia Sáenz Calderón, quien en vida fue mayor, casada dos veces, empresaria, domiciliada en San José, cédula de identidad número seis-cero cuarenta y siete-cuatrocientos cincuenta y uno, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es de frutales. Situada: en Ocotal el distrito: (tercero) Sardinal, cantón: (quinto) Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con Chamugaru de Ocotal S. A.; al sur, Mario Martínez Martínez, quebrada Alcornoque en medio y parte también con servidumbre de abrevadero; al este, Maritza Barrera Gutiérrez y quebrada Alcornoque en medio, y al oeste, calle pública con un frente de ella de treinta punto treinta y cinco metros. Mide: dos mil quinientos trece metros con quince decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-382304-80. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por medio de liquidación de bienes gananciales en sentencia de divorcio por mutuo acuerdo, suscrito entre ella y su exesposo Manuel Antonio Román Jenkis, el doce de marzo de mil novecientos ochenta y seis y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veintitrés años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cuido, cercado, limpieza, rondas, chapias y mantenimiento. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Sucesión de Carmen Emilia Sáenz Calderón. Expediente N° 06-000237-0387-AG.—Juzgado Agrario de Liberia, Liberia, 12 de octubre del 2020.—Lic. Juan Carlos Cerdas Bermúdez, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020491756 ).

Citaciones

Ante esta notaría se procede a la apertura y tramitación del proceso sucesorio de quienes en vida fueron los señores Virginia Barquero Abarca y Rolando García Gutiérrez, quienes en vida fueron mayores, casados una vez, pensionados, portadores de la cédula de identidad números 1-244-831 y 9-012-154 respectivamente, para lo cual queda abierto el mismo para cualquier reclamo, para lo cual señalo para recibir cualquier oposición en mi oficina la cual sito en San José, Zapote, Barrio Córdoba, de Autos Bohío 100 sur y 100 oeste, segundo piso Clínica Arjona, dentro del término de Ley para recibo de las mismas.—Lic. Ricardo Urbina Paniagua, Abogado y Notario Público.—1 vez.—( IN2020489216 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera Marco Tulio Mendoza Castrillo, mayor de edad, casado una vez, comerciante, vecino de Hojancha, veinticinco metros al oeste de las oficinas del centro agrícola cantonal, casa verde musgo, con cédula de identidad número cinco-cero ciento sesenta y tres-cero novecientos quince, fallecido el once de enero, del año dos mil catorce, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe a los que crean tener calidad de herederos o algún interés legítimo en la sucesión, que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasara a quien corresponda. Expediente N° 0001-2020-19717-xgm. Notaría de la licenciada Xinia Gómez Montiel, Nicoya Guanacaste setenta y cinco metros al sur del Parque. Publíquese.—Licda. Xinia Gómez Montiel, Abogada & Notaria.—1 vez.—( IN2020489327 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la Sucesión Ab intestato de: María Virginia Robles Araya, quien fue mayor, casado una vez, ama de casa, con cédula de identidad número tres-ciento setenta y cuatro-setecientos sesenta y cinco, vecina San José, Pérez Zeledón, Paramo, Villa Mills, carretera dos, kilómetro noventa y siete, quien falleció el veintitrés de diciembre del año dos mil dieciocho, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 001-2020.—Lic. David Salazar Mora, Notario, carnet N° 17574.—1 vez.—( IN2020490770 ).

Sucesión Ab Intestato en Sede Notarial Alice Mayra Barboza Fernández. Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Katia Arlet de La Trinidad Araya Barboza y otra, a las trece horas de 30 de setiembre del 2020 y comprobado el fallecimiento de Alice Mayra Barboza Fernández, mayor, divorciada una vez, pensionada, con cédula de identidad número 1-0275-0914, fallecida el siete de junio del dos mil tres en el Hospital San Juan de Dios, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría de la M.S.c Ana María Flores Garbanzo, San José, Curridabat Centro detrás de la agencia del banco nacional Bufete Flores, tel 2272-9588.—Siete de octubre del dos mil veinte.—M.S.c Ana María Flores Garbanzo, Notaria.—1 vez.—( IN2020490984 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Fernand Saborío Vargas, mayor, casado, tramitador de documentos, costarricense, con documento de identidad 0103360634 y vecino de San José, Moravia, costado sur de la Universidad Católica.- Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000567-0182-CI-5. Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Tercero Civil de San José, 25 de setiembre del año 2020. Licda. Giannina Lacayo Quirós, Jueza.—1 vez.—( IN2020491122 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por la señora Zoila Rosa Villalobos Cervantes, mayor de edad, viuda, ama de casa, cédula de identidad uno-trescientos veinticinco-cuatrocientos veinticuatro, vecina de San José, San Francisco de Dos Ríos, de la casa cural setenta y cinco metros sur, contiguo a Cortel, a diecisiete horas del cinco de octubre del dos mil veinte, y comprobado el fallecimiento de quien en vida se llamó Edwin Esquivel Monge, mayor de edad, casado una vez, pensionado, vecino de San José, San Francisco de Dos Ríos, de la casa cural setenta y cinco metros sur, contiguo a Cortel, con cédula de identidad número uno-doscientos noventa y dos-novecientos sesenta y tres, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría del licenciado Gustavo Adolfo Esquivel Quirós, oficina abierta en A Legal Group, sita en San José, Barrio Tournón, Oficentro Torres del Campo, piso tres. Teléfono: 4070-0414.—San José, trece horas del siete de octubre del 2020.—Lic. Gustavo Adolfo Esquivel Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2020491375 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Víctor Manuel Fernández Chaves, mayor, estado civil Soltero, profesión u oficio, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0201140521 y vecino de No Indica. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 20-000658-0638-CI -3.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 02 de octubre del año 2020.—Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2020491395 ).

Arte esta notaría se solicita la apertura del Sucesorio en Sede Notarial de quien en vida fuera Buenaventura Navarro Navarro. quien fuera portadora de la cédula de identidad cinco-cero ochenta-trescientos cincuenta y cuatro, la causante no tenía bienes inscritos a su nombre, pero corresponde liquidar el derecho al cincuenta por ciento de las fincas insertas al Partido de Guanacaste bajo la Matrícula de Folio Real veintinueve mil quinientos trece-cero cero cero, y veintinueve mil quinientos once-cero cero cero.—Nicoya, cinco de octubre del dos mil Veinte.—Licda. Iveth Orozco García, Notaria.—1 vez.—( IN2020491466 ).

Ante esta notaría se solicita la apertura del sucesorio de quien en vida fuera Mireya Villarreal Orias, con cédula de identidad cinco-cero ochenta y tres-ciento noventa y seis, que falleció el nueve de agosto del dos mil veinte, defunción inscrita en la sección correspondiente del Registro Civil, al partido de Guanacaste, al tomo ciento veintisiete, folio ciento setenta y cinco, asiento trescientos cuarenta y nueve. Dicha sucesión en sede notarial se tramita al no existir contención alguna, ni menores o incapaces. Que los únicos bienes a inventariar son las fincas de Guanacaste matrículas de folios reales ciento ochenta y ocho mil novecientos sesenta, submatrícula cero cero dos, y la dieciocho mil ochocientos treinta y dos-cero veintitrés. Se designa como albacea a Amelia Villarreal Orias, cédula cinco-ciento trece ochocientos nueve la cual acepta dicho cargo.—Nicoya, nueve de octubre del dos mil veinte.—Lic. Iveth Orozco García, Notaria.—1 vez.—( IN2020491467 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Franklin Guevara Vargas, quien al momento de su muerte era viudo una vez, pensionado, con cedula de identidad uno-cero dos nueve cuatro-cero tres siete nueve, vecino de Barrio Los Ángeles, San José, para que, dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro del citado plazo, la herencia pasara a quien corresponda. Este proceso se tramita en Expediente número cero cero cero uno-dos mil veinte, en sede notarial ante el notario licenciado Marcos Fernández Herrera, con oficina en Guápiles, Pococí, Limón, frente a BAC Credomatic.—Lic. Marcos Fernández Herrera, Notario.—1 vez.—( IN2020491475 ).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Catalina Morales Beita, con cédula seis-cero cero treinta y tres-cero ochocientos noventa y siete, y el señor Víctor Concepción Concepción, con cédula seis-cero cero treinta y tres-cero novecientos noventa y nueve, para que dentro de los quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a esta Notaría a reclamar sus derechos y se apercibe además a las personas que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan a esta oficina dentro del plazo citado en aras de ejercer sus derechos, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 0001-2020. Notaria: Jéssica Margot Barboza Barrantes, Colegiada 15674, con oficina abierta en Cartago, La Unión, Concepción, Plaza Madrid, local cuarenta y uno.—Concepción, nueve de octubre del dos mil veinte.—Licda. Jéssica Margot Barboza Barrantes, Notaria.—1 vez.—( IN2020491476 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Mónica de los Ángeles Mora Mora, mayor, viuda una vez, nutricionista, portadora de la cédula de identidad número uno-mil treinta y cinco-quinientos setenta y tres, vecina de San José Pavas Rohrmoser final del bulevar Residencial Británica casa veintiuno, en su condición de cónyuge del causante, a las once horas con veinticuatro minutos del nueve de octubre del dos mil veinte, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio notarial ab intestato de quien en vida fuera, Jose Valdelomar Rojas, quien fue mayor, casado, microbiólogo, portador de la cédula de identidad número uno-ochocientos ochenta y dos-ciento veinticinco, vecina de San José Pavas Rohrmoser final del bulevar Residencial Británica casa veintiuno. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Randy Gordon Cruickshank, con oficina abierta en Limón, Cantón y Distrito Primero, exactamente ciento cincuenta metros oeste de las bodegas de FEMSA Coca Cola, Teléfono 2798-0198.—Lic. Randy Gordon Cruickshank, Notario.—1 vez.—( IN2020491491 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión notarial del señor José Fernando Araya Chaverri, quien en vida fue mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Santo Domingo de Heredia, de la esquina suroeste del Polideportivo, veinticinco norte y cincuenta oeste, cédula de identidad número cuatro-cero cero noventa y cinco-cero trescientos uno, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos e interesados, que si no se apersonan dentro del plazo señalado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 001-2020. San José, Sabana Sur, de la Librería Universal, cien metros al sur, cincuenta metros al oeste y ochenta metros al sur; Teléfono 2290-1757.—A las nueve horas del día nueve de octubre del dos mil veinte.—Licda. Laura Zumbado Loría, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2020491507 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Eugenia Anchia Arias, mayor, estado civil casada, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0103140056 y vecina de San José, Goicoechea. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000556-0181-CI-9.—Juzgado Segundo Civil de San José, 28 de agosto del 2020.—Licda. Nuria Rodríguez Bermúdez, Jueza.—1 vez.—( IN2020491554 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Alfredo Castrillo Espinoza, mayor, estado civil soltero, profesión u oficio Dato Desconocido, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0500780953 y vecino(a) de Cipreses de Curridabat.- Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 19-000785-0180-CI-6.—Juzgado Primero Civil de San José, 27 de agosto del año 2020.—Licda. Nathalie Palma Miranda, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020491578 ).

Se hace saber: Que ante la notaria de la Licda. Marisela Araya Araya, Guápiles, oficina segunda Planta de Correos de Costa Rica, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida fue Nemesio Domingo Araya Céspedes, mayor, soltero, oficial de seguridad, con cédula de identidad número seis-ciento veintiocho-doscientos quince, vecino de Limón, Pococí, Guápiles, Toro Amarillo, cincuenta metros sur del Cencinai, el cual falleció el día diez de agosto del año dos mil diecinueve. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todas las personas interesadas para que, dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo pasará a quien corresponda. Expediente 001-2020.—Licda. Marisela Araya Araya, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2020491579 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en Sede Notarial de Noemi González Quirós, quien fue viuda, pensionada, vecina de Pavas, cédula N° 1-0206-0014, por quince días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener derechos y calidad de herederos que, si no se presentan dentro del plazo indicado la herencia pasará a quien por derecho corresponda. Expedientes N° 01-20 Notaria del licenciado Marco Antonio Molina Q. Pavas, San José de Embajada Americana 800 metros oeste, 100 norte y 150 noroeste. Teléfono 22 32 86 70, Fax 22 20 16 08.—Lic. Marco Antonio Molina Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2020491589 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Sara Benavides Solano, cédula de identidad número: siete-cero cero ocho uno-cero cero ocho ocho, a las dieciocho horas del siete de octubre del año dos mil veinte y comprobado el fallecimiento José María Benavides Serrano, mayor de edad, casado una vez , comerciante , vecino de Siquirres provincia de Limón, Barrio San Martín Seis de Mayo entrando veinticinco metros al sur, esta Notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos, tal como ésta lo ha indicado. Notaría del Lic. Erick Jiménez Calvo, Heredia, San Rafael, San Josecito Urbanización La Trinidad casa cinco A Teléfono 8998-9053.—Lic. Erick Jiménez Calvo, Notario.—1 vez.—( IN2020491592 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Leonardo Gutiérrez Beita, Grace Gutiérrez Beita, Evelyn Gutiérrez Beita y Marcela Gutiérrez Beita, a las dieciséis horas del veintiuno de setiembre del dos mil veinte y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Gerardo Enrique Gutiérrez Granados, quien en vida fue mayor, soltero, agricultor, cédula de identidad seis-ciento uno-novecientos treinta y cinco, vecino de Puntarenas, Buenos Aires, Volcán, doscientos metros al norte de la escuela pública de Volcán, fallecido el día quince de octubre del año dos mil doce. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Cristhian Fabián Artavia Gamboa, en San José, Pérez Zeledón, San Isidro de El General, frente a ferretería Feymaco. Teléfono 2771-42-41. Correo electrónico cfartavia@hotmail.com. Expediente N° 0001-2020, Sucesión en Sede Notarial de Gerardo Enrique Gutiérrez Granados.—Veintiuno de setiembre del dos mil veinte.—Lic. Cristhian Fabián Artavia Gamboa, Notario.—1 vez.—( IN2020491606 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Fern Maxine Hooker James, Alyah Hooker James, mayor, soltera, estudiante, vecina de Limón, Urbanización El Cerro detrás de la caja de Ande, Thea Briggette Hooker James, a las 09:15 horas del día 9 de octubre del 2020, y comprobado el fallecimiento de Laura Briggette James Ramírez, quien fuera, de nacionalidad nicaragüense, mayor de edad, divorciada una vez, ama de casa, vecina de Limón, Urbanización El Cerro detrás de la caja de Ande, con cédula de residencia al momento de su fallecimiento número doscientos setenta-cien mil setecientos seis cuarenta mil novecientos cuarenta y seis, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría de la Licda. Stefany Borey Bryan, con oficina en la ciudad de Limón Centro, Barrio Roosevelt, 75 metros al sur del Colegio de Limón Diurno, diagonal a la entrada principal del TEC, edificio color blanco con gris. Teléfono 2758-17-95.—Licda. Stefany Borey Bryan, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2020491607 ).

Sucesorio Notarial. Se cita y se emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Elena Violeta Vargas Villalobos, mayor, casada dos veces, de oficios del hogar, vecina de San José, Pavas, con cédula de identidad N° 104800692, para que dentro del plazo de 30 días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 03-2020.—Licda. Cinthya Villalobos Miranda, Notaria Carnet N° 10750. Teléfonos 8848-4860 / 2236-7185.—1 vez.—( IN2020491624 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de: Salvador Solís Solís, mayor, casado una vez, comerciante, cédula número uno-doscientos diecisiete-doscientos doce, vecino de San José, Ciudad Colón, Altos de San Rafael, 50 metros al oeste de la Pulpería Carmelina, para que, dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 01-2020. Notaría del Bufete de la Licda. Yamilett Mayela Fernández Sandí.—Licda. Yamilett Mayela Fernández Sandí, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2020491625 ).

Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de quien en vida fue: Guido Barrientos Alfaro, mayor, costarricense, casado en primeras nupcias, técnico auxiliar en farmacoterapia, vecino de Tibás, con cédula de identidad número uno-cero doscientos sesenta y seis-cero setecientos noventa y cuatro, para que, dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos ante esta notaría, sita en Grecia, Alajuela, La Argentina, 175 metros suroeste de la Iglesia Evangélica El Gran Yo Soy, con apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia que, si no se apersonan dentro de ese plazo, esta pasará a quien corresponda. Expediente sucesorio notarial N° 0002-2020.—Grecia, 12 de octubre del 2020.—Licda. Natasha Ureña Contreras, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2020491634 ).

Con quince días de plazo, según lo establecido por el artículo ciento veintiséis punto tres del Nuevo Código Procesal Civil, contados a partir de la fecha de publicación de este edicto, se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Roxana Gamboa Fallas, quien fue mayor, viuda una vez, ama de casa, vecina de San José, Aserrí, Vuelta de Jorco, cien metros al este, veinticinco metros al sur de la iglesia católica, cedula de identidad número uno cuatrocientos cincuenta y cinco-cero. a fin de que comparezcan ante esta notaria a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que, en caso de no hacerlo, la herencia pasará a manos de quien o quienes hayan demostrado en el proceso su legítimo derecho a heredar. Asimismo, se les previene acerca del señalamiento de un medio (fax o correo electrónico), para atender sus futuras notificaciones, apercibidos de que, en caso de no hacerlo, o bien que el medio escogido imposibilite su notificación por causas ajenas a esta notaria, las resoluciones que se dicten se les tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Igualmente, se les hace saber que, de surgir controversia con relación a la tramitación de esta sucesión en esta sede, se procederá a dar por terminado el proceso en sede notarial, para su inmediata remisión a la sede judicial. La dirección de esta notaria es en Aserrí, San José, frente a la Escuela Santa María, teléfono número veintidós treinta-noventa catorce.—Aserrí, San José, catorce de setiembre del dos mil veinte.—Lic. Jorge Mario Piedra Arias, Notario Público.—1 vez.—( IN2020491638 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Saulo Alpízar Arias, quien fue soltero, estudiante, cédula uno-mil ciento veintiuno-setecientos setenta y tres, vecino de Grecia para que, dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a esta notaría en resguardo de sus derechos, apercibidos los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Se le previene a los interesados que en el acto de apersonarse deben señalar medio para notificaciones. La Notaría se ubica en Grecia, al costado oeste del Banco Nacional. Expediente N° 2-2020.—Licda. Ana Lorena Umaña Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2020491639 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Ana Diorleny Angulo Tenorio y otros, a las once horas treinta minutos del día diez de octubre del dos mil veinte. Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de: Eudoxia Belarmina Angulo Tenorio, mayor, soltera, ama de casa, con domicilio en San José, Pavas, Lomas del Río, Urbanización Oscar Felipe casa número cuatro, portadora de la cédula de identidad número cinco-cero cero setenta y cinco-cero novecientos treinta y nueve, fallecida el día 05 de agosto del 2020, según consta en el Registro Civil, Departamento de Defunciones, bajo las citas de inscripción al tomo número seiscientos treinta y cinco, folio cuatrocientos sesenta y cuatro, asiento novecientos veintisiete, al respecto se declara abierto su proceso sucesorio, para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos. Expediente N° 2020-0001. Notaría de la Licda. María Desirée Ramos Brenes. Heredia, Ciudad Cariari, Residencial Los Arcos, rotonda once, número ciento cuatro. Teléfono: 2239-7323.—Licda. María Desirée Ramos Brenes, Notaria.—1 vez.—( IN2020491640 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Luis Emilio Araya Campos, casado una vez, empresario, cédula cuatro- ciento doce- seiscientos uno vecino de La Ribera de Belén, trescientos cincuenta metros norte de Súper Marcela, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a esta notaria sita doscientos cincuenta metros Este de los Tribunales de Heredia, a reclamar sus derechos y se les apercibe que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 001-2020-NKMV. Notaría de la Licenciada Karina Morales Vargas.—Licda. Karina Morales Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2020491653 ).

Se cita a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en el proceso sucesorio de quien en vida fue Eduardo Andrés Montero González, mayor, casado vez, pensionado, vecino de San José, Goicoechea, Guadalupe, del cruce de Moravia y Guadalupe, setenta y cinco metros sur, contiguo a Ekono, portador de la cédula de identidad número uno-cero ciento ochenta y uno-cero quinientos sesenta y tres, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría para hacer valer sus derechos con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda, San José, Moravia, La Trinidad, del Súper Irazú, cuatrocientos metros noroeste, casa catorce-C.—12 de octubre del 2020.—Lic. María Estela Muñoz Ripper, Notaria.—1 vez.—( IN2020491665 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó: Estela Felicita Amalia de la Caridad Morgado Morgado, mayor, ama de casa, viuda, vecina de Cuba, Calle Mambí, número cinco entre B Pardillo y Ángel Montejo, reparto Pina, provincia Sancti Spíritus, municipio Sancti Spíritus, de nacionalidad Cubana, cédula de su país número uno ocho cero siete uno cero cero cinco uno nueve seis. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán comparecer ante esta notaría, ubicada en San José, Hatillo cuatro, del Abastecedor Leitón, setenta y cinco metros al oeste y setenta y cinco metros al sur, a reclamar sus derechos en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 002-2020.—San José, ocho de octubre del dos mil veinte.—Licda. Karol Segura Sandoval, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2020491673 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante notario público Luis Álvaro Rodríguez Mena, a las once horas treinta minutos del veintidós de setiembre del dos mil veinte, comprobado el fallecimiento del causante, esta notaria declara abierto el proceso sucesorio ab intesto numero dos mil veinte-sucesorio-cero cero dos, de quien en vida fue William Alberto Guerrero Mora, quien fue mayor de edad, casado, electricista, vecino de Santa Ana, Salitral, cédula de identidad número uno-cero ochocientos cuarenta y dos-cero ochocientos diez y, quien falleció en fecha dos de mayo de dos mil dieciséis, y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días naturales, contados a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Judicial, comparezcan ante esta notaria para hacer valer sus derechos.—Lic. Luis Álvaro Rodríguez Mena, Notario.—1 vez.—( IN2020491678 ).

Notaría del Licenciado Álvaro Azofeifa Víquez, se hace saber que en esta Notaria se tramita el proceso sucesorio de Giny Vargas Vindas, cédula cuatro-ciento ochenta y seis-seiscientos cuarenta y cinco quien fue, divorciada una vez, estudiante, vecina de San Joaquín de Flores, Heredia, de la iglesia ciento cincuenta metros al Norte. Se emplaza a los herederos, acreedores, y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonaren dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente número: cero cero cero dos-dos mil veinte. Notaría del licenciado Álvaro Azofeifa Víquez, sita en la ciudad de San Joaquín de Flores, Heredia. Teléfonos: doscientos sesenta y cinco- cincuenta y ocho - setenta y ocho. Fax: veintidós sesenta y cinco - treinta y uno - dieciocho.—Lic. Álvaro Azofeifa Víquez, Notario.—1 vez.—( IN2020491741 ).

Se hace saber que en esta notaría, se tramita el proceso sucesorio notarial de quien en vida fue: María Auxiliadora Vargas Carvajal, cédula número cuatro-cero setenta y seis-trescientos siete, trabajos del hogar, casada, vecina de Barrio Santa Marta, San Joaquín de Flores, Heredia. Se emplaza a los herederos, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro del plazo indicado, aquella pasará a quien corresponda. Notaría del Lic. Álvaro Azofeifa Víquez, situada en Centro San Joaquín de Flores, Heredia. Expediente número cero cero cero dos-dos mil diecinueve. Teléfonos: ocho ocho siete siete ocho ocho nueve ocho, veintidós seis cinco cincuenta y ocho setenta y ocho, y al fax: veintidós seis cinco treinta y uno dieciocho.—Lic. Álvaro Azofeifa Víquez, Notario Público.—1 vez.—( IN2020491742 ).

Avisos

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad Keilyn Dariela Gómez Hidalgo, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 20-001001-0292-FA. Clase de Asunto Depósito Judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las catorce horas treinta y ocho minutos del diecisiete de setiembre de dos mil veinte. 17 de setiembre del año 2020.—Msc. Cesar de Dios Monge Vallejos, Juez Tramitador.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020491069 ). 3 v. 2.

Se convoca por medio de edicto, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela de la persona menor: Luis Fabián Miranda López, menor de edad, vecino de Liberia, hijo de Heyner Francisco Miranda Rivas y Lady López Jiménez por haber sido nombradas en testamento, ya por corresponderles la legítima, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente N° 20-000438-0938-FA. Proceso: Tutela legítima. Promovente: Sonia Iveth López Jiménez.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia), 09 de octubre del 2020.—Msc. Marcela González Solera, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020491529 ).                                         3 v. 1.

En proceso de depósito judicial expediente número 20-000630-0687-FA. Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de las personas menores Ólger Jesús Guerrero y Naydarsys Aruselkis Guerrero. Por este medio se les comunica que en proceso tramitado bajo el expediente 20-000630-0687-FA del Juzgado de Familia de Grecia, se dictó la resolución: Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia Familia). A las quince horas veintiocho minutos del diecisiete de setiembre de dos mil veinte. De las presentes diligencias de depósito de las personas menores Ólger Jesús Guerrero y Naydarsys Aruselkis Guerrero, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a quien interese, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión Nº 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. En caso de que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Por medio de edicto, que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto. Expediente Nº 20-000630-0687-FA.—Juzgado de Familia de Grecia, 17 de setiembre del año 2020.—M.Sc. Patricia María Vega Jenkins, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020491066 ).

M.Sc. Francinni Campos León, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Juan Josué Sánchez García, en su carácter personal, quien es mayor, de nacionalidad nicaragüense, divorciado, mecánico, de domicilio desconocido, cédula de residencia 155804036028, se le hace saber que en Demanda Autorización Permanente Salida País Nº 19-000695-0292-FA, establecida por Karen Marile López Estrada contra Juan Josué Sánchez García, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela. A las ocho horas y cincuenta y seis minutos del veinticuatro de enero de dos mil veinte. Mediante memorial presentado en fecha diecinueve de noviembre de dos mil diecinueve, por parte de la licenciada López Alvarado se tiene por aceptado el cargo conferido. Así las cosas, se tiene por establecido el presente Proceso de Autorización Permanente de Salida del País, que promueve Karen Marile López Estrada, contra Juan Josué Sánchez García, de quien se desconoce su paradero. En esta litis, fue nombrada como curadora procesal la licenciada Ligia López Alvarado a fin de que defienda los intereses de la parte accionada. En virtud de lo anterior, en la forma y términos que se consignan en el memorial incorporado al expediente electrónico en fecha nueve de diciembre de dos mil diecinueve, por parte de la curadora procesal, se tiene por contestada en tiempo y forma la presente demanda y por señalado medio para recibir notificaciones. De la oposición formulada, se confiere audiencia por tres días a la actora quien al referirse a ella podrá proponer su contraprueba. Artículo 305 del Código Procesal Civil. Por existir personas menores involucradas en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Por otra parte, siendo que se desconoce el domicilio del señora Sánchez García, se ordena la publicación de la presente resolución por única vez por medio de edicto en el Boletín Judicial, mismo que una vez difundido deberá ser acreditado por la accionante mediante documento idóneo. M.Sc. Francinni Campos León. Jueza.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—M.Sc. Francinni Campos León, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020491084 ).

Msc. Marilene Herra Alfaro, Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José, hace saber a Juan Antonio Méndez (un solo apellido), mayor, natural de República Dominicana, casado una vez, salonero, documento de identidad número P38508695 y de paradero actual desconocido que: En el Proceso Abreviado de Inexistencia de Matrimonio promovido en su contra por la Procuraduría General de la República, expediente número 17-000831-0186-FA se dictó la resolución que en lo conducente dice: “ Juzgado Primero de Familia de San José, a las ocho horas y veinte minutos del nueve de febrero de dos mil dieciocho. De la anterior demanda abreviada de inexistencia de matrimonio establecida por el accionante el estado , se confiere traslado a los accionados Juan Antonio Méndez y María Cecilia Segura Herrera por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones.- En al misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.- Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009.- Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución al los demandados, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. La publicación de este edicto es ordenada en el Proceso Abreviado de Inexistencia de Matrimonio, expediente N° 17-000831-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 8 de octubre del 2020.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—Msc. Marilene Herra Alfaro, Jueza.—1 vez.—O.C N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020491521 ).

Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza del Juzgado de Familia de Heredia; hace saber a George Richard Mc Cafferty, pasaporte de su país número 218992784, dato desconocido, pensionado, domicilio desconocido, nacionalidad Estados Unidos de América, que en este Despacho se interpuso un proceso divorcio en su contra, bajo el expediente número 17-002511-0364-FA donde se dictó la sentencia que en lo conducente dice: Sentencia N° 2020001402.—Juzgado de Familia de Heredia, a las quince horas y cincuenta y seis minutos del veintiuno de julio del dos mil veinte. Resultando:…; Considerando:…; Por tanto: De acuerdo a lo expuesto, y artículos 51 y 52 de la Constitución Política; 1, 2, 5, 6, 8, 11, 34, 41, 48 y 57 del Código de Familia; se rechaza la excepción de falta de derecho y se declara con lugar la demanda abreviada de divorcio interpuesta por Diana Isabel Conejo Delgado contra George Richard Mc Cafferty y se declara: 1) La disolución del matrimonio que une a la parte actora y demandada. 2) No existirá derecho de alimentos entre los ahora excónyuges. 3) No hay bienes gananciales, y de aparecer alguno, ello se ventilará en la etapa de ejecución de sentencia. 4) No procrearon hijos o hijas menores de edad o incapaces producto de su unión. 5) Se resuelve el asunto sin condena en costas para la parte demandada vencida del proceso. 6) Una vez firme este fallo, por medio de ejecutoria expedida a solicitud de parte interesada, inscríbase el mismo en el Registro Civil al tomo 545, folio 4, asiento 7 del libro de matrimonios de la provincia de San José. Hágase saber. Msc. Jenny Ñurinda Montoya, Jueza de Familia.—Juzgado de Familia de Heredia.—Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020491522 ).

MSC. Pablo Amador Villanueva, Juez del Juzgado de Familia de Heredia, a Gilliam Denisse Dutton Campos, en su carácter personal, quien es mayor, soltera, sin oficio, portadora de la cédula de identidad 402450013, de paradero desconocido, se le hace saber que en proceso abreviado de Suspensión de Patria Potestad y Depósito Judicial, bajo el expediente 18-001460-0364-FA, establecido por Patronato Nacional de La Infancia, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: sentencia Nº 2020001745 Juzgado de Familia de Heredia, a las quince horas diez minutos del ocho de setiembre de dos mil veinte. Resultando... Considerando... Por tanto: De acuerdo a lo expuesto, y artículos 51, 52 y 55 de la Constitución Política; 1, 2, 5, 6, 8, 115 y siguientes, 140, 141, 143, 159 y 160 del Código de Familia; 3 de la Convención de los Derechos del Niños y 5 y 105 del Código de la Niñez y la Adolescencia y se declara con lugar la demanda abreviada interpuesta por el Patronato Nacional de La Infancia contra Gilliam Denise Dutton Campos, a quién se le suspende del ejercicio de los atributos de la responsabilidad parental que tiene de la menor de edad Luz Aurora Dutton Campos, ello por un plazo de un año dentro del cual podrá propiciar -a pedido exclusivo de la propia demandada- acciones con el fin de tener algún acercamiento con su hija que pueda modificar su conducta para con ella y sus responsabilidades, para que pueda recuperar el derecho suspendido, acciones que el despacho aprobará según su naturaleza; siendo que en caso de no ser posible o no haber interés pasado el plazo indicado, a pedido de la parte actora -entiéndase el PANI-, podría revertirse esta suspensión en una pérdida del derecho.- Se exime a la parte demandada, como perdedora de la litis, del pago de costas del proceso.- Publíquese un extracto de esta sentencia en el Boletín Judicial por una única vez. Hágase saber.—Juzgado de Familia de Heredia.—Msc. Pablo Amador Villanueva, Juez de Familia.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020491523 ).

Maureen Vanessa Ortiz Cerdas, Jueza del Juzgado de Familia de Puntarenas, hace saber a Lucía de Los Ángeles Sandoval Jiménez, mayor, cédula de identidad N° 503670934, de demás calidades desconocidas: que en este juzgado se tramita un proceso en su contra bajo la sumaria número 19-000005-1146-FA, dentro del cual se ha ordenado notificarle la siguiente resolución: “Juzgado de Familia de Puntarenas, a las nueve horas cuarenta y seis minutos del siete de octubre de dos mil veinte. Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria judicial de estado de abandono planteado por el Patronato Nacional de la Infancia contra Lucía de Los Ángeles Sandoval Jiménez y Jorge Arturo Espinoza Gómez. A fin de que se represente a la demandada Sandoval Jiménez, quien se encuentra presuntamente ausente, se nombra como Curador Procesal al licenciado José Manuel Retana Segura, cédula N° 900640705, a quien se le previene para que dentro del plazo de tres días, manifieste si acepta el cargo conferido. Lo anterior bajo el apercibimiento de que de no hacerlo, se entenderá que no tiene interés en dicho nombramiento, y se procederá a la sustitución, sin necesidad de ulterior resolución que lo ordene, previa comunicación a la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial para lo que corresponda. En cuanto al demandado Jorge Arturo Espinoza Gómez se le concede el plazo de cinco días hábiles para que se pronuncie sobre este asunto y ofrezca pruebas de descargo si es del caso, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Asimismo, se otorga el depósito judicial provisional de la persona menor de edad Reychell María Sandoval Jiménez, bajo la responsabilidad del Patronato Nacional de la Infancia de esta ciudad. Notifíquese esta resolución al demandado Jorge Arturo Espinoza Gómez mediante la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Puntarenas, por ser habido en Puntarenas, Central, Hotel Sol y Arena. Se ordena publicar el edicto que corresponde en el Boletín Judicial.—Juzgado de Familia de Puntarenas, 07 de octubre de 2020.—Lic. Maureen Vanessa Ortiz Cerdas, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020491524 ).

Msc. Pablo Amador Villanueva, juez del Juzgado de Familia de Heredia, a Miguel Emilio Paniagua Cordero, en su carácter personal, quien es mayor, casado, de paradero desconocido, cédula 0205680519, se le hace saber que en demanda abreviado de divorcio bajo el número de expediente 19-001021-0364-FA, establecida por Andrea de los Ángeles Campos Araya, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: N° 2020001767. Juzgado de Familia de Heredia, a las veintitrés horas cuarenta y nueve minutos del nueve de setiembre de dos mil veinte. Resultando: ... Considerando: ... Por tanto: de acuerdo a lo expuesto, y artículos 51 y 52 de la Constitución Política; 1, 2, 5, 6, 8, 11, 34, 41, 48 y 57 del Código de Familia; se declara con lugar la demanda abreviada de divorcio interpuesta por Andrea de los Ángeles Campos Araya, contra Miguel Emilio Paniagua Cordero y se declara: 1) La disolución del matrimonio que une a actora y demandado. 2) No se otorga derecho alimentario para ninguno de los cónyuges. 3) La custodia de los menores de edad Josseph Daniel y José David, ambos Paniagua Campos será para la madre, manteniendo ambos padres los demás atributos de la responsabilidad parental. 4) No existen bienes de los cuales alguno de los cónyuges pueda tener algún derecho de ganancialidad, pero en todo caso, de aparecer alguno, el no propietario adquiere el derecho a participar en la mitad del valor neto final del mismo, debiendo ventilarse ese monto y demás extremos en la etapa siguiente de proceso de ejecución que corresponda. Sin condena en costas para la parte vencida. Una vez firme este fallo, por medio de ejecutoria expedida a solicitud de parte interesada, inscríbase el mismo en el Registro Civil al tomo ochenta, folio cuatrocientos sesenta, asiento novecientos diecinueve del libro de matrimonios de la provincia de Heredia. Por haber sido representado el demandado por medio de un curador procesal se ordena publicar un extracto del fallo en el Boletín Judicial. Hágase saber.—Msc. Pablo Amador Villanueva, Juez de Familia.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020491525 ).

El Juzgado de Familia de Desamparados, hace saber al señor: Juan Carlos Chávez Dormes, mayor, casado, nicaragüense, cédula de residencia N° 155305939733, de demás calidades desconocidas, que en este Despacho se tramita el proceso número 19-001139-0637-FA, que es proceso de divorcio en su contra y por lo tanto se le concede el plazo de diez días a efecto de que se apersone para contestar o formular la oposición correspondiente con la indicación de las pruebas en que se fundamenta, con la indicación de los testigos en su caso; dicho emplazamiento comenzará a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación del presente edicto. Se previene a la parte accionada, señalar medio para recibir notificaciones, caso contrario después de tres días de publicado el presente edicto, comenzará a aplicar la notificación automática. Publíquese una sola vez.—Juzgado de Familia de Desamparados, 02 de octubre del 2020.—Lic. Esteban Guzmán González, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020491526 ).

Se avisa a: Joanna de Los Ángeles Alfaro Rodríguez, mayor, casada, del hogar, costarricense, cédula N° 02-0615-0423, que en este Juzgado se tramita expediente Proceso Proyecciones a la Niñez y la Adolescencia promovido por el Patronato Nacional de la Infancia. Expediente N° 20-000845-1302-FA, donde se solicita medidas de protección a favor de la persona menor Hazel Rojas Alfaro. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga a este proceso. Lo anterior, por ordenarse así en proceso Protección a la Niñez y la Adolescencia promovido por el Patronato Nacional de la Infancia. Expediente N° 20-000845-1302-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 09 de octubre del 2020.—Msc. Yuliana Andrea Ugalde Zumbado, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020491530 ).

Se avisa a Delfín Odilio Cordero Fernández, mayor, soltero, peón agrícola, costarricense, cédula 09-0091-0477, que en este Juzgado se tramita expediente proceso proyecciones a la niñez y la adolescencia promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, Expediente N° 20-000848-1302-FA, donde se solicita medidas de protección a favor de la persona menor Kevin Steven y Alexia Nicole Cordero Soto. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga a este proceso. Lo anterior, por ordenarse así en Proceso Protección a la Niñez y la Adolescencia promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, Expediente N° 20-000848-1302-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 09 de octubre del año 2020.—Msc. Yuliana Andrea Ugalde Zumbado, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020491531 ).

Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza del Juzgado de Familia de Heredia, a Elsandra Díaz Calero, en su carácter personal, quien es mayor, nicaragüense y de demás calidades desconocidas y al señor Luis Alejandro Monge Chinchilla, mayor, cédula de identidad N° 0194 425 y de demás calidades desconocidas se le hace saber que en demanda suspensión de patria potestad con depósito judicial, establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Elsandra Díaz Calero y Luis Alejandro Monge Chinchilla, dentro del expediente N° 20-001371-0364-FA se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo literal dice: Juzgado de Familia de Heredia. A las quince horas seis minutos del veintitrés de setiembre de dos mil veinte.- De la anterior demanda suspensión de patria potestad y depósito judicial establecida por el accionante Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado a los accionados Elsandra Díaz Calero y Luis Alejandro Monge Chinchilla por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169- 2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Se informa a la parte demandada que si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos, los cuales son los siguientes: De la Universidad de Costa Rica, Facultad de Derecho en San Pedro, San José, y se atiende de lunes a viernes de 08:00 am a 12:00 md y lunes, miércoles y viernes de 13:30 pm a 19:30 pm, Universidad Latina, Sede de Heredia Oficina ubicada en la Municipalidad de Heredia, horario de atención: Lunes a viernes 08:00 a.m. a 12:00 m.d., teléfono: 2776715, Universidad Libre de Derecho, Horario de atención: Lunes a viernes: 13:30 p.m a 16:30 p.m. teléfono: 2283-5533. En otros lugares del país hay otras universidades que prestan el servicio. Así como en la Defensa Pública Pisav-San Joaquín de Flores de Heredia, competencia únicamente vecinos de Flores, Belén y Santa Bárbara de Heredia, teléfono: 2265-5640. Y en la Defensa Pública de Heredia. Teléfono 2560-0659. Siendo que la Ley Nº 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art. 58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: fax, correo electrónico, casillero y estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art. 36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art. 34). Así las cosas, se le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 o 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. De conformidad con la Circular N° 122-2014, Sesión del Consejo Superior N° 41-14, celebrada el 6 de mayo del 2014, artículo XLIII, se le previene a la parte actora indicar la dirección exacta donde se pueda localizar, tanto de la dirección de la vivienda como el lugar de trabajo, horario de trabajo, correo electrónico si lo posee, números telefónicos. Asimismo, el nombre de algún familiar o vecino a través del cual pueda lograrse el contacto con las partes. Depósito provisional: En atención al mejor interés de la persona menor de edad, y en aplicación del artículo 113 del Código de la Niñez y la Adolescencia de conformidad con la ampliación de poderes de la persona juzgadora, con el fin de salvaguardar la integridad física y emocional de la persona menor de edad se concede el depósito provisional de Brithanny Monge Díaz a su abuela paterna, sea la señora Hilda Monge Chinchilla, a quien deberá apersonar el ente promovente dentro del plazo de tres días con el fin de aceptar el cargo conferido, bajo apercibimiento de que en caso de omisión el proceso no podrá avanzar. Nombramiento de curador: A efectos de proceder con el nombramiento de curador procesal a los demandados deberá el actor cumplir con los siguientes documentos: 1-aporte certificación del Registro de Personas en el que se informe si los demandados ausentes cuentan con apoderado inscrito en el país, 2-así como Certificación de Movimientos Migratorios de las personas demandadas expedida por la Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Seguridad Pública. Honorarios de curador procesal: De conformidad con el artículo 262 del Código Procesal Civil y el Arancel de honorarios por servicios profesionales de abogacía y notariado (Honorarios de Abogados, Abogadas y Notarios) N° 39078-JP vigente a partir del 13 de agosto de 2015, los honorarios corresponden a la suma de noventa y seis mil cincuenta colones (¢96.050), que es el monto fijado en este despacho para tales efectos y que incluye el impuesto al valor agregado. Tales honorarios serán satisfechos en su oportunidad por la Unidad Administrativa de estos tribunales. Citación de testigos: Se previene a la parte promovente que en el plazo de una semana deberá presentarse de dos testigos, para que bajo juramento, respondan las preguntas que se le formularán para determinar la procedencia del nombramiento del curador procesal a las personas demandadas, bajo apercibimiento de que si no comparece, el proceso no podrá avanzar. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 262 el Código Procesal Civil, a fin de proceder a nombrarle curador procesal a la demandada se resuelve: Se ordena expedir y publicar el edicto electrónicamente al que se refiere el artículo 263 del Código Procesal Civil, el cual será enviado por este despacho a la Imprenta Nacional. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Heredia.—Licda. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020491533 ).

Se hace saber que, en proceso judicial de concurso civil de acreedores tramitado en este despacho judicial, se dictó la sentencia N° 59-2020 de las diez horas uno minutos del cuatro de mayo del dos mil veinte, que en lo conducente dice: “...Se decreta la insolvencia de Laura María Reales Ballestero, cédula de identidad N° 01-1039-0155. Esta declaración surte los siguientes efectos, de conformidad con los numerales 899 del Código Civil y 763 del Código Procesal Civil. En consecuencia, se dispone la apertura del concurso civil de acreedores del citado fallido. Solicítese a la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial la designación del curador propietario, curador suplente y notario inventariador que por turno corresponda. La señora Reales Ballestero, queda de derecho separada e inhibida de la facultad de administrar y disponer de los bienes que le pertenecen y sean legalmente embargables. El curador será quien administre los bienes y activos embargables que se constaten, para luego ser pagados los créditos conforme a las reglas concursales vigentes. Se fija en calidad de por ahora y en perjuicio de terceros, el dieciocho de noviembre del dos mil diecinueve, fecha en que se presume empezó el estado de insolvencia, de conformidad con el artículo 888 del Código Civil. Se previene a la deudora que no abandone su domicilio ni salga del país sin autorización judicial, bajo el apercibimiento de que, si lo hiciere, podrá ser juzgado por desobediencia a la autoridad. Comuníquese a la Dirección General de Migración y al Ministerio Público para lo que corresponda. Procédase a la ocupación, inventario y depósito de los bienes embargables del insolvente. Lo primero y tercero lo asumirá el curador que se designe. El inventario lo hará el notario inventariador por nombrar. Comuníquese al Registro Público la declaratoria y su fecha, para que se abstenga de inscribir títulos emanados del insolvente. Asimismo, a la Dirección General de Correos a fin de que envíe al Juzgado la correspondencia perteneciente al mismo. Comuníquese también a los bancos, almacenes generales de depósito y aduanas para que se abstengan de entregar a la deudora o su apoderado, títulos valores, efectos de comercio, mercaderías o cualquier documentos con valor económico. Por ser asalariada la señora insolvente, comuníquese a la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación Pública o en su defecto al Ministerio de Hacienda, la presente resolución, por mandamiento, para que proceda a depositar en adelante, período tras período de pago de salario, la parte legalmente embargable del salario de la señora Reales Ballestero, en la cuenta automatizada de este proceso judicial número: 200000010958CI-3 del Banco de Costa Rica. La parte legalmente inembargable de su salario le será entonces entregada de manera íntegra al insolvente, por lo que, el patrono deberá abstenerse, con esta orden judicial, de hacer deducciones salariales automáticas, aun consentidas por el trabajador insolvente, en perjuicio de la masa de acreedores, según la interpretación judicial del artículo 899 del Código Civil y el principio concursal de igualdad de acreedores. Este mandamiento lo diligenciará el curador o el insolvente de manera personal, de la misma forma con el oficio que se ordena expedir a las entidades acreedoras de su interés que hasta ahora se han visto beneficiadas con pagos de cuotas de créditos mediante el sistema de deducción automática de la planilla del deudor. Se concede a los acreedores nacionales y extranjeros un plazo de dos meses para legalizar sus créditos y reclamar en su caso, el privilegio que tuvieren, el cual empezará a correr desde la última publicación de la parte dispositiva de esta resolución en el Boletín Judicial y en un periódico de circulación nacional. Apersónese la insolvente, el curador o cualquier interesado ante la Imprenta Nacional a efectos de atender el gasto necesario para la publicación del edicto que aquí se ordena, mismo que será enviado de inmediato por el Juzgado Concursal de forma electrónica. Este gasto podrá ser reembolsado posteriormente, con preferencia, como un crédito de la masa. Se prohíbe hacer pagos y entregas de efectos a la deudora insolvente, y si esto se incumpliere no quedarán descargados de la obligación. Se previene a todas las personas en cuyo poder existan pertenencias del insolvente, cualquiera que sea su naturaleza, que dentro del plazo de ocho días hagan entrega al curador o a este juzgado manifestación y entrega de ellas, bajo pena de ser tenidos como ocultadores de bienes y responsables de los daños y perjuicios. Los tenedores de prendas y demás acreedores con derecho de retención, tendrán la obligación de dar noticia al curador o al Juzgado, también bajo el apercibimiento indicado. En caso de pagos de dinero o devolución de éste a favor del insolvente, el dinero deberá ser depositado en la cuenta bancaria N° 200000010958CI-3 del Banco de Costa Rica, para lo cual la persona depositante, en forma personal en este estrado judicial, por teléfono o por escrito con autenticación de abogado, deberá identificarse con su nombre completo y número correcto de identificación, para que pueda ser incluido en el sistema informático de los depósitos judiciales previo a la transacción bancaria que interese. Comuníquese al Ministerio Público para que se investigue la posible comisión o participación del delito de insolvencia fraudulenta...”.—Lic. Allan Barquero Durán, Juez Concursal.—1 vez.—( IN2020491604 ).

Licenciada Yuliana Andrea Ugalde Zumbado, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela San Carlos, al señor Cristopher José Torres Villarreal, se le hace saber que en proceso de Depósito Judicial de menor, expediente N° 19-000540-1302-FA, promovido por Jeannette Avalos Pichardo, se dictó la resolución que literalmente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. A las once horas y quince minutos del veintisiete de mayo del dos mil diecinueve. I.—De las presentes diligencias de depósito judicial de los menores Thiago Mauricio Torres Flores, Adrián Varela Flores y Valeria Torrez Flores, promovidas por Jeannette Avalos Pichardo, se confiere traslado por tres días a los padres de los menores Cristopher José Torres Villarreal, Conrad Arturo Varela Vargas y Emiliano de Jesús Torrez Cornejo, para que se pronuncien sobre la solicitud y ofrezcan las pruebas de descargo. Por existir menores de edad involucrados se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia de Los Chiles. Se le previene a las partes que de conformidad con la nueva Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 deben indicar medio (fax de línea exclusiva, correo electrónico debidamente autorizado, casillero debidamente asignado, estrados en caso de no contar con los otros medios señalados) dónde atender sus futuras notificaciones, bajo apercibimiento de que mientras no lo hagan o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, las resoluciones que se dicten posteriormente se les tendrán por notificadas en el sólo transcurso de veinticuatro horas luego de dictadas. Asimismo, y de conformidad con reiteradas circulares del Consejo Superior, en especial la circular N° 169-09, se hace menester por parte de este Despacho, el prevenir a las partes, que en caso de que se señale como medio de notificación un fax, este debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos por lo que no puede ser utilizado como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial. go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Cristopher José Torres Villarreal, Conrad Arturo Varela Vargas y a Emiliano De Jesús Torrez Cornejo, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, mediante la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Desamparados, de este Circuito Judicial y de Upala, respectivamente. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. En caso de que, el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Al Patronato Nacional de la Infancia se le notificará por medio del fax 2471-2122. II.—En cuanto a la medida cautelar solicitada por la promovente Jeannette Ávalos Pichardo, se reserva la medida de ordenar el depósito judicial en forma provisional hasta tanto los demandados hayan sido notificados del presente asunto. III.—En otro orden de ideas, deberá el Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Los Chiles, aportar los informes sociales y psicológicos realizados, con relación a los menores Thiago Mauricio Torres Flores, Adrián Varela Flores y Valeria Torrez Flores, y demás medidas dictadas en relación a la resolución de cuido provisional dictada el trece de mayo del año 2019. Cúmplase lo anterior en el plazo de tres días, bajo apercibimiento de que en caso de incumplimiento se procederá a remitir la comunicación respectiva a la Presidencia Ejecutiva del Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese.—Licda. Yuliana Andrea Ugalde Zumbado, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020491720 ).

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 20-000107-0869-FA, Nick Joe Dailey solicitan se apruebe la adopción individual de la persona menor: Sergio Castrillo Castrillo. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Familia), 16 de setiembre del 2020.—Msc. Karol Tatiana Gómez Moraga, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020491721 ).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido solicitando contraer Matrimonio Civil; los señores María Nineth Marín Quirós, mayor, soltera, ama de casa, costarricense, cédula de identidad número 0114130304, vecina de Buenos Aires, Urbanización Los Pinos, casa número 54, color verde, hija de Lidia Quirós González y José Ángel Marín Ferreto ambos costarricenses, nacida en San Isidro Pérez Zeledón San José, el 19/11/1989, con 30 años de edad, y Deibys Morales Parra, mayor, unión libre, soldador, costarricense, cédula de identidad número 0603710823, vecino de Buenos Aires, Urbanización Los Pinos, casa número 54, color verde, hijo de Josefa Parra Quirós y Juan Vicente Morales García ambos costarricenses, nacido en Corredor Corredores Puntarenas, el 07/05/1988, actualmente con 32 años de edad. Se insta a todas las personas que conozcan impedimento alguno para que este Matrimonio se realice, que están en la obligación de manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este Edicto. Matrimonio Civil 20- 000132-1552-FA. Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.—Juzgado Civil y de Familia de Buenos Aires, 18 de setiembre del 2020.—Lic. Roger Sibaja Arias, Juez Decisor.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020491365 ).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Paúl Alberto Ledezma Rodríguez, mayor, costarricense, divorciado, oficinista, portador de la cédula de identidad número 1-0903-0731, vecino de San José, Goicoechea, San Francisco, Lotes Volio, de la entrada de CONANSA; 75 metros este, casa color azul, nacido el 06/03/1975, en Uruca Central San José, hijo de José Alberto Ledezma Varela y de María Teresita Rodríguez carrillo, actualmente con 45 años de edad, y Daianna Bockam Quirós, mayor, costarricense, soltera, oficinista, portadora de la cédula de identidad número 1-1097-0548, vecina de San José, Goicoechea, San Francisco, Lotes Volio, de la entrada de CONANSA; 75 metros este, casa color azul, nacida en Hospital Central San José, el 27/12/1980 hija de Carlos Guillermo Bockam Bejarano y de Ruth María Quirós Madrigal, actualmente con 39 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Expediente N° 20-001596-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de setiembre del año 2020.—Licda. Lorena María Mc Laren Quirós, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020491367 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Sergio Adonis Araya Robles, mayor, soltero, estudiante, cédula de identidad N° 0207520205, vecino de Alajuela, San Ramón, Alfaro, Calle Valverde, 300 metros suroeste de la escuela de calle Valverde, hijo de Sergio Araya Araya y Ileana Robles Badilla, nacido en Centro, San Ramón de Alajuela, el 22/04/1996, con 24 años de edad, y Ana Jussett Murillo Céspedes, mayor, soltera, gestora en recursos naturales, cédula de identidad N° 0207360599, vecina de Alajuela, San Ramón, Central, Progreso, 350 metros sur de la escuela Laboratorio, hija de Henry Murillo Rodríguez y Yorlene Patricia Céspedes Sandoval, nacida en Centro San Ramón de Alajuela, el 18/02/1995, actualmente con 25 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 20-000494-0688-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Familia), San Ramón, 02 de octubre del 2020.—Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020491519 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio el señor Jeffrey David Abarca Zúñiga, mayor, soltero, mecánico, cédula de identidad número 0503920734, nacido en centro, Liberia, Guanacaste, el 28/04/1993, con 26 años de edad, y la señora Nicole Pamela Castillo Matarrita, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0504040017, nacida en centro, Liberia, Guanacaste, el 16/04/1995, actualmente con 24 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Liberia, Guanacaste. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 20-000018-0938-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia), Liberia, 08 de octubre del año 2020.—M.Sc. Marcela González Solera, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020491528 ).

Han comparecido ante esta notaría solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Wenee Astrid Ortiz Astorga, costarricense, mayor, soltera, telefonista, portadora de la cedula de identidad costarricense número tres-cero cuatrocientos noventa y tres-cero setecientos noventa y nueve; y Dereck Keoma West Lewis, costarricense, mayor, telefonista, portador de la cédula  de identidad costarricense número uno- mil cuatrocientos ochenta y siete- cero setecientos quince, ambos con domicilio en Cartago, Taras, Urbanización Santa Lucia, Casa trece C. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante esta notaria dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. Tel 22617000, 9 de octubre de 2020.—Licda. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—( IN2020491577 ).

El día 07 de noviembre del 2020, ante esta notaría, contraerán matrimonio: Karla Beanice Guzmán Ochoa, de ciudadanía mexicana, pasaporte número G 29683601, hija de Rogelio Guzmán Rodríguez y Catalina Ochoa Sandoval; y André Josué Vargas Loría, costarricense, cédula número 1-1719-0390, hijo de Eduardo Vargas Gómez y Karen Loría Moraga, quienes han comprobado su estado de soltería ante esta notaría. Si hubiere oposición hacerlo saber al correo electrónico: marianelapinar@gmail.com, o al celular: 88276939.—Nicoya, 09 de octubre del 2020.—Licda. Marianela Piñar Castro, Notaria.—1 vez.—( IN2020491608 ).

Edictos en lo Penal

Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José, al ser las dieciséis horas del veintidós de setiembre del dos mil veinte. Se hace saber: Que dentro de la causa penal N° 14-001077-1283-PE, contra Jerson Stiff Chamorro Lara y Diego Alejandro Hislops Valverde, por el delito de robo agravado, en perjuicio de Roy Chinchilla López, se ordena publicación de edicto.—Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José.—Sección Flagrancia, Grupo A, a las veintidós horas doce minutos del veintidós de diciembre del dos mil diecinueve. En sentencia número 896-2014, de las veintiún horas veinticinco minutos del doce de diciembre del dos mil quince, se dispuso la devolución del arma Smith and Wesson 9mm, modelo Sw9ve, serie dyj9938, a la sociedad CSS Seguritas Internacional de Costa Rica, cédula N° 3-101-137163, quien este Tribunal ha trato de localizar a través de representante legal el señor Jorge Manuel Morias Couto, pasaporte N625568, con resultado negativo, así consta en la respuesta de la Oficina de Comunicaciones del Segundo Circuito Judicial de San José, de fecha 16 de setiembre del 2019, sobre la no ubicación del domicilio social reportado. En razón de ello, se ordena la publicación de un edicto en el Boletín Judicial, el cual se hará por tres veces, mediante el cual se informe al señor Jorge Manuel Morias Couto, la sentencia firme que ordenó la devolución del bien, advirtiéndosele, que, transcurridos tres meses desde la publicación del edicto, sin que gestione solicitud alguna, se procederá al comiso a favor del Estado, y por la naturaleza del bien el respectivo envío al Arsenal Nacional. Notifíquese. Amelia Robinson Molina, Jueza. Publíquese tres veces en el Boletín Judicial.—Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José, 23 de setiembre del dos mil veinte.—Msc. Nuria Villalobos Solano, Jueza Coordinadora.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020489358 ).    3 v. 2.

Fiscalía de Santa Cruz (Materia Penal), en la sumaria 19-000835-412-PE, seguida contra Víctor Fabricio Jiménez Obando, portador de la cédula de identidad 0603810916, se domicilio desconocido, por el delito de Lesiones Culposas (Ley de Tránsito) en perjuicio de José Daniel Fernández Román y Mariana Durán Carmona. De conformidad con el artículo 162 del Código Procesal se le comunica a Víctor Fabricio Jiménez Obando, portador de la cédula de identidad 0603810916, que con base a la circular número 108-09 de la Secretaría de la Corte, la resolución del traslado de la acción civil resarcitoria de las catorce horas y cuarenta y seis minutos del seis de octubre del dos mil veinte y de las catorce horas y cuatro minutos del seis de octubre del dos mil veinte. De conformidad con los artículos, 111, 112 y 115 del Código Procesal Penal, se procede con vista en la Acción Civil Resarcitoria interpuesta por José Daniel Fernández Román y Mariana Durán Carmona, a darle traslado a Víctor Fabricio Jiménez Obando, portador de la cédula de identidad 0603810916, de las pretensiones expuestas por dicha parte, para que se pronuncie sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del actor civil en este proceso, planteando las excepciones que estime pertinentes, por lo que se le concede el término de ley para que haga valer sus derechos. Así mismo se le previene que en el acto de ser notificado deberá señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Notifíquese.—Fiscalía de Santa Cruz (Materia Penal).—Lic. Aymee Caravaca Wauters, Juez.—1 vez.—( IN2020491714 ).

Al ser las 13:55 horas, del veintitrés de setiembre del 2020, se comunica que el Legajo Principal número 180016380305PE, seguido contra Alexander Mayorga Espinoza, por delito de Lesiones Culposas, en prejuicio de Andrés Fernando Castro Rojas, se le informa que se debe de notificar de la acción civil, al demandado civil Inversiones Elsie Sociedad Anónima. De conformidad con el artículo 162 del Código Procesal Penal se le comunica a la sociedad anónima Inversiones Elsie Sociedad Anónima, cédula jurídica número 301010158521, de domicilio desconocido, que por ser el propietaria registral del vehículo placa 911269, marca Toyota, estilo Rav 4, año 2006, color dorado, el cual se encuentra involucrado en los hechos que se investigan, se le pone en conocimiento la resolución de las 13:49 horas del veintiuno de mayo del 2020, donde se le da traslado de la Acción Civil Resarcitoria, para que se apersone a este despacho a ejercer su derecho. Notifíquese. Por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Notifíquese.—Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Leonardo Barrantes González, Fiscal Auxiliar.—José Alejandro Araya Vargas.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020491759 ).

Setiembre del dos mil veinte, se comunica que en el Legajo Principal número 180027720494TR, seguido contra Carlos Marvin Zamora Murillo, por el delito de lesiones culposas, en perjuicio de José Francisco Hidalgo Durán, se le informa que se debe de notificar de la acción civil, al demandado civil José Rafael León Mora. De conformidad con el artículo 162 del Código Procesal Penal se le comunica al señor José Rafael León Mora, cédula de identidad número 601310009, de domicilio desconocido, que por ser el propietario registral del vehículo Placa 783916, Marca Mitsubishi, Estilo Montero Sport GLS, Año 2009, color plateado, el cual se encuentra involucrado en los hechos que se investigan, se le pone en conocimiento la resolución de las ocho horas y diecinueve minutos del seis de julio del dos mil veinte, donde se le da traslado de la Acción Civil Resarcitoria, para que se apersone a este despacho a ejercer su derecho. Notifíquese. Por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Notifíquese.—Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Lic. Leonardo Barrantes González, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—O.C N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020491760 ).