BOLETÍN JUDICIAL 202 DEL 21 DE OCTUBRE DEL 2020

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Convocatorias

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

Edictos en lo Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

Para ver las respectivas imágenes solo en el Boletín Judicial con formato PDF

                                                                  Lic. Silvia Navarro Romanini

                                                                           Secretaria General

1 vez.—Solicitd N° 227577.—( IN2020493359 ).

JUZGADO NOTARIAL

Para ver las respectivas imágenes solo en el Boletín Judicial con formato PDF

                                                                  Lic. Silvia Navarro Romanini

1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020491772 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Convocatorias

Se convoca a los miembros o socios de Green Solutions Logistic Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101192999, Multinegocios Internacionales América S. A., cédula jurídica número 3101098063 y Mutiasa Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3101225585, a una junta a celebrarse en este Despacho, a las nueve horas cero minutos del veintidós de enero de dos mil veintiuno, para que en la misma elijan representante. Se hace la advertencia que la junta se verificará cualquiera que sea el número de miembros o socios presentes, y la elección se decidirá por simple mayoría de votos. En caso de no resultar mayoría o de no asistir ningún miembro o socio a la junta, se hará el nombramiento que corresponda. Lo anterior por ordenarse así en proceso or. s. pri. prestac. laborales de Yajaira María Espinoza Espinoza contra Green Solutions Logistic Sociedad Anónima, Multinegocios Internacionales América S. A. y Mutiasa Sociedad Anónima. Expediente Nº 17-000255-1125-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 12 de octubre del año 2020.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020494475 ).

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de William Humberto del Rosario Méndez Valverde, mayor, casado, vecino de Pérez Zeledón, quien fue portador de la cédula de identidad número uno-quinientos veintinueve-cuatrocientos diez, fallecido el trece de setiembre del año dos mil veinte, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones del sector privado bajo el número 20-000319-1125-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº 20-000319-1125-LA. Por Codocsa S. A., a favor de William Humberto del Rosario Mendaz Valverde.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 01 de octubre del año 2020.—M.Sc. Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020493754 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Andrea Torres Miranda, mayor, soltera, pensionada, vecina de Naranjo, Alajuela, fallecida el cuatro de julio del dos mil diecisiete, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector privado bajo el Número 20-000379-1113-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en El Boletín Judicial. Expediente N° 20-000379-1113-LA. Por Ligia Miranda Villareal a favor de Ligia Miranda Villareal.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Laboral), 16 de setiembre del año 2020.—Msc. Rafael Antonio Ortega Tellería, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020493757 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Edwin Gerardo Lacayo Pérez, mayor de edad, casado, chofer de camión, con cédula de identidad 0205560274, fallecido el cuatro de enero del dos mil veinte, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 20-000445- 1113-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº 20-000445-1113-LA. Por Yanory Vargas Carvajal a favor de Reichel Lacayo Vargas y otros.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Laboral), 14 de octubre del año 2020.—M.Sc. Freddy Aikman Espinoza, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020493759 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Víctor Manuel Gerardo González Salas, 0401130497, fallecido el 26 de enero del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público, bajo el número 20-000813-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000813-0505-LA. Por Jeannette Cordero Gamboa a favor de Víctor Manuel Gerardo González Salas.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 07 de octubre del año 2020.—Msc. Juan Pablo Carpio Álvarez, Juez Decisor.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020493771 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Isaac David Delgado Tijerino 0402080525, fallecido el 16 de febrero del año 2017, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 20-001379-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-001379-0505-LA. Por María Salomé Tijerino Arcia a favor de Isaac David Delgado Tijerino.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 06 de octubre del año 2020.—Msc. Juan Pablo Carpio Álvarez, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2020-JA.—( IN2020493774 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Elena Méndez Granados N° 0103860078, fallecida el 11 de enero del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 20-001448-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 20-001448-0505-LA. Por Rodolfo e Hilda Vanessa ambos Briceño Méndez a favor de María Elena Méndez Granados.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 02 de octubre del año 2020.—Msc. Juan Pablo Carpio Álvarez, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020493777 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: María Elena Méndez Granados, 0103860078, fallecida el 11 de enero del 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 20-001448-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-001448-0505-LA. Por Rodolfo e Hilda Vanessa ambos Briceño Méndez a favor de María Elena Méndez Granados.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 02 de octubre del 2020.—Msc. Juan Pablo Carpio Álvarez, Juez.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020493778 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Manuel Lastres Pacheco, 0112560579, fallecido el 12 de octubre del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 20-001500-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº 20-001500-0505-LA. Por Farideth García a favor de Carlos Manuel Lastres Pacheco.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 09 de octubre del año 2020.—M.Sc. Juan Pablo Carpio Álvarez, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020493779 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Elisa María Venegas Alfaro 0602830363, fallecida el 17 de julio del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector privado bajo el Número 20-001502- 0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en El Boletín Judicial. Expediente N° 20-001502-0505-LA. Por María Isabel Alfaro Portuguéz a favor de Elisa María Venegas Alfaro.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 09 de octubre del año 2020.—Msc. Juan Pablo Carpio Álvarez, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020493780 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó, quien fue: Rafael Ángel Sanchez Marín, domicilio San José, La Sabana, cédula de identidad N° 1-0374-0124, se les hace saber que: se apersonó en este Despacho la señora: María Isabel Guerrero Solano, en calidad de cónyuge supérstite del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido. Expediente N° 20-000096-1529-LA.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Puriscal (Materia Laboral), 15 de octubre del 2020.—Lic. Jeffry García Soto, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020494102 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Enrique Pérez Pérez, cédula de identidad Nº 6-174-322, fallecido el 30 de agosto de 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 20-001022-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-001022-0641-LA. Promovido por Cindy Pérez Fonseca, cédula de identidad Nº 6-353-724 por el fallecimiento de Jorge Enrique Pérez Pérez, cédula de identidad Nº 6-174-322.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 14 de octubre del año 2020.—Licda. Kattia Sequeira Muñoz, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020494106 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Israel Brenes Calderón, 0301360048, fallecido el 05 de diciembre del 2019, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 20-001179-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-001179-0641-LA. Por a favor de Israel Brenes Calderón.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 13 de octubre del 2020.—Msc. Andrea Gutiérrez Vargas, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020494107 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Omar Vargas Oses, con cédula de identidad número 0201260041, fallecido el 04 de agosto del año 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones sector privado, bajo el número de expediente 20-001310-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº 20-001310-0639-LA. Por Dirección Nacional de Pensiones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a favor de Omar Vargas Oses.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 14 de octubre del año 2020.—Lic. Eugenio Molina Sequeira, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020494109 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Arturo Arley Vargas 0502280432, fallecido el 05 de julio del año 2020, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 20-001022-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-001022-0505-LA. Por Digna Isabel Araya Hernández a favor de José Arturo Arley Vargas.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 26 de julio del año 2020.—Msc. Priscila Marín Leiva, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020494129 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Marco Tulio Quesada Carpio, 0301130037, fallecido el 30 de mayo del 2020, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 19-000448-1125-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 19-000448-1125-LA. Por a favor de Marco Tulio Quesada Carpio.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 11 de junio del 2020.—Lic. Iván Cartín Cordero, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020494147 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan Carlos Navarrete Romano, mayor, chofer, vecino de San Ramón de Alajuela, con cédula de identidad número 0502380493, fallecido el uno de julio del dos mil diecinueve, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de distribución de prestaciones de persona trabajadora fallecida bajo el número 20-000236-0694-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000236-0694-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Laboral), 02 de octubre del año 2020.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020494148 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de nueve millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 194614, derecho 001 y 002, la cual es terreno para construir, bloque E, lote 24,con una casa de habitación. Situada en el distrito Paracito, cantón Santo Domingo, de la provincia de Heredia.- Colinda: al noreste : lote 23-E; al noroeste : Evelio Torres Torres; al sureste : calle pública con 7.00 metros y al suroeste: lote 25-E. Mide: ciento treinta y tres metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de enero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de enero de dos mil veintiuno con la base de siete millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del tres de febrero de dos mil veintiuno con la base de dos millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Propiedades de la Unión Magdalena S.A. contra Iralda Jiménez Barboza, José Francisco Arroyo Navarro. Expediente 19-019132-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 18 de agosto del 2020.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2020493701 ).

En este Despacho, con una base de siete millones de colones exactos, soportando servidumbre trasladada citas: 390-08829-01- 0902-001, sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento treinta y tres mil doscientos catorce - cero cero cero (133214- 000), la cual es terreno naturaleza: terreno para construir, hoy día con una casa. Situada en el distrito 5-Santo Tomas, cantón 3-Santo Domingo, de la provincia de Heredia.- Colinda: al norte Ricardo Vindas Ovares; al sur servidumbre con 11m; al este Alicia Sánchez Esquivel y al oeste Flor María Esquivel Barrantes.- Mide: ciento veinticinco metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados, plano: H-0987426-1991. Para tal efecto, se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del diez de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de febrero de dos mil veintiuno con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del uno de marzo de dos mil veintiuno con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ana Patricia Niño Villamizar contra Floreida del Carmen Sánchez Esquivel, Randall Mauricio Mora García Expediente:19-013352-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 24 de setiembre del 2020.—Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitador.—( IN2020493702 ).

En este despacho, con una base de cuatro mil cuatrocientos setenta y tres dólares con sesenta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa FYK722, marca: Kia, Estilo: Sorento, Categoría: automóvil, Capacidad: 7 personas, Año: 2013, Color: negro, Vin: KNAKU811DC5345255, cilindrada: 2359 c.c. Para tal efecto se señalan las catorce horas y cero minutos del trece de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del veinticinco de noviembre de dos mil veinte con la base de tres mil trescientos cincuenta y cinco dólares con veintidós centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del cuatro de diciembre de dos mil veinte con la base de mil ciento dieciocho dólares con cuarenta centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S.A. contra Carolina Torelli Villalobos Expediente:19-005639-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de setiembre del año 2020.—Heilim María Badilla Alvarado, Jueza Decisora.—( IN2020493717 ).

En este Despacho, con una base de catorce mil setecientos setenta y siete dólares con cuarenta y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BMT169, Marca: Hyundai, Estilo: Creta GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, Serie, chasis y vin todos: MALC281CBHM136024,Carroceria: todo terreno 4 puertas, Tracción:4X2, Año Fabricación: 2017, color: negro. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del cuatro de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del doce de noviembre de dos mil veinte con la base de once mil ochenta y tres dólares con nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del veinte de noviembre de dos mil veinte con la base de tres mil seiscientos noventa y cuatro dólares con treinta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica SA contra Andrea Pérez Fernández, Jeffry Jafet Rodríguez Ibarra. Expediente 19-007873-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 23 de junio del año 2020.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—( IN2020493719 ).

En este Despacho, con una base de veintiséis mil quinientos cuarenta y seis dólares con setenta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas número BPW589. Marca Mitsubishi. Estilo Outlander. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2018. Color Plateado. Vin JMYXTGF2WJZ000108. Cilindrada 2000 cc. Combustible gasolina. Motor Nº 4B11ST4248. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veinte con la base de diecinueve mil novecientos diez dólares con nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de diciembre de dos mil veinte con la base de seis mil seiscientos treinta y seis dólares con setenta centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Jose Luis Zamora Arrieta. Expediente Nº 20-000117-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 04 de setiembre del año 2020.—Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2020493720 ).

En este despacho, con una base de cincuenta y seis mil setecientos noventa y cinco dólares con ochenta y tres centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 383-19665-01-0927-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento veintinueve mil cuatrocientos treinta y uno, derecho 000, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito: 04-Ulloa, cantón: 01-Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública La Gardenia; al sur, lote 25C; al este lote 47C y al oeste lote 45C. Mide: ciento dos metros con dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del seis de abril de dos mil veintiuno, con la base de cuarenta y dos mil quinientos noventa y seis dólares con ochenta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno con la base de catorce mil ciento noventa y ocho dólares con noventa y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S.A. contra Ronny Matarrita Medina. Expediente N° 20-004699-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 08 de octubre del año 2020.—Licda. Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2020493721 ).

En la puerta exterior de este Despacho; a las nueve horas del once de febrero del dos mil veintiuno y con la base de sesenta y siete mil doscientos cuatro dólares con doce céntimos ($ 67.204.12), en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 16049-000 la cual es terreno de potrero , cacao con una planta industrial. Situada en el distrito Limón, cantón Limón, de la provincia de Limón- Colinda: al norte, con Ornamentales Costa Rica S. A.; al sur, calle pública en medio línea Férrea; al este, Ornamentales de Costa Rica S.A y al oeste, Olman Aymerich Lizano. Mide: Veinticuatro Mil Novecientos Noventa y Ocho metros con Treinta y seis decímetros cuadrados.- Plano catastrado N° L-0001818-1976.- Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del diecinueve de febrero del dos mil veintiuno, con la base de cincuenta mil cuatrocientos tres dólares con nueve céntimos. (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve de la mañana del dos de marzo del dos mil veintiuno con la base de dieciséis mil ochocientos un dólares con tres céntimos. (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de ocho días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Laad Américas N.V contra Bodegas. Industriales De Moin B.I.M SRL. Expediente Nº 20-000142-0465-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 06 de octubre del año 2020.—Licda. Stephanie María Alvarado Bejarano, Jueza.—( IN2020493761).

En este despacho, con una base de tres millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BRB711, marca: Nissan, estilo: Versa, categoría automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2015, color: blanco, tracción: 4x2, carrocería: sedan 4 puertas, VIN y chasis: 3N1CN7AP9FL824421. Para tal efecto se señalan las ocho horas y quince minutos del dos de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y quince minutos del diez de noviembre de dos mil veinte con la base de dos millones setecientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y quince minutos del dieciocho de noviembre de dos mil veinte con la base de novecientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A. contra María Elena del Socorro Artavia Mora. Expediente N° 20-008610-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 06 de setiembre del año 2020.—Mariana Jovel Blanco, Jueza Decisora.—( IN2020493805 ).

En este Despacho, con una base de catorce millones quinientos ochenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, servidumbre trasladada y servidumbre de paso; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número cincuenta y ocho mil doscientos sesenta y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 02 Jiménez, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte Gonzalo Jiménez Arce; al sur, Gonzalo Jiménez Arce; al este, Río Jiménez; y al oeste, en parte con fin de servidumbre de paso con un frente a esta de 4 metros y lote segundo. Mide: mil ciento sesenta metros cuadrados. Plano L-1126765-2007. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del seis de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos mil veinte con la base de diez millones novecientos treinta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil veinte con la base de tres millones seiscientos cuarenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Claudio Alexander Jiménez Salazar. Expediente N° 19-006801-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 23 de setiembre del 2020.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez Decisor.—( IN2020493886 ).

Como se solicita sáquese a remate las siguientes fincas: 1)- Con una base de cuarenta y cuatro millones cuatrocientos noventa y tres mil doscientos noventa y nueve colones con dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 370-17970-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número cincuenta y nueve mil quinientos ochenta y ocho, derecho 000, la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito: 01-Quepos, cantón: 06-Quepos, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte Siembras R Y S S.A.; al sur camino público; al este Siembras R Y S S.A. y al oeste Roger Billy y otro. Mide: tres mil doscientos veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cuarenta minutos del tres de diciembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cuarenta minutos del once de diciembre de dos mil veinte, con la base de treinta y tres millones trescientos sesenta y nueve mil novecientos setenta y cuatro colones con veintisiete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cuarenta minutos del veintiuno de diciembre de dos mil veinte, con la base de once millones ciento veintitrés mil trescientos veinticuatro colones con setenta y seis céntimos (25% de la base original). 2)-Con una base de noventa y siete millones quinientos treinta y siete mil setecientos cuarenta y cuatro colones con cincuenta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número veinte mil trescientos ochenta y uno, derecho 000, la cual es terreno con un restaurante. Situada en el distrito: 01-Quepos, cantón: 06-Quepos, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte calle publica con 13.02 metros.; al sur Municipalidad de Aguirre; al este Municipalidad De Aguirre Lote 6 y al oeste Municipalidad de Aguirre Lote 4.-Mide: trescientos noventa metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cuarenta minutos del tres de diciembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cuarenta minutos del once de diciembre de dos mil veinte, con la base de setenta y siete millones cientos cincuenta y tres mil trescientos ocho colones con cuarenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cuarenta minutos del veintiuno de diciembre de dos mil veinte, con la base de veinticuatro millones trescientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos treinta y seis colones con catorce céntimos (25% de la base original). 3)-Con una base de cincuenta y tres millones seiscientos ochenta y nueve mil setecientos cuarenta y seis colones con dieciséis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas 372-11208-01-0801-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número sesenta mil novecientos veintiocho, derecho 000, la cual es terreno para construcción con un local comercial, tapias y parqueo. Situada en el distrito: 01-Quepos, cantón: 06-Quepos, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte calle publica con 33 m 60 cm.; al sur calle publica con 13 m 30 cm; al este José Antonio Fallas y al oeste María Coralia Villegas. Mide: mil trescientos cuarenta y nueve metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cuarenta minutos del tres de diciembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cuarenta minutos del once de diciembre de dos mil veinte, con la base de cuarenta millones doscientos sesenta y siete mil trescientos nueve colones con sesenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cuarenta minutos del veintiuno de diciembre de dos mil veinte, con la base de trece millones cuatrocientos veintidós mil cuatrocientos treinta y seis colones con cincuenta y cuatro céntimos (25% de la base original). 4)-Con una base de ochenta y dos millones seiscientos cincuenta y tres mil setecientos noventa y dos colones con nueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número setenta y ocho mil trescientos sesenta y uno, derecho 000, la cual es terreno para construcción con restaurante y cabinas. Situada en el distrito: 01-Quepos, cantón: 06- Quepos, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte Rafael Blanco Rojas; al sur quebrada y Carlos López Alvarado; al este, calle publica 33.84 mts de fte otro y al oeste quebrada y Carlos López Alvarado. Mide: ocho mil setecientos veintiséis metros con nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cuarenta minutos del tres de diciembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cuarenta minutos del once de diciembre de dos mil veinte, con la base de sesenta y un millones novecientos noventa mil trescientos cuarenta y cuatro colones con siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cuarenta minutos del veintiuno de diciembre de dos mil veinte, con la base de veinte millones seiscientos sesenta y tres mil cuatrocientos cuarenta y ocho colones con dos céntimos (25% de la base original ). Notas: Se le, informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Fernando Parra Hidalgo, Soda y Restaurante El Pueblo S.A. Expediente Nº:19-000710-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 03 de agosto del año 2020.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2020493936 ).

En este Despacho, con una base de diez millones quinientos trece mil setecientos cincuenta y cinco colones con cincuenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa JJD911. Marca: Nissan. Estilo: Kicks. Categoría: automóvil. Capacidad: 5 personas. Serie: 3N8CP5HD5KL464537. Año fabricación: 2019. Color: gris. Vin: 3N8CP5HD5KL464537. N° motor: HR16586936T. Cilindrada: 1600 c.c. Combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del veinticuatro de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del cuatro de marzo del dos mil veintiuno con la base de siete millones ochocientos ochenta y cinco mil trescientos dieciséis colones con sesenta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del doce de marzo del dos mil veinte con la base de dos millones seiscientos veintiocho mil cuatrocientos treinta y ocho colones con ochenta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jefry Andrey Jiménez Delgado. Expediente N° 20-000602-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 10 de setiembre del 2020.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez Decisor.—( IN2020493937 ).

En este Despacho; sáquese a remate los siguientes bienes inmuebles: 1) Con una base de quinientos veintinueve mil cuatrocientos tres dólares con ochenta y un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 36482, derecho 000 naturaleza: terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 1-Liberia, cantón 1-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, Rosa Morales Almendares y en parte Dora Acon Amador; al sur, avenida quinta con 34 metros 13 centímetros y en parte Galo Bermúdez Arrieta; al este, Galo Bermúdez Aguirre y en parte Baltazar Baldioceda Salazar; y al oeste, calle segunda con 31 metros 40 centímetros y en parte Rosa Morales Almendares. Mide: mil ciento noventa y tres metros con diez decimetros cuadrados. Plano: G-0046629-1959. 2) Con una base de doscientos sesenta y seis mil doscientos cincuenta dólares con cuarenta y dos centavos, libre de anotaciones pero soportando; reservas y restricciones citas: 30913840-01-0925-001 y servidumbre de lineas electricas y de paso citas: 575-34013-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 169451, derecho 000 naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 1-Liberia, cantón 1 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, carretera Liberia-Filadelfia con frente de 40 metros e Inversiones Colombo Americanas Mantilla y Sandoval S. A. ambos en parte; al sur, Grupo Nidex Internacional S. A.; al este, Inversiones Colombo Americanas Mantilla y Sandoval S. A. y Tienda Allan S. A. ambos en parte; y al oeste, Grupo Nidex Internacional S. A. Mide: seis mil seiscientos cincuenta metros cuadrados. Plano: G-1197295-2008. 3) Con una base de sesenta y dos mil doscientos veintidós dólares con ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 10775-f, derecho 000 naturaleza: local comercial 4-A proceso construc. Situada en el distrito 1-San Vicente, cantón 14-Moravia, de la provincia de San José. Linderos: al norte, local comercial 5A; al sur, local comercial 3A; al este, Edgar Alfaro Muñoz; y al oeste, área común de acceso. Mide: ciento un metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Valor porcentual: 3.21 Plano: SJ-0930376-1990. 4) Con una base de ochenta mil seiscientos dieciséis dólares con cincuenta y cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 7178-f, derecho 000 naturaleza: terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito 8 Mata Redonda, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Linderos: al norte, área común; al sur, área común; al este, área común y apartamento 1; y al oeste, área común. Mide: ciento veintisiete metros con diez decímetros cuadrados. Valor porcentual: 10. Plano: SJ-0820008-1989. Para tal efecto se señalan las siete horas treinta minutos del once de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas treinta minutos del diecinueve de noviembre del dos mil veinte, con las bases de 1) trescientos noventa y siete mil cincuenta y dos dólares con ochenta y seis centavos (75% de la base original) finca del partido de Guanacaste, matrícula número 36482, derecho 000; 2) ciento noventa y nueve mil seiscientos ochenta y siete dolares con ochenta y dos centavos ( 75% de la base original) finca del partido de Guanacaste, matrícula número 169451, derecho 000; 3) cuarenta y seis mil seiscientos sesenta y seis dolares con cincuenta y seis centavos (75% de la base original) finca del partido de San José, matrícula número 10775-f, derecho 000; 4) sesenta mil cuatrocientos sesenta y dos dólares con cuarenta y un centavos (75% de la base original) finca del partido de San José, matrícula número 7178-f, derecho 000; y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas treinta minutos del veintisiete de noviembre del dos mil veinte con la base de 1) ciento treinta y dos mil trescientos cincuenta dólares con noventa y cinco centavos, finca del partido de Guanacaste, matrícula número 36482, derecho 000; 2) sesenta y seis mil quinientos sesenta y dos dolares con sesenta y un centavos (25% de la base original), finca del partido de Guanacaste, matrícula número 169451, derecho 000; 3) quince mil quinientos cincuenta y cinco dolares con cincuenta y dos centavos (25% de la base original)finca del partido de San José, matrícula número 10775-f, derecho 000; 4) veinte mi ciento cincuenta y cuatro dólares con catorce centavos (25% de la base original) finca del partido de San José, matrícula mero 7178-f, derecho 000. Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Fan Wang Zhu, Wang y Murillo S. A. Expediente N° 19-001940-1205-CJ.—Juzgado de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 12 de octubre del 2020.—Licda. Natalia Orozco Murillo, Notaria.—( IN2020493938 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y ocho mil dólares exactos, soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 294-17095-01-0901-002 y obligaciones ref:2111 173 001 bajo las citas: 294-17095-01-0902-002, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 1-157873-F-000, la cual es terreno naturaleza: filial número FF-cuatro destinada a uso habitacional en proceso de construcción situada en el primer nivel. Situada en el distrito: 09-Pavas, cantón 01-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte finca filial FF-tres; al sur Alfonso Jose Muñoz Vargas; al este, finca filial FF-siete y al oeste con calle publica de doce metros de ancho. Mide: cincuenta y ocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las 08:45 horas del 06/11/2020. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las 08:45 horas del 16/11/2020 con la base de treinta y seis mil dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las 08:45 horas del 24/11/2020 con la base de doce mil dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Corporación de Occidente S.A. contra R.E.C. Sociedad Anónima. Expediente Nº: 20-009446-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de setiembre del año 2020.—Licda. Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2020493949 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas 0297-00017548-01-0901-002, a las catorce horas cero minutos del dieciseis de noviembre del dos mil veinte, y con la base de ciento treinta y dos mil diez dolares con ochenta y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y ocho mil seiscientos veinticuatro cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 03 La Asunción, cantón 07 Belén, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con 34.35 metros; al sur, Parque Residencial Cariari S. A., lote 127, terreno sin construcciones, casa 128, vivienda de concreto; al este, calle pública con 27.85 metros de frente; y al oeste, calle pública con 21.55 metros de frente. Mide: ochocientos ochenta y cuatro metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas cero minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil veinte, con la base de noventa y nueve mil ocho dolares con catorce centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas cero minutos del tres de diciembre del dos mil veinte con la base de treinta y tres mil dos dolares con setenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar concheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Clarissa Camini Camini, Clarissa Camini Unico. Expediente N° 17-002244-1764-CJ.Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 16 de setiembre del 2020.—Licda. Yendri Patricia Rojas Pérez, Jueza.—( IN2020493951 ).

En este despacho, con una base de cincuenta y nueve mil quinientos cuarenta y seis dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre y obligación citas: 0296-00015819-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 117792-F, derecho 000, la cual es terreno finca filial número FF-8 destinado a uso habitacional hoy día, terreno totalmente construido, situado en el segundo nivel. Situada en el distrito: 09-Pavas, cantón: 01-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Tan Chen Sang Chan y Wu Kuo Lien May De Tan; al sur, Vanyar Blue S.A.; al este, Ana Lucía Pacheco Rizuela y al oeste, fincas filiales FF-cinco y FF-seis. Mide: noventa metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de noviembre de dos mil veinte, con la base de cuarenta y cuatro mil seiscientos cincuenta y nueve dólares con cincuenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de diciembre de dos mil veinte, con la base de catorce mil ochocientos ochenta y seis dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Corporación de Occidente S.A. contra Carlos Andrés Alfaro Camacho. Expediente N° 20-009445-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de setiembre del año 2020.—Licda. Yesenia Alicia Solano Molina, Jueza Decisora.—( IN2020493952 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y dos mil cuatrocientos noventa y un dólares con treinta y siete centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos cincuenta mil seiscientos sesenta-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito San Juan, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Jaime González Loría; al sur, servidumbre de paso con un frente a ella de ocho metros lineales; al este, Distribuidora Monteverde G Y A S. A. y al oeste, lote cuatro. Mide: ciento cuarenta y tres metros con ochenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veinticuatro de febrero de dos mil veintiuno con la base de treinta y un mil ochocientos sesenta y ocho dólares con cincuenta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del cuatro de marzo de dos mil veintiuno con la base de diez mil seiscientos veintidós dólares con ochenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda (Costa Rica) S. A. contra Aracelly Yasmín Víquez Orozco, Jeffry Alonso Sojo Peñaranda Expediente Nº 19-001985-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 17 de setiembre del 2020.—María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2020493956 ).

En este Despacho, con una base de tres millones quinientos diecisiete mil novecientos ochenta y un colones con noventa y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa TA 000516, marca HYUNDAI, año 2006, Vin KMHCN41VP6U008472, cilindrada 1500 c.c., color rojo, categoría automóvil. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del uno de diciembre del dos mil veinte con la base de dos millones seiscientos treinta y ocho mil cuatrocientos ochenta y seis colones con cuarenta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del diez de diciembre del dos mil veinte con la base de ochocientos setenta y nueve mil cuatrocientos noventa y cinco colones con cuarenta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Rafael Ángel Castillo Vásquez. Expediente N° 20-003603-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de julio del 2020.—Joyce Magaly Ugalde Huezo, Jueza Decisora.—( IN2020493970 ).

En este despacho, con una base de siete millones trescientos doce mil quinientos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BHL845, marca: Toyota, estilo: 4Runner, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4x4, número chasis: VZN1850279337, N° motor: ilegible, cilindrada: 3400 c.c, capacidad: 5 personas, color: gris, año fabricación: 2000. Para tal efecto se señalan las diez horas y quince minutos del dos de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y quince minutos del diez de noviembre de dos mil veinte con la base de cinco millones cuatrocientos ochenta y cuatro mil trescientos setenta y cinco colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y quince minutos del dieciocho de noviembre de dos mil veinte con la base de un millón ochocientos veintiocho mil ciento veinticinco colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Inversiones Piedras y Moras Malejo Sociedad Anónima contra Pedro Gustavo Astua Astua. Expediente N° 20-009186-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de setiembre del año 2020.—Licda. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—( IN2020493987 ).

En este Despacho, con una base de seis mil cuarenta y cinco dólares con treinta y siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: 729074, marca: Mazda, estilo: Mazda5, categoría: automovil, capacidad: 7 personas, año: 2008, color: dorado, tracción:4x2, chasis, Vin y serie: JM7CR10F170105791. Para tal efecto se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del tres de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del once de noviembre del dos mil veinte con la base de cuatro mil quinientos treinta y cuatro dólares con dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de noviembre del dos mil veinte con la base de mil quinientos once dólares con treinta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Grace Patricia Vargas Segura, Pablo José Retana Urbina. Expediente N° 20-008578-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de agosto del 2020.—Mariana Jovel Blanco, Jueza Decisora.—( IN2020493993 ).

En este despacho, con una base de cuarenta y siete millones ochocientos cincuenta y nueve mil setecientos cinco colones con noventa y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando demanda ordinaria citas: 800-283471-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 151152-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito: 04-San Roque, cantón: 02-Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Graciela Chaves Chinchilla; al sur, calle pública con un frente a ella de siete metros seis centímetros; al este, Graciela Chaves Chinchilla y al oeste, Lucía Villegas Guevara. Mide: doscientos treinta metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas veinte minutos del diez de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas veinte minutos del dieciocho de noviembre de dos mil veinte, con la base de treinta y cinco millones ochocientos noventa y cuatro mil setecientos setenta y nueve colones con cuarenta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas veinte minutos del veintiséis de noviembre de dos mil veinte, con la base de once millones novecientos sesenta y cuatro mil novecientos veintiséis colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Funcionarios de La Universidad Nacional contra Jorge Gómez Chaves, Randall Arturo Gómez Loría. Expediente N° 19-018423-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 07 de octubre del año 2020.—Licda. Raquel Priscilla Machado Fernández, Jueza Decisora.—( IN2020493994 ).

En este despacho, con una base de dieciséis mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 63.670-F-000, la cual es naturaleza: finca filial número uno de tres niveles ubicada en el bloque a destinada a uso residencial ya construido situada en el distrito 3-Sardinal cantón 5-Carrillo de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Área común construida (pasillo, escaleras) y área común libre (zona verde) sur, área común libre (zona verde) este, finca filial número dos oeste, área común libre (zona verde). Mide: ciento diecisiete metros con veintiún decímetros cuadrados valor porcentual: 7.6923 valor medida: 7.6923, plano: G-1168228-2007. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del veinticinco de enero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del dos de febrero de dos mil veintiuno con la base de doce mil dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del diez de febrero de dos mil veintiuno con la base de cuatro mil dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Alexander Dobrinsk contra Jaymelology S.R.L. Expediente N° 20-000097-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 01 de octubre del año 2020.—Licda. Lizeth Gómez Gómez, Jueza Tramitadora.—( IN2020493997 ).

En este Despacho, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiocho de mayo de dos mil veintiuno, con una base de cincuenta y cinco mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 393-06468-01-0930-001; reservas y restricciones citas: 393-06468-01-0934-001; reservas y restricciones citas: 393-06468-01-0950-001; reservas y restricciones citas: 393-06468-01-0951-001; reservas y restricciones citas: 393-06468-01-0952-001; reservas y restricciones citas: 393-06468-01-0957-001; demanda penal citas: 800-332688-01-0001-001; número de expediente 10-002352-0219-PE, demanda penal citas: 800-364920-01-0001-001; número de expediente 14-001550-0219-PE; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento cincuenta y tres mil trescientos sesenta y tres, derecho cero cero cero, la cual es lote 10 terreno de uso agrícola situada en el distrito: 01-Puerto Cortés cantón: 05-Osa de la provincia de Puntarenas Linderos: norte: servidumbre agrícola con 7 metros de ancho sur: Aracelly López Jiménez, Catalino López Jiménez y María Sara Porras Zúñiga este: Paradise Developers Group S.A. oeste: Paradise Developers Group S.A. Mide: Cinco mil doscientos ochenta y dos metros con setenta y seis decímetros cuadrados plano:P-1158088-2007. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del siete de junio de dos mil veintiuno, con la base de cuarenta y un mil doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del quince de junio de dos mil veintiuno, con la base de trece mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Paradise Developers Group Sociedad de Responsabilidad Limitada contra La Finca Soñada del Arrecife JZC Dos Mil Cinco S.R.L. Expediente Nº:19-003070-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 11 de setiembre del año 2020.—Licda. Eida Virginia Madrigal Camacho, Jueza Tramitadora.—( IN2020493998 ).

En este despacho, con una base de sesenta y dos millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas 2010-91331-01-005-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número nueve mil trescientos cuarenta y ocho, derecho cero cero cero, la cual es terreno de frutales con una casa de habitación y construido. Situada en el distrito: 05-San Jerónimo, cantón: 02-Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, finca San Cristóbal del Salinas S.A.; al sur, calle pública con un frente a ella de 57 metros con 23 centímetros lineales; al este, servidumbre agrícola en medio sociedad 3101-593030 S.A. y al oeste, Cristóbal Castillo Mellado. Mide: cuatro mil ochocientos cuarenta y cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y veinte minutos del dos de diciembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y veinte minutos del diez de diciembre de dos mil veinte, con la base de cuarenta y seis millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y veinte minutos del dieciocho de diciembre de dos mil veinte, con la base de quince millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Malakas Namin del Dos Mil Sociedad Anónima contra Israel Gerardo Quirós Quesada. Expediente N° 19-009390-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 07 de mayo del año 2020.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2020494001 ).

En este Despacho, 1-) Con una base de sesenta y dos millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 287-06297-01-0901-001 y servidumbre trasladada citas: 291-05075-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número ciento cuarenta y ocho mil cuatrocientos cuarenta y uno-cero cero cero la cual es terreno de café. Situada en el distrito 4-Cachi, cantón 2-Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Carmen Bloise Mainiere; al sur, calle pública; al este, Manuel Sáenz Rodríguez; y al oeste, calle pública con un frente a ella de sesenta y seis metros. Mide: diez mil cuatrocientos ochenta y dos metros con veintitrés decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas del doce de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas del veintitrés de noviembre del dos mil veinte con la base de cuarenta y seis millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas del cinco de diciembre del dos mil veinte con la base de quince millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). 2-) Con una base de sesenta y dos millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 401-02900-01-0901-001 y servidumbre trasladada citas: 401-02900-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número ciento treinta y ocho mil ochocientos ochenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno con una casa, rancho y parqueo, uso agrícola. Situada en el distrito 4-Cachi, cantón 2-Paraiso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Manuel Sáenz Rojas; al sur, Antonio Álvarez González; al este, Manuel Sáenz Rojas; y al oeste, calle pública. Mide: trece mil cuatrocientos ochenta y cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas del doce de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas del veintitrés de noviembre del dos mil veinte con la base de cuarenta y seis millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas del cinco de diciembre del dos mil veinte con la base de quince millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original) Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago Ahorro y Préstamo contra Antonio de La Trinidad Álvarez González. Expediente N° 19-012868-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 13 de octubre del 2020.—Lic.Víctor Obando Rivera, Juez Tramitador.—( IN2020494025 ).

En este despacho, con una base de cuarenta y cinco mil dólares exactos, soportando reservas y restricciones citas: 351-10579-01-0905-001, sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento diez mil quinientos sesenta y siete-cero cero cero (110567-000), la cual es terreno de naturaleza para para construir, lote cinco con una casa. Situada en el distrito 6-Santa Rosa cantón, cantón 3-Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Daniel Villalobos Céspedes; al sur, Daniel Villalobos Céspedes; al este, Inversiones Mendezun S. A. y al oeste, calle pública con 8m. Mide: ciento noventa y seis metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados, plano: H-0683299-2001. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del cinco de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del trece de noviembre de dos mil veinte con la base de treinta y tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintitrés de noviembre de dos mil veinte con la base de once mil doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Solicam S. A., Proyectos e Inversiones Luis Fernández Sociedad Anónima contra Grettel María Vargas Bolaños. Expediente N° 18-008794-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 31 de julio del año 2020.—Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2020494041 ).

En este despacho, con una base de cuarenta y cuatro mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando compromisos Ref: 1725-400-010 citas: 303-02531-01-0901-002, sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 77259, derecho 000, la cual es terreno para constr. con 1 casa N° 74B. Situada en el distrito San Francisco, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle S; al sur, S A Residencial Los Lagos; al este, calle N y al oeste, S A Residencial Los Lagos. Mide: ciento noventa y un metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y treinta minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y treinta minutos del tres de diciembre de dos mil veinte con la base de treinta y tres mil dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y treinta minutos del catorce de diciembre de dos mil veinte con la base de once mil dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Brecor del Norte B C Sociedad Anónima, Inversiones Solicam S. A. contra Danilo José Angulo Bran. Expediente N° 19-018506-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 10 de agosto del año 2020.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2020494044 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y un mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas: 304-05400-01-0904-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 416775-000, la cual es terreno para construir con una casa, lote 12-H. Situada en el Distrito Guácima, Cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte lote 13 H; al sur lote 11 H; al este, calle publica y al oeste lote 7 H. Mide: ciento cincuenta y siete metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del doce de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del veintisiete de noviembre de dos mil veinte con la base de treinta mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del dieciséis de diciembre de dos mil veinte con la base de diez mil doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Javier Eduardo Rojas Vargas contra María Gabriela Laprade Valverde. Expediente Nº:19-003763- 1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de agosto del año 2020.—Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez Tramitador.—( IN2020494048 ).

En este Despacho, con una base de sesenta y cinco mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 354-04252-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número quinientos dieciséis mil seiscientos setenta y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: Terreno para construir con 4 bodegas. Situada en el distrito: 01-Orotina, cantón: 09-Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Eliecer Cordero Vargas, Daysy Cecuilia Fernández Villalobos; al sur, Rola de Zarcero Sociedad Anónima; al este, calle pública con 50,88 metros de frente; y al oeste, Eliecer Cordero Vargas, Daysy Cecuilia Fernández Villalobos. Mide: cuatro mil dos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de noviembre de dos mil veinte, con la base de cuarenta y ocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de diciembre de dos mil veinte, con la base de dieciséis mil doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Doña Amelia Ras Sociedad Anónima contra Cristian Alonso Mena Arias. Expediente N° 20-003129-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de julio del año 2020.—Licda. Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza Decisora.—( IN2020494052 ).

En este Despacho, con una base de siete millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas 0381-00012670-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 1-376476-000, derecho cero cero cero, la cual es terreno terreno con 1 casa. Situada en el distrito San Rafael Abajo, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Miguel Ángel Jiménez; al sur, Margarita Porras; al este, Miguel Ángel Jiménez; y al oeste, calle pública con 9m 44cm. Mide: ciento sesenta y un metros con cinco decimetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticinco de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del nueve de diciembre de dos mil veinte con la base de cinco millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del diecisiete de diciembre del dos mil veinte con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rafael Ángel Arguedas Montero contra José Antonio Canales Porras, Margarita Porras Vargas. Expediente N° 20-006304-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de setiembre del 2020.—Yessenia Brenes Gonzalez, Jueza Decisora.—( IN2020494055 ).

En este Despacho, con una base única de treinta millones cincuenta y seis mil cuarenta y nueve colones, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 185300, derecho 001 y 002, de la cual su naturaleza es terreno para construir. Situada: en el distrito 3 el Carmen, cantón 1 Cartago, de la provincia de Cartago, la finca se encuentra en zona catastrada. Colinda: al norte, con el lote 14; al sur, con la alameda 3; al este, con el lote 4, y al oeste, con el lote 2. Mide: ciento catorce metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas del cuatro de noviembre del dos mil veinte (15:00 horas 04/11/2020). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Erick Allan Calvo Vargas contra Vilma María Rojas Coto. Expediente N° 190000351629CI.—Tribunal Colegiado Primera Instancia Civil de Cartago, 30 de setiembre del 2020.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Lic. Óscar Segura Navarro, y la Licda. Blanca Ramírez González, Jueces.—( IN2020494064 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de diez millones ochocientos sesenta y un mil cuatrocientos setenta y nueve colones con cuarenta y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones: 393-02375-01-0978-001, 393-02375-01-0981-001 y 393-02375-01-0982-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento cincuenta y un mil ochocientos cincuenta y siete, derecho 000, la cual es terreno Lote D, terreno de potrero. Situada en el distrito Parrita, cantón Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Franklin Jesús Guerrero Rojas; al sur, Jorge Eduardo Guerrero Rojas; al este, Gabriel Murillo Alpízar y servidumbre agrícola en medio de siete metros de ancho por ochenta y dos punto cincuenta y cuatro metros de largo; y al oeste, Francisco Sequeira Mora. Mide: cinco mil cuatrocientos cincuenta y seis metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y cinco minutos del nueve de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y cinco minutos del diecisiete de noviembre del dos mil veinte con la base de ocho millones ciento cuarenta y seis mil ciento nueve colones con cincuenta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y cinco minutos del veinticinco de noviembre del dos mil veinte con la base de dos millones setecientos quince mil trescientos sesenta y nueve colones con ochenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Alexander De Jesús D Retana Carmona contra Enrique Arturo Guerrero Rojas, Jason Vidal Guerrero Rojas. Expediente N° 17-001295-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 19 de abril del 2020.—Licda. Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2020494140 ).

En este Despacho, con una base de siete millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos y servidumbre de paso; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número noventa y un mil seiscientos noventa, derecho cero cero cero, la cual es terreno de potrero y una casa. Situada en el distrito: 03-Rita, cantón: 02-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Guillermo Jiménez Cerdas y calle pública; al sur, María Núñez Chaves; al este, calle pública; y al oeste, Vitaleano Gamboa Céspedes. Mide: dieciséis mil ochocientos ochenta y ocho metros con diez decímetros cuadrados. Plano L-0555460-1999. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del once de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del diecinueve de noviembre del dos mil veinte, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintisiete de noviembre del dos mil veinte, con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Edwin Danilo Víquez Vargas contra Rebeca Eugenia Fonseca Ramírez. Expediente N° 19-008713-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 01 de setiembre del 2020.—Lic. Jeffrey Thomas Daniels, Juez Tramitador.—( IN2020494143 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del veinte de noviembre del dos mil veinte, y con la base de dieciocho millones novecientos treinta mil colones con cero céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Primer finca: inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo la matrícula número setenta y tres mil doscientos treinta y siete-cero cero cero (73237-000) la cual es terreno solar con una casa. Situada en el distrito 02 Tucurrique, cantón 04 Jiménez, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, calle pública; al este, Manuel Irola Calderón; y al oeste, Angélica Salas Sánchez. Mide: trescientos cincuenta y cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cuatro de diciembre del dos mil veinte, con la base de catorce millones ciento noventa y siete mil quinientos colones con cero céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de diciembre del dos mil veinte con la base de cuatro millones setecientos treinta y dos mil quinientos colones con cero céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Segunda finca: Con la base de dieciséis millones novecientos sesenta y siete mil ochocientos trece colones con cero céntimos, libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate finca que se describe así: inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo la matrícula número doscientos treinta y siete mil trescientos ochenta y tres-cero cero cuatro (237383-004) la cual es terreno lote dos, terreno cultivo de café, pejibaye y banano. Situada en el distrito 02 Tucurrique, cantón 04 Jiménez, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte. calle pública y Río Quebrada Honda; al sur, Alberto Ayon Apuy y Río Quebrada Honda; al este, Alfredo Solano Solano; y al oeste, calle pública y Juan Peñaranda Peñaranda. Mide: cincuenta mil doscientos setenta y cinco metros cuadrados. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del veinte de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cuatro de diciembre del dos mil veinte, con la base de doce millones setecientos veinticinco mil ochocientos cincuenta y nueve colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de diciembre del año dos mil veinte, con la base de cuatro millones doscientos cuarenta y un mil novecientos cincuenta y tres colones con veinticinco céntimos (un 25% de la base original). Nota: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución sentencia de Luis Humberto Matamoros Fonseca contra Minor David Del Carmen Matamoros Gamboa. Expediente N° 16-000054-1002-AG.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba (Materia Agraria), 25 de setiembre del 2020.—Lic. Yeison Rodríguez Fernández, Juez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020494166 ).

En este Despacho, con una base de veinte millones seiscientos siete mil cuatrocientos ochenta y un colones con setenta y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 80312-000, la cual es terreno para construir una casa. Situada: en el distrito 1 Tejar, cantón 8 El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Socorro Castillo Obando; al sur, Socorro Castillo Obando; al este, calle pública, y al oeste, Socorro Castillo Obando. Mide: trescientos ochenta y dos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos (09:30 a. m.) del quince de enero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas treinta minutos (09:30 a. m.) del veinticinco de enero del dos mil veintiuno, con la base de quince millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil seiscientos once colones con treinta y dos céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos (09:30 a. m.) del dos de febrero del dos mil veintiuno, con la base de cinco millones ciento cincuenta y un mil ochocientos setenta colones con cuarenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Brothers S. A. contra Felipe Brenes Campos. Expediente N° 13-010043-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 26 de setiembre del 2020.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez Tramitador.—( IN2020494203 ).

En este Despacho, con una base de treinta mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas 299-11693-01-0987-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, Folio Real matrícula: veintinueve mil quince-cero cero cero, la cual es terreno: Para agricultura. Situada en el distrito 4-Tempate, cantón 3-Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte: calle con 121m 55cm; sur: Jerónimo Juárez; al este: Jerónimo Juárez; y al oeste: Oldemar Villalta. Mide: catorce mil ciento cincuenta y dos metros con noventa y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del diecinueve de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintisiete de noviembre de dos mil veinte con la base de veintidós mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del nueve de diciembre de dos mil veinte con la base de siete mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Sacha S. CH. S.A. contra Modesto Rosales Rosales. Expediente N° 12-027236-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de setiembre del año 2020.—Isabel Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2020494234 ).

En este Despacho, con una base de catorce millones quinientos sesenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BKZ273, marca Volkswagen, categoría automóvil, estilo Tiguan, capacidad 5 personas, año 2017, color azul, serie WVGZZZ5NZHW500029, carrocería todo terreno, número de motor CCZ48704S, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del doce de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil veinte con la base de diez millones novecientos veinte mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del dos de noviembre del dos mil veinte con la base de tres millones seiscientos cuarenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Jorge Enrique Espinoza Pizarro. Expediente N° 18-011990-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de setiembre del 2020.—Mauricio Hidalgo Hernández, Juez Decisor.—( IN2020494239 ).

En este despacho, con una base de dos millones ciento treinta y tres mil ciento sesenta y siete colones con treinta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BFR009, marca: Mitsubishi, estilo: Lancer GLX, categoría: automóvil capacidad: 5 personas serie: JMYSNCS3ADU000323, mero chasis: JMYSNCS3ADU000323, año fabricación: 2013, color: blanco, VIN: JMYSNCS3ADU000323, N° motor: 4G18KQ0097, cilindrada: 1584 c.c cilindros: combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciocho de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veintiséis de noviembre de dos mil veinte con la base de un millón quinientos noventa y nueve mil ochocientos setenta y cinco colones con cincuenta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta minutos del siete de diciembre de dos mil veinte con la base de quinientos treinta y tres mil doscientos noventa y un colones con ochenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Russell Alberto Araya Chavarría. Expediente N° 19-005846-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 03 de agosto del año 2020.—Pedro Javier Ubau Hernández, Juez Tramitador.—( IN2020494241 ).

En este Despacho, con una base de seis mil trescientos diecisiete dólares con veinticuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas MCB061, marca: Kia, estilo: Picanto, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, número chasis: KNABX512BGT043175, 4x2, año 2016, color blanco, 1248 c.c. Para tal efecto se señalan las once horas y cero minutos del diecinueve de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del veintisiete de noviembre de dos mil veinte con la base de cuatro mil setecientos treinta y siete dólares con noventa y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del nueve de diciembre de dos mil veinte con la base de mil quinientos setenta y nueve dólares con treinta y un centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Karen Vanessa Jiménez Córdoba, expediente N° 20-000593-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 21 de julio del año 2020.—María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza Decisora.—( IN2020494242 ).

En este Despacho, con una base de ciento sesenta mil seiscientos ochenta y tres dólares con veintisiete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 43693-F, derecho 000, la cual es terreno bloque a finca filial trece-A apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 3-San Francisco, cantón 1-Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Cafetalera San Francisco Sociedad Anónima; al sur, área común destinada a avenida segunda; al este, finca filial doce-A, y al oeste, finca filial catorce-A. Mide: doscientos veinte metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del dos de diciembre del dos mil veinte, con la base de ciento veinte mil quinientos doce dólares con cuarenta y cinco centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del once de diciembre del dos mil veinte, con la base de cuarenta mil ciento setenta dólares con ochenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Astrid Martínez Alvarado, José Arturo Solís Moya, Sauces Trece A Sur Sociedad Anónima. Expediente N° 19-018974-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 21 de agosto del 2020.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2020494243 ).

En este Despacho, con una base de siete mil cuatrocientos setenta y tres dólares con diez centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: FCM234, Marca: Nissan, Estilo: Versa, año 2013, color: café, Capacidad: 5 personas, tracción 4X2, cilindrada 1600 c.c., Vin: 3N1CN7AD3ZL093351, número de Motor: HR16725091G. Para tal efecto se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del dos de diciembre del dos mil veinte, con la base de cinco mil seiscientos cuatro dólares con ochenta y dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del catorce de diciembre del dos mil veinte, con la base de mil ochocientos sesenta y ocho dólares con veintisiete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S.A. contra Damiana Jacsuky Ávila Chavarría. Expediente N° 20-005020-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de julio del 2020.—Lic. Tadeo Solano Alfaro, Juez.—( IN2020494244 ).

En este Despacho, con una base de trece mil setecientos cuarenta y nueve dólares con cincuenta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BRQ003, marca Suzuki, estilo D Zire GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2019, serie, chasis y Vin MA3ZF63S2KA267043, color blanco, Nº motor K12MN2147778, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil veinte, con la base de diez mil trescientos doce dólares con quince centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del once de diciembre del dos mil veinte, con la base de tres mil cuatrocientos treinta y siete dólares con treinta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Daniel Barquero Cruz. Expediente Nº 20-008668-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 05 de agosto del 2020.—Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez/a Tramitador/a.—( IN2020494246 ).

En este Despacho, con una base de treinta y cinco mil ochocientos tres dólares con cincuenta y un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: JMJ193, Marca: Dodge, Estilo: Durango, Categoría: automóvil, Capacidad: 7 personas, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4x4, año: fabricación: 2015, color: gris, Vin: 1C4RDJAG7FC907932. Para tal efecto, se señalan las once horas y quince minutos del nueve de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas y quince minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil veinte, con la base de veintiséis mil ochocientos cincuenta y dos dólares con sesenta y tres centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas y quince minutos del once de diciembre del dos mil veinte, con la base de ocho mil novecientos cincuenta dólares con ochenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S.A. contra Ramón Eduardo de Jesús Ureña Quirós. Expediente N° 19-001071-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 07 de agosto del 2020.—Msc. Angie Rodríguez Salazar, Jueza.—( IN2020494247 ).

En este Despacho, con una base de veinticuatro mil novecientos setenta y cuatro dólares con ochenta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BQS770, marca Mitsubuchi, estilo Outlander, categoría automóvil, capacidad 7 personas, año 2018, color negro, tracción 4x2, chasis JMYXTGF2WJJ000369, cilindrada 2000 c.c, cilindros 4, combustible gasolina, número de motor: 4B11XL4253. Para tal efecto se señalan las trece horas y quince minutos del nueve de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y quince minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veinte con la base de dieciocho mil setecientos treinta y un dólares con dieciséis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y quince minutos del once de diciembre de dos mil veinte con la base de seis mil doscientos cuarenta y tres dólares con setenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica SA contra Angie Tatiana Barquero Avalos, Expediente Nº:19-008031-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10 de agosto del año 2020.—Sofía Ramírez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2020494249 ).

En este despacho, con una base de dieciocho mil quinientos cincuenta y cinco dólares con seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BNQ 865 marca: Chevrolet, estilo: Cruze Premier, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: 3G1B85EM5HS600021, año fabricación: 2017, color: gris, N° motor: 1HS600021, cilindrada: 1400 c.c combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas y quince minutos del doce de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y quince minutos del veinte de noviembre de dos mil veinte con la base de trece mil novecientos dieciséis dólares con treinta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y quince minutos del dos de diciembre de dos mil veinte con la base de cuatro mil seiscientos treinta y ocho dólares con setenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra David Oviedo Aguilar. Expediente N° 19-018505-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 22 de agosto del año 2020.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2020494250 ).

En este Despacho, con una base de catorce millones novecientos setenta mil colones, libre de gravámenes, pero soportando Colisión 18-004919-0494-TR, Boleta 201806900654 de la Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Penal); sáquese a remate el vehículo MSC052, Marca: Honda, Estilo: HRV EXL, Categoría: Automóvil, Año: 2016, Serie, Chasis y Vin N°: 3HGR6870GM500466, Carrocería: Todo Terreno 4 puertas, Color: Blanco, Capacidad: 5 personas, N° Motor: R18Z91066362, Combustible: Gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas y treinta minutos del trece de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y treinta minutos del uno de diciembre de dos mil veinte con la base de once millones doscientos veintisiete mil quinientos colones (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y treinta minutos del diecisiete de diciembre de dos mil veinte con la base de tres millones setecientos cuarenta y dos mil quinientos colones (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Manuel Ángel Barquero Rodriguez, Nep Nosara Earth Paradaise S. A.. Expediente N° 19-006481-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 03 de setiembre del año 2020.—Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez Tramitador.—( IN2020494251 ).

En este Despacho, con una base de dos millones cuatrocientos cincuenta y un mil ochocientos colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas 406-04928-01-0901-00; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 458943-000, la cual es terreno para construir lote 7. Situada en el distrito: 05-Guácima, cantón: 01-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 10 metros con 02 centímetros; al sur, Hernán Solórzano Solórzano; al este, lote 6 y al oeste, lote 8. Mide: doscientos trece metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del seis de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del veintitrés de noviembre de dos mil veinte, con la base de un millón ochocientos treinta y ocho mil ochocientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del diez de diciembre de dos mil veinte, con la base de seiscientos doce mil novecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Comercial G & S de La Guácima Limitada contra Asociación de Vecinos de Las Palmas de Alajuela, expediente N° 20-003209-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 31 de julio del año 2020.—Lic. Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez Tramitador.—( IN2020494314 ).

En este Despacho, con una base de dos millones quinientos once mil ochocientos colones, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 406-04928-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 458748-000, la cual es terreno para construir lote L 6. Situada en el distrito: 05-Guácima, cantón: 01-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 8 metros lineales; al sur, Hernán Solórzano Solórzano; al este, lote L 5; y al oeste, lote L 7. Mide: doscientos ocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y quince minutos del seis de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y quince minutos del veintitrés de noviembre del dos mil veinte, con la base de un millón ochocientos ochenta y tres mil ochocientos cincuenta colones (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y quince minutos del diez de diciembre del dos mil veinte, con la base de seiscientos veintisiete mil novecientos cincuenta colones (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Comercial G & S de La Guácima Ltda. contra Asociación de Vecinos de Las Palmas de Alajuela. Expediente N° 20-003276-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 31 de julio del 2020.—Lic. Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez Tramitador.—( IN2020494315 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones cinco mil setecientos cuarenta y nueve colones con setenta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 305164-000, la cual es terreno inculto para construir. Situada en el distrito: 01-San Rafael, cantón: 15-Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: calle pública con frente de 30 mts lineales; sur: Jacinto Adolfo Vargas Miranda; este: calle pública con frente de 18 mts lineales; oeste: Jacinto Vargas Miranda. Mide: quinientos cuarenta metros cuadrados, Plano: A-0253038-1995. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del veintiocho de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del siete de junio de dos mil veintiuno, con la base de tres millones setecientos cincuenta y cuatro mil trescientos doce colones con treinta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del quince de junio de dos mil veintiuno, con la base de un millón doscientos cincuenta y un mil cuatrocientos treinta y siete colones con cuarenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Luis Alpízar Hidalgo. Expediente N° 20-000787-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 08 de octubre del año 2020.—Lic. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza Decisora.—( IN2020494322 ).

En este Despacho, con una base de treinta y siete millones ochocientos ochenta y dos mil ochocientos treinta y ocho colones con sesenta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 351-04462-01-0810-001, reservas y restricciones citas: 397-02621-01-0904-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento cuarenta y un mil dieciocho, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito: 07-Arenal, cantón: 08-Tilarán, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 25,43 metros lineales; al sur, Elías Sibaja Murillo; al este, Carlos Luis Durán Herrera y al oeste, Elías Sibaja Murillo. Mide: mil trescientos treinta y tres metros con nueve decímetros cuadrados. Plano: G-0165234-1994 identificador predial: 508070141018. Para tal efecto, se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas y cuarenta y cinco minutos del uno de diciembre de dos mil veinte, con la base de veintiocho millones cuatrocientos doce mil ciento veintiocho colones con noventa y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de diciembre de dos mil veinte, con la base de nueve millones cuatrocientos setenta mil setecientos nueve colones con sesenta y seis céntimos (25% de la base original).Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Nacional de Costa Rica contra Fray Gerardo Ángel Carranza Loría, Marilyn Durán Herrera. Expediente Nº 19-005021- 1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 07 de setiembre del año 2020.—Licda. Natalia Orozco Murillo, Jueza Decisora.—( IN2020494326 ).

En este despacho, con una base de seis millones quinientos treinta y tres mil ochocientos cincuenta colones con cincuenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 366701-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1-Naranjo, cantón 6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 9 metros; al sur, Ana Cecilia Umaña Solís; al este, Edwin Morera Rojas y al oeste, temporalidades de la diócesis de Alajuela. Mide: ciento ochenta y tres metros con cuarenta decímetros cuadrados, plano: A-0662383-2000. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veinte con la base de cuatro millones novecientos mil trescientos ochenta y siete colones con noventa y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cuatro de diciembre de dos mil veinte con la base de un millón seiscientos treinta y tres mil cuatrocientos sesenta y dos colones con sesenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Christian Adrián Méndez Valverde. Expediente N° 20-002402-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 03 de setiembre del año 2020.—Lic. Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2020494432 ).

En este Despacho, con una base de veintitrés millones setecientos veintidós mil setecientos veinticinco colones con cuarenta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso bajo citas: 516-05105-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 197724-000, la cual es terreno para construir con una construcción prefabricada. Situada: en el distrito 7-Arenal, cantón 8-Tilarán, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Elías Sibaja Murillo; sur, Kokofes Road House S. A.; este, servidumbre de paso a calle pública con un frente de 60 metros en medio de Moocaste Limitada; oeste, calle pública con un frente de 54.28 metros. Mide: seis mil seiscientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintisiete de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del siete de diciembre del dos mil veinte, con la base de diecisiete millones setecientos noventa y dos mil cuarenta y cuatro colones con diez céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate ,se señalan las nueve horas y treinta minutos del quince de diciembre del dos mil veinte, con la base de cinco millones novecientos treinta mil seiscientos ochenta y un colones con treinta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Ciudad Quesada RL contra Luis Alonso Aguilar Segura, Orlando José Pérez Trejos, Seteco OYL S. A. Expediente N° 19-006294-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 25 de agosto del 2020.—Licda. Zary Navarro Zamora, Jueza Tramitadora.—( IN2020494434 ).

En este despacho, con una base de cuarenta y cuatro millones doscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 220-01587-01-0901-002; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula N° 159833 derecho 000, la cual es terreno Repasto y Bosque. Situada en el distrito 2-Sierra, cantón 7-Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Quebrada La Cruz en medio Alfonso Morales Quirós y Yolanda Bello Núñez, sur, Milena Lucrecia Arce Bello y Carlos Luis Rojas Quirós, este, Yolanda Bello Núñez, Yeudy Villafuerte Gutiérrez, Gabriela María Rodríguez Cruz y Nancy Villarreal Villarreal, oeste, Alfonso Morales Quirós y Egly y Militza Bello Núñez. Mide: dieciséis mil quinientos treinta y nueve metros cuadrados. Plano: G-1761123-2014. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del trece de enero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de enero del dos mil veintiuno, con la base de treinta y tres millones ciento cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintinueve de enero del dos mil veintiuno, con la base de once millones cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Melvin Gerardo Villalobos Vargas, Pablo Cesar Villalobos Arce. Expediente Nº 20-001517-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 12 de agosto del 2020.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—( IN2020494439 ).

En este despacho, con una base de cincuenta millones setecientos cincuenta y siete mil doce colones, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre traslada bajo las citas. Y aviso catastral bajo las citas; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número dos dos siete tres siete seis, derecho cero cero uno, la cual es terreno de café. Situada en el distrito de Grecia, cantón Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre de paso con 6m y otros; al sur, Rafael A. Pérez Salazar; al este, INVU y al oeste yurro en medio otros. Mide: seis mil novecientos ochenta y nueve metros con cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas del once de noviembre del año dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas del diecinueve de noviembre del año dos mil veinte con la base de treinta y ocho millones sesenta y siete mil setecientos cincuenta y nueve colones (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas del veintisiete de noviembre del año dos mil veinte, con la base de doce millones seiscientos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso incidente de cobro honorarios abogado de Rodolfo Gerardo Corrales González contra Dulce María de La Trinidad Rodríguez Arias. Expediente N° 15-000047-0295-CI.—Tribunal Colegiado Primera Instancia Civil del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 18 de agosto del año 2020.—Msc. Carlos Eduardo González Mora, Juez.—( IN2020494441 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 140838-003 y 004, la cual es terreno para construir Lote 164. Situada en el distrito 3-San Francisco, cantón 1-Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Alameda H; al sur, INVU; al este, INVU; y al oeste, INVU. Mide: ciento treinta y seis metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de noviembre de dos mil veinte con la base de doce millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de noviembre de dos mil veinte con la base de cuatro millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra Jenifer Aurora Rojas Prendas, Juan Antonio Solano Rodríguez. Expediente N° 18-009383-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 21 de julio del año 2020.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza Tramitadora.—( IN2020494444 ).

En este despacho, con una base de quince millones setecientos cincuenta y dos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso bajo las citas: 2016-110810-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 468377-001-002, la cual es terreno lote nueve-terreno de solar B-tres situada en el distrito: 01-Upala cantón:13-Upala de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, lote B- 4; sur, lote B uno y B-dos, este: servidumbre de paso con frente de 13 metros oeste, Río Zapote S.A. Mide: doscientos cincuenta y cuatro metros cuadrados plano: A-1425420-2010. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del doce de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del veinte de noviembre de dos mil veinte, con la base de once millones ochocientos catorce mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del uno de diciembre de dos mil veinte, con la base de tres millones novecientos treinta y ocho mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Katherine de Los Ángeles Ruiz Cruz, Yonis Luis Arista Silva. Expediente N° 19-002336-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 14 de julio del año 2020.—Licda. Eunice Pérez Arce, Jueza Decisora.—( IN2020494445 ).

En este Despacho, con una base de trece millones novecientos setenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando derecho 001; servidumbre de aguas pluviales citas: 2016- 397801-01-0007-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2016- 397801-01-0011-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2016-397801-01-0012-001, derecho 002; servidumbre de aguas pluviales citas: 2016-397801-01-0007-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2016-397801-01-0011-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2016-397801-01-0012-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 526615-001-002, la cual es terreno de solar, situada en el distrito 1 Upala, cantón 13 Upala, de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, Mario Enrique Quesada Soto; sur, Mario Enrique Quesada Soto; este, río Zapote; oeste, servidumbre de paso con 7,75 metros. Mide: ciento setenta y cuatro metros cuadrados. Plano: A-1742217-2014. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del diez de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del dieciocho de noviembre de dos mil veinte con la base de diez millones cuatrocientos setenta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiséis de noviembre de dos mil veinte con la base de tres millones cuatrocientos noventa y dos mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Marcos Orlando Sánchez Castillo, Sandra del Socorro Gutiérrez Salinas. Expediente 19-006978-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 09 de julio del año 2020.—Lic. Eunice Perez Arce, Jueza Decisora.—( IN2020494446 ).

En este Despacho, con una base de doce millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número Alajuela, matrícula número quinientos nueve mil quinientos cincuenta y cinco derecho cero cero cero, naturaleza: terreno para construir lote 173. Situada en el distrito 12-Tambor cantón 1-Alajuela de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, lote 174, sur, lote 172, este, calle el parque, oeste, lote 198. Mide: ciento cuarenta y cuatro metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y quince minutos del trece de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y quince minutos del uno de diciembre de dos mil veinte con la base de nueve millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y quince minutos del diecisiete de diciembre de dos mil veinte con la base de tres millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Luis Alberto Cruz Rodríguez. Expediente Nº 19-015860-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 01 de setiembre del año 2020.—Hannia Isabel Núñez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2020494447 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando 403-06311-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 403-06311-01-0900-001, servidumbre trasladada citas: 403-06311-01-0806-001, servidumbre trasladada citas: 403-06311-01-0805-001, servidumbre trasladada citas: 374-01175-01-0819-001, servidumbre trasladada citas: 374- 01175-01-0818-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento cuarenta y ocho mil treinta y seis, derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa marcada con el numero quince D. Situada en el distrito 3-Santiago, cantón 5-San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle tercera; al sur, lotes 12 y 13 y una pequeña parte con el lote 11; al este, calle pública y al oeste lote 16. Mide: doscientos treinta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas y cero minutos del veinte de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas y cero minutos del cuatro de diciembre de dos mil veinte con la base de treinta y siete mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del catorce de diciembre de dos mil veinte con la base de doce mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la Subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Jimmy Eduard Gonzalo Thomas, Magaly García Soto Expediente. N° 19-017386-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 22 de agosto del año 2020.—Licda. Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2020494449 ).

En este Despacho, con una base de veintiocho millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 102478, derecho 001 y 002, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito San Francisco, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 31; al sur, alameda 5; al este, lote 33 y al oeste, lote 35. Mide: setenta y nueve metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del tres de diciembre de dos mil veinte, con la base de veintiún millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de diciembre de dos mil veinte, con la base de siete millones ciento veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Andrea Maritza Carballo Chaves, Brandon Ramírez Carballo. Expediente 19-018581-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 06 de agosto del 2020.—Lic. German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2020494450 ).

En este Despacho, con una base de siete millones trescientos dieciséis mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 410963, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 6-Esquipulas, cantón 7-Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, María Orozco Núñez; al sur, María Orozco Núñez; al este, Eiabeth y Betty ambas Segura Vargas; y al oeste, Teresa Jiménez Ledezma y servidumbre de paso en medio. Mide: ciento veinte metros con diez decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticinco de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del cuatro de diciembre de dos mil veinte con la base de cinco millones cuatrocientos ochenta y siete mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de diciembre de dos mil veinte con la base de un millón ochocientos veintinueve mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Blanca Iris Durán Castro. Expediente N° 20-000928-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 11 de agosto del año 2020.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza Decisora.—( IN2020494451 ).

En este Despacho, con una base de nueve millones ciento cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada y servidumbre sirviente; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos cincuenta y dos mil quinientos sesenta y siete, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 3-San Juan, cantón 2-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Carmen Ramírez Núñez; al sur, Luis Enrique González Ramírez; al este, Luis Enrique González Ramírez, y al oeste, servidumbre en medio Jorge Ramírez ñez. Mide: doscientos noventa y tres metros con setenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del veintiséis de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas y cero minutos del diez de diciembre del dos mil veinte, con la base de seis millones ochocientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas y cero minutos del dieciocho de diciembre del dos mil veinte, con la base de dos millones doscientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Marjorie Del Carmen Muñoz Granados. Expediente Nº 20-001084-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 28 de julio del 2020.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza.—( IN2020494452 ).

En este Despacho, con una base de veinte millones ciento cuarenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas: 154-02969-01-0002-001; servidumbre trasladada, citas: 225-03175-01-0901-001; servidumbre de aguas pluviales, citas: 2012-300027-01-0001-001; servidumbre de aguas pluviales, citas: 2016-489462-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número ciento sesenta mil quinientos cincuenta y cinco, horizontal F, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: finca filial primaria individualizada número 153 identificada como FFPI-M-153 apta para construir que podrá tener una altura máxima de 2 pisos destinada a uso residencial. Situada en el distrito 7 Puente de Piedra, cantón 3 Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, FFPI M-136 y FFPI M-135; al sur, acceso ACL M-2; al este, FFPI M-152; y al oeste, FFPI M-154. Mide: doscientos siete metros cuadrados. Plano: A-1954277-2017. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veintitrés de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del dos de diciembre de dos mil veinte con la base de quince millones ciento cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del catorce de diciembre de dos mil veinte con la base de cinco millones treinta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Adriana Villalobos Vega, José Luis Cordero Manzanares. Expediente 20-002331-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 10 de setiembre del año 2020.—Lic. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2020494453 ).

En este Despacho, con una base de trece millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número quinientos cincuenta mil ciento cuarenta y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir 20B.- Situada en el Distrito 12-Tambor, Cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte Francisco Javier Villalobos Vega; al sur calle publica avenida loto; al este Caja Costarricense del Seguro Social y al oeste calle pública. Mide: ciento cincuenta y cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del seis de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de noviembre de dos mil veinte con la base de diez millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del diez de diciembre de dos mil veinte con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Mellany Marie Taylor Vega. Expediente Nº:20-002706-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de julio del año 2020.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2020494454 ).

En este Despacho, con una base de diez millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 185485, derecho 000 a cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1- Alajuela, cantón 1- Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle de entrada en medio Flora Isabel Venegas Solano; al sur, avenida primera con 9.31 metros de frente; al este, Melania Gutiérrez Palma y al oeste, María Saborío y Consuelo Zúñiga. Mide: quinientos veintidós metros cuadrados con noventa y siete decímetros, para lo cual se señalan las once horas y quince minutos del once de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y quince minutos del veintiséis de noviembre de dos mil veinte con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y quince minutos del quince de diciembre de dos mil veinte con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra Nuria Gutiérrez Palma, Silvia Elena González Gutiérrez. Expediente N° 20-008956-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de agosto del año 2020.—Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez Tramitador.—( IN2020494455 ).

En este despacho, con una base de once millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos cincuenta y cinco mil ciento sesenta y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 1. Situada en el distrito 4-Carrillos, cantón 8-Poás, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Exportaciones Viar de Alajuela S. A.; al sur, Gerardo Ugalde Aguirre; al este, calle pública con 6,73 metros de frente y al oeste, Asociación para la Vivienda y Bienestar Social La Lucha de Carrillos de Poás. Mide: ciento veintinueve metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veinte con la base de ocho millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cuarenta y cinco minutos del once de diciembre de dos mil veinte con la base de dos millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra Ingrid Sanabria Cerdas, Ronny Espinoza Álvarez. Expediente Nº 20-009140-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela,10 de agosto del 2020.—Licda. Sofía Ramírez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2020494456 ).

En este Despacho, con una base de veintiún millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servid. y condic. ref.: 2999-019-006 citas: 336-02191-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 293494, derecho 000, la cual es terreno con 1 casa. Situada: en el distrito 10 Hatillo, cantón 1 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, acera 14 con 50 m 07 cm; al sur, INVU lote 663; al este, INVU lote 675, y al oeste, INVU lote 677. Mide: treinta y cuatro metros con sesenta decímetros cuadrados. Plano: SJ-0528581-1984. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del seis de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cero minutos del dieciséis de noviembre del dos mil veinte, con la base de dieciséis millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil veinte, con la base de cinco millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra María del Rocío Murillo Zumbado, Patricia Zumbado Barrientos. Expediente N° 20-009858-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de setiembre del 2020.—Paula Morales González, Jueza Decisora.—( IN2020494457 ).

En este Despacho, con una base de siete mil setecientos treinta dólares con noventa y cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BLJ174. Marca: Mitsubishi Estilo: Mirage G4. Categoría: automóvil. Capacidad: 5 personas. Carrocería: Sedan 4 puertas. Año fabricación: 2017. Color: blanco. N. Motor: 3A92UDG8886. Para tal efecto se señalan las 11:15 horas del 18/11/2020. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las 11:15 horas del 26/11/2020 con la base de cinco mil setecientos noventa y ocho dólares con veinte centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las 11:15 horas del 09/11/2020 con la base de mil novecientos treinta y dos dólares con setenta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (Veinsa) Sociedad Anónima contra Rodman Leonel Aburto Miranda. Expediente 20-009371-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de setiembre del 2020.—Licda. Paula Morales González, Jueza Decisora.—( IN2020494458 ).

En este despacho, con una base de diecisiete mil doscientos sesenta y seis dólares con cincuenta y dos centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones, número de sumaria 18-005128-0496-TR, número boleta 2018233700890, autoridad judicial Juzgado de Transito de Cartago; sáquese a remate el vehículo bdz350. Para tal efecto se señalan las catorce horas y diez minutos del doce de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y diez minutos del veinte de noviembre de dos mil veinte con la base de doce mil novecientos cuarenta y nueve dólares con ochenta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y diez minutos del dos de diciembre de dos mil veinte con la base de cuatro mil trescientos dieciséis dólares con sesenta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Autos La Florida S. A. Expediente N° 19-014288-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 06 de setiembre del año 2020.—Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza Tramitadora.—( IN2020494459 ).

En este Despacho, con una base de seis mil quinientos diecisiete dólares con siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas RHV000, marca: JMC, Estilo: N350, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2013, color: negro, tracción: 4x2, N° de motor: JX4D24A4LC7P12203, cilindrada: 2400, combustible: diésel. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del cuatro de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del doce de noviembre del dos mil veinte, con la base de cuatro mil ochocientos ochenta y siete dólares con ochenta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil veinte, con la base de mil seiscientos veintinueve dólares con veintisiete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales VEINSA S. A. contra José Rodrigo Calderón Valverde. Expediente Nº 20-001741-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 17 de setiembre del 2020.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—( IN2020494460 ).

En este Despacho, con una base de siete mil cuatrocientos cuarenta y ocho dólares con cuarenta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: 829282; Marca: Nissan; año: 2010; color: gris; Categoría: automóvil; Vin: 3N1CC1CD2ZL163101. Para tal efecto se señalan las catorce horas y cero minutos (02:00 p.m.) del dieciocho de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos (02:00 p.m.) del veintisiete de noviembre de dos mil veinte, con la base de cinco mil quinientos ochenta y seis dólares con treinta y dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos (02:00 p.m.) del once de diciembre de dos mil veinte, con la base de mil ochocientos sesenta y dos dólares con diez centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Olga Isabel Mertina González Villalobos. Expediente 19-017032-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 31 de agosto del año 2020.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez Decisor.—( IN2020494461 ).

En este Despacho, con una base de dos mil seiscientos treinta y tres dólares con cuarenta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: 798792, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 1995, color: gris, vin: KMHVA21NPSU087769, cilindrada: 1500 CC. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del dos de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del diez de febrero del dos mil veintiuno, con la base de mil novecientos setenta y cinco dólares con once centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del dieciocho de febrero del dos mil veintiuno, con la base de seiscientos cincuenta y ocho dólares con treinta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Alberto Jesús Morera Pérez. Expediente N° 17-002903-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de setiembre del 2020.—Joyce Magaly Ugalde Huezo, Jueza Decisora.—( IN2020494462 ).

En este Despacho, con una base de nueve mil trescientos cuarenta y siete dólares con diecisiete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: PJB099, marca: Ssang Yong, estilo: Korando, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2013, color: negro, vin: KPTA0A18SDP105754, cilindrada: 1998 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veinte con la base de siete mil diez dólares con treinta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del once de diciembre de dos mil veinte con la base de dos mil trescientos treinta y seis dólares con setenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (Veinsa) Sociedad Anónima contra 3101503581 S. A., Luis Enrique Castro Salazar. Expediente Nº 18-016632-1170-CJ.—Juzgado de Cobro del I Circuito Judicial de Alajuela, 06 de agosto del año 2020.—Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez Tramitador.—( IN2020494463 ).

En este Despacho, con una base de quince millones doscientos setenta y siete mil doscientos cuarenta colones con setenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 341-16565-01-0901-001 y servidumbre trasladada bajo las citas: 341-16565-01-0902-001; sáquese a remate la finca número 1-445933-000, naturaleza: lote 6, bloque 25 con una casa, distrito: 1-Alajuelita, cantón: 10-Alajuelita, provincia: San José. Norte, avenida 18; sur, INVU; este, INVU; oeste, INVU. Mide: ciento treinta y un metros con quince decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veinticinco de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del ocho de marzo del dos mil veintiuno, con la base de once millones cuatrocientos cincuenta y siete mil novecientos treinta colones con cincuenta y cinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintiuno, con la base de tres millones ochocientos diecinueve mil trescientos diez colones con dieciocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Junta Administradora del Fondo de Ahorro y Préstamo de la Universidad de Costa Rica contra Joyce Lidiette Esquivel Barahona. Expediente N° 19-013631-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 29 de setiembre del 2020.—Ricardo Barrantes López, Juez Decisor.—( IN2020494465 ).

En este Despacho, con una base de siete millones doscientos ochenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas FZB023, Marca: Hyundai, Estilo: Accent GL, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas, color: plateado, tracción: 4x2, Vin: KMHCT41BAHU132032, Nº Motor: G4LCGU599353, cilindrada: 1400 c.c., cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del diecinueve de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintisiete de noviembre del dos mil veinte, con la base de cinco millones cuatrocientos sesenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del nueve de diciembre del dos mil veinte, con la base de un millón ochocientos veinte mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S.A. contra Marlon Danilo González Casares. Expediente Nº 20-009907-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de setiembre del 2020.—Lic. Oscar Mauricio Rodríguez Villalobos, Juez Decisor.—( IN2020494467 ).

En este Despacho, con una base de trescientos cincuenta y seis mil cuatrocientos sesenta y siete dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; pero soportando servidumbre de paso citas: 2010-352657-01-0005-001, servidumbre de paso citas: 2011-361083-01-0003-001, servidumbre de paso citas: 2011-361093-01-0007-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 652923-000, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir. Situada en el Distrito 3-San Rafael, Cantón 2-Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte Sociedades Guanacas; al sur Inversiones Núñez y Ronald S.A; al este Eliecer Jiménez Corrales y al oeste servidumbre de paso. Mide: setecientos diecisiete metros cuadrados plano: SJ-1715688-2014 metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del catorce de enero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del del veintiséis de enero de dos mil veintiuno con la base de doscientos sesenta y siete mil trescientos cincuenta dólares con veinticinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del tres de febrero de dos mil veintiuno con la base de ochenta y nueve mil ciento dieciséis dólares con setenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank De Costa Rica S. A., contra 3-102-715442 Sociedad de Responsabilidad Limitada y José Luis Marín Durán. Expediente Nº:20-001528-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 06 de octubre del año 2020.—Mariela Cortés García, Jueza Decisora.—( IN2020494468 ).

En este despacho, con una base de cinco millones ciento dieciséis mil seiscientos un colones con nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo TAX l000006, marca greatwall, Estiloc 30cc 7150 ce 0014, año 2017, color rojo, VIN LGWEE2K5XHE603376. Para tal efecto se señalan las once horas del tres de noviembre de dos mil veinte. de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas del once de noviembre de dos mil veinte con la base de tres millones ochocientos treinta y siete mil cuatrocientos cincuenta colones con ochenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas del diecinueve de noviembre de dos mil veinte con la base de un millón doscientos setenta y nueve mil ciento cincuenta colones con veintisiete céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Luis de Los Ángeles Calvo Quirós. Expediente N° 18-002793-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de La Zona Atlántica, 03 de agosto del año 2020.—Roy Córdoba Hernández, Juez Decisor.—( IN2020494469 ).

En este Despacho, con una base de veintinueve millones cuatrocientos setenta y un mil trescientos dieciocho colones con sesenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de: Puntarenas, matrícula número: 98512, duplicado: horizontal: derecho: 000, naturaleza: terreno para construir, Situada en el distrito: 1-Quepos, cantón: 6- Quepos, provincia: Puntarenas, Linderos: norte, Estebana Rivera Batista; sur, Casimiro Alemán Alemán, este, Manuel Barboza Sánchez y Carlos Eduardo Calvo Solano, oeste, calle pública con 20.51 metros. Mide: doscientos setenta y un metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del doce de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del veinte de noviembre de dos mil veinte con la base de veintidós millones ciento tres mil cuatrocientos ochenta y ocho colones con noventa y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del dos de diciembre de dos mil veinte con la base de siete millones trescientos sesenta y siete mil ochocientos veintinueve colones con sesenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito y Servicios Múltiples La Amistad R. L. (COOPEAMISTAD) contra Luis Santiago de Jesús Solís Sequeira. Expediente 18-007880-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 13 de octubre del año 2020.—Licda. María del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—( IN2020494471 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 17-000023-0298-AG donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Barcasa Unidad Sociedad Anónima, quien mediante su apoderado generalísimo sin límite de suma, quien es mayor, estado civil casado, vecino de Ciudad Quesada, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número dos trescientos noventa y tres cero ochenta y dos, profesión abogado, a fin de inscribir a nombre de su representada y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es agricultura. Situada: en el distrito seis Río Cuarto, cantón tres Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Marvin Brenes Jiménez; al sur, José Luis García Solano; al este, Ana Cecilia Aguilar Solano, y al oeste, Barcasa Unidad S. A. Mide: treinta mil metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-1925995-2016. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cuatro millones quinientos mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 10 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mejora del terreno, limpieza, construcción de infraestructura, medición de terreno y catastro del mismo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Barcasa Unidad Sociedad Anónima. Expediente N° 17-000023-0298-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, San Carlos, 13 de octubre del 2020.—Lic. William Arburola Castillo, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020493729 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 19-000198-1520-AG, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Ana Larisa Schwan Breisch quien es mayor, estado civil soltera, comerciante independiente, vecina de Bijagua de Upala de Alajuela, vecina de Bijagua de Upala de Alajuela, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 9-0115-0182, profesión comerciante independiente, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es para agricultura y tacotal. Situada en Las Flores, el distrito Bijagua, cantón trece-Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ismael Arroyo Cabezas, Rigoberto Mejía Calero y Miguel Ángel Araya Fonseca; al sur, Gerardo Chaves Hernández; al este, Oscar Solís Cruz; y al oeste, calle pública con 6 metros 19 decímetros de frente. Mide: dieciocho mil quinientos noventa y nueve metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-1991259-2017. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de doce millones de colones exactos colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por una cadena de posesión pública de al menos veinticinco años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en una casa de habitación de madera con dos habitaciones, en regular estado, baño seco, e instalaciones de duchas, pilas, senderos, diversas plantaciones de árboles frutales y hortalizas, terreno para pastoreo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Ana Larisa Schwan Breisch. Expediente N° 19-000198-1520-AG.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria). Alajuela, Upala, 20 de julio del año 2020.—Licda. Sussy María Gamboa Ramírez, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020493734 ).

Se hace saber que, ante este despacho se tramita el expediente N° 20-000184-0298-AG, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Marvell de Jesús Alcoser Galarza, quien es mayor, estado civil casado, vecino de Grecia centro, detrás del Cementerio Municipal, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número dos cero cuatrocientos treinta y siete cero setecientos tres, profesión abogado, a fin de inscribir a su nombre y ante el registro público de la propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es zacate bajo o barbecho. Situada en el distrito primero los chiles, cantón catorce Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Cindy Cruz Buberth y Jorge Cruz Rodríguez; al sur, Víctor Julio Muñoz Ramírez; al este, carretera Ruta Nacional N° 35, con un frente de veintitrés metros con veintisiete centímetros lineales y Asociación Administradora de Acueducto y Alcantarillado Sanitario del parque y al oeste, Santiago Rosales Avecía. Mide: Cinco mil setecientos sesenta y nueve metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 2-2127382-2019. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cuatro millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veinte años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento, chapias, preparación del terreno para la siembra de árboles y cultivos anuales, reparación y mantenimiento de cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Marvell de Jesús Alcoser Galarza. Expediente N° 20- 000184-0298-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, San Carlos, 13 de octubre del año 2020.—Lic. William Arburola Castillo, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020493751 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 13-100010-0216-CI donde se promueve Información Posesoria por parte de Juan Antonio Brenes Agüero, quien es mayor, casado una vez, comerciante, vecino de San Josecito de Alajuelita, portador de la cédula número 1-0499-0439, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de San José, la cual es terreno con casa de habitación. Situada: en el distrito segundo San Josecito, cantón décimo Alajuelita. Colinda: al noreste, con Miguel Benítez Vásquez; al sur, con Francisco Javier Navarro Redondo y Osvaldo Navarro Marín; al este, con Corporación Jiménez Mora S. A., y al oeste, con calle pública con seis metros de frente. Mide: ciento cincuenta y cuatro metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir 01-1184475-07 no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cuatro millones de colones exactos. Que adquirió dicho inmueble 01-1184475- 07 y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y continua, por más de 20 años. Que los actos de posesión han consistido en cuidar del bien y construir en el mismo la casa que ahí se ubica. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir primera y única publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Expediente N° 13-100010-0216-CI.—Juzgado Civil Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, 12 de octubre del 2020.—Lic. Nelson Rodríguez Morales, Juez.—1 vez.—( IN2020493948 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000002-1046-CI donde se promueve información posesoria por parte de Édgar Orozco Alfaro, cédula de identidad número 03-0196-1463, mayor, soltero, sacerdote, vecino de San Isidro de El General, Pérez Zeledón, contiguo a la Casa Cural, con facultad de representante y apoderado generalísimo de Temporalidades de la Diócesis de San Isidro de El General, cédula jurídica número 3-010-045279, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno de patio con edificación destinada a Iglesia. Situada en el distrito Colinas, cantón Buenos Aires. Colinda: al norte, con Geovanny Gómez Fernández; al sur, con calle pública; al este, con Geovanny Gómez Fernández y al oeste, con Junta de Educación Escuela de Filadelfia. Mide: trescientos cuarenta y nueve metros setenta decímetros cuadrados, según plano catastrado 6-938352-2004. Del terreno antes descrito, el solicitante manifiesta ser el poseedor en calidad de dueño de manera pública, pacífica e ininterrumpida por más de diez años. Estima el fundo en la suma de quinientos mil colones. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Édgar Orozco Alfaro, expediente N° 20-000002-1046-CI-0.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia civil), 26 de junio del año 2020.—Edith Brenes Quesada, Jueza Tramitadora.— 1 vez.—( IN2020494036 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000031-0386-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Betsabé González Rivas, quien es mayor, estado civil casada, vecina de Quebrada Grande de Liberia, Guanacaste, dirección 100 metros al este de la Iglesia Católica, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 0503550978, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de solar con una casa. Situada: en el distrito Cañas Dulces, cantón Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con Luz Marina López Rivas; al sur, con la Municipalidad de Liberia; al este, con calle pública con un frente de 40 metros con 16 centímetros, y al oeste, acequia. Mide: dos mil doscientos once metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble del señor Cresencio Gonzalez Álvarez, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cercar el inmueble, chapearlo, hacerle las rondas y poseerlo en forma pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueña, por espacio de más de diez años. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Betsabé González Rivas. Expediente N° 20-000031-0386-CI.—Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, 13 de agosto del 2020.—Licda. Karla Suárez Baltodano, Jueza.—1 vez.—( IN2020494060 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000306-0930-CI donde se promueve información posesoria por parte de Andrés Alberto Oviedo Ávila quien es mayor, estado civil soltero, vecino de barrio Bella Vista, Limón, portador de la cédula número 0701490412, profesión investigador del O.I.J., a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Siquirres, cantón Siquirres. Colinda: al norte, con Luis Alejandro Oviedo Ávila; al sur, con servidumbre de paso, Nunguette Rivera Carpio, Priscila Baldelomar Molina; al este, con Floribeth Enríquez Jiménez y al oeste, con Priscila Baldelomar Molina. Mide: mil trescientos cincuenta y ocho metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de diez millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de venta privada, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de zonas verdes y cercas de alambre de linderos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Andrés Alberto Oviedo Ávila. Expediente N° 20-000306-0930-CI-1.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de La Zona Atlántica, 12 de octubre del año 2020.—Licda. Yency Vargas Salas, Jueza.—1 vez.—( IN2020494063 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000180-0298-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Uriel Rodríguez Rodríguez quien es mayor, estado civil casado, vecino de San Francisco de La Palmera, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número dos doscientos catorce seiscientos catorce, profesión ganadero, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es pastos. Situada en el distrito nueve, La Palmera, cantón décimo, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de trescientos cincuenta y un metros lineales con ocho decímetros; al sur, Uriel Rodríguez Rodríguez y Rosmery Alfaro Gamboa; al este, calle pública con un frente de ciento cinco metros lineales con sesenta decímetros y al oeste, Carlos Alberto Rodríguez Rodríguez y Natalia Orozco Galeano. Mide: cincuenta y cinco mil ciento veintiún metros cuadrados con cincuenta y tres decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-851010-2003. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por Posesión Originaria, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de Cuarenta años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en la limpieza del terreno, la siembra de pasto, construcción de cercas que delimitan la propiedad con postes vivos y de madera aserrada, y la elaboración del plano catastrado. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Uriel Rodríguez Rodríguez, expediente N° 20-000180-0298-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, ciudad quesada, San Carlos, 07 de octubre del año 2020.—Lic. Alejandro Li Ruiz, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020494104 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 17-000051-0217-CI donde se promueve Información Posesoria por parte de: Marisol Castro Castro, quien es mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Santa Rita de Aserrí, cédula de identidad N° 1-630-619, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de San José, la cual es terreno para construir, con una casa de habitación. Situado: en el Barrio Santa Rita, distrito primero Aserrí, cantón sexto Aserrí, de la provincia primera San José. Linda: norte, con Gerardina Naranjo Monge; al sur, con Lucas Raúl López Calderón; al este, con Jesús Zamora Azofeifa, y al oeste, con calle pública con trece metros de ancho y once metros con cincuenta y ocho centímetros lineales. Mide: ochenta y tres metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados 83:56m2, según plano catastrado N° SJ-538999-99 de fecha 22 de enero de 1999. Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble del señor Marcelino Raúl del Carmen Mesén Villalobos, cédula de identidad N° 6-167-378, de quien no le liga parentesco alguno. Que ha poseído dicho terreno por más de diez años y que ha ejercido actos de posesión hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, por Marisol Castro Castro. Expediente N° 17-000051-0217-CI-2.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 10 de junio del 2020.—Freddy Ureña Díaz, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2020494162 ).

Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000260-0297-CI, donde se promueve Información Posesoria por parte de Yeisson Enrique Porras Picado quien es mayor, estado soltero, vecino de Santa María de Pocosol. 25 metros al sur de la Escuela de Santa María de Pocosol, portador de la cédula número 0206040685, carnicero, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno para construir. Situada en Santa María, distrito 13, Pocosol, cantón 10, San Carlos. Colinda: al noroeste y noreste, con Ramón Ramírez Alvarado; al suroeste, con María Eugenia Rodríguez Marín y al sureste, con calle pública con un frente a ella de once metros lineales. Mide: trescientos cuarenta y tres metros cuadrados, graficado en el plano 2-2041573-2018 de fecha 06 de abril de 2018. Indica el promovente que sobre el inmueble no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones y en la misma suma estima las presentes diligencias. Que adquirió dicho inmueble por compraventa que le hiciera a la señora Lizberry Lucía Mena Sandino, mayor, soltera, miscelánea, cédula de identidad N° 0901070226, vecina de Ciudad Quesada, de Pizza Latina, cincuenta metros al norte y veinticinco metros al oeste, con quien no le liga parentesco alguno, en fecha 06 de setiembre de 2018, mediante testimonio de escritura Nº 130 otorgado ante la Notaria Fressia Guzmán Mena y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y uso del mismo, así como limpieza de zonas verdes. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Yeisson Enrique Porras Picado. Expediente Nº 20-000260-0297-CI-0.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 02 de setiembre del 2020.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2020494191 ).

Se hace saber: Que ante este despacho se tramita el expediente 20-000250-0678-CI donde se promueve información posesoria por parte de Jorge Andrés Chacón Mata, quien es mayor, divorciado, ingeniero agrónomo, vecino de Curridabat, titular de la cédula de identidad número 3-0224-0475, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Cahuita, cantón Talamanca. Colinda: al norte con Terranyl Sociedad de Responsabilidad Limitada; al sur con Luis Ángel Mena Jiménez; al este con Terranyl Sociedad de Responsabilidad Limitada y al oeste con calle pública. Mide: cuatrocientos setenta y seis metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de siete millones de colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en limpieza del terreno y mantenimiento de las cercas correspondientes por todos los linderos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles, según se constata con la certificación del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 12 de octubre de 2020.—Licda. Adriana Magally Jiménez Bonilla, Jueza.—1 vez.— ( IN2020494313 ).

Citaciones

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ramón Gilberto Prado Campos, mayor, soltero, costarricense, con documento de identidad N° 01-0398-0251 y vecino de Los Ángeles de San Gabriel, de Aserrí. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000454-0217-CI.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 25 de setiembre del 2020.—Licda. Floryzul Porras López, Jueza.—1 vez.—( IN2020493707 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carlos Manuel Marín Calvo, mayor, casado, costarricense, con documento de identidad 3-0121-0711 y vecino de Barrio El Carmen de Cartago. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda.—Expediente Nº 17-000672-0338-FA.—Juzgado Civil de Cartago, 25 de febrero del 2020.—Lic. Mateo Ivankovich Fonseca. LL.M., Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020493730 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Dinorah Jiménez Miranda, mayor, casada una vez, ama de casa, costarricense, con documento de identidad N° 0202590071 y vecina de San Jerónimo de Naranjo, carretera vieja casa color celeste con blanco izquierda. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, expediente N° 19-000032-0295-CI-0.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), 21 de setiembre del año 2020.—M.Sc. Rafael Antonio Ortega Tellería, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020493733 ).

Se hace saber que en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Belisa Isabel Alvarado Marín, mayor, costarricense, soltera, ama de casa, cédula de identidad número dos-ciento ochenta y siete-novecientos noventa y cuatro, vecina de Alajuela, Upala, Barrio Los Ingenieros, de la Escuela ochocientos metros oeste y seiscientos metros norte, casa de zócalo, color natural. De conformidad con el artículo 126.3 del Código Procesal Civil, se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Sucesorio judicial de Belisa Isabel Alvarado Marín. Promueve: Marco Tulio Castillo Alvarado. Expediente N° 20-000065-1520-AG.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria). Upala, 14 de octubre del 2020.—Licda. Sussy María Gamboa Ramírez, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020493736 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Rodrigo Conejo Cantillo, mayor de edad, casado en segundas nupcias, vecino de San José, Aserrí, María Auxiliadora, Calle Zúñiga, contiguo a apartamentos Happy, cédula uno-cero tres siete ocho-cero cero tres ocho. Albacea provisional Raquel Conejo Torres, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos; que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasara a quien corresponda. Expediente N° 001-2020. Notaria del Lic. Wilman Yohalmo Escobar Escamilla, carné número 23339, sita en Avenida 12, entre calles 11 y 13, Nº 1160, correo electrónico jtacsan@ciansacr.com.—Lic. Wilman Yohalmo Escobar Escamilla, Notario.—1 vez.—( IN2020493809 ).

Ante esta notaría, la cual tiene oficina abierta al público, sita en Calle Fallas de Desamparados, quinientos metros al suroeste de la Escuela, Urbanización Bella Vista, segunda etapa, casa número trece, se apersonó: Johnny Vargas Céspedes, cédula número uno-cero ochocientos sesenta y uno-cero seiscientos ochenta y seis, en calidad de albacea provisional, para solicitar la apertura de la sucesión legítima y extrajudicial de quien en vida fue: Johnny Vargas Mejías, mayor, divorciado, abogado, vecino de San Diego de Tres Ríos, Urbanización Florencio del Castillo, casa ciento cuarenta y nueve, quien portó la cédula número seis-cero cero noventa-cero doscientos cincuenta. Cualquier interesado debe apersonarse a esta notaría, a hacer valer sus derechos. Expediente N° 2-2020.—San José, 14 de octubre del 2020.—Licda. Rosibel Chavarría Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2020493816 ).

Esta notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fuera Dery Jill (nombre y segundo nombre) Dyer Muller (apellidos) estadounidense, quien fue mayor, pensionada, casada una vez, con cédula de residencia en Costa Rica uno ocho cuatro cero cero cero cinco siete cinco tres cero seis, vecina de la provincia de San José, cantón Escazú, distrito primero Escazú, exactamente del cementerio, ñiga ochocientos metros al sur, ultimo y único portón al final de la calle, con letrero “Finca Lotus”, quien falleció el día veinticinco de septiembre del año dos mil veinte. Se cita y emplaza a herederos y demás interesados para que dentro del plazo máximo de 15 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Expediente 2020-001, sucesorio en sede notarial. Notaría del Lic. Agustín Atmetlla Cruz, carné 1450, con oficina en San José, San Rafael de Montes de Oca, en calle La Antigua, frente a la entrada al Ebais, 150 metros al sur, puerta azul, teléfono 2273-8884.—Lic. Agustín Atmetlla Cruz, Notario.—1 vez.—( IN2020493820 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio testamentario de quien en vida se llamó: Miguel Ángel Padilla Hernández, mayor, estado civil casado, pensionado, costarricense, con documento de identidad N° 0102500548, y vecino de San Miguel de Desamparados. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000392-0217-CI-4.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 02 de octubre del 2020.—Lic. Henry Steven Sanarrusia Gómez, Juez.—1 vez.—( IN2020493832 ).

Mediante acta de apertura otorgada, ante esta notaria, de las quince horas del veinte de julio del año dos mil veinte y comprobado el fallecimiento de Guillermo Cruz Suarez, esta Notaría ha declarado abierto Su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaria a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría del Lic. Elvis Eduardo Lawson Villafuerte, frente a la Escuela pública de Matina, Limón, Teléfono 88-11-94-20.—Tres de agosto del 2020.—Lic. Elvis Eduardo Lawson Villafuerte, Notario.—1 vez.—( IN2020493852 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, de las quince horas del tres de agosto del año dos mil veinte y comprobado el fallecimiento de Antonia Marchena Marchena. Esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría del Lic. Elvis Eduardo Lawson Villafuerte, frente a la Escuela Pública de Matina, Limón, teléfono 8811-9420.—Tres de agosto del 2020.—Elvis Eduardo Lawson Villafuerte, Notario Público.—1 vez.—( IN2020493853 ).

Se cita a los interesados en la sucesión notarial de José González Mata, quien fue casado una vez, agricultor, cédula N° 3-103-394, vecino de Dulce Nombre de Cartago, quien falleció el 23 de marzo del 2008, a reclamar sus derechos en mi oficina en Cartago, calle 5 avenidas 1 y central. Si nadie se presenta dentro del plazo de ley, la herencia pasará a quien corresponda.—Cartago, 14 de octubre del 2020.—Lic. Juan Pablo Navarro Solano, Notario.— 1 vez.—( IN2020493872 ).

Se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, en la sucesión de quien en vida se llamó Luis Gerardo Centeno García, mayor de edad, costarricense, casado una vez, cédula de identidad cinco cero uno tres tres cero ocho siete tres, vecino de San José, Tirrases de Curridabat, Residencial La Colina, casa B cinco, defunción que ocurrió en fecha catorce de noviembre de mil novecientos ochenta y nueve, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaria en defensa de sus derechos, apercibidos, de que, si así no lo hicieren la herencia pasará a quien corresponda. Notaria pública Katherine Susana Fernández Chinchilla con oficina en San José, avenida doce, calle treinta y cinco, Bufete Fernández. Expediente cero cero cero uno-dos mil veinte.—MSc. Katherine Susana Fernández Chinchilla, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2020493873 ).

Licda. Deborah Feinzaig Mintz, Notaria Pública con oficina en San José, Sabana Norte, de la esquina sureste del ICE, setenta y cinco metros al norte, oficinas de Consensus Abogados, hace saber a terceros e interesados en la sucesión de Jorge Flikier Gotlib, cédula N° 1-0268-0425, que, en ante esta notaría a solicitud de la señora Jetty Zelkowicz Goldgewicht, cédula N° 1-0399-0817, cónyuge del causante y Albacea Propietaria de dicha sucesión, se ha iniciado el mencionado proceso sucesorio testamentario. Se advierte a terceros e interesados en dicha sucesión, que cuentan con un plazo de treinta días, contados a partir de la fecha de publicación del presente edicto, para comparecer ante esta notaría a hacer valer sus derechos; bajo el apercibimiento a quienes crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.—San José, trece de octubre del 2020.—Licda. Deborah Feinzaig Mintz, Notaria.—1 vez.—( IN2020493894 ).

Se emplaza a los interesados en la sucesión de quien en vida fuera Javier Soto Sánchez, mayor, viudo una vez, chofer, vecino de Alajuela, San Juan Sur de Poás, cédula de identidad número: dos-cero trescientos diecisiete-cero ochocientos cincuenta y, para que, dentro del término de quince días contados a partir de esta publicación, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesión extrajudicial que se tramita como actividad judicial no contenciosa ante la notaria pública Johanna Isabel Meneses Ramírez, con oficina en Alajuela centro, de los Tribunales de Justicia ciento cincuenta metros al sur.—Licda. Johanna Meneses Ramírez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2020493912 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión notarial de quien en vida fuera: Sandra Aragón Gómez, mayor, casada en primeras nupcias, pensionada, titular de la cédula de identidad número tres-cero uno nueve uno-cero cinco cero nueve, vecina de San José, Desamparados, quien falleció el día veinticinco de enero del dos mil diecinueve, para que, dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, ante esta notaría, Expediente número: cero cero uno-dos mil veinte. Sita en: Guápiles, Pococí, quinientos metros norte, veinticinco oeste de las oficinas del PANI o por medio del correo: castilloh.im@abogados.or.cr o al teléfono: 87092671. Se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia, pasará a quien corresponda.—Licda. Indiahlay Maggaly Castillo Hurtado, Notaria.—1 vez.—( IN2020493915 ).

Por el término de treinta días, se cita y emplaza a los interesados, herederos y acreedores, para dentro de dicho plazo se apersonen ante esta notaría a hacer valer sus derechos, en la sucesión de quien fuera Saúl Vindas Meza, quien en vida fue mayor, portador de la cédula de identidad uno trescientos cincuenta y siete doscientos cincuenta, casado en sus primeras nupcias, vecino de San José, distrito de San Pablo, cantón de León Cortés; fallecido en fecha del día dos de agosto del dos mil diecinueve. Santa María de Dota, San José, Expediente 001-2020. Queda el expediente a disposición en la oficina de la notaria Wendy Karina Barboza Arguedas, sita en la provincia de San José, cantón Dota, distrito Santa María, costado Sur del Parque Municipal.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Wendy Karina Barboza Arguedas, Notaria.—1 vez.—( IN2020493918 ).

Se cita y emplaza a los posibles herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en el proceso sucesorio en sede notarial de quien en vida fue Frank Eduardo Badilla Peña, mayor, médico especialista en anestesiología, cédula de identidad N° 6-0178-0703, vecino de San José, Santa Ana, Pozos, Residencial Montana, Condominio Nogales, casa 10, quien falleció el día 09 de julio del 2020, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto concurran a hacer valer sus derechos ante la notaría de la licenciada Lisa María Bejarano Valverde, con oficina abierta en la ciudad de San José calle 35A, entre avenidas 26A y 22A, San José, Zapote, frente a la entrada principal del Colegio de Abogados o a través del correo electrónico lisa.bejaranov@gmail.com, con el apercibimiento de que en caso de que no se presenten dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Albacea provisional: Esmeralda Peña Pernudis, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad N° 8-0023-0704, vecina de San José, Montes de Oca, Sabanilla, Residencial Alhambra, casa 13 J. Expediente N° 0001-2020.—San José, 01 de octubre del 2020.—Licda. Lisa María Bejarano Valverde, Notaria.—1 vez.—( IN2020493941 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quienes en vida se llamaron Antonio Altamirano Calvo, mayor, estado civil viudo, pensionado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0102290588 y Elvira Monge Padilla, mayor, estado civil viuda, profesión u oficio oficios del hogar, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0102200943, ambos vecinos de La Alegría de Siquirres. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000330-0930-CI-5.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de La Zona Atlántica, 09 de octubre del año 2020.—Licda. Yency Vargas Salas, Jueza.—1 vez.—( IN2020493996 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: María del Carmen Tacsan Ulate, mayor, casada, asesora en cooperación y economía, costarricense, con documento de identidad N° 0110640740, y vecina de San Rafael de Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000994-0504-CI-7.—Juzgado Civil de Heredia, 14 de octubre del 2020.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—1 vez.—( IN2020494601 ).

Avisos

Licda. Alejandra Ortega Padilla, Jueza, tramitadora del Tribunal de Juicio del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hace saber a Eddy Arias Sandoval, mayor de edad, con número de identificación 01-0599-0049, que en este Tribunal se tramita causa N° 13-200145-0634-PE por infracción a la Ley Forestal, contra Enrique Arias Sandoval y en cual figura su persona como gerente de Inversiones Anahatta Global, Sociedad de Responsabilidad Limitada. Proceso en el cual se dictó la resolución que literalmente Dice: “Tribunal del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, al ser las trece horas cuarenta y tres minutos del trece de octubre de dos mil veinte. Visto el anterior Auto de Apertura a Juicio que corre agregado al Legajo de Investigación Principal, y de conformidad con lo ordenado por el artículo 324 del Código Procesal Penal, se procede a efecto de realizar el Juicio Oral, señalar para la celebración del debate las ocho horas (08:00 a.m) y trece horas treinta minutos (01:30 p.m) del cinco de febrero del dos mil veintiuno (05/02/2021). Mismo que se realizará en las instalaciones de los Tribunales de Justicia de Buenos Aires, frente a restaurante Mau´s. Se pone a disposición de las partes todas las actuaciones, autos, así como las evidencias existentes con la investigación. Se cita a las partes intervinientes, estos a fin de que comparezcan en tal oportunidad. Se le previene a las partes, que, dentro del plazo de tres días, después de notificada esta resolución, en caso de tener algún impedimento para presentarse al debate, se lo hagan saber a este Despacho. Lo anterior de conformidad con las Circulares de la Secretaría General de la Corte números 118, 136, del año 2003, y 71 del 2004. Se les hace ver a las partes involucradas su obligación de coadyuvar en la localización y comparencia de los testigos que hayan sido propuestos para el juicio; el Tribunal brindará el auxilio necesario por medio de la expedición de las citas. Se le advierte al imputado que si no comparece por justa causa que se lo impida se le decretará su rebeldía y se ordenará su captura. Artículos 89 y 90 del Código Procesal Penal. Asimismo, conforme a la circular 157-08, se les hace saber a las partes que pueden presentarse con algún medio magnético, sea dispositivo de almacenamientollave maya” o disco de DVD, a efecto de que, si así lo desean al final de la diligencia, se les pueda grabar en esos dispositivos su desarrollo y de esa forma cuenten de primera mano con un instrumento para preparar sus alegatos.” Notifíquese.—Licda. Alejandra Ortega Padilla, Jueza Tramitadora.—O. C. Nº 364-12-2020.— Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020493723 ).                3 v. 1.

A todos quienes tengan interés en la tutela de las personas menores de edad Joel Alexander y Raquel Alexandra, ambos de apellidos Cedeño Sequeira, se les hace saber que deben de presentarse dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación de este edicto. Expediente 20-000825-1146-FA. Diligencias de tutela.—Juzgado de Familia de Puntarenas, Puntarenas, doce de octubre de dos mil veinte.—Licda. Maureen Vanessa Ortiz Cerdas, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020493772 ).                          3 v. 1.

Msc. Guadalupe Valverde Carranza, jueza del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia familia), a Joselin Michelle Cordero Largaespada, en su carácter de parte, quien es costarricense, mayor, soltera, cédula de identidad número 0207580727, se le hace saber que en proceso depósito judicial, NUE 20-000514-0688-FA establecido por el Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: de las presentes diligencias de depósito judicial de la persona menor de edad Ian Enmanuel Cordero Largaespada, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Joselin Michelle Cordero Largaespada, a quien se les previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Joselin Michelle Cordero Largaespada por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial. Msc. Guadalupe Valverde Carranza, Jueza, expediente N° 20-000514-0688-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia familia), a las ocho horas diecinueve minutos del quince de octubre de dos mil veinte, 15 de octubre del año 2020.—Msc. Guadalupe Valverde Carranza, Jueza Tramitadora.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020494152 ).   3 v. 1.

Lic. Walter Alvarado Arias del Juzgado Segundo de Familia de San José, a Yudeisy González Guerra, en su carácter personal, Se le hace saber que se dictó el 2020000831 de sentencia de primera instancia Juzgado Segundo de Familia De San José.- A las diecisiete horas treinta y tres minutos del treinta de setiembre de dos mil veinte.- Proceso Ordinario de Inexistencia Matrimonial 15-000061-0187-FA promovido por La Procuraduría General de la República, representada por la Licenciada Marcela Ramírez Jara contra Yudeisy González Guerra, ciudadana cubana, documento de identificación de su país número 86112018898, al momento de realizar el acto jurídico y cédula de identidad número 8- 103- 655 representada por su curadora procesal, Licenciada Zulma Margarita Reyes Zúñiga, cédula de identidad número 8-118-362 y , cédula de identidad número 6-274-904, representada por su curador procesal, Licenciado Christian Junnieth Castillo Mercado cédula de identidad número 8-114- 896, todos de calidades que consta en autos y Resultando: I Considerando: I.—... II.—... III.—... IV.—... V.—... Por tanto: Acorde con lo expuesto, artículos 420 y siguientes del Código Procesal Civil; 13, 19 y 64 y siguientes del Código de Familia y demás normativa citada, se acoge la presente demanda: 1) Se declara inexistente el matrimonio de Yudeisy González Guerra, ciudadana cubana, documento de identificación de su país número 86112018898, al momento de realizar el acto jurídico y cédula de identidad número 8- 103- 655 y Jenner Duran Retana, cédula de identidad número 6-274- 904. 2) Anulase la Inscripción del acto matrimonial inscrito al al tomo cuatrocientos sesenta y cinco, folio trescientos doce, asiento seiscientos veinticuatro de la Sección de Matrimonios del Registro Civil, Partido de San José. 3) Comuníquese a la Dirección General del Migración y Extranjería, que se anula todo acto preparatorio emitido en favor del señor demandado Yudeisy González Guerra, tendiente a Expediente 15-000061-0187-FA I Circuito Judicial de San José, Edificio Tribunales, Primer Piso. Teléfonos: 2295-3478 o 2295-3479. Fax: 2295-3627. Correo electrónico: sjojfamilia2@ poder-judicial.go.cr otorgarle la zresidencia y al Registro Civil, la nulidad de todo acto preparatorio tendiente a otorgar la carta de naturalización de la demandada Yudeisy González Guerra y específicamente deben de anularse las resoluciones 5918 de trece horas del diez de octubre de dos mil once, del Registro Civil, Sección de Opciones y Naturalizaciones en la que se concedió la nacionalidad costarricense a la demandada Yudeisy González Guerra y la resolución número 591-N-2012, de ocho horas ocho minutos del veinte de enero de dos mil doce, del Tribunal Supremo de Elecciones. 4) Se exime de costas a ambos demandados (artículo 222 Código Procesal Civil Ley 7130) . Notifíquese. Lic. Walter Alvarado Arias. Juez de Familia. Alvarado Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. - Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación.—Juzgado Segundo de Familia de San José.—Lic. Walter Alvarado Arias, Juez.—1 vez.—O.C 364-12-2020.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2020493725 ).

Licda. Isabel Cristina Villegas Cascante, Jueza del Juzgado Segundo de Familia de San José, a María Mercedes García Silverio en su carácter personal, se le hace saber que se dictó el N° 2020000830 de sentencia de primera instancia Juzgado Segundo de Familia de San José, a las diecisiete horas treinta y tres minutos del treinta de setiembre de dos mil veinte. Proceso ordinario de inexistencia matrimonial 15-000172-0187-FA promovido por la Procuraduría General de la República, representada por Guillermo Fernández Lizano, contra Fabián David Acuña Orozco, cédula de identidad número 1-1341-353, de domicilio desconocido, y María Mercedes García Silverio, de nacionalidad dominicana, documento de su país número PSG1034260, de domicilio desconocido. Las partes fueron representadas por los curadores procesales, licenciados Federico Alvarado Aguilar y Melissa Sanabria Saborío, respectivamente. Resultando: I.II.III.IV considerando: I.II.III. Por tanto: con fundamento en las razones expuestas y citas de derecho citadas, se declara con lugar la presente demanda, declarando la inexistencia de matrimonio y por consiguiente se decreta lo siguiente: 1.- Se declara la inexistencia del matrimonio que une a Fabián David Acuña Orozco, cédula de identidad número 1-1341-353, con María Mercedes García Silverio, de nacionalidad dominicana, documento de su país número psg1034260, tornando nuevamente las partes a su estado primigenio de solteros. 2.- Proceda el Registro Civil a anotar al margen de las citas de matrimonio de las partes, inscrito en el registro de matrimonios del partido de San José, al tomo 485, folio 164, asiento 327, del Registro de Matrimonios de la provincia de San José. 3.- Comuníquese al Registro Civil y a la Dirección General de Migración y Extranjería, para que se anule trámite de naturalización o cualquier otro que haya presentado el demandado María Mercedes García Silverio, con base en el matrimonio mencionado modifíquense los asientos de nacimiento de la persona menor de edad Dangel Andrés Acuña García, nacimiento inscrito en registro de nacimientos de la provincia de Puntarenas, al tomo 521, folio 242, asiento 483, para que en adelante lleve los apellidos de su madre, sean García Silverio. 5.- Costas: no se condena en costas a los demandados, de conformidad con lo que establece el artículo 222 del anterior Código Procesal Civil, vigente únicamente para procesos familiares, según Ley 9621. 6.- Publíquese la parte dispositiva de esta resolución por única vez en el boletín judicial, de conformidad con lo que establece el artículo 263 del cuerpo normativo supra citado. 7.- Por haber cumplido con su labor, solicítese a la administración del primer circuito judicial de San José, cancelar los honorarios de los licenciados Federico Alvarado Aguilar y Melissa Sanabria Saborío, curadores procesales de las partes codemandadas, Acuña Orozco y García Silverio, respectivamente, lo anterior por un monto de sesenta y cinco mil colones más un trece por ciento del impuesto sobre el valor agregado, que corresponde a un monto de ocho mil cuatrocientos cincuenta colones, lo que asciende a un total de setenta y tres mil cuatrocientos cincuenta colones, para cada uno de ellos. Una vez aprobados los mismos, se estará comunicando el número de autorización para que los licenciados Alvarado Aguilar y Sanabria Saborío, presenten cada uno ante este despacho la factura por sus servicios profesionales, consignando el número dado, a fin de proceder a realizar el visto bueno.8. Notifíquese. Esta resolución al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese. Isabel Villegas Cascante, Jueza de Familia. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el boletín judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado Segundo de Familia de San José.—Licda. Isabel Cristina Villegas Cascante, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020493726 ).

Licda. Isabel Cristina Villegas Cascante, Jueza del Juzgado Segundo de Familia de San José, a Juan Rodolfo Garcés Peña en su carácter personal, Se le hace saber que se dictó el N° 2020000829 sentencia de primera instancia. Juzgado Segundo de Familia de San José, las once horas veinticuatro minutos del treinta de setiembre de dos mil veinte. Proceso abreviado de nulidad de matrimonio 18-000051-0187-FA establecido por la Procuraduría General de la República, representada por Guillermo Fernández Lizano, contra Juan Rodolfo Garcés Peña, ciudadano colombiano, documento de identificación de su país número P70193822, comerciante, de domicilio desconocido, y Yasenia Azofeifa Méndez, dependiente, casada, cédula de identidad número 1-1059-888, vecina de Golfito. Actúa como curador procesal del señor Garcés Peña, el licenciado Édgar Rainier Cordero Campos. Resultando: I.II.III.IV. Considerando: I.II.III. IV. Por tanto: Con fundamento en las razones expuestas y citas de derecho citadas, se declara con lugar la presente demanda, por consiguiente, se decreta lo siguiente: 1.-Se declara la inexistencia del matrimonio que une a Yasenia Azofeifa Méndez, cédula de identidad número 1-1059-888, con Juan Rodolfo Garcés Peña, de nacionalidad colombiana, pasaporte de su país número P70193822, tornando nuevamente las partes a su estado primigenio de solteros. 2.-Proceda el Registro Civil a anotar al margen de las citas de matrimonio de las partes, inscrito en el Registro de Matrimonios del partido de Heredia, tomo 81, folio 254, asiento 507. 3.-Comuníquese al Registro Civil y a la Dirección General de Migración y Extranjería, para que se anule el trámite de naturalización y cualquier trámite migratorio que haya presentado el demandado Juan Rodolfo Garcés Peña, con base en el matrimonio mencionado 4.-Modifíquense los asientos de nacimiento de la persona menor de edad Youcer Garcés Azofeifa, nacimiento inscrito en Registro de Nacimientos de la provincia de Puntarenas, al tomo 513, folio 128, asiento 255, para que en adelante lleve los apellidos de su madre, sean Azofeifa Méndez. 5.-Costas: Sin especial condenatoria en ambas costas a las partes, por haber litigado de buena fe, de conformidad con lo que establece el artículo 223 del anterior Código Procesal Civil, vigente únicamente para procesos familiares, según Ley 9621. 6.-Publíquese esta resolución por única vez en el Boletín Judicial, de conformidad con lo que establece el artículo 263 del cuerpo normativo supra citado. 7.-Por haber cumplido con su labor, solicítese a la Administración del Primer Circuito Judicial de San José, cancelar los honorarios del licenciado Édgar Rainier Cordero Campos, curador procesal de la parte codemandada Garcés Peña, lo anterior por un monto de sesenta y cinco mil colones más un trece por ciento del impuesto sobre el valor agregado, que corresponde a un monto de ocho mil cuatrocientos cincuenta colones, lo que asciende a un total de setenta y tres mil cuatrocientos cincuenta colones. Una vez aprobados los mismos, se estará comunicando el número de autorización para que el licenciado Cordero Campos, presente ante este despacho la factura por sus servicios profesionales, consignando el número dado, a fin de proceder a realizar el visto bueno. 8.-Por haberse omitido en su momento, notifíquese esta resolución al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese. Isabel Villegas Cascante, Jueza de Familia. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación.—Juzgado Segundo de Familia de San José.—Licda. Isabel Cristina Villegas Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020493731 ).

MSc. Luz Amelia Ramírez Garita. Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Francisco Javier Aguirre González, en su carácter personal, quien es mayor, ciudadano mejicano, casado, de domicilio desconocido, pasaporte 06900343839, se le hace saber que en demanda abreviado, bajo el expediente 18-001780-0292-fa establecida por Kathia Vanessa Badilla Obando contra Francisco Javier Aguirre González, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: N° 2020001476 sentencia de primera instancia Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela. A las once horas cinco minutos del catorce de octubre de dos mil veinte. Proceso abreviado de suspensión de responsabilidad parental de la persona menor de edad Naomi Isabella Aguirre Badilla, incoado por Kathia Vanessa Badilla Obando, quien es mayor de edad, soltera, Administradora de Empresas, vecina Actualmente de San Diego California Estados Unidos de América, titular de la cédula de identidad número dos - quinientos noventa y siete-cuatrocientos noventa y cuatro, contra Francisco Javier Aguirre González quien es mayor de edad, casado, ciudadano Mexicano, pasaporte número 06900343839, de otras calidades ignoradas. En el presente asunto se ha dado intervención al Patronato Nacional de la Infancia. Con base en lo expuesto y normativa indicada, se declara con lugar la presente demanda de suspensión de la responsabilidad parental interpuesta por Kathia Vanessa Badilla Obando en contra de Francisco Javier Aguirre González, consecuentemente se suspende al demandado Francisco Javier Aguirre González en el ejercicio de la responsabilidad parental sobre la persona menor de edad Naomi Isabella Aguirre Badilla. El accionado podrá presentar el proceso de rehabilitación correspondiente el cual procederá siempre y cuando acredite que sus actitudes en relación con Naomi han cambiado y que se encuentre en condiciones de asumir el rol paterno. Corresponderá a la progenitora Kathia Vanessa Badilla Obando el ejercicio exclusivo de la responsabilidad parental. Inscríbase esta Sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, San José citas 901220665. Publíquese el edicto correspondiente. Se dicta esta sentencia sin especial condenatoria en Costas. Hágase saber.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020493732 ).

Al  señor Carlos Luis Jiménez Rojas y a toda persona que tenga interés se le hace saber que mediante sumaria tramitada en este Despacho bajo el expediente número 20-000690-0687-FA, se encuentra la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia familia). A las diez horas cuarenta y tres minutos del nueve de octubre de dos mil veinte. Se tienen por establecidas las presentes diligencias de depósito judicial de la persona menor de edad Ashley Alicia Jiménez Thiele que presenta el Patronato Nacional de la Infancia, representado por la licenciada Carmen Lidia Durán Víquez, a las que se da curso por la vía no contenciosa por el plazo de tres días a padres de la citada persona menor de edad los señores Liseth Dayana Thiele Brenes y Carlos Luis Jiménez Rojas. Desconociéndose el paradero actual del padre de la persona menor de edad interesada, notifíquesele esta resolución mediante un edicto que se publicará en el Boletín Judicial. (Artículos 161 del Código de Familia; 819 inciso 1º del Código Procesal Civil), expediente N° 20-000690-0687-FA. Comuníquese.—MSc. Patricia María Vega Jenkins, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020493760 ).

Licenciada Maureen Ortiz Cerdas, Jueza del Juzgado de Familia de Puntarenas, a Carol Vargas López, en su carácter personal, quien es mayor, de calidades y domicilio desconocidos, cédula N° 0603400250, se le hace saber que en demanda 20-000989-1146-FA de Proceso Especial de Protección, establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Carol Vargas López y Antonio Figueroa Gómez, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Puntarenas. A las diez horas doce minutos del nueve de octubre de dos mil veinte. Se tiene por establecido el presente asunto el cual se tramitará como un Proceso Especial de Protección a favor de las personas menores Galyah María y Gabriel Antonio ambos de apellidos Figueroa Gómez, por parte del Patronato Nacional de la Infancia contra Carol Vargas López y Antonio Figueroa Gómez, a quien se les previene en cuanto a los hechos de esta demanda, en cuanto a estos los contestará uno por uno y manifestarán en forma categórica si los reconocen como ciertos, si los rechaza por inexactos o bien si los admiten con variantes o rectificaciones y en caso de que no estén conformes, expondrán con claridad las razones que tengan para su negativa y los fundamentos legales en que se apoyen, con manifestación expresa del nombre y demás generales de los testigos y sobre qué hechos declararán cada uno. Se le previene a la parte demandada, de conformidad con los numerales 10 y 34 en relación con el 36 todos de la Ley de Notificaciones número 8687, el señalamiento de medio para atender futuras notificaciones, sea éste: correo electrónico, fax, casillero, en estrado o cualquier otra forma tecnológica que permita la seguridad del acto de comunicación, esto bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere en la forma prevenida o no se pudiere efectuar la notificación por el medio señalado, mediando comprobante de transmisión electrónica o la respectiva constancia, las resoluciones posteriores le quedará notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias, salvo que se demuestre que ello se debió a causas que no le sean imputables. A fin de realizar la audiencia que estipula el artículo 143 del Código de Niñez y la Adolescencia, se señalan las ocho horas y treinta minutos del tres de diciembre del dos mil veinte. Se le hace ver a la interesada que el día señalado para la celebrar la audiencia podrá proponerse prueba de todo tipo. Asimismo, se admite la prueba testimonial ofrecida por el ente promovente consistente en el testimonio de: la Licda. Marjorie Guzmán Jiménez (Trabajadora social) y Licda. Evelyn Quintana Barrantes (Psicóloga), se le Puntarenas, hace saber a su representante legal que deberá reducir a dos esta prueba a su libre escogencia. Tal y como lo solicita el Patronato Nacional de la Infancia en su pretensión, se ordena prorrogar la medida especial de Abrigo Temporal, dictada por el mismo ente mediante resolución de las trece horas del primero de abril del dos mil veinte, prorrogándose esta por el plazo de seis meses, sea hasta el nueve de abril del dos mil veintiuno, tiempo durante el cual las personas menores de edad permanecerán bajo la responsabilidad de la señora Mayela López Sibaja (abuela materna). Asimismo, una vez verificada la audiencia se resolverá si se mantienen estas medidas o no. Se advierte que lo aquí ordenado es de acatamiento obligatorio de conformidad con lo dispuesto a este efecto por el Código de la Niñez y la Adolescencia. Notifíquese esta resolución personalmente o en su casa de habitación con cédula de notificación, a la señora Carol Vargas López por medio de la publicación de un edicto, mismo que se publicará una única vez en el Boletín Judicial. Al señor Antonio Figueroa Gómez, se le notificará por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales de estos Tribunales, en la siguiente dirección Puntarenas, Fray Casiano, 100 metros oeste y 25 sur de la escuela. Notifíquese. MSC Maureen Ortiz Cerdas. Jueza de Familia. Juzgado de Familia de Puntarenas. A las siete horas veinticinco minutos del doce de octubre del dos mil veinte. Se corrige error material en la resolución de las diez horas y once minutos del nueve de octubre de dos mil veinte, para que, en cuanto a los apellidos de las personas menores de edad, se lea correctamente que pertenecen a: Figueroa Vargas, y no como por error se consignaron. En todo lo demás se mantiene incólume dicha resolución. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—MSC Maureen Ortiz Cerdas, Jueza de Familia.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020493762 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Berny del Carmen Torres Zúñiga mayor, casado, costarricense, documento de identidad 0303820862, vecino Ochomogo, Cartago, en el cual pretende cambiarse el nombre a Berny Torres Zúñiga. Se concede el plazo de quince días a cualquier persona interesada para que se presenten al proceso a hacer valer sus derechos. Artículo 55 del Código Civil. Expediente N° 20-000615-0640-CI-7.—Juzgado Civil de Cartago, 25 de setiembre del año 2020.—Licda. Eunice Pérez Arce, Jueza.—1 vez.—( IN2020493947 ).

El Juzgado de Familia de Desamparados, hace saber a la señora Mariela Betancur Gaviria, mayor, estadounidense, dedicada al comercio, casada en segundas nupcias, pasaporte P433059876, domicilio desconocido, que en este despacho se tramita el proceso número 19-001746-0637-FA, que es Proceso Abreviado de Divorcio en su contra y por lo tanto se le concede el plazo de diez días a efecto de que se apersone para contestar o formular la oposición correspondiente con la indicación de las pruebas en que se fundamenta, con la indicación de los testigos en su caso; dicho emplazamiento comenzará a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación del presente edicto. Se previene a la parte accionada, señalar medio para recibir notificaciones, caso contrario después de tres días de publicado el presente edicto, comenzará a aplicar la notificación automática. Publíquese una sola vez.—Juzgado de Familia de Desamparados, 14 de agosto del 2020.—Licda. Zeidy Jacobo Morán, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020494101 ).

Licda. Valeria Arce Ihabadjen Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a Sandra Torres Pirez, mayor, ciudadana cubana, documento de identidad C719390, ocupación y domicilio desconocidos, que en este Despacho se tramita el Proceso Abreviado de Nulidad de Matrimonio planteado en su contra por la Procuraduría General de la República, expediente no. 20-000151-0186-FA en el que se dictó la resolución que, en lo conducente dice: “Juzgado Primero de Familia de San José, a las catorce horas y treinta y siete minutos del dieciséis de marzo de dos mil veinte. ...I.- Nombramiento de Curador(a) Procesal. Según se desprende de la documentación presentada, la demandada Sandra Torres Pirez, quien por medio de apoderada especialísima contrajo matrimonio con un ciudadano costarricense no registra ingresos al territorio costarricense posteriores a esa unión matrimonial, al menos no por los canales legales, no tiene arraigo en el país ni cuenta con apoderado inscrito que la pudiere representar en Costa Rica. Considerando el alto costo, en recursos y tiempo que representaría para la administración de justicia costarricense, en conjunto con las autoridades cubanas realizar una investigación para establecer si la demanda aún reside en Matanzas, República de Cuba, la solicitud de la parte actora para dotar a la accionada de un curador procesal resulta atendible, en razón de lo cual como Curadora Procesal se designa a la Licenciada Rosa Lidia Del Carmen Villalobos Retana (cédula 6-0012-0471), confiriéndole el plazo de tres días para aceptar o declinar el nombramiento. En caso de que acepte la designación podrá acceder al expediente electrónico y obtener su copia electrónica del mismo... II. Traslado de demanda. De la demanda abreviada de nulidad de matrimonio planteada por la Procuraduría General de La República, se confiere traslado por el plazo de diez días a los demandados José Alejandro Zarate Molina y Sandra Torres Pirez, ésta última representada por su Curadora Procesal. El plazo es conferido para que se opongan a la demanda o manifiesten su conformidad con la misma. Dentro de los primeros cinco días podrán oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberán expresar con claridad las razones que tengan para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberán contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admiten como ciertos o con variantes o rectificaciones. En esa oportunidad deberán ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a los demandados que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.... Por edicto que se publicará por una ocasión en el Boletín Judicial se comunicará esta resolución a la codemandada... Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza. Expediente N° 20-000151-0186-FA, nulidad de matrimonio.—Juzgado Primero de Familia de San José, 19 de marzo 2020.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020494103 ).

M.Sc. Guadalupe Valverde Carranza, Jueza del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Familia), a Marco Tulio Quirós Retana, en su carácter de demandado, quien es costarricense, mayor, casado, cédula de identidad número 0106650007, se le hace saber que en proceso divorcio, NUE 19-000340-0688-FA, establecido por Francisca Urbina Amador, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: De la anterior demanda abreviada de divorcio establecida por la accionante Francisca Urbina Amador, se confiere traslado al accionado Marco Tulio Quirós Retana por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión Nº 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Notifíquese esta resolución al demandado, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones; de Desamparados. La parte demandada puede ser localizada en la siguiente dirección: San Sebastián, Colonia Kennedy, del INA, 150 metros a la izquierda, casa celeste. En caso de que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Lic. Kenneth Monge Palma, Juez. Expediente N°19-000340-0688-FA. Clase de asunto: divorcio.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Familia), a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de octubre del año dos mil veinte.—M.Sc. Guadalupe Valverde Carranza, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020494146 ).

Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Familia), a Alexander Vargas Villalobos, en su carácter de parte, quien es costarricense, mayor, casado, cédula de identidad número 602430470, se le hace saber que en proceso depósito judicial, número 20-000418-0688-FA establecido por el Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Familia), a las diez horas treinta y cinco minutos del trece de octubre de dos mil veinte. De las presentes diligencias de depósito de las personas menores Ester Naomy Barrios Alfaro, Santiago José Pérez Barrio y María José Vargas Barrios, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Katherine Barrios Alfaro y Christian Manuel Gallo Salas, Henry Luis Pérez Vallejo y Alexander Vargas Villalobos, a quienes se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Medida de especial pronunciamiento: Se ordena el Depósito Judicial provisional de las personas menores de edad Ester Naomy Barrios Alfaro, Santiago José Pérez Barrio y María José Vargas Barrios bajo el cuido y responsabilidad de la señora María Teresa Alfaro Araya; quien en el plazo de cinco días hábiles deberá aceptar el cargo conferido, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se tendrá por rechazado y se nombrará a otro en su lugar. Se rechaza de plano la solicitud de depósito judicial a favor de la persona menor de edad Alcides Daniel Gallo Barrios, toda vez que conforme la Ley Orgánica artículo 4 incisos L y N, el Patronato Nacional de la Infancia tiene las facultades para ostentar la representación, cuido y protección de las personas menores de edad sujetas o no a patria potestad en el caso que así se requiera por causa del padre o madre o a falta de recurso familiar o comunal óptimo para esas tareas. En cuanto a la solicitud de movimientos migratorios de los demandados y la certificación de si tienen un representante legal, se rechaza por cuanto en los procesos No Contenciosos o de autorización como este, no es necesario nombrar un Curador Procesal por cuanto se parte del supuesto de que no hay ni habrá contención. En caso de oposición de alguna de las partes, deberá el proceso cambiar de naturaleza procesal y aplicar las normas del litigio. Por otra parte en relación a la pretensión de que se imponga la pensión alimentaria ambos progenitores se le hace ver a la parte actora y a la persona Depositaria Judicial que la Ley de Pensiones Alimentarias en el artículo 10 otorga la legitimación para solicitar la pensión a las personas que son simples guardadoras de las personas menores de edad por lo que no es necesaria la autorización judicial. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les Firmado digital de: invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poderjudicial. go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Katherine Barrios Alfaro en Guanacaste, Nicoya, Naranjal, Zaragoza, después del puente de Río Frío, casa de cemento a mano izquierda, color rosada, de forma personal a Christian Manuel Gallo Salas en el centro penitenciario la reforma en San Rafael de Alajuela, Henry Luis Pérez Vallejo en el centro penitenciario de Puntarenas, El Roble, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Primer Circuito Judicial de Alajuela, Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya), Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras Comunicaciones de Puntarenas. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. A Alexander Vargas Villalobos por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, a la vez se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado.— Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, (San Ramon) (Materia Familia).—Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020494150 ).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Luis Gerardo Corrales Vargas, mayor de edad, cédula de identidad 2-0581-0371, peón agrícola, vecino de Rincón Herrera, La Guácima de Alajuela, hijo de Luis Ángel Corrales Chavarría y de María de los Ángeles Vargas Sancho, nacido en Centro Central Alajuela, en fecha cinco de marzo de 1983, con 36 años de edad, y la señora Elizabeth María Barrantes García, mayor de edad, cédula de identidad 06-0354-0076, ama de casa, vecina de Rincón Herrera, La Guácima de Alajuela, hija de Yolanda Barrantes García padre no indica, nacida en Corredores Puntarenas, en fecha veinte de marzo de 1986, con 33 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 19-002246-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Alajuela, 09 de octubre del 2020.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020493735 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, la señora Lizeth Murillo Chaves, mayor de edad, cédula de identidad 2-0654- 0207, ocupación ama de casa, vecina de Río Segundo de Alajuela, Barrio Los Ángeles, hija de Elizabeth Chaves Oviedo y de Héctor Luis Murillo Alfaro, nacida en Alajuela, central, en fecha 05 de diciembre de 1988, con 31 años de edad, y el señor Herald Alberto Porras Mora, mayor de edad, cédula de identidad 6-0342-0600, ocupación agente de seguridad, vecino de San Roque de Barba de Heredia, hijo de María Elizabeth Mora Mesén y de Rafael Ángel Porras Zamora, nacido en Puntarenas, central, en fecha 20 de diciembre de 1984, con 35 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 20-000094-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Alajuela, 16 de enero del 2020.—M.Sc. Liana Mata Méndez, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020493737 ).

Piden casarse: Jonathan Josué Mora Vargas, cédula N° 1-1628-0591 y Allen Andrea Obando Mendoza, cédula N° 6-0458-0928, ambos vecinos de Puntarenas, Osa, Uvita. Si alguna persona conoce impedimento para que esta boda se realice, deberá manifestarlo a este Despacho dentro del plazo de 8 días siguientes de la publicación de este edicto, expediente N° 20-000212-1420-FA.—Juzgado de Familia de Osa, 14 de octubre del 2020.—Lic. Mario Alberto Barth Jiménez, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020493752 ).

Edictos en lo Penal

En vista de que el codemandado civil Marley Salazar Dormond cédula de identidad 700790030, quien conociendo de la sumaria penal no se apersonó al despacho para ponerle en conocimiento la acción civil presentada en contra de su representada, se procede a comunicarle la resolución que cursa la acción civil en su contra por medio de edicto que se publicará tres veces en el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Lic. Mario Castro Oconitrillo. Fiscal Coordinadora de Hatillo: Se pone en conocimiento la acción civil. Lic. Mario Castro Oconitrillo, Fiscal de la Fiscalía de Hatillo, al Marley Salazar Dormond, le hace saber que: En el legajo de acción civil resarcitoria 17-002301-0492-TR, ofendido Juan Carlos Masis Vargas, contra Vladimir José Solano Porras, se ha dictado resolución que literalmente dice: comunicación por Edicto: Fiscalía de Hatillo, a las once horas trece de octubre del año dos mil veinte. En vista de que el tercer demandado civil Marley Salazar Dormond, no ha sido posible comunicarles la resolución dictada por este despacho, que da curso a la acción civil resarcitoria incoada por Juan Carlos Masis Vargas, se procede a comunicarle la resolución que cursa la acción civil en su contra por medio de edicto que se publicará tres veces consecutivas en el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Lic. Mario Castro Oconitrillo. Fiscal Coordinador de Hatillo: Se pone en conocimiento la acción civil: De conformidad con los artículos 115 y 120 del Código procesal Penal, se pone en conocimiento del Tercer Demandado Civil Marley Salazar Dormond la presente acción civil resarcitoria. Cualquier interviniente podrá oponerse a la participación del actor civil planteando las excepciones que correspondan. La oposición se pondrá en conocimiento del actor y su resolución se reservará para la audiencia preliminar. Comuníquese. Teléfonos 2254-8842 o 2214-9557 Fax: 2254-4603.—Fiscalía de Hatillo.—Lic. Mario Castro Oconitrillo, Fiscal Coordinador.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020492282 ).               3 v. 3.

De conformidad con los artículos, 111, 112 y 115 del Código Procesal Penal, se procede con vista en la Acción Civil Resarcitoria interpuesta por Wilson David Ramírez Madrigal a darle traslado al demandado civil Oscar López González, cédula de residencia N° 155801370336 de las pretensiones expuestas por dicha parte, para que se pronuncie sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del actor civil en este proceso, planteando las excepciones que estime pertinentes, por lo que se le concede el término de ley para que haga valer sus derechos. Asimismo, se le previene que en el acto de ser notificado deberá señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Comuníquese el contenido de la resolución al demandado civil y a su defensor en forma separada. En vista de que el demandado civil Wilson David Ramírez Madrigal, es de domicilio desconocido, se procede a comunicarle la resolución que antecede por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000279-0275-PE, proceso penal seguido contra Oscar López González por el delito de Lesiones, cometido en perjuicio de Wilson David Ramírez Madrigal.—Fiscalía Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. Jose Orlando Fernández Córdoba, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020493753 ).

Se ordena notificar por edicto acción civil resarcitoria debe publicar por una vez en el Boletín Judicial Fiscalía de Bribri Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, al ser las nueve horas con cero minutos del quince de octubre del dos mil veinte. Tal y como se desprende del legajo de Acción Civil Resarcitoria que se estableció contra el civilmente demandado y tercer civilmente responsable Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, representada por Yamilette Astorga Espeleta, cédula 1-540-192, ubicable en San José, 700 metros oeste de Teletica, diagonal a la estación de Bomberos de Pavas, y siendo que no ha sido localizado en la dirección indicada, tal y como consta en la respuesta de citación recibida, ante tales circunstancias y a efectos de poder continuar con las presentes diligencias se ordena comunicar por medio de edicto el traslado de la acción civil resarcitoria al tercer demandado civil planteada por el actor(a) civil Alex Vílchez Arias , mismo debe publicarse por una vez en el Boletín Judicial, la resolución que en lo conducente dice así: se da traslado de la acción civil resarcitoria Causa establecida por Alex Vílchez Arias , por el delito de homicidio culposo, contra Marvin Chacón Vargas para que dentro del término de cinco días se pronuncie sobre la participación del actor civil y oponga las excepciones que correspondan. Por estar ordenado en la sumaria 19-0000047-0597-PE por el delito de homicidio culposo, en contra de Marvin Chacón Vargas en perjuicio de Hilario Obando Vílchez.—Ministerio Público de Bribri, Fiscalía de Bribri Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Materia Penal).—Lic. Marlon Poyser Watson, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—O.C 364-12-2020.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2020494100 ).