BOLETÍN JUDICIAL N° 202 DEL 21 DE OCTUBRE DEL 2020
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SECRETARÍA GENERAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Convocatorias
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Títulos Supletorios
Citaciones
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Edictos
Matrimoniales
Edictos en lo Penal
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Judicial con formato PDF
Lic. Silvia Navarro Romanini
Secretaria General
1 vez.—Solicitd N° 227577.—( IN2020493359 ).
JUZGADO NOTARIAL
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solo en el Boletín
Judicial con formato PDF
Lic. Silvia Navarro Romanini
1 vez.—O.
C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2020491772 ).
Se convoca a los miembros o socios de Green Solutions Logistic Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101192999, Multinegocios Internacionales
América S. A., cédula jurídica número
3101098063 y Mutiasa Sociedad Anónima,
cédula jurídica número
3101225585, a una junta a celebrarse en este Despacho,
a las nueve horas cero minutos
del veintidós de enero de
dos mil veintiuno, para que en
la misma elijan representante. Se hace la advertencia que la junta se verificará
cualquiera que sea el número de miembros o socios presentes, y la elección se decidirá por simple mayoría de votos. En caso de no resultar
mayoría o de no asistir ningún miembro o socio a la
junta, se hará el nombramiento
que corresponda. Lo anterior por ordenarse
así en proceso
or. s. pri. prestac. laborales de Yajaira María Espinoza Espinoza
contra Green Solutions Logistic Sociedad Anónima, Multinegocios Internacionales
América S. A. y Mutiasa Sociedad Anónima.
Expediente Nº 17-000255-1125-LA.—Juzgado
Civil y Trabajo del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia
Laboral), 12 de octubre del año
2020.—Lic. Allan Montero
Valerio, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020494475 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de William Humberto del Rosario Méndez
Valverde, mayor, casado, vecino
de Pérez Zeledón, quien fue portador de la cédula de identidad número uno-quinientos veintinueve-cuatrocientos
diez, fallecido el trece de setiembre del año dos mil veinte, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones del
sector privado bajo el número 20-000319-1125-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº
20-000319-1125-LA. Por Codocsa S. A., a favor de
William Humberto del Rosario Mendaz Valverde.—Juzgado Civil y Trabajo
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 01 de octubre
del año 2020.—M.Sc. Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020493754
).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Andrea Torres Miranda, mayor, soltera, pensionada, vecina de Naranjo,
Alajuela, fallecida el cuatro
de julio del dos mil diecisiete,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector privado
bajo el Número 20-000379-1113-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en El Boletín
Judicial. Expediente N° 20-000379-1113-LA. Por
Ligia Miranda Villareal a favor de Ligia Miranda Villareal.—Juzgado Civil y Trabajo
de Grecia (Materia Laboral), 16 de setiembre del año 2020.—Msc. Rafael Antonio
Ortega Tellería, Juez.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2020493757 ).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Edwin Gerardo Lacayo Pérez, mayor de edad, casado, chofer
de camión, con cédula de identidad
0205560274, fallecido el cuatro
de enero del dos mil veinte,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el número 20-000445- 1113-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº
20-000445-1113-LA. Por Yanory Vargas Carvajal a favor
de Reichel Lacayo Vargas y otros.—Juzgado Civil y Trabajo
de Grecia (Materia Laboral), 14 de octubre del año 2020.—M.Sc. Freddy Aikman Espinoza, Juez.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020493759 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Víctor Manuel Gerardo González Salas, 0401130497, fallecido el 26 de enero del año 2020, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector público, bajo el número
20-000813-0505-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 20-000813-0505-LA. Por Jeannette Cordero Gamboa a
favor de Víctor Manuel
Gerardo González Salas.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 07 de octubre
del año 2020.—Msc. Juan
Pablo Carpio Álvarez, Juez Decisor.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2020493771 ).
Se cita
y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de
Isaac David Delgado Tijerino 0402080525, fallecido el 16 de febrero del año 2017, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de Consig. Prest.
Sector Privado bajo el número 20-001379-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 20-001379-0505-LA. Por
María Salomé Tijerino Arcia
a favor de Isaac David Delgado Tijerino.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 06 de octubre
del año 2020.—Msc. Juan
Pablo Carpio Álvarez, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2020-JA.—( IN2020493774 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Elena Méndez Granados N° 0103860078, fallecida el 11 de
enero del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número
20-001448-0505-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial, expediente
N° 20-001448-0505-LA. Por Rodolfo e Hilda Vanessa ambos Briceño
Méndez a favor de María Elena Méndez Granados.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 02 de octubre del año
2020.—Msc. Juan Pablo Carpio Álvarez, Juez Decisor.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020493777 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: María Elena Méndez Granados, 0103860078, fallecida
el 11 de enero del 2018, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest.
Sector Público bajo el número
20-001448-0505-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 20-001448-0505-LA. Por Rodolfo e Hilda Vanessa ambos Briceño
Méndez a favor de María Elena Méndez Granados.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 02 de octubre del 2020.—Msc. Juan Pablo Carpio Álvarez, Juez.—1 vez.—O.C.
Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2020493778 ).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Carlos Manuel Lastres Pacheco, 0112560579, fallecido el 12 de octubre del año 2014, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el número 20-001500-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº
20-001500-0505-LA. Por Farideth García a favor de
Carlos Manuel Lastres Pacheco.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 09 de octubre
del año 2020.—M.Sc. Juan Pablo Carpio Álvarez, Juez.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020493779
).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Elisa María Venegas Alfaro 0602830363, fallecida el
17 de julio del año 2020,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector privado
bajo el Número 20-001502- 0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en El Boletín
Judicial. Expediente N° 20-001502-0505-LA. Por
María Isabel Alfaro Portuguéz a favor de Elisa María
Venegas Alfaro.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 09 de octubre
del año 2020.—Msc. Juan
Pablo Carpio Álvarez, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020493780 ).
A
los causahabientes de quién
en vida se llamó, quien fue:
Rafael Ángel Sanchez Marín, domicilio San José,
La Sabana, cédula de identidad
N° 1-0374-0124, se les hace saber que: se apersonó en este
Despacho la señora: María Isabel Guerrero Solano, en calidad de cónyuge
supérstite del fallecido, a
fin de promover las presentes
diligencias de Consignación de Prestaciones.
Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que
se publicará por una sola vez
en el Boletín
Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho,
en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por el artículo
85 del Código de Trabajo. Publíquese
por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido. Expediente N° 20-000096-1529-LA.—Juzgado
Civil, Trabajo y Familia de Puriscal
(Materia Laboral), 15 de octubre del 2020.—Lic. Jeffry García Soto, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020494102 ).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge
Enrique Pérez Pérez, cédula de identidad
Nº 6-174-322, fallecido el 30 de agosto
de 2020, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el número 20-001022-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
20-001022-0641-LA. Promovido por Cindy Pérez Fonseca,
cédula de identidad Nº 6-353-724 por el fallecimiento de Jorge Enrique Pérez Pérez,
cédula de identidad Nº 6-174-322.—Juzgado
de Trabajo de Cartago, 14 de octubre
del año 2020.—Licda. Kattia Sequeira
Muñoz, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020494106 ).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de:
Israel Brenes Calderón, 0301360048, fallecido el 05 de diciembre del
2019, se consideren con derecho, para que, dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número
20-001179-0641-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 20-001179-0641-LA. Por a favor de Israel Brenes Calderón.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 13 de octubre
del 2020.—Msc. Andrea Gutiérrez Vargas, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020494107 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Omar Vargas Oses,
con cédula de identidad número
0201260041, fallecido el 04 de agosto
del año 2015, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consignación de prestaciones sector privado, bajo el número
de expediente 20-001310-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº
20-001310-0639-LA. Por Dirección Nacional de Pensiones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a favor de Omar Vargas Oses.—Juzgado
Trabajo del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 14 de octubre del año 2020.—Lic. Eugenio Molina Sequeira, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020494109 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Arturo Arley
Vargas 0502280432, fallecido el 05 de julio del año 2020, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado
bajo el número 20-001022-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 20-001022-0505-LA. Por
Digna Isabel Araya Hernández a favor de José Arturo Arley
Vargas.—Juzgado de
Trabajo de Heredia, 26 de julio
del año 2020.—Msc. Priscila
Marín Leiva, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020494129 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Marco Tulio Quesada Carpio, 0301130037, fallecido el 30 de mayo del 2020, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest.
Sector Público bajo el número
19-000448-1125-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 19-000448-1125-LA. Por a favor de Marco Tulio Quesada Carpio.—Juzgado Civil y Trabajo
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 11 de junio
del 2020.—Lic. Iván Cartín
Cordero, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020494147 ).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Juan Carlos Navarrete Romano, mayor, chofer, vecino de San Ramón de Alajuela, con cédula de identidad número 0502380493, fallecido el uno de julio del dos
mil diecinueve, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de distribución de prestaciones de persona trabajadora
fallecida bajo el número
20-000236-0694-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 20-000236-0694-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia
Laboral), 02 de octubre del año
2020.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2020494148 ).
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una base de nueve
millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 194614,
derecho 001 y 002, la cual es terreno para construir, bloque E, lote 24,con una casa de habitación. Situada en el distrito
Paracito, cantón Santo Domingo, de la provincia de Heredia.-
Colinda: al noreste : lote 23-E; al noroeste : Evelio Torres Torres; al sureste
: calle pública con 7.00 metros y al suroeste: lote 25-E. Mide: ciento treinta
y tres metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan
las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de enero de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta
minutos del veintiséis de enero de dos mil veintiuno con la base de siete
millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y
treinta minutos del tres de febrero de dos mil veintiuno con la base de dos
millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Propiedades de la Unión
Magdalena S.A. contra Iralda Jiménez Barboza, José
Francisco Arroyo Navarro. Expediente Nº
19-019132-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia,
18 de agosto del 2020.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2020493701
).
En este Despacho, con una base de siete millones de colones exactos,
soportando servidumbre trasladada citas: 390-08829-01- 0902-001, sáquese a
remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento treinta y tres
mil doscientos catorce - cero cero cero (133214- 000), la cual es terreno naturaleza: terreno
para construir, hoy día con una casa. Situada en el distrito 5-Santo Tomas,
cantón 3-Santo Domingo, de la provincia de Heredia.-
Colinda: al norte Ricardo Vindas Ovares; al sur servidumbre con 11m; al este
Alicia Sánchez Esquivel y al oeste Flor María Esquivel Barrantes.- Mide: ciento
veinticinco metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados, plano:
H-0987426-1991. Para tal efecto, se señalan las trece horas cuarenta y cinco
minutos del diez de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del
dieciocho de febrero de dos mil veintiuno con la base de cinco millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas
cuarenta y cinco minutos del uno de marzo de dos mil veintiuno con la base de
un millón setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Ana Patricia Niño Villamizar contra Floreida del
Carmen Sánchez Esquivel, Randall Mauricio Mora García Expediente:19-013352-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 24 de setiembre del
2020.—Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitador.—( IN2020493702 ).
En este despacho, con una base de cuatro mil
cuatrocientos setenta y tres dólares con sesenta y tres centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa FYK722, marca:
Kia, Estilo: Sorento, Categoría: automóvil,
Capacidad: 7 personas, Año: 2013, Color: negro, Vin:
KNAKU811DC5345255, cilindrada: 2359 c.c. Para tal efecto se señalan las catorce
horas y cero minutos del trece de noviembre de dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del
veinticinco de noviembre de dos mil veinte con la base de tres mil trescientos
cincuenta y cinco dólares con veintidós centavos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero
minutos del cuatro de diciembre de dos mil veinte con la base de mil ciento
dieciocho dólares con cuarenta centavos (25% de la base original). Notas: Se
les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica S.A. contra Carolina Torelli Villalobos
Expediente:19-005639-1170-CJ.—Juzgado Segundo
Especializado de Cobro Del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de
setiembre del año 2020.—Heilim María Badilla Alvarado,
Jueza Decisora.—( IN2020493717 ).
En este Despacho, con una base de catorce mil
setecientos setenta y siete dólares con cuarenta y cinco centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BMT169, Marca:
Hyundai, Estilo: Creta GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, Serie,
chasis y vin todos: MALC281CBHM136024,Carroceria:
todo terreno 4 puertas, Tracción:4X2, Año Fabricación: 2017, color: negro. Para
tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del cuatro de noviembre
de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas y cero minutos del doce de noviembre de dos mil veinte con la base
de once mil ochenta y tres dólares con nueve centavos (75% de la base original)
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas
y cero minutos del veinte de noviembre de dos mil veinte con la base de tres
mil seiscientos noventa y cuatro dólares con treinta y seis centavos (25% de la
base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica SA
contra Andrea Pérez Fernández, Jeffry Jafet Rodríguez Ibarra. Expediente Nº 19-007873-1205-CJ.—Juzgado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 23 de junio del año
2020.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—( IN2020493719 ).
En este Despacho, con
una base de veintiséis mil quinientos
cuarenta y seis dólares con
setenta y ocho centavos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
Placas número BPW589. Marca
Mitsubishi. Estilo Outlander. Categoría
automóvil. Capacidad 5
personas. Año 2018. Color Plateado.
Vin JMYXTGF2WJZ000108. Cilindrada 2000 cc.
Combustible gasolina. Motor Nº 4B11ST4248. Para tal efecto se señalan
las diez horas y cero minutos
del dieciséis de noviembre
de dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las diez
horas y cero minutos del veinticuatro
de noviembre de dos mil veinte
con la base de diecinueve mil novecientos
diez dólares con nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de diciembre de dos mil veinte con la base de seis mil seiscientos
treinta y seis dólares con setenta centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Jose
Luis Zamora Arrieta. Expediente Nº 20-000117-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 04 de setiembre
del año 2020.—Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2020493720 ).
En este despacho,
con una base de cincuenta y seis mil setecientos noventa y cinco dólares con ochenta y tres centavos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 383-19665-01-0927-001; sáquese
a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento veintinueve mil cuatrocientos treinta y uno,
derecho 000, la cual es terreno
para construir con 1 casa. Situada
en el distrito: 04-Ulloa, cantón: 01-Heredia, de la provincia
de Heredia. Colinda: al norte,
calle pública La Gardenia;
al sur, lote 25C; al este lote 47C y al oeste lote 45C. Mide: ciento dos metros con dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de marzo de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas cuarenta y cinco minutos del seis de abril de dos mil veintiuno, con
la base de cuarenta y dos mil quinientos
noventa y seis dólares con ochenta y siete centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno con la
base de catorce mil ciento noventa y ocho dólares con noventa y seis
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S.A. contra Ronny Matarrita Medina. Expediente N°
20-004699-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 08 de octubre
del año 2020.—Licda. Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2020493721 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; a las nueve horas
del once de febrero del dos mil veintiuno
y con la base de sesenta y siete
mil doscientos cuatro dólares con doce céntimos ($ 67.204.12), en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, Partido de Limón Sección
de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número
16049-000 la cual es terreno
de potrero , cacao con una planta industrial. Situada
en el distrito Limón, cantón Limón, de la provincia de
Limón- Colinda: al norte,
con Ornamentales Costa Rica S. A.; al sur, calle pública en
medio línea Férrea; al este, Ornamentales de Costa Rica
S.A y al oeste, Olman Aymerich Lizano. Mide: Veinticuatro Mil Novecientos Noventa y Ocho metros con Treinta y seis decímetros
cuadrados.- Plano catastrado
N° L-0001818-1976.- Para el segundo remate se señalan las diez horas treinta minutos del diecinueve de febrero del dos mil
veintiuno, con la base de cincuenta
mil cuatrocientos tres dólares con nueve céntimos. (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve de la mañana del dos de marzo del dos mil veintiuno con
la base de dieciséis mil ochocientos
un dólares con tres céntimos. (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las
personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser girado a favor
de este despacho. La
anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de ocho días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Laad Américas N.V contra Bodegas.
Industriales De Moin B.I.M
SRL. Expediente Nº 20-000142-0465-AG.—Juzgado Agrario del
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 06 de octubre del año 2020.—Licda. Stephanie María
Alvarado Bejarano, Jueza.—( IN2020493761).
En este despacho,
con una base de tres millones
seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BRB711, marca: Nissan, estilo: Versa, categoría automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2015,
color: blanco, tracción:
4x2, carrocería: sedan 4 puertas,
VIN y chasis: 3N1CN7AP9FL824421. Para tal efecto se señalan
las ocho horas y quince minutos
del dos de noviembre de dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas y quince minutos
del diez de noviembre de
dos mil veinte con la base de dos millones
setecientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las ocho
horas y quince minutos del dieciocho
de noviembre de dos mil veinte
con la base de novecientos mil colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A.
contra María Elena del Socorro Artavia Mora. Expediente N° 20-008610-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 06 de setiembre del año 2020.—Mariana Jovel Blanco, Jueza Decisora.—( IN2020493805 ).
En este Despacho, con una base de catorce
millones quinientos ochenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones, servidumbre trasladada y servidumbre de paso;
sáquese a remate la finca del partido
de Limón, matrícula número cincuenta y ocho mil doscientos sesenta y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
02 Jiménez, cantón 02 Pococí,
de la provincia de Limón. Colinda:
al norte Gonzalo Jiménez Arce; al sur, Gonzalo
Jiménez Arce; al este, Río Jiménez; y al oeste, en parte con fin de servidumbre de paso con un frente
a esta de 4 metros y lote segundo. Mide:
mil ciento sesenta metros cuadrados. Plano L-1126765-2007. Para tal
efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del seis de noviembre del
dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las diez
horas treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos
mil veinte con la base de diez
millones novecientos treinta y cinco mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las diez horas treinta minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil veinte con
la base de tres millones seiscientos cuarenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Claudio
Alexander Jiménez Salazar. Expediente N° 19-006801-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 23 de setiembre del 2020.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez Decisor.—( IN2020493886 ).
Como se solicita
sáquese a remate las siguientes
fincas: 1)- Con una base de cuarenta y cuatro millones cuatrocientos noventa y tres mil doscientos noventa y nueve colones con dos céntimos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando reservas y restricciones citas: 370-17970-01-0900-001; sáquese
a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número cincuenta y nueve mil quinientos ochenta y ocho, derecho 000, la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito:
01-Quepos, cantón: 06-Quepos, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte Siembras R Y S
S.A.; al sur camino público;
al este Siembras R Y S S.A.
y al oeste Roger Billy y otro.
Mide: tres mil doscientos veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cuarenta minutos del tres de diciembre de dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas y cuarenta minutos del once de diciembre de
dos mil veinte, con la base de treinta
y tres millones trescientos sesenta y nueve mil novecientos setenta y cuatro colones con veintisiete céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez
horas y cuarenta minutos
del veintiuno de diciembre
de dos mil veinte, con la base de once millones ciento veintitrés mil trescientos veinticuatro colones con setenta y seis céntimos (25% de
la base original). 2)-Con una base de noventa y siete millones quinientos treinta y siete mil setecientos cuarenta y cuatro colones con cincuenta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
veinte mil trescientos ochenta y uno, derecho 000, la cual
es terreno con un restaurante.
Situada en el distrito: 01-Quepos, cantón:
06-Quepos, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte calle publica con 13.02 metros.; al sur Municipalidad de
Aguirre; al este Municipalidad De Aguirre Lote 6 y al oeste Municipalidad
de Aguirre Lote 4.-Mide: trescientos
noventa metros con cincuenta
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cuarenta minutos del tres de diciembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cuarenta minutos del once de diciembre de dos mil veinte, con
la base de setenta y siete millones cientos cincuenta y tres mil trescientos ocho colones con cuarenta y tres céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las diez horas y cuarenta minutos del veintiuno de diciembre de dos mil veinte, con
la base de veinticuatro millones
trescientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos treinta y seis colones con catorce céntimos (25% de la base
original). 3)-Con una base de cincuenta y tres millones seiscientos
ochenta y nueve mil setecientos cuarenta y seis colones con dieciséis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas
372-11208-01-0801-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número sesenta mil novecientos veintiocho, derecho
000, la cual es terreno
para construcción con un local comercial,
tapias y parqueo. Situada en el distrito: 01-Quepos, cantón: 06-Quepos, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte
calle publica con 33 m 60 cm.; al sur calle publica con 13 m 30 cm; al este
José Antonio Fallas y al oeste
María Coralia Villegas. Mide:
mil trescientos cuarenta y nueve metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cuarenta minutos del tres de diciembre de dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas y cuarenta minutos del once de diciembre de
dos mil veinte, con la base de cuarenta
millones doscientos sesenta y siete mil trescientos nueve colones con sesenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez
horas y cuarenta minutos
del veintiuno de diciembre
de dos mil veinte, con la base de trece
millones cuatrocientos veintidós mil cuatrocientos treinta y seis colones con cincuenta y cuatro céntimos (25% de la base original). 4)-Con una base de ochenta y dos millones seiscientos cincuenta y tres mil setecientos noventa y dos colones con nueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
setenta y ocho mil trescientos sesenta y uno,
derecho 000, la cual es terreno
para construcción con restaurante
y cabinas. Situada en el distrito: 01-Quepos, cantón: 06- Quepos, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte
Rafael Blanco Rojas; al sur quebrada y Carlos López Alvarado; al este, calle publica 33.84 mts de fte otro y al oeste
quebrada y Carlos López Alvarado. Mide: ocho mil setecientos veintiséis metros con nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cuarenta minutos del tres de diciembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cuarenta minutos del once de diciembre de dos mil veinte, con
la base de sesenta y un millones
novecientos noventa mil trescientos cuarenta y cuatro colones con siete céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las diez horas y cuarenta minutos del veintiuno de diciembre de dos mil veinte, con
la base de veinte millones seiscientos sesenta y tres mil cuatrocientos cuarenta y ocho colones con dos céntimos (25% de
la base original ). Notas: Se le, informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Fernando
Parra Hidalgo, Soda y Restaurante El Pueblo S.A. Expediente Nº:19-000710-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de
Puntarenas, 03 de agosto del año
2020.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2020493936 ).
En este Despacho,
con una base de diez millones
quinientos trece mil setecientos cincuenta y cinco colones con cincuenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa JJD911. Marca:
Nissan. Estilo: Kicks. Categoría:
automóvil.
Capacidad: 5 personas. Serie: 3N8CP5HD5KL464537. Año fabricación: 2019. Color: gris. Vin: 3N8CP5HD5KL464537.
N° motor: HR16586936T. Cilindrada: 1600 c.c. Combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del veinticuatro de febrero del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas cero minutos
del cuatro de marzo del dos
mil veintiuno con la base de siete
millones ochocientos ochenta y cinco mil trescientos dieciséis colones con sesenta y seis céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las nueve horas cero minutos
del doce de marzo del dos
mil veinte con la base de dos millones
seiscientos veintiocho mil cuatrocientos treinta y ocho colones con ochenta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jefry Andrey Jiménez Delgado. Expediente N° 20-000602-1158-CJ.—Juzgado de Cobro
de Heredia, 10 de setiembre del 2020.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández,
Juez Decisor.—( IN2020493937 ).
En este Despacho; sáquese a remate los siguientes bienes inmuebles: 1) Con una base
de quinientos veintinueve
mil cuatrocientos tres dólares con ochenta y un
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de Guanacaste, matrícula número
36482, derecho 000 naturaleza: terreno
para construir con una casa. Situada
en el distrito 1-Liberia, cantón
1-Liberia, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, Rosa Morales Almendares y en parte Dora Acon Amador; al sur, avenida quinta con 34 metros 13 centímetros y en parte Galo Bermúdez Arrieta; al este, Galo Bermúdez Aguirre y en parte Baltazar Baldioceda Salazar; y al oeste, calle segunda con 31 metros 40 centímetros y en parte Rosa Morales Almendares. Mide: mil ciento noventa y tres metros con diez decimetros cuadrados. Plano: G-0046629-1959. 2) Con una base de doscientos sesenta y seis mil doscientos cincuenta dólares con cuarenta y dos
centavos, libre de anotaciones pero
soportando; reservas y restricciones citas:
30913840-01-0925-001 y servidumbre de lineas electricas y de paso citas: 575-34013-01-0001-001; sáquese
a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 169451, derecho
000 naturaleza: terreno
para construir. Situada en el distrito 1-Liberia, cantón
1 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, carretera Liberia-Filadelfia con frente de 40 metros e Inversiones
Colombo Americanas Mantilla y Sandoval S. A. ambos en parte; al sur, Grupo Nidex Internacional S. A.; al este, Inversiones Colombo Americanas Mantilla y Sandoval S. A. y Tienda Allan S. A.
ambos en parte; y al oeste, Grupo Nidex Internacional S. A. Mide: seis
mil seiscientos cincuenta
metros cuadrados. Plano: G-1197295-2008. 3) Con una
base de sesenta y dos mil doscientos
veintidós dólares con ocho centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate la finca del partido de San José, matrícula número 10775-f, derecho
000 naturaleza: local comercial
4-A proceso construc. Situada en el distrito
1-San Vicente, cantón
14-Moravia, de la provincia de San José. Linderos: al norte, local comercial 5A; al sur, local comercial
3A; al este, Edgar Alfaro Muñoz; y
al oeste, área común
de acceso. Mide: ciento un metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Valor porcentual: 3.21 Plano: SJ-0930376-1990. 4) Con una base de
ochenta mil seiscientos dieciséis dólares con cincuenta y cuatro centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
7178-f, derecho 000 naturaleza: terreno
para construir con 1 casa. Situada
en el distrito 8 Mata
Redonda, cantón
1-San José,
de la provincia de San José. Linderos:
al norte, área común;
al sur, área común;
al este, área común
y apartamento 1; y al oeste,
área común. Mide:
ciento veintisiete metros
con diez decímetros cuadrados.
Valor porcentual: 10. Plano: SJ-0820008-1989. Para tal efecto se señalan
las siete horas treinta minutos del once de noviembre del
dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las siete
horas treinta minutos del diecinueve de noviembre del dos
mil veinte, con las bases de 1) trescientos
noventa y siete mil cincuenta y dos dólares con ochenta y seis centavos (75% de la base original) finca del
partido de Guanacaste, matrícula
número 36482, derecho 000; 2) ciento
noventa y nueve mil seiscientos ochenta y siete dolares con ochenta y dos centavos ( 75% de la base original) finca del
partido de Guanacaste, matrícula
número 169451, derecho 000; 3) cuarenta
y seis mil seiscientos sesenta
y seis dolares con cincuenta
y seis centavos (75% de la base original) finca del partido
de San José, matrícula número
10775-f, derecho 000; 4) sesenta mil cuatrocientos sesenta y dos dólares con cuarenta y un
centavos (75% de la base original) finca del partido
de San José, matrícula número
7178-f, derecho 000; y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las siete horas treinta minutos del veintisiete de noviembre del dos
mil veinte con la base de 1) ciento
treinta y dos mil trescientos
cincuenta dólares con noventa y cinco centavos, finca
del partido de Guanacaste, matrícula
número 36482, derecho 000; 2) sesenta
y seis mil quinientos sesenta
y dos dolares con sesenta y
un centavos (25% de la base original), finca del partido
de Guanacaste, matrícula número
169451, derecho 000; 3) quince mil quinientos cincuenta y cinco dolares con cincuenta y dos
centavos (25% de la base original)finca del partido
de San José, matrícula número
10775-f, derecho 000; 4) veinte mi ciento cincuenta y cuatro dólares con catorce centavos (25% de la base original) finca del partido de San José, matrícula número 7178-f, derecho 000. Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
Proceso Ejecución Hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Fan Wang
Zhu, Wang y Murillo S. A. Expediente N°
19-001940-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro Primer Circuito Judicial Guanacaste, 12 de octubre del 2020.—Licda. Natalia
Orozco Murillo, Notaria.—( IN2020493938 ).
En este Despacho,
con una base de cuarenta y ocho
mil dólares exactos, soportando servidumbre trasladada bajo las citas:
294-17095-01-0901-002 y obligaciones ref:2111 173 001
bajo las citas: 294-17095-01-0902-002, sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
1-157873-F-000, la cual es terreno
naturaleza: filial número
FF-cuatro destinada a uso habitacional en proceso de construcción
situada en el primer nivel. Situada en el distrito: 09-Pavas, cantón 01-San José, de la provincia de
San José. Colinda: al norte
finca filial FF-tres; al sur Alfonso Jose Muñoz
Vargas; al este, finca filial FF-siete
y al oeste con calle
publica de doce metros de ancho. Mide:
cincuenta y ocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las 08:45
horas del 06/11/2020. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará
a las 08:45 horas del 16/11/2020 con la base de treinta
y seis mil dólares exactos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las 08:45 horas del 24/11/2020 con la base
de doce mil dólares exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Corporación de Occidente S.A. contra R.E.C. Sociedad Anónima.
Expediente Nº: 20-009446-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 15 de setiembre del año 2020.—Licda. Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza
Tramitadora.—( IN2020493949 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas 0297-00017548-01-0901-002, a las catorce
horas cero minutos del dieciseis
de noviembre del dos mil veinte,
y con la base de ciento treinta
y dos mil diez dolares con ochenta y cinco centavos, en el mejor postor
remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número
sesenta y ocho mil seiscientos veinticuatro cero cero cero la cual
es terreno para construir
con una casa. Situada en el
distrito 03 La Asunción, cantón
07 Belén, de la provincia
de Heredia. Colinda: al norte,
calle pública con 34.35 metros; al sur, Parque Residencial Cariari S. A., lote
127, terreno sin construcciones,
casa 128, vivienda de concreto;
al este, calle pública con
27.85 metros de frente; y al oeste,
calle pública con 21.55 metros de frente.
Mide: ochocientos ochenta y cuatro metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas cero minutos del veinticuatro de noviembre del dos
mil veinte, con la base de noventa
y nueve mil ocho dolares con catorce centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las catorce horas cero minutos del tres de diciembre del dos mil veinte con
la base de treinta y tres mil dos dolares
con setenta y un centavos (un veinticinco
por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
concheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo
805 párrafo segundo del
Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Clarissa Camini Camini, Clarissa Camini Unico. Expediente N° 17-002244-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de
San José, Sección Segunda, 16 de setiembre del 2020.—Licda. Yendri Patricia Rojas Pérez, Jueza.—( IN2020493951 ).
En este despacho, con una base de cincuenta
y nueve mil quinientos cuarenta y seis dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre y obligación citas:
0296-00015819-01-0901-001; sáquese a remate la finca
del partido de San José, matrícula
número 117792-F, derecho 000, la cual
es terreno finca filial número
FF-8 destinado a uso habitacional hoy día, terreno totalmente construido, situado en el segundo
nivel. Situada en el distrito: 09-Pavas, cantón: 01-San José, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
Tan Chen Sang Chan y Wu Kuo Lien May De Tan; al sur, Vanyar Blue S.A.; al este, Ana
Lucía Pacheco Rizuela y al oeste,
fincas filiales FF-cinco y
FF-seis. Mide: noventa
metros con cero decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de noviembre de dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de noviembre de dos
mil veinte, con la base de cuarenta
y cuatro mil seiscientos cincuenta y nueve dólares con cincuenta centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las ocho horas y
cuarenta y cinco minutos del nueve de diciembre de dos mil veinte, con
la base de catorce mil ochocientos
ochenta y seis dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Corporación de Occidente S.A. contra Carlos Andrés Alfaro Camacho. Expediente N° 20-009445-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 17 de setiembre del año 2020.—Licda. Yesenia Alicia Solano Molina, Jueza
Decisora.—(
IN2020493952 ).
En este Despacho, con
una base de cuarenta y dos mil cuatrocientos
noventa y un dólares con treinta y siete centavos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre sirviente; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
cuatrocientos cincuenta mil
seiscientos sesenta-cero
cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
San Juan, cantón San Ramón, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte,
Jaime González Loría;
al sur, servidumbre de paso con un frente a ella
de ocho metros lineales; al
este, Distribuidora
Monteverde G Y A S. A. y al oeste, lote cuatro. Mide:
ciento cuarenta y tres metros con ochenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas cero minutos del
veinticuatro de febrero de
dos mil veintiuno con la base de treinta
y un mil ochocientos sesenta
y ocho dólares con cincuenta y tres centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las ocho horas
cero minutos del cuatro de marzo de dos mil veintiuno con la
base de diez mil seiscientos
veintidós dólares con ochenta y cuatro centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda
(Costa Rica) S. A. contra Aracelly Yasmín Víquez Orozco, Jeffry Alonso Sojo
Peñaranda Expediente Nº
19-001985-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 17 de setiembre del 2020.—María Auxiliadora
Cruz Cruz, Jueza.—(
IN2020493956 ).
En este Despacho,
con una base de tres millones
quinientos diecisiete mil novecientos ochenta y un colones con noventa y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa TA 000516, marca HYUNDAI, año 2006, Vin
KMHCN41VP6U008472, cilindrada 1500 c.c., color rojo, categoría automóvil.
Para tal efecto se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de noviembre del dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas y cuarenta y cinco minutos del uno de diciembre del dos mil veinte con
la base de dos millones seiscientos
treinta y ocho mil cuatrocientos ochenta y seis colones con cuarenta y siete céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las nueve horas y cuarenta
y cinco minutos del diez de diciembre del dos mil veinte con la base de ochocientos
setenta y nueve mil cuatrocientos noventa y cinco colones con cuarenta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Rafael Ángel Castillo Vásquez. Expediente N° 20-003603-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial
de San José, 20 de julio del
2020.—Joyce Magaly Ugalde Huezo, Jueza
Decisora.—( IN2020493970 ).
En este despacho, con una base de siete millones trescientos doce mil quinientos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BHL845, marca: Toyota, estilo: 4Runner, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4x4, número chasis: VZN1850279337, N°
motor: ilegible, cilindrada:
3400 c.c, capacidad: 5 personas,
color: gris, año fabricación: 2000. Para tal efecto se señalan las diez horas y quince minutos del
dos de noviembre de dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas y quince minutos
del diez de noviembre de dos
mil veinte con la base de cinco
millones cuatrocientos ochenta y cuatro mil trescientos setenta y cinco colones exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las diez horas y
quince minutos del dieciocho
de noviembre de dos mil veinte
con la base de un millón ochocientos
veintiocho mil ciento veinticinco colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Inversiones Piedras
y Moras Malejo Sociedad Anónima contra Pedro Gustavo Astua
Astua. Expediente N°
20-009186-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 03 de setiembre del año 2020.—Licda. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—( IN2020493987 ).
En este Despacho,
con una base de seis mil cuarenta y cinco dólares con treinta y siete centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
placa: 729074, marca:
Mazda, estilo: Mazda5, categoría:
automovil, capacidad: 7
personas, año: 2008, color: dorado, tracción:4x2, chasis, Vin y serie:
JM7CR10F170105791. Para tal efecto
se señalan las diez horas y
cuarenta y cinco minutos del tres de noviembre del dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas y cuarenta y cinco minutos del once de noviembre del dos mil veinte con
la base de cuatro mil quinientos
treinta y cuatro dólares con dos centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las diez horas y
cuarenta y cinco minutos del diecinueve de noviembre del dos mil veinte con
la base de mil quinientos once dólares
con treinta y cuatro
centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Grace Patricia Vargas Segura, Pablo
José Retana Urbina. Expediente
N° 20-008578-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José,
18 de agosto del 2020.—Mariana Jovel
Blanco, Jueza Decisora.—(
IN2020493993 ).
En este despacho, con una base de cuarenta
y siete millones ochocientos cincuenta y nueve mil setecientos cinco colones con noventa y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando demanda ordinaria citas:
800-283471-01-0001-001; sáquese a remate la finca del
partido de Heredia, matrícula
número 151152-000, la cual
es terreno para construir
con una casa. Situada en el
distrito: 04-San Roque, cantón:
02-Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Graciela
Chaves Chinchilla; al sur, calle pública
con un frente a ella de siete metros seis centímetros; al este, Graciela
Chaves Chinchilla y al oeste, Lucía Villegas Guevara.
Mide: doscientos treinta metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas veinte minutos del diez de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas veinte minutos del dieciocho de noviembre de dos mil
veinte, con la base de treinta
y cinco millones ochocientos noventa y cuatro mil setecientos setenta y nueve colones con cuarenta y nueve céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las nueve horas veinte minutos del veintiséis de noviembre de dos mil veinte, con
la base de once millones novecientos
sesenta y cuatro mil novecientos veintiséis colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Funcionarios de La
Universidad Nacional contra Jorge Gómez Chaves, Randall Arturo Gómez Loría. Expediente N°
19-018423-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 07 de octubre
del año 2020.—Licda. Raquel
Priscilla Machado Fernández, Jueza Decisora.—(
IN2020493994 ).
En este despacho,
con una base de dieciséis mil dólares
exactos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 63.670-F-000, la
cual es naturaleza: finca
filial número
uno de tres niveles ubicada en el bloque
a destinada a uso residencial ya construido situada en el distrito 3-Sardinal cantón
5-Carrillo de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Área común construida
(pasillo, escaleras) y área común
libre (zona verde) sur, área común
libre (zona verde) este,
finca filial número
dos oeste, área común
libre (zona verde). Mide: ciento diecisiete metros con veintiún decímetros cuadrados valor porcentual:
7.6923 valor medida: 7.6923, plano:
G-1168228-2007. Para tal efecto,
se señalan las trece horas treinta minutos del veinticinco de enero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del dos de febrero de dos mil veintiuno con
la base de doce mil dólares
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del diez de febrero de dos mil veintiuno con
la base de cuatro mil dólares
exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Alexander Dobrinsk
contra Jaymelology S.R.L. Expediente
N° 20-000097-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 01 de octubre
del año 2020.—Licda. Lizeth
Gómez Gómez, Jueza Tramitadora.—(
IN2020493997 ).
En este Despacho, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiocho de mayo de dos mil veintiuno,
con una base de cincuenta y cinco
mil dólares exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando reservas y restricciones citas: 393-06468-01-0930-001; reservas
y restricciones citas:
393-06468-01-0934-001; reservas y restricciones
citas: 393-06468-01-0950-001; reservas
y restricciones citas:
393-06468-01-0951-001; reservas y restricciones
citas: 393-06468-01-0952-001; reservas
y restricciones citas:
393-06468-01-0957-001; demanda penal citas: 800-332688-01-0001-001; número
de expediente 10-002352-0219-PE, demanda
penal citas: 800-364920-01-0001-001; número de expediente
14-001550-0219-PE; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento cincuenta
y tres mil trescientos sesenta y tres, derecho cero cero cero, la cual
es lote 10 terreno de uso agrícola situada
en el distrito: 01-Puerto
Cortés cantón:
05-Osa de la provincia de Puntarenas Linderos: norte: servidumbre agrícola con 7 metros
de ancho sur: Aracelly López Jiménez, Catalino López Jiménez y María Sara Porras Zúñiga este: Paradise Developers
Group S.A. oeste: Paradise Developers Group S.A. Mide: Cinco mil doscientos ochenta y dos metros con setenta
y seis decímetros cuadrados
plano:P-1158088-2007. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará
a las nueve horas treinta minutos del siete de junio de dos mil veintiuno, con
la base de cuarenta y un mil doscientos
cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve
horas treinta minutos del
quince de junio de dos mil veintiuno,
con la base de trece mil setecientos
cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Paradise Developers Group Sociedad de Responsabilidad Limitada contra
La Finca Soñada del Arrecife
JZC Dos Mil Cinco S.R.L. Expediente
Nº:19-003070-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 11 de setiembre
del año 2020.—Licda. Eida Virginia Madrigal Camacho, Jueza
Tramitadora.—( IN2020493998 ).
En este despacho, con una base de sesenta
y dos millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas 2010-91331-01-005-001; sáquese
a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número nueve mil trescientos cuarenta y ocho, derecho cero cero cero, la cual
es terreno de frutales con
una casa de habitación y construido.
Situada en el distrito: 05-San Jerónimo, cantón: 02-Esparza, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte,
finca San Cristóbal del Salinas S.A.; al sur, calle pública con un frente a ella de 57 metros con 23 centímetros lineales; al este, servidumbre agrícola en medio sociedad 3101-593030 S.A. y al oeste,
Cristóbal Castillo Mellado. Mide:
cuatro mil ochocientos cuarenta y cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y veinte minutos del dos de diciembre de
dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las diez
horas y veinte minutos del diez de diciembre de dos mil veinte, con la base de cuarenta y
seis millones quinientos
mil colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las diez horas y
veinte minutos del dieciocho de diciembre de dos mil
veinte, con la base de quince millones
quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Malakas Namin del Dos Mil Sociedad Anónima
contra Israel Gerardo Quirós Quesada. Expediente N° 19-009390-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de
Puntarenas, 07 de mayo del año 2020.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez
Decisor.—(
IN2020494001 ).
En este Despacho,
1-) Con una base de sesenta y dos millones
quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 287-06297-01-0901-001
y servidumbre trasladada citas: 291-05075-01-0901-001; sáquese
a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número ciento cuarenta y ocho mil cuatrocientos cuarenta y uno-cero cero cero la cual es terreno de café. Situada en el distrito 4-Cachi, cantón 2-Paraíso, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
Carmen Bloise Mainiere; al
sur, calle pública; al este,
Manuel Sáenz
Rodríguez; y al oeste, calle
pública
con un frente a ella de sesenta y seis metros. Mide: diez mil cuatrocientos ochenta y dos
metros con veintitrés decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas del doce de noviembre del dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas del veintitrés
de noviembre del dos mil veinte
con la base de cuarenta y seis millones
ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve
horas del cinco de diciembre
del dos mil veinte con la base de quince millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). 2-) Con una base de sesenta y dos millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 401-02900-01-0901-001
y servidumbre trasladada citas: 401-02900-01-0902-001; sáquese
a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número ciento treinta y ocho mil ochocientos ochenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno con una casa,
rancho y parqueo, uso agrícola. Situada en el distrito 4-Cachi, cantón 2-Paraiso, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
Manuel Sáenz
Rojas; al sur, Antonio Álvarez González; al este,
Manuel Sáenz
Rojas; y al oeste, calle pública. Mide: trece mil cuatrocientos ochenta y cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas del doce de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas del veintitrés de noviembre del dos
mil veinte con la base de cuarenta
y seis millones ochocientos
setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las nueve horas del cinco
de diciembre del dos mil veinte
con la base de quince millones seiscientos
veinticinco mil colones exactos (25% de la base original) Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago Ahorro
y Préstamo
contra Antonio de La Trinidad Álvarez González. Expediente N° 19-012868-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 13
de octubre del 2020.—Lic.Víctor Obando Rivera, Juez Tramitador.—( IN2020494025
).
En este despacho,
con una base de cuarenta y cinco
mil dólares exactos, soportando reservas y restricciones citas:
351-10579-01-0905-001, sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento diez
mil quinientos sesenta y siete-cero cero cero
(110567-000), la cual es terreno
de naturaleza para para construir, lote cinco con una casa. Situada en el distrito 6-Santa Rosa cantón, cantón 3-Santo Domingo,
de la provincia de Heredia. Colinda:
al norte, Daniel Villalobos Céspedes;
al sur, Daniel Villalobos Céspedes; al este, Inversiones Mendezun S. A. y al oeste, calle pública con 8m. Mide: ciento noventa
y seis metros con cuarenta y tres
decímetros cuadrados, plano: H-0683299-2001. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del cinco de noviembre de dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas y treinta minutos del trece de noviembre de dos mil veinte con
la base de treinta y tres
mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las trece horas y treinta minutos del veintitrés de noviembre de dos mil veinte con
la base de once mil doscientos cincuenta
dólares exactos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Solicam S. A., Proyectos e Inversiones Luis Fernández Sociedad Anónima
contra Grettel María Vargas Bolaños. Expediente N° 18-008794-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia, 31 de julio del año
2020.—Noelia Prendas Ugalde, Jueza
Tramitadora.—( IN2020494041 ).
En este despacho, con
una base de cuarenta y cuatro
mil dólares exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando compromisos Ref: 1725-400-010 citas:
303-02531-01-0901-002, sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 77259, derecho 000, la cual
es terreno para constr. con 1 casa N° 74B. Situada en el distrito
San Francisco, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al
norte, calle S; al sur, S A
Residencial Los Lagos; al este,
calle N y al oeste, S A Residencial Los Lagos. Mide: ciento noventa y un metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
y treinta minutos del veinticuatro de noviembre de dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y treinta
minutos del tres de diciembre de dos mil veinte con
la base de treinta y tres
mil dólares exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las once horas y treinta
minutos del catorce de diciembre de dos mil veinte con
la base de once mil dólares exactos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Brecor del Norte B
C Sociedad Anónima, Inversiones
Solicam S. A. contra Danilo José Angulo Bran. Expediente N° 19-018506-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia, 10 de agosto del año
2020.—German Valverde Vindas, Juez
Tramitador.—( IN2020494044 ).
En este Despacho,
con una base de cuarenta y un mil dólares
exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas:
304-05400-01-0904-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 416775-000, la cual es terreno para construir con una
casa, lote 12-H. Situada en el Distrito Guácima, Cantón Alajuela, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte
lote 13 H; al sur lote 11
H; al este, calle publica y
al oeste lote 7 H. Mide: ciento cincuenta
y siete metros con sesenta
y seis decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos
del doce de noviembre de
dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las quince horas y cero minutos del veintisiete de noviembre de dos mil veinte con
la base de treinta mil setecientos
cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las quince horas y cero minutos del dieciséis de diciembre de dos mil veinte con
la base de diez mil doscientos
cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Javier Eduardo Rojas Vargas contra María
Gabriela Laprade Valverde. Expediente
Nº:19-003763- 1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 29 de agosto del año 2020.—Melquisedec Rodríguez
Ramírez, Juez Tramitador.—(
IN2020494048 ).
En este Despacho,
con una base de sesenta y cinco
mil dólares exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando reservas y restricciones citas: 354-04252-01-0900-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número quinientos dieciséis mil seiscientos setenta y seis,
derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: Terreno para construir con 4 bodegas. Situada en el distrito: 01-Orotina, cantón: 09-Orotina, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
Eliecer Cordero Vargas, Daysy
Cecuilia Fernández Villalobos; al sur, Rola de Zarcero Sociedad Anónima; al este, calle pública con 50,88 metros de
frente; y al oeste, Eliecer Cordero Vargas, Daysy Cecuilia Fernández Villalobos. Mide:
cuatro mil dos metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del cinco de noviembre de dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de noviembre de dos mil veinte, con la base de cuarenta y
ocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las trece
horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de diciembre de dos mil veinte, con
la base de dieciséis mil doscientos
cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Doña
Amelia Ras Sociedad Anónima contra Cristian Alonso
Mena Arias. Expediente N° 20-003129-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 25 de julio del año 2020.—Licda. Elizabeth
Rodríguez Pereira, Jueza Decisora.—( IN2020494052 ).
En este Despacho,
con una base de siete millones
quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas
0381-00012670-01-0900-001; sáquese a remate la finca
del partido de San José, matrícula
número 1-376476-000, derecho cero cero
cero, la cual es terreno terreno con 1 casa. Situada en el distrito
San Rafael Abajo, cantón Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Miguel Ángel Jiménez; al sur, Margarita Porras; al este,
Miguel Ángel Jiménez; y al oeste, calle pública con 9m 44cm. Mide: ciento sesenta
y un metros con cinco decimetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticinco de noviembre del dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero
minutos del nueve de diciembre de dos mil veinte con
la base de cinco millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las catorce horas y cero minutos
del diecisiete de diciembre
del dos mil veinte con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Rafael Ángel Arguedas Montero contra José Antonio Canales
Porras, Margarita Porras Vargas. Expediente N°
20-006304-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 25 de setiembre
del 2020.—Yessenia Brenes Gonzalez, Jueza Decisora.—( IN2020494055 ).
En este Despacho, con
una base única de treinta millones cincuenta y seis mil cuarenta y nueve colones, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Cartago, matrícula
número 185300, derecho 001 y 002, de la cual su naturaleza
es terreno para construir. Situada: en el distrito 3 el Carmen, cantón 1
Cartago, de la provincia de Cartago, la finca se encuentra en zona catastrada. Colinda: al norte, con el lote 14; al sur,
con la alameda 3; al este, con el lote
4, y al oeste, con el lote
2. Mide: ciento catorce metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas del cuatro
de noviembre del dos mil veinte
(15:00 horas 04/11/2020). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ordinario de Erick
Allan Calvo Vargas contra Vilma María Rojas Coto. Expediente
N° 190000351629CI.—Tribunal Colegiado
Primera Instancia Civil de Cartago, 30 de setiembre del 2020.—Lic.
Guillermo Ortega Monge, Lic. Óscar
Segura Navarro, y la Licda. Blanca Ramírez González, Jueces.—(
IN2020494064 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una base de diez millones ochocientos sesenta y un mil cuatrocientos setenta y nueve colones con cuarenta y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones:
393-02375-01-0978-001, 393-02375-01-0981-001 y 393-02375-01-0982-001; sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
ciento cincuenta y un mil ochocientos cincuenta y siete, derecho 000, la cual es terreno Lote D, terreno de potrero. Situada en el distrito Parrita, cantón Parrita, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte,
Franklin Jesús Guerrero Rojas; al sur, Jorge Eduardo Guerrero Rojas; al este, Gabriel Murillo Alpízar y servidumbre agrícola en medio de siete metros de ancho
por ochenta y dos punto cincuenta
y cuatro metros de largo; y al oeste,
Francisco Sequeira Mora. Mide:
cinco mil cuatrocientos cincuenta y seis metros con setenta
y dos decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las trece horas y cinco minutos del nueve de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y cinco minutos del diecisiete de noviembre del dos
mil veinte con la base de ocho
millones ciento cuarenta y seis mil ciento nueve colones con cincuenta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las trece
horas y cinco minutos del veinticinco de noviembre del dos
mil veinte con la base de dos millones
setecientos quince mil trescientos
sesenta y nueve colones con ochenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Alexander De Jesús D Retana
Carmona contra Enrique Arturo Guerrero Rojas, Jason Vidal Guerrero Rojas. Expediente N° 17-001295-1207-CJ.—Juzgado de Cobro
de Puntarenas, 19 de abril del 2020.—Licda. Anny Hernández Monge, Jueza
Decisora.—(
IN2020494140 ).
En este Despacho,
con una base de siete millones
de colones exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de
Caminos Públicos y servidumbre
de paso; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número noventa y un mil seiscientos noventa, derecho cero
cero cero, la cual es terreno de potrero y una
casa. Situada en el distrito: 03-Rita, cantón:
02-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Guillermo
Jiménez Cerdas y calle pública; al sur, María Núñez
Chaves; al este, calle pública; y al oeste, Vitaleano Gamboa Céspedes. Mide: dieciséis mil ochocientos ochenta y ocho metros con diez decímetros cuadrados. Plano L-0555460-1999. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del
once de noviembre del dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas y cero minutos
del diecinueve de noviembre
del dos mil veinte, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las nueve horas y cero minutos
del veintisiete de noviembre
del dos mil veinte, con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Edwin Danilo Víquez
Vargas contra Rebeca Eugenia Fonseca Ramírez. Expediente
N° 19-008713-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí, 01 de setiembre
del 2020.—Lic. Jeffrey Thomas Daniels, Juez Tramitador.—( IN2020494143 ).
En la puerta exterior de este
Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las nueve
horas y cero minutos del veinte
de noviembre del dos mil veinte,
y con la base de dieciocho millones
novecientos treinta mil colones con cero céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente:
Primer finca: inscrita en
el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo la matrícula número setenta y tres mil doscientos treinta y siete-cero cero cero (73237-000) la cual es terreno solar con una casa. Situada
en el distrito 02 Tucurrique, cantón 04 Jiménez, de
la provincia de Cartago. Colinda:
al norte, calle pública; al sur, calle pública; al este, Manuel Irola Calderón; y al oeste, Angélica Salas Sánchez. Mide: trescientos cincuenta y cuatro metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cuatro de diciembre del dos mil veinte, con la base de catorce millones ciento noventa y siete mil quinientos colones con cero céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de diciembre del dos
mil veinte con la base de cuatro
millones setecientos treinta y dos mil quinientos colones con cero céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Segunda finca: Con la base de dieciséis millones novecientos sesenta y siete mil ochocientos trece colones con cero céntimos, libre de gravámenes hipotecarios; sáquese a remate
finca que se describe así: inscrita
en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo la matrícula número doscientos treinta y siete mil trescientos ochenta y tres-cero cero cuatro (237383-004) la cual es terreno lote dos, terreno cultivo de café, pejibaye
y banano. Situada en el distrito 02 Tucurrique, cantón 04 Jiménez, de
la provincia de Cartago. Colinda:
al norte. calle pública y Río Quebrada Honda; al sur, Alberto Ayon Apuy y Río Quebrada Honda; al este,
Alfredo Solano Solano; y al oeste,
calle pública y Juan Peñaranda Peñaranda. Mide: cincuenta mil doscientos setenta y cinco metros cuadrados. Para tal efecto se señalan
las nueve horas y cero minutos
del veinte de noviembre del
dos mil veinte. De no haber
postores, para llevar a cabo el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cuatro de diciembre del dos mil veinte, con
la base de doce millones setecientos veinticinco mil ochocientos cincuenta y nueve colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate
se señalan las nueve horas
y cero minutos del dieciocho
de diciembre del año dos
mil veinte, con la base de cuatro
millones doscientos cuarenta y un mil novecientos cincuenta y tres colones con veinticinco céntimos (un 25% de la base original). Nota:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser girado a favor
de este despacho. La
anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución
sentencia de Luis Humberto Matamoros Fonseca contra
Minor David Del Carmen Matamoros Gamboa. Expediente N° 16-000054-1002-AG.—Juzgado Civil, Trabajo
y Agrario de Turrialba
(Materia Agraria), 25 de setiembre
del 2020.—Lic. Yeison
Rodríguez Fernández, Juez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2020494166 ).
En este Despacho, con
una base de veinte millones
seiscientos siete mil cuatrocientos ochenta y un colones con setenta y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el
Sistema de Folio Real, matrícula número
80312-000, la cual es terreno
para construir una casa. Situada:
en el distrito 1 Tejar, cantón 8 El Guarco, de la provincia de Cartago.
Colinda: al norte, Socorro
Castillo Obando; al sur, Socorro Castillo Obando; al este,
calle pública, y al oeste, Socorro Castillo Obando. Mide:
trescientos ochenta y dos
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos (09:30 a. m.) del quince de enero
del dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo
remate, se efectuará a las nueve
horas treinta minutos
(09:30 a. m.) del veinticinco de enero
del dos mil veintiuno, con la base de quince millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil seiscientos once colones con treinta y dos céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las nueve horas treinta minutos (09:30 a. m.) del
dos de febrero del dos mil veintiuno,
con la base de cinco millones
ciento cincuenta y un mil ochocientos setenta colones con cuarenta y cuatro céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Inversiones
Brothers S. A. contra Felipe Brenes Campos. Expediente N° 13-010043-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 26 de setiembre
del 2020.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez
Tramitador.—(
IN2020494203 ).
En este Despacho,
con una base de treinta mil dólares
exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas
299-11693-01-0987-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, Folio Real matrícula:
veintinueve mil quince-cero cero cero,
la cual es terreno: Para agricultura. Situada en el distrito 4-Tempate, cantón 3-Santa Cruz, de la provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte:
calle con 121m 55cm; sur: Jerónimo
Juárez; al este: Jerónimo
Juárez; y al oeste: Oldemar
Villalta. Mide: catorce mil ciento cincuenta y dos metros con noventa
y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del diecinueve de noviembre de dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas treinta minutos del veintisiete de noviembre de dos mil veinte con
la base de veintidós mil quinientos
dólares exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las nueve horas treinta minutos del nueve de diciembre de dos mil veinte con
la base de siete mil quinientos
dólares exactos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Sacha
S. CH. S.A. contra Modesto Rosales Rosales. Expediente N° 12-027236-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 17 de setiembre del año 2020.—Isabel Castillo Navarro, Jueza
Decisora.—( IN2020494234 ).
En este Despacho,
con una base de catorce millones
quinientos sesenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo
BKZ273, marca Volkswagen, categoría automóvil, estilo
Tiguan, capacidad 5 personas, año 2017, color azul, serie
WVGZZZ5NZHW500029, carrocería todo terreno,
número
de motor CCZ48704S, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan
las trece horas y treinta minutos del doce de noviembre del dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas y treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil veinte con
la base de diez millones novecientos veinte mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las trece horas y treinta minutos del dos de noviembre del
dos mil veinte con la base de tres
millones seiscientos cuarenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Jorge
Enrique Espinoza Pizarro. Expediente N°
18-011990-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 04 de setiembre
del 2020.—Mauricio Hidalgo Hernández, Juez Decisor.—( IN2020494239 ).
En este despacho, con
una base de dos millones ciento
treinta y tres mil ciento sesenta y siete colones con treinta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BFR009, marca:
Mitsubishi, estilo: Lancer GLX, categoría: automóvil capacidad: 5 personas serie: JMYSNCS3ADU000323,
número chasis:
JMYSNCS3ADU000323, año fabricación:
2013, color: blanco, VIN: JMYSNCS3ADU000323, N° motor: 4G18KQ0097, cilindrada: 1584 c.c cilindros: combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciocho de noviembre de dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veintiséis de noviembre de dos
mil veinte con la base de un millón
quinientos noventa y nueve mil ochocientos setenta y cinco colones con cincuenta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las trece
horas y treinta minutos del
siete de diciembre de dos
mil veinte con la base de quinientos
treinta y tres mil doscientos noventa y un colones con ochenta y cuatro céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Russell
Alberto Araya Chavarría. Expediente N° 19-005846-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia, 03 de agosto del año
2020.—Pedro Javier Ubau Hernández, Juez Tramitador.—( IN2020494241
).
En este Despacho, con una base de seis mil trescientos
diecisiete dólares con veinticuatro centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placas
MCB061, marca: Kia, estilo:
Picanto, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, número chasis: KNABX512BGT043175, 4x2, año
2016, color blanco, 1248 c.c. Para tal efecto se señalan
las once horas y cero minutos del diecinueve
de noviembre de dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas y cero minutos del veintisiete
de noviembre de dos mil veinte
con la base de cuatro mil setecientos
treinta y siete dólares con noventa y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas y cero minutos del nueve
de diciembre de dos mil veinte
con la base de mil quinientos setenta
y nueve dólares con treinta y un centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Karen
Vanessa Jiménez Córdoba, expediente
N° 20-000593-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 21 de julio del año 2020.—María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza Decisora.—( IN2020494242 ).
En este Despacho,
con una base de ciento sesenta
mil seiscientos ochenta y tres dólares con veintisiete centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate
la finca del partido de Heredia, matrícula
número 43693-F, derecho 000, la cual
es terreno bloque a finca
filial trece-A apta para construir que se destinará a uso
habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 3-San Francisco, cantón 1-Heredia, de la provincia
de Heredia. Colinda: al norte,
Cafetalera San Francisco Sociedad Anónima; al sur, área común destinada a
avenida segunda; al este, finca filial doce-A, y al oeste, finca filial catorce-A. Mide: doscientos veinte metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de noviembre del dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del dos de diciembre del
dos mil veinte, con la base de ciento
veinte mil quinientos doce dólares con cuarenta y cinco centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las ocho horas y
cuarenta y cinco minutos del once de diciembre del
dos mil veinte, con la base de cuarenta
mil ciento setenta dólares con ochenta y dos
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Astrid
Martínez Alvarado, José Arturo Solís Moya, Sauces Trece A Sur Sociedad Anónima. Expediente N° 19-018974-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia, 21 de agosto del 2020.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2020494243
).
En este Despacho,
con una base de siete mil cuatrocientos
setenta y tres dólares con diez centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
Placa: FCM234, Marca: Nissan, Estilo:
Versa, año 2013, color: café, Capacidad: 5 personas, tracción 4X2, cilindrada
1600 c.c., Vin: 3N1CN7AD3ZL093351, número de Motor: HR16725091G.
Para tal efecto se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de noviembre del dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del dos de diciembre del dos mil veinte, con
la base de cinco mil seiscientos
cuatro dólares con ochenta y dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del catorce de diciembre del dos mil veinte, con
la base de mil ochocientos sesenta
y ocho dólares con veintisiete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S.A. contra Damiana Jacsuky Ávila Chavarría. Expediente
N° 20-005020-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 24 de julio
del 2020.—Lic. Tadeo Solano
Alfaro, Juez.—( IN2020494244 ).
En este Despacho, con una base de trece
mil setecientos cuarenta y nueve dólares con cincuenta y tres centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
BRQ003, marca Suzuki, estilo
D Zire GL, categoría automóvil,
capacidad 5 personas, año
2019, serie, chasis y Vin
MA3ZF63S2KA267043, color blanco, Nº motor
K12MN2147778, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan
las ocho horas y cuarenta y
cinco minutos del nueve de noviembre del dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil veinte, con
la base de diez mil trescientos
doce dólares con quince
centavos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las ocho
horas y cuarenta y cinco minutos del once de diciembre del
dos mil veinte, con la base de tres
mil cuatrocientos treinta y
siete dólares con treinta y ocho centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Daniel Barquero Cruz. Expediente Nº
20-008668-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 05 de agosto del 2020.—Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez/a
Tramitador/a.—( IN2020494246 ).
En este Despacho,
con una base de treinta y cinco
mil ochocientos tres dólares con cincuenta y un
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
Placa: JMJ193, Marca: Dodge, Estilo:
Durango, Categoría: automóvil,
Capacidad: 7 personas, carrocería:
todo terreno 4 puertas, tracción: 4x4, año: fabricación: 2015, color: gris, Vin: 1C4RDJAG7FC907932. Para tal
efecto, se señalan las once
horas y quince minutos del nueve
de noviembre del dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las once horas y quince minutos del veinticuatro de noviembre del dos
mil veinte, con la base de veintiséis
mil ochocientos cincuenta y
dos dólares con sesenta y tres centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se
señalan las once horas y quince minutos
del once de diciembre del dos mil veinte,
con la base de ocho mil novecientos
cincuenta dólares con ochenta y ocho centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S.A. contra
Ramón Eduardo de Jesús Ureña Quirós. Expediente N°
19-001071-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 07 de agosto del 2020.—Msc. Angie Rodríguez Salazar, Jueza.—( IN2020494247 ).
En este Despacho,
con una base de veinticuatro mil novecientos
setenta y cuatro dólares con ochenta y nueve centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo BQS770, marca
Mitsubuchi, estilo
Outlander, categoría automóvil,
capacidad 7 personas, año
2018, color negro, tracción 4x2, chasis
JMYXTGF2WJJ000369, cilindrada 2000 c.c, cilindros 4, combustible gasolina, número de motor:
4B11XL4253. Para tal efecto
se señalan las trece horas
y quince minutos del nueve
de noviembre de dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas y quince minutos
del veinticuatro de noviembre
de dos mil veinte con la base de dieciocho
mil setecientos treinta y
un dólares con dieciséis
centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer
remate se señalan las trece
horas y quince minutos del once de diciembre de dos mil veinte con
la base de seis mil doscientos cuarenta
y tres dólares con setenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica SA contra Angie
Tatiana Barquero Avalos, Expediente
Nº:19-008031-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 10 de agosto del año 2020.—Sofía Ramírez Rodríguez, Jueza
Decisora.—( IN2020494249 ).
En este despacho, con una base de dieciocho
mil quinientos cincuenta y cinco dólares con seis centavos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
placas BNQ 865 marca:
Chevrolet, estilo: Cruze
Premier, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, serie:
3G1B85EM5HS600021, año fabricación:
2017, color: gris, N° motor: 1HS600021, cilindrada: 1400 c.c combustible:
gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas y quince minutos
del doce de noviembre de
dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las catorce
horas y quince minutos del veinte
de noviembre de dos mil veinte
con la base de trece mil novecientos
dieciséis dólares con treinta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y quince minutos
del dos de diciembre de dos mil veinte
con la base de cuatro mil seiscientos
treinta y ocho dólares con setenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra David
Oviedo Aguilar. Expediente N° 19-018505-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 22 de agosto
del año 2020.—Liseth
Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2020494250 ).
En este Despacho,
con una base de catorce millones
novecientos setenta mil colones, libre de gravámenes, pero soportando Colisión 18-004919-0494-TR, Boleta
201806900654 de la Fiscalía Adjunta
del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia
Penal); sáquese a remate el vehículo
MSC052, Marca: Honda, Estilo: HRV EXL, Categoría: Automóvil, Año: 2016, Serie, Chasis y Vin
N°: 3HGR6870GM500466, Carrocería: Todo
Terreno 4 puertas, Color:
Blanco, Capacidad: 5 personas, N° Motor:
R18Z91066362, Combustible: Gasolina. Para tal efecto se señalan
las once horas y treinta minutos
del trece de noviembre de
dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las once horas y treinta
minutos del uno de diciembre
de dos mil veinte con la base de once millones doscientos veintisiete mil quinientos colones (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las once horas y treinta minutos del diecisiete de diciembre de dos
mil veinte con la base de tres
millones setecientos cuarenta y dos mil quinientos colones (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Manuel Ángel Barquero Rodriguez, Nep Nosara Earth Paradaise S. A.. Expediente N° 19-006481-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 03 de setiembre del año 2020.—Melquisedec Rodríguez
Ramírez, Juez Tramitador.—(
IN2020494251 ).
En este Despacho,
con una base de dos millones cuatrocientos
cincuenta y un mil ochocientos
colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas 406-04928-01-0901-00; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 458943-000, la cual es terreno para construir lote 7. Situada en el distrito:
05-Guácima, cantón: 01-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, calle pública con un
frente de 10 metros con 02 centímetros; al sur, Hernán Solórzano Solórzano; al este, lote 6 y al oeste, lote 8. Mide: doscientos trece metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del seis de noviembre de
dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las catorce
horas y cero minutos del veintitrés
de noviembre de dos mil veinte,
con la base de un millón ochocientos
treinta y ocho mil ochocientos cincuenta colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las catorce horas y cero minutos
del diez de diciembre de
dos mil veinte, con la base de seiscientos
doce mil novecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Comercial G &
S de La Guácima
Limitada contra Asociación de Vecinos
de Las Palmas de Alajuela, expediente N°
20-003209-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 31 de julio del año 2020.—Lic. Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez
Tramitador.—(
IN2020494314 ).
En este Despacho, con
una base de dos millones quinientos
once mil ochocientos colones,
libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando reservas y restricciones citas: 406-04928-01-0901-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 458748-000, la cual es terreno para construir lote L 6. Situada en el distrito:
05-Guácima, cantón: 01-Alajuela, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
calle pública con un frente de 8 metros
lineales; al sur, Hernán Solórzano Solórzano; al este,
lote L 5; y al oeste, lote L 7. Mide: doscientos ocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y quince minutos
del seis de noviembre del dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas y quince minutos
del veintitrés de noviembre
del dos mil veinte, con la base de un millón ochocientos ochenta y tres mil ochocientos cincuenta colones (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las catorce
horas y quince minutos del diez
de diciembre del dos mil veinte,
con la base de seiscientos veintisiete
mil novecientos cincuenta colones (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Comercial G &
S de La Guácima
Ltda. contra Asociación
de Vecinos de Las Palmas de Alajuela. Expediente N° 20-003276-1157-CJ.—Juzgado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
31 de julio del 2020.—Lic. Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez
Tramitador.—(
IN2020494315 ).
En este Despacho,
con una base de cinco millones
cinco mil setecientos cuarenta y nueve colones con setenta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
305164-000, la cual es terreno
inculto para construir. Situada en el distrito:
01-San Rafael, cantón: 15-Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte: calle pública con frente de 30 mts lineales; sur: Jacinto Adolfo Vargas Miranda; este: calle pública
con frente de 18 mts lineales;
oeste: Jacinto Vargas Miranda. Mide:
quinientos cuarenta metros cuadrados, Plano: A-0253038-1995. Para tal
efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del veintiocho de mayo de
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las trece
horas treinta minutos del siete de junio de dos mil veintiuno, con la base de tres millones setecientos cincuenta y cuatro mil trescientos doce colones con treinta céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las trece
horas treinta minutos del
quince de junio de dos mil veintiuno,
con la base de un millón doscientos
cincuenta y un mil cuatrocientos
treinta y siete colones con cuarenta y tres céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos
Luis Alpízar Hidalgo. Expediente
N° 20-000787-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 08 de octubre del año 2020.—Lic. Lilliam Álvarez
Villegas, Jueza Decisora.—( IN2020494322 ).
En este Despacho,
con una base de treinta y siete
millones ochocientos ochenta y dos mil ochocientos treinta y ocho colones con sesenta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
351-04462-01-0810-001, reservas y restricciones
citas: 397-02621-01-0904-001; sáquese
a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento cuarenta y un mil dieciocho, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una
casa. Situada en el distrito: 07-Arenal, cantón:
08-Tilarán, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 25,43
metros lineales; al sur, Elías Sibaja
Murillo; al este, Carlos Luis Durán Herrera y
al oeste, Elías Sibaja
Murillo. Mide: mil trescientos
treinta y tres metros con nueve decímetros cuadrados. Plano: G-0165234-1994 identificador
predial: 508070141018. Para tal efecto,
se señalan las siete horas
y cuarenta y cinco minutos del veinte de noviembre de dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
siete horas y cuarenta y cinco minutos del uno de diciembre de dos mil veinte, con
la base de veintiocho millones
cuatrocientos doce mil ciento veintiocho colones con noventa y siete céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las siete horas y cuarenta
y cinco minutos del nueve de diciembre de dos mil veinte, con la base de nueve millones cuatrocientos setenta mil setecientos nueve colones con sesenta y seis céntimos (25% de
la base original).Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Nacional de Costa Rica contra Fray Gerardo Ángel Carranza Loría, Marilyn Durán Herrera. Expediente Nº 19-005021- 1205-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 07 de setiembre del año 2020.—Licda. Natalia Orozco Murillo, Jueza
Decisora.—(
IN2020494326 ).
En este despacho, con
una base de seis millones quinientos
treinta y tres mil ochocientos cincuenta colones con cincuenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
366701-000, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito 1-Naranjo, cantón 6-Naranjo, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
calle pública con un frente de 9 metros; al sur, Ana Cecilia Umaña
Solís; al este, Edwin Morera
Rojas y al oeste, temporalidades
de la diócesis de Alajuela. Mide:
ciento ochenta y tres metros con cuarenta decímetros cuadrados, plano: A-0662383-2000. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de noviembre de dos mil
veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y
cero minutos del veinticuatro
de noviembre de dos mil veinte
con la base de cuatro millones
novecientos mil trescientos
ochenta y siete colones con noventa y un céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve
horas y cero minutos del cuatro
de diciembre de dos mil veinte
con la base de un millón seiscientos
treinta y tres mil cuatrocientos sesenta y dos colones con sesenta y cuatro céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra
Christian Adrián Méndez Valverde. Expediente N°
20-002402-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, 03 de setiembre
del año 2020.—Lic. Patricia
Eugenia Cedeño Leitón, Jueza
Decisora.—(
IN2020494432 ).
En este Despacho, con
una base de veintitrés millones
setecientos veintidós mil setecientos veinticinco colones con cuarenta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso bajo citas:
516-05105-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 197724-000, la cual es terreno para construir con una construcción prefabricada. Situada: en el distrito 7-Arenal, cantón 8-Tilarán, de la provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte,
Elías Sibaja Murillo; sur, Kokofes
Road House S. A.; este, servidumbre de paso a calle pública con un
frente de 60 metros en
medio de Moocaste Limitada;
oeste, calle pública con un
frente de 54.28 metros. Mide:
seis mil seiscientos metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintisiete de noviembre del dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del siete de diciembre del dos mil veinte, con la base de diecisiete
millones setecientos noventa y dos mil cuarenta y cuatro colones con diez céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate ,se señalan
las nueve horas y treinta minutos del quince de diciembre
del dos mil veinte, con la base de cinco millones novecientos treinta mil seiscientos ochenta y un colones con treinta y siete céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Ciudad Quesada RL contra Luis
Alonso Aguilar Segura, Orlando José Pérez Trejos, Seteco OYL S. A. Expediente N° 19-006294-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, 25 de agosto del 2020.—Licda. Zary Navarro Zamora, Jueza Tramitadora.—( IN2020494434 ).
En este despacho,
con una base de cuarenta y cuatro
millones doscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 220-01587-01-0901-002; sáquese
a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula N° 159833 derecho 000, la cual es terreno Repasto y Bosque. Situada en el distrito 2-Sierra, cantón 7-Abangares, de la provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte,
Quebrada La Cruz en medio Alfonso Morales Quirós y Yolanda Bello Núñez,
sur, Milena Lucrecia Arce Bello y Carlos Luis Rojas Quirós,
este, Yolanda Bello Núñez, Yeudy Villafuerte Gutiérrez, Gabriela María Rodríguez Cruz
y Nancy Villarreal Villarreal, oeste,
Alfonso Morales Quirós y Egly
y Militza Bello Núñez. Mide:
dieciséis mil quinientos treinta y nueve metros cuadrados. Plano: G-1761123-2014. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del trece de enero del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de enero del dos mil veintiuno, con
la base de treinta y tres millones ciento cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las ocho
horas y treinta minutos del
veintinueve de enero del
dos mil veintiuno, con la base de once millones cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha
fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Melvin Gerardo Villalobos Vargas, Pablo Cesar
Villalobos Arce. Expediente Nº 20-001517-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, 12 de agosto del 2020.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—( IN2020494439 ).
En este despacho,
con una base de cincuenta millones
setecientos cincuenta y siete mil doce colones, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre traslada bajo las citas. Y aviso catastral bajo las citas; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
dos dos siete tres siete seis, derecho cero cero uno, la cual es terreno de café. Situada en el distrito de Grecia, cantón Grecia, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte,
servidumbre de paso con 6m y otros;
al sur, Rafael A. Pérez Salazar; al este, INVU y al oeste yurro en
medio otros. Mide: seis mil
novecientos ochenta y nueve metros con cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas del once
de noviembre del año dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas del diecinueve de noviembre del año dos mil veinte con la base de
treinta y ocho millones sesenta y siete mil setecientos cincuenta y nueve colones (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve
horas del veintisiete de noviembre
del año dos mil veinte, con
la base de doce millones seiscientos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso incidente de cobro honorarios abogado de
Rodolfo Gerardo Corrales González contra Dulce María de La Trinidad Rodríguez
Arias. Expediente N° 15-000047-0295-CI.—Tribunal Colegiado Primera Instancia Civil del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 18 de agosto del año 2020.—Msc. Carlos Eduardo González Mora, Juez.—( IN2020494441 ).
En este Despacho,
con una base de dieciséis millones
de colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de Heredia, matrícula número
140838-003 y 004, la cual es terreno
para construir Lote 164. Situada en el distrito
3-San Francisco, cantón 1-Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al
norte, Alameda H; al sur, INVU; al este, INVU; y al oeste, INVU. Mide: ciento treinta
y seis metros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de noviembre de dos mil veinte con
la base de doce millones de
colones exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las diez horas y cuarenta y
cinco minutos del veinticinco de noviembre de dos
mil veinte con la base de cuatro
millones de colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra
Jenifer Aurora Rojas Prendas, Juan Antonio Solano
Rodríguez. Expediente N° 18-009383-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 21 de julio
del año 2020.—Licda.
Adriana Brenes Castro, Jueza
Tramitadora.—( IN2020494444 ).
En este despacho,
con una base de quince millones setecientos
cincuenta y dos mil colones
exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso
bajo las citas: 2016-110810-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
468377-001-002, la cual es terreno
lote nueve-terreno de solar
B-tres situada en el distrito: 01-Upala
cantón:13-Upala de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, lote B- 4; sur, lote B uno y
B-dos, este: servidumbre de
paso con frente de 13 metros oeste,
Río Zapote S.A. Mide: doscientos
cincuenta y cuatro metros cuadrados plano: A-1425420-2010.
Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del doce de noviembre de dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas y cero minutos
del veinte de noviembre de
dos mil veinte, con la base de once millones ochocientos catorce mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las catorce
horas y cero minutos del uno de diciembre
de dos mil veinte, con la base de tres
millones novecientos treinta y ocho mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra
Katherine de Los Ángeles Ruiz Cruz, Yonis Luis Arista
Silva. Expediente N° 19-002336-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 14 de julio del año 2020.—Licda. Eunice Pérez
Arce, Jueza Decisora.—( IN2020494445 ).
En este Despacho,
con una base de trece millones
novecientos setenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando derecho 001; servidumbre de aguas pluviales citas: 2016-
397801-01-0007-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2016- 397801-01-0011-001, servidumbre
de líneas
eléctricas y de paso citas:
2016-397801-01-0012-001, derecho 002; servidumbre de aguas pluviales citas: 2016-397801-01-0007-001, servidumbre
de aguas pluviales citas: 2016-397801-01-0011-001, servidumbre
de líneas
eléctricas y de paso citas:
2016-397801-01-0012-001; sáquese a remate la finca
del partido de Alajuela, matrícula
número 526615-001-002, la cual
es terreno de solar, situada
en el distrito 1 Upala, cantón 13 Upala, de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, Mario Enrique Quesada Soto; sur, Mario Enrique
Quesada Soto; este, río Zapote; oeste,
servidumbre de paso con 7,75 metros. Mide: ciento setenta
y cuatro metros cuadrados.
Plano: A-1742217-2014. Para tal efecto,
se señalan las catorce
horas y cero minutos del diez
de noviembre de dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas y cero minutos
del dieciocho de noviembre
de dos mil veinte con la base de diez
millones cuatrocientos setenta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las catorce
horas y cero minutos del veintiséis
de noviembre de dos mil veinte
con la base de tres millones
cuatrocientos noventa y dos
mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Marcos
Orlando Sánchez Castillo, Sandra del Socorro Gutiérrez Salinas. Expediente 19-006978-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 09 de julio del año 2020.—Lic. Eunice Perez Arce, Jueza Decisora.—(
IN2020494446 ).
En este Despacho, con
una base de doce millones
de colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
Alajuela, matrícula número quinientos nueve mil quinientos cincuenta y cinco derecho cero cero cero, naturaleza: terreno para construir lote 173. Situada en el distrito 12-Tambor cantón 1-Alajuela de la provincia
de Alajuela. Linderos: norte,
lote 174, sur, lote 172, este, calle el parque, oeste, lote 198. Mide: ciento cuarenta y cuatro metros con cincuenta y dos
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y quince minutos del trece de noviembre de dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas y quince minutos
del uno de diciembre de dos mil veinte
con la base de nueve millones
de colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las nueve horas
y quince minutos del diecisiete
de diciembre de dos mil veinte
con la base de tres millones
de colones exactos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Luis
Alberto Cruz Rodríguez. Expediente Nº 19-015860-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 01 de setiembre del año 2020.—Hannia Isabel Núñez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2020494447 ).
En este Despacho,
con una base de cincuenta mil dólares
exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando 403-06311-01-0901-001, servidumbre
trasladada citas:
403-06311-01-0900-001, servidumbre trasladada citas:
403-06311-01-0806-001, servidumbre trasladada citas:
403-06311-01-0805-001, servidumbre trasladada citas: 374-01175-01-0819-001,
servidumbre trasladada citas: 374- 01175-01-0818-001; sáquese
a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento cuarenta y ocho mil treinta y seis, derecho
000, la cual es terreno
para construir con una casa marcada
con el numero quince D. Situada
en el distrito 3-Santiago, cantón 5-San Rafael, de la provincia
de Heredia. Colinda: al norte,
calle tercera; al sur, lotes 12 y 13 y una pequeña parte con el lote 11; al este, calle pública
y al oeste lote 16. Mide: doscientos treinta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas y
cero minutos del veinte de noviembre de dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
dieciséis horas y cero minutos
del cuatro de diciembre de
dos mil veinte con la base de treinta
y siete mil quinientos dólares exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las dieciséis horas y cero minutos
del catorce de diciembre de
dos mil veinte con la base de doce
mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la Subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Jimmy
Eduard Gonzalo Thomas, Magaly García Soto Expediente.
N° 19-017386-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 22 de agosto
del año 2020.—Licda. Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2020494449 ).
En este Despacho, con una base de veintiocho
millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 102478,
derecho 001 y 002, la cual es terreno para construir con una casa de
habitación. Situada en el distrito San Francisco, cantón Heredia, de la
provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 31; al sur, alameda 5; al este,
lote 33 y al oeste, lote 35. Mide: setenta y nueve metros con setenta y cinco
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y cuarenta y
cinco minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cuarenta y cinco
minutos del tres de diciembre de dos mil veinte, con la base de veintiún
millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
diez horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de diciembre de dos mil
veinte, con la base de siete millones ciento veinticinco mil colones exactos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual
Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Andrea Maritza Carballo
Chaves, Brandon Ramírez Carballo. Expediente Nº
19-018581-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia,
06 de agosto del 2020.—Lic. German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—(
IN2020494450 ).
En este Despacho,
con una base de siete millones
trescientos dieciséis mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
410963, derecho 000, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito 6-Esquipulas, cantón 7-Palmares, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
María Orozco Núñez; al sur, María Orozco Núñez; al este, Eiabeth y Betty ambas Segura Vargas; y al oeste, Teresa Jiménez Ledezma y servidumbre de paso en medio. Mide: ciento veinte
metros con diez decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticinco de noviembre de dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas y treinta minutos del cuatro de diciembre de dos mil veinte con
la base de cinco millones cuatrocientos ochenta y siete mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las ocho
horas y treinta minutos del
dieciséis de diciembre de
dos mil veinte con la base de un millón
ochocientos veintinueve mil
colones exactos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo
de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Blanca
Iris Durán Castro. Expediente N° 20-000928-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 11 de agosto del año 2020.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza Decisora.—( IN2020494451 ).
En este Despacho,
con una base de nueve millones
ciento cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada y servidumbre sirviente; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
cuatrocientos cincuenta y
dos mil quinientos sesenta
y siete, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
3-San Juan, cantón 2-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Carmen Ramírez Núñez; al sur,
Luis Enrique González Ramírez; al este, Luis Enrique
González Ramírez, y al oeste, servidumbre
en medio Jorge Ramírez Núñez. Mide:
doscientos noventa y tres metros con setenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos
del veintiséis de noviembre
del dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo
remate, se efectuará a las quince horas y cero minutos del diez de diciembre del dos mil veinte, con
la base de seis millones ochocientos
sesenta y dos mil quinientos
colones exactos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las quince horas y cero minutos del dieciocho de diciembre del dos mil veinte, con
la base de dos millones doscientos
ochenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Marjorie
Del Carmen Muñoz Granados. Expediente Nº
20-001084-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 28 de julio del 2020.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza.—( IN2020494452 ).
En este Despacho,
con una base de veinte millones
ciento cuarenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas: 154-02969-01-0002-001; servidumbre
trasladada, citas:
225-03175-01-0901-001; servidumbre de aguas pluviales, citas: 2012-300027-01-0001-001; servidumbre
de aguas pluviales, citas: 2016-489462-01-0002-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número ciento sesenta mil quinientos cincuenta y cinco, horizontal F, derecho cero cero
cero, la cual es terreno naturaleza: finca filial primaria individualizada número 153 identificada como FFPI-M-153 apta para construir que podrá tener una altura máxima de 2 pisos destinada a uso residencial. Situada en el distrito 7 Puente de
Piedra, cantón 3 Grecia, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
FFPI M-136 y FFPI M-135; al sur, acceso ACL M-2; al este, FFPI M-152; y al oeste,
FFPI M-154. Mide: doscientos
siete metros cuadrados.
Plano: A-1954277-2017. Para tal efecto,
se señalan las nueve horas
cero minutos del veintitrés
de noviembre de dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas cero minutos
del dos de diciembre de dos mil veinte
con la base de quince millones ciento
cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve
horas cero minutos del catorce
de diciembre de dos mil veinte
con la base de cinco millones
treinta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Adriana
Villalobos Vega, José Luis Cordero Manzanares. Expediente
20-002331-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, 10 de setiembre
del año 2020.—Lic. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Tramitadora.—( IN2020494453 ).
En este Despacho, con
una base de trece millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula
número quinientos cincuenta mil ciento cuarenta y cinco, derecho cero cero cero, la cual
es terreno naturaleza: terreno para construir 20B.- Situada en el Distrito 12-Tambor,
Cantón 1-Alajuela, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte
Francisco Javier Villalobos Vega; al sur calle
publica avenida loto; al este Caja Costarricense
del Seguro Social y al oeste calle
pública. Mide: ciento cincuenta y cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del seis de noviembre de
dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las siete
horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de noviembre de dos mil veinte con
la base de diez millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las siete horas y cuarenta
y cinco minutos del diez de diciembre de dos mil veinte con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Mellany Marie Taylor Vega. Expediente
Nº:20-002706-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 25 de julio del año 2020.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—(
IN2020494454 ).
En este Despacho,
con una base de diez millones
de colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
185485, derecho 000 a cual es terreno
para construir. Situada en el distrito 1- Alajuela, cantón 1- Alajuela de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
calle de entrada en medio
Flora Isabel Venegas Solano; al sur, avenida primera con 9.31 metros de frente;
al este, Melania Gutiérrez Palma y al oeste, María Saborío y Consuelo Zúñiga. Mide: quinientos
veintidós metros cuadrados
con noventa y siete decímetros, para lo cual se señalan las once horas y quince minutos
del once de noviembre de dos mil veinte.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas y quince minutos del veintiséis
de noviembre de dos mil veinte
con la base de siete millones
quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las once horas y quince minutos del quince de diciembre
de dos mil veinte con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra
Nuria Gutiérrez Palma, Silvia Elena González Gutiérrez. Expediente
N° 20-008956-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 18 de agosto del año 2020.—Melquisedec Rodríguez
Ramírez, Juez Tramitador.—(
IN2020494455 ).
En este despacho, con
una base de once millones de colones
exactos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos cincuenta y cinco mil ciento sesenta y cinco, derecho cero cero cero, la cual
es terreno para construir lote 1. Situada en el distrito 4-Carrillos, cantón 8-Poás, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Exportaciones Viar de Alajuela S.
A.; al sur, Gerardo Ugalde Aguirre; al este, calle pública con 6,73 metros de frente
y al oeste, Asociación para
la Vivienda y Bienestar Social La Lucha
de Carrillos de Poás. Mide:
ciento veintinueve metros
con ochenta y dos decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
y cuarenta y cinco minutos del nueve de noviembre de dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas y cuarenta y cinco
minutos del veinticuatro de
noviembre de dos mil veinte
con la base de ocho millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las once horas y cuarenta y cinco
minutos del once de diciembre
de dos mil veinte con la base de dos millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra
Ingrid Sanabria Cerdas, Ronny Espinoza Álvarez. Expediente Nº 20-009140-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela,10 de agosto del 2020.—Licda. Sofía
Ramírez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2020494456 ).
En este Despacho,
con una base de veintiún millones
quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servid. y condic. ref.: 2999-019-006 citas:
336-02191-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 293494, derecho 000, la cual
es terreno con 1 casa. Situada:
en el distrito 10 Hatillo, cantón 1 San José, de la provincia de
San José. Colinda: al norte,
acera 14 con 50 m 07 cm; al sur, INVU lote 663; al este, INVU lote 675, y al oeste, INVU lote 677. Mide: treinta y cuatro metros con sesenta decímetros cuadrados. Plano:
SJ-0528581-1984. Para tal efecto,
se señalan las catorce
horas cero minutos del seis de noviembre
del dos mil veinte. De no haber
postores, el segundo
remate, se efectuará a las catorce
horas cero minutos del dieciséis
de noviembre del dos mil veinte,
con la base de dieciséis millones
ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan
las catorce horas cero minutos
del veinticuatro de noviembre
del dos mil veinte, con la base de cinco millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra María del Rocío Murillo Zumbado, Patricia Zumbado
Barrientos. Expediente N° 20-009858-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 24 de setiembre del
2020.—Paula Morales González, Jueza Decisora.—(
IN2020494457 ).
En este Despacho, con una base de siete mil
setecientos treinta dólares con noventa y cuatro centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BLJ174. Marca: Mitsubishi
Estilo: Mirage G4. Categoría: automóvil. Capacidad: 5
personas. Carrocería: Sedan 4 puertas. Año fabricación: 2017. Color: blanco. N.
Motor: 3A92UDG8886. Para tal efecto se señalan las 11:15 horas del 18/11/2020.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las 11:15 horas del
26/11/2020 con la base de cinco mil setecientos noventa y ocho dólares con
veinte centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las 11:15 horas del 09/11/2020 con la base de mil
novecientos treinta y dos dólares con setenta y tres centavos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (Veinsa) Sociedad Anónima contra Rodman
Leonel Aburto Miranda. Expediente Nº 20-009371-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 15 de setiembre del 2020.—Licda. Paula
Morales González, Jueza Decisora.—( IN2020494458 ).
En este despacho, con una base de diecisiete
mil doscientos sesenta y
seis dólares con cincuenta
y dos centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones, número de sumaria
18-005128-0496-TR, número boleta
2018233700890, autoridad judicial Juzgado
de Transito de Cartago; sáquese
a remate el vehículo bdz350. Para tal
efecto se señalan las catorce horas y diez minutos del doce de noviembre de dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas y diez minutos del veinte de noviembre de dos mil veinte con
la base de doce mil novecientos
cuarenta y nueve dólares con ochenta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y diez minutos del dos de diciembre de
dos mil veinte con la base de cuatro
mil trescientos dieciséis dólares con sesenta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima
contra Autos La Florida S.
A. Expediente N° 19-014288-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José,
06 de setiembre del año
2020.—Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza Tramitadora.—( IN2020494459
).
En este Despacho,
con una base de seis mil quinientos diecisiete dólares con siete centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placas
RHV000, marca: JMC, Estilo:
N350, categoría:
automóvil, capacidad: 5
personas, año: 2013, color: negro, tracción: 4x2,
N° de motor: JX4D24A4LC7P12203, cilindrada:
2400, combustible: diésel. Para tal
efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del cuatro de noviembre del dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las ocho horas treinta minutos del doce de noviembre del dos mil veinte, con
la base de cuatro mil ochocientos
ochenta y siete dólares con ochenta centavos (75%
de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las ocho horas treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil veinte, con la base de mil seiscientos
veintinueve dólares con veintisiete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales VEINSA S. A. contra José Rodrigo Calderón
Valverde. Expediente Nº 20-001741-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 17 de setiembre del 2020.—Licda. Eileen
Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—( IN2020494460
).
En este Despacho, con una base de siete
mil cuatrocientos cuarenta
y ocho dólares con cuarenta y tres centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
Placa: 829282; Marca: Nissan; año:
2010; color: gris; Categoría:
automóvil;
Vin: 3N1CC1CD2ZL163101. Para tal efecto
se señalan las catorce
horas y cero minutos (02:00 p.m.) del dieciocho de noviembre de dos mil
veinte. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y
cero minutos (02:00 p.m.) del veintisiete
de noviembre de dos mil veinte,
con la base de cinco mil quinientos
ochenta y seis dólares con treinta y dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos
(02:00 p.m.) del once de diciembre de dos mil veinte, con la base de mil ochocientos
sesenta y dos dólares con diez centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima
contra Olga Isabel Mertina González Villalobos. Expediente 19-017032-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro
de Cartago, 31 de agosto del año 2020.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez Decisor.—(
IN2020494461 ).
En este Despacho,
con una base de dos mil seiscientos treinta y tres dólares con cuarenta y ocho centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placas:
798792, marca: Hyundai, estilo:
Accent, categoría: automóvil, capacidad:
5 personas, año: 1995, color: gris,
vin: KMHVA21NPSU087769, cilindrada: 1500 CC. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del dos de febrero del
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo
remate, se efectuará a las nueve
horas cero minutos del diez
de febrero del dos mil veintiuno,
con la base de mil novecientos setenta
y cinco dólares con once
centavos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las nueve
horas cero minutos del dieciocho
de febrero del dos mil veintiuno,
con la base de seiscientos cincuenta
y ocho dólares con treinta y siete centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA)
Sociedad Anónima
contra Alberto Jesús Morera Pérez. Expediente N° 17-002903-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 16 de setiembre del
2020.—Joyce Magaly Ugalde Huezo, Jueza
Decisora.—( IN2020494462 ).
En este Despacho, con una base de nueve
mil trescientos cuarenta y siete dólares con diecisiete centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa:
PJB099, marca: Ssang Yong, estilo: Korando, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2013, color: negro, vin: KPTA0A18SDP105754, cilindrada: 1998 c.c., combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de noviembre de dos mil veinte. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas y cero minutos
del veinticuatro de noviembre
de dos mil veinte con la base de siete
mil diez dólares con treinta y ocho centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las diez horas y
cero minutos del once de diciembre
de dos mil veinte con la base de dos mil trescientos treinta y seis dólares con setenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (Veinsa) Sociedad
Anónima
contra 3101503581 S. A., Luis Enrique Castro Salazar. Expediente
Nº 18-016632-1170-CJ.—Juzgado
de Cobro del I Circuito
Judicial de Alajuela, 06 de agosto del año 2020.—Melquisedec Rodríguez
Ramírez, Juez Tramitador.—(
IN2020494463 ).
En este Despacho,
con una base de quince millones doscientos
setenta y siete mil doscientos cuarenta colones con setenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 341-16565-01-0901-001 y servidumbre
trasladada bajo las citas:
341-16565-01-0902-001; sáquese a remate la finca número 1-445933-000, naturaleza: lote 6, bloque 25 con una casa, distrito: 1-Alajuelita, cantón:
10-Alajuelita, provincia: San José. Norte, avenida 18; sur, INVU; este,
INVU; oeste, INVU. Mide: ciento treinta y un metros con
quince decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veinticinco de febrero del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las nueve horas cero minutos
del ocho de marzo del dos
mil veintiuno, con la base de once millones cuatrocientos cincuenta y siete mil novecientos treinta colones con cincuenta y cinco céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan
las nueve horas cero minutos
del dieciséis de marzo del
dos mil veintiuno, con la base de tres
millones ochocientos diecinueve mil trescientos diez colones con dieciocho céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Junta Administradora del Fondo de Ahorro
y Préstamo de la Universidad de Costa Rica contra
Joyce Lidiette Esquivel Barahona. Expediente
N° 19-013631-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 29 de setiembre del 2020.—Ricardo Barrantes
López, Juez Decisor.—(
IN2020494465 ).
En este Despacho,
con una base de siete millones
doscientos ochenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas FZB023, Marca: Hyundai, Estilo:
Accent GL, Categoría: automóvil,
Capacidad: 5 personas, carrocería:
Sedan 4 puertas, color: plateado,
tracción: 4x2, Vin: KMHCT41BAHU132032, Nº Motor:
G4LCGU599353, cilindrada: 1400 c.c., cilindros: 4, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del diecinueve de noviembre del dos
mil veinte. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintisiete de noviembre del dos
mil veinte, con la base de cinco
millones cuatrocientos sesenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las ocho
horas treinta minutos del nueve de diciembre del dos mil veinte, con la base de un millón ochocientos veinte mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S.A. contra Marlon
Danilo González Casares. Expediente
Nº 20-009907-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de setiembre del 2020.—Lic. Oscar
Mauricio Rodríguez Villalobos, Juez Decisor.—(
IN2020494467 ).
En este Despacho,
con una base de trescientos cincuenta
y seis mil cuatrocientos sesenta
y siete dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; pero soportando servidumbre de paso citas: 2010-352657-01-0005-001, servidumbre
de paso citas: 2011-361083-01-0003-001, servidumbre de paso citas:
2011-361093-01-0007-001; sáquese a remate la finca
del partido de San José, matrícula
número 652923-000, la cual
es terreno naturaleza: terreno para construir. Situada en el Distrito 3-San
Rafael, Cantón 2-Escazú, de la provincia de San José. Colinda:
al norte Sociedades Guanacas; al sur Inversiones Núñez y Ronald S.A; al este Eliecer Jiménez Corrales y al oeste
servidumbre de paso. Mide: setecientos diecisiete metros cuadrados plano: SJ-1715688-2014
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del catorce de enero de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas treinta minutos del del veintiséis de enero de dos mil veintiuno con la base de doscientos
sesenta y siete mil trescientos cincuenta dólares con veinticinco centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las trece horas treinta minutos del tres de febrero de dos mil veintiuno con la base de ochenta
y nueve mil ciento dieciséis dólares con setenta y cinco centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank De Costa Rica S. A., contra
3-102-715442 Sociedad de Responsabilidad Limitada y José Luis Marín Durán. Expediente Nº:20-001528-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 06 de octubre del año 2020.—Mariela Cortés García, Jueza
Decisora.—( IN2020494468 ).
En este despacho,
con una base de cinco millones
ciento dieciséis mil seiscientos un colones con nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo TAX
l000006, marca greatwall, Estiloc 30cc 7150 ce 0014, año 2017, color rojo, VIN
LGWEE2K5XHE603376. Para tal efecto
se señalan las once horas del tres
de noviembre de dos mil veinte.
de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas del once de noviembre de dos mil veinte con la base de tres millones ochocientos treinta y siete mil cuatrocientos cincuenta colones con ochenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las once horas del diecinueve de noviembre de dos
mil veinte con la base de un millón
doscientos setenta y nueve mil ciento cincuenta colones con veintisiete céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos
Luis de Los Ángeles Calvo Quirós.
Expediente N° 18-002793-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de La Zona Atlántica, 03 de agosto del año 2020.—Roy Córdoba Hernández, Juez
Decisor.—( IN2020494469 ).
En este Despacho, con una base de veintinueve
millones cuatrocientos setenta y un mil trescientos dieciocho colones con
sesenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca
del partido de: Puntarenas, matrícula número: 98512, duplicado: horizontal:
derecho: 000, naturaleza: terreno para construir, Situada en el distrito:
1-Quepos, cantón: 6- Quepos, provincia: Puntarenas, Linderos: norte, Estebana Rivera Batista; sur, Casimiro Alemán Alemán, este, Manuel Barboza Sánchez y Carlos Eduardo Calvo
Solano, oeste, calle pública con 20.51 metros. Mide: doscientos setenta y un
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos
del doce de noviembre de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas treinta minutos del veinte de noviembre de
dos mil veinte con la base de veintidós millones ciento tres mil cuatrocientos
ochenta y ocho colones con noventa y cinco céntimos (75% de la base original) y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta
minutos del dos de diciembre de dos mil veinte con la base de siete millones
trescientos sesenta y siete mil ochocientos veintinueve colones con sesenta y
cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta.- Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito y Servicios Múltiples
La Amistad R. L. (COOPEAMISTAD) contra Luis Santiago de Jesús Solís Sequeira.
Expediente Nº 18-007880-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 13
de octubre del año 2020.—Licda. María del Carmen Vargas González, Jueza
Decisora.—( IN2020494471 ).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 17-000023-0298-AG donde
se promueven diligencias de Información
Posesoria por parte de Barcasa Unidad Sociedad Anónima, quien mediante su apoderado generalísimo
sin límite
de suma, quien es mayor, estado civil casado, vecino de Ciudad Quesada, portador
de la cédula de identidad vigente
que exhibe número dos trescientos noventa y tres cero ochenta y dos, profesión abogado, a fin de inscribir
a nombre de su representada y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca cuya naturaleza es agricultura. Situada: en el distrito seis Río Cuarto, cantón tres Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Marvin Brenes
Jiménez; al sur, José Luis García Solano; al este,
Ana Cecilia Aguilar Solano, y al oeste, Barcasa Unidad S. A. Mide: treinta mil metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-1925995-2016. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cuatro
millones quinientos mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título
de dueño por más de 10 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mejora del terreno,
limpieza, construcción de infraestructura, medición de terreno y catastro del mismo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Barcasa Unidad
Sociedad Anónima. Expediente
N° 17-000023-0298-AG.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, San
Carlos, 13 de octubre
del 2020.—Lic. William Arburola
Castillo, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020493729 ).
Se
hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 19-000198-1520-AG, donde
se promueven diligencias de Información
Posesoria por parte de Ana
Larisa Schwan Breisch quien
es mayor, estado civil soltera,
comerciante independiente, vecina de Bijagua de Upala de Alajuela, vecina de Bijagua de Upala de Alajuela, portadora de la cédula de identidad
vigente que exhibe número 9-0115-0182, profesión comerciante independiente, a fin
de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca cuya naturaleza es
para agricultura y tacotal.
Situada en Las Flores, el distrito Bijagua, cantón trece-Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Ismael Arroyo Cabezas, Rigoberto Mejía Calero y Miguel Ángel Araya
Fonseca; al sur, Gerardo Chaves Hernández; al este,
Oscar Solís Cruz; y al oeste, calle
pública con 6 metros 19 decímetros
de frente. Mide: dieciocho mil quinientos noventa y nueve metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-1991259-2017.
Indica el promovente que sobre
el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de doce millones
de colones exactos colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por una cadena de posesión pública de al menos veinticinco años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido
en una casa de habitación
de madera con dos habitaciones, en regular estado, baño seco, e instalaciones de duchas, pilas, senderos, diversas plantaciones de árboles frutales y hortalizas, terreno para pastoreo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Ana Larisa Schwan Breisch.
Expediente N° 19-000198-1520-AG.—Juzgado Civil y Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria). Alajuela, Upala, 20
de julio del año 2020.—Licda. Sussy
María Gamboa Ramírez, Jueza
Decisora.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2020493734 ).
Se
hace saber que, ante este despacho se tramita el expediente N° 20-000184-0298-AG, donde
se promueven diligencias de Información
Posesoria por parte de
Marvell de Jesús Alcoser Galarza, quien es mayor, estado civil casado, vecino de Grecia centro, detrás del Cementerio Municipal, portador
de la cédula de identidad vigente
que exhibe número dos cero cuatrocientos treinta y siete cero setecientos tres, profesión abogado, a fin de
inscribir a su nombre y ante el registro público de la propiedad, el terreno que se describe así:
finca cuya naturaleza es
zacate bajo o barbecho. Situada
en el distrito primero los
chiles, cantón catorce Los
Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Cindy Cruz Buberth y Jorge Cruz Rodríguez; al sur, Víctor Julio Muñoz
Ramírez; al este, carretera
Ruta Nacional N° 35, con un frente
de veintitrés metros con veintisiete
centímetros lineales y Asociación Administradora de Acueducto y Alcantarillado Sanitario del parque y al oeste, Santiago Rosales Avecía. Mide: Cinco mil setecientos sesenta y nueve metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 2-2127382-2019.
Indica el promovente que sobre
el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cuatro millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra venta, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veinte años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento, chapias, preparación del terreno para la siembra de árboles y cultivos anuales, reparación y mantenimiento de cercas. Que no
ha inscrito mediante el
amparo de la Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Marvell de Jesús Alcoser Galarza. Expediente N° 20- 000184-0298-AG.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad
Quesada, San Carlos, 13 de octubre del año 2020.—Lic. William Arburola Castillo, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020493751 ).
Se
hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 13-100010-0216-CI donde
se promueve Información Posesoria por parte de Juan
Antonio Brenes Agüero, quien es mayor, casado una vez, comerciante, vecino de San Josecito de Alajuelita, portador de la cédula
número 1-0499-0439, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: Finca ubicada
en la provincia de San
José, la cual es terreno
con casa de habitación. Situada:
en el distrito segundo San Josecito, cantón décimo Alajuelita.
Colinda: al noreste, con
Miguel Benítez Vásquez; al sur, con Francisco Javier Navarro Redondo y Osvaldo
Navarro Marín; al este, con Corporación
Jiménez Mora S. A., y al oeste, con calle pública con seis metros de frente. Mide: ciento
cincuenta y cuatro metros
con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir
01-1184475-07 no pesan cargas reales
o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cuatro
millones de colones exactos. Que adquirió dicho inmueble 01-1184475- 07 y
hasta la fecha lo ha mantenido
en forma pública, pacífica y continua, por más de
20 años. Que los actos de posesión han consistido
en cuidar del bien y construir en el mismo la casa que ahí se ubica. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes
contado a partir primera y única publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Expediente N°
13-100010-0216-CI.—Juzgado
Civil Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, 12 de octubre del 2020.—Lic. Nelson
Rodríguez Morales, Juez.—1 vez.—( IN2020493948 ).
Se hace
saber: que ante este Despacho
se tramita el expediente N°
20-000002-1046-CI donde se promueve
información posesoria por parte de Édgar Orozco Alfaro, cédula de identidad número 03-0196-1463, mayor, soltero, sacerdote, vecino de San Isidro de El General, Pérez Zeledón, contiguo a la Casa Cural, con facultad de representante y apoderado generalísimo de Temporalidades de
la Diócesis de San Isidro de El General, cédula jurídica número 3-010-045279, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: finca ubicada
en la provincia de
Puntarenas, la cual es terreno
de patio con edificación destinada
a Iglesia. Situada en el distrito Colinas, cantón Buenos Aires. Colinda: al norte, con Geovanny Gómez
Fernández; al sur, con calle pública;
al este, con Geovanny Gómez
Fernández y al oeste, con Junta de Educación Escuela de Filadelfia. Mide: trescientos cuarenta y nueve metros setenta decímetros cuadrados, según plano catastrado 6-938352-2004.
Del terreno antes descrito,
el solicitante manifiesta
ser el poseedor en calidad de dueño de manera pública, pacífica e ininterrumpida por más de diez años.
Estima el fundo en la suma de quinientos
mil colones. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Édgar Orozco Alfaro, expediente N° 20-000002-1046-CI-0.—Juzgado
Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia
civil), 26 de junio del año
2020.—Edith Brenes Quesada, Jueza
Tramitadora.— 1 vez.—(
IN2020494036 ).
Se hace
saber: Que ante este Despacho
se tramita el expediente N°
20-000031-0386-CI donde se promueven
diligencias de Información Posesoria
por parte de Betsabé González Rivas, quien es mayor, estado civil casada, vecina de Quebrada Grande de Liberia, Guanacaste, dirección 100 metros al este de
la Iglesia Católica, portadora de la cédula de identidad
vigente que exhibe número 0503550978, profesión ama
de casa, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual
es terreno de solar con una casa. Situada:
en el distrito Cañas Dulces, cantón
Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, con Luz Marina
López Rivas; al sur, con la Municipalidad de Liberia; al este,
con calle pública con un frente de 40 metros con 16 centímetros,
y al oeste, acequia. Mide:
dos mil doscientos once metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre
el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble del señor Cresencio Gonzalez Álvarez,
y hasta la fecha lo ha mantenido
en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cercar el inmueble,
chapearlo, hacerle las rondas y poseerlo en forma pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueña, por espacio de más de diez años. Que no ha inscrito mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Betsabé González Rivas. Expediente
N° 20-000031-0386-CI.—Juzgado
Contencioso Administrativo
y Civil de Hacienda,
13 de agosto del 2020.—Licda.
Karla Suárez Baltodano, Jueza.—1 vez.—(
IN2020494060 ).
Se hace
saber que ante este Despacho
se tramita el expediente N°
20-000306-0930-CI donde se promueve
información posesoria por parte de Andrés Alberto Oviedo Ávila quien
es mayor, estado civil soltero,
vecino de barrio Bella Vista, Limón, portador de la cédula número
0701490412, profesión investigador
del O.I.J., a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
Siquirres, cantón Siquirres. Colinda: al norte, con Luis Alejandro Oviedo Ávila; al sur, con servidumbre de paso, Nunguette
Rivera Carpio, Priscila Baldelomar Molina; al este, con Floribeth Enríquez Jiménez y al oeste, con
Priscila Baldelomar Molina. Mide:
mil trescientos cincuenta y
ocho metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre
el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de diez millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de venta privada, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de zonas verdes y cercas de alambre de linderos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Andrés Alberto Oviedo Ávila. Expediente N° 20-000306-0930-CI-1.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de
La Zona Atlántica, 12 de octubre
del año 2020.—Licda. Yency Vargas Salas, Jueza.—1 vez.—( IN2020494063 ).
Se hace
saber: que ante este Despacho
se tramita el expediente N°
20-000180-0298-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de Uriel Rodríguez Rodríguez quien es mayor, estado civil casado, vecino de San Francisco
de La Palmera, portador de
la cédula de identidad vigente
que exhibe número dos doscientos catorce seiscientos catorce, profesión ganadero, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así:
finca cuya naturaleza es pastos. Situada en el distrito nueve, La Palmera, cantón décimo, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, calle pública con un frente de trescientos cincuenta y un metros
lineales con ocho decímetros; al sur, Uriel Rodríguez Rodríguez
y Rosmery Alfaro Gamboa; al
este, calle pública con un frente de ciento cinco metros lineales con sesenta decímetros y al oeste, Carlos
Alberto Rodríguez Rodríguez y Natalia Orozco Galeano. Mide: cincuenta y cinco mil ciento veintiún metros cuadrados con cincuenta y tres decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-851010-2003. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco
millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por Posesión Originaria, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de Cuarenta años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en la limpieza del terreno, la siembra de pasto, construcción de cercas que delimitan la propiedad con postes vivos y de madera aserrada, y la elaboración del plano catastrado. Que no ha inscrito mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Uriel Rodríguez Rodríguez, expediente N° 20-000180-0298-AG.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, ciudad quesada, San Carlos, 07 de octubre
del año 2020.—Lic.
Alejandro Li Ruiz, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020494104 ).
Se hace
saber: Que ante este Despacho
se tramita el expediente N°
17-000051-0217-CI donde se promueve
Información Posesoria por parte de: Marisol Castro Castro, quien es mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Santa
Rita de Aserrí, cédula de identidad
N° 1-630-619, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: Finca ubicada
en la provincia de San
José, la cual es terreno
para construir, con una casa de habitación.
Situado: en el Barrio Santa
Rita, distrito primero Aserrí,
cantón sexto Aserrí, de la provincia primera San José.
Linda: norte, con Gerardina
Naranjo Monge; al sur, con Lucas Raúl López Calderón; al este,
con Jesús Zamora Azofeifa, y al oeste,
con calle pública con trece metros de ancho y once metros con cincuenta
y ocho centímetros lineales. Mide: ochenta y tres metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados 83:56m2, según
plano catastrado N°
SJ-538999-99 de fecha 22 de enero
de 1999. Indica la promovente que sobre
el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble del señor Marcelino Raúl
del Carmen Mesén
Villalobos, cédula de identidad N° 6-167-378, de quien no le liga
parentesco alguno. Que ha poseído dicho terreno
por más de diez años y que ha ejercido actos de posesión hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, por
Marisol Castro Castro. Expediente
N° 17-000051-0217-CI-2.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San
José (Desamparados), 10 de junio del 2020.—Freddy
Ureña Díaz, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2020494162 ).
Se hace
saber que, ante este Despacho
se tramita el expediente N°
20-000260-0297-CI, donde se promueve
Información Posesoria por parte de Yeisson Enrique Porras
Picado quien es mayor, estado
soltero, vecino de Santa
María de Pocosol. 25 metros al sur de la Escuela de
Santa María de Pocosol, portador
de la cédula número 0206040685, carnicero,
a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así:
finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es
terreno para construir. Situada en Santa María, distrito 13, Pocosol, cantón 10, San Carlos. Colinda:
al noroeste y noreste, con Ramón
Ramírez Alvarado; al suroeste, con María Eugenia
Rodríguez Marín y al sureste, con calle
pública con un frente a ella de once metros lineales. Mide: trescientos cuarenta y tres metros cuadrados, graficado en el plano 2-2041573-2018 de fecha 06
de abril de 2018. Indica el promovente
que sobre el inmueble no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos
mil colones y en la misma suma estima
las presentes diligencias. Que adquirió
dicho inmueble por compraventa que le hiciera a la señora Lizberry Lucía Mena
Sandino, mayor, soltera, miscelánea,
cédula de identidad N° 0901070226, vecina de Ciudad Quesada, de Pizza Latina, cincuenta metros al norte y veinticinco metros al oeste, con quien no le liga parentesco alguno, en fecha 06 de setiembre de 2018, mediante
testimonio de escritura Nº 130 otorgado
ante la Notaria Fressia Guzmán Mena y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y uso del mismo, así como limpieza
de zonas verdes. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Yeisson Enrique Porras Picado. Expediente
Nº 20-000260-0297-CI-0.—Juzgado Civil del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 02 de setiembre del 2020.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez Decisor.—1
vez.—( IN2020494191 ).
Se hace saber: Que ante este despacho se tramita el expediente N° 20-000250-0678-CI donde se promueve información
posesoria por parte de Jorge Andrés Chacón Mata, quien es mayor, divorciado,
ingeniero agrónomo, vecino de Curridabat, titular de la cédula de identidad
número 3-0224-0475, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia
de Limón, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Cahuita,
cantón Talamanca. Colinda: al norte con Terranyl
Sociedad de Responsabilidad Limitada; al sur con Luis Ángel Mena Jiménez; al
este con Terranyl Sociedad de Responsabilidad
Limitada y al oeste con calle pública. Mide: cuatrocientos setenta y seis
metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no
pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima
dicho inmueble en la suma de siete millones de colones exactos colones. Que
adquirió dicho inmueble y hasta la fecha lo
ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han
consistido en limpieza del terreno y mantenimiento de las cercas
correspondientes por todos los linderos. Que no ha inscrito mediante el amparo
de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles, según se constata con la
certificación del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado
Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 12 de octubre de
2020.—Licda. Adriana Magally Jiménez Bonilla,
Jueza.—1 vez.— ( IN2020494313 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Ramón Gilberto Prado Campos, mayor, soltero, costarricense, con documento de identidad N°
01-0398-0251 y vecino de Los Ángeles
de San Gabriel, de Aserrí. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
N° 20-000454-0217-CI.—Juzgado
Civil del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados),
25 de setiembre del 2020.—Licda.
Floryzul Porras López, Jueza.—1 vez.—(
IN2020493707 ).
Se
hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Carlos Manuel Marín
Calvo, mayor, casado, costarricense,
con documento de identidad
3-0121-0711 y vecino de Barrio El Carmen de Cartago.
Se cita a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo
de quince días contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda.—Expediente Nº 17-000672-0338-FA.—Juzgado
Civil de Cartago, 25 de febrero del 2020.—Lic. Mateo Ivankovich Fonseca.
LL.M., Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020493730 ).
Se
hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Dinorah Jiménez Miranda, mayor, casada una vez, ama de casa, costarricense, con documento de identidad N° 0202590071 y vecina
de San Jerónimo de Naranjo, carretera
vieja casa color celeste con blanco
izquierda. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, expediente
N° 19-000032-0295-CI-0.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Civil), 21 de setiembre del año 2020.—M.Sc.
Rafael Antonio Ortega Tellería, Juez Decisor.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020493733 ).
Se hace
saber que en este Tribunal
de Justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó:
Belisa Isabel Alvarado Marín, mayor, costarricense, soltera, ama de
casa, cédula de identidad número dos-ciento ochenta y siete-novecientos noventa y cuatro, vecina de Alajuela, Upala, Barrio
Los Ingenieros, de la Escuela ochocientos
metros oeste y seiscientos
metros norte, casa de zócalo,
color natural. De conformidad con el artículo 126.3 del Código Procesal
Civil, se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Sucesorio judicial de Belisa Isabel Alvarado Marín. Promueve:
Marco Tulio Castillo Alvarado. Expediente N°
20-000065-1520-AG.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Sede Upala
(Materia Agraria). Upala,
14 de octubre del 2020.—Licda. Sussy María Gamboa Ramírez, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020493736 ).
Se cita
y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Rodrigo Conejo Cantillo, mayor de edad, casado en segundas
nupcias, vecino de San
José, Aserrí, María Auxiliadora,
Calle Zúñiga, contiguo a apartamentos Happy, cédula uno-cero tres
siete ocho-cero cero tres ocho. Albacea
provisional Raquel Conejo Torres, para que dentro del
plazo de quince días contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos; que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasara a quien corresponda. Expediente N°
001-2020. Notaria del Lic. Wilman
Yohalmo Escobar Escamilla, carné número 23339, sita
en Avenida 12, entre calles
11 y 13, Nº 1160, correo electrónico
jtacsan@ciansacr.com.—Lic. Wilman Yohalmo Escobar Escamilla,
Notario.—1
vez.—( IN2020493809 ).
Ante esta
notaría,
la cual tiene oficina abierta al público, sita en
Calle Fallas de Desamparados, quinientos
metros al suroeste de la Escuela, Urbanización
Bella Vista, segunda etapa,
casa número trece, se apersonó: Johnny Vargas Céspedes, cédula número uno-cero ochocientos sesenta
y uno-cero seiscientos ochenta
y seis, en calidad de albacea provisional, para solicitar
la apertura de la sucesión legítima y extrajudicial de quien
en vida fue:
Johnny Vargas Mejías, mayor, divorciado,
abogado, vecino de San Diego de Tres Ríos, Urbanización Florencio del Castillo, casa ciento cuarenta y nueve, quien portó
la cédula número seis-cero cero noventa-cero
doscientos cincuenta. Cualquier interesado debe apersonarse a esta
notaría,
a hacer valer sus derechos.
Expediente N° 2-2020.—San José, 14 de octubre del 2020.—Licda. Rosibel Chavarría Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2020493816 ).
Esta notaría declara
abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en vida
fuera Dery Jill (nombre y segundo nombre) Dyer Muller (apellidos) estadounidense, quien fue mayor, pensionada, casada una vez, con cédula de
residencia en Costa Rica uno ocho
cuatro cero cero cero cinco siete
cinco tres cero seis, vecina de la provincia de San
José, cantón Escazú, distrito primero Escazú, exactamente del cementerio, Zúñiga ochocientos metros al sur, ultimo y único
portón al final de la calle,
con letrero “Finca Lotus”, quien
falleció el día veinticinco
de septiembre del año dos
mil veinte. Se cita y emplaza a herederos y demás interesados para que dentro
del plazo máximo de 15
días, contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Expediente 2020-001, sucesorio en sede notarial. Notaría del Lic. Agustín Atmetlla Cruz, carné 1450,
con oficina en San José,
San Rafael de Montes de Oca, en calle
La Antigua, frente a la entrada al Ebais, 150 metros al sur, puerta azul, teléfono 2273-8884.—Lic. Agustín
Atmetlla Cruz, Notario.—1 vez.—( IN2020493820 ).
Se
hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio testamentario de quien en vida se llamó:
Miguel Ángel Padilla Hernández, mayor, estado civil casado, pensionado, costarricense, con documento de identidad N° 0102500548, y vecino
de San Miguel de Desamparados. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de
la publicación de este edicto. Expediente N°
20-000392-0217-CI-4.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San
José, Desamparados, 02 de octubre del 2020.—Lic. Henry Steven Sanarrusia Gómez, Juez.—1 vez.—( IN2020493832 ).
Mediante acta de apertura otorgada, ante esta notaria, de las quince horas del veinte
de julio del año dos mil veinte y comprobado el fallecimiento de Guillermo Cruz Suarez, esta
Notaría ha declarado abierto Su proceso
sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo
máximo de quince días hábiles,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaria a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República,
tal como ésta lo ha indicado.
Notaría del Lic. Elvis Eduardo Lawson
Villafuerte, frente a la Escuela pública de Matina,
Limón, Teléfono 88-11-94-20.—Tres de agosto del 2020.—Lic. Elvis Eduardo Lawson Villafuerte, Notario.—1 vez.—( IN2020493852 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, de las quince horas
del tres de agosto del año dos mil veinte y comprobado el fallecimiento de
Antonia Marchena Marchena. Esta
notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo
máximo de quince días hábiles,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte
a la Procuraduría General de la República,
tal como ésta lo ha indicado. Notaría del Lic. Elvis Eduardo
Lawson Villafuerte, frente a la Escuela Pública de Matina, Limón, teléfono 8811-9420.—Tres de agosto
del 2020.—Elvis Eduardo Lawson Villafuerte, Notario Público.—1
vez.—( IN2020493853 ).
Se
cita a los interesados en la sucesión notarial de José
González Mata, quien
fue casado una vez, agricultor, cédula N°
3-103-394, vecino de Dulce Nombre
de Cartago, quien falleció
el 23 de marzo del 2008, a reclamar
sus derechos en mi oficina en Cartago, calle 5 avenidas 1 y central. Si nadie se
presenta dentro del plazo
de ley, la herencia pasará
a quien corresponda.—Cartago, 14 de octubre del
2020.—Lic. Juan Pablo Navarro
Solano, Notario.— 1 vez.—( IN2020493872 ).
Se
emplaza a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, en la sucesión de quien en vida se llamó
Luis Gerardo Centeno García, mayor de edad, costarricense, casado una vez, cédula de identidad cinco cero uno tres tres cero ocho siete tres, vecino
de San José, Tirrases de Curridabat,
Residencial La Colina, casa
B cinco, defunción que ocurrió en fecha
catorce de noviembre de mil
novecientos ochenta y nueve, para que dentro del plazo
de quince días, contados a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaria en defensa de sus derechos, apercibidos,
de que, si así no lo hicieren la herencia pasará a quien corresponda. Notaria pública Katherine
Susana Fernández Chinchilla con oficina en San José, avenida doce, calle treinta
y cinco, Bufete Fernández. Expediente cero cero cero uno-dos mil veinte.—MSc. Katherine Susana Fernández Chinchilla, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2020493873 ).
Licda. Deborah Feinzaig Mintz,
Notaria Pública con oficina en
San José, Sabana Norte, de la esquina
sureste del ICE, setenta y cinco metros al norte, oficinas de Consensus Abogados, hace
saber a terceros e interesados
en la sucesión de Jorge Flikier Gotlib, cédula N°
1-0268-0425, que, en ante esta
notaría a solicitud de la señora Jetty Zelkowicz Goldgewicht, cédula N° 1-0399-0817, cónyuge
del causante y Albacea Propietaria de dicha sucesión, se ha iniciado el mencionado proceso sucesorio testamentario. Se advierte a terceros e interesados en dicha sucesión, que cuentan con un plazo de treinta días, contados a partir de la fecha de publicación del presente edicto, para comparecer ante esta notaría a hacer valer sus derechos; bajo el
apercibimiento a quienes crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.—San José, trece de octubre del 2020.—Licda. Deborah Feinzaig Mintz, Notaria.—1 vez.—( IN2020493894 ).
Se emplaza
a los interesados en la sucesión de quien en vida fuera
Javier Soto Sánchez, mayor, viudo una vez, chofer, vecino
de Alajuela, San Juan Sur de Poás, cédula de identidad número: dos-cero trescientos diecisiete-cero ochocientos cincuenta y, para que, dentro del término
de quince días contados a partir
de esta publicación, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos
que si no lo hacen dentro
del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Sucesión extrajudicial que se tramita
como actividad judicial no contenciosa ante la notaria pública
Johanna Isabel Meneses Ramírez, con oficina en Alajuela centro, de los Tribunales de
Justicia ciento cincuenta
metros al sur.—Licda. Johanna Meneses
Ramírez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2020493912 ).
Se
cita y emplaza a todos los herederos, legatarios acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión notarial de quien en vida fuera:
Sandra Aragón Gómez, mayor, casada
en primeras nupcias, pensionada, titular de
la cédula de identidad número tres-cero
uno nueve uno-cero cinco
cero nueve, vecina de San
José, Desamparados, quien falleció
el día veinticinco de enero
del dos mil diecinueve, para que, dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a reclamar sus derechos, ante esta
notaría, Expediente número: cero cero
uno-dos mil veinte. Sita en:
Guápiles, Pococí, quinientos metros norte, veinticinco oeste de las oficinas del PANI o por medio del correo:
castilloh.im@abogados.or.cr o al teléfono: 87092671.
Se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia, pasará a quien corresponda.—Licda. Indiahlay Maggaly Castillo Hurtado, Notaria.—1
vez.—( IN2020493915 ).
Por
el término
de treinta días, se cita y emplaza a los interesados, herederos y acreedores, para
dentro de dicho plazo se apersonen ante esta notaría a hacer valer sus derechos, en la sucesión de quien fuera Saúl Vindas
Meza, quien en vida fue mayor, portador de la cédula de identidad
uno trescientos cincuenta y
siete doscientos cincuenta, casado en sus primeras nupcias, vecino de San José, distrito de San Pablo, cantón de
León Cortés; fallecido en fecha del día dos de agosto del
dos mil diecinueve. Santa María de Dota, San José, Expediente 001-2020. Queda el expediente a disposición en la oficina de la notaria Wendy
Karina Barboza Arguedas, sita en
la provincia de San José, cantón
Dota, distrito Santa María, costado
Sur del Parque Municipal.—San José, 15 de octubre del 2020.—Lic. Wendy
Karina Barboza Arguedas, Notaria.—1 vez.—( IN2020493918 ).
Se cita
y emplaza a los posibles herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en el proceso sucesorio
en sede notarial de quien en vida
fue Frank Eduardo Badilla
Peña, mayor, médico especialista
en anestesiología, cédula
de identidad N° 6-0178-0703, vecino
de San José, Santa Ana, Pozos, Residencial
Montana, Condominio Nogales, casa 10, quien falleció el día 09 de julio del 2020, para que dentro del plazo
de quince días contados a partir
de la publicación de este edicto concurran a hacer valer sus derechos ante la notaría de la licenciada Lisa
María Bejarano Valverde, con oficina
abierta en la ciudad de San
José calle 35A, entre avenidas
26A y 22A, San José, Zapote, frente a la entrada
principal del Colegio de Abogados o a través del correo electrónico lisa.bejaranov@gmail.com, con el apercibimiento de que en caso de que no se presenten
dentro de ese plazo, la herencia
pasará a quien corresponda. Albacea provisional:
Esmeralda Peña Pernudis, mayor, casada
una vez, ama de casa, cédula de identidad
N° 8-0023-0704, vecina de San José, Montes de Oca,
Sabanilla, Residencial Alhambra, casa 13 J. Expediente N° 0001-2020.—San José, 01 de octubre del 2020.—Licda. Lisa
María Bejarano Valverde, Notaria.—1
vez.—( IN2020493941 ).
Se
hace saber en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quienes en vida
se llamaron Antonio Altamirano Calvo, mayor, estado civil viudo, pensionado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0102290588 y Elvira Monge Padilla, mayor, estado civil viuda, profesión u oficio oficios del hogar, nacionalidad costarricense, con documento de identidad
0102200943, ambos vecinos de La Alegría
de Siquirres. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
N° 20-000330-0930-CI-5.—Juzgado Civil del
Segundo Circuito Judicial de La Zona Atlántica, 09 de octubre
del año 2020.—Licda. Yency Vargas Salas, Jueza.—1 vez.—( IN2020493996 ).
Se hace
saber: En este Tribunal de
Justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó:
María del Carmen Tacsan Ulate,
mayor, casada, asesora en cooperación y economía, costarricense, con documento de identidad N°
0110640740, y vecina de San Rafael de Heredia. Se
indica a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
N° 20-000994-0504-CI-7.—Juzgado Civil de
Heredia, 14 de octubre del 2020.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—1 vez.—( IN2020494601 ).
Licda. Alejandra
Ortega Padilla, Jueza, tramitadora
del Tribunal de Juicio del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hace saber a Eddy Arias Sandoval, mayor de edad, con número de identificación 01-0599-0049, que en
este Tribunal se tramita
causa N° 13-200145-0634-PE por infracción a la Ley Forestal, contra Enrique Arias Sandoval y en cual figura
su persona como gerente de Inversiones Anahatta Global, Sociedad de Responsabilidad
Limitada. Proceso en el cual se dictó
la resolución que literalmente
Dice: “Tribunal del Primer Circuito Judicial de la
Zona Sur, al ser las trece horas cuarenta
y tres minutos del trece de octubre de dos mil veinte. Visto el anterior Auto de Apertura a Juicio que corre agregado al Legajo de Investigación Principal, y de conformidad
con lo ordenado por el artículo
324 del Código Procesal Penal, se procede
a efecto de realizar el Juicio Oral, señalar para la celebración del debate las ocho
horas (08:00 a.m) y trece
horas treinta minutos
(01:30 p.m) del cinco de febrero del dos mil veintiuno
(05/02/2021). Mismo que se realizará
en las instalaciones de los
Tribunales de Justicia de Buenos Aires, frente a restaurante Mau´s. Se
pone a disposición de las partes
todas las actuaciones,
autos, así como las evidencias existentes con la investigación. Se cita a las partes intervinientes, estos a fin de que comparezcan en tal oportunidad.
Se le previene a las partes,
que, dentro del plazo de tres
días, después de notificada
esta resolución, en caso de tener
algún impedimento para presentarse al debate, se lo hagan
saber a este Despacho. Lo anterior de conformidad
con las Circulares de la Secretaría General de la
Corte números 118, 136, del año
2003, y 71 del 2004. Se les hace ver
a las partes involucradas su obligación de coadyuvar en la localización y comparencia de los
testigos que hayan sido propuestos para el juicio; el Tribunal brindará el auxilio necesario por medio de la
expedición de las citas. Se
le advierte al imputado que
si no comparece por justa causa que se lo impida se
le decretará su rebeldía y se ordenará su captura. Artículos
89 y 90 del Código Procesal Penal. Asimismo, conforme a la circular
157-08, se les hace
saber a las partes que pueden
presentarse con algún medio
magnético, sea dispositivo
de almacenamiento “llave
maya” o disco de DVD, a efecto de que, si así lo desean
al final de la diligencia, se les pueda grabar en esos
dispositivos su desarrollo y de esa forma cuenten de primera mano con un instrumento
para preparar sus alegatos.”
Notifíquese.—Licda. Alejandra Ortega Padilla,
Jueza Tramitadora.—O. C. Nº 364-12-2020.— Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020493723 ). 3
v. 1.
A todos quienes tengan interés en la tutela de las personas menores
de edad Joel Alexander y Raquel Alexandra, ambos de apellidos Cedeño Sequeira, se les
hace saber que deben de presentarse dentro del plazo de
quince días contados a partir
de la fecha de publicación
de este edicto. Expediente 20-000825-1146-FA. Diligencias de tutela.—Juzgado de
Familia de Puntarenas, Puntarenas, doce de octubre de dos mil veinte.—Licda. Maureen Vanessa Ortiz Cerdas,
Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020493772 ). 3
v. 1.
Msc. Guadalupe
Valverde Carranza, jueza del Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica
del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia familia),
a Joselin Michelle Cordero Largaespada, en su carácter de parte, quien es costarricense, mayor, soltera,
cédula de identidad número
0207580727, se le hace saber que en
proceso depósito judicial,
NUE 20-000514-0688-FA establecido por el Patronato Nacional de la Infancia,
se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: de las presentes diligencias de depósito judicial de la persona menor de edad Ian Enmanuel Cordero Largaespada, promovidas
por el Patronato Nacional de la Infancia,
se confiere traslado por tres días a Joselin Michelle Cordero Largaespada, a quien se les previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio
para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de que mientras
no lo haga, las resoluciones
posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales
N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre
del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo
que no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con
el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para
la recepción de notificaciones.”
Igualmente, se les invita a
utilizar “El Sistema de Gestión
en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para
acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Joselin Michelle Cordero Largaespada por medio
de edicto que se publicará
por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial. Msc.
Guadalupe Valverde Carranza, Jueza, expediente N° 20-000514-0688-FA. Clase
de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia familia), a las ocho horas diecinueve minutos del quince de octubre de dos mil veinte, 15 de octubre del año 2020.—Msc. Guadalupe Valverde Carranza, Jueza
Tramitadora.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020494152 ). 3 v. 1.
Lic. Walter Alvarado Arias del Juzgado Segundo de Familia de San José,
a Yudeisy González Guerra, en su carácter personal,
Se le hace saber que se dictó el N° 2020000831 de
sentencia de primera instancia Juzgado Segundo de Familia De San José.- A las
diecisiete horas treinta y tres minutos del treinta de setiembre de dos mil
veinte.- Proceso Ordinario de Inexistencia Matrimonial 15-000061-0187-FA
promovido por La Procuraduría General de la República, representada por la
Licenciada Marcela Ramírez Jara contra Yudeisy
González Guerra, ciudadana cubana, documento de identificación de su país
número 86112018898, al momento de realizar el acto jurídico y cédula de
identidad número 8- 103- 655 representada por su curadora procesal, Licenciada
Zulma Margarita Reyes Zúñiga, cédula de identidad número 8-118-362 y , cédula
de identidad número 6-274-904, representada por su curador procesal, Licenciado
Christian Junnieth Castillo Mercado cédula de
identidad número 8-114- 896, todos de calidades que consta en autos y Resultando:
I Considerando: I.—... II.—... III.—... IV.—... V.—... Por tanto: Acorde con lo
expuesto, artículos 420 y siguientes del Código Procesal Civil; 13, 19 y 64 y
siguientes del Código de Familia y demás normativa citada, se acoge la presente
demanda: 1) Se declara inexistente el matrimonio de Yudeisy
González Guerra, ciudadana cubana, documento de identificación de su país
número 86112018898, al momento de realizar el acto jurídico y cédula de
identidad número 8- 103- 655 y Jenner Duran Retana, cédula de identidad número
6-274- 904. 2) Anulase la Inscripción del acto matrimonial inscrito al al tomo cuatrocientos sesenta y cinco, folio trescientos
doce, asiento seiscientos veinticuatro de la Sección de Matrimonios del
Registro Civil, Partido de San José. 3) Comuníquese a la Dirección General del
Migración y Extranjería, que se anula todo acto preparatorio emitido en favor
del señor demandado Yudeisy González Guerra,
tendiente a Expediente Nº 15-000061-0187-FA I
Circuito Judicial de San José, Edificio Tribunales, Primer Piso. Teléfonos:
2295-3478 o 2295-3479. Fax: 2295-3627. Correo electrónico: sjojfamilia2@
poder-judicial.go.cr otorgarle la zresidencia y al
Registro Civil, la nulidad de todo acto preparatorio tendiente a otorgar la
carta de naturalización de la demandada Yudeisy
González Guerra y específicamente deben de anularse las resoluciones 5918 de
trece horas del diez de octubre de dos mil once, del Registro Civil, Sección de
Opciones y Naturalizaciones en la que se concedió la nacionalidad costarricense
a la demandada Yudeisy González Guerra y la
resolución número 591-N-2012, de ocho horas ocho minutos del veinte de enero de
dos mil doce, del Tribunal Supremo de Elecciones. 4) Se exime de costas a ambos
demandados (artículo 222 Código Procesal Civil Ley 7130) .
Notifíquese. Lic. Walter Alvarado Arias. Juez de Familia. Alvarado Nota:
Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. - Los plazos
comenzarán a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación.—Juzgado Segundo de Familia de San José.—Lic.
Walter Alvarado Arias, Juez.—1 vez.—O.C N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2020493725 ).
Licda. Isabel Cristina Villegas Cascante, Jueza
del Juzgado Segundo de Familia de San José, a María
Mercedes García Silverio en su
carácter personal, se le hace
saber que se dictó el N° 2020000830 de sentencia de primera instancia Juzgado Segundo de
Familia de San José, a las diecisiete horas treinta y tres minutos del treinta de setiembre de dos mil veinte. Proceso ordinario de inexistencia matrimonial 15-000172-0187-FA promovido por la Procuraduría
General de la República, representada
por Guillermo Fernández Lizano, contra Fabián David Acuña Orozco, cédula de identidad
número 1-1341-353, de domicilio
desconocido, y María Mercedes García Silverio, de nacionalidad dominicana, documento de su país número PSG1034260, de domicilio desconocido. Las partes fueron representadas
por los curadores procesales,
licenciados Federico Alvarado Aguilar y Melissa
Sanabria Saborío, respectivamente.
Resultando: I.II.III.IV considerando:
I.II.III. Por tanto: con fundamento en las razones expuestas y citas de derecho citadas, se declara con lugar la presente demanda, declarando la inexistencia de matrimonio y por consiguiente se decreta lo siguiente: 1.- Se declara la inexistencia del matrimonio que une a Fabián David Acuña Orozco,
cédula de identidad número
1-1341-353, con María Mercedes García Silverio, de nacionalidad
dominicana, documento de su país número
psg1034260, tornando nuevamente
las partes a su estado primigenio de solteros. 2.- Proceda el Registro Civil a anotar al margen de las citas de matrimonio de las partes, inscrito en el registro de matrimonios del partido de San
José, al tomo 485, folio 164, asiento 327, del Registro de Matrimonios de la provincia de San José. 3.- Comuníquese
al Registro Civil y a la Dirección
General de Migración y Extranjería,
para que se anule trámite
de naturalización o cualquier
otro que haya presentado el demandado María Mercedes
García Silverio, con base en el matrimonio
mencionado modifíquense los
asientos de nacimiento de la persona menor de edad Dangel
Andrés Acuña García, nacimiento
inscrito en registro de nacimientos de la provincia de Puntarenas, al tomo
521, folio 242, asiento 483, para que en adelante lleve los apellidos de su madre, sean García Silverio. 5.-
Costas: no se condena en costas a los demandados, de conformidad con lo que establece
el artículo 222 del anterior Código Procesal Civil, vigente únicamente para procesos familiares, según Ley 9621. 6.- Publíquese la parte dispositiva de esta resolución por única vez en el boletín
judicial, de conformidad con lo que establece el artículo 263 del cuerpo normativo supra citado. 7.- Por haber cumplido con su labor, solicítese a la administración
del primer circuito judicial de San José, cancelar los honorarios de los licenciados Federico Alvarado Aguilar y Melissa Sanabria Saborío, curadores procesales de las partes codemandadas, Acuña Orozco y
García Silverio, respectivamente, lo anterior por un monto de sesenta y cinco mil colones más un trece por ciento del impuesto sobre el valor agregado, que corresponde a un monto de ocho mil cuatrocientos cincuenta colones, lo que asciende a un total de setenta y tres mil cuatrocientos cincuenta colones, para cada uno de ellos. Una vez aprobados los mismos, se estará comunicando el número de autorización para que los licenciados
Alvarado Aguilar y Sanabria Saborío, presenten cada uno ante este despacho la factura por sus servicios profesionales, consignando el número dado, a fin de proceder a realizar el visto bueno.8. Notifíquese.
Esta resolución al Patronato Nacional de la Infancia.
Notifíquese. Isabel Villegas Cascante, Jueza de Familia. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el boletín
judicial o en un periódico
de circulación nacional.
Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado Segundo de Familia de San José.—Licda. Isabel Cristina Villegas Cascante, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2020493726 ).
Licda. Isabel Cristina Villegas Cascante, Jueza
del Juzgado Segundo de Familia de San José, a Juan
Rodolfo Garcés Peña en su carácter personal, Se le hace saber que se dictó el N°
2020000829 sentencia de primera
instancia. Juzgado Segundo
de Familia de San José, las once horas veinticuatro minutos del treinta de setiembre de dos mil veinte. Proceso abreviado de nulidad de matrimonio
18-000051-0187-FA establecido por la Procuraduría General de la República,
representada por Guillermo Fernández Lizano, contra Juan Rodolfo Garcés
Peña, ciudadano colombiano,
documento de identificación
de su país número P70193822, comerciante, de
domicilio desconocido, y Yasenia Azofeifa Méndez, dependiente, casada, cédula de identidad número 1-1059-888, vecina de Golfito. Actúa como curador procesal
del señor Garcés Peña, el licenciado Édgar Rainier Cordero
Campos. Resultando: I.II.III.IV.
Considerando: I.II.III. IV. Por tanto: Con fundamento en las razones expuestas y citas de derecho citadas, se declara con lugar la presente demanda, por consiguiente, se decreta lo siguiente: 1.-Se declara la inexistencia del matrimonio que une a Yasenia Azofeifa
Méndez, cédula de identidad número
1-1059-888, con Juan Rodolfo Garcés Peña, de nacionalidad colombiana, pasaporte de su país número P70193822, tornando nuevamente las partes a su estado
primigenio de solteros.
2.-Proceda el Registro Civil a
anotar al margen de las citas de matrimonio de las partes, inscrito en el Registro de Matrimonios del partido de
Heredia, tomo 81, folio 254, asiento 507.
3.-Comuníquese al Registro Civil y a la Dirección General de Migración y Extranjería, para que se anule el
trámite de naturalización y
cualquier trámite migratorio que haya presentado el demandado Juan
Rodolfo Garcés Peña, con base en
el matrimonio mencionado
4.-Modifíquense los asientos de nacimiento de la
persona menor de edad Youcer Garcés Azofeifa,
nacimiento inscrito en Registro de Nacimientos de la provincia de
Puntarenas, al tomo 513, folio 128, asiento 255, para
que en adelante lleve los apellidos de su madre, sean
Azofeifa Méndez. 5.-Costas: Sin especial condenatoria en ambas costas a las partes, por haber litigado de buena fe, de conformidad
con lo que establece el artículo
223 del anterior Código Procesal Civil, vigente únicamente para procesos familiares, según Ley 9621. 6.-Publíquese esta
resolución por única vez en el Boletín
Judicial, de conformidad con lo que establece el artículo 263 del cuerpo normativo supra citado. 7.-Por haber cumplido con su labor, solicítese a la Administración
del Primer Circuito Judicial de San José, cancelar los honorarios del licenciado Édgar Rainier Cordero
Campos, curador procesal de
la parte codemandada Garcés Peña, lo anterior por un monto
de sesenta y cinco mil colones más un trece por ciento del impuesto sobre el valor agregado, que corresponde a un monto de ocho mil cuatrocientos cincuenta colones, lo que asciende a un
total de setenta y tres mil
cuatrocientos cincuenta colones. Una vez aprobados los mismos, se estará comunicando el número de autorización para que
el licenciado Cordero Campos, presente
ante este despacho la factura por sus servicios profesionales, consignando el número dado, a fin de proceder a realizar el visto bueno. 8.-Por haberse omitido en su momento,
notifíquese esta resolución
al Patronato Nacional de la Infancia.
Notifíquese. Isabel Villegas Cascante, Jueza de Familia. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín
Judicial o en un periódico
de circulación nacional.
Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación.—Juzgado Segundo de Familia de San
José.—Licda. Isabel Cristina Villegas Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2020493731 ).
MSc. Luz Amelia Ramírez Garita. Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a Francisco Javier Aguirre González, en
su carácter personal, quien es mayor, ciudadano mejicano, casado, de domicilio desconocido, pasaporte 06900343839, se le hace
saber que en demanda abreviado, bajo el expediente
18-001780-0292-fa establecida por Kathia
Vanessa Badilla Obando contra Francisco Javier
Aguirre González, se ordena notificarle
por edicto, la sentencia
que en lo conducente dice:
N° 2020001476 sentencia de primera
instancia Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela. A
las once horas cinco minutos
del catorce de octubre de
dos mil veinte. Proceso abreviado de suspensión de responsabilidad parental de la persona menor
de edad Naomi Isabella Aguirre Badilla,
incoado por Kathia Vanessa Badilla Obando, quien es mayor de
edad, soltera, Administradora de Empresas, vecina Actualmente de San Diego
California Estados Unidos de América, titular de la
cédula de identidad número
dos - quinientos noventa y siete-cuatrocientos noventa y cuatro, contra Francisco Javier Aguirre González quien es mayor de edad, casado, ciudadano Mexicano, pasaporte número 06900343839, de otras calidades ignoradas. En el presente asunto se ha dado intervención al
Patronato Nacional de la Infancia.
Con base en lo expuesto y normativa indicada, se declara con lugar la presente demanda de suspensión de la responsabilidad
parental interpuesta por Kathia
Vanessa Badilla Obando en
contra de Francisco Javier Aguirre González, consecuentemente
se suspende al demandado
Francisco Javier Aguirre González en el ejercicio de la responsabilidad
parental sobre la persona menor
de edad Naomi Isabella Aguirre Badilla.
El accionado podrá presentar el proceso de rehabilitación correspondiente el
cual procederá siempre y cuando acredite que sus actitudes en relación con Naomi han cambiado y que se encuentre en condiciones
de asumir el rol paterno. Corresponderá a la progenitora Kathia Vanessa Badilla Obando el ejercicio exclusivo de la responsabilidad
parental. Inscríbase esta Sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, San José citas
901220665. Publíquese el edicto
correspondiente. Se dicta esta
sentencia sin especial condenatoria
en Costas. Hágase saber.—Juzgado de Familia
del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020493732 ).
Al señor Carlos Luis
Jiménez Rojas y a toda persona que tenga interés se le hace saber que mediante sumaria tramitada en este Despacho
bajo el expediente número
20-000690-0687-FA, se encuentra la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de
Familia y Violencia Doméstica
de Grecia (Materia familia). A las diez horas cuarenta y tres minutos del nueve de octubre de dos mil veinte. Se tienen por establecidas las presentes
diligencias de depósito judicial de la persona menor de edad Ashley Alicia
Jiménez Thiele que presenta el Patronato
Nacional de la Infancia, representado
por la licenciada Carmen Lidia Durán Víquez, a las que se da curso por
la vía no contenciosa por
el plazo de tres días a
padres de la citada persona menor
de edad los señores Liseth Dayana Thiele Brenes y
Carlos Luis Jiménez Rojas. Desconociéndose el paradero actual del padre de la persona menor de edad interesada, notifíquesele esta resolución mediante un edicto que se publicará en el Boletín Judicial. (Artículos
161 del Código de Familia; 819 inciso 1º del Código Procesal Civil), expediente N°
20-000690-0687-FA. Comuníquese.—MSc. Patricia María Vega Jenkins, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—(
IN2020493760 ).
Licenciada Maureen Ortiz Cerdas, Jueza
del Juzgado de Familia de Puntarenas, a Carol Vargas
López, en su carácter personal, quien es
mayor, de calidades y domicilio
desconocidos, cédula N° 0603400250, se le hace saber que en demanda 20-000989-1146-FA de Proceso
Especial de Protección, establecida
por Patronato Nacional de la Infancia
contra Carol Vargas López y Antonio Figueroa Gómez, se ordena
notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de
Familia de Puntarenas. A las diez horas doce minutos del nueve de octubre de dos mil veinte. Se tiene por establecido el presente asunto el cual se tramitará como un Proceso Especial de Protección a
favor de las personas menores Galyah
María y Gabriel Antonio ambos de apellidos
Figueroa Gómez, por parte del Patronato
Nacional de la Infancia contra Carol Vargas López y
Antonio Figueroa Gómez, a quien se les previene en cuanto
a los hechos de esta demanda, en cuanto
a estos los contestará uno
por uno y manifestarán en
forma categórica si los reconocen como ciertos, si los rechaza por inexactos o bien si los admiten con variantes o rectificaciones y en caso de que no estén conformes, expondrán con claridad las razones que tengan para su negativa y los fundamentos legales en que se apoyen, con manifestación expresa del nombre y demás generales de los testigos y sobre qué hechos
declararán cada uno. Se le previene a la parte demandada, de conformidad con los
numerales 10 y 34 en relación con el 36 todos de la
Ley de Notificaciones número
8687, el señalamiento de medio para atender futuras notificaciones, sea éste: correo electrónico, fax, casillero, en estrado
o cualquier otra forma tecnológica que permita la seguridad del acto de comunicación, esto bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere en la forma prevenida o no se pudiere efectuar la notificación por el
medio señalado, mediando comprobante de transmisión electrónica o la respectiva constancia, las resoluciones posteriores le quedará notificadas con el transcurso de veinticuatro horas
de dictadas, incluidas las sentencias, salvo que se demuestre
que ello se debió a causas que no le sean imputables. A fin de realizar la
audiencia que estipula el artículo
143 del Código de Niñez y la Adolescencia,
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del tres de diciembre del dos mil veinte. Se le hace ver a la interesada que el día señalado para la celebrar la
audiencia podrá proponerse prueba de todo tipo. Asimismo, se admite la prueba testimonial ofrecida por el ente promovente consistente en el testimonio de: la Licda.
Marjorie Guzmán Jiménez (Trabajadora social) y Licda. Evelyn Quintana Barrantes
(Psicóloga), se le Puntarenas, hace
saber a su representante
legal que deberá reducir a
dos esta prueba a su libre escogencia. Tal y como lo solicita el Patronato Nacional de la Infancia
en su pretensión,
se ordena prorrogar la medida especial de Abrigo Temporal, dictada
por el mismo ente mediante resolución de las trece horas del primero de abril
del dos mil veinte, prorrogándose
esta por el plazo de seis
meses, sea hasta el nueve de abril
del dos mil veintiuno, tiempo
durante el cual las
personas menores de edad permanecerán bajo la responsabilidad
de la señora Mayela López Sibaja (abuela materna). Asimismo, una vez verificada la audiencia se resolverá
si se mantienen estas medidas o no. Se advierte que lo aquí ordenado es de acatamiento obligatorio de conformidad con lo
dispuesto a este efecto por el Código de la Niñez y la Adolescencia. Notifíquese esta resolución personalmente o en su casa de habitación
con cédula de notificación, a la señora
Carol Vargas López por medio de la publicación de un edicto, mismo que se publicará una única vez en el Boletín
Judicial. Al señor Antonio Figueroa Gómez, se le notificará por medio de la Oficina
de Comunicaciones Judiciales de estos
Tribunales, en la siguiente dirección Puntarenas,
Fray Casiano, 100 metros oeste
y 25 sur de la escuela. Notifíquese.
MSC Maureen Ortiz Cerdas. Jueza
de Familia. Juzgado de Familia de Puntarenas. A las siete horas veinticinco minutos del doce de octubre del dos mil veinte. Se corrige error material en la resolución de las diez horas y
once minutos del nueve de octubre de dos mil veinte, para
que, en cuanto a los apellidos de las personas menores
de edad, se lea correctamente
que pertenecen a: Figueroa Vargas, y no como por error se consignaron. En todo lo demás
se mantiene incólume dicha resolución. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—MSC Maureen
Ortiz Cerdas, Jueza de
Familia.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020493762 ).
Se
hace saber en este Tribunal de Justicia se tramita
proceso de cambio de nombre promovido por Berny del
Carmen Torres Zúñiga mayor, casado,
costarricense, documento de
identidad 0303820862, vecino
Ochomogo, Cartago, en el cual pretende cambiarse
el nombre a Berny Torres Zúñiga.
Se concede el plazo de quince días a cualquier persona interesada para
que se presenten al proceso
a hacer valer sus derechos.
Artículo 55 del Código Civil. Expediente
N° 20-000615-0640-CI-7.—Juzgado Civil de
Cartago, 25 de setiembre del año
2020.—Licda. Eunice Pérez
Arce, Jueza.—1 vez.—( IN2020493947 ).
El Juzgado
de Familia de Desamparados, hace saber a la señora Mariela Betancur Gaviria,
mayor, estadounidense, dedicada
al comercio, casada en segundas nupcias,
pasaporte P433059876, domicilio
desconocido, que en este despacho se tramita el proceso número 19-001746-0637-FA, que es Proceso
Abreviado de Divorcio en su contra y por lo tanto se le
concede el plazo de diez
días a efecto de que se apersone
para contestar o formular la oposición
correspondiente con la indicación
de las pruebas en que se fundamenta, con la indicación de
los testigos en su caso; dicho
emplazamiento comenzará a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación del presente edicto. Se previene a la parte accionada, señalar medio para recibir notificaciones, caso contrario después de tres días de publicado el presente edicto, comenzará a aplicar
la notificación automática.
Publíquese una sola vez.—Juzgado
de Familia de Desamparados, 14 de agosto del
2020.—Licda. Zeidy Jacobo Morán, Jueza
Decisora.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020494101 ).
Licda. Valeria Arce Ihabadjen
Jueza del Juzgado Primero
de Familia de San José; hace saber a Sandra Torres Pirez, mayor, ciudadana cubana, documento de identidad C719390, ocupación y domicilio desconocidos, que en este Despacho
se tramita el Proceso Abreviado de Nulidad de Matrimonio planteado en su contra por la Procuraduría General de la República,
expediente no. 20-000151-0186-FA en
el que se dictó la resolución
que, en lo conducente dice:
“Juzgado Primero de Familia de San José, a las catorce horas y treinta y siete minutos del dieciséis de marzo de dos mil veinte. ...I.- Nombramiento de Curador(a) Procesal. Según se desprende de la documentación presentada, la demandada Sandra Torres Pirez, quien por medio de apoderada especialísima contrajo matrimonio con un ciudadano costarricense no registra ingresos al territorio costarricense posteriores a esa unión matrimonial, al menos no por los canales legales, no tiene arraigo en el país
ni cuenta con apoderado inscrito que la pudiere representar en Costa Rica. Considerando el
alto costo, en recursos y tiempo que representaría para la administración
de justicia costarricense, en conjunto con las autoridades cubanas realizar una investigación para establecer si la demanda aún
reside en Matanzas, República
de Cuba, la solicitud de la parte
actora para dotar a la accionada de un curador procesal resulta atendible, en razón
de lo cual como Curadora Procesal se designa a la Licenciada Rosa
Lidia Del Carmen Villalobos Retana (cédula
6-0012-0471), confiriéndole el plazo
de tres días para aceptar o
declinar el nombramiento. En caso de que acepte la designación podrá acceder al expediente electrónico y obtener su copia electrónica
del mismo... II. Traslado
de demanda. De la demanda abreviada de nulidad de matrimonio planteada por la Procuraduría General de La República,
se confiere traslado por el
plazo de diez días a los demandados José Alejandro Zarate Molina y Sandra Torres Pirez, ésta última
representada por su Curadora Procesal. El plazo es conferido para que se opongan a la demanda o manifiesten su conformidad con la misma. Dentro
de los primeros cinco días podrán oponer excepciones
previas. Al contestar negativamente
deberán expresar con claridad las razones que tengan para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberán contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admiten como ciertos
o con variantes o rectificaciones.
En esa oportunidad
deberán ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales
de ley de los testigos y los hechos
a que se referirá cada uno.
Se le previene a los demandados
que en el primer escrito
que presente debe señalar
un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de que mientras
no lo haga, las resoluciones
posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.... Por edicto que se publicará por una ocasión en el Boletín Judicial se comunicará esta resolución a la codemandada... Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza. Expediente N°
20-000151-0186-FA, nulidad de matrimonio.—Juzgado Primero de Familia de San José, 19 de
marzo 2020.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen,
Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2020494103 ).
M.Sc. Guadalupe Valverde
Carranza, Jueza del Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica
del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Familia), a Marco Tulio Quirós Retana, en su carácter
de demandado, quien es costarricense, mayor, casado,
cédula de identidad número
0106650007, se le hace saber que en
proceso divorcio, NUE 19-000340-0688-FA,
establecido por Francisca Urbina Amador, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: De la
anterior demanda abreviada
de divorcio establecida por
la accionante Francisca Urbina Amador, se confiere traslado al accionado Marco Tulio Quirós Retana por el plazo perentorio de diez días, para que
se oponga a la demanda o manifieste su conformidad
con la misma. Dentro del plazo
de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos
y los hechos a que se referirá
cada uno. Se le previene a
la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio
para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de que mientras
no lo haga, las resoluciones
posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales
Nº 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero
de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión Nº
65-08, celebrada el 2 de setiembre
del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo
que no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con
el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para
la recepción de notificaciones.”
Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta
con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g)
número de cédula, h) lugar
de residencia. Notifíquese esta
resolución al demandado, personalmente o por medio de cédulas y copias
de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales
y otras Comunicaciones; de Desamparados. La parte demandada puede ser localizada en la siguiente dirección: San Sebastián, Colonia Kennedy, del INA, 150
metros a la izquierda, casa celeste. En caso de que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona
funcionaria notificadora, a efectos de practicar
la notificación, artículo 4
de la Ley de Notificaciones Judiciales.
Lic. Kenneth Monge Palma, Juez.
Expediente N°19-000340-0688-FA. Clase
de asunto: divorcio.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia
Familia), a las ocho horas y cuarenta
y cinco minutos del catorce de octubre del año dos mil veinte.—M.Sc.
Guadalupe Valverde Carranza, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020494146 ).
Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Familia), a Alexander
Vargas Villalobos, en su carácter de parte, quien es costarricense, mayor, casado, cédula de identidad número 602430470, se le hace
saber que en proceso depósito judicial, número
20-000418-0688-FA establecido por el Patronato Nacional de la Infancia,
se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia
Familia), a las diez horas treinta
y cinco minutos del trece de octubre de dos mil veinte. De las presentes
diligencias de depósito de las personas menores Ester Naomy Barrios
Alfaro, Santiago José Pérez Barrio y María José Vargas Barrios, promovidas por el Patronato
Nacional de la Infancia, se confiere
traslado por tres días a
Katherine Barrios Alfaro y Christian Manuel Gallo Salas, Henry Luis Pérez
Vallejo y Alexander Vargas Villalobos, a quienes se
les previene que en el
primer escrito que presenten
deben señalar un medio para
atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de que mientras
no lo haga, las resoluciones
posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales
N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero
de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre
del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo
que no pueden utilizarlo también como teléfono.
Medida de especial pronunciamiento: Se ordena el Depósito Judicial
provisional de las personas menores de edad Ester Naomy Barrios Alfaro,
Santiago José Pérez Barrio y María José Vargas Barrios bajo el cuido y responsabilidad de la señora María Teresa Alfaro Araya; quien
en el plazo de cinco días hábiles deberá aceptar el cargo conferido, bajo apercibimiento de
que en caso de omisión se tendrá por rechazado y se nombrará a otro en su
lugar. Se rechaza de plano la solicitud de depósito judicial a favor de la persona menor
de edad Alcides Daniel Gallo Barrios, toda vez que conforme
la Ley Orgánica artículo 4 incisos L y N, el Patronato
Nacional de la Infancia tiene
las facultades para ostentar
la representación, cuido y protección de las personas menores
de edad sujetas o no a
patria potestad en el caso que así se requiera por causa del padre o madre
o a falta de recurso familiar o comunal óptimo para esas tareas. En cuanto
a la solicitud de movimientos
migratorios de los demandados
y la certificación de si tienen un representante legal, se
rechaza por cuanto en los procesos No Contenciosos o de autorización como este, no es necesario nombrar un Curador Procesal por cuanto se parte del supuesto de que no hay ni habrá contención. En caso de oposición
de alguna de las partes, deberá el proceso cambiar de naturaleza procesal y aplicar las normas del litigio. Por otra parte en
relación a la pretensión de
que se imponga la pensión
alimentaria ambos progenitores se le hace ver a la parte
actora y a la persona Depositaria
Judicial que la Ley de Pensiones Alimentarias
en el artículo 10 otorga la legitimación para solicitar la pensión a las
personas que son simples guardadoras de las personas menores de edad por lo que no es necesaria la autorización
judicial. “Se exhorta a las partes
a que suministren un número
de teléfono “celular”, con
el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para
la recepción de notificaciones.”
Igualmente se les Firmado
digital de: invita a utilizar
“El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poderjudicial. go.cr Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta
con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g)
número de cédula, h) lugar
de residencia. Notifíquese esta
resolución a Katherine Barrios Alfaro en Guanacaste, Nicoya, Naranjal,
Zaragoza, después del puente
de Río Frío, casa de cemento
a mano izquierda, color rosada,
de forma personal a Christian Manuel Gallo Salas en
el centro penitenciario la reforma en San Rafael de
Alajuela, Henry Luis Pérez Vallejo en el centro penitenciario de
Puntarenas, El Roble, personalmente o por medio de
cédulas y copias de ley. Artículo
19 de la Ley de Notificaciones Judiciales.
Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones
Judiciales y Otras
Comunicaciones; Primer Circuito Judicial de Alajuela,
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya), Oficina de Comunicaciones Judiciales
y otras Comunicaciones de Puntarenas. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar
la notificación, artículo 4
de la Ley de Notificaciones Judiciales.
A Alexander Vargas
Villalobos por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial,
a la vez se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto,
para que se apersonen dentro del plazo
de treinta días que se contarán
a partir de la última publicación del edicto ordenado.— Juzgado de
Familia y Violencia Doméstica
del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela, (San Ramon) (Materia Familia).—Msc. Denia Magaly
Chavarría Jiménez, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2020494150 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Luis
Gerardo Corrales Vargas, mayor de edad, cédula de identidad 2-0581-0371, peón agrícola, vecino de Rincón Herrera, La Guácima de
Alajuela, hijo de Luis Ángel Corrales Chavarría y de María de los Ángeles Vargas Sancho, nacido en Centro Central Alajuela, en fecha cinco de marzo de 1983, con 36 años de edad, y la señora Elizabeth María
Barrantes García, mayor de edad,
cédula de identidad 06-0354-0076, ama de casa, vecina de Rincón Herrera, La Guácima de Alajuela, hija de
Yolanda Barrantes García padre no indica, nacida en Corredores
Puntarenas, en fecha veinte de marzo de 1986, con 33 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 19-002246-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, Alajuela, 09 de octubre
del 2020.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2020493735 ).
Han comparecido
a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, la señora
Lizeth Murillo Chaves, mayor de edad, cédula de identidad 2-0654- 0207, ocupación
ama de casa, vecina de Río Segundo de Alajuela,
Barrio Los Ángeles, hija de Elizabeth Chaves Oviedo y de Héctor Luis Murillo Alfaro, nacida en Alajuela, central, en fecha 05 de diciembre de 1988,
con 31 años de edad, y el señor Herald Alberto Porras Mora, mayor de edad, cédula de identidad
6-0342-0600, ocupación agente
de seguridad, vecino de San
Roque de Barba de Heredia, hijo de María Elizabeth
Mora Mesén y de Rafael Ángel
Porras Zamora, nacido en
Puntarenas, central, en fecha
20 de diciembre de 1984, con 35 años
de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente Nº 20-000094-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, Alajuela, 16 de enero del
2020.—M.Sc. Liana Mata Méndez, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020493737 ).
Piden casarse: Jonathan Josué Mora Vargas, cédula N° 1-1628-0591
y Allen Andrea Obando Mendoza, cédula N° 6-0458-0928, ambos vecinos de Puntarenas, Osa, Uvita. Si alguna persona conoce impedimento para que esta boda se realice,
deberá manifestarlo a este Despacho dentro del plazo de 8 días siguientes de la publicación de este edicto, expediente N° 20-000212-1420-FA.—Juzgado de Familia de Osa,
14 de octubre del 2020.—Lic.
Mario Alberto Barth Jiménez, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020493752 ).
En vista de que el
codemandado civil Marley Salazar Dormond
cédula de identidad 700790030, quien
conociendo de la sumaria
penal no se apersonó al despacho
para ponerle en conocimiento la acción civil presentada en contra de su representada, se procede a comunicarle la resolución que cursa la acción civil en su contra por medio de edicto que
se publicará tres veces en el Boletín
Judicial. Confeccionándose el oficio
de estilo. Lic. Mario
Castro Oconitrillo. Fiscal Coordinadora
de Hatillo: Se pone en conocimiento
la acción civil. Lic. Mario
Castro Oconitrillo, Fiscal de la Fiscalía
de Hatillo, al Marley Salazar Dormond, le hace saber que: En el legajo de acción civil resarcitoria 17-002301-0492-TR, ofendido
Juan Carlos Masis Vargas, contra Vladimir José Solano
Porras, se ha dictado resolución
que literalmente dice: comunicación
por Edicto: Fiscalía de
Hatillo, a las once horas trece de octubre del año dos mil veinte. En vista de que el tercer demandado civil Marley
Salazar Dormond, no ha sido
posible comunicarles la resolución dictada por este despacho, que da curso a la acción civil resarcitoria incoada por Juan
Carlos Masis Vargas, se procede
a comunicarle la resolución
que cursa la acción civil en su contra por medio de edicto que se publicará tres veces consecutivas
en el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Lic. Mario Castro Oconitrillo. Fiscal Coordinador
de Hatillo: Se pone en conocimiento
la acción civil: De conformidad
con los artículos 115 y 120 del Código procesal Penal, se pone en conocimiento del Tercer Demandado Civil Marley Salazar Dormond
la presente acción civil resarcitoria. Cualquier interviniente podrá oponerse a la participación del
actor civil planteando las excepciones
que correspondan. La oposición
se pondrá en conocimiento del actor y su resolución se reservará para la
audiencia preliminar. Comuníquese.
Teléfonos 2254-8842 o 2214-9557 Fax: 2254-4603.—Fiscalía de
Hatillo.—Lic. Mario Castro Oconitrillo,
Fiscal Coordinador.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2020492282 ). 3
v. 3.
De
conformidad con los artículos,
111, 112 y 115 del Código Procesal Penal, se procede con vista en la Acción Civil Resarcitoria interpuesta por Wilson David Ramírez Madrigal a darle traslado al demandado civil Oscar López González, cédula de residencia N°
155801370336 de las pretensiones expuestas
por dicha parte, para que
se pronuncie sobre la admisibilidad o inadmisibilidad
del actor civil en este proceso, planteando las excepciones que estime pertinentes, por lo que se le concede el término de ley para que haga valer sus derechos. Asimismo, se
le previene que en el acto de ser notificado deberá señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales
N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta
N° 20, del 29 de enero de 2009. Comuníquese el contenido de la resolución al demandado
civil y a su defensor en forma separada. En vista de que el demandado
civil Wilson David Ramírez Madrigal, es de domicilio desconocido, se procede a comunicarle la resolución que
antecede por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 20-000279-0275-PE, proceso
penal seguido contra Oscar López González por el delito de Lesiones, cometido en perjuicio
de Wilson David Ramírez Madrigal.—Fiscalía
Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. Jose Orlando Fernández Córdoba, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020493753
).
Se ordena notificar por edicto acción civil resarcitoria debe publicar
por una vez en el Boletín Judicial Fiscalía de Bribri Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, Limón, al ser las nueve horas con cero minutos
del quince de octubre del dos mil veinte. Tal y como se desprende del legajo de
Acción Civil Resarcitoria que se estableció contra el civilmente demandado y
tercer civilmente responsable Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados, representada por Yamilette Astorga
Espeleta, cédula 1-540-192, ubicable en San José, 700 metros oeste de Teletica,
diagonal a la estación de Bomberos de Pavas, y siendo que no ha sido localizado
en la dirección indicada, tal y como consta en la respuesta de citación
recibida, ante tales circunstancias y a efectos de poder continuar con las
presentes diligencias se ordena comunicar por medio de edicto el traslado de la
acción civil resarcitoria al tercer demandado civil planteada por el actor(a)
civil Alex Vílchez Arias , mismo debe publicarse por una vez en el Boletín
Judicial, la resolución que en lo conducente dice así: se da traslado de la
acción civil resarcitoria Causa establecida por Alex Vílchez Arias , por el
delito de homicidio culposo, contra Marvin Chacón Vargas para que dentro del
término de cinco días se pronuncie sobre la participación del actor civil y
oponga las excepciones que correspondan. Por estar ordenado en la sumaria
19-0000047-0597-PE por el delito de homicidio culposo, en contra de Marvin
Chacón Vargas en perjuicio de Hilario Obando Vílchez.—Ministerio
Público de Bribri, Fiscalía de Bribri Primer Circuito Judicial de la Zona
Atlántica (Materia Penal).—Lic. Marlon Poyser
Watson, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—O.C N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020494100
).