BOLETÍN JUDICIAL N° 233 DEL 4 DE DICIEMBRE DEL 2020
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SECRETARÍA GENERAL
SALA CONSTITUCIONAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Remates
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Convocatorias
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos
Matrimoniales
Edictos en lo Penal
CIRCULAR Nº 261-2020
ASUNTO: Instructivo para la
Operativización del Proceso de Visado que se constituye en aspectos mínimos a
considerar en el análisis de los Documentos de Ejecución Presupuestaria en
dicho proceso.”
A TODOS LAS ADMINISTRACIONES REGIONALES,
CENTROS GESTORES Y DEMÁS OFICINAS
JUDICIALES SE LES HACE QUE:
El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión Nº 99-2020 celebrada el
15 de octubre de 2020, artículo XI, a solicitud de la Dirección Ejecutiva,
aprueban el Instructivo para la Operativización del Proceso de Visado que se
constituye en aspectos mínimos a considerar en el análisis de los Documentos de
Ejecución Presupuestaria en dicho proceso, al respecto se comunica: 1. La
Contraloría General de la República, mediante Resolución R-DC-702019, publicada
en La Gaceta Nº 199 del 21 de octubre del 2019, derogó el Instructivo
sobre aspectos mínimos a considerar en el análisis de los documentos de
ejecución presupuestaria en el proceso de visado, resolución N°
M-1-2003-CO-DFOE del 03 diciembre de 2003. 2. En el artículo 1° de la
resolución R-DC-70-2019 se dispone de forma expresa que el proceso de visado se
regirá por el Reglamento sobre el visado de gastos con cargo al Presupuesto de
la República, R-2- 2003CODFOE del 1° de diciembre de 2003; así como por los
mecanismos y procedimientos que emita el Ministerio de Hacienda en virtud de
las atribuciones otorgadas en dicho reglamento. 3. Ese mismo Órgano Contralor,
establece en el artículo 6, del Reglamento sobre el visado de gastos con cargo
al Presupuesto de la República (R-22003-CODFOE) del 1° de diciembre de 2003 y
sus reformas, punto 3, lo siguiente: “…El Ministerio de Hacienda como rector
del Sistema de Administración Financiera, podrá emitir la normativa que al
efecto considere necesaria para regular aspectos específicos de la
operativización del proceso de visado”. 4. Con circular N° DGPN-0063-2020
suscrita por el Licdo. José Luis Araya Alpízar, Director General interino de
Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda comunica el “Instructivo para
la Operativización del Proceso de Visado que se constituye en aspectos mínimos
a considerar en el análisis de los Documentos de Ejecución Presupuestaria en
dicho proceso”, el cual rige a partir del 17 de febrero del año 2020 y es de
acatamiento para las Unidades Financiera los Directores de
Programa/Subprograma, Proveedurías Institucionales, Recursos Humanos y
Direcciones Jurídicas, según sus competencias. De conformidad con lo anterior,
adjunto se remite el nuevo instructivo emitido por el Ministerio de Hacienda,
el cual debe ser aplicado en el visado de los documentos presupuestario.
Cualquier información o consulta adicional, favor comunicarse con el licenciado
Ricardo García Molina, Coordinador a la Unidad de Pagos Mayores del
Departamento Financiero Contable, extensiones 013349 y 013354.” Publíquese una
sola vez en el Boletín Judicial.
San José, 17 de
noviembre de 2020
M.Sc.
Irving Vargas Rodríguez
Subsecretario
General Interino
1 vez.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020506550
).
CIRCULAR Nº 263-2020
ASUNTO: Asignación de líneas
telefónicas IP para personal en teletrabajo.
A TODAS LAS OFICINAS Y DESPACHOS
JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo
Superior del Poder Judicial en sesión Nº 98-20, celebrada el 13 de octubre de
2020, artículo LIV, acordó reiterar a las jefaturas la obligación de velar por
la atención oportuna de las llamadas telefónicos en los despachos judiciales y
oficinas del país a sus cargos, conforme al siguiente detalle:
Con el propósito de
procurar soluciones tecnológicas que faciliten la atención de las personas
usuarias, tanto internas como externas y se mantenga el canal de comunicación
por medios telefónicos, la Dirección de Tecnología de Información ha habilitado
la posibilidad de dotar de líneas de telefonía mediante enlace IP a una
cantidad limitada de oficinas.
Dichas líneas
corresponden a un software que se instala en el equipo de cómputo de la persona
a la que se asigne, sin requerir de una terminal telefónica. Estas líneas por
conexión IP permitirán a las personas que se encuentren en condición de
teletrabajo y con VPN autorizado y configurado, poder atender las llamadas a
través de un software en su computador portátil institucional, siempre y cuando
esté conectado a la red institucional por medio del VPN, siendo que podrán:
□ Contar con una extensión de 6 dígitos desde
la cual se podrá llamar a otras extensiones del Poder Judicial.
□ Recibir llamadas desde cualquier línea
interna del Poder Judicial.
□ Desviar una extensión de los despachos u
oficinas judiciales a esta nueva extensión IP (de manera que la persona podrá
recibir las llamadas que ingresen a la extensión desviada en cualquier lugar
que se encuentre).
□ Recibir llamadas externas desde líneas de 8
dígitos, fijas o celulares.
Para acceder a la
posibilidad de contar con una de estas líneas, la persona solicitante requiere:
- Estar en condición de teletrabajo.
- Contar con una computadora
portátil institucional.
- Contar con licencia VPN
habilitada.
Las personas
interesadas en acceder a este nuevo servicio deberán presentar su solicitud
mediante el formulario adjunto, el cual debe ser remitido a la cuenta de correo
electrónico direc_ejecutiva@poder-judicial.go.cr; con el visto bueno de la
jefatura correspondiente.
Debido a que la
cantidad de líneas disponibles es limitada, el total de las solicitudes
recibidas serán valoradas para determinar la posibilidad de asignación.
En caso de dudas o
consultas sobre el servicio, podrán comunicarse con Xary Briceño Álvarez
mediante la aplicación Teams o al correo electrónico
xbriceno@poder-judicial.go.cr.
San José, 24 de
noviembre del 2020.
Máster
Irving Vargas Rodríguez
Subsecretario
General interino
1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020506551
).
Asunto: acción de inconstitucionalidad.
A LOS TRIBUNALES
Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
SEGUNDA PUBLICACIÓN
Para los efectos
de los artículos 88 párrafo segundo y 90 párrafo primero de la Ley de la
Jurisdicción Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se
tramita con el número 19-003035-0007-CO promovida por Julio Alberto Jurado
Fernández, Procurador General de la República contra la Ley de Creación del
Premio Nacional Deportivo Claudia Poll, Nº 7703 del 14 de octubre de 1997,
derogada por la Ley sobre Premios Nacionales de Cultura, Nº 9211 del 4 de marzo
de 2014. Esto, por estimar que en el procedimiento deformación de la ley se
lesionó el derecho de enmienda derivado del principio democrático, así como
porque la normativa impugnada viola los principios de razonabilidad,
proporcionalidad y equilibrio presupuestario, se ha dictado el voto número
2020-022766 de las trece horas quince minutos del veinticinco de noviembre de
dos mil veinte, que literalmente dice:
«Por mayoría se declara con lugar la acción por un vicio sustancial en el procedimiento legislativo. En relación con los vicios de fondo se omite
pronunciamiento por innecesario. En consecuencia, se anula la Ley Nº 7703 del
14 de octubre de 1997 “Creación del Premio Nacional Deportivo Claudia Poll”. De
conformidad con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional esta
sentencia es declarativa y retroactiva a la fecha de vigencia de la norma
citada, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. El Magistrado Rueda
Leal da razones adicionales. La Magistrada Garro Vargas salva el voto en cuanto
al vicio de procedimiento y en relación con el vicio de fondo lo declara con
lugar. Reséñese esta sentencia en el Diario Oficial La Gaceta y
publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese al
accionante, a la Presidenta de la Asamblea Legislativa o a quien ocupe su
cargo.»
Se hace saber que
la anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige a partir del
momento que se indica en la parte dispositiva del voto.
San José, 26 de
noviembre del 2020.
Luis
Roberto Ardón Acuña,
Secretario
a. í.
O.C. Nº 364-12-2020.—Sol. Nº 68-2017-JA.—( IN2020506382 ).
Para los efectos
del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional,
que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el N°
18-004023-0007-CO, promovida por Allam Francisco Astorga Gatgens, Álvaro
Antonio Sagot Rodríguez contra el Manual de Planes Reguladores como Instrumento de
Ordenamiento Territorial, emitido por la Junta Directiva del Instituto Nacional
de Vivienda y Urbanismo en la sesión ordinaria N° 6296, artículo II, inciso
1) del 14 de diciembre de 2017, por estimarlo contrario a los artículos 21 y 50
de la Constitución Política, se ha dictado el voto N° 2020-022735 de las nueve
horas quince minutos del veinticinco de noviembre de dos mil veinte, que
literalmente dice: «Se declara sin lugar la acción.»
San José, 26 de
noviembre del 2020.
Luis
Roberto Ardón Acuña,
Secretario
a.í.
O.C. N° 364-12-2020.—Sol. N° 68-2017-JA.—( IN2020506494 ).
Para los efectos
del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional,
que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el número
18-015746- 0007-CO promovida por Antonio Mariano Wells Medina, Secretario
General del Sindicato de Trabajadores de Japdeva y Afines Portuarios, SINTRAJAP
contra la frase “y la carga y descarga en muelles y atracaderos, cuando se
trate de bienes de los cuales dependa, directamente, la vida o la salud de las
personas”, contenida en el artículo 2, del Decreto Ejecutivo Nº
38767-MP-MTSS-MJP, se ha dictado el voto número 2020-021785 de las trece horas
treinta minutos del once de noviembre de dos mil veinte, que literalmente dice:
«Se declara sin lugar la acción. Los
Magistrados Cruz Castro y Salazar Alvarado consignan
notas. El Magistrado Rueda Leal y la Magistrada Hernández López dan razones
particulares. La Magistrada Garro Vargas consigna nota.»
San José, 26 de
noviembre del 2020.
Luis
Roberto Ardón Acuña,
Secretario
a. í.
O.C. Nº 364-12-2020.—Sol. Nº 68-2017-JA.—( IN2020506495 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior del Juzgado de Trabajo de Heredia; con la base de
cinco millones novecientos siete mil seiscientos dieciocho colones con
cincuenta y cinco céntimos (5.907.618.55), libre de gravámenes hipotecarios;
sáquese a remate el inmueble embargado en autos. Finca que se describe así,
inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número 178075-000 la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito: 04 -Ulloa, cantón 1 de la provincia de
Heredia. Colinda: al norte, con lote 865; al sur, con lote 867; al este, con
Real Santa María S.A. y al oeste, calle con 7,05 metros. Mide: ciento cuarenta
y un metros cuadrados. Para tal efecto se señalan las ocho de la mañana del
veintiséis de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, para llevar
a cabo el segundo remate, se señalan las ocho de la mañana del dieciocho de
marzo del dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones cuatrocientos
treinta mil setecientos trece colones con noventa y un céntimos (4.430.713.91)
(rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se
señalan las ocho de la mañana del veintidós de abril del dos mil veintiuno, con
la base de tres millones trescientos veintitrés mil treinta y cinco colones
cuarenta y tres céntimos (3.323.035.43) (un 25% de la base original). Nota: se
le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
OR.S.PRI. despido discriminatorio de Isamar del Socorro Ríos contra Guillermo Antolín Garrido, expediente N°
17-000817-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 24 de noviembre del
año 2020.—MSc. Francisco José Quesada Quesada, Juez Decisor.—O.C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020506894 ).
A las quince
horas y cero minutos del veinticinco de enero del dos mil veintiuno (03:00 p.
m. 25/01/2021), en la puerta exterior de este Despacho, soportando reservas de
Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, restricciones Reg. Art. 18, Ley N° 2825
y con la base de un millón doscientos cuarenta y cuatro mil ochocientos
cincuenta y nueve colones con ochenta y dos céntimos, en el mejor postor,
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de
Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
410488-000, la cual es terreno para construir parcela 8-A-10. Situada: en el
distrito 6-Pital, cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, calle pública, quebrada en medio Álvaro Vargas Sánchez; al sur, calle pública, José
Abel Oporta Rocha, Ulises Mejías Rojas, Elian Mejías Rojas y Bertin
Castro Otárola; al este, quebrada en medio Álvaro Vargas Sánchez, y al oeste,
Edlyn Melania Mejías Rojas, Rigoberto Mejías Rojas. Mide: cinco mil quinientos veintiocho
metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, con
la base de novecientos treinta y tres mil seiscientos cuarenta y cuatro colones
con ochenta y siete céntimos (suma que contiene la rebaja del 25%), se señalan
las quince horas y cero minutos del dos de febrero del dos mil veintiuno (03:00
p. m. 02/02/2021). Para el tercer remate, con la base de trescientos once mil
doscientos catorce colones con noventa y seis céntimos (suma que corresponde al
25% de la base original), se señalan las quince horas y cero minutos del diez
de febrero del dos mil veintiuno (03:00 p. m. 10/02/2021). Se remata por
ordenarse así en Proceso Or.S.Pri. Prestac. Laborales de Saul Díaz García
contra Erick Alberto Mejías López, Jorge Luis Mejías Rojas. Expediente N° 19-000600-1113-LA.—Juzgado
Civil y Trabajo de Grecia (Materia Laboral), 02 de noviembre del 2020.—Msc.
Freddy Aikman Espinoza, Juez.—( IN2020507053 ).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Francisco Calderón
Granados quien fue mayor, casado, laboró como trabajador independiente, y
falleció el 18 de mayo del año 2018. se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número
20-000390-1125-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una
vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000390-1125-LA. Por Grace
Acuña Sandí a favor de Francisco Calderón Granados.—Juzgado Civil y Trabajo
del I Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral),
20 de noviembre del año 2020.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020506522 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de Alexander Mora Vargas, cédula
1-932-773, fallecido el 20 de octubre del año 2016, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el
número 20-000123-1529-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº
20-000123-1529-LA. A favor de Sthepanie Mora Delgado.—Juzgado Civil, Trabajo
y Familia de Puriscal (Materia Laboral), 24 de noviembre del año 2020.—Lic. Jeffry García Soto, Juez.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020506783 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de Jorge Alberto Gerardo Conejo Calvo, 0203610738, fallecido el once de junio del
dos mil catorce, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el Número 20-000316-1113-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del
Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 20-000316-1113-LA. Por Jorge Luis Conejo Campos a favor de Jorge Alberto
Gerardo Conejo Calvo.—Juzgado Civil y Trabajo de
Grecia (Materia Laboral), 10 de julio del
año 2020.—Lic. Freddy Aikman Espinoza, Juez.—1 vez.—O.C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020506788 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de Freddy Esteban Hernández Brenes
N° 0502800901, fallecido el 24 de agosto del año 2020, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Pago Sector Privado bajo el número
20-000419-0942-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una
vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000419-0942-LA. Por Carmen
del Socorro Reyes López, documento de identidad número 5-0384-012 a favor de Freddy
Esteban Hernandez Brenes.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Laboral), 26 de noviembre del año
2020.—Licda. Brenda Celina Calvo De La O, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020506789 ).
A los
causahabientes de quien en vida se llamó Francisco Urbina Urbina, quien fue
mayor, casado, pensionado, de nacionalidad costarricense, domicilio Sarapiquí,
Río Frío, cédula de identidad número 900380669, se les hace saber que: Algemira
Bolívar Martínez, cédula de identidad o documento de identidad número
501460042, vecina de Sarapiquí, Río Frío, Colonia Villalobos, de la Escuela 1km
al sur, casa color verde tierno, se apersonó en este Despacho en calidad de
esposa de la persona fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de
Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de
edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para
que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos.
Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Francisco Urbina Urbina,
expediente número
20-000137-1342-LA.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y
Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia laboral), 12 de noviembre del año
2020.—Lic. José Alfredo Sánchez González, Juez
Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020506800 ).
A los causahabientes de
quién en vida se llamó Luis Alonso Abarca González, quien fue mayor, soltero,
vecino de Turrubares, 300 metros sur del EBAIS, con cédula de identidad número
110170102, y falleció el 07/12/2002, se apersonó en este Despacho Leda González
Agüero mayor, cédula de identidad 0105320320 en calidad de madre del fallecido,
a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones.
Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una
sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen
en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus
derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos.
Consignación de Prestaciones del Trabajador Fallecido. Expediente N°
20-000131-1529-LA.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Puriscal (Materia
Laboral), 27 de noviembre del 2020.—Lic. Jeffy García Soto, Juez.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020506846 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de Oscar Gerardo De Las Piedades
Ballestero Núñez 0203940767, fallecido el 28 de junio del año 2020, se
consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Pago
sector privado bajo el Número 20-000428-0942-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
20-000428-0942-LA. Por Lisbeth María documento de identidad número 204290650 a
favor de Oscar Gerardo De Las Piedades Ballestero Núñez.—Juzgado Civil y
Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Laboral),
26 de noviembre del año 2020.—Licda. Brenda Celina Calvo De La O, Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020506849 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rina
Patricia Cárdenas González, mayor, pensionada, portó la cédula de identidad N°
6-0307-0953, fallecida el 24 de agosto del año 2016, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector público bajo el número 20-000631-0643-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y
550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-000631-0643-LA. Por a favor de.—Juzgado
de Trabajo de Puntarenas, 24 de setiembre del año 2020.—Licda. Mónica Farah
Castillo, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2020506852 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de Alexis López Murillo N°
0600620334, fallecido el 09 de mayo del año 2014, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector privado bajo el número 20-000641-0643-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial,
expediente N° 20-000641-0643-LA. Por Alba Iris Acuña Matarrita, mayor,
costarricense, ama de casa, cédula de identidad número 6-0384-0861 a
favor de Alexis López Murillo.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 01 de octubre
del año 2020.—Msc. José Andrés Ureña Chaves, Juez Decisor .—1 vez.—O.C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020506853 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de: María Iris Suares Mora, fallecida
el 30 de agosto del 2020, se consideren con derecho, para que, dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest.
Sector Público bajo el número 20-000659-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000659-0643-LA. Por a
favor de.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 15 de octubre del 2020.—Msc.
José Andrés Ureña Chaves, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2020506854 ).
Se cita y emplaza
a los que, en carácter de causahabientes de Ingrid Patricia Sancho Castillo,
fallecida el 09 de abril del año 2020, se consideren con derecho, para que,
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 20-000677-0643-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Expediente Nº 20-000677-0643-LA. Por Paula Micaela
Venegas Sancho a favor de Matías Jesua Venegas Sancho.—Juzgado de Trabajo de
Puntarenas, 18 de octubre del año 2020.—M.Sc. José Andrés Ureña Chaves,
Juez.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020506855 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de Aarón Gerardo Zamora
Delgadillo, fallecido el 2 de marzo del 2003, se consideren con derecho para
que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias
de consignación prestaciones bajo el N° 20-000666-0643-LA, a
hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85
y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
20-000666-0643-LA.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 9 de noviembre del 2020.—M.Sc. Silvia Marcela Araya Valverde,
Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020506857 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de Freddy Francisco Roque García
0602910580, fallecido el 07 de agosto del año
2011, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el
Número 20-000681-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
20-000681-0643-LA. Por Operadora de Pensiones Complementarias y Capitalización
de la Caja Costarricense de Seguro Social S. A. a favor de Freddy
Francisco Roque García.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas,
15 de octubre del 2020.—Msc. Randall Briceño Solano, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020506858 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de: Manuel Madrigal Ledezma, cédula N° 6-0185,0183, fallecido el 15 de mayo del 2017, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consignación de Pago, bajo el número 20-000696-0643-LA, a
hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85
y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 20-000696-0643-LA.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 09 de
noviembre del 2020.—M.Sc. Silvia Marcela Araya Valverde, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020506859 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de Jaime Antonio Gerardo De Jesús
Maffio Zúñiga 0601060684, fallecido el
12 de julio del año 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. Prest. Sector privado bajo el Número
20-000698-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000698-0643-LA. Por Maritza
Garro Sánchez a favor de Jaime Antonio Gerardo De Jesús Maffio Zúñiga.—Juzgado
de Trabajo de Puntarenas, 25 de octubre del año 2020.—Msc. José Andrés
Ureña Chaves, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2020506860 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Ileana Huezo Guevara,
0600880193, fallecida el 03 de febrero del año 2014, pensionada vecina de
Puntarenas Barrio el Carmen 150 metros al oeste del estadio, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest. Sector privado bajo el Número
20-000699-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 20- 000699-0643-LA. Por a favor de
Ileana Huezo Guevara.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 23 de
octubre del 2020.—Msc. Randall Briceño Solano, Juez.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020506861 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de Julio Antonio de los Ángeles Zamora Núñez,
0601630751, fallecido el 14 de mayo del año 2019, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector privado bajo el número 20-000705-0643-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Expediente Nº 20-000705-0643-LA. Por Sivianny Zamora
Campos, cédula de identidad 6-0372-0637, a
favor de Julio Antonio de los Ángeles Zamora
Núñez, cédula de identidad 6-0163-0751.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 27
de octubre del año 2020.—Lic.
Allan Roberto Espinoza Martínez, Juez.—1 vez.—
O. C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020506862 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Andrea Jiménez Matarrita, 0603600776, fallecida el
22 de noviembre del 2017, se consideren con derecho para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el N° 20-000714-
0643-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los
artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-000714-0643-LA, por
Maritza Matarrita Contreras, a favor de Andrea Jiménez Matarrita.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas,
30 de octubre del 2020.—Msc. José Andrés Ureña Chaves, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020506863 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de: Claudio José Bolaños Gutiérrez,
fallecido el 09 de diciembre del 2010, se consideren con derecho, para que,
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 20-000725-0643-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 20-000725-0643-LA. Promovidas por Laura de los Ángeles
Bolaños Gutiérrez.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 03 de noviembre del
2020.—Licda. Jesica Marcela Cordero Azofeifa, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020506864 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes Cornelia Petrona Silva Aguilar,
fallecido el 18 de setiembre del año 2012, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 20-001536-0639- LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y
550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 20-001536-0639-LA. Por Carlos Hernández Silva a favor de Cornelia Petrona Silva Aguilar.—Juzgado Trabajo del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de noviembre del año 2020.—Lic.
Eugenio Molina Sequeira, Juez.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2020506871 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de Hugo Orlando Berrocal Carvajal,
cédula N° 106200567, fallecido el 04 de mayo
del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector
público, bajo el número 20-002692-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
20-002692-1178-LA. A favor de los causahabientes de Hugo Orlando Berrocal
Carvajal, cédula 106200567.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial
de San José, Sección Primera, 24 de noviembre del año 2020.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza
Tramitadora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2020506873 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Vilma
María Rojas Alcócer, cédula N° 1-0509-0696, fallecida el 02 de
noviembre del 2020, se consideren con derecho, para que, dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector
Privado bajo el número 20-002674-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
20-002674-1178-LA. A favor de los causahabientes de Vilma María Rojas Alcócer, cédula N° 1-0509-0696.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 24 de
noviembre del 2020.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020506874 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de Franco Arnoldo Meléndez
Jiménez, cédula N° 0101790371, fallecido el
13 de octubre del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest.
sector público bajo el Número 20-002693-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Expediente N° 20-002693-1178-LA. A favor de los causahabientes de Franco
Arnoldo Meléndez Jiménez, cédula N° 0101790371.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San
José, Sección Primera, 24 de noviembre del 2020.—M.Sc. Marianela Barquero
Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2020506876 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de Leila Zaglul Slon, cédula N°
4-0084-0096, fallecida el 21 de enero del año 2009, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector público bajo el número 20-002701-1178-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y
550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-002701-1178-LA. A favor de los
causahabientes de Leila Zaglul Slon, cédula N° 4-0084-0096.—Juzgado de
Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 24 de
noviembre del año 2020.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020506877 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Alejandro
Vargas Aguilar, cédula N° 1-0511-0065, fallecido el 02 de octubre del 2020, se
consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N° 20-002702-1178-LA, a hacer
valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550
del Código de Trabajo. Expediente N° 20-002702-1178-LA, a favor de los
causahabientes de Alejandro Vargas Aguilar, cédula N° 1-0511-0065.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 24 de
noviembre del 2020.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020506878 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Oscar Julio Sosa Salas, cédula 6-256-674, fallecido en el año
2014, (revisadas las certificaciones aportadas del Registro Civil, no se tiene
la fecha exacta del fallecimiento), se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de
este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig.
prest. sector público bajo el Número 20-002713-1178-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
20-002713-1178-LA. A favor de los causahabientes de Oscar Julio Sosa Salas,
cédula 6-256-674.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San
José, Sección Primera, 24 de noviembre del 2020.—M.Sc. Marianela Barquero
Umaña, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020506879
).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de José Pablo Cortés Espinoza, cédula
1-1424-0455, fallecido el 10 de junio del año 2013, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de Consig. Prest. Séctor Público bajo el número 20-002723- 1178-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 20-002723-1178-LA. A favor de los causahabientes de José Pablo
Cortés Espinoza, cédula 1-1424-0455.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito
Judicial de San José, Sección Primera, 24 de noviembre del año 2020.—M.Sc.
Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2020506880 ).
Se cita y emplaza
a los que, en carácter de causahabientes de Walter de Los Ángeles Soto
Barrantes, cédula N° 9-0086-0325, fallecido el 17 de noviembre del año 2020, se
consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones Sector Privado bajo
el N° 20-002770-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-002770-1178-LA. A favor
de los causahabientes de Walter de Los Ángeles Soto Barrantes, cédula N°
9-0086-0325.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José,
Sección Primera, 26 de noviembre del 2020.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña,
Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020506881 ).
Se cita y emplaza
a los que en carácter de causahabientes de Kevin Yocsan Matarrita Ortega, quien
falleció el 16 de octubre del 2019, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de
este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de
ahorro obligatorio, bajo el N° 20-000019-0878-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del
Código de Trabajo. Expediente N° 20-000019-0878-LA, a favor de Ana Graciela Masís Álvarez.—Juzgado
Contravencional de Nandayure, (Materia Laboral), 25 de noviembre del
2020.—Lic. David Campos Rojas, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2020506890 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
Primer remate:
a las nueve horas y treinta minutos del veintidós de enero del dos mil
veintiuno, en la puerta exterior del Juzgado Agrario de Liberia, libre de
gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones de la Ley de Aguas
y Ley de Caminos Públicos, y con la base de doce millones ochocientos cincuenta
mil colones, por la mejor postura se rematará la finca inscrita en el Registro
Público Inmobiliario, Partido de Guanacaste, N° 196427-000. Es terreno sin sembradíos, ubicado en
Porozal, Porozal [distrito quinto], de Cañas [cantón sexto] de la provincia de
Guanacaste. Sus linderos son: norte, Ethel Gómez Montes y Porozal del Futuro S.
A., en parte; sur y este, Porozal del Futuro S. A.; y oeste, calle pública con
un frente de once metros con noventa y cuatro centímetros lineales, Pedro Jesús
Pérez Montero, Máximo Fonseca Fonseca, Tobías Jiménez Ruíz y Jeannette Gómez
Montes. Mide catorce mil seiscientos sesenta y siete metros cuadrados. Plano G-un millón quinientos ochenta y cuatro mil setenta y ocho-dos mil
doce. Pertenece a Toipe S. A. Segundo remate: de no existir postura, para
llevar a cabo el segundo remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos
del primero de febrero del dos mil veintiuno, con la base de nueve millones
seiscientos treinta y siete mil quinientos colones (rebajada en un 25% de la
base original). Tercer remate: de no existir postura en el segundo remate, para
celebrar el tercero, se señalan las nueve horas y treinta minutos del nueve de
febrero del dos mil veintiuno, con la base de tres millones doscientos doce mil
quinientos colones (un 25% de la base
original). Se remata por estar ordenado en proceso hipotecario N°
20-000154-0387-AG, de Margarita Solano Quesada contra TOIPE S. A.—Juzgado
Agrario de Liberia, 19 de noviembre del 2020.—Juan Carlos Cerdas Bermúdez,
Juez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020506042 ).
En este Despacho,
con una base de cinco mil doscientos dieciocho dólares exactos, soportando Demanda
Penal citas: 800-640269-01-0001-001, sáquese a remate la finca del partido de
San José, matrícula número doscientos setenta y tres mil cuatrocientos ochenta
y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: Para construir,
57 situada en el distrito 3-Daniel Flores, cantón 19-Pérez Zeledón, de la
provincia de San José, Linderos: norte: Lote 82; sur: Lote 97 destinado a
calle; este: Lote 58; oeste: Lote 56, mide: doscientos veinticuatro metros con
noventa y cinco decímetros cuadrados, Plano: SJ-0747240-1988. Para tal efecto,
se señalan las catorce horas cero minutos del catorce de enero de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce
horas cero minutos del veintidós de enero de dos mil veintiuno con la base de
tres mil novecientos trece dólares con cincuenta centavos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
catorce horas cero minutos del uno de febrero de dos mil veintiuno con la base
de mil trescientos cuatro dólares con cincuenta centavos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de 3101739033 Sociedad Anónima, 3101748372 Sociedad
Anónima contra Norma Virgita del Carmen Araya Vargas. Expediente N°
20-003569-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona
Sur (Pérez Zeledón), 03 de noviembre del año 2020.—Msc. Franz Castro Solís,
Juez Tramitador.—( IN2020506045 ).
En este Despacho,
con una base de quince millones de colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre traslada citas: 324-15882-01-0911-001,
servidumbre de acueducto y de paso de AYA citas 530-19206-01-0001-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número veinticinco mil
ochocientos doce F derecho 000, la cual es terreno filial cinco, destinada a
uso habitacional en proceso de construcción ubicada en el primer piso del
bloque uno. Situada en el distrito 1 San Vicente, cantón 14 Moravia, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Javier Mauricio Acosta Trejos; al
sur, área común construida y área común libre; al este, filial seis y área
común construida y al oeste, filial cuatro y área común construida. Mide:
cincuenta y dos metros con doce decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas quince minutos del veintiuno de enero de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve
horas quince minutos del veintinueve de enero de dos mil veintiuno con la base
de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original)
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas
quince minutos del ocho de febrero de dos mil veintiuno con la base de tres
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Inversiones Morales y Mora Limitada contra Margarita Barahona Garro,
Marietta de los Ángeles Segura Barahona, expediente N° 19-011862-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 29
de octubre del año 2020.—Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—(
IN2020506048 ).
En este despacho,
con una base de siete mil cuatrocientos un dólares con treinta centavos, libre
de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MOT-527365, marca:
honda. Estilo: TRX 420 FA1. Categoría: motocicleta. Capacidad: 1 persona. Año:
2016. Color: rojo. VIN: 1HFTE41U4G4200072. Cilindrada: 420 cc. para tal efecto
se señalan las nueve horas treinta minutos del diez de febrero de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del dieciocho de febrero de dos mil veintiuno con la base
de cinco mil quinientos cincuenta dólares con noventa y siete centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las nueve horas treinta minutos del veintiséis de febrero de dos mil
veintiuno con la base de mil ochocientos cincuenta dólares con treinta y dos
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de sociedad anónima de Vehículos
Automotores contra Acuatic Tours S. A., Milena del Roció Dijeres Méndez.
Expediente N° 18-001082-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de San José, 12 de noviembre del año 2020.—Cinthia
Segura Durán, Jueza Tramitadora.—( IN2020506055 ).
En este Despacho, con una base de seis mil doscientos dieciocho dólares
con treinta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo MOT-532663. Marca Honda. Estilo TRX 420 FA1. Categoría
motocicleta. Capacidad 1 persona. Año 2016. Color rojo. Vin 1HFTE41U9G4200066.
Cilindrada 420 c.c. Combustible gasolina. Motor Nº TE41E8304098. Para tal
efecto se señalan las ocho horas y cuarenta minutos del cinco de enero de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho
horas y cuarenta minutos del trece de enero de dos mil veintiuno con la base de
cuatro mil seiscientos sesenta y tres dólares con setenta y nueve centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las ocho horas y cuarenta minutos del veintiuno de enero de dos mil
veintiuno con la base de mil quinientos cincuenta y cuatro dólares con
cincuenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: se les informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Sociedad Anónima de
Vehículos Automotores contra Acuatic Tours S.A. Expediente Nº
18-001101-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 04 de agosto del año 2020.—Lic. Isabel
Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2020506056 ).
En este despacho, con una base para cada una de las fincas de cuatro
millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre sirviente, citas: 352-17882-01-0001-001; servidumbre de paso,
citas: 428-19700-01-0002-001;
servidumbre de paso, citas: 567-82577-01-0001-001 y servidumbre de lineas
eléctricas y de paso, citas: 570-54004-01-0001-001 y, servidumbre sirviente,
citas: 352-17882-01-0001-001; servidumbre de paso, citas:
428-19700-01-0002-001; servidumbre de paso, citas: 567-82577-01-0001-001,
servidumbre de lineas eléctricas y de paso, citas: 570-54004-01-0001-001 y
servidumbre de acueducto y de paso de A y A, citas: 2013-113867- 01-0001-001;
sáquese a remate: 01- La finca del partido de guanacaste, sección de propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y ocho mil
novecientos setenta y uno derecho cero cero cero, la cual es terreno de solar.
Situada en el distrito: 1-Liberia, cantón: 01-Liberia, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, La Grama de Los Mangos S.A. y lote 33; al sur La
Grama de Los Mangos S.A. y lote 35; al este, La Grama de Los Mangos S.A. y en
medio servidumbre agrícola y al oeste calle pública. Mide: setecientos doce
metros cuadrados. Plano: G-1339890-2009. 2- Finca inscrita en el Registro
público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio
Real, matrícula número ciento setenta y ocho mil novecientos sesenta y cinco,
derecho cero cero cero, la cual es terreno terreno de solar. Situada en el
distrito: 01-Liberia, cantón: 01-Liberia, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, calle pública; al sur, La Grama de Los Mangos S.A. y en
medio servidumbre agrícola; al este, La Grama de Los Mangos S.A. y lote 4 y al
oeste, La Grama de Los Mangos S.A. Y lote 6. Mide: setecientos cincuenta y un
metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Plano: G-1243009-2007.para tal
efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticinco de enero de
dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas y treinta minutos del dos de febrero de dos mil veintiuno, con la
base para cada una de tres millones de colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del
diez de febrero de dos mil veintiuno, con la base para cada una de un millón de
colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Gerardo Otoniel de Jesús
Monge Molina contra Inversiones Agrícolas El Malinche S.A. Expediente
17-001637-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de
Guanacaste, 25 de agosto del año 2020.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera,
Jueza.—( IN2020506245 ).
En este Despacho, con una base de tres millones trescientos veintisiete
mil cuatrocientos cuarenta y cinco colones con cuarenta y un céntimo, libre de
gravámenes prendarios, pero soportando infracciones y colisiones bajo las
citas: Boleta 2017233100851, Sumaria 17-000665-1756-TR, del Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Santo Domingo y boleta 2018313700738,
sumaria 18-009852-0174-TR, del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de San José;
sáquese a remate el vehículo CL295521, marca BAIC, carrocería Panel, Vin
LHB14TAD7HR879379, numero de motor A12P1G014502 uso particular, estilo M Z 40,
capacidad 2 personas, año 2017, color blanco cilindrada 1200 c.c, combustible
gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas y cero minutos del cuatro
de junio del año dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las quince horas y cero minutos del catorce de junio del año dos
mil veintiuno con la base de dos millones cuatrocientos noventa y cinco mil
quinientos ochenta y cuatro colones con seis céntimos (75% de la base original)
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas
y cero minutos del veintidós de junio del año dos mil veintiuno con la base de
ochocientos treinta y un mil ochocientos sesenta y un colones con treinta y
cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Eduardo Gutiérrez Aguilar Expediente Nº:20-001045-1765-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección
Tercera, 20 de noviembre del año 2020.—Licda. Daisy Hidalgo Arias, Jueza
Tramitadora.—( IN2020506316 ).
En este despacho,
con una base de un millón trescientos sesenta y seis mil quinientos colones
exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo
MOT-428291, marca Rokk, estilo x trueno 250, color anaranjado, año 2014, VIN
LY4YCNLM5E0A79863. Para tal efecto se señalan las catorce horas y quince
minutos (02:15 p.m.) Del doce de enero de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y quince minutos
(02:15 p.m.) Del veinte de enero de dos mil veintiuno con la base de un millón
veinticuatro mil ochocientos setenta y cinco colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
catorce horas y quince minutos (02:15 p.m.) Del veintiocho de enero de dos mil
veintiuno con la base de trescientos cuarenta y un mil seiscientos veinticinco
colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado
cancelar ante la imprenta nacional los respectivos derechos de publicación,
previa revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores
que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del
tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de E Credit Soluciones S. A. contra Berman
Gerardo de La Trinidad Sibaja Chaves. Expediente N° 18-002084-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 14
de agosto del año 2020.—Audrey Abarca Quirós, Juez/a Decisor/a.—( IN2020506416
).
En este Despacho, con una base de ciento tres mil tres dólares con
treinta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Heredia, matrícula número 204683, derecho 000, la cual es
terreno lote 6-B. Situada en el distrito 01- San Antonio, cantón 07-Belén, de
la provincia de Heredia. Colinda: al norte, parque Municipalidad de Belén; al
sur, lote 5-B; al este, calle y al oeste, Instituto Costarricense de Acueductos
y Alcantarillados. Mide: ciento noventa y cuatro metros con ocho decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del
diecisiete de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veinticinco de marzo de
dos mil veintiuno con la base de setenta y siete mil doscientos cincuenta y dos
dólares con cincuenta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del
nueve de abril de dos mil veintiuno con la base de veinticinco mil setecientos
cincuenta dólares con ochenta y cinco centavos (25% de la base original).
Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra William Martín Meoño
Andrade, expediente N° 18-000077-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 05 de octubre del año
2020.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza Decisora.—( IN2020506418 ).
En este Despacho, con una base de treinta y un mil ciento treinta y
tres dólares con ochenta y siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa BHW002, marca: Toyota, estilo: Fortuner SRV,
categoría: automóvil, capacidad: 7 personas, serie: MHFYZ59G4G4013993,
carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4x4, año fabricación: 2016, uso:
particular, color: blanco. Para tal efecto se señalan las ocho horas y cero
minutos del trece de enero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del veintiuno de
enero de dos mil veintiuno con la base de veintitrés mil trescientos cincuenta
dólares con cuarenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del
veintinueve de enero de dos mil veintiuno con la base de siete mil setecientos
ochenta y tres dólares con cuarenta y siete centavos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Evelyn
Beatriz Mena Ugalde. Expediente Nº 18-000922-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del
Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 26 de agosto del año
2020.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza.—( IN2020506422 ).
En este Despacho,
se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecinueve de enero de dos mil
veintiuno. Con una base de cuarenta millones de colones exactos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula
número ciento cincuenta mil cuatrocientos trece, derecho cero cero cero, la
cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el
distrito 1-Golfito, cantón 7-Golfito de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, calle pública con
un frente de 9,53 metros; sur, lineal férrea con un frente de
10 metros; este, Eduardo Benavides Blanco y oeste, Jeanine Helene y Marian Garrón Mainieri.
Mide: ciento veintiséis metros con treinta y ocho decímetros cuadrados.
Plano: P-0791461-2002. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las ocho horas y treinta minutos del veintisiete de enero de dos mil veintiuno
con la base de treinta millones de colones exactos (75% de la base original) y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y
treinta minutos del cuatro de febrero de dos mil veintiuno con la base de diez
millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa
Rica contra Kattia Yesenia Valverde Arias, Sercopresur S. A., expediente N°
20-000387-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 10 de julio del año
2020.—Eida Virginia Madrigal Camacho, Jueza Tramitadora.—( IN2020506424 ).
En este Despacho,
con una base de treinta millones de colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando citas: 331-09264-01-0901-001condic y reserv.
ref.: 024805-000; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas,
matrícula número cuarenta y seis mil sesenta y uno, derecho 000, la cual es
terreno de solar con dos apartamentos. Lote 2. Situada en el distrito
1-Corredor, cantón 10-Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte, Rafael Lobo Arias; al sur, carretera a San Vito con 10,58 metros; al
este, Rafael Lobo Arias y al oeste, Enilda Pinto Pinto. Mide: trescientos
veintiocho metros con veintidós decímetros cuadrados. Plano: P-0341722-1979.
Para tal efecto, se señalan las siete horas y treinta minutos del diecinueve de
enero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las siete horas y treinta minutos del veintisiete de enero de dos
mil veintiuno con la base de veintidós millones quinientos mil colones exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las siete horas y treinta minutos del cuatro de febrero de dos mil
veintiuno con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de
Costa Rica contra Kattia Yesenia Valverde Arias. Expediente Nº
20-000388-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 26 de agosto del año
2020.—Lic. Gerardo Monge Blanco, Juez.—( IN2020506425 ).
En este Despacho,
se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintidós de enero de dos mil
veintiuno, con una base de diecisiete millones setecientos ochenta y cuatro mil
ochocientos cuarenta y tres colones con setenta y tres céntimos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 311-15239-01-0901-006;
sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento
trece mil setecientos veintiocho, derecho cero cero cero, la cual es terreno
para construir, lote 2 con una casa de habitación situada en el distrito 2 La
Cuesta, cantón 10 Corredores, de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte,
calle pública con frente de 14,14 metros; sur, Bernardo Delgado Quesada; este,
Bernardo Delgado Quesada; oeste, lote Ñ 1 de Israel Mejía Cruz.
Mide: setecientos veinticinco metros con cinco decímetros cuadrados. Plano:
P-0295162-1995. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas y treinta minutos del uno de febrero de dos mil veintiuno con la
base de trece millones trescientos treinta y ocho mil seiscientos treinta y dos
colones con ochenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos
del nueve de febrero de dos mil veintiuno con la base de cuatro millones
cuatrocientos cuarenta y seis mil doscientos diez colones con noventa y tres
céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Luis Mejías Cruz. Expediente 19-002651-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de
Golfito, 30 de julio del año 2020.—Lic. Eida Virginia Madrigal Camacho,
Jueza Tramitadora.—( IN2020506428 ).
En este Despacho,
con una base de ciento setenta y un mil cuatrocientos veintiséis dólares con
diecinueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula número 25812, derecho 000, la cual es
terreno solar con un edificio. Situada en el distrito Hospital, cantón San José,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, Gerardo Rovira; al sur, avenida
10; al este calle 14 y al oeste, Cipriano Cortés. Mide: seiscientos
noventa y cuatro metros con sesenta y un decímetros cuadrados.
Plano: SJ-0100315-1959. Para tal efecto, se señalan las diez horas diez minutos
del quince de enero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez horas diez minutos del veinticinco de enero de
dos mil veintiuno con la base de ciento veintiocho mil quinientos sesenta y
nueve dólares con sesenta y cuatro centavos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas diez
minutos del dos de febrero de dos mil veintiuno con la base de cuarenta y dos
mil ochocientos cincuenta y seis dólares con cincuenta y cuatro centavos (25%
de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra edificio
San Martín, Safari Line S. A., Sergio Castellini, expediente N°
20-011360-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 22 de octubre del año 2020.—María del Carmen
Vargas González, Jueza Decisora.—( IN2020506435 ).
En este Despacho, con una base de ciento treinta y tres mil diecinueve
dólares con cuarenta y seis centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre trasladada citas: 222-05470-01-0901-001; servidumbre
sirviente citas: 222-05470-01-0902-001; servidumbre de acueducto y de paso de
AyA citas: 548-15744-01-0006-001; sáquese a remate la finca del partido de San
José, matrícula número 40009-F-000,
derecho 000, la cual es terreno finca filial 12 bloque B terreno para construir
destinado a uso habitacional con una altura máxima de dos niveles. Situada: en
el distrito 1-Santa Ana, cantón 9-Santa Ana, de la provincia de San Jose.
Colinda: al norte, Virginia Alvarado Flores; al sur, área común destinada a calle; al este, finca
filial 13, y al oeste, finca filial 11. Mide: ciento cincuenta y siete metros
con veinte decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y
treinta minutos del once de enero del dos mil veintiuno. De no haber postores,
el segundo remate, se efectuará a las diez horas y treinta minutos del
diecinueve de enero del dos mil veintiuno, con la base de noventa y nueve mil
setecientos sesenta y cuatro dólares con cincuenta y nueve centavos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan
las diez horas y treinta minutos del veintisiete de enero del dos mil
veintiuno, con la base de treinta y tres mil doscientos
cincuenta y cuatro dólares con ochenta y seis centavos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Condominio
Poniente Cenízaro Número Treinta PCZ S. A., Gladys Mendoza Caro, Timothy Dean Feyereisen
Williamson. Expediente N° 18-006755-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de agosto del
2020.—José Eduardo Castro Salas, Juez Decisor.—(
IN2020506436 ).
En este Despacho,
con una base de once millones de colones exactos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula
número treinta y cinco mil cuatrocientos setenta, derecho 000, la cual es
terreno para construir. Situada en el distrito 1-Liberia, cantón 1-Liberia, de
la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Gregoria Ramírez, sur, calle pública con
09,96 metros, este, Ramón Lanza, oeste, Cecilia Velásquez. Mide: doscientos treinta metros
con cuatro decímetros cuadrados. Plano: G-0458004-1981. Para tal efecto, se
señalan las nueve horas y treinta minutos del catorce de enero de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve
horas y treinta minutos del veintidós de enero de dos mil veintiuno con la base
de ocho millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
nueve horas y treinta minutos del uno de febrero de dos mil veintiuno con la
base de dos millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Jorge
Arturo de Los Ángeles Sanabria Canales. Expediente Nº 17-008456-1338-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 28 de agosto del año
2020.—M.Sc. María Fernanda Hernández Marchena, Jueza Decisora.—( IN2020506437
).
En este Despacho,
con una base de ciento ocho mil dieciocho dólares con noventa y ocho centavos,
libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Servidumbre de Paso citas:
424-04343-01-0003-001, Servidumbre de Paso citas: 424-04343-01-0004-001, Servidumbre
de Paso citas: 424-04343-01-0005-001, Servidumbre de Paso citas:
424-04343-01-0009-001, Servidumbre de Paso citas: 424-04343-01-0010-001,
Servidumbre de Paso citas: 424-04343-01-0011-001, Servidumbre de Paso citas:
424-04343-01-0012-001, Servidumbre de Paso citas: 424-04343-01-0020-001,
Servidumbre de Paso citas: 424-04343-01-0021-001, Servidumbre de Paso citas:
425-14643-01-0001-001, Servidumbre de Paso citas: 425-14643-01-0003-001;
sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 18792-F,
derecho 000, la cual es Sección segunda: Segunda planta. Filial número-03, Área
destinada a uso comercial. Situada en el distrito 4-Ulloa, cantón 1-Heredia, de
la provincia de Heredia. Colinda: al norte, área común libre constituida por
pasillos; al sur, área común libre constituida por la pared de la fachada sur;
al este, Filial 2-05; y al oeste, Filial 2-01. Mide: sesenta metros con
diecisiete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas
cuarenta y cinco minutos del cinco de enero de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cuarenta y cinco
minutos del trece de enero de dos mil veintiuno con la base de ochenta y un mil
catorce dólares con veinticuatro centavos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas
cuarenta y cinco minutos del veintiuno de enero de dos mil veintiuno con la
base de veintisiete mil cuatro dólares con setenta y cinco centavos (25% de la
base original). notas: Se les informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Distribuidora
Ramar R. S. H. Sociedad Anónima, Rouben Raminfar. Expediente N°
19-011936-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 18 de noviembre del año
2020.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2020506438 ).
En este Despacho,
con una base de dieciocho millones de colones exactos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula
número 213085, derecho 000, la cual es terreno naturaleza: Para construir con
casa. Situada en el Distrito 2-San José, Cantón 1-Alajuela, de la Provincia de
Alajuela. Colinda: al norte: calle publica con 9m 40cm de frente; al sur:
Carlos, José, María y Nidia Arrieta C; al este: Carlos, José, María y Nidia
Arrieta C y al oeste: Carlos, José, María y Nidia Arrieta C. Mide: doscientos
veintiséis metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto,
se señalan las diez horas y cero minutos del dieciocho de enero de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez
horas y cero minutos del veintiséis de enero de dos mil veintiuno con la base
de trece millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero
minutos del tres de febrero de dos mil veintiuno con la base de cuatro millones
quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago
Ahorro y Préstamo contra Rogelia Imelda Peña Chévez, Edwin Sánchez
Peña. Expediente Nº 190143961157CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 05 de octubre de 2020.—Msc. Angie Rodríguez Salazar,
Jueza.—( IN2020506440 ).
En este despacho,
con una base de dieciséis mil sesenta y siete dólares con noventa centavos, libre
de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BNV234, marca:
Toyota, estilo: Yaris E, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie:
MR2K29F38H1029401, N° motor: 2NR5023500, N° Serie: no indicado, modelo:
NSP151L-AHMRK, cilindrada: 1500 c.c. Para tal efecto se señalan las once horas
y cero minutos del cinco de enero de dos mil veintiuno. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del trece de
enero de dos mil veintiuno con la base de doce mil cincuenta dólares con
noventa y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del veintiuno de
enero de dos mil veintiuno con la base de cuatro mil dieciséis dólares con noventa
y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A.
contra Karen Priscilla Meza Hidalgo. Expediente N° 19-000979-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 03 de setiembre del año 2020.—Liseth Delgado
Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2020506441 ).
En este Despacho, con una base de mil cuatrocientos setenta y siete
dólares con ochenta y siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placas JHL330. Marca: Kia. Estilo: Río. Categoría: automóvil. Capacidad: 5 personas. Color:
blanco. Vin: KNADN512BD6795600. N° motor:
G4FACS380853. Cilindrada: 1396 c.c. Combustible: gasolina. Para tal efecto se
señalan las ocho horas treinta minutos del seis de enero del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta
minutos del catorce de enero del dos mil veintiuno con la base de mil ciento ocho
dólares con cuarenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del
veintidós de enero del dos mil veintiuno con la base de trescientos sesenta y
nueve dólares con cuarenta y siete centavos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Joaquín Hernández Landin. Expediente N°
19-014653-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia,
18 de setiembre del 2020.—Pedro Ubau Hernández, Juez Tramitador.—( IN2020506443
).
En este Despacho, con una base de cinco mil cuatrocientos cuarenta y
nueve dólares con noventa y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placas: FLY999, marca: Kia, estilo: Mohave,
categoría: automóvil,
capacidad: 7 personas, serie: KNAKN814DD5099954, tracción: 4X4, año
fabricación: 2013, techo: techo bajo, color: gris, N. motor: D6EBCU119988,
marca: Kia, potencia: 187 KW combustible: diésel. Para tal efecto se señalan las diez horas y
treinta minutos del once de enero de dos mil veintiuno. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del diecinueve
de enero de dos mil veintiuno con la base de cuatro mil ochenta y siete dólares
con cuarenta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos
del veintisiete de enero de dos mil veintiuno con la base de mil trescientos
sesenta y dos dólares con cuarenta y nueve centavos (25% de la base original).
Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la
parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error
lo comunicará al despacho dentro del tercer día, para su inmediata corrección.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa
Rica S. A. contra Cristina Dalton Ross. Expediente N° 20-012822-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 27
de agosto del año 2020.—Licda. Adriana Soto González, Jueza Coordinadora.—(
IN2020506444 ).
En este Despacho, con una base de doce mil cuatrocientos sesenta y
cuatro dólares con sesenta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo FYB023. Marca. Nissan. Estilo Versa. Categoría
automóvil. Año 2016. Color gris. Vin 3N1CN7AD3GL830366. Combustible gasolina.
Motor Nº HR16833781K. Para tal efecto se señalan las quince horas y quince
minutos del once de enero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las quince horas y quince minutos del diecinueve
de enero del dos mil veintiuno con la base de nueve mil trescientos cuarenta y
ocho dólares con cincuenta centavos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y quince
minutos del veintisiete de enero del dos mil veintiuno con la base de tres mil
ciento dieciséis dólares con diecisiete centavos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Luis Carlos Murillo Zamora. Expediente N°
19-007117-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia,
22 de agosto del 2020.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—( IN2020506445 ).
En este Despacho,
con una base de mil trescientos treinta y cuatro dólares con setenta y dos
centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo
891047, marca: Nissan, estilo: Tiida, categoría: automóvil, capacidad: 5
personas, serie: 3N1CC1AD4ZK119402, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4X2,
número chasis: 3N1CC1AD4ZK119402, vin: 3N1CC1AD4ZK119402, color: negro, número
de motor: HR16133434C, marca: Nissan, modelo: BDTALDFC11EJA-5B-U, cilindrada:
1598 cc, cilindros: 4, potencia: 80 kW, combustible: gasolina. Para tal efecto
se señalan las nueve horas treinta minutos del doce de enero de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del veinte de enero de dos mil veintiuno con la base de
mil un dólares con cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del
veintiocho de enero de dos mil veintiuno con la base de trescientos treinta y
tres dólares con sesenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se
les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Jonathan de Jesús Castillo López.
Expediente 19-009290-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 15 de octubre
del año 2020.—Lic. Zary Navarro Zamora, Jueza Tramitadora.—( IN2020506446 ).
En este Despacho,
con una base de cuatro mil quinientos cuarenta y seis dólares con dos centavos,
libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BFC116,
marca: Suzuki, estilo: Kizashi, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
serie: JS2RE9A32A6100515, tracción: 4x2, año fabricación: 2010, techo: techo
alto, color: celeste, N° motor: J24B1065031, marca: Suzuki, potencia:
133 KW, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas y
treinta minutos del doce de enero de dos mil veintiuno. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veinte
de enero de dos mil veintiuno con la base de tres mil cuatrocientos nueve
dólares con cincuenta y un centavos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y treinta
minutos del veintiocho de enero de dos mil veintiuno con la base de mil ciento
treinta y seis dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). Previo
a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los
datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho
dentro del tercer día, para su inmediata corrección. Notas: Se les informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Cathay de
Costa Rica S. A. contra Evelyn Artavia Porras Expediente Nº 20-013785-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 02
de setiembre del año 2020.—Adriana Soto González, Jueza Coordinadora.—(
IN2020506447 ).
En este Despacho,
con una base de ocho mil ochocientos cuarenta y nueve dólares con noventa y dos
centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo:
892699, marca: BMW, estilo: 528 I, categoría: automóvil, capacidad: 5
personas, año: 2012, color: gris, vin: WBAFR1104BC858641, cilindrada: 3000 CC,
combustible: gasolina, motor N°: 11987821. Para tal efecto,
se señalan las once horas cero minutos del once de enero del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas cero
minutos del diecinueve de enero del dos mil veintiuno, con la base de seis mil
seiscientos treinta y siete dólares con cuarenta y cuatro centavos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan
las once horas cero minutos del veintisiete de enero del dos mil veintiuno, con
la base de dos mil doscientos doce dólares con cuarenta y ocho centavos (25% de
la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Manuel
Enrique Castro Robles. Expediente N° 18-016595-1338-CJ.—Juzgado Tercero
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de
setiembre del 2020.—Yesenia Alicia Solano Molina, Jueza Decisora.—(
IN2020506448 ).
En este Despacho,
con una base de ciento cuarenta y siete mil setecientos quince dólares con
veintidós centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando serv. y
condic. ref: 2404-553-002 citas: 305-18094-01-0910-002, serv. y condic. ref:
3088-149-001. Citas: 329-06613-01-0904-001, servidumbre sirviente citas:
338-13993-01-0001-001, servidumbre sirviente citas: 338-13993-01-0003-001,
servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0001-001, servidumbre dominante
citas: 339-00515-01-0002-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0004-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0005-001,
servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0006-001, servidumbre dominante
citas: 339-00515-01-0007-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0008-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0009-001,
servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0010-001, servidumbre sirviente
citas: 339-00515-01-0011-001, servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0012-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0013-001,
servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0014-001, servidumbre sirviente
citas: 339-00515-01-0015-001, servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0016-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0017-001,
servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0018-001, servidumbre dominante
citas: 339-00515-01-0037-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0039-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0040-001,
servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0041-001, servidumbre dominante
citas: 339-00515-01-0042-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0043-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0044-001,
servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0045-001, servidumbre sirviente
citas: 339-00515-01-0046-001, servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0048-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0049-001,
servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0050-001, servidumbre sirviente
citas: 339-00515-01-0051-001, servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0054-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0253-001,
servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0254-001, servidumbre dominante
citas: 339-00515-01-0256-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0257-001, servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0258-001, servidumbre
dominante citas: 339-00515-01-0259-001, servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0260-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0262-001,
servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0263-001, servidumbre sirviente
citas: 339-00515-01-0264-001, servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0265-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0266-001,
servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0267-001, servidumbre sirviente
citas: 339-00515-01-0268-001, servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0269-001,
servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0270-001; sáquese a remate la finca
del partido de Alajuela, matrícula número 129258-F-000, la cual es terreno
naturaleza: finca filial primaria individualizada número 17 apta para
construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos
pisos. Situada en el distrito 8-San Rafael, cantón 1-Alajuela, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, finca filial número 16 y avenida once del
Condominio Madre; al sur, finca filial número 18 y calle interna del
condominio; al este, finca filial número 18 y avenida once del Condominio Madre
y al oeste, finca filial número 16 y calle interna del condominio. Mide:
ochocientos ochenta y dos metros con doce decímetros cuadrados. Para tal efecto,
se señalan las quince horas y cero minutos del veinticinco de enero de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince
horas y cero minutos del dos de febrero de dos mil veintiuno con la base de
ciento diez mil setecientos ochenta y seis dólares con cuarenta y dos centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las quince horas y cero minutos del diez de febrero de dos mil
veintiuno con la base de treinta y seis mil novecientos veintiocho dólares con
un centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S.
A., contra Astrid Lucía Martínez Alvarado, José Arturo Solís Moya, MS Solimar S.A.
Expediente Nº 190130181158CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial
de Alajuela, 08 de octubre de 2020.—Msc. Angie Rodríguez Salazar, Jueza.—(
IN2020506449 ).
En este despacho, con una base de veintitrés mil novecientos
veintisiete dólares con veinticuatro centavos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula
número 280296, derecho 000, la cual es terreno de potrero. Situada en el
distrito: 08-Cajón, cantón: 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Fernando Fonseca y Cecilia Bolaños; al sur, calle pública;
al este, Luisa Arbustini y Abel Arbustini y al oeste, Tersa Arbustini. Mide:
veinticuatro mil doscientos ochenta y tres metros con cincuenta y nueve
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos
del cuatro de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez horas cero minutos del doce de febrero de dos
mil veintiuno, con la base de diecisiete mil novecientos cuarenta y cinco
dólares con cuarenta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del
veintidós de febrero de dos mil veintiuno, con la base de cinco mil novecientos
ochenta y un dólares con ochenta y un centavos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Anso de América Sociedad Anónima contra Fadeyjo S.A. Expediente N°
20-003794-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de La Zona
Sur (Pérez Zeledón), 11 de noviembre del año 2020.—Licda. Eileen Chaves
Mora, Jueza Tramitadora.—( IN2020506457 ).
En este Despacho, se señalan las siete horas treinta minutos del ocho de
junio de dos mil veintiuno. Con una base de veintiún millones ochocientos
sesenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
reservas y restricciones citas: 284-02790-01-0901-001; sáquese a remate la
finca del partido de Puntarenas, matrícula número diecisiete mil ciento
veintidós, derecho cero cero cero, la cual es terreno de café, charral y una
bodega situada en el distrito 2-Sabalito cantón 8-Coto Brus de la provincia de
Puntarenas. Linderos: norte, Eduardo Mora Rojas; sur, calle pública; este,
Jonathan Segura Castro; oeste, Irminia y Herminia Esquivel Chaves. Mide: dos
mil quinientos metros cuadrados plano: P-0923294-1990. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las siete horas treinta minutos del dieciséis de
junio de dos mil veintiuno con la base de dieciséis millones trescientos
noventa y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas treinta minutos
del veinticuatro de junio de dos mil veintiuno con la base de cinco millones
cuatrocientos sesenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Dianey Bogantes Rojas. Expediente N° 19-001496-1201-CJ.—Juzgado
de Cobro de Golfito, 17 de setiembre del año 2020.—Licda. Eida Virginia
Madrigal Camacho, Jueza Tramitadora.—( IN2020506458 ).
En este Despacho,
con una base de doce millones doscientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos
ocho colones con ochenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 99374 derecho 000,
la cual es terreno de naturaleza plana con aptitud para construir. Situada en
el distrito: 03-Sardinal, cantón: 05-Carrillo, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, calle pública con un frente de 12 metros 67 centímetros
lineales; sur, Leonel Centeno Garnier; este, Maycol Andino Cloba Salvinia;
oeste, Wilbert Bustos Bustos. Mide: doscientos veinticuatro metros con
diecisiete decímetros cuadrados. Plano: G-0309987-1996. Para tal efecto, se
señalan las ocho horas cero minutos del dieciocho de febrero de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho
horas cero minutos del veintiséis de febrero de dos mil veintiuno, con la base
de nueve millones ciento noventa y cuatro mil quinientos cincuenta y seis
colones con sesenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del
ocho de marzo de dos mil veintiuno, con la base de tres millones sesenta y
cuatro mil ochocientos cincuenta y dos colones con veinte céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ana Lorena Espinoza García,
Armando Vinicio Mendoza Porras. Expediente N° 20-001860-1206-CJ.—Juzgado de
Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 10 de
noviembre del año 2020.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—( IN2020506459
).
En este Despacho, con una base de diez millones de colones exactos,
libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo
citas 360-03521-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula N° 7-159915-000, la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito 02 Sixaola, cantón 04 Talamanca, de la provincia de Limón. Colinda: al noreste, Manuel León
Salazar; al noroeste, calle pública; al sureste, Edwin Patterson Bent, y al
suroeste, Betzy Medrano Bent. Mide: Cuatrocientos Quince Metros Con Diecinueve
Decímetros Cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta
minutos del dieciocho de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el
segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintiséis de
marzo del dos mil veintiuno, con la base de siete millones quinientos mil
colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para
el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del cinco de abril
del dos mil veintiuno, con la base de dos millones quinientos mil colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Servicios Financieros Valora SRL contra
Coyolar Realty SRL y otro Expediente Nº 20-004587-1208-CJ.—Juzgado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 04 de noviembre del
2020.—Carlos Soto Madrigal, Juez Decisor.—( IN2020506463 ).
En este Despacho,
con una base de once millones de colones exactos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula
número sesenta mil novecientos ochenta y nueve, derecho 000, la cual es terreno
para construir con 1 casa. Situada en el distrito 1-Las Juntas, cantón
7-Abangares, de la provincia de Guanacaste. Finca se encuentra en zona
catastrada. Linderos: al norte, Emiliano Centeno Centeno; al sur, calle pub con
9m 86cm; al este, Elena Cheves Cheves; y al oeste, Benito Peña Peña. Mide:
doscientos sesenta y nueve metros con dieciséis decímetros
cuadrados. Plano: G-0731407-1988. Identificador predial: 507010060989. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del quince de marzo del dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho
horas cero minutos del veintitrés de marzo del dos mil veintiuno con la base de
ocho millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
ocho horas cero minutos del treinta y uno de marzo del dos mil veintiuno con la
base de dos millones setecientos cincuenta
mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa
Rica contra Amparo Mayela Carballo Chevez, José Rodolfo Alvarado Alvarado. Expediente N°
19-005344-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste, 05 de octubre del
2020.—Natalia Orozco Murillo, Jueza Decisora.—( IN2020506464 ).
En este Despacho,
con una base de catorce millones sesenta y siete mil colones exactos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste,
matrícula número ochenta y seis mil quinientos ochenta y nueve, derecho 000, la
cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 1-Las
Juntas, cantón 7-Abangares, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte,
Ovidio León Ramos; al sur, plaza de deportes y Valentín Chaves Guadamuz; al
este, Oscar Calderón Montero; y al oeste, Santos Chaves Siles. Mide:
cuatrocientos trece metros con setenta y seis decímetros. Para tal efecto, se
señalan las trece horas y treinta minutos del uno de marzo del dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece
horas y treinta minutos del nueve de marzo del dos mil veintiuno con la base de
diez millones quinientos cincuenta mil doscientos cincuenta colones exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las trece horas y treinta minutos del diecisiete de marzo del dos
mil veintiuno con la base de tres millones quinientos dieciséis mil setecientos
cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa
Rica contra Karen Mariela Ramírez Salas, Olger Alberto Ramírez Salas, Olger
Ramírez Jiménez. Expediente N° 17-003649-1207-CJ.—Juzgado de Cobro
de Puntarenas, 03 de julio del 2020.—Licda. Anny Hernández Monge,
Jueza Decisora.—( IN2020506465 ).
En este Despacho,
con una base de doce millones seiscientos mil colones exactos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago,
matrícula número 13612-000, la cual es terreno de agricultura. Situada en el
distrito: 02-Cervantes, cantón: 06-Alvarado, de la provincia de Cartago.
Colinda: al norte, Benedicto Soto; al sur, Omar Soto; al este, Joaquín Soto y al
oeste, calle pública y otros. Mide: cuatrocientos veinticuatro metros con treinta y
cinco decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
quince horas treinta minutos (03:30 p.m.) del catorce de enero de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince
horas treinta minutos (03:30 p.m.) del veintidós de enero de dos mil veintiuno,
con la base de nueve millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las quince horas treinta minutos (03:30 p.m.) del uno de febrero de dos
mil veintiuno, con la base de tres millones ciento cincuenta mil colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago Ahorro y Préstamo
contra Randall Donaldo Ruiz Monge, expediente N° 19-013525-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 28 de setiembre del año 2020.—Lic. Víctor Obando
Rivera, Juez Decisor.—( IN2020506554 ).
En este, Despacho, Finca 1: con una base de
sesenta y cinco millones ciento diecinueve mil once colones exactos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas:
250-06668-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número 163671-F-000, la cual es terreno finca filial número 7
identificada como FF-AP-107 ubicada en el nivel 1 destinada a unidad
habitacional unifamiliar o apartamento en proceso de construcción. Situada en
el distrito Hatillo, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, área común libre de zona verde; al sur, finca filial FF-AP-106 y en
parte con área común construida de ducto y pasillo; al este, área común libre
de zona verde y al oeste, finca filial FF-AP-108. Mide: setenta y un metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del
veinticinco de enero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del dos de febrero de dos
mil veintiuno con la base de cuarenta y ocho millones ochocientos treinta y
nueve mil doscientos cincuenta y ocho colones con veinticinco céntimos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las quince horas y cero minutos del diez de febrero de dos mil
veintiuno con la base de dieciséis millones doscientos setenta y nueve mil
setecientos cincuenta y dos colones con setenta y cinco céntimos (25% de la
base original). Finca 2: Con una base de sesenta y cuatro millones doscientos
un mil ochocientos cuarenta colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 250-06668-01-0901-001;
sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número
169895-F-000, la cual es terreno finca filial número 76 identificada como FF-AP-1004,
destinada a unidad habitacional unifamiliar o apartamento ubicada en el nivel
10 en proceso de construcción. Situada en el distrito Hatillo, cantón San José,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, vacío existente sobre el área
común; al sur área común libre de ascensores y ducto, área común construida de
pasillo y escalera y finca filial ff-bo-1001; al este, vacío existente sobre el
área común y finca filial FF-AP 1003 y al oeste, vacío existente sobre el ara
común, finca filial ff-ap-1005 y en parte área común libre de ascensores. Mide:
setenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero
minutos del veinticinco de enero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del dos de
febrero de dos mil veintiuno con la base de cuarenta y ocho millones ciento
cincuenta y un mil trescientos ochenta un colones con cincuenta céntimos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las quince horas y cero minutos del diez de febrero de dos mil veintiuno con la
base de dieciséis millones cincuenta mil setecientos cuatrocientos sesenta
colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Finca 3: Con una base
de dos millones trescientos trece mil ciento cuarenta y ocho colones exactos,
libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo
las citas: 250-06668-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San
José, matrícula número 159822-F-000, la cual es terreno finca filial número 333
identificada como FF-E-1-103, destinada a unidad de estacionamiento, ubicada en
planta 1, en proceso de construcción. Situada en el distrito Hatillo, cantón
San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común libre de
acceso vehicular; al sur, vacío; al este, finca filial FFE-1-102 y al oeste,
finca filial FF-E-1-104.- Mide: catorce metros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las quince horas y cero minutos del veinticinco de enero de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero
minutos del dos de febrero de dos mil veintiuno con la base de un millón
setecientos treinta y cuatro mil ochocientos sesenta y un colones exactos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las quince horas y cero minutos del diez de febrero de dos mil
veintiuno con la base de quinientos setenta y ocho mil doscientos ochenta y
siete colones exactos (25% de la base original). Finca 4: Con una base de seis
millones cincuenta mil ciento noventa y un colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las
250-06668-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San Jose,
matrícula número 159556-F-000, la cual es terreno finca filial numero 67
identificada como FF-E-S2-71, destinada a unidad de estacionamiento, ubicada en
planta de sótano 2, en proceso de construcción.- Situada en el distrito
Hatillo, cantón San José, de la provincia de San José.- Colinda: al norte, área
común construida de planche y parte de finca filial FF-E-S2-75; al SUR área
común construida de acceso vehicular; al este, finca filial FF-E-S2-72 y al
oeste, finca filial FF-E-S2-70.- Mide: veintiséis metros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del veinticinco de enero de
dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas y cero minutos del dos de febrero de dos mil veintiuno con la base
de cuatro millones quinientos treinta y siete mil seiscientos cuarenta y tres
colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del
diez de febrero de dos mil veintiuno con la base de un millón quinientos doce
mil quinientos cuarenta y siete colones con setenta y cinco céntimos (25% de la
base original). Finca 5: Con una base de quinientos cuarenta y tres mil
setecientos cincuenta y seis colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 250-06668-01-0901-001;
sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número
167354-F-000, la cual es terreno finca filial número 26 destinada a unidad de bodega
para apartamento, ubicada en el primer nivel, en proceso de construcción.-
Situada en el distrito Hatillo, cantón San José, de la provincia de San José.-
Colinda: al norte, finca filial matriz FFMC-1 del condominio maestro; al sur,
área común de acera del condominio maestro; al este, finca filial 27 y al
oeste, finca filial 25.- Mide: dos metros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las QUINCE horas y cero minutos del veinticinco de enero de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince
horas y cero minutos del dos de febrero de dos mil veintiuno con la base de
cuatrocientos siete mil ochocientos diecisiete colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince
horas y cero minutos del diez de febrero de dos mil veintiuno con la base de
ciento treinta y cinco mil novecientos treinta y nueve colones exactos (25% de
la base original). Finca 6: Con una base de setecientos tres mil ochocientos
colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada bajo las citas: 250-06668-01-0901-001; sáquese a remate la finca del
partido de San José, matrícula número 169931-F-000, la cual es terreno finca
filial número 112 identificada como FF-BO-902, destinada a bodega ubicada en el
nivel 9 en proceso de construcción.- Situada en el distrito Hatillo, cantón San
José, de la provincia de San José.- Colinda: al norte, finca filial FF-AP-905 y
ducto; al sur, área común libre de ducto y área común construida de pasillo; al
este, finca filial FF-AP-905 y al oeste, área común construida de escalera.-
Mide: un metros cuadrados. para tal efecto, se señalan las quince horas y cero
minutos del veinticinco de enero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del dos de
febrero de dos mil veintiuno con la base de quinientos veintisiete mil
ochocientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos
del diez de febrero de dos mil veintiuno con la base de ciento setenta y cinco
mil novecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Finca 7:
Con una base de cuarenta y nueve millones setecientos veintitrés mil
cuatrocientos veintidós colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios,
sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 77120-000,
la cual es terreno para construir con una casa.- Situada en el distrito Hospital,
cantón San José, de la provincia de San José.- Colinda: al norte, línea férrea
del ferrocarril eléctrico al Pacifico; al sur, Antonio Soto Fernández; al este,
Clara Luz Fernández Aguilar y al oeste, calle pública. Mide: ciento setenta y
nueve metros con veinte decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
quince horas y cero minutos del veinticinco de enero de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero
minutos del dos de febrero de dos mil veintiuno con la base de treinta y siete
millones doscientos noventa y dos mil quinientos sesenta y seis colones con
cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para
el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del diez de febrero
de dos mil veintiuno con la base de doce millones cuatrocientos treinta mil
ochocientos cincuenta y cinco colones con cincuenta céntimos (25% de la base
original). Finca 8: Con una base de cincuenta y cuatro millones cuatrocientos
cuarenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y tres colones exactos, libre de
gravámenes hipotecarios, sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número 190767-000, la cual es terreno para construir con 1 galerón
industr.- Situada en el distrito Hospital, cantón San José, de la provincia de
San José.- Colinda: al norte, calle publica frente 16m 45cm otro; al sur,
Antonio Soto Fernández; al este, Joaquín Rodríguez y al oeste, Rafael Naranjo
Segura.- Mide: doscientos treinta y cinco metros con cuarenta y dos decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del
veinticinco de enero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las quince horas y cero minutos del dos de febrero de dos
mil veintiuno con la base de cuarenta millones ochocientos treinta y cuatro mil
ochenta y nueve colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original)
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas
y cero minutos del diez de febrero de dos mil veintiuno con la base de trece
millones seiscientos once mil trescientos sesenta y tres colones con
veinticinco céntimos (25% de la base original). NOTAS: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este, despacho.
Publíquese este, edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de San José
contra Domtreal Limitada. Expediente Nº 19-005352-1765-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del II Circuito Judicial de San José, Sección Tercera.-
07 de agosto del año 2020.—Iván Tiffer Vargas, Juez Tramitador.—( IN2020506558
).
En este Despacho, con una base de treinta y siete millones quinientos
mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones hipotecarías; sáquese a
remate la finca del partido de San José, matrícula N° 529225, derecho 001 y 002, la cual es terreno para
construir, lote Q, con una casa de habitación, situada en el distrito 3-La
Trinidad cantón 14-Moravia de la
provincia de San José. Linderos: norte, Francisco Laurito Hidalgo construcción
contigua, sur, calle pública con 11,56 centímetros de frente, este, calle pública con 4,79 centímetros de frente,
oeste, francisco laurito hidalgo, construcción contigua. Mide: ciento ochenta y
nueve metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan
las diez horas y treinta minutos del veinte de enero del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y treinta
minutos del veintiocho de enero del dos mil veintiuno, con la base de
veintiocho millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
diez horas y treinta minutos del cinco de febrero del dos mil veintiuno, con la
base de nueve millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Walter Iván Caravaca Rivas. Expediente Nº
19-005501-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Tercera, 20 de julio del 2020.—Gonzalo Gamboa
Valverde, Juez Tramitador.—( IN2020506569 ).
En este Despacho,
con una base de diez millones seiscientos cuarenta y cuatro mil ciento trece
colones con treinta y dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese
a remate el vehículo BMG548. marca Mitsubishi. Estilo Lancer GLS. Categoría
automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2017. Color blanco. Vin JMYSNCY1AHU000229.
Cilindrada 1600 c.c combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho
horas treinta minutos del once de enero de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del
diecinueve de enero de dos mil veintiuno con la base de siete millones
novecientos ochenta y tres mil ochenta y cuatro colones con noventa y nueve
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintisiete de enero de
dos mil veintiuno con la base de dos millones seiscientos sesenta y un mil
veintiocho colones con treinta y tres céntimos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra José Andrés Méndez Hernández. Expediente
Nº:180035491157CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
08 de octubre del año 2020.—Msc. Angie Rodríguez Salazar, Jueza.—( IN2020506613
).
En este Despacho,
con una base de cuatro millones de colones exactos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula
número 72549 derecho 000, la cual es terreno para vivienda lote 10. Situada en
el distrito 1-Cañas, cantón 6-Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al
norte, lote 9; sur, lote 11, este, calle publica; oeste, Playon Río ca/as.
Mide: novecientos veintiocho metros con doce decímetros cuadrados. Plano:
G-0817435-1991. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del
trece de enero del año dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del veintiuno de enero del
año dos mil veintiuno con la base de tres millones de colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las ocho horas y cero minutos del veintinueve de enero del año dos mil
veintiuno con la base de un millón de colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Mario Alejandro Navarro Alpízar contra Vera Cruz
Chaves Hernández. Expediente N° 20-001692-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 12 de agosto del año 2020.—Licda.
Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—( IN2020506642 ).
En este Despacho,
con una base de nueve millones de colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
280-00166-01-0068-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste,
matrícula número 203832-000. Que se describe así: naturaleza: terreno para
construir. Situada en el distrito 6-Cuajiniquil, cantón 3-Santa Cruz, de la
provincia de Guanacaste. Finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: al
norte, Junta de Educación Escuela de Veracruz; al sur, Vedyn Gómez Gómez; al
este, Vedyn Gómez Gómez; y al oeste, camino público. Mide: trescientos trece metros
cuadrados. Plano: G-1698525-2013. Para tal efecto, se señalan las quince horas
cuarenta y cinco minutos del tres de mayo del dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cuarenta y cinco
minutos del once de mayo del dos mil veintiuno con la base de seis millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas
cuarenta y cinco minutos del diecinueve de mayo del dos mil veintiuno con la
base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Caja de ANDE contra Adolfo Arnesto Lezama. Expediente
N° 20-001139-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 05 de noviembre del
2020.—Victor Hugo Martínez Zúñiga,
Juez Decisor.—( IN2020506644 ).
En este Despacho,
con una base de cuarenta y un millones ochocientos treinta y dos mil
setecientos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento trece mil quinientos
noventa y tres, derecho 000, la cual es terreno con una casa de habitación lote
2-208. Situada: en el distrito Limón, cantón Limón, de la provincia de Limón. Colinda:
al norte, lote 207; al sur, lote 209; al este, alameda, y al oeste, lote 190.
Mide: trescientos siete metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Para
tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del nueve de marzo del
dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las
catorce horas cero minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintiuno, con
la base de treinta y un millones trescientos setenta y cuatro mil quinientos
veinticinco colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del
veinticinco de marzo del dos mil veintiuno, con la base de diez millones
cuatrocientos cincuenta y ocho mil ciento setenta y cinco colones exactos (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Caja de Ahorro Préstamos de la
Asociación Nacional de Educadores contra Hannia Gineth González Rodríguez.
Expediente N° 19-009157-1164-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial
de la Zona Atlántica, 05 de noviembre del 2020.—Roy Córdoba Hernández, Juez
Decisor.—( IN2020506645 ).
En este Despacho,
sáquese a remate lo siguiente: 1) Con una base de ciento veintisiete millones
ochocientos cinco mil cuatrocientos treinta y siete colones con diez céntimos,
libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas:
462-11105-01-0001-001; sáquese a remate la finca del Partido de Guanacaste,
matrícula N° 7316-000, la cual es terreno de potreros. Situada en el distrito
6-Tierras Morenas, cantón 8-Tilaran de la provincia de Guanacaste, finca se encuentra en
zona catastrada. Linderos: norte: con Rancho Kapu S. A. y calle pública con
un frente de 758 metros con 77 centímetros; sur: con Rio Mula y Rancho Kapu
Sociedad Anónima; este: con calle pública con un frente de 106 metros con 94
centímetros y Rio Mula; oeste: con Rio Cabuyo. Mide: ochocientos
cincuenta y cinco mil setecientos cincuenta y un metros con cincuenta y un decímetros
cuadrado. Plano: G-0784688-2002, identificador predial: 508060007316. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará con la base de noventa y cinco
millones ochocientos cincuenta y cuatro mil setenta y siete colones con ochenta
y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate la base será de treinta y un millones novecientos cincuenta y un
mil trescientos cincuenta y nueve colones con veintiocho céntimos (25% de la
base original). 2) Con una base de noventa y seis millones doscientos sesenta y
siete mil cuatrocientos cuarenta y seis colones con setenta céntimos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Guanacaste,
matrícula N° 8569-000, la cual es terreno de potrero con una casa. Situada en
el distrito 6- Tierras Morenas, cantón 8-Tilarán de la provincia de
Guanacaste. Finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte: con calle pública con
un frente de 195 metros; sur: con calle pública con un frente de
1.412 metros con 79 centímetros; este: con calle pública con un frente de 88 metros; oeste: con
Rio Cabuyo. Mide: cuatrocientos cuarenta y siete mil seiscientos veintiséis metros
cuadrados. Plano: G-0686545-2001, identificador predial: 508060008569. De no
haber postores el segundo remate se efectuará con la base de setenta y dos
millones doscientos mil quinientos ochenta y cinco colones con tres céntimos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate la
base será de veinticuatro millones sesenta y seis mil ochocientos sesenta y un
colones con sesenta y ocho céntimos (25% de la base original). 3) Con una base
de cincuenta y seis millones novecientos veintisiete mil ciento dieciséis
colones con veinte céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate la finca del Partido de Guanacaste, matrícula N° 8571-A-000, la cual es
terreno de potrero. Situada en el distrito 6-Tierras Morenas, cantón 8-Tilarán de la
provincia de Guanacaste, finca se encuentra en zona catastrada. Linderos:
norte: calle pública; sur: Herminio Murillo Herrera; este: calle pública;
oeste: calle pública. Mide: doscientos cuarenta y ocho mil treinta y cuatro metros
cuadrados. Plano: G-0686544-2001, identificador predial: 508060008571A. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará con la base de cuarenta y dos
millones seiscientos noventa y cinco mil trescientos treinta y siete colones
con quince céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate la base será de catorce millones doscientos treinta y un
mil setecientos setenta y nueve colones con cinco céntimos (25% de la base
original). Señalamientos: para el primer remate se señalan las catorce horas
cero minutos del diecisiete de febrero de dos mil veintiuno. Para el segundo
remate las catorce horas cero minutos del veinticinco de febrero de dos mil
veintiuno. Y para el tercer remate las catorce horas cero minutos del cinco de
marzo de dos mil veintiuno. notas: se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Carlos Belisario
Ruiz Sánchez, Ganadera LAL Cebadilla S. A., Ganadera los Bajos del Corobicí S. A.,
Ganadería Bajo Paires S. A., Rancho Kapu S.A., Randall Belisario Ruiz Solano.
Expediente N° 19-006494-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, 30 de octubre del 2020.—Luis Alberto Pineda
Alvarado, Juez.—( IN2020506647 ).
En este despacho,
con una base de setenta y dos millones seiscientos treinta y seis mil
setecientos setenta y siete colones con siete céntimos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número
190541-000, la cual es terreno lote 4, terreno para construir, hoy con una casa
de habitación. Situada en el distrito 6-Guadalupe (Arenilla), cantón 1-
Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte calle pública; al sur,
calle pública; al este, lote tres y al oeste calle pública. Mide: ciento
veintisiete metros con ochenta y tres decímetros cuadrados metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del doce de febrero
de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las nueve horas treinta minutos del veintidós de febrero de dos mil veintiuno
con la base de cincuenta y cuatro millones cuatrocientos setenta y siete mil
quinientos ochenta y dos colones con ochenta céntimos (75% de la base original)
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas
treinta minutos del dos de marzo de dos mil veintiuno con la base de dieciocho
millones ciento cincuenta y nueve mil ciento noventa y cuatro colones con
veintisiete céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa
Rica contra Consultores Financieros y afines Vartas y Asociados, Gerardo
Enrique Vargas Fernandez, Grupo RGC Consultores Sociedad Anónima. Expediente N°
17-003873-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 07 de
noviembre del año 2020.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Tramitadora.—(
IN2020506648 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una base de cincuenta
millones trescientos treinta mil ciento ochenta y nueve colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número trescientos ochenta y cuatro mil doscientos noventa y uno,
derecho cero cero cero, la cual es terreno lote 4 terreno de árboles
frutales con una casa de habitación. Situada: en el distrito 1-Orotina, cantón
9-Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Andrea Alpízar Rodríguez; al
sur, calle pública con 20 metros, 86 decímetros; al este, Elizabeth Rodríguez
Chaves, y al oeste, Sheyla Alpízar Rodríguez, servidumbre de
paso, Eunice Rodríguez Chaves. Mide: doscientos cincuenta y nueve metros con cincuenta
y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y
quince minutos del diecinueve de abril del dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y quince minutos del
veintisiete de abril del dos mil veintiuno, con la base de treinta y siete
millones setecientos cuarenta y siete mil seiscientos cuarenta y un colones con
setenta y cinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y quince minutos
del seis de mayo del dos mil veintiuno, con la base de doce millones quinientos
ochenta y dos mil quinientos cuarenta y siete colones con veinticinco céntimos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Caja de Ahorro y Préstamos de la Asociacion
Nacional de Educadores contra Karina Alpízar Rodríguez.
Expediente N° 20-007815-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 19 de noviembre del 2020.—Licda. Sofía Ramírez
Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2020506646 ).
Primer Remate: A
las diez horas del primero de febrero del dos mil veintiuno, en la puerta
exterior del Juzgado Agrario de Liberia, libre de gravámenes hipotecarios, y con
la base de diez millones de colones, por la mejor postura se rematará la finca
inscrita en el Registro Público Inmobiliario, número ciento sesenta y tres mil
ciento cuatro-cero cero cero. Es terreno para construir, ubicado en Palmira
[distrito segundo], de Carrillo [cantón quinto] de la provincia de Guanacaste.
Sus linderos son: norte: Olman Achío Chavarría; sur: Corporación Taibe de
Playas del Coco S. A.; este: calle pública con veinticinco metros con sesenta y
nueve centímetros de frente; y oeste: Olman Achío Chavarría. Mide: mil cuarenta
y tres metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Plano: G-1186692-2007.
Pertenece a Ramón Agustín Piña Gutiérrez. Otros gravámenes o afectaciones:
servidumbre de paso citas: 574-31540-01-0004-001. Segundo Remate: De no existir
postura, para llevar a cabo el segundo
remate, se señalan las diez horas del nueve de febrero del dos mil veintiuno,
con la base de siete millones quinientos mil colones (rebajada en un 25% de la
base original). Tercer Remate: De no existir postura en el segundo remate, para
celebrar el tercero, se señalan las diez horas del diecisiete de febrero del
dos mil veintiuno, con la base de dos millones quinientos mil colones (un 25%
de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de El Colono Agropecuario S. A. contra Cabo Blanco Fresh Products
S. A.. Expediente N° 19-005965-1206-CJ.—Juzgado Agrario del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 01 de diciembre del año
2020.—Lic. Rodrigo Tobías Valverde Umaña, Juez Decisor.—O. C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020506726 ).
A las nueve horas del diecinueve de febrero de dos mil veintiuno, en la
puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, libre de
anotaciones y gravámenes y soportando reservas y restricciones bajo las citas
554-12075-01-0026-001 y 554-12075-01-0043-001, así como hipoteca bajo las citas
2018-301752-01-0001-001 y con la base dada por el perito en informe pericial
incorporado en fecha 02/09/2020, sea la suma de doce millones ciento noventa y
ocho mil seiscientos sesenta y tres mil; remataré: El fundo embargado inscrito
al Partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos diez mil cuatrocientos
ochenta y nueve-cero cero cero, que es terreno para construir parcela 8-A-11,
sito en el distrito: Seis-Pital, cantón: Décimo-San Carlos de la Provincia de
Alajuela, Linda al norte Jorge Luis Mejías Rojas; al sur calle publica y Jorge
Luis Mejías Rojas; al este Jorge Luis Mejías Rojas y al oeste calle publica, el
cual mide trescientos veintisiete metros con setenta y ocho decímetros
cuadrados, según plano A-0885312-2003, propiedad de Selvin del Carmen Burgos
Garzón. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta
y con la rebaja del veinticinco por ciento de las bases originales, sea la suma
de nueve millones ciento cuarenta y ocho mil novecientos noventa y siete
colones con veinticinco céntimos se señalan las nueve horas del primero de
marzo del dos mil veintiuno. En la eventualidad de que en el segundo remate
tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con las bases del
veinticinco por ciento de las bases originales, o sea la suma de tres millones
cuarenta y nueve mil seiscientos sesenta y cinco colones con setenta y cinco
céntimos, se señalan las nueve horas del nueve de marzo del dos mil veintiuno.
Lo anterior por estar así ordenado en Proceso Monitorio de la Fundación Unión y
Desarrollo de las Comunidades Campesinas contra Roy Bladimir González Arauz y
otros. Publicar por 2 veces en el Boletín Judicial, art. 21.5 de la Ley
de Cobro Judicial. Razón. Expediente Nº. No 20-000041-0298 AG.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 18 de
noviembre de 2021.—Licda. Ana Milena Castro Elizondo, Jueza Agraria, O.C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020506727 ).
En este Despacho,
con una base de cinco millones setecientos mil colones exactos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de aguas pluviales citas:
570-44878-01-0001-001; Limitaciones de Leyes 7052, 7208 Sist. Financiero de
Vivienda citas: 576-33089-01-0002-001 sáquese a remate la finca del partido de
Puntarenas, matrícula N° 157573, derecho 000, la cual es terreno para
construir lote 8-C. Situada en el distrito 1-Corredor, cantón 10-Corredores, de
la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 5; al sur, avenida tres; al
este, lote 9-C, y al oeste, lote 7-C. Mide: ciento treinta y cinco metros
cuadrados, plano: P-1171977-2007. Para tal efecto, se señalan las once horas
quince minutos del veintidós de marzo del dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas quince minutos del
seis de abril del dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones doscientos
setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas quince minutos
del catorce de abril del dos mil veintiuno, con la base de un millón
cuatrocientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación
con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual
Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Yorleny de Los Ángeles Vargas
Jiménez. Expediente Nº 18-003018-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 15 de noviembre del 2020.—Licda. Sofía
Ramírez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2020506735 ).
En este Despacho,
con una base de veintiséis mil doscientos cincuenta dólares exactos, libre de
anotaciones y gravámenes, sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número 255783, derecho 001, 004 y 005, la cual es terreno cultivado
de café, con una casa. Situada en el distrito 2-San Antonio, cantón 2-Escazú,
de la provincia de San José. Linderos: norte: David Delgado Montoya; sur: David
Delgado Montoya; este: calle; oeste: Río La Cruz. Mide: trescientos treinta
metros con veintiún decímetros cuadrados. Plano: SJ-0600505-1985. Para tal
efecto, se señalan las 09:30 horas del 12/01/2021. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las 09:30 horas del 20/01/2021 con la base de
diecinueve mil seiscientos ochenta y siete dólares con cincuenta centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las 09:30 horas del 28/01/2021 con la base de seis mil quinientos
sesenta y dos dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Victoria Chang Herrera contra Deyanira Antonia de Jesús Madrigal Sosa, Henry
Alonso Arce Trejos, Henry Arce Madrigal, José Pablo Arce Trejos. Expediente N°
20-008360-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 19 de octubre del año 2020.—Licda. Paula
Morales González, Jueza Decisora.—( IN2020506748 ).
En este Despacho,
con una base de ciento treinta y seis mil seiscientos sesenta y siete dólares
exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del
partido de San José (1), matrícula número 17919, derecho 000, la cual es
terreno agricultura parte con 1 casa. Situada: en el distrito Desamparados,
cantón Desamparados, de la provincia de San José (1). Colinda: al norte, calle
pública con 15 m 10 cm; al sur, Marcos Ali; al este, Marcos Ali, y al
oeste, Mariano Monge Otárola. Mide: dos mil cuatrocientos cincuenta y un metros con ochenta
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta
minutos del ocho de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el
segundo remate, se efectuará a las nueve horas treinta minutos del dieciséis de
febrero del dos mil veintiuno, con la base de ciento dos mil quinientos dólares
con veinticinco centavos (75% de la base original), y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos
del veinticuatro de febrero del dos mil veintiuno, con la base de treinta y
cuatro mil ciento sesenta y seis dólares con setenta y cinco centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Roberto López Ramírez, Xinia
María Monge Rodríguez contra Rosa María Ávila Fernández. Expediente N°
18-016940-1044-CJ. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el
interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de
publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no
contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al
despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 18
de setiembre del 2020.—Lic. Esteban Herrera Vargas, Juez/a Decisor/a.—(
IN2020506749 ).
En este Despacho, con una base de ciento cincuenta y siete mil
seiscientos ochenta dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 193442-000, la cual es terreno
de cultivos. Situada: en el distrito: 01-San Isidro, cantón: 11-Vázquez de Coronado, de la provincia de
San José. Colinda: norte,
El Bergantín de Oriente
Sociedad Anónima; sur, camino
público; este, Thais Rodríguez Zúñiga y Óscar Luis López
Masís; oeste, Camino Dorado Sociedad Anónima, Carlos Enrique Ramírez Rojas, Froilán Veintiuno Sociedad Anónima, Chen Wi Chien Farm, Chen Wi Bi
Lun, Benito Pereira León
y Minor Díaz Ramírez. Mide: cuatro mil ciento dieciséis metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Plano:
SJ-0986782-2005. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del
doce de enero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero
minutos del veinte de enero del dos mil veintiuno, con la base de ciento
dieciocho mil doscientos sesenta dólares exactos (75% de la base original), y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas
cero minutos del veintiocho de enero del dos mil veintiuno, con la base de
treinta y nueve mil cuatrocientos veinte dólares exactos (25% de la base
original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Fernando del Rosario Céspedes Granados contra Juan Bautista de La Trinidad Rodríguez Zúñiga, Lilliana Yanit de Los Ángeles Arias Herrera. Expediente N° 18-013959-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 30
de setiembre del 2020.—Lic. Verny Arias Vega, Juez.—( IN2020506757 ).
En este Despacho,
con una base de setenta y cinco mil ochocientos cuarenta y seis dólares
exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca número
1-384214-000, naturaleza: terreno con un local comercial, distrito 1-Escazú,
cantón 2-Escazú, provincia San José, norte: Araminta Hidalgo Guerrero; sur:
calle pública con 08,52; este: Araminta Hidalgo Guerrero; oeste: Hernán Zúñiga
Gutiérrez, Mide: ciento ochenta metros con cinco decímetros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del doce de enero de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve
horas y cero minutos del veinte de enero de dos mil veintiuno con la base de
cincuenta y seis mil ochocientos ochenta y cuatro dólares con cincuenta
centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiocho de enero de dos
mil veintiuno con la base de dieciocho mil novecientos sesenta y un dólares con
cincuenta centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Carlos Alberto
Céspedes Ramírez contra Violeta María Núñez Brenes. Expediente N°
20-011972-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 01 de setiembre del año 2020.—Lic. Ricardo
Barrantes López, Juez Decisor.—( IN2020506758 ).
En este Despacho,
con una base de doscientos mil treinta y un dólares con veinticinco centavos,
libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
316-06970-01-0901-001 y renuncia de gananciales citas: 327-08679-01-0900-001;
sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número
201300 derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 1-San
Vicente, cantón 14-Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
Club La Guaria con 17 m; al sur, calle con 10 m 70 cm y otro; al este, Jorge
Woodbridge González, y al oeste, Marta Calzada Maduro. Mide: setecientos cincuenta y
cinco metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las once horas veinte minutos del cinco de enero del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas veinte
minutos del trece de enero del dos mil veintiuno, con la base de ciento
cincuenta mil veintitrés dólares con cuarenta y tres centavos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
once horas veinte minutos del veintiuno de enero del dos mil veintiuno, con la
base de cincuenta mil siete dólares con ochenta y un centavos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido
a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Datamoni Sociedad Anónima, Importadora El Charro Bayo Sociedad Anónima, Roly Suchar
Haratz, Soluciones Doradas J y J Sociedad Anónima, Tres-Ciento
Uno-Seiscientos Treinta y Dos Mil Setenta y Uno Sociedad Anónima contra
Sonia León Chinchilla. Expediente N° 20-005009-1170-CJ.—Juzgado Segundo
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de
octubre del 2020.—Licda. Isabel Castillo Navarro, Jueza Decisora.—(
IN2020506766 ).
En este Despacho, 1) Con una base de ciento sesenta y tres mil cincuenta
y cuatro dólares con cincuenta y un centavos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre de paso, citas: 0421-00000632- 01-0006-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número cuatrocientos
treinta y nueve mil seiscientos cinco, derecho 000, la cual es terreno para
construir con una casa. Situada en el Distrito Tarbaca (Praga), Cantón Aserrí,
de la provincia de San José. Colinda: al norte Mauro Adalberto Arias Jiménez;
al sur calle publica con un frente a ella de 26.05 metros lineales; al este,
calle publica con un frente a ella de 39.06 metros y al oeste Mauro Adalberto
Arias Jiménez. Mide: novecientos un metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
ocho horas y cero minutos del once de enero de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del
diecinueve de enero de dos mil veintiuno con la base de ciento veintidós mil
doscientos noventa dólares con ochenta y ocho centavos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
ocho horas y cero minutos del veintisiete de enero de dos mil veintiuno con la
base de cuarenta mil setecientos sesenta y tres dólares con sesenta y tres
centavos (25% de la base original). 2) Con una base de cuarenta y cinco mil
novecientos cuarenta y cinco dólares con cuarenta y nueve centavos, libre de gravámenes hipotecarios;
sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número cuarenta y seis mil quinientos
dieciséis, derecho 000, la cual es terreno para construir 208. Situada en el
Distrito Jacó, Cantón Garabito,
de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte Cía. Agrícola Comercial Batalla S A; al sur calle
publica a Orotina con 35m; al este Murillo y Quesada S A y al oeste lote 207.
Mide: dos mil seiscientos ochenta y dos metros con setenta y cinco decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del once
de enero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las ocho horas y cero minutos del diecinueve de enero de dos mil
veintiuno con la base de treinta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y nueve
dólares con doce centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del
veintisiete de enero de dos mil veintiuno con la base de once mil cuatrocientos
ochenta y seis dólares con treinta y siete centavos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Banco de Costa Rica contra Fabio Alberto Sandí Montero, Infotec Asesores Sociedad Anónima.
Expediente Nº:20-001969-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 30 de
junio del año 2020.—Lic. Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2020506817 ).
En este Despacho,
con una base de quince millones de colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando dos servidumbres de paso; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos trece mil
doscientos ochenta-cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote número 5.
Situada en el distrito San Ramón, cantón San Ramón, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, lote N° 8; al sur, Abelardo Jiménez
Artavia, servidumbre con 8 metros; al este, lote número 6; y al oeste,
lote número 4. Mide: ciento cuarenta y seis metros con setenta y cinco decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del cuatro
de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las ocho horas y cero minutos del doce de febrero del dos mil
veintiuno con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las ocho horas y cero minutos del veintidós de febrero del dos mil
veintiuno con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de
Costa Rica contra Arelis María Marín Solórzano. Expediente N° 20-001260-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro del Tercer Circuito Judicial de
Alajuela (San Ramón), 07 de setiembre del 2020.—Lic. María Auxiliadora
Cruz Cruz , Jueza.—( IN2020506818 ).
En este Despacho,
con una base de catorce millones seiscientos veintidós mil quinientos sesenta y
cinco colones, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del
partido de Cartago matrícula número 55706, derecho 004, la cual es terreno de
potrero con una casa. Situada en el distrito 1-Oriental, cantón 1-Cartago, de
la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Edgardo Salazar; al sur, Edgardo
Salazar; al este, Edgardo Salazar; y al oeste, calle pública. Mide: doscientos
cuarenta y cinco metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas quince minutos del once
de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las once horas quince minutos del veintidós de febrero del dos mil
veintiuno con la base de diez millones novecientos sesenta y seis mil
novecientos veintitrés colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
once horas quince minutos del dos de marzo del dos mil veintiuno con la base de
tres millones seiscientos cincuenta y cinco mil seiscientos cuarenta y un
colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Maquinaria
y Tractores Ltda. contra José Eduardo de los Ángeles Hernández Loaiza.
Expediente N° 17-010674-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 24
de setiembre del año 2020.—Lic. Tadeo Solano Alfaro, Juez Decisor.—(
IN2020506837 ).
En este Despacho,
con una base de cinco millones setecientos diecinueve mil trescientos noventa y
nueve colones con cuarenta y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada citas 0395-00003669-01-0020-001,
0358-00008508-01-0937-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas,
matrícula número ciento sesenta y siete mil doscientos cincuenta y seis,
derecho cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito 01 Parrita, cantón 09 Parrita, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, Juan González Chavarría; al sur, Juan González
Chavarría; al este, Juan González Chavarría y al oeste, calle pública con un
frente de once metros noventa centímetros lineales. Mide: trescientos cuarenta
y dos metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las siete horas treinta minutos del once de enero de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas treinta
minutos del diecinueve de enero de dos mil veintiuno con la base de cuatro
millones doscientos ochenta y nueve mil quinientos cuatro colones con cincuenta
y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las siete horas treinta minutos del veintisiete de
enero de dos mil veintiuno con la base de un millón cuatrocientos veintinueve
mil ochocientos treinta y cuatro colones con ochenta y seis céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Comisión Nacional de Préstamos para la Educación
contra Arer Francinn Herrera Quirós, Dora Cecilia del Carmen Quirós Diaz. Expediente
Nº 19-006675-1164-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 26 de octubre del
año 2020.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2020506875 ).
En este Despacho,
con una base de tres millones sesenta y ocho mil cuatrocientos cuarenta y seis
colones con veintiún céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa BNR224, marca: Toyota, estilo: Yaris, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, año fabricación: 2009, vin: JTDBT903691311048,
cilindrada: 1500 cc, número de motor: 1NZD281787. Para tal efecto se señalan
las diez horas diez minutos del uno de febrero de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas diez minutos
del nueve de febrero de dos mil veintiuno con la base de dos millones
trescientos uno mil trescientos treinta y cuatro colones con sesenta y ocho
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez horas diez minutos del diecisiete de febrero de dos
mil veintiuno con la base de setecientos sesenta y siete mil ciento once
colones con cincuenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Polasi
JDS Corporación de Inversiones S. A. contra Gustavo Andrés Solano Alvarado.
Expediente 19-010580-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de San José, 05 de noviembre del año 2020.—Lic.
Susana Cristina Mata Gómez, Jueza Decisora.—( IN2020506891 ).
A las diez de la
mañana con treinta minutos del once de enero del dos mil veintiuno, en la Sala
de Juicios de este Circuito Judicial, libre de gravámenes hipotecarios y
anotaciones judiciales y con la base de un millón cuarenta y un mil quinientos
noventa y siete colones con cuarenta y cinco céntimos, en el mejor postor,
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón,
Sección de Bienes Inmuebles, finca del partido de Limón matrícula número
57399-001 y 002, la cual es terreno para la agricultura lote 6-C-49. Situada:
en el distrito 1-Bratsí, cantón 4-Talamanca, de la provincia de Limón. Colinda:
al norte, Alfonso Velásquez; al sur, calle; al este, Joaquín Gómez y Allan
Víctor Sharpe, y al oeste, Cristóbal Villarreal. Mide: treinta y ocho mil
novecientos treinta y cuatro metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados.
Para el segundo remate, se señalan las diez de la mañana con treinta minutos
del veinte de enero del dos mil veintiuno, con la base de setecientos ochenta y
un mil ciento noventa y ocho colones con ocho céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las una de la
tarde con treinta minutos del veintinueve de enero del dos mil veintiuno, con
la base de doscientos sesenta mil trescientos noventa y nueve colones con
treinta y seis (un veinticinco por ciento de la base inicial). El remate de la
finca garante se hará soportando las citas: 401-01130-01-0801-001, condiciones,
reservas y restricciones: 401-01130-01-0816-001, limitaciones de citas:
401-01130-01-0831-001, citas: 401-01130-01-0862-001, condiciones ref.:
00057399-0000, reservas y restricciones citas: 401-01130-01-0864-001 y
limitaciones de citas: 401-01130-01-0866-001. Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La
anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Lemín Chacón Vargas, Sonia Díaz Brenes,
Víctor Julio Rodríguez Sancho. Expediente N° 04-019281-0170-CA.—Juzgado
Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 10 de noviembre
del 2020.—Licda. Heilin Rojas Madrigal, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020506893 ).
En este Despacho,
con una base de ocho millones novecientos sesenta y seis mil ochocientos
treinta y ocho colones con trece céntimos ,soportando servidumbre trasladada
citas: 353-17319-01-0900-001, sáquese a remate la finca del partido de
Guanacaste, matrícula número 182875-000, la cual es terreno terreno para construir.
Situada en el distrito: 01-Tilarán, cantón: 08-Tilarán, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública; al sur, resto reservado; al este,
servidumbre en medio, Alonso Arias Zúñiga; y al oeste, Zulemita Zúñiga Rodríguez. Mide:
cuatrocientos cuarenta metros cuadrados. Plano: G-1438953-2010. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas quince minutos del once de enero de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve
horas quince minutos del diecinueve de enero del dos mil veintiuno, con la base
de seis millones setecientos veinticinco mil ciento veintiocho colones con
sesenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para
el tercer remate se señalan las nueve horas quince minutos del veintisiete de
enero del dos mil veintiuno, con la base de dos millones doscientos cuarenta y
un mil setecientos nueve colones con cincuenta y tres céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Wayner Acon Chen.
Expediente N° 20-002453-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 29 de
setiembre del 2020.—Licda. María Fernanda Hernández Marchena, Jueza
Decisora.—( IN2020506899 ).
En este Despacho,
con una base de diez millones setecientos noventa y siete mil ciento noventa y
seis colones con veintiún céntimos, libre de gravámenes prendario, pero
soportando colisión del Juzgado de Tránsito bajo la sumaria 17-001190-0607-TR;
sáquese a remate el vehículo FLG321, marca: Kia, Categoría: automóvil, año:
2017, color: gis, Capacidad: 5 personas, numero de motor g4nagh848180,
combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas y cero minutos
del veinticinco de enero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez horas y cero minutos del dos de febrero de dos
mil veintiuno, con la base de ocho millones noventa y siete mil ochocientos
setenta y seis colones con dieciséis céntimos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero
minutos del diez de febrero de dos mil veintiuno, con la base de dos millones
seiscientos noventa y nueve mil doscientos noventa y nueve colones con cinco
céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Ana María Gutiérrez Vargas. Expediente N° 19-006450-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, 11 de junio del año 2020.—Licda. Anny Hernández
Monge, Jueza.—( IN2020506900 ).
En este Despacho,
con una base de cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos
públicos citas: 324-17484-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de
Puntarenas, matrícula número veintitrés mil novecientos sesenta y seis, derecho
000, la cual es terreno para agricultura. Situada en el distrito 3-Potrero
Grande, cantón 3-Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte, Junta de Educación de Sábalos y Ramón Zapata; al sur,
calle pública con frente de 25,00 metros y Virginia Quinteno; al este, Junta de
Educación de Sabalito, y al oeste, Ramón Zapata, Marcelino Nájera y Virginia Quinteno.
Mide: tres mil ochocientos noventa y nueve metros cuadrados. Para tal efecto,
se señalan las catorce horas cero minutos del cinco de febrero del dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce
horas cero minutos del quince de febrero del dos mil veintiuno, con la base de
tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
catorce horas cero minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintiuno, con
la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de FUDECOSUR contra Gisselle del Carmen Picado Mora,
Jorge Luis Arauz Cerdas. Expediente Nº 11-000691-0188-CI.—Juzgado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 20 de
noviembre del 2020.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—(
IN2020506901 ).
En este Despacho,
con una base de cuatro millones doscientos trece mil seiscientos un colones con
doce céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo
Placa: CL 277422, Marca: Changan, Estilo: Q 20, Categoría: carga liviana,
Capacidad: 2 personas, Serie: LSCBB13R4EG699222, carrocería: camioneta pick-up
caja abierta o campu, tracción: 4x2, año fabricación: 2014, color: blanco, N°
Motor: DAM13R137001029QUA, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan
las trece horas y treinta minutos del dos de marzo de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta
minutos del diez de marzo de dos mil veintiuno, con la base de tres millones
ciento sesenta mil doscientos colones con ochenta y cuatro céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las trece horas y treinta minutos del dieciocho de marzo de dos mil veintiuno,
con la base de un millón cincuenta y tres mil cuatrocientos colones con
veintiocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Cooperativa de Ahorro y
Crédito de la Comunidad de Ciudad Quesada R.L. contra Sebastián Antonio
Barrientos Alvarado. Expediente N° 19-007728-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 19 de agosto del año 2020.—Licda.
Lilliam Álvarez Villegas, Jueza Decisora.—( IN2020506902 ).
En este Despacho,
con una base de diecinueve millones sesenta y un mil novecientos cuarenta
colones con cincuenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 145998-000, la cual
es naturaleza: lote primero terreno para construir situada en el distrito
1-Santa Cruz, cantón 3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos:
norte, Inmobiliaria Caravaca Mendoza en medio servidumbre agrícola con un
frente a ella de 29,26 metros sur, Inmobiliaria Caravaca Mendoza S. A., este,
carretera pavimentada Santa Cruz Arado con un frente de 23,26 metros, oeste,
Inmobiliaria Caravaca Mendoza S. A. Mide: seiscientos cuarenta y un metros con
sesenta y dos decímetros cuadrados. Plano: G-0972848-2005. Para tal efecto, se
señalan las catorce horas quince minutos del veintidós de enero de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce
horas quince minutos del uno de febrero de dos mil veintiuno con la base de
catorce millones doscientos noventa y seis mil cuatrocientos cincuenta y cinco
colones con treinta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas quince minutos
del nueve de febrero de dos mil veintiuno con la base de cuatro millones
setecientos sesenta y cinco mil cuatrocientos ochenta y cinco colones con doce
céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de
Educadores R.L. contra Hermenegildo Hernández Cortés. Expediente Nº
20-000871-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de
Guanacaste (Santa Cruz), 08 de octubre del año 2020.—Licda. Eunice Pérez
Arce, Jueza Tramitadora.—( IN2020506904 ).
En este Despacho,
con una base de dieciocho millones novecientos cuarenta y nueve mil ciento
sesenta y siete colones con noventa y seis céntimos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL 293855, marca: Ford, estilo:
F-150, categoría: carga liviana, capacidad: 05 personas, tracción: 4x4,
cilindrada: 3500 cc., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las
nueve horas y cuarenta y cinco minutos del siete de abril del dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del quince de abril del dos mil veintiuno, con
la base de catorce millones doscientos once mil ochocientos setenta y cinco
colones con noventa y siete céntimos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cuarenta y
cinco minutos del veintitrés de abril del dos mil veintiuno, con la base de
cuatro millones setecientos treinta y siete mil doscientos noventa y un colones
con noventa y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de
Costa Rica contra Agrícola Savegre Sociedad Anónima, Guillermo Martin Rodríguez
Morales. Expediente Nº 20-000818-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas,
07 de agosto del 2020.—Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2020506905 ).
En este Despacho,
con una base de dieciséis millones seiscientos treinta y dos mil trescientos
treinta y cuatro colones con diecinueve céntimos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número
doscientos cincuenta y cinco mil doscientos setenta y cuatro-cedro cero cero
(255274-000), la cual es terreno naturaleza: terreno de solar con una casa.
Situada: en el distrito 1-Puerto Viejo, cantón 10-Sarapiquí, de la
provincia de Heredia. Colinda: al norte, Cecilia Chavarría
Salicetti; al sur, calle pública con un frente a calle de quince metros
lineales; al este, Cecilia Salicetti y Teresa Alvarado Chavarría, y al
oeste, Benjamín Montero Montero. Mide: mil metros cuadrados. Plano:
H-1930946-2016. Para tal efecto, se señalan las trece horas quince minutos del
cinco de mayo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate,
se efectuará a las trece horas quince minutos del trece de mayo del dos mil
veintiuno, con la base de doce millones cuatrocientos setenta y cuatro mil
doscientos cincuenta colones con sesenta y cuatro céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
trece horas quince minutos del veintiuno de mayo del dos mil veintiuno, con la
base de cuatro millones ciento cincuenta y ocho mil ochenta y tres colones con
cincuenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de COOPEALIANZA R.L.
contra Edwin Antonio Alvarado Chavarría, Martín Roberto Fernández
Solano. Expediente N° 20-010140-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 04
de noviembre del 2020.—Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2020506906
).
En este Despacho, con una base de ocho
millones cuatrocientos cuarenta mil trescientos treinta y dos colones con
catorce céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca
del partido de San José, matrícula número 8689- F-, derechos 001, 002, 003,
naturaleza: apartamento 4 habitacional, Situada en el distrito: 11-San
Sebastián, cantón: 01-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
Viviendas y Desarrollos S.A.; al sur, área común de circulación peatonal; al
este, apto 5 y al oeste, apartamento 3. Mide: setenta y cuatro metros con
veintiocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
cero minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del ocho
de abril de dos mil veintiuno, con la base de seis millones trescientos treinta
mil doscientos cuarenta y nueve colones con diez céntimos (75% de la base original)
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas
cero minutos del diecinueve de abril de dos mil veintiuno, con la base de dos
millones ciento diez mil ochenta y tres colones con tres céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Deberá
publicarse este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de Pintuco contra
Elieth Rodríguez Molina, Jose Alberto Rodríguez
Molina, María Eugenia Rodríguez Molina, Marta Gabriela Auxiliadora Rodríguez
Molina. Expediente Nº 18-016258-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de octubre del año
2020.—Licda. Adriana Soto González, Jueza Coordinadora.—( IN2020506912 ).
En este Despacho,
con una base de trece millones doscientos veintiséis mil doscientos cincuenta
colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y
restricciones citas: 0371-00003780-01-0900-001; sáquese a remate la finca del
partido de Puntarenas, matrícula número ciento ochenta y tres mil trescientos
setenta y tres, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 12 Chacarita, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, Marino Vargas Vásquez; al sur, Wilser Campos Martínez; al
este, calle pública con 800 metros de frente y al oeste, Greivin Silvesel Guevara.
Mide: ciento treinta y cuatro metros con cero decímetros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del diecisiete de marzo de
dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas y cero minutos del veinticinco de marzo de dos mil veintiuno con
la base de nueve millones novecientos diecinueve mil seiscientos ochenta y
siete colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero
minutos del dos de abril de dos mil veintiuno con la base de tres millones
trescientos seis mil quinientos sesenta y dos colones con cincuenta céntimos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de Pintuco
(ASEPINTUCO) contra José
Luis Campos Martínez. Expediente Nº
18-003233-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 14 de julio del año
2020.—Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2020506913 ).
En este despacho,
con una base de veintinueve millones ochocientos setenta y nueve mil doscientos
sesenta colones con cuarenta y un céntimos, soportando reservas y restricciones
citas: 332-13908-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de guanacaste,
matrícula número 113582-000, la cual es terreno lote veintiséis. Terreno con
una casa de habitación, con una medida de ciento doce metros con cincuenta
decímetros. Situada en el distrito1-Las Juntas, cantón 7-Abangares, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: norte, con parque; sur, Ganadera El Corderito
S. A.; este, Ganadera El Corderito S. A.; oeste, calle pública con 10,00
metros. Mide: trescientos dieciocho metros cuadrados. Plano: G-0375760-1997.
Para tal efecto, se señalan las diez horas y cero minutos del doce de enero de
dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas y cero minutos del veinte de enero de dos mil veintiuno con la base
de veintidós millones cuatrocientos nueve mil cuatrocientos cuarenta y cinco
colones con treinta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cero minutos del
veintiocho de enero de dos mil veintiuno con la base de siete millones
cuatrocientos sesenta y nueve mil ochocientos quince colones con diez céntimos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Daniel Fuentes Ujueta, María Andrea Matarrita
Sirias. Expediente N° 19-005035-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste, 28 de octubre del año 2020.—Luis Alberto
Pineda Alvarado, Juez.—( IN2020506938 ).
En este Despacho,
con una base de ocho millones novecientos mil colones exactos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas:
378-07212-01-0906-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas,
matrícula número noventa y tres mil ochocientos uno, derecho 000, la cual es
terreno para construir. Situada en el distrito 4-San Rafael, cantón 2-Esparza,
de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Arnoldo Salazar Rojas; al
sur, Arnoldo Salazar Rojas; al este, Arnoldo Salazar Rojas y al oeste, calle
pública con un frente de veinte metros. Mide: ochocientos metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las trece horas cinco minutos del veintiocho de
abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las trece horas cinco minutos del seis de mayo de dos mil veintiuno
con la base de seis millones seiscientos setenta y cinco mil colones exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las trece horas cinco minutos del catorce de mayo de dos mil
veintiuno con la base de dos millones doscientos veinticinco mil colones
exactos (25% de la base original). 2- Con una base de nueve millones quinientos
mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada, citas: 378-07212-01- 0906-001; sáquese a remate la finca del
partido de Puntarenas, matrícula número ciento setenta y cinco mil doscientos
cincuenta y dos, derecho 000, la cual es terreno para construir lote A. Situada
en el distrito 4-San Rafael, cantón 2- Esparza, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, calle pública con un frente de 51 metros con 57 cm; al sur,
Espar Maderas S. A. lote B; al este, Espar Maderas El Baron S. A. y al oeste,
calle pública con un frente de 51 metros con 57 cm. Mide: quinientos ochenta y
cinco metros cuadrados. para tal efecto, se señalan las trece horas y cinco
minutos del veintiocho de abril de dos mil veintiuno. de no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las trece horas y cinco minutos del seis de mayo
de dos mil veintiuno con la base de siete millones ciento veinticinco mil
colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las trece horas y cinco minutos del catorce de mayo de
dos mil veintiuno con la base de dos millones trescientos setenta y cinco mil
colones exactos (25% de la base original). 3- Con una base de nueve millones de
colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada, citas:378-07212-01-0906-001; sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número ciento ochenta y dos mil ochocientos veinte,
derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 4-San
Rafael, cantón 2-Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte,
calle pública con un frente a ella de 16 metros con 42 centímetros lineales; al
sur, Espar Maderas El Barón S. A.; al este, Espar Maderas El Barón S. A. y al
oeste, Espar Maderas El Barón S. A. Mide: quinientos sesenta y cuatro metros
cuadrados. para tal efecto, se señalan las trece horas y cinco minutos del
veintiocho de abril de dos mil veintiuno. de no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las trece horas y cinco minutos del seis de mayo de dos
mil veintiuno con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las trece horas y cinco minutos del catorce de mayo de dos mil veintiuno con la base de dos millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se
les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Arnoldo Salazar Rojas, Espar Maderas El Barón S.
A. Expediente N° 19-006054-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 12
de noviembre del año 2020.—Luis Carrillo Gomez, Juez Decisor.—( IN2020506939 ).
En este Despacho,
con una base de ocho millones de colones exactos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula
número ciento treinta y cuatro mil ochocientos cuarenta y cinco, derecho 000,
la cual es terreno 000. Situada: en el distrito Espíritu Santo, cantón
Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote uno, dos y
tres-A; al sur, lote cinco-A; al este, calle pública, y al oeste,
Celmira Rojas Cordero. Mide: doscientos cuarenta metros con cuarenta y cinco
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas y
cinco minutos del veintidós de enero del dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas y cinco minutos del
primero de febrero del dos mil veintiuno, con la base de seis millones de
colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para
el tercer remate, se señalan las trece horas y cinco minutos del nueve de
febrero del dos mil veintiuno, con la base de dos millones de colones exactos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de La Choza del Campo S. A. contra Hilda María Salazar
Araya. Expediente N° 19-006849-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas,
05 de junio del 2020.—Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2020506947 ).
En este Despacho, con
una base de dieciséis millones de colones exactos , libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula
número ciento treinta y cuatro mil ciento veinticuatro, derecho 000, la cual es
terreno de patio con una casa.- Situada en el distrito segundo San Juan Grande,
cantón segundo Esparza, de la provincia de Puntarenas.- Colinda: al norte calle
publica con cuarenta y siete punto cincuenta y nueve metros de frente ; al sur
Rosa Ruiz Arguedas ; al este Rosa Ruiz Arguedas y al oeste calle publica con
treinta y cuatro punto treinta y dos metros .- Mide: ochocientos setenta y
siete metros con doce decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
siete horas y cinco minutos del dos de marzo de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas y cinco minutos del
diez de marzo de dos mil veintiuno con la base de doce millones de colones
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las siete horas y cinco minutos del dieciocho de marzo de dos
mil veintiuno con la base de cuatro millones de colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de La Choza del Campo S. A. contra Rosa Ruiz Arguedas. Expediente
Nº 20-003482-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 31 de julio del
2020.—Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2020506948 ).
En este despacho, con una base de un millón quinientos mil colones
exactos, libre de gravámenes, pero soportando hipoteca de primer grado citas
2015-491349-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas,
matrícula número ciento dieciocho mil ciento veintidós, derecho 000, la cual es
terreno lote C doce con una casa de habitación. Situada en el distrito doce
Chacarita, cantón primero Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, lote C veinticuatro; al sur, Construcciones Costa Vera Sociedad
Anónima en parte destinada a calle publica con frente de ocho metros; al este
lote C trece y al oeste lote c once. Mide: doscientos cuatro metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las catorce horas y veinticinco minutos del uno de
febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las catorce horas y veinticinco minutos del nueve de febrero de dos
mil veintiuno con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las catorce horas y veinticinco minutos del diecisiete de febrero de
dos mil veintiuno con la base de trescientos setenta y cinco mil colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cousin Risk & Travel S. A
contra Magally Maria Miranda Bejarano. Expediente N° 20-003485-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, 30 de julio del año 2020.—Anny Hernández Monge,
Jueza Decisora.—( IN2020506949 ).
En este Despacho,
con una base de tres millones quinientos mil colones exactos , libre de
gravámenes , pero soportando hipoteca de primer grado
citas;576-0535801-0002-001, servidumbre trasladada citas:344-12952-01-0902-001,
servidumbre trasladada citas: 389-00276-01-0900-001, servidumbre trasladada
citas; 389-00276-01-0901-001, servidumbre trasladada citas:
389-00276-01-0902-001, servidumbre trasladada citas: 389-00276-01-0903-001,
servidumbre trasladada citas: 389-00276-01-0904-001, servidumbre trasladada
citas: 389-00276-01-0905-001, servidumbre trasladada citas;
389-00276-01-0906-001, servidumbre trasladada citas; 389-00276-01-0907-001,
servidumbre trasladada citas; 389-00276-01-0908-001, servidumbre trasladada
citas; 389-00276-01-0909-001, servidumbre trasladada citas;
389-00276-01-0910-001,; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas,
matrícula número ciento veintiún mil novecientos cuarenta y nueve, derecho 000,
la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el Distrito 01
Espíritu Santo, Cantón 02 Esparza, de la Provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte Evelio Quirós Carballo; al sur Benedicto Sancho Vindas, María Cristina
Sánchez Azofeifa, Efraín Vargas Aguero, e Ivis Yamileth Vargas Vargas; al este
Benedicto Sancho Vindas y al oeste Ivis Yamileth Vargas Vargas y servidumbre de
paso con un frente a ella de seis metros lineales. Mide: setecientos dos metros
con setenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete
horas y cincuenta minutos del dieciocho de enero de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas y cincuenta
minutos del veintiséis de enero de dos mil veintiuno con la base de dos
millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original)
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas
y cincuenta minutos del tres de febrero de dos mil veintiuno con la base de
ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original).
Notas: Se le, informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Jose Domingo Arias Rodríguez contra Roberto Leonel Matarrita Aguilar.
Expediente Nº:20-003841-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 07 de
julio del año 2020.—Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2020506950 ).
En este Despacho, con una base de un millón quinientos mil colones
exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo:
BHW700, marca: Toyota, estilo: RAV Cuatro L, Categoría: automóvil, Capacidad:
cinco personas, año: dos mil tres, color: plateado, combustible: gasolina,
cilindraje: dos mil centímetros cúbicos. Para tal efecto se señalan las catorce
horas y treinta y cinco minutos del dos de febrero del dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta y
cinco minutos del diez de febrero del dos mil veintiuno, con la base de un
millón ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y
treinta y cinco minutos del dieciocho de febrero del dos mil veintiuno, con la
base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cincodías de antelación a
la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de La Choza del Campo S.A. contra Juan Rafael Zumbado
Salazar. Expediente N° 20-003843-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de
Puntarenas, 30 de julio del 2020.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez
Decisor.—( IN2020506951 ).
En este Despacho, con una base de seis
millones novecientos cuarenta y tres mil quinientos cuarenta y ocho colones con
treinta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del San José, matrícula número 396528 derecho 125, naturaleza: terreno
dedicado al cultivo de café, situada en el distrito 7-Patarra cantón
3-Desamparados de la provincia de San José, Linderos: norte, calle pública con
345,53 cms, sur, calle pública con 181,12 cms, este, Feliciano Guerrero Monge,
oeste, calle pública con 314,09 cms, Mide: cincuenta y dos mil noventa y dos
metros con ochenta y un decímetros cuadrados, plano:SJ-0688703-1987. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del quince de enero de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho
horas cero minutos del veinticinco de enero de dos mil veintiuno con la base de
cinco millones doscientos siete mil seiscientos sesenta y un colones con
veintiocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del dos de febrero
de dos mil veintiuno con la base de un millón setecientos treinta y cinco mil
ochocientos ochenta y siete colones con nueve céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Luis Rafael Esquivel Zamora contra Jessica Lorena
Sánchez Barrantes. Expediente Nº 20-000176-1170-CJ.—Juzgado Segundo
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de
octubre del 2020.—Isabel Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2020506953 ).
En este Despacho, con una base de quince millones de colones exactos,
libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando citas: 389-03519-01-0929-001;
sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número
258.659-000, la cual es terreno de patio con un local comercial. Situada en el
distrito 13-Peñas Blancas, cantón 2-San Ramón, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, calle pública; al sur, parcela 25 y Alexander Narciso Fallas
Miranda y Yamileth Herrera Miranda; al este, Alexander Narciso Fallas Miranda y
Yamileth Herrera Miranda y al oeste, calle pública. Mide: ciento sesenta y dos
metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados, plano: A-1073417-2006. Para
tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del catorce de julio de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez
horas cero minutos del veintidós de julio de dos mil veintiuno con la base de
once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
diez horas cero minutos del tres de agosto de dos mil veintiuno con la base de
tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Finca Valescot S. A. contra Grethel María Miranda
Ledezma. Expediente N° 20-002050-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, 22 de octubre del año 2020.—Lic. Giovanni
Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2020506987 ).
En este Despacho,
con una base de un millón ochocientos diez mil colones exactos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
302-01824-01-0002-001; sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas,
matrícula N° 221116, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir,
lote 4 de forma irregular. Situada en el distrito 1-Quepos, cantón 6-Quepos de
la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte: finca 6-10075 de Guillermo
Rodríguez Rodríguez; al sur: finca 6-10075 de Guillermo Rodríguez Rodríguez; al
este: finca 6-10075 de Guillermo Rodríguez Rodríguez; y al oeste: calle pública con
frente de 12 metros. Mide: mil metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan
las diez horas quince minutos del uno de junio de dos mil veintiuno. De no haber
postores el segundo remate se efectuará a las diez horas quince minutos del
nueve de junio de dos mil veintiuno, con la base de un millón trescientos
cincuenta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas quince
minutos del diecisiete de junio de dos mil veintiuno, con la base de
cuatrocientos cincuenta y dos mil quinientos colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a
la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Gina Gabriela Badilla Araya contra Yansi Rebeca De Los
Ángeles Gómez Calderón. Expediente N° 18-003381-1206-CJ.—Juzgado de Cobro de
Puntarenas, 1° de octubre del 2020.—Douglas Quesada Zamora,
Juez Decisor.—( IN2020506989 ).
En este Despacho,
con una base de dos millones quinientos treinta y nueve mil quinientos
dieciocho colones con treinta y cinco céntimos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: JMF123, marca: Toyota,
categoría: automóvil, carrocería: Sedan 4 puertas, chasis: 2T1BU40E09C005525, uso:
particular, estilo: Corolla, capacidad: 5 personas, año: 2009, color: gris,
número motor: 2ZR1010229, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan
las diez horas treinta minutos del ocho de enero del dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta
minutos del dieciocho de enero del dos mil veintiuno, con la base de un millón
novecientos cuatro mil seiscientos treinta y ocho colones con setenta y seis
céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del veintiséis de
enero del dos mil veintiuno, con la base de seiscientos treinta y cuatro mil
ochocientos setenta y nueve colones con cincuenta y ocho céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Soluciones Solfin S. A. contra Editorial Orion S. A.
Expediente N° 20-010250-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de San José, 12 de octubre del 2020.—Msc. Mauricio
Hidalgo Hernández, Juez Decisor.—( IN2020506991 ).
En este Despacho,
con una base de veinticuatro millones cuatrocientos ochenta mil colones
exactos, libre de gravámenes hipotecarios, sáquese a remate la finca del
partido de Puntarenas, matrícula número dieciséis mil trescientos cuarenta y
ocho, derecho 000, la cual es terreno de pastos. Situada en el distrito:
01-Puntarenas, cantón: 01-Puntarenas, de la Provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte carretera Alberto Echandi con 20,26; al sur Sucesión de Manuel Acón
León; al este, calle en medio otros y al oeste Sucesión Manuel Acón León. Mide:
dos mil quinientos metros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las catorce horas y cero minutos del doce de abril de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce
horas y cero minutos del veinte de abril de dos mil veintiuno, con la base de
dieciocho millones trescientos sesenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
catorce horas y cero minutos del veintiocho de abril de dos mil veintiuno, con
la base de seis millones ciento veinte mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Dinorah María de Los Ángeles Ugalde Arias contra
Bernardo Martín de Jesús Orozco Ramos, Pacific Mall Sociedad Anónima.
Expediente Nº:20-003438-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 13 de
agosto del año 2020.—Licda. Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—(
IN2020506992 ).
En este Despacho,
con una base de treinta y dos millones quinientos ochenta mil doscientos
dieciséis colones con veintisiete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando reservas y restricciones citas 388-04922-01-0933-001; sáquese a
remate la finca del Partido de Limón, matrícula número cuarenta y siete mil
setecientos tres, derecho cero cero cero, la cual es terreno construir N°
26. Situada en el distrito 01 Siquirres, cantón 03 Siquirres de la provincia de
Limón. Colinda: al norte: Asoc. Solid. de Trab. Fca. Monte Blanco; al
sur: Asoc. Solid de Trab. Fca. Monte Blanco; al este: Asoc. Solid. de Trab.
Fca. Monte Blanco; y al oeste: calle pública. Mide: cuatrocientos setenta
metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Plano: L-0970984-1991. Para
tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del dos de febrero de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece
horas treinta minutos del diez de febrero de dos mil veintiuno, con la base de
veinticuatro millones cuatrocientos treinta y cinco mil ciento sesenta y dos
colones con veinte céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del
dieciocho de febrero de dos mil veintiuno, con la base de ocho millones ciento
cuarenta y cinco mil cincuenta y cuatro colones con siete céntimos (25% de la
base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Municipalidad de Siquirres contra Carlos Edgar Aguilar
Vega. Expediente N° 13-000042-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 18 de
noviembre del 2020.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez Tramitador.—( IN2020506993 ).
En este Despacho, con una base de doce millones ochocientos noventa y
cinco mil setecientos cincuenta y siete colones con treinta y cuatro céntimos,
libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de
Guanacaste, matrícula número 91499-000. Que se describe así: Naturaleza:
terreno para construir. Situada: en el distrito 1-Filadelfia, cantón 5-Carrillo de la provincia de
Guanacaste. Linderos: norte, Genaro Bonilla Bonilla; sur, Luis Antonio Ortega
Ortega; este, calle pública
con 4 metros 88 centímetros; oeste, calle pública con 8 metros 36 centímetros. Mide: ciento
sesenta y ocho metros cuadrados. Plano: G-1797612-2015. Para tal efecto, se
señalan las nueve horas cero minutos del tres de mayo del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero
minutos del once de mayo del dos mil veintiuno, con la base de nueve millones
seiscientos setenta y un mil ochocientos dieciocho colones exactos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan
las nueve horas cero minutos del diecinueve de mayo del dos mil veintiuno, con
la base de tres millones doscientos veintitrés mil novecientos treinta y nueve
colones con treinta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
COOCIQUE R.L. contra Álvaro
Enrique Chinchilla Bonilla, María Magdalena Bonilla Obando. Expediente N° 20-001204-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 27 de
octubre del 2020.—Víctor
Hugo Martínez Zúñiga, Juez Decisor.—(
IN2020506998 ).
En este Despacho,
con una base de ocho millones trescientos cuarenta y ocho mil colones exactos,
libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
305-15526-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón,
matrícula número noventa y un mil quinientos setenta y ocho, derecho cero cero
uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir, lote E-82. Situada: en
el distrito 05 El Cairo, cantón 03 Siquirres, de la provincia de Limón.
Colinda: al noreste, lote E-69; al noroeste, calle pública; al sureste, Indvar
Int. S. A.; al suroeste, lote E-68. Mide: doscientos setenta y cinco metros con
treinta decímetros cuadrados. Plano: L-0625670-2000. Para tal efecto, se
señalan las dieciséis horas cero minutos del veintinueve de enero del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las dieciséis horas
cero minutos del ocho de febrero del dos mil veintiuno, con la base de seis
millones doscientos sesenta y un mil colones exactos (75% de la base original),
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las dieciséis
horas cero minutos del dieciséis de febrero del dos mil veintiuno, con la base
de dos millones ochenta y siete mil colones exactos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de COOCIQUE R.L. contra Dahian Priscilla Campos Barrantes, Jean Carlos Rodríguez
Salazar. Expediente N° 20-000222-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 04 de
noviembre del 2020.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez Decisor.—( IN2020506999 ).
En este Despacho,
libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada
inscrita al tomo trescientos dos, asiento trece mil trescientos veintisiete y
secuencia cero cero cero dos; a las ocho horas con treinta minutos del catorce
de enero del dos mil veintiuno, y con la base de treinta millones doscientos
cincuenta mil colones sin céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y dos mil
cuatrocientos ochenta y tres cero cero cero la cual es terreno de caña,
repastos, plátanos. montaña y tacotales. Situada en el Distrito dos, La Suiza,
Cantón quinto, Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte
Compañía Reforestadora S. A.; al sur Larque S. A.; al este Río Atirro en medio
de Larque S. A. y Sidney Ross Coronado y al oeste Río Oro en medio de
Hernán Calvo Román. Mide: un millón novecientos mil seiscientos metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas con treinta minutos
del veintiuno de enero del dos mil veintiuno, con la base de veintidós millones
seiscientos ochenta y siete mil quinientos colones sin céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas
con treinta minutos del veintiocho de enero del dos mil veintiuno con la base
de siete millones quinientos sesenta y dos mil quinientos colones sin céntimos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa que los cheques de gerencia que se reciban
con ocasión del trámite de remates, no necesariamente tienen que haber sido
girados inicialmente a nombre del despacho, dado que también es posible recibir
cheques de gerencia endosados a favor del despacho. Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución hipotecaria de Corporación Laser Directo AGN S. A. contra
Carla Gavotti Boncompagni. Expediente Nº:09-000123-0341-CI.—Juzgado
Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba, 27 de octubre del año 2020.—Licda.
Ivannia Cristina Jiménez Castro, Jueza Tramitadora.—( IN2020507001 ).
En este Despacho,
por haberse ya llevado a cabo la primera celebración de la subasta, se procede
a señalar de una vez la segunda y tercera fecha; libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
315-00228-01-0003-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 262772-000, la cual es terreno para construir con una casa de habitación.
Situada: en el distrito 4-Patalillo, cantón 11-Vázquez de Coronado, de
la provincia de San José. Colinda: al norte, Lucía Gutiérrez Chaves; al
sur, Lucía Gutiérrez Chaves; al este, Esperanza Vega Vargas, y al oeste,
calle pública con 8 metros 10 centímetros de frente. Mide: doscientos
noventa y siete metros con once decímetros cuadrados. De no haber postores, el
segundo remate, se efectuará a las once horas cero minutos del veintitrés de
marzo del dos mil veintiuno, con la base de cincuenta y nueve millones
setecientos sesenta y un mil quinientos cincuenta y dos colones con noventa y
siete céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate, se señalan las once horas cero minutos del treinta y uno de
marzo del dos mil veintiuno, con la base de diecinueve millones novecientos
veinte mil quinientos diecisiete colones con sesenta y seis céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica
contra Edwin Gerardo de la Trinidad Azofeifa Blanco. Expediente N°
200000391765CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial
de San José, Sección Tercera, veintinueve de setiembre del
dos mil veinte.—MSc. Hellen Viviana Segura Godínez, Jueza
Tramitadora.—( IN2020507002 ).
En este Despacho,
con una base de cuarenta y cinco millones de colones exactos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste,
matrícula número 37795-000. Que se describe así: naturaleza: para construir con
1 casa. Situada en el distrito 1- Santa Cruz, cantón 3-Santa Cruz de la
provincia de Guanacaste. Linderos: norte, carretera nacional con 7,99 metros;
sur, Francisco Solano; este, calle lastreada con 20,78 metros y oeste, Rosa María Sánchez Yong.
Mide: trescientos ochenta y siete metros con ochenta decímetros
cuadrados. Plano: G-0301233-1978. Para tal efecto, se señalan las ocho horas
cero minutos del veintiuno de enero de dos mil veintiuno. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintinueve de
enero de dos mil veintiuno con la base de treinta y tres millones setecientos
cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del
ocho de febrero de dos mil veintiuno con la base de once millones doscientos
cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un
mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Alexánder Javier Ortiz Araya, María Gabriela Morales
Peralta, expediente N° 20-000654-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 23 de setiembre del año
2020.—Víctor Hugo Martínez Zúñiga,
Juez Decisor.—( IN2020507042 ).
En este Despacho,
con una base de treinta y un millones de colones exactos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula N°
388977-000, la cual es terreno para construir, con una casa de habitación de 79
metros cuadrados de construcción y un anexo de 28 metros cuadrados de construcción.
Situada en el distrito 1-Upala, cantón 13-Upala de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte: Sila Mora Granados y Carlos Rivas Torres; sur: calle pública con
un frente de 25.65 metros; este: calle pública con un frente de
10.87 metros; oeste, Arturo Valle González y Yesenia Artavia Sánchez. Mide:
trescientos sesenta y tres metros con tres decímetros cuadrados. Plano:
A-0824226-2002. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos
del treinta y uno de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores el segundo
remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del ocho de junio de dos
mil veintiuno, con la base de veintitrés millones doscientos cincuenta mil
colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del dieciséis de
junio de dos mil veintiuno, con la base de siete millones setecientos cincuenta
mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa
Rica contra Olimpo Antonio Amoreti Orozco. Expediente N° 20-001570-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 27 de octubre del
2020.—Geovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2020507047 ).
En este Despacho,
con una base de ciento treinta mil seiscientos cincuenta y nueve dólares con
setenta y cinco centavos, soportando reservas ley aguas citas:
416-00935-01-0004-001 y reservas ley caminos citas: 416-00935-01-0005-001,
sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 333246-000,
derecho 000, la cual es terreno con una casa, un corral, repastos y montaña.
Situada en el Distrito 1-Los Chiles, Cantón 14-Los Chiles, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte calle publica con un frente de 529 metros con 53
decímetros lineales; al sur Juan Francisco Chamorro, Instituto de Desarrollo
Agrario y en medio de Arqui & Bloom Sociedad Anónima; al este, carretera
nacional y en medio de Arqui & Bloom Sociedad Anónima y al oeste llano
nacional. Mide: ciento ochenta y siete mil trescientos sesenta y cinco metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del
veintidós de enero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del uno de febrero de dos mil
veintiuno con la base de noventa y siete mil novecientos noventa y cuatro
dólares con ochenta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del nueve de
febrero de dos mil veintiuno con la base de treinta y dos mil seiscientos
sesenta y cuatro dólares con noventa y tres centavos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Banco de Costa Rica contra Asesoría y Consultoría de Salud Laboral Acsal S.
A., Laura De Los Ángeles Rojas Quesada. Expediente Nº: 18-010400-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 30 de octubre del año 2020.—Licda. Yanin
Torrentes Ávila, Jueza
Tramitadora.—( IN2020507052 ).
En este despacho,
con una base de sesenta y tres millones treinta y ocho mil ochocientos colones
exactos, soportando hipoteca de primer grado inscrita a tomo 2017, asiento
392399, consecutivo 01, secuencia 0002, subsecuencia 001 y servidumbre de paso
bajo las citas Ref: 1783 381 001; sáquese a remate la finca del partido de San
José, matrícula número: 159410 horizontal: f, derecho 000, la cual su
naturaleza es terreno con: finca filial numero dos apartamento de una planta
destinado a uso habitacional ubicado en el primer nivel en proceso de
construcción. Situada en el distrito 1-San Pedro, cantón 15-Montes de Oca, de
la provincia de San José. Colinda: al norte, filial número tres; al sur, filial
uno; al este, Inmobiliaria Habe Limitada y al oeste, Rosemary Barboza
Fernández. Mide: setenta y un metros cuadrados. Plano: SJ-1957056-2017. Para
tal efecto, se señalan las ocho horas del diecinueve de enero del año dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho
horas del veintisiete de enero del año dos mil veintiuno, con la base de
cuarenta y siete millones doscientos setenta y nueve mil cien colones exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las ocho horas del cuatro de febrero del año dos mil veintiuno, con
la base de quince millones setecientos cincuenta y nueve mil setecientos colones
exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser remitido a favor de este despacho. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Vertical
Residencial La Vega contra Anielka Aracelly Guerrero Arcia. Expediente N°
19-008038-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 26 de octubre del año 2020.—Licda. María del
Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—( IN2020507055 ).
En este Despacho, con una base de diecinueve millones cuatrocientos
cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre de lineas eléctricas y de paso bajo las citas:
2012-298729-01-0059-001, servidumbre de acueducto bajo las citas:
2012-298729-01-0065-001, servidumbre de aguas pluviales bajo las citas:
2012-298729-01-0071-001, servidumbre de cloaca bajo las citas:
2012-298729-01-0077-001, servidumbre de paso bajo las citas:
2015-129426-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número 505.335-000, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 6-Pital, cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Inversiones Tamo S. A.; al sur, Inversiones Tamo S. A. y servidumbre
de paso con 3 metros lineales; al este, Inversiones Tamo S. A. y servidumbre de
paso con un frente de 3 metros; y al oeste, Orlando Rojas González. Mide: tres mil doscientos cuarenta
y dos metros cuadrados. Plano: A-1608900-2012. Para tal efecto, se señalan las
nueve horas treinta minutos del veintiuno de julio del dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta
minutos del treinta de julio del dos mil veintiuno con la base de catorce
millones quinientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las nueve horas treinta minutos del diez de agosto del dos mil veintiuno con la
base de cuatro millones ochocientos sesenta y dos mil quinientos colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto
por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días
de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Alberto Antonio
Ortega Gonzales. Expediente N° 20-001186-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, 03 de noviembre del 2020.—Giovanni Vargas Loaiza, Juez
Decisor.—( IN2020507056 ).
En este Despacho,
con una base de ocho millones seiscientos veintiocho mil novecientos noventa y
siete colones con cuarenta y un céntimos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo: placas N° DJB095, marca: Nissan; estilo: Versa;
categoría: automóvil; capacidad: 5 personas; serie: 3N1CN7ADXHK390752; carrocería: SEDAN, 4
puertas, tracción: 4X2, N° chasis: m3N1CN7ADXHK390752; año fabricación:
2017; color: gris; vin: m3N1CN7ADXHK390752; N° motor: HR16810091L;
modelo: BDTALBFN17EJAN; cilindrada: 1600 cc; cilindros: 4; potencia: 80 KW;
combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas treinta
minutos del veintiséis de enero de dos mil veintiuno. De no haber postores el
segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del tres de
febrero de dos mil veintiuno, con la base de seis millones cuatrocientos
setenta y un mil setecientos cuarenta y ocho colones con cinco céntimos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las once horas treinta minutos del once de febrero de dos mil
veintiuno, con la base de dos millones ciento cincuenta y siete mil doscientos
cuarenta y nueve colones con treinta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a
la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Hazel
Guiselle Trejos Calderón. Expediente N° 18-001906-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 9 de noviembre del 2020.—Lic. Víctor Obando
Rivera, Juez Tramitador.—( IN2020507058 ).
En este Despacho,
en el mejor postor remataré, a las catorce horas treinta minutos del dos de
marzo del dos mil veintiuno, libre de gravámenes, pero soportando hipoteca en
primer grado inscrita bajo las citas 2014-126958-01-0001-001, y con la base de
noventa y cuatro mil dólares, finca inscrita en el Registro Público, Partido de
San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
doscientos quince mil trescientos cuatro-cero cero cero, la cual es terreno con
dos apartamentos. Situada en el distrito cinco Zapote, cantón primero San José,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, avenida 3era con 33 metros 30
centímetros y otro; al sur, avenida 4ta con 11 metros 74 centímetros frente,
este, lotes 1 y 2, de Landelina Sociedad Anónima, al oeste, avenida 3era,
noroeste, calle pública con frente de 30 metros cincuenta centímetros,
suroeste, calle pública con frente de 15 metros con sesenta centímetros. Mide:
trescientos cuarenta y dos metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Para
el segundo remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del diez de
marzo del dos mil veintiuno, con la base de setenta mil quinientos dólares
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta se señalan
las catorce horas treinta minutos del dieciocho de marzo del dos mil veintiuno,
con la base de veintitrés mil quinientos dólares (un veinticinco por ciento de
la base inicial). Publíquese el edicto de ley. Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa
Rica contra Francisco Javier Acuña Alfaro, Francisco Javier Acuña Román, Irene
Lucia Román Álvarez. Expediente Nº 17-011722-1763-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 13 de
noviembre del 2020.—Lilliana Elisa Garro Sánchez, Jueza Tramitadora.—(
IN2020507059 ).
En este Despacho,
1. Con una base de tres millones doscientos veintiún mil cuatrocientos cuatro
colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y
restricciones citas 335-02434-01-0900-001 y 335-02434-01-0901; sáquese a remate
la finca del partido de Puntarenas, matrícula número doscientos veintidós mil
trescientos noventa y tres, derecho cero cero cero, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 9-Brunka, cantón 3-Buenos Aires, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Lidier Eladio Carranza Rojas; al
sur, calle pública; al este, lote dos y al oeste, Lidier Eladio Carranza Rojas.
Mide: doscientos veintiséis metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las
nueve horas cero minutos del dieciocho de enero de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos
del veintiséis de enero de dos mil veintiuno con la base de dos millones
cuatrocientos dieciséis mil cincuenta y tres colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
nueve horas cero minutos del tres de febrero de dos mil veintiuno con la base
de ochocientos cinco mil trescientos veintiún colones exactos (25% de la base
original). 2. Con una base de tres millones quinientos diecinueve mil ciento
veinte colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
reservas y restricciones citas 335-02434-01-0900-001 y 335-02434-01-0901;
sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número
doscientos veintidós mil trescientos noventa y dos, derecho cero cero cero, la cual es
terreno para construir. Situada en el distrito 9-Brunka, cantón 3-Buenos Aires,
de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Lidier Eladio Carranza Rojas;
al sur, calle pública; al este, Lidier Eladio Carranza Rojas y al oeste, lote tres.
Mide: doscientos veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve
horas cero minutos del dieciocho de enero de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del
veintiséis de enero de dos mil veintiuno con la base de dos millones
seiscientos treinta y nueve mil trescientos cuarenta colones (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve
horas cero minutos del tres de febrero de dos mil veintiuno con la base de
ochocientos setenta y nueve mil setecientos ochenta colones (25% de la base
original). 3. Con una base de dos millones seiscientos noventa y siete mil
cuatrocientos sesenta y cuatro colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas
335-02434-01-0900-001 y 335-02434-01-0901; sáquese a remate la finca del
partido de Puntarenas, matrícula número doscientos veinticuatro mil doscientos
ochenta y tres, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito 9-Brunka, cantón 3-Buenos Aires, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Yorleny Cantillano Aguilar; al
este, Eladio Carranza Rojas y al oeste, Yorleny Cantillano Aguilar. Mide:
doscientos tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas
cero minutos del dieciocho de enero de dos mil veintiuno. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintiséis de
enero de dos mil veintiuno con la base de dos millones veintitrés mil
noventa y ocho colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del
tres de febrero de dos mil veintiuno con la base de seiscientos setenta y
cuatro mil trescientos sesenta y seis colones exactos (25% de la base
original). 4. Con una base de dos millones ochocientos veintiséis mil
cuatrocientos veinticinco colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando reservas y restricciones citas 335-02434-01-0900-001 y
335-02434-01-0901; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas,
matrícula número doscientos veinticuatro mil doscientos ochenta y dos, derecho
cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
9-Brunka, cantón 3-Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte, servidumbre de paso de 05 mts de ancho; al sur, calle pública; al
este, Luis Beita Céspedes y al oeste, Yorleny Cantillano Aguilar. Mide: doscientos
diecisiete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero
minutos del dieciocho de enero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintiséis de
enero de dos mil veintiuno con la base de dos millones ciento diecinueve mil
ochocientos dieciocho colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
nueve horas cero minutos del tres de febrero de dos mil veintiuno con la base
de setecientos seis mil seiscientos seis colones con veinticinco céntimos (25%
de la base original). 5. Con una base de dos millones ochocientos treinta y
siete mil quinientos ochenta y tres colones, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando reservas y restricciones citas 335-02434-01-0900-001 y
335-02434-01-0901; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas,
matrícula número doscientos veinticuatro mil doscientos ochenta y uno, derecho
cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
9-Brunka, cantón 3-Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte, servidumbre de paso de 05 mts de ancho; al sur, calle pública; al
este, Yorleny Cantillano Aguilar y al oeste, Yorleny Cantillano Aguilar. Mide:
doscientos veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas
cero minutos del dieciocho de enero de dos mil veintiuno. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintiséis de
enero de dos mil veintiuno con la base de dos millones ciento veintiocho mil
ciento ochenta y siete colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
nueve horas cero minutos del tres de febrero de dos mil veintiuno con la base
de setecientos nueve mil trescientos noventa y cinco colones con setenta y
cinco céntimos (25% de la base original). 6. Con una base de dos millones
ochocientos cincuenta mil quinientos cuarenta colones exactos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas
335-02434-01-0900-001 y 335-02434-01-0901; sáquese a remate la finca del
partido de Puntarenas, matrícula número doscientos veinticuatro mil doscientos
setenta y nueve, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito 9-Brunka, cantón 3-Buenos Aires, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Mayela Rojas Blanco; al este,
Eladio Carranza Altamitano y al oeste, Eladio Carranza Altamitano. Mide:
doscientos diecinueve metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve
horas cero minutos del dieciocho de enero de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del
veintiséis de enero de dos mil veintiuno con la base de dos millones ciento
treinta y siete mil novecientos cinco colones (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero
minutos del tres de febrero de dos mil veintiuno con la base de setecientos
doce mil seiscientos treinta y cinco colones exactos (25% de la base original).
7. Con una base de dos millones ochocientos cincuenta mil quinientos cuarenta
colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y
restricciones citas 335-02434-01-0900-001 y 335-02434-01-0901; sáquese a remate
la finca del partido de Puntarenas, matrícula número doscientos veinticuatro
mil doscientos setenta y ocho, derecho cero cero cero, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 9-Brunka, cantón 3-Buenos Aires, de la
provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, servidumbre de paso de 05 mts de
ancho; al sur, calle pública; al este, Sodelva Rojas Blanco y al oeste, Sodelva Rojas
Blanco. Mide: doscientos veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan
las nueve horas cero minutos del dieciocho de enero de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos
del veintiséis de enero de dos mil veintiuno con la base de dos millones ciento
treinta y siete mil novecientos cinco colones (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero
minutos del tres de febrero de dos mil veintiuno con la base de setecientos
doce mil seiscientos treinta y cinco colones exactos (25% de la base original).
8. Con una base de dos millones ochocientos cincuenta mil quinientos cuarenta
colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y
restricciones citas 335- 02434-01-0900-001 y 335-02434-01-0901; sáquese a
remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número doscientos
veinticuatro mil doscientos setenta y siete, derecho cero cero cero, la cual es
terreno para construir. Situada en el distrito 9-Brunka, cantón 3-Buenos Aires,
de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, servidumbre de paso de 05 mts
de ancho; al sur, calle pública; al este, Sodelva Rojas Blanco y al oeste, Eladio Carranza
Altamirano. Mide: doscientos veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las nueve horas cero minutos del dieciocho de enero de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero
minutos del veintiséis de enero de dos mil veintiuno con la base de dos
millones ciento treinta y siete mil novecientos cinco colones (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
nueve horas cero minutos del tres de febrero de dos mil veintiuno con la base
de setecientos doce mil seiscientos treinta y cinco colones exactos (25% de la
base original). 9. Con una base de dos millones seiscientos ochenta y cuatro
mil setecientos cincuenta y siete colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas
335-02434-01-0900-001 y 335-02434-01-0901; sáquese a remate la finca del
partido de Puntarenas, matrícula número doscientos veinticuatro mil doscientos
setenta y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito 9-Brunka, cantón 3-Buenos Aires, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Mayela Rojas Blanco; al este,
Luis Beita Céspedes y al oeste, Lidier Eladio Carranza Altamirano. Mide:
doscientos un metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas
cero minutos del dieciocho de enero de dos mil veintiuno. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintiséis de
enero de dos mil veintiuno con la base de dos millones trece mil quinientos
sesenta y siete colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
nueve horas cero minutos del tres de febrero de dos mil veintiuno con la base
de seiscientos setenta y un mil ciento ochenta y nueve colones con veinticinco
céntimos (25% de la base original). 10. Con una base de dos millones
novecientos setenta y ocho mil seiscientos veinticinco colones exactos, libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas
335-02434-01-0900-001 y 335-02434-01-0901; sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número doscientos veinticuatro mil doscientos setenta
y cuatro, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en
el distrito 9-Brunka, cantón 3-buenos aires, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, servidumbre de paso de 05 mts de ancho; al sur, calle pública; al
este, Lidier Eladio Carranza Rojas y al oeste, canal artificial en medio de
Sodelva Rojas Blanco. Mide: doscientos treinta y cinco metros cuadrados. Para
tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del dieciocho de enero de
dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas cero minutos del veintiséis de enero de dos mil veintiuno con la
base de dos millones doscientos treinta y tres mil novecientos sesenta y ocho
colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos
del tres de febrero de dos mil veintiuno con la base de setecientos cuarenta y
cuatro mil seiscientos cincuenta y seis colones con veinticinco céntimos (25%
de la base original). 11. Con una base de tres millones cuatrocientos treinta y
cuatro mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
reservas y restricciones citas 335-02434-01-0900-001 y 335-02434-01-0901;
sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número
doscientos veinticuatro mil doscientos setenta y cuatro, derecho cero cero
cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 9-Brunka,
cantón 3-Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Lidier
Eladio Carranza Rojas; al sur, calle pública; al este, Luis Beita Céspedes y al
oeste, Lidier Eladio Carranza Rojas. Mide: doscientos metros cuadrados. Para
tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del dieciocho de enero de
dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas cero minutos del veintiséis de enero de dos mil veintiuno con la
base de dos millones quinientos setenta y cinco mil quinientos colones exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las nueve horas cero minutos del tres de febrero de dos mil
veintiuno con la base de ochocientos cincuenta y ocho mil quinientos colones
(25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución garantías mobiliarias de Habertur Qui Sociedad Anónima contra
Eladio Abraham Carranza Altamirano, María Mayela Rojas Blanco,
Odilie Rojas Blanco, Omar Ernidez Ortiz Beita, expediente N°
20-002354-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona
Sur (Pérez Zeledón), 06 de octubre del año 2020.—José Ricardo Cerdas Monge,
Juez/a Tramitador/a.—( IN2020507060 ).
En este Despacho, con una base de dieciséis millones ciento treinta y
tres mil setecientos cuarenta y seis colones con siete céntimos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula
número seiscientos treinta y tres mil trescientos setenta y siete, derecho 000,
la cual es terreno con una casa y pasto. Situada en el distrito 08-Cajón,
cantón 19- Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle
pública; al sur, Marta Guzmán Marín; al este, Marta Guzmán Marín; y al oeste,
Eliécer Gamboa Sánchez. Mide: cuatrocientos cincuenta y ocho metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del ocho de febrero de
dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas cero minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintiuno, con la
base de doce millones cien mil trescientos nueve colones con cincuenta y cinco
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las ocho horas cero minutos del veinticuatro de febrero de
dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones treinta y tres mil
cuatrocientos treinta y seis colones con cincuenta y dos céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de COOPEMEP R.L. contra Wilfrido del Carmen Cordero
Guzmán. Expediente 20-000127-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 24 de noviembre del año
2020.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—( IN2020507061 ).
En este Despacho,
con una base de veintisiete mil novecientos dólares exactos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BKT-999, marca Suzuki,
estilo Vitara GL Plus A, categoría Automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2017,
color arena. VIN, serie y chasis TSMYD21S2HM217364. Combustible gasolina. Motor
Nº M16A-2037282, cilindrada 1600 c.c. Para tal efecto se señalan las catorce
horas treinta minutos del quince de febrero de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos
del veintitrés de febrero de dos mil veintiuno con la base de veinte mil
novecientos veinticinco dólares exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas
treinta minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno con la base de seis mil
novecientos setenta y cinco dólares exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de
Costa Rica contra Benz Solís y Compañía S. A., Ericka Chavarría Vargas.
Expediente N° 18-007615-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 16 de noviembre del año
2020.—Yesenia Auxiliadora Hernández Ugarte, Jueza Tramitadora.—( IN2020507064
).
En este despacho,
con una base de treinta y siete millones trescientos diez mil setecientos
noventa y seis colones con ochenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 338-13089-
01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula
número 202156-000, la cual es terreno de pastos y otros. Situada en el distrito
5- Delicias, cantón: 13-Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
Río Guacalito sur, Juan Acevedo, este, calle pública con 967 m. 19 cm. y otro
oeste, Río Guacalito y otro. Mide: doscientos treinta y siete mil quinientos
ochenta y un metros cuadrados plano: A-1764663-2014. Para tal efecto, se
señalan las quince horas y cero minutos del nueve de marzo de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince
horas y cero minutos del diecisiete de marzo de dos mil veintiuno con la base
de veintisiete millones novecientos ochenta y tres mil noventa y siete colones
con sesenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas y cero minutos del
veinticinco de marzo de dos mil veintiuno con la base de nueve millones
trescientos veintisiete mil seiscientos noventa y nueve colones con veintiún
céntimos (25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución garantías mobiliarias de Banco Nacional de Costa Rica contra Olimpo
Antonio Amoreti Orozco. Expediente N° 19-009878-1202-CJ.—Juzgado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 28 de agosto del año
2020.—Lilliam Álvarez Villegas Jueza Decisora.—( IN2020507066 ).
En este Despacho,
con una base de diecisiete millones novecientos treinta y ocho mil doscientos
ochenta y ocho colones con cincuenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos
Públicos citas: 320-02553-01-0004-001 y afectaciones y limitaciones Ley
Forestal 7575 citas: 2010-302721-01-0001-001; sáquese a remate la finca del
partido de Alajuela, matrícula número 515237-000, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 1-Upala, cantón 13-Upala, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, Yanin Mora Méndez; al sur, Yanin Mora Méndez; al
este, Yanin Mora Méndez; y al oeste, calle pública con 30 metros.
Mide: novecientos noventa y ocho metros cuadrados. Plano: A-1707410-2013. Para
tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciocho de enero
del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las trece horas y treinta minutos del veintiséis de enero del dos mil veintiuno
con la base de trece millones cuatrocientos cincuenta y tres mil setecientos
dieciséis colones con cuarenta y un céntimos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas y
treinta minutos del tres de febrero del dos mil veintiuno con la base de cuatro
millones cuatrocientos ochenta y cuatro mil quinientos setenta y dos colones
con catorce céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de
Costa Rica contra Jonathan Alejandro Calderón Mora. Expediente N°
19-008788-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, 04 de agosto del
2020.—Eunice Pérez Arce, Jueza Decisora.—( IN2020507067 ).
En este Despacho,
con una base de once millones setecientos setenta y tres mil seiscientos
cuarenta y cuatro colones con noventa y cuatro céntimos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas:
360-02771-01-0962-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número 409.298-000, la cual es terreno para construir con una casa y
un taller. Situada: en el distrito 2-Buena Vista, cantón 15-Guatuso, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con un frente de
28.98 metros; al sur, Juana Ocón Romero; al este, Juana Ocón Romero, y
al oeste, Carlos Ocón Corea. Mide: mil ciento setenta y ocho metros con dos decímetros
cuadrados. Plano: A-0972772-2005. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y
cero minutos del nueve de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el
segundo remate, se efectuará a las ocho horas y cero minutos del diecisiete de
marzo del dos mil veintiuno, con la base de ocho millones ochocientos treinta
mil doscientos treinta y tres colones con setenta y un céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
ocho horas y cero minutos del veinticinco de marzo del dos mil veintiuno, con
la base de dos millones novecientos cuarenta
y tres mil cuatrocientos once colones con veinticuatro céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este Despacho. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de COOCIQUE R.L. contra Luis Eduardo Gómez Ocón. Expediente N° 19-009660-1202-CJ.—Juzgado de
Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 25 de agosto del
2020.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2020507068 ).
En este Despacho,
con una base de tres millones seiscientos ochenta y cuatro mil quinientos
cuarenta y seis colones con veintiséis céntimos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando condiciones y reservas, citas:
390-19190-01-0910-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número 467727-000, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito: 01-San Rafael, cantón: 15-Guatuso, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Salvadora Varela Martínez; al sur, frente a calle pública de
11 metros 96 centímetros; al este, Salvadora Varela Martínez; y al oeste,
Salvadora Varela Martínez. Mide: seiscientos treinta y seis metros cuadrados.
Plano: A-1409408-2010. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta
minutos del diecisiete de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del
veinticinco de marzo de dos mil veintiuno, con la base de dos millones
setecientos sesenta y tres mil cuatrocientos nueve colones con setenta céntimos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las catorce horas y treinta minutos del nueve de abril de dos mil
veintiuno, con la base de novecientos veintiún mil ciento treinta y seis
colones con cincuenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
COOCIQUE R.L. contra Herbert Gerardo Hernández Murillo. Expediente
19-009931-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, Ciudad Quesada, 08 de setiembre del año 2020.—Lic. Giovanni
Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2020507069 ).
En este Despacho,
con una base de cinco millones quinientos mil colones exactos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las
citas: 367-10966-01-0985-001 y servidumbre de paso bajo las citas:
574-15106-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número 231.284-000, la cual es terreno agricultura. Situada en el
distrito 2-Buena Vista, cantón 15-Guatuso, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, calle pública lote 29, Eliécer Villalobos y
Ricardo Bejarano Madrigal y Diana Bejarano Carolina Bajarano Madrigal; al sur,
lote 31, José Quesada, Luis Vargas y Vivian Badilla Bejarano; al este, Luis
Vargas Gregorio Gómez José Quesada y Eliécer Villalobos Mendez; y al oeste, calle pública Manuel Rojas y
Luis Vargas Vásquez. Mide: treinta y tres mil seiscientos siete metros con ochenta
y siete decímetros cuadrados. Plano: A-0760418-1988. Para tal efecto, se
señalan las nueve horas treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del veinticinco de agosto del dos mil veintiuno con la
base de cuatro millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
nueve horas treinta minutos del dos de setiembre del dos mil veintiuno con la
base de un millón trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la
base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Inversiones El Alce Ramonense J M A S. A. contra
Manuel Antonio Gerardo Bejarano Badilla. Expediente N° 20-003666-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
12 de noviembre del 2020.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—(
IN2020507070 ).
En puerta de este
Despacho, con una base de quince millones ochocientos cuarenta y nueve mil
setecientos veintisiete colones con noventa y tres céntimos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número cuatrocientos ochenta y cinco mil setenta y ocho, derecho 000,
la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito Hatillo,
cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote
treinta y uno e IMAS; al sur, calle publica e IMAS; al este, lote treinta y
siete E IMAS y al oeste, IMAS. Mide: ciento nueve metros con setenta y cinco
decímetros cuadrados. Para lo cual se señalan las diez horas y treinta minutos
del doce de febrero de dos mil veintiún. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del veintidós de febrero
de dos mil veintiún con la base de once millones ochocientos ochenta y siete
mil doscientos noventa y cinco colones con noventa y cuatro céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las diez horas y treinta minutos del dos de marzo de dos mil veintiún con la
base de tres millones novecientos sesenta y dos mil cuatrocientos treinta y un
colones con noventa y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Maribel Castro Ramírez. Expediente Nº
180073181763CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial
de San José, Sección Primera, 20 de noviembre del 2020.—Johnny Esquivel
Vargas, Juez Tramitador.—( IN2020507072 ).
En este Despacho,
con una base de trece millones setecientos mil colones exactos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
329-14184-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste,
matrícula número ciento setenta mil ciento sesenta y uno, derecho 000, la cual
es terreno de solar y construcción. Situada: en el distrito 1-Bagaces, cantón
4-Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Alfredo Salas
Vindas; sur, parte Eladio Marín Montero y parte calle pública con
un frente a ella de 7 metros 31 centímetros; este, calle pública con un frente de
20 metros 51 centímetros; oeste, parte Eladio Marín Montero y en parte
Luis Jiménez Arrieta. Mide: doscientos setenta y dos metros con treinta y un
decímetros cuadrados. Plano: G-1259961-2008. Para tal efecto, se señalan
las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de enero del dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve
horas y treinta minutos del tres de febrero del dos mil veintiuno, con la base
de diez millones doscientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
nueve horas y treinta minutos del once de febrero del dos mil veintiuno, con la
base de tres millones cuatrocientos veinticinco mil colones exactos (25% de la
base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Mutual Cartago Ahorro y Préstamo contra Leonor
del Carmen Jirón Vargas. Expediente N° 19-008076-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 02 de setiembre del 2020.—M.Sc. María Fernanda
Hernández Marchena, Jueza Decisora.—( IN2020507076 ).
En la puerta
exterior de este Despacho y con una base de dieciséis millones seiscientos
cincuenta mil colones exactos, soportando hipoteca legal citas:
2017-00565369-01-0002-001, limitaciones de leyes 7052, 7208 Sist. financiero de
vivienda, citas: 2017-00565369-01-0001-001 y servidumbre trasladada citas:
0327-00013851-01-0902-001, sáquese a remate la finca del partido de Cartago,
matrícula número 164384-000, derecho, la cual es terreno para construir con una
casa, lote 22. Situada en el distrito 04-San Nicolas, cantón 01-Cartago, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte, Lote 23; al sur, Lote 21; al este,
calle pública; y al oeste, Lote 36. Mide: ciento diecinueve metros con trece
decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas
(03:00pm) minutos del diez de febrero de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas (03:00pm) del
dieciocho de febrero del año dos mil veintiuno con la base de doce millones
cuatrocientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas (03:00pm) del veintiséis de febrero del año dos mil veintiuno con
la base de cuatro millones ciento sesenta y dos mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual
Cartago de Ahorro y Préstamo contra Giovanni Mauricio Camacho Garro. Expediente
N° 19-016707-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 06 de
noviembre del año 2020.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez Decisor.—( IN2020507079
).
En este Despacho,
con una base de tres millones seiscientos veintisiete mil cuatrocientos sesenta
y ocho colones con treinta y nueve céntimos, sáquese a remate el vehículo placa
BYD 280, automóvil, marca BYD, estilo F0 GLX I, serie, Vin y chasis
LGXC14DA8E0000147, año 2014, color negro, capacidad 5 personas. Para tal efecto
se señalan las trece horas treinta minutos del diecinueve de febrero del dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las
trece horas treinta minutos del uno de marzo del dos mil veintiuno, con la base
de dos millones setecientos veinte mil seiscientos un colones con veintinueve
céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del nueve de marzo
del dos mil veintiuno, con la base de novecientos seis mil ochocientos sesenta
y siete colones con nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra José Pablo Garro Sandi, Luis Alejandro Vargas
Venegas, Oscar de Jesús Garro Aguilar Garro Aguilar. Expediente Nº
19-005090-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Primera, 13 de noviembre del 2020.—Lilliana
Elisa Garro Sánchez, Jueza Tramitadora.—( IN2020507081 ).
En este Despacho,
con una base de veintinueve millones setecientos mil colones exactos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia,
matrícula número ochenta y nueve mil trescientos treinta, derecho 000, la cual
es terreno con una casa. Situada en el distrito 3-San Francisco, cantón
1-Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Comunidad Modelo La
Aurora S. A.; al sur, Avenida El Cristóbal con 4m. 50cm.; al este, Comunidad
Modelo La Aurora S. A. y al oeste, Comunidad Modelo La Aurora S. A. Mide:
ochenta y un metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto,
se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de enero
de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de enero de dos mil
veintiuno con la base de veintidós millones doscientos setenta y cinco mil
colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del tres
de febrero de dos mil veintiuno con la base de siete millones cuatrocientos veinticinco
mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual
Alajuela-La Vivienda contra Juan Francisco Torres Flores. Expediente Nº
19-018818-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 14 de agosto del año
2020.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2020507085 ).
En este Despacho,
con una base de veintisiete millones trescientos mil colones exactos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
360-17169-01-0903-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia,
matrícula número 240418, derecho 001 y 002, la cual es terreno para construir
lote 13 D. Situada en el distrito 4- Ulloa, cantón 1-Heredia, de la provincia
de Heredia. Colinda: al norte, calle publica; al sur parque uno; al este Fondos
de Inversión de Desarrollo Inmobiliario Mutual IV y al oeste Fondos de
Inversión de Desarrollo Inmobiliario Mutual IV. Mide: ochenta metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintidós
de enero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las catorce horas y treinta minutos del uno de febrero de dos mil
veintiuno con la base de veinte millones cuatrocientos setenta y cinco mil
colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del nueve de
febrero de dos mil veintiuno con la base de seis millones ochocientos
veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela-La Vivienda contra Carlos Alonso Reyes Ortiz, Dieris Bismark
Ramos García, Jeimmy Ramos García, Lidilia García Bermúdez, Ronald José Canales
Reyes. Expediente N° 20-001130-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 05
de setiembre del año 2020.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—( IN2020507088
).
En este Despacho,
con una base de cuatro millones ochocientos sesenta mil colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de
Guanacaste, matrícula número 155889 derecho 000, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 1-Las Juntas, cantón 7-Abangares, de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Francisco y Luis ambos Morera
Chaves; al sur, calle pública; al este, Municipalidad de Abangares y al oeste, Municipalidad
de Abangares. Mide: doscientos metros con dos decímetros cuadrados. Plano:
G-0119531-1993. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos
del doce de enero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate
se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del veinte de enero de dos mil
veintiuno con la base de tres millones seiscientos cuarenta y cinco mil colones
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de enero de
dos mil veintiuno con la base de un millón doscientos quince mil colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Javier Antonio Rizo Sánchez.
Expediente Nº 20-001781-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, 06 de agosto del año 2020.—Licda. Tatiana Meléndez
Herrera, Jueza.—( IN2020507089 ).
En este Despacho, con una base de sesenta y dos millones ochocientos
mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero con servidumbre
trasladada inscrita bajo citas: 357-07373-01-0905-001; sáquese a remate la
finca del partido de Limón,
matrícula número ochenta y tres mil ochocientos ochenta y uno, derecho 000, la
cual es terreno para construir. Situada en el distrito Limón, cantón Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública con 11.00
metros; al sur, Cooperativa Habitacional Familia Northen Limitada; al este,
Vilma Levey Kelly, y al oeste, Hilario Antonio Damkins Crooks. Mide: doscientos
setenta y cuatro metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del diecinueve de enero del
dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las
nueve horas treinta minutos del veintisiete de enero del dos mil veintiuno, con
la base de cuarenta y siete millones cien mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
nueve horas treinta minutos del cuatro de febrero del dos mil veintiuno, con la
base de quince millones setecientos mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo
contra Oscar López Calvo. Expediente Nº 20-002170-1208-CJ.—Juzgado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 18 de setiembre del
2020.—Roy Córdoba Hernández, Juez Decisor.—( IN2020507090 ).
En este despacho,
con una base de ochenta y seis mil cuatrocientos setenta y cinco dólares
exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del
partido de San José, matrícula número trescientos setenta y siete mil doscientos
ochenta y cuatro, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 4 San Rafael, cantón 15 Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública 23.64 metros; al sur, Ma Del Carmen Arias
Campos; al este, Randall Campos Chanto; y al oeste, calle pública 29.23
metros. Mide: cuatrocientos veintiséis metros cuadrados. Plano: SJ-1923178-2016.
Para tal efecto, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del once de
enero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de enero del
dos mil veintiuno con la base de sesenta y cuatro mil ochocientos cincuenta y
seis dólares con veinticinco centavos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cuarenta y cinco
minutos del veintisiete de enero del dos mil veintiuno con la base de veintiún
mil seiscientos dieciocho dólares con setenta y cinco centavos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo
contra Carlos Mauro Moreno Gonzalez y Heidy Jeannette Clavijo Correa.
Expediente N° 20-009893-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 23 de setiembre del 2020.—Lic. Verny
Arias Vega, Juez Tramitador.—( IN2020507091 ).
En este Despacho,
con una base de tres millones quinientos mil colones exactos, soportando
servidumbre de paso citas: 306-02256-01-0001-001 / servidumbre trasladada
citas: 306-02256-01-0901-001 / servidumbre sirviente citas:
306-02256-01-0902-001 / servidumbre de paso citas: 413-00790-01-0001-001, sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 535261, derechos
001 y 002, la cual es terreno para construir lote veinticinco-F. Situada en el
distrito 12-Gravilias, cantón 3-Desamparados, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, calle pública con 6.00 metros; al sur, Manuel Ortuño e hijos
S. A.; al este, lote 24-F y al oeste, lote 26-F. Mide: ciento veinte metros con
veintiocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
veinte minutos del catorce de enero de dos mil veintiuno. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las once horas veinte minutos del veintidós de
enero de dos mil veintiuno con la base de dos millones seiscientos veinticinco
mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas veinte minutos del uno de
febrero de dos mil veintiuno con la base de ochocientos setenta y cinco mil
colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Giovanni Isidro Romero Rojas, Hannia María
Romero Rojas, Luis Guillermo Gómez Retana. Expediente Nº 20-011451-1170-CJ.
Nota: Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar
ante la Imprenta Nacional los respectivos derechos de publicación, previa
revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que
ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del
tercero día para proceder con la respectiva corrección.—Juzgado Segundo
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 09 de
noviembre del año 2020.—Susana Cristina Mata Gómez, Jueza Decisora.—(
IN2020507092 )
En este Despacho,
con una base de veinte millones cuatrocientos mil colones exactos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de aguas pluviales, bajo
las citas: 430-19498-01-0001-001, servidumbre de cloaca, bajo las citas:
430-19498-01-0003-001; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número 19351-F-000, la cual es naturaleza: filial número
cincuenta y ocho B planta alta, destinada a uso. Situada en el distrito
7-Uruca, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
filial 57 B; al sur, filial 59 B; al este, filial 73 B; y al oeste, vacío.
Mide: cuarenta y tres metros con ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de enero del dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece
horas y cuarenta y cinco minutos del veintiséis de enero del dos mil veintiuno
con la base de quince millones trescientos mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
trece horas y cuarenta y cinco minutos del tres de febrero del dos mil
veintiuno con la base de cinco millones cien mil colones exactos (25% de la
base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese el edicto de ley, para lo cual
deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos
derechos de publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el
mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá
indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva
corrección. Deberá publicarse este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra José Ángel Romero
Serrano, Karol Tatiana Bustos Argüello. Expediente N° 20-013579-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 26 de agosto del 2020.—Adriana Soto González,
Jueza Coordinadora.—( IN2020507094 ).
Se convoca a todas las personas interesadas
en la sucesión de Miguel Ángel de Jesús Sosa Parajeles
quien fuese agricultor, vecino de Cuatro Millas de Matina con cédula de
identidad N° 6-027-322, a una junta
que se verificará en este despacho a las nueve de la mañana del diez de febrero
del dos mil veintiuno, para conocer acerca de los extremos que establece el
artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente N° 15-000051-0465-AG.—Juzgado Agrario
del Primer Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, 16 de noviembre de 2020.—Licda. Heilin Rojas Madrigal, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020506794 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se
tramita el expediente N° 11-000358-0188-CI, donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Asociación de Acueducto de San Pedro de
P.Z., cédula jurídica tres-cero cero dos-dos dos cuatro nueve cinco seis,
representada por Manuel Barrantes Sánchez, a fin de inscribir a su nombre y
ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca
ubicada en la provincia de San José, la cual es terreno construido con una
caseta de desarenador y solar. Situada en el distrito quinto San Pedro, cantón
diecinueve, Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, al
sur y al oeste, con Luis Enrique Piedra Córdoba; al este, con calle pública con
un frente de once metros con treinta y ocho centímetros. Mide: doscientos
cincuenta metros cuadrados. Plano catastrado: S-J uno tres uno seis cinco siete
uno-dos mil nueve. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no
pesa carga real o gravámen y que esta información no tiene por objeto evadir la
tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho
inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble:
mediante posesión por el Comité de Acueductos de San Pedro y hasta la fecha lo
ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han
consistido en la onstrucción de la caseta del deserenador de agua y el
mantenimiento diario del mismo, chapias y limpiezas de linderos alrededor del
terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Asociación de
Acueducto de San Pedro de P.Z. Expediente N° 11-000358-0188-CI-0.—Juzgado
Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial
de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Civil), 25 de noviembre del
2020.—Msc. Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2020506456 ).
Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N°
20-000211-0388-CI, donde se promueve Información Posesoria por parte de Rafael
Enrique Hurtado Clachar, mayor, casado una vez, empresario, vecino de Carrillo
Guanacaste, portador de la cédula número 01-0336-0314, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de solar.
Situada en el distrito tercero, Sardinal, cantón quinto, Carrillo bajo plano
G-2182463-2020. Colinda: al norte, con William Arguedas Solano; al sur, con
Luisa Rebeca Vallejos Chavarría; al este, con calle pública con un frente de
13.38 metros lineales y al oeste, con Gerardo Alfonso Barrero Benedictt. Mide:
ochocientos sesenta y cuatro metros cuadrados. Indica el promovente que sobre
el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de
colones. Que adquirió dicho inmueble por compra y hasta la fecha lo ha
mantenido en forma pública, pacífica y sin interrupción y a título de dueño.
Que los actos de posesión han consistido en cercar el inmueble, chapearlo,
hacerle rondas, cuidarlo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida
por Rafael Enrique Hurtado Clachar. Expediente N° 20-000211-0388-CI-3.—Juzgado
Civil de Santa Cruz, 16 de noviembre del 2020.—Licda. Ximena Lucía Jiménez Soto, Jueza.—1 vez.—(
IN2020506461 ).
Cristian Chaves
Arroyo, mayor, soltero, comerciante, cédula de identidad número dos-quinientos
veintiuno-ciento noventa y tres, vecino de Santa Rosa de Pocosol, seiscientos
metros del Cementerio calle a Los Ángeles, solicita se levante Información
Posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la
Propiedad, el fundo sin inscribir que le pertenece y que se describe así:
Terreno con una casa de habitación y pasto. Sito: en distrito trece, cantón
diez de San Carlos, de la provincia de Alajuela, con los siguientes linderos:
al noroeste, Elvia Wilkinson, Arlen Matamoros Romero, Elizabeth Alemán Huertas,
Sandra Vargas Montoya y calle pública con un frente de catorce metros lineales;
al noreste, Elvia Wilkinson; al suroeste, Mario Gerardo Araya Leitón y calle
pública con un frente de trece punto sesenta metros lineales; al sureste, Elvia
Wilkinson. Mide: de acuerdo al plano catastral aportado número A-2156331-2019
de fecha 30 de setiembre del 2019, una superficie de una hectáreas mil
cuatrocientos sesenta y nueve metros cuadrados. El inmueble antes descrito,
manifiesta el titulante, que lo adquirió por donación que le hiciera su madre
María de los Ángeles Arroyo Alfaro, mayor, viuda una vez, ama de casa,
cédula de identidad dos-trescientos quince-ciento noventa y uno, vecina de
Alajuela, de la Funeraria Vega, cien metros norte y cincuenta metros oeste, en
fecha 15 de octubre del 2019, mediante testimonio de escritura número 286, ante
la notaria Fressia Patricia Guzmán Mena, quien le trasmitiera los derechos
posesorios ejercidos sobre el fundo en forma quieta, pública, pacífica, sin
interrupción, a título de dueño por más de diez años. Valora el terreno en la
suma de un millón de colones y en la misma suma las presentes diligencias. Con un
mes de término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los
interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se
apersonen en defensa de sus derechos. Diligencias de Información Posesoria N°
20-000063-0298 AG, establecida por Cristian Chaves Arroyo.—Juzgado Agrario
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
Ciudad Quesada, 24 de noviembre
del 2020.—Ana Milena Castro Elizondo, Jueza Agraria.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020506781 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente Nº
12-000026-0387-AG, donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte Upala Agrícola S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento
noventa y seis mil ochocientos sesenta y nueve; representada por Alfredo Volio
Pérez y Lionel Rodolfo Peralta Lizano. Solicita se levante información
posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la
Propiedad, el fundo sin inscribir que le pertenece y que se describe así:
terreno para sembrar, sito en Alajuela, Upala, Quebrada Grande, Yolillal,
carretera a Upala, entrada a mano derecha, en el kilómetro 32 (mojón), tres
kilómetros hacia el norte; con los siguientes linderos: al norte, calle pública
con frente a ella de novecientos treinta metros con ochenta y siete centímetros
lineales; sur, Pedro Espinoza Meneses y Xinia Vega Calero; al este, STCR Costa
Rica Trust and Escrow Company Limited S.A.; y al oeste, Xinia Vega Calero y
Palmitos del Norte Agrícola S. A. Mide: de acuerdo con el plano catastral
aportado número 2- 2060700-2018, de fecha cinco de julio del dos mil dieciocho,
una superficie de cuatrocientos setenta y un mil cuatrocientos cincuenta y
cuatro metros cuadrados. Adquiere el bien por medio de Cecilio Barrantes
Quesada, mayor, empresario, cédula de identidad dos-trescientos
veintinueve-cero ochenta y cuatro, representante de Compañía Agrícola BC S.A.,
quien le transmitió todos los derechos posesorios por medio de escritura número
doscientos treinta y siete ante el notario licenciado José Esteban Olivas
Jiménez; ejerciendo sobre el fundo en forma quieta, pública, pacífica, sin
interrupción, a título de dueño por más de veinte años. Valora el terreno en la
suma de veintitrés millones quinientos setenta y dos mil setecientos colones
netos y estima las presentes diligencias en la misma suma de veintitrés
millones quinientos setenta y dos mil setecientos colones netos. Con un mes de
término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los
interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se
apersonen en defensa de sus derechos. Diligencias de información posesoria Nº
12-000026-0387-AG, establecida por Upala Agrícola Sociedad Anónima.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 19 de
agosto del 2020.—Lic. Sussy María Gamboa Ramírez, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020506793 ).
Se hace saber:
Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 15-000051-0815-AG donde se
promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Fabio Ismael Durán Quirós, mayor,
casado una vez, agricultor, vecino de Sabana Redonda de Poás de Alajuela,
portador de la cédula de identidad N° 02-0584-0411, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: Finca cuya naturaleza es terreno de casa y cultivos varios. Situada: en el
distrito quinto Sabana Redonda, cantón octavo Poás, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, Orlando Herrera
Montero; al sur, Mario Herrera Montero; al este, calle público con un frente a
ella de diez metros y veintiocho centímetros, y al oeste, Ademar Rolando Zamora
Zamora. Mide: trescientos setenta y ocho metros cuadrados, tal como lo indica
el plano catastrado número A-1818395-2015. Indica el promovente que estima las
diligencias en la suma de tres millones de colones y el inmueble en la suma de
seis millones de colones. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo
de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante
el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria,
promovida por Fabio Ismael Durán Quirós. Expediente N° 15-000051-0815-AG.—Juzgado
Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Alajuela, 17 de noviembre
del 2020.—Lic. Luis Alonso Madrigal Pacheco, Juez.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020506795 ).
Se hace saber:
que ante este Despacho se tramita el expediente N° 18-000233-0642-CI donde se
promueve información posesoria por parte de Aida Cristina Cruz Sibaja quien es
mayor, estado civil soltera, vecina de las Delicias de Cóbano, Puntarenas,
quinientos metros al sur del cementerio, portadora de la cédula número
0601460461, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno con casa de habitación,
tacotal y pasto. Situada en el distrito Once, Cóbano, cantón Primero. Colinda:
al norte, con Quebrada Delicias; al sur, con calle pública con seis metros de
frente; al este, con Célimo Cruz Sibaja y Ana Cecilia Rodríguez González,
Marianita Delgado Cruz, Oldemar Vargas Delgado y Marielos Monge; y al oeste,
con Martín Chacón Owtten y Nicolo Picrucchi. Mide: seis mil doscientos ochenta
y tres metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima
dicho inmueble en la suma de doce millones de colones. Que adquirió dicho
inmueble por posesión decenal, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
pública, pacífica y quieta. Que los actos de
posesión han consistido en construcción de una casa de habitación, construcción
y reparación de cercas, siembra de pasto y mantenimiento del inmueble. Que no
ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Aida Cristina Cruz Sibaja. Expediente N° 18-000233-0642-CI-5.—Juzgado
Civil de Puntarenas, 30 de abril del 2019.—Licda.
Alicia Francella Guzmán Valerio, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020506850 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
19-000108-0642-CI, donde se promueve Información Posesoria por parte de Aida
Cristina Cruz Sibaja, quien es mayor, estado civil soltera, vecina de Las
Delicias de Cóbano, Puntarenas 500 metros sur del cementerio, portadora de la
cédula número 0601460461, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre
y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno baldío. Situada
en el distrito once (Cóbano), cantón primero. Colinda: al norte, con Katerin
Zúñiga Chacón; al sur, con calle pública con veinticuatro metros y seis
centímetros de frente; al este, con servidumbre de paso en medio Marielos Monge
Montero, Aida Cruz Sibaja y Oldemar Vargas Delgado; y al oeste, con Martín
Chacón Owtten y Nicoolo Pierucci. Mide: novecientos setenta metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de cuatro millones colones. Que adquirió dicho inmueble por posesión
decenal hace más de cuarenta años, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en hechura
y reparación de cercas, siembra de pasto y mantenimiento del terreno. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Aida Cristina Cruz Sibaja. Expediente N°
19-000108-0642-CI-3.—Juzgado Civil de Puntarenas, 21 de mayo del año
2019.—Licda. Carolina Soto Johanson, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020506851 ).
Se hace saber:
que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-160056-0642-AG donde se
promueven diligencias de información posesoria por parte de Ignacio Gerardo
Mata Brenes, quien es mayor, estado civil soltero, cédula de identidad vigente
cuatro-uno ocho cero- uno cuatro siete, chofer; Yesmas Mata Brenes, quien es
mayor, estado civil soltero, cédula de identidad vigente cuatro-uno ocho siete-uno
siete siete, vaquero; ambos vecinos de La Florida de Tilarán, de la plaza de
deportes quinientos metros al norte, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya
naturaleza es solar con tres casas de habitación. Situada Cerro Plano, distrito
10 Monteverde, cantón 1: Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte, con Marcela Mata Brenes y con calle pública con un frente de setenta y
nueve metros lineales; al sur con quebrada sucia; al este, con Luis Ángel
Rodríguez Córdoba y al oeste, con Marcela Mata Brenes y Grace Rodríguez
Ramírez. Mide: mil ciento tres metros cuadrados, tal como lo indica el plano
catastrado número P-2032616-2018. Indican los promoventes que sobre el inmueble
a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no
tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima el inmueble por la suma de cuatro millones de colones y las
presentes diligencias por la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho
inmueble por medio de donación de su padre Gerardo Jesús Mata Castro cédula de
identidad 6-084-056 , y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta,
pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de
diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido
en mantener el terreno deslindando, construir casa de habitación y sembrar
algunos cultivos. Que no han inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Ignacio Gerardo Mata Brenes y Yesmas Mata Brenes, expediente N°
14-160056-0642-AG. Nota: publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín
Judicial.—Juzgado Agrario Puntarenas, 25 de agosto del año
2020.—Licda. Rosaura Segnini Vargas, Juez/a Decisor/a.—1 vez.—O.C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(IN2020506883 ).
Se hace saber:
Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000339-0930-CI donde se
promueve información posesoria por parte de María de Los Ángeles Sánchez
Castro, quien es mayor, estado civil soltera, vecina de Limón, Guácimo,
portadora de la cédula número 7-0135-0097, dedicada a oficios del hogar, a fin
de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno
de casa. Situada en el distrito Río Jiménez, cantón Guácimo. Colinda: al norte,
con Olivier Geovanny Picado Anchía; al sur, con Consejo Nacional de Producción;
al este, con Consejo Nacional de Producción y al oeste con calle pública. Mide:
trescientos noventa metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el
inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de seis millones de
colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble el 01 de enero del año
20003 por compra verbal al señor German R., y hasta la fecha lo ha mantenido en
forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en
mantenimiento, reparación de cercas, chapeas, pago de impuestos, construcción
de vivienda. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por María de Los
Ángeles Sánchez Castro. Expediente Nº 20-000339-0930-CI-6.—Juzgado Civil
del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 30 de octubre del año
2020.—Licda. Yency Vargas Salas, Jueza.—1 vez.—( IN2020506907 ).
Se hace saber
que, ante este despacho se tramita el expediente N° 20-000131-0296-CI, donde se
promueve Información Posesoria por parte de Asociación de Desarrollo Integral
de Piedades Sur de San Ramón con cédula jurídica 3-002-061726, representada por
Gilberto Villafuerte Chavarría, quien es mayor, casado, pensionado, vecino de
Piedades Sur de San Ramón, Alajuela, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada
en la provincia de Alajuela, la cual es terreno con redondel, salón multiusos,
parqueos, locales de feria, bodega, oficina y zona verde. Situada en el
distrito Piedades Sur, cantón San Ramón. Colinda: al norte, con Oscar Fernando
Mejías pineda; al sur, con Roberto Campos Guzmán y un frente a calle a publica
con una medida de cuarenta y cuatro metros y sesenta y dos centímetros
lineales; al este, con A Y B Agrícola El Porvenir del Milenio Sociedad Anónima
y al oeste, con Roberto Campos Guzmán, Catalina Campos Guzmán y José Alonso Cárdenas
Campos. Mide: Cinco mil ciento sesenta y cinco metros cuadrados. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir A-2165413-2019 pesan cargas reales
o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación
y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de diez millones de colones exactos colones. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que,
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información
Posesoria, promovida por asociación de desarrollo integral de Piedades Sur de
San Ramón. Expediente N° 20-000131-0296-CI-2. Nota: Publíquese este edicto en
el Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil y Trabajo del
Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 26 de
agosto del año 2020.—Lic. Héctor Álvarez Jiménez, Juez.—1 vez.—( IN2020506934
).
Rosa Acuña
Aguero, mayor, casado una vez, oficios domésticos, vecino de Buenos Aires de
Puntarenas, cincuenta metros norte de la Escuela Villa Hermosa, cédula de
identidad N° 1-0559-0096, solicita se levante Información Posesoria a fin de
que se inscriba a su nombre en el Registro Público de Propiedad, la finca sin
inscribir que le pertenece y que se describe así: terreno de potrero, situado
en el distrito sétimo-Buenos Aires, del cantón tercero-Buenos Aires, de la
provincia sexta Puntarenas, con los siguientes linderos: norte; con Ramón
González Acuña; al sur, con calle pública con
una medida lineal de frente a la misma de 144.38 metros; al este, con
servidumbre de 7 metros de ancho; y al oeste, con Pastora Morales Sarmiento.
Mide: trece mil ciento setenta y dos mil metros con cincuenta y dos decímetros
cuadrados, según plano catastrado 6-2069897-2018. El terreno antes descrito, el
solicitante ha sido el poseedor en calidad de dueño de manera pública, pacifica
e ininterrumpida por más de diez años. Estima el fundo en la suma de cinco
millones de colones, igualmente las presentes diligencias. Con un mes de
término contados a partir de la publicación de este edicto, se cita a los
interesados que se crean lesionados con esta titulación a efecto de que se
apersonen en defensa de sus derechos. Información Posesoria, expediente número
12-000140-1129-AG (161-15) establecidas por Rosa Acuña Aguero.—Juzgado
Agrario de Buenos Aires.—Lic. Jean Carlos Céspedes
Mora, Juez Tramitador.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2020506972 ).
Se hace saber:
Que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 14-000086-0689-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria por parte de Luis Arnoldo de los Ángeles
Durán Castro, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de San Gabriel de
Aserrí, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número uno-seis
dos dos-tres nueve ocho, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y
ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca
cuya naturaleza es solar. Situada en el distrito Vuelta de Jorco, cantón
Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, José Alejandro Leiva
Mora; al sur, Allan Castro Fallas; al este, Juan Arias Monge; y al oeste,
servidumbre en medio con Roger Durán Monge. Mide: mil treinta y tres metros
cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-dos cero tres tres
seis seis seis-dos mil dieciocho. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma
de dos millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra, y
hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica,
ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de quince años. Que no
existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en explotación
agrícola. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Luis Arnoldo
de los Ángeles Durán Castro. Expediente 14-000086-0689-AG.—Juzgado Agrario
Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 01 de agosto del año
2019.—Licda. Andrea Mercedes Ruiz Ramírez, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020506973 ).
Se hace saber:
que ante este Despacho se tramita el expediente N° 08-000718-0388-CI donde se
promueve información posesoria por parte de Kadama Sociedad Anónima, cédula
jurídica N° 3-101-499102, representada por Carmen Rosales Gutiérrez, quien es
mayor, casada una vez, vecina de Lomas de Matapalo, Santa Cruz, Guanacaste,
portadora de la cédula número 5-2014-692, del hogar, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito octavo (Cabo Velas), cantón tercero (Santa
Cruz). Colinda: al norte, con camino público con un frente de once metros con
diez decímetros; al sur, con Oscar Vinicio Calvo Calvo; al este, con Oscar
Vinicio Calvo Calvo; y al oeste, con Ramón Rosales Gutiérrez. Mide: doscientos
treinta metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir G-1210172-2007 pesan cargas reales o gravámenes, y que esta
información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales
de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de tres millones de
colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble G-1210172-2007, por medio
de donación que le hizo Carmen Rosales Gutiérrez, y hasta la fecha lo ha
mantenido en forma pública, pacífica y quieta.- Que los actos de posesión han
consistido en cuidar el lote, chapeado, ponerle cerca, y dentro de poco
construir una casita. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida
por Kadama Sociedad Anónima. Expediente N° 08-000718-0388-CI-5.—Juzgado
Civil de Santa Cruz, 04 de noviembre del 2020.—Ximena Lucía Jiménez
Soto, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020506996 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
12-000026-0387-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte Upala Agrícola S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento
noventa y seis mil ochocientos sesenta y nueve; representada por Alfredo Volio
Pérez y Lionel Rodolfo Peralta Lizano. Solicita se levante información
posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la
Propiedad, el fundo sin inscribir que le pertenece y que se describe así:
Terreno para sembrar, sito en Alajuela, Upala, Quebrada Grande, Yolillal,
carretera a Upala, entrada a mano derecha, en el kilómetro 32 (mojón), tres
kilómetros hacia el norte; con los siguientes linderos: al norte, calle pública
con frente a ella de novecientos treinta metros con ochenta y siete centímetros
lineales, sur, Pedro Espinoza Meneses y Xinia Vega Calero, al este, STCR Costa
Rica Trust and Escrow Company Limited S.A., y al oeste, Xinia Vega Calero y
Palmitos del Norte Agrícola S. A. Mide: de acuerdo al plano catastral aportado
número 2-2060700-2018 de fecha cinco de julio del dos mil dieciocho, una
superficie de cuatrocientos setenta y un mil cuatrocientos cincuenta y cuatro
metros cuadrados. Adquiere el bien por medio de Cecilio Barrantes Quesada,
mayor, empresario, cédula de identidad dos-trescientos veintinueve-cero ochenta
y cuatro, representante de Compañía Agrícola BC S.A., quien le transmitió todos
los derechos posesorios por medio de escritura número doscientos treinta y
siete ante el notario Licenciado José Esteban Olivas Jiménez; ejerciendo sobre
el fundo en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción, a título de
dueño por más de veinte años. Valora el terreno en la suma de veintitrés
millones quinientos setenta y dos mil setecientos colones netos y estima las
presentes diligencias en la misma suma de veintitrés millones quinientos
setenta y dos mil setecientos colones netos. Con un mes de término contado a
partir de la publicación de este Edicto, se cita a los interesados que se crean
lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus
derechos. Diligencias de información posesoria N° 12-000026-0387-AG,
establecida por Upala Agrícola Sociedad Anónima. Licda. Sussy María Gamboa
Ramírez, Jueza. Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín
Judicial. De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Jurisdicción
Agraria en materia agraria se aplica el principio de gratuidad, de ahí que no
devenga el pago de especies de ningún tipo para su publicación.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 19 de
agosto del 2020.—Licda. Sussy María Gamboa Ramírez, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020507099 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia
se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Elena
Chavarría Céspedes, mayor, estado civil casada una vez, oficio ama de casa,
nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0102550297 y vecina
de Siquirres. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en
general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán
presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la
publicación de este edicto. Expediente N° 20-000354-0930-CI-0.—Juzgado Civil
del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 20 de
noviembre del 2020.—Licda. Yency Vargas Salas, Jueza.—1 vez.—( IN2020506046 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Freddy de Los Ángeles Porras Ugalde, mayor, divorciado
de primeras nupcias, empresario, vecino de Alajuela, Upala, contiguo a la
subasta ganadera, cédula de identidad cinco-ciento setenta y tres-ciento
ochenta y cuatro. De conformidad con el artículo 126.3 del Código Procesal
Civil, se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general
a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a
gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este
edicto. Sucesorio Judicial de Freddy Porras Ugalde. Promueve Yisley Porras
Duarte. Expediente N° 20-000078- 0638-CI. Juzgado Civil y Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Civil). Upala,
08 de julio del 2020.—Lic. Jose Francisco Azofeifa Barrantes, Juez.—1 vez.—(
IN2020506460 ).
Se cita y emplaza
a todos los interesados en la sucesión de María Picado Serrano, mayor, cédula
de identidad número tres-cero uno uno cinco-cero cinco nueve nueve, quien fue
casada una vez, de oficios domésticos, vecina de San José, Gravilias de
Desamparados, doscientos setenta y cinco metros al este de la Escuela Las
Gravilias, casa número ciento setenta y ocho, para que dentro del plazo de
treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a
reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos
que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien
corresponda. Expediente número 004-2020. Causante: María Picado Serrano.
Notaría del Lic. Gilberto Calvo Zúñiga. Tel: 88658740.
gilbertocalvo27@gmail.com.—San José, primero de diciembre del 2020.—Lic.
Gilberto Calvo Zúñiga, Notario Público.—1 vez.—( IN2020506553 ).
Comprobado el
fallecimiento de Raimundo Ramón Rodríguez Vega, quien fue, mayor, casado una
vez, agricultor, vecino de Corredores, Puntarenas, fila Cal, contiguo a
chicharronera Miramar, cedula de identidad: seis-cero sesenta y dos- quinientos
sesenta y seis, quien falleció en Corredor, Corredores, Puntarenas, el once de
junio del dos quince; en esta notaría, se declara abierto el proceso sucesorio
intestado en Sede Notarial. Se nombra albacea a María Esther Del Carmen
Rodríguez Ramírez, mayor, viuda de primeras nupcias, ama de casa, vecina de
Fila de Cal, Corredor Corredores, Puntarenas, cedula de identidad: seis-cero
cero sesenta y nueve- cero ochocientos noventa y cinco; quien acepta el cargo.
Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de
quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Lie. Erick González Gutiérrez. Oficina
en San Vito, Coto Brus, Puntarenas, diagonal al parque contiguo a Hogarcentro.
Tel 8888-8921.—San Vito, doce de noviembre del 2020.—Lic. Erick González
Gutiérrez, Notario Público.—1 vez.—( IN2020506588 ).
Se cita y emplaza
a los interesados en la sucesión de quien en vida fue Dulcelina Bonilla Flores,
cédula de identidad número: uno-trescientos ochenta y cuatro-quinientos
cincuenta y cuatro, para que dentro del plazo de treinta días a partir de la
publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos ante la notaría
del licenciado José Fernelli Rodríguez Ortega, situada en San José, San Antonio
de León Cortés, frente a la escuela. Proceso sucesorio extrajudicial N°
2020-25-NO.—Lic. José Fernelli Rodríguez Ortega, Notario.—1 vez.—( IN2020506606
).
Se cita y emplaza
a todos los interesados en la Sucesión Notarial Ab intestato de quien en vida
fue Juan Urbino Flores Navarro, cédula tres-cero ciento quince-cero doscientos
setenta y seis, quien fue mayor, casado una vez, comerciante, vecino de
Cartago, El Guarco, San Isidro, de la esquina noroeste de la plaza de deportes
cien metros oeste, ciento veinticinco metros norte, calle sin salida, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; se apercibe a los que crean tener
calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente N° 001-2020.—Lic. Manuel A. Morales
Araya, Notario Público.—1 vez.—( IN2020506609 ).
Se cita y emplaza
a todos los sucesores e interesados en la sucesión de Esmeralda
Tijerino Vega, quien fue mayor, viuda una vez, enfermera pensionada, con cédula número
6-071-658, quien fue vecina de Desamparados, para que dentro del plazo de 15 días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a aceptar la
herencia y hacer valer sus derechos; y se apercibe a los que crean tener la
condición de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0002-2020. Notaría del
Bufete del Lic. Rodney Zamora Rojas, Gravilias de Desamparados, diagonal a la
entrada al Porvenir, casa N° 451. Tel. 2250-1232, 8301-4864. Fax
2251-9277.—Desamparados, 01 de diciembre del 2020.—Lic. Rodney Zamora Rojas,
Notario.—1 vez.—( IN2020506626 ).
Se emplaza a
cualquier interesado en la Sucesión Notarial No Testamentaria de Gerardo
Fallas Agüero, conocido como Ronny Gerardo, quien fue mayor, soltero,
enfermero, cédula número 1-0736-0449, vecino de Cartago, Tejar Del Guarco, para que dentro del plazo de 15 días contados a partir de la publicación por única vez de este edicto en el Boletín Judicial, se apersone a la oficina del
notario público Giovanni
Portuguéz Barquero,
sita en Cartago, Central, Occidental, 125 metros este de la Biblioteca Pública de Cartago, teléfono 2552-6229, en horario de 9:00 a.m.
a 5:00 p.m. a hacer valer sus derechos. Proceso Sucesorio Notarial No
Testamentario N°
0003-2020.—Cartago, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Giovanni Portuguéz Barquero, Notario. Carnet 5351.—1
vez.—( IN2020506633 ).
Mediante acta de
apertura otorgada ante esta notaria por Sandra María Mayela; Mauricio Gerardo y
Ana Elena Mayela, todos Nieto Echandi, a las diecisiete horas con quince
minutos del día diecinueve de noviembre del año dos mil veinte y comprobado el
fallecimiento de quien en vida fuera Álvaro Nieto Cartín, mayor, casado una vez,
comerciante, portador de la cédula de identidad número uno-cero doscientos
veintitrés-cero trescientos noventa y ocho, vecino de San José, San Pedro de
Montes de Oca, sito diagonal a Ferreterías El Mar, sobre calle principal. Se
cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de
treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la
Licenciada Ana Carolina Quintero Fernández, sito en San José, Goicoechea, sito de la
Bomba Montelimar trescientos metros al norte y cincuenta metros al este, acera
derecha, cuarta casa, teléfono veintidós cuarenta y uno-cero siete noventa y
dos.—Licda. Ana Carolina Quintero Fernández, Notaria.—1 vez.—( IN2020506635 ).
Se hace saber: En
este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó José Antonio Calvo Padilla, mayor, soltero, ingeniero industrial,
costarricense, con documento de identidad N° 0108350559 y vecino de Cartago. Se
indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes
tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar
en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto.
Expediente Nº 19-000922-0640-CI-9.—Juzgado Civil de Cartago, 29 de
noviembre del año 2019.—Licda. Marlen Solís Porras, Jueza.—1 vez.—(
IN2020506640 ).
Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados
en proceso sucesorio de quien en vida fue: Ana Lucía Mora Badilla, mayor,
soltera, abogada y notaria pública, cédula N° 2-0346-0663, vecina del mismo
domicilio que el otorgante, quien falleció el 22 de agosto del 2020 en San
José, Escazú, San Rafael, para que dentro del plazo de quince días contados a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante la notaría del
licenciado Joaquín Bernardo Chaves Sandí, ubicada en San José, Zapote, Barrio
Montealegre, de Supermercado Fresh Market, 100 metros sur y 25 metros oeste, a
hacer vales sus derechos, bajo el apercibimiento de que en caso que no lo
hicieran, la herencia pasará a quien corresponda. Así mismo, deben señalar
lugar donde atender notificaciones bajo el apercibimiento de que si el lugar
señalado fuere impreciso o no existiere las resoluciones que se dicten se les
tendrán por notificadas por el solo transcurso de veinticuatro horas después de
dictadas. Expediente N°
0005-2020. Promueve: Mario Alberto Sánchez Mora.—San José, 01 de diciembre del
2020. Notaría del Bufete del Licenciado Joaquín Bernardo Chaves Sandí.—Lic.
Joaquín Bernardo Chaves Sandí, Notario.—1 vez.—( IN2020506649 ).
Mediante acta de
apertura otorgada ante esta notaría, por los señores Yamileth López Carranza,
Liliana López Carranza, Miguel Alberto López Carranza, Ana Virginia López
Carranza, Eduardo López Carranza, y Miguel Rafael López Vargas, a las 10:00
horas del 30 de noviembre del 2020 y comprobado el fallecimiento, esta notaría
declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Margarita
Carranza García, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de San
José, Urbanización Monte Azul, de la Iglesia de La Trinidad, 600 metros norte,
casa número 58, portadora de la cédula de identidad número 1-0247-0107. Se cita
y emplaza a todos los interesados, para que dentro del plazo máximo de treinta
días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Rita María Calvo
González, sita en San José, Sabana Sur, 150 metros al oeste de la Contraloría,
edificio Edicol, tercer piso. Teléfono 2215-5300.—Licda. Rita María Calvo
González, Notaria.—1 vez.—( IN2020506664 ).
Yo, Carlos
Madrigal Mora, notario público, comunico a quien interese que, en mi notaría ubicada
en Barrio González Lahmann, de Casa Matute Gómez, cien sur, cien este y
veinticinco sur, casa uno cero siete cinco, se tramita proceso sucesorio en
sede notarial de quien en vida se llamó: Yamileth Jiménez Porras, mayor,
soltera, esteticista, cédula de identidad número 1-0361-0371, vecina de San José, Cinco Esquinas de Tibás. Cito
a todos los interesados para que, dentro del plazo de quince días concurran a
mi notaría, a hacer valer sus derechos.—San José, 01 de diciembre del
2020.—Lic. Carlos Madrigal Mora, Notario.—1 vez.—( IN2020506666 ).
Se emplaza a
herederos, legatarios, acreedores e interesados en las sucesión de Rafael Ángel
Castrillo Viales, conocido como Rafael Ángel Viales Viales,
mayor, casado una vez, comerciante, con cédula de identidad número cinco-ciento
cincuenta y nueve-cuatrocientos veinticuatro, vecino de Sardinal de Carrillo,
para que dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir de la
publicación de este aviso, se apersonen a esta notaría ubicada en Filadelfia de
Carrillo, Guanacaste, 50 oeste del Banco Nacional, a hacer valer sus derechos,
bajo el apercibimiento de que si no se presentaren en ese plazo, la herencia
pasará a quien corresponda. Notaría del Lic. Luis Roberto Paniagua Vargas, teléfono
2688-8661, fax 2688-8682.—Filadelfia, 30 de noviembre del 2020.—Lic. Luis
Roberto Paniagua Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2020506686 ).
Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a
todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuere Juan Carlos Vargas
Angulo, mayor, divorciado una vez, comerciante, vecino de San José, Santa Ana,
Pozos, de la iglesia católica de Pozos setecientos metros norte y setenta y
cinco metros oeste a mano izquierda, portador de la cedula de identidad número
uno-cero cinco siete siete-cero seis cinco tres para que dentro de quince días
hábiles se apersonen a reclamar sus derechos bajo el apercibimiento de que si
no lo hacen la herencia pasará a quien corresponda. Notaría de Maximiliano
Vargas Hidalgo, sita en la Ciudad de Alajuela, Río Segundo, Oficentro Plaza
Aeropuerto, setecientos metros al este del Aeropuerto Internacional Juan
Santamaría, local D-uno, primero de diciembre del dos mil veinte.—Maximiliano
Vargas Hidalgo.—1 vez.—( IN2020506728 ).
Ante mi Notaria han comparecido familiares,
de quien en vida se llamó Irene Córdoba Arley, quien fue mayor, casada una vez,
del hogar, vecina de San José, Aserrí, Salitrillos cedula de identidad número
uno-trescientos treinta-trescientos noventa y tres. Todo con el propósito de
tramitar, como en efecto se ha hecho, el sucesorio de la aludida Doña Irene, en
la sede Notarial, se cita a los interesados para que dentro del término de
treinta días contados a partir de la publicación de este edicto concurran a mi
notaría a hacer valer sus derechos. Mi oficina en esta ciudad, calles veintiuno
y veintitrés, avenida diez tercia, numero dos mil ciento sesenta y ocho.—San
José, veintiocho de noviembre del dos mil veinte.—Lic. Ricardo Jose Retana
Chinchilla, Notario.—1 vez.—( IN2020506742 ).
Mediante acta de
apertura otorgada ante esta notaría, por Luis Amado Quesada Ugalde, a las
catorce horas doce minutos del primero de diciembre del año dos mil veinte y
comprobado el fallecimiento de Elsa Herrera Rodríguez, pensionada, viuda una
vez, vecina de Alajuela, Poás, San Juan, trescientos metros sur de la
Escuela de San Juan, cédula dos-doscientos cincuenta y cuatro-quinientos
sesenta. Esta notaría, ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato.
Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a
todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría
General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría del Lic. Johnny
Orlando Barrantes Quesada. Alajuela, Poás, San Rafael, frente
a Plaza de Deportes, teléfono 88751282.—Dos de diciembre de dos mil
veinte.—Lic. Johnny Orlando Barrantes Quesada, Notario.—1 vez.—( IN2020506753
).
Mediante acta de
apertura otorgada ante esta notaría por Damaris De Los Ángeles Martínez Ulloa,
a las dieciséis horas del dieciséis de noviembre del dos mil veinte, y
comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio
Ab Intestato N° 07-2020-NO, de quien en vida fuera Luis
Rolando Céspedes Mora, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Cartago,
Paraíso, Santiago, La Puente, un kilómetro al noroeste del Restaurante Molinos
de Viento y portador de la cédula N° 3-0320-0010. Se cita y emplaza a todos los
interesados para que dentro del plazo quince días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus
derechos. Notaría del Lic. Edwin Eduardo Gómez Castillo, con oficina abierta en
Cervantes de Cartago, 300 metros al oeste de la entrada a la Flor de
Paraíso.—Cartago, 23 de noviembre del 2020.—Lic. Edwin Eduardo Gómez
Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2020506779 ).
Se hace saber: en
este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó Seidy Rocío Salas Sequeira, mayor, casada, ama de casa, costarricense, con
documento de identidad N° 0110370372 y vecina de
Hatillo. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en
general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán
presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la
publicación de este edicto. Expediente N° 20-000177-0216-CI-6.—Juzgado Civil
Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, 21 de julio del
2020.—Lic. Nelson Rodríguez Morales, Juez.—1 vez.—( IN2020506819 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante mí, a las diez horas del
veintisiete de noviembre del dos mil veinte, esta notaría declara abierto el
proceso sucesorio de quien en vida fue: Roy Henry Mitchell, de un solo apellido
en razón de su nacionalidad inglesa, mayor de edad, casado una vez, empresario,
vecino de San José, Barrio Luján, de Casa Matute cien metros al sur, trescientos metros este y cien
metros sur, Apartamentos Indiana, apartamento número cuatro, portador de la
cédula de residencia número uno ocho dos seis cero cero cero dos seis dos dos
siete, fallecido el día ocho del mes de noviembre del dos mil veinte, en Costa
Rica, San José, Curridabat. Promovente: Hilda Esna Meneses. Se emplaza a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para
que, dentro del término de treinta días se apersonen ante esta notaría en
defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que, si no lo hicieren, la
herencia pasará a quien corresponda. Notaría del Lic. Pedro Enrique Oller
Taylor, quien tiene oficina abierta al público en la Ciudad de San José, de la
Fábrica Nacional de Trofeos, ciento setenta y cinco metros al oeste, edificio
esquinero color gris a mano derecha. Fax: 2222-5494.—San José, dos de diciembre
del dos mil veinte.—Lic. Pedro Enrique Oller Taylor, Notario.—1 vez.—(
IN2020506829 ).
Se cita y emplaza
a los herederos, legatarios, acreedores e interesados en el proceso sucesorio
mancomunado de Juan Bautista Salas Rodríguez, quien en vida
fue mayor, casado una vez, pensionado, cédula de identidad N° 2-0102-0232 y
vecino de La Aurora de Alajuelita y de Luzmilda Carballo Vindas, quien en vida
fue mayor, viuda, ama de casa, cédula de identidad N° 4-0052- 0642 y vecina de
San José, Barrio Cuba, para que dentro del plazo de quince días se apersonen
ante la oficina de la notaria Virginia Portuguez Sánchez, ubicada en San José, Hatillo,
centro, cincuenta metros al este de la entrada a
Hatillo Uno, a hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean tener la
calidad de herederos que si no se apersonan en este plazo la herencia pasará a
quien en derecho corresponda. Expediente notarial cuatro-dos mil veinte.—San
José, 26 de noviembre del 2020.—Licda. Virginia Portuguez Sánchez, Notaria.—1
vez.—( IN2020506833 ).
Se cita y emplaza
a los herederos, legatarios, acreedores e interesados en el proceso sucesorio
de Fredesvinda Núñez Navarro, quien en vida fue mayor, casada una vez, ama de
casa, de nacionalidad panameña, cédula de residencia número 280- 832923545 y
vecina de San José, San Sebastián, Urbanización Los Olivos, casa nueve G, para
que dentro del plazo de quince días se apersonen ante la oficina de la notaria
Virginia Portuguéz Sánchez, ubicada en San José, Hatillo, centro, cincuenta
metros al Este de la entrada a Hatillo uno, a hacer valer sus derechos y se
apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se apersonan
en este plazo, la herencia pasará a quien en derecho corresponda. Expediente
notarial cinco-dos mil veinte.—San José, 01 de diciembre de 2020.—Licda.
Virginia Portuguéz Sánchez, Notaria.—1 vez.—( IN2020506835 ).
Ante mi notaría Alejandra
Badilla Salas siendo las diez horas del dieciséis de noviembre del dos mil veinte,
se da apertura a proceso sucesorio de la señora Juana María Ugalde Saborío se
invita a los posibles interesados por un lapso de treinta días para que hagan
valer sus derechos ante la citada notaria, oficina entrada de Santa Rosa,
Barranca, Puntarenas.—Licda. Alejandra Badilla Salas, Notaria.—1 vez.—(
IN2020506841 ).
Ante mi notaría,
Alejandra Badilla Salas, siendo las diez horas del nueve de noviembre del dos
mil veinte, se da apertura a proceso sucesorio del señor Isaac Orias Orias, se
invita a los posibles interesados por un lapso de treinta días para que hagan
valer sus derechos ante la citada notaria, oficina entrada de Santa Rosa,
Barranca, Puntarenas.—Licda. Alejandra Badilla Salas, Notaria.—1 vez.—(
IN2020506865 ).
Se hace saber en
este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó David Alberto Campos González, mayor, divorciado, comerciante, cédula de
identidad N° 1-0779-0339 y vecino Cartago, San Blas. Se indica a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés
legítimo en el proceso que deberán presentarse a gestionar en el plazo de
quince días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
20-000684-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 12 de diciembre del
2020.—Lic. Mateo Ivankovich Fonseca, LL.M. Juez.—1 vez.—( IN2020506896 ).
Se hace saber: En
este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó Sonia del Carmen Córdoba Chacón, mayor, estado civil divorciada, ama de
casa, costarricense, vecina de Cuatro Reinas de Tibás. Se indica a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés
legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de
quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
20-000199-1623-CI-6.—Juzgado Primero Civil de San José, 27 de octubre
del año 2020.—Licda. Nathalie Palma Miranda, Jueza Decisora.—1 vez.—(
IN2020506897 ).
Se hace saber en
este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó: José Antonio Solera Valenciano, mayor, estado casado, maestro de obras,
cédula de identidad N° 6-0156-0651, y vecino de Cartago, La Unión, Concepción. Se
indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes
tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar
en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto.
Expediente N° 20-000814-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 25 de
noviembre del 2020.—Lic. Mateo Ivankovich Fonseca, LL.M., Juez.—1 vez.—(
IN2020506918 ).
Se hace saber: En
este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó Mercedes Barrantes Bolaños, mayor, estado civil casada, oficios del
hogar, nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad 0201270057 y vecina de San Ramón, Piedades Norte, Calle San
Miguel, 150 metros este y 275 sur del cementerio. Se indica a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés
legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de
quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
20-000130-0296-CI-8.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de
Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 06 de noviembre del año 2020.—Lic.
Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2020506933 ).
Mediante escritura de apertura otorgada ante la notaría del Licenciado
Cristian Villegas Coronas, mediante la escritura número ciento cuarenta y cuatro, visible al folio
ciento once frente del tomo número dieciséis
de su protocolo, por la compareciente: Iris María Chacón Alvarado, con cédula
de identidad número uno-cero
trescientos cuarenta y siete-cero cero noventa y seis, a las dieciséis horas del primero de agosto del dos
mil diecinueve y comprobado el fallecimiento esta notaría declara abierto el proceso sucesorio
testamentario de quien en vida fuera: Jose Ángel Chacón Montero, quien en vida fue mayor, casado dos veces, economista,
portador de la cédula de identidad
número uno-cero doscientos once-cero
doscientos noventa y nueve, vecino de San José, Barrio González Lahmann, de la casa Matute Gómez, cien metros al sur, y doscientos
este, casa esquinera número
diez-setenta y cinco, quien falleció el catorce de marzo de dos mil diecinueve. Se cita y emplaza a todos
los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta
notaria a hacer valer sus derechos. Notaría del Licenciado Alexis Ballestero Alfaro, ubicada
en San Rafael de Escazú,
del Supermercado Saretto, setenta y cinco metros este, trescientos metros
norte, y setenta y cinco metros este, Bufete Ballestero, casa número veintiséis, teléfono: 2289-77-13.—San José, a las nueve horas del dos de diciembre del dos mil veinte.—Licenciado
Alexis Ballestero Alfaro, teléfono: 8394-94-97 Notario.—1 vez.—( IN2020506942 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Gerardo Antonio Zúñiga Solano y
Ana Lucía Zúñiga Vega, a las nueve horas de cuarenta
minutos de trece de noviembre del dos mil veinte y comprobado el fallecimiento
de Ana Cecilia de Gerardo Vega Rodríguez, casada una vez, ama de casa, vecina
de Higuito del Guarco de Cartago, del bar Paco ochocientos metros sur y
cincuento cincuenta metros al este, cédula cinco-doscientos veintitrés-setecientos cincuenta y siete, esta
notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo
máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría
General de la República, tal como
esta lo ha indicado. Notaría
del Lic. Manuel Barboza Arce. San José, San José, La Uruca,
Residencial Robledal casa treinta y cinco, frente al Parque del Hotel San José Palacio. Teléfono 4001-7717.—San José, primero de diciembre del dos mil
veinte.—Lic. Manuel Barboza Arce, Notario.—1 vez.—( IN2020506967 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, escritura número
ciento cuarenta y dos de las trece horas del dieciséis de noviembre de dos mil
veinte, visible al folio ciento dieciséis vuelto al ciento diecisiete frente,
del tomo primero de protocolo de la suscrita notaria Jenny Castro Solano,
promovido por José Enrique Pérez Alfaro, viudo de sus primeras nupcias,
supervisor de seguridad en el ICE, cédula de identidad numero dos-cero cuatro
uno uno-cero uno cinco ocho, vecino de San José, Mata Redonda, Sabana Sur,
quinientos metros sur de la Contraloría General de la República, Condominio
María Fernanda, apartamento nueve y comprobado el fallecimiento, esta notaría
declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera María
Elena Restrepo Pérez, mayor, casada en primeras nupcias, ama de casa, con
cedula de identidad, ocho-cero cero ocho uno-cero dos seis tres, vecina de San
José, Mata Redonda, Sabana Sur, quinientos metros sur de la Contraloría General
de la República, Condominio María Fernanda, apartamento nueve. Se cita y
emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta
días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Lic. Jenny Castro Solano,
ubicada en Granadilla Norte de Curridabat, doscientos metros norte de
Condominio Abitu, teléfono 8527-3875, correo
jenny.castro@arcasasesorias.com.—Licda. Jenny Castro Solano, Notaria.—1 vez.—(
IN2020507000 ).
Mediante
escritura N° 163, de las 12:00 horas del 20 de octubre del 2020, otorgada ante
esta notaría, se tramita apertura de sucesorio notarial, de quien en vida fue
María Cecilia Campos Huertas, mayor viuda una vez, ama de casa, vecina de Limón
centro, cédula N° 3-0139-0796, quien falleció el 07 de mayo del 2009, Se cita
a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados,
para que dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir de la
publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría, sita en San José,
Barrio Luján, de la Panadería Barrio Luján, cien metros sur y
veinticinco metros este, altos ATV, a hacer valer sus derechos. De no
apersonarse dentro de ese plazo de Ley, los bienes pasarán a quien corresponda.
Expediente N° 002-2020.—San José, 28 de octubre del 2020.—Lic. Henry Sandoval
Gutiérrez, Notario.—1 vez.—( IN2020507005 ).
Mediante acta de
apertura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del treinta de setiembre
del año dos mil veinte, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara
abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera María Esther
Leandro Hernández, mayor soltera, con cédula tres-cero ciento treinta y
ocho-cero trescientos noventa y uno, vecina de San José, San Rafael debajo de
Desamparados, Urbanización Vizcaya, de la entrada principal cuatrocientos
metros norte, casa número doscientos veintiuno. Se cita y emplaza a todos los
interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días naturales,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
notaría a hacer valer sus derechos en la oficina ubicada en San José, barrio
naciones unidas de la bomba delta doscientos cincuenta metros oeste y ciento
veinticinco metros sur en la Notaría de la licenciada Isabel María Vásquez
Rojas, N° 70117981.—1 vez.—( IN2020507041 ).
Se cita y emplaza
a todos los herederos, legatarios, acreedores, e interesados en general, en el
proceso sucesorio Notarial de quien en vida se llamó Rosario Mejía Hernández,
quien fuera mayor, divorciada una vez, ama de casa, de Hatillo 8 de San José,
casa 5, alameda 1, cédula número 5-0142-1248, para que en el término de 15 días
contados desde la fecha de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer
valer sus derechos y se les apercibe a aquellos que crean tener derecho en la
herencia, que si no se presentan dentro de dicho plazo, aquella pasará a quien
corresponda, previéndoseles que deben señalar lugar o número de fax o correo
electrónico para recibir notificaciones. Las manifestaciones y escritos deben
presentarse ante mi notaría sita en Mata Redonda de San José, Sabana Sur, calle
60, avenidas 12 y 14, número 7.—Lic. Guido Soto Quesada, Notario Público.—1
vez.—( IN2020507062 ).
Se hace saber: en
este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Geovanny De Jesús Barrantes Chaverri,
mayor, cédula de identidad N° 5-0249-0827, casado, comerciante y vecino de San
Juan de Cañas. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en
general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán
presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la
publicación de este edicto. Expediente N° 20-000104-0927-CI-7.—Juzgado Civil
y Trabajo de Cañas (Materia Civil), 16 de noviembre
del 2020.—Licda. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza Tramitadora.—1
vez.—( IN2020507063 ).
Se hace saber: en
este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó Ana Ingrid Venegas Bermúdez, mayor, casada, una vez administradora,
costarricense, con documento de identidad N° 1-0740-0877 y vecino de
San José. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en
general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán
presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la
publicación de este edicto. Expediente N° 17-000658-0893-CI.—Juzgado Segundo
Civil de San José, 20 de agosto del 2019. 4.—Licda. Alba Ramírez Bazán, Jueza.—1
vez.—( IN2020507065 ).
Mediante acta de
apertura otorgada ante esta notaría por Beatriz Sepe Biscaglia y Oscar González
Sepe, a las diecisiete horas del diez de julio de dos mil veinte, y comprobado
el fallecimiento de quien en vida fuera Oscar González Sandoval, costarricense,
mayor de edad, casado en primeras nupcias, vecino de la provincia de Alajuela,
cantón central de Alajuela, distrito de Alajuela, exactamente al costado norte
del Museo Juan Santamaría, edificio esquinero de color gris, segundo piso,
portador de la cédula de identidad número dos-cero ciento cincuenta y
cinco-cero cuatrocientos sesenta y ocho, y la existencia y validez del
testamento por él otorgado, esta notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio testamentario. Se cita y emplaza a los herederos, legatarios y a
todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos ante esta notaría, sita en San José, Escazú, San Rafael, Plaza
Roble, Edificio El Pórtico, segundo piso, Estudio Jurídico Económico, teléfono
4110-4100. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República,
tal como ésta lo ha indicado.—Escazú, San José, 02 de diciembre del 2020.—Lic.
Henry Angulo Yu, Notario Público.—1 vez.—( IN2020507071 ).
Se hace saber: en
este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó Juan Rafael Arce Villalobos, mayor, estado civil casado, profesión u
oficio médico cirujano, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N°
0401000202 y vecino de San Francisco de Dos Ríos. Se indica a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés
legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de
quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
20-000766-0181-CI-8.—Juzgado Segundo Civil de San José, 18 de
noviembre del 2020.—Ingrid Fonseca Esquivel, Jueza Decisora.—1 vez.—(
IN2020507073 ).
Se hace saber: en
este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se
llamó Ana María Roldán Pérez, mayor, viuda, ama de casa, nacionalidad Costa Rica,
con documento de identidad N° 0101450212 y vecina de
San José, Tibás. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y
en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán
presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la
publicación de este edicto. Expediente N° 20-000141-0182-CI-0.—Juzgado
Tercero Civil de San José, 11 de marzo del 2020.—M.Sc.
Wálther Obando Corrales, Juez.—1 vez.—( IN2020507074 ).
Se cita y emplaza a todas las personas que
tuvieren interés en la Declaratoria de Estado de Abandono y otro de los menores
Minor Yariel Morales
Morales y Bryan Gabriel Castro Morales Mora, para que se apersonen al Juzgado
de Familia de Buenos Aires dentro del plazo de treinta días, que se contarán a
partir de la última publicación del edicto, ordenado mediante la resolución de
las catorce horas treinta minutos del cinco de noviembre de dos mil veinte.
Expediente N° 20-000134-1552-FA.—Juzgado
de Familia de Buenos Aires, 05 de noviembre del 2020.—Lic. Roger Sibaja
Arias, Juez.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020505356 ). 3
v. 3.
Se cita y emplaza a todas las personas
que tuvieren interés en el depósito de la persona menor Matías Caleb Castro
Matarrita y Katiana Wuster Matarrita, actor Patronato Nacional de la Infancia,
para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se
contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado, expediente N° 20-000196-0869-FA. Clase
de Asunto Actividad Judicial no Contenciosa.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia
familia), a las diez horas dieciocho minutos del diecisiete de noviembre de
dos mil veinte, 17 de noviembre del año 2020.—Msc. Berta Lidieth Araya Porras, Jueza Decisora.—O.C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020505462 ). 3 v 3.
Se notifica y emplaza a Ronald Castro Alvarado, cédula de identidad
N° 502840515 y a Steven Lee Wurster, pasaporte N° 519352869, la resolución
dictada por este despacho a las diez horas y trece minutos del diecisiete de
noviembre del dos mil veinte, para que se apersonen
a este Juzgado dentro del plazo de tres días que se contarán a partir de la
publicación del edicto ordenado. Expediente N° 20-000196-0869-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, (Nicoya), (Materia
Familia), a las diez horas veintiséis minutos del 17 de noviembre del 2020.—Msc. Berta Lidieth Araya Porras, Jueza.—O. C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020505464 ). 3 v. 3.
Se cita y emplaza a todas las personas
que tuvieren interés en el depósito de las personas menores Marcela Zúñiga
Jiménez, Alejandra Zúñiga Jiménez, Fernanda Jiménez Alvarado, David Jiménez
Alvarado, Yahir Jiménez Alvarado, para que se apersonen a este Juzgado dentro
del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del
edicto ordenado. Expediente N° 20-000270-0673-NA. Depósito judicial.—Juzgado
Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia Familia), a las trece
horas catorce minutos del cinco de noviembre de dos mil veinte. 05 de noviembre
del año 2020.—Lic. Roger Sibaja Arias, Juez.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2020505472 ). 3
v. 3.
Se cita y emplaza a todas las personas
que tuvieren interés en el depósito de las personas menores de edad Samantha y
John ambos apellidos Díaz Fuentes, para que se apersonen a este Juzgado dentro
del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del
edicto ordenado, expediente N° 20-000595-0292-FA. Clase de asunto depósito
judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a
las diecisiete horas y cuarenta y uno minutos del veintisiete de abril de dos
mil veinte.—Licda. Susan de los Ángeles Herrera Álvarez, Jueza Decisora.—O.C.
Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020505481 ). 3 v. 3.
Se cita y emplaza a todas las personas
que tuvieren interés en el depósito de la persona menor: Jostin Daniel Aguilar
Fallas, para que, se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días
que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado.
Expediente N° 20-000133-1552-FA. Clase de asunto: depósito judicial.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia
de Buenos Aires (Materia Familia), a las ocho horas cincuenta y cuatro
minutos del seis de noviembre del dos mil veinte.—Lic. Róger de Jesús Sibaja Arias, Juez.—O. C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020506848 ). 3
v. 1.
Se hace saber: en
este Tribunal de Justicia se tramita proceso de cambio de nombre promovido por
Ana Lorena Arias Salazar mayor, casada, miscelánea, documento de identidad N°
0502610646, vecina de Liberia, Guanacaste, Lotesde Gualberto, en el cual
pretende cambiarse el nombre a Lorena mismos apellidos. Se concede el plazo de
quince días a cualquier persona interesada para que se presenten al proceso a
hacer valer sus derechos. Artículo 55 del Código Civil. Expediente N°
20-000262-0386-CI-0.—Juzgado Civil y Trabajo de Primer
Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil),
17 de noviembre del 2020.—Brenda Celina Calvo De La O, Jueza Tramitadora.—1
vez.—( IN2020506453 ).
Msc. Guadalupe
Valverde Carranza, Jueza del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela, (San Ramón) (Materia Familia); a Braxis Cerna
Arroyo, en su carácter de parte, quien es costarricense, mayor, casada, cédula
de identidad número 110320425, se le hace saber que en proceso autorización de
salida del país, número 20-000517-0688-FA establecido por Saul Agustín Rojas
Vargas, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente
dice: Del anterior proceso de autorización de salida del país, establecido por
Saul Agustín Rojas Vargas, se confiere traslado por el plazo perentorio de
cinco días a Braxis Cerna Arroyo (art. 433 del Código Procesal Civil) en la
persona de su curador procesal el Licenciado David Dumani Echandi. Dentro de
este mismo plazo podrá oponer excepciones previas y ofrecer la prueba que
considere pertinente. Se le previene que en el primer escrito que presente debe
señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que
mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el
transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se
producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°
20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las
partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2
de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que,
si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso
exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden
utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un
número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de
actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades
internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.”
Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además
puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este
sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poderjudicial.
go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se
tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el
Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial,
Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan
suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de
nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Por existir
personas menores involucradas en este proceso se tiene como parte al Patronato
Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la
Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones de este circuito.
Notifíquese esta resolución a la demandado Cerna Arroyo, en la persona de su
curador procesal el Licenciado David Dumani Echandi, en el medio señalado.
Notifíquese a la parte demandada; la presente demanda, por medio de un edicto
que se publicará en el Boletín Judicial o en un Diario de Circulación
Nacional; para los efectos del artículo 263 del Código Procesal Civil.
Inclúyase en el mismo los datos que sean necesarios para identificar el
proceso. Los plazos comenzarán a correr a partir de la publicación. Expídase y
publíquese. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o
edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona
funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. A fin de
notificar al ente supra indicado, sirva el actor en aportar en el plazo de tres
días, un juego de copias de la demanda y la prueba ofrecida, esto bajo el
apercibimiento que en caso de omitir lo anterior no se podrá oír sus futuras
gestiones. Ahora bien en cuanto al memorial
presentado por el curador procesal del demandado de fecha 18 de noviembre del
2020, el mismo se reserva para ser conocidos hasta tanto haya transcurrido el
plazo otorgado con el traslado de la demanda. Msc. Guadalupe Valverde
Carranza, Jueza. Expediente Nº 20-000517-0688-FA. Clase de asunto autorización
de salida del país. Msc. Guadalupe Valverde Carranza. Jueza. Nota: Publíquese
este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de
circulación nacional. Los plazos comenzarán a partir de su publicación.
Expediente Nº20-000517-0688-FA. Clase de asunto autorización de salida del país.—Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San
Ramón) (Materia Familia), a las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de noviembre del año dos mil
veinte, 23 de noviembre del año 2020.—Msc. Guadalupe Valverde Carranza,
Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2020506523 ).
Máster. Alicia
Yesenia Chacón Araya. Jueza del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del
Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Familia), Se hace
saber que en el proceso actividad judicial no contenciosa, establecido por
Patronato Nacional de la Infancia, se ordena publicar edicto, resolución que en
lo conducente dice: Se tiene por establecido el proceso de tutela legitima de
la persona edad de edad Avata Valeria Ulate García, promovidas por Patronato
Nacional de la Infancia. Por medio de un edicto que se publicará en el Boletín
Judicial por tres veces consecutivas, se convoca a todas aquellas personas que
tuvieran derecho al ejercicio de la tutela sobre la menor de edad aquí
interesada, para que se presenten dentro del plazo de quince días, a partir de
la última publicación Se nombra como tutor legítimo a Patricia Campos García a
quien se le previene que debe apersonarse a este despacho a fin de que acepte
el cargo como tutora de la menor de edad supra indicada, para lo cual cuenta
con el plazo de tres días, bajo el apercibimiento de que en caso de omisión,
quedará como responsable de los daños y perjuicios que le puedan sobrevenir a
la menor de edad, además de perder los derechos que pudiera tener a la sucesión
de la menor de edad. Deben indicarse las personas obligadas a la tutela
conforme con los numerales 177 y 178 del Código de Familia, y la ausencia de
designación testamentaria o de los parientes que establece la ley deberá
establecerse sumariamente según lo establecen los artículos 855 inciso 8 y 856
del Código Procesal Civil. Msc. Alicia Yesenia Chacón Araya. Jueza. Expediente
N°20-000584-0688-FA. Clase de Asunto Tutela.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia
Familia). A las quince horas y dos minutos del veintinueve de enero del año
dos mil dieciséis.—Msc. Alicia Yesenia Chacón Araya, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020506524 ).
Se comunica a la señora Jaimie Celina Rueda
Mendoza, mayor, de nacionalidad
costarricense, ama de casa, soltera, portadora de la cédula de identidad número
1-1119-0667, madre registral de la persona menor de edad Yosser Esteban
Rodríguez Rueda, que en este Juzgado se tramita Proceso de Depósito Judicial de
Menor, bajo el Expediente N° 20-001028-1302-FA, promovido por el Lic. Ernesto
Romero Obando, Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia de San
Carlos, donde solicita que se apruebe el depósito del citado menor; por lo que
se le concede el plazo de tres días contados a partir de esta publicación, para
que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de
Familia de San Carlos, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Ignacio Solano
Araya, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2020506528 ).
Leonardo Loría
Alvarado, Juez del Juzgado de Familia de Heredia, a Charling Lidiette Varela
Hernandez, en su carácter personal, quien es mayor, casada, cédula de identidad
N° 0115020004 y demás datos desconocidos y Huipan Cen, se le hace saber que en
demanda de declaratoria judicial de abandono, establecida por Patronato
Nacional de la Infancia contra Charling Lidiette Varela Hernández, y
Huipan Cen, dentro del proceso N° 20-001913-0364-FA, se ordena notificarle por
edicto la resolución que en lo literal dice: Juzgado de Familia de Heredia, a
Juzgado de Familia de Heredia, a las once horas y diecinueve minutos del
veintiséis de noviembre del dos mil veinte. Se tiene por establecido el
presente proceso especial de declaratoria de abandono de la persona menor
Dangelyn Nahomi Cen Varela, planteado por el Patronato Nacional de la Infancia
contra Charling Lidiette Varela Hernández y Huipan Cen (único apellido en razón de
su nacionalidad), a quien se le concede el plazo de cinco días para que oponga
excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de
conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Al contestar
negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su
negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de
la demanda deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los
rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o
rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que
tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los
testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte
demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para
atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11,
34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero de 2009. Con
respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169- 2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como
medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y
recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.
Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la
Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07, celebrada el 18 de octubre
del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten
ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a)
lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si
cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h)
Lugar de residencia. Se informa a la parte demandada que si por el monto de sus
ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece
la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es
posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede recibir
asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos, los cuales son los
siguientes: de la Universidad de Costa Rica, Facultad de Derecho en San Pedro,
San José, y se atiende de lunes a viernes de 08:00 a.m. a 12 m.d. y lunes,
miércoles y viernes de 13:30 p.m. a 19:30 p.m., Universidad Latina, sede de
Heredia, oficina ubicada en la Municipalidad de Heredia, horario de atención:
lunes a viernes 08:00 a.m. a 12:00 m.d., teléfono: 2776715, Universidad Libre
de Derecho, horario de atención: lunes a viernes: 13:30 p.m. a 16:30 p.m.
teléfono: 22835533. En otros lugares del país hay otras universidades que
prestan el servicio. Así como en la Defensa Publica Pisav-San Joaquín de Flores
de Heredia, competencia únicamente vecinos de Flores, Belén y Santa Barbara de
Heredia, Teléfono: 22655640. Y en la Defensa Publica de Heredia, teléfono:
25600659. Siendo que la Ley N° 8687, Ley de Notificaciones Judiciales,
publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia el 28 de febrero de
2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra la violencia
doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones.
(Art. 58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar medio para
recibir sus notificaciones, estos medios son: fax, correo electrónico,
casillero y estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea.
(Art. 36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias
de una notificación automática. (Art.34). Así las cosas, se le previene a las
partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el
apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección electrónica en el
Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez
que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el
Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 ó 2295-3388,
para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se
desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento
de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr, para el
mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica
que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la
confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica
ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde
está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado
ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al
interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su
responsabilidad. De conformidad con la Circular N° 122-2014,
sesión del Consejo Superior N° 41-14, celebrada el 6 de mayo del 2014, artículo
XLIII, se le previene a la parte actora indicar la dirección exacta donde se
pueda localizar, tanto de la dirección de la vivienda como el lugar de trabajo,
horario de trabajo, correo electrónico si lo posee, números telefónicos.
Asimismo, el nombre de algún familiar o vecino a través del cual pueda lograrse
el contacto con las partes. Medida cautelar: En atención al mejor interés de la
persona menor de edad, y en aplicación del artículo 113 del Código de la Niñez
y la Adolescencia de conformidad con la ampliación de poderes de la persona
juzgadora, con el fin de salvaguardar la integridad física y emocional de
Dangelyn Nahomi Cen Varela, se concede la medida cautelar solicitada por el
ente promovente y se le concede al mismo el depósito judicial de la menor. Con
relación a la solicitud de ubicación en una familia pre adoptiva, se le hace
saber a la parte actora que en de manera provisional podría tomarse dicha
medida en caso de que se considere necesario, tomando en cuenta que el presente
asunto se encuentra en trámite y no se cuenta con sentencia firme. Nombramiento
de curador: a efectos de proceder con el nombramiento de curador procesal a la
demandada deberá el actor cumplir con los siguientes documentos: 1- aporte
certificación del Registro de Personas en el que se informe si el demandado
ausente cuenta con apoderado inscrito en el país, 2- así como Certificación de
Movimientos Migratorios del demandado expedida por la Dirección General de
Migración y Extranjería del Ministerio de Seguridad Pública. Honorarios de
curador procesal: de conformidad con el artículo 262 del Código Procesal Civil
y el arancel de honorarios por servicios profesionales de abogacía y notariado (Honorarios
de Abogados, Abogadas y Notarios) N° 39078-JP vigente a partir del 13 de agosto
de 2015, los honorarios corresponden a la suma de noventa y seis mil cincuenta
colones (¢96.050). Dicho monto será cubierto por la Unidad Administrativa de éstos tribunales
en su oportunidad. Citación de testigos: se previene a la parte promovente que
en el plazo de una semana deberá presentar dos testigos, para que bajo
juramento, respondan las preguntas que se le formularán para determinar la
procedencia del nombramiento del curador procesal del demandado, bajo
apercibimiento de que si no comparece, el proceso no podrá avanzar. De
conformidad con lo dispuesto por el artículo 262 el Código Procesal Civil, a
fin de proceder a nombrarle curador procesal a la demandada se resuelve: se
ordena expedir y publicar el edicto electrónicamente al que se refiere el
artículo 263 del Código Procesal Civil, el cual será enviado por este despacho
a la Imprenta Nacional. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Heredia.—Leonardo
Loría Alvarado, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2020506536 ).
Leonardo Loría
Alvarado, Juez del Juzgado de Familia de Heredia, a Bikramjit Singh Chahal (un
solo apellido en razón de su nacionalidad canadiense), en su carácter personal,
quien es mayor, de demás calidades desconocidas, se le hace saber que en
demanda abreviado de modificación de guarda, crianza y educación, establecida
por Karen Tatiana Vargas Murillo contra Bikramjit Singh Chahal, bajo el número
de expediente 20-001931-0364-FA se ordena notificarle por edicto, la resolución
que en lo literal dice: Juzgado de Familia de Heredia, a las diez horas y
cuarenta y un minutos del veintiséis de noviembre del dos mil veinte. De la
anterior demanda abreviada de modificación de guarda, crianza y educación
establecida por el accionante Karen Tatiana Vargas Murillo, se confiere
traslado a la accionada(o) Bikramjit Singh Chahal un solo apellido por el plazo
perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad
con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas.
Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga
para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los
hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o
con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las
pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de
ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a
la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio
para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de
veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual
consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado.
Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28
de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero del
2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el
Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 02 de setiembre del 2008,
artículo LXII, Circular N° 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un
fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el
envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como
teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en
concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión N° 78-07
celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se les solicita a las partes
de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la
siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d)
Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado
civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. Se informa a la parte
demandada que si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a
presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y
si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales
de un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos,
los cuales son los siguientes: De la Universidad de Costa Rica, Facultad de
Derecho en San Pedro, San José, y se atiende de lunes a viernes de 08:00 a. m.
a 12:00 m. d., y lunes, miércoles y viernes de 13:30 p. m. a 19:30 p. m.,
Universidad Latina, Sede de Heredia Oficina Ubicada en la Municipalidad de
Heredia, horario de atención: Lunes a viernes 08:00 a. m. a 12:00 m. d.,
teléfono: 2776715, Universidad Libre de Derecho, Horario de atención: Lunes a
viernes: 13:30 p. m. a 16:30 p. m., teléfono: 22835533. En otros lugares del
país hay otras Universidades que prestan el servicio. Así como en la Defensa
Publica Pisav-San Joaquín de Flores de Heredia, competencia únicamente vecinos
de Flores, Belén y Santa Barbara de Heredia, Teléfono: 22655640. Y en la
Defensa Publica de Heredia. Teléfono: 25600659 - Siendo que la Ley N° 8687,
Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero del 2009 y que
entrara en vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de
pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte
señale un lugar para atender notificaciones. (Art. 58) y en todos los demás
procesos, las partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos
medios son: Fax, correo electrónico, casillero y estrados. Se puede señalar dos
medios distintos de manera simultánea. (Art. 36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de
una notificación automática. (Art. 34). Así las cosas, se le previene a las
partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el
apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección
electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder
Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale ese medio).
Para ello debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de
Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 o
2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero
electrónico que se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del
Departamento de Tecnología de Información
pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste
en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el
Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el
correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un
informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De
confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada
a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de
la cuenta seleccionada son su responsabilidad. De conformidad con la Circular
N° 122-2014, Sesión del Consejo Superior N° 41-14, celebrada el 06 de mayo del
2014, artículo XLIII, se le previene a la parte actora indicar la dirección
exacta donde se pueda localizar, tanto de la dirección de la vivienda como el
lugar de trabajo, horario de trabajo, correo electrónico si lo posee, números
telefónicos. Asimismo, el nombre de algún familiar o vecino a través del cual
pueda lograrse el contacto con las partes. Parte interviniente: Por existir
menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional
de la Infancia, en que dicha institución aporto el casillero 403 como medio
para recibir notificaciones, de conformidad con lo que estipula el artículo 37
de la Ley de Notificaciones Judiciales. Nombramiento de curador: A efectos de
proceder con el nombramiento de curador procesal a la demandada deberá el actor
cumplir con los siguientes documentos: 1- Aporte
certificación del Registro de Personas en el que se informe si el demandado
ausente cuenta con apoderado inscrito en el país, 2- Así como Certificación de Movimientos Migratorios del demandado
expedida por la Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de
Seguridad Pública. Honorarios de curador procesal: De conformidad con el
artículo 262 del Código Procesal Civil y el Arancel de honorarios por servicios
profesionales de abogacía y notariado (Honorarios de Abogados, Abogadas y
Notarios) N° 39078-JP vigente a partir del 13 de agosto del 2015, los
honorarios corresponden a la suma de noventa y seis mil cincuenta colones
(¢96.050), que es el monto fijado en este despacho para tales efectos. Tales
honorarios deberán ser depositados en la cuenta judicial del Banco de Costa
Rica número 200019310364-4. Citación de parte actora y testigos: Se previene a
la parte promovente que en el plazo de una semana deberá presentarse su persona
en compañía de dos testigos, para que, bajo juramento, respondan las preguntas
que se le formularán para determinar la procedencia del nombramiento del curador
procesal del demandado, bajo apercibimiento de que, si no comparece, el proceso
no podrá avanzar. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 262 el Código
Procesal Civil, a fin de proceder a nombrarle curador procesal a la demandada,
se resuelve: Se ordena expedir y publicar el edicto electrónicamente al que se
refiere el artículo 263 del Código Procesal Civil, el cual será enviado por
este despacho a la Imprenta Nacional Notifíquese.—Juzgado de Familia de
Heredia.—Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020506541 ).
Licenciada Yendry
María Gutiérrez Bermúdez, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, a Roderick Sevilla de único apellido en virtud
de su nacionalidad filipina, pasaporte número P-3610397A, de calidades y
paradero desconocido, se le hace saber que en proceso sumario 20-000127-1152-FA
de Autorización de Salida del País, establecida por Vivian Dinora Fajardo Díaz
se ordenó notificarle mediante edicto, sentencia que en lo conducente dice:
Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica. A las
quince horas treinta y cuatro minutos del veinticinco de setiembre del dos mil
veinte. Diligencias de autorización de salida del país y obtención de pasaporte
costarricense establecido por Vivian Dinora Fajardo Díaz, mayor de edad,
soltera, plataformista Bancaria, de nacionalidad guatemalteca, cédula de
residencia 132000059326 y vecina de la provincia de Limón, Talamanca, Cocles,
contra el señor Roderick Sevilla de único apellido en virtud de su nacionalidad
filipina, pasaporte número P-3610397A, de paradero y demás calidades
desconocidas, representado por la Curadora Procesal Lic. Milena Soto Osorio,
carné 5726, en favor de los intereses de la persona menor de edad Rovi Ding
Sevilla Fajardo de un año y cinco meses de edad. Se tuvo como parte al Patronato
Nacional de la Infancia, instancia que no se apersonó a los autos y;
Resultando: I.—Pretende la actora: 1) Que se autorice la confección del
pasaporte y la salida del país de la persona menor de edad Rovi Ding Sevilla
Fajardo para realizar viaje familiar y de celebración de natalicio con la
familia materna junto a su persona a Guatemala durante los meses de mayo y
junio del año 2021, lo anterior ante la ausencia y desvinculación del padre
registral, de quien posterior al reconocimiento de la persona menor de edad en
sus primeros meses de vida, abandonó el país con paradero desconocido. (Ver
escrito de demanda y documentos agregados al expediente en fecha 19/02/2020
03:13:10 ). II.—Por su parte, el demandado de paradero desconocido fue
debidamente representado por la Curadora Procesal Lic. Milena Soto Osorio
apersonada en los autos. (Ver apersonamiento y aceptación del cargo agregada a
los autos en fecha 24/07/2020 02:51:24). III.—En los procedimientos se han
observado los términos y prescripciones de ley, por el interés superior del
niño y la fecha próxima de plan del viaje familiar, se dicta esta sentencia sin
sujección a plazos de fallo ordinarios, y Considerando: I.—Hechos probados: De
importancia para el presente asunto se enlistan los siguientes: 1) Que la
persona menor de edad Rovi Ding Sevilla Fajardo nació en fecha tres de junio
del dos mil diecinueve, se encuentra registrado como hijo de Vivian Dinora
Fajardo Díaz y Roderick Sevilla (Consulta a la página electrónica del Tribunal
Supremo de Elecciones realizada por la Suscrita Jueza, certificación de
nacimiento de expediente virtual). 2) Que la persona menor Rovi Ding Sevilla
Fajardo, tiene arraigo en el país desde su nacimiento, habita junto a su madre
con cercano vínculo familiar de abuelos maternos en la localidad de Talamanca,
Limón. (Hecho de la demanda no controvertido, prueba testimonial de los
deponentes Loida Castoga Tawon Tawon y José Andrés Castro Mora en audiencia de
recepción de pruebas agregada al expediente electrónico). 3) Que la madre de la
persona menor tiene arraigo laboral, es Asesora de Plataforma en el Banco
Nacional de Costa Rica, Sucursal de Puerto Viejo de Limón, desde el mes de
febrero del año 2011. (Prueba documental, certificación emitida por Gerencia
Banco Nacional de Costa Rica, Sucursal Puerto Viejo agregada con la demanda
inicial, testimonios de Loida Castoga Tawon Tawon y José Andrés Castro Mora en
audiencia de recepción de pruebas agregada al expediente electrónico). 4) Que
la actora mantiene as condiciones económicas y ha planeado un viaje de
esparcimiento e interrelación con familiares maternos junto con la persona
menor de edad a Guatemala (hechos de la demanda, testimonios de Loida Castoga
Tawon Tawon y José Andrés Castro Mora en audiencia de recepción de pruebas agregada
al expediente electrónico). 5) Que el progenitor demandado abandonó el país
desde el 10 de junio del año 2019 sin dar noticia de su destino y paradero
(prueba documental certificación emitida por la Dirección General de Migración
y Extranjería agregada al expediente electrónico en fecha 01/04/2020 09:14:52).
6) Que el señor Roderick Sevilla, ha desatendido sus deberes parentales,
omitiendo vinculación afectiva o comunicación con la persona menor de edad,
siendo la señora Fajardo la encargada de las necesidades materiales y afectivas
de su hijo, (hechos de la demanda no contrariados, testimonios de Loida Castoga
Tawon Tawon y José Andrés Castro Mora en audiencia de recepción de pruebas agregada al
expediente electrónico). II.—Sobre el fondo: de conformidad con el numeral 16
del Código de Niñez y Adolescencia, reformado por ley número 8764 (Ley General
de Migración y Extranjería), cuando entre los padres con derecho de patria
potestad exista un conflicto sobre el otorgamiento del permiso de salida del
país, de sus hijos e hijos menores de edad, o en los casos en que existan
intereses contrapuestos, como se contempla en los artículos 140 y 150 del
Código de Familia, solamente el juez competente en materia de familia podrá
calificar el disenso y otorgar el permiso correspondiente cuando así proceda,
mediante el debido proceso. En la especie, pide la actora se autorice la
confección del Pasaporte y permiso provisional a fin de realizar viaje con la
persona menor a Guatemala donde habitan familiares maternos, sin determinarse
si es vía aérea o terrestre, denotándose que el padre hasta la fecha de
interposición no otorgó autorización en virtud de la desvinculación personal
con la actora y su hijo, habiendo abandonado el país desde el año 2019 sin
dejar cuenta de su paradero o destino, lo que obliga a la señora promovente de
este proceso a acudir a estrados judiciales. El padre de la persona menor, en
su condición de ausente, fue representado legalmente por la Curadora Procesal
nombrada a los efectos quien contesta la acción y se apersona a la audiencia de
recepción de pruebas no oponiéndose a las diligencias. III.—Valoración de la
prueba. La pretensión principal versa sobre la imposibilidad de contar con el
documento de pasaporte y permiso de salida del país del menor ante el
desconocimiento del paradero del señor Roderick Sevilla. A los efectos, la
prueba documental emitida por la Dirección General de Migración y extranjería
reporta como última salida del país del demandado el 10 de junio del 2019, sin
que a la fecha conste nuevo ingreso, días después del nacimiento de la persona
menor de edad, hecho confirmado por la prueba testimonial de personas cercanas
a los intervinientes que de acuerdo a la ausencia del demandado indicaron al
Despacho: Loida Castoga Tawon Tawon: “(...) Vivi y Rovi se conocieron hace como
dos años, ellos tuvieron un hijo de nombre Rovi. Después de que el niño nació
Rovi se fue a su país pues se terminó el trabajo aquí, él se desapareció,
incluso en el facebook me bloquearon, no volvimos a tener contacto con este
señor por ningún medio. Vivian y la familia de ella sostienen al bebé en sus
necesidades, el señor Rovi no está ayudando en nada y me contó que los números
de este señor ya no existen. Vivian y el bebé viven en Cocles, sus padres
también. Vivian trabaja en el Banco Nacional en Puerto Viejo. Vivian es
guatemalteca lo mismo que alguna de su familia (...)”. Por su parte el testigo
José Andrés Castro Mora en lo que interesa declaró: “(...) Rovi se desapareció
para siempre después de que el niño nació. La señora Vivian es la encargada del
menor, ella trabaja en el banco desde hace años, tiene propiedades y tiene
posibilidades económicas. Vivian es guatemalteca, sus padres viven en la misma
propiedad. Ella viaja todos los años donde la familia y la intención de Vivian
es llevar al bebé a que conozca a su familia. La señora no tiene interés de
vivir allá pues en Puerto Viejo tiene medios económicos sólidos y su vida
hecha. El señor Rovi Ding nunca más se volvió a comunicar con ella ni con
ninguna persona de nuestro círculo de amigos. Después de que nació el niño él
dijo que volvía en un mes, pero nos borró de las redes y nos bloqueó (...).
Vivian sale de viaje con regularidad a Guatemala a ver a su familia que vive
allá (...)”. Testimonios que junto a los hechos de la demanda y la prueba
testimonial dan respaldo a la pretensión en cuanto a la ausencia del progenitor
y el desconocimiento de su paradero, lo mismo que la desatención de sus
obligaciones materiales y afectivas respecto a la persona menor de interés, lo
que ha originado la imposibilidad de que se logre el documento de viaje del
niño. Por otro lado, ha quedado acreditado el arraigo laboral de la señora
Fajardo Díaz como trabajadora Bancaria habitante de la zona de Cocles en Puerto
Viejo, quien de manera regular viaja a Guatemala al encuentro con su familia
habitante de dicho país. De esta forma, considera esta autoridad, que el paseo
planeado, es determinante para que la persona menor amplíe sus conocimientos de
vida y de nuevas culturas, para el reforzamiento de vínculos afectivos
familiares y genere para el niño hermosos recuerdos de infancia, para que
disfrute el esfuerzo que quiere compartir con él su madre derecho que de
ninguna manera, pese a la separación de sus padres podría limitársele al menor,
cuando existan posibilidades de realizarlo y la seguridad del niño viajará y
regresará bajo la estricta vigilancia de su progenitora. Así de esta forma,
queda autorizada la madre de la persona menor señora Vivian Dinora Fajardo Díaz
ante la Dirección General de Migración y Extranjería de la República de Costa
Rica para que gestione sin autorización del padre, todo lo referente a obtener
la confección de Pasaporte de la persona menor de edad Rovi Ding Sevilla
Fajardo, se autoriza la salida del país de manera temporal por las veces que lo
requiera durante el período de tiempo que va del 15 de mayo al 30 de junio del
año 2021, dependiendo la posibilidades de la madre y de la evolución de
restricciones sanitarias emitidas en ocasión de la pandemia por Covid 19 que
atraviesan los países del área centroamericana y resto del mundo. Salida que
realizará la persona menor en compañía de la madre y las personas que la señora
Fajardo Díaz considere oportuno autorizar para la expedición del permiso
temporal respectivo. Se advierte a la promovente que el permiso otorgado es
temporal de manera exclusiva para realizar el viaje programado a Guatemala en
el año 2021 dentro del período del 15 de mayo al 30 de junio, en caso de
futuros viajes, deberá la promovente comparecer a este Despacho con la
antelación suficiente para el trámite de sucesivas autorizaciones. Lo anterior
sin objeción de que en acuerdo con el progenitor si procediera en los sucesivos
viajes ambos padres comparezcan ante la Dirección General de Migración y
Extranjería a gestionar permiso permanente de salida a favor de la persona
menor de edad o bien los permisos temporales correspondientes. Se le previene a
la parte promovente una vez realizado el viaje presentar dentro de los
siguientes cinco días, documentos de Ingreso al país de la persona menor de
edad, bajo apercibimiento de Ley en caso de incumplimiento. Por la naturaleza
del presente proceso se dicta esta sentencia sin especial condenatoria en
costas. Por tanto: con base en lo expuesto y en artículos 5,16 y 105 del Código
de Niñez y Adolescencia, así como en numeral 151, siguientes y concordantes del
Código de Familia, 3 y 18 de la convención de Derechos del Niño, se declara con
lugar las presentes diligencias de Permiso de Salida del país y confección de
Pasaporte establecida por Vivian Dinora Fajardo Díaz, cédula de identidad
132000059326, a favor de los intereses de la persona menor de edad Rovi Ding
Sevilla Fajardo. Así de esta forma, queda autorizada la madre de la persona
menor Vivian Dinora Fajardo Díaz ante la Dirección General de Migración y
Extranjería de la República de Costa Rica para que gestione sin autorización
del padre, todo lo referente a obtener la confección de Pasaporte de la persona
menor de edad Rovi Ding Sevilla Fajardo, se autoriza la salida del país de
manera temporal por las veces que lo requiera durante el período de tiempo que
va del 15 de mayo al 30 de junio del año 2021, dependiendo la posibilidades de la madre y de la evolución de
restricciones sanitarias emitidas en ocasión de la pandemia por Covid 19 que
atraviesan los países del área centroamericana y resto del mundo. Salida que
realizará la persona menor en compañía de la madre y las personas que la señora
Fajardo Díaz considere oportuno autorizar para la expedición del permiso
temporal respectivo. Se advierte a la promovente que el permiso otorgado es
temporal de manera exclusiva para realizar el viaje programado a Guatemala en
el año 2021 dentro del período del 15 de mayo al 30 de junio, en caso de
futuros viajes, deberá la promovente comparecer a este Despacho con la
antelación suficiente para el trámite de sucesivas autorizaciones. Lo anterior
sin objeción de que en acuerdo con el progenitor si procediera en los sucesivos
viajes ambos padres comparezcan ante la Dirección General de Migración y
Extranjería a gestionar permiso permanente de salida a favor de la persona
menor de edad o bien los permisos temporales correspondientes. Se le previene a
la parte promovente una vez realizado el viaje presentar dentro de los
siguientes cinco días, documentos de Ingreso al país de la persona menor de
edad, bajo apercibimiento de Ley en caso de incumplimiento. Por la naturaleza
del presente proceso se dicta esta sentencia sin especial condenatoria en
costas. Notifíquese esta sentencia por edicto de conformidad con el Artículo 263
del Código Procesal Civil de uso en esta materia. Una vez firme la sentencia
emítanse la ejecutoria de Ley a instancia de
la parte interesa. Es todo.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Lic.Yendry María Gutiérrez Bermúdez,
Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020506784 ).
Se cita y emplaza
a todas las personas que tuvieren interés en el depósito del menor Leiber
Mauricio Araya Hernández, Olman Fabricio, Tamara y Bianca todos de apellidos
Hernández Mena, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de
treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto
ordenado. En otro orden de ideas se avisa a Víctor Manuel Araya
Montero, al señor Olman Mauricio Matamoros Solís y la señora María Yuvinia Hernández Mena,
mayores, únicos datos conocidos, que en este Juzgado se tramita el expediente N° 20-000138-1302-FA-8, correspondiente a
diligencias de depósito judicial de menor, promovidas por la Lic. Ernesto
Romero Obando, representante legal del Patronato Nacional de la Infancia de
Ciudad Quesada, donde se solicita que se apruebe el depósito de la menor Leiber
Mauricio Araya Hernández, Olman Fabricio, Tamara y Bianca todos de apellidos
Hernández Mena. Se le concede el plazo de tres días, para que manifieste su
conformidad o se oponga a estas diligencias. Expediente N°
20-000138-1302-FA-8. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 3 de octubre del
2013.—Licda. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020506786 ).
Se avisa que en
este Despacho bajo el expediente número 20-000211-1530-FA, hace saber a:
Francisco Cordero Hidalgo, mayor, casado una vez, funcionario municipal, cédula
uno-quinientos veintiuno-cuatrocientos once, Cecilia Elizondo Artavia, mayor,
casada una vez, de oficios del hogar, cédula uno-seiscientos
veintisiete-setecientos setenta y dos, ambos casados entre sí y vecinos de San
Antonio Arriba de Puriscal, del salón Los Olivos cien metros oeste y setenta y
cinco metros norte, y Emmanuel Elizondo Centeno, quien es mayor, soltero,
estudiante, cédula seis-cuatrocientos setenta-cuatrocientos cuatro, vecino del
mismo domicilio de los promoventes, dicho joven nació el día catorce de junio
de dos mil uno y cuenta hoy día con diecinueve años de edad cumplidos,
nacimiento inscrito en la provincia de Puntarenas, al tomo: cuatrocientos
setenta, asiento: cuatrocientos cuatro. Se interpuso un proceso de adopción de
persona mayor de edad, bajo el expediente número 20-000211-1530-FA donde se
dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Tramítese la presente
solicitud de adopción de la persona mayor de edad, Emmanuel Elizondo Centeno,
promovida por Cecilia Elizondo Artavia y Francisco Cordero Hidalgo. A los
interesados directos se les comunicará por medio de un aviso que se publicará
en el Boletín Judicial de conformidad con lo prescrito por el numeral
131 del Código de Familia. Se advierte a los gestionantes que deben verificar
que se hayan cumplido los requisitos del escrito inicial establecidos en el
numeral 127 del Código de Familia y con los documentos que establecen los
numerales 128 y 112 del Código de Familia. No encontrándonos en los casos del
párrafo final del artículo 130 del Código de Familia, se ordena por medio del
departamento de trabajo social efectuar un estudio psicosocial. Para realizar
el estudio psicológico de la persona adoptada, a los adoptantes, dicho dictamen
debe pronunciarse expresamente además de todo lo necesario en la valoración
respectiva sobre la necesidad y la conveniencia de la adopción y la aptitud
para adoptar y ser adoptado. Asimismo si existe vínculo afectivo entre
adoptantes y la persona a adoptar. El dictamen debe concluir sobre la necesidad
y conveniencia de la adopción, y la aptitud para adoptar y ser adoptados.
Deberá precisarse si hay vínculo afectivo entre promoventes y la persona a
adoptar, el tiempo y la calidad del mismo. Deben rendir su dictamen en el plazo
ordenatorio de quince días. Lo anterior se ordena así en proceso adopción de la
persona mayor de edad. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para
formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su
disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado
Civil, Trabajo y Familia de Puriscal (Materia Familia), 27 de noviembre del
año 2020.—Lic. Jimmy Robles Hernández, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020506787 ).
Licda. Lorena Mc
Laren Quirós, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San
José; hace saber a Jack Francis Scott, que en este despacho se interpuso un
proceso abreviado de divorcio en su contra, bajo el expediente número
19-001774-0165-fa donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen:
Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, a las nueve horas
cuarenta y siete minutos del veintitrés de noviembre de dos mil veinte. De la
anterior demanda abreviada de divorcio establecida por el accionante Gabriela
Silva Madrigal, se confiere traslado a la accionado Jack Francis Scott por
medio del curador procesal Elizabeth Álvarez Morales el plazo perentorio de
diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la
misma. dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al
contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para
su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. respecto de los hechos
de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si
los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o
rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que
tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los
testigos y los hechos a que se referirá cada uno. se le previene a la parte
demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para
atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas las sentencias. se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11,
34, 36 y 50 de la ley de notificaciones judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009.- con
respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el consejo
superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como
medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y
recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.
Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con
el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta
petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal,
buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios
establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.”
Así mismo, por haberlo así dispuesto el consejo superior, en concordancia con
la política de género del poder judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de
octubre 2007, artículo LV, se le solicita a
las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan
suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de
nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese a la
parte demandada; la presente demanda, por medio de un edicto que se publicará
en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional; para los
efectos del artículos 263 del Código Procesal Civil. Inclúyase en el mismo los
datos que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a
correr tres días después de aquél en que se haga la publicación. Expídase y
publíquese.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San
José.—Licda. Lorena María Mc Laren Quirós, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020506796 ).
MSc. Erika Leiva
Díaz, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José;
hace saber: a Jeremy Lane Campbell, que en este despacho se interpuso un
proceso abreviado de divorcio en su contra, bajo el expediente N°
19-002502-0165-FA, donde se dictó la resolución que literalmente dice: “Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, a las quince horas
cincuenta y siete minutos del doce de octubre de dos mil veinte. De la anterior
demanda abreviada de divorcio establecida por la accionante Marietta Carazo
Coronado, se confiere traslado al accionado Jeremy Lane Campbell por medio de
su curadora la Licenciada Marlene Alvarado Bermúdez, en el plazo perentorio de
diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la
misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al
contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para
su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos
de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si
los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o
rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que
tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los
testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte
demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para
atender notificaciones bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11,
34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de
2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el
Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008,
artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un
fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el
envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como
teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono
celular, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del
despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite
procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye
los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de
notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en
concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07,
celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo
LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas
físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de
trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta
con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar
de residencia. Notifíquese a la parte demandada la presente demanda, por medio
de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un diario de
circulación nacional; para los efectos del artículo 263 del Código Procesal
Civil. Inclúyase en el mismo los datos que sean necesarios para identificar el
proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en
que se haga la publicación. Expídase y
publíquese. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de
San José.—MSc. Erika Leiva Díaz, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020506798 ).
Licenciada
Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Miguel Ángel Barquero Álvarez, en
su carácter personal, se le hace saber que en demanda abreviada de suspensión de patria
potestad, expediente 19-003040-0338-FA, establecida por Nancy Paola Cordero
Gamboa contra Miguel Ángel Barquero Álvarez, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo
conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago. A las quince horas y quince
minutos del uno de noviembre del año dos mil diecinueve. De la anterior demanda
suspensión patria potestad, establecida por la accionante Nancy Paola Cordero
Gamboa, se confiere traslado al accionado Miguel Ángel Barquero Álvarez por el plazo
perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su
conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer
excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad
las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se
apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno,
manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá
ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las
generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por
existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato
Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de Gestión
en Línea. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que
presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta Nº 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en
sesión Nº 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular
169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de
notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de
documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo,
por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007,
artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser
personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar
de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si
cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h)
lugar de residencia. Notifíquese esta resolución al demandado, personalmente o
por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su
domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones de Puntarenas. En caso de que
el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso
restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a
efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Con el fin de notificar al demandado, aporte la actora directamente
a este Despacho y de manera física, un juego de copias de la documentación
presentada en el escrito inicial. Notifíquese. Lic. Patricia Cordero García,
Jueza.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Patricia
Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2020506799 ).
Se avisa a los progenitores de las personas menores de edad aquí
involucrada la señora Leopoldina Zúñiga Zunez, mayor, únicos datos conocidos,
que en este Juzgado se tramita el expediente N° 20-001015-1302-FA,
correspondiente a diligencias de depósito judicial de menor, promovidas por el
Lic. Ernesto Romero Obando, Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia de San Carlos,
donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad
Katherine Sequeira Zúñiga. Se le concede el plazo de tres días, para que
manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias. Expediente N°
20-001015-1302-FA. Clase de asunto actividad judicial no contenciosa.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a las diez horas veintiocho minutos del
veinticuatro de noviembre de dos mil veinte- 24 de noviembre del año 2020.—Lic.
Ignacio Solano Araya, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020506866 ).
Se avisa a los
progenitores de las personas menores de edad aquí involucrada el señor Juana
García Picado, mayor, únicos datos conocidos, que en este Juzgado se
tramita el expediente Nº 20-001023-1302-FA, correspondiente a Diligencias de Depósito
Judicial de menor, promovidas por el Lic. Ernesto Romero Obando, Representante
Legal del Patronato Nacional de San Carlos, Ciudad Quesada, donde se solicita
que se apruebe el depósito de la personas menores de edad Nick Josseph García Picado.
Se le concede el plazo de tres días, para que manifieste su conformidad o se
oponga a estas diligencias. Expediente N° 20-001023-1302-FA. Clase de Asunto
actividad judicial no contenciosa.—Juzgado de Familia del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a las diez horas treinta y
nueve minutos del veinticuatro de noviembre del dos mil veinte.—Lic. Ignacio
Solano Araya, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2020506867 ).
Licda. María
Marta Corrales Cordero. Jueza del Juzgado de Familia Del Segundo Circuito
Judicial De La Zona Atlántica, a Johanny Cruz Moreta, de nacionalidad
Dominicana, documento de identidad PSC4253448, en su carácter personal, quien
es demás calidades y domicilio desconocido, se le hace saber que en proceso
reconocimiento de hijo de mujer casada, exp: 20-001098-1307- FA, establecido
por freddy martín salas mora, se ordena notificarle por edicto, la resolución
que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de
la Zona Atlántica. A las siete horas veintitrés minutos del once de noviembre
de dos mil veinte. Se tienen por establecidas las presentes diligencias de
reconocimiento de hijo de mujer casada promovido por Freddy Martin Salas Mora a
favor de las personas menores Denyell Difrey Cruz Rodríguez. Se tiene por
apersonado a los autos la madre de la persona menor de edad, sea la señora
Sheyris Duala Rodríguez Calvo. De este proceso se confiere audiencia al
Patronato Nacional de la Infancia, por el plazo de tres días. A su vez por el
mismo plazo otorgado, se le confiere audiencia, al padre de la persona menor,
el cual por ser extranjero y de domicilio desconocido se le notificará de la
presente resolución por medio de edicto que se publicará en el Boletín
Judicial, esto de conformidad con el artículo 85 del Código de Familia. Se
les previene a las partes, que en el primer escrito que presenten deben señalar
medio y lugar, éste último dentro del circuito judicial de este Despacho donde
atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo hagan, las
resoluciones posteriores que se dicten inclusive la sentencia, se les tendrán
por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas después de
dictadas, igual consecuencia se producirá si
el medio escogido imposibilite la notificación por causas ajenas al despacho, o
bien si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto, o
inexistente (artículo 6 y 12 Ley de Notificaciones, Citaciones y otras
Comunicaciones Judiciales N° 7637 del 21 de octubre de 1996). Notifíquese a
dicha institución por medio del correo electrónico debidamente autorizado
pococí@pani.go.cr, de conformidad a lo acordado mediante oficio número
OLPO-545-2014. Notifíquese. Licda. María Marta Corrales Cordero. Jueza. Jueza
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. A las
nueve horas y veinte minutos del once de noviembre del año dos mil veinte.
Expediente N°20-001098-1307-FA. Clase de asunto reconocimiento de hijo de mujer
casada. Este edicto debe ser publicado una sola vez en el Boletín Judicial.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Licda. María
Marta Corrales Cordero, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2020506869 ).
Licenciado Carlos
Sánchez Miranda, Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de
San José, a José Alberto Araya Núñez, en su carácter personal, quien es mayor,
casado, operario, de domicilio desconocido, cédula de identidad número
4-0178-0098, se le hace saber que en demanda abreviado de divorcio, establecida
17-001577-0165-FA, establecida por Guarda Luz Andujar de La Rosa contra José Alberto
Araya Núñez, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo
conducente dice: N° 394-20. Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de
San José, a las trece horas cincuenta y cuatro minutos del quince de setiembre
de dos mil veinte. Resultando: ... Considerando: ... Por tanto: Se declara con
lugar la presente demanda de divorcio promovida y se decreta la disolución del
vínculo matrimonial que une a Guarda Luz Andujar de La Rosa con José Alberto
Araya Núñez. Gananciales: No existen bienes
gananciales que repartir. Notifíquese al demandado mediante la publicación de
edicto la presente resolución. Costas: Se resuelve sin especial pronunciamiento
en costas. Inscripción: a la firmeza, inscríbase esta sentencia en el Registro
Civil, Sección de Matrimonios de tomo 573, folio 336M asiento: 672, de la
provincia de San José.
Notifíquese al demandado mediante la publicación de edicto la presente
resolución. Notifíquese.—Juzgado de Familia del
Segundo Circuito Judicial de San José.—Carlos Sánchez Miranda, Juez
Decisor.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020506885
).
Se hace saber que, ante este Despacho se tramita Proceso Ordinario N°
11-100623-0642-CI. de Méndez Sibaja S.A. contra Joannes Andreas Maria Ruis, de
nacionalidad holandesa, pasaporte de su país NRL06HH49, vecino de Santa Ana,
Piedades Sur y Cairns Deluxe S. A., cédula N°
3-101-1600465. En dicho proceso se ha dictado las resoluciones que dicen en lo
conducente: “Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, a las catorce horas con
cincuenta y cinco minutos del veintiséis de enero del dos mil doce. De la
anterior demanda ordinaria civil, se confiere traslado al demandado (s) Joannes
Andreas Maria Ruis por el plazo perentorio de treinta días para que la conteste
(n). Así mismo se le confiere al demandado el plazo de 10 días para la
interposición de excepciones previas. Respecto de los hechos de la demanda
expondrá (n) con claridad las razones que tenga para su negativa o los
fundamentos legales en que se apoye. En la misma oportunidad ofrecerá sus
pruebas con indicación en su caso, del nombre y las generales de ley de los
testigos, y los hechos a que deberá referirse cada uno. Asimismo, se le
previene al accionado que en el acto de ser notificados o mediante escrito,
debe señalar, para atender notificaciones, medio (fax, correo electrónico,
casillero, estrados), donde atender notificaciones, bajo apercibimiento de que
mientras no lo haga, todas las resoluciones posteriores que se dicten se le(s)
tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas. Según
circular N° 169-08, del 3-10-08, de la Secretaría General de la Corte Suprema
de Justicia, se previene a las partes que al señalar un fax como medio de
notificación, que el mismo debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, y que no pueden utilizarlo también como teléfono. [...]”.
“Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Puntarenas, a las catorce horas cuarenta y ocho minutos del
veintidós de mayo del dos mil doce. Por parte de los representantes de la
sociedad actora, de conformidad con el ordinal 313 del Código Procesal Civil,
se tiene por ampliada la demanda en cuanto a la pretensión, de la cual se
confiere traslado al demandado por el plazo de treinta días para que se refiera a la misma.
[...]. Ahora bién siendo procedente, en virtud de lo anterior; de conformidad con el
ordinal 468 del Código Civil, se ordena anotar la demanda al margen de la Finca
del partido de Puntarenas matrícula folio real número 138365-000. Expídase
mandamiento de rigor. [...].—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Licda.
Eunice Villalobos Jiménez, Jueza.—1 vez.—( IN2020507093 ).
Licda. Karol
Vindas Calderón, Jueza del Juzgado Segundo de Familia de San José; hace saber a
Christian Danilo Castro Zúñiga, documento de identidad N° 0109260054, divorciado,
dato desconocido, vecino de desconocido, que en este Despacho se interpuso un
proceso abreviado en su contra, bajo el expediente número 12-000335-0187-FA
donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: I. II. II. IV. V.
Por tanto: Por lo expuesto, la doctrina y normas legales citadas, se declara
con lugar esta incidencia y se decreta la terminación del ejercicio de la
patria potestad de Christian Danilo Castro Zúñiga en relación a Nicholas
Joshue Castro Nehez. Lo cual implica, que el señor Castro Zúñiga ya no ostentará tampoco el ejercicio de la guarda, crianza
y educación en relación a su hijo; sino en adelante la Responsabilidad Parental
absoluta respecto de Nicholas la ejecutará en exclusiva su madre, la señora
Jennifer Jo Nehez. Podrá entrar y salir del país solamente con la venia
materna. Se dicta esta resolución sin especial condenatoria en costas.
Inscríbase registralmente a gestión de parte, en la Sección Nacimientos de la
Provincia de San José al tomo 2033, folio 132 y asiento 263. Hágase saber.
Karol Vindas C. Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso abreviado de
Jennifer Jo Nehez contra Christian Danilo Castro Zúñiga. Expediente
Nº 12-000335-0187-FA. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín
Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a
correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación.—Juzgado
Segundo de Familia de San José, 07 de octubre del
2020.—Licda. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—O. C.
N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020507100 ).
Licda. Karol Vindas Calderón, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo
Circuito Judicial de San José; hace saber a Isaí Ramírez Chávez, que en este
Despacho se interpuso un proceso divorcio en su contra, bajo el expediente N°
12-002932-0165-FA donde se dictó la sentencia 291-2016 de las ocho horas
catorce minutos del catorce de abril del dos mil dieciséis, que en lo conducente
dice: proceso abreviado de divorcio por separación de hecho, establecido por
Desirée Hernández Álvarez, casada dos veces, ama de casa, vecina de San José,
con cédula de identidad Nº1-0831-0795, contra Isaí Ramírez Chávez, casado dos
veces, empresario, de domicilio ignorado, con cédula Nº 6-0167-0836. Figura
como Curadora Procesal del demandado la Licenciada Marta Cedeño Jiménez.
Interviene como Apoderado Especial Judicial de la actora el Licenciado Douglas
Román Díaz. Resultando I.—..., II.—..., III.—..., Considerando I.—Hechos
probados..., III.—Sobre el fondo. Por tanto: de conformidad con lo anterior y
artículos de ley citados, se declara con lugar el presente Proceso Abreviado de
Divorcio promovido por Desirée Hernández Álvarez basado en la causal de separación
de hecho, declarando lo siguiente: 1) Disuelto el vínculo matrimonial que ha
unido a Isaí Ramírez Chaves y Desirée Hernández Álvarez por la causal de
separación de hecho. 2) Ante la causal alegada ninguna de las partes mantiene
derecho de cobrar pensión alimentaria a su excónyuge. 3) Por haberlo solicitado
la actora y no existir oposición expresa de parte del demandado, se otorga la
guarda crianza y educación de las personas menores de edad Gabriel Isaí y María
Del Mar ambos de apellidos Ramírez Hernández a su madre, siendo la patria
potestad compartida por ambos progenitores; 4) No existen bienes gananciales
inscritos a nombre de las partes, en caso de aparecer otros los ex cónyuges
mantienen el derecho de participar de la mitad del valor neto. Sin especial
condenatoria en costas. De conformidad con el numeral 263 del Código Procesal
Civil se ordena notificar la parte dispositiva de esta sentencia con los datos
necesarios para identificar el proceso en el Boletín Judicial.
Notifíquese. Msc. Diana Rojas Elizondo, Jueza. Lo anterior se ordena así en
proceso divorcio de Desirée Hernández Álvarez contra Isaí Ramírez Chávez;
Expediente Nº 12-002932-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de San José, 01 de junio del 2016.—Licda. Karol Vindas Calderón,
Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020507101 ).
Han comparecido ante este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes José Ramon Moya Mesén,
mayor, costarricense, soltero, chofer, portador de la cédula de identidad
número 3-0327-0063, vecino de San José, Goicoechea, Ipís, El Nazareno, del
super El Nazareno, 25 metros oeste y 25 metros sur, casa color blanca, nacido
el 20/10/1973, en Juan Viñas, Jiménez, Cartago, hijo de Carlos Moya Godínez y
de Ema Mesén Coto, actualmente con 47 años de edad, y Ingrid María Mata Rojas,
mayor, costarricense, divorciada, ama de casa, portadora de la cédula de
identidad número 1-0804-0047, vecina de San
José, Goicoechea, Ipís,
El Nazareno, a un costado del salón comunal, casa C-22, nacida en Hospital,
central, San José, el 29/06/1971, hija de Carlos Rodríguez Molina y de Flor de
María Mata Rojas, actualmente con 49 años de edad. Si alguna persona tuviere
conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se
lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho
días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio).
Expediente 20-001861-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de San José, 20 de noviembre del año 2020.—M.Sc. Ramón Zamora Montes, Juez.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2020.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2020506534 ).
Han comparecido a
este Despacho solicitando contraer matrimonio civil el señor Marvin Antonio Velásquez Céspedes,
mayor de edad, soltero, cédula de identidad N° 2-757-345, ocupación
bodeguero, vecino de Alajuela, Urbanización La Playwood, apartamentos Raquel,
25 metros al este , casa 23-G, hijo de Marvin Antonio Velásquez
Cruz de nacionalidad nicaragüense y de Lilliana Céspedes
Vega de nacionalidad costarricense, nacido en Centro Central Alajuela, en fecha
11 de setiembre de 1996, con 24 años de edad, y la señora Melany Ugalde Mora,
mayor de edad, soltera, cédula de identidad 2-755-740, ocupación cocinera,
vecina de Alajuela, del Colegio Redentorista 200 metros al este y 50 metros al
norte, hija de Jorge Alberto Ugalde Aguilar de nacionalidad costarricense y de
Yorleni Mora Aguilar de nacionalidad costarricense, nacida en Centro Central Alajuela,
en fecha 29 de julio de 1996, con 24 años de edad. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente
N° 20-001908-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, Alajuela, 19 de noviembre del
2020.—Licda. Susan de Los Ángeles Herrera Álvarez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2020506535 ).
Han comparecido a
este Despacho solicitando contraer matrimonio civil el señor Kevin Josué
Rodríguez Vindas, mayor de edad, soltero, cédula de identidad N° 2-733-771,
ocupación operario, vecino de Alajuela, Barrio San José, Santa Rita, 65 metros
oeste de la iglesia, hijo de José Rudy Rodríguez de nacionalidad nicaragüense y
de Shiley Vindas Berrocal de nacionalidad costarricense, nacido en Centro
Central Alajuela, en fecha 11 de diciembre de 1994, con 25 años de edad, y la
señora María Fernanda Mena López, mayor de edad, soltera, cédula de identidad
N° 2-792-633, ocupación ama de casa, vecina de Alajuela, El Coyol, Urbanización
Lomas, casa 35-A, hija de María Teresa Mena López de nacionalidad
costarricense, nacida en Centro Central Alajuela, en fecha 02 de junio de 1999,
con 21 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento
para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en
este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto.
Expediente Nº 20-001950-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, Alajuela, 25 de noviembre del 2020.—Licda.
Susan de Los Ángeles Herrera Álvarez, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2020506542 ).
Han comparecido
solicitando contraer matrimonio civil los señores María Nineth Marín Quirós, mayor,
soltera, ama de casa, costarricense, cédula de identidad N° 0114130304, vecina
de Buenos Aires, Urbanización los Pinos, casa número 54, color verde, hija de
Lidia Quirós González y Jose Ángel Marín Ferreto ambos costarricenses, nacida en San Isidro, Pérez Zeledón, San José, el
19/11/1989, con 30 años de edad, y Deibys Morales Parra, mayor, unión libre,
soldador, costarricense, cédula de identidad N° 0603710823, vecino de Buenos
Aires, Urbanización los Pinos, casa N° 54, color verde, hijo de Josefa Parra
Quirós y Juan Vicente Morales García ambos
costarricenses, nacido en Corredor, Corredores, Puntarenas, el 07/05/1988,
actualmente con 32 años de edad. Se insta a todas las personas que conozcan
impedimento alguno para que este matrimonio se realice, que están en la
obligación de manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días
posteriores a la publicación de este edicto. Matrimonio civil:
20-000132-1552-FA.—Juzgado Civil y de Familia de Buenos Aires, 18 de
setiembre del 2020.—Lic. Roger Sibaja Arias, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020506847 ).
Han comparecido a
este Despacho solicitando contraer matrimonio civil: Carlos Luis Reyes
Esquivel, mayor, soltero, estudiante, cédula de identidad N° 0701480354, hijo
de Carlos Obando Villegas y María del Carmen Reyes Esquivel, nacido en
Guápiles, Pococí, Limón, el 11/07/1982, con 38 años de
edad, y Kimberly Stephanie Calvo Espinoza, mayor, soltera, estudiante, cédula
de identidad N° 0702050925, hija de Luis Álvaro Calvo Durán y
Alexia Espinoza López, nacida en Guápiles, Pococí, Limón, el 24/07/1991, actualmente con 29 años de edad; ambas personas
contrayentes tienen el domicilio en La Rita de Pococí, 100 metros norte y 100
este de las antiguas oficinas de Standard, Pococí. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 20-001158-1307-FA.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 12
de noviembre del 2020.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2020506868 ).
Han comparecido
ante este Juzgado de Familia de Heredia solicitando contraer matrimonio civil,
los señores Paula Gaitán Arce, mayor, divorciada, independiente, cédula de identidad número
109520216, celular 72137857, vecina de Heredia, central, Mercedes Norte, hija
de Mario Francisco Gaitán Vega, Hilda María Arce López, nacida en Hospital, central, San
José, con 44 años de edad, y Jonnathan Alfonso Aguilar Azofeifa, mayor,
divorciado, jefe de bodegas, cédula de identidad número 110750240, vecino de
Heredia, central, San Francisco, celular 8733-4358, hijo de Luis Orlando
Aguilar Molina, Luz María Azofeifa Camacho, nacido en Uruca, central, San José,
actualmente con 40 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Expediente Nº 20-002284-0364-FA.—Juzgado de Familia
de Heredia, Heredia, 20 de noviembre del año 2020.—M.Sc. Pablo Amador
Villanueva, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2020506872 ).
Han comparecido ante esta notaría, solicitando contraer matrimonio civil,
los contrayentes: Mariela Fallas Matarrita, cédula N° 5-332-068; y Martín Alonso Gómez Matarrita,
cédula N° 1-922-270, ambos vecinos de Guanacaste, Santa Cruz, trescientos
cincuenta este del Banco Popular. Si alguna persona tuviere conocimiento que
existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo,
deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados
a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio).—Nicoya, 01 de
diciembre del 2020.—Licda. Olga Irene Granados Porras, 83991766, Notaria.—1
vez.—( IN2020507011 ).
Juzgado Penal
de Upala del Segundo Circuito Judicial de Upala, al ser las nueve horas del dos
mil veinte. Mediante la resolución de las ocho horas y cinco minutos del diez
de julio del dos mil veinte , se ordenó la devolución definitiva de motocicleta
placa MOT-288003, número de motor CL166FMLA28000059 y chasis número
LCMPCMDJ1AB060217, al dueño registral quien es el señor Juan Alfredo Cortés Ortiz, cédula de residencia N°
155807837228, para lo cual debe presentarse de manera personal o en su lugar un
representante legal para que acredite su titularidad al Juzgado Penal de Upala,
en caso de haber sido traspasado el bien, pero no inscrito el mismo, podrá
presentar la escritura correspondiente. Se le otorga al interesado un plazo de
tres meses para que
gestione lo correspondiente, según la Ley 6106 de nuestro país, caso contrario,
procederá la aplicación de la ley y se ordenará el comiso de dicha motocicleta
a favor del estado. Lo anterior en la causa penal 17-000316-798-PE, contra
Giovanni Trejos Quesada, por receptación, en perjuicio de La Administración de
Justicia. Notifíquese.—Juzgado Penal de Upala del Segundo Circuito Judicial
de Upala.—MSc. Pedro
Mejía Romero, Juez Penal de Upala.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2020506884 ).
Juzgado Penal de Upala del Segundo Circuito Judicial de Upala, al ser las
nueve horas del dos mil veinte. Mediante la resolución de las nueve horas dos
minutos del veintiocho de mayo del dos mil veinte, se ordenó la devolución
definitiva de motocicleta placa N° MOT-424891, número de motor 169FMM8E600095 y
chasis N° LY4YCNLM8E0A79825, al dueño registral quien es el señor Miguel
Badilla Mora, cédula de residencia N° 4-0157-0352, para lo cual debe
presentarse de manera personal o en su lugar un representante legal para que
acredite su titularidad al Juzgado Penal de Upala, en caso de haber sido traspasado
el bien, pero no inscrito el mismo, podrá presentar la escritura
correspondiente. Se le otorga al interesado un plazo de tres meses para que
gestione lo correspondiente, según la Ley N° 6106 de nuestro país, caso
contrario, procederá la aplicación de la ley y se ordenará el comiso de dicha motocicleta
a favor del estado. Lo anterior en la causa penal N° 18-000568-798-PE, contra
Freddy Hernández, en perjuicio
de La Fe Pública. Notifíquese.—Juzgado Penal de Upala del Segundo Circuito
Judicial de Upala.—MSc Pedro Mejía Romero, juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020506886 ).
Mediante la resolución de las nueve horas y
quince minutos del tres de agosto del dos mil veinte, se ordenó la devolución
definitiva de arma de fuego, tipo pistola, 9 mm, serie ACDZ533, marca Glock, al
dueño registral Rody Alexander Mejía Mejía, cédula 8-0114-0788 para lo cual
debe presentarse de manera personal o en su lugar un representante legal para
que acredite su titularidad al Juzgado Penal
de Upala, en caso de haber sido traspasado el bien, pero no inscrito el mismo,
podrá presentar la escritura correspondiente. Se le otorga al interesado un
plazo de tres meses para que gestione lo correspondiente, según la ley 6106 de
nuestro país, caso contrario, procederá la aplicación de la ley y se ordenará
el comiso de dicha motocicleta a favor del estado. Lo anterior en la causa
penal 19-000269-630-PE, contra Esteban Miguel Alemán Jiménez por atípico, en
perjuicio de la seguridad publica. Notifíquese.—Juzgado Penal de Upala del
Segundo Circuito Judicial de Upala, al ser las diez horas tres minutos del
doce de agosto del dos mil veinte.—MSc. Pedro Mejía Romero, Juez Penal.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2020506887 ).
Juzgado Penal de
Upala del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, al ser las diez horas treinta
minutos del tres de agosto del dos mil veinte. Mediante la resolución de las
once horas cincuenta minutos del treinta y uno de julio del dos mil veinte, se
ordenó la publicación de edicto para que dentro del plazo de tres meses se
presente una persona a reclamar o bien a solicitar devolución del dinero
decomisado mediante documentos idóneos, cabe mencionar que dentro de la
presente causa penal consta la suma de treinta y dos mil doscientos sesenta y
cinco colones que se encuentran depositados en la cuenta bancaria del ICD, para
lo cual debe presentarse de manera personal o en su lugar un representante
legal para que acredite su titularidad al Juzgado Penal de Upala. Se le otorga
al interesado un plazo de tres meses para que gestione lo correspondiente,
según la ley 8204 numeral 83, 84, 87 de nuestro país, caso contrario, procederá
la aplicación de la ley y se ordenará el comiso de dicho dinero a favor del
estado. Lo anterior en la causa penal 19-000330-559-PE, contra Kenner Arturo
Porras Pérez, por venta de drogas, en perjuicio de la salud pública.
Notifíquese.—Juzgado Penal de Upala del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela.—MSc. Pedro Mejía Romero, Juez Penal.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2020.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2020506888 ).
Mediante la
resolución de las siete horas dos minutos del once de Febrero del dos mil
veinte, se ordenó la notificación de esta resolución al imputado Edwin Sandoval
Barrantes, cédula de identidad 5-0351-0999, para que dentro de tres meses
demuestre a esta autoridad la procedencia del dinero decomisado dentro de la
presente causa penal que consta la suma de noventa y dos mil novecientos
cincuenta colones y doce dólares que se encuentran depositados en la cuenta
bancaria del ICD, para lo cual debe presentarse de manera personal o en su
lugar un representante legal para que acredite su titularidad al Juzgado Penal
de Upala. Se le otorga al interesado un plazo de tres meses para que gestione
lo correspondiente, según la ley 8204 numeral 83, 84, 87 de nuestro país, caso
contrario, procederá la aplicación de la ley y se ordenará el comiso de dicho
dinero a favor del estado. Lo anterior en la causa penal 19-000503-798-PE,
contra Edwin Sandoval Barrantes, por venta de drogas, en perjuicio de la salud
pública. Notifíquese.—Juzgado Penal de Upala del Segundo Circuito Judicial
de Alajuela.—M.Sc. Pedro Mejía Romero, Juez.—1 vez.—O. C.
Nº 364-12-2020.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2020506889 ).
Juzgado Penal de Corredores hace saber que, en este Juzgado se tramita
la causa penal número 16-200510-0456-PE, contra Gerardo Araya Ortiz, por el
Delito de Lesiones Culposas, en perjuicio de María Alejandra Reyes Gutiérrez y
Otris, donde se ordenó publicar la siguiente resolución que literalmente dice:
A) De conformidad con el numeral 120, del Código Procesal Penal , en cuanto
establece “ La incomparecencia del demandado civil o su inasistencia a los
actos , no suspenderá el trámite que continuará como si él estuviera presente.
No obstante, podrá apersonarse en cualquier momento. Si ha sido notificado por
edictos, se le nombrará como representante a un defensor público, mientras dure
su ausencia “(sic) y previo a señalar audiencia preliminar dentro de la
presente sumaría, se ordena la publicación de la misma en el Boletín
Judicial donde se ponga en conocimiento del señor Andrew Farit Barrantes
Araya de lo indicado anteriormente.—Licda. Jacqueline López Chacón, Jueza
Penal.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2020507102 ).