BOLETÍN JUDICIAL 11 DEL 18 DE ENERO DEL 2021

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

JUZGADO NOTARIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

CIRCULAR N° 269-2020

ASUNTO:      Implementación en el Poder Judicial de la disposición “LS-PG-007. Lineamientos básicos de conducta para reducir el riesgo de transmisión de COVID-19, asociados a la responsabilidad individual”.

A TODAS LAS AUTORIDADES JUDICIALES, ABOGADOS,

ABOGADAS Y PUBLICO EN GENERAL

SE LES HACE SABER QUE:

Este Consejo Superior en sesión número 110-2020 celebrada el 12 de noviembre del 2020, artículo XLV, dispuso comunicarles la disposición “LS-PG-007. Lineamientos básicos de conducta para reducir el riesgo de transmisión de COVID-19, asociados a la responsabilidad individual”, versión 2, con fecha de elaboración del 30 de julio de 2020 y publicado en el sitio web del Ministerio de Salud, con el fin de reforzar y reiterar, la importancia de velar y cumplir con los diferentes lineamientos y protocolos establecidos por el Poder Judicial en cumplimiento de lo definido por la autoridad sanitaria, tanto en el horario de trabajo como extra laboralmente, sobre todo recalcando la responsabilidad de la persona servidora, de actuar conforme al cargo le requiere, en este caso particular con la prevención de la enfermedad COVID-19, máxime teniendo en cuenta que con el seguimiento de casos que se realiza desde la Dirección de Gestión Humana se ha determinado que al viernes 23 de octubre de 2020, aproximadamente el 73% de los casos de contagio que se han reportado provienen de actividades de índole privado:

Anexo

Anexo 1. Medidas asociadas a la conducta responsable por COVID-19 establecidas en la disposición LS-PG-007.

“(…) La población general debe:

Salir solamente de su casa para abastecerse de alimentos y/o medicamentos o si es estrictamente necesario, al menos que requiera trabajar, asistir a citas médicas o actividades indelegables.

Respetar la burbuja social (donde la convivencia es por personas que cohabitan juntas y no por visitantes ya sean familiares o amigos).

No realizar reuniones familiares, con amigos o compañeros de trabajo, con ocasión de celebraciones, tales como cumpleaños, tés de canastilla, días festivos o similares.

Utilizar mascarilla en los sitos públicos definidos en el Lineamiento establecido.3

Evitar el contacto cercano con personas que están enfermas ya sea de su núcleo familiar o personas conocidas.

Evitar tocarse los ojos, la nariz y la boca ya que son zonas más vulnerables para contagio de agentes infecciosos.

Quedarse en casa cuando presente síntomas (fiebre, tos, congestión nasal, dolor de garganta) relacionados con esta enfermedad.

No asistir a actividades que permitan aglomeraciones de personas, que puedan favorecer las cadenas de contagio por coronavirus, por ejemplo, marchas, las peregrinaciones entre otras.

Cubrirse cuando tose o estornude, utilizando el protocolo de estornudo y tos.

Lávese las manos a menudo con agua y jabón durante al menos 20 segundos, especialmente después de ir al baño; antes de comer; y después de sonarse la nariz, toser o estornudar, y al finalizar su jornada laboral.

Si no hay agua y jabón disponibles, use un desinfectante para manos a base de alcohol de un grado de al menos entre 60° y 70º.

Utilizar formas alternativas de saludar que no impliquen el contacto físico.

Asegurar que se disponga de papel higiénico, jabón antibacterial, alcohol o solución en gel con una composición de al menos entre 60% y 70%, toallas de papel para el secado de manos y agua potable.

Mantener la limpieza y desinfección en objetos o superficies. Se deberá usar un desinfectante, solución con alcohol al menos 60% o 70% o solución con cloro, y se usarán toallas desechables para su aplicación.

No se deben compartir utensilios u objetos en el lugar de trabajo o de reunión.

Reducir o restringir las visitas de personas externas al hogar más si cuenta con personas en condición de mayor vulnerabilidad en el hogar.

Las personas con síntomas o signos de resfrío o gripe no deben ir a lugares de trabajo, de estudio o de reunión.

5.2 Uso de servicios

En caso de requerir hacer trámites consulte cuales puede hacer de forma virtual o telefónica y cuales puede agendar por medio de cita como servicios médicos, estética, trámites bancarios, compras, tramites institucionales entre otros.

Promover la entrega a domicilio o en el vehículo de bienes y servicios para reducir el riesgo de exposición.

Evite visitar lugares que permitan la concentración de personas para la obtención de un servicio y reducir el riesgo de contagio.

Haga uso de los horarios diferenciados que están facilitando varios servicios comerciales para evitar las aglomeraciones y exponerse si tiene mayor riesgo por su edad o condiciones de salud.

Mantenga una distancia de al menos 1,8 metros con respecto a otras personas cuando sale de su hogar.

Lleve siempre una solución a base de alcohol de la menos 60° o 70° o un desinfectante y toallas desechables para aseo personal y limpiar superficies.

Al regresar a su casa evite tener contacto con superficies y los miembros del hogar antes de haberse cambiado la ropa y lavarse las manos.

Mantenerse informado

Mantenerse informado por los medios oficiales como redes del Ministerio de Salud, Caja Costarricense del Seguro Social, Comisión Nacional del Emergencia y conferencias de prensa.

Si tiene consultas o desea información sobre el COVID-19 utilice la línea telefónica oficial 1322.

En caso de que necesite o requiera que sus medicamentos se los lleven a su hogar puede solicitarlo por medio de la línea 905-MISALUD o 905 6472583”.

Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.

San José, 10 de diciembre de 2020.

                                                        Lic. Carlos T. Mora Rodríguez

                                                          Subsecretario General Interino

1 vez.—Exonerado.—( IN2021517554 ).

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de  la ley orgánica del poder judicial, y Para el caso específico el acuerdo de la comisión institucional  de selección y eliminación de documentos (C.I.S.E.D.)en acta Nº01-2016 de fecha 04 de mayo  de 2016, Artículo II y el Acuerdo del Consejo Superior en sesión N°51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, Artículo XCV., de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.)en acta Nº 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, Artículo II y el Acuerdo del Consejo Superior en sesión n°51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, Artículo XCV. Se hace del conocimiento de las Instituciones Públicas, Privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Paquetes de Expedientes de Pensión Alimenticia, Paquetes de Expedientes de materia mixta, Remesa Destrucción de Pensión Alimenticia, de los despachos que a continuación la información se encuentra remesada y custodiada en el archivo judicial se detallan.

Para ver las imágenes solo en Boletín Judicial con formato PDF

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la publicación de este aviso. Publíquese por una vez en el Boletín Judicial.

San José, lunes 4 de enero 2021.

                                                                                                                                                                             Lic. Wilbert Kidd Alvarado,

                                                                                                                                                                                     Subdirector Ejecutivo

1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021517260 )

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER:

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional, al Registro Civil y a la ciudadanía en general, que en el Proceso Disciplinario Notarial N° 16-000527-0627-NO, de Richard Iván Romero Peláez contra Aníbal Granados Ramírez (cédula de identidad 104121188), este Juzgado mediante resolución de las ocho horas cincuenta minutos del diecisiete de diciembre de dos mil veinte, dispuso levantar la suspensión disciplinaria a partir del diez de octubre de dos mil veinte al Notario Público Aníbal Granados Ramírez, cédula de identidad número 104121188, la cual fue comunicada por edicto publicado en el Boletín Judicial Número 51 del dieciséis de marzo del dos mil veinte (folio 65). Juzgado Notarial.

San José, diecisiete de diciembre del dos mil veinte.

                                                                  Licda. Derling Edith Talavera Polanco,

                                                                                                             Jueza.

1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021517239 ).

A Juan Alexciz Barilla Jimenes, mayor, notario público, cédula de identidad N° 0800830998, de demás calidades ignoradas, que en proceso disciplinario notarial N° 19-001197-0627-NO, establecido en su contra por María de Los Ángeles Vega Marín, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial, a las nueve horas y veinticuatro minutos del treinta y uno de octubre del dos mil diecinueve. Se tiene por establecido el presente Proceso Disciplinario Notarial de María de Los Ángeles Vega Marín contra Juan Alexciz Barilla Jimenes, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días; dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que, dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo, se le previene a cada parte, que, si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que, si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona denunciada; pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada. La notificación en el domicilio registral de la parte denunciada ubicada en 50 metros este Farmacia Pococí, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Pococí. Asimismo, se ordena notificar a la Dirección Nacional de Notariado, mediante comisión dirigida a la Oficina de Comunicaciones del Segundo Circuito Judicial de San José, en: San Pedro Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Edificio SIGMA, quinto piso. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; y en caso de que se impida tal ingreso, se tendrá por válida la notificación con la entrega de la cédula correspondiente a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, realícese consulta por medio de la página web del Registro Nacional, con el fin de verificar si la parte denunciada tiene apoderado inscrito ante ese Registro. De conformidad con el artículo 35.6 del Código Procesal Civil, se hace ver a la parte accionante que en el caso de que desee presentar una pretensión resarcitoria contra la parte denunciada, tendrá oportunidad para realizar dicha gestión hasta antes de que esa parte procesal conteste esta denuncia; y para tal efecto, tendrá que cumplir con los requerimientos del numeral 152 del Código Notarial, en su necesaria relación con el artículo 35 del Código Procesal Civil. Remítase oficio a la Dirección Nacional de Notariado, a fin de que se indique la última dirección de la casa de habitación y Oficina Notarial registrados por Juan Alexciz Barilla Jimenes, con el fin de ordenar la notificación respectiva. Notifíquese. M.Sc. Francis Porras León, Juez.” y “Juzgado Notarial, a las trece horas cuatro minutos del diez de diciembre de dos mil veinte. En razón de que han sido fallidos los intentos por notificarle al Licenciado Juan Alexciz Barilla Jimenes, cédula de identidad 0800830998, la resolución dictada a las nueve horas veinticuatro minutos del treinta y uno de octubre de dos mil diecinueve (que da curso al proceso), en las direcciones que reportó ante la Dirección Nacional de Notariado (folio 25) como tampoco en su último domicilio registral brindado al Registro Civil (folio 10); y en virtud de que carece de apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folio 33), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle la citada resolución así como también la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial. Comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber a la parte que aquí se ordena notificar, que los hechos denunciados por la señora María de los Ángeles Vega Marín son los siguientes: “El día doce de diciembre del año dos mil dieciocho, el licenciado Juan Alexis Barrillas Jiménez, me iba a realizar un levantamiento de una propiedad en la ciudad de Guácimo, el licenciado me pedía dinero por semana o quincena, yo le depositaba en el Banco Popular y en Banco de Costa Rica, a nombre de la esposa Gregoria Aguirre Aguirre, ya voy realizando la suma de cuatro millones setecientos mil colones y el Licenciado no ha hecho el traspaso, yo lo llamo y no me contesta las llamadas, quiero indicar que el Licenciado anteriormente me llamaba constantemente incluso me hacía llamadas de cinco a más veces al día, y la última llamada que me hizo donde me pedía un depósito de cien mil colones fue el diez veintinueve de agosto del año dos mil diecinueve, pero no tenía la cantidad y le deposité cincuenta mil colones, después de esa fecha el licenciado Juan Alexis no me volvió a llamar, yo lo he estado llamando a su celular 8642-9849 y 8766-1875 y no responde. Adjunto copia de los depósitos bancarios que he realizado a la cuenta de la esposa del licenciado como pago por los servicios, mi preocupación es que a la fecha he cancelado mucho dinero y no ha realizado el traspaso la propiedad.” Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese esta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que atienda la defensa técnica de la parte denunciada Juan Alexciz Barilla Jimenes. Notifíquese.

                                                           M.Sc. Francis Porras León,

                                                                                 Juez

1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—
( IN2021517241 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En el Juzgado de Trabajo de Heredia; a las catorce horas del primero de marzo del dos mil veintiuno, con la base de noventa y nueve millones sesenta mil colones exactos, soportando gravámenes, sáquese a remate la siguiente propiedad finca matrícula 228740, derecho 000. Situada en el distrito 1-San Pablo, cantón 9-San Pablo de la provincia de Heredia. Linderos: oeste, Manuel Enrique Siabaja Saborío, noreste, lote 1, sureste, Álvaro González Jiménez, la cual es propiedad de María Alejandra Morales Reyes, cédula de identidad N° 0111730868. En caso de no haber postores, para el segundo remate, se señalan las catorce horas del quince de marzo del dos mil veintiuno, con la base de setenta y cuatro millones doscientos noventa y cinco mil colones exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas del veintiséis de marzo del dos mil veintiuno, con la base de veinticuatro millones setecientos sesenta y cinco mil colones exactos (un 25% de la base original). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso Or.S.Pri. Prestac. Laborales de German Volio Castillo, cédula de identidad N° 0108420770 contra María Alejandra Morales Reyes, cédula de identidad N° 0111730868. Expediente: N° 17-0003680505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 01 de diciembre del 2020.—Msc. Elena Alfaro Ulate, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021518695 ).

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de German Morera Cordero cédula de identidad 2-187-592, fallecido el 29 de mayo del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector privado bajo el Número 18-001296-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Juzgado de Trabajo de Heredia 26 de julio del año 2018. Expediente N° 18-001296-0505-LA. Por Ana Elizabeth Sancho Quesada a favor de German Morera Cordero. Expediente N° 18-001296-0505-LA. Por Ana Elizabeth Sancho Quesada a favor de German Morera Cordero.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 05 de noviembre del año 2020.—Licda. Ana Ivannia Barrantes Venegas, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021517501 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de trabajadora fallecida Benito Filemón Padilla Díaz, cédula de identidad N° 5-0203-350, quien fue mayor, soltero, vecino de Talolinguita, Santa Cruz, laboró para como guarda seguridad en el Registro Público de la Propiedad, sede Curridabat, Zapote, y falleció el veintiuno de junio del dos mil nueve, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Pago Sector Público, bajo el número 20-000224-0775-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000224-0775-LA. Por Roxana María Salazar Ramírez.—Juzgado de Trabajo de Santa Cruz, 19 de noviembre del año 2020.—Licda. Laura del Carmen Rodríguez Chavarría, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021517502 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Carlos Luis Fallas Caton, quien fue mayor, costarricense, domicilio Puntarenas, la Inmaculada, cédula de identidad número 1-0457-0329, se les hace saber que: Guadalupe de Los Ángeles Corea Sánchez, mayor, ama de llaves, documento de identidad número 155820191832, domicilio Puntarenas, Quepos, La Inmaculada, 24 metros sur del taller de Chango en La Pascua, se apersonó en este Despacho en calidad de conviviente del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Carlos Luis Fallas Caton. Expediente N° 20-000239-1590-LA.—Juzgado Civil y Trabajo de Quepos (Materia Laboral), 04 de enero del 2021.—Licda. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021517503 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Jesús Francisco Mairena Chaves, cédula de identidad N° 0502200300, fallecido el 01 de abril del año 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación Pago Sector Privado bajo el N° 20-000315-0942-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000315-0942-LA. Promovido por María de Los Ángeles Centeno Zúñiga a favor de Jesús Francisco Mairena Chaves.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Laboral), 07 de diciembre del 2020.—Licda. Brenda Celina Calvo De La O, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021517504 ).

Se cita y emplaza a las personas que, en carácter de causahabientes de Héctor Luis Vega Marín, cédula N° 115520764 y quien falleció el 26 de diciembre del 2019, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-000621-0166-LA. Diligencias de Distribución de Prestaciones de la Persona Fallecida Héctor Luis Vega Marín.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 27 de mayo del 2020.—M.SC. Andrés Grossi Castillo, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021517505 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Freddy Francisco Roque García 0602910580, fallecido el 07 de agosto del año 2011, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el Número 20-000681-0643- LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000681-0643-LA. Por Operadora de Pensiones Complementarias y Capitalización de la Caja Costarricense de Seguro Social S.A. a favor de Freddy Francisco Roque García.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas 15 de octubre del año 2020.—Msc. Randall Briceño Solano, Juez.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021517506 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Braulio Eduardo de Los Ángeles Salas Jiménez, cédula de identidad N° 09-0039-0038, fallecido el 18 de marzo del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 20-000758-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Por Banco de Costa Rica a favor de. Expediente N° 20-000758-0643-LA.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 05 de enero del 2021.—Lic. Allan Roberto Espinoza Martínez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021517507 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Pedro Álvarez Cruz, fallecido el 04 de abril del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado, bajo el número 20-000765-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000765-0643-LA. Por a favor de .Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 23 de noviembre del año 2020.—Msc. José Andrés Ureña Chaves, Juez Decisor.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021517508 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Ángel Berrocal Parra quien fue portador de la cédula de identidad número 503180845, fallecido el 02 de julio del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número 20-001029-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Por el fallecimiento de José Ángel Berrocal Parra. Expediente N° 20-001029-0639-LA.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 02 de setiembre del 2020.—Lic. Ronny Arias Corrales, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021517510 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Silvia María Soto Sandoval, N° 0204460765, fallecida el 09 de junio del año 2017, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones Sector Privado bajo el N° 20-001485-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente Nº 20-001485-0505-LA. Por Mario Alberto Sánchez Soto a favor de Silvia María Soto Sandoval.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 08 de octubre del 2020.—Msc. Priscila Marín Leiva, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021517511 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de cuarenta y cuatro mil doce dólares con catorce centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas EE33263, el cual es Caterpillar, categoría: Equipo especial obras civiles, carrocería: Retroexcavadora, año fabricación: 2014, color: amarillo. Para tal efecto se señalan las quince horas cero minutos del cuatro de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del doce de mayo de dos mil veintiuno con la base de treinta y tres mil nueve dólares con once centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del veinte de mayo de dos mil veintiuno con la base de once mil tres dólares con cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución Garantías Mobiliarias de Maquinaria y Tractores Limitada contra Inversiones Amigre S. A., Mercedes De Las Piedades Rodríguez Alpízar. Expediente Nº:19-010620-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 14 de diciembre del año 2020.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2021518404 ).

En este Despacho, con una base de nueve mil quinientos cuarenta y nueve dólares con cincuenta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BLV420. Marca: Fiat, estilo: Uno Way, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2017, color: blanco, número de chasis: 9BD195A64H0749912, cilindrada: 1400 c.c. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del cuatro de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del quince de febrero de dos mil veintiuno con la base de siete mil ciento sesenta y dos dólares con diecinueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintiuno con la base de dos mil trescientos ochenta y siete dólares con treinta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera CAFSA S. A. contra Gilbert Jesús Umaña Matamoros. Expediente Nº:20-014145-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de setiembre del año 2020.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez Decisor.—( IN2021518676 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho mil trescientos once dólares con ochenta y un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL 279649. Marca: Toyota, Estilo: Hilux SRV, Categoría: Carga liviana, Capacidad: 5 personas, Serie: MR0FZ29G6F2548434, Peso vacío: 0, Carrocería: Camioneta Pick-Up caja abierta o cam-pu, Tracción: 4x4, Año Fabricación: 2015, Uso: Particular, Color: Dorado, N° Motor: 1KDU563664. Para tal efecto se señalan las 14:30 horas del 17/02/2021. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las 14:30 horas del 25/02/2021 con la base de trece mil setecientos treinta y tres dólares con ochenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las 14:30 horas del 05/03/2021 con la base de cuatro mil quinientos setenta y siete dólares con noventa y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Cafsa S. A. contra Randall Mauricio Álvarez Artavia. Expediente N° 20-012672-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 09 de diciembre del año 2020.—Licda. Paula Morales González, Jueza Decisora.—( IN2021518677 ).

En este Despacho, con una base de veinte millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 312-15533-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 58833, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el Distrito 4-Ulloa, Cantón 1- Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte Eliette Varela; al sur Eliette Varela; al este Antonio Herrera y en parte calle pública y al oeste Municipalidad de Heredia. Mide: mil ochocientos cuarenta y cuatro metros con dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del uno de junio de dos mil veintiuno con la base de quince millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del nueve de junio de dos mil veintiuno con la base de cinco millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Eliécer Montero Montero contra Aida Georgina Barrientos Quesada, Randall Rodrigo Vega Barquero. Expediente Nº: 11-000102-0504-CI.—Juzgado de Cobro de Heredia, 13 de noviembre del año 2020.—Lic. German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2021518680 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones a las ocho horas con treinta minutos del veintinueve de enero de dos mil veintiuno (08:30 hrs 29/01/2021), y con la base de Setenta y cinco millones de colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y tres mil setecientos cuarenta y ocho - triple cero la cual es terreno de potrero, Ubicado en Distrito 03: Guaycará del cantón 07: Golfito, de la Provincia de Puntarenas, linderos norte: Eugenio Gómez Gómez, sur: Jorge Sandí Cascante y con calle pública en medio, este: Jorge Sandí Cascante y oeste: Guillermo Gómez Gómez y Raquel Carballo García, con una medida de ciento noventa y ocho mil seiscientos cincuenta y dos metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Plano catastrado P-0549810- 1999.- Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del doce de febrero de dos mil veintiuno (08:30 12/02/2021), con la base de cincuenta y seis millones doscientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para el tercer remate se señalan las ocho horas con treinta minutos del veintiséis de febrero de dos mil veintiuno (08:30 hrs 26/02/2021), con la base de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Inversiones A Y R Acapulco Sociedad Anónima. Exp:20- 000054-0419-AG.—Juzgado Agrario Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores), 14 de diciembre del año 2020.—Licda. Maricel Zamora Arias, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021518696 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones (citas: 344-10080-01-0900-001); sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número 165185, derecho 000, la cual es naturaleza: solar. Situada en el distrito 3-Rita, cantón 2-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Consultores Econoagro El Sembrador S. A.; al sur, Banco Nacional de Costa Rica; al este, Banco Nacional de Costa Rica; y al oeste, calle pública con un frente a ella de 10 metros. Mide: doscientos doce metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del quince de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintiuno con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del tres de marzo del dos mil veintiuno con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Noilyn Yasmin Vargas Berrocal. Expediente N° 18-013788-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22 de octubre del 2020.—Lic. Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2021518697 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número quinientos treinta mil ochenta y tres, derechos: cero cero tres y cero cero cuatro, segregaciones: no hay, naturaleza: Lote 20 terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 2-San Josecito, cantón 10-Alajuelita de la provincia de San José, Linderos: noreste, calle pública con un frente a ella de ocho metros cincuenta centímetros, noroeste, Tayrin Patricia Rodríguez Aguilar, sureste, Tayrin Patricia Rodríguez Aguilar, suroeste, Tayrin Patricia Rodríguez Aguilar. Mide: ciento veintiún metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del veintidós de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos del dos de marzo del dos mil veintiuno, con la base de seis millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del diez de marzo del dos mil veintiuno, con la base de dos millones ciento veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda contra Marcela de Los Ángeles Zamora Solano, Mario Antonio Calero Hurtado. Expediente Nº 18-004574-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de octubre del 2020.—Lic. Michelle Allen Umaña, Juez/a Decisor/a.—( IN2021518698 ).

En este Despacho, con una base de catorce mil treinta y siete dólares con cuarenta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BRP 835, Estilo D Zire GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, serie, chasis y vin MA3ZF635XKA267999; año 2019, color blanco, N° Motor K12MN2148813, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del siete de junio del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del quince de junio del dos mil veintiuno, con la base de diez mil quinientos veintiocho dólares con diez centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de junio del dos mil veintiuno, con la base de tres mil quinientos nueve dólares con treinta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de C.R S. A., contra Daniel Barquero Cruz. Expediente Nº 20-013433-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 14 de diciembre del 2020.—Hazel Mariela Carvajal Rojas, Jueza Tramitadora.—( IN2021518736 ).

En este Despacho, con una base de ocho mil setecientos dos dólares con un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas 883932. Marca: Toyota, Estilo: Rav4, Categoría: Automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie: JTMBD33V605265093, Año: 2011, Carrocería: Todo terreno 4 puertas, Color: Negro, Tracción: 4x4, Cilindrada: 2362 c.c., Combustible: Gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del quince de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintiuno con la base de seis mil quinientos veintiséis dólares con cincuenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del siete de abril de dos mil veintiuno con la base de dos mil ciento setenta y cinco dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Daniel Eduardo Villegas Ríos. Expediente N° 20-012621-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de diciembre del año 2020.—Lic. Mayra Vanessa Guillen Rodriguez, Jueza Decisora.—( IN2021518739 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho mil trescientos cincuenta y tres dólares con ochenta y un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa JMK066, marca: Volkswagen, estilo: Jetta MK6, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: 3VW476AJ2GM300229, año fabricación: 2016, color: blanco, N° motor: CPL042361, cilindrada: 2000 c.c. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del cuatro de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del quince de marzo del dos mil veintiuno, con la base de trece mil setecientos sesenta y cinco dólares con treinta y cinco centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del veintitrés de marzo del dos mil veintiuno, con la base de cuatro mil quinientos ochenta y ocho dólares con cuarenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera CAFSA S. A. contra Blive Nexo Comercial S. A. Expediente Nº 19-012841-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de noviembre del 2020.—Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—( IN2021518742 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis mil trescientos setenta y seis dólares exactos , libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas 815142, marca: Mitsubishi, estilo: Montero Sport GLS, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas serie: JMY0RK9709J000592 carrocería: Todo terreno 4 puertas, tracción: 4x4, número chasis: JMY0RK9709J000592, año fabricación: 2010, color: gris, VIN: JMY0RK9709J000592, N.motor: 4M40HL0570 Modelo: K97WGRHFL cilindrada: 2835 c.c cilindros: 4 potencia: 92 KW combustible: Diesel. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del diez de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del dieciocho de marzo de dos mil veintiuno con la base de doce mil doscientos ochenta y dos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del veintiséis de marzo de dos mil veintiuno con la base de cuatro mil noventa y cuatro dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S.A contra Adriana Lucía Méndez Umaña. Expediente Nº:18-004049-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 09 de diciembre del año 2020.—Lic. Gabriela Rojas Astorga. Jueza Decisora.—( IN2021518747 ).

En este Despacho, con una base de siete mil quinientos treinta y un dólares con setenta y un centavos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el vehículo MOT-427136, estilo moto, capacidad 2 personas, año 2014, color negro, carrocería motocicleta. Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del trece de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veintiuno de abril del dos mil veintiuno, con la base de cinco mil seiscientos cuarenta y ocho dólares con setenta y ocho centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del veintinueve de abril del dos mil veintiuno, con la base de mil ochocientos ochenta y dos dólares con noventa y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se les informará las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A contra Jorge Ricardo Fonseca Diaz. Expediente Nº 18-000260-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 12 de agosto del 2020.—Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2021518749 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y ocho millones doscientos cuarenta y seis mil trescientos nueve colones con cincuenta y siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula N° 130956-001 y 002, la cual es naturaleza: para construir lotes 54-D y 55-D. Situada en el Distrito 1-San Rafael, cantón 7-Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública con 16,19; al sur, lote 53-D; al este, Tadeo Calvo Valverde, y al oeste, calle pública. Mide: cuatrocientos dieciocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del tres de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas treinta minutos del once de febrero del dos mil veintiuno, con la base de cuarenta y tres millones seiscientos ochenta y cuatro mil setecientos treinta y dos colones con diecisiete céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del diecinueve de febrero del dos mil veintiuno, con la base de catorce millones quinientos sesenta y un mil quinientos setenta y siete colones con treinta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jorge Enrique Vega Granados y María de Los Ángeles Monge Barquero. Expediente Nº 20-002707-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 24 de noviembre del 2020.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2021518752 ).

En este Despacho, con una base de quince millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 295-09415-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número once mil novecientos noventa y cinco, derecho cero dieciséis, la cual es terreno naturaleza: Terreno de potrero. Situada en el distrito 3-San Rafael, cantón 8-Poás, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, José Víquez y otro; al sur, Río Tacares; al este, José Víquez y otro; y al oeste, José Víquez y otro. Mide: ciento sesenta y siete mil setecientos treinta y cinco metros con cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del quince de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintiuno con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del siete de abril de dos mil veinte con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Alexis de la Trinidad Salas Víquez contra Danilo Gerardo Rodríguez Jiménez. Expediente N° 20-000984-1204-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10 de noviembre del año 2020.—Licda. Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza Decisora.—( IN2021518767 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones seiscientos setenta y dos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula N° 487749-000, la cual es terreno con un taller de ebanistería. Situada en el distrito 5-San Jerónimo, cantón 6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Casimiro Rodríguez Cubero; al sur, calle pública con frente a ella de 15 metros 76 centímetros; al este, Lote segundo, y al oeste, servidumbre de paso. Mide: quinientos setenta metros con noventa y cinco decímetros cuadrados, Plano: A-0964328-2004. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del cuatro de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del dieciocho de febrero del dos mil veintiuno, con la base de tres millones quinientos cuatro mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del cuatro de marzo del dos mil veintiuno, con la base de un millón ciento sesenta y ocho mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Agropecuaria Corrales Rojas de San Jerónimo S. A. contra Carlos Luis Madrigal Segura. Expediente Nº 20-003024-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 02 de noviembre del 2020.—Licda. Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2021518777 ).

En este Despacho, con una base de veintiocho millones cuatrocientos tres mil cincuenta y cuatro colones, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número trescientos cinco mil quinientos ochenta y uno, derecho cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito San Isidro de El General, cantón Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Gerardo Padilla; al sur, Victorino Solís Valverde; al este, Victorino Solís Valverde; y al oeste, calle pública con 10 metros. Mide: doscientos ochenta y ocho metros con doce decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas del nueve de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas del dieciocho de febrero del dos mil veintiuno, con la base de veintiún millones trescientos dos mil doscientos noventa colones con cinco céntimos (setenta y cinco por ciento de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cinco minutos del veintiséis de febrero del dos mil veintiuno, con la base de siete millones cien mil setecientos sesenta y tres colones con cinco céntimos (veinticinco por ciento de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la moneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso sumario de cobro de obligación dineraria de Héctor Luis Fallas Hidalgo contra Oldemar Robles Torres. Expediente N° 00-100014-0188-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Civil), 20 de noviembre del 2020.—Msc. Harold Ríos Solórzano, Juez Decisor.—( IN2021518781 ).

En este Despacho, con una base de sesenta y ocho millones ochocientos ochenta y dos mil novecientos treinta y tres colones con cuarenta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando demanda ordinaria citas: 800-511607-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 134253-000, la cual es terreno lote 23 con una edificación. Situada en el Distrito 2-Occidental, Cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte Junta Administrativa del Colegio San Luis Gonzaga; al sur Comercializadora Josías de la Pascua; al este Junta Administrativa del Colegio San Luis Gonzaga y al oeste calle pública con diez metros con setenta y seis decímetros. Mide: doscientos treinta y tres metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del cuatro de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del doce de febrero de dos mil veintiuno con la base de cincuenta y un millones seiscientos sesenta y dos mil doscientos colones con siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintidós de febrero de dos mil veintiuno con la base de diecisiete millones doscientos veinte mil setecientos treinta y tres colones con treinta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Ronny Javier Morales Ramírez. Expediente Nº:20-003268-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 26 de noviembre del año 2020.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza Decisora.—( IN2021518783 ).

En este Despacho, con una base de diez mil ciento sesenta y siete dólares con setenta y cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BGZ585, Marca: Hyundai, Estilo: Elantra GLS, Categoría: Automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie: KMHDH41EBFU277643, Carrocería: Sedan 4 puertas, Tracción: 4x2, Número de Chasis: KMHDH41EBFU277643, Año Fabricación: 2015, Color: Negro, Número Motor: G4NBEU708278, Cilindrada: 1800 c.c., Combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas cero minutos del cinco de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del quince de febrero de dos mil veintiuno, con la base de siete mil seiscientos veinticinco dólares con ochenta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintiuno, con la base de dos mil quinientos cuarenta y un dólares con noventa y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S.A. contra 3-101-688796 Sociedad Anónima. Expediente N° 19-005765-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 06 de noviembre del año 2020.—Lic. Franz Castro Solís, Juez Tramitador.—( IN2021518785 ).

En este Despacho, con una base de catorce mil quinientos siete dólares con noventa y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BQC907, marca: Hyundai, estilo: I20 active, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: sedan 4 puertas Hatchback, tracción: 4x2 año: 2018, color: azul, vin: MALBM51CAJM425159, cilindrada: 1400 c.c cilindros: 4, combustible: gasolina, N° motor: G4LCHU826209. Para tal efecto se señalan las ocho horas veinte minutos del quince de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas veinte minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintiuno, con la base de diez mil ochocientos ochenta dólares con noventa y seis centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas veinte minutos del tres de marzo del dos mil veintiuno, con la base de tres mil seiscientos veintiséis dólares con noventa y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Belkis Anaeska Dávila Rayo, Gina Maritza Marenco Ramírez. Expediente Nº 20-006849-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de noviembre del 2020.—Licda. Isabel Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2021518787 ).

En este Despacho, con una base de doce mil doscientos noventa y nueve dólares con setenta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa JLN189, marca: Nissan, estilo: QASHQAI, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: SJNFBNJ11GA403579, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4x4, peso bruto: 1444 kgrms. número chasis: SJNFBNJ11GA403579, valor hacienda: 10,370,000.00, año fabricación: 2016, color gris, estado actual: inscrito, N° motor: MR20359367W, marca: Nissan, N° serie: no indicado, modelo: FDRNLBZJ11EWAFAJM-, cilindrada: 2000 c.c cilindros: 4 potencia: 104 KW, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas con treinta minutos del veinticinco de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas con treinta minutos del ocho de marzo del dos mil veintiuno, con la base de nueve mil doscientos veinticuatro dólares con ochenta y cuatro centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas con treinta minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintiuno, con la base de tres mil setenta y cuatro dólares con noventa y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra José Luis Espinoza Noguera. Expediente Nº 20-011979-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 29 de setiembre del 2020.—Lic. Tadeo Solano Alfaro, Juez.—( IN2021518788 ).

En este Despacho, a) Con una base de trece millones seiscientos setenta y cinco mil novecientos ochenta y tres colones con setenta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas Ley Aguas (citas: 407-15856-01-0252-001), Reservas Ley Caminos (citas: 407-15856-01-0253-001); sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número quinientos doce mil quinientos quince, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir con un local comercial. Situada en el distrito 4-Coyolar, cantón 9-Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote ochenta y uno; al sur, calle pública; al este, María Isabel Castro Fonseca; y al oeste, María Isabel Castro Fonseca. Mide: quinientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas cero minutos del veintidós de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas cero minutos del dos de marzo del dos mil veintiuno con la base de diez millones doscientos cincuenta y seis mil novecientos ochenta y siete colones con setenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas cero minutos del diez de marzo del dos mil veintiuno con la base de tres millones cuatrocientos dieciocho mil novecientos noventa y cinco colones con noventa y tres céntimos (25% de la base original). b) Con una base de veintiséis millones novecientos sesenta y cinco mil ochocientos sesenta y nueve colones con ochenta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas Ley Aguas (citas: 407-15856-01-0252- 001), Reservas Ley Caminos (citas: 407-15856-01-0253-001); sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos noventa y cinco mil ciento ochenta, derecho cero cero cero la cual es terreno naturaleza: terreno para construir hoy con una casa. Situada en el distrito 4-Coyolar, cantón 9-Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, IDA lote 81; al sur, calle pública con un frente de 16 metros; al este, IDA lote 83; y al oeste, María Isabel Castro Fonseca. Mide: mil metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas cero minutos del veintidós de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas cero minutos del dos de marzo del dos mil veintiuno con la base de veinte millones doscientos veinticuatro mil cuatrocientos dos colones con treinta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas cero minutos del diez de marzo del dos mil veintiuno con la base de seis millones setecientos cuarenta y un mil cuatrocientos sesenta y siete colones con cuarenta y cinco céntimos (25% de la base original). NOTAS: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Gian Franco D Ambrosio Vite. Expediente N° 19-015948-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 02 de noviembre del 2020.—Msc. Angie Rodríguez Salazar, Jueza.—( IN2021518790 ).

En este Despacho, se señalan las siete horas treinta minutos del uno de setiembre del dos mil veintiuno. Con una base de ochenta y nueve mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas Ley Forestal citas: 401-02661-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ochenta y cuatro mil doscientos quince, derecho cero cero cero, la cual es terreno apto para la agricultura y la ganadería, sembrado de árboles frutales y repastos. Situada en el distrito: 01-Golfito, cantón: 07-Golfito, de la provincia de Puntarenas. Linderos: al norte, Compañía Bananera de Costa Rica; al sur, Zona Marítimo Terrestre de Golfo Dulce; al este, Compañía Bananera de Costa Rica y Rufino Reyes Reyes en parte; y al oeste, Lía Ledezma Aguilar. Mide: cuatrocientos noventa y siete mil novecientos treinta y ocho metros cuadrados. Plano: P-0628745-1986. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas treinta minutos del nueve de setiembre del dos mil veintiuno, con la base de sesenta y seis mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas treinta minutos del diecisiete de setiembre del dos mil veintiuno, con la base de veintidós mil doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Víctor Hugo del Carmen Madrigal Badilla contra Inmobiliaria Rimafa Sociedad Anónima. Expediente N° 20-001921-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 27 de octubre del 2020.—Licda. Eida Virginia Madrigal Camacho, Jueza Tramitadora.—( IN2021518791 ).

En este despacho, con una base de ochenta y seis mil seiscientos ochenta y ocho dólares con treinta y siete centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando citas: 323-17738-01-0901-001condiciones ref:2478 071 001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número ciento setenta mil quinientos setenta y dos, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa marcado con el numero treinta y cinco. Situada en el Distrito 1-Orotina, Cantón 9-Orotina, de la Provincia de Alajuela. Colinda: al norte Floriberta Venegas Aguilar; al sur Jose Luis Mora Porras y Hacienda Nambi S. A.; al este María Del Socorro Cordero Vargas y al oeste calle publica con un frente de 9m 01cm. Mide: cuatrocientos cincuenta y seis metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del uno de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del nueve de febrero de dos mil veintiuno con la base de sesenta y cinco mil dieciséis dólares con veintiocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del diecisiete de febrero de dos mil veintiuno con la base de veintiún mil seiscientos setenta y dos dólares con nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Adriana Karlina Lizano Villarreal. Expediente Nº:20-003808-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 12 de octubre del año 2020.—Licda. Sofía Ramírez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2021518792 ).

En la puerta exterior de este Despacho, con una base de doce mil doscientos ochenta y ocho dólares con catorce centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: CL 304642, Marca: Ford, Estilo: Ranger, Categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas, Serie: 6FPPXXMJ2PDE56273, año: 2014, color: blanco, cilindrada: 3200 c.c. Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del cinco de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del quince de febrero del dos mil veintiuno, con la base de nueve mil doscientos dieciséis dólares con diez centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintiuno, con la base de tres mil setenta y dos dólares con tres centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en Proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S.A. contra Oscar Gerardo Angulo Bolaños. Expediente N° 20-000750-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 28 de octubre del 2020.—Lic. Victor Obando Rivera, Juez.—( IN2021518793 ).

En este Despacho, con una base de doce mil trescientos noventa y nueve dólares con veintiún centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate vehículo Placas BKH796; Marca: Suzuki; Estilo: Vitara GLX Z; Categoría: automóvil; Capacidad: 5 personas; año: 2016; color: turquesa; Vin: TSMYE21SGM133804; cilindrada: 1600 c.c.; combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos del once de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del veintidós de febrero de dos mil veintiuno, con la base de nueve mil doscientos noventa y nueve dólares con cuarenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del dos de marzo de dos mil veintiuno, con la base de tres mil noventa y nueve dólares con ochenta centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S.A. contra Alba Amparo Arango Diego. Expediente Nº:20-010728-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 29 de setiembre del año 2020.—Licda. Joyce Magaly Ugalde Huezo, Jueza Decisora.—( IN2021518795 ).

En este Despacho, con una base de quince mil trece dólares con sesenta y cinco centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia de tránsito, bajo las citas tomo 800, asiento 00611061 secuencia 001; sáquese a remate el vehículo Placa: BST069, Marca: Geely, Estilo: GX3, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4x2, número Chasis: LB37522S3LL001078, N° Motor: JLB4G15K8CA4309127, cilindrada: 1500 c.c., Capacidad: 5 personas, color: rojo, año fabricación: 2020. Para tal efecto se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del quince de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintiuno, con la base de once mil doscientos noventa y siete dólares con setenta y cuatro centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del tres de marzo del dos mil veintiuno, con la base de tres mil setecientos sesenta y cinco dólares con noventa y un centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S.A. contra José Alfredo Esquivel Barrientos. Expediente Nº 20-011546-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de noviembre del 2020.—Licda. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—( IN2021518796 ).

En este Despacho, con una base de veinticuatro mil trescientos veintiocho dólares con sesenta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas número: CJW999, marca: Ford, estilo: Explorer, categoría: automóvil, capacidad: 7 persona, chasis: 1FM5K8D84EGB65154, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4X4, año: 2014, color: rojo, cilindrada: 3500 c.c., combustible: gasolina, número de motor: no tiene. Para tal efecto se señalan las catorce horas y diez minutos del veinticinco de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y diez minutos del cinco de marzo del dos mil veintiuno con la base de dieciocho mil doscientos cuarenta y seis dólares con cuarenta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y diez minutos del quince de marzo del dos mil veintiuno con la base de seis mil ochenta y dos dólares con dieciséis centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Cathay de Costa Rica S. A. contra Jiewen Cen. Expediente N° 18-016662-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Mauricio Hidalgo Hernández, Juez Decisor.—( IN2021518797 ).

En este Despacho, con una base de un millón quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo 643414, Marca: Nissan, Estilo: Sentra, Categoría: automóvil, Capacidad 5 personas, Serie: 3N1AB4ID4TL013562, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, número chasis 3N1AB41D4TLAB562, año fabricación: 1996, color: vino, N° Motor: G416880833L, modelo: GXE, cilindrada: 1600 c.c., cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del ocho de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del dieciséis de febrero del dos mil veintiuno, con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veinticuatro de febrero del dos mil veintiuno, con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Exportaciones Santa María S.A. contra Cribian Esteban Rojas Monge. Expediente N° 20-003090-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 09 de noviembre del 2020.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Decisora.—( IN2021518810 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis millones trescientos sesenta y un mil ochocientos sesenta y ocho colones con diez céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número noventa mil doscientos cuarenta y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1-Siquirres, cantón 3-Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Rafael Mora Solano; al sur, Álvaro Urbina Oporta; al este, calle pública; y al oeste, Instituto Mixto de Ayuda Social. Mide: doscientos cuarenta metros con diez decímetros cuadrados. Plano: L-0855919-1989. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del cinco de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del trece de abril del dos mil veintiuno con la base de doce millones doscientos setenta y un mil cuatrocientos un colones con ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintiuno de abril del dos mil veintiuno con la base de cuatro millones noventa mil cuatrocientos sesenta y siete colones con tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Gilber Antonio Cortés Camareno. Expediente N° 19-003038-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 07 de enero del 2021.—Licda. Ana Milena Gutiérrez Rojas, Jueza.—( IN2021518814 ).

En este Despacho, con una base de treinta mil trescientos sesenta y siete dólares con noventa y dos centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 154-02969-01-0002-001; servidumbre trasladada citas: 225-03175-01-0901-001 y servidumbre de aguas pluviales citas: 2012-300027-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 108866-F-000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número D-veinticuatro, apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito: 07-Puente de Piedra, cantón: 03-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, finca filial primaria individualizada número M cero uno; al sur, área común a acceso D-Uno; al este, finca filial primaria individualizada número D-veintitrés; y al oeste, finca filial primaria individualizada número D-veinticinco. Mide: doscientos treinta metros cuadrados. Valor porcentual: 0.05. Valor medida: 0.0005. Plano: A-1752283-2014 metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del uno de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del nueve de marzo del dos mil veintiuno con la base de veintidós mil setecientos setenta y cinco dólares con noventa y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintiuno con la base de siete mil quinientos noventa y un dólares con noventa y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Horizontal Residencial de Fincas Filiales Primarias Individualizadas Montezuma contra Marjorie de Los Ángeles Flores Barquero. Expediente N° 18-012231-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 09 de diciembre del 2020.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Decisora.—( IN2021518819 ).

En este Despacho, con una base de setenta millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número diez mil ciento cuarenta y dos, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con dos locales comerciales y dos apartamentos. Situada en el distrito 1-Tilarán, cantón 8-Tilarán, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Celina Calderón Morera; al sur, calle pública con un frente de 12,16 metros; al este Abel Leitón Rojas, y al oeste, Eladio Rojas Núñez By Francisco Quesada Hidalgo. Mide: cuatrocientos treinta y siete metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Plano: G-0627744-1986. identificador predial: 508010010142. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del uno de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas treinta minutos del nueve de marzo del dos mil veintiuno, con la base de cincuenta y dos millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas treinta minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintiuno, con la base de diecisiete millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Alfredo de Los Ángeles Murillo López, Ana Rita González Olivares, Ingrid Giselle De Lo González Olivares. Expediente Nº 18-004076-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2021518825 ).

En este Despacho, con una base de veintitrés millones ciento cincuenta y ocho mil colones, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 690660-001 y 002, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito: 03-Daniel Flores, cantón: 19-Perez Zeledón, de la Provincia de San José. Colinda: al norte José Ángel Villegas Ramírez; al sur calle publica y resto de finca; al este resto de finca y al oeste José Ángel Villegas Ramírez y calle pública. Mide: doscientos tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del diez de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del dieciocho de febrero de dos mil veintiuno, con la base de diecisiete millones trescientos sesenta y dos mil quinientos colones (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veintiséis de febrero de dos mil veintiuno, con la base de cinco millones setecientos ochenta y nueve mil quinientos colones (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago Ahorro y Préstamo contra Kerilyn Vanessa León Murillo, Royman Francisco Cordero Barboza. Expediente Nº:20-004047-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 01 de diciembre del año 2020.—Lic. Carlos Contreras Reyes, Juez Decisor.—( IN2021518836 )

En este Despacho, 1. Con una base de cuatro mil ciento treinta dólares con ochenta y un centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas 392-18250-01-0859-001; 392-18250-01-0860-001; 392-18250-01-0861-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número doscientos cinco mil noventa y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito: 03-Potrero Grande, cantón: 03-Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Resto de Inversiones y Desarrollos El Brillante S. A.; al sur, calle pública; al este, Resto de Inversiones y Desarrollos El Brillante S.A.; y al oeste, Danilo Garro Hidalgo. Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas del del quince de marzo del año dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas del veintitrés de marzo del año dos mil veintiuno, con la base de tres mil noventa y ocho dólares con once centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas del treinta y uno de marzo del año dos mil veintiuno, con la base de mil treinta y dos dólares con setenta centavos (25% de la base original). 2. Asimismo, Con una base de dieciocho mil cuatrocientos cuarenta y siete dólares con setenta y nueve centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas 392-18250-01-0859-001, 392-18250-01-0860-001, 392-18250-01-0861-001, sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número doscientos cinco mil noventa y siete, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito: 03-Potrero Grande, cantón: 03-Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Parcela 22 y Parcela 23; al sur, calle pública; al este, calle pública; y al oeste, Parcela 17, calle pública, Leonel Aguilar, Danilo Garo Hidalgo y Ronald Cubillo Diaz. Mide: treinta y seis mil setecientos ochenta y nueve metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas del del quince de marzo del año dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas del veintitrés de marzo del año dos mil veintiuno, con la base de trece mil ochocientos treinta y cinco dólares con ochenta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas del treinta y uno de marzo del año dos mil veintiuno, con la base de cuatro mil seiscientos once colanes con noventa y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de contra Kenneth Cubillo Díaz. Expediente N° 20-003290-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 08 de diciembre del año 2020.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2021518846 ).

En este Despacho, con una base de ciento ochenta y un millones seiscientos ocho mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones con citas 307-07360-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número diez mil trescientos veintidós, derecho cero cero cero, la cual es terreno de cocoteros con una casa. Situada en el distrito Limón, cantón Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Mar Caribe; al sur, carretera con 18m 50cm; al este, Adolfo Shifter; y al oeste, Thomas Stuvert. Mide: mil ciento tres metros con ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del diez de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de febrero del dos mil veintiuno con la base de ciento treinta y seis millones doscientos seis mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de febrero del dos mil veintiuno con la base de cuarenta y cinco millones cuatrocientos dos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Loahn Emilio Lindo Dell contra Roger Vicente Rowe Joiles. Expediente N° 17-001236-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez Decisor.—( IN2021518849 ).

En este Despacho, con una base de treinta y nueve millones ciento cincuenta mil setecientos quince colones con siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 240424-000, derecho, la cual es terreno para construir en una parte y con una casa. Situada en el distrito 1-Los Chiles, cantón 14-Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle; al sur, Carlos Rosales; al este, Juan Rodríguez; y al oeste, Miguel Hernández. Mide: quinientos cuarenta y nueve metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Plano: A-0676828-1987. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del ocho de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de febrero del dos mil veintiuno con la base de veintinueve millones trescientos sesenta y tres mil treinta y seis colones con treinta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de febrero del dos mil veintiuno con la base de nueve millones setecientos ochenta y siete mil seiscientos setenta y ocho colones con setenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juana Del Rosario Montano Ubao. Expediente N° 19-009495-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 07 de agosto del 2020.—Licda. Eunice Pérez Arce, Jueza Decisora.—( IN2021518856 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones doscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre de paso citas: 2017-185222-01-0002-001; sáquese a remate la finca del Partido de Cartago, matrícula número 257023-000, la cual es terreno para construir lote A-6.- Situada en el distrito: 01-Paraíso, cantón: 02-Paraíso, de la Provincia de Cartago. Colinda: al norte Roete de Curridabat Sociedad Anónima; al sur resto destinado a servidumbre; al este lote A-5 y al oeste lote A-7. Mide: ciento noventa metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos (09:00 a.m.) del diecisiete de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos (09:00 a.m.) del veinticinco de febrero de dos mil veintiuno, con la base de tres millones novecientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos (09:00 a.m.) del cinco de marzo de dos mil veintiuno, con la base de un millón trescientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Pedro Alonso Buzano Segura contra Mobiliaria Rivera Sánchez Sociedad Anónima. Expediente Nº:20-001983-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 13 de noviembre del año 2020.—Lic. Víctor Obando Rivera, Jueza Tramitadora.—( IN2021518860 ).

En este Despacho, con una base de diez millones quinientos setenta y seis mil setecientos sesenta y dos colones con noventa céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso bajo las citas: 2013- 78942-01-0027-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 504462-000, la cual es terreno lote tres, terreno para construir. Situada en el Distrito 5-Venecia, Cantón 10-San Carlos, de la Provincia de Alajuela. Colinda: al norte: con lote dos segregado sur: con Oliverio Acuña Montero este: con resto reservado destinado a servidumbre de paso con un frente de 10 metros lineales y lote cuatro A segregar oeste: con Rafael Acuña Montero. Mide: mil ciento treinta y ocho metros cuadrados plano: A-1640616-2013; para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del once de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del diecinueve de agosto de dos mil veintiuno con la base de siete millones novecientos treinta y dos mil quinientos setenta y dos colones con diecinueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintisiete de agosto de dos mil veintiuno con la base de dos millones seiscientos cuarenta y cuatro mil ciento noventa colones con setenta y tres céntimos (25% de la base original). Nota: Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Giancarlo Rojas Zamora. Expediente Nº:19-002741-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 06 de noviembre del año 2020.—Licda. Eunice Pérez Arce, Jueza Decisora.—( IN2021518863 ).

En este despacho, con una base de diecisiete millones setecientos cincuenta y nueve mil ciento cuatro colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando demanda penal citas: 800-552201-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos cuatro mil seiscientos noventa y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno de pastos con una casa. Situada en el distrito 3-Jesús María, cantón 4-San Mateo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública y María Adela Umaña Mora; al sur, Roberto Jiménez Madrigal; al este, calle pública y Juan Luis Umaña Mora, y al oeste, Roger Vega Álvarez y Ronny Campos Umaña. Mide: doce mil doscientos setenta y nueve metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas quince minutos del uno de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas quince minutos del nueve de marzo del dos mil veintiuno, con la base de trece millones trescientos diecinueve mil trescientos veintiocho colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas quince minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones cuatrocientos treinta y nueve mil setecientos setenta y seis colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Oscar Edwin Granados Redondo contra Ronny Eduardo Campos Umaña. Expediente Nº 20-011672-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 03 de noviembre del 2020.—Licda. Sofía Ramírez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2021518865 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de dieciséis mil doscientos noventa y cinco dólares con diecinueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa CVC002, marca Honda, estilo Civic EX, chasis 19XFB2680FE500931, capacidad 5 personas, color gris, año 2015, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del nueve de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del diecisiete de febrero del dos mil veintiuno con la base de doce mil doscientos veintiún dólares con treinta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veinticinco de febrero del dos mil veintiuno con la base de cuatro mil setenta y tres dólares con setenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Marcela Patricia Bonilla Sequeira. Expediente N° 19-012079-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de octubre del 2020.—Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2021518794 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones setecientos treinta y cuatro mil doscientos quince colones con sesenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: 864951, Marca: Toyota, Estilo: Corolla GLI, año fabricación: 2011, Vin: JTDBL42E309121987, N° motor: 2ZR0708595. Para tal efecto se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del siete de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del quince de abril del dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones trescientos mil seiscientos sesenta y un colones con setenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de abril del dos mil veintiuno, con la base de un millón cuatrocientos treinta y tres mil quinientos cincuenta y tres colones con noventa céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credimóvil S.A. contra Jonathan Ruiz Campos. Expediente N° 20-016869-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 06 de diciembre del 2020.—Licda. Ana Felicia Córdoba Artavia, Jueza Decisora.—( IN2021518866 ).

En este Despacho, con una base de veinticuatro mil catorce dólares con setenta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas número CL-287973, marca Toyota, estilo Hilux SRV, categoría carga liviana, capacidad 5 personas, año 2016, color plateado, Vin MR0HZ8CD4G0502138, cilindrada 3000 cc., combustible diésel, motor Nº 1KDU800786. Para tal efecto se señalan las quince horas treinta minutos del uno de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas treinta minutos del nueve de febrero del dos mil veintiuno con la base de dieciocho mil once dólares con ocho centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas treinta minutos del diecisiete de febrero del dos mil veintiuno, con la base de seis mil tres dólares con sesenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera CAFSA Sociedad Anónima contra Heiner Gerardo Barrantes Barrantes. Expediente Nº 20-002814-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 30 de octubre del 2020.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Decisora.—( IN2021518867 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y ocho millones ochocientos sesenta y dos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de SAN JOSÉ, matrícula número 96172-000, derecho 000, la cual es terreno construir con una casa. Situada en el distrito 1-San Juan, cantón 13-Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Tournón Sociedad Anónima; al sur, Elías Bolaños; al este, calle, y al oeste, Tournón Sociedad Anónima. Mide: ciento cuarenta y tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del uno de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del nueve de febrero del dos mil veintiuno, con la base de cuarenta y cuatro millones ciento cuarenta y seis mil quinientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del diecisiete de febrero del dos mil veintiuno, con la base de catorce millones setecientos quince mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Tibás contra José Luis Acuña Mata. Expediente Nº 19-005852-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 26 de noviembre del 2020.—Licda. Jessika Fernández Cubillo, Jueza.—( IN2021518868 ).

En este Despacho, con una base de veintiocho mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso, citas: 2017-280511-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número doscientos quince mil ochocientos sesenta y dos, derecho 000, la cual es terreno con cabinas. Situada en el distrito: 08-Barranca, cantón: 01-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte resto reservado; al sur resto reservado; al este, servidumbre de paso con un frente a ella de 9.27 metros y al oeste Agroplaya. Mide: ciento cuarenta y seis metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de febrero de dos mil veintiuno, con la base de veintiún mil dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del cuatro de marzo de dos mil veintiuno, con la base de siete mil dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Melissa Raquel RS Sociedad Anónima contra Heysa Noemy Calderón Espinoza, Johnny Rolando Arguedas Sirias. Expediente Nº: 19-008150-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 18 de junio del año 2020.—Lic. Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2021518871 ).

En este Despacho, con una base de siete millones setecientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento sesenta y un mil quince, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote 15 D. Situada en el distrito Barranca, cantón Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al noreste, Lote 16 D; al noroeste, Resto destinado a parque; al sureste, resto destinado a calle pública, y al suroeste, resto destinado a parque. Mide: ciento cuarenta y tres metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Plano catastrado P-1264411-2008. Para tal efecto, se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticuatro de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas y treinta minutos del cuatro de marzo del dos mil veintiuno, con la base de cinco millones ochocientos doce mil quinientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del doce de marzo del dos mil veintiuno, con la base de un millón novecientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Luis Alberto Barahona Pérez. Expediente Nº 20-003792-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 31 de octubre del 2020.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2021518898 ).

En este Despacho, con una base de tres mil setecientos siete dólares con setenta y siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa 860977, Marca: BYD, año: 2011, Vin: LGXC14DA9B1000650, cilindrada: 1000 c.c., color: celeste, Categoría: automóvil. Para tal efecto se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del dos de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del diez de febrero del dos mil veintiuno, con la base de dos mil setecientos ochenta dólares con ochenta y dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de febrero del dos mil veintiuno, con la base de novecientos veintiséis dólares con noventa y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera CAFSA S.A. contra Manuel Armando Blanco Núñez. Expediente N° 20-002552-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de setiembre del 2020.—Licda. Joyce Magaly Ugalde Huezo, Jueza Decisora.—( IN2021518902 ).

En este Despacho, Con una base de veinticinco millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 334-04780-01-0901-001; servidumbre de paso citas: 467-00512-01-0008-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 125544-000, la cual es terreno de potrero. Situada en el Distrito 4-Carrillos Cantón 8-Poas de la Provincia de Alajuela, linderos: norte: Jocobosol S. A., sur: Marta Iris Oconitrillo Sequeira y calle pública con un frente a ella de 22.12 metros, este: Juan Carranza Carranza y oeste: Marta Iris Oconitrillo Sequeira. Mide: nueve mil treinta y cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del diecisiete de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veinticinco de mayo de dos mil veintiuno con la base de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del dos de junio de dos mil veintiuno con la base de seis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de María Josefina Valencia Iragorri contra Hans Erik Stjernehammar Oconitrillo, Marta Iris Oconitrillo Sequeira. Expediente Nº: 20-006889-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 03 de diciembre del año 2020.—Lic. Michelle Allen Umaña, Juez/a Decisor/a.—( IN2021518906 ).

En este Despacho, con una base de siete millones seiscientos veinticinco mil seiscientos dieciséis colones con diecisiete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 52137-F- derecho 000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número cincuenta y cinco: apta para construir que se destinara a uso habitacional, la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el Distrito 3-San José, Cantón 3-Grecia, de la Provincia de Alajuela. Colinda: al norte acceso trece; al sur finca filial primaria individualizada número sesenta y dos; al este, finca filial primaria individualizada número cincuenta y cuatro y al oeste finca filial primaria individualizada número cincuenta y seis. Mide: cuatrocientos noventa y cinco metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del cuatro de marzo de dos mil veintiuno con la base de cinco millones setecientos diecinueve mil doscientos doce colones con trece céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del doce de marzo de dos mil veintiuno con la base de un millón novecientos seis mil cuatrocientos cuatro colones con cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Roberto Moisés Vargas León. Expediente Nº:18-000806-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón).—Licda. Sindy Melania Zúñiga Acuña, Jueza.—( IN2021518913 ).

En este Despacho, con una base de cuatrocientos mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando mandamiento de reposición de cédulas hipotecarias citas: 2016-787627-002; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 145547-000, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 1-San Rafael, cantón 7-Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Río Tatiscu; al sur, José Miguel Fernández Muñoz; al este, Río Tatiscu; y al oeste, eje de carretera nacional. Mide: dos mil quinientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del ocho de marzo del dos mil veintiuno con la base de trescientos mil dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del dieciséis de marzo de dos mil veintiuno con la base de cien mil dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Abonos del Pacífico S. A. contra AGS Representaciones Agroindustriales Sociedad Anónima. Expediente N° 19-008746-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 16 de diciembre del 2020.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2021518979 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 538150, derecho 000, la cual es terreno lote ocho terreno para construir. Situada en el distrito 8-Ángeles, cantón 2-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote cinco; al sur, lote seis; al este, lote dos y lote tres en medio servidumbre de paso interna con un frente a ella de 26.83 metros; y al oeste, calle pública con un frente a ella de 19.10 metros. Mide: mil novecientos treinta y dos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del cuatro de mayo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del doce de mayo del dos mil veintiuno con la base de seis millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veinte de mayo del dos mil veintiuno con la base de dos millones ciento cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Albert Enrique Del Carmen Villalobos Chacón. Expediente N° 20-001653-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 09 de diciembre del 2020.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza.—( IN2021519042 ).

En este Despacho, con una base de doce millones setecientos noventa y cinco mil ciento diecinueve colones con cincuenta y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 611768-000, la cual es terreno de potrero. Situada en el Distrito 2-Jardín, Cantón 17- Dota, de la Provincia de San José. Colinda: al norte Ignacio Isidro Gómez Chinchilla; al sur Daniel Gómez Cordero; al este Jesús Solano Montoya y al oeste servidumbre agrícola. Mide: cinco mil metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del uno de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del nueve de marzo de dos mil veintiuno con la base de nueve millones quinientos noventa y seis mil trescientos treinta y nueve colones con sesenta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del diecisiete de marzo de dos mil veintiuno con la base de tres millones ciento noventa y ocho mil setecientos setenta y nueve colones con noventa céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Margarita Barba Ramírez, Yogui de Costa Rica Sociedad Anónima. Expediente Nº:19-019165-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 07 de enero del año 2021.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Tramitadora.—( IN2021519043 ).

En este despacho, con una base de cinco millones setenta y nueve mil novecientos sesenta colones con veintiún céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando hipoteca citas: 475-10438-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número ciento veintinueve mil ochocientos diecinueve, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de habitación y un taller mecánico. Situada en el distrito 4-San Antonio, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Román Vega Ávila; al sur, camino a Villa Bonita con 11,11 metros de frente; al este, Román Vega Ávila; y al oeste, Angélica Fernández Calderón. Mide: cuatrocientos treinta y nueve metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas quince minutos del quince de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas quince minutos del veintitrés de marzo del dos mil veintiuno con la base de tres millones ochocientos nueve mil novecientos setenta colones con dieciséis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas quince minutos del siete de abril del dos mil veintiuno con la base de un millón doscientos sesenta y nueve mil novecientos noventa colones con cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Dennis Alberto Calderón Salazar. Expediente N° 20-003298-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10 de noviembre del 2020.—Licda. Sofía Ramírez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2021519045 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y siete millones seis mil ochenta y tres colones con veinticuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando una servidumbre de paso y cuatro servidumbres; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número quinientos cincuenta y nueve mil ochocientos sesenta y ocho-cero cero cero, la cual es Lote 6 terreno de pastos y servidumbres agrícola. Situada en el distrito Santiago, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Vimaquea Sociedad Anónima y servidumbre agrícola con un frente a ella de 5.02 centímetros, sur, Vimaquea Sociedad Anónima, servidumbre agrícola con un frente a ella de 5 metros, este, Mario Enrique Quesada Araya y Vimaquea Sociedad Anónima, oeste, servidumbre agrícola con un frente a ella de 64.78 centímetros lineales en medio Vimaquea Sociedad Anónima. Mide: cinco mil cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas treinta minutos del cuatro de marzo del dos mil veintiuno, con la base de treinta y cinco millones doscientos cincuenta y cuatro mil quinientos sesenta y dos colones con cuarenta y tres céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del doce de marzo del dos mil veintiuno, con la base de once millones setecientos cincuenta y un mil quinientos veinte colones con ochenta y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L contra 3-102-753839 Sociedad de Responsabilidad Limitada y Ricardo Alfredo Murillo Henson. Expediente Nº 19-006717-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 28 de octubre del 2020.—María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2021519046 ).

En este Despacho, con una base de cuatrocientos cincuenta y siete mil novecientos dieciséis dólares con seis centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando medianería bajo citas: 300-04677-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 604448, derecho 000, la cual es terreno con construcción. Situada en el distrito San Sebastián, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Inversiones Gama Sociedad Anónima; al sur, Alejandro Sáenz Ramírez e Inversiones Gama Sociedad Anónima; al este, Rosa Ramírez Moya, Propiedades Retana Ramírez, Carlos Alberto Aguilera Cordero y María Fernández Retana; y al oeste, calle pública. Mide: mil quinientos noventa y cuatro metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Situada en el distrito , cantón , de la provincia de San José. Colinda: al norte ; al sur ; al este ; y al oeste . Mide: metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas diez minutos del diez de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas diez minutos del dieciocho de febrero de dos mil veintiuno con la base de trescientos cuarenta y tres mil cuatrocientos treinta y siete dólares con cuarenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas diez minutos del veintiséis de febrero de dos mil veintiuno con la base de ciento catorce mil cuatrocientos setenta y nueve dólares con quince centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Musicalización Vocal S. A. contra Dalia S. A., Marianela Sotela Bejarano, Orlando José Sotela Alvarado. Expediente N° 17-012504-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de enero del año 2021.—Msc. Sirlene Salazar Muñoz, Jueza Decisora.—( IN2021519047 ).

En este despacho, con una base de veinte millones de colones, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 305-20154-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de provincia: Alajuela finca: 163821 duplicado: horizontal: derecho: 000, segregaciones: no hay, naturaleza: terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 9-Río Segundo, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Linderos: al norte, calle con 10m 320mm; al sur, Nini Chinchilla; al este, Marciano Campos; y al oeste, María Eugenia Jiménez. Mide: doscientos nueve metros con sesenta y siete decímetros cuadrados; para tal efecto, se señalan las catorce horas quince minutos del uno de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas quince minutos del nueve de marzo del dos mil veintiuno con la base de quince millones de colones (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas quince minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintiuno con la base de cinco millones de colones (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Eladio Raúl Rojas Arguedas. Expediente N° 20-011894-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 16 de noviembre del 2020.—Michelle Allen Umaña, Juez/a Decisor/a.—( IN2021519049 ).

En este Despacho, con una base de diez millones novecientos siete mil ochocientos setenta y siete colones con veintiséis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas: 2018-692233-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de guanacaste, matrícula número ciento noventa y dos mil doscientos noventa y ocho, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito: 03-Tronadora, cantón: 08-Tilarán, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte Olga Marita Campos Mejías; al sur servidumbre de paso con frente de 21,60 metros y un ancho de 6,00 metros; al este, servidumbre de paso con frente de 16,75 metros y un ancho de 6,00 metros y al oeste Marjorie Picado Gutiérrez. Mide: trescientos diecinueve metros cuadrados Plano: G-1511306-2011. Identificador predial:508030192298. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del uno de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del nueve de febrero de dos mil veintiuno, con la base de ocho millones ciento ochenta mil novecientos siete colones con noventa y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del diecisiete de febrero de dos mil veintiuno, con la base de dos millones setecientos veintiséis mil novecientos sesenta y nueve colones con treinta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Werman Alberto Esquivel Villalobos. Expediente Nº:20-003673-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 01 de diciembre del año 2020.—Licda. Natalia Orozco Murillo, Jueza Decisora.—( IN2021519124 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y cuatro millones setecientos veintitrés mil setecientos treinta y siete colones con treinta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 313-11776-01-0901-001; serv y condic ref:2151 535 001 citas: 314-07679-01-0901-001; servidumbre trasladada citas: 314-0767901-0903-001; servidumbre trasladada citas: 327-04225-01-0901-001; servidumbre trasladada citas: 395-16981-01-0914-001; servidumbre trasladada citas: 395-16981-01-0915-001; servidumbre de aguas pluviales citas: 2011-46434-01-0004-001; servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2011-46434-01-0023-001; servidumbre de paso citas: 2016-513311-01-0002-001; servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2016-513311-01-0035-001; servidumbre citas: 2016513311-01-0055-001; servidumbre citas: 2016-802871-01-0001-001; servidumbre de acueducto citas: 2017-334020-01-0001-001; servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2017-359170-010014-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula N° 557748-000, terreno solar, la cual es terreno solar. Situada en el distrito: 08-Bolivar, cantón: 03-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, 20308054330300 y servidumbre agrícola con un frente a ella de 7 metros; al sur, 20308041878200 y servidumbre agrícola con un frente a ella de 7 metros; al este Río Vigía, 20308054330200 y servidumbre agrícola con un frente a ella de 119 metros con 27 centímetros, y al oeste, 2030800022610. Mide: tres mil ciento seis metros cuadrados plano: A-20052152017 Identificador Predial:203080557748. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas cero minutos del uno de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las dieciséis horas cero minutos del nueve de febrero del dos mil veintiuno, con la base de treinta y tres millones quinientos cuarenta y dos mil ochocientos dos colones con noventa y ocho céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las dieciséis horas cero minutos del diecisiete de febrero del dos mil veintiuno, con la base de once millones ciento ochenta mil novecientos treinta y cuatro colones con treinta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Ricardo Alberto Morales Cruz. Expediente Nº 20-000922-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 30 de octubre del 2020.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Decisora.—( IN2021519125 ).

En este Despacho, con una base de once millones doscientos veintisiete mil trescientos cuarenta y siete colones con cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: CL 290195, Marca: Nissan, Estilo: Frontier Xe, Capacidad: 5 personas, año: 2017, color: gris, Vin: 3N6CD33B6GK832362, N.Motor: YD25638387P, cilindrada: 2500 c.c, combustible: Diesel. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del nueve de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del diecisiete de febrero de dos mil veintiuno, con la base de ocho millones cuatrocientos veinte mil quinientos diez colones con veintinueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del veinticinco de febrero de dos mil veintiuno, con la base de dos millones ochocientos seis mil ochocientos treinta y seis colones con setenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Daniel Jesús Rivera Obando. Expediente Nº:20-001567-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 08 de enero del año 2021.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Decisora.—( IN2021519133 ).

En este Despacho, con una base de quince mil seiscientos veintiséis dólares con veintisiete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa MGC222, Marca: MG, Estilo: MG 3 Cross, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, año: 2018, color: blanco, carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback, tracción 4x2, Vin: LSJZ14U33JS010350, Motor N° 15S4CRMGH2100549, combustible: gasolina, cilindrada 1500 c.c., cilindros 04. Para tal efecto se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del quince de febrero del dos mil veintiuno, con la base de once mil setecientos diecinueve dólares con setenta (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintiuno, con la base de tres mil novecientos seis dólares con cincuenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra José Antonio Morales Alfaro. Expediente Nº 20-011159-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de enero del 2021.—Lida. Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2021519152 ).

En este Despacho, con una base de un millón seiscientos veintiún mil ochocientos noventa colones con trece céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando habitación familiar citas: 465-04818-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento cuatro mil trescientos ochenta y uno, derecho 000, la cual es terreno para construir lote 170 J. Situada en el distrito: 08-Barranca, cantón: 01-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, noreste, lote 171 J; al sur, noroeste, resto destinado a calle; al este, sureste, lote 181 J, y al oeste, suroeste, lote 169 J. Mide: ciento veinte metros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas y veinte minutos del cuatro de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las siete horas y veinte minutos del doce de febrero del dos mil veintiuno, con la base de un millón doscientos dieciséis mil cuatrocientos diecisiete colones con sesenta céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las siete horas y veinte minutos del veintidós de febrero del dos mil veintiuno, con la base de cuatrocientos cinco mil cuatrocientos setenta y dos colones con cincuenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fundación Costa Rica Canadá contra Yerlin Gisela Zúñiga Obando. Expediente Nº 19-006675-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 11 de setiembre del 2020.—Licda. Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2021519159 ).

En este Despacho, con una base de catorce mil ochocientos treinta y cuatro dólares con noventa y dos centavos, soportando infracciones/colisiones, boleta N° 2018313700004, sumaria N° 18-000294-0489-TR,, sáquese a remate el vehículo Placa: SPR992, Marca: Nissan, Estilo: Tiida, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, N° de Chasis: 3N1CC1AD8HK199009, año fabricación: 2017, color: gris, N° motor: HR16837919M, cilindrada: 1598 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del tres de marzo del dos mil veintiuno, con la base de once mil ciento veintiséis dólares con diecinueve centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del once de marzo del dos mil veintiuno, con la base de tres mil setecientos ocho dólares con setenta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos S J S.A. contra Andrey Santiago Pereira Rimola. Expediente Nº 18-005941-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 17 de diciembre del 2020.—Msc. Franz Castro Solís, Juez Tramitador.—( IN2021519160 ).

En este Despacho, con una base de siete mil ciento ocho dólares con treinta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BDW546, Marca: Hyundai, Categoría: automóvil, Serie: KMHCT41BAEU513627, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, número Chasis: KMHCT41BAEU513627, año fabricación: 2014, techo: techo alto, color: plateado, Vin: KMHCT41BAEU513627, Estilo: Accent GL, Capacidad: 5 personas, valor contrato: 9,828,807.00, N° Motor: G4LCDU066512. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del quince de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintiuno, con la base de cinco mil trescientos treinta y un dólares con veintinueve centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del tres de marzo del dos mil veintiuno, con la base de mil setecientos setenta y siete dólares con diez centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos S J Sociedad Anónima contra Guiselle Dinorah Sánchez Solorzano. Expediente Nº 19-008602-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 02 de diciembre del 2020.—Licda. Natalia Orozco Murillo, Jueza Decisora.—( IN2021519161 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho mil quinientos veintitrés dólares con dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa BMY115, Marca: Hyundai, Estilo: Tucson GL, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, año: 2016, color: negro, carrocería todo terreno 4 puertas, tracción 4x2, Vin: KMHJ2813AGU165952, Motor N° G4NAGU145632, cilindrada: 2000 c.c., cilindros 04, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del once de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas treinta minutos del diecinueve de febrero del dos mil veintiuno, con la base de trece mil ochocientos noventa y dos dólares con cuarenta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del uno de marzo del dos mil veintiuno, con la base de cuatro mil seiscientos treinta dólares con ochenta centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos S J S.A. contra José Pablo Chacón Solano. Expediente Nº 20-012478-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de noviembre del 2020.—Licda. Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2021519163 ).

En este Despacho, con una base de trece mil ciento sesenta y nueve dólares con setenta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BJN656, marca Hyundai, estilo Aceent GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas, color negro, serie y chasis KMHCT41DBGU921626, año 2016, N° motor G4FCFU286663, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas treinta minutos del diecisiete de mayo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas treinta minutos del veinticinco de mayo del dos mil veintiuno, con la base de nueve mil ochocientos setenta y siete dólares con treinta y dos centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas treinta minutos del dos de junio del dos mil veintiuno, con la base de tres mil doscientos noventa y dos dólares con cuarenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos S J S.A contra Marlon López Vindas. Expediente Nº 20-013171-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Hazel Mariela Carvajal Rojas, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021519164 ).

En este Despacho, con una base de dos millones trescientos ochenta y dos mil setecientos sesenta y dos colones con setenta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa número: BLM051, marca: Honda, estilo: Civic, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2007, color: blanco, vin: 2HGFG12657H529996, cilindrada: 1800 c.c, combustible: gasolina, motor N° R18A12506861. Para tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos del diecisiete de mayo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cero minutos del veinticinco de mayo del dos mil veintiuno, con la base de un millón setecientos ochenta y siete mil setenta y dos colones con cinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del dos de junio del dos mil veintiuno, con la base de quinientos noventa y cinco mil seiscientos noventa colones con sesenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos S J S. A contra Javier Francisco Vargas Leandro, Tatiana María Leandro Otárola. Exp:20-011659-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10 de diciembre del 2020.—Lic. Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2021519165 ).

En este Despacho, con una base de diez mil trescientos noventa y seis dólares con setenta y un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo 852579. Marca: B.M.W., Estilo: 320 I, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, serie, chasis y Vin: WBAPG5103BA165315, carrocería: Sedan 4 puertas, año fabricación: 2011, color: blanco, cilindrada: 2000 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del catorce de junio del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de junio del dos mil veintiuno, con la base de siete mil setecientos noventa y siete dólares con cincuenta y tres centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del treinta de junio del dos mil veintiuno, con la base de dos mil quinientos noventa y nueve dólares con dieciocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de C.R S.A. contra Kevin Andrey Bonilla Sanabria. Expediente Nº 20-013411-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de diciembre del 2020.—Msc. Angie Rodríguez Salazar, Jueza.—( IN2021519167 ).

En este Despacho, con una base de veintidós mil setecientos veintiocho dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MJM077, marca Hyundai, estilo Santa Fe GLS, categoría automóvil, tracción: 4x4, capacidad 7 personas, año 2013, color gris, vin: KMHSU81XDDU113834. Para tal efecto se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del seis de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del catorce de abril del dos mil veintiuno, con la base de diecisiete mil cuarenta y seis dólares exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de abril de dos mil veintiuno, con la base de cinco mil seiscientos ochenta y dos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora De Créditos SJ Sociedad Anónima contra Francisco José Vega Diaz. Expediente Nº 19-006926-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 15 de octubre del 2020.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2021519169 ).

En este Despacho, con una base de seis mil novecientos veinticinco dólares con treinta centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia de tránsito citas tomo: 0800 asiento: 00637891 secuencia: 001 fecha: 21-ago-2020; sáquese a remate el vehículo 844359. Marca: Honda, estilo: Accord Exl, capacidad: 5 personas, categoría: automóvil, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, N° Chasis: 1HGCP2680AA500016, año fabricación: 2010, N° motor: K24Z23005499, cilindrada: 2354 c.c., cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del seis de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos del catorce de abril del dos mil veintiuno, con la base de cinco mil ciento noventa y tres dólares con noventa y siete centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del veintidós de abril del dos mil veintiuno, con la base de mil setecientos treinta y un dólares con treinta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promérica de Costa Rica S. A. contra Adriana María Bonilla Bolaños. Expediente Nº 20-014038-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de enero del 2021.—Lic. Wendy Pagani Rojas, Juez/a Decisor/a.—( IN2021519170 ).

En este Despacho, con una base de ciento seis mil dólares exactos cada vehículo, 1-soportando infracciones bajo boleta 201788600433, sáquese a remate el vehículo AB 006397. Marca Daewoo. Estilo GDW6120HG. Categoría autobús. Capacidad 53 personas. Año 2014. Color blanco. Vin, Serie y Chasis LGLFD5A44EK200117. Cilindrada 6700 cc. Combustible Diesel. Motor Nº87577861; 2- soportando infracciones bajo boleta 3000540709, Vehículo: Placas número AB 006395. Marca Daewoo. Estilo DDW6120HG. Categoría autobús. Capacidad 53 personas. Año 2014. Color blanco. Vin, Serie y Chasis LGLFD5A40EK200115. Cilindrada 6700 cc. Combustible Diesel. Motor Nº87577862, 3-soportando infracciones bajo boleta 2017253900285 Vehículo: Placas número AB 006396. Marca Daewoo. Estilo GDW6120HG. Categoría autobús. Capacidad 53 personas. Año 2014. Color blanco. Vin, serie y chasis LGLFD5A42EK200116. Cilindrada 6700 cc. Combustible Diesel. Motor Nº87577863. Para tal efecto se señalan las quince horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del veintidós de abril de dos mil veintiuno con la base de setenta y nueve mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) para cada vehículo y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del treinta de abril de dos mil veintiuno con la base de veintiséis mil quinientos dólares exactos (25% de la base original) para cada vehículo. Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Autotransportes Barrio San José Limitada. Expediente Nº:18-002491-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 12 de enero del año 2021.—Licda. Yesenia Auxiliadora Hernández Ugarte, Jueza Tramitadora.—( IN2021519183 ).

En este Despacho, con una base de sesenta y dos millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas: 332-13765-01-0901-007; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número trescientos uno mil trescientos tres, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito: 04-Mata de Plátano, cantón: 08-Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 9 metros; al sur, José, Abarca Espinoza y otro; al este, Alexander Vargas Umaña, y al oeste, Veriky S A y Lote 33. Mide: ciento ochenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del veintidós de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas treinta minutos del dos de marzo del dos mil veintiuno, con la base de cuarenta y seis millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del diez de marzo del dos mil veintiuno, con la base de quince millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Alejandro Alfaro Pérez, Yolanda Ramírez Carranza. Expediente Nº 17-007177-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 19 de noviembre del 2020.—Lic. Ronald Gerardo Chacón Mejía, Jueza Tramitadora.—( IN2021519196 ).

En este Despacho, con una base de ciento veintiún millones cuatrocientos noventa y nueve mil treinta y nueve colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula N° 41867-F-000, derecho, la cual es terreno naturaleza: Finca filial ciento diecisiete apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito: 04-Ulloa, cantón: 01-Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, noreste, Filial ciento dieciséis; al sur, noroeste, Acceso seis; al este, sureste, Filial ciento treinta, y al oeste, suroeste, Filial ciento dieciocho. Mide: trescientos veintisiete metros con treinta y nueve decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del uno de junio del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas treinta minutos del nueve de junio del dos mil veintiuno, con la base de noventa y un millones ciento veinticuatro mil doscientos setenta y nueve colones con veinticinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas treinta minutos del diecisiete de junio del dos mil veintiuno, con la base de treinta millones trescientos setenta y cuatro mil setecientos cincuenta y nueve colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Horizontal Residencial con Fincas Filiales Primarias Individualizadas la Ladera contra Condominio La Ladera Bloque CJK Lote Trece MMM Sociedad Anónima, representada por Walter Delgado Borgen. Expediente Nº 19-014518-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 13 de noviembre del 2020.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Jueza Decisora.—( IN2021519207 ).

En este Despacho, con una base de doce mil trescientos treinta y ocho dólares exactos , libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 311-09049-01-0901-001; servidumbre trasladada citas: 335-10332-01-0901-001; serv Canal Riegref: citas: 343-04417-01-0001-001; servidumbre de aguas pluviales citas: 574-05234-01-0476-001; servidumbre de aguas pluviales citas: 574-05234-01-0652-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 65369-F, derecho 000, la cual es terreno naturaleza: finca filial primaria individualizada número dieciocho-D apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito: 06-San Isidro, cantón: 01-alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte área común libre de acceso trece; al sur finca filial primaria individualizada número diecinueve-D; al este, área común libre de acceso diecisiete y al oeste finca filial primaria individualizada número cuarenta y dos-D. Mide: trescientos treinta y un metros con trece decímetros cuadrados plano: A-1245537-2008. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del diez de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintiuno, con la base de nueve mil doscientos cincuenta y tres dólares con cincuenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiséis de mayo de dos mil veintiuno, con la base de tres mil ochenta y cuatro dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Armando del Socorro Pérez Vargas, Armando Pérez Sociedad Anónima. Expediente Nº:20-000620-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 01 de diciembre del año 2020.—Licda. Sofía Ramírez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2021519225 ).

En este Despacho, con una base de dos millones cuatrocientos veintisiete mil diecinueve colones con ochenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo 570896, Marca: Nissan, Estilo: Platina, Categoría: Automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie: 3N1JH01S4ZL115104, Carrocería: Sedan 4 puertas, Número Chasis: 3N1JH01S4ZL115104, año: Fabricación: 2005, Vin: 3N1JH01S4ZL115104, color: Gris, N° Motor: K4MM742Q130188, Marca: Nissan, cilindrada: 1598 c.c., cilindros: 4, Potencia: 106 KW, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del diez de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del dieciocho de febrero de dos mil veintiuno, con la base de un millón ochocientos veinte mil doscientos sesenta y cuatro colones con ochenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintiséis de febrero de dos mil veintiuno, con la base de seiscientos seis mil setecientos cincuenta y cuatro colones con noventa y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de OPC Operadora de Cobro y Crédito Comercial S.A. contra Cesar Alberto Pereira Zúñiga. Expediente N° 20-000207-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 10 de noviembre del año 2020.—Licda. Zary Navarro Zamora, Jueza Tramitadora.—( IN2021519229 ).

En este Despacho, con una base de siete millones setecientos setenta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 399-19293-01-0863-005; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula N° 135802-001 y 002, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 5-Cariari, cantón 2-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, resto de Rosa Morera Chaves y Hernán Rodríguez Salas; al sur, servidumbre de paso; al este, Yorleny Centeno Mora, y al oeste, Maycol Centeno Mora. Mide: doscientos diecisiete metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Plano: L-1156226-2007. Para tal efecto, se señalan las once horas cuarenta y cinco minutos del quince de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintiuno, con la base de cinco millones ochocientos treinta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas cuarenta y cinco minutos del tres de marzo del dos mil veintiuno, con la base de un millón novecientos cuarenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Marisela Rivera Mora, Rodrigo Obando Calderón. Expediente Nº 18-004532-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 23 de octubre del 2020.—Lic. Hazel Mariela Carvajal Rojas, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021519242 ).

En este Despacho, con una base de diez millones novecientos setenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 198571-000, derecho 000, la cual es terreno lote uno, terreno para construir. Situada en el Distrito: 01-San Vito, Cantón: 08-Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte con calle pública; al sur con servidumbre de paso; al este con resto reservado de Carlos Jiménez y al oeste con servidumbre de paso. Mide: cuatrocientos setenta y cinco metros cuadrados plano:P-1711605-2014. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veinticuatro de febrero de dos mil veintiuno, con la base de ocho millones doscientos veintisiete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del cuatro de marzo de dos mil veintiuno, con la base de dos millones setecientos cuarenta y dos mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Luis Adolfo Zúñiga Espinoza, María Fernanda Mendoza Murillo. Expediente Nº:20-000689-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 17 de noviembre del año 2020.—Licda. Eida Virginia Madrigal Camacho, Jueza.—( IN2021519243 ).

En este Despacho, con una base de nueve millones doscientos treinta y cinco mil colones, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre de Aguas Pluviales citas: 570-44878-01-0001-001; limitaciones Ley 7052, 7208, citas: 2011-00176364-01-003-001; habitación familiar citas: 2011-00176364-01-004-001, sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 157698-000, la cual es terreno Lote para construir de vivienda de interés social. Situada en el distrito: 01-Corredor, cantón:10-Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Lote 11-I; al sur, Lote 11-I; al este, Lote 8-1; y al oeste, Lote 10-1. Mide: ciento cincuenta y dos metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Plano P-1166621-2007. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del quince de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintiuno, con la base de seis millones novecientos veintiséis mil doscientos cincuenta colones (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno, con la base de dos millones trescientos ocho mil setecientos cincuenta colones (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Evelyn Vargas Solano. Expediente N° 18-013613-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 15 de diciembre del año 2020.—Licda. Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza Tramitadora.—( IN2021519245 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas ley aguas citas:276-00893-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento veintiocho mil trescientos sesenta y tres, derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito: 09-Monte Verde, cantón: 01-Puntarenas, de la Provincia de Puntarenas. Colinda: al Norte calle publica con un frente de diez metros; al sur Juan Ramírez Lobo; al este Juan Ramírez Lobo y al oeste Juan Ramírez Lobo. Mide: ciento cuarenta y ocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas y cinco minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas y cinco minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas y cinco minutos del once de marzo de dos mil veintiuno, con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Dunia María Picado Badilla, Pedro José López Dormos, Expediente Nº:19-000482-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 22 de julio del año 2020.—Licda. Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2021519272 ).

En este Despacho, con una base de veinticinco mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 324-15600-01-0902-001, servidumbre trasladada citas: 388-03428-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 388-03428-01-0902-001, servidumbre trasladada citas: 388-03428-01-0903-001, servidumbre trasladada citas: 388-03428-01-0904-001 y Plazo de Convalidación (Rectificación de Medida) citas: 572-94738-01-0006-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 600672, derecho 000, la cual es terreno de café y potrero, Lote 1. Situada en el distrito 2-Salitral, cantón 9-Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Minor Delgado Azofeifa, Milena Delgado Azofeifa, Héctor Delgado Azofeifa, Minor Delgado Azofeifa y Passghaleh S. A.; al sur, Touchal de Santa Ana S. A.; al este, Minor Delgado Azofeifa; y al oeste, calle pública. Mide: veinte mil metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintidós de abril de dos mil veintiuno con la base de dieciocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del treinta de abril de dos mil veintiuno con la base de seis mil doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Con una base de veinticinco mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 324-15600-01-0902-001, servidumbre trasladada citas: 388-03428-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 388-03428-01-0902-001, servidumbre trasladada citas: 388-03428-01-0903-001, servidumbre trasladada citas: 388-03428-01-0904-001 y Plazo de Convalidación (Rectificación de Medida) citas: 572-94738-01-0006-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 600673, derecho 000, la cual es terreno de café y potrero, Lote 2. Situada en el distrito 2-Salitral, cantón 9-Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Touchal de Santa Ana S. A.; al sur, Touchal de Santa Ana S. A.; al este, Minor Delgado Azofeifa; y al oeste, calle pública. Mide: veinte mil metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintidós de abril de dos mil veintiuno con la base de dieciocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del treinta de abril de dos mil veintiuno con la base de seis mil doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Con una base de veinticinco mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 324-15600-01-0902-001, servidumbre trasladada citas: 388-03428-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 388-03428-01-0902-001, servidumbre trasladada citas: 388-03428-01-0903-001, servidumbre trasladada citas: 388-03428-01-0904-001 y Plazo de Convalidación (Rectificación de Medida) citas: 572-94738-01-0006-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 600674, derecho 000, la cual es terreno de café, Lote 3. Situada en el distrito 2-Salitral, cantón 9-Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Touchal de Santa Ana S. A.; al sur, Touchal de Santa Ana S. A.; al este, Minor Delgado Azofeifa y Milena Delgado Azofeifa; y al oeste, calle pública. Mide: veinte mil metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintidós de abril de dos mil veintiuno con la base de dieciocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del treinta de abril de dos mil veintiuno con la base de seis mil doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Con una base de veinticinco mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 324-15600-01-0902-001, servidumbre trasladada citas: 388-03428-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 388-03428-01-0902-001, servidumbre trasladada citas: 388-03428-01-0903-001, servidumbre trasladada citas: 388-03428-01-0904-001 y Plazo de Convalidación (Rectificación de Medida) citas: 572-94738-01-0006-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 600675, derecho 000, la cual es terreno de café, Lote 4. Situada en el distrito 2-Salitral, cantón 9-Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Touchal de Santa Ana S. A.; al sur, Amado Delgado Montoya; al este, Milena Delgado Azofeifa y José Ángel Delgado Azofeifa; y al oeste, calle pública. Mide: veinticinco mil seiscientos diecisiete metros con ochenta y ocho decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintidós de abril de dos mil veintiuno con la base de dieciocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del treinta de abril de dos mil veintiuno con la base de seis mil doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Alex Eskandar Khajavi, Touchal Santa Ana S. A.. Expediente N° 19-000584-1203-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 13 de octubre del año 2020.—Ivan Tiffer Vargas, Juez Tramitador.—( IN2021519275 ).

En este Despacho, con una base de setecientos cuatro mil ochocientos un colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento veinticinco mil novecientos tres, derecho 000, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito Sixaola, cantón Talamanca, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, resto reservado de Omar Peraza, camino público en medio con un frente de cuatrocientos veinte metros con noventa y seis centímetros; al sur, Luis González Rojas; al este, Gregorio Zacarias Mena, y al oeste, Luis González Rojas. Mide: ochenta y un mil novecientos setenta y un metros con veintisiete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del uno de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas treinta minutos del nueve de febrero del dos mil veintiuno, con la base de quinientos veintiocho mil seiscientos colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del diecisiete de febrero del dos mil veintiuno con la base de ciento setenta y seis mil doscientos colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Philippe Remi Karel Vangoidsenhoven N/I Expediente Nº 18-003061-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 29 de setiembre del 2020.—Lic. Roy Córdoba Hernández, Juez Decisor.—( IN2021519276 ).

En este Despacho, con una base de once mil setecientos noventa y siete dólares con setenta y siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BGR119, Marca: Chevrolet, estilo: Spark LS, Tracción: 4X2, Número Chasis: KL1CJ6C16EC533842, año fabricación: 2014, color: azul. Para tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos del dos de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del diez de febrero de dos mil veintiuno con la base de ocho mil ochocientos cuarenta y ocho dólares con treinta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del dieciocho de febrero de dos mil veintiuno con la base de dos mil novecientos cuarenta y nueve dólares con cuarenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S.A contra Marcos Vinicio Marin Sanabria. Expediente Nº:18-005405-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 04 de noviembre del año 2020.—Laura Catalina Rojas Lobo, Jueza Tramitadora.—( IN2021519296 ).

En este Despacho, con una base de mil ochocientos sesenta y cuatro dólares con setenta y dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BDJ294, Marca: Hyundai, Estilo: Accent GL, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie, Chasis y Vin: KMHCT51CBDU086439, carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback, tracción: 4x2, año fabricación: 2013, color: café, cilindrada: 1400 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las dieciséis horas y cero minutos del primero de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las dieciséis horas y cero minutos del nueve de febrero del dos mil veintiuno, con la base de mil trescientos noventa y ocho dólares con cincuenta y cuatro centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las dieciséis horas y cero minutos del diecisiete de febrero del dos mil veintiuno, con la base de cuatrocientos sesenta y seis dólares con dieciocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos S J S.A. contra Ana Yansy Sandí Arguedas. Expediente Nº 200106131157CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 12 de octubre del 2020.—Msc. Angie Rodríguez Salazar, Jueza.—( IN2021519297 ).

En este Despacho, con una base de nueve mil dólares con un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BHW424, marca Hyundai, estilo Grand I10 GLS, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2015, color negro, vin MALA841CAFM054632, cilindrada 1200 c.c, combustible gasolina, N° motor G4LAEM415752. Para tal efecto se señalan las ocho horas quince minutos del cuatro de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas quince minutos del quince de febrero del dos mil veintiuno, con la base de seis mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas quince minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintiuno, con la base de dos mil doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos S J S. A. contra Juan Carlos De Jesús Mora Porras. Expediente Nº 20-011115-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de octubre del 2020.—Yesenia Alicia Solano Molina, Jueza Decisora.—( IN2021519298 ).

En este Despacho, con una base de ocho mil novecientos veintiún dólares con veintiséis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BFG621, marca: Hyundai, estilo: Sonata GLS, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas, peso neto: 1770 kgrms, tracción: 4x2, año fabricación: 2013, cilindrada: 2400 c.c., cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos del uno de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cero minutos del nueve de febrero del dos mil veintiuno, con la base de seis mil seiscientos noventa dólares con noventa y cinco centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del diecisiete de febrero del dos mil veintiuno, con la base de dos mil doscientos treinta dólares con treinta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra James Franciscus Mc Intosh Molina. Expediente Nº 19-003180-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 28 de octubre del 2020.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2021519299 ).

En este Despacho, con una base de diez mil cuatrocientos sesenta y siete dólares con diecinueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BKB248, marca: Hyundai estilo: Grand I10 categoría: automóvil capacidad: 5 personas, año fabricación: 2016, color gris, N.Motor: G4LAFM748847, cilindrada 1200 cc. Para tal efecto se señalan las nueve horas diez minutos del tres de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas diez minutos del once de febrero de dos mil veintiuno con la base de siete mil ochocientos cincuenta dólares con treinta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas diez minutos del diecinueve de febrero de dos mil veintiuno con la base de dos mil seiscientos dieciséis dólares con ochenta centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos S J S.A contra Mauricio Sánchez Campos. Expediente Nº:20-011912-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de noviembre del año 2020.—Lic. Susana Cristina Mata Gómez, Jueza Decisora.—( IN2021519300 ).

En este Despacho, con una base de trece mil cuatrocientos noventa y siete dólares con setenta y dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BNG027, marca: Chevrolet, estilo: Spark LT, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: KL1CJ6CA7HC795163 año fabricación: 2017, color: blanco, vin: KL1CJ6CA7HC795163 cilindrada: 1400 c.c, N° motor: LV717025080, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del uno de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del nueve de febrero del dos mil veintiuno, con la base de diez mil ciento veintitrés dólares con veintinueve centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de febrero del dos mil veintiuno, con la base de tres mil trescientos setenta y cuatro dólares con cuarenta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos S J S. A. contra Kennette Alberto Myrie Porter. Expediente Nº 20-011628-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 06 de noviembre del 2020.—Hazel Mariela Carvajal Rojas, Jueza Tramitadora.—( IN2021519301 ).

En este Despacho con una base de quince millones de colones libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso bajo las citas 2010-51626-01-0067-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número doscientos setenta y tres mil seiscientos ochenta y siete, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en distrito dos Mercedes Sur, cantón cuatro Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: norte, Roque Salas; sur, calle pública con once metros; este calle privada con treinta y un metros, y oeste, Roque Salas, servidumbre en medio y Guiselle Chacón Acuña. Mide: doscientos setenta y tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del ocho de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas treinta minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintiuno, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del veinticuatro de marzo del dos mil veintiuno, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Edward Jimenez Masis. Expediente Nº 20-003703-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 27 de noviembre del 2020.—Johnny Esquivel Vargas, Juez Tramitador.—( IN2021519315 ).

En este Despacho, con una base de cinco millones trescientos sesenta y cuatro mil ciento dieciséis colones con noventa y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 175775-000, la cual es terreno de casa y solar. Situada en el distrito: 01-Pacayas, cantón: 06-Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, servidumbre de paso con 12.25 mts; al sur, Abelardo Leandro Barquero; al este, Walter Chacón Leandro; y al oeste, José Joaquín Guillen Leandro. Mide: ciento treinta y cuatro metros con veinte decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del cuatro de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del doce de febrero de dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones veintitrés mil ochenta y siete colones con setenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintidós de febrero de dos mil veintiuno, con la base de un millón trescientos cuarenta y un mil veintinueve colones con veintitrés céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de COOPEALIANZA R.L. contra Mario Alberto Chacón Leandro. Expediente N° 19-000969-0640-CI.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 02 de diciembre del año 2020.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza Decisora.—( IN2021519333 ).

En este despacho, con una base de diecinueve millones setecientos sesenta y cuatro mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando citas: 376-09331-01-0871-001 condiciones Ref:00236193/000; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número doscientos cuarenta y un mil ochocientos veintinueve, derecho cero cero cero, la cual es terreno construir 1 casa lote 25 Bloque C. Situada en el distrito: 01-Orotina, cantón: 09-Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 5; al sur, calle los príncipes; al este, lote 24, y al oeste, lote 26. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas quince minutos del veintiuno de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas quince minutos del veintinueve de junio de dos mil veintiuno, con la base de catorce millones ochocientos veintitrés mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las dieciséis horas quince minutos del siete de julio del dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones novecientos cuarenta y un mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de The Forty Million Investment Sociedad Anónima contra Jessia Carlina Cordero Arguedas. Expediente Nº 20-013140-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 06 de enero del 2021.—Licda. Laura Marcela Alfaro Vargas, Jueza.—( IN2021519334 ).

En este Despacho, con una base de diecinueve millones ochocientos cincuenta y siete mil treinta y un colones con noventa y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 382-16058-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número cuatrocientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos cuarenta y seis, derecho 003 y 004, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 1-Curridabat, cantón 18-Curridabat, de la provincia de San José. Finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte: calle pública; sur: Lote treinta; este: calle pública y Lote treinta y dos; oeste: calle pública. Mide: ciento veinticuatro metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciocho de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del uno de marzo de dos mil veintiuno con la base de catorce millones ochocientos noventa y dos mil setecientos setenta y tres colones con noventa y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del nueve de marzo de dos mil veintiuno con la base de cuatro millones novecientos sesenta y cuatro mil doscientos cincuenta y siete colones con noventa y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Jessica Johanna Campos Vaglio, Leonardo Antonio Reyes Carvajal. Expediente N° 18-005630-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 07 de enero del año 2021.—Licda. Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2021519335 ).

En este Despacho, con una base de nueve millones quince mil novecientos sesenta y cinco colones con cuarenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones, sumaria: 18-001273-0496-TR; sáquese a remate el vehículo placas: BLR880, marca: Citroen, estilo: C-ELYSEE, categoría: Automóvil, capacidad: 5 Personas, serie: VF7DD9HJCHJ511256, año: 2017, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, color: Plateado, cilindrada: 1560 c.c. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del quince de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintiuno con la base de seis millones setecientos sesenta y un mil novecientos setenta y cuatro colones con ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno con la base de dos millones doscientos cincuenta y tres mil novecientos noventa y un colones con treinta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Kevin Aguilar Cascante. Expediente Nº:19-000101-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 26 de noviembre del año 2020.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2021519336 ).

En este Despacho, con una base de tres millones setecientos ochenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas 592344, marca: Hyundai estilo: Starex GRX, categoría: automóvil, capacidad: 12 personas, serie: KMJWWH7JP4U603096, carrocería: microbús, tracción: 4x2, año fabricación: 2004, color: plateado, N° motor: D4CB4681096, cilindrada: 2500 c.c. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciséis de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de febrero del dos mil veintiuno, con la base de dos millones ochocientos treinta y cinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del cuatro de marzo del dos mil veintiuno, con la base de novecientos cuarenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Multiservicios Orca Limitada contra Arístides Ariel Meza Moraga. Expediente Nº 16-011153-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 03 de diciembre del 2020.—Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2021519339 ).

En este Despacho, con una base de dos millones ciento cuarenta mil seiscientos cuarenta y siete colones con sesenta y cuatro céntimos, soportando denuncia penal tomo: 2019, asiento: 00261847, Secuencia: 002, sáquese a remate el vehículo Placa: BQC873, Marca: Hyundai, Estilo: Accent, Serie: KMHCT41EBCU333766, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, año fabricación: 2012, color: plateado, peso bruto: 900 kgrms, N° Motor: G4FDCU946509, Marca: Hyundai, cilindrada: 1600 c.c., combustible: gasolina, potencia: 80 KW. Para tal efecto se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del trece de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de abril del dos mil veintiuno, con la base de un millón seiscientos cinco mil cuatrocientos ochenta y cinco colones con setenta y tres céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de abril del dos mil veintiuno, con la base de quinientos treinta y cinco mil ciento sesenta y un colones con noventa y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación de Inversiones S.A. contra Dayana María Montero Salas, Mario Alberto Salas Quesada. Expediente Nº 19-007547-1044-CJ. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de diciembre del 2020.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—( IN2021519340 ).

En la puerta exterior de este despacho; con una base de treinta y un mil setecientos dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 123162-000, derecho , la cual es terreno para construir 9-D. Situada en el distrito 01-San Rafael, cantón 07-Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Instituto Agropecuario; al sur, calle pública; al este, José Gabriel Solano Quirós, y al oeste, Walter Enrique Aguilar Villalta. Mide: ciento cuarenta y nueve metros con treinta y nueve decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del seis de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno, con la base de veintitrés mil setecientos setenta y cinco dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del veintidós de abril de dos mil veintiuno con la base de diecisiete mil novecientos veinticinco dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago Ahorro y Préstamo contra Adrián Alberto Bonilla Hidalgo, Juan Alberto Bonilla Gómez. Expediente N° 19-017896-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 08 de enero del año 2021.—Licda. Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza Decisora.—( IN2021519341 ).

En este Despacho, con una base de nueve millones quinientos mil colones exactos, soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 300-17798-01-0901-002, servidumbre de paso bajo las citas: 2011-320090-01- 0008-001, bajo las citas: 2017-655319-01-0001-001, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 503312-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito: 01-Quesada, cantón: 10-San Carlos, de la Provincia de Alajuela. Colinda: al norte: José Ángel Araya Blanco sur: Carlos Alberto Araya Blanco este: Lupita María Salas Carrillo y calle publica con un frente a ella de 4.10 metros y 10 metros de ancho oeste: Jairo Jose González López y Franklin Flores Cordero. Mide: doscientos ochenta y un metros cuadrados plano: A-1999565-2017. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del veinte de julio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del veintinueve de julio de dos mil veintiuno, con la base de siete millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del nueve de agosto de dos mil veintiuno, con la base de dos millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Ana María Suarez Sánchez, Rafael Ángel Vega Zamora. Expediente Nº:20-003229-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 05 de noviembre del año 2020.—Licda. Eunice Pérez Arce, Jueza Decisora.—( IN2021519342 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete mil ciento noventa y un dólares con siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BQC444, Marca: Toyota, Estilo: Yaris S, Capacidad: 5 personas, Categoría: automóvil, año: 2018, color: verde, Vin: MR2K29F33J1106956, N° Motor: 2NR5189302, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del tres de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del once de marzo del dos mil veintiuno, con la base de doce mil ochocientos noventa y tres dólares con treinta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de marzo del dos mil veintiuno, con la base de cuatro mil doscientos noventa y siete dólares con setenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera CAFSA S.A. contra Edgar Antonio de La Trinidad Zúñiga Solano. Expediente Nº 20-012431-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 08 de octubre del 2020.—Licda. Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—( IN2021519344 ).

En este Despacho, con una base de quince millones quinientos setenta y siete mil seiscientos sesenta y cuatro colones con ochenta y un céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa SGC130, Marca: Toyota Estilo: RAV4 Categoría: Automóvil capacidad: 5 personas Serie: JTMZD8EV4HJ105077, carrocería: Todo terreno 4 puertas peso neto: 0 kgrms. Tracción: 4x2 Peso Bruto: 2000 kgrms. Número Chasis: JTMZD8EV4HJ105077, N. Motor: 3ZR8085867, color café, año 2017. Para tal efecto se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del quince de febrero de dos mil veintiuno, con la base de once millones seiscientos ochenta y tres mil doscientos cuarenta y ocho colones con sesenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las cero horas cero minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintiuno, con la base de tres millones ochocientos noventa y cuatro mil cuatrocientos dieciséis colones con veinte céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera CAFSA S.A. contra Silvia Esther García Cascante. Expediente Nº:20-010101-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de setiembre del año 2020.—Lic. Tadeo Solano Alfaro, Juez.—( IN2021519345 ).

En este Despacho, con una base de un millón setecientos noventa mil novecientos noventa y nueve colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BRL667, Marca: Toyota, Color: azul, Año: 2007, Vin: JTDBT923471171558. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del veinticinco de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del doce de abril de dos mil veintiuno con la base de un millón trescientos cuarenta y tres mil doscientos cuarenta y nueve colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veinte de abril de dos mil veintiuno con la base de cuatrocientos cuarenta y siete mil setecientos cuarenta y nueve colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Auto Finanzas S. A. contra Yerlin Dayana Martínez Leitón. Expediente N° 20-017100-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de noviembre del año 2020.—Esteban Herrera Vargas, Juez Decisor.—( IN2021519346 ).

En este Despacho, 1-) Con una base de cien mil ciento cincuenta y un dólares con cuatro centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 250-06668-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de 1-) San José, matrícula número 163671-F-000, la cual es terreno naturaleza: Finca filial numero 7 identificada como FF-AP-107 ubicada en el nivel 1 destinada a unidad habitacional unifamiliar o apartamento en proceso de construcción. Situada en el Distrito 10-Hatillo, Cantón 1-San Jose, de la Provincia de San José. Colinda: al norte área común libre de zona verde; al sur finca filial FF-AP-106 y en parte con área común construida de ducto y pasillo; al este, área común libre de zona verde y al oeste finca filial FF-AP-108. Mide: setenta y un metros cuadrados valor porcentual: 1.085 valor medida: 0.01085 PLANO:SJ-1974428-2017. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del cuatro de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del quince de febrero de dos mil veintiuno con la base de setenta y cinco mil ciento trece dólares con veintiocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintiuno con la base de veinticinco mil treinta y siete dólares con setenta y seis centavos (25% de la base original). 2-) Con una base de nueve mil quinientos siete dólares con noventa y cinco centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 250-06668-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 159822-F-000, la cual es terreno naturaleza: Finca filial número 333 identificada como FF-E-1-103, destinada a unidad de estacionamiento, ubicada en planta 1, en proceso de construcción. Situada en el Distrito 10-Hatillo, Cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte área común libre de acceso vehicular; al sur vacío; al este, finca filial FF-E- 1-102 y al oeste finca filial FF-E-1-104. Mide: catorce metros cuadrados, valor porcentual: 0.238, valor medida: 0.00238 PLANO:SJ-1976460-2017. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del cuatro de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del quince de febrero de dos mil veintiuno con la base de siete mil ciento treinta dólares con noventa y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintiuno con la base de dos mil trescientos setenta y seis dólares con noventa y nueve centavos (25% de la base original). 3-) Con una base de cuatro mil cuatrocientos once dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 250- 06668-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 167354-F-000, la cual es terreno naturaleza: finca filial numero 26 estinada a unidad de bodega para apartamento, ubicada en el primer nivel, en proceso de construcción. Situada en el Distrito 10-Hatillo, Cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte finca filial Matriz FFMC-1 Del Condominio Maestro; al sur área común de acera del Condominio Maestro; al este, finca filial 27 y al oeste finca filial 25. Mide: dos metros cuadrados. valor porcentual: 3.03, valor medida: 0.0303, plano:SJ-1981743-2017. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del cuatro de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del quince de febrero de dos mil veintiuno con la base de tres mil trescientos ocho dólares con veinticinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintiuno con la base de mil ciento dos dólares con setenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda Costa Rica S.A contra Domtreal Limitada, Mario Santiago Trejos Siliezer. Expediente Nº 19-021885-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 23 de setiembre del año 2020.—Esteban Herrera Vargas, Juez Decisor.—( IN2021519353 ).

En este Despacho, con una base de trescientos doce mil seiscientos treinta y ocho dólares con noventa y tres centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 280-06793-01-0002-001; servidumbre trasladada bajos las citas: 282-05648-01-0002-001; servidumbre trasladada bajos las citas: 297-07392-01-0902-001; servidumbre de líneas eléctricas y de paso bajos las citas: 2013-119579-01-0001-001; servidumbre de acueducto y de paso de A y A bajo las citas: 2014-35416-01-0001-001; sáquese a remate la finca número 1-107634-F-000, naturaleza: finca filial treinta y uno identificada como finca filial primaria individualizada B-nueve que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de tres pisos. distrito: 03-Pozos, cantón: 09-Santa Ana, provincia: San José, norte, Finca filial primaria individualizada B diez, sur, Finca filial primaria individualizada B ocho, este, Finca filial primaria individualizada B seis, oeste, área común, Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas quince minutos del once de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas quince minutos del veintidós de febrero del dos mil veintiuno, con la base de doscientos treinta y cuatro mil cuatrocientos setenta y nueve dólares con diecinueve centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas quince minutos del dos de marzo del dos mil veintiuno, con la base de setenta y ocho mil ciento cincuenta y nueve dólares con setenta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda Costa Rica S.A. contra Alejandro Jesús Fermín Hernández, Bosques de Carao Plutón B Nueve S.A. y Corporación Electrónica Visión Quest S.A. Expediente Nº 18-013602-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de setiembre del 2020.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez Decisor.—( IN2021519354 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y tres mil cincuenta y un dólares con cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca número 1-61228-F-000, naturaleza: Edificio Lago a tres Finca filial número setenta y cuatro ubicada en el nivel uno destinada a uso habitacional en proceso de construcción, distrito: 04-Uruca, cantón: 09-Santa Ana, provincia: San José, norte: área común de pasillo; sur: área común de zona verde; este: finca filial setenta y tres; oeste: finca filial setenta y cinco. Mide: ochenta metros con trece decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del ocho de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintiuno, con la base de treinta y nueve mil setecientos ochenta y ocho dólares con veintiocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veinticuatro de febrero de dos mil veintiuno, con la base de trece mil doscientos sesenta y dos dólares con setenta y seis centavos (25% de la base original). Con una base de seis mil ochocientos cincuenta y seis dólares, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca número 1-61617-F-000, Naturaleza: finca filial número cuatrocientos cincuenta y uno ubicada en el nivel uno destinada a estacionamiento en proceso de construcción, distrito: 04-Uruca, cantón: 09-Santa Ana, provincia: San José, norte: área común de calle; sur: Alice Umaña Morales; este: Finca filial cuatrocientos cincuenta y dos; oeste: Finca filial cuatrocientos cincuenta, Mide: diecisiete metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del ocho de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintiuno, con la base de cinco mil ciento cuarenta y dos dólares (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veinticuatro de febrero de dos mil veintiuno, con la base de mil setecientos catorce dólares (25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto se encuentre correcta previo a su publicación. Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda Costa Rica S.A. contra Creación de Una S.A. y Laura Zampatti. Expediente N° 20-013745-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de setiembre del año 2020.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez Decisor.—( IN2021519356 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000093-1002-AG, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Dayanna de Los Ángeles Nájera Calderón, quien es mayor, soltera, trabajadora independiente, vecina de Turrialba, trescientos metros sur de la plaza de deportes, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número tres-cuatrocientos noventa-ciento setenta y ocho (3-0490-0178), a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de solar. Situada en Alto Varal, del distrito once-La Isabel, cantón cinco-Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Gilberto Nájera Castillo; al sur, Gilberto Nájera Castillo; al este, Nuria Regueira Pineda; y al oeste, calle pública con un frente a ella de veintiún metros con veintisiete centímetros lineales. Mide: ochocientos treinta y tres metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número C-dos millones ciento ochenta y cinco mil ochocientos diecisiete-dos mil veinte (3-2185817-2020). Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las diligencias en la suma de ochocientos mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueña por más de treinta años según la posesión transmitida. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en la limpieza del terreno, chapeas, riego de veneno y mantenimiento de cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Dayanna de Los Ángeles Nájera Calderón. Expediente N° 20-000093-1002-AG.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba (Materia Agraria). Turrialba, 08 de diciembre del año 2020.—Lic. Yeison Darío Rodríguez Fernández, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021517245 ).

Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000116-0993-AG, donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Vivian Marcela Alpízar Vargas, quien es mayor, soltera, vecina de San Antonio, San José de Naranjo, 75 oeste de la escuela, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-587-809, dependiente de comercio, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es repastos, cultivos y montaña con un riachuelo. Situada en San Antonio, del distrito tercero: San José, cantón sexto: Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ana Isabel Villalobos Argüello; al sur, Quebrada San Antonio; al este, Denis Lobo Villalobos, Etilma López Alpízar y Manuel Antonio Castillo Portuguez; y al oeste, Ana Isabel Villalobos Argüello. Mide: treinta mil ochocientos cincuenta y cinco metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-2145515-2019 fechado 12-8-2019. Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de diez millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble el 3-6-2020 por donación mediante escritura pública que le hiciera su tío Félix Vargas Alpízar de calidades y vecindario que cita, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 10 años sumando la posesión ejercida por sus transmitentes. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en explotación del potrero y cultivo de papa. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Vivian Marcela Alpízar Vargas. Expediente N° 20-000116-0993-AG.—Juzgado Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón). San Ramón, 15 de diciembre del año 2020.—Licda. Zoila Flor Ramírez Arce, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021517247 ).

Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000164-0386-CI, donde se promueve Información Posesoria por parte de Karen Rocío García Cambronero, quien es mayor, soltera, educadora, vecina de Barreal de Heredia, Ulloa, Residencial Casa Blanca, casa número tres-k, portadora de la cédula número 0503560845, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero Bagaces, cantón cuarto Bagaces. Colinda: al norte, con Paulino García Cortés; al sur, con Paulino García Cortés; al este, con Milton García Cambronero; y al oeste, con Marlen García Cambronero. Mide: doscientos setenta metros cuadrados, según plano catastrado G-2032402-2018. Que sobre el bien no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio. Estima el inmueble en la suma de tres millones colones. Que adquirió dicho inmueble por donación que le realizara el señor, Víctor Julio García Córtes, mayor de edad, casado una vez, agricultor, vecino de Salitral de Bagaces, Guanacaste; frente a la Iglesia Católica; con cédula de identidad número cinco-cero ciento cuarenta y ocho-cero cero cuarenta y ocho; según testimonio de escritura número ochenta y nueve-uno, el día veintinueve de setiembre del año dos mil dieciocho, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma blica, pacífica y quieta. Que no ha inscrito mediante la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Karen Rocío García Cambronero. Expediente N° 20-000164-0386-CI-6.—Juzgado Civil y Trabajo de Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), 03 de diciembre del 2020.—Licda. Aura Lisseth Cedeño Yanes, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2021517298 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000060-0927-CI que es información posesoria de Cecilia López Jiménez mayor, casada, vecina de Tierras Morenas de Tilarán, portadora de la cédula N° 0501770360, ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno de repastos. Situada en el distrito seis Tierras Morenas, cantón ocho Tilarán. Colinda: al norte, con Modesta Jiménez Cerdas; al sur con calle pública con ciento cincuenta y ocho metros con cuarenta y siete centímetros lineales de frente; al este, con Modesta Jiménez Cerdas, y al oeste, con Modesta Jiménez Cerdas. Mide: treinta mil setecientos cincuenta y ocho metros cuadrados. Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de seis millones de colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cercar los linderos, limpiar las malezas y siembra de pasto. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Cecilia López Jiménez. Expediente Nº 20-000060-0927-CI-8.—Juzgado Civil y Trabajo de Cañas (Materia Civil), 17 de diciembre del 2020.—Xinia María Esquivel Herrera, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2021517312 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 200010070504CI, donde se promueve Información Posesoria por parte de Giselle María de los Ángeles Solano Núñez, quien es mayor, estado civil soltera, vecina de Heredia La Puebla, portadora de la cédula número 0401220328, profesión oficios domésticos, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Heredia, la cual es terreno construido. Situada en el distrito Primero, cantón Primero. Colinda: al norte, con calle pública; al sur, con Corporación Duram de Cartago Sociedad Anónima; al sur oeste, con Ana Isabel Mora Arce y otros; este, con Margarita Sánchez Delgado y otros; y al oeste, con Eladio Villalobos Chavarría y otros. Mide: 284.78 metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cincuenta y un millones ciento noventa y cinco mil novecientos ochenta y cinco colones. Que adquirió dicho inmueble, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido a titulo de dueña por medio de una donación. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Giselle María de los Ángeles Solano Núñez. Expediente N° 200010070504CI-5.—Juzgado Civil de Heredia, 15 de diciembre del año 2020.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2021517325 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000157-0678-CI, donde se promueve Información Posesoria por parte de Sandra María Méndez Angulo, quien es mayor, casada, analista financiera, vecina de Limón, Liverpool, 300 metros al este del cementerio, titular de la cédula de identidad 5-246-562, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno N° de plano 7-2128875-2019, que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Limón, la cual es terreno con una casa de habitación, Situada en el distrito Río Blanco, cantón Limón. Colinda: al norte, con calle pública; al sur, con María de los Ángeles Angulo Contreras; al oeste, con María de los Ángeles Angulo Contreras; y al este, con camino público. Mide: 125 metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble de José Marcial Contreras Molina, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento constante. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Sandra María Méndez Angulo. Expediente N° 20-000157-0678-CI-4.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 17 de julio del año 2020.—Msc. Victoria Eugenia Ramírez Víquez, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2021517472 ).

Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000154-0390-CI, donde se promueve Información Posesoria por parte de Jeniffer Guevara Guevara quien es mayor, casada una vez, vecina de Corozal de Jicaral Lepanto Puntarenas, contiguo a la Iglesia Asociación Asamblea de Dios en Costa Rica, portadora de la cédula número 0503820455, ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno construir con casa de habitación. Situada en el distrito Cuarto Lepanto, cantón Primero Puntarenas. Colinda: al norte, con Asociación Cristiana de la Asamblea de Dios en Costa Rica; al sur, con Isidoro c.c. Isidro Valencia Valencia; al este, con Isidoro c.c. Isidro Valencia Valencia; y al oeste, con calle pública. Mide: cuatrocientos diecisiete metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir P-1204180 pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de quinientos mil colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cercado y plantación de árboles frutales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Jeniffer Guevara Guevara. Expediente N° 20-000154-0390-CI-0.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Civil), 01 de octubre del 2020.—Lic. Milkyan Sánchez Aguilar, Juez.—1 vez.—( IN2021517484 ).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000126-0390-CI donde se promueve información posesoria por parte de Digna María Pérez Vásquez quien es mayor, estado civil Casada una vez, pensionada, vecina de San Ramón de Alajuela cincuenta metros norte de la delegación policial, portadora de la cédula número 0900830614, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno con una casa de habitación y una piscina. Situada en el Distrito cuarto Lepanto, Cantón primero Puntarenas. Colinda: al norte con Leticia Aguilar Rodríguez; al sur con calle pública con un frente de 28 metros con 91cm lineales; al este con calle pública con un frente de 28 metros con 16 cm lineales y al oeste con Anaida Luz Cruz Villalobos. Mide: setecientos cuatro metros cuadrados metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de compraventa, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en una casa de habitación cercada por los cuatro costados, tiene árboles frutales, chapias, arreglo de cercas y mantenimiento en general del inmueble. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Digna María Pérez Vásquez. Expediente Nº:20-000126-0390-CI-9.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Civil), 29 de setiembre del año 2020.—Elizabeth Fallas Espinoza, Jueza.—1 vez.—( IN2021517486 ).

Citaciones

Por acta de apertura otorgada ante esta notaría, a las once horas treinta minutos del quince de diciembre del año dos mil veinte, bajo el expediente número 001-2020, se ha abierto proceso sucesorio en sede notarial, conforme con lo establecido en los artículos ciento veintinueve del Código Notarial y novecientos cuarenta y cinco, siguientes y concordantes del Código Procesal Civil, de la señora Esther Margrith Greter, mayor de edad, viuda una vez, con un solo apellido en razón de su nacionalidad suiza, portadora de la cédula de residencia costarricense número uno siete cinco seis cero cero cero seis cero tres cero tres. Se cita y emplaza a los posibles herederos a presentarse ante esta notaría, situada en San José, Escazú, San Rafael, del restaurante Tony Romas, seiscientos metros oeste, último edificio a mano derecha, edificio Banco General, sexto piso, Consortium Legal, dentro del plazo de treinta días siguientes a la publicación del presente edicto, para hacer valer sus derechos.—San José, doce horas del quince diciembre de 2020.—Licda. Andrea Fernández Bonilla, Notaria Pública. Teléfono: 2289-0750, Fax: 2289-0753.—1 vez.—( IN2020517203 ).

Se hace saber que, ante la notaria María Vanessa Castro Jaramillo, se tramita la sucesión de Julio Alberto Necuze Cabrera, quien en vida fue mayor, casado una vez, médico, vecino de San José, Mata Redonda, del Restaurante La Princesa Marina cien metros al oeste y veinticinco al norte, cédula de identidad ocho-cero cero ochenta y tres ochocientos dos, quien murió el once de octubre del dos mil veinte, y se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el presente proceso, para que dentro del plazo de treinta días, que se contaran a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Igualmente, se hace saber que la notaría está situada en San José, Barrio Escalante, avenida quince, calles veintitrés y treinta tres, número tres mil ciento once. Teléfono 83831485.—San José, cuatro de enero de dos mil veintiuno.—Licda. María Vanessa Castro Jaramillo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021517206 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carlos Luis Ceciliano Chinchilla, mayor, divorciado, albañil, costarricense, con cédula de identidad 0103901276 y vecino de Escazú. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº:20-000223-0180-CI-8.—Juzgado Primero Civil de San José, 21 de octubre del año 2020.—Licda. Tatiana Chaves Sánchez, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020517208 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de María del Carmen Benavidez Rodríguez, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad dos-doscientos veintidós-ochocientos setenta y siete, para que, dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. expediente N° 20-0005-8461-no. Notaría del Bufete Venegas y Asociados, correo jmvenegasl3@gmail.com.—Lic. José Manuel Venegas Rojas, Notario Público.—1 vez.—( IN2021517213 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios e interesados en la sucesión de María Antonia Porras Arias, mayor de edad, casada una vez, ama de casa, cédula uno- cero cuatrocientos setenta y tres-cero cuatrocientos cuarenta y cinco, vecina de Peñas Blancas, Calle Alvarado dos kilómetros al este del salón el Yugo, Pérez Zeledón San José, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan en las oficinas de la Notaria Cynthia Granados Barrantes ubicadas en el centro de la ciudad de San Isidro de Pérez Zeledón, costado norte del parque, altos de la tienda la Unión Salvadoreña a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Número cero cero cero dos-dos mil veinte.—San Isidro Pérez Zeledón, veintiuno de diciembre del dos mil veinte.—MSc. Cynthia Granados Barrantes, Notaria.—1 vez.—( IN2021517214 ).

Se hace saber que, en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Andrés Alberto Mairena Viales, mayor, estado civil soltero, agricultor, con documento de identidad cinco-doscientos seis-trescientos ochenta y uno, y vecino de Belén de Carrillo, Guanacaste. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que, dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 19-000306-0388-CI.—Juzgado Agrario de Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 09 de diciembre del año 2020.—Lic. Rodrigo Tobías Valverde Umaña, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021517240 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Marlene de Los Ángeles Guadamuz Solano, mayor, estado civil casada, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0601450377 y vecina de Coto Brus, El Roble Gutiérrez Brawn, 300 metros oeste de la Escuela el Roble Arriba. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto. Proceso sucesorio, promovida por Ciriaco Castrillo Alemán. Expediente Nº 20-000185-0419-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores). Corredores, Corredores, 17 de diciembre del 2020.—Licda. Erika Andrea Rojas Chavarría, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021517248 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue la señora Rumualda Salas Ureña, cédula de identidad número seis-cero ciento dieciséis-cero setecientos dos; quien al momento de su muerte fue soltera, mayor de edad, ama de casa, vecina de Guanacaste, Bocas de Nosara, Santa Marta, costado noreste de la plaza de deporte, casa color gris; falleció el dos de setiembre del año dos mil veinte; que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar todos sus derechos, se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasara a quien corresponda. Expediente número 0013-2020. Notaria del Bufete del Licenciado José Antonio Aiza Juárez. Dirección Nicoya Centro setenta y cinco metros al oeste de Radio Sistema Cultural Nicoyano.—San José, once horas treinta minutos del diez de setiembre del dos mil veinte.—Lic. José Antonio Aiza Juárez, Notario.—1 vez.—( IN2021517267 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión notarial de quien en vida fuera María de Los Ángeles Chotto Monestel, mayor, casada una vez, comerciante, portadora de la cédula de identidad número uno-cero seis dos cinco-cero tres ocho cinco, quien falleció el día dos de enero de dos mil veintiuno, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, ante esta notaria, sita en San José, San Francisco de Dos Ríos de la Esquina Sureste del Parque Okayama cien metros al sur, o por medio del facsímil número dos dos cuatro ocho cuatro cinco cinco uno, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia, pasará a quien corresponda. Expediente cero uno-dos mil veintiuno.—San José, a las trece horas del siete de enero del dos mil veintiuno.—Lic. Esteban Esquivel Zúñiga, Notario Público.—1 vez.—( IN2021517269 ).

Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Julián Martín González Rodríguez, mayor, soltero, comerciante, vecino de La Ribera de Belén, Barrio San José, Calle El Avión, casa 13, quien portó la cédula de identidad N° 2-0640-0417; para que dentro del término de quince días a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a reclamar sus derechos ante el Despacho de la notaria Olga Morera Chaves, situado en San Antonio de Belén, Villas Margot, Nº 19. Tel 2239-5052, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieren dentro del indicado término la herencia pasará a quien corresponda sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Sucesión Nº 2021-001.—San Antonio de Belén, 07 de enero del 2021.—Licda. Olga Morera Chaves, Notaria.—1 vez.—( IN2021517272 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Eladio Gerardo Castro Vindas, mayor, estado civil casado una vez, profesión u oficio chofer, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0108830317, y vecino de Buenos Aires Puntarenas, ciento cincuenta metros al noreste del Polideportivo. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000059-1046-CI-0.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia Civil), 07 de diciembre del año 2020.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2021517282 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Luis Barboza Brenes, mayor, viudo, agricultor, vecino de San Pedro Pérez Zeledón, con documento de identidad uno-doscientos noventa y seis-ciento setenta y tres (0102960173). Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 20-000228-0188-CI-6.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Civil), 09 de diciembre del 2020.—Lic. Roberto Hurtado Villalobos, Juez.—1 vez.—( IN2021517299 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión ab intestato de quien en vida fue Eraida del Carmen Vega Rojas, cédula de identidad N° 5-125-125, fallecida el 20 de febrero del 2020. Se cita y emplaza a los herederos, legatarios y demás interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante la notaría a hacer valer sus derechos. Sita en Sabalito, Tierras Morenas de Tilarán Guanacaste, frente a Iglesia Evangélica.—San José, 06 de enero 2021.—Licda. Silvia Picado Quirós, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021517307 ).

Ante esta Notaría se procede a la apertura y tramitación del proceso sucesorio de quien en vida fuera la señora Elba Pastora de Jesús Rojas Leal, quien en vida fuera mayor, viuda una vez, Comerciante, portadora de la cedula de identidad N° 6-0115-0398, para lo cual queda abierto el mismo para cualquier reclamo, para lo cual señalo para recibir cualquier oposición en mi oficina la cual sito en San José, Zapote, Barrio Córdoba, de Autos Bohío 100 sur y 100 oeste, segundo piso Clínica Arjona, dentro del término de Ley para recibo de las mismas.—Lic. Ricardo Urbina Paniagua, Abogado y Notario Público.—1 vez.—( IN2021517317 ).

Se cita y emplaza a herederos, legatarios acreedores y de más interesados en el proceso sucesorio de quien en vida fue Carlos Gerardo González Bermúdez, mayor, pensionado, soltero, cédula 2-227-741, vecino de desamparados, Alajuela, para que dentro del plazo de treinta días, a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a reclamar sus derechos, bajo apercibimiento de que si no lo hacen la herencia pasará a quien corresponda.—Expediente Nº 2020-001.—Alajuela, 07 de enero 2021.—Lic. Edgar Alberto Alfaro Gutiérrez, Notario.—1 vez.—( IN2021517322 ).

Se hace saber que ante la Notaria licenciada Analive Azofeifa Monge, se tramita la sucesión de quien en vida se llamó Alban Sing Villalobos, mayor, casado una vez, abogado, portador de la cédula de identidad número seis-cero cincuenta y cuatro-ciento sesenta y cinco, vecino de San José, Tibás, San Juan, de la entrada principal del Cementerio, cien metros este y cien metros norte; quien murió el pasado diecisiete de octubre del año dos mil veinte, según consta en el Registro Civil, sección de defunciones al tomo: seiscientos treinta y ocho; folio: trescientos noventa; asiento: setecientos setenta y nueve; de la provincia de San José; y por este medio se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el presente proceso, para que dentro del plazo de quince días, que se contaran a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Igualmente, se hace saber que la notaría está situada en la Ciudad de San Juan de Tibás, del Burger King cien metros sur, Edificio Sing, Segunda Planta, a las ocho horas y treinta minutos del seis de enero del dos mil veintiuno.—Licda. Analive Azofeifa Monge, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021517324 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Jesús María González Martínez, mayor, estado civil casado, profesión ingeniero nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0601930166 y vecino de Puntarenas, Urbanización Monseñor Sanabria, casa Nº 52. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en generala quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 200000670642CI-4.—Juzgado Civil de Puntarenas, 31/03/2020.—Lic. Jhonny Esquivel Vargas, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2021517329 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por la señora Kattia Mercedes Debandas Astúa conocida como Kattia Mercedes Devandas Astúa, mayor, estado civil: soltera, profesión u oficio: del hogar, vecina de San José, San Francisco de Dos Ríos, Urbanización Lomas de San Francisco, casa número: nueve F, portadora de la cédula de identidad número: uno-cero siete cinco cero-cero uno ocho cuatro, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio testamentario. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría del licenciado Diego Armando Hernández Solís. San Francisco De Dos Ríos, Residencial el Bosque del final del Boulevard trescientos metros al este casa doscientos veinticinco-I. Publicar una vez. Expediente: N° 2021-01.—Lic. Diego Armando Hernández Solís, Notario Público.—1 vez.—( IN2021517334 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión testamentaria de quien en vida fue José López López, mayor, casado, empresario, vecino de Hacienda Vieja de Curridabat diagonal al Liceo de Curridabat casa de alto con ladrillos, ciudadano español con cédula de Residencia Permanente número Uno siete dos cuatro cero cero cero cuatro dos nueve dos cuatro, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Se apercibe por este medio a los que crean tener la calidad de herederos, que, si no se presentan dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº0005-2020. Notaría sita en San José, Curridabat frente Centro Comercial José María Zeledón edificio Alcalá.—Lic. Olman Eduardo Madrigal Acuña, Notario.—1 vez.—( IN2021517340 ).

Yo, Alex Adolfo Leitón Miranda, notario público con oficina en San José, calle cuarenta y dos, Avenida Las Américas, hago constar que ante mi notaría, se tramita la sucesión de Rolando Villalobos Brizuela, quien en vida fue mayor, casado, portador de la cédula de identidad número uno-cuatrocientos sesenta y seis-cien, vecino de San José fallecido el día siete de julio del dos mil tres, por lo que emplazo a todos los herederos, legatarios, acreedores, y demás interesados en este proceso para que en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto y se apersonen ante esta notaría en la dirección indicada a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo indicado, aquella pasará a quien corresponda.—San José, a las diecisiete horas del quince de diciembre del dos mil veinte.—Lic. Alex Adolfo Leitón Miranda, Notario-—1 vez.—( IN2021517344 ).

Sucesión Testamentaria en Sede Notarial de Francisco Saborío Vargas. Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Mariela Sáenz Saborío, mayor, viuda de su único matrimonio, vecina de Alajuela, Urbanización Altos de Montenegro, portadora de la cedula de identidad número uno ochocientos ochenta y seis doscientos trece, a las trece horas del seis de enero del año dos mil veintiuno, y comprobado el fallecimiento de Francisco Saborío Vargas, mayor, casado dos veces, médico cirujano, cédula dos doscientos uno cuatrocientos quince, y la existencia y validez del testamento por él otorgado, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio testamentario. Se cita y emplaza a los herederos, y a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría del Lic. Hannia Ross Muñoz, sita en Rohrmoser, del Parque de la Amistad seiscientos metros al oeste y cincuenta al sur, Corporación Jurídica Notarial. Teléfono 22201867-22962142.—Siete de enero del año dos mil veintiuno.—Lic. Hannia Ross Muñoz, Notaria.—1 vez.—( IN2021517353 ).

Se emplaza a todos los herederos e interesados en la sucesión ab-intestada de quien fuera Celia Víquez Gómez, mayor de edad, casada en primeras nupcias, con número de cédula 3-0087-0348 y que residió en Cartago acumulada la sucesión ab intestada de quien fuera Juan de Dios Gómez Víquez, mayor de edad, viudo, pensionado, con cédula de identidad N° 3-0075-0682 y que residió en Cartago, para que, dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, se presenta ante la oficina de la suscrita notaria a hacer valer sus derechos; de lo contrario la herencia pasara a quien corresponda. Expediente N° 001-2020. Notaría de la Licda. María Eugenia Sánchez Córdoba. Que se encuentra ubicada en Cartago, 50 metros norte de los Tribunales de Justicia de Cartago.—Cartago, 07 de enero de 2021.—Licda. María Eugenia Sánchez Córdoba, Notaria.—1 vez.—( IN2021517357 ).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general todos los interesados, en la sucesión de: Annia Hernández Marín, cédula cuatro cero ciento cuarenta y cuatro cero trescientos diecisiete, en el plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante la notaría de Cecilia Roxana Monge Quesada en San Rafael Heredia, cien sur setenta y cinco oeste hogar ancianos, hacer valer sus derechos de lo contrario, pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2021.—Licda. Cecilia Roxana Monge Quesada, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021517364 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Verónica Quesada Esquivel, de las dieciséis horas del nueve de diciembre dos mil veinte y comprobado el fallecimiento de Juan Bautista Quesada Granados, mayor, casado una vez, agricultor, vecino del Tigre, Horquetas de Sarapiquí, cédula de identidad dos- uno ocho tres-tres cero siete, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ib intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Licda. María Rodríguez Vásquez, Sarapiquí, Tel: 278971-65. Es Todo.—Sarapiquí, diez de diciembre del dos mil veinte.—Licda. María Rodríguez Vásquez, Notaria.—1 vez.—( IN2021517366 ).

Con quince días de plazo, contados a partir de la fecha de publicación de este edicto, se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Almilcar Ángeles Chinchilla Badilla conocido como Almilcar Ángel Chinchilla Badilla, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, cédula número uno-ciento treinta y dos-quinientos setenta y dos, y vecino de Guatil de Acosta, de la Iglesia católica un kilómetro oeste, carretera a Bajo Calvo, y de Juan Carlos de Los Ángeles Chinchilla Quirós, mayor, soltero, cédula de identidad número uno-seiscientos ocho-seiscientos setenta y seis, agricultor, vecino de Guatil de Acosta, de la Iglesia católica un kilómetro oeste, carretera a Bajo Calvo, a fin de que comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que en caso de no hacerlo, la herencia pasará a manos de quien o quienes hayan demostrado en el proceso su legítimo derecho a heredar. Asimismo, se le previene acerca del señalamiento de un medio (fax o correo electrónico), para atender sus futuras notificaciones, apercibidos de que, en caso de no hacerlo, o bien que el medio escogido imposibilite su notificación por causas ajenas a esta notaría, las resoluciones que se dicten se les tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Igualmente, se les hace saber que, de surgir controversia en relación a la tramitación de esta sucesión en esta sede, se procederá a dar por terminado el proceso en sede notarial, para su inmediata remisión a la sede judicial. La dirección de esta notaría es en Aserrí, San José, frente a la Escuela Santa María, teléfono número veintidós treinta-noventa catorce. Expediente número once-dos mil veinte. Aserrí, San José, a las doce horas del diecisiete de diciembre del dos mil veinte.—Licda. Karina Badilla Abarca, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021517384 ).

Se cita y emplaza a herederos e interesados en la sucesión de Lidia Ruiz Alvarado, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de San Bernardo de Fortuna de Bagaces tres kilómetros al sureste de la escuela de la localidad, cédula de identidad número cinco- ciento veintiocho-seiscientos setenta y tres. Para que, dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos percibidos de que, si así no lo hacen, la herencia pasará a quien legalmente corresponda. (Expediente 0001-2020 proceso sucesorio en sede notarial de Lidia Ruiz Alvarado).—Licda. Lizbeth Chavarría Soto. Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021517391 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Jorge Alberto Huertas Rodríguez, mayor, pensionado, cédula de identidad número seis-cero ocho cuatro-seis siete seis, vecino de Heredia, cantón Central, distrito Mercedes, Urbanización Dulce Nombre. Para que, dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0025-2020.—Notaría del Bufete del Lic. Álvaro Córdoba Díaz, Teléfono 83714420.— Lic. Álvaro Córdoba Díaz, Notario.—1 vez.—( IN2021517392 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Alexander Arias Ugalde con cédula de identidad N° 7-142-613 a las 13:00 horas del catorce de octubre del 2020 y comprobado el fallecimiento, esta notaria declara abierto el Proceso Sucesorio Testamentario de quien en vida fuera: Josefina Ugalde Rodríguez, mayor de edad, divorciado una vez, costurera, vecina de Limón, Pococí Ticabán de la Bomba Uno cien metros sur, titular de la cédula de identidad N° 9-081-236, quien falleció en Centro Central Heredia, el 11 de agosto de 2020. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de 30 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaria a hacer valer sus derechos. Notaría de Lic. Mario Alexander Sánchez Maroto, Guápiles, Pococí, Limón, Urbanización Santa Clara del Súper Karen 150 metros este, mano derecha contiguo a lote vacío. Teléfono 2710-5064.—Lic. Alexander Arias Ugalde, Notario.—1 vez.—( IN2021517411 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Sara Villalobos Picado con cédula de identidad 5-0116-0504 a las 15 horas del dieciséis de octubre del 2020 y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el Proceso Sucesorio ab intestato de quien en vida fuera: Marcos Duarte Duarte, mayor de edad, casado una vez, pensionado, vecino de Heredia Sarapiquí Puerto Viejo Jardín de Zapote de la escuela 300 metros sur, titular de la cédula de identidad número 5-092-739, quien falleció en Centro Central Heredia, el 30 de mayo de 2017. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de 30 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaria a hacer valer sus derechos. Notaría de Lic. Mario Alexander Sánchez Maroto.—Guápiles, Pococí, Limón, Urbanización Santa Clara del Súper Karen 150 metros este, mano derecha contiguo a lote vacío. Teléfono 2710 5064.—Lic. Mario Alexander Sánchez Maroto, Notario.—1 vez.—( IN2021517412 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Eugenia Blandón López, cédula de identidad N° 5-242-159 y Greivin Alfredo Blandón Brenes, cédula de identidad N° 1-1119-0336, a las 13 horas del 26 de junio del 2020 y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio notarial ab intestato de quienes en vida fueran Francisco Víctor Blandón Reyes, mayor, hombre, casado 1 vez, peón agrícola, cédula de identidad N° 5-080-735, fallecido el 29 de mayo de 2004 y Aurora Gertrudis López Venegas, mayor, mujer, ama de casa, viuda 1 vez, cédula de identidad N° 5-095-782, fallecida el 24 de julio de 2007 ambos fallecidos en el Hospital Tony Facio y vecinos de Limón Siquirres El Carmen Santo Domingo, detrás del Súper Rutas Ochocientos Seis. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de 30 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Mario Sánchez Maroto, Guápiles, Pococí, Limón, urbanización Santa Clara del súper Karen 150 metros este. Teléfono 27105064.— Lic. Mario Sánchez Maroto, Notario Público.—1 vez.—( IN2021517413 ).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida fue Arturo Vargas Hernández, quien fue mayor, casado una vez , agricultor, cédula número uno-doscientos veinte-ciento cuatro, vecino de la Sabana de Tarrazú, frente al Típico La Sabana, el cual fue hijo de Gaspar Vargas Solís y Zeneida Hernández Ureña, se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de 15 días contados a partir de la publicación de éste edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 02-2021. Notaría de la Licda. Laura Stevelyn Blanco Blanco, San Marcos de Tarrazú, cien metros este y ciento veinticinco metros sur de la Coopesanmarcos, 07 de enero del 2021.—Licda. Laura Stevelyn Blanco Blanco, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021517414 ).

Acta de apertura de proceso sucesorio de quien en vida se llamó Marlene De Los Ángeles Gamboa Naranjo, quien fue mayor de edad, casada una vez, ama de casa, vecina de Alajuela, cédula de identidad número dos- trescientos cincuenta y tres- ochocientos cincuenta y tres; promovido por Miguel Enrique Cerdas Hidalgo, mayor, viudo una vez, pensionado, vecino de Alajuela, portador de la cédula de identidad número tres-doscientos seis-cuatrocientos cincuenta y ocho. Por este medio se cita a los herederos, legatarios, acreedores e interesados para que dentro de un plazo de quince días comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en este plazo, aquella pasará a quien corresponda. Todo en conformidad con lo dispuesto en el Código Procesal Civil y los artículos 129 y siguientes del Código Notarial, ante la Notaría Pública de la suscrita, situada en Santa Ana, doscientos metros al sur y doscientos oeste del Servicentro JSM.—Licda. Daniela Madrigal Rodríguez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021517419 ).

Se cita y emplaza a todos aquellos herederos, legatario, acreedores y cualquier interesado dentro del proceso sucesorio ad intestato de quien en vida fue: Cecilio Leiva Morales, cédula número seis-ciento ocho-ciento veintinueve, mayor, viudo, vecino de Buenos Aires de Puntarenas, mil metros al norte de la Escuela de San Antonio de Térraba, para que, dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, a reclamar sus derechos. Expediente N° cero cero cero dos-dos mil veinte, notaría en Puntarenas, Buenos Aires, Urbanización Lomas, casa número ciento 110.—Buenos Aires, dos de noviembre del dos veinte.—Lic. Danilo Villanueva Villalobos, Notario Público.—1 vez.—( IN2021517423 ).

Se cita y emplaza a todos aquellos herederos, legatario, acreedores y cualquier interesado dentro del proceso sucesorio ad intestato de quien en vida fue: María Felipa de Jesús Leiva Morales, cédula de identidad seis-cero treinta y seis-trescientos veintiocho, mayor de edad, soltera, ama de casa, vecina de San Antonio de Térraba, Buenos Aires de Puntarenas, para que, dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, a reclamar sus derechos. Expediente: cero cero cero uno-dos mil veinte, notaría en Puntarenas, Buenos Aires, Urbanización Lomas, casa número ciento 110, Buenos Aires, dos de noviembre del dos veinte.—Lic. Danilo Villanueva Villalobos, Notario Público.—1 vez.—( IN2021517424 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, a solicitud de Misael Salazar Madrigal, a las 13 horas del 19 de diciembre del año 2020, y comprobado el fallecimiento de María Ángela Salazar Madrigal, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 2-0161-0501, vecina de Daniel flores de Pérez Zeledón,75 metros oeste de la Cámara de Cañeros, y la existencia y validez del testamento por ella otorgado, esta Notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio testamentario. Se cita y emplaza a los herederos, legatarios y a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Geilin del Carmen Salas Cruz. Teléfono 8708 6840.—San Isidro de El General Pérez Zeledón, frente a Tribunales de Justicia, Plaza Tracopa, local número uno, al ser las quince horas del 22 de diciembre del año 2020.—Licda. Geilin del Carmen Salas Cruz, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021517428 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Luis Alberto Martín Carballo Rodríguez, mayor, estado civil casado, costarricense, con documento de identidad 0401110563 y vecino de Heredia, Barva, Barrio el Invu. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº:20-000933-0504-CI-0.—Juzgado Civil de Heredia, 29 de setiembre del año 2020.—Lic. Jairo Jiménez Sandoval, Juez.—1 vez.—( IN2021517471 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Rosa, Mario, Merceditas, María de Los Ángeles y María del Carmen, todos Murillo Rojas a las diez horas del ocho de setiembre de dos mil veinte y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Oscar Murillo Monge, quien a su muerte era mayor de edad, casado, vecino de Alajuela, cedula: dos-dos cinco cuatro-uno nueve siete. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Licda. Ana Patricia Alvarado López, Alajuela, El Coyol, Urbanización Sierra Morena, Lote 13-G.—Firma ilegible.—1 vez.—( IN2021517475 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Julio Antonio Guido Guido, mayor, estado civil casado, profesión u oficio, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0800510474 y vecino de Liberia, Cañas Dulces, de la entrada a la finca La Cueva 3 kilómetros al norte, contiguo as Residencial Raquel, en finca Beraca. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº:20-000287-0386-CI-0.—Juzgado Civil y Trabajo de Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), 16 de diciembre del año 2020.—Brenda Celina Calvo De La O, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2021517479 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quienes en vida se llamaron Digna María Arias Arley, mayor, viuda, documento de identidad nueve-cero noventa-seiscientos ocho (0900900608), y Lorenzo Manuel Casto Méndez, mayor, casado, documento de identidad uno-doscientos setenta y cuatro-cero cero tres (0102740003), ambos vecinos de Daniel Flores de Pérez Zeledón. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000194-0188-CI-0.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Civil), 12 de noviembre del 2020.—Msc. Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2021517480 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Lilliam García Castrillo, mayor, estado civil viuda, profesión u oficio ama de casa, nacionalidad Costarricense, con documento de identidad N° 0202460770, y vecina de Alajuela Centro, cincuenta metros al este del antiguo seguro social. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días, contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000777-0638-CI-9.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 16 de diciembre del año 2020.—Licda. Franciny María Gutiérrez López, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2021517489 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Claudio Manuel Enrique Umaña Elizondo y Humberto Umaña Elizondo, a las diecisiete horas del día quince de diciembre del año dos mil veinte y comprobado el fallecimiento de María Auxiliadora Umaña Elizondo, mayor de edad, soltera, portadora de la cédula de identidad número uno-quinientos cincuenta y siete-ciento noventa y dos, fallecida el veinte de octubre del año dos mil veinte, esta Notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría del Lic. Fernando Alberto Chen Jiménez, con oficina abierta San José, de Plaza Cristal cien metros al norte y veinticinco metros al este, de paso por San Marcos de Tarrazú, teléfono de la oficina del Lic. Chen Jiménez 2546-1011.—siete de enero del dos mil veintiuno.—Lic. Fernando Alberto Chen Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2021517495 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Nazario Góndola Campbell, a las quince horas treinta minutos del siete de enero del año dos mil veintiuno y comprobado el fallecimiento de Yori Vanessa Jiménez Salas, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría de la Licenciada Jennifer Soto Benavides, Heredia, de los Tribunales de Justicia cincuenta metros norte, teléfono 4031-5035.—Heredia, siete de enero del dos mil veintiuno.—Licda. Jennifer Soto Benavides, Notaria.—1 vez.—( IN2021517539 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Jorge Gerardo Vásquez Sagot, mayor, estado civil casado, profesión u oficio no indica, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0204930664, y vecino de Palmares, Barrio Santa Eduviges. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000308-0296-CI-9.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 17 de diciembre del año 2020.—Lic. Jeisson Quiel Castro, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2021517547 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Marta Isabel Barahona Melgar, mayor, estado civil divorciada, profesión u oficio Abogada, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0104990431 y vecina de San José. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 20-000749-0181-CI-4.—Juzgado Segundo Civil de San José, 03 de diciembre del 2020.—Lic. Daniel Jiménez Medrano, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2021517582 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera Laura Elena López Hernández, cédula número uno-mil doscientos cuarenta y cinco-cero seiscientos treinta y nueve, que en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a declarar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 03-2020.—San José, 07 de enero del 2021.—Licenciado Juan Carlos Delgado Hernández, Notario.—1 vez.—( IN2021517583 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Enoc Pérez Sosa, cédula número 2-401-043, soltero, comerciante y quien fuera vecino de Cañas, Guanacaste, Barrio San Martín, de entrada principal primera casa a mano derecha. Fallecido en fecha 16 de noviembre de 2020, para que, dentro del plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a esta notaría, ubicada en Cañas, Guanacaste, ciento cincuenta metros este, de las oficinas de Correos de Costa Rica de Cañas, Guanacaste, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 10-2020. Sucesorio de Enoc Pérez Sosa.—Cañas, Guanacaste, 04 de enero del 2021.—Lic. Carlos Roberto Chavarría Lavagni, Notario Público.—1 vez.—( IN2021517609 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ester Bonilla Salazar, mayor, estado civil casada, de oficios domésticos, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0102700015 y vecina de San José, Cinco Esquinas, 100 metros sur y 75 metros oeste de la iglesia San Agustín, calle 25. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 20-000971-0180-CI-6.—Juzgado Primero Civil de San José, 03 de diciembre del 2020.—Adriana Orocu Chavarría, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2021517624 ).

Ante mi notaría, se ha iniciado proceso sucesorio extrajudicial de José Luis Murillo Piedra, quien en vida fue mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Heredia, La Aurora, ciento setenta y cinco metros este de la Escuela, casa AP-cincuenta y tres, cédula de identidad número uno-cero tres cero dos-cero dos dos cinco, fallecido el día treinta y uno de julio del año dos mil veinte, defunción inscrita en el Registro Civil, Sección Defunciones de la Provincia de San José, al tomo: seiscientos treinta y cinco, folio: doscientos noventa y nueve, asiento: quinientos noventa y siete, por lo que se cita conforme el artículo ciento veintiséis punto tres del Código Procesal Civil a todos los interesados, para que hagan su objeciones u observaciones en el plazo de quince días a partir de la publicación del edicto y se apersonen en defensa de sus derechos, apercibidos de que, si no lo hacen, la herencia pasará a quienes legalmente corresponda.—Santa Bárbara de Heredia, cuatro de diciembre del dos mil veinte.—Licda. Ahyza María Prieto Vargas, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021517637 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Héctor Claudio Hernán Fernández Campos, mayor, estado civil Viudo, profesión u oficio albañil, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0400600588 y vecino de Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 20-000258-0504-CI-1.—Juzgado Civil de Heredia, 10 de marzo del año 2020.—Licda. Yeimy Jiménez Alvarado, Jueza.—1 vez.—( IN2021517638 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Marta Isabel de los Ángeles Fernández Campos, mayor, estado civil viuda, profesión oficios domésticos, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0900040672, y vecina de Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días, contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 17-000166-0504-CI-9.—Juzgado Civil de Heredia, 10 de mayo del año 2019.—Licda. Margarita Mena Gutiérrez, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2021517639 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Eduardo Elisandro Calderón Umaña, quién fue mayor, divorciado una vez, de oficios pensionado, vecino de Barrio Cristóbal Colón, diagonal a la comandancia de la policía de proximidad, Limón Centro, de nacionalidad costarricense, con cédula de identidad número uno-cero trescientos veinte-cero cuatrocientos treinta y nueve, quién falleció en Limón Centro, el día nueve de junio de dos mil diecisiete; para que, en el plazo de ley, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo de ley, la herencia pasará a quién corresponda. Asimismo, en este mismo acto se nombra como albacea provisional al señor Eduardo Calderón Sevilla, mayor, soltero, de oficios chofer de taxis, vecino de Barrio Cristóbal Colón, entrada frente al Cen-Sinai, detrás del Super Liang, Limón Centro, portador de la cédula de identidad número siete-cero cero ochenta y cuatro-cero cuatrocientos cuarenta y uno. Expediente número cero cero uno-dos mil diecinueve. Notaría del Bufete Campos Arias, Notario Público. Licenciado Ronald Joaquín Campos Arias. Oficina ubicada en la ciudad de San José, calle siete, entre avenidas cuatro y seis, Edificio María Cristina, local dieciocho.—Lic. Ronald Joaquín Campos Arias, Notario Público.—1 vez.—( IN2021517645 ).

En la Notaria de Licda. Carmen María Arana Gómez, cita y emplaza a herederos y demás interesados, procedió a la apertura del Proceso Sucesorio Acumulado en Sede Notarial de quien en vida fueran José Antonio Corrales Sequeira, cédula de identidad uno-cero ciento cinco-cero doscientos noventa y tres y de la señora Aida Zucchini Ramírez, cédula de identidad uno-cero ciento tres-mil quinientos treinta y siete. Se da aviso a quienes tengan y demuestren interés que deberán apersonarse ante esta Notaría situada en San José, Guadalupe de Goicoechea, setenta y cinco metros al sur de la Cruz Roja, casa número doscientos ochenta y uno; dentro del plazo de treinta días naturales, contados a partir de esta publicación para que hagan valer sus pretensiones, derechos o bien manifestar lo que en derecho corresponda. El proceso sucesorio se tramita bajo el expediente número cero cero uno-dos mil veinte.—San José, treinta de noviembre del dos mil veinte.—Licda. Carmen María Arana Gómez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021517646 ).

Se cita y emplaza a todos herederos de quien en vida se llamó Gabriel Gerardo Salazar Serrano, quien falleció, el 06 de setiembre del 2019, para hacer valer los derechos en el plazo de ley, proceso que se tramita en Vía Notarial en la Oficina del Lic. Roland García Navarro, situada en Heredia, Barva, San Roque, Residencial El Pórtico, casa C 6.—Lic. Roland García Navarro, Notario.—1 vez.—( IN2021517652 ).

Ante esta notaría, se presentan los señores Ruth Vanessa Pérez Fallas, cédula de identidad número uno-ochocientos cincuenta y cuatro-trescientos treinta y ocho, Magali Pérez Fallas, cédula de identidad número uno-novecientos cincuenta y siete-trescientos dieciséis, Steven Alexander Alvarado Fallas, cédula de identidad número uno-mil ciento dieciséis quinientos sesenta y Kattia de Los Ángeles Pérez Fallas, cédula de identidad número uno-ochocientos noventa y cuatro-cuatrocientos cuarenta para solicitar la apertura del proceso sucesorio notarial de su señora madre la señora Flor Esther Fallas Guevara, mayor, soltera, ama de casa, vecina de San José, Hatillo Centro, Florida Sur, del INA setenta y cinco metros oeste casa número dos, el cual fue su ultimo domicilio, portadora de la cédula de identidad número uno-trescientos cincuenta y cuatro-setecientos veintisiete, fallecida el día veinticinco de octubre de dos mil veinte en la ciudad de San José, que se tramitará bajo el expediente de esta notaría número dos mil quinientos dos-cero cero uno-dos mil veinte. Con ese objeto y de conformidad con el código procesal civil, se emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión, para que, en el término de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en este proceso sucesorio para hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que, si no lo hicieron dentro del indicado termino, otorgar la herencia a quien corresponda. (Expediente N° 2502-01-2020. Notario: Licenciado Álvaro José Meza Lazarus, Bufete Econojuris Abogados, sita en San José, Montes de Oca, Barrio los Yoses, de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, trescientos metros sur.—San José, al ser las diez horas con treinta minutos del ocho de enero del dos mil veintiuno.—Lic. Álvaro José Meza Lazarus, Notario Público.—1 vez.—( IN2021517653 ).

Se declara la apertura del proceso sucesorio notarial de quien en vida fue Leila María Pérez Oquendo, conocida como Sheyris Pérez Oquendo, mayor de edad, casada una vez, educadora, cédula de identidad uno cero cinco nueve cinco cero cuatro cero dos. Se cita y se emplaza a todos los presuntos herederos legatarios y demás interesados para que dentro del término improrrogable de 15 días a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento, que de no hacerlo dentro del plazco dicho la herencia pasará a quien corresponda. La notaria del bufete Santa Cruz Legal 50 norte de la Tienda Claro.—Licda. Marylin Chaves Badilla, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021517686 ).

Mediante solicitud de apertura otorgada en escritura pública formulada ante esta notaría por los señores, María Arabela Aguilar Álvarez, Marlene Azalea Bonilla Aguilar, Roberto Bonilla Aguilar y Grettel María Bonilla Aguilar, a las dieciocho horas del día siete de enero del año dos mil veintidós, y comprobado el fallecimiento de quien en vida se llamó Roberto Bonilla Picado, mayor, fallecido, quien en vida fue portador de la cédula de identidad número tres-ciento trece-quinientos ochenta y seis, vecino de Cartago, Paraiso, doscientos metros al este y ciento veinticinco sur de la municipalidad de la localidad, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ad intestato en sede notarial. Por lo que, por una sola vez se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó Roberto Bonilla Picado para que, dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaria a hacer valer sus Derechos bajo apercibimiento de que, si no lo hacen dentro del término indicado, la herencia pasará a quien corresponda. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como esta misma lo ha indicado. Dirección de notaría: Cartago, Paraíso, Barrio La Estación, cincuenta metros al sur del Bar Atlántico. Teléfono: 88127220. Expediente número cero cero uno-dos mil veintiuno. Sucesorio notarial de Roberto Bonilla Picado. Notaria del licenciado José Ricardo Argüello Brenes.—Paraíso de Cartago, a las siete horas del ocho de enero del dos mil veintiuno.—Lic. José Ricardo Argüello Brenes, Notario.—1 vez.—( IN2021517690 ).

Notaría del licenciado Mario Enrique Ulate Ulate. Se hace saber: Que en esta notaria se tramita el proceso sucesorio de Genarina C.c. Gerardina Mora Marín, quien fue mayor, viuda una vez, ama de casa, vecina de Orotina, Alajuela, cédula de identidad número seis-cero ochenta y seis-seiscientos veintiocho cinco, se declara abierto este proceso sucesorio en conjunto. Se emplaza a los herederos, acreedores, y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonaren dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente número cero cero cero uno-dos mil veinte. Notaría del licenciado Mario Enrique Ulate Ulate, sita en la ciudad de Heredia, Avenida cuatro, calles dos y cuatro, contiguo al Parqueo Número Uno. Teléfonos: doscientos treinta y siete-setenta y ocho-once, doscientos sesenta y uno-ochenta y seis-cuarenta y dos, Fax: doscientos treinta y siete-sesenta y nueve-treinta y cuatro.—Lic. Mario Enrique Ulate Ulate, Notario Público.—1 vez.—( IN2021517716 ).

Notaría del licenciado Mario Enrique Ulate Ulate. Se hace saber: que en esta notaria se tramita el proceso sucesorio de Digna Emelita Torres Torres, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Orotina, Alajuela, cédula de identidad número seis-cero cuarenta y seis-seiscientos sesenta y siete, y Heriberto Araya Salas, quien fue mayor, casado una vez, pensionado, vecina de Orotina, Alajuela, cédula de identidad número dos-ciento setenta y cinco-cuatrocientos sesenta y cinco, se declara abierto este proceso sucesorio en conjunto. Se emplaza a los herederos, acreedores, y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonaren dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente número: cero cero cero uno-dos mil veinte. Notaría del licenciado Mario Enrique Ulate Ulate, sita en la ciudad de Heredia, avenida cuatro, calles dos y cuatro, contiguo al Parqueo Número Uno. Teléfonos: doscientos treinta y siete-setenta y ocho-once, doscientos sesenta y uno-ochenta y seis-cuarenta y dos, fax: doscientos treinta y siete-sesenta y nueve-treinta y cuatro.—Lic. Mario Enrique Ulate Ulate, Notario Público.—1 vez.—( IN2021517717 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Virginia Amada Del Carmen Ramírez Fallas, mayor, estado civil, viuda una vez, oficio del hogar, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0700260716 y vecina de Jiménez, El Molino, de la entrada a Demasa 150 metros este. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 20-000403-0930-CI-0.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 09 de diciembre del año 2020.—Licda. Yency Vargas Salas, Jueza.—1 vez.—( IN2021517722 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Orlando Medina Gómez, mayor, soltero, portador de cédula de identidad número seis-cero doscientos cinco-cero quinientos veinte, vecino de Puerto Viejo de Sarapiquí, Colonia Cuadrante Administrativo, casa número doscientos treinta, quien falleció el diecisiete de noviembre del dos mil veinte, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaria en reclamo de sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 005-2020. Notaria de la Licda. Grace Barquero Varela, carné N° 12974. Correo electrónico: gbarquerol3@gmail.com. Tel celular: 88167604.—Licda. Grace Barquero Varela, Notaria.—1 vez.—( IN2021517729 ).

Por escritura otorgada ante mi notaria a las once horas del veintiséis de diciembre del dos mil veinte, se realizó escritura de apertura de proceso sucesorio en sede notarial de quien en vida se llamó Xiomara Del Socorro Obregón Morales y se nombró albacea al señor Álvaro Evelio Latino Brenes.—San José, ocho de enero del dos mil veintiuno.—Lic. Tatiana Arce Chaves, Notaria.—1 vez.—( IN2021517738 ).

Patricia Rivero Breedy, notaria con oficina en San José, avenida cinco, calle veintinueve, Barrio Escalante, edificio número veinticinco, hago constar que han comparecido ante mi notaría las señoras: Silvia María Redondo Salazar, e Ileana Redondo Salazar, vecinas de San José, a solicitar que se tramite extrajudicialmente y de acuerdo con los artículos ciento veintinueve del Código Notarial y novecientos cuarenta y cinco a novecientos cincuenta del Código Procesal Civil, la sucesión de la señora Ligia Salazar Herran, mayor, viuda, vecina de Goicoechea. En consecuencia, cito a todos los interesados para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este único aviso, concurran a mi notaría, a hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento, de que, si no lo hicieren dentro del término indicado la herencia pasará a quien legalmente corresponda.—San José, 7 de enero de 2021.—Licda. Patricia Rivero Breedy, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021517745 ).

Avisos

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad Nicole Camila Vargas Amores, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°20-000328-0292-FA. Clase de Asunto Actividad Judicial No Contenciosa.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela. A las quince horas cincuenta y tres minutos del veintidós de setiembre de dos mil veinte-22 de setiembre del año 2020.—Lic. Cesar De Dios Monge Vallejos, Juez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021517773 ).                                            3 v 1.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad María Natalia Cerna Cerdas, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 20-000019-0292-FA. Clase de asunto Depósito Judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las seis horas cuarenta y siete minutos del diez de diciembre de dos mil veinte.—Licda. Jorleny María Murillo Vargas, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021517774 ).               3 v. 1.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de la persona menor de edad Mateo David Villegas Hernández, para que, se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 20-001295-0292-FA. Clase de asunto Depósito Judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las nueve horas catorce minutos del ocho de diciembre del dos mil veinte.—Licda. Susan De Los Ángeles Herrera Álvarez, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021517779 ).              3 v. 1.

Se avisa que, en este Despacho Ana Delmy Villanueva Villanueva y Hugo Guillermo Recinos Pineda, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Ana Noemi Navarrete Miranda. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N° 19-000883-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 10 de diciembre del 2020.—Licda. Katherine Isabel Meza Chaves, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021516776 ).

MSC. Gisela Salazar Rosales, Jueza del Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba (Materia Familia), en su carácter Jueza de Familia activa, se le hace saber que en proceso de Declaratoria Judicial de Abandono y Depósito Judicial de la persona menor de edad, tramitado dentro del expediente judicial N° 12-000116-0675-FA, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificar por edicto, la Sentencia que en lo conducente dice: N° 124-2015 de las diez horas del quince de mayo del dos mil quince. Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba (Materia Familia), a las diez horas del quince de mayo del dos mil quince. Proceso de Declaratoria Judicial de Abandono y Depósito Judicial de la persona menor de edad Adán Jeffrie Rostrán Cordero, planteado por el Patronato Nacional de la Infancia, representado por la licenciada Ana Lorena Salazar Sánchez, contra los señores Kattia Cordero Romero, mayor de edad, costarricense, en unión libre, ama de casa, de domicilio desconocido, y Gabriel Rostrán Pérez, de nacionalidad nicaragüense, demás calidades desconocidas. Intervienen los licenciados Laura Ramírez Ulate y Guillermo Brenes Cambronero como curadores procesales de los demandados. Por tanto: de conformidad con lo expuesto, normas legales indicadas y artículos 55 de la Constitución Política, 9, 20, 27 y 39 de la Convención sobre los Derechos de Niño, Código de la Niñez y la Adolescencia, 9, 143, 159, 160 del Código de Familia, se declara con lugar la presente demanda, se declara judicialmente en estado de abandono a la persona menor de edad Adán Jeffrie Rostrán Cordero por parte de su madre Kattia Cordero Romero y su padre Gabriel Rostrán Pérez, a quienes de inmediato se les retira los atributos otorgados por el instituto de la patria potestad sobre su hijo. El citado menor se deposita judicialmente en el hogar de la señora Giovana Cordero Romero quien deberá comparecer a este despacho a aceptar el cargo conferido. Una vez firme deberá el ente promotor propiciar la inscripción de lo aquí dispuesto en el Registro de Nacimientos del menor en su país de origen. Publíquese lo respectivo en el Boletín Judicial. Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. Notifíquese.—Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba (Materia Familia).—MSc. Gisela Salazar Rosales, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021517238 ).

Licenciada Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Gerardo Antonio Vargas Carpio, en su carácter personal, se le hace saber que en demanda Abreviado de Divorcio Expediente N° 19-003136-0338-FA, establecida por Blanca Luz Serrano Bonilla contra Gerardo Antonio Vargas Carpio, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las once horas y doce minutos del once de noviembre del año dos mil diecinueve. De la anterior demanda Abreviado de Divorcio establecida por el accionante Blanca Luz Serrano Bonilla, se confiere traslado al accionado Gerardo Antonio Vargas Carpio por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género el Poder Judicial, Sesión N° 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución al demandado, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; de este Circuito Judicial. En caso, que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Con el fin de notificar al demandado, aporte la actora directamente a este Despacho y de manera física, un juego de copias de la documentación presentada en el escrito inicial, asimismo podrá hacer retiro de la comisión cuando aporte las copias. Notifíquese. Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021517243 ).

Licenciada Guadalupe Solano Patiño, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Yisenia Alvarado Artavia, en su carácter, quien es mayor, policía, cédula 06-0345-0387, se le hace saber que en Proceso Actividad Judicial no Contenciosa (depósito judicial), establecido por Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las quince horas y dieciséis minutos del seis de enero del año dos mil veinte. De las presentes diligencias de depósito judicial de la persona menor de edad William Josué Leitón Alvarado, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Edwin Ricardo Leitón Coto y Yisenia Alvarado Artavia, a quienes se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. En otro orden de ideas, tal y como lo solicita el ente promovente, se ordena como medida cautelar el depósito provisional del menor de edad William Josué, en el domicilio de la señora Yine Alvarado Artavia. Notifíquese esta resolución a Edwin Ricardo Leitón Coto y Yisenia Alvarado Artavia, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; de Este Circuito Judicial. En caso, que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese. Expediente N° 20-000003-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago. Cartago, 03 de diciembre del 2020.—Licda. Guadalupe Solano Patiño, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021517244 ).

Licenciado Ignacio Solano Araya, Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, a los señores Kenneth Antonio Rojas Rodríguez y Karla Andrea Chaves Pérez, se le hace saber que en Proceso de Depósito Judicial de menor, expediente N° 20-000704-1302-FA, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, se dictó la resolución que literalmente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a las ocho horas treinta y dos minutos del veintitrés de octubre del dos mil veinte. En virtud del escrito incorporado por el Patronato Nacional de la Infancia en fecha 22/10/2020, se tienen por hechas sus manifestaciones y por cumplida la prevención realizada mediante auto de las veinte horas y veinticuatro minutos del veinticuatro de agosto del dos mil veinte. Ahora bien, de las presentes diligencias de depósito de la persona menor de edad José Vinicio Rojas Chaves, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere audiencia por tres días a Kenneth Antonio Rojas Rodríguez y Karla Andrea Chaves Pérez, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Kenneth Antonio Rojas Rodríguez y Karla Andrea Chaves Pérez, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; de Este Circuito Judicial. En caso, que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. De conformidad con los artículos 5 y 32 del Código de la Niñez y Adolescencia, se ordena el Depósito Judicial Provisional de José Vinicio Rojas Chávez, en el hogar de la señora Jessica Mariela Chaves Pérez, por se previene al ente actor apersonar a dicha señora a este Despacho dentro del plazo de tres días, para la aceptación del cargo que se le ha conferido, asimismo, deberá hacer ver a la depositaria provisional su obligación de velar por todas las necesidades básicas de la persona menor de edad que va a tener a su cargo como buena madre de familia. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Yuliana Andrea Ugalde Zumbado, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021517249 ).

Licenciada Katerin Andrea Vargas Leal. Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela San Carlos, a la señora María Karina Vargas Esquivel, se le hace saber que en Proceso de Deposito Judicial de Menor, expediente número 20-000833-1302-FA, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, se dictó la resolución que literalmente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. A las diez horas treinta minutos del cinco de octubre de dos mil veinte. De las presentes diligencias de depósito de las personas menores de edad Ronny Josué y Dylan Javier Ambos de apellidos Gamboa Vargas, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere audiencia por tres días a María Karina Vargas Esquivel y Ronny Gamboa Rodríguez, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a María Karina Vargas Esquivel, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Tercer Circuito Judicial de San José. En caso de que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. A señor Ronny Gamboa Rodríguez, por medio de edicto siendo que se desconoce su paradero. De conformidad con los artículos 5 y 32 del Código de La Niñez y Adolescencia, se ordena el Depósito Judicial Provisional de las personas menores de edad Ronny Josué y Dylan Javier ambos de apellidos Gamboa Vargas, en el hogar de la señora Lidianeth Esquivel Arce, por lo que se previene al ente actor apersonar a dicha señora a este Despacho dentro del plazo de tres días, para la aceptación del cargo que se le ha conferido, asimismo, deberá hacer ver a la depositaria provisional su obligación de velar por todas las necesidades básicas de la persona menor de edad que va a tener a su cargo como buena madre de familia. Notifíquese. Licda. Katerin Andrea Vargas Leal.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela San Carlos.—Licda. Katerin Andrea Vargas Leal, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021517250 ).

Se comunica a la señora Teresa Padilla Lucke, que en este despacho judicial se tramita proceso de Depósito Judicial del menor de edad Barbara Isabel Padilla, bajo el Expediente N° 20-000961-1302-FA, promovido por el licenciado Luis Ernesto Romero Obando, Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia de San Carlos, donde solicita que se apruebe el depósito de la citada menor; por lo que se les concede el plazo de tres días contados a partir de la publicación, para que manifiesten su conformidad o se opongan a estas diligencias.—Juzgado de Familia de San Carlos, 04 de diciembre del año 2020.—Lic. Ignacio Solano Araya, Juez Decisor.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021517251 ).

Se comunica al señor Irvin José Fuentes, que en este despacho judicial se tramita proceso de Depósito Judicial de las menores Reichel Valentina y Samantha ambas de apellidos Fuentes Córdoba, bajo el Expediente N° 20-001014-1302-FA, promovido por el licenciado Luis Ernesto Romero Obando, Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia de San Carlos, donde solicita que se apruebe el depósito del citado menor; por lo que se les concede el plazo de tres días contados a partir de la publicación, para que manifiesten su conformidad o se opongan a estas diligencias.—Juzgado de Familia de San Carlos, 27 de noviembre del 2020.—Msc. Sandra Saborio Artavia, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021517252 ).

Se comunica al señor José Luis Castro Castro y a la señora María Celeste Soto López, que en este despacho judicial se tramita proceso de Depósito Judicial del menor de edad Brandon José Castro Castro, bajo el Expediente N° 20-001022-1302-FA, promovido por el licenciado Luis Ernesto Romero Obando, Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia de San Carlos, donde solicita que se apruebe el depósito del citado menor; por lo que se les concede el plazo de tres días contados a partir de la publicación, para que manifiesten su conformidad o se opongan a estas diligencias.—Juzgado de Familia de San Carlos, 07 de diciembre del 2020.—Licda. Katerin Andrea Vargas Leal, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021517253 ).

Se comunica al señor Iván Ramón Cabrera Madrigal y a la señora Karla Vanessa Vargas Amador, que en este despacho judicial se tramita proceso de Depósito Judicial de los menores de edad Iván Antonio, Kimberly Pamela y Brandon Steven Todos de apellidos Cabrera Vargas, bajo el Expediente Nº 20-001026-1302-FA, promovido por el licenciado Luis Ernesto Romero Obando, Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia de San Carlos, donde solicita que se apruebe el depósito del citado menor; por lo que se les concede el plazo de tres días contados a partir de la publicación, para que manifiesten su conformidad o se opongan a estas diligencias.—Juzgado de Familia de San Carlos, 01 de diciembre del 2020.—Lic. Ignacio Solano Araya, Juez.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021517254 ).

Se comunica al señor Harlan Enrique Alfaro González y a la señora Ernestina Altamirano Sequeira, que en este despacho judicial se tramita proceso de Depósito Judicial de la menor de edad Yerlin Alfaro Altamirano, bajo el Expediente N° 20-001029-1302-FA, promovido por el licenciado Luis Ernesto Romero Obando, Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia de San Carlos, donde solicita que se apruebe el depósito del citado menor; por lo que se les concede el plazo de tres días contados a partir de la publicación, para que manifiesten su conformidad o se opongan a estas diligencias.—Juzgado de Familia de San Carlos, 07 de diciembre del 2020.—Licda. Katerin Andrea Vargas Leal, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021517256 ).

Licenciada Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Víctor Manuel Del Socorro Retana Salazar, en su carácter personal, quien es mayor, cédula N° 1-0589-0059, se le hace saber que en demanda abreviado, establecida por Sarita María Del Socorro Ureña Mata contra Víctor Manuel del Socorro Retana Salazar, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las quince horas veintinueve minutos del diecisiete de setiembre de dos mil veinte. De la anterior demanda Abreviada de Divorcio establecida por la accionante Sarita María del Socorro Ureña Mata, se confiere traslado al accionado Víctor Manuel del Socorro Retana Salazar, por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de Gestión en línea. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. En caso de que, el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Tal y como se desprende de los movimientos migratorios incorporados al expediente en fecha diez de agosto en curso, que reflejan que el accionado salió del país el tres de abril del dos mil cuatro sin registrar una entrada y al no conocer sobre el paradero del mismo, a fin de nombrarle curador procesal para que lo represente, debe la actora depositar en la cuenta automatizada de este juzgado 200013640338-3 del Banco de Costa Rica, la suma de sesenta y cinco mil colones (¢65.000), más el 13% de IVA por la suma de ocho mil cuatrocientos cincuenta colones para un total del setenta y tres mil cuatrocientos cincuenta colones (¢73.450), una vez efectuado el depósito acredite el mismo a fin de proceder con el nombramiento. Notifíquese. Expediente N° 20-001364-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago. Cartago, 04 de diciembre del 2020.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021517257 ).

Se hace saber que en este despacho judicial se tramita el presente proceso no contencioso que pretende la aprobación de la cláusula sexta de la constitución de Fundación Tropos, es promovido por Luz Liliana Jiménez Bernal. Dicha cláusula pretende continuar siendo y ordenando lo siguiente:

“La fundación será administrada y dirigida por una junta administrativa, compuesta por cinco miembros, los tres primeros los nombrarán los otorgantes, el cuarto lo designará el poder ejecutivo, y el quinto la municipalidad del cantón de Belén, designados por períodos de un año, pudiendo ser reelectos indefinidamente, en cuyo caso no habrá necesidad de publicación, ni inscribir la reelección, para terceros se tendrá por hecha si no consta en el Registro cambio alguno. Los representantes del Poder Ejecutivo y de la Municipalidad de Belén ejercerán sus funciones por el plazo de su designación. Los cargos de Directores serán ad honorem. La junta administrativa deberá reunirse por lo menos una vez al mes. Los Directores serán personas de reconocida solvencia moral, dispuestos a impulsar los objetivos de la Fundación, tener conocimientos profundos en la materia y estar completamente identificados con los objetivos. Dejará de ser miembro de la junta administrativa el que sin causa justificada falte a más de tres sesiones consecutivas, o su conducta sea puesta en duda.”

Para hacer sus manifestaciones, se les concede a los interesados el plazo de cinco días contados a partir de la presente publicación, en caso de no existir oposiciones, este despacho resolverá lo que corresponda. Lo anterior por ordenarse así en proceso No Contenciosos Especiales de Fundación Tropos promovido por Luz Liliana Jiménez Bernal, Expediente N°18-000650-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 07 de diciembre del año 2020.—MSc. Oscar Rodríguez Villalobos, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2021517316 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Juana Jethy López Arrieta mayor, divorciada, educadora, documento de identidad N° 0502020368, vecino de Santa Cruz Guanacaste, encaminada a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de Juana Jethy López Arrieta, por el de Jethy mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Expediente N° 15-000070-0388-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Santa Cruz (Materia Civil), 25 de octubre del 2016.—Lic. Jaime Eduardo Rivera Prieto, Juez.—1 vez.—( IN2021517467 ).

Msc. Patricia Méndez Gómez, Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a Aide Álvarez Arce, documento de identidad PG04101599, casada, que en este Despacho se interpuso un proceso abreviado en su contra, bajo el expediente N° 17-000667-0186-FA, donde se dictó la sentencia N° 2020000641 de las catorce horas y treinta y ocho minutos del veintitrés de julio del dos mil veinte, que en lo conducente dice: “Por tanto: de acuerdo con las razones indicadas, artículos 1, 2, 34, 48 inciso 8) del Código de Familia, 222, 317 y 420 del Código Procesal Civil (Ley 7130), se declara con lugar la demanda abreviada de divorcio por la causal de Separación de Hecho, promovida por Julio López Echeverri contra Ide Álvarez Arce, en consecuencia: A. Se declara disuelto el vínculo matrimonial que los une. B. No se hace distribución final por no haber bienes gananciales; sin perjuicio de que, si surgen con posterioridad, serán liquidados de conformidad con el artículo 41 del Código de Familia. C. Se extingue el derecho alimentario de las partes. Una vez firme este fallo, inscríbase en el Registro Civil, Sección Matrimonios de la Provincia de San José, al tomo quinientos veintidós (522), folio cuatrocientos setenta y cinco (475), asiento novecientos cuarenta y nueve (949). Se resuelve sin especial condenatoria en costas. Hágase saber. MSc. Patricia Méndez Gómez, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso abreviado de Julio López Echeverri contra Aide Álvarez Arce; Expediente Nº 17-000667-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 16 de setiembre del 2020.—Msc. Patricia Méndez Gómez, Jueza.—1 vez.—( IN2021517488 ).

Licenciada Diana Patricia Rojas Elizondo Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a William Gerardo Hernández Pérez, Zaida Cabrera Carmona, que, en este Despacho en el proceso abreviado de nulidad de matrimonio, expediente N° 15-000197-0186-FA, se dictó la sentencia que, en lo conducente dice: N° 2019001175 sentencia de primera instancia Juzgado Primero de Familia de San José, a las ocho horas y siete minutos del quince de noviembre del dos mil diecinueve. Resultando: I.—..., II.—..., III.—..., IV.—..., Considerando: I.—..., II.—Hechos probados: a)..., b)..., c)... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: por las razones expuestas y citas legales invocadas, se declara con lugar la demanda abreviada de nulidad de matrimonio, incoada por Marcela Ramírez Jara, representante legal de la Procuraduría General de la República en contra de William Gerardo Hernández Pérez, mayor, comerciante, portador de la cédula de identidad N° 401480500, y Zaida Cabrera Carmona, mayor, de nacionalidad cubana, estilista, portadora del documento de identidad N° 65081732617; en consecuencia: Se anula la inscripción de dicho matrimonio según las siguientes citas: 1-0475-227-0453, comunicándose al Registro Civil mediante certificación o ejecutoria; Conforme el artículo 19 del Código de Familia, procede anular cualquier acto que se hubiere realizado tanto para conceder la residencia o la naturalización de la señora Zaida Cabrera Carmona y que deriven de su relación matrimonial aquí anulada, lo cual debe comunicarse a la Dirección General de Migración y Extranjería y Tribunal Supremo de Elecciones. Se condena a ambas costas a las partes demandadas (artículo 221 Código Procesal Civil). Notifíquese. Diana Rojas Elizondo. Jueza de Familia.” Expediente Nº 15-000197-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 18 de noviembre del 2019.—Licda. Diana Patricia Rojas Elizondo, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021517768 ).

Licenciado Diego Acevedo Gómez, Juez del Juzgado de Familia de Puntarenas, a Kattia Vanessa Briceño Abarca, en su carácter personal, quien es mayor, vecina de Chacarita, Puntarenas, cédula seis-trescientos dieciocho-cuatrocientos cincuenta y ocho y Víctor Eduardo López Mejías, mayor de edad, portador de la cédula de identidad número siete-ciento nueve-novecientos ochenta y cinco, domicilio ignorado se le hace saber que en demanda proceso de declaratoria judicial de estado de abandono de persona menor de edad, expediente 16-001228-1146-FA establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Kattia Vanessa Briceño Abarca y Víctor Eduardo López Mejías se ordena notificarle por edicto a Víctor Eduardo López Mejías, la sentencia que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Puntarenas, a las nueve horas cincuenta y cuatro minutos del siete de diciembre de dos mil veinte. Proceso de declaratoria judicial de estado de abandono de persona menor de edad establecido por el Patronato Nacional de la Infancia, cuyo representante legal es Dalia Benavides Álvarez, mayor de edad, soltera, abogada, portador de la cédula de identidad número seis-trescientos sesenta y siete-ochocientos noventa y dos, contra Kattia Vanessa Briceño Abarca, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad número seis-trescientos dieciocho-cuatrocientos cincuenta y ocho, vecina de Chacarita en Puntarenas, y Víctor Eduardo López Mejías, mayor de edad, portador de la cédula de identidad número siete-ciento nueve-novecientos ochenta y cinco, domicilio ignorado. Resultando Primero: Acciona el Patronato Nacional de la Infancia para que en sentencia se declare el estado de abandono con terminación de la Patria Potestad y fines de adopción, de la menor de edad Brianny Vanessa López Briceño, por parte de sus padres, aquí demandados además de que se ordene el depósito judicial de la niña en Ana María Abarca Venegas. Segundo: La accionada no contesta la demanda, pese a ser notificada correctamente de la demanda en fecha del quince de marzo de dos mil diecisiete. Con relación al señor López Mejías, en virtud de su ausencia se le nombró un curador procesal ad litem, quien contestó la demanda. Tercero: En los procedimientos se han observado las formalidades de ley, no existen errores que causen nulidad alguna. La audiencia prevista en el artículo 123 del Código de Familia se verificó el día dos de noviembre de dos mil veinte y, Considerando I. Hechos Probados. Los siguientes de importancia: 1) En fecha dieciocho de noviembre de dos mil doce, en Barranca Central Puntarenas, nació la menor de edad Brianny Vanessa López Briceño, hija de los demandados Kattia Vanessa Briceño Abarca y Víctor Eduardo López Mejías, inscrita en el Registro de Nacimientos de la provincia de Puntarenas, bajo las citas de inscripción tomo quinientos cuarenta, página doscientos cuarenta y siete, asiento cuatrocientos noventa y cuatro. (Ver informe de nacimiento incorporada el siete de diciembre de este año). 2) El cuatro de diciembre de dos mil quince el Patronato Nacional de la Infancia recibe denuncia de parte del equipo interdisciplinario de la Escuela Líder José Ricardo Orlich Zamora en la que se informa que Dixon Guevara Briceño, hermano de la persona menor de edad, presenta ausentismo frecuente, lo que conllevó a que en visita realizada por el ente promovente se conociera por referencias que la progenitora consume drogas, y se prostituye por las noches, y que el dinero que recibe por ayudas y apoyo estatal, lo invierte en su consumo de drogas. (Ver expediente administrativo del Patronato Nacional de la Infancia incorporado el veintiocho de mayo de este año y declaración testimonial de María Victoria Ramírez Alvarado y Ana María Abarca Venegas en acta de audiencia del dos de noviembre de dos mil veinte). 3) El veintidós de mayo de dos mil dieciséis, es el Hospital Nacional de Niños, quien por medio del Departamento de Trabajo Social informó que el menor Dixon fue diagnosticado de leucemia LLA Pre B temprana, y que pese a que la progenitora tenía conocimiento, presentaba ausentismo a las citas de control. Ante la intervención por parte del Comité del Niño Agredido del nosocomio antes mencionado, se dispone que Dixon y sus hermanas Némesis y Brianny se trasladen a vivir junto a su abuela materna de nombre Ana Abarca Venegas (Ver expediente administrativo del Patronato Nacional de la Infancia incorporado el veintiocho de mayo de este año y declaración testimonial de María Victoria Ramírez Alvarado y Ana María Abarca Venegas en acta de audiencia del dos de noviembre de dos mil veinte). 4) Como factores de riesgo se determinaron: progenitora con antecedentes de adicción a licor y drogas ilegales; se desconoce paradero de progenitores; grupo filial sin estabilidad habitacional ni económica; madre presenta ausentismo de citas médicas de Dixon; Brianny con antecedentes de presunto abuso sexual por parte de un particular. En virtud de lo anterior, por medio de resolución administrativa de las nueve horas del treinta de mayo de dos mil dieciséis, el Patronato Nacional de la Infancia inició el proceso especial de protección en sede administrativa, y ordenó la medida de cuido provisional de la persona menor de edad y sus hermanos bajo la responsabilidad de la abuela materna, lugar en el que permanece al día de hoy. (Ver expediente administrativo del Patronato Nacional de la Infancia incorporado el veintiocho de mayo de este año y declaración testimonial de María Victoria Ramírez Alvarado y Ana María Abarca Venegas en acta de audiencia del dos de noviembre de dos mil veinte). 5) La hermana de la persona menor de edad, de nombre Fiorella Guevara Briceño, fue declarada en estado de abandono por parte de este despacho, en sentencia número 93-2016 dictada por esta autoridad a las nueve horas cincuenta minutos del veintiocho de enero de dos mil dieciséis. (Ver expediente administrativo del Patronato Nacional de la Infancia incorporado el veintiocho de mayo de este año y declaración testimonial de María Victoria Ramírez Alvarado y Ana María Abarca Venegas en acta de audiencia del dos de noviembre de dos mil veinte). 6) El siete de julio de dos mil dieciséis, la progenitora se realizó prueba de dopping en Laboratorio Químico Clínico Zoila Torres y dio resultado positivo por consumo de cocaína y negativo en marihuana. (Ver expediente administrativo del Patronato Nacional de la Infancia incorporado el veintiocho de mayo de este año y declaración testimonial de María Victoria Ramírez Alvarado y Ana María Abarca Venegas en acta de audiencia del dos de noviembre de dos mil veinte). 7) Durante el período de permanencia bajo el cuidado de la abuela materna, la persona menor de edad no ha tenido contacto con progenitores. (Ver expediente administrativo del Patronato Nacional de la Infancia incorporado el veintiocho de mayo de este año y declaración testimonial de María Victoria Ramírez Alvarado y Ana María Abarca Venegas en acta de audiencia del dos de noviembre de dos mil veinte). 8) Tanto durante el proceso administrativo, así como este proceso judicial, la señora Briceño Abarca y el señor López Mejías no han mostrado interés en recuperar la custodia de su hija Brianny Vanessa, para con quien han mostrado actitudes abandónicas. (Ver expediente administrativo del Patronato Nacional de la Infancia adjunto al archivo de demanda y declaración testimonial de María Victoria Ramírez Alvarado y Ana María Abarca Venegas en acta de audiencia del dos de noviembre de dos mil veinte). 9) La abuela materna le ha brindado a la niña estabilidad habitacional y afectiva, siendo que de hecho la niña la ubica como figura de pertenencia, protección y afecto. Además, la persona menor de edad se encuentra en el programa de Hogares Subvencionados del PANI. (Ver expediente administrativo del Patronato Nacional de la Infancia adjunto al archivo de demanda y declaración testimonial de María Victoria Ramírez Alvarado y Ana María Abarca Venegas y Patronato Nacional de la Infancia en acta de audiencia del dos de noviembre de dos mil veinte, e informe social del dieciséis de junio de este año). 10) La hermana de la menor, de nombre Némesis cumplió la mayoría de edad y se fue del hogar, mientras que Dixon falleció producto de su padecimiento de leucemia. (Ver expediente administrativo del Patronato Nacional de la Infancia incorporado el veintiocho de mayo de este año y declaración testimonial de María Victoria Ramírez Alvarado y Ana María Abarca Venegas en acta de audiencia del dos de noviembre de dos mil veinte). II. Sobre el Fondo del Asunto. La pretensión del ente actor es que se declare, en esta vía judicial, el estado de abandono del menor de edad Brianny Vanessa, en vista del estado en que se encuentra en virtud del desinterés que por él han manifestado sus padres, aquí demandados, por los antecedentes de negligencia en el ejercicio de los roles parentales y por la carencia de las condiciones y aptitudes necesarias para el cuido de una persona menor de edad. De acuerdo con lo que establece nuestra legislación en materia de familia, es posible que se declare ese estado de abandono cuando concurren algunos presupuestos materiales básicos que determinen una imposibilidad de parte de los padres de poder mantener y tener a su lado al menor de edad, ya que no se están cumpliendo con los necesarios cuidados que todo menor de edad debe tener, además de que se establezca que existe un peligro eminente para el propio menor de edad, por el riesgo en que se ve envuelto con sus progenitores. El artículo 160 del Código de Familia, en su inciso c) establece que es posible el decreto del estado de abandono de un menor de edad cuando éste se halle en riesgo social debido a la insatisfacción de las necesidades básicas, materiales, morales, jurídicos y psicoafectivas a causa de un descuido injustificado de parte de sus padres o de quienes ejerzan legalmente los derechos y deberes inherentes a la Patria Potestad, teniendo como consecuencia esa declaratoria de abandono que se termina (según el inciso c- del artículo 158 del mismo cuerpo legal precitado) el ejercicio de la Patria Potestad, ahora mejor llamada Responsabilidad Parental, de parte de quienes la ostentan. Del estudio de las probanzas que han sido llegadas al proceso, no queda ninguna duda para este juzgador que se cumplen esos elementos o presupuestos materiales de la acción invocada, incluso tanto dentro del proceso administrativo, como ahora que se ha judicializado, los demandados han demostrado no tener interés en recuperar la custodia de su hija, y por el contrario la señora Briceño Abarca no ha intentado en ningún momento deseo de recuperar a su hija, siendo que de hecho no manifestó interés de someterse a una intervención por parte de dicho ente; y en cuanto al señor López Mejías, siquiera se conoce su ubicación, y no se apersonó al proceso administrativo de PANI y menos ahora que se ha judicializado, con lo que se ha tenido por demostrado claramente, que ha existido un marcado desinterés del progenitor hacia la situación de su hija, aunque en un momento que se le pudo localizar manifestó su deseo en que su hija permaneciera con la abuela materna, dado que él también tenía problemas con el consumo de drogas y no podía hacerse cargo de la niña. En el expediente administrativo que está en la sumaria, constan las diversas intervenciones de trabajo social y psicológicas realizadas por el departamento correspondiente en el Patronato Nacional de la Infancia, las cuales arrojaron similares resultados contundentes en cuanto al riesgo en el que se encuentra la niño; además de que se reafirma este hecho con las declaraciones testimoniales que en la audiencia de este proceso hace María Victoria Ramírez Alvarado y Ana María Abarca Venegas, al primera en su labor como trabajadora social del ente promovente, quien menciona y relata las intervenciones realizadas, brindando argumentos como las necesidades que requiere la niña, el desinterés de los progenitores por la situación de la persona menor de edad, indicando incluso que en el caso de la progenitora no se ha preocupado por su bienestar, y que el padre no se opone a que se defina su situación jurídica con otra persona. Ante este hecho, la licenciada Ramírez Alvarado del Patronato Nacional de la Infancia emitió decisión técnica, recomendando dar inicio al proceso judicial de declaratoria de estado de abandono de la persona menor de edad, con fines de adopción. Estos hechos también se desprenden de la lectura y análisis del expediente administrativo llevado en la entidad actora del proceso, según los informes de tipo social allí contenidos que dan cuenta de lo narrado; todo ratificado por la declaración de hechos que se tiene en la sumaria de la persona supra mencionada, y de la depositaria judicial, quien además es la abuela materna de la niña. Así las cosas, se cumplen con los presupuestos que habla el artículo 160 del Código de Familia como requirentes del estado de abandono de una persona menor de edad en cuanto a la falta de satisfacción de las necesidades afectivas y materiales; por lo que en aplicación del principio del interés superior del menor de edad que está contemplado en los artículos tercero de la Convención sobre los Derechos del Niño y quinto del Código de la Niñez y la Adolescencia, considerándose que para la menor de edad referida lo mejor es decidir su situación jurídica y buscar nuevas alternativas a su porvenir, este juzgador acoge la petición del ente actor y declarar en estado de abandono, con la consecuente pérdida de los derechos inherentes a la Responsabilidad Parental que de la menor de edad ostentaban los aquí demandados Kattia Vanessa Briceño Abarca y Víctor Eduardo López Mejías. Anótese el fallo en las citas de inscripción de la persona menor de edad en la sección de nacimientos del partido de Puntarenas, tomo quinientos cuarenta, página doscientos cuarenta y siete, y asiento cuatrocientos noventa y cuatro del Registro Civil. Por Tanto. De acuerdo a lo expuesto, y artículos 51 y 55 de la Constitución Política; 5, 13, 30, 32 y 34 del Código de la Niñez y la Adolescencia; 1, 2, 5, 8, 115 y siguientes y 140 y siguientes del Código de Familia, se declara Con Lugar la demanda especial de declaratoria judicial de abandono de persona menor de edad con terminación de la patria potestad y fines de adopción establecido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Kattia Vanessa Briceño Abarca y Víctor Eduardo López Mejías, declarando en esta vía judicial el estado de abandono con fines de adopción del menor de edad Brianny Vanessa López Briceño, con la consecuente pérdida de los derechos de la Responsabilidad Parental que de él ostentaban los aquí demandados. Se ordena el depósito judicial del niño bajo la responsabilidad de Ana Abarca Venegas. Anótese el fallo en las citas de inscripción de la persona menor de edad en la sección de nacimientos del partido de Puntarenas, tomo quinientos cuarenta, página doscientos cuarenta y siete, y asiento cuatrocientos noventa y cuatro del Registro Civil. Hágase saber.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—Diego Acevedo Gómez, Juez de Familia.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021517769 ).

A Silvia Yanory Rivera Jiménez, en su carácter personal, quien es mayor, cédula N° 0115170155, de más calidades y paradero desconocido, se le hace saber que en demanda Guarda Crianza y Educación, establecida por Ángel Elías Sánchez Cortés contra Silvia Yanory Rivera Jiménez, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Por tanto: de conformidad con lo expuesto, se declara con lugar el presente proceso, estableciendo que la Guarda, Crianza y Educación de las personas menores de edad Ashley Alejandra, Jixel Paola y Ángel David todos de apellidos Sánchez Rivera la ejercerá de forma exclusiva el señor Ángel Elías Sánchez Cortés; lo cual no impide que la señora Silvia Yanory Rivera Jiménez –a través de un régimen de visitas, judicializado o no– pueda interrelacionarse con sus hijas e hijo. Se resuelve este asunto sin condena en costas. Por tratarse de una demanda contra un ausente, Publíquese mediante edicto por una sola vez en el Boletín Judicial, la parte dispositiva de esta sentencia con los datos generales para identificar el proceso. Proceso de Guarda Crianza y Educación, N° 18-00457-0292-FA, de Ángel Elías Sánchez Cortés contra Silvia Yanory Rivera Jiménez.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021517770 ).

Licenciada Guadalupe Solano Patiño. Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Gamaliel Antonio Espinoza Chavarría y Marjorie de Los Ángeles Calderón Hernández, se le hace saber que en demanda Declaratoria Judicial Abandono, establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Gamaliel Antonio Espinoza Chavarría y Marjorie de Los Ángeles Calderón Hernández, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago. A las catorce horas y uno minutos del veinticinco de setiembre del año dos mil diecinueve. Se tiene por establecido el presente proceso especial de Declaratoria de Abandono Expediente 19-002495-0338-FA, de la persona menor Marcos Antonio Espinoza Calderón, planteado por Patronato Nacional de la Infancia contra Gamaliel Antonio Espinoza Chavarría y Marjorie de Los Ángeles Calderón Hernández, a quién se le concede el plazo de cinco días para que oponga excepciones, se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. En ese mismo plazo, en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés.- Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se le advierte que, si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución a la parte demandada, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Vista la información obtenida de la cuenta cedular de la señora Calderón Hernández se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones de Turrialba. En caso de que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Por otra parte, envíese oficio a la Dirección General de Migración y Extranjería a efecto de conocer los movimientos migratorios del señor Espinoza Chavarría. Notifíquese..Juzgado de Familia de Cartago.—Msc. Wendy Blanco Donaire, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021517771 ).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de las personas menores de edad Edeney Trejos Fonseca, Keichell Rubi Casanova Fonseca, Keylin Fernández Fonseca, quien promueve el presente proceso el Patronato Nacional de la Infancia, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba (Materia Familia). A las ocho horas cincuenta y dos minutos del seis de enero de dos mil veintiuno. 06 de enero del año 2021. Expediente Judicial N° 20-000408-0675-FA-W. Clase de Asunto Diligencias de Depósito Judicial. Que en lo literal dice: Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba (Materia Familia). A las ocho horas cincuenta y uno minutos del seis de enero de dos mil veintiuno. De las presentes diligencias de depósito judicial de las personas menores de edad, Edeney Trejos Fonseca, Keichell Rubi Casanova Fonseca, Keylin Fernández Fonseca promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Alexandra Fonseca Martínez y Edeney Trejos Porras, Luis Javier Fernández Hernández, Guillermo Casanova Canballeira, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Alexandra Fonseca Martínez personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras comunicaciones; Turrialba. En caso, que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Por medio de edicto, que se publicará en el Boletín Judicial, procédase a notificar a Edeney Trejos Porras, Luis Javier Fernández Hernández, Guillermo Casanova Canballeira y se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días hábiles, que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Se le previene a la parte interesada, que para efectos de la diligencia en cuestión, si a bien lo tiene, deberá señalar un medio para atender notificaciones ante la autoridad comisionada, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 35, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Tome nota la parte interesada lo dispuesto por la circular N° 5-2012 emanada por el Consejo Superior del Poder Judicial; en el sentido de que, cuando se señale fax, casillero y/o estrados judiciales, se aplicará de manera analógica el artículo 15 de la Ley de Notificaciones Judiciales, en el sentido de que las partes se reservarán las copias de la demanda y/o escrito inicial, y se apersonarán al despacho para obtener en formato digital un archivo con la comisión, u obtengan dicha información digital, por medio del sistema de gestión en línea, lo anterior conforme a las políticas institucionales de cero papel. Notifíquese.—Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba (Materia Familia).—Msc. Gisela Salazar Rosales, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021517775 ).

Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a Norman Darío Corrales Jiménez, mayor, casado, colombiano, comerciante, domicilio desconocido, pasaporte CC 98662003 que en este Despacho se tramita el proceso abreviado de Nulidad de Matrimonio planteado en su contra, expediente N° 20-000547-0186-FA, en el cual se dictó la resolución que en lo conducente dice: “Juzgado Primero de Familia de San José, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de setiembre de dos mil veinte. I.—Para representar al demandado Norman Darío Corrales Jiménez, se designa como Curadora Procesal a la licenciada María de Los Ángeles Fallas Hernández (cédula de identidad N° 1-0999-0063), confiriéndole el plazo de tres días para aceptar o declinar el nombramiento. El Juzgado se decanta por la designación inmediata del (a) curador(a) procesal, por cuanto de la documentación presentada por la actora se desprende que el demandado Corrales Jiménez, abandonó el territorio nacional desde el año 2019, sin que se tenga noticia reciente sobre su posible reingreso al país y consultada la base de datos de la Dirección General de Migración y Extranjería, no existe noticia que haya registrado algún domicilio en el país. El nombramiento es dispuesto sin perjuicio de que, durante el proceso pudiere obtenerse noticias de la ubicación en Costa Rica del señor Corrales... II.—De la demanda abreviada de Nulidad de Matrimonio planteada por la Procuraduría General de la República se confiere traslado a los demandados Glenda Jeannette Hernández Ávila y Norman Darío Corrales Jiménez por el plazo de diez días, para que se opongan a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberán contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. II.—Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado (artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008). Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.” Expediente Nº 20-000547-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 16 de setiembre del 2020.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021517776 ).

Se avisa: al señor Otto Silva Reyes, mayor, costarricense, cédula de identidad número 0503070064, con demás calidades y domicilio desconocido, que en este Juzgado se tramita el expediente N° 20-001282-1146-FA, correspondiente a Diligencias no Contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Darnet y Daleysha ambos de apellidos Silva Castillo. Se le concede el plazo de tres días hábiles, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—Lic. Diego Acevedo Gómez, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021517778 ).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Jonathan Julián Torres Pereira, mayor, soltero, operario, cédula de identidad número 0113400675, nombre de la progenitora y nombre del progenitor, domicilio en Hospital Central San José, el 15/01/1988, con 32 años de edad, y Nazareth de Los Ángeles Torres Pérez, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número 0304540927, nombre de la progenitora y nombre del progenitor, domicilio en Oriental Central Cartago, el 04/07/1991, actualmente con 29 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Cot, Oreamuno, Cartago, Cartago. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 20-002315-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 04 de noviembre del 2020.—Licda. Mariela Porras Retana, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021517258 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Andrey Caleth Martínez Ramírez, mayor, soltero, oficial de seguridad, cédula de identidad número 0117170063, nombre de la progenitora y nombre del progenitor, domicilio en Carmen Central San José, el 06/08/1998, con 22 años de edad, y Jacqueline de Los Ángeles Zúñiga Segura, mayor, divorciada, no indica, cédula de identidad número 0111430913, nombre de la progenitora y nombre del progenitor, domicilio en Hospital Central San José, el 28/06/1982, actualmente con 38 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en La Unión Cartago, Cartago. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 20-002421-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 04 de noviembre del 2020.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021517259 ).

Han comparecido ante este notaría solicitando contraer matrimonio civil conforme a nuestra legislación, el señor Carlos Esteban Serrano Quesada, mayor de edad, soltero, oficial de policía, con cédula de identidad número 1-1092-0567, hijo de Carlos Serrano Villalobos y Flor Quesada González, ambos costarricenses; y la señora Kerlin Leitón Casasola, mayor de edad, soltera, costarricense, técnica en laboratorio clínico, portadora de la cédula de identidad N° 7-0160-0631, hija de Juan Guillermo Leitón Jiménez, costarricense y Mayra Casasola Reid, costarricense; ambos contrayentes vecinos de Alajuela, San Mateo, 500 metros este de la Iglesia Católica. En virtud de ello y en cumplimiento del artículo 25 del Código de Familia, se ordena la publicación de este edicto en aras de que si existe alguna oposición a la unión solicitada lo hagan saber dentro del plazo de 8 días naturales después de la publicación de este edicto ante esta notaría.—Puntarenas, 08 de enero del 2021.—Licda. Geraldin Vargas Rodríguez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021517658 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Yeison Eduardo Alvarado Brenes, mayor de edad, cédula de identidad 206560334, ocupación bodeguero, vecino de San Pedro de Poás, hijo de Gerardo Alvarado Bermúdez y de Vera Virginia Brenes Herrera, nacido en Alajuela, en fecha 19 de febrero de 1989, con 31 años de edad, y la señora Nataly Melissa Quesada Quesada, mayor de edad, cédula de identidad 304990644, ocupación ama de casa, vecina de San Pedro de Poás, hija de Norman Gerardo Quesada Pérez y de Alejandra Quesada Serrano, nacida en Cartago, en fecha 26 de noviembre de 1996, con 23 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 20-001855-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Alajuela, fecha, 04 de diciembre del o 2020.—Licda. Jorleny María Murillo Vargas, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021517780 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Tony Gaitán Rodríguez, mayor, soltero, oficinista, cédula de identidad N° 0116210854, vecino de Dulce Nombre de Coronado, hijo de María Gabriela Rodríguez Corrales y Antonio Gaitán Calderón, nacido en Carmen Central, San José, el 18/10/1995, con 25 años de edad, y Yulianny Gómez Espinoza, mayor, soltera, secretaria ejecutiva, cédula de identidad N° 0116820072, vecina de La Trinidad de Moravia, hija de Yesenia Espinoza González y Víctor Gómez Pérez, nacida en Uruca Central, San José, el 17/07/1997, actualmente con 23 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 20-002009-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 15 de diciembre del 2020.—Licda. Lorena María Mc Laren Quirós, Juez.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021517783 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil el señor Mario Gerardo Campos Alvarado, mayor de edad, divorciado, cédula de identidad N° 5-247-815, ocupación independiente, vecino de Alajuela, Sabanilla, Los Ángeles, entrada a Calle Lajas, Urbanización Bella Vista, casa N° 5, hijo de José Luis Campos Villalobos y de Isabel Alvarado Herrera ambos de nacionalidad costarricense, nacido en Centro Tilarán Guanacaste en fecha 16 de agosto de 1968, con 52 años de edad, y la señora Yisenia María Obando Díaz, mayor de edad, soltera, cédula de identidad N° 6-356-870, ocupación ama de casa, vecina de Alajuela, Sabanilla, Los Ángeles, entrada a Calle Lajas, Urbanización Bella Vista, casa N° 5, hija de Bartolo Obando Peralta y de María Isidora Díaz Díaz ambos de nacionalidad costarricense, nacida en San Vito de Coto Brus, Puntarenas, en fecha 29 de julio de 1986 con 34 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente20-002035-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Alajuela, 09 de diciembre del 2020.—Licda. Susan de Los Ángeles Herrera Álvarez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021517784 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Celia del Carmen Corea Umaña, mayor, divorciados, oficial de seguridad, cédula de identidad número 0800870453, vecina de San José, Goicoechea, Guadalupe, El Alto, hija de Rosa Estefanía Umaña Aragón y Juan Francisco Corea Corea, nacida en Rivas Nicaragua, el 14/07/1977, con 43 años de edad, quien podrá ser contactada 72750301 y Marlon Adrián Coto Araya, mayor, divorciado, supervisor de guarda espaldas, cédula de identidad número 0701000169, vecino de San José, Goicoechea, Guadalupe, El Alto, hijo de Agnes Araya Campos y Juan Rafael Coto Bejarano, nacido en Centro Central Limón, el 15/06/1971, actualmente con 47 años de edad, quien podrá ser contactado al número telefónico 72658089. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 20-002105-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 17 de diciembre del 2020.—Msc. Carlos Sánchez Miranda, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021517785 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Jason Javier Brenes Barahona, mayor, Soltero, costarricense, cédula de identidad número 0504110851, vecino de Cañas, barrio el Pretal, de la primera entrada a mano izquierda, segunda casa color roja, hijo de Lelania Brenes Barahona, nacido en Centro Liberia Guanacaste, el 19/08/1996, con 24 años de edad, y Meilyn Navarro Barrera, mayor, Soltera, costarricense, cédula de identidad número 0503670386, vecina de Cañas, barrio el Pretal, de la primera entrada a mano izquierda, segunda casa color roja, hija de Anabelle Barrera Aguirre y Alberto Navarro Martínez, nacida en centro Liberia, Guanacaste, el 11/12/1988, actualmente con 32 años de edad, teléfono 6475-6145. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente 21-000002-0928-FA.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas (Materia Familia), Cañas, 05 de enero del año 2021.—Lic. Luis Fernando Suarez Jiménez, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021517786 ).

Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio el señor Luis Ángel Pasos Guido, mayor, divorciado, bodeguero, cédula de identidad N° 0503970512, nacido en Centro Liberia, Guanacaste, el 08/03/1994, con 26 años de edad, y la señora Evelyn María Castillo Guzmán, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad N° 0503830657, nacida en Centro Liberia, Guanacaste, el 09/09/1991, actualmente con 29 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Liberia, Guanacaste. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-000009-0938-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, (Liberia), (Materia Familia), 06 de enero del 2021.—Licda. María Alejandra Quesada García, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021517788 ).

Edictos en lo Penal

Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de San José, a las trece horas quince minutos del cinco de enero del dos mil veintiuno. Se pone en conocimiento de: 1) Marino del Carmen Vargas Fernández, cédula de identidad 1-0740-0744, vecino de Pérez Zeledón, la Palma 100 metros norte de la iglesia. Indagado el 19 de marzo del 2012, visible a folio 3032. 2) Alexander Cabalceta Alvarado, cédula de identidad 6-0171-0645, vecino de San Isidro de Pérez Zeledón, 25 metros sur del restaurante Yucatán. Indagado el 10 de abril del 2012, visible folio 3081. 3) Lizabeth Kushigian, pasaporte USA 451083675, vecina de US 31 Cranberry Lane, Denninis, Port MA 02639. Indagada el 27 de abril del 2012, visible a folio 3119. 4) Carl Brice De Ganahl, pasaporte 184000297721. Indagado el 27 de abril del 2012, visible a folio 3244. 5) Timothy Wooddruff, cédula de residencia 0034446-002704, vecino de Dominical Osa. Indagatoria visible a folio 3169. 6) Royner López Cordero, cédula de identidad 1-0858-1972, vecino de Repunta de Pérez Zeledón, del Taller Weber 500 metros sur, teléfono 8815-8789. Indagado el 10 de setiembre del 2012, visible a folio 3228. 7) Roberto Mora Retana, cédula de identidad 1-0376-0181, vecino de Alfombra de Barú, Pérez Zeledón, de la entrada principal 300 metros oeste casa a la izquierda. Indagatoria visible a folio 3230. 8) Asdrúbal Fonseca Abarca, cédula de identidad 1-0480-0230, vecino de Palmar Norte de la Escuela Vergel, teléfono 7061-3824. Indagado el 06 de noviembre del 2012, visible a folio 3313. 9) Emilio Monge Montoya, cédula de identidad 1-0410-0620, vecino de Cartago, El Guarco, San Isidro, 100 metros oeste y 50 metros sur, teléfono 2573-7733 // 8794-7110. Indagado el 06 de noviembre del 2012, visible a folio 3317. 10) Dagoberto De Jesús Rivera Zúñiga, cédula de identidad 9-0086-0950, vecino de San José, Pérez Zeledón, San Cristóbal de Barú, de la Iglesia La Luz del Mundo 50 metros sureste, casa a mano izquierda. Indagado el 21 de octubre del 2012, visible a folio 3352. 11) Francisco Vargas Fernández, cédula de identidad 1-0494-0339, Vecino de Pérez Zeledón y Dominical, a un costado del Centro Turístico Los Cachorros, teléfono 2317-4743. Indagatoria 05 de abril del 2013. Visible a folio 3404. 12) Juan Rafael Jiménez Hidalgo, Vecino de Puntarenas, Osa, Puerto Nuevo, de la entrada de la escuela 200 metros a la derecha. Indagatoria el 25 de mayo del 2015, visible a folio 3527. 13) Jesús Gómez Portugués, cédula de identidad 3-0223-0120. 14) Jordana Céspedes Mora, cédula de identidad 1-1097-0782, vecina de Puntarenas, Osa, Puerto Viejo, 200 metros sur 600 metros este de la escuela. Indagatoria el 21 de mayo del 2015, visible 3523. 15) Carlos Luis Marín Barrantes, cédula de identidad 9-0085-0379, vecino San Isidro de Pérez Zeledón, 50 metros de la Musoc. 16) Eddie Willie Céspedes Céspedes, cédula de identidad 6-0102-0295, vecino de Dominical de Osa, Puerto Nuevo, 1 kilómetro al oeste de la escuela. 17) Edgar Brett Kitchen, pasaporte 152430698 y 211970688. A quienes como personas terceros interesados en el proceso 07-8885-042-PE que se tramita en este despacho en contra de Ricardo Marín Vargas y otros por el delito de falsedad ideológica y otros, en perjuicio de Playa Florida S. A. y otros; que este despacho mediante resolución de las catorce horas y cuatro minutos del ocho de setiembre de dos mil veinte; ha dispuesto la celebración de la audiencia preliminar en la causa descrita supra; diligencia que tendrá lugar en las salas de juicio del Edificio de Tribunales de Justicia del Primer Circuito Judicial de San José; y tendrá ocasión iniciando a las diecisiete horas del día once de enero de 2021 hasta el quince de enero del mismo año, por lo que se ha dispuesto la publicación del presente edicto a efecto de prevenirles que en caso de tener interés podrán presentarse y participar de la misma a efectos de hacer valer sus derechos. Notifíquese.—Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de San José.—Licda. María Aurelia Rodríguez Anchía, Jueza Penal de San José.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021517790 ).