BOLETÍN JUDICIAL N° 11 DEL 18 DE ENERO DEL 2021
CORTE SUPREMA
DE JUSTICIA
SECRETARÍA GENERAL
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEL PODER JUDICIAL
JUZGADO NOTARIAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Remates
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos
Matrimoniales
Edictos en lo Penal
CIRCULAR N° 269-2020
ASUNTO: Implementación
en el Poder Judicial de la disposición “LS-PG-007. Lineamientos
básicos de conducta para reducir el riesgo de transmisión de COVID-19, asociados
a la responsabilidad individual”.
A TODAS LAS AUTORIDADES JUDICIALES, ABOGADOS,
ABOGADAS Y PUBLICO EN GENERAL
SE LES HACE SABER QUE:
Este Consejo Superior en sesión número 110-2020 celebrada el 12 de noviembre del
2020, artículo XLV, dispuso
comunicarles la disposición
“LS-PG-007. Lineamientos básicos
de conducta para reducir el
riesgo de transmisión de
COVID-19, asociados a la responsabilidad
individual”, versión 2, con fecha
de elaboración del 30 de julio
de 2020 y publicado en el
sitio web del Ministerio de Salud,
con el fin de reforzar y reiterar,
la importancia de velar y cumplir
con los diferentes lineamientos
y protocolos establecidos
por el Poder Judicial en cumplimiento de lo definido por
la autoridad sanitaria, tanto en
el horario de trabajo como extra laboralmente, sobre todo recalcando
la responsabilidad de la persona servidora,
de actuar conforme al cargo
le requiere, en este caso particular con la prevención de la enfermedad
COVID-19, máxime teniendo en cuenta que con el seguimiento de casos que se realiza desde la Dirección de Gestión Humana se ha
determinado que al viernes
23 de octubre de 2020, aproximadamente
el 73% de los casos de contagio
que se han reportado provienen de actividades
de índole privado:
Anexo
Anexo 1. Medidas asociadas a la conducta responsable por COVID-19
establecidas en la disposición LS-PG-007.
“(…) La
población general debe:
Salir solamente de su casa para abastecerse de alimentos y/o medicamentos o si es estrictamente necesario, al menos que requiera trabajar, asistir a citas médicas o actividades indelegables.
Respetar la burbuja social (donde la convivencia es por personas que cohabitan
juntas y no por visitantes ya
sean familiares o amigos).
No realizar reuniones familiares, con amigos o compañeros
de trabajo, con ocasión de celebraciones, tales como cumpleaños, tés de canastilla, días festivos o similares.
Utilizar mascarilla en los sitos públicos definidos en el Lineamiento establecido.3
Evitar el contacto cercano con personas que
están enfermas ya sea de su núcleo
familiar o personas conocidas.
Evitar tocarse los ojos, la nariz y la boca ya que son zonas más vulnerables para contagio de agentes infecciosos.
Quedarse en casa cuando presente síntomas (fiebre, tos, congestión
nasal, dolor de garganta) relacionados
con esta enfermedad.
No asistir a actividades
que permitan aglomeraciones
de personas, que puedan favorecer
las cadenas de contagio por
coronavirus, por ejemplo, marchas,
las peregrinaciones entre otras.
Cubrirse cuando tose o estornude,
utilizando el protocolo de estornudo y tos.
Lávese las manos a menudo con agua y jabón durante
al menos 20 segundos, especialmente después de ir al baño; antes de comer; y después de sonarse la nariz, toser o estornudar, y al finalizar su jornada laboral.
Si no hay agua y jabón disponibles,
use un desinfectante para manos a base de alcohol de
un grado de al menos entre
60° y 70º.
Utilizar formas alternativas de saludar que no impliquen el contacto físico.
Asegurar que se
disponga de papel higiénico, jabón antibacterial,
alcohol o solución en gel
con una composición de al menos
entre 60% y 70%, toallas de papel
para el secado de manos y agua
potable.
Mantener la limpieza y desinfección en objetos o superficies. Se deberá usar un desinfectante, solución con alcohol al menos 60%
o 70% o solución
con cloro, y se usarán toallas desechables para su aplicación.
No se deben compartir utensilios u objetos en el lugar de trabajo o de reunión.
Reducir o restringir las visitas de
personas externas al hogar más si cuenta
con personas en condición
de mayor vulnerabilidad en
el hogar.
Las personas
con síntomas o signos de resfrío o gripe no deben ir a lugares de trabajo, de estudio o de reunión.
5.2 Uso de servicios
En caso de requerir hacer trámites consulte cuales puede hacer de forma virtual o telefónica y cuales puede agendar por medio de cita como servicios
médicos, estética, trámites bancarios, compras, tramites institucionales entre otros.
Promover la entrega a domicilio o en el vehículo de bienes y servicios para reducir el riesgo de exposición.
Evite visitar lugares
que permitan la concentración
de personas para la obtención de un servicio y reducir el riesgo de contagio.
Haga uso de los horarios diferenciados que están facilitando varios servicios comerciales para evitar las aglomeraciones y exponerse si tiene
mayor riesgo por su edad o condiciones de salud.
Mantenga una distancia de al menos 1,8 metros
con respecto a otras personas cuando sale de su hogar.
Lleve siempre una solución a base de
alcohol de la menos 60° o 70° o un desinfectante y toallas desechables para aseo personal y limpiar superficies.
Al regresar a su casa evite tener contacto con superficies y
los miembros del hogar
antes de haberse cambiado
la ropa y lavarse las
manos.
Mantenerse informado
Mantenerse informado por los medios oficiales como redes del Ministerio de Salud, Caja Costarricense del Seguro
Social, Comisión Nacional del Emergencia
y conferencias de prensa.
Si tiene consultas o desea información sobre el COVID-19 utilice la línea telefónica oficial 1322.
En caso de que necesite o requiera que sus medicamentos se los lleven a su hogar puede
solicitarlo por medio de la línea
905-MISALUD o 905 6472583”.
Publíquese una
sola vez en el Boletín Judicial.
San José, 10
de diciembre de 2020.
Lic. Carlos T. Mora Rodríguez
Subsecretario General Interino
1 vez.—Exonerado.—( IN2021517554 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la ley orgánica del
poder judicial, y Para el caso
específico el acuerdo de la
comisión institucional de selección y eliminación de documentos
(C.I.S.E.D.)en acta Nº01-2016 de fecha
04 de mayo de 2016, Artículo
II y el Acuerdo del Consejo
Superior en sesión N°51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, Artículo
XCV., de la Comisión Institucional
de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.)en
acta Nº 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, Artículo II y el Acuerdo del Consejo Superior en sesión n°51-16 celebrada el 24 de
mayo de 2016, Artículo XCV. Se hace
del conocimiento de las Instituciones
Públicas, Privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Paquetes de Expedientes de Pensión Alimenticia, Paquetes de Expedientes de materia mixta, Remesa Destrucción de Pensión Alimenticia, de los despachos que a continuación la información se encuentra remesada y custodiada en el archivo judicial se detallan.
Para ver
las imágenes solo en Boletín Judicial con formato
PDF
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la publicación de este aviso. Publíquese por una vez en el Boletín Judicial.
San José,
lunes 4 de enero 2021.
Lic. Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector
Ejecutivo
1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021517260 )
HACE SABER:
A la Dirección Nacional de Notariado,
al Archivo Notarial, al Registro
Nacional, al Registro Civil y a la ciudadanía en general, que en el Proceso Disciplinario
Notarial N° 16-000527-0627-NO, de Richard Iván Romero Peláez
contra Aníbal Granados Ramírez (cédula de identidad 104121188), este Juzgado mediante resolución de las ocho horas cincuenta minutos del diecisiete de diciembre de dos
mil veinte, dispuso levantar la suspensión disciplinaria a partir del diez de octubre de dos mil veinte al Notario Público Aníbal Granados Ramírez,
cédula de identidad número
104121188, la cual fue comunicada por edicto publicado en el Boletín Judicial Número
51 del dieciséis de marzo
del dos mil veinte (folio 65). Juzgado
Notarial.
San
José, diecisiete de diciembre
del dos mil veinte.
Licda. Derling Edith
Talavera Polanco,
Jueza.
1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021517239 ).
A Juan Alexciz Barilla Jimenes, mayor, notario público, cédula de identidad N°
0800830998, de demás calidades
ignoradas, que en proceso disciplinario notarial N° 19-001197-0627-NO, establecido en su contra por María
de Los Ángeles Vega Marín, se han
dictado las resoluciones
que literalmente dicen: “Juzgado Notarial, a las nueve
horas y veinticuatro minutos
del treinta y uno de octubre
del dos mil diecinueve. Se tiene
por establecido el presente
Proceso Disciplinario
Notarial de María de Los Ángeles Vega Marín contra Juan Alexciz
Barilla Jimenes, a quien se
confiere traslado por el plazo de ocho días; dentro de ese
plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés.
Para los efectos del artículo
153 del Código Notarial, se tiene como
parte a la Dirección
Nacional de Notariado, entidad
que dentro del plazo señalado
debe referirse respecto de
la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que, dentro
del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir
notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s)
por la parte, las resoluciones
posteriores que se dicten
se le tendrán automáticamente
notificadas con el solo transcurso
de veinticuatro horas después
de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse
en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión,
será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de
Tecnología de la Información
del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo, se le previene a cada parte, que, si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados;
si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada
de Notificaciones del Primer Circuito
Judicial de San José (tercer piso
del Edificio de los Tribunales
de Justicia de este Circuito
Judicial), los días martes y jueves de cada semana. Con respecto al medio, se le hace
saber a las partes lo dispuesto
por el Consejo Superior, en
sesión N° 65-08, celebrada
el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el sentido
de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser
de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un medio de localización
lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar
las dos alternativas a la vez.
Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les
solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado
civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia.
De conformidad con los artículos
153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones,
notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o domicilio registral. Al respecto,
se debe tener en cuenta que, si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio
registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona
que aparente ser mayor de quince años
o por la propia persona denunciada;
pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada.
La notificación en el domicilio registral de la parte denunciada ubicada en 50 metros este Farmacia Pococí, se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales de Pococí.
Asimismo, se ordena notificar a la Dirección Nacional
de Notariado, mediante comisión dirigida a la Oficina de Comunicaciones del Segundo Circuito
Judicial de San José, en: San Pedro Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro,
Edificio SIGMA, quinto piso.
En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada;
y en caso de que se impida tal ingreso,
se tendrá por válida la notificación con la entrega de la
cédula correspondiente a la persona encargada de regular la entrada. (artículos
4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones
Judiciales vigente N° 8687,
publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Obténgase, por
medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado
y Registro Civil. Conforme
al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, realícese consulta por medio de la página
web del Registro Nacional, con el fin de verificar si la parte denunciada tiene apoderado inscrito ante ese Registro. De conformidad con el artículo 35.6
del Código Procesal Civil, se hace
ver a la parte accionante que en el caso de que desee presentar una pretensión resarcitoria contra la parte denunciada, tendrá oportunidad para realizar dicha gestión hasta antes de que esa parte procesal
conteste esta denuncia; y para tal efecto, tendrá que cumplir con los requerimientos
del numeral 152 del Código Notarial, en su necesaria relación
con el artículo 35 del Código Procesal
Civil. Remítase oficio a la
Dirección Nacional de Notariado,
a fin de que se indique la última
dirección de la casa de habitación
y Oficina Notarial registrados
por Juan Alexciz Barilla Jimenes,
con el fin de ordenar la notificación
respectiva. Notifíquese.
M.Sc. Francis Porras León, Juez.” y “Juzgado Notarial, a las trece
horas cuatro minutos del diez de diciembre de dos mil veinte. En razón
de que han sido fallidos los intentos por notificarle al Licenciado Juan Alexciz Barilla Jimenes, cédula
de identidad 0800830998, la resolución
dictada a las nueve horas veinticuatro minutos del treinta y uno de octubre de dos
mil diecinueve (que da curso
al proceso), en las direcciones que reportó ante la Dirección Nacional de Notariado
(folio 25) como tampoco en su último
domicilio registral brindado
al Registro Civil (folio 10); y en
virtud de que carece de apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas
(folio 33), de conformidad con lo dispuesto
por el párrafo IV del artículo
153 del Código Notarial, se dispone notificarle la citada resolución así como también
la presente, por medio de edicto
que se publicará por una sola vez
en el Boletín
Judicial. Comuníquese a la Imprenta
Nacional. Se le hace saber a la parte
que aquí se ordena notificar, que los hechos denunciados por la señora María
de los Ángeles Vega Marín son los siguientes:
“El día doce de diciembre
del año dos mil dieciocho,
el licenciado Juan Alexis Barrillas
Jiménez, me iba a realizar
un levantamiento de una propiedad
en la ciudad de Guácimo, el
licenciado me pedía dinero
por semana o quincena, yo le depositaba en el Banco Popular y en Banco de
Costa Rica, a nombre de la esposa
Gregoria Aguirre Aguirre, ya
voy realizando la suma de cuatro millones setecientos mil colones y el Licenciado no ha hecho el traspaso, yo lo llamo y no me contesta las llamadas, quiero indicar que el Licenciado anteriormente me llamaba constantemente incluso me hacía llamadas de cinco a más veces al día, y la última llamada que me hizo donde me pedía
un depósito de cien mil colones fue el diez veintinueve de agosto del año dos mil diecinueve, pero no tenía la cantidad y le deposité cincuenta mil colones, después de esa fecha el licenciado
Juan Alexis no me volvió a llamar,
yo lo he estado llamando a su celular
8642-9849 y 8766-1875 y no responde. Adjunto copia de los depósitos bancarios que he realizado a la cuenta de la esposa del licenciado como pago por los servicios, mi preocupación es que
a la fecha he cancelado mucho dinero y no ha realizado el
traspaso la propiedad.” Conforme lo dispone el citado
numeral, comuníquese esta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin
de que atienda la defensa técnica de la parte denunciada Juan Alexciz Barilla Jimenes. Notifíquese.
M.Sc.
Francis Porras León,
Juez
1 vez.—O.C.
Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—
( IN2021517241 ).
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
En el Juzgado de Trabajo de Heredia; a las catorce
horas del primero de marzo del dos mil veintiuno, con la base de noventa
y nueve millones sesenta mil colones exactos, soportando gravámenes, sáquese a remate la siguiente propiedad finca matrícula 228740, derecho 000. Situada
en el distrito 1-San Pablo,
cantón
9-San Pablo de la provincia de Heredia. Linderos: oeste, Manuel Enrique Siabaja Saborío, noreste, lote 1, sureste, Álvaro González Jiménez, la cual
es propiedad de María Alejandra Morales Reyes, cédula de identidad N° 0111730868. En caso
de no haber postores, para
el segundo remate, se señalan
las catorce horas del quince de marzo
del dos mil veintiuno, con la base de setenta y cuatro millones doscientos noventa y cinco mil colones exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer
remate, se señalan las catorce
horas del veintiséis de marzo
del dos mil veintiuno, con la base de veinticuatro millones setecientos sesenta y cinco mil colones exactos (un 25% de la base original). Nota:
Se les informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser girado a favor
de este despacho. La
anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso Or.S.Pri. Prestac. Laborales de German
Volio Castillo, cédula de identidad N° 0108420770 contra
María Alejandra Morales Reyes, cédula de identidad N° 0111730868. Expediente: N° 17-0003680505-LA.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 01 de diciembre
del 2020.—Msc. Elena Alfaro Ulate, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021518695 ).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
German Morera Cordero cédula de identidad
2-187-592, fallecido el 29 de mayo del año 2018, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. Prest.
Sector privado bajo el Número 18-001296-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Juzgado de Trabajo
de Heredia 26 de julio del año
2018. Expediente N° 18-001296-0505-LA. Por Ana
Elizabeth Sancho Quesada a favor de German Morera
Cordero. Expediente N° 18-001296-0505-LA. Por Ana
Elizabeth Sancho Quesada a favor de German Morera Cordero.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 05 de noviembre
del año 2020.—Licda. Ana Ivannia Barrantes Venegas, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021517501 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de trabajadora fallecida Benito Filemón Padilla
Díaz, cédula de identidad N° 5-0203-350, quien fue mayor, soltero, vecino de Talolinguita, Santa Cruz,
laboró para como guarda seguridad en el Registro Público de la Propiedad, sede Curridabat, Zapote, y falleció el veintiuno de junio del dos mil nueve, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Pago Sector Público, bajo
el número 20-000224-0775-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 20-000224-0775-LA. Por Roxana María Salazar Ramírez.—Juzgado de Trabajo de
Santa Cruz, 19 de noviembre del año 2020.—Licda. Laura del Carmen
Rodríguez Chavarría, Jueza Decisora.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021517502 ).
A los causahabientes de quién en vida se llamó
Carlos Luis Fallas Caton, quien
fue mayor, costarricense, domicilio Puntarenas, la Inmaculada, cédula de identidad número 1-0457-0329, se
les hace saber que:
Guadalupe de Los Ángeles Corea
Sánchez, mayor, ama de llaves, documento
de identidad número
155820191832, domicilio Puntarenas, Quepos, La
Inmaculada, 24 metros sur del taller de Chango en La Pascua, se apersonó en este Despacho
en calidad de conviviente del fallecido, a fin
de promover las presentes
diligencias
de Consignación de Prestaciones.
Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que
se publicará por una sola vez
en el Boletín
Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho,
en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por el artículo
85 del Código de Trabajo. Consignación
de prestaciones del trabajador
fallecido Carlos Luis Fallas
Caton. Expediente N°
20-000239-1590-LA.—Juzgado Civil y
Trabajo de Quepos (Materia
Laboral), 04 de enero del 2021.—Licda. María Cristina Cruz Montero, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021517503 ).
Se cita y emplaza a
los que, en carácter de causahabientes de Jesús Francisco Mairena
Chaves, cédula de identidad N° 0502200300, fallecido el 01 de abril del año 2018, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consignación Pago Sector Privado
bajo el N° 20-000315-0942-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 20-000315-0942-LA. Promovido por María de Los Ángeles Centeno Zúñiga a favor de
Jesús Francisco Mairena Chaves.—Juzgado Civil y Trabajo
del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia)
(Materia Laboral), 07 de diciembre del 2020.—Licda. Brenda Celina Calvo
De La O, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021517504 ).
Se cita y emplaza a las personas
que, en carácter de causahabientes de Héctor Luis Vega Marín, cédula N°
115520764 y quien falleció
el 26 de diciembre del 2019, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido
por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-000621-0166-LA.
Diligencias de Distribución de Prestaciones
de la Persona Fallecida Héctor Luis Vega Marín.—Juzgado de Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 27 de mayo del 2020.—M.SC. Andrés
Grossi Castillo, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021517505 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Freddy Francisco Roque García 0602910580,
fallecido el 07 de agosto
del año 2011, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest.
Sector Privado bajo el Número 20-000681-0643- LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 20-000681-0643-LA. Por Operadora de Pensiones Complementarias y Capitalización
de la Caja Costarricense de
Seguro Social S.A. a favor de Freddy Francisco Roque García.—Juzgado de Trabajo de
Puntarenas 15 de octubre del año
2020.—Msc. Randall Briceño
Solano, Juez.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021517506 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de Braulio Eduardo de Los Ángeles Salas Jiménez, cédula de identidad
N° 09-0039-0038, fallecido el 18 de marzo del año 2019, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el número
20-000758-0643-LA,
a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Por Banco de Costa Rica a
favor de. Expediente N° 20-000758-0643-LA.—Juzgado de Trabajo
de Puntarenas, 05 de enero del 2021.—Lic. Allan Roberto Espinoza
Martínez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021517507 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Pedro Álvarez Cruz, fallecido
el 04 de abril del año
2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado,
bajo el número 20-000765-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 20-000765-0643-LA. Por a
favor de .—Juzgado
de Trabajo de Puntarenas, 23 de noviembre del año 2020.—Msc. José Andrés Ureña Chaves, Juez Decisor.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021517508 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Ángel Berrocal Parra quien fue portador
de la cédula de identidad número
503180845, fallecido el 02 de julio
del año 2020, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el Número 20-001029-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Por el fallecimiento de
José Ángel Berrocal Parra. Expediente N° 20-001029-0639-LA.—Juzgado
Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 02 de setiembre del 2020.—Lic. Ronny Arias Corrales, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021517510 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Silvia María Soto Sandoval, N°
0204460765, fallecida el 09 de junio
del año 2017, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consignación de Prestaciones Sector Privado bajo el N° 20-001485-0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente
Nº 20-001485-0505-LA. Por Mario Alberto Sánchez Soto a favor de Silvia María
Soto Sandoval.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 08 de octubre
del 2020.—Msc. Priscila Marín Leiva, Jueza.—1 vez.—O.C.
Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021517511 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una base de cuarenta
y cuatro mil doce dólares con catorce centavos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
placas EE33263, el cual es
Caterpillar, categoría: Equipo
especial obras civiles, carrocería: Retroexcavadora, año fabricación: 2014, color: amarillo. Para tal efecto se señalan las quince
horas cero minutos del cuatro
de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas cero minutos del doce
de mayo de dos mil veintiuno con la base de treinta y tres mil nueve dólares con once centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las quince horas cero minutos
del veinte de mayo de dos mil veintiuno
con la base de once mil tres dólares
con cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución Garantías Mobiliarias de Maquinaria y Tractores Limitada contra Inversiones Amigre S. A., Mercedes De Las Piedades
Rodríguez Alpízar. Expediente
Nº:19-010620-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 14 de diciembre del año 2020.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2021518404 ).
En este Despacho, con una base de nueve mil quinientos cuarenta y nueve dólares con cincuenta y nueve centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa
BLV420. Marca: Fiat, estilo: Uno Way, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2017, color: blanco,
número de chasis:
9BD195A64H0749912, cilindrada: 1400 c.c. Para tal efecto se señalan
las ocho horas y treinta minutos del cuatro de febrero de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas y treinta minutos del quince de febrero de
dos mil veintiuno con la base de siete
mil ciento sesenta y dos dólares con diecinueve centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintiuno con la base de dos mil trescientos
ochenta y siete dólares con treinta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Financiera CAFSA S.
A. contra Gilbert Jesús Umaña Matamoros. Expediente Nº:20-014145-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 07 de setiembre del año 2020.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez Decisor.—(
IN2021518676 ).
En este Despacho,
con una base de dieciocho mil trescientos
once dólares con ochenta y
un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL 279649. Marca: Toyota, Estilo:
Hilux SRV, Categoría: Carga liviana,
Capacidad: 5 personas, Serie: MR0FZ29G6F2548434, Peso
vacío: 0, Carrocería: Camioneta Pick-Up caja abierta o cam-pu, Tracción: 4x4, Año Fabricación: 2015, Uso:
Particular, Color: Dorado, N° Motor: 1KDU563664. Para tal
efecto se señalan las 14:30
horas del 17/02/2021. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará
a las 14:30 horas del 25/02/2021 con la base de trece
mil setecientos treinta y tres dólares con ochenta y cinco centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las 14:30 horas del 05/03/2021 con la base
de cuatro mil quinientos setenta y siete dólares con noventa y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Financiera Cafsa S. A. contra Randall Mauricio Álvarez Artavia. Expediente N° 20-012672-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 09 de diciembre del año 2020.—Licda. Paula Morales González, Jueza
Decisora.—(
IN2021518677 ).
En este Despacho, con una base de veinte millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 312-15533-01-0901-001; sáquese
a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 58833, derecho
000, la cual es terreno
para construir. Situada en el Distrito 4-Ulloa, Cantón 1-
Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte Eliette Varela; al sur Eliette
Varela; al este Antonio Herrera y
en parte calle pública y al oeste Municipalidad de Heredia. Mide:
mil ochocientos cuarenta y cuatro metros con dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de mayo
de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las nueve
horas cuarenta y cinco minutos del uno de junio de dos
mil veintiuno con la base de quince millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve
horas cuarenta y cinco minutos del nueve de junio de dos mil veintiuno con la
base de cinco millones de colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Eliécer Montero Montero
contra Aida Georgina Barrientos Quesada, Randall Rodrigo Vega Barquero. Expediente Nº:
11-000102-0504-CI.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 13 de noviembre
del año 2020.—Lic. German
Valverde Vindas, Juez Tramitador.—(
IN2021518680 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones a las ocho horas con treinta minutos del veintinueve de enero de dos mil veintiuno (08:30
hrs 29/01/2021), y con la base de Setenta
y cinco millones de colones, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección
de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número
ciento cuarenta y tres mil setecientos cuarenta y ocho - triple cero la cual es terreno de potrero, Ubicado en Distrito 03: Guaycará del cantón 07: Golfito,
de la Provincia de Puntarenas, linderos
norte: Eugenio Gómez Gómez,
sur: Jorge Sandí Cascante y con calle
pública en medio, este: Jorge Sandí Cascante y oeste: Guillermo Gómez Gómez y
Raquel Carballo García, con una medida de ciento noventa y ocho mil seiscientos cincuenta y dos metros con ochenta
y seis decímetros cuadrados.
Plano catastrado P-0549810- 1999.- Para el segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del doce de febrero de dos mil veintiuno
(08:30 12/02/2021), con la base de cincuenta y seis millones doscientos cincuenta mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
el tercer remate se señalan
las ocho horas con treinta minutos del veintiséis de febrero de dos mil veintiuno
(08:30 hrs 26/02/2021), con la base de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en
la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Inversiones A Y R Acapulco
Sociedad Anónima. Exp:20- 000054-0419-AG.—Juzgado Agrario Segundo Circuito Judicial
de la Zona Sur (Corredores), 14 de diciembre del año 2020.—Licda. Maricel Zamora Arias, Jueza.—O.
C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021518696 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones (citas:
344-10080-01-0900-001); sáquese a remate la finca del
partido de Limón, matrícula
número 165185, derecho 000, la cual
es naturaleza: solar. Situada
en el distrito 3-Rita, cantón 2-Pococí, de la provincia
de Limón. Colinda: al norte, Consultores Econoagro El Sembrador S. A.; al
sur, Banco Nacional de Costa Rica; al este, Banco
Nacional de Costa Rica; y al oeste, calle pública con un frente a ella de 10 metros. Mide: doscientos doce metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del quince de febrero del
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las once horas treinta
minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintiuno con
la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las once horas treinta minutos
del tres de marzo del dos
mil veintiuno con la base de un millón
doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Noilyn Yasmin
Vargas Berrocal. Expediente
N° 18-013788-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
22 de octubre del 2020.—Lic.
Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2021518697 ).
En este Despacho, con una base de ocho millones quinientos
mil colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
quinientos treinta mil ochenta y tres, derechos: cero cero tres y cero cero cuatro, segregaciones:
no hay, naturaleza: Lote 20
terreno para construir con
una casa. Situada en el distrito 2-San Josecito, cantón
10-Alajuelita de la provincia de San José, Linderos: noreste, calle pública con un frente a ella
de ocho metros cincuenta centímetros, noroeste, Tayrin Patricia Rodríguez Aguilar, sureste,
Tayrin Patricia Rodríguez Aguilar, suroeste, Tayrin Patricia
Rodríguez Aguilar. Mide: ciento
veintiún metros con sesenta
y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del veintidós de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos del dos de marzo del dos
mil veintiuno, con la base de seis millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan
las ocho horas cero minutos
del diez de marzo del dos
mil veintiuno, con la base de dos millones
ciento veinticinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda contra
Marcela de Los Ángeles Zamora Solano, Mario Antonio
Calero Hurtado. Expediente Nº 18-004574-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 26 de octubre del 2020.—Lic. Michelle Allen Umaña, Juez/a Decisor/a.—( IN2021518698 ).
En este Despacho,
con una base de catorce mil treinta
y siete dólares con cuarenta y seis centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo BRP 835, Estilo
D Zire GL, categoría automóvil,
capacidad 5 personas, serie,
chasis y vin MA3ZF635XKA267999; año
2019, color blanco, N° Motor K12MN2148813,
combustible gasolina. Para tal
efecto se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del siete de junio del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del quince de junio del
dos mil veintiuno, con la base de diez
mil quinientos veintiocho dólares con diez centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de junio del dos mil veintiuno, con
la base de tres mil quinientos
nueve dólares con treinta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de
C.R S. A., contra Daniel Barquero Cruz. Expediente Nº 20-013433-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 14 de diciembre del 2020.—Hazel Mariela Carvajal Rojas, Jueza Tramitadora.—( IN2021518736
).
En este Despacho,
con una base de ocho mil setecientos
dos dólares con un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas 883932. Marca: Toyota, Estilo:
Rav4, Categoría: Automóvil,
Capacidad: 5 personas, Serie: JTMBD33V605265093, Año: 2011, Carrocería: Todo terreno 4 puertas, Color: Negro, Tracción:
4x4, Cilindrada: 2362 c.c., Combustible: Gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del
quince de marzo de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas cero minutos
del veintitrés de marzo de
dos mil veintiuno con la base de seis mil quinientos veintiséis dólares con cincuenta centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las nueve horas
cero minutos del siete de abril de dos mil veintiuno con la
base de dos mil ciento setenta
y cinco dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de
Costa Rica S. A. contra Daniel Eduardo Villegas Ríos. Expediente
N° 20-012621-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 07 de diciembre del año 2020.—Lic. Mayra Vanessa
Guillen Rodriguez, Jueza Decisora.—( IN2021518739 ).
En este Despacho, con una base de dieciocho mil trescientos cincuenta y tres dólares con ochenta y un
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
placa JMK066, marca:
Volkswagen, estilo: Jetta MK6, categoría:
automóvil, capacidad: 5
personas, serie: 3VW476AJ2GM300229, año fabricación: 2016, color: blanco, N°
motor: CPL042361, cilindrada: 2000 c.c. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del cuatro de marzo del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las trece horas treinta minutos del quince de marzo del
dos mil veintiuno, con la base de trece
mil setecientos sesenta y cinco dólares con treinta y cinco centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las trece horas treinta minutos del veintitrés de marzo del dos mil veintiuno, con la base de cuatro
mil quinientos ochenta y ocho dólares con cuarenta y cinco centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Financiera CAFSA S.
A. contra Blive Nexo Comercial S. A. Expediente Nº
19-012841-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de noviembre del 2020.—Yessenia Brenes
González, Jueza Decisora.—(
IN2021518742 ).
En este Despacho, con una base de dieciséis mil trescientos setenta y seis dólares exactos , libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas 815142, marca: Mitsubishi, estilo:
Montero Sport GLS, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas serie:
JMY0RK9709J000592 carrocería: Todo
terreno 4 puertas, tracción: 4x4, número chasis: JMY0RK9709J000592, año fabricación: 2010, color: gris,
VIN: JMY0RK9709J000592, N.motor: 4M40HL0570 Modelo: K97WGRHFL cilindrada:
2835 c.c cilindros: 4 potencia: 92 KW combustible: Diesel. Para tal efecto se señalan
las ocho horas cero minutos
del diez de marzo de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del dieciocho de marzo de dos mil veintiuno con la
base de doce mil doscientos
ochenta y dos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las ocho
horas cero minutos del veintiséis
de marzo de dos mil veintiuno
con la base de cuatro mil noventa
y cuatro dólares exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S.A contra Adriana Lucía Méndez Umaña. Expediente Nº:18-004049-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 09 de diciembre
del año 2020.—Lic. Gabriela
Rojas Astorga. Jueza Decisora.—(
IN2021518747 ).
En este
Despacho, con una
base de siete mil quinientos
treinta y un dólares con setenta y un centavos, libre de gravámenes
prendarios; sáquese a
remate el vehículo MOT-427136, estilo
moto, capacidad 2 personas, año
2014, color negro, carrocería motocicleta.
Para tal efecto se señalan las trece horas y treinta minutos del trece de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veintiuno de abril del dos mil veintiuno, con la base de cinco
mil seiscientos cuarenta y ocho dólares con setenta y ocho centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las trece horas
y treinta minutos del veintinueve de abril del dos mil veintiuno, con la base de mil ochocientos
ochenta y dos dólares con noventa y tres centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informará las personas interesadas en participar en
la almoneda que, en caso
de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A contra
Jorge Ricardo Fonseca Diaz. Expediente Nº
18-000260-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, 12 de agosto
del 2020.—Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2021518749 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta
y ocho millones doscientos cuarenta y seis mil trescientos nueve colones con cincuenta y siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula N° 130956-001
y 002, la cual es naturaleza:
para construir lotes 54-D y
55-D. Situada en el
Distrito 1-San Rafael, cantón 7-Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte, calle pública con 16,19; al sur, lote
53-D; al este, Tadeo Calvo
Valverde, y al oeste, calle
pública. Mide: cuatrocientos dieciocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del tres de febrero del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las catorce horas treinta minutos del once de febrero del
dos mil veintiuno, con la base de cuarenta
y tres millones seiscientos ochenta y cuatro mil setecientos treinta y dos colones con diecisiete céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las catorce
horas treinta minutos del diecinueve de febrero del dos mil
veintiuno, con la base de catorce
millones quinientos sesenta y un mil quinientos setenta y siete colones con treinta y nueve céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jorge
Enrique Vega Granados y María de Los Ángeles
Monge Barquero. Expediente
Nº 20-002707-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 24 de noviembre del 2020.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza
Tramitadora.—( IN2021518752 ).
En este Despacho, con una base de
quince millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
295-09415-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número once mil novecientos noventa y cinco, derecho cero dieciséis, la cual es terreno naturaleza: Terreno de potrero. Situada en el distrito 3-San Rafael, cantón 8-Poás, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte,
José Víquez y otro; al sur,
Río Tacares; al este, José Víquez y otro; y al oeste, José Víquez y otro. Mide: ciento
sesenta y siete mil setecientos treinta y cinco metros con cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del quince de marzo de
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las nueve
horas cero minutos del veintitrés
de marzo de dos mil veintiuno
con la base de once millones doscientos
cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve
horas cero minutos del siete
de abril de dos mil veinte
con la base de tres millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de José Alexis de la Trinidad Salas Víquez contra Danilo Gerardo Rodríguez Jiménez. Expediente N° 20-000984-1204-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10 de noviembre del año 2020.—Licda. Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza
Decisora.—(
IN2021518767 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones seiscientos setenta y dos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula N° 487749-000, la cual es terreno con un taller de ebanistería. Situada
en el distrito 5-San Jerónimo, cantón 6-Naranjo, de la
provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Casimiro
Rodríguez Cubero; al sur, calle pública
con frente a ella de 15 metros 76 centímetros;
al este, Lote segundo, y al oeste, servidumbre de paso. Mide: quinientos setenta metros con noventa y cinco decímetros cuadrados, Plano:
A-0964328-2004. Para tal efecto,
se señalan las diez horas treinta minutos del cuatro de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del dieciocho de febrero del dos mil veintiuno, con la base de tres millones quinientos cuatro mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las diez
horas treinta minutos del cuatro de marzo del dos mil veintiuno, con la base de un millón
ciento sesenta y ocho mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Agropecuaria
Corrales Rojas de San Jerónimo S. A. contra Carlos
Luis Madrigal Segura. Expediente Nº 20-003024-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 02 de noviembre
del 2020.—Licda. Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2021518777 ).
En este Despacho, con una base de veintiocho millones cuatrocientos tres mil cincuenta y cuatro colones, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula
número trescientos cinco mil quinientos ochenta y uno, derecho cero cero cero, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito San Isidro de El
General, cantón Pérez Zeledón,
de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Gerardo Padilla; al sur, Victorino Solís Valverde; al este,
Victorino Solís Valverde; y al oeste,
calle pública con 10
metros. Mide: doscientos ochenta y ocho metros con doce decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas del nueve de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas del dieciocho de febrero del dos mil veintiuno, con la base de veintiún
millones trescientos dos
mil doscientos noventa colones con cinco céntimos (setenta y cinco por ciento de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las nueve horas y cinco minutos del veintiséis de febrero del dos mil veintiuno,
con la base de siete millones
cien mil setecientos sesenta y tres colones con cinco céntimos (veinticinco por ciento de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la moneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso sumario de cobro de obligación dineraria de Héctor
Luis Fallas Hidalgo contra Oldemar
Robles Torres. Expediente N° 00-100014-0188-CI.—Juzgado Civil y
Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur
(Pérez Zeledón) (Materia Civil), 20 de noviembre del 2020.—Msc. Harold
Ríos Solórzano, Juez Decisor.—( IN2021518781 ).
En este Despacho, con una base de sesenta y ocho millones ochocientos ochenta y dos mil novecientos treinta y tres colones con cuarenta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando demanda ordinaria citas:
800-511607-01-0001-001; sáquese a remate la finca del
partido de Cartago, matrícula
número 134253-000, la cual
es terreno lote 23 con una edificación. Situada en el Distrito 2-Occidental, Cantón
1-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte Junta Administrativa del Colegio San Luis Gonzaga; al sur Comercializadora Josías de la
Pascua; al este Junta Administrativa
del Colegio San Luis Gonzaga y al oeste calle pública con diez metros con setenta y seis decímetros. Mide: doscientos treinta y tres metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del cuatro de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del doce de febrero de dos mil veintiuno con la base de cincuenta
y un millones seiscientos sesenta y dos mil doscientos colones con siete céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve
horas treinta minutos del veintidós de febrero de dos mil veintiuno con la base de diecisiete
millones doscientos veinte mil setecientos treinta y tres colones con treinta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Ronny
Javier Morales Ramírez. Expediente Nº:20-003268-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
26 de noviembre del año
2020.—Licda. Marcela Brenes
Piedra, Jueza Decisora.—( IN2021518783 ).
En este Despacho, con una base de diez mil ciento sesenta y siete dólares con setenta y cuatro centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo BGZ585, Marca: Hyundai, Estilo: Elantra GLS, Categoría: Automóvil, Capacidad: 5 personas,
Serie: KMHDH41EBFU277643, Carrocería: Sedan 4 puertas, Tracción: 4x2, Número de Chasis:
KMHDH41EBFU277643, Año Fabricación:
2015, Color: Negro, Número Motor: G4NBEU708278, Cilindrada: 1800 c.c., Combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las quince horas cero minutos
del cinco de febrero de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del quince de febrero de dos mil veintiuno,
con la base de siete mil seiscientos
veinticinco dólares con ochenta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cero minutos del veintitrés
de febrero de dos mil veintiuno,
con la base de dos mil quinientos cuarenta
y un dólares con noventa y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S.A. contra
3-101-688796 Sociedad Anónima. Expediente
N° 19-005765-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 06 de noviembre del año 2020.—Lic. Franz Castro Solís, Juez Tramitador.—(
IN2021518785 ).
En este Despacho, con una base de catorce mil quinientos siete dólares con noventa y cinco centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
placa BQC907, marca:
Hyundai, estilo: I20 active, categoría:
automóvil, capacidad: 5
personas, carrocería: sedan 4 puertas
Hatchback, tracción: 4x2 año:
2018, color: azul, vin: MALBM51CAJM425159, cilindrada: 1400 c.c cilindros: 4, combustible: gasolina,
N° motor: G4LCHU826209. Para tal
efecto se señalan las ocho horas veinte minutos del quince de febrero del
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo
remate, se efectuará a las ocho
horas veinte minutos del veintitrés de febrero del dos mil
veintiuno, con la base de diez
mil ochocientos ochenta dólares con noventa y seis
centavos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las ocho
horas veinte minutos del tres de marzo del dos mil veintiuno, con la base de tres
mil seiscientos veintiséis dólares con noventa y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso de ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Belkis Anaeska Dávila Rayo, Gina Maritza
Marenco Ramírez. Expediente
Nº 20-006849-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de noviembre del 2020.—Licda. Isabel
Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2021518787 ).
En este Despacho, con una base de doce mil doscientos noventa y nueve dólares con setenta y nueve centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa
JLN189, marca: Nissan, estilo:
QASHQAI, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, serie:
SJNFBNJ11GA403579, carrocería: todo terreno
4 puertas, tracción: 4x4,
peso bruto: 1444 kgrms. número chasis: SJNFBNJ11GA403579,
valor hacienda: 10,370,000.00, año fabricación: 2016, color gris, estado actual: inscrito, N° motor:
MR20359367W, marca: Nissan, N° serie: no indicado, modelo:
FDRNLBZJ11EWAFAJM-, cilindrada: 2000 c.c cilindros: 4 potencia: 104 KW, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las trece horas con treinta minutos del veinticinco de febrero del dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas con treinta minutos del ocho de marzo del dos mil veintiuno, con la base de nueve
mil doscientos veinticuatro
dólares con ochenta y cuatro centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas con treinta minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintiuno, con
la base de tres mil setenta
y cuatro dólares con noventa y cuatro centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra José
Luis Espinoza Noguera. Expediente
Nº 20-011979-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 29 de setiembre del 2020.—Lic. Tadeo Solano Alfaro, Juez.—( IN2021518788 ).
En este Despacho, a) Con una base de
trece millones seiscientos setenta y cinco mil novecientos ochenta y tres colones con setenta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas Ley Aguas (citas:
407-15856-01-0252-001), Reservas Ley Caminos (citas: 407-15856-01-0253-001); sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número quinientos doce mil quinientos quince, derecho cero cero
cero, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir con un
local comercial. Situada en el distrito 4-Coyolar, cantón 9-Orotina, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
lote ochenta y uno; al sur,
calle pública; al este, María Isabel
Castro Fonseca; y al oeste, María Isabel Castro
Fonseca. Mide: quinientos
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas cero minutos del veintidós de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas
cero minutos del dos de marzo
del dos mil veintiuno con la base de diez millones doscientos
cincuenta y seis mil novecientos
ochenta y siete colones con setenta y ocho céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las dieciséis horas cero minutos
del diez de marzo del dos
mil veintiuno con la base de tres
millones cuatrocientos dieciocho mil novecientos noventa y cinco colones con noventa y tres céntimos (25% de la base
original). b) Con una base de veintiséis millones novecientos sesenta y cinco mil ochocientos sesenta y nueve colones con ochenta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas Ley Aguas (citas: 407-15856-01-0252- 001), Reservas
Ley Caminos (citas: 407-15856-01-0253-001); sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
cuatrocientos noventa y cinco mil ciento ochenta, derecho cero cero cero la cual es terreno naturaleza: terreno para construir hoy con
una casa. Situada en el distrito 4-Coyolar, cantón
9-Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, IDA lote 81; al sur, calle pública con un
frente de 16 metros; al este,
IDA lote 83; y al oeste,
María Isabel Castro Fonseca. Mide: mil metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas cero minutos del veintidós de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas
cero minutos del dos de marzo
del dos mil veintiuno con la base de veinte millones doscientos veinticuatro mil cuatrocientos dos colones con treinta y seis céntimos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las dieciséis
horas cero minutos del diez
de marzo del dos mil veintiuno
con la base de seis millones setecientos
cuarenta y un mil cuatrocientos sesenta y siete colones con cuarenta y cinco céntimos (25% de la base original). NOTAS: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Gian
Franco D Ambrosio Vite. Expediente
N° 19-015948-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
02 de noviembre del 2020.—Msc.
Angie Rodríguez Salazar, Jueza.—( IN2021518790 ).
En este Despacho, se señalan las siete horas treinta minutos del uno de setiembre del dos mil veintiuno.
Con una base de ochenta y nueve
mil dólares exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando Reservas Ley Forestal citas: 401-02661-01-0004-001; sáquese
a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ochenta y cuatro mil doscientos quince, derecho cero cero
cero, la cual es terreno apto para la agricultura y la ganadería, sembrado de árboles frutales y repastos.
Situada en el distrito: 01-Golfito, cantón: 07-Golfito, de la provincia de Puntarenas. Linderos:
al norte, Compañía Bananera de Costa Rica; al sur, Zona Marítimo Terrestre de Golfo Dulce; al este, Compañía Bananera de Costa Rica y
Rufino Reyes Reyes en parte; y al oeste, Lía Ledezma Aguilar. Mide: cuatrocientos noventa y siete mil novecientos treinta y ocho metros cuadrados. Plano: P-0628745-1986. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las siete
horas treinta minutos del nueve de setiembre del dos mil veintiuno, con la base de sesenta
y seis mil setecientos cincuenta
dólares exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las siete horas treinta minutos del diecisiete de setiembre del dos mil veintiuno,
con la base de veintidós mil doscientos
cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Víctor
Hugo del Carmen Madrigal Badilla contra Inmobiliaria Rimafa Sociedad Anónima. Expediente N° 20-001921-1201-CJ.—Juzgado de Cobro
de Golfito, 27 de octubre del 2020.—Licda. Eida Virginia Madrigal
Camacho, Jueza Tramitadora.—( IN2021518791 ).
En este despacho, con una base de ochenta y seis mil seiscientos ochenta y ocho dólares con treinta y siete centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando citas:
323-17738-01-0901-001condiciones ref:2478 071 001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número ciento setenta mil quinientos setenta y dos, derecho
cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa marcado
con el numero treinta y cinco. Situada en el Distrito 1-Orotina, Cantón
9-Orotina, de la Provincia de Alajuela. Colinda: al norte Floriberta Venegas Aguilar; al sur Jose Luis Mora Porras y
Hacienda Nambi S. A.; al este
María Del Socorro Cordero Vargas y al oeste calle publica con un frente de 9m
01cm. Mide: cuatrocientos cincuenta y seis metros con setenta
y seis decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del uno de febrero de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta
minutos del nueve de febrero de dos mil veintiuno con
la base de sesenta y cinco
mil dieciséis dólares con veintiocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del diecisiete de febrero de dos mil veintiuno con
la base de veintiún mil seiscientos
setenta y dos dólares con nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra
Adriana Karlina Lizano
Villarreal. Expediente Nº:20-003808-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial
de Alajuela, 12 de octubre del año 2020.—Licda. Sofía Ramírez
Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2021518792 ).
En la puerta exterior de este Despacho, con una base de doce
mil doscientos ochenta y ocho dólares con catorce centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo Placa:
CL 304642, Marca: Ford, Estilo: Ranger, Categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas, Serie: 6FPPXXMJ2PDE56273, año: 2014, color: blanco, cilindrada: 3200 c.c. Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del cinco de febrero del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas treinta minutos del quince de febrero del
dos mil veintiuno, con la base de nueve
mil doscientos dieciséis dólares con diez centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las diez horas treinta minutos del veintitrés de febrero del dos mil
veintiuno, con la base de tres
mil setenta y dos dólares
con tres centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
Proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S.A. contra Oscar
Gerardo Angulo Bolaños. Expediente N°
20-000750-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro
de Cartago, 28 de octubre del 2020.—Lic. Victor Obando Rivera, Juez.—( IN2021518793 ).
En este Despacho, con una base de doce
mil trescientos noventa y nueve dólares con veintiún centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate vehículo Placas
BKH796; Marca: Suzuki; Estilo: Vitara GLX Z; Categoría: automóvil; Capacidad: 5 personas; año: 2016;
color: turquesa; Vin: TSMYE21SGM133804; cilindrada: 1600 c.c.; combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos
del once de febrero de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas cero minutos del veintidós
de febrero de dos mil veintiuno,
con la base de nueve mil doscientos
noventa y nueve dólares con cuarenta centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las once horas cero minutos
del dos de marzo de dos mil veintiuno,
con la base de tres mil noventa
y nueve dólares con ochenta centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S.A. contra Alba
Amparo Arango Diego. Expediente Nº:20-010728-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 29 de setiembre del año 2020.—Licda. Joyce Magaly Ugalde Huezo,
Jueza Decisora.—( IN2021518795 ).
En este Despacho, con una base de
quince mil trece dólares
con sesenta y cinco
centavos, libre de gravámenes prendarios,
pero soportando denuncia de tránsito, bajo las citas tomo 800, asiento 00611061 secuencia 001; sáquese a remate
el vehículo Placa: BST069,
Marca: Geely, Estilo: GX3, carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4x2, número Chasis: LB37522S3LL001078,
N° Motor: JLB4G15K8CA4309127, cilindrada:
1500 c.c., Capacidad: 5 personas, color: rojo, año fabricación:
2020. Para tal efecto se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del quince de febrero del
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo
remate, se efectuará a las diez
horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintiuno,
con la base de once mil doscientos noventa y siete dólares con setenta y cuatro centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del tres de marzo del dos mil veintiuno, con la base de tres
mil setecientos sesenta y cinco dólares con noventa y un centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S.A. contra José
Alfredo Esquivel Barrientos. Expediente Nº
20-011546-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 19 de noviembre del 2020.—Licda. Vanessa Guillén Rodríguez,
Jueza.—(
IN2021518796 ).
En este Despacho, con una base de veinticuatro mil trescientos veintiocho dólares con sesenta y seis centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placas número:
CJW999, marca: Ford, estilo:
Explorer, categoría: automóvil,
capacidad: 7 persona, chasis: 1FM5K8D84EGB65154, carrocería:
todo terreno 4 puertas, tracción: 4X4, año: 2014, color: rojo, cilindrada: 3500 c.c., combustible: gasolina,
número
de motor: no tiene. Para tal
efecto se señalan las catorce horas y diez minutos del veinticinco de febrero del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas y diez minutos del cinco de marzo del dos mil veintiuno con
la base de dieciocho mil doscientos
cuarenta y seis dólares con
cuarenta y nueve centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las catorce
horas y diez minutos del
quince de marzo del dos mil veintiuno
con la base de seis mil ochenta y dos dólares con dieciséis centavos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Cathay de Costa Rica S. A. contra Jiewen Cen. Expediente N°
18-016662-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial
de San José, 24 de noviembre del 2020.—Lic. Mauricio Hidalgo Hernández, Juez
Decisor.—(
IN2021518797 ).
En este Despacho, con una base de un
millón quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo
643414, Marca: Nissan, Estilo: Sentra, Categoría: automóvil, Capacidad 5 personas, Serie:
3N1AB4ID4TL013562, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, número chasis 3N1AB41D4TLAB562, año fabricación:
1996, color: vino, N° Motor: G416880833L, modelo:
GXE, cilindrada: 1600 c.c., cilindros:
4, combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las trece horas treinta minutos del ocho de febrero del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas treinta minutos del dieciséis de febrero del dos mil veintiuno,
con la base de un millón ciento
veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las trece
horas treinta minutos del veinticuatro de febrero del dos
mil veintiuno, con la base de trescientos
setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Exportaciones Santa
María S.A. contra Cribian
Esteban Rojas Monge. Expediente N° 20-003090-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 09 de noviembre del 2020.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Decisora.—(
IN2021518810 ).
En este Despacho, con una base de dieciséis millones trescientos sesenta y un mil ochocientos sesenta y ocho colones con diez céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Limón, matrícula número noventa mil doscientos cuarenta y seis, derecho cero cero
cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
1-Siquirres, cantón 3-Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Rafael Mora Solano; al sur, Álvaro Urbina Oporta; al este, calle pública; y al oeste,
Instituto Mixto de Ayuda
Social. Mide: doscientos cuarenta metros con diez decímetros cuadrados. Plano: L-0855919-1989. Para tal
efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del cinco de abril del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas treinta minutos del trece de abril del dos mil veintiuno con
la base de doce millones doscientos setenta y un mil cuatrocientos un colones con ocho céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las catorce horas treinta minutos del veintiuno de abril del dos mil veintiuno con
la base de cuatro millones noventa mil cuatrocientos sesenta y siete colones con tres céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a
las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Gilber Antonio Cortés Camareno. Expediente N° 19-003038-1209-CJ.—Juzgado de Cobro
de Pococí,
07 de enero del 2021.—Licda.
Ana Milena Gutiérrez Rojas, Jueza.—(
IN2021518814 ).
En este Despacho, con una base de treinta
mil trescientos sesenta y siete dólares con noventa y dos centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
154-02969-01-0002-001; servidumbre trasladada citas:
225-03175-01-0901-001 y servidumbre de aguas pluviales citas: 2012-300027-01-0001-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 108866-F-000, la
cual es terreno finca
filial primaria individualizada
número
D-veinticuatro, apta para construir que se destinará a uso
habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito: 07-Puente de
Piedra, cantón: 03-Grecia, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
finca filial primaria individualizada
número M
cero uno; al sur, área común a acceso D-Uno; al este, finca
filial primaria individualizada
número
D-veintitrés; y al oeste,
finca filial primaria individualizada
número
D-veinticinco. Mide: doscientos treinta metros cuadrados. Valor porcentual:
0.05. Valor medida: 0.0005. Plano: A-1752283-2014
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del uno de marzo del dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del nueve de marzo del dos mil veintiuno con la base de veintidós
mil setecientos setenta y cinco dólares con noventa y cuatro centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las catorce
horas treinta minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintiuno con la base de siete
mil quinientos noventa y un
dólares con noventa y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Condominio
Horizontal Residencial de Fincas Filiales
Primarias Individualizadas
Montezuma contra Marjorie de Los Ángeles Flores Barquero. Expediente N°
18-012231-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, 09 de
diciembre del 2020.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Decisora.—(
IN2021518819 ).
En este Despacho, con una base de setenta millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Guanacaste, matrícula número
diez mil ciento cuarenta y dos, derecho cero cero
cero, la cual es terreno para construir con dos locales comerciales y dos
apartamentos. Situada en el distrito 1-Tilarán, cantón 8-Tilarán, de la provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte,
Celina Calderón Morera; al sur, calle
pública con un frente de
12,16 metros; al este Abel Leitón Rojas, y al oeste, Eladio Rojas Núñez By Francisco Quesada Hidalgo.
Mide: cuatrocientos treinta y siete metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Plano: G-0627744-1986. identificador predial: 508010010142. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del uno de marzo del dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas treinta
minutos del nueve de marzo del dos mil veintiuno, con
la base de cincuenta y dos millones
quinientos mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las quince horas treinta minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintiuno, con la base de diecisiete
millones quinientos mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Alfredo de Los Ángeles Murillo López, Ana Rita González Olivares, Ingrid
Giselle De Lo González Olivares. Expediente Nº
18-004076-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, 17 de noviembre del
2020.—Lic. Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2021518825 ).
En este Despacho, con una base de veintitrés millones ciento cincuenta y ocho mil colones, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
690660-001 y 002, la cual es terreno
de solar. Situada en el distrito: 03-Daniel Flores, cantón:
19-Perez Zeledón, de la Provincia
de San José. Colinda: al norte
José Ángel Villegas
Ramírez; al sur calle publica y resto de finca; al este resto de finca y al oeste
José Ángel Villegas
Ramírez y calle pública. Mide: doscientos tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del diez de febrero de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas cero minutos
del dieciocho de febrero de
dos mil veintiuno, con la base de diecisiete
millones trescientos sesenta y dos mil quinientos colones (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve
horas cero minutos del veintiséis
de febrero de dos mil veintiuno,
con la base de cinco millones
setecientos ochenta y nueve mil quinientos colones (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago Ahorro
y Préstamo contra Kerilyn
Vanessa León Murillo, Royman Francisco Cordero
Barboza. Expediente Nº:20-004047-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 01 de diciembre del año 2020.—Lic. Carlos Contreras Reyes, Juez
Decisor.—(
IN2021518836 )
En este Despacho, 1. Con una base de
cuatro mil ciento treinta dólares con ochenta y un centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas 392-18250-01-0859-001;
392-18250-01-0860-001; 392-18250-01-0861-001; sáquese
a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número doscientos cinco mil noventa y seis, derecho cero cero
cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito:
03-Potrero Grande, cantón: 03-Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, Resto de Inversiones
y Desarrollos El Brillante S. A.; al sur, calle pública; al este, Resto de Inversiones y Desarrollos El Brillante S.A.; y al oeste,
Danilo Garro Hidalgo. Mide:
doscientos cincuenta metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas del del quince de marzo del año dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas del veintitrés de marzo del año dos mil veintiuno, con la
base de tres mil noventa y ocho dólares con once centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las diez horas
del treinta y uno de marzo
del año dos mil veintiuno,
con la base de mil treinta y dos dólares
con setenta centavos (25% de la base original). 2. Asimismo, Con una base de dieciocho
mil cuatrocientos cuarenta
y siete dólares con setenta y nueve centavos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando reservas y restricciones citas 392-18250-01-0859-001,
392-18250-01-0860-001, 392-18250-01-0861-001, sáquese
a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número doscientos cinco mil noventa y siete, derecho cero cero cero, la cual
es terreno para construir. Situada en el distrito:
03-Potrero Grande, cantón: 03-Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, Parcela 22 y Parcela 23; al sur, calle pública; al este, calle pública; y al oeste, Parcela 17, calle pública, Leonel Aguilar,
Danilo Garo Hidalgo y Ronald Cubillo Diaz. Mide: treinta y seis mil setecientos ochenta y nueve metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas del del quince de marzo del año dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas del veintitrés de marzo del año dos mil veintiuno, con la
base de trece mil ochocientos
treinta y cinco dólares con ochenta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas del treinta y uno de marzo del año dos mil veintiuno, con la base de cuatro
mil seiscientos once colanes
con noventa y cinco
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de contra Kenneth Cubillo Díaz. Expediente N° 20-003290-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 08 de diciembre del año 2020.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—(
IN2021518846 ).
En este Despacho, con una base de ciento ochenta y un millones seiscientos ocho mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones con citas
307-07360-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número diez mil trescientos veintidós, derecho
cero cero cero, la cual es terreno de cocoteros con una casa. Situada en el distrito Limón, cantón Limón, de la provincia de
Limón. Colinda: al norte,
Mar Caribe; al sur, carretera con 18m 50cm; al este, Adolfo Shifter; y al oeste,
Thomas Stuvert. Mide: mil ciento tres metros con ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del diez de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de febrero del dos mil veintiuno con
la base de ciento treinta y
seis millones doscientos
seis mil colones exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de febrero del dos mil veintiuno con
la base de cuarenta y cinco
millones cuatrocientos dos
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso monitorio dinerario de Loahn Emilio Lindo
Dell contra Roger Vicente Rowe Joiles. Expediente N° 17-001236-1208-CJ.—Juzgado de Cobro
del Primer Circuito Judicial
de la Zona Atlántica, 14 de diciembre del 2020.—Lic. Carlos
Soto Madrigal, Juez Decisor.—( IN2021518849 ).
En este Despacho, con una base de treinta y nueve millones ciento cincuenta mil setecientos quince colones con siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
240424-000, derecho, la cual es terreno
para construir en una parte y con una casa. Situada en el distrito 1-Los Chiles, cantón 14-Los Chiles, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
calle; al sur, Carlos Rosales; al este,
Juan Rodríguez; y al oeste, Miguel Hernández. Mide: quinientos cuarenta y nueve metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Plano: A-0676828-1987. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del ocho de febrero del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas y treinta minutos del dieciséis de febrero del dos mil veintiuno con
la base de veintinueve millones
trescientos sesenta y tres mil treinta y seis colones con treinta céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve
horas y treinta minutos del
veinticuatro de febrero del
dos mil veintiuno con la base de nueve
millones setecientos ochenta y siete mil seiscientos setenta y ocho colones con setenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juana
Del Rosario Montano Ubao. Expediente
N° 19-009495-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
07 de agosto del 2020.—Licda.
Eunice Pérez Arce, Jueza Decisora.—( IN2021518856 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones doscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre de paso citas:
2017-185222-01-0002-001; sáquese a remate la finca
del Partido de Cartago, matrícula número
257023-000, la cual es terreno
para construir lote A-6.- Situada en el distrito:
01-Paraíso, cantón: 02-Paraíso, de la Provincia de Cartago. Colinda: al
norte Roete de Curridabat Sociedad Anónima; al
sur resto destinado a servidumbre;
al este lote A-5 y al oeste lote A-7. Mide: ciento noventa
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos (09:00
a.m.) del diecisiete de febrero
de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las nueve
horas cero minutos (09:00 a.m.) del veinticinco de febrero de dos mil
veintiuno, con la base de tres
millones novecientos mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las nueve horas cero minutos
(09:00 a.m.) del cinco de marzo
de dos mil veintiuno, con la base de un millón trescientos mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Pedro Alonso Buzano
Segura contra Mobiliaria Rivera Sánchez Sociedad Anónima. Expediente
Nº:20-001983-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 13 de noviembre del año
2020.—Lic. Víctor Obando Rivera, Jueza
Tramitadora.—( IN2021518860 ).
En este Despacho, con una base de diez millones quinientos
setenta y seis mil setecientos
sesenta y dos colones con noventa céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso bajo las citas:
2013- 78942-01-0027-001; sáquese a remate la finca
del partido de Alajuela, matrícula
número 504462-000, la cual
es terreno lote tres, terreno para construir. Situada en el Distrito 5-Venecia, Cantón
10-San Carlos, de la Provincia de Alajuela. Colinda: al norte: con lote dos segregado sur: con Oliverio Acuña Montero este: con resto reservado destinado a servidumbre de paso
con un frente de 10 metros lineales
y lote cuatro A segregar oeste: con Rafael Acuña Montero. Mide: mil ciento treinta y ocho metros cuadrados plano: A-1640616-2013; para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del once de agosto de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del diecinueve de agosto de dos mil veintiuno con la base de siete millones novecientos treinta y dos mil quinientos setenta y dos colones con diecinueve céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las trece horas treinta minutos del veintisiete de agosto de dos mil veintiuno con
la base de dos millones seiscientos
cuarenta y cuatro mil ciento noventa colones con setenta y tres céntimos (25% de la base
original). Nota: Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Giancarlo Rojas Zamora. Expediente
Nº:19-002741-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 06 de noviembre del año 2020.—Licda. Eunice Pérez
Arce, Jueza Decisora.—( IN2021518863 ).
En este despacho, con una base de diecisiete millones setecientos cincuenta y nueve mil ciento cuatro colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando demanda penal citas: 800-552201-01-0001-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos cuatro mil seiscientos noventa y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno de pastos con una casa. Situada en el distrito 3-Jesús María, cantón
4-San Mateo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública y María Adela Umaña Mora; al sur, Roberto Jiménez Madrigal; al este, calle pública
y Juan Luis Umaña Mora, y al oeste,
Roger Vega Álvarez y Ronny Campos Umaña. Mide: doce mil doscientos setenta y nueve metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas quince minutos del uno de marzo del dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas quince
minutos del nueve de marzo del dos mil veintiuno, con
la base de trece millones trescientos diecinueve mil trescientos veintiocho colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan
las diez horas quince minutos
del diecisiete de marzo del
dos mil veintiuno, con la base de cuatro
millones cuatrocientos treinta y nueve mil setecientos setenta y seis colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Oscar Edwin Granados Redondo contra Ronny
Eduardo Campos Umaña. Expediente
Nº 20-011672-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 03 de noviembre del 2020.—Licda. Sofía Ramírez Rodríguez, Jueza
Decisora.—(
IN2021518865 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una base de dieciséis
mil doscientos noventa y cinco dólares con diecinueve centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa
CVC002, marca Honda, estilo
Civic EX, chasis 19XFB2680FE500931, capacidad 5 personas, color gris,
año 2015, combustible gasolina.
Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del nueve de febrero del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas cero minutos
del diecisiete de febrero
del dos mil veintiuno con la base de doce mil doscientos veintiún dólares con treinta y nueve centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las nueve horas
cero minutos del veinticinco
de febrero del dos mil veintiuno
con la base de cuatro mil setenta
y tres dólares con setenta y nueve centavos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Marcela
Patricia Bonilla Sequeira. Expediente
N° 19-012079-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de octubre del 2020.—Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2021518794 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones setecientos treinta y cuatro mil doscientos quince colones con sesenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: 864951, Marca:
Toyota, Estilo: Corolla GLI, año
fabricación: 2011, Vin: JTDBL42E309121987, N° motor: 2ZR0708595. Para tal efecto se señalan
las ocho horas cuarenta y cinco minutos del siete de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del quince de abril del
dos mil veintiuno, con la base de cuatro
millones trescientos mil seiscientos sesenta y un colones con setenta céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las ocho
horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de abril del dos mil veintiuno, con
la base de un millón cuatrocientos
treinta y tres mil quinientos cincuenta y tres colones con noventa céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Credimóvil S.A. contra Jonathan Ruiz
Campos. Expediente N° 20-016869-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial
de San José, 06 de diciembre del 2020.—Licda. Ana Felicia Córdoba Artavia, Jueza Decisora.—(
IN2021518866 ).
En este Despacho, con una base de veinticuatro mil catorce dólares con setenta y ocho centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo Placas número CL-287973, marca Toyota, estilo Hilux SRV, categoría carga
liviana, capacidad 5
personas, año 2016, color plateado,
Vin MR0HZ8CD4G0502138, cilindrada 3000 cc.,
combustible diésel, motor Nº 1KDU800786. Para tal efecto se señalan
las quince horas treinta minutos
del uno de febrero del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las quince horas treinta minutos
del nueve de febrero del
dos mil veintiuno con la base de dieciocho
mil once dólares con ocho
centavos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las quince horas treinta minutos
del diecisiete de febrero
del dos mil veintiuno, con la base de seis mil tres dólares con sesenta y nueve centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Financiera CAFSA
Sociedad Anónima contra Heiner Gerardo Barrantes Barrantes. Expediente Nº
20-002814-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, 30 de octubre
del 2020.—Licda. Jazmín Núñez
Alfaro, Jueza Decisora.—( IN2021518867 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta y ocho millones ochocientos sesenta y dos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de SAN JOSÉ, matrícula
número 96172-000, derecho 000, la cual
es terreno construir con
una casa. Situada en el distrito 1-San Juan, cantón
13-Tibás, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Tournón Sociedad Anónima; al sur,
Elías Bolaños; al este, calle,
y al oeste, Tournón
Sociedad Anónima. Mide: ciento cuarenta y tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del uno de febrero del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas treinta minutos del nueve de febrero del dos mil veintiuno,
con la base de cuarenta y cuatro
millones ciento cuarenta y seis mil quinientos colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan
las nueve horas treinta minutos del diecisiete de febrero del dos mil veintiuno,
con la base de catorce millones
setecientos quince mil quinientos
colones exactos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Tibás contra José Luis Acuña Mata. Expediente Nº
19-005852-1764-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 26 de noviembre
del 2020.—Licda. Jessika Fernández Cubillo, Jueza.—( IN2021518868 ).
En este Despacho, con una base de veintiocho mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso, citas: 2017-280511-01-0001-001; sáquese
a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número doscientos quince mil ochocientos
sesenta y dos, derecho 000, la cual
es terreno con cabinas. Situada en el distrito:
08-Barranca, cantón: 01-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte resto reservado;
al sur resto reservado; al este,
servidumbre de paso con un frente
a ella de 9.27 metros y al oeste Agroplaya. Mide: ciento cuarenta
y seis metros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas y treinta minutos del veinticuatro de febrero de dos mil veintiuno, con
la base de veintiún mil dólares
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del cuatro de marzo de dos mil veintiuno, con
la base de siete mil dólares
exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Inversiones
Melissa Raquel RS Sociedad Anónima contra Heysa Noemy Calderón Espinoza,
Johnny Rolando Arguedas Sirias. Expediente Nº:
19-008150-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, 18 de junio
del año 2020.—Lic. Luis
Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2021518871 ).
En este Despacho,
con una base de siete millones
setecientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
ciento sesenta y un mil
quince, derecho cero cero cero,
la cual es terreno para construir, lote 15 D. Situada en el distrito
Barranca, cantón Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al noreste, Lote 16 D; al noroeste, Resto destinado a parque; al sureste, resto destinado a calle pública, y al suroeste, resto destinado a parque. Mide: ciento cuarenta
y tres metros con noventa y
nueve decímetros cuadrados. Plano catastrado
P-1264411-2008. Para tal efecto,
se señalan las trece horas
y treinta minutos del veinticuatro de febrero del dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas y treinta minutos del cuatro de marzo del dos mil veintiuno, con la base de cinco millones ochocientos doce mil quinientos colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan
las trece horas y treinta minutos del doce de marzo del dos mil veintiuno, con
la base de un millón novecientos
treinta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Luis Alberto
Barahona Pérez. Expediente Nº 20-003792-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 31 de octubre
del 2020.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2021518898 ).
En este Despacho, con una base de tres mil setecientos siete dólares con setenta y siete centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
Placa 860977, Marca: BYD, año:
2011, Vin: LGXC14DA9B1000650, cilindrada: 1000 c.c.,
color: celeste, Categoría: automóvil. Para tal
efecto se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del dos de febrero del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas cuarenta y cinco minutos del diez de febrero del dos mil veintiuno, con la base de dos mil setecientos
ochenta dólares con ochenta y dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de febrero del dos mil veintiuno, con la base de novecientos
veintiséis dólares con noventa y cuatro centavos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Financiera CAFSA
S.A. contra Manuel Armando Blanco Núñez. Expediente N°
20-002552-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 22 de setiembre
del 2020.—Licda. Joyce Magaly Ugalde Huezo, Jueza Decisora.—( IN2021518902 ).
En este Despacho, Con una base de veinticinco millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 334-04780-01-0901-001; servidumbre
de paso citas: 467-00512-01-0008-001; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
125544-000, la cual es terreno
de potrero. Situada en el
Distrito 4-Carrillos Cantón 8-Poas de la Provincia de Alajuela, linderos: norte: Jocobosol S. A., sur:
Marta Iris Oconitrillo Sequeira
y calle pública con un frente a ella de 22.12 metros, este: Juan Carranza Carranza y oeste: Marta Iris Oconitrillo Sequeira. Mide: nueve mil treinta y cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del diecisiete de mayo de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas cero minutos
del veinticinco de mayo de dos mil veintiuno con la base de dieciocho
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve
horas cero minutos del dos de junio
de dos mil veintiuno con la base de seis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de María Josefina Valencia Iragorri
contra Hans Erik Stjernehammar Oconitrillo,
Marta Iris Oconitrillo Sequeira.
Expediente Nº: 20-006889-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 03 de diciembre del año 2020.—Lic. Michelle Allen Umaña, Juez/a Decisor/a.—( IN2021518906 ).
En este Despacho, con una base de siete millones seiscientos veinticinco mil seiscientos dieciséis colones con diecisiete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula
número 52137-F- derecho 000, la cual
es terreno finca filial primaria
individualizada número cincuenta y cinco: apta para construir que se destinara a uso habitacional, la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el Distrito 3-San José, Cantón
3-Grecia, de la Provincia de Alajuela. Colinda: al norte acceso trece; al sur finca filial
primaria individualizada número sesenta y dos; al este, finca filial primaria individualizada número cincuenta y cuatro y al oeste finca filial primaria individualizada número cincuenta y seis. Mide: cuatrocientos noventa y cinco metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del cuatro de marzo de dos mil veintiuno con la base de cinco millones setecientos diecinueve mil doscientos doce colones con trece céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las diez horas treinta minutos del doce de marzo de dos mil veintiuno con la
base de un millón novecientos
seis mil cuatrocientos cuatro
colones con cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Roberto Moisés Vargas León. Expediente
Nº:18-000806-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón).—Licda. Sindy Melania
Zúñiga Acuña, Jueza.—(
IN2021518913 ).
En este Despacho, con una base de cuatrocientos mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando mandamiento de reposición
de cédulas hipotecarias
citas: 2016-787627-002; sáquese
a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 145547-000, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada
en el distrito 1-San
Rafael, cantón 7-Oreamuno, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
Río Tatiscu; al
sur, José Miguel Fernández Muñoz; al este,
Río Tatiscu; y al oeste, eje de carretera
nacional. Mide: dos mil quinientos metros cuadrados. Para
tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veintitrés de febrero del dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del ocho de marzo del dos mil veintiuno con la base de trescientos
mil dólares exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las diez horas treinta minutos del dieciséis
de marzo de dos mil veintiuno
con la base de cien mil dólares
exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Abonos del Pacífico S. A. contra AGS Representaciones
Agroindustriales Sociedad Anónima. Expediente
N° 19-008746-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro
de Cartago, 16 de diciembre del 2020.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2021518979 ).
En este Despacho, con una base de ocho millones seiscientos
mil colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
538150, derecho 000, la cual es terreno
lote ocho terreno para construir. Situada en el distrito
8-Ángeles,
cantón 2-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, lote cinco; al sur, lote seis; al este, lote dos y lote tres en
medio servidumbre de paso interna con un frente a ella
de 26.83 metros; y al oeste, calle
pública
con un frente a ella de
19.10 metros. Mide: mil novecientos
treinta y dos metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del cuatro de mayo del
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las diez
horas cero minutos del doce
de mayo del dos mil veintiuno con la base de seis millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez
horas cero minutos del veinte
de mayo del dos mil veintiuno con la base de dos millones ciento cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Albert Enrique
Del Carmen Villalobos Chacón. Expediente
N° 20-001653-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela (San
Ramón), 09 de diciembre del 2020.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza.—(
IN2021519042 ).
En este Despacho, con una base
de doce millones setecientos noventa y cinco mil ciento diecinueve colones con cincuenta y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula
número 611768-000, la cual
es terreno de potrero. Situada
en el Distrito 2-Jardín, Cantón
17- Dota, de la Provincia de San José. Colinda: al norte Ignacio Isidro
Gómez Chinchilla; al sur Daniel Gómez Cordero; al este
Jesús Solano Montoya y al oeste servidumbre
agrícola. Mide: cinco mil metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos
del uno de marzo de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas cero minutos del nueve
de marzo de dos mil veintiuno
con la base de nueve millones
quinientos noventa y seis
mil trescientos treinta y nueve colones con sesenta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las quince horas cero minutos del diecisiete de marzo de dos mil veintiuno con la
base de tres millones ciento noventa y ocho mil setecientos setenta y nueve colones con noventa céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra
Margarita Barba Ramírez, Yogui de Costa Rica Sociedad
Anónima. Expediente
Nº:19-019165-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 07 de enero del año
2021.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Tramitadora.—( IN2021519043 ).
En este despacho, con una base de cinco millones setenta y nueve mil novecientos sesenta colones con veintiún céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando hipoteca citas: 475-10438-01-0001-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número ciento veintinueve mil ochocientos diecinueve, derecho
cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de habitación y un taller mecánico.
Situada en el distrito 4-San Antonio, cantón
1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Román Vega Ávila; al sur, camino a Villa
Bonita con 11,11 metros de frente; al este, Román
Vega Ávila; y al oeste,
Angélica
Fernández Calderón. Mide: cuatrocientos
treinta y nueve metros con ochenta y cinco decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas quince minutos del
quince de marzo del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas quince minutos
del veintitrés de marzo del
dos mil veintiuno con la base de tres
millones ochocientos nueve mil novecientos setenta colones con dieciséis céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las nueve horas quince minutos
del siete de abril del dos
mil veintiuno con la base de un millón
doscientos sesenta y nueve mil novecientos noventa colones con cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Dennis
Alberto Calderón Salazar. Expediente N° 20-003298-1157-CJ.—Juzgado de Cobro
del Primer Circuito Judicial
de Alajuela, 10 de noviembre del 2020.—Licda. Sofía Ramírez Rodríguez, Jueza
Decisora.—(
IN2021519045 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta y siete millones seis mil ochenta y tres colones con veinticuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando una servidumbre de paso y cuatro servidumbres; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula
número quinientos cincuenta y nueve mil ochocientos sesenta y ocho-cero cero cero, la cual es Lote 6 terreno de pastos y servidumbres agrícola. Situada en el distrito Santiago, cantón San Ramón,
de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Vimaquea Sociedad
Anónima y servidumbre agrícola con
un frente a ella de 5.02 centímetros, sur, Vimaquea Sociedad Anónima, servidumbre agrícola con un frente a ella de 5 metros, este, Mario
Enrique Quesada Araya y Vimaquea Sociedad Anónima, oeste, servidumbre agrícola con un frente a ella de 64.78 centímetros lineales en medio Vimaquea Sociedad Anónima. Mide: cinco mil cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las catorce horas treinta minutos del cuatro de marzo del dos mil veintiuno, con
la base de treinta y cinco millones doscientos cincuenta y cuatro mil quinientos sesenta y dos colones con cuarenta y tres céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan
las catorce horas treinta minutos del doce de marzo del dos mil veintiuno, con
la base de once millones setecientos
cincuenta y un mil quinientos
veinte colones con ochenta y un céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L
contra 3-102-753839 Sociedad de Responsabilidad Limitada y Ricardo Alfredo Murillo Henson. Expediente Nº 19-006717-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de
Alajuela (San Ramón), 28 de octubre del
2020.—María Auxiliadora Cruz Cruz,
Jueza.—( IN2021519046 ).
En este Despacho, con una base de cuatrocientos cincuenta y siete mil novecientos dieciséis dólares con seis
centavos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando medianería bajo citas:
300-04677-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 604448, derecho 000, la cual
es terreno con construcción.
Situada en el distrito San Sebastián, cantón
San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Inversiones Gama Sociedad Anónima;
al sur, Alejandro Sáenz Ramírez e Inversiones
Gama Sociedad Anónima; al este,
Rosa Ramírez Moya, Propiedades Retana
Ramírez, Carlos Alberto Aguilera Cordero y María Fernández Retana;
y al oeste, calle pública. Mide: mil quinientos noventa y cuatro metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Situada en el distrito , cantón , de la provincia de San José. Colinda:
al norte ;
al sur ; al este ; y al oeste
. Mide: metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas diez minutos del diez de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas diez minutos del dieciocho de febrero de dos mil veintiuno con la base de trescientos
cuarenta y tres mil cuatrocientos treinta y siete dólares con cuarenta y cinco centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las nueve horas diez minutos del veintiséis de febrero de dos mil veintiuno con la base de ciento catorce mil cuatrocientos setenta y nueve dólares con quince centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Musicalización
Vocal S. A. contra Dalia S. A., Marianela Sotela Bejarano, Orlando José Sotela
Alvarado. Expediente N° 17-012504-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 12 de enero del año 2021.—Msc. Sirlene Salazar Muñoz, Jueza Decisora.—( IN2021519047 ).
En este despacho, con una base de veinte millones de colones, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
305-20154-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de provincia: Alajuela
finca: 163821 duplicado: horizontal: derecho: 000, segregaciones: no hay, naturaleza:
terreno para construir con
una casa. Situada en el distrito 9-Río Segundo, cantón 1-Alajuela, de la provincia
de Alajuela. Linderos: al norte,
calle con 10m 320mm; al sur, Nini
Chinchilla; al este, Marciano Campos; y al oeste, María Eugenia Jiménez. Mide: doscientos nueve metros con sesenta y siete decímetros cuadrados; para tal efecto, se señalan las catorce horas quince minutos del uno de marzo del dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas
quince minutos del nueve de
marzo del dos mil veintiuno
con la base de quince millones de colones
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las catorce
horas quince minutos del diecisiete
de marzo del dos mil veintiuno
con la base de cinco millones
de colones (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Eladio Raúl Rojas Arguedas. Expediente N° 20-011894-1157-CJ.—Juzgado de Cobro
del Primer Circuito Judicial
de Alajuela, 16 de noviembre del
2020.—Michelle Allen Umaña, Juez/a
Decisor/a.—( IN2021519049 ).
En este Despacho, con una base de diez millones novecientos
siete mil ochocientos setenta y siete colones con veintiséis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas: 2018-692233-01-0002-001; sáquese
a remate la finca del partido de guanacaste,
matrícula número ciento noventa y dos mil doscientos noventa y ocho, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito:
03-Tronadora, cantón: 08-Tilarán, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte Olga Marita Campos Mejías;
al sur servidumbre de paso con frente
de 21,60 metros y un ancho de 6,00 metros; al este, servidumbre de paso con frente de
16,75 metros y un ancho de 6,00 metros y al oeste
Marjorie Picado Gutiérrez. Mide: trescientos
diecinueve metros cuadrados
Plano: G-1511306-2011. Identificador
predial:508030192298. Para tal efecto,
se señalan las nueve horas treinta minutos del uno de febrero de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas treinta minutos del nueve de febrero de dos mil veintiuno, con
la base de ocho millones ciento ochenta mil novecientos siete colones con noventa y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las nueve horas treinta minutos del diecisiete de febrero de dos mil veintiuno, con
la base de dos millones setecientos
veintiséis mil novecientos sesenta y nueve colones con treinta y dos céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Werman Alberto
Esquivel Villalobos. Expediente Nº:20-003673-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, 01 de diciembre del año 2020.—Licda. Natalia Orozco
Murillo, Jueza Decisora.—( IN2021519124 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta y cuatro millones setecientos veintitrés mil setecientos treinta y siete colones con treinta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
313-11776-01-0901-001; serv y condic ref:2151 535 001
citas: 314-07679-01-0901-001; servidumbre
trasladada citas:
314-0767901-0903-001; servidumbre trasladada
citas: 327-04225-01-0901-001; servidumbre
trasladada citas:
395-16981-01-0914-001; servidumbre trasladada citas:
395-16981-01-0915-001; servidumbre de aguas pluviales citas: 2011-46434-01-0004-001; servidumbre
de líneas eléctricas y de
paso citas: 2011-46434-01-0023-001;
servidumbre de paso citas:
2016-513311-01-0002-001; servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2016-513311-01-0035-001; servidumbre
citas: 2016513311-01-0055-001; servidumbre
citas: 2016-802871-01-0001-001; servidumbre
de acueducto citas:
2017-334020-01-0001-001; servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2017-359170-010014-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula N° 557748-000,
terreno solar, la cual es terreno solar. Situada en el distrito: 08-Bolivar, cantón: 03-Grecia, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
20308054330300 y servidumbre agrícola
con un frente a ella de 7 metros; al sur, 20308041878200 y servidumbre agrícola con un frente a ella de 7 metros; al este Río Vigía,
20308054330200 y servidumbre agrícola
con un frente a ella de 119
metros con 27 centímetros, y al oeste,
2030800022610. Mide: tres
mil ciento seis metros cuadrados
plano: A-20052152017 Identificador
Predial:203080557748. Para tal efecto,
se señalan las dieciséis
horas cero minutos del uno de febrero
del dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo
remate, se efectuará a las dieciséis
horas cero minutos del nueve
de febrero del dos mil veintiuno,
con la base de treinta y tres
millones quinientos cuarenta y dos mil ochocientos
dos colones con noventa y ocho céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan
las dieciséis horas cero minutos
del diecisiete de febrero
del dos mil veintiuno, con la base de once millones ciento ochenta mil novecientos treinta y cuatro colones con treinta y tres céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Ricardo Alberto Morales Cruz. Expediente Nº 20-000922-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de
Grecia, 30 de octubre del 2020.—Licda. Jazmín Núñez
Alfaro, Jueza Decisora.—( IN2021519125 ).
En este Despacho, con una base de
once millones doscientos veintisiete mil trescientos cuarenta y siete colones con cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: CL 290195, Marca:
Nissan, Estilo: Frontier Xe, Capacidad:
5 personas, año: 2017, color: gris,
Vin: 3N6CD33B6GK832362, N.Motor:
YD25638387P, cilindrada: 2500 c.c,
combustible: Diesel. Para tal efecto
se señalan las once horas treinta
minutos del nueve de febrero de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas treinta minutos
del diecisiete de febrero
de dos mil veintiuno, con la base de ocho millones cuatrocientos
veinte mil quinientos diez colones con veintinueve céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las once horas treinta minutos
del veinticinco de febrero
de dos mil veintiuno, con la base de dos millones ochocientos seis mil ochocientos treinta y seis colones con setenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Daniel
Jesús Rivera Obando. Expediente Nº:20-001567-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
08 de enero del año 2021.—Licda. Yanin Torrentes
Ávila, Jueza Decisora.—(
IN2021519133 ).
En este Despacho, con una base de
quince mil seiscientos veintiséis
dólares con veintisiete
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
Placa MGC222, Marca: MG, Estilo:
MG 3 Cross, Categoría: automóvil,
Capacidad: 5 personas, año:
2018, color: blanco, carrocería:
Sedan 4 puertas Hatchback, tracción
4x2, Vin: LSJZ14U33JS010350, Motor N° 15S4CRMGH2100549, combustible: gasolina, cilindrada 1500 c.c., cilindros 04. Para tal efecto se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del quince de febrero del
dos mil veintiuno, con la base de once mil setecientos diecinueve dólares con setenta (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintiuno,
con la base de tres mil novecientos
seis dólares con cincuenta
y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se
les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra José Antonio Morales Alfaro. Expediente Nº 20-011159-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 11 de enero del 2021.—Lida. Mayra
Yesenia Porras Solís, Jueza
Tramitadora.—( IN2021519152 ).
En este Despacho, con una base de un
millón seiscientos veintiún mil ochocientos noventa colones con trece céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando habitación familiar citas:
465-04818-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento cuatro
mil trescientos ochenta y
uno, derecho 000, la cual es terreno
para construir lote 170 J. Situada en el distrito:
08-Barranca, cantón: 01-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, noreste, lote 171 J; al sur, noroeste,
resto destinado a calle; al
este, sureste, lote 181 J, y al oeste, suroeste, lote 169 J. Mide: ciento veinte
metros cuadrados metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las siete horas y veinte minutos del cuatro de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las siete horas y veinte minutos del doce de febrero del dos mil veintiuno, con la base de un millón
doscientos dieciséis mil cuatrocientos diecisiete colones con sesenta céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las siete horas y veinte minutos del veintidós de febrero del dos mil veintiuno,
con la base de cuatrocientos cinco
mil cuatrocientos setenta y
dos colones con cincuenta y
tres céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Fundación Costa Rica Canadá
contra Yerlin Gisela Zúñiga
Obando. Expediente Nº 19-006675-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 11 de setiembre
del 2020.—Licda. Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2021519159 ).
En este Despacho, con una base de catorce mil ochocientos treinta y cuatro dólares con noventa y dos
centavos, soportando infracciones/colisiones, boleta N° 2018313700004, sumaria N°
18-000294-0489-TR,, sáquese a remate el vehículo Placa: SPR992, Marca:
Nissan, Estilo: Tiida, Categoría:
automóvil, Capacidad: 5 personas,
carrocería: Sedan 4 puertas,
tracción: 4x2, N° de Chasis:
3N1CC1AD8HK199009, año fabricación:
2017, color: gris, N° motor: HR16837919M, cilindrada:
1598 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan
las nueve horas cero minutos
del veintitrés de febrero
del dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo
remate, se efectuará a las nueve
horas cero minutos del tres
de marzo del dos mil veintiuno,
con la base de once mil ciento veintiséis
dólares con diecinueve
centavos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las nueve
horas cero minutos del once de marzo
del dos mil veintiuno, con la base de tres mil setecientos ocho dólares con setenta y tres centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos S J S.A.
contra Andrey Santiago Pereira Rimola. Expediente Nº 18-005941-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 17 de diciembre del
2020.—Msc. Franz Castro Solís, Juez
Tramitador.—(
IN2021519160 ).
En este Despacho, con una base de siete mil ciento ocho dólares con treinta y nueve centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
BDW546, Marca: Hyundai, Categoría: automóvil, Serie: KMHCT41BAEU513627, carrocería:
Sedan 4 puertas, tracción:
4x2, número Chasis:
KMHCT41BAEU513627, año fabricación:
2014, techo: techo alto,
color: plateado, Vin: KMHCT41BAEU513627, Estilo: Accent GL, Capacidad: 5
personas, valor contrato: 9,828,807.00, N° Motor: G4LCDU066512. Para tal efecto se señalan
las ocho horas y treinta minutos del quince de febrero del
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo
remate, se efectuará a las ocho
horas y treinta minutos del
veintitrés de febrero del
dos mil veintiuno, con la base de cinco
mil trescientos treinta y un
dólares con veintinueve
centavos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las ocho
horas y treinta minutos del
tres de marzo del dos mil veintiuno, con la base de mil setecientos
setenta y siete dólares con diez centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos S J Sociedad Anónima
contra Guiselle Dinorah Sánchez Solorzano. Expediente Nº 19-008602-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 02 de diciembre del 2020.—Licda.
Natalia Orozco Murillo, Jueza Decisora.—( IN2021519161 ).
En este Despacho, con una base de dieciocho mil quinientos veintitrés dólares con dos centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo Placa
BMY115, Marca: Hyundai, Estilo: Tucson GL, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, año: 2016,
color: negro, carrocería todo
terreno 4 puertas, tracción 4x2, Vin: KMHJ2813AGU165952, Motor N° G4NAGU145632, cilindrada: 2000 c.c., cilindros 04, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del once de febrero del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las catorce horas treinta minutos del diecinueve de febrero del dos mil veintiuno,
con la base de trece mil ochocientos
noventa y dos dólares con cuarenta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del uno de marzo del dos
mil veintiuno, con la base de cuatro
mil seiscientos treinta dólares con ochenta centavos (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos S J S.A. contra José Pablo Chacón Solano. Expediente
Nº 20-012478-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 16 de noviembre del 2020.—Licda. Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza
Tramitadora.—( IN2021519163 ).
En este Despacho, con una base de trece mil ciento sesenta y nueve dólares con setenta y seis
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
BJN656, marca Hyundai, estilo
Aceent GL, categoría automóvil, capacidad 5 personas,
color negro, serie y chasis
KMHCT41DBGU921626, año 2016, N° motor G4FCFU286663, combustible
gasolina. Para tal efecto se señalan las quince
horas treinta minutos del diecisiete de mayo del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las quince horas treinta minutos
del veinticinco de mayo del dos mil veintiuno, con la base de nueve
mil ochocientos setenta y siete dólares con treinta y dos centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
quince horas treinta minutos
del dos de junio del dos mil veintiuno,
con la base de tres mil doscientos
noventa y dos dólares con cuarenta y cuatro centavos (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos S J S.A contra Marlon López Vindas.
Expediente Nº 20-013171-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Hazel
Mariela Carvajal Rojas, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021519164 ).
En este Despacho,
con una base de dos millones trescientos
ochenta y dos mil setecientos
sesenta y dos colones con setenta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa número: BLM051, marca: Honda, estilo: Civic, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
año: 2007, color: blanco,
vin: 2HGFG12657H529996, cilindrada: 1800 c.c, combustible: gasolina, motor
N° R18A12506861. Para tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos del diecisiete de mayo del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las catorce horas cero minutos
del veinticinco de mayo del dos mil veintiuno, con la base de un millón
setecientos ochenta y siete mil setenta y dos colones con cinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del
dos de junio del dos mil veintiuno,
con la base de quinientos noventa
y cinco mil seiscientos noventa colones con sesenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos S J S. A contra Javier Francisco Vargas Leandro,
Tatiana María Leandro Otárola. Exp:20-011659-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 10 de diciembre del 2020.—Lic. Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2021519165 ).
En este Despacho, con una base de diez mil trescientos noventa y seis dólares con setenta y un centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo 852579. Marca: B.M.W., Estilo: 320 I, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas,
serie, chasis y Vin:
WBAPG5103BA165315, carrocería: Sedan 4 puertas, año fabricación:
2011, color: blanco, cilindrada:
2000 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan
las trece horas cuarenta y cinco minutos del catorce de junio del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de junio del dos mil veintiuno, con
la base de siete mil setecientos
noventa y siete dólares con cincuenta y tres centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del treinta de junio del dos mil veintiuno, con la base de dos mil quinientos
noventa y nueve dólares con dieciocho centavos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de
C.R S.A. contra Kevin Andrey Bonilla Sanabria. Expediente
Nº 20-013411-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 17 de diciembre del 2020.—Msc. Angie Rodríguez Salazar, Jueza.—( IN2021519167 ).
En este Despacho,
con una base de veintidós mil setecientos
veintiocho dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo MJM077, marca Hyundai, estilo Santa Fe GLS, categoría automóvil, tracción: 4x4, capacidad 7 personas, año 2013,
color gris, vin: KMHSU81XDDU113834. Para tal efecto se señalan
las trece horas cuarenta y cinco minutos del seis de abril del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las trece horas cuarenta y cinco minutos del catorce de abril del dos mil veintiuno, con la base de diecisiete
mil cuarenta y seis dólares
exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de abril de dos mil veintiuno, con la base de cinco
mil seiscientos ochenta y
dos dólares exactos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Gestionadora De Créditos SJ Sociedad Anónima
contra Francisco José Vega Diaz. Expediente Nº
19-006926-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 15 de octubre
del 2020.—German Valverde Vindas, Juez
Tramitador.—( IN2021519169 ).
En este Despacho, con una base de
seis mil novecientos veinticinco
dólares con treinta
centavos, libre de gravámenes prendarios,
pero soportando denuncia de tránsito citas tomo:
0800 asiento: 00637891 secuencia: 001 fecha: 21-ago-2020; sáquese a
remate el vehículo 844359. Marca: Honda, estilo: Accord Exl, capacidad: 5 personas, categoría:
automóvil, carrocería: Sedan 4 puertas,
tracción: 4x2, N° Chasis:
1HGCP2680AA500016, año fabricación:
2010, N° motor: K24Z23005499, cilindrada:
2354 c.c., cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del seis
de abril del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las ocho horas cero minutos
del catorce de abril del
dos mil veintiuno, con la base de cinco
mil ciento noventa y tres dólares con noventa y siete centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las ocho horas
cero minutos del veintidós
de abril del dos mil veintiuno,
con la base de mil setecientos treinta
y un dólares con treinta y
dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Promérica de Costa Rica S. A. contra
Adriana María Bonilla Bolaños. Expediente Nº 20-014038-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 07 de enero del 2021.—Lic. Wendy Pagani Rojas, Juez/a Decisor/a.—( IN2021519170 ).
En este Despacho, con una base de ciento seis mil dólares exactos cada vehículo,
1-soportando infracciones bajo boleta
201788600433, sáquese a remate el vehículo
AB 006397. Marca Daewoo. Estilo GDW6120HG. Categoría autobús. Capacidad 53 personas. Año
2014. Color blanco. Vin, Serie y Chasis
LGLFD5A44EK200117. Cilindrada 6700 cc. Combustible
Diesel. Motor Nº87577861; 2- soportando infracciones bajo boleta
3000540709, Vehículo: Placas
número AB 006395. Marca Daewoo. Estilo
DDW6120HG. Categoría autobús.
Capacidad 53 personas. Año
2014. Color blanco. Vin, Serie y Chasis
LGLFD5A40EK200115. Cilindrada 6700 cc. Combustible
Diesel. Motor Nº87577862, 3-soportando infracciones
bajo boleta 2017253900285 Vehículo:
Placas número AB 006396.
Marca Daewoo. Estilo GDW6120HG. Categoría
autobús. Capacidad 53
personas. Año 2014. Color blanco.
Vin, serie y chasis
LGLFD5A42EK200116. Cilindrada 6700 cc. Combustible
Diesel. Motor Nº87577863. Para tal efecto se señalan las quince
horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta
minutos del veintidós de abril de dos mil veintiuno con la
base de setenta y nueve mil
quinientos dólares exactos (75% de la base original) para cada
vehículo y de continuar sin
oferentes, para el tercer
remate se señalan las quince horas treinta minutos del treinta de abril de dos mil veintiuno con la base de veintiséis
mil quinientos dólares exactos (25% de la base original) para cada
vehículo. Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Autotransportes
Barrio San José Limitada.
Expediente Nº:18-002491-1763-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Primera, 12 de enero del año 2021.—Licda. Yesenia Auxiliadora
Hernández Ugarte, Jueza Tramitadora.—( IN2021519183
).
En este Despacho, con una base de sesenta y dos millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas:
332-13765-01-0901-007; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número trescientos uno mil trescientos tres, derecho cero cero cero, la cual
es terreno para construir
con una casa. Situada en el
distrito: 04-Mata de Plátano,
cantón: 08-Goicoechea, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
calle pública con 9 metros;
al sur, José, Abarca Espinoza y otro;
al este, Alexander Vargas Umaña,
y al oeste, Veriky S A y Lote 33. Mide: ciento ochenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del veintidós de febrero del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las catorce horas treinta minutos del dos de marzo del dos
mil veintiuno, con la base de cuarenta
y seis millones ochocientos
setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan
las catorce horas treinta minutos del diez de marzo del dos mil veintiuno, con
la base de quince millones seiscientos
veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Alejandro Alfaro
Pérez, Yolanda Ramírez Carranza. Expediente Nº 17-007177-1763-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Primera, 19 de noviembre del 2020.—Lic. Ronald
Gerardo Chacón
Mejía, Jueza Tramitadora.—( IN2021519196 ).
En este Despacho, con una base de ciento veintiún millones cuatrocientos noventa y nueve mil treinta y nueve colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Heredia, matrícula N° 41867-F-000, derecho, la cual
es terreno naturaleza:
Finca filial ciento diecisiete
apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito: 04-Ulloa, cantón: 01-Heredia, de la provincia
de Heredia. Colinda: al norte,
noreste, Filial ciento dieciséis; al sur, noroeste, Acceso seis; al este, sureste, Filial ciento treinta, y al oeste, suroeste, Filial ciento dieciocho. Mide: trescientos veintisiete metros
con treinta y nueve decímetros metros cuadrados. Para
tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del uno de junio del dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas treinta
minutos del nueve de junio del dos mil veintiuno, con la
base de noventa y un millones
ciento veinticuatro mil doscientos setenta y nueve colones con veinticinco céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las once horas treinta
minutos del diecisiete de junio del dos mil veintiuno, con
la base de treinta millones
trescientos setenta y cuatro mil setecientos cincuenta y nueve colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Condominio
Horizontal Residencial con Fincas Filiales
Primarias Individualizadas
la Ladera contra Condominio
La Ladera Bloque CJK Lote Trece MMM Sociedad Anónima, representada por Walter
Delgado Borgen. Expediente
Nº 19-014518-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 13 de noviembre
del 2020.—Lic. Pedro Javier Ubau
Hernández, Jueza Decisora.—( IN2021519207 ).
En este Despacho, con una base de doce mil trescientos treinta y ocho dólares exactos , libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 311-09049-01-0901-001; servidumbre
trasladada citas:
335-10332-01-0901-001; serv Canal Riegref: citas: 343-04417-01-0001-001; servidumbre
de aguas pluviales citas: 574-05234-01-0476-001; servidumbre
de aguas pluviales citas: 574-05234-01-0652-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 65369-F, derecho
000, la cual es terreno naturaleza: finca filial primaria
individualizada número dieciocho-D apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito: 06-San Isidro, cantón: 01-alajuela, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte
área común libre de acceso trece; al sur finca filial
primaria individualizada número diecinueve-D; al este, área común
libre de acceso diecisiete
y al oeste finca filial primaria
individualizada número cuarenta y dos-D. Mide: trescientos treinta y un metros
con trece decímetros cuadrados plano: A-1245537-2008.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del diez de mayo de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas treinta minutos del dieciocho de mayo de
dos mil veintiuno, con la base de nueve
mil doscientos cincuenta y tres dólares con cincuenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiséis de mayo de
dos mil veintiuno, con la base de tres
mil ochenta y cuatro dólares con cincuenta centavos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Armando
del Socorro Pérez Vargas, Armando Pérez Sociedad Anónima.
Expediente Nº:20-000620-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 01 de diciembre del año 2020.—Licda. Sofía Ramírez Rodríguez, Jueza
Decisora.—(
IN2021519225 ).
En este Despacho, con una base de
dos millones cuatrocientos veintisiete mil diecinueve colones con ochenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo 570896, Marca: Nissan, Estilo:
Platina, Categoría: Automóvil,
Capacidad: 5 personas, Serie: 3N1JH01S4ZL115104, Carrocería: Sedan 4 puertas, Número Chasis: 3N1JH01S4ZL115104,
año: Fabricación: 2005,
Vin: 3N1JH01S4ZL115104, color: Gris, N° Motor: K4MM742Q130188, Marca: Nissan, cilindrada: 1598 c.c., cilindros:
4, Potencia: 106 KW, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del diez de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del dieciocho de febrero de dos mil veintiuno, con la base de un millón
ochocientos veinte mil doscientos sesenta y cuatro colones con ochenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez
horas treinta minutos del veintiséis de febrero de dos mil veintiuno, con la base de seiscientos
seis mil setecientos cincuenta
y cuatro colones con noventa y cinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de OPC Operadora de Cobro y Crédito Comercial S.A. contra Cesar Alberto Pereira Zúñiga. Expediente N°
20-000207-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí, 10 de noviembre del año 2020.—Licda. Zary Navarro Zamora, Jueza Tramitadora.—( IN2021519229 ).
En este Despacho, con una base de siete millones setecientos setenta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
399-19293-01-0863-005; sáquese a remate la finca del partido de Limón,
matrícula N° 135802-001 y 002, la cual
es terreno naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito
5-Cariari, cantón 2-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, resto de Rosa Morera
Chaves y Hernán
Rodríguez Salas; al sur, servidumbre de paso; al este, Yorleny Centeno Mora, y al oeste, Maycol Centeno Mora. Mide: doscientos diecisiete metros con cuarenta y
seis decímetros cuadrados.
Plano: L-1156226-2007. Para tal efecto,
se señalan las once horas cuarenta
y cinco minutos del quince
de febrero del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las once horas cuarenta y cinco
minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintiuno,
con la base de cinco millones
ochocientos treinta y un
mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan
las once horas cuarenta y cinco
minutos del tres de marzo del dos mil veintiuno, con
la base de un millón novecientos
cuarenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Marisela
Rivera Mora, Rodrigo Obando Calderón. Expediente Nº
18-004532-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 23 de octubre del 2020.—Lic. Hazel Mariela Carvajal Rojas, Juez/a
Tramitador/a.—( IN2021519242
).
En este Despacho, con una base de diez millones novecientos
setenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Puntarenas, matrícula
número 198571-000, derecho 000, la cual es terreno lote uno, terreno para construir. Situada en el Distrito: 01-San Vito, Cantón:
08-Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte con calle pública; al sur con servidumbre
de paso; al este con resto reservado
de Carlos Jiménez y al oeste con servidumbre
de paso. Mide: cuatrocientos
setenta y cinco metros cuadrados plano:P-1711605-2014. Para tal
efecto, se señalan las diez horas cero minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veinticuatro de febrero de dos mil veintiuno, con la base de ocho millones
doscientos veintisiete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez
horas cero minutos del cuatro
de marzo de dos mil veintiuno,
con la base de dos millones setecientos
cuarenta y dos mil quinientos
colones exactos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Luis
Adolfo Zúñiga Espinoza, María Fernanda Mendoza
Murillo. Expediente Nº:20-000689-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 17 de noviembre
del año 2020.—Licda. Eida Virginia Madrigal Camacho, Jueza.—( IN2021519243 ).
En este Despacho,
con una base de nueve millones
doscientos treinta y cinco mil colones, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre de Aguas Pluviales citas: 570-44878-01-0001-001; limitaciones
Ley 7052, 7208, citas: 2011-00176364-01-003-001; habitación familiar citas:
2011-00176364-01-004-001, sáquese a remate la finca
del partido de Puntarenas, matrícula
número 157698-000, la cual
es terreno Lote para construir de vivienda de interés social. Situada en el distrito: 01-Corredor,
cantón:10-Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Lote 11-I; al sur, Lote 11-I; al este, Lote 8-1; y al oeste, Lote 10-1. Mide: ciento cincuenta
y dos metros con noventa y seis decímetros
cuadrados. Plano P-1166621-2007.
Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del quince de febrero de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas treinta minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintiuno, con
la base de seis millones novecientos
veintiséis mil doscientos cincuenta colones (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las trece horas treinta minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno, con
la base de dos millones trescientos
ocho mil setecientos cincuenta colones (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Evelyn Vargas Solano. Expediente
N° 18-013613-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 15 de diciembre del año 2020.—Licda. Elizabeth
Rodríguez Pereira, Jueza Tramitadora.—( IN2021519245
).
En este Despacho, con una base de cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas ley aguas
citas:276-00893-01-0002-001; sáquese a remate la
finca del partido de Puntarenas, matrícula
número ciento veintiocho mil trescientos sesenta y tres, derecho 000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito: 09-Monte Verde, cantón: 01-Puntarenas, de la Provincia
de Puntarenas. Colinda: al Norte calle
publica con un frente de diez
metros; al sur Juan Ramírez Lobo; al este Juan
Ramírez Lobo y al oeste Juan Ramírez Lobo. Mide: ciento cuarenta
y ocho metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las siete horas y cinco minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas y cinco minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las siete
horas y cinco minutos del
once de marzo de dos mil veintiuno,
con la base de un millón doscientos
cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Dunia
María Picado Badilla, Pedro José López Dormos, Expediente Nº:19-000482-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 22 de julio
del año 2020.—Licda. Anny
Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2021519272 ).
En este Despacho, con una base de veinticinco mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 324-15600-01-0902-001,
servidumbre trasladada citas: 388-03428-01-0901-001, servidumbre
trasladada citas:
388-03428-01-0902-001, servidumbre trasladada citas:
388-03428-01-0903-001, servidumbre trasladada citas:
388-03428-01-0904-001 y Plazo de Convalidación
(Rectificación de Medida) citas: 572-94738-01-0006-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 600672, derecho
000, la cual es terreno de
café y potrero, Lote 1. Situada
en el distrito 2-Salitral, cantón 9-Santa Ana, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
Minor Delgado Azofeifa, Milena Delgado Azofeifa, Héctor Delgado Azofeifa,
Minor Delgado Azofeifa y Passghaleh
S. A.; al sur, Touchal de Santa Ana S. A.; al este, Minor Delgado Azofeifa; y
al oeste, calle pública. Mide: veinte mil metros cuadrados. Para
tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintidós de abril de dos mil veintiuno con la base de dieciocho
mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las trece horas treinta minutos del treinta de abril de dos mil veintiuno con la
base de seis mil doscientos cincuenta
dólares exactos (25% de la
base original). Con una base de veinticinco mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 324-15600-01-0902-001, servidumbre
trasladada citas: 388-03428-01-0901-001,
servidumbre trasladada citas: 388-03428-01-0902-001, servidumbre
trasladada citas:
388-03428-01-0903-001, servidumbre trasladada citas:
388-03428-01-0904-001 y Plazo de Convalidación
(Rectificación de Medida) citas: 572-94738-01-0006-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 600673, derecho
000, la cual es terreno de
café y potrero, Lote 2. Situada
en el distrito 2-Salitral, cantón 9-Santa Ana, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
Touchal de Santa Ana S. A.; al sur, Touchal de Santa Ana S. A.; al este,
Minor Delgado Azofeifa; y al oeste,
calle pública. Mide: veinte mil metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas treinta minutos del veintidós de abril de dos mil veintiuno con la
base de dieciocho mil setecientos
cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las trece
horas treinta minutos del treinta de abril de dos mil veintiuno con la base de seis mil doscientos
cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Con una base de veinticinco mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
324-15600-01-0902-001, servidumbre trasladada citas:
388-03428-01-0901-001, servidumbre trasladada citas:
388-03428-01-0902-001, servidumbre trasladada citas:
388-03428-01-0903-001, servidumbre trasladada citas:
388-03428-01-0904-001 y Plazo de Convalidación
(Rectificación de Medida) citas: 572-94738-01-0006-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 600674, derecho
000, la cual es terreno de
café, Lote 3. Situada en el distrito 2-Salitral, cantón 9-Santa Ana, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
Touchal de Santa Ana S. A.; al sur, Touchal de Santa Ana S. A.; al este,
Minor Delgado Azofeifa y Milena Delgado Azofeifa; y al oeste, calle pública. Mide: veinte mil metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas treinta minutos del veintidós de abril de dos mil veintiuno con la
base de dieciocho mil setecientos
cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las trece
horas treinta minutos del treinta de abril de dos mil veintiuno con la base de seis mil doscientos
cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Con una base de veinticinco mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
324-15600-01-0902-001, servidumbre trasladada citas:
388-03428-01-0901-001, servidumbre trasladada citas:
388-03428-01-0902-001, servidumbre trasladada citas:
388-03428-01-0903-001, servidumbre trasladada citas:
388-03428-01-0904-001 y Plazo de Convalidación
(Rectificación de Medida) citas: 572-94738-01-0006-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 600675, derecho
000, la cual es terreno de
café, Lote 4. Situada en el distrito 2-Salitral, cantón 9-Santa Ana, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
Touchal de Santa Ana S. A.; al sur, Amado Delgado Montoya; al este,
Milena Delgado Azofeifa y José Ángel
Delgado Azofeifa; y al oeste,
calle pública. Mide: veinticinco mil seiscientos diecisiete metros con
ochenta y ocho decímetros metros cuadrados. Para
tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintidós de abril de dos mil veintiuno con la base de dieciocho
mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las trece horas treinta minutos del treinta de abril de dos mil veintiuno con la
base de seis mil doscientos cincuenta
dólares exactos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Alex Eskandar Khajavi, Touchal Santa Ana S. A.. Expediente N° 19-000584-1203-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Tercera,
13 de octubre del año
2020.—Ivan Tiffer Vargas, Juez
Tramitador.—( IN2021519275 ).
En este Despacho, con una base de setecientos cuatro mil ochocientos un colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Limón, matrícula
número ciento veinticinco mil novecientos tres, derecho 000, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito Sixaola, cantón Talamanca, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, resto reservado de Omar
Peraza, camino público en medio con un frente de cuatrocientos veinte metros con noventa y seis centímetros; al
sur, Luis González Rojas; al este, Gregorio Zacarias
Mena, y al oeste, Luis González Rojas. Mide: ochenta y un mil novecientos setenta y un metros
con veintisiete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del uno de febrero del
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo
remate, se efectuará a las catorce
horas treinta minutos del nueve de febrero del dos mil veintiuno, con la base de quinientos
veintiocho mil seiscientos colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan
las catorce horas treinta minutos del diecisiete de febrero del dos mil veintiuno con
la base de ciento setenta y
seis mil doscientos colones
con veinticinco céntimos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Philippe
Remi Karel Vangoidsenhoven N/I Expediente
Nº 18-003061-1208-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 29 de setiembre del 2020.—Lic. Roy
Córdoba Hernández, Juez Decisor.—( IN2021519276 ).
En este Despacho, con una base de
once mil setecientos noventa
y siete dólares con setenta y siete centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
BGR119, Marca: Chevrolet, estilo: Spark LS, Tracción: 4X2, Número Chasis: KL1CJ6C16EC533842, año fabricación: 2014, color: azul.
Para tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos del dos de febrero de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas
cero minutos del diez de febrero de dos mil veintiuno con
la base de ocho mil ochocientos
cuarenta y ocho dólares con treinta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del dieciocho de febrero de dos mil veintiuno con la base de dos mil novecientos
cuarenta y nueve dólares con cuarenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S.A
contra Marcos Vinicio Marin Sanabria. Expediente
Nº:18-005405-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 04 de noviembre del año 2020.—Laura
Catalina Rojas Lobo, Jueza Tramitadora.—(
IN2021519296 ).
En este Despacho,
con una base de mil ochocientos sesenta
y cuatro dólares con setenta y dos centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo BDJ294, Marca: Hyundai, Estilo: Accent GL, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas,
Serie, Chasis y Vin: KMHCT51CBDU086439, carrocería: Sedan 4 puertas
Hatchback, tracción: 4x2, año
fabricación: 2013, color: café, cilindrada:
1400 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan
las dieciséis horas y cero minutos
del primero de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las dieciséis horas y
cero minutos del nueve de febrero del dos mil veintiuno,
con la base de mil trescientos noventa
y ocho dólares con cincuenta y cuatro centavos (75%
de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las dieciséis
horas y cero minutos del diecisiete
de febrero del dos mil veintiuno,
con la base de cuatrocientos sesenta
y seis dólares con dieciocho
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos S J S.A. contra Ana Yansy
Sandí
Arguedas. Expediente Nº 200106131157CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 12 de octubre del 2020.—Msc. Angie Rodríguez Salazar, Jueza.—( IN2021519297 ).
En este Despacho, con una base de nueve mil dólares con un
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
BHW424, marca Hyundai, estilo
Grand I10 GLS, categoría automóvil,
capacidad 5 personas, año
2015, color negro, vin MALA841CAFM054632, cilindrada
1200 c.c, combustible gasolina,
N° motor G4LAEM415752. Para tal
efecto se señalan las ocho horas quince minutos del cuatro de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas quince
minutos del quince de febrero
del dos mil veintiuno, con la base de seis mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan
las ocho horas quince minutos
del veintitrés de febrero
del dos mil veintiuno, con la base de dos mil doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos S J S. A. contra Juan Carlos De Jesús Mora Porras.
Expediente Nº 20-011115-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 15 de octubre del 2020.—Yesenia Alicia Solano Molina, Jueza Decisora.—( IN2021519298 ).
En este Despacho, con una base de ocho mil novecientos veintiún dólares con veintiséis centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo BFG621, marca:
Hyundai, estilo: Sonata GLS, categoría:
automóvil, capacidad: 5
personas, carrocería:
Sedan 4 puertas, peso neto:
1770 kgrms, tracción: 4x2, año fabricación: 2013, cilindrada:
2400 c.c., cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos del
uno de febrero del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las catorce horas cero minutos
del nueve de febrero del
dos mil veintiuno, con la base de seis mil seiscientos noventa dólares con noventa y cinco centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del diecisiete de febrero del dos mil
veintiuno, con la base de dos mil doscientos
treinta dólares con treinta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de
Costa Rica S. A. contra James Franciscus Mc Intosh Molina. Expediente Nº
19-003180-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, 28 de octubre
del 2020.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza
Decisora.—( IN2021519299 ).
En este Despacho, con una base de diez mil cuatrocientos sesenta y siete dólares con diecinueve centavos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
placa BKB248, marca:
Hyundai estilo: Grand I10 categoría:
automóvil capacidad: 5
personas, año fabricación:
2016, color gris, N.Motor: G4LAFM748847, cilindrada
1200 cc. Para tal efecto se
señalan las nueve horas diez minutos del tres de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas diez minutos del once de febrero de dos mil veintiuno con
la base de siete mil ochocientos
cincuenta dólares con treinta y nueve centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las nueve horas diez minutos del diecinueve de febrero de dos mil veintiuno con
la base de dos mil seiscientos dieciséis
dólares con ochenta
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos S J S.A contra Mauricio Sánchez Campos. Expediente Nº:20-011912-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 11 de noviembre del año 2020.—Lic. Susana Cristina
Mata Gómez, Jueza Decisora.—( IN2021519300 ).
En este Despacho, con una base de trece mil cuatrocientos noventa y siete dólares con setenta y dos
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
Placa: BNG027, marca:
Chevrolet, estilo: Spark LT, categoría:
automóvil, capacidad: 5
personas, serie: KL1CJ6CA7HC795163 año fabricación: 2017, color: blanco, vin: KL1CJ6CA7HC795163 cilindrada:
1400 c.c, N° motor:
LV717025080, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan
las catorce horas cuarenta
y cinco minutos del uno de febrero del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las catorce horas cuarenta
y cinco minutos del nueve de febrero del dos mil veintiuno, con la base de diez
mil ciento veintitrés dólares con veintinueve centavos
(75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las catorce
horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de febrero del dos mil veintiuno,
con la base de tres mil trescientos
setenta y cuatro dólares con cuarenta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos S J
S. A. contra Kennette Alberto Myrie
Porter. Expediente Nº 20-011628-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 06 de noviembre del
2020.—Hazel Mariela Carvajal Rojas, Jueza Tramitadora.—( IN2021519301 ).
En este Despacho con una base de
quince millones de colones
libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre de paso bajo las citas 2010-51626-01-0067-001; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
doscientos setenta y tres mil seiscientos ochenta y siete, derecho cero cero cero, la cual
es terreno para construir
con una casa. Situada en distrito dos Mercedes Sur, cantón
cuatro Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: norte, Roque Salas; sur, calle pública con once metros; este calle privada con treinta y un metros, y oeste,
Roque Salas, servidumbre en
medio y Guiselle Chacón Acuña. Mide: doscientos
setenta y tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del ocho de marzo del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las catorce horas treinta minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintiuno, con
la base de once millones doscientos
cincuenta mil colones (75%
de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las catorce
horas treinta minutos del veinticuatro de marzo del dos mil
veintiuno, con la base de tres
millones setecientos cincuenta mil colones (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Edward Jimenez Masis. Expediente Nº
20-003703-1763-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 27 de noviembre
del 2020.—Johnny Esquivel Vargas, Juez Tramitador.—( IN2021519315 ).
En este Despacho,
con una base de cinco millones
trescientos sesenta y cuatro mil ciento dieciséis colones con noventa y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Cartago, matrícula
número 175775-000, la cual
es terreno de casa y solar. Situada
en el distrito: 01-Pacayas,
cantón: 06-Alvarado, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
servidumbre de paso con 12.25 mts; al sur, Abelardo
Leandro Barquero; al este,
Walter Chacón Leandro; y al oeste,
José Joaquín Guillen Leandro. Mide: ciento treinta y cuatro metros con veinte decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del cuatro de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del doce de febrero de dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones veintitrés mil ochenta y siete colones con setenta céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez
horas treinta minutos del veintidós de febrero de dos mil veintiuno, con la base de un millón
trescientos cuarenta y un
mil veintinueve colones con
veintitrés céntimos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de COOPEALIANZA R.L. contra Mario Alberto Chacón Leandro. Expediente N°
19-000969-0640-CI.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 02 de diciembre del año
2020.—Licda. Marcela Brenes
Piedra, Jueza Decisora.—( IN2021519333 ).
En este despacho, con una base de diecinueve millones setecientos sesenta y cuatro mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando citas:
376-09331-01-0871-001 condiciones Ref:00236193/000; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
doscientos cuarenta y un mil
ochocientos veintinueve,
derecho cero cero cero, la cual es terreno construir 1 casa lote 25 Bloque C. Situada en el distrito: 01-Orotina, cantón: 09-Orotina, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
lote 5; al sur, calle los príncipes; al este, lote 24, y al oeste, lote 26. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas quince minutos
del veintiuno de junio de
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las dieciséis
horas quince minutos del veintinueve
de junio de dos mil veintiuno,
con la base de catorce millones
ochocientos veintitrés mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan
las dieciséis horas quince minutos
del siete de julio del dos
mil veintiuno, con la base de cuatro
millones novecientos cuarenta y un mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de The Forty Million Investment Sociedad Anónima contra Jessia Carlina
Cordero Arguedas. Expediente Nº 20-013140-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 06 de enero del 2021.—Licda. Laura Marcela Alfaro Vargas, Jueza.—( IN2021519334 ).
En este Despacho,
con una base de diecinueve millones
ochocientos cincuenta y siete mil treinta y un colones con noventa y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 382-16058-01-0900-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número cuatrocientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos cuarenta y seis, derecho 003 y 004, la cual
es terreno naturaleza: terreno para construir con una
casa. Situada en el distrito 1-Curridabat, cantón
18-Curridabat, de la provincia de San José. Finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: norte: calle pública;
sur: Lote treinta; este: calle pública
y Lote treinta y dos; oeste: calle pública.
Mide: ciento veinticuatro metros con cuarenta
y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciocho de febrero de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas treinta minutos del uno de marzo de dos
mil veintiuno con la base de catorce
millones ochocientos noventa y dos mil setecientos setenta y tres colones con noventa y siete céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las nueve horas treinta minutos del nueve de marzo de dos mil veintiuno con la
base de cuatro millones novecientos sesenta y cuatro mil doscientos cincuenta y siete colones con noventa y nueve céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro
y Préstamo contra Jessica Johanna Campos Vaglio, Leonardo Antonio Reyes Carvajal. Expediente N° 18-005630-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 07 de enero
del año 2021.—Licda. Sabina
Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2021519335
).
En este Despacho, con una base de nueve millones quince mil novecientos sesenta y cinco colones con cuarenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracciones/colisiones, sumaria:
18-001273-0496-TR; sáquese a remate el vehículo placas: BLR880, marca: Citroen, estilo: C-ELYSEE,
categoría: Automóvil, capacidad: 5 Personas, serie:
VF7DD9HJCHJ511256, año: 2017, carrocería:
Sedan 4 puertas, tracción:
4x2, color: Plateado, cilindrada:
1560 c.c. Para tal efecto
se señalan las ocho horas
cero minutos del quince de febrero
de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las ocho
horas cero minutos del veintitrés
de febrero de dos mil veintiuno
con la base de seis millones setecientos
sesenta y un mil novecientos
setenta y cuatro colones con ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las ocho
horas cero minutos del tres
de marzo de dos mil veintiuno
con la base de dos millones doscientos
cincuenta y tres mil novecientos noventa y un colones con treinta y seis céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Kevin
Aguilar Cascante. Expediente Nº:19-000101-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
26 de noviembre del año
2020.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza
Tramitadora.—( IN2021519336 ).
En este Despacho, con una base de tres millones setecientos
ochenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas 592344, marca: Hyundai estilo: Starex GRX, categoría: automóvil, capacidad: 12
personas, serie: KMJWWH7JP4U603096, carrocería: microbús, tracción: 4x2, año fabricación: 2004, color: plateado, N°
motor: D4CB4681096, cilindrada: 2500 c.c. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciséis de febrero del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de febrero del dos mil veintiuno,
con la base de dos millones ochocientos
treinta y cinco mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan
las ocho horas treinta minutos del cuatro de marzo del dos mil veintiuno, con
la base de novecientos cuarenta
y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso monitorio dinerario de Multiservicios Orca Limitada contra Arístides Ariel
Meza Moraga. Expediente Nº 16-011153-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de
Cartago, 03 de diciembre del 2020.—Pilar Gómez
Marín, Jueza Tramitadora.—(
IN2021519339 ).
En este Despacho, con una base de
dos millones ciento cuarenta mil seiscientos cuarenta y siete colones con sesenta y cuatro céntimos, soportando denuncia penal tomo: 2019, asiento: 00261847, Secuencia:
002, sáquese a remate el vehículo
Placa: BQC873, Marca: Hyundai, Estilo:
Accent, Serie: KMHCT41EBCU333766, carrocería: Sedan 4 puertas,
tracción: 4x2, año fabricación: 2012, color: plateado,
peso bruto: 900 kgrms, N° Motor:
G4FDCU946509, Marca: Hyundai, cilindrada: 1600 c.c.,
combustible: gasolina, potencia:
80 KW. Para tal efecto se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del trece de abril del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de abril del dos mil veintiuno, con la base de un millón
seiscientos cinco mil cuatrocientos ochenta y cinco colones con setenta y tres céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de abril del dos mil veintiuno, con la base de quinientos
treinta y cinco mil ciento sesenta y un colones con noventa y un céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación de
Inversiones S.A. contra Dayana María Montero Salas, Mario Alberto Salas
Quesada. Expediente Nº 19-007547-1044-CJ. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir
algún error lo comunicará
al despacho de inmediato
para su corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 16 de diciembre del 2020.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—( IN2021519340 ).
En la puerta exterior de este despacho; con una base de treinta
y un mil setecientos dólares
exactos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 123162-000, derecho , la cual es terreno para construir 9-D. Situada en el distrito
01-San Rafael, cantón 07-Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte, Instituto Agropecuario;
al sur, calle pública; al este, José Gabriel Solano Quirós,
y al oeste, Walter Enrique Aguilar Villalta. Mide: ciento cuarenta y nueve metros con treinta y nueve decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince
horas treinta minutos del
seis de abril de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas treinta minutos
del catorce de abril de dos
mil veintiuno, con la base de veintitrés
mil setecientos setenta y cinco dólares exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las quince horas treinta
minutos del veintidós de abril de dos mil veintiuno con la
base de diecisiete mil novecientos
veinticinco dólares exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago Ahorro
y Préstamo contra Adrián Alberto Bonilla Hidalgo,
Juan Alberto Bonilla Gómez. Expediente N°
19-017896-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 08 de enero del año
2021.—Licda. Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza
Decisora.—(
IN2021519341 ).
En este Despacho, con una base de nueve millones quinientos mil colones exactos, soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 300-17798-01-0901-002, servidumbre
de paso bajo las citas: 2011-320090-01- 0008-001,
bajo las citas: 2017-655319-01-0001-001, sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
503312-000, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito: 01-Quesada, cantón: 10-San Carlos, de la Provincia
de Alajuela. Colinda: al norte:
José Ángel Araya Blanco sur: Carlos
Alberto Araya Blanco este: Lupita María Salas
Carrillo y calle publica con un frente
a ella de 4.10 metros y 10
metros de ancho oeste: Jairo Jose González López y
Franklin Flores Cordero. Mide: doscientos
ochenta y un metros cuadrados
plano: A-1999565-2017. Para tal
efecto, se señalan las
quince horas cero minutos del veinte
de julio de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas cero minutos del veintinueve
de julio de dos mil veintiuno,
con la base de siete millones
ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las quince horas cero minutos del nueve
de agosto de dos mil veintiuno,
con la base de dos millones trescientos
setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Ana María Suarez Sánchez, Rafael Ángel
Vega Zamora. Expediente Nº:20-003229-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 05 de noviembre del año 2020.—Licda. Eunice Pérez
Arce, Jueza Decisora.—( IN2021519342 ).
En este Despacho, con una base de diecisiete mil ciento noventa y un dólares con siete centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo Placa:
BQC444, Marca: Toyota, Estilo: Yaris S, Capacidad: 5 personas, Categoría:
automóvil, año: 2018,
color: verde, Vin: MR2K29F33J1106956, N° Motor: 2NR5189302, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del tres de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del once de marzo del dos
mil veintiuno, con la base de doce
mil ochocientos noventa y tres dólares con treinta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de marzo del dos mil veintiuno, con la base de cuatro
mil doscientos noventa y siete dólares con setenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Financiera CAFSA
S.A. contra Edgar Antonio de La Trinidad Zúñiga
Solano. Expediente Nº 20-012431-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 08 de octubre del 2020.—Licda. Yessenia
Brenes González, Jueza Decisora.—(
IN2021519344 ).
En este Despacho, con una base de
quince millones quinientos setenta y siete mil seiscientos sesenta y cuatro colones con ochenta y un céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa SGC130, Marca: Toyota Estilo:
RAV4 Categoría: Automóvil capacidad: 5 personas Serie: JTMZD8EV4HJ105077, carrocería: Todo terreno 4 puertas peso neto: 0 kgrms. Tracción: 4x2 Peso Bruto: 2000 kgrms. Número Chasis:
JTMZD8EV4HJ105077, N. Motor: 3ZR8085867, color café, año
2017. Para tal efecto se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de febrero de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas cuarenta y cinco minutos del quince de febrero de dos mil veintiuno, con
la base de once millones seiscientos
ochenta y tres mil doscientos cuarenta y ocho colones con sesenta céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las cero horas cero minutos del veintitrés
de febrero de dos mil veintiuno,
con la base de tres millones
ochocientos noventa y cuatro mil cuatrocientos dieciséis colones con veinte céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Financiera CAFSA
S.A. contra Silvia Esther García Cascante. Expediente
Nº:20-010101-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de setiembre del año 2020.—Lic. Tadeo Solano Alfaro, Juez.—(
IN2021519345 ).
En este Despacho, con una base de un
millón setecientos noventa mil novecientos noventa y nueve colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BRL667, Marca: Toyota, Color: azul,
Año: 2007, Vin: JTDBT923471171558. Para tal efecto se señalan
las trece horas treinta minutos del veinticinco de marzo de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas treinta minutos del doce de abril de dos mil veintiuno con la
base de un millón trescientos
cuarenta y tres mil doscientos cuarenta y nueve colones con veinticinco céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las trece horas treinta minutos del veinte de abril de dos mil veintiuno con la
base de cuatrocientos cuarenta
y siete mil setecientos cuarenta y nueve colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Auto Finanzas S. A.
contra Yerlin Dayana Martínez Leitón.
Expediente N° 20-017100-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 24 de noviembre del año 2020.—Esteban Herrera Vargas, Juez
Decisor.—( IN2021519346 ).
En este Despacho, 1-) Con una base
de cien mil ciento cincuenta y un dólares con cuatro centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
250-06668-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de 1-) San José, matrícula
número 163671-F-000, la cual
es terreno naturaleza:
Finca filial numero 7 identificada
como FF-AP-107 ubicada en el nivel 1 destinada
a unidad habitacional unifamiliar o apartamento en proceso de construcción.
Situada en el Distrito
10-Hatillo, Cantón 1-San Jose, de la Provincia de San José. Colinda:
al norte área común libre de zona verde; al sur
finca filial FF-AP-106 y en parte
con área común construida de ducto y pasillo; al
este, área común libre de zona verde y al oeste finca filial FF-AP-108. Mide:
setenta y un metros cuadrados
valor porcentual: 1.085 valor medida:
0.01085 PLANO:SJ-1974428-2017. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del cuatro de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del quince de febrero de
dos mil veintiuno con la base de setenta
y cinco mil ciento trece dólares con veintiocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintiuno con la base de veinticinco
mil treinta y siete dólares con setenta y seis
centavos (25% de la base original). 2-) Con una base de nueve
mil quinientos siete dólares con noventa y cinco centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
250-06668-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 159822-F-000, la cual es terreno naturaleza: Finca filial número 333 identificada como FF-E-1-103, destinada a unidad de estacionamiento, ubicada en planta 1, en proceso de construcción. Situada en el Distrito
10-Hatillo, Cantón 1-San José, de la provincia de San
José. Colinda: al norte área común libre de acceso vehicular; al sur vacío;
al este, finca filial FF-E- 1-102 y al oeste finca filial FF-E-1-104. Mide:
catorce metros cuadrados,
valor porcentual: 0.238, valor medida:
0.00238 PLANO:SJ-1976460-2017. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del cuatro de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del quince de febrero de
dos mil veintiuno con la base de siete
mil ciento treinta dólares con noventa y seis
centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez
horas cero minutos del veintitrés
de febrero de dos mil veintiuno
con la base de dos mil trescientos setenta y seis dólares con noventa y nueve centavos (25% de
la base original). 3-) Con una base de cuatro mil cuatrocientos once dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 250-
06668-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 167354-F-000, la cual es terreno naturaleza: finca filial numero 26 estinada a unidad de bodega para apartamento,
ubicada en el primer nivel, en proceso
de construcción. Situada en el Distrito 10-Hatillo, Cantón
1-San José, de la provincia de San José. Colinda:
al norte finca filial Matriz
FFMC-1 Del Condominio Maestro; al sur área común de acera
del Condominio Maestro; al este,
finca filial 27 y al oeste finca filial 25. Mide: dos metros cuadrados. valor
porcentual: 3.03, valor medida:
0.0303, plano:SJ-1981743-2017. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del cuatro de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del quince de febrero de
dos mil veintiuno con la base de tres
mil trescientos ocho dólares con veinticinco centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las diez horas
cero minutos del veintitrés
de febrero de dos mil veintiuno
con la base de mil ciento dos dólares
con setenta y cinco
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda
Costa Rica S.A contra Domtreal Limitada,
Mario Santiago Trejos Siliezer. Expediente
Nº 19-021885-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 23 de setiembre del año 2020.—Esteban
Herrera Vargas, Juez Decisor.—(
IN2021519353 ).
En este Despacho, con una base de trescientos doce mil seiscientos treinta y ocho dólares con noventa y tres centavos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 280-06793-01-0002-001; servidumbre
trasladada bajos las citas: 282-05648-01-0002-001; servidumbre
trasladada bajos las citas: 297-07392-01-0902-001; servidumbre
de líneas eléctricas y de
paso bajos las citas:
2013-119579-01-0001-001; servidumbre de acueducto y de paso de A y A bajo las citas:
2014-35416-01-0001-001; sáquese a remate la finca número 1-107634-F-000, naturaleza:
finca filial treinta y uno identificada
como finca filial primaria individualizada B-nueve que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de tres pisos. distrito:
03-Pozos, cantón: 09-Santa Ana, provincia:
San José, norte, Finca filial primaria
individualizada B diez,
sur, Finca filial primaria individualizada
B ocho, este, Finca filial primaria individualizada B seis, oeste, área común,
Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas quince minutos
del once de febrero del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las quince horas quince minutos del veintidós de febrero del dos mil veintiuno, con la base de doscientos
treinta y cuatro mil cuatrocientos setenta y nueve dólares con diecinueve centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
quince horas quince minutos del dos de marzo del dos mil veintiuno, con
la base de setenta y ocho
mil ciento cincuenta y nueve dólares con setenta y tres centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda
Costa Rica S.A. contra Alejandro Jesús Fermín Hernández, Bosques de Carao
Plutón B
Nueve S.A. y Corporación Electrónica Visión Quest S.A. Expediente Nº
18-013602-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de setiembre del 2020.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez Decisor.—(
IN2021519354 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta y tres mil cincuenta y un dólares con cuatro centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate la finca número 1-61228-F-000, naturaleza: Edificio Lago a tres Finca filial número setenta y cuatro ubicada en el nivel
uno destinada a uso habitacional en proceso de construcción, distrito: 04-Uruca, cantón:
09-Santa Ana, provincia: San José, norte: área común
de pasillo; sur: área común
de zona verde; este: finca
filial setenta y tres; oeste: finca filial setenta y cinco. Mide: ochenta
metros con trece decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del ocho de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintiuno, con
la base de treinta y nueve
mil setecientos ochenta y ocho dólares con veintiocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veinticuatro de febrero de dos
mil veintiuno, con la base de trece
mil doscientos sesenta y
dos dólares con setenta y
seis centavos (25% de la base original). Con una base de seis mil ochocientos cincuenta y seis dólares, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca número 1-61617-F-000, Naturaleza:
finca filial número cuatrocientos
cincuenta y uno ubicada en el nivel uno destinada a estacionamiento en proceso de construcción,
distrito: 04-Uruca, cantón:
09-Santa Ana, provincia: San José, norte: área común
de calle; sur: Alice Umaña
Morales; este: Finca filial cuatrocientos
cincuenta y dos; oeste:
Finca filial cuatrocientos cincuenta,
Mide: diecisiete metros con
ochenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del ocho de febrero de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas cero minutos del
dieciséis de febrero de dos
mil veintiuno, con la base de cinco
mil ciento cuarenta y dos dólares (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez
horas cero minutos del veinticuatro
de febrero de dos mil veintiuno,
con la base de mil setecientos catorce
dólares (25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. La parte interesada debe revisar que la información incluida en el edicto se encuentre correcta previo a su publicación. Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Davivienda
Costa Rica S.A. contra Creación de Una S.A. y Laura Zampatti. Expediente N°
20-013745-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de setiembre del año 2020.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez Decisor.—( IN2021519356 ).
Se hace
saber que, ante este Despacho
se tramita el expediente N°
20-000093-1002-AG, donde se promueven
diligencias de Información Posesoria
por parte de Dayanna de Los
Ángeles Nájera Calderón, quien es mayor, soltera, trabajadora independiente, vecina de Turrialba, trescientos
metros sur de la plaza de deportes, portadora de la cédula de identidad
vigente que exhibe número tres-cuatrocientos noventa-ciento setenta y ocho (3-0490-0178), a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: finca cuya naturaleza es terreno de solar. Situada en Alto Varal, del distrito once-La
Isabel, cantón cinco-Turrialba,
de la provincia de Cartago. Colinda:
al norte, Gilberto Nájera
Castillo; al sur, Gilberto Nájera Castillo; al este, Nuria Regueira Pineda; y al
oeste, calle pública con un frente a ella de veintiún
metros con veintisiete centímetros
lineales. Mide: ochocientos treinta y tres metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número C-dos millones ciento ochenta y cinco mil ochocientos diecisiete-dos mil veinte
(3-2185817-2020). Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes,
que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las diligencias en la suma de ochocientos mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la
fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueña por más de treinta años según
la posesión transmitida.
Que no existen condueños.
Que los actos de posesión han consistido en la limpieza del terreno, chapeas, riego de veneno y mantenimiento de cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Dayanna de Los Ángeles Nájera Calderón. Expediente N° 20-000093-1002-AG.—Juzgado Civil, Trabajo
y Agrario de Turrialba (Materia Agraria).
Turrialba, 08 de diciembre del año 2020.—Lic.
Yeison Darío Rodríguez Fernández, Juez
Decisor.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021517245 ).
Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000116-0993-AG, donde
se promueven diligencias de Información
Posesoria por parte de
Vivian Marcela Alpízar Vargas, quien
es mayor, soltera, vecina
de San Antonio, San José de Naranjo, 75 oeste de la escuela, portador de la cédula de
identidad vigente que exhibe número 2-587-809, dependiente de comercio, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así:
finca cuya naturaleza es repastos, cultivos y montaña con un riachuelo. Situada en San Antonio, del distrito tercero: San José, cantón sexto: Naranjo, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
Ana Isabel Villalobos Argüello; al sur, Quebrada San
Antonio; al este, Denis Lobo Villalobos, Etilma López Alpízar y Manuel
Antonio Castillo Portuguez; y al oeste,
Ana Isabel Villalobos Argüello. Mide:
treinta mil ochocientos cincuenta y cinco metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-2145515-2019 fechado 12-8-2019. Indica la promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de diez
millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble el 3-6-2020 por donación mediante escritura pública que le hiciera su tío
Félix Vargas Alpízar de calidades
y vecindario que cita, y
hasta la fecha lo ha mantenido
en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 10 años sumando la posesión ejercida por sus transmitentes. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido
en explotación del potrero
y cultivo de papa. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Vivian Marcela Alpízar
Vargas. Expediente N° 20-000116-0993-AG.—Juzgado Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón). San
Ramón, 15 de diciembre del año
2020.—Licda. Zoila Flor
Ramírez Arce, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021517247 ).
Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000164-0386-CI, donde
se promueve Información Posesoria por parte de Karen Rocío
García Cambronero, quien
es mayor, soltera, educadora,
vecina de Barreal de
Heredia, Ulloa, Residencial Casa Blanca, casa número tres-k, portadora de la cédula número
0503560845, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así:
finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual
es terreno para construir. Situada en el distrito
primero Bagaces, cantón cuarto
Bagaces. Colinda: al norte,
con Paulino García Cortés; al sur, con Paulino García Cortés; al este,
con Milton García Cambronero; y al oeste, con Marlen
García Cambronero. Mide: doscientos
setenta metros cuadrados, según plano catastrado
G-2032402-2018. Que sobre el bien no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio. Estima el inmueble en la suma de tres millones
colones. Que adquirió dicho inmueble por donación que le realizara el señor, Víctor Julio García Córtes,
mayor de edad, casado una vez, agricultor, vecino de Salitral de Bagaces,
Guanacaste; frente a la Iglesia
Católica; con cédula de identidad
número cinco-cero ciento cuarenta y ocho-cero cero cuarenta y ocho; según testimonio de escritura número ochenta y nueve-uno, el día veintinueve de setiembre del año dos mil dieciocho, y hasta la
fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que no ha inscrito mediante la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Karen Rocío García Cambronero. Expediente N° 20-000164-0386-CI-6.—Juzgado
Civil y Trabajo de Primer
Circuito Judicial de Guanacaste
(Liberia) (Materia Civil), 03 de diciembre del 2020.—Licda. Aura Lisseth Cedeño Yanes, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2021517298 ).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000060-0927-CI que es información
posesoria de Cecilia López Jiménez mayor, casada,
vecina de Tierras Morenas
de Tilarán, portadora de la
cédula N° 0501770360, ama de
casa, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca
ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual
es terreno de repastos. Situada en el distrito
seis Tierras Morenas, cantón
ocho Tilarán. Colinda: al norte, con Modesta Jiménez Cerdas; al sur
con calle pública con ciento cincuenta y ocho metros con cuarenta y siete centímetros lineales de frente; al este, con Modesta Jiménez Cerdas, y al oeste, con Modesta Jiménez Cerdas. Mide: treinta mil setecientos cincuenta y ocho metros cuadrados. Indica la promovente que sobre el inmueble a inscribir
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de seis millones de colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de donación, y
hasta la fecha lo ha mantenido
en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cercar los linderos,
limpiar las malezas y siembra de pasto. Que no ha inscrito mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Cecilia López Jiménez. Expediente Nº
20-000060-0927-CI-8.—Juzgado Civil y Trabajo de Cañas (Materia
Civil), 17 de diciembre del 2020.—Xinia María Esquivel Herrera, Jueza
Tramitadora.—1 vez.—( IN2021517312 ).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se tramita el expediente N° 200010070504CI, donde
se promueve Información Posesoria por parte de Giselle
María de los Ángeles Solano Núñez,
quien es mayor, estado civil
soltera, vecina de Heredia
La Puebla, portadora de la cédula número
0401220328, profesión oficios
domésticos, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: Finca ubicada
en la provincia de Heredia,
la cual es terreno construido. Situada en el distrito Primero, cantón Primero. Colinda: al norte, con calle pública; al sur, con Corporación Duram de Cartago Sociedad Anónima;
al sur oeste, con Ana Isabel Mora Arce y otros; este, con Margarita Sánchez
Delgado y otros; y al oeste,
con Eladio Villalobos Chavarría y otros.
Mide: 284.78 metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre
el inmueble a inscribir pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de cincuenta y un millones ciento noventa y cinco mil novecientos ochenta y cinco colones. Que adquirió dicho inmueble, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido a titulo de dueña por medio de una donación. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Giselle María de los Ángeles
Solano Núñez. Expediente N°
200010070504CI-5.—Juzgado Civil de Heredia,
15 de diciembre del año 2020.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2021517325 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000157-0678-CI, donde
se promueve Información Posesoria por parte de Sandra
María Méndez Angulo, quien es mayor, casada, analista financiera, vecina de Limón,
Liverpool, 300 metros al este del cementerio,
titular de la cédula de identidad 5-246-562, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno N° de plano
7-2128875-2019, que se describe así: Finca ubicada en la provincia
de Limón, la cual es terreno
con una casa de habitación, Situada
en el distrito Río Blanco, cantón Limón. Colinda: al norte, con calle pública; al sur, con María
de los Ángeles Angulo Contreras; al oeste, con María de los Ángeles
Angulo Contreras; y al este, con camino
público. Mide: 125 metros cuadrados. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble de José Marcial
Contreras Molina, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en mantenimiento constante. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Sandra María Méndez Angulo. Expediente N° 20-000157-0678-CI-4.—Juzgado
Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 17 de julio del año 2020.—Msc.
Victoria Eugenia Ramírez Víquez, Jueza
Decisora.—1
vez.—( IN2021517472 ).
Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000154-0390-CI, donde
se promueve Información Posesoria por parte de Jeniffer Guevara Guevara quien es mayor, casada una vez, vecina de Corozal de Jicaral Lepanto
Puntarenas, contiguo a la Iglesia
Asociación Asamblea de Dios
en Costa Rica, portadora de
la cédula número 0503820455, ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así:
finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual
es terreno construir con
casa de habitación. Situada
en el distrito Cuarto
Lepanto, cantón Primero Puntarenas. Colinda: al norte, con Asociación Cristiana de la Asamblea
de Dios en Costa Rica; al sur, con Isidoro c.c. Isidro Valencia Valencia;
al este, con Isidoro c.c.
Isidro Valencia Valencia; y al oeste,
con calle pública. Mide: cuatrocientos diecisiete metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre
el inmueble a inscribir P-1204180 pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de quinientos mil colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cercado y plantación
de árboles frutales. Que no
ha inscrito mediante el
amparo de la Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Jeniffer Guevara Guevara. Expediente N°
20-000154-0390-CI-0.—Juzgado Civil y
Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya)
(Materia Civil), 01 de octubre del 2020.—Lic. Milkyan
Sánchez Aguilar, Juez.—1 vez.—(
IN2021517484 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000126-0390-CI donde
se promueve información posesoria por parte de Digna
María Pérez Vásquez quien es mayor, estado civil Casada una vez, pensionada, vecina de San Ramón de Alajuela cincuenta
metros norte de la delegación
policial, portadora de la
cédula número 0900830614, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual
es terreno con una casa de habitación
y una piscina. Situada en
el Distrito cuarto Lepanto, Cantón
primero Puntarenas. Colinda: al norte
con Leticia Aguilar Rodríguez; al sur con calle pública con un frente de 28
metros con 91cm lineales; al este
con calle pública con un frente de 28 metros con 16 cm lineales
y al oeste con Anaida Luz
Cruz Villalobos. Mide: setecientos
cuatro metros cuadrados
metros cuadrados. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de dos millones de colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de compraventa,
y hasta la fecha lo ha mantenido
en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en una casa de habitación cercada por los cuatro costados, tiene árboles frutales, chapias, arreglo de cercas y mantenimiento en general del inmueble. Que no
ha inscrito mediante el
amparo de la Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Digna María Pérez Vásquez. Expediente Nº:20-000126-0390-CI-9.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Civil), 29 de setiembre
del año 2020.—Elizabeth Fallas
Espinoza, Jueza.—1 vez.—( IN2021517486 ).
Por acta de apertura otorgada ante esta notaría, a las once horas treinta minutos del quince de diciembre del año dos mil veinte, bajo el expediente número 001-2020, se ha abierto proceso sucesorio en sede notarial, conforme con lo establecido en los artículos ciento veintinueve del Código
Notarial y novecientos cuarenta
y cinco, siguientes y concordantes del Código Procesal
Civil, de la señora Esther Margrith
Greter, mayor de edad, viuda una vez, con un solo apellido en razón
de su nacionalidad suiza, portadora de la cédula de
residencia costarricense número
uno siete cinco seis cero cero cero seis cero tres cero tres. Se cita y emplaza a los posibles herederos a presentarse ante esta notaría, situada en San José, Escazú, San Rafael,
del restaurante Tony Romas,
seiscientos metros oeste, último edificio a mano derecha, edificio Banco General,
sexto piso, Consortium Legal, dentro del plazo de treinta días siguientes a la publicación del presente edicto, para hacer valer sus derechos.—San José, doce horas del
quince diciembre de 2020.—Licda.
Andrea Fernández Bonilla, Notaria Pública. Teléfono: 2289-0750, Fax: 2289-0753.—1 vez.—( IN2020517203 ).
Se hace saber que, ante la notaria María
Vanessa Castro Jaramillo, se tramita la sucesión de Julio Alberto Necuze
Cabrera, quien en vida fue mayor, casado una vez, médico, vecino de San José, Mata
Redonda, del Restaurante La Princesa
Marina cien metros al oeste
y veinticinco al norte,
cédula de identidad ocho-cero
cero ochenta y tres ochocientos dos, quien murió el once de octubre del dos
mil veinte, y se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el presente proceso, para que dentro del plazo
de treinta días, que se contaran
a partir de la publicación
de este edicto en el Boletín Judicial,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento
a los que crean tener
derecho a la herencia, de que, si
no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Igualmente, se hace saber que la notaría está situada en
San José, Barrio Escalante, avenida quince, calles veintitrés y treinta tres, número
tres mil ciento once. Teléfono 83831485.—San José, cuatro de enero de dos mil veintiuno.—Licda. María Vanessa
Castro Jaramillo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021517206 ).
Se hace saber en este
Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Carlos Luis Ceciliano
Chinchilla, mayor, divorciado, albañil,
costarricense, con cédula de identidad
0103901276 y vecino de Escazú.
Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente
Nº:20-000223-0180-CI-8.—Juzgado Primero
Civil de San José, 21 de octubre del año 2020.—Licda.
Tatiana Chaves Sánchez, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2020517208 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de María del
Carmen Benavidez Rodríguez, mayor, soltera, ama de
casa, cédula de identidad dos-doscientos
veintidós-ochocientos setenta
y siete, para que, dentro del plazo
de treinta días, contados a
partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos; y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. expediente N° 20-0005-8461-no. Notaría del Bufete Venegas y Asociados, correo jmvenegasl3@gmail.com.—Lic. José Manuel Venegas Rojas, Notario
Público.—1
vez.—( IN2021517213 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios e interesados en la sucesión de María Antonia Porras Arias, mayor de edad, casada una vez, ama de casa, cédula uno- cero cuatrocientos
setenta y tres-cero cuatrocientos cuarenta y cinco, vecina de Peñas Blancas, Calle Alvarado dos
kilómetros al este del salón el Yugo, Pérez Zeledón San
José, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan en las oficinas de la Notaria
Cynthia Granados Barrantes ubicadas
en el centro de la ciudad
de San Isidro de Pérez Zeledón, costado
norte del parque, altos de
la tienda la Unión Salvadoreña a reclamar
sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Número cero cero cero dos-dos mil veinte.—San
Isidro Pérez Zeledón, veintiuno
de diciembre del dos mil veinte.—MSc.
Cynthia Granados Barrantes, Notaria.—1
vez.—( IN2021517214 ).
Se hace saber que, en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Andrés Alberto Mairena Viales,
mayor, estado civil soltero,
agricultor, con documento
de identidad cinco-doscientos
seis-trescientos ochenta y
uno, y vecino de Belén de
Carrillo, Guanacaste. Se cita
a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a todas las personas interesadas,
para que, dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de
que, si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquélla
pasará a quien corresponda. Expediente N°
19-000306-0388-CI.—Juzgado
Agrario de Primer Circuito
Judicial de Guanacaste (Liberia), 09 de diciembre
del año 2020.—Lic. Rodrigo Tobías Valverde
Umaña, Juez Decisor.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021517240 ).
Se hace saber en este
Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Marlene de Los Ángeles
Guadamuz Solano, mayor, estado
civil casada, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N°
0601450377 y vecina de Coto
Brus, El Roble Gutiérrez Brawn, 300 metros oeste de
la Escuela el Roble Arriba. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto. Proceso sucesorio, promovida por Ciriaco Castrillo Alemán. Expediente Nº 20-000185-0419-AG.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores). Corredores,
Corredores, 17 de diciembre
del 2020.—Licda. Erika Andrea
Rojas Chavarría, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021517248 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue
la señora
Rumualda Salas Ureña, cédula de identidad
número
seis-cero ciento dieciséis-cero setecientos
dos; quien al momento de su muerte fue
soltera, mayor de edad, ama
de casa, vecina de Guanacaste, Bocas de Nosara, Santa Marta, costado noreste de la plaza de deporte,
casa color gris; falleció
el dos de setiembre del año dos mil veinte; que dentro del plazo de treinta días,
contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a reclamar todos sus derechos, se apercibe a
los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasara a quien corresponda. Expediente número 0013-2020. Notaria del Bufete
del Licenciado José Antonio Aiza Juárez. Dirección Nicoya Centro setenta y cinco metros al oeste de Radio Sistema Cultural Nicoyano.—San José, once horas treinta
minutos del diez de setiembre del dos mil veinte.—Lic. José
Antonio Aiza Juárez, Notario.—1 vez.—( IN2021517267 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión notarial de quien en vida
fuera María de Los Ángeles Chotto Monestel, mayor, casada una vez, comerciante, portadora de la
cédula de identidad número
uno-cero seis dos cinco-cero tres
ocho cinco, quien falleció el día dos de enero de dos mil veintiuno, para
que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, ante esta
notaria, sita en San José,
San Francisco de Dos Ríos de la Esquina Sureste del Parque Okayama cien
metros al sur, o por medio del facsímil número dos dos cuatro ocho cuatro
cinco cinco uno, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia, pasará a quien corresponda. Expediente cero
uno-dos mil veintiuno.—San José, a las trece horas del siete de enero del dos mil veintiuno.—Lic. Esteban Esquivel Zúñiga, Notario Público.—1 vez.—( IN2021517269 ).
Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue
Julián Martín González Rodríguez, mayor, soltero, comerciante, vecino de La Ribera de Belén,
Barrio San José, Calle El Avión, casa 13, quien portó la cédula de identidad N° 2-0640-0417; para que dentro del término de quince días a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen a reclamar sus derechos ante el Despacho
de la notaria Olga Morera Chaves, situado
en San Antonio de Belén,
Villas Margot, Nº 19. Tel 2239-5052, bajo el apercibimiento
de que si no lo hicieren
dentro del indicado término
la herencia pasará a quien corresponda sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Sucesión Nº 2021-001.—San Antonio de Belén,
07 de enero del 2021.—Licda. Olga Morera Chaves, Notaria.—1 vez.—( IN2021517272 ).
Se hace saber en este
Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Eladio Gerardo Castro Vindas,
mayor, estado civil casado
una vez, profesión u oficio chofer, nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad N° 0108830317, y vecino
de Buenos Aires Puntarenas, ciento cincuenta metros al noreste del Polideportivo. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
20-000059-1046-CI-0.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia Civil), 07
de diciembre del año 2020.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez Tramitador.—1
vez.—( IN2021517282 ).
Se hace saber en este
Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Luis Barboza Brenes,
mayor, viudo, agricultor, vecino de San Pedro Pérez Zeledón,
con documento de identidad
uno-doscientos noventa y
seis-ciento setenta y tres (0102960173). Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
Nº 20-000228-0188-CI-6.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia
Civil), 09 de diciembre del 2020.—Lic. Roberto Hurtado Villalobos, Juez.—1 vez.—(
IN2021517299 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión ab intestato de quien en vida fue
Eraida del Carmen Vega Rojas, cédula de identidad N° 5-125-125, fallecida
el 20 de febrero del 2020. Se cita
y emplaza a los herederos, legatarios y demás interesados para que, dentro del plazo
máximo de quince días, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante la notaría a hacer valer sus derechos. Sita en Sabalito, Tierras Morenas de Tilarán Guanacaste, frente a Iglesia Evangélica.—San
José, 06 de enero 2021.—Licda.
Silvia Picado Quirós, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021517307 ).
Ante esta Notaría se procede a la apertura y tramitación del proceso sucesorio de quien en vida fuera
la señora Elba Pastora de
Jesús Rojas Leal, quien en vida fuera mayor, viuda una vez, Comerciante, portadora de la
cedula de identidad N° 6-0115-0398, para lo cual
queda abierto el mismo para cualquier reclamo, para lo cual señalo para recibir cualquier oposición en mi oficina la cual sito en
San José, Zapote, Barrio Córdoba, de Autos Bohío 100
sur y 100 oeste, segundo piso Clínica Arjona,
dentro del término de Ley para recibo
de las mismas.—Lic. Ricardo
Urbina Paniagua, Abogado y Notario Público.—1
vez.—( IN2021517317 ).
Se cita y emplaza a herederos, legatarios acreedores y de más interesados en el proceso sucesorio de quien en vida
fue Carlos Gerardo González Bermúdez,
mayor, pensionado, soltero, cédula 2-227-741, vecino de desamparados, Alajuela,
para que dentro del plazo de treinta
días, a partir de la publicación
de este edicto, se apersonen a reclamar sus
derechos, bajo apercibimiento de que si no lo hacen la herencia pasará a quien corresponda.—Expediente Nº
2020-001.—Alajuela, 07 de enero 2021.—Lic. Edgar Alberto Alfaro Gutiérrez, Notario.—1 vez.—( IN2021517322 ).
Se hace saber que ante la Notaria licenciada
Analive Azofeifa Monge, se tramita la sucesión de quien en vida
se llamó Alban Sing Villalobos, mayor, casado una vez, abogado, portador de la cédula de identidad
número seis-cero cincuenta
y cuatro-ciento sesenta y cinco, vecino de San José, Tibás, San Juan, de la entrada principal del Cementerio, cien metros este y cien metros norte; quien murió el pasado diecisiete de octubre del año dos mil veinte, según consta
en el Registro Civil, sección de defunciones al tomo: seiscientos treinta y ocho; folio: trescientos noventa; asiento: setecientos setenta y nueve; de la provincia de San
José; y por este medio se emplaza
a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el presente proceso, para que dentro del plazo
de quince días, que se contaran a partir
de la publicación de este edicto en el Boletín
Judicial, comparezcan a hacer
valer sus derechos, con el apercibimiento
a los que crean tener
derecho a la herencia, de que, si
no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Igualmente, se hace saber que la notaría está
situada en la Ciudad de San
Juan de Tibás, del Burger King cien
metros sur, Edificio Sing, Segunda Planta, a las ocho horas y treinta minutos del seis de enero del dos
mil veintiuno.—Licda. Analive
Azofeifa Monge, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021517324 ).
Se hace saber en este
Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Jesús María González Martínez, mayor, estado
civil casado, profesión ingeniero nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0601930166 y vecino
de Puntarenas, Urbanización Monseñor
Sanabria, casa Nº 52. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en generala quienes
tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
200000670642CI-4.—Juzgado Civil de Puntarenas,
31/03/2020.—Lic. Jhonny Esquivel Vargas, Juez Decisor.—1
vez.—( IN2021517329 ).
Mediante
acta de apertura otorgada
ante esta notaría por la señora Kattia Mercedes Debandas Astúa conocida como Kattia Mercedes Devandas Astúa, mayor, estado civil: soltera, profesión u oficio: del hogar, vecina de San José, San Francisco de Dos Ríos, Urbanización Lomas de San Francisco, casa número: nueve F, portadora de la cédula de identidad
número: uno-cero siete cinco cero-cero uno ocho cuatro, esta notaría
ha declarado abierto su proceso sucesorio
testamentario. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que,
dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte
a la Procuraduría General de la República,
tal como ésta lo ha indicado. Notaría del licenciado Diego
Armando Hernández Solís. San Francisco De Dos Ríos, Residencial
el Bosque del final del Boulevard trescientos metros
al este casa doscientos veinticinco-I. Publicar una vez. Expediente: N° 2021-01.—Lic. Diego Armando Hernández
Solís, Notario Público.—1 vez.—( IN2021517334 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión testamentaria de quien en vida fue
José López López, mayor, casado,
empresario, vecino de Hacienda Vieja
de Curridabat diagonal al Liceo
de Curridabat casa de alto con ladrillos,
ciudadano español con
cédula de Residencia Permanente número Uno siete dos cuatro cero cero cero cuatro
dos nueve dos cuatro, para
que dentro del plazo de treinta
días contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Se apercibe por este medio a los que
crean tener la calidad de herederos, que, si no se presentan dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº0005-2020. Notaría sita en San José, Curridabat frente Centro Comercial José María Zeledón edificio Alcalá.—Lic. Olman
Eduardo Madrigal Acuña, Notario.—1 vez.—( IN2021517340 ).
Yo, Alex Adolfo
Leitón
Miranda, notario público con oficina en San José, calle cuarenta y dos, Avenida Las Américas, hago
constar que ante mi notaría, se tramita
la sucesión
de Rolando Villalobos Brizuela, quien
en vida fue
mayor, casado, portador de
la cédula de identidad
número
uno-cuatrocientos sesenta y
seis-cien, vecino de San
José fallecido el día siete de julio del dos mil tres, por lo
que emplazo a todos los herederos, legatarios, acreedores, y demás interesados
en este proceso
para que en el plazo de
quince días contados a partir de la publicación
de este edicto y se apersonen ante esta notaría
en la dirección indicada
a hacer valer sus derechos,
con el apercibimiento a los que crean
tener derecho a la herencia,
de que si no se presentan en el plazo indicado,
aquella pasará a quien
corresponda.—San José, a las diecisiete horas del
quince de diciembre del dos mil veinte.—Lic. Alex Adolfo Leitón Miranda, Notario-—1 vez.—( IN2021517344 ).
Sucesión Testamentaria en Sede Notarial de Francisco Saborío Vargas. Mediante acta de apertura otorgada ante esta Notaría por Mariela Sáenz Saborío,
mayor, viuda de su único matrimonio, vecina de Alajuela, Urbanización
Altos de Montenegro, portadora de la cedula de identidad número uno ochocientos ochenta y seis doscientos trece, a las trece horas del seis de enero del
año dos mil veintiuno, y comprobado el fallecimiento de
Francisco Saborío
Vargas, mayor, casado dos veces,
médico
cirujano, cédula dos doscientos uno cuatrocientos quince, y la existencia
y validez del testamento
por él otorgado, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio
testamentario. Se cita y emplaza a los herederos, y a todos los interesados para que,
dentro del plazo máximo de
quince días hábiles, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República,
tal como ésta lo ha indicado. Notaría del Lic. Hannia Ross Muñoz, sita en Rohrmoser, del Parque de la
Amistad seiscientos metros al oeste
y cincuenta al sur, Corporación
Jurídica Notarial. Teléfono
22201867-22962142.—Siete de enero del año dos mil veintiuno.—Lic. Hannia Ross Muñoz, Notaria.—1 vez.—( IN2021517353 ).
Se emplaza a todos los herederos e interesados en la sucesión ab-intestada de quien fuera Celia Víquez Gómez, mayor
de edad, casada en primeras nupcias,
con número de cédula 3-0087-0348 y que residió en Cartago acumulada la sucesión ab intestada de quien fuera Juan de Dios Gómez Víquez, mayor de edad, viudo, pensionado, con
cédula de identidad N° 3-0075-0682 y que residió en Cartago, para que, dentro
del plazo de quince días, contados
a partir de la publicación
de este edicto, se presenta ante la oficina de la suscrita notaria a hacer valer sus derechos; de lo contrario
la herencia pasara a quien corresponda. Expediente N° 001-2020. Notaría
de la Licda. María Eugenia Sánchez Córdoba. Que se encuentra
ubicada en Cartago, 50
metros norte de los Tribunales
de Justicia de Cartago.—Cartago, 07 de enero de 2021.—Licda. María Eugenia Sánchez Córdoba, Notaria.—1 vez.—( IN2021517357 ).
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general todos los interesados, en la sucesión de: Annia Hernández
Marín, cédula cuatro cero ciento
cuarenta y cuatro cero trescientos diecisiete, en el plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante la notaría de Cecilia Roxana Monge Quesada en
San Rafael Heredia, cien sur setenta
y cinco oeste hogar ancianos, hacer valer sus derechos de lo contrario, pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2021.—Licda. Cecilia Roxana Monge Quesada, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2021517364 ).
Mediante acta de apertura otorgada
ante esta notaría, por
Verónica Quesada Esquivel, de las dieciséis horas del
nueve de diciembre dos mil veinte y comprobado el fallecimiento de Juan Bautista Quesada Granados, mayor, casado una vez, agricultor, vecino del Tigre, Horquetas de Sarapiquí, cédula de
identidad dos- uno ocho tres-tres cero siete, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio
ib intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo
máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Licda. María
Rodríguez Vásquez, Sarapiquí, Tel: 278971-65. Es Todo.—Sarapiquí, diez de diciembre del dos mil veinte.—Licda. María Rodríguez Vásquez, Notaria.—1
vez.—( IN2021517366 ).
Con quince
días de plazo, contados a partir de la fecha de publicación de este edicto, se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en la sucesión de quien en vida se llamó
Almilcar Ángeles Chinchilla
Badilla conocido como Almilcar Ángel
Chinchilla Badilla, quien fue mayor, casado una vez, agricultor, cédula número uno-ciento treinta y dos-quinientos setenta y dos, y vecino de Guatil de Acosta, de la Iglesia católica un kilómetro oeste, carretera a Bajo Calvo, y
de Juan Carlos de Los Ángeles Chinchilla Quirós, mayor, soltero, cédula de
identidad número uno-seiscientos ocho-seiscientos setenta y seis, agricultor, vecino de Guatil de Acosta, de la
Iglesia católica un kilómetro oeste, carretera a Bajo Calvo, a fin de que comparezcan
ante esta notaría a hacer
valer sus derechos, bajo el apercibimiento
de que en caso de no hacerlo, la herencia pasará a manos de quien o quienes hayan demostrado
en el proceso su legítimo derecho a heredar. Asimismo, se le previene acerca del señalamiento de un medio (fax o correo
electrónico), para atender
sus futuras notificaciones,
apercibidos de que, en caso de no hacerlo, o bien que el
medio escogido imposibilite
su notificación por causas ajenas a
esta notaría, las resoluciones que se dicten se les
tendrán por notificadas con
el transcurso de veinticuatro
horas después de dictadas. Igualmente, se les hace saber
que, de surgir controversia
en relación a la tramitación de esta sucesión en esta
sede, se procederá a dar por terminado el proceso en sede
notarial, para su inmediata
remisión a la sede
judicial. La dirección de esta
notaría es en Aserrí, San José, frente a la
Escuela Santa María, teléfono número
veintidós treinta-noventa catorce. Expediente número once-dos mil veinte. Aserrí, San José, a las doce
horas del diecisiete de diciembre
del dos mil veinte.—Licda. Karina Badilla Abarca, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2021517384 ).
Se cita y emplaza a herederos e interesados en la sucesión de Lidia Ruiz
Alvarado, mayor, casada una vez,
ama de casa, vecina de San Bernardo de Fortuna de
Bagaces tres kilómetros al sureste de la escuela de la localidad, cédula de identidad número cinco- ciento
veintiocho-seiscientos setenta
y tres. Para que, dentro del plazo
de quince días contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos percibidos
de que, si así no lo hacen, la herencia pasará a quien legalmente corresponda. (Expediente 0001-2020 proceso sucesorio en sede
notarial de Lidia Ruiz Alvarado).—Licda.
Lizbeth Chavarría Soto. Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021517391 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Jorge Alberto Huertas Rodríguez, mayor, pensionado, cédula de identidad
número
seis-cero ocho cuatro-seis siete seis, vecino de Heredia, cantón
Central, distrito Mercedes, Urbanización Dulce Nombre.
Para que, dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0025-2020.—Notaría del Bufete del Lic. Álvaro
Córdoba Díaz, Teléfono 83714420.— Lic. Álvaro
Córdoba Díaz, Notario.—1 vez.—( IN2021517392 ).
Mediante
acta de apertura otorgada
ante esta notaría por
Alexander Arias Ugalde con cédula de identidad N°
7-142-613 a las 13:00 horas del catorce de octubre del 2020 y comprobado el fallecimiento, esta notaria declara abierto el Proceso Sucesorio Testamentario de quien en vida fuera:
Josefina Ugalde Rodríguez, mayor de edad, divorciado una vez, costurera, vecina de Limón, Pococí Ticabán de la Bomba Uno cien metros sur, titular de la cédula de identidad N° 9-081-236, quien falleció en Centro Central
Heredia, el 11 de agosto de 2020. Se cita y emplaza a todos los interesados para que,
dentro del plazo máximo de
30 días, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaria a hacer valer sus derechos. Notaría de Lic. Mario Alexander Sánchez Maroto,
Guápiles, Pococí, Limón, Urbanización Santa Clara del Súper
Karen 150 metros este, mano derecha
contiguo a lote vacío. Teléfono 2710-5064.—Lic. Alexander Arias Ugalde,
Notario.—1
vez.—( IN2021517411 ).
Mediante
acta de apertura otorgada
ante esta notaría, por Sara
Villalobos Picado con cédula de identidad 5-0116-0504
a las 15 horas del dieciséis de octubre
del 2020 y comprobado el fallecimiento,
esta notaría declara abierto
el Proceso Sucesorio ab intestato de quien en vida fuera:
Marcos Duarte Duarte, mayor de edad,
casado una vez, pensionado,
vecino de Heredia Sarapiquí
Puerto Viejo Jardín de Zapote de la escuela 300 metros sur, titular de la cédula de identidad número 5-092-739, quien falleció en Centro Central Heredia, el 30 de mayo de 2017. Se cita y emplaza a todos los interesados para que,
dentro del plazo máximo de
30 días, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaria a hacer valer sus derechos. Notaría de Lic. Mario Alexander Sánchez Maroto.—Guápiles,
Pococí, Limón, Urbanización
Santa Clara del Súper Karen 150 metros este, mano derecha contiguo a lote vacío. Teléfono 2710 5064.—Lic. Mario Alexander Sánchez
Maroto, Notario.—1 vez.—( IN2021517412 ).
Mediante acta de apertura otorgada
ante esta notaría, por
Eugenia Blandón López, cédula de identidad
N° 5-242-159 y Greivin Alfredo Blandón
Brenes, cédula de identidad
N° 1-1119-0336, a las 13 horas del 26 de junio del
2020 y comprobado el fallecimiento,
esta notaría declara abierto el proceso sucesorio notarial ab intestato de quienes en vida fueran
Francisco Víctor Blandón Reyes, mayor, hombre, casado 1 vez, peón
agrícola, cédula de identidad
N° 5-080-735, fallecido el 29 de mayo de 2004 y
Aurora Gertrudis López Venegas, mayor, mujer, ama de
casa, viuda 1 vez, cédula
de identidad N° 5-095-782, fallecida
el 24 de julio de 2007 ambos fallecidos
en el Hospital Tony Facio y
vecinos de Limón Siquirres
El Carmen Santo Domingo, detrás del Súper Rutas Ochocientos
Seis. Se cita y emplaza a todos los interesados para que,
dentro del plazo máximo de
30 días, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Mario Sánchez Maroto, Guápiles, Pococí, Limón, urbanización Santa
Clara del súper Karen 150 metros este.
Teléfono 27105064.— Lic. Mario Sánchez Maroto, Notario Público.—1 vez.—( IN2021517413 ).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida fue
Arturo Vargas Hernández, quien fue
mayor, casado una vez , agricultor, cédula
número uno-doscientos veinte-ciento cuatro, vecino de la Sabana de Tarrazú, frente al Típico La Sabana, el cual fue hijo de Gaspar Vargas Solís y
Zeneida Hernández Ureña, se
emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo
de 15 días contados a partir
de la publicación de éste edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente 02-2021. Notaría de la
Licda. Laura Stevelyn
Blanco Blanco, San Marcos de Tarrazú,
cien metros este y ciento veinticinco metros sur de
la Coopesanmarcos, 07 de enero
del 2021.—Licda. Laura Stevelyn Blanco Blanco, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2021517414 ).
Acta de apertura de proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Marlene De Los Ángeles Gamboa
Naranjo, quien fue mayor de
edad, casada una vez, ama de casa, vecina de
Alajuela, cédula de identidad número
dos- trescientos cincuenta
y tres- ochocientos cincuenta y tres; promovido por Miguel Enrique Cerdas
Hidalgo, mayor, viudo una vez,
pensionado, vecino de Alajuela, portador
de la cédula de identidad número
tres-doscientos seis-cuatrocientos
cincuenta y ocho. Por este medio se cita a los herederos, legatarios, acreedores e interesados para que
dentro de un plazo de quince días comparezcan
a hacer valer sus derechos,
bajo el apercibimiento a los que crean
tener derecho a la herencia,
de que si no se presentan en este plazo,
aquella pasará a quien corresponda. Todo en conformidad
con lo dispuesto en el
Código Procesal Civil y los artículos
129 y siguientes del Código Notarial, ante la Notaría Pública de la suscrita, situada en Santa Ana, doscientos metros
al sur y doscientos oeste
del Servicentro JSM.—Licda. Daniela Madrigal Rodríguez, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2021517419 ).
Se cita y emplaza a todos aquellos herederos, legatario, acreedores y cualquier interesado dentro del proceso sucesorio ad intestato
de quien en vida fue: Cecilio
Leiva Morales, cédula número
seis-ciento ocho-ciento veintinueve, mayor, viudo, vecino de Buenos Aires de Puntarenas, mil metros al norte de la Escuela de San Antonio de Térraba,
para que, dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta notaría, a reclamar sus derechos. Expediente
N° cero cero cero dos-dos
mil veinte, notaría en Puntarenas, Buenos Aires, Urbanización
Lomas, casa número ciento 110.—Buenos Aires, dos de noviembre
del dos veinte.—Lic. Danilo
Villanueva Villalobos, Notario Público.—1 vez.—( IN2021517423 ).
Se cita y emplaza a todos aquellos herederos, legatario, acreedores y cualquier interesado dentro del proceso sucesorio ad intestato
de quien en vida fue: María Felipa de Jesús Leiva Morales, cédula de identidad
seis-cero treinta y seis-trescientos
veintiocho, mayor de edad, soltera, ama de casa, vecina de
San Antonio de Térraba, Buenos Aires de Puntarenas,
para que, dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta notaría, a reclamar sus derechos. Expediente:
cero cero cero uno-dos mil veinte, notaría en Puntarenas, Buenos Aires, Urbanización
Lomas, casa número ciento
110, Buenos Aires, dos de noviembre del dos veinte.—Lic. Danilo Villanueva Villalobos, Notario
Público.—1
vez.—( IN2021517424 ).
Mediante
acta de apertura otorgada
ante esta notaría, a solicitud de Misael Salazar Madrigal, a las 13 horas del 19
de diciembre del año 2020,
y comprobado el fallecimiento
de María Ángela Salazar Madrigal, soltera,
ama de casa, cédula de identidad número
2-0161-0501, vecina de Daniel flores
de Pérez Zeledón,75 metros oeste de la Cámara de Cañeros, y la existencia y validez del testamento por ella otorgado, esta Notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio testamentario. Se
cita y emplaza a los herederos, legatarios y a todos los interesados para que,
dentro del plazo máximo de
quince días hábiles, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la
Licda. Geilin del Carmen
Salas Cruz. Teléfono 8708 6840.—San Isidro de El
General Pérez Zeledón, frente
a Tribunales de Justicia, Plaza Tracopa,
local número uno, al ser las quince horas del 22 de diciembre del año 2020.—Licda. Geilin
del Carmen Salas Cruz, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021517428 ).
Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Luis Alberto Martín Carballo Rodríguez,
mayor, estado civil casado,
costarricense, con documento
de identidad 0401110563 y vecino
de Heredia, Barva, Barrio el Invu.
Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
Nº:20-000933-0504-CI-0.—Juzgado Civil de
Heredia, 29 de setiembre del año
2020.—Lic. Jairo Jiménez
Sandoval, Juez.—1 vez.—( IN2021517471 ).
Mediante
acta de apertura otorgada
ante esta notaría, por
Rosa, Mario, Merceditas, María de Los Ángeles y María del Carmen, todos Murillo Rojas a las diez
horas del ocho de setiembre
de dos mil veinte y comprobado
el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera
Oscar Murillo Monge, quien a su
muerte era mayor de edad, casado, vecino de Alajuela,
cedula: dos-dos cinco cuatro-uno
nueve siete. Se cita y emplaza a todos los interesados para que
dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer
sus derechos. Licda. Ana Patricia Alvarado López, Alajuela, El Coyol,
Urbanización
Sierra Morena, Lote 13-G.—Firma
ilegible.—1
vez.—( IN2021517475 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Julio Antonio Guido Guido, mayor, estado
civil casado, profesión u oficio, nacionalidad Costa Rica,
con documento de identidad
0800510474 y vecino de Liberia, Cañas
Dulces, de la entrada a la finca La Cueva 3 kilómetros al norte, contiguo as Residencial Raquel, en finca Beraca. Se indica a las
personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
Nº:20-000287-0386-CI-0.—Juzgado Civil y Trabajo de Primer Circuito
Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), 16 de diciembre
del año 2020.—Brenda Celina Calvo De La O, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2021517479 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quienes en vida
se llamaron Digna María Arias Arley, mayor, viuda, documento de identidad nueve-cero noventa-seiscientos ocho (0900900608),
y Lorenzo Manuel Casto Méndez, mayor, casado, documento de identidad uno-doscientos setenta y cuatro-cero cero tres (0102740003), ambos vecinos
de Daniel Flores de Pérez Zeledón. Se indica a las
personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
N° 20-000194-0188-CI-0.—Juzgado Civil y
Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Civil), 12 de noviembre
del 2020.—Msc. Norman
Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2021517480 ).
Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Lilliam García Castrillo,
mayor, estado civil viuda, profesión u oficio ama de casa, nacionalidad Costarricense, con documento de identidad N°
0202460770, y vecina de Alajuela Centro, cincuenta metros al este del antiguo seguro social. Se indica
a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días, contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
N° 20-000777-0638-CI-9.—Juzgado Civil del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 16 de diciembre del año 2020.—Licda. Franciny
María Gutiérrez López, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2021517489 ).
Mediante
acta de apertura otorgada
ante esta notaría, por
Claudio Manuel Enrique Umaña Elizondo y Humberto Umaña Elizondo, a las diecisiete
horas del día quince de diciembre del año dos mil veinte y comprobado el fallecimiento de
María Auxiliadora Umaña Elizondo, mayor de edad, soltera, portadora de la cédula
de identidad número uno-quinientos cincuenta y siete-ciento noventa y dos, fallecida el veinte de octubre del año dos mil veinte, esta Notaría
ha declarado abierto su proceso sucesorio
ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que,
dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte
a la Procuraduría General de la República,
tal como ésta lo ha indicado. Notaría del Lic. Fernando Alberto
Chen Jiménez, con oficina abierta San José, de Plaza Cristal cien
metros al norte y veinticinco
metros al este, de paso por San Marcos de Tarrazú, teléfono de la oficina del Lic. Chen Jiménez
2546-1011.—siete de enero del dos mil veintiuno.—Lic. Fernando Alberto Chen Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2021517495 ).
Mediante acta de apertura otorgada
ante esta notaría, por
Nazario Góndola Campbell, a las quince horas treinta minutos del siete de enero del año dos mil veintiuno y comprobado el fallecimiento de Yori Vanessa Jiménez Salas, esta notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo
máximo de quince días hábiles,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte
a la Procuraduría General de la República,
tal como ésta lo ha indicado. Notaría de la Licenciada Jennifer
Soto Benavides, Heredia, de los Tribunales de
Justicia cincuenta metros norte,
teléfono 4031-5035.—Heredia,
siete de enero del dos mil veintiuno.—Licda. Jennifer Soto
Benavides, Notaria.—1 vez.—(
IN2021517539 ).
Se hace saber en este
Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Jorge Gerardo Vásquez Sagot,
mayor, estado civil casado,
profesión u oficio no
indica, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N°
0204930664, y vecino de Palmares,
Barrio Santa Eduviges. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente
N° 20-000308-0296-CI-9.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil),
17 de diciembre del año 2020.—Lic. Jeisson
Quiel Castro, Juez Decisor.—1
vez.—( IN2021517547 ).
Se hace saber en este
Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Marta Isabel Barahona Melgar,
mayor, estado civil divorciada,
profesión u oficio Abogada, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0104990431 y vecina
de San José. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 20-000749-0181-CI-4.—Juzgado Segundo Civil de San José, 03 de diciembre del 2020.—Lic. Daniel Jiménez Medrano, Juez
Tramitador.—1
vez.—( IN2021517582 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida
fuera Laura Elena López Hernández, cédula número uno-mil doscientos cuarenta y cinco-cero seiscientos treinta y nueve, que en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a declarar sus derechos; y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 03-2020.—San José, 07 de enero
del 2021.—Licenciado Juan Carlos Delgado Hernández, Notario.—1 vez.—( IN2021517583 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Enoc Pérez Sosa, cédula número
2-401-043, soltero, comerciante
y quien fuera vecino de Cañas, Guanacaste,
Barrio San Martín, de entrada principal primera casa
a mano derecha. Fallecido en fecha 16 de noviembre de 2020, para que, dentro del plazo
de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a esta notaría,
ubicada en Cañas, Guanacaste, ciento cincuenta metros este, de las oficinas de Correos de Costa Rica
de Cañas, Guanacaste, a reclamar
sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad
de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N°
10-2020. Sucesorio de Enoc
Pérez Sosa.—Cañas,
Guanacaste, 04 de enero del 2021.—Lic.
Carlos Roberto Chavarría Lavagni,
Notario Público.—1 vez.—( IN2021517609 ).
Se hace saber en este
tribunal de justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Ester Bonilla Salazar, mayor, estado civil casada, de oficios domésticos, nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad N° 0102700015 y vecina
de San José, Cinco Esquinas, 100 metros sur y 75
metros oeste de la iglesia
San Agustín, calle 25. Se
indica a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
Nº 20-000971-0180-CI-6.—Juzgado Primero
Civil de San José, 03 de diciembre del
2020.—Adriana Orocu Chavarría, Jueza
Decisora.—1
vez.—( IN2021517624 ).
Ante mi notaría, se ha iniciado proceso sucesorio extrajudicial
de José Luis Murillo Piedra, quien en vida fue
mayor, casado una vez,
pensionado, vecino de Heredia, La Aurora, ciento setenta y cinco metros este de la Escuela,
casa AP-cincuenta y tres,
cédula de identidad número
uno-cero tres cero dos-cero dos dos
cinco, fallecido el día treinta y uno de julio del año dos mil veinte, defunción inscrita en el Registro Civil, Sección Defunciones de la Provincia de San José, al tomo: seiscientos treinta y cinco, folio: doscientos noventa y nueve, asiento: quinientos noventa y siete, por lo que se cita conforme el artículo ciento veintiséis punto tres del Código Procesal Civil a todos los interesados, para que hagan su objeciones
u observaciones en el plazo de quince días a partir de
la publicación del edicto y
se apersonen en defensa de sus derechos, apercibidos
de que, si no lo hacen, la herencia pasará a quienes legalmente corresponda.—Santa Bárbara de Heredia, cuatro
de diciembre del dos mil veinte.—Licda. Ahyza María Prieto Vargas,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021517637 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Héctor Claudio Hernán Fernández Campos, mayor, estado civil Viudo, profesión u oficio albañil, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0400600588 y vecino de
Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº
20-000258-0504-CI-1.—Juzgado Civil de
Heredia, 10 de marzo del año
2020.—Licda. Yeimy Jiménez Alvarado, Jueza.—1 vez.—(
IN2021517638 ).
Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Marta Isabel de los Ángeles
Fernández Campos, mayor, estado civil viuda, profesión oficios domésticos, nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad N° 0900040672, y vecina
de Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días, contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
17-000166-0504-CI-9.—Juzgado Civil de
Heredia, 10 de mayo del año 2019.—Licda. Margarita Mena Gutiérrez, Jueza
Tramitadora.—1 vez.—( IN2021517639 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Eduardo Elisandro Calderón Umaña, quién fue mayor, divorciado una vez, de oficios pensionado, vecino de
Barrio Cristóbal Colón, diagonal a la comandancia de
la policía de proximidad,
Limón Centro, de nacionalidad costarricense,
con cédula de identidad número
uno-cero trescientos veinte-cero
cuatrocientos treinta y nueve, quién falleció
en Limón Centro, el día nueve
de junio de dos mil diecisiete;
para que, en el plazo de
ley, contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo de ley, la herencia pasará a quién corresponda. Asimismo, en este mismo
acto se nombra como albacea provisional al señor Eduardo Calderón Sevilla, mayor, soltero,
de oficios chofer de taxis,
vecino de Barrio Cristóbal Colón, entrada frente al Cen-Sinai, detrás del
Super Liang, Limón Centro, portador de la cédula de identidad número siete-cero cero ochenta y cuatro-cero cuatrocientos cuarenta y uno. Expediente número cero cero uno-dos mil diecinueve. Notaría del Bufete Campos Arias, Notario Público. Licenciado Ronald Joaquín Campos Arias. Oficina
ubicada en la ciudad de San
José, calle siete, entre avenidas cuatro y seis, Edificio María Cristina, local dieciocho.—Lic. Ronald Joaquín Campos Arias, Notario
Público.—1
vez.—( IN2021517645 ).
En la Notaria
de Licda. Carmen María Arana Gómez, cita y emplaza a herederos y demás interesados, procedió a la apertura del Proceso Sucesorio Acumulado en Sede Notarial de quien en vida
fueran José Antonio Corrales Sequeira,
cédula de identidad uno-cero ciento
cinco-cero doscientos noventa y tres y de la señora Aida Zucchini Ramírez, cédula de identidad
uno-cero ciento tres-mil quinientos treinta y siete. Se da aviso a quienes tengan y demuestren interés que deberán apersonarse ante esta Notaría situada en San José, Guadalupe de Goicoechea,
setenta y cinco metros al
sur de la Cruz Roja, casa número
doscientos ochenta y uno;
dentro del plazo de treinta
días naturales, contados a partir
de esta publicación para
que hagan valer sus pretensiones, derechos o bien manifestar
lo que en derecho corresponda.
El proceso sucesorio se tramita bajo el expediente número cero cero uno-dos mil veinte.—San
José, treinta de noviembre
del dos mil veinte.—Licda.
Carmen María Arana Gómez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021517646 ).
Se cita y emplaza a todos herederos de quien en vida
se llamó
Gabriel Gerardo Salazar Serrano, quien falleció, el
06 de setiembre del 2019, para hacer
valer los derechos en el plazo de ley, proceso que se tramita en Vía Notarial en
la Oficina del Lic. Roland
García Navarro, situada en Heredia, Barva, San Roque, Residencial El Pórtico, casa C 6.—Lic. Roland García Navarro, Notario.—1 vez.—( IN2021517652 ).
Ante esta notaría, se presentan los señores Ruth
Vanessa Pérez Fallas, cédula de identidad
número uno-ochocientos cincuenta y cuatro-trescientos treinta y ocho, Magali Pérez Fallas, cédula de identidad número uno-novecientos cincuenta y siete-trescientos dieciséis, Steven Alexander Alvarado Fallas,
cédula de identidad número
uno-mil ciento dieciséis quinientos sesenta y Kattia de
Los Ángeles Pérez Fallas,
cédula de identidad número
uno-ochocientos noventa y cuatro-cuatrocientos cuarenta
para solicitar la apertura
del proceso sucesorio
notarial de su señora madre la señora Flor Esther Fallas Guevara, mayor,
soltera, ama de casa, vecina
de San José, Hatillo Centro, Florida Sur, del INA setenta
y cinco metros oeste casa número dos, el cual fue su ultimo domicilio,
portadora de la cédula de identidad
número uno-trescientos cincuenta y cuatro-setecientos veintisiete, fallecida el día veinticinco de octubre de dos mil
veinte en la ciudad de San
José, que se tramitará bajo el expediente
de esta notaría número dos mil quinientos
dos-cero cero uno-dos mil veinte. Con ese objeto y de conformidad con el código procesal civil, se emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión, para que, en el término de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en este proceso
sucesorio para hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento
de que, si no lo hicieron
dentro del indicado termino,
otorgar la herencia a quien corresponda. (Expediente N°
2502-01-2020. Notario: Licenciado
Álvaro José Meza Lazarus, Bufete Econojuris Abogados, sita en San José, Montes de Oca,
Barrio los Yoses, de la Corte Interamericana
de los Derechos Humanos, trescientos metros sur.—San
José, al ser las diez horas con treinta minutos del ocho de enero del dos mil veintiuno.—Lic. Álvaro José Meza Lazarus, Notario
Público.—1
vez.—( IN2021517653 ).
Se declara la apertura del proceso sucesorio notarial de quien en vida
fue Leila María Pérez Oquendo, conocida
como Sheyris Pérez Oquendo, mayor de edad,
casada una vez, educadora, cédula
de identidad uno cero cinco
nueve cinco cero cuatro cero dos. Se cita y se emplaza a todos los presuntos herederos legatarios y demás interesados para que dentro del término improrrogable
de 15 días a partir de la publicación
de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento,
que de no hacerlo dentro del plazco
dicho la herencia pasará a quien corresponda. La notaria del bufete
Santa Cruz Legal 50 norte de la Tienda Claro.—Licda. Marylin Chaves Badilla, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021517686 ).
Mediante solicitud de apertura
otorgada en escritura pública formulada ante esta notaría por los señores, María Arabela
Aguilar Álvarez, Marlene Azalea Bonilla Aguilar, Roberto Bonilla
Aguilar y Grettel María Bonilla Aguilar, a
las dieciocho horas del día siete
de enero del año dos mil veintidós, y comprobado
el fallecimiento de quien en vida se llamó Roberto Bonilla Picado, mayor, fallecido, quien en vida fue
portador de la cédula de identidad número tres-ciento trece-quinientos ochenta y seis, vecino de Cartago, Paraiso, doscientos
metros al este y ciento veinticinco sur de la municipalidad
de la localidad, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio
ad intestato en sede notarial. Por lo que, por
una sola vez se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en
vida se llamó Roberto Bonilla Picado para
que, dentro del plazo de quince días hábiles, contados
a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan ante esta notaria a hacer valer sus Derechos bajo apercibimiento
de que, si no lo hacen
dentro del término
indicado, la herencia pasará a quien corresponda. No se tiene como parte
a la Procuraduría
General de la República,
tal como esta misma lo ha indicado. Dirección de notaría: Cartago, Paraíso, Barrio La Estación, cincuenta
metros al sur del Bar Atlántico. Teléfono: 88127220. Expediente número cero cero uno-dos mil veintiuno. Sucesorio notarial de
Roberto Bonilla Picado. Notaria del licenciado José Ricardo Argüello Brenes.—Paraíso de Cartago, a las siete horas del ocho de enero del dos mil veintiuno.—Lic. José Ricardo Argüello Brenes,
Notario.—1
vez.—( IN2021517690 ).
Notaría del licenciado Mario Enrique Ulate Ulate. Se hace saber: Que en esta notaria se tramita el proceso sucesorio de Genarina C.c. Gerardina Mora Marín, quien fue mayor, viuda una vez, ama de casa, vecina de
Orotina, Alajuela, cédula de identidad número seis-cero ochenta y seis-seiscientos veintiocho cinco, se declara abierto este proceso
sucesorio en conjunto. Se emplaza a los herederos, acreedores, y en general a todos los interesados para que,
dentro del plazo de treinta
días, contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de
que, si no se apersonaren
dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Expediente número cero cero cero uno-dos mil veinte. Notaría del licenciado Mario
Enrique Ulate Ulate, sita en la ciudad de Heredia,
Avenida cuatro, calles dos
y cuatro, contiguo al Parqueo Número Uno. Teléfonos: doscientos treinta y siete-setenta y ocho-once, doscientos sesenta y uno-ochenta y seis-cuarenta y dos, Fax: doscientos treinta y siete-sesenta y nueve-treinta y cuatro.—Lic. Mario Enrique Ulate Ulate, Notario
Público.—1
vez.—( IN2021517716 ).
Notaría del licenciado Mario Enrique Ulate Ulate. Se hace saber: que en esta notaria se tramita el proceso sucesorio de Digna Emelita Torres
Torres, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de
Orotina, Alajuela, cédula de identidad número seis-cero cuarenta y seis-seiscientos sesenta y siete, y Heriberto Araya Salas, quien
fue mayor, casado una vez, pensionado, vecina de
Orotina, Alajuela, cédula de identidad número dos-ciento setenta y cinco-cuatrocientos sesenta y cinco, se declara abierto este proceso sucesorio
en conjunto. Se emplaza a
los herederos, acreedores,
y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo
de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a hacer valer sus derechos,
con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de
que, si no se apersonaren
dentro de ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Expediente número: cero cero cero uno-dos mil veinte. Notaría del licenciado Mario
Enrique Ulate Ulate, sita en la ciudad de Heredia, avenida cuatro, calles dos y cuatro, contiguo al Parqueo Número Uno. Teléfonos: doscientos treinta y siete-setenta y ocho-once, doscientos sesenta y uno-ochenta y seis-cuarenta y dos,
fax: doscientos treinta y siete-sesenta y nueve-treinta y cuatro.—Lic. Mario Enrique Ulate Ulate, Notario Público.—1
vez.—( IN2021517717 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Virginia Amada Del Carmen Ramírez Fallas, mayor, estado civil, viuda una vez, oficio del hogar, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0700260716 y vecina de
Jiménez, El Molino, de la entrada a Demasa 150 metros
este. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº
20-000403-0930-CI-0.—Juzgado Civil del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 09 de diciembre
del año 2020.—Licda. Yency Vargas Salas, Jueza.—1 vez.—( IN2021517722 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Orlando Medina Gómez, mayor, soltero, portador de cédula
de identidad número seis-cero doscientos cinco-cero quinientos veinte, vecino de Puerto Viejo de Sarapiquí, Colonia Cuadrante
Administrativo, casa número doscientos
treinta, quien falleció el diecisiete de noviembre del dos
mil veinte, para que dentro del plazo
de quince días contados
a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan ante esta notaria en reclamo de sus derechos y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente N° 005-2020. Notaria de la Licda. Grace Barquero Varela, carné N°
12974. Correo electrónico: gbarquerol3@gmail.com. Tel
celular: 88167604.—Licda. Grace Barquero Varela, Notaria.—1 vez.—( IN2021517729 ).
Por escritura otorgada
ante mi notaria a las once horas del veintiséis de diciembre
del dos mil veinte, se realizó escritura
de apertura de proceso sucesorio en sede
notarial de quien en vida se llamó Xiomara Del Socorro Obregón Morales y se nombró albacea al señor Álvaro Evelio
Latino Brenes.—San José, ocho de enero del dos mil veintiuno.—Lic. Tatiana Arce
Chaves, Notaria.—1 vez.—(
IN2021517738 ).
Patricia
Rivero Breedy, notaria con oficina
en San José, avenida cinco, calle veintinueve,
Barrio Escalante, edificio número
veinticinco, hago constar que han comparecido ante mi notaría las señoras: Silvia María Redondo Salazar, e Ileana Redondo
Salazar, vecinas de San José, a solicitar
que se tramite extrajudicialmente
y de acuerdo con
los artículos ciento veintinueve del Código Notarial y novecientos
cuarenta y cinco a novecientos cincuenta del Código Procesal Civil, la sucesión de la
señora Ligia Salazar Herran,
mayor, viuda, vecina de Goicoechea. En consecuencia, cito a todos los interesados para que dentro del plazo
de quince días, contados a partir
de la publicación de este único aviso, concurran a mi notaría, a hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento,
de que, si no lo hicieren
dentro del término indicado
la herencia pasará a quien legalmente corresponda.—San
José, 7 de enero de 2021.—Licda.
Patricia Rivero Breedy, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021517745 ).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito
de la persona menor de edad
Nicole Camila Vargas Amores, para que se apersonen a este Juzgado
dentro del plazo de treinta
días que se contarán a partir
de la última publicación
del edicto ordenado. Expediente N°20-000328-0292-FA. Clase
de Asunto Actividad
Judicial No Contenciosa.—Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de Alajuela. A las
quince horas cincuenta y tres
minutos del veintidós de setiembre de dos mil veinte-22 de setiembre
del año 2020.—Lic. Cesar De Dios Monge Vallejos, Juez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021517773 ). 3
v 1.
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad María Natalia Cerna Cerdas, para que se apersonen a este
Juzgado dentro del plazo de
treinta días que se contarán
a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N°
20-000019-0292-FA. Clase de asunto
Depósito Judicial.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela,
a las seis horas cuarenta y siete
minutos del diez de diciembre de dos mil veinte.—Licda. Jorleny María Murillo Vargas, Jueza.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021517774 ). 3 v. 1.
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de la
persona menor de edad Mateo
David Villegas Hernández, para que, se apersonen a este Juzgado
dentro del plazo de treinta
días que se contarán a partir
de la última publicación
del edicto ordenado. Expediente N° 20-001295-0292-FA. Clase
de asunto Depósito Judicial.—Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
a las nueve horas catorce minutos del ocho de diciembre del dos mil veinte.—Licda. Susan De Los Ángeles
Herrera Álvarez, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021517779 ). 3
v. 1.
Se avisa que, en este
Despacho Ana Delmy Villanueva Villanueva
y Hugo Guillermo Recinos Pineda, solicitan
se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Ana Noemi Navarrete Miranda. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones
mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad
y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N°
19-000883-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 10 de diciembre
del 2020.—Licda. Katherine
Isabel Meza Chaves, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021516776 ).
MSC. Gisela
Salazar Rosales, Jueza del Juzgado
Familia, Penal Juvenil y Violencia
Doméstica de Turrialba (Materia Familia), en su carácter
Jueza de Familia activa, se
le hace saber que en proceso de Declaratoria Judicial
de Abandono y Depósito
Judicial de la persona menor de edad,
tramitado dentro del expediente
judicial N° 12-000116-0675-FA, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia,
se ordena notificar por edicto, la Sentencia que en lo conducente dice: N°
124-2015 de las diez horas del quince de mayo del dos
mil quince. Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba (Materia Familia), a las diez horas del quince de mayo del dos mil quince. Proceso de Declaratoria Judicial
de Abandono y Depósito
Judicial de la persona menor de edad
Adán Jeffrie Rostrán Cordero, planteado por el
Patronato Nacional de la Infancia,
representado por la licenciada
Ana Lorena Salazar Sánchez, contra los señores Kattia
Cordero Romero, mayor de edad, costarricense,
en unión libre, ama de
casa, de domicilio desconocido,
y Gabriel Rostrán Pérez, de nacionalidad nicaragüense,
demás calidades desconocidas.
Intervienen los licenciados
Laura Ramírez Ulate y Guillermo Brenes
Cambronero como curadores procesales de los demandados. Por
tanto: de conformidad con lo expuesto,
normas legales indicadas y artículos 55 de la Constitución Política, 9, 20, 27 y 39 de la
Convención sobre los Derechos de Niño, Código de la Niñez y la Adolescencia, 9, 143, 159, 160 del Código de Familia, se declara con lugar la presente demanda, se declara judicialmente en estado de abandono
a la persona menor de edad Adán
Jeffrie Rostrán Cordero
por parte de su madre Kattia Cordero Romero y su
padre Gabriel Rostrán Pérez, a quienes de inmediato
se les retira los atributos
otorgados por el instituto
de la patria potestad sobre
su hijo. El citado menor se deposita judicialmente en el hogar de la señora
Giovana Cordero Romero quien
deberá comparecer a este despacho
a aceptar el cargo conferido.
Una vez firme deberá el ente promotor propiciar la inscripción de lo aquí dispuesto en el Registro de Nacimientos del menor en su país
de origen. Publíquese lo respectivo en el Boletín Judicial. Se resuelve
este asunto sin especial condenatoria en costas. Notifíquese.—Juzgado Familia, Penal
Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba (Materia Familia).—MSc. Gisela
Salazar Rosales, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021517238 ).
Licenciada
Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Gerardo Antonio Vargas
Carpio, en su carácter personal, se le hace
saber que en demanda Abreviado de Divorcio Expediente N° 19-003136-0338-FA, establecida
por Blanca Luz Serrano Bonilla contra Gerardo Antonio Vargas Carpio, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las once horas y doce minutos del once de noviembre del año dos mil diecinueve. De la anterior demanda
Abreviado de Divorcio establecida por el accionante
Blanca Luz Serrano Bonilla, se confiere traslado al accionado Gerardo
Antonio Vargas Carpio por el plazo perentorio de diez días, para que
se oponga a la demanda o manifieste su conformidad
con la misma. Dentro del plazo
de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos
y los hechos a que se referirá
cada uno. Se le previene a
la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio
para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de que mientras
no lo haga, las resoluciones
posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales
N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero
de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre
del 2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo
que no pueden utilizarlo también como teléfono.
Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género el Poder Judicial, Sesión N° 78-07 celebrada el 18
de octubre 2007, artículo
LV, se le solicita a las partes
de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión
u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de
residencia. Notifíquese esta
resolución al demandado, personalmente o por medio de cédulas y copias
de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales
y Otras Comunicaciones; de este
Circuito Judicial. En caso, que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria
notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la
Ley de Notificaciones Judiciales.
Con el fin de notificar al demandado,
aporte la actora directamente a este
Despacho y de manera física, un juego de copias de la documentación presentada en el escrito inicial, asimismo podrá hacer retiro de la comisión cuando aporte las copias. Notifíquese. Licda. Patricia
Cordero García, Jueza.—Juzgado de Familia de
Cartago.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021517243 ).
Licenciada
Guadalupe Solano Patiño, Jueza
del Juzgado de Familia de Cartago, a Yisenia Alvarado Artavia, en su carácter, quien
es mayor, policía, cédula 06-0345-0387, se le hace saber que en Proceso Actividad Judicial no Contenciosa (depósito judicial), establecido por
Patronato Nacional de la Infancia,
se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las quince horas y dieciséis minutos del seis de enero del año dos mil veinte. De las presentes
diligencias de depósito judicial de la persona menor de edad William Josué Leitón Alvarado, promovidas por el Patronato
Nacional de la Infancia, se confiere
traslado por tres días a
Edwin Ricardo Leitón Coto y
Yisenia Alvarado Artavia, a quienes
se les previene que en el
primer escrito que presenten
deben señalar un medio para
atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de que mientras
no lo haga, las resoluciones
posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales
N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre
del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo
que no pueden utilizarlo también como teléfono.
Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les
solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado
civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. En otro orden
de ideas, tal y como lo solicita el ente promovente, se ordena como medida cautelar
el depósito provisional del menor
de edad William Josué, en el domicilio de la señora Yine Alvarado Artavia. Notifíquese esta resolución a Edwin Ricardo Leitón Coto y Yisenia Alvarado Artavia, personalmente o por medio de cédulas y copias
de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio
real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales
y Otras Comunicaciones; de Este Circuito
Judicial. En caso, que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar
la notificación, artículo 4
de la Ley de Notificaciones Judiciales.
Notifíquese. Expediente N°
20-000003-0338-FA.—Juzgado
de Familia de Cartago. Cartago, 03 de diciembre
del 2020.—Licda.
Guadalupe Solano Patiño, Jueza.—1 vez.—O.C.
Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021517244 ).
Licenciado
Ignacio Solano Araya, Juez del Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
San Carlos, a los señores Kenneth Antonio Rojas
Rodríguez y Karla Andrea Chaves Pérez, se le hace
saber que en Proceso de Depósito
Judicial de menor, expediente
N° 20-000704-1302-FA, promovido por el Patronato
Nacional de la Infancia, se dictó
la resolución que literalmente
dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, a las ocho
horas treinta y dos minutos
del veintitrés de octubre
del dos mil veinte. En virtud del escrito incorporado por el Patronato
Nacional de la Infancia en fecha 22/10/2020, se tienen por hechas sus manifestaciones y por cumplida la prevención realizada mediante auto de las veinte horas y veinticuatro minutos del veinticuatro de agosto del dos mil veinte. Ahora bien, de las presentes
diligencias de depósito de la persona menor de edad José Vinicio Rojas
Chaves, promovidas por el Patronato
Nacional de la Infancia, se confiere
audiencia por tres días a Kenneth Antonio Rojas Rodríguez
y Karla Andrea Chaves Pérez, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento
de que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el
transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas
las sentencias. Se producirá
igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre
del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo
que no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con
el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para
la recepción de notificaciones.”
Igualmente, se les invita a
utilizar “El Sistema de Gestión
en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para
acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les
solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado
civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Kenneth Antonio Rojas Rodríguez y Karla Andrea
Chaves Pérez, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio
real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales
y Otras Comunicaciones; de Este Circuito
Judicial. En caso, que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar
la notificación, artículo 4
de la Ley de Notificaciones Judiciales.
De conformidad con los artículos
5 y 32 del Código de la Niñez y Adolescencia,
se ordena el Depósito
Judicial Provisional de José Vinicio Rojas Chávez, en el hogar de la señora Jessica
Mariela Chaves Pérez, por se previene al ente actor apersonar a dicha señora a este Despacho dentro del plazo de tres días, para la aceptación del cargo que se le ha conferido,
asimismo, deberá hacer ver a la depositaria provisional su obligación de velar por todas las
necesidades básicas de la
persona menor de edad que va a tener a su
cargo como buena madre de familia. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela.—Msc.
Yuliana Andrea Ugalde Zumbado, Jueza.—1 vez.—O.C.
Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021517249 ).
Licenciada Katerin Andrea Vargas Leal. Jueza
del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela San Carlos, a la señora María Karina Vargas Esquivel, se le hace saber que en Proceso de Deposito Judicial de Menor,
expediente número
20-000833-1302-FA, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia,
se dictó la resolución que literalmente dice: Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. A
las diez horas treinta minutos del cinco de octubre de dos mil veinte. De las
presentes diligencias de depósito
de las personas menores de edad
Ronny Josué y Dylan Javier Ambos de apellidos Gamboa Vargas, promovidas por el Patronato
Nacional de la Infancia, se confiere
audiencia por tres días a María Karina Vargas
Esquivel y Ronny Gamboa Rodríguez, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un
medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de que mientras
no lo haga, las resoluciones
posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales
N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con
respecto al medio, se le hace
saber a las partes lo dispuesto
por el Consejo Superior, en
sesión N° 65-08,
celebrada el 2 de setiembre
del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo
que no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con
el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para
la recepción de notificaciones.”
Igualmente, se les invita a
utilizar “El Sistema de Gestión
en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para
acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a María Karina Vargas Esquivel, personalmente o por medio de cédulas y copias
de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales
y Otras Comunicaciones; Tercer
Circuito Judicial de San José. En
caso de que el lugar de
residencia consistiere en
una zona o edificación de acceso
restringido, se autoriza el
ingreso del(a) funcionario(a)
notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la
Ley de Notificaciones Judiciales.
A señor Ronny Gamboa
Rodríguez, por medio de edicto siendo
que se desconoce su paradero. De conformidad con los artículos 5 y 32 del Código de La Niñez
y Adolescencia, se ordena
el Depósito Judicial Provisional de las personas menores de edad Ronny Josué y Dylan Javier
ambos de apellidos Gamboa
Vargas, en el hogar de la señora Lidianeth Esquivel Arce,
por lo que se previene al ente
actor apersonar a dicha señora a este Despacho
dentro del plazo de tres
días, para la aceptación del cargo que se le ha conferido, asimismo, deberá hacer ver
a la depositaria provisional su
obligación de velar por todas
las necesidades básicas de
la persona menor de edad
que va a tener a su cargo como buena
madre de familia. Notifíquese. Licda. Katerin Andrea Vargas Leal.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela San Carlos.—Licda. Katerin Andrea Vargas Leal, Jueza
Decisora.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021517250 ).
Se comunica a la señora Teresa
Padilla Lucke, que en este despacho judicial se tramita proceso de Depósito Judicial del menor de edad Barbara Isabel
Padilla, bajo el Expediente N° 20-000961-1302-FA, promovido por el licenciado Luis
Ernesto Romero Obando, Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia
de San Carlos, donde solicita
que se apruebe el depósito
de la citada menor; por lo
que se les concede el plazo de tres
días contados a partir de
la publicación, para que manifiesten
su conformidad o se opongan a estas diligencias.—Juzgado de Familia de San Carlos,
04 de diciembre del año
2020.—Lic. Ignacio Solano Araya, Juez
Decisor.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021517251 ).
Se comunica al señor Irvin José
Fuentes, que en este despacho judicial se tramita proceso de Depósito Judicial de
las menores Reichel Valentina y Samantha ambas de apellidos Fuentes Córdoba, bajo el Expediente
N° 20-001014-1302-FA, promovido por el licenciado Luis Ernesto Romero Obando, Representante
Legal del Patronato Nacional de la Infancia de San Carlos, donde solicita que se apruebe el depósito del citado menor; por lo que se les concede el plazo
de tres días contados a partir de la publicación, para
que manifiesten su conformidad o se opongan a estas diligencias.—Juzgado
de Familia de San Carlos, 27 de noviembre del
2020.—Msc. Sandra Saborio
Artavia, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021517252 ).
Se comunica al señor José Luis
Castro Castro y a la señora
María Celeste Soto López, que en este
despacho judicial se tramita
proceso de Depósito
Judicial del menor de edad
Brandon José Castro Castro, bajo el Expediente N° 20-001022-1302-FA, promovido
por el licenciado Luis Ernesto Romero Obando, Representante Legal del Patronato
Nacional de la Infancia de San Carlos, donde solicita que se apruebe el depósito del citado menor; por lo que se les
concede el plazo de tres
días contados a partir de
la publicación, para que manifiesten
su conformidad o se opongan a estas diligencias.—Juzgado de Familia de San Carlos, 07 de diciembre del 2020.—Licda. Katerin Andrea Vargas Leal, Jueza
Decisora.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021517253 ).
Se comunica al señor
Iván Ramón Cabrera Madrigal y a la señora
Karla Vanessa Vargas Amador, que en este despacho judicial se tramita proceso de Depósito Judicial de los menores
de edad Iván Antonio, Kimberly Pamela y Brandon
Steven Todos de apellidos
Cabrera Vargas, bajo el Expediente Nº
20-001026-1302-FA, promovido por el licenciado Luis Ernesto Romero Obando, Representante
Legal del Patronato Nacional de la Infancia de San Carlos, donde solicita que se apruebe el depósito del citado menor; por lo que se les concede el plazo
de tres días contados a partir de la publicación, para
que manifiesten su conformidad o se opongan a estas diligencias.—Juzgado
de Familia de San Carlos, 01 de diciembre del
2020.—Lic. Ignacio Solano Araya, Juez.—1 vez.—O.C.
Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021517254 ).
Se comunica al señor Harlan Enrique
Alfaro González y a la señora Ernestina Altamirano Sequeira, que en este despacho judicial se tramita proceso de Depósito Judicial de la menor de edad Yerlin Alfaro Altamirano,
bajo el Expediente N° 20-001029-1302-FA, promovido por el licenciado Luis
Ernesto Romero Obando, Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia
de San Carlos, donde solicita
que se apruebe el depósito
del citado menor; por lo
que se les concede el plazo de tres
días contados a partir de
la publicación, para que manifiesten
su conformidad o se opongan a estas diligencias.—Juzgado de Familia de San Carlos, 07 de diciembre del 2020.—Licda. Katerin Andrea Vargas Leal, Jueza
Decisora.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021517256 ).
Licenciada
Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Víctor Manuel Del Socorro Retana
Salazar, en su carácter personal, quien es
mayor, cédula N° 1-0589-0059, se le hace saber que en demanda abreviado,
establecida por Sarita María Del Socorro Ureña Mata
contra Víctor Manuel del Socorro Retana
Salazar, se ordena notificarle
por edicto, la resolución
que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las quince horas veintinueve minutos del diecisiete de setiembre de dos
mil veinte. De la anterior demanda
Abreviada de Divorcio establecida por la accionante
Sarita María del Socorro Ureña Mata, se confiere traslado al accionado Víctor Manuel del Socorro Retana
Salazar, por el plazo perentorio
de diez días, para que se oponga
a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos
y los hechos a que se referirá
cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso
se tiene como parte al Patronato Nacional de la
Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de Gestión en línea.
Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento
de que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el
transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas
las sentencias. Se producirá
igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29
de enero de 2009. Con respecto
al medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre
del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo
que no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con
el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para
la recepción de notificaciones.”
Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les
solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado
civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. En caso de que, el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona
funcionaria notificadora, a efectos de practicar
la notificación, artículo 4
de la Ley de Notificaciones Judiciales.
Tal y como se desprende de
los movimientos migratorios
incorporados al expediente en fecha diez
de agosto en curso, que reflejan que el accionado salió del país el tres de abril del dos mil cuatro sin
registrar una entrada y al no conocer sobre el paradero del mismo, a fin de nombrarle curador procesal para que lo represente, debe la actora depositar en la cuenta automatizada de este juzgado 200013640338-3 del
Banco de Costa Rica, la suma de sesenta
y cinco mil colones
(¢65.000), más el 13% de IVA por la suma de ocho mil cuatrocientos cincuenta colones para un total del setenta
y tres mil cuatrocientos cincuenta colones (¢73.450), una vez efectuado el depósito acredite el mismo a fin de proceder con el nombramiento. Notifíquese. Expediente
N° 20-001364-0338-FA.—Juzgado
de Familia de Cartago. Cartago, 04 de diciembre
del 2020.—Licda. Patricia
Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021517257 ).
Se hace saber que en este despacho judicial se tramita el presente proceso no contencioso que pretende la aprobación de la cláusula sexta de la constitución de Fundación Tropos,
es promovido por Luz Liliana Jiménez Bernal. Dicha cláusula pretende continuar siendo y ordenando lo siguiente:
“La fundación será administrada y dirigida por una
junta administrativa, compuesta
por cinco miembros, los tres primeros los nombrarán los otorgantes, el cuarto lo designará el poder ejecutivo, y el quinto la municipalidad del cantón de Belén, designados por períodos de un año, pudiendo ser reelectos indefinidamente, en cuyo caso no habrá
necesidad de publicación, ni inscribir la reelección, para terceros se tendrá por hecha si no consta en
el Registro cambio alguno. Los representantes
del Poder Ejecutivo y de la
Municipalidad de Belén ejercerán
sus funciones por el plazo
de su designación. Los
cargos de Directores serán ad honorem. La junta administrativa deberá reunirse por lo menos una vez al mes. Los Directores serán personas de reconocida solvencia moral, dispuestos a impulsar
los objetivos de la Fundación, tener
conocimientos profundos en la materia y estar completamente identificados con los objetivos. Dejará de ser miembro de la junta
administrativa el que sin causa justificada
falte a más de tres sesiones consecutivas,
o su conducta sea puesta en duda.”
Para hacer sus manifestaciones,
se les concede a los interesados el plazo de cinco días contados a partir de la presente publicación, en caso de no existir
oposiciones, este despacho resolverá lo que corresponda.
Lo anterior por ordenarse así
en proceso No Contenciosos Especiales de
Fundación Tropos promovido
por Luz Liliana Jiménez Bernal, Expediente
N°18-000650-0504-CI.—Juzgado
Civil de Heredia, 07 de diciembre del año 2020.—MSc. Oscar Rodríguez Villalobos, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2021517316 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Juana Jethy López Arrieta mayor, divorciada,
educadora, documento de identidad N° 0502020368, vecino
de Santa Cruz Guanacaste, encaminada a solicitar la autorización para cambiarse el nombre de Juana Jethy López Arrieta, por el de Jethy mismos apellidos. Se emplaza a los interesados en este asunto,
a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo
los apercibimientos de ley en
caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Expediente
N° 15-000070-0388-CI.—Juzgado
Civil y Trabajo de Santa
Cruz (Materia Civil), 25 de octubre del 2016.—Lic. Jaime Eduardo Rivera Prieto, Juez.—1 vez.—(
IN2021517467 ).
Msc. Patricia
Méndez Gómez, Jueza del Juzgado
Primero de Familia de San José; hace saber a Aide Álvarez Arce, documento de
identidad PG04101599, casada,
que en este Despacho se interpuso un proceso abreviado en su contra, bajo el expediente N°
17-000667-0186-FA, donde se dictó
la sentencia N° 2020000641 de las catorce horas y treinta
y ocho minutos del veintitrés de julio del dos mil veinte, que en lo conducente dice: “Por tanto: de acuerdo
con las razones indicadas, artículos 1, 2, 34, 48 inciso 8)
del Código de Familia, 222, 317 y 420 del Código Procesal
Civil (Ley 7130), se declara con lugar
la demanda abreviada de divorcio por la causal de Separación
de Hecho, promovida por
Julio López Echeverri contra Ide Álvarez Arce, en consecuencia: A. Se declara disuelto el vínculo matrimonial que los une.
B. No se hace distribución
final por no haber bienes gananciales; sin perjuicio de
que, si surgen con posterioridad, serán liquidados de conformidad con el artículo 41 del Código de Familia. C. Se extingue el derecho alimentario
de las partes. Una vez firme este fallo,
inscríbase en el Registro Civil, Sección Matrimonios de la Provincia de
San José, al tomo quinientos
veintidós (522), folio cuatrocientos
setenta y cinco (475),
asiento novecientos cuarenta
y nueve (949). Se resuelve
sin especial condenatoria en
costas. Hágase saber. MSc.
Patricia Méndez Gómez, Jueza. Lo anterior se ordena así en
proceso abreviado de Julio
López Echeverri contra Aide
Álvarez Arce; Expediente Nº 17-000667-0186-FA.—Juzgado Primero de
Familia de San José, 16 de setiembre del 2020.—Msc. Patricia Méndez Gómez, Jueza.—1 vez.—(
IN2021517488 ).
Licenciada
Diana Patricia Rojas Elizondo Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace
saber a William Gerardo Hernández
Pérez, Zaida Cabrera Carmona, que, en este Despacho en
el proceso abreviado de nulidad de matrimonio, expediente N°
15-000197-0186-FA, se dictó la sentencia
que, en lo conducente dice:
N° 2019001175 sentencia de primera
instancia Juzgado Primero
de Familia de San José, a las ocho horas y siete minutos del quince de noviembre del dos mil diecinueve.
Resultando: I.—..., II.—..., III.—..., IV.—..., Considerando: I.—..., II.—Hechos probados: a)..., b)..., c)... III.—Sobre
el fondo:... Por tanto: por las razones
expuestas y citas legales invocadas, se declara con lugar la demanda abreviada de nulidad de matrimonio, incoada por Marcela Ramírez Jara,
representante legal de la Procuraduría
General de la República en
contra de William Gerardo Hernández Pérez, mayor, comerciante,
portador de la cédula de identidad
N° 401480500, y Zaida
Cabrera Carmona, mayor, de nacionalidad cubana, estilista, portadora del documento de identidad N°
65081732617; en consecuencia:
Se anula la inscripción de dicho matrimonio según las siguientes citas: 1-0475-227-0453, comunicándose
al Registro Civil mediante certificación o ejecutoria; Conforme el artículo 19 del
Código de Familia, procede anular
cualquier acto que se hubiere realizado tanto para conceder la residencia o la naturalización
de la señora Zaida Cabrera Carmona y que deriven de su relación
matrimonial aquí anulada,
lo cual debe comunicarse a
la Dirección General de Migración
y Extranjería y Tribunal Supremo de Elecciones. Se condena a ambas costas a las partes demandadas (artículo 221 Código Procesal
Civil). Notifíquese. Diana Rojas Elizondo. Jueza de Familia.” Expediente Nº
15-000197-0186-FA.—Juzgado
Primero de Familia de San José, 18 de noviembre
del 2019.—Licda. Diana Patricia Rojas Elizondo, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021517768 ).
Licenciado
Diego Acevedo Gómez, Juez del Juzgado
de Familia de Puntarenas, a Kattia Vanessa Briceño Abarca, en su
carácter personal, quien es
mayor, vecina de Chacarita,
Puntarenas, cédula seis-trescientos dieciocho-cuatrocientos cincuenta
y ocho y Víctor Eduardo López Mejías,
mayor de edad, portador de
la cédula de identidad número
siete-ciento nueve-novecientos
ochenta y cinco, domicilio ignorado se le hace saber que en demanda proceso de declaratoria judicial de estado
de abandono de persona menor
de edad, expediente
16-001228-1146-FA establecida por Patronato
Nacional de la Infancia contra Kattia Vanessa Briceño Abarca y Víctor Eduardo
López Mejías se ordena notificarle por edicto a Víctor
Eduardo López Mejías, la sentencia
que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Puntarenas, a las nueve
horas cincuenta y cuatro minutos del siete de diciembre de dos mil veinte. Proceso de declaratoria judicial
de estado de abandono de
persona menor de edad establecido por el Patronato
Nacional de la Infancia, cuyo
representante legal es Dalia Benavides Álvarez, mayor
de edad, soltera, abogada, portador de la cédula de
identidad número seis-trescientos sesenta y siete-ochocientos noventa y dos,
contra Kattia Vanessa Briceño Abarca,
mayor de edad, portadora de
la cédula de identidad número
seis-trescientos dieciocho-cuatrocientos
cincuenta y ocho, vecina de Chacarita en Puntarenas, y Víctor Eduardo López Mejías,
mayor de edad, portador de
la cédula de identidad número
siete-ciento nueve-novecientos
ochenta y cinco, domicilio ignorado. Resultando Primero: Acciona el Patronato Nacional de la Infancia
para que en sentencia se
declare el estado de abandono
con terminación de la Patria Potestad
y fines de adopción, de la menor
de edad Brianny Vanessa
López Briceño, por parte de
sus padres, aquí demandados
además de que se ordene el depósito judicial de la niña en Ana María Abarca Venegas.
Segundo: La accionada no contesta
la demanda, pese a ser notificada correctamente de la demanda en fecha
del quince de marzo de dos mil diecisiete.
Con relación al señor López
Mejías, en virtud de su ausencia
se le nombró un curador procesal ad litem, quien contestó la demanda. Tercero: En los procedimientos se han observado las formalidades de
ley, no existen errores que
causen nulidad alguna. La audiencia prevista en el artículo 123 del Código de
Familia se verificó el día dos de noviembre
de dos mil veinte y, Considerando
I. Hechos Probados. Los siguientes de importancia: 1) En fecha dieciocho
de noviembre de dos mil doce,
en Barranca Central Puntarenas, nació
la menor de edad Brianny Vanessa López Briceño, hija de los demandados Kattia
Vanessa Briceño Abarca y
Víctor Eduardo López Mejías, inscrita
en el Registro de Nacimientos de la provincia de
Puntarenas, bajo las citas de inscripción
tomo quinientos cuarenta, página doscientos cuarenta y siete, asiento cuatrocientos noventa y cuatro. (Ver informe de nacimiento incorporada el siete de diciembre de este año). 2) El cuatro de diciembre de dos mil quince el Patronato
Nacional de la Infancia recibe
denuncia de parte del equipo interdisciplinario de la
Escuela Líder José Ricardo Orlich
Zamora en la que se informa
que Dixon Guevara Briceño, hermano
de la persona menor de edad,
presenta ausentismo frecuente, lo que conllevó a que en visita realizada
por el ente promovente se conociera por referencias que la progenitora consume drogas, y se prostituye por las noches, y que
el dinero que recibe por ayudas
y apoyo estatal, lo invierte en su
consumo de drogas. (Ver expediente administrativo del Patronato Nacional de la Infancia
incorporado el veintiocho
de mayo de este año y declaración testimonial de María Victoria Ramírez Alvarado
y Ana María Abarca Venegas en
acta de audiencia del dos de noviembre de dos mil veinte). 3) El veintidós de mayo
de dos mil dieciséis, es el Hospital Nacional de Niños, quien por medio del Departamento de Trabajo Social informó que el menor Dixon fue diagnosticado de leucemia LLA Pre B temprana, y
que pese a que la progenitora
tenía conocimiento, presentaba ausentismo a las citas de control. Ante la intervención
por parte del Comité del
Niño Agredido del nosocomio
antes mencionado, se dispone que Dixon y sus hermanas Némesis y Brianny se trasladen a vivir junto a su abuela materna de nombre Ana Abarca Venegas (Ver expediente administrativo del Patronato
Nacional de la Infancia incorporado
el veintiocho de mayo de este
año y declaración
testimonial de María Victoria Ramírez Alvarado y Ana María Abarca
Venegas en acta de audiencia del dos de noviembre de dos mil veinte). 4)
Como factores de riesgo se determinaron: progenitora con antecedentes de adicción a licor y drogas ilegales; se desconoce paradero de progenitores; grupo filial sin estabilidad habitacional ni económica; madre presenta ausentismo de citas médicas de Dixon; Brianny con antecedentes de presunto abuso sexual por parte de un particular. En virtud de lo anterior, por
medio de resolución administrativa
de las nueve horas del treinta
de mayo de dos mil dieciséis, el Patronato
Nacional de la Infancia inició
el proceso especial de protección
en sede administrativa,
y ordenó la medida de cuido provisional de la persona menor
de edad y sus hermanos bajo
la responsabilidad de la abuela materna,
lugar en el que permanece al día de hoy. (Ver expediente
administrativo del Patronato
Nacional de la Infancia incorporado
el veintiocho de mayo de este
año y declaración
testimonial de María Victoria Ramírez Alvarado y Ana María Abarca
Venegas en acta de audiencia del dos de noviembre de dos mil veinte). 5)
La hermana de la persona menor
de edad, de nombre Fiorella
Guevara Briceño, fue declarada en estado
de abandono por parte de este despacho, en sentencia número
93-2016 dictada por esta autoridad a las nueve horas cincuenta minutos del veintiocho de enero de dos mil dieciséis. (Ver expediente administrativo del Patronato
Nacional de la Infancia incorporado
el veintiocho de mayo de este
año y declaración
testimonial de María Victoria Ramírez Alvarado y Ana María Abarca
Venegas en acta de audiencia del dos de noviembre de dos mil veinte). 6)
El siete de julio de dos
mil dieciséis, la progenitora
se realizó prueba de dopping en Laboratorio
Químico Clínico Zoila
Torres y dio resultado positivo por consumo de cocaína y negativo en marihuana. (Ver expediente administrativo del Patronato
Nacional de la Infancia incorporado
el veintiocho de mayo de este
año y declaración
testimonial de María Victoria Ramírez Alvarado y Ana María Abarca
Venegas en acta de audiencia del dos de noviembre de dos mil veinte). 7)
Durante el período de permanencia
bajo el cuidado de la abuela materna,
la persona menor de edad no
ha tenido contacto con progenitores. (Ver expediente administrativo del Patronato
Nacional de la Infancia incorporado
el veintiocho de mayo de este
año y declaración
testimonial de María Victoria Ramírez Alvarado y Ana María Abarca
Venegas en acta de audiencia del dos de noviembre de dos mil veinte). 8)
Tanto durante el proceso administrativo, así como este proceso
judicial, la señora Briceño
Abarca y el señor López Mejías no han mostrado
interés en recuperar la custodia de su hija Brianny Vanessa, para con quien han mostrado
actitudes abandónicas. (Ver
expediente administrativo
del Patronato Nacional de la Infancia
adjunto al archivo de demanda y declaración testimonial
de María Victoria Ramírez Alvarado y Ana María Abarca
Venegas en acta de audiencia del dos de noviembre de dos mil veinte). 9)
La abuela materna le ha brindado
a la niña estabilidad habitacional y afectiva, siendo que de hecho la niña la ubica como
figura de pertenencia, protección y afecto. Además, la persona menor de edad se encuentra en el programa de Hogares Subvencionados del PANI.
(Ver expediente administrativo
del Patronato Nacional de la Infancia
adjunto al archivo de demanda y declaración testimonial
de María Victoria Ramírez Alvarado y Ana María Abarca
Venegas y Patronato Nacional de la Infancia en acta de audiencia del
dos de noviembre de dos mil veinte,
e informe social del dieciséis
de junio de este año). 10) La hermana de la menor, de nombre Némesis cumplió la mayoría de edad y se fue del hogar, mientras que Dixon falleció producto de su padecimiento de leucemia. (Ver expediente administrativo del Patronato Nacional de la Infancia
incorporado el veintiocho
de mayo de este año y declaración testimonial de María Victoria Ramírez Alvarado
y Ana María Abarca Venegas en
acta de audiencia del dos de noviembre de dos mil veinte). II. Sobre el Fondo del Asunto. La pretensión del ente actor es que
se declare, en esta vía judicial, el estado de abandono del menor de edad Brianny Vanessa, en vista del estado en que se encuentra en virtud del desinterés
que por él han manifestado sus padres, aquí demandados, por los antecedentes
de negligencia en el ejercicio de los roles parentales
y por la carencia de las condiciones
y aptitudes necesarias para el cuido
de una persona menor de edad.
De acuerdo con lo que establece
nuestra legislación en materia de familia,
es posible que se declare ese estado
de abandono cuando concurren algunos presupuestos materiales básicos que determinen una imposibilidad de parte de los
padres de poder mantener y tener a su lado
al menor de edad, ya que no se están cumpliendo con los necesarios cuidados que todo menor de edad debe tener, además de que se establezca que existe un peligro eminente para el propio menor de edad, por el riesgo en que se ve envuelto
con sus progenitores. El artículo
160 del Código de Familia, en su
inciso c) establece que es posible el decreto del estado de abandono de un menor de edad cuando
éste se halle en riesgo social debido a la insatisfacción de las
necesidades básicas, materiales, morales, jurídicos y psicoafectivas a
causa de un descuido injustificado
de parte de sus padres o de quienes
ejerzan legalmente los
derechos y deberes inherentes
a la Patria Potestad, teniendo
como consecuencia esa declaratoria de abandono que se termina (según el
inciso c- del artículo 158
del mismo cuerpo legal precitado) el ejercicio de la
Patria Potestad, ahora mejor llamada Responsabilidad
Parental, de parte de quienes
la ostentan. Del estudio de
las probanzas que han sido llegadas al proceso, no queda ninguna duda para este juzgador que se cumplen esos elementos
o presupuestos materiales
de la acción invocada, incluso tanto dentro del proceso administrativo, como ahora que se ha judicializado,
los demandados han demostrado no tener interés en recuperar
la custodia de su hija, y
por el contrario la señora Briceño Abarca no ha intentado en ningún
momento deseo de recuperar a su hija, siendo que de hecho no manifestó interés de someterse a una intervención por parte de dicho ente; y en
cuanto al señor López Mejías, siquiera se conoce su ubicación,
y no se apersonó al proceso
administrativo de PANI y menos
ahora que se ha judicializado,
con lo que se ha tenido por demostrado
claramente, que ha existido
un marcado desinterés del
progenitor hacia la situación
de su hija, aunque en un momento
que se le pudo localizar manifestó su deseo
en que su hija permaneciera con la abuela materna, dado que él también tenía problemas
con el consumo de drogas y
no podía hacerse cargo de
la niña. En el expediente administrativo que está en la sumaria,
constan las diversas intervenciones de trabajo social
y psicológicas realizadas
por el departamento correspondiente
en el Patronato Nacional de
la Infancia, las cuales arrojaron similares resultados contundentes en cuanto al riesgo
en el que se encuentra la niño; además de que se reafirma este hecho
con las declaraciones testimoniales
que en la audiencia de este
proceso hace María Victoria
Ramírez Alvarado y Ana María Abarca Venegas, al primera en su
labor como trabajadora
social del ente promovente,
quien menciona y relata las
intervenciones realizadas, brindando argumentos como las necesidades que requiere la niña, el desinterés de los progenitores
por la situación de la persona menor
de edad, indicando incluso que en el caso de la progenitora no se ha preocupado por su bienestar, y que el padre no se opone
a que se defina su situación jurídica con otra persona. Ante este hecho, la licenciada Ramírez
Alvarado del Patronato Nacional de la Infancia emitió decisión técnica, recomendando dar inicio al proceso judicial de declaratoria de estado de abandono de la persona menor de edad, con fines de adopción. Estos hechos también
se desprenden de la lectura
y análisis del expediente administrativo llevado en la entidad actora
del proceso, según los informes de tipo social allí contenidos que dan cuenta de lo narrado; todo ratificado por la declaración de hechos que se tiene en la sumaria
de la persona supra mencionada, y de la depositaria judicial, quien además es la abuela materna de la
niña. Así las cosas, se cumplen con los presupuestos que habla el artículo 160 del Código de Familia como
requirentes del estado de abandono de una persona menor de edad en cuanto
a la falta de satisfacción
de las necesidades afectivas
y materiales; por lo que en
aplicación del principio del interés
superior del menor de edad
que está contemplado en los artículos tercero de la Convención sobre los Derechos del Niño y quinto del Código de la Niñez y la Adolescencia, considerándose que para la menor
de edad referida lo mejor es decidir su situación jurídica
y buscar nuevas alternativas a su porvenir, este juzgador acoge la petición del ente actor y declarar en estado
de abandono, con la consecuente
pérdida de los derechos inherentes
a la Responsabilidad Parental que de la menor de edad ostentaban
los aquí demandados Kattia
Vanessa Briceño Abarca y
Víctor Eduardo López Mejías. Anótese
el fallo en las citas de inscripción de la
persona menor de edad en la sección de nacimientos del partido de
Puntarenas, tomo quinientos
cuarenta, página doscientos cuarenta y siete, y asiento cuatrocientos noventa y cuatro del Registro Civil. Por Tanto. De acuerdo
a lo expuesto, y artículos
51 y 55 de la Constitución Política;
5, 13, 30, 32 y 34 del Código de la Niñez y la Adolescencia; 1, 2, 5, 8, 115 y siguientes
y 140 y siguientes del Código de Familia, se declara Con Lugar la demanda especial de declaratoria
judicial de abandono de persona menor
de edad con terminación de
la patria potestad y fines de adopción
establecido por el Patronato
Nacional de la Infancia contra Kattia Vanessa Briceño Abarca y Víctor Eduardo
López Mejías, declarando en esta vía
judicial el estado de abandono
con fines de adopción del menor
de edad Brianny Vanessa
López Briceño, con la consecuente
pérdida de los derechos de la Responsabilidad
Parental que de él ostentaban
los aquí demandados. Se ordena el depósito judicial del niño bajo la responsabilidad de
Ana Abarca Venegas. Anótese
el fallo en las citas de inscripción de la
persona menor de edad en la sección de nacimientos del partido de
Puntarenas, tomo quinientos
cuarenta, página doscientos cuarenta y siete, y asiento cuatrocientos
noventa y cuatro del Registro Civil. Hágase saber.—Juzgado de
Familia de Puntarenas.—Diego Acevedo Gómez, Juez
de Familia.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021517769 ).
A Silvia Yanory Rivera Jiménez, en su carácter personal, quien es mayor, cédula N° 0115170155, de más calidades y paradero desconocido, se le hace saber que en demanda Guarda Crianza y Educación, establecida por Ángel Elías Sánchez Cortés contra Silvia Yanory
Rivera Jiménez, se ordena notificarle
por edicto, la sentencia
que en lo conducente dice:
Por tanto: de conformidad con lo expuesto,
se declara con lugar el presente proceso, estableciendo que la Guarda,
Crianza y Educación de las personas menores de edad Ashley Alejandra, Jixel Paola y
Ángel David todos de apellidos Sánchez Rivera la ejercerá
de forma exclusiva el señor
Ángel Elías Sánchez Cortés; lo cual no impide que la señora Silvia Yanory Rivera
Jiménez –a través de un régimen
de visitas, judicializado o
no– pueda interrelacionarse
con sus hijas e hijo. Se resuelve este asunto
sin condena en costas. Por tratarse de una demanda contra un ausente, Publíquese mediante edicto por una sola vez en el Boletín Judicial,
la parte dispositiva de esta sentencia con los datos generales para identificar el proceso. Proceso de Guarda Crianza y Educación, N° 18-00457-0292-FA, de Ángel Elías Sánchez Cortés contra Silvia Yanory Rivera Jiménez.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela.—Msc. Liana Mata
Méndez, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021517770 ).
Licenciada
Guadalupe Solano Patiño. Jueza
del Juzgado de Familia de Cartago, a Gamaliel Antonio
Espinoza Chavarría y Marjorie de Los Ángeles Calderón Hernández, se le hace
saber que en demanda Declaratoria Judicial Abandono, establecida por Patronato
Nacional de la Infancia contra Gamaliel Antonio
Espinoza Chavarría y Marjorie de Los Ángeles Calderón Hernández, se ordena
notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de
Familia de Cartago. A las catorce horas y uno minutos del veinticinco de setiembre del año dos mil diecinueve. Se tiene por establecido el presente proceso especial de Declaratoria
de Abandono Expediente
19-002495-0338-FA, de la persona menor Marcos Antonio
Espinoza Calderón, planteado por Patronato
Nacional de la Infancia contra Gamaliel Antonio
Espinoza Chavarría y Marjorie de Los Ángeles Calderón Hernández, a quién
se le concede el plazo de cinco
días para que oponga excepciones,
se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121
y 122 del Código de Familia. En ese mismo plazo, en
el primer escrito que presenten
deben señalar un medio para
atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de que mientras
no lo haga, las resoluciones
posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales
N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con
respecto al medio, se le hace
saber a las partes lo dispuesto
por el Consejo Superior, en
sesión N° 65-08,
celebrada el 2 de setiembre
del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo
que no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con
el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para
la recepción de notificaciones.”
Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además
puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés.- Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión
u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de
residencia. Se le advierte que, si
no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso
con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Notifíquese esta resolución a la parte demandada, personalmente o por
medio de cédulas y copias de ley en
su casa de habitación, o
bien en su domicilio real. Artículo 19 de la
Ley de Notificaciones Judiciales.
Vista la información obtenida
de la cuenta cedular de la señora Calderón Hernández se comisiona
a la Oficina de Comunicaciones Judiciales
y Otras Comunicaciones de Turrialba. En caso de que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona
funcionaria notificadora, a efectos de practicar
la notificación, artículo 4
de la Ley de Notificaciones Judiciales.
Por otra parte, envíese oficio a la Dirección General de Migración y Extranjería a efecto
de conocer los movimientos migratorios del señor Espinoza Chavarría. Notifíquese..—Juzgado de Familia de
Cartago.—Msc. Wendy Blanco Donaire, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021517771 ).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito
judicial de las personas menores de edad Edeney Trejos Fonseca, Keichell Rubi Casanova Fonseca, Keylin
Fernández Fonseca, quien promueve
el presente proceso el Patronato Nacional de la Infancia,
para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba
(Materia Familia). A las ocho horas cincuenta y dos minutos del seis
de enero de dos mil veintiuno.
06 de enero del año 2021. Expediente Judicial N° 20-000408-0675-FA-W. Clase de Asunto Diligencias de Depósito Judicial. Que en lo
literal dice: Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba (Materia Familia). A las ocho horas cincuenta y uno minutos del seis de enero de dos
mil veintiuno. De las presentes
diligencias de depósito judicial de las personas menores de edad, Edeney Trejos Fonseca, Keichell
Rubi Casanova Fonseca, Keylin Fernández Fonseca promovidas por el Patronato
Nacional de la Infancia, se confiere
traslado por tres días a
Alexandra Fonseca Martínez y Edeney Trejos Porras,
Luis Javier Fernández Hernández, Guillermo Casanova Canballeira,
a quienes se les previene
que en el primer escrito
que presente(n) debe(n) señalar
un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de que mientras
no lo haga, las resoluciones
posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales
N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre
del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo
que no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con
el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para
la recepción de notificaciones.”
Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además
puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Alexandra Fonseca
Martínez personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio
real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales
y otras comunicaciones;
Turrialba. En caso, que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar
la notificación, artículo 4
de la Ley de Notificaciones Judiciales.
Por medio de edicto, que se publicará
en el Boletín
Judicial, procédase a notificar
a Edeney Trejos Porras, Luis Javier Fernández
Hernández, Guillermo Casanova Canballeira y se cita y emplaza a todos los que tuvieren interés en este
asunto, para que se apersonen
dentro del plazo de treinta
días hábiles, que se contarán
a partir de la última publicación del edicto ordenado. Se le previene a la parte interesada, que para efectos de la diligencia en cuestión, si a bien lo tiene, deberá señalar
un medio para atender notificaciones
ante la autoridad comisionada,
bajo el apercibimiento de que mientras
no lo haga, las resoluciones
posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas.
Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 35,
36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Tome nota la parte
interesada lo dispuesto por
la circular N° 5-2012
emanada por el Consejo
Superior del Poder Judicial; en
el sentido de que, cuando
se señale fax, casillero
y/o estrados judiciales, se
aplicará de manera analógica el artículo 15 de la
Ley de Notificaciones Judiciales,
en el sentido de que las partes se reservarán las copias de la demanda y/o escrito inicial, y se apersonarán al despacho para obtener en formato
digital un archivo con la comisión,
u obtengan dicha información digital, por medio del sistema
de gestión en línea, lo anterior conforme a las
políticas institucionales
de cero papel. Notifíquese.—Juzgado Familia, Penal
Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba (Materia Familia).—Msc. Gisela Salazar Rosales, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021517775 ).
Licda. Valeria
Arce Ihabadjen, Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace
saber a Norman Darío Corrales Jiménez, mayor, casado,
colombiano, comerciante, domicilio desconocido, pasaporte CC 98662003 que en este Despacho se tramita el proceso abreviado de Nulidad de Matrimonio planteado en su contra, expediente
N° 20-000547-0186-FA, en el cual se dictó
la resolución que en lo conducente dice: “Juzgado Primero
de Familia de San José, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de setiembre de dos mil veinte.
I.—Para representar al demandado
Norman Darío Corrales Jiménez, se designa como Curadora Procesal
a la licenciada María de Los Ángeles
Fallas Hernández (cédula de identidad
N° 1-0999-0063), confiriéndole el plazo de tres días para aceptar o declinar el nombramiento. El Juzgado se decanta por la designación inmediata del (a) curador(a) procesal, por cuanto de la documentación presentada por la actora se desprende que el demandado
Corrales Jiménez, abandonó el territorio
nacional desde el año 2019, sin que se tenga noticia reciente sobre su posible
reingreso al país y consultada la base de datos de la
Dirección General de Migración
y Extranjería, no existe noticia que haya registrado algún domicilio en el país. El nombramiento es dispuesto sin perjuicio de que, durante el proceso pudiere obtenerse noticias de la ubicación en Costa Rica del señor
Corrales... II.—De la demanda
abreviada de Nulidad de Matrimonio planteada por la Procuraduría General de la República
se confiere traslado a los demandados Glenda Jeannette Hernández Ávila y Norman
Darío Corrales Jiménez por el plazo de diez días, para que se opongan a
la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de
la demanda, deberán contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso
del nombre y las generales
de ley de los testigos y los hechos
a que se referirá cada uno.
II.—Se le previene a la parte
demandada, que
en el primer escrito que presente debe señalar un medio
para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de que mientras
no lo haga, las resoluciones
posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado (artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales
N° 8687 del 28 de octubre del 2008). Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.” Expediente Nº
20-000547-0186-FA.—Juzgado
Primero de Familia de San José, 16 de setiembre
del 2020.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen,
Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021517776 ).
Se avisa: al señor Otto Silva Reyes,
mayor, costarricense, cédula de identidad
número 0503070064, con demás
calidades y domicilio desconocido, que en este Juzgado se tramita el expediente
N° 20-001282-1146-FA, correspondiente a
Diligencias no Contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato
Nacional de la Infancia, donde
se solicita que se apruebe
el depósito
de las personas menores de edad
Darnet y Daleysha ambos de apellidos Silva Castillo. Se le concede el plazo de tres días hábiles, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas
diligencias.—Juzgado de
Familia de Puntarenas.—Lic.
Diego Acevedo Gómez, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021517778 ).
Han comparecido
a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Jonathan Julián Torres Pereira, mayor, soltero,
operario, cédula de identidad
número 0113400675, nombre
de la progenitora y
nombre del progenitor, domicilio
en Hospital Central San José, el 15/01/1988, con 32
años de edad, y Nazareth de
Los Ángeles Torres Pérez, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número 0304540927, nombre de la progenitora y nombre del
progenitor, domicilio en
Oriental Central Cartago, el 04/07/1991, actualmente
con 29 años de edad; ambas
personas contrayentes tienen
el domicilio en Cot,
Oreamuno, Cartago, Cartago. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 20-002315-0338-FA.—Juzgado
de Familia de Cartago, Cartago, 04 de noviembre del 2020.—Licda.
Mariela Porras Retana, Jueza.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021517258 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil Andrey Caleth Martínez Ramírez, mayor, soltero, oficial de seguridad, cédula de identidad número 0117170063, nombre de la progenitora y nombre del
progenitor, domicilio en
Carmen Central San José, el 06/08/1998, con 22 años de edad, y Jacqueline de Los
Ángeles Zúñiga
Segura, mayor, divorciada, no indica, cédula de identidad número 0111430913, nombre de la progenitora y nombre del progenitor, domicilio en Hospital Central San José, el 28/06/1982, actualmente con 38 años de edad; ambas personas contrayentes
tienen el domicilio en La Unión Cartago, Cartago. Si alguna
persona tiene conocimiento
de algún impedimento para
que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente N° 20-002421-0338-FA.—Juzgado de Familia
de Cartago, Cartago, 04 de noviembre
del 2020.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021517259 ).
Han comparecido ante este
notaría solicitando contraer matrimonio civil conforme a nuestra legislación, el señor Carlos
Esteban Serrano Quesada, mayor de edad, soltero, oficial de policía, con cédula de identidad número 1-1092-0567, hijo de
Carlos Serrano Villalobos y Flor Quesada González, ambos costarricenses;
y la señora Kerlin Leitón Casasola, mayor de edad, soltera, costarricense, técnica en laboratorio clínico, portadora de la cédula
de identidad N° 7-0160-0631, hija
de Juan Guillermo Leitón Jiménez, costarricense
y Mayra Casasola Reid, costarricense;
ambos contrayentes vecinos
de Alajuela, San Mateo, 500 metros este de la Iglesia Católica. En virtud de ello
y en cumplimiento del artículo 25 del Código de Familia, se ordena
la publicación de este edicto en aras
de que si existe alguna oposición a la unión solicitada lo hagan saber dentro del plazo de 8
días naturales después de la publicación
de este edicto ante esta notaría.—Puntarenas, 08 de enero del
2021.—Licda. Geraldin
Vargas Rodríguez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021517658 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Yeison Eduardo Alvarado Brenes,
mayor de edad, cédula de identidad
206560334, ocupación bodeguero,
vecino de San Pedro de Poás,
hijo de Gerardo Alvarado Bermúdez
y de Vera Virginia Brenes Herrera, nacido en Alajuela, en fecha 19 de febrero de 1989, con 31 años de edad, y la señora Nataly Melissa
Quesada Quesada,
mayor de edad, cédula de identidad
304990644, ocupación ama de casa, vecina
de San Pedro de Poás, hija
de Norman Gerardo Quesada Pérez y de Alejandra Quesada Serrano, nacida en Cartago, en fecha 26 de noviembre de 1996, con 23 años de
edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente Nº 20-001855-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, Alajuela, fecha, 04 de diciembre del año 2020.—Licda. Jorleny María Murillo
Vargas, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021517780 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil Tony
Gaitán Rodríguez, mayor, soltero, oficinista,
cédula de identidad N° 0116210854, vecino de Dulce Nombre de
Coronado, hijo de María Gabriela Rodríguez Corrales y
Antonio Gaitán Calderón, nacido en
Carmen Central, San José, el 18/10/1995, con 25 años
de edad, y Yulianny Gómez
Espinoza, mayor, soltera, secretaria
ejecutiva, cédula de identidad
N° 0116820072, vecina de La Trinidad de
Moravia, hija de Yesenia Espinoza González y Víctor Gómez Pérez, nacida en Uruca
Central, San José, el 17/07/1997, actualmente con 23 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 20-002009-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea,
15 de diciembre del 2020.—Licda.
Lorena María Mc Laren Quirós,
Juez.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021517783 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil el señor Mario Gerardo Campos Alvarado, mayor de edad, divorciado, cédula de identidad N° 5-247-815, ocupación
independiente, vecino de
Alajuela, Sabanilla, Los Ángeles, entrada a Calle Lajas, Urbanización Bella Vista,
casa N° 5, hijo de José Luis Campos Villalobos y de Isabel Alvarado
Herrera ambos de nacionalidad costarricense,
nacido en Centro Tilarán Guanacaste en fecha 16 de agosto de 1968, con
52 años de edad, y la señora Yisenia María Obando Díaz,
mayor de edad, soltera,
cédula de identidad N° 6-356-870, ocupación ama de casa, vecina de Alajuela, Sabanilla,
Los Ángeles, entrada a Calle Lajas,
Urbanización Bella Vista, casa N°
5, hija de Bartolo Obando
Peralta y de María Isidora Díaz Díaz
ambos de nacionalidad costarricense,
nacida en San Vito de Coto Brus, Puntarenas, en fecha 29 de julio de 1986 con 34 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 20-002035-0292-FA.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, Alajuela, 09 de diciembre
del 2020.—Licda. Susan de Los Ángeles
Herrera Álvarez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021517784 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Celia
del Carmen Corea Umaña,
mayor, divorciados, oficial
de seguridad, cédula de identidad
número 0800870453, vecina
de San José, Goicoechea, Guadalupe, El Alto, hija de Rosa Estefanía Umaña
Aragón y Juan Francisco Corea Corea,
nacida en Rivas Nicaragua,
el 14/07/1977, con 43 años de edad,
quien podrá ser contactada 72750301 y Marlon Adrián Coto Araya, mayor, divorciado, supervisor de guarda espaldas, cédula de identidad número 0701000169, vecino de San
José, Goicoechea, Guadalupe, El Alto, hijo de Agnes Araya Campos y Juan Rafael Coto Bejarano, nacido en Centro Central Limón,
el 15/06/1971, actualmente con 47 años
de edad, quien podrá ser contactado al número telefónico 72658089. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 20-002105-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo
Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 17 de diciembre
del 2020.—Msc. Carlos Sánchez Miranda, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021517785 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Jason
Javier Brenes Barahona, mayor, Soltero,
costarricense, cédula de identidad
número 0504110851, vecino
de Cañas, barrio el Pretal,
de la primera entrada a mano izquierda,
segunda casa color roja, hijo de Lelania Brenes Barahona, nacido en Centro Liberia Guanacaste, el 19/08/1996, con 24 años de edad, y Meilyn Navarro Barrera, mayor, Soltera,
costarricense, cédula de identidad
número 0503670386, vecina
de Cañas, barrio el Pretal,
de la primera entrada a mano izquierda,
segunda casa color roja, hija de Anabelle Barrera Aguirre y Alberto Navarro
Martínez, nacida en centro Liberia, Guanacaste, el 11/12/1988, actualmente con 32 años de edad, teléfono 6475-6145. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 21-000002-0928-FA.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil
y Violencia Doméstica de Cañas (Materia Familia), Cañas,
05 de enero del año 2021.—Lic. Luis Fernando Suarez Jiménez, Jueza.—1 vez.—O.C.
Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021517786 ).
Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio el señor Luis Ángel Pasos Guido, mayor, divorciado, bodeguero, cédula de identidad N°
0503970512, nacido en
Centro Liberia, Guanacaste, el 08/03/1994, con 26 años
de edad, y la señora Evelyn
María Castillo Guzmán, mayor, soltera, ama de
casa, cédula de identidad N° 0503830657, nacida en Centro Liberia,
Guanacaste, el 09/09/1991, actualmente con 29 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Liberia, Guanacaste.
Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-000009-0938-FA.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, (Liberia), (Materia Familia), 06 de enero del 2021.—Licda. María
Alejandra Quesada García, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021517788 ).
Juzgado Penal del Primer Circuito
Judicial de San José, a las trece horas quince minutos del cinco de enero del dos mil veintiuno. Se
pone en conocimiento de: 1)
Marino del Carmen Vargas Fernández, cédula de identidad
1-0740-0744, vecino de Pérez Zeledón,
la Palma 100 metros norte de la iglesia.
Indagado el 19 de marzo del
2012, visible a folio 3032. 2) Alexander Cabalceta
Alvarado, cédula de identidad 6-0171-0645, vecino de San Isidro de Pérez Zeledón,
25 metros sur del restaurante Yucatán. Indagado el 10 de abril del 2012,
visible folio 3081. 3) Lizabeth Kushigian, pasaporte USA 451083675, vecina
de US 31 Cranberry Lane, Denninis, Port MA 02639. Indagada el 27 de abril del 2012,
visible a folio 3119. 4) Carl Brice De Ganahl, pasaporte 184000297721. Indagado
el 27 de abril del 2012, visible a folio 3244. 5)
Timothy Wooddruff, cédula de residencia
0034446-002704, vecino de Dominical Osa. Indagatoria visible a folio
3169. 6) Royner López Cordero, cédula de identidad 1-0858-1972, vecino de Repunta de Pérez Zeledón, del
Taller Weber 500 metros sur, teléfono 8815-8789. Indagado el 10 de setiembre del
2012, visible a folio 3228. 7) Roberto Mora Retana,
cédula de identidad 1-0376-0181, vecino
de Alfombra de Barú, Pérez Zeledón, de la entrada principal 300 metros oeste casa a la izquierda. Indagatoria visible a folio 3230. 8) Asdrúbal
Fonseca Abarca, cédula de identidad
1-0480-0230, vecino de Palmar Norte de la Escuela
Vergel, teléfono 7061-3824. Indagado
el 06 de noviembre del 2012, visible a folio 3313. 9)
Emilio Monge Montoya, cédula de identidad
1-0410-0620, vecino de Cartago, El Guarco, San Isidro, 100 metros oeste
y 50 metros sur, teléfono 2573-7733 // 8794-7110. Indagado el 06 de noviembre del
2012, visible a folio 3317. 10) Dagoberto De Jesús
Rivera Zúñiga, cédula de identidad
9-0086-0950, vecino de San José, Pérez Zeledón, San Cristóbal de Barú,
de la Iglesia La Luz del Mundo 50 metros sureste, casa a mano izquierda. Indagado el 21 de octubre del
2012, visible a folio 3352. 11) Francisco Vargas Fernández, cédula de identidad 1-0494-0339, Vecino de
Pérez Zeledón y Dominical, a un costado
del Centro Turístico Los Cachorros,
teléfono 2317-4743. Indagatoria
05 de abril del 2013. Visible a folio 3404. 12) Juan
Rafael Jiménez Hidalgo, Vecino de Puntarenas, Osa, Puerto Nuevo, de la entrada de la escuela
200 metros a la derecha. Indagatoria
el 25 de mayo del 2015, visible a folio 3527. 13) Jesús Gómez Portugués, cédula de identidad
3-0223-0120. 14) Jordana Céspedes
Mora, cédula de identidad 1-1097-0782, vecina de Puntarenas, Osa, Puerto
Viejo, 200 metros sur 600 metros este de la escuela. Indagatoria el 21 de
mayo del 2015, visible 3523. 15) Carlos Luis Marín Barrantes,
cédula de identidad 9-0085-0379, vecino
San Isidro de Pérez Zeledón, 50 metros de la Musoc. 16) Eddie Willie Céspedes Céspedes, cédula de identidad
6-0102-0295, vecino de Dominical de Osa, Puerto Nuevo, 1 kilómetro al
oeste de la escuela. 17)
Edgar Brett Kitchen, pasaporte 152430698 y 211970688.
A quienes como personas terceros interesados en el proceso 07-8885-042-PE que
se tramita en este despacho en
contra de Ricardo Marín Vargas y otros por el delito de falsedad ideológica y otros, en perjuicio de Playa Florida S.
A. y otros; que este despacho mediante
resolución de las catorce horas
y cuatro minutos del ocho de setiembre de dos mil veinte; ha dispuesto la celebración de la audiencia preliminar
en la causa descrita supra;
diligencia que tendrá lugar
en las salas de juicio del Edificio de Tribunales de Justicia del Primer Circuito
Judicial de San José; y tendrá ocasión
iniciando a las diecisiete
horas del día once de enero de 2021 hasta el quince
de enero del mismo año, por lo que se ha dispuesto
la publicación del presente
edicto a efecto de prevenirles que en caso de tener interés
podrán presentarse y participar de la misma a efectos de hacer valer sus derechos. Notifíquese.—Juzgado Penal del
Primer Circuito Judicial de San José.—Licda. María Aurelia Rodríguez Anchía,
Jueza Penal de San José.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021517790
).