BOLETÍN JUDICIAL N° 17 DEL 26 DE ENERO DEL 2021
CORTE SUPREMA
DE JUSTICIA
SALA CONSTITUCIONAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos
Matrimoniales
ASUNTO: Acción de
Inconstitucionalidad
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
SEGUNDA PUBLICACIÓN
De acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional,
dentro de la acción de inconstitucionalidad N° 20-021801-0007-CO que promueve Ofertel Sociedad
Anónima, se ha dictado la resolución que literalmente dice: «Sala
Constitucional de La Corte Suprema de Justicia. San José, a las once horas
treinta minutos del catorce de enero de dos mil veintiuno./Se da curso a la
acción de inconstitucionalidad interpuesta por Anayansi Mora Palma, cédula de identidad 1-1015-0081 y Luis Alejandro Segura Sánchez, cédula de
identidad 1-1550-0715, en su condición de apoderados especiales judiciales de
OFERTEL S. A., cédula jurídica 3-101-174091; para que se declare
inconstitucional la jurisprudencia de la Sala Primera de la Corte Suprema de
Justicia, contenida en las sentencias nros. 385-F-2006, 555-F-S1-2012,
300-F-S1-2018 y 835-F-S1-2018, referente a la interpretación de los artículos
53 y 54 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, sobre los efectos
interruptores de la prescripción de aquellos actos administrativos que han sido
declarados absolutamente nulos, por infracción de los principios
constitucionales de reserva de ley, seguridad jurídica, razonabilidad y tutela
judicial efectiva. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría
General de La República, al Presidente de La Sala Primera de La Corte Suprema
de Justicia, al Director General de Tributación Directa y al Presidente del
Tribunal Fiscal Administrativo. La referida línea jurisprudencial se impugna,
en tanto se alega que la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia ha
interpretado los artículos 53 y 54 del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios, en el sentido de reconocer efectos interruptores de la
prescripción a aquellos actos administrativos que han
sido declarados absolutamente nulos, lo que se estima infringe los principios
constitucionales de reserva de ley, seguridad jurídica, razonabilidad y tutela
judicial efectiva. Aclaran, los accionantes, que su representada tiene pleno
conocimiento de la sentencia nro. 8857-2020, emitida por la Sala Constitucional
el 13 de mayo de 2020, por la cual, se resolvió una acción que pretendía que se
declarase inconstitucional esa misma jurisprudencia. Afirman, al efecto, que la
presente acción de inconstitucionalidad no pretende que este Tribunal Constitucional
entre a determinar el plazo de prescripción tributaria y cuándo debe
suspenderse o interrumpirse. Tampoco se procura cuestionar la
inconstitucionalidad del artículo 54 del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios (CNPT), que en su criterio no es inconstitucional. La presente
acción tiene por objeto impugnar la regla de Derecho (interpretación) que ha
incorporado la ratio decidendi de las resoluciones nro. 385-F-2006. nro.
555-F-S1-2012, nro. 300-F-S1-2018 y nro. 836-F-S1-2018 de la Sala Primera de la
Corte Suprema de Justicia, por resultar la tesis ahí esbozada contraria a los
citados principios constitucionales. Señalan que la Administración Tributaria
ostenta plenas facultades para velar por una correcta percepción,
fiscalización, control y cobro de los tributos, pudiendo practicar
procedimientos de liquidaciones previas o definitivas a hechos imponibles y
períodos anteriores, siempre que estos no se encuentren prescritos.
Concretamente, la prescripción de la potestad determinativa ocurre cuando la
Administración Tributaria no ejerce sus competencias dentro del plazo que
contempla la ley. Cuatro años como premisa general y de conformidad con el
artículo 51 del CNPT y, excepcionalmente, diez años en caso de que se trate de
contribuyentes o responsables no registrados, o que estén registrados, pero
hayan presentado declaraciones fraudulentas o no hayan presentado declaraciones
tributarias. El término de prescripción debe contarse a partir del primer día
del mes siguiente a la fecha en que el tributo debió pagarse y su curso se
interrumpe únicamente por una serie de causales expresamente taxativas que
contemplan los artículos 53 y
54 del CNPT. Consideran que el razonamiento de la Sala Primera de la Corte
Suprema de Justicia otorga una connotación de perpetuidad a los efectos
interruptores de la prescripción de aquellos actos que han sido declarados
absolutamente nulos, sea, que carecen de toda validez, pese que la consecuencia
inmediata de la invalidez de un acto administrativo es la ineptitud para producir
efectos jurídicos en forma segura y definitiva. Afirman que la tesitura
mantenida por la Sala Primera parte de la siguiente premisa: el conocimiento
formal por parte del obligado tributario de cualquier acción cobratoria de la
Administración elimina el estado de incerteza producido en el tiempo; por ende,
concluye dicha Sala -en sus resoluciones- que aun y cuando un acto
administrativo en un procedimiento tributario es declarado absolutamente nulo,
los efectos interruptores de la prescripción se mantienen. Estiman que el hecho
que el sujeto pasivo tenga pleno conocimiento de la acción cobratoria que se
sigue en su contra y que ello elimine el estado de incerteza producido por el
transcurso del tiempo, no significa que la acción de la Administración para
ejercer sus potestades determinativas sea imprescriptible y pueda hacerlo
eternamente. Estiman que la jurisprudencia impugnada violenta el principio de
reserva de ley, en tanto el inciso 13) del artículo 121 de la Carta Política
establece que será la Asamblea Legislativa, mediante el procedimiento previsto
por ley, la encargada de establecer los impuestos y contribuciones nacionales y
autorizar los municipales. Por su parte, el inciso e) del artículo 5 del CNPT
regula que: “Artículo 5.- Materia privativa de la ley. En cuestiones
tributarias solo la ley puede: “Regular los modos de extinción de los créditos
tributarios por medios distintos del pago (...)”. Por su parte, el artículo 35
de la misma ley señala: “Artículo 35.-Medios de extinción de la obligación
tributaria. La obligación tributaria sólo se extingue por los siguientes
medios: (…) e) prescripción”. Consideran que lo anterior implica que las
causales de suspensión o interrupción de la prescripción de las obligaciones
tributarias corran la misma suerte y, en consecuencia, no es posible incluir
causales distintas que la ley no incluyó. A efectos
tributarios, aquellos actos que suspenden o interrumpen su término se
encuentran citados expresamente en los artículos 53 y 54 del CNPT. Pese a lo
expuesto, en la jurisprudencia cuestionada en esta acción, la Sala Primera de
la Corte Suprema de Justicia ha incorporado la siguiente idea: “el conocimiento
de la gestión cobratoria interrumpe la prescripción”. Situación que es
contraria al principio de reserva de ley, pues implícitamente se está
incorporando como efecto interruptor de la prescripción cualquier acto que
comunique la Administración Tributaria al sujeto pasivo. Bajo esa
interpretación, actos preparatorios como un requerimiento de información, el
acta de audiencia final, la propuesta de regularización o el traslado de
cargos, tendrían efecto interruptor de la prescripción por “poner en
conocimiento” al obligado tributario de la gestión determinativa-cobratoria que
realiza la Administración. En atención a lo dispuesto en los artículos 53 y 54
del CNPT, tales actos jamás podrían interrumpir la prescripción tributaria.
Alegan, también, violación al principio de seguridad jurídica. Refieren que el
razonamiento de la Sala Primera parte de la premisa de que el conocimiento
formal por parte del obligado tributario de la acción cobratoria de la
Administración, elimina el estado de incerteza producido en el tiempo,
situación que encuentra relación con lo dispuesto en los artículos 53, pero
especialmente 54 del CNPT. Este último, en el tanto incluye una causal especial
que interrumpe el curso de la prescripción, esta es, la interposición de
recursos contra resoluciones de la Administración Tributaria. Empero, alegan
los accionantes que no es la simple interposición de recursos lo que debería
interrumpir la prescripción, sino que es necesario que el acto impugnado
adquiera firmeza y, además, adquirirá firmeza, únicamente, si el Tribunal
Fiscal Administrativo (TFA), como órgano de plena jurisdicción e independiente en su organización, funcionamiento y
competencia, jerarca impropio encargado, confirma la resolución recurrida por
el sujeto pasivo. Una interpretación contraria, sin lugar a dudas significa un
efecto perverso para el sujeto fiscalizado -o sancionado-, toda vez que pierde
total sentido y validez el derecho fundamental a recurrir que consagran los
artículos 145, 146, 150 y 171, entre otros, del CNPT. Insisten que la frase “la
respectiva resolución quede firme”, contenida en el citado ordinal 54, se
refiere a la que resolución que fue impugnada por el obligado tributario, no la resolución del TFA que resuelve el asunto debatido en
alzada. Apuntan que la posición que mantiene la Sala Primera de la Corte
Suprema de Justicia transforma las revisiones fiscales de la Administración
Tributaria en actuaciones perpetuas, pero también implica un desconocimiento
del instituto de la prescripción que tiene como finalidad introducir el
principio de la seguridad jurídica en el ámbito de los derechos y de las
obligaciones. Sostienen que la interpretación que ha realizado la Sala Primera
de la Corte Suprema de Justicia, respecto a que un acto declarado absolutamente
nulo mantiene efectos tales como la interrupción de la prescripción y que la
resolución en firme a la que alude el artículo 54 del CNPT es la que emite el
TFA como jerarca impropio, en nada garantiza seguridad jurídica para el sujeto
pasivo. Al contrario, causa un efecto perverso al derecho fundamental de
impugnación que ostenta el obligado tributario y brinda potestades permanentes
a la Administración Tributaria para que pueda revisar períodos fiscales
prescritos. La certeza, la igualdad, la tutela judicial efectiva, la
razonabilidad, la confianza legitima, todos componentes de la seguridad
jurídica en el marco de un procedimiento, se vuelven inexistentes. Consideran
que, si un contribuyente interpone un recurso de apelación contra una
resolución de la Administración Tributaria para conocimiento del TFA y el
reclamo es acogido, declarándose la nulidad absoluta del acto administrativo
emitido por el ad quo, el efecto interruptor que en principio podía tener el
recurso del contribuyente se vuelve completamente inválido. Así sucede, por las
siguientes razones: (1) ante todo, porque el TFA declaró la nulidad de la
resolución administrativa venida en alzada y, por ende, ese acto emitido por la
Administración no se presume legitimo ni produce efecto jurídico alguno, ni
siquiera alcanza para interrumpir la prescripción y, (2) en segundo lugar,
porque al haberse declarado nula la resolución administrativa recurrida, esta
nunca adquirirá firmeza en los términos del artículo 54 del CNPT. De otra
parte, reclaman violación al principio de razonabilidad. Al respecto, aducen
que la posición que mantiene a ultranza esa Sala de Casación, se aleja de un
juicio de razonabilidad que contraviene los principios elementales de justicia,
lógica o conveniencia, toda vez que su interpretación supone eliminar el
instituto de la prescripción en material fiscal, otorgándole a la
Administración facultades para fiscalizar de forma perpetua a los
contribuyentes. Se indica que supone eliminar el instituto de la prescripción
porque, conforme con la interpretación cuestionada, cualquier recurso que
interponga el obligado tributario, automáticamente interrumpirá el curso de la
prescripción, cuando lo correcto es que se interrumpa solo si el acto
cuestionado adquiere firmeza. Lo anterior implica un efecto perverso para el
contribuyente que se vuelve ilógica, injusta, inconveniente, pero sobre todo
irracional, que a la vez vulnera el derecho de defensa y de impugnación.
Estiman que resulta constitucionalmente irrazonable que la Administración,
extralimitando sus potestades de imperio, pueda fiscalizar perpetuamente a los
contribuyentes, así como que un acto declarado absolutamente nulo pueda
interrumpir la prescripción y que la interposición de un recurso contra una
resolución administrativa produzca un efecto desfavorable a la situación
jurídica del sujeto pasivo de la obligación tributaria. Por otro lado, acusan violación
al principio constitucional de tutela judicial efectiva. Esta tutela efectiva,
sea en función jurisdiccional o administrativa, se manifiesta indudablemente en
el acceso a los recursos por parte de los administrados. Empero, no puede
asimilarse como el simple hecho de tener la posibilidad de recurrir un acto o
conducta administrativa, sino por el contrario, que esa acción no implique un
efecto perverso para su situación jurídica. Consecuencia perniciosa es la que
ocurre precisamente a raíz de la jurisprudencia de la Sala Primera de la Corte
Suprema de Justicia. Bajo la interpretación que ese órgano colegiado sostiene, el
derecho a impugnar las resoluciones administrativas que se encuentra tipificado en los
artículos 145, 146, 150 y 171 del CNPT, se ve vulnerado y más bien se conviene
en un perjuicio. El razonamiento de la Sala Primera de la Corte Suprema de
Justicia se vuelve a todas luces irracional, pues limita el derecho de los
sujetos pasivos a recurrir resoluciones administrativas y, consiguientemente,
restringe el acceso a la justicia, debido proceso y a una tutela judicial
efectiva que consagran los artículos 27, 41 y 49 de la Carta Magna. Concluyen
que la tesis de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia desconoce los
preceptos establecidos por este Tribunal Constitucional en las sentencias nro.
878-2000. nro. 255-2000. nro. 6055-2000 y nro. 13850-2000, es contraria a los
artículos 11, 39, 41 y 49 de la Carta Magna y produce una grave violación a
principios de orden constitucional. Esta acción se admite por reunir los
requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus
artículos 73 a 79. La legitimación de la parte accionante proviene del artículo
75, párrafo 1º, de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, por cuanto, tiene
como asunto base el recurso de casación interpuesto en el proceso que se
tramita en el expediente nro. 17-012491-1027-CA, en el que se invocó la
inconstitucionalidad de la jurisprudencia impugnada como medio razonable de
amparar el derecho que se considera lesionado. Publíquese por tres veces
consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la
acción. Efectos jurídicos de la interposición de la acción: Se recuerdan los
términos de los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional
que disponen lo siguiente “Artículo 81. Si el Presidente considerare cumplidos
los requisitos de que se ha hecho mérito, conferirá audiencia a la Procuraduría
General de la República y a la contraparte que figure en el asunto principal,
por un plazo de quince días, a fin de que manifiesten lo que estimen
conveniente. Al mismo tiempo dispondrá enviar nota al tribunal u órgano que
conozca del asunto, para que no dicte la resolución final antes de que la Sala
se haya pronunciado sobre la acción, y ordenará que se publique un aviso en el Boletín
Judicial, por tres veces consecutivas, haciendo saber a los tribunales y a
los órganos
que agotan la vía administrativa
que esa demanda ha sido establecida, a efecto de que en los procesos o procedimientos en que se discuta la
aplicación de la ley, decreto, disposición, acuerdo o resolución, tampoco se
dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del
caso. Si la acción fuere planteada por el Procurador General de la República,
la audiencia se le dará a la persona que figure como parte contraria en el
asunto principal.”, “Artículo 82. En los procesos en trámite no se suspenderá
ninguna etapa diferente a la de dictar la resolución final, salvo que la acción
de inconstitucionalidad se refiera a normas que deban aplicarse durante la
tramitación.” Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación
del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos
pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la
aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar
en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los
motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se
hace saber, además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de
Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la
Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no
suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en
los casos y condiciones señaladas. Notifíquese. / Fernando Castillo Víquez,
Presidente/.»
San José, 14
de enero del 2021.
Luis
Roberto Ardón Acuña,
Secretario
a. í.
O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021519948 ).
Se cita y emplaza a los que
en carácter de causahabientes de Carlos Eduardo Cubero Porras, quien fue mayor,
casado, chofer, vecino de San Ramón, San Juan, 200 metros este del INAMU,
portador de la cédula N° 0202940376, y falleció el 2 de enero del 2017, se
consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N° 20-000323-0694-LA, a hacer valer
sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del
Código de Trabajo. Expediente N° 20-000323-0694-LA.—Juzgado Civil y Trabajo
del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, (San Ramón), (Materia Laboral),
18 de diciembre del 2020.—Licda. Yorleny Bello Varela,
Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN202520181 ).
Se cita y
emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Kevin Anthony
Farguharson Mora, con cédula de identidad número 1-1268-0564 y quien falleció
el 23 de noviembre del 2020, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de Ocho Días Hábiles, posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de
conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de
Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
20-001692-0166-LA-6. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona
fallecida Kevin Anthony Farguharson Mora.—Juzgado
de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 04 de
enero del 2021.—M.SC. Andrés Grossi Castillo, Juez.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520201 ).
Se cita y
emplaza a las personas que en carácter de causahabientes de Fernando Lizano
Chávez, con cédula de identidad número 1-0266-0771 y quien falleció el 18 julio
del 2017 se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de
ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo
establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº
20-001702-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona
fallecida Fernando Lizano Chávez, con cédula de identidad número 1-02660771.—Juzgado
de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 04 de
enero del 2021.—M.Sc. Andrés Grossi Castillo, Juez.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021520202 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rafael Antonio Bravo Rocha,
155815085009, fallecido el 4 de agosto del 2020, se consideren con derecho para
que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias
de consig. prest. sector público bajo el N° 20-002067-1178-LA, a hacer valer sus derechos de
conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de
Trabajo. Expediente N° 20-002067-1178-LA, por a favor de Rafael Antonio Bravo Rocha.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de
San José, Sección Primera, 17 de setiembre del 2020.—M.Sc. Marianela
Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C.
N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520203 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Oscar German Lindo Pérez, quien portó la cédula de residencia
155818559326 y falleció el día 18 de julio del 2020, promovido por Telma del
Socorro Blanco Blanco, cédula de identidad 0801340897, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número
20-002212-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-002212-0173-LA.—Juzgado de
Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 05 de
enero del año 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520204 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan Jose
Aranibar Valverde, 0111760963, fallecido el 30 de mayo del 2020, se consideren
con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de consig. prest. sector público bajo el N°
20-002246-1178-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
20-002246-1178-LA, por a favor de Juan Jose Aranibar Valverde.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 8 de
octubre del 2020.—M.Sc. Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN202520206 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rita Elizabeth Manzanares
Madrigal, quien portó la cédula de identidad 0302120156 y falleció el día 07 de
junio del 2016, promovido por Carlos Alberto Robles Madrigal, cédula de
identidad 0114710851, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest.
Sector público bajo el número 20-002347-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
20-002347-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San
José, Sección Segunda, 06 de enero del año 2021.—M.Sc. Susana Porras
Cascante, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021520207 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Miguel Enrique Ríos Castro, 0105130244, fallecido el 03 de
setiembre del 2020, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector
público bajo el N°
20-002369-1178-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
20-002369-1178-LA, por a favor de Miguel Enrique Ríos Castro.—Juzgado de
Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 27 de
octubre del 2020.—M.Sc. Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520208 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan Carlos
Madriz Barrantes, quien portó la cédula de identidad 0112700857 y falleció el
día 01 de setiembre del 2020, promovido por Lilian María Quesada Jiménez,
cédula de identidad 0112730320, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de Consig. Prest.
Sector Público bajo el número 20-002469-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
20-002469-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San
José, Sección Segunda, 04 de enero del año 2021.—M.sc. Susana Porras
Cascante, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021520209 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Virgilio Gamboa Monge, quien
portó la cédula de identidad N° 0104970072 y falleció el 22 de noviembre del
2020, promovido por Celia Margarita Cubillo Chaves, cédula de identidad N°
0502100647, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el
N° 20-002472-0173-LA, a
hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85
y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-002472-0173-LA.—Juzgado de
Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 4 de
enero del 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN202520211 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan José
del Carmen Fernández Murillo, quien portó la cédula de identidad 0601410208 y
falleció el día 13 de setiembre del 2020, promovido por Elsa María García
Valles, cédula de identidad 0601650425, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación
de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig.
prest. sector público bajo el número 20-002475-0173-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Expediente Nº 20-002475-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer
Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 05 de enero del año
2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante,
Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2021520212 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Roxinia Alfaro Guzmán,
fallecida el diecisiete de abril del dos mil veinte, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector privado bajo el Número 20-000306-1113-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Expediente N° 20-000306-1113-LA. Por Jaime Alfaro Víquez.—Juzgado Civil y Trabajo de
Grecia (Materia Laboral), 07 de julio del 2020.—Msc. Emi Lorena Guevara
Guevara, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021520610 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jesús Antonio Mora
Barrantes, 0105470598, fallecido el 15 de febrero del año 2020, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número
20-001985-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº
20-001985-1178-LA. Por a favor de Jesús Antonio Mora Barrantes.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 11 de
setiembre del año 2020.—M.Sc. Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021520714 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mauro
Alberto Camacho Solano, 0401080530, fallecido el 15 de marzo del año 2020, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de distribución de prestaciones bajo el número
20-001992-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-001992-0505-LA.
Diligencias establecidas por Marta Eugenia Sánchez Rivas, cédula de identidad
N° 4-108-530.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 06 de enero del año 2021.—Msc. Xiomara Arias Madrigal, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520720 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Juan José Aranibar Valverde, 0111760963,
fallecido(a) el 30 de mayo del 2020, se consideren con derecho, para que,
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 20-002246-1178-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 20-002246-1178-LA. Por a favor de Juan José Aranibar Valverde.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 08 de
octubre del 2020.—M.Sc. Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021520721 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Xenia María de Los Ángeles
Chaves serrano 0302790616, fallecida el 26 de setiembre del año 2020, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número
20-002299-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-002299-1178-LA. Por a favor de
Xenia María de Los Ángeles Chaves Serrano.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 15 de
octubre del año 2020.—M.sc. Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520722 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rafael Ángel Espinach Moya, 0201971002, fallecido
el 25 de febrero del 2017, se consideren con derecho para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest.
sector público bajo el N°
20-002347-1178-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
20-002347-1178-LA, por a favor de Rafael Ángel Espinach Moya.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 22 de
octubre del 2020.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520723 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ricardo
Guardia Tapia 0102970762, fallecido el 12 de febrero del año 2019, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el Número
20-002349-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
20-002349-1178-LA. Por a favor de Ricardo Guardia Tapia.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San
José, Sección Primera, 22 de octubre del 2020.—M.Sc. Marianela Barquero
Umaña, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021520725 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Antonio Berrocal Cascante,
0102550008, fallecido(a) el 15 de setiembre del 2016, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número
20-002376-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-002376-1178-LA. Por a favor de
Antonio Berrocal Cascante.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 27 de octubre del
2020.—M.Sc. Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021520726 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Miguel Enrique Ríos Castro,
0105130244, fallecido el 03 de setiembre del año 2020, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número
20-002369-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº
20-002369-1178-LA. Por a favor de Miguel Enrique Ríos Castro.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 27 de
octubre del año 2020.—M.Sc. Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021520727 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Silvia Georgina Areas Rueda,
0800590305, fallecida el 24 de junio del año 2020, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector público bajo el número 20-002377-1178-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y
550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-002377-1178-LA. Por a favor de
Silvia Georgina Areas Rueda.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 10 de noviembre del
año 2020.—M.Sc. Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520728 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ricardo Castro Monge N°
0103670554, fallecido(a) el 18 de abril del año 2020, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector público bajo el número 20-002406-1178- LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial,
expediente N° 20-002406-1178- LA. Por a favor de Ricardo Castro Monge.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de
San José, Sección Primera, 27 de octubre del año 2020.—M.Sc. Marianela
Barquero Umaña, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2021520731 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marco Antonio Solano Sanabria
0107170450, fallecido el 29 de noviembre del año 2011, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector público bajo el Número
20-002429-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
20-002429-1178-LA. Por a favor de Marco Antonio Solano Sanabria.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San
José, Sección Primera, 11 de noviembre del 2020.—M.Sc. Marianela Barquero
Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520732 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Antonio
Rodríguez Hidalgo, 0202110101, fallecido el 10 de junio del
2012, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho
días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante
este despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el N°
20-002528-1178-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-002528-
1178-LA. Por a favor de Antonio Rodríguez Hidalgo.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 12 de
noviembre del 2020.—M.Sc. Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520733 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Franklin
José Madrigal Mora, 0900080502, fallecido(a) el 04 de marzo
del 2014, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen
ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el
número 20-002595-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-002595-1178-LA. Por a favor de
Franklin Jose Madrigal Mora.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 12 de noviembre del
2020.—M.Sc. Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021520734 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marvin Antonio Romero
Montero, 0107500720, fallecido el 07 de octubre del año 2020, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número
20-002599-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
20-002599-1178-LA. Por a favor de Marvin Antonio Romero Montero.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 12 de
noviembre del año 2020.—M.Sc. Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520736 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Vidal Augusto Correa Badilla
0115630646, fallecido el 27 de agosto del año 2020, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector privado bajo el Número 20-002619-1178-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del
Código de Trabajo. Expediente N° 20-002619-1178-LA. Por a favor de Vidal
Augusto Correa Badilla.—Juzgado de Trabajo
del Primer Circuito Judicial de San José, Sección
Primera, 12 de noviembre del 2020.—M.Sc. Marianella Barquero Umaña,
Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520737 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Alberto Antonio Peña Taleno,
0801120443, fallecido el 27 de setiembre del año 2020, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles,
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector público, bajo el número
20-002625-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-002625-1178-LA. Por a favor de
Alberto Antonio Peña Taleno.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 12 de noviembre del
año 2020.—M.Sc. Marianella Barquero Umaña, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520738 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Diego Rolando Mucur Bor
0801040844, fallecido(a) el 22 de noviembre del año 2018, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número
20-002646-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial, expediente N° 20-002646-1178-LA. Por a favor de
Diego Rolando Mucur Bor.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de
San José, Sección Primera, 09 de diciembre del año 2020.—M.Sc. Marianella
Barquero Umaña, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº
364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021520739 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: María del Pilar Sandoval
Arce, 0109010205, fallecido(a) el 21 de enero del 2019, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número
20-002655-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 20-002655-1178-LA. Por a favor de María del Pilar Sandoval Arce.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de
San José, Sección Primera, 09 de diciembre del 2020.—M.Sc. Marianella
Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021520740 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Dinorah
Vargas Guerrero 0103740299, fallecida el 28 de mayo del año 2007, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 20-002669-1178-LA,
a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 20-002669-1178-LA. Por a favor de Dinorah Vargas Guerrero.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial
de San José, Sección Primera, 10 de diciembre del año 2020.—M.sc.
Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021520742 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge
Manuel Espinoza Delgado 0115460353, fallecido(a) el 15 de agosto del año 2020,
se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el Número 20-002705- 1178-LA, a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de
Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-002705-
1178-LA. Por a favor de Jorge Manuel Espinoza Delgado.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera 10 de
diciembre del año 2020.—M.Sc. Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520743 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Sigifredo Angulo Zamora,
0102650798, fallecido el 31 de agosto del año 2012, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector público bajo el número 20-002716-1178-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Expediente N° 20-002716-1178-LA. Por a favor de
Sigifredo Angulo Zamora.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 10 de diciembre del
año 2020.—M.Sc. Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021520746 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Luisa Cedeño Quesada, cédula N°
2-0519-0930, fallecida el 20 de julio del año 2020, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector público bajo el Número 20-002742-1178-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Expediente N° 20-002742-1178-LA. A favor de los
causahabientes de María
Luisa Cedeño Quesada, cédula N° 2-0519-0930.—Juzgado de Trabajo
del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera,
13 de enero del 2021.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520747 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Efraím Fernández Hernández, 0103690703,
fallecido(a) el 24 de enero del 2007, se consideren con derecho, para que,
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 20-002748-1178-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 20-002748-1178-LA. Por a favor de Efraím Fernández Hernández.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 10 de
diciembre del 2020.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021520748 ).
Se cita y emplaza a los
que en carácter de causahabientes de Manrique Gómez González, 0104350837,
fallecido el 10 de abril del año 2016, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector público bajo el número 20-002756-1178-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y
550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-002756-1178-LA. Por a favor de
Manrique Gómez González.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 10 de diciembre del
año 2020.—M.Sc. Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520749 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Eladio
Campos Portuguez, 0202360981, fallecido(a) el 01 de octubre del 2020, se
consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número
20-002759-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-002759-1178-LA. Por a favor de
Eladio Campos Portuguez.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 10 de diciembre del
2020.—M.Sc. Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021520750 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Miguel Ángel Polonio Castillo, cédula 5-0039-0100,
fallecido(a) el 17 de setiembre del año 2008, se consideren con derecho, para
que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector público bajo el Número 20-002953-1178-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera 11
de enero del año 2021.- Expediente N° 20-002953- 1178-LA. A favor de los
causahabientes de Miguel Ángel Polonio Castillo, cédula 5-0039-0100.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de
San José, Sección Primera.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021520751 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Manuel Rojas Villegas, quien era mayor,
costarricense, cédula de identidad N° 6-0202-0371, vecino de Pozo Azul de
Abangares, y falleció el 10 de enero de 2020, se consideren con derecho, para
que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector privado bajo el número 21-000003-1574-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del
Código de Trabajo. Expediente N° 21-000003-1574-LA.—Juzgado Contravencional
de Abangares (Materia Laboral), 14 de enero del año 2021.—Msc.
María del Milagro Montero Barrantes, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520752 ).
A los
causahabientes de quién en vida se llamó: José García Guzmán, quien fue mayor,
pensionado, domicilio Turrialba, Eslabón, cédula de identidad número 3-133-171,
se les hace saber que: Mayra García Brenes, cédula de identidad o documento de
identidad número 302810205, vecina de Turrialba, Eslabón, se apersonó en este Despacho
en calidad de esposa de la persona fallecida, a fin de promover las presentes
diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza
por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial,
para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín
Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador
fallecido: José García Guzmán. Expediente N° 21-000006-1001-LA.—Juzgado
Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba (Materia Laboral), 11 de enero del 2021.—Lic. Randall Gómez Chacón, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021520753 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Demetrio Segura
Montero, 0600340524, con cédula de identidad N° 6-0034-0524, quien era mayor de
edad, con 86 años al momento del fallecimiento, casado, vecino de Guayabo de
Bagaces, escolaridad primaria incompleta, fallecido el 13 de enero del año
2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho
días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante
este Despacho en las diligencias de consignación pago sector privado bajo el
número 21-000019-0942-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
21-000019-0942-LA. Por a favor de José Demetrio Segura Montero.—Juzgado
Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia
Laboral), 18 de enero del año 2021.—Lic. Harold Rojas Aguilar, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021520755 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Guillermo Carballo
Alfaro, 0700900788, fallecido el 10 de noviembre del 2018, se consideren con
derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N° 21-000008-1001-LA,
a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
21-000008-1001-LA, por a favor de José Guillermo Carballo Alfaro.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba,
(Materia Laboral), 6 de enero del 2021.—Lic. Randall Gómez Chacón, Juez.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520756 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Sharon de Los Ángeles Rojas Aguirre 0603450416, fallecido (a)
el 17 de diciembre del año 2012, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número
20-000346-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000346-0643-LA. Por Banco Bac
San José S. A. a favor de Sharon de Los Ángeles Rojas Aguirre.—Juzgado
de Trabajo de Puntarenas, 13 de mayo del 2020.—Licda. María José Badilla
Montes, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021521160 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Ruth Cecilia de los Ángeles
Cordero Cano, 0105530379, fallecida el 11 de octubre del 2020, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número
20-000692-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000692-0643-LA. Por a favor de
Ruth Cecilia de los Ángeles Cordero Cano. Notifíquese.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 22 de
octubre del 2020.—Lic. Allan Roberto Espinoza Martínez, Juez.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521161 ).
Se cita y
emplaza a los que en carácter de causahabientes de Amparo Luz Gonzáles Espinoza N° 160400222927, fallecida el
05 de octubre del año 2016, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el número 20-001201-0505-LA, a hacer valer sus derecho, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°
20-001201-0505-LA. Por Verónika
Silvana Mendoza González a favor de Amparo Luz Gonzáles Espinoza.—Juzgado de
Trabajo de Heredia, 02 de noviembre del año 2020.—Msc. Karla Priscilla
Artavia Nájera, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2021521162 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
De conformidad demanda
ordinaria bajo los citas de inscripción tomo: 2014, asiento:153418, consecutivo:
01, secuencia: 0001, subsecuencia:001; sáquese a subasta pública la finca
inscrita en la provincia de Limón folio real número: cincuenta y cinco mil
quinientos treinta y siete, propiedad el señor Gregorio Alfredo Solano Solano y
con la base de diecisiete millones novecientos ochenta y tres mil doscientos
diez colones con veinte céntimos, (17.983.210.20), en cada uno de los remates
que se indicarán. Para tal efecto se señala primer remate a las ocho horas
(08:00a.m) del ocho de abril del dos mil veintiuno (08/04/2021). De no haber
postores para llevar a cabo el segundo remate se señalan las ocho horas (08:00
a.m) del veintidós de abril del dos mil veintiuno (22/04/2021) de no lograrse
el remate a fin de realizar el tercer remate se señalan las ocho horas (08:00
a.m.) del siete de mayo del dos mil veintiuno (07/05/2021). Publíquese el
edicto de ley (artículo 21 y 25 de la Ley de Cobro Judicial). Comuníquese a la
dirección ejecutiva. Se saca a remate sin realizar las rebajas de ley, según lo
dispuesto por el Tribunal de Familia mediante el voto número 736-2014 de las
quince horas y cuarenta y cuatro minutos del dos de setiembre del año dos mil
catorce. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución sentencia de María
Teresa Rojas Rodríguez contra Gregorio Alfredo Solano Solano. Expediente N° 14-400475-0637-FA.—Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de
Guanacaste (Nicoya) (Materia Familia), 04 de enero del dos mil
veintiuno.—Msc. Karol Tatiana Gómez Moraga, Jueza.—O.C.
N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520599 ).
En este
despacho, con una base de cuatro millones seiscientos mil ciento setenta y ocho
colones con ochenta y nueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando reservas y restricciones citas: 392-03671-01-0900-001, servidumbre
de paso citas: 2011-73358-01- 0006-001, servidumbre de paso citas:
2011-254491-01-0005-001, servidumbre de paso citas: 2011-358534-01-0007-001,
servidumbre de paso citas: 2012-13443-01-0006-001, servidumbre de paso citas:
2013- 101986-01-0006-001, servidumbre de paso citas: 2013-109965-01-0002-001,
servidumbre de paso citas: 2013-271188-01-0002-001, servidumbre de lineas
eléctricas y de paso citas: 2014-173543-01-0001-001, servidumbre de paso citas:
2015-68769-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número 528259-000, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 13-pocosol, cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, Edilberto Alfaro Bonilla; al sur, Toronja Grande S. A.; al
este, Edilberto Alfaro Bonilla y al oeste: calle publica con un frente a ella de 9m 95 cm lineales. Mide: doscientos ochenta y dos
metros cuadrados. Plano: A-1774788-2014. Para tal efecto, se señalan las quince
horas y treinta minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y treinta minutos
del once de marzo de dos mil veintiuno con la base de tres millones
cuatrocientos cincuenta mil ciento treinta y cuatro colones con diecisiete
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las quince horas y treinta minutos del diecinueve de marzo de
dos mil veintiuno con la base de un millón ciento cincuenta mil cuarenta y
cuatro colones con setenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: se
le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Cooperativa de Ahorro y Crédito de la comunidad de Ciudad Quesada R.L contra
Xinia de Los Ángeles Amador Sandoval. Expediente N° 19-010211-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, Ciudad Quesada, 30 de agosto del año 2020.—Lic. Giovanni Vargas
Loaiza, Juez Decisor.—( IN2021520724 ).
En este
Despacho, con una base de sesenta y dos millones seiscientos cuarenta y seis
mil doscientos veinte colones con setenta y cinco céntimos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número
cuatrocientos ochenta y siete mil cuatrocientos setenta y siete, derecho cero
cero cero, la cual es terreno naturaleza: para construir con un local. Situada
en el distrito 04 Coyolar, cantón 09 Orotina, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al noreste, Edgar Campos Salazar; al noroeste, calle pública; al
sureste, calle pública, y al suroeste, Alexander Montoya Mora. Mide:
trescientos noventa metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las catorce horas quince minutos del veintidós de febrero de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce
horas quince minutos del dos de marzo de dos mil veintiuno con la base de
cuarenta y seis millones novecientos ochenta y cuatro mil seiscientos sesenta y
cinco colones con cincuenta y seis céntimos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas
quince minutos del diez de marzo de dos mil veintiuno con la base de quince
millones seiscientos sesenta y un mil quinientos cincuenta y cinco colones con
diecinueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de
Costa Rica contra José Antonio Quintero García. Expediente 18-001300-1207-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, 29 de octubre del año 2020.—M.Sc. Angie Rodríguez Salazar,
Jueza.—( IN2021520846 ).
En este
Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reserva ley de agua
y caminos sáquese a remate los siguientes inmuebles dados en garantía: 1.
Finca inscrita en el Registro Nacional, Partido de Guanacaste matrícula
44611-F-000. Que se describe así: Naturaleza: Finca filial cuarenta y dos apta
para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una
altura máxima de dos pisos situada en el Distrito 4-Tempate Cantón 3-Santa Cruz
de la Provincia de Guanacaste. Linderos: norte: zona de protección sur: Finca
filial cuarenta y tres este: servidumbre pluvial oeste: David Ugarte Grijalba.
Mide: mil quinientos setenta y tres metros con setenta y un decímetros
cuadrados. Valor porcentual: 2.89, valor medida: 2.89, plano: G-0995053-2005.
Con las siguientes bases para remate: Primer remate: setenta y cinco mil
sesenta y nueve dólares con setenta y siete centavos ($75.069,77). Segundo
Remate: cincuenta y seis mil trescientos dos dólares con treinta y dos centavos
($56.302,32). 75% de la base original. Tercer remate: dieciocho mil setecientos
sesenta y siete dólares con cuarenta y cuatro centavos ($18.767,44). 25% de la
base original. 2. Finca inscrita en el Registro Nacional, Partido de
Guanacaste matrícula 44612-F-000. Que se describe así: naturaleza: finca filial
cuarenta y tres apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual
podrá tener una altura máxima de dos pisos situada en el Distrito 4-Tempate
Cantón 3-Santa Cruz de la Provincia de Guanacaste Linderos: norte: Finca filial
cuarenta y dos sur: Finca filial cuarenta y cuatro este: acera y finca filial
cuarenta y cuatro oeste: David Ugarte Grijalba. Mide: mil ochocientos
veintinueve metros con nueve decímetros cuadrados valor porcentual: 3.35, valor
medida: 3.35, plano: G-1003611-2005. Con las siguientes bases para remate:
Primer remate: ochenta y siete mil doscientos cuatro dólares con treinta y
nueve centavos ($87.204,39). Segundo remate: Sesenta y cinco mil cuatrocientos
tres dólares con veintinueve centavos ($65.403,29). 75% de la base original.
Tercer remate: veintiún mil ochocientos un dólar con nueve centavos
($21.821,09). 25% de la base original. 3. Finca inscrita en el Registro
Nacional, Partido de Guanacaste matrícula 44613-F-000. Que se describe así:
Naturaleza: Finca filial cuarenta y cuatro apta para construir que se destinará
a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos situada
en el distrito 4-Tempate Cantón 3-Santa Cruz de la Provincia de Guanacaste
Linderos: Norte: Acera y finca filial cuarenta y tres sur: finca filial sesenta
y acceso peatonal este: Finca filial cuarenta y cinco oeste: Finca filial
cuarenta y tres. Mide: mil doscientos cincuenta y siete metros con cuarenta y
cinco decímetros cuadrados. Valor porcentual: 2.31, valor medida: 2.31, plano:
G-0989944-2005. Con las siguientes bases para remate: Primer Remate: cincuenta
y nueve mil novecientos cuarenta y seis dólares exactos ($59.946,00). Segundo
remate: cuarenta y cuatro mil novecientos cincuenta y nueve dólares con
cincuenta centavos ($44.959,50). 75% de la base original. Tercer remate:
catorce mil novecientos ochenta y seis dólares con cincuenta centavos
($14.986,50). 25% de la base original. 4. Finca inscrita en el Registro
Nacional, Partido de Guanacaste matrícula 44614-F-000. Que se describe así:
Naturaleza: Finca filial cuarenta y cinco apta para construir que se destinará
a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos situada
en el Distrito 4-Tempate Cantón 3-Santa Cruz de la Provincia de Guanacaste
Linderos: norte: acera sur: acceso peatonal este: Finca filial cuarenta y seis
oeste: finca filial cuarenta y cuatro. Mide: novecientos setenta y tres metros
con treinta y cinco decímetros cuadrados. Valor porcentual: 1.79, valor medida:
1.79, plano: G-1004345-2005. Con las siguientes bases para remate: cuarenta y
seis mil cuatrocientos dos dólares con doce centavos ($46.402,12). Segundo
remate: treinta y cuatro mil ochocientos un dólar con cincuenta y nueve
centavos ($34.801,59). 75% de la base original. Tercer Remate: once mil
seiscientos dólares con cincuenta y tres centavos ($11.600,53). 25% de la base
original. 5. Finca inscrita en el Registro Nacional, Partido de
Guanacaste matrícula 44623-F-000. Que se describe así: Naturaleza: Finca filial
cincuenta y cuatro apta para construir que se destinará a uso habitacional la
cual podrá tener una altura máxima de dos pisos situada en el Distrito
4-Tempate Cantón 3-Santa Cruz de la Provincia de Guanacaste Linderos: norte:
acceso peatonal sur: calle pública
este: finca filial 52 y 53 oeste: Finca filial 55. Mide: novecientos treinta y
cuatro metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Valor porcentual: 1.71,
valor medida: 1.71, plano: G-0995675-2005. Con las siguientes bases para
remate: cuarenta y cuatro mil quinientos cuarenta y dos dólares con veintidós centavos ($44.542,22). Segundo remate: treinta y
tres mil cuatrocientos seis dólares con sesenta y seis centavos
($33.406,66). 75% de la base original. Tercer remate: once mil cientos treinta
y cinco dólares con cincuenta y cinco centavos ($11.135,55). 25% de la base
original. 6. Finca inscrita en el Registro Nacional, Partido de
Guanacaste matrícula 44624-F-000. Que se describe así: Naturaleza: Finca filial
cincuenta y cinco apta para construir que se destinará a uso habitacional la
cual podrá tener una altura máxima de dos pisos situada en el Distrito
4-Tempate Cantón 3-Santa Cruz de la Provincia de Guanacaste Linderos: norte:
acceso peatonal sur: calle pública este: finca filial 54 oeste: finca filial
56. Mide: novecientos cincuenta y ocho metros con sesenta decímetros cuadrados.
Valor porcentual: 1.76, valor medida: 1.76, plano: G-0995676-2005. Con las
siguientes bases para remate: cuarenta y cinco mil seiscientos ochenta y seis
dólares con setenta y siete centavos ($44.686,77). Segundo remate: treinta y
cuatro mil doscientos sesenta y cinco dólares con siete centavos ($34.265,07).
75% de la base del original Tercer remate: once mil cuatrocientos veintiún
dólares con sesenta y nueve centavos ($11.421,69). 25% de la base original. 7.
Finca inscrita en el Registro Nacional, Partido de Guanacaste matrícula
44625-F-000. Que se describe así: Naturaleza: Finca filial cincuenta y seis
apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una
altura máxima de dos pisos situada en el Distrito 4-Tempate cantón 3-Santa Cruz
de la Provincia de Guanacaste Linderos: norte: acceso peatonal sur: calle pública este: finca filial 55 oeste: finca
filial 57. Mide: novecientos sesenta metros con doce decímetros cuadrados.
Valor porcentual: 1.76, valor medida: 1.76, plano: G-0995681-2005. Con las
siguientes bases para remate: cuarenta y cinco mil setecientos ochenta y dos
dólares con quince centavos ($45.782,15). Segundo remate: treinta y cuatro mil
trescientos treinta y seis dólares con sesenta y un centavos ($34.336,61). 75%
de la base original. Tercer remate: once mil cuatrocientos cuarenta y cinco
dólares con cincuenta y tres centavos ($11.445,53). 25% de la base original. 8.
Finca inscrita en el Registro Nacional, Partido de Guanacaste matrícula
44626-F-000. Que se describe así: Naturaleza: finca filial cincuenta y siete
apta para construir que se destinará
a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos situada
en el Distrito 4-Tempate Cantón 3-Santa Cruz de la Provincia de Guanacaste
Linderos: norte: acceso peatonal sur: acera este: finca filial cincuenta y seis
oeste: Finca filial cincuenta y ocho mide: novecientos cincuenta y seis metros
con veinte decímetros cuadrados. Valor porcentual: 1.74, valor medida: 1.74, plano:
G-0995680-2005. Con las siguientes bases para remate: cuarenta y cinco mil
quinientos noventa y un dólares con treinta y nueve centavos ($45.591,39).
Segundo remate: treinta y cuatro mil ciento noventa y tres dólares con
cincuenta y cuatro centavos ($34.193,54). 75% de la base original. Tercer
Remate: once mil trescientos noventa y siete dólares con ochenta y cuatro
centavos ($11.397,84). 25% de la base original. 9. Finca inscrita en el
Registro Nacional, Partido de Guanacaste Matrícula 44627-F- 000. Que se
describe así: naturaleza: finca filial cincuenta y ocho apta para construir que
se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos
pisos situada en el Distrito 4-Tempate Cantón 3-Santa Cruz de la Provincia de
Guanacaste Linderos: norte: acceso peatonal sur: acera este: Finca filial
cincuenta y siete oeste: Finca filial cincuenta y nueve. Mide: novecientos
cincuenta y dos metros con veintinueve decímetros cuadrados. Valor porcentual:
1.74, valor medida: 1.74, plano: G-0995679-2005. Con las siguientes bases para
remate: cuarenta y cinco mil cuatrocientos dólares con sesenta y tres centavos
($45.400,63). Segundo Remate: treinta y cuatro mil cincuenta dólares con
cuarenta y siete centavos ($34.050,47). 75% de la base original. Tercer remate:
once mil trescientos cincuenta dólares con quince
centavos ($11.350,15). 25% de la base original. 10. Finca inscrita en el
Registro Nacional, Partido de Guanacaste matrícula 44628-F- 000. Que se
describe así: Naturaleza: finca filial cincuenta y nueve apta para construir
que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de
dos pisos situada en el Distrito 4-Tempate cantón 3-Santa Cruz de la Provincia
de Guanacaste Linderos: norte: acceso peatonal sur: acera este: finca filial
cincuenta y ocho oeste: finca filial sesenta. Mide: novecientos cuarenta metros
con cincuenta decímetros cuadrados. Valor porcentual: 1.72, valor medida: 1.72,
plano: G-1004341-2005. Con las siguientes bases para remate: cuarenta y cuatro
mil ochocientos veintiocho dólares con treinta y seis centavos ($44.828,36).
Segundo remate: treinta y tres mil seiscientos veintiún dólares con veintisiete
centavos ($33.621,27). 75% de la base original. Tercer remate: once mil
doscientos siete dólares con nueve centavos ($11.207,09). 25% de la base
original. 11. Finca inscrita en el Registro Nacional, Partido de
Guanacaste Matrícula 44629-F-000. Que se describe así: Naturaleza: finca filial
sesenta apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá
tener una altura máxima de dos pisos situada en el Distrito 4-Tempate Cantón
3-Santa Cruz de la Provincia de Guanacaste Linderos: norte: acceso peatonal y
finca filial cuarenta y cuatro sur: acera este: finca filial cincuenta y nueve
oeste: David Ugarte Grijalba. Mide: mil veinticuatro metros con ochenta y seis
decímetros cuadrados. Valor porcentual: 1.88, valor medida 1.88, plano:
G-0990247-2005. Con las siguientes bases para remate: cuarenta y ocho mil
ochocientos treinta y cuatro dólares con veintinueve centavos ($48.834,29).
Segundo remate: treinta y seis mil seiscientos veinticinco dólares con setenta
y un centavos ($36.625,71). 75% de la base original. Tercer Remate: dos mil
doscientos ocho dólares con cincuenta y siete centavos ($12.208,57). 25% de la
base original. Señalamientos: Para lo cual se señalan las diez horas del
dieciséis de febrero del año dos mil veintiuno. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las diez horas del dieciséis de febrero del año
dos mil veintiuno. De continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las diez horas del cuatro de marzo del año dos mil veintiuno. Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jungla
Es Pum Aves del Coco Puerto Viejo M&Y&D S.A., Shadowgray Investments
S.R.L. contra 3-101-522132 S. A., Rigoberto Fabio Matta, Samuel Matta.
Expediente Nº:18-001019-1206-CJ.—Juzgado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 22 de octubre del
año 2020.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—(
IN2021520848 ).
En este despacho, con una base de ciento cuarenta y un mil quinientos
noventa y ocho colones con cuarenta y nueve céntimos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas ley caminos citas:
415-17682-01-0005-001, reservas ley aguas citas: 415-17682-01-0006-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número doscientos ochenta
y ocho mil seiscientos veinte, derecho cero cero cero, la cual es terreno de
repastos dividido en dos porciones. Situada en el distrito 2- desmonte, cantón
4-San Mateo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, porción uno: calle
pública con 119,71 metros Porción dos: calle pública con 16.43 metros, sur,
porción uno: Benigno Chavarría, Asdrúbal, Leticia y Florentino todos Salazar
González. Porción dos: Asdrúbal, Leticia y Florentino Salazar González, este,
porción uno: Mario Miranda Castro. Porción dos: con la porción uno, oeste:
porción uno: con la porción dos. Porción dos: con el río Machuca. Mide: sesenta
y tres mil setecientos veintiséis metros con noventa y tres decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas quince minutos del cuatro
de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las once horas quince minutos del doce de mayo de dos mil veintiuno
con la base de ciento seis mil ciento noventa y ocho colones con ochenta y
siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las once horas quince minutos del veinte de mayo de
dos mil veintiuno con la base de treinta y cinco mil trescientos noventa y
nueve colones con sesenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se
les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Shadowgray Investments S.R.L. contra Lomas de Machuca S. A. y Expediente Nº
20-005235-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 27 de noviembre del 2020.—Licda. Sofía
Ramírez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2021520849 ).
En este
Despacho, con una base de trescientos setenta y un mil dólares exactos, libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
351-11580-01-0900-001, demanda ordinaria citas: 800-527023-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número cincuenta mil
quinientos setenta y seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno árboles frutales con 1 casa. Situada en el
distrito 1 Jacó, cantón 11 Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte, German Víquez; al sur, mar Pacífico en playas de Jacó; al este, Eladio
Alfaro; y al oeste, río
Copey. Mide: mil ciento ochenta y un metros con sesenta y ocho decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta y cinco minutos
del quince de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez horas treinta y cinco minutos del veintitrés de
junio de dos mil veintiuno con la base de doscientos setenta y ocho mil
doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta y cinco
minutos del uno de julio de dos mil veintiuno con la base de noventa y dos mil
setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). 2) Con una
base de ciento sesenta y ocho mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando demanda ordinaria citas: 800-367686-01-0001-001 reservas y
restricciones citas: 353-08518-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número cincuenta mil
novecientos seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno con 1 casa de
habitación. Situada en el distrito 1 Jacó, cantón 11 Garabito, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte, German Víquez; al sur, playa océano Pacífico; al este, calle pública con frente de
51.05 metros; y al oeste, Guillermo Bonilla Olivares. Mide: ochocientos treinta
y ocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta y
cinco minutos del quince de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta y cinco minutos del
veintitrés de junio de dos mil veintiuno con la base de ciento veintiséis mil
dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las diez horas treinta y cinco minutos del uno de
julio de dos mil veintiuno con la base de cuarenta y dos mil dólares exactos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Cofidos S. A., Katra S. A., La Casa de
Almutamiz S. A., Profundidades del Mar Rojo S. A. contra Brío S. A. Expediente 20-008078-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 16 de diciembre
del año 2020.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—(
IN2021520851 ).
En la puerta exterior de este despacho, con una base de ciento cincuenta
mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre trasladada; sáquese a remate la finca del Partido de Cartago,
matrícula N° 14687-000, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 02 San Diego, cantón 03 La Unión de la provincia de Cartago. Colinda:
al norte: Inversiones S. A.; al sur: Inversionistas S. A.; al este: calle pública; y al oeste: Luis
Arturo Montero Mora. Mide: mil doscientos diecisiete metros con cuarenta y dos
decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las quince horas (03:00 p.m.)
del seis de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate
se efectuará a las quince horas (03:00 p. m.) del catorce de abril de dos mil
veintiuno, con la base de ciento doce mil quinientos dólares exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las quince horas(03:00pm) del veintidós de abril de dos mil veintiuno, con la
base de treinta y siete mil quinientos dólares exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Gualemar Limitada contra Administradora y Operadora de
Bienes Momo Limitada. Expediente N° 19-001640-1203-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 8 de enero del 2021.—Licda. Sabina
Hidalgo Ruiz, Jueza.—( IN2021520855 ).
En este Despacho, con una base de veintidós millones
colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca
del partido de Cartago, matrícula número 177066 derecho 005, la cual es terreno
para construir, lote 139-G. Situada: en el distrito 5-Aguacaliente, San
Francisco, cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte,
I.N.V.U; al sur, resto destinado a avenida; al este,
I.N.V.U, y al oeste, I.N.V.U. Mide: ciento dieciséis metros con veintiún
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos
del cinco de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las quince horas cero minutos del quince de febrero del
dos mil veintiuno, con la base de dieciséis millones quinientos mil colones
exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las quince horas cero minutos del veintitrés de febrero del
dos mil veintiuno, con la base de cinco millones quinientos mil colones exactos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Alba Yanori de los
Ángeles Guzmán Sánchez. Expediente N° 20-002642-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 04 de enero del 2021.—Yanin Torrentes Ávila, Juez/a
Decisor/a.—( IN2021520856 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones ciento noventa y
nueve mil trescientos treinta y siete colones con sesenta y siete céntimos,
libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones, sumaria
19-007982-0489-TR; sáquese a remate el vehículo placa HB-002511, marca Toyota,
Estilo Hiace, capacidad 16 personas, serie JTFSK22P300004432, año 2008, color
plateado, tracción 4X2, CHASÍS JTFSK22P300004432, VIN JTFSK22P300004432, N.motor. 5L6053171, modelo lh222l-lemde, cilindrada 2986
C.C., combustible DIESEL. Para tal efecto se señalan las catorce horas cero
minutos del uno de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del nueve de marzo de dos
mil veintiuno con la base de tres millones ochocientos noventa y nueve mil
quinientos tres colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas
cero minutos del diecisiete de marzo de dos mil veintiuno con la base de un
millón doscientos noventa y nueve mil ochocientos treinta y cuatro colones con
cuarenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones
Cr Sociedad Anónima contra Luis Carlos Pérez Leal Expediente Nº 20-012509-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del I Circuito
Judicial de San José, 18 de noviembre del 2020.—M.Sc. Nidia Duran Oviedo,
Jueza Tramitadora.—( IN2021520869 ).
En este Despacho, con una base de quince mil novecientos treinta y ocho
dólares con tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate
el vehículo Placa: BMJ189, marca: Hyundai, estilo: Creta GL, categoría:
automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2017, color: negro, vin:
MALC281CBHM136056, cilindrada: 1600 c.c. tracción: 4x2, combustible: gasolina.
N° de motor: G4FGGU857932. Para tal efecto se señalan las ocho
horas cuarenta minutos del dos de marzo del dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cuarenta minutos del
diez de marzo del dos mil veintiuno, con la base de once mil novecientos cincuenta
y tres dólares con cincuenta y dos centavos (75% de la base original), y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas
cuarenta minutos del dieciocho de marzo del dos mil veintiuno, con la base de
tres mil novecientos ochenta y cuatro dólares con cincuenta centavos (25% de la
base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Crédi Q Inversiones CR Sociedad
Anónima contra Antonio Gerardo Arce Rodríguez. Expediente Nº 20-012549-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 08 de diciembre del 2020.—Lic. Susana
Cristina Mata Gómez, Juez/a Decisor/a.—( IN2021520870
).
En este Despacho, con una base de siete mil doscientos diez dólares con
cuarenta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate
el vehículo BHN216, marca Chevrolet, estilo Spark LS, color negro, año 2015,
Vin KL1MJ6C45FC301958, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las
once horas treinta minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del
once de marzo de dos mil veintiuno con la base de cinco mil cuatrocientos siete
dólares con ochenta y dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del
veintidós de marzo de dos mil veintiuno con la base de mil ochocientos dos dólares
con sesenta centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa
Sociedad Anónima contra Andrea María León Méndez, Patricia Méndez Rivera, expediente
N° 20-012549-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 30 de noviembre del año
2020.—Lic. Paula Morales González, Jueza Decisora.—(
IN2021520871 ).
En este
Despacho, con una base de doce mil ochocientos noventa y seis dólares con tres
centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo
SRD227, marca: Hyundai, estilo: Santa Fe GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería:
todo terreno 4 puertas, tracción: 4X4, número chasis: KMHST81CCEU253848, año
fabricación: 2014, color: plateado, N° motor:
G4KEDU218976, cilindrada: 2400 cc., combustible: gasolina. Para tal efecto se
señalan las nueve horas quince minutos del tres de marzo del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas quince
minutos del once de marzo del dos mil veintiuno con la base de nueve mil
seiscientos setenta y dos dólares con dos centavos (75% de la base original) y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas
quince minutos del veintidós de marzo del dos mil veintiuno con la base de tres
mil doscientos veinticuatro dólares con un centavos (25% de la base original).
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones
CR Sociedad Anónima contra Creo Travel Sociedad de Responsabilidad Limitada,
Didier Sieradzki. Expediente N° 20-012551-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 20 de noviembre del 2020.—Lic. Verny
Arias Vega, Juez.—( IN2021520872 ).
En este
Despacho, con una base de nueve mil novecientos setenta y seis dólares con
sesenta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el
vehículo placas: BHL552, marca: Toyota, estilo: Yaris E, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas, color: blanco, tracción:
4x2, vin: MR2BT9F31F1139197, N°
motor: 1NZZ071811, cilindrada: 1500 cc, cilindros: 4, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las nueve horas cuarenta minutos del veinticuatro de
febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las nueve horas cuarenta minutos del cuatro de marzo de dos mil
veintiuno, con la base de siete mil cuatrocientos ochenta y dos dólares con
cuarenta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas cuarenta minutos del doce de
marzo de dos mil veintiuno, con la base de dos mil cuatrocientos noventa y
cuatro dólares con quince centavos (25% de la base original). Notas: se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Improsa Sociedad Anónima contra Carlos Manuel De Jesús Mora Picado. Expediente
N° 20-012556-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de diciembre del
2020.—Lic. Wendy Pagani Rojas, Jueza Decisora.—(
IN2021520873 ).
En este
Despacho, con una base de doce mil cuatrocientos veintidós dólares con noventa
y dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el
vehículo: BGS764, marca: Hyundai, estilo: Tucson GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2014, color: gris,
vin: KMHJT81EAEU866347, cilindrada: 2000 cc, combustible: gasolina, N° motor G4NAEU263099. Para tal
efecto se señalan las trece horas treinta minutos del veinticuatro de febrero
de dos mil veintiuno. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las
trece horas treinta minutos del cuatro de marzo de dos mil veintiuno, con la
base de nueve mil trescientos diecisiete dólares con diecinueve centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las trece horas treinta minutos del doce de marzo del dos mil
veintiuno, con la base de tres mil ciento cinco dólares con setenta y tres
centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa Sociedad Anónima contra Jorge Mario Cisneros Quesada.
Expediente N° 20-012556-1338-CJ.—Juzgado Tercero
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de
noviembre del 2020.—Yesenia Alicia Solano Molina, Jueza Decisora.—( IN2021520874
).
En este
Despacho, con una base de ocho mil setecientos sesenta y seis dólares con
treinta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate
el vehículo placa BLQ171, marca: Chevrolet, estilo: Spark LTZ, categoría:
automóvil, capacidad: 5 personas, serie, chasis y Vin: KL1CM6CAXHC708797, año
2017, carrocería: sedan 4 puertas hatchback, color negro, tracción 4X2. Para
tal efecto se señalan las catorce horas diez minutos del veintidós de febrero
de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las catorce horas diez minutos del dos de marzo de dos mil veintiuno con la
base de seis mil quinientos setenta y cuatro dólares con ochenta centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las catorce horas diez minutos del diez de marzo de dos mil veintiuno
con la base de dos mil ciento noventa y un dólares con cincuenta y nueve
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR Sociedad
Anónima contra Brandon Mauricio Arguedas López. Expediente 20-012564-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 20 de noviembre del año 2020.—Lic. Cinthia
Segura Durán, Jueza Tramitadora.—( IN2021520875 ).
En este
Despacho, con una base de dieciocho mil doscientos noventa y cuatro dólares con
cuarenta y tres centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando
denuncia de tránsito citas: 0800
00589015 001; sáquese a remate el vehículo: BPB435, marca: Hyundai, estilo:
Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan 4
puertas, tracción: 4x2, año fabricación: 2017, uso: particular, color: gris,
combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cuarenta y
cinco minutos del treinta de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores,
el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del once
de mayo del dos mil veintiuno, con la base de trece mil setecientos veinte
dólares con ochenta y dos centavos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cuarenta y
cinco minutos del diecinueve de mayo del dos mil veintiuno, con la base de
cuatro mil quinientos setenta y tres dólares con sesenta y un centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Marco
Vinicio Arias Castillo. Expediente N° 20-012666-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 25 de noviembre del 2020.—Licda. Raquel Machado
Fernández, Jueza.—( IN2021520877 ).
En este
Despacho, con una base de ocho mil setecientos dieciocho dólares exactos, libre
de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo ZCL426, marca:
Hyundai, estilo: I30 GLS, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie:
KMHD351EBFU221284, carrocería:
Sedan 4 puertas Hatchback tracción: 4x2, año: 2015,
cilindrada: 1800 cc. cilindros: 4. Para tal efecto se señalan las once horas
treinta minutos del treinta y uno de mayo del dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas treinta minutos del
ocho de junio del dos mil veintiuno, con la base de seis mil quinientos treinta
y ocho dólares con cincuenta centavos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas treinta minutos
del dieciséis de junio del dos mil veintiuno, con la base de dos mil ciento
setenta y nueve dólares con cincuenta centavos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Credi Q Inversiones CR S. A. contra Davis José Castillo Logan, Luz Marina Logan
Avellanos. Expediente Nº 20-012669-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 13 de noviembre del 2020.—Lic. Marvin Antonio
Hernández Calderón, Juez Tramitador.—( IN2021520878 ).
En este Despacho, con una base de ocho mil trescientos setenta y un
dólares con cincuenta y cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placa: BGV578, marca: Suzuki, estilo: Ertiga GLX,
capacidad: 7 personas, año fabricación: 2015, color: gris, Vin:
MA3ZE81S5F0257426, N° motor: K14BN7037754. Para tal efecto se señalan las ocho
horas treinta minutos del uno de marzo del dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del
nueve de marzo del dos mil veintiuno con la base de seis mil doscientos setenta y ocho
dólares con sesenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos
del diecisiete de marzo del dos mil veintiuno con la base de dos mil noventa y
dos dólares con ochenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este
edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A.
contra Marisol Chavarría Mendoza. Expediente N° 19-019425-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 22
de octubre
del 2020.—Marianela De Los Ángeles Alvarado Alfaro, Jueza
Decisora.—( IN2021520897 ).
En este Despacho, con una base de diecinueve mil ochocientos trece
dólares con ochenta y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el Vehículo Placa BJK770, Marca: Hyundai, estilo: Tucson GL,
categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, año: 2016, color: negro, Vin:
KMHJ2813DGU050403, cilindrada: 2000 c.c, combustible: gasolina, Motor número:
G4NAFU057835. Para tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos del
quince de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate
se efectuará a las catorce horas cero minutos del veintitrés de febrero de dos
mil veintiuno con la base de catorce mil ochocientos sesenta dólares con
treinta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del
tres de marzo de dos mil veintiuno con la base de cuatro mil novecientos
cincuenta y tres dólares con cuarenta y seis centavos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Improsa contra Iván
Eduardo Liceaga Morales. Expediente Nº 20-011177-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del I Circuito Judicial de Alajuela, 23 de octubre del año
2020.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2021520898 ).
En este
Despacho, con una base de nueve mil novecientos trece dólares con setenta y dos
centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo
BLC713, marca: Chevrolet, estilo: Captiva LTZ, categoría: automóvil, capacidad:
7 personas, serie: kl1fc6e61gb515368,
carrocería: todo terreno 4 puertas, año fabricación: 2016, color: gris. Para
tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos del diecisiete de febrero
de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las catorce horas cero minutos del veinticinco de febrero de dos mil veintiuno
con la base de siete mil cuatrocientos treinta y cinco dólares con veintinueve
centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las catorce horas cero minutos del cinco de marzo de dos mil
veintiuno con la base de dos mil cuatrocientos setenta y ocho dólares con
cuarenta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A.
contra Royner Gilberto Mora Ruiz. Expediente 20-003945-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 20 de
noviembre del año 2020.—M.Sc. Franz Castro Solís, Juez Tramitador.—(
IN2021520899 ).
En este
Despacho, con una base de veintiséis mil setecientos cuarenta y nueve dólares
con cincuenta y siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo: placas BPG978, marca: Chevrolet, estilo: Trax Premier,
categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: 3GNCJ7EBXJL160265,
carrocería: todo terreno 4 puertas, tracción: 4x2, número de chasis: 3GNCJ7EBXJL160265, año
fabricación: 2018, color: café, número
motor: no existe, cilindrada: 1400 C.C, combustible: gasolina. Para tal efecto,
se señalan las nueve horas cero minutos del dieciocho de febrero del dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve
horas cero minutos del veintiséis de febrero del dos mil veintiuno, con la base
de veinte mil sesenta y dos dólares con dieciocho centavos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
nueve horas cero minutos del ocho de marzo del dos mil veintiuno, con la base
de seis mil seiscientos ochenta y siete dólares con treinta y nueve centavos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S. A. contra Angélica Cascante Pérez. Expediente N° 20-003970-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 24 de
noviembre del 2020.—Franz Castro Solís, Juez Tramitador.—( IN2021520900 ).
En este Despacho, con una base de veintidós mil cuatrocientos ochenta y
nueve dólares con treinta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo BNW895, marca: Chevrolet, estilo: Trax Premier,
año: 2017, color: gris, cilindrada 1800 cc, combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las diez horas cero minutos del treinta de agosto de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas
cero minutos del siete de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de
dieciséis mil ochocientos sesenta y siete dólares con dos centavos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las diez horas cero minutos del quince de setiembre de dos mil veintiuno, con
la base de cinco mil seiscientos veintidós dólares con treinta y cuatro
centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de CREDIQ contra Eduardo Fernando Calvo
Molina, Kevin Calvo Molina. Expediente N° 20-008077-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, 4 de diciembre del 2020.—Lic. Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2021520901 ).
En este Despacho, con una base de nueve mil setecientos seis dolares con
treinta y un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el
vehículo BKB748, marca Toyota, estilo; Yaris, capacidad: cinco pasajeros,
color: gris, año: dos mil diez, chasis JTDBT cuatro K tres ocho A uno tres ocho
cuatro seis ocho. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos
del veintitrés de agosto del dos mil veintiuno. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del treinta y uno
de agosto del dos mil veintiuno con la base de siete mil doscientos setenta y
nueve dólares con setenta y tres centavos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
trece horas treinta minutos del ocho de setiembre del dos mil veintiuno con la
base de dos mil cuatrocientos veintiséis dólares con cincuenta y
ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución prendaria de Crediq contra Leuman Gabriel Paredes
Guadamuz. Expediente N° 20-008085-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, 02 de diciembre del
2020.—Lic. Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—(
IN2021520902 ).
En este
Despacho, con una base de dos millones trescientos treinta y dos mil ciento
cincuenta y nueve colones con trece céntimos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas 652408, marca Nissan, estilo
Tiida, categoría automóvil, capacidad 5 personas, serie, chasis,
Vin JN1BCAC11Z0002733, año 2007, carrocería sedán 4
puertas, color gris, tracción
4x2. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del diez de
febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará
a las trece horas treinta minutos del dieciocho de febrero del dos mil
veintiuno con la base de un millón setecientos cuarenta y nueve mil ciento
diecinueve colones con treinta y cinco céntimos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas
treinta minutos del veintiséis de febrero del dos mil veintiuno con la base de
quinientos ochenta y tres mil treinta y nueve colones con setenta y ocho
céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en Proceso Ejecución Prendaria de Banco Improsa Sociedad Anónima contra Bernardita Blanco Brenes,
expediente N° 20-012488-1170-CJ.—Juzgado Segundo
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de
noviembre del año 2020.—Licda. Cinthia Segura Durán, Jueza Tramitadora.—(
IN2021520903 ).
En este
Despacho, con una base de quince mil ochocientos ochenta y ocho dólares con
sesenta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el
vehículo placa: YMJ142, marca: Nissan, estilo: Sentra, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, año: 2015, color: gris, vin: 3N1AB7AD6FL600030,
cilindrada: 1800 c.c. tracción: 4x2, combustible: gasolina, N° de motor: MRA8270725H. Para tal
efecto se señalan las trece horas treinta minutos del uno de marzo del dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece
horas treinta minutos del nueve de marzo del dos mil veintiuno, con la base de
once mil novecientos dieciséis dólares con cuarenta y siete centavos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan
las trece horas treinta minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintiuno,
con la base de tres mil novecientos setenta y dos dólares con quince centavos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR sociedad Anónima contra
Derrick William Schroeder Escalante. Expediente Nº 20-012494-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 04 de diciembre del 2020.—Lic. Susana
Cristina Mata Gómez, Juez/a Decisor/a.—( IN2021520904
).
En este
Despacho, con una base de ocho mil quinientos ocho dólares con sesenta
centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa
BCZ787, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5
personas, chasis: KMHCT41CBDU355211, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción:
4X2, año fabricación: 2013, color: plateado, N.Motor:
G4FACU981599, cilindrada: 1400 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se
señalan las nueve horas cero minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero
minutos del once de marzo de dos mil veintiuno con la base de seis mil
trescientos ochenta y un dólares con cuarenta y cinco centavos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
nueve horas cero minutos del veintidós de marzo de dos mil veintiuno con la
base de dos mil ciento veintisiete dólares con quince centavos (25% de la base
original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Improsa Sociedad Anónima contra Ligia María Del Carmen Corrales Navarro,
expediente Nº: 20-012497-1338-CJ.—Juzgado Tercero
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de
noviembre del año 2020.—Lic. Verny Arias Vega, Juez.—(
IN2021520905 ).
En este
Despacho, con una base de trescientos mil dólares exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas
347-06809-01-0905-001 / servidumbre de paso citas 425-02971-01-0002-001 /
servidumbre de paso citas 456-11562-01-0004-001; sáquese a remate la finca del
partido de San José, matrícula número
1-57946-F-000, derecho cero cero cero, la cual es terreno finca filial número
veintidós de dos plantas destinada a local comercial en proceso de
construcción. Situada en el Distrito Pozos, Cantón Santa Ana, de la provincia
de San José. Colinda: al norte
área común libre de zona de protección de quebrada; al sur área común libre de
acera, área común libre estacionamiento públicos.; al este, área común libre de
acera y al oeste área común libre de estacionamientos públicos y área común
libre de zona de protección de quebrada. Mide: trescientos sesenta y tres
metros con noventa y un decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las quince horas quince minutos del ocho de febrero
de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las quince horas quince minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintiuno
con la base de doscientos veinticinco mil dólares exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas quince minutos del veinticuatro de febrero de dos mil veintiuno
con la base de setenta y cinco mil dólares exactos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Roberto Antonio De La Trinidad Sánchez Cantillano contra Lindora Alquileres
e Inversiones Sociedad Anónima. Expediente Nº: 20-010281-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 17 de setiembre del año 2020.—Licda.
Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—(
IN2021520914 ).
En este Despacho, con una base de diecinueve mil cuatrocientos setenta
colones con quince céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate
el vehículo BMK086, Marca: Hyundai, categoría: automóvil, carrocería: sedan 4
puertas, Estilo: Accent GL, capacidad: 5 personas, tracción: 4X2, Vin:
KMHCT41DBHU207298, Número chasis: KMHCT41DBHU207298, año fabricación: 2017,
color: plateado, N. Motor: G4FCGU322217, cilindros: 4, Potencia: 122 KW,
Combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta
minutos del siete de julio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del quince de
julio de dos mil veintiuno con la base de catorce mil seiscientos dos colones
con sesenta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del
veintitrés de julio de dos mil veintiuno con la base de cuatro mil ochocientos
sesenta y siete colones con cincuenta y cuatro céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado,
el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto
por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días
de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Star Cars Sociedad Anónima contra Sandra Isabel
Montes Martínez. Expediente Nº 19- 002982-1201-CJ.—Juzgado
de Cobro de Golfito, 06 de octubre del año 2020.—Lic. Gerardo Monge Blanco,
Juez.—( IN2021520915 ).
En este
Despacho, con una base de diez mil trescientos noventa y seis dólares con
setenta y cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate
el vehículo BCV849, estilo Tucson GL, capacidad 5 personas, año 2013 color
plateado, categoría automóvil, carrocería, todo terreno 4 puertas. Para tal
efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del siete de junio del dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas treinta minutos del quince de junio del dos mil veintiuno con la
base de siete mil setecientos noventa y siete dólares con cincuenta y seis
centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veintitrés de junio del
dos mil veintiuno con la base de dos mil quinientos noventa y nueve dólares con
diecinueve centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Crediq contra Olman
Enrique Vargas Barrantes. Expediente N° 19-009778-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, 27 de setiembre del
2020.—Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2021520916 ).
En este Despacho, con una base de nueve mil ochenta
y cuatro dólares con ochenta centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placas: WCM017, marca: Hyundai, estilo I10 GL,
categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: MALAM51CADM298453, año:
2013, carrocería: Sedan 4 puertas, Hatchback,
color: gris, tracción: 4X2, cilindrada: 1200 cc, combustible: gasolina. Para
tal efecto se señalan las catorce horas quince minutos del ocho de marzo del
dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas quince minutos del dieciséis de marzo del dos
mil veintiuno, con la base de seis mil ochocientos trece dólares con sesenta
centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las catorce horas quince minutos del veinticuatro de marzo
del dos mil veintiuno, con la base de dos mil doscientos setenta y un dólares
con veinte centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones
CR S. A., contra Celeste Micksela Salas Hernández. Expediente N°
19-011059-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 4 de diciembre del
2020.—Mayra Vanessa Guillen Rodríguez, Jueza Decisora.—(
IN2021520917 ).
En este
Despacho, con una base de trece mil novecientos cincuenta y ocho dólares con
sesenta y dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el
vehículo BHW931, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, serie: kmhct41dafu789015, tracción: 4X2, año
fabricación: 2015, color: negro, número de motor: g4fceu441370, marca: Hyundai, cilindrada: 1600 cc,
cilindros: 4, potencia: 122 kW, combustible: gasolina. Para tal efecto se
señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos (02:45 pm) del veinticinco
de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las catorce horas cuarenta y cinco minutos (02:45 pm) del doce de
abril de dos mil veintiuno con la base de diez mil cuatrocientos sesenta y ocho
dólares con noventa y siete centavos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cuarenta y
cinco minutos del veinte de abril de dos mil veintiuno con la base de tres mil
cuatrocientos ochenta y nueve dólares con sesenta y cinco centavos (25% de la
base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar
(02:45 pm) en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Previo a realizar la publicación
del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de
existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Star Cars S. A.
contra Christopher Alberto Mora Miranda. Expediente 19-012376-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 26 de noviembre del año 2020.—Lic. Audrey
Abarca Quirós, Juez.—( IN2021520918 ).
En este
Despacho, con una base de quince mil novecientos setenta y cuatro dólares con
veinticinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el
vehículo placa D 001916, marca Honda, estilo Civic Ext, año 2016, color gris,
chasis 19XFC1670GE500061, motor L15B71029131. Para tal efecto se señalan las
diez horas treinta minutos del siete de abril de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del
quince de abril de dos mil veintiuno con la base de once mil novecientos
ochenta dólares con sesenta y nueve centavos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas
treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil veintiuno con la base de
tres mil novecientos noventa y tres dólares con cincuenta y seis centavos (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra José Perfecto Briceño Zúñiga. Expediente Nº
19-012406-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de noviembre del año
2020.—Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—( IN2021520919 ).
En este
Despacho, con una base de once mil novecientos noventa y nueve dólares con
ochenta y nueve centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando
colisiones, bajo la sumaria 17-011232-0489-TR, del Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San
José; sáquese a remate el vehículo placa: BGB271, marca Hyundai, estilo: Accent
GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, tracción: 4X2, año
fabricación: 2014, color: blanco, Vin: KMHCT41BAEU644439, cilindrada: 1400 c.c.
Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del veinticinco de marzo
del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las diez horas cero minutos del doce de abril del dos mil veintiuno con la base
de ocho mil novecientos noventa y nueve dólares con noventa y un centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las diez horas cero minutos del veinte de abril del dos mil veintiuno
con la base de dos mil novecientos noventa y nueve dólares con noventa y siete
centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Previo a realizar
la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del
mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato
para su corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria
de Star Cars S. A. contra Ronald Augusto Meza Guevara, Seguridad Interamericana
Prosecure S. A. Expediente N° 19-012419-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 27 de noviembre del 2020.—Lic. Audrey
Abarca Quirós, Juez.—( IN2021520920 ).
En este
Despacho, con una base de ocho mil seiscientos dieciocho dólares con diecinueve
centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo
819439, marca Hyundai, estilo GETZ, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año
2010, color beige, vin KMHBT51DAAU941201, cilindrada 1400 cc.,
combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta
minutos del cuatro de mayo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el
segundo remate, se efectuará a las catorce horas treinta minutos del doce de
mayo del dos mil veintiuno, con la base de seis mil cuatrocientos sesenta y
tres dólares con sesenta y cuatro centavos (75% de la base original), y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas
treinta minutos del veinte de mayo del dos mil veintiuno, con la base de dos
mil ciento cincuenta y cuatro dólares con cincuenta y cinco centavos (25% de la
base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Olga Patricia
Taborda Kruse. Expediente Nº 19-015710-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 01 de diciembre del
2020.—Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2021520921 ).
En este
Despacho, con una base de diecisiete mil ciento cuarenta y cinco dólares con
cuarenta y un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el
vehículo placas: BNS410, marca: Hyundai, categoría: automóvil,
capacidad. 5 personas, vin: KMHCT41BEHU204154, color: blanco, año: 2017, número
de motor: G4LCGU667640. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta
minutos del trece de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintiuno de
abril de dos mil veintiuno, con la base de doce mil ochocientos cincuenta y nueve
dólares con cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del
veintinueve de abril de dos mil veintiuno, con la base de cuatro mil doscientos
ochenta y seis dólares con treinta y cinco centavos (25% de la base original).
Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Star Cars S. A. contra Sharon Murillo Pessoa. Expediente N° 19-012422-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 23 de noviembre del 2020.—Yessenia Brenes
González, Jueza Decisora.—( IN2021520922 ).
En este Despacho, con una base de veintidós millones de colones exactos,
libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de
Heredia, matrícula número ciento cincuenta y nueve mil setecientos treinta y
seis, derecho 001-002, la cual es terreno para construir lote cuatro. Situada
en el distrito 4-Jesús, cantón 4-Santa Bárbara, de la provincia
de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con frente de 3 metros y en parte
lote tres; al sur, Hilda Núñez Rodríguez; al este, Lote cinco
y seis, y al oeste, Milena Emilia Bolaños Prendas. Mide: doscientos
treinta y siete metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las once horas cero minutos del ocho de febrero del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero
minutos del dieciséis de febrero del dos mil veintiuno con la base de dieciséis
millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original), y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas cero
minutos del veinticuatro de febrero del dos mil veintiuno, con la base de cinco
millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se
les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo
Mutual Alajuela-La Vivienda contra Flor María Alfaro Araya, Imel
Xavier Espinoza Marchena. Expediente Nº 20-001131-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 11 de enero del 2021.—Licda. Raquel Machado Fernández, Jueza Tramitadora.—( IN2021520924 ).
En este Despacho, con una base de seis millones quinientos mil colones
exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada citas: 251-00782-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido
de San Jose, matrícula número 533134, derecho 000, la cual es terreno para
construir lote doce - A.- Situada en el distrito 4 San Rafael Arriba, cantón 3
Desamparados, de la provincia de San Jose- Colinda: al norte lote 11-A; al sur
lote 13-A; al este calle publica con 8.00 metros y al oeste Moisés Cascante
Valverde.- Mide: ciento sesenta y tres metros con cuarenta y ocho decímetros
cuadrados. Plano: SJ-0822099-2002 Para tal efecto, se señalan las diez horas
quince minutos del diecisiete de febrero de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas quince minutos del
veinticinco de febrero de dos mil veintiuno con la base de cuatro millones
ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas quince
minutos del cinco de marzo de dos mil veintiuno con la base de un millón
seiscientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y
Préstamo contra Arturo Alexander Palmer Forbes. Expediente Nº 20-012946-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del I Circuito
Judicial de San José, 12 de enero del año 2021.—Lic. Paula Morales
González, Jueza Decisora.—( IN2021520925 ).
En este
Despacho, Finca N° 1: Con una base de
ochenta y uno mil setecientos noventa y dos dólares con ochenta y seis centavos
de dólar, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada bajo las citas: 0298-00008685-01-0906-001; sáquese a remate la finca
del partido de San José, matrícula número 1-128988-000, la cual es terreno para
construir. Situada: en el distrito 04, cantón 01, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, avenida 14; al sur, Ernesto Gre/as y otros; al este, Arturo
Echeverría, y al oeste, Hernán
Cortés. Mide: cuatrocientos sesenta y cuatro
metros con cuarenta y un decímetros cuadrados, para lo cual se señalan las diez
horas y cero minutos del once de febrero del dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas y cero minutos del
diecinueve de febrero del dos mil veintiuno, con la base de sesenta y uno mil
trescientos cuarenta y cuatro dólares con sesenta y cinco centavos de dólar
(75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las diez horas y cero minutos del primero de marzo del dos mil
veintiuno, con la base de veinte mil cuatrocientos cuarenta y ocho dólares con
veintiuno centavos de dólar (25% de la base original). Finca N° 2: Con una base de veintisiete mil ciento ochenta y nueve
dólares con dieciocho centavos de dólar, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 0204-00000071-01-0903-001,
servidumbre trasladada bajo las citas: 0259-00001997-01-0902-001, servidumbre
trasladada bajo las citas: 0292-00010535-01-0901-001, servidumbre trasladada
bajo las citas: 0354-00013556-01-0900-001, servidumbre trasladada bajo las
citas: 0354-00013556-01-0901-001, servidumbre trasladada bajo las citas:
0354-00013556-01-0902-001, servidumbre trasladada bajo las citas:
0354-00013557-01-0901-001, servidumbre trasladada bajo las citas: 0354-00013557-01-0902-001,
servidumbre trasladada bajo las citas: 0354-00013557-01-0903-001, sáquese a
remate la finca del partido de San José, matrícula número 1-624090-000, la cual
es terreno construido. Situada: en el distrito 04 Catedral, cantón 01, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Cinco Pandits Sociedad Anónima; al sur, Ana Marta Gutiérrez Gre#as; al este, calle pública, y al oeste, FCF Fercafa Sociedad Anónima. Mide: doscientos noventa metros con
setenta y tres decímetros cuadrados, para lo cual se señalan las diez horas y
cero minutos del once de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores,
el segundo remate, se efectuará a las diez horas y cero minutos del diecinueve
de febrero del dos mil veintiuno, con la base de veinte mil trescientos noventa
y uno dólares con ochenta y nueve centavos de dólar (75% de la base original),
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas
y cero minutos del primero de marzo del dos mil veintiuno, con la base de seis
mil setecientos noventa y siete dólares con veintinueve centavos de dólar (25%
de la base original). Finca N° 3: Con una
base de ciento cincuenta y ocho mil ciento diez dólares con sesenta y cinco
centavos de dólar, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada bajo las citas: 0326-00007923-01-0901-001; sáquese a remate la finca
del partido de San José, matrícula número 1-613459-000, la cual es terreno
construido. Situada: en el distrito 04 Catedral, cantón 01 San José, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, FCF Fercafa S. A.; al sur, avenida
dieciséis; al este, Alicia María
Conejo Alvarado, FCF Fercafa S. A., Fiorella Moiso Gre#as, y al oeste, Auto
Repuestos L y M S.A. Mide: cuatrocientos setenta y dos metros con cero
decímetros cuadrados, para lo cual se señalan las diez horas y cero minutos del
once de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate,
se efectuará a las diez horas y cero minutos del diecinueve de febrero del dos
mil veintiuno, con la base de ciento dieciocho mil quinientos ochenta y dos
dólares con noventa y nueve centavos de dólar (75% de la base original), y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y
cero minutos del primero de marzo del dos mil veintiuno, con la base de treinta
y nueve mil quinientos veintisiete dólares con sesenta y seis centavos de dólar
(25% de la base original). Finca N° 4: Con una base de cuatro mil cuatrocientos cincuenta
dólares con quince centavos de dólar, libre de gravámenes hipotecarios, sáquese a remate la finca del partido de San
José, matrícula número 1-339763-000, la cual es terreno para construir con una
casa. Situada: en el distrito 04 Catedral, cantón 01 San José, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, Alicia Alvarado Gamboa; al sur, Marylin Solano
Alvarado y Alicia Alvarado Gamboa; al este, calle pública, y al oeste, El
Oril Sociedad Anónima. Mide: cincuenta metros con diez decímetros
cuadrados, para lo cual se señalan las diez horas y cero minutos del once de
febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se
efectuará a las diez horas y cero minutos del diecinueve de febrero del dos mil
veintiuno, con la base de tres mil trescientos treinta y siete dólares con
sesenta y dos centavos de dólar (75% de la base original), y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del
primero de marzo del dos mil veintiuno, con la base de mil ciento doce dólares
con cincuenta y tres centavos de dólar (25% de la base original). Finca N° 5: Con una base de cinco
mil trescientos setenta y nueve dólares con ochenta y siete centavos de dólar,
libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servid. de desag. ref.:
1354-037-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula
número 116456-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada: en el
distrito 04 Catedral, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Hermanas Gri/as Mora; al sur, Crisanto Alvarado; al este, calle 7, y
al oeste, Juana Camacho. Mide: setenta y cinco metros con noventa y siete
decímetros cuadrados, para lo cual se señalan las diez horas y cero minutos del
once de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate,
se efectuará a las diez horas y cero minutos del diecinueve de febrero del dos
mil veintiuno, con la base de cuatro mil treinta y cuatro dólares con noventa y
seis centavos de dólar (75% de la base original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las diez horas y cero minutos del primero de
marzo del dos mil veintiuno, con la base de mil trescientos cuarenta y cuatro
dólares con noventa y seis centavos de dólar (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de
este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Crédito Agrícola de Cartago contra FCF Fercafa S. A., Vidrios y Celosías S. A.
Expediente N° 18-006550-1765-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección
Tercera, 14 de agosto del 2020.—Licda. Hellen Viviana Segura Godínez, Jueza Tramitadora.—( IN2021520927 ).
En este Despacho, Con una base de diecisiete mil ciento noventa y
cinco dólares con dieciocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo GQL135, Marca: Kia Estilo: Cerato, categoría:
automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2016, color: gris, N. Motor:
G4FGFH772480, Cilindrada: 1591 c.c, combustible: gasolina. Para tal efecto se
señalan las catorce horas cero minutos del trece de julio de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero
minutos del veintiuno de julio de dos mil veintiuno con la base de doce mil
ochocientos noventa y seis dólares con treinta y nueve centavos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
catorce horas cero minutos del veintinueve de julio de dos mil veintiuno con la
base de cuatro mil doscientos noventa y ocho dólares con ochenta centavos (25%
de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Improsa
contra Carolina Valverde Ulloa. Expediente Nº 20-014771-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 03 de diciembre del 2020.—Liseth Delgado Chavarría,
Jueza Tramitadora.—( IN2021520936 ).
En este
Despacho, con una base de siete mil setecientos setenta y dos dólares exactos,
libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BCF871, marca
Chevrolet. Estilo Cruze LS. Categoría automóvil. Año 2012. Color negro. Vin
KL1PJ5C5XCK587954, cilindrada 1800 c.c. Para tal efecto se señalan las once
horas quince minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las once horas quince minutos del once de
marzo de dos mil veintiuno con la base de cinco mil ochocientos veintinueve
dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las once horas quince minutos del veintidós de marzo
de dos mil veintiuno con la base de mil novecientos cuarenta y tres dólares
exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR Sociedad
Anónima contra Kenneth Anthony Grossi Castro. Expediente Nº:20-016625-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 27 de octubre del año 2020.—Yessenia Brenes
González, Jueza Decisora.—( IN2021520938 ).
En este
Despacho, con una base de once mil doscientos treinta colones exactos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BHN685, marca:
Hyundai, estilo: Grand I10, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
tracción: 4x2, año fabricación: 2015, color: plateado, vin: MALA851CAFM172034,
cilindrada: 1200 c.c. Para tal efecto se señalan las diez horas quince minutos
del uno de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate
se efectuará a las diez horas quince minutos del nueve de marzo de dos mil
veintiuno con la base de ocho mil cuatrocientos veintidós colones con cincuenta
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez horas quince minutos del diecisiete de marzo de dos
mil veintiuno con la base de dos mil ochocientos siete colones con cincuenta
céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta
nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a
fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en
el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la
respectiva corrección. Deberá publicarse este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR Sociedad Anónima contra José Arturo Henríquez González. Expediente Nº
20-016628-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 01 de octubre del año
2020.—Adriana Soto González, Jueza Coordinadora.—( IN2051520939 ).
En este Despacho, con una base de cuatrocientos sesenta y ocho mil
doscientos setenta y siete colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 71150
derechos 004-005-006, la cual es terreno naturaleza: solar para construir.
Situada: en el distrito 1-Nicoya, cantón 2-Nicoya de la provincia de
Guanacaste. Linderos: norte, Amado Silva; sur, Máximo Silva; este, Máximo Silva; oeste,
calle pública con 25 m. Mide: quinientos treinta y ocho metros
con once decímetros cuadrados. Plano: G-0807659-1989. Para tal efecto, se
señalan las diez horas cero minutos del dieciocho de febrero del dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez
horas cero minutos del veintiséis de febrero del dos mil veintiuno, con la base
de trescientos cincuenta y un mil doscientos siete colones con setenta y cinco
céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del ocho de marzo del dos
mil veintiuno, con la base de ciento diecisiete mil sesenta y nueve colones con
veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instacredit S. A.
contra Allan Johan Granados Silva, Milner Antonio Granados Silva, Milner
Florentino Granados Granados, Nataly Granados Silva. Expediente N°
18-003112-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 12 de noviembre del
2020.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—(
IN2021520945 ).
En este Despacho, con una base de dieciocho mil ochenta y tres dólares
con sesenta y siete centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando
colisiones 18-000162-0500-TR 2017-247801043; sáquese a remate el vehículo
774036. Marca Ford. Estilo Explorer. Categoría. automóvil. Capacidad 7
personas, año 2009. Color azul. VIN 1FMEU75899UA04518. Cilindrada 4600 C.C. Combustible
gasolina. Motor Nº no existe. Para tal efecto se señalan las quince horas
treinta minutos del doce de julio de dos mil veintiuno. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del veinte de
julio de dos mil veintiuno con la base de trece mil quinientos sesenta y dos
dólares con setenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta
minutos del veintiocho de julio de dos mil veintiuno con la base de cuatro mil
quinientos veinte dólares con noventa y un centavos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Prival Bank (Costa Rica) Sociedad Anónima contra Inversiones Agrícolas San
Agustín S. A., Marco Aurelio de La Trinidad Alfaro Rodríguez. Expediente N°
20-003854-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 03 de diciembre del
año 2020.—Lic. Raquel Priscilla Machado Fernández, Jueza Decisora.—(
IN2021520985 ).
En este
Despacho, con una base de ocho millones diecinueve mil ciento setenta y cuatro
colones con cuarenta y nueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre trasladada citas: 258-00559-01-0901-001,
258-00559-01-0901-002, 258-00559-01-0902-001; sáquese a remate la finca del
partido de Alajuela, matrícula número trescientos veintisiete mil ochocientos
ochenta y tres, derecho, la cual es terreno lote H-20, terreno para construir
con una casa. Situada en el Distrito 4-San Antonio, Cantón 1-Alajuela,
Provincia 2-Alajuela. Colinda: norte lote NºH-19; sur lote NºH-21; este,
avenida Los Sauces con frente de 6,00 metros y oeste lote NºH-4. Mide: ciento
veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cuarenta
y cinco minutos del veintidós de febrero de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cuarenta y cinco
minutos del dos de marzo de dos mil veintiuno con la base de seis millones
catorce mil trescientos ochenta colones con ochenta y siete céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las catorce horas cuarenta y cinco minutos del diez de marzo de dos mil
veintiuno con la base de dos millones cuatro mil setecientos noventa y tres
colones con sesenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Popular y de Desarrollo Comunal contra Gerardo Madrigal Orozco. Expediente
Nº:19-011914-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 30 de octubre del año 2020.—Licda. Angie
Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2021520999
).
En este
Despacho, con una base de diez millones de colones exactos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula
número 179559, derechos 001 / 002, la cual es terreno de café y repastos.
Situada en el Distrito 5-Piedades Sur, Cantón 2-San Ramón, de la Provincia de
Alajuela. Colinda: al norte Félix Villalobos Camacho y Edgar Cubero Brenes; al
sur calle pública con una frente a
la misma de 56.47 metros; al este, calle pública con un frente a la misma de 198.15 metros y al
oeste Félix Villalobos Camacho. Mide: veinte mil cuarenta y cinco metros con
dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero
minutos del diez de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del dieciocho de mayo de
dos mil veintiuno con la base de siete millones quinientos mil colones exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las catorce horas cero minutos del veintiséis de mayo de dos mil
veintiuno con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (25% de la
base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Luis Fernando Vargas Segura contra Esvin Gerardo Del
Socorro Zúñiga Vásquez, ZUYVA S. A. Expediente Nº:20-002292-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de
Alajuela (San Ramón), 12 de enero del año 2021.—Licda. Jennsie Montero
López, Jueza.—( IN2021521080 ).
En este
Despacho, con una base de veintidós millones setecientos treinta y ocho mil
cuarenta y cuatro colones con setenta y un céntimos, soportando servidumbre
trasladada citas: 284-08211-01-0901-001, servidumbre trasladada citas:
285-01037-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 303-03082-01-0901-001,
servidumbre trasladada citas: 328-12384-01-0901-001 y serv. de paso ref:
1803-246-001 citas: 328-12384-01-0902-001, sáquese a remate la finca del
partido de Cartago, matrícula número 196776, derecho 000, la cual es terreno de
café, lote 1. Situada en el distrito 4 Cachí, cantón 2 Paraíso, de la provincia
de Cartago. Finca se encuentra en zona catastrada. Colinda: al norte, Amelia
Chaves Rojas; al sur, Misael Quirós Varela; al este, Expocosta Internacional S.
A.; y al oeste calle pública con 12 metros 1 centímetro de frente. Mide: mil
ochenta y ocho metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del cinco de marzo de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece
horas treinta minutos del quince de marzo de dos mil veintiuno con la base de
diecisiete millones cincuenta y tres mil quinientos treinta y tres colones con
cincuenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del
veintitrés de marzo de dos mil veintiuno con la base de cinco millones
seiscientos ochenta y cuatro mil quinientos once colones con diecisiete céntimos (25% de la base original). Notas: Se
les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional contra José Manuel Chaves Cordero. Expediente 20-003453-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 09 de
diciembre del año 2020.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez Tramitador.—(
IN2021521092 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una
base de mil quinientos treinta y un dólares con veinticinco centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BDJ718, marca:
Chevrolet, estilo: Aveo LS, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, tracción: 4X2, año
fabricación: 2013, color: gris, Vin: 3G1TC5CF9DL156900, cilindrada: 1600 c.c.
Para tal efecto se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del siete de
abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará
a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del quince de abril del dos mil
veintiuno con la base de mil ciento cuarenta y ocho dólares con cuarenta y tres
centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de
abril del dos mil veintiuno con la base de trescientos ochenta y dos dólares
con ochenta y un centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la
Imprenta Nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del
edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda,
caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para
proceder con la respectiva corrección. Deberá publicarse este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos S J S. A. contra Andrea de Los Ángeles Fernández Sandí.
Expediente N° 20-017908-1044-CJ.—Juzgado Primero
Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 12 de noviembre del 2020.—Adriana Soto
González, Jueza Coordinadora.—( IN2021520225 ).
En este Despacho, con una base de nueve mil seiscientos treinta y siete
dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el
vehículo placas BCT125, marca: Nissan, estilo: Tiida, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, serie: 3N1CC1AD0ZK138612, carrocería: sedán 4 puertas, tracción:
4x2 peso, año fabricación: 2013, color: gris, N. motor: HR16281205C, marca:
Nissan. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del trece de
mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará
a las nueve horas treinta minutos del veintiuno de mayo de dos mil veintiuno
con la base de siete mil doscientos veintisiete dólares con setenta y cinco
centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas treinta minutos del treinta y uno de mayo de
dos mil veintiuno con la base de dos mil cuatrocientos nueve dólares con
veinticinco centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa contra
Maricruz Alfaro Moreira, expediente N° 20-012628-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 13 de noviembre del año 2020.—Noelia Prendas Ugalde,
Jueza Tramitadora.—( IN2021520876 ).
En este
Despacho, con una base de catorce mil quinientos cuarenta y siete dólares con
cincuenta y siete centavos, soportando colisión sumaria
19-000353-1028-CA, sáquese a remate el vehículo placas PML284, marca Hyundai,
estilo Accent GL, color café, año 2017, Vin
KMHCT41DBHU073523, motor G4FCFU462572. Para tal efecto se señalan las trece
horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de marzo de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta
y cinco minutos del doce de abril de dos mil veintiuno con la base de diez mil
novecientos diez dólares con sesenta y siete centavos (75% de la base original)
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas
cuarenta y cinco minutos del veinte de abril de dos mil veintiuno con la base
de tres mil seiscientos treinta y seis dólares con ochenta y nueve centavos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Improsa Sociedad Anónima contra Paula Jiménez Ovares, expediente
N° 20-016614-1044-CJ. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la
parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error
lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 25
de noviembre del año 2020.—Ricardo Barrantes López, Juez Decisor.—(
IN2021520937 ).
En este
Despacho, con una base de once mil setecientos tres dólares con noventa y seis
centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo
placas: PCL983; marca: Hyundai; estilo: Grand I10; categoría: automóvil; capacidad: 5 personas; año:
2016; color: azul; Vin: MALA851CBGM327722. Para tal efecto se señalan las ocho
horas treinta minutos del tres de marzo del dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del
once de marzo del dos mil veintiuno, con la base de ocho mil setecientos
setenta y siete dólares con noventa y siete centavos (75% de la base original),
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas
treinta minutos del veintidós de marzo del dos mil veintiuno, con la base de
dos mil novecientos veinticinco dólares con noventa y nueve centavos (25% de la
base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá
ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR Sociedad Anónima contra Paulina Vargas
Delgado. Expediente Nº 20-016656-1044-CJ. Publíquese el edicto de ley, para lo
cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos
derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el
mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá
indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva
corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 07 de octubre del 2020.—Esteban Herrera Vargas, Juez
Decisor.—( IN2021520940 ).
En este
Despacho, con una base de seis mil cuatrocientos quince dólares con sesenta y
cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo
BGS066, marca Chevrolet, estilo Spark LS, categoría automóvil, año 2014, color
azul, vin KL1CJ6C18EC561710, cilindrada 1000 c.c. Para tal efecto se señalan
las once horas treinta minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta
minutos del ocho de abril de dos mil veintiuno con la base de cuatro mil
ochocientos once dólares con setenta y tres centavos (75% de la base original)
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas
treinta minutos del diecinueve de abril de dos mil veintiuno con la base de mil
seiscientos tres dólares con noventa y un centavos (25% de la base original).
Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Banco Improsa Sociedad Anónima
contra Jesús Alberto Jiménez Navarrete, expediente N°
20-018508-1044-CJ. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte
actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo
comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 23
de noviembre del año 2020.—Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—(
IN2021520941 ).
En este
Despacho, con una base de tres millones seiscientos setenta y tres mil
seiscientos dos colones con seis céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero
soportando desinscripción
por orden judicial, bajo las citas: 2020 00562411 002; sáquese a remate el
vehículo placa: BGV766, marca: Nissan, estilo: TIIDA, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, tracción: 4X2,
año fabricación: 2015, color: gris, vin: 3N1CC1AD9FK194060, cilindrada: 1598
cc. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del veintiocho de
abril de dos mil veintiuno. De no haber postores el segundo remate se efectuará
a las once horas treinta minutos del diez de mayo de dos mil veintiuno, con la
base de dos millones setecientos cincuenta y cinco mil doscientos un colones
con cincuenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del
dieciocho de mayo de dos mil veintiuno, con la base de novecientos dieciocho
mil cuatrocientos colones con cincuenta y un céntimos (25% de la base
original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese el edicto de ley, para lo cual
deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos
derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el
mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo
al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.
Deberá publicarse este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q
Inversiones CR Sociedad Anónima contra Tanya Cristina Lewis Fernandez.
Expediente: 20-018514-1044-CJ.—Juzgado Primero
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de
diciembre del 2020.—Adriana Soto González, Jueza Coordinadora.—( IN2021520942
).
En este
despacho, con una base de catorce mil cuatrocientos setenta y un dólares con
setenta y tres centavos (moneda de curso legal de los Estados Unidos), libre de
gravámenes prendarios, pero soportando colisiones 18-002976-0489-TR
2018314000143 0 0 Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José;
sáquese a remate el vehículo placa: JPC352, marca: Hyundai estilo: Tucson GL,
categoría: automóvil capacidad: 5 personas, serie: KMHJ2813BGU029530, tracción:
4x2, año fabricación: 2016, color: azul, N° motor: G4NAFU032864 marca: Hyundai,
potencia: 155 kw combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho
horas treinta minutos del veinticinco de marzo de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos
del doce de abril de dos mil veintiuno con la base de diez mil ochocientos
cincuenta y tres dólares con setenta y nueve centavos (moneda de curso legal de
los estados unidos) (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veinte de
abril de dos mil veintiuno con la base de tres mil seiscientos diecisiete
dólares con noventa y tres centavos (moneda de curso legal de los Estados
Unidos) (25% de la base original). Previo a realizar la publicación del edicto,
deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir
algún error lo comunicará al despacho dentro del tercer día, para su inmediata
corrección. Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en
la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Improsa Sociedad Anónima contra José Pablo Calvo
Quesada. Expediente N° 20-018544-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 27
de noviembre del año 2020.—Licda. Adriana Soto González, Jueza Coordinadora.—( IN2021520943 ).
En este
Despacho, con una base de siete mil
doscientos once dólares con sesenta y nueve centavos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo BFF659, marca Hyundai. estilo Accent
GL. Categoría automóvil. Año 2014. Color plateado. Vin KMHCT41CBEU526300,
Cilindrada 1400 c.c. Para tal efecto se señalan las diez horas cuarenta y cinco
minutos del veinticinco de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del doce
de abril de dos mil veintiuno con la base de cinco mil cuatrocientos ocho dólares
con setenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco
minutos del veinte de abril de dos mil veintiuno con la base de mil ochocientos
dos dólares con noventa y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q
Inversiones CR Sociedad Anónima contra Diego Francisco Cordero Salicetti.
Expediente Nº:20-018562-1044-CJ.—Juzgado Primero
Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de
noviembre del año 2020.—Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—(
IN2021520946 ).
En este Despacho, con una base de nueve mil doscientos treinta dólares
con cincuenta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa número: SBG859, marca: Hyundai, estilo: Grand I10,
categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2017, color: plateado,
vin: MALA851CBHM475776, cilindrada: 1200 C.C, combustible: gasolina, motor
número: G4LAGM095338. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cuarenta y
cinco minutos del catorce de junio del dos mil veintiuno. De no haber postores,
el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del
veintidós de junio del dos mil veintiuno, con la base de seis mil novecientos
veintidós dólares con noventa centavos (75% de la base original), y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas
cuarenta y cinco minutos del treinta de junio del dos mil veintiuno, con la
base de dos mil trescientos siete dólares con sesenta y tres centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Improsa contra Shirley María Bonilla Guzmán. Expediente N°
20-013187-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 16 de diciembre del 2020.—Elizabeth
Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2021520950 ).
En este
Despacho, con una base de once mil noventa y cinco dólares con trece centavos,
libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: GPS108,
marca: Hyundai; estilo: Tucson GL; categoría: automóvil; capacidad: 5 personas; serie: KMHJT81EAFU965256;
tracción: 4X2; número chasis: KMHJT81EAFU965256; año fabricación: 2015; color:
negro y Vin: KMHJT81EAFU965256. Para tal efecto se señalan las dieciséis horas
cero minutos del diecisiete de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas cero minutos del
veinticinco de mayo de dos mil veintiuno, con la base de ocho mil trescientos
veintiún dólares con treinta y cinco centavos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas
cero minutos del dos de junio de dos mil veintiuno, con la base de dos mil
setecientos setenta y tres dólares con setenta y ocho centavos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Credi Q Inversiones CR S. A., contra Juan Gabriel
Bolaños Vargas, Silvia Lorena Ramos Carboni. Expediente: 20-013200-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, 7 de diciembre del 2020.—Michelle Allen Umaña, Jueza Decisora.—(
IN2021520951 ).
En este
Despacho, con una base de nueve mil novecientos trece dólares con setenta y dos
centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo
BNP264, marca Chevrolet, estilo Spark LT, categoría automóvil, capacidad 5 personas, serie, chasis y Vin KL1CJ6CA9HC776162, año
2017, color blanco, N° motor LV7163370313, combustible gasolina. Para tal
efecto se señalan las once horas quince minutos del veinticuatro de mayo del
dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas quince minutos del uno de junio del dos mil veintiuno con la base de
siete mil cuatrocientos treinta y cinco dólares con veintinueve centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las once horas quince minutos del nueve de junio del dos mil veintiuno
con la base de dos mil cuatrocientos setenta y ocho dólares con setenta y tres
centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa contra
Christopher Alberto Lagos Rodríguez.
Expediente N° 20-013210-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
08 de diciembre del 2020.—Lic. Hazel Mariela Carvajal Rojas, Jueza Tramitadora.—( IN2021520952 ).
En este despacho, con una base de siete mil seiscientos once dólares con
cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo
placa: BGB109, marca: Hyundai, estilo: Grand I10, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, serie: mala851CAFM079585, carrocería: sedan 4 puertas
Hatchback, tracción: 4x2, año fabricación: 2015, color: negro. Para tal efecto
se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de mayo de
dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de mayo de dos mil
veintiuno con la base de cinco mil setecientos ocho dólares con veintinueve
centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del dos de junio de
dos mil veintiuno con la base de mil novecientos dos dólares con setenta y seis
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa contra America
Ardon Apu. Expediente Nº 20-013298-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 03 de diciembre del año 2020.—Licda. Sofía Ramírez
Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2021520953 ).
En este
Despacho, con una base de mil novecientos sesenta y dos dólares con cuarenta
centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo
placas: 908080, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, serie: KMHCT41CACU084889,
número chasis: KMHCT41CACU084889, color: plateado, Vin: KMHCT41CACU084889, N.
motor: G4FABU619486, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las
trece horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de abril de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece
horas cuarenta y cinco minutos del cinco de mayo de dos mil veintiuno con la
base de mil cuatrocientos setenta y un dólares con ochenta centavos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las trece horas cuarenta y cinco minutos del trece de mayo de dos mil veintiuno
con la base de cuatrocientos noventa dólares con sesenta centavos (25% de la
base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Taxis Darío Azul y Radio Liga Sociedad Anónima, William Francisco Sánchez Guerrero, expediente N°
20-013300-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 25 de noviembre del año 2020.—Michelle Allen
Umaña, Juez/a Decisor/a.—( IN2021520954 ).
En este
Despacho, con una base de doce mil setecientos sesenta y cinco dólares con
veintiocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el
vehículo placas BGT784, marca: Mitsubishi, estilo: Mirage G4, categoría:
automóvil, capacidad: 5 personas, serie: MMBSNA13AFH000255, carrocería: Sedan 4 puertas, año fabricación: 2015,
color: azul, N° Motor: 3A92UBN0552, cilindrada: 1193 c.c.,
combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas veinte minutos
del dos de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las once horas veinte minutos del diez de marzo del dos
mil veintiuno, con la base de nueve mil quinientos setenta y tres dólares con
noventa y seis centavos (75% de la base original), y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas veinte minutos del
dieciocho de marzo del dos mil veintiuno, con la base de tres mil ciento
noventa y un dólares con treinta y dos centavos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Credi Q Inversiones CR Sociedad Anónima contra Daniel De Jesús Cartín Hidalgo, Javier Antonio Hidalgo
Barrantes. Expediente Nº 20-013483-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 10
de diciembre del 2020.—María Del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—(
IN2021520955 ).
En este
Despacho, con una base de cuatro millones quinientos ochenta y un mil
doscientos treinta y tres colones con trece céntimos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo 800687, Marca: B.M.W. Estilo:
X3-2.0D, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, año fabricación: 2009,
color: Bronce, cilindrada: 1995 c.c, Combustible: DIESEL. Para tal efecto se
señalan las nueve horas quince minutos del diecisiete de junio de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve
horas quince minutos del veinticinco de junio de dos mil veintiuno con la base
de tres millones cuatrocientos treinta y cinco mil novecientos veinticuatro
colones con ochenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas quince minutos
del cinco de julio de dos mil veintiuno con la base de un millón ciento
cuarenta y cinco mil trescientos ocho colones con veintiocho céntimos (25% de
la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Improsa contra Julio Alberto Segura
Umaña. Expediente Nº:20-014695-1158-CJ.—Juzgado de
Cobro de Heredia, 27 de noviembre del año 2020.—Liseth Delgado Chavarría,
Jueza Tramitadora.—( IN2021520956 ).
En este
despacho, con una base de mil quinientos ochenta y cinco dólares con noventa y
seis centavos, soportando demanda ordinaria citas 0800-00422695-001 (Expediente
N° 11-001002-0504-CI), colisiones 18-008572-0174-TR boleta 2018313700621-0-0,
sáquese a remate el vehículo placa GCV807, marca: Hyundai estilo: Accent GL,
categoría: automóvil capacidad: 5 personas, serie: kmhct41dadu330829,
carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4x2, año fabricación: 2013, color: café,
N° motor: G4FCCU943325 marca: Hyundai. Para tal efecto se señalan las trece
horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de setiembre de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece
horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de junio de dos mil veintiuno
con la base de mil ciento ochenta y nueve dólares con cuarenta y siete centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del cinco de julio de dos
mil veintiuno con la base de trescientos noventa y seis dólares con cuarenta y
nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Credi Q Inversiones CR S. A.
contra María Gabriela Fernández Salgado. Expediente N° 20-014766-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 03 de diciembre del
año 2020.—Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2021521966 ).
En este Despacho, con una base de dieciocho mil quinientos dos dólares
con ochenta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa: MFF612, marca: Kia, estilo: Rio, categoría: automóvil, capacidad: 5
personas, serie: 3KPA241AAKE184911, carrocería: Sedan 4 puertas,
tracción: 4x2, número chasis: 3KPA241AAKE184911, año fabricación: 2019, estado
actual: inscrito, motor: G4LCJE737498, marca: Kia, N. serie: no indicado,
modelo: H9S4K4617, cilindrada: 1368 C.C, cilindros: 4 potencia: 76 Kw,
combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las siete horas cuarenta
minutos del tres de mayo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el
segundo remate, se efectuará a las siete horas cuarenta minutos del once de
mayo del dos mil veintiuno, con la base de trece mil ochocientos setenta y
siete dólares con diecisiete centavos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las siete horas cuarenta
minutos del diecinueve de mayo del dos mil veintiuno, con la base de cuatro mil
seiscientos veinticinco dólares con setenta y dos centavos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Max Lander Vargas Alvarado.
Expediente N° 20-007397-1158-CJ.—Juzgado de Cobro
de Heredia, 28 de octubre del 2020.—Lic. Luis Abner Salas Muñoz, Juez/a
Decisor/a.—( IN2021521014 ).
En este
Despacho, con una base de ocho mil quinientos cuarenta y siete dólares con
noventa y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el
vehículo BGG302. Marca: Nissan. Estilo: X-Trail. Categoría: Automóvil.
Capacidad: 5 personas. Carrocería: Todo terreno 4 puertas. Tracción: 4x4. Año
Fabricación: 2014. Uso: Particular. Color: gris. Marca Motor: Nissan.
Combustible: Gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas quince minutos
del treinta de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho horas quince minutos del once de mayo de dos mil
veintiuno con la base de seis mil cuatrocientos diez dólares con noventa y
cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las ocho horas quince minutos del diecinueve de mayo
de dos mil veintiuno con la base de dos mil ciento treinta y seis dólares con
noventa y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José
S. A. contra Linda Beatriz Chacón Rodríguez. Expediente N° 20-004829-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 26 de octubre del
año 2020.—Licda. Raquel Machado Fernández, Jueza Tramitadora.—(
IN2021521016 ).
En este
Despacho, con una base de trescientos cuarenta y seis mil ochocientos cuarenta
y cinco dólares exactos, soportando demanda ordinaria bajo las citas
0800-00365051-01-0001-001, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 599430-000, la cual es
naturaleza: para construir. Situada en el distrito (01) San Vicente, cantón
(14) Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Edgar Elescano
Borja, servidumbre de paso; al sur, Ofelia González Alfaro, Rafael Chaves
Solano, María Chaves González;
al este, Temporalidades de la Iglesia Católica del Corazón de Jesús; y al
oeste, Porfirio Jiménez González. Mide: ochocientos setenta y tres metros con
sesenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas
treinta minutos del dieciséis de febrero del dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del
veinticuatro de febrero del dos mil veintiuno con la base de doscientos sesenta
mil ciento treinta y tres dólares con setenta y cinco centavos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
trece horas treinta minutos del cuatro de marzo del dos mil veintiuno con la
base de ochenta y seis mil setecientos once dólares con veinticinco centavos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Claudio Esteban Bonilla Ramírez. Expediente N° 18-000136-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de
Cartago, 15 de enero del 2021.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez Decisor.—( IN2021521018 ).
En este
Despacho, con una base de once millones de colones, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula
número 373766-000, la cual es terreno para construcción lote cuatro. Situada en
el distrito 3 Carrizal, cantón 1 Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, resto de Cultivos Agrícolas de Puente Salas Limitada; al sur, calle pública; al este, lote tres y al oeste, lote
cinco. Mide: doscientos metros cuadrados. Plano A-0764926-2002. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas quince minutos del quince de febrero del dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho
horas quince minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintiuno con la
base de ocho millones doscientos cincuenta mil colones (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
ocho horas quince minutos del tres de marzo del dos mil veintiuno con la base
de dos millones setecientos cincuenta mil colones (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Félix de Los Ángeles Sanchez Padilla contra María Inés Chacón Rodríguez.
Expediente Nº 190178211158CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 16 de octubre del 2020.—Lic. Hazel
Mariela Carvajal Rojas, Jueza Tramitadora.—(
IN2021521021 ).
En este
Despacho, con una base de ciento sesenta y cuatro millones ciento veintitrés
mil quinientos sesenta y tres colones con ochenta y un céntimos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre dominante citas:
399-07970-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número 430224, derecho 000, la cual es terreno lote número seis R.
terreno para construir. Situada en el Distrito 3-Pozos, Cantón 9-Santa Ana, de
la provincia de San José. Colinda: al norte parque; al sur el Valle Yumuri
Sociedad Anónima; al este Asociacion de Empleados De Super Servicio Sociedad
Anónima y al oeste calle pública. Mide: ochocientos sesenta metros cuadrados.
Para tal efecto, señalan las once horas cero minutos del diez de junio de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once
horas cero minutos del dieciocho de junio de dos mil veintiuno con la base de
ciento veintitrés millones noventa y dos mil seiscientos setenta y dos colones
con ochenta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del
veintiocho de junio de dos mil veintiuno con la base de cuarenta y un millones
treinta mil ochocientos noventa colones con noventa y cinco céntimos (25% de la
base original). Con una base de veintiséis millones ciento veintitrés mil
novecientos ochenta y cinco colones con cuarenta céntimos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
315-07638-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número 530980, derecho 000, la cual es terreno de jardín y casa hoy
con una construcción con un local comercial. Situada en el Distrito 11-San
Sebastián, Cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte
resto de Claudio López; al sur calle publica; al este Norma Vega y al oeste futura
calle. Mide: ciento sesenta y ocho metros con dos decímetros cuadrados. Para
tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del diez de junio de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once
horas cero minutos del dieciocho de junio de dos mil veintiuno con la base de
diecinueve millones quinientos noventa y dos mil novecientos ochenta y nueve
colones con cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del
veintiocho de junio de dos mil veintiuno con la base de seis millones
quinientos treinta mil novecientos noventa y seis colones con treinta y cinco
céntimos (25% de la base original). Con una base de ochenta y cuatro millones cuarenta
y tres mil quinientos sesenta y cuatro colones con noventa y un céntimos, libre
de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago,
matrícula número 215347, derecho 000, la cual es terreno de potrero lote 1.
Situada en el Distrito 2-Cot, Cantón 7-Oreamuno, de la provincia de San José.
Colinda: al norte Mateo Ivankovich Fonseca; al sur calle publica con 37.98
metros; al este La Pavilla S.A y al oeste Guido Ivankovich Castro. Mide: dos
mil doscientos treinta y nueve metros con seis decímetros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las once horas cero minutos del diez de junio de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once
horas cero minutos del dieciocho de junio de dos mil veintiuno con la base de
sesenta y tres millones treinta y dos mil seiscientos setenta y tres colones
con sesenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del
veintiocho de junio de dos mil veintiuno con la base de veintiún millones diez
mil ochocientos noventa y un colones con veintidós céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Municipalidad de Santa Ana contra Inversiones
Jerusalem Del Norte S.A, Roger Francisco Monge Álvarez, Yolanda Eugenia De
Jesús Ivankovich Fonseca. Expediente Nº:17-009175-1765-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección
Tercera, 24 de noviembre del año 2020.—Iván Tiffer Vargas, Juez
Tramitador.—( IN2021521029 ).
En este
Despacho, con una base de siete millones de colones exactos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 279-
03315-01-0003-001, servidumbre de paso citas: 2009-181932-01-0002-001,
servidumbre de paso citas: 2009-181932-02-0004-001,
servidumbre de líneas eléctricas y de paso
citas: 2009-214560-01-0008-001, servidumbre de acueducto citas: 2009-214560-01-0009-001,
servidumbre de aguas pluviales citas: 2009-214560-01-0010-001, servidumbre de
aguas pluviales citas: 2009- 245189-01-0013-001, servidumbre de líneas eléctricas y de
paso citas: 2009-245189-01-0014-001, servidumbre de acueducto citas:
2009-245189-01-0015- 001, servidumbre de acueducto citas:
2009-274728-01-0017-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso
citas: 2009-274728-01-0018-001, servidumbre de aguas pluviales citas:
2009-274728-01-0019-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso
citas: 2009-282988-01-0002-001, servidumbre de acueducto y de paso de a y a
citas: 2009-282988-01-0003-001, servidumbre de aguas pluviales citas:
2009-282988-01-0004-001, servidumbre de aguas pluviales citas:
2010-78773-01-0002-001, servidumbre de aguas pluviales citas:
2010-83235-01-0002-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2011-
02451-01-0008-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2011-02451-01-
0010-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2011-02451-01-0012-001,
servidumbre de aguas pluviales citas: 2011-02451-01-0014-001, servidumbre de
aguas pluviales citas: 2011-07243-01-0005-001, servidumbre de aguas pluviales
citas: 2011-07243-03-0013-001, servidumbre de aguas pluviales citas:
2011-276057-01-0001-001; sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela,
matrícula número cuatrocientos setenta y siete mil cuatrocientos noventa y
cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno para
construir. Situada en el distrito 7-Santa Eulalia, cantón 5-Atenas de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Julio Osvaldo, Luis Alfredo, Carlos
Manuel, Maricela y Ana Lucrecia todos Alvarado González; al sur: frente a
servidumbre de paso de 6 metros lineales de ancho y Julio Osvaldo Luis Alfredo,
Carlos Manuel, Maricela y Ana Lucrecia todos Alvarado González; al este: Julio
Osvaldo, Luis Alfredo y Carlos Manuel, Maricela y Ana Lucrecia todos Alvarado
González; y al oeste: Julio Osvaldo Luis Alfredo, Carlos Manuel, Maricela y Ana
Lucrecia todos Alvarado González. Mide: cuatrocientos cuarenta y tres metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del doce de
julio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las ocho horas cero minutos del veinte de julio de dos mil veintiuno
con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las ocho horas cero minutos del veintinueve de julio de dos mil
veintiuno con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos
(25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Floribett Arce González contra Villa Maya
Número Uno Su Paraíso Sociedad de Responsabilidad Limitada. Expediente:
20-014472-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 13 de enero del 2021.—Lic. Elizabeth
Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2021521032 ).
En este
Despacho, con una base de dos millones quinientos mil colones exactos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada (citas:
279-03315-01-0003-001), servidumbre de paso (citas: 2009-181932-01-0002-001),
servidumbre de paso (citas: 2009-181932-02-0004-001), servidumbre de líneas eléctricas y de paso (citas:
2009-214560-01-0008-001), servidumbre de acueducto (citas: 2009-214560-
01-0009-001), servidumbre de aguas pluviales (citas: 2009-214560-01-0010-001),
servidumbre de aguas pluviales (citas: 2009-245189-01-0013-001), servidumbre de
líneas eléctricas y de paso (citas:
2009-245189-01-0014-001), servidumbre de acueducto (citas:
2009-245189-01-0015-001), servidumbre de acueducto (citas:
2009-274728-01-0017-001), servidumbre de líneas eléctricas y de paso (citas:
2009-274728-01-0018-001), servidumbre de aguas pluviales (citas:
2009-274728-01-0019-001), servidumbre de líneas eléctricas y de paso (citas: 2009-282988-01-0002-
001), servidumbre de acueducto y de paso de a y a (citas:
2009-282988-01-0003-001), servidumbre de aguas pluviales (citas:
2009-282988-01-0004- 001), servidumbre de aguas pluviales (citas:
2010-78773-01-0002-001), servidumbre de aguas pluviales (citas:
2010-83235-01-0002-001), servidumbre de aguas pluviales (citas:
2011-02451-01-0008-001), servidumbre de aguas pluviales (citas:
2011-02451-01-0010-001), servidumbre de aguas pluviales (citas:
2011-02451-01-0012-001), servidumbre de aguas pluviales (citas:
2011-02451-01-0014-001), servidumbre de aguas pluviales (citas:
2011-07243-01-0005-001), servidumbre de aguas pluviales (citas:
2011-07243-02-0014-001), servidumbre de aguas pluviales (citas:
2011-276057-01-0001-001), servidumbre de acueducto (citas:
2017-569136-01-0001-001); sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número cuatrocientos setenta y siete mil cuatrocientos noventa y dos,
derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir.
Situada en el distrito 7-Santa Eulalia, cantón 5-Atenas, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, Julio Osvaldo, Luis Alfredo, Carlos Manuel,
Maricela y Ana Lucrecia todos Alvarado González; al sur, frente a servidumbre
de paso de 6 metros lineales de ancho y Julio Osvaldo, Luis Alfredo, Carlos
Manuel, Maricela y Ana Lucrecia todos Alvarado González; al este, Julio
Osvaldo, Luis Alfredo, Carlos Manuel, Maricela y Ana Lucrecia todos Alvarado
González y al oeste, Julio Osvaldo, Luis Alfredo, Carlos Manuel, Maricela y Ana
Lucrecia todos Alvarado González. Mide: ochocientos noventa y cuatro metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas quince minutos del
veintiocho de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las dieciséis horas quince minutos del seis de julio de
dos mil veintiuno con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil
colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las dieciséis horas quince minutos del catorce de
julio de dos mil veintiuno con la base de seiscientos veinticinco mil colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de 3102740199 Sociedad
Responsabilidad Limitada contra Villa Maya Número Uno su Paraíso Sociedad de Responsabilidad Limitada,
expediente N° 20-007082-1157-CJ.—Juzgado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 08 de enero del año 2021.—Msc.
Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—(
IN2021521033 ).
En la puerta
exterior de este Despacho, con una base de diecinueve millones de colones libre
de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas
306-16627-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número 243356-000, la cual es terreno con 1 casa 60. Situada en el
distrito 05 Ipís, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda:
al norte calle pública; al sur Propiedades Campo Real S.A.; al este Propiedades
Campo Real S.A. y al oeste Asociación Salón del Reino de los Testigos de Jehová
del Ipís. Mide: trescientos ocho metros con treinta y seis decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del
diecisiete de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas treinta minutos del veinticinco de febrero
de dos mil veintiuno con la base de catorce millones doscientos cincuenta mil
colones (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las once horas treinta minutos del cinco de marzo de dos mil
veintiuno con la base de cuatro millones setecientos cincuenta mil colones (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra
Thelma María Guzmán París. Expediente N° 17-003348-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 16 de noviembre del año 2020.—Licda.
Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza.—( IN2021521034 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta y ocho mil ochocientos
cuarenta y cinco dólares con sesenta centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas:
399-14747-01-0904-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas,
matrícula número cincuenta y seis mil cuatrocientos noventa y ocho , derecho
000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada N°
54 apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de tres pisos. Situada en el distrito 2-Tarcoles, cantón
11-Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, área común
destinada a calle; al sur, en parte con fincas filiales cincuenta y tres y
cincuenta y cinco; al este, en parte con área destinada a calle y finca filial
cincuenta y cinco, y al oeste, área común destinada a calle y en parte con anca
filial cincuenta y tres. Mide: setecientos noventa y ocho metros cuadrados Para
tal efecto, se señalan las siete horas y treinta minutos del doce de marzo del
dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las
siete horas y treinta minutos del veintidós de marzo del dos mil veintiuno, con
la base de cuarenta y cuatro mil ciento treinta y cuatro dólares con veinte
centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las siete horas y treinta minutos del treinta de marzo del
dos mil veintiuno, con la base de catorce mil setecientos once dólares con
cuarenta centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Promociones
Turísticas Marisal S. A. contra Carvajal Batsche S. A. Expediente Nº
19-005156-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas,
16 de julio del 2020.—Lic. Luis Carrillo Gómez, Juez/a Decisor/a.—( IN2021521118 ).
En este Despacho, con una base de ciento nueve mil doscientos dólares
exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Heredia, matrícula número ciento noventa y ocho mil ochocientos cinco,
derecho 000, la cual es terreno con dos casas y árboles frutales. Situada en el
distrito Concepción, cantón San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al
norte, Álvaro Camacho Morales y Antonio Gómez Vásquez; al sur, María Elena
Camacho Morales; al este, José Matamoros Delgado y al oeste, calle publica y
zona verde. Mide: mil trescientos cincuenta y siete metros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del veinte de mayo de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce
horas cero minutos del veintiocho de mayo de dos mil veintiuno con la base de
ochenta y un mil novecientos dólares exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas
cero minutos del siete de junio de dos mil veintiuno con la base de veintisiete
mil trescientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional contra Yendry Vanessa Pérez Núñez
Expediente Nº 19-006425-1158-CJ.—Juzgado de Cobro
de Heredia, 06 de noviembre del año 2020.—Noelia Prendas Ugalde, Jueza
Tramitadora.—( IN2021521157 ).
En este
Despacho, con una base de treinta millones colones exactos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número
ciento sesenta y ocho mil seiscientos cinco, derecho 000, naturaleza: terreno
para construir lote 11 bloque G. Situada: en el distrito 1-El Tejar, cantón 8-El Guarco de la provincia de Cartago.
Linderos: norte, lotes 28 y 27; sur, lote 12 y calle pública con frente de 10 metros; oeste, lotes 28 y 27;
sureste, lote 12 y calle pública
con frente de 10 metros. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del quince de febrero del
dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las
quince horas treinta minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintiuno,
con la base de veintidós millones quinientos mil colones exactos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan
las quince horas treinta minutos del tres de marzo del dos mil veintiuno, con
la base de siete millones quinientos mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Yancen S. A. contra Agrícola Asbre Sociedad Anónima. Expediente N°
20-000776-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021521159 ).
De
conformidad demanda ordinaria bajo los citas de inscripción Tomo: 2014,
Asiento:153418, Consecutivo: 01, Secuencia: 0001, Subsecuencia:001; sáquese a
subasta pública la finca
inscrita en la provincia de Limón Folio real número:
cincuenta y cinco mil quinientos treinta y siete, propiedad el señor Gregorio
Alfredo Solano Solano y con la base de diecisiete millones novecientos ochenta
y tres mil doscientos diez colones con veinte céntimos, (17.983.210.20), en cada
uno de los remates que se indicarán. Para tal efecto se señala primer remate a
las ocho horas (08:00a.m) del ocho de abril del dos mil veintiuno (08/04/2021).
De no haber postores para llevar a cabo el segundo remate se señalan las ocho
horas (08:00a.m) del veintidós de abril del dos mil veintiuno (22/04/2021) De
no lograrse el remate a fin de realizar el tercer remate se señalan las ocho
horas (08:00 am) del siete de mayo del dos mil veintiuno (07/05/2021).
Publíquese el edicto de ley (Articulo 21 y 25 de la Ley de Cobro Judicial).
Comuníquese a la Dirección Ejecutiva. Se saca a remate sin realizar las rebajas
de ley, según lo dispuesto por el Tribunal de Familia mediante el voto
número736-2014 de las quince horas y cuarenta y cuatro minutos del dos de setiembre
del año dos mil catorce. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
sentencia de María Teresa Rojas
Rodríguez contra Gregorio Alfredo Solano Solano. Expediente N° 14-400475-0637-FA.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya)
(Materia Familia), 04 de enero del dos mil veintiuno.—Msc. Karol Tatiana
Gómez Moraga, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021521181 ).
En este
Despacho, con una base de trece millones
trescientos seis mil seiscientos cuarenta y tres colones con cuarenta y cuatro
céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo
placas BTL231, Marca: M.G. Estilo: MG ZS, categoría: automóvil capacidad: 5
personas, tracción: 4x2, año fabricación: 2020, color: azul, VIN:
LSJW74U39LZ013636, N.Motor: 15S4C8FGK5231292,
cilindrada: 1500 c.c cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto se
señalan las quince horas quince minutos del tres de agosto de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince
horas quince minutos del once de agosto de dos mil veintiuno con la base de
nueve millones novecientos setenta y nueve mil novecientos ochenta y dos
colones con cincuenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas quince minutos
del diecinueve de agosto de dos mil veintiuno con la base de tres millones
trescientos veintiséis mil seiscientos sesenta colones con ochenta y seis
céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional De Costa Rica
contra Jorge Luis Bolandi Cabrera. Expediente Nº:21-000060-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 18 de enero del año
2021.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2021521256 ).
En este
Despacho, con una base de seiscientos veinticinco mil colones exactos, sáquese
a remate el vehículo CL 186190, marca: Chevrolet, estilo: Avalanchelt,
categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas, carrocería: Camioneta Pick-Up
caja abierta o CAM-PU, tracción: 4x4, año: 2002, color: verde, VIN:
3GNEK13T52G288888, cilindrada: 5300 c.c, cilindros: 8, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las diez horas del quince de febrero del dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez
horas del veintitrés de febrero del dos mil veintiuno, con la base de
cuatrocientos sesenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las diez horas del tres de marzo del dos mil veintiuno, con la base de
ciento cincuenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de LDPG Inversiones Intertrade Sociedad Anónima contra
Yessica Andrea Berroeta Gómez. Expediente Nº: 20-006789-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José,
24 de noviembre del año 2020.—Isabel Castillo Navarro, Jueza Decisora.—(
IN2021521280 )
Primer
remate: a las diez horas del ocho de marzo de dos mil veintiuno, en la puerta
exterior del Juzgado Agrario de Liberia, libre de gravámenes hipotecarios y con
la base de ciento veintidós millones novecientos un mil novecientos sesenta y
nueve colones, en el mejor postor se rematará la finca inscrita en el Registro
Público Inmobiliario, partido de Guanacaste matrícula ciento veinticuatro mil
trescientos cincuenta y nueve-cero cero cero (5-124359-000), Es terreno para la
agricultura con una casa, ubicado en Mogote (distrito tres), de Bagaces (cantón
cuarto) de la provincia de Guanacaste. Sus linderos son: norte calle pública
con un frente de ciento setenta y cinco metros y Yalile Pastrana Jiménez; sur
Cecilio Fuentes Sequeira y en parte Río Guayabo; este Juan Matamoros Ugalde,
Amalia Fallas Fuentes, Emiliano Murillo Esquivel y en parte Río Guayabo; y
oeste Cecilio Fuentes Sequeira. Mide noventa mil trece metros con setenta y
seis decímetros cuadrados. Pertenece a Ovidio Lobo Cruz. Otros gravámenes y
anotaciones: gravamen hipotecario de segundo grado a favor de Inversiones Lemur
de Occidente S.A, inscrito con las citas 2017-488950-01-0001-001, Reservas de
Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos con las citas: 497-04528-01-004-001.
Reservas de Ley Forestal citas: 497-04528-01-0005-001. Segundo remate: De no
existir postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez
horas del dieciocho de marzo de dos mil veintiuno con la base de noventa y dos
millones ciento setenta y seis mil cuatrocientos setenta y seis colones con
sesenta y cinco céntimos (rebajada en un 25% de la base original). Tercer
remate: De no existir postores en el segundo remate, para celebrar el tercero
se señalan las diez horas del veinticuatro de marzo de dos mil veintiuno, con
la base de treinta millones setecientos veinticinco mil cuatrocientos noventa y
dos colones con veinticinco céntimos (un 25% de la base original). Nota:
Publíquese por dos veces consecutivas. La primera publicación con un mínimo de
ocho días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Secretaría Técnica del
Sistema de Banca para El Desarrollo contra Donald Lobo Alvarado y otro
Expediente Nº: 17-000098-0387-AG.—Juzgado Agrario
del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 21 de enero de
2021.—Rodrigo Tobías Valverde Umaña, Juez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2021521300 ).
En este
Despacho, con una base de veintiséis millones cuatrocientos cincuenta y cinco
mil ochocientos colones soportando hipoteca de primer grado por un monto de
quince millones de colones, inscrita al Tomo: 2011, Asiento:
00328804-consecutivo: 01, secuencia: 0001, subsecuencia; 001, reservas y
restricciones, citas: 366-17529-01-0900-001; practicado citas:
800-287002-01-0001-001;practicado citas: 800-328890-01-0001-001; practicado
citas: 800-467197-01-0001-001, sáquese a remate la finca inscrita en el
Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 38586-000 la cual es terreno de Construcción.
Situada en el distrito Guápiles, cantón Pococí, de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, Carlos Luis Loría
Corella; al sur, Carlos Luis Loría
Corella; al este, calle pública con 24m; y al oeste, Carlos Luis Loría Corella. Mide: mil setecientos sesenta y
tres metros con setenta y dos decímetros cuadrados cuadrados. Para tal efecto,
se señalan las trece horas cuarenta minutos del tres de marzo del dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece
horas cuarenta minutos del once de marzo del dos mil veintiuno, con la base de
diecinueve millones ochocientos cuarenta y un mil ochocientos cincuenta colones
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las trece horas cuarenta minutos del diecinueve de marzo del dos mil
veintiuno, con la base de seis millones seiscientos trece mil novecientos
cincuenta colones (25% de la base original). De igual forma, con la base de
doce millones doscientos cincuenta y nueve mil ochenta colones, libre de
gravámenes hipotecarios; soportando practicado citas: 800-79725-01-0001-001;
practicado citas: 800-279201-01-0001-001; practicado citas:
800-287001-01-0001-001; practicado citas: 800-328892-01-0001-001; practicado
citas: 800-467196-01-0001-001, sáquese a remate la finca inscrita en el
Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número 177889-000 la cual es terreno de Construcción.
Situada en el distrito Las Horquetas, cantón Sarapiquí, de la provincia de
Heredia. Colinda: al norte, Inmobiliaria Bienes Raíces y Desarrollos
Ocupacionale Ibrydo S. A.; al sur, Inmobiliaria Bienes Raíces y Desarrollos
Ocupacionale Ibrydo S. A.; al este, Inmobiliaria Bienes Raíces y Desarrollos
Ocupacionels Ibrydo S. A. y zona de protección y Quebrada Isla Grande; y al
oeste, calle pública con 23,00. Mide: mil trescientos sesenta y dos metros con
doce decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas cuarenta
minutos del tres de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta minutos del once de
marzo del dos mil veintiuno, con la base de nueve millones ciento noventa y
cuatro mil trescientos diez colones (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta
minutos del diecinueve de marzo del dos mil veintiuno, con la base de tres
millones sesenta y cuatro mil setecientos setenta colones (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.-Se
remata por ordenarse así en proceso or.s.pri. prestac. Laborales de Pedro Fredy
Lepiz Rodríguez contra Alice
Janette Vega Hidalgo, Manuel Antonio Brenes Sánchez. Expediente N° 18-000122-0929-LA.—Juzgado
de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, 08 de enero del 2021.—Msc. Gerardo
Salas Herrera, Juez.—( IN2021521301 ).
En este
Despacho, con una base de tres millones cuatrocientos setenta y cinco mil
novecientos noventa colones con treinta céntimos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula
número cuarenta y tres mil cincuenta y seis, derecho 000, la cual es terreno para
construir lote 507. Situada en el Distrito 08 Barranca, Cantón 01 Puntarenas,
de la Provincia de Puntarenas. Colinda: al norte calle Corvina; al sur lote
549; al este lote 508 y al oeste lotes 554 553 552. Mide: ciento sesenta metros
con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y
cuarenta y cinco minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cuarenta y cinco
minutos del once de marzo de dos mil veintiuno con la base de dos millones
seiscientos seis mil novecientos noventa y dos colones con setenta y dos
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de
marzo de dos mil veintiuno con la base de ochocientos sesenta y ocho mil
novecientos noventa y siete colones con cincuenta y siete céntimos (25% de la
base original). NOTAS: Se le informa a las personas interesadas en participar
en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Victorina De Los
Ángeles Angulo Contreras. Expediente Nº:19-008135-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, 28 de julio del año 2020.—Anny Hernández Monge,
Jueza Decisora.—( IN2021521311 ).
En este
Despacho, con una base de ciento ochenta mil ochenta y cuatro colones con
setenta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre trasladada al tomo 325, asiento 16963 y limitaciones de leyes 7052-7208,
Sistema Financiero de Vivienda al tomo 415, asiento 8068; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula número 465302, derecho 001, la cual es
terreno para construir con una casa bloque J lote 1, Situada en el Distrito 05
San Felipe, Cantón 10 Alajuelita, de la Provincia de San José; colinda al norte
calle publica; al sur lote 2; al este lote 14 y al oeste, calle pública. Mide:
noventa y cinco metros con un decímetro cuadrados. Para tal efecto, se señalan
las diez horas y treinta minutos del diecisiete de febrero del año dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez
horas y treinta minutos del veinticinco de febrero del año dos mil veintiuno
con la base de ciento treinta y cinco mil sesenta y tres colones con cincuenta
y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del cinco de marzo
del año del dos mil veintiuno con la base de cuarenta y cinco mil veintiuno colones
con diecinueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de
Alajuelita contra Gerardo Espinoza Torrentes. Expediente Nº:17-008568-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Tercera, 17 de setiembre del año 2020.—Daisy
Hidalgo Arias, Jueza Tramitadora.—( IN2021521325 ).
En este Despacho, con una base de seis millones de colones exactos,
libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo
las citas 384-07615-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de San
José, matrícula N° 638788-000, la cual es
terreno con una casa. Situada en el distrito Alajuelita, cantón Alajuelita, de
la provincia de San José. Colinda: al norte, Municipalidad de Alajuelita; al
sur, calle pública con 17.35 metros; al este, calle pública con 8.51 metros, y
al oeste, Shikaba R.G S A. Mide: ciento cincuenta y tres metros cuadrados. Para
tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del treinta de junio del
dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las
trece horas treinta minutos del ocho de julio de dos mil veintiuno con la base
de cuatro millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original), y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas
treinta minutos del dieciséis de julio del dos mil veintiuno con la base de un
millón quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Municipalidad de Alajuelita contra Socorro Barrantes Vidal. Expediente Nº
17-008578-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 16 de diciembre
del 2020.—Iván Tiffer Vargas, Juez Tramitador.—( IN2021521326 ).
En este Despacho, Con una base de ciento veintitrés millones
seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre dominante, servidumbre trasladada; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula número 271069, derecho 000, la cual es
terreno baldío.- Situada en el distrito 9- Alfaro, cantón 2- San Ramón, de la
provincia de Alajuela.- Colinda: al norte Grupo Pipps S.A., José Julián Alpízar
Castro Y María De Los Ángeles Solórzano Araya; al sur calle publica con un
frente a ella de 20 metros con 04 centímetros; al ESTE Asociación Cristiana
Torre Fuerte y al oeste María Yadira León Cruz.- Mide: mil veintinueve metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del diez de
mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará
a las once horas cero minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintiuno con la
base de noventa y dos millones setecientos mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
once horas cero minutos del veintiséis de mayo de dos mil veintiuno con la base
de treinta millones novecientos mil colones exactos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser Firmado digital de: emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de María Yadira De Las Piedades
León Cruz contra Asociación Cristiana Torre Fuerte Exp:20-002273-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del III Circuito Judicial De
Alajuela (San Ramón), 11 de enero del año 2021.—Licda. Jennsie Montero
López, Jueza.—( IN2021521331 ).
En este
Despacho, con una base de ciento sesenta y cuatro millones ciento veintitrés
mil quinientos sesenta y tres colones con ochenta y un céntimos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre dominante citas:
399-07970-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número 430224, derecho 000, la cual es terreno lote número seis R.
terreno para construir. Situada en el distrito 3- Pozos, cantón 9-Santa Ana, de
la provincia de San José. Colinda: al norte, parque; al sur, El Valle Yumuri
Sociedad Anónima; al este, Asociación de Empleados de Super Servicio Sociedad
Anónima y al oeste, calle pública. Mide: ochocientos sesenta metros
cuadrados. Para tal efecto, señalan las once horas cero minutos del diez de
junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las once horas cero minutos del dieciocho de junio de dos mil
veintiuno con la base de ciento veintitrés millones noventa y dos mil seiscientos
setenta y dos colones con ochenta y seis céntimos (75% de la base original) y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas
cero minutos del veintiocho de junio de dos mil veintiuno con la base de
cuarenta y un millones treinta mil ochocientos noventa colones con noventa y
cinco céntimos (25% de la base original). Con una base de veintiséis millones
ciento veintitrés mil novecientos ochenta y cinco colones con cuarenta
céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada citas: 315-07638-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número 530980, derecho 000, la cual es terreno de jardín
y casa hoy con una construcción con un local comercial. Situada en el distrito
11-San Sebastián, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al
norte, resto de Claudio López; al sur, calle pública; al este, Norma Vega y al oeste, futura calle.
Mide: ciento sesenta y ocho metros con dos decímetros cuadrados. Para tal efecto,
se señalan las once horas cero minutos del diez de junio de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero
minutos del dieciocho de junio de dos mil veintiuno con la base de diecinueve
millones quinientos noventa y dos mil novecientos ochenta y nueve colones con
cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las once horas cero minutos del veintiocho de junio de
dos mil veintiuno con la base de seis millones quinientos treinta mil novecientos noventa y seis colones con treinta y cinco
céntimos (25% de la base original). Con una base de ochenta y cuatro millones
cuarenta y tres mil quinientos sesenta y cuatro colones con noventa y un
céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del
partido de Cartago, matrícula número 215347, derecho 000, la cual es terreno de
potrero lote 1. Situada en el distrito 2-Cot, cantón 7-Oreamuno, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Mateo Ivankovich Fonseca; al sur,
calle pública con 37.98 metros; al este, La Pavilla S.A y al
oeste, Guido Ivankovich Castro. Mide: dos mil doscientos treinta y nueve metros
con seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero
minutos del diez de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del dieciocho de
junio de dos mil veintiuno con la base de sesenta y tres millones treinta y dos
mil seiscientos setenta y tres colones con sesenta y ocho céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las once horas cero minutos del veintiocho de junio de dos mil veintiuno con la
base de veintiún millones diez mil ochocientos noventa y un colones con
veintidós céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de
Santa Ana contra Inversiones Jerusalem del Norte S.A., Roger Francisco Monge
Álvarez, Yolanda Eugenia de Jesús Ivankovich Fonseca. Expediente Nº
17-009175-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 24 de noviembre
del año 2020.—Iván Tiffer Vargas, Juez Tramitador.—( IN2021521333 ).
En este
Despacho, con una base de diecinueve millones ciento veintisiete mil ciento
treinta y ocho colones con cuarenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula
número doscientos treinta mil cuatrocientos treinta y ocho, derecho cero cero
cero, la cual es terreno lote Nº 2 para construir con 1 casa. Situada en el
distrito 01 Alajuela, cantón 01, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte
serv. en medio Asdrúbal Fonseca otros; al sur, María del Carmen Ramírez; al
este, Javier Chaves; y al oeste, calle pública con 8 m 19 cm. Mide: ciento
trece metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las ocho horas cero minutos del quince de febrero de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero
minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintiuno con la base de catorce
millones trescientos cuarenta y cinco mil trescientos cincuenta y tres colones
con ochenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del
tres de marzo de dos mil veintiuno con la base de cuatro millones setecientos ochenta
y un mil setecientos ochenta y cuatro colones con sesenta y un céntimos (25% de
la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra José Dennis Abarca
Mendoza. Expediente 19-013487-1157-CJ.—Juzgado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 30 de octubre del año
2020.—Lic. Angie Rodríguez Salazar, Jueza.—(
IN2021521335 ).
En este Despacho, con una base de ocho millones quinientos trece mil
trescientos catorce colones con treinta y cinco céntimos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: CL 303388, marca: JMC,
estilo: NHR, categoría: carga liviana, capacidad: 3 personas, serie: LEFYECA20JHN00315,
carrocería: caja cerrada o furgón, tracción: 4x2,
número chasis: LEFYECA20JHN00315, año fabricación: 2017, vin: LEFYECA20JHN00315, color:
blanco, N° motor: JX493ZQ4AH2012701, cilindrada: 2771 cc. Para tal efecto se
señalan las diez horas treinta minutos del diecisiete de febrero de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez
horas treinta minutos del veinticinco de febrero de dos mil veintiuno, con la
base de seis millones trescientos ochenta y cuatro mil novecientos ochenta y
cinco colones con setenta y seis céntimos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas
treinta minutos del cinco de marzo de dos mil veintiuno, con la base de dos
millones ciento veintiocho mil trescientos veintiocho colones con cincuenta y
ocho céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra Laura Jazmín Cordero Calderón. Expediente N° 20-003364-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 9 de
diciembre del 2020.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2021521348 ).
En este Despacho, con una base de treinta y un millones setecientos
ochenta y cinco mil quinientos ocho colones con cuatro céntimos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
387-07939-01-0800-001; servidumbre de aguas pluviales citas:
2011-202063-01-0004-001, citas: 2011-202063-01-0020-001, citas:
2011-202063-01-0021-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago,
matrícula número 240338-001,002, la cual es naturaleza: lote del bloque L,
terreno para construir lote ocho bloque L. Situada en el distrito 9-Dulce
Nombre , cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, resto
reservado; al sur, calle publica; al este, lote nueve bloque
L y al oeste, lote siete bloque L. Mide: ciento cuarenta y cuatro metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del
dieciséis de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas cero minutos del veinticuatro de febrero
de dos mil veintiuno con la base de veintitrés millones ochocientos treinta y
nueve mil ciento treinta y un colones con tres céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
once horas cero minutos del cuatro de marzo de dos mil veintiuno con la base de
siete millones novecientos cuarenta y seis mil trescientos setenta y siete
colones con un céntimos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Erik Alberto Cedeño Fernández, Karla Eugenia
Jiménez González. Expediente Nº 19-005239-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 04 de diciembre del 2020.—Licda. Pilar
Gómez Marín, Jueza.—( IN2021521349 ).
En este
Despacho, con una base de noventa mil quinientos dieciséis dólares con noventa
y tres centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada citas: 269-02102-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número 697023, derecho 000, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 7 Salitrillos, cantón 6 Aserrí, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 16
metros lineales; al sur, Mayba Agüero Hidalgo S. A.; al este, Mayba Agüero
Hidalgo S. A.; y al oeste, Mayba Agüero Hidalgo S. A. Mide: doscientos tres
metros con ocho decímetros cuadrados. Plano: SJ-1077627-2006. Para tal efecto,
se señalan las catorce horas cero minutos del cuatro de mayo de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce
horas cero minutos del doce de mayo de dos mil veintiuno con la base de sesenta
y siete mil ochocientos ochenta y siete dólares con setenta centavos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las catorce horas cero minutos del veinte de mayo de dos mil veintiuno con la
base de veintidós mil seiscientos veintinueve dólares con veintitrés centavos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José S. A. contra Grupo Soluciones
y Alternativas Geicha Sociedad Anónima, Josué Miguel Meza Valle. Expediente
20-019511-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 08 de enero del año
2021.—Lic. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza Decisora.—(
IN2021521350 ).
En este
Despacho, con una base de cuarenta y siete
millones novecientos setenta y dos mil colones exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando condiciones ref: 00322047 000 citas:
352-11200-01-0944-001; habitación familiar citas: 2011-288364- 01-0001-001;
sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 327896-000,
derecho 000, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el
Distrito 6- San Francisco, Cantón 1- San José, de la Provincia de San José. Colinda:
al norte lote 93; al sur Década 90 S A calle pública fte 9m; al este Década 90
S A lote 89 y al oeste Década 90 S A lote 87. Mide: ciento cincuenta y tres
metros con un decímetro cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas
y treinta minutos del once de febrero de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos
del diecinueve de febrero de dos mil veintiuno con la base de treinta y cinco
millones novecientos setenta y nueve mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
nueve horas y treinta minutos del uno de marzo de dos mil veintiuno con la base
de once millones novecientos noventa y tres mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Municipalidad del Cantón Central de San José contra
Eugenia María Romero Ocampo. Expediente Nº:13-025839-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección
Tercera, 12 de agosto del año 2020.—Cristian Mora Acosta, Juez
Tramitador.—( IN2021521369 ).
En este Despacho, con una base de ciento cuarenta y nueve millones
cuatrocientos cincuenta mil colones exactos , libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número
doscientos cuarenta y un mil seiscientos setenta y ocho, derecho 000, la cual
es terreno para construir .- Situada en el distrito 3-Santiago , cantón 5-San
Rafael , de la provincia de Heredia.- Colinda: al norte, Juan Solís; al sur
Cecilio Ríos Guerrero; al este calle publica con un frente a ella de 13 mts 75
cm y al oeste, Ana Isable Hernández Arce.- Mide: trescientos cuarenta y cinco
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos
del doce de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas treinta minutos del veintidós de febrero
de dos mil veintiuno con la base de ciento doce millones ochenta y siete mil
quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del
dos de marzo de dos mil veintiuno con la base de treinta y siete millones
trescientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra
Karen Adriana Lopez Carvajal. Expediente Nº 20-003792-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 04 de octubre del año 2020.—Liseth Delgado Chavarría,
Jueza Tramitadora.—( IN2021521370 ).
En este
Despacho, con una base de cuarenta y cuatro
millones quinientos mil colones exactos, soportando servidumbre trasladada
citas: 266-03128-01-0901-001 y plazo de convalidación (rectificación de medida)
citas: 2018-741802-01-0004-001, sáquese a remate la finca del partido de
Cartago, matrícula N° 59585, derecho 000, la cual
es terreno de solar. Situada en el distrito 1-Turrialba, cantón 5-Turrialba, de
la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Lucía Yee Estrada, María Eugenia Zamora Alfaro
y Juan Luis Vargas Pereira; al sur, Luis Guillermo Ramírez Mora; al este, calle
pública con un frente de 12,08 metros, y al oeste, Gladys Garita Romero. Mide:
doscientos ochenta y un metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve
horas cero minutos del cinco de marzo del dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del
quince de marzo del dos mil veintiuno, con la base de treinta y tres millones
trescientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original), y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero
minutos del veintitrés de marzo del dos mil veintiuno, con la base de once
millones ciento veinticinco mil colones exactos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Banco de Costa Rica contra José Mario Quesada Obando. Expediente Nº
20-003638-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez/a
Tramitador/a.—( IN2021521373 ).
En este Despacho, con una base de diecinueve millones seiscientos cuatro
mil ciento cuarenta y cuatro colones con quince céntimos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
396-12179-01-0821-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas,
matrícula número setenta y ocho mil doscientos dieciséis, derecho cero cero
cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito
1-San Vito, cantón 8-Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al
norte, Edwin Zúñiga Fallas; al sur, servidumbre de paso de
4 metros, 21 centímetros; al este, calle pública con 16 metros,
09 decímetros; y al oeste, servidumbre de paso de cuatro metros,
21 centímetros de ancho. Mide: cuatrocientos treinta y un metros
con ochenta y tres decímetros cuadrados. Plano:
P-0786849-1988. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos
del diez de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de marzo
del dos mil veintiuno con la base de catorce millones setecientos tres mil
ciento ocho colones con once céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta
minutos del veintiséis de marzo del dos mil veintiuno con la base de cuatro
millones novecientos uno mil treinta y seis colones con cuatro céntimos (25% de
la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Café Kamakiri S. A., Cerro
Cedro Pitier S. A., Didier Jesús González Batista, Edy González Batista.
Expediente N° 17-000758-1201-CJ.—Juzgado de
Cobro de Golfito, 05 de enero del 2021.—Gerardo Marcelo
Monge Blanco, Juez Tramitador.—( IN2021521374 ).
En puerta de
este Despacho, con una base de cuatro millones cuatrocientos cuarenta mil
doscientos treinta y ocho colones con ochenta y un céntimos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: TSJ 003521, marca:
Nissan, estilo: Tiida, categoría: automóvil, capacidad: cinco personas, serie,
chasis y vin números: tres N uno C C uno A D ocho G K dos uno cero dos cinco
uno, año: 2016, color: rojo, tracción: 4x2, motor marca: Nissan, número de
motor: H R uno seis ocho cinco nueve tres cinco cuatro K, combustible:
gasolina, cilindros: cuatro. Para tal efecto, se señalan las quince horas y
cero minutos del quince de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores,
el segundo remate, se efectuará a las quince horas y cero minutos del
veintitrés de febrero del dos mil veintiuno, con la base de tres millones
trescientos treinta mil ciento setenta y nueve colones con diez céntimos (75%
de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se
señalan las quince horas y cero minutos del tres de marzo del dos mil
veintiuno, con la base de un millón ciento diez mil cincuenta y nueve colones
con setenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de
Costa Rica contra Jairo Enrique Romero Aguilar. Expediente N° 200007791763CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Primera, 20 de noviembre del 2020.—Johnny
Esquivel Vargas, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021521375 ).
En este
Despacho, con una base de ocho millones seiscientos treinta y seis mil
dieciocho colones con cuarenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa CL-279815, marca: Ford, estilo:
Ranger, categoría: carga liviana, serie: 6FPPXXMJ2PEJ83563, tracción: 4X4,
número chasis: 6FPPXXMJ2PEJ83563, año fabricación: 2015, color:
gris, Vin: 6FPPXXMJ2PEJ83563, N°
motor: SA2KPEJ83563,
cilindrada: 3200 c.c., combustible: diesel. Para tal efecto se señalan las ocho
horas y treinta minutos del once de febrero del dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del
diecinueve de febrero del dos mil veintiuno con la base de seis millones
cuatrocientos setenta y siete mil trece colones con ochenta y cuatro céntimos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las ocho horas y treinta minutos del uno de marzo del dos mil
veintiuno con la base de dos millones ciento cincuenta y nueve mil cuatro
colones con sesenta y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra José Francisco De San Gerardo Rojas González. Expediente N° 19-008320-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
13 de agosto del 2020.—Eunice Pérez Arce, Jueza Decisora.—( IN2021521379 ).
En este despacho, con una base de cinco millones de colones exactos,
libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: AB
003798, marca: Toyota, estilo: Coaster, categoría: transporte colectivo
interurbano, capacidad:30 personas, serie: JTGFB518801005689, carrocería: buseta, tracción:
4x2, año fabricación: 2003, color: blanco. Para tal efecto se señalan las
quince horas cuarenta y cinco minutos del quince de marzo del dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince
horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de marzo del dos mil veintiuno,
con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se
señalan las quince horas cuarenta y cinco minutos del siete de abril del dos
mil veintiuno, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de R.O.J Transportes S. A. contra
Omar Alpízar Gatjens. Expediente Nº 19-011147-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 12 de noviembre del
2020.—Licda. Sofía Ramírez Rodríguez, Juez/a Decisor/a.—( IN2021521394
).
En este
Despacho, con una base de once millones de
colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada, citas: 298-13459-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número quinientos treinta y siete mil setecientos
treinta, derecho cero cero cero, la cual es terreno de patio con una casa de
habitación. Situada en el distrito 7-Brisas, cantón 11-Zarcero, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, Sergio Araya Rojas; al sur, calle pública y
Sergio Araya Rojas; al este, Sergio Araya Rojas; y al oeste, Manuel Araya
Rojas. Mide: trescientos ochenta y seis metros cuadrados. Plano:
A-1862967-2015. Identificador predial: 211070537730. Para tal efecto, se
señalan las diez horas cero minutos del veintidós de febrero del dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez
horas cero minutos del dos de marzo del dos mil veintiuno con la base de ocho
millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas
cero minutos del diez de marzo del dos mil veintiuno con la base de dos
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Banco de Costa Rica contra Cristian Gerardo Araya Araya. Expediente N°
20-003458-1204-CJ.—Juzgado de Cobro
de Grecia, 03 de diciembre del 2020.—Jazmin Núñez Alfaro, Jueza
Decisora.—( IN2021521396 ).
En este Despacho, con una base de diecinueve millones novecientos
treinta mil setecientos diecisiete colones con siete céntimos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref.: 2356 387 001 citas:
304-17119-01-0901-001, reservas y restricciones citas: 304-17119-01-0902-001,
reservas y restricciones citas: 333-00645-01-0901-001, condiciones ref.:
2182-389-001 citas: 333-00645-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número quinientos ochenta y un mil ciento cuarenta y
ocho, derecho 000, la cual es terreno cultivado. Situada: en el distrito 2-El
General, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, Hacienda Volagro S. A.; al sur, Eladio Córdoba Venegas; al
este, Hacienda Volagro S. A., y al oeste, Odili Hidalgo Segura y calle pública. Mide: tres mil
ciento treinta y un metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del diez de febrero del dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las
catorce horas cero minutos del dieciocho de febrero del dos mil veintiuno, con
la base de catorce millones novecientos cuarenta y ocho mil treinta y siete
colones con ochenta céntimos (75% de la base original), y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del
veintiséis de febrero del dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones
novecientos ochenta y dos mil seiscientos setenta y nueve colones con
veintisiete céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L.
contra Orlando Garbanzo Cascante. Expediente N° 20-004120-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la
Zona Sur (Pérez Zeledón), 18 de enero del 2021.—Carlos Contreras Reyes,
Juez/a Tramitador/a.—( IN2021521398 ).
En este
Despacho, con una base de once mil quinientos setenta y ocho dólares con
veintisiete centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando
colisiones 18-000130-1575-TR, colisiones 19-000251-0607-TR; sáquese a remate el
vehículo GB-1686. Marca: Mercedes Benz, estilo: O., categoría: autobús,
capacidad: 52 personas, carrocería: autobús, tracción: 4x2, año fabricación:
2006, uso: particular, color: blanco, marca motor: Mercedes Benz, combustible:
diésel. Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del treinta
de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se
efectuará a las diez horas treinta minutos del once de mayo del dos mil
veintiuno, con la base de ocho mil seiscientos ochenta y tres dólares con
setenta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para
el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del diecinueve de
mayo del dos mil veintiuno, con la base de dos mil ochocientos noventa y cuatro
dólares con cincuenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Casa de
Jespe S. A. contra Empresa Alfaro Limitada. Expediente Nº 19-021975-1044-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 20 de noviembre del
2020.—Licda. Raquel Machado Fernández, Jueza.—(
IN2021521406 ).
En este
Despacho, con una base de veintitrés millones ochocientos cincuenta y cuatro
mil quinientos cuarenta y ocho colones con sesenta y seis céntimos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas:
384-01820-01-0001-001, servidumbre de paso citas: 2014-123443-01-0011-001,
servidumbre de paso citas: 2014-123443-01-0017- 001; sáquese a remate la finca
del partido de Alajuela, matrícula número 517402-000, la cual es terreno
naturaleza: terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el
distrito 5-Venecia, cantón
10- San Carlos de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, Inversiones
Venetex S. A.; sur, servidumbre de paso con 9 metros lineales; este,
3-102-664315 S.R.L. y oeste, 3-102-664315 S.R.L. Mide: ciento cuarenta y cinco
metros cuadrados. Plano: A-1660440-2013. Para tal efecto, se señalan las nueve
horas treinta minutos del treinta y uno de mayo de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta
minutos del ocho de junio de dos mil veintiuno con la base de diecisiete
millones ochocientos noventa mil novecientos once colones con cincuenta
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciséis de junio de dos
mil veintiuno con la base de cinco millones novecientos sesenta y tres mil
seiscientos treinta y siete colones con diecisiete céntimos (25% de la base
original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas,
la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha
fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jessica Rojas Vega, Óscar Andrés Zamora Salas, expediente N° 19-007863-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, 14 de octubre del año 2020.—Licda. Viviana Salas Hernandez, Jueza
Decisora.—( IN2021521410 ).
En este Despacho, con una base de veintisiete millones diez mil ciento
sesenta y nueve colones con veinte céntimos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número
cuatrocientos cuarenta mil seiscientos veinticuatro, derecho cero cero cero, la
cual es terreno naturaleza: terreno para construir.- Situada en el distrito
7-Santa Eulalia , cantón 5- Atenas, de la provincia de Alajuela.- Colinda: al
norte, María Mora Campos; al sur servidumbre de paso con un frente de 6 metros;
al este, Luis Fernando Mora Guzmán y al oeste, en parte María Mora Campos y en
parte Jorge Enrique Mora Guzmán.- Mide: ciento cincuenta y ocho metros con
setenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece
horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de mayo de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta
y cinco minutos del uno de junio de dos mil veintiuno con la base de veinte
millones doscientos cincuenta y siete mil seiscientos veintiséis colones con
noventa céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para
el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del nueve
de junio de dos mil veintiuno con la base de seis millones setecientos
cincuenta y dos mil quinientos cuarenta y dos colones con treinta céntimos (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Luz Mery Mora
Garita. Expediente Nº 20- 013065-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del I Circuito Judicial de Alajuela, 09 de diciembre del año
2020.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2021521411 ).
En este
Despacho, con una base de $19.727°° moneda de
los Estados Unidos de América, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a
remate el Vehículo Placa: LMS751, marca: KIA, estilo: Sorento, categoría:
Automóvil, capacidad: 7 personas, serie: KNAKU811DC5318946, carrocería: Todo
terreno 4 puertas, tracción: 4X4, año fabricación: 2012, color: blanco, N.Motor: G4KECH725955, cilindrada: 2359 c.c., combustible:
Gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del
veintinueve de octubre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del nueve de noviembre de
dos mil veintiuno con la base de $14.795,25 moneda de los Estados Unidos de
América (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las ocho horas treinta minutos del diecisiete de noviembre de
dos mil veintiuno con la base de $4.931,75 moneda de los Estados Unidos de
América (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Bac San José contra Lenis
María Morales Castro. Expediente Nº:19-003754-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 20 de enero del año
2021.—Lilliam Álvarez Villegas, Jueza Decisora.—( IN2021521417 ).
En este
Despacho, con una base de cuarenta y tres millones doscientos cincuenta mil
colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca
del partido de Cartago, matrícula número 167035-000, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 01 San Rafael, cantón 07 Oreamuno, de la
provincia de Cartago. Colinda: al norte, Municipalidad de Oreamuno; al sur,
Municipalidad de Oreamuno; al este, calle publica con frente de 8 metros y al
oeste, Municipalidad de Oreamuno. Mide: ciento sesenta metros con cero
decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce
horas treinta minutos (02:30 p.m.) del cuatro de marzo de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta
minutos (02:30 p.m.) del doce de marzo de dos mil veintiuno con la base de
treinta y dos millones cuatrocientos treinta y siete mil quinientos colones
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las catorce horas treinta minutos (02:30 p.m.) del veintidós
de marzo de dos mil veintiuno con la base de diez millones ochocientos doce mil
quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa
Rica contra Giancarlo de Jesús
Masís Pacheco, expediente N° 20-002759-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 01 de
diciembre del año 2020.—Lic. Víctor
Obando Rivera, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021521418 ).
En este
Despacho, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate los siguientes
bienes; Primer remate: 1) Mesa plástica para restaurante, con una base de
veintitrés mil ochocientos noventa y siete colones exactos, 2) Mesa con
cubierta de formica y una base de metal para restaurante, con una base de
doscientos cuarenta y cinco mil setecientos colones exactos, 3). Silla plástica
con base de metal de color roja, con una base de treinta mil novecientos
colones exactos, 4) Silla plástica y metal color naranja, con una base de
diecisiete mil novecientos noventa y seis colones exactos, 5) Sillón de cuerina
roja con base metálica en forma de “L”
con una base de cuatrocientos noventa y cinco mil colones exactos, 6) Sillón
booth’s para 4 personas de cuerina roja con base metálica con una base de
cientos veinte mil colones exactos, 7) Silla de brazo de cuerina roja con base
metálica con una base de quinientos treinta y nueve mil setecientos treinta
colones exactos, 8) Sillas metálicas con asiento de cuerina de color negro con
una base treinta y seis mil seiscientos cincuenta y nueve colones con treinta y
seis céntimos, 9) Silla alta con base cromada y asiento de plástico gris con una
base de ciento veintinueve mil treinta colones exactos, 10) Mesa con cubierta
de formica y una base de metal en forma de cruz con una base de catorce mil
colones exactos, 11) Pantalla plana marca Panasonic 32 con una base de cientos
dieciséis mil catorce colones exactos, 12) Horno industrial marca Blodgett con
una base de: trescientos dos mil quinientos colones exactos, 13) Congelador de
papas de acero inoxidable marca Delfield con una base de trescientos treinta
mil colones exactos, 14) Cocina industrial de acero con una base: ochocientos
setenta y cinco mil colones exactos, 15) Máquina holding de acero, marca
Acontemp con una base de un millón doscientos setenta y cinco mil setecientos
cincuenta colones exactos, 16) Batidora Industrial De Acero, Marca Univex con
una base de quinientos noventa y siete mil doscientos setenta y siete colones
con veintiséis céntimos, 17) Cuarto de frío en acero, marca Kolpak con una base
de un millón ochocientos mil colones exactos, 18) Cuarto de congelado de acero,
marca Kolpak4 con una base de dos millones cuatrocientos setenta y nueve mil
quinientos colones exactos, 19) Freidora industrial, marca Ultrafryer con una
base de un millón ochocientos setenta y nueve mil cuatrocientos cuarenta y tres
colones con sesenta céntimos, 20) Extractor de grasa de acero con una base de
cuatrocientos treinta mil cuatrocientos colones exactos. Para tal efecto se
señalan las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de febrero de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve
horas y cero minutos del cuatro de marzo de dos mil veintiuno con la base de 1)
Mesa plástica para restaurante, con una base de diecisiete mil novecientos
veintidós colones exactos, 2) Mesa con cubierta de formica y una base de metal
para restaurante con una base de ciento ochenta y cuatro mil doscientos setenta
y cinco colones exactos, 3) Silla plástica con base de metal color roja con una
base de veintitrés mil ciento setenta y cinco colones exactos, 4) Silla
plástica y metal color naranja con una base de trece mil cuatrocientos noventa
y siete colones exactos, 5) Sillón de cuerina roja con base metálica en forma
de “L” con una base de trescientos setenta y un mil doscientos cincuenta
colones exactos, 6). Sillón
booths para cuatro personas de cuerina roja con base metálica con una base de
noventa mil colones exactos, 7) Silla de brazo de cuerina roja con base
metálica con una base de cuatrocientos cuatro mil setecientos noventa y cinco
colones con cincuenta céntimos, 8). Sillas metálicas con asiento de cuerina de color negro con una
base veintisiete mil cuatrocientos noventa y cuatro colones con veinticinco
céntimos. 9) Silla alta con base cromada y asiento de plástico gris con una
base de noventa y seis mil setecientos setenta y dos colones con cincuenta
céntimos, 10) Mesa con cubierta de formica y una base de metal en forma de cruz
con una base de diez mil quinientos colones exactos, 11) Pantalla plana marca
Panasonic 32 con una base de ochenta y siete mil diez colones exactos, 12) Horno
industrial marca Blodgett con una base de: doscientos veintiséis mil
ochocientos setenta y cinco colones exactos, 13) Congelador de papas de acero
inoxidable marca Delfield con una base de doscientos cuarenta y siete mil
quinientos colones exactos, 14) Cocina industrial de acero con una base:
seiscientos cincuenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos, 15)
Máquina holding de acero, marca Acontemp con una base de novecientos cincuenta
y seis mil ochocientos doce colones cincuenta céntimos. 16) Batidora industrial
de acero, marca Univex con una base de cuatrocientos cuarenta siete mil
novecientos cincuenta y siete colones con noventa y cinco céntimos, 17) Cuarto
de frío en acero, marca Kolpak con una base de un trescientos cincuenta mil
colones exactos, 18) Cuarto de congelado de acero, marca Kolpak4 con una base
de un millón ochocientos cincuenta y nueve mil seiscientos veinticinco colones
exactos, 19) Freidora industrial, marca Ultrafryer con una base de un millón
cuatrocientos nueve mil quinientos ochenta y dos colones con setenta céntimos,
20) Extractor de grasa de acero con una base de trescientos veintidós mil
ochocientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del
doce de marzo de dos mil veintiuno con la base de 1) Mesa plástica para
restaurante, con una base de cinco mil novecientos setenta y cuatro colones
exactos, 2) Mesa con cubierta de formica y una base de metal para restaurante
con una base de sesenta y un mil cuatrocientos veinticinco colones exactos, 3)
Silla plástica con base de metal color roja con una base de siete mil
setecientos veinticinco colones exactos, 4) Silla plástica y metal color
naranja con una base de cuatro mil cuatrocientos noventa y nueve colones
exactos, 5) Sillón de cuerina roja con base metálica en forma de “L” con una
base de ciento veintitrés mil setecientos cincuenta colones exactos, 6) Sillón
Booth’s para 4 personas de cuerina roja con base metálica con una base de
treinta mil colones exactos, 7) Silla de brazo de cuerina roja con base
metálica con una base de cientos treinta y cuatro mil novecientos treinta y dos
colones con cincuenta céntimos, 8) Sillas metálicas con asiento de cuerina de color negro con una
base nueve mil cientos sesenta y cuatro colones con setenta y cinco céntimos,
9) Silla alta con base cromada y asiento de plástico gris con una base de
treinta y dos mil doscientos cincuenta y siete colones con cincuenta céntimos,
10) Mesa con cubierta de formica y una base de metal en forma de cruz con una
base de tres mil quinientos colones exactos, 11) Pantalla plana marca Panasonic
32 con una base de veintinueve mil tres colones con cincuenta céntimos, 12)
Horno industrial marca Blodgett con una base de: setenta y cinco mil
seiscientos veinticinco colones exactos, 13) Congelador de papas de acero
inoxidable marca Delfield con una base de ochenta y dos mil quinientos colones
exactos, 14) Cocina industrial de acero con una base: doscientos dieciocho mil
setecientos cincuenta colones exactos, 15) Máquina holding de acero, marca
Acontemp con una base de trescientos dieciocho mil novecientos treinta y siete
colones con cincuenta céntimos, 16) Batidora industrial de acero, marca Univex
con una base de ciento cuarenta y nueve mil trescientos diecinueve colones con
treinta y dos céntimos, 17) Cuarto de frío en acero, marca Kolpak con una base
de cuatrocientos cincuenta mil colones exactos, 18) Cuarto de congelado de
acero, marca Kolpak4 con una base de seiscientos diecinueve mil ochocientos
setenta y cinco colones exactos, 19) Freidora industrial, marca Ultrafryer con
una base de cuatrocientos sesenta y nueve mil ochocientos sesenta colones con
noventa céntimos, 20) Extractor de grasa de acero con una base de ciento siete
mil seiscientos colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso incidente de cobro de Alquileres Insolutos
de Prismar de Costa Rica Sociedad Anónima contra QSR Developers Costa Rica S.
A., expediente N° 18-000607-0504-CI.—Juzgado Civil
de Heredia, 18 de enero del año 2021.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez Tramitador.—( IN2021521434 ).
En este
Despacho, con una base de treinta y seis
millones seiscientos ochenta y nueve mil doscientos ochenta colones con noventa
y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca
del partido de San José, matrícula número trescientos siete mil setecientos
cuarenta y nueve, derecho 000, la cual es terreno de patio con una casa.
Situada en el distrito 03 Daniel Flores, cantón 19 Pérez Zeledón, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Marvin Tencio Alfaro y Amado Navarro
Fernández; al sur, Franklin Vargas Fallas y Juan Mora Arias; al este, calle
pública con un frente de 8,00 metros lineales; y al oeste, Solís Arbustini Sociedad
Anónima. Mide: trescientos ocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan
las diez horas treinta minutos del uno de marzo del dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos
del nueve de marzo del dos mil veintiuno con la base de veintisiete millones
quinientos dieciséis mil novecientos sesenta colones con setenta y dos céntimos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las diez horas treinta minutos del diecisiete de marzo del dos mil
veintiuno con la base de nueve millones ciento setenta y dos mil trescientos
veinte colones con veinticuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se
le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación
con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de
Costa Rica contra Jimmy Antonio Umaña Elizondo. Expediente N° 20-004270-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 17 de diciembre
del 2020.—Eileen Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—( IN2021521437 ).
En este
Despacho, con una base de trece millones novecientos setenta y seis mil
seiscientos ochenta y tres colones con treinta y tres céntimos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela,
matrícula N° 243040, derechos 001 y 002, la cual es terreno naturaleza, terreno
para construir con una casa. Situada en el distrito 4-Carrillos, cantón 8-Poás
de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: calle pública; al sur: lote 79; al este: calle; y al oeste:
lote 38. Mide: doscientos cuarenta y cuatro metros con setenta decímetros
cuadrados. Plano: A-0824325-1989. Para tal efecto, se señalan las dieciséis
horas quince minutos del cuatro de mayo de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas quince minutos
del doce de mayo de dos mil veintiuno, con la base de diez millones cuatrocientos
ochenta y dos mil quinientos doce colones con cuarenta y nueve céntimos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las dieciséis horas quince minutos del veinte de mayo de dos mil
veintiuno, con la base de tres millones cuatrocientos noventa y cuatro mil
ciento setenta colones con ochenta y tres céntimos (25% de la base original).
Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Coopealianza R.L., contra Héctor
Alberto Matamoros Cerdas, John Fernando Cerdas Vásquez, Lizbeth Josefa Rojas Murillo. Expediente N°
20-014098-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 1° de diciembre del 2020.—Sofía Ramírez Rodríguez,
Jueza Decisora.—( IN2021521438 ).
En este
Despacho, con una base de ciento setenta y cinco mil dólares exactos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
396-18877-01-0930-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia,
matrícula número 173653, derecho 000, la cual es terreno lote 13-C con una
casa. Situada en el distrito 6-Santa Rosa, cantón 3-Santo Domingo, de la
provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con 12,00 metros de frente,
sur, Argelina Arce Rodríguez, este, Marcelino Vargas Arce, oeste, Marcelino
Vargas Arce. Mide: doscientos dieciocho metros con noventa y ocho decímetros
cuadrados plano: H-0571547-1999. Para tal efecto, se señalan las nueve horas
treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas treinta minutos del
veintiséis de agosto del dos mil veintiuno con la base de ciento treinta y un
mil doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original), y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas
treinta minutos del tres de setiembre del dos mil veintiuno, con la base de
cuarenta y tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Banco BAC San José S. A. contra Bladimir de Jesús Solano Barboza,
Transportes Empresariales Fiotrans Sociedad de Responsabilidad Limitada, Lorna
Massiel Aguilar Castro. Expediente Nº 20-015845-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 12 de enero del 2021.—Lic. Marvin Antonio Hernández
Calderón, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021521439 ).
En este
Despacho, 1) con una base de nueve millones cuatrocientos ocho mil novecientos
treinta y un colones con cincuenta y un céntimos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de a y a
citas: 297-11046-01-0003-001, servidumbre de paso citas: 333-16814-01-0006-001,
servidumbre de paso citas: 460-05968-01-0011-001, servidumbre de paso citas:
460- 05968-01-0020-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número 412458-000, la cual es lote ocho terreno para construir.
Situada en el distrito 1 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 20,45 metros y Ronald González;
al sur, lote 9; al este, lote 9 y Jaime Hidalgo, y al oeste, lote 9. Mide:
cuatrocientos treinta y cuatro metros con sesenta y dos decímetros cuadrados.
Plano: A-1017992-2005. Para tal efecto, señalan las nueve horas treinta minutos
del veinticinco de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del dos de junio de dos
mil veintiuno con la base de siete millones cincuenta y seis mil seiscientos
noventa y ocho colones con sesenta y tres céntimos (75% de la base original) y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta
minutos del diez de junio de dos mil veintiuno con la base de dos millones
trescientos cincuenta y dos mil doscientos treinta y dos colones con ochenta y
ocho céntimos (25% de la base original). 2) Con una base de tres millones
setecientos once mil cuatrocientos siete colones con sesenta céntimos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de
AyA citas: 297-11046-01-0003-001, servidumbre de paso citas:
333-16814-01-0006-001, servidumbre de paso citas: 460-05968-01-0011-001,
servidumbre de paso citas: 460-05968-01-0020-001; sáquese a remate la finca del
partido de Alajuela, matrícula número 398145-000, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 1 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, Jaime Hidalgo Salazar; al sureste,
Xinia María Vargas Cascante; al suroeste, calle pública con un frente de 16,04
metros. Mide: trescientos cuarenta y cinco metros con treinta decímetros
cuadrados. Plano: A-0870927-2003. Para tal efecto, se señalan las nueve horas
treinta minutos del veinticinco de mayo de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del
dos de junio de dos mil veintiuno con la base de dos millones setecientos
ochenta y tres mil quinientos cincuenta y cinco colones con setenta céntimos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las nueve horas treinta minutos del diez de junio de dos mil
veintiuno con la base de novecientos veintisiete mil ochocientos cincuenta y un
colones con noventa céntimos (25% de la base original). 3) Con una base de
treinta millones doscientos setenta y siete mil doscientos setenta y dos
colones con sesenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
servidumbre de acueducto y de paso de AyA citas: 297- 11046-01-0003-001,
servidumbre de paso citas: 333-16814-01-0006-001, servidumbre de paso citas:
460-05968-01-0011-001, servidumbre de paso citas: 460-05968-01-0020-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 392457-000, la cual
es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito 1 Quesada, cantón
10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Monte Rodrigo S.
A.; al sur, calle pública con 17 metros 74 centímetros de frente; al este,
Marta Barrientos Rodríguez; y al oeste, calle pública con 15 metros 33 centímetros de frente.
Mide: trescientos metros cuadrados. Plano: A-0617222-2000. Para tal efecto, se
señalan las nueve horas treinta minutos del veinticinco de mayo de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del dos de junio de dos mil veintiuno con la base de
veintidós millones setecientos siete mil novecientos cincuenta y cuatro colones
con cuarenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del
diez de junio de dos mil veintiuno con la base de siete millones quinientos
sesenta y nueve mil trescientos dieciocho colones con quince céntimos (25% de
la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Karina Paola Blanco Blanco contra Max Kevin
Esquivel Vargas, Xinia Maria Vargas Cascante. Expediente 19-003599-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, Ciudad Quesada, 25 de octubre del año 2020.—Lic. Giovanni Vargas
Loaiza, Juez Decisor.—( IN2021521440 ).
En este
Despacho, con una base de cuarenta y dos millones seiscientos nueve mil ciento
treinta y siete colones con seis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando citas: 362-05400-01-0947-001; sáquese a remate la finca del partido
de Limón, matrícula número treinta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y nueve,
derecho 000, la cual es terreno para agricultura Nº 291-49. Situada en el
Distrito 01 Matina, Cantón 05 Matina, de la Provincia de Limón. Colinda: al
norte Herberth Wilson Leod; al sur calle publica; al este Franklin Molina y al
oeste Valeriano Salamanca. Mide: ochenta y seis mil setecientos noventa y tres
metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan
las catorce horas treinta minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta
minutos del once de marzo de dos mil veintiuno con la base de treinta y un
millones novecientos cincuenta y seis mil ochocientos cincuenta y dos colones
con ochenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del
diecinueve de marzo de dos mil veintiuno con la base de diez millones
seiscientos cincuenta y dos mil doscientos ochenta y cuatro colones con
veintisiete céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de
Costa Rica contra Didier Alberto Moreira Mendoza. Expediente Nº:19-007227-1209-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la
Zona Atlántica, 23 de octubre del año 2020.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez
Decisor.—( IN2021521442 ).
En este
Despacho, con una base de veintiocho millones treinta mil seiscientos setenta y
dos colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas
y restricciones citas: 396-16211-01-0921-001, servidumbre trasladada citas:
396-16211-01-0922-001; sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela,
matrícula N° 265924-000, la cual es para construir N° 4. Situada en el distrito 7-La Fortuna, cantón
10-San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: parcela 5; al
sur: parcela 3; al este: calle pública;
y al oeste: Flora Esquivel. Mide: cuatrocientos sesenta y cinco metros con
noventa y dos decímetros cuadrados. Plano: A-0042729-1992. Para tal efecto, se
señalan las diez horas treinta minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta
minutos del once de marzo de dos mil veintiuno, con la base de veintiún
millones veintitrés mil cuatro colones exactos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas
treinta minutos del diecinueve de marzo de dos mil veintiuno, con la base de
siete millones siete mil seiscientos sesenta y ocho colones exactos (25% de la
base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en
la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Chi Man Wong Sham.
Expediente N° 20-001745-1202-CJ.—Juzgado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 7 de octubre del
2020.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—(
IN2021521443 ).
A las catorce horas y treinta minutos del cinco de marzo del dos mil
veintiuno, en la puerta de este Despacho, de la forma que se dirá y con sus
respectivas bases, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca N° 1): Con la base de
veinte millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando reservas y restricciones bajo las citas: 352-05722-01-0904-001;
sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 452084-000,
la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 1-Los Chiles, cantón
14-Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ecológico Verde S. A.,
Karen Aguilar Sánchez, Marjorie Chacón Quirós y Jacqueline Beteta
Ubao; sur, Ingrid Quirós Chacón, y Marjorie Chacón, 3-101-572082 S. A.;
este, Ingrid Chacón Quirós, Virgilio Chacón Quirós, Karen Aguilar Sánchez, Marjorie Chacón Quirós y Jackeline Beteta
Ubao; oeste, Carretera Nacional, Karen Aguilar Sánchez e Ingrid
Patricia Chacón. Mide: cinco mil seiscientos cincuenta y dos metros
cuadrados. Plano: A-1310631-2008. Finca N° 2): Con la base de cinco
millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
condiciones ref.: 1932-067-002 bajo las citas: 282-06470-01-0955-001,
servidumbre sirviente bajo las citas: 326-02040-01-0006-001; sáquese a remate
la finca del partido de Alajuela, matrícula número 281586-000, la cual es
terreno para construir. Situada: en el distrito 13-Peñas Blancas, cantón 2-San
Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle
pública con 14,08 metros lineales; sur, Abel Cruz Álvarez; este, Iabel
Cruz Álvarez; oeste, Abel Cruz Álvarez. Mide:
doscientos veinticuatro metros con dieciocho decímetros cuadrados.
Plano: A-0732624-1988. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las catorce horas y treinta minutos del quince de marzo del dos mil veintiuno,
con la base de Finca N° 1) Quince millones de colones
exactos (75% de la base original). Finca N° 2) Tres
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas
y treinta minutos del veintitrés de marzo del dos mil veintiuno, con la base de
Finca N° 1) Cinco millones de colones exactos (25% de la base original).
Finca N° 2) Un millón doscientos cincuenta mil
colones exactos (25% de la base original). Notas: Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Hernán Osvaldo González López contra
3-101-577741 Sociedad Anónima. Expediente N° 19-009799-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 26 de agosto del
2020.—Lilliam Álvarez Villegas, Juez/a Decisor/a.—( IN2021521444 ).
En este
despacho, con una base de trece mil seiscientos cuarenta y nueve dólares con
noventa y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate
el vehículo placa TRM139, marca: Fiat, vin: ZFA323000D3201642, capacidad: 5
personas, año: 2013, color: gris. Para tal efecto se señalan las once horas
treinta minutos (11:30 a. m.) del tres de marzo de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos
(11:30 a. m.) del once de marzo de dos mil veintiuno, con la base de diez mil
doscientos treinta y siete dólares con cuarenta y seis centavos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
once horas treinta minutos (11:30 a.m.) del diecinueve de marzo de dos mil
veintiuno, con la base de tres mil cuatrocientos doce dólares con cuarenta y
ocho centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos Sociedad Anónima contra Daby Madrigal Araya. Expediente N°
18-005425-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 25 de noviembre del 2020.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez Tramitador.—(
IN2021521445 ).
En este
Despacho, con una base de trece mil trece
dólares con cincuenta y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placas: 711246, marca: Land Rover, estilo: Range
Rover Sport, serie: sallsaa348a134236,
año: 2008, carrocería: todo terreno 4 puertas, color: bronce, tracción: 4X4,
chasis y vin: sallsaa348a134236, número de
motor: 140707b09490428ps, marca: Land Rover,
modelo; 4.2L V8, cilindrada: 4200 cc. Para tal efecto se señalan las ocho horas
cero minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del ocho
de marzo de dos mil veintiuno con la base de nueve mil setecientos sesenta
dólares con dieciséis centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del dieciséis
de marzo de dos mil veintiuno con la base de tres mil doscientos cincuenta y
tres dólares con treinta y ocho centavos (25% de la base original). NOTAS: Se
le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Davivienda Costa Rica S. A. contra Edison Quirós López. Expediente
18-000530-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 14 de diciembre del año 2020.—Lic. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—(
IN2021521446 ).
En este Despacho,
con una base de diecisiete mil ciento setenta y un dólares con ochenta y ocho
centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo
placa: 854504, marca: Mazda, categoría: automóvil, serie: jm3er2w51a0345573, año: 2011, color: blanco,
capacidad: 5 personas, cilindrada: 2488 cc. Para tal efecto se señalan las
quince horas cero minutos (03:00 p.m.) del cinco de abril de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero
minutos (03:00 p.m.) del trece de abril de dos mil veintiuno con la base de
doce mil ochocientos setenta y ocho dólares con noventa y un centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las quince horas cero minutos (03:00 p.m.) del veintiuno de abril de
dos mil veintiuno con la base de cuatro mil doscientos noventa y dos dólares
con noventa y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos S. A. contra Johan Eduardo Campos
Arce. Expediente 17-009707-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago. 04 de enero del año 2021.—Lic.
Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2021521447
).
En este
Despacho, con una base de quince millones ochocientos treinta y seis mil
doscientos noventa colones con cincuenta céntimos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre dominante citas:
343-03238-01-0039-001, citas: 343-03238-01-0044-001; sáquese a remate la finca
del partido de San José, matrícula número 349917-000, la cual es terreno lote 4
de potrero. Situada en el distrito 1 San Marcos, cantón 5 Tarrazú, de la
provincia de San José. Colinda: al norte, Gonzalo y Amado Mora; al sur,
quebrada medio Antonio Mora; al este, Vicente Rojas; y al oeste, Anais Ureña Zamora. Mide: seis mil ciento setenta y
nueve metros con veintidós decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan
las trece horas treinta minutos del diez de marzo de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta
minutos del dieciocho de marzo de dos mil veintiuno con la base de once
millones ochocientos setenta y siete mil doscientos diecisiete colones con
ochenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintiséis
de marzo de dos mil veintiuno con la base de tres millones novecientos
cincuenta y nueve mil setenta y dos colones con sesenta y dos céntimos (25% de
la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Davivienda Costa Rica S. A. contra Randall
Rodolfo Ureña Garro. Expediente 18-009493-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 16 de diciembre del año 2020.—Lic. Yanin
Torrentes Ávila, Juez Decisor.—( IN2021521453 ).
En este
Despacho, con una base de ocho mil cuatrocientos sesenta y cuatro dólares con
ochenta y cinco centavos (moneda de curso legal de los Estados Unidos), libre
de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BGZ857, marca:
Toyota, estilo: Yaris G, año: 2015, color: blanco, N° motor:
1NZZ106667, Vin: MR2BT9F31F1152774. Para tal efecto se señalan las once horas
cero minutos del veintisiete de abril del dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del seis
de mayo del dos mil veintiuno con la base de seis mil trescientos cuarenta y
ocho dólares con sesenta y tres centavos (moneda de curso legal de los Estados
Unidos), (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las once horas cero minutos del diecisiete de mayo del dos
mil veintiuno con la base de dos mil ciento dieciséis dólares con veintiún
centavos (moneda de curso legal de los Estados Unidos) (25% de la base
original). Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora
de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará
al despacho dentro del tercer día, para su inmediata corrección. Notas: Se les
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco
Davivienda Costa Rica S. A. contra Ronny Felipe Corella Vindas. Expediente N°
19-014902-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 08
de enero del 2021.—Floryzul Porras López, Jueza Decisora.—( IN2021521454 ).
En este Despacho,
con una base de nueve mil quinientos quince dólares con cincuenta y nueve
centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa
SVF128, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, año: 2016, color: azul, vin: kmhct41bagu949669, combustible:
gasolina, modelo sbs4k4617d.d304. Para tal efecto se señalan las
once horas cero minutos del once de febrero de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del
diecinueve de febrero de dos mil veintiuno con la base de siete mil ciento
treinta y seis dólares con sesenta y nueve centavos (75% de la base original) y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas
cero minutos del uno de marzo de dos mil veintiuno con la base de dos mil
trescientos setenta y ocho dólares con ochenta y nueve centavos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Norma Constanza
Salinas Pino y Fulton Arturo Castillo Cabal. Expediente 20-012048-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 12 de enero del año 2021.—Lic. Paula Morales
González, Jueza Decisora.—( IN2021521462 ).
En este
Despacho, con una base de seis mil seiscientos treinta y un dólares con noventa
y cinco centavos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el vehículo
placas BHN230, el cual es Suzuki Ertiga GLX, categoría automóvil, año 2015,
color celeste, tracción 4X2. Para tal efecto se señalan las diez horas cero
minutos del tres de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el
segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del once de marzo del
dos mil veintiuno con la base de cuatro mil novecientos setenta y tres dólares
con noventa y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del
diecinueve de marzo del dos mil veintiuno con la base de mil seiscientos
cincuenta y siete dólares con noventa y nueve centavos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos
veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Lía Lisette Ramírez Quirós.
Expediente N° 20-001630-1203-CJ.—Juzgado de
Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela
(San Ramón), 28 de setiembre del 2020.—María Auxiliadora Cruz Cruz,
Jueza.—( IN2021521463 ).
En este
Despacho, con una base de mil cuarenta y un dólares con noventa y ocho
centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa
BCJ091, marca: Suzuki, año: 2012, vin: ma3fc31s0ca487828,
cilindrada: 1000 cc, color: gris, categoría: automóvil. Para tal efecto se
señalan las quince horas treinta minutos del once de febrero de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince
horas treinta minutos del veintidós de febrero de dos mil veintiuno con la base
de setecientos ochenta y un dólares con cuarenta y ocho centavos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan
las quince horas treinta minutos del dos de marzo de dos mil veintiuno con la
base de doscientos sesenta dólares con cuarenta y nueve centavos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Jennifer Carrinna
Belloso Figueroa. Expediente 20-003435-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 13
de octubre del año 2020.—Lic. Joyce Magaly Ugalde Huezo, Jueza Decisora.—( IN2021521464 ).
En este
Despacho, con una base de dieciséis mil ochocientos ochenta y siete dólares con
veintisiete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el
vehículo BQP234, marca Ssang Yong. Estilo Tivoli. Categoría automóvil. Año
2018. Color blanco. Vin KPT20A1VSKP231215, cilindrada 1600 c.c. Para tal efecto
se señalan las diez horas cero minutos del cuatro de marzo de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez
horas cero minutos del quince de marzo de dos mil veintiuno con la base de doce
mil seiscientos sesenta y cinco dólares con cuarenta y cinco centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de marzo de dos mil
veintiuno con la base de cuatro mil doscientos veintiún dólares con ochenta y
un centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A.
contra Christian Alonso Moya Morales. Expediente Nº:20-017112-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 06 de noviembre del año 2020.—Yessenia
Brenes González, Juez Decisor.—( IN2021521466 ).
En este
Despacho, con una base de ciento trece mil
setecientos ochenta y siete dólares con cuarenta y seis centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela,
matrícula número trescientos veinte mil ciento treinta y dos, derecho cero cero
cero, la cual es terreno para construir, lote 7 D, con una casa de habitación
de dos plantas. Situada: en el distrito Alajuela, cantón Alajuela, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 8 D; al sur, lote 6 D; al este,
resto destinado a calle segunda, y al oeste, lote 22 D. Mide: doscientos tres
metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto,
se señalan las once horas treinta minutos del ocho de marzo del dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once
horas treinta minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintiuno, con la base
de ochenta y cinco mil trescientos cuarenta dólares con sesenta centavos (75%
de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se
señalan las once horas treinta minutos del veinticuatro de marzo del dos mil
veintiuno, con la base de veintiocho mil cuatrocientos cuarenta y seis dólares
con ochenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de
Costa Rica S. A. contra Domingo Tuckler Oconor, Evelyn Eugenia Alfaro Álvarez. Expediente N°
20-011077-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 08 de noviembre del 2020.—Angie Rodríguez
Salazar, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021521470 ).
Se hace saber: que ante
este Despacho se tramita el expediente N° 20-000156-0386-CI donde se promueve
información posesoria por parte de Grisselda María Espinoza Balmaceda quien es mayor, casada, vecina de
Bagaces, Guanacaste, portadora de la cédula número 0801270231, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es
terreno de solar. Situada en el distrito La Garita, cantón La Cruz. Colinda: al
norte, con Rigoberto Espinoza Mejía y Ana Lucrecia Bonilla Bello; al sur, con
Telma Jiménez Reyes; al este, con calle pública con siete metros de ancho; y al
oeste, con Rogelio Rodríguez Cascante. Mide: seiscientos cuarenta y uno metros
cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de seis millones de colones
exactos. Que adquirió dicho inmueble compraventa, y hasta la fecha lo ha
mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han
consistido en Construir cercas, sembrar pastos y mantener algunos animales, así
como sembrar cultivos temporales y frutales. Que no ha inscrito mediante el
amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a
efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de
este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Grisselda María Espinoza Balmaceda. Expediente N°
20-000156-0386-CI-1.—Juzgado Civil y Trabajo de Primer
Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil),
14 de octubre del 2020.—Licda. Brenda Celina Calvo De
La O, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2021521030 ).
Licda.
Maricel Zamora Arias, jueza del Juzgado Agrario de la Zona Sur. A Elías Torres Blandon, Marcos Panales Camacho y
Gladys Sotone Stone, hace saber: que en proceso información posesoria
expediente Nº 13-000029-0419-AG promovido por María Gabriela de los Ángeles Biolley Aymerich, se encuentran las
resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Agrario del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Sur (Corredores). A las nueve horas y veinticuatro minutos
del ocho de enero de dos mil veintiuno. Tramítense las presentes diligencias no
contenciosas de información posesoria promovidas por María Gabriela de los Ángeles Biolley Aymerich. Con intervención del
representante legal de la Procuraduría General de la República y del Instituto
de Desarrollo Rural, a quienes se les concede el plazo de un mes para que
procedan a hacer los alegatos que estimen convenientes. Por medio de edicto de
ley que deberá publicarse en el diario oficial La Gaceta, el cual será
remitido por este Despacho, vía electrónica, exento de pago en razón de la
materia, se emplaza a todos los interesados en esta información, para que
dentro del término de un mes contados a partir de la publicación del edicto, se
apersonen al proceso en defensa de sus derechos. Se le previene a las partes
que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender
notificaciones, bajo el apercibimiento que mientras no lo hagan, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Las partes y
demás personas quedarán notificadas en las audiencias de las resoluciones que
en ellas se dicten y a las ausentes se les aplicará la notificación automática
(Artículos 10, 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687).
Respecto al medio señalado, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el
Consejo Superior, en sesión 65-08, celebrada el 02 de setiembre del 2008,
artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido que, si desean señalar un fax
como medio de notificación, debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción
de documentos, por lo cual no pueden utilizarlo también como teléfono.
Asimismo, por disposición del Consejo Superior, en concordancia con la Política
de Género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre de 2007,
artículo LV, se les solicita a las partes que resulten ser personas físicas se
sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c)
fecha de nacimiento, d) si cuenta con algún tipo de discapacidad. Se le hace
saber a las partes que el Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de
Corredores ha comenzado a operar como despacho oral y
electrónico, por lo cual se les insta a presentar todas sus gestiones por medio
del Sistema de Gestión en línea que permite tener acceso a los expedientes
desde cualquier lugar del país por medio de internet, así como la litigación en
línea, y señalar este sistema como medio para atender futuras notificaciones.
Para ello, las partes podrán solicitar en este despacho una clave personal de
acceso y la explicación de cómo funciona el sistema. En lo sucesivo las copias
de escritos, actas, documentos, actuaciones registradas en formato de audio, lo
mismo que las resoluciones cuya eventual copia solicitara, le serán
suministradas a la Procuraduría General de la República mediante registros en
formato DVD o CD, para los efectos que establece el artículo 24 de la Ley Orgánica
de la Procuraduría General de la República. El suministro de dichos registros
será originado de manera inmediata al dictado de la resolución correspondiente,
sin necesidad de nueva disposición que así lo establezca. En vista de la
solicitud que hace la parte promovente en reiteradas ocasiones en notificar a
los colindantes por medio de edicto, notifíquese esta resolución a los
colindantes actuales por los rumbos sur (Elías Torres Blandón y Marcos Panales Camacho) y por el
rumbo oeste a (Gladys Stone Stone) por medio de edicto una vez firmada la
presente resolución. Se tiene por notificado el colindante con el rumbo este
(Michael Jhon Cruit) mediante escrito incorporado a la carpeta electrónica en
fecha 26/09/2019 10:44:36. Para que se sirva notificar esta resolución al
representante legal del Instituto de Desarrollo Rural, se comisiona a la
Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José
y a la de la Procuraduría General de la República, por medio del enlace Poder
Judicial-Procuraduría General de la República, denominado “domicilio
electrónico permanente de entidades jurídicas”. Notifíquese.—Juzgado
Agrario de la Zona Sur.—Licenciada Maricel Zamora Arias, Juez(a)
Decisor(a).—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521145
).
Edi Alberto
Rivas Li, mayor de edad, casado una vez, policía de tránsito, vecino de
Sardinal de Carrillo, Guanacaste, cédula de identidad cinco-ciento sesenta y
cuatro-cuatrocientos cincuenta y tres, promueve información posesoria. Pretende
inscribir a su nombre en el Registro Público
Inmobiliario, libre de gravámenes y cargas reales, el inmueble que se describe
así: Terreno de repasto, situado en Artola, Sadinal [distrito tercero], de
Carillo [cantón Carrillo], de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte,
calle pública con una medida lineal frente a ella de
ochenta metros con veintitrés centímetros lineales y un ancho de diez metros
con dieciocho centímetros lineales; al sur, Flor Pizarro Abarca y Río Sardinal,
ambos en parte; al este, Elisa Moreno Canales; y al oeste, Fernando Pizarro
Moreno y Flor Pizarro Moreno. Según plano catastrado G-un millón novecientos
veinticuatro mil trescientos sesenta-dos mil dieciséis, mide de extensión
dieciséis mil cuatrocientos doce metros cuadrados. Manifiesta que no está
inscrito, que carece de título inscribible y que pretende evadir las
consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene condueños, ni pesan cargas
reales ni gravámenes sobre el inmueble. Lo adquirió por donación de Friadel S.
A. el dieciséis de mayo del dos mil diecisiete. Estima tanto inmueble como el
proceso en un millón de colones. Por el plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se cita a todas las personas interesadas para que
se apersonen en defensa de sus derechos. (Expediente N° 17-000094-0387-AG).—Juzgado Agrario de Liberia, 28 de mayo del
dos mil veinte.—Rodrigo Valverde Umaña, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021521146 ).
Se hace
saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000004-0419-AG,
donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Miriam
Loria Fernández, quien es mayor,
estado civil casada una vez, vecina de Kilómetros Treinta y tres, doscientos
metros norte de la escuela, Río Claro, Golfito, Puntarenas, portadora de la
cédula de identidad vigente que exhibe N° 0202210603, profesión oficios del
hogar, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la
Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de
potrero y tacotales, y árboles frutales con una casita en regular estado.
Situada en el distrito Guaycará, cantón Golfito de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte: calle pública; al sur: Jorge Antonio Ugalde Campos; al este:
Redes Golfito S. A., representada por Óscar
Quirós Ruiz y Marvin Vargas Venegas; y al oeste: Saturdino González Tejar.
Mide: catorce hectáreas siete mil noventa metros cuadrados, tal como lo indica
el plano catastrado número P-2099869-2019. Indica el promovente que sobre el
inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como
las presentes diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Se
emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto se apersonen ante el Despacho a hacer valer
sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Miriam Loria Fernández. Expediente N° 20-000004-0419-AG .—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la
Zona Sur, (Corredores), 11 de enero del 2021.—Licda. Maricel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN202521154 ).
Se hace
saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 20-000188-0419-AG
donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Ronald
Gustavo Alpízar Argüello, quien es mayor, estado civil casado, vecino de Llano
Bonito de Río Claro, Guaycará, Golfito, portador de la cédula de identidad
vigente que exhibe número uno-cero ocho doble cero-cero tres cuarenta,
profesión consultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es
tacotal. Situada en el distrito Guaycará, cantón Golfito, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con 695,93 metros de frente; al
sur, Hernán Barquero Ramírez; al este, Hernán Barquero Ramírez; y al oeste,
Amarilis Barrantes Cubillo. Mide: ciento cuarenta y un mil doscientos noventa
metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 6-2043852-2018.
Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir
NO pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto
evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima
tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de diez millones de
colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo
ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y
a título de dueño por más de cuarenta y cinco años. Que no existen condueños.
Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento de carriles, siembra
de cacao y para conservación. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley
de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de información posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Ronald Gustavo Alpízar Argüello. Expediente
20-000188-0419-AG.—Juzgado Agrario del Segundo
Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores), Corredores, 15 de diciembre
del año 2020.—Lic. Erika Andrea Rojas Chavarría, Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521155 ).
Se hace
saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-001151-0504-CI
donde se promueve información posesoria por parte de Cocobolo San Antonio S.
A., cédula jurídica número 3102412098 a fin de rectificar medidas e inscribir a
su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: Finca ubicada en la provincia de Heredia, la cual es terreno de
potrero. Situada en el distrito 4-Paracito, cantón 3-Santo Domingo. Colinda: al
norte, con Nury Gamboa Marín y
Juana Parra Hernández; al sur, con Francisco Vargas Zamora, Tobías Ramírez
Rojas y Río Para; al este, con calle pública; y al oeste, con Río Para y Nury
Gamboa Marín. Mide: cinco mil
cuatrocientos diecisiete metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el
inmueble a inscribir pesan cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de treinta y un millones quinientos mil colones exactos. Que adquirió
dicho inmueble, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y
quieta. Que los actos de posesión han consistido en el cuido y mantenimiento de
la propiedad. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que dentro del
plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria,
promovida por Cocobolo San Antonio S. A. Expediente N° 20-001151-0504-CI-9.—Juzgado
Civil de Heredia, 04 de enero del 2021.—MSc.
Óscar Rodríguez Villalobos, Juez.—1 vez.—(
IN2021521211 ).
Se hace
saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 19-000114-1129-AG,
donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Víctor Gerardo Badilla Brenes, quien es
mayor, estado civil casado, vecino de Pérez Zeledón, 25 metros norte de la
entrada de Santa Elena, General, portador de la cédula de identidad vigente que
exhibe N° 09-0106-0475, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y
ante el Registro Público de la Propiedad el terreno que se describe así: finca
cuya naturaleza es vivienda y patio con agricultura temporal y frutales.
Situada en el distrito Peñas Blancas, cantón Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte: Carlos Garro Campos;
al sur: Lidieth Benavides Arroyo y Luis Fernando Montoya Quirós; al este: calle
pública; y al oeste: Quebrada los Chanchos. Mide: trescientos veintitrés metros
cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado N° SJ-2056279-2018. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto
el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones
cada una. Que adquirió dicho inmueble por VENTA con el señor Diego Acuña
Porras, sin parentesco alguno, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño
desde el 2018, el anterior dueño el señor Diego Acuña Flores desde el 2012
quien a su vez lo adquirió a su vez del señor Danilo Cisneros años quien lo
poseyó desde 1998. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han
consistido en construcción de casa, limpieza, cerramiento del terreno y
agricultura temporal. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de
Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro
Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de información posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto se
apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Víctor
Gerardo Badilla Brenes. Expediente N° 19-000114-1129-AG.—Juzgado
Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón), 13 de
enero del 2021.—Msc. Jenny Corrales Torres, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021521260 ).
Se hace
saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000080-1129-AG
donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Gerardo
Alejandro González Ramírez quien es mayor, estado civil casado,
vecino(a) de La Ceniza de San Isidro de General de Pérez Zeledón de San José,
portador(a) de la cédula de identidad vigente que exhibe número tres-doscientos
ochenta y nueve-ciento cincuenta y tres, profesión agricultor, a fin de
inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de montaña, potrero y
casa. Situada en el distrito once, cantón diecinueve, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, Claudio Antonio Aguilar Angulo; al sur, Wálter Alexánder Valverde Arias; al este, servidumbre de paso que
da a carretera interamericana con un frente a ella de
novecientos cincuenta y tres metros con setenta centímetros lineales y al
oeste, Rafael Brenes Fallas. Mide: ciento veinte hectáreas dos mil quinientos
sesenta y siete metros con veinte decímetros cuadrados, tal como lo indica el
plano catastrado número SJ-996872-2005. Indica el promovente que sobre el
inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como
las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones cada una. Que
adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por
más de 45 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han
consistido en mantenimiento a los carriles, chapeas, e incluso mi padre
construyó una casita donde hemos vivido por muchos años. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de información posesoria, a
efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de
este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Gerardo Alejandro González Ramírez, expediente N° 20-000080-1129-AG.—Juzgado
Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), Pérez
Zeledón, 13 de enero del año 2021.—Msc. Jenny Corrales Torres, Juez (a)
Decisor(a).—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2021511264 ).
Se hace
saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000248-0642-CI
donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Eugenio
Ramírez Villafuerte, quien es mayor, estado civil viudo una vez, en unión
libre, ocupación pesca deportiva, vecino de Cerros de Quepos, 150 metros al
norte, primera casa a mano derecha, portado de la cédula de identidad vigente
que exhibe número seis-uno cuatro seis-cero dos cuatro, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: Finca cuya naturaleza es frutales. Situada: en San Juan del distrito 01
Parrita, cantón 09 Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, río Palo Seco; al sur, María Agustina Morales
Rodríguez; al este, Alexander Retana Carmona, y al oeste, Eduardo Daniel
Espinoza Jiménez. Mide: cinco mil metros cuadrados con seis decímetros, tal
como lo indica el plano catastrado número P-1291243-2008. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas
reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la
tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el
inmueble como las presentes diligencias por la suma de quince millones de colones
cada una. Que adquirió dicho inmueble por cesión de derechos, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe
y a título de dueño por más de diez años junto anteriores transmitentes. Que no
existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y
delimitación de linderos, cultivos, yuca, zonas verdes, no posee
construcciones, ni edificaciones de ningún material, más que cercas de madera y alambre de púas que delimitan
la propiedad. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la
Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de
Información Posesoria, a efecto de que, dentro del
plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria,
promovida por Eugenio Ramírez Villafuerte. Expediente N° 20-000248-0642-CI.—Juzgado Agrario de Puntarenas, Puntarenas, 19 de
enero del 2021.—Licda. Erika Amadro Brenes, Juez.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521267 ).
Se hace
saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000506-0388-CI
donde se promueve información posesoria por parte de Guillermo Enrique Roldan
Torres, quien es quien es mayor de edad, casado una vez, ingeniero civil,
vecino de Santa Cruz, Cartagena, portador de la cédula N° 01-0618-0261, a fin de inscribir a su nombre y
ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca
ubicada en la provincia de Guanacaste, en el cantón tercero Santa Cruz,
distrito cuarto tempate, lugar conocido como El Llano, lote que es naturaleza
terreno para construir, el cual tiene una cabida de cuatrocientos sesenta
metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Colinda: al norte, con calle
pública con un frente a esta de quince metros; al sur,
con Gerardo Barrantes Dinarte cc/ Dinarte
Dinarte; al este, con Irma Victoria Lindo Noris, y al oeste, con Humberto
Barrantes Bran. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones. Que
adquirió dicho inmueble por compra venta a José Barrantes Dinarte el
05/08/2019, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y
continua y en calidad de único propietario del bien inmueble. Que los actos de
posesión han consistido en cuidado las cercas, el amojonamiento por medio de
postes muertos de madera, chapeas al solar, conservación de árboles. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros
inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a
todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer
sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Guillermo Enrique
Roldan Torres. Expediente Nº 20-000506-0388-CI-0.—Lic.
Juzgado Civil de Santa Cruz, 19 de enero del 2021.—Milkyan Sánchez
Aguilar, Juez.—1 vez.—( IN2021521314 ).
Se hace
saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente Nº 20-000851-0638-CI
donde se promueve información posesoria por parte de Gerardo Alfonso Suarez
Chaves, quien es mayor, casado, mecánico, vecino de Rincón de San Isidro de
Atenas, portador de la cédula número 0204100891, a fin de inscribir a su nombre
y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Alajuela, la
cual es terreno naturaleza para construir (patio con una casa). Situada en el
distrito cuarto Atenas, cantón quinto, Atenas. Colinda: al norte, con calle
pública; al sur, con José Campos Chaves; al este, con José Campos Chaves; y al
oeste, con Juan Luis Vargas Vargas. Mide: trescientos cuarenta y cuatro metros
cuadrados con sesenta y tres decímetros. Indica el promovente que sobre el
inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de cinco millones de colones exactos. Que adquirió dicho inmueble y hasta
la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de
posesión han consistido en cuido total del inmueble. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de información posesoria, a
efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de
este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Gerardo Alfonso Suarez Chaves. Expediente
20-000851-0638-CI-7.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
12 de enero del año 2021.—Lic. Franciny María
Gutiérrez López, Jueza.—1 vez.—( IN2021521319 ).
Se hace
saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 17-000010-0388-CI
donde se promueve información posesoria por parte de José Abraham Méndez Méndez quien es mayor,
estado civil casado una vez, vecino de Playas del Coco, Sardinal de Carrillo.
Guanacaste de Chicos Bar setenta y cinco metros sur, cincuenta metros oeste y
doscientos nietos sur, portador de la cédula número 0503430457, administrador,
a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el
terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la
cual es terreno para construir. Situada en el distrito tercero (Sardinal),
cantón quinto (Carrillo). Colinda: al norte, con Jenifer María Chavarría
Rosales; al sur, con Álvaro Valverde Barrantes; al este, con calle pública y al
oeste, con Rosa María Acuña Ramos. Mide: doscientos veintisiete metros
cuadrados metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir G-1647487-2014, no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de
donación que le hiciera el señor Misael Canales Espinoza con quien no me une
ningún parentesco, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica
y quieta. Que los actos de posesión han consistido en el cuido, cercado,
limpieza, rondas, chapias y mantenimiento general. Que no ha inscrito mediante
el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los
interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a
efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de
este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Jose Abraham Méndez Méndez. Expediente Nº
17-000010-0388-CI-9. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial
por una sola vez.—Juzgado Civil de Santa Cruz,12
de agosto del año 2019.—Floribeth Palacios Alvarado, Jueza Decisora.—1 vez.—(
IN2021521340 ).
Se hace
saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 18-000004-0642-CI
donde se promueve rectificación de medida por parte de Betania Luisa Cornavaca
González quien es mayor, estado civil Divorciada, vecina de El Barrio del
Carmen 75 metros oeste del Rosalía Palacios, portadora de la cédula número
0601540149, profesión Educadora, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, demasía (Ciento treinta y tres metros con
quince decímetros cuadrados) que ostenta la finca partido de Puntarenas,
matrícula 43411-000 misma que se describe así: Finca ubicada en la provincia de
Puntarenas la cual es terreno para construir, situada en el Huerto, Distrito
quince del Roble Cantón primero de Puntarenas. Colinda: al norte con calle
pública con un frente de nueve metros con treinta y siete centímetros al sur,
con identificador predial 60115004340900 de Sharon Mora Gutiérrez, y
identificador predial 6011500373200 de Emmanuel Ricardo Soto Alpízar y
Francella Ester Soto Alpízar; al este con identificador predial 60155004341300
de Rafael Siles Gómez y al oeste con calle pública con un frente de veintiún
metros con cuarenta y seis centímetros. Mide: Doscientos ochenta metros
cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que está ratificación no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones colones. Que
adquirió dicho inmueble por medio de la donación y hasta la fecha lo ha
mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han
consistido en mantenimiento de cerca, limpieza general del inmueble y cultivo
de algunos árboles ornamentales.
Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se
emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer
sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Betania Luisa
Cornavaca González. Nota: Publíquese este edicto en el Boletín Judicial por una
sola vez. Expediente Nº:18-000004-0642-CI-3.—Juzgado Civil de Puntarenas,
12 de octubre del año 2020.—MSc. Edith Brenes Quesada,
Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2021521391 ).
Se hace saber: en este
Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Kennedy Gerardo Godínez Fuentes, mayor,
casado, agente de seguridad, costarricense, con documento de identidad N°
0106130235 y vecino de Cartago. Se indica a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que
deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de
la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000800-0640-CI-6.—Juzgado
Civil de Cartago, 17 de diciembre del 2020.—Lic.
Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2021520715
).
Se hace
saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio en forma
conjunta de quienes en vida se llamaron: Mario Francisco Piedades Zúñiga Solís y de Teresa Serrano Quirós, ambos mayores, el primero casado, profesión u
oficio agricultor, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N°
0300990719 y vecino de Santa Teresita de Turrialba, la segunda casada, ama de
casa, cédula de identidad N° 0301290838 y vecina de Santa Teresita de
Turrialba. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en
general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán
presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la
publicación de este edicto. EXP:18-000038-0341-CI-5.—Juzgado Civil, Trabajo
y Agrario de Turrialba, 16 de diciembre del 2020.—Ivannia Cristina Jimenez
Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2021520777 ).
Se hace
saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Gerardo Mora Arroyo, mayor, estado civil divorciado, profesión u
oficio pensionado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N°
0203110286 y vecino de Alajuela, Los Ángeles de Atenas. Se indica a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un
interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente N°
20-000810-0638-CI-8.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
18 de diciembre del año 2020.—Licenciado Melquisedec Rodríguez Ramírez, Juez/a
Decisor/a.—1 vez.—( IN2021520780 ).
Se hace
saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó María Virginia Porras
Rojas, mayor, estado civil soltera, pensionada, nacionalidad Costa Rica, con
documento de identidad N° 2-0294-0948 y vecina de Atenas de Alajuela. Se indica
a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan
un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto.
Expediente N° 21-000002-0638-CI-0.—Juzgado Civil del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 6 de enero del 2021.—Lic.
Manuel Loría Corrales, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2021520782 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Víctor Hugo Castillo Valenciano, mayor,
divorciado, pensionado, con documento de identidad 0102860851 y vecino Alajuela
Orotina. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en
general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán
presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la
publicación de este edicto. Expediente Nº 21-000003-0638-CI-5.—Juzgado Civil
del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 07 de enero del año 2021.—Licda. Franciny María Gutiérrez López, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2021520790 ).
Se cita a
los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en
el proceso sucesorio de Macedonio Garita Sandí, mayor, viudo, vecino de
Juanilama de Esparza, con cédula uno-ciento ochenta y uno-cuatrocientos cuatro
para que en el plazo de quince días se apersonen a valer sus derechos y de que
de no presentarse en el plazo dicho, la herencia pasará a quién corresponda.
Bufete Pérez y Asociado 25 metros al este de la Casa de la Cultura Puntarenas.
Expediente N° 0001-2021.—Lic. Guillermo Carballo
Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2021520791 ).
Se emplaza a
todos los interesados en la sucesión de María
Antonia Mena Serrano, mayor, número de cédula: cuatro-ciento
veintiocho-seiscientos veinticinco; casada una vez, oficios del hogar, vecina
de Los Ángeles de La Fortuna, San Carlos, trescientos metros sur de la escuela
del lugar, camino a Tres Esquinas; quien falleció el trece de octubre del dos
mil veinte, para que, según lo dispuesto en el Artículo ciento veintiséis punto
tres del nuevo Código Procesal Civil, para que dentro del plazo de quince días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus derechos ante esta notaría, ubicada costado este de la Estación de Servicio
Monterrey en Santo Domingo de Monterrey de San Carlos, Alajuela, a reclamar sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que creen tener derecho a la
herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo la herencia pasará a
quien corresponda. Expediente 2021-001-9257.—Monterrey de San Carlos, Alajuela,
19 de enero del dos mil veintiuno.—Lic. Johanny
Esquivel Hidalgo, Abogado y Notario.—1 vez.—(
IN2021520808 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Wilmart Ulate Molina, mayor, casado una
vez, comerciante, nacionalidad costarricense, documento de identidad 0502640484
y vecino La Emilia, Guápiles, Pococí, Limón. Se indica a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés
legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de
quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº
20-000393-0930-CI - 0.—Juzgado Civil del II Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, 15 de diciembre del 2020.—Licda. Yency Vargas Salas, Jueza.—1 vez.—( IN2021520816 ).
Mediante auto de apertura otorgado en Alajuela
a las catorce horas del día veinte del mes de enero del año dos mil veintiuno,
ante esta Notaría, por la señora Mildrit Lorena de Jesús Chacón Torres,
conocida como Mildred Lorena Chacón Torres, costarricense, mayor, viuda, ama de
casa, vecina de Alajuela, San Carlos, Venecia, doscientos metros norte de la
imagen del corazón de Jesús, Barrio Corazón de Jesús, casa esquina color celeste,
portadora de la cédula de identidad número dos – cero cuatrocientos dieciocho –
cero seiscientos noventa y siete y comprobado el fallecimiento, esta notaría
declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Mainor
Rafael Vargas Valverde, quien fue mayor, costarricense, casado una vez,
vendedor, vecino de Alajuela, San Carlos, Venecia, doscientos metros norte de
la imagen del corazón de Jesús, Barrio Corazón de Jesús, casa esquina color
celeste, portador de la cédula de identidad número dos – cero trescientos
noventa y ocho - cero trescientos noventa y ocho. Se cita y emplaza a todos los
interesados para que dentro del plazo máximo de quince
días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Rodolfo Enrique Astorga
Calderón, Heredia, Central, Ulloa, Residencial Onix número 30, frente al
Cementerio de Barreal. Teléfono (506) 8861-2811.—Lic. Rodolfo Enrique Astorga
Calderón, Notario.—1 vez.—( IN2021520820 ).
Ante esta
notaría se tramita el proceso sucesorio Ab
Intestato de Claudia Orantes Paz, cédula
N° 8-0057-0528. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del
plazo máximo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta
notaría a hacer valer sus derechos. Licda. Wendy
Priscilla Marín Monge, Heredia
Centro, teléfono: 87133438.—Licda. Wendy Priscilla Marín Monge, Notaria.—1 vez.—(
IN2021520821 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Ana Luisa Bonilla Fernández, mayor, casada,
comerciante, costarricense, con documento de identidad N° 0105860825 y vecina
de San José, Vásquez de Coronado. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado
a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000820-0182-CI-7.—Juzgado
Tercero Civil de San José, 16 de diciembre del 2020.—Licda. Cynthia Blanco Valverde, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2021520831 ).
Se cita y
emplaza a todos los interesados en la sucesión del señor
Harold Salgado Santana,
mayor, comerciante, divorciado, cédula
de identidad número nueve-cero cero
noventa y tres-novecientos sesenta y seis, vecino de Liberia, quien falleció en Centro de Liberia, Guanacaste, el once
de febrero del dos mil diecisiete, para que en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a esta notaría a hacer valer sus derechos y se percibe a
los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro de
dicho plazo la herencia pasará a
quien corresponda. Expediente N°
001-2021. Notaría de Carlos Adán Pacheco Solórzano. San Isidro de Heredia, Residencial El Portillo,
casa N° 215.—Lic. Carlos Adán Pacheco Solórzano,
Notario.—1 vez.—( IN2021520847 ).
Se hace
saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Rosalba Aguilar Alpízar, mayor, casado una vez, ama de casa, nacionalidad Costa Rica, con
documento de identidad N° 0204720929 y vecina de Barrio San Cristóbal de Pital.
Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a
quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a
gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este
edicto. Expediente N° 20-000173-0297-CI-4.—Juzgado Civil del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, 29 de junio del 2020.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez Decisor.—1
vez.—( IN2021520850 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Ana Lorena Vargas Vásquez, mayor, casada,
de oficios domésticos, costarricense, con documento de identidad N°
0502630270 y vecina de Nuevo Arenal. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado
a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 19-000103-0927-CI-6.—Juzgado
Civil y Trabajo de Cañas (Materia Civil), 08 de
octubre del 2019.—Lic. Guillermo Emilio Benavides
Ruiz, Juez.—1 vez.—( IN2021520857 ).
Se hace saber: en este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Noemi Rojas Masís, mayor, estado civil
casada, profesión u oficio ama de casa, nacionalidad costarricense, con
documento de identidad N° 1-0328-0338 y vecina de Santiago de Puriscal, Barrio
Jarazal, ochocientos metros al oeste de las oficinas del correo. Se indica a
las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un
interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
21-000009-0197-CI-6.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia Puriscal
(Materia Civil), 13 de enero del 2021.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado
Hernández, Juez Civil.—1 vez.—( IN2021520865 ).
Se cita y
emplaza a todos los interesados en la sucesión de Marvin Jiménez Mora, mayor, divorciado una vez,
pensionado, vecino de Curubandee de Liberia, de la cancha de futbol setenta y
cinco metros al norte, con cédula número uno-cuatrocientos treinta y
ocho-trescientos ochenta y cinco, para que dentro del plazo de treinta días
hábiles contados a partir de la publicación de este edicto comparezca a
reclamar sus derechos y se apercibe a los que creen tener de herederos que si
no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasara a quien corresponda.
Expediente. Nº 001-2021.—San José, veintiuno de enero
del dos mil veintiuno.—Lic. Oscar Alejandro Arburola Rojas, Notario.—1
vez.—( IN2021520888 ).
Se emplaza a
los interesados en la sucesión de Mario Alberto Artavia Cubero, quien en vida
fue mayor, divorciado, pensionado, cédula nueve-cero veintisiete-novecientos
cuarenta, vecino de San José, Barrio Cuba, frente a la Escuela Niño Jesús de
Praga, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a
los que crean tener calidad de herederos, y a todos los interesados que si no
se presentan dentro de éste término, la herencia pasará a quien corresponde.
Expediente N° 01-21.—San José, calle 11 avenidas 10 y 12 N° 1096 carné 15069.—Licda. Silvia Morales García, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021520892 ).
Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Walter Delio Solano Monge, mayor,
divorciado, carpintero, vecino de Alajuelita, costarricense, documento de
identidad 0103880623. Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores
y en general a todos los interesados para que dentro
del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto,
con el fin de que comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento
a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan
dentro del citado plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº
20-000390-0216-CI-7.—Juzgado Civil Hatillo, San Sebastián y Alajuelita,
15 de diciembre del año 2020.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—1
vez.—( IN2021520910 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en sede
notarial de: Irene Brenes Meneses, quien en vida fue: mayor, cédula: 3-106-309,
viuda una vez, del hogar, vecina de San Juan Norte de Turrialba, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de esta publicación
comparezcan a reclamar sus derechos. Se apercibe a los herederos, legatarios u
otros interesados en este proceso, que si no se presentan dentro de dicho plazo
la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 2021-01, notaría del Lic.
Jorge Pacheco Castro, sito en: Turrialba Centro contiguo al antiguo Bancrédito.—Turrialba, 18 de enero del 2021.—Lic. Jorge
Pacheco Castro, Notario.—1 vez.—( IN2021520913 ).
Se hace
saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Piedades Margarita Valverde Hidalgo, mayor, estado civil viudo,
profesión ama de casa, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad
0900360531 y vecino Sabanilla de Montes de Oca. Se indica a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés
legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de
quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
20-000853-0181-CI-3.—Juzgado Segundo Civil de San José, 15 de diciembre
del año 2020.—M.Sc. Ricardo Aman Díaz Anchia, Juez Tramitador.—1
vez.—( IN2021520960 ).
Se cita y
emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Rosa Elieth
Chaves Padilla, mayor, casada una vez, Pensionada, vecina de Cartago, La Unión,
Tres Ríos, del cementerio cien metros al oeste y ciento setenta y cinco metros
al norte, cédula de identidad número tres-ciento noventa y tres-ciento noventa
y siete, para que en el plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener calidad de herederos que si no se
presentan dentro de dicho plazo la herencia pasara a quien corresponda.
Expediente N° cero dos-dos mil veinte, notaria del Lic. Eduardo Arauz Sánchez,
ubicada en San José, Tibás, Llorente.—San José, el 21
de enero del 2021.—Lic. Eduardo Arauz Sánchez, Notario.—1
vez.—( IN2021520961 ).
Se cita y
emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Claudio
Moya Selva, mayor, soltero, Pensionado, vecino de San José, Tibás, de la
Municipalidad de Tibás doscientos metros al norte y veinticinco metros al
oeste, cédula cuatro- cero cincuenta y tres- ochocientos setenta y siete, para
que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos
que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho
plazo la herencia pasara a quien corresponda. Expediente N° cero cero uno-dos
mil veintiuno, notaria del Lic. Eduardo Arauz Sánchez, ubicada en San José,
Tibás, Llorente.—San José, el 20 de enero del
2021.—Lic. Eduardo Arauz Sánchez, Notario.—1 vez.—(
IN2021520962 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Giselle de Los Ángeles
Centeno Gómez,
a las once horas cuarenta y cinco minutos del primero de noviembre del año dos
mil veinte y comprobado el fallecimiento de Emiliano Centeno Reyes, cédula de
identidad número cinco cero cero treinta y seis cero quinientos ochenta y cinco
y, Elida Gómez Gómez, cédula número cinco cero cero treinta y uno cero
quinientos setenta, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab
intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días
hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante
esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Franklin Junior
Gutiérrez Alvarado, Liberia, Guanacaste, Barrio Los Ángeles, veinticinco metros
oeste de los bomberos. Teléfono ochenta y seis cincuenta treinta y uno
cincuenta y uno.—19 de enero del dos mil
veintiuno.—Lic. Franklin Junior Gutiérrez Alvarado, Notario.—1
vez.—( IN2021520979 ).
Se hace
saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Arturo Gil Yong, mayor, casado, comerciante, costarricense
naturalizado, con documento de identidad 0800220424 y Carmen Con Sanchung,
mayor, casada, comerciante, costarricense, con documento de identidad
0600360972, ambos vecinos de San José, avenida seis entre calles dos y cuatro,
contiguo a la izquierda del Hotel Fortuna. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado
a partir de la publicación de este edicto. Expediente 21-000006-0182-CI-4.—Juzgado
Tercero Civil de San José, San José, 12 de enero del año 2021.—M.Sc. Juan
Carlos Granados Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2021520990 ).
Ante esta notaria, bajo el expediente número cero cero cero uno-dos mil
veintiuno, se tramita el proceso sucesorio Ab Intestado en Sede Notarial, de
quien en vida se llamara Rose Mary González Valverde, mayor,
divorciada dos veces, del hogar, vecina de Barrio San Andrés, San Isidro del
General, Pérez Zeledón, cita en Barrio San Andrés, cien metros norte y cien
metros este de la Escuela, última casa a mano izquierda, cédula de identidad
número uno-cero seiscientos uno-cero seiscientos noventa y ocho quien falleció
el cinco de setiembre del año dos mil quince. Me ha sido presentado por los
señores Rebeca María Gamboa González, Brigitte Melissa Fallas González, Cristhian Felipe
Fallas González, el comprobante respectivo de defunción de los
causantes, solicitando como herederos la apertura del correspondiente proceso
sucesorio. Por ello se confiere el plazo legal de quince días hábiles
establecido en el artículo ciento veintiséis punto tres del Código
Procesal Civil y quinientos veintinueve del Código Civil, a todos los herederos
y legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que
comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento
a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese
plazo aquella pasará a quien corresponda. Esta Notaría se encuentra ubicada en
San José, Pérez Zeledón, San Isidro de El General, Quebradas, dos mil
ochocientos metros al norte de la escuela.—San Isidro,
Pérez Zeledón, dieciocho de enero del dos mil veintiuno.—Licda. Patricia Mora
Robles, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021520991 ).
A las 10:00
horas del 18 de enero del 2021, esta notaría, bajo expediente número 001-2021,
declara abierto proceso sucesorio ab intestato en sede notarial de Isabel
Ibarra Cerdas, mayor, casada una vez, del hogar, vecina de San José, cédula de
identidad 302030481; se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados, para que dentro del plazo de quince días a
partir de la publicación del edicto de Ley, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derechos a la herencia,
que de no presentarse en el plazo ante esta notaría, ubicada en San José, de la
Junta de Protección Social de San José, ciento setenta y cinco metros al oeste,
edificio Policlínico San Bosco, la herencia pasará a quien corresponda.—Lic.
Danilo Villegas Quirós, teléfono 7293-0706, Notario.—1
vez.—( IN2021520993 ).
Por
solicitud de apertura de proceso sucesorio promovida por Esmay Barker Blair,
mayor, divorciada una vez, pensionada, cédula N° 7-0034-0563, y vecina de Desamparados,
Gravilias del Colegio 75 oeste, y comprobado el presunto fallecimiento de
Carlos Luis Leitón Umaña, mayor, casado en segundas nupcias, cédula N° 7-0044-0310 y vecino
de Limón, Corina de Matina, declarada por Juzgado
Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, se cita y emplaza a todos los interesados para
que, dentro del plazo de quince días
naturales, contados a partir de esta publicación, comparezcan ante esta notaria a hacer valer sus
derechos... San Jose, Desamparados, El Porvenir de la escuela 300 sur 30C.
8857-0863. Expediente N° 0001 Año: 2021.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona
Atlántica.—Licda. Gehasleane Rivera Campos, Notaria.—1
vez.—( IN2021520997 ).
Se hace
saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Ana Isabel Granados Portuguéz, mayor, viuda, ama de casa, costarricense, con
documento de identidad N° 0301560003 y vecina de Cartago. Se indica a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un
interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
15-000133-0346-CI-9.—Juzgado Civil de Cartago, 16 de
setiembre del 2020.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—1 vez.—( IN2021521019 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Elizabeth Corrales Umaña, mayor, casada una
vez, ama de casa, costarricense, con documento de identidad N°
0102730150 y vecina de San José, Santa Ana. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado
a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000003-0182-CI-0.—Juzgado
Tercero Civil de San José, 13 de enero del 2021.—Licda.
Cynthia Blanco Valverde, Jueza Tramitadora.—1 vez.—(
IN2021521023 ).
Por escritura otorgada hoy ante esta notaría, comparecieron los presuntos
herederos: Ana Cristina Lara Esquivel, Héctor Francisco Morales
Lara, María Pía Morales Lara, y Andrés Morales Lara,
solicitando que se declare abierto el proceso sucesorio testamentario de quien
en vida fuere Héctor De Jesús Morales Martell, mayor, casado
una vez, médico, vecino de San José, San Rafael de Escazú, con cédula de
identidad N° 8-0056-0242. Comprobado el fallecimiento, se declara abierto dicho
procedimiento sucesorio. Se cita y emplaza a todos los interesados, para que en
el plazo de Ley de 15 días hábiles a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si
no se apersonan dentro de este plazo, la herencia pasará a quien corresponda.
La oficina del suscrito notario se encuentra ubicada en San José, Escazú, Plaza
Colonial, tercer piso, LLM Abogados. Expediente N° 0001-2021.—San José, 18 de
enero del 2021.—Lic. Esteban Matamoros Bolaños, Notario.—1 vez.—( IN2021521036 ).
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de
quien en vida se llamó Alex Antonio Vásquez Ruiz, mayor, estado civil
divorciado, profesión capitán de embarcación, nacionalidad costarricense, con
documento de identidad N° 0503290798 y vecino de Playa Brasilito de Santa
Guanacaste, del Salón Indira 50 metros al sur. Se cita a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas
interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no
se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 18-000124-0388-CI.—Juzgado de
Menor Cuantía y Tránsito del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Civil), 16 de julio del
2018.—Licda. Shirley Carrillo Angulo, Jueza.—1 vez.—(
IN2021521039 ).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue
Josefa Crispina Retana Bonilla, cédula N° 1-0175-0886, para que
dentro del término de quince días contados a partir de esta
publicación, se apersonen a este proceso a
hacer valer sus derechos, apercibidos que si no lo hacen dentro del plazo
indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Notaria Bufete
Rodríguez. Expediente N° 2-2021.—Licda Ileana María Rodríguez González, Notaria.—1
vez.—( IN2021521075 ).
Se emplaza a
todos los interesados en la sucesión
de quien en vida fue Pedro Cascante Angulo, cédula N° 5-0107-0710, para que dentro del término de quince días contados a partir de esta publicación, se apersonen a
este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos que si no lo hacen dentro
del plazo indicado, la herencia pasará
a quien corresponda. Notaria Bufete Rodríguez, expediente N° 1-2021.—Licda.
Ileana María Rodríguez González, Notaria.—1 vez.—(
IN2021521076 ).
Por una sola
vez se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quién en vida
se llamó Sonia María Rodríguez Vega, mayor, fallecida, quién en vida
fue portadora de la cédula de identidad número uno-cuatro uno nueve-dos dos
siete, oriunda de San José, Patarrá de Desamparados, fallecida el día dieciocho
de junio del año dos mil quince, para que dentro del plazo de quince días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer
sus Derechos bajo apercibimiento de que si no lo hacen dentro del término
indicado, la herencia pasará a quién corresponda. Expediente N° 001-2021, sucesorio notarial de
Sonia María Rodríguez Vega. Lic. Edgar Hernández Mora, San José, Los Yoses, del
Restaurante KFC, cien metros al este y setenta y cinco metros al sur, frente al
edificio Esqui-vol, edificio A-uno, Monge & Hernández Consultores.—Día
catorce de enero del año dos mil veintiuno.—Notaría Lic. Edgar Hernández Mora, Notario Público. C-10933.—1 vez.—( IN2021521081 ).
Se hace
saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en
vida se llamó Rafael Mena Rojas, mayor, estado civil casado, nacionalidad Costa
Rica, con documento de identidad N° 0102820971 y vecino de Linda Vista de Tres
Ríos. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a
quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a
gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este
edicto. Expediente N° 18-000387-0640-CI-8.—Juzgado Civil de Cartago,
29 de octubre del 2018.—Flory Tames Brenes, Jueza Tramitadora.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021521150 ).
Se cita a
los herederos, legatarios y acreedores, y en general a todos los interesados en
el Proceso Sucesorio de quien en vida se llamó Daniel Gerardo Jiménez Mora,
cédula número 2-344-959, mayor, soltero, agricultor, vecino de Alajuela, Los
Chiles, Asentamiento Campesino Nueva Esperanza de Caño Negro; para que dentro
del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a este Despacho
en defensa de sus derechos, con el apercibimiento de que los que crean tener
derechos a la herencia, de que si no se presentaran en ese plazo, aquella
pasará a quien corresponda. Sucesorio Judicial de Daniel Gerardo Jiménez Mora.
Expediente N° 19-000158-0298 AG. Promueve: Mauren Michelle Jiménez Cordero.—Juzgado Agrario del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 23 de
setiembre del 2020.—Ana Milena Castro Elizondo, Jueza Agraria.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021521151 ).
Se cita y
emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios e interesados en la
sucesión de José Manuel Monge
Rodríguez, cédula 1-0597-0591,
casado una vez, agricultor, vecino de Volcán de Buenos Aires de Puntarenas, en
asentamiento Tarise, para que dentro del plazo de quince días a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a la oficina de la Licenciada María
Cecilia Vargas Navarro, ubicada en San Isidro de El General, Pérez Zeledón,
setenta y cinco metros al sur del Cementerio municipal, tercer casa a mano
derecha, sobre la principal, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que
crean tener la calidad de herederos o con derechos, que si no se presentan,
dentro del plazo citado, la herencia pasara a quien corresponda. Expediente Nº
001-2020.—Licda. María Cecilia Vargas Navarro, Notaria
Publica.—1 vez.—( IN2021521202 ).
Se cita y emplaza a
todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor
(incapaz), para que se apersonen a este juzgado dentro
del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del
edicto ordenado. Expediente N° 20-000232-1517-FA. Clase de asunto proceso
especial de protección.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Sede Upala, (Materia Familia), a las trece horas cuarenta y cuatro minutos del
8 de diciembre del 2020.—Licda. María Fernanda Hernández Marchena, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021520112 ). 3 v. 2.
Se hace
saber: en este Tribunal de Justicia se tramita proceso de cambio de nombre
promovido por María de Los Ángeles
Machado Marín mayor, soltera,
estudiante, documento de identidad N° 0118300491, vecina de Heredia,
en el cual pretende cambiarse el nombre a Mia Bella mismos apellidos. Se
concede el plazo de quince días a cualquier persona interesada para que se
presenten al proceso a hacer valer sus derechos. Artículo 55 del Código Civil.
Expediente N° 21-000003-0504-CI-4.—Juzgado Civil de Heredia,
12 de enero del 2021.—Licda. Yeimy Jiménez Alvarado, Jueza.—1 vez.—( IN2021521038 ).
Licda.
Marjorie de los Ángeles Salazar Herrera,
Jueza del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia Familia),
a Gregorio Morales Chaves, agricultor(a), portador(a) de la cédula de identidad
número 0800640575, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo
conducente dice: N° 2020000692.—Juzgado de Familia y
Violencia Doméstica de Grecia (Materia Familia), a las trece horas cincuenta y
seis minutos del veintitrés de octubre del dos mil veinte. Proceso: Procesos
especiales de filiación, establecido por Augusto Cesar Morales Rivel, mayor,
soltero/a, agricultor(a), vecino(a) de, cédula N° 0701920449, contra Gregorio
Morales Chaves, mayor, soltero/a, agricultor(a), vecino(a) de, cédula N°
0800640575. Resultando: I. Solicita el actor Augusto Cesar Morales Rivel se
elimine la paternidad de Gregorio Morales, porque este no es su padre y nunca
ha ejercido la posesión notoria de estado. II. La parte demandada no se
localizó, por lo que se nombró curador y no contestó la presente acción. III. En
la tramitación de este asunto se han observado las prescripciones de ley, no se
notan defectos causantes de nulidad, esta sentencia se dicta dentro del plazo
de ley; y, Considerando: I. Hechos probados: Como tales y de importancia para
la debida resolución de este asunto solo se han tenido los siguientes: 1. El
actor Augusto Cesar Morales nació el diecinueve de julio de mil novecientos ochenta
y nueve, y fue inscrito como hijo de Gregorio Morales Chaves y Ana Lía Rivel Reyes. (Ver
certificado de nacimiento de folio 7). 2. Que, convocadas las partes a realizar
la prueba de marcadores genéticos, el padre registral no se presentó por no
estar notificado y el padre biológico no se quiso presentar (Ver oficio de
medicatura forense incorporado al expediente electrónico el 31 de enero del
presente año). II. Sobre el fondo del asunto: De la prueba documental aportada,
se tiene por demostrado que ciertamente el actor Augusto, está registrado como hijo
del demandado Gregorio. Igualmente se tuvo por probado que Gregorio no se
localiza, por lo que se le tuvo que nombrar curador para que lo representara.
Pero siendo que el padre registral no se localiza, se pretendió realizar la
prueba de ADN con el padre biológico del actor, el cual tampoco se quiso
presentar a la misma, lo que impidió que esta prueba se realizara y se pudiera
descartar la paternidad del demandado. Indudablemente la prueba de marcadores
genéticos, actualmente resulta ser una prueba incuestionable, ya que es
realizada bajo la valoración del ADN de la madre, el padre y el hijo, lo cual
significa que el análisis es sumamente asertivo y científicamente exacto, y por
ello legalmente imposible de cuestionar, por ello es que en estos casos, la
prueba más importante lo constituye la prueba científica, la cual sin lugar a
dudas puede determinar con un grado de precisión casi que exacto quien es el
verdadero padre del actor. Pero, al no poderse realizar dicha prueba, y al no
haberse localizado al demandado para notificarlo de su obligación de comparecer
a la misma, este proceso queda ayuno de prueba. Por estas razones, no se puede
cuestionar la paternidad registral sin la prueba biológica, la testimonial no
resulta suficiente y por ende procede en consecuencia mantener incólume en este
caso la presunción legal de paternidad establecida en el artículo 69 del Código
de Familia, por lo que sin más se impone rechazar la demanda
en la totalidad de sus extremos petitorios, esto sin necesidad de elaborar
mayores consideraciones por innecesario. Conforme el artículo 221 del Código
Procesal Civil procede condenar al actor al pago tanto en costas personales
como procesales. Por tanto: Se rechaza en todas sus partes la demanda de
impugnación de paternidad establecida por Augusto Cesar Morales Rivel contra
Gregorio Morales Chaves. Son las costas personales y procesales por cuenta exclusiva
de la parte actora. Notifíquese. Licda. Marjorie de los Ángeles Salazar
Herrera, Juez(a). Expediente N° 18-000307-0687-FA. Proceso especial de filiación.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de
Grecia (Materia Familia).—Licda. Marjorie de los Ángeles Salazar Herrera, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2021521149 ).
Licenciada
Gely Marcela Espinoza Gómez, Jueza del Juzgado Familia y Violencia Doméstica de
Santa Cruz (Materia Familia), de Michael Derago Thomas, de nacionalidad
estadounidense, mayor, Casado en segundas nupcias, Comerciante, portador de la
cédula de residencia número 184001236917, vecino de Santa Cruz, Playa Negra,
frente a Café Playa Negra contra Gisele Polimeni Pérez, de nacionalidad brasileña, mayor, soltera,
oficios domésticos, portadora del pasaporte número YB718809, se ordena
notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Por tanto: se
acoge estas diligencias de autorización
de salida del país permanente de
persona menor de edad incoada por Michael Derago Thomas contra Giseli Polimeni
Pérez, por consiguiente se autoriza a la
persona menor de edad Kaunu Thomas Polimeni a salir del país de manera
permanente y acompañado de su progenitor Michael Derago Thomas, una vez que
haya adquirido firmeza esta sentencia. Además, queda autorizado el señor
Michael Derago Thomas, para que tramite sin necesidad de autorización de la
señora Giseli Polimeni Pérez, el pasaporte del menor Kaunu Thomas Polimeni, así como
las visas que dicho menor requiera para ingresar a
otros países. Con esta resolución se sustituye la autorización que debía
expedir la señora Giseli Polimeni Pérez, ante las
Autoridades de la Dirección
General de Migración y
Extranjería. Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas en
razón de la materia. Se ordena notificar esta sentencia a la demandada ausente
mediante la publicación por una sola vez en el Boletín Judicial, siendo
suficiente con publicar la parte dispositiva con los datos necesarios para
identificar el proceso. Expediente N° 190002140776-FA Notifíquese.—Juzgado Familia y Violencia Doméstica de
Santa Cruz (Materia Familia).—Licda. Gely Marcela Espinoza Gómez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021521152 ).
Se hace
saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000069-0699-AG
donde se promueve proceso de rectificación de medida por parte de Yansynet
Ulloa Salazar, quien es mayor, estado civil divorciada una vez, vecina de
Heredia, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número
106270813, secretaria. Pretende rectificar la medida, para aumentarla del
inmueble inscrito a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, del Partido de Cartago, número
00031051, que se describe así: terreno de cultivos con galera e invernadero,
situado en San Pablo, distrito quinto Santa Rosa, del cantón sétimo Oreamuno,
de la provincia de Cartago. Linderos: Norte: Caja Costarricense del Seguro
Social representada por Ronald Lacayo Monge, Pauletteh Lorelly Green Ulloa,
Marvin Masís Masís, Mayela María Solano Masís y calle pública con seis metros
con 98 centímetros, por el rumbo Sur: Yansyneth Ulloa Salazar (promovente), Junta
de Educación de San Pablo de Oreamuno representada por Rafael Belfort Morales
Masís y calle pública con 28 metros, con 43 centímetros lineales, por el rumbo
Este: Pauletteh Lorelly Green Ulloa, Caja Costarricense del Seguro Social
representada por Ronald Lacayo Monge y Yansyneth Ulloa Salazar (promovente) y
por el rumbo Oeste: Marvin Masís Masís, Mayela María Solano Masís, Wilson
Gerardo Ulloa Gómez, Jimmy Gerardo Ulloa Gómez, Yansyneth Ulloa Salazar
(promovente), Sobeida María Ulloa Salazar y Junta de Educación de San Pablo de
Oreamuno representada por Rafael Belfort Morales Masís. Manifiesta que no pesan
cargas reales, ni gravámenes sobre el inmueble. Según plano catastrado
C-2176234-2020, mide dos mil novecientos setenta y nueve metros cuadrados. Lo adquirió
desde el año 2013, por donación de su tío Eladio Ulloa Masís. Estima el
inmueble y el proceso en la suma de veinte millones de colones. Por el plazo de
un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a todas las
personas interesadas para que se apersonen en defensa de sus derechos. Proceso
rectificación de medida, promovida
por Yansynet Ulloa Salazar. Expediente N° 20-000069-0699-AG.—Juzgado
Agrario de Cartago, Cartago, 24 de enero del 2020.—Lic. Edgar
Eduber Calvo Solano, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021521153 ).
Msc. Yuliana
Andrea Ugalde Zumbado, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela; hace saber a Carlos Reyes Reyes, mayor, nicaragüense,
indocumentado, soltero, peón agrícola, demás datos y domicilio desconocido, que
en este despacho se interpuso un proceso abreviado de suspensión de patria
potestad en su contra, bajo el expediente N° 20-000336-1302-FA, donde se dictó
la resolución que literalmente dicen: “Traslado. Juzgado de Familia del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, a las veintiún horas cincuenta y tres minutos del tres de junio de
dos mil veinte. De la anterior demanda abreviada de suspensión de patria
potestad establecida por el Patronato Nacional de la Infancia-Oficina Local de
San Carlos, se confiere traslado a los demandados Carlos Reyes Reyes y Malka De
Los Ángeles Gutierrez Velásquez por el plazo perentorio de diez días,
para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma.
Dentro del plazo de cinco días podrán oponer excepciones previas. Al contestar
negativamente deberán expresar con claridad las razones que tengan para su
negativa y los fundamentos legales en que se apoyan. Respecto de los hechos de
la demanda deberán contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los
rechazan por inexactos, o si los admiten como ciertos o con variantes o
rectificaciones. En la misma oportunidad deberán ofrecer las pruebas que
tuvieren, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los
testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte
demandada que en el primer escrito que presente deben señalar un medio para
atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia
cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11,
34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero de 2009. Con
respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008,
en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos,
por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes
a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos
y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir
nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del
mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente
en lo legal para la recepción de notificaciones”. En cuanto a la medida
cautelar: De conformidad con los artículos 5 y 32 del Código de La Niñez y
Adolescencia, con base en el Informe Técnico Final realizado por el ente
promovente del cual se desprende que en el apartado Recomendaciones se indica:
“Se considera que el hogar de la guardadora es adecuado y no presenta factores
de riesgo para la permanencia de las PME, las PME no quieren regresar a vivir
con sus padres y muestran interés en continuar conviviendo con la guardadora
quien a su vez tiene anuencia a continuar asumiéndolos ...” según como lo
solicita el representante del PANI, se decreta el Depósito Judicial Provisional
de Mónica Dayana, Jefferson David y Jennifer
Pamela todos de apellidos Reyes Gutiérrez
en el hogar de Ana Iris Acuña Vargas, se previene al ente actor apersonar a
dicha señora a este despacho dentro del plazo de tres días, para la aceptación del cargo conferido, asimismo,
deberá hacer ver a la depositaria Provisional su obligación de velar por todas
las necesidades básicas de las personas menores de edad que va a tener a su
cargo como buen padre de familia. Notifíquese esta resolución a los demandados,
personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación.
Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se
comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones de
Este Circuito Judicial. En caso que el lugar de residencia consistiere en una
zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona
funcionaria notificadora, a efectos de practicar la
notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese. MSC. Yuliana Andrea Ugalde Zumbado,
Jueza”. Lo anterior se ordena así en proceso abreviado de suspensión de patria
potestad, actor: PANI San Carlos contra Carlos Reyes Reyes y Malka De Los Ángeles Gutierrez Velásquez. Expediente N° 20-000336-1302-FA. Los plazos comenzarán a correr
tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada,
14 de enero del 2021.—MSC. Yuliana Andrea Ugalde Zumbado, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021521156 ).
Leonardo
Loría Alvarado. Juez del Juzgado de Familia de Heredia, a Fabián Andrés Murillo
Granados, en su carácter personal, quien es mayor, demás calidades conocidas,
se le hace saber que en demanda actividad judicial no contenciosa, establecida
por el Patronato Nacional de la Infancia contra Fabián Andrés Murillo Granados,
bajo el número 20-001704-0364- FA, se ordena notificarle por edicto, la
resolución que en lo conducente dice: “Juzgado de Familia de Heredia. A las dieciséis
horas once minutos del seis de enero de dos mil veintiuno. De las presentes
diligencias de depósito judicial de la persona menor de edad Daniela Murillo
Arce, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local San
Pablo se confiere traslado por tres días a Zayxi Tatiana Arce Chinchilla y
Fabian Andrés Murillo Granados, a quienes se les previene que en el primer
escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le
hace saber a las partes lo
dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de
setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169- 2008, en el sentido de que, si
desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso
exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden
utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un
número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de
actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades
internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la
recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema
de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir
notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la
página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más
información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente
de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en
concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07
celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de
este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la
siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d)
Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. En caso de que el lugar de
residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se
autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a
efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas
en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren
interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días
que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Depósito
provisional: En atención al mejor interés de la persona menor de edad, y en
aplicación del artículo 113 del Código de la Niñez y la Adolescencia de
conformidad con la ampliación de poderes de la persona juzgadora, con el fin de
salvaguardar la integridad física y emocional de la persona menor de edad se
concede el depósito provisional de Daniela Murillo Arce a la señora Ana
Patricia Granados Arias, a quien deberá apersonar el ente promovente dentro del
plazo de tres días con el fin de aceptar el cargo conferido, bajo apercibimiento
de que en caso de omisión el proceso no podrá avanzar. Notificaciones:
Notifíquese esta resolución a la progenitora, personalmente o por medio de
cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real.
Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se
comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones de
Heredia. Previo a expedir dicha comisión deberá la parte actora dentro del
plazo de tres días, aportar un juego de copias de la totalidad del expediente,
bajo apercibimiento de que en caso de omisión, no se atenderán sus futuras
gestiones. Se le hace saber a la parte promovente que dichas copias deberán ser
presentadas Exclusivamente en la Secretaría del despacho, para lo cual se le
entregará el comprobante respectivo. Y al señor Fabian Andrés Murillo Granados
por medio de edicto.—Juzgado de Familia de Heredia.—Leonardo
Loría Alvarado, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021521170 ).
Se cita y
emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito del menor:
Kyana Dicnora y Mayrin Cristal ambas de apellidos Vega Alemán, para que se
apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta
días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. En
otro orden de ideas se avisa a Jacqueline del Carmen Alemán Flores, mayor,
únicos datos conocidos, que en este Juzgado se tramita el expediente N°
19-000975-1302-FA-4, correspondiente a diligencias de depósito judicial de
menor, promovidas por la Lic. Ernesto Romero Obando, representante legal del
Patronato Nacional de la Infancia de Ciudad Quesada, donde se solicita que se
apruebe el depósito de la menor: Kyana Dicnora y Mayrin Cristal ambas de
apellidos Vega Alemán. Se le concede el plazo de tres días, para que manifieste
su conformidad o se oponga a estas diligencias.
Expediente N° 19-000975-1302-FA-4. Clase de asunto: Actividad judicial no contenciosa.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, a las dieciséis horas dieciséis minutos del
veinticuatro de noviembre del dos mil veinte.—Lic. Ignacio Solano Araya, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2021521261 ).
Se cita y
emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona
menor Andrey Antonio Solís Gutiérrez, Ezequiel Solís Gutiérrez y Sofía Sinclair
Gutiérrez, para que se apersonen a este juzgado dentro
del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del
edicto ordenado. Expediente N°
20-000191-0869-FA. Clase de asunto actividad judicial no contenciosa (depósito
judicial).—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica
del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, (Nicoya), (Materia Familia),
19 de enero del 2021.—Msc. Karol Tatiana Gómez Moraga, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021521266 ).
Msc.
Patricia Vega Jenkins, jueza. Juzgado de Familia de Grecia. Al señor Luis
Fernando de Jesús Santamaría Barrantes, a la señora Kattia Morales
Vega y a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona
menor de edad Aaron Santamaría
Morales, se les pone en conocimiento la resolución de las ocho horas y treinta
y dos minutos del veinticinco de mayo de dos mil veinte de este despacho que en
lo conducente dice: De las presentes diligencias de depósito judicial de la persona menor Aaron Santamaria
Morales, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere
traslado por tres días a Kattia Morales Vega y Luis Fernando Santamaria
Barrantes, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n)
debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con
el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se
producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°
20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las
partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2
de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que,
si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso
exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden
utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un
número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de
actuaciones del despacho.- Esta petición es para
cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la
agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos
explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se
les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser
utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema
ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr
Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el
expediente de interés.- Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo
Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión
78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes
de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la
siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d)
Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución
a Kattia Morales Vega y Luis Fernando Santamaria Barrantes, personalmente o por
medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su
domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos
efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y otras
Comunicaciones; Tercer Circuito Judicial de San José. En caso que el lugar de
residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se
autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a
efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Por medio de edicto, que se publicará por tres veces consecutivas
en el Boletín Judicial, se cita y emplaza a todos los que tuvieren
interés en este asunto, para que se apersonen dentro del plazo de treinta días
que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Se le
previene a la parte interesada, que para efectos de la diligencia en cuestión,
si a bien lo tiene, deberá señalar un medio para atender notificaciones ante la
autoridad comisionada, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se
pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 35, 36 y 50 de la Ley de
Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Depósito provisional: con fundamento en lo
solicitado por la representante legal de la entidad promotora, por considerar
quien resuelve que resulta lo más cercano a la estabilidad y el interés
superior de la persona menor de edad directamente involucrada, con sustento en
las conclusiones y recomendaciones que se deducen de los informes de trabajo
social y prueba documental que constan en autos se ordena el depósito
provisional de la persona menor de edad Aaron Santamaria Morales, bajo la
responsabilidad de la señora María José Santamaría Morales. La persona
designada en ese cargo deberá presentarse a este
juzgado en el plazo de tres días a
aceptar el mismo. Quedan las comisiones a disposición de la parte interesada en
el Sistema de Gestión en Línea para su diligenciamiento. El párrafo final del
artículo 19 de la Ley de Notificaciones, N° 8687 indica que a la notificación
se le acompañarán copias de los escritos y documentos salvo disposición legal
en contrario. El artículo 27.2 del Código Procesal Civil establece que cuando
los documentos o escritos fueran incorporados a la carpeta escaneados o por
otros medios, no se requerirá la presentación de copias salvo que se trate de
documentación que no pueda ser escaneada. Con motivo de lo anterior, deberá la
parte demandada, acceder al “Sistema de Gestión en Línea”
(https://pjenlinea.poder-judicial.go.cr) para obtener las copias de todas las
piezas del expediente, no siendo necesario adjuntarle a la notificación las
copias del mismo. Para ello, deberá obtener una clave de acceso al sistema la
cual puede solicitar en la oficina judicial más cercana. Por otro lado, según
lo establece el artículo 8 de la Ley de Notificaciones, N° 8687, la persona que
notifica está investida de autoridad para exigir la plena identificación de la
persona que reciba la cédula, así como para solicitar el auxilio de otras
autoridades, cuando lo necesite para cumplir sus labores. Msc. Patricia María Vega Jenkins, Juez(a), expediente N°
20-000347-0687-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Msc.
Patricia María Vega Jenkins, Jueza decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2021521272 ).
Se hace
saber en este tribunal de justicia se tramita proceso de cambio de nombre
promovido por Leivi De Jesús Gálvez
Narváez mayor, soltero, oficios domésticos,
documento de identidad N° 0205330275, vecino de El cruce, de la Iglesia Vida a
las Naciones cincuenta metros norte y cien metros este, abogadacostarica@gmail.com,
en el cual pretende cambiarse el nombre a Lesly Gálvez Narváez,
mismos apellidos. Se concede el plazo de quince días a cualquier persona
interesada para que se presenten al proceso a hacer valer sus derechos.
Artículo 55 del Código Civil. Expediente: 20-000027-1309-CI-4.—Juzgado
Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí,
(Materia Civil), 12 de octubre del 2020.—José Alfredo Sánchez González,
Juez Decisor.—1 vez.—( IN2021521339 ).
Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica.—Primera lista parcial 2021 de abogados(as)
suspendidos(as) por morosidad. Con fundamento en el artículo 33 de la Ley
Orgánica y habiendo transcurrido el periodo de un mes desde la fecha en que
fueron reconvenidos, y no cumpliendo con el pago de las cuotas vencidas; en
sesión ordinaria de Junta Directiva N° 47-20 celebrada a las dieciocho horas
con dieciocho minutos del catorce de diciembre del dos mil veinte, se acuerda
aprobar la suspensión en el ejercicio de la abogacía y en consecuencia del
notariado a los siguientes agremiados:
Carnet |
Nombre |
Acuerdo |
2688 |
Emilia María Chacón Villalobos |
2020-47-076 |
4119 |
Fabio Carballo Pérez |
2020-47-077 |
4613 |
Carlos Salvador Fernández Vélez |
2020-47-085 |
13370 |
Óscar Noé Ávila Molina |
2020-47-078 |
13377 |
Mauricio Alberto Brenes Carmona |
2020-47-079 |
14193 |
Jessica Piedra Sandí |
2020-47-080 |
15216 |
Ólger Gerardo Camareno Angulo |
2020-47-081 |
16136 |
Luis Fernando López Baltodano |
2020-47-086 |
16173 |
Karolina María Mena Soto |
2020-47-087 |
16810 |
José Giovanni Odio Picado |
2020-47-082 |
18027 |
Jorge Arturo Flores Ulloa |
2020-47-088 |
20394 |
Anamari Tabash Forbes |
2020-47-089 |
21663 |
Miguel Gerardo Salas Naranjo |
2020-47-083 |
21841 |
Joaquín Alberto Chavarría Alpízar |
2020-47-095 |
23751 |
Michael Eduardo Muñoz Medrano |
2020-47-090 |
24324 |
Xiomara Zúñiga Trigueros |
2020-47-091 |
25947 |
Karen Andrea Hernández Jiménez |
2020-47-092 |
25974 |
Carlos Humberto Quesada Umaña |
2020-47-093 |
27463 |
Isidro Gerardo Quesada Castillo |
2020-47-094 |
27941 |
Natalia Barrantes Sánchez |
2020-47-084 |
Esta lista
de abogados(as) corresponde a los que adeudan más de seis cuotas de colegiatura
con base en el corte realizado por la Fiscalía a las diez horas del catorce de
enero del dos mil veintiuno, y la suspensión rige a partir del día siguiente de
la publicación en Boletín Judicial. Comuníquese al Consejo Superior de
la Corte Suprema de Justicia y a la Dirección Nacional de Notariado. Nota: Se
les recuerda a los agremiados que para el levantamiento de suspensión por
morosidad deben de cancelar un 25% por concepto de multa sobre las colegiaturas
pendientes de pago.—Fiscalía.—Lic. Roy Alberto Peraza Fallas.—1 vez.—O. C. N° 2376.—Solicitud Nº 246179.—(
IN2021521355 ).
Licda.
Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora del Juzgado Especializado de Cobro
Judicial de Cartago; hace saber que se ordena notificar por medio de edicto a
la parte anotante Faber Social de Centroamérica S. A., en el proceso ejecución hipotecaria, bajo
el expediente N° 19-005381-1164-CJ, donde se dictaron las resoluciones que
literalmente dicen: Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, a las diez horas
y veintisiete minutos del veintitrés de enero de dos mil veinte. Se tiene por
establecido el proceso de ejecución hipotecaria en contra de Alejandro Fonseca
Garita. Oposición: podrá oponerse a esta demanda
dentro del plazo de cinco días, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
168 del Código Procesal Civil. Conciliación: se les recuerda a las partes la
posibilidad de conciliar en cualquier etapa del proceso según lo dispone la Ley
N° 7727, Ley sobre Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz
Social. Con una base de noventa y cinco millones treinta y siete mil
setecientos ochenta y siete colones con cuarenta y ocho céntimos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Cartago, matrícula N°
208102-000, para lo cual se señalan las trece horas y veinte minutos (01:20 p.
m.) del quince de mayo de dos mil veinte. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las trece horas y veinte minutos (01:20 p. m.) del
veinticinco de mayo de dos mil veinte, con la base de setenta y un millones
doscientos setenta y ocho mil trescientos cuarenta colones con sesenta y un
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las trece horas y veinte minutos (01:20 p. m.) del dos de
junio de dos mil veinte, con la base de veintitrés millones setecientos
cincuenta y nueve mil cuatrocientos cuarenta y seis colones con ochenta y siete
céntimos (25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. La parte
interesada debe revisar que la información incluida en el edicto se encuentre
correcta previo a su publicación. Otros asuntos: se ordena anotar la presente
demanda sobre los bienes que aquí se ejecutan (artículo 167 del Código Procesal
Civil). Mediante anotación tecnológica ante el Registro Nacional procédase con
la anotación de demanda ordenada en esta resolución. Se le(s) previene a la(s)
parte(s) demandada(s), que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar
un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no
lo haga(n), las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso
de veinticuatro horas de dictadas. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero de 2009. Queda la
documentación a disposición de la parte interesada en el Sistema de Gestión en
Línea para su diligenciamiento. El párrafo final del artículo 19 de la Ley de
Notificaciones, N°
8687 indica que a la notificación se le acompañarán copias de los escritos y
documentos salvo disposición legal en contrario. La parte demandada podrá
acceder al “Sistema de Gestión en Línea”
(https://pjenlinea.poderjudicial.go.cr), para consultar, visualizar y gestionar
en el expediente, Para ello, deberá obtener una clave de acceso al sistema, la
cual puede solicitar en la oficina judicial más cercana. Por otro lado, según
lo establece el artículo 8 de la Ley de Notificaciones N° 8687, la persona que notifica está investida de
autoridad para exigir la plena identificación de la persona que reciba la
cédula, así como para solicitar el auxilio de otras autoridades, cuando lo
necesite para cumplir sus labores. Cuando se trate de zonas o edificaciones de
acceso restringido, exclusivamente para efectos de practicar la notificación al
destinatario, se ordena permitir el ingreso del funcionario notificador; si el
ingreso fuera impedido, se tendrá por válida la notificación practicada a la
persona encargada de regular la entrada. Notifíquese esta resolución a la (s)
parte (s) demandada (s), si se trata de persona física por medio de cédula,
personalmente o en su domicilio contractual, real o registral, de tratarse de
persona jurídica por medio de cédula, personalmente por medio de su
representante, en el domicilio real o registral de este o en el domicilio contractual
o social. Notifíquese esta resolución a Alejandro
Fonseca Garita, por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales de
Cartago. De conformidad con lo establecido en la circular 181-2019 del Consejo
Superior, el interesado deberá presentar las copias respectivas directamente
ante la Oficina de Comunicaciones Judiciales, la cual no desactivará los
registros para practicar las notificaciones personales, en el sistema
informático, mientras no se aporten las copias. Una vez aportadas, se procederá
con el trámite respectivo. En caso de no hacerlo oportunamente, se expondrá a
las posibles sanciones procesales que correspondan en la siguiente dirección:
Cartago, La Unión, San Diego, cuatrocientos metros al este, y trescientos
metros al norte de PASOCA, Residencial Paso Real, casa N° 16-J. De conformidad
con el artículo 35 de la citada ley; se informa a la autoridad comisionada que
la parte accionante tiene señalado como medio correo electrónico:
rnavarro@bancobcr.com. Se tiene por otorgado el poder especial judicial al
licenciado Raúl Navarro Calderón por parte de Banco de Costa Rica, y se
tiene por aceptado el mismo. Previo a expedir la comisión al anotante Faber
Social de Centroamérica S. A.; deberá la actora aportar la respectiva
personería jurídica así
como la de su legítimo representante
pues lo aportado a los autos no hace las veces de suplir la personería de dicha
mercantil. Comuníquese. Licda. Jairo Jimenez Sandoval, Juez. Así como el auto de las: Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago. A las once horas cinco minutos del catorce de enero de dos
mil veintiuno. Visto escrito de fecha 19/05/2020 se resuelve: El artículo 29.3
del Código Procesal Civil permite la notificación por edicto únicamente cuando
la ley lo establezca. La gestión formulada por la parte actora a
efectos de notificar por medio
de edicto a Faber Social de Centroamérica
en calidad de anotante; es procedente; así las cosas se ordena notificar el
curso de la presente demanda así como el presente auto para lo que corresponda.
Es todo.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de
Cartago.—Licda. Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—1
vez.—( IN2021521377 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Edwin Gerardo Cedeño Durán,
mayor, costarricense, divorciado de María Eilin Rodríguez Rodríguez,
agricultor, cédula de identidad número 0204160400, vecino de San Ramón, Peñas
Blancas, el Invu, hijo de Bertha Lía
Cedeño Durán, nacido en Peñas Blancas de San Ramón, el 07/05/1966, con 51 años
de edad, y Libia María Rodríguez Acuña, mayor, divorciada Juan Carlos Jiménez
Alvarado, cocinera, cédula de identidad número 0204770280, vecina de San Ramón,
Peñas Blancas, el Invu, hija de Clemente Rodríguez Carvajal y Josefa Acuña
Acuña, nacida en San Jorge, Los Chiles, con 51 años de edad. Si alguna persona
tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice,
está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 200006280688FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Familia), San Ramón,
23/11/2020.—M.Sc. Alicia Yesenia Chacón Araya, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021520345 ).
Han
comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Mauricio
Arce Lara, mayor, soltero, mecánico, cédula de identidad número 0207370859,
vecino de Naranjo, Cirrí, Llano Bonito, de la iglesia, 1 km suroeste, en calle
Cirrí, hijo de Gilbert Arce Morera y Ana Belle Lara Alvarado, nacido en centro,
San Ramón, Alajuela, el 28/03/1995, con 25 años de edad, y Rosa Angélica Bravo
Guzmán, mayor, soltera, estudiante, cédula de identidad número 0207420841,
vecina San Ramón, Volio, San Antonio, 150 este de la Escuela Eida Vargas
Carranza, hija de Santos Eugenio Bravo Guzmán y Ángela Guzmán Martínez, nacida
en centro, San Ramón, Alajuela, el 08/08/1995, actualmente con 25 años de edad.
Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este
matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº
20-000644-0688-FA.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia
Familia), San Ramón, 01 de diciembre del año 2020.—M.Sc. Alicia Yesenia
Chacón Araya, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021520346 ).
Han
comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil Luis Alonso
Castro Muñoz, mayor, soltero, informático, cédula de identidad número
0207140406, vecino de San Ramón, San Juan, INVU 50 este, de la bodega de frutas
y verduras, hijo de Alberto Castro Sandi y Gladys Muñoz Núñez, nacido en centro
San Ramón, Alajuela, el 29/05/1993, con 27 años de edad, y Katherine Maria
Alvarado Artavia, mayor, soltera, desempleada, cédula de identidad número
0207260586, vecina de San Ramón, San Juan, INVU 50 este, de la bodega de frutas
y verduras, hija de Juan Guillermo Alvarado Mora y Luz Marina Artavia Brenes,
nacida en centro San Ramon, Alajuela, el 29/05/1994, actualmente con 26 años de
edad.- si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este
matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N°
20-000673-0688-FA.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia
Familia), San Ramón, fecha, 16 de diciembre del año 2020.—Msc. Guadalupe
Valverde Carranza, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520349 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil,
José Miguel Mora Solano, mayor, soltero, oficial de seguridad, cédula de
identidad número 0205530603, vecino de Palmares, Candelaria, Calle Tanques, Los
Pinos, hijo de Jose Miguel Mora Arias y Ana Cecilia Solano Mora, nacido en
centro, San Ramón, Alajuela, el 27/09/1980, con 40 años de edad, y Jovita
Gerarda Badilla Badilla, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de
identidad número 0603260397, vecina de Palmares, Candelaria, Calle Tanques, Los
Pinos, hija de Adelino Badilla Alvarado y Flor María Badilla Cambronero, nacida
en centro, central, Puntarenas, el 12/01/1983, actualmente con 37 años de edad.
Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este
matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº
21-000005-0688-FA.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia
Familia), San Ramón, 06 de enero del año 2021.—M.Sc. Guadalupe Valverde
Carranza, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021520353 ).
Han
comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Jason Sibaja
Mesen, mayor, soltero en unión de hecho, conductor de camiones pesados, cédula
de identidad N° 0206810444, nombre de la progenitora Rita Mesen Vásquez y
nombre del progenitor Alcides Sibaja Chaves, nacido en Quesada, San Carlos,
Alajuela, el 03/01/1991, con 30 años de edad, y Mariela Peralta Chavarría,
mayor, soltera en unión de hecho, estudiante, cédula de identidad N°
0402140998, nombre de la progenitora Josefa Peralta Chavarría, domicilio en
Centro, Central, Heredia, el 24/06/1992, actualmente con 28 años de edad; ambas
personas contrayentes tienen el domicilio en Heredia, Sarapiquí, La Virgen. Si
alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio
se realice está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los
ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-000009-1343-FA.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y
Violencia Doméstica de Sarapiquí, (Materia Familia), Heredia, 13 de
enero del 2021.—Msc. Mariselle Zamora Ramírez, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520354 ).
Han comparecido
a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Pedro Rodríguez Castro,
mayor, viudo, Agricultor, cédula de identidad número dos-doscientos noventa y
dos-mil ciento treinta y seis, hijo de Florentino Rodríguez Esquivel y Celina
Castro Arrieta, nacido en Palmira, Alfaro Ruiz, Alajuela, el 27 de junio del
año 1954, y Damaris Calvo Rojas, mayor, soltera, de Oficios Domésticos, cédula
de identidad número uno-setecientos cuarenta y ocho, ciento cuatro, hija de
Neftalí Calvo Ramírez y Luz Marina Rojas Ulloa, nacida en San Pedro, Pérez
Zeledón, San José, el 14 de junio del año 1969; ambas personas contrayentes
tienen el domicilio en Pérez Zeledón. Si alguna persona tiene conocimiento de
algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Expediente Nº 21-000009-1303-FA.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón), 12
de enero del año 2021.—Licda. María Del Rocío Quesada Zamora, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021520355 ).
Han
comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Alexis
Gerardo Montero Castro, mayor, Soltero/a, Técnico Electricista, cédula de
identidad número 0206290280, vecino de San Ramón, San Juan, la Americana, hijo
de Alexis Montero Mejías y Grace María Castro Madrigal, nacido en centro San
Ramon, Alajuela, el 13/01/1987, con 34 años de edad, y Lauren Patricia Sánchez
Chacón, mayor, soltera, secretaria, cédula de identidad número 0206750099,
vecina de Narajo, Naranjo El muro, hija de Rafael Sánchez Fallas y Carman María
Chacón Arrieta, nacida en Centro Grecia Alajuela, el 14/06/1990, actualmente
con 30 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento
para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en
este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto.
Expediente Nº 21-000026-0688-FA.—Juzgado de Familia
y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón)
(Materia Familia), San Ramón, 11 de enero del año 2021.—Msc. Guadalupe
Valverde Carranza, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520359 ).
Han
comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Juan Luis
Ruiz Torres, mayor, divorciado de Ingrid Cristina Sánchez Araya el día 05 de
diciembre del 2007, en San Ramón, salonero, cédula de identidad número
0108140596, vecino de San Ramón, Piedades Sur, San Miguel, hijo de José Luis
Ruiz Sancho y Deyanira Torres Herrera, nacido en Santiago, Puriscal, San José,
el 08/10/1971, con 48 años de edad, y Martha Eugenia Pérez Camacho, mayor,
divorciada de Randall Gustavo Zúñiga García, el día 22 de julio del 2014 en San
Ramón, del hogar, cédula de identidad número 0603290852, vecina de San Ramón,
Piedades Sur, San Miguel, hija de Leonel Pérez Pérez y Marta Iris Camacho
Cabezas, nacida en Puntarenas, el 18/06/1983, actualmente con 38 años de edad.
Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este
matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº
21-000043-0688-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica
del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Familia), San
Ramón, 13 de enero del año 2021.—Lic. Katia Soto Barahona, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2021520360 ).
Han
comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Alice Edith
Mora Brenes, mayor, soltera, docente, cédula de identidad número 0203170600,
hija de Marco Mora Barrantes y Gloria Brenes Rojas, nacida en Centro, Central,
Alajuela, el 28/02/1956, con 64 años de edad, y Víctor Hugo Carrillo Arley,
mayor, viudo, Pensionado, cédula de identidad número 0700420036, hijo de Juan
Carrillo Méndez y Zoraida Arley Montero, nacido en Anita Grande Pococí Limón,
el 14/03/1948, actualmente con 72 años de edad; ambas personas contrayentes
tienen el domicilio en Anita Grande de Jiménez, Pococí, Limón, 50 metros norte
de la Escuela, Pococí. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo
en este Despacho dentro de los OCHO DÍAS siguientes a la publicación del
edicto. Expediente Nº 20-001286-1307-FA.—Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de La Zona Atlántica, Pococí, 15 de
diciembre del año 2020.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520531 ).
Han
comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Milton
Badilla Villalobos, mayor, soltero, peón agrícola, cédula de identidad número
0113500017, hijo de María Isabel Villalobos Rivas y Cástulo Badilla Jiménez, nacido en San Isidro de El
General, Pérez Zeledón, San José, el 22/03/1988, con 31 años de
edad, teléfono 8450-4948 y Adriana Sancho Villalobos, mayor, soltera, ama de
casa, cédula de identidad número 0503610402, vecina de, hija de Aracelly del
Carmen Villalobos Jiménez y Ismael Sancho Alfaro, nacida en centro, Nicoya,
Guanacaste, el 27/11/1987, actualmente con 31 años de edad, teléfono 8851-7684.
Ambos vecinos de Campo Dos de Cariari, 475 metros norte del Bar Conboy. Si
alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio
se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de
los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº
19-001461-1307-FA.—Juzgado de Familia del Segundo
Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 06 de enero del año 2021.—Lic. José Rogelio Chaves
Mora, Jueza de Familia de Pococí.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021520605 ).
Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza del Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, presentes en
este Despacho: Cristian Eduardo Pérez
Solano, mayor, soltero, ayudante en construcción, portador de la cédula de
identidad número siete ciento once ochocientos treinta y cinco, vecino Limón,
Pococí, Jiménez, Urbanización Los Molinos de San Martín, nacido en Guápiles,
Pococí, Limón, el día treinta de octubre de mil novecientos setenta y cuatro,
con cuarenta y cinco años de edad; y Mayra María Rivera Picado, mayor, soltera, ama de casa,
portadora de la cédula de identidad número seis doscientos treinta y cuatro
doscientos cincuenta y ocho, vecina de Limón, Pococí, Jiménez, Urbanización Los
Molinos de San Martín, nacida en Parrita, Aguirre, Puntarenas, el día treinta y
uno de agosto de mil novecientos setenta, actualmente con cuarenta y nueve años
de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que
este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este
Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto.
Expediente N° 19-0001698-1307-FA.—Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 09 de diciembre
del 2019.—Licda. María Marta Corrales
Cordero, Jueza de Familia.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021520606 ).
Licenciada
María Marta Corrales Cordero, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil la señora Maritza Magaly Fajardo Jiménez, mayor,
soltera, peón agrícola, portadora de la cédula de identidad número seis-cero
dos siete ocho-cero siete tres cuatro, vecina de Limón, Pococí, La Rita, La
Teresa Barrio La Esperanza de la plaza de deportes setenta y cinco norte y
setenta y cinco este, hija de Róger
Fajardo Pérez y Elvira Jiménez Serrano, nacida en Neily Corredores, Puntarenas,
el día once de julio de mil novecientos setenta y seis, actualmente con
cuarenta y tres años de edad y el señor Santiago Gutiérrez García, mayor, de
nacionalidad nicaragüense, soltero, obrero, portador del pasaporte número C
02505256, vecino de Limón, Pococí, La Rita, La Teresa barrio la Esperanza de la
plaza de deportes setenta y cinco norte y setenta y cinco este, hijo de
Santiago Gutiérrez Palacios y Leonola García Cruz, nacido en Matagalpa,
Nicaragua, el día primero de mayo de mil novecientos ochenta y tres, con
treinta y seis años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún
impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la
publicación del edicto. Expediente N° 20-000258-1307-FA.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, 02 de marzo del 2020.—María Marta Corrales Cordero, Decisora.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520609 ).
Han
comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil Fabiola
Alexandra Fonseca Villalobos, mayor, soltera, ama de casa, vecina de San Rafael
de Oreamuno, 125 metros al este y 25 al norte de la pulpería La Estrella, casa
de muro verde, con verjas negras, cédula de identidad N° 1-1734-0601, hija de
Marjorie Villalobos Vargas y Minor Alexis Fonseca Arrieta, nacida en Uruca,
Central, San José, el 13/02/1999, con 21 años de edad y Stiven Guillermo
Sanabria Vargas, mayor, soltero, misceláneo, vecino de San Rafael de Oreamuno,
San Rafael de Oreamuno, 125 metros al este y 25 al norte de la pulpería La
Estrella, casa de muro verde con verjas negras, cédula de identidad N°
1-1749-0926, hijo de Tania Yessenia Vargas Jiménez y Luis Guillermo Sanabria
Gómez, nacido en Carmen, Central, San José, el 31/07/1999, actualmente con 21
años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para
que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este
despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto.
Expediente N° 20-002684-0338-FA.—Juzgado de Familia
de Cartago, 2 de diciembre del 2020.—Licda. Patricia Cordero García,
Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021520741 ).
Guido Gerardo López Vega, con cédula de identidad dos-tres nueve
cuatro-nueve ocho nueve y Beatriz Nájera Bolaños con cédula de identidad
dos-cinco cinco cinco-siete cero ocho, contraerán matrimonio civil en la
notaría del Bufete González Zamora. Si alguna persona conoce de la existencia
de algún impedimento legal para que dicho matrimonio se realice, deberá
manifestarlo ante dicha notaría, dentro de los ocho días siguientes a esta publicación.—Licda. Ana Vanessa González Zamora, Notaria.—1
vez.—( IN2021520770 ).
Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio, el
señor: Pablo Rafael Hernández Coronado, mayor, soltero/a, guarda de seguridad
privada, cédula de identidad número 0502690919, vecino(a) de Liberia, hijo(a)
de Margarita Coronado Coronado y Pablo Hernández Martínez, nacido(a) en
Centro Liberia, Guanacaste, el 29/08/1971; y la señora: Hilda Saray Salas Pérez, mayor, soltero/a,
comerciante, cédula de identidad número 0602260533, vecino(a) de Liberia,
hijo(a) de Esperanza Pérez Morales y Eliseo Salas Palma,
nacida en Guacimal, Central, Puntarenas, el 13/10/1969. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-000023-0938-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia), Liberia, 14 de
enero del 2021.—Licda. María Alejandra Quesada García, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521173 ).
Licda.
Yendry Gutiérrez Bermúdez, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil, los señores Bairon Eladio Rojas Castro, mayor,
costarricense, soltero, chofer, cédula de identidad número 2-0535-0206, hijo de
Héctor Eladio Rojas Rojas y Margarita Castro Sibaja, nacido en Centro Central
Limón, el 24/11/1978, con 42 años de edad, y Ericka del Carmen Chevez Mendoza,
mayor, nicaragüense, soltera, empleada doméstica, pasaporte número CO 2520028,
hija de Rene Chevez Jarquin y María del Carmen Mendoza de Chevez, nacida en
Managua Nicaragua, el 08/10/1979, actualmente con 41 años de edad; ambas
personas contrayentes tienen el domicilio en Limón, Barrio Los Cocos, de la
Iglesia Católica, siguiente entrada a mano izquierda y 25 metros este,
apartamentos a mano derecha segundo portón anaranjado. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-000023-1152-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la
Zona Atlántica, Limón, 19 de enero del año 2021.—Licda. Yendry Gutiérrez
Bermúdez, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021521174 ).
Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil
Yorleny Ramírez Garbanzo, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula
de identidad N° 0208080669, vecina de San Ramón, Santiago, Calle León, hija de
Mario Enrique Ramírez Ramírez y Sonia Giselle Garbanzo Mora, nacida en Centro
San Ramón, Alajuela, el 11/09/2000, con 20 años de edad, y Henry
Francisco Urbina Álvarez, mayor, soltera, constructora, cédula de identidad N°
0207850748, vecino de San Ramón, Santiago, Calle León, hijo de José Urbina Ortega y María
Elena Álvarez Barrios, nacido en Santiago, San Ramón, Alajuela, el
11/11/1998, actualmente con 22 años de edad. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice está en
la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-000065-0688-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela, (San Ramón), (Materia Familia), 19 de enero
del 2021.—Msc. Guadalupe Valverde Carranza, Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021521176 ).
Han
comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: Jonathan
Alfredo Marín Solano, mayor,
soltero, operario, cédula de identidad número 0304660157, vecino de Cartago,
hijo de Óscar Alfredo Marín Mena y Xinia Solano Monge, nacido en Oriental,
Central, Cartago, el 18/10/1992, con 28 años de edad; y Mariana de los Ángeles Coto Muñoz, mayor, soltera, oficios
domésticos, cédula de identidad número 0305380962, vecina de Cartago, hija de
Beatriz Muñoz Zúñiga y Gustavo Adolfo Coto Rojas, nacida en
Oriental, Central, Cartago, el 16/05/2002, actualmente con 33 años de edad. Las
personas comparecientes manifiestan: Venimos ante su autoridad con el fin de
que mediante sus buenos oficios se nos una en matrimonio civil dado que no hay
impedimento legal para ello y para comprobarlo solicitamos se llame a declarar
a los testigos: Beatriz de los Ángeles
Muñoz Zúñiga y Diego Armando Orias Monge. Si alguna
persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se
realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los
ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-000101-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 13 de
enero del 2021.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521177 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil,
Jeysel Cristina Cerdas Nelson, mayor, soltera, servicio al cliente, cédula de
identidad N° 702040187, vecina de Heredia, Central, Mercedes Norte, hija de
José Alexander Cerdas Díaz, Alejandrina Nelson Calvo, celular: 70151601, nacida
en Centro Central Limón, con 29 años de edad, y Alfredo Delgado Zamora, mayor,
soltero, oficinista, cédula de identidad número 603820933, vecino de Heredia,
Central, Mercedes Norte, celular: 70113183, hijo de Alfredo Delgado Cabezas,
Miriam Zamora Monge, nacido en Centro Central Puntarenas, con 31 años de edad.
Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este
matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº
210001230364FA.—Juzgado de Familia de Heredia,
Heredia 15/01/2021.—Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021521178 ).