BOLETÍN JUDICIAL N° 18 DEL 27 DE ENERO DEL 2021
CORTE SUPREMA
DE JUSTICIA
SECRETARÍA GENERAL
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEL PODER JUDICIAL
SALA CONSTITUCIONAL
JUZGADO NOTARIAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Remates
Convocatorias
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Convocatorias
Citaciones
Avisos
Edictos
Matrimoniales
CIRCULAR N°
238-2020
ASUNTO: Creación del
Juzgado Agrario de Jicaral, así como el cambio de competencias territoriales
del Juzgado Agrario de Puntarenas y del Juzgado Agrario del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste, sede Santa Cruz.
A LOS DESPACHOS JUDICIALES
DEL PAÍS, ABOGADOS,
ABOGADAS Y PÚBLICO EN
GENERAL
SE LES HACE SABER QUE:
Que la Corte Plena en sesión N° 53-2020,
celebrada el 21 de setiembre de 2020, artículo XV acogió la propuesta de la
Dirección de Planificación contenida en el estudio N°
555-PLA-RH-MI-2020 denominado “Impacto organizacional y presupuestario en el Poder
Judicial a partir de la promulgación del Nuevo Código Procesal Agrario para el
2021. Ley 9609”, en consecuencia, se aprobó la creación del Juzgado Agrario de
Jicaral, así como el cambio de competencias territoriales del Juzgado Agrario
de Puntarenas y del Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de
Guanacaste, sede Santa Cruz, a saber:
La
competencia territorial actual de los Juzgados Agrarios del Segundo Circuito de
Guanacaste, Sede Santa Cruz y Puntarenas es:
Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz).
Abarca los cantones de Nicoya, Santa Cruz, Nandayure
y Hojancha.
Del
cantón Central de Puntarenas el distrito de Lepanto y del distrito de Paquera
los poblados de Gigante y Pueblo Nuevo.
Juzgado
Agrario de Puntarenas.
Abarca
del cantón Central de Puntarenas, los distritos de Puntarenas, Pitahaya, Chomes, Paquera (excepto los poblados de Pueblo Nuevo y Gigante ), Manzanillo, Guacimal,
Barranca, Monteverde, Isla del Coco, Cóbano,
Chacarita, Chira, Acapulco, El Roble y Arancibia.
Los
cantones de Esparza, Montes de Oro, Quepos, Parrita, y Garabito.
En razón de la creación del Juzgado
Agrario de Jicaral la competencia territorial que
le corresponderá a los juzgados involucrados,
es la siguiente:
Juzgado
Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, sede Santa Cruz
Abarca
los cantones de Nicoya, Santa Cruz, Nandayure y Hojancha.
Juzgado
Agrario de Puntarenas
Abarca
del cantón Central de Puntarenas, los distritos de Puntarenas, Pitahaya, Chomes, Manzanillo, Guacimal, Barranca,
Monteverde, Isla del Coco, Chacarita, Chira, Acapulco, El Roble y Arancibia.
Los
cantones de Esparza, Montes de Oro, Quepos, Parrita y Garabito.
Juzgado
Agrario de Jicaral
Abarca
del cantón Central de Puntarenas los distritos de Lepanto, Paquera y.
Lo anterior con la salvedad, de que, este último despacho al entrar en
función, no asume la competencia territorial de los
cantones de Paquera y Cóbano, hasta tanto se brinde
el servicio de transporte público a esas localidades, según lo dispuesto en el
acuerdo de referencia.
Por
lo tanto, mientras no se brinde el servicio público a esas localidades la
competencia territorial sigue conforme corresponde actualmente para los
juzgados agrarios del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Sede Santa Cruz
y de Puntarenas. Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.
San José, 12 de enero de 2021.
Lic.
Silvia Navarro Romanini
Secretaria
General
1 vez.—O.C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—
( IN2021521183 ).
CIRCULAR N° 11-2021
ASUNTO: Lista de abogadas y abogados suspendidos en el ejercicio de su profesión, actualizada
al 13 de enero de 2021.
A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
En cumplimiento de lo dispuesto por
el Consejo Superior, en sesiones Nº 14-03 y 97-03, celebradas
el 27 de febrero y 16 de diciembre
de 2003, en ambas, artículos
LII, hago de su conocimiento y para los fines consiguientes,
la lista de los profesionales
suspendidos en el ejercicio de la profesión ante el
Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, según correo electrónico
del citado Colegio Profesional.
Lista de Abogadas y Abogados Suspendidos en el Ejercicio de la Profesión Actualizada al 13 de Enero de 2021.
Para ver
las imágenes solo en Boletín Judicial con formato
PDF
Notas:
* La suspensión
se mantendrá hasta que cumpla
la condena impuesta en sede penal.
** La suspensión será hasta la revocación de medida cautelar o finalización del proceso penal.
### (Lic. Rojas) Inhabilitación en el ejercicio de la abogacía por medida cautelar dictada por el Colegio, derivado de condenatoria penal Expediente N° 00-200095-0486-PE, vigente
hasta que no se dicte lo contrario.
### (Lic.
Zumbado) Suspensión por medida cautelar dictada por el Colegio, derivado
de condenatoria penal Expediente
N° 09-008513-0369-PE, vigente hasta que no se dicte lo contrario.
### (Licda.
Salas) Suspensión por medida
cautelar dictada por el
Colegio, derivado de condenatoria
penal Expediente N° 06-024335-0042-PE, vigente hasta que no se dicte lo contrario.
### (Lic.
Paniagua Mendoza) Suspensión por medida
cautelar dictado por el
Colegio, hasta la finalización del respectivo expediente administrativo disciplinario.
#### (Lic.
Zumbado) Suspensión por pena privativa de libertad bajo el expediente N°
08-002043-0175-PE, expediente disciplinario
N° 162-17.
#### (Lic.
Zumbado) Suspensión por medida cautelar dictada por el Colegio, derivado
de condenatoria penal Expediente
N° 13-000137-0622-PE, vigente hasta que no se dicte lo contrario.
& Fe de erratas. Gaceta 110 del
08/06/2016.
&& Fe de erratas. Gaceta 197 del
13/10/2016.
&&& Fe de erratas. Gaceta 96
del 23/05/2017.
&&&& Fe de erratas. Gaceta 164 del
07/09/2018.
***** Suspensión por Medida Cautelar Decretada por el Departamento Legal.
% Suspendido por Ejecución de Sanción por parte del Poder Judicial hasta que se efectúe
el Pago de la Multa Avalada
en Sesión 01-19 del Consejo Superior
San José, 15
de enero de 2021
Licda. Silvia Navarro Romanini,
Secretaria General
1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021521184 ).
AVISO N°
9-2020
ASUNTO: Superintendencia
de Pensiones pone a disposición
página web para consultar sobre la entidad que administra los recursos del Régimen Obligatorio de Pensión y el Fondo de Capitalización Laboral de personas fallecidas.
A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior del Poder
Judicial en sesión N° 116-20 celebrada
el 03 de diciembre del 2020, artículo
XXI, tomó nota de lo comunicado
por la señora Rocío Aguilar
M., Superintendente de Pensiones,
mediante oficio N° SP-1489-2020, del 24 de noviembre del 2020, a esos efectos, dispuso hacer de conocimiento de la
población judicial que la Superintendencia de Pensiones tiene a disposición del público, en su página
web, una aplicación
(https://www.supen.fi.cr/web/supen/consulta-de-fallecidos) para consultar sobre la entidad que administra los recursos del Régimen Obligatorio de Pensión y el Fondo de Capitalización Laboral
de personas fallecidas. Esta
herramienta puede ser utilizada directamente por los funcionarios judiciales para obtener la información que requieran para la instrucción de
los procesos.
San José, 14
de diciembre del 2020.
Lic. Carlos Toscano Mora Rodríguez
Subsecretario General Interino
1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021521169 ).
De conformidad con lo dispuesto
en el artículo 47 bis de la
Ley Orgánica del Poder
Judicial, y para el caso específico
el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo
XI y el acuerdo del Consejo
Superior en Sesión N° 52-16
celebrada el 26 de mayo de 2016, artículo
XLVII, se hace del conocimiento
de las instituciones públicas,
privadas y del público en general, que se procederá a la
eliminación de Documentación
Administrativa del año 2012
al 2017 del Departamento de Artes Gráficas. La documentación,
se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: A 500 S 12, Paquetes: 52, Año: (2012 al 2016), Asunto: Documentación Administrativa: 1 paquete que contiene 40 blocks
(2014 al 2016) de boletas de requisición
o devolución de materiales.
1 paquete que contiene registros de asistencia, donde constan las firmas de los servidores de este Departamento y sus comprobantes de ausencias y llegadas tardías por diversos motivos (2014 al 2016),
1 paquete que contiene informes de trabajos pendientes y trabajos realizados, que son detallados
por mes (2014 al 2016), 16 paquetes
que contienen documentación
general y correspondencia original que incluyen, oficios de solicitudes
por vacaciones, diligencias de procesos
de contratación, compras
por caja chica, diligencias
de presupuesto, transporte
y viáticos, oficios enviados y recibidos, información de personal jubilado
y que ya no labora en nuestro Departamento
(2014 al 2016). 33 paquetes que contienen
un total de 7.373 bolsas de trabajo
(2012 al 2016), numerados desde
la 37.965 a la 44.338, con sus respectivas
diligencias (solicitudes de la oficina, especificaciones, borradores, copias de requisiciones de materiales y boletas de control
de mano de obra).
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial.
San José, 14
de enero de 2021.
Lic. Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector
Ejecutivo
1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021521484 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para
el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo
II y el acuerdo del Consejo
Superior en Sesión Nº 51-16 celebrada
el 24 de mayo de 2016, artículo XCV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la
eliminación de Expedientes
de Familia del año 1997 al 2008 del Juzgado de Familia y Trabajo de
Hatillo, San Sebastián y Alajuelita. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.
Remesa: F 504 S 97, Expedientes: 1, Paquetes: 1, Año: 1997, Asunto Familia, varios: 1 Reconocimientos de
Unión de Hecho (1 Con Lugar).
Remesa: F 503 S 98, Expedientes: 1, Paquetes: 1,
Año: 1998, Asunto Familia, varios: 1 Separación judicial (1
Con Lugar).
Remesa: F 504 S 99, Expedientes: 19, Paquetes:
1, Año: 1999, Asunto
Familia, varios: 1 Adopción
(Sin Sentencia: 1 Archivado),
15 Régimen de Visitas (15
Con Lugar), 3 Suspensión de Patria Potestad (2 Con Lugar, 1 Sin Lugar).
Remesa: F 504 S 00, Expedientes: 80, Paquetes:
2, Año: 2000, Asunto
Familia, varios: 2 Autorización
de Salida del País (2 Con lugar), 1 Consignación de Depósito a Favor
de Menor (1 Girado), 49 Depósito de Menor (49 Archivados), 1 Ordinario de liquidación de bienes (1 Con
Lugar), 1 Proceso de Utilidad
y Necesidad (1 Sin Lugar), 1 Reconocimiento
de hijo-hija de mujer casada (1 Abandonado), 7 Régimen de Visitas (7 Con Lugar),
2 Salvaguardia - Insania (2
Con Lugar), 8 Separación Judicial (7 Con Lugar, 1 Sin
Lugar), 8 Suspensión de Patria Potestad
(8 Con Lugar).
Remesa: F 506 S 01, Expedientes: 28, Paquetes:
1, Año: 2001, Asunto
Familia, varios: 2 Autorización
de Salida del País (2 Con lugar), 5 Suspensión de Patria Potestad (5
Con Lugar), 3 Reconocimiento de hijo-hija
de mujer casada (3 Abandonado), 15 Régimen de Visitas (15 Con Lugar), 3 Separación
Judicial (3 Con Lugar).
Remesa: F 504 S 02, Expedientes: 55, Paquetes:
2, Año: 2002, Asunto
Familia, varios: 6 Suspensión
de Patria Potestad (6 Con Lugar), 1 Salvaguardia - Insania (1 Con
Lugar), 1 Investigación de Paternidad
(1 Archivado), 1 Liquidación
Anticipada de Bienes (1 Desistido), 1 Reconocimiento de hijo-hija de mujer casada (1 Sin Lugar), 1 Reconocimientos
de Unión de Hecho (1 Con Lugar), 44 Régimen de Visitas (13 Con Lugar,
11 Inadmisibles, 2 Desistidos,
17 Archivados, 1 Abandonado).
Remesa: F 505 S 03, Expedientes: 43, Paquetes: 2, Año: 2003, Asunto Familia, varios: 1 Autorización de Salida del País (1 Con lugar),
2 Suspensión de Patria Potestad
(2 Con Lugar), 1 Impugnación de Paternidad
(1 Inadmisible), 1 Salvaguardia
- Insania (1 Con Lugar), 1 Investigación
de Paternidad (1 Archivado),
1 Liquidación Anticipada de
Bienes (1 Desistido), 21 Régimen de Visitas (21 Con
Lugar), 9 Separación Judicial (7 Con Lugar, 2 Archivados), 6 Reconocimiento de
Unión de Hecho (6 Con Lugar).
Remesa: F 504 S 04, Expedientes: 55, Paquetes:
2, Año: 2004, Asunto
Familia, varios: 1 Adopción
(1 Inadmisible), 4 Suspensión
de Patria Potestad (4 Con Lugar), 1 Abreviado de Divorcio (1 Con
Lugar), 1 Guarda Crianza y Educación
(1 Con Lugar), 1 Salvaguardia - Insania
(1 Con Lugar), 1 Investigación de Paternidad
(1 Inadmisible), 3 Liquidación
Anticipada de Bienes (3 Con
Lugar), 2 Proceso de Utilidad
y Necesidad (1 Con Lugar y 1 Sin Lugar), 18 Régimen de Visitas (15 Con Lugar,
2 Archivo Provisional y 1 Abandonado),
18 Separación Judicial (12 Con Lugar, 1 Sin Lugar, 2 Archivados, 1 Archivado
Provisional, 1 Abandonado y 1 Inadmisible),
5 Reconocimiento de Unión de Hecho
(5 Con Lugar).
Remesa: F 504 S 05, Expedientes: 29, Paquetes:
1, Año: 2005, Asunto
Familia, varios: 1 Adopción
(Sin Sentencia: 1 Archivado),
1 Suspensión de Patria Potestad
(1 Sin Lugar), 1 Declaratoria de Abandono
(1 Archivado), 2 Guarda
Crianza y Educación (1 Con Lugar y 1 Sin Lugar), 2 Salvaguardia - Insania (1 Con
Lugar y 1 Archivado), 2 Liquidación
Anticipada de Bienes (2 Con
Lugar), 12 Régimen de Visitas
(11 Con Lugar y 1 Abandonado), 6 Separación
Judicial (5 Con Lugar y 1 Sin Lugar), 2 Reconocimiento
de Unión de Hecho (2 Con Lugar).
Remesa: F 506 S 06, Expedientes: 20, Paquetes:
1, Año: 2006, Asunto
Familia, varios: 1 Guarda
Crianza y Educación (1 Sin Lugar), 1 Salvaguardia - Insania (1 Abandonado), 1 Impugnación de Paternidad (1 Archivado), 10 Régimen de Visitas (9 Con Lugar y
1 Sin Lugar), 7 Reconocimiento de Unión de Hecho (7 Con Lugar).
Remesa: F 505 S 07, Expedientes: 42, Paquetes:
6, Año: 2007, Asunto
Familia, varios: 3 Suspensión
de Patria Potestad (3 Archivados),
1 Declaratoria de Abandono
(1 Archivado), 3 Impugnación
de Paternidad (3 Abandonados),
3 Salvaguardia - Insania (3
Con Lugar), 2 Investigación de Paternidad
(2 Abandonados), 5 Ordinario
de liquidación de bienes (1
Con Lugar, 3 Desiertos y 1 Inadmisible),
1 Reconocimiento de hijo-hija
de mujer casada (1 Archivado), 15 Régimen de Visitas (7 Con Lugar, 1 Archivado,
1 Desistido, 1 Inadmisible,
1 Rechazado y 4 Abandonados),
7 Separación Judicial (7 Con Lugar), 2 Reconocimiento de Unión de Hecho
(2 Con Lugar).
Remesa: F 507 S 08, Expedientes: 34, Paquetes:
2, Año: 2008, Asunto
Familia, varios: 5 Salvaguardia
- Insania (4 Con Lugar y 1 Abandonado),
6 Investigación de Paternidad
(2 Archivados y 4 Abandonados),
4 Liquidación Anticipada de
Bienes (1 Sin Lugar, 1 Archivado
y 2 Inadmisibles), 12 Régimen
de Visitas (7 Con Lugar, 1 Sin Lugar, 1 Archivado y 3 Abandonados), 5 Separación Judicial (5 Con Lugar), 2 Reconocimiento
de Unión de Hecho (2 Con Lugar).
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles.
San José, 14
de enero de 2021.
Lic. Wilbert Kidd Alvarado,
Subdirector
Ejecutivo
1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021521485 ).
ASUNTO: Acción
de Inconstitucionalidad
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
TERCERA PUBLICACIÓN
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la
Jurisdicción Constitucional,
dentro de la acción de inconstitucionalidad
N° 20-021801-0007-CO que
promueve Ofertel Sociedad Anónima, se ha dictado la resolución que literalmente dice:
«Sala Constitucional de La Corte Suprema de Justicia.
San José, a las once horas treinta minutos del catorce de enero de dos mil veintiuno./Se da
curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta
por Anayansi Mora Palma, cédula de identidad 1-1015-0081 y Luis Alejandro Segura Sánchez, cédula de identidad 1-1550-0715, en su condición de apoderados especiales judiciales de OFERTEL S. A., cédula jurídica
3-101-174091; para que se declare inconstitucional la
jurisprudencia de la Sala Primera de la Corte Suprema
de Justicia, contenida en
las sentencias nros.
385-F-2006, 555-F-S1-2012, 300-F-S1-2018 y 835-F-S1-2018, referente
a la interpretación de los artículos
53 y 54 del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios, sobre los efectos interruptores de la prescripción de aquellos actos administrativos que han sido declarados
absolutamente nulos, por infracción de los principios constitucionales de reserva de
ley, seguridad jurídica, razonabilidad y tutela judicial efectiva.
Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de La República,
al Presidente de La Sala Primera de La Corte Suprema
de Justicia, al Director General de Tributación Directa y al Presidente del
Tribunal Fiscal Administrativo. La referida línea jurisprudencial se impugna, en tanto se alega que la Sala
Primera de la Corte Suprema de Justicia ha interpretado
los artículos 53 y 54 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, en el sentido de reconocer efectos interruptores de la prescripción a aquellos
actos administrativos que han sido declarados
absolutamente nulos, lo que
se estima infringe los principios
constitucionales de reserva
de ley, seguridad jurídica,
razonabilidad y tutela judicial efectiva.
Aclaran, los accionantes,
que su representada tiene pleno conocimiento
de la sentencia nro.
8857-2020, emitida por la Sala Constitucional
el 13 de mayo de 2020, por la cual, se resolvió una acción que pretendía que se declarase inconstitucional esa misma jurisprudencia. Afirman, al efecto, que la presente acción de inconstitucionalidad no pretende
que este Tribunal Constitucional
entre a determinar el plazo
de prescripción tributaria
y cuándo debe suspenderse o
interrumpirse. Tampoco se procura cuestionar la inconstitucionalidad del artículo
54 del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios (CNPT), que en su criterio no es inconstitucional. La presente acción tiene por objeto impugnar la regla de Derecho (interpretación)
que ha incorporado la ratio decidendi de las resoluciones nro. 385-F-2006. nro. 555-F-S1-2012, nro.
300-F-S1-2018 y nro. 836-F-S1-2018 de la Sala Primera
de la Corte Suprema de Justicia, por resultar la tesis ahí esbozada
contraria a los citados principios constitucionales. Señalan que la Administración Tributaria ostenta plenas facultades para velar por
una correcta percepción, fiscalización, control y cobro de
los tributos, pudiendo practicar procedimientos de liquidaciones previas o definitivas
a hechos imponibles y períodos anteriores, siempre que estos no se encuentren prescritos. Concretamente, la prescripción de
la potestad determinativa ocurre cuando la Administración Tributaria no ejerce sus competencias dentro
del plazo que contempla la
ley. Cuatro años como premisa general y de conformidad
con el artículo 51 del CNPT y, excepcionalmente,
diez años en caso de que se trate de contribuyentes o responsables no registrados, o
que estén registrados, pero hayan presentado
declaraciones fraudulentas
o no hayan presentado declaraciones tributarias. El término de prescripción debe contarse a partir del primer día
del mes siguiente a la fecha en que el tributo debió pagarse
y su curso se interrumpe únicamente por una serie de causales expresamente taxativas que contemplan los artículos 53 y 54 del CNPT. Consideran que el razonamiento de
la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia otorga
una connotación de perpetuidad
a los efectos interruptores
de la prescripción de aquellos
actos que han sido declarados absolutamente nulos, sea, que carecen de toda validez, pese que la consecuencia inmediata de la invalidez de un acto administrativo es la ineptitud
para producir efectos jurídicos en forma segura y definitiva. Afirman que la tesitura mantenida por la Sala Primera parte
de la siguiente premisa: el
conocimiento formal por parte
del obligado tributario de cualquier acción cobratoria de la Administración elimina el estado de incerteza producido en el tiempo; por ende, concluye dicha Sala -en sus resoluciones- que aun y cuando un acto administrativo en un procedimiento tributario es declarado absolutamente nulo, los efectos interruptores de la prescripción
se mantienen. Estiman que
el hecho que el sujeto pasivo tenga pleno
conocimiento de la acción cobratoria que se sigue en su contra y que ello elimine el estado de incerteza producido por el transcurso del tiempo, no significa que la acción de la Administración para ejercer sus potestades determinativas sea imprescriptible y pueda
hacerlo eternamente. Estiman que la jurisprudencia impugnada violenta el principio
de reserva de ley, en tanto
el inciso 13) del artículo
121 de la Carta Política establece
que será la Asamblea Legislativa, mediante el procedimiento previsto por ley,
la encargada de establecer
los impuestos y contribuciones
nacionales y autorizar los municipales. Por su parte, el inciso e) del artículo 5 del CNPT regula que: “Artículo 5.- Materia privativa de
la ley. En cuestiones tributarias solo la ley puede:
“Regular los modos de extinción
de los créditos tributarios
por medios distintos del pago (...)”. Por su parte, el artículo 35 de la misma ley señala: “Artículo 35.-Medios de extinción
de la obligación tributaria.
La obligación tributaria sólo se extingue por los siguientes medios: (…) e) prescripción”. Consideran que lo
anterior implica que las causales
de suspensión o interrupción
de la prescripción de las obligaciones
tributarias corran la misma suerte y, en consecuencia, no es posible incluir causales distintas que la ley no incluyó. A efectos tributarios,
aquellos actos que suspenden o interrumpen su término se encuentran
citados expresamente en los artículos 53 y 54 del
CNPT. Pese a lo expuesto, en la jurisprudencia cuestionada en esta acción, la Sala Primera de
la Corte Suprema de Justicia ha incorporado la siguiente idea: “el conocimiento
de la gestión cobratoria interrumpe la prescripción”. Situación que es contraria al
principio de reserva de ley, pues
implícitamente se está incorporando como efecto interruptor de la prescripción cualquier acto que comunique la Administración Tributaria al sujeto pasivo. Bajo esa interpretación, actos preparatorios como un requerimiento de información, el acta de audiencia final, la propuesta de regularización o el traslado de cargos, tendrían efecto interruptor de la prescripción por “poner en conocimiento” al obligado tributario de la gestión determinativa-cobratoria
que realiza la Administración.
En atención a lo dispuesto en los artículos 53 y 54 del CNPT, tales actos
jamás podrían interrumpir la prescripción tributaria. Alegan, también, violación al principio
de seguridad jurídica. Refieren que el razonamiento de
la Sala Primera parte de la premisa
de que el conocimiento formal por parte
del obligado tributario de
la acción cobratoria de la Administración, elimina el estado de incerteza producido en el tiempo, situación que encuentra relación con lo dispuesto en los artículos 53, pero especialmente 54 del CNPT. Este último,
en el tanto incluye una
causal especial que interrumpe el curso
de la prescripción, esta
es, la interposición de recursos
contra resoluciones de la Administración
Tributaria. Empero, alegan los accionantes que no es
la simple interposición de recursos
lo que debería interrumpir
la prescripción, sino que
es necesario que el acto impugnado adquiera firmeza y, además, adquirirá firmeza, únicamente, si el Tribunal Fiscal Administrativo
(TFA), como órgano de plena jurisdicción e independiente en su organización, funcionamiento y competencia, jerarca impropio encargado, confirma la resolución recurrida por el sujeto pasivo. Una interpretación contraria, sin lugar a dudas significa
un efecto perverso para el sujeto fiscalizado -o sancionado-, toda vez que pierde total sentido y validez el derecho
fundamental a recurrir que consagran
los artículos 145, 146, 150 y 171, entre otros, del CNPT. Insisten que la frase “la respectiva resolución quede firme”, contenida en el citado ordinal 54, se refiere a la que resolución que fue impugnada por el obligado tributario, no la resolución del TFA que resuelve el asunto debatido en alzada.
Apuntan que la posición que
mantiene la Sala Primera de la Corte Suprema de
Justicia transforma las revisiones
fiscales de la Administración
Tributaria en actuaciones perpetuas, pero también implica
un desconocimiento del instituto
de la prescripción que tiene
como finalidad introducir el principio de la seguridad
jurídica en el ámbito de los derechos y de las obligaciones.
Sostienen que la interpretación
que ha realizado la Sala Primera de la Corte Suprema
de Justicia, respecto a que un acto
declarado absolutamente nulo mantiene efectos
tales como la interrupción
de la prescripción y que la resolución
en firme a la que alude el artículo 54 del CNPT es
la que emite el TFA como jerarca impropio, en nada garantiza seguridad jurídica para el sujeto pasivo. Al contrario, causa un efecto perverso al derecho fundamental de impugnación
que ostenta el obligado tributario y brinda potestades permanentes a la Administración Tributaria para
que pueda revisar períodos fiscales prescritos. La certeza, la igualdad, la tutela judicial efectiva,
la razonabilidad, la confianza
legitima, todos componentes de la seguridad jurídica en el marco de un procedimiento, se vuelven inexistentes. Consideran que, si un contribuyente interpone un recurso de apelación contra una resolución de la Administración Tributaria para conocimiento del
TFA y el reclamo es acogido,
declarándose la nulidad absoluta del acto administrativo emitido por el ad
quo, el efecto interruptor
que en principio podía tener el recurso del contribuyente se vuelve completamente inválido. Así sucede, por las siguientes razones: (1) ante todo, porque el TFA declaró la nulidad de la resolución administrativa venida en alzada
y, por ende, ese acto emitido por la Administración no
se presume legitimo ni
produce efecto jurídico alguno, ni siquiera
alcanza para interrumpir la
prescripción y, (2) en segundo lugar, porque al haberse declarado nula la resolución administrativa recurrida, esta nunca adquirirá firmeza en los términos del artículo 54 del
CNPT. De otra parte, reclaman violación al principio
de razonabilidad. Al respecto,
aducen que la posición que mantiene a ultranza esa Sala de Casación, se aleja de un juicio de razonabilidad que contraviene los
principios elementales de justicia, lógica o conveniencia, toda vez que su interpretación
supone eliminar el instituto de la prescripción en material fiscal, otorgándole a
la Administración facultades
para fiscalizar de forma perpetua
a los contribuyentes. Se indica que supone eliminar el instituto de la prescripción porque, conforme con la interpretación cuestionada, cualquier recurso que interponga el obligado tributario, automáticamente interrumpirá el curso de la prescripción, cuando lo correcto es que se interrumpa
solo si el acto cuestionado adquiere firmeza. Lo anterior implica un efecto perverso para el contribuyente que se vuelve ilógica, injusta, inconveniente, pero sobre todo irracional,
que a la vez vulnera el
derecho de defensa y de impugnación.
Estiman que resulta constitucionalmente irrazonable
que la Administración, extralimitando
sus potestades de imperio, pueda fiscalizar perpetuamente a los contribuyentes,
así como que un acto declarado absolutamente nulo pueda interrumpir la prescripción y que la interposición
de un recurso contra una resolución
administrativa produzca un efecto desfavorable a la situación jurídica del sujeto pasivo de la obligación tributaria. Por otro lado, acusan
violación al principio constitucional
de tutela judicial efectiva. Esta
tutela efectiva, sea en función jurisdiccional o administrativa, se manifiesta indudablemente en el acceso a los recursos por parte de los administrados. Empero, no puede asimilarse como el simple hecho de tener la posibilidad de recurrir un acto o conducta administrativa, sino por el contrario, que esa acción no implique un efecto perverso para su situación jurídica.
Consecuencia perniciosa es
la que ocurre precisamente
a raíz de la jurisprudencia
de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. Bajo la interpretación
que ese órgano colegiado sostiene, el derecho a impugnar las resoluciones administrativas que se encuentra tipificado
en los artículos 145, 146,
150 y 171 del CNPT, se ve vulnerado
y más bien se conviene en un perjuicio. El razonamiento de la Sala Primera de la Corte Suprema de
Justicia se vuelve a todas
luces irracional, pues limita el derecho de los sujetos pasivos a recurrir resoluciones administrativas y, consiguientemente, restringe el acceso a la justicia, debido proceso y a una tutela
judicial efectiva que consagran
los artículos 27, 41 y 49 de la Carta Magna. Concluyen que la tesis de la Sala
Primera de la Corte Suprema de Justicia desconoce los
preceptos establecidos por este Tribunal Constitucional en las sentencias nro. 878-2000. nro. 255-2000. nro. 6055-2000 y nro. 13850-2000,
es contraria a los artículos
11, 39, 41 y 49 de la Carta Magna y produce una grave violación
a principios de orden constitucional. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción
Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación
de la parte accionante proviene del artículo 75, párrafo 1º, de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional, por cuanto,
tiene como asunto base el recurso de casación interpuesto en el proceso que se tramita en el expediente
nro. 17-012491-1027-CA, en
el que se invocó la inconstitucionalidad
de la jurisprudencia impugnada
como medio razonable de amparar el derecho que se considera
lesionado. Publíquese por tres veces consecutivas
un aviso en el Boletín
Judicial sobre la interposición
de la acción. Efectos jurídicos de la interposición de
la acción: Se recuerdan los
términos de los artículos
81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional que disponen lo siguiente “Artículo 81. Si el Presidente considerare cumplidos los requisitos de que
se ha hecho mérito, conferirá audiencia a la Procuraduría
General de la República y a la contraparte
que figure en el asunto
principal, por un plazo de quince días, a fin de que manifiesten lo que estimen conveniente. Al mismo tiempo dispondrá enviar nota al tribunal u órgano
que conozca del asunto,
para que no dicte la resolución
final antes de que la Sala se haya pronunciado sobre la acción, y ordenará que se publique un aviso en el Boletín Judicial, por tres
veces consecutivas, haciendo saber a los tribunales y
a los órganos que agotan
la vía administrativa que esa demanda ha sido establecida, a efecto de que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de la ley, decreto, disposición, acuerdo o resolución, tampoco se dicte resolución final mientras la Sala
no haya hecho el
pronunciamiento del caso. Si la acción
fuere planteada por el Procurador General de la República,
la audiencia se le dará a la persona que figure como parte contraria
en el asunto principal.”, “Artículo 82. En los procesos en trámite
no se suspenderá ninguna etapa diferente a la de dictar la resolución final, salvo
que la acción de inconstitucionalidad
se refiera a normas que deban aplicarse durante la tramitación.” Dentro
de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes
en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto
a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso,
los motivos de inconstitucionalidad
en relación con el asunto que les interese. Se hace saber, además, que de conformidad con los artículos 81
y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional
y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en
los casos y condiciones señaladas. Notifíquese. /
Fernando Castillo Víquez, Presidente/.»
San José, 14
de enero del 2021.
Luis
Roberto Ardón Acuña,
Secretario a. í.
O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021519948 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la
Jurisdicción Constitucional,
dentro de la acción de inconstitucionalidad
número 21-000897- 0007-CO que promueve
Procuraduría General de la República,
se ha dictado la resolución
que literalmente dice: «Sala Constitucional
de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las diez
horas cincuenta y cuatro minutos del diecinueve de enero de dos mil veintiuno. Se da
curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta
por Julio Alberto Jurado Fernández, en su condición de Procurador General de la República,
para que se declare inconstitucional artículo 5 de la Ley Nº 9868 del 8 de julio
de 2020, mediante el cual
se crea el distrito 8 del cantón VIII Tilarán, publicada el 27 de octubre de
2020, por estimarlo contrario
a los artículos 9, 99, 102, 121 inciso
1), 168, 171, 172 de la Constitución Política, los principios de separación de poderes e inderogabilidad singular de las normas
que integran el parámetro
de constitucionalidad, de representación,
participación política, igualdad, razonabilidad y proporcionalidad, así como el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos. Se confiere audiencia por quince días al Presidente
del Tribunal Supremo de Elecciones, al Presidente de la Asamblea Legislativa y al Presidente del Concejo Municipal de Tilarán. La norma se impugna por los siguientes motivos: 1.—Violación de la competencia constitucional para
la organización de los actos
relativos al sufragio que corresponde al TSE. A través de
la norma impugnada, la Asamblea Legislativa pretende obligar al Tribunal
Supremo de Elecciones a realizar
elecciones anticipadas para
designar a los miembros del
Concejo de Distrito y síndicos
de distrito de Cabeceras, desconociendo
no solo los tiempos electorales
previstos en los numerales 171 y 172 de la Constitución,
sino, además, sin tomar en consideración
que esa materia se enmarca dentro del concepto de
“lo electoral”, cuya competencia
ha sido reservada al TSE. Refiere que, si bien el Tribunal
Supremo de Elecciones se encuentra
sometido a la ley, lo cierto
es que no podrían regularse
a través de ella, aspectos sustantivos de la función electoral, tal como la realización de una elección en el ámbito municipal, fuera de los tiempos de programación que tiene la institución por disposición constitucional. 2.— Violación al numeral 168 de la Constitución
y los principios de separación
de poderes e inderogabilidad
singular de las normas que integran
el parámetro de constitucionalidad.
Según la jurisprudencia constitucional (sentencias Nos.
1995-2009 y 2013-12802, entre otros), la Asamblea Legislativa únicamente puede crear distritos, en tanto modifique la Ley sobre la División Territorial Administrativa,
mediante la cual delegó esa potestad
al Poder Ejecutivo. Mientras eso no cambie, en atención
a los principios de separación
de poderes, inderogabilidad
singular de las normas y de seguridad
jurídica, no podría entenderse que dos órganos constitucionales, tienen una misma atribución. En razón de lo anterior, considera que la norma impugnada es inconstitucional, pues la Asamblea Legislativa no era competente
para crear un distrito, sin
antes modificar la delegación
que mantiene, lo cual no hizo. 3.—Inconvencionalidad e inconstitucionalidad de la norma
por afectar el efectivo desempeño del cargo de representación
que fue conferido a ciudadanos en las elecciones municipales de 2020 (artículo 23 de la Convención
Americana de Derechos Humanos y principios de representación y participación política). El TSE advirtió a los legisladores que la elección de
las autoridades distritales
de Cabeceras, de ser aprobada la ley, luego de la convocatoria a los comicios del 2020, debía diferirse hasta el 2024, no solo por razones
logísticas, sino porque la generación de una nueva circunscripción y la designación de gobernantes fuera del ciclo electoral ordinario genera una dislocación
del sistema que impacta negativamente el derecho al efectivo
desempeño del cargo, tutelado
por la Convención Americana sobre
Derechos Humanos. Al realizarse las postulaciones para ocupar los
cargos municipales que se disputaron
en febrero de 2020, las
personas interesadas sometieron
su nombre a consideración del electorado teniendo en cuenta
que llevarían a cabo funciones públicas en pro del desarrollo de comunidades que, para ese entonces,
integraban la circunscripción
en la que aspiraban a ejercer el cargo, por lo que el desmembramiento de esos territorios afecta el ejercicio del puesto. La celebración de comicios municipales, fuera del ciclo ordinario de renovación de autoridades y por motivo de la creación de una nueva circunscripción, afecta flagrantemente el núcleo de atribuciones de representantes que se encuentran ejerciendo un puesto público y también genera una desigualdad con gobernantes homólogos. Señala que la norma impugnada varía límites territoriales,
lo cual modifica, a su vez, uno de los elementos de la competencia de
los actuales gobernantes:
al tomarse porciones de distritos preexistentes para generar el distrito Cabeceras,
los síndicos y los concejales
en funciones (electos en febrero
de 2020 en los territorios desmembrados) de manera sobreviniente verán afectado el ámbito espacial en el que ejercen autoridad, circunstancia que va en detrimento del mandato que les fue inicialmente otorgado. El Estado debió diferir la elección de las nuevas autoridades de Cabeceras hasta el 2024, de manera análoga como lo hizo con la relativamente reciente creación del cantón Río Cuarto. Aduce que se produce también una afectación al principio de igualdad
entre gobernantes de similar naturaleza
y jerarquía, con la pretensión
de la norma impugnada en elegir representantes
distritales para Cabeceras a inicios
de 2021, pues ello supondría que su período de gobierno fuera de -aproximadamente tres años, lapso
que resulta ser menor al de
los mandatos otorgados por
la ciudadanía en las elecciones municipales de 2020.
Por otra parte, la celebración de comicios locales en un momento distinto
a aquel que ordinariamente están previstos podría, en ciertos escenarios,
hacer que las comunidades,
por las cuales un determinado
candidato obtuvo la victoria, sean trasladadas por la modificación
legal de los límites, a otro
territorio, con lo que habría
una afectación a la lógica
de representación que se obtiene
mediante el sufragio. Se desconocería la voluntad popular
de quienes emitieron su voto en
los comicios del 2020; tanto electores
como candidatos -al materializar su derecho
fundamental al sufragio en cualquiera de sus vertientes- que
tuvieron en mente un esquema territorial y de
autoridades que ahora, iniciado el período de gobierno y de forma ilegítima, se
pretende variar. Por otro lado, los munícipes de los territorios que
hoy forman el citado distrito ya concurrieron
a las urnas a elegir los miembros de otros concejos de distrito que ejercerán sus cargos
durante el cuatrienio
2020-2024, por lo que si se celebran
votaciones para determinar quiénes serán los concejales y el síndico (propietario y suplente) de
Cabeceras, estarían ejerciendo
una suerte de doble voto. Dentro de un mismo período de gobierno, habrá ciudadanos que sufragaron, con aproximadamente un año de diferencia, por autoridades de
dos circunscripciones distintas
de la escala territorial de gobierno,
particularidad que transgrede
el principio “una persona, un voto” (one person, one
vote), como imperativo democrático relativo a la igualdad del sufragio. 4.—Se considera lesionado el principio
de participación política, pues en un escenario
óptimo, los partidos -antes
de la convocatoria a la respectiva
elección- deben haber resuelto quiénes serán sus candidatos, pues estos deberán ser inscritos ante el Registro
Electoral dentro de los quince días siguientes al citado llamado a las urnas (numeral 148 del CE). De esa
suerte, si el legislador previó que en seis meses deben llevarse a cabo las votaciones en el recién creado
distrito y que el período
de campaña, en Costa Rica,
se atiende por cuatro meses
(artículos 147 y 149 del CE), entonces
las agrupaciones deberían,
de inmediato, iniciar con
la recepción de precandidaturas
y organización de sus asambleas,
entre otros aspectos. No
obstante, ese lapso es muy corto, no solo porque toma por sorpresa a quienes eventualmente estén interesados en someter sus nombres a los miembros de su agrupación de gozar con el favor de sus correligionarios,
ser finalmente postulados, sino porque -en
las condiciones sanitarias actuales del país- se limitaría la posibilidad de hacerse propaganda a lo interno
de la estructura y, además,
la dirigencia partidaria debería de trabajar en protocolos especiales
para la atención de las asambleas.
Como la votación para la designación
de candidatos debe ser secreta, por regla de principio, tales actos sólo podrían llevarse
a cabo presencialmente. Sobre esa línea,
también, debe pensarse en que la ciudadanía podría ver limitado
su derecho a un voto informado, ya que las elecciones en comentario
obligarían a una forma distinta
de recibir las propuestas partidarias. Aunado a lo
anterior, las agrupaciones políticas
en una contienda local tienen el derecho a que sus gastos,
de superar los umbrales previstos en la legislación, sean reconocidos con cargo a los dineros
públicos, en los términos de los numerales 96 constitucional y 99 del CE. Por la forma en la que están construidas las barreras de acceso
a los fondos públicos, en las elecciones distritales de Cabeceras, los partidos
políticos no podrían redimir gastos y tampoco podrían cargar estos a los rubros de capacitación y organización (esto desnaturalizaría tales reservas),
debiéndose enfrentar los comicios solo con dineros propios, lo cual supone una limitación a la participación política, en tanto se agravaría la inequidad en la contienda, como uno de los rasgos por mejorar en el modelo costarricense
de financiamiento político,
según lo han apuntado, entre otros veedores internacionales, los expertos de las Misiones de Observación
de la Organización de Estados
Americanos. Los partidos locales, probablemente,
tendrían mayores dificultades para invertir en estas elecciones
y con ello visibilizar su oferta política.
En todo caso,
los recursos destinados como contribución a los partidos políticos por su participación en las elecciones municipales del período 2020-2024
ya fueron asignados a las agrupaciones y, más bien, ya ha iniciado el proceso de liquidación de esos recursos. Por ello, se indica que
el artículo 5 restringe ilegítimamente el derecho de participación
política, al contemplar un plazo para la postulación de candidatos que es materialmente insuficiente, por no tomar en cuenta que las condiciones sanitarias del país dificultan la posibilidad de llevar a cabo plenamente ejercicios propagandísticos (lo cual incide negativamente
en el derecho a un voto informado) y por hacer imposible que las agrupaciones políticas tengan siquiera la expectativa de
acceder a la contribución del Estado por su participación en una elección local, a contrapelo del derecho consagrado
en el artículo 96 constitucional y desarrollado en el numeral 99 del CE. 5.—Violación
del principio de razonabilidad y proporcionalidad.
La norma impugnada obliga a celebrar comicios distritales en seis meses, sea, en abril del año 2021 aproximadamente; sin embargo, el legislador
no previó que, luego de la redefinición de los límites espaciales de un territorio, la institución debe iniciar los trámites para establecer los distritos electorales. Los artículos 12 inciso k) y 143 del
Código Electoral facultan al TSE a dividir un distrito administrativo en dos o más distritos electorales,
con el fin de hace más accesibles las juntas de votos a
los ciudadanos. Así, al generarse una nueva circunscripción administrativa,
la Contraloría Electoral en
conjunto con el equipo de la Unidad de Geografía de la DGRE, proceden a
los levantados cartográficos
y topográficos del territorio
para determinar en cuáles poblados corresponderá generar un distrito electoral y cuáles comunidades podrán unirse con el fin de asignar un único centro de votación con una o varias juntas receptoras de votos. Esa labor no solo requiere una
labor analítica desde los equipos especializados sino, de gran importancia, obliga a hacer visitas de campo y un minucioso proceso de clasificación, ya que de esa distribución
de electores -según distrito electoral- se generará
una repartición de los votantes
por los citados centros de votación y por junta receptora, datos que son vitales para la elaboración de las listas de electores (el padrón electoral).
Tal proceso es, en sí mismo, complejo
y en las condiciones sanitarias actuales del país, lo es aún más. Por tales motivos, el plazo conferido para realizar los comicios en el distrito Cabeceras resulta ser insuficiente. Estrechez temporal que va en detrimento de garantías del sufragio, como lo son la ubicación oportuna de los centros de votación y la distribución de electores, según su inscripción electoral (ligada a la creación de los distritos electorales), lo cual refiere, resulta
lesivo de los principios constitucionales de razonabilidad
y proporcionalidad. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción
Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación
del accionante proviene de
la legitimación directa reconocida en el párrafo tercero del artículo 75 de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional, solicitada
por el Tribunal Supremo de Elecciones, mediante oficio TSE-2479-2020 del
8 de diciembre de 2020. Publíquese
por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre
la interposición de la acción,
para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala
no haya hecho el
pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en
dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya
de aplicarse lo cuestionado
en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción
suspende en vía
administrativa es el dictado
de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa
vía, que son los que se inician
con y a partir del recurso
de alzada o de reposición interpuestos contra el acto
final, salvo, claro está, que se trate
de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión
opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en
asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en
los que se discuta la aplicación
de lo impugnado o aquellos
con interés legítimo, a fin
de coadyuvar en cuanto a su procedencia
o improcedencia, o para ampliar,
en su caso,
los motivos de inconstitucionalidad
en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81
y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional
y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en
los casos y condiciones señaladas. Notifíquese. Para notificar al Presidente del Concejo Municipal de Tilarán se comisiona al Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tilarán, despacho al que se hará llegar la comisión por medio del sistema de fax. Esta autoridad deberá practicar la notificación correspondiente dentro del plazo
de cinco días contados a partir de la recepción de los documentos, bajo apercibimiento
de incurrir en responsabilidad por desobediencia
a la autoridad. Se le advierte
a la autoridad comisionada,
que deberá remitir copia del mandamiento debidamente diligenciado al fax número 2295-3712 o al correo electrónico: informes-sc@poder-judicial.go.cr, ambos de esta Sala y los documentos originales por medio de correo certificado o cualquier otro medio que garantice su pronta recepción
en este Despacho.
Notifíquese. Expídase la comisión correspondiente.
Fernando Castillo Víquez, Presidente.»
San José, 19
de enero del 2021.
Luis
Roberto Ardón Acuña,
Secretario a. í.
O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68.2017-JA.— ( IN2021521180 ).
HACE SABER:
A la Dirección Nacional de Notariado,
al Archivo Notarial, al Registro
Nacional, al Registro Civil y al público
en general que en el proceso disciplinario notarial N°
14-000584-0627-NO, de Raul Francisco Mora González contra Mario Sandoval Pineda, (cédula de identidad 1-548-307), este juzgado mediante resolución de las nueve horas y treinta y cuatro minutos del siete de enero de dos mil veintiuno, dispuso “Visto el acuerdo conciliatorio suscrito por ambas partes y agregado a partir de folio 110 del expediente,
se dispone que, si bien de la relación
de los artículos 154 del Código Notarial y 3 de la
Ley sobre Resolución
Alterna de Conflictos y Promoción
de la Paz Social se desprende la viabilidad
de emplear mecanismos para
la solución alterna de conflictos como la conciliación, aún existiendo sentencia firme, lo cierto es que en el caso concreto
la vigencia de la sanción impuesta al notario denunciado se encuentra condicionada al cumplimiento de
la inscripción registral que interesa
en el particular. Por haberse
acordado, entre otros aspectos, que el notario denunciado se comprometió a entregar el testimonio de la escritura
debidamente inscrito a la parte denunciante, previo a la homologación respectiva, con el fin de que el notario
encausado acredite el cumplimiento de lo pactado y, de conformidad con el ordinal 34.1 del Código Procesal Civil, se dispone la suspensión
del proceso por un plazo de
dos meses, que se contará a partir
de la publicación del edicto
que más adelante se dirá; suspensión que será prorrogable por un período igual previa solicitud de ambas partes. En función de lo resuelto con anterioridad, como una medida de carácter temporal y excepcional,
se levanta momentáneamente
la sanción impuesta al accionado mediante sentencia firme dictada en este
proceso, comunicada mediante edicto publicado en el Boletín Judicial N° 229 del viernes 27 de noviembre del 2020. Emítase comunicado de dicha medida a las instituciones correspondientes y al público en general mediante edicto que será publicado en el Boletín Judicial, fecha
a partir de la cual entrará en vigencia
el levantamiento temporal y excepcional
de la suspensión que pesa sobre el notario denunciado con motivo del proceso que nos ocupa”. Rige a partir del momento de su publicación.
San José, 7
de enero del 2021.
Dra.
Ingrid Palacios Montero,
Jueza
1 vez.—O.C.
N° .—364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021521257 ).
SEGUNDA
PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una base de veintiséis
millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil ochocientos colones soportando hipoteca de primer grado por un monto de quince millones de colones, inscrita al Tomo: 2011, Asiento:
00328804-consecutivo: 01, secuencia: 0001, subsecuencia; 001, reservas y restricciones, citas:
366-17529-01-0900-001; practicado citas:
800-287002-01-0001-001;practicado citas:
800-328890-01-0001-001; practicado citas: 800-467197-01-0001-001, sáquese
a remate la finca inscrita en
el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número
38586-000 la cual es terreno
de Construcción. Situada en el distrito Guápiles, cantón Pococí, de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, Carlos
Luis Loría
Corella; al sur, Carlos Luis Loría Corella; al este, calle pública con 24m; y al oeste, Carlos Luis Loría Corella. Mide:
mil setecientos sesenta y tres metros con setenta y dos decímetros cuadrados cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas cuarenta minutos del tres de marzo del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas cuarenta minutos del once de marzo del dos
mil veintiuno, con la base de diecinueve
millones ochocientos cuarenta y un mil ochocientos cincuenta colones (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las trece horas cuarenta minutos del diecinueve de marzo del dos mil veintiuno, con
la base de seis millones seiscientos
trece mil novecientos cincuenta colones (25% de la base
original). De igual forma, con la base de doce millones doscientos
cincuenta y nueve mil ochenta colones, libre de gravámenes hipotecarios; soportando practicado citas: 800-79725-01-0001-001; practicado
citas: 800-279201-01-0001-001; practicado
citas: 800-287001-01-0001-001; practicado
citas: 800-328892-01-0001-001; practicado
citas: 800-467196-01-0001-001, sáquese
a remate la finca inscrita en
el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número
177889-000 la cual es terreno
de Construcción. Situada en el distrito Las Horquetas, cantón Sarapiquí, de la provincia de
Heredia. Colinda: al norte,
Inmobiliaria Bienes Raíces y Desarrollos Ocupacionale Ibrydo S. A.; al
sur, Inmobiliaria Bienes Raíces y Desarrollos Ocupacionale Ibrydo S. A.; al este, Inmobiliaria Bienes Raíces y Desarrollos Ocupacionels Ibrydo S. A. y zona de protección
y Quebrada Isla Grande; y al oeste, calle pública con 23,00. Mide: mil trescientos sesenta y dos metros con doce decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas cuarenta minutos del tres de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta minutos del once de marzo del dos mil veintiuno, con
la base de nueve millones ciento noventa y cuatro mil trescientos diez colones (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las trece horas cuarenta minutos del diecinueve de marzo del dos mil veintiuno, con
la base de tres millones sesenta y cuatro mil setecientos setenta colones (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.-Se remata por ordenarse así en
proceso or.s.pri. prestac. Laborales de Pedro Fredy Lepiz Rodríguez contra Alice Janette Vega Hidalgo,
Manuel Antonio Brenes Sánchez. Expediente N°
18-000122-0929-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 08 de enero del 2021.—Msc. Gerardo Salas Herrera, Juez.—( IN2021521301 ).
Se convoca a los miembros
o socios de Green Solutions Logistic S. A., cédula jurídica
N° 3101192999, Multinegocios Internacionales
América S. A., cédula jurídica N°
3101090063, Mutiasa S. A., cédula jurídica N° 3101022585, a una
junta a celebrarse en este Despacho, a las diez horas del veinticinco de
mayo del año dos mil veintiuno
para que en la misma elijan representante. Se hace la advertencia que la junta
se verificará cualquiera
que sea el número de miembros o socios presentes, y la elección se decidirá por simple mayoría de votos. En caso
de no resultar mayoría o de
no asistir ningún miembro o socio a la junta, se hará
el nombramiento que corresponda.
Lo anterior por ordenarse así
en proceso ordinario laboral de Sonia Ureña Castro contra Mutiasa
Sociedad Anónima,
y otros. Expediente N°
17-000264-1125-LA. Nota: entre el día de la publicación del edicto de convocatoria y el de la junta, deberá
mediar por lo menos un mes.—Juzgado Civil y Trabajo
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia laboral),
12 enero 2021.—Licda.
Hellen Hidalgo Ávila, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021521182
).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Grace Massey Mora, quien portó
la cédula de identidad N° 0103130255 y falleció el 28 de enero del 2017,
promovido por Ana Ligia Ruiz Massey, cédula de identidad N° 0108300809, se consideren
con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el N°
20-002477- 0173-LA, a hacer valer
sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85
y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 20-002477-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito
Judicial de San José, Sección Segunda, 5 de enero del 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021520213 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Esteban Gerardo Juárez Hernández, quien
portó la cédula de identidad
N° 0115160441 y falleció el 27 de marzo
del 2018, promovido por Lilliam Hernández Guerrero,
cédula de identidad N° 0303180490, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el N° 20-002485-0173-LA, a hacer
valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 20-002485-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito
Judicial de San José, Sección Segunda, 5 de enero del 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021520214 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de María Julia Esquivel Hernández, quien portó la cédula de identidad 0102730605 y falleció
el día 15 de agosto del 2020, promovido
por María Rocío Quesada Esquivel, cédula de identidad 0106160960, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest.
Séctor Público bajo el número 20-002489-0173-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 20-002489-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito
Judicial de San José, Sección Segunda, 06 de enero del año 2021.—M.Sc. Susana
Porras Cascante, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520216 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Luis Barquero
Méndez, quien portó la cédula de identidad N°
0301490198 y falleció el 5 de setiembre
del 2018, promovido por Lidia Alvarado Cruz, cédula
de identidad N° 0600850590, se consideren
con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector público bajo el N° 20-002500-0173-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 20-002500-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito
Judicial de San José, Sección Segunda, 6 de enero del 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN202520217 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Randal Ruiz Chavarría,
07-0110-0496, fallecido el catorce
de diciembre del dos mil veinte,
que se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número
21-000001-0679-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Expediente
Nº 21-000001-0679-LA. Por Basilia Chavarría
Mosquera, cédula 600640904 a favor de Randal Ruiz Chavarría,
cédula 701100496.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 06 de enero del año 2021.—Lic. Diana Jeannette Peraza Retana,
Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021520218 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Walter Alberto Andrade Jiménez, quien fue mayor, costarricense, con cédula de identidad
N° 1-0715-0303, casado, vecino
de Guanacaste, Abangares, Limonal,
fallecido el 25 de agosto
del 2020, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el N° 21-000002-1574-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
21-000002-1574-LA.—Juzgado Contravencional de Abangares,
(Materia Laboral), 14 de enero del 2021.—Msc. María Del Milagro
Montero Barrantes, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021520219 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Francisco Johnny José Arguedas Zúñiga,
quien fue mayor, divorciado, constructor, vecino
de Palmares, Zaragoza, de la Chata,
150 metros bajando la calle,
segunda casa a mano derecha,
portador de la cédula N° 2-346-581 y falleció el 9 de noviembre de
2015; se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de distribución de prestaciones
persona fallecida bajo el N° 21-000005-0694-LA, a hacer
valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 21-000005-0694-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, (San Ramón), (Materia
Laboral), 13 de enero del 2021.—Msc. Alonso Oviedo Betrano, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-207-JA.—( IN2021520220 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rosa María Briceño
Mendoza, cédula de identidad N° 0601040949, fallecido el 23 de octubre del
2019, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el N° 21-000017-0641-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 21-000017-0641-LA, por a favor de...—Juzgado
de Trabajo de Cartago, 8 de enero
del 2021.—Msc. Ronald
Figueroa Acuña, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520221 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Hugo Gerardo Morera
Rodríguez, 0203970007, fallecido
el 28 de diciembre del 2020, se consideren
con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector público bajo el N° 21-000027-0643-LA, a hacer
valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 21-000027-0643-LA, por Instituto Costarricense de Electricidad, a favor de Hugo Gerardo Morera
Rodríguez.—Juzgado de Trabajo de
Puntarenas, 14 de enero del 2021.—Lic. Allan Roberto Espinoza Martínez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520222 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Víctor Manuel del Carmen Pérez Pérez, cédula de identidad número 1-0742-0067, mayor, soltero,
Cartago, la Unión, Tres Ríos, fallecido el 20 de noviembre del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado
bajo el número 21-000043-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000043-0641-LA. Promovido por Jefferson Pérez Navarro, cédula de identidad número 1-01389-0555 a
favor de Víctor Manuel del Carmen Pérez Pérez.—Juzgado de Trabajo de
Cartago, 11 de enero del año
2021.—Licda. Mónica Zúñiga
Vega, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520223 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mauricio Antonio Rodríguez Chacón, quien fue
mayor, soltero, administrador,
vecino de San Ramón, Volio,
400 metros norte de la plaza de deportes,
portador de la cédula N° 2-0495-0319 y falleció el 02 de febrero del
2019, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el N° 20-000331-0694-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 20-000331-0694-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, (San Ramón), (Materia
Laboral), 13 de enero del 2021.—Msc. Alonso Oviedo Betrano, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021520344 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Fernando Urbina Salazar, 0103220459, fallecido el 07 de setiembre del año 2007, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector público bajo el número
20-001321-0166-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Expediente
Nº 20-001321-0166-LA. Por María Cristina Gutiérrez Góngora
en favor de Fernando Urbina Salazar.—Juzgado de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de San José, 08 de octubre del año 2020.—M.Sc.
Andrés Grossi Castillo, Juez.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021520351 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jesús Emilio de La Trinidad Sancho Alpízar, cédula de identidad número 6-0093-0759, mayor, casado,
pensionado, Cartago, Paraíso, Llanos de Santa Lucía, de la Rural 800 metros
sur, fallecido el 19 de enero
del año 2018, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest.
Sector Público bajo el número
21-000010-0641-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 21-000010-0641-LA. Promovido por Dora Navarro
Jiménez, cédula de identidad número
3-0191-1115 a favor de Jesús Emilio De La Trinidad Sancho Alpízar.—Juzgado
de Trabajo de Cartago, 06 de enero
del año 2021.—Licda. Clelia
Calvo Bermúdez, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520356 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Álvaro José Martínez Artavia, mayor, soltero, Cartago, Paraíso, Birrisito,
cédula de identidad número
3-0375-0994, fallecido el 18 de noviembre
del año 2020, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest.
Sector Privado bajo el número 21-000013-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº
21-000013-0641-LA. Promovido Ramón Evaristo Martínez Arce, cédula de identidad
número 3-0192-0366, a favor de Álvaro José Martínez Artavia.—Juzgado de Trabajo de
Cartago, 06 de enero del año 2021.—Licda. Clelia Calvo Bermúdez, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021520358 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Javier González Morera, 0301130715, fallecido el 30 de setiembre del
2019, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el N° 20-000667-1178-LA, a hacer
valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 20-000667- 1178-LA, por a favor de Javier González Morera.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito
Judicial de San José, Sección Primera, 19 de noviembre del 2020.—M.Sc. Marianela Barquero
Umaña, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021520527 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de Rosa Zamora Yoms
C01474541, fallecida el 13 de agosto
del año 2020, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el Número 20-000041-1601-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
20-000041-1601-LA. Por Kevin Dinken Zamora a favor de
Rosa Zamora Yoms.—Juzgado Contravencional de Cóbano (Materia Laboral),
14 de diciembre del 2020.—Licda.
Hannia Marchena Jiménez, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021520607 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Manrique Angulo Angulo,
0502210920, fallecido el 12 de noviembre
del año 2012, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consignación de prestaciones sector privado bajo el número
20-000119-1584-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Expediente
Nº 20-000119-1584-LA. Por a favor de Manrique Angulo Angulo.—Juzgado Contravencional
de Carrillo (Materia Laboral), 14 de enero del año 2021.—Lic. Guillermo Emilio
Benavides Ruiz, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021520608 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de: José Antonio Gerardo Campos Ugalde,
cédula de identidad N° 0203720497, fallecido el 30 de junio del
2013, se consideren con derecho, para que, dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Distribución de Prestaciones bajo
el número 20-001817-0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 20-001817-0505-LA. Por Caja Costarricense
de Seguro Social. Diligencias establecidas por
Elizabeth Segura Campos, cédula de identidad N°
2-0429-0073.—Juzgado de Trabajo
de Heredia, 06 de enero del 2021.—Msc. Xiomara Arias Madrigal, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021520711 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Leandro López
Víquez,
0110560916, fallecido el 11 de julio
del 2020, se consideren con derecho para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el N° 20-001845-1178-LA, a hacer
valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 20-001845-1178-LA, por a favor de José Leandro López
Víquez.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito
Judicial de San José, Sección Primera, 19 de noviembre del 2020.—M.Sc. Marianela Barquero
Umaña, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021520712 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan
Pablo Alfaro Castillo 0304300022, fallecido(a) el 26 de julio del año 2020, se
consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número 20-001936-
1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el
artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 20-001936- 1178-LA. Por a
favor de Juan Pablo Alfaro Castillo.—Juzgado de
Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 19 de
noviembre del 2020.—M.Sc. Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2020.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520713
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de William Soto López, cédula N°
0202470267, fallecido el 06 de julio
del año 2006, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector público bajo el Número
20-001407-0166-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 20-001407-0166-LA. Por Emma Solano Soto Herrera a favor de William Soto
López, cédula N° 0202470267.—Juzgado de
Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 30 de octubre del 2020.—M.Sc. Andrés Grossi
Castillo, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021521163 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Mireya Luz Mary Jiménez Alvarado, cédula de identidad número 601810752, fallecida el 10 de mayo del 2017, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias promovidas por Hellen Monge Jiménez,
cédula de identidad número
7-0210-0186, de Consig. Prest.
Sector Privado bajo el número 20-001430-0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 20-001430-0929-LA. Por Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal Sociedad a favor de Mireya Luz Mary Jiménez Alvarado.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 14 de enero del 2021.—Lic. Erick Campos
Camacho, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521164 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de Jenny María Martínez Castillo
0108530994, fallecido el 21 de octubre
de 2020, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. pago sector privado bajo
el Número 20-001479-0929-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 20-001479-0929-LA. Por Caja Costarricense
de Seguro Social a favor de Jenny María Martínez Castillo.—Juzgado de Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de la
Zona Atlántica, 08 de diciembre
del 2020.—Lic. José Antonio Cordero Román, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021521165 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jael Menéndez Pérez
N° 0701080707, fallecido el 06 de junio
del 2012, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. pago sector privado bajo
el número 20-001619-0929-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial, expediente
N° 20-001619-0929-LA. Por a favor de Jael Menéndez Perez.—Juzgado de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 07 de diciembre
del año 2020.—Msc. Ana
Shirley Naranjo Solano, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021521166 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rafael González Madrigal, 0202030583, fallecido el 23 de junio del año 2017, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. pago
sector privado bajo el número 20-001646-0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº
20-001646-0929-LA. Por Caja Costarricense
de Seguro Social a favor de Rafael González Madrigal.—Juzgado de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 09 de diciembre
del año 2020.—Lic. José
Antonio Cordero Román, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521167 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Ángel de
la Trinidad Sánchez Moreira, 0401001220, fallecido el
22 de agosto del año 2020,
se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado,
bajo el número 20-001664-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 20-001664-0505-LA. Por
Mario Alberto Calvo Sánchez a favor de José Ángel de
la Trinidad Sánchez Moreira.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 09 de noviembre
del año 2020.—Msc. Karla
Priscilla Artavia Nájera, Jueza
Decisora.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021521168 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Aisman Yojan Calero Pérez, 0602630717, fallecido
el 04 de diciembre del año
2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el número 21-000006-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Notifíquese. Expediente Nº 21-000006-0643-LA. Por Yirman
Ademar Calero Barrantes a favor de Aisman Yojan Calero Pérez.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 06 de enero
del año 2021.—Lic. José
Andrés Ureña Chaves, Juez.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021521171 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rosalía
Gutiérrez Martínez 0601810196, fallecida el 11 de julio del año 2012 vecina del
Cocal Puntarenas, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. prest. sector privado bajo el Número 21-000012-0643-LA,
a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 21-000012-0643-LA. Por Operadora de
Pensiones Complementarias y Capitalización de la Caja Costarricense de Seguro
Social SA a favor de Rosalia Gutiérrez Martínez.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 08 de
enero del 2021.—Licda. Gabriela Pizarro Corea, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021521172 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de José Alexander Villegas Núñez, cédula 0701370758, fallecido
el 08 de enero del 2021, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el número 21-000061-0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº
21-000061-0929-LA. Por José Alexis Villegas Núñez,
cédula 0502440245, a favor de José Alexander Villegas Núñez.—Juzgado
de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 14 de enero del año 2021.—Lic. José Antonio Cordero Román, Juez.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021521175 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Mario Alberto Cabezas Monge, N°
0205360568, fallecido el 28 de junio
del año 2018, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consignación de prestaciones sector privado bajo el N° 18-001690-0639-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 18-001690-0639-LA. Por Johanna Rosario Guevara Escalante.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 30 de agosto del 2018.—Lic. Ignacio Saborío Crespo
Juez.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021521258 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Víctor Eduardo Flores González, céd. 0301890189, fallecido el 01
de julio del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 18-001921-0641-LA,
a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 18-001921-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de
Cartago, 16 de setiembre del año
2019.—Licda. Charlin Vargas Valenciano, Juez.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021521259 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Yorly María Blanco Ulate, 0502860193, fallecida
el 23 de enero del 2008, se consideren
con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el N°
20-000036-1574- LA, a hacer valer
sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85
y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 20-000036-1574-LA,
por a favor de Yorly María Blanco Ulate.—Juzgado Contravencional de Abangares,
(Materia Laboral), 25 de noviembre del 2020.—Msc. María Del Milagro Montero Barrantes,
Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021521262 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Demetrio Morales Fonseca,
0501940943, fallecido el 2 de noviembre
del 2019, se consideren con derecho para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el N° 20-000041-1574-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-000041-1574-LA, por a favor
de Luis Demetrio Morales Fonseca.—Juzgado
Contravencional de Abangares,
(Materia Laboral), 8 de diciembre del 2020.—Msc. María Del Milagro Montero Barrantes,
Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021521263 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Enrique López Gómez, quien fue, mayor, vecino de Barrio San Martín, del Bar los Almendros, 200
metros norte, portador de
la cédula N° 0502810534, fallecido el 18 de noviembre del 2013, se consideren
con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el N°
20-000258-0868-LA, a hacer valer
sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85
y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 20-000258-0868-LA. Por Daniela María López Gómez portadora
de la cédula 11584378.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste, (Nicoya), (Materia Laboral), 13 de enero del 2021.—Msc. Carlos Eduardo Arce Matarrita,
Juez.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021521268 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Yolanda Zumbado
Calvo con cédula de identidad número
700610043, fallecida el seis de marzo
del dos mil veinte, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consignación de Prestaciones bajo el número
20-000294-0679-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 20-000294-0679-LA. Por Howard Henry Stephenson a favor de Yolanda Zumbado Calvo.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito
Judicial de La Zona Atlántica, 11 de junio del año 2020.—Msc. Ana Naranjo Solano, Jueza.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021521269 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Jorge Alberto Gerardo Conejo Calvo, 0203610738, fallecido(a)
el once de junio del dos mil catorce,
se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número
20-000316-1113-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 20-000316-1113-LA. Por Jorge Luis Conejo Campos a
favor de Jorge Alberto Gerardo Conejo Calvo.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Laboral), 10 de julio del 2020.—Lic. Freddy
Aikman Espinoza, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521271 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: José Eduardo Barrantes Bogantes, quién fue mayor de edad, casado, vecino de Grecia, portó la cédula de identidad N°
2-0315-0839, fallecido el 18 de octubre
del 2020, se consideren con derecho, para que, dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 20-000507-1113-LA,
a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 20-000507-1113-LA. Promueve: Olga Marta de Jesús Camacho Lizano, cédula número 0203700081.—Juzgado
Civil y Trabajo de Grecia (Materia Laboral), 07
de diciembre del 2020.—Msc. Freddy Aikman Espinoza, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021521273 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Delroy Duncanson Duncanson, cédula de identidad número 7-0037-0710, mayor,
pensionado, fallecido el 14 de mayo del año 2020, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consig. prest. sector
público bajo el Número 20- 000932-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000932-0641-LA.—Juzgado
de Trabajo de Cartago, 24 de agosto del año 2020.—MSc.
Marlen Solís Porras, Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021521274 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Gerardo González Araya con cédula N° 0201990298, fallecido
el 11 de julio del año
2014, se consideren con derecho, para que, dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones
sector privado bajo el Número 20-001378-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 20-001378-0639-LA. Promovido por María
Luz Sibaja Pérez
a favor de Gerardo González Araya.—Juzgado
Trabajo del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 30 de octubre del 2020.—Licda. Digna María Rojas Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021521276 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Edgar Romero Romero,
0102010385, fallecido el 1° de
octubre del 2020, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector público bajo el N° 20-001570-0639-LA, a hacer
valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 20-001570-0639-LA,
por Teresa María Cordero González, cédula N° 2-0203-0564, a favor de
Carlos Edgar Romero Romero.—Juzgado
Trabajo del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 2 de diciembre del
2020.—Ignacio Saborío
Crespo, Juez.—1 vez.—O. C.
N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021521277 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Federico Quirós Nájera, 0202040354, fallecido(a) el 25 de febrero del
2015, se consideren con derecho, para que, dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado
bajo el número 20-001655-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 20-001655-0639-LA. Por
María Yorley y Henry
ambos Quirós
Sánchez a favor de Federico Quirós Nájera.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 18 de diciembre del
2020.—Ignacio Saborío
Crespo, Juez.—1 vez.—O. C.
N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021521278 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de Félix Antonio Chaves Campos, 0202030939, fallecido el 08 de junio del año 2012, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el número 20-001671- 0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº
20-001671-0639-LA. Por Mayra Rosa Solano Zamora, cédula de identidad
número 2-0336-0125, a favor de Félix Antonio Chaves Campos.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 06 de enero del año 2021.—Lic. Digna María Rojas Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521279 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Lourdes Fernández Ramírez
0301060575, fallecida el 11 de noviembre
del año 2020, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. Prest.
Sector privado bajo el Número 20-001687-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 20-001687-0639-LA. Aníbal Hidalgo Jiménez a favor de María Lourdes Fernández Ramírez.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 06 de enero del año 2021.—Eugenio Molina Sequeira,
Juez.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521282
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Abner Jermey Fernández García 0701810302, fallecido el 02 de
agosto del año 2016, se consideren con derecho, para que
dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de consig. pago sector público bajo el Número
20-001716- 0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N°
20-001716-0929-LA. Por Marjorie Brayan Suarez a favor de Jeilan
Jamarck Fernández Brayan.—Juzgado
de Trabajo del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 06 de enero del
año 2021.—Lic. José Antonio Cordero Román, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021521283 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juney Del
Rosario De Araya Montero, cédula N° 203610617, fallecido
el 30 de marzo de 2020, se consideren
con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen a este despacho en
las diligencias de consignación de prestaciones bajo el N° 21-000001-0643-LA, a hacer
valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 21-000001-0643-LA, a favor de los beneficiarios de
Juney Del Rosario de Araya Montero.—Juzgado de Trabajo de
Puntarenas, 5 de enero de 2021.—M.Sc. Silvia
Marcela Araya Valverde, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021521284 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Pedro Miguel Antonio Cortés Rosales, quien falleció el 30 de diciembre del
2020, se consideren con derecho, para que, dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias Devolución de Ahorro Obligatorio, bajo el número
21-000001-0878-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 21-000001-0878-LA. Pedro Miguel Antonio Cortés Rosales a favor de.—Juzgado Contravencional
de Nandayure (Materia Laboral), 20 de enero del 2021.—Lic. David Campos
Rojas, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521285 ).
A los causahabientes de quién en vida se llamó
José Luis Araya Fernández, quien fue
mayor casado, pensionado, domicilio
Turrialba, Barrio La Margot, cédula de identidad número 0301600452, se les hace
saber que: Ana María Barboza Rosales, portadora de la
cédula de identidad número
301590565, viuda, de oficios
domésticos, vecina
Turrialba, La Margot, se apersonó en
este Despacho en calidad de esposa
de la persona fallecida, a fin de promover
las presentes diligencias de consignación
de prestaciones. Por ello,
se les cita y emplaza por
medio de edicto que se publicará
por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este
Despacho, en las
diligencias aquí establecidas,
a hacer valer sus derechos
de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Consignación de prestaciones
del trabajador fallecido
José Luis Araya Fernández, expediente número 21-000007-1001-LA-3.—Juzgado
de Trabajo del Circuito
Judicial de Turrialba (Materia Laboral, Consignación,
Electrónico), 08 de enero
del año 2021.—Lic. Randall Francisco Gómez Chacón,
Juez.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021521287 ).
A los causahabientes de quién en vida se llamó:
Hermenegildo Gerardo Quirós
Mejías, quien fue mayor, costarricense, operario, vecino de Turrialba, El Mora, calle
tres, casa 128, con cédula de identidad
número 302400004, quien laboró para Constructora Hernán Solís Sociedad de Responsabilidad,
y falleció el 03 de marzo
del 2020, se les hace saber que: Ana Grace Alfaro Casasola, mayor, costarricense, viuda, vecina de Turrialba, El
Mora, calle tres, casa 128
y portadora de la cédula N° 302610409, se apersonó en este
Despacho en calidad de esposa de la persona fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación
de Prestaciones. Por ello,
se les cita y emplaza por
medio de edicto que se publicará
por una sola vez en el Boletín Judicial, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por el artículo
85 del Código de Trabajo. Publíquese
por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido del sector
privado de quien en vida se llamó: Hermenegildo Gerardo Quirós Mejías. Expediente N° 21-000021-1001-LA-3.—Juzgado
de Trabajo del Circuito
Judicial de Turrialba (Materia Laboral, Consignación,
Electrónico), 19 de enero
del 2021.—Lic. Randall
Francisco Gómez Chacón, Juez
Laboral.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521290
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Óscar Mario
Roldán
Fernández, 0104110931, fallecido el 30 de julio del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número
21-000041-0641-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Expediente
Nº 21-000041-0641-LA. Por a favor de Óscar Mario
Roldán Fernández.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 19 de enero
del año 2021.—M.Sc. Andrea Gutiérrez Vargas, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521292
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Rafael Centeno Brenes,
0301400277, fallecido(a) el 08 de enero
del año 2020, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el número 21-000056-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
21-000056-0639-LA. Por Lourdes Esquivel Sánchez a favor de Jose Rafael Centeno Brenes.—Juzgado Trabajo del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de enero del año 2021.—Digna María
Rojas Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021521293 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Aníbal Sandoval Quirós,
0301300182, fallecido el 3 de noviembre
del 2020, se consideren con derecho para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el N° 21-000082-0641-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 21-000082-0641-LA, por a favor de Aníbal Sandoval Quirós.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 18 de enero
del 2021.—Msc. Andrea Gutiérrez Vargas, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021521294 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una base de mil quinientos
treinta y un dólares con veinticinco centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa:
BDJ718, marca: Chevrolet, estilo:
Aveo LS, categoría: automóvil, capacidad:
5 personas, tracción: 4X2, año
fabricación: 2013, color: gris,
Vin: 3G1TC5CF9DL156900, cilindrada: 1600 c.c. Para tal efecto se señalan
las ocho horas cuarenta y cinco minutos del siete de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del quince de abril del
dos mil veintiuno con la base de mil ciento cuarenta y ocho dólares con cuarenta y tres centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de abril del dos mil veintiuno con
la base de trescientos ochenta
y dos dólares con ochenta y
un centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese el edicto de ley, para
lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta Nacional los respectivos
derechos de publicación, previa revisión
del edicto a fin de cotejar
que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá
indicarlo al despacho
dentro del tercer día para proceder
con la respectiva corrección.
Deberá publicarse este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos S J S. A. contra Andrea de
Los Ángeles Fernández Sandí. Expediente N° 20-017908-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José,
12 de noviembre del 2020.—Adriana Soto González, Jueza Coordinadora.—(
IN2021520225 ).
En este Despacho,
con una base de nueve mil seiscientos
treinta y siete dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BCT125, marca: Nissan, estilo: Tiida, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
serie: 3N1CC1AD0ZK138612, carrocería:
sedán 4 puertas, tracción: 4x2 peso, año fabricación: 2013, color: gris, N. motor: HR16281205C, marca:
Nissan. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del trece de mayo de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas treinta minutos del veintiuno de mayo de
dos mil veintiuno con la base de siete
mil doscientos veintisiete dólares con setenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del treinta y uno de mayo
de dos mil veintiuno con la base de dos mil cuatrocientos nueve dólares con veinticinco centavos
(25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Improsa contra
Maricruz Alfaro Moreira, expediente N°
20-012628-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 13 de noviembre
del año 2020.—Noelia Prendas
Ugalde, Jueza Tramitadora.—(
IN2021520876 ).
En este Despacho, con una base de catorce mil quinientos cuarenta y siete dólares con cincuenta y siete centavos, soportando colisión sumaria 19-000353-1028-CA, sáquese
a remate el vehículo placas
PML284, marca Hyundai, estilo
Accent GL, color café, año
2017, Vin KMHCT41DBHU073523, motor G4FCFU462572. Para tal
efecto se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del doce de abril de dos mil veintiuno con la
base de diez mil novecientos
diez dólares con sesenta y siete centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del veinte de abril de dos mil veintiuno con la
base de tres mil seiscientos
treinta y seis dólares con ochenta y nueve centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Improsa Sociedad
Anónima
contra Paula Jiménez Ovares, expediente
N° 20-016614-1044-CJ. Previo a realizar
la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir
algún error lo comunicará
al despacho de inmediato
para su corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 25 de noviembre del año 2020.—Ricardo Barrantes López, Juez Decisor.—( IN2021520937 ).
En este Despacho, con una base de
once mil setecientos tres dólares con noventa y seis
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
placas: PCL983; marca:
Hyundai; estilo: Grand I10; categoría: automóvil;
capacidad: 5 personas; año:
2016; color: azul; Vin: MALA851CBGM327722. Para tal efecto se señalan
las ocho horas treinta minutos del tres de marzo del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las ocho horas treinta minutos del once de marzo del dos
mil veintiuno, con la base de ocho
mil setecientos setenta y siete dólares con noventa y siete centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las ocho horas treinta minutos del veintidós de marzo del dos mil veintiuno, con la base de dos mil novecientos
veinticinco dólares con noventa y nueve centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR Sociedad Anónima
contra Paulina Vargas Delgado. Expediente Nº
20-016656-1044-CJ. Publíquese el edicto
de ley, para lo cual deberá
el interesado cancelar ante
la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación,
previa revisión del Edicto
a fin de cotejar que el mismo
no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual
deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día
para proceder con la respectiva
corrección.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de octubre del 2020.—Esteban Herrera Vargas, Juez Decisor.—( IN2021520940 ).
En este Despacho, con una base de
seis mil cuatrocientos quince dólares
con sesenta y cinco
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
BGS066, marca Chevrolet, estilo
Spark LS, categoría automóvil,
año 2014, color azul, vin
KL1CJ6C18EC561710, cilindrada 1000 c.c. Para tal efecto se señalan
las once horas treinta minutos
del veinticuatro de marzo
de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las once horas treinta
minutos del ocho de abril de dos mil veintiuno con la
base de cuatro mil ochocientos
once dólares con setenta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas treinta minutos del diecinueve de abril de dos mil veintiuno con la base de mil seiscientos
tres dólares con noventa y un centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Improsa
Sociedad Anónima
contra Jesús Alberto Jiménez Navarrete, expediente
N° 20-018508-1044-CJ. Previo a realizar
la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir
algún error lo comunicará
al despacho de inmediato
para su corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 23 de noviembre del año 2020.—Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—( IN2021520941 ).
En este Despacho, con una base de tres millones seiscientos
setenta y tres mil seiscientos dos colones con seis céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando desinscripción por orden
judicial, bajo las citas: 2020 00562411 002; sáquese a remate el vehículo placa: BGV766, marca: Nissan, estilo: TIIDA, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, tracción:
4X2, año fabricación: 2015,
color: gris, vin: 3N1CC1AD9FK194060, cilindrada: 1598 cc. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del veintiocho de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las once horas treinta
minutos del diez de mayo de
dos mil veintiuno, con la base de dos millones setecientos cincuenta y cinco mil doscientos un colones con cincuenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las once horas treinta
minutos del dieciocho de
mayo de dos mil veintiuno, con la base de novecientos dieciocho mil cuatrocientos colones con cincuenta y un céntimos (25% de
la base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese el edicto de ley, para
lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación,
previa revisión del Edicto
a fin de cotejar que el mismo
no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual
deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día
para proceder con la respectiva
corrección. Deberá publicarse este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR Sociedad Anónima
contra Tanya Cristina Lewis Fernandez. Expediente:
20-018514-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de diciembre del 2020.—Adriana Soto González, Jueza Coordinadora.—(
IN2021520942 ).
En este despacho, con una base de catorce mil cuatrocientos setenta y un dólares con setenta y tres centavos (moneda de curso legal de los Estados Unidos), libre de gravámenes
prendarios, pero soportando colisiones
18-002976-0489-TR 2018314000143 0 0 Juzgado de Tránsito del Primer Circuito
Judicial de San José; sáquese a remate el vehículo placa: JPC352, marca: Hyundai estilo: Tucson GL,
categoría: automóvil capacidad: 5 personas, serie:
KMHJ2813BGU029530, tracción: 4x2, año
fabricación: 2016, color: azul,
N° motor: G4NAFU032864 marca: Hyundai, potencia: 155 kw combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del veinticinco de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del doce de abril de dos mil veintiuno con la base de diez mil
ochocientos cincuenta y tres dólares con setenta y nueve centavos (moneda de curso legal de los estados unidos) (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las ocho horas treinta minutos del veinte de abril de dos mil veintiuno con la
base de tres mil seiscientos
diecisiete dólares con noventa y tres centavos (moneda de curso legal de los Estados Unidos) (25% de la base original). Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir
algún error lo comunicará
al despacho dentro del tercer
día, para su inmediata corrección. Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Improsa
Sociedad Anónima contra José Pablo Calvo Quesada. Expediente N° 20-018544-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 27 de noviembre del año 2020.—Licda. Adriana Soto
González, Jueza Coordinadora.—( IN2021520943 ).
En este Despacho, con una base de siete mil doscientos once dólares con sesenta y nueve centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
BFF659, marca Hyundai. estilo
Accent GL. Categoría automóvil.
Año 2014. Color plateado.
Vin KMHCT41CBEU526300, Cilindrada 1400 c.c. Para tal efecto se señalan
las diez horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del doce de abril de dos mil veintiuno con la
base de cinco mil cuatrocientos
ocho dólares con setenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veinte de abril de dos mil veintiuno con la base de mil ochocientos
dos dólares con noventa y
dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les
informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR Sociedad Anónima
contra Diego Francisco Cordero Salicetti. Expediente Nº:20-018562-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 24 de noviembre del año 2020.—Yessenia Brenes
González, Jueza Decisora.—(
IN2021520946 ).
En este Despacho, con una base de nueve
mil doscientos treinta dólares con cincuenta y tres centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa número: SBG859, marca: Hyundai, estilo: Grand I10, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2017,
color: plateado, vin: MALA851CBHM475776, cilindrada: 1200 C.C, combustible: gasolina,
motor número: G4LAGM095338. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del catorce de junio del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de junio del dos mil veintiuno, con
la base de seis mil novecientos veintidós
dólares con noventa
centavos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las nueve
horas cuarenta y cinco minutos del treinta de junio del dos mil veintiuno, con
la base de dos mil trescientos siete
dólares con sesenta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Improsa
contra Shirley María Bonilla Guzmán. Expediente
N° 20-013187-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 16 de diciembre del
2020.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—(
IN2021520950 ).
En este Despacho, con una base de
once mil noventa y cinco dólares con trece centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
placas: GPS108, marca:
Hyundai; estilo: Tucson GL; categoría:
automóvil;
capacidad: 5 personas; serie:
KMHJT81EAFU965256; tracción: 4X2; número
chasis: KMHJT81EAFU965256; año
fabricación: 2015; color: negro y Vin:
KMHJT81EAFU965256. Para tal efecto
se señalan las dieciséis
horas cero minutos del diecisiete
de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
dieciséis horas cero minutos
del veinticinco de mayo de dos mil veintiuno, con la base de ocho
mil trescientos veintiún dólares con treinta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas cero minutos del
dos de junio de dos mil veintiuno,
con la base de dos mil setecientos setenta y tres dólares con setenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Credi Q Inversiones CR S. A., contra Juan Gabriel Bolaños Vargas,
Silvia Lorena Ramos Carboni. Expediente:
20-013200-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 7 de diciembre del
2020.—Michelle Allen Umaña, Jueza
Decisora.—( IN2021520951 ).
En este Despacho, con una base de nueve mil novecientos trece dólares con setenta y dos centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo BNP264, marca
Chevrolet, estilo Spark LT, categoría automóvil, capacidad
5 personas, serie, chasis y
Vin KL1CJ6CA9HC776162, año 2017, color blanco, N° motor LV7163370313, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas
quince minutos del veinticuatro
de mayo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas quince minutos del uno de junio del dos mil veintiuno con
la base de siete mil cuatrocientos
treinta y cinco dólares con veintinueve centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las once horas quince minutos
del nueve de junio del dos
mil veintiuno con la base de dos mil cuatrocientos setenta y ocho dólares con setenta y tres centavos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Improsa contra
Christopher Alberto Lagos Rodríguez.
Expediente N° 20-013210-1157-CJ.—Juzgado de Cobro
del Primer Circuito Judicial
de Alajuela, 08 de diciembre del 2020.—Lic. Hazel Mariela Carvajal Rojas, Jueza
Tramitadora.—( IN2021520952 ).
En este despacho,
con una base de siete mil seiscientos
once dólares con cinco
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
placa: BGB109, marca:
Hyundai, estilo: Grand I10, categoría:
automóvil, capacidad: 5
personas, serie: mala851CAFM079585, carrocería: sedan 4 puertas
Hatchback, tracción: 4x2, año
fabricación: 2015, color: negro. Para tal efecto se señalan
las ocho horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de mayo de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de mayo de dos mil veintiuno
con la base de cinco mil setecientos
ocho dólares con veintinueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del dos de junio de dos mil veintiuno con la
base de mil novecientos dos dólares
con setenta y seis centavos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Improsa contra
America Ardon Apu. Expediente Nº 20-013298-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 03 de diciembre
del año 2020.—Licda. Sofía
Ramírez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2021520953 ).
En este Despacho, con una base de mil novecientos
sesenta y dos dólares con cuarenta centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placas:
908080, marca: Hyundai, estilo:
Accent GL, serie: KMHCT41CACU084889, número chasis: KMHCT41CACU084889,
color: plateado, Vin: KMHCT41CACU084889, N. motor:
G4FABU619486, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan
las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del cinco de mayo de dos
mil veintiuno con la base de mil cuatrocientos
setenta y un dólares con ochenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del trece de mayo de dos mil veintiuno
con la base de cuatrocientos noventa
dólares con sesenta
centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Taxis Darío Azul y Radio Liga
Sociedad Anónima,
William Francisco Sánchez Guerrero, expediente N°
20-013300-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 25 de noviembre del año 2020.—Michelle Allen Umaña, Juez/a Decisor/a.—( IN2021520954
).
En este Despacho, con una base de doce mil setecientos sesenta y cinco dólares con veintiocho centavos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
placas BGT784, marca:
Mitsubishi, estilo: Mirage G4, categoría:
automóvil, capacidad: 5 personas,
serie: MMBSNA13AFH000255, carrocería: Sedan 4 puertas,
año fabricación: 2015,
color: azul, N° Motor:
3A92UBN0552, cilindrada: 1193 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas veinte minutos del dos de marzo del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las once horas veinte minutos
del diez de marzo del dos
mil veintiuno, con la base de nueve
mil quinientos setenta y tres dólares con noventa y seis centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
once horas veinte minutos
del dieciocho de marzo del
dos mil veintiuno, con la base de tres
mil ciento noventa y un dólares con treinta y dos
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR Sociedad Anónima
contra Daniel De Jesús Cartín Hidalgo, Javier Antonio Hidalgo Barrantes.
Expediente Nº 20-013483-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 10 de diciembre del
2020.—María Del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—( IN2021520955 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones quinientos ochenta y un mil doscientos treinta y tres colones con trece céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo
800687, Marca: B.M.W. Estilo: X3-2.0D, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, año fabricación: 2009, color: Bronce,
cilindrada: 1995 c.c,
Combustible: DIESEL. Para tal efecto
se señalan las nueve horas
quince minutos del diecisiete
de junio de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas quince minutos
del veinticinco de junio de
dos mil veintiuno con la base de tres
millones cuatrocientos treinta y cinco mil novecientos veinticuatro colones con ochenta y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las nueve horas quince minutos
del cinco de julio de dos
mil veintiuno con la base de un millón
ciento cuarenta y cinco mil trescientos ocho colones con veintiocho céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Improsa
contra Julio Alberto Segura Umaña. Expediente Nº:20-014695-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia, 27 de noviembre del año
2020.—Liseth Delgado Chavarría,
Jueza Tramitadora.—(
IN2021520956 ).
En este despacho, con una base de
mil quinientos ochenta y cinco dólares con noventa y seis centavos, soportando
demanda ordinaria citas 0800-00422695-001 (Expediente
N° 11-001002-0504-CI), colisiones 18-008572-0174-TR boleta 2018313700621-0-0, sáquese
a remate el vehículo placa
GCV807, marca: Hyundai estilo:
Accent GL, categoría: automóvil
capacidad: 5 personas, serie:
kmhct41dadu330829, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4x2, año fabricación: 2013, color:
café, N° motor: G4FCCU943325 marca: Hyundai. Para tal efecto se señalan
las trece horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de setiembre de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de junio de dos mil veintiuno con la
base de mil ciento ochenta
y nueve dólares con cuarenta y siete centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del cinco de julio de dos mil veintiuno con la
base de trescientos noventa
y seis dólares con cuarenta
y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra María Gabriela Fernández
Salgado. Expediente N° 20-014766-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 03 de diciembre
del año 2020.—Noelia Prendas
Ugalde, Jueza Tramitadora.—(
IN2021521966 ).
En este Despacho,
con una base de dieciocho mil quinientos
dos dólares con ochenta y nueve centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa:
MFF612, marca: Kia, estilo:
Rio, categoría: automóvil, capacidad:
5 personas, serie: 3KPA241AAKE184911, carrocería:
Sedan 4 puertas, tracción:
4x2, número chasis:
3KPA241AAKE184911, año fabricación:
2019, estado actual: inscrito,
motor: G4LCJE737498, marca: Kia, N. serie: no indicado, modelo: H9S4K4617, cilindrada:
1368 C.C, cilindros: 4 potencia:
76 Kw, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las siete horas cuarenta minutos del tres de mayo del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las siete horas cuarenta minutos del once de mayo del dos mil veintiuno,
con la base de trece mil ochocientos
setenta y siete dólares con diecisiete centavos
(75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las siete horas cuarenta minutos del diecinueve de mayo del dos mil veintiuno,
con la base de cuatro mil seiscientos
veinticinco dólares con setenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Max Lander Vargas
Alvarado. Expediente N° 20-007397-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 28 de octubre
del 2020.—Lic. Luis Abner Salas Muñoz, Juez/a Decisor/a.—( IN2021521014 ).
En este Despacho, con una base de ocho mil quinientos cuarenta y siete dólares con noventa y tres centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo BGG302. Marca: Nissan. Estilo: X-Trail. Categoría: Automóvil. Capacidad: 5 personas.
Carrocería: Todo terreno 4 puertas. Tracción: 4x4. Año Fabricación: 2014. Uso: Particular.
Color: gris. Marca Motor: Nissan. Combustible: Gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas quince minutos del treinta de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas quince
minutos del once de mayo de dos mil veintiuno con la base de seis mil cuatrocientos
diez dólares con noventa y cinco centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las ocho horas
quince minutos del diecinueve
de mayo de dos mil veintiuno con la base de dos mil ciento treinta y seis dólares con noventa y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Linda Beatriz Chacón Rodríguez. Expediente N°
20-004829-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 26 de octubre
del año 2020.—Licda. Raquel
Machado Fernández, Jueza Tramitadora.—( IN2021521016
).
En este Despacho, con una base de trescientos cuarenta y seis mil ochocientos cuarenta y cinco dólares exactos,
soportando demanda ordinaria bajo las citas
0800-00365051-01-0001-001, sáquese a remate la finca
del partido de San José, matrícula número 599430-000, la cual es naturaleza: para construir. Situada en el distrito
(01) San Vicente, cantón (14) Moravia, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Edgar Elescano
Borja, servidumbre de paso; al sur, Ofelia González
Alfaro, Rafael Chaves Solano, María Chaves González; al este, Temporalidades de la Iglesia Católica del Corazón de Jesús; y
al oeste, Porfirio Jiménez González. Mide: ochocientos setenta y tres metros con sesenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del dieciséis de febrero del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas treinta minutos del veinticuatro de febrero del dos mil veintiuno con
la base de doscientos sesenta
mil ciento treinta y tres dólares con setenta y cinco centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las trece horas treinta minutos del cuatro de marzo del dos mil veintiuno con la base de ochenta
y seis mil setecientos once dólares
con veinticinco centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Claudio Esteban
Bonilla Ramírez. Expediente N° 18-000136-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 15
de enero del 2021.—Lic.
Víctor Obando Rivera, Juez Decisor.—( IN2021521018 ).
En este Despacho, con una base de
once millones de colones,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
373766-000, la cual es terreno
para construcción lote cuatro. Situada en el distrito 3 Carrizal, cantón 1 Alajuela de la
provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, resto de Cultivos
Agrícolas de Puente Salas Limitada;
al sur, calle pública; al este,
lote tres y al oeste, lote cinco.
Mide: doscientos metros cuadrados. Plano A-0764926-2002. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas quince minutos del
quince de febrero del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas quince minutos
del veintitrés de febrero
del dos mil veintiuno con la base de ocho millones doscientos
cincuenta mil colones (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las ocho horas
quince minutos del tres de marzo del dos mil veintiuno con
la base de dos millones setecientos
cincuenta mil colones (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Félix de Los Ángeles
Sanchez Padilla contra María Inés Chacón Rodríguez. Expediente Nº 190178211158CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 16 de octubre del 2020.—Lic. Hazel
Mariela Carvajal Rojas, Jueza Tramitadora.—( IN2021521021
).
En este Despacho, con una base de ciento sesenta y cuatro millones ciento veintitrés mil quinientos sesenta y tres colones con ochenta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre dominante citas: 399-07970-01-0004-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 430224, derecho
000, la cual es terreno lote número seis R. terreno para construir. Situada en el Distrito 3-Pozos, Cantón 9-Santa Ana, de la provincia
de San José. Colinda: al norte
parque; al sur el Valle Yumuri
Sociedad Anónima; al este
Asociacion de Empleados De Super Servicio
Sociedad Anónima y al oeste
calle pública. Mide: ochocientos sesenta metros cuadrados. Para tal efecto, señalan
las once horas cero minutos del diez
de junio de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas cero minutos del dieciocho
de junio de dos mil veintiuno
con la base de ciento veintitrés
millones noventa y dos mil seiscientos setenta y dos colones con ochenta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las once horas cero minutos del veintiocho de junio de dos mil veintiuno con la
base de cuarenta y un millones
treinta mil ochocientos noventa colones con noventa y cinco céntimos (25% de la base original). Con una base de veintiséis millones ciento veintitrés mil novecientos ochenta y cinco colones con cuarenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 315-07638-01-0902-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 530980, derecho
000, la cual es terreno de jardín y casa hoy con una construcción
con un local comercial. Situada
en el Distrito 11-San Sebastián, Cantón
1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte resto de
Claudio López; al sur calle publica; al este Norma Vega y al oeste futura calle. Mide:
ciento sesenta y ocho metros con dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos
del diez de junio de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos
del dieciocho de junio de
dos mil veintiuno con la base de diecinueve
millones quinientos noventa y dos mil novecientos ochenta y nueve colones con cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las once horas cero minutos del veintiocho de junio de dos mil veintiuno con la
base de seis millones quinientos
treinta mil novecientos noventa y seis colones con treinta y cinco céntimos (25% de la base original). Con una base de ochenta y cuatro millones cuarenta y tres mil quinientos sesenta y cuatro colones con noventa y un céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Cartago, matrícula
número 215347, derecho 000, la cual
es terreno de potrero lote
1. Situada en el Distrito
2-Cot, Cantón 7-Oreamuno, de la provincia
de San José. Colinda: al norte
Mateo Ivankovich Fonseca; al sur calle
publica con 37.98 metros; al este La Pavilla S.A y al oeste Guido Ivankovich Castro. Mide: dos mil doscientos treinta y nueve metros con seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
cero minutos del diez de junio de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas cero minutos del dieciocho
de junio de dos mil veintiuno
con la base de sesenta y tres
millones treinta y dos mil seiscientos setenta y tres colones con sesenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las once horas cero minutos del veintiocho de junio de dos mil veintiuno con la
base de veintiún millones diez mil ochocientos noventa y un colones con veintidós céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Santa Ana contra Inversiones Jerusalem Del Norte S.A, Roger Francisco Monge
Álvarez, Yolanda Eugenia De Jesús Ivankovich Fonseca.
Expediente Nº:17-009175-1765-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Tercera,
24 de noviembre del año
2020.—Iván Tiffer Vargas, Juez
Tramitador.—( IN2021521029 ).
En este Despacho, con una base de siete millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 279- 03315-01-0003-001, servidumbre
de paso citas: 2009-181932-01-0002-001, servidumbre de paso citas:
2009-181932-02-0004-001, servidumbre
de líneas
eléctricas
y de paso citas: 2009-214560-01-0008-001, servidumbre de acueducto citas: 2009-214560-01-0009-001, servidumbre
de aguas pluviales citas: 2009-214560-01-0010-001, servidumbre
de aguas pluviales citas: 2009- 245189-01-0013-001, servidumbre
de líneas
eléctricas y de paso citas:
2009-245189-01-0014-001, servidumbre de acueducto citas:
2009-245189-01-0015- 001, servidumbre de acueducto citas:
2009-274728-01-0017-001, servidumbre de líneas eléctricas y
de paso citas: 2009-274728-01-0018-001, servidumbre de aguas pluviales citas:
2009-274728-01-0019-001, servidumbre de líneas eléctricas y
de paso citas: 2009-282988-01-0002-001, servidumbre de acueducto y de
paso de a y a citas: 2009-282988-01-0003-001, servidumbre de aguas pluviales citas:
2009-282988-01-0004-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2010-78773-01-0002-001, servidumbre
de aguas pluviales citas: 2010-83235-01-0002-001, servidumbre
de aguas pluviales citas: 2011- 02451-01-0008-001, servidumbre
de aguas pluviales citas: 2011-02451-01- 0010-001, servidumbre
de aguas pluviales citas: 2011-02451-01-0012-001, servidumbre
de aguas pluviales citas: 2011-02451-01-0014-001, servidumbre
de aguas pluviales citas: 2011-07243-01-0005-001, servidumbre
de aguas pluviales citas: 2011-07243-03-0013-001, servidumbre
de aguas pluviales citas: 2011-276057-01-0001-001; sáquese
a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos setenta y siete mil cuatrocientos noventa y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito
7-Santa Eulalia, cantón 5-Atenas de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte: Julio Osvaldo, Luis Alfredo, Carlos Manuel,
Maricela y Ana Lucrecia todos Alvarado González; al
sur: frente a servidumbre
de paso de 6 metros lineales de ancho y Julio Osvaldo
Luis Alfredo, Carlos Manuel, Maricela y Ana Lucrecia todos
Alvarado González; al este: Julio Osvaldo, Luis
Alfredo y Carlos Manuel, Maricela y Ana Lucrecia todos
Alvarado González; y al oeste: Julio Osvaldo Luis
Alfredo, Carlos Manuel, Maricela y Ana Lucrecia todos
Alvarado González. Mide: cuatrocientos
cuarenta y tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del doce de julio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veinte de julio de dos mil veintiuno con la
base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las ocho horas cero minutos
del veintinueve de julio de
dos mil veintiuno con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Floribett Arce
González contra Villa Maya Número Uno Su Paraíso Sociedad de Responsabilidad
Limitada. Expediente:
20-014472-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 13 de enero del 2021.—Lic. Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2021521032 ).
En este Despacho, con una base de
dos millones quinientos mil
colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada (citas: 279-03315-01-0003-001), servidumbre
de paso (citas: 2009-181932-01-0002-001), servidumbre de paso (citas:
2009-181932-02-0004-001), servidumbre de líneas eléctricas y de paso (citas:
2009-214560-01-0008-001), servidumbre de acueducto (citas: 2009-214560-
01-0009-001), servidumbre de aguas
pluviales (citas:
2009-214560-01-0010-001), servidumbre de aguas pluviales (citas: 2009-245189-01-0013-001), servidumbre
de líneas
eléctricas y de paso (citas:
2009-245189-01-0014-001), servidumbre de acueducto (citas:
2009-245189-01-0015-001), servidumbre de acueducto (citas:
2009-274728-01-0017-001), servidumbre de líneas eléctricas y de paso (citas:
2009-274728-01-0018-001), servidumbre de aguas pluviales (citas: 2009-274728-01-0019-001), servidumbre
de líneas
eléctricas y de paso (citas:
2009-282988-01-0002- 001), servidumbre de acueducto y de paso de a y a (citas:
2009-282988-01-0003-001), servidumbre de aguas pluviales (citas: 2009-282988-01-0004- 001), servidumbre
de aguas pluviales (citas: 2010-78773-01-0002-001), servidumbre
de aguas pluviales (citas: 2010-83235-01-0002-001), servidumbre
de aguas pluviales (citas: 2011-02451-01-0008-001), servidumbre
de aguas pluviales (citas: 2011-02451-01-0010-001), servidumbre
de aguas pluviales (citas: 2011-02451-01-0012-001), servidumbre
de aguas pluviales (citas: 2011-02451-01-0014-001), servidumbre
de aguas pluviales (citas: 2011-07243-01-0005-001), servidumbre
de aguas pluviales (citas: 2011-07243-02-0014-001), servidumbre
de aguas pluviales (citas: 2011-276057-01-0001-001), servidumbre
de acueducto (citas:
2017-569136-01-0001-001); sáquese a remate la finca
del partido de Alajuela, matrícula
número cuatrocientos setenta y siete mil cuatrocientos noventa y dos,
derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 7-Santa Eulalia, cantón 5-Atenas, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
Julio Osvaldo, Luis Alfredo, Carlos Manuel, Maricela y Ana Lucrecia todos Alvarado González; al sur, frente
a servidumbre de paso de 6 metros lineales
de ancho y Julio Osvaldo, Luis Alfredo, Carlos Manuel, Maricela y Ana Lucrecia todos Alvarado González; al este,
Julio Osvaldo, Luis Alfredo, Carlos Manuel, Maricela y Ana Lucrecia todos Alvarado González y al oeste,
Julio Osvaldo, Luis Alfredo, Carlos Manuel, Maricela y Ana Lucrecia todos Alvarado González. Mide: ochocientos noventa y cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas
quince minutos del veintiocho
de junio de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
dieciséis horas quince minutos
del seis de julio de dos mil veintiuno
con la base de un millón ochocientos
setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las dieciséis horas quince minutos
del catorce de julio de dos
mil veintiuno con la base de seiscientos
veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de 3102740199 Sociedad Responsabilidad
Limitada contra Villa Maya Número
Uno su Paraíso
Sociedad de Responsabilidad Limitada,
expediente N° 20-007082-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 08 de enero del año 2021.—Msc. Angie Rodríguez Salazar, Jueza
Tramitadora.—( IN2021521033 ).
En la puerta exterior de este Despacho, con una base de diecinueve
millones de colones libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada citas 306-16627-01-0902-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 243356-000, la cual es terreno con 1 casa 60. Situada en el distrito
05 Ipís, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de
San José. Colinda: al norte
calle pública; al sur Propiedades Campo Real S.A.; al este
Propiedades Campo Real S.A. y al oeste
Asociación Salón del Reino
de los Testigos de Jehová
del Ipís. Mide: trescientos ocho metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
treinta minutos del diecisiete de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta
minutos del veinticinco de febrero de dos mil veintiuno con
la base de catorce millones
doscientos cincuenta mil colones (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las once horas treinta
minutos del cinco de marzo de dos mil veintiuno con la
base de cuatro millones setecientos cincuenta mil colones (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro
y Préstamo contra Thelma María Guzmán París. Expediente N°
17-003348-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 16 de noviembre del año
2020.—Licda. Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza.—( IN2021521034 ).
En este Despacho,
con una base de cincuenta y ocho
mil ochocientos cuarenta y cinco dólares con sesenta centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas:
399-14747-01-0904-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número cincuenta y seis mil cuatrocientos noventa y ocho , derecho 000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada N° 54 apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de tres pisos. Situada
en el distrito 2-Tarcoles, cantón 11-Garabito, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte,
área común destinada a calle; al sur, en parte con fincas filiales cincuenta y tres y cincuenta y cinco; al este, en parte con área
destinada a calle y finca
filial cincuenta y cinco, y
al oeste, área común destinada a calle y en parte
con anca filial cincuenta y
tres. Mide: setecientos noventa y ocho metros cuadrados Para tal efecto, se señalan las siete horas y treinta minutos del doce de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las siete horas y treinta minutos del veintidós de marzo del dos mil veintiuno, con la base de cuarenta
y cuatro mil ciento treinta y cuatro dólares con veinte centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las siete horas
y treinta minutos del treinta de marzo del dos mil veintiuno, con la base de catorce
mil setecientos once dólares
con cuarenta centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Promociones Turísticas Marisal S. A. contra
Carvajal Batsche S. A. Expediente
Nº 19-005156-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, 16 de julio
del 2020.—Lic. Luis Carrillo Gómez, Juez/a Decisor/a.—( IN2021521118 ).
En este Despacho, con una base de ciento nueve mil doscientos dólares
exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del
partido de Heredia, matrícula número ciento noventa y ocho mil ochocientos
cinco, derecho 000, la cual es terreno con dos casas y árboles frutales.
Situada en el distrito Concepción, cantón San Rafael, de la provincia de
Heredia. Colinda: al norte, Álvaro Camacho Morales y Antonio Gómez Vásquez; al
sur, María Elena Camacho Morales; al este, José Matamoros Delgado y al oeste,
calle publica y zona verde. Mide: mil trescientos cincuenta y siete metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del
veinte de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las catorce horas cero minutos del veintiocho de mayo de dos mil
veintiuno con la base de ochenta y un mil novecientos dólares exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las catorce horas cero minutos del siete de junio de dos mil veintiuno
con la base de veintisiete mil trescientos dólares exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional contra Yendry
Vanessa Pérez Núñez Expediente Nº 19-006425-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 06 de noviembre del
año 2020.—Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2021521157 ).
En este Despacho, con una base de treinta millones colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula número
ciento sesenta y ocho mil seiscientos cinco, derecho 000, naturaleza: terreno para construir lote 11 bloque G. Situada: en el distrito 1-El Tejar, cantón 8-El Guarco de la provincia de
Cartago. Linderos: norte, lotes 28 y 27; sur, lote 12 y calle pública con frente de 10 metros; oeste, lotes 28 y 27; sureste, lote 12 y calle pública con frente de 10 metros. Mide: ciento sesenta
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del quince de febrero del
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo
remate, se efectuará a las quince horas treinta minutos del veintitrés de febrero del dos mil
veintiuno, con la base de veintidós
millones quinientos mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan
las quince horas treinta minutos
del tres de marzo del dos
mil veintiuno, con la base de siete
millones quinientos mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Yancen S. A.
contra Agrícola
Asbre Sociedad Anónima. Expediente N° 20-000776-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 17 de noviembre
del 2020.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021521159 ).
De conformidad demanda ordinaria bajo los citas de inscripción Tomo: 2014, Asiento:153418,
Consecutivo: 01, Secuencia:
0001, Subsecuencia:001; sáquese a subasta
pública
la finca inscrita en la provincia de Limón Folio real número: cincuenta
y cinco mil quinientos treinta y siete, propiedad el señor Gregorio
Alfredo Solano Solano y con la base de diecisiete millones novecientos ochenta y tres mil doscientos diez colones con veinte céntimos, (17.983.210.20),
en cada uno de los remates
que se indicarán. Para tal efecto se señala primer remate a
las ocho horas (08:00a.m) del ocho
de abril del dos mil veintiuno
(08/04/2021). De no haber postores
para llevar a cabo el segundo remate se señalan las ocho horas (08:00a.m) del veintidós
de abril del dos mil veintiuno
(22/04/2021) De no lograrse el remate a fin de realizar el tercer remate se señalan las ocho horas (08:00 am)
del siete de mayo del dos mil veintiuno
(07/05/2021). Publíquese el edicto
de ley (Articulo 21 y 25 de la Ley de Cobro Judicial). Comuníquese a la
Dirección Ejecutiva. Se saca a remate sin realizar las rebajas de ley, según lo dispuesto por el Tribunal de Familia mediante
el voto número736-2014 de las quince horas y cuarenta y cuatro minutos del dos de setiembre del año dos mil catorce. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución sentencia de María Teresa Rojas Rodríguez contra Gregorio
Alfredo Solano Solano. Expediente
N° 14-400475-0637-FA.—Juzgado
de Familia y Violencia
Doméstica del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Familia), 04 de enero del dos mil veintiuno.—Msc. Karol Tatiana Gómez Moraga, Jueza.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021521181
).
En este Despacho, con una base de trece millones trescientos seis mil seiscientos cuarenta y tres colones con cuarenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BTL231, Marca:
M.G. Estilo: MG ZS, categoría:
automóvil capacidad: 5
personas, tracción: 4x2, año
fabricación: 2020, color: azul,
VIN: LSJW74U39LZ013636, N.Motor:
15S4C8FGK5231292, cilindrada: 1500 c.c cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince
horas quince minutos del tres
de agosto de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas quince minutos del once de agosto de dos mil veintiuno con
la base de nueve millones novecientos setenta y nueve mil novecientos ochenta y dos colones con cincuenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las quince horas quince minutos del diecinueve de agosto de dos mil veintiuno con
la base de tres millones trescientos veintiséis mil seiscientos sesenta colones con ochenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Nacional De Costa Rica contra Jorge Luis
Bolandi Cabrera. Expediente
Nº:21-000060-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 18 de enero
del año 2021.—German Valverde Vindas,
Juez Tramitador.—(
IN2021521256 ).
En este Despacho, con una base de seiscientos veinticinco mil colones exactos, sáquese a remate el vehículo CL
186190, marca: Chevrolet, estilo:
Avalanchelt, categoría:
carga liviana, capacidad: 5
personas, carrocería: Camioneta
Pick-Up caja abierta o
CAM-PU, tracción: 4x4, año:
2002, color: verde, VIN: 3GNEK13T52G288888, cilindrada: 5300 c.c, cilindros: 8, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las diez horas del quince
de febrero del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas del veintitrés
de febrero del dos mil veintiuno,
con la base de cuatrocientos sesenta
y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez
horas del tres de marzo del
dos mil veintiuno, con la base de ciento
cincuenta y seis mil doscientos
cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de LDPG Inversiones
Intertrade Sociedad Anónima contra Yessica Andrea Berroeta Gómez. Expediente Nº: 20-006789-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, 24 de noviembre del año 2020.—Isabel Castillo Navarro, Jueza
Decisora.—( IN2021521280 )
Primer
remate: a las diez horas del ocho
de marzo de dos mil veintiuno,
en la puerta exterior del Juzgado Agrario de Liberia, libre
de gravámenes hipotecarios
y con la base de ciento veintidós
millones novecientos un mil
novecientos sesenta y nueve colones, en el mejor postor
se rematará la finca inscrita
en el Registro Público Inmobiliario, partido de Guanacaste matrícula ciento veinticuatro mil trescientos cincuenta y nueve-cero cero cero (5-124359-000),
Es terreno para la agricultura
con una casa, ubicado en
Mogote (distrito tres), de
Bagaces (cantón cuarto) de
la provincia de Guanacaste. Sus linderos
son: norte calle pública con un frente de ciento setenta y cinco metros y Yalile Pastrana
Jiménez; sur Cecilio Fuentes Sequeira
y en parte Río Guayabo; este Juan Matamoros
Ugalde, Amalia Fallas Fuentes, Emiliano Murillo
Esquivel y en parte Río Guayabo; y oeste Cecilio Fuentes Sequeira. Mide noventa mil trece metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Pertenece a Ovidio Lobo Cruz. Otros gravámenes y anotaciones: gravamen hipotecario
de segundo grado a favor de
Inversiones Lemur de Occidente
S.A, inscrito con las citas
2017-488950-01-0001-001, Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos
con las citas: 497-04528-01-004-001. Reservas de Ley Forestal citas: 497-04528-01-0005-001. Segundo remate: De no existir postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas del dieciocho de marzo de dos mil veintiuno con la
base de noventa y dos millones
ciento setenta y seis mil cuatrocientos setenta y seis colones con sesenta y cinco céntimos (rebajada en un 25% de la base
original). Tercer remate: De no existir
postores en el segundo remate, para celebrar el tercero se señalan las diez horas del veinticuatro de marzo de dos mil veintiuno, con
la base de treinta millones
setecientos veinticinco mil
cuatrocientos noventa y dos
colones con veinticinco céntimos (un 25% de la base original). Nota:
Publíquese por dos veces consecutivas. La primera publicación con un mínimo de ocho días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Secretaría Técnica
del Sistema de Banca para El Desarrollo contra Donald Lobo Alvarado y otro Expediente Nº:
17-000098-0387-AG.—Juzgado
Agrario del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste (Liberia), 21 de enero de
2021.—Rodrigo Tobías Valverde Umaña,
Juez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021521300 ).
En este Despacho, con una base de tres millones cuatrocientos
setenta y cinco mil novecientos noventa colones con treinta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Puntarenas, matrícula
número cuarenta y tres mil cincuenta y seis,
derecho 000, la cual es terreno
para construir lote 507. Situada en el Distrito 08
Barranca, Cantón 01 Puntarenas, de la Provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte calle Corvina; al
sur lote 549; al este lote 508 y al oeste lotes 554 553 552. Mide: ciento sesenta metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas y cuarenta y cinco minutos del once de marzo de dos mil veintiuno con la
base de dos millones seiscientos
seis mil novecientos noventa
y dos colones con setenta y
dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de marzo de dos mil veintiuno con la base de ochocientos
sesenta y ocho mil novecientos noventa y siete colones con cincuenta y siete céntimos (25% de la base original). NOTAS: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra
Victorina De Los Ángeles Angulo Contreras. Expediente Nº:19-008135-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de
Puntarenas, 28 de julio del año
2020.—Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—(
IN2021521311 ).
En este Despacho, con una base de ciento ochenta mil ochenta y cuatro colones con setenta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada al tomo 325, asiento 16963 y limitaciones
de leyes 7052-7208, Sistema Financiero
de Vivienda al tomo 415, asiento 8068; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
465302, derecho 001, la cual es terreno
para construir con una casa bloque
J lote 1, Situada en el Distrito 05 San Felipe, Cantón
10 Alajuelita, de la Provincia
de San José; colinda al norte
calle publica; al sur lote
2; al este lote 14 y al oeste, calle pública.
Mide: noventa y cinco metros con un decímetro cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del diecisiete de febrero del año dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del veinticinco de febrero del año dos mil veintiuno con la base
de ciento treinta y cinco mil sesenta y tres colones con cincuenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez
horas y treinta minutos del
cinco de marzo del año del dos mil veintiuno con la
base de cuarenta y cinco
mil veintiuno colones con diecinueve céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Alajuelita
contra Gerardo Espinoza Torrentes. Expediente Nº:17-008568-1765-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Tercera,
17 de setiembre del año
2020.—Daisy Hidalgo Arias, Jueza Tramitadora.—(
IN2021521325 ).
En este Despacho, con una base de seis millones
de colones exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas 384-07615-01-0900-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula N° 638788-000, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito
Alajuelita, cantón Alajuelita, de la provincia de
San José. Colinda: al norte,
Municipalidad de Alajuelita; al sur, calle pública con 17.35 metros;
al este, calle pública con 8.51 metros, y al oeste,
Shikaba R.G S A. Mide: ciento cincuenta y tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del treinta de junio del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del ocho de julio de dos mil veintiuno con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan
las trece horas treinta minutos del dieciséis de julio del dos mil veintiuno con
la base de un millón quinientos
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Alajuelita
contra Socorro Barrantes Vidal. Expediente
Nº 17-008578-1765-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 16 de diciembre del 2020.—Iván Tiffer
Vargas, Juez Tramitador.—(
IN2021521326 ).
En este Despacho, Con una base de ciento veintitrés millones
seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero
soportando servidumbre dominante, servidumbre trasladada; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula número 271069, derecho 000, la cual es
terreno baldío.- Situada en el distrito 9- Alfaro, cantón 2- San Ramón, de la
provincia de Alajuela.- Colinda: al norte Grupo Pipps
S.A., José Julián Alpízar Castro Y María De Los Ángeles Solórzano Araya; al sur
calle publica con un frente a ella de 20 metros con 04 centímetros; al ESTE
Asociación Cristiana Torre Fuerte y al oeste María Yadira León Cruz.- Mide: mil
veintinueve metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero
minutos del diez de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las once horas cero minutos del dieciocho de mayo de dos
mil veintiuno con la base de noventa y dos millones setecientos mil colones
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las once horas cero minutos del veintiséis de mayo de dos mil
veintiuno con la base de treinta millones novecientos mil colones exactos (25%
de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser Firmado digital de: emitido a favor de
este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de María
Yadira De Las Piedades León Cruz contra Asociación Cristiana Torre Fuerte
Exp:20-002273-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del III
Circuito Judicial De Alajuela (San Ramón), 11 de enero del año 2021.—Licda.
Jennsie Montero López, Jueza.—( IN2021521331 ).
En este Despacho, con una base de ciento sesenta y cuatro millones ciento veintitrés mil quinientos sesenta y tres colones con ochenta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre dominante citas: 399-07970-01-0004-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 430224, derecho
000, la cual es terreno lote número seis R. terreno para construir. Situada en el distrito
3- Pozos, cantón 9-Santa
Ana, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, parque; al sur,
El Valle Yumuri Sociedad Anónima;
al este, Asociación de Empleados de Super Servicio Sociedad
Anónima
y al oeste, calle pública. Mide: ochocientos sesenta metros cuadrados. Para tal efecto, señalan
las once horas cero minutos del diez
de junio de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas cero minutos del dieciocho
de junio de dos mil veintiuno
con la base de ciento veintitrés
millones noventa y dos mil seiscientos setenta y dos colones con ochenta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las once horas cero minutos del veintiocho de junio de dos mil veintiuno con la
base de cuarenta y un millones
treinta mil ochocientos noventa colones con noventa y cinco céntimos (25% de la base original). Con una base de veintiséis millones ciento veintitrés mil novecientos ochenta y cinco colones con cuarenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 315-07638-01-0902-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 530980, derecho
000, la cual es terreno de jardín y casa hoy con una construcción
con un local comercial. Situada
en el distrito 11-San
Sebastián, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, resto de Claudio López; al sur, calle pública; al este, Norma Vega y al
oeste, futura calle. Mide: ciento
sesenta y ocho metros con dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
cero minutos del diez de junio de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas cero minutos del dieciocho
de junio de dos mil veintiuno
con la base de diecinueve millones
quinientos noventa y dos
mil novecientos ochenta y nueve colones con cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las once horas cero minutos del veintiocho
de junio de dos mil veintiuno
con la base de seis millones quinientos
treinta mil novecientos noventa y seis colones
con treinta y cinco céntimos (25% de la base original). Con una base de ochenta y cuatro millones cuarenta y tres mil quinientos sesenta y cuatro colones con noventa y un céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Cartago, matrícula
número 215347, derecho 000, la cual
es terreno de potrero lote
1. Situada en el distrito 2-Cot, cantón
7-Oreamuno, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Mateo Ivankovich Fonseca; al sur, calle
pública
con 37.98 metros; al este, La Pavilla
S.A y al oeste, Guido Ivankovich
Castro. Mide: dos mil doscientos
treinta y nueve metros con
seis decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos
del diez de junio de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos
del dieciocho de junio de
dos mil veintiuno con la base de sesenta
y tres millones treinta y dos mil seiscientos setenta y tres colones con sesenta y ocho céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las once horas cero minutos del veintiocho
de junio de dos mil veintiuno
con la base de veintiún millones
diez mil ochocientos noventa y un colones con veintidós céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Santa Ana contra Inversiones Jerusalem del Norte S.A., Roger Francisco Monge
Álvarez, Yolanda Eugenia de Jesús Ivankovich Fonseca.
Expediente Nº 17-009175-1765-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Tercera,
24 de noviembre del año
2020.—Iván Tiffer Vargas, Juez
Tramitador.—( IN2021521333 ).
En este Despacho, con una base de diecinueve millones ciento veintisiete mil ciento treinta y ocho colones con cuarenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula
número doscientos treinta mil cuatrocientos treinta y ocho, derecho cero cero cero, la cual
es terreno lote Nº 2 para construir con 1 casa. Situada en el distrito 01 Alajuela, cantón 01, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte
serv. en medio Asdrúbal
Fonseca otros; al sur, María del Carmen Ramírez; al este, Javier Chaves; y al oeste, calle pública con 8 m 19 cm. Mide: ciento trece
metros con noventa y dos decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del
quince de febrero de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas cero minutos del
veintitrés de febrero de
dos mil veintiuno con la base de catorce
millones trescientos cuarenta y cinco mil trescientos cincuenta y tres colones con ochenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las ocho
horas cero minutos del tres
de marzo de dos mil veintiuno
con la base de cuatro millones
setecientos ochenta y un
mil setecientos ochenta y cuatro colones con sesenta y un céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra José Dennis Abarca Mendoza. Expediente
19-013487-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 30 de octubre del año 2020.—Lic. Angie Rodríguez
Salazar, Jueza.—( IN2021521335 ).
En este Despacho,
con una base de ocho millones
quinientos trece mil trescientos catorce colones con treinta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: CL 303388, marca: JMC, estilo: NHR, categoría: carga liviana, capacidad: 3 personas, serie: LEFYECA20JHN00315, carrocería: caja
cerrada o furgón, tracción:
4x2, número chasis:
LEFYECA20JHN00315, año fabricación: 2017, vin:
LEFYECA20JHN00315, color: blanco, N° motor:
JX493ZQ4AH2012701, cilindrada: 2771 cc. Para tal efecto se señalan
las diez horas treinta minutos del diecisiete de febrero de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas treinta minutos del veinticinco de febrero de dos mil veintiuno, con
la base de seis millones trescientos
ochenta y cuatro mil novecientos ochenta y cinco colones con setenta y seis céntimos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las diez horas treinta minutos del cinco de marzo de dos mil veintiuno, con la base de dos millones
ciento veintiocho mil trescientos veintiocho colones con cincuenta y ocho céntimos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Laura Jazmín Cordero
Calderón. Expediente N° 20-003364-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
9 de diciembre del 2020.—Licda.
Pilar Gómez Marín, Jueza
Tramitadora.—( IN2021521348 ).
En este Despacho, con una base de treinta y un millones setecientos
ochenta y cinco mil quinientos ocho colones con cuatro céntimos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
387-07939-01-0800-001; servidumbre de aguas pluviales citas:
2011-202063-01-0004-001, citas: 2011-202063-01-0020-001, citas: 2011-202063-01-0021-001;
sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número
240338-001,002, la cual es naturaleza: lote del bloque L, terreno para
construir lote ocho bloque L. Situada en el distrito 9-Dulce Nombre , cantón
1-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, resto reservado; al
sur, calle publica; al este, lote nueve bloque L y al
oeste, lote siete bloque L. Mide: ciento cuarenta y cuatro metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del dieciséis de
febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las once horas cero minutos del veinticuatro de febrero de dos mil
veintiuno con la base de veintitrés millones ochocientos treinta y nueve mil
ciento treinta y un colones con tres céntimos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero
minutos del cuatro de marzo de dos mil veintiuno con la base de siete millones
novecientos cuarenta y seis mil trescientos setenta y siete colones con un
céntimos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Erik Alberto Cedeño Fernández, Karla Eugenia
Jiménez González. Expediente Nº 19-005239-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 04 de
diciembre del 2020.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.—( IN2021521349 ).
En este Despacho, con una base de noventa mil quinientos dieciséis dólares con noventa y tres centavos, libre de
gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 269-02102-01-0002-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 697023, derecho
000, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito 7 Salitrillos, cantón 6 Aserrí, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 16 metros lineales; al
sur, Mayba Agüero Hidalgo
S. A.; al este, Mayba Agüero Hidalgo S. A.; y al oeste,
Mayba Agüero Hidalgo S. A. Mide: doscientos tres metros con ocho decímetros cuadrados. Plano:
SJ-1077627-2006. Para tal efecto,
se señalan las catorce
horas cero minutos del cuatro
de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas cero minutos
del doce de mayo de dos mil veintiuno
con la base de sesenta y siete
mil ochocientos ochenta y siete dólares con setenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del veinte de mayo de dos mil veintiuno
con la base de veintidós mil seiscientos
veintinueve dólares con veintitrés centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José S. A. contra Grupo Soluciones y Alternativas Geicha Sociedad Anónima, Josué Miguel Meza Valle. Expediente
20-019511-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 08 de enero del año 2021.—Lic. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza
Decisora.—(
IN2021521350 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta y siete millones novecientos setenta y dos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref: 00322047 000 citas:
352-11200-01-0944-001; habitación familiar citas: 2011-288364- 01-0001-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 327896-000,
derecho 000, la cual es terreno
para construir con 1 casa. Situada
en el Distrito 6- San Francisco, Cantón
1- San José, de la Provincia de San José. Colinda: al norte lote 93; al sur Década 90 S A calle pública fte
9m; al este Década 90 S A lote 89 y al oeste Década 90 S A lote 87. Mide: ciento cincuenta
y tres metros con un decímetro
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del once de febrero de
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las nueve
horas y treinta minutos del
diecinueve de febrero de
dos mil veintiuno con la base de treinta
y cinco millones novecientos setenta y nueve mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve
horas y treinta minutos del
uno de marzo de dos mil veintiuno
con la base de once millones novecientos
noventa y tres mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad del Cantón
Central de San José contra Eugenia María Romero Ocampo. Expediente
Nº:13-025839-1012-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 12 de agosto del año 2020.—Cristian
Mora Acosta, Juez Tramitador.—(
IN2021521369 ).
En este Despacho, con una base de ciento cuarenta y nueve millones
cuatrocientos cincuenta mil colones exactos , libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número
doscientos cuarenta y un mil seiscientos setenta y ocho, derecho 000, la cual
es terreno para construir .- Situada en el distrito 3-Santiago , cantón 5-San
Rafael , de la provincia de Heredia.- Colinda: al norte, Juan Solís; al sur
Cecilio Ríos Guerrero; al este calle publica con un frente a ella de 13 mts 75 cm y al oeste, Ana Isable
Hernández Arce.- Mide: trescientos cuarenta y cinco metros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las once horas treinta minutos del doce de febrero de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once
horas treinta minutos del veintidós de febrero de dos mil veintiuno con la base
de ciento doce millones ochenta y siete mil quinientos colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se
señalan las once horas treinta minutos del dos de marzo de dos mil veintiuno
con la base de treinta y siete millones trescientos sesenta y dos mil
quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Karen Adriana Lopez Carvajal. Expediente Nº
20-003792-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia,
04 de octubre del año 2020.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—(
IN2021521370 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta y cuatro millones quinientos mil colones exactos, soportando servidumbre trasladada citas:
266-03128-01-0901-001 y plazo de convalidación
(rectificación de medida) citas: 2018-741802-01-0004-001, sáquese
a remate la finca del partido de Cartago, matrícula N° 59585,
derecho 000, la cual es terreno
de solar. Situada en el distrito 1-Turrialba, cantón
5-Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Lucía Yee Estrada, María Eugenia Zamora Alfaro
y Juan Luis Vargas Pereira; al sur, Luis Guillermo Ramírez Mora; al este, calle pública
con un frente de 12,08 metros, y al oeste, Gladys Garita Romero. Mide: doscientos ochenta y un metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del cinco de marzo del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las nueve horas cero minutos
del quince de marzo del dos mil veintiuno,
con la base de treinta y tres
millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan
las nueve horas cero minutos
del veintitrés de marzo del
dos mil veintiuno, con la base de once millones ciento veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra José Mario Quesada
Obando. Expediente Nº 20-003638-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de
Cartago, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez/a
Tramitador/a.—( IN2021521373
).
En este Despacho, con una base de diecinueve
millones seiscientos cuatro mil ciento cuarenta y cuatro colones con quince céntimos,
libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando reservas y restricciones citas: 396-12179-01-0821-001; sáquese
a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número setenta y ocho mil doscientos dieciséis, derecho
cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 1-San Vito, cantón 8-Coto Brus, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte,
Edwin Zúñiga
Fallas; al sur, servidumbre de
paso de 4 metros, 21 centímetros; al este, calle pública con 16 metros, 09 decímetros; y al oeste, servidumbre de paso de cuatro metros, 21 centímetros de ancho. Mide: cuatrocientos treinta y un metros con ochenta y
tres decímetros cuadrados. Plano:
P-0786849-1988. Para tal efecto,
se señalan las nueve horas
y treinta minutos del diez de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de marzo del dos mil veintiuno con la base de catorce millones setecientos tres mil ciento ocho colones con once céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve
horas y treinta minutos del
veintiséis de marzo del dos
mil veintiuno con la base de cuatro
millones novecientos uno
mil treinta y seis colones
con cuatro céntimos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Café Kamakiri
S. A., Cerro Cedro Pitier S. A., Didier Jesús González Batista, Edy González Batista. Expediente N° 17-000758-1201-CJ.—Juzgado de Cobro
de Golfito, 05 de enero del
2021.—Gerardo Marcelo Monge Blanco, Juez Tramitador.—( IN2021521374 ).
En puerta de este Despacho, con una base de cuatro millones cuatrocientos cuarenta mil doscientos treinta y ocho colones con ochenta y un céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: TSJ 003521, marca:
Nissan, estilo: Tiida, categoría:
automóvil, capacidad: cinco personas, serie, chasis y vin números: tres N uno C C uno A D ocho G K dos uno cero dos cinco
uno, año: 2016, color: rojo,
tracción: 4x2, motor marca:
Nissan, número de motor: H R uno seis ocho cinco nueve
tres cinco cuatro K, combustible: gasolina, cilindros: cuatro. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos
del quince de febrero del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las quince horas y cero minutos del veintitrés de febrero del dos mil
veintiuno, con la base de tres
millones trescientos treinta mil ciento setenta y nueve colones con diez céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
quince horas y cero minutos del tres
de marzo del dos mil veintiuno,
con la base de un millón ciento
diez mil cincuenta y nueve colones con setenta céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jairo
Enrique Romero Aguilar. Expediente N° 200007791763CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 20 de noviembre
del 2020.—Johnny Esquivel Vargas, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021521375 ).
En este Despacho, con una base de ocho millones seiscientos
treinta y seis mil dieciocho
colones con cuarenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa CL-279815, marca: Ford, estilo: Ranger, categoría: carga liviana, serie:
6FPPXXMJ2PEJ83563, tracción: 4X4, número
chasis: 6FPPXXMJ2PEJ83563, año
fabricación: 2015, color: gris, Vin:
6FPPXXMJ2PEJ83563, N° motor: SA2KPEJ83563, cilindrada:
3200 c.c., combustible: diesel. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del once de febrero del
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las ocho
horas y treinta minutos del
diecinueve de febrero del
dos mil veintiuno con la base de seis millones cuatrocientos setenta y siete mil trece colones con ochenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las ocho
horas y treinta minutos del
uno de marzo del dos mil veintiuno
con la base de dos millones ciento
cincuenta y nueve mil cuatro colones con sesenta y un céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Francisco De San Gerardo Rojas González. Expediente
N° 19-008320-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 13 de agosto del 2020.—Eunice Pérez Arce, Jueza
Decisora.—( IN2021521379 ).
En este despacho,
con una base de cinco millones
de colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
placa: AB 003798, marca:
Toyota, estilo: Coaster, categoría:
transporte colectivo interurbano, capacidad:30 personas, serie:
JTGFB518801005689, carrocería: buseta, tracción:
4x2, año fabricación: 2003,
color: blanco. Para tal efecto se señalan las quince
horas cuarenta y cinco minutos del quince de marzo del
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo
remate, se efectuará a las quince horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de marzo del dos mil veintiuno, con
la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan
las quince horas cuarenta y cinco
minutos del siete de abril del dos mil veintiuno, con
la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de R.O.J Transportes S.
A. contra Omar Alpízar Gatjens.
Expediente Nº 19-011147-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 12 de noviembre del 2020.—Licda. Sofía
Ramírez Rodríguez, Juez/a Decisor/a.—( IN2021521394 ).
En este Despacho, con una base de once millones
de colones exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada, citas: 298-13459-01-0002-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número quinientos treinta y siete mil setecientos treinta, derecho cero cero cero, la cual es terreno de patio con una casa de habitación.
Situada en el distrito 7-Brisas, cantón
11-Zarcero, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Sergio Araya
Rojas; al sur, calle pública
y Sergio Araya Rojas; al este, Sergio Araya Rojas; y
al oeste, Manuel Araya Rojas. Mide:
trescientos ochenta y seis
metros cuadrados. Plano: A-1862967-2015. Identificador predial: 211070537730. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintidós de febrero del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas cero minutos del
dos de marzo del dos mil veintiuno
con la base de ocho millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las diez horas cero minutos
del diez de marzo del dos
mil veintiuno con la base de dos millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Cristian Gerardo
Araya Araya. Expediente N°
20-003458-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, 03 de
diciembre del 2020.—Jazmin Núñez
Alfaro, Jueza Decisora.—(
IN2021521396 ).
En este Despacho, con una base de diecinueve
millones novecientos treinta mil setecientos diecisiete colones con siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref.: 2356 387 001 citas:
304-17119-01-0901-001, reservas y restricciones
citas: 304-17119-01-0902-001, reservas
y restricciones citas:
333-00645-01-0901-001, condiciones ref.: 2182-389-001
citas: 333-00645-01-0902-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número quinientos ochenta y un mil ciento cuarenta y ocho, derecho 000, la cual es terreno cultivado. Situada: en el distrito 2-El General, cantón
19-Pérez
Zeledón, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
Hacienda Volagro S. A.; al sur, Eladio Córdoba Venegas; al este, Hacienda Volagro S. A., y
al oeste, Odili Hidalgo
Segura y calle pública. Mide:
tres mil ciento treinta y un metros con noventa y
nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del diez de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas
cero minutos del dieciocho
de febrero del dos mil veintiuno,
con la base de catorce millones
novecientos cuarenta y ocho mil treinta y siete colones con ochenta céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan
las catorce horas cero minutos
del veintiséis de febrero
del dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones novecientos ochenta y dos mil seiscientos setenta y nueve colones con veintisiete céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L.
contra Orlando Garbanzo Cascante. Expediente N°
20-004120-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 18 de enero del 2021.—Carlos Contreras Reyes, Juez/a
Tramitador/a.—( IN2021521398 ).
En este Despacho, con una base de
once mil quinientos setenta
y ocho dólares con veintisiete centavos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando colisiones
18-000130-1575-TR, colisiones 19-000251-0607-TR; sáquese a remate el vehículo
GB-1686. Marca: Mercedes Benz, estilo: O., categoría: autobús, capacidad: 52 personas, carrocería:
autobús, tracción: 4x2, año fabricación: 2006, uso: particular, color: blanco, marca motor: Mercedes Benz, combustible: diésel. Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del treinta de abril del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las diez horas treinta minutos del once de mayo del dos mil veintiuno,
con la base de ocho mil seiscientos
ochenta y tres dólares con setenta centavos (75%
de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las diez horas treinta minutos del diecinueve de mayo del dos mil veintiuno,
con la base de dos mil ochocientos noventa y cuatro dólares con cincuenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Casa de Jespe S. A.
contra Empresa Alfaro Limitada.
Expediente Nº 19-021975-1044-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia, 20 de noviembre del 2020.—Licda. Raquel Machado Fernández, Jueza.—( IN2021521406 ).
En este Despacho, con una base de veintitrés millones ochocientos cincuenta y cuatro mil quinientos cuarenta y ocho colones con sesenta y seis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas:
384-01820-01-0001-001, servidumbre de paso citas: 2014-123443-01-0011-001, servidumbre
de paso citas: 2014-123443-01-0017- 001; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
517402-000, la cual es terreno
naturaleza: terreno para construir con una casa de habitación.
Situada en el distrito 5-Venecia, cantón 10- San Carlos de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, Inversiones Venetex S. A.; sur, servidumbre
de paso con 9 metros lineales; este,
3-102-664315 S.R.L. y oeste, 3-102-664315 S.R.L. Mide: ciento cuarenta
y cinco metros cuadrados.
Plano: A-1660440-2013. Para tal efecto,
se señalan las nueve horas treinta minutos del treinta y uno de mayo de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas treinta minutos del ocho de junio de dos mil veintiuno con la
base de diecisiete millones
ochocientos noventa mil novecientos once colones con cincuenta céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las nueve horas treinta minutos del dieciséis de junio de dos mil veintiuno con la
base de cinco millones novecientos sesenta y tres mil seiscientos treinta y siete colones con diecisiete céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jessica
Rojas Vega, Óscar Andrés Zamora Salas, expediente
N° 19-007863-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 14 de octubre del año 2020.—Licda. Viviana Salas
Hernandez, Jueza Decisora.—( IN2021521410 ).
En este Despacho, con una base de veintisiete millones diez mil ciento
sesenta y nueve colones con veinte céntimos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número
cuatrocientos cuarenta mil seiscientos veinticuatro, derecho cero cero cero, la cual es terreno
naturaleza: terreno para construir.- Situada en el distrito 7-Santa Eulalia ,
cantón 5- Atenas, de la provincia de Alajuela.- Colinda: al norte, María Mora
Campos; al sur servidumbre de paso con un frente de 6 metros; al este, Luis
Fernando Mora Guzmán y al oeste, en parte María Mora Campos y en parte Jorge
Enrique Mora Guzmán.- Mide: ciento cincuenta y ocho metros con setenta y seis
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas cuarenta y
cinco minutos del veinticuatro de mayo de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco
minutos del uno de junio de dos mil veintiuno con la base de veinte millones
doscientos cincuenta y siete mil seiscientos veintiséis colones con noventa
céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del nueve de junio
de dos mil veintiuno con la base de seis millones setecientos cincuenta y dos
mil quinientos cuarenta y dos colones con treinta céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Luz Mery Mora Garita.
Expediente Nº 20- 013065-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del I Circuito Judicial de Alajuela, 09 de diciembre del año
2020.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2021521411 ).
En este Despacho, con una base de $19.727°° moneda
de los Estados Unidos de América, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el Vehículo Placa: LMS751, marca: KIA, estilo: Sorento, categoría: Automóvil, capacidad: 7 personas,
serie: KNAKU811DC5318946, carrocería:
Todo terreno 4 puertas, tracción: 4X4, año fabricación: 2012, color: blanco, N.Motor:
G4KECH725955, cilindrada: 2359 c.c., combustible: Gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del veintinueve de octubre de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas treinta minutos del nueve de noviembre de dos mil veintiuno
con la base de $14.795,25 moneda de los Estados Unidos de América (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del diecisiete de noviembre de dos mil veintiuno
con la base de $4.931,75 moneda de los Estados Unidos de América (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Bac San José contra Lenis María Morales
Castro. Expediente Nº:19-003754-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 20 de enero del año 2021.—Lilliam Álvarez Villegas, Jueza
Decisora.—( IN2021521417 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta y tres millones doscientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Cartago, matrícula
número 167035-000, la cual
es terreno para construir. Situada en el distrito
01 San Rafael, cantón 07 Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte, Municipalidad de Oreamuno; al sur,
Municipalidad de Oreamuno; al este, calle publica con frente de 8
metros y al oeste, Municipalidad de Oreamuno. Mide: ciento sesenta
metros con cero decímetros cuadrados
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos (02:30 p.m.) del cuatro
de marzo de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas treinta minutos (02:30 p.m.) del doce de marzo de dos mil veintiuno con la
base de treinta y dos millones
cuatrocientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las catorce horas treinta minutos (02:30 p.m.) del veintidós
de marzo de dos mil veintiuno
con la base de diez millones
ochocientos doce mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Giancarlo de Jesús Masís Pacheco, expediente
N° 20-002759-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 01 de diciembre del año
2020.—Lic. Víctor
Obando Rivera, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021521418 ).
En este Despacho, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate los siguientes bienes; Primer remate: 1) Mesa plástica
para restaurante, con una base de veintitrés
mil ochocientos noventa y siete colones exactos,
2) Mesa con cubierta de formica
y una base de metal para restaurante, con una base de
doscientos cuarenta y cinco mil setecientos colones exactos, 3). Silla plástica con base de metal de color roja,
con una base de treinta mil novecientos
colones exactos, 4) Silla plástica y metal color naranja,
con una base de diecisiete mil novecientos
noventa y seis colones exactos, 5) Sillón de cuerina roja con base metálica en forma de “L” con una base de cuatrocientos
noventa y cinco mil colones exactos, 6) Sillón booth’s para 4 personas de cuerina
roja con base metálica con
una base de cientos veinte
mil colones exactos, 7)
Silla de brazo de cuerina roja con base metálica con una
base de quinientos treinta
y nueve mil setecientos treinta colones exactos, 8) Sillas metálicas con asiento de cuerina
de color negro con una base treinta y seis mil seiscientos cincuenta y nueve colones con treinta y seis céntimos, 9) Silla
alta con base cromada y
asiento de plástico gris
con una base de ciento veintinueve
mil treinta colones exactos, 10) Mesa con cubierta de
formica y una base de metal en
forma de cruz con una base de catorce
mil colones exactos, 11) Pantalla plana marca Panasonic 32
con una base de cientos dieciséis
mil catorce colones exactos, 12) Horno industrial marca Blodgett con una base de: trescientos
dos mil quinientos colones exactos, 13) Congelador de papas
de acero inoxidable marca Delfield con una base de trescientos treinta mil colones exactos, 14) Cocina
industrial de acero con una base: ochocientos
setenta y cinco mil colones exactos, 15) Máquina holding de acero, marca Acontemp con una base de un
millón doscientos setenta y cinco mil setecientos cincuenta colones exactos, 16) Batidora Industrial De Acero,
Marca Univex con una base de quinientos
noventa y siete mil doscientos setenta y siete colones con veintiséis céntimos, 17) Cuarto
de frío en acero, marca Kolpak
con una base de un millón ochocientos
mil colones exactos, 18)
Cuarto de congelado de acero,
marca Kolpak4 con una base de dos millones
cuatrocientos setenta y nueve mil quinientos colones exactos, 19) Freidora industrial, marca Ultrafryer con una base de un millón
ochocientos setenta y nueve mil cuatrocientos cuarenta y tres colones con sesenta céntimos, 20) Extractor de grasa
de acero con una base de cuatrocientos
treinta mil cuatrocientos colones exactos. Para tal efecto se señalan
las nueve horas y cero minutos
del veinticuatro de febrero
de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las nueve
horas y cero minutos del cuatro
de marzo de dos mil veintiuno
con la base de 1) Mesa plástica para restaurante, con una base de diecisiete
mil novecientos veintidós colones exactos, 2) Mesa con cubierta de formica y una base de
metal para restaurante con una base de ciento ochenta y cuatro mil doscientos setenta y cinco colones exactos, 3) Silla plástica con base de metal color roja
con una base de veintitrés mil ciento
setenta y cinco colones exactos, 4) Silla plástica y metal color naranja
con una base de trece mil cuatrocientos
noventa y siete colones exactos, 5) Sillón de cuerina roja con base metálica en forma de “L” con una base de trescientos
setenta y un mil doscientos
cincuenta colones exactos, 6). Sillón booths para cuatro personas
de cuerina roja con base metálica con una base de noventa
mil colones exactos, 7)
Silla de brazo de cuerina roja con base metálica con una
base de cuatrocientos cuatro
mil setecientos noventa y cinco colones con cincuenta céntimos, 8). Sillas metálicas con asiento de cuerina de
color negro con una base veintisiete mil cuatrocientos noventa y cuatro colones con veinticinco céntimos. 9) Silla alta con base cromada y asiento
de plástico gris con una
base de noventa y seis mil setecientos
setenta y dos colones con cincuenta céntimos, 10) Mesa con cubierta de formica y una base de
metal en forma de cruz con
una base de diez mil quinientos
colones exactos, 11) Pantalla plana marca Panasonic 32
con una base de ochenta y siete
mil diez colones exactos, 12) Horno industrial marca Blodgett con una base de: doscientos
veintiséis mil ochocientos setenta y cinco colones exactos, 13) Congelador de papas de acero inoxidable marca Delfield con una base de doscientos
cuarenta y siete mil quinientos colones exactos, 14) Cocina industrial de acero
con una base: seiscientos cincuenta
y seis mil doscientos cincuenta
colones exactos, 15) Máquina holding de acero, marca Acontemp con una base de novecientos cincuenta y seis mil ochocientos doce colones cincuenta céntimos. 16) Batidora industrial
de acero, marca Univex con una base de cuatrocientos
cuarenta siete mil novecientos cincuenta y siete colones con noventa y cinco céntimos, 17) Cuarto de frío en acero, marca
Kolpak con una base de un trescientos
cincuenta mil colones exactos, 18) Cuarto de congelado
de acero, marca Kolpak4 con
una base de un millón ochocientos
cincuenta y nueve mil seiscientos veinticinco colones exactos, 19) Freidora industrial, marca Ultrafryer con una base de un millón
cuatrocientos nueve mil quinientos ochenta y dos colones con setenta céntimos, 20) Extractor de grasa
de acero con una base de trescientos
veintidós mil ochocientos colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las nueve horas y cero minutos
del doce de marzo de dos
mil veintiuno con la base de 1) Mesa plástica para restaurante, con
una base de cinco mil novecientos
setenta y cuatro colones exactos, 2) Mesa con cubierta de formica y una base de
metal para restaurante con una base de sesenta y un mil cuatrocientos veinticinco colones exactos, 3) Silla plástica con
base de metal color roja con una base de siete mil setecientos veinticinco colones exactos, 4) Silla plástica y
metal color naranja con una base de cuatro mil cuatrocientos noventa y nueve colones exactos, 5) Sillón de cuerina roja con base metálica en forma de “L” con una base de ciento
veintitrés mil setecientos cincuenta colones exactos, 6) Sillón Booth’s para 4
personas de cuerina roja
con base metálica con una base de treinta
mil colones exactos, 7)
Silla de brazo de cuerina roja con base metálica con una
base de cientos treinta y cuatro mil novecientos treinta y dos colones con cincuenta céntimos, 8) Sillas metálicas con asiento de cuerina de
color negro con una base nueve mil cientos sesenta y cuatro colones con setenta y cinco céntimos, 9) Silla alta con base cromada y asiento de plástico gris con una base de treinta y
dos mil doscientos cincuenta
y siete colones con cincuenta céntimos, 10) Mesa con cubierta de formica y una base de
metal en forma de cruz con
una base de tres mil quinientos
colones exactos, 11) Pantalla plana marca Panasonic 32
con una base de veintinueve mil tres
colones con cincuenta céntimos, 12) Horno industrial marca Blodgett con una base de: setenta
y cinco mil seiscientos veinticinco colones exactos, 13) Congelador de papas
de acero inoxidable marca Delfield con una base de ochenta y dos mil quinientos colones exactos, 14) Cocina
industrial de acero con una base: doscientos
dieciocho mil setecientos cincuenta colones exactos, 15) Máquina holding de acero, marca Acontemp
con una base de trescientos dieciocho
mil novecientos treinta y siete colones con cincuenta céntimos, 16) Batidora industrial de acero, marca Univex con una base de ciento cuarenta y nueve mil trescientos diecinueve colones con treinta y dos céntimos, 17)
Cuarto de frío en acero, marca Kolpak
con una base de cuatrocientos cincuenta
mil colones exactos, 18)
Cuarto de congelado de acero,
marca Kolpak4 con una base de seiscientos
diecinueve mil ochocientos setenta y cinco colones exactos, 19) Freidora industrial, marca Ultrafryer con una base de cuatrocientos
sesenta y nueve mil ochocientos sesenta colones con noventa céntimos, 20) Extractor de grasa
de acero con una base de ciento
siete mil seiscientos colones exactos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso incidente de cobro de Alquileres Insolutos de Prismar de Costa
Rica Sociedad Anónima contra QSR Developers Costa
Rica S. A., expediente N° 18-000607-0504-CI.—Juzgado Civil de
Heredia, 18 de enero del año
2021.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate,
Juez Tramitador.—( IN2021521434 ).
En este Despacho, con una base de treinta y seis millones seiscientos ochenta y nueve mil doscientos ochenta colones con noventa y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula
número trescientos siete mil setecientos cuarenta y nueve, derecho 000, la
cual es terreno de patio
con una casa. Situada en el
distrito 03 Daniel Flores, cantón
19 Pérez Zeledón, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
Marvin Tencio Alfaro y Amado Navarro Fernández; al
sur, Franklin Vargas Fallas y Juan Mora Arias; al este, calle pública
con un frente de 8,00 metros lineales;
y al oeste, Solís Arbustini
Sociedad Anónima. Mide: trescientos ocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del uno de marzo del dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del nueve de marzo del dos mil veintiuno con la base de veintisiete
millones quinientos dieciséis mil novecientos sesenta colones con setenta y dos céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las diez horas treinta minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintiuno con
la base de nueve millones ciento setenta y dos mil trescientos veinte colones con veinticuatro céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jimmy
Antonio Umaña Elizondo. Expediente
N° 20-004270-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 17 de diciembre del
2020.—Eileen Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—(
IN2021521437 ).
En este Despacho, con una base de trece millones novecientos setenta y seis mil seiscientos ochenta y tres colones con treinta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del Partido de Alajuela, matrícula N° 243040,
derechos 001 y 002, la cual es terreno
naturaleza, terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 4-Carrillos, cantón 8-Poás de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte:
calle pública; al sur: lote 79; al este: calle; y al oeste: lote 38. Mide: doscientos cuarenta y cuatro metros con setenta decímetros cuadrados. Plano: A-0824325-1989. Para tal
efecto, se señalan las dieciséis horas quince minutos
del cuatro de mayo de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
dieciséis horas quince minutos
del doce de mayo de dos mil veintiuno,
con la base de diez millones
cuatrocientos ochenta y dos
mil quinientos doce colones con cuarenta y nueve céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las dieciséis horas quince minutos
del veinte de mayo de dos mil veintiuno,
con la base de tres millones
cuatrocientos noventa y cuatro mil ciento setenta colones con ochenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L.,
contra Héctor Alberto Matamoros Cerdas,
John Fernando Cerdas Vásquez, Lizbeth Josefa Rojas Murillo. Expediente N° 20-014098-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 1° de diciembre
del 2020.—Sofía Ramírez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2021521438 ).
En este Despacho, con una base de ciento setenta y cinco mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
396-18877-01-0930-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 173653, derecho 000, la cual
es terreno lote 13-C con
una casa. Situada en el distrito 6-Santa Rosa, cantón
3-Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con 12,00 metros de
frente, sur, Argelina Arce
Rodríguez, este, Marcelino Vargas Arce, oeste, Marcelino Vargas Arce. Mide:
doscientos dieciocho metros
con noventa y ocho decímetros cuadrados plano: H-0571547-1999. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las nueve horas treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil veintiuno con
la base de ciento treinta y
un mil doscientos cincuenta
dólares exactos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las nueve horas treinta minutos del tres de setiembre del dos mil veintiuno, con la base de cuarenta
y tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José S. A. contra Bladimir de Jesús Solano Barboza, Transportes
Empresariales Fiotrans
Sociedad de Responsabilidad Limitada,
Lorna Massiel Aguilar Castro. Expediente
Nº 20-015845-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 12 de enero
del 2021.—Lic. Marvin Antonio Hernández Calderón, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021521439 ).
En este Despacho, 1) con una base de
nueve millones cuatrocientos ocho mil novecientos treinta y un colones con cincuenta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de a y a citas:
297-11046-01-0003-001, servidumbre de paso citas: 333-16814-01-0006-001, servidumbre
de paso citas: 460-05968-01-0011-001, servidumbre de paso citas: 460-
05968-01-0020-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 412458-000, la cual es lote ocho terreno
para construir. Situada en el distrito 1 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
calle pública con 20,45
metros y Ronald González; al sur, lote 9; al este, lote 9 y Jaime Hidalgo, y
al oeste, lote 9. Mide: cuatrocientos treinta y cuatro metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Plano: A-1017992-2005. Para tal
efecto, señalan las nueve horas treinta minutos del veinticinco de mayo de
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del
dos de junio de dos mil veintiuno
con la base de siete millones
cincuenta y seis mil seiscientos
noventa y ocho colones con sesenta y tres céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las nueve horas treinta minutos del diez de junio de dos mil veintiuno con la
base de dos millones trescientos
cincuenta y dos mil doscientos
treinta y dos colones con ochenta y ocho céntimos (25% de la base original). 2) Con una base de tres millones setecientos
once mil cuatrocientos siete
colones con sesenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de AyA citas: 297-11046-01-0003-001, servidumbre
de paso citas: 333-16814-01-0006-001, servidumbre de paso citas:
460-05968-01-0011-001, servidumbre de paso citas: 460-05968-01-0020-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 398145-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al noreste,
Jaime Hidalgo Salazar; al sureste, Xinia María Vargas Cascante; al suroeste,
calle pública con un frente de 16,04 metros. Mide: trescientos cuarenta y cinco metros con treinta decímetros cuadrados. Plano:
A-0870927-2003. Para tal efecto,
se señalan las nueve horas treinta minutos del veinticinco de mayo de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas treinta minutos del dos de junio de dos
mil veintiuno con la base de dos millones
setecientos ochenta y tres mil quinientos cincuenta y cinco colones con setenta céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve
horas treinta minutos del diez de junio de dos mil veintiuno con la base de novecientos
veintisiete mil ochocientos
cincuenta y un colones con noventa céntimos (25% de la base
original). 3) Con una base de treinta millones doscientos setenta y siete mil doscientos setenta y dos colones con sesenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de AyA citas: 297- 11046-01-0003-001, servidumbre
de paso citas: 333-16814-01-0006-001, servidumbre de paso citas:
460-05968-01-0011-001, servidumbre de paso citas: 460-05968-01-0020-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 392457-000, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito 1 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
Monte Rodrigo S. A.; al sur, calle pública con 17 metros 74 centímetros
de frente; al este, Marta
Barrientos Rodríguez; y al oeste, calle pública con
15 metros 33 centímetros de frente.
Mide: trescientos metros cuadrados. Plano: A-0617222-2000. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del veinticinco de mayo
de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del
dos de junio de dos mil veintiuno
con la base de veintidós millones
setecientos siete mil novecientos cincuenta y cuatro colones con cuarenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve
horas treinta minutos del diez de junio de dos mil veintiuno con la base de siete millones quinientos sesenta y nueve mil trescientos dieciocho colones con quince céntimos (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Karina Paola Blanco Blanco
contra Max Kevin Esquivel Vargas, Xinia Maria Vargas
Cascante. Expediente 19-003599-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial
de Alajuela, Ciudad Quesada, 25 de octubre del año 2020.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2021521440 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta y dos millones seiscientos nueve mil ciento treinta y siete colones con seis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando citas:
362-05400-01-0947-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número treinta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y nueve, derecho 000,
la cual es terreno para agricultura Nº 291-49. Situada en el Distrito 01 Matina, Cantón 05 Matina, de la Provincia de Limón. Colinda: al norte Herberth Wilson Leod; al sur calle publica; al este Franklin Molina y al oeste Valeriano Salamanca. Mide: ochenta y seis mil setecientos noventa y tres metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas treinta minutos del once de marzo de dos
mil veintiuno con la base de treinta
y un millones novecientos cincuenta y seis mil ochocientos cincuenta y dos colones con ochenta céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las catorce horas treinta minutos del diecinueve de marzo de dos mil veintiuno con la
base de diez millones seiscientos cincuenta y dos mil doscientos ochenta y cuatro colones con veintisiete céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Didier
Alberto Moreira Mendoza. Expediente
Nº:19-007227-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 23 de octubre del año 2020.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez Decisor.—(
IN2021521442 ).
En este Despacho, con una base de veintiocho millones treinta mil seiscientos setenta y dos colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
396-16211-01-0921-001, servidumbre trasladada citas:
396-16211-01-0922-001; sáquese a remate la finca del
Partido de Alajuela, matrícula N° 265924-000, la cual es para construir N° 4. Situada
en el distrito 7-La
Fortuna, cantón 10-San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte: parcela 5; al
sur: parcela 3; al este: calle pública; y al oeste: Flora
Esquivel. Mide: cuatrocientos
sesenta y cinco metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Plano: A-0042729-1992. Para tal
efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas treinta minutos del once de marzo de dos
mil veintiuno, con la base de veintiún
millones veintitrés mil cuatro colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez
horas treinta minutos del diecinueve de marzo de dos mil veintiuno, con la base de siete millones siete mil seiscientos sesenta y ocho colones exactos
(25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Chi Man
Wong Sham. Expediente N° 20-001745-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 7 de octubre
del 2020.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza,
Juez Decisor.—( IN2021521443 ).
A las catorce horas y treinta
minutos del cinco de marzo del dos mil veintiuno, en la puerta de este Despacho, de la forma que se
dirá y con sus respectivas
bases, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca N° 1): Con la base de veinte millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las
citas: 352-05722-01-0904-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 452084-000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 1-Los Chiles, cantón 14-Los Chiles, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
Ecológico
Verde S. A., Karen Aguilar Sánchez, Marjorie Chacón Quirós y
Jacqueline Beteta Ubao;
sur, Ingrid Quirós
Chacón,
y Marjorie Chacón,
3-101-572082 S. A.; este, Ingrid Chacón Quirós, Virgilio Chacón Quirós, Karen Aguilar Sánchez, Marjorie Chacón Quirós y
Jackeline Beteta Ubao; oeste, Carretera Nacional, Karen Aguilar Sánchez e Ingrid
Patricia Chacón.
Mide: cinco mil seiscientos cincuenta y dos
metros cuadrados. Plano: A-1310631-2008. Finca N° 2): Con la base de cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref.: 1932-067-002 bajo las citas:
282-06470-01-0955-001, servidumbre sirviente bajo las citas:
326-02040-01-0006-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 281586-000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 13-Peñas Blancas, cantón 2-San Ramón, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
calle pública con 14,08 metros lineales;
sur, Abel Cruz Álvarez; este, Iabel Cruz Álvarez; oeste,
Abel Cruz Álvarez. Mide: doscientos veinticuatro metros
con dieciocho decímetros cuadrados.
Plano: A-0732624-1988. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del quince de marzo del dos mil veintiuno, con
la base de Finca N° 1) Quince millones
de colones exactos (75% de
la base original). Finca N° 2) Tres millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las catorce horas y treinta
minutos del veintitrés de marzo del dos mil veintiuno, con
la base de Finca N° 1) Cinco millones
de colones exactos (25% de
la base original). Finca N° 2) Un millón doscientos
cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Hernán Osvaldo González López contra
3-101-577741 Sociedad Anónima. Expediente
N° 19-009799-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 26 de agosto del
2020.—Lilliam Álvarez Villegas, Juez/a Decisor/a.—( IN2021521444 ).
En este despacho, con una base de trece mil seiscientos cuarenta y nueve dólares con noventa y cinco centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa
TRM139, marca: Fiat, vin: ZFA323000D3201642, capacidad: 5 personas, año: 2013,
color: gris. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos (11:30 a. m.) del
tres de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta
minutos (11:30 a. m.) del once de marzo
de dos mil veintiuno, con la base de diez mil doscientos treinta y siete dólares con cuarenta y seis
centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer
remate se señalan las once horas treinta
minutos (11:30 a.m.) del diecinueve
de marzo de dos mil veintiuno,
con la base de tres mil cuatrocientos
doce dólares con cuarenta y ocho centavos (25% de
la base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de MB Créditos Sociedad Anónima contra
Daby Madrigal Araya. Expediente
N° 18-005425-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 25 de noviembre del 2020.—Lic. Víctor
Obando Rivera, Juez Tramitador.—( IN2021521445
).
En este Despacho, con una base de trece mil trece dólares con cincuenta y cinco centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
placas: 711246, marca: Land
Rover, estilo: Range Rover Sport, serie:
sallsaa348a134236, año: 2008, carrocería: todo terreno 4 puertas, color: bronce, tracción: 4X4, chasis y vin: sallsaa348a134236, número
de motor: 140707b09490428ps, marca:
Land Rover, modelo; 4.2L V8, cilindrada:
4200 cc. Para tal efecto se
señalan las ocho horas cero
minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas cero minutos del
ocho de marzo de dos mil veintiuno con la base de nueve
mil setecientos sesenta dólares con dieciséis centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las ocho horas
cero minutos del dieciséis
de marzo de dos mil veintiuno
con la base de tres mil doscientos
cincuenta y tres dólares con treinta y ocho centavos (25% de la base original). NOTAS: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Davivienda Costa
Rica S. A. contra Edison Quirós López. Expediente 18-000530-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 14 de diciembre
del año 2020.—Lic. Pilar
Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2021521446 ).
En este Despacho, con una base de diecisiete mil ciento setenta y un dólares con ochenta y ocho centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: 854504, marca: Mazda, categoría: automóvil, serie: jm3er2w51a0345573,
año: 2011, color: blanco, capacidad: 5 personas, cilindrada:
2488 cc. Para tal efecto se
señalan las quince horas cero minutos
(03:00 p.m.) del cinco de abril
de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las quince horas cero minutos (03:00 p.m.) del trece de
abril de dos mil veintiuno
con la base de doce mil ochocientos
setenta y ocho dólares con noventa y un centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las quince horas cero minutos
(03:00 p.m.) del veintiuno de abril
de dos mil veintiuno con la base de cuatro mil doscientos noventa y dos dólares con noventa y siete centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de MB Créditos S. A. contra Johan Eduardo
Campos Arce. Expediente 17-009707-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago.
04 de enero del año 2021.—Lic. Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2021521447 ).
En este Despacho, con una base de
quince millones ochocientos
treinta y seis mil doscientos
noventa colones con cincuenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre dominante citas: 343-03238-01-0039-001, citas:
343-03238-01-0044-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 349917-000, la cual es terreno lote 4 de potrero. Situada en el distrito
1 San Marcos, cantón 5 Tarrazú,
de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Gonzalo y Amado Mora; al sur, quebrada
medio Antonio Mora; al este, Vicente Rojas; y al oeste, Anais Ureña Zamora. Mide: seis mil ciento setenta y nueve metros con veintidós decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del diez de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del dieciocho de marzo de dos mil veintiuno con la base de once millones
ochocientos setenta y siete mil doscientos diecisiete colones con ochenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las trece
horas treinta minutos del veintiséis de marzo de dos mil veintiuno con la base de tres millones novecientos cincuenta y nueve mil setenta y dos colones con sesenta y dos céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Davivienda Costa
Rica S. A. contra Randall Rodolfo Ureña Garro. Expediente 18-009493-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de
Cartago, 16 de diciembre del año
2020.—Lic. Yanin Torrentes Ávila,
Juez Decisor.—( IN2021521453 ).
En este Despacho, con una base de ocho mil cuatrocientos sesenta y cuatro dólares con ochenta y cinco centavos (moneda de curso legal de los Estados
Unidos), libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
placa: BGZ857, marca:
Toyota, estilo: Yaris G, año:
2015, color: blanco, N° motor:
1NZZ106667, Vin: MR2BT9F31F1152774. Para tal efecto se señalan las once horas
cero minutos del veintisiete
de abril del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas cero minutos del seis de mayo del dos mil veintiuno con la base de seis mil trescientos
cuarenta y ocho dólares con sesenta y tres centavos (moneda de curso legal de los Estados Unidos),
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las once horas cero minutos
del diecisiete de mayo del dos mil veintiuno con la base de dos mil ciento
dieciséis dólares con veintiún centavos (moneda de curso legal de los Estados
Unidos) (25% de la base original). Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso
de existir algún error lo comunicará al despacho dentro del
tercer día, para su inmediata corrección. Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda
Costa Rica S. A. contra Ronny Felipe Corella Vindas. Expediente N° 19-014902-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 08 de enero del 2021.—Floryzul Porras
López, Jueza Decisora.—(
IN2021521454 ).
En este Despacho, con una base de nueve mil quinientos quince dólares con cincuenta y nueve centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa
SVF128, marca: Hyundai, estilo:
Accent GL, año: 2016, color: azul,
vin: kmhct41bagu949669,
combustible: gasolina, modelo
sbs4k4617d.d304. Para tal efecto
se señalan las once horas cero minutos
del once de febrero de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas cero minutos del diecinueve
de febrero de dos mil veintiuno
con la base de siete mil ciento
treinta y seis dólares con sesenta y nueve centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las once horas cero minutos
del uno de marzo de dos mil veintiuno
con la base de dos mil trescientos setenta y ocho dólares con ochenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Norma
Constanza Salinas Pino y Fulton Arturo Castillo Cabal. Expediente
20-012048-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 12 de enero del año 2021.—Lic. Paula Morales
González, Jueza Decisora.—( IN2021521462 ).
En este Despacho, con una base de
seis mil seiscientos treinta
y un dólares con noventa y cinco centavos, libre de gravámenes
prendarios; sáquese a
remate el vehículo placas
BHN230, el cual es Suzuki Ertiga
GLX, categoría automóvil, año 2015, color celeste, tracción
4X2. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del tres de marzo del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas cero minutos del
once de marzo del dos mil veintiuno
con la base de cuatro mil novecientos
setenta y tres dólares con noventa y seis
centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez
horas cero minutos del diecinueve
de marzo del dos mil veintiuno
con la base de mil seiscientos cincuenta
y siete dólares con noventa y nueve centavos (25% de
la base original). Notas: Se le informa
a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Lía Lisette
Ramírez Quirós. Expediente
N° 20-001630-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela (San
Ramón), 28 de setiembre del 2020.—María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2021521463 ).
En este Despacho, con una base de
mil cuarenta y un dólares
con noventa y ocho
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
placa BCJ091, marca:
Suzuki, año: 2012, vin: ma3fc31s0ca487828, cilindrada:
1000 cc, color: gris, categoría:
automóvil. Para tal efecto se señalan las quince
horas treinta minutos del
once de febrero de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas treinta minutos
del veintidós de febrero de
dos mil veintiuno con la base de setecientos
ochenta y un dólares con cuarenta y ocho centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las quince horas treinta
minutos del dos de marzo de
dos mil veintiuno con la base de doscientos
sesenta dólares con cuarenta y nueve centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Jennifer
Carrinna Belloso Figueroa. Expediente 20-003435-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 13 de octubre del año 2020.—Lic. Joyce Magaly
Ugalde Huezo, Jueza Decisora.—(
IN2021521464 ).
En este Despacho, con una base de dieciséis mil ochocientos ochenta y siete dólares con veintisiete centavos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
BQP234, marca Ssang Yong. Estilo Tivoli. Categoría automóvil. Año 2018. Color blanco. Vin KPT20A1VSKP231215, cilindrada
1600 c.c. Para tal efecto
se señalan las diez horas
cero minutos del cuatro de marzo de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas cero minutos del
quince de marzo de dos mil veintiuno
con la base de doce mil seiscientos
sesenta y cinco dólares con cuarenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintiuno con la base de cuatro
mil doscientos veintiún dólares con ochenta y un centavos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra
Christian Alonso Moya Morales. Expediente
Nº:20-017112-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 06 de noviembre del año 2020.—Yessenia Brenes González, Juez Decisor.—( IN2021521466 ).
En este Despacho, con una base de ciento trece mil setecientos ochenta y siete dólares con cuarenta y seis
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
trescientos veinte mil ciento treinta y dos, derecho
cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote 7 D, con una casa
de habitación de dos plantas.
Situada: en el distrito Alajuela, cantón
Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 8 D; al sur, lote 6 D; al este, resto destinado a calle segunda, y al oeste, lote 22 D. Mide: doscientos tres metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
treinta minutos del ocho de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas treinta
minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintiuno, con
la base de ochenta y cinco
mil trescientos cuarenta dólares con sesenta centavos (75%
de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las once horas treinta
minutos del veinticuatro de
marzo del dos mil veintiuno,
con la base de veintiocho mil cuatrocientos
cuarenta y seis dólares con
ochenta y siete centavos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra
Domingo Tuckler Oconor,
Evelyn Eugenia Alfaro Álvarez. Expediente
N° 20-011077-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 08 de noviembre del
2020.—Angie Rodríguez Salazar, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021521470 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una base de diez
mil seiscientos cincuenta y
siete dólares con veinticinco centavos,
libre de gravámenes prendarios,
pero soportando denuncia O.I.J. 800-497922-001; sáquese
a remate el vehículo: BJW766, Marca: Hyundai, Estilo: I10 GL, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, año fabricación: 2016, color: plateado,
cilindrada: 1100 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de junio del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de junio del dos mil veintiuno, con
la base de siete mil novecientos
noventa y dos dólares con noventa y cuatro centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del cinco de julio del dos mil veintiuno, con
la base de dos mil seiscientos sesenta
y cuatro dólares con treinta y un centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Improsa
contra Katherinne María Castillo Vargas. Expediente N° 20-014726-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia, 27 de noviembre del 2020.—Licda. Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—(
IN2021520957 ).
En este Despacho, con una base de cien mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Guanacaste, matrícula
número doscientos siete mil quinientos setenta y cuatro, derecho 000, la
cual es terreno de solar situada en el distrito
1-Liberia, cantón 1-Liberia de la provincia
de Guanacaste. Linderos: norte,
resto reservado de Ganadera
Santa Ana Liberia S. A., sur, calle pública con un
frente a ella
de catorce metros con noventa
y cuatro centímetros lineales y Claro Costa Rica, este,
resto reservado de Ganadera
Santa Ana Liberia S. A., oeste, resto reservado de Ganadera Santa Ana
Liberia S. A. Mide: cinco
mil metros cuadrados. Plano: G-1777647-2014. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del ocho de marzo de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas treinta minutos
del dieciséis de marzo de
dos mil veintiuno con la base de setenta
y cinco mil dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las quince horas treinta minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintiuno con la base de veinticinco
mil dólares exactos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de 3-102-766433 Ltda. contra Ganadera Santa Ana Liberia Sociedad Anónima.
Expediente Nº 19-002971-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 09 de diciembre del año 2020.—Rolando
Valverde Calvo, Juez Decisor.—(
IN2021521367 ).
En este Despacho, Con una base de cuarenta y siete millones colones exactos, soportando servidumbre trasladada citas: 309- 08066-01-0006-001, servidumbre
de paso citas: 2010-157567-01-0006-001, servidumbre de paso citas:
2010-157567-01-0007-001, servidumbre de paso citas: 2010-203973- 01-0003-001 y servidumbre
de paso citas: 2010-213752-01-0003-001, sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
618827, derecho 000, la cual es terreno
de potrero. Situada en el
Distrito 1-Santa María, Cantón 17-Dota, de la Provincia de San José. Colinda:
al norte camino público con un ancho de 12,40 metros; al sur Agrícola El Jocotal Cincuenta y Uno G S U S.A; al este
Agrícola El Jocotal Cincuenta y Uno G S U S.A y al oeste
Agrícola El Jocotal Cincuenta y Uno G S U S. A. Mide:
mil trece metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos
del cinco de abril de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos
del trece de abril de dos
mil veintiuno con la base de treinta
y cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las once horas cero minutos del veintiuno
de abril de dos mil veintiuno
con la base de once millones setecientos
cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Agrícola El Jocotal Cincuenta y Uno G S U Sociedad Anónima,
Jeremías Eduardo Ureña
Solís, Elvira Judith Solís Chacón. Expediente Nº: 19-018768-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 04 de enero
del año 2021.—Licda. Pilar
Gómez Marin, Jueza Decisora.—( IN2021521452 ).
En este Despacho, con una base de veinte millones cuatrocientos sesenta y siete mil quinientos veinte colones con ochenta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
236-08731-01-0901-002, reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas:
439-09033-01-0083-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 509622-000, la cual es terreno de pasto. Situada: en el distrito 9 La Palmera, cantón 10 San
Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Sergio Picado
Arce; sur, calle pública; este,
calle pública; oeste, Vilma Quirós. Mide: siete mil trescientos veintiocho metros cuadrados. plano: A-1713638-2014.
Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos
del veintiuno de mayo del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las quince horas cero minutos del treinta
y uno de mayo del dos mil veintiuno, con la base de
quince millones trescientos
cincuenta mil seiscientos cuarenta colones con sesenta y seis céntimos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las quince horas cero minutos
del ocho de junio del dos
mil veintiuno, con la base de cinco
millones ciento dieciséis mil ochocientos ochenta colones con veintidós céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Roberto
José Villalobos Ugalde. Expediente
N° 17-004552-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 22 de setiembre
del 2020.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza,
Juez/a Decisor/a.—( IN2021521455 ).
En este Despacho, 1) Con una base de
setenta y tres mil seiscientos dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de líneas eléctricas y
de paso bajo las citas: 2013-227924-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
1-103194-F-000, la cual es terreno
finca filial número quinientos
veintinueve ubicada en el sétimo nivel destinada
a apartamento A en proceso de construcción. Situada
en el distrito 10-Hatillo, cantón 1-San José,
de la provincia de San José. Colinda:
al norte, área común construida destinada a ascensor, finca filial quinientos
treinta y espacio vacío; al sur,
espacio aéreo; al este, área común construida destinada a ascensor y
área común construida destinada a escalera; y al oeste, espacio aéreo. Mide: setenta y seis metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las 08:15
horas del 17/02/2021. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará
a las 08:15 horas del 25/02/2021 con la base de cincuenta
y cinco mil doscientos dólares exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las 08:15 horas del 05/03/2021 con la base de dieciocho
mil cuatrocientos dólares exactos (25% de la base original). 2) Con una base de cinco mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de líneas eléctricas y
de paso bajo las citas: 2013-227924-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
1-102810-F-000, la cual es terreno
finca filial número ciento cuarenta y cinco ubicada en el primer nivel destinada a parqueo en proceso
de construcción.
Situada en el distrito 10-Hatillo, cantón 1-San
José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común construida destinada a vía de circulación
vehicular; al sur, área común libre destinada a juegos infantiles; al este, finca filial
ciento cuarenta y cuatro; y al oeste, finca filial ciento cuarenta y seis. Mide: catorce metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las 08:15
horas del 17/02/2021. de no haber postores,
el segundo remate se efectuará
a las 08:15 horas del 25/02/2021 con la base de tres
mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las 08:15 horas del 05/03/2021 con la base de mil doscientos
cincuenta dólares exactos (25% de la base original). 3) Con una base de cinco mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de líneas eléctricas y
de paso bajo las citas: 2013-227924-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
1-102721-F-000, la cual es terreno
finca filial número cincuenta
y seis ubicada en el sótano destinada a parqueo en proceso de construcción. Situada
en el distrito 10-Hatillo, cantón 1-San José, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
área común construida destinada a vestíbulo; al sur, área común construida destinada a vía de circulación
vehicular; al este, finca filial cincuenta
y siete; y al oeste, finca
filial cincuenta y cinco. Mide: catorce metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las 08:15
horas del 17/02/2021. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará
a las 08:15 horas del 25/02/2021 con la base de tres
mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las 08:15 horas del 05/03/2021 con la base de mil doscientos
cincuenta dólares exactos (25% de la base original). 4) Con una base de mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso bajo las citas:
2013-227924-01-0001-001; sáquese a remate la finca
del partido de San José, matrícula
número 1-102919-F-000, la cual
es terreno finca filial número
doscientos cincuenta y cuatro ubicada en el sótano destinada a locker en proceso de construcción. Situada
en el distrito 10-Hatillo, cantón 1-San José, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
área común construida; al sur, área común construida destinada a vestíbulo y
finca filial doscientos cincuenta
y tres; al este, finca
filial doscientos cincuenta
y cinco; y al oeste, finca
filial doscientos cincuenta
y uno. Mide: cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las 08:15
horas del 17/02/2021. de no haber postores,
el segundo remate se efectuará
a las 08:15 horas del 25/02/2021 con la base de setecientos
cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las 08:15 horas del 05/03/2021 con
la base de doscientos cincuenta
dólares exactos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro
y Préstamo
contra Fenger Pan, Meiyi
Pan Tam. Expediente N° 20-012566-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de noviembre del 2020.—Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2021521457 ).
En este Despacho, con una base de noventa millones seiscientos dieciocho mil novecientos quince colones con setenta y tres céntimos, pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida) citas: 2015-49984-01-0003-001, hipoteca
primer grado citas:
2015-605290-01-0001-001; sáquese a remate la finca
del partido de Cartago, matrícula
número 250767-000, la cual
es terreno de restaurante, lagos, ranchos, lechería, galera,
lagos y aceras internas. Situada en el Distrito 3-Capellades, Cantón
6-Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte Ruth Romero Romero, Minor Méndez Vargas y Álvaro
Rodríguez Ulloa; al sur Miguel Eduardo Rodríguez Gamboa; al este Miguel Rodríguez Gamboa y al
oeste calle publica y
Víctor Méndez Vargas. Mide: trece
mil ciento un metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del doce de febrero de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas cero minutos del
veintidós de febrero de dos
mil veintiuno con la base de sesenta
y siete millones novecientos sesenta y cuatro mil ciento ochenta y seis colones con ochenta céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las diez horas cero minutos
del dos de marzo de dos mil veintiuno
con la base de veintidós millones
seiscientos cincuenta y cuatro mil setecientos veintiocho colones con noventa y tres céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso monitorio dinerario de Alejandra Patricia Abarca
Camacho contra Rancho del Sapito HRG S. A. Expediente Nº:16- 008618-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 20 de enero
del año 2021.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza
Decisora.—(
IN2021521458 ).
En este Despacho, con una base de
once millones setecientos treinta y dos mil trescientos setenta colones con ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 404-06660-01-0903-001, servidumbre
de paso citas: 574-21184-01-0002-001, servidumbre de paso citas:
574-28791-01-0019-001, servidumbre de paso citas: 574-31534-01-0038-001, servidumbre
de paso citas: 574-31534-01-0038-001; sáquese a remate la finca del partido
de Guanacaste, matrícula número
163528-000, que se describe así: naturaleza:
parcela veintiuno terreno para la agricultura. Situada: en el distrito 4-Belén,
cantón
5-Carrillo de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública con 63,70 metros frente a
ella y Osvaldo Martínez Angulo, Juana Martínez Angulo, Domingo Martínez Angulo; sur, parcela veinte de Cooperativa de Productores Agropecuarios de Belén Responsabilidad Limitada; este, parcela quince de Cooperativa de Productores Agropecuarios de Belén Responsabilidad
Limitada y parcela dieciséis de
Geovany Leiva Álvarez con servidumbre agrícola compartida con 270,94 metros de frente
a ella; oeste, Juana Martínez Angulo, parcela
veinte de Cooperativa de Productores Agropecuarios de Belén Responsabilidad Limitada ambos en parte. Mide:
cuarenta y cinco mil doscientos sesenta y ocho metros con veintitrés decímetros cuadrados.
Plano: G-1161439-2007. Para tal efecto,
se señalan las diez horas treinta minutos del veintiocho de mayo del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las diez horas cero minutos
del siete de junio del dos
mil veintiuno, con la base de ocho
millones setecientos noventa y nueve mil doscientos setenta y siete colones con cincuenta y seis céntimos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las diez horas
cero minutos del quince de junio
del dos mil veintiuno, con la base de dos millones novecientos treinta y tres mil noventa y dos colones con cincuenta y dos céntimos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Egidio Salazar
Elizondo. Expediente N° 20-002619-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 14 de enero
del 2021.—Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021521460 ).
En este Despacho, con una base de
seis millones quinientos
mil colones exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando reservas y restricciones citas: 330-13038-01-0002-001; sáquese
a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento cuarenta y un mil setecientos veinticuatro, derecho
cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote 12-E. Situada en el Distrito 1-Liberia,
Cantón 1-Liberia, de la Provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte
calle publica con un frente
de 8 metros; al sur lote 19-E; al este
lote 13-E y al oeste Las Arandas S. A. Mide: ciento ochenta y tres metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados plano: G-0977270-2005.
Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del veinticuatro de febrero de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas cero minutos
del cuatro de marzo de dos
mil veintiuno con la base de cuatro
millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las catorce horas cero minutos
del doce de marzo de dos
mil veintiuno con la base de un millón
seiscientos veinticinco mil
colones exactos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Gustavo Adolfo Araya Córdoba contra Jaime De
Jesús Lara Chaves. Expediente Nº:20-003134-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, 08 de diciembre del año 2020.—Lic. Rolando Valverde
Calvo, Juez Decisor.—( IN2021521461 ).
En este Despacho, con una base de doscientos setenta y cinco mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula número quinientos veinte mil doscientos cuarenta y siete, derecho 000, la
cual es terreno con una
nave comercial. Situada: en el distrito 1 Desamparados, cantón 3 Desamparados, de la provincia
de San José. Colinda:
al norte, Álvaro León Quirós, Elisa Lilliam León Quirós, Guido Chavarría Chavarría; al sur, calle
pública
con un frente de 10 metros en
parte con Manuel Astúa Gamboa,
Óscar Madrigal Bermúdez, Omira
Sequeira Sevilla, Gerardina
Cascante Morales; al este, calle
pública
con un frente de 8.90 metros y en
parte Alberto Quirós Moya, y al oeste,
Mercedes Madrigal Monge. Mide: mil doscientos noventa y seis metros
con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del nueve de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de febrero del dos mil veintiuno,
con la base de doscientos seis mil doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan
las trece horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de febrero del dos mil
veintiuno, con la base de sesenta
y ocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Árbol
Plateado S.R.L. contra Inmobiliaria
Heinsthe Sociedad Anónima. Expediente
N° 20-012001-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Verny Arias Vega, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021521588 ).
En este Despacho, con una base de trescientos mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Cartago, matrícula
número 201460, derecho 000, la cual
es terreno potrero. Situada:
en el distrito 4-San
Nicolás, cantón 1-Cartago, de la provincia
de Cartago. Finca se encuentra en
zona catastrada. Colinda:
al norte, Inmobiliaria
Terranova del Progreso S. A.; al sur, Cafetalera La Lima S. A.; al este,
Inmobiliaria Terranova del Progreso
S. A., y al oeste, calle pública. Mide: mil quinientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del dieciocho de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos del primero de marzo del
dos mil veintiuno, con la base de doscientos
veinticinco mil dólares exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las ocho
horas cero minutos del nueve
de marzo del dos mil veintiuno,
con la base de setenta y cinco
mil dólares exactos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Bakea S. A. contra
Laura Ligia Gómez Ulett. Expediente N°
19-008851-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 18 de noviembre del 2020.—Yanin Torrentes Ávila, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2021521625 ).
A las ocho horas treinta minutos del dos de abril del dos
mil veintiuno (08:30 horas del 02-04-2021), en la puerta exterior del local
que ocupa este Juzgado, al mejor postor, por la suma de siete millones ochocientos mil colones netos (¢7.800.000), libre de gravámenes
hipotecarios, remataré: el inmueble dado en garantía, Partido de Alajuela, matrícula
número trescientos ochenta y un mil setecientos veintinueve - triple cero (381729-000), que es terreno de frutales, sito en el distrito
3, San José (Pizote), cantón
13, Upala de la provincia
de Alajuela, lindante al norte:
Corina Pérez Pérez; al sur: Rolando Gómez Pérez; al este: calle pública
con un frente a calle de
18,10 metros lineales; y al oeste:
Río Niño; el cual mide mil setenta y seis metros con noventa
y seis decímetros cuadrados,
según plano Nº A-
0157859-1993, propiedad de la demandada
Jeannett Antonia Aragón Cerdas.
En caso de resultar fracasado el primer
remate, para la segunda subasta
y con la rebaja del veinticinco
por ciento de la base original, sea la suma de cinco millones
ochocientos cincuenta mil colones netos (¢5.850.000), se señalan las ocho horas treinta minutos del doce de abril del dos mil veintiuno (08:30 horas del 12-04-2021). En
la eventualidad de que en
el segundo remate tampoco
se realicen posturas para
la tercera almoneda y con
la base del veinticinco por ciento
de la base original, o se la suma de un millón novecientos cincuenta mil colones netos (¢1.950.000), se señalan
las ocho horas treinta minutos del veinte de abril del dos mil veintiuno
(08:30 horas del 20-04-2021). Razón: Publíquese por dos veces consecutivas en el Boletín Judicial. Lo anterior por estar
así ordenado en Proceso: Ejecución
hipotecaria Nº 20-000029-1520-AG establecido
por el Banco de Costa Rica, contra Jeanneth Antononia Aragón Cerdas y otro.—Juzgado Civil y Trabajo
Segundo Circuito Judicial Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria), Upala, 12 de enero del 2021.—Licda. Sussy María Gamboa Ramírez, Jueza.—O.
C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021521651 ).
En este Despacho, con una base de treinta millones setecientos cincuenta y cinco mil quinientos cuarenta y dos colones con dieciséis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Guanacaste, matrícula número
53536-000. Que se describe así: Naturaleza:
Terreno para construir situada en el distrito:
2-Santa Rita cantón 9- Nandayure
de la provincia de Guanacaste. Linderos:
norte, Laura Montiel Torres; sur, calle
pública; este, Aquilino
Alvarado Bogantes; oeste, calle pública. Mide: ochocientos veinte metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Plano:
G-0483273-1982.- Para tal efecto,
se señalan las diez horas
cero minutos del veintiocho
de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas cero minutos del
siete de junio de dos mil veintiuno con la base de veintitrés
millones sesenta y seis mil
seiscientos cincuenta y
seis colones con sesenta y
dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del
quince de junio de dos mil veintiuno
con la base de siete millones
seiscientos ochenta y ocho mil ochocientos ochenta y cinco colones con cincuenta y cuatro céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ricardo
del Socorro Rodríguez Saborío, Yamilet Gómez
Carrillo. Expediente N° 20-002549-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 13 de enero
del año 2021.—Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—(
IN2021521709 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta y un millones ochocientos veinte mil colones exactos, soportando hipoteca de primer grado, sáquese a remate la finca
del partido de Puntarenas, matrícula
número ciento dieciocho mil ochocientos ocho, derecho cero cero cero, la cual es finca filial primaria individualizada 54 apta para construir, que se destinará a uso habitacional, la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito: 01-Jacó, cantón 11-Garabito, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al noreste,
calle Jaguar sector A; al noroeste,
finca filial primaria individualizada
número 55; al sureste,
finca filial primaria individualizada
número 53 y al suroeste, Image
Builders IB S.A. Mide: Ciento
Ochenta Metros Cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del treinta de junio de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas cero minutos del
ocho de julio de dos mil veintiuno, con la base de treinta
y ocho millones ochocientos sesenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez
horas cero minutos del dieciséis
de julio de dos mil veintiuno,
con la base de doce millones
novecientos cincuenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Condominio
Horizontal Residencial Malaga Herradura
contra Mipham Wangmo
Corporation Limitada. Expediente
N° 18-004101-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, 29 de octubre
del año 2020.—Lic. Douglas
Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2021521712 ).
En este Despacho, con una base de diecinueve mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de: San José, matrícula
número: 317283, duplicado:
horizontal: derecho: 000, naturaleza: para construir con FIG triangular,
situada en el distrito: 04-Concepción, cantón:
10-Alajuelita, provincia: San José, linderos: norte, calle publica; sur, Silvano Reyes
y calle pública; este, Silvano Reyes Reyes; sureste, camino público; suroeste, Silvano Reyes Reyes. Mide: trescientos
un metros con sesenta y ocho
decímetros cuadrados. para tal efecto, se señalan las diez horas y cuarenta minutos del siete de abril del año dos mil veintiuno, de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas y cuarenta minutos del quince de abril del año dos mil veintiuno, con la
base de catorce mil doscientos
cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez
horas y cuarenta minutos
del veintitrés de abril del
año dos mil veintiuno, con
la base de cuatro mil setecientos
cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Corporación Aguas Azules MMC S.A., contra
Aristides del Gerardo Salazar Alvarado. Expediente N°
21-000201-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de enero del año 2021.—Licda. Susana Cristina Mata Gómez, Jueza
Decisora.—(
IN2021521713 ).
En este despacho,
con una base de veintiún millones
quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Heredia 199742-001-002, matrícula número, la cual es terreno contruir lote 27. Situada en el distrito
5-Santa Lucia, cantón 2-Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al
norte lote 26; al sur lote 28; al este lote 36 y al oeste calle publica con 6 metros. Mide:
Ciento veinte metros con cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas quince minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas
quince minutos del veinticuatro
de febrero de dos mil veintiuno
con la base de dieciséis millones
ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las catorce horas quince minutos
del cuatro de marzo de dos
mil veintiuno con la base de cinco
millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra
Jimmy Brian Morales Milanes, Viviana de Los Ángeles Carballo Montero. Expediente
N° 20-000023-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 15 de setiembre
del año 2020.—German Valverde Vindas,
Juez Decisor.—(
IN2021521727 ).
En este despacho, con una base de veinte millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 320-07492-01-0901-001, servidumbre
trasladada citas:
352-05359-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 233467 derecho 000, la cual
es terreno de solar con una casa. Situada
en el distrito: 11-La
Isabel, cantón: 05-Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte, Compañía Agrícola La Pradera S.A.; al sur,
Santos Gutiérrez Gutiérrez; al este
calle pública con un frente de 12,55 metros lineales y
al oeste, Gustavo Alfaro Bermúdez
y Santos Gutiérrez Gutiérrez. mide:
quinientos setenta y tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas treinta minutos
del veinticuatro de febrero
de dos mil veintiuno, con la base de quince millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las once horas treinta
minutos del cuatro de marzo de dos mil veintiuno, con
la base de cinco millones
de colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Gustavo
Alfaro Bermúdez. Expediente
N° 20-002087-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 11 de noviembre del año
2020.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Decisora.—(
IN2021521728 ).
En este despacho, con una base de
quince millones cuatrocientos
ochenta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 190-03419-01-0002-001, servidumbre
de paso citas. 2016-512568-01-0003-001 y limitaciones de leyes 7052, 7208
Sist. Financiero de Vivienda; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 683008-001,
derecho 002, la cual es terreno
con café. Situada en el distrito 4- San Gabriel, cantón
06 Aserrí, de la provincia
de San José. Colinda: al norte
cementerio de San Gabriel; al sur, servidumbre de paso con 5 mts; al este,
Olger Hernán González
Vásquez y al oeste, Olger Hernán González Vásquez. Mide: ciento setenta y cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de febrero de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de marzo de dos mil veintiuno con la base de once millones
seiscientos trece mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las nueve horas cuarenta y cinco minutos del doce de marzo de dos mil veintiuno con la base de tres millones ochocientos setenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Randall
Eugenio Murillo Sánchez. Expediente N°
20-012536-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 23 de noviembre del año 2020.—Mariana Jovel Blanco, Jueza Decisora.—( IN2021521729 ).
En este despacho, con una base de dieciocho millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas:
338-04006-01-0001-001, servidumbre sirviente citas:
352-11587-01-0002-001, servidumbre sirviente citas:
364-10276-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento cinco
mil doscientos cuarenta y cuatro, derecho 000, la cual es terreno lote diecinueve,
terreno para construir. Situada en el distrito:
03-Guaycará, cantón: 07-Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, Silverio Díaz Cubillo
e Instituto Costarricense de Electricidad;
al sur, lote veinte; al este, calle pública,
con 10.00 metros de frente y al oeste
calle publica, con 10.00 metros de frente. Mide: doscientos
cincuenta y nueve metros
con veintinueve decímetros cuadrados. Plano: P-0449485-1997. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y
cero minutos del veinticinco
de febrero de dos mil veintiuno,
con la base de trece millones
novecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las nueve horas y cero minutos
del cinco de marzo de dos
mil veintiuno, con la base de cuatro
millones seiscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra María
Fernanda Bonilla Abarca, Yesenia de Los Anteles Bonilla Abarca. Expediente N° 19-002947-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de
Golfito, 13 de agosto del año
2020.—Lic. Gerardo Monge Blanco, Juez.—( IN2021521730 ).
En este Despacho, con una base de nueve mil trescientos dieciséis dólares con ochenta y cinco centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
PLACAS 296575, Marca Mitsubishi, año 1993, color verde, categoría
automóvil, Para tal efecto se señalan las nueve horas del dieciséis de febrero del dos mil veintiuno
(09:00 a.m 16/02/2021). De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las nueve
horas del veinticuatro de febrero
del dos mil veintiuno (09:00 a.m
24/02/2021) con la base de seis mil novecientos ochenta y siete dólares con sesenta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas del cuatro de marzo del dos mil veintiuno
(09:00 a.m 04/03/2021) con la base de dos mil trescientos veintinueve dólares con veintiún centavos
(25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales Veinsa Sociedad Anónima contra Fernando Hernández Ramírez y Tigre Que Ruge Sociedad Anónima. Expediente Nº:10-000549-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 05 de enero del año 2021.—Lic. Jairo Jiménez Sandoval, Juez.—( IN2021521735 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones doscientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo
BCH363, marca: Honda, estilo:
Civic, categoría: automóvil,
capacidad: 5 personas, Serie: 2HGFG11856H513430, carrocería: Sedan 2 puertas, tracción: 4x2, número chasis: 2HGFG11856H513430, año fabricación:
2006, color: gris, VIN: 2HGFG11856H513430, N.Motor: 1433335, .combustible: Gasolina
Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos
del veintiséis de mayo de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas cero minutos del tres
de junio de dos mil veintiuno
con la base de tres millones
ciento ochenta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las once horas cero minutos del once de junio de dos mil veintiuno con la
base de un millón sesenta y
dos mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso monitorio dinerario de Coocique R.L. contra
Esteban Chaves Navarro. Expediente Nº:
17-004321-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 27 de setiembre
del año 2020.—Lic. Giovanni
Vargas Loaiza, Juez Decisor.—(
IN2021521740 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones doscientos cincuenta y ocho mil cien colones
exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas ley caminos citas:
413-13834-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 145715-000, la cual es terreno para construir con 1
casa. Situada en el distrito 2-La Virgen, cantón
10-Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Damaris Porras
Blanco; al sur, Héctor Antonio Porras; al este, Damaris
Porras Blanco y al oeste; calle
pública con 07 mts. de ancho. Mide:
trescientos ochenta y siete metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Plano:
H-0118481-1993. Para tal efecto,
se señalan las catorce
horas treinta minutos del treinta de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del once de mayo
de dos mil veintiuno con la base de tres millones ciento
noventa y tres mil quinientos setenta y cinco colones exactos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las catorce
horas treinta minutos del diecinueve de mayo de dos mil veintiuno
con la base de un millón sesenta
y cuatro mil quinientos veinticinco colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso monitorio dinerario de Coocique R.L. contra
José Antonio Porras Blanco y otros. Expediente N° 11-100589-0297-CI.—Juzgado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 14
de setiembre del año 2020.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2021521742 ).
En este Despacho,
con una base de nueve millones
ciento ocho mil ochenta y ocho colones exactos, soportando servidumbre trasladada bajo las citas:
331-00540-01-0002-001, hipoteca de primer grado inscrita bajo las citas: 2012-131851-01-0001-001, a favor de Asociación Solidarista de Empleados
de Dos Pinos, sáquese a
remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 488.226-000, la cual es terreno de café. Situada
en el distrito 3-San José, cantón 6-Naranjo, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
Mainor Salazar Vargas; sur, Quebrada Cañuela en
medio Freddy Quirós Jiménez; este: resto de la finca 2-195775 y servidumbre
agrícola con frente de 7
metros; oeste, resto de finca 2-195775 y servidumbre agrícola con frente de 7 metros. Mide: nueve mil ciento setenta y ocho metros cuadrados. Plano: A-1519423-2011. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del cuatro de mayo de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del doce de mayo de dos mil veintiuno
con la base de seis millones ochocientos
treinta y un mil sesenta y
seis colones exactos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las ocho horas treinta minutos del veinte de mayo de dos mil veintiuno
con la base de dos millones doscientos
setenta y siete mil veintidós colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso monitorio dinerario de Coocique R.L. contra
Norman Quirós Jiménez. Expediente
Nº 18-002818-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 09 de setiembre del año 2020.—Lilliam Álvarez Villegas, Jueza
Decisora.—( IN2021521743 ).
En este Despacho, con una base de diecisiete mil seiscientos diecinueve dólares con cincuenta y un centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo Placa:
CL 295906, Marca: Mitsubishi, Estilo: Canter Fuso, Categoría: carga liviana, Capacidad: 3 personas, tracción:
4x2, año fabricación: 2017,
color: blanco, Vin: JLBFE71CBHKU40294, cilindrada: 4200 c.c.. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del trece de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas treinta minutos del veintiuno de abril del dos mil veintiuno, con la base de trece
mil doscientos catorce dólares con sesenta y dos
centavos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las catorce
horas treinta minutos del veintinueve de abril del dos mil veintiuno, con la base de cuatro
mil cuatrocientos cuatro dólares con ochenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese el edicto de ley, para
lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta Nacional los respectivos
derechos de publicación, previa revisión
del edicto a fin de cotejar
que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá
indicarlo al despacho
dentro del tercer día para proceder
con la respectiva corrección.
Deberá publicarse este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima
contra Luis Humberto Badilla Camacho. Expediente N° 20-010082-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 02 de diciembre del 2020.—Licda. Adriana Soto González, Jueza
Coordinadora.—( IN2021521753 ).
En este Despacho, con una base de doce mil cuatrocientos setenta dólares con treinta y seis centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa:
CL 280371, marca: Ssang
Yong, estilo: Actyon
Sports, capacidad: 5 personas, año: 2014, color: blanco, vin: KPACA1ETSEP181335, N° motor:
67196010520962, cilindrada: 2000 cc, combustible:
diesel. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del uno de marzo de dos mil veintiuno. De no
haber postores el segundo remate se efectuará a las
nueve horas treinta minutos del nueve de marzo de dos mil veintiuno, con
la base de nueve mil trescientos
cincuenta y dos dólares con
setenta y siete centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las nueve horas treinta minutos del diecisiete de marzo de dos mil veintiuno, con la base de tres
mil ciento diecisiete dólares con cincuenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de AGE Capital S.A., contra Marco Antonio Obando
Cordero. Expediente N° 20-001944-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
20 de noviembre del 2020.—Licda.
Yanin Torrentes Ávila, Jueza Decisora.—(
IN2021521754 ).
En este Despacho, con una base de siete millones ocho mil ochocientos sesenta y cuatro colones con noventa y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo
YKY777, Marca: Kia, Categoría automóvil,
Serie: KNABX512BJT421617, carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback, tracción: 4x2,
chasis: KNABX512BJT421617, Vin: KNABX512BJT421617, estilo: Picanto, Capacidad: 5 personas, año: 2018,
color plateado, Motor: G4LAGP121509, modelo: TAS6K361B, cilindrada:
1248 c.c., cilindros: 4, combustible: gasolina . Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del dieciséis de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del veinticuatro de febrero del dos mil veintiuno,
con la base de cinco millones
doscientos cincuenta y seis
mil seiscientos cuarenta y ocho colones con setenta y cuatro céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del cuatro de marzo del dos mil veintiuno, con la base de un millón
setecientos cincuenta y dos
mil doscientos dieciséis colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Kattia
Patricia Orozco Abarca, Yosua
Rodríguez Quirós. Expediente
Nº 19-006472-1765-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 22 de octubre del 2020.—Licda. Hellen
Viviana Segura Godínez, Jueza
Tramitadora.—( IN2021521822 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta y seis mil seiscientos setenta y siete dólares con seis centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada (citas
402-03982-01-0928-001), servidumbre trasladada (citas
402-03982-01-0933-001), servidumbre trasladada (citas
402-03982-01-0934-001), servidumbre trasladada (citas
402-03982-01-0935-001); sáquese a remate la finca del
partido de Alajuela, matrícula
número 64619-F, derecho 001 y 002, la cual es terreno naturaleza: finca filial primaria
individualizada número dieciocho apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito Guácima, cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al noreste, finca filial primaria
individualizada número diecisiete; al noroeste, finca
filial primaria individualizada
número quince; al sureste, acceso vehicular y al suroeste,
finca filial primaria individualizada
número diecinueve. Mide: quinientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas quince minutos del veintidós de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas
quince minutos del dos de marzo
de dos mil veintiuno con la base de cuarenta y dos mil quinientos siete dólares con ochenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas quince minutos del diez de marzo de dos mil veintiuno con la base de catorce
mil ciento sesenta y nueve dólares con veintisiete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Cinthya Lucía Granados Figueroa, Juan Carlos Corpus Loría. Expediente Nº 19-005819-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de octubre del año 2020.—Msc. Angie Rodríguez Salazar, Jueza.—( IN2021521827 ).
En este Despacho, con una base de veintiocho mil doscientos diecinueve dólares con setenta y nueve centavos (75% de
la base original), libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a segundo remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
trescientos cincuenta y un
mil trescientos cuarenta y
uno, derecho 000, la cual es terreno
construido de proyecto consolidado, lote cuatro-A, con 1 casa. Situada en el distrito 1- Alajuela, cantón 1-Alajuela, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
lote 5-A; al sur, lote 3-A;
al este, vialidad de acceso con un frente a ella de 7.00 metros y al oeste, Xinia Villalobos Arias. Mide: cincuenta y siete metros con veintiséis decímetros cuadrados. Para tal efecto, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas cuarenta y cinco minutos del dos de marzo de dos mil veintiuno con la
base de y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las nueve horas cuarenta y cinco minutos del diez de marzo de dos mil veintiuno con la base de nueve
mil cuatrocientos seis dólares
con sesenta centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Luis Alberto de La Trinidad Altamirano Jiménez, Max Alberto Acevedo Araya, expediente N° 18-002662-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 27 de octubre del año 2020.—Hazel
Mariela Carvajal Rojas, Jueza Tramitadora.—(
IN2021521828 ).
En la puerta exterior de este Despacho, con una base de dos millones
seiscientos treinta y cinco mil quinientos colones, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo maquina laminadora, marca SEAL en frío, para trabajo
pesado, cincuenta y cuatro de ancho, con serie cinco cuatro cinco
cuatro cinco cero cero siete cuatro
cero, modelo cinco cuatro cinco cuatro
cinco cinco cuatro Elus uno uno cinco V. Para tal efecto se señalan
las once horas cero minutos del cuatro
de marzo de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas cero minutos del doce
de marzo de dos mil veintiuno
con la base de un millón novecientos
setenta y seis mil seiscientos
seiscientos veinticinco colones (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las once horas cero minutos del veintidós de marzo de dos mil veintiuno con la
base de seiscientos cincuenta
y ocho mil ochocientos setenta y cinco colones (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Centro Gráfico
Sociedad Anónima. Expediente
Nº:17-010386- 1763-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 26 de noviembre
del año 2020.—Msc Maureen
Cecilia Vargas Solano, Jueza Tramitadora.—(
IN2021521829 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta y cuatro millones
seiscientos ochenta y nueve mil novecientos sesenta y cinco colones con sesenta
y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre
trasladada inscrita al tomo 354 asiento 7417 consecutivo 01 secuencia 0904
subsecuencia 001 y servidumbre de líneas eléctricas y de paso inscrita al tomo
2014 asiento 165332 consecutivo 01 secuencia 0001 subsecuencia 001; Servidumbre
de Acueducto y Paso de A y A citas 2019- 526276-01-0001-001; sáquese a remate
la finca del partido de SAN JOSE, matrícula número 120597-F-001-002, la cual es
terreno filial número 6 de dos niveles destinada a uso habitacional en
totalmente construida. Situada en el distrito 04 Tirrases,
cantón 18 Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte,
Residencias Prefabricada; al sur, calle interna; al este, finca filia siete y
al oeste finca filia cinco. Mide: ciento veintisiete metros con cero decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del doce de
marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las once horas cero minutos del veintidós de marzo de dos mil
veintiuno con la base de cuarenta y un millones diecisiete mil cuatrocientos
setenta y cuatro colones con veintiún céntimos (75% de la base original) y de
continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero
minutos del seis de abril de dos mil veintiuno con la base de trece millones
seiscientos setenta y dos mil cuatrocientos noventa y un colones con cuarenta
céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo
Comunal contra Debbie Fabiola Fonseca Monge, Heiner Fabricio Roman Araya. Expediente Nº
19-002203-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
del II Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 17 de noviembre del
año 2020.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez Tramitador.—( IN2021521831 ).
En este Despacho, con una base de veintisiete millones doscientos ochenta y cinco mil ochocientos siete colones con setenta y dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
trescientos cincuenta y nueve mil setecientos dieciséis-cero cero uno y cero cero
dos, la cual es terreno para
construir con una casa lote
42. Situada en el distrito primero Desamparados, cantón
tres Desamparados, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
lote 43; al sur, lote 43;
al este, Lotes 38 y 37, y
al oeste, Acera. Mide: setenta y un metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del uno
de marzo del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las nueve horas cero minutos
del nueve de marzo del dos
mil veintiuno, con la base de veinte
millones cuatrocientos sesenta y cuatro mil trescientos cincuenta y cinco colones con setenta y nueve céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintiuno, con la base de seis millones
ochocientos veintiún mil cuatrocientos cincuenta y un colones con noventa y tres céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco popular y de Desarrollo Comunal contra Jacqueline Masis
Carpio, Luis Giovanni Ortega Cavallari. Expediente Nº 19-007768-1763-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Primera, 11 de noviembre del 2020.—Lic. Johnny
Esquivel Vargas, Juez Tramitador.—( IN2021521832
).
En este despacho, con una base de sesenta y un millones seiscientos treinta y cuatro mil quinientos noventa colones con nueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 341-09515-01-0902-001 y servidumbre
de lineas eléctricas y de
paso citas: 506-13787-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
385981-001 y 002, la cual es terreno
de repastos. Situada en el distrito: 02-Florencia, cantón: 10-San Carlos, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
calle pública; al sur, Río
La Vieja; al este, William
Corrales Corrales y al oeste,
Carlos Manuel Vásquez Ovares y Tobías
Castro Bolaños. Mide: catorce
mil quinientos cincuenta y tres metros con siete decímetros cuadrados. Plano:
A-0758011-2001. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
cero minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas y cero minutos
del once de marzo de dos mil veintiuno,
con la base de cuarenta y seis millones
doscientos veinticinco mil novecientos cuarenta y dos colones con cincuenta y siete céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las ocho horas y cero minutos
del diecinueve de marzo de
dos mil veintiuno, con la base de quince millones cuatrocientos ocho mil seiscientos cuarenta y siete colones con cincuenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Gerardo Antonio de Jesús Álvarez Torres. Expediente N° 19-005130-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 16 de agosto del año 2020.—Licda. Eunice Pérez Arce, Jueza Decisora.—(
IN2021521833 ).
En este Despacho, con una base de sesenta y un millones cuatrocientos treinta y seis mil trescientos setenta y seis colones con cuarenta y nueve céntimos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre de acueducto citas: 2016-
00333535-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 117887-F, derecho 000, la cual
es terreno: naturaleza: bloque C número 23-C: Finca
filial primaria individualizada
apta para construir que se destinara a uso habitacional, la cual podrá tener una altura máxima de cuatro pisos. Situada
en el Distrito: San Rafael, Cantón:
Montes De Oca, de la Provincia: de San José. Colinda: al norte: Municipalidad
de Montes de Oca; al sur: acceso dos de área común libre; al este: finca filial primaria individualizada número 22-C y al oeste finca filial primaria individualizada número 24-C. Mide: trescientos treinta y dos metros con sesenta
y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince
horas treinta minutos del nueve de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta
minutos del diecisiete de marzo de dos mil veintiuno con la
base de cuarenta y seis millones
setenta y siete mil doscientos ochenta y dos colones con treinta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las quince horas treinta minutos del veinticinco de marzo de dos mil veintiuno con la base de quince millones
trescientos cincuenta y nueve mil noventa y cuatro colones con doce céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra William Manuel Porras Hernández. Expediente Nº: 19-001771-1765-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Tercera,
04 de diciembre del año
2020.—Licda. Marlene Solís Blanco, Jueza Tramitadora.—( IN2021521834 ).
En este despacho, con una base de sesenta y dos millones once mil setecientos cinco colones con ochenta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas:
406-14278-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 84571 derecho 000, la cual
es terreno para construir. Situada en el distrito
1-Santa Cruz, cantón 3-Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, Francisco Ortiz Zúñiga;
al sur, calle pública con
19 m 91 cm; al este, Francisco Ortiz Zúñiga y al oeste, María Elena
Ramírez Matarrita. Mide: setecientos noventa y cinco metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Plano: G-0918717-1990. Para tal
efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del diez de marzo de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas treinta minutos del dieciocho de marzo de dos mil veintiuno con la
base de cuarenta y seis millones
quinientos ocho mil setecientos setenta y nueve colones con treinta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las trece
horas treinta minutos del veintiséis de marzo de dos mil veintiuno con la base de quince millones
quinientos dos mil novecientos
veintiséis colones con cuarenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Carlos Alberto Barrenechea
Gómez. Expediente N° 19-002459-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 27 de noviembre
del año 2020.—Licda.
Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—( IN2021521835 ).
En este Despacho, con una base de nueve millones seiscientos sesenta y cuatro mil trescientos dieciséis colones con cincuenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo citas:
292-20688-01-0902-001, plazo de convalidación (rectificación de medida)
bajo citas: 574-01714-01-0004-001 y aviso catastral bajo expediente N°
2011-1070 RIM resolución
de las 10:30 horas del 25 de setiembre del 2018; sáquese a remate la finca del partido
de Limón, matrícula número
11469, derecho 000, la cual es terreno
de agricultura. Situada en el distrito 1-Guápiles, cantón 2-Pococí, de la provincia
de Limón. Colinda: al norte,
Bandeco; sur, calle pública; este, Rodrigo Molina y oeste,
Gerardo Jiménez Céspedes.
Mide: seiscientos tres metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos
del cuatro de marzo de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos
del doce de marzo de dos
mil veintiuno con la base de siete
millones doscientos cuarenta y ocho mil doscientos treinta y siete colones con cuarenta y un céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las once horas cero minutos del veintidós
de marzo de dos mil veintiuno
con la base de dos millones cuatrocientos
dieciséis mil setenta y nueve colones con catorce céntimos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Noelia Solís Murillo, expediente N°
18-000403-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí, 17
de diciembre del año 2020.—Licda. Zary Navarro Zamora, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021521836 ).
En este despacho, con una base de tres millones trescientos
cuarenta y ocho mil cuatrocientos seis colones con noventa y dos céntimos, soportando servidumbre trasladada citas:
398-18053-01-0901-001, servidumbre trasladada citas:
398-18053-01-0902-001, sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 151253-000, la cual es terreno lote E-23, terreno para construir. Situada en el distrito
1- Paraíso, cantón 2- Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte, finca de Campo Sociedad Anónima;
al sur, calle pública con
08,00 metros; al este, finca de Campo Sociedad Anónima y al oeste, finca de
Campo Sociedad Anónima. Mide:
ciento setenta y seis
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del ocho de marzo de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas treinta minutos del dieciséis de marzo de dos mil veintiuno con la
base de dos millones quinientos
once mil trescientos cinco colones con diecinueve céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las catorce
horas treinta minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintiuno con la base de ochocientos
treinta y siete mil ciento un colones con setenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas:
se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Luis Enrique Barrantes
Román. Expediente N° 13-014975-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 11 de enero
del año 2021.—Ana Elsy Campos Barboza, Jueza Tramitadora.—( IN2021521837
).
En este Despacho, con una base de seis millones
quinientos sesenta y cuatro mil trescientos veintisiete colones con noventa y nueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
0373-00000661-01-0905-001; sáquese a remate la finca
del partido de San José, matrícula
número 369001-001, 002, derecho, la cual es terreno lote N° 8, bloque
18, para construir una casa. Situada:
en el distrito Pavas, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, lote 7; al sur, lote 9; al este, alameda Río Samara con un frente lineal de 6 metros, y al oeste,
Sogeco S.A. Mide: ochenta y siete metros con cero
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del once de marzo del dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del diecinueve de marzo del dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones novecientos veintitrés mil doscientos cuarenta y cinco colones con noventa y nueve céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan
las diez horas treinta minutos del cinco de abril del dos mil veintiuno, con
la base de un millón seiscientos
cuarenta y un mil ochenta y
un colones con noventa y nueve céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Cerámicas Cekera
Sociedad Anónima,
Gerardo Adilio Gutiérrez Gómez, Jorge Antonio
Gutiérrez Gómez. Expediente
N° 19-001732-1763-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de San José, Sección
Primera, 03 de diciembre del 2020.—Lic. Carlos Alejandro Báez Astúa, Juez
Tramitador.—(
IN2021521838 ).
En este Despacho,
con una base de cincuenta millones
ciento treinta y dos mil doscientos cuarenta colones con catorce céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula
número seiscientos uno mil ochenta y nueve, derecho 000, la cual es terreno café. Situada en el Distrito Cero
Cinco, San Rafael, Cantón Cero Cuatro, Puriscal, de la Provincia de San
José. Colinda: al norte calle pública; al sur Dagoberto Jiménez Acuña; al este Beneficiadora San Rafafel Ltda y al oeste Dagoberto Jiménez Acuña. Mide: mil cien metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
cero minutos del veintidós
de marzo de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas y cero minutos del cinco
de abril de dos mil veintiuno
con la base de treinta y siete
millones quinientos noventa y nueve mil ciento ochenta colones con once céntimos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las once horas cero minutos
del quince de abril de dos mil veintiuno
con la base de doce millones
quinientos treinta y tres mil sesenta colones con cuatro céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Auto Decoración Chago S. A., Nora Violeta Jiménez León, Santiago Zúñiga Jiménez. Expediente
Nº:20-000482-1763-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 05 de enero
del año 2021.—Jacqueline María Peraza Fallas, Jueza Tramitadora.—(
IN2021521839 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta y nueve mil setecientos ochenta y cinco dólares con cuarenta y siete centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula N° 193402-000, la cual es terreno para construir con una
casa de habitación de setenta
y siete metros cuadrados de
construcción, taller de ciento
treinta y nueve metros cuadrados de construcción. Situada en el distrito
01 Aserrí, cantón 06 Aserrí, de la provincia de San
José. Colinda: al norte,
Hugo Corrales Castro; al sur, quebrada piedra; al este, Paulino Corrales Castro, y
al oeste, calle pública con un frente de ocho metros veintisiete centímetros. Mide: setecientos cuarenta y nueve metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del siete de junio del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las diez horas cero minutos
del quince de junio del dos mil veintiuno,
con la base de cuarenta y cuatro
mil ochocientos treinta y nueve dólares con diez centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de junio del dos mil veintiuno, con la base de catorce
mil novecientos cuarenta y
seis dólares con treinta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Luis Carlos Estrada Solano. Expediente Nº 17-007848-1765-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Tercera,
26 de noviembre del 2020.—Gonzalo Gamboa
Valverde, Juez Tramitador.—(
IN2021521841 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta y siete mil quinientos noventa y dos dólares con diecisiete centavos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
539103-000, derecho , la cual
es terreno para construir. Situada en el distrito
8-Bolívar, cantón 3-
Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Pablo Israel
Campos Meza; al sur, calle pública con 25.68 M; al este, Pablo Israel Campos Meza y al oeste,
Pablo Israel Campos Meza. Mide: novecientos
tres metros cuadrados.
Plano: A-1883969-2016 Identificador Predial:
203080539103. Para tal efecto,
se señalan las catorce
horas treinta minutos del veintidós de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del dos de marzo de dos mil veintiuno con la
base de treinta y cinco mil
seiscientos noventa y cuatro dólares con trece centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del diez de marzo de dos mil veintiuno con la
base de once mil ochocientos noventa
y ocho dólares con cuatro centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Deifilia del
Carmen Leal Henríquez,
expediente N° 20-000883-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de
Grecia, 14 de enero del año
2021.—Jazmín
Núñez Alfaro, Juez/a Decisor/a.—( IN2021521842 ).
En este despacho,
con una base de cuarenta y nueve
millones setecientos cincuenta y seis mil trescientos
dos colones con veinticuatro
céntimos, libre de gravámenes
y anotaciones; soportando servidumbre sirviente citas: 339-10304-01-0001-001, sáquese
a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 48128-F-000, la cual es terreno finca filial cuarenta y ocho de una planta destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito:
05-Agua Caliente (San Francisco), cantón 1- Cartago,
de la provincia de Cartago. Colinda:
al norte, Elizabeth Saxe Ivancovich;
al sur, finca filial cuarenta y nueve;
al este lote segregado dos y al oeste acceso dos estacionamientos. Mide: ciento cinco
metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos
del tres de marzo de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del once de marzo de dos mil veintiuno,
con la base de treinta y siete
millones trescientos diecisiete mil doscientos veintiséis colones con sesenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las quince horas cero minutos del diecinueve de marzo de dos mil veintiuno, con
la base de doce millones cuatrocientos treinta y nueve mil setenta y cinco colones con cincuenta y seis céntimos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Angela Gabriela Hernández Cortés, Dennis
José Montero Picado. Expediente N° 18-001489-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de
Cartago, 26 de noviembre del año
2020.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Decisora.—(
IN2021521843 ).
En este Despacho, con una base de
dos millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación
(Ley de Informaciones Posesorias)
y reservas de Ley de Aguas
y Ley de Caminos Públicos;
sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
cuatrocientos noventa y dos
mil cuatrocientos ocho-cero
cero cero, la cual es terreno de solar. Situada: en el distrito Santiago, cantón Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al noreste, Olivier Rojas Vargas; al noroeste, Alexander Alvarado Rojas; al sureste,
Javier Rojas Salas, y al suroeste, calle pública con 30.21 m. Mide: cuatrocientos cincuenta y un
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince
horas cero minutos del cinco
de mayo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las quince horas cero minutos del trece
de mayo del dos mil veintiuno, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan
las quince horas cero minutos del veintiuno
de mayo del dos mil veintiuno, con la base de quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Carlos Luis Ramírez Alvarado contra Patricia María Alan Seas. Expediente
N° 20-002311-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 07 de enero del 2021.—María Auxiliadora
Cruz Cruz, Jueza.—(
IN2021521857 ).
En este despacho, con una base de nueve millones seiscientos cuarenta y tres mil seiscientos quince colones con sesenta céntimos, soportando servidumbre trasladada bajo las citas 322-11512-01-0900-001, servidumbre
de paso bajo las citas 2010-283534-01-0003-001, sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
613727-000, la cual es naturaleza:
Terreno de pastos con una
casa. Situada en el distrito (01) Santa María, cantón
(10) Dota, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, Blanca Rosa
Cascante Ureña; al noroeste,
servidumbre de paso de 6 m de ancho y Blanca Rosa
Cascante Ureña; al sureste,
Blanca Rosa Cascante Ureña y Víctor Ureña Chanto y al suroeste, Blanca Rosa Cascante Ureña.
Mide: dos mil ciento setenta y siete metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del cinco de marzo de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas treinta minutos
del quince de marzo de dos mil veintiuno
con la base de siete millones
doscientos treinta y dos
mil setecientos once colones
con setenta céntimos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las quince horas treinta
minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintiuno con la
base de dos millones cuatrocientos
diez mil novecientos tres colones con noventa céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Osvaldo
Alberto Gutiérrez Cascante. Expediente N°
20-000662-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 15 de enero del año
2021.—Víctor Obando Rivera, Juez Decisor.—(
IN2021521868 ).
En este Despacho, con una base de seiscientos sesenta y nueve mil trescientos setenta y dos colones exactos, sáquese a remate el vehículo: CL 223166, marca:
Nissan, estilo: Frontier, categoría:
carga liviana, capacidad: 4
personas, serie: 1N6DD26S41C356832, carrocería: camioneta Pick-Up caja abierta o Cam-Pu, tracción: 4x2, número chasis: 1C356832, año fabricación: 2001, color: negro, modelo:
XE, cilindrada: 2400 C.C, cilindros:
4, combustible: gasolina. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del
quince de marzo del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las nueve horas cero minutos
del veintitrés de marzo del
dos mil veintiuno, con la base de quinientos
dos mil veintinueve colones
exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del siete de abril del dos mil veintiuno, con la base de ciento sesenta y siete mil trescientos cuarenta y tres colones exactos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Fox Capital Sociedad Anónima
contra Christian Flores Vega. Expediente N°
20-013929-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, 11 de enero
del 2021.—Jazmín
Núñez Alfaro, Jueza Decisora.—( IN2021521869 ).
En este Despacho, con una base de
seis millones trescientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando demanda ordinaria citas:
800-79181-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número noventa y seis mil doscientos siete, derecho 000, la
cual es terreno con una
casa. Situada en el
Distrito 2-San Josecito, Cantón
5-San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte Braulio Varela;
al sur calle publica con 11m 73cm de frente; al este Antonio Vindas Blanca Jiménez otros y al oeste Irma Solís. Mide: doscientos setenta y nueve metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
treinta minutos del once de
febrero de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas treinta minutos
del diecinueve de febrero
de dos mil veintiuno con la base de cuatro millones setecientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las once horas treinta
minutos del uno de marzo de
dos mil veintiuno con la base de un millón quinientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Eddie
Gerardo González Sánchez, Natalia María González Reyes. Expediente
Nº:20-003491-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 03 de octubre
del año 2020.—Liseth
Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2021521871 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones seiscientos noventa y cuatro mil setecientos veinticuatro colones con cuarenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: TH517, marca: Nissan,
Tiida, color: rojo, serie, chasis y vin: 3N1CC1AD8GK203011. Para tal
efecto, se señalan las
quince horas cero minutos del diez
de febrero del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate ,se efectuará a
las quince horas cero minutos del dieciocho
de febrero del dos mil veintiuno,
con la base de tres millones
quinientos veintiún mil cuarenta y tres colones con treinta y tres céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan
las quince horas cero minutos del veintiséis
de febrero del dos mil veintiuno,
con la base de un millón ciento
setenta y tres mil seiscientos ochenta y un colones con once céntimos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Pedro
Antonio Sánchez Sánchez. Expediente N° 19-000461-1763-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Primera, 23 de noviembre del 2020.—Lic. Ronald
Gerardo Chacón
Mejía, Juez Tramitador.—( IN2021521872 ).
En este Despacho, con una base de tres millones trescientos
mil colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones,
pero soportando reservas y restricciones citas: 0281-00000750-01-0901-001; sáquese
a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 22841-000, la cual es terreno de potreros y tacotales con una casa. Situada: en el distrito 3-La Garita, cantón 10-La Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
norte, Juan Andrés Osegueda Ubeda; sur, Juan Andrés Osegueda Ubeda; este, Juan Andrés Osegueda Ubeda, y oeste, camino público a Sonzapote y Juan Andrés Osegueda Ubeda. Mide: ciento
noventa y ocho mil ochocientos setenta y cuatro metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Plano: G-0002170-1964. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del nueve de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintiuno, con
la base de dos millones cuatrocientos
setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan
las ocho horas cero minutos
del veinticinco de marzo
del dos mil veintiuno, con la base de ochocientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Pedro Alexander Quintanilla Medina contra
Gonzalo Chavarría López. Expediente
N° 18-000055-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, 18 de enero del
2021.—Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez Decisor.—( IN2021521873 ).
En este Despacho, con una base de ciento
once millones novecientos cincuenta y cinco mil novecientos colones con doce céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Heredia, matrícula número ciento setenta y cinco mil ochocientos catorce-cero cero cero
(175814-000), la cual es terreno
naturaleza: terreno para construir, destinado a comercio bloque C, lote 15. Situada en el distrito 2-Mercedes, cantón 1-Heredia de la provincia
de Heredia. Colinda: al norte:
lote uno; al sur: lote destinado a calle pública con 7
m. 66 cm.; al este: lote catorce; y al oeste: lote destinado a calle pública con 14 m. 93 cm.; y por el suroeste:
con lote destinado a calle pública con 7 m. 89 cm. de frente;
suroeste: calle pública con
07.89. Mide: doscientos dieciocho metros cuadrados. Plano:
H-0656479-2000. Para tal efecto
se señalan las trece horas treinta minutos del veintinueve de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del siete de julio de dos mil veintiuno, con la base de ochenta
y tres millones novecientos sesenta y seis mil novecientos veinticinco colones con nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las trece
horas treinta minutos del
quince de julio de dos mil veintiuno,
con la base de veintisiete millones
novecientos ochenta y ocho mil novecientos setenta y cinco colones con tres céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de Scotiabank de Costa Rica contra Eduardo
Antonio Sánchez García. Expediente N° 19-015575-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 16 de diciembre
del 2020.—Mónica Fallas Mesén,
Jueza Tramitadora.—(
IN2021521881 ).
En este Despacho, con una base de treinta y siete millones ciento setenta y tres mil quinientos cuarenta y un colones con ochenta y seis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
369-04223-01-0918-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 236982-000, la cual es terreno naturaleza: Para agricultura N.25-1. Situada en el distrito: 06-Dos Ríos, cantón: 13-Upala, de la provincia
de Alajuela. Linderos: norte:
Lote 26-1; sur: Lote 24-1; este: calle con 108m 24cm; oeste: Finca Argelia S.A.. Mide: setenta mil sesenta y seis metros con treinta
y cinco decímetros cuadrados, Plano: A-0751863-1988. Para tal
efecto, se señalan las once
horas y cero minutos del cinco
de abril de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas y cero minutos del trece
de abril de dos mil veintiuno,
con la base de veintisiete millones
ochocientos ochenta mil ciento cincuenta y seis colones con cuarenta céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las once horas y cero minutos del veintiuno de abril de dos mil veintiuno, con
la base de nueve millones doscientos noventa y tres mil trescientos ochenta y cinco colones con cuarenta y siete céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Ever Mauricio Ramírez Araya contra Martín de
Jesús Espinoza Abarca. Expediente
N° 19-004801-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 28 de agosto del año 2020.—Licda. Eunice Pérez
Arce, Jueza Decisora.—( IN2021521908 ).
Se convoca
a los miembros o socios de
Soldado de La Paz S. A., cédula jurídica número 3101241991, a una junta a celebrarse
en este Despacho,
a las diez horas del cuatro
de mayo del año dos mil veintiuno,
para que en la misma elijan representante. Se hace la advertencia que la junta
se verificará cualquiera
que sea el número de miembros o socios presentes, y la elección se decidirá por simple mayoría de votos. En caso
de no resultar mayoría o de
no asistir ningún miembro o socio a la junta, se hará
el nombramiento que corresponda.
Lo anterior por ordenarse así
en proceso laboral de Rodolfo Eliseo Quesada Elizondo contra Soldado
de La Paz S. A., Expediente N° 18-000351-1125-LA.—Juzgado Civil y Trabajo
del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 20 de enero
del año 2021.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021521694 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Natividad
Rangel Rangel c.c. Rolando, a las 12:50 horas del 28
de diciembre del 2020, y comprobado
el fallecimiento de María Genarina
Rangel Rangel, quien fuera mayor, viuda, ama de casa,
cédula de identidad N° 5-0056-0828, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio
ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que,
dentro del plazo máximo de
quince días hábiles, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Heriberto A. Díaz Montero. Nicoya, Guanacaste, 75
metros este UNA.—Nicoya, 13
de enero del 2021.—Lic.
Heriberto A. Díaz Montero, Notario.—1 vez.—( IN2021520419 ).
Mediante acta de apertura otorgada
ante esta notaría, a las diecisiete horas cuarenta minutos del veintiséis de enero del año dos mil dieciocho y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida
fue la señora María Lelis
Ruiz Gómez quien fuera
mayor, casada una vez, educadora, con cédula de identidad
número cinco-ciento diecinueve-doscientos cuarenta y
uno y quien tuviera como último domicilio
Barrio San Martín de Nicoya, Guanacaste, ciudadela
Emanuel Ajoy C catorce. Se cita y emplaza a todos los interesados para que
dentro del plazo máximo de
quince días, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. ( Expediente N° 1-01-2018). Notaría del Lic. Ricardo Jiménez
Villalobos, Nicoya, Guanacaste, 75 metros al oeste de
la esquina noroeste de los Tribunales, teléfono 26866823 (Publicar 1 vez en el Boletín Judicial).— Lic. Ricardo Jiménez
Villalobos, Notario Público.—1 vez.—( IN2021521112 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Hernán Gerardo De Jesús Cantillano
Renauld, mayor, estado
civil divorciado, profesión
u oficio Doctor en Farmacia, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0107690751 y vecino de
Cartago, La Unión, Tres Ríos, carretera vieja a Tres Ríos, Urbanización
Omega, de la entrada principal 200 metros al sur y 100 metros al este, casa número 17-E. Se indica
a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
Nº:200008200640CI-3.—Juzgado Civil de
Cartago, 06 de enero del año
2021.—Licda. Siany Barboza Zúñiga, Jueza.—1 vez.—( IN2021521143 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas treinta minutos del día veintiuno de enero del dos mil veintiuno, se dio apertura al expediente número cero
cero uno-dos mil veintiuno,
proceso sucesorio notarial testamentario de: Walter Guzmán González, cédula número uno-cuatrocientos treinta y siete-novecientos dos; quien falleció en Turrialba, Cartago,
el día catorce
de enero del dos mil veintiuno. Se cita a todos los interesados dentro del plazo de ley, apersonarse al proceso a hacer valer sus derechos.—Turrialba, veintiuno de enero del dos mil veintiuno.—Lic. Alejandro Mata
Vega, Notario Público.—1 vez.—( IN2021521205 ).
Se cita y se emplaza
a todos los interesados en la sucesión del señor quien fuera:
Luis Gerardo Campos Prado, mayor, casado una vez,, pensionado, vecino de San
José, Aserrí, Barrio San Luis, cuatrocientos
metros al este y veinticinco
metros sur de la municipalidad, con cédula de identidad
número:
uno-cero cuatrocientos veintitrés-cero seiscientos
trece, fallecido el veintiséis de agosto del dos mil veinte, para
que dentro del plazo de quince días hábiles contados
a partir de la publicación de este
edicto comparezca ante esta notaría a hacer valer
sus derechos. Expediente: 0001-2021. Notaría de la Licda. Maricruz Ledezma Quirós, ubicada en Desamparados, Urbanización
Marianela, teléfono:
ochenta y cuatro veinticuatro sesenta y seis cincuenta y cuatro.—22 de enero del 2021.—Licda. Maricruz Ledezma Quirós, Notaria.—1 vez.—( IN2021521219 ).
Ante mí, Gonzalo Monge Umanzor, Notario Público, con oficina abierta en la Provincia de San Jose,
Guadalupe de Goicoechea, del Maxi Pali 75 metros al este y diez al norte, Edificio Esquinero, segundo piso, oficina número
cuatro, Alejandra Muñoz Jiménez, mujer,
mayor de edad, casada en segundas nupcias,
docente de profesión, con
cedula de identidad numerol-1103-0975, vecina de la Provincia de San José, Cantón Goicoechea, Distrito Guadalupe, 200 metros Oeste del Cuerpo
de Bomberos de Goicoechea,
sin ninguna discapacidad y
Olga Muñoz Jiménez, mujer, mayor de edad, soltera., Asesora del Ministerio de Educación, con cedula de identidad
número 1-0916- 0091, vecina
de la Provincia de San José, Cantón Vázquez de
Coronado, Distrito Patalillo (San Antonio) Urbanización Las Calas, sin ninguna
discapacidad, se presentan
a hacer valer sus derechos como herederos legítimos y universales ante esta Notaria que solicitan la apertura en Sede
Notarial del proceso sucesorio
ab-intestato, de quien en vida fue
de quien en vida fue: Francisco Alberto Muñoz
Ordóñez, hombre, mayor de edad,
soltero, pintor y reparador de carrocerías de vehículos, quien fue portador de la cedula de identidad número 8-0056-0709, vecino de la Provincia de San José, Cantón Goicoechea, Distrito Guadalupe, 200 metros Oeste del Cuerpo
de Bomberos de Goicoechea, quien falleció el día veinticinco de noviembre de dos
mil veinte, según consta en el Registro
Civil, Registro de Defunciones,
de la Provincia de San José, al tomo: Seiscientos treinta y nueve; folio: cuatrocientos setenta y nueve; asiento: novecientos cincuenta y ocho, cita: 1-0639-479-0958, según certificación digital emitida por el Tribunal Supremo de Elecciones,
Registro Civil Republica de
Costa Rica, código verificador
número: 20X3YPXDRJCM, de lo cual
da fe el suscrito Notario con vista en el Registro Civil en las citas indicadas. Así las cosas, se cita y se emplaza mediante edicto a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, en un plazo de quince días, a partir de la publicación de este edicto en
el Boletín Judicial, comparezcan ante mi Notaria, sita
en Guadalupe de Goicoechea,
del Maxi Pali 75 metros al este y 10 al norte, Edificio Esquinero, segundo piso, oficina número
4, correo electrónico registrado en estrados
judiciales: gmonge.@abogados.or.cr,
a hacer valer sus derechos,
con el apercibimiento a los que crean
tener derechos a la herencia
o reclamos pertinentes, de
que si no se presentan
dentro de este plazo, aquella pasara a quien legalmente corresponda. Procédase al inventario y avalúo de bienes. Expediente Nº0001. Ano: 2021.—Lic.
Gonzalo Monge Umanzor.—Notario Público.—1
vez.—( IN2021521222 ).
Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos quienes pueden
resultar interesados o creen tener derechos en la sucesión Ab-Intestato en Sede Notarial de quien en vida
fue Julio Henríquez Seas, cédula ocho-cero cero cuarenta y nueve-cero seiscientos cincuenta, para que de conformidad
con lo establecido por el artículo novecientos
diecisiete del Código Procesal Civil y dentro del plazo
de treinta días contados
a partir de la publicación de este
edicto que se hara por una sola vez
en el Boletln
Judicial, se apersonen a hacer
valer sus derechos ante esta
notaria, ubicada en
Cariari, Pococí,
Limón, Urbanización La Guaria tercera
entrada apercibidos de que si
no lo hicieren dentro del plazo
dicho, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Número cero cero uno 2021.—Cariari, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de enero del dos mil veintiuno.—Lic. Adriana Montoya Chavarría, Notaria Pública, carné N° 19639.—1 vez.—(
IN2021521233 ).
Ante mi notaría, sita
Oficentro La Sabana, edificio dos, piso dos, se tramita expediente N° 001-2021,
que es sucesorio ab intestato
de: Carlos Alberto Chacón Bonilla, casado dos veces, vecino de Guararí de Heredia, cédula N° 3-221-072, quién falleció el 14 de enero del 2020. Conforme el artículo 917 del Código Procesal
Civil, se cita y emplaza a todos los interesados, herederos, legatarios y acreedores en esta
sucesión para que, dentro del plazo
de quince días a partir de esta
publicación se apersonen
para hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento para aquellos que se crean con derecho
a la herencia que, de no hacerlo,
la herencia pasará a quien corresponda.—Lic. Wagner Chacón Castillo, Notario
Público.—1
vez.—( IN2021521302 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Jack De Los Ángeles Grant Rivera, mayor, soltero, costarricense, con documento de identidad 702330406
y vecino de Limón, Pueblo Nuevo, Barrio las Brisa
II.-Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº:20-
000306-0678-CI-7.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica,
26 de noviembre del año 2020.—Licda. Adriana Magally Jiménez Bonilla, Jueza.—1 vez.—(
IN2021521313 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Olga Mayela
Montenegro Rivera, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad
N° 3-0206-0881 y vecina de Cartago, Casa Mata, 25
metros de la tienda Villalobos. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Juzgado Civil de Cartago,
20 de enero 2021, expediente
N° 21-000013-0640-CI.—Lic.
Mateo Ivankovich Fonseca, LL.M, Juez
Decisor.—1
vez.—( IN2021521329 ).
Se emplaza a todos
los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Héctor Delgado Segura, quien fue mayor, casado, recolector de basura, vecino de Desamparados,
cédula de identidad N° 1-0374-0955, para que dentro
del plazo de quince días, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento
a los que crean tener mejor derecho a la herencia de
que si no se presentan en el plazo citado
aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 21-000010-0217-CI. Sucesión
de Héctor Delgado Segura.—Juzgado Civil del Tercer
Circuito Judicial de San José, Desamparados, 8 de
enero de 2021.—Lic. Henry
Steven Sanarrusia Gómez, Juez.—1 vez.—(
IN2021521334 ).
Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Johan Ricardo Desánti García, mayor, casado, ingeniero industrial, costarricense, con documento de identidad N° 0112230090 y vecino
de Alajuela, San Ramón, San Juan, 500 metros este,
100 metros norte y 75 metros este
del Centro Pastoral. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº
21-000004-0296-CI-1.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil),
12 de enero del 2021.—Dr. Minor Chavarría
Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2021521337 ).
Se hace saber en este
tribunal de justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Paula Ruiz Tijerino,
mayor, soltera, administradora
del hogar, nacionalidad
Nicaragua, con documento de identidad
N° 155805207035 y vecina de Liberia, Guanacaste. Se
indica a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
N° 20-000283-0386-CI - 1.—Juzgado Civil y Trabajo de Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, (Liberia), (Materia Civil), 13 de enero del 2021.—Licda. Brenda Celina Calvo De La O, Jueza
Tramitadora.—1 vez.—( IN2021521338 ).
Se hace saber en este
tribunal de justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Adilia Del Socorro
Segura Fonseca, mayor, estado civil viuda, oficios del hogar, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0400840478 y vecina
Santa Bárbara de Heredia. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
21-000029-0504-CI-9.—Juzgado Civil de
Heredia, 14 de enero del 2021.—Msc. Óscar Mauricio Rodríguez Villalobos, Juez.—1 vez.—( IN2021521346 ).
Sucesión Ab Intestato en sede
notarial de Alejandro José Mejía Romero.
Mediante acta de apertura otorgada
ante esta notaría por María Isabel Vargas Mata, a las dieciséis horas del catorce de enero del año dos mil veintiuno esta notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo
máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte
a la Procuraduría General de la República,
tal como esta lo ha indicado. Notaría de la Licda. Dalia Marín
Porras, Puntarenas, Corredores, Ciudad Neily, Barrio La Unión, diagonal a taller Unicornio, teléfono ocho-trescientos quince-ochenta y
seis-setenta y uno.—Ciudad Neily, quince de enero del dos
mil veintiuno.—Licda. Dalia
Marín Porras, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021521372 ).
Mediante
acta de apertura otorgada
ante esta notaría por Thais
Elizabeth Araya Aguilar, de las ocho horas con treinta minutos del veintitrés de diciembre del año dos mil veinte, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara
abierto el proceso sucesorio Ab Intestado Nº
08-2020-NO de quien en vida fuera su
madre María Elizabeth Aguilar Chacón, mayor, viuda una vez, ama de casa, vecina de
Cartago, Alvarado, Cervantes, frente al Abastecedor Karen Lilliana en el
Bajo de Cervantes y portadora de la cédula de identidad número 3-0136-0426. Se cita y emplaza a todos los interesados para que
dentro del plazo quince días, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Edwin Eduardo Gómez Castillo, con oficina
en Cervantes de Cartago, 300 metros al oeste de la entrada a la Flor de Paraíso.—Cartago,
23 de diciembre del 2020.—Lic.
Edwin Eduardo Gómez Castillo, Abogado y Notario Público.—1
vez.—( IN2021521399 ).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito
de la persona menor (incapaz),
para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 20-000232-1517-FA. Clase
de asunto proceso especial
de protección.—Juzgado Civil y Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala, (Materia Familia), a las trece horas cuarenta y cuatro minutos del 8 de diciembre del
2020.—Licda. María Fernanda Hernández Marchena, Jueza.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021520112 ). 3 v. 3.
Se cita y emplaza a
todas las personas que tuvieren
interés en la declaratoria de estado de abandono y otro del menor Axel Jafet Cedeño Pérez,
para que se apersonen al Juzgado
de Familia de Buenos Aires dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado mediante la resolución de las catorce horas doce minutos del catorce de diciembre del dos mil diecisiete. Expediente N°
17-000149-1552-FA (157-117-3).—Juzgado
de Familia de Buenos Aires, 06 de enero del 2020.—Lic. Roger Sibaja Arias, Juez.—O.C.
N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021521643 ). 3 v. 1
Se convoca a los socios,
asociados o a quienes corresponda designar representante de Asociación Pro
Vivienda de Barrio Corazón de Jesús de Aserrí, cédula jurídica número 3002102887, para que en el
plazo de cinco días se apersonen a este
Despacho y manifiesten lo
que corresponda respecto de
la representación de la persona indicada,
conforme al artículo 19.4
del Código Procesal Civil. En
caso de no apersonarse ninguna persona interesada, este tribunal procederá a la designación de un curador procesal. Lo anterior por ordenarse
así en proceso
ordinario de Uriel Gerardo Porras Segura contra Asociación Pro Vivienda de Barrio Corazón
de Jesús de Aserrí. Nota:
Sin fecha límite de publicación. Expediente N°
20-000147-0217-CI.—Tribunal Colegiado
Primera Instancia Civil del Tercer
Circuito Judicial de San José (Hatillo), 19 de junio del año 2020.—Gersan Andrey Tapia Martínez, Juez.—1
vez.—( IN2021521635 ).
Licenciada
Valeria Arce Ihabadjen, jueza
del Juzgado Primero de Familia de San José, a Juan
Diego Cabrera Tocabens, en su carácter personal, quien es mayor, casado, electricista, vecino de domicilio desconocido, cédula N°
119200279501, se le hace saber que en demanda nulidad
matrimonio, establecida por
Procuraduría General de la República
contra Juan Diego Cabrera Tocabens, expediente N° 13-001427-0186-FA, se ordena
notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Por tanto: de conformidad
con lo expuesto, normas legales citadas, este proceso abreviado
de nulidad de matrimonio formulado por la Procuraduría
General de la República contra los señores Juan Santiago Cabrera Tocabens
y Tatiana de los Ángeles Ramírez Murillo se resuelve de la siguiente manera: 1) Se declara la nulidad del matrimonio civil celebrado entre los señores Juan
Santiago Cabrera Tocabens y Tatiana de los Ángeles Ramírez Murillo. 2) Se ordena
comunicar lo dispuesto en este pronunciamiento a la Dirección General de Migración y Extranjería para que proceda como en derecho corresponda, respetando el debido proceso, con el trámite de anulación de todo acto tendente a
otorgar la residencia de Juan Santiago Cabrera Tocabens. 4) Se ordena testimoniar piezas ante la Fiscalía Adjunta de este Circuito Judicial a fin de
que se investigue si se incurrió en un delito por parte de quienes participaron en la celebración del matrimonio que se anula en este fallo.
5) Se declara que el matrimonio
que aquí se anula no
produce efectos patrimoniales
ni personales. 6) Se declara nula la inscripción de Juan Santiago Cabrera Tocabens
como progenitor de los menores
Shirley Camila Cabrera Ramírez
y Royner Donovan Cabrera Ramírez. En lo sucesivo esas personas menores de edad quedarán inscritas como hijos únicamente
de la señora Tatiana de los Ángeles Ramírez Murillo. 7) Firme esta
sentencia, se ordena su inscripción en el Registro Civil, Registro de Matrimonios de la provincia de San José, al tomo cuatrocientos setenta y dos,
folio cuatrocientos cuarenta
y ocho, asiento ochocientos
noventa y seis; así como en el Registro
de Nacimientos de la provincia
de San José, la de la menor Hirley Camila Cabrera Ramírez, al tomo dos
mil veinte, página cuatrocientos sesenta y seis,
asiento novecientos treinta
y uno, y la del menor Royner
Donovan Cabrera Ramírez, al tomo dos mil setenta y uno, página ciento setenta
y cinco, asiento trescientos
cuarenta y nueve. 8) Se condena a la codemandada Tatiana
de los Ángeles Ramírez Murillo al pago de las costas procesales y personales de este proceso. Se exime al codemandado Juan Santiago Cabrera Tocabens
del pago de las costas personales y procesales de este asunto. 9) Notifíquese al codemandado Juan
Santiago Cabrera Tocabens la parte
dispositiva de esta sentencia por medio de Edicto,
que se publicará por una sola vez
en el Boletín
Judicial. 10) De una vez se ordena
girar los honorarios de curador procesal al licenciado Luis Gustavo Pereira León, con cédula de identidad número 1-0642-0584, realícese la respectiva comunicación para su efectivo pago una vez firme la presente
sentencia; expediente N° 13-001427-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 05 de
enero de 2021.—Licda.
Valeria Arce Ihabadjen, Jueza
Decisora.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021521641 ).
Se hace saber al señor Mireya
Sánchez Tellez, mayor, casada una vez,
nacionalidad colombiana, documento identidad CC39550978, naturalizada con cédula identidad
8-0085-0181, demás calidades
y domicilio desconocido,
que en este Despacho se tramita proceso inexistencia matrimonio N° 18-000100-0186-FA establecido
por Procuraduría General de La República,
se ordena notificarle por edicto, la solicitud planteada por la entidad actora, y para que se refiera a ella le fue otorgado
el plazo de diez días,
dentro del cual podrá contestar negativamente, expresando sus razones, aceptar los hechos, ofrecer prueba, presentar excepciones y señalar medio para recibir notificaciones. Se solicita declarar la inexistencia del matrimonio celebrado entre las partes, la anulación de cualquier trámite de naturalización y todo acto para otorgar la residencia emitido por la Dirección General
de Migración y Extranjería.
El emplazamiento corre tres días después de esta publicación.—Juzgado Primero de
Familia del Primero de Familia del Primer Circuito
Judicial de San José, 22 de enero de 2021.—Licda. Marianela Vargas Cousin, Jueza.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021521644 ).
Msc. Tania Morera Solano, Jueza del Juzgado de Familia de Puntarenas hace
saber, que en Expediente número 18-000825-1146-FA, correspondiente
a un Proceso de Declaratoria
Judicial de Estado de Abandono, Pérdida
de la Responsabilidad Parental y Solicitud
de Deposito Judicial, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia,
contra Franklin Antonio Pao Rodríguez, se dictó la sentencia número 101- 2019 de las
ocho horas veinte minutos del 11 de febrero de dos
mil diecinueve, que en lo conducente reza así: Resultando. Primero: (...)
Segundo: (...) Tercero: (...) Considerando.
I.-Hechos probados. II.-Sobre el fondo del asunto. Por tanto: “De acuerdo a
lo expuesto, y artículos 51
y 55 de la Constitución Política;
5, 13, 30, 32 y 34 del Código de la Niñez y la Adolescencia; 1, 2, 5, 8, 115 y siguientes
y 140 y siguientes del Código de Familia se estima pertinente acoger la acción presentada y declarar en estado de vulnerabilidad
o abandono con fines de adopción
a la persona menor de edad Cristhian Antonio P”“AO García por parte
de su progenitor, el señor
Franklin Antonio Pao Rodríguez a quien se le ordena dar por finalizado o extinto el ejercicio de los atributos de la Autoridad Parental con respecto a
su hijo aquí
mencionado. Se ordena conceder en depósito
judicial al niño Cristhian
Antonio Pao García a cargo de la abuela materna señora Yesenia Acosta Chaves. Firme esta
resolución inscríbase mediante ejecutoria que se expedirá, ante el Registro Civil,
Sección de nacimientos de
la provincia de Puntarenas, al tomo
353, folio 82, asiento 164. Publíquese la parte dispositiva de esta resolución por una única vez, en
el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Se resuelve este asunto
sin especial condenatoria en
costas debido a la naturaleza de las presentes diligencias.—Juzgado de
Familia de Puntarenas.—Gabriela Herrera Alfaro, Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021521645 ).
Patricia
Vega Jenkins, Jueza del Juzgado
de Familia de Grecia, al señor Erick Ulate Molina y la señora Natalia
Esquivel Samuels, así como
a todas las personas que tuvieren
interés en el depósito de la persona menor de edad: Danna Paola Ulate Esquivel,
se les pone en conocimiento
la parte dispositiva de la resolución de las diez horas y cincuenta minutos del dieciocho de marzo del dos mil veinte, de este Despacho que en lo conducente dice: Razones dadas y normativa citada, se declara con lugar la presente acción planteada por la representante
legal del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local Grecia y
se ordena el depósito judicial de la niña: Danna Paola Ulate Esquivel,
menor de edad, costarricense, soltera, estudiante, vecina de Grecia,
titular de la identificación número
2-898-366, a cargo de su abuela materna
y actual depositaria provisional, la señora Eunice Samuels Vega, quien
seguirá velando por su cuido directo
y bienestar integral bajo la constante
supervisión, soporte profesional y si es del caso inclusive material del Patronato
Nacional de la Infancia, entidad
que en caso necesario y pertinente, valorará la posibilidad de incluir a la persona menor de edad en el Programa
de Hogares Solidarias de la
entidad promotora. Se le confiere a la persona designada como depositaria judicial un plazo de cinco días a partir de la
notificación de la presente
resolución para que se apersone
a este despacho
a aceptar el cargo conferido.
La representante legal del ente
promotor deberá promover su presentación ante este despacho judicial. Publíquese la parte dispositiva de esta resolución por una única vez en el Boletín Judicial o en un diario
de circulación nacional. Lo
aquí dispuesto será inscrito ante el Registro Civil, Sección de
Nacimiento de la provincia de Alajuela al tomo: 898, folio: 183, asiento: 366, mediante
ejecutoria que se expedirá
a petición de parte interesada. Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. Se ordena la publicación de la parte dispositiva de esta sentencia en el Boletín Judicial. Expediente
N° 19-000539-0687-FA. Clase de asunto:
depósito judicial.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica de Grecia (Materia Familia).—MSc.
Patricia Vega Jenkins, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521646 ).
MSc. Tania Morera Solano, Jueza del Juzgado de Familia de Puntarenas hace
saber, que en expediente número 19-000865-1146-FA, correspondiente
a un proceso de declaratoria
judicial de estado de abandono,
promovido por el Patronato
Nacional de la Infancia, contra Danny José Solano
Carmona y Estefanía María Méndez Tamariz,
a quienes se les hace
saber, que en dicho proceso se dictó la sentencia número 2021000037, de
las catorce horas cincuenta
y cuatro minutos del ocho de enero de dos mil veintiuno, que en lo conducente reza así: Resultando. Primero: (...)
Segundo: (...) Tercero: (...) Considerando.
I.-Hechos probados. II.-Sobre el fondo del asunto. Por tanto. De acuerdo a
lo expuesto, y artículos 51
y 55 de la Constitución Política;
5, 13, 30, 32 y 34 del Código de la Niñez y la Adolescencia; 1, 2, 5, 8, 115 y siguientes
y 140 y siguientes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda especial de declaratoria
judicial de abandono y depósito
de personas menores de edad
establecido por el Patronato
Nacional de la Infancia contra Danny José Solano
Carmona y Estefanía María Méndez Tamariz,
declarando en esta vía judicial el estado de abandono con fines de adopción y la pérdida de la responsabilidad parental de la persona menor
de edad Jilliam Yebelka Solano Méndez, respecto
de sus progenitores los aquí
demandados Danny José Solano Carmona y Estefanía María Méndez Tamariz. Y
se declara con lugar, el estado de abandono con fines de adopción y la pérdida de la responsabilidad parental que ejerce
la demandada Estefanía
María Méndez Tamariz, en cuanto a la persona menor de edad Ziuying Kamila Méndez
Tamaris. Se ordena el depósito
judicial de las personas menores de edad Ziuying Kamila Méndez
Tamaris y Jilliam Yubelka
Solano Méndez, bajo la responsabilidad de la señora Cinthia Rosales Campos, tía
abuela materna de las menores,
titular de la cédula de identidad número
6-0341-0070, donde permanecen
las menores actualmente. Anótese el fallo en las citas de inscripción de las personas menor
de edad, en el caso de Ziuying Kamila Méndez
Tamaris, en el Registro de Nacimientos de la provincia de
Alajuela, al tomo: novecientos
sesenta y dos (0962), folio: trescientos
noventa y seis (396), asiento: setecientos
noventa y dos (0792). Citas
de inscripción: 2-0962-396-0792. Y en el caso de Jilliam
Yubelka Solano Méndez, en
el Registro de Nacimientos
de la provincia de Puntarenas, al tomo:
quinientos sesenta y cinco (0565), folio: cuatrocientos
noventa y uno (491), asiento: novecientos
ochenta y uno (0981). Citas
de inscripción: 6-0565-491-0981. Hágase
saber.—Juzgado de
Familia de Puntarenas.—MSc. Tania Morera Solano, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021521648 ).
Han comparecido
a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil de Mariana Ivankovich
Martos, mayor, soltera, intérprete, cédula de identidad
N° 0304240155, vecina de Cartago, hija
de Meicel Martos Ramírez y Hugo Alfonso Ivankovich,
nacida en Oriental Central
Cartago, el 23/11/1987, con 33 años de edad, y Roger Esteban Soto Madriz, mayor, soltero, dato desconocido,
cédula de identidad N° 0304350829, vecino de Cartago, hijo de
Patricia Madriz Romero y Roger Alberto Soto Rojas, nacida
en Oriental, Central, Cartago, el 07/04/1989, actualmente con 31 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente N° 21-000121-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 16 de enero del 2021.—Licda. Patricia
Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN202521179
).
Ante esta notaria comparecen para contraer matrimonio, Carlos
Alberto Morales Quirós,
mayor de edad, cédula de identidad N°
1-1346-0643, costarricense, soltero
vecino de Alajuela centro, avenida 3, 75 mts. norte detrás de la cúpula de la iglesia Catedral de Alajuela, Impresor Fotográfico hijo de Floricel Quirós Herrera y Carlos Alberto Morales Alvarado ambos costarricenses y, Chuan Ying- mujer- apellido Chu - único apellido en razón de su nacionalidad,
mayor de edad, cédula de residencia número 115800072625, nacionalidad taiwanesa, soltera, vecina de Alajuela centro, avenida 3, 75 mtrs. norte detrás de la cúpula de la iglesia
Catedral de Alajuela, Fotógrafa hija
de la señora
Mei Chu, apellido Cheng único apellido en razón de su nacionalidad
y el señor
Chu Ching apellido Chu - único apellido en razón de su nacionalidad,
ambos taiwaneses han comparecido ante este notario a efecto
de celebrar matrimonio
civil conforme a nuestra legislación.
Se convoca a las partes interesadas, en hacer oposiciones dentro del plazo de 8 días, posteriores a la publicación de este
edicto. Notaria ubicada en Heredia, 75 metros al oeste
del edificio de Gobernación.—20
de enero del año 2021.—José Leonel Sáenz Batalla,
Notario Público.—1 vez.—( IN2021521234 ).
Han comparecido a este
despacho solicitando contraer matrimonio civil: Alex
José Espinoza Jiménez, mayor, soltero,
mercaderista, cédula de identidad
N° 0504150346, nombre de los progenitores
Alcides Espinoza Cruz y María Benigna Jiménez
Carrillo, domicilio Nicoya, Barrio San Martín, Ciudadela Emanuel Ajoy, primera alameda tercera casa, con
muro blanco a mano derecha, con 23 años de edad y Vielka María Rodríguez Sánchez, mayor, soltera, ama de casa, con cédula de identidad
N° 0504280746, vecina de Barrio San Martín, Ciudadela Emanuel Ajoy, primera alameda tercera casa, con
muro blanco a mano derecha, nombre de los progenitores Manrique Rodríguez Jiménez y de Jeannette
Sánchez Monge, con 21 años de edad.
Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice está en la obligación
de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-000016-0869-FA.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste, Nicoya, (Materia Familia), 11 de enero del 2021.—Lic. Luis Araya Cerdas, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN202521288 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Jessica
María Rodríguez Rojas, mayor, soltero/a,
estudiante, cédula de identidad
N° 0604640154, vecino(a) de Tilarán, Barrio
Santa Rosa de la segunda entrada 50 metros, hijo(a) de Aracelly Rojas Salas y
Abelino Rodríguez Picado, nacido(a)
en Chacarita Central
Puntarenas, el 19/12/2000, con 20 años de edad, celular 84331035 y Yeudy Anderson Salazar Silva, mayor, soltero/a,
Oficial Seguridad Privada, cédula de identidad N° 0117820689, vecino(a)
de Tilarán, Barrio Santa Rosa segunda
entrada 50 metros norte, hijo(a)
de Elizabeth Silva Silva y Alvarito
Salazar López, nacida en
Hospital Central San José, el 11/07/2000, actualmente
con 20 años de edad, celular 87141563. Si alguna
persona tiene conocimiento
de algún impedimento para
que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente Nº 21-000018-0928-FA, Solicitud
de matrimonio de Jessica María Rodríguez
Rojas y Yeudy Anderson Salazar Silva.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil
y Violencia Doméstica de Cañas (Materia Familia), Guanacaste, Cañas,
20 de enero del 2021.—Lic.
Luis Fernando Sáurez Jiménez, Juez(a).—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521289 ).
Ante la
notaria del Licenciado Rodrigo Bonilla Gamboa, se está tramitando matrimonio igualitario entre los contrayentes
Cesar Polanco, estadounidense y de Roberto Martínez
Castillo, nicaragüense. Cualquier
interesado en oponerse a este matrimonio presentarse a oficinas ubicadas frente a encomiendas de Musoc, Bonilla y Asociados.—San José 25 de enero del 2021.—Lic. Rodrigo Bonilla Gamboa, Abogado.—1 vez.—( IN2021521596 ).