BOLETÍN JUDICIAL 18 DEL 27 DE ENERO DEL 2021

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

SALA CONSTITUCIONAL

JUZGADO NOTARIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

Convocatorias

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Convocatorias

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

CIRCULAR 238-2020

ASUNTO:             Creación del Juzgado Agrario de Jicaral, así como el cambio de competencias territoriales del Juzgado Agrario de Puntarenas y del Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, sede Santa Cruz.

A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS, ABOGADOS,

ABOGADAS Y PÚBLICO EN GENERAL

SE LES HACE SABER QUE:

Que la Corte Plena en sesión 53-2020, celebrada el 21 de setiembre de 2020, artículo XV acogió la propuesta de la Dirección de Planificación contenida en el estudio 555-PLA-RH-MI-2020 denominado “Impacto organizacional y presupuestario en el Poder Judicial a partir de la promulgación del Nuevo Código Procesal Agrario para el 2021. Ley 9609”, en consecuencia, se aprobó la creación del Juzgado Agrario de Jicaral, así como el cambio de competencias territoriales del Juzgado Agrario de Puntarenas y del Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, sede Santa Cruz, a saber:

La competencia territorial actual de los Juzgados Agrarios del Segundo Circuito de Guanacaste, Sede Santa Cruz y Puntarenas es:

Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz).

Abarca los cantones de Nicoya, Santa Cruz, Nandayure y Hojancha.

Del cantón Central de Puntarenas el distrito de Lepanto y del distrito de Paquera los poblados de Gigante y Pueblo Nuevo.

Juzgado Agrario de Puntarenas.

Abarca del cantón Central de Puntarenas, los distritos de Puntarenas, Pitahaya, Chomes, Paquera (excepto los poblados de Pueblo Nuevo y Gigante ), Manzanillo, Guacimal, Barranca, Monteverde, Isla del Coco, Cóbano, Chacarita, Chira, Acapulco, El Roble y Arancibia.

Los cantones de Esparza, Montes de Oro, Quepos, Parrita, y Garabito.

En razón de la creación del Juzgado Agrario de Jicaral la competencia territorial que

le corresponderá a los juzgados involucrados, es la siguiente:

Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, sede Santa Cruz

Abarca los cantones de Nicoya, Santa Cruz, Nandayure y Hojancha.

Juzgado Agrario de Puntarenas

Abarca del cantón Central de Puntarenas, los distritos de Puntarenas, Pitahaya, Chomes, Manzanillo, Guacimal, Barranca, Monteverde, Isla del Coco, Chacarita, Chira, Acapulco, El Roble y Arancibia.

Los cantones de Esparza, Montes de Oro, Quepos, Parrita y Garabito.

Juzgado Agrario de Jicaral

Abarca del cantón Central de Puntarenas los distritos de Lepanto, Paquera y.

Lo anterior con la salvedad, de que, este último despacho al entrar en función, no asume la competencia territorial de los cantones de Paquera y Cóbano, hasta tanto se brinde el servicio de transporte público a esas localidades, según lo dispuesto en el acuerdo de referencia.

Por lo tanto, mientras no se brinde el servicio público a esas localidades la competencia territorial sigue conforme corresponde actualmente para los juzgados agrarios del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Sede Santa Cruz y de Puntarenas. Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.

San José, 12 de enero de 2021.

                                                           Lic. Silvia Navarro Romanini

                                                                       Secretaria General

1 vez.—O.C. 364-12-2021.—Solicitud 68-2017-JA.—
( IN2021521183 ).

CIRCULAR N° 11-2021

ASUNTO:      Lista de abogadas y abogados suspendidos en el ejercicio de su profesión, actualizada al 13 de enero de 2021.

A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:

En cumplimiento de lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesiones Nº 14-03 y 97-03, celebradas el 27 de febrero y 16 de diciembre de 2003, en ambas, artículos LII, hago de su conocimiento y para los fines consiguientes, la lista de los profesionales suspendidos en el ejercicio de la profesión ante el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, según correo electrónico del citado Colegio Profesional.

Lista de Abogadas y Abogados Suspendidos en el Ejercicio de la Profesión Actualizada al 13 de Enero de 2021.

Para ver las imágenes solo en Boletín Judicial con formato PDF

Notas:

*             La suspensión se mantendrá hasta que cumpla la condena impuesta en sede penal.

**           La suspensión será hasta la revocación de medida cautelar o finalización del proceso penal.

### (Lic. Rojas) Inhabilitación en el ejercicio de la abogacía por medida cautelar dictada por el Colegio, derivado de condenatoria penal Expediente N° 00-200095-0486-PE, vigente hasta que no se dicte lo contrario.

### (Lic. Zumbado) Suspensión por medida cautelar dictada por el Colegio, derivado de condenatoria penal Expediente N° 09-008513-0369-PE, vigente hasta que no se dicte lo contrario.

### (Licda. Salas) Suspensión por medida cautelar dictada por el Colegio, derivado de condenatoria penal Expediente N° 06-024335-0042-PE, vigente hasta que no se dicte lo contrario.

### (Lic. Paniagua Mendoza) Suspensión por medida cautelar dictado por el Colegio, hasta la finalización del respectivo expediente administrativo disciplinario.

#### (Lic. Zumbado) Suspensión por pena privativa de libertad bajo el expediente N° 08-002043-0175-PE, expediente disciplinario N° 162-17.

#### (Lic. Zumbado) Suspensión por medida cautelar dictada por el Colegio, derivado de condenatoria penal Expediente N° 13-000137-0622-PE, vigente hasta que no se dicte lo contrario.

& Fe de erratas. Gaceta 110 del 08/06/2016.

&& Fe de erratas. Gaceta 197 del 13/10/2016.

&&& Fe de erratas. Gaceta 96 del 23/05/2017.

&&&& Fe de erratas. Gaceta 164 del 07/09/2018.

***** Suspensión por Medida Cautelar Decretada por el Departamento Legal.

% Suspendido por Ejecución de Sanción por parte del Poder Judicial hasta que se efectúe el Pago de la Multa Avalada en Sesión 01-19 del Consejo Superior

San José, 15 de enero de 2021

                                                          Licda. Silvia Navarro Romanini,

                                                                        Secretaria General

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021521184 ).

AVISO N° 9-2020

ASUNTO:   Superintendencia de Pensiones pone a disposición página web para consultar sobre la entidad que administra los recursos del Régimen Obligatorio de Pensión y el Fondo de Capitalización Laboral de personas fallecidas.

A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión N° 116-20 celebrada el 03 de diciembre del 2020, artículo XXI, tomó nota de lo comunicado por la señora Rocío Aguilar M., Superintendente de Pensiones, mediante oficio N° SP-1489-2020, del 24 de noviembre del 2020, a esos efectos, dispuso hacer de conocimiento de la población judicial que la Superintendencia de Pensiones tiene a disposición del público, en su página web, una aplicación (https://www.supen.fi.cr/web/supen/consulta-de-fallecidos) para consultar sobre la entidad que administra los recursos del Régimen Obligatorio de Pensión y el Fondo de Capitalización Laboral de personas fallecidas. Esta herramienta puede ser utilizada directamente por los funcionarios judiciales para obtener la información que requieran para la instrucción de los procesos.

San José, 14 de diciembre del 2020.

                                             Lic. Carlos Toscano Mora Rodríguez

                                                     Subsecretario General Interino

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521169 ).

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo XI y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 52-16 celebrada el 26 de mayo de 2016, artículo XLVII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 2012 al 2017 del Departamento de Artes Gráficas. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa: A 500 S 12, Paquetes: 52, Año: (2012 al 2016), Asunto: Documentación Administrativa: 1 paquete que contiene 40 blocks (2014 al 2016) de boletas de requisición o devolución de materiales. 1 paquete que contiene registros de asistencia, donde constan las firmas de los servidores de este Departamento y sus comprobantes de ausencias y llegadas tardías por diversos motivos (2014 al 2016), 1 paquete que contiene informes de trabajos pendientes y trabajos realizados, que son detallados por mes (2014 al 2016), 16 paquetes que contienen documentación general y correspondencia original que incluyen, oficios de solicitudes por vacaciones, diligencias de procesos de contratación, compras por caja chica, diligencias de presupuesto, transporte y viáticos, oficios enviados y recibidos, información de personal jubilado y que ya no labora en nuestro Departamento (2014 al 2016). 33 paquetes que contienen un total de 7.373 bolsas de trabajo (2012 al 2016), numerados desde la 37.965 a la 44.338, con sus respectivas diligencias (solicitudes de la oficina, especificaciones, borradores, copias de requisiciones de materiales y boletas de control de mano de obra).

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.

San José, 14 de enero de 2021.

                                                             Lic. Wilbert Kidd Alvarado,

                                                                     Subdirector Ejecutivo

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021521484 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo XCV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes de Familia del año 1997 al 2008 del Juzgado de Familia y Trabajo de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa: F 504 S 97, Expedientes: 1, Paquetes: 1, Año: 1997, Asunto Familia, varios: 1 Reconocimientos de Unión de Hecho (1 Con Lugar).

Remesa: F 503 S 98, Expedientes: 1, Paquetes: 1, Año: 1998, Asunto Familia, varios: 1 Separación judicial (1 Con Lugar).

Remesa: F 504 S 99, Expedientes: 19, Paquetes: 1, Año: 1999, Asunto Familia, varios: 1 Adopción (Sin Sentencia: 1 Archivado), 15 Régimen de Visitas (15 Con Lugar), 3 Suspensión de Patria Potestad (2 Con Lugar, 1 Sin Lugar).

Remesa: F 504 S 00, Expedientes: 80, Paquetes: 2, Año: 2000, Asunto Familia, varios: 2 Autorización de Salida del País (2 Con lugar), 1 Consignación de Depósito a Favor de Menor (1 Girado), 49 Depósito de Menor (49 Archivados), 1 Ordinario de liquidación de bienes (1 Con Lugar), 1 Proceso de Utilidad y Necesidad (1 Sin Lugar), 1 Reconocimiento de hijo-hija de mujer casada (1 Abandonado), 7 Régimen de Visitas (7 Con Lugar), 2 Salvaguardia - Insania (2 Con Lugar), 8 Separación Judicial (7 Con Lugar, 1 Sin Lugar), 8 Suspensión de Patria Potestad (8 Con Lugar).

Remesa: F 506 S 01, Expedientes: 28, Paquetes: 1, Año: 2001, Asunto Familia, varios: 2 Autorización de Salida del País (2 Con lugar), 5 Suspensión de Patria Potestad (5 Con Lugar), 3 Reconocimiento de hijo-hija de mujer casada (3 Abandonado), 15 Régimen de Visitas (15 Con Lugar), 3 Separación Judicial (3 Con Lugar).

Remesa: F 504 S 02, Expedientes: 55, Paquetes: 2, Año: 2002, Asunto Familia, varios: 6 Suspensión de Patria Potestad (6 Con Lugar), 1 Salvaguardia - Insania (1 Con Lugar), 1 Investigación de Paternidad (1 Archivado), 1 Liquidación Anticipada de Bienes (1 Desistido), 1 Reconocimiento de hijo-hija de mujer casada (1 Sin Lugar), 1 Reconocimientos de Unión de Hecho (1 Con Lugar), 44 Régimen de Visitas (13 Con Lugar, 11 Inadmisibles, 2 Desistidos, 17 Archivados, 1 Abandonado).

Remesa: F 505 S 03, Expedientes: 43, Paquetes: 2, Año: 2003, Asunto Familia, varios: 1 Autorización de Salida del País (1 Con lugar), 2 Suspensión de Patria Potestad (2 Con Lugar), 1 Impugnación de Paternidad (1 Inadmisible), 1 Salvaguardia - Insania (1 Con Lugar), 1 Investigación de Paternidad (1 Archivado), 1 Liquidación Anticipada de Bienes (1 Desistido), 21 Régimen de Visitas (21 Con Lugar), 9 Separación Judicial (7 Con Lugar, 2 Archivados), 6 Reconocimiento de Unión de Hecho (6 Con Lugar).

Remesa: F 504 S 04, Expedientes: 55, Paquetes: 2, Año: 2004, Asunto Familia, varios: 1 Adopción (1 Inadmisible), 4 Suspensión de Patria Potestad (4 Con Lugar), 1 Abreviado de Divorcio (1 Con Lugar), 1 Guarda Crianza y Educación (1 Con Lugar), 1 Salvaguardia - Insania (1 Con Lugar), 1 Investigación de Paternidad (1 Inadmisible), 3 Liquidación Anticipada de Bienes (3 Con Lugar), 2 Proceso de Utilidad y Necesidad (1 Con Lugar y 1 Sin Lugar), 18 Régimen de Visitas (15 Con Lugar, 2 Archivo Provisional y 1 Abandonado), 18 Separación Judicial (12 Con Lugar, 1 Sin Lugar, 2 Archivados, 1 Archivado Provisional, 1 Abandonado y 1 Inadmisible), 5 Reconocimiento de Unión de Hecho (5 Con Lugar).

Remesa: F 504 S 05, Expedientes: 29, Paquetes: 1, Año: 2005, Asunto Familia, varios: 1 Adopción (Sin Sentencia: 1 Archivado), 1 Suspensión de Patria Potestad (1 Sin Lugar), 1 Declaratoria de Abandono (1 Archivado), 2 Guarda Crianza y Educación (1 Con Lugar y 1 Sin Lugar), 2 Salvaguardia - Insania (1 Con Lugar y 1 Archivado), 2 Liquidación Anticipada de Bienes (2 Con Lugar), 12 Régimen de Visitas (11 Con Lugar y 1 Abandonado), 6 Separación Judicial (5 Con Lugar y 1 Sin Lugar), 2 Reconocimiento de Unión de Hecho (2 Con Lugar).

Remesa: F 506 S 06, Expedientes: 20, Paquetes: 1, Año: 2006, Asunto Familia, varios: 1 Guarda Crianza y Educación (1 Sin Lugar), 1 Salvaguardia - Insania (1 Abandonado), 1 Impugnación de Paternidad (1 Archivado), 10 Régimen de Visitas (9 Con Lugar y 1 Sin Lugar), 7 Reconocimiento de Unión de Hecho (7 Con Lugar).

Remesa: F 505 S 07, Expedientes: 42, Paquetes: 6, Año: 2007, Asunto Familia, varios: 3 Suspensión de Patria Potestad (3 Archivados), 1 Declaratoria de Abandono (1 Archivado), 3 Impugnación de Paternidad (3 Abandonados), 3 Salvaguardia - Insania (3 Con Lugar), 2 Investigación de Paternidad (2 Abandonados), 5 Ordinario de liquidación de bienes (1 Con Lugar, 3 Desiertos y 1 Inadmisible), 1 Reconocimiento de hijo-hija de mujer casada (1 Archivado), 15 Régimen de Visitas (7 Con Lugar, 1 Archivado, 1 Desistido, 1 Inadmisible, 1 Rechazado y 4 Abandonados), 7 Separación Judicial (7 Con Lugar), 2 Reconocimiento de Unión de Hecho (2 Con Lugar).

Remesa: F 507 S 08, Expedientes: 34, Paquetes: 2, Año: 2008, Asunto Familia, varios: 5 Salvaguardia - Insania (4 Con Lugar y 1 Abandonado), 6 Investigación de Paternidad (2 Archivados y 4 Abandonados), 4 Liquidación Anticipada de Bienes (1 Sin Lugar, 1 Archivado y 2 Inadmisibles), 12 Régimen de Visitas (7 Con Lugar, 1 Sin Lugar, 1 Archivado y 3 Abandonados), 5 Separación Judicial (5 Con Lugar), 2 Reconocimiento de Unión de Hecho (2 Con Lugar).

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles.

San José, 14 de enero de 2021.

                                                     Lic. Wilbert Kidd Alvarado,

                                                            Subdirector Ejecutivo

1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521485 ).

SALA CONSTITUCIONAL

ASUNTO:      Acción de Inconstitucionalidad

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

TERCERA PUBLICACIÓN

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad N° 20-021801-0007-CO que promueve Ofertel Sociedad Anónima, se ha dictado la resolución que literalmente dice: «Sala Constitucional de La Corte Suprema de Justicia. San José, a las once horas treinta minutos del catorce de enero de dos mil veintiuno./Se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Anayansi Mora Palma, cédula de identidad 1-1015-0081 y Luis Alejandro Segura Sánchez, cédula de identidad 1-1550-0715, en su condición de apoderados especiales judiciales de OFERTEL S. A., cédula jurídica 3-101-174091; para que se declare inconstitucional la jurisprudencia de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia, contenida en las sentencias nros. 385-F-2006, 555-F-S1-2012, 300-F-S1-2018 y 835-F-S1-2018, referente a la interpretación de los artículos 53 y 54 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, sobre los efectos interruptores de la prescripción de aquellos actos administrativos que han sido declarados absolutamente nulos, por infracción de los principios constitucionales de reserva de ley, seguridad jurídica, razonabilidad y tutela judicial efectiva. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de La República, al Presidente de La Sala Primera de La Corte Suprema de Justicia, al Director General de Tributación Directa y al Presidente del Tribunal Fiscal Administrativo. La referida línea jurisprudencial se impugna, en tanto se alega que la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia ha interpretado los artículos 53 y 54 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, en el sentido de reconocer efectos interruptores de la prescripción a aquellos actos administrativos que han sido declarados absolutamente nulos, lo que se estima infringe los principios constitucionales de reserva de ley, seguridad jurídica, razonabilidad y tutela judicial efectiva. Aclaran, los accionantes, que su representada tiene pleno conocimiento de la sentencia nro. 8857-2020, emitida por la Sala Constitucional el 13 de mayo de 2020, por la cual, se resolvió una acción que pretendía que se declarase inconstitucional esa misma jurisprudencia. Afirman, al efecto, que la presente acción de inconstitucionalidad no pretende que este Tribunal Constitucional entre a determinar el plazo de prescripción tributaria y cuándo debe suspenderse o interrumpirse. Tampoco se procura cuestionar la inconstitucionalidad del artículo 54 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios (CNPT), que en su criterio no es inconstitucional. La presente acción tiene por objeto impugnar la regla de Derecho (interpretación) que ha incorporado la ratio decidendi de las resoluciones nro. 385-F-2006. nro. 555-F-S1-2012, nro. 300-F-S1-2018 y nro. 836-F-S1-2018 de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia, por resultar la tesis ahí esbozada contraria a los citados principios constitucionales. Señalan que la Administración Tributaria ostenta plenas facultades para velar por una correcta percepción, fiscalización, control y cobro de los tributos, pudiendo practicar procedimientos de liquidaciones previas o definitivas a hechos imponibles y períodos anteriores, siempre que estos no se encuentren prescritos. Concretamente, la prescripción de la potestad determinativa ocurre cuando la Administración Tributaria no ejerce sus competencias dentro del plazo que contempla la ley. Cuatro años como premisa general y de conformidad con el artículo 51 del CNPT y, excepcionalmente, diez años en caso de que se trate de contribuyentes o responsables no registrados, o que estén registrados, pero hayan presentado declaraciones fraudulentas o no hayan presentado declaraciones tributarias. El término de prescripción debe contarse a partir del primer día del mes siguiente a la fecha en que el tributo debió pagarse y su curso se interrumpe únicamente por una serie de causales expresamente taxativas que contemplan los artículos 53 y 54 del CNPT. Consideran que el razonamiento de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia otorga una connotación de perpetuidad a los efectos interruptores de la prescripción de aquellos actos que han sido declarados absolutamente nulos, sea, que carecen de toda validez, pese que la consecuencia inmediata de la invalidez de un acto administrativo es la ineptitud para producir efectos jurídicos en forma segura y definitiva. Afirman que la tesitura mantenida por la Sala Primera parte de la siguiente premisa: el conocimiento formal por parte del obligado tributario de cualquier acción cobratoria de la Administración elimina el estado de incerteza producido en el tiempo; por ende, concluye dicha Sala -en sus resoluciones- que aun y cuando un acto administrativo en un procedimiento tributario es declarado absolutamente nulo, los efectos interruptores de la prescripción se mantienen. Estiman que el hecho que el sujeto pasivo tenga pleno conocimiento de la acción cobratoria que se sigue en su contra y que ello elimine el estado de incerteza producido por el transcurso del tiempo, no significa que la acción de la Administración para ejercer sus potestades determinativas sea imprescriptible y pueda hacerlo eternamente. Estiman que la jurisprudencia impugnada violenta el principio de reserva de ley, en tanto el inciso 13) del artículo 121 de la Carta Política establece que será la Asamblea Legislativa, mediante el procedimiento previsto por ley, la encargada de establecer los impuestos y contribuciones nacionales y autorizar los municipales. Por su parte, el inciso e) del artículo 5 del CNPT regula que: “Artículo 5.- Materia privativa de la ley. En cuestiones tributarias solo la ley puede: “Regular los modos de extinción de los créditos tributarios por medios distintos del pago (...)”. Por su parte, el artículo 35 de la misma ley señala: “Artículo 35.-Medios de extinción de la obligación tributaria. La obligación tributaria sólo se extingue por los siguientes medios: (…) e) prescripción”. Consideran que lo anterior implica que las causales de suspensión o interrupción de la prescripción de las obligaciones tributarias corran la misma suerte y, en consecuencia, no es posible incluir causales distintas que la ley no incluyó. A efectos tributarios, aquellos actos que suspenden o interrumpen su término se encuentran citados expresamente en los artículos 53 y 54 del CNPT. Pese a lo expuesto, en la jurisprudencia cuestionada en esta acción, la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia ha incorporado la siguiente idea: “el conocimiento de la gestión cobratoria interrumpe la prescripción”. Situación que es contraria al principio de reserva de ley, pues implícitamente se está incorporando como efecto interruptor de la prescripción cualquier acto que comunique la Administración Tributaria al sujeto pasivo. Bajo esa interpretación, actos preparatorios como un requerimiento de información, el acta de audiencia final, la propuesta de regularización o el traslado de cargos, tendrían efecto interruptor de la prescripción por “poner en conocimiento” al obligado tributario de la gestión determinativa-cobratoria que realiza la Administración. En atención a lo dispuesto en los artículos 53 y 54 del CNPT, tales actos jamás podrían interrumpir la prescripción tributaria. Alegan, también, violación al principio de seguridad jurídica. Refieren que el razonamiento de la Sala Primera parte de la premisa de que el conocimiento formal por parte del obligado tributario de la acción cobratoria de la Administración, elimina el estado de incerteza producido en el tiempo, situación que encuentra relación con lo dispuesto en los artículos 53, pero especialmente 54 del CNPT. Este último, en el tanto incluye una causal especial que interrumpe el curso de la prescripción, esta es, la interposición de recursos contra resoluciones de la Administración Tributaria. Empero, alegan los accionantes que no es la simple interposición de recursos lo que debería interrumpir la prescripción, sino que es necesario que el acto impugnado adquiera firmeza y, además, adquirirá firmeza, únicamente, si el Tribunal Fiscal Administrativo (TFA), como órgano de plena jurisdicción e independiente en su organización, funcionamiento y competencia, jerarca impropio encargado, confirma la resolución recurrida por el sujeto pasivo. Una interpretación contraria, sin lugar a dudas significa un efecto perverso para el sujeto fiscalizado -o sancionado-, toda vez que pierde total sentido y validez el derecho fundamental a recurrir que consagran los artículos 145, 146, 150 y 171, entre otros, del CNPT. Insisten que la frase “la respectiva resolución quede firme”, contenida en el citado ordinal 54, se refiere a la que resolución que fue impugnada por el obligado tributario, no la resolución del TFA que resuelve el asunto debatido en alzada. Apuntan que la posición que mantiene la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia transforma las revisiones fiscales de la Administración Tributaria en actuaciones perpetuas, pero también implica un desconocimiento del instituto de la prescripción que tiene como finalidad introducir el principio de la seguridad jurídica en el ámbito de los derechos y de las obligaciones. Sostienen que la interpretación que ha realizado la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia, respecto a que un acto declarado absolutamente nulo mantiene efectos tales como la interrupción de la prescripción y que la resolución en firme a la que alude el artículo 54 del CNPT es la que emite el TFA como jerarca impropio, en nada garantiza seguridad jurídica para el sujeto pasivo. Al contrario, causa un efecto perverso al derecho fundamental de impugnación que ostenta el obligado tributario y brinda potestades permanentes a la Administración Tributaria para que pueda revisar períodos fiscales prescritos. La certeza, la igualdad, la tutela judicial efectiva, la razonabilidad, la confianza legitima, todos componentes de la seguridad jurídica en el marco de un procedimiento, se vuelven inexistentes. Consideran que, si un contribuyente interpone un recurso de apelación contra una resolución de la Administración Tributaria para conocimiento del TFA y el reclamo es acogido, declarándose la nulidad absoluta del acto administrativo emitido por el ad quo, el efecto interruptor que en principio podía tener el recurso del contribuyente se vuelve completamente inválido. Así sucede, por las siguientes razones: (1) ante todo, porque el TFA declaró la nulidad de la resolución administrativa venida en alzada y, por ende, ese acto emitido por la Administración no se presume legitimo ni produce efecto jurídico alguno, ni siquiera alcanza para interrumpir la prescripción y, (2) en segundo lugar, porque al haberse declarado nula la resolución administrativa recurrida, esta nunca adquirirá firmeza en los términos del artículo 54 del CNPT. De otra parte, reclaman violación al principio de razonabilidad. Al respecto, aducen que la posición que mantiene a ultranza esa Sala de Casación, se aleja de un juicio de razonabilidad que contraviene los principios elementales de justicia, lógica o conveniencia, toda vez que su interpretación supone eliminar el instituto de la prescripción en material fiscal, otorgándole a la Administración facultades para fiscalizar de forma perpetua a los contribuyentes. Se indica que supone eliminar el instituto de la prescripción porque, conforme con la interpretación cuestionada, cualquier recurso que interponga el obligado tributario, automáticamente interrumpirá el curso de la prescripción, cuando lo correcto es que se interrumpa solo si el acto cuestionado adquiere firmeza. Lo anterior implica un efecto perverso para el contribuyente que se vuelve ilógica, injusta, inconveniente, pero sobre todo irracional, que a la vez vulnera el derecho de defensa y de impugnación. Estiman que resulta constitucionalmente irrazonable que la Administración, extralimitando sus potestades de imperio, pueda fiscalizar perpetuamente a los contribuyentes, así como que un acto declarado absolutamente nulo pueda interrumpir la prescripción y que la interposición de un recurso contra una resolución administrativa produzca un efecto desfavorable a la situación jurídica del sujeto pasivo de la obligación tributaria. Por otro lado, acusan violación al principio constitucional de tutela judicial efectiva. Esta tutela efectiva, sea en función jurisdiccional o administrativa, se manifiesta indudablemente en el acceso a los recursos por parte de los administrados. Empero, no puede asimilarse como el simple hecho de tener la posibilidad de recurrir un acto o conducta administrativa, sino por el contrario, que esa acción no implique un efecto perverso para su situación jurídica. Consecuencia perniciosa es la que ocurre precisamente a raíz de la jurisprudencia de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. Bajo la interpretación que ese órgano colegiado sostiene, el derecho a impugnar las resoluciones administrativas que se encuentra tipificado en los artículos 145, 146, 150 y 171 del CNPT, se ve vulnerado y más bien se conviene en un perjuicio. El razonamiento de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia se vuelve a todas luces irracional, pues limita el derecho de los sujetos pasivos a recurrir resoluciones administrativas y, consiguientemente, restringe el acceso a la justicia, debido proceso y a una tutela judicial efectiva que consagran los artículos 27, 41 y 49 de la Carta Magna. Concluyen que la tesis de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia desconoce los preceptos establecidos por este Tribunal Constitucional en las sentencias nro. 878-2000. nro. 255-2000. nro. 6055-2000 y nro. 13850-2000, es contraria a los artículos 11, 39, 41 y 49 de la Carta Magna y produce una grave violación a principios de orden constitucional. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación de la parte accionante proviene del artículo 75, párrafo 1º, de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, por cuanto, tiene como asunto base el recurso de casación interpuesto en el proceso que se tramita en el expediente nro. 17-012491-1027-CA, en el que se invocó la inconstitucionalidad de la jurisprudencia impugnada como medio razonable de amparar el derecho que se considera lesionado. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción. Efectos jurídicos de la interposición de la acción: Se recuerdan los términos de los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional que disponen lo siguienteArtículo 81. Si el Presidente considerare cumplidos los requisitos de que se ha hecho mérito, conferirá audiencia a la Procuraduría General de la República y a la contraparte que figure en el asunto principal, por un plazo de quince días, a fin de que manifiesten lo que estimen conveniente. Al mismo tiempo dispondrá enviar nota al tribunal u órgano que conozca del asunto, para que no dicte la resolución final antes de que la Sala se haya pronunciado sobre la acción, y ordenará que se publique un aviso en el Boletín Judicial, por tres veces consecutivas, haciendo saber a los tribunales y a los órganos que agotan la vía administrativa que esa demanda ha sido establecida, a efecto de que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de la ley, decreto, disposición, acuerdo o resolución, tampoco se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Si la acción fuere planteada por el Procurador General de la República, la audiencia se le dará a la persona que figure como parte contraria en el asunto principal.”, “Artículo 82. En los procesos en trámite no se suspenderá ninguna etapa diferente a la de dictar la resolución final, salvo que la acción de inconstitucionalidad se refiera a normas que deban aplicarse durante la tramitación.” Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber, además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. Notifíquese. / Fernando Castillo Víquez, Presidente/.»

San José, 14 de enero del 2021.

                                                            Luis Roberto Ardón Acuña,

                                                                          Secretario a. í.

O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021519948 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad número 21-000897- 0007-CO que promueve Procuraduría General de la República, se ha dictado la resolución que literalmente dice: «Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las diez horas cincuenta y cuatro minutos del diecinueve de enero de dos mil veintiuno. Se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Julio Alberto Jurado Fernández, en su condición de Procurador General de la República, para que se declare inconstitucional artículo 5 de la Ley Nº 9868 del 8 de julio de 2020, mediante el cual se crea el distrito 8 del cantón VIII Tilarán, publicada el 27 de octubre de 2020, por estimarlo contrario a los artículos 9, 99, 102, 121 inciso 1), 168, 171, 172 de la Constitución Política, los principios de separación de poderes e inderogabilidad singular de las normas que integran el parámetro de constitucionalidad, de representación, participación política, igualdad, razonabilidad y proporcionalidad, así como el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos. Se confiere audiencia por quince días al Presidente del Tribunal Supremo de Elecciones, al Presidente de la Asamblea Legislativa y al Presidente del Concejo Municipal de Tilarán. La norma se impugna por los siguientes motivos: 1.—Violación de la competencia constitucional para la organización de los actos relativos al sufragio que corresponde al TSE. A través de la norma impugnada, la Asamblea Legislativa pretende obligar al Tribunal Supremo de Elecciones a realizar elecciones anticipadas para designar a los miembros del Concejo de Distrito y síndicos de distrito de Cabeceras, desconociendo no solo los tiempos electorales previstos en los numerales 171 y 172 de la Constitución, sino, además, sin tomar en consideración que esa materia se enmarca dentro del concepto de “lo electoral”, cuya competencia ha sido reservada al TSE. Refiere que, si bien el Tribunal Supremo de Elecciones se encuentra sometido a la ley, lo cierto es que no podrían regularse a través de ella, aspectos sustantivos de la función electoral, tal como la realización de una elección en el ámbito municipal, fuera de los tiempos de programación que tiene la institución por disposición constitucional. 2.— Violación al numeral 168 de la Constitución y los principios de separación de poderes e inderogabilidad singular de las normas que integran el parámetro de constitucionalidad. Según la jurisprudencia constitucional (sentencias Nos. 1995-2009 y 2013-12802, entre otros), la Asamblea Legislativa únicamente puede crear distritos, en tanto modifique la Ley sobre la División Territorial Administrativa, mediante la cual delegó esa potestad al Poder Ejecutivo. Mientras eso no cambie, en atención a los principios de separación de poderes, inderogabilidad singular de las normas y de seguridad jurídica, no podría entenderse que dos órganos constitucionales, tienen una misma atribución. En razón de lo anterior, considera que la norma impugnada es inconstitucional, pues la Asamblea Legislativa no era competente para crear un distrito, sin antes modificar la delegación que mantiene, lo cual no hizo. 3.—Inconvencionalidad e inconstitucionalidad de la norma por afectar el efectivo desempeño del cargo de representación que fue conferido a ciudadanos en las elecciones municipales de 2020 (artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos y principios de representación y participación política). El TSE advirtió a los legisladores que la elección de las autoridades distritales de Cabeceras, de ser aprobada la ley, luego de la convocatoria a los comicios del 2020, debía diferirse hasta el 2024, no solo por razones logísticas, sino porque la generación de una nueva circunscripción y la designación de gobernantes fuera del ciclo electoral ordinario genera una dislocación del sistema que impacta negativamente el derecho al efectivo desempeño del cargo, tutelado por la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Al realizarse las postulaciones para ocupar los cargos municipales que se disputaron en febrero de 2020, las personas interesadas sometieron su nombre a consideración del electorado teniendo en cuenta que llevarían a cabo funciones públicas en pro del desarrollo de comunidades que, para ese entonces, integraban la circunscripción en la que aspiraban a ejercer el cargo, por lo que el desmembramiento de esos territorios afecta el ejercicio del puesto. La celebración de comicios municipales, fuera del ciclo ordinario de renovación de autoridades y por motivo de la creación de una nueva circunscripción, afecta flagrantemente el núcleo de atribuciones de representantes que se encuentran ejerciendo un puesto público y también genera una desigualdad con gobernantes homólogos. Señala que la norma impugnada varía límites territoriales, lo cual modifica, a su vez, uno de los elementos de la competencia de los actuales gobernantes: al tomarse porciones de distritos preexistentes para generar el distrito Cabeceras, los síndicos y los concejales en funciones (electos en febrero de 2020 en los territorios desmembrados) de manera sobreviniente verán afectado el ámbito espacial en el que ejercen autoridad, circunstancia que va en detrimento del mandato que les fue inicialmente otorgado. El Estado debió diferir la elección de las nuevas autoridades de Cabeceras hasta el 2024, de manera análoga como lo hizo con la relativamente reciente creación del cantón Río Cuarto. Aduce que se produce también una afectación al principio de igualdad entre gobernantes de similar naturaleza y jerarquía, con la pretensión de la norma impugnada en elegir representantes distritales para Cabeceras a inicios de 2021, pues ello supondría que su período de gobierno fuera de -aproximadamente tres años, lapso que resulta ser menor al de los mandatos otorgados por la ciudadanía en las elecciones municipales de 2020. Por otra parte, la celebración de comicios locales en un momento distinto a aquel que ordinariamente están previstos podría, en ciertos escenarios, hacer que las comunidades, por las cuales un determinado candidato obtuvo la victoria, sean trasladadas por la modificación legal de los límites, a otro territorio, con lo que habría una afectación a la lógica de representación que se obtiene mediante el sufragio. Se desconocería la voluntad popular de quienes emitieron su voto en los comicios del 2020; tanto electores como candidatos -al materializar su derecho fundamental al sufragio en cualquiera de sus vertientes- que tuvieron en mente un esquema territorial y de autoridades que ahora, iniciado el período de gobierno y de forma ilegítima, se pretende variar. Por otro lado, los munícipes de los territorios que hoy forman el citado distrito ya concurrieron a las urnas a elegir los miembros de otros concejos de distrito que ejercerán sus cargos durante el cuatrienio 2020-2024, por lo que si se celebran votaciones para determinar quiénes serán los concejales y el síndico (propietario y suplente) de Cabeceras, estarían ejerciendo una suerte de doble voto. Dentro de un mismo período de gobierno, habrá ciudadanos que sufragaron, con aproximadamente un año de diferencia, por autoridades de dos circunscripciones distintas de la escala territorial de gobierno, particularidad que transgrede el principio “una persona, un voto” (one person, one vote), como imperativo democrático relativo a la igualdad del sufragio. 4.—Se considera lesionado el principio de participación política, pues en un escenario óptimo, los partidos -antes de la convocatoria a la respectiva elección- deben haber resuelto quiénes serán sus candidatos, pues estos deberán ser inscritos ante el Registro Electoral dentro de los quince días siguientes al citado llamado a las urnas (numeral 148 del CE). De esa suerte, si el legislador previó que en seis meses deben llevarse a cabo las votaciones en el recién creado distrito y que el período de campaña, en Costa Rica, se atiende por cuatro meses (artículos 147 y 149 del CE), entonces las agrupaciones deberían, de inmediato, iniciar con la recepción de precandidaturas y organización de sus asambleas, entre otros aspectos. No obstante, ese lapso es muy corto, no solo porque toma por sorpresa a quienes eventualmente estén interesados en someter sus nombres a los miembros de su agrupación de gozar con el favor de sus correligionarios, ser finalmente postulados, sino porque -en las condiciones sanitarias actuales del país- se limitaría la posibilidad de hacerse propaganda a lo interno de la estructura y, además, la dirigencia partidaria debería de trabajar en protocolos especiales para la atención de las asambleas. Como la votación para la designación de candidatos debe ser secreta, por regla de principio, tales actos sólo podrían llevarse a cabo presencialmente. Sobre esa línea, también, debe pensarse en que la ciudadanía podría ver limitado su derecho a un voto informado, ya que las elecciones en comentario obligarían a una forma distinta de recibir las propuestas partidarias. Aunado a lo anterior, las agrupaciones políticas en una contienda local tienen el derecho a que sus gastos, de superar los umbrales previstos en la legislación, sean reconocidos con cargo a los dineros públicos, en los términos de los numerales 96 constitucional y 99 del CE. Por la forma en la que están construidas las barreras de acceso a los fondos públicos, en las elecciones distritales de Cabeceras, los partidos políticos no podrían redimir gastos y tampoco podrían cargar estos a los rubros de capacitación y organización (esto desnaturalizaría tales reservas), debiéndose enfrentar los comicios solo con dineros propios, lo cual supone una limitación a la participación política, en tanto se agravaría la inequidad en la contienda, como uno de los rasgos por mejorar en el modelo costarricense de financiamiento político, según lo han apuntado, entre otros veedores internacionales, los expertos de las Misiones de Observación de la Organización de Estados Americanos. Los partidos locales, probablemente, tendrían mayores dificultades para invertir en estas elecciones y con ello visibilizar su oferta política. En todo caso, los recursos destinados como contribución a los partidos políticos por su participación en las elecciones municipales del período 2020-2024 ya fueron asignados a las agrupaciones y, más bien, ya ha iniciado el proceso de liquidación de esos recursos. Por ello, se indica que el artículo 5 restringe ilegítimamente el derecho de participación política, al contemplar un plazo para la postulación de candidatos que es materialmente insuficiente, por no tomar en cuenta que las condiciones sanitarias del país dificultan la posibilidad de llevar a cabo plenamente ejercicios propagandísticos (lo cual incide negativamente en el derecho a un voto informado) y por hacer imposible que las agrupaciones políticas tengan siquiera la expectativa de acceder a la contribución del Estado por su participación en una elección local, a contrapelo del derecho consagrado en el artículo 96 constitucional y desarrollado en el numeral 99 del CE. 5.—Violación del principio de razonabilidad y proporcionalidad. La norma impugnada obliga a celebrar comicios distritales en seis meses, sea, en abril del año 2021 aproximadamente; sin embargo, el legislador no previó que, luego de la redefinición de los límites espaciales de un territorio, la institución debe iniciar los trámites para establecer los distritos electorales. Los artículos 12 inciso k) y 143 del Código Electoral facultan al TSE a dividir un distrito administrativo en dos o más distritos electorales, con el fin de hace más accesibles las juntas de votos a los ciudadanos. Así, al generarse una nueva circunscripción administrativa, la Contraloría Electoral en conjunto con el equipo de la Unidad de Geografía de la DGRE, proceden a los levantados cartográficos y topográficos del territorio para determinar en cuáles poblados corresponderá generar un distrito electoral y cuáles comunidades podrán unirse con el fin de asignar un único centro de votación con una o varias juntas receptoras de votos. Esa labor no solo requiere una labor analítica desde los equipos especializados sino, de gran importancia, obliga a hacer visitas de campo y un minucioso proceso de clasificación, ya que de esa distribución de electores -según distrito electoral- se generará una repartición de los votantes por los citados centros de votación y por junta receptora, datos que son vitales para la elaboración de las listas de electores (el padrón electoral). Tal proceso es, en mismo, complejo y en las condiciones sanitarias actuales del país, lo es aún más. Por tales motivos, el plazo conferido para realizar los comicios en el distrito Cabeceras resulta ser insuficiente. Estrechez temporal que va en detrimento de garantías del sufragio, como lo son la ubicación oportuna de los centros de votación y la distribución de electores, según su inscripción electoral (ligada a la creación de los distritos electorales), lo cual refiere, resulta lesivo de los principios constitucionales de razonabilidad y proporcionalidad. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación del accionante proviene de la legitimación directa reconocida en el párrafo tercero del artículo 75 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, solicitada por el Tribunal Supremo de Elecciones, mediante oficio TSE-2479-2020 del 8 de diciembre de 2020. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción, para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. Notifíquese. Para notificar al Presidente del Concejo Municipal de Tilarán se comisiona al Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tilarán, despacho al que se hará llegar la comisión por medio del sistema de fax. Esta autoridad deberá practicar la notificación correspondiente dentro del plazo de cinco días contados a partir de la recepción de los documentos, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad por desobediencia a la autoridad. Se le advierte a la autoridad comisionada, que deberá remitir copia del mandamiento debidamente diligenciado al fax número 2295-3712 o al correo electrónico: informes-sc@poder-judicial.go.cr, ambos de esta Sala y los documentos originales por medio de correo certificado o cualquier otro medio que garantice su pronta recepción en este Despacho. Notifíquese. Expídase la comisión correspondiente. Fernando Castillo Víquez, Presidente

San José, 19 de enero del 2021.

                                                                Luis Roberto Ardón Acuña,

                                                                              Secretario a. í.

O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68.2017-JA.— ( IN2021521180 ).

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER:

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional, al Registro Civil y al público en general que en el proceso disciplinario notarial N° 14-000584-0627-NO, de Raul Francisco Mora González contra Mario Sandoval Pineda, (cédula de identidad 1-548-307), este juzgado mediante resolución de las nueve horas y treinta y cuatro minutos del siete de enero de dos mil veintiuno, dispuso “Visto el acuerdo conciliatorio suscrito por ambas partes y agregado a partir de folio 110 del expediente, se dispone que, si bien de la relación de los artículos 154 del Código Notarial y 3 de la Ley sobre Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social se desprende la viabilidad de emplear mecanismos para la solución alterna de conflictos como la conciliación, aún existiendo sentencia firme, lo cierto es que en el caso concreto la vigencia de la sanción impuesta al notario denunciado se encuentra condicionada al cumplimiento de la inscripción registral que interesa en el particular. Por haberse acordado, entre otros aspectos, que el notario denunciado se comprometió a entregar el testimonio de la escritura debidamente inscrito a la parte denunciante, previo a la homologación respectiva, con el fin de que el notario encausado acredite el cumplimiento de lo pactado y, de conformidad con el ordinal 34.1 del Código Procesal Civil, se dispone la suspensión del proceso por un plazo de dos meses, que se contará a partir de la publicación del edicto que más adelante se dirá; suspensión que será prorrogable por un período igual previa solicitud de ambas partes. En función de lo resuelto con anterioridad, como una medida de carácter temporal y excepcional, se levanta momentáneamente la sanción impuesta al accionado mediante sentencia firme dictada en este proceso, comunicada mediante edicto publicado en el Boletín Judicial N° 229 del viernes 27 de noviembre del 2020. Emítase comunicado de dicha medida a las instituciones correspondientes y al público en general mediante edicto que será publicado en el Boletín Judicial, fecha a partir de la cual entrará en vigencia el levantamiento temporal y excepcional de la suspensión que pesa sobre el notario denunciado con motivo del proceso que nos ocupa”. Rige a partir del momento de su publicación.

San José, 7 de enero del 2021.

                                                    Dra. Ingrid Palacios Montero,

                                                                           Jueza

1 vez.—O.C. N° .—364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021521257 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de veintiséis millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil ochocientos colones soportando hipoteca de primer grado por un monto de quince millones de colones, inscrita al Tomo: 2011, Asiento: 00328804-consecutivo: 01, secuencia: 0001, subsecuencia; 001, reservas y restricciones, citas: 366-17529-01-0900-001; practicado citas: 800-287002-01-0001-001;practicado citas: 800-328890-01-0001-001; practicado citas: 800-467197-01-0001-001, sáquese a remate la finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 38586-000 la cual es terreno de Construcción. Situada en el distrito Guápiles, cantón Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Carlos Luis Loría Corella; al sur, Carlos Luis Loría Corella; al este, calle pública con 24m; y al oeste, Carlos Luis Loría Corella. Mide: mil setecientos sesenta y tres metros con setenta y dos decímetros cuadrados cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas cuarenta minutos del tres de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta minutos del once de marzo del dos mil veintiuno, con la base de diecinueve millones ochocientos cuarenta y un mil ochocientos cincuenta colones (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta minutos del diecinueve de marzo del dos mil veintiuno, con la base de seis millones seiscientos trece mil novecientos cincuenta colones (25% de la base original). De igual forma, con la base de doce millones doscientos cincuenta y nueve mil ochenta colones, libre de gravámenes hipotecarios; soportando practicado citas: 800-79725-01-0001-001; practicado citas: 800-279201-01-0001-001; practicado citas: 800-287001-01-0001-001; practicado citas: 800-328892-01-0001-001; practicado citas: 800-467196-01-0001-001, sáquese a remate la finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 177889-000 la cual es terreno de Construcción. Situada en el distrito Las Horquetas, cantón Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Inmobiliaria Bienes Raíces y Desarrollos Ocupacionale Ibrydo S. A.; al sur, Inmobiliaria Bienes Raíces y Desarrollos Ocupacionale Ibrydo S. A.; al este, Inmobiliaria Bienes Raíces y Desarrollos Ocupacionels Ibrydo S. A. y zona de protección y Quebrada Isla Grande; y al oeste, calle pública con 23,00. Mide: mil trescientos sesenta y dos metros con doce decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas cuarenta minutos del tres de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta minutos del once de marzo del dos mil veintiuno, con la base de nueve millones ciento noventa y cuatro mil trescientos diez colones (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta minutos del diecinueve de marzo del dos mil veintiuno, con la base de tres millones sesenta y cuatro mil setecientos setenta colones (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.-Se remata por ordenarse así en proceso or.s.pri. prestac. Laborales de Pedro Fredy Lepiz Rodríguez contra Alice Janette Vega Hidalgo, Manuel Antonio Brenes Sánchez. Expediente N° 18-000122-0929-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 08 de enero del 2021.—Msc. Gerardo Salas Herrera, Juez.—( IN2021521301 ).

Convocatorias

Se convoca a los miembros o socios de Green Solutions Logistic S. A., cédula jurídica N° 3101192999, Multinegocios Internacionales América S. A., cédula jurídica N° 3101090063, Mutiasa S. A., cédula jurídica N° 3101022585, a una junta a celebrarse en este Despacho, a las diez horas del veinticinco de mayo del año dos mil veintiuno para que en la misma elijan representante. Se hace la advertencia que la junta se verificará cualquiera que sea el número de miembros o socios presentes, y la elección se decidirá por simple mayoría de votos. En caso de no resultar mayoría o de no asistir ningún miembro o socio a la junta, se hará el nombramiento que corresponda. Lo anterior por ordenarse así en proceso ordinario laboral de Sonia Ureña Castro contra Mutiasa Sociedad Anónima, y otros. Expediente N° 17-000264-1125-LA. Nota: entre el día de la publicación del edicto de convocatoria y el de la junta, deberá mediar por lo menos un mes.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia laboral), 12 enero 2021.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521182 ).

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Grace Massey Mora, quien portó la cédula de identidad N° 0103130255 y falleció el 28 de enero del 2017, promovido por Ana Ligia Ruiz Massey, cédula de identidad N° 0108300809, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N° 20-002477- 0173-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-002477-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 5 de enero del 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520213 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Esteban Gerardo Juárez Hernández, quien portó la cédula de identidad N° 0115160441 y falleció el 27 de marzo del 2018, promovido por Lilliam Hernández Guerrero, cédula de identidad N° 0303180490, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el N° 20-002485-0173-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-002485-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 5 de enero del 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520214 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Julia Esquivel Hernández, quien portó la cédula de identidad 0102730605 y falleció el día 15 de agosto del 2020, promovido por María Rocío Quesada Esquivel, cédula de identidad 0106160960, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Séctor Público bajo el número 20-002489-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-002489-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 06 de enero del año 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520216 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Luis Barquero Méndez, quien portó la cédula de identidad N° 0301490198 y falleció el 5 de setiembre del 2018, promovido por Lidia Alvarado Cruz, cédula de identidad N° 0600850590, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el N° 20-002500-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-002500-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 6 de enero del 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN202520217 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Randal Ruiz Chavarría, 07-0110-0496, fallecido el catorce de diciembre del dos mil veinte, que se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 21-000001-0679-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº 21-000001-0679-LA. Por Basilia Chavarría Mosquera, cédula 600640904 a favor de Randal Ruiz Chavarría, cédula 701100496.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 06 de enero del año 2021.—Lic. Diana Jeannette Peraza Retana, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021520218 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Walter Alberto Andrade Jiménez, quien fue mayor, costarricense, con cédula de identidad N° 1-0715-0303, casado, vecino de Guanacaste, Abangares, Limonal, fallecido el 25 de agosto del 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N° 21-000002-1574-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 21-000002-1574-LA.—Juzgado Contravencional de Abangares, (Materia Laboral), 14 de enero del 2021.—Msc. María Del Milagro Montero Barrantes, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520219 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Francisco Johnny José Arguedas Zúñiga, quien fue mayor, divorciado, constructor, vecino de Palmares, Zaragoza, de la Chata, 150 metros bajando la calle, segunda casa a mano derecha, portador de la cédula N° 2-346-581 y falleció el 9 de noviembre de 2015; se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de distribución de prestaciones persona fallecida bajo el N° 21-000005-0694-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 21-000005-0694-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, (San Ramón), (Materia Laboral), 13 de enero del 2021.—Msc. Alonso Oviedo Betrano, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-207-JA.—( IN2021520220 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rosa María Briceño Mendoza, cédula de identidad N° 0601040949, fallecido el 23 de octubre del 2019, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el N° 21-000017-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 21-000017-0641-LA, por a favor de...—Juzgado de Trabajo de Cartago, 8 de enero del 2021.—Msc. Ronald Figueroa Acuña, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520221 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Hugo Gerardo Morera Rodríguez, 0203970007, fallecido el 28 de diciembre del 2020, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el N° 21-000027-0643-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 21-000027-0643-LA, por Instituto Costarricense de Electricidad, a favor de Hugo Gerardo Morera Rodríguez.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 14 de enero del 2021.—Lic. Allan Roberto Espinoza Martínez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520222 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Víctor Manuel del Carmen Pérez Pérez, cédula de identidad número 1-0742-0067, mayor, soltero, Cartago, la Unión, Tres Ríos, fallecido el 20 de noviembre del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 21-000043-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000043-0641-LA. Promovido por Jefferson Pérez Navarro, cédula de identidad número 1-01389-0555 a favor de Víctor Manuel del Carmen Pérez Pérez.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 11 de enero del año 2021.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520223 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mauricio Antonio Rodríguez Chacón, quien fue mayor, soltero, administrador, vecino de San Ramón, Volio, 400 metros norte de la plaza de deportes, portador de la cédula N° 2-0495-0319 y falleció el 02 de febrero del 2019, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N° 20-000331-0694-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-000331-0694-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, (San Ramón), (Materia Laboral), 13 de enero del 2021.—Msc. Alonso Oviedo Betrano, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520344 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Fernando Urbina Salazar, 0103220459, fallecido el 07 de setiembre del año 2007, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 20-001321-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº 20-001321-0166-LA. Por María Cristina Gutiérrez Góngora en favor de Fernando Urbina Salazar.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 08 de octubre del año 2020.—M.Sc. Andrés Grossi Castillo, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021520351 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jesús Emilio de La Trinidad Sancho Alpízar, cédula de identidad número 6-0093-0759, mayor, casado, pensionado, Cartago, Paraíso, Llanos de Santa Lucía, de la Rural 800 metros sur, fallecido el 19 de enero del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 21-000010-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000010-0641-LA. Promovido por Dora Navarro Jiménez, cédula de identidad número 3-0191-1115 a favor de Jesús Emilio De La Trinidad Sancho Alpízar.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 06 de enero del año 2021.—Licda. Clelia Calvo Bermúdez, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520356 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Álvaro José Martínez Artavia, mayor, soltero, Cartago, Paraíso, Birrisito, cédula de identidad número 3-0375-0994, fallecido el 18 de noviembre del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 21-000013-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº 21-000013-0641-LA. Promovido Ramón Evaristo Martínez Arce, cédula de identidad número 3-0192-0366, a favor de Álvaro José Martínez Artavia.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 06 de enero del año 2021.—Licda. Clelia Calvo Bermúdez, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021520358 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Javier González Morera, 0301130715, fallecido el 30 de setiembre del 2019, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el N° 20-000667-1178-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-000667- 1178-LA, por a favor de Javier González Morera.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 19 de noviembre del 2020.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520527 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rosa Zamora Yoms C01474541, fallecida el 13 de agosto del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número 20-000041-1601-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-000041-1601-LA. Por Kevin Dinken Zamora a favor de Rosa Zamora Yoms.—Juzgado Contravencional de Cóbano (Materia Laboral), 14 de diciembre del 2020.—Licda. Hannia Marchena Jiménez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520607 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Manrique Angulo Angulo, 0502210920, fallecido el 12 de noviembre del año 2012, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones sector privado bajo el número 20-000119-1584-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº 20-000119-1584-LA. Por a favor de Manrique Angulo Angulo.—Juzgado Contravencional de Carrillo (Materia Laboral), 14 de enero del año 2021.—Lic. Guillermo Emilio Benavides Ruiz, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021520608 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: José Antonio Gerardo Campos Ugalde, cédula de identidad N° 0203720497, fallecido el 30 de junio del 2013, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Distribución de Prestaciones bajo el número 20-001817-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-001817-0505-LA. Por Caja Costarricense de Seguro Social. Diligencias establecidas por Elizabeth Segura Campos, cédula de identidad N° 2-0429-0073.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 06 de enero del 2021.—Msc. Xiomara Arias Madrigal, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021520711 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Leandro López Víquez, 0110560916, fallecido el 11 de julio del 2020, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el N° 20-001845-1178-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-001845-1178-LA, por a favor de José Leandro López Víquez.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 19 de noviembre del 2020.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520712 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan Pablo Alfaro Castillo 0304300022, fallecido(a) el 26 de julio del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número 20-001936- 1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 20-001936- 1178-LA. Por a favor de Juan Pablo Alfaro Castillo.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 19 de noviembre del 2020.—M.Sc. Marianella Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2020.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2021520713 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de William Soto López, cédula N° 0202470267, fallecido el 06 de julio del año 2006, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el Número 20-001407-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-001407-0166-LA. Por Emma Solano Soto Herrera a favor de William Soto López, cédula N° 0202470267.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, 30 de octubre del 2020.—M.Sc. Andrés Grossi Castillo, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021521163 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Mireya Luz Mary Jiménez Alvarado, cédula de identidad número 601810752, fallecida el 10 de mayo del 2017, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias promovidas por Hellen Monge Jiménez, cédula de identidad número 7-0210-0186, de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 20-001430-0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-001430-0929-LA. Por Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal Sociedad a favor de Mireya Luz Mary Jiménez Alvarado.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 14 de enero del 2021.—Lic. Erick Campos Camacho, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521164 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jenny María Martínez Castillo 0108530994, fallecido el 21 de octubre de 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. pago sector privado bajo el Número 20-001479-0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-001479-0929-LA. Por Caja Costarricense de Seguro Social a favor de Jenny María Martínez Castillo.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 08 de diciembre del 2020.—Lic. José Antonio Cordero Román, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021521165 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jael Menéndez Pérez N° 0701080707, fallecido el 06 de junio del 2012, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. pago sector privado bajo el número 20-001619-0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 20-001619-0929-LA. Por a favor de Jael Menéndez Perez.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 07 de diciembre del año 2020.—Msc. Ana Shirley Naranjo Solano, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521166 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rafael González Madrigal, 0202030583, fallecido el 23 de junio del año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. pago sector privado bajo el número 20-001646-0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº 20-001646-0929-LA. Por Caja Costarricense de Seguro Social a favor de Rafael González Madrigal.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 09 de diciembre del año 2020.—Lic. José Antonio Cordero Román, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521167 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Ángel de la Trinidad Sánchez Moreira, 0401001220, fallecido el 22 de agosto del año 2020, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado, bajo el número 20-001664-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-001664-0505-LA. Por Mario Alberto Calvo Sánchez a favor de José Ángel de la Trinidad Sánchez Moreira.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 09 de noviembre del año 2020.—Msc. Karla Priscilla Artavia Nájera, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021521168 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Aisman Yojan Calero Pérez, 0602630717, fallecido el 04 de diciembre del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-000006-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Notifíquese. Expediente Nº 21-000006-0643-LA. Por Yirman Ademar Calero Barrantes a favor de Aisman Yojan Calero Pérez.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 06 de enero del año 2021.—Lic. José Andrés Ureña Chaves, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521171 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rosalía Gutiérrez Martínez 0601810196, fallecida el 11 de julio del año 2012 vecina del Cocal Puntarenas, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número 21-000012-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 21-000012-0643-LA. Por Operadora de Pensiones Complementarias y Capitalización de la Caja Costarricense de Seguro Social SA a favor de Rosalia Gutiérrez Martínez.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 08 de enero del 2021.—Licda. Gabriela Pizarro Corea, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2021521172 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Alexander Villegas Núñez, cédula 0701370758, fallecido el 08 de enero del 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-000061-0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº 21-000061-0929-LA. Por José Alexis Villegas Núñez, cédula 0502440245, a favor de José Alexander Villegas Núñez.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 14 de enero del año 2021.—Lic. José Antonio Cordero Román, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521175 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Mario Alberto Cabezas Monge, N° 0205360568, fallecido el 28 de junio del año 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones sector privado bajo el N° 18-001690-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 18-001690-0639-LA. Por Johanna Rosario Guevara Escalante.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 30 de agosto del 2018.—Lic. Ignacio Saborío Crespo Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521258 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Víctor Eduardo Flores González, céd. 0301890189, fallecido el 01 de julio del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 18-001921-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 18-001921-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 16 de setiembre del año 2019.—Licda. Charlin Vargas Valenciano, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021521259 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Yorly María Blanco Ulate, 0502860193, fallecida el 23 de enero del 2008, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N° 20-000036-1574- LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-000036-1574-LA, por a favor de Yorly María Blanco Ulate.—Juzgado Contravencional de Abangares, (Materia Laboral), 25 de noviembre del 2020.—Msc. María Del Milagro Montero Barrantes, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021521262 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Demetrio Morales Fonseca, 0501940943, fallecido el 2 de noviembre del 2019, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N° 20-000041-1574-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-000041-1574-LA, por a favor de Luis Demetrio Morales Fonseca.—Juzgado Contravencional de Abangares, (Materia Laboral), 8 de diciembre del 2020.—Msc. María Del Milagro Montero Barrantes, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021521263 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Enrique López Gómez, quien fue, mayor, vecino de Barrio San Martín, del Bar los Almendros, 200 metros norte, portador de la cédula N° 0502810534, fallecido el 18 de noviembre del 2013, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N° 20-000258-0868-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-000258-0868-LA. Por Daniela María López Gómez portadora de la cédula 11584378.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, (Nicoya), (Materia Laboral), 13 de enero del 2021.—Msc. Carlos Eduardo Arce Matarrita, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021521268 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Yolanda Zumbado Calvo con cédula de identidad número 700610043, fallecida el seis de marzo del dos mil veinte, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones bajo el número 20-000294-0679-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000294-0679-LA. Por Howard Henry Stephenson a favor de Yolanda Zumbado Calvo.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de La Zona Atlántica, 11 de junio del año 2020.—Msc. Ana Naranjo Solano, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021521269 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Jorge Alberto Gerardo Conejo Calvo, 0203610738, fallecido(a) el once de junio del dos mil catorce, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 20-000316-1113-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000316-1113-LA. Por Jorge Luis Conejo Campos a favor de Jorge Alberto Gerardo Conejo Calvo.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Laboral), 10 de julio del 2020.—Lic. Freddy Aikman Espinoza, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521271 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: José Eduardo Barrantes Bogantes, quién fue mayor de edad, casado, vecino de Grecia, portó la cédula de identidad N° 2-0315-0839, fallecido el 18 de octubre del 2020, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 20-000507-1113-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000507-1113-LA. Promueve: Olga Marta de Jesús Camacho Lizano, cédula número 0203700081.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Laboral), 07 de diciembre del 2020.—Msc. Freddy Aikman Espinoza, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521273 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Delroy Duncanson Duncanson, cédula de identidad número 7-0037-0710, mayor, pensionado, fallecido el 14 de mayo del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el Número 20- 000932-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 20-000932-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 24 de agosto del año 2020.—MSc. Marlen Solís Porras, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2021521274 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Gerardo González Araya con cédula N° 0201990298, fallecido el 11 de julio del año 2014, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones sector privado bajo el Número 20-001378-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-001378-0639-LA. Promovido por María Luz Sibaja Pérez a favor de Gerardo González Araya.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 30 de octubre del 2020.—Licda. Digna María Rojas Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521276 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Edgar Romero Romero, 0102010385, fallecido el 1° de octubre del 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el N° 20-001570-0639-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-001570-0639-LA, por Teresa María Cordero González, cédula N° 2-0203-0564, a favor de Carlos Edgar Romero Romero.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 2 de diciembre del 2020.—Ignacio Saborío Crespo, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021521277 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Federico Quirós Nájera, 0202040354, fallecido(a) el 25 de febrero del 2015, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 20-001655-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-001655-0639-LA. Por María Yorley y Henry ambos Quirós Sánchez a favor de Federico Quirós Nájera.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de diciembre del 2020.—Ignacio Saborío Crespo, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521278 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Félix Antonio Chaves Campos, 0202030939, fallecido el 08 de junio del año 2012, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 20-001671- 0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº 20-001671-0639-LA. Por Mayra Rosa Solano Zamora, cédula de identidad número 2-0336-0125, a favor de Félix Antonio Chaves Campos.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 06 de enero del año 2021.—Lic. Digna María Rojas Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521279 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Lourdes Fernández Ramírez 0301060575, fallecida el 11 de noviembre del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector privado bajo el Número 20-001687-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-001687-0639-LA. Aníbal Hidalgo Jiménez a favor de María Lourdes Fernández Ramírez.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 06 de enero del año 2021.—Eugenio Molina Sequeira, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521282 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Abner Jermey Fernández García 0701810302, fallecido el 02 de agosto del año 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. pago sector público bajo el Número 20-001716- 0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 20-001716-0929-LA. Por Marjorie Brayan Suarez a favor de Jeilan Jamarck Fernández Brayan.—Juzgado de Trabajo del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 06 de enero del año 2021.—Lic. José Antonio Cordero Román, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-2021.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2021521283 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juney Del Rosario De Araya Montero, cédula N° 203610617, fallecido el 30 de marzo de 2020, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen a este despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el N° 21-000001-0643-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 21-000001-0643-LA, a favor de los beneficiarios de Juney Del Rosario de Araya Montero.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 5 de enero de 2021.—M.Sc. Silvia Marcela Araya Valverde, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021521284 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Pedro Miguel Antonio Cortés Rosales, quien falleció el 30 de diciembre del 2020, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias Devolución de Ahorro Obligatorio, bajo el número 21-000001-0878-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000001-0878-LA. Pedro Miguel Antonio Cortés Rosales a favor de.—Juzgado Contravencional de Nandayure (Materia Laboral), 20 de enero del 2021.—Lic. David Campos Rojas, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521285 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó José Luis Araya Fernández, quien fue mayor casado, pensionado, domicilio Turrialba, Barrio La Margot, cédula de identidad número 0301600452, se les hace saber que: Ana María Barboza Rosales, portadora de la cédula de identidad número 301590565, viuda, de oficios domésticos, vecina Turrialba, La Margot, se apersonó en este Despacho en calidad de esposa de la persona fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido José Luis Araya Fernández, expediente número 21-000007-1001-LA-3.—Juzgado de Trabajo del Circuito Judicial de Turrialba (Materia Laboral, Consignación, Electrónico), 08 de enero del año 2021.—Lic. Randall Francisco Gómez Chacón, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521287 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó: Hermenegildo Gerardo Quirós Mejías, quien fue mayor, costarricense, operario, vecino de Turrialba, El Mora, calle tres, casa 128, con cédula de identidad número 302400004, quien laboró para Constructora Hernán Solís Sociedad de Responsabilidad, y falleció el 03 de marzo del 2020, se les hace saber que: Ana Grace Alfaro Casasola, mayor, costarricense, viuda, vecina de Turrialba, El Mora, calle tres, casa 128 y portadora de la cédula N° 302610409, se apersonó en este Despacho en calidad de esposa de la persona fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido del sector privado de quien en vida se llamó: Hermenegildo Gerardo Quirós Mejías. Expediente N° 21-000021-1001-LA-3.—Juzgado de Trabajo del Circuito Judicial de Turrialba (Materia Laboral, Consignación, Electrónico), 19 de enero del 2021.—Lic. Randall Francisco Gómez Chacón, Juez Laboral.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521290 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Óscar Mario Roldán Fernández, 0104110931, fallecido el 30 de julio del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 21-000041-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº 21-000041-0641-LA. Por a favor de Óscar Mario Roldán Fernández.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 19 de enero del año 2021.—M.Sc. Andrea Gutiérrez Vargas, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521292 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Rafael Centeno Brenes, 0301400277, fallecido(a) el 08 de enero del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-000056-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 21-000056-0639-LA. Por Lourdes Esquivel Sánchez a favor de Jose Rafael Centeno Brenes.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de enero del año 2021.—Digna María Rojas Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021521293 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Aníbal Sandoval Quirós, 0301300182, fallecido el 3 de noviembre del 2020, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el N° 21-000082-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 21-000082-0641-LA, por a favor de Aníbal Sandoval Quirós.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 18 de enero del 2021.—Msc. Andrea Gutiérrez Vargas, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021521294 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de mil quinientos treinta y un dólares con veinticinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BDJ718, marca: Chevrolet, estilo: Aveo LS, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, tracción: 4X2, año fabricación: 2013, color: gris, Vin: 3G1TC5CF9DL156900, cilindrada: 1600 c.c. Para tal efecto se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del siete de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del quince de abril del dos mil veintiuno con la base de mil ciento cuarenta y ocho dólares con cuarenta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de abril del dos mil veintiuno con la base de trescientos ochenta y dos dólares con ochenta y un centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta Nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Deberá publicarse este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos S J S. A. contra Andrea de Los Ángeles Fernández Sandí. Expediente N° 20-017908-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de noviembre del 2020.—Adriana Soto González, Jueza Coordinadora.—( IN2021520225 ).

En este Despacho, con una base de nueve mil seiscientos treinta y siete dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BCT125, marca: Nissan, estilo: Tiida, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: 3N1CC1AD0ZK138612, carrocería: sedán 4 puertas, tracción: 4x2 peso, año fabricación: 2013, color: gris, N. motor: HR16281205C, marca: Nissan. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del trece de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintiuno de mayo de dos mil veintiuno con la base de siete mil doscientos veintisiete dólares con setenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del treinta y uno de mayo de dos mil veintiuno con la base de dos mil cuatrocientos nueve dólares con veinticinco centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa contra Maricruz Alfaro Moreira, expediente N° 20-012628-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 13 de noviembre del año 2020.—Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2021520876 ).

En este Despacho, con una base de catorce mil quinientos cuarenta y siete dólares con cincuenta y siete centavos, soportando colisión sumaria 19-000353-1028-CA, sáquese a remate el vehículo placas PML284, marca Hyundai, estilo Accent GL, color café, año 2017, Vin KMHCT41DBHU073523, motor G4FCFU462572. Para tal efecto se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del doce de abril de dos mil veintiuno con la base de diez mil novecientos diez dólares con sesenta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del veinte de abril de dos mil veintiuno con la base de tres mil seiscientos treinta y seis dólares con ochenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa Sociedad Anónima contra Paula Jiménez Ovares, expediente N° 20-016614-1044-CJ. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de noviembre del año 2020.—Ricardo Barrantes López, Juez Decisor.—( IN2021520937 ).

En este Despacho, con una base de once mil setecientos tres dólares con noventa y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: PCL983; marca: Hyundai; estilo: Grand I10; categoría: automóvil; capacidad: 5 personas; año: 2016; color: azul; Vin: MALA851CBGM327722. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del tres de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del once de marzo del dos mil veintiuno, con la base de ocho mil setecientos setenta y siete dólares con noventa y siete centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintidós de marzo del dos mil veintiuno, con la base de dos mil novecientos veinticinco dólares con noventa y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR Sociedad Anónima contra Paulina Vargas Delgado. Expediente Nº 20-016656-1044-CJ. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de octubre del 2020.—Esteban Herrera Vargas, Juez Decisor.—( IN2021520940 ).

En este Despacho, con una base de seis mil cuatrocientos quince dólares con sesenta y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BGS066, marca Chevrolet, estilo Spark LS, categoría automóvil, año 2014, color azul, vin KL1CJ6C18EC561710, cilindrada 1000 c.c. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del ocho de abril de dos mil veintiuno con la base de cuatro mil ochocientos once dólares con setenta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del diecinueve de abril de dos mil veintiuno con la base de mil seiscientos tres dólares con noventa y un centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa Sociedad Anónima contra Jesús Alberto Jiménez Navarrete, expediente N° 20-018508-1044-CJ. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 23 de noviembre del año 2020.—Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—( IN2021520941 ).

En este Despacho, con una base de tres millones seiscientos setenta y tres mil seiscientos dos colones con seis céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando desinscripción por orden judicial, bajo las citas: 2020 00562411 002; sáquese a remate el vehículo placa: BGV766, marca: Nissan, estilo: TIIDA, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, tracción: 4X2, año fabricación: 2015, color: gris, vin: 3N1CC1AD9FK194060, cilindrada: 1598 cc. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del veintiocho de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del diez de mayo de dos mil veintiuno, con la base de dos millones setecientos cincuenta y cinco mil doscientos un colones con cincuenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintiuno, con la base de novecientos dieciocho mil cuatrocientos colones con cincuenta y un céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del Edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Deberá publicarse este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR Sociedad Anónima contra Tanya Cristina Lewis Fernandez. Expediente: 20-018514-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de diciembre del 2020.—Adriana Soto González, Jueza Coordinadora.—( IN2021520942 ).

En este despacho, con una base de catorce mil cuatrocientos setenta y un dólares con setenta y tres centavos (moneda de curso legal de los Estados Unidos), libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones 18-002976-0489-TR 2018314000143 0 0 Juzgado de Tránsito del Primer Circuito Judicial de San José; sáquese a remate el vehículo placa: JPC352, marca: Hyundai estilo: Tucson GL, categoría: automóvil capacidad: 5 personas, serie: KMHJ2813BGU029530, tracción: 4x2, año fabricación: 2016, color: azul, N° motor: G4NAFU032864 marca: Hyundai, potencia: 155 kw combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del veinticinco de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del doce de abril de dos mil veintiuno con la base de diez mil ochocientos cincuenta y tres dólares con setenta y nueve centavos (moneda de curso legal de los estados unidos) (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veinte de abril de dos mil veintiuno con la base de tres mil seiscientos diecisiete dólares con noventa y tres centavos (moneda de curso legal de los Estados Unidos) (25% de la base original). Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho dentro del tercer día, para su inmediata corrección. Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Improsa Sociedad Anónima contra José Pablo Calvo Quesada. Expediente N° 20-018544-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de noviembre del año 2020.—Licda. Adriana Soto González, Jueza Coordinadora.—( IN2021520943 ).

En este Despacho, con una base de siete mil doscientos once dólares con sesenta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BFF659, marca Hyundai. estilo Accent GL. Categoría automóvil. Año 2014. Color plateado. Vin KMHCT41CBEU526300, Cilindrada 1400 c.c. Para tal efecto se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del doce de abril de dos mil veintiuno con la base de cinco mil cuatrocientos ocho dólares con setenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veinte de abril de dos mil veintiuno con la base de mil ochocientos dos dólares con noventa y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR Sociedad Anónima contra Diego Francisco Cordero Salicetti. Expediente Nº:20-018562-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de noviembre del año 2020.—Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—( IN2021520946 ).

En este Despacho, con una base de nueve mil doscientos treinta dólares con cincuenta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa número: SBG859, marca: Hyundai, estilo: Grand I10, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2017, color: plateado, vin: MALA851CBHM475776, cilindrada: 1200 C.C, combustible: gasolina, motor número: G4LAGM095338. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del catorce de junio del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de junio del dos mil veintiuno, con la base de seis mil novecientos veintidós dólares con noventa centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del treinta de junio del dos mil veintiuno, con la base de dos mil trescientos siete dólares con sesenta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Improsa contra Shirley María Bonilla Guzmán. Expediente N° 20-013187-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 16 de diciembre del 2020.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2021520950 ).

En este Despacho, con una base de once mil noventa y cinco dólares con trece centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: GPS108, marca: Hyundai; estilo: Tucson GL; categoría: automóvil; capacidad: 5 personas; serie: KMHJT81EAFU965256; tracción: 4X2; número chasis: KMHJT81EAFU965256; año fabricación: 2015; color: negro y Vin: KMHJT81EAFU965256. Para tal efecto se señalan las dieciséis horas cero minutos del diecisiete de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas cero minutos del veinticinco de mayo de dos mil veintiuno, con la base de ocho mil trescientos veintiún dólares con treinta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas cero minutos del dos de junio de dos mil veintiuno, con la base de dos mil setecientos setenta y tres dólares con setenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Credi Q Inversiones CR S. A., contra Juan Gabriel Bolaños Vargas, Silvia Lorena Ramos Carboni. Expediente: 20-013200-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 7 de diciembre del 2020.—Michelle Allen Umaña, Jueza Decisora.—( IN2021520951 ).

En este Despacho, con una base de nueve mil novecientos trece dólares con setenta y dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BNP264, marca Chevrolet, estilo Spark LT, categoría automóvil, capacidad 5 personas, serie, chasis y Vin KL1CJ6CA9HC776162, año 2017, color blanco, N° motor LV7163370313, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas quince minutos del veinticuatro de mayo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas quince minutos del uno de junio del dos mil veintiuno con la base de siete mil cuatrocientos treinta y cinco dólares con veintinueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas quince minutos del nueve de junio del dos mil veintiuno con la base de dos mil cuatrocientos setenta y ocho dólares con setenta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa contra Christopher Alberto Lagos Rodríguez. Expediente N° 20-013210-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 08 de diciembre del 2020.—Lic. Hazel Mariela Carvajal Rojas, Jueza Tramitadora.—( IN2021520952 ).

En este despacho, con una base de siete mil seiscientos once dólares con cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BGB109, marca: Hyundai, estilo: Grand I10, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: mala851CAFM079585, carrocería: sedan 4 puertas Hatchback, tracción: 4x2, año fabricación: 2015, color: negro. Para tal efecto se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de mayo de dos mil veintiuno con la base de cinco mil setecientos ocho dólares con veintinueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del dos de junio de dos mil veintiuno con la base de mil novecientos dos dólares con setenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa contra America Ardon Apu. Expediente Nº 20-013298-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 03 de diciembre del año 2020.—Licda. Sofía Ramírez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2021520953 ).

En este Despacho, con una base de mil novecientos sesenta y dos dólares con cuarenta centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: 908080, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, serie: KMHCT41CACU084889, número chasis: KMHCT41CACU084889, color: plateado, Vin: KMHCT41CACU084889, N. motor: G4FABU619486, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del cinco de mayo de dos mil veintiuno con la base de mil cuatrocientos setenta y un dólares con ochenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del trece de mayo de dos mil veintiuno con la base de cuatrocientos noventa dólares con sesenta centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra Taxis Darío Azul y Radio Liga Sociedad Anónima, William Francisco Sánchez Guerrero, expediente N° 20-013300-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de noviembre del año 2020.—Michelle Allen Umaña, Juez/a Decisor/a.—( IN2021520954 ).

En este Despacho, con una base de doce mil setecientos sesenta y cinco dólares con veintiocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BGT784, marca: Mitsubishi, estilo: Mirage G4, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: MMBSNA13AFH000255, carrocería: Sedan 4 puertas, año fabricación: 2015, color: azul, N° Motor: 3A92UBN0552, cilindrada: 1193 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las once horas veinte minutos del dos de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas veinte minutos del diez de marzo del dos mil veintiuno, con la base de nueve mil quinientos setenta y tres dólares con noventa y seis centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas veinte minutos del dieciocho de marzo del dos mil veintiuno, con la base de tres mil ciento noventa y un dólares con treinta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR Sociedad Anónima contra Daniel De Jesús Cartín Hidalgo, Javier Antonio Hidalgo Barrantes. Expediente Nº 20-013483-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de diciembre del 2020.—María Del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—( IN2021520955 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones quinientos ochenta y un mil doscientos treinta y tres colones con trece céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo 800687, Marca: B.M.W. Estilo: X3-2.0D, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, año fabricación: 2009, color: Bronce, cilindrada: 1995 c.c, Combustible: DIESEL. Para tal efecto se señalan las nueve horas quince minutos del diecisiete de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas quince minutos del veinticinco de junio de dos mil veintiuno con la base de tres millones cuatrocientos treinta y cinco mil novecientos veinticuatro colones con ochenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas quince minutos del cinco de julio de dos mil veintiuno con la base de un millón ciento cuarenta y cinco mil trescientos ocho colones con veintiocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Improsa contra Julio Alberto Segura Umaña. Expediente Nº:20-014695-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 27 de noviembre del año 2020.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2021520956 ).

En este despacho, con una base de mil quinientos ochenta y cinco dólares con noventa y seis centavos, soportando demanda ordinaria citas 0800-00422695-001 (Expediente N° 11-001002-0504-CI), colisiones 18-008572-0174-TR boleta 2018313700621-0-0, sáquese a remate el vehículo placa GCV807, marca: Hyundai estilo: Accent GL, categoría: automóvil capacidad: 5 personas, serie: kmhct41dadu330829, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4x2, año fabricación: 2013, color: café, N° motor: G4FCCU943325 marca: Hyundai. Para tal efecto se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de junio de dos mil veintiuno con la base de mil ciento ochenta y nueve dólares con cuarenta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del cinco de julio de dos mil veintiuno con la base de trescientos noventa y seis dólares con cuarenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Credi Q Inversiones CR S. A. contra María Gabriela Fernández Salgado. Expediente N° 20-014766-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 03 de diciembre del año 2020.—Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2021521966 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho mil quinientos dos dólares con ochenta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: MFF612, marca: Kia, estilo: Rio, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: 3KPA241AAKE184911, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, número chasis: 3KPA241AAKE184911, año fabricación: 2019, estado actual: inscrito, motor: G4LCJE737498, marca: Kia, N. serie: no indicado, modelo: H9S4K4617, cilindrada: 1368 C.C, cilindros: 4 potencia: 76 Kw, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las siete horas cuarenta minutos del tres de mayo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las siete horas cuarenta minutos del once de mayo del dos mil veintiuno, con la base de trece mil ochocientos setenta y siete dólares con diecisiete centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las siete horas cuarenta minutos del diecinueve de mayo del dos mil veintiuno, con la base de cuatro mil seiscientos veinticinco dólares con setenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Max Lander Vargas Alvarado. Expediente N° 20-007397-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 28 de octubre del 2020.—Lic. Luis Abner Salas Muñoz, Juez/a Decisor/a.—( IN2021521014 ).

En este Despacho, con una base de ocho mil quinientos cuarenta y siete dólares con noventa y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BGG302. Marca: Nissan. Estilo: X-Trail. Categoría: Automóvil. Capacidad: 5 personas. Carrocería: Todo terreno 4 puertas. Tracción: 4x4. Año Fabricación: 2014. Uso: Particular. Color: gris. Marca Motor: Nissan. Combustible: Gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas quince minutos del treinta de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas quince minutos del once de mayo de dos mil veintiuno con la base de seis mil cuatrocientos diez dólares con noventa y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas quince minutos del diecinueve de mayo de dos mil veintiuno con la base de dos mil ciento treinta y seis dólares con noventa y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S. A. contra Linda Beatriz Chacón Rodríguez. Expediente N° 20-004829-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 26 de octubre del año 2020.—Licda. Raquel Machado Fernández, Jueza Tramitadora.—( IN2021521016 ).

En este Despacho, con una base de trescientos cuarenta y seis mil ochocientos cuarenta y cinco dólares exactos, soportando demanda ordinaria bajo las citas 0800-00365051-01-0001-001, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 599430-000, la cual es naturaleza: para construir. Situada en el distrito (01) San Vicente, cantón (14) Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Edgar Elescano Borja, servidumbre de paso; al sur, Ofelia González Alfaro, Rafael Chaves Solano, María Chaves González; al este, Temporalidades de la Iglesia Católica del Corazón de Jesús; y al oeste, Porfirio Jiménez González. Mide: ochocientos setenta y tres metros con sesenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del dieciséis de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veinticuatro de febrero del dos mil veintiuno con la base de doscientos sesenta mil ciento treinta y tres dólares con setenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del cuatro de marzo del dos mil veintiuno con la base de ochenta y seis mil setecientos once dólares con veinticinco centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Claudio Esteban Bonilla Ramírez. Expediente N° 18-000136-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 15 de enero del 2021.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez Decisor.—( IN2021521018 ).

En este Despacho, con una base de once millones de colones, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 373766-000, la cual es terreno para construcción lote cuatro. Situada en el distrito 3 Carrizal, cantón 1 Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, resto de Cultivos Agrícolas de Puente Salas Limitada; al sur, calle pública; al este, lote tres y al oeste, lote cinco. Mide: doscientos metros cuadrados. Plano A-0764926-2002. Para tal efecto, se señalan las ocho horas quince minutos del quince de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas quince minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintiuno con la base de ocho millones doscientos cincuenta mil colones (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas quince minutos del tres de marzo del dos mil veintiuno con la base de dos millones setecientos cincuenta mil colones (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Félix de Los Ángeles Sanchez Padilla contra María Inés Chacón Rodríguez. Expediente Nº 190178211158CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 16 de octubre del 2020.—Lic. Hazel Mariela Carvajal Rojas, Jueza Tramitadora.—( IN2021521021 ).

En este Despacho, con una base de ciento sesenta y cuatro millones ciento veintitrés mil quinientos sesenta y tres colones con ochenta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre dominante citas: 399-07970-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 430224, derecho 000, la cual es terreno lote número seis R. terreno para construir. Situada en el Distrito 3-Pozos, Cantón 9-Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte parque; al sur el Valle Yumuri Sociedad Anónima; al este Asociacion de Empleados De Super Servicio Sociedad Anónima y al oeste calle pública. Mide: ochocientos sesenta metros cuadrados. Para tal efecto, señalan las once horas cero minutos del diez de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del dieciocho de junio de dos mil veintiuno con la base de ciento veintitrés millones noventa y dos mil seiscientos setenta y dos colones con ochenta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del veintiocho de junio de dos mil veintiuno con la base de cuarenta y un millones treinta mil ochocientos noventa colones con noventa y cinco céntimos (25% de la base original). Con una base de veintiséis millones ciento veintitrés mil novecientos ochenta y cinco colones con cuarenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 315-07638-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 530980, derecho 000, la cual es terreno de jardín y casa hoy con una construcción con un local comercial. Situada en el Distrito 11-San Sebastián, Cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte resto de Claudio López; al sur calle publica; al este Norma Vega y al oeste futura calle. Mide: ciento sesenta y ocho metros con dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del diez de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del dieciocho de junio de dos mil veintiuno con la base de diecinueve millones quinientos noventa y dos mil novecientos ochenta y nueve colones con cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del veintiocho de junio de dos mil veintiuno con la base de seis millones quinientos treinta mil novecientos noventa y seis colones con treinta y cinco céntimos (25% de la base original). Con una base de ochenta y cuatro millones cuarenta y tres mil quinientos sesenta y cuatro colones con noventa y un céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 215347, derecho 000, la cual es terreno de potrero lote 1. Situada en el Distrito 2-Cot, Cantón 7-Oreamuno, de la provincia de San José. Colinda: al norte Mateo Ivankovich Fonseca; al sur calle publica con 37.98 metros; al este La Pavilla S.A y al oeste Guido Ivankovich Castro. Mide: dos mil doscientos treinta y nueve metros con seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del diez de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del dieciocho de junio de dos mil veintiuno con la base de sesenta y tres millones treinta y dos mil seiscientos setenta y tres colones con sesenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del veintiocho de junio de dos mil veintiuno con la base de veintiún millones diez mil ochocientos noventa y un colones con veintidós céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Santa Ana contra Inversiones Jerusalem Del Norte S.A, Roger Francisco Monge Álvarez, Yolanda Eugenia De Jesús Ivankovich Fonseca. Expediente Nº:17-009175-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 24 de noviembre del año 2020.—Iván Tiffer Vargas, Juez Tramitador.—( IN2021521029 ).

En este Despacho, con una base de siete millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 279- 03315-01-0003-001, servidumbre de paso citas: 2009-181932-01-0002-001, servidumbre de paso citas: 2009-181932-02-0004-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2009-214560-01-0008-001, servidumbre de acueducto citas: 2009-214560-01-0009-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2009-214560-01-0010-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2009- 245189-01-0013-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2009-245189-01-0014-001, servidumbre de acueducto citas: 2009-245189-01-0015- 001, servidumbre de acueducto citas: 2009-274728-01-0017-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2009-274728-01-0018-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2009-274728-01-0019-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2009-282988-01-0002-001, servidumbre de acueducto y de paso de a y a citas: 2009-282988-01-0003-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2009-282988-01-0004-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2010-78773-01-0002-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2010-83235-01-0002-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2011- 02451-01-0008-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2011-02451-01- 0010-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2011-02451-01-0012-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2011-02451-01-0014-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2011-07243-01-0005-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2011-07243-03-0013-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2011-276057-01-0001-001; sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos setenta y siete mil cuatrocientos noventa y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 7-Santa Eulalia, cantón 5-Atenas de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Julio Osvaldo, Luis Alfredo, Carlos Manuel, Maricela y Ana Lucrecia todos Alvarado González; al sur: frente a servidumbre de paso de 6 metros lineales de ancho y Julio Osvaldo Luis Alfredo, Carlos Manuel, Maricela y Ana Lucrecia todos Alvarado González; al este: Julio Osvaldo, Luis Alfredo y Carlos Manuel, Maricela y Ana Lucrecia todos Alvarado González; y al oeste: Julio Osvaldo Luis Alfredo, Carlos Manuel, Maricela y Ana Lucrecia todos Alvarado González. Mide: cuatrocientos cuarenta y tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del doce de julio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veinte de julio de dos mil veintiuno con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del veintinueve de julio de dos mil veintiuno con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Floribett Arce González contra Villa Maya Número Uno Su Paraíso Sociedad de Responsabilidad Limitada. Expediente: 20-014472-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 13 de enero del 2021.—Lic. Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2021521032 ).

En este Despacho, con una base de dos millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada (citas: 279-03315-01-0003-001), servidumbre de paso (citas: 2009-181932-01-0002-001), servidumbre de paso (citas: 2009-181932-02-0004-001), servidumbre de líneas eléctricas y de paso (citas: 2009-214560-01-0008-001), servidumbre de acueducto (citas: 2009-214560- 01-0009-001), servidumbre de aguas pluviales (citas: 2009-214560-01-0010-001), servidumbre de aguas pluviales (citas: 2009-245189-01-0013-001), servidumbre de líneas eléctricas y de paso (citas: 2009-245189-01-0014-001), servidumbre de acueducto (citas: 2009-245189-01-0015-001), servidumbre de acueducto (citas: 2009-274728-01-0017-001), servidumbre de líneas eléctricas y de paso (citas: 2009-274728-01-0018-001), servidumbre de aguas pluviales (citas: 2009-274728-01-0019-001), servidumbre de líneas eléctricas y de paso (citas: 2009-282988-01-0002- 001), servidumbre de acueducto y de paso de a y a (citas: 2009-282988-01-0003-001), servidumbre de aguas pluviales (citas: 2009-282988-01-0004- 001), servidumbre de aguas pluviales (citas: 2010-78773-01-0002-001), servidumbre de aguas pluviales (citas: 2010-83235-01-0002-001), servidumbre de aguas pluviales (citas: 2011-02451-01-0008-001), servidumbre de aguas pluviales (citas: 2011-02451-01-0010-001), servidumbre de aguas pluviales (citas: 2011-02451-01-0012-001), servidumbre de aguas pluviales (citas: 2011-02451-01-0014-001), servidumbre de aguas pluviales (citas: 2011-07243-01-0005-001), servidumbre de aguas pluviales (citas: 2011-07243-02-0014-001), servidumbre de aguas pluviales (citas: 2011-276057-01-0001-001), servidumbre de acueducto (citas: 2017-569136-01-0001-001); sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos setenta y siete mil cuatrocientos noventa y dos, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 7-Santa Eulalia, cantón 5-Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Julio Osvaldo, Luis Alfredo, Carlos Manuel, Maricela y Ana Lucrecia todos Alvarado González; al sur, frente a servidumbre de paso de 6 metros lineales de ancho y Julio Osvaldo, Luis Alfredo, Carlos Manuel, Maricela y Ana Lucrecia todos Alvarado González; al este, Julio Osvaldo, Luis Alfredo, Carlos Manuel, Maricela y Ana Lucrecia todos Alvarado González y al oeste, Julio Osvaldo, Luis Alfredo, Carlos Manuel, Maricela y Ana Lucrecia todos Alvarado González. Mide: ochocientos noventa y cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas quince minutos del veintiocho de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas quince minutos del seis de julio de dos mil veintiuno con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas quince minutos del catorce de julio de dos mil veintiuno con la base de seiscientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de 3102740199 Sociedad Responsabilidad Limitada contra Villa Maya Número Uno su Paraíso Sociedad de Responsabilidad Limitada, expediente N° 20-007082-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 08 de enero del año 2021.—Msc. Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2021521033 ).

En la puerta exterior de este Despacho, con una base de diecinueve millones de colones libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas 306-16627-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 243356-000, la cual es terreno con 1 casa 60. Situada en el distrito 05 Ipís, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte calle pública; al sur Propiedades Campo Real S.A.; al este Propiedades Campo Real S.A. y al oeste Asociación Salón del Reino de los Testigos de Jehová del Ipís. Mide: trescientos ocho metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del diecisiete de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del veinticinco de febrero de dos mil veintiuno con la base de catorce millones doscientos cincuenta mil colones (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del cinco de marzo de dos mil veintiuno con la base de cuatro millones setecientos cincuenta mil colones (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Thelma María Guzmán París. Expediente N° 17-003348-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 16 de noviembre del año 2020.—Licda. Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza.—( IN2021521034 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y ocho mil ochocientos cuarenta y cinco dólares con sesenta centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas: 399-14747-01-0904-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número cincuenta y seis mil cuatrocientos noventa y ocho , derecho 000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada N° 54 apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de tres pisos. Situada en el distrito 2-Tarcoles, cantón 11-Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, área común destinada a calle; al sur, en parte con fincas filiales cincuenta y tres y cincuenta y cinco; al este, en parte con área destinada a calle y finca filial cincuenta y cinco, y al oeste, área común destinada a calle y en parte con anca filial cincuenta y tres. Mide: setecientos noventa y ocho metros cuadrados Para tal efecto, se señalan las siete horas y treinta minutos del doce de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las siete horas y treinta minutos del veintidós de marzo del dos mil veintiuno, con la base de cuarenta y cuatro mil ciento treinta y cuatro dólares con veinte centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las siete horas y treinta minutos del treinta de marzo del dos mil veintiuno, con la base de catorce mil setecientos once dólares con cuarenta centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Promociones Turísticas Marisal S. A. contra Carvajal Batsche S. A. Expediente Nº 19-005156-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 16 de julio del 2020.—Lic. Luis Carrillo Gómez, Juez/a Decisor/a.—( IN2021521118 ).

En este Despacho, con una base de ciento nueve mil doscientos dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento noventa y ocho mil ochocientos cinco, derecho 000, la cual es terreno con dos casas y árboles frutales. Situada en el distrito Concepción, cantón San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Álvaro Camacho Morales y Antonio Gómez Vásquez; al sur, María Elena Camacho Morales; al este, José Matamoros Delgado y al oeste, calle publica y zona verde. Mide: mil trescientos cincuenta y siete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del veinte de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del veintiocho de mayo de dos mil veintiuno con la base de ochenta y un mil novecientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del siete de junio de dos mil veintiuno con la base de veintisiete mil trescientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional contra Yendry Vanessa Pérez Núñez Expediente 19-006425-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 06 de noviembre del año 2020.—Noelia Prendas Ugalde, Jueza Tramitadora.—( IN2021521157 ).

En este Despacho, con una base de treinta millones colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número ciento sesenta y ocho mil seiscientos cinco, derecho 000, naturaleza: terreno para construir lote 11 bloque G. Situada: en el distrito 1-El Tejar, cantón 8-El Guarco de la provincia de Cartago. Linderos: norte, lotes 28 y 27; sur, lote 12 y calle pública con frente de 10 metros; oeste, lotes 28 y 27; sureste, lote 12 y calle pública con frente de 10 metros. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del quince de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas treinta minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintiuno, con la base de veintidós millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas treinta minutos del tres de marzo del dos mil veintiuno, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Yancen S. A. contra Agrícola Asbre Sociedad Anónima. Expediente N° 20-000776-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 17 de noviembre del 2020.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021521159 ).

De conformidad demanda ordinaria bajo los citas de inscripción Tomo: 2014, Asiento:153418, Consecutivo: 01, Secuencia: 0001, Subsecuencia:001; sáquese a subasta pública la finca inscrita en la provincia de Limón Folio real número: cincuenta y cinco mil quinientos treinta y siete, propiedad el señor Gregorio Alfredo Solano Solano y con la base de diecisiete millones novecientos ochenta y tres mil doscientos diez colones con veinte céntimos, (17.983.210.20), en cada uno de los remates que se indicarán. Para tal efecto se señala primer remate a las ocho horas (08:00a.m) del ocho de abril del dos mil veintiuno (08/04/2021). De no haber postores para llevar a cabo el segundo remate se señalan las ocho horas (08:00a.m) del veintidós de abril del dos mil veintiuno (22/04/2021) De no lograrse el remate a fin de realizar el tercer remate se señalan las ocho horas (08:00 am) del siete de mayo del dos mil veintiuno (07/05/2021). Publíquese el edicto de ley (Articulo 21 y 25 de la Ley de Cobro Judicial). Comuníquese a la Dirección Ejecutiva. Se saca a remate sin realizar las rebajas de ley, según lo dispuesto por el Tribunal de Familia mediante el voto número736-2014 de las quince horas y cuarenta y cuatro minutos del dos de setiembre del año dos mil catorce. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución sentencia de María Teresa Rojas Rodríguez contra Gregorio Alfredo Solano Solano. Expediente N° 14-400475-0637-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Familia), 04 de enero del dos mil veintiuno.—Msc. Karol Tatiana Gómez Moraga, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021521181 ).

En este Despacho, con una base de trece millones trescientos seis mil seiscientos cuarenta y tres colones con cuarenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BTL231, Marca: M.G. Estilo: MG ZS, categoría: automóvil capacidad: 5 personas, tracción: 4x2, año fabricación: 2020, color: azul, VIN: LSJW74U39LZ013636, N.Motor: 15S4C8FGK5231292, cilindrada: 1500 c.c cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas quince minutos del tres de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas quince minutos del once de agosto de dos mil veintiuno con la base de nueve millones novecientos setenta y nueve mil novecientos ochenta y dos colones con cincuenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas quince minutos del diecinueve de agosto de dos mil veintiuno con la base de tres millones trescientos veintiséis mil seiscientos sesenta colones con ochenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional De Costa Rica contra Jorge Luis Bolandi Cabrera. Expediente Nº:21-000060-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 18 de enero del año 2021.—German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2021521256 ).

En este Despacho, con una base de seiscientos veinticinco mil colones exactos, sáquese a remate el vehículo CL 186190, marca: Chevrolet, estilo: Avalanchelt, categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas, carrocería: Camioneta Pick-Up caja abierta o CAM-PU, tracción: 4x4, año: 2002, color: verde, VIN: 3GNEK13T52G288888, cilindrada: 5300 c.c, cilindros: 8, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas del quince de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas del veintitrés de febrero del dos mil veintiuno, con la base de cuatrocientos sesenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas del tres de marzo del dos mil veintiuno, con la base de ciento cincuenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de LDPG Inversiones Intertrade Sociedad Anónima contra Yessica Andrea Berroeta Gómez. Expediente Nº: 20-006789-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 24 de noviembre del año 2020.—Isabel Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2021521280 )

Primer remate: a las diez horas del ocho de marzo de dos mil veintiuno, en la puerta exterior del Juzgado Agrario de Liberia, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de ciento veintidós millones novecientos un mil novecientos sesenta y nueve colones, en el mejor postor se rematará la finca inscrita en el Registro Público Inmobiliario, partido de Guanacaste matrícula ciento veinticuatro mil trescientos cincuenta y nueve-cero cero cero (5-124359-000), Es terreno para la agricultura con una casa, ubicado en Mogote (distrito tres), de Bagaces (cantón cuarto) de la provincia de Guanacaste. Sus linderos son: norte calle pública con un frente de ciento setenta y cinco metros y Yalile Pastrana Jiménez; sur Cecilio Fuentes Sequeira y en parte Río Guayabo; este Juan Matamoros Ugalde, Amalia Fallas Fuentes, Emiliano Murillo Esquivel y en parte Río Guayabo; y oeste Cecilio Fuentes Sequeira. Mide noventa mil trece metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Pertenece a Ovidio Lobo Cruz. Otros gravámenes y anotaciones: gravamen hipotecario de segundo grado a favor de Inversiones Lemur de Occidente S.A, inscrito con las citas 2017-488950-01-0001-001, Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos con las citas: 497-04528-01-004-001. Reservas de Ley Forestal citas: 497-04528-01-0005-001. Segundo remate: De no existir postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas del dieciocho de marzo de dos mil veintiuno con la base de noventa y dos millones ciento setenta y seis mil cuatrocientos setenta y seis colones con sesenta y cinco céntimos (rebajada en un 25% de la base original). Tercer remate: De no existir postores en el segundo remate, para celebrar el tercero se señalan las diez horas del veinticuatro de marzo de dos mil veintiuno, con la base de treinta millones setecientos veinticinco mil cuatrocientos noventa y dos colones con veinticinco céntimos (un 25% de la base original). Nota: Publíquese por dos veces consecutivas. La primera publicación con un mínimo de ocho días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Secretaría Técnica del Sistema de Banca para El Desarrollo contra Donald Lobo Alvarado y otro Expediente Nº: 17-000098-0387-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 21 de enero de 2021.—Rodrigo Tobías Valverde Umaña, Juez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521300 ).

En este Despacho, con una base de tres millones cuatrocientos setenta y cinco mil novecientos noventa colones con treinta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número cuarenta y tres mil cincuenta y seis, derecho 000, la cual es terreno para construir lote 507. Situada en el Distrito 08 Barranca, Cantón 01 Puntarenas, de la Provincia de Puntarenas. Colinda: al norte calle Corvina; al sur lote 549; al este lote 508 y al oeste lotes 554 553 552. Mide: ciento sesenta metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del once de marzo de dos mil veintiuno con la base de dos millones seiscientos seis mil novecientos noventa y dos colones con setenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de marzo de dos mil veintiuno con la base de ochocientos sesenta y ocho mil novecientos noventa y siete colones con cincuenta y siete céntimos (25% de la base original). NOTAS: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Victorina De Los Ángeles Angulo Contreras. Expediente Nº:19-008135-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 28 de julio del año 2020.—Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2021521311 ).

En este Despacho, con una base de ciento ochenta mil ochenta y cuatro colones con setenta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada al tomo 325, asiento 16963 y limitaciones de leyes 7052-7208, Sistema Financiero de Vivienda al tomo 415, asiento 8068; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 465302, derecho 001, la cual es terreno para construir con una casa bloque J lote 1, Situada en el Distrito 05 San Felipe, Cantón 10 Alajuelita, de la Provincia de San José; colinda al norte calle publica; al sur lote 2; al este lote 14 y al oeste, calle pública. Mide: noventa y cinco metros con un decímetro cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas y treinta minutos del diecisiete de febrero del año dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del veinticinco de febrero del año dos mil veintiuno con la base de ciento treinta y cinco mil sesenta y tres colones con cincuenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del cinco de marzo del año del dos mil veintiuno con la base de cuarenta y cinco mil veintiuno colones con diecinueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Alajuelita contra Gerardo Espinoza Torrentes. Expediente Nº:17-008568-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 17 de setiembre del año 2020.—Daisy Hidalgo Arias, Jueza Tramitadora.—( IN2021521325 ).

En este Despacho, con una base de seis millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas 384-07615-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula N° 638788-000, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito Alajuelita, cantón Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Municipalidad de Alajuelita; al sur, calle pública con 17.35 metros; al este, calle pública con 8.51 metros, y al oeste, Shikaba R.G S A. Mide: ciento cincuenta y tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del treinta de junio del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del ocho de julio de dos mil veintiuno con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del dieciséis de julio del dos mil veintiuno con la base de un millón quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Alajuelita contra Socorro Barrantes Vidal. Expediente Nº 17-008578-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 16 de diciembre del 2020.—Iván Tiffer Vargas, Juez Tramitador.—( IN2021521326 ).

En este Despacho, Con una base de ciento veintitrés millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre dominante, servidumbre trasladada; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 271069, derecho 000, la cual es terreno baldío.- Situada en el distrito 9- Alfaro, cantón 2- San Ramón, de la provincia de Alajuela.- Colinda: al norte Grupo Pipps S.A., José Julián Alpízar Castro Y María De Los Ángeles Solórzano Araya; al sur calle publica con un frente a ella de 20 metros con 04 centímetros; al ESTE Asociación Cristiana Torre Fuerte y al oeste María Yadira León Cruz.- Mide: mil veintinueve metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del diez de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintiuno con la base de noventa y dos millones setecientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del veintiséis de mayo de dos mil veintiuno con la base de treinta millones novecientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser Firmado digital de: emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de María Yadira De Las Piedades León Cruz contra Asociación Cristiana Torre Fuerte Exp:20-002273-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del III Circuito Judicial De Alajuela (San Ramón), 11 de enero del año 2021.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza.—( IN2021521331 ).

En este Despacho, con una base de ciento sesenta y cuatro millones ciento veintitrés mil quinientos sesenta y tres colones con ochenta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre dominante citas: 399-07970-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 430224, derecho 000, la cual es terreno lote número seis R. terreno para construir. Situada en el distrito 3- Pozos, cantón 9-Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, parque; al sur, El Valle Yumuri Sociedad Anónima; al este, Asociación de Empleados de Super Servicio Sociedad Anónima y al oeste, calle pública. Mide: ochocientos sesenta metros cuadrados. Para tal efecto, señalan las once horas cero minutos del diez de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del dieciocho de junio de dos mil veintiuno con la base de ciento veintitrés millones noventa y dos mil seiscientos setenta y dos colones con ochenta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del veintiocho de junio de dos mil veintiuno con la base de cuarenta y un millones treinta mil ochocientos noventa colones con noventa y cinco céntimos (25% de la base original). Con una base de veintiséis millones ciento veintitrés mil novecientos ochenta y cinco colones con cuarenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 315-07638-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 530980, derecho 000, la cual es terreno de jardín y casa hoy con una construcción con un local comercial. Situada en el distrito 11-San Sebastián, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, resto de Claudio López; al sur, calle pública; al este, Norma Vega y al oeste, futura calle. Mide: ciento sesenta y ocho metros con dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del diez de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del dieciocho de junio de dos mil veintiuno con la base de diecinueve millones quinientos noventa y dos mil novecientos ochenta y nueve colones con cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del veintiocho de junio de dos mil veintiuno con la base de seis millones quinientos treinta mil novecientos noventa y seis colones con treinta y cinco céntimos (25% de la base original). Con una base de ochenta y cuatro millones cuarenta y tres mil quinientos sesenta y cuatro colones con noventa y un céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 215347, derecho 000, la cual es terreno de potrero lote 1. Situada en el distrito 2-Cot, cantón 7-Oreamuno, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Mateo Ivankovich Fonseca; al sur, calle pública con 37.98 metros; al este, La Pavilla S.A y al oeste, Guido Ivankovich Castro. Mide: dos mil doscientos treinta y nueve metros con seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del diez de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del dieciocho de junio de dos mil veintiuno con la base de sesenta y tres millones treinta y dos mil seiscientos setenta y tres colones con sesenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del veintiocho de junio de dos mil veintiuno con la base de veintiún millones diez mil ochocientos noventa y un colones con veintidós céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Santa Ana contra Inversiones Jerusalem del Norte S.A., Roger Francisco Monge Álvarez, Yolanda Eugenia de Jesús Ivankovich Fonseca. Expediente Nº 17-009175-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 24 de noviembre del año 2020.—Iván Tiffer Vargas, Juez Tramitador.—( IN2021521333 ).

En este Despacho, con una base de diecinueve millones ciento veintisiete mil ciento treinta y ocho colones con cuarenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número doscientos treinta mil cuatrocientos treinta y ocho, derecho cero cero cero, la cual es terreno lote Nº 2 para construir con 1 casa. Situada en el distrito 01 Alajuela, cantón 01, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte serv. en medio Asdrúbal Fonseca otros; al sur, María del Carmen Ramírez; al este, Javier Chaves; y al oeste, calle pública con 8 m 19 cm. Mide: ciento trece metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del quince de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintiuno con la base de catorce millones trescientos cuarenta y cinco mil trescientos cincuenta y tres colones con ochenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno con la base de cuatro millones setecientos ochenta y un mil setecientos ochenta y cuatro colones con sesenta y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra José Dennis Abarca Mendoza. Expediente 19-013487-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 30 de octubre del año 2020.—Lic. Angie Rodríguez Salazar, Jueza.—( IN2021521335 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones quinientos trece mil trescientos catorce colones con treinta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: CL 303388, marca: JMC, estilo: NHR, categoría: carga liviana, capacidad: 3 personas, serie: LEFYECA20JHN00315, carrocería: caja cerrada o furgón, tracción: 4x2, número chasis: LEFYECA20JHN00315, año fabricación: 2017, vin: LEFYECA20JHN00315, color: blanco, N° motor: JX493ZQ4AH2012701, cilindrada: 2771 cc. Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del diecisiete de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del veinticinco de febrero de dos mil veintiuno, con la base de seis millones trescientos ochenta y cuatro mil novecientos ochenta y cinco colones con setenta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del cinco de marzo de dos mil veintiuno, con la base de dos millones ciento veintiocho mil trescientos veintiocho colones con cincuenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Laura Jazmín Cordero Calderón. Expediente N° 20-003364-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 9 de diciembre del 2020.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2021521348 ).

En este Despacho, con una base de treinta y un millones setecientos ochenta y cinco mil quinientos ocho colones con cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 387-07939-01-0800-001; servidumbre de aguas pluviales citas: 2011-202063-01-0004-001, citas: 2011-202063-01-0020-001, citas: 2011-202063-01-0021-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 240338-001,002, la cual es naturaleza: lote del bloque L, terreno para construir lote ocho bloque L. Situada en el distrito 9-Dulce Nombre , cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, resto reservado; al sur, calle publica; al este, lote nueve bloque L y al oeste, lote siete bloque L. Mide: ciento cuarenta y cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del veinticuatro de febrero de dos mil veintiuno con la base de veintitrés millones ochocientos treinta y nueve mil ciento treinta y un colones con tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del cuatro de marzo de dos mil veintiuno con la base de siete millones novecientos cuarenta y seis mil trescientos setenta y siete colones con un céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Erik Alberto Cedeño Fernández, Karla Eugenia Jiménez González. Expediente 19-005239-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 04 de diciembre del 2020.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.—( IN2021521349 ).

En este Despacho, con una base de noventa mil quinientos dieciséis dólares con noventa y tres centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 269-02102-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 697023, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 7 Salitrillos, cantón 6 Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 16 metros lineales; al sur, Mayba Agüero Hidalgo S. A.; al este, Mayba Agüero Hidalgo S. A.; y al oeste, Mayba Agüero Hidalgo S. A. Mide: doscientos tres metros con ocho decímetros cuadrados. Plano: SJ-1077627-2006. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del cuatro de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del doce de mayo de dos mil veintiuno con la base de sesenta y siete mil ochocientos ochenta y siete dólares con setenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del veinte de mayo de dos mil veintiuno con la base de veintidós mil seiscientos veintinueve dólares con veintitrés centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José S. A. contra Grupo Soluciones y Alternativas Geicha Sociedad Anónima, Josué Miguel Meza Valle. Expediente 20-019511-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 08 de enero del año 2021.—Lic. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza Decisora.—( IN2021521350 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y siete millones novecientos setenta y dos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref: 00322047 000 citas: 352-11200-01-0944-001; habitación familiar citas: 2011-288364- 01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 327896-000, derecho 000, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el Distrito 6- San Francisco, Cantón 1- San José, de la Provincia de San José. Colinda: al norte lote 93; al sur Década 90 S A calle pública fte 9m; al este Década 90 S A lote 89 y al oeste Década 90 S A lote 87. Mide: ciento cincuenta y tres metros con un decímetro cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del once de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de febrero de dos mil veintiuno con la base de treinta y cinco millones novecientos setenta y nueve mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del uno de marzo de dos mil veintiuno con la base de once millones novecientos noventa y tres mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad del Cantón Central de San José contra Eugenia María Romero Ocampo. Expediente Nº:13-025839-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 12 de agosto del año 2020.—Cristian Mora Acosta, Juez Tramitador.—( IN2021521369 ).

En este Despacho, con una base de ciento cuarenta y nueve millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos , libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número doscientos cuarenta y un mil seiscientos setenta y ocho, derecho 000, la cual es terreno para construir .- Situada en el distrito 3-Santiago , cantón 5-San Rafael , de la provincia de Heredia.- Colinda: al norte, Juan Solís; al sur Cecilio Ríos Guerrero; al este calle publica con un frente a ella de 13 mts 75 cm y al oeste, Ana Isable Hernández Arce.- Mide: trescientos cuarenta y cinco metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del doce de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del veintidós de febrero de dos mil veintiuno con la base de ciento doce millones ochenta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del dos de marzo de dos mil veintiuno con la base de treinta y siete millones trescientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Karen Adriana Lopez Carvajal. Expediente 20-003792-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 04 de octubre del año 2020.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2021521370 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y cuatro millones quinientos mil colones exactos, soportando servidumbre trasladada citas: 266-03128-01-0901-001 y plazo de convalidación (rectificación de medida) citas: 2018-741802-01-0004-001, sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula N° 59585, derecho 000, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 1-Turrialba, cantón 5-Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Lucía Yee Estrada, María Eugenia Zamora Alfaro y Juan Luis Vargas Pereira; al sur, Luis Guillermo Ramírez Mora; al este, calle pública con un frente de 12,08 metros, y al oeste, Gladys Garita Romero. Mide: doscientos ochenta y un metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del cinco de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del quince de marzo del dos mil veintiuno, con la base de treinta y tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del veintitrés de marzo del dos mil veintiuno, con la base de once millones ciento veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra José Mario Quesada Obando. Expediente Nº 20-003638-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 07 de diciembre del 2020.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021521373 ).

En este Despacho, con una base de diecinueve millones seiscientos cuatro mil ciento cuarenta y cuatro colones con quince céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 396-12179-01-0821-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número setenta y ocho mil doscientos dieciséis, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 1-San Vito, cantón 8-Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Edwin Zúñiga Fallas; al sur, servidumbre de paso de 4 metros, 21 centímetros; al este, calle pública con 16 metros, 09 decímetros; y al oeste, servidumbre de paso de cuatro metros, 21 centímetros de ancho. Mide: cuatrocientos treinta y un metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Plano: P-0786849-1988. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del diez de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de marzo del dos mil veintiuno con la base de catorce millones setecientos tres mil ciento ocho colones con once céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de marzo del dos mil veintiuno con la base de cuatro millones novecientos uno mil treinta y seis colones con cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Café Kamakiri S. A., Cerro Cedro Pitier S. A., Didier Jesús González Batista, Edy González Batista. Expediente N° 17-000758-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 05 de enero del 2021.—Gerardo Marcelo Monge Blanco, Juez Tramitador.—( IN2021521374 ).

En puerta de este Despacho, con una base de cuatro millones cuatrocientos cuarenta mil doscientos treinta y ocho colones con ochenta y un céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: TSJ 003521, marca: Nissan, estilo: Tiida, categoría: automóvil, capacidad: cinco personas, serie, chasis y vin números: tres N uno C C uno A D ocho G K dos uno cero dos cinco uno, año: 2016, color: rojo, tracción: 4x2, motor marca: Nissan, número de motor: H R uno seis ocho cinco nueve tres cinco cuatro K, combustible: gasolina, cilindros: cuatro. Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos del quince de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas y cero minutos del veintitrés de febrero del dos mil veintiuno, con la base de tres millones trescientos treinta mil ciento setenta y nueve colones con diez céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas y cero minutos del tres de marzo del dos mil veintiuno, con la base de un millón ciento diez mil cincuenta y nueve colones con setenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jairo Enrique Romero Aguilar. Expediente N° 200007791763CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 20 de noviembre del 2020.—Johnny Esquivel Vargas, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021521375 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones seiscientos treinta y seis mil dieciocho colones con cuarenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa CL-279815, marca: Ford, estilo: Ranger, categoría: carga liviana, serie: 6FPPXXMJ2PEJ83563, tracción: 4X4, número chasis: 6FPPXXMJ2PEJ83563, año fabricación: 2015, color: gris, Vin: 6FPPXXMJ2PEJ83563, N° motor: SA2KPEJ83563, cilindrada: 3200 c.c., combustible: diesel. Para tal efecto se señalan las ocho horas y treinta minutos del once de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del diecinueve de febrero del dos mil veintiuno con la base de seis millones cuatrocientos setenta y siete mil trece colones con ochenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del uno de marzo del dos mil veintiuno con la base de dos millones ciento cincuenta y nueve mil cuatro colones con sesenta y un céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Francisco De San Gerardo Rojas González. Expediente N° 19-008320-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 13 de agosto del 2020.—Eunice Pérez Arce, Jueza Decisora.—( IN2021521379 ).

En este despacho, con una base de cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: AB 003798, marca: Toyota, estilo: Coaster, categoría: transporte colectivo interurbano, capacidad:30 personas, serie: JTGFB518801005689, carrocería: buseta, tracción: 4x2, año fabricación: 2003, color: blanco. Para tal efecto se señalan las quince horas cuarenta y cinco minutos del quince de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de marzo del dos mil veintiuno, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas cuarenta y cinco minutos del siete de abril del dos mil veintiuno, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de R.O.J Transportes S. A. contra Omar Alpízar Gatjens. Expediente Nº 19-011147-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 12 de noviembre del 2020.—Licda. Sofía Ramírez Rodríguez, Juez/a Decisor/a.—( IN2021521394 ).

En este Despacho, con una base de once millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada, citas: 298-13459-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número quinientos treinta y siete mil setecientos treinta, derecho cero cero cero, la cual es terreno de patio con una casa de habitación. Situada en el distrito 7-Brisas, cantón 11-Zarcero, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Sergio Araya Rojas; al sur, calle pública y Sergio Araya Rojas; al este, Sergio Araya Rojas; y al oeste, Manuel Araya Rojas. Mide: trescientos ochenta y seis metros cuadrados. Plano: A-1862967-2015. Identificador predial: 211070537730. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintidós de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del dos de marzo del dos mil veintiuno con la base de ocho millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del diez de marzo del dos mil veintiuno con la base de dos millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Cristian Gerardo Araya Araya. Expediente N° 20-003458-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 03 de diciembre del 2020.—Jazmin Núñez Alfaro, Jueza Decisora.—( IN2021521396 ).

En este Despacho, con una base de diecinueve millones novecientos treinta mil setecientos diecisiete colones con siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref.: 2356 387 001 citas: 304-17119-01-0901-001, reservas y restricciones citas: 304-17119-01-0902-001, reservas y restricciones citas: 333-00645-01-0901-001, condiciones ref.: 2182-389-001 citas: 333-00645-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número quinientos ochenta y un mil ciento cuarenta y ocho, derecho 000, la cual es terreno cultivado. Situada: en el distrito 2-El General, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Hacienda Volagro S. A.; al sur, Eladio Córdoba Venegas; al este, Hacienda Volagro S. A., y al oeste, Odili Hidalgo Segura y calle pública. Mide: tres mil ciento treinta y un metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del diez de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cero minutos del dieciocho de febrero del dos mil veintiuno, con la base de catorce millones novecientos cuarenta y ocho mil treinta y siete colones con ochenta céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del veintiséis de febrero del dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones novecientos ochenta y dos mil seiscientos setenta y nueve colones con veintisiete céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L. contra Orlando Garbanzo Cascante. Expediente N° 20-004120-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 18 de enero del 2021.—Carlos Contreras Reyes, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021521398 ).

En este Despacho, con una base de once mil quinientos setenta y ocho dólares con veintisiete centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones 18-000130-1575-TR, colisiones 19-000251-0607-TR; sáquese a remate el vehículo GB-1686. Marca: Mercedes Benz, estilo: O., categoría: autobús, capacidad: 52 personas, carrocería: autobús, tracción: 4x2, año fabricación: 2006, uso: particular, color: blanco, marca motor: Mercedes Benz, combustible: diésel. Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del treinta de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del once de mayo del dos mil veintiuno, con la base de ocho mil seiscientos ochenta y tres dólares con setenta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del diecinueve de mayo del dos mil veintiuno, con la base de dos mil ochocientos noventa y cuatro dólares con cincuenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Casa de Jespe S. A. contra Empresa Alfaro Limitada. Expediente Nº 19-021975-1044-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 20 de noviembre del 2020.—Licda. Raquel Machado Fernández, Jueza.—( IN2021521406 ).

En este Despacho, con una base de veintitrés millones ochocientos cincuenta y cuatro mil quinientos cuarenta y ocho colones con sesenta y seis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas: 384-01820-01-0001-001, servidumbre de paso citas: 2014-123443-01-0011-001, servidumbre de paso citas: 2014-123443-01-0017- 001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 517402-000, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 5-Venecia, cantón 10- San Carlos de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, Inversiones Venetex S. A.; sur, servidumbre de paso con 9 metros lineales; este, 3-102-664315 S.R.L. y oeste, 3-102-664315 S.R.L. Mide: ciento cuarenta y cinco metros cuadrados. Plano: A-1660440-2013. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del treinta y uno de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del ocho de junio de dos mil veintiuno con la base de diecisiete millones ochocientos noventa mil novecientos once colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciséis de junio de dos mil veintiuno con la base de cinco millones novecientos sesenta y tres mil seiscientos treinta y siete colones con diecisiete céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jessica Rojas Vega, Óscar Andrés Zamora Salas, expediente N° 19-007863-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 14 de octubre del año 2020.—Licda. Viviana Salas Hernandez, Jueza Decisora.—( IN2021521410 ).

En este Despacho, con una base de veintisiete millones diez mil ciento sesenta y nueve colones con veinte céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos cuarenta mil seiscientos veinticuatro, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir.- Situada en el distrito 7-Santa Eulalia , cantón 5- Atenas, de la provincia de Alajuela.- Colinda: al norte, María Mora Campos; al sur servidumbre de paso con un frente de 6 metros; al este, Luis Fernando Mora Guzmán y al oeste, en parte María Mora Campos y en parte Jorge Enrique Mora Guzmán.- Mide: ciento cincuenta y ocho metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del uno de junio de dos mil veintiuno con la base de veinte millones doscientos cincuenta y siete mil seiscientos veintiséis colones con noventa céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del nueve de junio de dos mil veintiuno con la base de seis millones setecientos cincuenta y dos mil quinientos cuarenta y dos colones con treinta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Luz Mery Mora Garita. Expediente 20- 013065-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del I Circuito Judicial de Alajuela, 09 de diciembre del año 2020.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2021521411 ).

En este Despacho, con una base de $19.727°° moneda de los Estados Unidos de América, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el Vehículo Placa: LMS751, marca: KIA, estilo: Sorento, categoría: Automóvil, capacidad: 7 personas, serie: KNAKU811DC5318946, carrocería: Todo terreno 4 puertas, tracción: 4X4, año fabricación: 2012, color: blanco, N.Motor: G4KECH725955, cilindrada: 2359 c.c., combustible: Gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del veintinueve de octubre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del nueve de noviembre de dos mil veintiuno con la base de $14.795,25 moneda de los Estados Unidos de América (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del diecisiete de noviembre de dos mil veintiuno con la base de $4.931,75 moneda de los Estados Unidos de América (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Bac San José contra Lenis María Morales Castro. Expediente Nº:19-003754-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 20 de enero del año 2021.—Lilliam Álvarez Villegas, Jueza Decisora.—( IN2021521417 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y tres millones doscientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 167035-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 San Rafael, cantón 07 Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Municipalidad de Oreamuno; al sur, Municipalidad de Oreamuno; al este, calle publica con frente de 8 metros y al oeste, Municipalidad de Oreamuno. Mide: ciento sesenta metros con cero decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos (02:30 p.m.) del cuatro de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos (02:30 p.m.) del doce de marzo de dos mil veintiuno con la base de treinta y dos millones cuatrocientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos (02:30 p.m.) del veintidós de marzo de dos mil veintiuno con la base de diez millones ochocientos doce mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Giancarlo de Jesús Masís Pacheco, expediente N° 20-002759-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 01 de diciembre del año 2020.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021521418 ).

En este Despacho, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate los siguientes bienes; Primer remate: 1) Mesa plástica para restaurante, con una base de veintitrés mil ochocientos noventa y siete colones exactos, 2) Mesa con cubierta de formica y una base de metal para restaurante, con una base de doscientos cuarenta y cinco mil setecientos colones exactos, 3). Silla plástica con base de metal de color roja, con una base de treinta mil novecientos colones exactos, 4) Silla plástica y metal color naranja, con una base de diecisiete mil novecientos noventa y seis colones exactos, 5) Sillón de cuerina roja con base metálica en forma de “L” con una base de cuatrocientos noventa y cinco mil colones exactos, 6) Sillón booth’s para 4 personas de cuerina roja con base metálica con una base de cientos veinte mil colones exactos, 7) Silla de brazo de cuerina roja con base metálica con una base de quinientos treinta y nueve mil setecientos treinta colones exactos, 8) Sillas metálicas con asiento de cuerina de color negro con una base treinta y seis mil seiscientos cincuenta y nueve colones con treinta y seis céntimos, 9) Silla alta con base cromada y asiento de plástico gris con una base de ciento veintinueve mil treinta colones exactos, 10) Mesa con cubierta de formica y una base de metal en forma de cruz con una base de catorce mil colones exactos, 11) Pantalla plana marca Panasonic 32 con una base de cientos dieciséis mil catorce colones exactos, 12) Horno industrial marca Blodgett con una base de: trescientos dos mil quinientos colones exactos, 13) Congelador de papas de acero inoxidable marca Delfield con una base de trescientos treinta mil colones exactos, 14) Cocina industrial de acero con una base: ochocientos setenta y cinco mil colones exactos, 15) Máquina holding de acero, marca Acontemp con una base de un millón doscientos setenta y cinco mil setecientos cincuenta colones exactos, 16) Batidora Industrial De Acero, Marca Univex con una base de quinientos noventa y siete mil doscientos setenta y siete colones con veintiséis céntimos, 17) Cuarto de frío en acero, marca Kolpak con una base de un millón ochocientos mil colones exactos, 18) Cuarto de congelado de acero, marca Kolpak4 con una base de dos millones cuatrocientos setenta y nueve mil quinientos colones exactos, 19) Freidora industrial, marca Ultrafryer con una base de un millón ochocientos setenta y nueve mil cuatrocientos cuarenta y tres colones con sesenta céntimos, 20) Extractor de grasa de acero con una base de cuatrocientos treinta mil cuatrocientos colones exactos. Para tal efecto se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del cuatro de marzo de dos mil veintiuno con la base de 1) Mesa plástica para restaurante, con una base de diecisiete mil novecientos veintidós colones exactos, 2) Mesa con cubierta de formica y una base de metal para restaurante con una base de ciento ochenta y cuatro mil doscientos setenta y cinco colones exactos, 3) Silla plástica con base de metal color roja con una base de veintitrés mil ciento setenta y cinco colones exactos, 4) Silla plástica y metal color naranja con una base de trece mil cuatrocientos noventa y siete colones exactos, 5) Sillón de cuerina roja con base metálica en forma de “L” con una base de trescientos setenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos, 6). Sillón booths para cuatro personas de cuerina roja con base metálica con una base de noventa mil colones exactos, 7) Silla de brazo de cuerina roja con base metálica con una base de cuatrocientos cuatro mil setecientos noventa y cinco colones con cincuenta céntimos, 8). Sillas metálicas con asiento de cuerina de color negro con una base veintisiete mil cuatrocientos noventa y cuatro colones con veinticinco céntimos. 9) Silla alta con base cromada y asiento de plástico gris con una base de noventa y seis mil setecientos setenta y dos colones con cincuenta céntimos, 10) Mesa con cubierta de formica y una base de metal en forma de cruz con una base de diez mil quinientos colones exactos, 11) Pantalla plana marca Panasonic 32 con una base de ochenta y siete mil diez colones exactos, 12) Horno industrial marca Blodgett con una base de: doscientos veintiséis mil ochocientos setenta y cinco colones exactos, 13) Congelador de papas de acero inoxidable marca Delfield con una base de doscientos cuarenta y siete mil quinientos colones exactos, 14) Cocina industrial de acero con una base: seiscientos cincuenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos, 15) Máquina holding de acero, marca Acontemp con una base de novecientos cincuenta y seis mil ochocientos doce colones cincuenta céntimos. 16) Batidora industrial de acero, marca Univex con una base de cuatrocientos cuarenta siete mil novecientos cincuenta y siete colones con noventa y cinco céntimos, 17) Cuarto de frío en acero, marca Kolpak con una base de un trescientos cincuenta mil colones exactos, 18) Cuarto de congelado de acero, marca Kolpak4 con una base de un millón ochocientos cincuenta y nueve mil seiscientos veinticinco colones exactos, 19) Freidora industrial, marca Ultrafryer con una base de un millón cuatrocientos nueve mil quinientos ochenta y dos colones con setenta céntimos, 20) Extractor de grasa de acero con una base de trescientos veintidós mil ochocientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del doce de marzo de dos mil veintiuno con la base de 1) Mesa plástica para restaurante, con una base de cinco mil novecientos setenta y cuatro colones exactos, 2) Mesa con cubierta de formica y una base de metal para restaurante con una base de sesenta y un mil cuatrocientos veinticinco colones exactos, 3) Silla plástica con base de metal color roja con una base de siete mil setecientos veinticinco colones exactos, 4) Silla plástica y metal color naranja con una base de cuatro mil cuatrocientos noventa y nueve colones exactos, 5) Sillón de cuerina roja con base metálica en forma de “L” con una base de ciento veintitrés mil setecientos cincuenta colones exactos, 6) Sillón Booth’s para 4 personas de cuerina roja con base metálica con una base de treinta mil colones exactos, 7) Silla de brazo de cuerina roja con base metálica con una base de cientos treinta y cuatro mil novecientos treinta y dos colones con cincuenta céntimos, 8) Sillas metálicas con asiento de cuerina de color negro con una base nueve mil cientos sesenta y cuatro colones con setenta y cinco céntimos, 9) Silla alta con base cromada y asiento de plástico gris con una base de treinta y dos mil doscientos cincuenta y siete colones con cincuenta céntimos, 10) Mesa con cubierta de formica y una base de metal en forma de cruz con una base de tres mil quinientos colones exactos, 11) Pantalla plana marca Panasonic 32 con una base de veintinueve mil tres colones con cincuenta céntimos, 12) Horno industrial marca Blodgett con una base de: setenta y cinco mil seiscientos veinticinco colones exactos, 13) Congelador de papas de acero inoxidable marca Delfield con una base de ochenta y dos mil quinientos colones exactos, 14) Cocina industrial de acero con una base: doscientos dieciocho mil setecientos cincuenta colones exactos, 15) Máquina holding de acero, marca Acontemp con una base de trescientos dieciocho mil novecientos treinta y siete colones con cincuenta céntimos, 16) Batidora industrial de acero, marca Univex con una base de ciento cuarenta y nueve mil trescientos diecinueve colones con treinta y dos céntimos, 17) Cuarto de frío en acero, marca Kolpak con una base de cuatrocientos cincuenta mil colones exactos, 18) Cuarto de congelado de acero, marca Kolpak4 con una base de seiscientos diecinueve mil ochocientos setenta y cinco colones exactos, 19) Freidora industrial, marca Ultrafryer con una base de cuatrocientos sesenta y nueve mil ochocientos sesenta colones con noventa céntimos, 20) Extractor de grasa de acero con una base de ciento siete mil seiscientos colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso incidente de cobro de Alquileres Insolutos de Prismar de Costa Rica Sociedad Anónima contra QSR Developers Costa Rica S. A., expediente N° 18-000607-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 18 de enero del año 2021.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez Tramitador.—( IN2021521434 ).

En este Despacho, con una base de treinta y seis millones seiscientos ochenta y nueve mil doscientos ochenta colones con noventa y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número trescientos siete mil setecientos cuarenta y nueve, derecho 000, la cual es terreno de patio con una casa. Situada en el distrito 03 Daniel Flores, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Marvin Tencio Alfaro y Amado Navarro Fernández; al sur, Franklin Vargas Fallas y Juan Mora Arias; al este, calle pública con un frente de 8,00 metros lineales; y al oeste, Solís Arbustini Sociedad Anónima. Mide: trescientos ocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del uno de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del nueve de marzo del dos mil veintiuno con la base de veintisiete millones quinientos dieciséis mil novecientos sesenta colones con setenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintiuno con la base de nueve millones ciento setenta y dos mil trescientos veinte colones con veinticuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jimmy Antonio Umaña Elizondo. Expediente N° 20-004270-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 17 de diciembre del 2020.—Eileen Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—( IN2021521437 ).

En este Despacho, con una base de trece millones novecientos setenta y seis mil seiscientos ochenta y tres colones con treinta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula N° 243040, derechos 001 y 002, la cual es terreno naturaleza, terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 4-Carrillos, cantón 8-Poás de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: calle pública; al sur: lote 79; al este: calle; y al oeste: lote 38. Mide: doscientos cuarenta y cuatro metros con setenta decímetros cuadrados. Plano: A-0824325-1989. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas quince minutos del cuatro de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas quince minutos del doce de mayo de dos mil veintiuno, con la base de diez millones cuatrocientos ochenta y dos mil quinientos doce colones con cuarenta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas quince minutos del veinte de mayo de dos mil veintiuno, con la base de tres millones cuatrocientos noventa y cuatro mil ciento setenta colones con ochenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L., contra Héctor Alberto Matamoros Cerdas, John Fernando Cerdas Vásquez, Lizbeth Josefa Rojas Murillo. Expediente N° 20-014098-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 1° de diciembre del 2020.—Sofía Ramírez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2021521438 ).

En este Despacho, con una base de ciento setenta y cinco mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 396-18877-01-0930-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 173653, derecho 000, la cual es terreno lote 13-C con una casa. Situada en el distrito 6-Santa Rosa, cantón 3-Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con 12,00 metros de frente, sur, Argelina Arce Rodríguez, este, Marcelino Vargas Arce, oeste, Marcelino Vargas Arce. Mide: doscientos dieciocho metros con noventa y ocho decímetros cuadrados plano: H-0571547-1999. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil veintiuno con la base de ciento treinta y un mil doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del tres de setiembre del dos mil veintiuno, con la base de cuarenta y tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José S. A. contra Bladimir de Jesús Solano Barboza, Transportes Empresariales Fiotrans Sociedad de Responsabilidad Limitada, Lorna Massiel Aguilar Castro. Expediente Nº 20-015845-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 12 de enero del 2021.—Lic. Marvin Antonio Hernández Calderón, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021521439 ).

En este Despacho, 1) con una base de nueve millones cuatrocientos ocho mil novecientos treinta y un colones con cincuenta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de a y a citas: 297-11046-01-0003-001, servidumbre de paso citas: 333-16814-01-0006-001, servidumbre de paso citas: 460-05968-01-0011-001, servidumbre de paso citas: 460- 05968-01-0020-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 412458-000, la cual es lote ocho terreno para construir. Situada en el distrito 1 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 20,45 metros y Ronald González; al sur, lote 9; al este, lote 9 y Jaime Hidalgo, y al oeste, lote 9. Mide: cuatrocientos treinta y cuatro metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Plano: A-1017992-2005. Para tal efecto, señalan las nueve horas treinta minutos del veinticinco de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del dos de junio de dos mil veintiuno con la base de siete millones cincuenta y seis mil seiscientos noventa y ocho colones con sesenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del diez de junio de dos mil veintiuno con la base de dos millones trescientos cincuenta y dos mil doscientos treinta y dos colones con ochenta y ocho céntimos (25% de la base original). 2) Con una base de tres millones setecientos once mil cuatrocientos siete colones con sesenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de AyA citas: 297-11046-01-0003-001, servidumbre de paso citas: 333-16814-01-0006-001, servidumbre de paso citas: 460-05968-01-0011-001, servidumbre de paso citas: 460-05968-01-0020-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 398145-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, Jaime Hidalgo Salazar; al sureste, Xinia María Vargas Cascante; al suroeste, calle pública con un frente de 16,04 metros. Mide: trescientos cuarenta y cinco metros con treinta decímetros cuadrados. Plano: A-0870927-2003. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del veinticinco de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del dos de junio de dos mil veintiuno con la base de dos millones setecientos ochenta y tres mil quinientos cincuenta y cinco colones con setenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del diez de junio de dos mil veintiuno con la base de novecientos veintisiete mil ochocientos cincuenta y un colones con noventa céntimos (25% de la base original). 3) Con una base de treinta millones doscientos setenta y siete mil doscientos setenta y dos colones con sesenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de AyA citas: 297- 11046-01-0003-001, servidumbre de paso citas: 333-16814-01-0006-001, servidumbre de paso citas: 460-05968-01-0011-001, servidumbre de paso citas: 460-05968-01-0020-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 392457-000, la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito 1 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Monte Rodrigo S. A.; al sur, calle pública con 17 metros 74 centímetros de frente; al este, Marta Barrientos Rodríguez; y al oeste, calle pública con 15 metros 33 centímetros de frente. Mide: trescientos metros cuadrados. Plano: A-0617222-2000. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del veinticinco de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del dos de junio de dos mil veintiuno con la base de veintidós millones setecientos siete mil novecientos cincuenta y cuatro colones con cuarenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del diez de junio de dos mil veintiuno con la base de siete millones quinientos sesenta y nueve mil trescientos dieciocho colones con quince céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Karina Paola Blanco Blanco contra Max Kevin Esquivel Vargas, Xinia Maria Vargas Cascante. Expediente 19-003599-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 25 de octubre del año 2020.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2021521440 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y dos millones seiscientos nueve mil ciento treinta y siete colones con seis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando citas: 362-05400-01-0947-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número treinta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y nueve, derecho 000, la cual es terreno para agricultura Nº 291-49. Situada en el Distrito 01 Matina, Cantón 05 Matina, de la Provincia de Limón. Colinda: al norte Herberth Wilson Leod; al sur calle publica; al este Franklin Molina y al oeste Valeriano Salamanca. Mide: ochenta y seis mil setecientos noventa y tres metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del once de marzo de dos mil veintiuno con la base de treinta y un millones novecientos cincuenta y seis mil ochocientos cincuenta y dos colones con ochenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del diecinueve de marzo de dos mil veintiuno con la base de diez millones seiscientos cincuenta y dos mil doscientos ochenta y cuatro colones con veintisiete céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Didier Alberto Moreira Mendoza. Expediente Nº:19-007227-1209-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 23 de octubre del año 2020.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez Decisor.—( IN2021521442 ).

En este Despacho, con una base de veintiocho millones treinta mil seiscientos setenta y dos colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 396-16211-01-0921-001, servidumbre trasladada citas: 396-16211-01-0922-001; sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela, matrícula N° 265924-000, la cual es para construir N° 4. Situada en el distrito 7-La Fortuna, cantón 10-San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: parcela 5; al sur: parcela 3; al este: calle pública; y al oeste: Flora Esquivel. Mide: cuatrocientos sesenta y cinco metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Plano: A-0042729-1992. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del once de marzo de dos mil veintiuno, con la base de veintiún millones veintitrés mil cuatro colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del diecinueve de marzo de dos mil veintiuno, con la base de siete millones siete mil seiscientos sesenta y ocho colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Chi Man Wong Sham. Expediente N° 20-001745-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 7 de octubre del 2020.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2021521443 ).

A las catorce horas y treinta minutos del cinco de marzo del dos mil veintiuno, en la puerta de este Despacho, de la forma que se dirá y con sus respectivas bases, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca N° 1): Con la base de veinte millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 352-05722-01-0904-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 452084-000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 1-Los Chiles, cantón 14-Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ecológico Verde S. A., Karen Aguilar Sánchez, Marjorie Chacón Quirós y Jacqueline Beteta Ubao; sur, Ingrid Quirós Chacón, y Marjorie Chacón, 3-101-572082 S. A.; este, Ingrid Chacón Quirós, Virgilio Chacón Quirós, Karen Aguilar Sánchez, Marjorie Chacón Quirós y Jackeline Beteta Ubao; oeste, Carretera Nacional, Karen Aguilar Sánchez e Ingrid Patricia Chacón. Mide: cinco mil seiscientos cincuenta y dos metros cuadrados. Plano: A-1310631-2008. Finca N° 2): Con la base de cinco millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones ref.: 1932-067-002 bajo las citas: 282-06470-01-0955-001, servidumbre sirviente bajo las citas: 326-02040-01-0006-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 281586-000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 13-Peñas Blancas, cantón 2-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 14,08 metros lineales; sur, Abel Cruz Álvarez; este, Iabel Cruz Álvarez; oeste, Abel Cruz Álvarez. Mide: doscientos veinticuatro metros con dieciocho decímetros cuadrados. Plano: A-0732624-1988. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas y treinta minutos del quince de marzo del dos mil veintiuno, con la base de Finca N° 1) Quince millones de colones exactos (75% de la base original). Finca N° 2) Tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de marzo del dos mil veintiuno, con la base de Finca N° 1) Cinco millones de colones exactos (25% de la base original). Finca N° 2) Un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Hernán Osvaldo González López contra 3-101-577741 Sociedad Anónima. Expediente N° 19-009799-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 26 de agosto del 2020.—Lilliam Álvarez Villegas, Juez/a Decisor/a.—( IN2021521444 ).

En este despacho, con una base de trece mil seiscientos cuarenta y nueve dólares con noventa y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa TRM139, marca: Fiat, vin: ZFA323000D3201642, capacidad: 5 personas, año: 2013, color: gris. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos (11:30 a. m.) del tres de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos (11:30 a. m.) del once de marzo de dos mil veintiuno, con la base de diez mil doscientos treinta y siete dólares con cuarenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos (11:30 a.m.) del diecinueve de marzo de dos mil veintiuno, con la base de tres mil cuatrocientos doce dólares con cuarenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos Sociedad Anónima contra Daby Madrigal Araya. Expediente N° 18-005425-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 25 de noviembre del 2020.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez Tramitador.—( IN2021521445 ).

En este Despacho, con una base de trece mil trece dólares con cincuenta y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: 711246, marca: Land Rover, estilo: Range Rover Sport, serie: sallsaa348a134236, año: 2008, carrocería: todo terreno 4 puertas, color: bronce, tracción: 4X4, chasis y vin: sallsaa348a134236, número de motor: 140707b09490428ps, marca: Land Rover, modelo; 4.2L V8, cilindrada: 4200 cc. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del ocho de marzo de dos mil veintiuno con la base de nueve mil setecientos sesenta dólares con dieciséis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del dieciséis de marzo de dos mil veintiuno con la base de tres mil doscientos cincuenta y tres dólares con treinta y ocho centavos (25% de la base original). NOTAS: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Davivienda Costa Rica S. A. contra Edison Quirós López. Expediente 18-000530-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 14 de diciembre del año 2020.—Lic. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2021521446 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete mil ciento setenta y un dólares con ochenta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: 854504, marca: Mazda, categoría: automóvil, serie: jm3er2w51a0345573, año: 2011, color: blanco, capacidad: 5 personas, cilindrada: 2488 cc. Para tal efecto se señalan las quince horas cero minutos (03:00 p.m.) del cinco de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos (03:00 p.m.) del trece de abril de dos mil veintiuno con la base de doce mil ochocientos setenta y ocho dólares con noventa y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos (03:00 p.m.) del veintiuno de abril de dos mil veintiuno con la base de cuatro mil doscientos noventa y dos dólares con noventa y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos S. A. contra Johan Eduardo Campos Arce. Expediente 17-009707-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago. 04 de enero del año 2021.—Lic. Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2021521447 ).

En este Despacho, con una base de quince millones ochocientos treinta y seis mil doscientos noventa colones con cincuenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre dominante citas: 343-03238-01-0039-001, citas: 343-03238-01-0044-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 349917-000, la cual es terreno lote 4 de potrero. Situada en el distrito 1 San Marcos, cantón 5 Tarrazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Gonzalo y Amado Mora; al sur, quebrada medio Antonio Mora; al este, Vicente Rojas; y al oeste, Anais Ureña Zamora. Mide: seis mil ciento setenta y nueve metros con veintidós decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del diez de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del dieciocho de marzo de dos mil veintiuno con la base de once millones ochocientos setenta y siete mil doscientos diecisiete colones con ochenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintiséis de marzo de dos mil veintiuno con la base de tres millones novecientos cincuenta y nueve mil setenta y dos colones con sesenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Davivienda Costa Rica S. A. contra Randall Rodolfo Ureña Garro. Expediente 18-009493-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 16 de diciembre del año 2020.—Lic. Yanin Torrentes Ávila, Juez Decisor.—( IN2021521453 ).

En este Despacho, con una base de ocho mil cuatrocientos sesenta y cuatro dólares con ochenta y cinco centavos (moneda de curso legal de los Estados Unidos), libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BGZ857, marca: Toyota, estilo: Yaris G, año: 2015, color: blanco, N° motor: 1NZZ106667, Vin: MR2BT9F31F1152774. Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos del veintisiete de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del seis de mayo del dos mil veintiuno con la base de seis mil trescientos cuarenta y ocho dólares con sesenta y tres centavos (moneda de curso legal de los Estados Unidos), (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del diecisiete de mayo del dos mil veintiuno con la base de dos mil ciento dieciséis dólares con veintiún centavos (moneda de curso legal de los Estados Unidos) (25% de la base original). Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho dentro del tercer día, para su inmediata corrección. Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda Costa Rica S. A. contra Ronny Felipe Corella Vindas. Expediente N° 19-014902-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 08 de enero del 2021.—Floryzul Porras López, Jueza Decisora.—( IN2021521454 ).

En este Despacho, con una base de nueve mil quinientos quince dólares con cincuenta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa SVF128, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, año: 2016, color: azul, vin: kmhct41bagu949669, combustible: gasolina, modelo sbs4k4617d.d304. Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos del once de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del diecinueve de febrero de dos mil veintiuno con la base de siete mil ciento treinta y seis dólares con sesenta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del uno de marzo de dos mil veintiuno con la base de dos mil trescientos setenta y ocho dólares con ochenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Norma Constanza Salinas Pino y Fulton Arturo Castillo Cabal. Expediente 20-012048-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de enero del año 2021.—Lic. Paula Morales González, Jueza Decisora.—( IN2021521462 ).

En este Despacho, con una base de seis mil seiscientos treinta y un dólares con noventa y cinco centavos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el vehículo placas BHN230, el cual es Suzuki Ertiga GLX, categoría automóvil, año 2015, color celeste, tracción 4X2. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del tres de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del once de marzo del dos mil veintiuno con la base de cuatro mil novecientos setenta y tres dólares con noventa y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del diecinueve de marzo del dos mil veintiuno con la base de mil seiscientos cincuenta y siete dólares con noventa y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Lía Lisette Ramírez Quirós. Expediente N° 20-001630-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 28 de setiembre del 2020.—María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2021521463 ).

En este Despacho, con una base de mil cuarenta y un dólares con noventa y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa BCJ091, marca: Suzuki, año: 2012, vin: ma3fc31s0ca487828, cilindrada: 1000 cc, color: gris, categoría: automóvil. Para tal efecto se señalan las quince horas treinta minutos del once de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del veintidós de febrero de dos mil veintiuno con la base de setecientos ochenta y un dólares con cuarenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del dos de marzo de dos mil veintiuno con la base de doscientos sesenta dólares con cuarenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Jennifer Carrinna Belloso Figueroa. Expediente 20-003435-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 13 de octubre del año 2020.—Lic. Joyce Magaly Ugalde Huezo, Jueza Decisora.—( IN2021521464 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis mil ochocientos ochenta y siete dólares con veintisiete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BQP234, marca Ssang Yong. Estilo Tivoli. Categoría automóvil. Año 2018. Color blanco. Vin KPT20A1VSKP231215, cilindrada 1600 c.c. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del cuatro de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del quince de marzo de dos mil veintiuno con la base de doce mil seiscientos sesenta y cinco dólares con cuarenta y cinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintiuno con la base de cuatro mil doscientos veintiún dólares con ochenta y un centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Christian Alonso Moya Morales. Expediente Nº:20-017112-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 06 de noviembre del año 2020.—Yessenia Brenes González, Juez Decisor.—( IN2021521466 ).

En este Despacho, con una base de ciento trece mil setecientos ochenta y siete dólares con cuarenta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos veinte mil ciento treinta y dos, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote 7 D, con una casa de habitación de dos plantas. Situada: en el distrito Alajuela, cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 8 D; al sur, lote 6 D; al este, resto destinado a calle segunda, y al oeste, lote 22 D. Mide: doscientos tres metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del ocho de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas treinta minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintiuno, con la base de ochenta y cinco mil trescientos cuarenta dólares con sesenta centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas treinta minutos del veinticuatro de marzo del dos mil veintiuno, con la base de veintiocho mil cuatrocientos cuarenta y seis dólares con ochenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Domingo Tuckler Oconor, Evelyn Eugenia Alfaro Álvarez. Expediente N° 20-011077-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 08 de noviembre del 2020.—Angie Rodríguez Salazar, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021521470 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de diez mil seiscientos cincuenta y siete dólares con veinticinco centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando denuncia O.I.J. 800-497922-001; sáquese a remate el vehículo: BJW766, Marca: Hyundai, Estilo: I10 GL, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, año fabricación: 2016, color: plateado, cilindrada: 1100 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de junio del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de junio del dos mil veintiuno, con la base de siete mil novecientos noventa y dos dólares con noventa y cuatro centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del cinco de julio del dos mil veintiuno, con la base de dos mil seiscientos sesenta y cuatro dólares con treinta y un centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Improsa contra Katherinne María Castillo Vargas. Expediente N° 20-014726-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 27 de noviembre del 2020.—Licda. Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2021520957 ).

En este Despacho, con una base de cien mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número doscientos siete mil quinientos setenta y cuatro, derecho 000, la cual es terreno de solar situada en el distrito 1-Liberia, cantón 1-Liberia de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, resto reservado de Ganadera Santa Ana Liberia S. A., sur, calle pública con un frente a ella de catorce metros con noventa y cuatro centímetros lineales y Claro Costa Rica, este, resto reservado de Ganadera Santa Ana Liberia S. A., oeste, resto reservado de Ganadera Santa Ana Liberia S. A. Mide: cinco mil metros cuadrados. Plano: G-1777647-2014. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del ocho de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del dieciséis de marzo de dos mil veintiuno con la base de setenta y cinco mil dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintiuno con la base de veinticinco mil dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de 3-102-766433 Ltda. contra Ganadera Santa Ana Liberia Sociedad Anónima. Expediente Nº 19-002971-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 09 de diciembre del año 2020.—Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2021521367 ).

En este Despacho, Con una base de cuarenta y siete millones colones exactos, soportando servidumbre trasladada citas: 309- 08066-01-0006-001, servidumbre de paso citas: 2010-157567-01-0006-001, servidumbre de paso citas: 2010-157567-01-0007-001, servidumbre de paso citas: 2010-203973- 01-0003-001 y servidumbre de paso citas: 2010-213752-01-0003-001, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 618827, derecho 000, la cual es terreno de potrero. Situada en el Distrito 1-Santa María, Cantón 17-Dota, de la Provincia de San José. Colinda: al norte camino público con un ancho de 12,40 metros; al sur Agrícola El Jocotal Cincuenta y Uno G S U S.A; al este Agrícola El Jocotal Cincuenta y Uno G S U S.A y al oeste Agrícola El Jocotal Cincuenta y Uno G S U S. A. Mide: mil trece metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del cinco de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del trece de abril de dos mil veintiuno con la base de treinta y cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del veintiuno de abril de dos mil veintiuno con la base de once millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Agrícola El Jocotal Cincuenta y Uno G S U Sociedad Anónima, Jeremías Eduardo Ureña Solís, Elvira Judith Solís Chacón. Expediente Nº: 19-018768-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 04 de enero del año 2021.—Licda. Pilar Gómez Marin, Jueza Decisora.—( IN2021521452 ).

En este Despacho, con una base de veinte millones cuatrocientos sesenta y siete mil quinientos veinte colones con ochenta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 236-08731-01-0901-002, reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 439-09033-01-0083-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 509622-000, la cual es terreno de pasto. Situada: en el distrito 9 La Palmera, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Sergio Picado Arce; sur, calle pública; este, calle pública; oeste, Vilma Quirós. Mide: siete mil trescientos veintiocho metros cuadrados. plano: A-1713638-2014. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del veintiuno de mayo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cero minutos del treinta y uno de mayo del dos mil veintiuno, con la base de quince millones trescientos cincuenta mil seiscientos cuarenta colones con sesenta y seis céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos del ocho de junio del dos mil veintiuno, con la base de cinco millones ciento dieciséis mil ochocientos ochenta colones con veintidós céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Roberto José Villalobos Ugalde. Expediente N° 17-004552-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 22 de setiembre del 2020.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez/a Decisor/a.—( IN2021521455 ).

En este Despacho, 1) Con una base de setenta y tres mil seiscientos dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso bajo las citas: 2013-227924-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 1-103194-F-000, la cual es terreno finca filial número quinientos veintinueve ubicada en el sétimo nivel destinada a apartamento A en proceso de construcción. Situada en el distrito 10-Hatillo, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común construida destinada a ascensor, finca filial quinientos treinta y espacio vacío; al sur, espacio aéreo; al este, área común construida destinada a ascensor y área común construida destinada a escalera; y al oeste, espacio aéreo. Mide: setenta y seis metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las 08:15 horas del 17/02/2021. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las 08:15 horas del 25/02/2021 con la base de cincuenta y cinco mil doscientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las 08:15 horas del 05/03/2021 con la base de dieciocho mil cuatrocientos dólares exactos (25% de la base original). 2) Con una base de cinco mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso bajo las citas: 2013-227924-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 1-102810-F-000, la cual es terreno finca filial número ciento cuarenta y cinco ubicada en el primer nivel destinada a parqueo en proceso de construcción. Situada en el distrito 10-Hatillo, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común construida destinada a vía de circulación vehicular; al sur, área común libre destinada a juegos infantiles; al este, finca filial ciento cuarenta y cuatro; y al oeste, finca filial ciento cuarenta y seis. Mide: catorce metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las 08:15 horas del 17/02/2021. de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las 08:15 horas del 25/02/2021 con la base de tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las 08:15 horas del 05/03/2021 con la base de mil doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). 3) Con una base de cinco mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso bajo las citas: 2013-227924-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 1-102721-F-000, la cual es terreno finca filial número cincuenta y seis ubicada en el sótano destinada a parqueo en proceso de construcción. Situada en el distrito 10-Hatillo, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común construida destinada a vestíbulo; al sur, área común construida destinada a vía de circulación vehicular; al este, finca filial cincuenta y siete; y al oeste, finca filial cincuenta y cinco. Mide: catorce metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las 08:15 horas del 17/02/2021. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las 08:15 horas del 25/02/2021 con la base de tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las 08:15 horas del 05/03/2021 con la base de mil doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). 4) Con una base de mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso bajo las citas: 2013-227924-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 1-102919-F-000, la cual es terreno finca filial número doscientos cincuenta y cuatro ubicada en el sótano destinada a locker en proceso de construcción. Situada en el distrito 10-Hatillo, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común construida; al sur, área común construida destinada a vestíbulo y finca filial doscientos cincuenta y tres; al este, finca filial doscientos cincuenta y cinco; y al oeste, finca filial doscientos cincuenta y uno. Mide: cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las 08:15 horas del 17/02/2021. de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las 08:15 horas del 25/02/2021 con la base de setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las 08:15 horas del 05/03/2021 con la base de doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Fenger Pan, Meiyi Pan Tam. Expediente N° 20-012566-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 27 de noviembre del 2020.—Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2021521457 ).

En este Despacho, con una base de noventa millones seiscientos dieciocho mil novecientos quince colones con setenta y tres céntimos, pero soportando plazo de convalidación (rectificación de medida) citas: 2015-49984-01-0003-001, hipoteca primer grado citas: 2015-605290-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 250767-000, la cual es terreno de restaurante, lagos, ranchos, lechería, galera, lagos y aceras internas. Situada en el Distrito 3-Capellades, Cantón 6-Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte Ruth Romero Romero, Minor Méndez Vargas y Álvaro Rodríguez Ulloa; al sur Miguel Eduardo Rodríguez Gamboa; al este Miguel Rodríguez Gamboa y al oeste calle publica y Víctor Méndez Vargas. Mide: trece mil ciento un metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del doce de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veintidós de febrero de dos mil veintiuno con la base de sesenta y siete millones novecientos sesenta y cuatro mil ciento ochenta y seis colones con ochenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del dos de marzo de dos mil veintiuno con la base de veintidós millones seiscientos cincuenta y cuatro mil setecientos veintiocho colones con noventa y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Alejandra Patricia Abarca Camacho contra Rancho del Sapito HRG S. A. Expediente Nº:16- 008618-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 20 de enero del año 2021.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Decisora.—( IN2021521458 ).

En este Despacho, con una base de once millones setecientos treinta y dos mil trescientos setenta colones con ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 404-06660-01-0903-001, servidumbre de paso citas: 574-21184-01-0002-001, servidumbre de paso citas: 574-28791-01-0019-001, servidumbre de paso citas: 574-31534-01-0038-001, servidumbre de paso citas: 574-31534-01-0038-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 163528-000, que se describe así: naturaleza: parcela veintiuno terreno para la agricultura. Situada: en el distrito 4-Belén, cantón 5-Carrillo de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, calle pública con 63,70 metros frente a ella y Osvaldo Martínez Angulo, Juana Martínez Angulo, Domingo Martínez Angulo; sur, parcela veinte de Cooperativa de Productores Agropecuarios de Belén Responsabilidad Limitada; este, parcela quince de Cooperativa de Productores Agropecuarios de Belén Responsabilidad Limitada y parcela dieciséis de Geovany Leiva Álvarez con servidumbre agrícola compartida con 270,94 metros de frente a ella; oeste, Juana Martínez Angulo, parcela veinte de Cooperativa de Productores Agropecuarios de Belén Responsabilidad Limitada ambos en parte. Mide: cuarenta y cinco mil doscientos sesenta y ocho metros con veintitrés decímetros cuadrados. Plano: G-1161439-2007. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veintiocho de mayo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del siete de junio del dos mil veintiuno, con la base de ocho millones setecientos noventa y nueve mil doscientos setenta y siete colones con cincuenta y seis céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del quince de junio del dos mil veintiuno, con la base de dos millones novecientos treinta y tres mil noventa y dos colones con cincuenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Egidio Salazar Elizondo. Expediente N° 20-002619-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 14 de enero del 2021.—Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021521460 ).

En este Despacho, con una base de seis millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 330-13038-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento cuarenta y un mil setecientos veinticuatro, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote 12-E. Situada en el Distrito 1-Liberia, Cantón 1-Liberia, de la Provincia de Guanacaste. Colinda: al norte calle publica con un frente de 8 metros; al sur lote 19-E; al este lote 13-E y al oeste Las Arandas S. A. Mide: ciento ochenta y tres metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados plano: G-0977270-2005. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del veinticuatro de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del cuatro de marzo de dos mil veintiuno con la base de cuatro millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del doce de marzo de dos mil veintiuno con la base de un millón seiscientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Gustavo Adolfo Araya Córdoba contra Jaime De Jesús Lara Chaves. Expediente Nº:20-003134-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 08 de diciembre del año 2020.—Lic. Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2021521461 ).

En este Despacho, con una base de doscientos setenta y cinco mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número quinientos veinte mil doscientos cuarenta y siete, derecho 000, la cual es terreno con una nave comercial. Situada: en el distrito 1 Desamparados, cantón 3 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Álvaro León Quirós, Elisa Lilliam León Quirós, Guido Chavarría Chavarría; al sur, calle pública con un frente de 10 metros en parte con Manuel Astúa Gamboa, Óscar Madrigal Bermúdez, Omira Sequeira Sevilla, Gerardina Cascante Morales; al este, calle pública con un frente de 8.90 metros y en parte Alberto Quirós Moya, y al oeste, Mercedes Madrigal Monge. Mide: mil doscientos noventa y seis metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del nueve de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de febrero del dos mil veintiuno, con la base de doscientos seis mil doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de febrero del dos mil veintiuno, con la base de sesenta y ocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Árbol Plateado S.R.L. contra Inmobiliaria Heinsthe Sociedad Anónima. Expediente N° 20-012001-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de noviembre del 2020.—Lic. Verny Arias Vega, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021521588 ).

En este Despacho, con una base de trescientos mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 201460, derecho 000, la cual es terreno potrero. Situada: en el distrito 4-San Nicolás, cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Finca se encuentra en zona catastrada. Colinda: al norte, Inmobiliaria Terranova del Progreso S. A.; al sur, Cafetalera La Lima S. A.; al este, Inmobiliaria Terranova del Progreso S. A., y al oeste, calle pública. Mide: mil quinientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del dieciocho de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos del primero de marzo del dos mil veintiuno, con la base de doscientos veinticinco mil dólares exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del nueve de marzo del dos mil veintiuno, con la base de setenta y cinco mil dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Bakea S. A. contra Laura Ligia Gómez Ulett. Expediente N° 19-008851-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 18 de noviembre del 2020.—Yanin Torrentes Ávila, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021521625 ).

A las ocho horas treinta minutos del dos de abril del dos mil veintiuno (08:30 horas del 02-04-2021), en la puerta exterior del local que ocupa este Juzgado, al mejor postor, por la suma de siete millones ochocientos mil colones netos (¢7.800.000), libre de gravámenes hipotecarios, remataré: el inmueble dado en garantía, Partido de Alajuela, matrícula número trescientos ochenta y un mil setecientos veintinueve - triple cero (381729-000), que es terreno de frutales, sito en el distrito 3, San José (Pizote), cantón 13, Upala de la provincia de Alajuela, lindante al norte: Corina Pérez Pérez; al sur: Rolando Gómez Pérez; al este: calle pública con un frente a calle de 18,10 metros lineales; y al oeste: Río Niño; el cual mide mil setenta y seis metros con noventa y seis decímetros cuadrados, según plano Nº A- 0157859-1993, propiedad de la demandada Jeannett Antonia Aragón Cerdas. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de cinco millones ochocientos cincuenta mil colones netos (¢5.850.000), se señalan las ocho horas treinta minutos del doce de abril del dos mil veintiuno (08:30 horas del 12-04-2021). En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para la tercera almoneda y con la base del veinticinco por ciento de la base original, o se la suma de un millón novecientos cincuenta mil colones netos (¢1.950.000), se señalan las ocho horas treinta minutos del veinte de abril del dos mil veintiuno (08:30 horas del 20-04-2021). Razón: Publíquese por dos veces consecutivas en el Boletín Judicial. Lo anterior por estar así ordenado en Proceso: Ejecución hipotecaria Nº 20-000029-1520-AG establecido por el Banco de Costa Rica, contra Jeanneth Antononia Aragón Cerdas y otro.—Juzgado Civil y Trabajo Segundo Circuito Judicial Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria), Upala, 12 de enero del 2021.—Licda. Sussy María Gamboa Ramírez, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521651 ).

En este Despacho, con una base de treinta millones setecientos cincuenta y cinco mil quinientos cuarenta y dos colones con dieciséis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 53536-000. Que se describe así: Naturaleza: Terreno para construir situada en el distrito: 2-Santa Rita cantón 9- Nandayure de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Laura Montiel Torres; sur, calle pública; este, Aquilino Alvarado Bogantes; oeste, calle pública. Mide: ochocientos veinte metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Plano: G-0483273-1982.- Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintiocho de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del siete de junio de dos mil veintiuno con la base de veintitrés millones sesenta y seis mil seiscientos cincuenta y seis colones con sesenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del quince de junio de dos mil veintiuno con la base de siete millones seiscientos ochenta y ocho mil ochocientos ochenta y cinco colones con cincuenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ricardo del Socorro Rodríguez Saborío, Yamilet Gómez Carrillo. Expediente N° 20-002549-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 13 de enero del año 2021.—Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2021521709 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y un millones ochocientos veinte mil colones exactos, soportando hipoteca de primer grado, sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento dieciocho mil ochocientos ocho, derecho cero cero cero, la cual es finca filial primaria individualizada 54 apta para construir, que se destinará a uso habitacional, la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito: 01-Jacó, cantón 11-Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al noreste, calle Jaguar sector A; al noroeste, finca filial primaria individualizada número 55; al sureste, finca filial primaria individualizada número 53 y al suroeste, Image Builders IB S.A. Mide: Ciento Ochenta Metros Cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del treinta de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del ocho de julio de dos mil veintiuno, con la base de treinta y ocho millones ochocientos sesenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del dieciséis de julio de dos mil veintiuno, con la base de doce millones novecientos cincuenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Horizontal Residencial Malaga Herradura contra Mipham Wangmo Corporation Limitada. Expediente N° 18-004101-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 29 de octubre del año 2020.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2021521712 ).

En este Despacho, con una base de diecinueve mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de: San José, matrícula número: 317283, duplicado: horizontal: derecho: 000, naturaleza: para construir con FIG triangular, situada en el distrito: 04-Concepción, cantón: 10-Alajuelita, provincia: San José, linderos: norte, calle publica; sur, Silvano Reyes y calle pública; este, Silvano Reyes Reyes; sureste, camino público; suroeste, Silvano Reyes Reyes. Mide: trescientos un metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. para tal efecto, se señalan las diez horas y cuarenta minutos del siete de abril del año dos mil veintiuno, de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y cuarenta minutos del quince de abril del año dos mil veintiuno, con la base de catorce mil doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y cuarenta minutos del veintitrés de abril del año dos mil veintiuno, con la base de cuatro mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Corporación Aguas Azules MMC S.A., contra Aristides del Gerardo Salazar Alvarado. Expediente N° 21-000201-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de enero del año 2021.—Licda. Susana Cristina Mata Gómez, Jueza Decisora.—( IN2021521713 ).

En este despacho, con una base de veintiún millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia 199742-001-002, matrícula número, la cual es terreno contruir lote 27. Situada en el distrito 5-Santa Lucia, cantón 2-Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte lote 26; al sur lote 28; al este lote 36 y al oeste calle publica con 6 metros. Mide: Ciento veinte metros con cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas quince minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas quince minutos del veinticuatro de febrero de dos mil veintiuno con la base de dieciséis millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas quince minutos del cuatro de marzo de dos mil veintiuno con la base de cinco millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra Jimmy Brian Morales Milanes, Viviana de Los Ángeles Carballo Montero. Expediente N° 20-000023-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 15 de setiembre del año 2020.—German Valverde Vindas, Juez Decisor.—( IN2021521727 ).

En este despacho, con una base de veinte millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 320-07492-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 352-05359-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 233467 derecho 000, la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito: 11-La Isabel, cantón: 05-Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Compañía Agrícola La Pradera S.A.; al sur, Santos Gutiérrez Gutiérrez; al este calle pública con un frente de 12,55 metros lineales y al oeste, Gustavo Alfaro Bermúdez y Santos Gutiérrez Gutiérrez. mide: quinientos setenta y tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del veinticuatro de febrero de dos mil veintiuno, con la base de quince millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del cuatro de marzo de dos mil veintiuno, con la base de cinco millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Gustavo Alfaro Bermúdez. Expediente N° 20-002087-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 11 de noviembre del año 2020.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Decisora.—( IN2021521728 ).

En este despacho, con una base de quince millones cuatrocientos ochenta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 190-03419-01-0002-001, servidumbre de paso citas. 2016-512568-01-0003-001 y limitaciones de leyes 7052, 7208 Sist. Financiero de Vivienda; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 683008-001, derecho 002, la cual es terreno con café. Situada en el distrito 4- San Gabriel, cantón 06 Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte cementerio de San Gabriel; al sur, servidumbre de paso con 5 mts; al este, Olger Hernán González Vásquez y al oeste, Olger Hernán González Vásquez. Mide: ciento setenta y cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de marzo de dos mil veintiuno con la base de once millones seiscientos trece mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del doce de marzo de dos mil veintiuno con la base de tres millones ochocientos setenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Randall Eugenio Murillo Sánchez. Expediente N° 20-012536-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 23 de noviembre del año 2020.—Mariana Jovel Blanco, Jueza Decisora.—( IN2021521729 ).

En este despacho, con una base de dieciocho millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre sirviente citas: 338-04006-01-0001-001, servidumbre sirviente citas: 352-11587-01-0002-001, servidumbre sirviente citas: 364-10276-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento cinco mil doscientos cuarenta y cuatro, derecho 000, la cual es terreno lote diecinueve, terreno para construir. Situada en el distrito: 03-Guaycará, cantón: 07-Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Silverio Díaz Cubillo e Instituto Costarricense de Electricidad; al sur, lote veinte; al este, calle pública, con 10.00 metros de frente y al oeste calle publica, con 10.00 metros de frente. Mide: doscientos cincuenta y nueve metros con veintinueve decímetros cuadrados. Plano: P-0449485-1997. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas y cero minutos del veinticinco de febrero de dos mil veintiuno, con la base de trece millones novecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de marzo de dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones seiscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra María Fernanda Bonilla Abarca, Yesenia de Los Anteles Bonilla Abarca. Expediente N° 19-002947-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 13 de agosto del año 2020.—Lic. Gerardo Monge Blanco, Juez.—( IN2021521730 ).

En este Despacho, con una base de nueve mil trescientos dieciséis dólares con ochenta y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo PLACAS 296575, Marca Mitsubishi, año 1993, color verde, categoría automóvil, Para tal efecto se señalan las nueve horas del dieciséis de febrero del dos mil veintiuno (09:00 a.m 16/02/2021). De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas del veinticuatro de febrero del dos mil veintiuno (09:00 a.m 24/02/2021) con la base de seis mil novecientos ochenta y siete dólares con sesenta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas del cuatro de marzo del dos mil veintiuno (09:00 a.m 04/03/2021) con la base de dos mil trescientos veintinueve dólares con veintiún centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales Veinsa Sociedad Anónima contra Fernando Hernández Ramírez y Tigre Que Ruge Sociedad Anónima. Expediente Nº:10-000549-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 05 de enero del año 2021.—Lic. Jairo Jiménez Sandoval, Juez.—( IN2021521735 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones doscientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BCH363, marca: Honda, estilo: Civic, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, Serie: 2HGFG11856H513430, carrocería: Sedan 2 puertas, tracción: 4x2, número chasis: 2HGFG11856H513430, año fabricación: 2006, color: gris, VIN: 2HGFG11856H513430, N.Motor: 1433335, .combustible: Gasolina Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos del veintiséis de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del tres de junio de dos mil veintiuno con la base de tres millones ciento ochenta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del once de junio de dos mil veintiuno con la base de un millón sesenta y dos mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Coocique R.L. contra Esteban Chaves Navarro. Expediente Nº: 17-004321-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 27 de setiembre del año 2020.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2021521740 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones doscientos cincuenta y ocho mil cien colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas ley caminos citas: 413-13834-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 145715-000, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito 2-La Virgen, cantón 10-Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Damaris Porras Blanco; al sur, Héctor Antonio Porras; al este, Damaris Porras Blanco y al oeste; calle pública con 07 mts. de ancho. Mide: trescientos ochenta y siete metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Plano: H-0118481-1993. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del treinta de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del once de mayo de dos mil veintiuno con la base de tres millones ciento noventa y tres mil quinientos setenta y cinco colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del diecinueve de mayo de dos mil veintiuno con la base de un millón sesenta y cuatro mil quinientos veinticinco colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Coocique R.L. contra José Antonio Porras Blanco y otros. Expediente N° 11-100589-0297-CI.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 14 de setiembre del año 2020.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2021521742 ).

En este Despacho, con una base de nueve millones ciento ocho mil ochenta y ocho colones exactos, soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 331-00540-01-0002-001, hipoteca de primer grado inscrita bajo las citas: 2012-131851-01-0001-001, a favor de Asociación Solidarista de Empleados de Dos Pinos, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 488.226-000, la cual es terreno de café. Situada en el distrito 3-San José, cantón 6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Mainor Salazar Vargas; sur, Quebrada Cañuela en medio Freddy Quirós Jiménez; este: resto de la finca 2-195775 y servidumbre agrícola con frente de 7 metros; oeste, resto de finca 2-195775 y servidumbre agrícola con frente de 7 metros. Mide: nueve mil ciento setenta y ocho metros cuadrados. Plano: A-1519423-2011. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del cuatro de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del doce de mayo de dos mil veintiuno con la base de seis millones ochocientos treinta y un mil sesenta y seis colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veinte de mayo de dos mil veintiuno con la base de dos millones doscientos setenta y siete mil veintidós colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Coocique R.L. contra Norman Quirós Jiménez. Expediente Nº 18-002818-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 09 de setiembre del año 2020.—Lilliam Álvarez Villegas, Jueza Decisora.—( IN2021521743 ).

En este Despacho, con una base de diecisiete mil seiscientos diecinueve dólares con cincuenta y un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: CL 295906, Marca: Mitsubishi, Estilo: Canter Fuso, Categoría: carga liviana, Capacidad: 3 personas, tracción: 4x2, año fabricación: 2017, color: blanco, Vin: JLBFE71CBHKU40294, cilindrada: 4200 c.c.. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del trece de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas treinta minutos del veintiuno de abril del dos mil veintiuno, con la base de trece mil doscientos catorce dólares con sesenta y dos centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas treinta minutos del veintinueve de abril del dos mil veintiuno, con la base de cuatro mil cuatrocientos cuatro dólares con ochenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta Nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Deberá publicarse este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales (VEINSA) Sociedad Anónima contra Luis Humberto Badilla Camacho. Expediente N° 20-010082-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 02 de diciembre del 2020.—Licda. Adriana Soto González, Jueza Coordinadora.—( IN2021521753 ).

En este Despacho, con una base de doce mil cuatrocientos setenta dólares con treinta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: CL 280371, marca: Ssang Yong, estilo: Actyon Sports, capacidad: 5 personas, año: 2014, color: blanco, vin: KPACA1ETSEP181335, N° motor: 67196010520962, cilindrada: 2000 cc, combustible: diesel. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del uno de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del nueve de marzo de dos mil veintiuno, con la base de nueve mil trescientos cincuenta y dos dólares con setenta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del diecisiete de marzo de dos mil veintiuno, con la base de tres mil ciento diecisiete dólares con cincuenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de AGE Capital S.A., contra Marco Antonio Obando Cordero. Expediente N° 20-001944-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 20 de noviembre del 2020.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Decisora.—( IN2021521754 ).

En este Despacho, con una base de siete millones ocho mil ochocientos sesenta y cuatro colones con noventa y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo YKY777, Marca: Kia, Categoría automóvil, Serie: KNABX512BJT421617, carrocería: Sedan 4 puertas Hatchback, tracción: 4x2, chasis: KNABX512BJT421617, Vin: KNABX512BJT421617, estilo: Picanto, Capacidad: 5 personas, año: 2018, color plateado, Motor: G4LAGP121509, modelo: TAS6K361B, cilindrada: 1248 c.c., cilindros: 4, combustible: gasolina . Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del dieciséis de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del veinticuatro de febrero del dos mil veintiuno, con la base de cinco millones doscientos cincuenta y seis mil seiscientos cuarenta y ocho colones con setenta y cuatro céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del cuatro de marzo del dos mil veintiuno, con la base de un millón setecientos cincuenta y dos mil doscientos dieciséis colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Kattia Patricia Orozco Abarca, Yosua Rodríguez Quirós. Expediente Nº 19-006472-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 22 de octubre del 2020.—Licda. Hellen Viviana Segura Godínez, Jueza Tramitadora.—( IN2021521822 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y seis mil seiscientos setenta y siete dólares con seis centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada (citas 402-03982-01-0928-001), servidumbre trasladada (citas 402-03982-01-0933-001), servidumbre trasladada (citas 402-03982-01-0934-001), servidumbre trasladada (citas 402-03982-01-0935-001); sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 64619-F, derecho 001 y 002, la cual es terreno naturaleza: finca filial primaria individualizada número dieciocho apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito Guácima, cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, finca filial primaria individualizada número diecisiete; al noroeste, finca filial primaria individualizada número quince; al sureste, acceso vehicular y al suroeste, finca filial primaria individualizada número diecinueve. Mide: quinientos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas quince minutos del veintidós de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas quince minutos del dos de marzo de dos mil veintiuno con la base de cuarenta y dos mil quinientos siete dólares con ochenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas quince minutos del diez de marzo de dos mil veintiuno con la base de catorce mil ciento sesenta y nueve dólares con veintisiete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Cinthya Lucía Granados Figueroa, Juan Carlos Corpus Loría. Expediente Nº 19-005819-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de octubre del año 2020.—Msc. Angie Rodríguez Salazar, Jueza.—( IN2021521827 ).

En este Despacho, con una base de veintiocho mil doscientos diecinueve dólares con setenta y nueve centavos (75% de la base original), libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a segundo remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos cincuenta y un mil trescientos cuarenta y uno, derecho 000, la cual es terreno construido de proyecto consolidado, lote cuatro-A, con 1 casa. Situada en el distrito 1- Alajuela, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 5-A; al sur, lote 3-A; al este, vialidad de acceso con un frente a ella de 7.00 metros y al oeste, Xinia Villalobos Arias. Mide: cincuenta y siete metros con veintiséis decímetros cuadrados. Para tal efecto, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del dos de marzo de dos mil veintiuno con la base de y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del diez de marzo de dos mil veintiuno con la base de nueve mil cuatrocientos seis dólares con sesenta centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Luis Alberto de La Trinidad Altamirano Jiménez, Max Alberto Acevedo Araya, expediente N° 18-002662-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 27 de octubre del año 2020.—Hazel Mariela Carvajal Rojas, Jueza Tramitadora.—( IN2021521828 ).

En la puerta exterior de este Despacho, con una base de dos millones seiscientos treinta y cinco mil quinientos colones, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo maquina laminadora, marca SEAL en frío, para trabajo pesado, cincuenta y cuatro de ancho, con serie cinco cuatro cinco cuatro cinco cero cero siete cuatro cero, modelo cinco cuatro cinco cuatro cinco cinco cuatro Elus uno uno cinco V. Para tal efecto se señalan las once horas cero minutos del cuatro de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del doce de marzo de dos mil veintiuno con la base de un millón novecientos setenta y seis mil seiscientos seiscientos veinticinco colones (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del veintidós de marzo de dos mil veintiuno con la base de seiscientos cincuenta y ocho mil ochocientos setenta y cinco colones (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Centro Gráfico Sociedad Anónima. Expediente Nº:17-010386- 1763-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 26 de noviembre del año 2020.—Msc Maureen Cecilia Vargas Solano, Jueza Tramitadora.—( IN2021521829 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y cuatro millones seiscientos ochenta y nueve mil novecientos sesenta y cinco colones con sesenta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada inscrita al tomo 354 asiento 7417 consecutivo 01 secuencia 0904 subsecuencia 001 y servidumbre de líneas eléctricas y de paso inscrita al tomo 2014 asiento 165332 consecutivo 01 secuencia 0001 subsecuencia 001; Servidumbre de Acueducto y Paso de A y A citas 2019- 526276-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de SAN JOSE, matrícula número 120597-F-001-002, la cual es terreno filial número 6 de dos niveles destinada a uso habitacional en totalmente construida. Situada en el distrito 04 Tirrases, cantón 18 Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Residencias Prefabricada; al sur, calle interna; al este, finca filia siete y al oeste finca filia cinco. Mide: ciento veintisiete metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del doce de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del veintidós de marzo de dos mil veintiuno con la base de cuarenta y un millones diecisiete mil cuatrocientos setenta y cuatro colones con veintiún céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del seis de abril de dos mil veintiuno con la base de trece millones seiscientos setenta y dos mil cuatrocientos noventa y un colones con cuarenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Debbie Fabiola Fonseca Monge, Heiner Fabricio Roman Araya. Expediente 19-002203-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del II Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 17 de noviembre del año 2020.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez Tramitador.—( IN2021521831 ).

En este Despacho, con una base de veintisiete millones doscientos ochenta y cinco mil ochocientos siete colones con setenta y dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número trescientos cincuenta y nueve mil setecientos dieciséis-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa lote 42. Situada en el distrito primero Desamparados, cantón tres Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 43; al sur, lote 43; al este, Lotes 38 y 37, y al oeste, Acera. Mide: setenta y un metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del uno de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del nueve de marzo del dos mil veintiuno, con la base de veinte millones cuatrocientos sesenta y cuatro mil trescientos cincuenta y cinco colones con setenta y nueve céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintiuno, con la base de seis millones ochocientos veintiún mil cuatrocientos cincuenta y un colones con noventa y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco popular y de Desarrollo Comunal contra Jacqueline Masis Carpio, Luis Giovanni Ortega Cavallari. Expediente Nº 19-007768-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 11 de noviembre del 2020.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez Tramitador.—( IN2021521832 ).

En este despacho, con una base de sesenta y un millones seiscientos treinta y cuatro mil quinientos noventa colones con nueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 341-09515-01-0902-001 y servidumbre de lineas eléctricas y de paso citas: 506-13787-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 385981-001 y 002, la cual es terreno de repastos. Situada en el distrito: 02-Florencia, cantón: 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Río La Vieja; al este, William Corrales Corrales y al oeste, Carlos Manuel Vásquez Ovares y Tobías Castro Bolaños. Mide: catorce mil quinientos cincuenta y tres metros con siete decímetros cuadrados. Plano: A-0758011-2001. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del once de marzo de dos mil veintiuno, con la base de cuarenta y seis millones doscientos veinticinco mil novecientos cuarenta y dos colones con cincuenta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del diecinueve de marzo de dos mil veintiuno, con la base de quince millones cuatrocientos ocho mil seiscientos cuarenta y siete colones con cincuenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Gerardo Antonio de Jesús Álvarez Torres. Expediente N° 19-005130-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 16 de agosto del año 2020.—Licda. Eunice Pérez Arce, Jueza Decisora.—( IN2021521833 ).

En este Despacho, con una base de sesenta y un millones cuatrocientos treinta y seis mil trescientos setenta y seis colones con cuarenta y nueve céntimos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre de acueducto citas: 2016- 00333535-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 117887-F, derecho 000, la cual es terreno: naturaleza: bloque C número 23-C: Finca filial primaria individualizada apta para construir que se destinara a uso habitacional, la cual podrá tener una altura máxima de cuatro pisos. Situada en el Distrito: San Rafael, Cantón: Montes De Oca, de la Provincia: de San José. Colinda: al norte: Municipalidad de Montes de Oca; al sur: acceso dos de área común libre; al este: finca filial primaria individualizada número 22-C y al oeste finca filial primaria individualizada número 24-C. Mide: trescientos treinta y dos metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del nueve de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del diecisiete de marzo de dos mil veintiuno con la base de cuarenta y seis millones setenta y siete mil doscientos ochenta y dos colones con treinta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del veinticinco de marzo de dos mil veintiuno con la base de quince millones trescientos cincuenta y nueve mil noventa y cuatro colones con doce céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra William Manuel Porras Hernández. Expediente Nº: 19-001771-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 04 de diciembre del año 2020.—Licda. Marlene Solís Blanco, Jueza Tramitadora.—( IN2021521834 ).

En este despacho, con una base de sesenta y dos millones once mil setecientos cinco colones con ochenta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 406-14278-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 84571 derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1-Santa Cruz, cantón 3-Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Francisco Ortiz Zúñiga; al sur, calle pública con 19 m 91 cm; al este, Francisco Ortiz Zúñiga y al oeste, María Elena Ramírez Matarrita. Mide: setecientos noventa y cinco metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Plano: G-0918717-1990. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del diez de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del dieciocho de marzo de dos mil veintiuno con la base de cuarenta y seis millones quinientos ocho mil setecientos setenta y nueve colones con treinta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintiséis de marzo de dos mil veintiuno con la base de quince millones quinientos dos mil novecientos veintiséis colones con cuarenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Carlos Alberto Barrenechea Gómez. Expediente N° 19-002459-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 27 de noviembre del año 2020.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—( IN2021521835 ).

En este Despacho, con una base de nueve millones seiscientos sesenta y cuatro mil trescientos dieciséis colones con cincuenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo citas: 292-20688-01-0902-001, plazo de convalidación (rectificación de medida) bajo citas: 574-01714-01-0004-001 y aviso catastral bajo expediente N° 2011-1070 RIM resolución de las 10:30 horas del 25 de setiembre del 2018; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número 11469, derecho 000, la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 1-Guápiles, cantón 2-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Bandeco; sur, calle pública; este, Rodrigo Molina y oeste, Gerardo Jiménez Céspedes. Mide: seiscientos tres metros con setenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del cuatro de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del doce de marzo de dos mil veintiuno con la base de siete millones doscientos cuarenta y ocho mil doscientos treinta y siete colones con cuarenta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del veintidós de marzo de dos mil veintiuno con la base de dos millones cuatrocientos dieciséis mil setenta y nueve colones con catorce céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Noelia Solís Murillo, expediente N° 18-000403-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 17 de diciembre del año 2020.—Licda. Zary Navarro Zamora, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021521836 ).

En este despacho, con una base de tres millones trescientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos seis colones con noventa y dos céntimos, soportando servidumbre trasladada citas: 398-18053-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 398-18053-01-0902-001, sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 151253-000, la cual es terreno lote E-23, terreno para construir. Situada en el distrito 1- Paraíso, cantón 2- Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, finca de Campo Sociedad Anónima; al sur, calle pública con 08,00 metros; al este, finca de Campo Sociedad Anónima y al oeste, finca de Campo Sociedad Anónima. Mide: ciento setenta y seis metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del ocho de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del dieciséis de marzo de dos mil veintiuno con la base de dos millones quinientos once mil trescientos cinco colones con diecinueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintiuno con la base de ochocientos treinta y siete mil ciento un colones con setenta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Luis Enrique Barrantes Román. Expediente N° 13-014975-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 11 de enero del año 2021.—Ana Elsy Campos Barboza, Jueza Tramitadora.—( IN2021521837 ).

En este Despacho, con una base de seis millones quinientos sesenta y cuatro mil trescientos veintisiete colones con noventa y nueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 0373-00000661-01-0905-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 369001-001, 002, derecho, la cual es terreno lote N° 8, bloque 18, para construir una casa. Situada: en el distrito Pavas, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 7; al sur, lote 9; al este, alameda Río Samara con un frente lineal de 6 metros, y al oeste, Sogeco S.A. Mide: ochenta y siete metros con cero metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del once de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del diecinueve de marzo del dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones novecientos veintitrés mil doscientos cuarenta y cinco colones con noventa y nueve céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del cinco de abril del dos mil veintiuno, con la base de un millón seiscientos cuarenta y un mil ochenta y un colones con noventa y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Cerámicas Cekera Sociedad Anónima, Gerardo Adilio Gutiérrez Gómez, Jorge Antonio Gutiérrez Gómez. Expediente N° 19-001732-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 03 de diciembre del 2020.—Lic. Carlos Alejandro Báez Astúa, Juez Tramitador.—( IN2021521838 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta millones ciento treinta y dos mil doscientos cuarenta colones con catorce céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número seiscientos uno mil ochenta y nueve, derecho 000, la cual es terreno café. Situada en el Distrito Cero Cinco, San Rafael, Cantón Cero Cuatro, Puriscal, de la Provincia de San José. Colinda: al norte calle pública; al sur Dagoberto Jiménez Acuña; al este Beneficiadora San Rafafel Ltda y al oeste Dagoberto Jiménez Acuña. Mide: mil cien metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del veintidós de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del cinco de abril de dos mil veintiuno con la base de treinta y siete millones quinientos noventa y nueve mil ciento ochenta colones con once céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del quince de abril de dos mil veintiuno con la base de doce millones quinientos treinta y tres mil sesenta colones con cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Auto Decoración Chago S. A., Nora Violeta Jiménez León, Santiago Zúñiga Jiménez. Expediente Nº:20-000482-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 05 de enero del año 2021.—Jacqueline María Peraza Fallas, Jueza Tramitadora.—( IN2021521839 ).

En este Despacho, con una base de cincuenta y nueve mil setecientos ochenta y cinco dólares con cuarenta y siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula N° 193402-000, la cual es terreno para construir con una casa de habitación de setenta y siete metros cuadrados de construcción, taller de ciento treinta y nueve metros cuadrados de construcción. Situada en el distrito 01 Aserrí, cantón 06 Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Hugo Corrales Castro; al sur, quebrada piedra; al este, Paulino Corrales Castro, y al oeste, calle pública con un frente de ocho metros veintisiete centímetros. Mide: setecientos cuarenta y nueve metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del siete de junio del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del quince de junio del dos mil veintiuno, con la base de cuarenta y cuatro mil ochocientos treinta y nueve dólares con diez centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de junio del dos mil veintiuno, con la base de catorce mil novecientos cuarenta y seis dólares con treinta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Luis Carlos Estrada Solano. Expediente Nº 17-007848-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 26 de noviembre del 2020.—Gonzalo Gamboa Valverde, Juez Tramitador.—( IN2021521841 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y siete mil quinientos noventa y dos dólares con diecisiete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 539103-000, derecho , la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 8-Bolívar, cantón 3- Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Pablo Israel Campos Meza; al sur, calle pública con 25.68 M; al este, Pablo Israel Campos Meza y al oeste, Pablo Israel Campos Meza. Mide: novecientos tres metros cuadrados. Plano: A-1883969-2016 Identificador Predial: 203080539103. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del veintidós de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del dos de marzo de dos mil veintiuno con la base de treinta y cinco mil seiscientos noventa y cuatro dólares con trece centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del diez de marzo de dos mil veintiuno con la base de once mil ochocientos noventa y ocho dólares con cuatro centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Deifilia del Carmen Leal Henríquez, expediente N° 20-000883-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 14 de enero del año 2021.—Jazmín Núñez Alfaro, Juez/a Decisor/a.—( IN2021521842 ).

En este despacho, con una base de cuarenta y nueve millones setecientos cincuenta y seis mil trescientos dos colones con veinticuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; soportando servidumbre sirviente citas: 339-10304-01-0001-001, sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 48128-F-000, la cual es terreno finca filial cuarenta y ocho de una planta destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito: 05-Agua Caliente (San Francisco), cantón 1- Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Elizabeth Saxe Ivancovich; al sur, finca filial cuarenta y nueve; al este lote segregado dos y al oeste acceso dos estacionamientos. Mide: ciento cinco metros con noventa y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del once de marzo de dos mil veintiuno, con la base de treinta y siete millones trescientos diecisiete mil doscientos veintiséis colones con sesenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del diecinueve de marzo de dos mil veintiuno, con la base de doce millones cuatrocientos treinta y nueve mil setenta y cinco colones con cincuenta y seis céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Angela Gabriela Hernández Cortés, Dennis José Montero Picado. Expediente N° 18-001489-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 26 de noviembre del año 2020.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Decisora.—( IN2021521843 ).

En este Despacho, con una base de dos millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación (Ley de Informaciones Posesorias) y reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número cuatrocientos noventa y dos mil cuatrocientos ocho-cero cero cero, la cual es terreno de solar. Situada: en el distrito Santiago, cantón Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, Olivier Rojas Vargas; al noroeste, Alexander Alvarado Rojas; al sureste, Javier Rojas Salas, y al suroeste, calle pública con 30.21 m. Mide: cuatrocientos cincuenta y un metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del cinco de mayo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cero minutos del trece de mayo del dos mil veintiuno, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos del veintiuno de mayo del dos mil veintiuno, con la base de quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Carlos Luis Ramírez Alvarado contra Patricia María Alan Seas. Expediente N° 20-002311-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 07 de enero del 2021.—María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2021521857 ).

En este despacho, con una base de nueve millones seiscientos cuarenta y tres mil seiscientos quince colones con sesenta céntimos, soportando servidumbre trasladada bajo las citas 322-11512-01-0900-001, servidumbre de paso bajo las citas 2010-283534-01-0003-001, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 613727-000, la cual es naturaleza: Terreno de pastos con una casa. Situada en el distrito (01) Santa María, cantón (10) Dota, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, Blanca Rosa Cascante Ureña; al noroeste, servidumbre de paso de 6 m de ancho y Blanca Rosa Cascante Ureña; al sureste, Blanca Rosa Cascante Ureña y Víctor Ureña Chanto y al suroeste, Blanca Rosa Cascante Ureña. Mide: dos mil ciento setenta y siete metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del cinco de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del quince de marzo de dos mil veintiuno con la base de siete millones doscientos treinta y dos mil setecientos once colones con setenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintiuno con la base de dos millones cuatrocientos diez mil novecientos tres colones con noventa céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Osvaldo Alberto Gutiérrez Cascante. Expediente N° 20-000662-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 15 de enero del año 2021.—Víctor Obando Rivera, Juez Decisor.—( IN2021521868 ).

En este Despacho, con una base de seiscientos sesenta y nueve mil trescientos setenta y dos colones exactos, sáquese a remate el vehículo: CL 223166, marca: Nissan, estilo: Frontier, categoría: carga liviana, capacidad: 4 personas, serie: 1N6DD26S41C356832, carrocería: camioneta Pick-Up caja abierta o Cam-Pu, tracción: 4x2, número chasis: 1C356832, año fabricación: 2001, color: negro, modelo: XE, cilindrada: 2400 C.C, cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del quince de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintitrés de marzo del dos mil veintiuno, con la base de quinientos dos mil veintinueve colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del siete de abril del dos mil veintiuno, con la base de ciento sesenta y siete mil trescientos cuarenta y tres colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Fox Capital Sociedad Anónima contra Christian Flores Vega. Expediente N° 20-013929-1157-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 11 de enero del 2021.—Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Decisora.—( IN2021521869 ).

En este Despacho, con una base de seis millones trescientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando demanda ordinaria citas: 800-79181-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número noventa y seis mil doscientos siete, derecho 000, la cual es terreno con una casa. Situada en el Distrito 2-San Josecito, Cantón 5-San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte Braulio Varela; al sur calle publica con 11m 73cm de frente; al este Antonio Vindas Blanca Jiménez otros y al oeste Irma Solís. Mide: doscientos setenta y nueve metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del once de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del diecinueve de febrero de dos mil veintiuno con la base de cuatro millones setecientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del uno de marzo de dos mil veintiuno con la base de un millón quinientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Eddie Gerardo González Sánchez, Natalia María González Reyes. Expediente Nº:20-003491-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 03 de octubre del año 2020.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2021521871 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones seiscientos noventa y cuatro mil setecientos veinticuatro colones con cuarenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: TH517, marca: Nissan, Tiida, color: rojo, serie, chasis y vin: 3N1CC1AD8GK203011. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del diez de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate ,se efectuará a las quince horas cero minutos del dieciocho de febrero del dos mil veintiuno, con la base de tres millones quinientos veintiún mil cuarenta y tres colones con treinta y tres céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos del veintiséis de febrero del dos mil veintiuno, con la base de un millón ciento setenta y tres mil seiscientos ochenta y un colones con once céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Pedro Antonio Sánchez Sánchez. Expediente N° 19-000461-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 23 de noviembre del 2020.—Lic. Ronald Gerardo Chacón Mejía, Juez Tramitador.—( IN2021521872 ).

En este Despacho, con una base de tres millones trescientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones, pero soportando reservas y restricciones citas: 0281-00000750-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 22841-000, la cual es terreno de potreros y tacotales con una casa. Situada: en el distrito 3-La Garita, cantón 10-La Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: norte, Juan Andrés Osegueda Ubeda; sur, Juan Andrés Osegueda Ubeda; este, Juan Andrés Osegueda Ubeda, y oeste, camino público a Sonzapote y Juan Andrés Osegueda Ubeda. Mide: ciento noventa y ocho mil ochocientos setenta y cuatro metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Plano: G-0002170-1964. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del nueve de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintiuno, con la base de dos millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del veinticinco de marzo del dos mil veintiuno, con la base de ochocientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Pedro Alexander Quintanilla Medina contra Gonzalo Chavarría López. Expediente N° 18-000055-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 18 de enero del 2021.—Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez Decisor.—( IN2021521873 ).

En este Despacho, con una base de ciento once millones novecientos cincuenta y cinco mil novecientos colones con doce céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Heredia, matrícula número ciento setenta y cinco mil ochocientos catorce-cero cero cero (175814-000), la cual es terreno naturaleza: terreno para construir, destinado a comercio bloque C, lote 15. Situada en el distrito 2-Mercedes, cantón 1-Heredia de la provincia de Heredia. Colinda: al norte: lote uno; al sur: lote destinado a calle pública con 7 m. 66 cm.; al este: lote catorce; y al oeste: lote destinado a calle pública con 14 m. 93 cm.; y por el suroeste: con lote destinado a calle pública con 7 m. 89 cm. de frente; suroeste: calle pública con 07.89. Mide: doscientos dieciocho metros cuadrados. Plano: H-0656479-2000. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del veintinueve de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del siete de julio de dos mil veintiuno, con la base de ochenta y tres millones novecientos sesenta y seis mil novecientos veinticinco colones con nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del quince de julio de dos mil veintiuno, con la base de veintisiete millones novecientos ochenta y ocho mil novecientos setenta y cinco colones con tres céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de Scotiabank de Costa Rica contra Eduardo Antonio Sánchez García. Expediente N° 19-015575-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 16 de diciembre del 2020.—Mónica Fallas Mesén, Jueza Tramitadora.—( IN2021521881 ).

En este Despacho, con una base de treinta y siete millones ciento setenta y tres mil quinientos cuarenta y un colones con ochenta y seis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 369-04223-01-0918-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 236982-000, la cual es terreno naturaleza: Para agricultura N.25-1. Situada en el distrito: 06-Dos Ríos, cantón: 13-Upala, de la provincia de Alajuela. Linderos: norte: Lote 26-1; sur: Lote 24-1; este: calle con 108m 24cm; oeste: Finca Argelia S.A.. Mide: setenta mil sesenta y seis metros con treinta y cinco decímetros cuadrados, Plano: A-0751863-1988. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del cinco de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del trece de abril de dos mil veintiuno, con la base de veintisiete millones ochocientos ochenta mil ciento cincuenta y seis colones con cuarenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del veintiuno de abril de dos mil veintiuno, con la base de nueve millones doscientos noventa y tres mil trescientos ochenta y cinco colones con cuarenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ever Mauricio Ramírez Araya contra Martín de Jesús Espinoza Abarca. Expediente N° 19-004801-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 28 de agosto del año 2020.—Licda. Eunice Pérez Arce, Jueza Decisora.—( IN2021521908 ).

Convocatorias

Se convoca a los miembros o socios de Soldado de La Paz S. A., cédula jurídica número 3101241991, a una junta a celebrarse en este Despacho, a las diez horas del cuatro de mayo del año dos mil veintiuno, para que en la misma elijan representante. Se hace la advertencia que la junta se verificará cualquiera que sea el número de miembros o socios presentes, y la elección se decidirá por simple mayoría de votos. En caso de no resultar mayoría o de no asistir ningún miembro o socio a la junta, se hará el nombramiento que corresponda. Lo anterior por ordenarse así en proceso laboral de Rodolfo Eliseo Quesada Elizondo contra Soldado de La Paz S. A., Expediente N° 18-000351-1125-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 20 de enero del año 2021.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021521694 ).

Citaciones

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Natividad Rangel Rangel c.c. Rolando, a las 12:50 horas del 28 de diciembre del 2020, y comprobado el fallecimiento de María Genarina Rangel Rangel, quien fuera mayor, viuda, ama de casa, cédula de identidad N° 5-0056-0828, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Heriberto A. Díaz Montero. Nicoya, Guanacaste, 75 metros este UNA.—Nicoya, 13 de enero del 2021.—Lic. Heriberto A. Díaz Montero, Notario.—1 vez.—( IN2021520419 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas cuarenta minutos del veintiséis de enero del año dos mil dieciocho y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fue la señora María Lelis Ruiz Gómez quien fuera mayor, casada una vez, educadora, con cédula de identidad número cinco-ciento diecinueve-doscientos cuarenta y uno y quien tuviera como último domicilio Barrio San Martín de Nicoya, Guanacaste, ciudadela Emanuel Ajoy C catorce. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. ( Expediente N° 1-01-2018). Notaría del Lic. Ricardo Jiménez Villalobos, Nicoya, Guanacaste, 75 metros al oeste de la esquina noroeste de los Tribunales, teléfono 26866823 (Publicar 1 vez en el Boletín Judicial).— Lic. Ricardo Jiménez Villalobos, Notario Público.—1 vez.—( IN2021521112 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Hernán Gerardo De Jesús Cantillano Renauld, mayor, estado civil divorciado, profesión u oficio Doctor en Farmacia, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0107690751 y vecino de Cartago, La Unión, Tres Ríos, carretera vieja a Tres Ríos, Urbanización Omega, de la entrada principal 200 metros al sur y 100 metros al este, casa número 17-E. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº:200008200640CI-3.—Juzgado Civil de Cartago, 06 de enero del año 2021.—Licda. Siany Barboza Zúñiga, Jueza.—1 vez.—( IN2021521143 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas treinta minutos del día veintiuno de enero del dos mil veintiuno, se dio apertura al expediente número cero cero uno-dos mil veintiuno, proceso sucesorio notarial testamentario de: Walter Guzmán González, cédula número uno-cuatrocientos treinta y siete-novecientos dos; quien falleció en Turrialba, Cartago, el día catorce de enero del dos mil veintiuno. Se cita a todos los interesados dentro del plazo de ley, apersonarse al proceso a hacer valer sus derechos.—Turrialba, veintiuno de enero del dos mil veintiuno.—Lic. Alejandro Mata Vega, Notario Público.—1 vez.—( IN2021521205 ).

Se cita y se emplaza a todos los interesados en la sucesión del señor quien fuera: Luis Gerardo Campos Prado, mayor, casado una vez,, pensionado, vecino de San José, Aserrí, Barrio San Luis, cuatrocientos metros al este y veinticinco metros sur de la municipalidad, con cédula de identidad número: uno-cero cuatrocientos veintitrés-cero seiscientos trece, fallecido el veintiséis de agosto del dos mil veinte, para que dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto comparezca ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Expediente: 0001-2021. Notaría de la Licda. Maricruz Ledezma Quirós, ubicada en Desamparados, Urbanización Marianela, teléfono: ochenta y cuatro veinticuatro sesenta y seis cincuenta y cuatro.—22 de enero del 2021.—Licda. Maricruz Ledezma Quirós, Notaria.—1 vez.—( IN2021521219 ).

Ante , Gonzalo Monge Umanzor, Notario Público, con oficina abierta en la Provincia de San Jose, Guadalupe de Goicoechea, del Maxi Pali 75 metros al este y diez al norte, Edificio Esquinero, segundo piso, oficina número cuatro, Alejandra Muñoz Jiménez, mujer, mayor de edad, casada en segundas nupcias, docente de profesión, con cedula de identidad numerol-1103-0975, vecina de la Provincia de San José, Cantón Goicoechea, Distrito Guadalupe, 200 metros Oeste del Cuerpo de Bomberos de Goicoechea, sin ninguna discapacidad y Olga Muñoz Jiménez, mujer, mayor de edad, soltera., Asesora del Ministerio de Educación, con cedula de identidad número 1-0916- 0091, vecina de la Provincia de San José, Cantón Vázquez de Coronado, Distrito Patalillo (San Antonio) Urbanización Las Calas, sin ninguna discapacidad, se presentan a hacer valer sus derechos como herederos legítimos y universales ante esta Notaria que solicitan la apertura en Sede Notarial del proceso sucesorio ab-intestato, de quien en vida fue de quien en vida fue: Francisco Alberto Muñoz Ordóñez, hombre, mayor de edad, soltero, pintor y reparador de carrocerías de vehículos, quien fue portador de la cedula de identidad número 8-0056-0709, vecino de la Provincia de San José, Cantón Goicoechea, Distrito Guadalupe, 200 metros Oeste del Cuerpo de Bomberos de Goicoechea, quien falleció el día veinticinco de noviembre de dos mil veinte, según consta en el Registro Civil, Registro de Defunciones, de la Provincia de San José, al tomo: Seiscientos treinta y nueve; folio: cuatrocientos setenta y nueve; asiento: novecientos cincuenta y ocho, cita: 1-0639-479-0958, según certificación digital emitida por el Tribunal Supremo de Elecciones, Registro Civil Republica de Costa Rica, código verificador número: 20X3YPXDRJCM, de lo cual da fe el suscrito Notario con vista en el Registro Civil en las citas indicadas. Así las cosas, se cita y se emplaza mediante edicto a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, en un plazo de quince días, a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, comparezcan ante mi Notaria, sita en Guadalupe de Goicoechea, del Maxi Pali 75 metros al este y 10 al norte, Edificio Esquinero, segundo piso, oficina número 4, correo electrónico registrado en estrados judiciales: gmonge.@abogados.or.cr, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derechos a la herencia o reclamos pertinentes, de que si no se presentan dentro de este plazo, aquella pasara a quien legalmente corresponda. Procédase al inventario y avalúo de bienes. Expediente Nº0001. Ano: 2021.—Lic. Gonzalo Monge Umanzor.—Notario Público.—1 vez.—( IN2021521222 ).

Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos quienes pueden resultar interesados o creen tener derechos en la sucesión Ab-Intestato en Sede Notarial de quien en vida fue Julio Henríquez Seas, cédula ocho-cero cero cuarenta y nueve-cero seiscientos cincuenta, para que de conformidad con lo establecido por el artículo novecientos diecisiete del Código Procesal Civil y dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto que se hara por una sola vez en el Boletln Judicial, se apersonen a hacer valer sus derechos ante esta notaria, ubicada en Cariari, Pococí, Limón, Urbanización La Guaria tercera entrada apercibidos de que si no lo hicieren dentro del plazo dicho, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Número cero cero uno 2021.—Cariari, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de enero del dos mil veintiuno.—Lic. Adriana Montoya Chavarría, Notaria Pública, carné N° 19639.—1 vez.—( IN2021521233 ).

Ante mi notaría, sita Oficentro La Sabana, edificio dos, piso dos, se tramita expediente N° 001-2021, que es sucesorio ab intestato de: Carlos Alberto Chacón Bonilla, casado dos veces, vecino de Guararí de Heredia, cédula N° 3-221-072, quién falleció el 14 de enero del 2020. Conforme el artículo 917 del Código Procesal Civil, se cita y emplaza a todos los interesados, herederos, legatarios y acreedores en esta sucesión para que, dentro del plazo de quince días a partir de esta publicación se apersonen para hacer valer sus derechos, con el apercibimiento para aquellos que se crean con derecho a la herencia que, de no hacerlo, la herencia pasará a quien corresponda.—Lic. Wagner Chacón Castillo, Notario Público.—1 vez.—( IN2021521302 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Jack De Los Ángeles Grant Rivera, mayor, soltero, costarricense, con documento de identidad 702330406 y vecino de Limón, Pueblo Nuevo, Barrio las Brisa II.-Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº:20- 000306-0678-CI-7.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 26 de noviembre del año 2020.—Licda. Adriana Magally Jiménez Bonilla, Jueza.—1 vez.—( IN2021521313 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Olga Mayela Montenegro Rivera, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad N° 3-0206-0881 y vecina de Cartago, Casa Mata, 25 metros de la tienda Villalobos. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Juzgado Civil de Cartago, 20 de enero 2021, expediente N° 21-000013-0640-CI.—Lic. Mateo Ivankovich Fonseca, LL.M, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2021521329 ).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Héctor Delgado Segura, quien fue mayor, casado, recolector de basura, vecino de Desamparados, cédula de identidad N° 1-0374-0955, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia de que si no se presentan en el plazo citado aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 21-000010-0217-CI. Sucesión de Héctor Delgado Segura.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 8 de enero de 2021.—Lic. Henry Steven Sanarrusia Gómez, Juez.—1 vez.—( IN2021521334 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Johan Ricardo Desánti García, mayor, casado, ingeniero industrial, costarricense, con documento de identidad N° 0112230090 y vecino de Alajuela, San Ramón, San Juan, 500 metros este, 100 metros norte y 75 metros este del Centro Pastoral. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 21-000004-0296-CI-1.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 12 de enero del 2021.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2021521337 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Paula Ruiz Tijerino, mayor, soltera, administradora del hogar, nacionalidad Nicaragua, con documento de identidad N° 155805207035 y vecina de Liberia, Guanacaste. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000283-0386-CI - 1.—Juzgado Civil y Trabajo de Primer Circuito Judicial de Guanacaste, (Liberia), (Materia Civil), 13 de enero del 2021.—Licda. Brenda Celina Calvo De La O, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2021521338 ).

Se hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Adilia Del Socorro Segura Fonseca, mayor, estado civil viuda, oficios del hogar, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0400840478 y vecina Santa Bárbara de Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000029-0504-CI-9.—Juzgado Civil de Heredia, 14 de enero del 2021.—Msc. Óscar Mauricio Rodríguez Villalobos, Juez.—1 vez.—( IN2021521346 ).

Sucesión Ab Intestato en sede notarial de Alejandro José Mejía Romero. Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por María Isabel Vargas Mata, a las dieciséis horas del catorce de enero del año dos mil veintiuno esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como esta lo ha indicado. Notaría de la Licda. Dalia Marín Porras, Puntarenas, Corredores, Ciudad Neily, Barrio La Unión, diagonal a taller Unicornio, teléfono ocho-trescientos quince-ochenta y seis-setenta y uno.—Ciudad Neily, quince de enero del dos mil veintiuno.—Licda. Dalia Marín Porras, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021521372 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Thais Elizabeth Araya Aguilar, de las ocho horas con treinta minutos del veintitrés de diciembre del año dos mil veinte, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio Ab Intestado Nº 08-2020-NO de quien en vida fuera su madre María Elizabeth Aguilar Chacón, mayor, viuda una vez, ama de casa, vecina de Cartago, Alvarado, Cervantes, frente al Abastecedor Karen Lilliana en el Bajo de Cervantes y portadora de la cédula de identidad número 3-0136-0426. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Edwin Eduardo Gómez Castillo, con oficina en Cervantes de Cartago, 300 metros al oeste de la entrada a la Flor de Paraíso.—Cartago, 23 de diciembre del 2020.—Lic. Edwin Eduardo Gómez Castillo, Abogado y Notario Público.—1 vez.—( IN2021521399 ).

Avisos

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor (incapaz), para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 20-000232-1517-FA. Clase de asunto proceso especial de protección.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala, (Materia Familia), a las trece horas cuarenta y cuatro minutos del 8 de diciembre del 2020.—Licda. María Fernanda Hernández Marchena, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021520112 ).       3 v. 3.

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en la declaratoria de estado de abandono y otro del menor Axel Jafet Cedeño Pérez, para que se apersonen al Juzgado de Familia de Buenos Aires dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado mediante la resolución de las catorce horas doce minutos del catorce de diciembre del dos mil diecisiete. Expediente N° 17-000149-1552-FA (157-117-3).—Juzgado de Familia de Buenos Aires, 06 de enero del 2020.—Lic. Roger Sibaja Arias, Juez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021521643 ).   3 v. 1

Se convoca a los socios, asociados o a quienes corresponda designar representante de Asociación Pro Vivienda de Barrio Corazón de Jesús de Aserrí, cédula jurídica número 3002102887, para que en el plazo de cinco días se apersonen a este Despacho y manifiesten lo que corresponda respecto de la representación de la persona indicada, conforme al artículo 19.4 del Código Procesal Civil. En caso de no apersonarse ninguna persona interesada, este tribunal procederá a la designación de un curador procesal. Lo anterior por ordenarse así en proceso ordinario de Uriel Gerardo Porras Segura contra Asociación Pro Vivienda de Barrio Corazón de Jesús de Aserrí. Nota: Sin fecha límite de publicación. Expediente N° 20-000147-0217-CI.—Tribunal Colegiado Primera Instancia Civil del Tercer Circuito Judicial de San José (Hatillo), 19 de junio del año 2020.—Gersan Andrey Tapia Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2021521635 ).

Licenciada Valeria Arce Ihabadjen, jueza del Juzgado Primero de Familia de San José, a Juan Diego Cabrera Tocabens, en su carácter personal, quien es mayor, casado, electricista, vecino de domicilio desconocido, cédula N° 119200279501, se le hace saber que en demanda nulidad matrimonio, establecida por Procuraduría General de la República contra Juan Diego Cabrera Tocabens, expediente N° 13-001427-0186-FA, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Por tanto: de conformidad con lo expuesto, normas legales citadas, este proceso abreviado de nulidad de matrimonio formulado por la Procuraduría General de la República contra los señores Juan Santiago Cabrera Tocabens y Tatiana de los Ángeles Ramírez Murillo se resuelve de la siguiente manera: 1) Se declara la nulidad del matrimonio civil celebrado entre los señores Juan Santiago Cabrera Tocabens y Tatiana de los Ángeles Ramírez Murillo. 2) Se ordena comunicar lo dispuesto en este pronunciamiento a la Dirección General de Migración y Extranjería para que proceda como en derecho corresponda, respetando el debido proceso, con el trámite de anulación de todo acto tendente a otorgar la residencia de Juan Santiago Cabrera Tocabens. 4) Se ordena testimoniar piezas ante la Fiscalía Adjunta de este Circuito Judicial a fin de que se investigue si se incurrió en un delito por parte de quienes participaron en la celebración del matrimonio que se anula en este fallo. 5) Se declara que el matrimonio que aquí se anula no produce efectos patrimoniales ni personales. 6) Se declara nula la inscripción de Juan Santiago Cabrera Tocabens como progenitor de los menores Shirley Camila Cabrera Ramírez y Royner Donovan Cabrera Ramírez. En lo sucesivo esas personas menores de edad quedarán inscritas como hijos únicamente de la señora Tatiana de los Ángeles Ramírez Murillo. 7) Firme esta sentencia, se ordena su inscripción en el Registro Civil, Registro de Matrimonios de la provincia de San José, al tomo cuatrocientos setenta y dos, folio cuatrocientos cuarenta y ocho, asiento ochocientos noventa y seis; así como en el Registro de Nacimientos de la provincia de San José, la de la menor Hirley Camila Cabrera Ramírez, al tomo dos mil veinte, página cuatrocientos sesenta y seis, asiento novecientos treinta y uno, y la del menor Royner Donovan Cabrera Ramírez, al tomo dos mil setenta y uno, página ciento setenta y cinco, asiento trescientos cuarenta y nueve. 8) Se condena a la codemandada Tatiana de los Ángeles Ramírez Murillo al pago de las costas procesales y personales de este proceso. Se exime al codemandado Juan Santiago Cabrera Tocabens del pago de las costas personales y procesales de este asunto. 9) Notifíquese al codemandado Juan Santiago Cabrera Tocabens la parte dispositiva de esta sentencia por medio de Edicto, que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial. 10) De una vez se ordena girar los honorarios de curador procesal al licenciado Luis Gustavo Pereira León, con cédula de identidad número 1-0642-0584, realícese la respectiva comunicación para su efectivo pago una vez firme la presente sentencia; expediente N° 13-001427-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 05 de enero de 2021.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521641 ).

Se hace saber al señor Mireya Sánchez Tellez, mayor, casada una vez, nacionalidad colombiana, documento identidad CC39550978, naturalizada con cédula identidad 8-0085-0181, demás calidades y domicilio desconocido, que en este Despacho se tramita proceso inexistencia matrimonio N° 18-000100-0186-FA establecido por Procuraduría General de La República, se ordena notificarle por edicto, la solicitud planteada por la entidad actora, y para que se refiera a ella le fue otorgado el plazo de diez días, dentro del cual podrá contestar negativamente, expresando sus razones, aceptar los hechos, ofrecer prueba, presentar excepciones y señalar medio para recibir notificaciones. Se solicita declarar la inexistencia del matrimonio celebrado entre las partes, la anulación de cualquier trámite de naturalización y todo acto para otorgar la residencia emitido por la Dirección General de Migración y Extranjería. El emplazamiento corre tres días después de esta publicación.—Juzgado Primero de Familia del Primero de Familia del Primer Circuito Judicial de San José, 22 de enero de 2021.—Licda. Marianela Vargas Cousin, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021521644 ).

Msc. Tania Morera Solano, Jueza del Juzgado de Familia de Puntarenas hace saber, que en Expediente número 18-000825-1146-FA, correspondiente a un Proceso de Declaratoria Judicial de Estado de Abandono, Pérdida de la Responsabilidad Parental y Solicitud de Deposito Judicial, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, contra Franklin Antonio Pao Rodríguez, se dictó la sentencia número 101- 2019 de las ocho horas veinte minutos del 11 de febrero de dos mil diecinueve, que en lo conducente reza así: Resultando. Primero: (...) Segundo: (...) Tercero: (...) Considerando. I.-Hechos probados. II.-Sobre el fondo del asunto. Por tanto: “De acuerdo a lo expuesto, y artículos 51 y 55 de la Constitución Política; 5, 13, 30, 32 y 34 del Código de la Niñez y la Adolescencia; 1, 2, 5, 8, 115 y siguientes y 140 y siguientes del Código de Familia se estima pertinente acoger la acción presentada y declarar en estado de vulnerabilidad o abandono con fines de adopción a la persona menor de edad Cristhian Antonio P”“AO García por parte de su progenitor, el señor Franklin Antonio Pao Rodríguez a quien se le ordena dar por finalizado o extinto el ejercicio de los atributos de la Autoridad Parental con respecto a su hijo aquí mencionado. Se ordena conceder en depósito judicial al niño Cristhian Antonio Pao García a cargo de la abuela materna señora Yesenia Acosta Chaves. Firme esta resolución inscríbase mediante ejecutoria que se expedirá, ante el Registro Civil, Sección de nacimientos de la provincia de Puntarenas, al tomo 353, folio 82, asiento 164. Publíquese la parte dispositiva de esta resolución por una única vez, en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas debido a la naturaleza de las presentes diligencias.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—Gabriela Herrera Alfaro, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521645 ).

Patricia Vega Jenkins, Jueza del Juzgado de Familia de Grecia, al señor Erick Ulate Molina y la señora Natalia Esquivel Samuels, así como a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad: Danna Paola Ulate Esquivel, se les pone en conocimiento la parte dispositiva de la resolución de las diez horas y cincuenta minutos del dieciocho de marzo del dos mil veinte, de este Despacho que en lo conducente dice: Razones dadas y normativa citada, se declara con lugar la presente acción planteada por la representante legal del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local Grecia y se ordena el depósito judicial de la niña: Danna Paola Ulate Esquivel, menor de edad, costarricense, soltera, estudiante, vecina de Grecia, titular de la identificación número 2-898-366, a cargo de su abuela materna y actual depositaria provisional, la señora Eunice Samuels Vega, quien seguirá velando por su cuido directo y bienestar integral bajo la constante supervisión, soporte profesional y si es del caso inclusive material del Patronato Nacional de la Infancia, entidad que en caso necesario y pertinente, valorará la posibilidad de incluir a la persona menor de edad en el Programa de Hogares Solidarias de la entidad promotora. Se le confiere a la persona designada como depositaria judicial un plazo de cinco días a partir de la notificación de la presente resolución para que se apersone a este despacho a aceptar el cargo conferido. La representante legal del ente promotor deberá promover su presentación ante este despacho judicial. Publíquese la parte dispositiva de esta resolución por una única vez en el Boletín Judicial o en un diario de circulación nacional. Lo aquí dispuesto será inscrito ante el Registro Civil, Sección de Nacimiento de la provincia de Alajuela al tomo: 898, folio: 183, asiento: 366, mediante ejecutoria que se expedirá a petición de parte interesada. Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. Se ordena la publicación de la parte dispositiva de esta sentencia en el Boletín Judicial. Expediente N° 19-000539-0687-FA. Clase de asunto: depósito judicial.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia Familia).—MSc. Patricia Vega Jenkins, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521646 ).

MSc. Tania Morera Solano, Jueza del Juzgado de Familia de Puntarenas hace saber, que en expediente número 19-000865-1146-FA, correspondiente a un proceso de declaratoria judicial de estado de abandono, promovido por el Patronato Nacional de la Infancia, contra Danny José Solano Carmona y Estefanía María Méndez Tamariz, a quienes se les hace saber, que en dicho proceso se dictó la sentencia número 2021000037, de las catorce horas cincuenta y cuatro minutos del ocho de enero de dos mil veintiuno, que en lo conducente reza así: Resultando. Primero: (...) Segundo: (...) Tercero: (...) Considerando. I.-Hechos probados. II.-Sobre el fondo del asunto. Por tanto. De acuerdo a lo expuesto, y artículos 51 y 55 de la Constitución Política; 5, 13, 30, 32 y 34 del Código de la Niñez y la Adolescencia; 1, 2, 5, 8, 115 y siguientes y 140 y siguientes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda especial de declaratoria judicial de abandono y depósito de personas menores de edad establecido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Danny José Solano Carmona y Estefanía María Méndez Tamariz, declarando en esta vía judicial el estado de abandono con fines de adopción y la pérdida de la responsabilidad parental de la persona menor de edad Jilliam Yebelka Solano Méndez, respecto de sus progenitores los aquí demandados Danny José Solano Carmona y Estefanía María Méndez Tamariz. Y se declara con lugar, el estado de abandono con fines de adopción y la pérdida de la responsabilidad parental que ejerce la demandada Estefanía María Méndez Tamariz, en cuanto a la persona menor de edad Ziuying Kamila Méndez Tamaris. Se ordena el depósito judicial de las personas menores de edad Ziuying Kamila Méndez Tamaris y Jilliam Yubelka Solano Méndez, bajo la responsabilidad de la señora Cinthia Rosales Campos, tía abuela materna de las menores, titular de la cédula de identidad número 6-0341-0070, donde permanecen las menores actualmente. Anótese el fallo en las citas de inscripción de las personas menor de edad, en el caso de Ziuying Kamila Méndez Tamaris, en el Registro de Nacimientos de la provincia de Alajuela, al tomo: novecientos sesenta y dos (0962), folio: trescientos noventa y seis (396), asiento: setecientos noventa y dos (0792). Citas de inscripción: 2-0962-396-0792. Y en el caso de Jilliam Yubelka Solano Méndez, en el Registro de Nacimientos de la provincia de Puntarenas, al tomo: quinientos sesenta y cinco (0565), folio: cuatrocientos noventa y uno (491), asiento: novecientos ochenta y uno (0981). Citas de inscripción: 6-0565-491-0981. Hágase saber.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—MSc. Tania Morera Solano, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021521648 ).

Edictos Matrimoniales

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil de Mariana Ivankovich Martos, mayor, soltera, intérprete, cédula de identidad N° 0304240155, vecina de Cartago, hija de Meicel Martos Ramírez y Hugo Alfonso Ivankovich, nacida en Oriental Central Cartago, el 23/11/1987, con 33 años de edad, y Roger Esteban Soto Madriz, mayor, soltero, dato desconocido, cédula de identidad N° 0304350829, vecino de Cartago, hijo de Patricia Madriz Romero y Roger Alberto Soto Rojas, nacida en Oriental, Central, Cartago, el 07/04/1989, actualmente con 31 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-000121-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 16 de enero del 2021.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN202521179 ).

Ante esta notaria comparecen para contraer matrimonio, Carlos Alberto Morales Quirós, mayor de edad, cédula de identidad N° 1-1346-0643, costarricense, soltero vecino de Alajuela centro, avenida 3, 75 mts. norte detrás de la cúpula de la iglesia Catedral de Alajuela, Impresor Fotográfico hijo de Floricel Quirós Herrera y Carlos Alberto Morales Alvarado ambos costarricenses y, Chuan Ying- mujer- apellido Chu - único apellido en razón de su nacionalidad, mayor de edad, cédula de residencia número 115800072625, nacionalidad taiwanesa, soltera, vecina de Alajuela centro, avenida 3, 75 mtrs. norte detrás de la cúpula de la iglesia Catedral de Alajuela, Fotógrafa hija de la señora Mei Chu, apellido Cheng único apellido en razón de su nacionalidad y el señor Chu Ching apellido Chu - único apellido en razón de su nacionalidad, ambos taiwaneses han comparecido ante este notario a efecto de celebrar matrimonio civil conforme a nuestra legislación. Se convoca a las partes interesadas, en hacer oposiciones dentro del plazo de 8 días, posteriores a la publicación de este edicto. Notaria ubicada en Heredia, 75 metros al oeste del edificio de Gobernación.—20 de enero del año 2021.—José Leonel Sáenz Batalla, Notario Público.—1 vez.—( IN2021521234 ).

Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil: Alex José Espinoza Jiménez, mayor, soltero, mercaderista, cédula de identidad N° 0504150346, nombre de los progenitores Alcides Espinoza Cruz y María Benigna Jiménez Carrillo, domicilio Nicoya, Barrio San Martín, Ciudadela Emanuel Ajoy, primera alameda tercera casa, con muro blanco a mano derecha, con 23 años de edad y Vielka María Rodríguez Sánchez, mayor, soltera, ama de casa, con cédula de identidad N° 0504280746, vecina de Barrio San Martín, Ciudadela Emanuel Ajoy, primera alameda tercera casa, con muro blanco a mano derecha, nombre de los progenitores Manrique Rodríguez Jiménez y de Jeannette Sánchez Monge, con 21 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-000016-0869-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya, (Materia Familia), 11 de enero del 2021.—Lic. Luis Araya Cerdas, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN202521288 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Jessica María Rodríguez Rojas, mayor, soltero/a, estudiante, cédula de identidad N° 0604640154, vecino(a) de Tilarán, Barrio Santa Rosa de la segunda entrada 50 metros, hijo(a) de Aracelly Rojas Salas y Abelino Rodríguez Picado, nacido(a) en Chacarita Central Puntarenas, el 19/12/2000, con 20 años de edad, celular 84331035 y Yeudy Anderson Salazar Silva, mayor, soltero/a, Oficial Seguridad Privada, cédula de identidad N° 0117820689, vecino(a) de Tilarán, Barrio Santa Rosa segunda entrada 50 metros norte, hijo(a) de Elizabeth Silva Silva y Alvarito Salazar López, nacida en Hospital Central San José, el 11/07/2000, actualmente con 20 años de edad, celular 87141563. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 21-000018-0928-FA, Solicitud de matrimonio de Jessica María Rodríguez Rojas y Yeudy Anderson Salazar Silva.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas (Materia Familia), Guanacaste, Cañas, 20 de enero del 2021.—Lic. Luis Fernando Sáurez Jiménez, Juez(a).—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521289 ).

Ante la notaria del Licenciado Rodrigo Bonilla Gamboa, se está tramitando matrimonio igualitario entre los contrayentes Cesar Polanco, estadounidense y de Roberto Martínez Castillo, nicaragüense. Cualquier interesado en oponerse a este matrimonio presentarse a oficinas ubicadas frente a encomiendas de Musoc, Bonilla y Asociados.—San José 25 de enero del 2021.—Lic. Rodrigo Bonilla Gamboa, Abogado.—1 vez.—( IN2021521596 ).