BOLETÍN JUDICIAL N° 20 DEL 29 DE ENERO DEL 2021
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
SECRETARÍA GENERAL
SALA CONSTITUCIONAL
JUZGADO NOTARIAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos
Matrimoniales
Edictos en lo Penal
CIRCULAR N° 279-2020
ASUNTO: Sobre
la obligación de mantener actualizados los registros en los sistemas y de realizar periódicamente los inventarios de los expedientes.
A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior del Poder
Judicial en sesión N° 103-2020 celebrada
el 27 de octubre de 2020, artículo
XLI, como recomendación de
la Dirección de Planificación,
dispuso reiterar a todos los despachos judiciales las circulares N° 87-15, 159-15, 27 y 28-16, 160-16, 89-18, 133-18
y 94-2019, referente a la obligación
de mantener todos los registros actualizados en el Sistema de Gestión, Sistema
de Seguimiento de Casos y Escritorio
Virtual. Asimismo, reiterarles
que deben de realizar periódicamente inventarios de los
expedientes, en todas las materias en los que son competentes tanto
de primera y segunda instancia, los cuales se deben realizar entre los meses de
enero y agosto de cada año, con el fin de suministrar información real y confiable de los despachos judiciales. Publíquese por una única vez en
el Boletín Judicial.
San José, 4
de diciembre de 2020.
Lic. Carlos T. Mora Rodríguez
Subsecretario General interino
1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021522450 ).
SE
REPRODUCE POR ERROR EN EL ORIGINAL
CIRCULAR N° 286-2020
ASUNTO: Actualización
de la Circular N° 127-20. Guía para realizar las Reuniones Restaurativas con participantes virtuales de la Dirección
Nacional de Justicia Restaurativa.
A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS
QUE CONOCEN JUSTICIA PENAL
Y JUSTICIA JUVENIL
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior del Poder
Judicial en sesión N° 106-2020 celebrada
el 05 de noviembre del 2020, artículo
LXVI, aprobó la actualización
de la Circular N° 127-2020, referente a la Guía para realizar las Reuniones Restaurativas con participantes virtuales de la Dirección Nacional de Justicia Restaurativa,
para la atención de casos durante la emergencia nacional sanitaria del COVID-19, de conformidad
a las circulares institucionales de la Secretaría General de la Corte, números
35-2020, 47-2020 y 66-2020.
La Dirección
de Planificación mediante oficio N° 1538-PLA-MMI-OI-2020 realizó
observaciones a dicha Guía, las cuales fueron incorporadas para ajustarla al Protocolo para la realización de audiencias orales
por medios tecnológicos en materia penal, contravencional, ejecución de la pena y penal juvenil, aprobado por Corte Plena en sesión N° 27-2020, artículo II, celebrada el 18 de mayo del 2020 y publicado
mediante Circular N° 102-2020 de la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia.
En razón de lo
anterior, y a partir de la experiencia
de los equipos interdisciplinarios
en los primeros meses del
2020, conforme las posiciones
de la Fiscalía Adjunta de
Justicia Restaurativa y la Coordinación
de la Fiscalía Adjunta
Penal Juvenil, la Coordinación
de la Defensa Pública de
Justicia Restaurativa y la Coordinación
de la Defensa Pública de
Penal Juvenil, y la Coordinación
de Justicia Restaurativa del Departamento
de Trabajo Social y Psicología;
se imiten los siguientes lineamientos para garantizar la continuidad ininterrumpida del servicio que brinda Justicia Restaurativa, independientemente
de la alerta sanitaria en
que se encuentre el lugar donde se desarrollan las
diligencias o se encuentran las personas usuarias; y continuar con la maximización del uso de la virtualidad en los procedimientos restaurativos; permitiendo a los equipos interdisciplinarios de Justicia Restaurativa
determinar la conveniencia
de brindar el servicio de manera presencial o virtual según el caso concreto.
Puede accesar a la
circular completa en el siguiente link: https://secretariacorte.poder-judicial.go.cr/index.php/documentos?download=5071:lineamientos-generales-para-la-atencion-de-casos-de-justicia-restaurativa-mediante-el-uso-de-la-virtualidad
San José, 22
de enero del 2021.
Lic. Carlos Toscano Mora Rodríguez
Subsecretario General Interino
1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—
( IN2021522451 ).
ASUNTO: Acción
de Inconstitucionalidad
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
TERCERA PUBLICACIÓN
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la
Jurisdicción Constitucional,
dentro de la acción de inconstitucionalidad
número 21-000897- 0007-CO que promueve
Procuraduría General de la República,
se ha dictado la resolución
que literalmente dice: «Sala Constitucional
de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las diez
horas cincuenta y cuatro minutos del diecinueve de enero de dos mil veintiuno. Se da
curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta
por Julio Alberto Jurado Fernández, en su condición de Procurador General de la República,
para que se declare inconstitucional artículo 5 de la Ley Nº 9868 del 8 de julio
de 2020, mediante el cual
se crea el distrito 8 del cantón VIII Tilarán, publicada el 27 de octubre de
2020, por estimarlo contrario
a los artículos 9, 99, 102, 121 inciso
1), 168, 171, 172 de la Constitución Política, los principios de separación de poderes e inderogabilidad singular de las normas
que integran el parámetro
de constitucionalidad, de representación,
participación política, igualdad, razonabilidad y proporcionalidad, así como el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos. Se confiere audiencia por quince días al Presidente
del Tribunal Supremo de Elecciones, al Presidente de la Asamblea Legislativa y al Presidente del Concejo Municipal de Tilarán. La norma se impugna por los siguientes motivos: 1.—Violación de la competencia constitucional para
la organización de los actos
relativos al sufragio que corresponde al TSE. A través de
la norma impugnada, la Asamblea Legislativa pretende obligar al Tribunal
Supremo de Elecciones a realizar
elecciones anticipadas para
designar a los miembros del
Concejo de Distrito y síndicos
de distrito de Cabeceras, desconociendo
no solo los tiempos electorales
previstos en los numerales 171 y 172 de la Constitución,
sino, además, sin tomar en consideración
que esa materia se enmarca dentro del concepto de
“lo electoral”, cuya competencia
ha sido reservada al TSE. Refiere que, si bien el Tribunal
Supremo de Elecciones se encuentra
sometido a la ley, lo cierto
es que no podrían regularse
a través de ella, aspectos sustantivos de la función electoral, tal como la realización de una elección en el ámbito municipal, fuera de los tiempos de programación que tiene la institución por disposición constitucional. 2.— Violación al numeral 168 de la Constitución
y los principios de separación
de poderes e inderogabilidad
singular de las normas que integran
el parámetro de constitucionalidad.
Según la jurisprudencia constitucional (sentencias Nos.
1995-2009 y 2013-12802, entre otros), la Asamblea Legislativa únicamente puede crear distritos, en tanto modifique la Ley sobre la División Territorial Administrativa,
mediante la cual delegó esa potestad
al Poder Ejecutivo. Mientras eso no cambie, en atención
a los principios de separación
de poderes, inderogabilidad
singular de las normas y de seguridad
jurídica, no podría entenderse que dos órganos constitucionales, tienen una misma atribución. En razón de lo anterior, considera que la norma impugnada es inconstitucional, pues la Asamblea Legislativa no era competente
para crear un distrito, sin
antes modificar la delegación
que mantiene, lo cual no hizo. 3.—Inconvencionalidad e inconstitucionalidad de la norma
por afectar el efectivo desempeño del cargo de representación
que fue conferido a ciudadanos en las elecciones municipales de 2020 (artículo 23 de la Convención
Americana de Derechos Humanos y principios de representación y participación política). El TSE advirtió a los legisladores que la elección de
las autoridades distritales
de Cabeceras, de ser aprobada la ley, luego de la convocatoria a los comicios del 2020, debía diferirse hasta el 2024, no solo por razones
logísticas, sino porque la generación de una nueva circunscripción y la designación de gobernantes fuera del ciclo electoral ordinario genera una dislocación
del sistema que impacta negativamente el derecho al efectivo
desempeño del cargo, tutelado
por la Convención Americana sobre
Derechos Humanos. Al realizarse las postulaciones para ocupar los
cargos municipales que se disputaron
en febrero de 2020, las
personas interesadas sometieron
su nombre a consideración del electorado teniendo en cuenta
que llevarían a cabo funciones públicas en pro del desarrollo de comunidades que, para ese entonces,
integraban la circunscripción
en la que aspiraban a ejercer el cargo, por lo que el desmembramiento de esos territorios afecta el ejercicio del puesto. La celebración de comicios municipales, fuera del ciclo ordinario de renovación de autoridades y por motivo de la creación de una nueva circunscripción, afecta flagrantemente el núcleo de atribuciones de representantes que se encuentran ejerciendo un puesto público y también genera una desigualdad con gobernantes homólogos. Señala que la norma impugnada varía límites territoriales,
lo cual modifica, a su vez, uno de los elementos de la competencia de
los actuales gobernantes:
al tomarse porciones de distritos preexistentes para generar el distrito Cabeceras,
los síndicos y los concejales
en funciones (electos en febrero
de 2020 en los territorios desmembrados) de manera sobreviniente verán afectado el ámbito espacial en el que ejercen autoridad, circunstancia que va en detrimento del mandato que les fue inicialmente otorgado. El Estado debió diferir la elección de las nuevas autoridades de Cabeceras hasta el 2024, de manera análoga como lo hizo con la relativamente reciente creación del cantón Río Cuarto. Aduce que se produce también una afectación al principio de igualdad
entre gobernantes de similar naturaleza
y jerarquía, con la pretensión
de la norma impugnada en elegir representantes
distritales para Cabeceras a inicios
de 2021, pues ello supondría que su período de gobierno fuera de -aproximadamente tres años, lapso
que resulta ser menor al de
los mandatos otorgados por
la ciudadanía en las elecciones municipales de 2020.
Por otra parte, la celebración de comicios locales en un momento distinto
a aquel que ordinariamente están previstos podría, en ciertos escenarios,
hacer que las comunidades,
por las cuales un determinado
candidato obtuvo la victoria, sean trasladadas por la modificación
legal de los límites, a otro
territorio, con lo que habría
una afectación a la lógica
de representación que se obtiene
mediante el sufragio. Se desconocería la voluntad popular
de quienes emitieron su voto en
los comicios del 2020; tanto electores
como candidatos -al materializar su derecho
fundamental al sufragio en cualquiera de sus vertientes- que
tuvieron en mente un esquema territorial y de
autoridades que ahora, iniciado el período de gobierno y de forma ilegítima, se
pretende variar. Por otro lado, los munícipes de los territorios que
hoy forman el citado distrito ya concurrieron
a las urnas a elegir los miembros de otros concejos de distrito que ejercerán sus cargos
durante el cuatrienio
2020-2024, por lo que si se celebran
votaciones para determinar quiénes serán los concejales y el síndico (propietario y suplente) de
Cabeceras, estarían ejerciendo
una suerte de doble voto. Dentro de un mismo período de gobierno, habrá ciudadanos que sufragaron, con aproximadamente un año de diferencia, por autoridades de
dos circunscripciones distintas
de la escala territorial de gobierno,
particularidad que transgrede
el principio “una persona, un voto” (one person, one
vote), como imperativo democrático relativo a la igualdad del sufragio. 4.—Se considera lesionado el principio
de participación política, pues en un escenario
óptimo, los partidos -antes
de la convocatoria a la respectiva
elección- deben haber resuelto quiénes serán sus candidatos, pues estos deberán ser inscritos ante el Registro
Electoral dentro de los quince días siguientes al citado llamado a las urnas (numeral 148 del CE). De esa
suerte, si el legislador previó que en seis meses deben llevarse a cabo las votaciones en el recién creado
distrito y que el período
de campaña, en Costa Rica,
se atiende por cuatro meses
(artículos 147 y 149 del CE), entonces
las agrupaciones deberían,
de inmediato, iniciar con
la recepción de precandidaturas
y organización de sus asambleas,
entre otros aspectos. No
obstante, ese lapso es muy corto, no solo porque toma por sorpresa a quienes eventualmente estén interesados en someter sus nombres a los miembros de su agrupación de gozar con el favor de sus correligionarios,
ser finalmente postulados, sino porque -en
las condiciones sanitarias actuales del país- se limitaría la posibilidad de hacerse propaganda a lo interno
de la estructura y, además,
la dirigencia partidaria debería de trabajar en protocolos especiales
para la atención de las asambleas.
Como la votación para la designación
de candidatos debe ser secreta, por regla de principio, tales actos sólo podrían llevarse
a cabo presencialmente. Sobre esa línea,
también, debe pensarse en que la ciudadanía podría ver limitado
su derecho a un voto informado, ya que las elecciones en comentario
obligarían a una forma distinta
de recibir las propuestas partidarias. Aunado a lo
anterior, las agrupaciones políticas
en una contienda local tienen el derecho a que sus gastos,
de superar los umbrales previstos en la legislación, sean reconocidos con cargo a los dineros
públicos, en los términos de los numerales 96 constitucional y 99 del CE. Por la forma en la que están construidas las barreras de acceso
a los fondos públicos, en las elecciones distritales de Cabeceras, los partidos
políticos no podrían redimir gastos y tampoco podrían cargar estos a los rubros de capacitación y organización (esto desnaturalizaría tales reservas),
debiéndose enfrentar los comicios solo con dineros propios, lo cual supone una limitación a la participación política, en tanto se agravaría la inequidad en la contienda, como uno de los rasgos por mejorar en el modelo costarricense
de financiamiento político,
según lo han apuntado, entre otros veedores internacionales, los expertos de las Misiones de Observación
de la Organización de Estados
Americanos. Los partidos locales, probablemente,
tendrían mayores dificultades para invertir en estas elecciones
y con ello visibilizar su oferta política.
En todo caso,
los recursos destinados como contribución a los partidos políticos por su participación en las elecciones municipales del período 2020-2024
ya fueron asignados a las agrupaciones y, más bien, ya ha iniciado el proceso de liquidación de esos recursos. Por ello, se indica que
el artículo 5 restringe ilegítimamente el derecho de participación
política, al contemplar un plazo para la postulación de candidatos que es materialmente insuficiente, por no tomar en cuenta que las condiciones sanitarias del país dificultan la posibilidad de llevar a cabo plenamente ejercicios propagandísticos (lo cual incide negativamente
en el derecho a un voto informado) y por hacer imposible que las agrupaciones políticas tengan siquiera la expectativa de
acceder a la contribución del Estado por su participación en una elección local, a contrapelo del derecho consagrado
en el artículo 96 constitucional y desarrollado en el numeral 99 del CE. 5.—Violación
del principio de razonabilidad y proporcionalidad.
La norma impugnada obliga a celebrar comicios distritales en seis meses, sea, en abril del año 2021 aproximadamente; sin embargo, el legislador
no previó que, luego de la redefinición de los límites espaciales de un territorio, la institución debe iniciar los trámites para establecer los distritos electorales. Los artículos 12 inciso k) y 143 del
Código Electoral facultan al TSE a dividir un distrito administrativo en dos o más distritos electorales,
con el fin de hace más accesibles las juntas de votos a
los ciudadanos. Así, al generarse una nueva circunscripción administrativa,
la Contraloría Electoral en
conjunto con el equipo de la Unidad de Geografía de la DGRE, proceden a los
levantados cartográficos y topográficos del territorio para determinar en cuáles
poblados corresponderá generar un distrito electoral y cuáles comunidades podrán unirse con el fin de asignar un único centro de votación con una o varias juntas receptoras de votos. Esa labor no solo requiere una labor analítica desde los equipos especializados sino, de gran importancia, obliga a hacer visitas de campo y un minucioso proceso de clasificación, ya que de esa distribución de electores -según distrito electoral- se generará
una repartición de los votantes
por los citados centros de votación y por junta receptora, datos que son vitales para la elaboración de las listas de electores (el padrón electoral).
Tal proceso es, en sí mismo, complejo
y en las condiciones sanitarias actuales del país, lo es aún más. Por tales motivos, el plazo conferido para realizar los comicios en el distrito Cabeceras resulta ser insuficiente. Estrechez temporal que va en detrimento de garantías del sufragio, como lo son la ubicación oportuna de los centros de votación y la distribución de electores, según su inscripción electoral (ligada a la creación de los distritos electorales), lo cual refiere, resulta
lesivo de los principios constitucionales de razonabilidad
y proporcionalidad. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción
Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación
del accionante proviene de
la legitimación directa reconocida en el párrafo tercero del artículo 75 de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional, solicitada
por el Tribunal Supremo de Elecciones, mediante oficio TSE-2479-2020 del
8 de diciembre de 2020. Publíquese
por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre
la interposición de la acción,
para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala
no haya hecho el
pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en
dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya
de aplicarse lo cuestionado
en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción
suspende en vía
administrativa es el dictado
de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa
vía, que son los que se inician
con y a partir del recurso
de alzada o de reposición interpuestos contra el acto
final, salvo, claro está, que se trate
de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión
opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en
asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en
los que se discuta la aplicación
de lo impugnado o aquellos
con interés legítimo, a fin
de coadyuvar en cuanto a su procedencia
o improcedencia, o para ampliar,
en su caso,
los motivos de inconstitucionalidad
en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81
y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional
y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en
los casos y condiciones señaladas. Notifíquese. Para notificar al Presidente del Concejo Municipal de Tilarán se comisiona al Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tilarán, despacho al que se hará llegar la comisión por medio del sistema de fax. Esta autoridad deberá practicar la notificación correspondiente dentro del plazo
de cinco días contados a partir de la recepción de los documentos, bajo apercibimiento
de incurrir en responsabilidad por desobediencia
a la autoridad. Se le advierte
a la autoridad comisionada,
que deberá remitir copia del mandamiento debidamente diligenciado al fax número 2295-3712 o al correo electrónico: informes-sc@poder-judicial.go.cr, ambos de esta Sala y los documentos originales por medio de correo certificado o cualquier otro medio que garantice su pronta recepción
en este Despacho.
Notifíquese. Expídase la comisión correspondiente.
Fernando Castillo Víquez, Presidente.»
San José, 19
de enero del 2021.
Luis
Roberto Ardón Acuña,
Secretario a. í.
O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68.2017-JA.— ( IN2021521180 ).
HACE SABER:
A la Dirección Nacional de Notariado,
al Archivo Notarial, al Registro
Nacional y al Registro Civil, y a toda
la ciudadanía en general,
que en el proceso disciplinario notarial N° 16-000906-0627-NO, de Dirección Nacional de Notariado
contra Víctor Manuel Ledezma Varela y otros, este Juzgado
mediante Sentencia de
Primera Instancia N° 584-2019 de las catorce horas cincuenta y seis minutos del veinte de setiembre de dos mil diecinueve
(folios 271 al 284), la cual fue
confirmada por el Tribunal Notarial mediante Voto N° 231-2020-TDN de
las nueve horas cuarenta minutos del veintinueve de octubre de dos mil veinte (folio
301 al 304), en vista que se encuentra
firme se dispone comunicarle
al notario público Víctor
Manuel Ledezma Varela (cédula de identidad
número 600971029), la corrección
disciplinaria de quince años
seis meses y diez días de suspensión
en el ejercicio de la función notarial; a la notaria pública Leyla Rita Calderón Campos (cédula de identidad número 302150107), la corrección disciplinaria de seis años y un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial,
y al notario público Wilbert
Barrantes Salazar (cédula de identidad
número 501660119), la corrección
disciplinaria de dos meses de suspensión
en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
Juzgado Notarial.
San José, ocho de diciembre de dos mil veinte.
Dra.
Melania Suñol Ocampo,
Jueza
1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—
( IN2021522410 ).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Olivier del Carmen Ordoñez Cardenas, mayor, cédula de
identidad N° 501940857, en unión de hecho y vecino de Cañas Guanacaste, quien laboró para la
Municipalidad de Cañas, y falleció
el 02 de diciembre del año
2020. Se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número
21-000002-1557-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 21-000002-1557-LA.—Juzgado Civil y Trabajo de Cañas (Materia
Laboral), 12 de enero del año
2021.—Licda. Carolina Quirós Jiménez, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021521685 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Leonidas Baltodano
Moraga, cédula de identidad N° 01-0869-0587, fallecido: el 17 de diciembre del
2020, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el N° 21-000007-0868-LA, a hacer
valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 21-000007-0868-LA, a favor de Jeremy Andrei Baltodano
Navarro, cédula de identidad N° 05-0436-0373.—Juzgado Civil y Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Nicoya,
(Materia Laboral), 12 de enero del 2021.—Licda. Elizabeth Fallas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021521686 ).
A los causahabientes de quién
en vida se llamó , quien fue
Ana Cecilia Marín Cerdas, domicilio
Puriscal, Santiago, Barrio los Ángeles 100 metros este
de la gruta, cédula de identidad
número 1-0572-0964, se les hace
saber que: María del Milagro Mora Marín, cédula de identidad
o documento de identidad número 1-1705-0027, domicilio Puriscal, Santiago, Barrio los Ángeles 100 metros este de la gruta, se apersonó en este
Despacho en calidad de hija del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación
de prestaciones. Por ello,
se les cita y emplaza por
medio de edicto que se publicará
por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este
Despacho, en las
diligencias aquí establecidas,
a hacer valer sus derechos
de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 del Código de Trabajo.
Publíquese por una sola vez
en el Boletín
Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido, Expediente N°
21-000009-1529-LA.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Puriscal
(Materia Laboral), 19 de enero del 2021.—Licda. Maureen Vanessa Ortiz
Cerdas, Jueza Laboral.—1 vez.—O. C. Nº
364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521687
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan Bautista Montoya Coto,
quien fue mayor, casado, pensionado, cédula de identidad
número 3-0114- 0771, con último
domicilio en Ochomogo de Cartago, y falleció
el 21 de mayo del año 2020; se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias del proceso de consignación
de prestaciones, que se tramita
bajo el expediente número
21-000109-0641-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 21-000109-0641-LA. Promovidas por María Lusitania
Duran Fernández, cédula de identidad número 3-0135-0667.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 22 de enero
del año 2021.—Msc. Andrea Gutiérrez Vargas, Jueza.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021521693 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ronald Antonio de Los Ángeles
Mora Castro, mayor, casado, cédula 105420709, fallecido el 15 de marzo del año 2019, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector público bajo el número
20-000256-0868-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85
y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 20-000256-0868-LA. En favor de Ronald Antonio de
Los Ángeles Mora Castro.—Juzgado Civil y Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya)
(Materia Laboral), 07 de enero del año 2021.—Lic. Milkyan Sánchez Aguilar, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021522013 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Lizett
Espinoza Cascante, cédula de identidad número: 01-0638-0399, fallecida
el 23 de abril del 2020, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest.
Sector Público bajo el número
20-000259-0868-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 20-000259-0868-LA. A favor de José Reyes Carrillo, cédula de identidad número:
05-0270-0286.—Juzgado Civil y Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya)
(Materia Laboral), 11 de enero del 2021.—Lic. Milkyan
Sánchez Aguilar, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021522014 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Alexis García Valencia, cédula N°
502450576, mayor, soltero, fallecido
el 27 de mayo del año 2011, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el número 20-000261-0868-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-000261-0868-LA. En
favor de Luis Alexis García Valencia.—Juzgado Civil y Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya)
(Materia Laboral), 08 de enero del año 2021.—Licda. Elizabeth Fallas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021522016 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María de Los Ángeles Matarrita Peña, cédula de identidad N° 5-02320695, quien
fue mayor, casada, vecina de Santa Cruz, Guanacaste, del PANI metros sur,
metros este casa mano izquierda,
laboró para Ministerio de Educación Pública, y falleció el veintitrés de agosto del dos mil veinte (23/08/2020), se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector público bajo el Número
20-000370-0775-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 20-000370-0775-LA. Por Róger Sánchez Fonseca, cédula de identidad N° 0501930071 a favor del mismo.—Juzgado de Trabajo
de Santa Cruz, 21 de enero del 2021.—Laura Del
Carmen Rodríguez Chavarría, Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021522018 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ascensión Castrillo Sánchez, quien en vida portó
la cédula de identidad N° 6-0206-0919, fallecido(a) a finales del mes de febrero de 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el Número
20-000832-0643-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 20-000832-0643-LA.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 17 de diciembre del 2020.—Msc. Silvia Marcela Araya Valverde, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021522021 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Rolando Daniel García Reyes, cédula N° 5-0227-0819, fallecido(a) el 23 de noviembre
del 2020, se consideren con derecho, para que, dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado
bajo el número 21-000004-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000004-1178-LA. A
favor de los causahabientes de Rolando Daniel García Reyes, cédula N° 5-0227-0819.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 18 de enero
del 2021.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021522027 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de: Juan Luis Pérez Rodríguez, cédula N°
0204180218, fallecido el diecinueve
de julio del dos mil dieciocho,
se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Distribución de Prestaciones bajo
el número 21-000007-0694-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 21-000007-0694-LA. Por Patricia Segura Ramírez a favor de Juan Luis Pérez Rodríguez.—Juzgado Civil
y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Laboral),
14 de enero del 2021.—Lic. Jeisson Quiel Castro, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021522028 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Margarita Dinorath
Franco Mejía,
cédula N° 8-0065-0083, fallecida el 04 de noviembre del 2020, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto,
se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector
Privado bajo el número 21-000023-1178-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000023-1178-LA. A
favor de los causahabientes de Margarita Dinorath Franco Mejía, cédula N° 8-0065-0083.—Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 19 de enero
del 2021.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021522030 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Eduardo Semeraro Fabbrichesi, cédula N° 5-0215-0841, fallecido
el 10 de setiembre del año
2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el Número
21-000061-1178-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 21-000061-1178-LA. A favor de los causahabientes
de Jorge Eduardo Semeraro Fabbrichesi, cédula N° 5-0215-0841.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección
Primera, 19 de enero del 2021.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021522032 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: José Rudecindo Sequeira Sequeira, 0500930461, vecino de Corredores, Coto 54, fallecido el 21 de enero del 2004, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest.
Sector Público bajo el número
20-000098-1430-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 20-000098-1430-LA. Por Hilda Jiménez Calderón a favor de José Rudecindo Sequeira Sequeira.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia
Laboral), 15 de diciembre del 2020.—Licda. Nancy Magaly García Sánchez,
Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021522419 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Eloisa Carmen Bustos Guadamuz
N° 0601410246, fallecida el 16 de enero
del año 2018, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest.
Sector Privado bajo el expediente número
20-000114-1584-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 20-000114-1584-LA. Por Operadora de Pensiones del Banco Popular y Desarrollo Comunal a favor de Eloisa Carmen Bustos Guadamuz.—Juzgado Contravencional
de Carrillo (Materia laboral), 13 de enero del año 2021.—Licda. Amadita Barrantes Delgado, Jueza Tramitadora.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021522420 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Damaso Victoriano Ugarte Chavarría
0502010374, mayor de edad, soltero,
vecino de Liberia, Guanacaste, fallecido
el 09 de mayo del año 2019, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de Consig. Pago Sector Privado bajo
el número 20-000437-0942-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 20-000437-0942-LA. Por a favor de Damaso Victoriano Ugarte Chavarría.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Laboral), 18 de enero del año 2021.—Licda. Brenda Celina Calvo de La O, Jueza.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021522431 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Edgar Araya Ureña
0103180013, fallecido el 14 de abril
del año 2010, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de Consig. Prest.
Sector Privado bajo el número 20-000669-0217-CI, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 20-000669-0217-CI. Promovente Frineth Araya Fallas, causante Edgar Araya Ureña.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San
José (Desamparados), 14 de diciembre del año 2020.—Licda. Melissa Chaves Agüero, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021522432 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Daniel Esteban Blanco Arias, 0116030927, fallecido el 28 de noviembre del
2019, se consideren con derecho, para que, dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado
bajo el número 20-000872-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 20-000872-1550-LA. Promovente: Jennifer Ariann Lang Monestel. Causante: Daniel
Esteban Blanco Arias.—Juzgado
de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 09 de diciembre del 2020.—Lic. Danny
Armando Cavero Quesada, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021522433 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Eliodoro López
Naranjo 0104091486, fallecido el 18 de setiembre del año 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector privado
bajo el Número 20-000873- 1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 20-000873-1550-LA. Promovente Angela Maritza Naranjo Madrigal, causante Eliodoro López Naranjo. Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San
José (Desamparados), 09 de diciembre del año 2020.—Licda.
Melissa Chaves Agüero, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021522434 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ana Isabel Quesada Cabezas 0104190232, fallecida el 20 de octubre del año 2020, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el Número 20-000880-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
20-000880-1550-LA. Promovidas por José Manuel Fallas Quesada, causante Ana
Isabel Quesada Cabezas.—Juzgado
de Trabajo del Tercer Circuito
Judicial de San José, (Desamparados), 09 de diciembre del 2020.—Licda.
Cinthia Pérez Pereira, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021522435 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Osvaldo Fernando Valerín Ramírez N° 0106860627, fallecido
el 22 de mayo del año 2012, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el número 20-000881-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial, expediente N° 20-000881-1550-LA. Promovente María
Kristina Valerín
Fonseca, causante Osvaldo Fernando Valerín Ramírez.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San
José, (Desamparados), 17 de diciembre del año 2020.—Lic. José Ariel Solano Solano,
Juez Tramitador.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021522436 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Adán Gerardo Segura Ortega,
0601071221, fallecido el 30 de enero
del 2015, se consideren con derecho, para que, dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número
20-000884-1550-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 20-000884-1550-LA. Promovente: Ahudria
Martina Villalobos López. Causante: Adán Gerardo Segura Ortega.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San
José (Desamparados), 14 de diciembre del 2020.—Licda. Melissa Chaves Agüero, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021522437 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Noel Ángel Selva Rojas 0800740343, fallecido
el 12 de octubre del año
2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado
bajo el Número 20-000885-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
20-000885-1550-LA. Promovente Concentrix CVG Customer
Management Group Inc, causante Noel Ángel Selva Rojas.—Juzgado de Trabajo
del Tercer Circuito
Judicial de San José (Desamparados), 15 de diciembre del 2020.—Licda.
Cinthia Pérez Pereira, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021522438 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Antonio de La Trinidad Peraza
Navarro 0105450916, fallecido el 06 de mayo del año 2015, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de Consig. Prest.
Sector Público bajo el número
20-000886-1550-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 20-000886-1550-LA. Promovente marlene
padilla duran, causante José Antonio de La Trinidad Peraza Navarro.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 14 de diciembre del año 2020.—Lic. José Ariel Solano Solano, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021522439 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de Rolando Alberto Masís Mora 0108820967, fallecido el 03 de octubre del año 2020, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector público bajo el Número
20-000888-1550-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 20-000888-1550-LA. Promovente María de Los Ángeles Agüero Fallas, causante
Rolando Alberto Masís
Mora.—Juzgado de
Trabajo del Tercer
Circuito Judicial de San José,
(Desamparados), 16 de diciembre del 2020.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021522440 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Fabio Arturo Mora López N° 0103320302, fallecido el 04 de noviembre del año 2020, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el número 20-000905-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial, expediente N° 20-000905-1550-LA.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San
José (Desamparados), 08 de enero del año 2021.—Lic.
José Ariel Solano Solano, Juez
Tramitador.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021522441 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Álvaro Jiménez Barrantes
01-0312-0675, fallecido el 05 de mayo del año 2007, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consignación de Prestaciones Sector Privado bajo el N° 20-000911-1550-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 20-000911-1550-LA. Promovida por Marta Eugenia
Castro Araya a favor de Álvaro Jiménez Barrantes.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 07 de enero del 2021.—Licda. Cinthia
Pérez Pereira, Juez.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021522442 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de: María de los Ángeles Godínez Zúñiga, 01-0241-0258, fallecido(a) el 21 de agosto del
2020, se consideren con derecho, para que, dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest.
Sector Privado bajo el número 20-000920-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 20-000920-1550-LA. Promovido por Ana Lorena Mena Godínez a favor de María de los Ángeles Godínez Zúñiga.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 08 de enero del 2021.—Licda. Cinthia
Pérez Pereira, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021522443 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de Wilberth de
Jesús Hernández Ramírez 0105510917, fallecido el 12
de febrero del año 2002, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado
bajo el número 20-000925-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San
José (Desamparados), 11 de enero del año 2021.—Licda. Carolina Fallas Sánchez, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021522444 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Greivin Adolfo
Bran Duarte 01-1093-0485, fallecido el 09 de abril del año 2007, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el Número 20-000927-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-000927-1550-LA.
Promovida por Kendall Bran Vindas
a favor de Greivin Adolfo Bran Duarte.—Juzgado de Trabajo
del Tercer Circuito
Judicial de San José, (Desamparados), 11 de enero del 2021.—Licda. Cinthia
Pérez Pereira, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021522445 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Delio Aguilar Núñez, 0301570494, fallecido el
26 de mayo del año 2019, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el número 20-000929- 1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
20-000929-1550-LA.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 11 de enero del año 2021.—Licda. Carolina Fallas Sánchez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021522446 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Ortega Ríos, cédula número 01-0262- 0689, fallecida
el 19 de marzo del año
2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector público bajo el Número
20-001363-0641-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 20-001363-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 06 de enero
del año 2021.—Msc. Ronald Figueroa Acuña, Juez.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021522447 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Allan Josué
Sánchez Sáenz, fallecido el
10 de octubre del año 2020,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector privado
bajo el Número 21-000002-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000002-1550-LA. Promovido por Ana Isabel Sáenz Cervantes.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 11 de enero del año 2021.—Licda. Cinthia Pérez Pereira, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021522452 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de Cindy Patricia Castillo Mora, 0111590284,
fallecida el 13 de octubre
del año 2007, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado, bajo el número 21-000007-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000007-1550-LA.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San
José (Desamparados), 11 de enero del año 2021.—Licda.
Carolina Fallas Sánchez, Jueza
Tramitadora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021522453 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Sergio Arturo Cascante Rodríguez 0115280989, fallecido
el veintiséis de setiembre
del dos mil dieciocho, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el Número 21-000008-0694-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
21-000008-0694-LA. Por a favor de Sergio Arturo Cascante Rodríguez.—Juzgado
Civil y Trabajo del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela (San Ramón), (Materia Laboral), 15 de enero del 2021.—Msc. Jeisson Quiel Castro, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021522454 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Venegas Suárez, cédula de identidad
número: 2-0218-0532, mayor, casado
una vez, pensionado, fallecido
el 27 de agosto del año
2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. pago sector privado bajo
el Número 21-000015-0639-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 21-000015-0639-LA. Por el fallecimiento de Luis
Venegas Suárez promovidas por Ana María Picado Jiménez.—Juzgado
Trabajo del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 18 de enero
del 2021.—Licda. Grace Agüero
Alvarado, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021522457 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de German
Francisco Castillo Sibaja quien fue mayor, viudo en segundas nupcias,
barrendero, laboró para Municipalidad de Palmares, vecino de Esquipulas de
Palmares, Alajuela, con cédula de identidad 0203480145, y quién falleció el 19
de diciembre 2020; se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable
lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se
apersonen ante este Despacho en las diligencias de distribución de prestaciones
de persona fallecida bajo el Número 21-000017-0694-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código
de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000017-0694- LA.—Juzgado
Civil y Trabajo del III Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia
Laboral), 21 de enero del 2021.—Licda. Yorleny Bello Varela, Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021522459 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Boanerge
Monterrey Robles 0202160557, fallecido el 06 de noviembre del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector público bajo el Número 21-000024-
0505-LA, a hacer valer sus
derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000024-0505-LA. Por
María Jeannette Araya Benavides a favor de Boanerge
Monterrey Robles.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 08 de enero
del año 2021.—Msc. Juan
Pablo Carpio Álvarez, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021522461 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Monestel Monestel, 0801120385, fallecido
el 24 de febrero del año
2019, se consideren con derecho, para que, dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado,
bajo el número 21-000025-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000025-1550-LA. Promovida por Emérita Mora Badilla a favor de José Monestel Monestel.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San
José (Desamparados), 15 de enero del año 2021.—Licda. Cinthia Pérez
Pereira, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021522462 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Eugenia Zoraida Vidal Bermúdez
N° 0600630619, fallecido el 03 de octubre
del año 2020, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector público bajo el número
21-000026-0505-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial, expediente
N° 21-000026-0505-LA. Por Orlando Villarreal Ruiz a favor de María Eugenia Zoraida Vidal Bermúdez.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 08 de enero
del año 2021.—Msc.
Francisco José Quesada Quesada, Juez
Decisor.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021522463 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Theylom Esteban
Bermúdez Azofeifa quien fue mayor, casado, vecino de Pérez Zeledón, falleció el 13 de noviembre del año 2019. Se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consignación prestaciones trabajador fallecido bajo el número 21-000028-1125-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 21-000028-1125-LA. Promovente: Dioni
González Mora. Fallecido: Theylom
Esteban Bermúdez Azofeifa.—Juzgado Civil y Trabajo
del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 26 de enero
del año 2021.—Licda. Hellen
Hidalgo Ávila, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021522485 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Jairo Lobo Corrales 0102710651, fallecido el 02 de setiembre del año 2020, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el Número 21-000028-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
21-000028-1550-LA.—Juzgado de Trabajo del Tercer
Circuito Judicial de San José (Desamparados),
14 de enero del 2021.—Licda. Carolina Fallas Sánchez, Jueza—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021522486 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Franklin Ramón de Gerardo Huertas
Alvarado, quien fue mayor
de edad, casado, chofer de bus, costarricense con número de cédula 2-0365-0933 y fallecido
el cuatro de noviembre del
dos mil veinte, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. Prest.
Sector privado bajo el Número 21-000029-1113-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21- 000029-1113-LA.—Juzgado Civil y Trabajo
de Grecia (Materia Laboral), 21 de enero
del año 2021.—Lic. Freddy Aikman Espinoza, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021522488 ).
Se cita y emplaza a
los que, en carácter de causahabientes de Alfonso Barboza Jiménez, 0103750891, fallecido el 31 de mayo del año
2020, se consideren con derecho, para que, dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número
21-000036-0505-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85
y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 21-000036-0505-LA. Por Martha Arias Jiménez a favor de Alfonso
Barboza Jiménez.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 11 de enero del año
2021.—Msc. Juan Pablo Carpio Álvarez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021522489 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rafael Alberto Mora Baradin N°
01-0270-0561, fallecido(a) el 01 de octubre del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el número 21-000036-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial, expediente N° 21-000036-1550-LA. Promovido por Olga Sileny
Arguedas Corrales a favor de Rafael Alberto Mora Baradin.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San
José (Desamparados), 18 de enero del año 2021.—Licda. Cinthia Pérez
Pereira, Juez(a) Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021522490 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Luis Rodríguez Madrigal
0106710580, fallecido el 25 de julio
del año 2019, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest.
Sector Privado bajo el número 21-000042-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.—Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 21-000042-1550-LA.—Juzgado
de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 22 de enero del año 2021.—Licda. Carolina Fallas Sánchez, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021522491 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Gustavo Adolfo Castillo Espinoza, N°
0107960769, fallecido el 28 de noviembre
del año 2020, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consignación de Prestaciones Sector Privado bajo el N° 21-000047-0641-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 21-000047-0641-LA. Por a favor de Gustavo Adolfo Castillo Espinoza.—Juzgado de Trabajo de
Cartago, 14 de enero del 2021.—Msc. Andrea Gutiérrez Vargas, Jueza.—1 vez.—O.C.
Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021522492 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Norma Monge Fernández, 0102890590, fallecido(a) el 28 de agosto del año 2020, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector público, bajo el número
21-000050-0641-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 21-000050-0641-LA. Por a favor de Norma Monge Fernández.—Juzgado de Trabajo de
Cartago, 20 de enero del año
2021.—Msc. Kattia Sequeira
Muñoz, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021522493 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Antonio Mora Alvarado, 0103540111, fallecido el 20 de setiembre del año 2020, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector público bajo el número
21-000051-1550-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85
y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 21-000051-1550-LA.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 22 de enero del año 2021.—Licda. Carolina Fallas Sánchez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021522494 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Antonio
Romelio del Carmen Moreira Campos 0400600864, fallecido el 25 de octubre del
año 2020, se consideren con derecho, para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de
este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número
21-000052-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N°
21-000052-0505-LA. Por Ana Virginia Moreira Espinoza a favor de Antonio Romelio
del Carmen Moreira Campos.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 15 de enero del año 2021.—Msc. Juan
Pablo Carpio Álvarez, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021522495 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rolando Antonio Arguello Villarreal N°
0109270475, fallecido el 24 de setiembre
del año 2001, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el número 21-000054-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial, expediente N° 21-000054-0505-LA. Por
Andrés Arguello Salazar a favor de Rolando
Antonio Arguello Villarreal.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 19 de enero
del año 2021.—Msc. Juan
Pablo Carpio Álvarez, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021522496 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Fernando de La Trinidad Rojas Vargas,
0401110468, fallecido el 22 de febrero
del año 2016, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de Consig. Prest.
Sector Privado bajo el número 21-000078-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
21-000078-0505-LA. Por Yesenia María Rojas Zarate a favor de Fernando de La
Trinidad Rojas Vargas.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 20 de enero
del año 2021.—Msc. Juan
Pablo Carpio Álvarez, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021522499 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Juan Carlos Jiménez Gómez, 0304210791, fallecido(a) el 04 de junio del
2019, se consideren con derecho, para que, dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado
bajo el número 21-000084-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000084-0641-LA. Por a
favor de Juan Carlos Jiménez Gómez.—Juzgado de Trabajo de
Cartago, 20 de enero del 2021.—Msc. Ronald Figueroa Acuña, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021522500 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Edith del Carmen Soleno
Rodríguez, mayor, cédula de identidad
N° 0500940189, fallecido(a) el 17 de julio del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número
21-000091-0505-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial, expediente
N° 21-000091-0505-LA. Proceso de consignación
de prestaciones de trabajador
fallecido promovido por Wálter Rafael
Rodríguez Soleno cédula de identidad N° 0502050310 a favor de María Edith del Carmen Soleno
Rodríguez.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 19 de enero del año
2021.—Msc. Elena Alfaro Ulate,
Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021522501 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jeannette María De Los Ángeles Montero Hidalgo 0600850463, fallecida
el 25 de octubre del año
2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector privado
bajo el Número 21-000114-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000114-0505-LA. Por Hernán Zarate Arguedas a favor de Jeannette María De Los Ángeles montero hidalgo.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 20 de enero
del año 2021.—Msc. Juan
Pablo Carpio Álvarez, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021522502 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En este Despacho,
Con una base de cuatrocientos ochenta
y nueve mil ciento noventa y dos dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula
número ciento setenta y ocho mil novecientos cuarenta y dos,
derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el Distrito 13 Garita, Cantón 01 Alajuela, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte
Elías S. A.; al sur Elías S. A.; al este, calle pública con 67,28 mts y al oeste
Ernesto Sanarrusia Vargas. Mide:
siete mil treinta y cinco metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. plano A-0363735-1979.
Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del doce de febrero de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas treinta minutos
del veintidós de febrero de
dos mil veintiuno con la base de trescientos
sesenta y seis mil ochocientos
noventa y cuatro dólares exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las quince horas treinta minutos
del dos de marzo de dos mil veintiuno
con la base de ciento veintidós
mil doscientos noventa y ocho dólares exactos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Friedrich Román Haas. contra Albín Enrique Chavarría Arias,
Juan Adolfo Arguedas Gonzaga Expediente
Nº:18-000026-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí.- 12
de enero del año
2021.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez Decisor.—( IN2021521922 ).
En este Despacho, con una base de treinta y siete mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Heredia, matrícula número
173148, derecho 000, la cual es terreno
lote 260-J, terreno para construir. Situada: en el distrito: 01-San Pablo, cantón: 09-San Pablo, de la provincia
de Heredia. Colinda: al norte,
lote 259-J; al sur, calle pública con
12,05 metros; al este, lote
261-J, y al oeste, calle pública con
05,04 metros. Mide: ciento sesenta y dos metros con ochenta
y seis decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las once horas quince minutos
del tres de agosto del dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas quince minutos
del once de agosto del dos mil veintiuno,
con la base de veintisiete mil setecientos
cincuenta dólares exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las once horas quince minutos del diecinueve de agosto del dos mil veintiuno, con
la base de nueve mil doscientos
cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Iván Francisco Montero Montero,
Luis Enrique Montero Montero. Expediente
N° 20-014833-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 18 de enero
del 2021.—Lic. German Valverde Vindas,
Juez Tramitador.—( IN2021521929 ).
En este, Despacho, 1) Con una base
de tres millones cuarenta y un mil seiscientos ochenta y dos colones con cuarenta y siete céntimos, soportando servidumbre trasladada citas: 268-02314-01-0901-001, sáquese
a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 246304, derecho
000, la cual es terreno
para construir. Situada: en el distrito 5 Santa Teresita, cantón 5 Turrialba, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
lote 21; al sur, lotes 17 y
18; al este, calle pública con un
frente a ella
de 3 metros y lote 20, y al oeste,
lote 23. Mide: doscientos setenta y dos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del siete de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del quince de abril del
dos mil veintiuno, con la base de dos millones doscientos ochenta y un mil doscientos sesenta y un colones con ochenta y cinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de abril del dos mil veintiuno, con la base de setecientos
sesenta mil cuatrocientos veinte colones con sesenta y un céntimos (25% de la
base original). 2) Con una base de dos millones ochocientos cincuenta y nueve mil trescientos cincuenta y seis colones con noventa y ocho céntimos, soportando servidumbre trasladada citas: 268-02314-01-0901-001, sáquese
a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 246305, derecho
000, la cual es terreno
para construir. Situada: en el distrito 5 Santa Teresita, cantón 5 Turrialba, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
lote 21; al sur, lote 19;
al este, calle pública con
9.33 metros de frente, y al oeste,
lote 19. Mide: ciento noventa y dos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del siete de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del quince de abril del
dos mil veintiuno, con la base de dos millones ciento cuarenta y cuatro mil quinientos diecisiete colones con setenta y tres céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan
las diez horas cero minutos
del veintitrés de abril del
dos mil veintiuno, con la base de setecientos
catorce mil ochocientos treinta y nueve colones con veinticuatro céntimos (25% de la base original). 3) Con una base de dos millones setecientos sesenta y siete mil ciento cincuenta y cinco colones con treinta y seis céntimos, soportando servidumbre trasladada citas:
268-02314-01-0901-001, sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 246306, derecho 000, la cual
es terreno para construir. Situada: en el distrito 5 Santa Teresita, cantón
5 Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, servidumbre de paso; al sur, lote
19 y 20; al este, calle pública con un
frente a ella
de 3 metros y 1 centímetro
y lote 22, y al oeste, lote 23. Mide: doscientos setenta y dos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del siete de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del quince de abril del
dos mil veintiuno, con la base de dos millones setenta y cinco mil trescientos sesenta y seis colones con cincuenta y dos céntimos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las diez horas
cero minutos del veintitrés
de abril del dos mil veintiuno
con la base de seiscientos noventa
y un mil setecientos ochenta
y ocho colones con ochenta y cuatro céntimos (25% de la base original). 4) Con una base de dos millones trescientos cuarenta y cuatro mil novecientos once colones con sesenta céntimos, soportando servidumbre trasladada citas:
268-02314-01-0901-001, sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 246307, derecho 000, la cual
es terreno para construir. Situada: en el distrito 5 Santa Teresita, cantón
5 Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, servidumbre de paso; al sur, lote
21; al este, calle pública con
8.31 metros, y al oeste, lote
21. Mide: ciento cincuenta y ocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del siete de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del quince de abril del
dos mil veintiuno, con la base de un millón setecientos cincuenta mil seiscientos ochenta y tres colones con setenta céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de abril del dos mil veintiuno, con la base de quinientos
ochenta y seis mil doscientos
veintisiete colones con noventa céntimos (25% de la base
original). 5) Con una base de cuatro millones treinta y nueve mil quinientos cincuenta y cinco colones con veinte céntimos, soportando servidumbre trasladada citas: 268-02314-01-0901-001 y servidumbre
de paso citas: 2013-291804-01-0041-001, sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula número
246308, derecho 000, la cual es terreno
para construir. Situada: en el distrito 5 Santa Teresita, cantón 5 Turrialba, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
servidumbre de paso; al sur, lote
14 y 16; al este, lotes 17,
19 y 21, y al oeste, lote
24. Mide: trescientos
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del siete de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del quince de abril del
dos mil veintiuno, con la base de tres
millones veintinueve mil seiscientos sesenta y seis colones con cuarenta céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de abril del dos mil veintiuno, con la base de un millón
nueve mil ochocientos ochenta y ocho colones con ochenta céntimos (25% de la base original). 6) Con una base de dos millones novecientos treinta y dos mil cuatrocientos treinta y ocho colones con cuarenta y ocho céntimos, soportando servidumbre trasladada citas:
268-02314-01-0901-001 y servidumbre de paso citas: 2013-291804-01-0041-001, sáquese
a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 246309, derecho
000, la cual es terreno
para construir. Situada: en el distrito 5 Santa Teresita, cantón 5 Turrialba, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
servidumbre de paso; al sur, lotes
10 y 12; al este, lote 23,
y al oeste, lote 25. Mide: doscientos cuarenta y tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del siete de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del quince de abril del
dos mil veintiuno, con la base de dos millones ciento noventa y nueve mil trescientos veintiocho colones con ochenta y seis céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de abril del dos mil veintiuno, con la base de setecientos
treinta y tres mil ciento nueve colones
con sesenta y dos céntimos
(25% de la base original). 7) Con una base de tres millones seiscientos dieciocho mil setecientos sesenta y nueve colones con catorce céntimos, soportando servidumbre trasladada citas: 268-02314-01-0901-001 y servidumbre
de paso citas: 2013-291804-01-0041-001, sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula número
246310, derecho 000, la cual es terreno
para construir. Situada: en el distrito 5 Santa Teresita, cantón 5 Turrialba, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
Ana Victoria Fernández Sánchez; al sur, lotes
6 y 8; al este, lote 26 y servidumbre de paso y lote 24, y
al oeste, Fernando Pérez Cubero. Mide: doscientos noventa y nueve metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del siete de abril del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las diez horas cero minutos
del quince de abril del dos mil veintiuno,
con la base de dos millones setecientos
catorce mil setenta y seis colones con ochenta y cinco céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan
las diez horas cero minutos
del veintitrés de abril del
dos mil veintiuno, con la base de novecientos
cuatro mil seiscientos noventa y dos colones con veintiocho céntimos (25% de la
base original). 8) Con una base de dos millones novecientos cincuenta y seis mil novecientos cincuenta colones con veintinueve céntimos, soportando servidumbre trasladada citas: 268-02314-01-0901-001 y servidumbre
de paso citas: 2013-291804-01-0041-001, sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula número
246311, derecho 000, la cual es terreno
para construir. Situada: en el distrito 5 Santa Teresita, cantón 5 Turrialba, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
Fernando Pérez Cubero; al sur, servidumbre de paso; al este, lote 27, y al oeste, Ana Victoria
Fernández Sánchez. Mide: doscientos cuarenta y cinco metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del siete de abril del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las diez horas cero minutos
del quince de abril del dos mil veintiuno,
con la base de dos millones doscientos
diecisiete mil setecientos doce colones con setenta y un céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las diez horas
cero minutos del veintitrés
de abril del dos mil veintiuno,
con la base de setecientos treinta
y nueve mil doscientos treinta y siete colones con cincuenta y siete céntimos (25% de la base
original). 9) Con una base de dos millones novecientos sesenta y tres mil setecientos cincuenta y nueve colones con trece céntimos, soportando servidumbre trasladada citas: 268-02314-01-0901-001 y servidumbre
de paso citas: 2013-291804-01-0041-001, sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula número
246312, derecho 000, la cual es terreno
para construir. Situada: en el distrito 5 Santa Teresita, cantón 5 Turrialba, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
Fernando Pérez Cubero; al sur, servidumbre de paso; al este, lote 28, y al oeste, lote 26. Mide: doscientos veintiún metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del siete de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del quince de abril del
dos mil veintiuno, con la base de dos millones doscientos veintidós mil ochocientos diecinueve colones con treinta y cuatro céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de abril del dos mil veintiuno, con la base de setecientos
cuarenta mil novecientos treinta y nueve colones con setenta y ocho céntimos (25% de la base
original). 10) Con una base de dos millones novecientos sesenta y tres mil setecientos cincuenta y nueve colones con trece céntimos, soportando servidumbre trasladada citas: 268-02314-01-0901-001 y servidumbre
de paso citas: 2013-291804-01-0041-001, sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula número
246313, derecho 000, la cual es terreno
para construir. Situada: en el distrito 5 Santa Teresita, cantón 5 Turrialba, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
Fernando Pérez Cubero; al sur, servidumbre de paso; al este, lote 29, y al oeste, lote 27. Mide: doscientos veintiún metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del siete de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del quince de abril del
dos mil veintiuno, con la base de dos millones doscientos veintidós mil ochocientos diecinueve colones con treinta y cuatro céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de abril del dos mil veintiuno, con la base de setecientos
cuarenta mil novecientos treinta y nueve colones con setenta y ocho céntimos (25% de la base
original). 11) Con una base de dos millones setecientos ochenta y cinco mil trescientos sesenta y siete colones con sesenta y tres céntimos, soportando servidumbre trasladada citas:
268-02314-01-0901-001, sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 246314, derecho 000, la cual
es terreno para construir. Situada: en el distrito 5 Santa Teresita, cantón
5 Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 31; al sur, servidumbre de
paso; al este, calle
publica con un frente a ella de 3 metros y 12 centímetros y lote
30, y al oeste, lote 28. Mide: doscientos treinta y un metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del siete de abril del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las diez horas cero minutos
del quince de abril del dos mil veintiuno,
con la base de dos millones ochenta
y nueve mil veinticinco colones con setenta y dos céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de abril del dos mil veintiuno, con la base de seiscientos
noventa y seis mil trescientos
cuarenta y un colones con noventa céntimos (25% de la base
original). 12) Con una base de dos millones doscientos ocho mil setecientos treinta y cuatro colones con ochenta y ocho céntimos, soportando servidumbre trasladada citas: 268-02314-01-0901-001, sáquese
a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 246315, derecho
000, la cual es terreno
para construir. Situada: en el distrito 5 Santa Teresita, cantón 5 Turrialba, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
lote 31; al sur, lote 29;
al este, calle publica con
8.16 metros, y al oeste, lote
29. Mide: ciento cuarenta y nueve metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del siete de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del quince de abril del
dos mil veintiuno, con la base de un millón seiscientos cincuenta y seis mil quinientos cincuenta y un colones con dieciséis céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las diez horas
cero minutos del veintitrés
de abril del dos mil veintiuno,
con la base de quinientos cincuenta
y dos mil ciento ochenta y tres colones con setenta y dos céntimos (25% de la
base original). 13) Con una base de dos millones trescientos cincuenta mil doscientos ochenta y tres colones con un céntimo, soportando servidumbre trasladada citas: 268-02314-01-0901-001, sáquese
a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 246316, derecho
000, la cual es terreno
para construir. Situada: en el distrito 5 Santa Teresita, cantón 5 Turrialba, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
lote 33; al sur, José Fernando Pérez
Cubero; al este, calle pública con
8.16 metros, y al oeste, lote
28. Mide: doscientos siete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del siete de abril del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las diez horas cero minutos
del quince de abril del dos mil veintiuno,
con la base de un millón setecientos
sesenta y dos mil setecientos
doce colones con veinticinco céntimos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las diez horas
cero minutos del veintitrés
de abril del dos mil veintiuno,
con la base de quinientos ochenta
y siete mil quinientos setenta colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). 14) Con una base de dos
millones setenta y dos mil quinientos cincuenta y cuatro colones con sesenta y nueve céntimos, soportando servidumbre trasladada citas: 268-02314-01-0901-001, sáquese
a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 246317, derecho
000, la cual es terreno
para construir. Situada: en el distrito 5 Santa Teresita, cantón 5 Turrialba, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
lote 33; al sur, José Fernando Pérez
Cubero; al este, calle pública con
7.64 metros, y al oeste, lote
31. Mide: ciento cuarenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del siete de abril del dos mil veintiuno. de
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las diez horas cero minutos
del quince de abril del dos mil veintiuno,
con la base de un millón quinientos
cincuenta y cuatro mil cuatrocientos dieciséis colones con un céntimo (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las diez horas
cero minutos del veintitrés
de abril del dos mil veintiuno,
con la base de quinientos dieciocho
mil ochocientos ochenta y ocho colones con sesenta y siete céntimos (25% de la base original). 15) Con una base de dos
millones ciento cincuenta y tres mil quinientos siete colones con sesenta y seis céntimos, soportando servidumbre trasladada citas: 268-02314-01-0901-001, sáquese
a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 246318, derecho
000, la cual es terreno
para construir. Situada: en el distrito 5 Santa Teresita, cantón 5 Turrialba, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
Fernando Pérez Cubero y lote 34; al sur, lotes 31 y 32;
al este, calle pública con un
frente a ella
de 3 metros y 28 centímetros
y lote 34, y al oeste, lote 28. Mide: ciento noventa metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del siete de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del quince de abril del
dos mil veintiuno, con la base de un millón seiscientos quince mil ciento treinta colones con setenta y cuatro céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan
las diez horas cero minutos
del veintitrés de abril del
dos mil veintiuno, con la base de quinientos
treinta y ocho mil trescientos setenta y seis colones con noventa y un céntimos (25% de la base original). 16) Con una base de dos
millones setenta y dos mil quinientos cincuenta y ocho colones con dieciséis céntimos, soportando servidumbre trasladada citas:
268-02314-01-0901-001, sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 246319, derecho 000, la cual
es terreno para construir. Situada: en el distrito 5 Santa Teresita, cantón
5 Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Fernando Pérez Cubero; al sur, lotes
33; al este, calle pública con
7.64 metros, y al oeste, lote
33. Mide: ciento cuarenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del siete de abril del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las diez horas cero minutos
del quince de abril del dos mil veintiuno,
con la base de un millón quinientos
cincuenta y cuatro mil cuatrocientos dieciocho colones con sesenta y dos céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del veintitrés de abril del dos mil veintiuno, con la base de quinientos
dieciocho mil ciento treinta y nueve colones con cincuenta y cuatro céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este, Despacho. Publíquese este, edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Multiproductos
Loga del Tejar Sociedad Anónima.
Expediente N° 20-001011-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 12 de enero
del 2021.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Juez/a Decisor/a.—( IN2021521944 ).
En este despacho, con una base de treinta y dos millones doscientos siete mil cuatrocientos cuarenta y cuatro colones con ochenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate equipo médico de radiofrecuencia, marca Exilis BTL, serie: SN 715-B-01108. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del veintiséis de febrero del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas treinta minutos del ocho de marzo de dos mil veintiuno con la
base de veinticuatro millones
ciento cincuenta y cinco mil quinientos ochenta y tres colones con sesenta céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las trece
horas treinta minutos del dieciséis de marzo de dos mil veintiuno con la base de ocho millones cincuenta y un mil ochocientos sesenta y un colones con veinte céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución garantías mobiliarias de Cooperativa de Ahorro Crédito y Servicios Múltiples de los Médicos Responsabilidad Limitada contra
Esteban Miguel Coto Rojas. Expediente
N° 17-000209-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí, 09
de diciembre del año
2020.—Gerardo Marcelo Monge Blanco, Juez Decisor.—( IN2021521945 ).
En este Despacho, con una base de ocho mil setecientos cuatro dólares con seis centavos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
placa: LCH427, marca:
Hyundai, estilo: Grand I10, carrocería: sedan 4 puertas
hatchback, tracción: 4X2, número chasis: MALA851CBFM083079, N° motor:
G4LAEM243368, cilindrada: 1200 c.c., capacidad: 5 personas, color: rojo,
año fabricación: 2015. Para
tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del veintidós de febrero del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del dos de marzo del dos mil veintiuno con
la base de seis mil quinientos veintiocho
dólares con cinco centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las ocho horas treinta minutos del diez de marzo del dos mil veintiuno con la base de dos mil ciento
setenta y seis dólares con dos centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos S J
S. A. contra Marlon Enrique Espinoza Obando. Expediente
N° 20-011405-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José,
05 de noviembre del 2020.—Licda.
Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—( IN2021521958 ).
En este Despacho, con una base de trece mil seiscientos noventa y dos dólares con treinta y cuatro centavos, libre
de gravámenes, pero soportando colisiones
19-000516-0494-TR 2018218700706; sáquese a remate el vehículo BHZ064. Marca: Hyundai estilo:
Tucson GL. Categoría: automóvil.
Capacidad: 5 personas. Carrocería:
Todo terreno 4 puertas. Tracción: 4X2. Número Chasis: KMHJT81EAFU089587.
Año fabricación: 2015.
Marca: Hyundai N. Cilindrada: 2000 c.c cilindros: 4. Combustible: Gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del quince de febrero de
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las ocho
horas treinta minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintiuno con la base de diez mil
doscientos sesenta y nueve dólares con veintiséis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno con la
base de tres mil cuatrocientos
veintitrés dólares con nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos S J S.A contra Jose Alberto Pérez Gutiérrez. Expediente Nº:20-003225-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de
Grecia, 16 de noviembre del año
2020.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2021521959 ).
En este Despacho, con una base de veintiséis mil doscientos ochenta y cinco dólares con cincuenta y seis
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
placa 860137, marca:
B.M.W., categoría: automóvil,
estilo: X5, capacidad: 5
personas, tracción: 4x4, año:
2011, color: azul, Vin: WBAZW4109BL435688, cilindrada: 3000 c.c., combustible: Diesel. Para tal efecto se señalan
las ocho horas con cincuenta
minutos del veintidós de febrero del año dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas con cincuenta minutos dos de marzo del año dos mil veintiuno con la base de diecinueve
mil setecientos catorce dólares con diecisiete centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las ocho horas
con cincuenta minutos del diez de marzo del año dos mil veintiuno con la base
de seis mil quinientos setenta
y un dólares con treinta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos S J S.A.
contra Sura VIP Transportación Fegre
S.A. y Grettel de Los Ángeles
Ruiz Moscoa. Expediente Nº
20-010566-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de noviembre del año 2020.—Licda. María del Carmen Vargas González, Jueza Decisora.—( IN2021521960 ).
En este Despacho, con una base de siete mil ciento ocho dólares con treinta y nueve centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
BDW546, marca: Hyundai, categoría:
automóvil,
serie: KMHCT41BAEU513627, carrocería:
Sedan 4 puertas, tracción:
4x2, número chasis:
KMHCT41BAEU513627, año fabricación:
2014, techo: techo alto,
color: plateado, Vin: KMHCT41BAEU513627, estilo: Accent GL, capacidad: 5
personas, valor contrato: 9.828.807,00, N° motor:
G4LCDU066512. Para tal efecto
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del quince
de febrero de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas y treinta minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintiuno, con
la base de cinco mil trescientos
treinta y un dólares con veintinueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno, con
la base de mil setecientos setenta
y siete dólares con diez centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos SJ
Sociedad Anónima contra Guiselle
Dinorah Sánchez Solorzano. Expediente N°
19-008602-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, 2 de diciembre del
2020.—Natalia Orozco Murillo, Jueza Decisora.—( IN2021521961 ).
En este despacho, con una base de un
millón trescientos ochenta y siete mil setecientos cincuenta y cinco colones con ochenta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: 782897, marca: Hyundai, estilo: Elantra
GLS, carrocería: sedan 4 puertas,
tracción: 4x2, número chasis: KMHDU41BP9U618864, N° motor: G4FC8U539841, cilindrada: 1600 c.c, capacidad: 5 personas, color: dorado, año
fabricación: 2009. Para tal
efecto se señalan las diez horas treinta minutos del quince de febrero de
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las diez
horas treinta minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintiuno con la base de un millón
cuarenta mil ochocientos dieciséis colones con ochenta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez
horas treinta minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno con la base de trescientos
cuarenta y seis mil novecientos
treinta y ocho colones con noventa y seis céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos S J S. A. contra Alejandro Jesús Castillo Quesada.
Expediente N° 20-012390-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 19 de noviembre del año 2020.—Licda. Vanessa Guillén Rodríguez,
Jueza.—(
IN2021521962 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones cuarenta mil quinientos cincuenta y un colones con sesenta y un céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BKM454, marca Hyundai, estilo Accent GLS, categoría automóvil, capacidad
5 personas, año 2012, color azul,
Vin KMHCU4AEXCU234738, cilindrada 1600 c.c.,
combustible gasolina, N° motor no existe. Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del veintidós de febrero del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas treinta minutos del dos de marzo del dos
mil veintiuno con la base de tres
millones treinta mil cuatrocientos trece colones con setenta céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez
horas treinta minutos del diez de marzo del dos mil veintiuno con la base de un millón
diez mil ciento treinta y siete colones con noventa céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos S J
S. A. contra Fabiola Andrea García Sotela.
Expediente N° 20-011903-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial
de San José, 09 de noviembre del
2020.—Yesenia Alicia Solano Molina, Jueza Decisora.—( IN2021521963 ).
En este Despacho, con una base de ocho
mil cuatrocientos diecisiete
dólares con cuarenta y tres centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo Placa:
887319, Marca: Chevrolet, Estilo: Cruze,
año: 2011, Color: negro, N° Motor: F18D4127458KA.
Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del tres de marzo del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas treinta minutos
del once de marzo del dos mil veintiuno,
con la base de seis mil trescientos trece dólares con siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas treinta minutos del veintidós de marzo del dos mil veintiuno, con la base de dos mil ciento
cuatro dólares con treinta y cinco centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito de SJ S.A. contra Jerlyn
Daniela Sánchez Ríos. Expediente N° 19-012460-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José.—09 de octubre del año 2020.—Lic. Esteban
Herrera Vargas, Juez Decisor.—( IN2021521964 ).
En este Despacho, con una base de trece mil dieciocho dólares con quince centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa:
BCZ922, Marca: Hyundai estilo: Elantra GL, categoría: automóvil capacidad: 5 personas, carrocería:
Sedan 4 puertas, tracción:
4X2 numero de chasis:
KMHDG41EBDU681965, año fabricación:
2013, color: plateado, numero
motor: G4NBCU294610, cilindrada: 1800 cc,
combustible: Gasolina. Para tal
efecto se señalan las siete horas treinta minutos del cuatro de marzo de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
siete horas treinta minutos del doce de marzo de dos mil veintiuno con la
base de nueve mil setecientos
sesenta y tres dólares con sesenta y un centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las siete horas treinta minutos del veintidós de marzo de dos mil veintiuno con la base de tres mil
doscientos cincuenta y cuatro dólares con cincuenta y cuatro centavos (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Improsa S.A
contra Sueños Kam S. A. Expediente
Nº:18-005357-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 05 de enero del año 2021.—José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2021521966 ).
En este Despacho, con una base de
once mil seiscientos ochenta
y tres dólares con sesenta y siete centavos, libre
de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones 18-003638-0489-TR Juzgado
de Transito del Primer Circuito
Judicial de San Jose; sáquese a remate el vehículo BDJ 170. Marca: Hyundai, estilo:
Accent GL, categoría: Automóvil,
capacidad: 5 personas, año fabricación: 2013, color: gris,
VIN: KMHCT41DBDU416523 y cilindrada: 1600 c.c. Para tal efecto se señalan
las quince horas cero minutos del ocho
de febrero de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas cero minutos del dieciséis
de febrero de dos mil veintiuno
con la base de ocho mil setecientos
sesenta y dos dólares con setenta y cinco centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las quince horas cero minutos
del veinticuatro de febrero
de dos mil veintiuno con la base de dos mil novecientos veinte dólares con noventa y un centavos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos
de publicación, previa revisión
del edicto a fin de cotejar
que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá
indicarlo al despacho
dentro del tercer día para proceder
con la respectiva corrección.
Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos S J S.A
contra José Pablo Vega Robles. Expediente Nº:20-007052-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 21 de setiembre del año 2020.—Mariela Cortés García, Jueza
Decisora.—( IN2021521969 ).
En este despacho, con una base de
once mil doscientos treinta
y nueve dólares con sesenta y ocho centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BGK810, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
año fabricación: 2014,
color: negro, VIN: KMHCT41DAEU629063, cilindrada:
1600 c.c. Para tal efecto
se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del once de febrero de
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las ocho
horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de febrero de dos mil veintiuno con
la base de ocho mil cuatrocientos
veintinueve dólares con setenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del dos de marzo de dos mil veintiuno con la
base de dos mil ochocientos nueve
dólares con noventa y dos
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la imprenta nacional los respectivos derechos
de publicación, previa revisión
del edicto a fin de cotejar
que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá
indicarlo al despacho
dentro del tercer día para proceder
con la respectiva corrección.
Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos S J S.
A. contra Jorge Horacio Cascante Martínez. Expediente
N° 20-017002-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 08 de octubre del año 2020.—Tadeo Solano Alfaro, Juez Decisor.—( IN2021521970 ).
En este Despacho, con una base de dos mil
cuatrocientos treinta y siete dólares con cincuenta y tres centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el Vehículo: Placas número 893875.
marca Chevrolet. Estilo Sprak LS. Categoría
automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2011. Color café. Vin
KL1CJ6C18BC633629. Cilindrada 1000 cc. Combustible
gasolina. Motor Nº B10D1537628KC3. Para tal efecto se
señalan las catorce horas cero minutos del siete de abril de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero
minutos del quince de abril de dos mil veintiuno con la base de mil ochocientos
veintiocho dólares con quince centavos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos
del veintitrés de abril de dos mil veintiuno con la base de seiscientos nueve
dólares con treinta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a
la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito SJ S.
A. contra Leda Lucia Cedeño Sequeira EXP:18-002456-1200- CJ.—Juzgado
de Cobro del I Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 07 de
enero del año 2021.—José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2021521973
).
En este Despacho, con una base de
dos millones ciento treinta y siete mil trescientos sesenta colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: placas número BJG059, marca: Daewoo, estilo: Matiz, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
año: 2001, color: azul,
vin: KLY4A11BD1C613293, cilindrada: 800 CC,
combustible: gasolina, motor N°: ilegible. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del once de febrero del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las nueve horas treinta minutos del diecinueve de febrero del dos mil veintiuno,
con la base de un millón seiscientos
tres mil veinte colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan
las nueve horas treinta minutos del primero de marzo del
dos mil veintiuno, con la base de quinientos
treinta y cuatro mil trescientos cuarenta colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A.
contra Xinia Margarita de los Ángeles Segura Calvo. Expediente N°
18-000758-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 10 de noviembre del
2020.—Yesenia Alicia Solano Molina, Juez/a Decisor/a.—( IN2021522072 ).
En este Despacho, con una base de
dos millones ochocientos ocho mil novecientos sesenta y seis colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracción, sumaria: 16-004252-0174-TR, del Juzgado
de Tránsito del Segundo Circuito
Judicial de San José; e infracción, sumaria: 19-000101-1756-TR, del Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de San Domingo; sáquese a
remate el vehículo: BJV963, marca:
Toyota, estilo: Yaris, categoría:
automóvil,
capacidad: 5 personas, serie:
JTDBT923571157457, año: 2007, tracción
4x2, color plateado, carrocería: Sedan 4 puertas, cilindrada 1500 cc,
combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del dos de marzo de dos
mil veintiuno, con la base de dos millones
ciento seis mil setecientos
veinticuatro colones con cincuenta céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las ocho horas cuarenta y cinco minutos del diez de marzo de dos mil veintiuno, con la base de setecientos
dos mil doscientos cuarenta
y un colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A.
contra Marjorie De Los Ángeles Vindas Castro. Expediente
N° 19-009699-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 5 de noviembre del 2020.—Licda. Vanessa Guillén Rodríguez,
Jueza.—(
IN2021522073 ).
En este Despacho, con una base de dieciocho
millones setecientos cuarenta y nueve mil doscientos treinta y seis colones con ochenta y seis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones bajo las citas: 393-03671-01-0857-001, plazo
de convalidación
(rectificación
de medida) bajo las citas:
2012-317077-01-0003-001; sáquese a remate la finca
del partido de Puntarenas, matrícula
número 197797-007, la cual
es terreno de potrero. Situada
en el distrito 3-Canoas, cantón 10-Corredores, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte,
Idelma Victor Ramírez; al sur, en parte Quebrada Tuco y Banco Crédito Agrícola de Cartago; al este, en parte Quebrada Tuco y Banco Crédito Agrícola de Cartago; y al oeste, calle pública. Mide: veintidós mil seiscientos cincuenta y cinco metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del
quince de febrero del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas y cero minutos
del veintitrés de febrero
del dos mil veintiuno con la base de catorce millones sesenta y un mil novecientos veintisiete colones con sesenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las catorce
horas y cero minutos del tres
de marzo del dos mil veintiuno
con la base de cuatro millones
seiscientos ochenta y siete mil trescientos nueve colones con veintiún céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso monitorio dinerario de Fideicomiso
COOPEMEX/BCR 2010 contra Abel Flores Martínez. Expediente N° 14-004870-1012-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección
Tercera, 25 de agosto
del 2020.—Cristian Mora Acosta, Juez Tramitador.—( IN2021522102 ).
En este Despacho, con una base de
once mil quinientos setenta
y cinco dólares con setenta centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa
C-170998, marca International, estilo
Prostar, capacidad dos personas, año
2008, color blanco, Vin 2HSCTAPRX8C678894, cilindrada 14900 c.c., combustible diesel. Para tal efecto se señalan
las nueve horas cuarenta y cinco minutos del cinco de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del catorce de abril del dos mil veintiuno con
la base de ocho mil seiscientos
ochenta y un dólares con setenta y siete centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de abril del dos mil veintiuno con
la base de dos mil ochocientos noventa
y tres dólares con noventa y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Cabezales y Repuestos Jiménez S. A. contra Visionglass S.R.L. Expediente N° 20-013555-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial
de San José, 17 de diciembre del
2020.—Paula Morales González,
Jueza Decisora.—(
IN2021522106 ).
En este Despacho, con una base de
quince millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
263-07534-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento dieciséis
mil cuatrocientos cincuenta
y tres, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote L-9. Situada en el distrito 08 Barranca, cantón 01 Puntarenas, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte,
lote L 28; al sur, alameda 6 con 6 metros; al este, lote L 1O; y al oeste, lote L 8. Mide: ciento veinte
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas y cincuenta minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
siete horas y cincuenta minutos del veinticuatro de marzo del dos mil veintiuno con
la base de once millones doscientos
cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las siete
horas y cincuenta minutos
del uno de abril del dos mil veintiuno
con la base de tres millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de COOPESPARTA R.L contra Gabriel Enrique
Bautista Camacho, Kattia Vanessa Maffio Sánchez. Expediente
N° 20-001246-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas,
03 de agosto del 2020.—Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2021522143 ).
En este Despacho, con una base de trece millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Puntarenas, matrícula
número ciento noventa y cuatro mil quinientos siete, derecho cero cero cero, la cual
es terreno con un salón. Situada:
en el distrito 11 Cóbano, cantón 01 Puntarenas, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte,
calle pública; al sur, José Alberto Carrillo Zeledón; al este,
José Alberto Carrillo Zeledón, y al oeste,
José Alberto Carrillo Zeledón.
Mide: mil cincuenta y cinco metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de marzo del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las siete horas y cuarenta
y cinco minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintiuno, con la base de diez millones doscientos mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan
las siete horas y cuarenta
y cinco minutos del veinticinco de marzo del dos mil veintiuno, con la base de tres millones cuatrocientos mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de COOPESPARTA R.L. contra Luis Enrique
Carrillo Zeledón.
Expediente N° 20-002355-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de
Puntarenas, 03 de julio del 2020.—Douglas Quesada
Zamora, Juez Decisor.—(
IN2021522145 ).
En este Despacho, con una base de diez millones quinientos
mil colones exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando reservas y restricciones,
citas:387-17939-01-0813-002; sáquese a remate la
finca del Partido de Puntarenas, matrícula N° 73684,
derecho 000, la cual es terreno
para construir lote 760 con
una casa de habitación. Situada
en el distrito 8-Barranca, cantón 1-Puntarenas de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte:
INVU; al sur: INVU; al este: INVU; y al oeste: calle pública. Mide:
ciento veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas y treinta minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas y treinta minutos del once de marzo de dos
mil veintiuno, con la base de siete
millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de marzo de dos mil veintiuno, con
la base de dos millones seiscientos
veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Coopesparta R.L.,
contra Katherine Argüello
Zamora, Oliney Antonia Zamora Vega. Expediente N°:19-009779-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de
Puntarenas, 30 de junio del 2020.—Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2021522146 ).
En este Despacho,
con una base de cuatro millones
de colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
ciento cincuenta y seis mil
setecientos noventa y dos,
derecho cero cero cero, la cual es terreno lote 2 terreno para construir. Situada: en el distrito 2-San Juan Grande,
cantón 2-Esparza, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte,
Enlace de Negocios S. A.; al sur, calle
pública
con 18.03 m; al este, Enlace de Negocios
S. A., y al oeste, calle pública con
12.09 m. Mide: doscientos veintiún metros con veinticinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos
del diecinueve de abril del
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo
remate, se efectuará a las once horas y cero minutos del veintisiete de abril del dos mil veintiuno, con
la base de tres millones de
colones exactos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las once horas y cero minutos
del cinco de mayo del dos mil veintiuno,
con la base de un millón de colones
exactos (25% de la base original). 2) Con una base de
cuatro millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
ciento cincuenta y seis mil
setecientos noventa y un,
derecho cero cero cero, la cual es terreno lote 1 terreno para construir. Situada: en el distrito 2-San Juan Grande,
cantón 2-Esparza, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte,
Gumercinda Rodríguez Zamora; al sur, Jhonny Pérez Retana; al este, Jhonny Pérez Retana,
y al oeste, calle pública con
11,76 m. Mide: doscientos treinta y dos metros con cincuenta
y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
y cero minutos del diecinueve
de abril del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las once horas y cero minutos del veintisiete
de abril del dos mil veintiuno,
con la base de tres millones
de colones exactos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las once horas y cero minutos
del cinco de mayo del dos mil veintiuno,
con la base de un millón de colones
exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de COOPESPARTA R.L. contra Rafael Ángel del Socorro Porras Porras. Expediente N° 20-003693-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de
Puntarenas, 07 de agosto del 2020.—Douglas
Quesada Zamora, Juez/a Decisor/a.—(
IN2021522147 ).
En este Despacho, con una base de
quince millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Puntarenas, matrícula
número veinticinco mil setecientos trece, derecho 000,
la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el Distrito Primero, Cantón
Primero, de la Provincia de Puntarenas. Colinda: al norte acera dos; al sur lote cinco; al este lote quinientos once y al oeste calle Lorenzo Salazar. Mide: doscientos sesenta y tres metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas cinco minutos del treinta y uno de mayo de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas cinco minutos del ocho de junio de dos mil veintiuno, con
la base de once millones doscientos
cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las trece
horas cinco minutos del dieciséis de junio de dos mil veintiuno, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Coopesparta R.L.
contra Thanya Vindel
Moreno. Expediente Nº:19-009545-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 23 de octubre
del año 2020.—Licda. Anny
Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2021522148 ).
En este Despacho, con una base de treinta y dos millones ciento cuarenta y ocho mil trescientos treinta y ocho colones con ochenta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas:
540-16179-01-0008-001, advertencia administrativa según resolución de las 07:00 horas del 18 de marzo de 2019. Expediente N°
2018-0695-RIM; sáquese a remate la finca del Partido
de Limón, matrícula número ciento veintitrés mil once,
derecho 000, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito 1-Guápiles, cantón
2-Pococí de la provincia
de Limón. Colinda: al norte.
Marvin Murillo Coto; al sur: calle
pública;
al este. Marvin Murillo Coto
y Alfonso Naranjo Camacho; y al oeste: Julián Montoya Navarro. Mide:
tres mil setecientos ochenta y un metros con cuarenta
y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del cinco de abril de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas treinta minutos del trece de abril de dos mil veintiuno, con
la base de veinticuatro millones
ciento once mil doscientos cincuenta y cuatro colones con once céntimos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las trece horas treinta minutos del veintiuno de abril de dos mil veintiuno, con la base de ocho millones treinta y siete mil ochenta y cuatro colones con setenta céntimos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Coocique R.L.
contra Evelyn Ivannia León Pérez.
Expediente N° 20-003109-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 7
de enero del 2021.—Licda. Zary Navarro Zamora, Jueza Decisora.—(
IN2021522152 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 384-01597-01-0961-001; sáquese
a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número setenta mil doscientos treinta y seis, derecho cero cero
cero, la cual es terreno lote 147 para construir. Situada: en el distrito 08 Barranca, cantón 01 Puntarenas, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte,
lote 148; al sur, lote 146;
al este, lote 130, y al oeste, calle pública.
Mide: ciento doce metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de junio del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de junio del dos mil veintiuno, con
la base de tres millones de
colones exactos (75% de la
base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del dos de julio del dos
mil veintiuno, con la base de un millón
de colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de COOPESPARTA R.L. contra Yoliett
del Socorro Reyes Orias. Expediente
N° 20-007295-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, 06 de noviembre
del 2020.—Luis Carrillo Gómez,
Juez Decisor.—(
IN2021522153 ).
En este Despacho,
con una base de veintiún millones
novecientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Puntarenas, matrícula
número ochenta y cuatro mil trescientos treinta y dos, derecho 000, la cual
es terreno de repastos y agricultura con una casa. Situada:
en el distrito 1-Espíritu Santo, cantón 2-Esparza, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte,
Mario Portuguez Portuguez;
al sur, Olman Arguedas Zamora; al este,
Olman Arguedas Zamora, y al oeste,
Olman Arguedas Zamora y calle
pública
de Esparza a Humo con 86 metros 89 centímetros y
Mario Portuguez Portuguez todos en parte.
Mide: ciento catorce mil ochocientos setenta y ocho metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del veinte de julio del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintiocho de julio del dos mil veintiuno, con
la base de dieciséis millones
cuatrocientos veinticinco
mil colones exactos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las ocho horas
cero minutos del cinco de agosto del dos mil veintiuno, con
la base de cinco millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de COOPESPARTA R.L. contra Guaca
Azul J & M Sociedad Anónima, Joe James Manley
Araya. Expediente N° 20-003692-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 20 de octubre
del 2020.—Luis Carrillo Gómez, Juez/a
Decisor/a.—( IN2021522154 ).
En este Despacho, con una base de treinta y ocho millones seiscientos cuarenta y siete mil ciento treinta y un colones con veinticinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 395-02739-01-
0883-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 134142- 001, 002, la cual
es naturaleza: terreno para
construir con una casa de habitación,
lote número 22-D. Situada en el Distrito 2-San
Diego , Cantón 3-La Unión , de la Provincia
de Cartago. Colinda: al norte
avenida primera; al sur lote 10 y 11 D; al este, lotes 21 D y al oeste lotes 23 D. Mide: ciento sesenta y seis metros con noventa y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veinticuatro de febrero de dos mil veintiuno con
la base de veintiocho millones
novecientos ochenta y cinco mil trescientos cuarenta y ocho colones con cuarenta y cuatro céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las nueve horas cero minutos
del cuatro de marzo de dos
mil veintiuno con la base de nueve
millones seiscientos sesenta y un mil setecientos ochenta y dos colones con ochenta y dos céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Jessica Amelia
Solís Orozco, Juan Carlos Mata Solano. Expediente
Nº:20-000608-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 03 de diciembre del año
2020.—Licda. Pilar Gómez Marin, Jueza
Tramitadora.—( IN2021522156 ).
En este Despacho, con una base de veintisiete millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada:
311-00006682-01-0902-001, servidumbre trasladada: 311-00006682-01-0903-001, finca referencia: 00056447-000, servidumbre
trasladada: 0331-00014319-01-0905-001, servidumbre trasladada:
331-00014319-01-0906-001, 331-0014319-01-0907-001, 331-00014319-01-0908-001,
331-00014319-01-0909-001. servidumbre de líneas eléctricas y de paso 369-00012293-01-0018-001; sáquese a remate la finca del Partido de Heredia, matrícula número doscientos doce mil ochocientos doce, derecho 002, la
cual es terreno lote 3, terreno de café. Finca se
encuentra en zona catastrada. Situada en el distrito: Santa Rosa, cantón Santo Domingo de la provincia
de Heredia. Colinda: al norte:
María Dominga Villalobos Arce; al sur: Municipalidad de Santo Domingo de
Heredia; al este: servidumbre
agrícola con un frente a ella de siete
metros en parte lote uno y 7, lote dos; y al oeste: línea férrea con un frente a ella de ciento veintinueve metros con noventa y
dos decímetros cuadrados. Mide: ocho mil trescientos cincuenta metros con cuarenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del treinta de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del ocho de julio de dos mil veintiuno, con
la base de veinte millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las ocho horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de julio de dos mil veintiuno, con la base de seis millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Asociación
Solidarista de Empleados de la Caja
Costarricense de Seguro Social contra Jorge Manuel De
Jesús González Chavarría. Expediente N° 20-015553-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia, 10 de diciembre del 2020.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2021522157
).
En este Despacho, con una base de ciento diecinueve mil cuatrocientos setenta y cuatro dólares con cincuenta y nueve centavos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando reservas y restricciones citas: 305-12477-01-0913-001; sáquese
a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 35052-000, la cual es terreno potrero con jaragua. Situada: en el distrito 1-Liberia, cantón 1-Liberia, de la provincia
de Guanacaste. Colinda: norte,
calle pública con 1923 m y 60 cm; sur, calle
pública
con 1923 m 60 cm; este, calle
pública
con 1923 m y 60 cm, y oeste, Luis Enrique Chavarría. Mide: ciento noventa y cinco mil quinientos treinta y seis metros con noventa
y cinco decímetros cuadrados. Plano: G-0004641-1964. Para tal
efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veinticinco de febrero del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las diez horas treinta minutos del cinco de marzo del dos mil veintiuno, con
la base de ochenta y nueve
mil seiscientos cinco dólares con noventa y cuatro centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del quince de marzo del
dos mil veintiuno, con la base de veintinueve
mil ochocientos sesenta y ocho dólares con sesenta y cinco centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Cima Dorada del Cielo Transparente
Sociedad Anónima, Consusalud
Sociedad Anónima contra José Mauricio Contreras Navarro. Expediente
N° 18-004051-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, 13 de enero del
2021.—Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez Decisor.—( IN2021522191 ).
En este despacho,
con una base de dieciocho millones
setecientos cuarenta y nueve mil novecientos ochenta y cuatro colones exactos soportando reservas y restricciones citas:
328-09767-01-0900-001, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número quinientos noventa y ocho mil ciento veinticuatro, derecho cero
cero cero, la cual es terreno de: naturaleza: Terreno de zona verde con una casa, situada en el distrito 5-San Pedro, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José, linderos: norte, Elmer Fonseca Hernández; sur, Ronald Alberto Mora
Villalobos y Johana María Umaña Arias; este, Ronald Alberto Mora Villalobos y Johanna María Umaña Arias; oeste, calle pública, Mide: quinientos cuarenta y ocho metros con seis decímetros cuadrados, plano: SJ-1276802-2008. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del nueve de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del diecisiete de febrero de dos mil veintiuno con
la base de catorce millones
sesenta y dos mil cuatrocientos
ochenta y ocho colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las nueve horas cero minutos
del veinticinco de febrero
de dos mil veintiuno con la base de cuatro millones seiscientos ochenta y siete mil cuatrocientos noventa y seis colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra
Esteban Mora Villalobos. Expediente N°
20-001769-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón), 16 de noviembre del año 2020.—Msc. Franz Castro Solís, Juez Tramitador.—(
IN2021522226 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una base de ochenta
y un mil trescientos un dólares
con cincuenta y dos centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Demanda Ordinaria citas: 2019-191514-01-0024-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 167280-F,
derecho 000, la cual es terreno
Finca filial número 23 destinada
a unidad habitacional o apartamento identificada como FF 3-E ubicada en el tercer nivel
en proceso de construcción. Situada en el distrito San Pedro, cantón Montes de Oca, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
área común construida pared en medio Finca
filial FF E F; al sur, área común
construida pared y ducto en medio escaleras; al este, área común
construida pared en medio vacío y pasillo; y al oeste, área común construida
pared y vacío. Mide: cuarenta y ocho metros cuadrados. Plano: SJ1984178-2017. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas cincuenta minutos del seis de abril de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cincuenta minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno con la base de sesenta
mil novecientos setenta y
seis dólares con catorce
centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer
remate se señalan las ocho
horas cincuenta minutos del
veintidós de abril de dos
mil veintiuno con la base de veinte
mil trescientos veinticinco
dólares con treinta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra Carlos Alberto Montero Vargas, Víctor Manuel
Pérez Ayala. Expediente N° 20-005584-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 07 de enero del año 2021.—Cinthia
Vanessa Segura Durán, Jueza Decisora.—(
IN2021521015 ).
En este Despacho, con una base de diecisiete millones treinta mil novecientos treinta y siete colones con cuarenta y nueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 303-06517-01-0942-001, servidumbre
de Lineas Eléctricas y de
Paso citas: 573-21773-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
667001-000, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito 3-Daniel Flores, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, calle pública con 11.26 metros de frente;
al sur, Evelina Campos Cedeño; al este, Morales y
Ramírez S. A.; y al oeste, Morales y Ramírez S. A.. Mide: cuatrocientos
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del treinta de julio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas
cero minutos del nueve de agosto de dos mil veintiuno con
la base de doce millones setecientos setenta y tres mil doscientos tres colones con doce céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las catorce horas cero minutos
del diecisiete de agosto de
dos mil veintiuno con la base de cuatro
millones doscientos cincuenta y siete mil setecientos treinta y cuatro colones con treinta y siete céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Servidores Públicos R. L. contra
Mauricio José Ugalde Fallas, Mónica Ramírez Barboza. Expediente N° 18-002970-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia, 15 de diciembre del año
2020.—Lic. Marvin Antonio Hernández Calderón, Juez Tramitador.—( IN2021522263 ).
En este Despacho, con una base de veinte millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas
369-00864-01-0910-001; sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número trescientos cincuenta y cinco mil ochocientos setenta y siete, derecho 000, la cual es terreno naturaleza lote 23 bloque G con una casa. Situada en el distrito 4 Mata de Plátano, cantón 8 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, avenida 5 con 10 metros 43cm;
al sur, lote 1 G; al este, lote 22 G; y al oeste, calle 1 con 09 metros 14 cm. Mide:
ciento trece metros con setenta y nueve decímetros cuadrados. Plano SJ 0782274-1988. Para tal
efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del veintiséis de febrero del dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas
cero minutos del ocho de marzo del dos mil veintiuno con
la base de quince millones cuatrocientos
cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las catorce
horas cero minutos del dieciséis
de marzo del dos mil veintiuno
con la base de cinco millones
ciento cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Inversiones
Morales y Mora Limitada contra Emilce
Rivera Ramírez. Expediente N° 20-013157-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de enero del 2021.—Mauricio Hidalgo Hernández, Juez Decisor.—( IN2021522298 ).
En este despacho, con una base de trece millones novecientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula
número 204.875-000, la cual
es terreno hoy con una casa de habitación.
Situada en el distrito: 01-Quesada, cantón:
10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Antonio Solano
Salazar; al sur, Lidia Calvo; al este, Javier Picado
Arce y al oeste, calle pública con un frente de 8 metros
lineables. Mide: ciento sesenta metros cuadrados, plano: A-0518083-1983.
Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del treinta y uno de mayo de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas treinta minutos del ocho de junio de dos mil veintiuno, con
la base de diez millones cuatrocientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las ocho horas treinta minutos del dieciséis de junio de dos mil veintiuno, con
la base de tres millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de SECOOPROLE contra Jorge Eduardo Montoya
Cruz. Expediente N° 20-000220-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 02 de octubre del año 2020.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2021522334 ).
En este despacho, con una base de cinco millones cuatrocientos veintitrés mil ciento noventa y siete colones exactos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
CL-299688, marca Nissan, estilo
Frontier, categoría carga liviana,
capacidad 5 personas, serie/chasis/VIN 1N6AD09WX7C448722, color rojo,
año 2007, traccion 4x4, cilindrada 4000, combustible gasolina
para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del diecinueve de abril de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas cero minutos del
veintisiete de abril de dos
mil veintiuno con la base de cuatro
millones sesenta y siete mil trescientos noventa y siete colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las ocho horas cero minutos
del cinco de mayo de dos mil veintiuno
con la base de un millón trescientos
cincuenta y cinco mil setecientos noventa y nueve colones con veinticinco céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Inversiones Exquisitas S. A. contra Corporacion
JAITEL J.T.L. S. A. Expediente N° 20-003315-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón), 08 de enero del año 2021.—José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2021522339 ).
En este despacho, con una base de ochenta y nueve millones de colones exactos, soportando patrimonio histórico citas: 2017-264216-01-0001-001, sáquese
a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número dieciséis mil ciento treinta y uno, derecho 000, la cual
es terreno casa y solar. Situada
en el distrito 8-Tierra
Blanca, cantón 1-Cartago, de la provincia
de Cartago. Finca se encuentra en
zona catastrada. Colinda:
al norte, Trinidad Garita;
al sur, calle; al este,
José Garita y al oeste,
Rafael Garita. Mide: mil tres metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del dieciocho de febrero de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas cero minutos del
uno de marzo de dos mil veintiuno
con la base de sesenta y seis millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las diez horas cero minutos
del nueve de marzo de dos
mil veintiuno con la base de veintidós
millones doscientos cincuenta mil colones (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Anhur Sociedad Anónima contra
Carlos Elier Ramírez Gómez. Expediente
N° 20-001913-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 06 de enero del año
2021.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza
Decisora.—(
IN2021522343 ).
En este despacho, con una base de catorce mil dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas: 2009-120101-01-0045-001; sáquese
a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento sesenta y ocho mil seiscientos treinta y dos, derecho 000, la cual
es terreno de pastos. Situada en el distrito
1-Parrita, cantón 9-Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, Little Finca S R L; al sur, Little Finca S
R L; al este, servidumbre agrícola y quebrada sin nombre y
al oeste, Peter Von Moss. Mide:
cinco mil cuatrocientos sesenta y cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticinco de febrero de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y
cero minutos del cinco de marzo de dos mil veintiuno con la
base de diez mil quinientos
dólares exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las catorce horas y cero minutos
del quince de marzo de dos mil veintiuno
con la base de tres mil quinientos
dólares exactos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Donald Roy Zanders N/A contra Little Finca
Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Expediente N° 19-009825-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de
Puntarenas, 02 de julio del año
2020.—Licda. Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2021522345 ).
En este Despacho, sáquese a remate los siguientes bienes: 1)Con una base de veinticuatro
millones ochocientos ochenta y cuatro mil ochocientos noventa y un colones con quince céntimos libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada al tomo 284,asiento 05819, secuencia
01-0901-001; sáquese a remate la finca del Partido de
Puntarenas folio real matrícula ciento
setenta y ocho mil ochocientos uno-cero cero cero,
la cual es terreno Lote Uno terreno para construir, finca se encuentra en zona catastrada. Situada en el Distrito Dos
Pitahaya, Cantón Primero Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte calle pública con un frente de cincuenta y siete metros, punto
cero nueve centímetros; al
sur Agroservicios Hípicos
de Aranjuez Sociedad Anónima; al este
Comercializadora Dos Mil Tres del Norte Sociedad Anónima y al oeste servidumbre agrícola de sesenta metros, treinta centímetros. Mide: tres mil seiscientos setenta y un metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos
del cuatro de mayo de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará
a las once horas cero minutos del doce
de mayo de dos mil veintiuno con la base de dieciocho millones seiscientos sesenta y tres mil seiscientos sesenta y ocho colones con treinta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las once horas cero minutos del veinte de mayo de dos
mil veintiuno con la base de seis millones
doscientos veintiún mil doscientos veintidós colones con setenta y nueve céntimos (25% de la base
original). 2) Con una base de veintisiete millones ciento quince mil ciento ocho colones
con ochenta y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada al tomo 284, asiento
05819, secuencia 01-0901-001; sáquese
a remate la finca del Partido de Puntarenas folio real matrícula
ciento setenta y ocho mil ochocientos dos cero cero cero, la cual
es terreno Lote Dos, terreno para construir, finca se encuentra en zona catastrada. Situada en el Distrito Dos Pitahaya, Cantón
Primero Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte: Comercializadora Dos Mil Tres del Norte Sociedad Anónima; al sur: Comercializadora
Dos Mil Tres del Norte Sociedad Anónima al este: Comercializadora Dos Mil
Tres del Norte Sociedad Anónima y al oeste: servidumbre de paso. Mide: cinco mil metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos
del cuatro de mayo de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas cero minutos del doce
de mayo de dos mil veintiuno con la base de veinte millones trescientos treinta y seis mil trescientos treinta y un colones con sesenta y tres céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las once horas cero minutos del veinte
de mayo de dos mil veintiuno con la base de seis millones setecientos setenta y ocho mil setecientos setenta y siete colones con veintiún céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José
Gerardo De La Trinidad Echeverría Bermúdez.
Expediente Nº:15- 002841-1012-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Primera, 22 de enero del año 2021.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez
Tramitador.—(
IN2021522350 ).
En este Despacho, con una base de siete millones cuatrocientos quince mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo 848213. Marca: Toyota. Estilo:
Corolla. Categoría: automóvil. Capacidad:
5 personas. Serie: 2T1BR32E47C843952. Carrocería: Sedan 4 puertas.
Tracción: 4x2. Año fabricación: 2007. Motor: 1ZZ8704531. Marca: Toyota. Modelo: CE. Cilindrada: 1800 c.c.
Cilindros: 4. Combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del quince de febrero de
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las ocho
horas cero minutos del veintitrés
de febrero de dos mil veintiuno
con la base de cinco millones
quinientos sesenta y un mil
doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las ocho horas cero minutos
del tres de marzo de dos
mil veintiuno con la base de un millón
ochocientos cincuenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Bernal David Bolaños Alpízar
contra Domingo Antonio Pérez Cisneros. Expediente Nº
20-003188-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, 16 de noviembre
del año 2020.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—(
IN2021522352 ).
En este Despacho, con una base de treinta y tres millones mil seiscientos treinta y un colones con cuarenta y nueve céntimos, libre de gravámenes; sáquese a remate la finca del Partido de Heredia, matrícula N° 208267-000, la cual
es terreno para construir
de forma triangular. Situada en
el distrito 2-Mercedes, cantón
1-Heredia de la provincia de Heredia. Colinda: al sur: calle pública y
Jorge Manuel López Solís; oeste: Jorge Manuel López
Solís; noreste: sucesión de Víctor Manuel García; sureste: Aida López Solís y calle pública; suroeste:
Adrián López Solís. Mide: quinientos sesenta y ocho metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos
del doce de agosto de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos
del veinte de agosto de dos
mil veintiuno, con la base de veinticuatro
millones setecientos cincuenta y un mil doscientos veintitrés colones con sesenta y dos céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las once horas cero minutos del treinta
de agosto de dos mil veintiuno,
con la base de ocho millones
doscientos cincuenta mil cuatrocientos siete colones con ochenta y siete céntimos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Arianne
María Cruz Mora. Expediente
N° 19- 017347-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 18 de enero
del 2021.—Noelia Prendas Ugalde, Jueza
Tramitadora.—( IN2021522353 ).
En este Despacho, con una base de ocho millones novecientos
dos mil seiscientos cincuenta
y seis colones con setenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo NCH104, marca Nissan, estilo Sentra, categoría automóvil, capacidad
5 personas, serie 3N1AB7ADXHL642932, año 2017, carrocería sedán 4 puertas,
color gris, chasis
3N1AB7ADXHL642932, vin 3N1AB7ADXHL642932, N motor MRA8980594H, marca Nissan. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del veintinueve de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del siete de mayo de dos
mil veintiuno con la base de seis millones
seiscientos setenta y seis
mil novecientos noventa y
dos colones con cincuenta y
tres céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las ocho horas cero minutos
del diecisiete de mayo de dos mil veintiuno
con la base de dos millones doscientos
veinticinco mil seiscientos
sesenta y cuatro colones con dieciocho céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Alexánder José Núñez Arias, expediente N°
20-000386-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 18 de enero del año 2021.—José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2021522355 ).
En este Despacho, con una base de
dos millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Guanacaste, matrícula
número 172586-000, la cual
es terreno naturaleza: Terreno potrero situada en el distrito: 05-Porvenir, cantón: 09-Nandayure de la Provincia
de Guanacaste, finca se encuentra en
zona catastrada linderos: norte: calle pública sur: calle
pública este: temporalidades de la Iglesia Católica de Bella Vista
de Nandayure oeste: calle pública. Mide: trescientos sesenta y cinco metros con noventa y seis decímetros cuadrados, plano: G-0597043-1999.
Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del seis de mayo de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas cero minutos del
catorce de mayo de dos mil veintiuno,
con la base de un millón quinientos
mil colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las diez horas
cero minutos del veinticuatro
de mayo de dos mil veintiuno, con la base de quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de María de Los Ángeles
Moreira Chavarría contra Marvin de Jesús Román Céspedes. Expediente
Nº:20-000729-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 17 de noviembre
del año 2020.—Lic. Víctor
Hugo Martínez Zúñiga, Juez Decisor.—(
IN2021522360 ).
En este Despacho,
con una base de cuarenta y cinco
millones novecientos sesenta y tres mil ciento setenta y cuatro colones con setenta y un céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando citas: 348-12093-01-0993-001 condiciones;
sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula N° 49868, derecho 000, la cual
es terreno lote R N 10 agricultura. Situada en el distrito 2-La Cuesta, cantón 10-Corredores de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte:
calle con 180 m.; al sur: Roberto Picado; al este: Ma. Damiana Juárez; y al oeste: Ildefonso Gómez. Mide: sesenta y ocho mil cuatrocientos noventa y siete metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Plano:
P-0608124-1985. Para tal efecto
se señalan las nueve horas
cero minutos del veintiocho
de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas cero minutos
del siete de junio de dos
mil veintiuno, con la base de treinta
y cuatro millones cuatrocientos setenta y dos mil trescientos ochenta y un colones con tres céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve
horas cero minutos del quince de junio
de dos mil veintiuno, con la base de once millones cuatrocientos noventa mil setecientos noventa y tres colones con sesenta y ocho céntimos (25% de la base
original). con una base de cincuenta y seis millones quinientos treinta y seis mil ochocientos veinticinco colones con veintinueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 313-06023-01-0902-004; sáquese
a remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula
número veintisiete mil novecientos quince, derecho 000, la cual
es terreno lote R N 10 agricultura. Situada en el distrito 2-La Cuesta, cantón 10-Corredores de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte:
Juan Trejos; al sur: carretera pública, Amelia Batista Torres,
Ana Yeinny Segura Batista y Nancy Patricia Segura
Batista; al este: Félix Parra y Ana Yeinne Segura Batista; y al oeste:
carretera pública. Mide: setenta y cinco mil ciento veinte metros cuadrados. Plano: P-0942749-2004. Para tal
efecto, se señalan las cero
horas cero minutos del veintiocho
de mayo de dos mil veintiuno De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas cero minutos
del siete de junio de dos
mil veintiuno, con la base de cuarenta
y dos millones cuatrocientos
dos mil seiscientos dieciocho
colones con noventa y siete céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las cero horas cero minutos del quince de junio de dos mil veintiuno, con
la base de catorce millones
ciento treinta y cuatro mil doscientos seis colones con treinta y dos céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Alexis Javier De
Jesús Segura Ruiz. Expediente N°
20-001730-1201-CJ.—Juzgado
de Cobro de Golfito, 5 de octubre del 2020.—Lic. Gerardo
Monge Blanco, Juez.—( IN2021522361 ).
En este despacho, con una base de cuarenta y nueve millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 310-04046-01-0901-002 y plazo
de convalidación (rectificación
de medida) citas: 2017- 501280-01-0005-001;
sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula número
205784 derecho 000, la cual al día de hoy es terreno con una casa. Situada en el distrito 1-San Rafael, cantón 7-Oreamuno, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
con Sociedad Agropecuaria Martimar
Limitada; al sur, con Gerardo Rogelio Calderón
Navarro; al este, con calle
pública con frente de 10 mtrs 97 cm y al oeste, con Hazel
Mora Rojas y Nelson Eduardo Martínez Rivera. Mide: ciento veintinueve metros cuadrados. para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del
quince de febrero de dos mil veintiuno.
de no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas cero minutos
del veintitrés de febrero
de dos mil veintiuno con la base de treinta y siete millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las catorce
horas cero minutos del tres
de marzo de dos mil veintiuno
con la base de doce millones
trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra José Alberto
Poveda Pacheco. Expediente N° 20-003530-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de
Cartago, 27 de noviembre del año
2020.—Yanin Torrentes
Ávila, Jueza Decisora.—(
IN2021522372 ).
En este Despacho, con una base de sesenta y siete millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula
número 60867-000, la cual
es terreno para construir
con 1 casa. Situada en el distrito 2-San Francisco, cantón
8-Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 12m 53cm; al
sur, Cafetalera Tournon S.
A.; al este, Enrique Víquez
Ramírez; y al oeste, Eduardo Ugarte Carvajal. Mide: trescientos diez metros con veintiún decímetros metros cuadrados. Para
tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del quince de marzo de
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las nueve
horas cero minutos del veintitrés
de marzo de dos mil veintiuno
con la base de cincuenta millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las nueve horas cero minutos
del treinta y uno de marzo
de dos mil veintiuno con la base de dieciséis millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Econs Structor S. A., Manrique
Salazar Boza, Nicolás Ramírez Larrin. Expediente N° 19-004773-1764-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Segunda, 14 de enero del año 2021.—Licda. Susana María Murillo Alpízar,
Jueza Tramitadora.—( IN2021522373 ).
En este Despacho, con una base de siete millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 391-00785-01-0903-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 258545-000,
derecho, la cual es terreno
lote 4 para construir. Situada en el distrito:
04-Aguas Zarcas, cantón:
10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Gastón Peralta Volio;
sur, calle pública; este,
lote cinco y oeste, lote tres.
Mide: doscientos noventa y nueve metros con cincuenta decímetros cuadrados. Plano: A-0893038-1990. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del veintiuno de julio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas
cero minutos del treinta de
julio de dos mil veintiuno,
con la base de cinco millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las catorce horas cero minutos
del diez de agosto de dos
mil veintiuno con la base de un millón
setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución hipotecaria de
Mutual Cartago Ahorro y Préstamo
contra José Rafael Sandí Barrantes, Odilie Hernández Cortés, Expediente N°
20-003033-1202-CJ. Notas: Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 06 de noviembre del año 2020.—Licda. Eunice Pérez
Arce, Jueza Decisora.—( IN2021522389 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta y dos millones setecientos cincuenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula número
144442-F-000, la cual es naturaleza:
finca filial cinco, segunda
planta, destinada a uso habitacional de una planta en proceso de construcción. Situada en el Distrito (05)
Concepción, Cantón (03) La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte Quebrada La Unión, zona de protección;
al sur área común libre destinada a zona verde; al este, área común
libre destinada a escaleras y al oeste finca filial
número cuatro. Mide: sesenta y cuatro metros con cero decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del cinco de marzo de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas treinta minutos del quince de marzo de
dos mil veintiuno con la base de treinta
y nueve millones quinientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez
horas treinta minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintiuno con la base de trece millones ciento ochenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago Ahorro
y Préstamo contra Ricardo José Serrano Dumas. Expediente Nº:20-001507-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 14 de enero
del año 2021.—Víctor Obando Rivera, Juez Decisor.—( IN2021522391).
En este despacho,
con una base de cinco millones
novecientos setenta y tres mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BLF565, marca: Suzuki, estilo: Alto DX, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: MA3FB32S2H0854145, Sedan 4 puertas
Hatchback, tracción: 4x2, año
fabricación: 2017, color: gris.
Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del veintidós de marzo de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas treinta minutos
del seis de abril de dos mil veintiuno,
con la base de cuatro millones
cuatrocientos setenta y nueve mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las once horas treinta
minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno, con
la base de un millón cuatrocientos
noventa y tres mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Leonel Alberto
Rojas Álvarez. Expediente N°
:20-006638-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 17 de noviembre del 2020.—Licda. Sofía Ramírez Rodríguez, Jueza
Decisora.—(
IN2021522398 ).
A las ocho horas treinta minutos del doce de marzo del dos mil veintiuno, en la puerta exterior del local
que ocupa este juzgado, libre de gravámenes hipotecarios, soportando reservas y restricciones bajo las
citas 288-10741-01-0901-001, con la base de tres millones setecientos
siete mil ciento sesenta y seis colones sesenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré:
la finca hipotecada que es finca del Partido de
Alajuela, matrícula de folio real número
trescientos ochenta y nueve mil ciento cuarenta y siete-cero cero cero, que es terreno de repasto, sito en
Pocosol, distrito trece de San Carlos, cantón diez de la Provincia de Alajuela;
colinda al norte: Edgar
Blanco Acuña en medio
quebrada sin nombre, al sur: calle
pública, al este: Junta Edificadora de San Luis de Pocosol,
al oeste: Aidé Aragón Góngora; mide cuatro
mil novecientos noventa
metros con noventa y siete decímetros cuadrados; plano A-0358709-1996. Propiedad
del demandado Avelino Rodríguez Murillo. En caso de resultar
fracasado el primer remate, para la segunda subasta con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la base de dos millones setecientos ochenta mil trescientos setenta y cinco colones, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintidós de marzo del dos mil veintiuno. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas, para la tercera almoneda con la base del veinticinco
por ciento de la base original, sea la base de novecientos veintiséis mil setecientos noventa y un colones sesenta y siete céntimos, se señalan las ocho horas treinta minutos del seis de abril del dos mil veintiuno. Lo
anterior por estar así ordenado en Proceso
de Ejecución Hipotecaria de
la Secretaría Técnica del Sistema de Banca para el
Desarrollo contra Avelino Rodríguez Murillo. Expediente
N° 18-000089-0298-AG. Juzgado Agrario
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Ciudad
Quesada, 07 de enero del 2021. (f) Ana Milena Castro
Elizondo. Jueza. Razón: Publicar 2 veces consecutivas en el Boletín Judicial, la primera publicación con un mínimo de ocho días de antelación a la fecha fijada para la subasta, art. 21.5 de la Ley de Cobro
Judicial. De conformidad con la Circular número 67-09 emitida por la Secretaria de la Corte el 22 de junio
del 2009, se comunica que en
virtud del principio de gratuidad
que rige esta materia, la publicación de este edicto está
exenta de todo pago de derechos.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Ciudad
Quesada, 07 de enero del 2021.—Licda. Ana Milena Castro Elizondo, Jueza.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021522409 ).
En este Despacho, con una base de treinta y siete millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula
número trescientos treinta mil ciento noventa y seis, derecho 000, la cual
es terreno construido. Situada: en el distrito 4-Carrillos, cantón 8-Poás, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
servidumbre de paso con 6 metros de frente a ella;
al sur, Jinesta y Chávez Limitada; al este, Randall Vega Brenes, y al oeste, Silvia María
Jinesta Castro. Mide: ciento treinta y seis metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del cinco de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del trece de abril del dos mil veintiuno, con
la base de veintisiete millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan
las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de abril del dos mil veintiuno, con la base de nueve millones doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago Ahorro
y Préstamo
contra Orlando de los Ángel Rivera Ruiz. Expediente N° 20-002203-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 19 de enero del 2021.—Angie
Rodríguez Salazar, Juez/a Tramitador/a.—(
IN2021522517 ).
En este Despacho, 1) Finca del partido de Guanacaste, matrícula número 55.183-000; libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando reservas y restricciones citas: 351-02377-01-0900-001, la cual
es naturaleza: terreno con
una casa. Situada: en el distrito 1-Nicoya, cantón 2-Nicoya de la provincia de Guanacaste. Linderos:
norte, Nicolasa Guevara Cárdenas; sur, calle
pública;
este, Nicolasa Guevara Cárdenas; oeste, Nicolasa Guevara Cárdenas.
Mide: mil setecientos setenta y seis metros con treinta
y un decímetros cuadrados.
Plano: G-0599940-1985. Para el primer remate, con una base de setenta y ocho millones quinientos cincuenta y ocho mil setecientos cinco colones con sesenta y nueve céntimos. Para el segundo remate, con la base de cincuenta
y ocho millones novecientos diecinueve mil veintinueve colones con veintisiete céntimos (75% de la
base original). Para el tercer remate, con la base de
diecinueve millones seiscientos treinta y nueve mil seiscientos setenta y seis colones con cuarenta y dos céntimos (25% de
la base original). 2) Finca del partido de
Guanacaste, matrícula número:
158.994-000, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 301-12942-01-0914-001, la cual
es naturaleza: terreno de
bosque lote 1. Situada: en el distrito 1-Nicoya, cantón
2-Nicoya de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Omar Briceño Cárdenas; sur, Nicolasa
Guevara Cárdenas; este, calle pública con un frente
de 65.85 metros; oeste, Omar Briceño Cárdenas. Mide: dieciséis mil trescientos cincuenta y dos
metros con sesenta y un decímetros
cuadrados. Plano: G-1138033-2007. Para el primer
remate, con una base de cuarenta y cinco millones setecientos ochenta y seis mil doscientos noventa y cuatro colones con treinta y un céntimos. Para el segundo remate, con la base de treinta
y cuatro millones trescientos treinta y nueve mil setecientos veinte colones con setenta y tres céntimos (75% de la base original). Para el tercer remate, con la base de once millones
cuatrocientos cuarenta y
seis mil quinientos setenta
y tres colones con cincuenta y ocho céntimos (25% de la base original). Señalamientos:
Para el primer remate, se señalan las ocho horas cero minutos del veintiocho de mayo del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las ocho horas cero minutos
del siete de junio del dos
mil veintiuno. De continuar
sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las ocho
horas cero minutos del quince de junio
del dos mil veintiuno. Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Héctor Luis Briceño
Víquez,
Laura Gabriela Obando Villegas. Expediente N°
19-000196-1206-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 20 de enero
del 2021.—Licda. Lizeth Gómez Gómez,
Jueza Tramitadora.—( IN2021522519 ).
Se
hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
17-000063- 0993-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por
parte de Flor María Lizano Bolaños quien es mayor, estado civil casada una vez,
vecina de Sarchí Norte Valverde Vega, portadora de la cédula de identidad
vigente que exhibe número 2-0489-0415, profesión Administradora de Empresas, a
fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el
terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de solar. Situada
en el distrito 5 Rodríguez, cantón 12 Valverde Vega, de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte Guillermo Salazar Castro, Inversiones Ulabon Ltda, y Eliecer Vicente
Rodríguez Herrera; al sur Roger Rodríguez Pérez; al este José David Castro
Zeledón, Eliecer Vicente Rodríguez Herrera, Inversiones Gemoxi
S. A., Rafael Ángel Quesada Esquivel y Boris Jurado Carvajal y al oeste Parque
Industrial de la Artesanía. Mide: ocho mil doscientos cincuenta y seis metros
cuadrados con cuarenta decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano
catastrado número A- 1046294-2006. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir NO pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene
por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso
sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma
de dos millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra a
Compañía Cafetalera de Sarchí S. A., y hasta la fecha lo ha mantenido en forma
quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por
más de 3 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han
consistido en siembra e matas de banano, chapias,
limpieza de desagüe, deslindar terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo
de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a
efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Flor María
Lizano Bolaños. Expediente Nº 17-000063-0993-AG.—Juzgado
Agrario del III Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), San Ramón, 13 de
enero del año 2021.—Msc.
Tatiana Rodríguez Herrera, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021522411 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 18-000107-0993-AG donde
se promueven diligencias de Información
Posesoria por parte de Amelia
Delsa Chaves Morales, quien
es mayor, estado civil soltera,
vecina de Carrera Buena de San Ramón, portadora de la cédula de identidad
vigente que exhibe número 9-0071-0821, profesión educadora pensionada, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca cuya naturaleza es repasto y montaña. Situada: en el distrito Zapotal, cantón San Ramón, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
Amelia Delsa Chaves Morales; al sur, calle pública con frente a ella de doscientos treinta y cuatro metros con treinta y dos decímetros lineales, Aurelio, Olman, María Anastasia, Felipe León, Senén,
Herminia, María Isabel todos apellidos
Chaves Ramírez, Glenda María Benavides Chaves, Arelis
Fernández Chaves y Aronia Karla Granados Chaves; al este,
Amelia Delsa Chaves Morales, y al oeste,
Aurelio, Olman, María Anastasia, Felipe León, Senén, Herminia, María Isabel todos
apellidos Chaves Ramírez, Glenda María Benavides
Chaves, Arelis Fernández Chaves y Aronia Karla
Granados Chaves. Mide: doce
hectáreas cinco mil trescientos cincuenta y cuatro metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 2-2032684-2018. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cuatrocientos
mil colones y el terreno en la suma de cinco
millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra al señor Marcelino Morales Rodríguez, mayor, divorciado, agricultor, vecino de Peñas Blancas de Esparza, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título
de dueño por más de cincuenta años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza del terreno, levantamiento de cercas, cultivos de árboles y cría de bovinos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Amelia Delsa Chaves
Morales. Expediente N° 18-000107-0993-AG.—Juzgado Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), San Ramón,
20 de enero del 2021.—Lic.
José Luis Camareno Castro, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021522413 ).
Licenciada Patricia Cordero García, del Juzgado de Familia de Cartago,
A Fernando Ruiz Perdomo, en su carácter personal, quien es mayor, de
nacionalidad Cubana, demás calidades desconocidas, se
le hace saber que en demanda procesos especiales, establecida por Karla María
Durán Hernández contra Fernando Ruiz Perdomo, se ordena notificarle por edicto,
la sentencia que en lo conducente dice: N°
2020002283. sentencia de primera instancia Juzgado de Familia de Cartago, a las
ocho horas cuarenta minutos del veintitrés de noviembre de dos mil veinte.
Proceso de Declaratoria de Abandono establecido por Karla María Duran
Hernández, mayor, casada dos veces, ama de casa, vecina de Cartago, cédula
0303980014 Contra Fernando Ruiz Perdomo, mayor ,
casado una vez cubano, domicilio desconocido representado por la curadora
procesal Licda. Mendoza. Interviene el Patronato Nacional de la Infancia.
Resultando: 1. 2. 3. Considerando: I. Hechos probados: Como tales se tienen los
siguientes: 1. 2. 3. II. Análisis de fondo: por tanto: Razones dadas, Código de
Familia, se declara con lugar este Proceso de Declaratoria de Abandono y al
efecto se declara a Josebed Ruiz Durán en estado de
abandono por parte del señor Fernando Ruiz Perdomo, se declara la terminación
en el ejercicio de la patria potestad que con respecto a esta menor de edad
ostentaba el señor Ruiz Perdomo. Se resuelve sin especial condenatoria en
costas. Firme este fallo inscríbase en el Registro Civil, nacimientos de San
José tomo dos mil doscientos cuarenta y seis, folio doscientos setenta y cinco,
asiento quinientos cuarenta y nueve. Expediente 18-001886-0338-FA-01. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Cartago, 26 de
enero de 2021.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021522415 ).
Rogelio
Alcides Acuña Mena, mayor, docente,
soltero, vecino de
Alajuela, San Carlos, cincuenta metros norte de la escuela del Roble de Cutris, cédula de identidad número uno- mil ciento treinta y siete-quinientos tres, solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriba
a su nombre en el Registro Público de Propiedad, la finca
sin inscribir que le pertenece
y que se describe así: terreno
de potrero, situado en
Buenos Aires, del distrito primero: Buenos Aires, del
cantón tercero Buenos
Aires, de la provincia sexta
de Puntarenas, con los siguientes linderos:
norte, Luis Ángel Acuña Montero; sur, calle pública; este, con Juan Ramón Rodríguez Retana
y al oeste, Luis Ángel Acuña Montero. Mide: cincuenta y cinco mil sesenta y cinco metros cuadrados, según plano catastrado P-2128265-2019.
El terreno antes descrito,
el solicitante ha sido el poseedor en calidad
de dueño de manera pública, pacifica e ininterrumpida por más de diez años. Estima
el fundo en la suma de ocho millones
de colones, y en igual suma las presentes diligencias. Con un mes
de término contados a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación a efecto de que se apersonen en defensa
de sus derechos. Información posesoria,
expediente número
19-000073-1046-CI establecidas por Rogelio Alcides Acuña Mena.—Juzgado
Agrario de Buenos Aires, martes treinta de junio del dos mil veinte.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora,
Juez Tramitador.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021522416 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°20-000126- 0993-AG donde
se promueven diligencias de información
posesoria por parte de José
Joaquín Quesada Fallas quien
es mayor, estado civil casado
una vez, vecino(a) de
Concepción de San Ramón, portador(a) de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-0338-0796, profesión agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca cuya naturaleza es cultivos y pastos. Situada en el Distrito 11
Concepción, Cantón 2 San Ramón, de la Provincia de Alajuela. Colinda:
al noreste Trasnfera de San
Ramón S.A, Braulio Madrigal Araya; al noroeste María
Del Socorro Vega Chaves Roberto Joaquín Jiménez Palma, quebrada; al suroeste 3-101-561958-S.A, Inversiones Elquema de Occidente S.A, Kevin Geovanny
Quesada Ramos, Adriana Cecilia Mejías Arce y al sureste calle pública
con frente de 94.57 metros lineales.
Mide: cinco mil ochocientos cincuenta y dos
metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número
A-23127188-2019. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir NO pesan
cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de diez
millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación de su madre Luz Marina Fallas Varela, viuda, del hogar, cédula de identidad 2-0180-0913, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título
de dueño por más de 40 años. Que No existen condueños. Que los actos de posesión han consistido
en siembra de cultivos estacionales frijoles, maíz, pasto para ganado ocasional, limpieza de terreno, delimitación de linderos con cerca de tres hilos,
protección de quebrada. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. proceso información posesoria, promovida por José Joaquín Quesada Fallas.
Expediente Nº: 20-000126-0993-AG.—Juzgado Agrario del Tercer Circuito Judicial de
Alajuela (San Ramón), San Ramón, 22 de enero del año 2021.—Msc. Tatiana Rodríguez
Herrera, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021522422 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000137-0689-AG, donde
se promueven diligencias de Información
Posesoria por parte de
Allan Fernando Valverde Segura, quien es mayor, estado civil soltero, vecino de Aserrí, al costado este de la Urbanización Las Tres Marías, portador de la cédula de identidad
vigente que exhibe número 01-1521-0489, profesión ingeniero en producción
animal, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca cuya naturaleza es terreno de montaña y potrero. Situada en el distrito
segundo-Tabarcia, cantón
sexto-Aserrí, de la provincia
de San Jose. Colinda: al norte,
Río Jorco; al sur, calle pública; al este, en parte Acueducto
de Tabarca y Carlos Emilio Valverde Morales; y al oeste, Carmen Retana Jiménez. Mide: noventa y cuatro mil setecientos noventa y nueve metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 2070312-2018.
Indica el promovente que sobre
el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de doce
millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra de la sociedad Val-Verde
Sociedad Anónima, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título
de dueño por más de 30 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido
en dar mantenimiento
a la propiedad, con cercas
y chapeando para la limpieza
del terreno, cultivo de pasto y ganado. Que no ha inscrito mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Allan Fernando Valverde Segura. Expediente N° 20-000137-0689-AG.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 15 de enero del año 2021.—Dra. María Vanessa Fisher González, Jueza Agraria.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021522423 ).
Se hace saber: Que ante este
despacho se tramita el expediente N° 20-000391-0297-CI donde
se promueven diligencias de Información
Posesoria por parte de
Elvira del Carmen Pérez Castro, mayor, soltera en unión libre, ama de casa,
cédula de identidad N° 2-0373-0506, vecina de Alajuela, San Carlos, Florencia, Platanar, de la entrada de Calle Aeropuerto,
600 metros al este, en la cual solicita se inscriba a su nombre
en el Registro Público de la Propiedad, la finca
sin inscribir que le pertenece
y que se describe así: Terreno
destinado a solar. Sito: en Platanar de Florencia, distrito dos de San Carlos, cantón
diez de la provincia de
Alajuela. Colinda: al norte,
Johanny Alfaro Sibaja; al
sur, María Etelgive Sibaja
Álvarez; al este, Elvira Pérez Castro, y al oeste, Carlos Pérez Castro. Mide:
doscientos metros cuadrados
según plano aportado 2-2112130-2019. Manifiesta
la titulante que el inmueble
lo adquirió por prescripción
positiva por haberlo poseído por más de veinte años, posesión
ejercida en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título
de dueña. El inmueble fue estimado en
la suma de dos millones de colones y en igual
suma fueron estimadas las presentes
diligencias. Con un mes de término
contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto
de que se apersonen en defensa de sus derechos. Diligencia de Información
Posesoria promovida por
Elvira del Carmen Pérez Castro. Expediente N°
20-000391-0297-CI.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, 21 de enero del 2021.—Lic. William Arburola Castillo, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº
68-2017-JA.—( IN2021522428 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000010-0386-CI donde
se promueve información posesoria por parte de Marcos Efrén Arias Durán
quien es mayor, estado
civil soltero en unión libre, maestro de obras de construcción, portador de la
cédula número 0501491075, vecino
de Limón, Siquirres, Barrio El Cocal,
a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual
es terreno de solar. Situada
en San Roque, distrito
primero Liberia, cantón primero Liberia. Colinda: al norte, con calle pública con un frente de cinco metros lineales; al sur, con Gilberto Valverde Duarte; al este, con Gabriela Vanessa Moreno Castrillo,
y al oeste, con A.G. Evemar
Sociedad Anónima. Mide: ciento ochenta y ocho metros cuadrados. Plano catastrado: G-dos millones ciento setenta y nueve mil setecientos setenta y cuatro-dos mil veinte (G-2.179.774-2020). Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de tres millones quinientos
mil colones (¢3.5000.000,00). Que adquirió
dicho inmueble mediante compra a la señora Albertina Arias Durán, quien
fue su madre,
el día 12 de febrero de 1977, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en, mantener el terreno debidamente deslindado de los terrenos colindantes, mantener y conservar las cercas, así como la limpieza
el mismo. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad.- Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de
un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Marcos Efrén Arias Durán.
Expediente Nº 21-000010-0386-CI-6.—Juzgado Civil y Trabajo
de Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia)
(Materia Civil), 18 de enero del año 2021.—Licda.
Aura Lisseth Cedeño Yanes, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2021522521 ).
Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N° 19-000153-1520-AG, donde se promueven diligencias de
Información Posesoria por parte de Eduardo Enrique Diaz Orias
quien es mayor, estado civil soltero, vecino de San José de Upala, Santa Lucía,
de la entrada 800 metros noreste, portador de la cédula de identidad vigente
que exhibe número 6-0206-0128, profesión agricultor, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe
así: Finca cuya naturaleza es terreno de agricultura. Situada en el distrito
tres San Jose, cantón trece Upala, de la provincia de Alajuela. colinda: al
norte Carmen Rojas García y calle pública; al sur Luis Murillo Ocampo; al este
Calle pública con un frente de trescientos diecinueve metros con sesenta y dos
centímetros lineales y al oeste Carmen Rojas García. mide: veintiséis mil
quinientos dieciséis metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado
número A- dos cero siete siete ocho uno tres-dos mil
dieciocho. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir
la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto
el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de
colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo
ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y
a título de dueño por más de quince años. Que no existen condueños.-
Que los actos de posesión han consistido en actividades de agricultura,
principalmente para cultivo de maíz y frijoles, así como la habitación de la
vivienda que se encuentra en el inmueble. Que no ha inscrito mediante el amparo
de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un
mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el
Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida
por Eduardo Enrique Díaz Orias. Expediente Nº 19-000153-1520-AG.—Juzgado Civil y Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria), Alajuela,
Upala, 09 de junio del año 2020.—Licda. Sussy
María Gamboa Ramírez, Jueza.—1 vez.—( IN2021522538 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 20-000108-0927-CI donde
se promueve información posesoria por parte de la Asociación de Desarrollo Específica para la Administración
del Área del Salón Comunal
de Sandillal de Cañas,
cédula jurídica N° 3002756310, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así:
finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual
es terreno con una casa. Situada
en el distrito Cañas, cantón Cañas.
Colinda: al norte, con calle pública con un frente lineal de 38.91 metros cuadrados;
al sur, con Redondel de la Asociación
de Desarrollo Específico
para la Administración del Área del Salón Comunal de Sandillal de Cañas; al este, con calle pública, con
un frente lineal de 45.97 metros y al oeste, con José Luis Calvo Murillo, Marcial
de Jesús Robleto Elizondo y la Asociación
de Desarrollo Específico
para la Administración del Área del Salón Comunal de Sandillal de Cañas. Mide: 1405 metros cuadrados
metros cuadrados. Indica el promovente
que sobre el inmueble a inscribir no pesan
cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble donación y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por la Asociación de
Desarrollo Específica
para la Administración del Área del Salón Comunal de Sandillal de Cañas. Nota: publíquese este edicto en
el Boletín Judicial por una sola vez, expediente N°
20-000108-0927-CI-5.—Juzgado Civil y Trabajo de Cañas (Materia civil),
08 de diciembre del año 2020.—Licda. Xinia
María Esquivel Herrera, Juez/a Tramitador/a.—1
vez.—(
IN2021522539 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión en sede notarial de Teresa Campos
Araya, quien fue mayor de edad, casada una vez, del hogar, vecina de Alajuela, San Carlos La Marina, portadora de la cédula de identidad
número dos-ciento sesenta y uno-seiscientos ocho, y Rafael Ángel Benavides
Aguilar, quien fue mayor de
edad, casado una vez, agricultor, vecino de Alajuela, San Carlos La Marina, portador de la cédula de identidad
número dos-doscientos nueve-setecientos cincuenta y
dos, para que dentro del plazo de treinta
días contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 01-2021. Notaría
del Licenciado Olman
Martínez Picado, situada en
Alajuela, Grecia, Residencial La Guaria,
tercer entrada contiguo al play.—Lic. Olman
Martínez Picado, Notario.—1 vez.—( IN2021521815 ).
Se hace saber que, ante esta notaría, se tramita sucesorio notarial de quien en vida fue
María Manuela Valverde Solano, quien fuera mayor de edad, casada una vez ama de casa, vecina de Poas de Aserrí, 100 metros al sur y 50 oeste
de la Escuela Andrés Corrales Mora, portadora de la
cédula de identidad número
uno-cero quinientos diecisiete-cero
doscientos dieciséis; Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo
de 30 días contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, sito
en San José, 50 metros al norte
y 25 metros al este de la Taquería
Costa Rica, casa 118 a hacer valer
sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de
que si no se apersonan
dentro de ese plazo, aquélla
pasará a quien corresponda, expediente N°
0001-2021-JJBB. Nota en línea
sexta por “ 30 “ léase correctamente “quince”.—San
José, 23 enero del 2021.—Lic.
Juan José Burgos Bonilla, Notario.—1 vez.—( IN2021521860 ).
Se hace saber que esta
notaría,
está tramitando el proceso sucesorio de quien fuera Cristobalina
Valencia López, quien era mayor, portador
de la cédula de identidad número
cinco-cero ciento cuarenta y tres cero cuatrocientos cuarenta y ocho, soltera, ama de casa y quien tuviera como
su ultimo domicilio, San
Martin de la escuela trescientos
setenta y cinco metros al norte, Nicoya, Guanacaste. Se cita
y emplaza a todos los interesados que dentro del plazo
de 15 días contados a partir
de su publicación comparezca a hacer valer sus derechos, con apercibimiento
a aquella que crean tener derecho a la herencia de que, si no se apersonan dentro del plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Para efectos de recibir notificaciones, en mi Bufete ubicada en Nicoya, Guanacaste 120 metros al norte
del área de salud de
Nicoya. Expediente N° 0001-2021.—Licda. Ana Cristina Arce Sequeira,
Notaria.—1 vez.—(
IN2021521887 ).
Mediante acta de apertura otorgada
ante esta notaría del licenciado Mario Alberto Rigioni
Álvarez, a las trece horas del veinticinco
de enero del dos mil veintiuno
y comprobado el fallecimiento
del causante, se declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida
fuera Michael Raymond Carbone, de un apellido en razón
de su nacionalidad de los Estados Unidos de América, mayor, casado,
pensionado, con pasaporte de su
país número: cinco dos nueve cuatro cero cuatro uno cinco ocho y ahora
portador de la cédula de residencia número: uno ocho cuatro cero cero uno nueve seis ocho dos dos ocho, vecino
de Alajuela, Grecia, San Isidro, trescientos cincuenta metros al oeste de la Escuelas de San Francisco, fallecido
el veinticinco de marzo del
año dos mil veinte. Se cita y emplaza a todos los interesados para que
dentro del plazo máximo de treinta días naturales contados a
partir de la publicación de
este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos ante la notaría del licenciado
Mario Alberto Rigioni Álvarez, Notario
Público con oficina abierta en la ciudad de San José,
cantón central, distrito El
Carmen, veinticinco metros oeste
de la Rotonda del Farolito,
teléfono: 2221-3395.—Lic. Mario Alberto Rigioni
Álvarez, Notario Público.—1 vez.—( IN2021521894 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, y demás interesados en la sucesión notarial de quien fue Heriberto Cirilo De Jesús Carrillo Ramírez, mayor, casado una vez, cédula de identidad número cuatro-ciento diecisiete-cero quinientos ochenta y siete, vecino de Santa Bárbara de
Heredia, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a esta notaría situada en San José, avenida diez, calles once y trece, número once cuarenta y uno, a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento
que en caso de que no lo hicieran, la herencia pasará a quien corresponda. Así mismo, deben señalar
medio, casa u oficina dentro del perímetro
de San José, donde atender notificaciones. Lo anterior dentro del proceso
sucesorio notarial de Heriberto Cirilo De Jesús
Carrillo Ramírez, Expediente 001-2021.—San José, 25
de enero del 2021.—Lic. Ramiro Saborío Castro.—1 vez.—( IN2021521906 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión del señor Leovigildo Alicinio Castro Wong, quien en vida fuera,
mayor de edad, pensionado, vecino
de Alajuela, San Antonio del Roble Urbanización Los Naranjos casa número ocho M, portador de la cédula de identidad número seis cero ciento seis cero seiscientos cincuenta y seis: quien falleció el cuatro de noviembre del dos mil diecinueve,
para que dentro del plazo de treinta
días hábiles contados a partir de la fecha de publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 01-2020. Notaría de
la notaria pública Rosibel
Rojas Alpízar, ubicada en Alajuela, San Antonio del Tejar
cuatrocientos oeste de Industrias Alfaro, teléfono:
8324-8824, correo electrónico
rositarojasalpzar@hotmail.com, veinticinco de enero del dos mil veintiuno. Carné 20519.—Licda.
Rosibel Rojas Alpízar, Notaria.—1 vez.—( IN2021521917 ).
Se emplaza a todos
los interesados en la sucesión de quien en vida fuere
Yadira María Rojas Vargas, casada una vez, ama de casa, vecina de
Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, Cedral, Calle San Lucas, trescientos metros oeste y cuatrocientos metros norte del antiguo Bar Copacabana, cédula número
dos-cero cuatrocientos diez-cero
trescientos seis, para que dentro de treinta días contados a partir de la primera publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de ese término, la herencia pasará a quien corresponda. Notario Cristian
Armando Acuña Bolaños, oficina
en Heredia, Santo Domingo, San Vicente, del Ebais 800 Norte 50 Oeste y 75 Norte, en
Acuña y Acuña Abogados, pudiendo recibir documentos debidamente autenticados al correo electrónico crisarman7@yahoo.com.—Heredia,
25 de enero de 2021.—Lic.
Cristian Armando Acuña Bolaños, Notario.—1 vez.—( IN2021521918 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de José Blas Bustos García, mayor, casado una vez, jardinero, cédula cinco-cero ciento treinta y ocho-cero quinientos treinta y uno, vecino de La Libertad, Sardinal,
Carrillo, Guanacaste, de la escuela, trescientos metros al este y setenta y cinco metros al sur, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasara a quién corresponda, y se convoca por haberse ordenado así dentro del expediente notarial número
0001-2021. Notaría de la Licenciada
Lisseth Yessenia Jaén
Gutiérrez, sita en Liberia,
costado oeste del Banco Nacional.—Liberia, a las trece
horas del día veinte de enero
del dos mil veinte.—Licda. Lisseth Yessenia Jaén Gutiérrez,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021521946 ).
Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Miguel Ángel Castillo Rojas, mayor, casado,
pensionado, costarricense, con documento
de identidad N° 0202220236 y vecino
de Palmares de Alajuela. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
N° 20-000301-0296-CI-7.—Juzgado Civil y
Trabajo del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela (San
Ramón) (Materia Civil), 14 de enero del 2021.—Dr.
Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—(
IN2021521974 ).
Ante mi, Franklin Segura López, notario público con oficina en Cañas, Guanacaste, contiguo al
antiguo Registro Civil,
bajo el expediente número cero cero dos-dos mil veintiuno, se tramita la sucesión notarial de quien en vida
fue: Hermann Luis Fabrega
Rodríguez, cédula de identidad
número
uno-mil quinientos treinta
y cinco-cero seiscientos cuarenta y seis, mayor, costarricense,
soltero, empresario, vecino
de Cañas,
Guanacaste, en Barrio Las
Tres Marías,
frente a Cabinas Liwi. Se emplaza a los terceros interesados para que en el término de quince días contados
a partir de la publicación de este
aviso se apersonen a esta notaría
a hacer valer sus derechos.—Cañas, Guanacaste, veinticinco
de enero del dos mil veintiuno.—Lic. Franklin Segura López, Notario
Público.—1
vez.—( IN2021522038 ).
Por escritura número dieciséis, de mi protocolo, otorgada en la ciudad de San
José, a las ocho horas del ocho
de enero del dos mil veintiuno,
se ha iniciado el proceso sucesorio notarial de la señora:
Eva Mayorga Palacios, quien fuese
mayor, casada una vez, cédula número: tres-ciento dieciséis-setecientos noventa y nueve, ama de casa, vecina de la misma dirección, cita de defunción: uno cero seis
dos dos dos nueve uno cero cinco ocho dos, fecha de defunción: veintisiete de marzo del dos mil diecinueve, lugar del suceso: Hospital
Central, San José, y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara
abierto el proceso sucesorio notarial de quien en vida fue:
Eva Mayorga Palacios. Se cita y emplaza
a todos los interesados
para que, dentro del plazo máximo
de treinta días, contados a
partir de la publicación de
este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Max Aguilar Rodríguez, sita en San José, San Juan de Tibás,
de la Iglesia trescientos
metros al sur, edificio a mano izquierda.
Teléfono: ochenta y tres veintiocho sesenta y nueve trece.—Lic. Max Alberto Aguilar Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2021522065 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
José Enrique Casasola Rodríguez, mayor, estado civil casado dos veces, profesión comerciante, nacionalidad Costa
Rica, con documento de identidad
0103700922 y vecino de San José, Curridabat.
Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº
20-000545-0181-CI-0.—Juzgado Segundo Civil
de San José, 25 de agosto del año
2020.—M.Sc. Ricardo Aman Diaz Anchia, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2021522070 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos e interesados en la sucesión testamentaria notarial
de Rolando Marcial Elizondo Salas, mayor de edad, casado una vez, ganadero, portador de la cédula de identidad
número: cinco-cero cero noventa y cuatro-cero cuatrocientos veintitrés, vecino de Los Ángeles de Tilarán, frente a la tercera entrada camino Tilarán a Cañas, quien falleció el día catorce de enero del año dos mil veintiuno, en Los Ángeles de Tilarán, para que, dentro de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a hacer valer sus derechos.
Se apercibe a quienes crean tener calidad
de herederos, legatarios y acreedores, que, si no se presentan dentro de este término, la herencia pasará a quien corresponda. Dirección de Notaría: Bufete Wattson, frente a Gasolinera Tilarán, en Centro de Tilarán, Guanacaste.
Teléfono 2695-57-25, fax 2695-60-22. Correo electrónico:
gwattsong@gmail.com. Expediente Nº 0001-2021.—Tilarán, 25 de enero del 2021.—Lic. Gustavo Adolfo Wattson Gómez, Notario.—1 vez.—(
IN2021522074 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en
vida fue Aurora Calderón Pérez, mayor, viuda, cedula uno- doscientos noventa y
siete- quinientos noventa y tres, vecina de Pavas y quien falleció el día
diecinueve de julio de mil novecientos noventa y uno, defunción inscrita en el
registro de defunciones bajo las citas uno cero tres siete siete
cuatro seis cuatro cero nueve dos siete, para que en el plazo de treinta días
hábiles contados a partir de la fecha de publicación de este edicto,
comparezcan los interesados a reclamar sus derechos. Se previene a los que
crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo
la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 001-2012. Notaria del bufete
del Licenciado Giovanni Jimenez Chacón.—Lic. Giovanni
Jimenez Chacón, Notario.—1 vez.—( IN2021522075 ).
Ante esta notaría, a
las diez horas del día cinco
de diciembre del dos mil veinte,
presente: Aldo Fabricio García Zapata, mayor, soltero, recepcionista, cédula de identidad número uno-uno cuatro cinco dos-cero tres nueve uno, vecino de San Vicente
de Moravia de San José, quien solicita
la apertura en sede notarial del sucesorio de quien en vida
fuera su madre: María Elena Zapata Sandino, quien fuera mayor, divorciada, cédula de identidad
número siete-cero cero cuatro seis-cero
uno dos siete. Se emplaza a
todos los terceros interesados en defensa de sus derechos, para que, dentro del plazo de treinta días contados
a partir de la primera y única publicación de este edicto,
comparezcan a reclamar sus
derechos, y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de este plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 005-2020. Sucesorio
en sede notarial.—Bataan,
quince de enero del dos mil veintiuno.—Lic. Óscar Guerrero Alemán, Abogado.—1 vez.—( IN2021522077 ).
Ante esta notaría, a las diez horas del día
dos de enero de dos mil veintiuno, presente: Nuria Meza Martínez, mayor, casada
una vez, enfermera, cédula de identidad número siete-cero cero seis cinco-cero cinco tres tres,
vecina de Guápiles, Pococí de Limón, quien solicita la apertura en sede notarial del sucesorio de quien en vida fue
su hermano, Rodolfo Antonio
Meza Martínez, quien fuera
mayor, soltero, jornalero,
cédula de identidad número siete-cero cero siete siete-cero cero siete cinco. Se emplaza a todos los terceros interesados en defensa de sus derechos, para
que, dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la primera y única publicación de este edicto, comparezcan
a reclamar sus derechos y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de este plazo la herencia
pasará a quien corresponda. Expediente: N°
001-2021. Sucesorio en sede notarial.—Batan,
veinticuatro de enero del
dos mil veintiuno.—Lic. Óscar Guerrero Alemán, Notario.—1
vez.—( IN2021522079 ).
Se hace saber en este
Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Choon Ja Kim Kim, mayor, estado civil casada una vez, profesión u oficio ama de casa, nacionalidad costarricense por naturalización, con documento de identidad N° 0800590024 y vecina
de Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
20-001171-0504-CI-6.—Juzgado Civil de Heredia,
04 de diciembre del 2020.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—1 vez.—( IN2021522097 ).
Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó: José Rafael Castillo Meoño, mayor, estado civil casado una vez, profesión u oficio dato pensionado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0301450125, y vecino
de San Nicolás, Barrio Taras, cien
metros sur del Bar Lucas. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
200005870640CI-9.—Juzgado Civil de Cartago,
24 de setiembre del 2020.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—1 vez.—(
IN2021522099 ).
A los herederos, legatarios,
acreedores y demás interesados en el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fue
Guillermo Fernando Cabrera Zamora, se les informa que
ante la notaria de la licenciada Rosa Berenzon Nowalski, se ha presentado la señora María Eugenia Ruiz Ortega,
como albacea testamentaria del causante, solicitando la tramitación en sede notarial, del respectivo expediente. En consecuencia, cualquier heredero, legatario, acreedor o interesado, deberá concurrir ante dicha Notaría dentro del término de treinta días siguientes a la publicación del presente aviso
para hacer valer sus derechos.—San José, 22 de enero de
2021.—Licda. Rosa Berenzon Nowalski, Notaria.—1 vez.—( IN2021522100 ).
Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Sandra Castellón
Vargas, mayor, estado civil viuda,
ama de casa, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0105060149
y vecina de Aserrí. Se
indica a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente
N° 20-000595-0217-CI-3.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San
José (Desamparados), 01 de diciembre del año 2020.—Licda.
Floryzul Yazmin Del Carmen Porras López, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2021522103 ).
Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se
tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó:
Teresa Madrigal Salazar, mayor, estado civil casada, profesión u oficio ama de casa, nacionalidad
Costa Rica, con documento de identidad
N° 0104000507, y vecina Orosi,
Cartago. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
21-000004-0640-CI-1.—Juzgado Civil de
Cartago, 19 de enero del 2021.—Luis Diego Romero
Trejos, Juez/a Tramitador/a.—1
vez.—(
IN2021522104 ).
Ante esta notaria se solicita la apertura del sucesorio en Sede notarial de quien en vida
fuera Alexis García Chinchilla, quien
fuera casado una vez, pensionado, con cédula de identidad
cinco-cero noventa y seis-trescientos ocho, y vecino de su último
domicilio en la dirección en Urbanización
Las Brisas del Cerro, de la Escuela Saúl Cárdenas, cincuenta al este y cincuenta al sur, y que falleció el trece de enero del año dos mil veinte, defunción inscrita en la Sección correspondiente del Registro Civil, en el Partido de
Guanacaste al torno ciento veintiséis, Folio ciento noventa y ocho, Asiento trescientos noventa y cinco.—Nicoya, 25 de enero del
2021.—Licda. Iveth Orozco
García, Notaria.—1 vez.—(
IN2021522118 ).
Mediante
acta de apertura otorgada
ante esta notaría por Ana
Iris de Los Ángeles Olivares Leitón,
mayor, viuda una vez, pensionada, vecina de Cartago,
Los Ángeles, del AMPM cien
metros oeste y cincuenta
metros norte, portador de
la cédula de identidad tres-cero
doscientos sesenta y
dos-cero setecientos veinticinco,
a las dieciséis horas del veintiuno
enero del año dos mil veintiuno y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio de quien en vida fuera
Claudio Céspedes Álvarez, quien
era mayor, casado una vez, ingeniero, vecino de Cartago, Los
Ángeles, del AMPM cien
metros oeste y cincuenta
metros norte, portador de
la cedula de identidad número
tres-cero doscientos treinta y cinco - cero seiscientos setenta y siete. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo
máximo de quince días hábiles,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría, a hacer valer sus derechos. Notaria
del Lic. Guillermo Valverde Schmidt, Abogado y Notario, con oficina en Cartago, cantón Central, distrito Oriental, doscientos
metros sur y veinticinco metros este
del Bac San José. Teléfono 2552-3297.—Lic. Guillermo Valverde Schmidt, Abogado y Notario.—1
vez.—( IN2021522133 ).
En mi notaría, se le
dio apertura al proceso sucesorio en sede notarial de quien en vida
fue Elizabeth Núñez
Rosales, mayor, casada una vez,
del hogar, vecina de
Puntarenas, Marañonal,
doscientos metros oeste y doscientos norte del BCR, portadora de la cédula
de identidad número
6-072-989, por lo que se le otorga a los acreedores y personas que se consideren
con derechos, el plazo de ley para presentarse ante mi notaría a ejercer sus derechos. Lic. Luis
Alberto Peraza Burgdorf, dirección:
Esparza, Puntarenas, 25 metros oeste del ICE. Correo electrónico
consultoriajuridica_cr@hotmail.com teléfono 8862-7462.—Lic. Luis Alberto Peraza Burgdorf, Notario.—1 vez.—( IN2021522136 ).
Ante la notaría
del Lic. Ferdinand von Herold Duarte, se tramita proceso sucesorio en sede
notarial de quienes en vida fueran Lin, Fu Sen (Fu Sen
Lin) y Lin Liang, Mei Fung (Mei Fung Lin Liang. Se emplaza
a los interesados para que en
término de Ley se apersonen
ante mi notaría
a hacer valer sus derechos.
Dirección de la notaría en Rohrmoser quinientos veinticinco metros al norte de la
Embajada de Estados Unidos,
edificio blanco con ladrillo, Bufete Víquez Jara & Asociados.—Lic. Ferdinand von Herold, Notario.—1 vez.—( IN2021522140 ).
Mediante
acta de apertura otorgada
ante esta notaría al ser
las doce horas treinta minutos del veintiséis de enero del dos mil veintiuno, por Zeneida de Jesús Madrigal Mena y comprobado
el fallecimiento de Johnny Alberto Delgado Coto, que ostentara la cédula de identidad número esta Notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio
ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que
dentro del plazo máximo de
quince días hábiles, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta Notaría, ubicada en San Lorenzo de Flores, Heredia, cuatrocientos
metros norte del tempo católico
de San Lorenzo de Flores, Heredia, o al correo electrónico bufetezavala@gmail.com, a hacer
valer sus derechos. No se tiene
como parte a la Procuraduría General de la República,
tal como ésta lo ha indicado.—Lic. Juan Rafael Zavala Tasies, Notario.—1 vez.—( IN2021522141 ).
Se hace saber en este
tribunal de justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Sergio Saborío
Monge, mayor, estado civil casado,
jubilado, vecino de Pérez Zeledón, con documento de identidad uno-doscientos noventa-ochocientos cuarenta y cinco (0102900845) y se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
Nº 21-000001-0188-CI-0.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia
Civil), 25 de enero del 2021.—Msc. Harold Ríos Solórzano, Juez.—1 vez.—(
IN2021522142 ).
Se hace saber a todos los interesados, que, en mi notaria,
a petición de la heredera y
bajo el expediente número
uno-dos mil veintiuno, que es sucesorio
de: Danilo Álvaro Ureña Ureña,
quien fue mayor, casado de únicas nupcias, Pensionado, portador de
la cédula de identidad número
uno- cero trescientos ochenta
y un mil- cero setecientos cuarenta
y siete, vecino de San
José, Acosta, Palmichal, del Ebais
veinticinco metros al sur, primera
casa a mano derecha. Se indica a las personas herederas, legatarios, acreedores y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto. cualquier
oposición puede hacerse llegar dentro del término de ley a mi oficina situada en San José, Montes de
Oca, San Pedro, de LANAMME, cincuenta metros oeste y cien metros al norte, última casa, veintiséis de enero del dos mil veintiuno.—Lic. Aldo José Mata Morales. Notario.
Carné 17766.—1 vez.—( IN2021522149 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Mario Plinio Sandí Sandí, mayor, casado una vez, de oficio desconocido, con cédula de
identidad número 0800740346
y vecino de San José, Pavas,
Rohmoser. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
N° 20-000767-0182-CI.—Juzgado
Tercero Civil de San José, 14 de diciembre del 2020.—Msc. Isabel
Alfaro Obando, Jueza.—1 vez.—( IN2021522165 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión notarial de quien en vida fuera
Mireya Barbara del Socorro Alfaro Ramírez CC Midey
Alfaro Ramírez, mayor, casada en
primeras nupcias, quien portaba cedula de identidad número cuatro-cero cero ochenta y
seis-cero ciento cincuenta
y ocho, pensionado, vecina
de Alajuela, Desamparados, del templo católico ochocientos metros este, quien falleció
el día veinticinco de setiembre
del dos mil veinte, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a reclamar sus derechos, ante esta
Notaría, Expediente cero cero dosdos mil veintiuno. Sita en Limón, Pococí, Guápiles, quinientos metros norte, veinticinco oeste del Patronato Nacional de la Infancia
o por medio del correo: castilloh.im@abogados.or.cr o
al teléfono 87092671. Se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia, pasará a quien corresponda.—Licda. Indiahlay
Maggaly Castillo Hurtado, Notaria.—1
vez.—( IN2021522172 ).
Se hace saber que, en
esta notaría se tramita el proceso sucesorio de Aldrick Eliecer (nombres) Hall Brooks (apellidos), quien fue portador de la cédula de identidad tres-cero trescientos siete-cero ciento diez, divorciado
de su único matrimonio, comerciante, vecino de San José, Curridabat,
Lomas de Ayarco, Urbanización
La Itaba, casa número P
quince. Se emplaza a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a quienes tengan un interés legítimo en este
proceso para que, dentro del plazo
de quince días hábiles contados
a partir de la publicación
del edicto, comparezcan
ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licenciada Lidiette Ríos Elizondo, ubicada en San Isidro de Heredia, del Más por Menos
setecientos metros este, cien metros sur. (Expediente número dos mil veinte-cero cero
dos.).—San Isidro de Heredia, veintiséis
de enero del dos mil veintiuno.—Licda. Lidiette Ríos Elizondo, Notaria.—1 vez.—( IN2021522180 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, en la sucesión de quien en vida
fue Julio César
Marchena Moscoso, mayor, casado
una vez, chofer, cédula seis-cero ciento
treinta-cero cero noventa, vecino de Liberia, Guanacaste, a fin de que en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan ante la
notaria de la Licda. Edith Gutiérrez Ruiz, en
Liberia, Barrio Los Ángeles de la Municipalidad de Liberia cien metros norte y setenta y cinco metros oeste, a reclamar sus derechos y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda.
El sucesorio se tramita
bajo el expediente número 001-2021.—Licda. Edith Gutiérrez Ruiz, Notaria, Código 12282.—1 vez.—(
IN2021522181 ).
Se hace saber en este
tribunal de justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó José Humberto Barrera Blanco, mayor, estado civil soltero, profesión u oficio ganadero, nacionalidad Costa
Rica, con documento de identidad
0501290126 y vecino de Venado
de San Carlos. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
20-000265-0297-CI-2.—Juzgado Civil del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 04 de setiembre del año 2020.—Adolfo
Mora Arce, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2021522204 ).
Sucesión Ab Intestato en Sede
Notarial de Xinia Yadira de Los Ángeles
Cheves Quesada. Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría por Fabio Antonio Parajeles
Vargas, a las 11:00 horas del 07 de enero del año 2021 y comprobado el fallecimiento de Xinia Yadira de
Los Ángeles Cheves Quesada,
conocida como Xinia Yadira Chevez Quesada quien en vida
fue mayor, casada en primeras nupcias,
ama de casa, portadora de la cédula de identidad número cinco-cero dos cuatro cero cero cinco cero siete, siendo su
ultimo domicilio Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, detrás
de la ferretería San Carlos, esta
notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo
máximo de quince días hábiles,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte
a la Procuraduría General de la República,
tal como ésta lo ha indicado. Notaría del Lic. María Gabriela
Gómez Miranda, domicilio: Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, Centro Comercial
Plaza del Coco, segundo piso.—Licda.
María Gabriela Gómez Miranda, Notaria.—1 vez.—( IN2021522250 ).
Sucesión Ab Intestato
en Sede Notarial de José Alberto Mechoulam Solís. Mediante acta de apertura
otorgada ante esta notaría por Raquel Mechoulam
Villalobos, a las 11:00 horas del 12 de diciembre del
año 2020 y comprobado el fallecimiento de José Alberto Mechoulam Solís, quien en vida fue
mayor, casado en primeras nupcias, comerciante retirado, portador de la cédula de identidad
número uno-cero tres siete dos cero ocho cero cero, siendo su
último domicilio San José, Curridabat, ciento setenta y cinco metros este de la Escuela Juan Santamaría, casa número
tres ochocientos diecisiete-E, esta notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo
máximo de quince días hábiles,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte
a la Procuraduría General de la República,
tal como ésta lo ha indicado. Notaría del Lic. María Gabriela
Gómez Miranda, domicilio: Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, Centro Comercial
Plaza del Coco, segundo piso.—Lic.
María Gabriela Gómez Miranda, Notaria.—1 vez.—( IN2021522257 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Eddie Gerardo Vargas Rojas, mayor, estado civil soltero en unión de hecho,
profesión u oficio dependiente comercial, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N°
0205600023 y vecino de Lomas de Río Segundo. Se
indica a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
N° 12-000046-0183-CI-8.—Juzgado Primero
Civil de San José, 18 de junio del 2020.—Lic. Natanael Sánchez
Guzmán, Juez Decisor.—1 vez.—(
IN2021522269 ).
En mi notaría se apersonó la señora, Ligia
María Lizano Corella,
cédula de identidad
número uno-cero cuatrocientos
ochenta y dos-cero seiscientos
treinta y uno, solicitando
la apertura de proceso sucesorio en sede
notarial de quien en vida fue su
esposo Jorge Luis Castro Anchía, cédula de identidad número seis-cero ciento tres-cero seiscientos veinte, por lo anterior se concede un plazo
de treinta días,
contados a partir de la publicación de
este edicto, para que todos los interesados comparezcan a reclamar sus
derechos; vencido el plazo
la herencia pasará a quien
corresponda, expediente: N°
0001-2020.—Licenciada Alexa Hernández Gutiérrez, Notaria Publica.—1 vez.—(
IN2021522276 ).
Se hace saber en este
Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Ricardo Abad Flores Granados, mayor, estado civil: casado, pensionado,
nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad 0500430460 y vecino
de Escazú, y el sucesorio
de Teresa Protti Mora, mayor, estado
civil: casada, pensionada, nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad 01-0176-0335 y vecina
de Escazú. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
N° 19-000506-0181-CI-4.—Juzgado Segundo
Civil de San José, 17 de setiembre del año 2019.—Licda.
Gianina Lacayo Quirós, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2021522282 ).
Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de María Gregoria
Morales Zúñiga, quien fue mayor, soltera, vecina de San Juan de Desamparados, cédula de identidad número 1-0146-0839,
para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella
pasará a quien corresponda. Expediente N°
19-000407-0217-CI. Sucesión de María Gregoria Morales
Zúñiga.—Juzgado Civil del Tercer
Circuito Judicial de San José, Desamparados, 24
de julio de 2019.—Licda. Floryzul Porras López, Jueza.—1 vez.—(
IN2021522284 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios y demás interesados en el proceso sucesorio notarial de quien en vida
fue: Sonia Brenes Solano, casada una vez, de oficios del hogar, vecina de vecino de San Francisco
de Dos Ríos, central, San José, Barrio Fátima de la iglesia de San
Francisco de Dos Ríos, doscientos metros norte, doscientos metros este, calle sin salida, cédula N° 1-0453-0763, quien
falleció
en Central, San José el día 15
de noviembre del 2020, según constancia
emitida por el Registro de Defunciones del Registro Civil de
Costa Rica, certificación
inscrita al Tomo: 639,
Folio: 320, Asiento: 639, para que dentro del plazo
de quince días hábiles, contados
a partir de la publicación del presente
edicto, comparezcan ante la
Notaría
del Licenciado Gerardo Enrique Arroyo Rojas, situada en San José, Curridabat, frente al Registro Nacional, Parqueo Mili segunda
Planta, a legalizar sus créditos, hacer
valer sus derechos, y se apercibe
a quienes creen tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro del término indicado,
la herencia pasará a quienes
corresponda, y se haya apersonado al proceso. Expediente N° 01-2019. Proceso sucesorio notarial. Acumulado N°
01-2021, de Sonia Brenes Solano. Publíquese una vez.
Proceso Sucesorio Notarial.—San José,
diez horas del veintisiete
de enero del 2021.—Lic.
Gerardo Enrique Arroyo Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2021522314 ).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en la declaratoria
de estado de abandono y otro del menor Axel Jafet Cedeño Pérez, para que se apersonen
al Juzgado de Familia de Buenos Aires dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado mediante la resolución de las catorce horas doce minutos del catorce de diciembre del dos mil diecisiete.
Expediente N° 17-000149-1552-FA (157-117-3).—Juzgado de Familia de Buenos
Aires, 06 de enero del 2020.—Lic.
Roger Sibaja Arias, Juez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021521643 ). 3 v. 3
Se cita
y emplaza a todas las
personas que tuvieren interés
en el depósito de la
persona menor Nazareth Ángiel Beita
Saldaña, para que se apersonen
a este juzgado
dentro del plazo de treinta
días que se contarán a partir
de la última publicación
del edicto ordenado. Expediente N° 20-000160-1552-FA. Depósito
judicial.—Juzgado
Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires, (Materia
Familia), 5 de enero del 2021.—Lic. Roger De Jesús Sibaja
Arias, Juez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021521653 ). 3
v. 2
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito judicial de las
personas menores de edad Yerika Daniela, Ilenia Melissa y Ashly Jimena todas de apellidos León
Rodríguez, para que se apersonen a
este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 20-000813-0292-FA. Clase
de asunto actividad
judicial no contenciosa.—Juzgado de Familia
del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
a las ocho horas y cuarenta
y ocho minutos del diecinueve de junio de dos mil veinte.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021521668 ). 3
v. 2
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de las personas menores de edad Justin Josué, Ian Jesús y Deiby Andrés todos Mena Salazar, para que se apersonen
a este Juzgado
dentro del plazo de treinta
días que se contarán a partir
de la última publicación
del edicto ordenado Expediente N° 20-001366-0292-FA. Clase
de asunto Depósito Judicial.—Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
a las ocho horas treinta y
dos minutos del diecinueve
de enero del dos mil veintiuno.—Msc. Francinni Campos León Juez/a decisor/a.—O. C. Nº
364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021521670 ). 3 v. 1.
Se avisa que, en este
Despacho bajo el expediente
número 20-001802-0338-FA, promovido
por José Alejandro Grant Rojas, solicitan
se apruebe la adopción de
la persona menor Bryana Luna Mora. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones
mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad
y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Cartago,
20 de agosto del 2020.—Licda.
Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021521678 ).
Se hace saber que, ante este despacho se tramitan diligencias
de cambio de nombre promovidas por Francisco Jossue
Córdoba Chamorro, mayor, soltero, estudiante,
vecino de San Miguel de Desamparados, cédula de identidad 1-1863-0133, encaminadas
a solicitar la autorización
para cambiar el nombre de Francisco
Jossue por el de “Utah Jossue”
mismos apellidos. Se cita y emplaza a los interesados en las presentes diligencias, a efecto de que, dentro del plazo
de quince días, contados a partir
de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos
de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código
Civil. Expediente N° 20-000740-0217-CI, cambio de nombre promovido por Francisco Jossue
Córdoba Chamorro.—Juzgado
Civil del Tercer Circuito
Judicial de San José, Desamparados, 14 de enero
de 2021.—M.Sc. Wálther Obando Corrales, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2021521897 ).
Se avisa al señor Jasón Jacob Segura Rosales, mayor, costarricense,
cédula de identidad número
113550338, con demás calidades
y domicilio desconocido,
que en este Juzgado se tramita el expediente n°17-000376-1146-FA, correspondiente
a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por el Patronato
Nacional de la Infancia, donde
se solicita que se apruebe
el depósito
de la persona menor de edad
Emma Segura Porras. Se le concede el plazo de tres días, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas
diligencias.—Juzgado de
Familia de Puntarenas, a las ocho
horas veintiocho minutos
del veinte de enero de dos
mil veintiuno.—Diego Acevedo Gómez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021522009 ).
El licenciado Diego Acevedo Gómez, Juez
del Juzgado de Familia de Puntarenas hace saber, que en Expediente número
17-000724-1146-FA, correspondiente a un proceso de declaratoria judicial
de estado de abandono, promovido por el Patronato
Nacional de La Infancia, contra Ivania
Andrea Medina Matarrita y Jairo Alberto Villalobos Matarrita, se dictó la sentencia número 2020000943, de
las diecinueve horas treinta
y siete minutos del veintinueve de octubre de dos mil
veinte, que en lo conducente reza así: Resultando. Primero: (...)
Segundo: (...) Tercero: (...) Considerando.
I.—Hechos Probados. II.—Sobre el fondo del asunto. Por tanto. De acuerdo a
lo expuesto, y artículos 51
y 55 de la Constitución Política;
5, 13, 30, 32 y 34 del Código de la Niñez y la Adolescencia; 1, 2, 5, 8, 115 y siguientes
y 140 y siguientes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda especial de declaratoria
judicial de abandono de persona menor
de edad con fines de adopción
establecido por el Patronato
Nacional de la Infancia contra Ivannia
Andrea Medina Matarrita y Jairo Alberto Villalobos Matarrita, declarando en esta vía
judicial el estado de abandono
de las menores Celia Yaritza Villalobos Medina y Mariangel Medina Matarrita, con la
consecuente pérdida de los
derechos de la Responsabilidad Parental que de él ostentaban la aquí demandada. Se ordena el depósito judicial de
Celia Yaritza Villalobos Medina bajo la responsabilidad
de su tía paterna Angie Villalobos Sequeira,
portadora de la cédula de identidad
número 6-0373-0525; y de la persona menor de edad Mariangel
Medina Matarrita a la abuela paterna
biológica, señora María de Los Ángeles Sequeira Cortés portadora de la
cédula de identidad número
6-0183-0243. Anótese el fallo
en las citas de inscripción de las menores Celia
Yaritza Villalobos Medina y Mariangel Medina Matarrita, nacida la primero el
23 de mayo de 2004, inscrito bajo las citas de inscripción tomo cuatrocientos ochenta y seis, página trescientos cuarenta y uno,
asiento seiscientos ochenta
y dos; y la segunda nacida
el 17 julio de 2006, bajo las citas
de inscripción tomo quinientos, página ciento treinta y cuatro, asiento doscientos sesenta y siete, ambos inscritos en el Registro de Nacimientos de la provincia de Puntarenas, del Registro
Civil. Hágase saber.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—Maureen
Ortiz Cerdas, Jueza de
Familia.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021522010 ).
Licenciado
Leonardo Loría
Alvarado Juez del Juzgado
de Familia de Heredia, a Roberto Galindo Torres, en su carácter personal, quien es mayor, panameño, pasaporte número P8707124, de demás calidades desconocidas se le hace saber que
en demanda procesos especiales de filiación extramatrimonialidad e investigación de paternidad, establecida por Hazel Lidieth Núñez Guzmán, bajo el número
de expediente 19-001802-0364-FA contra Roberto
Galindo Torres, se ordena notificarle
por edicto, la sentencia
que en lo conducente dice:
N° 2020002592. Juzgado de Familia de Heredia, a las catorce horas cuarenta minutos del quince de diciembre
del dos mil veinte. Resultando:
... Considerando: ... Por tanto: Se homologa el acuerdo conciliatorio pactado entre
Cristina Núñez Trejos y Jorge Vega Domínguez, consecuencia de lo cual se
dispone lo siguiente: Primero: Ambas partes, disponen que según lo establecido en el Dictamen de Marcadores Genéticos Nº DCF: 2020-01398-BQM, se declare que el señor Víctor Díaz Piedra, cédula de identidad
1-1355-0787 es el padre del menor de edad Víctor Isaac Galindo Núñez, nacido el 15 de setiembre de
2017, quien debido a ello en lo sucesivo
será reputado como hijo del accionado
y por consiguiente conocido
y registrado como Víctor Isaac Diaz Núñez debiendo así consignarse ante la Sección de Nacimientos del Registro Civil, provincia de Heredia, al tomo:
324, folio: 91 y asiento: 182. Segundo: Acuerdan las partes que en lo sucesivo Víctor Isaac gozará de todos los atributos inherentes a la autoridad
parental de parte del señor
Víctor Díaz Piedra, entre los que especialmente cuenta el derecho a heredarle ab intestato así como
a ser alimentado por él. Tercero: Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. Cuarto: Las partes solicitan homologar este acuerdo y dar por terminado el presente proceso judicial. Hágase Saber.—Juzgado
de Familia de Heredia.—Leonardo Loría Alvarado, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021522011
).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito
de la persona menor de edad,
para que se apersonen a este
Juzgado dentro del plazo de
tres días que se contarán a
partir de la última publicación del edicto ordenado.—Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Turrialba
(Materia Familia), a las catorce horas cuarenta y nueve minutos del nueve de setiembre del dos mil veinte. De
las presentes diligencias de depósito
de las personas menores: Katniss Ericka Jaenz García, Jadir Aragón Jaenz, Esteban Axel Aragón Jaenz
y Leysel Hiunsung Jaenz García, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia,
se confiere traslado por tres días a Mayerling Tamara Jaenz García y José Esteban Aragón Bravo, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un
medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de que mientras
no lo haga, las resoluciones
posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales
N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N° 65-08,
celebrada el 02 de setiembre
del 2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo
que no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con
el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para
la recepción de notificaciones.”
Igualmente, se les invita a
utilizar “El Sistema de Gestión
en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para
acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión N° 78-07 celebrada el 18
de octubre del 2007, artículo
LV, se les solicita a las partes
de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado
civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia.
Se ordena a la Oficina
Regional de Trabajo Social y Psicología
de estos Tribunales, realizar una valoración social, donde se determine la conveniencia
o no de depositar judicialmente a las personas menores
de edad, en el hogar de la señora Rosario del
Carmen García Díaz. Medida cautelar
depósito
provisional: Del estudio de los autos tiene la suscrita que el ente promovente solicita el depósito provisional de las personas menores
de edad: Katniss Ericka Jaenz
García, Jadir Aragon Jaenz, Esteban Axel Aragón Jaenz y Leysel Hiunsung Jaenz García, en el hogar de Rosario del Carmen
García Díaz; ahora bien, en
aras de la protección de
las personas menores de edad
ante la situación que se expone
de alto riesgo, el Patronato
Nacional de la Infancia está
legitimado para hacer el depósito provisional de las personas menores
de edad en la familia o institución que estime apropiado, y como dicha medida
entraña suma gravedad, ya que supone la separación de la
persona menor de edad de su familia natural, la Institución debe acudir, dentro
de un término razonable,
ante el Juez de Familia, para que éste
revise la legalidad de la medida
cautelar adoptada y determine
si ésta es o no procedente. Dichas medidas son disposiciones cautelares para proteger a las
personas menores de edad, válidas provisionalmente, en tanto el Juez de Familia interviene y resuelve definitivamente, ya que de lo contrario podría resultar que por un acto administrativo se decidiera sobre la guarda (nuevamente a sus padres) o; crianza
y educación de las personas menores
de edad en algún recurso familiar, comunal, o institucional. De modo
que, una vez adoptada ese tipo de medidas, como en este
caso, el Patronato Nacional
de la Infancia debe acudir,
dentro de un término razonable,
a la vía jurisdiccional respectiva y someter a conocimiento del Juez la medida acordada para que éste se pronuncie al respecto, sin esperar a que el procedimiento de declaratoria administrativa de abandono esté concluido.” (Sentencia N°
1033-94 de las 11:15 horas del 18 de febrero
de 1994). El resaltado no es del original. De igual forma, el Código de la Niñez
y la Adolescencia (Ley número
7739 del seis de enero de mil novecientos
noventa y ocho) contempla en su
artículo 5° que toda acción pública o privada concerniente a una
persona menor de dieciocho años deberá considerar
su interés superior, el cual le garantiza el respeto de sus derechos en un ambiente físico y mental sano, en procura
del pleno desarrollo
personal. Particularmente, impone
esa normativa que las instituciones integrantes del
Sistema Nacional de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia garantizarán el respeto por el interés superior de la persona menor
de edad. Caso concreto. A
la luz de lo anterior, con vista en el expediente administrativo, siendo que por resolución administrativa de las dieciséis
horas del nueve de abril
del año dos mil diecinueve,
el Pani dispuso una medida de protección de abrigo temporal en beneficio de la persona menor de edad de marras, hasta por un plazo de seis meses, a efectos de
proteger los derechos de dicha
persona menor de edad, garantizar el respeto de los mismos en un ambiente
físico y mental sano, en procura del pleno desarrollo personal siendo este su
mejor interés, concluye quien resuelve que, resulta procedente ordenar en forma provisional el depósito
de Katniss Ericka Jaenz García, Jadir Aragón Jaenz, Esteban
Axel Aragón Jaenz
y Leysel Hiunsung Jaenz García, en el hogar de Rosario del Carmen
García Díaz. Notifíquese esta
resolución a Mayerling
Tamara Jaenz García sita en: Heredia, Sarapiquí, Puerto
Viejo, Caño San José, de la Escuela trescientos metros norte, casa
celeste a mano izquierda, localizable al teléfono: 6329-93-63, para lo cual
se comisiona por medio de la Fuerza
Pública de Sarapiquí,
Puerto Viejo; y José Esteban Aragón Bravo sita en: Cartago, Turrialba, Tres Equis,
Sector El Sol, antes de llegar al puente,
trescientos metros a mano izquierda,
Finca de Caballo, localizable al número: 8439-30-29,
para lo cual se comisiona
por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales de los Tribunales de
Justicia de Turrialba, personalmente o por medio de
cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio
real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. En caso de que el lugar de
residencia consistiere en
una zona o edificación de acceso
restringido, se autoriza el
ingreso del(a) funcionario(a)
notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la
Ley de Notificaciones Judiciales.
Notifíquese. Msc. Gisela
Salazar Rosales, Jueza. 25 de noviembre
del 2020. Expediente N° 20-000260-0675-FA-I. Clase de asunto: Depósito
judicial de menor donde figuran como padres registrales los señores José Esteban Aragón Bravo y Mayerling
Tamara Jaenz García.—Msc. Gisela Salazar Rosales, Jueza.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021522015 ).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el proceso
de declaratoria judicial de estado
de abandono del niño Jared Josué Alvarado Cordero, hijo de
Álvaro Antonio Alvarado Pérez, María Cecilia Cordero Miranda, promovido por el Patronato
Nacional de la Infancia Oficina
Local de San Carlos, para que se apersonen a este Juzgado
dentro del plazo de tres
días que se contarán a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
20-000685-1302-FA. Asunto: Declaratoria
de abandono.—Juzgado de Familia del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada,
01 de setiembre del 2020.—Msc.
Yuliana Andrea Ugalde Zumbado, Jueza.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021522019 ).
Se avisa que en este
Despacho bajo el expediente
número 20-000794-1146-FA, los señores
Gerardo Clever Núñez Méndez Quintana, cédula de identidad N° 602080216 y Giselle Gerarda Madrigal Araya, solicitan
se apruebe la adopción conjunta de la persona menor Jadeen Elizabeth Salas Núñez. Se
concede a los interesados el plazo
de cinco días para formular oposiciones
mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad
y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Puntarenas,
diecinueve de enero del dos
mil veintiuno.—Diego Acevedo Gómez, Juez.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021522020
).
Se avisa a la señora Jeimmy Lucía
Mena Sánchez, mayor, costarricense, cédula de identidad número 604110445, con demás calidades y domicilio desconocido, que en este Juzgado
se tramita el expediente N°
20-001184-1146-FA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito
judicial, promovidas por el Patronato
Nacional de la Infancia, donde
se solicita que se apruebe
el depósito de las personas menores
de edad Jthiader Eliécer Peña
Mena y Thiamy Shantall
Arias Mena. Se le concede el plazo de tres días, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas
diligencias.—Juzgado
de Familia de Puntarenas.—Diego Acevedo Gómez, Juez.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021522023 ).
Se avisa que en este
Despacho bajo el expediente
número 20-002276-0338-FA, Daniel Schenker, solicitan se apruebe la adopción de la persona menor:
Javier Ignacio Mejía
Geraldo. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular
oposiciones mediante escrito donde expondrán
los motivos de su disconformidad y se indicarán las
pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de
Cartago, 13 de octubre del 2020.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021522024 ).
Msc. Marianela Vargas Cousin, Jueza
del Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a Luis Alberto Betancourt Gallo, mayor, cubano, casado, transportista, documento de identidad H116938, paradero
actual desconocido, que en este Despacho, en el Proceso Abreviado
de Divorcio planteado en su contra por Julieta Rivera
Pérez, expediente N° 19-000987-0186- FA se dictó la sentencia que en su parte
dispositiva dice “N° 2020000954 sentencia
de primera instancia Juzgado Primero de Familia de San José, a las once horas dieciséis minutos del veintinueve de octubre de dos mil
veinte. Por tanto: De acuerdo
con lo expuesto, artículos
51 y 52 de la Constitución Política;
1, 2, 5, 6, 8, 11, 34, 48 del Código de Familia; se acogen
las excepciones de falta de
derecho, falta de legitimación
y falta de interés; así mismo se declara
sin lugar la demanda abreviada de divorcio interpuesta por Julieta Rivera Pérez, en
contra del señor Luis Alberto Betancourt Gallo. Son
las costas a cargo de la parte
actora. Notifíquese.” Lo
anterior se ordena así en proceso abreviado
de divorcio Expediente Nº
19-000987-0186-FA.—Juzgado
Primero de Familia de San José, 03 de noviembre
del año 2020.—Msc.
Marianela Vargas Cousin, Jueza.—1 vez.—( IN2021522101 ).
Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita
proceso de cambio de nombre promovido por Ivonne
Patricia de los Ángeles Sánchez Céspedes,
mayor, divorciada, terapeuta
físico, documento de identidad N° 0107740358, vecina
de México, Cuernavaca, en el cual
pretende cambiarse el nombre a Ivonne Sánchez Céspedes mismos apellidos. Se concede el plazo de quince días a cualquier
persona interesada para que se presenten
al proceso a hacer valer sus derechos. Artículo 55
del Código Civil. Expediente N° 20-000814-0181-CI-3.—Juzgado Segundo Civil de San José, 11 de enero del año 2021.—M.Sc. Ricardo
Aman Díaz Anchia, Juez Tramitador.—1
vez.—( IN2021522341 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
proceso de cambio de nombre promovido por Jazmín Gerarda Alvarado Vindas mayor, soltera, ama de
casa, documento de identidad N°
0206330930, vecina Alajuela, Tuetal
Norte, exactamente de la escuela
trescientos metros al este
y setenta y cinco metros al
norte, en el cual pretende cambiarse
el nombre a Jazmín mismos apellidos. Se concede el plazo de quince días a cualquier
persona interesada para que se presenten
al proceso a hacer valer sus derechos. Artículo 55
del Código Civil. Expediente N° 21-000021-0638-CI-3.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de enero del 2021.—Franciny María Gutiérrez López, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2021522357 ).
Msc. Patricia Méndez Gómez, Jueza
del Juzgado Primero de Familia de San José; hace
saber a Mauricio Iván Maldonado Calderón, documento
de identidad N° 170714748, casado,
dentista, de paradero desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso divorcio en su
contra, bajo el expediente número
18-000817-0186-FA, cuya pretensión
es la disolución del vínculo
matrimonial que los une. Lo anterior se ordena así en
proceso divorcio de Esmeralda
Bonilla Vargas contra Mauricio Iván Maldonado Calderón. Expediente
N° 18-000817-0186-FA.—Juzgado
Primero de Familia de San José, 01 de agosto del 2019.—Msc. Patricia
Méndez Gómez, Jueza.—1 vez.—( IN2021522375 ).
Ante mí, licenciado Marlon Campbell Griffiths, notario
público,
con oficina abierta en San José, sito en La Uruca, de la entrada
principal de Migración
y Extranjería,
cien metros al este, diez metros al norte, se han apersonado los señores:
Edismel Jiménez Reytor,
cubano, técnico en electrónica, portador del pasaporte número K 349095, hijo de:
Eduardo Manuel Jiménez Quiala
y Marcia Reytor Rodríguez, ambos cubanos y Nohelia María Muñoz Gaitán, nicaragüense, administradora
de negocio, portadora de la
cédula de residencia número 155802111129, hija de: Juan José Muñoz López y Dionisia Elena Nororis Gaitán, ambos nicaragüenses,
para contraer matrimonio
civil en mi notaría. Se le invita
a toda aquellas personas
que conoce sobre algún impedimento legal para celebrar
la misma, favor comunicarse
con el notario público Marlon Campbell
Griffiths, a los teléfonos:
2296-04 40 y 8393-4793.—San José, 21 de enero del 2021.—Lic. Marlon Campbell Griffiths, Notario.—1 vez.—( IN2021522278 ).
MSC. Liana
Mata Méndez jueza del Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela: han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil
la señora Diana Meliza
Murillo Ulate, mayor de edad,
cédula de identidad N° 207510615, ocupación
oficios domésticos, vecina de Alajuela, Tambor, hija
de Mayra Lidia Murillo Ulate, nacida
en Alajuela, en fecha 03/04/1996, con 23 años de edad, y el señor Jonathan Ramírez
Murillo, mayor de edad, cédula de identidad
N° 205700836, ocupación agricultor,
vecino de Alajuela, Tambor, hijo
de Ana Margarita Murillo Mora y de Carlos Ramírez Madrigal, nacido
en Alajuela, en fecha 28/04/1982, con 37 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto,
expediente Nº 20-000055-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 13 de enero del 2020.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza Tramitadora.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021522418 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil el señor Eduardo Antonio Pérez Rodríguez, mayor de edad, cédula de identidad N° 2-654-319, ocupación
telefonista, vecino de
Alajuela, Desamparados, Calle Rosales, de la Asociación
Niño con Cariño 400 metros este,
25 metros sur, casa verde a mano derecha,
hijo de Wilberth Pérez Vega
y de María del Carmen Rodríguez Araya, ambos de nacionalidad
costarricense, nacido en Centro Central Alajuela, en fecha 16/12/1988, con 31 años de edad y la señora Stephanie Yineth López
Madrigal, mayor de edad, cédula de identidad N° 2-744-177, ocupación
ama de casa, vecina de Alajuela, Desamparados, Calle
Rosales, de la Asociación Niño con Cariño 400 metros este, 25 metros
sur, casa verde a mano derecha,
hija de Israel López Soto y de Ginette Madrigal
Rojas, ambos de nacionalidad costarricense,
nacida en Centro Central Alajuela,
en fecha 23/08/1995, con 24
años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 20-000220-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, Alajuela,
19 de enero del 2021.—Licda.
Jenniffer de Los Ángeles
Ocampo Cerna, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021522425 ).
Se hace saber a quienes interese que ante este Juzgado han comparecido
a efecto de contraer matrimonio civil los señores
Christopher Rodríguez Vásquez, mayor, soltero, vecino de Rincón grande de Pavas, urbanización Óscar Felipe, calle 6, alameda 6, casa N° 286, proveeduría
del Área de Saludo de
Carpio, León 13, portador de la cédula de identidad número 0113960236, nacido el veintidós de junio de mil novecientos ochenta y nueve, la madre se llama Kattia María Vásquez Cubero y el padre Allan
David Rodríguez Chavarría y Silvia Dilana Salazar Pérez, mayor, soltera,
desempledada, vecina de Rincón Grande, Óscar Felipe,
alameda 6, calle 6, casa N° 286, portadora
de la cédula de identidad número
01012090085, nacida el seis de junio
de mil novecientos ochenta
y cuatro. Hija de Dalia María Pérez Gutiérrez y José Manuel
Salazar Rojas.- Si alguna persona tuviere
conocimiento de la existencia
de algún impedimento legal
para este matrimonio deberá comunicarlo a este Juzgado, dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto en el Boletín
Judicial debiendo con ello
señalar lugar o medio (fax
o casillero) dentro del perímetro
judicial de este circuito
judicial donde atenderá sus
notificaciones, apercibido
que si no lo hiciere, todas aquellas resoluciones que en lo futuro se dicten, se tendrán por notificadas en el solo transcurso de veinticuatro horas después de notificadas. Igual consecuencia ocurrirá si el lugar señalado
fuere impreciso, no exista o existiendo se encuentre cerrado o si el medio escogido impida la notificación por causas ajenas al Despacho. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín
Judicial. Los plazos comenzarán
a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Karol
Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021522429 ).
Piden casarse: Juan Gabriel Mora Céspedes,
cédula: 1-1149-0728 y Yesenia de los Kariett Selenia Herrera Vargas, cédula: 6-0404-0717, ambos vecinos
de Ciudad Cortés, barrio El Mango. Si alguna persona conoce impedimento para
que esta boda no se realice, deberá manifestarlo a este despachó dentro del
plazo de 8 días siguientes de la publicación de este edicto. Expediente:
21-000010-1420-FA.—Juzgado de Familia de Osa, 21/enero/2021.—Licda.
Hazel Víctor Rodríguez, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021522456
).
Han comparecido solicitando
contraer matrimonio civil
los señores Ángel Ulises Rojas Castro,
mayor de cincuenta años de edad, divorciado, colaborador de la empresa Pindeco, costarricense, portador del número de cédula
01-0790-0591, vecino de Buenos Aires, 700 metros al norte del centro turístico
el Azteca, nativo de San Isidro de El General, Pérez Zeledón, el siete de enero de mil novecientos setenta y uno, hijo de José Rojas
Navarro, costarricense y Angela María Castro Salmeron
(ambos fallecidos) número
de teléfono 8466-8006 y Adelita
Morales Zúñiga,
mayor de cuarenta y ocho años de edad, divorciada,
ama de casa, costarricense, portadora
de la cédula de identidad número
09-0091-0132 vecina de misma
dirección del solicitante, nativa de Buenos Aires de Puntarenas, el primero de abril de mil novecientos setenta y dos hija de Victoria Zúñiga Obando, Costarricense y
Ermenegildo Morales Ortiz, costarricense. Se insta a todas las personas que conozcan impedimento alguno para que este Matrimonio se realice, que están en la obligación
de manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días posteriores
a la publicación de este edicto. Matrimonio civil
21-000016-1552-FA (13-21-3).—Juzgado
Civil y de Familia de Buenos Aires, 25 de enero del 2021.—Lic. Róger Sibaja Arias, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021522458 ).
Piden casarse: Michael Antonio Sánchez Argüello,
cédula: 1-1484-0585 y Yesenia de los Ángeles
Rodríguez Mora, cédula: 6-0296-0687, ambos vecinos de
Palmar Sur de Osa, barrio El Tecal.
Si alguna persona conoce impedimento para que esta boda no se realice, deberá manifestarlo a este despachó
dentro del plazo de 8 días siguientes
de la publicación de este edicto. Expediente: N°
21-000018-1420-FA.—Juzgado
de Familia de Osa, 21 de enero
del 2020.—Licda. Hazel Víctor Rodríguez, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021522460 ).
Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: Dora
Yesenia Víquez Beltrán, mayor, soltera,
ama de casa, vecina de Cartago, Cocorí,
del Super del Sur 75 metros al este, casa enchapada en blanco,
cédula de identidad número
0108450221, hija de Sara Beltrán Sandoval y Gerardo Víquez Gómez, nacida en Hospital, Central, San José, el 27/01/1973, con 47 años
de edad; e Iván Gerardo Brenes Rodríguez,
mayor, divorciado de Maricella
de los Ángeles Obando Moya, en
Cartago, el 04/08/2005, operario en
construcción, vecino de
Cartago, Cocorí, del Super del Sur, 75 metros al este, cédula de identidad número 0303400301, hijo de Marta Eug. Rodríguez Castro y Gerardo Brenes
Bonilla, nacido en Centro,
Central, Cartago, el 28/02/1976, actualmente con 44 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-000029-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 08 de
enero del 2021.—Licda.
Guadalupe Solano Patiño, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021522487 ).
Se hace saber que ante la notaria Vanessa Vega
Chavarría,
con oficina en Santiago de Puriscal, setenta y cinco metros este del Liceo de Puriscal, han comparecido: Leandro Camuzo Hernández, mayor de edad, de nacionalidad cubana, con número de pasaporte J cero ocho ocho tres
dos uno, soltero, operario en una empresa de vidrios, vecino de Cartago,
Alvarado, Pacayas, doscientos
metros este y setenta y cinco metros sur del Servicentro
de Pacayas; y la señorita Francini
de los Ángeles Brenes
Bermúdez,
costarricense, soltera, con
número
de cédula uno-mil seiscientos setenta y seis-ochocientos cincuenta y nueve, ama de casa, vecina de Cartago, Alvarado, Pacayas,
doscientos metros este y setenta y cinco metros sur del Servicentro de Pacayas, han comparecido ante esta notaría, a efecto de celebrar matrimonio civil conforme a nuestra legislación. En virtud de ello
y en cumplimiento del artículo 25
del Código de Familia, se ordena la publicación de
este edicto en aras de que, si existe alguna
oposición
a la unión
solicitada, lo hagan saber
dentro del plazo de ocho días naturales después de la publicación de
este edicto, ante esta notaría.—Licda. Vanessa de los Ángeles
Vega Chavarría,
Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2021522512 ).
Fiscalía de Hatillo, a las diez
horas con veinticinco minutos
del 22 de enero de 2021. En
vista que la señora Alicia Porras Hernández, cédula de identidad N°
1-0327-0429, quien (es) conocida
en la sumaria penal no se logró ubicar por parte del despacho para ponerle(s) en conocimiento
la entrega de la motocicleta
MOT 437092, se procede a comunicarle
la resolución para lo anterior por medio de edicto que se publicará tres veces en
el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Lic. Mario Andrés Castro Oconitrillo. Fiscal Coordinador
de Hatillo: Se pone en conocimiento
devolución de arma. Lic. Mario Andrés Castro Oconitrillo
Fiscal de la Fiscalia de Hatillo, a la señora Alicia Porras Hernández, le hace saber que: En el legajo principal
20-001977-0042 PE, ofendido Anthonny
Ortega Cárdenas, contra Carlos Alberto Fernández Torres, se ha dictado
resolución que literalmente
dice: comunicación por edicto:
Fiscalía de Hatillo, a las diez
horas con veinticinco minutos
del 22 de enero del 2021. En
vista de que la señora Alicia Porras Hernández, no ha sido posible comunicarle la resolución dictada por este despacho, que da curso para la devolución de la motocicleta, se procede a comunicarle la resolución que cursa en el legajo
principal por medio de edicto que se publicará tres veces consecutivas en el Boletín Judicial.
Confeccionándose el oficio
de estilo. Lic. Mario
Andrés Castro Oconitrillo Fiscal Coordinador
de Hatillo: Se pone en conocimiento
devolución de motocicleta:
Se pone en conocimiento la señora Alicia Porras Hernández como dueña registral de la motocicleta
MOT 437092. Comuníquese. Fiscalía Hatillo, teléfonos
2254-8842 o 2214-9557, fax: 2254-4603.—Fiscalía de Hatillo.—Lic.
Mario Andrés Castro Oconitrillo, Fiscal.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021522449 ). 3
v. 1
Licda. Cindy Ledezma Godínez , Fiscal del Fiscalía Adjunta de Segundo Circuito Judicial de San José, al señor
Carlos Enrique Cubero Ramírez, cédula o documento de identidad número 020610-0722, se
le hace saber: que en el Legajo de legajo de investigación, seguido en contra de Brayan Monestel Ramírez, en perjuicio de EM menor de edad, Jesús Cecilio Elizondo Espinoza, Joselyn Myller
Torres, por el delito de Lesiones
Culposas (Ley de Tránsito),
se ha dictado resolución
que literalmente dice: comunicación
por edicto. Fiscalía Adjunta de Segundo Circuito
Judicial de San José, a las diez horas con ocho minutos del veinticinco de enero del año 2021, se procede a dar traslado de acción civil, en el expediente N° 18-000797-0175-PE, siendo
que es de domicilio desconocido,
se procede a comunicarle la
resolución por medio de edicto
que se publicará una sola vez
en el Boletín
Judicial. Comuníquese.—Fiscalía Adjunta de Segundo Circuito
Judicial de San José.—Licda. Cindy Ledezma Godínez, Fiscala Auxiliar.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021522414 ).