BOLETÍN JUDICIAL 24 DEL 4 DE FEBRERO DEL 2021

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

JUZGADO NOTARIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

Causahabientes

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

Títulos Supletorios

Citaciones

Avisos

Edictos Matrimoniales

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER:

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario notarial N° 13-000452-0627-NO, de registro de bienes muebles del Registro Nacional contra Walter Vargas Barrantes (cédula de identidad 6-0105-1167), este Juzgado mediante resolución N° 633-2014 de las diez horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de diciembre del dos mil catorce, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de cinco años de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Juzgado Notarial. Notifíquese.

San José, 20 de noviembre del 2020.

                                            Licda. Derling Talavera Polanco,

                                                                      Jueza

1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021524040 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil y a toda la ciudadanía en general, que en el Proceso Disciplinario Notarial N° 15-000283-0627-NO, de Dirección Nacional de Notariado contra Javier Andrés Delgado Villalobos (cédula de identidad N° 1-1148-0195), este Juzgado mediante resolución N° 557-2019 de las quince horas y siete minutos del treinta de agosto de dos mil diecinueve, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de dos meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Notifíquese.

San José, 07 de diciembre del 2020.

                                        Licda. Derling Talavera Polanco,

                                                                   Jueza

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021524041 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario notarial N° 16-000008-0627-NO, de Dirección Nacional de Notariado contra Lisseth Yesenia Jaén Gutiérrez , cédula de identidad 5-0319-0634, este Juzgado mediante resolución 171-2018 de las trece horas y cincuenta y nueve minutos del diez de abril del dos mil dieciocho (folio 68 al 75), la cual fue modificada por el Tribunal Notarial mediante voto N° 270-2020 de las quince horas con cuarenta y un minutos del dieciséis de noviembre de dos mil veinte (folio 110 al 117), que se encuentra firme, dispone comunicar a la notaria Lisseth Yesenia Jaén Gutiérrez la corrección disciplinaria de quince días de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rigen ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Juzgado Notarial.

San José, 16 de diciembre del 2020.

                                                  Dra. Melania Suñol Ocampo,

                                                                        Jueza

1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021524044 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario notarial N° 16-000018-0627-NO, de David Sanabria Vargas contra Gustavo Armando Edwards Valerín, cédula de identidad N° 7-0077-949, este Juzgado mediante resolución 437-2020 de las once horas y treinta y nueve minutos del veintiuno de julio del dos mil veinte (folio 114 al 124), la cual fue confirmada por el Tribunal Notarial mediante voto N° 175-2020 de las nueve horas treinta minutos del viernes nueve de octubre del dos mil veinte (folio 143 al 145), que se encuentra firme, dispone comunicar al notario Gustavo Armando Edwards Valerín la corrección disciplinaria de dos meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rigen ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Juzgado Notarial.

San José, 08 de diciembre del 2020.

                                            Dra. Melania Suñol Ocampo,

                                                                   Jueza

1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021524045 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, que en el Proceso Disciplinario Notarial N° 16-000128-0627-NO, de Archivo Notarial contra David Aaron Garita Madrigal, cédula de identidad N° 1-1018-0738, este Juzgado mediante resolución 104-2019 de las trece horas y cincuenta y dos minutos del veintisiete de febrero de dos mil diecinueve (folio 44 al 45), la cual fue confirmada por el Tribunal Notarial mediante voto N° 185-2020 de las once horas cincuenta y ocho minutos del nueve de octubre de dos mil veinte (folio 54 al 56), que se encuentra firme, dispone comunicar al notario David Aaron Garita Madrigal la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rigen ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.

San José, 08 de diciembre del 2020.

                                                    Dra. Melania Suñol Ocampo,

                                                                        Jueza

1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021524046 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario notarial N° 16-000366-0627-NO, de Registro de la Propiedad Mueble contra Sheila Chaves Berrocal (cédula de identidad 203920433), este Juzgado mediante Sentencia de Primera Instancia N° 838-2018 de las nueve horas siete minutos del veinte de diciembre de dos mil dieciocho (folios 86 al 88), la cual fue modificada por el Tribunal Notarial mediante Voto N° 233-2020 de las diez horas cincuenta y un minutos del veintinueve de octubre del dos mil veinte (folios 146 al 149), en vista que se encuentra firme se dispone comunicar a la citada Notaria la corrección disciplinaria de quince días naturales de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Juzgado Notarial.

San José, nueve de diciembre de dos mil veinte.

                                                    Dra. Melania Suñol Ocampo,

                                                                        Jueza

1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021524047 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta de este Despacho, con una base de diecisiete millones ochocientos cincuenta y tres mil ochocientos cuarenta colones, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando las siguientes anotaciones judiciales: demanda ordinaria citas 800-261003-01-0001-001; practicado citas 800-371956-01-0001-001, practicado citas 800-373701-01-0001-001, practicado citas 800-376119-01-0001-001, practicado citas 800-392054-01-0001-001, practicado citas 800-395324-01-0001-001, practicado citas 800-397931-01-0001-001; sáquese a remate la finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 127866-000, propiedad de Compañía Agrícola Ganadera Cariari Sociedad Anónima, la cual es terreno de construcción. Situada en el distrito Rita, cantón Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, lote 9; al sur, lote 11; al este, Compañía Bananera La Teresa; y al oeste, calle pública con 20.26 metros de frente. Mide: mil cuatrocientos ochenta y siete metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Presenta inscrito el plano catastrado L-1210552-2007. Para tal efecto, se señalan las trece horas cuarenta minutos del catorce de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta minutos del veintidós de abril del dos mil veintiuno, con la base de trece millones trescientos noventa mil trescientos ochenta colones (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta minutos del treinta de abril del dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones cuatrocientos sesenta y tres mil cuatrocientos sesenta colones (25% de la base original). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso Or.S.Pri. prestac. laborales de Gabriel Ignacio Vallejos Cortés contra Compañía Agrícola Ganadera Cariari S. A. Expediente N° 11-000023-1025-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 20 de enero del 2021.—Lic. Erick Campos Camacho, Juez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021523401 ).

En la puerta exterior del Juzgado de Trabajo de Heredia; siendo procedente lo solicitado, con la base de un millón trescientos noventa y seis mil colones exactos (¢1.396.000), por concepto de faltante de acuerdo suscrito por las partes, sáquese a remate los bienes muebles embargado en autos, los cuales se describe de la siguiente manera: Un equipo cámara de refrigeración, Dos estantes de vidrio, Una cámara de refrigeración, Una cámara de refrigeración, Un congelador, Una máquina para café, Un molino Una licuadora industrial, Un calentador, Un microondas, Un televisor, Cuatro mesas de aparente madera, Cuatro mesas de aparente plástico, Veinticuatro sillas plásticas y Seis sillones, los cuales actualmente se encuentran embargados, según acta de embargo de las catorce horas cincuenta y ocho minutos del veintitrés de julio del dos mil diecinueve y que son propiedad de Alimentos y Bebidas de Centroamérica FVM Sociedad Anónima. Para tal efecto se señalan las ocho de la mañana del seis de agosto del dos mil veintiuno. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho de la mañana del tres de setiembre del dos mil veintiuno, con la base de un millones cuarenta y siete mil colones netos (1.047.000.00) (rebajada en un 25%).- De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las ocho de la mañana del ocho de octubre del dos mil veintiuno, con la base de setecientos ochenta y cinco mil doscientos cincuenta colones netos (785.250.00) (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. Se remata por ordenarse así en proceso or.s.pri. despido discriminatorio de Elieth Andrea Canales Castro contra Alimentos y Bebidas de Centroamérica FVM Sociedad Anónima. Expediente N° 18-001647-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 14 de enero del 2021.—MSc Xiomara Arias Madrigal, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021523402 ).

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Marvin Antonio Bonilla Acevedo, 0110480318, fallecido el 22 de noviembre del 2020, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 20-001897-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-001897-0505-LA. Por Cooperativa Nacional de Educadores Responsabilidad Limitada a favor de Marvin Antonio Bonilla Acevedo.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 17 de diciembre del 2020.—Msc. Francisco José Quesada Quesada, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021523574 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de William Del Carmen Serrano Trejos, N° 06-0153-0468, fallecido(a) el 01 de enero del año 2016, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones sector privado bajo el N° 21-000010-1549-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000010-1549-LA. Por a favor de William Del Carmen Serrano Trejos.—Juzgado Contravencional de Siquirres (Materia Laboral), 21 de enero del 2021.—Licda. Valeria Torres Morales, Juez(a).—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021523583 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Manuel Roger del Carmen Carballo Rodríguez, mayor, casado, cédula de identidad N° 0400980417, fallecido el 07 de setiembre del 2020, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 21-000018-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000018-0505-LA. Proceso de consignación de prestaciones de trabajador fallecido promovido por Marta Eugenia Castillo Arias, cédula de identidad N° 0202870543, a favor de Manuel Roger del Carmen Carballo Rodríguez.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 06 de enero del 2021.—Msc. Elena Alfaro Ulate, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021523585 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rodolfo López Campos N° 155805849906, fallecido el 26 de noviembre del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de distribución de prestaciones bajo el número 21-000023-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 21-000023-0505-LA. Diligencias establecidas por Betsy Estrella Campos Chaves, portadora de la cédula de identidad número 8-0100-0923.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 07 de enero del año 2021.—Msc. Xiomara Arias Madrigal, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021523586 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Oldemar León Cardena, mayor, cédula de identidad N° 0700340123, fallecido el 28 de setiembre del 2020, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N° 21-000030-0505-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 21-000030-0505-LA. Proceso de consignación de prestaciones de trabajador fallecido promovido por Dinorah León Mora, cédula de identidad N° 1-628-409, a favor de Oldemar León Cárdenas.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 12 de enero del 2021.—Licda. Susana Salazar Marciaga, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021523587 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Omar del Carmen Fernández Fonseca, quien fue, mayor, en unión libre, oficial de seguridad, vecino de Pérez Zeledón, Barrio Los Ángeles, de Abonos Agro, 500 metros oeste, frente a calle 2, casa color naranja de cemento a mano derecha, con cédula de identidad número uno-cero quinientos veintitrés-cero-seiscientos cincuenta y cinco. fallecido el nueve de agosto del año dos mil veinte, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 21-000031-1125-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 21-000031-1125-LA. Por Praxedes Sequeira Valencia.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia laboral), 28 de enero del año 2021.—Msc. Norman Herrera Vargas, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021523590 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la persona fallecida Gamaliel Chacón López, cédula de identidad N° 1-347-422, mayor de edad, quien falleció el 04 de setiembre de 2020, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias de distribución de prestaciones bajo el N° 21-000034-0505-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 21-000034-0505-LA. Diligencias establecidas por María Cruz García García, mayor de edad, ama de casa, cédula de identidad N° 5-141-449.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 8 de enero del 2021.—Msc. Xiomara Arias Madrigal, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021523592 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Yean Carlo Cortés Madrigal, mayor, cédula de identidad N° 0114900238, fallecido el 02 de noviembre del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-000040-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 21-000040-0505-LA. Proceso de consignación de prestaciones de trabajador fallecido promovido por Grettel Estela Madrigal Benavides cédula de identidad N° 0109300908 a favor de Yean Carlo Cortes Madrigal.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 12 de enero del año 2021.—Licda. Susana Salazar Marciaga, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021523593 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Manuel Gerardo De Jesús Araya Benavides, cédula de identidad N° 4-0086-0821, mayor de edad, casado, jubilado, vecino de Heredia, Ciudadela Bernardo Benavides, alameda N° 4, casa N° 240, quien falleció el 21 de setiembre del 2020, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de distribución de prestaciones bajo el N° 21-000049-0505-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 21-000049-0505-LA. Diligencias establecidas por Laura Araya Sánchez, cédula de identidad N° 1-1012-0728.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 11 de enero del 2021.—Msc. Xiomara Arias Madrigal, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021523594 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ericka María Oses Hernández, mayor, cédula de identidad N° 0111220626, fallecida el 07 de noviembre del año 2020, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado, bajo el número 21-000060-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000060-0505-LA. Proceso de consignación de prestaciones de trabajador fallecido promovido por Rosaura Gerardina Hernández Núñez, cédula de identidad N° 0900610396 a favor de Ericka María Oses Hernández.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 12 de enero del año 2021.—Licda. Susana Salazar Marciaga, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021523595 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del señor: Carmen Hipólito Ruiz Gutiérrez, cédula de identidad N° 0501300691, fallecido el 08 de febrero del 2012, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 21-000062-0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000062-0929-LA. Por Antolina Victoria Sobalbarno Hernández a favor de Carmen Hipólito Ruiz Gutiérrez.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 18 de enero del 2021.—Lic. Erick Campos Camacho, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021523596 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Alfredo Calvo Fuentes N° 0103460799, fallecido el 11 de febrero del año 2019, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Distribución de Prestaciones bajo el número 21-000075-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 21-000075-0505-LA. Diligencias establecidas por Ivonne Calvo González, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad número 1-0979-0694.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 14 de enero del año 2021.—Msc. Xiomara Arias Madrigal, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021523599 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de cinco mil ochocientos doce dólares con sesenta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa 690811, marca Mitsubishi, estilo Montero Sport GLS, Categoría automóvil, capacidad 5 personas, serie, chasis, Vin JMY0RK9707J000739, año 2007, carrocería todo terreno 4 puertas, color plateado, tracción 4X4. Para tal efecto se señalan las nueve horas diez minutos del seis de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas diez minutos del catorce de abril del dos mil veintiuno con la base de cuatro mil trescientos cincuenta y nueve dólares con cuarenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas diez minutos del veintidós de abril del dos mil veintiuno con la base de mil cuatrocientos cincuenta y tres dólares con quince centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Corporación M Y R Independiente S. A., Maritza González Campos. Expediente N° 21-000010-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 06 de enero del 2021.—Msc. Sirlene Salazar Muñoz, Jueza Decisora.—( IN2021522769 ).

En este Despacho, se señalan las siete horas treinta minutos del veintiocho de mayo de dos mil veintiuno. Con una base de ocho millones cuatrocientos diecinueve mil ciento quince colones con veintiséis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas: 2014-331888-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número doscientos diecisiete mil ciento treinta y dos, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir situada en el Distrito 2-Palmar Cantón 5- Osa de la Provincia de Puntarenas Linderos: Norte: Carretera Interamericana Sur, sur: Agro López y Núñez Osa S. A. este: Agro López y Núñez Osa S. A. oeste: Agro López y Núñez Osa S. A. Mide: seiscientos sesenta metros cuadrados plano:P-1934022-2016. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas treinta minutos del siete de junio de dos mil veintiuno con la base de seis millones trescientos catorce mil trescientos treinta y seis colones con cuarenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas treinta minutos del quince de junio de dos mil veintiuno con la base de dos millones ciento cuatro mil setecientos setenta y ocho colones con ochenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional d Costa Rica contra Francisco Antonio López Castro, Luis Francisco López Núñez Expediente Nº:20-001274-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 11 de setiembre del año 2020.—Eida Virginia Madrigal Camacho, Jueza Tramitadora.—( IN2021523438 ).

En este Despacho, con una base de treinta y ocho mil sesenta y un dólares con setenta y siete centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 397-00737-01-0902-001, servidumbre dominante citas: 397-00737-01-0956-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 139423, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 3-San Juan, cantón 3-La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Evelio Cerdas Aguilar; al sur, destinado a calle pública; al este, Ronald Mora Vega y al oeste, calle pública con 18mts 62cms. Mide: doscientos nueve metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del cuatro de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del doce de marzo de dos mil veintiuno con la base de veintiocho mil quinientos cuarenta y seis dólares con treinta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del veintidós de marzo de dos mil veintiuno con la base de nueve mil quinientos quince dólares con cuarenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Fernando Rivas Arce y Gabriela María Carvajal Gutiérrez. Expediente Nº 18-010574-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 27 de noviembre del año 2020.—Yanin Torrentes Ávila. Jueza Tramitadora.—( IN2021523439 ).

En este Despacho, 1) Con una base de la superior vencida de veintiséis millones trescientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número cinco mil doscientos setenta y tres, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1-Siquirres, cantón 3-Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública con un frente de diecisiete metros cincuenta y tres centímetros; al sur, Manuel Ramírez Torres; al este, Antonio Clarke Clarke; y al oeste, calle pública con un frente de trece metros. Mide: doscientos veintiséis metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, señalan las ocho horas treinta minutos del seis de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno con la base de diecinueve millones setecientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintidós de abril de dos mil veintiuno con la base de seis millones quinientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). 2) Con una base de la superior vencida de setenta y dos millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número nueve mil novecientos noventa y uno, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con un edificio comercial. Situada en el distrito 1-Siquirres, cantón 3-Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Lancelot Binns; al sur, Guido Morales; al este, Edna Romero; y al oeste, calle con 10m. Mide: doscientos veintiséis metros con sesenta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del seis de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno con la base de cincuenta y cuatro millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintidós de abril de dos mil veintiuno con la base de dieciocho millones ciento veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). 3) Con una base de la superior vencida cinco millones novecientos veintiocho mil seiscientos cuarenta y un colones con setenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número siete mil cuatrocientos sesenta y siete, derecho cero cero cero, la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 4-Roxana, cantón 2-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Asociación Solidarista Empleados Finca Guajira y calle pública; al sur, Corporaciones Bananera Nacional; al este, Johnny Salas Garita; y al oeste, Corporación Bananera Nacional. Mide: diecisiete mil ciento cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del seis de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno con la base de cuatro millones cuatrocientos cuarenta y seis mil cuatrocientos ochenta y un colones con treinta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintidós de abril de dos mil veintiuno con la base de un millón cuatrocientos ochenta y dos mil ciento sesenta colones con cuarenta y cuatro céntimos (25% de la base original). 4) Con una base de dos millones ciento cincuenta y cuatro mil ochocientos sesenta colones con cincuenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando cond. rest. citas: 345-12738-01-0911-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número setenta y cuatro mil cuatrocientos setenta y tres, derecho cero cero cero, la cual es terreno de patio y construido. Situada en el distrito 7-La Colonia, cantón 2-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Lote 97; al sur, Lote 99; al este, calle pública con frente de 10 metros; y al oeste, Lote 143. Mide: doscientos veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del seis de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno con la base de un millón seiscientos dieciséis mil ciento cuarenta y cinco colones treinta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintidós de abril de dos mil veintiuno con la base de quinientos treinta y ocho mil setecientos quince colones con doce céntimos (25% de la base original). 5) Con una base de la superior vencida de ochocientos cuarenta y siete mil seiscientos setenta y seis colones con treinta y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento treinta y nueve mil cuatrocientos ochenta y cinco, derecho cero cero cero, la cual es terreno para agricultura. Situada en el distrito 6-Alegría, cantón 3-Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Kasmontas S. A.; al sur, Kasmontas S. A.; al este, Santiago Pereira López; y al oeste, servidumbre agrícola. Mide: cinco mil trescientos sesenta y cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del seis de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno con la base de seiscientos treinta y cinco mil setecientos cincuenta y siete colones con veintinueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintidós de abril de dos mil veintiuno con la base de doscientos once mil novecientos diecinueve colones con diez céntimos (25% de la base original). 6) Con una base de la superior vencida de setenta millones de colones, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento veintidós mil seiscientos sesenta y nueve, derecho cero cero cero, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 4-Roxana, cantón 2-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública y Asociación Solidarista Empleados Finca Guajira; al sur, Corporación Bananera Nacional; al este, Alejandro Calderón Umaña, Eddi Gómez Torres, Heiner Elizondo Murillo, Zulia Araya Porras, Isaac Araya Arroyo, Miguel Bermúdez Garro y Flora Sandi Garita, José Edgar Alfaro Mata, Milton Chaves Cascante, Corami de Costa Rica S. A., Sara Margarita Trejos Núñez; y al oeste, José Miguel Ortega Arce. Mide: diecisiete mil treinta y un metros con dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del seis de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno con la base de cincuenta y dos millones quinientos mil colones (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintidós de abril de dos mil veintiuno con la base de diecisiete millones quinientos mil colones (25% de la base original). 7) Con una base de la superior vencida de veintiún millones doscientos mil colones, libre de gravámenes pero soportando Prohibiciones Artículo 16 Ley 7599, citas: 439-10022-01-0003-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número setenta y cuatro mil doscientos setenta y dos, derecho cero cero cero, la cual es terreno para la vivienda Lote 226-1008. Situada en el distrito 4-Germania, cantón 03-Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte: Rodrigo Quirós y Juan José Aguilar; al sur, Salvador Alpízar; al este, Rodrigo Quirós; y al oeste, calle pública. Mide: mil novecientos treinta y siete metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del seis de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno con la base de quince millones novecientos mil colones (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintidós de abril de dos mil veintiuno con la base de cinco millones trescientos mil colones (25% de la base original). 8) Con una base de la superior vencida de seis millones setecientos setenta y un mil ciento noventa y cinco colones con cuarenta y ocho céntimos, libre de gravámenes pero soportando Prohibiciones Artículo 16 Ley 7599, citas: 444-00311-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número setenta y cinco mil doscientos seis, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir Lote 226-1008 Proyecto Limón 04 con un local comercial de una planta C. Situada en el distrito 4-Germania, cantón 03-Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Rodrigo Quirós Quesada; al sur, calle pública; al este, Hernán Molina Corea; y al oeste, Juan Alpízar Vargas. Mide: cuatrocientos setenta y ocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del seis de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno con la base de cinco millones setenta y ocho mil trescientos noventa y seis colones con sesenta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintidós de abril de dos mil veintiuno con la base de un millón seiscientos noventa y dos mil setecientos noventa y ocho colones con ochenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Auto Repuestos Willy N° Dos S. A., Auto Repuestos Willy N° Tres S. A., Auto Repuestos Willy S. A., Franklin Mauricio Ruiz Sánchez. Expediente N° 19-001690-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 07 de enero del año 2021.—Lic. Diego Steven Durán Mora, Juez Decisor.—( IN2021523444 ).

En este despacho, con una base de cinco mil seiscientos noventa dólares con sesenta y dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BDJ987, marca: Chevrolet, estilo: Spark LS, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie, chasis y vin todo: KL1MJ6C45DC003844, carrocería: Sedan 4 puertas hatchback, tracción: 4x2, año fabricación: 2013, cabina: sencilla, color: blanco. Para tal efecto se señalan las quince horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de febrero de dos mil veintiuno con la base de cuatro mil doscientos sesenta y siete dólares con noventa y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cuarenta y cinco minutos del ocho de marzo de dos mil veintiuno con la base de mil cuatrocientos veintidós dólares con sesenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos SJ S.A. contra Ingrid de Los Ángeles Jimenez Chaves. Expediente Nº 20-002048-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 18 de noviembre del año 2020.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez.—( IN2021523468 ).

En este Despacho, con una base de nueve mil seiscientos noventa y dos dólares con sesenta y un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BFQ920, marca: Nissan, estilo: Sentra, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, número chasis: 3N1AB7AA8ZL800885, año fabricación: 2014, color: negro. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del veinte de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del treinta de agosto de dos mil veintiuno con la base de siete mil doscientos sesenta y nueve dólares con cuarenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del siete de setiembre de dos mil veintiuno con la base de dos mil cuatrocientos veintitrés dólares con quince centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Rodolfo Garro Happer Expediente Nº 20-014883-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 12 de enero del año 2021.—Lic. Marvin Antonio Hernández Calderón, Juez Tramitador.—( IN2021523469 ).

En este Despacho, con una base de diez millones cincuenta y tres mil trescientos cuarenta y un colones con cincuenta y un céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula N° 22222-F-000, la cual es terreno filial tres de una sola planta en proceso de construcción, destinada a uso habitacional. Situada en el distrito: 07-Purral, cantón: 08-Goicoechea de la provincia de San José. Colinda: al norte: filial 4; al sur: filial 2; al este: área común; y al oeste: Bernardita Chinchilla Gutiérrez. Mide: cuarenta y ocho metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Plano no se indica. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del uno de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del nueve de marzo de dos mil veintiuno, con la base de siete millones quinientos cuarenta mil seis colones con trece céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del diecisiete de marzo de dos mil veintiuno, con la base de dos millones quinientos trece mil trescientos treinta y cinco colones con treinta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Hipotecario de la Vivienda contra Alfonso de La Trinidad Segura Hidalgo. Expediente N° 18-007912-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 03 de noviembre del 2020.—Licda. Hazel Mariela Carvajal Rojas, Jueza Tramitadora.—( IN2021523481 ).

En este Despacho, con una base de cuatro millones ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo cita: 362-05396-01-0910-001 y reservas y restricciones bajo citas: 362-05396-01-0913-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número 7-131367, derecho 000, la cual es terreno para construir una casa. Situada en el distrito 03 Carrandi, cantón 05 Matina de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Felipe Trejos Trejos; al sur, Yorleny Gozalez Carballo y María de Los Ángeles Núñez Oviedo; al este, Ignacio Muñoz Valos y al oeste, calle pública con un frente de 10 metros, 60 centímetros lineales. Mide: cuatrocientos trece metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del once de marzo de dos mil veintiuno con la base de tres millones seiscientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del diecinueve de marzo de dos mil veintiuno con la base de un millón doscientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Rupert Antonio Fyne Blanford Expediente Nº 20-001628-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 19 de enero del año 2021.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez Decisor.—( IN2021523482 ).

En este Despacho, con una base de once millones setecientos noventa mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 100647, derecho cero cero cuatro y cero cero seis, la cual es terreno naturaleza: lote 11, terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el Distrito 3-San Pablo, Cantón 2-Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte Hacienda San Pablo Ltda; al sur calle con 10m; al este lote Nº.10 y al oeste lote Nº.12. Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas quince minutos del veintidós de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las dieciséis horas quince minutos del seis de abril de dos mil veintiuno con la base de ocho millones ochocientos cuarenta y dos mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las dieciséis horas quince minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno con la base de dos millones novecientos cuarenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Angelica María Mora Montero, Carmen Eugenia Montero Orozco, Pablo Antonio Mora Montero, Rebeca María Mora Montero. Expediente Nº:18-004618-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de noviembre del año 2020.—Hazel Mariela Carvajal Rojas, Jueza Tramitadora.—( IN2021523483 ).

En este Despacho, con una base de sesenta y seis mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 00257590, derecho 000, la cual es terreno para construir una casa. Situada en el distrito: 01-Escazú, cantón: 02-Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Reynalda Araya Herrera; al sur, Reynalda Araya Herrera; al este, calle con 10,00 metros; y al oeste, Reynalda Araya Herrera. Mide: doscientos metros con cero decímetros cuadrados. Plano: SJ-0028652-1976. Para tal efecto se señalan las once horas quince minutos del uno de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas quince minutos del nueve de marzo del dos mil veintiuno con la base de cuarenta y nueve mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas quince minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintiuno, con la base de dieciséis mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Importadora Natalli SR S.A., Inversiones Agrícolas Don Favio de Heredia Sociedad Anónima, Inversiones Doña Berta de Heredia S.A contra Claudio Ramón Otero Marín, Lidia Chacón Soto. Expediente N° 20-011429-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de diciembre del 2020.—Licda. Paula Morales González, Jueza Decisora.—( IN2021523535 ).

En este Despacho, con una base de veinticuatro mil doscientos setenta y cuatro dólares con once centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: MLM709, Marca: Mini, Estilo: Cooper, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, año: 2017, color: gris, cilindrada: 1500 c.c., combustible: gasolina, Vin: WMWXS5101H2G11398. Para tal efecto se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del quince de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintiuno, con la base de dieciocho mil doscientos cinco dólares con cincuenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno, con la base de seis mil sesenta y ocho dólares con cincuenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S.A. contra James Taylor Evans, TLKM Global CORP Sociedad Anónima. Expediente Nº:20-012472-1338-CJ. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de noviembre del año 2020.—Licda. Mariana Jovel Blanco, Jueza.—( IN2021523542 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 247391, derecho 000, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el Distrito 5-Ipís, Cantón 8- Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte lote 34 C; al sur, Extra S A; al este calle 1 con 10m y al oeste Luz Villalobos. Mide: doscientos setenta y nueve metros con cincuenta decímetros cuadrados, plano:SJ-0020980-1975. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de febrero de dos mil veintiuno con la base de doce mil dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del cinco de marzo de dos mil veintiuno con la base de cuatro mil dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Manuel Emilio Mora Mata contra Carlos Manuel Briceño Medina, María Briceño Medina. Expediente Nº:15-048606-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 02 de diciembre del año 2020.—Licda. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—( IN2021523641 ).

En este Despacho, con una base de nueve millones treinta y seis mil cincuenta y un colones con setenta y dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 356928-000, la cual es terreno construido con una casa lote A-uno. Situada en el distrito 1-Quesada, cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: lote 2; al sur, Bolívar Alvarado Rojas; al este, lote 8 y al oeste, alameda 4 con un frente de 8 metros 30 centímetros. Mide: ciento diecinueve metros con veintiocho decímetros cuadrados. Plano: A-0598023-1999. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del dieciséis de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del veinticuatro de junio de dos mil veintiuno con la base de seis millones setecientos setenta y siete mil treinta y ocho colones con setenta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del dos de julio de dos mil veintiuno con la base de dos millones doscientos cincuenta y nueve mil doce colones con noventa y tres céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Servidores Públicos R.L. contra Rónald Antonio Solís Mayorga, expediente N° 20-001749-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 01 de diciembre del año 2020.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2021523666 ).

En este Despacho, con una base de ochenta y un mil ciento cincuenta y ocho dólares exactos , libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando serv y condic ref:3069-063-001 citas: 329-00928-01-0901-001; serv y condic ref:3069-061-001 citas: 329-00928-01-0904-001; servidumbre sirviente citas: 338-13993-01-0002-001; servidumbre sirviente citas: 338-13993-01-0006-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0019-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0020-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0021-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0022-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0023-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0024-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0025-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0026-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0027-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0028-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0029-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0030-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0031-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0032-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0033-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0034-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0035-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0036-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0091-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0092-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0093-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0094-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0095-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0096-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0097-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0098-001; servidumbre dominante citas: 339-00515-01-0099-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0100-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0101-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0102-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0103-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0104-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0105-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0106-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0107-001; servidumbre sirviente citas: 339-00515-01-0108-001; servid y condicref:00201524 000 citas: 347-19046-01-0900-001; servidumbre trasladada citas: 353-14628-01-0900-001; servidumbre trasladada citas: 403-15261-01-0920-001, condiciones ref:243424-000 citas: 403-15261-01-0921-001; servidumbre trasladada citas: 403-15261-01-0922-001; servidumbre trasladada citas: 403-15261-01-0923-001 y condiciones ref:245222-000 citas: 403-15261-01-0924-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 117981-F-000, la cual es terreno naturaleza: Finca filial C-1 1 ubicada en el 1 nivel del Edificio C Destinada A uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito: 08-San Rafael, cantón: 01-Alajuela, de la Provincia de Alajuela. Colinda: al norte área común libre (patio); al sur filial C 1 2; al este, área común libre (zona verde) y al oeste acceso área común construida. Mide: setenta y ocho metros cuadrados valor porcentual: 0.358 valor medida: 0.003584 plano: A-1722837-2014 metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas cuarenta y cinco minutos del quince de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintiuno, con la base de sesenta mil ochocientos sesenta y ocho dólares con cincuenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas cuarenta y cinco minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno, con la base de veinte mil doscientos ochenta y nueve dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Feilo Sylvania Costa Rica S.A. contra Marjorie de Los Ángeles Solano Castro. Expediente Nº:19-014198-1170-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 15 de octubre del año 2020.—Licda. Hazel Mariela Carvajal Rojas, Jueza Tramitadora.—( IN2021523673 ).

En este Despacho, con una base de dos millones trescientos sesenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 327-00206-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de: San José, matrícula número: 443989, duplicado: horizontal: derecho: 000, naturaleza: terreno de charral. Situada en el distrito: 6-Candelarita, cantón: 4-Puriscal, provincia: San José. Linderos: norte, Marlene Murillo y calle pública; sur, Inés Agüero Fernández; este, Marlene Murillo y oeste, Fernando Fernández. Mide: tres mil quinientos cuarenta y dos metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas cuarenta minutos del cinco de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta minutos del quince de marzo de dos mil veintiuno con la base de un millón setecientos setenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintiuno con la base de quinientos noventa mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Olivio Castro Ulate contra Gustavo Adolfo Fernández Castro, expediente N° 19-014891-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de enero del año 2021.—Licda. Susana Cristina Mata Gómez, Jueza Decisora.—( IN2021523683 ).

En este Despacho, con una base de diez mil seiscientos diecinueve dólares con treinta centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando demanda laboral citas: 800-00553315-001; sáquese a remate el vehículo: DLC-009, marca: Renault, estilo: Sandero Stepway, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2014, serie: 9FBBSRALSEM985518, cilindrada: 1600 C.C, cilindros: 4, potencia: 82 Kw, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veintidós de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del seis de abril del dos mil veintiuno, con la base de siete mil novecientos sesenta y cuatro dólares con cuarenta y ocho centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del catorce de abril del dos mil veintiuno, con la base de dos mil seiscientos cincuenta y cuatro dólares con ochenta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carro Fácil de Costa Rica S. A. contra Deli Café Sociedad Anónima. Expediente N° 19-009160-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 16 de noviembre del 2020.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2021523736 ).

En este Despacho, con una base de cinco mil ciento treinta y tres dólares con sesenta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; pero soportanto denuncia penal inscrita bajo tomo 800 asiento 539215-001 sáquese a remate el vehículo placas 627425, marca Land Rover, estilo Discovery 3, año 2006, color verde, vin SALLAAA146A376825, cilindrada 2700 c.c. Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del quince de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintiuno con la base de tres mil ochocientos cincuenta dólares con veinticinco centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del seis de abril de dos mil veintiuno con la base de mil doscientos ochenta y tres dólares con cuarenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carrofácil de Costa Rica contra Transpor Vargas S. A. Expediente Nº 20-001554-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 04 de diciembre del año 2020.—Roy Córdoba Hernández, Juez Decisor.—( IN2021523737 ).

En este Despacho, con una base de cuatro mil trescientos treinta dólares con veintiocho centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión N° 19-004881-0497-TR del Juzgado de Transito de Heredia; sáquese a remate el vehículo 835155, Marca: Ford, Estilo: Escape, Categoría automóvil, Capacidad: 5 personas, año: 2010, color: gris, carrocería todo terreno 4 puertas, tracción: 4x2, Vin: 1FMCU0D79AKC93035, cilindrada 2500 c.c., combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas quince minutos del tres de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas quince minutos del once de marzo del dos mil veintiuno, con la base de tres mil doscientos cuarenta y siete dólares con setenta y un centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas quince minutos del veintidós de marzo del dos mil veintiuno, con la base de mil ochenta y dos dólares con cincuenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carro Fácil de Costa Rica S.A. contra Hebe Guzmán Briceño. Expediente Nº 20-000207-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de noviembre del 2020.—Licda. Mayra Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2021523738 ).

En este Despacho, con una base de seis mil ochocientos cuarenta dólares con ochenta y seis centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate vehículo placa: BFQ507, marca: Suzuki, estilo: SX4, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2014, color: gris, vin: JS2YC21S2E6101136, cilindrada: 1586 C.C., combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las nueve horas quince minutos del primero de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas quince minutos del nueve de marzo del dos mil veintiuno, con la base de cinco mil ciento treinta dólares con sesenta y cuatro centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas quince minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintiuno, con la base de mil setecientos diez dólares con veintiún centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carro Fácil de Costa Rica S. A. contra José Pablo Alvarado Calderón. Expediente N° 20-001759-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 01 de octubre del 2020.—Joyce Magaly Ugalde Huezo, Juez/a Decisor/a.—( IN2021523739 ).

En este Despacho, con una base de nueve mil trescientos cincuenta y un dólares con cuarenta y nueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo KPR020, marca BYD, estilo F3 GS I MT, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2017 color plateado, carrocería sedan 4 puertas, tracción 4 X 2, chasis y Vin LGXC16DF7H0001690. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del ocho de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintiuno con la base de siete mil trece dólares con sesenta y dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veinticuatro de marzo del dos mil veintiuno con la base de dos mil trescientos treinta y siete dólares con ochenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carrofácil de Costa Rica contra Andrea Patricia Parkar Guzmán. Expediente N° 20-001209-1208-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococi, 10 de diciembre del 2020.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez Tramitador.—( IN2021523740 ).

En este Despacho, con una base de nueve mil dólares exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones 18-001094-0500-TR 2018-321000152 0 0 Juzgado de Tránsito de Pavas; sáquese a remate el vehículo placas BKK648, marca: Peugeot, estilo: 301 Active, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, número chasis: VF3DDNFPBGJ500843, año fabricación: 2016, color: azul, vin: VF3DDNFPBGJ500843, N. motor: 10FC1A0065637, cilindrada: 1587 c.c cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas quince minutos del dos de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas quince minutos del diez de marzo de dos mil veintiuno con la base de seis mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas quince minutos del dieciocho de marzo de dos mil veintiuno con la base de dos mil doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carrofácil de Costa Rica S. A. contra Jesús Enrique Villamizar Fuenmayor, expediente N° 20-002581-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 28 de setiembre del año 2020.—Pedro Javier Ubau Hernández, Juez/a Decisor/a.—( IN2021523741 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de quince mil setecientos setenta y seis dólares con sesenta y cuatro centavos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el vehículo Placas: SSS279, el cual es Hyundai Tucson, tracción: 4x2, año: 2016, capacidad: 5 personas, color: anaranjado. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cero minutos del veinticinco de marzo del dos mil veintiuno, con la base de once mil ochocientos treinta y dos dólares con cuarenta y ocho centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del nueve de abril del dos mil veintiuno, con la base de tres mil novecientos cuarenta y cuatro dólares con dieciséis centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carro Fácil de Costa Rica S.A. contra José Ramón Matarrita Blanco, Ligia María Cubillo Barquero. Expediente N° 20-002113-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 07 de octubre del 2020.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2021523751 ).

En este Despacho, con una base de veintisiete mil ciento setenta dólares con treinta y seis centavos, libre de gravámenes prendario y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BHW591, marca: Toyota, estilo: Land Cruiser Prado V, categoría: automóvil, carrocería: todo terreno, 4 puertas, tracción: 4X4, serie: JTEBH3FJ8G5091627, año de fabricación: 2016, color: plateado, N° motor: 1KD2496146, cilidra: 3000 cc, modelo: KDJ150L-GKAEY, combustible: diesel. Para tal efecto se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del uno de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del nueve de marzo de dos mil veintiuno, con la base de veinte mil trescientos setenta y siete dólares con setenta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de marzo de dos mil veintiuno, con la base de seis mil setecientos noventa y dos dólares con cincuenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carro Fácil de Costa Rica S. A., contra Osman González Araya Expediente N° 20-008695-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 5 de noviembre del 2020.—Sofía Ramírez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2021523752 ).

En este Despacho, con una base de cinco mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BGB139. Marca: Renault. Estilo: Fluence, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie: VF1LZBV0TEC281343, Carrocería: Sedan 4 puertas, Tracción: 4x2, Número Chasis: VF1LZBV0TEC281343, año fabricación: 2014, color: negro, Vin: VF1LZBV0TEC281343. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del tres de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del once de marzo del dos mil veintiuno, con la base de tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del diecinueve de marzo del dos mil veintiuno con la base de mil doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carrofácil de Costa Rica S.A. contra Rosa Angélica Coreas García. Expediente N° 20-001849-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 01 de octubre del 2020.—Lic. German Valverde Vindas, Juez Decisor.—( IN2021523753 ).

En este Despacho, con una base de nueve mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo LCQ453, Marca: Nissan, estilo: TIIDA, Categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, Serie: 3N1CC1AD8JK190137, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, año fabricación: 2017. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del once de marzo de dos mil veintiuno con la base de seis mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del diecinueve de marzo de dos mil veintiuno con la base de dos mil doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carrofacil de CR SA contra Luis Carlos Quirós Moya. Expediente Nº:20-002577-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 24 de noviembre del año 2020.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2021523754 ).

En este Despacho, con una base de diez mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: BLL474, marca: Toyota; estilo: Corolla; categoría: automóvil; capacidad: 5 personas; año. 2017; color: plateado; combustible: gasolina; Vin: 5YFBU8HE0HP525072. Para tal efecto se señalan las quince horas cero minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del once de marzo de dos mil veintiuno con la base de siete mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del veintidós de marzo de dos mil veintiuno con la base de dos mil quinientos dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carro Fácil de Costa Rica S. A. contra Michael Jesús Chavarría Cárdenas Expediente Nº 20-017016-1044-CJ . Publíquese el edicto de ley, para lo cual deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos de publicación, previa revisión del edicto a fin de cotejar que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 13 de octubre del año 2020.—Esteban Herrera Vargas, Juez Decisor.—( IN2021523755 ).

En este Despacho, con una base de diez mil doscientos cincuenta y cuatro dólares con cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BFV106, Marca: Citroën, Estilo: C-ELYSEE, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie: VF7DDNFPBEJ511467, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, N° Chasis: VF7DDNFPBEJ511467, año fabricación: 2014 color: plateado, Vin:VF7DDNFPBEJ511467, N° Motor: 10FC1A0024779, Marca: Citroën, N° Serie: no indicado, modelo: N1, cilindrada: 1587 c.c., cilindros: 4, potencia: 85 KW, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las quince horas cero minutos del dos de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cero minutos del diez de marzo del dos mil veintiuno, con la base de siete mil seiscientos noventa dólares con cincuenta y tres centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las quince horas cero minutos del dieciocho de marzo del dos mil veintiuno, con la base de dos mil quinientos sesenta y tres dólares con cincuenta y un centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carrofácil de CR SA contra Scarlett Adriana Morales Mora. Expediente Nº 19-010657-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 17 de enero del 2021.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2021523756 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas 0407-00019714-01-0902-001; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula N° 00417294, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito San Vicente, cantón Moravia de la provincia de San José. Colinda: al norte: lote 4-B; al sur: lote 6-B; al este: lote 38-B; y al oeste: resto destinado a calle. Mide: ciento sesenta y ocho metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del once de marzo de dos mil veintiuno, con la base de trece millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del diecinueve de marzo de dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Gabriel Herrera Almanza, Virginia Gabriela Mata Fernández contra Bienes y Servicios María Fernanda S.A., Mario Alberto De San Gerardo Sandoval Pineda. Expediente N° 14-021208-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de diciembre del 2020.—Licda. Cinthia Segura Durán, Jueza Tramitadora.—( IN2021523851 ).

En este Despacho, con una base de tres millones quinientos cuarenta mil cuatrocientos treinta y un colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión, sumaria: 18-002875-0497-TR, boleta: 2018-233100353, del Juzgado de Tránsito de Heredia; sáquese a remate el vehículo TH31, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil, capacidad: cinco personas, carrocería: Sedan, 4 puertas, tracción: 4x2, año: 2007, uso: taxi, color: rojo, vin: KMHCM41AP7U155820, número motor no legible, cilindrada: 1500 cc, combustible: gasolina. Lo anterior en el entendido que se remata el vehículo como tal más no así la placa taxi por tratarse de una concesión del Estado. Para tal efecto se señalan las quince horas treinta minutos del diecinueve de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del uno de marzo de dos mil veintiuno, con la base de dos millones seiscientos cincuenta y cinco mil trescientos veintitrés colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del nueve de marzo de dos mil veintiuno, con la base de ochocientos ochenta y cinco mil ciento siete colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Klapeida Maris KM S. A., contra Carlos Alberto Campos Acuña. Expediente N° 19-004603-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 21 de setiembre del 2020.—Raquel Machado Fernández, Jueza Decisora.—( IN2021523857 ).

En este Despacho, con una base de ocho millones trescientos setenta mil cuatrocientos cincuenta y cinco colones con cuarenta y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 312-08161-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 336-00427-01-0003-001; sáquese a remate: 1. La finca del partido de San José, matrícula número 100308-F, derecho 000, la cual es terreno Finca filial número seiscientos noventa y nueve destinada a estacionamiento ubicada en el nivel tres en la Torre Avenida Primera en proceso de construcción. Situada en el distrito Merced, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común de pared y en parte columnas estructurales; al sur, área de circulación vehicular y en parte ducto, columnas estructurales y filial setecientos; al este, filial seiscientos noventa y ocho y columnas estructurales; y al oeste, filial setecientos uno y en parte ducto y pared estructural. Mide: veintiséis metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas veinte minutos del veintiséis de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas veinte minutos del ocho de marzo de dos mil veintiuno con la base de seis millones doscientos setenta y siete mil ochocientos cuarenta y un colones con cincuenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas veinte minutos del dieciséis de marzo de dos mil veintiuno con la base de dos millones noventa y dos mil seiscientos trece colones con ochenta y seis céntimos (25% de la base original). Con una base de ciento dieciséis millones ciento veintitrés mil cuatrocientos sesenta colones con ochenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 312-08161-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 336-00427-01-0003-001; sáquese a remate: 2. La finca del partido de San José, matrícula número 100486-F-000, la cual es terreno Finca filial número ochocientos setenta y siete destinada a residencia ubicada en el nivel dieciocho en la Torre Avenida Primera en proceso de construcción. Situada en el distrito Merced, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, pasillo, ducto, pared estructural y filial ochocientos setenta y ocho; al sur, área común de pared y pared estructural; al este, área común de pared y paredes estructurales; y al oeste, ducto, paredes estructurales, área común de pared y en parte pasillo. Mide: ochenta y siete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas veinte minutos del veintiséis de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas veinte minutos del ocho de marzo de dos mil veintiuno con la base de ochenta y siete millones noventa y dos mil quinientos noventa y cinco colones con sesenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas veinte minutos del dieciséis de marzo de dos mil veintiuno con la base de veintinueve millones treinta mil ochocientos sesenta y cinco colones con veinte céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de Productos de Concreto y Afines contra Ninive Rene Lagos de la Cruz. Expediente N° 20-012603-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de enero del año 2021.—Cinthia Vanessa Segura Durán, Jueza Decisora.—( IN2021523889 ).

En este despacho, con una base de ochenta y ocho mil doscientos once dólares con cincuenta y dos centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número cincuenta mil setecientos treinta y siete, derecho F-000, la cual es terreno finca filial numero 5 ubicada en el segundo nivel destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito: 01-Jacó, cantón: 11-Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al noreste, pasillo y parte de la filial número 6; al noroeste, zona verde y tapia; al sureste, pasillos y escaleras y al suroeste, pasillos y parte de la finca filial número 4. Mide: ochenta y nueve metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Plano P-1071150-2006. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del dieciocho de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del veintiséis de marzo de dos mil veintiuno, con la base de sesenta y seis mil ciento cincuenta y ocho dólares con sesenta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del cinco de abril de dos mil veintiuno, con la base de veintidós mil cincuenta y dos dólares con ochenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Vertical Residencial Brisas de Herradura contra Chialamberto S.A. Expediente N° 19-007994-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 14 de julio del año 2020.—Lic. Diego Steven Durán Mora, Juez Decisor.—( IN2021523894 ).

En la puerta exterior de este Despacho, con una base de seis millones novecientos treinta y dos mil novecientos cincuenta y cuatro colones con tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: BYS771, marca: Kia, estilo: Picanto, capacidad: 5 personas, categoría: automóvil, año: 2017, color: gris, tracción: 4x2, serie: KNABX512BJT421571, chasís: KNABX512BJT421571, vin: KNABX512BJT421571, número motor: G4LAGP121344, marca: Kia, modelo: TAS6K361B, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veintidós de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del treinta de abril del dos mil veintiuno, con la base de cinco millones ciento noventa y nueve mil setecientos quince colones con cincuenta y dos céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del once de mayo del dos mil veintiuno, con la base de un millón setecientos treinta y tres mil doscientos treinta y ocho colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Álvaro Rodrigo Brenes Álvarez, Bresa INC. S. A. Expediente N° 18-009844-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 21 de enero del 2021.—Licda. Lissette Córdoba Quirós, Jueza Tramitadora.—( IN2021523917 ).

En este despacho, con una base de ocho millones quinientos treinta y un mil ciento setenta y cinco colones con catorce céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BTC898, Marca: Chevrolet, Estilo: Beat LTZ, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, número Chasis: MA6CH5CD5LT039624, año fabricación: 2020, color: azul. Para tal efecto se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del doce de agosto de dos mil veintiuno, con la base de seis millones trescientos noventa y ocho mil trescientos ochenta y un colones con treinta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veinte de agosto de dos mil veintiuno, con la base de dos millones ciento treinta y dos mil setecientos noventa y tres colones con setenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Stephanie Andrea Barrantes Alvarado. Expediente N° 20-014646-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 11 de enero del año 2021.—Lic. Víctor Antonio Hernández Calderón, Juez Tramitador.—( IN2021523993 ).

En este despacho, con una base de dos millones setecientos setenta y seis mil trescientos noventa y cinco colones con sesenta y un céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas número 877012. Marca Toyota. Estilo Yaris. Categoría automóvil. Año 2007. Color negro. VIN JTDBT92301120347. Cilindrada 1500 cc. Para tal efecto se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del once de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de mayo con la base del dos mil veintiuno de dos millones ochenta y dos mil doscientos noventa y seis colones con setenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintisiete de mayo del dos mil veintiuno con la base de seiscientos noventa y cuatro mil noventa y ocho colones con noventa céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Apartamento Balance Dos Sociedad Anónima contra Instalaciones Técnicas en Electricidad INTE S. A. Expediente N° 17-018196-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de enero del año 2021.—Esteban Herrera Vargas, Juez Decisor.—( IN2021523994 ).

En este despacho, con una base de seis millones cuatrocientos mil colones exactos , libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 390-15576-01-0802-002, CONDI IDA REF: 0000ley 2825 citas: 390-15576-01-0836-002, CONDI IDA REF 00075608- 000 citas: 390-15576-01-0908-002, CONDI IDA REF 00075608-000 citas: 390-15576-01-0908-002, CONDI IDA REF 00075608-000 citas: 390-15576-01- 0909-002, reservas y restricciones citas: 390-15576-01-0933-001, reservas y restricciones citas: 390-15576-01-0934-001 y servidumbre de paso citas: 2011-168891-01-0003-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento ochenta y ocho mil ochocientos treinta y ocho, derecho 000, la cual es terreno para construir . Situada en el distrito 05 Paquera, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con frente de 16.66 metros a calle pública; al sur, Freddy Alvarenga Tinoco; al este, frente de 56.26 metros a servidumbre de paso y al oeste frente de 56.36 metros a servidumbre agrícola. Mide: novecientos treinta y seis metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas y quince minutos del quince de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas y quince minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintiuno con la base de cuatro millones ochocientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas y quince minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno con la base de un millón seiscientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jorleny Patricia Villegas Vargas contra Gerardo Ricardo Carballo Campos. Expediente N° 18-008730-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 29 de junio del año 2020.—Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2021524203 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber que, ante este Despacho se tramita el expediente N° 200008800640CI, donde se promueve Información Posesoria por parte de Ortiz y Murillo y Asociados Limitada, cédula jurídica número 3102141512 domiciliada en Cartago, Cartago, avenida primera calles 8 y 10; representada por Elsa Grettel Ortiz Álvarez quien es mayor, casada dos veces, abogada, vecina de Dulce Nombre de Cartago, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Uno Oriental, cantón Uno Cartago. Colinda: al norte, Alejandra Gómez Barquero; al sur, con Maricel Murillo Ortiz; al este, con calle pública; y al oeste, con Amalu Irazú Sociedad Anónima. Mide: doscientos sesenta y cinco metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en construcción de una vivienda. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Ortiz y Murillo y Asociados Limitada. Expediente N° 200008800640CI.—Juzgado Civil de Cartago, 12 de enero del 2021.—Lic. Mateo Ivankovich Fonseca LL.M., Juez.—1 vez.—( IN2021524015 ).

Citaciones

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de: Ana Victoria Sterloff Loría, quien fue mayor, viuda una vez, de oficios del hogar, vecina de Cartago, cédula N° 301420868, para que, dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 01-2021. Notaría del notario público Carlos Eduardo Mata Ortega, ubicada en Cartago, 75 metros al sur del Banco Nacional de Costa Rica, teléfono: 2551-0464, fax: 2591-4789.—Cartago, 27 de enero del 2021.—Lic. Carlos Eduardo Mata Ortega, Notario Público.—1 vez.—( IN2021523048 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del veintiocho de enero del dos mil veintiuno y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Marcial Guillermo del Socorro Bonilla Morales, mayor, soltero, sacerdote, vecino de Cartago, Paraíso de la Municipalidad doscientos metros al norte, cédula número tres-cero uno cuatro nueve-cero ocho tres nueve, que nació el día veinticinco de junio de mil novecientos cuarenta y dos. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos.—Licda. Andrea Fernández Montoya Notaria.—1 vez.—( IN2021523057 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Luis Antonio Vásquez Barquero, quien fue mayor, casado, albañil, portador de la cédula de identidad: número siete-cero cero ochenta y cuatro-cero novecientos setenta y ocho, vecino de Limón, Guápiles, La Rita, para que, dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante este notaría en defensa de sus derechos bajo el apercibimiento de que en su omisión, la herencia pasará a quien corresponda. La dirección de esta notaría es Bufete de la Licenciada Fátima Rodríguez Solís, sita en San Sebastián del Banco de Costa Rica cincuenta metros sur; carné 23982.—Licda. Fátima Rodríguez Solís Abogada y Notaria.—1 vez.—( IN2021523060 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de: Guaria Milagro Calderón Gutiérrez, quien en vida fue mayor, divorciada dos veces, estilista, vecina de San José, Pavas, Libertad Uno, Alameda tres, casa cuatrocientos noventa y ocho, cédula dos-trescientos setenta y nueve-trescientos veinticinco, quien falleció en San José-Central-Pavas-Libertad el veintiuno de agosto de dos mil veinte, hija de Miguel Calderón Vargas, y Blanca Rosa Gutiérrez Berrocal, quienes fallecieron antes que la causante, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—Licda. Arley del Carmen Vargas Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2021523065 ).

Se hace saber que en esta notaría sita en Barrio Luján, cien metros norte de la antigua oficina del Banco de Costa Rica, se tramita el proceso sucesorio notarial de quien en vida se llamó Ida Soledad Robles Robles, vecina de San José, Desamparados con documento de identidad N° 0103921026. Se cita y emplaza a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso que, deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto.—San José, veintiocho de enero de dos mil veintiuno.—Lic. Jorge Enrique Gonzalo Villalobos, Notario.—1 vez.—( IN2021523070 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Aida María Montiel Héctor, a las ocho horas del veintinueve de enero del año dos mil veintiuno y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio notarial de quien en vida fuera Fernando de Las Cuevas Héctor, de sexo masculino, mayor, soltero, comerciante, cédula número cinco-cero cero ochenta y seis-cero quinientos noventa y cinco, vecino de Santa Bárbara, de Santa Cruz, Guanacaste, dirección segunda casa mano izquierda de la calle principal. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante la notaría del Lic. German J. Berdugo González, en Liberia, Guanacaste, 75 metros este del Instituto Nacional de Seguros, Edificio Montiel a hacer valer sus derechos. Teléfono 8541-1051.—Liberia, 29 de enero de 2021.—Lic. German J. Berdugo González, Notario.—1 vez.—( IN2021523072 ).

Ante esta notaría se tramita proceso sucesorio de Constantino González Maroto, cédula de identidad 900430652. Se cita y emplaza a todos los interesados, para que dentro del plazo de ley, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaria a hacer valer sus derechos. Notaria del Lic. Miguel Villegas Arce. Santa Ana, 150 metros oeste del Banco de Costa Rica. Tel. 22829448.—Lic. Miguel Villegas Arce, Notario.—1 vez.—( IN2021523076 ).

Se cita y emplaza a los herederos e interesados en el proceso sucesorio notarial ab intestato de quien en vida se llamó: Zacarías Gerardo Matamoros Acuña, quien fue mayor, casado una vez, profesor, vecino de Naranjo, Alajuela, doscientos metros oeste de la Casa Scout, cédula número: dos-dos siete ocho-uno tres siete nueve. Por tal motivo, el suscrito Alexander Montero Ramírez, notario público con oficina en Naranjo, Centro, Alajuela, exactamente cincuenta metros al norte de la Agencia del ICE, emplazo desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Judicial y por un plazo de treinta días a todos los interesados de quien en vida se llamó: Zacarías Gerardo Matamoros Acuña, para que, se apersonen a mi notaría a hacer valer sus derechos, presentando para ello todos los documentos que los acrediten como legitimados y los escritos respectivos en papel de seguridad notarial. Se les avisa que, una vez pasado el plazo dicho, se protocolizaran los acuerdos ya tomados por las herederas de Zacarías Gerardo Matamoros Acuña. Expediente número: cero cero cero uno-dos mil veinte.—Naranjo, veintiséis de enero del dos mil veintiuno.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario Público.—1 vez.—( IN2021523118 ).

En mi oficina de notario ubicada en san Isidro, Pérez Zeledón frente al centre del sonido se ha abierto y tramita el proceso sucesorio de quienes en vida se llamaron Humberto Calderón Piedra, con cédula de identidad uno cero dos cero dos cero cinco uno uno por lo que, dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación del presente edicto, cito y emplazo a todas aquellas personas que se consideren con interés legítimo dentro del presente proceso para que se apersonen a mi oficina a hacer valer sus derechos; en el entendido de que si no lo hicieren dentro del plazo dicho la herencia pasara a quienes, habiéndose apersonado, demostraren tener derecho a sucederla. Expediente N° 001-2021.—Lic. Eduardo Barquero Elizondo, Notario.—1 vez.—( IN2021523123 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios e interesados en la sucesión de Joge Luis Leiva Fernández, mayor de edad, casado dos veces, cédula uno-mil noventa y cinco-novecientos once, educador, vecino de las Ceniza de Pérez Zeledón, para que dentro de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan en las oficinas de la notaria José Aurei Navarro Garro, ubicada en el centro de la ciudad, San Isidro Pérez Zeledón, de Palí, veinticinco metros al oeste, contiguo a cafetería de Delicias, Bufete Navarro & Garro, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0005-2020.—San Isidro Pérez Zeledón, veinticuatro de diciembre del dos mil veinte.—Lic. José Aurei Navarro Garro, Notario.—1 vez.—( IN2021523129 ).

Se emplaza los interesados que dentro del plazo de treinta días a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría para hacer valer sus derechos en el presente procedimiento sucesorio extrajudicial, de quien en vida fuera: Rene (nombre) Schilling (apellido) de único apellido en razón de su nacionalidad: Suiza, mayor, casado una vez, pensionado, pasaporte de su país número X tres tres cuatro uno cinco cuatro dos, quien era vecino de Costa Rica, San José, Barrio la Trinidad de Mora, doscientos oeste de la Iglesia Católica, bajo apercibimiento de que si no lo hicieran la herencia pasará a quien corresponda sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Slawomir Wiciak Gasiorowska, notario público, carné número: seis cero cero uno.—San José, 25 de enero del 2021.—Lic. Slawomir Wiciak Gasiorowska, Notario.—1 vez.—( IN2021523135 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Luis Diego Chacón Segura, a las 15:00 horas del 25 de enero del 2021 y comprobado el fallecimiento de Marta Isabel Segura Calderón, mayor de edad, divorciada, Pensionada, vecina de San José Curridabat, del Edificio Municipal trescientos metros al sur y veinticinco oeste, avenida cuarenta y seis, segunda casa a mano izquierda, con cédula de identidad número 1-0342-0545, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la Republica, tal como esta lo ha indicado. Notaría del Lic. Edwin Martin Chacón Saborío. San José, Curridabat, de la escuela Juan Santamaria nueva, cien este, cien sur y treinta y cinco este casa muro blanco. Teléfono 8382-1588. 25 de enero del 2021.—Lic. Edwin Martin Chacón Saborío, Notario.—1 vez.—( IN2021523137 ).

Hoy en mí notaría se declaró abierto bajo el expediente 01 2021, el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fue Esperanza Fallas Ortega, viuda, una vez ama de casa cédula 900440089 vecina de San José, Desamparados el Llano. Dentro de los 15 días hábiles a partir de esta publicación, podrá quien pretenda tener derecho a esta sucesión, reclamarlos en mi notaría sito Hatillo uno final de la calle 38. A caso contrario, la herencia pasará a quien por ley corresponda.—San José, 27 de enero, 2021.—Licda. Adriana Castillo Guzmán, Notaria.—1 vez.—( IN2021523140 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Gemma Vargas Angulo, a las nueve horas del ocho de enero del año dos mil veintiuno y comprobado el fallecimiento de Melquiseddec Vargas Sibaja, mayor, viudo una vez, cedula uno doscientos treinta y dos-seiscientos ochenta y cinco, pensionado, vecino de Santa Ana y la existencia y validez del testamento por él otorgado, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio testamentario. Se cita y emplaza a los herederos, legatarios y a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la procuraduría general de la república, tal como ésta lo ha indicado. Notaría del Lic. Catherine Mora Chavarría, oficina en San José, Pozos de Santa Ana; costado norte, de la escuela de la localidad. Tel. dos dos ocho dos siete dos uno.—Lic. Catherine Mora Chavarría, Notario.—1 vez.—( IN2021523145 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quienes en vida se llamaron Antonio Jara Robles, mayor, conductor de taxis, cédula de identidad 3-0132-0737 y Otilia Del Carmen Hernández Brenes, mayor, ama de casa, cédula de identidad 3-0108-0765, ambos casados entre sí y vecinos de Cartago, Tejar de El Guarco, Residencial Hacienda Vieja.- Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 21-000058-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 25 de enero del 2021.—Lic. Mateo Ivankovich Fonseca LL.M, Juez.—1 vez.—( IN2021523146 ).

Por escritura números 114 de las 10:30 horas del día 16 de diciembre 2020, en el protocolo del notario Eduardo Ajoy Zeledón, carnet del colegio de abogados 15661, se inicia proceso sucesorio testamentario de la señora Dora López Badilla, cedula de identidad número 2-154-302, se nombra como albacea a la señora María de Los Ángeles Vargas López, cedula de identidad número 2-276-1083, para oposiciones se aporta el correo electrónico eajoyz@lawyer.com. 88449969.—San José 29 de enero de 2021.—Lic. Eduardo Ajoy, Notario.—1 vez.—( IN2021523147 ).

Se hace saber: en este Juzgado se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Francisca Rodríguez González, mayor de edad, costarricense, portadora de la cédula de identidad N° 0201380675, viuda una vez, maestra pensionada y vecina de Alajuela, Atenas. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente N° 20-000830-0638-CI-5.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 14 de enero del año 2021.—Lic. Jaime Eduardo Rivera Prieto, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2021523152 ).

Ante esta notaría se tramita el sucesorio acumulado de quienes se llamaron Franklin Sáenz Mora c. c. Sáenz Sáenz y Delgado Delgado, cédula 1-0088-6079 y Manuela Sandí Garro, cédula 1-0114-2435. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios y demás interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos.- San José, frente INAMU, boulevard Ricardo Jiménez.—Rafael Sánchez Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2021523159 ).

Ante esta notaría se tramita el sucesorio acumulado de quienes en vida se llamaron: María Garro Sandí, conocida como Garro Marín, cédula N° 1-0130-0022 y Librado Barahona Zúñiga, cédula N° 2-0529-719. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios y demás interesados para que dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. San José, Paseo Peatonal Ricardo Jiménez, frente INAMU, Bufete N| 233.—Lic. Rafael Sánchez Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2021523160 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera el señor Óscar Mora Valverde, mayor, costarricense, viudo una vez, Pensionado, vecino de Curridabat, del parque cien metros norte y veinticinco este, portador de la cédula de identidad uno-cero uno nueve seis-cero uno ocho cero, para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos ante la notaría del Notario Público Julio César Azofeifa Soto, en oficinas KDF Lex, Abogados ubicadas en San José, Moravia, diagonal a entrada principal del Club La Guaria, en dicha oficina con el Licenciado Azofeifa, se les apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentaren dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Procedimiento sucesorio extrajudicial de Óscar Mora Valverde. Expediente número: 002-2021-SN Lic. Julio Azofeifa Soto, Notario Tramitador.—San José, a las ocho horas del día veintinueve de enero del año dos mil veintiuno.—Lic. Julio César Azofeifa Soto, Notario.—1 vez.—( IN2021523166 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera el señor Earle Kiefer Thompson, mayor, ciudadano estadunidense, soltero, pensionado, vecino de San Vicente de Moravia doscientos sur del colegio Saint Clare, portador del pasaporte dos cero cuatro siete cinco, para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos ante la Notaría del Notario Público Julio Cesar Azofeifa Soto, en oficinas KDF Lex, Abogados ubicadas en San José, Moravia, diagonal a entrada Principal del Club La Guaria, en dicha oficina con el Licenciado Azofeifa, se les apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentaren dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Procedimiento Sucesorio Extrajudicial de Earle Kiefer Thompson. Expediente número: 001-2021-SN.—San José, a las ocho horas del día veintinueve de enero del año dos mil veintiuno.—Lic. Julio César Azofeifa Soto, Notario Tramitador.—1 vez.—( IN2021523176 ).

En la notaria de la Licda. Flor de María Méndez Elizondo, ubicada en San Vito de Coto Brus, contiguo a cerrajería Wasser, tel: 2773-0101, se tramita el proceso sucesorio notarial número 0001-20202, de quien en vida fue Eladio Jiménez Valverde, cédula N° 1-285-115, mayor de edad, casado una vez, vecino de Los Reyes de San Vito detrás de la Iglesia Católica, Coto Brus Puntarenas. Por lo que se avisa a quien tenga interés o derechos sucesorios apersonarse en un plazo de treinta días a partir de la publicación de este edicto, se apercibe a quien crea tener derechos que si no se presentan dentro del término dicho la herencia pasará a quien corresponda. 29 de enero del 2020.—Licda. Flor de María Méndez Elizondo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021523177 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría a las catorce horas del cuatro de enero de dos mil veintiuno, y comprobado el fallecimiento esta notaria declara abierto el proceso sucesorio ab intestado de quién en vida fue Gerardina Leiva Arias, cédula de identidad tres-cero sesenta y uno-tres mil seiscientos diecisiete. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro de un plazo máximo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaria a hacer valer sus derechos. Alejandro Carballo Zeuli Notario Público de Cartago, oficina en la ciudad de Cartago setenta y cinco metros al sur de los Tribunales de Justicia.—Cartago, 29 de enero de 2021.—Lic. Alejandro Carballo Zeuli, Notario.—1 vez.—( IN2021523203 ).

Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y a todos los interesados en la sucesión extrajudicial de Oldemar García Hernández, mayor, casado una vez, cédula número 1-0423-0897, vecino de San José Desamparados Patarrá, para que dentro del plazo de quince días a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría situada en San José, Hatillo Tres, Avenida Francia, de Taquería Costa Rica ciento cincuenta metros oeste, casa dieciséis, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan en dicho plazo, la misma pasará a quién corresponda en derecho. Expediente N° 0007-2006.—A las nueve horas del veinticinco de octubre del dos mil veinte.—Lic. Ernesto Azofeifa Cedeño, Abogado y Notario Público.—1 vez.—( IN2021523206 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Celia Carmen Calvo Navarro, mayor, estado civil casada en primeras nupcias, profesión u oficio ama de casa, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0302080800 y vecina Cartago, Aguacaliente. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000041-0640-CI-2.—Juzgado Civil de Cartago, 18 de enero del 2021.—Luis Diego Romero Trejos, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2021523213 ).

Se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, en la sucesión de quien en vida se llamó Fernando Villegas Campos, quien fue mayor, casado una vez, vecino de San José, Tibás, Urbanización Doña Fabiola, casa D-veintiuno, quien portaba la cédula de identidad número uno-cero doscientos sesenta y siete-cero trescientos ochenta y tres, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría en defensa de sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren la herencia pasará a quien corresponda. Notario Público Benito Abad López Dinartes con oficina en San José, Colima de Tibás, Urbanización Fabiola, casa número 10-A. Expediente cero cero cero uno-dos mil veintiuno.—Lic. Benito Abad López Dinartes, Notario.—1 vez.—( IN2021523224 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida Óscar Córdoba Argüello, cédula número nueve-cero cero dos siete-cero dos cuatro ocho, muerte acaecida el catorce de noviembre del dos mil quince, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que sino se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 01-2021. Ante la notaria del licenciado Vinicio Villegas Arroyo, ciento diez metros norte de los helados Pops en Alajuela centro, por una vez.—Alajuela, al ser once horas quince minutos del día veintinueve de enero del dos mil veintiuno.—Lic. Vinicio Villegas Arroyo.—1 vez.—( IN2021523225 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Rodolfo Rojas Montero, mayor, estado civil casado, profesión u oficio dato desconocido, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0104920047 y vecino de San José, Coronado. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000704-0180-CI-9.—Juzgado Primero Civil de San José, 19 de noviembre del 2020.—Tatiana Chaves Sánchez, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2021523234 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Virginia Lorena Montero Arguedas, viuda, pensionada, cédula cuatro-cero uno cero dos-uno cero uno siete, Andrea Cordero Montero, casada una vez, abogada y notaria pública, cédula uno-uno cero seis cinco-cero nueve ocho ocho; y Natalia Cordero Montero, soltera, docente, cédula uno-cero nueve ocho cinco-cero cero cinco seis, todas ellas vecinas de San Antonio de Belén, Heredia, doscientos oeste y setenta y cinco sur de Palí, a las dieciséis horas del veintisiete de enero del dos mil veintiuno y comprobado el fallecimiento de Luis Alberto Cordero Vargas, quien fue mayor de edad, casado una vez, pensionado, vecino de la misma dirección que las promoventes, con cédula de identidad número uno-cero tres dos cuatro-cero cuatro dos nueve esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría de la Licenciada Flor María Delgado Zumbado, sita en San Antonio de Belén, Heredia, doscientos metros este y cincuenta norte de la Municipalidad, teléfono: 2239 3138.—28 de enero del 2021.—Licda. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—( IN2021523277 ).

Se hace saber: en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ronaidy Arroyo Godínez, mayor, divorciado, agricultor, vecino de Puntarenas, Sabalito, Coto Brus, 360 m. al sur de la entrada del Gallo de Sabalito, con documento de identidad N° 01-0965-0535. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y, en general, a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince (15) días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente: 19-000128-0188-CI-7.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, (Corredores), (Materia Civil), 4 de octubre de 2019.—José Pablo Quesada Padilla, Juez.—1 vez.—( IN2021523278 ).

Se cita y emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión de quien en vida fue Omar Hugo Solano Herrera, quien era mayor de edad, casado una vez, comerciante, cédula de identidad número uno cero trescientos sesenta y cuatro-cero novecientos sesenta y cinco, vecino de Hatillo Centro, San José, doscientos metros oeste de la Clínica Solón Núñez, quien falleció el día catorce de agosto del dos mil dieciséis. para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación del aviso en el Boletín Judicial, comparezcan ante este Despacho a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no comparecieren dentro de ese plazo, los bienes sucesorios pasaran a quien corresponda. El expediente se encuentra en la Notaría del Licenciado Alfredo Vargas Elizondo, situada en Zapote San Jose, veinticinco metros sur de la iglesia católica, centre comercial Unicentro oficina número dieciocho. Expediente. No cero cero tres-se-dos mil veintiuno. Sucesión ab intestato de Omar Hugo Solano Herrera.—San José, veintinueve de enero del dos mil veintiuno.—Lic. Alfredo Vargas Elizondo, Notario.—1 vez.—( IN2021523283 ).

Se cita y emplaza a los interesados de Sucesión de Julio José Jiménez Marchena, cédula de identidad N° 7-078-038, para que en plazo de quince días naturales contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a esta notaría a hacer valer sus derechos en calidad de herederos y de no presentarse pasará la herencia a quien corresponda.—Licda. Nitiana Muñoz Matamoros, Notaria.—1 vez.—( IN2021523284 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría: de la Notaria Pública, Lilliam Vargas, comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fuera, Sidney Del Socorro Quirós Herrera, mayor de edad, soltera, religiosa, vecina de Santiago de Puriscal, Junquillo Arriba cincuenta metros antes del Chino, portadora de la cédula número uno-doscientos noventa y nueve-cuatrocientos ochenta y cinco. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la licenciada Lilliam Rojas Vargas.—San José, veintinueve de enero del dos mil veintiuno.—Licda. Lilliam Rojas Vargas, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021523285 ).

Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Carlos Cordero Cruz, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de San José, Pérez Zeledón, Platanares, Villa Argentina, ciento cincuenta metros este de la escuela, número de cédula uno-ciento noventa y tres-cuatrocientos cincuenta y cuatro, fallecido el día veinte de octubre de mil novecientos noventa y nueve en Pérez Zeledón, San José, a fin de que en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, concurran ante la Notaría de la Licenciada Stefanny Martínez Ramírez, situada en Pérez Zeledón, Daniel Flores, Residencial Halder, casa número trece, contiguo al Abastecedor Arzú (en horario de lunes a viernes de ocho de la mañana a cinco de la tarde), a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener derecho a la herencia, que si no se presentan dentro de este término, aquella pasará a quien corresponde. El sucesorio en sede notarial del causante se tramita bajo Expediente Número: cero cero cero uno-dos mil veintiuno.—Licda. Stefanny Martínez Ramírez, Notaria.—1 vez.—( IN2021523307 ).

Se cita y emplaza a herederos, testamentarios, legatarios y demás interesados en el proceso de sucesión de quien en vida fue el señor Daniel Danilo López Céspedes, mayor, viudo, chofer, que tuvo como último domicilio San José, La Florida de Tibás, Urbanización Parques del Norte, diagonal a la entrada de la Iglesia Coreana, casa seis k, cédula de identidad número uno-cero doscientos noventa y dos-cero doscientos veinticinco, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la primera publicación de este edicto se apersonen a hacer valer sus derechos en la oficina de la Licenciada Ariana Sibaja López, ubicada en San José, Barrio Los Yoses, intersección de la Calle Treinta y Siete con la Avenida Ocho. El sucesorio fue abierto por el heredero legítimo, el señor José Daniel López Ulate.—San José, diecisiete de enero del dos mil veintiuno.—Lic. Ariana Sibaja López, Notaria.—1 vez.—( IN2021523318 ).

Se cita y emplaza a herederos, testamentarios, legatarios y demás interesados en el proceso de sucesión de quien en vida fue la señora Flora Ulate Solano, mayor de edad, casada una vez, ama de casa, que tuvo como último domicilio San José, La Florida de Tibás, Urbanización Parques del Norte, diagonal a la entrada de la iglesia Coreana, casa seis k, cédula de identidad número uno-cero doscientos cuarenta y uno-cero cuatrocientos setenta y cinco, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la primera publicación de este Edicto se apersonen a hacer valer sus derechos en la oficina de la licenciada Ariana Sibaja López, ubicada en San José, Barrio Los Yoses, intersección de la Calle Treinta y Siete con la Avenida Ocho. El sucesorio fue abierto por el heredero legítimo, el señor José Daniel López Ulate.—San José, diecisiete de enero del dos mil veintiuno.—Lic. Ariana Sibaja López, Notaria.—1 vez.—( IN2021523320 ).

Se cita y se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Edwin Alberto Del Carmen Castro Cerdas, mayor, comerciante, casado una vez, cédula de identidad número 6-0117-0786, vecino de San José, Alajuelita, Concepción Abajo, para que dentro del plazo de 15 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 01-2021.—Licda. Sharon Vanessa córdoba Ortiz, Cartago, Notario.—1 vez.—( IN2021523322 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue María Tatiana Barrantes Chaves, mayor, cédula de identidad número 1-1032-0283, soltera, cocinera, con domicilio en Cartago, San Diego, La Unión, Urbanización Vida Nueva Casa 7, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia, pasará a quien corresponda. Expediente 001-2021. Notaría del Lic. Wilman Yohalmo Escobar Escamilla. Tel. 8815-9223. Correo: wilescobar@hotmail.com.—San José, siete horas diez minutos del 29 de enero del 2021.—Lic. Wilman Yohalmo Escobar Escamilla, Notario Público.—1 vez.—( IN2021523324 ).

El suscrito notario hace saber que ante mi notaría, situada en San José, Quesada Durán, cincuenta metros al oeste de la panadería Merayo se ha presentado María del Carmen Castillo Cambronero, costarricense, mayor, casado una vez, vecina de San José, San Miguel de Desamparados, Barrio Fátima, cien metros al este y veinticinco norte de la Iglesia Católica, cédula de identidad número uno-cero trescientos treinta y cinco-cero cero ochenta y uno, Guiselle del Carmen Vargas Castillo, costarricense, mayor, casada una vez, vecino de San José, San Miguel de Desamparados, entrada principal barrio Calle el Colegio, cédula de identidad número uno-mil quinientos treinta y nueve-cero novecientos cuarenta y nueve, Geisson Gerardo Vargas Castillo, costarricense, mayor, casado una vez, vecino de San Miguel de Desamparados, Barrio San Martin, contiguo al Salón Multiuso, cédula de identidad número uno-cero ochocientos ocho-cero doscientos cuarenta y ocho y Juan Diego Vargas Castillo, costarricense, mayor, casado una vez, vecino de San José, San Miguel de Desamparados, Barrio Fátima, cien metros al este y veinticinco norte de la Iglesia Católica, cédula de identidad número uno-mil quinientos treinta y nueve-cero novecientos cuarenta y nueve, a fin de que se haga constar en acta notarial que solicitan la tramitación del sucesorio extrajudicial de quien en vida fuera Baudilio Vargas Hernández, costarricense, mayor, casado una vez, vecino de San Jose, San Miguel de Desamparados, Barrio Fátima, cien metros al este y veinticinco norte de la Iglesia Católica, cédula de identidad número uno-cero trescientos treinta y cinco-cero cero ochenta y uno. Asimismo, que aceptación la herencia y nombran como albacea a la señora María del Carmen Castillo Cambronero, costarricense, mayor, casada una vez, vecina de San José, San Miguel de Desamparados, Barrio Fátima, cien metros al este y veinticinco norte de la Iglesia Católica, cédula de identidad número uno-cero trescientos treinta y cinco-cero cero ochenta y uno, quien desde ya deja formado el inventario. En consecuencia, se cita a los interesados para que, dentro del plazo de quince días, concurran a hacer valer sus derechos ante mi notaría.—San José, veinte de diciembre del dos mil veinte.—Lic. Ariel Ramírez Martínez, Notario Público.—1 vez.—( IN2021523336 ).

Se hace saber que, en esta notaría, se tramita el proceso sucesorio del señor Gerardo Muñoz Castillo, quien fuera mayor, casado una vez, agricultor, portador de la cédula de identidad uno-trescientos treinta y cinco-ciento siete, vecino Chimirol, Rivas, Pérez Zeledón, contiguo a tamalera Chirripó. Se indica a las personas herederas, legatarias acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 001-2021.—San Isidro, Pérez Zeledón, 27 de enero del 2021.—Licda. Sandra Cubillo Díaz, Notaria.—1 vez.—( IN2021523350 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quién en vida se llamó: Ana Isabel Rivera Montoya, mayor, casada una vez, costarricense, con documento de identidad N° 1-0354-0743, vecina de Hatillo. Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo de quince días contados a partir de la primera y única publicación de este edicto en el Boletín Judicial, con el fin de que comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro del citado plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 07-100107-0216-CI.—Juzgado Civil de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, 19 de enero del 2021.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2021523364 ).

Proceso sucesorio en sede notarial: A las doce horas del diecinueve de enero del año dos mil veintiuno, se declaró abierto el proceso sucesorio ab intestato en sede notarial ante la notaría del Lic. Carlos Rodríguez Paniagua, expediente cero cero cero uno-dos mil veintiuno, con oficina abierta en la Ciudad Alajuela, calles primera y dos, avenida segunda, telefax dos-cuatro tres uno-veintitrés-sesenta, correo electrónico: rodriquezpaniagua@gmail.com de la senara Denia Lucía Méndez Rodríguez, mayar de edad, administradora de empresas, casada dos veces, vecina de la ciudad de Alajuela, calles cinco y siete, avenida diez, cédula de identidad número: uno-cero setecientos dieciocho-cero cuatrocientos catorce, hija de: Marta Edith Rodríguez López y de José Méndez Blanco, quien nació el día trece de enero de mil novecientos sesenta y ocho y murió a los cincuenta y dos años de edad el día veinticinco de noviembre de dos mil veinte: defunción que consta el Certificado de Defunción emitido por el Registro Civil de Costa Rica de la cual guardo copia en mi archivo de referencias. Se cita a todos los herederos, legatarios, acreedores e interesados en general, para que dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de esta publicación, comparezcan, mediante apersonamiento en la citada notaría, concertando cita previa a las teléfonos dichos, o por medio de fax o correo electrónico indicado, a hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento a los que crean tener derechos a la herencia, de que, si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.—Alajuela, a las doce horas del primero de diciembre de dos mil veinte.—Lic. Carlos Eduardo Rodríguez Paniagua, carné 8728. Tel: 8919-6299, Notario.—1 vez.—( IN2021523403 ).

Se hace saber: En este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Hilda María Soto Rojas, mayor, viuda, ama de casa, costarricense, con documento de identidad N° 0103210845, y vecina de Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000757-0181-CI-9.—Juzgado Civil de Heredia, 20 de enero del 2021.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—1 vez.—( IN2021523404 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Jorge Enrique Barboza Astorga, mayor, estado civil soltero, profesión u oficio jornalero, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0303980301 y vecino de Turrialba. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000008-0341-CI-9.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba, 20 de enero del 2021.—Licda. Ivannia Cristina Jiménez Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2021523413 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó: Cristian Agüero Zúñiga, mayor, viudo de primeras nupcias, pensionado, con documento de identidad N° 101830682, vecino de Chires de Puriscal, San José. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras, y en general a todas las personas interesadas, para que, en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de este plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 01-2021-Sede Notarial.—San José, 30 de enero del 2021.—Licda. Patricia Benavides Chaverri, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021523420 ).

Se hace saber: Que en esta notaría se tramita el proceso sucesorio de: Jorge Jabes Escalante Aguilar, mayor, casado una vez, Médico Radiólogo, vecino de Heredia, San Francisco, Urbanización, La Lilliana Condominio el Solar, apartamento número siete, cédula uno - cero tres nueve tres-uno dos ocho dos. Se emplaza a los sucesores, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasara a quien corresponda. Expediente número: cero cero cero uno-dos mil veintiuno-Cl. Notaría de la Licenciada Karina Rojas Solís, sita en la ciudad de Heredia: veinticinco metros este de la Pizza Hut, el horario de esta oficina es de ocho de la mañana a doce mediodía y de las trece horas a las diecisiete horas y el número de teléfono es: veintidós-sesenta y uno-setenta y nueve-setenta y dos, correo electrónico: karinacr@gmail.com.—Heredia, 28 de enero del año dos mil veintiuno.—Licda.  Karina Rojas Solís, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021523443 ).

Avisos

Licenciada Guadalupe Solano Patiño, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a Edelma Francisca Novoa Villareal, en su carácter personal, quien es mayor, casada, nicaragüense, cédula de residencia número 135RE0015460099, se le hace saber que en demanda abreviado de divorcio, establecida por Arístides Junier Centeno Guadamuz contra Edelma Francisca Novoa Villareal, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: N° 2020002079 sentencia de primera instancia Juzgado de Familia de Cartago, a las veintiuno horas catorce minutos del veintiocho de octubre de dos mil veinte. Proceso abreviado establecido por Arístides Junier Centeno Guadamuz, mayor, casado, oficial de seguridad, portador de la cédula de identidad número 0602510195 contra Edelma Francisca Novoa Villareal, mayor, portadora del documento de identidad número 135re0015460099. Resultando: I.- II.- III.- Considerando: I.- Es probado: 1) 2) 3) II.- Sobre el fondo: III: Por tanto: con base en lo expuesto, normas de derecho citadas, se declara con lugar la presente demanda abreviada de divorcio y en razón de ello se declara disuelto el vínculo matrimonial que ha unido a Arístides Centeno Guadamuz y Edelma Francisca Novoa Villareal. No se procrearon personas menores de edad. No hay bienes gananciales que repartir. Se exime a ambas partes del deber alimentaria recíproco. Firme esta sentencia inscríbase en el registro civil, sección matrimonios de la provincia de San José al tomo 471, folio 90, asiento 180. Podrá la parte interesada apersonarse al despacho para solicitar la ejecutoria de rigor, previa aportación de las copias que sean necesarias. Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. Notifíquese. Expediente N° 19-002271-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 17 de diciembre de 2020.—Msc. Guadalupe Solano Patiño, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021523104 ).

MSC. Kensy Carolina Chávez Cruz, jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, al señor Marlon García García, de calidades y domicilio desconocido, se le hace saber que en expediente N° 20-000229-1152-FA, diligencias de depósito judicial de persona menor de edad, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificar por edicto. Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica. A las dieciséis horas y treinta y seis minutos del doce de mayo de dos mil veinte. I.- De las presentes diligencias de depósito judicial de las personas menores Shermark Loan Roses Reid, Deymark Dishawn Roses Reid, Keymark Xavier Reid Watson, Marlon Mauricio Garcia Reid promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Oriana Dimary Reid Watson, Warner Arturo Roses Umaña y Marlon García García, a quienes se les previene que en el primer escrito que presenten debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecido explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Oriana Dimary Reid Watson, Warner Arturo Roses Umaña, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Limón). En caso de que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. En cuanto al señor Marlon García García, de paradero desconocido, se ordena notificar mediante edicto publicado de Ley. II.- Medida cautelar: en virtud de la medida solicitada, se resuelve lo siguiente: Se le otorga a la señora, Neida Watson Edwards el depósito judicial provisional de las personas menores de edad, Shermark Loan Roses Reid, Deymark Dishawn Roses Reid, Keymark Xavier Reid Watson, Marlon Mauricio García Reid, hasta tanto no sea dictada la resolución de fondo. Lo anterior, por cuanto una vez revisado el informe de la situación actual de las personas menores de edad, aportado como prueba documental, del expediente administrativo, OLLI00315218, se ha evidenciado que existe una dinámica familiar disfuncional, basado en las pocas habilidades por parte de la progenitora, además el informe arroja que estructuralmente la vivienda solo posee una sala, donde está incluido un mueble con la cocina de gas y el cilindro, un solo cuarto, un corredor para el ingreso de la vivienda, no posee servicio ni baño en la estructura, deben de compartirlo con los demás vecinos, posee agua y energía eléctrica asimismo, lo cual coloca a la personas menores de edad en un estado de vulnerabilidad ya sea física, emocional y habitacional, por tanto, considera esta Juzgadora que lo adecuado es otorgar la medida solicitada, hasta que se resuelva el fondo del asunto, o bien, se emita resolución posterior que modifique lo aquí ordenado. Se le previene a la señora Neida Watson Edwards, que en caso de anuencia deberá comparecer a este despacho dentro de los cinco días posteriores a la notificación de este auto, con la finalidad de aceptar el cargo conferido. III.- Previo aporte copias: en otro orden de ideas de conformidad con lo establecido dentro del artículo 136 del Código Procesal Civil, deberá el Patronato Nacional de la Infancia aportar dos juegos de copias para efecto de poder notificar a la parte demandada. Lo anterior dentro del plazo de cinco días, bajo el apercibimiento de que, en caso de omisión, se ordenará el archivo provisional de las presentes diligencias en el estado en que se encuentren sin previa resolución que así lo indique. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 13 de enero del 2021.—Licda. Kensy Carolina Cruz Chaves, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021523106 ).

Se hace saber: expediente N° 20-000288-1420-FA. Depósito judicial. Actor: PANI. Demandada: María Lázaro Lázaro. Juzgado de Familia de Osa, a las 07:20 horas del 27 de enero del 2021. Curso: para que proceda la tutela no tiene que existir la patria potestad, pese a ello, aquí se requiere un abandono sin fines de adopción, que por antonomasia no extingue tales atributos. Ante esta dicotomía no queda más que readecuar los procedimientos, y tramitar la causa como depósito judicial. Artículo 175 Código Familia, 3 y 98, inc. 1 Código Procesal Civil (7130). Así las cosas: de toda la prueba y del presente proceso de Depósito Judicial, se le confiere audiencia, por el plazo de 3 días, a la madre: María Lázaro Lázaro. Medio: se les previene a todas las partes e interesados que en su primer escrito que presenten tienen que señalar únicamente medio (correo electrónico autorizado), para atender sus futuras notificaciones, bajo el apercibimiento que de no hacerlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, incluido que no esté autorizado, todas las resoluciones posteriores se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictadas. Deposito: se nombra depositaria judicial de la niña: Ariana Yulisa Lázaro Lázaro, a Ana Yanci Guido Lázaro, quien dentro de tres días tienen que venir al juzgado para aceptar el cargo. Notificaciones: depositaria: Ocj Osa. Edicto: por encontrarnos en un proceso no contencioso, de ahí, la inviabilidad del curador y, conforme lo indica la parte actora, por no tenerse conocimiento del domicilio de la madre, notifíquesele por edicto en el Boletín Judicial. Aviso: se les informa a todas las partes e interesados que este proceso es electrónico. es decir, no existe a nivel físico o material, sino que todo su respaldo es virtual. Es todo.—Juzgado de Familia de Osa, 27 de enero del 2021.—Lic. Mario Alberto Barth Jiménez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021523107 ).

Se hace saber a Fabián Montoya Hernández, mayor de edad, casado, de ocupación y domicilio ignorado, con número de identificación 6-0372-0192, que en este juzgado se tramita proceso de abreviado de divorcio dentro del expediente 20-000714-1303-FA, establecido por Mariana Gabriela Jiménez Rodríguez y en cual figura su persona como interesada. Proceso en el cual se dictó la resolución que literalmente dice: “Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), a las catorce horas cuatro minutos del siete de diciembre de dos mil veinte. De la anterior demanda Abreviada de divorcio establecida por la accionante Mariana Gabriela Jiménez Rodríguez, se confiere traslado al accionado Fabián Montoya Hernández por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g) número de cédula, h) lugar de residencia. Notifíquese esta resolución al demandado, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real o registral. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales”. Así como la resolución que literalmente dice: “Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), a las ocho horas cincuenta y siete minutos del veintidós de enero de dos mil veintiuno. Siendo que no fue posible notificar al accionado Fabian Montoya Hernández en su domicilio electoral según acta de notificación de fecha 15 enero del presente año. Comprobado el depósito de honorarios de curador procesal (comprobante de depósito de fecha 01 de diciembre del año 2020), al amparo de lo estipulado por el artículo 262 del Código Procesal Civil, 23 de la Ley de Notificaciones Judiciales y con base en el Sistema de Administración de Peritos de la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial, sin más trámite se nombra a la licenciada Marjorie de la Trinidad Vega Mora como curadora procesal del demandado, señor Fabian Montoya Hernández y se ordena notificarle esta resolución por medio del correo electrónico marjovm90@gmail.com. Se le hace saber a la persona designada que, en caso de anuencia, debe apersonarse o comparecer a este Juzgado dentro del plazo de cinco días, a aceptar el cargo y jurar su fiel cumplimiento. Con base en los acuerdos del Consejo Superior tomados en sus sesiones Nos. 53-08 del 27 de julio (artículo LXII) y 65-08 del 2 de setiembre (artículo LVI) y publicados como circulares Nos. 141-08 del 18 de agosto y 172-08 del 7 de noviembre en los Boletines Judiciales Nos 171 del 4 de setiembre y 228 del 25 de noviembre, fechas todas de 2002, se fijan los honorarios de la persona profesional designada en la suma de setenta y nueve mil cien colones (¢79.100,00); los cuales se encuentran debidamente depositados en la cuenta número 20-000714-1303-FA-7 y ante el Banco de Costa Rica; mismos que le serán girados una vez culminada su labor en este asunto. Se advierte a la curadora procesal que: a) El cargo la obliga a promover toda defensa que proteja los intereses de su representado y a ejercitar los recursos que quepan contra las resoluciones adversas a sus intereses. b) Una vez aceptado el cargo, cuenta con diez días para contestar la demanda. Se le hace saber a la mismo que las copias de ley se encuentran en la secretaría de este Despacho a su libre disposición. c) En caso de no aceptarlo o no cumplir con su cometido dentro de los plazos referidos, será removida y ello será comunicado a la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial. Por medio de edicto, notifíquese al demandado Fabian Montoya Hernández, la presente resolución, así como la dictada por este despacho al ser las 14:04 horas del 07 de diciembre de 2020. Expídase el edicto y publíquese en el Boletín Judicial por una única vez.—Msc. César De Dios Monge Vallejos, Juez.”.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 26 de enero de 2021.—Msc. César De Dios Monge Vallejos, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021523110 ).

Karol Vindas Calderón, Jueza del Juzgado Segundo de Familia de San José, a Orlando González Caballero con número de cédula costarricense 08-093-0504 en su carácter personal, Se le hace saber que se dictó en el Juzgado Segundo de Familia de San José. A las trece horas y diecinueve minutos del veintiocho de noviembre de dos mil diecinueve.- I.- De la anterior demanda abreviada nulidad matrimonio 19-001098-0187-FA interpuesta por LA Procuraduría General de la República contra Orlando González Caballero y Yesenia María Cordero Ramírez, para que, si a bien lo tienen, la contesten por escrito refiriéndose a cada uno de los hechos contenidos en ella, exponiendo con claridad si los rechaza por inexactos o los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones o bien manifestar las razones para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. Debe ofrecer sus pruebas, aportar la documental e indicar, si es del caso, el nombre y las generales de sus testigos, así como los hechos a los cuales se referirá cada uno, asimismo podrá referirse a la documental aportada por la parte actora y alegar las excepciones de forma y de fondo que estime pertinentes. Se le advierte que si no contesta la demanda o si lo hace fuera del plazo conferido o en la forma indebida, de oficio se le declarará rebelde y se tendrá por contestada afirmativamente en cuanto a los hechos y que, en ese supuesto, el proceso continuará tramitándose sin su intervención, todo sin perjuicio de que pueda apersonarse a él en cualquier momento, debiendo asumirlo en el estado en que se encuentre cuando lo haga. Habiendo menores interesados en el presente proceso, téngase como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Se hace saber a las personas y entidad interesadas en este asunto que deben señalar medio para recibir notificaciones futuras, bajo apercibimiento de que si no lo hicieren, las resoluciones que se dicten, incluidas las sentencias, Firmado digital de: se les tendrán por notificadas en forma automática con el sólo transcurso de veinticuatro horas. Igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas no imputables al Despacho, caso en el cual se tendrá por realizada con el comprobante de transmisión electrónica o la respectiva constancia. II. Medida cautelar: Se ordena suspender cualquier acto administrativo emitido a la fecha, o tendiente a otorgar la naturalización o residencia a la persona codemandada Orlando González Caballero, y se anote al margen de la inscripción del matrimonio citas 1-0465-0390-0780, hasta tanto no se resuelva dicha situación jurídica. Comuníquese para lo que en derecho corresponda a la Dirección General de Migración y Extranjería, así como al Tribunal Supremo de Elecciones Departamento Legal Registro Civil. III. Notificaciones: Notifíquesele esta resolución a Yesenia María Cordero Ramírez, personalmente o por medio de cédula en su casa de habitación, quien se localiza en San José, Hospital, Cristo Rey, de la Iglesia Católica, 25 metros sur, en precario Nobel de la Paz, casa en la segunda entrada, segunda casa de latas sin pintar, por medio de la Oficina Centralizada de Notificaciones de este Circuito y a Orlando González Caballero, personalmente o por medio de cédula en su casa de habitación, quien se localiza en Heredia, La Aurora, sector norte, casa N° R11, por medio de la Oficina Centralizada de Notificaciones de Heredia al Patronato Nacional de La Infancia, por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales de este Circuito Judicial. IV.- PREVENCIÓN: Se le previene a la actora que deberá dentro del tercero día aportar tres juegos de copias del expediente, para notificar a las personas codemandadas Orlando González Caballero y Yesenia María Cordero Ramírez, así como al Patronato Nacional de la Infancia. Lo anterior bajo el apercibimiento que pasados seis meses se tendrá por inactivo el mismo, reactivándose si hay cumplimiento. Lic. Anthony Zapata Sojo, Juez. Firmado digital Mde: SANCHOC, y Resolución : ... (“) De las doce horas cincuenta minutos del veintiocho de enero de dos mil veintiuno.-I.- Por haberse omitido en la resolución de las trece horas y diecinueve minutos del veintiocho de noviembre de dos mil diecinueve, resolución que dicta el auto de traslado. Se aclara y se confiere traslado a los accionados Orlando González Caballero y Yesenia María Cordero Ramírez Por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrán oponer excepciones previas. Notifíquese esta auto a la señora Cordero Ramírez, al medio que señala dentro del presente proceso, sea al correo electrónico ds-naf@abogados.or.cr.-... (“).... Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado Segundo de Familia de San José, Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021523167 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita proceso ordinario de Centro Comercial José María Zeledón contra Mondania Ltda, del que hay sentencia firme Número 275-2019 de las catorce horas y veintitrés minutos del treinta de abril de dos mil diecinueve dictada por Licenciado José Elías Vindas Castiglioni, Licenciada Maribel Seing Murillo y Licenciado Marvin Ovares Leandro, dice la parte dispositiva: “por tanto: De acuerdo a lo anteriormente expuesto y normativa citada, se declara con lugar la presente demanda Ordinaria y en consecuencia se declara disuelta la demandada Mondania Limitada extinguiéndose su vida jurídica, con todos los efectos legales correspondientes. Publíquese la presente sentencia por una vez enLa Gaceta” para que dentro de los treinta días siguientes a dicha publicación cualquier interesado pueda oponerse judicialmente a la disolución. Firme la presente resolución, procédase con los trámites respectivos para el nombramiento de liquidador de la sociedad disuelta. Se condena a la parte demandada al pago de las costas del proceso, las cuales se fijan en la suma de siete millones ochocientos cuatro mil cuatrocientos sesenta y tres colones con diez céntimos.” Expediente 17-000010-0181-CI.—Tribunal Segundo Colegiado Primera Instancia Civil Primer Circuito Judicial San José, 01 de julio del 2019.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2021523180 ).

Licda. Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago; hace saber a Fernando Alfonso Donaire Philippon, documento de identidad, casado, comerciante, vecino de,  que en este Despacho se interpuso un Proceso Abreviado en su contra, bajo el expediente número 18-001733-0338-FA, donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: De la anterior demanda Abreviada de Divorcio establecida por el accionante Ana Victoria Sánchez Duarte, se confiere traslado a la accionado Fernando Alfonso Donaire Philippon por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuaren el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono celular, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. En caso, que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Lo anterior se ordena así en Proceso Abreviado de Ana Victoria Sánchez Duarte contra Fernando Alfonso Donaire Philippon. Expediente Nº 18-001733-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 26 de enero del 2021.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021523538 ).

Msc. Karol Tatiana Gómez Moraga, Jueza del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Familia); hace saber a Aaron Antonio Dinarte, que en este Despacho se interpuso un proceso depósito judicial en su contra, bajo el expediente número 19-000365-0869-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Vista la anterior recepción de prueba testimonial para demostrar ausencia que consta en autos, se resuelve: Habiendo logrado demostrar la ausencia del señor Aaron Dinarte Zúñiga se procede a nombrar como curador procesal del señor Dinarte Zúñiga al Licenciado Nataniel San Lee Ruiz; a quien se le previene que en caso de anuencia deberá comparecer a este Despacho dentro del plazo de cinco días para aceptar el cargo conferido. Si no comparece, se entenderá que no lo acepta y se nombrará otro en su lugar. Asimismo se le previene que en caso de no hacerlo al momento de aceptar el cargo, deberá en el primer escrito que presente señalar medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Notifíquese a la parte demandada; la presente demanda, por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un Diario de Circulación Nacional; para los efectos del artículo 263 del Código Procesal Civil. Inclúyase en el mismo los datos que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se haga la publicación. Expídase y publíquese. Lo anterior se ordena así en proceso depósito judicial de Patronato Nacional de la Infancia Nicoya contra Aaron Antonio Dinarte Zúñiga, Christian Gerardo Solís Vallejos, Juan Reynerio Roque Alvir, Mariela de Los Ángeles Mendoza Sequeira. Expediente Nº 19-000365-0869-FA. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Familia), 29 de enero del 2021.—Msc. Karol Tatiana Gómez Moraga, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021523539 ).

Licenciado Brian Alonso Agüero Chaves. Juez del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, proceso Abreviado de Divorcio incoado por Joseph Reneldo Pusey Grant c.c. Joseph Reneldo Puzie Grant, mayor, casado una vez, pensionado, costarricense, cédula de identidad número 7-050-272, vecino de Limón contra Victoria Oliva Mc Kenzie Hernández, mayor, casada dos veces, de oficio y paradero desconocido, costarricense, cédula de identidad número 7-044-281, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Sentencia de Primera Instancia número 2021000046. Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica. A las diez horas quince minutos del veinticinco de enero de dos mil veintiuno... Resultando: I.. II.. III... Considerando: I… II.-Hechos probados... II. Sobre el divorcio... III. En cuanto a bienes gananciales:… Por tanto: Consideraciones y citas de derecho indicadas, se declara con lugar la demanda de divorcio incoada y en consecuencia: Primero: Se declara disuelto el vínculo matrimonial que une a Joseph Reneldo Pusey Grant c.c. Josep Reneldo Puzie Grant y a la señora Victoria Oliva Mc Kenzie Hernández. Segundo: No existen hijos procreados durante la relación matrimonial. Tercero: Que sobe el único bien ganancial existente, sea la finca del partido de Limón, matrícula 97724-000 inscrita a nombre de la señora Mc Kenzie Hernández, el señor Pusy Grant renuncia al derecho ganancial que le corresponde. Cuarto: Se declara extinguido para ambas partes el derecho a recibir alimentos el uno del otro. Quinto: A la firmeza de esta resolución y a solicitud de la parte interesada expídase ejecutoria, anótese el divorcio de las partes al margen de las citas de su matrimonio: tomo: 049, folio: 377, asiento: 754, de la Sección de Matrimonios de la provincia de Limón. Sexto: Por no haber existido oposición a la presente demanda, se resuelve el proceso sin especial condenatoria en costas Se advierte a las partes el derecho de apelar este fallo dentro del plazo legal. Publíquese el edicto de ley. Lic. Brian Alonso Agüero Chaves. Juez. Expediente Nº 19-000745-1152-FA.—Juzgado de Familia de Limón, 28 de enero del 2021.—Lic. Brian Alonso Agüero Chaves, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021523540 ).

Edictos Matrimoniales

Licenciado Brian Alonso Agüero Chaves, Juez del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, los señores Maikol Elías Martínez Marín, mayor, costarricense, soltero, desempleado, cédula de identidad número 7-0141-0701, hijo de Julio Cesar Martínez Avilés y Ana Yancie Marín Cambronero, nacido en Centro Central Limón, el 19/05/1981, con 39 años de edad, y Yesica Alejandra Badilla López, mayor, costarricense, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 7-0202-0081, hija de Geovanny Badilla Quirós (fallecido) y Guiselle López Cerdas, nacida en Guápiles, Pococí, el 06/12/1990, actualmente con 30 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Limón, Barrio Los Corales 1, Banbú, sector este, del Comercial Carbe, segunda entrada a la derecha al final, casa a mano derecha de verjas negras. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 20-000705-1152-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 28 de enero del año 2021.—Licda. Brian Alonso Agüero Chaves. Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021523557 ).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: Cristian Antonio Serrano Álvarez, mayor, costarricense, soltero, cédula de identidad número 0304690779, auxiliar de bodega, vecino de Cartago, Urbanización Cocorí, hijo de Lidia Álvarez Umaña y Martín Serrano Soto, ambos padres costarricenses, nacido en Oriental, Central, Cartago, el 20/03/1993, con 27 años de edad; e Ivette Franshesca Castrillo Maroto, mayor, costarricense, soltera, administradora del hogar, cédula de identidad número 0504070125, vecina de Cartago, Urbanización Cocorí, hija de Erlani Maroto Delgado y Johanny Castrillo Duarte, ambos padres costarricenses, nacida en Centro, Liberia, Guanacaste, el 16/10/1995, actualmente con 25 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 20-002720-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 16 de diciembre del 2020.—Licda. Gabriela Rojas Astorga, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021523577 ).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: Etelgive Núñez Chavarría, mayor, viuda una vez, oficios domésticos, cédula de identidad número 0503240569, vecina de Cañas, Barrio La Libertad al lado atrás de la Finca La Negrita, por el río, hija de María Chavarría Cheves y José Francisco Núñez Carranza, nacida en Centro, Cañas, Guanacaste, el 28/09/1981, con 39 años de edad, teléfono: 63867291; y Raimundo Álvarez Briceño, mayor, viudo una vez, pensionado, cédula de identidad número 0601031444, vecino de Cañas, Barrio La Libertad al lado atrás de la Finca La Negrita, por el río, hijo de Juana Álvarez Briceño, nacida en Centro, Central, Puntarenas, el 23/01/1953, actualmente con 67 años de edad, celular: 63462210. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-000031-0928-FA. Solicitud de matrimonio de Etelgive Núñez Chavarría y Raimundo Álvarez Briceño.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas (Materia Familia), Guanacaste, Cañas, 28 de enero del 2021.—Lic. Luis Fernando Sáurez Jiménez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021523588 ).