BOLETÍN JUDICIAL N° 24 DEL 4 DE FEBRERO DEL 2021
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
JUZGADO NOTARIAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Remates
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos
Matrimoniales
HACE SABER:
A la Dirección
Nacional de Notariado, al Archivo
Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario
notarial N° 13-000452-0627-NO, de registro de bienes muebles del Registro Nacional contra Walter Vargas Barrantes
(cédula de identidad 6-0105-1167), este Juzgado mediante
resolución N° 633-2014 de las diez
horas y cuarenta y cinco minutos del dieciséis de diciembre del dos mil catorce, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de cinco años de suspensión
en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial,
de conformidad con el artículo
161 del Código Notarial. Juzgado Notarial. Notifíquese.
San José, 20 de noviembre del 2020.
Licda. Derling Talavera Polanco,
Jueza
1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021524040 ).
A la Dirección
Nacional de Notariado, al Archivo
Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil y a toda la ciudadanía en general, que en el Proceso Disciplinario
Notarial N° 15-000283-0627-NO, de Dirección Nacional
de Notariado contra Javier Andrés Delgado Villalobos
(cédula de identidad N°
1-1148-0195), este Juzgado mediante resolución N° 557-2019
de las quince horas y siete minutos
del treinta de agosto de
dos mil diecinueve, dispuso
imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de dos meses de suspensión
en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial,
de conformidad con el artículo
161 del Código Notarial. Notifíquese.
San José, 07 de diciembre del 2020.
Licda. Derling Talavera
Polanco,
Jueza
1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021524041 ).
A la Dirección Nacional de Notariado,
al Archivo Notarial, al Registro
Nacional y al Registro Civil, y a toda
la ciudadanía en general,
que en el proceso disciplinario notarial N° 16-000008-0627-NO, de Dirección Nacional de Notariado
contra Lisseth Yesenia Jaén
Gutiérrez , cédula de identidad
5-0319-0634, este Juzgado mediante resolución 171-2018 de
las trece horas y cincuenta
y nueve minutos del diez de abril del dos mil dieciocho (folio 68 al 75), la cual
fue modificada por el
Tribunal Notarial mediante voto
N° 270-2020 de las quince horas con cuarenta
y un minutos del dieciséis
de noviembre de dos mil veinte
(folio 110 al 117), que se encuentra firme, dispone comunicar a la
notaria Lisseth Yesenia Jaén
Gutiérrez la corrección disciplinaria de quince días de suspensión
en el ejercicio de la función notarial. Rigen ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
Juzgado Notarial.
San José, 16 de diciembre del 2020.
Dra.
Melania Suñol Ocampo,
Jueza
1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021524044 ).
A la Dirección
Nacional de Notariado, al Archivo
Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario
notarial N° 16-000018-0627-NO, de David
Sanabria Vargas contra Gustavo Armando Edwards Valerín, cédula de identidad
N° 7-0077-949, este Juzgado
mediante resolución
437-2020 de las once horas y treinta y nueve minutos del veintiuno de julio del dos mil veinte (folio 114 al 124), la cual
fue confirmada por el
Tribunal Notarial mediante voto
N° 175-2020 de las nueve horas treinta minutos del viernes nueve de octubre del dos mil veinte (folio 143 al 145), que se encuentra
firme, dispone comunicar al
notario Gustavo Armando Edwards Valerín la corrección
disciplinaria de dos meses de suspensión
en el ejercicio de la función notarial. Rigen ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
Juzgado Notarial.
San José, 08 de diciembre del 2020.
Dra.
Melania Suñol Ocampo,
Jueza
1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021524045 ).
A la Dirección Nacional de Notariado,
al Archivo Notarial, al Registro
Nacional y al Registro Civil, y a toda
la ciudadanía en general,
que en el Proceso Disciplinario Notarial N° 16-000128-0627-NO, de Archivo Notarial contra David
Aaron Garita Madrigal, cédula de identidad N°
1-1018-0738, este Juzgado mediante resolución 104-2019 de
las trece horas y cincuenta
y dos minutos del veintisiete
de febrero de dos mil diecinueve
(folio 44 al 45), la cual fue
confirmada por el Tribunal Notarial mediante voto N° 185-2020 de
las once horas cincuenta y ocho minutos del nueve de octubre de dos mil veinte (folio
54 al 56), que se encuentra firme,
dispone comunicar al notario
David Aaron Garita Madrigal la corrección
disciplinaria de seis meses de suspensión
en el ejercicio de la función notarial. Rigen ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, 08 de diciembre del 2020.
Dra.
Melania Suñol Ocampo,
Jueza
1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021524046
).
A la Dirección
Nacional de Notariado, al Archivo
Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario
notarial N° 16-000366-0627-NO, de Registro de la Propiedad Mueble contra Sheila
Chaves Berrocal (cédula de identidad
203920433), este Juzgado mediante Sentencia de Primera Instancia N° 838-2018 de las nueve
horas siete minutos del veinte de diciembre de dos mil dieciocho (folios 86 al 88), la cual
fue modificada por el
Tribunal Notarial mediante Voto
N° 233-2020 de las diez horas cincuenta
y un minutos del veintinueve
de octubre del dos mil veinte
(folios 146 al 149), en vista que se encuentra firme se dispone comunicar a la citada Notaria la corrección disciplinaria de
quince días naturales de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
Juzgado Notarial.
San José, nueve de diciembre de dos mil veinte.
Dra.
Melania Suñol Ocampo,
Jueza
1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021524047 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta de este Despacho, con una base de diecisiete
millones ochocientos cincuenta y tres mil ochocientos cuarenta colones, libre de gravámenes hipotecarios pero soportando las siguientes anotaciones judiciales: demanda ordinaria citas 800-261003-01-0001-001; practicado
citas 800-371956-01-0001-001, practicado
citas 800-373701-01-0001-001, practicado
citas 800-376119-01-0001-001, practicado
citas 800-392054-01-0001-001, practicado
citas 800-395324-01-0001-001, practicado
citas 800-397931-01-0001-001; sáquese
a remate la finca inscrita en
el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número
127866-000, propiedad de Compañía
Agrícola Ganadera Cariari
Sociedad Anónima, la cual
es terreno de construcción.
Situada en el distrito Rita, cantón Pococí, de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, lote 9; al sur, lote 11; al este, Compañía Bananera La Teresa; y al oeste, calle pública con 20.26 metros de
frente. Mide: mil cuatrocientos ochenta y siete metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Presenta inscrito el plano catastrado L-1210552-2007.
Para tal efecto, se señalan las trece horas cuarenta minutos del catorce de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta minutos del veintidós de abril del dos mil veintiuno, con la base de trece millones trescientos noventa mil trescientos ochenta colones (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las trece horas cuarenta minutos del treinta de abril del dos mil veintiuno, con
la base de cuatro millones cuatrocientos sesenta y tres mil cuatrocientos sesenta colones (25% de la base
original). Nota: Se les informa
a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser girado a favor
de este despacho. La
anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso Or.S.Pri. prestac. laborales de Gabriel Ignacio Vallejos
Cortés contra Compañía Agrícola Ganadera Cariari S. A. Expediente N° 11-000023-1025-LA.—Juzgado
de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica,
20 de enero del 2021.—Lic. Erick Campos Camacho, Juez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021523401 ).
En la puerta
exterior del Juzgado de Trabajo
de Heredia; siendo procedente
lo solicitado, con la base de un millón
trescientos noventa y seis
mil colones exactos
(¢1.396.000), por concepto de faltante
de acuerdo suscrito por las
partes, sáquese a remate
los bienes muebles embargado en autos, los cuales se describe de la siguiente
manera: Un equipo cámara de refrigeración, Dos estantes de vidrio, Una cámara de refrigeración, Una cámara de refrigeración, Un congelador, Una máquina para
café, Un molino Una licuadora
industrial, Un calentador, Un microondas,
Un televisor, Cuatro mesas de aparente
madera, Cuatro mesas de aparente
plástico, Veinticuatro sillas plásticas y Seis sillones, los cuales actualmente se encuentran embargados, según acta de embargo
de las catorce horas cincuenta
y ocho minutos del veintitrés de julio del dos mil diecinueve y que son propiedad de
Alimentos y Bebidas de Centroamérica
FVM Sociedad Anónima. Para tal
efecto se señalan las ocho de la mañana del seis de agosto del dos mil veintiuno. De
no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho de la mañana del tres de setiembre del dos mil veintiuno, con la base de un millones
cuarenta y siete mil colones netos (1.047.000.00) (rebajada en un 25%).- De no apersonarse rematantes, para el tercer
remate, se señalan las ocho
de la mañana del ocho de octubre del dos mil veintiuno,
con la base de setecientos ochenta
y cinco mil doscientos cincuenta colones netos (785.250.00) (un 25% de la base original). Publíquese el edicto de ley. Se remata por ordenarse así en proceso
or.s.pri. despido discriminatorio de Elieth Andrea
Canales Castro contra Alimentos y Bebidas de Centroamérica FVM Sociedad Anónima.
Expediente N° 18-001647-0505-LA.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 14
de enero del 2021.—MSc Xiomara Arias Madrigal, Jueza.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021523402 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de:
Marvin Antonio Bonilla Acevedo, 0110480318, fallecido
el 22 de noviembre del 2020, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest.
Sector Privado bajo el número 20-001897-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 20-001897-0505-LA. Por Cooperativa Nacional de Educadores
Responsabilidad Limitada a
favor de Marvin Antonio Bonilla Acevedo.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 17 de diciembre del 2020.—Msc. Francisco José
Quesada Quesada, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021523574 ).
Se cita
y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de
William Del Carmen Serrano Trejos, N° 06-0153-0468, fallecido(a)
el 01 de enero del año
2016, se consideren con derecho, para que, dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones
sector privado bajo el N°
21-000010-1549-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 21-000010-1549-LA. Por a favor de William Del Carmen Serrano Trejos.—Juzgado Contravencional de Siquirres
(Materia Laboral), 21 de enero del 2021.—Licda. Valeria Torres Morales, Juez(a).—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021523583 ).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de:
Manuel Roger del Carmen Carballo Rodríguez,
mayor, casado, cédula de identidad
N° 0400980417, fallecido el 07 de setiembre
del 2020, se consideren con derecho, para que, dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado
bajo el número 21-000018-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000018-0505-LA. Proceso de consignación de prestaciones de trabajador fallecido promovido por Marta
Eugenia Castillo Arias, cédula de identidad N°
0202870543, a favor de Manuel Roger del Carmen Carballo Rodríguez.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 06 de enero
del 2021.—Msc. Elena Alfaro Ulate,
Jueza.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021523585 ).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Rodolfo López Campos N° 155805849906, fallecido el 26
de noviembre del año 2020,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de distribución de prestaciones bajo
el número 21-000023-0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial, expediente
N° 21-000023-0505-LA. Diligencias establecidas por
Betsy Estrella Campos Chaves, portadora de la cédula
de identidad número
8-0100-0923.—Juzgado de Trabajo
de Heredia, 07 de enero del año
2021.—Msc. Xiomara Arias
Madrigal, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021523586 ).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Oldemar León Cardena, mayor, cédula de identidad
N° 0700340123, fallecido el 28 de setiembre
del 2020, se consideren con derecho para que dentro
del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el N° 21-000030-0505-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
21-000030-0505-LA. Proceso de consignación
de prestaciones de trabajador
fallecido promovido por
Dinorah León Mora, cédula de identidad N° 1-628-409, a favor de Oldemar
León Cárdenas.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 12 de enero
del 2021.—Licda. Susana Salazar Marciaga,
Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021523587 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Omar del Carmen Fernández Fonseca, quien fue, mayor, en unión libre, oficial de seguridad, vecino de Pérez Zeledón, Barrio
Los Ángeles, de Abonos Agro, 500 metros oeste, frente a calle 2, casa color naranja de cemento a mano derecha, con cédula de identidad número uno-cero quinientos veintitrés-cero-seiscientos cincuenta y cinco. fallecido el nueve de agosto del año dos mil veinte, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest.
Sector Privado bajo el número 21-000031-1125-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial, expediente N° 21-000031-1125-LA. Por Praxedes Sequeira Valencia.—Juzgado Civil
y Trabajo del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia laboral), 28 de enero del año 2021.—Msc. Norman Herrera
Vargas, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021523590 ).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de la
persona fallecida Gamaliel Chacón
López, cédula de identidad N° 1-347-422, mayor de edad, quien falleció
el 04 de setiembre de 2020, se consideren
con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en
las diligencias de distribución de prestaciones bajo el N° 21-000034-0505-LA, a hacer
valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 21-000034-0505-LA. Diligencias establecidas por
María Cruz García García, mayor de edad, ama de casa, cédula de identidad
N° 5-141-449.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 8 de enero
del 2021.—Msc. Xiomara Arias
Madrigal, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021523592 ).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Yean Carlo Cortés Madrigal, mayor,
cédula de identidad N° 0114900238, fallecido el 02 de noviembre del año 2020, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el número 21-000040-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial, expediente N° 21-000040-0505-LA. Proceso de consignación de prestaciones de trabajador fallecido promovido por Grettel Estela Madrigal Benavides cédula de identidad N° 0109300908 a favor de Yean Carlo Cortes Madrigal.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 12 de enero del año
2021.—Licda. Susana Salazar Marciaga,
Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021523593 ).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Carlos Manuel Gerardo De Jesús Araya Benavides, cédula de identidad
N° 4-0086-0821, mayor de edad, casado,
jubilado, vecino de
Heredia, Ciudadela Bernardo Benavides, alameda N° 4, casa N° 240, quien falleció el 21 de setiembre del
2020, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de distribución de prestaciones bajo
el N° 21-000049-0505-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido
por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
21-000049-0505-LA. Diligencias establecidas por Laura
Araya Sánchez, cédula de identidad N° 1-1012-0728.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 11 de enero del 2021.—Msc. Xiomara Arias Madrigal, Jueza.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021523594 ).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Ericka María Oses Hernández, mayor, cédula de identidad N° 0111220626, fallecida
el 07 de noviembre del año
2020, se consideren con derecho, para que, dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado,
bajo el número 21-000060-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000060-0505-LA. Proceso de consignación de prestaciones de trabajador fallecido promovido por Rosaura Gerardina Hernández Núñez, cédula
de identidad N° 0900610396 a favor de Ericka María Oses Hernández.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 12 de enero del año
2021.—Licda. Susana Salazar Marciaga,
Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021523595 ).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes del señor: Carmen Hipólito Ruiz Gutiérrez, cédula de identidad N° 0501300691, fallecido
el 08 de febrero del 2012, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest.
Sector Privado bajo el número 21-000062-0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000062-0929-LA. Por Antolina Victoria Sobalbarno
Hernández a favor de Carmen Hipólito Ruiz Gutiérrez.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 18 de enero del 2021.—Lic. Erick Campos
Camacho, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021523596 ).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Alfredo Calvo Fuentes N° 0103460799, fallecido el 11
de febrero del año 2019, se
consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Distribución de Prestaciones bajo
el número 21-000075-0505-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial, expediente
N° 21-000075-0505-LA. Diligencias establecidas por
Ivonne Calvo González, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad
número 1-0979-0694.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 14 de enero
del año 2021.—Msc. Xiomara Arias Madrigal, Jueza
Decisora.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021523599 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una base de cinco
mil ochocientos doce dólares con sesenta y tres centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa
690811, marca Mitsubishi, estilo
Montero Sport GLS, Categoría automóvil,
capacidad 5 personas, serie,
chasis, Vin JMY0RK9707J000739, año
2007, carrocería todo terreno 4 puertas, color plateado, tracción 4X4. Para tal efecto se señalan
las nueve horas diez minutos del seis de abril del dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas diez minutos del catorce de abril del dos mil veintiuno con la base de cuatro
mil trescientos cincuenta y
nueve dólares con cuarenta y ocho centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las nueve horas diez minutos del veintidós de abril del dos mil veintiuno con la base de mil cuatrocientos
cincuenta y tres dólares con quince centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Corporación
M Y R Independiente S. A., Maritza González Campos. Expediente
N° 21-000010-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 06 de enero
del 2021.—Msc. Sirlene
Salazar Muñoz, Jueza Decisora.—( IN2021522769 ).
En este Despacho, se señalan las siete horas treinta minutos del veintiocho de mayo de
dos mil veintiuno. Con una base de ocho millones cuatrocientos
diecinueve mil ciento quince
colones con veintiséis céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas: 2014-331888-01-0001-001; sáquese
a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número doscientos diecisiete mil ciento treinta y dos, derecho
cero cero cero, la cual es terreno para construir situada en el Distrito 2-Palmar Cantón 5-
Osa de la Provincia de
Puntarenas Linderos: Norte: Carretera Interamericana Sur, sur: Agro
López y Núñez Osa
S. A. este: Agro López y Núñez Osa
S. A. oeste: Agro López y Núñez Osa S. A. Mide: seiscientos sesenta metros cuadrados
plano:P-1934022-2016. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará
a las siete horas treinta minutos del siete de junio de dos mil veintiuno con la
base de seis millones trescientos
catorce mil trescientos treinta y seis colones con cuarenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las siete
horas treinta minutos del
quince de junio de dos mil veintiuno
con la base de dos millones ciento
cuatro mil setecientos setenta y ocho colones con ochenta y dos céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional d Costa Rica contra Francisco
Antonio López Castro, Luis Francisco López Núñez Expediente Nº:20-001274-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de
Golfito, 11 de setiembre del año
2020.—Eida Virginia Madrigal Camacho, Jueza Tramitadora.—( IN2021523438
).
En este Despacho,
con una base de treinta y ocho
mil sesenta y un dólares
con setenta y siete
centavos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada citas: 397-00737-01-0902-001, servidumbre
dominante citas:
397-00737-01-0956-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 139423, derecho 000, la cual
es terreno para construir. Situada en el distrito
3-San Juan, cantón 3-La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte, Evelio Cerdas Aguilar; al sur, destinado
a calle pública; al este, Ronald Mora
Vega y al oeste, calle pública con
18mts 62cms. Mide: doscientos
nueve metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del cuatro de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del doce de marzo de dos mil veintiuno con la
base de veintiocho mil quinientos
cuarenta y seis dólares con
treinta y tres centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las ocho horas
cero minutos del veintidós
de marzo de dos mil veintiuno
con la base de nueve mil quinientos
quince dólares con cuarenta
y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Luis
Fernando Rivas Arce y Gabriela María Carvajal Gutiérrez. Expediente
Nº 18-010574-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 27 de noviembre del año
2020.—Yanin Torrentes Ávila. Jueza
Tramitadora.—( IN2021523439 ).
En este Despacho, 1) Con una base de la superior vencida de veintiséis millones trescientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Limón, matrícula número cinco mil doscientos setenta y tres, derecho cero cero cero, la cual
es terreno para construir. Situada en el distrito
1-Siquirres, cantón 3-Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública
con un frente de diecisiete
metros cincuenta y tres centímetros; al sur, Manuel Ramírez Torres; al este, Antonio Clarke Clarke; y al
oeste, calle pública con un frente de trece metros. Mide: doscientos veintiséis metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, señalan
las ocho horas treinta minutos del seis de abril de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno con la base de diecinueve
millones setecientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las ocho
horas treinta minutos del veintidós de abril de dos mil veintiuno con la base de seis millones
quinientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). 2) Con una base de la
superior vencida de setenta
y dos millones quinientos
mil colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de Limón, matrícula número nueve mil novecientos noventa y uno, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con un edificio comercial. Situada en el distrito
1-Siquirres, cantón 3-Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Lancelot Binns; al sur,
Guido Morales; al este, Edna Romero; y al oeste, calle con 10m. Mide: doscientos veintiséis metros con sesenta y
un decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del seis de abril de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno con la
base de cincuenta y cuatro millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las ocho horas treinta minutos del veintidós de abril de dos mil veintiuno con la
base de dieciocho millones ciento veinticinco mil colones exactos (25% de la base
original). 3) Con una base de la superior vencida cinco millones novecientos veintiocho mil seiscientos cuarenta y un colones con setenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Limón, matrícula número siete mil cuatrocientos sesenta y siete, derecho cero cero cero, la cual
es terreno de agricultura. Situada en el distrito
4-Roxana, cantón 2-Pococí, de la provincia
de Limón. Colinda: al norte,
Asociación Solidarista Empleados
Finca Guajira y calle pública;
al sur, Corporaciones Bananera
Nacional; al este, Johnny Salas Garita;
y al oeste, Corporación Bananera Nacional. Mide: diecisiete mil ciento cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del seis de abril de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno con la
base de cuatro millones cuatrocientos cuarenta y seis mil
cuatrocientos ochenta y un colones con treinta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las ocho
horas treinta minutos del veintidós de abril de dos mil veintiuno con la base de un millón
cuatrocientos ochenta y dos
mil ciento sesenta colones con cuarenta y cuatro céntimos (25% de la base
original). 4) Con una base de dos millones ciento cincuenta y cuatro mil ochocientos sesenta colones con cincuenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando cond. rest. citas: 345-12738-01-0911-001; sáquese
a remate la finca del partido de Limón, matrícula número setenta y cuatro mil cuatrocientos setenta y tres, derecho cero cero cero, la cual es terreno de patio y construido. Situada en el distrito
7-La Colonia, cantón 2-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Lote 97; al sur, Lote 99; al este, calle pública con frente de 10 metros; y al oeste, Lote 143. Mide: doscientos veinte metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del seis de abril de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno con la base de un millón
seiscientos dieciséis mil ciento cuarenta y cinco colones treinta
y siete céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las ocho horas treinta minutos del veintidós de abril de dos mil veintiuno con la
base de quinientos treinta
y ocho mil setecientos
quince colones con doce céntimos (25% de la base original). 5) Con una base de la
superior vencida de ochocientos
cuarenta y siete mil seiscientos setenta y seis colones con treinta y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Limón, matrícula número ciento treinta y nueve mil cuatrocientos ochenta y cinco, derecho cero cero cero, la cual
es terreno para agricultura.
Situada en el distrito 6-Alegría, cantón
3-Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Kasmontas S. A.; al sur, Kasmontas
S. A.; al este, Santiago Pereira López; y al oeste, servidumbre agrícola. Mide: cinco mil trescientos sesenta y cuatro metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del seis de abril de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno con la base de seiscientos
treinta y cinco mil setecientos cincuenta y siete colones con veintinueve céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las ocho horas treinta minutos del veintidós de abril de dos mil veintiuno con la
base de doscientos once mil novecientos
diecinueve colones con diez céntimos (25% de la base
original). 6) Con una base de la superior vencida de setenta millones de colones, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Limón, matrícula
número ciento veintidós mil seiscientos sesenta y nueve, derecho cero cero cero, la cual
es terreno de potrero. Situada
en el distrito 4-Roxana, cantón 2-Pococí, de la provincia
de Limón. Colinda: al norte,
calle pública y Asociación Solidarista Empleados
Finca Guajira; al sur, Corporación Bananera Nacional; al este,
Alejandro Calderón Umaña, Eddi Gómez Torres, Heiner
Elizondo Murillo, Zulia Araya Porras, Isaac Araya Arroyo, Miguel Bermúdez Garro y Flora Sandi Garita, José Edgar Alfaro Mata, Milton Chaves Cascante, Corami de Costa Rica S. A., Sara Margarita Trejos Núñez; y al oeste, José Miguel
Ortega Arce. Mide: diecisiete
mil treinta y un metros con dos
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del seis de abril de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno con la
base de cincuenta y dos millones
quinientos mil colones (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las ocho horas treinta minutos del veintidós de abril de dos mil veintiuno con la base de diecisiete
millones quinientos mil colones (25% de la base original). 7) Con una base de la
superior vencida de veintiún
millones doscientos mil colones, libre de gravámenes pero soportando Prohibiciones Artículo 16 Ley
7599, citas: 439-10022-01-0003-001; sáquese a remate la finca del partido
de Limón, matrícula número setenta y cuatro mil doscientos setenta y dos, derecho
cero cero cero, la cual es terreno para la vivienda Lote 226-1008. Situada en el distrito
4-Germania, cantón 03-Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte: Rodrigo Quirós y Juan José
Aguilar; al sur, Salvador Alpízar; al este, Rodrigo Quirós; y al oeste, calle pública.
Mide: mil novecientos treinta y siete metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del seis de abril de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno con la base de quince millones
novecientos mil colones
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las ocho horas treinta minutos del veintidós de abril de dos mil veintiuno con la base de cinco millones trescientos mil colones (25% de la base original). 8) Con una base de la
superior vencida de seis millones
setecientos setenta y un
mil ciento noventa y cinco colones con cuarenta y ocho céntimos, libre de gravámenes pero soportando Prohibiciones Artículo 16 Ley
7599, citas: 444-00311-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido
de Limón, matrícula número setenta y cinco mil doscientos seis, derecho cero cero
cero, la cual es terreno para construir Lote 226-1008 Proyecto Limón 04 con un local comercial de una planta C. Situada
en el distrito 4-Germania, cantón 03-Siquirres, de la provincia
de Limón. Colinda: al norte,
Rodrigo Quirós Quesada; al sur, calle
pública; al este, Hernán Molina Corea; y al oeste, Juan Alpízar Vargas. Mide: cuatrocientos setenta y ocho metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del seis de abril de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno con la base de cinco millones setenta y ocho mil trescientos noventa y seis colones con sesenta y un céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las ocho horas treinta minutos del veintidós de abril de dos mil veintiuno con la
base de un millón seiscientos
noventa y dos mil setecientos
noventa y ocho colones con ochenta y siete céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Auto Repuestos Willy N° Dos S. A., Auto Repuestos
Willy N° Tres S. A., Auto Repuestos Willy S. A.,
Franklin Mauricio Ruiz Sánchez. Expediente N°
19-001690-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí, 07
de enero del año 2021.—Lic. Diego Steven Durán Mora, Juez
Decisor.—(
IN2021523444 ).
En este despacho, con una base de cinco
mil seiscientos noventa dólares con sesenta y dos
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
placas BDJ987, marca:
Chevrolet, estilo: Spark LS, categoría:
automóvil, capacidad: 5
personas, serie, chasis y
vin todo: KL1MJ6C45DC003844, carrocería:
Sedan 4 puertas hatchback, tracción:
4x2, año fabricación: 2013,
cabina: sencilla, color: blanco. Para tal efecto se señalan las quince
horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de febrero de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas cuarenta y cinco
minutos del veintiséis de febrero de dos mil veintiuno con
la base de cuatro mil doscientos
sesenta y siete dólares con noventa y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cuarenta y cinco
minutos del ocho de marzo de dos mil veintiuno con la
base de mil cuatrocientos veintidós
dólares con sesenta y seis
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos SJ S.A. contra Ingrid de Los Ángeles
Jimenez Chaves. Expediente Nº 20-002048-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 18 de noviembre
del año 2020.—Lic. Víctor
Hugo Martínez Zúñiga, Juez.—( IN2021523468 ).
En este Despacho,
con una base de nueve mil seiscientos
noventa y dos dólares con sesenta y un centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo BFQ920, marca:
Nissan, estilo: Sentra, categoría:
automóvil, capacidad: 5
personas, carrocería: Sedan 4 puertas,
tracción: 4x2, número chasis: 3N1AB7AA8ZL800885, año fabricación: 2014, color: negro. Para tal
efecto se señalan las diez horas cero minutos del veinte de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del treinta de agosto de dos mil veintiuno con
la base de siete mil doscientos
sesenta y nueve dólares con cuarenta y seis
centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez
horas cero minutos del siete
de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de dos mil cuatrocientos veintitrés dólares con quince
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de
Costa Rica S. A. contra Rodolfo Garro Happer Expediente Nº
20-014883-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 12 de enero
del año 2021.—Lic. Marvin
Antonio Hernández Calderón, Juez Tramitador.—( IN2021523469 ).
En este Despacho, con una base de diez millones cincuenta y tres mil trescientos cuarenta y un colones con cincuenta y un céntimos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula N°
22222-F-000, la cual es terreno
filial tres de una sola planta en
proceso de construcción, destinada
a uso habitacional. Situada en el distrito:
07-Purral, cantón: 08-Goicoechea de la provincia de San José. Colinda: al norte: filial 4; al sur: filial 2; al este:
área común; y al oeste: Bernardita Chinchilla Gutiérrez. Mide: cuarenta y ocho metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Plano no se
indica. Para tal efecto, se
señalan las nueve horas treinta minutos del uno de marzo de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas treinta minutos del nueve de marzo de dos mil veintiuno, con
la base de siete millones quinientos cuarenta mil seis colones con trece céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve
horas treinta minutos del diecisiete de marzo de dos mil veintiuno, con la base de dos millones
quinientos trece mil trescientos treinta y cinco colones con treinta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Hipotecario
de la Vivienda contra Alfonso de La Trinidad Segura Hidalgo. Expediente N° 18-007912-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 03 de noviembre del 2020.—Licda. Hazel
Mariela Carvajal Rojas, Jueza Tramitadora.—( IN2021523481
).
En este Despacho,
con una base de cuatro millones
ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo cita:
362-05396-01-0910-001 y reservas y restricciones bajo citas:
362-05396-01-0913-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número 7-131367, derecho 000, la cual
es terreno para construir
una casa. Situada en el distrito 03 Carrandi, cantón 05 Matina de la provincia de Limón. Colinda:
al norte, Felipe Trejos Trejos;
al sur, Yorleny Gozalez
Carballo y María de Los Ángeles Núñez
Oviedo; al este, Ignacio Muñoz Valos
y al oeste, calle pública con un
frente de 10 metros, 60 centímetros
lineales. Mide: cuatrocientos trece metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas treinta minutos del once de marzo de dos
mil veintiuno con la base de tres
millones seiscientos mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las ocho horas treinta minutos del diecinueve de marzo de dos mil veintiuno con la
base de un millón doscientos
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Rupert
Antonio Fyne Blanford Expediente
Nº 20-001628-1208-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 19 de enero del año 2021.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez Decisor.—(
IN2021523482 ).
En este Despacho, con una base de once millones
setecientos noventa mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Heredia, matrícula número
100647, derecho cero cero cuatro
y cero cero seis, la cual
es terreno naturaleza: lote 11, terreno para construir con una casa de habitación.
Situada en el Distrito
3-San Pablo, Cantón 2-Barva, de la provincia de Heredia. Colinda: al
norte Hacienda San Pablo Ltda;
al sur calle con 10m; al este
lote Nº.10
y al oeste lote Nº.12. Mide: doscientos cincuenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las dieciséis horas quince minutos
del veintidós de marzo de
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las dieciséis
horas quince minutos del seis de abril
de dos mil veintiuno con la base de ocho millones ochocientos
cuarenta y dos mil quinientos
colones exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las dieciséis horas quince minutos
del catorce de abril de dos
mil veintiuno con la base de dos millones
novecientos cuarenta y siete mil quinientos colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Angelica
María Mora Montero, Carmen Eugenia Montero Orozco, Pablo Antonio Mora Montero,
Rebeca María Mora Montero. Expediente
Nº:18-004618-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 17 de noviembre del año 2020.—Hazel Mariela Carvajal Rojas, Jueza
Tramitadora.—( IN2021523483 ).
En este Despacho, con una base de sesenta
y seis mil dólares exactos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula
número 00257590, derecho 000, la cual
es terreno para construir
una casa. Situada en el distrito: 01-Escazú,
cantón: 02-Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Reynalda Araya
Herrera; al sur, Reynalda Araya Herrera; al este, calle con 10,00 metros; y al oeste,
Reynalda Araya Herrera. Mide: doscientos
metros con cero decímetros
cuadrados. Plano: SJ-0028652-1976. Para tal efecto se señalan
las once horas quince minutos del uno de marzo del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas quince minutos del nueve
de marzo del dos mil veintiuno
con la base de cuarenta y nueve
mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las once horas quince minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintiuno, con
la base de dieciséis mil quinientos
dólares exactos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Importadora Natalli SR S.A., Inversiones Agrícolas Don Favio de Heredia Sociedad Anónima, Inversiones
Doña Berta de Heredia S.A contra Claudio Ramón Otero Marín,
Lidia Chacón
Soto. Expediente N° 20-011429-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San
José, 04 de diciembre del 2020.—Licda. Paula Morales González, Jueza Decisora.—(
IN2021523535 ).
En este Despacho, con una base de veinticuatro
mil doscientos setenta y cuatro dólares con once centavos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
Placa: MLM709, Marca: Mini, Estilo:
Cooper, Categoría: automóvil,
Capacidad: 5 personas, año:
2017, color: gris, cilindrada:
1500 c.c., combustible: gasolina, Vin:
WMWXS5101H2G11398. Para tal efecto
se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del quince de febrero de
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las ocho
horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintiuno, con
la base de dieciocho mil doscientos
cinco dólares con cincuenta y ocho centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno, con
la base de seis mil sesenta y ocho
dólares con cincuenta y dos
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco BAC San José S.A. contra James Taylor Evans, TLKM Global CORP
Sociedad Anónima. Expediente
Nº:20-012472-1338-CJ. Previo a realizar
la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir
algún error lo comunicará
al despacho de inmediato
para su corrección.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 17 de noviembre del año 2020.—Licda. Mariana Jovel Blanco, Jueza.—( IN2021523542 ).
En este Despacho, con una base de dieciséis
mil dólares exactos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
247391, derecho 000, la cual es terreno
para construir con 1 casa. Situada
en el Distrito 5-Ipís, Cantón 8- Goicoechea, de la provincia de
San José. Colinda: al norte
lote 34 C; al sur, Extra S A; al este
calle 1 con 10m y al oeste
Luz Villalobos. Mide: doscientos
setenta y nueve metros con cincuenta decímetros cuadrados, plano:SJ-0020980-1975. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de febrero de dos mil veintiuno con
la base de doce mil dólares
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del cinco de marzo de dos mil veintiuno con la base de cuatro
mil dólares exactos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Manuel Emilio Mora Mata contra Carlos Manuel
Briceño Medina, María Briceño
Medina. Expediente Nº:15-048606-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 02 de diciembre del año 2020.—Licda. Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza.—( IN2021523641 ).
En este Despacho, con una base de nueve millones treinta y seis mil cincuenta y un colones con setenta y dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
356928-000, la cual es terreno
construido con una casa lote
A-uno. Situada en el distrito 1-Quesada, cantón 10-San
Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: lote 2; al sur, Bolívar Alvarado Rojas; al este,
lote 8 y al oeste, alameda
4 con un frente de 8 metros 30 centímetros. Mide:
ciento diecinueve metros
con veintiocho decímetros cuadrados.
Plano: A-0598023-1999. Para tal efecto,
se señalan las diez horas treinta minutos del dieciséis de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del veinticuatro de junio de dos mil veintiuno con la base de seis millones
setecientos setenta y siete mil treinta y ocho colones con setenta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez
horas treinta minutos del
dos de julio de dos mil veintiuno
con la base de dos millones doscientos
cincuenta y nueve mil doce colones con noventa y tres céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Servidores Públicos R.L.
contra Rónald
Antonio Solís Mayorga, expediente N° 20-001749-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada,
01 de diciembre del año
2020.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza,
Juez Decisor.—( IN2021523666 ).
En este Despacho, con una base de ochenta
y un mil ciento cincuenta y
ocho dólares exactos , libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando serv y condic
ref:3069-063-001 citas: 329-00928-01-0901-001; serv y
condic ref:3069-061-001 citas:
329-00928-01-0904-001; servidumbre sirviente citas:
338-13993-01-0002-001; servidumbre sirviente citas:
338-13993-01-0006-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0019-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0020-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0021-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0022-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0023-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0024-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0025-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0026-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0027-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0028-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0029-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0030-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0031-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0032-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0033-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0034-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0035-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0036-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0091-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0092-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0093-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0094-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0095-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0096-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0097-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0098-001; servidumbre dominante citas:
339-00515-01-0099-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0100-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0101-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0102-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0103-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0104-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0105-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0106-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0107-001; servidumbre sirviente citas:
339-00515-01-0108-001; servid y condicref:00201524
000 citas: 347-19046-01-0900-001; servidumbre
trasladada citas:
353-14628-01-0900-001; servidumbre trasladada citas: 403-15261-01-0920-001,
condiciones ref:243424-000 citas:
403-15261-01-0921-001; servidumbre trasladada citas:
403-15261-01-0922-001; servidumbre trasladada citas:
403-15261-01-0923-001 y condiciones ref:245222-000 citas: 403-15261-01-0924-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 117981-F-000, la
cual es terreno naturaleza: Finca filial C-1 1 ubicada
en el 1 nivel del Edificio C Destinada A uso habitacional en proceso de construcción.
Situada en el distrito: 08-San Rafael, cantón:
01-Alajuela, de la Provincia de Alajuela. Colinda: al norte área común libre (patio); al sur
filial C 1 2; al este, área
común libre (zona verde) y
al oeste acceso área común construida.
Mide: setenta y ocho metros cuadrados valor porcentual: 0.358 valor medida:
0.003584 plano: A-1722837-2014 metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas cuarenta y cinco minutos del quince de febrero de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
siete horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de febrero de dos mil veintiuno, con la base de sesenta
mil ochocientos sesenta y ocho dólares con cincuenta centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas cuarenta y cinco minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno, con la base de veinte
mil doscientos ochenta y nueve dólares con cincuenta centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Feilo Sylvania
Costa Rica S.A. contra Marjorie de Los Ángeles Solano
Castro. Expediente Nº:19-014198-1170-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 15 de octubre del año 2020.—Licda. Hazel Mariela
Carvajal Rojas, Jueza Tramitadora.—( IN2021523673
).
En este Despacho, con una base de dos millones
trescientos sesenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 327-00206-01-0901-001; sáquese
a remate la finca del partido de: San José, matrícula número: 443989, duplicado: horizontal: derecho: 000, naturaleza:
terreno de charral. Situada en el distrito:
6-Candelarita, cantón: 4-Puriscal, provincia: San José. Linderos: norte, Marlene Murillo y calle pública; sur,
Inés Agüero Fernández; este, Marlene Murillo y oeste,
Fernando Fernández. Mide: tres
mil quinientos cuarenta y
dos metros con cuarenta y nueve
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas cuarenta minutos del cinco de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta minutos del quince de marzo de dos mil veintiuno con la
base de un millón setecientos
setenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las trece
horas cuarenta minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintiuno con la base de quinientos
noventa mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Olivio Castro Ulate contra Gustavo Adolfo Fernández Castro, expediente N° 19-014891-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 11 de enero del año 2021.—Licda. Susana Cristina
Mata Gómez, Jueza Decisora.—( IN2021523683 ).
En este Despacho, con una base de diez
mil seiscientos diecinueve dólares con treinta centavos,
libre de gravámenes prendarios,
pero soportando demanda laboral citas: 800-00553315-001; sáquese
a remate el vehículo: DLC-009, marca:
Renault, estilo: Sandero Stepway, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
año fabricación: 2014, serie: 9FBBSRALSEM985518, cilindrada:
1600 C.C, cilindros: 4, potencia:
82 Kw, combustible: gasolina. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veintidós de marzo del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las nueve horas cero minutos
del seis de abril del dos mil veintiuno,
con la base de siete mil novecientos
sesenta y cuatro dólares con cuarenta y ocho centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del catorce de abril del dos mil veintiuno, con la base de dos mil seiscientos
cincuenta y cuatro dólares con ochenta y tres centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Carro Fácil de Costa
Rica S. A. contra Deli Café Sociedad Anónima. Expediente
N° 19-009160-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 16 de noviembre del
2020.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—(
IN2021523736 ).
En este Despacho, con una base de cinco
mil ciento treinta y tres dólares con sesenta y seis centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; pero soportanto denuncia penal inscrita bajo tomo 800 asiento
539215-001 sáquese a remate el vehículo
placas 627425, marca Land
Rover, estilo Discovery 3, año
2006, color verde, vin SALLAAA146A376825, cilindrada 2700 c.c. Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del quince de marzo de
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las catorce
horas treinta minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintiuno con la base de tres mil
ochocientos cincuenta dólares con veinticinco centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las catorce
horas treinta minutos del
seis de abril de dos mil veintiuno
con la base de mil doscientos ochenta
y tres dólares con cuarenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Carrofácil de Costa Rica contra Transpor Vargas S. A. Expediente
Nº 20-001554-1208-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 04 de diciembre del año 2020.—Roy
Córdoba Hernández, Juez Decisor.—(
IN2021523737 ).
En este Despacho, con una base de cuatro
mil trescientos treinta dólares con veintiocho centavos,
libre de gravámenes prendarios,
pero soportando colisión N°
19-004881-0497-TR del Juzgado de Transito
de Heredia; sáquese a remate el vehículo
835155, Marca: Ford, Estilo: Escape, Categoría automóvil, Capacidad: 5 personas, año: 2010,
color: gris, carrocería todo terreno 4 puertas, tracción: 4x2, Vin:
1FMCU0D79AKC93035, cilindrada 2500 c.c., combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas quince minutos del tres de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas quince
minutos del once de marzo del
dos mil veintiuno, con la base de tres
mil doscientos cuarenta y siete dólares con setenta y un centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas quince minutos del veintidós de marzo del dos mil veintiuno, con la base de mil ochenta
y dos dólares con cincuenta
y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Carro Fácil de Costa Rica S.A. contra Hebe Guzmán Briceño. Expediente Nº
20-000207-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 24 de noviembre del 2020.—Licda. Mayra Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza
Decisora.—(
IN2021523738 ).
En este Despacho, con una base de seis mil ochocientos
cuarenta dólares con ochenta y seis centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate vehículo placa:
BFQ507, marca: Suzuki, estilo:
SX4, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2014,
color: gris, vin: JS2YC21S2E6101136, cilindrada: 1586 C.C., combustible: gasolina.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas quince minutos del primero de marzo del
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo
remate, se efectuará a las nueve
horas quince minutos del nueve
de marzo del dos mil veintiuno,
con la base de cinco mil ciento
treinta dólares con sesenta y cuatro centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las nueve horas
quince minutos del diecisiete
de marzo del dos mil veintiuno,
con la base de mil setecientos diez
dólares con veintiún
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Carro Fácil de Costa Rica S. A. contra José Pablo Alvarado Calderón. Expediente N°
20-001759-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 01 de octubre del 2020.—Joyce
Magaly Ugalde Huezo, Juez/a
Decisor/a.—( IN2021523739 ).
En este Despacho, con una base de nueve
mil trescientos cincuenta y
un dólares con cuarenta y nueve centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo KPR020, marca
BYD, estilo F3 GS I MT, categoría
automóvil, capacidad 5
personas, año 2017 color plateado,
carrocería sedan 4 puertas,
tracción 4 X 2, chasis y
Vin LGXC16DF7H0001690. Para tal efecto
se señalan las nueve horas treinta minutos del ocho de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del dieciséis de marzo del dos mil veintiuno con la base de siete
mil trece dólares con sesenta y dos centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veinticuatro de marzo del dos mil
veintiuno con la base de dos mil trescientos
treinta y siete dólares con ochenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Carrofácil de Costa Rica contra
Andrea Patricia Parkar Guzmán. Expediente N°
20-001209-1208-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococi,
10 de diciembre del 2020.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez Tramitador.—( IN2021523740
).
En este Despacho, con una base de nueve
mil dólares exactos, libre
de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones 18-001094-0500-TR 2018-321000152 0 0 Juzgado de Tránsito de Pavas; sáquese a remate el vehículo placas BKK648, marca: Peugeot, estilo: 301 Active, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, número chasis: VF3DDNFPBGJ500843, año fabricación: 2016, color: azul, vin: VF3DDNFPBGJ500843,
N. motor: 10FC1A0065637, cilindrada: 1587 c.c cilindros: 4, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas quince minutos del dos
de marzo de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
ocho horas quince minutos
del diez de marzo de dos
mil veintiuno con la base de seis mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las ocho horas quince minutos
del dieciocho de marzo de
dos mil veintiuno con la base de dos mil doscientos cincuenta dólares exactos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Carrofácil de Costa Rica S. A. contra
Jesús Enrique Villamizar Fuenmayor,
expediente N° 20-002581-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia, 28 de setiembre del año
2020.—Pedro Javier Ubau Hernández, Juez/a Decisor/a.—( IN2021523741
).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una base de quince mil setecientos
setenta y seis dólares con sesenta y cuatro centavos, libre
de gravámenes prendarios; sáquese a remate el vehículo Placas: SSS279, el cual es
Hyundai Tucson, tracción: 4x2, año:
2016, capacidad: 5 personas, color: anaranjado. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas
cero minutos del veinticinco
de marzo del dos mil veintiuno,
con la base de once mil ochocientos treinta y dos dólares con cuarenta y ocho centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las catorce
horas cero minutos del nueve
de abril del dos mil veintiuno,
con la base de tres mil novecientos
cuarenta y cuatro dólares con dieciséis centavos
(25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Carro Fácil de Costa
Rica S.A. contra José Ramón Matarrita
Blanco, Ligia María Cubillo
Barquero. Expediente N°
20-002113-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 07 de octubre del 2020.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(
IN2021523751 ).
En este Despacho, con una base de veintisiete
mil ciento setenta dólares con treinta y seis
centavos, libre de gravámenes prendario
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo BHW591, marca:
Toyota, estilo: Land Cruiser Prado V, categoría: automóvil, carrocería: todo terreno, 4 puertas, tracción: 4X4, serie:
JTEBH3FJ8G5091627, año de fabricación:
2016, color: plateado, N° motor: 1KD2496146, cilidra:
3000 cc, modelo: KDJ150L-GKAEY, combustible: diesel.
Para tal efecto se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del uno de marzo de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del nueve de marzo de dos mil veintiuno, con
la base de veinte mil trescientos
setenta y siete dólares con setenta y siete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de marzo de dos mil veintiuno, con la base de seis mil setecientos
noventa y dos dólares con cincuenta y nueve centavos (25%
de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Carro Fácil de Costa Rica S. A., contra Osman González Araya Expediente N° 20-008695-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 5 de noviembre del 2020.—Sofía Ramírez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2021523752 ).
En este Despacho, con una base de cinco
mil dólares exactos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
BGB139. Marca: Renault. Estilo: Fluence, Categoría: automóvil, Capacidad:
5 personas, Serie: VF1LZBV0TEC281343, Carrocería: Sedan 4 puertas, Tracción: 4x2, Número Chasis: VF1LZBV0TEC281343, año fabricación:
2014, color: negro, Vin: VF1LZBV0TEC281343. Para tal
efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del tres de marzo del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas treinta minutos del once de marzo del dos
mil veintiuno, con la base de tres
mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las nueve horas treinta minutos del diecinueve de marzo del dos mil veintiuno con
la base de mil doscientos cincuenta
dólares exactos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Carrofácil de Costa Rica S.A.
contra Rosa Angélica
Coreas García. Expediente N° 20-001849-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 01 de octubre del 2020.—Lic. German
Valverde Vindas, Juez Decisor.—(
IN2021523753 ).
En este Despacho, con una base de nueve
mil dólares exactos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
LCQ453, Marca: Nissan, estilo: TIIDA, Categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, Serie: 3N1CC1AD8JK190137, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, año fabricación: 2017. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas treinta minutos del once de marzo de dos
mil veintiuno con la base de seis mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las nueve horas treinta minutos del diecinueve de marzo de dos mil veintiuno con la
base de dos mil doscientos cincuenta
dólares exactos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Carrofacil de CR SA
contra Luis Carlos Quirós Moya. Expediente
Nº:20-002577-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, 24 de noviembre del año
2020.—Marcela Brenes Piedra, Jueza
Tramitadora.—( IN2021523754 ).
En este Despacho, con una base de diez
mil dólares exactos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
placas: BLL474, marca:
Toyota; estilo: Corolla; categoría:
automóvil; capacidad: 5
personas; año. 2017; color: plateado;
combustible: gasolina; Vin: 5YFBU8HE0HP525072. Para tal efecto se señalan
las quince horas cero minutos del tres
de marzo de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas cero minutos del once de marzo de dos mil veintiuno con la
base de siete mil quinientos
dólares exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las quince horas cero minutos del veintidós
de marzo de dos mil veintiuno
con la base de dos mil quinientos dólares
exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Carro Fácil de Costa Rica S. A. contra Michael Jesús Chavarría Cárdenas Expediente Nº
20-017016-1044-CJ . Publíquese
el edicto de ley, para lo cual
deberá el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos
de publicación, previa revisión
del edicto a fin de cotejar
que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el cual deberá
indicarlo al despacho
dentro del tercer día para proceder
con la respectiva corrección.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José,
13 de octubre del año
2020.—Esteban Herrera Vargas, Juez Decisor.—( IN2021523755 ).
En este Despacho, con una base de diez
mil doscientos cincuenta y cuatro dólares con cuatro centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo BFV106, Marca: Citroën, Estilo: C-ELYSEE, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas,
Serie: VF7DDNFPBEJ511467, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, N° Chasis:
VF7DDNFPBEJ511467, año fabricación: 2014 color: plateado, Vin:VF7DDNFPBEJ511467, N° Motor: 10FC1A0024779, Marca: Citroën,
N° Serie: no indicado, modelo: N1, cilindrada: 1587 c.c., cilindros:
4, potencia: 85 KW, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las quince horas cero minutos
del dos de marzo del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las quince horas cero minutos del diez
de marzo del dos mil veintiuno,
con la base de siete mil seiscientos
noventa dólares con cincuenta y tres centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las quince horas cero minutos
del dieciocho de marzo del
dos mil veintiuno, con la base de dos mil quinientos sesenta y tres dólares con cincuenta y un centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Carrofácil de CR SA contra Scarlett
Adriana Morales Mora. Expediente Nº 19-010657-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de
Cartago, 17 de enero del 2021.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2021523756
).
En este Despacho, con una base de dieciocho
millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas 0407-00019714-01-0902-001; sáquese
a remate la finca del Partido de San José, matrícula
N° 00417294, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
San Vicente, cantón Moravia de la provincia
de San José. Colinda: al norte:
lote 4-B; al sur: lote 6-B;
al este: lote 38-B; y al oeste: resto destinado a calle. Mide: ciento
sesenta y ocho metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan
las catorce horas treinta minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas treinta minutos del once de marzo de dos
mil veintiuno, con la base de trece
millones quinientos mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las catorce horas treinta minutos del diecinueve de marzo de dos mil veintiuno, con
la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Gabriel Herrera Almanza, Virginia Gabriela
Mata Fernández contra Bienes y Servicios María Fernanda S.A., Mario Alberto De
San Gerardo Sandoval Pineda. Expediente N°
14-021208-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de diciembre del 2020.—Licda.
Cinthia Segura Durán, Jueza Tramitadora.—( IN2021523851
).
En este Despacho, con una base de tres millones quinientos cuarenta mil cuatrocientos treinta y un colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión, sumaria: 18-002875-0497-TR, boleta:
2018-233100353, del Juzgado de Tránsito
de Heredia; sáquese a remate el vehículo
TH31, marca: Hyundai, estilo:
Accent, categoría: automóvil,
capacidad: cinco personas, carrocería: Sedan, 4 puertas, tracción: 4x2, año: 2007, uso: taxi, color: rojo, vin:
KMHCM41AP7U155820, número motor no legible, cilindrada: 1500 cc, combustible: gasolina.
Lo anterior en el entendido
que se remata el vehículo como tal más
no así la placa taxi por tratarse de una concesión del
Estado. Para tal efecto se señalan las quince horas treinta minutos del diecinueve de febrero de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas treinta minutos
del uno de marzo de dos mil veintiuno,
con la base de dos millones seiscientos
cincuenta y cinco mil trescientos veintitrés colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las quince horas treinta minutos del nueve de marzo de dos mil veintiuno, con la base de ochocientos
ochenta y cinco mil ciento siete colones
con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Klapeida Maris KM S.
A., contra Carlos Alberto Campos Acuña. Expediente N° 19-004603-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia, 21 de setiembre del 2020.—Raquel Machado
Fernández, Jueza Decisora.—(
IN2021523857 ).
En este Despacho, con una base de ocho millones trescientos setenta mil cuatrocientos cincuenta y cinco colones con cuarenta y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 312-08161-01-0901-001, servidumbre
trasladada citas: 336-00427-01-0003-001;
sáquese a remate: 1. La finca del partido
de San José, matrícula número
100308-F, derecho 000, la cual es terreno
Finca filial número seiscientos
noventa y nueve destinada a estacionamiento ubicada en el nivel
tres en la Torre Avenida
Primera en proceso de construcción. Situada en el distrito Merced, cantón San José, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
área común de pared y en parte columnas
estructurales; al sur, área
de circulación vehicular y en
parte ducto, columnas estructurales y filial setecientos; al este, filial seiscientos noventa y ocho y columnas estructurales; y al oeste, filial
setecientos uno y en parte ducto y pared estructural. Mide: veintiséis metros cuadrados. Para
tal efecto, se señalan las catorce horas veinte minutos del veintiséis de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas veinte minutos del ocho de marzo de dos mil veintiuno con la base de seis millones
doscientos setenta y siete mil ochocientos cuarenta y un colones con cincuenta y ocho céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las catorce
horas veinte minutos del dieciséis de marzo de dos mil veintiuno con la base de dos millones
noventa y dos mil seiscientos
trece colones con ochenta y seis céntimos (25% de
la base original). Con una base de ciento dieciséis millones ciento veintitrés mil cuatrocientos sesenta colones con ochenta céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
312-08161-01-0901-001, servidumbre trasladada citas:
336-00427-01-0003-001; sáquese a remate: 2. La finca
del partido de San José, matrícula
número 100486-F-000, la cual
es terreno Finca filial número
ochocientos setenta y siete destinada a residencia ubicada en el nivel
dieciocho en la Torre
Avenida Primera en proceso
de construcción. Situada en el distrito Merced, cantón San José, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
pasillo, ducto, pared estructural
y filial ochocientos setenta
y ocho; al sur, área común de pared y pared estructural;
al este, área común de pared y paredes estructurales; y al oeste, ducto, paredes estructurales, área común de pared y en parte pasillo. Mide: ochenta y siete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas veinte minutos del veintiséis de febrero de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas veinte minutos del ocho de marzo de dos mil veintiuno con la
base de ochenta y siete millones noventa y dos mil quinientos noventa y cinco colones con sesenta céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las catorce horas veinte minutos del dieciséis de marzo de dos mil veintiuno con la
base de veintinueve millones
treinta mil ochocientos sesenta y cinco colones con veinte céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Asociación
Solidarista de Empleados de Productos
de Concreto y Afines contra
Ninive Rene Lagos de la Cruz. Expediente
N° 20-012603-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de enero del año 2021.—Cinthia
Vanessa Segura Durán, Jueza Decisora.—(
IN2021523889 ).
En este despacho, con una base de ochenta
y ocho mil doscientos once dólares con cincuenta y dos
centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
cincuenta mil setecientos treinta y siete, derecho F-000,
la cual es terreno finca
filial numero 5 ubicada en el segundo nivel
destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito:
01-Jacó, cantón: 11-Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al noreste, pasillo y parte
de la filial número 6; al noroeste,
zona verde y tapia; al sureste,
pasillos y escaleras y al suroeste,
pasillos y parte de la finca filial número 4. Mide: ochenta y nueve metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Plano P-1071150-2006. Para tal
efecto, se señalan las once
horas y cero minutos del dieciocho
de marzo de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas y cero minutos del veintiséis
de marzo de dos mil veintiuno,
con la base de sesenta y seis mil ciento
cincuenta y ocho dólares con sesenta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas y cero minutos del cinco
de abril de dos mil veintiuno,
con la base de veintidós mil cincuenta
y dos dólares con ochenta y
ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Condominio
Vertical Residencial Brisas
de Herradura contra Chialamberto
S.A. Expediente N° 19-007994-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de
Puntarenas, 14 de julio del año
2020.—Lic. Diego Steven Durán Mora, Juez Decisor.—( IN2021523894 ).
En la puerta
exterior de este Despacho,
con una base de seis millones novecientos
treinta y dos mil novecientos
cincuenta y cuatro colones con tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: BYS771, marca: Kia, estilo: Picanto, capacidad: 5 personas, categoría:
automóvil, año: 2017,
color: gris, tracción: 4x2,
serie: KNABX512BJT421571, chasís:
KNABX512BJT421571, vin: KNABX512BJT421571, número motor: G4LAGP121344, marca: Kia, modelo: TAS6K361B, combustible: gasolina.
Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veintidós de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del treinta de abril del dos mil veintiuno, con la base de cinco millones ciento noventa y nueve mil setecientos quince colones con cincuenta y dos céntimos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate,
se señalan las diez horas treinta minutos del once de mayo
del dos mil veintiuno, con la base de un millón setecientos treinta y tres mil doscientos treinta y ocho colones con cincuenta céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Álvaro Rodrigo Brenes
Álvarez, Bresa
INC. S. A. Expediente N° 18-009844-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 21 de enero
del 2021.—Licda. Lissette Córdoba Quirós,
Jueza Tramitadora.—( IN2021523917 ).
En este despacho, con una base de ocho millones quinientos treinta y un mil ciento setenta y cinco colones con catorce céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BTC898, Marca: Chevrolet, Estilo:
Beat LTZ, Categoría: automóvil,
Capacidad: 5 personas, carrocería:
Sedan 4 puertas, tracción:
4x2, número Chasis:
MA6CH5CD5LT039624, año fabricación:
2020, color: azul. Para tal
efecto se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del doce de agosto de dos mil veintiuno, con
la base de seis millones trescientos
noventa y ocho mil trescientos ochenta y un colones con treinta y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veinte de agosto de dos mil veintiuno, con la base de dos millones
ciento treinta y dos mil setecientos noventa y tres colones con setenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Stephanie
Andrea Barrantes Alvarado. Expediente
N° 20-014646-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 11 de enero
del año 2021.—Lic. Víctor
Antonio Hernández Calderón, Juez Tramitador.—( IN2021523993
).
En este despacho, con una base de dos millones
setecientos setenta y seis
mil trescientos noventa y cinco colones con sesenta y un céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas número 877012. Marca
Toyota. Estilo Yaris. Categoría
automóvil. Año 2007. Color
negro. VIN JTDBT92301120347. Cilindrada 1500 cc. Para
tal efecto se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del once de mayo de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de mayo con la base del dos mil veintiuno de dos millones ochenta y dos mil doscientos noventa y seis colones con setenta céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintisiete de mayo del dos mil veintiuno
con la base de seiscientos noventa
y cuatro mil noventa y ocho colones con noventa céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Apartamento Balance
Dos Sociedad Anónima contra Instalaciones
Técnicas en Electricidad INTE S. A. Expediente
N° 17-018196-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 21 de enero del año 2021.—Esteban
Herrera Vargas, Juez Decisor.—(
IN2021523994 ).
En este despacho, con una base de seis millones
cuatrocientos mil colones exactos , libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
390-15576-01-0802-002, CONDI IDA REF: 0000ley 2825 citas:
390-15576-01-0836-002, CONDI IDA REF 00075608- 000 citas:
390-15576-01-0908-002, CONDI IDA REF 00075608-000 citas:
390-15576-01-0908-002, CONDI IDA REF 00075608-000 citas:
390-15576-01- 0909-002, reservas y restricciones citas:
390-15576-01-0933-001, reservas y restricciones
citas: 390-15576-01-0934-001 y servidumbre
de paso citas: 2011-168891-01-0003-001; sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
ciento ochenta y ocho mil ochocientos treinta y ocho, derecho 000, la cual es terreno para construir . Situada en el distrito 05 Paquera, cantón 01 Puntarenas, de
la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, con frente de 16.66
metros a calle pública; al
sur, Freddy Alvarenga Tinoco; al este, frente de 56.26 metros a servidumbre
de paso y al oeste frente
de 56.36 metros a servidumbre agrícola.
Mide: novecientos treinta y seis metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las siete horas y quince minutos del quince de febrero de
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las siete
horas y quince minutos del veintitrés
de febrero de dos mil veintiuno
con la base de cuatro millones
ochocientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las siete
horas y quince minutos del tres
de marzo de dos mil veintiuno
con la base de un millón seiscientos
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Jorleny Patricia Villegas Vargas contra Gerardo Ricardo
Carballo Campos. Expediente N° 18-008730-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 29 de junio
del año 2020.—Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2021524203 ).
Se hace saber
que, ante este Despacho se tramita el expediente N°
200008800640CI, donde se promueve
Información Posesoria por parte de Ortiz y Murillo y Asociados
Limitada, cédula jurídica número 3102141512 domiciliada en Cartago, Cartago, avenida primera calles 8 y 10; representada por Elsa Grettel Ortiz Álvarez quien es
mayor, casada dos veces, abogada, vecina de Dulce Nombre de Cartago, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: Finca ubicada
en la provincia de Cartago,
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Uno Oriental, cantón Uno Cartago. Colinda: al norte, Alejandra Gómez Barquero;
al sur, con Maricel Murillo Ortiz; al este, con calle pública;
y al oeste, con Amalu Irazú Sociedad Anónima. Mide:
doscientos sesenta y cinco metros cuadrados. Indica el
promovente que sobre el inmueble a inscribir
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco
millones de colones. Que adquirió dicho inmueble, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en construcción de una vivienda. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Ortiz y Murillo y Asociados
Limitada. Expediente N°
200008800640CI.—Juzgado
Civil de Cartago, 12 de enero del
2021.—Lic. Mateo Ivankovich
Fonseca LL.M., Juez.—1 vez.—( IN2021524015 ).
Se cita
y emplaza a todos los interesados en la sucesión de: Ana Victoria Sterloff
Loría, quien fue mayor, viuda una vez, de oficios del hogar, vecina de Cartago, cédula
N° 301420868, para que, dentro del plazo de quince
días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos, que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 01-2021. Notaría
del notario público Carlos
Eduardo Mata Ortega, ubicada en
Cartago, 75 metros al sur del Banco Nacional de Costa Rica, teléfono:
2551-0464, fax: 2591-4789.—Cartago, 27 de enero del 2021.—Lic. Carlos Eduardo Mata
Ortega, Notario Público.—1 vez.—( IN2021523048 ).
Mediante
acta de apertura otorgada
ante esta notaría, a las catorce horas del veintiocho de enero del dos mil veintiuno y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara
abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida
fuera Marcial Guillermo del
Socorro Bonilla Morales, mayor, soltero, sacerdote, vecino de Cartago,
Paraíso de la Municipalidad doscientos metros al norte, cédula número tres-cero uno cuatro nueve-cero ocho tres nueve, que nació el día veinticinco de junio de mil novecientos cuarenta y dos. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo
máximo de treinta días
naturales, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos.—Licda. Andrea Fernández
Montoya Notaria.—1 vez.—(
IN2021523057 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Luis Antonio Vásquez Barquero, quien fue mayor, casado, albañil, portador de la cédula de identidad: número siete-cero cero ochenta y cuatro-cero novecientos setenta y ocho, vecino de Limón, Guápiles, La
Rita, para que, dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante este notaría en defensa
de sus derechos bajo el apercibimiento de que en su omisión,
la herencia pasará a quien
corresponda. La dirección
de esta notaría es Bufete
de la Licenciada Fátima Rodríguez Solís, sita en San Sebastián del Banco
de Costa Rica cincuenta metros sur; carné 23982.—Licda. Fátima Rodríguez Solís Abogada
y Notaria.—1 vez.—(
IN2021523060 ).
Se cita
y emplaza a todos los interesados en la sucesión de: Guaria Milagro
Calderón Gutiérrez, quien en
vida fue mayor, divorciada dos veces, estilista, vecina de San José, Pavas, Libertad Uno, Alameda tres,
casa cuatrocientos noventa
y ocho, cédula dos-trescientos
setenta y nueve-trescientos
veinticinco, quien falleció en San José-Central-Pavas-Libertad el veintiuno de agosto de dos mil veinte, hija de Miguel Calderón Vargas, y Blanca Rosa Gutiérrez Berrocal, quienes fallecieron antes que la causante,
para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—Licda. Arley del Carmen Vargas
Rojas, Notaria.—1 vez.—(
IN2021523065 ).
Se hace saber que en esta notaría sita
en Barrio Luján, cien metros norte de la antigua oficina del Banco de
Costa Rica, se tramita el proceso
sucesorio notarial de quien
en vida se llamó Ida Soledad Robles Robles, vecina de San José, Desamparados con documento
de identidad N° 0103921026. Se cita
y emplaza a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso que, deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto.—San
José, veintiocho de enero
de dos mil veintiuno.—Lic.
Jorge Enrique Gonzalo Villalobos, Notario.—1 vez.—( IN2021523070 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Aida María Montiel Héctor, a las ocho horas del veintinueve de enero del año dos mil veintiuno y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio notarial de quien en vida fuera
Fernando de Las Cuevas Héctor, de sexo masculino, mayor, soltero, comerciante, cédula número cinco-cero cero ochenta y seis-cero quinientos noventa y cinco, vecino de Santa Bárbara, de Santa Cruz, Guanacaste, dirección segunda casa mano izquierda de la calle principal.
Se cita y emplaza a todos los interesados para que
dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante la notaría del Lic. German J. Berdugo González, en Liberia, Guanacaste, 75 metros este
del Instituto Nacional de Seguros, Edificio Montiel a hacer valer sus derechos. Teléfono
8541-1051.—Liberia, 29 de enero de 2021.—Lic. German J. Berdugo González, Notario.—1
vez.—( IN2021523072 ).
Ante esta notaría se tramita proceso sucesorio de Constantino González Maroto,
cédula de identidad 900430652. Se cita
y emplaza a todos los interesados, para que dentro del plazo
de ley, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaria a hacer valer sus derechos. Notaria del Lic.
Miguel Villegas Arce. Santa Ana, 150 metros oeste del
Banco de Costa Rica. Tel. 22829448.—Lic. Miguel Villegas Arce, Notario.—1 vez.—( IN2021523076 ).
Se cita
y emplaza a los herederos e
interesados en el proceso sucesorio notarial ab intestato de quien en vida se llamó: Zacarías Gerardo Matamoros Acuña, quien
fue mayor, casado una vez, profesor, vecino de Naranjo, Alajuela, doscientos
metros oeste de la Casa Scout, cédula número: dos-dos siete ocho-uno tres siete nueve.
Por tal motivo, el suscrito Alexander Montero Ramírez, notario público con oficina en Naranjo, Centro,
Alajuela, exactamente cincuenta
metros al norte de la Agencia
del ICE, emplazo desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Judicial y por un plazo de treinta días a todos los interesados de quien en vida se llamó: Zacarías Gerardo Matamoros Acuña, para que, se apersonen a mi notaría a hacer
valer sus derechos, presentando
para ello todos los documentos que los acrediten como legitimados y los escritos respectivos en papel de seguridad
notarial. Se les avisa que, una vez
pasado el plazo dicho, se protocolizaran los acuerdos ya tomados
por las herederas de Zacarías Gerardo Matamoros Acuña. Expediente número: cero cero cero uno-dos mil veinte.—Naranjo, veintiséis de enero del dos mil veintiuno.—Lic. Alexander Montero
Ramírez, Notario Público.—1
vez.—( IN2021523118 ).
En mi oficina de notario ubicada en san Isidro, Pérez Zeledón frente al centre del sonido se ha abierto y tramita el proceso sucesorio de quienes en vida se llamaron
Humberto Calderón Piedra, con cédula de identidad uno
cero dos cero dos cero cinco uno uno
por lo que, dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación del presente edicto, cito y emplazo a todas aquellas personas que se consideren con interés legítimo dentro del presente proceso para que se apersonen a
mi oficina a hacer valer sus derechos; en el entendido de que si no lo hicieren dentro del plazo dicho la herencia pasara a quienes, habiéndose apersonado, demostraren tener derecho a sucederla. Expediente N° 001-2021.—Lic. Eduardo Barquero Elizondo, Notario.—1 vez.—( IN2021523123 ).
Se cita
y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios e interesados en la sucesión de Joge Luis Leiva Fernández, mayor de edad,
casado dos veces, cédula
uno-mil noventa y cinco-novecientos
once, educador, vecino de
las Ceniza de Pérez Zeledón,
para que dentro de quince días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
en las oficinas de la
notaria José Aurei Navarro Garro, ubicada en el centro de la ciudad, San
Isidro Pérez Zeledón, de Palí,
veinticinco metros al oeste,
contiguo a cafetería de Delicias, Bufete Navarro & Garro, a reclamar sus derechos y
se apercibe a los que crean
tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0005-2020.—San
Isidro Pérez Zeledón, veinticuatro
de diciembre del dos mil veinte.—Lic. José
Aurei Navarro Garro, Notario.—1 vez.—( IN2021523129 ).
Se emplaza
los interesados que dentro del plazo
de treinta días a partir de
la publicación de este edicto, se apersonen ante esta notaría para hacer valer sus derechos en el presente procedimiento sucesorio
extrajudicial, de quien en vida fuera: Rene (nombre) Schilling (apellido) de único apellido en razón de su
nacionalidad: Suiza, mayor,
casado una vez, pensionado,
pasaporte de su país número X tres
tres cuatro uno cinco cuatro dos, quien era vecino de Costa Rica,
San José, Barrio la Trinidad de Mora, doscientos oeste de la Iglesia Católica, bajo apercibimiento de
que si no lo hicieran la herencia pasará a quien corresponda sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Slawomir Wiciak Gasiorowska, notario público, carné número: seis cero cero uno.—San José, 25 de enero del 2021.—Lic. Slawomir Wiciak Gasiorowska, Notario.—1
vez.—( IN2021523135 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Luis Diego Chacón Segura, a las 15:00 horas del 25 de enero del 2021 y comprobado el fallecimiento de Marta Isabel Segura Calderón, mayor de edad, divorciada, Pensionada, vecina de San José Curridabat, del Edificio
Municipal trescientos metros al sur y veinticinco oeste, avenida cuarenta y seis, segunda casa a mano izquierda,
con cédula de identidad número
1-0342-0545, esta notaría
ha declarado abierto su proceso sucesorio
ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que
dentro del plazo máximo de
quince días hábiles, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la Republica,
tal como esta lo ha indicado. Notaría del Lic. Edwin Martin Chacón Saborío. San José, Curridabat, de la escuela Juan
Santamaria nueva, cien este, cien sur y treinta y cinco este casa muro blanco. Teléfono 8382-1588. 25 de
enero del 2021.—Lic. Edwin Martin Chacón Saborío, Notario.—1 vez.—( IN2021523137 ).
Hoy
en mí notaría se declaró abierto bajo el expediente 01 2021, el proceso
sucesorio testamentario de quien en vida fue Esperanza Fallas Ortega, viuda,
una vez ama de casa cédula 900440089 vecina de San José, Desamparados el Llano.
Dentro de los 15 días hábiles a partir de esta publicación, podrá quien
pretenda tener derecho a esta sucesión, reclamarlos en mi notaría sito Hatillo
uno final de la calle 38. A caso contrario, la herencia pasará a quien por ley corresponda.—San José, 27 de enero, 2021.—Licda. Adriana
Castillo Guzmán, Notaria.—1 vez.—( IN2021523140 ).
Mediante
acta de apertura otorgada
ante esta notaría por Gemma
Vargas Angulo, a las nueve horas del ocho de enero del año dos mil veintiuno y comprobado el fallecimiento de Melquiseddec Vargas Sibaja,
mayor, viudo una vez,
cedula uno doscientos treinta
y dos-seiscientos ochenta y
cinco, pensionado, vecino
de Santa Ana y la existencia y validez
del testamento por él otorgado, esta notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio testamentario. Se
cita y emplaza a los herederos, legatarios y a todos los interesados para que,
dentro del plazo máximo de
quince días hábiles, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la procuraduría general de la república,
tal como ésta lo ha indicado. Notaría del Lic. Catherine Mora Chavarría, oficina en San José, Pozos de Santa Ana; costado norte, de la escuela de la localidad. Tel. dos
dos ocho dos siete dos uno.—Lic.
Catherine Mora Chavarría, Notario.—1 vez.—( IN2021523145 ).
Se
hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de
quienes en vida se llamaron Antonio Jara Robles, mayor, conductor de taxis,
cédula de identidad 3-0132-0737 y Otilia Del Carmen Hernández Brenes, mayor,
ama de casa, cédula de identidad 3-0108-0765, ambos casados entre sí y vecinos
de Cartago, Tejar de El Guarco, Residencial Hacienda Vieja.- Se indica a las personas
herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés
legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de
quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº 21-000058-0640-CI.—Juzgado
Civil de Cartago, 25 de enero del 2021.—Lic. Mateo Ivankovich
Fonseca LL.M, Juez.—1 vez.—( IN2021523146 ).
Por escritura
números 114 de las 10:30 horas del día 16 de diciembre 2020, en el protocolo del notario Eduardo Ajoy Zeledón, carnet del colegio
de abogados 15661, se inicia proceso
sucesorio testamentario de
la señora Dora López Badilla,
cedula de identidad número
2-154-302, se nombra como albacea a la señora María de Los Ángeles Vargas López, cedula de identidad
número 2-276-1083, para oposiciones
se aporta el correo electrónico eajoyz@lawyer.com. 88449969.—San José 29 de enero de 2021.—Lic.
Eduardo Ajoy, Notario.—1 vez.—( IN2021523147 ).
Se hace
saber: en este Juzgado se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Francisca Rodríguez González, mayor de edad, costarricense, portadora de la cédula de identidad
N° 0201380675, viuda una vez,
maestra pensionada y vecina de Alajuela, Atenas. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente
N° 20-000830-0638-CI-5.—Juzgado Civil del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 14 de enero del año 2021.—Lic. Jaime Eduardo Rivera Prieto, Juez
Decisor.—1
vez.—( IN2021523152 ).
Ante
esta notaría se tramita el sucesorio acumulado de quienes se llamaron Franklin
Sáenz Mora c. c. Sáenz Sáenz y Delgado Delgado, cédula 1-0088-6079 y Manuela Sandí Garro, cédula
1-0114-2435. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios y demás
interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer
sus derechos.- San José, frente INAMU, boulevard
Ricardo Jiménez.—Rafael Sánchez Sánchez, Notario.—1
vez.—( IN2021523159 ).
Ante esta
notaría se tramita el sucesorio acumulado de quienes en vida
se llamaron: María Garro Sandí, conocida como Garro Marín, cédula N°
1-0130-0022 y Librado Barahona Zúñiga, cédula N°
2-0529-719. Se cita y emplaza
a todos los herederos, legatarios y demás interesados para que dentro del plazo
máximo de quince días, contados
a partir de la publicación
de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. San José, Paseo Peatonal
Ricardo Jiménez, frente INAMU, Bufete
N| 233.—Lic. Rafael Sánchez Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2021523160 ).
Se cita
y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera
el señor Óscar Mora Valverde, mayor, costarricense, viudo una vez, Pensionado, vecino de Curridabat, del parque cien metros norte y veinticinco este, portador de la cédula de identidad
uno-cero uno nueve seis-cero uno ocho
cero, para que dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos ante la notaría
del Notario Público Julio César Azofeifa
Soto, en oficinas KDF Lex,
Abogados ubicadas en San
José, Moravia, diagonal a entrada principal del Club La Guaria,
en dicha oficina con el Licenciado Azofeifa, se les apercibe a los
que crean tener la calidad de herederos que si no se presentaren dentro de
ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Procedimiento sucesorio extrajudicial de Óscar Mora Valverde. Expediente número: 002-2021-SN Lic. Julio Azofeifa Soto, Notario Tramitador.—San
José, a las ocho horas del día veintinueve
de enero del año dos mil veintiuno.—Lic. Julio César Azofeifa
Soto, Notario.—1 vez.—( IN2021523166 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida
fuera el señor Earle Kiefer
Thompson, mayor, ciudadano estadunidense,
soltero, pensionado, vecino
de San Vicente de Moravia doscientos sur del colegio
Saint Clare, portador del pasaporte
dos cero cuatro siete cinco, para que dentro del plazo
de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos ante la Notaría
del Notario Público Julio
Cesar Azofeifa Soto, en oficinas KDF Lex, Abogados ubicadas
en San José, Moravia, diagonal a entrada Principal
del Club La Guaria, en dicha oficina con el Licenciado Azofeifa, se les apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentaren dentro de ese plazo,
la herencia pasará a quien corresponda. Procedimiento Sucesorio
Extrajudicial de Earle Kiefer Thompson. Expediente número: 001-2021-SN.—San José, a
las ocho horas del día veintinueve
de enero del año dos mil veintiuno.—Lic. Julio César Azofeifa
Soto, Notario Tramitador.—1 vez.—( IN2021523176 ).
En la notaria de la Licda.
Flor de María Méndez Elizondo, ubicada en San Vito de Coto Brus, contiguo a cerrajería Wasser, tel: 2773-0101, se tramita el proceso sucesorio notarial número 0001-20202, de quien en vida fue
Eladio Jiménez Valverde, cédula N° 1-285-115, mayor de edad,
casado una vez, vecino de Los Reyes de San Vito detrás
de la Iglesia Católica, Coto Brus Puntarenas. Por lo que se avisa
a quien tenga interés o derechos sucesorios apersonarse en un plazo de treinta días a partir de la publicación de este edicto, se apercibe a quien crea tener derechos que si no se presentan dentro del término dicho la herencia pasará a quien corresponda. 29 de enero del 2020.—Licda. Flor de María Méndez Elizondo, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2021523177 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría a las catorce horas del cuatro de enero de dos mil veintiuno, y comprobado el fallecimiento esta notaria declara abierto el proceso sucesorio ab intestado de quién en vida
fue Gerardina Leiva Arias, cédula de identidad tres-cero
sesenta y uno-tres mil seiscientos diecisiete. Se cita y emplaza a todos los interesados para que
dentro de un plazo máximo
de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan
ante esta notaria a hacer valer sus derechos. Alejandro Carballo Zeuli
Notario Público de Cartago,
oficina en la ciudad de
Cartago setenta y cinco
metros al sur de los Tribunales de Justicia.—Cartago,
29 de enero de 2021.—Lic.
Alejandro Carballo Zeuli, Notario.—1 vez.—( IN2021523203 ).
Se cita
a los herederos, legatarios,
acreedores y a todos los interesados en la sucesión extrajudicial de Oldemar
García Hernández, mayor, casado una vez, cédula número
1-0423-0897, vecino de San José Desamparados Patarrá,
para que dentro del plazo de quince días a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
ante esta notaría situada en San José, Hatillo
Tres, Avenida Francia, de Taquería Costa Rica ciento cincuenta metros oeste, casa dieciséis, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de
que, si no se apersonan en dicho plazo,
la misma pasará a quién corresponda en derecho. Expediente N° 0007-2006.—A las nueve horas del veinticinco de octubre del dos
mil veinte.—Lic. Ernesto Azofeifa Cedeño, Abogado y Notario
Público.—1
vez.—( IN2021523206 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Celia Carmen Calvo Navarro, mayor, estado civil casada en primeras nupcias,
profesión u oficio ama de
casa, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N°
0302080800 y vecina Cartago, Aguacaliente.
Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
21-000041-0640-CI-2.—Juzgado Civil de
Cartago, 18 de enero del 2021.—Luis Diego
Romero Trejos, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2021523213 ).
Se emplaza a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, en la sucesión
de quien en vida se llamó Fernando Villegas Campos, quien
fue mayor, casado una vez, vecino de San José, Tibás, Urbanización Doña Fabiola, casa D-veintiuno, quien portaba la cédula de identidad número uno-cero doscientos sesenta y siete-cero trescientos ochenta y tres, para que dentro del plazo
de quince días contados a partir de la publicación de este
edicto, se apersonen ante esta notaría en defensa
de sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren la herencia pasará a quien corresponda. Notario Público
Benito Abad López Dinartes con oficina en San José, Colima de Tibás, Urbanización
Fabiola, casa número 10-A. Expediente
cero cero cero uno-dos mil veintiuno.—Lic. Benito Abad López Dinartes,
Notario.—1
vez.—( IN2021523224 ).
Se cita
y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida Óscar Córdoba Argüello, cédula número nueve-cero cero dos siete-cero dos cuatro ocho, muerte acaecida
el catorce de noviembre del
dos mil quince, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan
a reclamar sus derechos y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos que sino se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 01-2021. Ante la notaria del licenciado Vinicio Villegas Arroyo, ciento
diez metros norte de los helados Pops en Alajuela centro, por una vez.—Alajuela, al ser once horas quince minutos
del día veintinueve de enero
del dos mil veintiuno.—Lic.
Vinicio Villegas Arroyo.—1 vez.—(
IN2021523225 ).
Se hace
saber: en este Tribunal de
Justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Rodolfo Rojas Montero, mayor, estado civil casado, profesión u oficio dato desconocido,
nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad N°
0104920047 y vecino de San José, Coronado. Se indica
a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
N° 20-000704-0180-CI-9.—Juzgado Primero
Civil de San José, 19 de noviembre
del 2020.—Tatiana Chaves Sánchez, Jueza Decisora.—1
vez.—( IN2021523234 ).
Mediante
acta de apertura otorgada
ante esta notaría por
Virginia Lorena Montero Arguedas, viuda, pensionada, cédula cuatro-cero
uno cero dos-uno cero uno siete, Andrea Cordero
Montero, casada una vez, abogada y notaria pública,
cédula uno-uno
cero seis cinco-cero nueve ocho ocho; y Natalia Cordero
Montero, soltera, docente,
cédula uno-cero nueve ocho cinco-cero cero cinco seis, todas ellas vecinas
de San Antonio de Belén, Heredia, doscientos
oeste y setenta y cinco sur de Palí, a las dieciséis horas del veintisiete
de enero del dos mil veintiuno
y comprobado el fallecimiento
de Luis Alberto Cordero Vargas, quien fue mayor de edad, casado una vez, pensionado, vecino de la misma dirección que las promoventes,
con cédula de identidad número
uno-cero tres dos cuatro-cero
cuatro dos nueve esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio
ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que
dentro del plazo máximo de
quince días hábiles contados
a partir de la publicación
de este edicto comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República,
tal como ésta lo ha indicado. Notaría de la Licenciada Flor
María Delgado Zumbado, sita
en San Antonio de Belén,
Heredia, doscientos metros este
y cincuenta norte de la
Municipalidad, teléfono: 2239 3138.—28 de enero del 2021.—Licda. Flor María Delgado Zumbado,
Notaria.—1 vez.—( IN2021523277
).
Se hace
saber: en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Ronaidy Arroyo Godínez, mayor, divorciado, agricultor, vecino de Puntarenas,
Sabalito, Coto Brus, 360 m.
al sur de la entrada del Gallo de Sabalito, con documento de identidad N°
01-0965-0535. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y, en general, a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince (15) días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente:
19-000128-0188-CI-7.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Sur, (Corredores), (Materia Civil),
4 de octubre de 2019.—José Pablo Quesada Padilla, Juez.—1 vez.—( IN2021523278 ).
Se
cita y emplaza a los herederos y demás interesados en la sucesión de quien en
vida fue Omar Hugo Solano Herrera, quien era mayor de edad, casado una vez,
comerciante, cédula de identidad número uno cero trescientos sesenta y
cuatro-cero novecientos sesenta y cinco, vecino de Hatillo Centro, San José,
doscientos metros oeste de la Clínica Solón Núñez, quien falleció el día
catorce de agosto del dos mil dieciséis. para que
dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación del aviso
en el Boletín Judicial, comparezcan ante este Despacho a hacer valer sus
derechos, bajo el apercibimiento de que si no comparecieren dentro de ese
plazo, los bienes sucesorios pasaran a quien corresponda. El expediente se
encuentra en la Notaría del Licenciado Alfredo Vargas Elizondo, situada en
Zapote San Jose, veinticinco metros sur de la iglesia católica, centre
comercial Unicentro oficina número dieciocho. Expediente. No cero cero tres-se-dos mil veintiuno. Sucesión ab intestato de
Omar Hugo Solano Herrera.—San José, veintinueve de
enero del dos mil veintiuno.—Lic. Alfredo Vargas Elizondo, Notario.—1 vez.—(
IN2021523283 ).
Se cita y emplaza a los interesados de Sucesión de Julio
José Jiménez Marchena, cédula de identidad N° 7-078-038, para que en
plazo de quince días naturales contados
a partir de la publicación
de este edicto comparezcan a esta notaría a hacer valer sus derechos en calidad de herederos y de no presentarse pasará la herencia a quien corresponda.—Licda. Nitiana Muñoz Matamoros, Notaria.—1 vez.—( IN2021523284 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría: de la Notaria Pública,
Lilliam Vargas, comprobado el fallecimiento,
esta notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fuera,
Sidney Del Socorro Quirós Herrera, mayor de edad, soltera, religiosa, vecina de Santiago de Puriscal, Junquillo Arriba cincuenta metros
antes del Chino, portadora de la cédula número uno-doscientos noventa y nueve-cuatrocientos ochenta y cinco. Se cita y emplaza a todos los interesados para que,
dentro del plazo máximo de
quince días, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la licenciada Lilliam Rojas Vargas.—San
José, veintinueve de enero
del dos mil veintiuno.—Licda.
Lilliam Rojas Vargas, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021523285 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue
Carlos Cordero Cruz, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de San José, Pérez Zeledón,
Platanares, Villa Argentina, ciento
cincuenta metros este de la
escuela, número de cédula uno-ciento noventa y tres-cuatrocientos cincuenta y cuatro, fallecido el día veinte de octubre de mil novecientos noventa y nueve en Pérez Zeledón, San José, a fin de que en
el plazo de quince días contados
a partir de la publicación
de este edicto, concurran ante la Notaría de la Licenciada Stefanny Martínez Ramírez, situada
en Pérez Zeledón, Daniel
Flores, Residencial Halder, casa número
trece, contiguo al Abastecedor Arzú (en horario de lunes a viernes de ocho de la mañana a cinco de la tarde), a reclamar sus derechos y
se apercibe a los que crean
tener derecho a la herencia,
que si no se presentan
dentro de este término, aquella pasará a quien corresponde. El sucesorio en sede
notarial del causante se tramita
bajo Expediente Número:
cero cero cero uno-dos mil veintiuno.—Licda. Stefanny Martínez Ramírez, Notaria.—1
vez.—( IN2021523307 ).
Se cita
y emplaza a herederos, testamentarios, legatarios y demás interesados en el proceso de sucesión de quien en vida fue
el señor Daniel Danilo López Céspedes,
mayor, viudo, chofer, que tuvo como último
domicilio San José, La Florida de Tibás,
Urbanización Parques del
Norte, diagonal a la entrada de la Iglesia Coreana, casa seis k, cédula de identidad
número uno-cero doscientos noventa y dos-cero doscientos veinticinco, para que dentro del plazo
de quince días contados a partir
de la primera publicación
de este edicto se apersonen a hacer valer sus derechos en la oficina de la Licenciada Ariana Sibaja López, ubicada en San José, Barrio Los Yoses, intersección de la Calle Treinta y Siete
con la Avenida Ocho. El sucesorio
fue abierto por el heredero legítimo, el señor José Daniel López Ulate.—San José, diecisiete de enero del dos mil veintiuno.—Lic. Ariana Sibaja López, Notaria.—1 vez.—( IN2021523318 ).
Se cita y emplaza a herederos, testamentarios, legatarios y demás interesados en el proceso de sucesión de quien en vida
fue la señora Flora Ulate Solano, mayor de edad, casada una vez, ama de casa, que tuvo como último
domicilio San José, La Florida de Tibás,
Urbanización Parques del
Norte, diagonal a la entrada de la iglesia Coreana, casa seis k, cédula de identidad
número uno-cero doscientos cuarenta y uno-cero cuatrocientos
setenta y cinco, para que
dentro del plazo de quince días contados
a partir de la primera publicación de este Edicto se apersonen a hacer valer sus derechos en la oficina de la licenciada Ariana Sibaja López, ubicada en San José, Barrio Los Yoses, intersección de la Calle
Treinta y Siete con la Avenida Ocho.
El sucesorio fue abierto por el heredero legítimo, el señor José Daniel
López Ulate.—San José, diecisiete de enero del dos mil veintiuno.—Lic. Ariana Sibaja López, Notaria.—1 vez.—( IN2021523320 ).
Se cita
y se emplaza a todos los interesados en la sucesión de Edwin Alberto Del Carmen Castro Cerdas, mayor, comerciante, casado una vez, cédula de identidad número 6-0117-0786, vecino de San José, Alajuelita,
Concepción Abajo, para que dentro del plazo de 15
días, contados a partir de
la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente N° 01-2021.—Licda. Sharon Vanessa córdoba Ortiz, Cartago, Notario.—1 vez.—( IN2021523322 ).
Se cita
y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue
María Tatiana Barrantes Chaves, mayor, cédula de identidad número 1-1032-0283, soltera, cocinera, con domicilio en Cartago, San Diego,
La Unión, Urbanización Vida Nueva Casa 7, para que
dentro del plazo de quince días, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos, y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia, pasará a quien corresponda. Expediente 001-2021.
Notaría del Lic. Wilman Yohalmo Escobar Escamilla.
Tel. 8815-9223. Correo: wilescobar@hotmail.com.—San
José, siete horas diez minutos del 29 de enero del
2021.—Lic. Wilman Yohalmo Escobar Escamilla, Notario
Público.—1
vez.—( IN2021523324 ).
El suscrito
notario hace saber que ante
mi notaría, situada en San José, Quesada Durán, cincuenta
metros al oeste de la panadería
Merayo se ha presentado
María del Carmen Castillo Cambronero, costarricense,
mayor, casado una vez, vecina de San José, San Miguel de Desamparados, Barrio
Fátima, cien metros al este
y veinticinco norte de la Iglesia Católica, cédula de identidad número uno-cero trescientos treinta y cinco-cero cero ochenta y uno, Guiselle del Carmen Vargas Castillo, costarricense,
mayor, casada una vez, vecino de San José, San Miguel de Desamparados, entrada
principal barrio Calle el Colegio, cédula de identidad
número uno-mil quinientos treinta y nueve-cero novecientos cuarenta y nueve, Geisson Gerardo Vargas
Castillo, costarricense, mayor, casado
una vez, vecino de San
Miguel de Desamparados, Barrio San Martin, contiguo
al Salón Multiuso, cédula de identidad
número uno-cero ochocientos
ocho-cero doscientos cuarenta y ocho y Juan Diego
Vargas Castillo, costarricense, mayor, casado una vez, vecino de San José, San Miguel de Desamparados, Barrio
Fátima, cien metros al este
y veinticinco norte de la Iglesia Católica, cédula de identidad número uno-mil quinientos treinta y nueve-cero novecientos cuarenta y nueve, a fin de que se
haga constar en acta notarial que solicitan la
tramitación del sucesorio
extrajudicial de quien en vida fuera Baudilio
Vargas Hernández, costarricense, mayor, casado una vez, vecino de San Jose, San Miguel de Desamparados, Barrio
Fátima, cien metros al este
y veinticinco norte de la Iglesia Católica, cédula de identidad número uno-cero trescientos treinta y cinco-cero cero ochenta y uno. Asimismo, que aceptación la herencia y nombran como albacea a la señora María del Carmen Castillo Cambronero, costarricense, mayor, casada una vez, vecina de San José, San
Miguel de Desamparados, Barrio Fátima, cien metros al
este y veinticinco norte de la Iglesia Católica, cédula de identidad número uno-cero trescientos treinta y cinco-cero cero ochenta y uno, quien desde ya deja
formado el inventario. En consecuencia, se cita a los interesados para que,
dentro del plazo de quince días, concurran
a hacer valer sus derechos
ante mi notaría.—San José, veinte de diciembre del dos mil veinte.—Lic. Ariel Ramírez Martínez, Notario
Público.—1
vez.—( IN2021523336 ).
Se hace saber que, en esta notaría, se tramita el proceso sucesorio del señor Gerardo Muñoz Castillo, quien
fuera mayor, casado una vez, agricultor, portador de la cédula de identidad
uno-trescientos treinta y cinco-ciento siete, vecino Chimirol, Rivas, Pérez Zeledón, contiguo a tamalera Chirripó. Se indica a las personas herederas,
legatarias acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente Nº
001-2021.—San Isidro, Pérez Zeledón, 27 de enero del 2021.—Licda. Sandra Cubillo Díaz, Notaria.—1 vez.—( IN2021523350 ).
Se hace
saber en este Tribunal de
Justicia, se tramita el proceso
sucesorio de quién en vida se llamó:
Ana Isabel Rivera Montoya, mayor, casada una vez, costarricense, con documento de identidad N°
1-0354-0743, vecina de Hatillo. Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que,
dentro del plazo de quince días contados
a partir de la primera y única publicación de este edicto en
el Boletín Judicial, con el fin de que comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento
a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro del citado plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N°
07-100107-0216-CI.—Juzgado
Civil de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, 19
de enero del 2021.—Licda.
Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—(
IN2021523364 ).
Proceso sucesorio en sede notarial: A las doce horas del diecinueve de enero del año dos mil veintiuno, se declaró abierto el proceso sucesorio ab intestato en sede
notarial ante la notaría del Lic.
Carlos Rodríguez Paniagua, expediente cero cero cero uno-dos mil veintiuno, con oficina abierta en la Ciudad Alajuela, calles primera y dos, avenida segunda, telefax dos-cuatro tres uno-veintitrés-sesenta, correo electrónico:
rodriquezpaniagua@gmail.com de la senara Denia Lucía
Méndez Rodríguez, mayar de edad,
administradora de empresas,
casada dos veces, vecina de la ciudad de Alajuela, calles
cinco y siete, avenida diez, cédula de identidad número: uno-cero
setecientos dieciocho-cero cuatrocientos catorce, hija de: Marta Edith Rodríguez López y de José Méndez
Blanco, quien nació el día trece de enero de mil novecientos sesenta y ocho y murió a los cincuenta y dos años de edad el día veinticinco de noviembre de dos
mil veinte: defunción que consta el Certificado de Defunción emitido por el Registro Civil de Costa Rica de la cual
guardo copia en mi archivo de referencias. Se cita a todos los herederos, legatarios, acreedores e interesados en general, para que
dentro del plazo de quince días contados
a partir de la fecha de esta publicación, comparezcan, mediante apersonamiento en la citada notaría, concertando cita previa a las teléfonos dichos, o por medio de
fax o correo electrónico indicado, a hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento
a los que crean tener
derechos a la herencia, de que, si
no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.—Alajuela, a las doce
horas del primero de diciembre de dos mil veinte.—Lic. Carlos Eduardo
Rodríguez Paniagua, carné 8728. Tel: 8919-6299, Notario.—1
vez.—( IN2021523403 ).
Se hace
saber: En este Tribunal de
Justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó:
Hilda María Soto Rojas, mayor, viuda, ama de casa, costarricense,
con documento de identidad
N° 0103210845, y vecina de Heredia. Se indica a las
personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
N° 20-000757-0181-CI-9.—Juzgado Civil de
Heredia, 20 de enero del 2021.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—1 vez.—( IN2021523404 ).
Se hace
saber: en este Tribunal de
Justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Jorge Enrique Barboza Astorga, mayor, estado civil soltero, profesión u oficio jornalero, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0303980301 y vecino
de Turrialba. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
21-000008-0341-CI-9.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario
de Turrialba, 20 de enero del 2021.—Licda. Ivannia
Cristina Jiménez Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2021523413 ).
Se hace
saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó:
Cristian Agüero Zúñiga,
mayor, viudo de primeras nupcias, pensionado, con documento
de identidad N° 101830682, vecino
de Chires de Puriscal, San
José. Se cita a las personas herederas,
legatarias, acreedoras, y en general a todas las personas interesadas, para que, en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de
que, si no se apersonan
dentro de este plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 01-2021-Sede Notarial.—San
José, 30 de enero del 2021.—Licda.
Patricia Benavides Chaverri, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021523420 ).
Se hace saber: Que en esta notaría se tramita el proceso sucesorio de: Jorge Jabes
Escalante Aguilar, mayor, casado una vez, Médico Radiólogo, vecino de Heredia, San Francisco, Urbanización,
La Lilliana Condominio el Solar, apartamento
número siete, cédula uno - cero tres nueve tres-uno
dos ocho dos. Se emplaza a
los sucesores, acreedores y
en general a todos los interesados para que, dentro del plazo
de quince días hábiles contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento
a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasara a quien corresponda. Expediente número: cero cero cero uno-dos mil veintiuno-Cl. Notaría de la Licenciada
Karina Rojas Solís, sita en
la ciudad de Heredia: veinticinco metros este de la Pizza Hut, el horario
de esta oficina es de ocho de la mañana a doce mediodía y de las trece horas a las diecisiete
horas y el número de teléfono
es: veintidós-sesenta y uno-setenta
y nueve-setenta y dos, correo
electrónico: karinacr@gmail.com.—Heredia,
28 de enero del año dos mil
veintiuno.—Licda. Karina Rojas Solís, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2021523443 ).
Licenciada Guadalupe Solano Patiño,
Jueza del Juzgado de
Familia de Cartago, a Edelma Francisca Novoa Villareal, en su carácter personal, quien es mayor, casada, nicaragüense, cédula de residencia número
135RE0015460099, se le hace saber que en demanda abreviado
de divorcio, establecida
por Arístides Junier
Centeno Guadamuz contra Edelma
Francisca Novoa Villareal, se ordena
notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: N° 2020002079 sentencia
de primera instancia Juzgado de Familia de Cartago, a las veintiuno
horas catorce minutos del veintiocho de octubre de dos mil veinte. Proceso abreviado establecido por Arístides Junier Centeno Guadamuz, mayor, casado, oficial de seguridad, portador de la cédula de identidad
número 0602510195 contra Edelma
Francisca Novoa Villareal, mayor, portadora
del documento de identidad número 135re0015460099. Resultando:
I.- II.- III.- Considerando: I.- Es probado: 1) 2) 3) II.- Sobre el fondo: III: Por tanto: con base en
lo expuesto, normas de
derecho citadas, se declara
con lugar la presente demanda abreviada de divorcio y en razón
de ello se declara disuelto el vínculo matrimonial
que ha unido a Arístides
Centeno Guadamuz y Edelma
Francisca Novoa Villareal. No se procrearon
personas menores de edad.
No hay bienes gananciales
que repartir. Se exime a ambas partes del deber alimentaria recíproco.
Firme esta sentencia inscríbase en el registro civil, sección matrimonios de la provincia de
San José al tomo 471, folio 90, asiento 180. Podrá la parte interesada apersonarse al despacho para solicitar la ejecutoria de rigor, previa aportación
de las copias que sean necesarias. Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. Notifíquese. Expediente N° 19-002271-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 17 de diciembre de 2020.—Msc. Guadalupe
Solano Patiño, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021523104 ).
MSC. Kensy
Carolina Chávez Cruz, jueza del Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, al señor Marlon García García, de calidades
y domicilio desconocido, se
le hace saber que en expediente N° 20-000229-1152-FA, diligencias de depósito judicial de persona menor
de edad, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia,
se ordena notificar por edicto. Juzgado de Familia del
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica. A las dieciséis horas
y treinta y seis minutos
del doce de mayo de dos mil veinte.
I.- De las presentes diligencias de depósito judicial de las personas menores
Shermark Loan Roses Reid, Deymark
Dishawn Roses Reid, Keymark Xavier Reid Watson,
Marlon Mauricio Garcia Reid promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia,
se confiere traslado por tres días a Oriana Dimary Reid
Watson, Warner Arturo Roses Umaña y Marlon García
García,
a quienes se les previene
que en el primer escrito
que presenten debe(n) señalar
un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de que mientras
no lo haga, las resoluciones
posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales
N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre
del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo
que no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con
el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecido explícitamente en lo legal para
la recepción de notificaciones.”
Igualmente, se les invita a
utilizar “El Sistema de Gestión
en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para
acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les
solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a Oriana Dimary Reid Watson, Warner Arturo Roses Umaña,
personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio
real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales
Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Limón). En caso de que el lugar de
residencia consistiere en
una zona o edificación de acceso
restringido, se autoriza el
ingreso del(a) funcionario(a)
notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la
Ley de Notificaciones Judiciales.
En cuanto al señor Marlon García
García,
de paradero desconocido, se
ordena notificar mediante edicto publicado de Ley. II.- Medida cautelar: en virtud
de la medida solicitada, se
resuelve lo siguiente: Se
le otorga a la señora,
Neida Watson Edwards el depósito judicial provisional
de las personas menores de edad,
Shermark Loan Roses Reid, Deymark
Dishawn Roses Reid, Keymark Xavier Reid Watson,
Marlon Mauricio García Reid, hasta tanto no
sea dictada la resolución
de fondo. Lo anterior, por cuanto
una vez revisado el informe de la situación actual de
las personas menores de edad,
aportado como prueba documental, del expediente
administrativo, OLLI00315218, se ha evidenciado que existe una dinámica
familiar disfuncional, basado
en las pocas habilidades por parte de la progenitora, además el informe arroja que estructuralmente la vivienda solo posee una sala, donde está incluido
un mueble con la cocina de
gas y el cilindro, un solo cuarto,
un corredor para el ingreso
de la vivienda, no posee servicio ni baño
en la estructura, deben de compartirlo con los demás vecinos, posee agua y energía eléctrica asimismo, lo cual coloca a la personas menores de edad en un estado de vulnerabilidad ya sea física, emocional y habitacional, por tanto, considera
esta Juzgadora que lo adecuado es otorgar la medida solicitada, hasta que se resuelva el fondo del asunto, o bien, se emita resolución posterior que modifique
lo aquí ordenado. Se le previene a la señora Neida Watson
Edwards, que en caso de anuencia deberá comparecer a este
despacho dentro de los cinco
días posteriores a la notificación
de este auto, con la finalidad
de aceptar el cargo conferido.
III.- Previo aporte copias: en otro
orden de ideas de conformidad
con lo establecido dentro del artículo 136 del Código Procesal
Civil, deberá el Patronato
Nacional de la Infancia aportar
dos juegos de copias para efecto de poder notificar a la parte demandada. Lo anterior dentro del plazo
de cinco días,
bajo el apercibimiento de que, en
caso de omisión, se ordenará el archivo provisional
de las presentes diligencias en
el estado en que se encuentren sin previa resolución
que así lo indique. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 13 de enero del 2021.—Licda. Kensy Carolina Cruz Chaves, Jueza
Decisora.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021523106 ).
Se hace
saber: expediente N° 20-000288-1420-FA. Depósito
judicial. Actor: PANI. Demandada: María Lázaro Lázaro. Juzgado de Familia de Osa, a las
07:20 horas del 27 de enero del 2021. Curso: para que proceda la tutela
no tiene que existir la
patria potestad, pese a ello, aquí
se requiere un abandono sin
fines de adopción, que por antonomasia no extingue tales atributos. Ante esta dicotomía no queda más que readecuar
los procedimientos, y tramitar
la causa como depósito
judicial. Artículo 175 Código Familia, 3 y 98, inc. 1
Código Procesal Civil (7130). Así
las cosas: de toda la prueba y del presente proceso de Depósito Judicial, se
le confiere audiencia, por el plazo
de 3 días, a la madre: María Lázaro
Lázaro. Medio: se les previene
a todas las partes e interesados que en su primer escrito que presenten tienen que señalar únicamente medio (correo electrónico autorizado), para atender sus futuras notificaciones, bajo el apercibimiento que de no hacerlo,
o si el medio escogido imposibilitare la notificación
por causas ajenas al despacho, incluido que no esté autorizado, todas las resoluciones posteriores se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de
dictadas. Deposito: se nombra
depositaria judicial de la niña:
Ariana Yulisa Lázaro Lázaro, a Ana Yanci
Guido Lázaro, quien dentro
de tres días tienen que venir al juzgado para aceptar el cargo. Notificaciones:
depositaria: Ocj Osa. Edicto: por encontrarnos en un proceso no contencioso, de ahí, la inviabilidad del curador y, conforme lo indica la parte actora, por no tenerse conocimiento del domicilio de la madre, notifíquesele por edicto en el Boletín Judicial.
Aviso: se les informa a todas
las partes e interesados
que este proceso es electrónico. es decir, no existe a nivel físico o material, sino que todo su respaldo
es virtual. Es todo.—Juzgado de Familia de Osa, 27 de enero del 2021.—Lic. Mario Alberto Barth Jiménez, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021523107 ).
Se hace
saber a Fabián Montoya Hernández,
mayor de edad, casado, de ocupación y domicilio ignorado, con número de identificación 6-0372-0192, que en
este juzgado se tramita proceso de abreviado de divorcio dentro del expediente 20-000714-1303-FA, establecido
por Mariana Gabriela Jiménez Rodríguez y en cual figura su
persona como interesada. Proceso en el cual
se dictó la resolución que literalmente dice: “Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur
(Pérez Zeledón), a las catorce
horas cuatro minutos del siete de diciembre de dos mil veinte. De la anterior demanda Abreviada de divorcio establecida por la accionante
Mariana Gabriela Jiménez Rodríguez, se confiere traslado al accionado Fabián Montoya Hernández por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a
la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos
y los hechos a que se referirá
cada uno. Se le previene a
la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio
para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de que mientras
no lo haga, las resoluciones
posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales
N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero
de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre
del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo
que no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con
el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para
la recepción de notificaciones.”
Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les
solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) fecha de nacimiento, d) profesión u oficio, e) si cuenta
con algún tipo de discapacidad, f) estado civil, g)
número de cédula, h) lugar
de residencia. Notifíquese esta
resolución al demandado, personalmente o por medio de cédulas y copias
de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real o registral. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones
Judiciales”. Así como la resolución que literalmente dice: “Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur
(Pérez Zeledón), a las ocho
horas cincuenta y siete minutos del veintidós de enero de dos mil veintiuno. Siendo que no fue posible notificar al accionado Fabian Montoya Hernández en
su domicilio electoral según acta de notificación de fecha 15 enero del presente año. Comprobado
el depósito de honorarios
de curador procesal (comprobante de depósito de fecha 01 de diciembre del año 2020), al amparo de lo estipulado
por el artículo 262 del Código Procesal
Civil, 23 de la Ley de Notificaciones Judiciales y con base en el
Sistema de Administración de Peritos
de la Dirección Ejecutiva
del Poder Judicial, sin más
trámite se nombra a la licenciada Marjorie de la Trinidad Vega Mora como curadora procesal
del demandado, señor Fabian
Montoya Hernández y se ordena notificarle
esta resolución por medio
del correo electrónico
marjovm90@gmail.com. Se le hace saber a la persona designada que, en caso de anuencia, debe apersonarse o comparecer a este Juzgado
dentro del plazo de cinco
días, a aceptar el cargo y jurar
su fiel cumplimiento.
Con base en los acuerdos
del Consejo Superior tomados
en sus sesiones Nos. 53-08
del 27 de julio (artículo
LXII) y 65-08 del 2 de setiembre (artículo
LVI) y publicados como
circulares Nos. 141-08 del 18 de agosto y 172-08 del
7 de noviembre en los Boletines Judiciales Nos 171 del
4 de setiembre y 228 del 25 de noviembre,
fechas todas de 2002, se fijan los honorarios de la
persona profesional designada
en la suma de setenta y nueve mil cien colones (¢79.100,00); los cuales se encuentran debidamente depositados en la cuenta número
20-000714-1303-FA-7 y ante el Banco de Costa Rica; mismos
que le serán girados una vez culminada su
labor en este asunto. Se advierte a la curadora procesal que: a) El
cargo la obliga a promover toda defensa que proteja los intereses de su representado y a ejercitar los recursos que quepan contra las resoluciones adversas a sus intereses. b) Una vez aceptado el cargo, cuenta con diez días para contestar la demanda. Se le hace saber a la mismo que las copias de ley se encuentran en la secretaría de este Despacho a su libre disposición. c) En caso de no aceptarlo o no cumplir con su cometido dentro de los plazos referidos, será removida y ello será comunicado a la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial. Por medio de edicto,
notifíquese al demandado
Fabian Montoya Hernández, la presente resolución, así como la dictada por este despacho al ser las 14:04
horas del 07 de diciembre de 2020. Expídase el edicto y publíquese en el Boletín Judicial por una única vez.—Msc. César
De Dios Monge Vallejos, Juez.”.—Juzgado de Familia
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 26 de enero de
2021.—Msc. César De Dios Monge Vallejos,
Juez.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021523110 ).
Karol Vindas
Calderón, Jueza del Juzgado
Segundo de Familia de San José, a Orlando González
Caballero con número de cédula costarricense
08-093-0504 en su carácter personal, Se le hace
saber que se dictó en el Juzgado Segundo de Familia de San José. A las trece horas y diecinueve minutos del veintiocho de noviembre de dos mil diecinueve.-
I.- De la anterior demanda abreviada
nulidad matrimonio
19-001098-0187-FA interpuesta por LA Procuraduría General de la República
contra Orlando González Caballero y Yesenia María Cordero Ramírez, para que, si a bien lo tienen, la contesten por escrito refiriéndose a cada uno de los hechos contenidos en ella, exponiendo
con claridad si los rechaza por inexactos o los admite como ciertos
o con variantes o rectificaciones
o bien manifestar las razones
para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. Debe ofrecer sus pruebas, aportar la documental e indicar, si es del caso, el nombre y las generales de sus testigos, así como
los hechos a los cuales se referirá cada uno, asimismo podrá referirse a la documental aportada
por la parte actora y
alegar las excepciones de forma y de fondo que estime pertinentes. Se le advierte que si no contesta la demanda o si lo hace fuera del plazo conferido o en la forma indebida, de oficio se le declarará rebelde y se tendrá por contestada afirmativamente en cuanto a los hechos y que, en ese supuesto, el proceso continuará tramitándose sin su intervención, todo sin perjuicio de que pueda apersonarse a él en cualquier
momento, debiendo asumirlo en el estado en que se encuentre cuando lo haga. Habiendo menores interesados en el presente proceso, téngase como parte al Patronato
Nacional de la Infancia. Se hace
saber a las personas y entidad interesadas
en este asunto
que deben señalar medio
para recibir notificaciones
futuras, bajo apercibimiento
de que si no lo hicieren,
las resoluciones que se dicten,
incluidas las sentencias, Firmado digital de: se les tendrán
por notificadas en forma automática con el sólo transcurso de veinticuatro horas.
Igual consecuencia se producirá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas no imputables al Despacho, caso en el cual
se tendrá por realizada con
el comprobante de transmisión
electrónica o la respectiva constancia. II. Medida cautelar: Se ordena suspender cualquier acto administrativo emitido a la fecha, o tendiente a otorgar
la naturalización o residencia a la persona codemandada Orlando González Caballero, y se anote al margen de la inscripción del matrimonio citas 1-0465-0390-0780, hasta tanto no se resuelva dicha situación jurídica. Comuníquese para lo que en
derecho corresponda a la Dirección
General de Migración y Extranjería,
así como al Tribunal
Supremo de Elecciones Departamento
Legal Registro Civil. III. Notificaciones:
Notifíquesele esta resolución a Yesenia María Cordero Ramírez, personalmente o por medio de cédula en
su casa de habitación, quien se localiza en San José, Hospital, Cristo Rey, de la Iglesia Católica, 25 metros sur, en precario Nobel de la Paz, casa
en la segunda entrada, segunda casa de latas sin pintar, por medio de la Oficina Centralizada de Notificaciones de
este Circuito y a Orlando
González Caballero, personalmente o por medio de
cédula en su casa de habitación, quien se localiza en Heredia, La Aurora,
sector norte, casa N° R11, por medio de la Oficina Centralizada de Notificaciones de Heredia al Patronato
Nacional de La Infancia, por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales
de este Circuito Judicial.
IV.- PREVENCIÓN: Se le previene a la actora que deberá dentro del tercero día aportar tres juegos de copias del expediente, para notificar a las personas codemandadas
Orlando González Caballero y Yesenia María Cordero Ramírez, así
como al Patronato Nacional
de la Infancia. Lo anterior bajo el apercibimiento que pasados seis
meses se tendrá por inactivo
el mismo, reactivándose si hay cumplimiento. Lic. Anthony Zapata Sojo, Juez. Firmado digital Mde: SANCHOC, y Resolución : ... (“) De las doce horas cincuenta minutos del veintiocho de enero de dos mil veintiuno.-I.- Por haberse omitido en la resolución
de las trece horas y diecinueve
minutos del veintiocho de noviembre de dos mil diecinueve, resolución que dicta el auto de traslado.
Se aclara y se confiere traslado a los accionados Orlando
González Caballero y Yesenia María Cordero Ramírez Por el plazo
perentorio de diez días,
para que se oponga a la demanda
o manifieste su conformidad con la misma. Dentro
del plazo de cinco días podrán oponer excepciones
previas. Notifíquese esta
auto a la señora Cordero Ramírez, al medio que señala dentro del presente proceso, sea al correo electrónico ds-naf@abogados.or.cr.-...
(“).... Nota: Publíquese este edicto por única vez en
el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado Segundo de Familia de San José, Karol
Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021523167 ).
Se hace
saber: en este Tribunal de
Justicia se tramita proceso
ordinario de Centro Comercial
José María Zeledón contra Mondania
Ltda, del que hay sentencia
firme Número 275-2019 de
las catorce horas y veintitrés
minutos del treinta de abril de dos mil diecinueve dictada por Licenciado José Elías
Vindas Castiglioni, Licenciada
Maribel Seing Murillo y Licenciado
Marvin Ovares Leandro, dice la parte
dispositiva: “por tanto: De acuerdo
a lo anteriormente expuesto
y normativa citada, se declara con lugar la presente demanda Ordinaria y en consecuencia se declara disuelta la demandada Mondania Limitada extinguiéndose su vida jurídica, con todos los efectos legales correspondientes. Publíquese la presente sentencia por una vez en “La Gaceta” para que
dentro de los treinta días siguientes
a dicha publicación cualquier interesado pueda oponerse judicialmente a la disolución.
Firme la presente resolución,
procédase con los trámites respectivos para el nombramiento
de liquidador de la sociedad
disuelta. Se condena a la parte demandada al pago de las costas del proceso, las cuales se fijan en la suma
de siete millones ochocientos cuatro mil cuatrocientos sesenta y tres colones con diez céntimos.” Expediente 17-000010-0181-CI.—Tribunal
Segundo Colegiado Primera Instancia
Civil Primer Circuito Judicial
San José, 01 de julio del 2019.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2021523180 ).
Licda. Patricia Cordero García, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago; hace
saber a Fernando Alfonso Donaire Philippon, documento
de identidad, casado, comerciante, vecino de, que en este Despacho se interpuso un Proceso Abreviado en su
contra, bajo el expediente número
18-001733-0338-FA, donde se dictaron
las resoluciones que literalmente
dicen: De la anterior demanda
Abreviada de Divorcio establecida por el accionante Ana
Victoria Sánchez Duarte, se confiere traslado a la accionado Fernando Alfonso Donaire Philippon por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a
la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos
y los hechos a que se referirá
cada uno. Se le previene a
la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para
atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de que mientras
no lo haga, las resoluciones
posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuaren el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N°
65-08, celebrada el 2 de setiembre
del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo
que no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono celular, con el
fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para
la recepción de notificaciones.”
Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. En caso, que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona
funcionaria notificadora, a efectos de practicar
la notificación, artículo 4
de la Ley de Notificaciones Judiciales.
Lo anterior se ordena así en Proceso Abreviado
de Ana Victoria Sánchez Duarte contra
Fernando Alfonso Donaire Philippon. Expediente Nº
18-001733-0338-FA.—Juzgado
de Familia de Cartago, 26 de enero
del 2021.—Licda. Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021523538 ).
Msc. Karol Tatiana Gómez Moraga, Jueza
del Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia Familia); hace
saber a Aaron Antonio Dinarte, que en este Despacho
se interpuso un proceso depósito judicial en su contra, bajo el expediente número 19-000365-0869-FA donde se
dictaron las resoluciones
que literalmente dicen:
Vista la anterior recepción de prueba
testimonial para demostrar ausencia
que consta en autos, se resuelve: Habiendo logrado demostrar la ausencia del señor Aaron Dinarte Zúñiga se procede
a nombrar como curador procesal del señor Dinarte Zúñiga
al Licenciado Nataniel San
Lee Ruiz; a quien se le previene
que en caso de anuencia deberá comparecer a este Despacho dentro del plazo de cinco días para aceptar el cargo conferido. Si no comparece, se entenderá que no lo
acepta y se nombrará otro en su
lugar. Asimismo se le previene que en caso de no hacerlo al momento de aceptar el cargo, deberá en el primer escrito que presente señalar medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento
de que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el
transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas
las sentencias. Se producirá
igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29
de enero de 2009. Con respecto
al medio, se le hace saber lo dispuesto
por el Consejo Superior, en
sesión N° 65-08, celebrada
el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el sentido
de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser
de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Notifíquese a la parte demandada; la presente demanda, por medio de un edicto
que se publicará en el Boletín Judicial o en
un Diario de Circulación
Nacional; para los efectos del artículo
263 del Código Procesal Civil. Inclúyase
en el mismo los datos que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se haga la publicación. Expídase y publíquese. Lo
anterior se ordena así en proceso depósito
judicial de Patronato Nacional de la Infancia Nicoya contra Aaron Antonio Dinarte
Zúñiga,
Christian Gerardo Solís Vallejos, Juan Reynerio Roque Alvir, Mariela de
Los Ángeles Mendoza Sequeira. Expediente Nº
19-000365-0869-FA. Nota: Publíquese
este edicto por única vez en
el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste
(Nicoya) (Materia Familia), 29 de enero del
2021.—Msc. Karol Tatiana Gómez Moraga, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021523539 ).
Licenciado Brian Alonso Agüero
Chaves. Juez del Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, proceso Abreviado de Divorcio incoado por Joseph Reneldo Pusey
Grant c.c. Joseph Reneldo Puzie
Grant, mayor, casado una vez,
pensionado, costarricense, cédula de identidad número 7-050-272, vecino de Limón contra Victoria Oliva Mc Kenzie Hernández,
mayor, casada dos veces, de
oficio y paradero desconocido, costarricense,
cédula de identidad número
7-044-281, se ordena notificarle
por edicto, la sentencia
que en lo conducente dice: Sentencia de Primera Instancia número 2021000046. Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica. A las diez horas
quince minutos del veinticinco
de enero de dos mil veintiuno...
Resultando: I.. II.. III... Considerando: I… II.-Hechos probados... II. Sobre el divorcio... III. En cuanto a bienes gananciales:…
Por tanto: Consideraciones y citas
de derecho indicadas, se declara
con lugar la demanda de divorcio incoada y en consecuencia: Primero: Se declara disuelto el vínculo matrimonial que une a
Joseph Reneldo Pusey Grant c.c. Josep
Reneldo Puzie Grant y a la señora Victoria Oliva Mc Kenzie Hernández. Segundo: No existen hijos procreados
durante la relación
matrimonial. Tercero: Que sobe
el único bien ganancial existente, sea la finca del partido
de Limón, matrícula 97724-000 inscrita
a nombre de la señora Mc
Kenzie Hernández, el señor Pusy
Grant renuncia al derecho ganancial
que le corresponde. Cuarto: Se declara
extinguido para ambas partes
el derecho a recibir alimentos
el uno del otro. Quinto: A la firmeza
de esta resolución y a solicitud de la parte interesada expídase ejecutoria, anótese el divorcio de las partes al margen de las citas de su matrimonio: tomo: 049, folio: 377, asiento: 754, de la Sección de Matrimonios de la provincia de Limón. Sexto: Por no haber
existido oposición a la presente demanda, se resuelve el proceso sin especial condenatoria en costas Se advierte a las partes el derecho de apelar este fallo dentro del plazo legal. Publíquese el edicto de ley. Lic. Brian Alonso Agüero Chaves. Juez. Expediente Nº 19-000745-1152-FA.—Juzgado de Familia de Limón, 28 de enero del 2021.—Lic. Brian Alonso
Agüero Chaves, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021523540 ).
Licenciado Brian Alonso Agüero
Chaves, Juez del Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil,
los señores Maikol Elías
Martínez Marín, mayor, costarricense, soltero, desempleado, cédula de identidad número 7-0141-0701, hijo de Julio Cesar Martínez Avilés
y Ana Yancie Marín Cambronero, nacido
en Centro Central Limón, el 19/05/1981, con 39 años de edad, y Yesica Alejandra Badilla López,
mayor, costarricense, soltera,
ama de casa, cédula de identidad número
7-0202-0081, hija de Geovanny
Badilla Quirós (fallecido) y Guiselle López Cerdas, nacida en Guápiles, Pococí,
el 06/12/1990, actualmente con 30 años
de edad; ambas personas contrayentes
tienen el domicilio en Limón, Barrio Los Corales 1, Banbú, sector este, del Comercial Carbe, segunda entrada a la derecha al
final, casa a mano derecha de verjas
negras. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente N° 20-000705-1152-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 28 de enero del año 2021.—Licda. Brian Alonso Agüero
Chaves. Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021523557 ).
Han comparecido
a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: Cristian Antonio Serrano Álvarez, mayor, costarricense,
soltero, cédula de identidad
número 0304690779, auxiliar de bodega, vecino de Cartago, Urbanización Cocorí, hijo
de Lidia Álvarez Umaña y Martín
Serrano Soto, ambos padres costarricenses, nacido en Oriental, Central,
Cartago, el 20/03/1993, con 27 años de edad; e Ivette Franshesca Castrillo Maroto, mayor, costarricense, soltera, administradora del hogar, cédula
de identidad número
0504070125, vecina de Cartago, Urbanización Cocorí, hija
de Erlani Maroto Delgado y Johanny Castrillo Duarte, ambos
padres costarricenses, nacida
en Centro, Liberia, Guanacaste, el 16/10/1995, actualmente con 25 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente N° 20-002720-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 16 de
diciembre del 2020.—Licda.
Gabriela Rojas Astorga, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021523577 ).
Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: Etelgive Núñez Chavarría, mayor, viuda
una vez, oficios domésticos, cédula de identidad número 0503240569, vecina de Cañas, Barrio La Libertad al lado
atrás de la Finca La Negrita,
por el río,
hija de María Chavarría Cheves
y José Francisco Núñez Carranza, nacida
en Centro, Cañas,
Guanacaste, el 28/09/1981, con 39 años de edad, teléfono: 63867291; y Raimundo Álvarez Briceño, mayor, viudo una vez, pensionado, cédula de identidad
número 0601031444, vecino
de Cañas, Barrio La Libertad al lado
atrás de la Finca La Negrita,
por el río,
hijo de Juana Álvarez Briceño, nacida en Centro, Central, Puntarenas, el 23/01/1953, actualmente con 67 años de edad, celular: 63462210. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-000031-0928-FA. Solicitud
de matrimonio de Etelgive Núñez
Chavarría y Raimundo Álvarez Briceño.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil
y Violencia Doméstica de Cañas (Materia Familia), Guanacaste, Cañas,
28 de enero del 2021.—Lic.
Luis Fernando Sáurez Jiménez, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021523588 ).