BOLETÍN JUDICIAL 43 DEL 3 DE MARZO DEL 2021

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

JUZGADO NOTARIAL

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL

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1 vez.—Solicitud N° 68207-JA.—O. C. N° 364-12-2021.— ( IN2021531513 ).

 

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER:

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, que en el proceso disciplinario notarial N° 16-000415-0627-NO, de Dirección Nacional de Notariado contra María Teresa Mora Ramírez (cédula de identidad N° 1-235-275), este Juzgado mediante resolución N° 670-2020 de las siete horas trece minutos del veintisiete de octubre del dos mil veinte (folio 181), dispuso imponerle a la parte denunciada la corrección disciplinaria de cuatro meses y dos semanas de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Juzgado Notarial. Notifíquese.

San José, 08 de enero del 2021.

                                                         Dra. Ingrid Palacios Montero,

                                                                                Jueza

1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531587 ).

A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, que en el proceso disciplinario notarial N° 18-000084-0627-NO, de Registro Civil contra Álvaro Jimenez Acuña (cédula de identidad 1-438-736), este Juzgado mediante resolución N° 705-2020 de las ocho horas treinta y ocho minutos del doce de noviembre del dos mil veinte (folio 56), dispuso imponerle a la parte denunciada la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Juzgado Notarial. Notifíquese.

San José, 08 de enero del 2021.

                                                     Dra. Ingrid Palacios Montero,

                                                                            Jueza

1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531588 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Julio Dolores Lanzas Bustos 0801090996, fallecido el 22 de octubre del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 21-000080-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000080-0639-LA. Por Operadora de Pensiones Complementarias de la Caja Costarricense del Seguro Social a favor de Julio Dolores Lanzas Bustos.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de enero del año 2021.—Lic. Ignacio Saborío Crespo, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021530978 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Fabio Antonio Socorro Blanco Cubillo N° 0900090368, fallecido el 15 de febrero del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-000085-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 21-000085-0505-LA. Por Ana Yansy Arguedas Víquez a favor de Fabio Antonio Socorro Blanco Cubillo.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 18 de enero del año 2021.—Msc. Francisco José Quesada Quesada, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021530980 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Miguel Ángel Redondo Monge cédula de identidad 0301150477, fallecido el 12 de diciembre del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 21-000091-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 08 de febrero del año 2021. Expediente N° 21-000091-1550-LA. Promovente Nuria Redondo Fernández causante Miguel Ángel Redondo Monge.—Msc. Randall Jesús Briceño Solano, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021530981 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Adriana Del Socorro Gutiérrez Noguera, quien fue mayor, costarricense, cédula de identidad 6-0377-0041, casada, vecina San Antonio de Belén de Heredia, y falleció el 08 de enero de 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número 21-000009-1574-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. .- Expediente 21-000009-1574-LA.—Juzgado Contravencional de Abangares (Materia Laboral), 22 de febrero del año 2021.—Msc. María del Milagro Montero Barrantes, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2021530982 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan Cordero Campos, fallecido(a) el 08 de noviembre del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 21-000092-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 21-000092-0643-LA. Por Aurelia Sibaja Morales, cédula de identidad N° 5-0118-0619 a favor de Juan Cordero Campos, cédula de identidad N° 3-0173-0175.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 23 de febrero del año 2021.—Lic. José Andrés Ureña Chaves, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021530983 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Alcides Mora Sánchez 0109520947, fallecido el 28 de setiembre del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 21-000109-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000109-1550-LA.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 11 de febrero del año 2021.—Licda. Carolina Fallas Sánchez, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021530985 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Vidal Gamboa Castro, cédula de identidad número 301140766, fallecido el 04 de marzo de 2007, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias promovidas por Marta Rodríguez Welpot, cédula de identidad número 3-0126-0507, de consig. prest. sector privado, bajo el número 21-000113-0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000113-0929-LA. Por Banco Popular Pensiones a favor de José Vidal Gamboa Castro.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 28 de enero del año 2021.—Lic. José Antonio Cordero Román, Juez Decisor.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021530986 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Víctor Julio Chinchilla Barboza N° 0104670597, fallecido el 01 de noviembre del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 21-000118-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 21-000118-1550-LA.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 15 de febrero del año 2021.—Licda. Carolina Fallas Sánchez, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021530987 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jefry Giovanni Villegas Cubero 0111190103, fallecido el 27 de setiembre del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 21-000132-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000132-1550-LA.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 22 de febrero del año 2021.—Licda. Carolina Fallas Sánchez, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021530988 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Absalón Carlos Rodríguez Murillo cédula 0700550918, fallecido el 23 de enero del 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector privado bajo el Número 21-000183-0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000183-0929-LA. Por Luis Diego Rodríguez Obregón cédula 0701160491 a favor de Absalón Carlos Rodríguez Murillo.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 08 de febrero del año 2021.—Msc. Ana Shirley Naranjo Solano, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021530993 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marvin Cortes Cubillo 0601470540, fallecido el 14 de enero del 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector privado bajo el Número 21-000218-0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000218-0929-LA. Por Genesis Dayana Cortes Elizondo en calidad de hija.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 15 de febrero del año 2021.—Lic. José Antonio Cordero Román, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021530996 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marvin Jose Cano Altamirano quien portó la cédula de identidad 155804658502 y falleció el día 31 de octubre del 2015, promovido por Julia Georleny Rojas Flores, cédula de residencia 155800507833, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el Número 21-000228-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 21-000228-0173-LA..Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 04 de febrero del año 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2021530997 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Sergio Flores Garrido, quien portó la cédula de identidad N° 0104810332 y falleció el día 13 de setiembre del 2020, promovido por Ana Lorena Vásquez Vásquez, cédula de identidad N° 0106680028, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 21-000229-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 21-000229-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 04 de febrero del año 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021530998 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Orlando González Hernández, cédula N° 0800910074, fallecido el 09 de febrero de 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-000235-0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 21-000235-0929-LA. Por Teresa María Meza Rojas, cédula N° 0106650808 a favor de Orlando González Hernández.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 17 de febrero del año 2021.—Msc. Gerardo Salas Herrera, Juez.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021530999 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Miguel Ángel Sandoval Picado, quien portó la cédula de identidad 0700470401 y falleció el día 25 de diciembre del 2020, promovido por Sthephanie Sandoval Brenes, cédula de identidad 0112890690, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector privado bajo el Número 21-000239-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000239-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 05 de febrero del año 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531000 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Albert Jhon Pernas Suárez, quien portó la cédula de identidad N° 0800900900 y falleció el día 20 de noviembre del 2014, promovido por Sophía Pernas Sánchez, N° 011240102, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 21-000253-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 21-000253-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 05 de febrero del año 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531001 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de María Eugenia León Barrantes, quien portó la cédula de identidad 0103690153 y falleció el día 10 de enero del 2010, promovido por Maureen León Barrantes, cédula de identidad 0108820012, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el Número 21-000259-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 21-000259-0173-LA.—Juzgado de Trabajo el Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 08 de febrero del año 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2021531002 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Adrián Esteban Cartagena Bermúdez, quien portó la cédula de identidad 0107770494 y falleció el día 01 de setiembre del 2020, promovido por Betty Margarita Bermúdez Quirós, cédula de identidad 0103860896, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector privado bajo el Número 21-000276-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000276-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 08 de febrero del año 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531003 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Alexis Goñi Fonseca, quien portó la cédula de identidad N° 0301140555, quien falleció el día 05 de setiembre del 2020, promovido por Olga Vilma Vindas Urbina, cédula de identidad N° 0102620655, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 21-000285-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 21-000285-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 09 de febrero del año 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531004 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Úrsula Mayela Castro Trejos, quien portó la cédula de identidad 0107640209 y falleció el día 19 de abril del 2019, promovido por Ileana María Trejos Cordero, cédula de identidad 0103400561, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector público bajo el Número 21-000287-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000287-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 09 de febrero del año 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531005 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Esteban Andrey Cordoba Corrales, quien portó la cédula de identidad 112300040 y falleció el día 22 de enero del 2021, promovido por la empresa Unopetrol Costa Rica SRL, cédula jurídica 3-102-007218, a favor de CARLOS Luis Córdoba Chacón, cédula de identidad 0102820521 y María Trinidad Corrales Morales, cédula de identidad 0103650371, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número 21-000293-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 21-000293-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial De San José, Sección Segunda, 09 de febrero del año 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2021531006 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Isabel Arias Méndez, quien portó la cédula de identidad N° 0700700062 y falleció el día 29 de setiembre del 2020, promovido por la empresa Servicios Nítidos Profesionales S.A., cédula jurídica N° 3-101-119044, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-000297-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 21-000297-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 09 de febrero del año 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531007 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Freddy Gerardo De Jesús Mejía Sánchez, quien portó la cédula de identidad 0106970896 y falleció el día 14 de febrero del 2020, promovido por Izel Virginia Mejía Sánchez, cédula de identidad 0105710430, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector público bajo el Número 21-000299-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000299-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 09 de febrero del año 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531008 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Alejandro César Arnuero Varela, quien portó la cédula de identidad N° 01041601204 y falleció el día 24 de setiembre del 2020, promovido por Anicia Jiménez Mora, cédula de identidad N° 0104800198, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Pago Sector Público bajo el número 21-000338-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 21-000338-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 09 de febrero del año 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531009 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Martín Murillo López, quien portó la cédula de identidad N° 0104500700, y falleció el día 10 de octubre del 2020, promovido por Ericka María Murillo Rodríguez, cédula de identidad N° 0110290907, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. pago sector público, bajo el número 21-000339-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000339-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 09 de febrero del año 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531010 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de María Mayela Quesada Madrigal, quien portó la cédula de identidad 0104430248 y falleció el día 30 de noviembre del 2020, promovido por Keyla Mayela Montero Quesada, cédula de identidad 0111760317 se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Pago Sector Público bajo el Número 21-000355-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000355-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 11 de febrero del año 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531012 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Pablo Gamboa Sevilla, quien portó la cédula de identidad N° 0111000728 y falleció el día 16 de diciembre del 2020, promovido por la empresa Amazon Support Services SRL, cédula jurídica 3102474379, a favor de Noelia Mercedes Murillo Martínez, cédula de identidad desconocida., se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. pago sector privado bajo el número 21-000358-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 21-000358-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 11 de febrero del año 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531013 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Hugo Martín Hernández Castro, quien portó la cédula de identidad 0302670534 y falleció el día 20 de diciembre del 2020, promovido por Yessenia Hernández Castro, cédula de identidad 0701040242, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Pago sector público bajo el Número 21-000361-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000361-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 15 de febrero del año 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531014 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Laura Elena Segura Mena, quien portó la cédula de identidad 0111940599 y falleció el día 31 de diciembre del 2020, promovido por María Edith Mena Aguilar, cédula de identidad 0202860893, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. pago sector público bajo el Número 21-000369-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 21-000369-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 15 de febrero del año 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2021531015 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: José Mauricio Canales Guzmán, 0502570884, fallecido el 24 de enero del 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Pago Sector Público bajo el número 21-000090-0942-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000090-0942-LA. Por Angie Gabriela Rodríguez Rodríguez a favor de José Mauricio Canales Guzmán.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Laboral), 22 de febrero del 2021.—Lic. Harold Rojas Aguilar, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531515 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Leonardo Alberto Ramírez Carpio, quien fue mayor, soltero, cédula de identidad número 3-0373-0234, y falleció el 10 de febrero del año 2021; se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias del proceso de consignación de prestaciones, que se tramita bajo el expediente número 21-000301-0641-la, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 21-000301-0641-LA. Promovidas por Mondelez Costa Rica Limitada, cédula jurídica número 3-102- 149900.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 23 de febrero del año 2021.—Licda. Kattia Sequeira Muñoz, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531516 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rafael Espíritu Villalobos González, 0204250539, fallecido el 04 de octubre del 2020, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 20-000093-1472-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000093-1472-LA. Por Martyana Damazio Chacón, cédula de identidad N° 108220127.—Juzgado Contravencional de Orotina (Materia Laboral), 08 de diciembre del 2020.—Lic. Pedro Lisber Ferrán Reina, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531593 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mario Alberto Pérez Parra, 0603900468, fallecido el 21 de julio del 2010, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N° 20-000775-0643-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-000775-0643-LA. Promovido por María Brunilda Parra Obando, a favor del trabajador fallecido Mario Alberto Pérez Parra.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 17 de febrero del 2021.—Licda. Jesica Marcela Cordero Azofeifa, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531595 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Alberto Rivera López, 07-0033-0558, fallecido el veintiuno de setiembre del dos mil veinte, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el Número 20-000835-0679-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000835-0679-LA. Por Rosa Díaz Díaz a favor de Carlos Alberto Rivera López.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 10 de noviembre del año 2020.—Licda. Diana Jeannette Peraza Retana, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531596 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Arturo Valerín Cubillo, cédula N° 0501480704, fallecido el 09 de abril del año 2018, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones sector privado bajo el N° 20-001025-0929-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-001025-0929-LA. Por Brayner Josué Valerín Valladares, cédula 0702620163 a favor de Arturo Valerín Cubillo.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 18 de agosto del 2020.—Lic. Erick Campos Camacho, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531605 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Cristofer Laudacio Espinoza Artavia 0205890502, fallecido el 18 de mayo del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el Número 20-001184-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 20-001184-0505-LA. Por Mexichem Costa Rica Sociedad Anónima a favor de Cristofer Laudacio Espinoza Artavia.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 19 de agosto del 2020.—Msc. Priscila Marín Leiva, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531606 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Diego Méndez Bermúdez, fallecido el 13 de octubre del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número 21-000001-1546-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 21-000001-1546-LA. Por devolución de prestaciones de persona trabajadora fallecida del señor Luis Diego Méndez Bermúdez, a favor de Yenny Lupita Rojas Pérez.—Juzgado Contravencional de Guácimo (Materia Laboral), 16 de febrero del año 2021.—Lic. José Celso Fernández Delgado, Juez.—1 vez.—O.C. 364-12-2021.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2021531612 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Axel Steven Molina Baltodano, 0702400486, fallecido el 13 de octubre del año 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado, bajo el número 21-000019-1549-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000019-1549-LA. Por a favor de Axel Steven Molina Baltodano.—Juzgado Contravencional de Siquirres (Materia Laboral), 11 de febrero del año 2021.—Licda. Valeria Torres Morales, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531616 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jose Luis Cortes Obregon 0501910285, fallecido(a) el 20 de enero del año 2006, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número 21-000028- 1549-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 21-000028-1549-LA. Por a favor de José Luis Cortes Obregón.—Juzgado Contravencional de Siquirres (Materia Laboral), 17 de febrero del 2021.—Licda. Valeria Torres Morales, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2021531618 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rebeca Espinoza Romero quien fue mayor, sin profesión u oficio especificado, costarricense con número de cédula 602990584, vecina de Limón y quien falleció el veintiocho de diciembre del dos mil dieciséis, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 21-000069-1113-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 21-000069-1113-LA.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Laboral), 24 de febrero del año 2021.—Lic. José Pablo Quesada Padilla, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531620 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Alexander Mayk Vagliengo Gabriel, fallecido el 09 de febrero del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. pago sector privado bajo el Número 21-000143-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 21-000143-0639-LA. Por Vaxxen Internacional Sociedad Anónima a favor de Alexander Mayk Vagliengo Gabriel 0115600415.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 23 de febrero del 2021.—Digna María Rojas Rojas Jueza—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531622 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Óscar Horacio Quesada Pérez, fallecido el 17 de noviembre del 2020, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 21-000149-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000149-0639-LA. Por a favor de.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 02 de febrero del 2021.—Lic. Ignacio Saborío Crespo, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531623 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mario de La Trinidad Saborío Bravo 0900410759, fallecido el 11 de junio del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el Número 21-000238-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 21-000238-0639-LA. Por Carmen Lira Madrigal Elizondo a favor de Mario de La Trinidad Saborío Bravo.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de febrero del 2021.—Lic. Ignacio Saborío Crespo, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531624 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Alberto Del Socorro Ledezma Alvarado 0401210903, fallecido en el mes de junio del 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de distribución de prestaciones bajo el Número 21-000263-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente 21-000263-0505-LA. Diligencias establecidas por Ilse Ledezma Alvarado, cédula de identidad 4-0094-0837.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 12 de febrero del 2021.—Msc. Xiomara Arias Madrigal, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2021531625 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Arturo de Jesús Camacho Benavides 0401210674, fallecido el 24 de marzo del año 2010, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de distribución de prestaciones bajo el número 21-000283-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000283-0505-LA. Diligencias establecidas por Andreina Marta Camacho Rodríguez, cédula de identidad 0402170790.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 16 de febrero del año 2021.—Msc. Xiomara Arias Madrigal, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531626 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Manfred Amrhein Leva N° 0800161001, fallecido el 09 de noviembre del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de distribución de prestaciones bajo el número 21-000313- 0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 21-000313-0505-LA. Diligencias establecidas por Patricia María Stewart Clachar, cédula de identidad N° 0900080885.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 19 de febrero del año 2021.—Lic. Luis Diego Vargas Vargas, Juez.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531628 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de nueve millones cincuenta y seis mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando el derecho 001: reservas y restricciones bajo las citas: 322-03171-01-0901-001, derecho 002: reservas y restricciones citas: 322-03171- 01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 505913-001-002, la cual es terreno naturaleza: Terreno para construir situada en el distrito 7-Yolillal cantón 13-Upala de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, calle pública sur, Inés Alemán Silva; este, Gloria Potoy Alemán, oeste, Danilo Romero Carrillo. Mide: doscientos ocho metros cuadrados. Plano: A-1624131-2012. Para tal efecto, se señalan las once horas y cero minutos del ocho de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas y cero minutos del dieciséis de abril de dos mil veintiuno con la base de seis millones setecientos noventa y dos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas y cero minutos del veintiséis de abril de dos mil veintiuno con la base de dos millones doscientos sesenta y cuatro mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Jorge Luis Mendoza García, Xinia María Fernández Castro. Expediente N° 19-009767-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 04 de setiembre del año 2020.—Licda. Eunice Pérez Arce, Jueza Decisora.—( IN2021530364 ).

En este Despacho, con una base de once millones trescientos nueve mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando terreno Ref 1833 197 002, citas 269-08792-01-0902-001, y reservas y restricciones, citas 269-08792-01-0902-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número ciento cuarenta y dos mil setecientos sesenta y cuatro, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir lote tres. Situada en el distrito 1-Guácimo, cantón 6-Guácimo, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, resto de Lujo Palmareña S. A. y Proyectos e Inversiones Segura S. A.; al sur, calle pública con quince punto treinta metros de frente; al este servidumbre de paso con catorce punto cuarenta y seis metros de frente y al oeste resto de Lujo Palmareña S. A. y Proyectos e Inversiones Segura S. A. Mide: Doscientos treinta y dos metros cuadrados, plano: l-1558774-2012. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintisiete de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del cinco de mayo de dos mil veintiuno con la base de ocho millones cuatrocientos ochenta y un mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del trece de mayo de dos mil veintiuno con la base de dos millones ochocientos veintisiete mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Johanna Sánchez Fallas. Expediente N° 19-005194-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 19 de enero del año 2021.—Jeffrey Thomas Daniels, Juez.—( IN2021530370 ).

En este Despacho, con una base de seis millones cuatrocientos noventa y un mil quinientos cuarenta colones con noventa y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo JJS224, Marca: Kia, Categoría: automóvil, Vin: KNAB2512BJT061941, Tracción: 4x2, Color: gris, año fabricación: 2018, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del quince de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones ochocientos sesenta y ocho mil seiscientos cincuenta y cinco colones con setenta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del siete de abril de dos mil veintiuno, con la base de un millón seiscientos veintidós mil ochocientos ochenta y cinco colones con veinticuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional Costa Rica contra Joseph Anthony González Ford. Expediente 20-003327-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 12 de enero del 2021.—Licda. Susana María Murillo Alpízar, Jueza Tramitadora.—( IN2021531076 ).

En este Despacho, Con una base de tres millones ciento cuatro mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BSZ312, marca: KIA, estilo: Sportage, categoría: Automóvil, tracción: 4x2, año de fabricación: 2005, cilindrada: 2000 c.c, cilindros: 4, combustible: gasolina, serie/chasis/VIN: KNDJF724457095740. Para tal efecto se señalan las quince horas treinta minutos del cinco de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del trece de abril de dos mil veintiuno con la base de dos millones trescientos veintiocho mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del veintiuno de abril de dos mil veintiuno con la base de setecientos setenta y seis mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Exportaciones Santamaria S. A. contra Berlín Elena Ríos Araya. Expediente Nº:21-000373-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 16 de febrero del año 2021.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2021531077 ).

En este Despacho, con una base de veintiséis millones quinientos ochenta y cinco mil noventa colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando limitaciones del IDA Ley 2825 art. 67 citas: 454-06076-01-0230-001 y reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 454-06076-01-0271-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento siete mil cien, derecho cero cero uno, la cual es terreno Asentamiento Cambalache lote noventa y tres terreno para vivienda. Situada en el distrito 02 San Juan Grande, cantón 02 Esparza, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote noventa y dos; al sur, lote noventa y cuatro; al este, I.D.A. y al oeste, calle pública. Mide: mil setecientos noventa y cuatro metros con setenta y tres decímetros cuadrados. Situada en el distrito , cantón , de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte; al sur; al este y al oeste . Mide: metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas veinte minutos del treinta de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas veinte minutos del once de mayo de dos mil veintiuno con la base de diecinueve millones novecientos treinta y ocho mil ochocientos diecisiete colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas veinte minutos del diecinueve de mayo de dos mil veintiuno con la base de seis millones seiscientos cuarenta y seis mil doscientos setenta y dos colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de Róger Alberto de Jesús Alpízar Medina contra sucesión de Alberth Antonio Ugalde Ramírez, expediente N° 19-002255-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 18 de febrero del año 2021.—Luis Carrillo Gómez, Juez/a Decisor/a.—( IN2021531081 ).

En este Despacho, con una base de seis millones ochocientos veinte mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre dominante citas: 363-14110-01-0006-001, servidumbre dominante citas: 363-14110-01-0020-001, reservas y restricciones citas: 400-02453-01-0800-001 y demanda ordinaria citas: 800-461438-01-0001-001 del número de expediente 18-000262-0338-FA; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 182713-000, la cual es terreno para construir con una casa, patio y solar. Situada en el distrito 6-Guadalupe (Arenilla), cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Finca ubicada en zona catastrada. Colinda: al norte, Oscar Andrés Thames Blanco, en medio Gonzalo Campos Fuentes; al sur, Desarrolladora El Higuerón S. A.; al este, calle pública; y al oeste, Yamileth Thames Blanco. Mide: doscientos siete metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del nueve de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del diecinueve de abril de dos mil veintiuno con la base de cinco millones ciento quince mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veintisiete de abril de dos mil veintiuno con la base de un millón setecientos cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Los Gallos Guadalupanos Sociedad Anónima contra Oscar Andrés Tames Blanco. Expediente N° 18-016360-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 29 de enero del año 2021.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Decisora.—( IN2021531085 ).

En este Despacho, con una base de diez mil setecientos treinta y seis dólares con catorce centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BMQ541, marca: Toyota, estilo: Yaris S, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, color: beig. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del uno de abril de dos mil veintiuno con la base de ocho mil cincuenta y dos dólares con once centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del nueve de abril de dos mil veintiuno con la base de dos mil seiscientos ochenta y cuatro dólares con cuatro centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Cafsa S.A. contra Franklin Benito Gómez Benavides, expediente N° 20-010103-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 17 de enero del año 2021.—Liseth Delgado Chavarría, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021531086 ).

En este Despacho, con una base de tres millones cuatrocientos cincuenta y siete mil ciento cuarenta y cinco colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 109488 001 y 002, la cual es terreno para construir, lote diecisiete, bloque E. Situada en el distrito 1-Corredor, cantón 10-Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, carretera interamericana; al sur, calle pública; al este, lote dieciocho bloque E y al oeste, lote dieciséis bloque E. Mide: doscientos metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Plano: P-0534144-1998. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del veintidós de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del seis de abril de dos mil veintiuno con la base de dos millones quinientos noventa y tres mil sesenta y un colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno con la base de ochocientos sesenta y cuatro mil trescientos cincuenta y tres colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra Magaly Patricia Castro Trejos, Warner Pablo Álvarez Porras, expediente N° 17-007434-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 03 de febrero del año 2021.—Jazmín Núñez Alfaro, Juez/a Decisor/a.—( IN2021531088 ).

En este despacho, se rematarán los siguientes bienes: 1) Con una base de sesenta millones cuatrocientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de guanacaste, matrícula número ciento setenta y siete mil novecientos sesenta y cinco, derecho 000, la cual es terreno para construir lote C-7. Situada en el distrito 1-Tilarán, cantón 8- Tilarán, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote C-9; al sur, calle uno con 12 metros de frente; al este lote C-8 y al oeste lote C. Mide: trescientos sesenta metros cuadrados, plano: G-1381217-2009. 2) Con una base de sesenta y tres millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de guanacaste, matrícula número ciento setenta y siete mil novecientos sesenta y seis, derecho 000, la cual es terreno para construir lote C-8. Situada en el distrito 1-Tilarán, cantón 8- Tilarán, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte lote C-9; al sur, calle número dos con frente de 8.50 metros; al oeste lote C-7 y al sureste, avenida numero 2 con frente de 25.52 mts. Mide: trescientos ochenta y cinco metros cuadrados, plano: G-1381215-2009. Para tal efecto, se señalan las siete horas treinta minutos del dieciséis de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas treinta minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintiuno 1) Con la base de cuarenta y cinco millones trescientos mil colones exactos (75% de la base original). 2) Cuarenta y siete millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original). Y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas treinta minutos del ocho de abril de dos mil veintiuno con la base de 1) Quince millones cien mil colones exactos (25% de la base original) 2) Quince millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Henry Segura Sánchez, María Gabriela Murillo Chavarría. Exp:19-007547-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 23 de febrero del año 2021.—Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2021531091 ).

En este despacho, con una base de dieciocho millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando citas: 400-19147-01-0900-003 condiciones Ref: 000000000IDA, servidumbre trasladada citas: 400-19147-01-0901-003, citas: 400-19147-01-0902-001 condiciones Ref: 00082506-000, citas: 400-19147-01-0903-003 prohibiciones Ref: 00082506-000, servidumbre de aguas pluviales citas: 2019-533592-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 139793-000, la cual es terreno naturaleza: Construir La Victoria N° 132. Situada en el distrito 3-Las Horquetas, cantón 10-Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública; al sur, IDA; al este, parcela 133 y al oeste, parcela 131. Mide: ochocientos un metros con cuarenta decímetros cuadrados, plano: H-0892361-1990. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del siete de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del dieciséis de setiembre de dos mil veintiuno con la base de trece millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del veinticuatro de setiembre de dos mil veintiuno con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Dean Paquette P contra Barrabaja S.R.L., Carlos Alberto Barrantes Sibaja. Expediente N° 19-004180-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 12 de febrero del año 2021.—Luis Abner Salas Muñoz, Juez Tramitador.—( IN2021531095 ).

En este Despacho, a las diez horas y treinta minutos del veintidós de marzo de dos mil veintiuno, (primer remate), con una base de diecinueve millones setecientos ochenta y ocho mil ciento cuarenta y nueve colones con cuarenta y cuatro libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de guanacaste matrícula cuarenta y cuatro mil cinco derechos cero cero uno, cero cero dos, la cual es de naturaleza terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito 1-Santa Cruz, cantón 3-Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Manuel Iglesias y otro; al sur, Agustín y José Acevedo; al este, Concepción Rodríguez y al oeste, calle publica con 09,60 cts. Mide: doscientos treinta y seis metros con un decímetros cuadrados. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas y treinta minutos del cinco de abril de dos mil veintiuno, con la base de catorce millones ochocientos cuarenta y un mil ciento doce colones con ocho céntimos, (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas y treinta minutos del doce de abril de dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones novecientos cuarenta y siete mil treinta y siete colones con treinta y seis céntimos, (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución de sentencia de Gerardo Javier Rojas Morera, Janis Dayana Rojas Salgado, Mireya Salgado Flores contra José Calixto Acevedo Gutiérrez, Pedro Alberto Chinchilla Alcazar. Expediente N° 14-000029-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de agosto del año 2020.—Licda. Franciny María Gutiérrez López, Jueza Decisora.—( IN2021531190 ).

En este Despacho, con una base de diecinueve millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número trescientos setenta y tres mil ochocientos noventa y seis, derecho 000, la cual es terreno con un edificio. Situada en el distrito 01 San Pedro, cantón 15 Monte de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte, sucesión de José Joaquín Cruz Villalta; al sur, José Eduardo Cruz Campos; al este, sucesión de José Joaquín Cruz Villalta y al oeste, calle pública con un frente a 8,50 cm. Mide: cuatrocientos dos metros con tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del ocho de abril del año dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del diecinueve de abril del año dos mil veintiuno. Con la base de catorce millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintisiete de abril del año dos mil veintiuno. Con la base de cuatro millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Hernán Cruz Campos. Expediente N° 20-003821-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 15 de febrero del año 2021.—Licda. Yendri Patricia Rojas Pérez, Jueza.—( IN2021531200 ).

En este despacho, con una base de cuatro millones de colones exactos, libre de gravámenes prendarios; sáquese a remate el vehículo placas BSB585, el cual es Nissan Pathfinder se, todo terreno 4 puertas, tracción 4x4, año 2005, color verde. Para tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos del veintidós de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del treinta de abril de dos mil veintiuno con la base de tres millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del once de mayo de dos mil veintiuno con la base de un millón de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Yocelin de Los Ángeles Salazar Alpízar contra Álvaro Hernández Delgado. Expediente N° 20-002188-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 08 de diciembre del año 2020.—María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza Decisora.—( IN2021531235 ).

En este Despacho, con una base de dos mil novecientos ochenta y cinco dólares con sesenta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo CL-212911, marca Chevrolet. Estilo CMV. Categoría carga liviana. Capacidad 2 personas. Año 2006. Color blanco. vinkl1bb05556C131124. Cilindrada 800 cc. Combustible gasolina. Motor Nº F8CB316023KA2. Para tal efecto se señalan las catorce horas treinta minutos del dieciocho de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del veintiséis de marzo de dos mil veintiuno con la base de dos mil doscientos treinta y nueve dólares con veintiséis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del trece de abril de dos mil veintiuno con la base de setecientos cuarenta y seis dólares con cuarenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Improsa Sociedad Anónima contra Abraham Alberto Solano Arauz. Expediente Nº:16-004616-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 03 de febrero del año 2021.—Licda. Pilar Gómez Marin, Jueza Tramitadora.—( IN2021531241 ).

En este Despacho, con una base de cinco mil once dólares con sesenta y ocho centavos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones número de expediente: 18-000723-0742-TR, bajo las citas: 2018-252900498-0; sáquese a remate el vehículo el vehículo placas: BDN510, marca: Hyundai, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: MALAM51CBDM347827, carrocería: sedan 4 puertas hatchback, número chasis: MALAM51CBDM347827, año fabricación: 2013, color: blanco, vin: MALAM51CBDM347827. Para tal efecto se señalan las ocho horas y cero minutos del siete de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y cero minutos del quince de abril de dos mil veintiuno con la base de tres mil setecientos cincuenta y ocho dólares con setenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintitrés de abril de dos mil veintiuno con la base de mil doscientos cincuenta y dos dólares con noventa y dos centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credi Q Inversiones CR S.A contra Ruma Jivi S.A., expediente N° 19-009943-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 28 de agosto del año 2020.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2021531242 ).

En este Despacho, con una base de tres mil seiscientos treinta y seis dólares con treinta y siete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: 875797, Marca: Chevrolet, Estilo: Aveo LS, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas: 2011, color: negro, número de chasis: KL1TJ5CY7BB189334, cilindrada: 1500 c.c.. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del siete de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del quince de abril de dos mil veintiuno, con la base de dos mil setecientos veintisiete dólares con veintisiete centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del veintiséis de abril de dos mil veintiuno, con la base de novecientos nueve dólares con nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos S J S.A. contra Andrea Tatiana Palomo Monge. Expediente Nº: 20-018490-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de noviembre del año 2020.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—( IN2021531243 ).

En este despacho, con una base de dos mil cuatrocientos treinta y siete dólares con cincuenta y tres centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: placas número 893875. Marca Chevrolet. Estilo Sprak LS. Categoría automóvil. Capacidad 5 personas. Año 2011. Color café. VIN KL1CJ6C18BC633629. Cilindrada 1000 cc. Combustible gasolina. Motor Nº B10D1537628KC3. Para tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos del siete de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del quince de abril de dos mil veintiuno con la base de mil ochocientos veintiocho dólares con quince centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del veintitrés de abril de dos mil veintiuno con la base de seiscientos nueve dólares con treinta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito SJ S. A. contra Leda Lucia Cedeño Sequeira. Expediente N° 18-002456-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón), 07 de enero del año 2021.—José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2021531245 ).

En este despacho, con una base de dieciséis mil seiscientos quince dólares con veintidós centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BTB741, marca: Citroen, estilo: C-Elysee, categoría: automóvil, año: 2018, color: plateado, VIN: VF7DDNFP6JJ507538, N° Motor: 10FC1A0094419, cilindrada: 1587 c.c. Combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de abril de dos mil veintiuno con la base de doce mil cuatrocientos sesenta y un dólares con cuarenta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del diez de mayo de dos mil veintiuno con la base de cuatro mil ciento cincuenta y tres dólares con ochenta centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra María Daniela Thompson Fernández. Expediente N° 20-014041-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de febrero del año 2021.—Lic. Verny Arias Vega, Juez Tramitador.—( IN2021531246 ).

En este Despacho, con una base de dieciséis millones ochenta y tres mil colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada: citas: 296-06483-01-0901-001; citas: 353-11220-01-0001-001 corresponden a servidumbre dominante; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 430526, derecho 000, la cual es terreno naturaleza: bloque O, lote ciento diecinueve, terreno con una casa. Situada en el distrito: San Felipe, cantón: Alajuelita, de la provincia de San José. Colinda: al norte, María y Ricardo Fernández; al sur, calle pública; al este, INVU y al oeste, INVU. Mide: ciento dos metros con dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del doce de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veinte de abril de dos mil veintiuno, con la base de doce millones sesenta y dos mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintiocho de abril de dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones veinte mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Geynier Francisco Hernández Mora, Lorena Irene de Jesús Sánchez Azofeifa, Stephanie Pamela Marchena Rodríguez, expediente N° 19-003189-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 08 de octubre del año 2020.—Licda. Marlene Solís Blanco, Jueza Tramitadora.—( IN2021531288 ).

En este Despacho, con una base de trece millones novecientos sesenta y tres mil doscientos colones exactos, soportando hipoteca bajo las citas 523-02686-01-0037-001, sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos ochenta y siete mil trescientos sesenta y cuatro, derechos cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir Lote A-Seis. Situada en el distrito: 07-La Fortuna, cantón: 10-San Carlos, de la Provincia de Alajuela. Colinda: al norte Florecillas de la Fortuna S.A.; al sur calle publica con 10,01 metros; al este lote a Siete y al oeste Lote A Cinco. Mide: ciento setenta y cuatro metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas del veintitrés de marzo del año dos mil veintiuno. Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Heiner Adilio Prendas López contra Angélica María Vanegas Molina, Cynthia Karina Prendas Vanegas. Expediente Nº:18-000089-0297-CI.—Tribunal Colegiado Primera Instancia Civil del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 13 de enero del años 2021.—Licda. Nuria Rodríguez Bermúdez, Jueza.—( IN2021531298 ).

En este Despacho, con una base de catorce millones trescientos cuarenta y un mil ciento setenta y ocho colones con setenta y ocho céntimos, libre de gravámenes , pero soportando servidumbre trasladada, citas 392-03557-01-0900-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número doscientos sesenta mil noventa y tres, derecho cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir con 1 casa.- Situada en el distrito 5-Tacares, cantón 3-Grecia, de la provincia de Alajuela.- Colinda: al norte José Martín Cruz Ramírez; al sur Joaquín Rojas Álvarez; al este calle publica con veintiocho metros veintinueve centímetros de frente y al oeste Joaquín Rojas Álvarez.- Mide: trescientos treinta metros con setenta y un decímetros cuadrados.- Plano:A-0324007-1996.- Identificador predial:203050260093. Para tal efecto, se señalan las once horas y treinta minutos del veinticinco de marzo del dos mil veintiuno De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del quince de abril de dos mil veintiuno con la base de diez millones setecientos cincuenta y cinco mil ochocientos ochenta y cuatro colones con nueve céntimos(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del veintinueve de abril de dos mil veintiuno con la base de tres millones quinientos ochenta y cinco mil doscientos noventa y cuatro colones con sesenta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra José Martín Cruz Ramírez, Maura Etilma López González. Expediente 18-007511-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 09 de febrero del año 2021.—Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Decisora.—( IN2021531299 ).

En este Despacho, con una base de veinticuatro millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servid de acued citas: 363-07821-01-0005-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 120553, derecho 000, la cual es terreno para construir, bloque 1, lote 5. Situada en el distrito 1-Golfito, cantón 7-Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lotes 4 y 2; al sur, lote 7; al este, lote 6 y al oeste, avenida 1. Mide: ciento sesenta y cuatro metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Plano: P-0601533-1999. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del diez de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del dieciocho de agosto de dos mil veintiuno con la base de dieciocho millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veintiséis de agosto de dos mil veintiuno con la base de seis millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Marcos Isabel Nieto Gómez, María Isabel Campos Tiffer, expediente N° 19-004180-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 22 de octubre del año 2020.—Lic. Gerardo Monge Blanco, Juez Tramitador.—( IN2021531346 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de un millón doscientos cuarenta y ocho mil ciento sesenta y seis colones exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, citas: 2016-00093838-01-0005-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 258382-000, la cual es terreno naturaleza: terreno con una casa y cultivos. Situada en el distrito 11 Quebradilla, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública, predial 30111025089700; al sur, calle pública, predial 30111025677400; al este, predial 30111025089700, predial 30111p00015300 y al oeste, predial 30111025412600 y predial 30111025677400. Mide: tres mil once metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del diecisiete de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veinticinco de marzo de dos mil veintiuno con la base de novecientos treinta y seis mil ciento veinticuatro colones con cincuenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del nueve de abril de dos mil veintiuno con la base de trescientos doce mil cuarenta y un colones con cincuenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jorge Luis Cordero Picado contra Calera Alfaro Jimenez S. A. Expediente Nº 19-011175-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 15 de febrero del año 2021.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2021531535 ).

En este Despacho, con una base de catorce mil cuatrocientos treinta y seis dólares con un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas BTD640, Marca: Suzuki, Estilo: D Zire GL, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie: MA3ZF63S2LA591532, peso vacío: 0, carrocería: sedan 4 puertas, peso neto: 0 kgrms., tracción: 4x2, peso bruto: 1415 kgrms., número Chasis: MA3ZF63S2LA591532, valor hacienda: 6,880,000.00, año fabricación: 2020, estado actual: inscrito, longitud: 0 mts., estado tributario: pago derechos de aduana, cabina: no aplica, clase tributaria: 2568352, techo: no aplica, uso: particular, peso remolque: 0, valor contrato: 17,550.00, color: gris, numero registral: 0, convertido: N, moneda: Dólares, Vin: MA3ZF63S2LA591532. características del motor: N° motor: K12MN7510534, Marca: Suzuki, N° Serie: no indicado, Modelo: K12MN, cilindrada: 1200 c.c., cilindros: 4, potencia: 63 KW, combustible: gasolina, fabricante: no indicado, procedencia: desconocida. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del veinticinco de junio del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas treinta minutos del cinco de julio del dos mil veintiuno, con la base de diez mil ochocientos veintisiete dólares con un centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del trece de julio del dos mil veintiuno, con la base de tres mil seiscientos nueve dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Daniela Abigail Abdalah Calvo. Expediente Nº 20-003346-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 04 de febrero del 2021.—Msc. Cristian Mora Acosta, Juez Tramitador.—( IN2021531574 ).

En este despacho, con una base de once millones setecientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 297-12586-01-0901-001, servidumbre de lineas eléctricas y de paso citas: 2015-554883-01-0013-001, servidumbre de acueducto citas: 2016-158300-01-0001-001, servidumbre de paso citas: 2015-554883-01-0025-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 536349, derecho 000, la cual es terreno lote 4 terreno de solar y en parte servidumbre de paso. Situada en el distrito 8-Palmitos cantón 6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: lote 5; al sur, lote 3; al este, lote 6 y al oeste, Jeremy Cabrera Araya. Mide: quinientos veintiún metros cuadrados. Plano: A-1790575-2014. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos del veintidós de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos del seis de abril de dos mil veintiuno con la base de ocho millones setecientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno con la base de dos millones novecientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra José Ángel Calvo Chinchilla. Expediente N° 21-000202-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 04 de febrero del año 2021.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2021531576 ).

En la puerta exterior de este despacho y con una base de trece mil quinientos trece dólares con cincuenta y cuatro centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BKN210, marca: BYD, categoría: automóvil, serie: LC0C24DA5G0001369, año: 2016, color: blanco, capacidad 5 personas, cilindrada 1000 CC. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del diez de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del dieciocho de mayo de dos mil veintiuno con la base de diez mil ciento treinta y cinco dólares con quince centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del veintiséis de mayo de dos mil veintiuno con la base de tres mil trescientos setenta y ocho dólares con treinta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos Sociedad Anónima contra Gerardo Francisco Bermúdez Solano. Expediente 18-007849-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 18 de febrero del año 2021.—Licda. Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza.—( IN2021531577 ).

En este Despacho, con una base de mil quinientos sesenta y dos dólares con ochenta centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas: 603584, Marca: Suzuki, Categoría: automóvil, Vin: JSAERA31S65250776, año: 2006, color: beige, cilindrada: 1.600 c.c.. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del cinco de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del trece de mayo de dos mil veintiuno, con la base de mil ciento setenta y dos dólares con diez centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiuno de mayo de dos mil veintiuno, con la base de trescientos noventa dólares con setenta centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos S.A. contra Iván André Ramírez Valverde, expediente N° 17-008360-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 15 de febrero del año 2021.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Decisora.—( IN2021531578 ).

En este Despacho, con una base de treinta y seis millones colones exactos , libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número ciento sesenta y un mil ciento trece, derecho 000, la cual es terreno para construir lote 8-C.- Situada en el distrito 5-Aguacaliente (San Francisco), cantón 1-Cartago de la provincia de Cartago, de la provincia de Cartago.- Colinda: al norte calle pública; al sur Fernando Cerdas González; al este lote 7-C y al oeste lote 9-C.- Mide: doscientos cuarenta y nueve metros con diez decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del treinta de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del once de mayo de dos mil veintiuno con la base de veintisiete millones colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del diecinueve de mayo de dos mil veintiuno con la base de nueve millones colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Davivienda Costa Rica S.A. contra Alejandro Jose Arrieta Torres. Expediente 18- 008211-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 28 de enero del 2021.—Licda. Pilar Gómez Marin, Jueza Tramitadora.—( IN2021531579 ).

En la puerta exterior de este despacho y con una base de once millones ochocientos treinta mil doscientos cuarenta y siete colones con veintitrés céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 277763-000, derecho 000, la cual es terreno para construir una casa. Situada en el distrito Calle Blancos, cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 9-D; al sur, lote 7-D; al este, lote 34-D y al oeste, calle Las Pomas. Mide: sesenta y siete metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del ocho de abril de dos mil veintiuno con la base de ocho millones ochocientos setenta y dos mil seiscientos ochenta y cinco colones con cuarenta y dos céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del diecinueve de abril de dos mil veintiuno con la base de dos millones novecientos cincuenta y siete mil quinientos sesenta y un colones con ochenta céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Marcela Patricia Solano Flores Expediente Nº 20-004563-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 07 de enero del año 2021.—Carlos Alejandro Báez Astúa, Juez Tramitador.—( IN2021531581 ).

En este Despacho, con una base de quince millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número cuarenta y dos mil setecientos treinta y dos, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el Distrito 3-Aguabuena, cantón 8-Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Linderos: al norte, Cooperativa Agrícola Agua Buena R.L.; al sur, Cooperativa Agrícola Agua Buena R.L.; al este, Cooperativa Agrícola Agua Buena R.L.; y al oeste, calle pública. Mide: trescientos treinta y cinco metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. Plano: P-0735457-2001, se señalan las siete horas treinta minutos del veintinueve de setiembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas treinta minutos del siete de octubre del dos mil veintiuno con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las siete horas treinta minutos del quince de octubre del dos mil veintiuno con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Efraín Martín de La Trinidad Prendas Fernández, Montañas y Bellas Vistas de Las Torres Limitada. Expediente N° 16-000278-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 15 de febrero del 2021.—Lic. Edwin Eduardo Mata Elizondo, Juez Tramitador.—( IN2021531582 ).

En este Despacho, sáquese a remate las siguientes propiedades: 1) Finca del partido de Guanacaste, matrícula número 67074-F-000, libre de gravámenes y anotaciones; la cual es naturaleza: finca filial dos de dos plantas destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada: en el distrito 3-Sardinal, cantón 5-Carrillo de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, finca filial 1; sur, finca filial tres; este, área común libre, acceso vehicular; oeste, Claudio Alfonso Rojas Marín. Mide: ciento cincuenta y cuatro metros cuadrados. Valor porcentual: 20. Valor medida: 0.2. Plano: G-1300872-2008. Para el primer remate, con una base de sesenta mil doscientos cincuenta y dos dólares con nueve centavos, para el segundo remate, con la base de cuarenta y cinco mil ciento ochenta y nueve dólares con seis centavos (75% de la base original), para el tercer remate, la base de con la base de quince mil sesenta y tres dólares con dos centavos (25% de la base original). 2) Finca del partido de Guanacaste, matrícula número 67075-F-000, libre de gravámenes y anotaciones; la cual es naturaleza: finca filial tres de dos plantas destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada: en el distrito 3-Sardinal, cantón 5-Carrillo de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, finca filial dos; sur, finca filial cuatro; este, área común libre, acceso vehicular; oeste, Claudio Alfonso Rojas Marín. Mide: ciento cincuenta y cuatro metros cuadrados. Valor porcentual: 20. Valor medida: 0.2. Plano: G-1300873-2008. Para el primer remate, con una base de cuarenta y seis mil novecientos treinta y cuatro dólares con veintisiete centavos, para el segundo remate, con la base de treinta y cinco mil doscientos dólares con setenta centavos (75% de la base original), para el tercer remate, con la base de once mil setecientos treinta y tres mil con cincuenta y seis centavos (25% de la base original). 3) Finca del partido de Guanacaste, matrícula número 67076-F-000, libre de gravámenes y anotaciones; la cual es naturaleza: finca filial cuatro de dos plantas destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada: en el distrito 3-Sardinal, cantón 5-Carrillo de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, finca filial tres; sur, finca filial cinco; este, área común libre, acceso vehicular; oeste, Claudio Alfonso Rojas Marín. Mide: ciento cincuenta y cuatro metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Valor porcentual: 20. Valor medida: 0.2. Plano: no se indica. Para el primer remate, con una base de cuarenta y siete mil cincuenta y cuatro dólares con noventa y siete centavos, para el segundo remate, con la base de treinta y cinco mil doscientos noventa y un dólares con veintidós centavos (75% de la base original), y para el tercer remate, con la base de once mil setecientos sesenta y tres dólares con setenta y cuatro centavos (25% de la base original). 4) Finca del partido de Guanacaste, matrícula número 67077-F-00, libre de gravámenes y anotaciones; la cual es naturaleza: finca filial cinco de dos plantas destinada a uso habitacional en proceso de construcción. Situada: en el distrito 3-Sardinal, cantón 5-Carrillo de la provincia de guanacaste. Linderos: norte, finca filial cuatro; sur, área común libre, juegos infantiles; este, área común libre, acceso vehicular; oeste, Claudio Alfonso Rojas Marín. Mide: ciento cincuenta y cuatro metros cuadrados. Valor porcentual: 20. Valor medida: 0.2. Plano: no se indica. Para el primer remate, con una base de cuarenta y seis mil novecientos treinta y cuatro dólares con veintisiete centavos, para el segundo remate, con la base de treinta y cinco mil doscientos dólares con setenta centavos (75% de la base original), y para el tercer remate, con la base de once mil setecientos treinta y tres dólares con cincuenta y seis centavos (25% de la base original). Señalamientos: Para el primer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del dos de junio del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas treinta minutos del diez de junio del dos mil veintiuno, y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciocho de junio del dos mil veintiuno. Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Eric Regis Jean Duranton N, Sol y Sol VC S. A. Expediente N° 20-002052-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 26 de enero del 2021.—Lic. Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2021531609 ).

En este tribunal, con una base de treinta y cinco millones setecientos cincuenta y tres mil quinientos once colones con trece céntimos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas 0313-00002588-01-0001-001 y plazo de convalidación (rectificación de medida), bajo las citas 2009-00139224-01-0007-001; sáquese a remate la finca del Partido de Alajuela matrícula número ciento setenta y cinco mil sesenta y seis (175066) derechos 001 y 002, la cual es terreno inculto. Situada en el distrito 04 Carrillos, cantón 08 Poás de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Ana Angulo Jiménez; al sur: Óscar Bolaños González y servidumbre; al este: calle de servidumbre con un frente de 8,58 metros; y al oeste: Gerardo Chacón Saborío. Mide: doscientos cincuenta y dos metros con sesenta decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las ocho horas y cero minutos del veintidós de marzo del dos mil veintiuno. Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Ana Haydee Angulo Jiménez contra Rosa María De Los Ángeles Angulo Jiménez. Expediente N° 17-000411-0638CI.—Tribunal Colegiado Primera Instancia Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de enero del 2021.—Rodrigo Araya Durán, Juez Decisor.—( IN2021531639 ).

En este Despacho, con una base de veinte millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 346-06193-01-0919-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número trescientos dieciocho mil novecientos setenta y siete, derecho cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno naturaleza: para construir con 1 casa. Situada en el distrito 2-Cinco Esquinas, cantón 13-Tibas, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 11 B; al sur, calle con 7m 15cm; al este, lote 10 B y al oeste, lote 8 B. Mide: ochenta y cinco metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas cuarenta y cinco minutos del seis de abril de dos mil veintiuno con la base de quince millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas cuarenta y cinco minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno con la base de cinco millones ciento veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Juan Carlos Aguilar Alfaro contra Alicia Jiménez Rojas, Laura Virginia Rojas Meléndez, expediente N° 18-018478-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 16 de noviembre del año 2020.—Hazel Mariela Carvajal Rojas, Jueza Tramitadora.—( IN2021531643 ).

En este Despacho, con una base de quince millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 298-13070-01-0910-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula N° 431.067-001-002-003, la cual es terreno para construir con dos casas. Situada en el distrito 2-Florencia, cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Alfredo Corrales Corrales y Quebrada Flores; al sur, calle pública con un frente lineal de 33.89 centímetros; al este, calle pública con un frente de 65.56 centímetros lineales, y al oeste, Hilda Brenes Morales. Mide: dos mil quinientos treinta y seis metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados, plano: A-0789594-2002. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y cero minutos del nueve de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y cero minutos del diecinueve de abril del dos mil veintiuno, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintisiete de abril del dos mil veintiuno, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Helen Patricia Selim Picado contra Carlos García Núñez, Carlos Manuel Zúñiga Álvarez, Roberto Carlos Zúñiga Álvarez. Expediente Nº 19-004117-1209-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 01 de setiembre del 2020.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez/a Decisor/a.—( IN2021531645 ).

En este Despacho, con una base de seis millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando citas: 391-10998-01-0972-002 condiciones; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número cuarenta y nueve mil trescientos noventa y nueve, derecho cero cero cero, la cual es terreno para la agricultura lote 286. Situada en el distrito 1-Limón, cantón 1-Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública; al sur, calle pública; al este, lote 39 y al oeste, lote 36. Mide: ocho mil novecientos sesenta y cuatro metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del veintidós de abril de dos mil veintiuno con la base de cuatro millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del treinta de abril de dos mil veintiuno con la base de un millón seiscientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de 3-102-779413 S.R.L contra María de los Ángeles Villegas Quesada, expediente N° 20-001099-1209-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 24 de enero del año 2021.—Roy Córdoba Hernández, Juez/a Decisor/a.—( IN2021531646 ).

En este Despacho, con una base de doscientos treinta y cinco mil trescientos setenta dólares con veintiocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número doscientos nueve mil trescientos veinticinco, derecho 000, la cual es terreno de café con una casa y patio. Situada en el distrito 1-Heredia, cantón 1-Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, María Durán Carvajal, Hilda Arguedas Guzmán, Dream M. Z.  S. A., Giselle Solano Núñez, Eugenio Cascante, José Palacios, Lorudes Cascante, Randa Marin, Franklin Lizano, Ester Cascante, Ángel Gómez, Manuela Ramírez; al sur, calle pública 19.96 de frente Roger Fonseca, Rosa Chaverri, David Chaverri, José Chaverri, Alejandra Zamora, Fiduciaria Cuscatlán S. A., María de los Ángeles Zúñiga; al este, Zaravilla del Oeste Ltda.; y al oeste, calle pública 7,43 metros de frente María Durán Carvajal, Dream M. Z.  S. A., Roger Fonseca Umaña, Fiduciaria Cuscatlán S. A., María Ángeles Zúñiga. Mide: dos mil ochocientos treinta metros con treinta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las horas quince minutos del veintisiete de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas quince minutos del cuatro de junio de dos mil veintiuno con la base de ciento setenta y seis mil quinientos veintisiete dólares con setenta y un centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas quince minutos del catorce de junio de dos mil veintiuno con la base de cincuenta y ocho mil ochocientos cuarenta y dos dólares con cincuenta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Corporación Dunram de Cartago Sociedad Anónima, Ramón Antonio González Gómez. Expediente N° 20-008716-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 17 de noviembre del año 2020.—Lic. German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2021531657 ).

En este Despacho, 1) con una base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos, soportando servidumbre trasladada citas: 383-19779-01-0973-003 y reservas y restricciones citas: 383-19779-01-0974-003, sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula N° 127311, derecho 000, la cual es terreno lote 202-A para agricultura. Situada en el distrito: 02-Tucurrique, cantón: 04-Jiménez, de la provincia de Cartago. Finca se encuentra en Zona Catastrada. Colinda: al norte, calle publica; al sur, calle pública; al este, calle pública y al oeste, lotes 207 203-A 170-A. Mide: dos mil novecientos sesenta y seis metros con cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del veintiocho de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del siete de mayo de dos mil veintiuno, con la base de un millón seiscientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del diecisiete de mayo del dos mil veintiuno, con la base de quinientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (25% de la base original). 2) Con una base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos, soportando servidumbre trasladada citas: 383-19779-01-0981-003 y reservas y restricciones citas: 383-19779-01-0983-004, sáquese a remate la finca del partido de Cartago, terreno lote 202-A para agricultura. Situada en el distrito: 02-Tucurrique, cantón: 04-Jiménez, de la provincia de Cartago. finca se encuentra en zona catastrada. Colinda: al norte, calle pública; al sur, calle pública; al este, calle pública, y al oeste, lotes 203. Mide: mil trescientos diecinueve metros con veintidós decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del veintiocho de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las trece horas treinta minutos del siete de mayo de dos mil veintiuno, con la base de un millón seiscientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las trece horas treinta minutos del diecisiete de mayo de dos mil veintiuno, con la base de quinientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mario Alberto Córdoba Marín contra Ligia María Tortos Rivera. Expediente Nº 20-003528-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 01 de febrero del 2021.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Decisora.—( IN2021531675 ).

En este Despacho, con una base de dos millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número ciento cuarenta mil trescientos setenta y seis, derecho cero cero cuatro (un medio de la finca), la cual es terreno inculto con una casa. Situada en el distrito 11 San Sebastián, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Guillermo Arroyo Ocampo; al este, Ángela Cambronero y al oeste, calle pública. Mide: ciento treinta y tres metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Para lo cual se señalan las diez horas con treinta minutos del veintiuno de abril del año dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas con treinta minutos del veintinueve de abril del año dos mil veintiuno, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas con treinta minutos del diez de mayo del año dos mil veintiuno, con la base de quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Erick Castro Gatjens contra Hermes Oconitrillo Conejo, expediente N° 17-008162-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de febrero del año 2021.—Licda. María del Carmen Vargas González, Juez/a Decisor/a.—( IN2021531693 ).

En este Despacho, con una base de cuarenta y ocho millones cuatrocientos sesenta y siete mil sesenta colones con setenta céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número trescientos noventa y seis mil setecientos cincuenta y cinco, derecho 000, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada: en el distrito: 03-La Trinidad, cantón: 14-Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Ismelda Jiménez González; al este, lote 10-B, y al oeste, lote 8-B. Mide: ciento cuarenta y cinco metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del quince de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas cero minutos del veintitrés de marzo del dos mil veintiuno, con la base de treinta y seis millones trescientos cincuenta mil doscientos noventa y cinco colones con cincuenta y tres céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas cero minutos del siete de abril del dos mil veintiuno, con la base de doce millones ciento dieciséis mil setecientos sesenta y cinco colones con dieciocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jorge Edwin Fernández Garita, Ronny Eduardo Murillo Rodríguez. Expediente N° 20-000612-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 14 de enero del 2021.—Licda. Gabriela Campos Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2021531716 ).

En este Despacho, con una base de ciento cinco mil trescientos doce dólares con veintisiete centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando prohibiciones articulo 16 ley 7599 citas: 459- 04679-01-0109-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 577-66594-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 127488-F-, derecho cero cero cero, la cual es terreno finca filial número uno de una planta ubicada en el primer nivel destinada a uso residencial temporal totalmente construida. Situada en el Distrito 01 Jaco, Cantón 11 Garabito, de la Provincia de Puntarenas. Colinda: al norte área común libre; al sur finca filial 3; al este, área común libre y al oeste área común construida. Mide: cuarenta y nueve metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del seis de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del dieciséis de agosto de dos mil veintiuno con la base de setenta y ocho mil novecientos ochenta y cuatro dólares con veinte centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veintiuno con la base de veintiséis mil trescientos veintiocho dólares con siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional De Costa Rica contra 3 101 651924 S.A, Jose Manuel Quirce Lacayo. Expediente Nº:20-007181-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 24 de febrero del año 2021.—Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2021531717 ).

En este Despacho, con una base de dos millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas: 715995, Marca: Honda, Estilo: Accord, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie: 1HGCG5543WA232517, carrocería: Sedán 4 puertas, tracción: 4x2, año: 1998 cilindrada: 2300 c.c., cilindros: 4. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del veintisiete de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del seis de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del quince de setiembre de dos mil veintiuno, con la base de seiscientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Franquicias Comerciales RYB S.A. contra Carlos Enrique Espinoza Salas, expediente N° 19-001134-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 26 de enero del año 2021.—Lic. Marvin Antonio Hernández Calderón, Juez Tramitador.—( IN2021531718 ).

En este Despacho judicial y, con una base de siete millones quinientos mil colones, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 210640-000, la cual es: naturaleza: terreno para construir y pastos naturales. Situada en el distrito 4-Belén, cantón 5-Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, Jorge Alberto Méndez Pizarro;  sur, calle pública con 50 metros de frente; este, Adrián Salas Aguilar; oeste, sucesión de Alberto Adbernour Granados. Mide: cinco mil metros cuadrados. Plano: G-1311190-2008. Para tal efecto, se señalan las ocho horas del seis de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas del catorce de abril del dos mil veintiuno, con la base de cinco millones seiscientos veinticinco mil colones (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas del veintidós de abril del dos mil veintiuno, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días hábiles de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en el proceso ejecución hipotecaria, establecido por Dorian Del Carmen Clachar Rivas contra Steven José Espinoza Downing. Expediente N° 19-006004-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 16 de febrero del 2021.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2021531720 ).

En este despacho, con una base de seis mil quinientos cincuenta y un dólares con noventa y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BNF868, Marca: Toyota, Estilo: Corolla Se, Serie: 5YFBUWHEXHP645191, color: azul, Vin: 5YFBUWHEXHP645191, N. Motor: 2ZR2447661. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del diecinueve de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veintisiete de abril de dos mil veintiuno, con la base de cuatro mil novecientos trece dólares con noventa y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del seis de mayo de dos mil veintiuno, con la base de mil seiscientos treinta y siete dólares con noventa y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Carro Fácil de Costa Rica S.A contra Pedro Rafael Luces Briceño. Expediente Nº:20- 013011-1157-CJ Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 19 de noviembre del año 2020.—Licda. Michelle Allen Umaña, Jueza Decisora.—( IN2021531721 ).

En este Despacho, Con una base de siete mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo FRH286, marca: Nissan estilo: Tiida Categoría: automóvil capacidad: 5 personas, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4x2 numero de chasis: 3N1CC1AD1JK198287, año fabricación: 2018, color: blanco, cilindrada: 1598 cc, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del siete de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del quince de abril de dos mil veintiuno con la base de cinco mil doscientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del veintitrés de abril de dos mil veintiuno con la base de mil setecientos cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Carrofacil de Costa Rica contra Michael Uriel Rojas Brenes. Expediente Nº:20-003915-1209- CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 13 de enero del año 2021.—Diego Steven Duran Mora, Juez Decisor.—( IN2021531722 ).

Títulos Supletorios

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 15-000106-0388-CI donde se promueve información posesoria por parte de Francisco Rafael Apú Apú quien es mayor, casado una vez, trabajador pensionado, portador de la cédula número 05-0053-0245, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir bajo plano G-1227708-2011. Situada en Obandito el distrito tercero, Sardinal, cantón quinto, Carrillo. Colinda: al norte, con Grace María Obando Vallejos; al sur, con José Tomás Leal Apú; al este, y al oeste, con Ana Cecilia Apú Obando. Mide: ciento noventa y cuatro metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cuatro millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra venta que lo hiciere a Pablo Isaias Apú, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, continúa, ininterrumpida y a título de dueño. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento chapeas, cuido, e instalación de cercas y se ha sembrado árboles frutales. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Francisco Rafael Apú Apú. Expediente N° 15-000106-0388-CI-7.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 17 de diciembre del 2020.—Licda. Ximena Jiménez Soto, Jueza.—1 vez.—( IN2021531321 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 19-000116-0689-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Jorge Agüero Vargas quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Tabarcia de Mora, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 01-0508-0787, profesión empleado público, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno de montaña y repasto. Situada en el distrito Tabarcia, cantón Mora, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Vera Violeta Vargas Agüero, Constantino Agüero Vargas y Silveria Agüero Vargas; al sur, Moisés Agüero Vargas, Tito Alpízar Marín y Benjamín Agüero Marín; al este, Silveria Agüero Vargas, Carlos Agüero Vargas y Bejamín Agüero Marín y al oeste, Vera Violeta Agüero Vargas, Jorge Agüero Vargas y Moisés Agüero Vargas. Mide: veintinueve mil ciento sesenta y nueve metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número 1-2145822-2019. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de ocho millones ciento seis mil cuatrocientos cincuenta colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de 30 años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en vigilancia, limpieza del terreno en sus linderos. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Jorge Agüero Vargas, expediente N° 19-000116-0689-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 25 de febrero del año 2021.—Licda. Andrea Ruiz Ramírez, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531355 ).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 97-160163-0507-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Clara Isabel Vega Rodríguez, quien es mayor, femenina, costarricense, abogada, soltera, cédula Nº 2-0314-0467, vecina de San Pablo de Heredia, Residencial Los Crotos, del Gimnasio Scorpio, 300 metros al este, casa Nº 79, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Terreno de reforestado y bosque. Ubicado en Bella Vista, distrito primero Guápiles, del cantón segundo Pococí de la provincia de Limón. Mide: 35.195 m². Linda al norte, con José Castro Alvarado, Juan José Quirós Alvarado y Quebrada sin nombre, al sur, con Gabriel Brenes Arce y Quebrada sin nombre, al este con calle pública con un frente de 195.46 metros lineales y al oeste con La Gitanilla del Mar S. A. Graficado en el Plano Catastrado Nº 7-21709513-2020. Inmueble que fue estimado en la suma de ¢21.117.000,00 y las diligencias en ¢50.000,00. Dicho inmueble no tiene cargas reales que pesen sobre el mismo, no posee condueños y con las presentes diligencias no se pretende evadir las consecuencias de un proceso sucesorio. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes, contado a partir de su publicación, se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Diligencias de información posesoria Nº 97-160163-0507-AG. Nota: Este edicto debe de publicarse por una sola vez y con la mayor brevedad en el Boletín Judicial de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Informaciones Posesorias.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de La Zona Atlántica, Guápiles, 30 de octubre de 2020.—Lic. Geison López Barrantes, Juez Agrario.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531519 ).

María Etelgive Sibaja Álvarez, mayor, divorciada una vez, ama de casa, cédula de identidad dos- cuatrocientos cincuenta y ocho- cero cincuenta y cinco, vecina Alajuela, San Carlos, Florencia, Platanar, Calle Aeropuerto. Solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, el fundo sin inscribir que le pertenece y que se describe así: 1: Terreno de solar, sito en Platanar, distrito segundo Florencia, cantón diez San Carlos, de la Provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: al norte, Elvira Pérez Castro al sur, Elvira Pérez Castro; al este, Con servidumbre de paso con un frente a ella de diez metros con setenta y dos centímetros lineales y al oeste: Carlos Pérez Castro mide: de acuerdo al plano catastral aportado número 2-2112132-2019 de fecha 04 de marzo de 2019, una superficie de ciento cincuenta metros cuadrados. 2. Terreno de solar, sito en Platanar, Distrito segundo Florencia, Cantón diez San Carlos, de la Provincia de Alajuela, con los siguientes linderos: al norte: Elvira Pérez Castro al sur: Elvira Pérez Castro; al este: Con servidumbre de paso con un frente a ella de 11.06 metros cuadrados y al oeste: Carlos Pérez Castro. Mide: de acuerdo al plano catastral aportado número 2-2112131-2019 de fecha 04 de marzo de 2019, una superficie de doscientos metros cuadrados. 1: El inmueble antes descrito, manifiesta la titulante, que lo adquirió por donación que le hiciera su pareja de unión de hecho Walter Navarro Vargas, mayor, divorciado una vez, pensionado, cédula de identidad seis- ciento nueve- seiscientos noventa y tres, vecino de Alajuela, San Carlos, Florencia, Planatar, 600 metros al este y 50 metros al sur entrada sobre servidumbre de paso, último lote al fondo, la cual le traspasa la posesión decenal del inmueble, en fecha veintidós de noviembre del año dos mil veinte, en forma verbal y mediante escritura número 45 ante la notaría pública Ana Cristina Quesada Cruz, quien le hizo la donación y quien le trasmitiera los derechos posesorios ejercidos sobre el fundo en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción, a título de dueño por más de diez años. 2. El inmueble antes descrito, manifiesta la titulante, que lo adquirió por compra venta que le hiciera al señor Walter Navarro Vargas, mayor, divorciado una vez, pensionado, cédula de identidad seis- ciento nueve- seiscientos noventa y tres, vecino de Alajuela, San Carlos, Florencia, Planatar, 600 metros al Este y 50 metros al Sur entrada sobre servidumbre de paso, último lote al fondo, la cual le traspasa la posesión decenal del inmueble, en fecha veintidós de noviembre del año dos mil veinte, en forma verbal y mediante escritura número 47 ante la notaria pública Ana Cristina Quesada Cruz, quien le hizo la donación y quien le trasmitiera los derechos posesorios ejercidos sobre el fundo en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción, a título de dueño por más de diez años. 1. Valora el terreno en la suma de un millón de colones. 2 Valora el terreno en la suma de dos millón de colones y en las presentes diligencias en la suma de tres millones de colones. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este Edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Diligencias de información posesoria No 20-000394-0297 CI, establecida por María Etelgive Sibaja Álvarez.—Juzgado Agrario del II Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 12 de febrero de 2021.—Lic. Ana Milena Castro Elizondo, Jueza Agraria.—1 vez.—O.C. 364-12-2021.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2021531594 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 21-000014-0815-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Norman Gerardo Chaves Ramírez, quien es mayor, casado, vecino de Alajuela, Desamparados, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 205820268, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno para construir. Situada en el distrito San Juan, cantón Poás, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, con identificador predial 20802039195800; al sur, con identificador predial 208020219664000; al este, con identificador predial 20802039195800 y 208020219664000 y al oeste, con calle pública. Mide: 234 metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-2159453-2019. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones y cinco millones de colones exactos cada una, respectivamente. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por desde setiembre del año 2020. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Norman Gerardo Chaves Ramírez, expediente N° 21-000014-0815-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10 de febrero del año 2021.—Lic. Luis Alonso Madrigal Pacheco, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531615 ).

Citaciones

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de la señora Yolanda Zúñiga Serrano, quien fue mayor, soltera, pensionada, vecina de Heredia, Sarapiquí, Horquetas la Conquista, frente a la gasolinera, con cédula número 1-0343-0268, muerte acaecida el día 02 de diciembre del año 2020., para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este Edicto, en el Boletín Judicial, se apersonen a reclamar sus derechos en sucesorio en vía notarial, en la oficina de la Notaria autenticante, sito en San Sebastián, Urbanización Zorobarú, número 21-K, teléfono 2226-4289, correo electrónico anamaria.avendano@hotmail.com. Si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 0002-2021.—San José, 08:00 horas del 25 de febrero de 2021.—Licenciada Ana María Avendaño Rojas.—1 vez.—( IN2021531032 ).

Sucesión Ab Intestato en Sede Notarial de José Ángel Venegas Borbón. Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por solicitud de Mery González Méndez, a las catorce horas del veintiséis de febrero del año dos mil veintiuno y comprobado el fallecimiento del señor José Ángel Venegas Borbón, mayor de edad, casado una vez, quien en vida fue técnico en farmacia, vecino de San José, Tibás, Cuatro Reinas, Colima, quinta etapa, casa número treinta y uno E, con cédula de identidad uno-cero trescientos cincuenta y siete-cero seiscientos cincuenta y ocho, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para qué dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal como ésta lo ha indicado. Notaría del Lic. Carlos Enrique Marín Pereira, correo electrónico: marin.carlitos@gmail.com. Teléfono 8849-4643, San José, Tibás, Colima, Cuatro Reinas, de la iglesia católica, veinticinco metros hacia el este y cincuenta metros hacia el sur, en el número 19-M, a mano derecha.—San José, veintiséis de febrero de dos mil veintiuno.—José Venegas González.—1 vez.—( IN2021531041 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Omar Giovanni Víquez Gómez a las dieciocho horas del veinticuatro de febrero de dos mil veintiuno y comprobado el fallecimiento; ésta notaría declara abierto el Proceso Sucesorio Testamentario de quien en vida fuera Araceli Gómez Garita, mayor de edad, ama de casa, casada en primeras nupcias, cédula de identidad número tres-ciento setenta y tres-cuatrocientos veinticuatro, vecina de Cartago, Tierra Blanca, exactamente del Calvario doscientos setenta y cinco metros al sur. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Marvin Gerardo Gómez Leitón, Cartago, Oreamuno, Potrero Cerrado, frente a Industria Delifrost.—Lic. Marvin Gerardo Gómez Leitón, Notario.—1 vez.—( IN2021531044 ).

Se hace saber: En este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carmen Ávila Jiménez, mayor, casada dos veces, costarricense, portadora de la cédula de identidad N° 1-0420-0841, vecina de Puntarenas, Garabito Barrio Coopey frente al restaurante Marea Baja. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días, contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000399-0642-CI-2.—Juzgado Civil de Puntarenas, 28 de enero del año 2021.—Julieth Víquez Fernández, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2021531078 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Melvin Gairaud Rivera, mayor, estado civil viudo, profesión u oficio pensionado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0102710705 y vecino(a) de San José, Moravia, 125 metros oeste de la antigua entrada al Colegio Saint Clare y María Elizabeth Durán Quirós, mayor, estado civil casado/a, profesión u oficio enfermera pensionada, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0101920038 y vecino(a) de San José, Moravia, 125 metros oeste de la antigua entrada al Colegio Saint Clare. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente N° 17-000099-0893-CI-7.—Juzgado Segundo Civil de San José, 01 de diciembre del año 2020.—M.Sc. Ricardo Aman Díaz Anchia, Juez/a Tramitador/a.—1 vez.—( IN2021531079 ).

Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Xinia Maria Montenegro Serrano, mayor, casada, ama de casa, cédula de identidad 3-0232-0860 y vecina de Cartago, Paraíso, Llanos de Santa Lucía. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente 15-000289-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 04 de setiembre del 2020.—Lic. Mateo Ivankovich Fonseca, LL.M. Juez.—1 vez.—( IN2021531084 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Eddie Rosales Rosales, mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Santa Cruz, Guanacaste, del cruce cuatrocientos metros este, casa a mano izquierda, portador de la cédula número cinco-cero dos cero tres-cero cinco tres dos, comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera Alejandro José Rosales Ruiz, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Barrio, San Andrés, Santa Rosa, Tamarindo, Guanacaste, portador de la cédula número cinco-cero tres dos-cero siete siete seis. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos, expediente cero cero dos-dos mil Veintiuno. Notaría del Licda. Helen Adriana Solano Morales, Notario Público con oficina en San José, Santa Ana, Santa Ana, Plaza Murano, tercer piso, oficina número treinta y tres, teléfono dos ocho ocho dos-seis nueve tres nueve; correo electrónico helen.legal@istmolaw.com.— Licda. Helen Adriana Solano Morales.—  1 vez.—( IN2021531089 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Jaime Eugenio Solís Quesada, mayor, casado, médico, cédula de identidad N° 1-0672-0098 y vecino de Cartago, San Juan de La Unión, Tres Ríos. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000111-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 14/02/2021.—Lic. Mateo Ivankovich Fonseca, LL.M. Juez.—1 vez.—( IN2021531096 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Haydee Jiménez Soto, mayor, casada, del hogar, costarricense con documento de identidad N° 0102750599 y Miguel Solano Solano mayor, casado, del hogar, costarricense con documento de identidad N° 0102420800. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000857-0181-CI-1.—Juzgado Segundo Civil de San José, 08 de diciembre del 2020.—Lic Gersan Tapia Martínez, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2021531097 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Roberto Higinio Bonilla Montoya, mayor, casado, médico veterinario, costarricense, con documento de identidad N° 0601270555 y vecino de San Rafael de Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente N° 21-000149-0504-CI-9.—Juzgado Civil de Heredia, 19 de febrero del año 2021.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2021531100 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Gerardo Carmona Torres, quien fue mayor, soltero, agricultor cédula de identidad número nueve cero cero setenta y seis-cero novecientos veinte, y fue vecino de Puntarenas, Quepos Savegre Portalon, de la plaza de deportes trescientos metros al este, para que en el plazo de quince días contados a partir de la publicación del presente edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos o legatarios que si no se presentan dentro del plazo dicho, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 001-2021. Notaria del Lic. Julio López Esquivel, sita en San José, Hatillo Cinco, veinticinco metros al este de Panadena La Principal.—San José, 25 de febrero del 2021.—Lic. Julio López Esquivel, Notario.—1 vez.—( IN2021531111 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Francisco Javier López Brenes, mayor, casado, costarricense, con documento de identidad 0106860904 y vecino Cartago, La Unión. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000040-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 19 de febrero del 2021.—Lic. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2021531119 ).

Se hace saber que, ante la notaria Sonia Corella Céspedes se tramita la sucesión ad intestato del señor Luis Gerardo del Socorro Cortés Barrantes, cédula de identidad número 4-0980-0264 quien fue vecino de Heredia San Bosco de Santa Bárbara 100 metros al norte del cementerio. Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en el presente proceso para que, dentro del plazo de 15 días contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, comparezcan a hacer valer sus derechos; con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia que, si no se presentan en ese plazo, la misma pasará a quien corresponda. Se hace saber que, la notaría se encuentra situada en Alajuela 75 metros al este del Banco Popular, frente a la Floristería Chubascos. Expediente N° 0004-2020.—Alajuela, 14 de diciembre del 2020.—Licda. Sonia Corella Céspedes, Notaria.—1 vez.—( IN2021531122 ).

Yo, Elicio Durán Bolaños, notario público, hago constar que, ante mi notaría, ubicada en Upala al frente al Hospital de Upala contiguo a decoración Joan, se tramita bajo el expediente número: cero cero tres-dos mil veinte, el sucesorio notarial de Edwar William Saville, apellidos en razón de su nacionalidad canadiense, mayor, casado tres veces, empresario ahora con cédula de residencia en Costa Rica número uno uno dos cuatro cero cero cero nueve cero siete cero cinco, documento de identificación en Canadá, tarjeta de Seguro Social número dos cero tres uno nueve nueve cinco uno ocho y vecino de Bijagua de Upala trescientos metros al norte del salón comunal, Alajuela, República de Costa Rica, quien falleció el día nueve de octubre del dos mil quince, por lo que emplazo a todos los herederos, legatarios, acreedores, y demás interesados en este proceso para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen ante esta notaría a hacer valer sus derechos, se apercibe que si no se presentan dentro del plazo dicho la herencia pasará a quien corresponda.—Upala, las ocho horas del primero de febrero del dos mil veintiuno.—Lic. Elicio Durán Bolaños, Notario Público.—1 vez.—( IN2021531134 ).

Yo, Elicio Duran Bolaños, notario público, hago constar que ante mi notaría, ubicada en Upala al frente al Hospital de Upala contiguo a decoración Joan, se tramita bajo el expediente número: cero cero uno - dos mil veintiuno , el sucesorio Notarial de Gregoria Ramona Rodríguez Rodríguez, mayor, casada una vez, ama de casa, nacionalidad costarricense, cedula de identidad número seis- cero cuatro seis - dos tres siete, y vecina del Higuerón de Bijagua de Upala Alajuela, de la Iglesia Católica del Higuerón cincuenta metros al norte; quien falleció el día cuatro de abril del dos mil diecisiete, por lo que emplazo a todos los herederos, legatarios, acreedores, y demás interesados en este proceso para que en el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen ante esta notaría a hacer valer sus derechos, se apercibe que si no se presentan dentro del plazo dicho la herencia pasará a quien corresponda.—Upala las ocho horas del veintitrés de febrero del dos mil veintiuno.— Elicio Duran Bolaños, Notario.—1 vez.—( IN2021531136 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Sandra de Jesús Oporta Delgado, mayor, soltera, ama de casa, costarricense, con documento de identidad N° 0204910605 y vecina de Alajuela, Upala, Barrio Don Chu. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente N° 20-000054-1143-CI-9.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia civil), 04 de febrero del año 2021.—Lic. Luis Adrián Rojas Hernández, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2021531138 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión tramitada en sede notarial, ante la Notaria Patricia Zumbado Rodríguez, con oficina abierta en Alajuela Residencial Don Guillermo Oficina Diecisiete, Mortual de quien en vida fuera: Eida Murillo Castro, cédula dos-ciento sesenta y ocho-seiscientos setenta y uno, divorciada, vecina de Golfito cien metros este de la Escuela, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Cero Uno- Dos Mil Veintiuno.—Patricia Zumbado Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2021531140 ).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Alberto Jesús Espinoza Calderón, mayor, estado civil soltero/a, profesión comerciante, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 155811558923 y vecino(a) de no indica. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda, expediente Nº 16-100015-0322-CI.—Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Upala (Materia civil), 23 de noviembre del año 2016.—Lic. Jorge Andrés Rojas Álvarez, Juez(a).—1 vez.—( IN2021531145 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Catalina Díaz Obando, conocida como Ángela Díaz Obando, mayor de edad, soltera, administradora del hogar, y vecina de Abangares, Guanacaste , con documento de identidad 0501330115. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 21-000025-0927-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Cañas (Materia Civil), 18 de febrero del 2021.—Licda. Carolina Quirós Jiménez, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2021531161 ).

Se cita y se emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fue Jorge Gamboa Espinoza, mayor, casado dos veces, vecino de Cañas, Guanacaste, cédula número cinco-cero cero cincuenta y siete-cero novecientos noventa y uno, para que, en el plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a esta notaría, sita en Dulce Nombre de Coronado, Urbanización La Cabaña número cuarenta y cinco, San José, a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda, expediente N° 001-2021.—Lic. Alonso Calvo Pardo, Notario Público.—1 vez.—( IN2021531164 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la proceso sucesorio en sede notarial de Jose Ángel Borbón Rodríguez, mayor de edad, casado en primeras nupcias, agricultor, cédula de identidad uno-doscientos setenta y cuatro-ciento noventa y uno, vecino de Pueblo Nuevo, Rivas, Pérez Zeledón, San José, doscientos metros norte de la plaza de Deportes, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los interesados que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 0001-2017.—Notaría de Lic. Daniel Romero Martínez, Notario Público. Teléfono 2771-8052.—1 vez.—( IN2021531187 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Maribel Santamaría Bonilla, a las ocho horas del dieciséis de febrero del ario dos mil veintiuno, y comprobado el fallecimiento, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio acumulado ab intestato de quienes fueran en vida; Vera Violeta Bonilla Miranda, mayor, casada una vez, ama de casa, con cédula número uno-cero trescientos quince-cero ciento cincuenta y ocho, y de Eduardo Santamaria Araya, mayor, viudo, fotógrafo, con cédula de identidad número uno-cero trescientos ocho-cero ciento setenta y nueve, ambos vecinos de San José, Hatillo Ocho. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Carlos Barrantes Méndez, situada en San Josecito de Alajuelita, de la Iglesia Católica, cincuenta metros al sur y cincuenta al este, casa verde a mano izquierda, teléfonos 2252-2580 y 8391-5669, correo electrónico carlosbarrantesabo@gmail.com.—Lic. Carlos Barrantes Méndez, Notario.—1 vez.—( IN2021531194 ).

Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Jorge Eduardo Mayorga Villarreal, mayor, costarricense, cédula N° 0501910084, casado una vez, funcionario del ICE, vecino de Bagaces, Guanacaste, Urbanización San Antonio, casa número 54. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 19-000303-0386-CI-9.—Juzgado Civil y Trabajo Primer Circuito Judicial Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), 29 de noviembre del 2019.—Lic. Harold Rojas Aguilar, Juez.—1 vez.—( IN2021531239 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Carlos Alberto Araya Alpízar, mayor de edad, soltero, ex funcionario del I.C.E, vecino de Bagaces, Guanacaste, 100 metros al sur y 25 metros oeste del Banco de Costa Rica, cédula de identidad número 5-277-418. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° 20-000304-0386-CI-0.—Juzgado Civil y Trabajo de Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Civil), 17 de diciembre del 2020.—Lic. Aura Lisseth Cedeño Yanes, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2021531240 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Heidy Gutiérrez Reyes, mayor, soltera, ama de casa, vecina de Junquillal, Santa Cruz, Guanacaste del cementerio doscientos setenta y cinco metros al oeste portadora de la cédula de identidad número cinco-dos siete siete-cero cuatro tres, comprobado el fallecimiento del causante, esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio ab intestato de quien en vida fuera James Hosey ( nombres) Vaughan(apellido), de único apellido en razón de nacionalidad estadounidense, quien en vida fue, mayor, soltero, pensionado, vecino de Paraíso, Santa Cruz, Guanacaste, portador del documento de identidad número uno ocho cuatro cero cero cero seis dos ocho cero uno siete, falleció el día doce de enero del año dos mil veinte. Lo anterior por haberse demostrado su fallecimiento mediante prueba útil y pertinente, citas de defunción cinco cero uno dos seis uno nueve seis cero tres nueve uno. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Mario José Ruiz Ruiz, setenta y cinco metros sur de la entrada a Tribunales de Justicia tercer local al fondo, teléfono 2680-4461 (Publicar 1 vez en el Boletín Judicial).—Lic. Mario José Ruiz Ruiz, Notario Público.—1 vez.—( IN2021531250 ).

Mediante escritura otorgada en mi notaría, a las quince horas de hoy por el señor Carlos Alberto Jovel Sánchez, una vez constatado el fallecimiento de la señora Carmen Dora Sánchez Rojas, quien fue mayor, divorciada una vez, ama de casa, vecina de Mata de Plátano, Goicoechea, con cédula 1-0335-0708, y la existencia y validez del testamento por ella otorgado, se declaró abierto su proceso sucesorio testamentario. Se cita y emplaza a los herederos, legatarios y a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos ante esta notaría, sita en San José, calle 28, entre avenidas 0 y 2, oficentro Grano de Oro, oficina 2500, teléfono 2225-4808. Publíquese una vez.—San José, 22 de febrero del 2021.—Lic. Mario Alberto Solórzano Sandoval, Notario.—1 vez.—( IN2021531262 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión ab intestato de José Roberto Haug Solís, mayor de edad, casado una vez, pensionado, cédula de identidad número uno-doscientos uno-cuatrocientos veinticuatro, vecino de San José, San Ignacio, Acosta, contiguo al parque, quien falleció el doce de noviembre del año dos mil dieciocho en San José, Acosta, San Ignacio, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de éste edicto, comparezcan ante ésta notaría en defensa de sus derechos bajo el apercibimiento de que en su omisión, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 00001-2021. La dirección de esta Notaría es Bufete Gallardo Abogados y Notarios, sito en San José, Barrio Dent, Edificio Latitud Dent, oficina trescientos cinco, fax 25-24-1080.—San José veintiséis de febrero de 2021.—Lic. Alonzo Gallardo Solís, Notario.—1 vez.—( IN2021531264 ).

Se cita y emplaza a los interesados en la Sucesión Intestada Notarial de María de Los Ángeles Alfaro Badilla, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Moravia, San José, setenta y cinco metros al sur de la Biblioteca Pública, cédula número: dos-doscientos cuarenta y nueve-quinientos setenta y nueve, para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número: dos mil veintiuno-cero cero cero uno-once mil novecientos cincuenta y uno-NO. Licda. Kattia Vanessa Umaña Araya, Notaria Pública con oficina abierta en Naranjo, Alajuela, cien metros al norte y cincuenta metros al oeste de la Farmacia Colonial.—Naranjo, 26 de febrero del 2021.—Licda. Kattia Vanessa Umaña Araya, Notaria.—1 vez.—( IN2021531273 ).

Avisos

Se convoca por medio de edicto que, se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela testamentaria de la menor Kyle Mathías Molina Cascante, ya por haber sido nombrados en testamento, ya por corresponderles la legítima, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente N° 20-000463-0687-FA. Proceso de tutela. Promovente: el Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia de Grecia, veinticuatro de agosto de dos mil veinte.—Licda. Marjorie de Los Ángeles Salazar Herrera, Jueza.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531476 ).                        3 v. 1.

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela legitima de la persona menor: Jefferson David Rodríguez Silva, por haber sido nombradas en testamento o ya por corresponderles de manera legítima, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente N° 20-000807-0673-NA. Proceso: tutela. Promovente: Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia, 31 de enero del 2019.—Licda. Katherine Meza Chaves, Jueza.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531498 ). 3 v. 1.

Se hace saber: se comunica a los ocupantes del inmueble matrícula N° 42960-000, ubicado en la provincia de San José que: en este Tribunal de Justicia se tramita proceso monitorio arrendaticio de Brian Douglas Campbell Jiménez contra Alexia Dayana Machado Gutiérrez el cual cuenta con sentencia firme, resolución número N° 2020001464 de las dieciocho horas y cuarenta y ocho minutos del veintisiete de agosto de dos mil veinte, misma que ordena el desalojo del bien inmueble que se describe; inmueble matrícula 42960-000, ubicado en la provincia de San José, en el distrito Catedral, cantón San José, cuyos linderos son: norte, avenida 12; sur, Clotilde Rojas; este, Ricardo Monge y oeste, Teresa Dent, cuya ubicación es San José, avenida 12, 125 metros al oeste de la Escuela República de Chile, casa color rosado, de una planta. Se concede el plazo de cinco días a cualquier persona interesada para que se presenten al proceso a hacer valer sus derechos, expediente N° 20-000521-0182-CI.—Juzgado Tercero Civil de San José, 17 de febrero del año 2021.—Licda. Giannina Lacayo Quirós, Jueza Tramitadora.—( IN2021531082 ).       2 v. 1. Alt.

Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza del Juzgado de Familia de Heredia, a Maura Elena Benavidez Bustamante, en su carácter personal, quien es mayor, nicaragüense, cédula de residencia 155816172011, y de demás calidades desconocidas, se le hace saber que en demanda Abreviado, establecida por Oscar Antonio Álvarez Jiménez contra Maura Elena Benavidez Bustamante, bajo el número de expediente 21-000206-0364-FA, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo literal dice: Juzgado de Familia de Heredia, a las quince horas y treinta y seis minutos del veintinueve de enero del dos mil veintiuno. De la anterior demanda abreviada establecida por el accionante Oscar Antonio Álvarez Jiménez, se confiere traslado a la accionada Maura Elena Benavidez Bustamante por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en Sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular N° 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión N° 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Se informa a la parte demandada que si por el monto de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos, los cuales son los siguientes: De la Universidad de Costa Rica, Facultad de Derecho en San Pedro, San José, y se atiende de Lunes a viernes de 08:00 a.m. a 12:00 m.d. y Lunes, miércoles y viernes de 13:30 p.m. a 19:30 p.m., Universidad Latina, Sede de Heredia Oficina Ubicada en la Municipalidad de Heredia, horario de atención: Lunes a viernes 08:00 a.m. a 12:00 m.d., teléfono: 2776715, Universidad Libre de Derecho, Horario de atención: Lunes a viernes: 13:30 p.m. a 16:30 p.m. teléfono: 22835533. En otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Así como en la Defensa Publica Pisav-San Joaquín de Flores de Heredia, competencia únicamente vecinos de Flores, Belén y Santa Barbara de Heredia, Teléfono: 22655640. Y en la Defensa Publica de Heredia. Teléfono 25600659. Siendo que la Ley N° 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y contra la violencia doméstica es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art.58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: Fax, correo electrónico, casillero y estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art. 36). En caso de no señalar medio, la omisión producirá las consecuencias de una notificación automática. (Art. 34). Así las cosas, se le previene a las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe registrar la dirección electrónica en el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial (gestión que debe hacerse una única vez y no cada vez que señale ese medio). Para ello debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a los teléfonos 2295-3386 o 2295-3388, para coordinar la ejecución de una prueba hacia el casillero electrónico que se desea habilitar ó enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento a la dirección electrónica que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento citado ingresará la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. De conformidad con la Circular N° 122-2014, Sesión del Consejo Superior N° 41-14, celebrada el 6 de mayo del 2014, artículo XLIII, se le previene a la parte actora indicar la dirección exacta donde se pueda localizar, tanto de la dirección de la vivienda como el lugar de trabajo, horario de trabajo, correo electrónico si lo posee, números telefónicos. Asimismo, el nombre de algún familiar o vecino a través del cual pueda lograrse el contacto con las partes. Nombramiento de Curador: A efectos de proceder con el nombramiento de curador procesal a la demandada deberá el actor cumplir con los siguientes documentos: 1-Aporte certificación del Registro de Personas en el que se informe si el demandado ausente cuenta con apoderado inscrito en el país, 2-Así como Certificación de Movimientos Migratorios del demandado expedida por la Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Seguridad Pública. Honorarios de Curador Procesal: De conformidad con el artículo 262 del Código Procesal Civil y el Arancel de honorarios por servicios profesionales de abogacía y notariado (Honorarios de Abogados, Abogadas y Notarios) N° 39078-JP vigente a partir del 13 de agosto de 2015, los honorarios corresponden a la suma de noventa y seis mil cincuenta colones (¢96.050), que es el monto fijado en este despacho para tales efectos. Tales honorarios deberán ser depositados en la cuenta judicial del Banco de Costa Rica número 210002060364-4. Citación de parte Actora y Testigos: Se previene a la parte promovente que en el plazo de una semana deberá presentarse su persona en compañía de dos testigos, para que, bajo juramento, respondan las preguntas que se le formularán para determinar la procedencia del nombramiento del curador procesal del demandado, bajo apercibimiento de que, si no comparece, el proceso no podrá avanzar. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 262 el Código Procesal Civil, a fin de proceder a nombrarle curador procesal a la demandada se resuelve: Se ordena expedir y publicar el edicto electrónicamente al que se refiere el artículo 263 del Código Procesal Civil, el cual será enviado por este despacho a la Imprenta Nacional. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Heredia.—Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021530994 ).

MSc. Patricia María Vega Jenkins, Jueza del Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia familia), al señor Nelson Filoteo SAA, en su carácter personal, quien es mayor, casado/a, colombiano, titular de pasaporte CC16493197, de domicilio desconocido, se le hace saber que en Demanda Procesos Especiales de Filiación, Modalidad de Declaratoria de Extramatrimonialidad de personas menores de edad, establecida por María del Carmen Ramírez Dávila contra Nelson Filoteo Saa, se ordenó notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: N° 2020000693. Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia familia), a las diecisiete horas doce minutos del veintidós de octubre del dos mil veinte. Resultando: ... Considerando: ... Por tanto: de conformidad con las razones dadas y normativa de cita, se ordena declarar con lugar el presente Proceso Especial de Filiación en la Modalidad de Declaratoria de Extramatrimonialidad promovido por María del Carmen Ramírez Dávila contra Nelson Filoteo Saa y con respecto a la filiación paterna de Reichel Daniela y Steve Daniel ambos apellidos Filoteo Ramírez. Consecuentemente se excluye al señor Filoteo Saa como padre registral de las indicadas personas menores de edad. Se ordena modificar la inscripción registral del nacimiento de ambos niños, eliminando de la misma el nombre del señor Nelson Filoteo Saa como el nombre su padre, así como el apellido Filoteo, así como su apellido paterno, por lo que en lo sucesivo la indicada persona menor de edad contará únicamente con sus apellidos maternos, por lo que su nombre completo en adelante se inscribirá registralmente como Reichel Daniela Ramírez Dávila y Steve Daniel Ramírez Dávila. El señor Nelson Filoteo Saa no ejercerá ningún atributo correspondiente a la Autoridad Parental respecto de las personas menores de edad aquí indicadas. Los niños por su parte no tendrán derecho de exigirle pensión alimentaria al señor Filoteo Saa ni podrán sucederlo ab intestato. Una vez firme esta resolución por los medios de estilo y ante gestión de los interesados se ordena la inscripción de lo así ordenado ante el Registro Civil, Sección de Nacimientos ambos de la provincia de San José al tomo 2091, folio 344, asiento 687, en el caso de Reichel Daniela y al tomo 2167, folio 493, asiento 986 en el caso de Steve Daniel. Se ordena la publicación de la parte dispositiva de la presente sentencia en el Boletín Judicial. Se resuelve este asunto sin especial condena en costas. Se les apercibe a los interesados sobre su derecho de acudir ante el superior en caso de inconformidad con la presente resolución y dentro del plazo de ley, expediente: N° 18-000707-0687-FA. Notifíquese.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Grecia (Materia familia).—MSc. Patricia Vega Jenkins, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531349 ).

Se avisa a la señora Karina Golden Facey, de demás calidades y domicilio desconocidos que en este juzgado, que se tramita el expediente 18-000829-0673-NA, correspondiente a declaratoria judicial de abandono, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia. en contra de Karina Golden Facey, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las nueve horas y cuarenta y siete minutos del diecisiete de setiembre de dos mil diecinueve, que en lo conducente dice: En virtud de desconocerse el domicilio de la accionada Karina Golden Facey, se designa como curador procesal de la misma a la Licenciada Madelyn Tatiana Rojas Marin, quién deberá comparecer a este Despacho dentro del plazo de ocho días, a aceptar el cargo y jurar su fiel cumplimiento. Se le hace saber a la Licenciada supracitada que su nombramiento es para continuar la representación de la accionada Golden Facey, ya que su representante legal renunció a continuar el trámite, y no se le logró la renuncia de su abogado, así que a fin de no causarle una indefensión se procede a nombrarle un curador procesal. Finalizado el proceso, se procederá a realizar el trámite correspondiente para el pago de los honorarios. Se le hace saber a la Licenciada Rojas Marín que el juego de copias del expediente se encuentra en el Despacho para su debido retiro. Confecciónese el edicto correspondiente el cual será remitido a la Imprenta Nacional mediante sistema electrónico. Notifíquese. Licda. Nelda Jiménez Rojas.—Juzgado de Familia Niñez y Adolescencia, 11 de febrero de 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531350 ).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor de edad Ángel Damián Sánchez Barquero, para que, se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la publicación del edicto ordenado. Expediente N°18-002157-0292-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 09 de diciembre del 2020.—Licda. Yorleny María Murillo Vargas, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531351 ).

MSc. Cynthia Rodríguez Murillo. Jueza del Juzgado de Familia de Heredia, a Víctor José Rojas Leiva, en su carácter de demandado, quien es mayor, soltero, cédula de identidad 0603670830, de domicilio desconocido, se le hace saber que en Demanda Procesos Especiales, expediente: 18-002611-0364-FA, establecida por María del Carmen Sibaja Miranda contra Víctor José Rojas Leiva, se ordena notificarle por edicto, la sentencia de primera instancia N° 2021000261 que en lo conducente dice: (...) Juzgado de Familia de Heredia, a las quince horas quince minutos del tres de febrero de dos mil veintiuno, Resultando: ... Considerando: ... Por tanto: Razones dadas y normativa citada, se acoge la gestión incoada por María del Carmen Sibaja Miranda contra Víctor Jose Rojas Leiva. En consecuencia, se autoriza la Salida del País de Santiago Rojas Sibaja de forma permanente hasta su mayoría de edad (esto lo que quiere decir es que no será necesario interponer otra vez estas mismas diligencias para volver a salir del país), quien podrá viajar en compañía de su madre. Se autoriza a la señora Sibaja Miranda, para que ella en su condición de madre de la persona menor de edad Santiago Rojas Sibaja, en ejercicio de la Autoridad Parental, gestione sola todo lo relacionado ante la Dirección General de Migración y Extranjería, a fin de solicitar Pasaporte para su hijo y obtener la renovación, revalidación o reposición del Pasaporte, así como para la obtención de los permisos o visas que se requieran. En forma expresa se le advierte a la señora Sibaja Miranda que: Tiene el deber de gestionar el regreso de su hijo Santiago Rojas Sibaja a Costa Rica y en caso de no acatar la orden, podrá incurrir en conductas que son penalmente sancionadas como Desobediencia, Sustracción de Menor o incumplimiento o Abuso en el Ejercicio de la Autoridad Parental. Se advierte a las partes que esta autorización no podrá ser revocada unilateralmente y que deberán acudir para modificaciones a la vía judicial. Se le advierte a la señora Sibaja Miranda que la presente autorización no podrá contravenir el posible horario de interrelación y contacto paterno filial; ni interferir con los horarios escolar o colegial de la persona menor de edad. Se advierte a las partes que la presente resolución no autoriza un cambio de residencia en el extranjero de la persona menor de edad Santiago Roja Sibaja. Se resuelve sin especial condenatoria en costas (artículo 222 del Código Procesal Civil). Se advierte a las partes el derecho de apelar este fallo dentro del plazo de ley. Una vez firme gírese los honorarios del curador procesal. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Heredia.—Msc. Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531352 ).

Se avisa, a la señora Wendy Melissa Molina Cedeño, mayor de edad, cédula de identidad N° 1-1343-0593, de domicilio y demás calidades desconocidas, representada por la curadora procesal Licenciada Kryssia Abigail Miranda Hurtado, se le hace saber que existe proceso N° 19-000067-0673-NA, de Declaratoria Judicial de Abandono de las personas menores de edad Mattew Emanuel y Samuel Jesús, ambos de apellidos Ramírez Molina, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Wendy Melissa Molina Cedeño, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las trece horas y diez minutos del ocho de febrero de dos mil diecinueve, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dicha accionada para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se les advierte a la demandada que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de febrero de 2021.—Licda. Katherine Isabel Meza Chaves, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531353 ).

Se avisa, a la señora María Isabel Reyes Lumbi, mayor, con demás calidades desconocidas , representada por el curador procesal licenciado Jorge Eduardo Rodríguez Rodríguez, hace saber que existe proceso N° 19-000095-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Anthony José Vargas Reyes establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de María Isabel Reyes Lumbi y Edwin Arnoldo Vargas Granados, que en este despacho se dictó la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia 2020000751. Juzgado de Familia, de Niñez y Adolescencia, a las nueve horas seis minutos del diez de noviembre de dos mil veinte. Resultando: I…, II…, III…, considerando: I. Hechos probados:… II. Sobre el fondo:… por tanto: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la convención sobre los derechos del niño, artículo 30 y siguientes del código de la niñez y la adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del código de familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de estado de abandono con fines de adopción de la persona menor de Anthony José Vargas Reyes. se extingue a sus progenitores Edwin Arnoldo Vargas Granados y María Isabel Reyes Lumbi, el ejercicio de la patria potestad. Se otorga el depósito judicial de la persona menor de edad Anthony Jose Vargas Reyes, en la señora Yelba Rosa Reyes, quien deberá apersonarse a este despacho para aceptar el cargo conferido. Publicación de edicto y honorarios: publíquese la presente sentencia en el Boletín Judicial del Diario Oficial La Gaceta y una vez firme la misma, solicítese la autorización de gastos de los honorarios del profesional en derecho que fungió como curadora procesal de la parte accionada. Sobre la condenatoria de costas: de conformidad con el artículo 222 del Código Procesal Civil y 106 del Código de la Niñez y la Adolescencia, se ordena sin especial condenatoria en costas. Sobre la inscripción de la sentencia al margen. Del asiento de nacimiento respectivo: inscríbase a la firmeza de esta sentencia, en la sección de nacimientos del Registro Civil, de la provincia de San José, al tomo 1978, folio 057, asiento 114. Notifíquese. Teléfono del Juzgado de Niñez y Adolescencia 2295-3115.—Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia, 05 de enero de 2021.—Licda. Grace Cordero Solórzano, Jueza.—Licda. Nelda Jiménez Rojas.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531354 ).

Se avisa, al señor Andrés Javier Leandro Stewart, mayor de edad, cédula de identidad 7-0158-0020, de domicilio y de demás calidades desconocidas y Aurora Oviedo Obando, mayor de edad, cédula de identidad 7-0152-0132, de domicilio y de demás calidades desconocidas representada por la curadora procesal licenciada Ligia María López Alvarado, se le hace saber que existe proceso N° 19-000184-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Reychel Marilin Leandro Oviedo establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Andrés Javier Leandro Stewart y Aurora Oviedo Obando, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las diez horas y cinco minutos del once de diciembre del dos mil diecinueve, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dichos accionados para que se pronuncien sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se les advierte a los accionad los que, si no contestan en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Msc Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 08 de febrero del 2021.—Katherine Isabel Meza Chaves, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531356 ).

Master Wendy Blanco Donaire, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José; se le hace saber a Ruth Giovanna Ruiz Guerrero, mayor, de nacionalidad colombiana, portadora del pasaporte de su país número 52329495, casada en primeras nupcias, de domicilio desconocido; que en demanda de divorcio, establecida por Randall Alberto Badilla López contra Ruth Giovanna Ruiz Guerrero, bajo el expediente número 19-000234-0165-FA se ordenó notificarle por edicto la parte dispositiva de la sentencia N° 38-2021 del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, de las quince horas cuarenta minutos del veintiocho de enero del dos mil veintiuno, que dice: Por tanto: con base en lo expuesto, normas de derecho citadas, se falla: 1) Se declara con lugar la presente demanda abreviada de divorcio y en razón de ello se declara disuelto el vínculo matrimonial que ha unido a los señores Randall Badilla López y Ruth Giovanna Ruiz Guerrero. Una vez firme esta sentencia inscríbase en el Registro Civil,Sección matrimonios a las citas 1-0481-343-0686. 2) Ambas partes pierden el derecho alimentario conyugal que les correspondía respecto del otro u otra, esposo o esposa, salvo que ya sostengan una litis en la vía especializada, caso en el cual,será en esa vía en la que se definirá lo pertinente. 3) Ambos cónyuges adquieren el derecho a participar en la mitad del valor neto de los bienes gananciales que se identifiquen en el patrimonio del otro u otra. En este momento no se verificó la existencia de bienes gananciales. Se declara que los siguientes bienes no son gananciales: inmueble de citas 1-5313-F-000 y vehículos placas MOT 070075, MOT 107215, MOT 049012 y TSJ 000595. 4) Se resuelve este asunto sin especial condena en costas. Notifíquese. MSc. Ramón Zamora Montes, Juez de Familia. Lo anterior se ordena así en proceso de divorcio de Randall Alberto Badilla López contra Ruth Giovanna Ruiz Guerrero. Expediente Nº 19-00234-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 24 de febrero del 2021.—MSc. Wendy Blanco Donaire, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531357 ).

Se avisa, a la señora Karina Michell Lorio Mendoza, mayor, de domicilio desconocido, mismos representados por el curador procesal Licenciada Grace María Quesada Cubillo, se le hace saber que existe proceso N° 19-000273-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Frechelyn Valentina Lorio Mendoza establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Karina Michell Lorio Mendoza, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las nueve horas y tres minutos del cinco de junio de dos mil diecinueve, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dicha accionada para que se pronuncie sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Licda. Mailyn Durán Solano.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de febrero de 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531358 ).

Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Tannia María Miranda Campos, en su carácter personal, quien es soltera, costarricense, cédula 7-159-978, se le hace saber que en proceso abreviado de suspensión de patria potestad, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: De la anterior demanda abreviada de suspensión de patria potestad y deposito judicial establecida por el accionante Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado a la accionados Minor Matarrita Umaña y Tannia María Miranda Campos por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución al demandado Minor Matarrita Umaña, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales y a la demandada Tannia María Miranda Campos por medio de la publicación del edicto que establece el artículo 263 del Código Procesal Civil. Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, del Patronato Nacional de la Infancia contra Tannia María Miranda Campos y Minor Matarrita Umaña. Expediente 19-000333-1146-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021521359 ).

Se avisa, a Luis Fernando Castro Arana, portador de la cédula de identidad 2-0436-0627, de domicilio y de demás calidades desconocidas, representados por el curador procesal Licenciado Gerardo Sánchez Rodríguez, se le hace saber que existe proceso n° 19-000388-0673-NA de declaratoria judicial de abandono las personas menores de edad Arianna Yandeli Merlo Zúñiga, Ariel Mathew Zúñiga Solano y Luis Fernando Castro Zúñiga establecido por el Patronato Nacional de La Infancia en contra de Ariel Antonio Merlo Vásquez, Luis Fernando Castro Arana y Maylin Francini Zúñiga Solano, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las doce horas y cuarenta y nueve minutos del once de junio de dos mil diecinueve, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dicho accionad o para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Msc Milagro Rojas Espinoza.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de enero del 2021.—Licda. Katherine Meza Chaves, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531456 ).

Se avisa a Angélica María Rojas Sánchez, cédula de identidad número 1-1155-0053, Marcel Mollinedo Rousseau, cédula de extranjeros residentes número 119200432035 y Mario Alfredo Quirós Coronado, cédula de identidad número 1-1048-0998, todos de domicilio y demás calidades desconocidas, representados por la curadora procesal licenciada Sandra Gómez Marín, se les hace saber que existe proceso N° 19-000669-0673-NA de Suspensión de Patria Potestad de las personas menores de edad Brandy Jimena Mollinedo Rojas y Jazel Ademir Quirós Rojas establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Angélica María Rojas Sánchez, Marcel Mollinedo Rousseau y Mario Alfredo Quirós Coronado, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las quince horas y catorce minutos del dos de diciembre de dos mil diecinueve, que en lo conducente dice: Se les concede el plazo de diez días para que, se pronuncie sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con el artículo 305 del Código Procesal Civil. Notifíquese. Msc Milagro Rojas Espinoza. Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 08 de enero de 2021.—Licda. Katherine Meza Chaves, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531460 ).

Se avisa a la señora Evelyn Patricia Durán Jiménez, mayor de edad, cédula de identidad N° 1-1358-0417, de domicilio y demás calidades desconocidas, representada por el curador procesal Licenciado Roberto María Ramón Montealegre Quijano, se le hace saber que existe proceso N° 19-000694-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Saul Rafael Durán Jiménez establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Evelyn Patricia Durán Jiménez, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las catorce horas y cero minutos del tres de diciembre de dos mil diecinueve , que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dicha accionada para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Msc Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de febrero del 2021.—Licda. Katherine Isabel Meza Chaves, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531461 ).

Se avisa, a los señores María de los Ángeles Cisneros Cerdas, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad 1-1449-0779 , de demás calidades y domicilio desconocidos y Michael Vinicio Ulloa Cerdas, portador de la cédula de identidad 1-1340-0676 , de demás calidades y domicilio desconocidos, representados por el curador procesal licenciado Roberto Marín Araya, se le hace saber que existe proceso 19-000731-0673-NA de suspensión de patria potestad de las persona s menores de edad Daniel Steven Ulloa Cisneros, Daniela Michel Ulloa Cisneros, Michael David Ulloa Cisneros establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de María de los Ángeles Cisneros Cerdas Y Michael Vinicio Ulloa Cerdas, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las ocho horas y cincuenta y cinco minutos del once de noviembre de dos mil diecinueve, que en lo conducente dice: Se le concede el plazo de Diez Días para que se pronuncien sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con el artículo 305 del Código Procesal Civil. Se le advierte a la accionada que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso, de oficio se le declarará rebelde y se tendrá por contestada afirmativamente la demanda en cuanto a los hechos. Notifíquese. Msc Milagro Rojas Espinoza.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 06 de enero del 2021.—Licda. Katherine Meza Chaves, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2021531462 ).

Se avisa, a Héctor Adrián Cruz, cédula de residencia número 155817202105, de domicilio y de demás calidades desconocidas, representad o por el curador procesal Licenciado Juan José Alvarado Quirós, se le hace saber que existe proceso N° 19-000800-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Sharon Jimena Cruz Lara establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Héctor Adrián Cruz, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las nueve horas y veintiocho minutos del doce de febrero de dos mil veinte, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dicho accionado para que se pronuncie sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte al accionado que si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Msc Milagro Rojas Espinoza.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de enero del 2021.—Licda. Katherine Meza Chaves, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531463 ).

Se avisa a la señora Ericka Jazmín Aguilar Chinchilla, de domicilio y calidades desconocidas, que, en este Juzgado, se tramita el expediente 19-000981-0673-NA, correspondiente a Actividad Judicial no contenciosa de Depósito Judicial, promovida por el Patronato Nacional de La Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Agata Nazareth Díaz Aguilar, Evans Luan Bravo Aguilar y Ronny Joan Madriz Aguilar. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de febrero de 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531465 ).

Se avisa a la señora Karla Patricia Portuguez López, de domicilio y calidades desconocidas, que, en este Juzgado, se tramita el expediente N° 20-000017-0673-NA, correspondiente a Actividad Judicial no Contenciosa de Depósito Judicial, promovida por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad: Ashley Michelle Arreola Portuguez. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de febrero del 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531466 ).

Licda. Aura Lisseth Cedeño Yanes Jueza Tramitadora del Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Laboral); hace saber a 3-101-694309 Sociedad Anónima, documento de identidad 3101694309, Representada por Arleth Godínez Cubillo, domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un Proceso OR.S. Pri. Prestac. Laborales en su contra, bajo el expediente número 20-000115-0942-LA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Juzgado Civil y Trabajo Primer Circuito Judicial Guanacaste (Liberia) (Materia Laboral). A las ocho horas y treinta y cuatro minutos del catorce de mayo de dos mil veinte. De la anterior demanda ordinaria laboral y documentos aportados por María Luisa Torres González, con cédula de identidad 0602730457, se concede traslado por el plazo de diez días a 1) 3101640628 Sociedad Anónima representada por Guillermo Loría Santamaria cédula de identidad: 2-0443- 0054, 2) 3-101-694309 Sociedad Anónima representada por Arleth Godínez Cubillo cédula de identidad: 1-1336-0452, 3) Gallo Sport Sociedad Anónima representada por Miury Loría Santamaría cédula de identidad: 1-0407-0322, para que la conteste por escrito, previniéndole que debe manifestar respecto de los hechos, si reconoce éstos como ciertos o si los rechaza por inexactos, o bien, si los admite con variantes o rectificaciones, bajo apercibimiento de que si no contesta en el término concedido o no responde de forma clara, se tendrá por allanada en cuanto a los hechos no contestados o no respondidos según queda dicho, se podrán tener por ciertos en sentencia. Asimismo, si la parte demandada se allana a las pretensiones, no contesta oportunamente la demanda o no hubiera respondido todos los hechos de la misma, se podrá dictar sentencia de manera anticipada, en la cual se tendrán por ciertos esos hechos y se emitirá pronunciamiento sobre las pretensiones deducidas, todo lo anterior de conformidad con los numerales 498 y 506 del Código de Trabajo. Además, se le previene que al contestar la demanda deberá ofrecer la prueba que le interese, igualmente se les previene que en el primer escrito que presenten deben señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfonocelular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho.- Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente, se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.poder-judicial.go.cr. Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese a la sociedad demandada la presente resolución, por medio de su representante, personalmente o por medio de cédula o copias de ley en su casa de habitación; en el domicilio real de éste, o bien en el domicilio social o real Artículos 19 y 20 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para notificar a la demandada 3-101-694309 Sociedad Anónima representada por Arleth Godínez Cubillo cédula de identidad: 1-1336-0452, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), Para notificar a la demandada 3-101-640628 Sociedad Anónima representada por Guillermo Loría Santamaría cédula de identidad: 2-0443-0054 se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de San José en la siguiente dirección: San José-San José Sabana Oeste, de Canal Siete 50 metros sur, 200 oeste y 25 sur, y finalmente para notificar a la demandada Gallo Sport Sociedad Anónima representada por Miury Loría Santamaría cédula de identidad: 1-0407-0322, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José (Goicoechea) en la siguiente dirección: San José-San José Barrio Yoses sur, del Antiguo Itan 300 este y 300 norte. Se le hace saber a las partes involucradas en el presente asunto, que todos los escritos y documentos que sean dirigidos a este despacho judicial, deberán ser presentados a través de la Oficina de Recepción de Documentos de este circuito judicial, en caso de no estar adscrito a alguno, podrán hacerlo directamente en este juzgado. Se pone en conocimiento de los abogados litigantes en el presente proceso, la circular N°43-2012, que refiere lo siguiente: “Asunto: Datos que deben anotar los abogados litigantes en cualquier escrito. (...) Con motivo de la entrada en vigencia de los Juzgados Electrónicos, se ha determinado inconvenientes en los casos en que los abogados y abogadas autentican escritos, poderes, certificados o cualquier otro tipo de gestión con el sello blanco, los cuales al ser escaneados no permiten identificar los datos del o la litigante. Por lo anterior, se les solicita, que, en todo escrito, poder, certificación o cualquier tipo de gestión, indiquen, en forma expresa, el nombre y número de carné del Colegio de Abogados y no solamente estampen el sello blanco”. También, se les advierte a las partes involucradas en el presente litigio, que los escritos y documentos que se presenten por medio del Sistema de Gestión en Línea y que no sean firmados de manera digital, deberán ser creados únicamente bajo los formatos de DOC, DOCX, RTF, PDF, TIF, TIFF o TXT, cuyo tamaño NO podrá exceder de 3MB. Por su parte, aquellos documentos que sean rubricados por medio de firma digital deberán ser incorporados únicamente bajo los formatos PDF, DOCX o DOC, todo lo anterior por cuanto si son incorporados bajo otro tipo de formato no será posible descargar el archivo para su estudio (en este sentido se puede consultar el Manual de Usuario del Sistema de Gestión, confeccionado por el Departamento de Tecnologías de la Información del Poder Judicial, que está visible en el sitio web institucional). Asimismo, se recuerda lo dispuesto en el numeral 462 del Código de Trabajo en relación a la presentación de escritos, así como lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos ElectrónicosN°8454, el cual indica que Todo documento, mensaje electrónico o archivo digital asociado a una firma digital certificada se presumirá, salvo prueba en contrario, de la autoría y responsabilidad del titular del correspondiente certificado digital, vigente en el momento de su emisión. No obstante, esta presunción no dispensa el cumplimiento de las formalidades adicionales de autenticación, certificación o registro que, desde el punto de vista jurídico, exija la ley para un acto o negocio determinado.”. Licda. Aura Lisseth Cedeño Yanes. Jueza. Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Laboral). A las diez horas veinticuatro minutos del dieciocho de febrero de dos mil veintiuno. De conformidad con el artículo 424 del Código de Trabajo, el cual hace referencia al principio de oficiosidad, mismo que otorga al Tribunal amplia facultades para tomar las medidas necesarias para el avance del proceso sin necesidad de gestión de la parte y siendo que hasta la fecha no se ha podido notificar a la sociedad 3-101-694309 representada por Arleth Godínez Cubillo cédula de identidad: 1-1336-0452, cuyo domicilio se encuentra fuera del país, y desprendiéndose de la certificación de la personería Jurídica que no consta con agente residente, se dispone el nombramiento de curador procesal, se nombra como tal a la Licenciada Flor Del Carmen Angulo Flores; a quien se le previene que en caso de anuencia deberá comparecer a este Despacho dentro del plazo de cinco días para aceptar el cargo conferido. Si no comparece, se entenderá que no lo acepta y se nombrará otro en su lugar. Asimismo se le previene que en caso de no hacerlo al momento de aceptar el cargo, deberá en el primer escrito que presente señalar medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N°20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. La parte interesada puede localizarlo a los teléfonos 21003855, celular: 87075761 y correo: fangulo71@gmail.com. En virtud de existir depósitos a la cuenta del expediente, se procede a fijar sus honorarios de manera prudencial en la suma de ciento veinte mil colones exactos. Notifíquese a la parte demandada; la presente demanda, por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un Diario de Circulación Nacional; para los efectos del artículo 263 del Código Procesal Civil. Inclúyase en el mismo los datos que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se haga la publicación. Expídase y publíquese. Licda. Aura Lisseth Cedeño Yanes. Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso OR.S. PRI. Prestac. Laborales de María Luisa Torres González contra 3101640628 Sociedad Anónima, 3-101-694309 Sociedad Anónima, Gallo Sport Sociedad Anónima; expediente Nº20-000115-0942-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del `Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Laboral), 18 de febrero del año 2021.—Licda. Aura Lisseth Cedeño Yanes, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531467 ).

Se avisa a la señora Emith Hernández Gamboa, de domicilio y calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente N° 20-000205-0673-NA, correspondiente a Actividad Judicial no contenciosa de Depósito Judicial, promovida por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Emily Sofía Hernández Álvarez, Kristel Amanda Rodríguez Álvarez, Rachell Nicole Hernández Álvarez y Tyare Valentina Hernández Álvarez. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de febrero de 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531468 ).

Se avisa a la señora Sriji Radharani Alvarado Quirós, de domicilio y calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 20-000296-0673-NA, correspondiente a Actividad Judicial no contenciosa de Depósito Judicial, promovida por el Patronato Nacional de La Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Rosmel Paola Alvarado Quirós. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 29 de enero de 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531471 ).

Se avisa, a la señora Karen Elena Garro Garro, mayor, de domicilio desconocido, mismos representados por el curador procesal licenciado Mauricio Alvarado Prada, se le hace saber que existe proceso N° 20-000327-0673-NA de Declaratoria Judicial de Abandono de la persona menor de edad: Brithany de Los Ángeles Garro Garro establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Karen Elena Garro Garro, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las trece horas y cuarenta minutos del diecisiete de junio del dos mil veinte, que en lo conducente dice: Se le concede el plazo de diez días a dicha accionada para que se pronuncie sobre la misma y ofrezca prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 158 y 159 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que, si no contesta en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Licda. Diana Patricia Rojas Elizondo. Teléfono del Juzgado de Niñez y Adolescencia: 2295-3115.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 09 de febrero del 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531472 ).

Se avisa al señor Nahun Díaz Torres, de domicilio y calidades desconocidas, que, en este Juzgado, se tramita el expediente 20-000343-0673-NA, correspondiente a Actividad Judicial no contenciosa de Depósito Judicial, promovida por el Patronato Nacional de La Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad José Pablo Díaz Brenes y Carlos Andrés Díaz Brenes. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de febrero de 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531473 ).

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente N° 20-000445-0938-FA, la señora Iris Yorleny Herrera Artavia, mayor de edad, casada una vez, Psicología, portadora de la cédula de identidad N° 0503080820 y el señor Josué Ruiz Salas, mayor de edad, casado una vez, Ingeniero Agrónomo, portador de la cédula de identidad N° 0112140471, ambos vecinos de Guayabo de Bagaces, Guanacaste, solicitan se apruebe la adopción de Mateo Rodríguez Artavia, de la persona menor. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, (Materia Familia), 9 de octubre del 2020.—Licda. María Alejandra Quesada García, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531474 ).

Se avisa a los señores Genaro Antonio Rodríguez Araica y Brenda Yahoska García Espinales, ambos de nacionalidad nicaragüense, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente N° 20-000449-0673-NA, correspondiente a actividad judicial no contenciosa de depósito judicial, promovida por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Brithany Yahoska Rodríguez García. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifiesten su conformidad o se opongan en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 06 de enero de 2021.—Licda. Katherine Isabel Meza Chaves, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531475 ).

Se avisa a la señora Jennifer Alvarado Mena, mayor, costarricense, con el documento de identidad número 1-1412-0229, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este juzgado se tramita el expediente 20-000465-0673-NA, correspondiente a Diligencias no contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de La Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Anthony Esteban Alvarado Mena. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de febrero de 2021.—Licda. Katherine Isabel Meza Chaves, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531477 ).

Se avisa al señor Osmar Antonio Hernández Duron, de nacionalidad nicaragüense, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 20-000508-0673-NA, correspondiente a Actividad Judicial no contenciosa de Depósito Judicial, promovida por el Patronato Nacional de La Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Iomer Jesús Hernández Mena. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de enero de 2021.—Licda. Katherine Isabel Meza Chaves, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531478 ).

Se avisa a la señora Carolyn Vanessa Valverde Umaña, de domicilio y calidades desconocidas, que, en este Juzgado, se tramita el expediente 20-000542-0673-NA, correspondiente a Actividad Judicial no contenciosa de Depósito Judicial, promovida por el Patronato Nacional de la Infancia , donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Axel Gerardo Cascante Valverde y Lesly Balesca Cascante Valverde Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de febrero de 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.C. 364-12-2021.—Solicitud 68-2017-JA.—( IN2021531479 ).

Se avisa que, en este Despacho Mario Alberto Fallas Camacho y Mercedes de la Trinidad Soto Morales, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Daniel Josué Malueño Rodríguez. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N° 20-000597-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 07 de enero del 2021.—Licda. Katherine Isabel Meza Chaves, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531480 ).

Se avisa a los señores Jefferson Davila Reyes y Rosette Arelis Chin West, de domicilio y calidades desconocidas, que, en este Juzgado, se tramita el expediente 20-000600-0673-NA, correspondiente a actividad judicial no contenciosa de depósito judicial, promovida por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Jameikel Shadit Davila Chin, Jefferson Said Davila Chin y Jeydani Jaleizka Davila Chin. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 05 de febrero de 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531482 ).

Se avisa que en este Despacho Mariela de Los Ángel Soto Morales, solicita se apruebe la adopción individual de la persona menor de edad Rukie Yoshua Vindas Arias. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N° 20-000607-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 07 de enero del 2021.—Licda. Katherine Isabel Meza Chaves, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531483 ).

Se avisa a los señores Jossette Yojansel Segura Hernández, de domicilio y calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente N° 20-000616-0673-NA, correspondiente a actividad judicial no contenciosa de depósito judicial, promovida por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Kaissy Yocxell Salazar Segura y George Jael Segura Hernández. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de febrero de 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531484 ).

Se avisa a la señora Jenny Marcela Guido Atencio, mayor, costarricense, portadora del documento de identidad N° 6-0396-0883, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente N° 20-000625-0673-NA, correspondiente a actividad judicial no contenciosa de depósito judicial, promovida por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Cristian Isac Muñoz Guido. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de enero de 2021.—Licda. Katherine Isabel Meza Chaves, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531485 ).

Se avisa que, en este Despacho, Esteban Gerardo Araya Vargas y Sofía Alejandra Valverde Agüero, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad: Nahomy de los Ángeles Morales Cordero. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N° 20-000636-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de enero del 2021.—Licda. Katherine Isabel Meza Chaves, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531486 ).

Se avisa al señor José Andrés Duarte Miranda, de nacionalidad nicaragüense, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 20-000722-0673-NA, correspondiente a actividad judicial no contenciosa de depósito judicial, promovida por el Patronato Nacional de La Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Brithany Micell Duarte Gamboa. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de enero de 2021.—Licda. Katherine Isabel Meza Chaves, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531490 ).

Se avisa que, en este Despacho, Adam Josué Cavallari Solano y Gabriela Cubero Solís, solicitan se apruebe la Adopción Conjunta de la persona menor de edad: Dominic Alexander Castillo Mayorga. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N° 20-000724-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 13 de enero del 2021.—Licda. Katherine Isabel Meza Chaves, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531491 ).

Se avisa que en este Despacho Mónica Guadalupe Blanco Sánchez y Rodrigo Chaves Calvo, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Camila Sofia Sánchez Solano. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N° 20-000740-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 16 de enero del año 2021.—Licda. Katherine Isabel Meza Chaves, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531492 ).

Se avisa a los señores Karina del Carmen Rocha y Santiago Reyes Flores, de domicilio y calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 20-000741-0673-NA, correspondiente a actividad judicial no contenciosa de depósito judicial, promovida por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Laura Isamar Reyes Rocha. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de febrero de 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531493 ).

Se avisa que en este Despacho Juan Carlos Gutiérrez Barquero y Marcela de los Ángeles Fallas Solís, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Wesley Alexánder Herrera Ortega. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma, expediente N° 20-000763-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 14 de enero del año 2021.—Licda. Katherine Isabel Meza Chaves, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531494 ).

Se avisa a los señores Katherine Rebeca Guzmán González, mayor, con el documento de identidad número 115200054, costarricense, de domicilio y demás calidades desconocidas, y Mario Julio Gómez Manzanarez, mayor, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este juzgado se tramita el expediente N° 20-000786-0673-NA, correspondiente a Diligencias no contenciosas de Depósito Judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Jimena Vanessa Gómez Guzmán. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de febrero de 2021.—Licda. Katherine Meza Chaves, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531495 ).

Se avisa a Uriel Moreno Montiel, de domicilio y calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente N° 20-000792-0673-NA, correspondiente a Actividad Judicial no Contenciosa de Depósito Judicial, promovida por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Christopher Isai Moreno Salas. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 02 de febrero de 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531496 ).

Se avisa al Jonathan Mauricio Batista Chacón, de domicilio y calidades desconocidas, que, en este Juzgado, se tramita el expediente 20-000796-0673-NA, correspondiente a Actividad Judicial no contenciosa de Depósito Judicial, promovida por el Patronato Nacional de La Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Marcela Francini Batista Solís. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 02 de febrero de 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531497 ).

Edictos Matrimoniales

En cumplimiento del artículo veinticinco del Código de Familia comparecen ante la Notaria de Jennifer Soto Benavides, con oficina abierta en Heredia, veinticinco metros Norte de los Tribunal de Justicia, el señor Donald Mark (nombre) Bryn (apellido), de un único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, soltero, profesor, con pasaporte de los Estados Unidos de América número cinco uno uno nueve siete tres cuatro cero nueve, vecino de Estados Unidos, tres seis seis uno Longmeadow Sarasota, hijo de Donald Tubbs y Sarah Yeager, ambos de nacionalidad estadounidense, y Olman Antonio Solano Contreras, mayor, soltero, empleado en Amazon, con cédula de identidad cuatro- cero uno seis uno-cero nueve nueve cero, vecino de Heredia, Santa Bárbara, San Juan, Suites y Apartamentos Merlyn número veintinueve, hijo de José Antonio Solano Chacón y Grace Lidieth Contreras González, ambos de nacionalidad Costarricense. Quien tenga oposición a dicha unión debe hacerlo saber a la Notaría del licenciada Soto Benavides.—Heredia, veinticinco de febrero del dos mil veintiuno.—Licda. Jennifer Soto Benavides, Notaria.—1 vez.—( IN2021531046 ).

Se hace saber que ante el notario público Juan Rafael Zavala Tasies, con oficina cuatrocientos metros norte del templo católico San Lorenzo de Flores, situada en Barrantes de Flores, provincia de Heredia, y medio para notificaciones bufetezavala@gmail.com, han comparecido Maikol Alan Berlioz Martínez, cédula de identidad costarricense número uno- mil ciento ochenta y seis- cero ochocientos sesenta y nueve, y la señorita Ruth Patricia González Pérez, mayor, nicaragüense, pasaporte número NIC C cero dos siete cero seis nueve cinco cuatro, han comparecido ante esta notaría a efecto de celebrar matrimonio civil conforme a nuestra legislación. En virtud de ello y en cumplimiento del artículo 25 del Código de Familia, se ordena la publicación de este edicto en aras de que, si existe alguna oposición a la unión solicitada, lo hagan saber dentro del plazo de ocho días naturales después de la publicación de este edicto ante esta notaría.—Heredia 26 de Febrero del 2021—Lic. Juan Rafael Zavala Tasies.—1 vez.—( IN2021531268 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Andrea Piña Brenes, mayor de edad, cédula de identidad N° 1-1302-482, oficios domésticos, vecina de Alajuela, Desamparados, Urb. Silvia Eugenia, hija de Orlando Piña Quintana, y de Patricia María Brenes Castro, ambos costarricenses, nacida en Hospital, Central, San José, en fecha 18 de abril 1987, con 33 años de edad, y el señor Giovanni Jesús Blanco Brizuela, mayor de edad, cédula de identidad N° 1-833-037, chofer, vecino de Alajuela, Desamparados, Urb. Silvia Eugenia, hijo de Édgar Blanco Álvarez, y de Dolores Brizuela Rodríguez, ambos costarricenses, nacido en Hospital, Central, San José, en fecha 03 de julio de 1972, con 47 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº 20-000208-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 24 de febrero de 2021.—Licda. Jennifer Ocampo Cerna, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531469 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil, María Julia Obando Angulo, mayor de edad, cédula de identidad N° 5-281-166, oficios domésticos, vecina de Alajuela, Rincón Chiquito de La Guácima de Alajuela, de la iglesia católica, 250 al oeste, un portón verde, hija de German Obando Castillo, y de Engracia Angulo Angulo, nacida en La Mansión, Nicoya, Guanacaste, en fecha 17 de noviembre de 1973, con 46 años de edad, y el señor José Ángel Agüero Pérez, mayor de edad, cédula de identidad N° 2-477-851, operario montacarguista, vecino de Alajuela, Rincón Chiquito de La Guácima de Alajuela, de la iglesia católica, 250 al oeste, hijo de Rafael Agüero Cambronero, y de Flor María Pérez León, nacido en Centro Orotina, Alajuela, en fecha 11 de junio de 1972, con 47 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 20-000253-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 05 de febrero del año 2020.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531470 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando matrimonio civil, los comparecientes Adelaida Flores Víctor, mayor, costarricense, soltera en unión libre, de oficios domésticos, cédula de identidad número 0603960008, teléfono 7182-9155 (de uso personal), hija de Lorenzo Flores Martínez y Juana Estelvina Víctor Lobo, nacida en Quepos, Aguirre, Puntarenas, el día veinticuatro de julio del año mil novecientos noventa y uno, de 29 años cumplidos; y Juan Carlos Morales Morales, quien dice ser mayor, costarricense, soltero en unión libre, de peón agrícola, cédula de identidad número 0113470536, hijo de Elba Nidia Morales Morales, nacido en San Isidro, Pérez Zeledón, San José, el día cuatro de abril del año mil novecientos ochenta y ocho, de 32 años cumplidos. Ambos comparecientes vecinos de Quepos, después de finca Marítima en dirección Quepos-Matapalo, kilómetro y medio a mano derecha, de la torre del I.C.E. 100 metros después, entrada a mano derecha, 300 metros hacia adentro, finca de gallito, casa de cemento y fibrolit color verde. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días hábiles siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 21-000036- 1591-FA.—Juzgado Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Quepos (Materia Familia), Puntarenas, Quepos, 24 de febrero del año 2021.—Lic. Carlos Miguel García Araya, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531514 ).

Han comparecido ante este Juzgado de Familia de Heredia, solicitando contraer matrimonio civil, los señores Roberto José Hernández Salazar, mayor, estado civil soltero, profesión dependiente, cédula de identidad número 1-1579-0694, vecino Heredia, Santa Bárbara San Bosco, teléfono 8578-1603, hijo de Mauricio José Hernández Delgado y María Gabriela Salazar Calvo, nacido en San José, con 26 años de edad, y Dana Tariela Oviedo Arias, mayor, estado civil soltera, profesión enfermera, cédula de identidad número 4-0234-0238, vecina de San Pablo de Barva, Urbanización Benjamín Núñez, teléfono 8771-5782 hija de Jarvi Wilser Oviedo Segura y Yorleny Arias Salas, nacida en Heredia, actualmente con 23 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-000418-0364-FA.Juzgado de Familia de Heredia, Heredia, 22 de febrero del 2021.—Msc. Pablo Amador Villanueva, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531517 ).

Han comparecido ante este Juzgado de Familia de Heredia, solicitando contraer matrimonio civil, los señores Lisbeth Hernández Sánchez C.c.: Lisbeth Hernández Campos, mayor, soltera, celular: 60042698, ama de casa, cédula de identidad número 107860547, vecina de Heredia, Central, Barrio Fátima, hija de Olga María Hernández Sánchez, nacida en Hospital Central San José, con 50 años de edad, y Víctor Manuel Barquero García, mayor, soltero, chofer de autobús, cédula de identidad número 204470289, vecino de Heredia, Central, Barrio Fátima, hijo de Víctor Ml. Barquero Barquero, Angela García Castro, nacido en Centro San Carlos Alajuela, con 71 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-000477-0364-FA.—Juzgado de Familia de Heredia, Heredia, 23 de febrero del año 2021.—Lic. Leonardo Loría Alvarado, Juez Decisor.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531518 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil: Óscar Alberto Ramírez Ureña, cédula de identidad N° 0204420854 y Flor de María Ramírez Solano, cédula de identidad número 0601140835. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº 20-0001192-1146-FA.—Juzgado de Familia de Puntarenas, 08 de diciembre del año 2020.—Diego Acevedo Gómez, Juez de Familia.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531607 ).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: Luis Antonio Ramírez Rodríguez, mayor, soltero, peón, cédula de identidad número 0115870988, vecino de Golfito, La Gamba, Barrio La Bolsa, hijo de Edith Rodríguez Serracín y José Luis Ramírez Chavarría, nacido en San Isidro, Pérez Zeledón, el 18/10/1994, con 26 años de edad; y Ruth de los Ángeles Campos Flores, mayor, soltera, estudiante, cédula de identidad número 0116820979, vecina de Golfito, La Gamba, Barrio La Bolsa, hija de Josefa Ruth Flores Galeano y Rodrigo Campos Campos, nacida en Uruca, Central, San José, el 02/08/1997, actualmente con 23 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 21-000060-1086-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica de Golfito (Materia Familia), Golfito, 25 de febrero del 2021.—Licda. Ana Catalina Cisneros Martínez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531619 ).

Edictos en lo Penal

Licenciado Franklin Lara Fallas, Juez de Juicio del Tribunal de Juicio del Primer Circuito Judicial de Puntarenas, a los señores Leandro Alvarado Alvarado, cédula o documento de residencia permanente número 2709-5064-38221; e Hilda Ledezma Gutiérrez, cédula de identidad número 5-0179-0145, quienes figuran como propietarios de la embarcación Emanuel, con certificado de matrícula P010351, clase pesca, inscrita en el Registro Público tomo 13, asiento 4107, eslora 10.88 metros, manga 3.46 metros, se les hace saber: Que en el Legajo de Acción Civil Resarcitoria del expediente N° 14-200472-0431-PE, seguido en contra de Wilber Narváez Sixto, en perjuicio de Los Recursos Naturales, por el delito de piratería, se ha dictado resolución que literalmente dice: Se ordena notificar por edicto, no habiendo sido posible la localización de los aquí terceros civiles demandados, Leandro Alvarado Alvarado cédula o documento de residencia permanente número 2709-5064-38221, propietario de la embarcación Emanuel, con certificado de matrícula P010351, clase pesca, inscrita en el Registro Público tomo 13,asiento 4107, eslora 10.88 metros, manga 3.46 metros, material fibra de vidrio; e Hilda Ledezma Gutiérrez, portadora del documento de identidad número 5-179-145, propietario de la embarcación Emanuel, con certificado de matrícula P010351, clase pesca, inscrita en el Registro Público tomo 13, asiento 4107, eslora 10.88 metros, manga 3.46 metros, material fibra de vidrio, debido a que no consta en autos medios para recibir notificaciones, ni un domicilio aportado por los mismos, se ordena notificar por edictos, por tres veces consecutivas, la resolución de las trece horas con diez minutos del diecinueve de marzo del dos mil quince, que expresamente indica: “De conformidad con los artículos 43 y 115 del Código Procesal Penal, procedo el suscrito representante del Ministerio Público a dar Traslado de Acción Resarcitoria interpuesta, por el actor civil Lic. Juan José Soto Cervantes, de la Procuraduría General de la República. En este proceso, a los terceros civiles demandados: Hilda Ledezma Gutiérrez y Leandro Alvarado Alvarado y a su representante, Lic. Álvaro Moreno Gómez, para que, dentro del término de tres días, formule las oposiciones que correspondan y señale el lugar o medio para recibir notificaciones”. Comuníquese.—Tribunal de Juicio del Primer Circuito Judicial de Puntarenas.—Lic. Franklin Lara Fallas, Juez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021530886 ).                                                                                                            3 v. 3.

El suscrito Álvaro Montoya Martínez, Fiscal Adjunto de la Fiscalía del Primer Circuito Judicial de San José, le comunica a Asdrúbal Brenes Obando, documento de identidad número 1-0869-0714, en calidad de demandado civil, a fin de presentarse ante la Fiscalía del Primer Circuito Judicial de San José, ubicada en San José, Barrio González Lahaman, edificio del Organismo de Investigación Judicial, sexto piso, a fin de comunicar la Acción Civil Resarcitoria, que se tramita bajo la causa N° 18-007214-0489-TR contra Giovanni Antonio Hernández Venegas por un delito de lesiones culposas en perjuicio de Adán Gerardo Fallas Molina. Por lo anterior se procede a comunicarle por medio de edicto que se publicará una vez en el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo.—Fiscal Adjunto de la Fiscalía del Primer Circuito Judicial de San José.—Álvaro Montoya Martínez.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021531066 ).

Fiscalía de Bribrí del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, al ser las trece horas con dieciocho minutos del día nueve de febrero del dos mil veintiuno. Tal y como se desprende del legajo de Acción Civil Resarcitoria que se estableció donde se invita a constituirse como parte al señor Armando Falas Varela dueño registral del vehículo placas 821464, y siendo que no ha sido localizado en la dirección indicada San José San Isidro, Vásquez de Coronado 350 metros al noroeste del cruce de Ipis de Coronado, tal y como consta en la respuesta de citación recibida, ante tales circunstancias y a efectos de poder continuar con las presentes diligencias se ordena comunicar por medio de edicto el traslado de la acción civil resarcitoria al tercer demandado civil planteada por el actor civil Alex Vilchez Arias, mismo debe publicarse por una vez en el Boletín Judicial, la resolución que en lo conducente dice así: Se invita a constituire como parte causa establecida por Leonardo Ibarra Campos, por el delito de Lesiones Culposas, contra Greivin López Mora para que dentro del término de cinco días se pronuncie sobre la participación del actor civil y oponga las excepciones que corresp19-000685-0597-PE por el delito de Lesiones Culposas, en contra de Greivin López Mora en perjuicio de Leonardo Ibarra Campos. Comuníquese.—Fiscalía de Bribrí del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Materia Penal).—Lic. Jorge Alfaro Rojas, Fiscal Auxiliar Ministerio Público de Bribrí.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021531589 ).