BOLETÍN JUDICIAL N° 91 DEL 13 DE MAYO DEL 2021
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA CONSTITUCIONAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Avisos
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos
Matrimoniales
Edictos en lo Penal
ASUNTO: Acción
de Inconstitucionalidad
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES
DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
TERCERA PUBLICACIÓN
De acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 81 de la Ley
de la Jurisdicción Constitucional,
dentro de la acción de inconstitucionalidad
número 21-006714- 0007-CO que promueve
Asociación Cámara de Industrias de Costa Rica, se ha dictado
la resolución que literalmente
dice: «Sala Constitucional de la Corte Suprema de
Justicia. San José, a las doce horas veintidós minutos del cinco de mayo de dos mil veintiuno.
/Se da curso a la acción de
inconstitucionalidad interpuesta
por Asociación Cámara de Industrias de Costa Rica, representada
por Enrique Javier Egloff Gerli,
para que se declaren inconstitucionales
determinadas frases de los artículos 1, 2, 3, 4 y 8 del Decreto
Ejecutivo Nº 42747-MINAE, “Establecimiento
de las condiciones técnicas
para la importación, transporte,
distribución y comercialización
de gas natural licuado para sustituir
al búnker en uso industrial y comercial”, por estimarlas contrarias a los principios de reserva de ley, división de poderes, libertad de empresa y razonabilidad y proporcionalidad.
En relación con el artículo 1°, se impugna la frase “a efecto de propiciar la eliminación del uso de búnker en
el sector industrial y comercial…”; en el artículo 2, la frase “…y cuyo fin sea la sustitución del uso del bunker…”;
en el artículo 3, la frase “La prestación de este servicio público
tendrá por objetivo impulsar la sustitución del búnker en la matriz energética
del país…”; en el artículo 4, “…para sustitución
del búnker…”
y, en el artículo 8, “…y
con el fin de consolidar la eliminación
del uso de búnker en
el país”. Se confiere
audiencia por quince días a la Procuraduría General
de la República y al Ministerio
de Ambiente y Energía. Las normas se impugnan en cuanto el Poder
Ejecutivo, excediendo sus competencias constitucionales (artículo 140), emitió el decreto ejecutivo número 42747-MINAE, mediante el cual solo autoriza la importación de gas natural licuado
cuando el fin sea la sustitución
del uso de búnker, condición que no consta en ninguna ley. Es decir, limita la importación libre de GNL sin sustento
legal que lo faculte, restringiendo
así la libertad de empresa. Si se revisan los considerandos de dicho decreto y su respectiva
fundamentación jurídica, se
puede apreciar que no existe autorización legal o constitucional al Poder Ejecutivo, para que, mediante un decreto, condicione, limite o restrinja la importación y uso de GNL, a que
se utilice para sustituir
el búnker,
impidiendo así la importación libre y no condicionada.
También lesiona el
principio de razonabilidad y reserva
de ley, por cuanto, sin ningún
sustento técnico condiciona la importación del
GNL, únicamente cuando se utilice para sustituir el búnker, convirtiendo la norma en un instrumento
inidóneo. La inconstitucionalidad
acusada versa sobre el exceso de las competencias constitucionales del Poder Ejecutivo en contraposición
con las del legislativo; todo
en detrimento del principio
de reserva de ley, al limitar
vía decreto, el derecho
fundamental a la libertad de empresa
y a la libre importación. El decreto
Nº 42747-MINAE es inconstitucional, pues carece de una ley habilitante. Se lesiona también el principio de reserva
de ley y razonabilidad por afectar
el contenido esencial del
derecho fundamental a la libertad de empresa mediante una norma de rango infra legal, convirtiendo la norma en inidónea por carecer de sustento técnico. El principio de reserva
de ley dispone que solo mediante disposiciones
normativas que gozan de rango legal se pueden limitar los derechos fundamentales.
La limitación a la importación
de gas natural licuado, bajo la condicionante
que únicamente sea en sustitución del búnker, lesiona el contenido esencial de la libertad de empresa, en su primer postulado
en cuanto al derecho de los
ciudadanos de escoger libremente la actividad a emprender. Esta
limitación carece, además, de sustento técnico. El medio idóneo para comprobar la validez constitucional de una norma (de rango legal o infra-legal) es mediante
la interpretación a través
del principio de razonabilidad, pues
permite al Estado limitar
el ejercicio abusivo del
derecho. De este modo, la norma
debe ser proporcional, adecuada
al medio, al fin, siempre y cuando
se encuentre conforme al
Derecho de la Constitución. Esta
acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción
Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación
accionante proviene del del artículo 75, párrafo 2° de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional. La Cámara
es una entidad corporativa,
caracterizada por la representación
y defensa de un número de intereses pertenecientes a los miembros de una determinada colectividad y, en cuánto los defiende y representa, actúa en favor de sus asociados, la colectividad industrial del país.
Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial
sobre la interposición de
la acción. Efectos jurídicos de la interposición de
la acción: La publicación prevista en el numeral 81 de la
Ley de la Jurisdicción Constitucional
tiene por objeto poner en conocimiento
de los tribunales y los órganos
que agotan la vía administrativa, que la demanda de
inconstitucionalidad ha sido
establecida, a efecto de
que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de la ley, decreto, disposición, acuerdo o resolución, tampoco se dicte resolución final mientras la Sala
no haya hecho
pronunciamiento del caso. De este
precepto legal se extraen varias reglas. La primera, y quizás la más importante, es que la interposición de una acción de inconstitucionalidad no suspende
la eficacia y aplicabilidad
en general de las normas.
La segunda, es que solo se suspenden
los actos de aplicación de
las normas impugnadas por
las autoridades judiciales en los procesos incoados ante ellas, o por las administrativas, en los procedimientos tendientes a agotar la vía
administrativa, pero no su vigencia y aplicación
en general. La tercera es
que –en principio-, en los casos de acción directa (como ocurre
en la presente acción), no opera el efecto suspensivo de la interposición (véase voto Nº 537-91 del Tribunal
Constitucional). Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en
asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en
los que se discuta la aplicación
de lo impugnado o aquellos
con interés legítimo, a fin
de coadyuvar en cuanto a su procedencia
o improcedencia, o para ampliar,
en su caso,
los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber, además, que de conformidad con
los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en
los casos y condiciones señaladas. La contestación a la
audiencia conferida en esta resolución deberá ser presentada una única vez, utilizando
solo uno de los siguientes medios:
documentación física presentada directamente en la Secretaría de la Sala; el sistema de fax; documentación electrónica por medio del Sistema de gestión
en línea; o bien, a la dirección de correo electrónico Informes-SC@poderjudicial.
go.cr, la cual es correo exclusivo dedicado a la recepción de informes. En cualquiera de los casos, la contestación y demás documentos deberán indicar de manera expresa el número de expediente al cual van dirigidos. La contestación que se rindan por medios electrónicos deberá consignar la firma de la persona responsable
que lo suscribe, ya sea digitalizando el documento físico que contenga su firma, o por medio de la firma digital, según las disposiciones establecidas en la Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos, Nº 8454,
a efectos de acreditar la autenticidad de la gestión. Se advierte que los documentos generados electrónicamente o digitalizados
que se presenten por el Sistema de Gestión en Línea
o por el correo electrónico
señalado, no deberán superar los 3 Megabytes. Notifíquese.
/ Fernando Castillo Víquez, Presidente.».
San José, 05 de
mayo del 2021.
Luis
Roberto Ardón Acuña
Secretario
O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021538375 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
Para los efectos del artículo
90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita
con el número 19-020381-0007-CO promovida
por [NOMBRE 001], cédula de identidad número [VALOR 001] contra el artículo
94 bis del Código de Trabajo, reformado
mediante el numeral 3 de la Ley Nº 9343 de 25 de enero de 2016, por estimarse contrario a los artículos 34, 51
y 56 de la Constitución Política
y 6, 17 y 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, se ha dictado
el voto número 2021-001156
de las doce horas cuarenta
y un minutos del veinte de enero de dos mil veintiuno, que literalmente dice:
«Se declara
SIN lugar la acción.-»
San José, 11 de febrero del 2021.
Luis
Roberto Ardón Acuña,
Secretario a. í.
O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—1 vez.— ( IN2021549218 ).
Licda. Hellen Hidalgo Ávila, jueza del Juzgado Civil y Trabajo del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral); hace
saber a Comandos de Seguridad
Delta Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-125925, Comandos de Seguridad Universal
Sociedad Anónima, con cédula jurídica
número 3-101-213117, Armas
y Seguridad Delta Sociedad Anónima
con cédula jurídica número
3-101-216148 y Móviles Delta Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-216135, que en este Despacho se interpuso un proceso Or.S.Pri. Prestac. Laborales en su
contra, bajo el expediente número
18-000101-1125-LA donde se dictaron
las resoluciones que literalmente
dicen: por ignorarse el domicilio o lugar de ubicación del representante legal
de la persona jurídica denominada
Comandos de Seguridad Delta
Sociedad Anónima, con cédula jurídica
número: 3-101-125925, Comandos
de Seguridad Universal Sociedad Anónima,
con cédula jurídica número:
3-101-213117, Armas y Seguridad
Delta Sociedad Anónima con cédula jurídica
número: 3-101-216148 y Móviles
Delta Sociedad Anónima, con cédula jurídica número: 3-101-216135, se
emplaza a los socios, asociados o a quien corresponda designar representante, para que en el plazo de un mes acrediten tal nombramiento,
bajo apercibimiento de que en
caso de omisión se procederá a nombrar curador procesal, según lo dispone el artículo 19.4
del Código Procesal Civil en
aplicación supletoria de esta materia. Lo anterior se ordena así en
proceso Or.S.Pri.
Prestac. Laborales de Luis
Johnny Espinoza Morales contra Armas y Seguridad Delta S.A., Comandos de
Seguridad Delta Sociedad Anónima, Comandos
de Seguridad Universal Sociedad Anón, Móviles Delta Sociedad Anónima; expediente Nº 18-000101-1125-LA. Nota:
publíquese este edicto por única vez en el Boletín
Judicial o en un periódico
de circulación nacional.
Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado Civil y Trabajo
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 21 de abril
del año 2021.—Licda. Hellen
Hidalgo Ávila, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021549069 ).
Por este medio se le informa
y solicita a la señora Aura
María Castro Centeno, cédula N° PC1064841, apersonarse
al Juzgado de Trabajo del
Primer Circuito Judicial de San José, bajo el expediente número
20-001662-0173-LA, con respecto a las prestaciones laborales de Jaime
de Jesús Álvarez Chaves quien en
vida fuese su esposo; carné
30431.—Lic. Carlos Coto Hernández.—1 vez.—( IN2021548988 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de María Blasa Gómez, cédula de
identidad 0700240718, fecha de nacimiento 03/02/1935 la cual estaba soltera,
pensionada, quién era vecina de Limón Cieneguita por la playa del bar Ganzo 400
m sur, de 80 años fallecida el catorce de diciembre del dos mil quince, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de consig. pago sector
público bajo el Número 18-000598- 0679-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 18-000598-0679-LA. Promovidas por Angelica Montero Gómez
a favor de la fallecida María Blasa Gómez.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de
la Zona Atlántica, 15 de marzo del año 2021.—Lic. Max Alberto Alpízar
Solórzano, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021549071 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de
causahabientes de Johnny Alfonso Seas Fernández, cédula de identidad
0107590377, fallecido el 01 de febrero de 2016, se consideren con derecho, para
que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias
de Consig. Prestaciones Laborales bajo el número de
expediente 20-000075-1085-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el articulo 85 y 550 del Código de Trabajo. Nota: Publíquese
este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un
periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días
después de aquél en que se hizo la publicación. Expediente N°
20-000075-1085-LA. Por Sara Patricia Álvarez Montero a favor de Johnny Alfonso
Seas Fernández.—Juzgado Civil y
Trabajo de Golfito (Materia Laboral), 28 de abril del año
2021.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021549078
).
Se
cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Omar Alvarado Luna 0700670620, fallecido el nueve de mayo del
dos mil diecinueve, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Pago Sector Público bajo el Número 20-000477-0679-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 20-000477-0679-LA. Promovidas por Róger Alberto
Alvarado Luna a favor del trabajador fallecido Omar Alvarado Luna.—Juzgado de Trabajo
del Primer Circuito Judicial
de la Zona Atlántica, 07 de agosto
del 2020.—Lic. Max Alberto Alpízar Solórzano, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021549084 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ricardo Antonio Sanabria Barrantes, quien portó la cédula de identidad N°
0103390151 y falleció el día 25 de octubre del 2019, promovido por
Sandra María Cordero Campos, cédula de identidad N°
0104130045, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector público bajo el Número
20-002004-0173-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 20-002004-0173-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito
Judicial de San José, Sección Segunda,
28 de abril del 2021.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021549087 ).
Se
cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Edwin Francisco del Carmen Trejo Méndez,
0107070879, fallecido el 19 de diciembre
del año 2019, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de consignación de prestaciones sector público, bajo
el N° 21-000011-1441-LA, hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del código de trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Expedienté N° 21-000011-1441-LA. Por a favor de Edwin
Francisco del Carmen Trejo Méndez.—Juzgado
Contravencional de Coto
Brus (Materia Laboral), 07 de mayo del 2021.—Licda.
Johanna Quesada Monge, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021549088 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Deibid Martín Herrera Rosales 0503960633, fallecido el 28
de diciembre del año 2020, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo
el Número 21-000021- 1569-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez
en el Boletín Judicial. Expediente N°
21-000021-1569-LA. Por María Dinorah Rosales Rojas y otro a favor de Deibid Martín Herrera Rosales.—Juzgado
Contravencional de Tilarán (Materia Laboral), 04 de mayo del
año 2021.—Licda. Ana Patricia Barrantes Ruiz, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021549089 ).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Juan Gerardo Blanco Jara N° 0601360752, vecino de Ciudad Neily,
pensionado, fallecido el 19 de setiembre
del año 2012, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector público bajo el número
21-000027-1430-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial, expediente
N° 21-000027-1430-LA. Por a favor de Juan Gerardo Blanco Jara.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Sur (Corredores) (Materia laboral), 24 de marzo del año 2021.—Lic. Víctor Obando
Rivera, Juez.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021549090 ).
Se
cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Heliberto
Aguilar Barboza, 0102740879, fallecido el 02 de abril del año 2012, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado
bajo el número 21-000073-1549-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº
21-000073-1549-LA. Por a favor de Heliberto Aguilar Barboza.—Juzgado Contravencional de Siquirres
(Materia Laboral), 27 de abril del año 2021.—Lic. Kevin de Los Ángeles Leiva Masís, Juez.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021549091 ).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Heriberto Espinoza Reyes N° 0205210277, fallecido el
06 de enero del año 2013,
se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el número 21-000079-1549-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial, expediente N° 21-000079-1549-LA. Por a
favor de Heriberto Espinoza Reyes.—Juzgado
Contravencional de Siquirres
(Materia laboral), 29 de abril
del año 2021.—Lic. Kevin de
los Ángeles Leiva
Masís, Juez Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021549092 ).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes del fallecido Bolívar Portuguez
Quesada, cédula de identidad N° 302050385 quien fue mayor, casado, pensionado, con último domicilio
en Cartago, Central, San Nicolás, Taras, de la delegación policial
250 oeste, lado derecho, contiguo a Panadería Trigo de Oro, casa
color rosado, puerta blanca,
laboró para el Poder Judicial, y falleció
el 26 de noviembre del año 2020, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones sector público bajo el Número 21-000099-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 21-000099-0641-LA, promovido por Sonia Marlene
Rojas Ávila, cédula de identidad N°
06-0143-0374.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 20 de enero del 2021.—Licda. Clelia Calvo Bermúdez, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021549094 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marvin del Carmen Campos Amador, mayor, soltero, agricultor, vecino de Puntarenas, Quepos, El Brujo, documento de identidad número 0602490153, fallecido el veintinueve de mayo
del dos mil veinte, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las Diligencias de Distribución de Prestaciones bajo
el número 21-000133-0694-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 21-000133-0694-LA..—Juzgado
Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón)
(Materia Laboral), 22
de abril del año 2021.—Dr. Minor Chavarría
Vargas, Juez.—1 vez.—O.C.
N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021549097 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Luis Gamboa
Alpízar, cédula de identidad N° 0202100803, fallecido
el cuatro de diciembre del
dos mil cuatro, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de distribución de prestaciones bajo el número
21-000141-0694- LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial, expediente
N° 21-000141-0694-LA. Por Anicia Nuria Arce Ramírez a favor de Carlos Luis Gamboa Alpízar.—Juzgado Civil y Trabajo
del Tercer Circuito Judicial
de Alajuela (San Ramón) (Materia laboral), 21 de abril del año 2021.—Licda. Charling Johanna Vargas
Valenciano, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021549115 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Luis Ángel Fernández Vega, fallecido
el veintiuno de junio del
dos mil diez, se consideren
con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de distribución de prestaciones de persona trabajadora
fallecida bajo el N° 21-000143-0694-LA, a hacer
valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 21-000143-0694- LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, (San Ramón), (Materia
Laboral), 28 de abril del 2021.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021549116 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Róger Alfonso
Vásquez Cubero, quien fue
mayor, casado, constructor, documento
de identidad N° 204740678, vecino de
Alajuela, San Ramón, San Juan, del centro pastoral,
500 metros al este, y 50 metros norte,
y fallecido el veinticuatro
de agosto del dos mil nueve,
se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de distribución de prestaciones bajo
el N° 21-000145-0694-LA,
a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000145-0694-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia
Laboral), 22 de abril del 2021.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021549117 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Enrique Granados Granados, mayor, soltero, maestro
de obras, vecino de
Alajuela, Palmares, Zaragoza y documento
de identidad N° 0105050131, fallecido
el veintiocho de setiembre
del mil novecientos noventa
y ocho, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las Diligencias de Distribución de Prestaciones bajo el número
21-000157-0694-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial, expediente
N° 21-000157-0694-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia laboral), 28 de abril del año 2021.—Dr. Minor Chavarría
Vargas, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2021549119 ).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Eduardo Tortos Trejos,
cédula de identidad N° 03-0121-0649, fallecido el 22 de octubre del
2015, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el N° 21-000270-1550-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 21-000270-1550-LA, promovente: Margarita Tortós Campos,
en calidad de garante de la señora Silvia Tortos Campos. Causante: Eduardo Tortos Trejos.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, (Desamparados), 8 de abril del 2021.—Msc. Randall Jesús Briceño Solano, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021549121 ).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Clara Gerardina Bonilla Monge, cédula de identidad 0108860674, fallecida
el 09 de mayo del año
2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el número 21-000280-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº
21-000280-1550-LA. Promovente: Yeraline
Fabiola Bonilla Monge. Causante: Clara Gerardina Bonilla Monge.—Juzgado de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San
José (Desamparados), 14 de abril del año 2021.—M.Sc. Randall Jesús Briceño
Solano, Juez.—1 vez.—O. C.
Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021549122
).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Julia María Hernández Aguirre cédula de identidad
0116830410, fallecida el 08 de junio
del año 2020, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest.
Sector Privado bajo el número 21-000293-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000293-1550-LA. Promovente Katia Aguirre Porras. Causante
Julia María Hernández Aguirre.—Juzgado
de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 20 de abril del año 2021.—Msc. Randall Jesús Briceño
Solano, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021549124 ).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Aaron Pérez Robles, N° 0702440085, fallecido el 22 de
febrero del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el número 21-000340-1550-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial, expediente N° 21-000340-1550-LA. Por a
favor de Aaron Pérez Robles.—Juzgado
de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José (Desamparados), 05 de
mayo del año 2021.—Licda.
Carolina Fallas Sánchez, Jueza.—1 vez.—O.C.
Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021549125 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Daniel Esteban Carvajal Fernández, cédula
de identidad Nº 3-358-807, fallecido
el 25 de marzo de 2021, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el número 21-000546-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº
21-000546-0641-LA. Promovido por Evelyn Saborío Marchena, cédula de identidad
Nº 1-761-203 por el fallecimiento de Daniel Esteban
Carvajal Fernández, cédula de identidad Nº 3-358-807.
Publíquese.—Juzgado de Trabajo de
Cartago, 04 de mayo del año 2021.—M.Sc. Andrea
Gutiérrez Vargas, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021549128 ).
Se
cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Cindy Bastos Martínez, cédula 0603260146,
fallecida el 12 de abril
del año 2021, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest.
Sector Privado bajo el número 21-000579-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000579-0639-LA. Por el
fallecimiento de Cindy Bastos Martínez promovidas por Gustavo Adolfo Castro Esquivel.—Juzgado Trabajo del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 04 de mayo
del año 2021.—Lic. Ronny
Arias Corrales, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021549129 ).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Michael Efraín Sánchez Chaves 0503550547, mayor, soltero, quien fue vecino Upala,
Los Ingenieros 800 metros sur de la escuela, fallecido el 26 de enero del año 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número
20-000101-1516-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 20-000101-1516-LA. Por a favor de Michael Efraín
Sánchez Chaves.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Sede Upala
(Materia Laboral), 11 de julio del año 2020.—Lic. Mario Alberto
Espinoza Briones, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021549132 ).
Se
cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Guillermo Sibaja
Solorzano cédula de identidad
N° 0202590898, fallecido el 02 de noviembre del año 2020, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consignación de prestaciones sector privado bajo el N° 21-000626-0639-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial. Expediente
N° 21-000626-0639-LA. Por a favor de Guillermo Sibaja
Solorzano.—Juzgado Trabajo del
Primero Circuito Judicial de Alajuela, 07 de mayo
del 2021.—Lic. Ignacio Saborío Crespo, Juez.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021549314 ).
Se cita
y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jonás Alberto Corea Sanarrusia, quien falleció el 10 de diciembre del año 2020, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias Devolución de Ahorro Obligatorio, bajo el Número
21-000001-1537-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85
del Código de Trabajo. Expediente
N° 21-000001-1537-LA. Jonás Alberto Corea Sanarrusia a favor de Cindy Gabriela Pérez Monterrey.—Juzgado Contravencional de Bribrí
(Materia Laboral), 10 de marzo del 2021.—Licda. Mandy Zillin Avellán Sánchez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021549344 ).
Se cita
y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Yisenia Socorro Peña Salguera
0701410117, fallecida el doce
de enero del dos mil doce,
se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Pago Sector Privado bajo el Número
21-000038-0679-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y
550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 21-000038-0679-LA. Promovidas por Carlos Manuel
Esquivel Navarro a favor de Yisenia Socorro Peña Salguera. Notifíquese.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 29 de enero del 2021.—Lic. Max Alberto Alpízar Solórzano, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021549346 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una base de noventa
y cinco mil dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del Partido de San José, matrícula número quinientos noventa y siete mil novecientos sesenta y cinco, derecho: 000, la cual es terreno, terreno construido. Situada en el distrito 1-San Juan, cantón 13-Tibás de la provincia de
San José. Colinda: al norte.
Inversiones Manolo S. A.; al sur: calle
pública;
al este: Inversiones Manolo
S. A.; y al oeste: calle pública. Mide: doscientos nueve metros con diez decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan
las diez horas treinta minutos del siete de junio de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas treinta minutos del quince de junio de
dos mil veintiuno, con la base de setenta
y un mil doscientos cincuenta
dólares exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las diez horas treinta minutos del veintitrés de junio de dos mil veintiuno, con
la base de veintitrés mil setecientos
cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Con una base de setenta mil quinientos dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula número ciento noventa y un mil ochocientos ochenta y siete, derecho 000, la cual es terreno, terreno construido. Situada en el distrito 1-San Juan, cantón 13-Tibas de la provincia
de San José. Colinda: al norte:
Inversiones Manolo S. A.; al sur: Inversiones
Manolo S.A., y calle pública; al este:
Miguel Ángel Rodríguez
Arce; y al oeste: calle pública. Mide: ciento cincuenta
y siete metros con sesenta
y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del siete de junio de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas treinta minutos del quince de junio de
dos mil veintiuno, con la base de cincuenta
y dos mil ochocientos setenta
y cinco dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez
horas treinta minutos del veintitrés de junio de dos mil veintiuno, con la base de diecisiete
mil seiscientos veinticinco
dólares exactos (25% de la
base original). notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-la Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Manuel
Antonio Soto Loaiza, Sandra Umaña
Quesada. Expediente N° 19-000427-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 5 de marzo del 2021.—Yessenia Brenes
González, Jueza Decisora.—(
IN2021548325 ).
En este Despacho,
con una base de tres millones
seiscientos veinte mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando uso y servid ref: 00063459 000 citas: 376-17135-01-0929-001; sáquese
a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número doscientos veintidós mil doscientos setenta y tres, derecho cero cero cero, la cual es terreno lote de solar. Situada en el distrito:
05-Piedras Blancas, cantón:
05-Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 15 m
con 04 cm lineales; al sur, Asdrúbal Madrigal Arroyo; al este, Asdrúbal Madrigal Arroyo; y al oeste,
Héctor Piedra Chinchilla. Mide: trescientos dos metros cuadrados.
Plano: P-2000868-2017. Para tal efecto,
se señalan las diez horas
cero minutos del cuatro de junio del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas cero minutos del
catorce de junio del dos
mil veintiuno, con la base de dos millones
setecientos quince mil colones
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veintidós de junio del dos mil veintiuno, con la base de novecientos
cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Marcos Evelio Madrigal Arce. Expediente
N° 20-001644-1201-CJ.—Juzgado
de Cobro de Golfito, 29
de setiembre del 2020.—Licda.
Virginia Madrigal Camacho, Jueza Tramitadora.—( IN2021548326
).
En este Despacho, con
una base de cinco millones
de colones exactos, soportando hipoteca citas: 2016-506798-01-0001-001, sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 604157, derecho
000, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito: 03-Daniel Flores,
cantón: 19-Pérez Zeledón,
de la provincia de San José. Colinda:
al norte, José Ramón Campos Cordero y Reinalda Bonilla Cordero; al sur, José Ramón Campos Cordero
y Reinalda Bonilla Cordero; al este,
calle pública, y al oeste, José Ramón Campos Cordero y Reinalda
Bonilla Cordero. Mide: mil doscientos
noventa y un metros con ochenta
y seis decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiuno de junio del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del veintinueve de junio del dos mil veintiuno, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las ocho
horas treinta minutos del siete de julio del dos mil veintiuno, con la base de un millón
doscientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Julio Antonio de Los Ángeles
Jiménez Hernández contra Johan
Gerardo Alfaro Arias. Expediente Nº 21-000302-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), hora y fecha de emisión: catorce horas con diecisiete minutos del veinte de abril del dos mil veintiuno.—Licda. Wendy Barrantes Rojas, Jueza Tramitadora.—( IN2021548653 ).
En este Despacho, con una base de primer
remate de treinta y un mil novecientos seis dólares con veinticinco centavos,
libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones
citas: 296-06446-01- 0901-007, reservas y restricciones citas: 380-19150-01-0900-001,
servidumbre de paso citas: 554-06958-01-0007-001, servidumbre de paso citas:
554-06958-01-0007-001, servidumbre de paso citas: 554-06958-01-0012-
001, servidumbre de paso citas: 554-06958-01-0012-001, servidumbre de paso
citas: 557-01632-01-0010-001, servidumbre de paso citas: 557-01632-
01-0010-001, servidumbre citas: 2017-258410-01-0021-001; sáquese a remate la
finca del partido de Guanacaste, matrícula número 221891, derecho 000. La cual
se describe así: naturaleza: lote tres terreno de
repasto situada en el distrito 7-Belen de Nosarita
cantón 2-Nicoya de la provincia de Guanacaste finca se encuentra en zona
catastrada. Linderos: norte, Buena Vista del Mar Azul S. A. sur, Costa Rican View S. A. este, Buena Vista del Mar Azul y en medio
con una servidumbre agrícola con un frente a la misma de 17 metros con 03
centímetros oeste, Buena Vista Del Mar Azul S.A. Mide: cinco mil un metros con tres decímetros cuadrados plano:
G-1117059-2006.- De no haber postores, el segundo remate se realizara con una
base de veintitrés mil novecientos veintinueve dólares con sesenta y ocho
centavos (75% de la base original). De continuar sin oferentes, para el tercer
remate se realizará con una base de siete mil novecientos setenta y seis
dólares con cincuenta y seis centavos (25% de la base original). 2. Con una
base de primer remate de treinta y un mil novecientos seis dólares con
veinticinco centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
reservas y restricciones citas: 296-06446-01-0901-007, reservas y restricciones
citas: 380-19150-01-0900-001, servidumbre de paso citas: 554-06958-01-0007-001,
servidumbre de paso citas: 554-06958- 01-0007-001, servidumbre de paso citas:
554-06958-01-0012-001, servidumbre de paso citas: 554-06958-01-0012-001,
servidumbre de paso citas: 557-01632-01-0010-001, servidumbre de paso citas:
557-01632-01-0010- 001, servidumbre citas: 2017-258410-01-0021-001; sáquese a
remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 221892, derecho
000. La cual se describe así: naturaleza: lote cuatro terreno
de repasto situada en el distrito 7-Belen de Nosarita
cantón 2-Nicoya de la provincia de Guanacaste finca se encuentra en zona
catastrada. Linderos: norte, Buena Vista del Mar Azul S. A. y con servidumbre
agrícola con un frente de 7 metros con 70 centímetros sur, Buena Vista del Mar
Azul S.A. y con una servidumbre agrícola con un frente de 7 metros con 70
centímetros este, Buena Vista del Mar Azul y en medio con una servidumbre
agrícola con un frente a la misma de 17 metros con 03 centímetros oeste, Consta
Rican Ocean View S. A.
Mide: cinco mil doce metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados plano:
G-1117063-2006.- De no haber postores, el segundo remate se realizara con una
base de veintitrés mil novecientos veintinueve dólares con sesenta y ocho
centavos (75% de la base original). De continuar sin oferentes, para el tercer
remate se realizará con una base de siete mil novecientos setenta y seis
dólares con cincuenta y seis centavos (25% de la base original). 3. Con una
base de primer remate de treinta y un mil novecientos seis dólares con
veinticinco centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas
y restricciones citas: 296-06446-01-0901-007, reservas y restricciones citas:
380-19150-01-0900-001, servidumbre de paso citas: 554-06958-01-0007-001,
servidumbre de paso citas: 554-06958-01-0007-001, servidumbre de paso citas:
554-06958-01-0012-001, servidumbre de paso citas: 554-06958-01-0012-001,
servidumbre de paso citas: 557-01632-01-0010- 001, servidumbre de paso citas:
557-01632-01-0010-001, servidumbre citas: 2017-258410-01-0021-001; sáquese a
remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 221893, derecho
000. La cual se describe así: naturaleza: lote cinco terreno
de repasto situada en el distrito 7- Belén de Nosarita
cantón 2-Nicoya de la provincia de Guanacaste finca se encuentra en zona
catastrada. Linderos: norte, Buena Vista del Mar Azul S. A. Y con servidumbre
agrícola con un frente de 17 metros con 70 centímetros sur, Buena Vista Del Mar
Azul S.A. y con una servidumbre agrícola con un frente de 7 metros este,
Leyendo Bajo El Manzanillo S. A. oeste, Consta Rican Ocean View S.A. Mide: cinco mil cincuenta y cuatro metros
con sesenta decímetros cuadrados plano: G-1117062-2006.- De no haber postores,
el segundo remate se realizara con una base de veintitrés mil novecientos
veintinueve dólares con sesenta y ocho centavos (75% de la base original). De
continuar sin oferentes, para el tercer remate se realizará con una base de
siete mil novecientos setenta y seis dólares con cincuenta y seis centavos (25%
de la base original). 4. Con una base de primer remate de treinta y un mil
novecientos seis dólares con veinticinco centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas:
296-06446-01-0901-007, reservas y restricciones citas: 380-19150-01-0900-001,
servidumbre de paso citas: 554-06958-01-0007-001, servidumbre de paso citas:
554-06958- 01-0007-001, servidumbre de paso citas: 554-06958-01-0012-001,
servidumbre de paso citas: 554-06958-01-0012-001, servidumbre de paso citas:
557-01632-01-0010-001, servidumbre de paso citas: 557-01632-01-0010- 001, servidumbre
citas: 2017-258410-01-0021-001; sáquese a remate la finca del partido de
Guanacaste, matrícula número221895, derecho 000. La cual se describe así:
naturaleza: lote siete terreno de repasto situada en el distrito 7-Belen de Nosarita cantón 2-Nicoya de la provincia de Guanacaste
finca se encuentra en zona catastrada Linderos: norte, Buena Vista del Mar Azul
S.A. sur, con una servidumbre agrícola con un frente de 49 metros con 42
centímetros este, Buena Vista del Mar Azul S.A. oeste, Buena Vista del Mar Azul
S.A. Mide: cinco mil tres metros con sesenta y tres decímetros cuadrados
plano:G-1117058-2006.- De no haber postores, el segundo remate se realizara con
una base de veintitrés mil novecientos veintinueve dólares con sesenta y ocho
centavos (75% de la base original). De continuar sin oferentes, para el tercer
remate se realizará con una base de siete mil novecientos setenta y seis
dólares con cincuenta y seis centavos (25% de la base original). Para lo cual
se señalan las ocho horas cero minutos del veinticuatro de junio de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho
horas cero minutos del dos de julio de dos mil veintiuno y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del doce
de julio de dos mil veintiuno. Notas: Se le informa a
las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con
cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.
Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con
un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Robert Lawrence
Pike contra Buena Vista del Mar Azul S. A. Expediente Nº
20-002713-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 11 de marzo del año
2021.—Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2021548703 ).
En este Despacho,
con una base de sesenta y dos millones
novecientos cincuenta y ocho mil ciento cincuenta y nueve colones con sesenta y siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
doscientos cuarenta mil doscientos veinte, derecho 000,
la cual es terreno para construir lote K=15. Situada en el distrito
02 Granadilla, cantón 18 Curridabat,
de la provincia de San José. Colinda:
al norte, avenida 7 con
8,39 mts; al sur, Hogares de Costa Rica S. A.; al este, Hogares de Costa Rica S. A.
y al oeste, Hogares de
Costa Rica S.A. Mide: ciento
cincuenta y siete metros
con setenta y dos decímetros cuadrados.
Plano SJ 0013296-1976. Para tal efecto,
se señalan las once horas veinte
minutos del veintitrés de julio de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
once horas veinte minutos
del cuatro de agosto de dos
mil veintiuno con la base de cuarenta
y siete millones doscientos dieciocho mil seiscientos diecinueve colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las once horas veinte minutos
del doce de agosto de dos
mil veintiuno con la base de quince millones setecientos treinta y nueve mil quinientos treinta y nueve colones con noventa y un céntimos (25% de la
base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de COOPEASAMBLEA R.L. contra Catia María Mesén Bonilla,
expediente N° 21-004971-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 23 de abril del año 2021.—Yesenia Auxiliadora
Hernández Ugarte, Juez/a Decisor/a.—(
IN2021548715 ).
En este Despacho,
con una base de cuatro millones
setecientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Cartago, matrícula
número 104252-008-009-010, la cual
es terreno para construir. Situada en el distrito
6-Guadalupe, cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al
norte, Judith Quesada Navarro; al sur, Edgar Navarro Brenes; al este, Rafael Eugenio
Quesada Navarro; y al oeste, calle
pública 18m 66cm. Mide: trescientos veintidós metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
cero minutos del veinte de
mayo de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las once horas cero minutos del veintiocho de mayo de
dos mil veintiuno con la base de tres
millones quinientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las once horas cero minutos del siete de junio de dos mil veintiuno con la
base de un millón ciento setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados Dos Pinos contra Esteban de Jesús Ramírez Ramírez,
María Mireya Ramírez Alvarado, Tobías Urbino de Jesús
Ramírez Chaves. Expediente N° 20-005909-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, doce
horas con cincuenta y cuatro
minutos del veinte de abril del dos mil veintiuno.—Pilar
Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—(
IN2021548736 ).
A
las nueve horas del cuatro
de junio del dos mil veintiuno,
en la puerta principal del edificio que ocupa los Tribunales de Justicia del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, San Carlos, al mejor
postor, libre de gravámenes
prendarios y con la base de diecisiete
millones seiscientos sesenta mil colones Rematare: El vehículo EE 035489,
Marca: Same, Año: 2017. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda
subasta y con la rebaja del
veinticinco por ciento de
la base original, sea la suma de trece
millones doscientos cuarenta y cinco mil colones se señalan las nueve horas del catorce de junio del dos mil veintiuno. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para el tercer remate y
con la base del veinticinco por ciento
de la base original, sea la suma de cuatro millones cuatrocientos quince mil colones,
se señalan las nueve horas
del veintitrés de junio del
dos mil veintiuno. Lo anterior ,
por estar así ordenado en proceso
de ejecución prendaria del
Banco Nacional de Costa Rica contra Donald González González.
Expediente N° 20-000200-1202-CJ.—Juzgado Agrario del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela. Ciudad Quesada,
05 de abril de 2021.—Lic. William Arburola Castillo, Juez Agrario.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021548750 ).
En este despacho,
se señalan las ocho horas treinta minutos del cuatro de junio de dos mil veintiuno. Con una base de veinticuatro
millones cuatrocientos setenta y cinco mil ochocientos sesenta y seis colones con cincuenta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
cincuenta y seis mil quinientos
veinte, derecho cero cero cero, la cual es terreno de solar con una casa situada
en el distrito 1-Puerto
Cortes cantón 5-Osa de la provincia
de Puntarenas. Linderos: norte,
calle pública con frente 12,20 metros sur, Isidoro
Obando; este, Rodrigo Benavides; oeste,
Jehu Córdoba y Municipalidad de Osa. Mide: Doscientos noventa y dos metros con cuarenta
y seis decímetros cuadrados
plano: P-0482933-1982. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las ocho
horas treinta minutos del catorce de junio de dos mil veintiuno con la base de dieciocho
millones trescientos cincuenta y seis mil ochocientos noventa y nueve colones con noventa y cuatro céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las ocho horas treinta minutos del veintidós de junio de dos mil veintiuno con la
base de seis millones ciento
dieciocho mil novecientos sesenta y seis colones con sesenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional contra Vera Violeta Jiménez Vellis. Expediente N°
18-006540-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro de Golfito, hora y fecha
de emisión: dieciséis horas
con veinte minutos del cinco de abril del dos mil ventiuno.—Elizabeth Fallas
Espinoza, Jueza Tramitadora.—(
IN2021548831 ).
En este despacho, 1)-
Con una base de dos millones setecientos
ochenta y siete mil ochocientos cincuenta y cinco colones con quince céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula
número doscientos sesenta y un mil novecientos treinta y siete, derecho cero cero cero, la cual
es terreno naturaleza: para
construir lote 120. Situada en el distrito
5- Guácima, cantón
1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 1 de Bolívar Arguedas Ocampo; al sur, José Ignacio
Arce Hernández; al este, calle
publica y al oeste, Asociación
Pro-Vivienda Las Palmas. Mide: trescientos
cincuenta metros con ochenta
y un decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas cero minutos
del treinta y uno de agosto
de dos mil veintiuno con la base de dos millones noventa mil ochocientos noventa y un colones con treinta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve
horas cero minutos del ocho
de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de seiscientos noventa
y seis mil novecientos sesenta
y tres colones con setenta y nueve céntimos (25% de la base original). 2)- Con una base de dos
millones doscientos sesenta mil cuatrocientos veintitrés colones con diez céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 406-04928-01-0901-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número trescientos veintidós mil setecientos sesenta y uno,
derecho cero cero uno, cero cero
dos, la cual es terreno naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito 5-Guácima, cantón 1-Alajuela, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
Florinda Adanis Hernández; al sur,,
Bolívar Arguedas Arguedas; al este
calle pública y al oeste, asociación pro vivienda Las Palmas. Mide: cuatrocientos veinticinco metros
con setenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas cero minutos
del treinta y uno de agosto
de dos mil veintiuno con la base de un millón seiscientos noventa y cinco mil trescientos diecisiete colones con treinta y tres céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las nueve horas cero minutos
del ocho de setiembre de
dos mil veintiuno con la base de quinientos
sesenta y cinco mil ciento cinco colones
con setenta y ocho céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito de la comunidad de ciudad Quesada COOCIQUE R.L. contra Dunia
María del Carmen Vargas Arguedas, Olman Gerardo López
Garita. Expediente N°
20-012870-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 01 de febrero del año 2021.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—(
IN2021548843 ).
En este despacho, con
una base de cuarenta y siete
millones setenta mil seiscientos nueve colones con diez céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando: 1-servidumbre trasladada
citas: tomo 241, asiento
07723-secuencia 01-0901-001, y las citas tomo 339-asiento 05848 secuencia-01-0927-001,
2.-Servidumbre dominante citas:
tomo 339 asiento 05848 secuencia
01-0928-001, 3.-Servidumbre dominante citas: tomo 339 asiento 13169 secuencia 01-0022-001. 4-servidumbre de alero
citas: tomo 340 asiento
17426 secuencia 01-0005-001, 5-servidumbre sirviente citas: tomo 341-asiento 14441 secuencia
01-0905-001, 6-servidumbre sirviente citas: tomo 342 asiento 12893
secuencia-01-0023-001. 7.-Servidumbre de alero citas: tomo 344 asiento 16382 secuencia 01-0007-001. 8. Servidumbre
sirviente citas: tomo 349 asiento 07499 secuencia
01-0195-001, 9-servidumbre sirviente citas: tomo 349, asiento 07499 secuencia 01-0212-001,10-servidumbre dominante
citas: tomo 349 asiento
07499 secuencia 01-0213-001, 11-servidumbre dominante citas: tomo 349 asiento 07499 secuencia
01-0218-001, 12 servidumbre sirviente
citas: tomo 349 asiento
07499 secuencia 01-0233-001, 13.-Servidumbre dominante citas: tomo 349 asiento 07499 secuencia
01-0234-001, 14-servidumbre trasladada citas: tomo 349 asiento 07499 secuencia 01-0235-001,15.-Servidumbre dominante
citas: tomo 349 asiento
07499 secuencia 01-0236-001, 16.-Servidumbre sirviente citas: tomo 349 asiento 07499 secuencia
01-0239-001, 17.-Servidumbre dominante citas: tomo 349 asiento 07499 secuencia 01-0244-001, 18-servidumbre sirviente
citas: tomo 349 asiento
07499 secuencia 01-0246-001, 19.-Servidumbre sirviente citas: tomo 349 asiento 07499 secuencia
01-0248-001, 20.-Servidumbre dominante citas: tomo 349 asiento 07499 secuencia 01-0249-001, 21-servid de alero
ref:00327565 000 citas: tomo
351 asiento 09587 secuencia 01-0905-001,
22-servidumbre sirviente citas:
tomo 353 asiento 12262 secuencia
01-0032-001, 23-servidumbre dominante citas: tomo 356 asiento 01059 secuencia 01-0913-001. 24.-Servidumbre sirviente
citas: 356, tomo 01059, secuencia 01-0914-001, 25.-Servidumbre trasladada
citas: tomo 364 asiento
15578 secuencia 01-0803-001. 26.-Servidumbre trasladada citas: tomo 364 asiento 15578 secuencia
01-0826-001, 27.-servid de alero ref:00350726-000 citas: tomo 365 asiento 12999 secuencia 01-0903-001, 28.-Servid de alero
ref:00350926-000 citas: tomo365 asiento 12999 secuencia 01-0906-001, 29.-Servidumbre dominante
citas: tomo 366 asiento
07889 secuencia 01-0009-001, 30.-Servidumbre sirviente citas: tomo 366 asiento 07889 secuencia
01-0010-001, 31.-Servidumbre dominante citas: tomo 371 asiento 08784 secuencia 01-0005-001, 32.-Servidumbre sirviente
citas: tomo 371 asiento
08784 secuencia 01-0007-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José folio real matrícula quinientos cuatro mil noventa y cinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa número 1, hatillo 3.-situada en el distrito 10 hatillo, cantón primero San José, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
calle pública; al sur,
María Cecilia Gómez González, INVU; al este, INVU y calle pública y al oeste, INVU y calle pública. Mide: doscientos dieciséis metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del tres de junio de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas treinta minutos del once de junio de dos
mil veintiuno con la base de treinta
y cinco millones trescientos dos mil novecientos cincuenta y seis colones con ochenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez
horas treinta minutos del veintiuno de junio de dos mil veintiuno con la base de once millones
setecientos sesenta y siete mil seiscientos cincuenta y dos colones con veintisiete céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra
Esperanza Rey Sánchez, José Andrés Herrera Rey. Expediente
N° 20-018565-1044-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 26 de febrero
del año 2021.—Lic. Johnny
Esquivel Vargas, Juez Tramitador.—( IN2021548845
).
En este despacho,
con una base de treinta y un millones
novecientos setenta y cinco mil quinientos cincuenta y nueve colones con sesenta y tres céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 328-16351-01-0901-001; sáquese
a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 41170, derecho
000, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito 3-Guaycara, cantón 7-Golfito, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte,
Aurelio Pérez Pizarro; al sur, Carretera Interamericana;
al este, Cooperativa
UNCASUR R. L., y al oeste, Horacio Gómez Gómez. Mide: trescientos
setenta y cuatro metros con
cuarenta y siete decímetros cuadrados. Plano:
P-0754780-2001. Para tal efecto,
señalan las diez horas cero
minutos del dos de setiembre
de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las diez
horas cero minutos del diez
de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de veintitrés millones
novecientos ochenta y un
mil seiscientos sesenta y nueve colones con setenta y dos céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las diez horas cero minutos
del veinte de setiembre de
dos mil veintiuno con la base de siete
millones novecientos noventa y tres mil ochocientos ochenta y nueve colones con noventa y un céntimos (25% de la
base original). Para la segunda finca, con una base
de noventa y siete millones trescientos noventa y ocho mil ochocientos diecisiete colones con setenta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 343-10089-01-0900-001; sáquese
a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 47817, derecho
000, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito 3-Guaycara, cantón 7-Golfito, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte,
calle pública con 12m; al
sur, Carlos Luis Picado Alfaro; al este, Ángela Aguilar Sánchez y al oeste,
Manuel Ávila Castañeda. Mide:
Cuatrocientos sesenta y cuatro metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Plano: P-0516420-1983. Para tal
efecto, se señalan las diez horas cero minutos del dos
de setiembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas cero minutos del
diez de setiembre de dos
mil veintiuno con la base de setenta
y tres millones cuarenta y nueve mil ciento trece colones
con treinta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez
horas cero minutos del veinte
de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de veinticuatro millones
trescientos cuarenta y nueve mil setecientos cuatro colones con cuarenta y cinco céntimos (25% de la base original). Para la tercer finca, con una base de setenta
y un millones cinco mil ochocientos cincuenta y seis colones con cuarenta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de
caminos públicos citas: 312-09207-01-0006-001; sáquese
a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 170673, derecho
000, la cual es terreno de
yuca y platano. Situada en el distrito 3-Guaycara, cantón 7- Golfito, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte,
Claro Angulo Angulo; al sur, Carretera Interamericana; al este, Claro
Angulo Angulo, Manuel Marchena Calero y Claro Angulo Angulo y al oeste, proyecto de calle pública. Mide: mil ciento veintidós metros con veintiocho decímetros cuadrados. Plano: P-0437310-1980. Para tal
efecto, se señalan las diez horas cero minutos del dos
de setiembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas cero minutos del
diez de setiembre de dos
mil veintiuno con la base de cincuenta y tres
millones doscientos cincuenta
y cuatro mil trescientos noventa y dos colones con treinta y seis céntimos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las diez horas
cero minutos del veinte de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de diecisiete millones
setecientos cincuenta y un
mil cuatrocientos sesenta y
cuatro colones con doce céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Grupo Arias y
Campos Arca S. A., Jorge Bernardo de Jesus Arias Campos, Transporte
Doyle T.D. S. A. Expediente N° 20-000357-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 17 de noviembre
del año
2020.—Licda. Eida Virginia
Madrigal Camacho, Jueza.—( IN2021548846 ).
En este despacho,
con una base de treinta y seis mil ciento treinta y dos dólares con veintiocho centavos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
BLW906, Toyota, Fortuner, año 2017, color negro, chasis: MHFDZ8FS2H0090315. Para tal
efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del veintisiete de mayo
de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las ocho
horas treinta minutos del cuatro de junio de dos mil veintiuno con la base de veintisiete
mil noventa y nueve dólares con veintiún centavos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las ocho horas treinta minutos del catorce de junio de dos mil veintiuno con la base de nueve
mil treinta y tres dólares con siete centavos (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Financiera CAFSA S.
A. contra Alejandro José González Chaves Expediente
N° 19-005022-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 07 de diciembre
del año 2020.—Lic. Víctor
Hugo Martínez Zúñiga, Juez Decisor.—(
IN2021548849 ).
En este despacho,
con una base de catorce millones
seiscientos cuarenta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Puntarenas, matrícula
número sesenta y ocho mil ciento cincuenta y seis, derecho cero cero
uno y cero cero dos, para ambos
derechos la cual son terreno
para construir con una casa. Situada
en el distrito
12-Chacarita, cantón 1-Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, zona de protección
canal de Ferttica; al sur, calle
pública con 9,00 m; al este,
Vitalia Argüello Vega y al oeste, Cipriano Ruiz Alvarado. Mide:
doscientos dieciocho metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta y cinco minutos del dieciocho de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta y cinco minutos del veintiocho de junio de dos mil veintiuno con la
base de diez millones novecientos ochenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez
horas treinta y cinco minutos del seis de julio de dos
mil veintiuno con la base de tres
millones seiscientos sesenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda Ahorro y Préstamo contra Isaías Antonio Moran Rivas, Luz Erenia
Alemán Gaitán Expediente N°
20-006852-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, 27 de octubre
del año 2020.—Douglas Quesada Zamora, Juez Decisor.—( IN2021548852 ).
En este despacho, con
una base de dos millones quinientos
mil colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
noventa y nueve mil ciento cincuenta y cuatro, derecho cero cero
uno-cero cero dos, la cual es terreno
para construir lote N-132
F.- Situada en el distrito 08 Barranca, cantón 01
Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al noreste, Urbanización Barranca S. A.; al noroeste,
lote 131-F; al sureste lote 133-F y al suroeste, resto destinado a calle. Mide: ciento veinte
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las siete horas cuarenta y cinco minutos del diez de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las siete horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de junio de dos mil veintiuno con la
base de un millón ochocientos
setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las siete horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de junio de dos mil veintiuno con la base de seiscientos
veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda Ahorro y Préstamo contra Ginger
Gabriela Solano Granados, Marvin José del Nazareno
Contreras Álvarez. Expediente N° 20-007238-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 04 de noviembre
del año 2020.—Lic. Luis
Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2021548853 ).
En este despacho,
con una base de veintiocho millones
cuatrocientos nueve mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 360-17169-01-0903-001; sáquese
a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 240359-001-002,
la cual es terreno para construir lote diecisiete C.- Situada en el distrito: 04-Ulloa, cantón: 01-Heredia, de la provincia
de Heredia. Colinda: al norte,
calle pública; al sur, Fondo de Inversión de Desarrollo Inmobiliario Mutual IV; al este, Fondo de Inversión de Desarrollo Inmobiliario Mutual IV y al oeste
Fondo de Inversión de
Desarrollo Inmobiliario Mutual IV. mide: ochenta metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del once de junio de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del veintiuno de junio de dos mil veintiuno, con la base de veintiún
millones trescientos seis
mil setecientos cincuenta colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las catorce horas treinta minutos del veintinueve de junio de dos mil veintiuno, con
la base de siete millones ciento dos mil doscientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra
Jorge Arturo Alvarado Mena, Michelle Victoria Alfaro Peralta. Expediente N° 20-012216-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia, 25 de noviembre del año 2020.—Lic. German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2021548854
).
En este Despacho,
con una base de cuarenta millones
de colones exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre sirviente (citas: 304-05400-01-0904-001); sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 416759, derecho
000, la cual es terreno
para construir, lote 1-G. Situada: en el distrito 5-Guácima, cantón
1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lotes 10, 11 y 12 K; al sur, lote
2 G; al este, Versachi de Centroamérica
S. A., y al oeste, calle pública. Mide: ciento cincuenta
metros con diecinueve decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del catorce de junio del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintidós de junio del dos mil veintiuno, con
la base de treinta millones
de colones exactos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas cero minutos del treinta de junio del dos mil veintiuno, con la base de diez millones de colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda
contra Ricardo Andrés Sánchez Blanco. Expediente N° 20-012882-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, 16 de diciembre del 2020.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—( IN2021548855 ).
En este despacho, con
una base de cuatro millones
setecientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 322-03008-01-0002-001;
sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
trescientos sesenta y ocho mil seiscientos sesenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno para construir.- Situada en el distrito
Alfaro, cantón San Ramon, de la provincia
de Alajuela.- Colinda: al norte,
Tucapel S. A., sur, Tucapel
S. A., este, calle pública con un frente a ella de 10.21 metros, oeste, Tucapel S. A. Mide: doscientos cinco metros con cuatro decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos
del quince de junio de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas cero minutos del veinticuatro
de junio de dos mil veintiuno
con la base de tres millones
quinientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las quince horas cero minutos del dos de julio de dos mil veintiuno con la
base de un millón ciento setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Erik
Antonio Salas Orozco. Expediente N° 21-000166-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 01 de marzo del año 2021.—María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2021548856 ).
En este Despacho,
con una base de once millones de colones
exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando condiciones ref.:
0455-414-009, citas: 277-01029-01-0902-001; sáquese a remate la finca del Partido de Limón, matrícula número ciento un mil trescientos setenta y ocho, derecho 000, la cual es terreno para construir lote 111 D. Situada en el distrito
2-Jiménez, cantón 2-Pococí de la provincia de Limón. Colinda: al norte: lote 110 D; al sur: lote 112 D; al este: lote: 120 D; y al oeste: calle pública. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del catorce de junio de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas treinta minutos del veintidós de junio de dos mil veintiuno, con
la base de ocho millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las trece horas treinta minutos del treinta de junio de dos mil veintiuno, con
la base de dos millones setecientos
cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Dennis Jesan Umaña Arias. Expediente N° 21-000411-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí,
8 de marzo del 2021.—Licda.
Zary Navarro Zamora, Jueza Decisora.—(
IN2021548858 ).
En este Despacho,
con una base de cuatro millones
de colones exactos, libre
de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada citas:
366-00282-01-0903-001 y servidumbre de paso citas: 2015-90032- 01-0002-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número doscientos veintiocho mil cuatrocientos veinte, derecho
cero cero cero la cual es terreno con una casa. Situada en el Distrito 8-Bolivar,
Cantón 3-Grecia, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte
Hidalgo Cubero S.A; al sur servidumbre de paso de
4.00 metros de ancho, en medio de Luma Jeme S. A.; al este, calle publica con un frente a ella de 23.50 metros lineales y al oeste Santiago
Rodríguez Vargas. Mide: mil trescientos
noventa y cuatro metros cuadrados. plano: A-1816241-2015.
identificador predial:203080228420. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del catorce de junio de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas treinta minutos
del veintidós de junio de
dos mil veintiuno con la base de tres
millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las quince horas treinta minutos del treinta de junio de dos mil veintiuno con la base de un millón
de colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra
Roger Rodríguez Vásquez. Expediente
Nº:21-001033-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, 20 de abril
del año 2021.—Jazmín Núñez
Alfaro, Jueza Decisora.—( IN2021548859 )
En este despacho,
con una base de once millones de colones
exactos, libre de gravámenes
y anotaciones; soportando servidumbre de paso citas:
2018-574564-01-0001-001 servidumbre citas: 2019-207870-01-0001-001 y servidumbre
citas: 2019-207870-01-0001-001, sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 233998-000,
derecho, la cual es terreno
inculto para construir con
una casa. Situada en el distrito 1-Grecia, cantón
3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, servidumbre Carlos Soto Fte. 11m
34cm; al sur, Peters S. A.; al este, Carlos Soto
Calvo y al oeste, Carlos Soto Calvo. Mide: ciento sesenta
y cuatro metros con noventa
y un decímetros cuadrados plano: A-0796740-1989. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del catorce de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas
cero minutos del veintidós
de junio de dos mil veintiuno
con la base de ocho millones
doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las catorce horas cero minutos
del treinta de junio de dos
mil veintiuno con la base de dos millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda contra
José Andrés Alfaro Soto, José Ramon Alfaro Gómez, María Teresa Soto Ruiz. Expediente N° 21-001039-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de
Grecia, 21 de abril del año
2021.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2021548860 ).
En este Despacho, con
una base de trece millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
295-00952-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 584473 derechos 003-004-006-007-008, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito:
01-Desamparados, cantón: 03-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Instituto Mixto
de Ayuda Social; al sur, Instituto Mixto de Ayuda Social; al este, Rolando Garcia y Arquitectos
S. A.; y al oeste, calle pública con un frente de ocho metros 13 cms. Mide: ciento setenta
y cuatro metros con cincuenta
y tres decímetros cuadrados. Plano: SJ-0487544-1998. Para tal
efecto, se señalan las diez horas veinte minutos del ocho de junio de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas veinte minutos del dieciséis de junio de dos mil veintiuno, con
la base de diez millones doscientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez
horas veinte minutos del veinticuatro de junio de dos mil veintiuno, con la base de tres millones cuatrocientos mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ana Yansy Mejía Calderón, Rafael Ángel Brenes Mejía.
Expediente N° 21-003435-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 10 de marzo del año 2021.—Licda. Isabel Castillo
Navarro, Jueza Decisora.—( IN2021548861 ).
En este Despacho,
con una base de noventa y seis mil quinientos dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula
número ciento noventa y seis mil seiscientos noventa y nueve derecho cero cero cero (196699-000), la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada: en el distrito 1-San Pedro, cantón 15-Montes de Oca, de la provincia
de San José. Colinda: al norte,
Carnicería
Tunia S. A.; al sur, calle pública con
6,28 metros; al este, en parte con Vinicio Montero Díaz y
en parte Fernando Garro
Hernández, y al oeste, Carnicería Tunia
S. A. Mide: trescientos ochenta y tres metros con un decímetros cuadrados. Plano: SJ-0302196-1978. Para tal
efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del diez de junio del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las catorce horas treinta minutos del dieciocho de junio del dos mil veintiuno, con
la base de setenta y dos mil trescientos
setenta y cinco dólares exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan
las catorce horas treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil veintiuno, con
la base de veinticuatro mil ciento
veinticinco dólares exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor de
este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Geovanni
Antonio Vega Cordero. Expediente N° 21-003641-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 18 de marzo del 2021.—Isabel Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2021548862 ).
En este Despacho, con una base de veintinueve millones de colones
exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del
partido de Alajuela, matrícula número ciento noventa mil setecientos
veintiuno, derecho cero cero cero, la cual es terreno Naturaleza: terreno inculto con
casa. Situada en el distrito 1- Alajuela, cantón 1-Alajuela, de la provincia de
Alajuela.- Colinda: al norte, Carlos Humberto Campos;
al sur, calle publica y otro; al este, Alcides Jiménez, al oeste, Carlos Humberto
Campos, al noreste, Alcides Jiménez Araya, al noroeste, Carlos Humberto Campos
Morera, al sureste, calle publica con un frente de 6,98 metros y Eduardo López
Cartín, al suroeste, Carlos Humberto Campos Morera. Mide: ciento ochenta y seis
metros con veintinueve decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan
las catorce horas del siete de febrero de dos mil veintidós. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas del quince de
febrero de dos mil veintidós con la base de veintiún millones setecientos
cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas del veintitrés de
febrero de dos mil veintidós con la base de siete millones doscientos cincuenta
mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional De Costa Rica contra Roberto José Solís Torres, Yukon
Cinco S. A. Expediente Nº 200024521765CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con once minutos del
veintiocho de abril del dos mil veintiuno.—Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza
Decisora.—( IN2021548867 ).
En este Despacho,
con una base de treinta y nueve
millones ochocientos treinta y nueve mil novecientos setenta y cuatro colones con ochenta y nueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
295-02747-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 622089, derecho 001, 002, 003 y 004, la cual es terreno para construir con cinco apartamentos. Situada en el Distrito 4-Mata de Plátano,
Cantón 8-Goicoechea, de la provincia
de San José. Colinda: al norte
resto de Pedro Mejías Rodríguez; al Pedro Mejías sur calle pública con 8 mts 50 cms de frente; al este Rodríguez y al oeste Manuel Vargas Durán. Mide: trescientos seis metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veinticuatro de setiembre de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del cuatro de octubre de dos mil veintiuno con la base de veintinueve
millones ochocientos setenta y nueve mil novecientos ochenta y un colones con diecisiete céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez
horas treinta minutos del doce de octubre de dos mil veintiuno con la base de nueve millones novecientos cincuenta y nueve mil novecientos noventa y tres colones con setenta y dos céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular e Desarrollo Comunal contra Jannet Fernandez Bermúdez, Juan Jose Rubio, Luis Manuel Cabrera Ugarte,
Mercedes Yolanda Marenco Murillo. Expediente Nº:19-003376-1765-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 11 de marzo del año 2021.—Lic. Gonzalo Gamboa Valverde, Juez Tramitador.—( IN2021548888 ).
En este Despacho,
con una base de siete millones
ocho mil ochocientos ochenta y tres colones con sesenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula número
248127-001 y 002, la cual es naturaleza:
terreno para construir. Situada: en el distrito (01) Pacayas, cantón (06) Alvarado, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
Jorge Ulloa Aguilar; al sur, Ligia Asenjo Quirós; al este, camino público con 21.23, y al oeste,
Elida Aguilar Calvo. Mide: trescientos
treinta y cinco metros con
cero decímetros metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del veinte de mayo del
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo
remate, se efectuará a las ocho
horas cero minutos del veintiocho
de mayo del dos mil veintiuno, con la base de cinco millones doscientos cincuenta y seis mil seiscientos sesenta y dos colones con setenta y tres céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan
las ocho horas cero minutos
del siete de junio del dos
mil veintiuno, con la base de un millón
setecientos cincuenta y ocho mil doscientos veinte colones con noventa y un céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Erick Felipe Masís Quirós, María Daniela Carvajal Ulloa. Expediente
N° 20-005122-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, hora y fecha de emisión:
ocho horas con cincuenta y siete minutos del nueve de abril del dos mil veintiuno.—Marcela Brenes Piedra,
Juez/a Tramitador/a.—(
IN2021548893 ).
En este Despacho,
con una base de ocho mil dólares
exactos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa:
855615, marca: Kia, estilo:
Mohave, categoria: automóvil,
año: 2011, color: bronce,
VIN: KNAKN813DB5061439, N. motor: D6EAAU077826, cilindrada:
2959 c.c., combustible: Diesel. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del
primero de junio de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas cero minutos
del nueve de junio de dos
mil veintiuno con la base de seis mil dólares exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las nueve horas cero minutos
del diecisiete de junio de
dos mil veintiuno con la base de dos mil dólares exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A.
contra Nelson Danilo Sibrian Henríquez,
expediente Nº: 21-002394-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 04 de marzo del año 2021.—Lic. Verny Arias Vega, Juez Tramitador.—( IN2021548911 ).
En este despacho,
con una base de un millón trescientos
mil colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
placa: BPZ806, marca:
Hyundai, estilo: Accent, categoría:
automóvil, año: 2014,
color: plateado, VIN: KMHCS41CBEU527916, N° Motor: no
existe, cilindrada: 1400
c.c., combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las diez horas treinta minutos del uno de junio de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del nueve de junio de dos mil veintiuno con la base de novecientos
setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las diez horas treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil veintiuno con la
base de trescientos veinticinco
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Grupo Canafin S. A.
contra Christian Alberto Gutiérrez Cascante, Vera Violeta De Los Ángeles Gutiérrez Cascante, Expediente
N° 21-001220-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 25 de marzo del año 2021.—Lic. Verny Arias Vega, Juez Tramitador.—(
IN2021548912 ).
En este Despacho,
con la primera base de cinco
millones setecientos treinta mil trescientos cincuenta y cuatro colones con cincuenta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula número
53766, derecho 002, cuya naturaleza
es solar inculto con una casa. Situada
en el distrito 01 Oriental,
cantón 01 Cartago, de la provincia
de Cartago. Colinda: al norte,
sección destinada a calle pública con 28 metros 36 centímetros;
al sur, Río Seco en medio lote
51 de Neftalí
Quesada; al este, lote de
Francisco Núñez Fuentes y José Sánchez Fernández y al
oeste, lote de Amado
Orozco. Mide: doscientos ochenta y siete metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan
las catorce horas treinta minutos del veintiocho de mayo
del dos mil veintiuno - 2:30 p.m. 28/05/2021. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas treinta minutos del ocho de junio del dos mil veintiuno -
2:30 p.m. 08/06/2021- con la base de cuatro millones doscientos noventa y siete mil setecientos sesenta y cinco colones con ochenta y nueve céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las catorce
horas treinta minutos del dieciséis de junio del dos mil veintiuno -2:30 p.m. 16/06/2021- con la base de un millón cuatrocientos treinta y dos mil quinientos ochenta y ocho colones con sesenta y tres céntimos (25% de la base
original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ordinario de Adrián
Gerardo Salas Chacón contra Geovanny
Otoniel de los Ángeles
Salas Chacón, expediente N°
17-000120-0640-CI.—Tribunal Colegiado
Primera Instancia Civil de Cartago, hora y fecha de emisión: dieciséis
horas con dieciséis
minutos del siete de mayo
del dos mil veintiuno.—Miguel Ángel
Rosales Alvarado, Juez/a Decisor/a.—Santiago
Ugalde Castillo, Juez/a Decisor/a.—Bernardo
Solano Solano, Juez/a Decisor/a.—( IN2021548914 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En este Despacho,
con una base de siete millones
de colones exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando hipoteca de primer grado a favor
de Banco BCT Sociedad Anónima cédula jurídica 3- 101-048587, citas:
2013-334698-01-0006-001, y soportando servidumbre de paso citas:
2013-209349-01-0002-001; sáquese a remate la finca
del partido de Cartago, matrícula
número 234963, derecho 000, la cual
es terreno terreno para construir lote 3. Situada en el Distrito 1-El Tejar, Cantón 8-El Guarco, de la provincia de
Cartago. Colinda: al norte
Municipalidad de El Guarco; al sur servidumbre de paso con 8 metros de frente;
al este Cosecha de
Hernández Sociedad Anónima y al oeste
Cosecha de Hernández Sociedad Anónima.
Mide: doscientos ocho metros con dieciséis decímetros cuadrados cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del
quince de julio de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas cero minutos
del veintisiete de julio de
dos mil veintiuno con la base de cinco
millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las catorce
horas cero minutos del cinco
de agosto de dos mil veintiuno
con la base de un millón setecientos
cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Asdrúbal Vargas Cerdas contra Michael Iván Fernández Morales. Expediente Nº:17-008138-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 26 de abril del año 2021.—Ximena Lucia Jiménez Soto, Juez
Decisor.—( IN2021548924 ).
En este Despacho,
con una base de cuatro millones
quinientos sesenta mil colones exactos, soportando colisiones
11-604608-489-TC 1061628, colisiones
19-001666-0499-TR 2019224400187, sáquese a remate el vehículo: placas número: 619527, marca: Kia, estilo: Sportage LX, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas,
año: 2006, color: plateado,
vin: KNAJE551867185056, cilindrada: 1991 CC,
combustible: diesel, motor N°: D4EA5H159646. Para tal efecto,
se señalan las quince horas cero minutos
del treinta y uno de mayo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las quince horas cero minutos
del ocho de junio del dos
mil veintiuno, con la base de tres
millones cuatrocientos veinte mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las quince horas cero minutos del dieciséis de junio del dos mil veintiuno, con
la base de un millón ciento
cuarenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Víctor Manuel Gerardo Rodríguez Vega
contra Alfredo David Bolaños Marín. Expediente N°
15-002533-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, 08 de abril
del 2021.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Juez/a
Decisor/a.—( IN2021548976 ).
En este Despacho,
con una base de dos millones cien
mil colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
Placas número BCV447.
Marca: Fiat, estilo: 500 POP, Categoría:
automóvil, Capacidad 04
personas. año 2012,
color: gris. Vin: ZFA312000C0806880. cilindrada: 1242 c.c. combustible: gasolina,
Motor: Nº 169A40006802103. Para tal efecto
se señalan las quince horas treinta
minutos del veintiocho de junio de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del seis de julio de dos mil veintiuno, con la base de un millón quinientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las quince horas treinta minutos del catorce de julio de dos mil veintiuno, con la base de quinientos
veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Wilberth Alfaro
Quesada contra Luis Fernández. Expediente Nº:21-001147-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 05 de mayo del año
2021.—Licda. Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—( IN2021548978 ).
En este Despacho, con
una base de dos millones de colones
exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas
0344-00010080-01-0900-001; sáquese a remate la finca
del partido de Limón, matrícula
número ochenta y un mil trescientos siete, derecho 000,
la cual es terreno lote seis para construir. Situada en el Distrito 03 Rita, Cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte Rafael Ángel Chávez
Cambronero; al sur Jose Alberto León Alvarado; al este
Antonio Sandi Vargas y al oeste Víctor Hugo Herrera y
calle publica con frente de
diez metros. Mide: trescientos doce metros con cincuenta y ocho decímetros metros cuadrados. Para
tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del dos de junio de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas treinta minutos del diez de junio de dos mil veintiuno con la
base de UN millón quinientos
mil colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las trece horas treinta minutos del dieciocho de junio de dos mil veintiuno con la base de quinientos
mil colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Víctor Julio Vega Madriz contra José Francisco Aguilar Garro.
Expediente Nº 20-004274-1209-CJ.—Juzgado de Cobro de Pococí, 24 de febrero del año 2021.—Zary Navarro Zamora, Jueza Decisora.—( IN2021549024 ).
En este Despacho,
con una base de catorce mil quinientos
diecinueve dólares con dieciséis centavos, libre de gravámenes
prendarios pero soportando colisiones bajo la sumaria 20-001088-0489-TR del Juzgado
de Tránsito
del Primer Circuito Judicial de San José; sáquese a
remate el vehículo: BHV800, marca: Suzuki, estilo: S Cross
GL, carrocería:
Sedan 4 puertas Hatchback, año:
2015, vin: TSMYA22S4FM199048, N° motor: M16A1889523, modelo: KK1119CK1CHCR,
cilindrada: 1586 C.C.. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiséis de mayo del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las nueve horas treinta minutos del tres de junio del dos mil veintiuno, con
la base de diez mil ochocientos
ochenta y nueve dólares con treinta y siete centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del catorce de junio del dos mil veintiuno, con
la base de tres mil seiscientos
veintinueve dólares con setenta y nueve centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Financiera Cafsa S. A. contra Iván Alberto Ochoa
Chaves. Expediente N° 21-003241-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 12 de marzo del 2021.—Mayra
Vanessa Guillén
Rodríguez, Juez/a Decisor/a.—(
IN2021549048 ).
En este Despacho, con una base de, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate al ser las nueve horas del
veintiocho de mayo de dos mil veintiuno: 1) con la base de diez mil colones,
sáquese a remate bien denominado Carboxide, 2) con la
base de cinco mil colones, se remata un manómetro, 3) con la base de cinco mil
colones, sáquese a remate una pesa eléctrica, 4) con la base de diez mil
colones se remata una lipolacera, 5) con la base de
diez mil colones se remate dos camillas, 6) con la base de cinco mil colones se
remata una ultracabitación, 7) con la base de cinco
mil colones, sáquese a remate una máquina de limpieza facial, 8) con la base de
cuatro mil colones se rematan dos mesas metálicas y 9) con la base de diez mil
colones se remata un archivero de dos gavetas. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve horas del siete de junio de dos mil veintiuno
con la base de (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el
tercer remate se señalan las nueve horas del quince de junio de dos mil
veintiuno con la base de (25% de la base original). Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta.- Se
remata por ordenarse así en proceso incidente de cobro de alquileres insolutos
de Banco Improsa S. A. y otro contra Tres Ciento Uno Seiscientos Ocho Mil
Ochocientos Sesenta y Dos S. A. Expediente Nº
16-000124-0221-CI.—Juzgado Segundo Civil de San José, 19 de abril del
año 2021.—Gersan Tapia Martínez, Juez Decisor.—(
IN2021549064 ).
En este Despacho, con
una base de veinte millones
seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; pero soportando con condiciones citas: 401-01130-01-0803-002 y reservas
y restricciones inscrita
bajo citas: 401-01130-01-0827-002, sáquese a remate la finca del partido
de Limón, matrícula número ciento sesenta mil cuatrocientos sesenta y uno,
derecho 000, la cual es terreno
para construir. Situada en el Distrito Cahuita, Cantón
Talamanca, de la provincia de Limón. Colinda: al norte calle pública; al sur José
Rodríguez Cadet; al este, calle
publica y al oeste José Rodríguez Cadet. Mide: dos mil cuarenta y tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas treinta minutos del diez de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas treinta minutos del dieciocho de junio de dos mil veintiuno con la base de quince millones
cuatrocientos cincuenta mil
colones exactos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las catorce horas treinta minutos del veintiocho de junio de dos mil veintiuno con la
base de cinco millones ciento cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Javier Enrique Zúñiga Taborda. Expediente Nº:19-002128-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 28 de abril del año 2021.—Roy Córdoba Hernández, Juez
Decisor.—( IN2021549075 ).
En este Despacho, con una base de ciento dieciocho millones
trescientos uno mil setecientos siete colones exactos ,
libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso citas: 569-73386-01-0001-001,
2010-140305-01-0001-001, 2010- 140305-01-0001-001; sáquese a remate la
finca del partido de Guanacaste, matrícula número 152721-000. Que se describe
así: naturaleza: terreno de potrero situada en el distrito 6-Nosara cantón
2-Nicoya de la provincia de Guanacaste Linderos: norte, Macori
S. A., sur, Sandra e Iliana Hernández Rosales, servidumbre agrícola con un
frente de 7 metros, este, Félix Hernández Rosales y servidumbre agrícola con un
frente a ella de 7.10 metros, oeste, Guadalupe Villarreal Villarreal
y Sandra, Iliana, Ricardo, Félix todos Hernández Rosales. Mide: ciento quince
mil cuatrocientos dieciséis metros con treinta decímetros cuadrados, plano:
G-0887534-2003. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del
uno de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las trece horas treinta minutos del nueve de junio de dos mil
veintiuno con la base de ochenta y ocho millones setecientos veintiséis mil
doscientos ochenta colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y
de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas
treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil veintiuno con la base de
veintinueve millones quinientos setenta y cinco mil cuatrocientos veintiséis
colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Municipalidad de Nicoya contra Ricardo Alexander
Hernández Rosales. Expediente Nº 17-002086-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de
Guanacaste (Santa Cruz), 22 de enero del 2021.—Víctor Hugo Martínez Zúñiga,
Juez Tramitador.—( IN2021549080 ).
En este Despacho, con una base de treinta y
siete mil ochocientos veinte dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada citas: 304-09401-01-0901-001 y demanda
ordinaria citas: 800-257298-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido
de Cartago, matrícula número 76173-000, la cual es terreno para construir .-
Situada en el distrito 2-San Diego , cantón 3-La Unión, de la provincia de
Cartago( finca se encuentra en zona catastrada).- Colinda: al norte, Rostor S. A.; al sur, Henry Chávez Hernández, Rodolfo
Casasola Calderón, Urbanizadora Siglo 20 S. A., Jesús Conejo Hernández; al
este, Rosibel Carvajal Barquero, Mireya Barquero Flores, Hermanos Ugalde
Venegas S. A. y al oeste, Fiduciaria Cuscatlan S. A.,
Rafael Segura Carmona, Johanna Araya Guillen, Oscar Arias Flores, Gilmar
Cordero Briceño, Marín Y JR S. A., Nelson Carazo Guillén, Luz Ureña Gamboa,
Elizabeth Lizano Marín, Leonardo Segura Arias, Paola Leal Paniagua, Braulio
Sánchez.- Mide: siete mil trescientos diecisiete metros con ochenta y cuatro
decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos
del cuatro de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez horas cero minutos del catorce de junio de dos
mil veintiuno con la base de veintiocho mil trescientos sesenta y cinco dólares
exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez horas cero minutos del veinticinco de junio de dos
mil veintiuno con la base de nueve mil cuatrocientos cincuenta y cinco dólares
exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Impresos Técnicos Globales S. A. contra 3-101-454030 S. A. Expediente Nº 20-002366-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 17 de marzo del 2021.—Licda. Yanin
Torrentes Ávila, Jueza Tramitadora.—( IN2021549104 ).
En este Despacho,
con una base de treinta y seis mil setecientos treinta y seis dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
287315-005 y 006, derecho, la cual es terreno con una casa de habitación
de 2 plantas. Situada en el distrito 3-Calle Blancos, cantón 8-Goicoechea, de
la provincia de San José. Colinda:
al norte, lote 22 J; al
sur, lote 20 J; al este, lote 33 J; y al oeste, Calle Las Guarias. Mide: sesenta y cinco metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Plano:
SJ-0404596-1980. Para tal efecto,
se señalan las nueve horas
cero minutos del seis de julio
del dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las nueve
horas cero minutos del catorce
de julio del dos mil veintiuno
con la base de veintisiete mil quinientos
cincuenta y dos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve
horas cero minutos del veintidós
de julio del dos mil veintiuno
con la base de nueve mil ciento
ochenta y cuatro dólares exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Orlando Cervantes Benavides contra Aaron
Rivas Vargas, Holly María Vargas Leitón, Sofía María Rivas Vargas. Expediente
N° 21-001073-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de
Cobro del Primer Circuito Judicial de San José,
20 de abril del 2021.—Nidia Durán Oviedo, Jueza Tramitadora.—(
IN2021549105 ).
En este Despacho, con una base de ciento cuatro mil dólares exactos,
libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando demanda penal citas:
2020-566113-01-0003-001, Juzgado Penal Primer Circuito Judicial de San José.
Expediente número 20-000352-0619-PE; sáquese a remate la finca del partido de
San José, matrícula número 32989-F-000, la cual es terreno filial tres, sección
A de una planta ubicada en el primer nivel destinada a uso habitacional
totalmente construida. Situada en el distrito: 02-Merced, cantón: 01-San José,
de la provincia de San José. Colinda: al norte apartamento uno de la sección B;
al sur apartamento uno de la sección A; al este pasillo que conduce a la calle,
garaje y área común de jardines y en parte con calle treinta y ocho y al oeste
Magdalena conocida como Angela López Flores y en parte patio y jardín del
Apartamento Tresa. Mide: doscientos trece metros con
cuarenta y ocho decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se
señalan las catorce horas diez minutos del trece de julio de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas diez
minutos del veintiuno de julio de dos mil veintiuno, con la base de setenta y
ocho mil dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas diez minutos del
treinta de julio de dos mil veintiuno con la base de veintiséis mil dólares
exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este
despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera
publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la
subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Impresos Técnicos Globales S.A. contra Guadalupe de Los Ángeles Rojas Murillo,
Inversiones Jormo J & M S.A. Expediente Nº 21-004692-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 20
de abril del 2021.—Lic. Mauricio Hidalgo Hernández, Juez Decisor.—(
IN2021549106 ).
En este Despacho,
con una base de trece mil ciento
tres dólares con noventa y ocho centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo
857181, Subaru, Tribeca Limited, 4x4, color blanco, año 2009, chasis:
4S4WX91D494406859. Para tal efecto
se señalan las quince horas treinta
minutos del dieciocho de junio del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las quince horas treinta minutos
del veintiocho de junio del
dos mil veintiuno, con la base de nueve
mil ochocientos veintisiete
dólares con noventa y nueve centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
quince horas treinta minutos
del seis de julio del dos mil veintiuno,
con la base de tres mil doscientos
setenta y cinco dólares con noventa y nueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Ana Isabel Chaves Jiménez. Expediente Nº 18-002911-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz),
27 de abril del 2021.—Hannia
Núñez Rodríguez, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021549152 ).
En este Despacho,
con una base de cincuenta y tres
mil dólares exactos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de Heredia, matrícula número
ciento cuarenta y cinco mil cuatrocientos cuarenta, derecho 001 / 002, la cual
es terreno con una casa, lote
170. Situada: en el distrito Mercedes, cantón
Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con 7,00 metros; al sur, lote
ciento dieciséis; al este,
lote ciento setenta y uno, y al oeste, lote ciento sesenta
y nueve. Mide: ciento treinta y seis metros con cincuenta decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas
diez minutos del veintiocho de mayo del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las once horas diez minutos
del siete de junio del dos
mil veintiuno, con la base de treinta
y nueve mil setecientos cincuenta dólares exactos (75% de la base original), y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate, se señalan las once horas diez
minutos del dieciséis de junio del dos mil veintiuno, con
la base de trece mil doscientos
cincuenta dólares exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Cultivos Agrícolas de
San Pedro Sociedad Anónima,
Inversiones Melissa Raquel R.S. S. A. contra Leidi María de los Ángeles Garita Valverde, Moisés Gerardo Solórzano
Castillo. Expediente N° 20-010558-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 12 de noviembre
del 2020.—Luis Abner Salas Muñoz, Juez/a Decisor/a.—( IN2021549154 ).
En este Despacho, se rematará lo siguiente: 1) Con una
base de treinta y un millones
setecientos veinticinco mil
ochocientos colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos; la finca del partido de
Alajuela, matrícula número trescientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos setenta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
San Lorenzo, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Trinidad Herrera Castro; al sur, calle pública con un frente a ella de 16 metros lineales; al este, callejón de acceso; y al oeste, Margoth Herrera Quirós. Mide:
seiscientos treinta y tres metros cuadrados. 2.) Con
una base de cuarenta y cinco
millones seiscientos cincuenta y cuatro mil doscientos colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos publicos; la finca del partido de
Alajuela, matrícula número quinientos cuarenta y nueve mil quinientos noventa y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno con casa de habitación,
dos galerones y repastos. Situada en el distrito
Ángeles, cantón San
Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Sergio Herrera
Castro, al sur, Trinidad Herrera Castro, Marjorie Herrera Quirós, callejón
de acceso y calle pública; al este, Trinidad
Herrera Castro y callejón de acceso;
y al oeste, Marjorie Herrera Quirós, Trinidad Herrera Castro y servidumbre de paso con seis metros lineales.
Mide: tres mil quinientos dos metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las quince horas y cero minutos
del cinco de julio del dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas y cero minutos
del trece de julio del dos
mil veintiuno, para la finca número
1 con la base de veintitrés millones
setecientos noventa y cuatro mil trescientos cincuenta colones exactos y para la finca número 2
con la base de treinta y cuatro
millones doscientos cuarenta mil seiscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintiuno de julio del dos mil veintiuno, para
la finca número 1 con la base de siete
millones novecientos treinta y un mil cuatrocientos cincuenta colones exactos y para la finca número 2
con la base de once millones cuatrocientos
trece mil quinientos cincuenta colones (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Marjorie
Herrera Quirós,
Vianey Vásquez Madrigal. Expediente N° 19-000844-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer
Circuito Judicial de Alajuela (San
Ramón), 27 de abril del 2021.—María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2021549160 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta mil quinientos ochenta
dólares con veintiséis centavos, soportando hipoteca citas:
2009-242103-01-0001-001, sáquese a remate la finca del partido de San José,
matrícula número setenta y tres mil trescientos nueve, derecho 000, la cual es
terreno con 1 casa. Situada en el distrito 3-Hospital, cantón 1-San José, de la
provincia de San José. Colinda: al norte Edgar Araya Muñoz; al sur, Arturo
Palomo; al este calle con 4 mts
18 cm y al oeste, Víctor Chavarría. Mide: ciento ochenta y siete metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del siete
de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las diez horas treinta minutos del quince de junio de dos mil
veintiuno con la base de treinta mil cuatrocientos treinta y cinco dólares con
diecinueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veintitrés
de junio de dos mil veintiuno con la base de diez mil ciento cuarenta y cinco
dólares con seis centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra 3-101-465926
Sociedad Anónima, Juan Carlos Obando Zúñiga, Servicios Integrados Aduanales Shekina Sociedad Anónima. Expediente Nº
19-003701-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 30 de abril del
año 2021.—Ana Elsy Campos Barboza, Jueza Tramitadora.—( IN2021549161 ).
En este Despacho,
con una base de seis millones cuatrocientos
noventa y dos mil novecientos
veintinueve colones con treinta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula
número 1-506189-001, 002, 003, 004, 005, derecho cero
cero uno, cero cero dos,
cero cero tres, cero cero cuatro y cero cero cinco, la cual es terreno para construir lote 1-F. Situada en el distrito:
San Isidro, cantón: Vásquez de Coronado, de la
provincia de San José. Colinda:
al norte Sindicato de Trabajadores de la Educación Costarricense; al sur calle
publica con 8.11 metros; al este lote
2-F y al oeste Hacienda Biamonte
S.A. Mide: ciento cincuenta y seis metros con doce decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del treinta y uno de mayo
de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las quince horas treinta
minutos del ocho de junio de dos mil veintiuno, con
la base de cuatro millones ochocientos sesenta y nueve mil seiscientos noventa y siete colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las quince horas treinta minutos
del dieciséis de junio de
dos mil veintiuno, con la base de un millón seiscientos veintitrés mil doscientos treinta y dos colones con treinta y tres céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de COOPEALIANZA R.L. contra Alcides Alfaro
Gutiérrez, Andrés Alfaro Gutiérrez, Gabriela María Alfaro Gutiérrez, Laura
Rebeca Alfaro Gutiérrez, Marisol Alfaro Gutiérrez, Yolanda Gutiérrez Alfaro. Expediente Nº:20-018394-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 12 de febrero del año 2021.—Licda. Yessenia Brenes González, Jueza Decisora.—(
IN2021549162 ).
En este despacho,
con una base de cuatrocientos mil dólares
exactos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos citas:
316-12898-01-0063-001, reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos citas:
316-12898-01-0064-001, reservas y restricciones
citas: 316-12898-01-0901-079, condiciones
citas: 316-12898-01-0902-027, condiciones
citas: 392- 08846-01-0910-001, reservas
y restricciones citas:
392-08846-01-0911-001, reservas y restricciones
citas: 392-08846-01-0912-001, condiciones
citas: 392-08846-01-0913-001; sáquese
a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 115844, derecho
000, la cual es terreno de agricultura con casa y corral. Situada
en el distrito 3-Canoas, cantón 10-Corredores, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte,
calle pública, Salvador Araica Araica, Porfirio Víctor
Mayorga; al sur, Orlando Chamarro Diaz, Arley Trejos Naranjo, baldíos del I.D.A.; al este,
Albina Chaves Castillo y al oeste, Río Colorado. Mide: un millón seiscientos cincuenta mil ochocientos setenta y un metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del uno
de junio de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas cero minutos del
nueve de junio de dos mil veintiuno con la base de trescientos
mil dólares exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las diez horas
cero minutos del diecisiete
de junio de dos mil veintiuno
con la base de cien mil dólares
exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de 3-102-687821 S. R. L. contra Ceferino Omar
Víctor Mayorga. Expediente N° 19-003117-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 11 de setiembre
del año 2020.—Lic. Gerardo
Monge Blanco, Juez.—( IN2021549164 ).
En este Despacho,
con una base de treinta y ocho
mil quinientos setenta y tres dólares con cincuenta y cuatro centavos,
libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada, citas:
316-10842-01-0002-001; sáquese a remate la finca del
Partido de Alajuela, matrícula número
ciento dos mil doscientos ochenta y ocho, derecho: cero cero cero, la cual
es terreno finca filial primaria
individualizada C veintinueve,
apta para construir, destinada a uso habitacional, la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 7-El Rosario, cantón 6-Naranjo de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte:
finca filial primaria individualizada
C treinta; al sur: finca filial primaria
individualizada C veintiocho;
al este: área común acceso cuatro tres,
y al oeste: finca filial primaria
individualizada C veintiséis y finca filial primaria individualizada C veintisiete. Mide: quinientos cincuenta metros cuadrados, valor porcentual:
0.25445. Valor medida: 0.00058. Plano:
A-1663176-2013. Para tal efecto
se señalan las trece horas treinta minutos del veintiocho de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del seis de julio de dos mil veintiuno, con
la base de veintiocho mil novecientos
treinta dólares con dieciséis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del catorce de julio de dos mil veintiuno, con
la base de nueve mil seiscientos
cuarenta y tres dólares con treinta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Factiban Sociedad
de Responsabilidad Limitada
contra Walter Vinicio Jiménez Sánchez. Expediente N° 18-012341-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 30 de abril
del 2021.—Jasmín
Dyzet Núñez Alfaro, Jueza Decisora.—( IN2021549165 ).
En este Despacho,
con una base de cincuenta millones
de colones exactos, libre
de gravámenes y anotaciones,
sáquese a remate la finca situada
en la provincia Limón y
titular de la matrícula número
142.323-000, la cual es terreno
para la construcción,
se sitúa en el distrito Cahuita, del cantón
Talamanca. Colinda: al norte,
Bamber Brando S.A.; al sur, Rita María Salazar Salazar;
al este, Grupo Sureño Diez
Celeste S. A., y al oeste, calle
pública. Mide: mil metros cuadrados. Para ello, se señalan las trece horas treinta minutos del veintidós de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del treinta de junio de dos mil veintiuno con la base de treinta
y siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las trece
horas treinta minutos del ocho de julio de dos mil veintiuno con la base de doce millones quinientos mil colones exactos (25% de la base
original). Nota: se informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, tal deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso de ejecución hipotecaria de Mario Francisco Mckenzie
Watson contra Hernán Antonio Hylton
James, expediente N° 14-000366-1208-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, 15 de abril de 2021.—Diego Alejandro Meoño
Piedra, Juez Decisor.—(
IN2021549166 ).
En este Despacho,
con una base de seis millones de colones
exactos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 52170-000-F, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número noventa y uno: Apta para construir que se destinara a uso habitacional, la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el Distrito 3-San José, Cantón
3-Grecia, de la Provincia de Alajuela. Colinda: al norte finca filial primaria individualizada número noventa; al sur acceso diez; al este, finca filial primaria individualizada número noventa y dos y al oeste acceso dos. Mide: quinientos cincuenta y ocho metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Plano: A-1084869-2006. Para lo cual se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiuno de junio de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas y treinta minutos del veintinueve de junio de dos mil veintiuno con la
base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las trece
horas y treinta minutos del
siete de julio de dos mil veintiuno con la base de un millón
quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Con una base de seis millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula
número 52164-000-F, la cual
es terreno finca filial primaria
individualizada número ochenta y cinco: apta para construir que se destinara a uso habitacional, la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el Distrito 3-San José, Cantón
3-Grecia, de la Provincia de Alajuela. Colinda: al norte acceso once; al sur finca filial primaria
individualizada número noventa y seis; al este, finca
filial primaria individualizada
número ochenta y cuatro y al oeste finca filial primaria individualizada número ochenta y seis. mide: cuatrocientos noventa y cinco metros cuadrados. Plano: A1084861-2006. Para lo cual se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiuno de junio de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas y treinta minutos del veintinueve de junio de dos mil veintiuno con la
base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las trece
horas y treinta minutos del
siete de julio de dos mil veintiuno con la base de un millón
quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Con una base de SEIS millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula
número 52162-000-F, la cual
es terreno finca filial primaria
individualizada número ochenta y tres: apta para construir que se destinara a uso habitacional, la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el Distrito 3-San José, Cantón
3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte acceso once; al sur finca filial primaria
individualizada número noventa y ocho; al este parque y al oeste finca filial primaria individualizada número ochenta y cuatro. Mide: Cuatrocientos cuarenta y cuatro metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. plano: A-1085462-2006. Para lo cual
se señalan las trece horas y
treinta minutos del veintiuno de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas y treinta minutos del veintinueve de junio de dos mil veintiuno con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las trece horas y treinta minutos del siete de julio de dos mil veintiuno con la
base de un millón quinientos
mil colones exactos (25% de
la base original). Con una base de seis millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
52175-000-F, la cual es terreno
finca filial primaria individualizada
número noventa y seis: apta para construir que se destinara a uso habitacional, la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el Distrito 3-San José, Cantón
3-Grecia, de la Provincia de Alajuela. Colinda: al norte finca filial primaria individualizada número ochenta y cinco; al sur acceso diez; al este, finca filial primaria individualizada número noventa y siete y al oeste finca filial primaria individualizada número noventa y cinco. Mide: cuatrocientos
noventa y cinco metros cuadrados. Plano: A-1085175-2006. Para lo cual se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiuno de junio de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas y treinta minutos del veintinueve de junio de dos mil veintiuno con la
base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las trece
horas y treinta minutos del
siete de julio de dos mil veintiuno con la base de un millón
quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Con una base de seis millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Alajuela, matrícula
número 52172-000-F, la cual
es terreno finca filial primaria
individualizada número noventa y tres: apta para construir que se destinara a uso habitacional, la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el Distrito 3-San José, Cantón
3-Grecia, de la Provincia de Alajuela. Colinda: al norte finca filial primaria individualizada número ochenta y ocho; al sur acceso diez; al este, finca filial primaria individualizada número noventa y cuatro y al oeste finca filial primaria individualizada número noventa y dos. Mide: cuatrocientos noventa y cinco metros cuadrados. plano: A1086906-2006.
Para lo cual se señalan las
trece horas y treinta minutos del veintiuno de junio de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
trece horas y treinta minutos del veintinueve de junio de dos mil veintiuno con la
base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las trece
horas y treinta minutos del
siete de julio de dos mil veintiuno con la base de un millón
quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Roy Gilberto Esquivel Ferreto
contra 3101775098 Sociedad Anónima. Expediente Nº:21-000495-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de
Grecia, 27 de abril del año
2021.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Juez Decisor.—( IN2021549167 ).
En este Despacho: Primer bloque de remates:
1. Con una base de veintiún millones
de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 56749028-01-0002-001, la finca partido
de Alajuela, matrícula 153549--F-000, naturaleza: finca filial primaria
individualizada número 103 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: norte,
área común libre calle Nogal; sur, finca filial número 98; este, finca filial número 104; oeste, finca filial número 100, 101 y 102. Mide: trescientos metros cuadrados.
Plano: A-1905719-2016. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del tres de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil veintiuno, con la base de quince millones
setecientos cincuenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del primero
de julio de dos mil veintiuno,
con la base de cinco millones
doscientos cincuenta mil colones exactos. 2. Con una base
de veinticuatro millones novecientos noventa mil colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 567-49028-01-0002-001, la finca partido
de Alajuela, matrícula 153646--F-000, naturaleza: finca filial primaria
individualizada número 206 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: norte,
finca filial 207; sur, finca filial 205; este, Cooperativa Victoria; oeste, área común libre de calle Real. Mide:
trescientos cincuenta y siete metros cuadrados. Plano:
A-1911075-2016. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del tres de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil veintiuno, con la base de dieciocho
millones setecientos cuarenta y dos mil quinientos colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del primero
de julio de dos mil veintiuno,
con la base de seis millones doscientos
cuarenta y siete mil quinientos colones exactos. 3. Con una base de veintiún
millones de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
56749028-01-0002-001, la finca partido de Alajuela, matrícula 153553--F-000, naturaleza:
finca filial primaria individualizada
número 107 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: norte,
área común libre calle Nogal; sur, finca filial número 94; este, finca filial número 108; oeste, finca filial número 106. Mide: trescientos metros cuadrados.
Plano: A-1909831-2016. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del tres de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil veintiuno, con la base de quince millones
setecientos cincuenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del primero
de julio de dos mil veintiuno,
con la base de cinco millones
doscientos cincuenta mil colones exactos. 4. Con una base
de veintiún millones de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 567-49028-01-0002-001, la finca partido
de Alajuela, matrícula 153558--F-000, naturaleza: finca filial primaria
individualizada número 112 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: noreste,
finca filial número 135; noroeste,
finca filial número 113; sureste,
finca filial número 111; suroeste,
área común libre de calle Guapinol.
Mide: trescientos metros cuadrados. Plano: A-1905723-2016. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del tres de junio de dos mil veintiuno. De no
haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil veintiuno, con
la base de quince millones setecientos
cincuenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a
las ocho horas y treinta minutos del primero de julio de
dos mil veintiuno, con la base de cinco
millones doscientos cincuenta mil colones exactos. 5. Con una base de veintiún
millones de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
567-49028-01-0002-001, la finca partido de Alajuela, matrícula 153560--F-000, naturaleza:
finca filial primaria individualizada
número 114 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: noreste,
finca filial número 133; noroeste,
finca filial número 115; sureste,
finca filial número 113; suroeste,
área común libre de calle Guapinol. Mide: trescientos metros cuadrados. Plano: A-1905770-2016. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del tres de junio de dos mil veintiuno. De no
haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil veintiuno, con
la base de quince millones setecientos
cincuenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a
las ocho horas y treinta minutos del primero de julio de
dos mil veintiuno, con la base de cinco
millones doscientos cincuenta mil colones exactos. 6. Con una base de veinticuatro
millones novecientos noventa mil colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
567-49028-01-0002-001, la finca partido de Alajuela, matrícula 153647--F-000, naturaleza:
finca filial primaria individualizada
número 207 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: norte,
finca filial 208; sur, finca filial 206; este, Cooperativa Victoria; oeste, área común libre de calle Real. Mide:
trescientos cincuenta y siete metros cuadrados. Plano:
A-1911076-2016. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del tres de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil veintiuno, con la base de dieciocho
millones setecientos cuarenta y dos mil quinientos colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del primero
de julio de dos mil veintiuno,
con la base de seis millones doscientos
cuarenta y siete mil quinientos colones exactos. 7. Con una base de veinticuatro
millones ciento cincuenta mil colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
567-49028-01-0002-001, la finca partido de Alajuela, matrícula 153648--F-000, naturaleza:
finca filial primaria individualizada
número 208 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: norte,
finca filial 209; sur, finca filial 207; este, Cooperativa Victoria; oeste, área común libre de calle Real. Mide:
trescientos cuarenta y cinco metros cuadrados. Plano:
A-1911077-2016. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del tres de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil veintiuno, con la base de dieciocho
millones ciento doce mil quinientos colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del primero
de julio de dos mil veintiuno,
con la base de seis millones treinta
y siete mil quinientos colones exactos. 8. Con una base
de veintiún millones quinientos sesenta mil colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 567-49028-01-0002-001, la finca partido
de Alajuela, matrícula 153650--F-000, finca filial primaria individualizada número 210 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: norte,
finca filial 211; sur, finca filial 209; este, Cooperativa Victoria; oeste, área común libre de calle Real. Mide:
trescientos ocho metros cuadrados. Plano: A-1911078-2016. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del tres de junio de dos mil veintiuno. De no
haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil veintiuno, con
la base de dieciséis
millones ciento setenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a
las ocho horas y treinta minutos del primero de julio de
dos mil veintiuno, con la base de cinco
millones trescientos noventa mil colones exactos. 9. Con una base de veintiún
millones de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
567-49028-01-0002-001, la finca partido de Alajuela, matrícula 153631--F-000, naturaleza:
finca filial primaria individualizada
número 191 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: norte,
finca filial 190; sur, finca filial 192; este, área común libre de calle Real; oeste,
área común libre de área recreativa. Mide: trescientos metros cuadrados.
Plano: A-1909352-2016. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del tres de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil veintiuno, con la base de quince millones
setecientos cincuenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del primero
de julio de dos mil veintiuno,
con la base de cinco millones
doscientos cincuenta mil colones exactos. 10. Con una base
de veintiún millones de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:567-49028-01-0002-001,
la finca partido de Alajuela, matrícula
153632--F-000, naturaleza: finca filial primaria individualizada número 192 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: norte,
finca filial 191; sur, finca filial 193; este, área común libre de calle Real; oeste,
área común libre de área recreativa. Mide: trescientos metros cuadrados.
Plano: A-1909327-2016. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del tres de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil veintiuno, con la base de quince millones
setecientos cincuenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del primero
de julio de dos mil veintiuno,
con la base de cinco millones
doscientos cincuenta mil colones exactos. 11. Con una base
de veintiún millones de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 567-49028-01-0002-001, la finca partido
de Alajuela, matrícula 153633--F-000, naturaleza: finca filial primaria
individualizada número 193 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: norte,
finca filial 192; sur, finca filial 194; este, área común libre de calle Real; oeste,
área común libre de área recreativa. Mide: trescientos metros cuadrados.
Plano: A-1911155-2016. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del tres de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil veintiuno, con la base de quince millones
setecientos cincuenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del primero
de julio de dos mil veintiuno,
con la base de cinco millones
doscientos cincuenta mil colones exactos. 12. Con una base
de veintiún millones de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 567-49028-01-0002-001, la finca partido
de Alajuela, matrícula 153634--F-000, naturaleza: finca filial primaria
individualizada número 194 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: norte,
finca filial 193; sur, finca filial 195; este, área común libre de calle Real; oeste,
área común libre de área recreativa. Mide: trescientos metros cuadrados.
Plano: A-1909328-2016. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del tres de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil veintiuno, con la base de quince millones
setecientos cincuenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del primero
de julio de dos mil veintiuno,
con la base de cinco millones
doscientos cincuenta mil colones exactos. 13. Con una base
de veinticuatro millones setecientos diez mil colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 567-49028-01-0002-001, la finca partido
de Alajuela, matrícula 153635--F-000, naturaleza: finca filial primaria
individualizada número 195 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: norte,
finca filial 194; sur, finca filial 196; este, área común libre de calle Real; oeste,
finca filial 171 y 170. Mide: trescientos
cincuenta y tres metros cuadrados. Plano: A-1911156-2016. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del tres de junio de dos mil veintiuno. De no
haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil veintiuno, con
la base de dieciocho millones
quinientos treinta y dos
mil quinientos colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a
las ocho horas y treinta minutos del primero de julio de
dos mil veintiuno, con la base de seis millones ciento setenta y siete mil quinientos colones exactos. 14. Con una base de veintidós
millones quinientos cuarenta mil colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
567-49028-01-0002-001, la finca partido de Alajuela, matrícula 153636--F-000, naturaleza:
finca filial primaria individualizada
número 196 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: norte,
finca filial 195; sur, finca filial 197; este, área común libre de calle Real; oeste,
finca filial 170 y 169. Mide: trescientos
veintidós metros cuadrados.
Plano: A-1909329-2016. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del tres de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil veintiuno, con la base de dieciséis millones
novecientos cinco mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del primero
de julio de dos mil veintiuno,
con la base de cinco millones
seiscientos treinta y cinco mil colones exactos. 15. Con una base de veintiún
millones de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
567-49028-01-0002-001, la finca partido de Alajuela, matrícula 153527--F-000, naturaleza:
finca filial primaria individualizada
número 81 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: norte,
área común libre calle almendro;
sur, finca filial número 78; este,
finca filial número 82; oeste,
finca filial número 80. Mide:
trescientos metros cuadrados.
Plano: A-1909059-2016. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del tres de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil veintiuno, con la base de quince millones
setecientos cincuenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del primero
de julio de dos mil veintiuno,
con la base de cinco millones
doscientos cincuenta mil colones exactos. 16. Con una base
de veintiún millones de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 567-49028-01-0002-001, la finca partido
de Alajuela, matrícula 153530--F-000, naturaleza: finca filial primaria
individualizada número 84 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: norte,
área común libre calle Almendro;
sur, finca filial número 75; este,
finca filial número 85; oeste,
finca filial número 83. Mide:
trescientos metros cuadrados.
Plano: A-1908558-2016. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del tres de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del diecisiete de junio de dos mil veintiuno, con la base de quince millones
setecientos cincuenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del primero
de julio de dos mil veintiuno,
con la base de cinco millones
doscientos cincuenta mil colones exactos. Segundo bloque de
remates: 17. Con una base de veintiún millones de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
567-49028-01-0002-001, la finca partido de Alajuela, matrícula 153531--F-000, naturaleza
finca filial primaria individualizada
número 85 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: norte,
área común libre calle Almendro;
sur, finca filial número 74; este,
finca filial número 86; oeste,
finca filial número 84. Mide:
trescientos metros cuadrados.
Plano: A-19090552016. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del cuatro de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del dieciocho de junio de dos mil veintiuno, con la base de quince millones
setecientos cincuenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del dos de julio de dos mil veintiuno, con
la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos. 18. Con una base
de veinte millones setecientos veinte mil colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 567-49028-01-0002-001, la finca partido
de Alajuela, matrícula 153535--F-000, naturaleza: finca filial primaria
individualizada número 89 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: norte,
área común libre calle Almendro;
sur, finca filial número 70; este,
Cooperativa Victoria; oeste,
finca filial número 88. Mide:
doscientos noventa y seis
metros cuadrados. Plano: A-19084882016. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del cuatro de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del dieciocho de junio de dos mil veintiuno, con la base de quince millones
quinientos cuarenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del dos de julio de dos mil veintiuno, con
la base de cinco millones ciento ochenta mil colones exactos. 19. Con una base
de veintitrés millones trescientos diez mil colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 567-49028-01-0002-001, la finca partido
de Alajuela, matrícula 153547--F-000, naturaleza: finca filial primaria
individualizada número 101 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: norte,
finca filial número 102; sur, finca filial número 100; este, finca filial número 103; oeste, área común libre calle Real. Mide:
trescientos treinta y tres metros cuadrados. Plano:
A-19098412016. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del cuatro de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del dieciocho de junio de dos mil veintiuno, con la base de diecisiete
millones cuatrocientos ochenta y dos mil quinientos colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del dos de julio de dos mil veintiuno, con
la base de cinco millones ochocientos veintisiete mil quinientos colones exactos. 20. Con una base de veintiún
millones de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
567-49028-01-0002-001, la finca partido de Alajuela, matrícula 153625--F-000, naturaleza:
finca filial primaria individualizada
número 185 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: norte,
área común libre de calle Real; sur, área común libre de zona recreativa; este, finca filial 186; oeste,
finca filial 184. Mide: trescientos
metros cuadrados. Plano: A-1909201-2016. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del cuatro de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del dieciocho de junio de dos mil veintiuno, con la base de quince millones
setecientos cincuenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del dos de julio de dos mil veintiuno, con
la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos. 21. Con una base
de veintiún millones de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 567-49028-01-0002-001, la finca partido
de Alajuela, matrícula 153626--F-000, naturaleza: finca filial primaria
individualizada número 186 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: Mide:
trescientos metros cuadrados.
Plano: A-19093472016. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del cuatro de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del dieciocho de junio de dos mil veintiuno, con la base de quince millones
setecientos cincuenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del dos de julio de dos mil veintiuno, con
la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos. 22. Con una base
de veintiún millones de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 567-49028-01-0002-001, la finca partido
de Alajuela, matrícula 153627--F-000, naturaleza: finca filial primaria
individualizada número 187 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: norte,
área común libre de calle Real; sur, área común libre de zona recreativa; este, finca filial 188 y 189 oeste:
finca filial 186. Mide: trescientos
metros cuadrados. Plano: A-1909348-2016. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del cuatro de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del dieciocho de junio de dos mil veintiuno, con la base de quince millones
setecientos cincuenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del dos de julio de dos mil veintiuno, con
la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos. 23. Con una base
de veintidós millones ciento veinte mil colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 567-49028-01-0002-001, la finca partido
de Alajuela, matrícula 153629-F-000, naturaleza:
finca filial primaria individualizada
número 189 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: norte,
finca filial 188; sur, finca filial 190; este, área común libre de calle Real; oeste,
finca filial 187. Mide: trescientos
dieciséis
metros cuadrados y. Plano: A-1909351-2016. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del cuatro de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del dieciocho de junio de dos mil veintiuno, con la base de dieciséis millones
quinientos noventa mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del dos de julio de dos mil veintiuno, con
la base de cinco millones quinientos treinta mil colones exactos. 24. Con una base
de veintiún millones de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 567-49028-01-0002-001, la finca partido
de Alajuela, matrícula 153630--F-000, naturaleza: finca filial primaria
individualizada número 190 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: norte,
finca filial 189; sur, finca filial 191; este, área común libre de calle Real; oeste,
área común libre de área recreativa. Mide: trescientos metros cuadrados.
Plano: A-1909202-2016. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del cuatro de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del dieciocho de junio de dos mil veintiuno, con la base de quince millones
setecientos cincuenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del dos de julio de dos mil veintiuno, con
la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos. 25. Con una base
de veintiún millones de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 567-49028-01-0002-001, la finca partido
de Alajuela, matrícula 153624--F-000, naturaleza: finca filial primaria
individualizada número 184 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia de
Alajuela. Linderos: norte, área común libre de calle Real; sur, área común libre de zona recreativa; este, finca filial 185; oeste,
finca filial 183. Mide: trescientos
metros cuadrados. Plano: A-1909200-2016. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del cuatro de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del dieciocho de junio de dos mil veintiuno, con la base de quince millones
setecientos cincuenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del dos de julio de dos mil veintiuno, con
la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos. 26. Con una base
de veintiún millones de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 567-49028-01-0002-001, la finca partido
de Alajuela, matrícula 153620--F-000, naturaleza: finca filial primaria
individualizada número 180 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: noreste,
área común libre de área recreativa; noroeste, finca
filial 181; sureste, finca filial 179; suroeste, área común libre de calle Cocobolo. Mide: trescientos metros cuadrados. Plano: A-1909345-2016. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del cuatro de junio de dos mil veintiuno. De no
haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de junio de dos mil veintiuno, con
la base de quince millones setecientos
cincuenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a
las ocho horas y treinta minutos del dos de julio de dos
mil veintiuno, con la base de cinco
millones doscientos cincuenta mil colones exactos. 27. Con una base de treinta
y cinco millones ochocientos cuarenta mil colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 567-49028-01-0002-001, la finca partido
de Alajuela, matrícula 153592--F-000, naturaleza: finca filial primaria
individualizada número 152 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: noreste,
finca filial número 153; noroeste,
área común libre de calle Real; sureste,
finca filial número 151; suroeste,
área común libre de calle Nogal. Mide:
quinientos doce metros cuadrados. Plano: A-1909317-2016. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del cuatro de junio de dos mil veintiuno. De no
haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de junio de dos mil veintiuno, con
la base de veintiséis
millones ochocientos ochenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a
las ocho horas y treinta minutos del dos de julio de dos
mil veintiuno, con la base de ocho
millones novecientos sesenta mil colones exactos. 28. Con una base de veintiún
millones de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
567-49028-01-0002-001, la finca partido de Alajuela, matrícula 153591--F-000, naturaleza:
finca filial primaria individualizada
número 151 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: noreste,
finca filial número 154; noroeste,
finca filial número 152; sureste,
finca filial número 150; suroeste,
área común libre de calle Nogal. Mide:
trescientos metros cuadrados.
Plano: A-1909316-2016. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del cuatro de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del dieciocho de junio de dos mil veintiuno, con la base de quince millones
setecientos cincuenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del dos de julio de dos mil veintiuno, con
la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos. 29. Con una base
de veintiún millones de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 567-49028-01-0002-001, la finca partido
de Alajuela, matrícula 153590--F-000, naturaleza: finca filial primaria
individualizada número 150 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: noreste,
finca filial número 155; noroeste,
finca filial número 151; sureste,
finca filial número 149; suroeste,
área común libre de calle Nogal. Mide:
trescientos metros cuadrados.
Plano: A-1909031-2016. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del cuatro de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del dieciocho de junio de dos mil veintiuno, con la base de quince millones
setecientos cincuenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del dos de julio de dos mil veintiuno, con
la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos. 30. Con una base
de veintiún millones de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 567-49028-01-0002-001, la finca partido
de Alajuela, matrícula 153589--l-000, naturaleza: finca filial primaria
individualizada número 149 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: noreste,
finca filial número 156; noroeste,
finca filial número 150; sureste,
finca filial número 148; suroeste,
área común libre de calle Nogal. Mide:
trescientos metros cuadrados.
Plano: A-1909315-2016. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del cuatro de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del dieciocho de junio de dos mil veintiuno, con la base de quince millones
setecientos cincuenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del dos de julio de dos mil veintiuno, con
la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos. 31. Con una base
de veintiún millones de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 567-49028-01-0002-001, la finca partido
de Alajuela, matrícula 153588--F-000, naturaleza: finca filial primaria
individualizada número 148 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: noreste,
finca filial número 157; noroeste,
finca filial número 149; sureste,
finca filial número 147; suroeste,
área común libre de calle Nogal. Mide: trescientos metros cuadrados.
Plano: A-1909030-2016. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del cuatro de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del dieciocho de junio de dos mil veintiuno, con la base de quince millones
setecientos cincuenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del dos de julio de dos mil veintiuno, con
la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos. 32. Con una base
de veintiún millones de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 567-49028-01-0002-001, la finca partido
de Alajuela, matrícula 153587--F-000, naturaleza: finca filial primaria
individualizada número 147 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: noreste,
finca filial número 158; noroeste,
finca filial número 148; sureste,
finca filial número 146; suroeste,
área común libre de calle Nogal. Mide:
trescientos metros cuadrados.
Plano: A-1908818-2016. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del cuatro de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del dieciocho de junio de dos mil veintiuno, con la base de quince millones
setecientos cincuenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del dos de julio de dos mil veintiuno, con
la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos. Tercer bloque de remates:
33. Con una base de veintiún millones
de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 567-49028-01-0002-001, la finca partido
de Alajuela, matrícula 153586--F-000, naturaleza: finca filial primaria
individualizada número 146 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: noreste,
finca filial número 159; noroeste,
finca filial número 147; sureste,
finca filial número 145; suroeste,
área común libre de calle Nogal. Mide:
trescientos metros cuadrados.
Plano: A-1910031-2016. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del diez de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del veinticuatro de junio de dos mil veintiuno, con la base de quince millones
setecientos cincuenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del ocho de julio de dos mil veintiuno, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos. 34. Con una base de veintiún
millones de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
567-49028-01-0002-001, la finca partido de Alajuela, matrícula 153583--F-000, naturaleza:
finca filial primaria individualizada
número 143 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: noreste,
finca filial número 162; noroeste,
finca filial número 144; sureste,
finca filial número 142; suroeste,
área común libre de calle Nogal. Mide:
trescientos metros cuadrados.
Plano: A-1911390-2016. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del diez de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del veinticuatro de junio de dos mil veintiuno, con la base de quince millones
setecientos cincuenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del ocho de julio de dos mil veintiuno, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos. 35. Con una base de veintiún
millones de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
567-49028-01-0002-001, la finca partido de Alajuela, matrícula 153575--F-000, naturaleza:
finca filial primaria individualizada
número 135 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: noreste,
área común libre de calle Nogal; noroeste,
finca filial número 134; sureste,
finca filial número 136; suroeste,
finca filial número 112. Mide:
trescientos metros cuadrados.
Plano: A-1905724-2016. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del diez de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del veinticuatro de junio de dos mil veintiuno, con la base de quince millones
setecientos cincuenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del ocho de julio de dos mil veintiuno, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos. 36. Con una base de veintiún
millones de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
567-49028-01-0002-001, la finca partido de Alajuela, matrícula 153573--F-000, naturaleza:
finca filial primaria individualizada
número 133 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: noreste,
área común libre de calle Nogal; noroeste,
finca filial número 126; sureste,
finca filial número 134; suroeste,
finca filial número 114. Mide:
trescientos metros cuadrados.
Plano: A-1910383-2016. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del diez de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del veinticuatro de junio de dos mil veintiuno, con la base de quince millones
setecientos cincuenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del ocho de julio de dos mil veintiuno, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos. 37. Con una base de veintitrés
millones novecientos cuarenta mil colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
567-49028-01-0002-001, la finca partido de Alajuela, matrícula 153568--F-000, naturaleza:
finca filial primaria individualizada
número 122 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: noreste,
finca filial número 123; noroeste,
área común libre de calle Real; sureste,
finca filial número 124; suroeste,
finca filial número 121. Mide:
trescientos cuarenta y dos
metros cuadrados. Plano: A-1908977-2016. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del diez de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del veinticuatro de junio de dos mil veintiuno, con la base de diecisiete
millones novecientos cincuenta y cinco colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del ocho de julio de dos mil veintiuno, con la base de cinco millones novecientos ochenta y cinco mil colones exactos. 38. Con una base
de veintitrés millones ochocientos mil colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
567-49028-01-0002-001, la finca partido de Alajuela, matrícula 153567-F-000, naturaleza:
finca filial primaria individualizada
número 121 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: noreste,
finca filial número 122; noroeste,
área común libre de calle Real; sureste,
finca filial número 124; suroeste,
finca filial número 120. Mide:
trescientos cuarenta metros
cuadrados. Plano: A-1905773-2016. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del diez de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del veinticuatro de junio de dos mil veintiuno, con la base de diecisiete
millones ochocientos cincuenta colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a
las ocho horas y treinta minutos del ocho de julio de dos mil veintiuno, con
la base de cinco millones novecientos cincuenta colones exactos. 39. Con una base
de veintiún millones de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 567-49028-01-0002-001, la finca partido
de Alajuela, matrícula 153604--F-000, naturaleza:
finca filial primaria individualizada
número 164 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: noreste,
área común libre de calle Cocobolo; noroeste, finca filial 163; sureste,
finca filial número 165; suroeste,
finca filial número 141. Mide:
trescientos metros cuadrados.
Plano: A-1909387-2016. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del diez de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del veinticuatro de junio de dos mil veintiuno, con la base de quince millones
setecientos cincuenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del ocho de julio de dos mil veintiuno, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos. 40. Con una base de veintiún
millones de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
567-49028-01-0002-001, la finca partido de Alajuela, matrícula 153603--F-000, naturaleza:
finca filial primaria individualizada
número 163 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: noreste,
área común libre de calle Cocobolo; noroeste, finca filial 162; sureste,
finca filial número 164; suroeste,
finca filial número 142. Mide:
trescientos metros cuadrados.
Plano: A-1908890-2016. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del diez de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del veinticuatro de junio de dos mil veintiuno, con la base de quince millones
setecientos cincuenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del ocho de julio de dos mil veintiuno, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos. 41. Con una base de veintiún
millones de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
567-49028-01-0002-001, la finca partido de Alajuela, matrícula 153572--F-000, naturaleza:
finca filial primaria individualizada
número 126 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: noreste,
área común libre de calle Nogal; noroeste,
finca filial número 125; sureste,
finca filial número 133; suroeste,
finca filial número 115. Mide:
trescientos metros cuadrados.
Plano: A-1908980-2016. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del diez de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del veinticuatro de junio de dos mil veintiuno, con la base de quince millones
setecientos cincuenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del ocho de julio de dos mil veintiuno, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos. 42. Con una base de veintiún
millones de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
567-49028-01-0002-001, la finca partido de Alajuela, matrícula 153561--F-000, naturaleza:
finca filial primaria individualizada
número 115 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: noreste,
finca filial número 126; noroeste,
finca filial número 116; sureste,
finca filial número 114; suroeste,
área común libre de calle Guapinol.
Mide: trescientos metros cuadrados. Plano: A-1908968-2016. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del diez de junio de dos mil veintiuno. De no
haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de junio de dos mil veintiuno, con
la base de quince millones setecientos
cincuenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a
las ocho horas y treinta minutos del ocho de julio de dos mil veintiuno, con
la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos. 43. Con una base
de veintiún millones de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 567-49028 -01-0002-001, la finca partido
de Alajuela, matrícula 153570--F-000, naturaleza: finca filial primaria
individualizada número 124 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: noreste,
área común libre de calle Nogal; noroeste,
finca filial número 121, 122 y 123; sureste, finca filial número 125;
suroeste, finca filial número
117. Mide: trescientos
metros cuadrados. Plano: A-1908978-2016. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del diez de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del veinticuatro de junio de dos mil veintiuno, con la base de quince millones
setecientos cincuenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del ocho de julio de dos mil veintiuno, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos. 44. Con una base
de veintiún millones de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 567-49028-01-0002-001, la finca partido
de Alajuela, matrícula 153571--F-000, naturaleza: finca filial primaria
individualizada número 125 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: noreste,
área común libre de calle Nogal; noroeste,
finca filial número 124; sureste,
finca filial número 126; suroeste,
finca filial número 116. Mide:
trescientos metros cuadrados.
Plano: A-1908979-2016. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del diez de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del veinticuatro de junio de dos mil veintiuno, con la base de quince millones
setecientos cincuenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del ocho de julio de dos mil veintiuno, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos. 45. Con una base de veintiún
millones de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
567-49028-01-0002-001, la finca partido de Alajuela, matrícula 153498--F-000, naturaleza:
finca filial primaria individualizada
número 52 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: norte,
finca filial número 68; sur, área común libre calle Pochote; este,
finca filial número 51; oeste,
finca filial número 53. Mide:
trescientos metros cuadrados.
Plano: A-19078942016. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del diez de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del veinticuatro de junio de dos mil veintiuno, con la base de quince millones
setecientos cincuenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del ocho de julio de dos mil veintiuno, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos. 46. Con una base de veintiún
millones de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
567-49028-01-0002-001, la finca partido de Alajuela, matrícula 153508--F-000, naturaleza:
finca filial primaria individualizada
número 62 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: norte,
área común libre calle Cedro; sur, finca filial número 58; este, finca filial número 63; oeste, finca filial número 61. Mide: trescientos metros cuadrados.
Plano: A-1909298-2016. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del diez de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del veinticuatro de junio de dos mil veintiuno, con la base de quince millones
setecientos cincuenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del ocho de julio de dos mil veintiuno, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos. 47. Con una base de veintiún
millones de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
567-49028-01-0002-001, la finca partido de Alajuela, matrícula 153510--F-000, naturaleza:
finca filial primaria individualizada
número 64 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: norte,
área común libre calle Cedro; sur, finca filial número 56; este, finca filial número 65; oeste, finca filial número 63. Mide: trescientos metros cuadrados.
Plano: a-19081992016. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del diez de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del veinticuatro de junio de dos mil veintiuno, con la base de quince millones
setecientos cincuenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del ocho de julio de dos mil veintiuno, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos. 48. Con una base de veintiún
millones de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas:
567-49028-01-0002-001, la finca partido de Alajuela, matrícula 153511--F-000, naturaleza:
finca filial primaria individualizada
número 65 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: norte,
área común libre calle
Cedro; sur, finca filial número 55; este, finca filial número 66; oeste, finca filial número 64. Mide: trescientos metros cuadrados. Plano: A-1908725-2016. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del diez de junio de dos mil veintiuno. De no
haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de junio de dos mil veintiuno, con
la base de quince millones setecientos
cincuenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a
las ocho horas y treinta minutos del ocho de julio de dos mil veintiuno, con
la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos. 49. Con una base
de veintiún millones de colones exactos, soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 567-49028-01-0002-001, la finca partido
de Alajuela, matrícula 153524--F-000, naturaleza: finca filial primaria
individualizada número 78 apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada: en el distrito 1-Grecia, cantón 3-Grecia de la provincia
de Alajuela. Linderos: norte,
finca filial número 81; sur, área común libre calle Cedro; este,
finca filial número 77; oeste,
finca filial número 79. Mide:
trescientos metros cuadrados.
Plano: A-19082102016. Para tal efecto,
se señalan las ocho horas y
treinta minutos del diez de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, se señalan segundo remate, a las ocho horas
y treinta minutos del veinticuatro de junio de dos mil veintiuno, con la base de quince millones
setecientos cincuenta mil colones exactos. Finalmente, de no haber postores, se señala para un tercer remate, a las ocho horas y
treinta minutos del ocho de julio de dos mil veintiuno, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos. Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Condominio Residencial Horizontal de Fincas Filiales
Primarias Individualizadas
Palma Real contra Consultores Financieros
Cofin Sociedad Anónima. Expediente
N° 20-001259-1204-CJ.—Juzgado
de Cobro de Grecia, 28 de abril del 2021.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Juez/a Decisor/a.—( IN2021549168 ).
En este Despacho,
con una base de trece millones
seiscientos cuarenta mil seiscientos noventa y tres colones con cincuenta y nueve céntimos, soportando hipoteca legal artículo 169 Bis, Ley N° 7052, citas: 2018-624487-01-0008-001, servidumbre
trasladada citas:
297-11209-01-0004-001; servidumbre trasladada citas:
297-11209-01-0005-001; servidumbre trasladada citas:
297-11209-01-0006-001; servidumbre trasladada citas:
297-11209-01-0007-001; servidumbre trasladada citas:
297-11209-01-0008-001; servidumbre trasladada citas:
297-11209-01-0009-001; servidumbre trasladada citas:
297-11209-01-0012-001; servidumbre trasladada citas:
297-11209-01-0013-001; servidumbre trasladada citas:
297-11209-01-0901-002; servidumbre trasladada citas:
313-17283-01-0002-001; servidumbre trasladada citas:
313-17283-01-0003-001; servidumbre trasladada citas:
346-03240-01-0904-001; reservas y restricciones
citas: 346-03240-01-0910-001; servidumbre
trasladada citas:
346-03240-01-0914-001; servidumbre trasladada citas:
346-03240-01-0918-001; servidumbre trasladada citas:
346-03240-01-0922-001; servidumbre trasladada citas:
346-03240-01-0926-001; servidumbre citas: 2018-318049-01-0004-001; sáquese
a remate la finca del Partido de San José, matrícula
N° 694881-001 y 002, la cual es terreno
zona verde. Situada en el distrito 02 Mercedes, cantón 04 Puriscal de la provincia de San José. Colinda:
al norte: Gerardo Alpízar Hernández; al sur: Gerardo Alpízar Hernández; al este: calle pública con un fte.
a ella de 13 metros; y al oeste: Gerardo Alpízar Hernández. Mide: ciento noventa
y cinco metros con cero decímetros cuadrados.
Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del quince de junio de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
diez horas treinta minutos del veintitrés de junio de dos mil veintiuno, con
la base de diez millones doscientos treinta mil quinientos veinte colones con diecinueve céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las diez
horas treinta minutos del
uno de julio de dos mil veintiuno,
con la base de tres millones
cuatrocientos diez mil ciento setenta y tres colones con treinta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Fundación para la Vivienda
Rural Costa Rica-Canadá
contra Adrián Arturo Masis Campos, Gloriana Sofía Calderón Durán. Expediente N° 21-003893-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 6 de abril del 2021.—Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2021549170
).
En este despacho, con una base de sesenta
y cuatro millones setecientos cincuenta y seis mil doscientos sesenta y ocho colones con siete céntimos, soportando servidumbre trasladada citas:
313-11776-01-0901-001, Serv. y Condic. Ref: 2151 535 001 citas:
314-07679-01-0901-001, servidumbre trasladada citas: 314-07679-01-0903-001,
servidumbre trasladada citas: 327-04225-01-0901-001, servidumbre
trasladada citas:
395-16981-01-0914-001, servidumbre trasladada citas:
395-16981-01-0915-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2011-46434-01-0004-001,servidumbre de aguas pluviales citas: 2011-46434-01-0004-001, servidumbre
de lineas eléctricas y de
paso citas: 2011-46434-01-0023-001, servidumbre de lineas eléctricas y de paso citas:
2011-46434-01-0023-001, servidumbre de paso citas: 2016-513311-01-0002-001, servidumbre
de paso citas: 2016-513311-01-0002-001, servidumbre de lineas eléctricas y de paso citas:
2016-513311-01-0035-001, servidumbre de lineas eléctricas y de paso citas: 2016-513311-01-0035-001, servidumbre
citas: 2016-513311-01-0055-001, servidumbre
citas: 2016-513311-01-0055-001, servidumbre
de acueducto citas:
2017-334020-01-0001-001 y servidumbre de lineas eléctricas y de paso citas: 2017-359170-01-0014-001, sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 543303-001 y
002, la cual es terreno de
solar. Situada en el distrito 8-Bolivar, cantón
3-Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote seis; al sur, resto reservado;
al este, Río Vigia y al oeste,
lote ocho en medio servidumbre agrícola con un frente a ella de ochenta
y tres metros con treinta y
un centímetros. Mide: nueve mil seiscientos veintiséis metros cuadrados, plano: A-1904933-2016.-para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veintiocho de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del seis de julio de dos
mil veintiuno con la base de cuarenta
y ocho millones quinientos sesenta y siete mil doscientos un colones con cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las nueve
horas cero minutos del catorce
de julio de dos mil veintiuno
con la base de dieciséis millones
ciento ochenta y nueve mil sesenta y siete colones con dos céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra José Miguel Arguedas Molina, Melissa María
Mendoza Corrales. Expediente N° 21-000739-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 29 de abril
del año 2021.—Patricia Eugenia Cedeño Leitón, Jueza Decisora.—(
IN2021549173 ).
En este Despacho, con una base de quince millones
setecientos ochenta y ocho mil quinientos ochenta y tres colones con cincuenta y cuatro céntimos, soportando reservas y restricciones y servidumbre trasladada, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; sáquese a remate la finca del Partido de Guanacaste, matrícula número cincuenta y cuatro mil trescientos catorce, derecho 000,
la cual es terreno, terreno para construir. Situada en el distrito
1-Liberia, cantón
1-Liberia de la provincia de Guanacaste. LInderos: norte: Alejandro Lara
Amador; sur: Sonia Álvarez
y otra; este: calle pública con 15 m. 27 cm.; oeste:
Mercedes Hernández Quirós. Mide: cuatrocientos veinte metros con doce decímetros cuadrados. Plano: G-0441281-1981. Para tal
efecto se señalan las ocho horas cero minutos del siete de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del quince de junio de
dos mil veintiuno, con la base de once millones ochocientos cuarenta y un mil cuatrocientos treinta y siete colones con sesenta y seis céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer
remate se señalan las ocho
horas cero minutos del veintitrés
de junio de dos mil veintiuno,
con la base de tres millones
novecientos cuarenta y siete mil ciento cuarenta y cinco colones con ochenta y nueve céntimos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Yeison Antonio Dávila
Martínez. Expediente N° 20-004912-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, 10 de febrero del
2021.—Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2021549174 ).
En este Despacho,
con una base de diecinueve mil setecientos
sesenta dólares con dos centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placas
GFP184, marca Hyundai, estilo
Tucson GL, carrocería todo terreno 4 puertas, chasís KMHJ2813AHU207656, N° motor G4NAGU177664, combustible gasolina, capacidad 5 personas, año 2017,
color negro. Para tal efecto
se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del quince de junio del
dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate
se efectuará a las diez
horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de junio del dos mil veintiuno con
la base de catorce millones
ochocientos veinte mil
quince dólares exactos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del uno de julio del dos
mil veintiuno con la base de cuatro
millones novecientos cuarenta mil cinco dólares exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda
Costa Rica S. A. contra Gabriel De Jesús Picado Pomart. Expediente N° 18-012529-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San
José, 06 de abril del 2021.—M.Sc
Nidia Durán Oviedo, Jueza.—( IN2021549176 ).
En este Despacho,
con una base de once mil ochocientos veintiséis dólares con cuarenta y tres centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo
HQS710, marca Nissan, estilo
Versa, categoría automóvil,
capacidad 5 personas, año
2017, color blanco, vin 3N1CN7AD7HK390126, cilindrada 1600 c.c., combustible gasolina,
motor HR16713521M. Para tal efecto
se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de junio del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a
las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de junio del dos mil veintiuno, con la base de ocho
mil ochocientos sesenta y nueve dólares con ochenta y dos centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del siete de julio del dos mil veintiuno, con la base de dos mil novecientos
cincuenta y seis dólares
con sesenta y un centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Banco Davivienda
(Costa Rica) Sociedad Anónima contra Harold Alexander
Chiví Ángulo. Expediente
Nº 20-003604-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 17 de noviembre
del 2020.—Lic. Luis Abner Salas Muñoz, Juez. Tramitador.—( IN2021549177 ).
En este despacho,
con una base de veintiún millones
seiscientos veinticinco mil
quinientos setenta y tres colones con veintiún céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas: 373-00661-01-0949-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número trescientos sesenta y nueve mil cuarenta y cinco, derecho 000, la cual es terreno const con 1 casa. Situada
en el distrito 09 Pavas, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, lotes 1 y 2; al
sur, lote 6; al este, Sogeco Sociedad Anónima y al oeste, alameda Río Sardinal. Mide: ochenta y siete metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del veintitrés de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del uno de julio de dos mil veintiuno con la
base de dieciséis millones doscientos diecinueve mil ciento setenta y nueve colones con noventa céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las trece horas treinta minutos del nueve de julio de dos mil veintiuno con la
base de cinco millones cuatrocientos seis mil trescientos noventa y tres colones con treinta céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo
deberá ser emitido a favor
de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Yulian Adriana Abarca Anchia. Expediente N° 21-000502-1763-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de San José, Sección Primera, 19 de marzo del año 2021.—Jacqueline
María Peraza Fallas, Jueza Tramitadora.—(
IN2021549180 ).
En este despacho,
con una base de ocho millones
cuarenta y cinco mil setecientos cincuenta y un colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: 673823, marca: Toyota, estilo: Land Cruiser, categoría: automóvil, número chasis: JTEBY25J700054177, año:
2007, color: rojo, N° motor: 1KZ1564304, modelo: KZJ120L-GKPGT, combustible: diesel. Para tal efecto se señalan
las catorce horas treinta minutos del siete de marzo de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas treinta minutos del quince de marzo de
dos mil veintidós con la base de seis millones treinta y cuatro mil trescientos trece colones con veinticinco céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las catorce horas treinta minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintidós con la
base de dos millones once mil cuatrocientos
treinta y siete colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base
original). Se remata por ordenarse
así en proceso
ejecución prendaria de Hugadana Sociedad Anónima contra
Wilson del Carmen Méndez Mora. Expediente N°
20-001694-1201-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 15 de marzo del año 2021.—Bridley Rodríguez
Aguilar, Juez Decisor.—(
IN2021549286 ).
En este Despacho,
con una base de cuarenta y un millones
seiscientos cincuenta y
seis mil trescientos setenta
y nueve colones con ochenta y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula
número 306425, derecho 000, la cual
es terreno para construir
con 7 casas. Situada en el distrito Hospital, cantón San
José, de la provincia de. Colinda:
al norte, avenida 32 con 8m
29cm; al sur, Francisco Alpízar Espinoza; al este, Rosa Céspedes Mora;
y al oeste, Florentino Carballo y otros.
Mide: doscientos ochenta y seis metros con sesenta
y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cuarenta minutos del uno de junio del dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cuarenta minutos del nueve de junio del dos mil veintiuno con la base de treinta
y un millones doscientos cuarenta y dos mil doscientos ochenta y cuatro colones con ochenta y siete céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan
las ocho horas cuarenta minutos del diecisiete de junio del dos mil veintiuno con
la base de diez millones cuatrocientos catorce mil noventa y cuatro colones con noventa y cinco céntimos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución garantías mobiliarias de Cooperativa de Ahorro y Crédito de Los Servidores Públicos R.L. contra Guillermo Rodríguez Villalta. Expediente N°
21-001289-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 08 de marzo del
2021.—Msc. Sirlene Salazar
Muñoz, Jueza Decisora.—( IN2021549300 ).
Ante la notaría de la suscrita
notaria pública Mónica Soto Herrera, sita en San José, calle once, avenidas dos y dos
bis, número doscientos cincuenta y cinco, se tramita localización de los
derechos indivisos sobre la
finca del partido de Limón, Folio Real matrícula número cinco cuatro nueve
siete, correspondiente a
los derechos inscritos bajo las secuencias
ciento veintisiete y ciento veintiocho, cada uno proporcional a cero
punto veinticuatro por ciento,
según el lote que se consigna en el plano catastrado número siete-dos millones doscientos cuarenta y dos mil ciento ochenta y dos-dos mil veinte. De conformidad con el artículo cinco de Ley dos mil setecientos cincuenta y cinco, se emplaza a los colindantes, acreedores hipotecarios, embargantes, anotantes y demás interesados directos, para que,
dentro del plazo de quince días comparezcan ante esta notaría, a hacer valer
sus derechos. Se les advierte a los interesados que el primer escrito
que presenten debe señalar
un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento que mientras
no lo haga las resoluciones
posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas después de dictada la resolución; igual consecuencia se producirá cuanto la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Expediente N° 01-2021. Proceso localización de derechos indivisos en sede
notarial de Joachin Stroh y Xiaoning
Wang.—San José, a las once horas del diez de mayo del dos mil veintiuno.—Licda. Mónica Soto Herrera, Notaria.—1
vez.—( IN2021548877 ).
Ante la notaría
de la suscrita notaria pública
Mónica Soto Herrera, sita en
San José, calle once, avenidas
dos y dos bis, número doscientos
cincuenta y cinco, se tramita localización de los
derechos indivisos sobre la
finca del partido de Limón, Folio Real matrícula número cinco cuatro nueve
siete, correspondiente a
los derechos inscritos bajo las secuencias
ciento veintinueve y ciento treinta, cada uno proporcional a cero
punto cincuenta y tres por ciento, según el lote que se consigna en el plano catastrado número siete-dos millones doscientos cuarenta y dos mil ciento ochenta y uno-dos mil veinte. De conformidad con el artículo cinco de Ley dos mil setecientos cincuenta y cinco, se emplaza a los colindantes, acreedores hipotecarios, embargantes, anotantes y demás interesados directos, para que, dentro del plazo
de quince días comparezcan ante esta
notaría,
a hacer valer sus derechos.
Se les advierte a los interesados
que el primer escrito que presenten
debe señalar un medio para atender
notificaciones, bajo el apercibimiento
que mientras no lo haga las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas después de dictada la resolución; igual consecuencia se producirá cuanto la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Expediente N° 02-2021. Proceso localización de derechos indivisos
en sede notarial de Joachin Stroh y Xiaoning Wang.—San José, a las once horas treinta
minutos del diez de mayo
del dos mil veintiuno.—Licda.
Mónica Soto Herrera, Notaria.—1 vez.—(
IN2021548890 ).
Se hace
saber que, ante este Despacho
se tramita el expediente N°
21-000155-0504-CI, donde se promueve
Información Posesoria por parte de Eduardo Silvano Moncada
Fonseca quien es mayor, estado
civil soltero, vecino de
Heredia, portador de la cédula número
155809616102, profesión oficial
de seguridad, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: finca ubicada
en la provincia de Heredia,
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Concepción, cantón San Rafael. Colinda: al norte, con Víctor Varela Solís; al sur, con calle pública; al este, con Marvin Marín Camacho, Roxinia Chavarría Varela y al oeste, con Marvin Marín Camacho, Roxinia Chavarría Varela y Alba Chavarría. Mide: ciento sesenta y ocho metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir
4-2214451-2020, pesan cargas reales
o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de once millones de colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble 4-2214451-2020, y hasta la fecha
lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Eduardo Silvano
Moncada Fonseca, expediente N° 21-000155-0504-CI-4.—Juzgado Civil de Heredia, 19 de marzo del año 2021.—M.Sc.
Victoria Eugenia Ramírez Víquez, Jueza
Tramitadora.—1 vez.—( IN2021548947 ).
Se
hace saber que, la Asociación
Específica de Acueductos de
San José de Upala, cédula jurídica
número tres-cero cero dos-doscientos diez mil ciento diez. Representante
Fabián Mayorga Salguera, mayor, casado
una vez, educador, vecino de San José de Upala, contiguo a la escuela, cédula número cinco-doscientos cuarenta y dos-quinientos ochenta y nueve. Solicita se levante información posesoria a fin de
que se inscriba a su nombre en el Registro
Público de la Propiedad, el
fundo sin inscribir que le pertenece y que se describe así: terreno de bosque y naciente, sito en Fátima, distrito tres San José, cantón trece Upala,
provincia Alajuela, con los siguientes
linderos: al norte, Ermilanda López Morales, Julián Medina Torres y servidumbre de paso con frente de
siete metros lineales; sur,
Ermilanda López Morales; al este,
Ermilanda López Morales y al oeste,
Ermilanda López Morales. Mide:
de acuerdo al plano catastral aportado número 2-2073201-2018 de fecha tres de setiembre del dos mil dieciocho, una superficie de diez mil metros cuadrados. Adquirió el bien de forma originaria;
ejerciendo sobre el fundo en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción, a título de dueño por más de diez años.
Valora el terreno en la suma de cinco
millones de colones netos y estima las presentes diligencias en la suma de un millón de colones netos. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto
de que se apersonen en defensa de sus derechos. Diligencias de Información
Posesoria N° 20-000174-1520-AG, establecida
por Asociación Específica
de Acueductos de San José de Upala.
Razón: publíquese una vez en el Boletín
Judicial.—Juzgado Civil y Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria), Upala, 07 de mayo
del 2021.—Licda. Sussy
María Gamboa Ramírez, Jueza
Decisora.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021549081 ).
Se hace
saber que ante este Despacho
se tramita el expediente N°
21-000155-0504-CI, donde se promueve
información posesoria por parte de Eduardo Silvano Moncada
Fonseca, quien es mayor, estado
civil soltero/a, vecino de
Heredia, portador(a) de la cédula N°
155809616102, profesión Oficial
de Seguridad, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se
describe así: Finca ubicada
en la provincia de Heredia,
la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Concepción, cantón San Rafael. Colinda: al norte, con Víctor Varela Solís; al sur, con calle pública; al este, con Marvin Marín Camacho, Roxinia Chavarría Varela, y al oeste, con Marvin Marín Camacho, Roxinia Chavarría Varela y Alba Chavarría. Mide: ciento sesenta y ocho metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir
4-2214451-2020 pesan cargas reales
o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en
la suma de once millones de
colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble 4-2214451-2020, y
hasta la fecha lo ha mantenido
en forma pública, pacífica y quieta. Que no ha inscrito mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Eduardo Silvano Moncada Fonseca. Expediente
Nº 21-000155-0504-CI-4.—Juzgado
Civil de Heredia, 19 de marzo del 2021..—M.Sc. Victoria Eugenia Ramírez Víquez,
Jueza.—1 vez.—(
IN2021549297 ).
Se hace
saber: Que ante este Despacho
se tramita el expediente N°
21-000170-0388-CI donde se promueve
Información Posesoria por parte de Marcos Antonio Angulo Cisneros, quien es mayor, casado una vez, vecino de Santa Cruz, cien metros norte y ciento cincuenta metros oeste de INS, portador de la
cédula número 0502890107, emprendedor,
a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual
es terreno para construir
con una casa. Situada: en
el distrito Santa Cruz, cantón
Santa Cruz. Colinda: al norte,
con calle pública con un frente de diez metros con noventa y un centímetros lineales; al sur, con Jialong S. A.; al este, con Ana
Cecilia Guillén
Contreras y Gilberto Paniagua Velásquez, y al oeste, con Filiberto Ortiz Ortiz.
Mide: doscientos veintisiete metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre
el inmueble a inscribir con plano catastrado número G-959029-2004
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de trece
millones de colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en mantener el terreno debidamente cercado con tapia de cemento y
casa de habitación. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Marcos Antonio Angulo Cisneros. Expediente N° 21-000170-0388-CI-7.—Juzgado
Civil de Santa Cruz, 29 de abril del 2021.—Milkyan Sánchez Aguilar, Juez Decisor.—1
vez.—( IN2021549302 ).
Tres-Ciento
Dos-Setecientos Cincuenta y
Dos Mil Ochocientos Setenta
y Dos Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula jurídica número tres-ciento dos-setecientos cincuenta
y dos mil ochocientos setenta
y dos, representada por Erika Bucher Chevez, mayor de edad, divorciada de sus segundas nupcias, asistente administrativa, vecino de Escazú, San José, cédula número uno-quinientos
sesenta y tres-seiscientos cinco, promueve Información Posesoria. Pretende inscribir a su nombre en
el Registro Público Inmobiliario,
libre de gravámenes y cargas reales,
el inmueble que se describe así:
Terreno de repasto. Situado: en Barrio Jesús, Las
Juntas [distrito primero], de Abangares
[cantón sétimo], de la provincia de Guanacaste. Linderos:
norte, calle pública; suroeste, Hacienda El Futuro S. A.; sureste, Marta
Eugenia Bolívar Martínez, Lilliana Castillo Bolívar, Rodolfo Castillo Bolívar,
María Castillo Bolívar, Martín Castillo Bolívar, Xinia
María Castillo Bolívar, María Antonio Bolívar Martínez; oeste,
Hacienda El Futuro S. A., y carretera
interamericana ruta nacional uno; este, Fernando
Ulloa Medrano predial. Según plano
catastrado número G-dos millones doscientos veintiún mil setecientos setenta y seis-dos mil veinte. Mide de extensión: seis hectáreas seis mil cuarenta y tres metros cuadrados. Manifiesta que no está inscrito, que carece de título inscribible y que no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene condueños, ni pesan
cargas reales ni gravámenes sobre el inmueble. Lo adquirió por traspaso como abono
al crédito de Vera Denise Mora Salazar el diez de setiembre del dos mil diecinueve. Estima el inmueble en cuarenta
y ocho millones trescientos veinte mil colones y el proceso en veintiocho millones
ochocientos setenta y un
mil seiscientos sesenta y nueve colones con treinta y nueve céntimos. Por el plazo de un mes contado a partir
de la publicación de este edicto, se cita a todas las personas interesadas
para que se apersonen en defensa de sus derechos. Expediente
N° 19-000001-0387-AG. Información Posesoria de Tres-Ciento Dos-Setecientos Cincuenta y Dos Mil Ochocientos Setenta y Dos Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—Juzgado Agrario del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia),
29 de abril del 2021.—Rodrigo Tobías
Valverde Umaña, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021549309 ).
Yo, Roger Petersen Morice,
notario público con oficina abierta en la ciudad San José, exactamente
en Pavas, costado norte del Parque del
Café, casa Rohrmoser, hago
saber: que al ser las ocho horas del siete de mayo del dos mil veintiuno,
en mi notaría, bajo el expediente N°
001-2021, se declaró abierto
el proceso sucesorio testamentario en sede notarial de quien en vida fue:
Philip John (nombre) Chesterman (apellido),
único apellido en razón de su
nacionalidad Británica,
mayor de edad, soltero,
pensionado, quien era vecino
de San José, Jaboncillo, Escazú,
de la Cruz Roja, ciento cincuenta metros al norte, cuatrocientos al oeste y doscientos al sur, Condominios La
Galvia, casa número nueve, y portador de la cédula de
residencia número uno ocho
dos seis cero cero cero cero nueve siete
dos dos quien falleció el día siete de marzo del dos mil veintiuno. Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y, en general, a todos quienes puedan
resultar interesados o crean tener derechos en la presente sucesión extrajudicial en sede notarial, a efecto de que concurran a hacer valer sus derechos dentro de los siguientes
treinta días a partir de la
respectiva publicación del edicto en el Boletín
Judicial, en la oficina
del suscrito notario, bajo
el apercibimiento de que si
no se apersonaren a la sucesión
en esta notaría
dentro del término conferido,
la herencia pasará a quien corresponda.—San José, trece horas del siete de mayo del
dos mil veintiuno.—Lic.
Roger Petersen Morice, Notario
Público.—1
vez.—( IN2021548779 ).
Se cita
a los herederos, legatarios,
acreedores y en general todos los interesados, en la sucesión de: Jorge Ramos
Gómez, cédula cuatro cero ciento
ocho cero novecientos veinte, en el plazo
de quince días contados a partir
de la publicación de este edicto, se apersonen ante la notaría de Cecilia Roxana Monge Quesada en
San Rafael Heredia, cien sur setenta
y cinco oeste hogar ancianos, hacer valer sus derechos de lo contrario, pasará a quien corresponda. Expediente N° 0002-2021.—Licda. Cecilia Roxana Monge Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2021548944 ).
Se emplaza
a herederos, legatarios, acreedores e interesados en las sucesión de María Rosibel Gómez Enríquez, mayor, soltera,
ama de casa, con cédula N° 5-299-765, vecina de Nicoya, para que dentro del plazo
de quince días hábiles, contados
a partir de la publicación
de este aviso, se apersonen
a ésta notaría ubicada en Filadelfia
de Carrillo, Guanacaste, 50 oeste del Banco Nacional,
a hacer valer sus derechos,
bajo el apercibimiento de que si
no se presentaren en ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría del Lic. Luis Roberto Paniagua Vargas, teléfono 2688-8661, fax 2688-8682.—Filadelfia, 10 de mayo del 2021.—Lic. Luis Roberto Paniagua Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2021548958 ).
Se
hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Francisco Rosario Parra Vargas, mayor, soltero, administrador, costarricense, con documento de identidad N° 0602280506 y vecino
de Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente N°
21-000175-0504-CI-1.—Juzgado Civil de
Heredia, 25 de marzo del año
2021.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez Tramitador.—1 vez.—( IN2021548970 ).
Sucesión Ab Intestato en
Sede Notarial de Reinier
Porras Oconitrillo. Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por la señora
Emilia Isabel Arias Brenes, mayor, viuda una vez, pensionada, cédula de identidad
número:
dos-cero dos dos nueve-cero
uno cero ocho, y vecina de
Grecia, Alajuela, Puente de Piedra, Altos de Peralta a las dieciséis horas del treinta de abril del dos mil veintiuno y comprobado el fallecimiento del señor Reinier
Porras Oconitrillo, cédula número:
dos-cero dos dos uno-cero siete
dos cinco, esta notaría ha declarado abierto su proceso
sucesorio ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo
máximo
de quince días hábiles,
contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República, tal
como está lo ha indicado. Notaría del Lic. Gerardo Alberto
González Esquivel, Grecia, Alajuela, contiguo
entrada de Urgencias Hospital San Francisco de Asís. Teléfono
2494-5551.—10 de mayo del 2021.—Licdo. Gerardo Alberto González
Esquivel, Notario Público.—1 vez.—( IN2021548973 ).
Se hace saber, que en este despacho se tramita el proceso sucesorio
del señor Juan Bautista Barquero Riichmond, quien fue
mayor casado una vez, Pensionado, con numero de cedula 3-0170-0545, vecino en
vida de San Diego, 200 sur y 120 este del super estrella roja La Unión, a todos
los que creen tener derecho y dentro del plazo de ley, contado a partir de la
publicación del edicto, comparezca a hacer valer este, deben apersonarse dentro
del plazo de un mes, la herencia pasara a quien corresponda. Expediente
01-2021. Notaría del Bufete de la Licda. y Notaria Publica Marjorie Poveda
Vargas carné 15420 tel. ofi 89110507.—Licda. Marjorie Poveda Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2021548979 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Jorge
Forrester Martínez, mayor, vecino de San Jose,
Guadalupe, con cédula de identidad 1-237- 765 Y Eugenia Hernández Navarro,
mayor, ama de casa, con cédula de identidad número 1-175- 363 ambos casados
entre sí, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a
los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho
plazo la herencia pasara a quien corresponda. Expediente 2021-0001. Notaría de
la abogada Esther Moya Jiménez, sita: San José, Curridabat, Guayabos, de
motores británicos 300 mtrs norte, telf. 88833276.—Licda.
Esther Moya Jimenez.—1 vez.—( IN2021548999 ).
Se
cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en sucesorio notarial de María Alvarado Herrera, fue mayor, soltera ama de casa, portó la cédula 1-229-790, fue vecina de La Trinidad de Moravia del Templo
Católico cincuenta metros
al sur, para que dentro del término de quince días, comparezcan a esta notaría, a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento
a los que crean tener
derecho a la herencia, de que si
no se presentan en ese plazo aquella pasará,
a quien corresponda, por
acta notarial escritura número
211 de las 13:00 horas del 28-4-2021; solicita la tramitación del sucesorio
extrajudicial, Uriel Alvarado Herrera, La Trinidad de Moravia veinticinco metros norte de la escuela.—Licda. Esther Ramírez
Rojas, Notaria.—1 vez.—(
IN2021549009 ).
Se
cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en sucesorio notarial de: Gerardo Alvarado Herrera, fue mayor, soltero, pensionado, portó la cédula N° 1-326-232, fue
vecino de La Trinidad de Moravia, del Templo Católico, cincuenta metros al sur, para que, dentro del término de quince días, comparezcan
a esta notaría a hacer
valer sus derechos, con el apercibimiento
a los que crean tener derecho
a la herencia, de que, si
no se presentan en ese plazo aquella pasará
a quien corresponda, por
acta notarial escritura número
212 de las 13 horas veinte minutos
del 28-04-2021. Solicita la tramitación
del sucesorio extrajudicial Uriel Alvarado Herrera,
La Trinidad de Moravia, veinticinco metros norte de la Escuela.—Licda. Esther Ramírez Rojas, Notaria.—1
vez.—( IN2021549011 ).
A los herederos
e interesados en el sucesorio de quien en vida fue
María Julieta Villalobos Ramírez, cédula de identidad
número nueve-cero cero treinta y seis-cuatrocientos quince. Les informo
que ante el suscrito notario
se ha presentado los señores
José Oscar Masís Arias, cédula de identidad
número nueve-cero cero treinta y cinco-cuatrocientos
once; Marjorie Julieta Masís Villalobos, cédula
de identidad número cuatro-ciento sesenta-cuatrocientos uno; Maikel Masís Villalobos, cédula
de identidad número uno-mil ciento cincuenta
y uno-cero cincuenta y ocho;
y Oscar Mauricio Masís Villalobos, cédula de identidad número uno-mil cuarenta y cinco-trescientos
dos, en su carácter de herederos legítimos y conyuge e hijos de la causante, solicitando la tramitación en esta sede
notarial del sucesorio de dicha
señora. En consecuencia, cualquier otro heredero o interesado deberá apersonarse ante el suscrito notario dentro de los treinta
días habiles siguientes a
la publicación del presente
aviso, para hacer valer sus
derechos, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo,
la herencia procederá a quien legalmente corresponde.—San José, veinticuatro de marzo del dos mil
veintiuno.—Lic. Francisco
Arturo Arias Mena, Notario.— 1 vez.—( IN2021549018 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Julieta Quirós Castillo, mayor, casada una
vez, ama de casa, costarricense, con documento de identidad 0301420570, vecina
de Cartago y Jesús Montero Angulo, mayor, casado una vez, pensionado, vecino de
Cartago, costarricense, cédula de identidad 0301100559.- Se indica a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un
interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir de la publicación de este edicto.- Expediente Nº 20-000501-640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 20 de
agosto del 2020.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—1 vez.—( IN2021549022 ).
Se
hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó María Ester Antonio Brenes Solano, quien fuera mayor, viuda, ama de casa, vecina de
Paraíso de Cartago, Barrio La Soledad de la esquina noroeste de la escuela Eugenio
Corrales Bianchini, 75 metros al norte
casa de color amarillo verjas
rojas, con documento de identidad N° 0300880232. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente
N° 210003040640CI-0.—Juzgado
Civil de Cartago, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con cuarenta minutos del nueve de mayo del dos
mil veintiuno.—Lic. Jairo
Jiménez Sandoval, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2021549112 ).
Se
hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Digna Teresa del Carmen Barrientos Guillén, mayor, estado civil viuda, ama de casa, nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad 0300930800 y vecina
San José, Goicoechea Mata de Plátano,
contiguo a Pollo Las Leñitas.
Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
21-000267-0180-CI-0.—Juzgado Primero Civil
de San José, 23 de abril del año
2021.—Licda. Tatiana Chaves
Sánchez, Jueza.—1 vez.—( IN2021549155 ).
Comprobado el fallecimiento de quien fue María
Daisy Arias Gutiérrez, que fue mayor soltera educadora con cédula tres- ciento
cuatro- ciento veintiuno, fue vecina de Cartago se cita y emplaza a todos los
interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación se apersonen a esta notaria mediante el correo
gmachador@hotmail.com a hacer valer sus derecho bajo el apercibimiento a los
que crean tener mejor derecho a la herencia de que si no se apersonan en el
plazo citado aquella pasara a quien corresponda.—Cartago, veinticinco de junio
del dos mil doce.—Lic. Gerardo Machado Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2021549156
).
Se
hace saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Miguel Ángel Araya Saborío,
mayor, casado, pensionado, costarricense,
con documento de identidad
0202790516 y vecino de Alajuela, San Carlos, Ciudad
Quesada, Barrio Baltazar Quesada, 200 metros al norte
y 300 metros al oeste de Correos
de Costa Rica. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente N°
21-000132-0297-CI-4.—Juzgado Civil del
Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 23 de marzo del año 2021.—Adolfo Mora
Arce, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2021549157 ).
Se
hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó: Dinorah Cordero Castro, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Sucre, con documento de
identidad N° 0201950908. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente
N° 21-000172-0297-CI-9.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela,
hora y fecha de emisión: siete horas con cincuenta y tres minutos del seis de mayo del
dos mil veintiuno.—Lic.
Adolfo Mora Arce, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2021549169 ).
Se hace
saber: en este Tribunal de
Justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Mayrene González Jiménez, mayor, estado civil casada, profesión u oficio ama de casa, nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad N° 0109610231 y vecina
de Tibás. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto, expediente
N° 21-000307-0182-CI. Nota: Publíquese
por única vez en el Boletín Judicial de la Imprenta Nacional, de conformidad
con el artículo 126.3 del Código Procesal
Civil.—Juzgado Tercero Civil de San José, 30 de abril
del año 2021.—M.Sc. Isabel Alfaro Obando, Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN2021549175 ).
Se hace
saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Virginia Camareno Villalta, mayor, estado civil Soltera, profesión u oficio Ama de casa, nacionalidad
Costa Rica, con documento de identidad
N° 0601710955 y vecina de la provincia
de Puntarenas, cantón: Golfito, distrito:
Golfito, de la Mona, kilometro Doce,
de la Iglesia Casa del Banquete,
75 metros este, y 15 metros sur, casa N°
09. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
Nº 21-000027-0422-CI-1.—Juzgado Civil
y Trabajo de Golfito (Materia Civil), 30 de abril del 2021.—Licda. Tamara Espinoza Morales, Jueza.—1 vez.—(
IN2021549178 ).
Se hace
saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Marlene Alicia Soto Cambronero, mayor, estado civil casada, profesión u oficio Oficios Domésticos, nacionalidad Costa Rica, con documento
de identidad 0501890133 y vecina
de la Provincia de Alajuela, Cantón:
San Carlos, Distrito: Ciudad Quesada, Barrio Las Mercedes, 50 metros al sur del
Taller Alvarado, casa a mano izquierda de una planta.
Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
Nº:21-000162-0297-CI-5.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de Alajuela.
Hora y fecha de emisión: diez horas con cuarenta y dos minutos del veintisiete de Abril
del dos mil veintiuno.—Adolfo Mora Arce, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2021549179 ).
Se hace
saber en este Tribunal de
Justicia, se tramita el proceso
sucesorio de quiénes en vida se llamaron
María Isabel Durán Piedra, mayor, soltera, pensionada, costarricense, con documento de identidad
1-0216-0043, vecina de Alajuelita.
Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que,
dentro del plazo de quince días contados
a partir de la primera y única publicación de este edicto en
el Boletín Judicial, con el fin de que comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento
a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro del citado plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N°
20-000902-0181-CI.—Juzgado
Civil Hatillo San Sebastián y Alajuelita, 22 de enero de 2021.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—1 vez.—( IN2021549181 ).
Se hace
saber: Que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó: María Octaviana
Villegas Cascante, mayor, soltera, ama de casa, con
cédula de identidad número cinco-cero cero treinta y
dos-cero cuatrocientos uno, vecina
de Ortega de Santa cruz, Guanacaste, de la Escuela
Mercedes Ortega, setenta y cinco
metros al norte. Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que, dentro del plazo
máximo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, por
lo cual, sino se apersonan dentro de este plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N°
002-2021 de Licda. Elvira Patricia Ondoy Cantillo, con oficina abierta en Filadelfia, Carrillo,
Guanacaste, del costado sureste
de la Iglesia Católica, doscientos metros sur.—San José, 03 mayo del 2021.—Licda. Elvira Patricia Ondoy Cantillo.—1 vez.—( IN2021549188 ).
Se hace
saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó María Cecilia Fernández Monge, mayor, Soltero, comerciante, costarricense, con documento de identidad 0104110458 y vecino Alajuelita. Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo
de quince días contados a partir
de la publicación de este edicto, con el fin de que comparezcan
a hacer valer sus derechos,
con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de
que si no se apersonan dentro
del citado plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 20-000328-0216-CI-8.—Juzgado
Civil Hatillo, San Sebastián y Alajuelita, 05 de octubre del año 2020.—Lic. Nelson Rodríguez
Morales, Juez.—1 vez.—( IN2021549191 ).
Se hace
saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Abelino Mercedes Quirós Quirós, mayor,
viudo de primeras nupcias, pensionado, con cédula de identidad
número cinco-cero cero cinco seis-cero nueve cinco cinco, vecino
de Palmira, de Cañas, Guanacaste, de la Iglesia Católica, ciento cincuenta metros al norte. Se cita y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo
máximo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia por
lo cual sino se apersonan dentro de este plazo aquella pasará
a quien corresponda. Expediente N° 001-2021 de Licda.
Elvira Patricia Ondoy Cantillo,
con oficina abierta en Filadelfia, Carrillo,
Guanacaste, del costado sureste
de la iglesia católica, doscientos metros sur.—3 de mayo del 2021.—Licda. Elvira Patricia Ondoy Cantillo, Notaria.—1 vez.—( IN2021549200 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta
notaría por German Cordero Sojo, al ser las dieciséis horas del siete de mayo
del dos mil veintiuno, y comprobado el fallecimiento
de Dennis Eduardo Cordero Rojas, quien fue mayor, Policía, soltero, cédula
seis-cero trescientos veintiuno-cero cero cero
cuatro, vecina de Puntarenas, El Roble casa trescientos cuarenta y dos, esta
notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio. Se cita y emplaza a todos
los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para
que dentro del plazo máximo de treinta días hábiles,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta
Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. Selita
Raquel Farrier Brais,
Puntarenas El Roble, cuarenta metros este de la Panadería Elizondo.—Licda.
Selita Raquel Farrier Brais, Notaria.—1 vez.—( IN2021549226 ).
Se hace
saber en este tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Bernardo Toribio Muñoz Solís, mayor, estado civil casado, profesión u oficio pensionado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0600970054
y vecino de Guadalupe centro
detrás del Estado Coyella
Fonseca, casa de madera color marrón
portones negros.- Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Expediente
N° 19-000102-0181-CI-5.—Juzgado Segundo
Civil de San José, 01 de marzo del año 2019.—Licda.
Nathalie Palma Miranda, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN2021549230 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría, por Kendall Amable Céspedes Matamoros, cédula
de identidad número
1-0857-0267, mayor, divorciada, docente;
y Víctor Hugo Céspedes Matamoros, cédula de identidad número 1-0797-0757, casado por segunda vez, despachador y transportista de productos, y comprobado el fallecimiento de:
Víctor Gerardo Céspedes Páez,
cédula de identidad N° 1-0406-1028, esta notaría ha declarado abierto su proceso sucesorio
ab intestato. Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que,
dentro del plazo máximo de
quince días hábiles, contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. No se tiene como parte a la Procuraduría General de la República,
tal como ésta lo ha indicado. Notaría de la Licda. Marta Vargas
Arrieta. Teléfono: 8892-6179.—La Unión, 10 de mayo
del 2021.—Licda. Marta
Vargas Arrieta, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021549244 ).
Se
hace saber que en notaría de
Edmundo Arias Rosales, se tramita proceso
sucesorio de Zulay Alvarado
Moya, mayor, casada, ama de casa cédula 5-0274-0381, vecina de El Roble de Alajuela. Se cita
a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados para que en el plazo de 15 días contados a partir de esta publicación, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento
a aquellos que crean tener derecho a la herencia y que si no se apersonan dentro de este plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente número 21-01. La oficina del notario en La Aurora de Heredia, condominio Lorena, casa 75.—Heredia, 10 de mayo de 2021.—Lic. Edmundo Arias Rosales, Notario.—1
vez.—( IN2021549246 ).
Por escritura número: cuatrocientos setenta y tres, de las diez horas
del veintisiete de abril del dos mil veintiuno, de
esta notaría se ha solicitado la apertura y trámite del proceso sucesorio en
sede notarial de quien en vida fue Orlando Astorga Vega, mayor, viudo,
jubilado, cédula de identidad tres, cero, cero, nueve, cuatro, cero, nueve,
seis, seis. Se cita a los interesados en esta sucesión para que, dentro de un
plazo de 15 días contados a partir de la publicación de este edicto, concurran
ante esta notaría a hacer valer sus derechos y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente número 001-2021. Notaría de la
Licenciada Sonia Mayela Gómez Escalante en Cartago, Residencial Ciudad de Oro,
Casa quince G, carné: 9199.—Licda. Sonia Mayela Gómez Escalante, Notaria.—1 vez.—( IN2021549251 ).
Ante esta
notaría,
se ha presentado la señora:
Ana Victoria Ortega Guevara, cédula número
106310110, para solicitar a la suscrita notaria, la apertura extrajudicial del sucesorio ab-intestato de quien en vida
fue: Virginia Teresa Guevara Álvarez, viuda, cédula número 6-0064-0629.
En virtud de lo anterior,
se cita y emplaza a todos los interesados para que,
dentro de treinta días contados
a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan ante esta notaría ubicada en Miramar-Montes de Oro, 125 metros sur del Banco
Nacional, a reclamar y hacer
valer sus derechos, apercibidos
de que, si no se presentan
dentro de ese término, la herencia
pasará a quien corresponda.—Miramar,
10 de mayo del 2021.—Licda. Jockseline
Zúñiga Varela, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021549254 ).
Yo, Braulio Vargas Núñez, notario público con oficina abierta en la ciudad de San José, calle
21 entre avenidas 2 y 6, número
246, hago constar que conforme a los términos del artículo 129 y concordantes del
Código Notarial, se declaró abierto
el proceso sucesorio ab intestato, del señor Mario
Morelli Cozza, mayor, casado
en segundas nupcias, pensionado, vecino de
San José, Sabana Sur, 100 metros al sur y 75 al suroeste del Gimnasio Fitsimons, portador de la cédula
de identidad número
1-0199-0699. Por lo tanto, cito a todos los interesados, para que, dentro del plazo
de 15 días contados a partir
de la publicación de este único edicto, se apersonen a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento,
a los que crean tener
derecho a la herencia, de que, si
no se presentan dentro de ese plazo,
la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2021.—San José, 10 de mayo del 2021.—Lic. Braulio Vargas Núñez, Notario Público.—1
vez.—( IN2021549257 ).
Se cita
y emplaza a todos los interesados en la sucesión en sede
notarial de quien en vida fue la señora:
Flor del Socorro Chaves Herrera, soltera,
cédula número seis-ciento ochenta
y siete-ciento cuarenta y
dos, para que, dentro del término de ley, comparezcan a reclamar sus
derechos, caso contrario la
herencia pasará a quien corresponda. Sucesión en sede
notarial dos mil veintiuno-cero cero cero tres, Flor
del Socorro Chaves Herrera. Citas al correo: licda.sarita@hotmail.com.—Licda. Sara Montero Castrillo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021549263 ).
Se
cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión testamentaria de Vito Contreras Espinoza, conocido como Carlos Luis
Contreras Espinoza, quien en
vida fue mayor, soltero, agricultor, cédula de identidad número cinco-cero ciento veintinueve-cero doscientos noventa y ocho, con último domicilio en Las Pilas, Sardinal
de Carrillo, Guanacaste, siete kilómetros
suroeste de la Cruz Roja, fallecido el día dieciocho de noviembre del año dos mil veinte, en el distrito
Uruca, cantón central San
José, provincia de San José, para que dentro del plazo de 15 días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a reclamar sus derechos. De la misma
forma se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría de licenciado Fernando Pizarro Abarca,
sita en Sardinal
de Carrillo, Guanacaste, diagonal a Villas Nacazcol,
fax N° 2697-0221. Expediente Nº 02-2021-NFPA.—Sardinal de Carrillo, Guanacaste, ocho
de abril del dos mil veintiuno.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario Público.—1 vez.—( IN2021549275 ).
Se cita
y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida fuera
la señora María Emerencia
Mora Salazar, mayor, viuda una vez,
del hogar, vecina
de Barrio San Martín de Nicoya, cédula de identidad número: 2-0024-2330, fallecida en fecha veintiséis
de junio del año mil novecientos setenta y uno; para
que dentro del plazo de quince días, contados a
partir de la publicación de
este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos (Art 126.3 del Código Procesal Civil). Se apercibe a los que crean tener calidad de herederos o algún interés legítimo en la sucesión, por lo que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda,
expediente N° 0002-2021-8889-jgzl. Notaría del Licenciado José German Zamora Leal, sito
125 metros norte de Radio Cultural, Nicoya,
Guanacaste, teléfono: 2686-7569.—Lic. José German Zamora Leal, Notario
Público.—1
vez.—( IN2021549282 ).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito
de las personas menores Daikel
Andrey Mayorga Soto y Bryanda Franciny
Mayorga Soto, para que se apersonen a este Juzgado
dentro del plazo de treinta
días que se contarán a partir
de la última publicación
del edicto ordenado. Expediente N° 19-001720-0292-FA. Clase
de asunto depósito judicial.—Juzgado de
Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, a las ocho
horas y veintitrés minutos del diecisiete de octubre del dos mil
diecinueve.—MSc. Jennifer Ocampo Cerna,
Jueza.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021548755 ). 3 v. 2.
Msc. Tania Morera Solano, Jueza
del Juzgado de Familia de Puntarenas, a Marta Eugenia
Morerira Prieto, en su carácter personal, quien es mayor, de demás calidades desconocidas, se le hace saber que en proceso incidente de modificación de depositario de actividad judicial no contenciosa
de depósito judicial de persona menor
de edad, expediente
15-001027-1146-FA establecido por Patronato
Nacional de la Infancia, se ordena
notificarle por edicto a
Marta Eugenia Morerira Prieto, la sentencia
que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Puntarenas. A las quince horas cuarenta y siete minutos del veinticuatro de marzo de dos mil veintiuno. Incidente de modificación de depositario en diligencias de actividad judicial no contenciosa
de depósito
de menor de edad promovido por Patronato Nacional
de la Infancia, representado
por la abogada de la Oficina
Local de Puntarenas, licenciada Dalia Benavides Álvarez,
a favor de la persona menor de edad
Daniel Moreira Prieto. Considerando I. De acuerdo con lo que se establece en el expediente, especialmente los documentos aportados por el propio Patronato Nacional de la Infancia
de su intervención profesional en el caso se tiene que este despacho había
dictado sentencia en proceso especial de declaratoria de estado de abandono de personas menores de edad, estableciendo ese estado respecto de la menor de edad Daniel Moreira
Prieto, mediante sentencia
675-2016 de las trece horas cero minutos
del treinta de agosto de
dos mil dieciséis, estableciendo
para el menor de edad su depósito judicial en el recurso de la señora Jeannette Tolison Prieto;
no obstante por resolución administrativa
de las quince horas del diecinueve de setiembre de dos mil diecisiete,
se modificó parcialmente la
resolución de las dieciséis
horas del día doce de setiembre
de dos mil diecisiete; en
lo que respecta a alternativa
de protección institucional,
y se autorizó la reubicación
del menor Daniel Moreira Prieto, en
la ONG Centro Infantil Hogar
A.M.A., y siempre legalmente
a cargo del Patronato Nacional de la Infancia (ver copia
certificada de resolución,
a folios 3 a 5 del incidente). Mediante resolución administrativa de las diez horas del diecinueve de junio de dos mil diecinueve, se modificó la resolución administrativa de las quince horas del diecinueve
de setiembre de dos mil diecisiete,
en lo que respecta a la alternativa de protección institucional; y se autorizó la reubicación de la persona menor
de edad Daniel Moreira Prieto, en
el albergue institucional
El Ángel. (ver copia certificada de resolución, a folios 8 a 12 del incidente). II. En fecha nueve de julio de dos mil diecinueve, se presenta ante este despacho solicitud de modificación de sentencia, promovido por Patronato Nacional
de la Infancia, representado
por la abogada de la Oficina
Local de Puntarenas, licenciada Dalia Benavides
Álvarez, a favor de la persona menor de edad Daniel Moreira Prieto; solicitando
que se nombre como depositario judicial de la persona menor
de edad Daniel Moreira Prieto, al Patronato
Nacional de la Infancia. (ver
solicitud a folios 13 a 15
del incidente). III. Por supuesto
que con los documentos recibidos
que emanan del ente promovente se tiene claro que la
persona menor de edad
Daniel Moreira Prieto, se encuentra en edad adolescente,
y que por tal hecho no pudo continuar siendo asumido por la ONG Hogar A.M.A., lo que hizo ver al Patronato Nacional de la Infancia en forma responsable, institución que intervino la situación y decidió por resolución administrativa de las quince horas del diecinueve
de setiembre de dos mil diecisiete,
la reubicación de la persona menor
de edad Daniel Moreira Prieto, en
el albergue institucional
El Ángel; mientras se consigue una alternativa idónea a su perfil,
lugar en el cual ha permanecido desde el año dos mil diecinueve; sea que lo pedido por
el ente promovente es mas
que necesario en salvaguarda del menor de edad, solución que responde a los fundamentos esenciales de la doctrina del mejor interés amparada
en los artículos 3 de la Convención sobre Derechos del
Niño y quinto de la Código de la Niñez y la Adolescencia; por lo que se ordena
ese depósito judicial en el
Patronato Nacional de la Infancia.
Por tanto De acuerdo a lo expuesto,
se acoge lo pretendido y se
procede a modificar la sentencia 675-2016 de las trece
horas cero minutos del treinta
de agosto de dos mil dieciséis,
estableciendo el depósito
judicial, de la persona menor de edad
Daniel Moreira Prieto, en el Patronato
Nacional de la Infancia. Hágase
saber.—Juzgado de
Familia de Puntarenas.—Msc. Tania Morera Solano, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021549066 ).
Licda. Valeria Arce Ihabadjen Jueza del Juzgado Primero de
Familia de San José; hace saber a Enivera
Domínguez Camejo, documento
de identidad 70043004390, Casada,
Oficios Domésticos, vecino de paradero desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso Inexistencia de Matrimonio en su contra, bajo el expediente número 17-001018-0186-FA,
donde se dictó sentencia de primera instancia, cuya parte dispositiva literalmente dice: Por tanto: Por las razones
expuestas y citas legales invocadas, se acoge la excepción de falta de derecho y se declara sin
lugar la demanda ordinaria de inexistencia de matrimonio, incoada por la Procuraduría General de la República
en contra de Rodrigo Miguel Diaz Arrones
y Enivera Domínguez Conejo.
Una vez firme este fallo, se ordena pagar al Lic. Luis Guillermo Valverde Rivera, cedula 104350417 la suma de cincuenta mil colones, por concepto de honorarios y por parte de la Administración de Tribunales, sin
otra resolución que así lo indique y sin reducción del Impuesto de Valor Agregado. Por innecesario se omite pronunciamiento sobre las excepciones de prescripción y caducidad. Se resuelve sin
especial condenatoria en costas. Hágase saber. MSc.
Patricia Méndez Gómez, Jueza. Lo anterior se ordena así en
proceso abreviado de Procuraduría General de la República contra Enivera
Domínguez Camejo. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín
Judicial o en un periódico
de circulación nacional.
Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación. Expediente
Nº17-001018-0186-FA.—Juzgado
Primero de Familia de San José, 21 de abril del año 2021.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021549068 ).
Licenciada Tania Morera Solano, Jueza
del Juzgado de Familia de Puntarenas, a Luz Miriam
Chaves Briones, en su carácter personal, quien es
mayor, de demás calidades desconocidas, se le hace saber a
Luz Miriam Chaves Briones que en proceso
actividad judicial no contenciosa
de depósito judicial de persona menor
de edad. Expediente N°
19-000829-1146-FA, establecido por Patronato Nacional de la Infancia,
se ordena notificarle por edicto a Luz Miriam Chaves Briones, la sentencia
que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Puntarenas, a las once horas treinta y cuatro minutos del dieciocho de marzo de dos mil veintiuno.
Diligencias de actividad judicial no contenciosa de depósito de menor
de edad promovidas por Patronato Nacional de la Infancia,
representado por el abogado de la Oficina
Local de Puntarenas, el Licenciado José Enrique
Santana Santana, a favor de la persona menor de edad Keychell
Chaves Briones. Interviene la señora
Luz Miriam Chaves Briones, progenitora de la persona menor de edad. Resultando: Primero: el ente promovente solicita al despacho se nombre como depositario judicial de la
persona menor de edad Keychell Chaves Briones, a su
abuela materna la señora Marianita Briones Gutiérrez (ver solicitud a folios 170 a 174, del expediente físico). Segundo: la señora Luz Miriam Chaves Briones, fue
notificada por medio de edicto,
publicado en el Boletín Judicial N° 232, de fecha tres de diciembre
de dos mil veinte, y no se apersonó
proceso, (ver publicación de edicto, agregada al expediente electrónico en fecha 16/02/2021). Tercero: en los procedimientos se han observado las formalidades de ley; y se dicta en
el plazo legal y; Considerando
I.—Hechos probados. De interés para resolver estas
diligencias se tiene: 1. La persona menor de edad Keychell
Chaves Briones, nacida el trece
de marzo de dos mil diecinueve,
y quien cuenta con dos años meses de edad aparece inscrita como hija de la señora Luz Miriam Chaves Briones. (ver
certificación de nacimiento
a folio 143, del expediente físico).
2. En fecha 14 de marzo de 2019, en la Oficina Local de Puntarenas, del Patronato
Nacional de la Infancia, por referencia
del servicio de trabajo
social, del Hospital Monseñor Sanabria, para valoración social de indicadores
de riesgo por sospecha de abuso prenatal por consumo de drogas de progenitora en período de gestación;
se pone en conocimiento que
a fin de definir encargado
de egreso de la persona menor
de edad Keychell Chaves
Briones, ya que pruebas toxicológicas a la progenitora
Luz Miriam Chaves Briones, arrojaron como resultado positivo (ver copia
certificada de expediente administrativo N° OLPUN-00357-2016, del Patronato
Nacional de la Infancia, agregado
junto con la solicitud inicial,
en el expediente físico). 3. En fecha 18 de marzo de 2019, se presentan en la Oficina Local de Puntarenas del Patronato
Nacional de la Infancia, la señora
Luz Miriam Chaves Briones, progenitora de Luz Miriam
Chaves Briones, en compañía
de la abuela materna de la menor
la señora Marianita Briones
Gutiérrez, a quien proporciona
como recurso familiar para asumir el cuido de la menor; siendo que esta última expresa
su interés en asumir a su
nieta (ver copia certificada de expediente administrativo
OLPUN-00357-2016, del Patronato Nacional de la Infancia, agregado junto con la solicitud inicial, en el expediente físico). 4. En fecha 21 de marzo de 2019, en sesión de trabajo
en la Oficina Local de
Puntarenas del Patronato Nacional de la Infancia, se dialoga con la señora Luz Miriam Chaves Briones, quien
indicó que el embarazo de su hija Keychell
Chaves Briones, no fue planeado,
que cuenta con un empleo,
que no tiene ingreso fijo pues realiza
ventas ocasionales. Se concluyó: “Que
por salir progenitora positiva por cocaína en examen toxicológico, supone riesgo para la persona menor de edad Keychell
Chaves Briones. Que recurso presentado
es adecuado, sumado a que ya a asumido
a otro de los hijos de la señora Luz Miriam Chaves Briones. Recomendándose
que progenitora regrese a IAFA. Y se inicie proceso de depósito judicial, de
la persona menor de edad Keychell Chaves Briones, con su
abuela materna, la señora Marianita Briones Gutiérrez. (ver
copia certificada de expediente administrativo:
OLPUN-00357-2016, del Patronato Nacional de la Infancia, agregado junto con la solicitud inicial, en el expediente físico). 5.Existen antecedentes institucionales por negligencia
de la señora Luz Miriam Chaves Briones, donde cinco de sus hijos, han sido
depositados judicialmente
con diferentes familiares (ver copia certificada
de expediente administrativo.
OLPUN-00357-2016, del Patronato Nacional de la Infancia, agregado junto con la solicitud inicial, en el expediente físico). III.—Sobre el fondo del asunto. Se pretende con estas diligencias se
otorgue el depósito
judicial de la persona menor de edad
Keychell Chaves Briones bajo la responsabilidad
del recurso familiar de su
abuela materna, la señora Marianita Briones Gutiérrez; ello
en virtud de que su progenitora ha sido negligente en el ejercicio de su rol parental; ya que cuando la menor nació, dio
como positivo a la prueba toxicológica, positivo por cocaína, y no tiene trabajo ni
ingresos fijos; y tiene antecedentes por negligencia por sus otros hijos ante el PANI; además, de
que la menor se encuentra
bajo el cuidado de su
abuela materna desde que nació; y la menor se encuentra bien, en la casa de doña Marianita Briones Gutiérrez.
Es diáfano el riesgo en el que se ha colocado la
persona menor de edad Keychell Chaves Briones, sino se resuelve de manera adecuada su situación
jurídica, ya que es necesario establecer los mecanismos idóneos para brindarle la protección y la estabilidad que este requiere, constituyéndose su abuela materna, la señora Marianita Briones
Gutiérrez, como el recurso
que por antonomasia puede asumir
el cuido de Keychell Chaves
Briones. Es por todo lo antes expuesto,
que en aras de la protección de Keychell Chaves
Briones, en especial el del interés
superior de la persona menor de edad
que contemplan los artículos
tercero de la Convención sobre los Derechos del Niño y quinto del Código de la Niñez y la Adolescencia debe acogerse la solicitud, ordenando el depósito judicial de
la persona menor de edad Keychell Chaves Briones, en el recurso familiar, de su abuela materna la señora Marianita Briones Gutiérrez. Por tanto: de acuerdo a lo expuesto y artículos 51 de la Constitución Política; 2, 5 y 140 y siguientes
del Código de Familia; 3 de la Convención de los
Derechos del Niño, 5 del Código de la Niñez y la Adolescencia y 796 y 854 y siguientes
del Código Procesal Civil, se acoge
la solicitud y se ordena el
depósito
judicial de la persona menor de edad
Keychell Chaves Briones, en
su abuela materna, la señora Marianita Briones
Gutiérrez. Firme esta resolución,
deberá apersonarse al despacho la señora Marianita Briones Gutiérrez, para el acto
de aceptación del cargo, lo anterior en el plazo de tres días a partir de la notificación de la presente resolución. Sin especial
condenatoria en costas. Hágase saber.—Juzgado de Familia de Puntarenas.—MSc. Tania Morera Solano, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021549073 ).
M.Sc. Tania Morera Solano, Jueza del Juzgado de Familia de Puntarenas, a Jonathan Emilio Godoy
Guevara, en su carácter de demandado, cédula
060327034, de demás calidades
desconocidas, se le hace
saber que en proceso actividad judicial no contenciosa
de depósito judicial de persona menor
de edad, expediente
19-001117-1146-FA establecido por Patronato
Nacional de la Infancia, se ordena
notificarle por edicto a
Jonathan Emilio Godoy Guevara, la sentencia que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Puntarenas. A las catorce
horas cinco minutos del diecisiete de marzo de dos mil veintiuno. Diligencias de actividad
judicial no contenciosa de depósito
de menor de edad promovidas por Patronato Nacional
de la Infancia, representado
por el abogado de la Oficina Local de Puntarenas, licenciada Dalia Benavides Álvarez, a favor de las personas
menores de edad Zeidy Veracruz Godoy Molina y Jonathan Farit
Godoy Molina. Intervienen los señores
Melisa Molina Paniagua y Jonathan Emilio Godoy Guevara, progenitores
de las personas menores de edad.
Resultando: 1º—El ente promovente solicita al despacho se nombre como depositaria judicial de las
personas menores de edad Zeidy Veracruz Godoy Molina y Jonathan Farit
Godoy Molina a la tía materna
de nombre Moraima Molina
Paniagua (ver escrito de solicitud, agregado al expediente electrónico en fecha 13/11/2019). 2º—Habiendo sido debidamente
notificados los intervinientes,
progenitores de las personas menores
de edad; sean el señor Jonathan Emilio Godoy Guevara, por medio de edicto publicado en el Boletín Judicial Nº
183 del 24 de setiembre de 2020 (ver
edicto publicado, agregado al expediente electrónico en fecha 16/02/2021). Y a la señora
Melisa Molina Paniagua, en fecha
cuatro de junio de dos mil veinte (ver acta de notificación, agregada al expediente electrónico en fecha 05/06/2020); no se apersonaron al proceso, ni mostraron oposición
alguna al presente proceso. 3º—En los procedimientos se han observado las formalidades de
ley; y Considerando: I.—Hechos
probados. De interés para
resolver estas diligencias se tiene:
1. Las personas menores de edad
Zeidy Veracruz Godoy Molina, nacida
en fecha treinta y uno de julio de dos mil
siete, actualmente con trece años de edad;
y Jonathan Farit Godoy Molina, nacido
en fecha veintidós de agosto de dos mil diez, actualmente con diez años de edad,
aparecen inscritos en el Registro Civil, como hijos de Melisa Molina
Paniagua y Jonathan Emilio Godoy Guevara (ver consultas de nacimiento, agregas al expediente electrónico en fecha 17/03/2021). 2. En fecha 27 de junio de 2017, se tuvo conocimiento de la situación de la personas menores
de edad, por referencia del
Ministerio de Educación,
del equipo interdisciplinario
de la Escuela José Ricardo Orlich Zamora, a la oficina local de Puntarenas, del Patronato
Nacional de la Infancia, por ausentismo
de las personas menores de edad
Zeidy Veracruz Godoy Molina y Jonathan Farit Godoy Molina, y posible riesgo social (ver copia certificada de expediente administrativo
LOPUN-00560- 2017). 3. Según informe
social de primera instancia,
emitido por la licenciada Zeneida Espinoza, trabajadora
social de la oficina local de Puntarenas, del Patronato Nacional de la Infancia,
de fecha 04 de marzo de
2019, sobre el hogar recurso valorado, la señora Moraima Molina Paniagua, indicó que desde que su hermana cayó
presa, ella se ha hecho
cargo de sus sobrinos. Y sobre
el progenitor de los menores, indicó
que es irresponsable y negligente
en su rol
parental, que sabe dónde
están sus hijos, que no tiene oficio conocido
y tienen problemas de consumo de drogas y alcoholismo; que después de su egreso del centro
penal, ha llegado a visitar
a sus hijos en dos ocasiones, que no les ayuda económicamente ni en especie;
que no ha manifestado deseos
de llevarse a sus hijos. Sobre la progenitora, indicó que ha llevado a sus sobrinos a la cárcel para que vean a su madre,
y que la madre está de acuerdo
en que los menores permanezcan con ella. (ver copia certificada
de expediente administrativo
LOPUN-00560-2017). 4. Mediante resolución de las nueve horas con cincuenta minutos del dieciocho de marzo de dos mil diecinueve, se dictó medida de cuido de las personas menores de edad Zeidy Veracruz Godoy Molina
y Jonathan Farit Godoy Molina, en
el hogar de su tía materna, la señora Moraima Molina Paniagua (ver copia certificada
de expediente administrativo
LOPUN- 00560-2017). 5. Se volvió a realizar informe social, de fecha 30 de julio de 2019, emitido por la licenciada Zeneida Espinoza, trabajadora
social de la oficina local de Puntarenas, del Patronato Nacional de la Infancia,
en similares condiciones que el informe de fecha 04 de marzo de 2019; sin
embargo, en este nuevo informe se recomienda se dicte depósito administrativo, para evitar que
se suspenda la subvención,
y se gestione el depósito
judicial. (ver copia certificada de expediente administrativo LOPUN-00560- 2017). 6. En
fecha 04 de noviembre de
2019, se realiza intervención
por parte de la licenciada
Victoria Ramírez Alvarado, trabajadora social, de la oficina local de Puntarenas, del Patronato
Nacional de la Infancia, indicando
que por estar las medida de
cuido vencida, no se depositó la subvención, y es necesario se actualice la medida, para seguir en el programa. Sobre los progenitores de los menores, la situación sigue siendo similar a los informes anteriores. (ver copia certificada
de expediente administrativo
LOPUN-00560- 2017). 7. Según informe
social de fecha 08 de mayo de 2020, se recomendó se gestionará el depósito judicial. Y en cuanto a los progenitores no cabe plan de intervención con progenitores, porque la señora Melisa Molina Paniagua, se encuentra
privada de libertad, y el
progenitor Jonathan Emilio Godoy Guevara, es de domicilio
desconocido y no ha mostrado
interés ante el Patronato
Nacional de la Infancia. (ver
copia de informe social, agregado al expediente electrónico en fecha 29/09/2020). III.—Sobre el fondo del asunto. Se pretende con estas diligencias se
otorgue el depósito
judicial de las personas menores de edad Zeidy Veracruz Godoy Molina
y Jonathan Farit Godoy Molina, bajo la responsabilidad del recurso
familiar, de su tía materna, la señora Moraima Molina Paniagua; ello en virtud que las personas menores de edad, fueron expuestas a situaciones de negligencia por parte de sus progenitores Melisa
Molina Paniagua, y Jonathan Emilio Godoy Guevara, actuando bajo sus intereses, sin considerar los de sus hijos; como ser negligentes y no enviarlos con regularidad al centro educativo; además, que la progenitora actualmente se encuentra privada de libertad; y el
progenitor también estuvo
privado de libertad, y ha estado
involucrado en consumo de sustancias adictivas, y no ha mostrado interés alguno ante el presente proceso. Por lo
anterior, es la tía materna
de los menores, quien asumió a sus sobrinos, mediante proceso especial de protección, de parte del Patronato Nacional de la Infancia,
a través de la oficina local
de Puntarenas. Siendo que a la fecha
la progenitora Melisa Molina Paniagua, se ha mostrado conforme con que los menores permanezcan bajo el cuidado de su tía
materna, la señora Moraima Molina Paniagua. Por todo
lo anterior expuesto, es diáfano
el riesgo en el que se coloca a las personas menores de edad Zeidy Veracruz Godoy Molina
y Jonathan Farit Godoy Molina, sino
se resuelve de manera adecuada su situación
jurídica, ya que es necesario establecer los mecanismos idóneos para brindarles la protección y la estabilidad que estos requieren, constituyéndose la tía materna como
el recurso que por antonomasia puede
asumir el cuido de Zeidy Veracruz Godoy Molina y Jonathan Farit
Godoy Molina. Es por todo lo antes expuesto, que en aras de la protección de Zeidy Veracruz Godoy Molina y Jonathan Farit Godoy Molina, y del resguardo de los principios que rigen la materia de menores de edad, en especial el del interés
superior del menor de edad
que contemplan los artículos
tercero de la Convención sobre los Derechos del Niño y quinto del Código de la Niñez y la Adolescencia, debe acogerse la solicitud, ordenando el depósito judicial de
los menores de edad Zeidy Veracruz Godoy Molina y Jonathan Farit
Godoy Molina, en el hogar
de la tía materna, la señora Moraima Molina Paniagua.
Sin especial condenatoria en
costas. Por tanto, De acuerdo
a lo expuesto y artículos
51 de la Constitución Política;
2, 5 y 140 y siguientes del Código de Familia; 3 de
la Convención de los Derechos del Niño, 5 del Código
de la Niñez y la Adolescencia
y 796 y 854 y siguientes del Código Procesal civil, se acoge la solicitud y se ordena el depósito judicial de las personas menores
de edad Zeidy Veracruz
Godoy Molina y Jonathan Farit Godoy Molina, en el hogar de su tía materna
de nombre Moraima Molina
Paniagua. Firme esta resolución,
deberá apersonarse al despacho la señora Moraima Molina Paniagua, para el acto
de aceptación del cargo, lo anterior en el plazo de tres días, a partir de la notificación de la presente resolución. Sin especial condenatoria
en costas. Hágase saber.—Juzgado
de Familia de Puntarenas.—M.Sc. Tania Morera
Solano, Jueza de Familia.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021549074 ).
Lic. José Chaves Mora. Juez del Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica; hace saber a Laura
Natalia Pérez Benavides, en su
carácter personal, documento
de identidad 4-0236-0443, de demás
calidades y domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso de suspensión de patria potestad en su contra, bajo el expediente número 19-001407-
1307-FA donde se dictaron
las resoluciones que literalmente
dicen: Juzgado de Familia
del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. A las diez horas y veintiuno minutos del uno de noviembre del año dos mil diecinueve. De la anterior demanda
suspensión de patria de potestad
establecida por el accionante
Patronato Nacional de la Infancia,
se confiere traslado a los accionados Josué Daniel Lazo Serrano, Laura Natalia Pérez Benavides por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a
la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos
y los hechos a que se referirá
cada uno. Se le previene a
la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio
para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de que mientras
no lo haga, las resoluciones
posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y
50 de la Ley de Notificaciones Judiciales
N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta
N°20, del 29 de enero de
2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo
Superior, en sesión N° 65-08, celebrada
el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el sentido
de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser
de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de
enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para
la recepción de notificaciones.-”
Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo, b) sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. En este mismo
acto y por haberlo solicitado así la parte actora, sobre
cuestiones de primer y especial pronunciamiento solicitadas, se resuelve: En el escrito de demanda, el ente actor solicita como medida
provisoria en tanto se desarrolla este proceso, se otorgue en depósito judicial provisional
a la persona menor de edad interesadas en este asunto, indicando
que según los informes que constan en autos este actualmente cuentan con los elementos que sustentan la idoneidad del ambiente que reina en el lugar donde
se encuentra ubicada la menor Rouwshely Daniela Lazo Pérez, lo cual no se daba bajo el cuido de sus progenitores, con forme se extrae del estudio de Informe Psicológico de Avance, realizado por Marlene Pérez Rojas que visto en expediente virtual concluye que los padres mantienen
conductas riesgosas y que como se dijo los menores ven cubiertos
sus carencias materiales y psicoafectivas con su cuidador actual. Ahora bien, se
sabe que el régimen de medidas
cautelares, como instituto del derecho procesal, establece la necesidad, para el otorgamiento, de dos presupuestos
básicos, por un lado el necesario establecimiento de la apariencia del buen derecho, esto es que de los autos se tenga
que efectivamente el derecho que se solicita en la demanda (pretensión material) tenga alguna oportunidad
de triunfar en el litigio, al menos que se derive
la existencia de los mínimos
presupuestos para lo pretendido;
y por otro lado se hace necesario que permanezca para su dictado el peligro en la demora, sea que la necesidad de tomar la medida cautelar se da en virtud de que si no se hace se puede perder el derecho invocado si es que se concede en sentencia. El primero de los presupuestos, en una acción como la que se pretende se tiene con el hecho de que de denota que el peticionario es el ente encargado de velar por la seguridad
e intereses de las personas menores
de edad en este país y además
que existen por ahora documentos e informes fehacientes en el expediente que dan cuenta de las actuaciones del ente actor, las cuales validan las delicadas acusaciones presentadas; lo que hace que exista un indicio importante de la existencia del
derecho pretendido. Por otro
lado, el presupuesto del peligro en la demora,
si bien se trata de una pretensión que claramente no es peligrosa que no se pueda cumplir materialmente en caso de sentencia
afirmativa luego del proceso, que necesariamente debe tener una duración biológica que asegura el debido proceso de las partes; en el caso
en que nos encontramos, ese presupuesto se
traduce en la necesidad de
que en caso de que en algún momento
se llegue a considerar la pretensión, la relación entre la depositaria provisional y los menores
se haya mantenido en el tiempo; amén
de que el hecho de evitar
los riesgos necesarios en vista de la situación fáctica que se ha establecido en la litis. No se trata acá de entrar a un análisis probatorio del caso fáctico como
silogismo lógico de acceso a la justicia, sino únicamente de verificar situaciones concretas emanadas de los documentos presentados para efectivizar un derecho que debe ser acorde
con la normativa relativa
al sector de niñez y especialmente
en concordancia con el
principio del mejor interés
que propugna no solo el artículo
tercero de la Convención sobre Derechos del Niño, sino también el artículo quinto del
Código de Niñez y Adolescencia,
principio que se convierte en
una norma marco del ordenamiento jurídico en el cual el legislador
pone en manos de la persona juzgadora
la solución del caso a través de él, sea que deja en arbitrio
de la juez o el juez una decisión según los parámetros de aplicación del
principio, que naturalmente varían
conforme a las condiciones geográficas y socioculturales de
las personas. En este ejercicio jurídico de desarrollo y creación del derecho
del caso concreto, es evidente que la menor de edad tiene un derecho fundamental
de resguardar su integridad emocional y de tener una vida conforme a sus intereses, y en este caso
lo será si se encuentran junto a su cuidadora y por ello, como una medida provisional de naturaleza eminentemente cautelar, se acoge dicha pretensión provisional, por
ende se ordena el Depósito Judicial de la menor
supra indicada de forma provisional en el hogar de la señora Teodora Valladares Serrano, quien
deberá apersonarse en el plazo de ocho días a aceptar el cargo conferido, esto sin perjuicio de que la medida pueda ser revisada en cualquier momento.-
Para efectos de notificar
la presente resolución a la
demandada Laura Natalia Pérez Benavides se comisiona por medio de la Oficina
de Comunicaciones Judiciales y Otras
Comunicaciones; (Guápiles) por localizarse
en la siguiente dirección: Limón, Guápiles, sobre ruta 32, entrada a la par
de Pollos Olí, a mano izquierda, casa de cemento, color
verde con corredor grande, casa de Silva Jara o bien
en el Bar El Viajero en Guápiles Centro, teléfono: 6270-6445 y al demandado
Josué Daniel Lazo Serrano recluido en la cárcel Carlos Luis Fallas (antes
La Leticia), Pabellón B-1. En
caso de que el lugar de
residencia consistiere en
una zona o edificación de acceso
restringido, se autoriza el
ingreso de la persona funcionaria
notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la
Ley de Notificaciones Judiciales.
Prevención: Siendo que por competencia territorial se comisiona
para notificar a los demandados
por medio de la Oficina de Comunicaciones de Este Circuito Judicial y al Centro Penal Carlos Luis Fallas (antes la leticia), se le
indica a la parte actora
que ante la implementación del sistema
de Escritorio Virtual, ya
se encuentra debidamente firmada la comisión, por lo que deberá proceder a su impresión, así
como a la impresión de la presente resolución y adicionalmente aportar dos juegos de copias, que adjuntará a dichos documentos con la finalidad de notificar a Laura Natalia Pérez Benavides y Josué Daniel Lazo Serrano, lo
anterior dentro de los tres días siguientes
a la notificación del presente
auto. La documentación señalada
deberá ser presentado directamente en la Oficina anteriormente dicha, con la finalidad de no crear atrasos innecesarios
en el trámite de notificación al demandado que se indicó. Notifíquese. José Rogelio Chaves Mora. Juez. Y la resolución de las ocho horas dos minutos del cuatro de mayo de dos mil veintiuno.
Visto el escrito presentado
por parte de la Licenciada
Anita Mc Donald Rodríguez, en fecha
veintiséis de marzo del presente año, se resuelve: En vista de que la curadora procesal de la accionada de domicilio desconocido procedió a aceptar el referido cargo, a efecto de cumplir con el debido proceso se ordena en adelante
tener el presente proceso de Suspensión de Patria Potestad del menor Rouwshely Daniela Lazo Pérez, planteado por Patronato Nacional
de la Infancia contra Laura Natalia Pérez Benavides, representada por su curadora procesal la Licenciada Anita Mc Donald Rodríguez, a quién
se le confieren cinco días,
para que lo conteste de la debida
forma. Se tiene por aportado
por parte del referido curador medio donde atender notificaciones.- “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de
enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho.- Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para
la recepción de notificaciones.-”
Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo, b) sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a la Curadora Procesal al medio indicado. Igualmente, por ser de domicilio desconocido la accionada y ser representada por curador procesal, se ordena notificarle esta resolución por medio de edicto que
se publicará por una sola vez
en el Boletín
Judicial o en un periódico
de Circulación Nacional. Confecciónese
el edicto respectivo. Notifíquese. Lic. José Rogelio Chaves Mora. Juez. Lo anterior se ordena así en proceso
de suspensión de patria potestad
de Patronato Nacional de la Infancia
contra Josué Daniel Lazo
Serrano y Laura Natalia Pérez Benavides. Este edicto
debe ser publicado por una sola vez
en el Boletín
Judicial. Expediente Nº19-001407-1307-FA.—Juzgado de Familia
del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 04 de mayo del año
2021.—Lic. José Chaves Mora, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021549076 ).
Lic. José Chaves Mora, Juez del Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica; hace saber a: Marcos
Vinicio León Cárdenas y Mayela Sánchez Cascante, a ambos en
su carácter personal, documento de identidad N°
7-0088-0720 y 6-0323-0478, de demás calidades y domicilios desconocidos, que en este despacho se interpuso un proceso declaratoria judicial abandono en su contra bajo el expediente N° 20-000945-1307-FA, donde
se dictaron las resoluciones
que literalmente dicen: Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, a las quince horas cinco minutos del veintinueve de octubre de dos mil
veinte. Se tiene por establecido el presente proceso especial de declaratoria
de abandono de la persona menor:
Teishany León Sánchez, planteado
por PANI Pococí, contra Marcos Vinicio León Cárdenas y Mayela De Los Ángeles Sánchez Cascante, a quien
se le concede el plazo de cinco
días para que oponga excepciones,
se pronuncie sobre la solicitud y ofrezca prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121
y 122 del Código de Familia. En ese mismo plazo en
el primer escrito que presente(n)
debe(n) señalar un medio para atender
notificaciones, bajo el apercibimiento
de que mientras no lo haga
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el
transcurso de veinticuatro
horas de dictadas, incluidas
las sentencias. Se producirá
igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20 del 29 de enero
de 2009. Con respecto al medio se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior
en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del
2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo
que no pueden utilizarlo también como teléfono.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número de
teléfono “celular”, con el
fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para
la recepción de notificaciones.”
Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además
puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese
la página oficial del Poder Judicial, http://www.poderjudicial.go.cr. Si desea más información
contacte al personal del despacho
en que se tramita el expediente de interés. Asimismo por haberlo así dispuesto el Consejo Superior en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión: 78-07, celebrada el 18 de
octubre del 2007, artículo
LV, se le solicita a las partes
de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia.
Se le advierte que si no contesta en el indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso
con una convocatoria a una audiencia oral y privada, conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas se dictará sentencia. En este mismo
acto y por haberlo solicitado así la parte actora, sobre
asuntos de previo trámite solicitadas, se resuelve: en el escrito de demanda, el ente actor solicita como medida provisoria
en tanto se desarrolla este proceso, se otorgue en depósito judicial provisional a la
persona menor de edad interesada en este
asunto, a saber: Teishany
León Sánchez, indicando que la menor
está siendo desprotegida por su madre, ya que esta
presenta consumo activo de drogas como cocaína, inclusive dejó a la menor en el hospital a los cuatro días
de nacida, además no cuenta con los elementos económicos y estables para el cuido de la persona menor de edad. Indica el ente actor que se
ha dado toda la ayuda a la señora Sánchez Cascante pero la misma no ha mostrado interés en las citas otorgadas y que ambos
padres de la menor no tienen
un recurso familiar que asuma
el cuido de la menor por lo
que debe ser institucionalizada para poder darles una protección adecuada de sus
derechos lo cual no se daba
bajo el cuido de su progenitora, ni de su padre el cual se ha mantenido prácticamente ausente en todo
el proceso, siendo que únicamente reconoció a la menor. Ahora bien se sabe que el régimen de medidas cautelares, como instituto del derecho procesal, establece la necesidad, para el otorgamiento, de dos presupuestos
básicos, por un lado el necesario establecimiento de la apariencia del buen derecho, esto es que de los autos se tenga
que efectivamente el derecho que se solicita en la demanda (pretensión material) tenga alguna oportunidad
de triunfar en el litigio, al menos que se derive
la existencia de los mínimos
presupuestos para lo pretendido;
y por otro lado se hace necesario que permanezca para su dictado el peligro en la demora, sea que la necesidad de tomar la medida cautelar se da en virtud de que si no se hace se puede perder el derecho invocado si es que se concede en sentencia. El primero de los presupuestos, en una acción como la que se pretende se tiene con el hecho de que de denota que el peticionario es el ente encargado de velar por la seguridad
e intereses de las personas menores
de edad en este país y además
que existen por ahora documentos e informes fehacientes en el expediente que dan cuenta de las actuaciones del ente actor, las cuales validan las delicadas acusaciones presentadas; lo que hace que exista un indicio importante de la existencia del
derecho pretendido. Por otro
lado, el presupuesto del peligro en la demora,
si bien se trata de una pretensión que claramente no es peligrosa que no se pueda cumplir materialmente en caso de sentencia
afirmativa luego del proceso, que necesariamente debe tener una duración biológica que asegura el debido proceso de las partes; en el caso
en que nos encontramos, ese presupuesto se
traduce en la necesidad de
que en caso de que en algún momento
se llegue a considerar la pretensión, la relación entre la depositaria provisional y los menores
se haya mantenido en el tiempo; amén
de que el hecho de evitar
los riesgos necesarios en vista de
la situación fáctica que se
ha establecido en la litis.
No se trata acá de entrar a un análisis probatorio del caso fáctico como silogismo
lógico de acceso a la justicia, sino únicamente de verificar situaciones concretas emanadas de los documentos presentados para efectivizar un
derecho que debe ser acorde con la normativa relativa al sector de niñez y especialmente en concordancia con el principio
del mejor interés que propugna no solo el artículo tercero de la Convención sobre Derechos del Niño, sino también el artículo quinto del
Código de Niñez y Adolescencia,
principio que se convierte en
una norma marco del ordenamiento jurídico en el cual el legislador
pone en manos de la persona juzgadora
la solución del caso a través de él, sea que deja en arbitrio
de la juez o el juez una decisión según los parámetros de aplicación del
principio, que naturalmente varían
conforme a las condiciones geográficas y socioculturales de
las personas. En este ejercicio jurídico de desarrollo y creación del derecho
del caso concreto, es evidente que los menores de edad tienen un derecho
fundamental de resguardar su
integridad emocional y de tener una vida conforme a sus intereses, y en este caso
lo será si se otorga el cuido a el Patronato Nacional de la Infancia
y por ello, como una medida provisional de naturaleza eminentemente electrónico:
poc-jfamilia@poderjudicial.go.cr, cautelar, se acoge dicha pretensión
provisional, por ende se ordena
el Depósito
Judicial de la menor supra indicada
de forma provisional en el Patronato
Nacional de la Infancia, quien
deberá apersonarse en el plazo de ocho días a aceptar el cargo conferido, esto sin perjuicio de que la medida pueda ser revisada en cualquier momento.
Así mismo y en relación a la solicitud realizada por la Licenciada Hidalgo Hurtado mediante
su escrito y documentación aportadas a los
autos en fecha veintinueve de septiembre del presente año, indicando
que se apruebe la ubicación
de la persona menor de edad
interesada en este asunto en
una familia potencialmente adoptiva, se reserva
pronunciamiento alguno en relación a dicha solicitud hasta el tanto se cuenten
debidamente notificados los
padre de la menor del presente
proceso, toda vez que por la naturaleza de la acción cautelar pretendida y la eventual incidencia
en la esfera psicológica de la persona menor
de edad, se considera necesario en miras
de fijar una apariencia de buen derecho el contar con espacio para conocer eventuales argumentos contrarios, dado que en este momento se cuenta con una única versión. Notifíquese esta resolución a los demandados, personalmente o por
medio de cédulas y copias de ley en
su casa de habitación, o
bien en su domicilio real. Artículo 19 de la
Ley de Notificaciones Judiciales.
Para estos efectos se comisiona a la Oficina de
Comunicaciones Judiciales y Otras
Comunicaciones del Segundo Circuito Judicial de la
Zona Atlántica, (Guápiles).
Los demandados pueden ser localizados en la siguiente dirección: 1) Marcos
Vinicio León Cárdenas: Limón, Guácimo, del AYA, setecientos
metros este y doscientos cincuenta metros al sur, 2) Mayela
Sánchez Cascante: Limón, Guácimo, Las Aralias, en casa B-12. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso de la persona funcionaria
notificadora, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la
Ley de Notificaciones Judiciales.
Prevención: siendo que por competencia territorial se comisiona
para notificar a los demandados
por medio de la Oficina de Comunicaciones de este Circuito Judicial, se le
indica a la parte actora
que ante la implementación del sistema
de escritorio virtual, y la nueva
modalidad en el sistema de notificaciones judiciales por medio de comisión,
deberá aportar dos juegos de copias del electrónico: poc-jfamilia@poder-judicial.go.cr, expediente que llevará a la oficina antes mencionada con la finalidad de notificar a los demandados, lo anterior dentro de los tres
días siguientes a la notificación
del presente auto. La documentación
señalada deberá ser presentado directamente en la oficina anteriormente
dicha, con la finalidad de
no crear atrasos innecesarios en el trámite de notificación al demandado que se indicó. Notifíquese. Lic. José Rogelio Chaves Mora, Juez. Y la resolución de las once
horas tres minutos del siete de mayo de dos mil veintiuno.
Analizados los autos y los escritos
presentados en fechas doce y dieciocho
de abril del presente año, por parte de la Licenciada Katherine Oviedo Paniagua, en
su calidad de Curadora Procesal de los demandados de domicilios desconocidos en autos, se resuelve: En vista de que la curadora procesal de los accionados de domicilios desconocidos procedió a aceptar el referido cargo y a su vez presentó
contestación respecto de la
acción planteada, a efecto de cumplir con el debido proceso se ordena en adelante
tener el presente proceso especial de declaratoria
de abandono del menor Teishany León Sánchez, planteado
por Patronato Nacional de la Infancia
contra Marcos Vinicio León Cárdenas
y Mayela Sánchez Cascante, representados
por su curadora procesal la Licenciada Oviedo
Paniagua, quien ya presentó de forma anticipada escrito de contestación, por lo cual se tiene por presentada esta, no obstante a
fin de mantener el orden de
las etapas preclusivas correspondientes, se reserva dicha contestación para conocer de ella en la etapa procesal
respectiva. Se tiene por aportado por parte del referido curador medio donde atender notificaciones.
“Se exhorta a las partes a
que suministren un número
de teléfono “celular”, con
el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para
la recepción de notificaciones.”
Asimismo por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión: 78-07, celebrada el 18 de
octubre del 2007, artículo
LV, se le solicita a las partes
de este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar
de trabajo, b) Sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta
con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número
de cédula, h) Lugar de residencia. Notifíquese esta resolución a la Curadora Procesal por esta vez al medio indicado por sistema de peritos de la Dirección Ejecutiva de la Corte Suprema de Justicia. Igualmente por ser de domicilios desconocidos los accionados y ser
representados por su curadora procesal, se ordena notificarle esta resolución por medio de edicto que se publicará por una
sola vez en el Boletín Judicial o en
un periódico de Circulación
Nacional. Confecciónese el edicto
respectivo. Notifíquese. Lic. José
Rogelio Chaves Mora, Juez. Lo anterior se ordena así en
proceso de declaratoria
judicial abandono de Patronato
Nacional de la Infancia contra Marcos Vinicio León Cárdenas y Mayela Sánchez
Cascante. Expediente N° 20-000945-1307-FA.—Juzgado de Familia
del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 7 de mayo del 2021.—Lic. José
Chaves Mora, Juez Decisor.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.— ( IN2021549086 ).
Se avisa que en este Despacho bajo el
expediente número 21-001077-0338-FA, Carlos Enrique Carvajal Solorzano,
solicita se apruebe la adopción de mayor de edad, de la persona mayor Fabián
Alonso Cerdas Carranza. Se concede a los interesados el plazo de cinco días
para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su
disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Cartago, 22 de abril del
2021.—Licda. Guadalupe Solano Patiño.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021549131
).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil: Marco
Antonio Vargas Carrillo, mayor, soltero, comerciante, costarricense, portador de la cédula de identidad
N° 1-0943-0568, hijo de Gerardo Román
Vargas Mora y María Eugenia Carrillo Brizuela, nacido en Hospital Central San
José el 13/07/1976, con 44 años de edad y Jessica María López Montealto,
mayor, soltera, comerciante,
costarricense, portadora de
la cédula de identidad N° 1-1116-0073, vecina del mismo domicilio que el primero, hija de
Leoncio López Montealto, nacida en Uruca
Central, San José el 18/04/1980, actualmente con 40 años de edad. Ambas personas contrayentes tienen su domicilio en
San José, San Sebastián, Paso Ancho, Urbanización,
Vista Hermosa, cuatrocientos metros al sur de la
entrada principal del Seminario Mayor, hogar la Esperanza. Si alguna
persona tiene conocimiento
de algún impedimento para
que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente Nº 19-000566-1534-FA.—Juzgado de Trabajo y
Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita
(Materia Familia), San José, San Sebastián, fecha,
26 de marzo del 2021.—Lic.
Claudio Cesar Rojas Castro, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021549072 ).
Han
comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil: Danilo
Enrique Guerrero Castro, mayor, soltero, pensionado,
persona con discapacidad (no vidente),
de nacionalidad nicaragüense,
portador de la cédula de residencia N° 155800614128, hijo de Juan Guerrero (único apellido) y Alba Luz Castro, nacido
en Nandaime, Granada,
Nicaragua, el 30/10/1981, con 39 años de edad, y Guillermina de Los Ángeles
Ponce Álvarez, mayor, soltera, ama de casa, de nacionalidad nicaragüense, portadora del pasaporte N° C02019215, hija de José Domingo Ponce Bustos y Rosa Paublina Álvarez (único apellido), nacida en Rivas, Rivas, Nicaragua el 30/12/1972, actualmente con 48 años de edad. Ambas personas contrayentes
tienen su domicilio en San José, San
Sebastián, de Transportes Delgado ciento
metros al norte y cien
metros al oeste, casa color blanco
hueso. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente Nº 20-000036-1534-FA.—Juzgado de Trabajo y
Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita
(Materia Familia), San José, San Sebastián, fecha,
26 de marzo del 2021.—Lic.
Claudio Cesar Rojas Castro, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021549077 ).
Han comparecido
a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil: Cayetano Nieto Arauz,
mayor, soltero, pensionado, costarricense,
portador de la cédula de identidad
N° 6-0058-0154, hijo de Pedro Nieto Nieto, de nacionalidad costarricense y Rosaura Arauz (único apellido), de nacionalidad panameña, nacido en Puerto Jiménez,
Golfito, Puntarenas, el 07/08/1941, actualmente con
79 años de edad y Blanca
Rosa Gerardina Villalobos Pérez, mayor, soltera, ama de casa, costarricense,
portadora de la cédula de identidad
N° 6-0113-0697, hija de Petronila Villalobos Pérez,
de nacionalidad costarricense,
nacida en Quepos, Aguirre,
Puntarenas el 04/12/1954, con 66 años de edad, ambas personas contrayentes
tienen su domicilio en San José, Alajuelita, Concepción Abajo, Urbanización
Monte Alto casa 8-G. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente N° 20-000113-1534-FA.—Juzgado de Trabajo y
Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita,
(Materia Familia), 26 de marzo del 2021.—Lic. Claudio César Rojas Castro, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021549079 ).
Han comparecido
a este despacho solicitando contraer matrimonio civil: Luis Ricardo Rodríguez Morales, mayor, soltero, pensionado, de nacionalidad
costarricense, portador de
la cédula de identidad N° 1-0768-0989, hijo de José Ricardo Rodríguez Ovares
y Samari Morales Cascante, nacido
en Hospital Central, San José, el 16/01/1970, con 51 años de edad, y Pablo Andrés
Hernández Fallas, mayor, soltero,
pensionado, costarricense, portador
de la cédula de identidad N° 1-0906-0590, hijo de Juan Manuel Hernández Jiménez y María Elena Fallas León, nacido en Uruca, Central, San José, el
09/04/1975, actualmente
con 46 años de edad, ambas
personas contrayentes, tienen
su domicilio en San José, San Sebastián, Residencial
Las Margaritas, avenida 44, entre calles
20 y 16, casa: 109, segunda casa después
del play, con muro de piedra.
Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice está en la obligación
de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N° 20-000375-1534-FA.—Juzgado de Trabajo y
Familia de Hatillo, San Sebastián y Alajuelita,
(Materia Familia), San Sebastián, 30 de abril del
2021.—Lic. Claudio Cesar Rojas Castro, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021549082 ).
Han comparecido
a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Ana Mayela
Jiménez Fuentes, mayor de edad, divorciada,
cédula de identidad 2-480-451, oficios
domésticos, vecina de
Alajuela, Sabanilla, del EBAIS, 1 kilómetro al sur, hija de Faustino Jiménez Álvarez, y de Irma Fuentes
Ramírez, nacida en Centro
Central Alajuela, en fecha
07 de octubre de 1972, con 47 años
de edad, y el señor Manuel
Enrique Madrigal Corrales, mayor de edad, divorciado, cédula de identidad
7-101-805, ejecutivo de ventas,
vecino de Alajuela,
Sabanilla, del EBAIS, 1 kilómetro al sur, hijo de Manuel Ángel Madrigal
Soto, y de Miriam Corrales Aguilar, nacido en Guápiles Pococí
Limón, en fecha 08 de noviembre de 1971, con 48 años de
edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente Nº 20-000444-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, Alajuela, 04 de marzo del 2020.—Msc. Luz Amelia
Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021549083 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Stephanny Yaneiry Rodríguez García,
mayor de edad, cédula de identidad 5-441-399, ama de casa, vecina de
Turrúcares, hija de Luis Alberto Rodríguez Briones y de Yamilet del Socorro
García Rodríguez, nacida en Guanacaste, en fecha 21 de noviembre de 2001, con
18 años de edad, y el señor Marlon David Álvarez Jiménez, mayor de edad, cédula
de identidad 5-421-385, ocupación operario, vecino de Turrúcares, hijo de
Antonio Álvarez Cano y de Felicita Jiménez Camacho, nacido en Guanacaste, en
fecha 14 de abril de 1998, con 22 años de edad. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días
siguientes a la publicación del edicto. Expediente. Nº
20-000837-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, Alajuela, 27 de mayo de 2020.—Msc. Liana Mata Méndez, Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021549085 ).
Han comparecido ante este Despacho Josué
Daniel Torres Cortez, mayor, soltero, mecánico de vehículos de motor, cédula de
identidad número 0503580630, vecino Cañas, barrio Los Ángeles, a la par de la
bodega El Gallo más Gallo, hijo de Martha Alicia Cortez Jirón y Luis Guillermo
Torres Torres, nacido en Centro Liberia Guanacaste, el 15/11/1986, con 34 años
de edad, y Milady Leticia Miranda Alfaro, mayor,
Soltera, Asistente de contabilidad, cédula de identidad número 0503890017,
vecina de Cañas, barrio Los Ángeles, a la par de la bodega El Gallo más Gallo,
hija de Olga Alfaro Alfaro y José Luis Miranda Chaves, nacida en Centro
Liberia Guanacaste, el 22/08/1992, actualmente con 28 años de edad. Si alguna
persona tiene conocimiento de algún impedimento para que esta boda se realice,
está en la obligación de manifestarlo ante el Juzgado de Familia de Cañas, Guanacaste dentro del plazo de ocho días
siguientes a la Publicación de este Edicto. Cañas, 10 de junio del 2014.
Expediente Nº 21- 000111-0928-FA, proceso: diligencias de matrimonio,
promoventes: Josué Daniel Torres Cortez y Milady Leticia
Miranda Alfaro.—Juzgado de Familia de Cañas,
Guanacaste.—Lic. Luis Fernando Saurez Jiménez, Juez.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021549095
).
Han
comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Presentes en este
Despacho Andrea Natalia Ulate
González, mayor, Soltera, Oficios
Domésticos, cédula de identidad
número 0603390665, vecina
de Guanacaste, Carrillo, Corralillo, detrás del Bar Nury, 200 metros norte, casa de madera a mano izquierda, hija de Ana Lilliam González
Vargas y Benjamín Ulate Varela, nacida
en Centro Central Puntarenas, el 22/08/1984, con 36 años de edad, teléfono
60-33-81-82 (hijo Henderson) / 89-54- 21-07 (Jade / Hija), de la relación con el señor Adonay no tengo hijos, mis hijos son fuera de la relación con él, en total tengo cuatro hijos, dos mayores de edad y dos menores de edad, mis hijos se llaman Jade Victoria
Rodríguez Ulate (11 años), Génesis Álvarez Ulate (21 años), Cristal Ulate González (19
años) y Henderson Jared Centeno Ulate
(14 años) y Adonay De Jesús
Moraga Chaves, mayor, soltero, jornalero,
cédula de identidad número
0503070912, vecino de Guanacaste, Carrillo, Corralillo, detrás del Bar Nury, 200 metros norte, casa de madera a mano izquierda, hijo(a) de Paulina Moraga Chaves, nacido
en Centro Nicoya Guanacaste, el 10/12/1978, actualmente con 42 años de edad, mi teléfono es:
60-15-02-94,. Si alguna persona tiene
conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº. Nº21-000120-0776-FA.—Juzgado Familia y Violencia
Doméstica de Santa Cruz (Materia Familia), Santa
Cruz, 26 de marzo del año
2021.—Licda. Lizeth Gómez Gómez,
Jueza.—1
vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021549096 ).
Han
comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Nora
Inés Palacios Santos, mayor, Soltera, Oficios Domésticos, cédula de identidad número 0603810389, vecina de Caño Bravo de Limoncito de San Vito de Coto
Brus, hija de Victoria Santos Gallardo y Manuel
Palacios Santos, nacida en Limoncito Coto Brus Puntarenas,
el 18/10/1988, con 33 años de edad,
y Rafael Rodríguez Rodríguez, mayor, Soltero, agricultor, cédula de identidad número 0602890159, vecino de Caño Bravo de Limoncito de San Vito de Coto
Brus, hijo de Faustina Rodríguez Carreras y Orlando
Rodríguez Atencio, nacido en
Limoncito, Coto Brus,
Puntarenas, el 24/10/1968, actualmente con 52 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación
de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 21-000237-1304-FA.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Segundo Circuito
Judicial de la zona Sur (Corredores) (Materia
Familia), Corredores, Ciudad Neily,
Fecha, 06 de mayo del año
2021.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021549120 ).
Han comparecido
a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Luis Roberto Rojas Alvarado, mayor, divorciado/a, chofer, cédula de identidad N° 0109320283, vecino de Alajuela, San Ramón, La Unión, La Unión casa 17, hijo de Sergio Rojas Zamora y Bertilia
Alvarado Rojas, nacido en Uruca Central, San José, el 10/02/1976, con 45 años de edad, y María De Los Ángeles Ledezma Hernández, mayor,
soltera, ama de casa, cédula de identidad
N° 0206390819, vecina de Alajuela, San
Ramón, La Unión, La Unión, casa 17, hija de Efraín Antonio Ledezma Camacho y Flor de Liz Fernández Rodríguez, nacida
en Centro San Ramón, Alajuela, el 16/11/1987, actualmente con 33 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente Nº 21-000348-0688-FA.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia
Familia), San Ramón, fecha, 30 de abril del 2021.—Msc. Guadalupe
Valverde Carranza, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021549126 ).
Han comparecido
a este Despacho
solicitando contraer matrimonio civil: María del Carmen Arce Matarrita, cédula de identidad N°
0503620021 y Oscar Antonio Gutiérrez Balitán, cédula
de identidad N° 0604510057. Si alguna
persona tiene conocimiento
de algún impedimento para
que este matrimonio se realice está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente N° 21-000497-1146-FA.—Juzgado de Familia de Puntarenas, 21 de abril del 2021.—Msc. Tania Morera Solano, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021549127 ).
Han
comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Alonso Mauricio Jiménez Aguilar, mayor, costarricense, soltero, estudiante y analista de datos, portador de la cédula de identidad número 1-1401-0043, vecino de San José, Moravia, San Vicente, 150 metros sureste del Prismart de Llorente de Tibás, casa a mano derecha, con ladrillos y paredes color terracota, nacido el 01/08/1989, en Carmen,
Central, San José, hijo de Carlos Martín Jiménez
Aguilar y de Guadalupe Aguilar Cordero, actualmente
con 31 años de edad, y
María Fernanda Carmona Calderón, mayor, costarricense,
soltera, oficinista, portadora de la cédula de identidad
número 1-1476-0635, vecina
de San José, Goicoechea, Purral,
del plantel de buses del Alto de Guadalupe 100 metros
sur, 100 metros este, calle
morales, último poste de
luz a mano izquierda, casa color beige, nacida en Carmen, Central, San
José, el 28/07/1991 hija de Álvaro Fernando Carmona
Calderón y de Eloisa Gabriela Calderón Mena, actualmente
con 29 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá
manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio), expediente N°
21-000852-0165-FA.—Juzgado
de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José,
30 de abril del año
2021.—MSc. Valeska Von Koller Fournier, Jueza Decisora.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021549130 ).
Fiscalía de Hatillo, a las trece horas con trece minutos del diecinueve de abril del año dos mil veintiuno.
En vista de que la codemandada civil
Elizabeth Rosario Sáenz González cedula de identidad 6-155-606, quien conociendo de la sumaria penal no
se apersonó al despacho
para ponerle en conocimiento la acción civil presentada en contra de su representada, se procede a comunicarle la resolución que cursa la acción civil en su contra por medio de edicto que
se publicará tres veces en el Boletín
Judicial. Confeccionándose el oficio
de estilo. Lic. Mario
Andrés Castro Oconitrillo Fiscal Jefe de Hatillo: Se
pone en conocimiento la acción civil.
Lic. Mario Andrés Castro Oconitrillo Fiscal Coordinador de la Fiscalía de
Hatillo, a la señora Elizabeth Rosario Sáenz González le hace saber que:
En el legajo de acción civil resarcitoria
18-022449-042-PE, ofendido Yaneth
Del Sario Hernández Barrios, contra Luis Vargas
Fonseca, se ha dictado resolución
que literalmente dice: comunicación
por Edicto: Fiscalía de
Hatillo, a las trece horas con trece
minutos del diecinueve de abril del año dos mil veintiuno. En vista de que el tercer demandado civil Elizabeth
Rosario Sáenz González, no ha sido
posible comunicarle la resolución dictada por este despacho, que da curso a la acción civil resarcitoria incoada por Yaneth Del Rosario Hernández Barrios, se procede a comunicarle la resolución que cursa la acción civil en su contra por medio de edicto que
se publicará tres veces consecutivas en el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Lic. Mario Andrés Castro Oconitrillo. Fiscal Coordinador
de Hatillo: Se pone en conocimiento
la acción civil: De conformidad
con los artículos 115 y 120 del Código procesal Penal, se pone en conocimiento del Tercer Demandado Civil Elizabeth Rosario Sáenz
González la presente acción
civil resarcitoria. Cualquier
interviniente podrá oponerse a la participación del
actor civil planteando las excepciones
que correspondan. La oposición
se pondrá en conocimiento del actor y su resolución se reservará para la
audiencia preliminar.
Comuníquese. Fiscalía de Hatillo. Lic.
Mario Andrés Castro Oconitrillo, Fiscal Jefe, Fiscalía de Hatillo. Publíquese 3
veces.
Fiscalía
Hatillo, teléfonos 2254-8842 o 2214-9557 Fax: 2254-4603.
Lic. Mario Andrés Castro Oconitrillo,
Fiscal Jefe.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021548839 ). 3 v.
2.
En el Juzgado Penal de San Joaquín de Flores,
se tramita la causa número 16-005204-0057-PE, seguida contra Wendy Cedeño Jimenez, por el delito de uso de documento falso, cometido
en perjuicio de Karol Francini Chacón Arias y la fe
pública. En este acto se le notifica a la señora Georgia Lorena Montt
Villacura, cédula de identidad 8-049-080, agente residente de la sociedad Autoglobal Service S. A., que por
medio de la presente notificación y según se ordenó en resolución de las 08:00 hrs del 09 de octubre del año 2020; se le tiene como parte
en este proceso y se le confiere el término de tres días a partir de la
presente publicación, a fin de que proceda a señalar lugar y medio para
notificaciones y proceda con el debido apersonamiento al proceso.—Juzgado
Penal de San Joaquín de Flores, al ser las once horas veintitrés minutos
del veintiséis de abril del año dos mil veintiuno.—Licda. Cindy Williams
Víquez, Jueza Penal.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021549067
).