BOLETÍN JUDICIAL N° 120 DEL 23 DE JUNIO DEL 2021
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
JUZGADO NOTARIAL
TRIBUNALES DE TRABAJO
Remates
Avisos
Causahabientes
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
Títulos Supletorios
Citaciones
Avisos
Edictos
Matrimoniales
Edictos en lo Penal
HACE SABER:
A Seydi Guido Navarro, mayor, notaria pública, cédula de identidad número 5-229-288, de demás calidades ignoradas; Que en proceso disciplinario
notarial número 19-001215-0627-NO establecido
en su contra por Danilo Umaña Rivera, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial, a las quince horas y cuarenta
y seis minutos del seis de enero
de dos mil veinte. Se tiene
por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Danilo Antonio Del Carmen Umaña Rivera contra Seydi María
Guido Navarro, a quien se confiere
traslado por el plazo de ocho días; dentro de ese
plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés.
Para los efectos del artículo
153 del Código Notarial, se tiene como
parte a la Dirección
Nacional de Notariado, entidad
que dentro del plazo señalado
debe referirse respecto de
la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro
del plazo citado, deben indicar medio en el cual
recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en
el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por los medios señalados por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán
señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse
en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión,
será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar
fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Así mismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si
no lo hiciere se producirán
iguales consecuencias a las
señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar
en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada
de Notificaciones del Primer Circuito
Judicial de San José (tercer piso
del Edificio de los Tribunales
de Justicia de este Circuito
Judicial), los días martes y jueves de cada semana. Con respecto al medio, se le hace
saber a las partes lo dispuesto
por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un medio de localización
lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar
las dos alternativas a la vez.
Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Así mismo, por haberlo así dispuesto el
Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo,
b) Sexo, c) Fecha de
Nacimiento, d) Profesión u oficio,
e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia.
De conformidad con los artículos
153 del Código Notarial y
19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele
esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación
o domicilio registral. Al respecto,
se debe tener en cuenta que, si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio
registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona
que aparente ser mayor de quince años
o por la propia persona denunciada;
pero si la notificación se realiza en el lugar
de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada.
La notificación en la oficina notarial de la parte denunciada ubicada en San José, catedral, contiguo a COOPEJUDICIAL, por medio de la oficina de comunicaciones judiciales del Primer Circuito
Judicial de San José, Así mismo,
se ordena notificar a la Dirección Nacional de Notariado, mediante comisión dirigida a la Oficina de
Comunicaciones del Segundo Circuito Judicial de San
José, en: San Pedro Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro,
Edificio SIGMA, quinto piso.
En el caso
de que la notificación de esta
resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso
al funcionario notificador
a fin de realizar la diligencia encomendada;
y en caso de que se impida tal ingreso,
se tendrá por válida la notificación con la entrega de la
cédula correspondiente a la persona encargada de regular la entrada. (artículos
4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones
Judiciales vigente N° 8687,
publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Obténgase, por
medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado
y Registro Civil. Se hace ver a la parte accionante que en el caso de que desee presentar una pretensión resarcitoria contra la
parte denunciada, tendrá oportunidad para realizar dicha gestión hasta antes de que esa parte procesal conteste esta denuncia;
y para tal efecto, tendrá que cumplir con los requerimientos del numeral 152 del Código Notarial. Notifíquese. Dra. Ingrid Palacios Montero, Jueza Tramitadora.” y “Juzgado Notarial. San José a las quince horas treinta minutos del dieciséis de junio de dos mil veintiuno. En vista de que han sido fallidos
los intentos por notificarle
a la Licenciada Seydi Guido
Navarro, la resolución dictada
a las quince horas cuarenta y seis minutos del seis de enero del dos
mil veinte en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado y el último domicilio registral reportado en el
Registro Civil (ver folio
6, 14 y 36, así como las actas de notificación de folios
11 al 13, 17, 24, 32 y la agregada el 04/06/2021), y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas
(folio incorporado el
16/06/2021), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del
Código Notarial, se dispone notificarle a la citada profesional esa resolución así como la presente,
por medio de edicto que se publicará
por una sola vez en el Boletín Judicial;
comuníquese a la Imprenta
Nacional. Se le hace saber a la denunciada
que los hechos que se le atribuyen
son aquellos que fueron descritos por la parte denunciante en el escrito inicial
visible a folios 3 y 4 del expediente físico, a disposición para
consulta en el Juzgado Notarial. Conforme lo
dispone el citado numeral, comuníquese esta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un(a) defensor(a) público(a) a la denunciada Seydi Guido Navarro,
cédula de identidad 5-229-288. Notifíquese.
Se publicará por una vez en el Boletín
Judicial.
San José, 16 de junio del 2021.
Lic. Guillermo Castro Rodríguez,
Juez
1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021560318 ).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
Con la base de quinientos sesenta y tres mil seiscientos colones sin céntimos
(¢563.600,00) en el Bar
Marbella, ubicado en el Repasto de Turrialba, cantón quinto, distro la Isabel; al ser las ocho horas con treinta minutos del cinco de julio del año dos mil veintiuno (08:30 horas del 05/07/2021). en
el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Un televisor de Pantalla Mrca LG, de 32 pulgadas, serie 108RVN106, con control,
funciona bien, por un valor de ¢60.000,00. 2) Una Laptod Marca Toshiba Serie 18463C, en
regular estado, por un valor de ¢18.000,00. 3) Un Equipo de Sonido Marca SONY,
Serie 9508161, color Gris y Negro, con cuatro parlantes, por un valor de ¢35.000,00. 4) Un Televisor de Pantalla Marca
Premier, color negro de 50 pulgadas, serie 5850LSMYSD, funciona bien
con control, con varios años
de uso, por un valor de ¢70.000,00 5) 15 litros de Licor Cacique, por un
valor unitario de ¢5.000,00, para un total de ¢75.000,00.
6) Cuatro litros de Wisky
Marca J Y B, (1749), por un valor unitario de
¢14.000,00, para un total de ¢56.000,00. 7) Cinco litros
de Wisky Marca Passport Scoth,
verde, por un valor unitario
de ¢13.000,00, para un total de ¢65.000,00. 8) Cuatro litros
de Bacardi Oro, por un valor unitario de ¢10.000,00,
para un total de ¢40.000,00. 9) Seis litros de Ron Centenerio, por un valor unitario
de ¢10.000,00, para un total de ¢60.000,00. 10) Cuatro botellas
de Anis Estrella de 750 mml, por un valor unitario de
¢7.000.00, para un total de ¢28.000,00. 11) Una Caja
de 24 Unidades de cerveza Imperial, por un valor de
¢750.00 cada una, para un total de ¢18.000,00. 12) Doce botellas de cervezas de
750mml, por un valor unitario de ¢1.200,00, para un
total de 14.400,00. 13) Cuatro sillas plegables de plástico, el cual se encuentra
en mal estado, por un valor
de ¢200,00. 14) Ocho sillas
de madera con respaldo, barnizadas en regular estado, por un valor unitario de
¢1.500,00, para un total de ¢13.000,00. 15) Cuatro mesas de madera,
en regular estado, por un
valor unitario de ¢3.000,00, para un total de
¢12.000,00. De no haber postores,
el segundo remate se efectuará a las ocho horas con treinta minutos del diecinueve de julio del año dos mil veintiuno (08:30
horas del 19/07/2021) con la base de cuatrocientos veintidós mil setecientos colones sin céntimos
(¢422.700,00) (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para
el tercer remate se señalan las ocho horas con treinta minutos del veintiséis de julio del año dos mil veintiuno (08:30
horas del 26/07/2021). con la base de (25% de la base original), con la base de
ciento cuarenta mil novecientos colones sin céntimos (¢140.900,00). Se remata
por ordenarse así en proceso OR.S. PRI. hostigamiento sexual de Andersy Mata
Palacios contra Rafael Ángel Fonseca Céspedes. Expediente N°
20-000005-1001-LA. Nota: Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de ocho días de antelación a la fecha fijada para la subasta.—Juzgado Civil, Trabajo y Agrario de Turrialba
(Materia Laboral), 08 de junio del año 2021.—Lic. Randall Gómez Chacón, Juez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021559976 ).
Licda. Brenda Celina Calvo de la O, Jueza del Juzgado Civil y Trabajo del Primer
Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia
Laboral); hace saber a Italacteos
Limitada, cédula jurídica
N° 3102619426, que en este Despacho se interpuso un proceso OR.S.PRI. Prestac. Laborales en su
contra, bajo el expediente número 19-000322-0942-LA donde se
dictaron las resoluciones
que literalmente dicen: Juzgado Civil y Trabajo del
Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia)
(Materia Laboral), a las nueve horas y cincuenta minutos del once de diciembre del dos mil diecinueve.
Se reserva contestación presentada por la parte demandada Coopelacteos del
Norte-Norte R.L., en escrito
electrónico de fecha
20/11/2019. Se hace ver a
las partes que por haberse omitido en su
oportunidad, de conformidad
con el artículo 579 del
Código de Trabajo con la finalidad
de corregir actuaciones en auto de las catorce horas y cuarenta y cuatro minutos del veinticuatro de setiembre del año dos mil diecinueve (auto que da traslado
a la demanda), se ordena subsanar misma resolución, ya que se le dio traslado únicamente
a Coopelacteos del Norte-Norte R.L., por lo que, sin
que eventualmente pudiera afectar el curso
normal del proceso e indefensión
a la parte no traída al presente asunto, se ordena dar traslado
por el plazo de diez días hábiles a Italacteos Limitada, sociedad demandada por medio de
la persona que ostente la representación
legal. Para estos efectos,
se comisiona a la Oficina
de Comunicaciones Judiciales y Otras
Comunicaciones del Primer Circuito Judicial de San
José. Se le hace saber a las partes
involucradas en el presente asunto,
que todos los escritos y documentos que sean dirigidos a este
despacho judicial, deberán
ser presentados a través de
la Oficina de Recepción de Documentos de este circuito judicial, en caso de no estar adscrito a alguno, podrán hacerlo directamente en este juzgado. Se pone en conocimiento de los abogados litigantes en el
presente proceso, la
Circular N° 43-2012, que refiere lo siguiente: “Asunto: Datos que deben anotar los abogados litigantes en cualquier escrito.
(...) Con motivo de la entrada en
vigencia de los Juzgados Electrónicos, se ha determinado inconvenientes en los casos en que los abogados y abogadas autentican escritos, poderes, certificados o cualquier otro tipo de gestión
con el sello blanco, los cuales al ser escaneados no permiten identificar los datos del o la litigante. Por lo anterior, se les solicita,
que, en todo escrito, poder, certificación o cualquier tipo de gestión, indiquen, en forma expresa, el nombre
y número de carné del
Colegio de Abogados y no solamente estampen el sello
blanco”. También, se les advierte a las partes involucradas en el presente litigio,
que los escritos y documentos
que se presenten por medio del Sistema de Gestión en Línea
y que no sean firmados de manera digital, deberán ser creados únicamente bajo los formatos de DOC, DOCX, RTF, PDF, TIF, TIFF o TXT, cuyo tamaño NO podrá exceder de 3MB. Por su parte, aquellos
documentos que sean rubricados por medio de firma
digital, deberán ser incorporados
únicamente bajo los formatos
PDF, DOCX o DOC, todo lo anterior por cuanto si son incorporados
bajo otro tipo de formato no será posible descargar el archivo para su estudio (en
este sentido se puede consultar el Manual de Usuario del Sistema
de Gestión, confeccionado
por el Departamento de Tecnologías de la Información del
Poder Judicial, que está
visible en el sitio web institucional). Asimismo, se recuerda lo dispuesto en el numeral 462 del Código de Trabajo en relación
a la presentación de escritos,
así como lo dispuesto en el
artículo 10 de la Ley de Certificados,
Firmas Digitales y Documentos Electrónicos N° 8454, el cual indica que “Todo documento, mensaje electrónico o archivo digital asociado a una firma digital certificada se presumirá, salvo prueba en contrario, de la autoría y responsabilidad del
titular del correspondiente certificado
digital, vigente en el momento de su
emisión. No obstante, esta presunción no dispensa el cumplimiento de las formalidades adicionales de autenticación, certificación o registro que, desde el punto de vista jurídico, exija la ley para un acto o negocio determinado.” Por otra parte, remítase
atento mandamiento al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a fin de que se sirvan
certificar a la mayor brevedad
posible, quién ostenta la representación
judicial de Coopelacteos del Norte-Norte R.L.; así como las facultades
que tiene. En caso de ser varios los representantes, se indicará si pueden actuar
conjunta o separadamente. Deberán también indicar el domicilio
social de la demandada, así
como quién figura como agente
residente y su dirección. Lo anterior sin perjuicio
de que la parte interesada aporte la documentación que interesa, en aras
de agilizar el proceso. Notifíquese. Lic. José Andrés Ureña Chaves, Juez. PVANEGAS.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Laboral), a las siete
horas treinta y dos minutos
del dieciséis de junio del
dos mil veintiuno. De acuerdo
a lo solicitado por la licenciada
Nathalie Paola Briceño Bustos (abogada
de asistencia social del actor) en
escrito electrónico de fecha 29/04/2021 y hora 17:15:08, en
cuanto a nombrar curador procesal, se resuelve: De conformidad con el artículo 424 del Código de Trabajo, el cual
hace referencia al
principio de oficiosidad, mismo
que otorga al Tribunal amplia
facultades para tomar las medidas necesarias para el avance del proceso
sin necesidad de gestión de
la parte y siendo que hasta
la fecha no se ha podido notificar a la sociedad Italacteos Limitada representada por Vidal Valerio Cortés, cédula N° 5-0218-0296,
se dispone el nombramiento
de curador procesal, se nombra como tal
al Licenciado a quien se le
previene que en caso de anuencia deberá aportar escrito dentro del plazo de cinco días en el
cual acepte el cargo conferido. Si no comparece, se entenderá que no lo
acepta y se nombrará otro en su
lugar. Asimismo, se le previene que, en caso de no hacerlo al momento de aceptar el cargo, deberá en el primer escrito
que presente señalar medio
para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N°
20, del 29 de enero del 2009. Con respecto
al medio, se le hace saber lo dispuesto
por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 02 de setiembre del 2008, artículo
LXII, Circular N° 169-2008, en el
sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. La parte interesada puede localizarlo al teléfono: 26650058, celular:
83174509, fax: 26650058, 26663011 y al correo:
josealvaradolic@gmail.com. Se procede a fijar sus honorarios de manera prudencial en la suma de ciento
veinte mil colones exactos. Notifíquese a la parte demandada; la presente demanda, por medio de un
edicto que se publicará en el Boletín
Judicial o en un diario
de circulación nacional;
para los efectos del artículo
19.4 del Código Procesal Civil. Inclúyase
en el mismo
los datos que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se haga la publicación. Expídase y publíquese. Licda. Brenda Celina
Calvo de la O, Jueza. PVANEGAS. Lo anterior se ordena
así en proceso
OR.S.PRI. Prestac. Laborales
de Erick Cecilio Acevedo Alvarado contra Coopelacteos del Norte-Norte R.L., Italacteos
Limitada. Expediente N°
19-000322-0942-LA. Nota: Publíquese
este edicto por única vez en
el Boletín
Judicial o en un periódico
de circulación nacional.
Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado Civil y Trabajo
del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia)
(Materia Laboral), 16 de junio del 2021.—Licda. Brenda Celina Calvo de la O, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021560316 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Maureen Patricia Solís Granados, mayor, casada, costarricense, vecina de Pérez Zeledón, Daniel Flores, General Viejo, 200 metros este del surtidor El General, con
cédula de identidad número
uno-mil doscientos ochenta
y tres-cero quinientos veintisiete 0112830527, fallecida
el 15 de mayo del año 2021,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 21-000243-1125-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 21-000243-1125-LA. Por Ana Patricia
Granados Leiva con cédula de identidad
número 1-0684-0142 a favor de Maureen Patricia Solís
Granados con cédula de identidad número
1-1283-0527.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia
Laboral), 16 de junio del año
2021.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021560038 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de Laura Cristina Alpízar
Zamora, quien fue mayor de edad, soltera, sin profesión u oficio especificado, costarricense con número de cédula N° 107670026, vecina
de Sarchí, fallecida el uno de mayo del dos mil veintiuno,
se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el N° 21-000247-1113-LA, a hacer
valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. EXPEDIENTE N° 21-
000247-1113-LA.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia, (Materia Laboral), 14 de junio del 2021.—Lic. Freddy Aikman Espinoza, Juez.—1 vez.—
O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021560039 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de Franklin Zúñiga
Céspedes quien portó la cédula de identidad
0900250652 y falleció el
día 03 de mayo del año 2004, promovido
por Jobanny Zúñiga Ibarra,
cédula de identidad 0110470079, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el número 21-000343-1102-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del código de trabajo. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial. Expediente
N° 21-000343-1102-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito
Judicial de San José, Sección Segunda, 31 de mayo
del año 2021.—M.sc. Susana
Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021560041 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de
causahabientes de Carmen María Zúñiga Alvarado, quien fue mayor, divorciada,
vecina de Alajuela, Targuases, portadora de la cédula
de identidad número 1-0463-0365 y falleció el 31 de octubre del año 2020, se
consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector
Privado bajo el Número 21-000409-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de
conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000409-0639-LA. Por Luis Armando Brenes Zúñiga a
favor de Carmen María Zúñiga Alvarado.—Juzgado
Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 13 de abril del año
2021.—Licda. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021560047
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Randall
Enrique Camareno Pacheco, 1-0727-0595, fallecido el 29 de mayo del año 2021, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el número
21-000420-0643-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85
y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 21-000420-0643-LA. Por Operadora de
Pensiones Complementarias y
de Capitalización Laboral de la CCSS S. A. y Otro a favor de Randall Enrique Camareno
Pacheco.—Juzgado
de Trabajo de Puntarenas, 16 de junio del año 2021.—Lic. José Andrés Ureña Chaves, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021560048 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de Guillermo Leonardo Gerardo Ruiz Castillo,
cédula de identidad N° 0400940164, fallecido el
20 de noviembre del año
2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el número
21-000444-0505-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85
y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 21-000444-0505-LA. Por Maribel Lopez Alfaro a favor de Guillermo Leonardo
Gerardo Ruiz Castillo.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 19 de marzo
del año 2021.—Licda. Ana Ivannia Barrantes Venegas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021560050 ).
Se cita y emplaza a las personas que
en carácter de causahabientes de Jesús Isaías De Los Ramírez Robles,
con cédula N° 9-0017-0486 y quien falleció el 09 de febrero del 2021, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad
con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 21-000616-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de
la persona fallecida:
Jesús Isaías
De Los Ramírez Robles.—Juzgado
de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de San José, Goicoechea, 7 de junio del 2021.—MSC. Andres Grossi
Castillo, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021560051 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Saul Antonio Ramon Fuentes Sandoval
cédula de identidad número
203930920 y falleció el 31
de mayo del año 2016, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el número
21-000616-0639-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85
y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 21-000616-0639-LA. Por Sidaly Mora Reyes a favor de Saul Antonio Ramon Fuentes Sandoval.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 14 de mayo del año 2021.—Lic. Ronny Arias Corrales, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021560052 ).
Se cita y emplaza a las personas
que, en carácter de causahabientes de Mariela del Socorro Arce Carmona con cédula de identidad número 4 0142 0359 y quien falleció el 01 01 2021, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido
por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial. Expediente
N° 21-000627-0166-LA. Diligencias de Distribución de Prestaciones de la Persona Fallecida
Mariela del Socorro Arce Carmona.—Juzgado
de Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea,
07/06/2021.—M.Sc. Andrés Grossi Castillo, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021560053 ).
Se cita y emplaza a las personas que
en carácter de causahabientes de José Félix Astacio
Pineda, cédula N° 0800080748, y quien falleció el 26- 06- 2020, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad
con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 21-000633-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de
la persona fallecida José Félix Astacio
Pineda.—Juzgado de
Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de San José, Goicoechea,
07/06/2021.—M.Sc. Andrés Grossi Castillo, Juez Tramitador.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021560054 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de Jorge Eduardo Gerardo Chaves Ramírez N° 0400840209, fallecido
el 19 02 2020, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho
en las diligencias de consig.
prest. sector público bajo el número 21-000652-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial.
Diligencias de distribución de prestaciones
de la persona fallecida Jorge Eduardo Gerardo Chaves
Ramírez, expediente N° 21-000652-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de junio del año 2021.—M.Sc. Andrés Grossi Castillo
Juez Tramitador.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021560056 ).
Se cita y emplaza a las personas que en
carácter de causahabientes de Isidro Salazar Serrano con cédula de identidad
número 1 0292 0074 y quien falleció el 23- 08- 2010, se consideren con derecho,
para que dentro del improrrogable lapso de ocho días
hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido por los
artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. expediente N° 21-000660-0166-LA.
Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida Isidro
Salazar Serrano.—Juzgado de Trabajo del Segundo
Circuito Judicial de San José, Goicoechea.—M.Sc.
Andrés Grossi Castillo, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N°
68-2017-JA.—( IN2021560057 ).
Se cita y emplaza a las personas que
en carácter de causahabientes de Yinelly Navyyt Torres Arías, cédula 7
0125 0705 y quien falleció el 16 mayo del 2021, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad
con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 21-000666-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de
la persona fallecida Yinelly
Navyyt Torres Arías.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito
judicial de San José, Goicoechea,
07/06/2021.—M.Sc. Andrés Grossi Castillo, Juez.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021560058
).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de Maikol Antonio
Arguedas Valerio, 0603190400, fallecido el 13 de febrero del 2021, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el N° 21-000667-0505-LA, a hacer
valer sus derechos de conformidad
con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 21-000667-0505-LA, por Cargill Business Services Sociedad de Responsabilidad Limitada, a favor
de Maikol Antonio Arguedas Valerio.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 5 de abril del 2021.—Msc.
Francisco José Quesada Quesada, Juez.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021560059 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Susana María Umaña
Picado 0900440443, fallecida el
23 de mayo del 2021, se consideren con derecho, para
que, dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el Número 21-000671-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Expediente
N° 21-000671-0166-LA. Diligencias de Distribución de Prestaciones de la Persona Fallecida
21-000671-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de San José, 10 de junio
del 2021.—M.Sc. Andrés Grossi Castillo, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021560060 ).
Se cita y emplaza a
las personas que, en carácter
de causahabientes de Carlos Liborio De Los Ángeles Villegas Villegas
0500590404 y quien falleció
el 26 06 20, se consideren
con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido
por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial. Expediente
N° 21-000675-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida
Carlos Liborio De Los Ángeles Villegas Villegas.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de San José, Goicoechea, 10 de junio del 2021.—M.Sc. Andrés Grossi
Castillo, Juez.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021560061 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Hernán Fernando
Sosa Rivero, fallecido el
12 de febrero de 2021, se consideren
con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 21-000692-0639-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 21-000692-0639-LA. Por Hernán Fernando Sosa Rivero a favor de Cecilia Berriel García.—Juzgado Trabajo del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 25 de mayo
del año 2021.—Licda. Lucía Alpízar Pérez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021560062 ).
Se cita y emplaza a las personas que
en carácter de causahabientes de José Rafael Robles Zamora, con cédula de identidad N° 1 0238 0316 y quien falleció el 12 11 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad
con lo establecido por los artículos
85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial,
expediente N° 21-000697-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de
la persona fallecida José Rafael Robles Zamora.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de San José, Goicoechea, 10 de junio del 2021.—MSC. Andrés Grossi
Castillo, Juez Tramitador.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021560063 ).
Se cita y emplaza a las personas que
en carácter de causahabientes de Marco Vinicio Díaz Rojas con cédula 1
0752 0981 y falleció el 28
11 2003, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido
por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial. Expediente
N° 21- 000701-0166-LA. Diligencias de distribución de
prestaciones de la persona fallecida
Marco Vinicio Díaz Rojas.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de San José, Goicoechea,
11/06/2021.—M.Sc. Andrés Grossi Castillo, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021560064 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de William Eugenio de la Trinidad González
Cabezas, quien fue mayor, casado, vecino de Alajuela, portador de la cédula de identidad
número 5-0149-0723, y falleció
el 17 de enero del año 2021, se consideren con
derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector público bajo el número 21-000715-0639-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000715-0639-LA.
Por Sandra María Fernández Azofeifa a favor de
William Eugenio de la Trinidad Gonzalez Cabezas.—Juzgado Trabajo del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 23
de mayo del año 2021.—Licda.
Grace Agüero Alvarado, Jueza
Tramitadora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021560065 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Mario Rafael Ángel Montero Calvo, quien fuere
portador de la cédula de identidad
número 0105990416, quien falleció el día 02 de marzo del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el Número
21-000725-0505-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Expediente N° 21-000725-0505-LA.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 13
de abril del 2021.—Msc. Ana Yancy Castro Gamboa, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021560066 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de Omar Monge Calvo, quien
fue mayor, vecino de Turrúcares, portador de la cédula
de identidad N° 2-0300-0301, laboró
para el Instituto Costarricense
de Electricidad, y falleció
el 01 de mayo del 2003, se consideren
con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector público bajo el N°
21-000731-0639-LA, a hacer valer
sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85
y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 21-000731-0639-LA, por Lidieth Guzman Vargas, a
favor de Omar Monge Calvo.—Juzgado
de Trabajo del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 25 de mayo del 2021.—Lic.
Ronny Arias Corrales, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021560068 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Olman Guillermo de Jesús Peraza Alvarado, con cédula de identidad 0400770610, y falleció el 21 de noviembre del año 2009, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de Ocho Días Hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de Consig. Prest.
Sector Privado bajo el número
21-000742-0505-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 21-000742-0505-LA.—Juzgado
de Trabajo de Heredia, 14 de abril
del año 2021.—Msc. Ana Yancy Castro Gamboa, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021560069 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de Grettel Rocío Hidalgo
Araya 0205010189, fallecida el
09 de setiembre del año
2003, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector privado
bajo el Número
21-000758-0639-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000758-0639-LA. Por
Luz Marina Araya Mora y
Jorge Arturo Hidalgo Navarro.—Juzgado
Trabajo del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 02 de junio del año 2021.—Licda.
Lucía Alpízar Pérez, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº
364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021560070
).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Rosa del Rosario Ramírez Rojas,
cédula de identidad N° 0900440464, fallecido(a) el 29 de octubre del año 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el número
21-000775-0505-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial, expediente N° 21-000775-0505-LA. Por Ángela Ramírez Rojas a favor de
María Rosa del Rosario Ramírez Rojas.—Juzgado de Trabajo de
Heredia, 21 de abril del año
2021.—Licda. Ana Ivannia Barrantes Venegas, Jueza Decisora.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021560071 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Elodia Sánchez Sánchez
0200796579, fallecida el 25
de octubre del año 2020, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el Número
21-000784-0639-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Expediente N° 21-000784-0639-LA. Por Flora María Fonseca Chaves.—Juzgado Trabajo del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 10 de junio
del 2021.—Lic. Ronny Arias Corrales, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021560072 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Estefanie María
Segura Barboza, 0401860229, fallecida el 10 de julio del año 2008, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el número
21-000801-0639-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85
y 550 del Código de Trabajo. Publíquese
una vez en el Boletín Judicial.
Expediente N° 21-000801-0639-LA. Por Jorge Eduardo
Miranda González.—Juzgado
Trabajo del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 14 de junio del año 2021.—Licda. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021560073 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de
causahabientes de Angela María Suazo, residencia número155821706923, fallecida
el 05 de abril del año 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este
edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el Número 21-000826-
0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el
artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000826-0639-LA.
Promovido por Armando de Jesús Solís Mayorga.—Juzgado
Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 15 de junio del año 2021.—Lic. Ronny Arias Corrales, Juez.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021560074 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Julia Borbón Urbina 0112730086, fallecida el 07 de octubre del año 2012, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el Número 21-000887-1178-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Expediente N° 21-000887-1178-LA. Por a favor de Julia
Borbón Urbina.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito
Judicial de San José, Sección Primera,
28 de abril del 2021.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021560075 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Adita Marcela Córdoba
Segura N° 0110470777, fallecida el
01 de abril del año 2021,
se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 21-001065-1178-LA, a hacer
valer sus derechos, de conformidad
con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial, expediente N° 21-001065-1178-LA. Por a
favor de Adita Marcela Córdoba Segura.—Juzgado de trabajo
del Primer Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 31 de mayo del
año 2021.—M.Sc. Marianela Barquero
Umana, Jueza Tramitadora.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021560077 ).
Se cita y emplaza a
las personas que en carácter
de causahabientes de Claudio Hernán Varela Álvarez, cédula de residencia DIMEX:
115200080123, fallecido el
16 de junio del 2020, se consideren
con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido
por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N°
20-001072-0166-LA, diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida:
Claudio Hernán
Varela Álvarez.—Juzgado de Trabajo
del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 24 de agosto del 2020.—M.Sc. Ángela Minero Akiya, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021560338 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Antonio Salazar Ledezma,
cédula de identidad N° 0501040326, quien fue mayor, casado, vecino de Abangares, Barrio San Antonio, 300 metros al este del Monumento El Minero casa a mano derecha, color
verde, y falleció el 09 de marzo del año 2021, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el número
21-000024-1574-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial, expediente N° 21-000024-1574-LA. Por Operadora de Pensiones Complementarias de la CCSS a favor de Jorge Antonio
Salazar Ledezma.—Juzgado Contravencional de Abangares
(Materia laboral), 10 de junio
del año 2021.—Msc. Alba
Díaz Gutiérrez, Jueza Decisora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021560343 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de Leda María Tenorio Ruiz, quien era mayor de edad, costarricense, portadora de la
cédula de identidad 5-0272-0474, vecina
de Abangares, Colorado, San Joaquín, del parque infantil, 100 metros al
sur y 100 al este, casa a mano derecha,
y falleció el día 11 de enero de 2021, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en
las diligencias de consignación de prestaciones sector privado bajo el
N°
21-000025-1574-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín
Judicial. Expediente N° 21-000025-1574-LA.—Juzgado Contravencional
de Abangares (Materia Laboral), 16 de junio del 2021.—MSC. Alba Díaz
Gutiérrez, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021560344 ).
Se cita y emplaza a las personas que
en carácter de causahabientes de Osvaldo José Velázquez Castañeda, con cédula de identidad
número 8-0103-0225 y quien falleció el 09 de enero 2021, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos y de conformidad con lo establecido
por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el
Boletín Judicial, expediente
N° 21-000112-0166-LA. Diligencias de distribución de prestaciones de la persona fallecida
Osvaldo José Velázquez Castañeda.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de San José, Goicoechea, 12 de febrero del 2021.—M.SC. Andrés Grossi
Castillo, Juez Tramitador.—1
vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021560350 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de Natalia María Barrantes
Solano, quien fue mayor,
cédula de identidad 2-0613-0117, vecina
de Grecia, laboró para el
Colegio María Inmaculada de Grecia, y falleció el veinticinco de enero del dos mil veintiuno, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado
bajo el número
21-000119-1113-LA, a hacer valer
sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Expediente Nº 21-000119-1113-LA. Por Carmen Solano Bogantes, cédula de identidad
2-0331-0798, a favor de sí misma y de Joaquín Bernardo Barrantes Rodríguez, con cédula de identidad
2-0425-0059.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia (Materia Laboral), 17 de marzo del año 2021.—Lic. José Pablo Quesada Padilla, Juez.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021560352 ).
Se cita y emplaza a
los que en carácter de causahabientes de Rodolfo Gerardo Villalobos Mora
0501990686, fallecido el 19
de febrero del año 2021, se
consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. pago sector privado bajo el Número 21-000146-1001-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido
por el artículo 85 y 550
del Código de Trabajo. Expediente
N° 21-000146-1001-LA. Establecido por Hilda María de La Trinidad Bravo Vega a favor de
Rodolfo Gerardo Villalobos Mora.—Juzgado
Civil, Trabajo y Agrario
de Turrialba (Materia Laboral), 17 de mayo del 2021.—Lic. Randall Gómez Chacón,
Juez.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021560354 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Roberto Cascante Parra, cédula de identidad N° 06-0193-0924, quien fue mayor, soltero, cédula de identidad N° 6-0193-0924, fue vecino de 27 de abril, Barrio los
Coyotes, laboró como Guarda Privado del Banco Nacional de Tamarindo, falleció el 20 de abril del 2021, se consideren con
derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en
las diligencias de consig. prest.
sector público bajo el N°
21-000163-0775-LA, a hacer valer
sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85
y 550 del Código de Trabajo. Expediente
N° 21-000163-0775-LA, Por Hilda Marta Leal Parra.—Juzgado de Trabajo de
Santa Cruz, 3 de junio del 2021.—Katherine Ramírez Angulo,
Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021560356
).
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En este Despacho,
con una base de sesenta y tres
millones novecientos setenta y cuatro mil quinientos veintidós colones con cuarenta y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
525480-000, la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito
3-Sanchez, cantón 18- Curridabat,
de la provincia de San José. Colinda:
al norte, Avenida Publica Nueve-A;
al sur, lote dos; al este, Urbanizadora La Laguna S. A. y al oeste,
Comercial Hacienda del Sol S. A. Mide:
trescientos cuarenta y cinco metros con cincuenta y tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del veintisiete de setiembre de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas cero minutos del cinco
de octubre de dos mil veintiuno
con la base de cuarenta y siete
millones novecientos ochenta mil ochocientos noventa y un colones con ochenta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del trece de octubre de dos mil veintiuno con la base de quince millones
novecientos noventa y tres mil seiscientos treinta colones con sesenta y dos céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Ericka De Los Ángeles
Aguilar Rodríguez, Manrique Alberto Porras Gómez, Tilino
Dos Mil Doce S. A. Expediente
N° 18-007580-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de
mayo del año 2021.—Jenny María Corrales Torres, Jueza Decisora.—( IN2021559701 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta
y cuatro mil dólares exactos (moneda de curso legal de los estados unidos), soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 349-06149-01-0900-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 3292-F,
derecho-000, la cual es terreno
naturaleza: apartamento 1 destinado a habitación distrito: 1-San Pedro, cantón:
15-Montes de Oca, provincia: San José. Al norte, con 9m 65cm Dent e Hijos
S. A.; al sur, con 1m jardinera cn
8m dest parque; al este, con 4m 60cm patio luz 4m20 cm jardines;
y al oeste, cn 8m20cm zona
de parqueo 60cm parque. Mide: ochenta y dos metros con noventa y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince
horas cero minutos del dieciséis
de agosto del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del veinticuatro de agosto
del dos mil veintiuno, con la base de treinta y tres mil dólares exactos (moneda de curso legal de los Estados Unidos) (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos
del uno de setiembre del dos mil veintiuno,
con la base de once mil dólares exactos
(moneda de curso legal de
los Estados Unidos) (25% de la base original). Notas: Se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Agrícola
El Mesón
Esmeralda S. A. contra Bierra S. A., Oscar Abelardo
Ramírez González. Expediente N° 19-007398-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San
José, 10 de junio del 2021.—Licda.
Hellen Mora Salazar, Jueza Decisora.—( IN2021559704 ).
En este Despacho, con una base de veintiún
mil quinientos treinta y siete dólares con ochenta y seis centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo Placa: BJL582, Marca: Suzuki, estilo:
S Cross GLX, capacidad: 5 personas, año: 2016, color: café, Vin: TSMYA22S1GM221329, N°
Motor: M16A1926636, cilindrada: 1586 c.c.,
combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las
quince horas cero minutos del ocho
de setiembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del veinte de setiembre de
dos mil veintiuno, con la base de dieciséis
mil ciento cincuenta y tres dólares con treinta y nueve centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cero minutos del veintiocho
de setiembre de dos mil veintiuno,
con la base de cinco mil trescientos
ochenta y cuatro dólares con cuarenta y seis
centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Gestionadora de Créditos de SJ
Sociedad Anónima contra Aldo Derico
Quesada Arce. Expediente Nº 18-005267-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago,
hora y fecha de emisión: diez horas con cuarenta y dos minutos del veintiocho de mayo
del dos mil veintiuno.—Lic.
Víctor Obando Rivera, Juez Decisor.—( IN2021559730 ).
En este Despacho, con una base de once mil ochocientos
sesenta y cinco dólares con ochenta y un
centavos, libre de gravámenes prendarios,
pero soportando denuncia de transito bajo las citas tomo: 0800, asiento:
00618611, secuencia: 001; sáquese
a remate el vehículo Placa: BJC206, Marca: Daihatsu, estilo:
Terios, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, año: 2016,
color: plateado, Vin: JDAJ210G0G3011373, cilindrada: 1500 c.c., N° Motor: 2890851. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del diez de agosto del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil veintiuno, con la base de ocho
mil ochocientos noventa y nueve dólares con treinta y cinco centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil veintiuno, con
la base de dos mil novecientos sesenta
y seis dólares con cuarenta
y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Nora Isabel
Medina Rodríguez. Expediente N° 21-004573-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 24 de abril del 2021.—Licda. Heilim María Badilla Alvarado, Jueza Decisora.—( IN2021559731 ).
En este Despacho, con una base de tres
mil cuatrocientos treinta dólares con setenta centavos,
libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo BCV884, Marca: Fiat, estilo:
Línea
Dynamic, Categoría: automóvil, Capacidad:
5 personas, año fabricación:
2012, color: beige, cilindrada: 1368 c.c.,
combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las
quince horas cero minutos del dieciséis
de febrero de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del veinticuatro de febrero
de dos mil veintidós, con la base de dos mil quinientos setenta y tres dólares con tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos
del cuatro de marzo de dos
mil veintidós, con la base de ochocientos
cincuenta y siete dólares con sesenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Banco
Promerica de Costa Rica S. A. contra Vivian Melissa
Cedeño Araya. Expediente N° 21-006369-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha
de emisión: diecisiete
horas con cincuenta y cinco
minutos del cuatro de junio del dos mil veintiuno.—Licda. Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—(
IN2021559732 ).
En este Despacho, con una base de ocho
mil seiscientos veintinueve
dólares con ochenta
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo Placas: BGR697, Marca:
Toyota, estilo: Yaris E, Categoría:
automóvil,
Capacidad: 5 personas, Serie: MR2BT9F39F1129761, carrocería:
Sedan, 4 puertas, tracción:
4x2, año fabricación: 2015,
color: blanco, N° motor: 1NZZ043996, cilindrada:
1500 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan
las nueve horas diez minutos del diecisiete de agosto de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas diez minutos del veinticinco de agosto de dos mil veintiuno, con la base de seis mil cuatrocientos
setenta y dos dólares con treinta y cinco centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas diez minutos del dos de setiembre de
dos mil veintiuno, con la base de dos mil ciento cincuenta y siete dólares con cuarenta y cinco centavos (25% de
la base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Óscar Mario Angulo Durán. Expediente
N° 21-005398-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 06 de
mayo del 2021.—María Del Carmen Vargas González, Jueza
Decisora.—( IN2021559733 ).
En este Despacho, con una base de dos mil cuatrocientos
sesenta y nueve dólares con treinta y cinco centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placas 783648. Marca: Daihatsu estilo:
Terios, Categoría: automóvil Capacidad: 5 personas, tracción: 4x4, año fabricación: 2009, color: Blanco, Vin: JDAJ210G001088534, N.Motor: 2195320, cilindrada: 1495 c.c., cilindros:
4, combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del diez de febrero de dos mil veintidós. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del dieciocho de febrero de dos mil veintidós, con la base de mil ochocientos
cincuenta y dos dólares con
un centavo (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del veintiocho de febrero de dos mil veintidós, con
la base de seiscientos diecisiete
dólares con treinta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Allan
Eduardo Vargas Chacón. Expediente
Nº:21-006368-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia. Hora y fecha
de emisión: dieciséis horas
con diecinueve minutos del ocho de junio del dos mil veintiuno.—Lic. German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2021559734 ).
En este despacho, con una base de un millón
doscientos treinta y cinco mil doscientos seis colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de paso; citas;2015-00558005-01-0002-001 y servidumbre de paso; citas;
2016-00687045-01-0004-001; sáquese a remate la finca
del partido de Guanacaste, matrícula
número doscientos diecinueve mil trescientos veinte, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito Sardinal, cantón Carrillo, de la provincia
de Guanacaste. Colinda: al norte,
Lilliam Bustos Mendoza; al sur, Lilliam Bustos Mendoza; al este,
servidumbre de paso con un frente
a la misma de diez punto setenta y cinco metros y al oeste, Lilliam Bustos Mendoza. Mide:
Doscientos cincuenta metros
con cero decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintidós de julio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas treinta minutos del tres de agosto de dos mil veintiuno, con la base de novecientos
veintiséis mil cuatrocientos
cuatro colones con cincuenta céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del once de agosto de dos mil veintiuno, con
la base de trescientos ocho
mil ochocientos un colones
con cincuenta céntimos (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Instacredit S. A. contra Evelina Luz Gutiérrez Abarca. Expediente N° 18-002223-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 28 de abril
del año 2021.—Licda. Zary Navarro Zamora, Jueza Tramitadora.—(
IN2021559765 ).
En este Despacho, con una base de catorce
mil ciento veintidós dólares con ochenta y un
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo BLK029, Marca: Hyundai, Estilo:
Accent, Categoría: Automóvil,
Capacidad: 5 personas, Año:
2014, Color: Negro, Vin: KMHCU5AE3EU175721, Cilindrada:
1600 c.c., Combustible: Gasolina, Motor: No legible.
Para tal efecto se señalan las diez horas treinta minutos del veinte de julio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas treinta minutos del veintinueve de julio de dos mil veintiuno con la base de diez mil
quinientos noventa y dos dólares con once centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del seis de agosto de dos mil veintiuno con
la base de tres mil quinientos
treinta dólares con setenta centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Carrofacil de Costa Rica S. A. contra Jeffry Josué Montcalm Barboza. Expediente
N° 18-003682-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), catorce horas con treinta y ocho minutos del veintisiete de mayo del dos mil veintiuno.—Eileen
Chaves Mora, Jueza Tramitadora.—(
IN2021559843 ).
En este Despacho, con una base de cuatro
mil ciento treinta y un dólares con setenta y tres centavos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando colisión de transito del Juzgado de Heredia, boleta N° 2017245700208, sumaria
N° 17-002595-0497-TR; sáquese a remate el vehículo placa.
833374, marca: Nissan, estilo:
Tida, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2010,
carrocería: Sedan, 4 puertas,
Hatcahback, color: gris, tracción: 4X2,
vin: 3N1BC1CDXZL162807, motor N° MR18509728H, combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las trece horas treinta minutos del veinte de julio de dos mil veintiuno. De no haber postores el segundo
remate se efectuará a las trece
horas treinta minutos del veintiocho de julio de dos mil veintiuno, con la base de tres
mil noventa y ocho dólares con setenta y nueve centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del seis de agosto de dos mil veintiuno, con
la base de mil treinta y dos dólares
con noventa y ocho centavos
(25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Carro Fácil de Costa Rica S. A.,
contra Roy Andrey Chinchilla Henríquez. Expediente N°
21-005564-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 19 de mayo del 2021.—Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2021559844
).
En este Despacho, con una base de ochenta
millones de colones exactos , libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación (ley de informaciones
posesorias) bajo las citas:
2018-690979-01-0003-001, reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos, bajo las citas:
2018-690979-01-0004-001; Reservas Ley Caminos bajo
las citas: 2018-690979-01-0005-001; Reservas Ley Forestal bajo las citas: 2018-690979-01-0006-001; Reservas
Ley Aguas bajo las citas:
2018-690979-01-0008-001; sáquese a remate la finca
del partido de Alajuela, matrícula
número 569053-000, la cual
es terreno de repastos. Situada en el
distrito: 11-Cutris cantón:
10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Xinia Eugenia Martinelli Marín y Adolfo Salazar Aguilar;
sur, María del Milagro Rojas González y Rosibel Arias
Cordero; este, Carretera Nacional con un frente de noventa y tres metros sesenta y un centímetros lineales, Rosibel Arias Cordero, Adolfo Salazar Aguilar y Ganadera Rojas Martinelli Sociedad Anónima;
oeste, Carlos Cordero Morales. Mide:
noventa y un mil ciento sesenta y un metros cuadrados.
Plano: A-1836758-2015. Para tal efecto,
se señalan las once horas cero minutos
del cinco de mayo de dos mil veintidós.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos
del trece de mayo de dos mil veintidós,
con la base de sesenta millones
de colones exactos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas cero minutos del veintitrés
de mayo de dos mil veintidós, con la base de veinte millones de colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Dayane Ramón Villalobos González contra Agropecuaria
Tabique ERG SRL. Expediente
N° 21-002439-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: dieciséis horas con once
minutos del cuatro de junio del dos mil veintiuno.—Lic. Carlos Alonso Cascante Calvo, Juez
Decisor.—(
IN2021559868 ).
En este Despacho, con una base de quince
millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando
reservas y restricciones bajo las citas: 325-15134-01-0902-001; sáquese a
remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 168.090-000, la cual
es terreno con 1 casa con 8 aptos. Situada en el distrito: 02-Florencia,
cantón: 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle
pública; al sur, Colegio Agropecuaria de Santa Clara; al este, Teresa Carvajal
Rojas y al oeste, Olman Corrales Porras. Mide: cuatrocientos cuarenta metros
con noventa y cinco decímetros cuadrados, plano: A-0985689-1991. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del cuatro de octubre de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve
horas treinta minutos del doce de octubre de dos mil veintiuno, con la base de
once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original)
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas
treinta minutos del veinte de octubre de dos mil veintiuno, con la base de tres
millones setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original).
Notas: Se le informa a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por
dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de
antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Víctor Manuel
Benavides Rojas. Expediente N° 20-004957-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, 17 de diciembre del 2020.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez
Decisor.—( IN2021559871 ).
En este Despacho, con una base de cincuenta
y ocho millones de colones (¢58.000.000,00), libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando afectaciones de citas 338-00925-01-0901-001 y advertencias
administrativas; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 35809, derecho 000, la cual
es terreno de Repasto. Situada en el
distrito 01 Parrita, cantón 09 Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, Estero Zapote, al sur, calle
pública e Inversiones Piercito S. A., al este, Estero
Zapote y al oeste, Estero Minifiendo
la Palma y calle privada en medio Damaris González, para lo cual
se señalan las trece horas treinta minutos del dos de diciembre del dos mil veintiuno
(13:30 horas 02/12/2021). De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las trece
horas treinta minutos del nueve de diciembre del dos mil veintiuno (13:30 horas 09/12/2021) con la base de cuarenta y tres millones quinientos mil colones (¢43.500.000,00) (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del dieciséis de diciembre del dos
mil veintiuno (13:30 horas 16/12/2021) con la base de
catorce millones quinientos mil colones
(¢14.500.000,00) (25% de la base original). Notas: Se
les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
interdicto de Marina Linda Sociedad Anónima contra Sociedad Comercial
Altos y Bajo de Navarrito Sociedad Anónima. Expediente Nº
12-100024-0425-CI.—Juzgado
Civil y Trabajo de Quepos (Materia Civil), 11 de junio del año 2021.—Licda. Aleyda Vargas López, Jueza Tramitadora.—( IN2021559888 ).
En la puerta
exterior de este despacho,
con una base de diez millones
cuatrocientos ocho mil seiscientos veinte colones con setenta y cinco céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa TSJ 004119, Marca:
Nissan, estilo: Tiida, Categoría:
automóvil, Capacidad: 5
personas, Serie: 3N1CC1AD2JK195186, carrocería: Sedan
4 puertas, tracción: 4x2, número chasis: 3N1CC1AD2JK195186,
año fabricación: 2018, uso: taxi, color: rojo, Vin:
3N1CC1AD2JK195186. N° Motor: HR16730700P motor Marca: Nissan, N° Serie: no indicado, motor modelo:
BDTALAFC11EJARA, cilindrada: 1598 c.c., cilindros: 4, potencia: 80 kw,
combustible: gasolina. Para tal
efecto se señalan las
quince horas cero minutos del uno de setiembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del nueve de setiembre de
dos mil veintiuno, con la base de siete
millones ochocientos seis
mil cuatrocientos sesenta y
cinco colones con cincuenta y seis céntimos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cero minutos del veinte
de setiembre de dos mil veintiuno,
con la base de dos millones seiscientos
dos mil ciento cincuenta y cinco colones con dieciocho céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra José Francisco de Los Ángeles
Méndez Corrales. Expediente 20-000631-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 07 de junio
del año 2021.—Licda. María
Sophia Ramírez Rodríguez, Jueza Tramitadora.—( IN2021559901
).
En este Despacho, con una base de ochenta
y tres mil novecientos cincuenta y ocho dólares con setenta y cinco centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas
0352-00005723-01-0900-001; sáquese a remate la finca
del partido de Cartago, matrícula
número 215952-000, la cual
es terreno para construir lote bloque 12-B. Situada en el
distrito 05 Concepción, cantón
03 La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 17-B; al este, lote 13-B y al oeste, lote 11-B. Mide: ciento sesenta y cuatro metros con cero decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince
horas cero minutos del dieciséis
de julio de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del veintisiete de julio de
dos mil veintiuno con la base de sesenta
y dos mil novecientos sesenta
y nueve dólares con seis
centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cero minutos del cinco
de agosto de dos mil veintiuno
con la base de veinte mil novecientos
ochenta y nueve dólares con sesenta y nueve centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Alberto Antonio Martín Concepción del Niño Agüero
Echeverria contra 3101590986 S.A., expediente N°
20-007410-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de
Cartago, hora y fecha de emisión:
diez horas con veintiséis minutos
del siete de junio del dos
mil veintiuno.—Marcela Brenes Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2021559906
).
En este Despacho, con una base de ocho millones cuatrocientos treinta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Heredia, matrícula
número 241320, derecho 000, la cual
es terreno lote cuatro, terreno para construir. Situada en el distrito:
02-La Virgen, cantón: 10-Sarapiquí, de la Provincia de Heredia. Colinda: al
norte calle publica con un frente de 10 metros; al sur Jardín
del Río S.R.L.; al este María Luz Castro Rojas y al oeste
María Luz Castro Rojas. Mide: trescientos
veintisiete metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos
del veinticinco de noviembre
de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas cero minutos del seis de diciembre de dos mil veintiuno,
con la base de seis millones trescientos
veintidós mil quinientos colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos
del catorce de diciembre de
dos mil veintiuno, con la base de dos millones ciento siete mil quinientos colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
María Luz Castro Rojas contra Finca La Cascada
Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Expediente Nº:19-006440-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de
Heredia, 22 de abril del año
2021.—Lic. German Valverde Vindas,
Juez Tramitador.—( IN2021559942 ).
En este Despacho, con una base de siete
mil setecientos setenta y nueve dólares con ochenta y ocho centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas 832271, Marca:
Nissan, estilo: Murano, Categoría:
automóvil, capacidad: 5
personas, Serie: JN1TANZ51Z0101721, año fabricación: 2010, color: negro N° Motor: VQ35400056C, cilindrada: 3500 c.c., combustible: gasolina.
Para tal efecto se señalan las dieciséis horas diez minutos del veintidós de julio del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las dieciséis
horas diez minutos del tres de agosto del dos mil veintiuno, con la base de cinco
mil ochocientos treinta y cuatro dólares con noventa y un centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las dieciséis horas diez minutos del once de agosto del dos mil veintiuno, con
la base de mil novecientos cuarenta
y cuatro dólares con noventa y siete centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Banco Promerica de Costa Rica S.A. contra Gerardo
Emilio Chaves Ramírez. Expediente Nº 20-015580-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, hora y fecha
de emisión: once horas con seis minutos
del tres de junio del dos
mil veintiuno.—Licda. Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2021559944 ).
En este Despacho, con una base de sesenta
y cinco millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula
número doscientos veintinueve mil setecientos treinta y cinco, derecho 000, la cual es terreno galerón destinado a taller. Situada en el distrito:
01-San Pedro, cantón: 15-Montes de Oca, de la provincia de san José. Colinda: al norte, avenida 1; al sur, Avelino Sibaja
Prado con 13 metros con 81 centímetros; al este, Mireya Chinchilla Solano con 25 metros con 96 centímetros y al oeste, Familia
Martínez Diaz con 25 metros con 44 centímetros. Mide: Trescientos veintiún metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince
horas treinta minutos del ocho de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del diecisiete de setiembre de dos
mil veintiuno, con la base de cuarenta
y nueve millones doscientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas treinta minutos
del veintisiete de setiembre
de dos mil veintiuno con la base de dieciséis millones cuatrocientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Pedro Chinchilla Solano, Silvia Viviana Chinchilla Sáenz. Expediente N°
18-007960-1763-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 15 de junio
del año 2021.—Licda. María
Sophia Ramírez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2021559945 ).
En este Despacho, 1)- Con una base de veintiocho
millones quinientos noventa y cuatro mil cuatrocientos ochenta y cuatro colones con siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de
Caminos Públicos citas:
549-14506-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número ciento cuarenta
y un mil seiscientos setenta
y siete, derecho cero cero cero, la cual es terreno apto para construir con una casa. Situada en el distrito:
07-Diría, cantón: 03-Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, Jorge Enrique Chavarría
Cubillo; al sur, Marcos Padilla Gudamuz;
al este, calle pública con
21.87 metros de frente y al oeste,
José Joaquín Cubillo Chavarría.
Mide: trescientos setenta y un metros con tres decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del catorce de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas treinta minutos del veintidós de setiembre de dos mil
veintiuno, con la base de veintiún
millones cuatrocientos cuarenta y cinco mil ochocientos sesenta y tres colones con cincuenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del treinta de setiembre de dos mil veintiuno,
con la base de siete millones
ciento cuarenta y ocho mil seiscientos veintiún colones con dieciocho céntimos (25% de la
base original). 2)- Con una base de dieciocho millones cuatrocientos cinco mil quinientos quince colones con noventa y tres céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Guanacaste, matrícula número
noventa y tres mil trescientos treinta y seis,
derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito:
07-Diría, cantón: 03-Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte, Nancy Cubillo Chavarría; al sur, Feliciano Chan Li y Marcos Padilla Guadamuz; al este, Alida María Chavarría Carrillo
y servidumbre de paso con un frente
a ella de 3,00 metros lineales y al oeste, María Dora
Ortega Ortega. Mide: doscientos ochenta y cinco metros con sesenta y dos decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del catorce de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas treinta minutos del veintidós de setiembre de dos mil
veintiuno, con la base de trece
millones ochocientos cuatro mil ciento treinta y seis colones con noventa y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del treinta de setiembre de dos mil veintiuno,
con la base de cuatro millones
seiscientos uno mil trescientos
setenta y ocho colones con noventa y ocho céntimos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra José Joaquín Cubillo Chavarría,
Natalia María Espinoza Marín, expediente N° 20-003922-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha
de emisión: siete horas con
treinta y tres minutos del treinta y uno de mayo
del dos mil veintiuno.—Lic.
Víctor Hannia Núñez
Rodríguez, Juez Tramitador.—( IN2021559946 ).
En este Despacho, con una base de diecinueve
millones doscientos treinta y dos mil quinientos doce colones con cuarenta y seis céntimos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando servidumbre trasladada citas 380-10581-01-0900-001; sáquese
a remate la finca del partido de limón,
matrícula número cuarenta y seis mil quinientos treinta y ocho, derecho cero cero cero, la cual
es terreno de solar con una casa. Situada
en el distrito
uno Guácimo, cantón seis Guácimo, de la provincia de
Limón. Colinda: al norte, Hayzel Orieta Fallas
Betancourt; al sur, Maricel Villarreal Soto; al este, Hacienda Las Delicias y al oeste, calle pública.
Mide: trescientos setenta metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados, Plano l-0862598-1989. Para tal
efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del diecinueve de julio de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintisiete de julio de dos mil veintiuno, con la base de catorce
millones cuatrocientos veinticuatro mil trescientos ochenta y cuatro colones con treinta y cinco céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del cinco de agosto de dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones ochocientos ocho mil ciento veintiocho colones con doce céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L. contra Félix Mario Quesada Villarreal,
Rita María Villarreal Soto. Expediente N°
19-009457-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí, 25
de mayo del año 2021.—Lic.
Jeffrey Thomas Daniels, Jueza Decisora.—( IN2021559948 ).
En este Despacho, con una base de diez millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de Limón, matrícula
número ciento veintitrés mil novecientos cuarenta y uno, derecho cero cero
cero, la cual es terreno lote Ñ6, terreno para uso agrícola. Situada: en el distrito:
05- Cariari, cantón 02-Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, lote Ñ7 de Daube Ávila Céspedes;
al sur, lote Ñ5 de Daube Ávila Céspedes;
al este, lote Ñ4 de Daube Ávila Céspedes,
y al oeste, Compañía Bananera
TEL-AVIV S. A. Mide: veintidós mil setecientos
treinta y cuatro metros con
setenta y siete decímetros cuadrados. Plano: L-1191768-2007. Para tal
efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del treinta de julio del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas treinta minutos del diez de agosto del dos mil veintiuno, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las diez horas treinta minutos del dieciocho de agosto del dos mil veintiuno, con la base de dos millones
quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Mario Alberto de Jesús Solano Hernández contra William Ávila Céspedes. Expediente
N° 19-009516-1209-CJ.—Juzgado
de Cobro de Pococí, 31 de mayo del 2021.—Licda. Jeffrey Thomas Daniels, Juez
Decisor.—(
IN2021559958 ).
En este Despacho, con una base de cuarenta
y un millones ochocientos veinticinco mil cuatrocientos noventa y siete colones con ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre dominante (citas:
393-16662-01-0001-001), servidumbre de paso (citas: 429-05376-01-0005-001), servidumbre
de paso (citas: 546-05325-01-0001-001); sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
39951-F, derecho 001 y 002, la cual es terreno naturaleza: finca filial número doce terreno para construir que se destinara a uso habitacional y que podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el
distrito: 04-San Antonio, cantón:
01-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, filial número 13, calle número uno con frente de 10.00
metros; al noroeste, filial número
13; al sureste, finca filial 11; y al suroeste: Guillermo Mata Segura y filial número 11. Mide: ciento sesenta y dos metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del doce de julio de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta
minutos del veinte de julio de dos mil veintiuno, con
la base de treinta y un millones
trescientos sesenta y nueve mil ciento veintidós colones con ochenta y un céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del veintinueve de julio de dos mil veintiuno, con
la base de diez millones cuatrocientos cincuenta y seis
mil trescientos setenta y cuatro colones con veintisiete céntimos (25% de la
base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Elda Xiomara García Rivas. Expediente 19-011398-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 15 de enero del año 2021.—M.Sc. Angie
Rodríguez Salazar, Jueza.—( IN2021560017 ).
En este Despacho, con una base de diecisiete
millones cuatrocientos ochenta y cuatro mil quince colones con cuarenta y cuatro céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando: advertencia administrativa expediente N° 2018-834 RIM.-Resolución de
las 09:38 horas del 23 octubre del 2018; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
300970-000, la cual es terreno
de pastos con dos casas. Situada: en el
distrito: 02-San José, cantón: 01-Alajuela
de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Albina Cruz Bravo; sur, Albina Cruz Bravo; este, calle pública, y oeste,
Albina Cruz Bravo. Mide: trescientos
sesenta y cuatro metros con
setenta y dos decímetros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del veintitrés de agosto del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas
cero minutos del treinta y
uno de agosto del dos mil veintiuno,
con la base de trece millones
ciento trece mil once colones con cincuenta y ocho céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del ocho de setiembre del dos mil veintiuno,
con la base de cuatro millones
trescientos setenta y un
mil tres colones con ochenta y seis céntimos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Nacional de Costa Rica contra Luis Roberto Francisco Piedra León. Expediente N° 18-032376-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del
Primer Circuito Judicial de Alajuela, 02 de febrero del 2021.—Licda. Michelle
Allen Umaña, Jueza Decisora.—(
IN2021560026 ).
En este Despacho, con una base de noventa
y cinco millones seiscientos cincuenta y seis mil setecientos doce colones con cuatro céntimos, soportando hipoteca de primer grado bajo las
citas 572- 42001-01-0002-001, sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número trescientos noventa y ocho mil trescientos cincuenta y seis, derecho cero cero
cero, la cual es terreno plano. Situada en el
distrito San Isidro, cantón
Vázquez de Coronado, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 52, de Urbanizadora Los
Alpes; al sur, lote 50, de Urbanizadora
Los Alpes; al este, Marcelo Mora Chaves, sucesión de Luis Montero; y al oeste,
calle pública con 21 m. Mide: mil trescientos setenta y ocho metros con veintiséis decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas veinte minutos del trece de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas veinte minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintiuno, con la base de setenta
y un millones setecientos cuarenta y dos mil quinientos treinta y cuatro colones con tres céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas veinte minutos del treinta y uno de agosto de dos mil veintiuno, con
la base de veintitrés millones
novecientos catorce mil ciento setenta y ocho colones con un céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Franklin David de La Trinidad Rodríguez Blanco contra Marcelo Eduardo Mora
Chaves. Expediente 21-000154-1763-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 26 de abril del año 2021.—Licda. Heilim María Badilla Alvarado, Jueza Decisora.—( IN2021560032 ).
En este Despacho, con una base de veinte millones ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando citas: 393-16114-01-0869-004; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 263.548-000, la cual es terreno para vivienda bloque KN 19 con dos casas. Situada en el distrito:
02-Buena Vista, cantón: 15-Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, lote 18; al sur, lote 20; al este, parcela 91 y al oeste, calle pública con un frente de 15
metros. Mide: seiscientos veintitrés metros con nueve decímetros cuadrados. Plano:
A-0008006-1991. Para tal efecto,
se señalan las nueve horas
cero minutos del once de agosto
de dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
nueve horas cero minutos
del diecinueve de agosto de
dos mil veintiuno, con la base de quince millones seiscientos mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veintisiete de agosto de dos mil veintiuno, con
la base de cinco millones doscientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Luis Gerardo Aguilar Porras. Expediente
Nº 20-001687-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, 04 de noviembre del año 2020.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2021560042 ).
En este Despacho, con una base de nueve millones doscientos cuarenta y siete mil ciento ochenta y seis colones con dos céntimos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo Placa. BSY103, Marca:
Hyundai, estilo: Avante, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, año fabricación: 2017, color: gris, número de chasis:
KMHD641LBHU202428, cilindrada: 1600 c.c., Para tal efecto se señalan
las once horas treinta minutos
del veintiuno de julio de
dos mil veintiuno. De no haber
postores el segundo remate se efectuará a las
once horas treinta minutos
del veintinueve de julio de
dos mil veintiuno, con la base de seis millones novecientos treinta y cinco mil trescientos ochenta y nueve colones con cincuenta y un céntimos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once
horas treinta minutos del diez de agosto de dos mil veintiuno, con la base de dos millones
trescientos once mil setecientos
noventa y seis colones con cincuenta céntimos (25% de la
base original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación de Inversiones S. A., contra Marco Vinicio Agüero Aguilar. Expediente
N° 21-005687-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de
mayo del 2021.—Lic. Ricardo Barrantes
López, Juez Decisor.—( IN2021560043 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una base de veinticinco millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando plazo de convalidación (Ley de Localización de Derec.);
sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
quinientos cuarenta y seis
mil quinientos dieciséis,
derecho cero cero cero, la cual es terreno de cultivo de café. Situada: en el distrito: 05-Candelaria, cantón: 07-Palmares, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
Óscar Francisco Robles Herrera, Sociedad 3-101-601326
S. A., quebrada Tirra y en parte Luis Miguel Campos Vásquez; al sur, quebrada Tirra
y calle pública y en parte
Luis Miguel Campos Vásquez;
al este, Sociedad 3-101-601326 S. A., quebrada Tirra, calle pública y en
parte Luis Miguel Campos Vásquez, y al oeste, Óscar Francisco Robles Herrera y quebrada Tirra. Mide: doce
mil veintitrés metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del catorce de setiembre del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas
cero minutos del veintidós
de setiembre del dos mil veintiuno,
con la base de dieciocho millones
setecientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del treinta de setiembre del dos mil veintiuno,
con la base de seis millones doscientos
cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas jurídicas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Inversiones Weitang de Costa Rica
S. A. contra Joseth Jesús Rojas López, Sady Graciela Rojas López. Expediente
N° 19-000683-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 07 de junio del 2021.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza Tramitadora.—(
IN2021560140 ).
En este Despacho, con una base de veintiséis
millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 283-07352-01-0901-001, sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número quinientos cinco mil trescientos ochenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno de solar con una
casa. Situada en el distrito Venado,
cantón San Carlos, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
calle pública con un frente de 44.71
metros; sur, Río La Muerte; este,
Luis Alonso Murillo Araya y oeste, Luis Alonso
Murillo Aray. Mide: tres mil doce metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del siete de setiembre del año dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas y cero minutos del dieciséis
de setiembre del año dos
mil veintiuno, con la base de diecinueve
millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de setiembre del año dos mil veintiuno, con la base de seis millones
seiscientos veinticinco mil
colones exactos (25% de la
base original). Notas: se le informa
a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Inversiones Weitang de Costa Rica
Sociedad Anónima
contra Inmobiliaria HM Arco Iris Sociedad Anónima, expediente N° 18-001109-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de
Alajuela (San Ramón), 03 de junio
del año 2021.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza Decisora.—( IN2021560141 ).
En este Despacho, con una base de tres millones ochocientos cincuenta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
quinientos treinta y siete mil setecientos veinte, derecho cero cero cero, la cual es terreno de café y frutales. Situada en el
distrito San Miguel, cantón
Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Óscar Gamboa Hernández; al este,
Rafael Castro Sánchez y al oeste, José Ángel Gamboa Hernández. Mide: seiscientos ochenta y un metros con ochenta y
un decímetros cuadrados
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cuarenta minutos del nueve de julio de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cuarenta minutos del diecinueve de julio de dos mil veintiuno con la base de dos millones
ochocientos noventa y un
mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas cuarenta minutos del veintiocho de julio de dos mil veintiuno con la base de novecientos
sesenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Instacredit S. A. contra Alberto Venegas Blanco, Nazareth
Lizbeth Castro Abarca. Expediente
Nº 12-026673-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de abril del año 2021.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—( IN2021560148 ).
En este Despacho, con una base de veintiséis
millones ciento cuarenta y nueve mil quinientos sesenta y cinco colones exactos,
libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando limitaciones de leyes 7052, 7208 sist.financiero de vivienda citas:
2013-137960-01-0004-001; sáquese a remate la finca
del partido de Cartago, matrícula
número 241696-000, la cual
es lote N5 F, terreno para construir con una casa. Situada en el distrito:
05-Aguacaliente (San Francisco, cantón: 01-Cartago,
de la provincia de Cartago. Colinda:
al norte, alameda 7; al sur, lote
23-F; al este, lote 6-F; y
al oeste, lote 4-F. Mide: setenta y tres metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del dieciséis de julio del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta
minutos del veintisiete de julio del dos mil veintiuno, con
la base de diecinueve millones
seiscientos doce mil ciento setenta y tres colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas treinta minutos
del cinco de agosto del dos
mil veintiuno, con la base de seis millones quinientos treinta y siete mil trescientos noventa y un colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Cristian Antonio Vargas Solano, Yorleny María Fuentes Vargas. Expediente
N° 19-010307-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro
de Cartago, hora y fecha de emisión: trece horas con cinco minutos del diecisiete de junio del dos mil ventiuno.—Licda. Marcela Brenes
Piedra, Jueza Tramitadora.—( IN2021560206 ).
En este Despacho, con una base de ocho millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando restricciones reg art 18 ley 2825 citas:
526-10638-01-0055-001, Reservas Ley Forestal citas:
526-10638-01-0079-001 y Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 526-10638-01-0093-001; sáquese
a remate la finca del partido de San José, matrícula número 590688-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito:
03-Daniel Flores, cantón: 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San
José. Colinda: al norte,
resto de Efrén
Solís Aguilar; al sur, resto de Efrén Solís Aguilar; al este, resto de Efrén Solís Aguilar; y al oeste, calle pública. Mide:
doscientos noventa y seis
metros con ochenta decímetros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del veintitrés de julio del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas cero minutos del dos de agosto
del dos mil veintiuno, con la base de seis millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del diez de agosto del dos mil veintiuno, con la base de dos millones
ciento cincuenta mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ana Yorleny Sánchez Barquero. Expediente N°
21-001646-1200-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur
(Pérez Zeledón), hora y fecha
de emisión: catorce horas
con cuarenta y uno minutos
del treinta y uno de mayo del dos mil veintiuno.—Licda. Carlos
Contreras Reyes, Juez Tramitador.—( IN2021560207
).
En este Despacho, con una base de seis millones
de colones exactos, libre
de gravámenes hipotecarios,
pero soportando condic. y reserv. ref:
000000000IDA citas: 398-09742-01-0884-002; ; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 653235, derecho 000, la cual
es terreno de repastos Lote 1. Situada en el distrito
San Pablo, cantón Turrubares,
de la provincia de . Colinda: al norte: Fabián, Ivania y Carlos Todos Castro Sandí; al sur: calle pública con un frente a ella de 12.50 metros; al este: Fabián, Ivania y Carlos todos Castro Sandí; y al oeste: Fabián, Ivania y Carlos todos Castro Sandí. Mide: mil metros cuadrados.
Plano: SJ-1689043-2013. Para tal efecto,
se señalan las catorce
horas treinta minutos del veintisiete de setiembre de dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las catorce
horas treinta minutos del cinco de octubre de dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas treinta minutos del trece de octubre de dos mil veintiuno, con la base de un millón
quinientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Allan Osvaldo Jiménez Núñez contra Irma Mariana Díaz
Rojas. Expediente N° 21-005454-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 31 de mayo del año 2021.—Licda. María del Carmen
Vargas González, Jueza Decisora.—( IN2021560208 ).
En este Despacho, con una base de noventa mil
dólares exactos, soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos
citas 574-39843-01-0007-001 e hipoteca legal ley 9024 citas 2017-667811-01-
0537- 001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula
número 162328-000, la cual es terreno naturaleza: terreno de conservación
natural situada en el distrito 5-samara cantón 2-nicoya de la provincia de
Guanacaste finca se encuentra en zona catastrada linderos: norte, Cand M Investment Group Limitada; sur, calle publica con frente de 105.24
metros; este, Arnoldo Rodríguez; oeste, calle pública con 171.67 metros mide:
veintinueve mil seiscientos veinticuatro metros con cincuenta y cinco
decímetros cuadrados plano:G-1061801-2006.- Para tal efecto, se señalan las
diez horas cero minutos del dieciséis de setiembre de dos mil veintiuno. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos
del veinticuatro de setiembre de dos mil veintiuno con la base de sesenta y
siete mil quinientos dólares exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del
cuatro de octubre de dos mil veintiuno con la base de veintidós mil quinientos
dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se le
informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de 3-101-541521 S.A contra Nosarita Investment
R C P Sociedad Anónima EXP:18-001945-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito
Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), hora y fecha de emisión: veintiuno
horas con veintidós minutos del doce de Junio del dos mil veintiuno.—Lic. Víctor
Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2021560209 ).
En este Despacho, con una base de ochenta
millones ciento trece mil cuatrocientos cuarenta colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando hipoteca citas: 2015-63472-01-0002-001, servidumbre
trasladada citas:
334-04023-01-0900-001, serv de agua ref:00233775 000 citas: 368-16791-01-0004-001, servidumbre
dominante citas:
405-15333-01-0911-001, servidumbre de paso citas: 2011-57694-01-0001-001,servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2012- 383009-01-0001-001, servidumbre
de paso citas: 2014-12043-01-0075-001, servidumbre de paja de agua citas:
2014-12043-01-0146-001; sáquese a remate la finca del
partido de la Provincia:
Alajuela, matricula: 123933 duplicado: Horizontal: F
Derecho: 000, segregaciones: No hay, naturaleza: Finca filial número cincuenta y tres identificada como FFPI-Cuarenta y Tres, apta para construir que se destinara a uso habitacional, la cual podrá tener
una altura máxima de dos niveles, situada en el Distrito 5-Guácima Cantón 1-Alajuela de la Provincia
de Alajuela, Linderos: Norte: acceso
vehicular y área común
libre destinada a servidumbre
de aguas negras, sur:
FFPI-Quince y FFPI-Dieciséis, este:
FFPI-Cuarenta y Cuatro, oeste:
Área común libre destinada a servidumbre de aguas negras. Mide: ochocientos
ochenta metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del treinta y uno de enero de dos mil veintidós. De no
haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del ocho de febrero de dos mil veintidós con
la base de sesenta millones
ochenta y cinco mil ochenta colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintidós con la base de veinte millones veintiocho mil trescientos sesenta colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Servicios Integrados para Condominio L M & M S. A. contra Luis Pablo Cascante Chavarría. Expediente
Nº:18-032595-1157-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, 15 de abril del año 2021.—Michelle Allen Umaña, Juez/a Decisor/a.—( IN2021560217
).
En este Despacho, con una base de cincuenta
y ocho mil novecientos treinta y cuatro dólares con treinta y seis
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo Placa MBM229, Marca:
Mercedes Benz, Estilo: ML, Chasís
WDCDA0DB8DA224282, cilindrada
2143 c.c., combustible: diésel, Motor Nº
65196031561325. Para tal efecto
se señalan las diez horas
cero minutos del veintisiete
de julio del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del cinco de agosto del dos mil veintiuno, con
la base de cuarenta y cuatro
mil doscientos dólares con setenta y siete centavos (75% de
la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del trece de agosto del dos mil veintiuno, con la base de catorce
mil setecientos treinta y tres dólares con cincuenta y nueve centavos (25%
de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Rodolfo de Los Ángeles Ramírez Barrantes
contra Manuel Antonio Ureña Leal. Expediente
Nº 16-006466-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 20 de mayo del 2021.—M.Sc
Nidia Durán Oviedo, Jueza.—( IN2021560252 ).
En este Despacho, con una base de cuatro
mil ochocientos treinta y cinco dólares con treinta y un centavos, libre de gravámenes
y anotaciones; sáquese a
remate el vehículo placa 738116, marca Mazda, estilo CX-7, chasis
JM3ER293680188515, capacidad 5 personas, color gris, año 2008, combustible gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del cuatro de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las nueve
horas cero minutos del doce
de agosto de dos mil veintiuno
con la base de tres mil seiscientos
veintiséis dólares con cuarenta y ocho centavos (75% de
la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veintitrés de agosto de dos mil veintiuno con la base de mil doscientos
ocho dólares con ochenta y dos centavos (25% de la base original). Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución prendaria de Corporación Motortec S. A. contra Luis Álvaro Matamoros Román. Expediente N° 21-004577-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 07 de mayo del año 2021.—Licda. Yesenia Alicia
Solano Molina, Jueza Decisora.—( IN2021560253 ).
En este Despacho, con una base de doscientos
cincuenta y siete mil setecientos catorce dólares con trece centavos, libre
de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate la finca del partido
de Heredia, matrícula número
33916-F-000, la cual es terreno
finca filial setenta terreno
para construir que se destinara
a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito
San Francisco, cantón Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al
norte, área común y lote sesenta
y nueve; al sur área común y lotes ochenta
y cinco y ochenta y cuatro; al este, calle pública y lote sesenta y nueve y al oeste lote setenta y uno. Mide: doscientos sesenta y cinco metros con veinticuatro decímetros metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del dieciséis de febrero de dos mil veintidós. de no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cero minutos del veinticuatro
de febrero de dos mil veintidós
con la base de ciento noventa
y tres mil doscientos ochenta y cinco dólares con sesenta centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del cuatro de marzo de dos mil veintidós con la base de sesenta
y cuatro mil cuatrocientos veintiocho dólares con cincuenta y tres centavos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco Davivienda Costa Rica S. A. contra Condominio Avicenia N° 170 Veneto
Sociedad Anónima, Natalia María Villalobos Monge en forma personal y como representante de la sociedad indicada. Expediente N°
18-007491-1158-CJ.—Juzgado
de Cobro de Heredia, 24 de mayo del año 2021.—Pedro Javier Ubau
Hernández, Juez Tramitador.—(
IN2021560254 ).
En este Despacho, con una base de treinta
y cinco mil setecientos noventa y cinco dólares exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de San José, matrícula número
446875-000, la cual es terreno
AO-6 para construir con una casa. Situada
en el distrito
02 San Miguel, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, lote 14; al sur, calle pública; al este, Invu y al oeste, lote 7. Mide: ochenta
metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince
horas cero minutos del doce
de julio de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del veinte de julio de dos
mil veintiuno con la base de veintiséis
mil ochocientos cuarenta y
seis dólares con veinticinco
centavos (75% de la base original) y de continuar sin
oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cero minutos del veintinueve
de julio de dos mil veintiuno
con la base de ocho mil novecientos
cuarenta y ocho dólares con setenta y cinco centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Marco Vinicio Solano Segura, expediente
N° 21-000005-1764-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 07 de mayo del año
2021.—Licda. Gabriela Campos Ruiz, Jueza Tramitadora.—( IN2021560255 ).
En este Despacho, con una base de ocho millones trescientos noventa y ocho mil setecientos cuarenta colones con ochenta y dos céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa:
CL-314776, Marca: Kia, Estilo: Bongo III, Categoría: carga liviana, Capacidad: 6 personas, año fabricación: 2009, color: azul,
Vin: KNCSE26459K407367, cilindrada: 0 c.c. Para tal efecto se señalan
las nueve horas treinta minutos del diecinueve de julio de dos mil veintiuno. De no
haber postores el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del veintiocho de julio de dos mil veintiuno, con la base de seis millones
doscientos noventa y nueve mil cincuenta y cinco colones con sesenta y dos céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del nueve de agosto de dos mil veintiuno, con la base de dos millones
noventa y nueve mil seiscientos ochenta y cinco colones con veintiún céntimos (25% de la base
original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Publíquese el edicto
de ley, para lo cual deberá
el interesado cancelar ante la Imprenta nacional los respectivos derechos
de publicación, previa revisión
del edicto a fin de cotejar
que el mismo no contenga errores que ameriten enmienda, caso en el
cual deberá indicarlo al despacho dentro del tercer día para proceder con la respectiva corrección. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación de Inversiones S. A. contra Jorge Arturo Villarreal Jiménez, Kerovi Internacional Sociedad Anónima. Expediente N°
21-003612-1044-CJ.—Juzgado
Primero Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 14 de abril del 2021.—Lic. Tadeo Solano Alfaro, Juez.—( IN2021560257 ).
En este Despacho, con una base de trescientos
cinco millones ciento sesenta mil cuatrocientos sesenta y tres colones exactos,
libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando reservas y restricciones citas: 298-08800-01-0901-001; sáquese
a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula N° 119027-F, derecho cero cero cero, la cual
es terreno finca filial primaria
individualizada 273 apta
para construir que se destinara
a uso habitacional la cual podrá tener
una altura máxima de 5 pisos futura finca matriz. Situada en el distrito
01 Jacó,
cantón 11 Garabito, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte,
calle Ballena finca filial primaria individualizada N°
274; al sur, servidumbre pluvial y calle Colibrí sector C; al este, Costa Rica Aborigen, Autóctona Santa Clara S A y Juegos
Infantiles, y al oeste, Servidumbre Pluvial. Mide: siete mil cuatrocientos ochenta y uno metros cuadrados.
Para tal efecto, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de setiembre del dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de setiembre del dos mil veintiuno,
con la base de doscientos veintiocho
millones ochocientos setenta mil trescientos cuarenta y siete colones con veinticinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del siete de octubre del dos mil veintiuno,
con la base de setenta y seis millones
doscientos noventa mil ciento quince colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
CMA Compañía de Mantenimiento
y Administración de Condominios
S. A. contra Pablo Javier Rodríguez Flores. Expediente
Nº 20-009313-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, 13 de mayo del 2021.—Luis
Carrillo Gómez, Juez Decisor.—(
IN2021560258 ).
En este Despacho, con una base de ciento
quince mil setecientos cuarenta
dólares con setenta y cinco centavos, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas:
405-10070-01-0803-001; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento cincuenta
y un mil cuatrocientos sesenta
y siete, derecho 000, la cual
es terreno para construir
con una casa de habitación. Situada en el distrito
4-Ulloa, cantón 1-Heredia, de la provincia
de Heredia. Colinda: al norte,
lote 74; al sur, lote 76;
al este, Real de Santamaría S. A.; y al oeste, calle pública con 6,00 metros. Mide: ciento ocho
metros cuadrados. Plano: H-0334274-1996. Para tal efecto, se señalan las quince horas cero minutos
del veintinueve de julio
del dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
quince horas cero minutos del seis de agosto del dos mil veintiuno con
la base de ochenta y seis mil ochocientos
cinco dólares con cincuenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas cero minutos
del dieciséis de agosto del
dos mil veintiuno con la base de veintiocho
mil novecientos treinta y cinco dólares con diecinueve centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Aceros Abonos Agro
S. A. contra 3-101-750721 S. A., Central de Aceros S.
A. Expediente N° 20-012137-1158-CJ.—Juzgado de Cobro
de Heredia, 09 de diciembre del 2020.—Lic. Marvin Antonio Hernández Calderón ,
Juez Decisor.—(
IN2021560261 ).
En este Despacho, con una base de diecinueve
millones doscientos veintiún mil quinientos sesenta y tres colones con cincuenta y nueve céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 379-09474-01-0915-001; sáquese
a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 327985-000, derecho , la cual es terreno para construir con una
casa. Situada en el distrito 1-Quesada, cantón 10-San Carlos, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
Jesús Solís Alfaro; al sur, Sigifredo
Gamboa Esquivel; al este, calle pública con un frente de 15
metros; y al oeste, Miguel Rojas Rojas.
Mide: trescientos metros
con siete decimetros cuadrados. Plano: A-0289769-1995. Para tal
efecto, se señalan las diez horas cero minutos del catorce de setiembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas cero minutos del veintidós
de setiembre del dos mil veintiuno
con la base de catorce millones cuatrocientos dieciséis mil ciento setenta y dos colones con sesenta y nueve céntimos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del treinta de setiembre del dos mil veintiuno
con la base de cuatro millones
ochocientos cinco mil trescientos noventa colones con noventa céntimos (25% de la base original). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Cooperativa
Nacional de Educadores R.L. contra Alex Eduardo
Ugalde Sandoval. Expediente N° 20-004664-1202-CJ.—Juzgado de Cobro
del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela, 13 de enero del 2021.—Lilliam
Álvarez Villegas, Juez Decisora.—(
IN2021560267 ).
En este Despacho, con una base de treinta
millones doscientos ochenta y seis mil ciento cuarenta y cuatro colones con
sesenta y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate
la finca del partido de Alajuela, matrícula número ciento ochenta y seis mil
doscientos veintinueve, derecho 000, la cual es terreno inculto con una casa.-
Situada en el distrito 4-Bijagua, cantón 13-Upala, de la provincia de
Alajuela.- Colinda: al norte: Ovidio Palma Cruz y Temporalidades de la diócesis
de Tilarán; al sur: Álvaro Cabezas Ramos; al este: Temporalidades de la
Diócesis de Tilarán y al oeste: calle publica con 18.75 metros.- Mide:
cuatrocientos sesenta y un metros con setenta decímetros cuadrados metros
cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del siete
de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se
efectuará a las catorce horas cero minutos del dieciséis de setiembre de dos
mil veintiuno con la base de veintidós millones ciento setenta y cuatro mil
seiscientos ocho colones con cincuenta y dos céntimos (75% de la base original)
y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce
horas cero minutos del veinticuatro de setiembre de dos mil veintiuno con la
base de siete millones quinientos setenta y un mil quinientos treinta y seis
colones con diecisiete céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la
almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces
consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación
a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores R. L. contra
Massiel Jara Blanco Exp:20-001616-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 04 de diciembre del año
2020.—Viviana Salas Hernández, Jueza Decisora.—( IN2021560268 ).
En este Despacho, con una base de veintisiete
millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 304-07209-01-0901-002, servidumbre
de líneas
eléctricas y de paso citas:
442-16915-01-0001-001; sáquese a remate la finca del
Partido de Guanacaste, matrícula número
ciento cincuenta y cuatro mil novecientos cuarenta y cuatro, derecho cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito
2-La Fortuna, cantón 4-Bagaces de la provincia de Guanacaste. Colinda:
al norte: con Rómulo Del Carmen Arias Elizondo;
al sur: con calle pública con un frente
a ella de quince metros; al este: con Guillermo Chaves Rojas; y al oeste.
con Gerardo Murillo Arce. Mide: trescientos
cuarenta y ocho metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Plano:
G-1030567-2005. Para tal efecto,
se señalan las diez horas
cero minutos del dieciséis
de agosto de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veinticuatro de agosto de dos mil veintiuno, con
la base de veinte millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del uno de setiembre de
dos mil veintiuno, con la base de seis millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Marlene De Los Ángeles Camacho
Artavia, Ronald Gerardo Ruiz Chavarría. Expediente N°
20-003727-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, 25 de mayo del 2021.—Lic.
Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2021560269 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones ochocientos cuatro mil quinientos cincuenta colones con quince céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas:
303-01189-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 457719-000, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 2-Florencia, cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, Agrícola Santa Rita S. A.; al
sur, calle pública; al este, Grace Orozco López y Aldemar Araya Porras; y al oeste,
Agrícola
Santa Rita S. A. Mide: seiscientos
ochenta y ocho metros cuadrados. Plano: A-1318122-2009. Para tal
efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del catorce de febrero del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas cero minutos del veintidós
de febrero del dos mil veintidós
con la base de tres millones
seiscientos tres mil cuatrocientos doce colones con sesenta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del dos
de marzo del dos mil veintidós
con la base de un millón doscientos
uno mil ciento treinta y siete colones con cincuenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas:
Se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Servicentro Barrio El Molino S. A. contra Kattia Vanessa Madrigal Calvo. Expediente
N° 19-017299-1164-CJ.—Juzgado
de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: siete horas con ventiséis minutos
del trece de mayo del dos mil veintiuno.—Carlos
Alonso Cascante Calvo, Juez Decisor.—(
IN2021560270 ).
En este Despacho, Con
una base de treinta y cuatro mil trescientos cuarenta y ocho dólares exactos,
libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando serv
y cond ref:1760-436-007 citas: 312-04504-01-0901-001
y servidumbre de paso citas: 2012-138644-01-0002- 001; sáquese a remate la
finca del partido de Heredia, matrícula número doscientos mil ochocientos
ochenta y tres, derecho 000, la cual es para uso agrícola. Situada en el
distrito 4-Jesus, cantón 4-Santa Barbara, de la provincia de Heredia. Colinda:
al norte Servicios Fiduciarios del Foro S. A.; al sur Andrew Obrien Terence; al este Servicios Fiduciarios del Foro S.
A. y al oeste Andrew Obrien Terence. Mide: siete mil
ochocientos noventa metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal
efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del once de febrero de dos
mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez
horas treinta minutos del veintiuno de febrero de dos mil veintidós con la base
de veinticinco mil setecientos sesenta y un dólares exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
diez horas treinta minutos del uno de marzo de dos mil veintidós con la base de
ocho mil quinientos ochenta y siete dólares exactos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a
favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la
primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada
para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria
de Municipalidad de Santa Barbara de Heredia contra Manuel Lachner Victory. Expediente N°
20-000227-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia,
hora y fecha de emisión: diez horas con cincuenta y ocho minutos del nueve de
junio del dos mil veintiuno.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—(
IN2021560277 ).
En este Despacho, con una base de ciento setenta millones setecientos cuarenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando hipoteca bajo las citas:
570-74854-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Limón, matrícula número 89276-000, la cual es terreno potrero, agricultura y parte de montaña. Situada en
el Distrito 1- Limón, Cantón
1-Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte Rafael Araya Medrano,
Joauin Navarro, calle pública con
113,78 metros; al sur Salomón Murillo Alpízar, Fermín Navarro y Juan Jose Castillo González; al este Inocente Castillo, Joaquín
Navarro y Juan Jose Castillo González y al oeste
Santos Jiménez y Fermín Navarro Zeledón. Mide: ochocientos cincuenta y tres mil setecientos metros cuadrados.
Plano: L-0634210-1986. Para tal efecto,
se señalan las diez horas treinta minutos del veinticuatro de agosto de dos mil
veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas treinta minutos del
uno de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de ciento veintiocho
millones cincuenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del nueve de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de cuarenta y dos millones
seiscientos ochenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
monitorio dinerario de
Carlos Alberto Duran Bulgarelli contra Neftalí Alfaro Fernandez. Expediente
Nº:15-046263-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 19 de mayo del año 2021.—M.Sc Nidia Estela Duran Oviedo, Jueza.—(
IN2021560284 ).
En este Despacho, con una base de nueve mil
quinientos cuarenta y un colones con diecinueve céntimos, libre de gravámenes y
anotaciones; sáquese a remate el vehículo WRC145. Citroen
C1, año 2013, color plateado, Sedan 4 puertas Hatchback, capacidad 4 personas,
tracción 4x2, VIN VF7PNCFB4DR572517, combustible Gasolina, cilindrada 998 c.c.
Para tal efecto se señalan las ocho horas cincuenta minutos del trece de julio
de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a
las ocho horas cero minutos del veintiuno de julio de dos mil veintiuno con la
base de siete mil ciento cincuenta y cinco colones con ochenta y nueve céntimos
(75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate
se señalan las ocho horas cincuenta minutos del treinta de julio de dos mil
veintiuno con la base de dos mil trescientos ochenta y cinco colones con
veintinueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas
interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese
este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de
cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Vehículos Internacionales
(VEINSA) Sociedad Anónima contra Keneth Enrique González Aguilar. Expediente N° 18-004412-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 14
de abril del 2021.—Cinthia Vanessa Segura Durán, Jueza Decisora.—( IN2021560285
).
En este Despacho, con una base de mil ochocientos
ochenta y siete dólares con cincuenta y dos
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo placas 879694, marca Nissan, estilo Sentra XE, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2002, color negro, carrocería sedán 4 puertas,
tracción 4x2, vin 3N1CB51D02L686992, cilindrada 1800cc, combustible gasolina.
Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del veinte de setiembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintiocho de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de mil cuatrocientos quince dólares con sesenta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del seis de octubre de
dos mil veintiuno con la base de cuatrocientos
setenta y un dólares con ochenta y ocho centavos (25% de
la base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Vehículos Internacionales ( VEINSA ) Sociedad
Anónima
contra Bryan Mauricio Mora Calderón, expediente N°
19-008905-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 26 de mayo del año 2021.—Licda. Mayra Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2021560286 ).
En este despacho, con una base de catorce
mil quinientos doce dólares con cuarenta y dos
centavos, libre de gravámenes y anotaciones;
sáquese a remate el vehículo Placas: BLN558, Marca:
Mitsubishi, Estilo: Mirage G4, Categoría
automóvil, Capacidad: 5 personas,
año 2017, carrocería Sedan
4 puertas, tracción 4x2,
color blanco, Chasis:
MMBSNA13AHH002350, Vin MMBSNA13AHH002350. Para tal efecto se señalan las diez horas diez minutos del veintisiete de julio del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas diez minutos del cinco de agosto del dos mil veintiuno, con la base de diez
mil ochocientos ochenta y cuatro dólares con treinta y un centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las diez horas diez minutos del trece de agosto del dos mil veintiuno, con la base de tres
mil seiscientos veintiocho dólares con once centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Vehículos Internacionales
(VEINSA) Sociedad Anónima contra Windy Franciny Castillo Solano. Expediente
Nº 17-015448-1170-CJ.—Juzgado
Segundo Especializado de Cobro
del Primer Circuito Judicial de San José, 28 de abril del 2021.—Licda. Tatiana
Meléndez Herrera, Jueza.—( IN2021560288 ).
En este Despacho, con una base de veinticuatro
mil ciento treinta y dos dólares con ochenta y nueve centavos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando colisión, sumaria 16-004834-0497-TR del Juzgado
de Tránsito de Heredia; sáquese
a remate el vehículo placa BKY508, marca Ssang Yong, estilo Korando, chasís KPTA0A1SSHP236414
capacidad 5 personas, color rojo,
año 2017, combustible diesel. Para tal efecto se señalan
las ocho horas treinta minutos del tres de agosto de dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del once de agosto de dos mil veinte con la
base de dieciocho mil noventa
y nueve dólares con sesenta y seis centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del diecinueve de agosto de dos mil veintiuno con la base de seis mil treinta
y tres dólares con veintidós centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Vehículos Internacionales
(VEINSA) Sociedad Anónima contra Roberto Montgomery Foster Jiménez. Exp. N° 16-023770-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 27 de mayo del año
2021.—Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza Tramitadora.—( IN2021560289 ).
En este Despacho, con una base de veintiún
mil quinientos dos dólares
con siete centavos, libre de gravámenes
prendarios, pero soportando denuncia O.I.J., citas: 0800-476591-001; sáquese a
remate el vehículo Placa: C-166061, Marca: JMC, estilo:
N900, Categoría: carga pesada,
Capacidad: 3 personas, carrocería:
arenero, tracción: 4x2, año: 2016, color: blanco,
combustible: diésel.
Para tal efecto se señalan las ocho horas cero minutos del siete de setiembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del dieciséis de setiembre de dos mil veintiuno,
con la base de dieciséis mil ciento
veintiséis dólares con cincuenta y cinco centavos (75%
de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del veinticuatro de setiembre de dos
mil veintiuno, con la base de cinco
mil trescientos setenta y cinco dólares con sesenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Vehículos Internaciones Veinsa S. A., contra Ecocasas Soluciones Sociedad Anónima, Ricardo Alfredo Murillo
Henson. Expediente N° 21-000750-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, (San Ramón), 02 de junio del 2021.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza.—( IN2021560290 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones ciento cuarenta mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BKM401, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: automóvil, capacidad: 05 personas, año:
2002, color: plateado, cilindrada:
1500 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan
las ocho horas cuarenta y cinco minutos del catorce de setiembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de tres millones
ciento cinco mil colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las ocho horas cuarenta y cinco minutos del treinta de setiembre de dos mil veintiuno
con la base de un millón treinta
y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Carla Milena Soto Castillo contra Jorge Eric Moya Camacho. Expediente
Nº 20-001078-1207-CJ.—Juzgado
de Cobro de Puntarenas, 19 de abril
del año 2021.—Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2021560291 ).
En este Despacho, con una base de dos millones
setecientos ochenta y cinco mil novecientos cuarenta y un colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la
finca del partido de San José, matrícula
número cuatrocientos ochenta y cinco mil ciento setenta y ocho, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir, lote 5. Situada en el distrito:
03-La Trinidad, cantón: 14-Moravia, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, lote 4; al sur, lote 6; al este, Invu y al oeste, calle pública. Mide: ciento cincuenta
metros con dieciséis decímetros
cuadrados. Plano: SJ-0484623-1998. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veintidós de julio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las diez
horas treinta minutos del tres de agosto de dos mil veintiuno, con la base de dos millones
ochenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y cinco colones con setenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del once de agosto de dos
mil veintiuno, con la base de seiscientos
noventa y seis mil cuatrocientos
ochenta y cinco colones con veinticinco céntimos (25% de la base original). Notas:
se le informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo contra
Manuel Antonio Rodríguez Angulo, expediente N°
18-008656-1764-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 26 de mayo del año
2021.—Licda. Jéssika
Fernández Cubillo, Jueza Tramitadora.—(
IN2021560294 ).
En este Despacho, 1) Con una base de ocho
millones quinientos treinta y ocho mil trescientos ochenta y tres colones con ochenta y siete céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada al tomo: 0289,
asiento: 00009656, secuencia: 01-0902-001; sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas, folio
real, matrícula ciento ochenta y ocho mil seiscientos noventa y uno-cero
cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito nueve Monte Verde,
cantón primero Puntarenas de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte:
servidumbre de paso; al sur: Alfredo Soto Soto; al este: Huerza S. A.; y al oeste: Huerza S. A. Mide: trescientos ochenta y dos metros
con ochenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan
las quince horas cero minutos del veintisiete
de agosto de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del seis de setiembre de dos mil veintiuno,
con la base de seis millones cuatrocientos
tres mil setecientos ochenta y siete colones con noventa y un céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cero minutos del catorce
de setiembre de dos mil veintiuno,
con la base de dos millones ciento
treinta y cuatro mil quinientos noventa y cinco colones con noventa y seis céntimos (25% de
la base original). 2) Con una base de seis millones quinientos setenta mil seiscientos setenta y dos colones con cuarenta y cinco céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada al tomo: 0289, asiento: 00009656, secuencia:
01-0902-001; sáquese a remate la finca del Partido de
Puntarenas, folio real, matrícula: ciento ochenta y ocho mil seiscientos noventa y dos- cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito nueve: Monte
Verde, cantón primero: Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte: servidumbre de
paso y Huerza S. A.; al sur: Huerza
S. A.; al este: Huerza S.
A.; y al oeste: Gabriel Iván Huertas Zamora y servidumbre de paso. Mide: doscientos sesenta y siete metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las quince
horas cero minutos del veintisiete
de agosto de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas cero minutos
del seis de setiembre de dos mil veintiuno,
con la base de cuatro millones
novecientos veintiocho mil cuatro colones con treinta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las
quince horas cero minutos del catorce
de setiembre de dos mil veintiuno,
con la base de un millón seiscientos
cuarenta y dos mil seiscientos
sesenta y ocho colones con once céntimos (25% de
la base original). Notas: se le informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Gabriel Iván Huertas Zamora. Expediente
N° 17-012357-1763-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 15 de junio
del 2021.—Lic. Esteban Herrera Vargas, Juez Tramitador.—( IN2021560296 ).
En este Despacho, con una base de veintidós
millones novecientos uno
mil doscientos noventa y
dos colones con setenta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido
de Alajuela, matrícula número
161757-F-000, la cual es terreno
finca filial primaria individualizada
número 3
apta para construir que se destinará a uso habitacional, la cual podrá tener una altura
máxima
de 2 pisos. Situada: en el distrito
5-Tacares, cantón 3-Grecia, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte,
finca filial primaria individualizada
número
2; al sur, finca filial primaria individualizada
número
4; al este, Víctor Hugo Rojas Jiménez, y al oeste, calle 1. Mide: trescientos sesenta y cinco metros cuadrados. Valor porcentual:
1.53. Valor medida: 0.015. Plano: A-1957750-2017.
Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del veintisiete de julio del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las diez horas cero minutos del cinco de agosto del dos mil veintiuno, con
la base de diecisiete millones
ciento setenta y cinco mil novecientos sesenta y nueve colones con cincuenta y nueve céntimos (75% de la base
original), y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate, se señalan las diez horas cero minutos del trece de agosto del dos mil veintiuno, con
la base de cinco millones setecientos veinticinco mil trescientos veintitrés colones con veinte céntimos (25% de la base original). Notas:
Se les informa a las personas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en
proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito Alianza de Pérez Zeledón Responsabilidad
Limitada contra Angie Nixie Mora Solano. Expediente N° 21-001243-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, hora y fecha de emisión:
once horas con diecinueve minutos
del veintisiete de mayo del dos mil veintiuno.—Jasmín Dyzet Núñez Alfaro, Jueza Decisora.—( IN2021560298 ).
En este Despacho, con una base de doce millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos citas: 308-18319-01-0003-001;
sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
veinticinco mil seiscientos
cincuenta, derecho cero cero
cero, la cual es terreno para construir. Situada en el
Distrito 1-San Vito, Cantón 8-Coto Brus, de la Provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte Bernardo Ureña; al sur Herminio
Zumbado Ureña; al este Yurro
en medio Marino Jiménez Molinari y al oeste calle pública. Mide:
dos mil treinta y cuatro
metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados
plano:P-0020318-1976. Para tal efecto,
se señalan las diez horas
cero minutos del veintitrés
de setiembre de dos mil veintiuno.
De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del uno de octubre de dos
mil veintiuno con la base de nueve
millones de colones exactos (75% de la base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del once
de octubre de dos mil veintiuno
con la base de tres millones
de colones exactos (25% de
la base original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de
Banco de Costa Rica contra Leonardo Zumbado Soto. Expediente Nº:20-002594-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de
Golfito, 04 de marzo del año
2021.—Gerardo Marcelo Monge Blanco, Juez Tramitador.—( IN2021560299 ).
En este Despacho, con una base de tres millones doscientos sesenta y nueve mil doscientos once colones con cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo 860300, Marca:
Hyundai, Estilo: Accent GLS, Categoría: automóvil, Capacidad:
5 personas, año: 2011, color: beige, Vin:
KMHCN41ABBU581340, cilindrada: 1400 c.c., combustible
gasolina, número motor
G4EEA683843. Para tal efecto
se señalan las catorce
horas del tres de agosto
del dos mil veintiuno. De no haber
postores, el segundo remate se efectuará a las
catorce horas del once de agosto
del dos mil veintiuno, con la base de dos millones cuatrocientos cincuenta y un mil novecientos ocho colones con veintiocho céntimos (75% de la
base original) y de continuar sin oferentes,
para el tercer remate se señalan las catorce horas del diecinueve de agosto del dos mil veintiuno, con la base de ochocientos
diecisiete mil trescientos
dos colones con setenta y seis
céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las
personas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar
con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Multiservicios Orca Limitada
contra Marlo José Gradis Mendoza, Nancy Leonor Mora Rivera. Expediente
N° 19-014504-1338-CJ.—Juzgado
Tercero Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 08 de junio del año 2021.—Licda. Mayra Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2021560303 ).
En este Despacho, con una base de cuatro millones quinientos ochenta y cuatro mil quinientos veinticuatro colones con treinta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BLT990, marca Toyota, estilo Yaris, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2008, color azul, vin
JTDBT923281207023, cilindrada 1500 cc, combustible gasolina, N° motor 1NZC817160. Para tal efecto se señalan
las nueve horas y cuarenta
y cinco minutos del veintiuno de setiembre del dos
mil veintiuno. De no haber postores, el segundo
remate, se efectuará a las nueve
horas y cuarenta y cinco minutos del veintinueve de setiembre del dos mil veintiuno,
con la base de tres millones
cuatrocientos treinta y ocho mil trescientos noventa y tres colones con veinticinco céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del siete de octubre del dos mil veintiuno,
con la base de un millón ciento
cuarenta y seis mil ciento treinta y un colones con ocho céntimos (25% de la base
original). Notas: Se les informa
a las personas interesadas en
participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación de Inversiones SA contra José Andrés Mora Ramírez. Expediente Nº 19-007793-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer
Circuito Judicial de San José, 08 de junio del 2021.—Mayra Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza
Decisora.—( IN2021560304 ).
En este Despacho, con una base de once millones
cuatrocientos quince mil ochocientos
veintidós colones (¢11.415.822,00),
libre de gravámenes prendarios,
pero soportando citas: 311-15239-01-0901-096 y 311-15239-01-0902-074; sáquese a remate la finca del partido
de Puntarenas, matrícula número
veintiocho mil cuatrocientos
once, derecho triple cero, la cual es terreno de agricultura. Situada en el
distrito Golfito, cantón
Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública, Marcelino
Concepción Chaves; al sur, Río Conte; al este, calle pública y al oeste, Río Conte. Marcelino Concepción Chaves, al noroeste, Las Lomas de Parrita S.
A. Mide: veintiséis mil trescientos cuarenta y tres metros con once decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas del treinta de julio 2021. De no haber postores, el segundo
remate se efectuará a las ocho
horas del trece de agosto
2021 con la base de ocho millones
quinientos sesenta y un mil
ochocientos sesenta y seis colones con cincuenta céntimos (¢8.561.866,50) (75% de la
base original) y de continuar
sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas del veintisiete de agosto 2021 con la base de dos millones
ochocientos cincuenta y tres mil novecientos cincuenta y cinco colones con cincuenta céntimos (¢2.853.955,50) (25% de la base original). Nota: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en
proceso monitorio_agrario
de Agro Pro-Centro América Sociedad Anónima contra Luis Alberto Torrente Concepción, Luis
Concepción Chaves. Expediente
Nº 20-000076-0419-AG.—Juzgado
Agrario del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Sur (Corredores), 17 de junio del año 2021.—Maricel Zamora Arias, Jueza Decisora.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021560306 ).
En este Despacho, con una base de tres
mil seiscientos cincuenta y
cuatro dólares con ochenta y ocho centavos, libre de
gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas 610265, marca: Peugeot, estilo: Berlina
206 X, capacidad: 5 personas, año:
2006, color: azul, carrocería:
sedan 4 puertas, tracción:
4x2, chasis número
VF32AKFWU6W011506, numero de motor: 10FSR95184635, cilindrada: 1360 c.c,
combustible: gasolina, cilindros:
04. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del siete de julio del dos mil veintiuno. De
no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas treinta
minutos del quince de julio
del dos mil veintiuno, con la base de dos mil setecientos cuarenta y un dólares con dieciséis centavos
(75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las
once horas treinta minutos
del veintitrés de julio del
dos mil veintiuno, con la base de novecientos
trece dólares con setenta y dos centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las
personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de
Franklin Leonel Aguilera Calderón contra Eduardo Antonio Mora Calderón. Expediente Nº 18-002290-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado
de Cobro del Primer Circuito
Judicial de San José, 20 de abril del
2021.—Mauricio Hidalgo Hernández, Juez/a Decisor/a.—( IN2021560391 ).
Se hace
saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
21- 000105-0296-CI donde se promueve información posesoria por parte de Ricardo
Gerardo Meléndez Alfaro, quien es mayor, estado civil Casado, vecino de
Palmares la Granja frente a la plaza de deportes, portador de la cédula número
0203480103 profesión no indica, Yeison Ricardo Meléndez Arroyo y William
Gerardo Meléndez Vásquez quien es mayor, estado civil casado, vecino de
Palmares la Granja frente a la plaza de deportes, portador de la cédula número
0207530078, profesión diseñador dental, William Gerardo Meléndez Vásquez quien
es mayor, estado civil soltero, vecino de Palmares la Granja frente a la plaza
de deportes, portador de la cédula número 0206890407, profesión operario, a fin
de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es
terreno se utiliza como servidumbre. Situada en el distrito Palmares, cantón
Granja. Colinda: al norte, con calle pública; al sur, con Ricardo Meléndez
Alfaro; al este, con Ricardo Meléndez Alfaro, Ana Carolina Meléndez Vásquez,
Liliana Meléndez Vásquez, William Meléndez Vásquez, Kenia Meléndez Vásquez y al
oeste, con Kevin Meléndez Alvarado. Mide: ciento setenta metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o
gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y
consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la
suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble venta verbal, y
hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los
actos de posesión han consistido en mantenimiento a la calle o servidumbre que
se encuentra dentro del terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del
Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas
diligencias de Información Posesoria, a efecto de que
dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,
se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información
posesoria, promovida por Ricardo Gerardo Meléndez Alfaro y otros. Expediente N° 21-000105-0296-CI-9.—Juzgado Civil Y Trabajo del
Tercer Circuito Judicial De Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 31 de
mayo del año 2021.—Lic. Héctor Álvarez Jiménez, Juez.—1
vez.—( IN2021560142 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
21-000098-0642-CI, donde se promueve
Información Posesoria por parte de Isabel de los Ángeles Novoa Campos, quien es mayor, estado civil casada, vecina de calle El Arreo de El Palmar de Montes de Oro, dos kilometras al oeste de la escuela portadora de la cédula número 0602910505, profesión ama
de casa, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de
Puntarenas, la cual es terreno
de solar con una casa. Situada en
el distrito tres-San Isidro, cantón Montes de
Oro. Colinda: al norte, con
Predial 60403P000090000 (José Domingo Álvarez Alvarado); al sur, con Predial
60403P000090000 (José Domingo Álvarez Alvarado); al este,
con Predial 60403P000090000 (José Domingo Álvarez Alvarado); y al oeste, con calle pública con frente de 9 metros
con 81 decímetros lineales. Mide: ciento sesenta y un metros cuadrados metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir P-2118533-2019,
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones exactos. Que adquirió dicho inmueble mediante cesión de derechos por parte de Enrique Anchia Ovares, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en cercas por todas las colindancias del fundo; limpia del terreno, construcción de casa de habitación. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Isabel de los Ángeles
Novoa Campos. Expediente N°
21-000098-0642-CI-9.—Juzgado Civil de
Puntarenas, 17 de mayo del año 2021.—Licda. Edith Brenes Quesada, Jueza
Decisora.—1
vez.—( IN2021560161 ).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se tramita el expediente N°
18-000063-0640-CI donde se promueve
Información Posesoria por parte de Fernando Antonio Machado Ramírez, quien es mayor, costarricense, casado, pensionado, documento de identidad N° 3-0163-0064, y Sandra Jiménez Mata, quien es mayor, costarricense, casada, profesora pensionada, documento de identidad N° 3-0197-0131, ambos vecinos
de Cartago, Oriental, Residencial González Angulo, a
fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de Cartago,
la cual es terreno solar de
figura irregular. Situada: en el distrito
primero Oriental, cantón primero Cartago. Colinda: al noreste, con una asequía; al noroeste, con calle pública; al sureste, con Rodolfo
Castro Pereira, y al suroeste, con Fernando Machado
Ramírez y Sandra Jiménez
Mata. Mide: ciento sesenta y tres metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir plano C-2221146-2020 no pesan
cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de doce millones colones
exactos colones. Que adquirió dicho inmueble por ocupación y posesión del lote desde 1976, y hasta la fecha lo han mantenido en
forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en construcción, mantenimiento y cuido del inmueble. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por Fernando Antonio Machado Ramírez y Sandra
Jiménez Mata. Expediente N° 18-000063-0640-CI-4. Nota: Publíquese este edicto en
el Boletín
Judicial por una sola vez.—Juzgado Civil de
Cartago, hora y fecha de emisión:
trece horas con cincuenta y
cuatro minutos del veinte de abril del dos mil veintiuno.—Lic. Jairo Jiménez Sandoval, Juez.—1 vez.—(
IN2021560273 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N°
21-000147-0930-CI donde se promueve
información posesoria por parte de Luis Felipe Alvarado Jiménez quien es mayor, estado civil casado, vecino de Siquirres, frente a la antigua entrada a emergencias portador de la cédula número
0105280603, profesión comerciante,
a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de Limón,
la cual es terreno con una
casa de habitación construida.
Situada en el distrito primero Siquirres, cantón tercero Siquirres. Colinda: al norte, con María
Calvo Sojo; al sur, con Gabriel Hernández Ramírez; al
este, con calle pública con diecisiete metros y sesenta centímetros lineales; y al oeste, con Albert
Edward James Crawford. Mide: quinientos
treinta y seis metros con treinta
y tres decímetros cuadrados, según plano catastral L-748140-1988.
Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de nueve
millones ciento sesenta y cuatro mil seiscientos colones exactos. Que adquirió dicho inmueble por compra realizada a Fernando
Alvarado Jiménez, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en levantamiento cercas, chapeas en el terreno
y reparación de casa. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Luis Felipe Alvarado Jiménez. Expediente N° 21-000147-0930-CI-4.—Juzgado
Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, Pococí, 09
de junio del 2021.—Lic. Ramón Meza Marín, Juez
Decisor.—1
vez.—( IN2021560279 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N°
21-000078-0197-CI donde se promueve
información posesoria por parte de Mario Enrique Vargas Serrano y Danny Vargas
Serrano, quienes son mayores,
estado civil el primero casado en segundas
nupcias, el segundo divorciado en segundas nupcias,
el primero en San José Rohmuser, Edificio Vistas Nunciatura, el segundo Heredia Condomio Hacienda
Las Flores, portador de la cédula número
1-07070458 y 01-1041-0282, profesión abogados, a fin
de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de San
José, la cual es terreno
solar. Situada en el distrito cinco
Carara cantón Turrubares. Colinda: al norte, con calle pública y con la finca del partido
de San José. Matrícula:
507391-000, plano catastrado:
SJ-0567247-1999, propiedad de Jeffrey Scoth Fertig; al sur, con Elmer
De Jesús Arguedas González; al este, con Mario Vargas
Serrano; y al oeste, con Danny Vargas Serrano. Mide: dos mil cuatrocientos setenta y dos metros cuadrados.
Indica el promovente que sobre el inmueble
a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de once millones de colones. Que adquirió dicho inmueble mediante compraventa escritura publica por
parte del señor Elmer
Arguedas González, y hasta la fecha lo han mantenido en
forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en mantener limpia la propiedad, debidamente delimitada con cercas de alambre y postes, cultivos de arboles frutales .
Que no ha inscrito mediante
el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Mario Vargas Serrano y Danny Vargas Serrano. Expediente N° 21-000078-0197-CI-7.—Juzgado
Civil, Trabajo y Familia Puriscal (Materia Civil), hora y fecha
de emisión: quince horas con diecisiete
minutos del tres de junio del dos mil veintiuno.—M.Sc. Fabio Enrique Delgado Hernández, Juez
Civil.—1 vez.—( IN2021560301 ).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N°
13-0000113-0699-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de Gerber Yovany
Montero Cordero, quien es mayor, estado
civil casado una vez, agricultor, vecino de Tablón, del Guarco, Cartago, portador de la cédula de identidad
vigente que exhibe número 9-0095-0511, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca cuya naturaleza es Terreno de cultivos. Situado en el
distrito: 11° Quebradilla, cantón 01 Cartago, de la provincia
de Cartago. Colinda: norte,
Gerber Yovany Montero Cordero; sur, Proyectos Inmobiliarios KSA
Sociedad de Responsabilidad Limitada,
servidumbre agrícola en medio de Gerber Yovany Montero
Cordero; este, Gerber Yovany
Montero Cordero, yurro y servidumbre
agrícola y Oeste: Servidumbre
agrícola de paso en medio
de Gerber Yovany Montero Cordero. Mide:
Treinta y seis mil ochocientos treinta
y nueve metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado
número C-1669568-2013. Indica el
promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble
en la suma de tres millones de colones y las presentes
diligencias en la suma de tres millones de colones. Que adquirió dicho inmueble mediante compraventa de su madre Emilse
Cordero Tencio desde el día catorce de junio del año dos mil dos, y
hasta la fecha lo han mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título
de dueños. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido
en un fundo agrario, dando asistencia y mantenimiento. Que
no han inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Manuel Olman Romero
Flores. Expediente N° 13-000113-0699-AG.—Juzgado Agrario de Cartago, 07 de junio
del año 2021.—Licda. Silvia
Elena Sánchez Blanco, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021560308 ).
Freddy Chacón Campos, mayor, casado una vez, agricultor, cédula número cinco-doscientos setenta y ocho-quinientos cinco; Rosbin José Chacón Campos, mayor, soltero, agricultor, cédula número cinco-doscientos noventa y cinco-trescientos
veintitrés; Leda Chacón
Campos, mayor, casada una vez,
ama de casa, cédula número cinco-trescientos
veinticinco-novecientos setenta
y siete, y Yolanda Chacón
Campos, mayor, casada una vez,
ama de casa, cédula número cinco-doscientos sesenta y seis-setecientos
noventa y tres, todos vecinos de Nueva Guatemala,
Palmira, Cañas, Guanacaste, promueven
Información Posesoria. Pretende inscribir a su nombre en
el Registro Público Inmobiliario, libre de gravámenes y cargas reales, el inmueble que se describe así: Terreno de montaña y potrero. Situado: en Agua Caliente, Palmira [distrito
segundo], Cañas [cantón sexto], provincia de
Guanacaste. Linderos: norte,
Juan Rafael Chacón Chaves, Ángel
y Roger Chaves López; sur, Mario Sibaja Chaves y
Quebrada Cajón; oeste, calle pública; este, Quebrada Cajón. Según plano catastrado número G-dos
millones ciento cincuenta y un mil ochenta y
seis-dos mil diecinueve. Mide:
cuarenta y siete hectáreas ciento veintisiete metros cuadrados. Declararon no está inscrito, carece de título inscribible y no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene personas condueñas, ni pesan
cargas reales ni gravámenes sobre el inmueble. Lo adquirieron por donación de
Bernardo Chacón Chaves y Marta Campos Murillo, el catorce de junio
del dos mil catorce. Estiman
el inmueble y el proceso en
tres millones de colones. Por el plazo de un mes contados a partir de la publicación del edicto, se cita a todas las personas interesadas para que se apersonen
en defensa de sus derechos.
(Información
Posesoria N° 15-000335-0387-AG de Freddy, Rosbin, Leda y Yolanda todos de apellidos Chacón Campos). Nota: Publíquese este edicto por una sola vez en el
Boletín Judicial.—Juzgado
Agrario del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, Liberia, Liberia, 25 de mayo del 2021.—Ruth Alpízar Rodríguez, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021560309 ).
Se hace saber que, ante este
Despacho se tramita el expediente
N°16-000002-0699-AG, donde se promueven
diligencias de Información Posesoria
por parte de William Alberto Calvo Quesada quien es mayor, casado en segundas nupcias,
pensionado, vecino de Santa Lucía de Paraíso,
Cartago, portador de la cédula de identidad
vigente que exhibe número 3 0196 1378, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca cuya naturaleza es terreno de charral. Situada en el
Distrito Cachi, Cantón
Paraíso, de la Provincia de Cartago. Colinda: al norte calle pública; al sur Dulcelina Rodríguez Araya; al este
Marta Montoya Rodríguez y al oeste Mayela Rodríguez Araya. Mide: cuatro mil cuatrocientos veintiún metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado
número 3-880309-2003. Indica el
promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble
en la suma de tres millones de colones y las presentes
diligencias en cien mil colones. Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título
de dueño por más de quince años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido
en mantenimiento. Que no ha
inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto
de que, dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
Información Posesoria, promovida por William Alberto Calvo Quesada. Expediente Nº: 16-000002-0699-AG.—Juzgado Agrario de
Cartago, Cartago, 31 de mayo del año 2021.—Licda. Silvia Sánchez Blanco, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021560310 ).
Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N°
20-000110-0699-AG donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de José Eduardo Vargas Blanco, quien es mayor, soltero, agricultor, vecino de Santa Marta
de San Lorenzo de Tarrazú, San José, portador de la cédula de identidad
vigente que exhibe número 1-0879-0605, a fin de inscribir
a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así:
Finca cuya naturaleza es
café y árboles. Situada en el distrito
San Lorenzo, cantón Tarrazú,
de la provincia de San José. Colinda:
al noroeste, Luis Camacho Valverde; noreste; sureste y este Juan Luis Umaña Ureña y al oeste, Luis Alexander
Camacho Valverde y Municipalidad de Tarrazú. Mide: 1226 metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado
número 1-2213025-2020. Que no pesan
cargas reales o gravámenes,
y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima el inmueble
en la suma de cuatro millones de colones y las presentes
diligencias en la suma de
dos millones de colones.
Que adquirió dicho inmueble por compra, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veinte años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y conservación. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por José Eduardo Vargas Blanco. Expediente
Nº 20-000110-0699-AG.—Juzgado
Agrario de Cartago, 07 de junio
del año 2021.—Licda. Silvia
Elena Sánchez Blanco, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021560324 ).
Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N°
20-000155-0465-AG, donde se promueven
diligencias de información posesoria
por parte de Rivers of Babylon S. A. cédula jurídica 3-101-565118, representado por Paolo Rupil, quien es mayor, casado una vez, nacionalidad Italiana, vecino de Puerto Viejo,
Playa Chiquita, Hotel Nido Pool Garden Longe, 50 metros al sur, del Duende Goumet,
portador de la cédula de residencia 138000169519, profesión comerciante, a fin de inscribir a nombre de la sociedad y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca cuya
naturaleza es Conservación.
Situada en el distrito Sixaola,
cantón Talamanca, de la provincia
de Limón. Colinda: al norte,
Kurt Zingrich; al sur, calle
pública con un frente lineal
de 57.96 metros; al este, calle
pública con un frente
lineal de 87.37 metros, y al oeste, Peter Harris. Mide: 5.116.23 metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado
N° L-50749.92. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir NO pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cien millones
de colones cada una. Que no
ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones
Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto
de que dentro del plazo de un mes
contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por Rivers of Babylon S. A. Expediente
Nº 20-000155-0465-AG.—Juzgado
Agrario del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 10 de junio del 2021.—Lic. Edgar Calvo
Solano, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021560326 ).
María Paula Barquero Delgado, mayor, soltera,
estudiante, cédula de identidad
dos-ocho dos cero-seis cuatro
uno, vecino de Alajuela, San Carlos, La Tigra, de la Iglesia Católica, quinientos metros al oeste. Susan María Araya Blanco, mayor, soltera,
docente, cédula de identidad
dos-seis ocho siete-siete
seis seis, vecino de
Alajuela, San Carlos, La Tigra, de la Iglesia Católica, quinientos metros al oeste. Jeniffer Bernardita Solano
Blanco, mayor, soltera, estudiante,
cédula de identidad dos-siete
siete seis-cero cinco tres, vecina de Alajuela, San
Carlos, La Tigra, de la Iglesia
Católica, quinientos metros
al oeste, solicitan se levante Información Posesoria a fin de que se inscriban
a su nombre en el Registro
Público de la Propiedad,
los fundos sin inscribir
que le pertenece y que se describe así: terreno de cultivos agrícolas, potrero, ornamentales, montaña y una nacientes con dos casas de habitación, sito en La Tigra, San Carlos, distrito ocho, cantón diez de la provincia de Alajuela, con los siguientes
linderos: al norte: Banco Improsa, Javier Blanco Rojas; al sur: Río la Esperanza; al este: la sucesión de Félix Ángel Blanco Rodríguez, representada
por Yesenia Ávila Rojas, servidumbre paso; y al oeste: Marcelino Rodríguez Santamaría. Mide
de acuerdo al plano catastral aportado N°
2-1930740-2016 de fecha 21 de octubre
de 2016, una superficie de cincuenta
y ocho mil cuatrocientos trece metros cuadrados. El inmueble antes descrito, manifiesta las titulantes, que lo
adquirieron por donación
que le hicieran madre y tías por medio escritura pública N° 236 en fecha 29 de setiembre de 2020,
ante la notaría
pública Silvia Arias Vásquez. María Odilie Blanco Rodríguez, mayor, soltera,
ama de casa, cédula de identidad N° 2-281-1044, Juan
José Blanco Rodríguez, mayor, casado en primeras nupcias,
agricultor, cédula de identidad
N° 2-391-706, Ana Cecilia Blanco Rodríguez, mayor, casa en
primeras nupcias, ama de casada, cédula de identidad N°
2-333-402, Francisco Antonio Blanco Rodríguez, mayor, casado
en primeras nupcias, agricultor, cédula de identidad N° 2-318-342, Zoraida Blanco Rodríguez, mayor, casada en primeras
nupcias, ama de casa, cédula de identidad
N° 2-301-977, Olga María Blanco Rodríguez, mayor, casada
en primeras nupcias, ama de casa, cédula de identidad
N° 2-458-377, María Clemencia Blanco Rodríguez, mayor, casada
en primeras nupcias, ama de casa, cédula de identidad
N° 2-413-425, María Eugenia Blanco Rodríguez, mayor, casada
en primeras nupcias, ama de casa, cédula de identidad
N° 2- 272-759, María Edith Blanco Rodríguez, mayor, casada
en primeras nupcias, ama de casa, cédula de identidad
N° 2-347-428, y Rita Elena Blanco Rodríguez, mayor, casada
en primeras nupcias, ama de casa, cédula de identidad
N° 2-438-805, y le trasmitió los derechos posesorios ejercidos sobre el fundo
en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción, a título de dueño por más de veinte años. Valora
el terreno en la suma de diez
millones de colones y en las presentes diligencias en la suma de cien
mil de colones. Con un mes
de término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa
de sus derechos. Diligencias de Información Posesoria N° 20-000208-0298-AG, establecida por María Paula Barquero
Delgado, Susan María Araya Blanco y Jeniffer Bernardita Solano Blanco.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 08 de junio
de 2021.—Ana Milena Castro Elizondo, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021560327 ).
Cooperativa Agrícola
Industrial para el Mejoramiento
de Vida de Belice R.L., cédula jurídica
tres-cero cero cuatro-seiscientos
cuarenta y nueve mil trescientos noventa y uno, representada por Reyna Mercedes Tercero
Bonilla, mayor de edad, soltera,
vecina de Belice, Santa
Cecilia, La Cruz, Guanacaste, cédula de residencia uno cinco
cinco ocho uno uno seis nueve uno cuatro cero cero, promueve información posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el
Registro Público de la Propiedad, libre de gravámenes y
cargas reales, el inmueble que se describe así: Terreno de solar, situado en Belice, Santa Cecilia [distrito segundo], de La Cruz [cantón décimo], de la provincia de Guanacaste. Linderos:
norte y oeste, Norma
Camacho Chavarría, sur, Danilo Antonio Bonilla
Gutiérrez y este, calle pública. Según plano catastrado G-dos millones cincuenta y siete mil seiscientos diecinueve-dos mil dieciocho, mide de extensión mil setecientos cincuenta metros cuadrados. Manifiesta que no está inscrito, que carece de título inscribible y que pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene condueños, ni pesan cargas reales ni gravámenes
sobre el inmueble. Lo adquirió por compraventa de Norma Camacho Chavarría,
el veinticinco de marzo de dos mil trece. Estima el inmueble
y el proceso en cinco millones
de colones. Por el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a todas las personas interesadas
para que se apersonen en defensa de sus derechos. (Información
posesoria 21-000021-0387-AG.—Juzgado Agrario Primer Circuito Judicial Guanacaste, Liberia, 9 de junio del 2021.—Lic. Rodrigo Tobías Valverde Umaña, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021560342 ).
Se hace saber: Que ante este
Despacho se tramita el expediente N°
21-000048-0390-CI donde se promueve
información posesoria por parte de Adi de Juan Diaz de Nicoya Guanacaste cédula Jurídica 3002051419, representada
por su presidente Daniel Agüero Valverde, quien es mayor, casado, agricultor, vecino de Juan Díaz de Nicoya, 500 metros al este de la plaza de deportes, portador de la cédula número
0103600811, a fin de inscribir a su
nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno
que se describe así: Finca ubicada
en la provincia de
Guanacaste, la cual es terreno
con un salón y una bodega. Situada
en el distrito
dos Nicoya, cantón dos Nicoya. Colinda:
al norte, con Junta de Educación
de la Escuela de Juan Díaz; al sur, con Miguel Ángel
Quesada; al este, con Municipalidad de Nicoya y al oeste, con Manuel Ramos Guadamuz
y Leocadio Ramos Guadamuz. Mide: mil novecientos cuarenta y nueve metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble
en la suma de dos millones de colones exactos colones. Que adquirió dicho inmueble posesión originaria, y hasta la fecha lo
ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido
en Mantener el terreno debidamente
deslindado, se construyó el salón
comunal y una bodega. Que no ha inscrito
mediante el amparo de la
Ley de Informaciones Posesorias,
otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso
información posesoria, promovida por ADI de Juan Diaz de Nicoya Guanacaste. Expediente Nº 21-000048-0390-CI-1. Nota:
Publíquese este edicto en el
Boletín Judicial por una sola vez.—Juzgado
Civil y Trabajo del Segundo Circuito
Judicial de
Guanacaste (Nicoya) (Materia Civil), hora y fecha de emisión: catorce horas con uno minutos del nueve de junio del dos mil veintiuno.—Msc. Carlos Eduardo Arce Matarrita,
Juez.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021560347 ).
Se hace saber en este
tribunal de justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Oscar Roberto De Los Ángeles Ugalde Herrera, mayor, estado civil Casado, profesión u oficio pensionado, nacionalidad
Costa Rica, con documento de identidad
0400740854 y vecino de Alajuela. Se indica a las
personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 21-000337-0638-CI-2.—Juzgado
Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
hora y fecha de emisión: catorce horas con cuarenta y seis
minutos del nueve de junio del dos mil veintiuno.—Antonio De Jesús Céspedes Ortiz, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2021560088 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Melquiades de Jesús Reyes
Reyes, quien fue mayor, soltero, pensionado, vecino de Copal de Quebrada Honda, Nicoya, Guanacaste, un kilómetro
sur de la escuela, cédula de identidad número cinco-ciento uno-cuatrocientos veintisiete, para
que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a reclamar sus
derechos; y se apercibe a los que crean
tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará
a quien corresponda. Expediente Número cero cero cero cuatro-dos mil veintiuno. Notaría del Licenciado
Rafael Ángel
Carrillo Ugalde, ubicada en
Nicoya, Guanacaste, doscientos metros norte del mercado municipal.—San
José, veintiuno de junio
del dos mil veintiuno.—Lic.
Rafael Ángel
Carrillo Ugalde, Notario.—1 vez.—( IN2021560089 ).
Se hace saber: En este
tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Danis Castro López, mayor, estado civil divorciado/a, profesión u oficio
cocinera, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0202660715 y vecino(a)
de Palmares de Alajuela. Se indica a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso, que
deberán presentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de
la publicación de este edicto. Expediente N°
21-000110-0296-CI - 0.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial
de Alajuela (San Ramón) (Materia Civil), 04 de junio del año 2021.—Licda.
Yorleny Bello Varela, Jueza.—1 vez.—( IN2021560090 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión ab intestado de Juan
Rafael Gamboa Rojas, mayor, viudo
de primeras nupcias, agricultor, vecino de Alajuela,
San Carlos, Pocosol, Buenos Aires, sesenta metros al oeste de la antigua Gasolinera de Buenos
Aires, tercera casa a mano derecha,
con cédula número dos-trescientos
veintiséis-seiscientos ocho,
para que dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a esta notaría situada en Alajuela, San Carlos,
Ciudad Quesada, al costado oeste
del Banco Popular, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 0001-2021.—Notaría de la Licenciada María José Quesada Arroyo, Notaria Pública. Teléfono 2460-1112, fax
2460-2340.—Licda. María José
Quesada Arroyo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021560124 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
José Francisco de Jesús Solís Azofeifa, mayor, casado, pensionado, costarricense,
con documento de identidad
N° 0400740378 y vecino de Barva
de Heredia. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto, expediente N°
21-000224-0504-CI-1.—Juzgado
Civil de Heredia, 10 de marzo del año 2021.—M.Sc. Victoria Eugenia Ramírez Víquez, Jueza Tramitador/a.—1
vez.—(
IN2021560162 ).
Se hace saber en este
Tribunal de Justicia, se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Alberto Pauth Dávila,
mayor, estado civil casado,
profesión u oficio peón agrícola,
nacionalidad Nicaragua, con documento
de identidad N° 155809751009 y vecino de Heredia, Sarapiquí, Horquetas, finca 8, trescientos
metros al norte de la parada
de buses de Finca 8. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente Nº
21-000034-1309-CI-3.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia
Doméstica de Sarapiquí
(Materia Civil), 14 de junio del año 2021.—Lic.
José Alfredo Sánchez González, Juez Decisor.—1
vez.—( IN2021560167 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida
se llamó Liliana Fernández Silva, mayor, viuda de su único
matrimonio, con cédula de identidad
número uno-cero doscientos ochenta-cero cuatrocientos treinta, para que, dentro del plazo
de treinta días, contados a
partir de la publicación de
este edicto, se apersonen ante esta notaría en defensa
de sus derechos. Se apercibe a los que crean tener calidad
de herederos, que, si no se
presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N°
001-2021. Notaría del Licenciado
Álvaro López Araya, notario público,
ubicada en San José, avenida 14, calles 11 y 13, casa
N° 1147. Teléfono 8996-5969 / Fax 2221-8046.—Lic. Álvaro López Araya, Notario Público. Código 4825.—1 vez.—(
IN2021560168 ).
Se cita y emplaza a
todos los interesados en la sucesión de quien en vida
fue Yamileth Del Carmen
Vargas Gamboa, quien fue mayor, divorciada en segundas nupcias,
oficinista, costarricense
de nacimiento, vecina de Urbanización La Unión, Ciudad Quesada, San Carlos,
Alajuela, cien metros este
de la Panadería Porras, quien
fue la titular de cédula de identidad
número: dos-trescientos ochenta y cinco-setecientos sesenta y dos para que dentro del plazo
de quince días contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe
a los que crean tener calidades de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0001-2021. Sucesorio
de Yamileth Del Carmen Vargas Gamboa.—Licda.
Johanna del Rosario Valverde Varela, Notario.—1 vez.—( IN2021560175 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados (as) en la sucesión de María Rufina
Díaz Oconor, conocida como María Diza Oconor, mayor, casado una vez, del hogar, vecina de Acoyapa de Nicoya, doscientos metros este y veinticinco al sur, con cédula de identidad
número cinco-cero ciento dos-cero seiscientos dieciocho, para que, dentro del plazo
de quince días, contados a partir
de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe
a los que crean tener calidad de herederos, que, si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda, expediente número: 0001-2021.
Notaria Bufete Torres & Torres.—Lic. Ernesto Torres Torres, Notario Público.—1 vez.—( IN2021560177 ).
Por única vez se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Rafael Ángel Cisneros Barrantes,
quien fue portador de la cédula N° 1-0331-0017, mayor, divorciado, pensionado, vecino de
San José, Puriscal, Santiago; para que dentro del plazo de 15 días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a hacer valer sus derechos
dentro del proceso sucesorio
notarial que se tramita en
la oficina del notario público Lic. Carlos Enrique Cerdas Cisneros, sita en San José, avenida 10, calles 21 y 23, casa número 2187;
correo electrónico bufeteccerdasc@ice.co.cr,
fax 2258-2795, teléfono 2256-7743. Expediente N° SN-21-02. Sucesorio
de Rafael Ángel
Cisneros Barrantes.—San José, 21 de junio del 2021.—Lic. Carlos Enrique Cerdas
Cisneros, Notario.—1 vez.—( IN2021560187 ).
Se cita y emplaza a todos los interesados en
la sucesión ab intestato en sede notarial de quien se llamó Luis Ángel Zamora
Murillo, mayor de edad, nacionalidad costarricense, cédula de identidad dos -
cero trescientos cincuenta y dos- cero doscientos cuarenta y cinco, casado una
vez, chofer, vecina de San Isidro de Grecia, Alajuela, calle Achiote,
trescientos metros este y doscientos cincuenta al norte de la entrada del lado
oeste, Calle Zamote, para que dentro del plazo de
quince días, contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen
en defensa de sus derechos, bajo el apercibimiento de que en caso de no
presentarse dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda.
Expediente 001-2021, notaria pública del Licenciado
Carlos Eduardo Rojas Castra.—Grecia, 18 de junio del
dos mil veintiuno.—Lic. Carlos Eduardo Rojas Castra, Notario.—1 vez.—(
IN2021560213 ).
Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Guisella Mejía Castro, conocida como Guisela
Mejía
Castro, mayor, casada una vez,
docente, vecina de Heredia,
Santo Domingo, San Miguel, quinientos metros sur del Restaurante Doña Lela, portadora
de la cédula de identidad uno-cero seiscientos cincuenta y uno-cero ciento ochenta y cuatro, a las dieciséis horas del
veintiuno enero del año dos mil veintiuno y comprobado el fallecimiento,
esta Notaría declara abierto el proceso sucesorio
de quien en vida fuera Christian Alonso Chacón Mejía, quien
era mayor, soltero, administrador
aduanero, vecino de
Heredia, Santo Domingo, San Miguel, quinientos metros
sur del Restaurante Doña Lela, portador
de la cédula de identidad número
uno-mil cuatrocientos diecisiete-cero
ochocientos quince. Se cita
y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo
máximo de quince días hábiles,
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría a hacer valer sus derechos. Notaría del Lic. Guillermo
Valverde Schmidt, Abogado y Notario, con oficina en Cartago, cantón central, distrito
oriental, doscientos metros sur y veinticinco
metros este del Bac San José, teléfono
2552.—Lic. Guillermo Alberto
Valverde Schmidt, Notario Público.—1 vez.—( IN2021560233 ).
Se hace saber en este Tribunal de Justicia, se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Miriam Montero Oviedo, mayor, estado civil divorciada, profesión u oficio pensionada, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N°
0102550405 y vecino de Heredia, Mercedes Norte. Se
indica a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contados
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente N° 21-000574-0504-CI-8. Nota:
Publíquese este edicto en el
Boletín Judicial por una sola vez, por cuenta del interesado.—Juzgado Civil de Heredia, hora
y fecha de emisión: veinte horas con cuarenta y siete minutos del nueve de junio del dos mil veintiuno.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—1 vez.—( IN2021560250 ).
Se hace saber en este
Tribunal de Justici,a se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Rosario Ruiz Ruiz, mayor, estado
civil casada, nacionalidad costarricense, con documento de identidad N° 0202881372 y vecina
de San Rafael de Alajuela. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contados a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
21-000300-0638-CI-0.—Juzgado
Civil del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha
de emisión: catorce horas
con cuarenta y cuatro minutos del nueve de junio del dos mil veintiuno.—Lic. Antonio De Jesús Céspedes Ortiz, Juez Decisor.—1 vez.—( IN2021560251 ).
Se hace saber en este
Tribunal de Justicia, se tramita el
proceso sucesorio de quien en vida
se llamó Iliana de Los Ángeles
Delgado Cordero, mayor, estado civil soltera, profesión u oficio Educadora, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0701510050
y vecina de Limón, Guácimo,
Río Jiménez. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente Nº
20-000206-0930-CI-9. Publíquese por única vez.—Juzgado Civil del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 29 de junio del
2020.—Licda. Yency Vargas
Salas, Jueza.—1 vez.—( IN2021560278 ).
Se hace saber: En este
tribunal de justicia se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Minor Alberto Amador Naranjo, mayor, estado civil casado,
técnico en farmacia, con documento de identidad uno-mil ciento veintisiete-
cuatrocientos cinco (0111270405) y vecino de Pérez Zeledón. Se indica a las
personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un
interés legítimo en el proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir de la publicación de este edicto.-
Expediente N° 21-000057-0188-CI-6. Teléfono oficina
27-70-15-70.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona
Sur (Pérez Zeledón) (Materia Civil), 23 de febrero del año 2021.—Licda.
Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—1 vez.—( IN2021560283 ).
Se emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida
fue Inés Guevara Matamoros, cédula N° 1-0751-0730,
para que dentro del término
de quince días contados a partir
de esta publicación, se apersonen
a este proceso
a hacer valer sus derechos,
apercibidos que si no lo hacen dentro del plazo indicado, la herencia pasará a quien corresponda. Notaría Bufete Rodríguez. Expediente N°
10-2021.—Licda. Ileana María Rodríguez González,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2021560292 ).
Se hace saber: en este Juzgado se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
María Albina Sánchez Castillo, mayor de edad, costarricense, portadora de la
cédula de identidad Nº 0201430379, casada una vez, comerciante y vecina de Alajuela,
La Garita. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto, expediente N°
21-000335-0638-CI-3. Publíquese este
edicto por una sola vez en el Boletín
Judicial.—Juzgado Civil del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: catorce horas con cincuenta y tres minutos del once de junio del dos
mil veintiuno.—M.Sc. Kathia
Rivera Hernández, Jueza Decisora.—1
vez.—( IN2021560293 ).
Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita
el proceso sucesorio de quien en vida se llamó
Carmen Marina Campos Cedeño, mayor, casada una vez, oficios del hogar, costarricense, con documento de identidad N°
700690272 y vecina de Limón, Barrio Limoncito. Se indica a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el
proceso, que deberán presentarse a gestionar en el plazo
de quince días contado a partir
de la publicación de este edicto. Expediente N°
21-000150-0678-CI-1.—Juzgado Civil del
Primer Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, 16 de junio
del 2021.—Licda. Adriana Magally Jiménez Bonilla, Jueza.—1 vez.—(
IN2021560305 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó
Luis Raquel De Los Ángeles Guillen Brenes, mayor, estado civil casado/a, profesión u oficio Agricultor(a), nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0300920625
y vecino(a) de No Indica. Se indica a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a quienes tengan un interés legítimo en el proceso,
que deberán presentarse a gestionar en el
plazo de quince días contado
a partir de la publicación
de este edicto. Expediente Nº 200001270699AG-6.—Juzgado Agrario de
Cartago, 14/06/2021.—Silvia Elena Sánchez Blanco, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021560325 ).
Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el
depósito de las personas menores
Joseph Andrey Aguilar Sánchez, Yoiner Rubén Aguilar
Sánchez, Joselin Liseth Aguilar Sánchez y Jonhan Kaleth Aguilar Sánchez,
para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente Nº 21-000140-0928-FA. Clase
de asunto: actividad
judicial no contenciosa depósito
judicial. Actor: Patronato Nacional de la Infancia. Contra: Elizabeth del Carmen Sánchez Núñez y José Antonio Aguilar Picado.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Cañas (Materia Familia), a las catorce
horas nueve minutos del diecinueve de abril de dos mil veintiuno.—Lic. Luis Fernando Saurez Jiménez, Juez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021559072 ). 3
v. 3.
Se convoca por medio de edicto a todas aquellas personas que tuvieran
derecho a la tutela de las personas menores de edad Ashley Nicolle Rojas Torrez, hija
de Leandro Arturo Rojas Dávila y Rossy
Yacarely Torrez, y Rosy Jaslene Rojas Cruz, hija de Leandro Arturo Rojas Dávila
y Rosa Cruz Torres, por haber sido
nombradas en testamento, por corresponderles
la legítima o por tener interés en la dativa,
para que se presenten dentro del plazo
de quince días contados a partir
de la fecha de publicación
del último edicto. Expediente Nº 18-000234-0938-FA. Proceso
tutela legítima. Promovente:
Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia), 10 de junio del 2021.—M.Sc. Marcela González Solera, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021559979 ). 3.v.
2.
Licenciada Gely Marcela Espinoza Gómez, Jueza
del Juzgado Familia y Violencia
Doméstica de Santa Cruz (Materia Familia), se le hace saber que en proceso actividad judicial no contenciosa (tutela legítima), establecido por patronato nacional de la infancia, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado Familia y Violencia Doméstica de Santa Cruz (Materia Familia), a las nueve horas dos minutos del nueve de junio de dos mil veintiuno. Se tiene por establecido el proceso de tutela legitima de las
personas menores de edad Naory Danisha Moreno Buzano y Breishel Buzano Contreras, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia. Con intervención y
audiencia por tres días al Representante
Legal del Patronato Nacional de la Infancia. Por medio de un edicto
que se publicará en el Boletín Judicial por tres veces consecutivas,
se convoca a todas aquellas personas que tuvieran derecho al ejercicio de la
tutela sobre los menores Naory Danisha Moreno Buzano y Breishel Buzano Contreras, para que se presenten
dentro del plazo de quince días, a partir de la última publicación. Se nombra como tutor provisional a Carmen Jahaira
Ramírez Villarreal a quien se le previene
que debe apersonarse a este despacho a fin de que acepte el cargo como tutora de los menores supra indicados, para lo cual cuenta con el plazo de tres días. Expediente: 21-000237-0776- FA. En
entre promotor puede ser localizado
al correo electrónico: gmorales@pani.go.cr.—Juzgado Familia y Violencia Doméstica
de Santa Cruz (Materia Familia).—Licda. Gely Marcela Espinoza Gómez, Jueza.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021560035
). 3 v. 2.
Licda. Brenda De Los Ángeles Vargas Quesada, Jueza del
Juzgado Segundo de Familia de San José; hace saber a: Franklin Enrrique Bojorge Montano, documento de identidad N° C771900, dato desconocido, vecino de desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso abreviado en su
contra, bajo el expediente
N° 21-000363-0187-FA, donde se dictaron
las resoluciones que literalmente
dicen: de la anterior demanda
abreviada de divorcio establecida por la accionante Ana
Julia Álvarez Pereira, se confiere traslado al accionado: Franklin Enrrique Bojorge Montano, por el plazo perentorio
de diez días, para que en
la persona de su curadora procesal, la Licenciada Andrea
Lisbeth Brenes Arias, se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos
y los hechos a que se referirá
cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso
se tiene como parte al Patronato Nacional de la
Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la
Oficina de Comunicaciones Judiciales
y Otras Comunicaciones de este
Circuito Judicial de este circuito. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito
que presente debe señalar
un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga las
resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20 del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto
el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión: 78-07, celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se
le solicita a las partes de
este asunto que resulten ser personas físicas que
se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado
civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia.
De conformidad con el artículo 263 del Código Procesal
Civil, se ordena notificar
al demandado Franklin Enrrique
Bojorge Montano, por medio de edicto
de ley para que se publicado por una sola vez en el
Boletín Judicial. Notifíquese.
Lo anterior se ordena así en proceso abreviado
de Ana Julia Álvarez Pereira contra Franklin Enrrique Bojorge Montano. Expediente N° 21-000363-0187-FA.
Nota: publíquese este edicto por única vez en
el Boletín
Judicial o en un periódico
de circulación nacional.
Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado Segundo de Familia de San José, 15 de
junio del 2021.—Licda.
Brenda De Los Ángeles Vargas Quesada, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021560046 ).
MSC. Cynthia
Rodríguez Murillo, Jueza del Juzgado
de Familia de Heredia; hace saber a la señora: Ana Mileydi Salas
Gutiérrez, mayor, de nacionalidad nicaragüense,
demás calidades y domicilio desconocidos, y al señor: Pablo Jesús Vargas Salas, mayor, soltero,
cédula de identidad N° 113110963, demás
calidades y domicilio desconocidos, que en este despacho el
Patronato Nacional de la Infancia,
interpuso proceso de declaratoria judicial de abandono
y depósito judicial en su contra, bajo el expediente N° 210012340364FA, donde
se ordenó notificarles por edicto el auto de traslado que literalmente dice: “Juzgado de Familia de Heredia, a las catorce
horas y treinta y cinco minutos del seis de junio de dos
mil veintiuno. Se tiene por
establecido el presente proceso especial de declaratoria de abandono y depósito judicial de la persona menor
de edad: Noah Ariel Vargas Salas, planteado
por Patronato Nacional de la Infancia.
Oficina Local de San Pablo contra Pablo Vargas Salas
y Ana Mileydi Salas Gutiérrez, a quienes
se les concede el plazo de cinco días para que opongan excepciones, se pronuncien sobre la solicitud y ofrezcan prueba de descargo, de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se les advierte que si no contestan en el
indicado plazo de cinco días, el proceso seguirá su curso con una convocatoria a una audiencia oral y privada,
conforme lo estipula el artículo 123 ibídem; y una vez recibidas las pruebas, se dictará sentencia. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio
para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20 del 29 de enero
de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono”. Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones. “Igualmente si usted (parte
y/o abogado) tiene acceso a internet desde su hogar o un café internet, se
le insta a usar el Sistema
de Gestión en Línea y a señalar este medio para recibir notificaciones, lo único que debe
hacer es ingresar a la página del poder judicial
www.poder-judicial.go.cr al link Gestión en Línea y con la clave que se le
proporcionará personalmente
en el despacho,
usted podrá ingresar desde la comodidad de su casa a consultar su expediente
y revisar sus notificaciones,
con lo anterior se evitará largas
filas de espera. Asimismo, por haberlo así dispuesto el
Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las
partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo,
b) sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de
residencia. De conformidad con la Circular N°
122-2014, Sesión del Consejo
Superior N° 41-14, celebrada el
6 de mayo del 2014, artículo XLIII, se le previene a la parte actora indicar la dirección exacta donde se pueda localizar a la misma y a la parte demandada, tanto de la dirección
de la vivienda como el lugar de trabajo,
horario de trabajo, correo electrónico si lo posee, números
telefónicos. Asimismo, números telefónicos de las partes y el nombre
de algún familiar o vecino
a través del cual pueda lograrse el contacto con las partes. Se informa a la parte demandada que si por el monto
de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede
recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos. En Heredia, los de la Universidad de Costa Rica se encuentran ubicados frente a Almacén El Rey, segunda planta, y se atiende los miércoles de las 16:30 a las 19:30 horas, y los sábados de las 9:00 a las 11:00 horas, teléfono
central número 2207-4223. En
otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Se advierte, eso sí,
que la demanda debe ser contestada
en el plazo
que se le ha concedido, por lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes de que venza. (Artículo 7 del Código de Familia y 1° de la Ley de Consultorios Jurídicos Nº 4775)”.
Siendo que la Ley N° 8687, Ley de Notificaciones Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrará en vigencia el 28 de febrero de 2009, dispone que sólo
en procesos de pensión alimentaria y contra la violencia
doméstica es posible que la
parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art. 58) y en todos los demás procesos, las partes deben señalar medio para recibir sus notificaciones. Estos medios son: fax, correo electrónico, casillero y estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea (Art. 36). En caso de no señalar
medio, la omisión producirá
las consecuencias de una notificación
automática (Art. 34). Así
las cosas, se le previene a
las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe
registrar la dirección electrónica
en el Departamento
de Tecnología de Información
del Poder Judicial (gestión
que debe hacerse una única vez y no cada vez
que señale ese medio). Para ello
debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a
los teléfonos 2295-3386 o 2295-3388, para coordinar la ejecución de una prueba hacia el
casillero electrónico que
se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poderjudicial.go.cr, para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento
a la dirección electrónica
que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido
en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor
de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento
citado ingresará la cuenta
autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Medida cautelar: se otorga el depósito judicial provisional de la menor Noah Ariel Vargas Salas en el hogar y bajo la responsabilidad de su tía materna Gladys Salas
Gutiérrez, quien deberá
comparecer a este despacho dentro del plazo de tres días a aceptar y jurar el cargo conferido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
236 del Código de Familia. Lo anterior será cumplido bajo el apercibimiento de que en caso de omisión, se resolverá lo que por derecho corresponda.
Ahora bien, siendo que el ente actor ha manifestado que desconoce la dirección donde se localiza el demandado
Pablo Vargas Salas y la demandada Ana Mileydi Salas Gutiérrez, se ordena
tramitar este asunto bajo la modalidad del paradero desconocido, por lo que deberá dicha parte
cumplir con los siguientes requisitos: a. Aportar certificaciones emitidas por el Registro Nacional Sección Personas, en las que se informe si las personas accionadas cuentan o no con apoderados inscritos en el país.
Asimismo, tendrá que adjuntar las certificaciones actualizadas de los movimientos migratorios del señor Vargas
Salas y de la señora Salas Gutiérrez, expedidas por la Dirección
General de Migración y Extranjería.
b. Se fijan los honorarios
de la persona profesional en
derecho que representará a las personas demandadas en este
asunto, en la suma de noventa y seis mil cincuenta colones exactos (a razón de ochenta y cinco mil colones exactos más el 13% del IVA), los cuales serán cancelados
por la Administración Regional de Heredia una vez que el proceso
cuente con sentencia firme de primera instancia. Para lo cual se expedirá la comunicación electrónica de rigor, por medio de SIGA-PJ. c. Se cita a dos testigos para que comparezcan al juzgado y, bajo juramento, respondan las preguntas que se les formularán
para determinar la procedencia
del nombramiento del curador
o curadora procesal. d. Expídase y publíquese el edicto al que se refiere el artículo
263 del Código Procesal Civil, con el propósito de notificar a la parte demandada sobre estas diligencias. e. Deberá aportarse una copia certificada del expediente administrativo completo N°
OLSP-00388-2018, toda vez dicha documentación no se adjuntó con el líbelo de demanda. Todo lo anterior será satisfecho dentro del plazo de
una semana bajo el apercibimiento de que, en caso de omisión, el proceso no avanzará
y se podrá ordenar el archivo del expediente. Notifíquese”.—Juzgado de Familia de
Heredia, 6 de junio del 2021.—Msc.
Cynthia Rodríguez Murillo, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021560078 ).
Msc. Felicia Quesada Zúñiga,
Jueza del Juzgado de
Familia de Heredia, hace saber a Jennifer Gabriela
Álvarez Zamora, en su carácter personal, mayor, soltera,
portadora de la cédula de identidad
número 1-1266-0722, demás calidades y domicilio desconocidos, que en Proceso Depósito Judicial, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia
Oficina Local San Pablo, y que se tramita
bajo el expediente N°
21-001240-0364-FA, se ordenó notificarle
por edicto el contenido de la resolución que en lo literal dice: “Juzgado de
Familia de Heredia. A las veintiún horas y treinta y seis minutos del cinco de junio de dos mil veintiuno. De
las presentes diligencias de Depósito
Judicial de la persona menor de edad
Nahomy Pamela Brenes Álvarez, promovidas
por Patronato Nacional de la Infancia
Oficina Local San Pablo, se confiere
traslado por tres días al señor Ricardo Andrés Brenes Barrantes
y a la señora Jennifer Gabriela Álvarez Zamora, quienes en el
primer escrito que presenten
deben señalar un medio para
atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo hagan,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al
medio, se le hace saber a las partes
lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el
Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les solicita a
las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo,
b) sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad,
f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. De conformidad con la
Circular N° 122-2014, Sesión del Consejo
Superior N° 41-14, celebrada el
06 de mayo del 2014, artículo XLIII, se le previene a la parte actora indicar la dirección exacta donde se pueda localizar a la misma y a la parte demandada, tanto de la dirección
de la vivienda como el lugar de trabajo,
horario de trabajo, correo electrónico si lo posee, números
telefónicos. Asimismo, números telefónicos de las partes y el nombre
de algún familiar o vecino
a través del cual pueda lograrse el contacto con las partes. Se informa a la referida señora que, si por el monto
de sus ingresos anuales no está obligada a presentar declaración, según lo establece la Ley de Impuestos sobre la Renta, y si por limitaciones económicas no le es posible pagar los servicios profesionales de un abogado, puede
recibir asistencia jurídica en los Consultorios Jurídicos. En Heredia, los de la Universidad de Costa Rica se encuentran ubicados frente a Almacén El Rey, segunda planta, y se atiende los miércoles de las 16:30 a las 19:30 horas, y los sábados de las 9:00 a las 11:00 horas, teléfono
central número 2207-4223. En
otros lugares del país hay otras Universidades que prestan el servicio. Se advierte, eso sí,
que la demanda debe ser contestada
en el plazo
que se le ha concedido, por lo que debe procurarse la asistencia jurídica antes de que venza. (Artículo 7 del Código de Familia y 1 de la Ley de Consultorios Jurídicos Nº 4775)”.
Siendo que la Ley Nº 8687, Ley de Notificaciones
Judiciales, publicada el 29 de enero de 2009 y que entrara en vigencia
el 28 de febrero de 2009,
dispone que sólo en procesos de pensión alimentaria y
contra la violencia doméstica
es posible que la parte señale un lugar para atender notificaciones. (Art. 58)
y en todos los demás procesos, las partes deben señalar
medio para recibir sus notificaciones.
Estos medios son: Fax, Correo Electrónico, Casillero y Estrados. Se puede señalar dos medios distintos de manera simultánea. (Art. 36). En caso de no señalar
medio, la omisión producirá
las consecuencias de una notificación
automática. (Art. 34). Así
las cosas, se le previene a
las partes su obligación de cumplir con lo indicado en la referida ley, bajo el apercibimiento indicado anteriormente, de previo debe
registrar la dirección electrónica
en el Departamento
de Tecnología de Información
del Poder Judicial (gestión
que debe hacerse una única vez y no cada vez
que señale ese medio). Para ello
debe hacerse lo siguiente: Comunicarse con el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial a
los teléfonos 2295-3386 o 2295-3388 para coordinar la ejecución de una prueba hacia el
casillero electrónico que
se desea habilitar o enviar un correo al buzón electrónico del Departamento de Tecnología de Información pruebanotificaciones@poder-judicial.go.cr para el mismo fin. La prueba consiste en enviar un documento
a la dirección electrónica
que se presenta y el Departamento de Tecnología de Información verificará la confirmación de que el correo fue recibido
en la dirección electrónica ofrecida. La confirmación es un informe que emite el servidor
de correo donde está inscrita la dirección. De confirmarse la entrega, el Departamento
citado ingresara la cuenta autorizada a la lista oficial. Se le advierte al interesado que la seguridad y seriedad de la cuenta seleccionada son su responsabilidad. Medida Cautelar: Se otorga el depósito
judicial provisional de la menor Nahomy
Pamela Brenes Álvarez en el
hogar y bajo la responsabilidad
de su abuela materna María
Gabriela Zamora Bolaños, quien deberá
comparecer a este despacho dentro del plazo de tres días a aceptar y jurar el cargo conferido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
236 del Código de Familia. Lo anterior será cumplido bajo el apercibimiento de que, en caso de omisión, se resolverá lo que por derecho corresponda.
Prevención: Previo a expedir la comisión deberá el ente
promovente dentro del plazo
de tres días aportar un juego de copias de todo el expediente,
bajo el apercibimiento de
que, si no lo hiciera, no
se le atenderán futuras gestiones que presente y se podrá ordenar el
archivo del expediente (artículo 136 del Código Procesal
Civil). Se le hace saber a la referida
parte que dichas copias deberán ser presentadas exclusivamente en la Secretaría del despacho, para lo cual se le entregará el comprobante
respectivo. Notificaciones:
a. Notifíquese esta resolución al señor Ricardo
Andrés Brenes Barrantes, personalmente
o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación,
o bien en su domicilio real, en la siguiente dirección: Heredia,
Santo Domingo, Santa Rosa, Urbanización La Victoria,
casa número 8, parte de atrás. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. En caso, que el
lugar de residencia consistiere
en una zona o edificación
de acceso restringido, se autoriza el ingreso
del(a) funcionario(a) notificador(a),
a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. Para tales efectos,
se comisiona a la Oficina
de Comunicaciones Judiciales de Heredia. b. Con relación a la señora Jennifer
Gabriela Álvarez Zamora, y al desconocerse su domicilio actual, se ordena expedir el edicto de ley con la finalidad de notificarle sobre estas diligencias. Se hace saber
que el referido documento se expedirá en forma electrónica a la Imprenta Nacional, para que procedan con lo de su cargo. Expídase la comunicación de rigor...” Nota: Publíquese una sola vez.—Juzgado de Familia de
Heredia, 05 de junio del 2021.—Msc. Felicia Quesada Zúñiga, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021560079 ).
Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número
21-001492-0338-FA, adopción de hijo
de conyugue, de las personas menores
Santiago Mora Masís,
promovida por Óscar Andrés Berrocal Gómez. Se concede a los interesados
el plazo de cinco días para formular oposiciones
mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad
y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Cartago, 10 de junio del año 2021.—Licda.
Patricia Cordero García, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021560083 ).
Se hace saber: En este tribunal de justicia se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Andrés Marciano Alvarado Azofeifa
mayor, casado, Empresario, documento
de identidad 0112380159, vecino
de San Rafael de Escazú, en
el cual pretende
cambiarse el nombre a Andrés Palacios mismos apellidos. Se concede el plazo de quince días a cualquier persona interesada para
que se presenten al proceso
a hacer valer sus derechos.
Artículo 55 del Código Civil: Expediente
Nº 20-000546-0181-CI-5.—Juzgado Segundo
Civil de San José, 31 de agosto del año 2020.—Licda.
Nuria Rodríguez Bermúdez, Jueza.—1 vez.—(
IN2021560134 ).
Se avisa a Larcen
Alexiou Rumaga Brenes, cédula de identidad
N° 7-0181-0385; Tatiana María
Chavarría
Rojas, cédula de identidad
N° 1-1330-0517, con
demás calidades y domicilio desconocidos, representados por el curador procesal licenciado Luis Alberto Sáenz Zumbado,
que en este despacho se dictó dentro del expediente N°
16-000282-0673-NA establecido por la licenciada Alma Nuvia Zavala Martínez en calidad de representante legal
del Patronato Nacional de la Infancia,
la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia N°
633-2016.—Juzgado de Niñez
y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José,
a las quince horas y doce minutos
del once de noviembre del dos mil dieciséis.
Resultando: I.—…, II.—…,
III.—…; Considerando: I.—Hechos
probados:…, II.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9° de la Convención Sobre los Derechos del
Niño, artículo 30 y siguientes
del Código de la Niñez y la Adolescencia,
160 y siguientes y concordantes
del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de abandono con
fines de adopción de la persona menor
de edad: Devon Jareth Chavarría
Rojas y Keilyn Marcela Rumaga
Chavarría. Se rechaza la excepción de falta de derecho. Se
extingue a los progenitores
Larcen Alexiou Rugama
Brenes y Tatiana María Chavarría Rojas el ejercicio de la patria potestad. Se ordena el depósito judicial de Devon Jareth Chavarría
Rojas y Keilyn Marcela Rumaga
Chavarría, quienes deberán apersonarse dentro de tercero día a aceptar el cargo. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, en el caso
de Devon Jareth Chavarría Rojas, en
la provincia de San José al tomo:
dos mil setenta y ocho,
folio: ciento cincuenta y cuatro, asiento: trescientos ocho; y a Keilyn Marcela Rumaga Chavarría en la provincia de San José, en el tomo:
mil novecientos ochenta y ocho, folio: trescientos cuarenta y seis, asiento: seiscientos
noventa y dos. Se resuelve
sin especial condena en costas. Publíquese edicto de Ley. Notifíquese. Licda. Sharon Adriana Chinchilla Villalta,
Jueza. Teléfono del Juzgado de Niñez y Adolescencia: 2295-3115.—Juzgado
de Familia Niñez y Adolescencia,
10 de junio del 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021560311 ).
Se avisa, al señor Diego Núñez Fallas mayor, de demás calidades desconocidas, representado por la
curadora procesal Licenciada Ilse María González Menéndez, hace saber que existe proceso N° 18-000289-0673-NA, de Declaratoria
Judicial de Abandono de la persona menor de edad Fiorella Núñez Acuña, establecido
por la Licenciada Raquel González Soro,
en calidad de representante legal del Patronato
Nacional de la Infancia en
contra de Diego Núñez Fallas,
que en este despacho se dictó la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia 2021000233.
Juzgado de Familia, de Niñez
y Adolescencia. A las nueve
horas veintiuno minutos del
veintiséis de mayo de dos mil veintiuno.
Resultando: I…, II…, III…, Considerando:
I. Hechos Probados: … II. Sobre El Fondo: … Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la Convención Sobre los Derechos de
los niños, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez
y la Adolescencia, 160 y siguientes
y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de abandono con fines de depósito de
la persona menor de edad
Fiorella Núñez Acuña. Se extingue a su progenitor Diego Núñez Fallas el
ejercicio de la patria potestad.
Se otorga el Depósito Judicial de Fiorella Núñez
Acuña a Cindy Pamela Acuña Balmaceda, quien deberá apersonarse dentro de tercero día a aceptar
el cargo. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil al
tomo mil ochocientos ochenta y ocho, folio trescientos sesenta y dos,
asiento setecientos veintitrés
de la Provincia de San José. Se ordena
notificar al demandado Núñez Fallas por medio de edicto la presente sentencia. Se resuelve sin
especial condena en costas. Notifíquese. Licda. Katherine Isabel Meza Chaves, Jueza.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de San José, 26 de mayo
del 2021.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021560313 ).
Se avisa a la señora Karina Golden
Facey, de demás calidades y
domicilio desconocidos que,
en este Juzgado,
que se tramita el expediente N° 18-000829-0673-NA, correspondiente
a declaratoria judicial de abandono,
promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia
en contra de Karina Golden Facey, que en resolución dictada
por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las nueve
horas y cuarenta y siete minutos del diecisiete de setiembre del dos mil diecinueve,
que en lo conducente dice: En virtud de desconocerse
el domicilio de la accionada Karina Golden Facey, se designa
como curador procesal de la misma a la licenciada Grace María Quesada Cubillo, quién deberá comparecer a este Despacho dentro del plazo de ocho días, a aceptar el cargo y jurar su fiel
cumplimiento. Se le hace
saber a la licenciada supracitada
que su nombramiento es para
continuar la representación
de la accionada Golden Facey, ya
que su representante legal renunció a continuar el trámite, y no se le logró notificar la renuncia de su abogado, así que a fin de no causarle una indefensión se procede a nombrarle un curador procesal. Finalizado el proceso,
se procederá a realizar el trámite correspondiente
para el pago de los honorarios. Se le hace saber a la
licenciada Quesada Cubillo
que el expediente es completamente virtual, por lo cual
lo podrá visualizar por
medio de gestión en línea. Confecciónese el edicto correspondiente
el cual será
remitido a la Imprenta
Nacional mediante sistema electrónico. Notifíquese. Licda. Nelda Jiménez Rojas.—Juzgado de Familia Niñez
y Adolescencia, 04 de junio
del 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021560314 ).
Se avisa, a la señora
Karina Michell Lorio Mendoza, mayor, de domicilio desconocido, mismos representados por el curador procesal
licenciado Roberto Marín Araya, se le hace
saber que existe proceso N° 19-000273-0673-NA
de declaratoria judicial de abandono
de la persona menor de edad
Frechelyn Valentina Lorio
Mendoza establecido por el Patronato Nacional de la Infancia
en contra de Karina Michell Lorio
Mendoza, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José a las nueve horas y tres minutos del cinco de junio de dos mil diecinueve, que en lo conducente dice: se le concede el
plazo de cinco días a dicha accionada para que se pronuncie sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121
y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que si no contesta en el
plazo dicho, el proceso seguirá
su curso con una audiencia
oral y privada conforme con
el artículo 123 del Código
de Familia y una vez recibida
la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Licda. Mailyn Durán Solano, teléfono del Juzgado de Niñez y Adolescencia 2295-3115.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, 09 de junio de 2021.—Licenciada Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.C.
Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021560315 ).
Se avisa, a la señora Raquel Kluger
González, mayor, de domicilio desconocido,
misma representada por el curador procesal
Licenciado Juan José Alvarado Quirós, se
le hace saber que existe proceso N° 19-000648-0673-NA de declaratoria judicial de abandono
de la persona menor de edad
Eitan Andrés Vargas Kluger establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Irvin
Andrés Vargas Fernandez y Raquel Kluger González, que en
resolución dictada por el Juzgado de Niñez
y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José a las catorce horas y cincuenta y seis minutos del diecisiete de setiembre de dos
mil diecinueve, que en lo conducente dice: se le concede el
plazo de cinco días a dicha accionada para que se pronuncie sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121
y 122 del Código de Familia. Se le advierte a la accionada que si no contesta en el
plazo dicho, el proceso seguirá
su curso con una audiencia
oral y privada conforme con
el artículo 123 del Código
de Familia y una vez recibida
la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Licda. Ana Cristina Dittel Masis. Teléfono del Juzgado de Niñez y Adolescencia 2295-3115.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de San José, 31 de mayo
de 2021.—Licenciada. Nelda
Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021560317 ).
MSc. Jennifer Ocampo Cerna, Jueza
del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Joanmanuel Rodríguez Álvarez, en su carácter personal,
quien es mayor, casado, de domicilio desconocido, cédula DI80091608845, se le
hace saber que en demanda abreviado. Expediente N°
19-001900-0292-FA, establecida por María de los Ángeles Romero Cordero contra Joanmanuel Rodríguez Álvarez, se ordena notificarle por
edicto, la sentencia que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela.- A las diecisiete horas once minutos del treinta
y uno de mayo de dos mil veintiuno.- Proceso abreviado establecido por María de los Ángeles Romero Cordero, mayor, casada,
dato desconocido, portadora de la cédula de identidad número 0204140785 contra Joanmanuel Rodríguez Álvarez, mayor, casado , dato
desconocido, portador de la cédula de identidad número DI80091608845,
representado por su curadora procesal, licenciada María Cristina Rodríguez
Núñez, mayor, abogada, cédula de identidad 0601480376. Por tanto: Se declara
sin lugar la demanda de divorcio por separación de hecho planteada por María de
los Ángeles Romero cordero contra Joan Manuel Rodríguez Álvarez.-
Se dicta sin especial condenatoria en costas en razón que la accionante fue
representada por la Defensa Pública.—Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de Alajuela.—Licda. Irma Mercedez Páez
Sibaja, Jueza.—Msc. Jennifer Ocampo Cerna, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021560319 ).
Licenciado Carlos Miguel García
Araya, Juez del Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, a
Juan Ramón Bello Gómez, en su
carácter personal, quien es
mayor, nicaragüense, portador
de la cédula de pasaporte cédula 135re0351040099, se
le hace saber que en Demanda Abreviado de Divorcio, expediente
19-002189-0165-FA, establecida por Fátima María
Pineda contra Juan Ramon Bello Gómez, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de
Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, a
las veintiuno horas cinco minutos del trece de mayo de dos
mil veintiuno. De la anterior Demanda
Abreviada de Divorcio establecida por la accionante
Fátima María Pineda, se confiere traslado
al accionado Juan Ramón Bello Gómez, representado por la curadora procesal Hiram Ardón Sánchez por el plazo perentorio
de diez días, para que se oponga
a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa
y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando
categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como
ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su
caso del nombre y las generales de ley de los testigos
y los hechos a que se referirá
cada uno. Se le previene a
la parte demandada, que en el primer escrito
que presente debe señalar
un medio para atender notificaciones,
bajo el apercibimiento de
que mientras no lo haga,
las resoluciones posteriores
quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el
medio señalado. Artículos
11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre
del 2008, publicada en La
Gaceta N°20, del 29 de enero
de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en
el sentido de que, si desean señalar
un fax como medio de notificación,
dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono celular, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en
ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción
de notificaciones. Notifíquese
a la parte demandada; la presente demanda, por medio de un
edicto que se publicará en el Boletín
Judicial o en un Diario
de Circulación Nacional; para los efectos
del artículos 263 del Código Procesal
Civil. Inclúyase en el mismo los datos
que sean necesarios para identificar el proceso. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se haga la publicación. Expídase y publíquese. Se reserva la contestación de la demanda realizada por la curadora procesal para ser conocida en el
momento procesal oportuno.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. Carlos Miguel García Araya, Juez
Decisor.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021560320 ).
Se avisa a la señora Johanna Mora
Miranda, de domicilio y demás
calidades desconocidas, que
en este Juzgado,
se tramita el expediente N° 20-000015-0673-NA, correspondiente
a diligencias no contenciosas de depósito
judicial, promovidas por Patronato
Nacional de la Infancia, donde
se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Alexa Vistoria y Mackenzie ambas de apellidos
Rosales Mora. Se le concede el plazo
de tres días naturales, para que manifieste
su conformidad o se oponga en estas
diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de San José, 03 de junio de dos mil veintiuno.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021560321 ).
Se avisa a la señora Argery Isabel Cascante Benavides, mayor, con el documento de identidad número 114710619, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este juzgado se tramita el expediente
N° 20-000034-0673-NA, correspondiente a diligencias
no contenciosas de depósito
judicial, promovidas por el
Patronato Nacional de la Infancia,
donde se solicita que se apruebe el depósito
de las personas menores de edad
Isaac Yarian Calderón Cascante y Kathleen Abril Law Cascante. Se le
concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste
su conformidad o se oponga en estas
diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de San José, 02 de junio
de 2021.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021560322 ).
Se avisa al señor Eduardo Alberto
González Sánchez, de domicilio y demás
calidades desconocidas, que
en este Juzgado,
se tramita el expediente
20-000431-0673-NA, correspondiente a Diligencias no contenciosas de Depósito
Judicial, promovidas por Patronato
Nacional de la Infancia, donde
se solicita que se apruebe el depósito de la personas menores de edad Evelyn Susana
González Sanabria. Se le concede el plazo de tres días naturales,
para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, 07 de junio del dos mil veintiuno.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021560328 ).
Se avisa los señores
Wilber Solís Ramírez, de nacionalidad
nicaragüense, y Diana Patricia Araya Campos, de nacionalidad costarricense, portadora del documento de identidad N° 1-1691-0089, ambos mayores, de domicilio y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado,
se tramita el expediente N° 20-000768-0673-NA, correspondiente
a diligencias no contenciosas de depósito
judicial, promovidas por el
Patronato Nacional de la Infancia,
donde se solicita que se apruebe el depósito
de las personas menores de edad
Yeikol Josué y Yeralin Pamela de apellidos Solís Araya. Se les concede el plazo de tres
días naturales, para que manifiesten su conformidad o se opongan en estas
diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de San José, 04 de junio de 2021.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021560329 ).
Se avisa a los señores Andrés Brizuela Marín y Karen Barrantes
González, de domicilio y demás
calidades desconocidas que,
en este Juzgado,
se tramita el expediente 20-000775-0673-NA, correspondiente
a diligencias no contenciosas de depósito
judicial, promovidas por Patronato
Nacional de la Infancia, donde
se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Fabian Andrés Brizuela González. Se le concede el
plazo de tres días
naturales, para que manifieste su
conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, 02 de junio de dos mil veintiuno.—Licda. Nelda Jiménez
Rojas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021560330 ).
Se avisa a la señora Reyna Sofia
Altamirano Medrano, de nacionalidad nicaragüense, portador del pasaporte N° C1504917, de domicilio
y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente
20-000802-0673-NA, correspondiente a diligencias no contenciosas de depósito judicial, promovidas por Patronato Nacional
de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Andrea Sofia
Altamirano Medrano. Se le concede el plazo de tres días naturales,
para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, 04 de junio de 2021.—MSc.
Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021560331 ).
Se avisa al señor Efraín Jesús
del Socorro Vargas Arias, mayor, costarricense, portador del documento de identidad N° 1-0704-0064, de domicilio
y demás calidades desconocidas, que, en este Juzgado, se tramita el expediente
N° 20-000813-0673-NA, correspondiente a diligencias
no contenciosas de depósito
judicial, promovidas por el
Patronato Nacional de la Infancia,
donde se solicita que se apruebe el depósito
de la persona menor de edad:
Johan David Vargas Herrera. Se le concede el plazo de tres
días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas
diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de San José, 01 de junio del 2021.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021560332
).
Se avisa que en este
Despacho Marco Vinicio Rodríguez Siles, solicitan se apruebe la adopción individual
de la persona menor de edad Mathias Barrantes Agüero.
Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días
para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su
inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente
20-000834-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y
Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 27 de mayo del 2021.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1
vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021560333 ).
Se avisa que en este
Despacho Jerry Guillermo González Trejos y Marbeth Del Carmen Castillo Valverde, solicitan
se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Britney Valeska Cambell
Smith. Se concede a todos
las personas interesadas directas
el plazo de cinco días para formular oposiciones
mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad
y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente
20-000866-0673-NA.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, 27 de mayo del 2021.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021560334 ).
Se avisa al señor Frreddy Jiménez Monge, mayor, costarricense,
portador del documento de identidad N° 1-0501-0808, de domicilio
y demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente
N° 20-000916-0673-NA, correspondiente a actividad judicial no contenciosa de depósito judicial,
promovida por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Luisa Fernanda
Jiménez Montoya. Se le concede el plazo
de tres días naturales, para que manifieste
su conformidad o se oponga en estas
diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de San José, 31 de mayo
de 2021.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O.C.
Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021560335 ).
Se avisa al señor Eleuterio José Obando Díaz, de nacionalidad
salvadoreña, de domicilio y
demás calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente
20-000946-0673-NA, correspondiente a
actividad judicial no contenciosa
de depósito judicial, promovida
por el Patronato Nacional
de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Grethel
Julieth Obando Abendaño. Se
le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste
su conformidad o se oponga en estas
diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de San José, 31 de mayo
de 2021.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021560336 ).
Se avisa a la señora María Del
Rosario Salazar Jiménez, mayor, costarricense, portador de la cédula de identidad
N°1-1667-0302, de domicilio y demás
calidades desconocidas, que
en este Juzgado,
se tramita el expediente 20-000947-0673-NA, correspondiente
a Actividad Judicial no contenciosa
de Depósito Judicial, promovida
por el Patronato Nacional
de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Jeylam
Elian Salazar Jiménez y Jimena Salazar Jiménez. Se le concede el plazo de tres
días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas
diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de San José, 07 de junio de 2021.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud
Nº 68-2017-JA.—( IN2021560337 ).
Se avisa que en este
Despacho Luis Diego Abellan
Castro, solicita se apruebe
la adopción individual de la persona menor de edad Jorel
Samir Arce Fonseca. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco
días para formular oposiciones mediante
escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 20-001421-0637-FA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 31 de mayo del 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021560339 ).
Se avisa que en este
Despacho Carla Vanessa Báez
Gómez y Rafael Ángel Duque, solicitan
se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Alessandro Duque Salas. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo
de cinco días para formular oposiciones
mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad
y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N°
20-001727-0165-FA.—Juzgado
de la Niñez y Adolescencia
del Primer Circuito Judicial, San José, 09 de junio del año 2021.—Licda. Nelda Jiménez Rojas, Jueza.—1 vez.—O.
C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—(
IN2021560340 ).
Se avisa al señor Manuel Enrique
Carmona Rodríguez, mayor, costarricense, portador del documento de identidad N° 1-0430-0804, de domicilio y demás calidades
desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente
21-000014-0673-NA, correspondiente a Actividad Judicial no contenciosa
de Depósito Judicial, promovida
por el Patronato Nacional
de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Nicolle Stepfanie
Carmona Vargas. Se le concede el plazo
de tres días naturales, para que manifieste
su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, 04 de junio de 2021.—MSc.
Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021560341 ).
Se avisa al señor Wilfredo José Dávila Zúñiga, mayor, costarricense, portador del documento de identidad N°
1-1126-0630, de domicilio y demás
calidades desconocidas, que
en este juzgado
se tramita el expediente N° 21-000041-0673-NA, correspondiente
a actividad judicial no contenciosa
de depósito judicial, promovida
por el Patronato Nacional
de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad: Kyara Anielka Orias
Navarrette y Samir Josué Dávila Navarrette. Se le concede el plazo de tres
días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga en estas
diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del
Primer Circuito Judicial de San José, 8 de junio de 2021.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021560345 ).
Se avisa al señor
José Mariano Soto Rodríguez, mayor, costarricense, portador de la cédula de identidad
N° 1-1717-0307, de domicilio y demás
calidades desconocidas, que
en este Juzgado,
se tramita el expediente 21-000045-0673-NA, correspondiente
a Diligencias no contenciosas de Depósito
Judicial, promovida por el Patronato Nacional de la Infancia , donde se solicita que se apruebe el depósito
de la persona menor de edad
Itzel Saori Soto Barros. Se le concede el plazo de tres días naturales,
para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, 07 de junio de 2021.—MSc.
Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021560346 ).
Se avisa que en este
Despacho Luis Diego Ibarra Flores, solicita se apruebe la adopción individual de la persona menor
de edad Rachel Montenegro Monge. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo
de cinco días para formular oposiciones
mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad
y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N°
21-000110-0165-FA.—Juzgado
de la Niñez y Adolescencia
del Primer Circuito Judicial, San José, 26 de
mayo del 2021.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021560349 ).
Se avisa al señor Roberto
Collado González, mayor, costarricense, portador del documento de identidad N° 6-0346-0600, de domicilio y demás calidades
desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 21-000113-0673-NA,
correspondiente a Actividad Judicial no contenciosa de Depósito Judicial,
promovida por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se
apruebe el depósito de la persona menor de edad Leticia Collado Camacho . Se le concede el plazo de tres días naturales,
para que manifieste su conformidad o se oponga en estas diligencias.—Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 02 de
junio de 2021.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021560351 ).1
Se avisa que en este
Despacho Carmencita
Esquivel Barrantes y Luis Alonso Alpízar
Ordoñez, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Natalin Vanessa Hernández
Castillo. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco
días para formular oposiciones mediante
escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente N°
21-000126-0673-NA.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 25 de mayo del año 2021.—Msc.
Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021560353 ).
Han comparecido a
este Despacho solicitando contraer matrimonio, el señor German de Jesús Barboza Vega, mayor, soltero, ganadero, cédula de identidad número 0502630668, vecino de Fortuna de Bagaces, hijo
de María Mayela Vega Ferreto
y Miguel Barboza Barquero, nacido
en Fortuna Bagaces Guanacaste, el
18/12/1970, con 50 años de edad,
y Flor María Villalobos Maltes,
mayor, divorciada, ama de casa, cédula de identidad número 0602980787, vecina de Fortuna de Bagaces, hija
de Luz Marina Villalobos Maltes, nacida
en Kilómetro 16 Golfito
Puntarenas, el 25/01/1973. Si alguna
persona tiene conocimiento
de algún impedimento para
que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente N° 21-000346-0938-FA.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia), Liberia, 16 de junio del año 2021.—Msc. Marcela González Solera, Jueza
Decisora.—1
vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud
N° 68-2017-JA.—( IN2021560044 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio el señor Shi Sing Yun Sequeira, mayor, soltero, operador telefónico, cédula de identidad número 0113800104, nacido en Carmen, Central, San José, el 11/10/1988, con 32 años de edad, y la señora Digna María Rodríguez Centeno, mayor, divorciada, ama de
casa, cédula de identidad número
0503350312, nacida en centro, Liberia, Guanacaste, el
04/09/1983, actualmente con 37 años
de edad; ambas personas contrayentes
tienen el domicilio en el
Salto de Bagaces, Guanacaste. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto,
expediente Nº 21-000348-0938-FA. Nota:
para que sea publicado por
una única vez.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Familia),
Liberia, 17 de junio del año
2021.—Msc. Marcela González Solera, Juez(a) Decisor(a).—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021560045 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Nancy
del Carmen Matarrita Carranza, mayor, soltera, comerciante, cédula de identidad número 0206720281, vecina de Alajuela, Palmares,
Santa Fe, hija de Eugenio Matarrita
Matarrita y María Lidia Carranza Badilla, nacida en centro, San Ramón,
Alajuela, el 22/01/1990, con 31 años
de edad, y Francisco Javier Salas Solano, mayor, divorciado/a, policía, cédula de identidad número N° 0303910062, vecino de Alajuela, Palmares,
Santa Fe, hijo de Eduardo Salas Sandoval y Aurea
Solano Sandí,
nacido en centro, Turrialba, Cartago, el
30/10/1983, actualmente con 37 años
de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto,
expediente Nº 21-000420-0688-FA.—Juzgado de Familia y Violencia
Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia
Familia), San Ramón, 15 de junio del año 2021.—Msc. Denia Magaly Chavarría Jiménez, Jueza Tramitadora.—1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021560049 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil
Idalia Álvarez Espinoza, mayor, soltera, oficios domésticos, cédula de identidad número 0205330220 y
Johan Josué Galagarza López, mayor, soltero,
pintor, cédula de identidad
número 0603930317; ambas personas contrayentes
tienen el domicilio en Puntarenas. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días hábiles
siguientes a la publicación
del edicto. Expediente Nº
21-000726-1146-FA.—Juzgado
de Familia de Puntarenas, 15 de junio del año 2021.—Msc. Tania Morera Solano, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021560067 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil Karen
Viviana Brenes Brenes, mayor, viuda,
oficios domésticos, cédula
de identidad número
0304300720, vecina de Cartago El Carmen , hija de Rita Adelia Brenes Mathieu y Jorge Manuel Brenes
Salazar, nacida en Oriental
Central Cartago, el 08/03/1988, con 33 años de edad, y Norman Ricardo
Arias Fonseca, mayor, divorciado, Policía, cédula de identidad número 0303730202, vecino de Cartago el Carmen, hijo de Rosa María Fonseca Montenegro y Fernando Arias
Calvo, nacida en Oriental
Central Cartago, el 09/05/1981, actualmente
con 33 años de edad. Las personas comparecientes manifiestan: Venimos ante su autoridad con el fin de que mediante sus buenos oficios se nos una en matrimonio
civil dado que no hay impedimento legal para ello y para comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los testigos: Rebecca
Brenes Brenes y Alvin Villata
Cerdas. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes a la publicación
del edicto. Expediente Nº
21-000903-0338-FA.—Juzgado
de Familia de Cartago, 13 de abril del año 2021.—Licda. Patricia Cordero
García, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021560076 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil, Anyell Fiorella Segura Brenes, mayor, soltera,
oficios domésticos, cédula
de identidad número
0304930266, nombre de la progenitora
Virgelina Brenes Ramírez y nombre
del progenitor Rafael Segura Ortega, domicilio en Oriental Central Cartago, el
08/03/1996, con 25 años de edad,
y Johnny Alexander Avendaño Moya, mayor, soltero,
ingeniero electromecánico,
cédula de identidad número
0110670239, nombre de la progenitora
Martha Eugenia Avendaño Moya y nombre
del progenitor desconocido, domicilio
en Hospital Central San José, el
16/04/1980, actualmente con 41 años
de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto. Expediente N° 21-001393-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 31 de
mayo del año 2021.—Licda.
Mariam Calderón Villegas, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021560080 ).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil David
Jesús Serrano Barquero,
mayor, soltero, mantenimiento
en Hotel, cédula de identidad
número 0304850613, nombre
de la progenitora
María Luisa Barquero
Ramírez y nombre
del progenitor Juan Diego Serrano Masís, domicilio en Oriental Central Cartago, el
21/03/1995, con 26 años de edad,
y Joselyn de Los Ángeles Solano
Ruiz, mayor, soltera, pastelera,
cédula de identidad número
0304920045, nombre de la progenitora
Shirley María Ruiz Guzmán y nombre del
progenitor Rolando Solano Núñez, domicilio en Oriental Central Cartago, el
30/11/1995, actualmente con 25 años
de edad.
Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días hábiles siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente N° 21-001466-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago,
Cartago, 11 de junio del 2021.—Licda. Guadalupe
Solano Patiño, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021560081 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando
contraer Matrimonio Civil Katherine Monge
Marín, mayor, soltera, ama de casa cédula de identidad número 0113270466,
vecina de agua caliente, hija de Nidia Marín Flores y Rafael Monge con 33 años
de edad, y Marvin Abelardo de la Trinidad Sanabria Chaves, mayor, divorciado,
salonero, cédula de identidad número 0302900045, vecino de Cartago, hijo de
María Ester Chaves Araya y Abelardo Sanabria Álvarez, nacida en centro Central
Cartago, el 23/04/1967, actualmente con 54 años de edad. Las personas
comparecientes manifiestan: Venimos ante su autoridad con el fin de que mediante
sus buenos oficios se nos una en matrimonio civil dado que no hay impedimento
legal para ello y para comprobarlo solicitamos se llame a declarar a los
testigos: Marlen Sanabria Y Abelardo Sanabria. Si
alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio
se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de
los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp.
Nº 21-001482-0338-FA.—Juzgado
de Familia de Cartago, Cartago, 10 de junio del año 2021.—Licda. Patricia
Cordero García, Jueza.—1 vez.—O.C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021560082
).
Han comparecido a este
Despacho solicitando contraer matrimonio civil Verena
Abigail Obando Bonilla, de nacionalidad nicaragüense, mayor de edad, cédula
de residencia número 155821247510, operaria, vecina de Alajuela, El
Roble, del Súper El Pueblo, 300 metros oeste, hija de Jorge Obando, y de
Carla Vaneza Bonilla Ortíz,
ambos nicaragüenses, nacida
en El Viejo, Chinandega, Nicaragüa,
en fecha 15 de abril de 1994, con 25 años de edad, y el señor
Wilmar Ramón Urroz Mayen, de nacionalidad
nicaragüense, mayor de edad
25 años, cédula de residencia número
155829081333, operario, vecino
de Alajuela, El Roble, del Súper El Pueblo, 300,
metros oeste, hijo de Pedro
Antonio Urroz Llanes, y de
Gloria Esperanza Mayen Ordóñez, ambos nicaragüenses, nacido en El Viejo, Chinandega, Nicaragüa,
en fecha 08 de noviembre de 1994, con 25 años de
edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente N° 20-000089-0292-FA.—Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de Alajuela,
Alajuela, 16 de enero del 2020.—Msc. Luz Amelia Ramírez Garita, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021560323
).
MSc Patricia
María Vega Jenkins, Jueza, Juzgado
de Familia de Grecia. Se informa a las personas que tengan interés que han comparecido a este Despacho solicitando
contraer matrimonio civil
la señora Mirna Ester Ledezma
Álvarez, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0602100306, vecina de Naranjo, El Rosario el
Llano de Naranjo, 200 mts norte de la escuela del llano, casa color papaya y amarillo,
hija de Joaquín Ledezma Novoa y Marcelina Álvarez Álvarez, nacida en
Manzanillo Central Puntarenas, el 15/08/1967, con 52 años de edad, y Marvin Gerardo
Villegas Vargas, mayor, soltero, Guarda,
cédula de identidad número
0204230753, hijo de Domingo Villegas Morera y María Enid Vargas Arias, vecino
de Naranjo, El Rosario el Llano de Naranjo, 200 mts norte de la escuela del llano,
casa color papaya y amarillo, nacido
en Centro Naranjo Alajuela, el
16/01/1967, actualmente con 52 años
de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en
la obligación de manifestarlo
en este Despacho
dentro de los ocho días siguientes
a la publicación del edicto.
Expediente: Nº21-000082-0687-F.—Juzgado
de Familia y Violencia Doméstica
de Grecia (Materia Familia), Grecia, fecha, 02 de
febrero del año 2021.—MSc. Patricia María Vega Jenkins, Jueza.—1 vez.—O.
C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—(
IN2021560348 ).
Se ordena notificar por edicto. Tribunal Penal de Flagrancia
Segundo Circuito Judicial de San José, a las catorce horas del diecisiete de junio de dos mil veintiuno. De conformidad con los artículos 84
y 99 de la Ley N° 7530 “Ley de Armas y Explosivos”, 200 y 367 del Código Procesal
Penal y artículo primero de la Ley N° 6106 “Ley de Distribución de Bienes Confiscados
o Caídos en Comiso y su Reglamento”;
se notifica mediante edicto en el
Boletín Judicial, por única vez, lo dispuesto
en resolución de las diez horas catorce minutos del dieciocho de febrero de dos mil veintiuno, que
dispone la devolución del arma
de fuego tipo pistola, marca Taurus, calibre 9mm, serie TTI72658, modelo PT-92AFS, a su legítimo dueño, sea a Seguridad Profesional Moriah J y
L Sociedad Anónima, cédula jurídica
N° 3-101-258809; previa presentación de la documentación de rigor, concediéndose
el plazo de tres meses contados a partir de la presente publicación en el Boletín Judicial
a efectos de que gestione su devolución, en caso contrario se dispone el comiso del arma de fuego a favor del Estado, siendo el Departamento de Arsenal
Nacional quien le dé el destino correspondiente.
Causa penal 18-000040-1092-PE seguida en contra de José Francisco Badilla
Segura por el delito de portación ilícita de arma permitida en perjuicio de la seguridad pública. Notifíquese. Es todo.—Tribunal Penal de Flagrancia
del Segundo Circuito Judicial de San José, 18 de junio del 2021, 13:52:40.—José Ferneli Agüero Chinchilla, Juez de Trámite.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021560312 ).